Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, LIX Legislatura
Versión estenográfica de la sesión ordinaria del martes 27 de septiembre de 2005

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Pido a la secretaría haga del conocimiento de esta presidencia el resultado del cómputo de asistencia de los ciudadanos diputados.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se informa a la presidencia que existen registrados previamente 290 diputadas y diputados; por lo tanto hay quórum, señora presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli (11:03): Se abre la sesión.

Consulte la secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al orden del día.

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

VOTACION

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

VOTACION

Mayoría por la afirmativa, ciudadana presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Se dispensa la lectura.

El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior.

Pido a la secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Los ciudadanos diputados diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

VOTACION

Los ciudadanos diputados diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

VOTACION

Mayoría por la afirmativa, diputada presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Se dispensa la lectura.

Proceda la secretaría a poner a discusión el acta.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Median: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

VOTACION

Los ciudadanos diputados diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

VOTACION

Mayoría por la afirmativa, diputada presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobada el acta.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Comunicaciones.

De los congresos de los estados de Colima, Guanajuato Sinaloa y Tlaxcala.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítanse a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales:

Comunicación de la Junta de Coordinación Política relativa a cambio de integrante de la Comisión de Vigilancia.

En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados y que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

VOTACION

Los ciudadanos diputados diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

VOTACION

Mayoría por la afirmativa, ciudadana presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobada.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina:

Comunicación de la Junta de Coordinación Política relativa al Comité de Información, Gestoría y Quejas.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: De enterado.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política mediante el cual se crea la Comisión Especial de la Función Pública.

En votación económica se pregunta a la asamblea si son de aprobarse los puntos de acuerdo..

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

VOTACION

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

VOTACION

Mayoría por la afirmativa, ciudadana presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobado. Comuníquese.

Se pide a la secretaría instruya el cierre del sistema electrónico y dé cuenta del registro de diputadas y diputados presentes.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: ¿Falta algún diputado o diputada por registrar su asistencia?

Ciérrese el sistema electrónico. Se informa a la presidencia que hasta el momento hay una asistencia de 391 diputadas y diputados.

Quienes hasta el momento no han registrado su asistencia, disponen de 15 minutos para realizarlo por cédula.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política relativo a la comparecencia del titular de la Secretaría de Educación Pública.

Da lectura al acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que aplique a la brevedad el presupuesto aprobado para la adquisición de terrenos en zonas arqueológicas prioritarias y para la realización de estudios destinados a lograr la incorporación de las comunidades a los proyectos de desarrollo vinculados a las zonas de monumentos arqueológicos.

En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobado. Comuníquese.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Da lectura al acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta al Titular del Ejecutivo Federal a fin de que por conducto del Procurador General de la República se realice una investigación exhaustiva en torno al lamentable hecho en el que perdió la vida el Secretario de Seguridad Pública, Licenciado Ramón Martín Huerta, y sus acompañantes, informando objetivamente a la opinión pública en forma sustentada, incuestionable y definitiva el resultado.

En votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueba.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobado. Comuníquese.

La diputada Patricia Garduño Morales:

Da lectura al oficio de la diputación permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal con el que remite acuerdo en el que solicita se dictamine la Iniciativa de reforma al artículo 133 fracción I de la Ley Federa del Trabajo.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales:

Dos con los que remite contestación a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítanse a las Comisiones correspondientes y a los promoventes para su conocimiento.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales:

Oficio de la Cámara de Senadores con el que se devuelve la minuta con proyecto de decreto que reforma la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales:

Oficio de la Cámara de Senadores en el que transcribe acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública realice un incremento en el Presupuesto de 2006 para la Secretaría de Relaciones Exteriores.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales:

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite solicitud de integrantes de la Comisión de Comunicaciones y de Transportes para que se dictamine la minuta Proyecto de Ley de Navegación y Comercio Marítimos.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las Comisiones Unidas de Transportes y de Marina.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite la minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Walterio Astie Burgos para aceptar y usar la Condecoración de la Orden de Morazán en Grado de Gran Cruz Placa de Plata que le confiere el gobierno de la República de Honduras.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Gobernación.

Dictámenes de primera lectura.

El siguiente punto del orden del día es la primera lectura de los siguientes dictámenes:

De la Comisión de Gobernación

Con proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración Medalla de Oro que le confiere el gobierno de la comunidad autónoma de Cantabria, España.

Con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Alberto Francisco Cabrera Reyes y Eduardo Navas Gómez para prestar servicios en la Embajada de Sudáfrica en México.

Con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Juan Herrera y González, Joaquín Aguilar Camacho, Pedro Guillermo Alberto Collignon y Leopoldo Sergio Alberto García Ramírez para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los gobiernos de los reinos de Suecia y de España, respectivamente.

Publicados en la Gaceta Parlamentaria.

Son de primera lectura.

Y a continuación del orden del día tenemos los dictámenes a discusión.

El siguiente punto del orden del día, que son los dictámenes a discusión con Proyecto de Decreto que adiciona una fracción IX al artículo 5º del Capítulo Segundo denominado De los derechos, a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura a dicho dictamen.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea en votación económica, si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: En consecuencia, se dispensa la lectura.

Y tiene la palabra la diputada Magdalena Adriana González Furlong, hasta por diez minutos, por parte de la Comisión, para fundamentar el dictamen de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Magdalena Adriana González Furlong: Con su venia, señora Presidenta.

"Honorable asamblea: A la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables le fue turnado para su análisis y dictamen, la iniciativa de decreto que adiciona la fracción IX del artículo 5º de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, presentada por el diputado Jorge Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

"Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 numeral 1, 2, fracción III y numeral 345 en su numeral sexta, fracción f), ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 58, 65, 83, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables es competente para conocer del asunto en cuestión, por lo que se abocó al estudio y análisis del mismo con base en las siguientes

"Consideraciones

"Que el aumento de la población de adultos mayores es un hecho indiscutible y por ello se ha convertido en una preocupación pública, por lo que la sociedad, a través de sus leyes, debe garantizar a todos sus miembros un conjunto de derechos fundamentales derivados de la dignidad de la persona humana, siendo la familia el núcleo básico de la formación de las personas y de la solidaridad social y ella debe ser apoyada por acciones concretas por parte del Estado.

"Que este aumento de la población, debido entre otras cosas al incremento de la expectativa de vida gracias a los adelantos médicos, científicos y tecnológicos, lo cual representa para México el desafío de generar nuevas formas de relación que contemplen una sociedad en la cual el respeto, la solidaridad, la justicia y la equidad sean prioridad.

"De acuerdo con los datos del Consejo Nacional de Población, en México existen actualmente 8.1 millones de ancianos. En 2025 esta cifra se incrementará a 18.4 millones y en el 2050 serán 36.2 millones. Asimismo, el Consejo Nacional de Población establece que 54.80 por ciento de los individuos de 60 años y más viven en zonas urbanas, por sobre 45.20 por ciento que están en áreas rurales.

"El mayor grupo de edad dentro de este sector, es el que se considera a los habitantes de 60 a 69 años, que representan el 55.50 por ciento de la población total. El restante 44.50 por ciento tiene 70 años y más.

"Que los adultos mayores enfrentan en esta etapa de la vida diversos problemas y circunstancias como son: discapacidad, abandono, maltrato, violencia, indigencia, enfermedades crónico-degenerativas, falta de recursos para vivir con dignidad, entre otros, por lo que esta situación demanda una sociedad que promueva que los adultos mayores sigan manteniendo su autonomía e independencia y que les permita estar vigentes y dar un pleno sentido a su vida, debiendo responder a las necesidades de las personas adultas mayores y al mismo tiempo reconsiderar el papel que tanto las mujeres como los hombres de edad avanzada representan en nuestra sociedad, y así poder brindarles una mejor calidad de vida, a través de la creación de zonas adecuadas y entornos seguros y propicios y el acceso y atención preferente a los servicios.

Y a nivel internacional, el envejecimiento ha figurado en la Agenda de la Organización de las Naciones Unidas desde la aprobación del Plan Internacional de Acción sobe el Envejecimiento por los Estados Miembros de la ONU en Viena en el 82. Este Plan recomendó a los Estados, tomar las medidas necesarias en sectores tales como: el empleo, la seguridad económica, la salud y la nutrición, la vivienda, la educación y el bienestar social.

En el 91, la Organización de las Naciones Unidas decretó una serie de Principios a favor de las personas de edad, estableciendo normas universales para las personas de edad, en cinco ámbitos principales: independencia, participación, atención, realización personal y dignidad; y un año después, en el 92 fue aprobada en una Conferencia Internacional la Proclamación sobre el Envejecimiento

Esta Conferencia estableció la orientación general para seguir ampliando el plan de acción y proclamó en el 99 como el Año Internacional de las Personas de Edad. El lema y eje central de este año, fue la necesidad de crear una sociedad para todas las edades. aquella en donde las actitudes políticas y prácticas en todos los niveles y sectores, permitan a las personas envejecer con seguridad y dignidad para que continuaran participando en sus sociedades como ciudadanos de pleno derecho, contribuyendo al desarrollo y al mismo tiempo beneficiándose a sí mismos.

Por recomendación del Consejo Económico Social, la Asamblea General decidió convocar la Segunda la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento en Madrid en el año 2002. Esta reunión se celebró con motivo del 20 Aniversario de la Asamblea General por el Envejecimiento.

Y a pesar de la existencia de estos compromisos y de las metas planteadas, pareciera que al tema del envejecimiento, aún no se le da la importancia que requiere, aún estamos lejos de responder a las medidas establecidas en el marco internacional, como es la estricta aplicación de los contenidos de la Declaración de los Derechos Humanos respecto a la plena inclusión de las personas mayores en la vida social y económica, así como del aprovechamiento de sus capacidades y experiencias y la defensa de sus derechos, ante cualquier tipo de discriminación. Que el entorno en que viven las personas de edad, se torne sumamente importante.

A medida que las personas envejecen, la discapacidad se torna más común y a movilidad más limitada, los adultos mayores que viven en un entorno inseguro o en zonas con múltiples barreras físicas, son menos proclives a salir y, por lo tanto, son más propensos al aislamiento, a la depresión y también a tener un peor estado físico y más problemas de movilidad.

Por tal motivo, los integrantes de la Comisión que dictaminan, comparten el espíritu y la preocupación de os Diputados del Partido Verde Ecologista, de pugnar por una sociedad más sensible e incluyente, que derive en una cultura de respeto y valorización del adulto mayor. Que el objeto fundamental de la propuesta, es adicionar una Fracción IX al Artículo 5 del Capítulo II denominado De la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para garantizar a las personas adultas el derecho de acceso a os servicios, como son: tener una atención preferente en los establecimientos públicos y privados que prestan servicios al público: el que los servicios y establecimientos de uso público, deberán implementar medidas para facilitar el uso y acceso adecuado y a contar con asientos reservados en los establecimientos que presten servicio al público y en los servicios de autotransporte de pasajeros.

En tal virtud, se considera más apropiado modificar la parte que se refiere a contar con asientos reservados en los establecimientos que prestan servicios al público y en los asientos de servicios de auto transporte de pasajeros, por asientos preferentes. Esto es cambiar de reservados, a preferente.

Lo anterior ya, que de acuerdo con e Diccionario de la Real Academia Española, "reservar" no es una acepción que significa destinar un lugar o una cosa de modo exclusivo para uso o personas determinadas, si bien es obvia la intención de los Diputados proponentes, es difícil en la práctica pensar que en un lugar permanezca vacío para ser ocupado, cuando existe demanda de lugares y espacios: por lo contrario, preferente conlleva a tener primacía o ventaja sobre algo o sobre alguien ya sea en el valor o por merecimiento.

Asimismo y toda vez que al establecer el Legislador el derecho a las personas adultas mayores de que "los servicios y establecimientos de uso público, deberán implementar medidas para facilitar el uso o acceso adecuado" implica realizar y llevar a cabo una serie de adecuaciones y modificaciones para dar cumplimiento con la Ley.

Es necesario ampliar la entrada en vigor del decreto en caso de ser aprobado por el pleno de la Cámara, para quienes tienen a su cargo brindar dichos servicios pueden cumplir con el mandato emanado por el Legislador y no ubicarse en una situación de incumplimiento a la norma.

Por lo anteriormente expuesto, a nombre de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, pedimos su voto a favor del presente dictamen. Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted diputada.

En virtud de que a esta presidencia no ha llegado ninguna solicitud de diputado, diputada para hablar sobre este tema, se considera que está suficientemente discutido.

Se pide a la Secretaría para que se abra el sistema electrónico hasta por diez minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico hasta por diez minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto en un solo acto.

VOTACIÓN

Se emitieron 377 votos en pro 0 en contra y cuatro abstenciones, señora presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias Secretaria.

Aprobado en lo general y en lo particular por 377 votos el proyecto de decreto que adiciona la fracción IX del Artículo V del Capítulo II denominado de los derechos a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del Orden del Día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona el segundo párrafo a la fracción III del Artículo 12 del Código de Comercio.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la presidencia se consulta a la Asamblea en votación económica si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa diputada presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: En consecuencia se le dispensa la lectura.

Y tiene el uso de la voz el diputado Jorge Luis Hinojosa Moreno por la Comisión para fundamental el dictamen de conformidad al Artículo 108 de nuestro Reglamento Interior.

El diputado Jorge Luis Hinojosa Moreno: Con su permiso señora presidenta. Compañeras y compañeros legisladores.

Tomo la palabra a nombre de los diputados y diputadas que integramos la Comisión de Economía de la LIX Legislatura de esta Cámara de Diputados, para presentar el dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo a la fracción III del Artículo 12 del Código de Comercio.

El Código de Comercio vigente en su Artículo 12 fracción III establece la prohibición para ejercer el comercio a los condenados por sentencia ejecutoriada por delitos contra la propiedad, incluyendo en estos la falsedad, el peculado, el cohecho y la concusión.

En este contexto es de considerarse que el solo hecho de haber sido condenado a purgar una pena por virtud de una sentencia ejecutoriada, no resulta un argumento contundente, para que de forma permanente le sea prohibido el ejercicio del comercio, ya que con ello obstruiría su readaptación a la sociedad, lo cual implicaría un lamentable retroceso en nuestro sistema jurídico, además de una clara señal de desconfianza hacia el Poder Judicial y el sistema penitenciario.

Por otra parte, el Artículo V Constitucional garantiza a todo individuo la libertad de trabajo, cuyo derecho únicamente puede prohibirse por determinación judicial y demás casos contenidos en el propio precepto legal citado, de tal modo que nuestra Constitución se encarga de regular un derecho fundamental, consistente en la libertad de trabajo, que es inherente y propio de cada individuo.

Asimismo, resulta relevante mencionar que la Declaración Universal de los Derechos Humanos enuncia el derecho que tiene toda persona al trabajo, a la libre elección de sus trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía concluyó, que es indispensable que los condenados por delitos contra la propiedad y que decidan ejercer el comercio como medio de subsistencia, les sea permitido, ya que es una medida importante para la protección y salvaguarda de los derechos fundamentales de todo individuo, despejando el camino para aspirar a un modo honesto de vivir, que podría ser proporcionado mediante el ejercicio del comercio y que contribuirá a la readaptación social de las personas que por la comisión de un delito, fueran condenados a purgar una pena.

Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputado Hinojosa Moreno.

En virtud de que a esta Presidencia no ha llegado solicitud alguna de diputado o diputada para hablar sobre el tema y se considera suficientemente discutido, se le pide a la Secretaría se abra el Sistema Electrónico hasta por 5 minutos, para proceder a la votación en lo General y en lo Particular del Proyecto de Decreto.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el Sistema Electrónico hasta por 5 minutos para proceder en la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto en un solo acto.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Se da una cordial bienvenida a esta Cámara de Diputados a las personas de la Tercera Edad que nos acompañan, de la Delegación Álvaro Obregón. Ellos han sido invitados por el diputado federal Víctor Suárez Carrera.

Gracias por su compañía.

Asimismo, nuestra compañera Secretaria, la diputada Sara Rocha, ha invitado a líderes regionales y municipales de la Confederación Nacional Campesina del Estado de México. Sean ustedes bienvenidos. Gracias.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Se emitieron 367 en pro, 0 en contra y una abstención, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias, Secretaria.

Aprobado en lo general y en lo particular por 367 votos el proyecto de decreto que adiciona el segundo párrafo a la Fracción III del artículo 12 del Código de Comercio.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona los artículos 77 Bis 4, con último párrafo y 77 Bis 21, con un último párrafo a la Ley General de Salud.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea en Votación Económica, si se le dispensa la lectura al Dictamen.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: En consecuencia, se dispensa su lectura y tiene la palabra el diputado José Erandi Bermúdez Méndez para fundamentar el Dictamen, de conformidad al artículo 108 de nuestro Reglamento.

Él hablará por la Comisión.

El diputado José Erandi Bermúdez Méndez: Gracias. Con el permiso de la Presidencia.

Honorable Asamblea. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito exponer la fundamentación del dictamen respecto a la iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo Octavo Transitorio del Decreto que reforma la Ley General de Salud, del 15 de mayo del 2003 y adiciona un último párrafo a los artículos 77 Bis-4, y 77 Bis-21 de la Ley General de Salud.

Hoy en día la supervivencia, protección y participación de la niñez son elementos esenciales para el desarrollo y progreso nacional, por lo que se debe procurar el pleno goce de los derechos de la niñez y la adolescencia, particularmente respecto del acceso a la salud.

En este tenor, el sistema de salud mexicano tiene identificado tres grandes retos, la equidad, la calidad y la protección financiera. La equidad implica que los grupos vulnerables y población marginada, cuente con los mismos servicios que tienen los sectores integrados al sistema; la calidad pretende mejorar la atención y otorgar un trato digno a los usuarios, y la protección financiera tiene como objetivo evitar el empobrecimiento de la gente al pagar los servicios de salud.

Para fomentar la equidad de los servicios, es necesario que se efectúen reformas tendientes a procurar igualdad de circunstancias, pues hoy, todavía en pleno Siglo XXI, hay mexicanos y mexicanas que empiezan la carrera de la vida en desventaja respecto a los demás y entre ellos encontramos especialmente a los niños.

Los niños constituyen un grupo de riesgo por las características propias de la edad y por la situación social por las que atraviesa nuestro país, por lo que deben ser atendidos con especial énfasis por parte del Estado.

Asimismo, debemos recordar que aún dentro de este grupo desprotegido, existen elementos más vulnerables como es el caso de los menores expósitos y abandonados, quienes se encuentran en una situación de evidente desamparo y por tanto, no cuentan con las mismas oportunidades de otros niños para salir adelante y en particular, para cuidar su salud.

Al respecto es preciso señalar que según datos de la UNICEF, México es el más poblado de los países donde se habla español; cuenta con casi 102 millones de habitantes, de los cuales 24 millones viven en pobreza extrema; alrededor de un 43.5 por ciento de la población son niños y niñas menores de 18 años y de esos, 11 millones aproximadamente son menores de 5 años.

Como resultado de la falta de acceso a los servicios sociales básicos y las condiciones de pobreza que persisten en el país, cada año mueren en el mundo más de 10 millones de niños menores de cinco años, casi el 50 por ciento de ellos en el período neonatal a causa de enfermedades prevenibles y la mal nutrición.

Ante esta situación, el Estado ha puesto en marcha diversas medidas y programas de acción. Un avance importante en la atención de grupos vulnerables de nuestro país, fue la entrada en vigor del seguro popular.

Como ya todos sabemos, es un programa de carácter público, cuyo objetivo principal es brindar protección financiera a la población sin seguridad social, a través de un esquema de aseguramiento para fomentar la atención oportuna de la salud.

Sin embargo, pese a que la Ley General de Salud y otros ordenamientos otorgados otorgan ciertas protecciones a los menores que están colocados en situación de desamparo, es preciso manifestar que la legislación vigente no otorga los mismos a este grupo tan vulnerable en particular que son los niños huérfanos y abandonados.

Debido a lo anterior, los menores que no cuenten con este beneficio de la exención de cuotas al respecto al seguro popular de salud, de modo tal que este grupo que no tiene los recursos para pagar las cuotas de recuperación, queden excluidos del acceso a los servicios de salud aumentando con ellos su situación de riesgo y desamparo.

Por lo anterior, los exhorto a que apoyemos este dictamen con proyecto de reforma ya que sólo impera con el propósito de tutelar jurídicamente el derecho de los niños que se encuentran desprotegidos y no cuentan con ningún sistema de seguridad social al acceso a la protección de salud.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted, diputado Bermúdez.

En consecuencia que no hay registrados oradores para su discusión en lo general, se considera suficientemente discutido en lo general.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se solicita a la Secretaría se abra el sistema electrónico hasta por cinco minutos, para proceder a recoger la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto en un solo acto.

Votación

Diputada Presidenta, se emitieron en pro 364 votos, 0 en contra y 4 abstenciones.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 364 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que adiciona los artículos 77 Bis-4, con último párrafo y 77 Bis-21, con último párrafo a la Ley General de Salud. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto, que reforma los artículos 234, 245 y 254 Bis y deroga el artículo 252 de la Ley General de Salud. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea en votación económica si es de dispensarse la lectura al dictamen.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Gracias.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Se dispensa la lectura.

A continuación para fundamentar el dictamen, por parte de la Comisión y de conformidad con el artículo 108, tiene el uso de la voz nuestro compañero, el diputado José Córdova Villalobos, hasta por diez minutos.

El diputado José Córdova Villalobos: Con su venia, señora Presidenta.

Honorable Asamblea:

De conformidad por lo dispuesto por el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito exponer la fundamentación del dictamen, respecto a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 234 y 245 y se deroga el artículo 252 de la Ley General de Salud.

Actualmente en materia de salud, nuestro país ha alcanzado grandes avances y uno de los múltiples aspectos que requieren de una actualización permanente en la Ley General de Salud, son las listas de los medicamentos de estupefacientes y sicotrópicos, cuya utilidad, administrados en forma correcta es indudable, pero sin embargo, por sus efectos secundarios o por causar adicción pueden afectar gravemente a la salud cuando se abusan de ellos o se utilizan de manera inadecuada.

Además nuestro país debe adecuar su legislación sanitaria a los tratados internacionales que se tienen celebrados en materia de fiscalización de estupefacientes y sicotrópicos, dado que algunas sustancias que se encuentran clasificadas internacionalmente, no lo están en nuestra Ley General de Salud.

Con el propósito de dar cumplimiento a los fines de los tratados internacionales, la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE), mantiene un diálogo permanente con diferentes gobiernos, entre ellos el nuestro. Dicha Junta es de vital importancia en el tema de este dictamen, ya que al ser el órgano fiscalizador independiente y cuasi judicial, tiene el encargo de aplicar las convenciones y el convenio de las Naciones Unidas relativo a las drogas.

Al existir un dialogo permanente entre la JIFE y distintos gobiernos, se ha creado un vínculo y se ha adoptado una política, la cual arroja, por ejemplo, que algunos países de adhirieron a las convenciones y al convenio y de esta manera han reforzado su legislación.

La Comisión de Salud, consciente de la necesidad de que la legislación esté al día respecto de los estupefacientes y sicotrópicos, tanto para estar acorde con los tratados internacionales firmados y las listas emitidas por el JIFE, como para proteger con mayor eficacia a la población, decidió, mediante la presentación de la iniciativa, motivo de esta fundamentación, modificar las demás sustancias y fórmulas contenidas en los artículos 234 y 245 de la Ley General de Salud, a fin de que estén actualizadas respecto al marco jurídico internacional y de la realidad que aqueja a nuestro país.

Asimismo, se resolvió incorporar a los listados de la Ley General de Salud, sustancias que si bien no figuran en documentos de la JIFE, causan graves daños a la salud de quienes las consumen, debido a sus efectos hipnóticos, analgésicos, narcóticos, alucinógenos o anorexígenos, máxime que son vendidas y utilizadas en nuestro país como drogas.

Por otro lado, sabemos que los sicotrópicos y estupefacientes son sustancias que producen efectos indudablemente perjudiciales y representan un grave peligro para la salud. Por ende, se requieren controles sanitarios eficaces que aseguren la prescripción y descripción responsable de estos medicamentos sin afectar su abasto; es por ello que se necesita una constante actualización de los listados, a fin de facilitar la correcta clasificación de los medicamentos innovadores de reciente aparición en el mercado.

Lo anterior permitirá sujetar a una mejor regulación aquellos medicamentos que presenten un potencial de adicción, abuso o desvío y ayudará a que nuestro país pueda adoptar con rapidez los criterios de clasificación de la JIFE.

Cabe mencionar que con motivo de la reforma de estos dos artículos, algunas de las sustancias incluidas en el "grupo 4" del artículo 245 de la ley vigente, fueron incluidas en el "grupo 3" tomando en cuenta sus posibilidades terapéuticas, así como sus efectos de dependencia y en virtud de que las que se describen en el "grupo 5" no tienen efecto terapéutico, fueron retirados estos dos últimos grupos, "4" y "5", lo cual deja sin vigencia el artículo 252 de la ley, ya que se refiere específicamente a estos dos incisos, por lo que se propone su derogación.

Ahora bien, estas sustancias que están incluidas en el "grupo 4" del artículo 245 y no fueron reagrupadas en el "3", serán determinadas por la Secretaría de Salud mediante disposiciones generales que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

Por lo anterior, menciono que para lograr resultado óptimos, hay que coordinar los esfuerzos, todos los esfuerzos nacionales con los que se llevan a cabo en el plano regional y a nivel mundial.

Es por ello que los exhorto a que apoyemos este dictamen con proyecto de reforma, ya que sólo impera con el propósito de legislar en forma adecuada y mantener a la vanguardia a nuestro país en el plano internacional, cumplir con los compromisos en el Sector Salud y lograr un control adecuado de muchos valiosos medicamentos, cuyo abuso o desviación, puede poner en riesgo la salud de nuestros conciudadanos.

Quisiéramos también solicitar una fe de erratas, dado que son tantas las sustancias que están descritas. Hubo un error en donde dice "dioxafetilo butirato", dice "morfolino", debe decir "morfolín" y donde dice "metil fentanil" y al final "biperiribil", debe decir nada más "biperidil". Esto lo hemos entregado.

Y por otro lado, poner a su consideración el agregar, tanto en el artículo 234 como en el 245, un párrafo final en el que además de que las sustancias que están previstas en la JIFE, se ponga "y las contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarias, celebrados por el Ejecutivo de la Unión y ratificados por el Senado de la República, una vez que sean publicados en el Diario Oficial de la Federación".

Esto, con el único fin de que el órgano o la Colegisladora, conozca de estas nuevas moléculas que eventualmente la Secretaría de Salud publique para tratar de estar actualizándolas y el Senado conozca de ellas, las ratifique y adquieran plena vigencia como leyes.

Está pues a su consideración, en espera que sea aprobado.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Consulte la secretaría a la Asamblea si se aceptan las modificaciones presentadas por la comisión.

Dé lectura por favor.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: La fe de erratas presentada por la Comisión de Salud dice: butirato. Debe decir: butarato.

Dice: Hitiritidil.

Debe decir." Hiperidil."

Y también dice: "Morfolino"

Debe decir" Morfolin."

Las modificaciones que también se proponen son las siguientes:

En el artículo 234 dice: "Ratificados por los Estados Unidos Mexicanos incluyendo las contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarias que se publiquen por la Secretaría de Salud en el Diario Oficial de la Federación."

Debe decir: " … y las contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarias celebrados por el Ejecutivo de la Unión y ratificados por el Senado de la República una vez que sean publicados en el Diario Oficial de la Federación."

En el último párrafo del artículo 234 dice: "…anterior que determine la Secretaría de Salud mediante listados que publique en el Diario Oficial de la Federación."

Debe decir: "Los tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo de la Unión y ratificados por el Senado de la República una vez que sean publicados en el Diario Oficial de la Federación."

En el último párrafo de la fracción I del artículo 245 dice: "… ratificados por los Estados Unidos Mexicanos incluyendo las contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarias y se publiquen por la Secretaría de Salud en el Diario Oficial de la Federación."

Debe decir: "… y las contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarias celebrados por el Ejecutivo de la Unión y ratificados por el Senado de la República una vez que sean publicados en el Diario Oficial de la Federación."

Y también dice: "En el primer renglón contengan las sustancias señaladas."

Debe decir: "… o contengan."

En el penúltimo párrafo de la fracción III del artículo 245 dice: …

Debe decir: " … que contenga o contengan."

En las listas anteriores también contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarias celebrados por el Ejecutivo de la Unión y ratificados por el Senado de la República una vez que sean publicados en el Diario Oficial de la Federación.

En el último párrafo de la fracción III del artículo 245 se adiciona la fracción IV del artículo 245 para quedar como sigue: "Cuarto. Las sustancias que tienen amplios usos terapéuticos y constituyen un problema menor para la salud pública, así como las que carecen de valor terapéutico y se utilizan corrientemente en la industria, serán determinadas por la Secretaría de Salud, mediante las disposiciones generales que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación."

Por lo anteriormente expuesto se pregunta a la asamblea si es de aceptarse la fe de erratas presentada por la Comisión de Salud y las modificaciones ya expuestas, por lo que se pregunta a la Asamblea, a las diputadas y a los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo pro favor:

Votación

Gracias.

Las diputadas y los diputados que estén por la negativa:

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias. Se aceptan y agréguense al dictamen tanto la fe de erratas como las modificaciones en el penúltimo párrafo del artículo 234; el último párrafo de este propio artículo; la fracción I, último párrafo del 245; la fracción III, penúltimo párrafo de este propio artículo; la fracción III, último párrafo de este propio artículo; y la adición de una fracción IV al 245.

Y en estas condiciones, es que el dictamen se somete a discusión en lo general. Esta presidencia no tiene registrados oradores. Luego entonces considera el asunto suficientemente discutido.

Se pregunta a la Asamblea si en términos del 134 habrá algún artículo reservado. No habiendo quien reserve algún artículo, se ruega a la Secretaría instruya la apertura del sistema electrónico hasta por cinco minutos, para recaba la votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto del dictamen que nos ocupa.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, con la fe de erratas y las modificaciones aceptadas por esta Asamblea.

VOTACIÖN

 

Ciérrese el sistema electrónico de votación.

De viva voz la diputada Laura Elena Martínez, por favor … a favor

Por favor sonido a la curul del diputado Víctor Hugo Islas… a favor

Diputado José Luis Naranjo, sonido en su curul… a favor

Por favor sonido a la curul del diputado Triana Tena… a favor

Gracias. Por favor sonido a la curul del diputado Paredes Vega… a favor

Gracias.

Diputado presidente, se emitieron a favor 376 votos. Cero en contra y dos abstenciones.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 376 el proyecto de decreto que reforma los artículos 234, 245 y 244 bis, y deroga el artículo 252 de la Ley General de Salud con las modificaciones presentadas y aceptadas por la Asamblea.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea en votación económica si se le dispensa la lectura al dictamen.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor:

VOTACIÖN

Gracias.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa:

VOTACIÖN

Mayoría por la afirmativa diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se le dispensa la lectura para fundamentarlo en términos del 108 del Reglamento Interior. Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Guillermo Velasco Rodríguez.

El diputado Guillermo Velasco Rodríguez: Con el permiso de la presidencia. Honorable asamblea: de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en mi calidad de integrante de la Comisión de Salud, me dirijo a ustedes para presentar la fundamentación del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el último párrafo del artículo 36 de la Ley General de Salud.

El artículo 4 de nuestra Constitución Política consagra, en su párrafo tercero, el derecho a la protección a la salud y determina, para tal efecto, que el Estado tiene la obligación de establecer las bases y modalidades de acceso a los servicios de salud, a través de sus leyes.

Igualmente indica, en forma particular, que los niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades en materia de salud.

Según datos proporcionados por la misma Secretaría de Salud, la tasa de mortalidad infantil ha disminuido en un 4.6 por ciento entre los años 2004 y 2005. A pesar de estos datos, es un hecho que existe una enorme desigualdad en la sociedad mexicana, misma que se ve reflejada en la atención de la salud ya que, según lo menciona el Programa Nacional de Salud 2001-2006, mientras que los daños a la salud en las regiones y grupos de mayores ingresos el país tienen un perfil similar al de algunos países europeos, en las regiones y grupos sociales menos favorecidos el cuadro es el de un país de muy escaso desarrollo.

Entre los grupos de población más vulnerables se encuentran los indígenas, las personas con capacidades diferentes, las mujeres y los niños, quienes presentan las cifras de mayor rezago.

El estudio de la mortalidad como fenómeno demográfico se puede abordar por medio del análisis de indicadores. En México se utiliza como indicador el de la tasa de mortalidad infantil, la cual consiste en el cociente de las defunciones de menores de un año entre los nacidos vivos durante el mismo período y se presenta generalmente multiplicado por mil.

Basándose en este método, la tasa de mortalidad infantil que publica la Secretaría de Salud en lo que va de este año es de 18.8, ciertamente menor al año anterior, que era de 19.7.

Aunque estos avances son palpables y se deben en gran medida a la búsqueda de un sistema más equitativo en la protección a la salud, aún nos queda mucho por hacer.

Si consideramos los beneficios que se han obtenido, aun cuando en nuestro país, según los datos del Consejo Nacional de Población, en el 2004 de los ocho y medio millones de niños de dos a seis años poco más de la mitad no eran derechohabientes o beneficiarios de ninguna institución de seguridad social, podemos concluir que el campo de acción para mejorar las condiciones de este grupo es aún amplio, por lo que deben tomarse todas las medidas posibles para que siga decreciendo la tasa de mortalidad infantil en nuestro país.

Dentro de la declaración de la Cumbre del Milenio México, como país signatario, adquirió, entre otros, el compromiso de disminuir las tasas de mortalidad infantil de los niños menores de 5 años en dos terceras partes.

Como lo señalé anteriormente, aún estamos muy lejos de cumplir esta meta. Es precisamente por ello, por estas razones, que la Comisión de Salud ha trabajado arduamente, en conjunto con el Poder Ejecutivo, para poner un freno a la desigualdad, y el presente proyecto de decreto es una prueba fehaciente de esta voluntad.

Sin duda alguna, uno de los principales instrumentos para cumplir los objetivos del Milenio y disminuir la enorme desigualdad en materia de salud es la creación del Sistema de Protección Social en Salud, mejor conocido como el Seguro Popular.

Sin embargo, ningún esfuerzo resulta excesivo si de proteger la salud de los niños, en particular de aquellos que pertenecen a los grupos más vulnerables, se trata.

Por ello, los diputados integrantes de la Comisión de Salud creemos necesario exentar de cuotas de recuperación a los niños cuyas familias se encuentren ubicadas en los tres primeros deciles de ingreso y no en los últimos tres como actualmente se establece por la Ley General de Salud.

Compañeros Legisladores:

Los diputados integrantes de la Comisión de Salud solicitamos, una vez más, su voto aprobatorio al presente proyecto decreto, confiando en que así será, ya que a lo largo de la Legislatura hemos demostrado que en materia de salud sólo nos mueve el interés de México, sin prestar atención a las diferencias ideológicas o partidistas.

De antemano y esperando su voto favorable, muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia somete a la consideración del pleno el dictamen que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud.

No tenemos oradores registrados, luego entonces se considera el asunto suficientemente discutido y se ruega a la Secretaría se abra el sistema electrónico de votación hasta por cinco minutos para recabar votación nominal en lo general y en lo particular, por tratarse de un artículo único del proyecto.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Ábrase el sistema electrónico hasta por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

VOTACION

Ciérrese el sistema de votación electrónico.

Se emitieron 367 en pro, 0 en contra y 4 abstenciones, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 367 votos el proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden de día es la discusión de los dictámenes relativos...

El diputado Pedro Avila Nevárez (Desde su curul y sin micrófono): ¡Señor Presidente: Pido la palabra!

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Don Pedro Avila Nevárez: ¿Con qué objeto?

Sonido en la curul de don Pedro Avila.

El diputado Pedro Avila Nevárez (Desde su curul): Quiero solicitar señor Presidente, con todo respeto a esta soberanía, se haga un homenaje en este momento, en este recinto, al Licenciado Adolfo López Mateos con motivo del 45 aniversario de la Nacionalización de la Industria Eléctrica, que fue en 1960.

¡Este hecho, que junto con la Nacionalización del Petróleo dio a México la soberanía sobre sus energéticos y lo que aseguró el dominio de nuestras riquezas naturales, garantizando al pueblo de México y a las generaciones futuras el abasto de este indispensable recurso!

¡Por lo que, señor Presidente, le pido a usted que se brinde un minuto de aplausos al Licenciado y Estadista Adolfo López Mateos!

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Don Pedro Avila: Su propia intervención ya sirvió de homenaje, el aplauso está a la consideración de mis compañeros. Pero entenderá usted que no puedo en este momento...

(Puestos de pie los legisladores aplauden varios segundos)

....que no podemos en este momento interrumpir la discusión de los dictámenes. ¡Enhorabuena don Pedro!

El siguiente punto del orden de día es la discusión de los dictámenes relativos a las solicitudes de permisos de los ciudadanos Alonso Fabriciano Gómez Sánz para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario del Reino de España en la ciudad de Morelia, con circunscripción en el estado de Michoacán.

Bealet Roque Orduña, Gabriela Ramírez González, Mariana Hernández Esperanza, Noé Saúl Tejeda Colín, Eduardo Aguilar Santuario y Jacinto Solís Robles para prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada y Consulado de los Estados Unidos de América y en la Embajada de Japón en México, respectivamente.

Alfonso Sandoval Escobar, Moisés Martínez Sandoval y Ricardo Segura Ponce de León para prestar servicios en la Embajada de Australia en México.

Consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica si se les dispensa la lectura.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura a los dictámenes.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se les dispensa la lectura y, en consecuencia, se ruega a la Secretaría someter a discusión los Proyectos de Decreto.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Está a discusión el Proyecto de Decreto que concede permiso al ciudadano Alfonso Fabriano Gómez Sanz, para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario del Reino de España en la cuidad de Morelia, con circunscripción en el estado de Michoacán.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.

Está a discusión el Proyecto de Decreto que concede permiso a los ciudadanos Bealet Roque Orduña, Gabriela Ramírez González, María Ana Hernández Esparza, Noé Saúl Tejada Colín, Eduardo Aguilar Santuario y Jacinto Solís Robles, para prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada y Consulado de los Estados Unidos de América y en la Embajada del Japón en México, respectivamente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Está a discusión el dictamen en lo general.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se pregunta para efectos del artículo 134 del Gobierno Interior del Congreso General, si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se reserva para su votación nominal en conjunto.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Está a discusión el Proyecto de Decreto que concede permiso a los ciudadanos Alfonso Sandoval Escobar, Moisés Martínez Sandoval y Ricardo Segura Ponce de León, para prestar servicios en la Embajada de Australia en México.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se va a proceder a recoger la votación nominal de este Proyecto de Decreto y los anteriormente reservados, en un solo acto.

Se ruega a la Secretaría ordene la apertura del sistema electrónico de votación por cinco minutos, para proceder a la votación de los Proyectos de Decreto.

La Secretaria diputada Maria Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior.

Ábrase el sistema electrónico de votación hasta por cinco minutos, para tomar la votación nominal de los Proyectos de Decreto, en un solo acto.

VOTACIÓN NOMINAL

Ciérrese el sistema de votación electrónica.

Micrófono en la curul de la diputada Beatriz Zavala.

La diputada Beatriz Zavala Peniche (desde la curul): Beatriz Zavala, a favor. Gracias.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: El diputado Sami David.

El diputado Sami David David (desde la curul): Sí Secretaria, a favor.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Gracias diputado.

Se emitieron 370 votos en pro, 0 abstenciones y 0 en contra, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados los Proyectos de Decreto por 370 votos.

Pasan al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con Proyecto de Decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Desarrollo Social.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa su lectura.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea en votación económica si es de dispensarse la lectura al dictamen.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Gracias.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se le dispensa la lectura al dictamen.

Tiene el uso de la palabra en términos del 108, el señor diputado Gelacio Montiel Fuentes, hasta por diez minutos, a nombre de la Comisión, para fundamentar el dictamen.

El diputado Gelacio Montiel Fuentes: Con su permiso ciudadano Presidente. Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, compañeros Legisladores de las diversas Fracciones que integran esta LIX Legislatura.

Me dirijo ante ustedes, para presentar a la consideración de este pleno, a nombre de la Comisión de Desarrollo Social de esta Cámara, la Iniciativa para adicionar un Capítulo IX denominado Recurso de Inconformidad al Título IV de la Ley General de Desarrollo Social y se adicionan los Artículos del 1-A al 71-J para consagrar en ella el Derecho de interponer Recurso de Inconformidad ante la autoridad que opere los programas sociales de forma escrita u oral mediante comparecencia.

La justicia social, la reivindicación de las clases más pobres y de todos aquellos marginados y olvidados por el esquema de Gobierno de este país, fácilmente pasa a ser sólo un elemento de discurso proselitista a uno de manipulación electoral, a través de la utilización discrecional de los Programas Sociales para favorecer a algún candidato o fuerza partidista, lo que constituye un doble crimen social, ya que si algo lastima a la dignidad y la libertad de los individuos, es el hecho de que se exploten las necesidades más elementales de subsistencia de los individuos para forzarlos a mercar su voto por algo que le de un momentáneo respiro a su miseria.

Quienes son sujetos del beneficio de los Programas Sociales, se encuentran, las más de las veces, a pesar de la existencia de reglas de operación, a merced de las decisiones discrecionales que bajo el amparo de las propias reglas y poco o nada pueden hacer cuando los beneficios de los programas les son negados, omitidos o cancelados.

El ánimo que inspira esta Iniciativa, es el de proponer a favor de los ciudadanos, la creación de un Recurso de Inconformidad ante tales hechos, en el caso de que la autoridad competente no haya dado respuesta satisfactoria a su petición. Las personas a quienes se les hayan restringido, vendido, negado u omitido el derecho de participar y a beneficiarse de los Programas de Desarrollo Social en los términos previstos en los Artículos 6 y 7 de esta Ley, podrán interponer Recurso de Inconformidad por escrito o verbalmente, ante la autoridad competente de la operación del Programa Social.

La interposición de este recurso es de carácter potestativo y el recurrente tendrá un término de 30 días naturales a partir de que le sea negado por escrito su derecho o cuando después de haber solicitado el beneficio del programa, la autoridad correspondiente no respondiera por escrito dentro de un término máximo de 45 días naturales. Cuando las personas interpongan en forma verbal el recurso de Inconformidad, la autoridad competente de la operación del Programa Social deberá redactar el Acta de los hechos referidos al recurrente para ser integrado en un expediente con los anexos necesarios para la tramitación y resolución del recurso. Entregará al recurrente copia del Acta referida, debidamente firmada y sellada.

La Ley General de Desarrollo Social, desde su publicación adolecía de contar con un procedimiento administrativo que permitiera a los beneficiarios de los Programas Sociales, afectados en sus derechos, lograr de manera rápida y justa, el respeto de los mismos.

El recurso propuesto es sencillo y breve, lo que resulta benéfico ya que la autoridad correspondiente conoce los hechos y en su caso, cuenta con os antecedentes y documentación relativa y no exigen desplazamiento del interesado a lugares que le impliquen un importante desembolso por este recurso, a la vez que permite una justicia rápida y económica.

Recibido que sea el recurso y subsanada la deficiencia en su caso, la autoridad verificará si fue interpuesto en tiempo admitiéndole el trámite o rechazándolo, lo cual se notificará personalmente o por escrito, certificado al recurrente y en caso de no contar con una dirección precisa para la entrega oportuna de las notificaciones, la autoridad buscará, para tal efecto, la cooperación de las Jefaturas Delegacionales, Presidencias Municipales, Comisariados Ejidales o de Bienes Comunales en su caso.

Además, permite que la Ley General de Desarrollo Social, se apegue a lo ordenado repetidamente por las Jurisprudencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el sentido de que, para que una ley sea Constitucional, deberá respetar en su texto, la garantía de audiencia y que para este caso que nos ocupa, sería a través del recurso de Inconformidad para salvaguardar el derecho del afectado, a defenderse y ofrecer pruebas ante las autoridades encargadas de su aplicación.

La interposición del recurso será potestativa, de acuerdo a su naturaleza y en apego a lo definido en varias jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respecto a no considerar conveniente agotarlo para que el afectado pueda acudir directamente ante los tribunales administrativos correspondientes.

En apoyo al recurrente se prevé, la remisión del escrito a la autoridad competente y el otorgamiento de un término, para que en su caso complete o subsane el recurso. El mecanismo del recurso prevé la obligación para la autoridad responsable de conocer del mismo, de informar bimestralmente a la Comisión Nacional de Desarrollo Social y al Consejo Consultivo de Desarrollo Social los datos esenciales sobre los asuntos concluidos.

En suma, se establece un recurso optativo de trámite sencillo y ágil resolución, que permita a los quejosos obtener el respeto a sus derechos antes de recurrir a otras instancias legales competentes.

Cierto es que en la Ley General de Desarrollo Social se prevé, la denuncia popular como mecanismo, para que toda persona u organización, pueda presentar denuncia ante la autoridad, sobre cualquier hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir daños al ejercicio de los derechos establecidos en dicha ley o que contravengan sus disposiciones y las de los demás ordenamientos que regulen en materia relacionado con el desarrollo social.

Sin embargo, la presentación del recurso propuesto en esta iniciativa, no debe confundirse con la denuncia popular, ya que ésta concluye con una recomendación de carácter general más no con una resolución que incida sobre el respeto a los derechos de los beneficiarios.

La denuncia popular ante la Contraloría Social, sólo falta a ésta a la presentación de las mismas, a que sean sujetas, dar lugar, responsabilidades administrativas, civiles o penales, ante la autoridad competente, de recibirlas y no se refiere a la solución de inconformidades ni a solventar procedimientos cuestionados, como en el caso del recurso de inconformidad planteado en la presente iniciativa.

Por lo anteriormente expuesto, la iniciativa que hoy sometemos a su consideración, viene a subsanar una deficiencia en los mecanismos a disposición de los ciudadanos, para evitar ser víctimas de decisiones discrecionales o de manipulación de sus necesidades más elementales.

Por tanto, quiero agradecer a mis compañeros diputados integrantes ded la Comisión de Desarrollo Social, miembros de las fracciones parlamentarias del Partido Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Convergencia Democrática y de la Revolución Democrática, el haber aprobado en la Comisión la presente iniciativa, para presentarse ante este pleno, hecho que es un acto de justicia al que estamos obligados aquellos a quienes la sociedad nos confirió la responsabilidad de representarlos y de defenderlos, ante y frente a los abusos del poder, por lo que esta iniciativa es un elemento más de cumplimiento de nuestros deberes ante quienes nos eligieron.

Muchísimas gracias. Es cuanto, ciudadano presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted diputado Montiel Fuentes.

Está a discusión el dictamen.

Esta presidencia no tiene registrado oradores, se considera el tema suficientemente discutido, pero para los efectos del Artículo 134 del Reglamento Interior se consulta a la Asamblea si hay voluntad de algún legislador de apartar un artículo para discutirlo en lo particular.

No habiendo quien haga uso del derecho que confiere el Artículo 134 se ruega a la Secretaría ordene la apertura del sistema electrónico de votación hasta por cinco minutos, para recabar la votación nominal, en lo general y en lo particular, de este proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Desarrollo Social.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto en sus términos.

VOTACIÓN

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por favor sonido en la curul del diputado Pedro Avila.

El diputado Pedro Avila: A favor.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Señor presidente, se emitieron en pro 366 votos 0 en contra y siete abstenciones.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 366 votos el proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Desarrollo Social.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del Orden del Día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona un Título Sexto a la Ley General de Desarrollo Social, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria pregunte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa su lectura.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea en votación económica si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se le dispensa la lectura.

En términos del 108 tiene el uso de la palabra la diputada Beatriz Zavala Peniche hasta por 10 minutos, para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión.

La diputada Beatriz Zavala Peniche: Con su permiso señor Presidente. Honorable asamblea:

La adición de un Título Sexto a la Ley General de Desarrollo Social tiene como objetivo terminar la vinculación patrimonialista entre el ejercicio del sufragio y los programas sociales, poner fin a la impunidad de malos funcionarios públicos y dirigentes de organizaciones sociales, que no han entendido los nuevos tiempos de la democracia mexicana y continúan desarrollando prácticas de coacción del voto a través de la operación de estos programas.

En entidades que tuvieron procesos electorales durante estos años, la SEDESOL instrumentó programas de blindaje electoral del gasto social con organizaciones de la sociedad civil, con beneficiarios de programas y la FEPADE, mediante el Convenio para la Transparencia y el Combate a la Corrupción en la aplicación de los recursos federales, en los programas a cargo de la Secretaría, consistentes en transparentar las acciones llevadas a cabo por cada una de las dependencias de la SEDESOL, con la instalación de las Mesas de la Transparencia para recibir quejas y denuncias sobre coacción del voto con los recursos de programas sociales. Además, se han desplegado jornadas por la legalidad y transparencia que contemplan acciones como reprogramar la entrega de apoyos y el resguardo del parque vehicular institucional en coyunturas electorales.

En las elecciones locales del año 2004 se presentaron denuncias de coacción electoral y uso incorrecto de los padrones del Programa Oportunidades, aunque en menor proporción que en otras coyunturas electorales. Con la promulgación de la Ley General de Desarrollo Social en enero de 2004, se estableció el derecho a la denuncia popular en el Capítulo Séptimo, artículos 67 y 68 de la Ley, sin embargo, ha sido insuficiente para penalizar a funcionarios públicos señalados por coaccionar a los beneficiarios de los programas sociales por orientar su voto.

En julio de 2004, la FEPADE informó que los principales delitos electorales se seguían cometiendo en el uso de los recursos públicos en campañas electorales, en la compra y coacción del voto y en la falsificación de credenciales electorales. Las entidades más afectadas por este tipo de delitos fueron el Distrito Federal, el estado de México, Chiapas, Michoacán, Jalisco y Oaxaca, entre otros.

El diseño de la nueva legislación electoral a partir de 1993; la codificación de los delitos electorales en el Título 24 del Código Penal Federal; la constitución de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Electorales, FEPADE, en 1994; el otorgamiento al Instituto Federal Electoral de plena autonomía del Poder Ejecutivo, hizo posible el castigo penal de la coacción electoral en todas sus variantes, sin embargo, persisten las inercias de asignación de beneficios sociales a cambio de votos. Se trata de un fenómeno arraigado en las tradiciones patrimonialistas con las que el Estado Mexicano instrumentó el gasto social en el pasado; son acciones que deben ser configuradas como delito en la legislación de desarrollo social, para inhibir su reproducción.

Una nueva ética del servicio público debe partir del respeto a la dignidad, ideología y capacidad de elección política autónoma de los beneficiarios de los programas sociales, sólo así se avanza en la erradicación del paternalismo y la coacción del voto ciudadano. Se hace necesario precisar con claridad y consistencia la limitación y la sanción legal a que se hacen acreedores los ciudadanos, servidores públicos, organizaciones civiles que utilicen recursos públicos del desarrollo social como instrumentos de captación de votos o de apoyo político-electoral.

Deben quedar plasmadas en la Ley de Desarrollo Social para estrechar aún más el espacio de las posibles violaciones y como correspondencia al derecho de denuncia de los beneficiarios que la misma ley especifica.

La adición del Título Sexto a la Ley General de Desarrollo Social sobre Sanciones por el uso incorrecto de programas sociales, tiene el propósito de proteger los programas sociales ante las coyunturas electorales y contribuir a la consolidación de una cultura democrática, sustentada en la distinción entre derechos sociales a los que debe responder una política social de Estado y derechos políticos para la elección libre y democrática de gobiernos a cualquier nivel.

Por todo lo anterior, proponemos la adición al texto de la Ley General de Desarrollo Social, consistente en cuatro artículos, 86, 87, 88 y 89 que establece que los servidores públicos que en el ejercicio de sus funciones contravengan u ordenen contravenir las disposiciones de esta ley, serán acreedores a las sanciones de apercibimiento o amonestación y si la gravedad de la infracción lo amerita, de suspensión o remoción del cargo, se puntualiza cuando incurren en responsabilidad los servidores públicos, cuando se compruebe desviación o mal uso de los recursos federales asignados a los programas, se podrá suspender la erradicación de fondos federales e inclusive solicitar su reintegro.

Las organizaciones civiles que ejercen recursos públicos o tengan bajo su responsabilidad la operación de los programas sociales, deberán observar lo establecido en la presente ley y serán sancionadas en términos de ésta y también como lo establece el Capítulo VI de la Ley Federal de Fomento a las actividades realizadas por organizaciones de la sociedad civil.

Por estos motivos creemos en la Comisión de Desarrollo Social, que la adición aprobada es pertinente y debe ser aprobada por esta asamblea.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted diputada.

Está a la consideración de la asamblea el dictamen.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se considera suficientemente discutido y por tratarse de un artículo único, no hacemos la pregunta a la que nos obligaría el artículo 134.

Se pide a la Secretaría ordene la apertura del sistema electrónico de votación hasta por cinco minutos, para recabar la votación nominal en lo general y en lo particular del Proyecto de Decreto que nos ocupa.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Ábrase el sistema electrónico hasta por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de dicho artículo, en un solo acto.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia le más cordial de las bienvenidas a 13 Presidente Municipales del Estado de Durango, invitados de los diputados Salomé Elid y Bernardo Loera.

Muchas gracias por su visita. (Aplausos)

Votación

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Se emitieron 368 votos en pro, cero en contra y 5 abstenciones, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 368 votos el Proyecto de Decreto que adiciona un Título Sexto a la Ley General de Desarrollo Social.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día, es la discusión del dictamen con Proyecto de Decreto que reforma la fracción X del articulo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, si se le dispensa la lectura al dictamen.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea en votación económica, si se le dispensa la lectura al dictamen.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

Votación

Gracias.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se le dispensa la lectura.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Jorge Leonel Sandoval Figueroa, hasta por diez minutos, en términos del 108 y por lo tanto, a nombre de la Comisión para fundamentar el dictamen.

El diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa: Con su permiso, señor Presidente.

Ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados:

Nuestra labor primordial como representantes populares en el Congreso de la Unión, es legislador a favor de nuestros representados, plasmando en el sistema jurídico las justificadas demandas que por diversos medios nos formulan.

La creación de las normas jurídicas desde luego, presupone que nuestra actividad se apegue al marco jurídico aplicable, es decir, que la actividad del legislador debe respetar en todo momento el principio de legalidad, que le obliga a sólo llevar a cabo las acciones que la propia ley le permite.

Una de estas demandas que ha sido planteada en forma reiterada es, la de los artesanos de la pirotecnia, quienes desde hace tiempo han venido solicitando la creación de un marco normativo claro y preciso, que permita por una parte la adecuada regulación de su actividad productiva y por la otra, que las autoridades que aplicarían dicha normatividad se apeguen de manera estricta a ese marco normativo, terminando con los actos arbitrarios que al decir de los pirotécnicos, actualmente se presentan.

Regular la materia de la pirotecnia es una exigencia ya no sólo para ese sector, pues si se consideran las características de las materias primas que se utilizan en esa

actividad y su grado de peligrosidad potencial, deberemos advertir que los accidentes que se han presentado en esa actividad, afectan no sólo a los artesanos, sino que ponen en riesgo la seguridad pública al resultar inadecuados, entre otros aspectos los espacios para la producción y almacenamiento de artesanías y las condiciones para el transporte de las mismas.

En fechas recientes hemos tenido conocimiento, a través de los medios de comunicación, de accidentes relacionados con la actividad pirotécnica y desafortunadamente en muchos de ellos hay una constante, las inadecuadas medidas de seguridad relacionadas con esa actividad.

En el dictamen que la Comisión de Puntos Constitucionales de esta Honorable Cámara de Diputados, somete a su consideración, se valoraron estas circunstancias en el ánimo de que pueda existir una mayor intervención por parte de las autoridades locales.

En el apartado relativo a la valoración de las iniciativas que presentamos el diputado Jesús Morales Flores y el de la voz, expresamos de manera clara que no obstante que las materias relativas a la pirotécnica, las sustancias químicas y los explosivos, seguirán siendo de la competencia federal, nada debe impedir que mediante los

instrumentos legales adecuados las autoridades locales, puedan coadyuvar en el cumplimiento de la normatividad que al efecto se expida en esas materias.

Las diputadas y diputados integrantes de la Comisión para producir el dictamen que se somete a su consideración, realizamos un estudio y discusión profundos sobre el tema y advertimos la impostergable necesidad de producir la reforma planteada, por lo que coincidimos en que se reforme el texto constitucional, con el objeto de que vía el Constituyente Permanente, se faculte al Honorable Congreso de la Unión, para que legisle en materia de sustancias químicas, explosivos y pirotecnia.

Llegamos a esta conclusión, porque atendiendo a nuestro sistema constitucional de distribución de competencia, corresponde exclusivamente al Constituyente Permanente otorgar, suprimir o modificar atribuciones a los poderes constituidos.

Contar con una legislación clara y precisa en las materias objeto de este dictamen, permitirá que las actividades relacionadas con su producción, distribución, transporte, almacenamiento, comercialización, importación y exportación, queden debidamente reguladas a la par de que pudieran evitarse prácticas de contrabando que se presentarían actualmente ante un marco regulatorio deficiente.

Ante esta realidad, los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales, hemos coincidido en que la adecuación del marco normativo que se exige en materia de pirotecnia, explosivos y sustancias químicas, debe partir de la reforma a nuestra Constitución en la que se fundamentarán las leyes y reglamentos que en su oportunidad se expidan.

Estimadas compañeras y compañeros diputados, por los argumentos expuestos y atendiendo a la urgente necesidad de responder a la justificada demanda de nuestros representados en estas materias, a nombre de la Comisión de Puntos Constitucionales, les solicito respetuosamente, voten a favor de este dictamen que sometemos a su consideración.

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado.

Está a discusión el dictamen.

Esta Presidencia no tiene registrados oradores. Se trata de un artículo único. Se considera el asunto suficientemente discutido.

Se pide a la Secretaría se ordene la apertura del sistema electrónico de votación hasta por cinco minutos, para recabar la votación nominal en lo general y en lo particular del artículo único del proyecto de dictamen, en el entendido de que se requiere de una votación calificada en virtud de que se trata de una reforma constitucional.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto en sus términos.

Votación

Ciérrese el sistema electrónico de votación.

Se emitieron en pro 381 votos, en contra 0, abstenciones 2.

Hay mayoría calificada, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 381 votos el proyecto de decreto que reforma la fracción X del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, pregunte la Secretaría a la Asamblea si es de dispensársele la lectura al dictamen.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea en votación económica, si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se le dispensa la lectura.

En términos del 108 del Reglamento Interior, tiene el uso de la palabra el señor diputado don Arturo Nahle, a efecto de presentar la fundamentación a nombre de la Comisión.

El diputado Arturo Nahle García: Gracias diputado presidente.

En una democracia moderna la equidad debe ser la piedra angular en las contiendas políticas. Dicha equidad debe entenderse como la igualdad de condiciones para contender por un cargo de elección popular.

Un apotegma relacionado con la equidad en los procesos electorales es la afirmada por el insigne Manuel González Oropeza, misma que señala que los candidatos a la presidencia no deben manipular al pueblo elector ni ejercer poder o influencia para acceder o continuar en el cargo público más importante de nuestro sistema político.

Los servidores públicos sea cual fuere su jerarquía o carácter, en pleno respeto a los principios consignados en nuestra Carta Magna, deben separarse de su encargo por razones de equidad política en un término prudente, ya que es necesario eliminar por completo la influencia que dichos funcionarios pudieran hacer valer en las elecciones con el propósito de hacer triunfar su candidatura.

Entre los servidores públicos que ineludiblemente tienen la obligación de separarse de su cargo para contender en un proceso electoral, están los gobernadores de los estados y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, los cuales en virtud del cargo que ostentan además de su importante presencia en la opinión pública gozan de diversos elementos que pueden allanarles el camino en sus aspiraciones políticas y por ende facilitarles la realización de una campaña ventajosa.

En ese sentido hoy más que nunca es imprescindible darle al Jefe de Gobierno del Distrito Federal un tratamiento similar al de los gobernadores de los estados ya que guardan una gran semejanza en la función que desempeñan, son elegidos democráticamente mediante votación universal, libre, directa y secreta y de igual forma se encuentran a cargo del Ejecutivo y de la Administración Pública Local en sus respectivas demarcaciones.

Las similitudes entre el Jefe de Gobierno del Distrito Federal y los gobernadores de los estados, han sido ratificadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al sostener que como consecuencia de la conformación política que se le confirió al Distrito Federal en 1996, sus órganos políticos en el caso concreto del Jefe de Gobierno, guarda semejanzas fundamentales con los titulares de los ejecutivos locales.

En tal virtud, si los gobernadores de los estados al igual que los secretarios y subsecretarios de Estado, así como el Procurador General de la República, tienen la obligación de separarse de su cargo 6 meses antes del día de la elección, es necesario incorporar al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con la finalidad de que se incluya en los requisitos de elegibilidad consignados en la fracción VI del artículo 82 de nuestra Ley Suprema.

Con la reforma a esta fracción VI del artículo 82 constitucional que a nombre de la Comisión de Puntos Constitucionales someto a su consideración, se establecería explícitamente la obligación del Jefe de Gobierno de separarse de su cargo 6 meses antes del día de la elección para contender por la Primera Magistratura de la Nación, y al mismo tiempo se eliminaría del texto lo referente a los jefes o secretarios generales de departamentos administrativos mismos que fueron creados durante el mandato del Presidente Venustiano Carranza, pero que desaparecieron durante las últimas décadas.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias diputado.

Esta presidencia no tiene registrados oradores, se trata de un artículo único, se considera el asunto suficientemente discutido. Se ruega a la Secretaría ordenar la apertura del sistema electrónico de votación hasta por cinco minutos, en el entendido de que por tratarse de una reforma constitucional se requiere de votación calificada.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto en un solo acto.

VOTACION

Ciérrese el sistema de votación electrónico. Señor presidente, se emitieron 377 votos en pro; cero en contra y una abstención.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 377 votos el proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Señoras y señores legisladores, durante el transcurso de esta sesión, se le dio el trámite de primera lectura a diversas solicitudes de dictámenes relativos a permisos de distintos ciudadanos, se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se les dispensa a estos la segunda lectura y se ponen a discusión y votación de inmediato.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se consulta a la Asamblea si se les dispensa la segunda lectura y se ponen a discusión y votación de inmediato.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor:

VOTACION

Gracias.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa:

VOTACION

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En consecuencia, están a la consideración, en consecuencia se pide a la Secretaría someter a discusión los proyectos de decreto.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Está a discusión el proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración "Medalla de oro" que le confiere el gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, España.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.

Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Alberto Francisco Cabrera Rayes y Eduardo Nava Gómez, para prestar servicios en la embajada de Sudáfrica en México.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Está a discusión el dictamen en lo general. NO habiendo quien haga uso de la palabra. Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno, se reserva para su votación nominal en conjunto. Continúe la Secretaría.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Juan Herrera González, Joaquín Aguilar Camacho, Pedro Guillermo Alberto Colignón y Leopoldo Sergio Alberto García Ramírez, para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los gobiernos de los reinos de Suecia y de España, respectivamente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se va a proceder a recoger la votación nominal de este proyecto de decreto y los anteriormente reservados en un solo acto.

Se ruega a la Secretaría ordene la apertura del sistema electrónico de votación hasta por cinco minutos para proceder a la votación de los proyectos de decreto.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Abrase el sistema electrónico de votación por cinco minutos para tomar la votación nominal de los proyectos de decreto.

VOTACION

EL C. PRESIDENTE, DIPUTADO FRANCISCO ARROYO VIEYRA: Esta presidencia le da la más cordial bienvenida a un grupo de ciudadanos hidrocálidos, invitados por el señor diputado Jaime del Conde Ugarte. Sean ustedes bienvenidos. (Aplausos).

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Ciérrese el sistema electrónico de votación.

Se emitieron, en pro, 374 votos, en contra, cero, abstenciones, tres.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados los proyectos de decreto por 374 votos. Pasan al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día son dictámenes a discusión con puntos de acuerdo.

En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la secretaría a la asamblea, en votación económica, si se autorizan dos cosas: primero, que sólo se les dé lectura a los puntos de acuerdo y, segundo, que se reserven para su votación económica en conjunto al final de la lectura de los 3.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (Desde su curul): Para hacer una propuesta muy respetuosa a esta presidencia y que se modifique una de las propuestas –valga la redundancia—de la propia presidencia para que no sea necesaria la lectura del punto de acuerdo o de la proposición como tal, toda vez que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Creo que no es indispensable que se le dé lectura al acuerdo correspondiente si está publicado. Gracias, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene usted razón. Por economía procesal esta presidencia está sometiendo a la consideración de la asamblea que guardemos la votación económica en su conjunto.

Entiendo que se trata en esta ocasión de promover un acuerdo de práctica parlamentaria que nos sirva para el futuro.

Por esa razón es que voy a someter a la consideración de la asamblea, primero, esta propuesta y, segundo, voy a someter a la consideración de la asamblea si es que se nos permite que no se lean ni siquiera los puntos de acuerdo.

Diputado Gutiérrez de la Garza, vamos a cambiar el sentido. Vamos a someter a la consideración de la asamblea que nos permita que, en virtud de que están publicados los puntos de acuerdo, ni siquiera a éstos se les dé lectura.

El diputado Pablo Gómez (Desde su curul): Solamente para señalarle que le informe a la asamblea cuándo y en qué volumen de la asamblea fue publicado este proyecto.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Están publicados el día de hoy, diputado Pablo Gómez, republicados porque habían sido publicados con anterioridad. Adelante.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la presidencia se consulta a la asamblea si se les dispensa la lectura a los puntos de acuerdo, en virtud de que están publicados en la Gaceta Parlamentaria.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

VOTACION

Los ciudadanos diputados diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

VOTACION

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se les dispensa la lectura. Segundo, si es dable que la votación económica sea hasta el final de los puntos de acuerdo.

Vamos a someter a la consideración de la asamblea:

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al procurador federal de Protección al Ambiente, a efecto de que instrumenten medidas urgentes a fin de evitar más daños ecológicos y proteger a la fauna y flora del Lado de Guadalupe, del Municipio de Cuautitlán Izcalli, estado de México. Se reserva para su votación económica en conjunto.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para solicitar a la Comisión Nacional del Agua y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente que en el ámbito de las respectivas competencias realicen visitas de inspección y/o verificación a la empresa Fiemex, Sociedad Anónima de Capital Variable.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para exhortar a la Comisión Nacional de Electricidad tomar las medidas necesarias para evitar la emisión de elementos químicos tóxicos y a resarcir el daño causado a las tierras de producción agrícola y a la salud de los residentes del Valle de Mexicali, emitidos por la planta geotérmica de Cerro Prieto. Aquí es Comisión Federal de Electricidad.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con puntos de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales verifique el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SEMARNAT-2002, relativa a todos los biosólidos, especificaciones y límites máximos permisibles de contaminantes y disposición final en la planta Promotora Ambiental del Sureste, Sociedad Anónima de Capital Variable (PASA)

Consulte la Secretaría a la asamblea si son de aprobarse los puntos de acuerdo, en votación económica.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: En votación económica se pregunta si son de aprobarse los puntos de acuerdo en su conjunto.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados los puntos de acuerdo. Comuníquense.

El siguiente punto del orden del día es la discusión de los dictámenes negativos relativos a iniciativas.

En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica si se autoriza que sólo se les dé lectura a los puntos de acuerdo.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea en votación económica si se autoriza que sólo se dé lectura a los puntos de acuerdo.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia informa que por economía procesal vamos a someter a la consideración de la asamblea los dictámenes en votación económica, una vez que se les haya dado lectura a los puntos de acuerdo, a excepción, a excepción del de la Comisión de Gobernación con punto de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que adiciona un tercer párrafo al artículo 2o. de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, que veremos hasta el final.

Continúe la Secretaría con los puntos de acuerdo de todos los demás dictámenes negativos.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: De las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Atención a Grupos Vulnerables. Dictamen a la iniciativa de reformas a la Ley del Servicio Militar.

"Acuerdo:

"Único.- No es de aprobarse la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Militar y su Reglamento presentada por el diputado Mario Ortega Alvarez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 6 de abril de 2004".

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No habiendo oradores registrados el asunto se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Se va a dar lectura al punto de acuerdo del dictamen de la Comisión de Defensa Nacional por el que no se aprueba la iniciativa que reforma el artículo 56 de la Ley del Servicio Militar Nacional.

"Resolutivo:

"Único.- Con base en el estudio y análisis expresado en las consideraciones del presente dictamen se considera que no es de aprobarse la iniciativa con proyecto de decreto que propone la reforma del artículo 56 de la Ley del Servicio Militar Nacional turnada a la Comisión de Defensa Nacional el 16 de marzo de 2005".

Túrnese al Archivo como un asunto totalmente concluido. Firma la Comisión de Defensa Nacional.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No habiendo oradores registrados se considera el asunto suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: De las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Gobernación.

" Resolutivo:

"Único.- Con base en el estudio y análisis expresado en las consideraciones del presente dictamen, se considera que no es de aprobarse a iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XV recorriendo las subsecuentes con dígitos para quedar en XXI al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y por el que se reforma la fracción I al artículo 1o. de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea, turnada el 23 de noviembre del 2004 a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y Gobernación.

Túrnese al archivo como un asunto totalmente concluido.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene registrados oradores. El asunto se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Se va a dar lectura al Punto de Acuerdo del dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona una fracción X al artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social.

"Unico.- Se desecha la iniciativa de adición de una fracción X al artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social, por considerarla redundante respecto a otras fracciones de la misma disposición.

"18 de mayo de 2005. Firma, la Comisión de Desarrollo Social".

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene registrados oradores, considera el asunto suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se va a dar lectura a los puntos de acuerdo del dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 195 y 199 del Código Penal Federal.

"La Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Honorable Cámara de Diputados acuerda:

"Primero.- Se desecha la iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 195 y 199 del Código Penal Federal.

"Segundo.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria y envíese el expediente de la presente iniciativa como asunto totalmente concluido, al archivo de la oficina administradora correspondiente de esta Honorable Cámara de Diputados".

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene oradores registrados, considera el asunto suficientemente discutido y lo reserva para su votación económica en conjunto.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se va a dar lectura a los puntos de acuerdo del dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 294 y 296 del Código Penal Federal y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

"Por lo que la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Honorable Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea el siguiente

"Acuerdo

"Primero.- Se desecha la iniciativa con proyecto de Decreto que reforma los artículos 294 y 296 del Código Penal Federal y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

"Segundo.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria y envíese el expediente de la presente iniciativa como asunto totalmente concluido al archivo de la oficina administradora correspondiente de esta Honorable Cámara de Diputados".

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene registrados oradores, considera el asunto suficientemente discutido y lo reserva para su votación económica en conjunto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Se va a dar lectura a los puntos de acuerdo del dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura, por los que no se aprueba la iniciativa que reforma la fracción VIII del artículo 10 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.

"Acuerdo

"Primero.- No es de aprobarse la iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma la fracción VIII del artículo 10 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, presentada por el diputado Raúl Piña Horta el 22 de abril de 2004.

"Segundo.- Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

"Firma, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura".

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene registrados oradores, considera el asunto suficientemente discutido y lo reserva para su votación económica en conjunto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Se va a dar lectura a los puntos de acuerdo del dictamen de la Comisión de Juventud y Deporte, por los que no se aprueba la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Cultura Física y Deporte.

"Unico.- No es de aprobarse la iniciativa motivo del presente dictamen. Archívese el expediente.

"22 de junio de 2005. Firma, la Comisión de Juventud y Deporte".

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Pregunte la Secretaría a la asamblea si son de aprobarse los dictámenes negativos, en votación económica.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Se va a proceder a recoger la votación económica de estos puntos de acuerdo y los anteriormente reservados.

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados. Archívense los expedientes como asuntos total y definitivamente concluidos.

Esta Presidencia le da la más cordial bienvenida a ocho Presidentes Municipales de Chiapas, invitados por el señor diputado federal don Jorge Utrilla Robles. Sean ustedes bienvenidos.

Asimismo, le damos la más cordial bienvenida a los señores integrantes del Club Rotario de Atlixco, A.C., invitados por el señor Diputado Rogelio Flores. (Aplausos).

Se ruega a la Secretaría dar cuenta con los Puntos de Acuerdo del dictamen negativo de la Comisión de Gobernación con Puntos de Acuerdo, por los que no se aprueba la Iniciativa que adiciona un tercer párrafo al Artículo 2 de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

La diputada Patricia Garduño Morales: Se va a dar lectura a los Puntos de Acuerdo del Dictamen de la Comisión de Gobernación, por los que no se aprueba a Iniciativa que adiciona un tercer párrafo al Articulo 2 de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

ACUERDO

Primero. No es de aprobarse la Iniciativa con proyecto de Decreto que adiciona un tercer párrafo al Articulo 2 de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

Segundo.- Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido. Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, D.F., a los 29 días del mes de Septiembre del 2004.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Señoras y señores Legisladores, en este Punto el señor Diputado Omar Ortega Alvarez, ha cumplido con todas las formalidades para presentar un voto particular a nombre de Diputados del Partido de la Revolución Democrática que lo suscriben.

Esta Presidencia le pregunta al Diputado Omar Ortega, si quiere pasar a leerlo. Tiene usted el uso de la palabra, aún cuando no es integrante de la Comisión, lo está leyendo a nombre de integrantes de su partido, que sí lo son.

El diputado Omar Ortega Alvarez: Con su permiso, señor Presidente. A nombre de los integrantes de la Comisión de Gobernación , los Diputados Miguel Angel García Domínguez, Eduardo Espinosa Pérez, Socorro Díaz Palacios, Jesús Porfirio González Schmal, rúbricas, con mis respetuosas adhesiones, presenta ante ustedes este Voto Particular.

Con fecha 23 de Junio del año de 2004, el Diputado Alfonso Ramírez Cuéllar y el de la voz, presentamos ante la Comisión Permanente, una Iniciativa de Decreto para adicionar un párrafo 3º al Artículo 2 de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, planteando que los ingresos que por concepto de productos obtuviere este organismo, fueran puestos a disposición de la Secretaría de Salud para su aplicación en programas de Asistencia Social.

En términos de lo dispuesto por la Ley General de Salud, es importante señalar, que con esta Iniciativa se busca detener el manejo discrecional que el Gobierno de la República, a través del Fideicomiso "Transforme a México", estaba haciendo de los recursos públicos.

Como todos saben, a partir de estas irregularidades fue que pidió su renuncia la Directora aura Valdés y se nombró al Diputado Federal Príísta, Tomás Ruiz. A pesar de que públicamente se manifestó la serie de irregularidades que asociaciones civiles sustentadas por el Gobierno Federal, habían presentado, como es el caso de PRO VIDA , la Comisión de Gobernación no se abocó a realizar el estudio permanente de dicha Iniciativa, con el único fin de dejar que de manera discrecional el Ejecutivo Federal manejara esos ingresos.

La Comisión de Gobernación no entró al fondo del asunto y en los Considerandos que presenta para dictaminar en sentido negativo la Iniciativa de Reforma, encontramos algunas inconsistencias.

1º.- En el Considerando 7 , en el que se señala que el 31 de Agosto del 2001, el Presidente de la República, Vicente Fox, anuncia la creación del Fideicomiso "Transforma a México", con el propósito de dar transparencia y eficacia al destino de los recursos que se canalizaran a obras altruistas a través de instituciones de asistencia social privada.

Y fue esto, precisamente, lo que no se cumplió; el manejo transparente y eficaz de dichos recursos públicos. Aquí, el Gobierno Federal , tiene que hacerse responsable de esta anomalía, pero le corresponde al Congreso velar porque esto no vuelva a ocurrir. Es por ello que presentamos esta iniciativa.

En el Considerando Décimo se afirma que los ingresos de la Lotería Nacional no son productos y no ingresos que obtiene dicho ente, en su calidad de organismo descentralizado. Al respecto resulta importante destacar, que dichos ingresos son considerados productos por la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2004, por lo cual este Considerando es un absurdo.

En el Considerando Décimo Tercero se señala que la facultad de la Secretaría de Salud se reduce a establecer la distribución de los recursos, con los cuales estamos de acuerdo, porque la iniciativa dice únicamente: "Los ingresos que por concepto de productos obtenga el organismo, se pondrán a disposición de la Secretaría de Salud para su aplicación en los programas de asistencia social", y en ninguna parte dice que será la Secretaría de Salud la que lo destine.

En el Considerando Décimo Cuarto se dice que: "La Secretaría de Salud sólo establece las políticas pero no capta ni dispone los fondos que proporcione la Lotería Nacional", lo cual no es ningún impedimento para que lo hagamos con la reforma que se propone, ya que no entraría en contradicción con la Ley General de Salud, y se tendrá que formar obviamente el correspondiente reglamento.

En el Considerando Décimo Quinto se alude que: "La propuesta rompe con el principio de unidad presupuestal", lo cual es falso porque el hecho de que algunos ingresos vayan atados a cierto gasto, no impide que se aplique la Ley de la Tesorería y en este caso no se está violentando ninguna disposición.

Por todo esto es que, con fundamento en el Artículo 88 del Reglamento Interno, solicitamos que se ponga a consideración de este pleno el presente voto particular, en los términos en que se presentaba la iniciativa presentada el 23 de junio del año 2004.

Solicito, señor presidente, se inserte íntegro en el Diario de los Debates, el presente voto particular.

Es cuanto señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates.

Tiene la palabra en contra el señor diputado don Héctor Gutiérrez de la Garza, en contra del dictamen no en contra del voto particular.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza: Con su venia diputado presidente.

Hago uso de esta tribuna para hablar en contra de este dictamen, mismo que anticipo en su momento firmé a favor, más sin embargo la reflexión me lleva a votar en contra de este dictamen.

Deseo manifestarle que el tema de los fideicomisos y la falta de transparencia de los fideicomisos públicos en un concepto amplio de los mismos, es decir, no el de Transforma a México, sino los fideicomisos públicos en lo general, es lo que ha caracterizado a esta administración pública federal.

La iniciativa recoge el origen de la autorización de sorteos y juegos con apuesta en el país, deviene del decreto de suspensión de garantías en la Segunda Guerra Mundial, donde se estableció perfectamente la permisibilidad de juegos con apuesta, no de azar y sorteos con la finalidad de fortalecer a la asistencia pública del país, no es casualidad se denomina Lotería Nacional para la Asistencia Pública, sus recursos deben de ser destinados a la asistencia pública, de eso no debe quedar ninguna duda.

Más, sin embargo, hemos podido observar que mediante figuras de naturaleza mercantil, como son los fideicomisos, existe la posibilidad de fugas no necesariamente para la asistencia pública. Y aquí hago un exhorto respetuoso a mis compañeros diputados, para que analicemos la minuta de fecha 30 de marzo del 2005 que reforma la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, minuta del Senado de la República que actualmente se encuentra en la Comisión de Gobernación.

Esta legislatura ha trabajado para abrir el tema de fideicomisos, ya aprobamos una reforma sobre el particular. Debemos de apoyarnos en una reforma a la Ley de Transparencia para darle eficacia a la cerrazón que existe de la apertura en el tema de fideicomisos públicos, mas sin embargo, quiero invitarlos a una reflexión respetuosa: La Lotería Nacional es una institución de muchos años, de siglos de existencia, formalmente de aproximadamente 60, 70 años de existencia como organismo descentralizado.

Estamos buscando transparentar el origen y el destino de los recursos de la Lotería Nacional, pero deseo advertirles que como vamos, ya no va a haber qué transparentar; la Lotería Nacional la estamos llevando a su quiebra. Más adelante no va a haber qué transparentar, el problema no va a ser el Fideicomiso Transforma México; el problema va a ser la liquidación de la Lotería Nacional. A una institución pública cuyo fin, destino, es la asistencia social, la estamos llevando al fracaso.

Yo los invito a fortalecer a la Lotería Nacional, que el tema de Transforma México no signifique el obstaculizar el fortalecer a esta institución. La estamos mandando a competir con instrumentos que es imposible en el mercado actual competir con sorteos. Vaya, hasta el propio "Raspadito" de la Lotería Nacional ahora lo podrán ver siendo operado por empresas privadas. Es el colmo. La Lotería Nacional debemos de fortalecerla, que esto nos lleve y nos conduzca a ello y efectivamente, que sus recursos se transparenten para que sean destinados a la asistencia pública.

Es cuanto señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias diputado.

Quiere hacer uso de la palabra el diputado Omar Ortega, que está registrado en contra. Tiene usted el uso de la palabra en contra del dictamen. Está usted en contra del dictamen, estamos discutiendo el dictamen apenas. En contra de los puntos.

El diputado Omar Ortega Alvarez: En contra del dictamen, señor Presidente.

Compañeros legisladores:

Coincido en la propuesta del diputado que me antecedió en la palabra al señalar que la actividad única y exclusiva de la Lotería Nacional es para la asistencia pública. Si los productos ya se encuentran regulados en la Ley de Ingresos de la Federación, no vemos por qué no se puedan contemplar como ingresos, que era uno de los argumentos que vertían en la Comisión de Gobernación.

Si bien es cierto que se contempla que debe de ser la Secretaría de Salud la que reciba o tendría que enterarse de esos ingresos y posteriormente turnarlos a la Secretaría de Salud, no veo el por qué lleguen por la Secretaría de Salud posteriormente a los programas de asistencia social. Esto podría corregirse en el Reglamento mismo de la Secretaría de Salud y no tiene por qué decirse o desecharse toda una iniciativa por una cuestión de forma y no de fondo.

En ese orden de ideas creo que es prudente que no se apruebe la iniciativa de dictamen que niega la propuesta de un servidor y que se apruebe en sus términos el voto particular.

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias diputado.

Pregunte la Secretaría a la asamblea en votación económica, si es de aprobarse el dictamen negativo que nos ocupa.

La Secretaria diputada Maria Sara Rocha Medina: En votación económica se pregunta si es de aprobarse el dictamen negativo que nos ocupa.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Hay duda, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría volver a consultar a la asamblea en el entendido de quien quienes voten por la afirmativa, tendrán que ponerse de pie, y después de manera contraria.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: En votación económica se pregunta a los compañeros diputados.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Votación

Gracias.

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse ponerse de pie.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Alvaro Elías Loredo: Aprobados los puntos de acuerdo.

Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Señoras y señores legisladores, esta Presidencia recibió de los diputado Miguel Ángel Toscazo Velasco y Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido, el primero del Partido Acción Nacional y el segundo del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma el artículo segundo de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, misma que se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

La siguiente iniciativa del diputado Elpidio Concha Arellano, se pospone.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado Fernando Álvarez Monje, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa de Ley de Remesas y adiciona las fracciones VI, VII y VIII al artículo 253 del Código Penal Federal.

El diputado Fernando Alvarez Monje: Con su venia, señor Presidente.

Fernando Álvarez Monje, diputado federal de la LIX Legislatura, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Mexicanos, y de los artículos 55 fracción II y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propongo a esta Honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa.

Compañeros diputados: El voto de los mexicanos en el año 2000 hizo posible que de manera pacífica y ordenada transitáramos de un régimen a una democracia moderna.

Los mexicanos entramos al nuevo siglo con ánimo optimista para solucionar los problemas que aquejan a nuestra nación.

El cambio nos dio la posibilidad de incorporar nuevos temas en la agenda política nacional que había quedado relegados por décadas, la transparencia, la rendición de cuentas y la atención a los mexicanos en el extranjero, son algunos ejemplos de los temas que antes no se abordaban y que parecían que no existían.

En efecto, por años los emigrantes mexicanos fueron condenados al olvido, sus demandas fueron ignoradas y se desatendieron sus peticiones para incorporarse a la vida de nuestro país.

En el México de hoy, esta Legislatura ha logrado culminar un proceso arduo de análisis y debate, de reflexión y propuestas acerca del voto de los mexicanos en el extranjero, haciendo posible que los ciudadanos mexicanos puedan votar en las elecciones federales para Presidente, no importando el lugar donde se encuentre.

Esta reforma electoral protege los derechos políticos de los inmigrantes, pero existen otros derechos que actualmente se encuentran desprotegidos, tal es el caso de las remesas que envían los emigrantes mexicanos, principalmente de Estados Unidos de América a nuestro país.

Es evidente que el flujo de remesas que envían los emigrantes desde Estados Unidos a México, se ha convertido en la segunda fuente más importante de divisas, sobrepasando la inversión extranjera directa y el turismo y sólo atrás de las ventas por petróleo.

El año pasado México ocupó el segundo lugar mundial entre los países receptores de remesas sólo superado por la India y ocupó el primer lugar en Latinoamérica con 17 mil millones de dólares recibidos.

Las remesas que envían nuestros paisanos constituyen una expresión del vínculo entre estos y las comunidades de origen. Estos flujos monetarios pueden convertirse en un medio de desarrollo, ya que ofrecen una importante fuente de recursos de capital predecible, tanto para el gobierno, como para las familias, son inmunes a las crisis económicas e incluso pueden ir en contra de los ciclos, es decir, que pueden aumentar en situaciones de recesión.

También es importante destacar que el envió de remesas a nuestro país, junto a la implementación de diversos programas sociales, ha contribuido a la disminución de la pobreza. Asimismo, las familias mexicanas receptoras de remesas, gastan la mayoría de los recursos que reciben de los gastos cotidianos y de consumo, 78% y en un segundo orden en educación.

A pesar de la importancia que tienen las remesas en la economía de México, no existe disposición legal alguna que regule la actuación de las empresas intermediarias en el envió de dinero y tampoco existe una ley que proteja los derechos de los emigrantes, como usuarios del servicio el envío de remesas. Ante este vacío legal se presentan las problemáticas siguientes:

Al momento del pago las empresas dedicadas al negocio de envió de remesas, aplican un tipo de cambio inferior al publicado por el Banco de México. Es una práctica común que al momento de cobrar las remesas, las cadenas comerciales tratan de inducir a los familiares receptores para adquirir sus productos como forma de pago o niegan el pago alegando falta de efecto

No existe transparencia en la transferencia de dinero, por lo que es difícil conocer los costos reales del servicio, no existe registro de las empresas que se dedican a este servicio y por tanto, no existe control por parte de alguna autoridad para asegurar que funcionen, de acuerdo a las normas del mercado y respeten los derechos de los usuarios del servicio.

Ante esta problemática es necesario expedir una ley que resuelva, para esto debemos situar el tema de remesas en el contexto jurídico adecuado. La vertiente dominante de la actividad económica estudia la forma en que se toman las decisiones de los consumidores y supone que éstos cuentan con información completa y perfecta para realizar sus decisiones en compra, por lo que los académicos hablan de la soberanía de los consumidores para hacer referencia de su capacidad de decisión, la cual repercute en mayor competencia entre los empresarios para ganar clientes.

Sin embargo, estos supuestos son muy distintos a los que existen en el mundo real, pues los emigrantes mexicanos tienen limitantes: la barrera del idioma, la situación migratoria y las condiciones socioeconómicas de los familiares, genera desinformación respecto a las mejores opciones para la transferencia de dinero, por tanto, los usuarios deciden qué medio utilizar, sin tomar en cuenta, la velocidad, seguridad y costo del servicio a la ignorancia en la que se encuentran.

En ese sentido nuestra propuesta no atiende a prácticas asistencialistas, por el contrario como representantes de la sociedad sabemos que son igualmente validos, tanto los intereses de las empresas que realizan estos servicios, como los intereses de los emigrantes y sus familias que los utilizan. No buscamos desconocer un interés válido, sino equilibrar las relaciones económicas, para que ambas partes sean igualmente beneficiadas y el modelo económico funcione adecuadamente en un mercado de remesas, donde el oferente y el demandante se encuentren en igualdad de condiciones de contratación.

La iniciativa de Ley de Remesas que presentó ante esta soberanía, contiene 28 artículos, organizados en 7 capítulos, con una adecuada técnica legislativa que contempla disposiciones generales, normas que establecen las autoridades que participan en la ley, reglas que deben cumplir las empresas que participan en el mercado de remesas, así como procedimientos, sanciones y recursos. Es importante destacar que esta ley vendría a llenar un vació, pues no tiene antecedentes legislativos por la particularidad de la situación y la época en que vivimos.

Respecto a la propuesta de creación de tres nuevos tipos penales que protejan a las familias destinatarias del envío de remesas, obedece a que éstas utilizan la mayor parte del dinero para cubrir sus necesidades básicas, por lo que considero que es necesario protegerlas, tutelando este bien jurídico.

En este sentido, es adecuada la integración de estos tipos penales al artículo 253 del Código Penal Federal, debido que se insertan dentro de los delitos contra el consumo. En este caso serían delitos contra consumo del servicio de remesas y las disposiciones comunes a los delitos de este artículo, también serán aplicables a estos nuevos tipos penales propuestos, lo cual consideramos correcto.

Es importante destacar que al aprobar esta iniciativa cumplimos con compromisos internacionales, ya que México ha suscrito la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias, por lo que de acuerdo al artículo 84 de la misma, que establece que cada uno de los estados partes se compromete a adoptar medidas legislativas y de otra índole que sean necesarias para aplicar las disposiciones de la presente convención.

Y siendo parte importante de la Convención lo dispuesto en los artículos 32 y 47, en los cuales se establece el derecho de los trabajadores migratorios para transferir sus ingresos y ahorros a su país de origen, de conformidad con la legislación aplicable, tenemos la obligación jurídica ante la comunidad de las Naciones Unidas, de legislar esta iniciativa de Ley de Remesas, para hacer efectivos los derechos de nuestros trabajadores migratorios en nuestro país y demostrar que el Poder Legislativo Federal, como parte del Gobierno Mexicano, cumple con sus responsabilidades internacionales y se coloca a la vanguardia de la defensa de nuestros mexicanos en el exterior.

Al aprobar esta propuesta de ley no sólo aseguramos el correcto funcionamiento del mercado, sino que protegemos los derechos humanos de los emigrantes y de sus familiares e insertamos la legislación mexicana a la par de regulaciones jurídicas avanzadas y mejorando la protección que la ley da a los consumidores y a usuarios del servicio.

Es nuestro deber como legisladores y representantes de los mexicanos, proteger a los trabajadores migratorios y a sus familias, regulando las remesas con el fin de eliminar prácticas abusivas que menoscaban el dinero que envían los mexicanos desde el exterior, pues así protegemos el esfuerzo del trabajador migratorio y la subsistencia de su familia.

Por lo anterior, pido a la Mesa Directiva que se turne esta iniciativa a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Alvaro Elías Loredo: Se obsequia la petición del señor diputado y se turna, además, a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Justicia y Derechos Humanos.

Tiene la palabra el diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar.

El diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández: Con la venia de la Presidencia.

El Presidente diputado Alvaro Elías Loredo: Adelante, diputado.

El diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández: La Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar fue promulgada el 22 de agosto del año 2005, como se acordó en el punto segundo del Acuerdo Político, signado el 11 del mismo mes y año por la Secretaría del Ramo y diversos actores. Este ordenamiento se aprobó con el abrumador apoyo de la mayoría parlamentaria que convergió en una ponderación básica: el Sector Cañero Azucarero, requiere de una particular legislación, habida cuenta de su relevancia tanto económica como social.

No es desconocida la dinámica que siguieron las negociaciones de este Acuerdo Político y lamentamos que las Secretarías de Agricultura y Gobernación no hayan hecho una convocatoria amplia incluyente. Desperdiciaron una oportunidad de oro para que con todos los grupos parlamentarios y todos los actores del ciclo (¿) azucarero, pues se empecinaron, como es su costumbre, en hacer acuerdos en lo oscurito, a espaldas del Poder Legislativo en su conjunto.

La Comisión Especial para Analizar los Problemas de la Agroindustria de la Caña de Azúcar nunca fue convocada, de hecho ni siquiera recibió de manera oficial copia de los acuerdos suscritos con el Ejecutivo.

Como lógico resultado de esta maquinación imprudente, los acuerdos a los que llegaron se vieron rotos y entonces el gobierno "Foxista" recurrió a su muletilla favorita, poniendo en entredicho la labor legislativa ante la Suprema Corte en una controversia constitucional que acaba de ser admitida hace escasas horas, pretendiendo así endosar costos políticos a esta instancia legislativa.

Por si fuera poco, en días pasados la Secretaría de Gobernación reiteró esta reprobable conducta reuniéndose de nueva cuenta con unos cuantos líderes sin la participación de otros interesados; por eso, lo que debió ser una ley completa y concertada, habida cuenta de las instancias de negociación en las cuales fue revisada, es sobre el andamiaje mínimo y perfectible que la industria cañera requiere.

No está de más que todos los grupos parlamentarios hemos coincidido en la necesidad de perfeccionar la ley. Es por ello que presentamos este proyecto de iniciativa como respuesta a esta acuciante circunstancia.

Estamos conscientes de que esta ley peligra por los compromisos y la ligereza del Poder Ejecutivo que quiere controlar el mercado azucarero a la medida de sus intereses. Sin embargo, los firmantes de esta iniciativa, nos negamos a paralizar nuestro trabajo por las ocurrencias del Ejecutivo.

En el marco de este consenso, es de destacarse la reforma hecha al artículo 38 que eliminó la facultad que detentaban los Comités de Calidad y Producción Cañera de sancionar el registro de nuevas organizaciones cañeras pues en un primer momento tutela el derecho a la libre asociación de los productores.

Numerosos actores, en particular los productores pequeños independientes, han recibido con agrado la modificación mencionada. Sin embargo, han externado que los requerimientos exigidos en el registro de nuevas asociaciones resulta inalcanzable.

El legislador como representante de la nación no puede obviar la presencia de los factores democratizadores en el sector cañero. Si bien es cierto que la ley en su estado actual prevé lo antes dicho, también es cierto que requiere ajustes que permitan a las organizaciones emergentes ocupar el lugar que les corresponde en razón de su real representación.

En las condiciones contenidas en este proyecto se respeta a plenitud el derecho a la libre asociación dentro de un marco legal que no perjudique el juego político en el que de manera sana y natural prevalecen los que son capaces de otorgar opciones reales a sus agremiados, más allá de meras situaciones políticas que no representan mejoras en las relaciones productivas y consecuentemente en el nivel de vida de quienes dependen del cultivo de edulcorante más antiguo de la historia.

Si bien es reiterativo, no es ocioso recordar la próxima apertura del mercado de edulcorante al interior del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, que en el año 2008 eliminará todo arancel a los edulcorantes importados.

A la fecha la defensa comercial de nuestro país y el juego limpio de nuestro socio y principal consumidor de azúcar, los Estados Unidos de Norteamérica, han dejado mucho que desear.

Es remoto que el gobierno mexicano defienda agresivamente a nuestros productores.

Por todo lo anterior y ante el crítico estado de la industria de la caña de azúcar, es indispensable la concurrencia de todos los productores organizados tanto nuevos como históricos, así como los independientes, pues de la riqueza conceptual y visiones frescas de la realidad del mercado azucarero, dependerá en un futuro muy cercano la sobrevivencia de la industria nacional y la preservación de las prácticas democráticas.

Más allá de motivaciones políticas, las organizaciones de productores tienen un fin primordial: proteger el patrimonio de sus miembros. Y es indispensable por ello que el productor tenga plena libertad de encomendar el futuro de sus hijos a quienes quiera más competente y comprometido.

Por ello, la intención de este proyecto es número uno, instrumentar el respeto a la libre organización en el sector productivo de la agroindustria de la caña de azúcar; número dos, en el corto plazo impulsar la participación de nuevas organizaciones de productores cañeros con representación real; número tres, también en el corto plazo generar prácticas político-organizativas y productivo-económicas acordes con el proceso de democratización del país y de las exigencias de la realidad internacional.

Y en el mediano plazo fomentar la planeación participativa y plural de la agroindustria de la caña de azúcar.

Por ello pretendemos la modificación del primer párrafo del artículo 34 a fin de que las organizaciones locales de productores que se constituyan en cada ingenio, requieran 5% de la producción en la zona de abastecimiento correspondiente, así como el 5% del padrón de productores locales y no el 10 como se establece en la ley que aprobamos.

También proponemos la reforma de los incisos a) y b) del artículo 38, así como el párrafo último de este mismo artículo para reducir también el porcentaje de producción y afiliación el 3%; así como la presencia en los estados de 3 a 2 entidades que deben tener las organizaciones nacionales de cañeros para obtener el registro condicionado, así como que también cuentan con voz y voto en las instancias de planeación y decisión, contempladas en la misma ley que ya aprobamos.

Bajo estas premisas los firmantes de este proyecto de iniciativa hacemos votos porque la legalidad y el entendimiento imperen en pro de los productores cañeros, grupo productivo sumamente lastimado por el devenir político y económico.

Suscriben el presente proyecto de iniciativa los diputados Miguel Luna Hernández, del PRD; el diputado Diego Palmero, de Acción Nacional; el diputado Juan Fernando Perdomo, de Convergencia por la Democracia y su servidor Emiliano Ramos.

Es cuanto.

El Presidente diputado Alvaro Elías Loredo: Gracias diputado.

Túrnese a la Comisión de Agricultura y Ganadería, con opinión de la Comisión Especial para analizar los problemas de la agroindustria mexicana de la caña de azúcar.

Se pospone la iniciativa que reforma el artículo 120 de la Ley de Aguas Nacionales, del diputado Alejandro Agundis Arias, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Tiene la palabra el diputado Amadeo Espinosa Ramos, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

El diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos: Con el permiso de la Presidencia. Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión.

Los suscritos, diputados federales a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo a la fracción II del artículo 115 de la Ley General de Salud, bajo la siguiente exposición de motivos.

La Constitución General de la República, establece en su articulo cuarto, párrafo tercero, que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. Y en el sexto párrafo del mismo artículo se dispone que "los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral ".

No obstante que los ascendientes cumplen su obligación alimentaria con los menores, desafortunadamente los hábitos alimenticios de la sociedad mexicana en general y de la de los niños en particular, se ha modificado sensiblemente.

El sedentarismo y un mayor consumo de alimentos grasos y de alto contenido calórico, han incidido en que los niños presenten sobre peso e incluso obesidad infantil con los consecuentes trastornos a la salud que esto genera.

La palabra obesidad tiene su raíz en el latín obesus, que significa persona que tiene gordura en demasía y que se caracteriza por la acumulación y almacenamiento excesivo de grasa, principalmente en el tejido adiposo.

La sociedad mexicana tiene la idea o creencia de que si un niño es gordito, es sinónimo de buena salud. Esa apreciación es totalmente errónea ya que hoy se sabe que el exceso de peso puede generar graves problemas de salud.

La encuesta nacional de nutrición 1999, financiada por la Secretaría de Salud y publicada en 2001, demuestra que la prevalencia de obesidad en el ámbito nacional para el grupo en su conjunto fue de 27.2 por ciento de acuerdo a la población y sistema de clasificación estadounidense.

Aquí se habla de niños en edad escolar entre cinco y once años de edad. Este dato de suyo es alarmante porque nos da la tendencia primero, de que los niños que en 1999 tenían once años, en el año 2005 tienen diecisiete años. Los que tenían cinco años en 1999, ahora en el 2005 tienen once años y en ambos grupos la tendencia es pasar de niños obesos a adolescentes obesos por los consecuentes problemas de salud pública que se traducen en enfermedades como diabetes, hipertensión, problemas cardiacos, de columna y ortopédicos.

Sin lugar a duda gran parte de la culpa de esta situación la tienen los pésimos hábitos alimenticios de los niños avalados, tolerados e incluso en ocasiones inducidos por los padres. Los niños mexicanos son grandes consumidores de alimentos denominados chatarra, y de refrescos con un alto contenido de calorías.

Para los padres de familia, en ocasiones es más cómodo satisfacer los deseos o caprichos de sus hijos y les compran estos alimentos o se los dan para tenerlos entretenidos antes de las comidas o como sustitutos de éstas.

Si bien es cierto que un niño obeso es detectable por su volumen corporal, también lo es que ese niño afronta severos problemas de autoestima, ya que es objeto de las burlas o comentarios discriminatorios de sus compañeros de escuela o amigos, lo que hace que el niño se encierre en sí mismo y busque en el consumo de alimentos y de golosinas una puerta de escape a las agresiones externas, constituyendo todo ello un grave círculo vicioso.

Desde luego que el grupo parlamentario del Partido del Trabajo no soslaya el hecho de que las condiciones económicas por las que el país ha atravesado desde 1982 a la fecha han hecho que en el seno del hogar tanto el papá como la mamá tengan que trabajar y que esta situación produzca un vacío en el cuidado de la alimentación de los hijos.

La expansión en el mercado de comida rápida como hamburguesas, pizas, sopas instantáneas, entre otras, ha traído como consecuencia la modificación de los hábitos alimenticios de nuestros niños y su relación directa con el sobrepeso y la obesidad.

Desafortunadamente, estamos imitando la mala educación alimenticia de nuestro vecino del norte y nos alejamos cada vez más de una alimentación sana. Lo ideal sería regresar a los hábitos alimenticios que se tenían hasta hace aproximadamente 20 años y donde el consumo de una dieta balanceada, con ingesta de frutas y verduras, mantenía a los mexicanos en un nivel de peso adecuado.

Por ello, el grupo parlamentario del Partido del Trabajo propone en la presente iniciativa que se adicione un párrafo segundo a la fracción II del artículo 115 de la Ley General de Salud, en el que se establezca la obligación de los fabricantes de botanas y refrescos de incluir en el empaque o envase de sus productos la leyenda: "el consumo de este producto puede generar obesidad".

Con la incorporación de esta leyenda se pretende alertar a los consumidores, a los niños en particular, de los efectos que puede ocasionar el consumo continuo de dichos productos.

Finalmente, lo que interesa a nuestro grupo parlamentario es que las nuevas generaciones de mexicanos tengan hábitos alimenticios sanos que les permitan contar con condiciones de vida adecuadas, y para el gobierno mexicano no destinar tantos recursos económicos al tratamiento de enfermedades derivadas de la obesidad.

Compañeras y compañeros diputados: por lo anteriormente expuesto sometemos a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo a la fracción II del artículo 115 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 115, fracción II. Los fabricantes de botanas y refrescos deberán incluir en la etiqueta de sus productos la leyenda "El consumo de este producto puede generar obesidad".

Transitorio. Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 27 días del mes de septiembre del año 2005 por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo. Muchas gracias.

El Presidente diputado Alvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Salud.

Esta presidencia da la más cordial bienvenida a alcaldes provenientes del estado de Puebla, invitados por nuestros compañeros diputados Angélica Ramírez, Rogelio Flores, Jesús Díaz y Angel Alonso Díaz-Caneja. Sean ustedes bienvenidos. (Aplausos)

Tiene la palabra el diputado Gonzalo Ruíz Cerón, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que adiciona un artículo 7 transitorio a la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006.

El diputado Gonzalo Ruiz Cerón: Con su permiso, señor presidente. El suscrito, diputado Gonzalo Ruiz Cerón, en mi carácter de diputado federal de la 59 Legislatura y con fundamento en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 55 fracción II, 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa que adiciona un artículo 7o. Transitorio a la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio 2006, presentado por el Ejecutivo Federal con el fin de proteger la producción nacional de maíz, frijol y leche bajo la siguiente

"Exposición de Motivos"

"Prácticamente estamos a dos años de la apertura total de nuestro mercado a los países signantes del Acuerdo de Libre Comercio de América del Norte. Desde la entrada en vigor de dicho acuerdo comercial diversos estudios realizados en los tres países han demostrado que este ha resultado gravemente lesivo para el sector agropecuario y forestal mexicano.

"Las asimetrías entre los productores de las tres naciones signantes del acuerdo en mención no se han modificado entre otros factores debido a los apoyos que los Estados Unidos y Canadá otorgan a sus productores agropecuarios.

"Dicho tratado fue negociado por el gobierno mexicano en condiciones claramente adversas para el sector rural, por lo que negoció una mínima protección para productores agropecuarios altamente sensibles para la agricultura, la economía y la seguridad nacional, como es el caso de los productos que conserva hasta el 2008 esta mínima protección.

"Aún con esta mínima protección negociada, el Ejecutivo a través de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial antes y hoy la Secretaría de Economía, por decisión unilateral han permitido el ingreso de productos fuera de cupo, sin el cobro correspondiente de aranceles.

"Las medidas y programas implementados por el actual gobierno federal han sido insuficiente y denotan el poco compromiso para proteger a los productores nacionales, particularmente los del sector agropecuario y forestal, como lo demuestran las iniciativas de ingresos de la federación enviadas por el Ejecutivo Federal a esta Cámara de Diputados durante los cuatro años de su mandato.

"Los socios comerciales de México, particularmente Estados Unidos, han violado e incumplido las disposiciones acordadas en el Acuerdo. Basta recordar los casos de las exportaciones de atún mexicano, de aguacate de Michoacán y la negativa de permitir a nuestros transportistas la internación a su territorio, entre otros casos.

"En este sentido es evidente que los olvidados de siempre son nuestros productores del campo como lo muestra este poco benéfico acuerdo comercial y más aún porque nuestras propias autoridades se niegan a aplicar la protección acordada en dicho acuerdo.

"Además de la complicidad y facilidad de nuestras autoridades federales ante la internación desmedida de productos de origen norteamericano como granos, cárnicos y leche, estos no cumplen con los requisitos mínimos para garantizar la salud de los consumidores.

"Últimamente sí han considerado la obligatoriedad del cobro de aranceles pero los niveles fijados de estos son por demás irrisorios. Sólo por ejemplificar, el arancel fijado para las importaciones de maíz amarillo, fuera de cupo, en los últimos años ha sido de 3 por ciento, cuando el Tratado de Libre Comercio permite a México fijar niveles superiores a éstos y tan sólo para el año 2005 podría ser de hasta 54.5 por ciento.

"Ante lo descrito anteriormente, esta honorable Cámara de Diputados ha considerado las solicitudes de las diversas ramas productivas afectadas por esta falta de compromiso del Ejecutivo y ha tenido el acierto de incorporar en la Ley de Ingresos para los cinco años del mandato del Presidente Fox un artículo transitorio, mediante el cual se obliga a la observancia de las disposiciones establecidas en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, así como la obligatoriedad del cobro de aranceles de las importaciones fuera de cupo.

"Dicha protección se estableció en el artículo 2o. Transitorio en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2001, en el 4o. Transitorio en el 2002, 5o. Transitorio en el 2003 y 6o. Transitorio en el 2004. En este año la Ley de Ingresos de la Federación a propuesta de los diputados de esta LIX Legislatura incluye un artículo 6o. que tiene por objeto establecer regulaciones en materia de importación, producción y comercialización de maíz, leche y frijol.

"Como es de observarse, en lo que va de este sexenio la protección del sector agropecuario no ha sido prioridad de este gobierno. Este año no es la excepción. En la propuesta de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, no se incluye ningún artículo transitorio para este objetivo.

"Hoy, como los anteriores cinco años que van de este sexenio, esta Honorable Cámara de Diputados, comprometida con la defensa de los intereses de los productores nacionales, está obligada a establecer mecanismos para velar por dichos intereses.

"Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa que adiciona un artículo séptimo transitorio a la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006 presentada por el Ejecutivo Federal.

"Unico.- Se adiciona un artículo séptimo transitorio a la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006 en los siguientes términos:

"Artículo séptimo transitorio.- En los casos en que se requiera importar maíz, frijol y leche para el abasto nacional, que rebase las cuotas mínimas libres de arancel acordadas por las partes en los Tratados de Libre Comercio, la Secretaría de Economía conjuntamente con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, determinarán la cuota adicional que no podrá ser mayor a una cantidad igual a la mínima, sujeta al arancel que establezca el Ejecutivo Federal en consulta con organizaciones de productores y consumidores y el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural.

"Los aranceles para estas cuotas serán aplicados sin excepción, por lo que no podrán ser suprimidos. Los ingresos que por este concepto se obtengan, deberán ser incluidos explícitamente en el reporte trimestral al que se refiere el artículo 1º de esta ley.

"De igual manera, el Ejecutivo Federal deberá entregar un informe trimestral de la asignación y el ejercicio de las cuotas mínimas y cuotas adicionales al Honorable Congreso de la Unión, por conducto de las Comisiones correspondientes.

"Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos mil cinco".

Es todo, señor Presidente.

El Presidente diputado Alvaro Elías Loredo: Gracias diputado.

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Tiene la palabra el diputado Jorge Triana Tena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que adiciona la fracción XXIX-bis al artículo 42 y la fracción IX-bis al artículo 67 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

El diputado Jorge Triana Tena: Con el permiso de la Presidencia.

"La corrupción es uno de los fenómenos que ha cobrado mayor relevancia en el ámbito mundial. Este fenómeno no tiene especificaciones de tiempo o lugar, es intemporal y si bien es un problema de los individuos que muestran conductas ilícitas, es también resultado de una sociedad que no está funcionando adecuadamente.

"Combatir los fenómenos delictivos inherentes y afirmar el respeto al a norma legal como eje rector de todo acto de gobierno, es tarea que debe ser sustancial a la construcción de nuestro estado de derecho.

"De igual manera, la educación y el ejemplo de quienes ocupan posiciones relevantes en la sociedad, tienen una importancia decisiva para asegurar la moralidad en la vida pública.

"En esta tesitura, las acciones tendientes a combatir la corrupción y erradicar la impunidad, deben desarrollarse en varias vertientes y comprender la evaluación y fortalecimiento de los órganos de fiscalización.

"Derivado de lo anterior tenemos que existe un doble interés en la verificación de los actos de gestión de la hacienda pública. Por un lado, los órganos del Estado, que desean asegurar el correcto manejo de los recursos públicos por parte de sus empleados y, por el otro, el pueblo que como titular de la hacienda pública legítimamente exige la correcta administración de los recursos por parte de sus representantes.

"Así tenemos que es práctica común en los estados modernos, situar junto a los órganos que administran la hacienda pública, es decir, aquellos que son los encargados de la custodia, manejo y disposición de los recursos públicos, otros órganos destinados a verificar la corrección y eficacia con que se cumplen esas funciones.

"En la fiscalización de los recursos públicos se presentan diversas modalidades, como la de carácter interno, cuyo control es para lo general de naturaleza administrativa y se desarrolla en el mismo escenario administrativo, y otra de naturaleza externa, a cuyo cargo a la fiscalización se encuentra en la Asamblea Legislativa, en este caso del Distrito Federal.

"La fiscalización se realiza de manera sistemática, con enfoques diversos y su unidad básica es la auditoría o revisión. La fiscalización se realiza de manera programada, elaborando un plan de trabajo sustentado en los criterios referidos y que abarca la mayor parte de las unidades administrativas de la Administración Pública.

La consecuencia de la fiscalización es el fincamiento preventivo de responsabilidades administrativas o resarcitorias, aquellos servidores públicos que no tuvieron cuidado con el manejo de los recursos, o bien, que actuaron con desapego a la ética.

El fincamiento de responsabilidades da origen al proceso administrativo que la ley de la materia establece para desahogar la garantía de audiencia y en su caso, fijar la aplicación de sanciones.

Os órganos legislativos desarrollan diversas funciones dentro del esquema de pesos y contrapesos que debe existir en el ejercicio del Poder público.

Una de estas funciones que es mayoritariamente compartida, es la que refiere a la función presupuestaria o financiera respecto al Poder Ejecutivo. Esta función en nuestro Sistema Constitucional, por lo que se refiere al orden federal consiste en la aprobación por parte del Congreso de la Unión de la Le de Ingresos y del Presupuesto de Egresos la Revisión de la Cuenta Pública Anual, la aprobación de las Bases para la celebración or parte del Ejecutivo, de Empréstitos y para reconocer la paga de la deuda nacional.

Ahora bien, dentro del ámbito del Distrito Federal, dada la naturaleza jurídica sui generis de esta entidad federativa, el órgano legislativo del mismo, la Asamblea Legislativa, lleva a cabo algunas de estas funciones, no escapándose de su ámbito de competencia la que tiene que ver con el llamado Control Legislativo o Parlamentario, que es a su vez un proceso de fiscalización externa y que se traduce en la Revisión de la Cuenta Pública.

En efecto, en el Artículo 122 de la Constitución en su Base Primera, Fracción V, Inciso C) se establece como facultad de la Asamblea Legislativa, el revisar la Cuenta Pública del año anterior por conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa, conforme a los criterios establecidos en la Fracción IV del Artículo 74, los que sean aplicables para el caso.

En este contexto, la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa, prevé como sujeto de fiscalización la Administración Pública del Distrito Federal, los órganos autónomos y todas aquellas personas físicas o morales que ejerzan o apliquen recursos en el Distrito Federal.

De igual manera, este ordenamiento legal señala en su Artículo 10 , que s máxima autoridad lo es un órgano superior de Dirección integrado por tres miembros, los cuales son electos por la mayoría de los Miembros de la Asamblea Legislativa, presentes en el pleno.

El Jefe de Gobierno, en términos de lo previsto por el Artículo 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, cuenta con órganos auxiliares para el cumplimento de sus funciones, dentro de los que se encuentra la Contraloría General del Distrito Federal, entidad que desempeña las funciones de Control Interno y que es responsable del control y evaluación de la gestión pública de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades paraestatales.

El Titular de la Contraloría General es nombrado y removido libremente por el Jefe de Gobierno, en virtud de que es un órgano auxiliar de este, pero el hecho de que esta entidad sea un órgano auxiliar, no significa en lo absoluto que deba actuar con discrecionalidad para el beneficio de algunos y para perjudicar a otros. La subordinación administrativa no debe implicar la subordinación política también. Y es que alrededor de las estructuras que componen el Gobierno del Distrito Federal, se han presentado muchas quejas al respecto, de la mala actuación de funcionarios públicos que incumplen con sus atribuciones legales y que incluso llevan a cabo numerosos actos de corrupción, todo esto sin que la Contraloría, aún con las denuncias requeridas y con los elementos de prueba necesarios, actúe para sancionara como es debido.

Una actitud que lamentablemente ha caracterizado al Gobierno del Distrito Federal en los últimos años, es el nivel de corrupción que existe en prácticamente todas las estructuras del Gobierno capitalino.

Resulta no sólo alarmante sino indignante, el que semejantes actos ilegales de funcionarios capitalinos aparezcan hasta en la televisión; sin embargo, este lacerante problema gubernamental no se eliminará mientras no se apliquen medidas de fondo para el combate a la corrupción en la ciudad.

Resulta absurdo, que el órgano que fiscaliza e inspecciona el ejercicio del gasto público, el Gobierno no actúe con el estricto cumplimiento de sus atribuciones, utilizando así la discrecionalidad política en sus decisiones. La Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal debe ser ejemplo indiscutible de transparencia, legalidad y aplicación irrestricta de la ley. NO debe representar los intereses particulares del partido político en turno sino el interés general de los ciudadanos de la capital y su Titular, no debe actuar con la mira puesta en beneficiar a su superior jerárquico sino a la idea clara, de erradicar y sancionar aquellos funcionarios que se alejen del marco legal.

La presente propuesta pretende contribuir a generar un mejor desempeño en las tareas que la Contraloría General del Distrito Federal competen, esto es a través de hacer más democrática y legítima la designación de su titular.

Se considera necesario que en la designación del titular del Contraloría capitalina, no intervenga sólo el Jefe de Gobierno sino también la Asamblea Legislativa. El mecanismo propuesto es muy práctico, el Jefe de Gobierno propone un titular y la Asamblea, con el voto de dos terceras partes, una mayoría calificada que sería el resultado del consenso, lo aprueba.

A través de este mecanismo, el titular de la Contraloría gozaría de la legitimidad necesaria, para que en el ejercicio de sus funciones, no exista la menor duda de habrá de trabajar para el beneficio de los ciudadanos y no para proteger los intereses del partido en el poder.

En virtud de lo expresado y con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del Artículo 71 de la Constitución y el Artículo 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, es que se presenta esta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción bis del Artículo 42 y del 77 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

Es cuanto diputado presidente. Muchas gracias.

El Presidente diputado Alvaro Elías Loredo: Gracias a usted diputado.

Túrnese a la Comisión del Distrito Federal.

Se recibió del diputado Jorge Kahwagi Macari del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad y la Ley General de Cultura Física y Deporte.

Túrnese a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, de Juventud y Deporte.

La iniciativa del diputado Oscar González Yáñez del grupo parlamentario del Partido del Trabajo que adiciona el Artículo 21 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

Se pospone.

Tiene la palabra el diputado René Meza Cabrera del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que adiciona un segundo párrafo al Artículo 49 y deroga el Artículo Tercero Transitorio de la Ley Agraria.

El diputado Rene Meza Cabrera: Con su permiso señor presidente.

El suscrito diputado federal en ejercicio presenta iniciativa para adicionar un segundo párrafo al Artículo 49 y derogar el Artículo Tercero Transitorio de la Ley Agraria, con base en la siguiente

Exposición de Motivos.

Los Constituyentes de Querétaro dieron especial importancia a la cuestión de la tierra, como se llamaba a principios del Siglo XX el que después sería el problema agrario, porque la posesión de la tierra fue uno de los principales motivos que originaron la Revolución de 1910.

Conscientes de lo transcendental de esta problemática, la Comisión respectiva, al presentar su proyecto de dictamen acerca del Artículo 27 al Congreso Constituyente afirmaba: "En este artículo tienen por fuerza que sentarse los fundamentos sobre los cuales deberá descansar todo el sistema de los derechos que pueden tenerse a la propiedad raíz, comprendida dentro del territorio nacional, porque en el estado actual de las cosas no será posible conceder garantía alguna a la propiedad, sin tener que determinar con toda precisión los diversos elementos que la componen, dado que son componentes de la población nacional y en la revolución que felizmente concluye, cada uno de estos últimos ha levantado para justificar de sus actos, la bandera de la propiedad, en demanda ded la protección para sus respectivos derechos, habiendo por lo tanto variadas banderas de propiedad que representan intereses distintros", fin de la cita.

Así, conciliando esos intereses surgió el texto del Artículo 27 Constitucional, que en su párrafo tercero estableció las tres formas esenciales de la tenencia de la tierra: comunal, ejidal y pequeña propiedad, originando el reparto agrario, cuyo auge tuvo su realización en las décadas de los años 30 y 40.

Durante medio siglo y a través de las 16 reformas al Artículo 27 Constitucional y su Ley Reglamentaria, han sido los instrumentos en que se basó y fundamentó la reforma agraria.

Con las últimas reformas y adiciones a este precepto constitucional, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 6 y 28 de enero de 1992, vigentes al día siguiente de las fechas señaladas, se dio por terminado el reparto agrario al comprobase ya la inexistencia de latifundios y de tierras repartibles. Al mismo tiempo, se dio consistencia a la posesión de la tierra al consolidarse la propiedad privada ejidal y comunal, con lo que se procuraba hacer más productivo al territorio nacional. Simultáneamente, el día 26 de febrero de 1992 se publicó también en el Diario Oficial de la Federación la actual Ley Agraria, reglamentaria del artículo 27 constitucional en la materia.

Especialistas en derecho agrario consideran que debió abrogarse la Ley Federal de la Reforma Agraria, que juntamente con otras leyes relativas a la materia sólo se derogaron y en el artículo Tercero transitorio de la actual Ley Agraria se dejó en vigor lo referente a los asuntos que actualmente se encuentran en trámite en materia de ampliación o dotación de tierras, bosques y aguas, creación de nuevos centros de población y restitución, reconocimiento y titulación de bienes comunales. Se seguirá aplicando la ley derogada, cuyo artículo 51 señalaba que las tierras ejidales son imprescriptibles.

Esta disposición está siendo utilizada por pésimos litigantes carentes de probidad y ética, quienes coludidos con representantes de los comisariados ejidales, aprovechando la imprecisión jurídica existente en materia agraria y basándose en último párrafo de la Fracción VII del artículo 27 constitucional, que textualmente dice: "La restitución de tierras, bosques y aguas a los núcleos de población se hará en los términos de la Ley Reglamentaria y apoyados en el artículo 49 de la Ley Agraria vigente, que estipula: Los núcleos de población ejidales o comunales que hayan sido o sean privados ilegalmente de sus tierras o aguas, podrán acudir directamente o a través de la Procuraduría Agraria, ante el Tribunal Agrario para solicitar la restitución de sus bienes", promueven ante el Tribunal Agrario la restitución de tierras con demandas artificiosamente manipuladas y aducen que desde hace muchos años fueron privados ilegalmente de parte de sus tierras ejidales o comunales, por los propietarios de terrenos colindantes con los polígonos de sus ejidos o comunas. Esta situación se viene observando y multiplicándose preocupantemente, pues los demandados se ven forzados a transigir ante la falta de claridad jurídica en materia agraria, puesto que ni siquiera pueden alegar la prescripción en ejercicio de su defensa.

La proliferación de estos ilegales procedimientos está originando la inseguridad de la propiedad de la tierra y ya empieza a notarse la falta de productividad y el alejamiento de la inversión, contrastando con la opulencia de algunos directivos de comisariados ejidales y abogados inescrupulosos, quienes han encontrado la forma de enriquecerse puesto que en la mayoría de los casos los propietarios, especialmente los pequeños, pagan para no ser privados de parte de sus terrenos.

Esta anómala situación que está perjudicando a la agricultura del país debe terminar estableciéndose la prescriptibilidad de las acciones restitutorias de los bienes despojados. Es necesario dar seguridad a la tenencia de la tierra para que con certidumbre la cultiven sus propietarios o poseedores y se incremente la inversión nacional y extranjera.

Asimismo, no siendo ya aplicable el artículo 3º transitorio de la Ley Agraria, que valida disposiciones de la Ley Federal de la Reforma Agraria derogada desde el 26 de febrero de 1992, porque los asuntos en que podría invocarse ya están en trámite o terminados, es conveniente derogarlo para que no sirva de sustento en la iniciación de trámites engañosos con fines fraudulentos.

Por lo expuesto y con fundamento en el artículo 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de decreto para adicionar un Segundo Párrafo al artículo 49 y derogar el artículo 3º transitorio de la Ley Agraria, para quedar como sigue:

Artículo primero. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 49 de la Ley Agraria, en los siguientes términos:

Artículo 49: Se fija un año como término perentorio para la presentación de la solicitud de la restitución de los bienes a que se refiere el párrafo anterior, contado a partir de la fecha en que se realizó la acción ilegal por la cual se acompañará la demanda de los siguientes documentos:

a) La documentación que acredita la probidad del bien reclamado.

b) Comprobación de la posesión del bien.

c) Identificación de la cosa cuya restitución se pretende precisando características, medidas y ubicación que impidan cualquier confusión.

d) Copia certificada de la denuncia o querella presentada por los representantes ejidales o comunales ante el Ministerio Público competente.

Artículo Segundo.- Se deroga el artículo 3° transitorio de la Ley Agraria en la forma siguiente:

Artículo Tercero Transitorio.- Se deroga transitorio de esta iniciativa.

Único.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, México, Distrito Federal a 27 de septiembre de 2005.

Eso es todo, señor Presidente.

Gracias.

El Presidente diputado Alvaro Elías Loredo: Gracias diputado.

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Tiene la palabra el diputado Edmundo Valencia Monterrubio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.

El diputado Edmundo Valencia Monterrubio: Con su permiso, señor Presidente.

Honorable Asamblea:

El de la voz, Edmundo Valencia Monterrubio, en mi carácter de diputado federal, miembro de la Fracción Parlamentaria del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 55 fracción II, 56 y 57 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración del Pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 21, 25 y adiciona el 41 Bis, a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, conforme a las siguientes:

CONSIDERACIONES

En la actualidad, el crédito es una de las formas más comunes de adquirir bienes y servicios, por lo que para contribuir definitivamente al desarrollo del país en materia crediticia, surgió el Buró de Crédito, que es una institución financiera conformada por dos empresas definidas como sociedades de información crediticia, la Trasunión de México, Sociedad Anónima, que es el buró de personas físicas surgida en el año 1996 y la empresas denominada "La Dumbra Astrid, de México, Sociedad Anónima", sociedad de información crediticia que es el Buró de Personas Morales, surgida en el año 1998.

Éstas, con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previa opinión del Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que son las encargadas de manejar lo que conocemos como Buró de Crédito, qué es una base de datos respecto de los historiales crediticios, de personas físicas o morales, que en algún momento han manejado adquisición de bienes o servicios mediante el crédito.

El Buró de Crédito se encarga de proporcionar servicios de recopilación, manejo y entrega o envío de información relativo a los historiales crediticios tanto de personas físicas como morales en todo el país.

Toda vez, que al formalizar una solicitud de crédito ante cualquier entidad financiera o empresa comercial que se otorgue crédito a sus clientes, si éstas son usuarios del servicio del Buró de Crédito, reportarán dicha solicitud a los archivos del mismo y éste almacenará esta información.

A partir de ese momento se va a ir generando un historial crediticio, mismo que podrá ser positivo o negativo.

Uno de los objetivos primordiales de esta institución consiste entonces en dar certidumbre respecto de la actividad crediticia, minimizando con ello los riesgos para los usuarios que otorgan créditos, ya que al proporcionar información respecto de la experiencia de cumplimiento de obligaciones de pago contraídas por personas morales o personas físicas, tiene la oportunidad de conocer la formalidad y responsabilidad de un cliente, dependiendo del cumplimiento o no, de las obligaciones, así como de la puntualidad con que paga y la capacidad para adquirir nuevos y mejores créditos.

El marco legal que rige la actividad del Buró de Crédito se conforma por la Ley de Regular las Sociedades de Información Crediticia, la Ley de Inversión Extranjera en su artículo 8°, fracción VI y por las disposiciones de carácter general que emita el Banco de México, así el Buró de Crédito, hoy por hoy, es una base de datos que sirve de marco de referencia para el otorgamiento de créditos en México, por lo que es menester que la información que éste contenga sea verídica y actualizada, ya que el historial de crédito que en él se registra, puede ser de carácter negativo, si es un deudor moroso o positivo, si es un deudor cumplido.

Por lo tanto, la legislación que rige su actuar debe contemplar lo siguiente, además de brindar a los usuarios certeza para el otorgamiento de créditos por medio de información verídica de los historiales crediticios de personas físicas y morales, siempre constriñéndose a la normatividad, debe brindar esa misma seguridad a los clientes que son todas las personas físicas o morales, usuarias del sistema de crédito, respecto de que la información que se contenga en la base de datos del Buró de Crédito, sea veraz, confidencial y actualizada constantemente.

Los dos primeros rubros ya están en la legislación actual, ya están contemplados y por tanto, regulados, pero lo que respecta a la actualización constante de la información de los historiales crediticios, cuando los deudores han cumplido puntuales con sus obligaciones de pago, no obliga a que los usuarios brinden dicha información de manera pronta a las sociedades de información crediticia, más conocidos como Buró de Crédito, con lo que limitan a los clientes, porque al no aparecer con un historial crediticio de carácter positivo, dejan de ser sujetos adecuados para mejores oportunidades de crédito.

Por tanto, es menester obligar a los usuarios a notificar puntualmente el hacer llegar la información necesaria a las sociedades de información crediticia, también conocido como Buró de Crédito. Cuando los deudores crediticios son puntuales respecto de su obligación de pago, lo que propiciaría que el contar con un buen historial de crédito, ayude a abrir las puertas a más y mejores créditos.

Por lo anteriormente expuesto y convencido de lo importante que es brindar seguridad a las personas en el ámbito expuesto anteriormente, propongo el siguiente decreto:

Artículo Único. Se reforma los artículos 21 y 25 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y se adiciona el artículo 41 Bis a la misma, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 21. Las sociedades establecerán manuales estandarizados que deberán de ser observados por los diferentes tipos de usuarios para llevar a cabo el registro, actualización periódica de información en su base de datos. Así como la emisión, rectificación e interpretación de los reportes de crédito, reportes de crédito especiales que la sociedad emita. Los manuales operativos citados en el párrafo anterior, deberán de ser aprobados por el Consejo de Administración de la sociedad.

Artículo 25. Sólo las entidades financieras y las empresas comerciales podrán ser usuarios de la información que proporcionen las sociedades. Los usuarios están obligados a registrar constantemente en la base primaria de datos de las sociedades, cualquier información respecto de los historiales crediticios de sus clientes, manteniendo así actualizada la base de datos de las sociedades.

Artículo 41 Bis. Los clientes tendrán derecho a que la información que proporcionen las sociedades, sea actualizada constantemente, aún en los casos en que el cumplimiento de su obligación de pago sea oportuna, con el fin de tener un historial crediticio positivo.

Artículo Transitorio Unico. El presente decreto entrará en vigor al otro día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por su atención, gracias. Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Esta Presidencia rectifica el turno dado a la iniciativa presentada por el diputado René Meza Cabrera, con respecto a la adición al artículo 49 de la Ley Agraria, rectificando el turno en el sentido de turnarlo a la Comisión de Reforma Agraria.

Esta Presidencia da la más cordial bienvenida a los habitantes del municipio de Tequila, Veracruz, invitados por el diputado Mario Zepahua Valencia. Sean bienvenidos.

(Aplausos)

Tiene la palabra el diputado Jorge Legorreta Ordorica, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Jorge Legorreta Ordorica: Con su permiso, señor Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Adelante, diputado.

El diputado Jorge Legorreta Ordorica: Compañeras y compañeros legisladores:

Mucho se ha debatido sobre la constitucionalidad del arraigo domiciliario; la razón es suficiente, no existe en el texto constitucional esta figura.

Como es de todos conocido, la pirámide "Kelseniana", postula que en todo orden jurídico la norma que se encuentra en la parte superior, será la Norma Suprema y de ésta se desprenderá todo el orden normativo, tales como las leyes secundarias y de estas últimas se desglosarán los reglamentos.

Bajo ninguna circunstancia, las normas jurídicas que emanan de la Carta Suprema la contravendrán o irán más allá de aquella; es decir, rebasarla o instituir figuras jurídicas que no contemple, porque ello crearía su inconstitucionalidad o anticonstitucionalidad, como es el caso de la figura del arraigo domiciliario, que lo establece el artículo 133 bis del Código Federal de Procedimientos Penales, pero la norma constitucional no lo prevé; de ahí surge la necesidad de la iniciativa que nos ocupa para adicionar un párrafo al artículo 16 de nuestra Carta Magna, ya que la figura en cita carece de fundamento constitucional. Es decir, es inconstitucional, como lo ha pronunciado nuestro Supremo Tribunal.

Se entenderá por arraigo penal a la medida precautoria que tiene por objeto asegurar la disponibilidad del inculpado en la investigación previa cuando exista temor fundado de que pueda sustraerse de la acción de la justicia.

Conviene precisar que el arraigo se encuentra previsto tanto en el Código Procesal Federal, como en los Códigos de Procedimiento Penales Locales.

Entonces, desde la averiguación previa se deben efectuar las medidas conducentes para integrar el cuerpo del delito y la presunta responsabilidad del indiciado y así poder ejercitar la acción penal. Asimismo, nadie ignora que los sujetos arraigados están sujetos a investigación, por lo que se considera que son proclives a eludir la acción de la justicia ocultándose o fugándose, por lo cual es manifiesta la dificultad que enfrenta el representante social para integrar los elementos señalados.

El artículo 133 bis del Código Procesal Federal, determina la facultad de dicho Ministerio Público para solicitar al órgano jurisdiccional el arraigo del indiciado en los casos en que se estime necesario. Concedido el arraigo por el Juez en los términos descritos, se entiende que su duración será la del tiempo estrictamente indispensable para determinar en la averiguación previa si existe o no presunta responsabilidad del inculpado, debiendo levantarse cuando haya fenecido este término. Se dispone un plazo de 30 días prorrogables por otros 30 a petición del Ministerio Público.

Ahora bien, se considera pertinente y oportuno invocar el artículo 12 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, en función a que también forma parte de la esfera federal en materia penal y que por otro lado también establece la multicitada figura del arraigo. De ahí se deriva el debate sobre su constitucionalidad.

Debemos puntualizar que los sujetos que intervienen en el arraigo son necesariamente el Ministerio Público en su calidad de peticionario solicitante; el órgano jurisdiccional en materia penal competente para conocer de la procedencia de la citada solicitud y el indiciado o individuo que debe quedar arraigado una vez procedida la solicitud.

La mesa de discusión es que si la figura del arraigo afecta o no la libertad personal. La Suprema Corte de Justicia de la Nación al respecto ha sostenido las dos posturas.

Un primer criterio asevera que el arraigo no afecta la libertad personal propiamente dicha, sino que sólo afecta la libertad de tránsito. Un segundo criterio establece que el arraigo sí afecta la libertad personal.

De lo antes dicho existe una contradicción, misma que fue denunciada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, conociendo de ella la primera sala, cuya resolución fue que el arraigo domiciliario sí afecta la libertad personal, lo que permite ubicar su inconstitucionalidad.

La parte dogmática de nuestra Ley Suprema garantiza que todo individuo gozará de libertad personal y de todas las demás consagradas en el texto constitucional; las cuales no podrán restringirse ni suspenderse sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece. Por lo que tenemos por cierto que todo acto que restrinja la garantía de libertad personal podrá discutirse en la vía de amparo.

Ahora bien, el arraigo domiciliario no está fundamentado en la Ley Suprema y su implementación es inconstitucional, porque todos los actos restrictivos de libertad personal, deben cumplir con las exigencias de los artículos 14, 16, 18, 19, 20, 21, 22 y 23 de la Carta Política.

De lo dicho anteriormente cabe puntualizar que el artículo 14 establece que nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.

Lo que se desprende que el arraigo domiciliario es un acto antes del juicio, que afecta la libertad de los individuos; por lo tanto sí es restrictivo de la libertad, como lo ha establecido nuestro máximo tribunal judicial.

Por su parte el artículo 16 de la Constitución en la parte conducente advierte que ningún indiciado podrá ser retenido por el Ministerio Público por más de 48 horas, plazo en el que deberá ordenarse su libertad o ponerse a la disposición de la autoridad judicial. Este plazo podrá duplicarse en aquellos casos que la ley prevea como delincuencia organizada.

En ningún artículo de la Norma Suprema se establece la figura, de ahí la justificación de esta iniciativa para poder establecer la multicitada figura del arraigo en el texto constitucional, para evitar que las autoridades judiciales y ministeriales actúen al margen de la Constitución.

El arraigo domiciliario suena injusto e inhumano, sin embargo suena más injusto cuando éste no se encuentra sustentado constitucionalmente, por lo que se deberá cumplir con ciertos requisitos para que se emita, que son los siguientes: Primero, que lo solicite el Ministerio Público; segundo, sólo la autoridad judicial puede obsequiar o negar la orden; tercero, se solicitará sólo cuando se trate de delitos graves y cuando haya temor fundado de que el indiciado pueda sustraerse de la acción de la justicia y cuarto, únicamente se otorgará por 30 días naturales pudiéndose prorrogar por otro 30.

El objeto del arraigo penal tiene eso en razón de que la criminalidad arroja altos índices de crecimiento y sus métodos son cada día más sofisticados, aunado a que el crimen organizado cuenta con recursos de todo tipo para evadir la acción de la justicia.

La delincuencia cada vez es más organizada y especializada, lo que motiva un incremento de conductas delictivas como el tráfico de armas, asaltos bancarios, narcotráfico, secuestros, robo, etc. En la comisión de estos delitos se percibe un aumento dramático del uso de la violencia, por ello el combate a la criminalidad representa para las autoridades de procuración y administración de justicia, una prioridad de carácter fundamental.

El pasado 19 de septiembre el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el arraigo es inconstitucional, en razón de que viola la libertad de la persona, lo que viene a robustecer la necesidad de legislar en esta materia.

En mérito de lo antes expuesto y fundado, el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, comprometido con los grandes proyectos que se traduzcan en beneficios trascendentales para la población, somete a la aprobación de esta H. Soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 16constitucional.

Es cuanto señor presidente y solicito se integre en su totalidad al Diario de los Debates y en la Gaceta. Gracias.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Como lo solicita, insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

En virtud de que ha transcurrido el tiempo acordado para llevar a cabo esta sesión, solicito a la Secretaría dé cuenta con los asuntos en cartera.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Señor residente, se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión:

LECTURA DEL ORDEN DEL DÍA DE LA PRÓXIMA SESION.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Esta presidencia acuerda que la última votación emitida se tome como verificación de asistencia final.

Se levanta la sesión (16.07 horas) y se cita para la que tendrá lugar el jueves 29 de septiembre a las diez horas, en la que comparecerá el Secretario de Hacienda y Crédito Público, Francisco Gil Díaz.

Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las ocho horas.