LVIII LEGISLATURA

SESION  DEL SEGUNDO PERIODO ORDINARIO DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO
DE LA LVIII LEGISLATURA

11 DE ABRIL DE 2002

 

ORDEN DEL DIA 4  DE ABRIL  DE 2001.

  • APERTURA
  • Acta de la sesión anterior.

  • Comunicaciones

  • De los Congresos de los estados de: Aguascalientes, Chihuahua y Sinaloa.

  • De la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Segunda Legislatura.

  • De la Junta de Coordinación Política.

Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

  • Para dar cumplimiento al artículo 23, fracciones I y III, de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, remite información relativa a la evolución de la recaudación, los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del Erario Federal, en los términos de la Ley General de Deuda Pública, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes al periodo enero-febrero de 2002. (Turno a Comisión).

Oficios de la Secretaría de Gobernación

  • Tres por los que se solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos: Claus Werner von Wobeser Hoepfner, Sara Santizo Barrientos y Gerardo Clemente Vega García, puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros. (Turno a Comisión).

Oficio de la Cámara de Senadores

  • Con el que remite iniciativa que adiciona un artículo transitorio a la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, suscrita por el senador Fidel Herrera Beltrán, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión).

Minuta

  • Con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para los efectos de lo dispuesto por el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión).

Iniciativas de ciudadanos diputados

  • De reformas al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Díaz Palacios, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión).

  • Que reforma el primer párrafo del artículo 72 y adiciona la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).

  • De reformas a diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de acotación del presidencialismo, a cargo del diputado Martí Batres Guadarrama, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

  • De reformas a los artículos 84, 85, 94 y 98 de la Constitución Política de los Estados Unidos, para que el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sustituya temporalmente al titular del Poder Ejecutivo, en caso de ausencia, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión).

  • De adiciones a diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de democracia semidirecta, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión).

  • De reformas a diversas disposiciones de nuestra Carta Magna, para la incorporación de la figura del referéndum, a cargo de la diputada Beatriz Lorenzo Juárez, del Partido Alianza Social. (Turno a Comisión).

  • De reformas a los artículos 7º, fracción VII, y 8º, párrafo primero, de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Silvia Romero Suárez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión).

  • Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Oscar Ochoa Patrón, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).

  • De reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fortalecimiento del Poder Legislativo, a cargo del diputado Uuc-kib Espadas Ancona, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

  • Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión, en materia de concesiones, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión).

  • De reformas a los artículos 66, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4º, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para ampliar la duración del segundo periodo ordinario de sesiones del Congreso, a cargo del diputado Juan Manuel Martínez Nava, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión).

  • De reformas al artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Miguel Barbosa Huerta, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

  • De reformas al artículo 20 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para crear la figura de la pregunta parlamentaria, a cargo del diputado Jaime Vázquez Castillo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión).

  • De reformas al artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Miguel Barbosa Huerta, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

  • Que adiciona una fracción VI al artículo 73, y reforma los artículos 76, 89 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Miguel Barbosa Huerta, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

  • De Ley Federal de Protección a Informantes Confidenciales de Actos de Corrupción, a cargo del diputado Miguel Barbosa Huerta, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

  • De reformas a diversas disposiciones fiscales, a cargo del diputado Rafael Hernández Estrada, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

Dictamen de primera lectura

  • De la Comisión de Relaciones Exteriores, con proyecto de decreto que concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, ciudadano Vicente Fox Quesada, para ausentarse del territorio nacional los días 11 y 12 de abril de 2002, a fin de que participe en la XVI Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Mecanismo Permanente de Consulta y Concertación Política, Grupo de Río, que se celebrará en San José, República de Costa Rica. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación).

Excitativas

  • A la Comisión de Energía, a cargo del diputado César Duarte Jáquez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

  • A la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, a cargo del diputado Esteban Daniel Martínez Enríquez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

  • A la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a cargo del diputado Héctor Sánchez López, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Proposiciones

  • Con punto de acuerdo, en relación al conflicto Israel-Palestina, a cargo de los grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados. (Turno a Comisión).

  • Con punto de acuerdo en relación al pago anticipado de deuda que hizo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a cargo de la diputada Rosalinda López Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

  • Con punto de acuerdo en relación a los derechos de los migrantes, a cargo de la diputada Magdalena Núñez Monreal, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

  • Con punto de acuerdo en relación al cobro excesivo de las tarifas eléctricas de uso doméstico en el estado de Chiapas, a cargo del diputado Adolfo Zamora Cruz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión).

  • Con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Economía la información referente al anteproyecto de norma oficial mexicana de la leche que en estos momentos se está trabajando (PRO-NOM-000SCFI-2001), a cargo del diputado César Alejandro Monraz Sustaita, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).

  • Con punto de acuerdo en relación a las remesas de los trabajadores migrantes mexicanos, a cargo del diputado Sergio Acosta Salazar, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

  • Con punto de acuerdo para que el Ejecutivo federal detenga el otorgamiento de subsidios y apoyos a la compra de semillas genéticamente modificadas, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión).

  • Con punto de acuerdo para solicitar la comparecencia del director general de Pemex, Raúl Muñoz Leos, para que explique las causas de la adulteración de las gasolinas que distribuye Pemex a nivel nacional, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión).

  • Con punto de acuerdo sobre la problemática del campo mexicano, a cargo del diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia, Partido Político Nacional. (Turno a Comisión).

  • Con punto de acuerdo en relación a la iniciativa en materia electoral que reforma el Cofipe y diversas leyes, presentada en el Senado de la República, a cargo del diputado José Antonio Calderón Cardoso, del Partido Alianza Social. (Turno a Comisión).

  • Con punto de acuerdo para reactivar el desarrollo económico y social del sureste de México, (sur de Veracruz, Tabasco, Chiapas y Campeche), a cargo del diputado Feliciano Calzada Padrón, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión).

  • Con punto de acuerdo para que comparezca ante la Comisión de Transportes, el secretario de Hacienda y Crédito Público, a fin de que proporcione información sobre la forma y elementos que constituyen el programa de bursatilización carretero y sus implicaciones, a cargo del diputado Eugenio Pérez Cruz, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).

  • Con punto de acuerdo sobre la política exterior mexicana, a cargo del diputado Miguel Bortolini Castillo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

  • Con punto de acuerdo en relación al aumento del precio del gas doméstico, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión).

  • Con punto de acuerdo en relación a la alta incidencia de la delincuencia en el estado de Guerrero, a cargo del diputado Esteban Sotelo Salgado, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).

  • Con punto de acuerdo en relación al conflicto de Aviacsa, a cargo del diputado Víctor Manuel Ochoa Camposeco, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

  • Con punto de acuerdo en relación a la Conferencia sobre la Comisión de Derechos Humanos de la ONU y el voto de México sobre Cuba, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión).

Agenda política

  • Pronunciamiento acerca del Convenio 159 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para su entrada en vigor el próximo 5 de abril, a cargo del diputado Enrique Villa Preciado, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

  • Comentarios sobre la participación del gobernador del estado de Quintana Roo, en las elecciones de ese estado, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Efemérides

  • Sobre el 450 aniversario de la fundación de Teziutlán, Puebla, a cargo de la diputada Concepción González Molina, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

  • Sobre el Día Mundial de la Salud, a cargo de los grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados.

  • Sobre el aniversario luctuoso del ingeniero Heberto Castillo Martínez, a cargo del diputado Ricardo Moreno Bastida, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

CLAUSURA

PRESIDENTA, DIP. BEATRIZ ELENA PAREDES RANGEL: Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia, el resultado del cómputo de asistencia de los ciudadanos diputados.

SECRETARIA, DIP. MARTHA SILVIA SÁNCHEZ GONZALEZ: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 271 diputados. Por lo tanto, hay quórum.

PRESIDENTA: Se abre la sesión (11:07 horas).

MISMA SECRETARIA: Se va a dar lectura al orden del día que está publicada en la Gaceta Parlamentaria.

(LECTURA DEL ORDEN DEL DIA)

«Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias.— Segundo Año.— LVIII Legislatura.

Orden del día

Jueves 11 de abril de 2002.

Acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De los congresos de los estados de: Guanajuato, Michoacán, Tamaulipas, Tabasco y Zacatecas.

De la Presidenta de la Mesa Directiva.

De la Junta de Coordinación Política.

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Cuatro por los que se solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Luis Ernesto Derbez Bautista, Edgar Segura Ruiz, Alejandro Joaquín Lucas José Legorreta y Chauvet y Antonio Dueñas Pulido, puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros.

Oficios de la Cámara de Senadores

Con el que remite iniciativa que adiciona el artículo 183-B, de la Ley Aduanera, que suscribe la senadora Gloria Lavara Mejía, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Iniciativas de diputados

De reformas a los artículos 66, 68 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Socorro Velázquez Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

De reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Participación Ciudadana, a cargo del diputado Miguel Gutiérrez Hernández, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

De Ley Federal de Protección a Informantes Confidenciales de Actos de Corrupción, a cargo del diputado Miguel Barbosa Huerta del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de tos Estados Unidos Mexicanos, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

De reformas a la Ley de Instituciones de Crédito y a la Ley de Inversión Extranjera, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Que reforma los artículos 73, 76 fracción I 89 fracción X y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Norma Patricia Riojas Santana, del Partido de la Sociedad Nacionalista. (Turno a comisión.)

Que deroga el numeral 4 del inciso b de la fracción I del artículo octavo transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, a nombre de varios integrantes de la Comisión de Turismo. (Turno a comisión.)

De reformas y adiciones al artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para conferir el derecho restringido de iniciativa a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a cargo del diputado José Francisco Yunes Zorrilla, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

De reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Federalismo y Fortalecimiento Municipal, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

De reformas a diversos artículos del Cofipe, a cargo del diputado Rogaciano Morales Reyes, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

De Ley de Coordinación para el Fomento de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo del diputado Rubén Benjamín Félix Hays, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que adiciona el artículo 94-bis, al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos, Mexicanos, a cargo de la diputada. Heidi Storsberg Montes, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que adiciona el artículo 12 de la Ley Sobre la Celebración de Tratados, a cargo del diputado Manuel Medellín Milán, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que adiciona el Título Vigesimoseptimo, al Código Penal Federal, "De los Delitos en Materia de Asentamientos Humanos," a cargó del diputado José Tomás Lozano y Pardinas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que adiciona un último párrafo al artículo 2o. y un artículo 216-bis, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y se reforman los artículos 2o. y 29 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado César Alejandro Monraz Sustaita, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que adiciona una fracción V, al artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Luis Alberto Villarreal García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que reforma la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados, a cargo del diputado José María Núñez Murillo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Dictamen de primera lectura

De la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos: Claus Werner Von Wobeser Hoepfner, Sara Santizo Barrientos y general Gerardo Clemente Ricardo Vega y García, para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros. (dispensa de segunda lectura, discusión y votación.)

Excitativas

A la Comisión de Agricultura y Ganadería, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, a cargo del diputado Esteban Daniel Martínez Enríquez del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a cargo .del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

A las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública, de Puntos Constitucionales y de Relaciones Exteriores, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A la. Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a cargo del diputado Tomás Torres Mercado, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Proposiciones

Con punto de acuerdo en relación a la Conferencia sobre la Comisión de Derechos Humanos de la ONU y el voto de México sobre Cuba, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la problemática del campo mexicano, a cargo del diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la iniciativa en materia electoral que reforma el Cofipe y diversas leyes, presentada en el Senado de la República, a cargo del diputado José Antonio Calderón Cardoso, del Partido Alianza Social. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para reactivar el desarrollo económico y social del sureste de México, (sur de Veracruz, Tabasco, Chiapas y Campeche), a cargo del diputado Feliciano Calzada Padrón, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que comparezca ante la Comisión de Transportes, el Secretario de Hacienda y Crédito Público, a fin de que proporcione información sobre la forma y elementos que constituyen el programa de bursatilización carretero y sus implicaciones, a cargo del diputado Eugenio Pérez Cruz, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la política exterior mexicana, a cargo del diputado Miguel Bortolini Castillo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar la comparecencia del director general de Pemex, Raúl Muñoz Leos, para que explique las causas de la adulteración de las gasolinas que distribuye Pemex a nivel nacional, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la alta incidencia de la delincuencia en el Estado de Guerrero, a cargo del diputado Esteban Sotelo Salgado, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al conflicto de AVIACSA, a cargo del diputado Víctor Manuel Ochoa Camposeco, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al aumento del precio del gas doméstico, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que se solicite a los organismos empresariales del Estado de Chihuahua, se abstengan de descalificar a instituciones legalmente constituidas, organismos civiles, obreros y organizaciones sociales, a cargo del diputado Jorge Esteban Sandoval Ochoa; del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, modifique la metodología utilizada para el calculo de la temperatura media mínima mensual en verano, usada como referencia para la aplicación de las tarifas eléctricas, a cargo del diputado David Rodríguez Torres, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al pago anticipado de deuda que hizo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a cargo de la Rosalinda López Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para regular las marchas y plantones en la Ciudad de México, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo con relación al precio del diesel marino en Baja California Sur, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la eliminación del subsidio a las tarifas eléctricas en el Estado de Baja California, a cargo del diputado Jaime Martínez Veloz. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que sea levantada la veda del Río Papaloapan, que prohíbe el uso de aguas superficiales, afluyentes y subafluyentes, a cargo del diputado Francisco Arano Montero del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la zona arqueológica de Comalcalco, Tabasco, a cargo de la diputada Adela del Carmen Graniel Campos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en contra del recorte anunciado por. el Gobierno Federal al Programa de Apoyo para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF), a cargo del diputado Jaime Martínez Veloz. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la contaminación generada por Pemex en el Estado de Tabasco, a cargo de la diputada Adela del Carmen Graniel Campos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la política laboral del Gobierno Federal, a cargo del diputado Pedro Miguel Rosaldo Salazar, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la política y asignación del financiamiento para la educación superior, a cargo del diputado José Antonio Magallanes Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la participación de los adultos mayores en actividades culturales, a cargo del diputado Jorge Luis García Vera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, presente a la brevedad posible, ante esta soberanía, la normatividad operativa de la Ley de Capitalización del Procampo, a fin de que los productores puedan acceder a dichos recursos, a cargo del diputado Carlos Pallares Bueno del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre las relaciones entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, a cargo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la Semarnat entregue a esta soberanía los estudios y resultados realizados en el municipio de Mina, en el Estado de Nuevo León, a la empresa Rimsa, así como las acciones emprendidas para revertir la contaminación generada en la zona, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista dé México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la declaración del presidente Vicente Fox Quesada, del 9 de abril de 2002, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la administración de la justicia en México, a cargo del diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para dejar libre de invasiones las zonas reservadas de la delegación Iztapalapa, a cargo del diputado Raúl García Velázquez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la portación y tenencia de armas de fuego por parte de la población civil, a cargo del diputado Alfredo Hernández Raigosa, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre el tema de Cuba y la LVIII sesión de la Comisión de Derechos Humanos, en Ginebra, Suiza, a cargo del diputado Tarcisio Navarrete Montes de Oca, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a los ingresos extraordinarios de Pemex, a cargo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo, sobre las consecuencias del fallo de la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos de América, a cargo del diputado Tarcisio Navarrete Montes de Oca, del grupo parlamentaria del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la situación de los conflictos indígenas en Coyutla, Sochiapa, lxhuatlán de Madero y Zocohuite del Estado de Veracruz, a cargo de la diputada Genoveva Domínguez Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.).

Con punto de acuerdo, sobre deudores de Banrural, a cargo del diputado Francisco Esparza Hernández, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que regule el cobro de comisiones y gastos de envío de remesas de dinero, de mexicanos en el exterior, a cargo del diputado Francisco Guadarrama López, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Agenda política

Pronunciamiento acerca del convenio 159 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por su entrada en vigor el 5 de abril, a cargo del diputado Enrique Villa Preciado, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Efemérides

Sobre el Día Mundial de la Salud, a cargo de los grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados.

Sobre el aniversario luctuoso del general Francisco J. Mújica, a cargo del diputado Jaime Rodríguez López, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Sobre el aniversario luctuoso de don Francisco González Bocanegra, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.»

PRESIDENTA: Esta Presidencia informa al honorable pleno, que por solicitud que nos presentaron los diversos grupos parlamentarios en apoyo a la Comisión Especial de Ganadería, se ha incorporado un Punto de Acuerdo relativo a la proposición con Punto de Acuerdo para solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la ampliación del plazo para presentar la declaración fiscal de las empresas agropecuarias, a nombre de diversos integrantes de la Comisión Especial de Ganadería y estamos atentos a que los grupos parlamentarios nos informen en qué orden pretenden que se incorpore ese Punto de Acuerdo.

Se pone a su consideración el orden del día.

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No habiendo ninguna observación, pasamos al punto relativo al acta de la sesión anterior, que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria y por lo tanto le solicito a la Secretaría la ponga a discusión y votación de inmediato.

MISMA SECRETARIA: Está a discusión el acta.

«ACTA DE LA SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, CELEBRADA EL MARTES NUEVE DE ABRIL DE DOS MIL DOS, CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO DE LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA.

Presidencia de la diputada María Elena Álvarez Bernal

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a las diez horas con cuarenta minutos del martes nueve de abril de dos mil dos, con la asistencia de doscientos setenta y siete diputados, la Presidenta declara abierta la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día.

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

La Asamblea aprueba el acta de la sesión anterior en votación económica.

Comunicación del Instituto de Cultura de la Ciudad de México, con la que invita a la ceremonia cívica conmemorativa del octogésimo tercer aniversario luctuoso del general Emiliano Zapata Salazar. Se designa comisión para representar a la Cámara de Diputados.

Comunicaciones de los congresos de los estados de:

Colima, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Chihuahua, con acuerdo por el que solicita a la Secretaría de Economía, disponga de acciones necesarias para que la empresa Teléfonos de México, Sociedad Anónima de Capital Variable y las compañías que ofrecen el servicio telefónico de larga distancia, cumplan con lo estipulado en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización para instalar medidores domésticos y comerciales a las líneas telefónicas. Se turna a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

Chihuahua, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Durango, con acuerdo por el que solicita no se suspenda el impuesto especial a la fructosa. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Nuevo León, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Quintana Roo, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Yucatán, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Comunicación de la Mesa Directiva, relativa a informes de actividades de las comisiones del Distrito Federal, de Juventud y Deporte, de Marina, de Puntos Constitucionales, de Reforma Agraria, de Trabajo y Previsión Social, de Vivienda y Especial para Coadyuvar y dar Seguimiento a los Proyectos de Desarrollo Regional relacionados con la región Sur - Sureste de México. Túrnense los originales a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos y publíquense en la Gaceta Parlamentaria.

Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que informa de cambios en la integración de las comisiones de Seguridad Social y de Ciencia y Tecnología. De enterado.

Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que solicita cambios en la integración de las mesas directivas de las comisiones de Comercio y Fomento Industrial y de Cultura. Se aprueban en votación económica.

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con acuerdo relativo a la Mesa Directiva de la Comisión Especial para que conozca y dé seguimiento a las investigaciones relacionadas con los homicidios de las mujeres perpetrados en Ciudad Juárez, Chihuahua, ocurridos desde mil novecientos noventa y tres hasta el día de hoy. Se aprueba en votación económica.

Comunicación de la Comisión de Energía, por la que solicita ampliar el turno de la iniciativa con proyecto de Ley de Energía para el Campo. Como se solicita, se turna la iniciativa de referencia a las comisiones de Energía y de Desarrollo Rural.

Comunicación de las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, con acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal, reconsidere la intención de reducir o ajustar el Programa de Apoyo al Fortalecimiento de las entidades federativas. La Presidencia se suma a la comunicación y hará la tramitación necesaria.

La Secretaría de Gobernación remite copia del oficio del coordinador de asesores y enlace con el Poder Legislativo de la Secretaría de Turismo, en relación con el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, sobre los procedimientos para el uso sustentable del agua en la industria turística nacional. De enterado. Comuníquese a la Comisión de Turismo.

La Presidencia informa del sensible fallecimiento de la actriz María de los Angeles Félix Güereña y la Asamblea guarda un minuto de silencio en su memoria.

Presentan iniciativas con proyecto de decreto los diputados:

Fernando Díaz de la Vega, del Partido Revolucionario Institucional, para que se inscriba con letras de oro, en el muro de honor del recinto parlamentario de la Cámara de Diputados, el nombre del general Salvador Alvarado. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

José Bañales Castro, del Partido Acción Nacional, que reforma los párrafos sexto y séptimo del artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reforma y adiciona el artículo cincuenta de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; la fracción primera del artículo segundo de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada; el artículo ciento noventa y cuatro del Código Federal de Procedimientos Penales y diversos artículos del Código Penal Federal. Se turna a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Justicia y Derechos Humanos.

Concepción Salazar González, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma la fracción primera del artículo ciento cincuenta y dos y las fracciones decimaséptima y décima octava del artículo segundo transitorio y adiciona el apartado C al artículo doscientos veintitrés de la Ley Federal de Derechos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Jaime Cleofas Martínez Veloz, que reforma y adiciona los artículos segundo, cuarto, veintiséis, cincuenta y tres, setenta y tres, ciento quince y ciento dieciséis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia indígena. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Omar Fayad Meneses, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el párrafo cuarto del artículo dieciocho y el inciso h, de la fracción quinta de la Base Primera de la letra C del artículo ciento veintidós de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, diversas disposiciones de la Ley Para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal y la fracción vigésima quinta del artículo treinta bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Presidencia del diputado Eric Eber Villanueva Mukul

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de las comisiones de Justicia y Derechos Humanos y Especial de Seguridad Pública.

A las doce horas con diecinueve minutos, la Secretaría informa del registro de cuatrocientos cincuenta y seis diputados, y ordena el cierre del sistema electrónico de asistencia y votación.

Adela del Carmen Graniel Campos, del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona el artículo treinta y cuatro de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, el artículo ciento diecinueve bis de la Ley General de Salud y el artículo cuatro bis de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Por lo que respecta a la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales; en lo referente a la Ley General de Salud, se turna a la Comisión de Salud y por lo que respecta a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, se turna a la Comisión de Desarrollo Rural.

Tomás Torres Mercado, del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona la fracción sexta y deroga el segundo párrafo de la fracción quinta del artículo doscientos catorce y adiciona la fracción sexta del artículo doscientos cuarenta y siete del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Alfredo Hernández Raigosa, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona los artículos quinto y séptimo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos veintiuno y ochenta y siete del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Dictamen de las comisiones unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona una fracción al artículo tercero del Capítulo Único del Título Primero, una fracción décima primera al artículo veintisiete y el Capítulo Octavo denominado Salud del Adulto Mayor, al Título Tercero, de la Ley General de Salud. Es de primera lectura.

La Asamblea le dispensa la segunda lectura en votación económica.

A nombre de las comisiones, fundamenta el dictamen la diputada María Eugenia Galván Antillón, del Partido Acción Nacional.

Sin nadie más que haga uso de la palabra, la Secretaría recoge la votación nominal del proyecto de decreto, misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular por cuatrocientos un votos en pro y ninguno en contra. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

Hablan sobre el aniversario luctuoso del General Emiliano Zapata Salazar, los diputados: Beatriz Patricia Lorenzo Juárez, del Partido Alianza Social; Norma Patricia Riojas Santana, del Partido de la Sociedad Nacionalista; María Teresa Campoy Ruy Sánchez, del Partido Verde Ecologista de México.

Presidencia de la diputada María Elena Alvarez Bernal

Donaldo Ortiz Colín, del Partido de la Revolución Democrática; Gumercindo Álvarez Sotelo, del Partido Acción Nacional; y Rubén García Farías, del Partido Revolucionario Institucional y a nombre también de Convergencia por la Democracia, Partido Político Nacional y del Partido del Trabajo.

Habla sobre el cuadra centésimo quincuagésimo aniversario de la fundación de Teziutlán, Puebla, la diputada Concepción González Molina, del Partido Revolucionario Institucional.

Desde su curul, el diputado José Manuel del Río Virgen se suma a la efeméride de la diputada González Molina y solicita que su posición al respecto se inserte en el Diario de los Debates. La Presidenta atiende la solicitud.

Hablan sobre el aniversario luctuoso de Heberto Castillo Martínez, los diputados: Ricardo Moreno Bastida, del Partido de la Revolución Democrática; Víctor Antonio García Dávila, del Partido del Trabajo; y Juan Manuel Sepúlveda Fayad, del Partido Revolucionario Institucional.

Solicitan excitativas los diputados:

Félix Salgado Macedonio, del Partido de la Revolución Democrática, a las comisiones de Cultura y de Hacienda y Crédito Público, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción décima octava del artículo ciento nueve de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada en la sesión de la Comisión Permanente del nueve de enero de dos mil dos. La Presidenta obra en consecuencia y en virtud de ser la segunda excitativa al respecto, emplaza a las comisiones de referencia para presentar el dictamen respectivo a más tardar el treinta de abril de dos mil dos.

Edilberto Jesús Buenfil Montalvo, del Partido Revolucionario Institucional, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, en relación con la proposición con punto de acuerdo para que los pescadores en épocas de veda se incorporen a programas de empleo temporal, presentada el catorce de noviembre de dos mil uno. La Presidenta formula la excitativa correspondiente.

Esteban Daniel Martínez Enríquez, del Partido de la Revolución Democrática, a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, en relación con la iniciativa con proyecto de Ley de Amnistía, presentada el veintiséis de abril de dos mil uno. La Presidenta hace la excitativa respectiva.

Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Partido de la Revolución Democrática, a la Junta de Coordinación Política, en relación con una proposición con punto de acuerdo para crear una Comisión Especial para dar seguimiento a las investigaciones del homicidio de la abogada Digna Ochoa y Plácido, presentada el seis de noviembre de dos mil uno. La Presidenta hace la excitativa correspondiente.

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con acuerdo relativo a la designación de los integrantes de la Mesa Directiva de la Comisión Especial para que conozca y dé seguimiento a las investigaciones relacionadas con los homicidios de las mujeres perpetrados en Ciudad Juárez, Chihuahua, ocurridos desde mil novecientos noventa y tres hasta el día de hoy. Se aprueba en votación económica.

Se concede la palabra, para presentar proposiciones con punto de acuerdo, a los diputados:

César Alejandro Monraz Sustaita, del Partido Acción Nacional, en relación con el proyecto de Norma Oficial Mexicana de la leche. Se turna a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

Sergio Acosta Salazar, del Partido de la Revolución Democrática, para que se conforme una Comisión Especial encargada de proponer un marco jurídico que regule las remesas de los trabajadores migrantes mexicanos. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

José Rodolfo Escudero Barrera, del Partido Verde Ecologista de México, para que el Ejecutivo Federal detenga el otorgamiento de subsidios y apoyos a la compra de semillas genéticamente modificadas. Se turna a la Comisión de Agricultura y Ganadería.

Rectifica hechos el diputado Miguel Bortolini Castillo, del Partido de la Revolución Democrática y hace consideraciones que solicita se anexen a la proposición con punto de acuerdo del diputado Escudero Barrera. La Presidencia atiende la solicitud.

Desde su curul el diputado Mauricio Enrique Candiani Galaz solicita verificar el quorum y ante la falta evidente de él, la Mesa Directiva determina concluir la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y la Presidenta clausura la de hoy a las quince horas con cuarenta minutos, citando para la que tendrá lugar el jueves once de abril de dos mil dos, a las diez horas.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(VOTACIÓN)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(VOTACIÓN)

PRESIDENTA: Aprobada el acta.

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Pasamos al capítulo de comunicaciones.

SECRETARIO, DIP. RODOLFO DORADOR PEREZ GAVILAN: Comunicaciones.

(Comunicación del Congreso del Estado de Guanajuato)

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Honorable Congreso del Estado de Guanajuato.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presentes.

Para los efectos conducentes, anexo al presente las consideraciones del dictamen y el acuerdo aprobado por la LVIII Legislatura constitucional del Estado, en sesión de diputación Permanente, celebrada en esta fecha, mediante el cual se adhiere al acuerdo aprobado por el Congreso del Estado de Coahuila, relativo a la creación de una comisión especial para la investigación de los homicidios ocurridos en el Estado de Yucatán.

Aprovecho la ocasión para reiterarle las seguridades de mi distinguida consideración.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Guanajuato, Guanajuato, 15 de marzo del 2002.— El presidente de la diputación Permanente del Congreso del Estado, diputado Lorenzo Chávez Zavala.»

Acuerdo

La diputación Permanente de la LVIII Legislatura constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato,

Acuerda

Artículo único. La LVIII Legislatura del Congreso del Estado de Guanajuato, protesta enérgicamente por el clima de inseguridad existente en Yucatán y repudia el artero asesinato del diputado profesor Pánfilo Novelo Martín, de su hijo Miguel Ángel Novelo Burgos y de su ayudante Pedro José Yam Pech; asimismo, con absoluto respeto a su soberanía, recomienda al Congreso del Estado de Yucatán, la creación de una comisión especial que dé seguimiento a estos hechos.

Remítase el presente punto de acuerdo al titular del Poder Ejecutivo, al Procurador General de Justicia y a la LVI Legislatura del Congreso del Estado de Yucatán, al Congreso de la Unión y a las legislaturas de los estados para los efectos conducentes.

Guanajuato, Guanajuato, 15 de marzo de 2002.— Diputados: Lorenzo Chávez Zavala, presidente; María Guadalupe Suárez Ponce, secretaria.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Honorable Congreso del Estado de Guanajuato.

Ciudadano Presidente de la diputación Permanente.— Presente.

A la Comisión de Derechos Humanos le fue turnado el punto de acuerdo suscrito por la LV Legislatura del Estado de Coahuila, mediante el cual repudian el homicidio de un diputado del Congreso del Estado de Yucatán y proponen la creación de una comisión especial para la investigación de esos hechos.

Analizado el punto de acuerdo de referencia, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 137 y 138 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, nos permitimos presentar el siguiente:

DICTAMEN

El pasado día 9 del mes de enero del presente año, el estado de Yucatán y en particular el honorable Congreso de ese Estado, se cubrieron de luto con el artero asesinato del diputado local Pánfilo Novelo Martín.

El diputado Pánfilo Novelo Martín, un profesor de 65 años de edad, fundador de la Escuela Normal Superior de Valladolid, reconocido académico y el único mayista integrante de la legislatura local, fue una persona querida y admirada por sus coterráneos. Un profesor y ciudadano que gozaba del respeto social por su fecunda labor al servicio de la docencia en beneficio de la educación y la formación de varios generaciones de niños, jóvenes y universitarios.

Como colofón de este sanguinario acto, desgraciadamente se tuvo que lamentar que su hijo y su ayudante murieran también.

Por ese motivo, y para evitar que Yucatán quedara marcado como una entidad en la que se pueden cometer impunemente este tipo de delitos, la LVI Legislatura del Congreso de ese Estado, solicitó a las autoridades correspondientes, el pronto esclarecimiento de los homicidios del diputado Pánfilo Novelo Martín, de su hijo Miguel Ángel Novelo Burgos y de su ayudante Pedro José Yam Pech, así como la aplicación plena de la ley para quienes ejecutaron estos delitos.

En tal sentido, quienes integramos la Comisión de Derechos Humanos, condenamos enérgicamente los hechos sangrientos perpetrados en contra del diputado Pánfilo Novelo Martín, de su hijo Miguel Ángel Novelo Burgos y de su ayudante Pedro José Yam Pech: y con absoluto respeto, nos pronunciamos por la creación de una comisión especial en el Congreso del Estado de Yucatán, que dé seguimiento a las investigaciones en torno a los atentados antes descritos.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 137 y 138 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, nos permitimos someter a la consideración de la diputación Permanente, la aprobación del siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Artículo único. La LVIII Legislatura del Congreso del Estado de Guanajuato, protesta enérgicamente por el clima de inseguridad existente en Yucatán y repudia el artero asesinato del diputado profesor Pánfilo Novelo Martín, de su hijo Miguel Ángel Novelo Burgos y de su ayudante Pedro José Yam Pech: asimismo, con absoluto respeto a su soberanía, recomienda al Congreso del estado de Yucatán, la creación de una comisión especial que dé seguimiento a estos hechos.

Remítase el presente punto de acuerdo al titular del Poder Ejecutivo, al procurador general de Justicia y a la LVI Legislatura del Congreso del Estado de Yucatán, al Congreso de la Unión y a las legislaturas de los estados para los efectos conducentes.

Guanajuato, Guanajuato, 28 de febrero del año 2002.— La Comisión de Derechos Humanos.— Diputados: Ana Faviola Riondas Ornelas, Jesús Domínguez Aranda, Omar Octavio Chaire Chavero, Manuel Emilio Pérez Sandi Cuen.»

PRESIDENTA: Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

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MISMO SECRETARIO:

(Comunicación el Congreso del Estado de Michoacán)

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, Morelia.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presentes.

De conformidad con el artículo 34 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, el honorable Congreso del Estado, tuvo a bien aprobar el acuerdo que se acompaña, para sumarlo al resto de los pronunciamientos de las legislaturas de las entidades.

Reiteramos a ustedes la seguridad de nuestro respeto.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Morelia, Michoacán., a 7 de febrero de 2002.— Diputados: Raymundo Arreola Ortega y Juan Antonio Domínguez García, secretarios.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, Morelia.

El honorable Congreso del Estado, con fundamento en lo establecido en el artículo 34 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, tuvo a bien aprobar el siguiente

ACUERDO

Único. Se exhorta al Poder Ejecutivo Federal a posponer la instrumentación de los incrementos en las tarifas del servicio eléctrico derivados de la cancelación de subsidios, hasta en tanto no sean realizados y difundidos los estudios de impacto económico y social, así como al menos una propuesta alternativa, que constituya un proyecto de reforma estructural del sector eléctrico, mismas que en su conjunto, conduzcan a una toma de decisiones adecuada en términos del costo-beneficio de la medida, así como en la proyección de mediano y largo plazo en la integración del sector al sistema productivo nacional. Asimismo, sea turnada a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, para sumarla al resto de los pronunciamientos de las legislaturas de las entidades.

Morelia, Michoacán, a 7 de febrero de 2002.— Diputados: Marco Antonio Lagunas Vázquez, presidente; Raymundo Arreola Ortega y Juan Antonio Domínguez García, secretarios.»

PRESIDENTA: Túrnese a la Comisión de Energía.

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MISMO SECRETARIO:

(Comunicación del Estado de Tamaulipas)

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Gobierno de Tamaulipas.— Poder Legislativo.— Dirección de Control y Apoyo al Proceso Legislativo.

Ciudadanos secretarios Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presentes.

Con apoyo en lo dispuesto por el artículo 32, fracción V, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, nos permitimos hacer de su conocimiento que en sesión pública ordinaria, celebrada por el pleno legislativo en esta fecha, fueron electos los diputados Gabriel de la Garza Garza y Armando Vera García, como presidente y suplente, respectivamente, para integrar la mesa directiva que habrá de fungir durante el mes de marzo del presente año, dentro del primer periodo ordinario de sesiones, correspondiente al primer año de ejercicio legal de la LVIII Legislatura del honorable Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas.

Sin otro particular, le (s) reiteramos nuestra atenta y distinguida consideración.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 27 de febrero del año 2002.— Diputados: María Leticia Terán Rodríguez y Luis Alonso Mejía García, secretarios.»

PRESIDENTA: De enterado.

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MISMO SECRETARIO:

(Comunicación del Congreso del Estado de Tabasco)

«Escudo. — Congreso del Estado de Tabasco.— LVII Legislatura.

Presidenta de la Cámara de Diputados.—

Presente.

En cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 19, párrafo quinto, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, hacemos de su conocimiento que con esta fecha, la LVII Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco, clausuró los trabajos legislativos de la Comisión Permanente que fungió durante el segundo periodo de receso, correspondiente al primer año de ejercicio constitucional; asimismo, se comunica el inicio del primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de su ejercicio constitucional y con fundamento en el párrafo tercero del citado ordenamiento legal se llevó a cabo la elección de la mesa directiva que presidirá los trabajos legislativos del 15 de enero al 15 de febrero del presente año, quedando integrada de la forma siguiente:

Presidente, Ulises Coop Castro; vicepresidente, Liliana del Carmen Balcázar Guzmán, secretario; Amalin Yabur Elías, prosecretario, Pedro Rodríguez Reyes.

Aprovechamos la oportunidad para reiterarle las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Villahermosa, Tabasco, enero 15 del 2002.— Diputados: Emilio Antonio Contreras Martínez de Escobar presidente y Minerva Ocaña Pérez, secretaria

PRESIDENTA: De enterado.

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MISMO SECRETARIO:

(Comunicación del Congreso del Estado de Zacatecas)

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Congreso del Estado de Zacatecas.

Ciudadana Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Adjunto tenemos el honor de remitir a usted, el acuerdo número 33 emitido por la LVII Legislatura del Estado, en sesión ordinaria de esta misma fecha, mediante el cual se les solicita se emita un pronunciamiento similar de condena de la resolución de la Suprema Corte de Estados Unidos de América, con respecto a los trabajadores mexicanos en situación migratoria irregular. Lo anterior en cumplimiento al contenido del referido documento.

Nos es grato reiterarles las seguridades de nuestra distinguida y especial consideración.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Zacatecas, Zacatecas, a 2 de abril del año 2002.— Diputados: Roberto Valadez González y Pedro Martínez Flores, secretarios.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Congreso del Estado de Zacatecas.

Acuerdo numero 33

La Honorable LVII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.

Resultando único. En sesión del pleno del día de hoy, los diputados Gumaro Elías Hernández Zúñiga, Francisco Flores Sandoval y Raúl Rodríguez Santoyo, en representación de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional de esta legislatura y en ejercicio de las facultades que les confiere el artículo 133, fracción III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presentaron una iniciativa de punto de acuerdo relativo a los derechos humanos y laborales de los trabajadores mexicanos en situación migratoria irregular.

CONSIDERANDO

Primero. Las autoridades laborales de Estados Unidos de América recientemente han resuelto, en perjuicio de los trabajadores mexicanos, sobre la inexistencia de derechos de nuestros connacionales, que por años y aun por generaciones, han construido la economía estadounidense.

Segundo. Las prácticas discriminatorias por razones migratorias, se acentúan con estas resoluciones que perjudican las relaciones entre dos países que tienen, en común, no solamente extensos kilómetros de frontera, sino actividades económicas sometidas a un tratado internacional que equipara, el valor y calidad del trabajador mexicano al de esa nación.

Tercero. Los alcances de esta resolución, son desastrosos porque evidentemente pone a disposición de cualquier empleador norteamericano, a nuestros compatriotas que fácilmente pueden ser despedidos o sometidos a jornadas y actividades que lesionan sus derechos humanos, su integridad física y su seguridad personal y familiar.

Cuarto. Ante esta injusticia y arbitrariedad, no cabe el conformismo o la pasividad, demanda de todos los mexicanos y especialmente de quienes tenemos a nuestro alcance una tribuna popular, repudiar enérgicamente estas actitudes y violaciones flagrantes a los derechos del hombre, para que se rectifique el sentido de esta resolución, en un marco de mutuo respeto de una relación internacional, que no puede ser socavada por decisiones unilaterales y violatorias de los legítimos derechos de los mexicanos.

Quinto. Si se discuten entre México y Estados Unidos de Norteamérica, agendas bilaterales en temas económicos, políticos, sociales y migratorios, que influyen en una relación inevitable de países vecinos, es conveniente que en las señaladas agendas bilaterales, sea discutido el real valor del trabajo de los mexicanos y que, de ninguna manera sean los empleadores, quienes otorguen un valor económico al producto del trabajo de nuestros connacionales.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento además en los artículos 14, fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 24 y 25 y relativos del Reglamento General, es de acordarse y se acuerda:

Primero. La LVII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, condena públicamente la resolución unilateral de la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos de América, cuyas consecuencias sociales tienen, implícitamente, la violación sistemática de los derechos humanos y laborales de los trabajadores mexicanos en situación migratoria irregular.

Segundo. Se solicite a los señores diputados y senadores del honorable Congreso de la Unión, así como a los Congresos de las entidades federativas del país, emitan un pronunciamiento similar de condena de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos de América y con ello se deje sin efecto la resolución referida.

Tercero. Se exige la suspensión de los efectos de una resolución como la señalada e instalar a la brevedad posible, a través de organizaciones de mexicanos en el extranjero, de especialistas en la materia, de académicos, de parlamentarios y legisladores, amplias mesas de trabajo en las que se discuta y se propongan alternativas que permitan el reconocimiento legítimo de los derechos de mexicanos indocumentados, que salvaguarden con integridad, sus derechos como trabajadores.

Cuarto. Se convoca a través de la Comisión Legislativa de Asuntos Migratorios de esta Asamblea legislativa, a diputados y senadores del Congreso de la Unión y a diputados de las legislaturas de los estados, a un foro nacional que en materia laboral y migratoria se celebre, en breve, en la ciudad de Zacatecas.

Dado en la sala de sesiones de la LVII Legislatura del Estado, a 2 de abril de 2002.— Diputados: Leodegario Varela González, presidente; Roberto Valadez González y Pedro Martínez Flores, secretarios.»

PRESIDENTA: Túrnese a la Comisión de Relaciones Exteriores.

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MISMO SECRETARIO:

(Comunicación de la Dip. Beatriz Elena Paredes Rangel)

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.

Ciudadanos integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Comunico a ustedes muy atentamente que he sido invitada, en mi calidad de Presidenta del Parlamento Latinoamericano, a la XVI Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, que se realizará en la ciudad de San José de Costa Rica, los días 11 y 12 del mes en curso, evento en el que tendré una intervención.

Lo que hago de su conocimiento para los efectos a que haya lugar.

Atentamente.

México, D.F., a 10 de abril de 2002.— Diputada Beatriz Paredes Rangel, presidenta de la Cámara de Diputados.»

LA C. PRESIDENTA. DE ENTERADO.

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EL C. SECRETARIO DIPUTADO RODOLFO DORADOR PEREZ GAVILAN :

(Oficio de la Junta de Coordinación Política relativo a la solicitud de modificación en la integración de la Comisión respectiva, del C. Diputado ABELARDO ESCOBAR PRIETO sustituya al C. Diputado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa como integrante en la Comisión de Hacienda y Crédito Público)

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Beatriz Paredes Rangel, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34 numeral 1 inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de Estados Unidos Mexicanos, y a solicitud del Diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subcoordinador de relaciones internas del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted, la modificación en la integración de la siguiente comisión:

• Que el diputado Abelardo Escobar Prieto sustituya al diputado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, como integrante en la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

México, D.F., a 10 de abril de 2002.— Diputado Felipe Calderón Hinojosa presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara Diputados.— LVIII Legislatura.

Felipe Calderón Hinojosa, presidente de la Junta de Coordinación Política en la Cámara de Diputados.— Presente.

Sirva el presente para enviarle un cordial saludo y para remitirle la siguiente sustitución:

Que el diputado Abelardo Escobar Prieto, entra a la

Comisión de Hacienda y Crédito Público en sustitución del diputado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.

Lo anterior para que se notifique a la comisión antes referida, para los trámites a los que haya lugar.

Sin otro particular de momento, le reitero las seguridades de mi consideración más alta y distinguida.

Atentamente.

Palacio Legislativo a 9 de abril de 2002.— Diputado federal Cuauhtémoc Cardona Benavides, subcoordinador de relaciones internas del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.»

LA C. PRESIDENTA. DE ENTERADO.

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EL MISMO C. SECRETARIO.

(Oficio de la Secretaría de Gobernación solicitando Permiso Constitucional necesario a efecto de que el C. LUIS ERNESTO DERBEZ BAUTISTA, pueda aceptar y usar la Condecoración – Conferida por gobierno extranjero).

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.— Dirección General de Gobierno.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación, solicitando se tramite ante el honorable Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III apartado c del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que el ciudadano Luis Ernesto Derbez Bautista, Secretario de Economía, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden Gwanghwa, en Primer Grado, que le confiere el gobierno de la República de Corea.

Por lo anterior me permito anexar, para que se integren en su expediente, original de la carta del interesado dirigida al honorable Congreso de la Unión, solicitando el permiso respectivo; copia certificada de su acta de nacimiento y copia simple de su curriculum vitae y de la notificación en la que se le comunica la intención de otorgarle la condecoración de que se trata.

Agradezco a ustedes su atención a la presente, reiterándoles la seguridad de mi consideración.

Atentamente

México, D.F., a 8 de abril de 2002.— El director general de gobierno, M. Humberto Aguilar Coronado.»

LA C. PRESIDENTA. TURNESE A LA COMISION DE GOBERNACIÓN Y SEGURIDAD PUBLICA.

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EL MISMO C. SECRETARIO.

(Oficio de la Secretaría de Gobernación, solicitando el Permiso Constitucional necesario a fin de que el C. EDGAR SEGURA RUIZ, pueda aceptar y usar la condecoración que le ha sido Conferida por Gobierno extranjero.)

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.— Dirección General de Gobierno.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación, solicitando se tramite ante el honorable Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III apartado c del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que el coronel de infantería DEM Edgar Segura Ruiz, pueda aceptar y usar la condecoración de la Medalla de Encomio del Ejército, que le confiere el gobierno de Estados Unidos de América.

Por lo anterior me permito anexar, para que se integren en su expediente, original de la carta del interesado dirigida al honorable Congreso de la Unión, solicitando el permiso respectivo; copia certificada del acta de nacimiento y copias simples de su curriculum vitae y de la notificación en la que le comunican la intención de otorgarle la condecoración de que se trata.

Agradezco a ustedes su atención a la presente reiterándoles la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, D.F., a 2 de abril de 2002.— El director general de gobierno, M. Humberto Aguilar Coronado.»

LA C. PRESIDENTA. TURNESE A LA COMISION DE GOBERNACIÓN Y SEGURIDAD PUBLICA.

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EL MISMO C. SECRETARIO.

(Oficio de la Secretaría de Gobernación, solicitando el Permiso Constitucional necesario a efecto de que el C. ALEJANDRO JOAQUIN LUCAS JOSE LEGORRETA, pueda aceptar y usar la Condecoración que le fue conferida por Gobierno extranjero).

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.— Dirección General de Gobierno.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación, solicitando se tramite ante el honorable Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III apartado c del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que el ciudadano Alejandro Joaquín Lucas José Legorreta y Chauvet, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de la Corona, en grado de Oficial, que le confiere el gobierno del Reino de Bélgica.

Por lo anterior me permito anexar, para que se integren en su expediente, original de la carta del interesado dirigida al honorable Congreso de la Unión, solicitando el permiso respectivo; copia certificada de su acta de nacimiento y copia simple de su curriculum vitae y de la notificación en la que se le comunica la intención de otorgarle la condecoración de que se trata.

Agradezco a ustedes su atención a la presente, reiterándoles la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, D.F., a 8 de abril de 2002.— El director general de gobierno, M. Humberto Aguilar Coronado.»

LA C. PRESIDENTA. TURNESE A LA COMISION DE GOBERNACIÓN Y SEGURIDAD PUBLICA.

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EL MISMO C. SECRETARIO.

(Oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que se solicita el Permiso Constitucional necesario, a efecto de que el C. ANTONIO DUEÑAS PULIDO, pueda aceptar y usar la Condecoración que le fue conferida por un Gobierno extranjero).

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.— Dirección General de Gobierno.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación, solicitando se tramite ante el honorable Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III apartado c del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que el embajador Antonio Dueñas Pulido, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden del Elefante Blanco, en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno del Reino de Tailandia.

Por lo anterior me permito anexar, para que se integren en su expediente, original de la carta del interesado dirigida al honorable Congreso de la Unión, solicitando el permiso respectivo; copia certificada de su acta de nacimiento y copia simple de su curriculum vitae y de la notificación en la que se le comunica la intención de otorgarle la condecoración de que se trata.

Agradezco a ustedes su atención a la presente, reiterándoles la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, D.F., a 8 de abril de 2002.— El director general de gobierno, M. Humberto Aguilar Coronado.»

LA C. PRESIDENTA. TURNESE A LA COMISION DE GOBERNACIÓN Y SEGURIDAD PUBLICA.

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EL MISMO C. SECRETARIO.

(Oficio de la Cámara de Senadores, remitiendo Iniciativa que adiciona el Artículo 183B de la Ley Aduanera ) .

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Senado de la República.— LVIII Legislatura.— Mesa Directiva.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito informarles que en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Gloria Lavara Mejía, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se adiciona el artículo 183-B de la Ley Aduanera.

La Presidencia dispuso que dicha iniciativa se turnara a la Cámara de Diputados.

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

México, D.F., a 9 de abril de 2002.— Senador César Jáuregui Robles, vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Senado de la República.— LVIII Legislatura.— Grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Gloria Lavara Mejía, Sara Isabel Castellanos Cortés, Emilia Patricia Gómez Bravo, Jorge Emilio González Martínez y Verónica Velasco Rodríguez, senadores de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71 fracción II; 72 y 73 fracción XXIX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos se turne a las comisiones: de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, para su dictamen y posterior discusión en el pleno de la Cámara de Senadores de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de ley:

EXPOSICION DE MOTIVOS

En cuestión de residuos o sustancias peligrosas debe considerarse como un principio de indispensable aplicación, el hecho de que resulta más rentable contar con procesos limpios que tratar o confinar los contaminantes derivados de procesos sucios.

El concepto de residuos peligrosos está unívocamente definido en el reglamento mediante la clave C.R.E.T.I.B., cuyo nombre resulta de conjunción de cada una de las iniciales de los nombres de seis características que tienen las sustancias o materiales conocidos hoy en día. La letra "C" corresponde a la corrosividad, la "R" a la reactividad, la "E" a la explosividad, la "T" a la toxicidad, la "I" a la inflamabilidad y la "B" al infecto biológico(1). Para que un residuo se considere peligroso basta con que rebase una de las seis características de peligrosidad.

Dado el origen tan diverso de los residuos y substancias peligrosas, la prevención y su eventual tratamiento requieren de soluciones únicas. En los casos de confinamiento, es necesario cuidar su ubicación de manera que se encuentren suficientemente alejados de cuerpos de agua subterráneos y superficiales.

Nuestro país debe estar atento a la evolución mundial de las alternativas de administración de los residuos peligrosos y de los convenios internacionales y al mismo tiempo ser muy cuidadoso de las implicaciones derivadas de su reciente ingreso a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE.)

En México, el proceso de industrialización ha venido avanzando y diversificándose aceleradamente en los últimos 50 años. Lo cual ha traído como consecuencia una producción creciente y variada de materiales y residuos peligrosos. En el futuro, con una economía moderna y abierta al comercio internacional, el volumen generado y su diversidad inevitablemente aumentará con mayor rapidez a través del tiempo.

Analicemos las cifras de residuos producidos por la industria en la República Mexicana.

De un total generado de 45 mil toneladas diarias, se estima que casi una tercera parte corresponden a residuos peligrosos, esto es, 14.5 mil toneladas diarias. Al año representan 5 millones de toneladas que tienen que ser dispuestas adecuadamente. En algunas regiones del país este problema es mayor debido a la composición particular de la industria. Por ejemplo, se estima que en la zona fronteriza norte el 78% del total de residuos industriales es peligroso.

Es evidente que la producción industrial es importante para el crecimiento económico del país, ya que contribuye con una tercera parte del Producto Interno Bruto y su participación en el empleo es aún mayor. Por ello, es fundamental que la actividad industrial sea sustentable, lo cual sólo lograremos, cuando asumamos plenamente la responsabilidad de manejar los residuos y materiales peligrosos y causemos el mínimo impacto a la salud y al ambiente. El crecimiento económico es vital, sin embargo no está peleado con la ecología y sí puede realizarse responsablemente y en armonía con el medio ambiente.

México enfrenta de varias maneras el reto que representan los residuos peligrosos. Existe un reglamento para regular su manejo de manera ambientalmente adecuada. A ello se agregan las Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) que cubren aspectos relacionados con la clasificación y caracterización de los residuos peligrosos y con su disposición en confinamientos controlados.

El objetivo de una política ambiental no debe ser la protección o conservación a como dé lugar. En el diseño de una regulación ambiental que mejore efectivamente el bienestar de los mexicanos, debemos considerar los beneficios que se obtienen al mejorar el ambiente, pero también los costos que el país, como en todo, paga por alcanzarlos. Dentro de estas consideraciones la política debe utilizar los mejores instrumentos, desde el punto de vista de la eficiencia económica, equidad social y responsabilidad.

Este criterio es precisamente el que se está aplicando al diseño de la política ambiental en México. Como parte de nuestra reforma microeconómica, la política de desregulación busca cortar las amarras que detenían la productividad de las empresas. Se pretende que las regulaciones que permanezcan, así como las que a futuro se crearán, nos aporten realmente más beneficios sociales que costos. Por ello, el Congreso aprobó la iniciativa de una nueva Ley Federal de Metrología y Normalización, que requiere de todas las Normas Oficiales Mexicanas, incluyendo las ambientales, fueran sujeto de un análisis costo-beneficio.

Es fundamental entender que en el área ambiental tendremos cada vez un mayor número de regulaciones. Necesitamos normas ambientales que sean sólidas desde el punto de vista técnico y económico.

Aunado a todo esto, no debemos perder de vista el riesgo que existe de que a través de nuestras fronteras ingresen a territorio nacional una considerable cantidad de los mencionados residuos y substancias peligrosas provenientes de otros países ya sea por mar o tierra, cuya importación se encuentre prohibida.

Como legisladores, no podemos dejar a un lado este latente problema que puede venir a afectar aún más nuestro ya deteriorado medio ambiente, por lo que debemos tomar medidas en el asunto.

Así las cosas, es imprescindible que en los casos en que en las aduanas o bien durante el tránsito por territorio nacional las autoridades competentes detecten estos tipos de residuos o substancias, no sólo estén facultados para confiscarlos y aplicar sanciones correspondientes, sino que también sea exigible imponer la obligación al importador o en su caso contrabandista, de retornar a su lugar de origen los residuos o substancias peligrosas de que se trate.

De lo contrario, el riesgo ambiental sería enorme ya que al permanecer dichos residuos o substancias peligrosas en territorio nacional sólo acrecentaríamos más la posibilidad de dañar de manera irreversible nuestros ecosistemas nacionales.

Por lo tanto, es urgente reformar nuestra legislación en materia aduanera y de comercio exterior, con el objeto de proteger nuestro medio ambiente de cualquier posible riesgo que pudiese derivar de la permanencia en nuestro país, de residuos o materiales peligrosos introducidos a través de nuestras fronteras.

Por todo lo anterior, sometemos a esta Cámara de Senadores de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, la presente

INICIATIVA DE DECRETO

Mediante el cual se adiciona el artículo 183-B de la Ley Aduanera.

Artículo único. Se adiciona el artículo 183-B de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:

Artículo 183-B. Cuando se trate de mercancías introducidas a territorio nacional, cuya importación esté prohibida, por tener la naturaleza de residuos o substancias peligrosas, de acuerdo con los criterios de la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas y las Normas Oficiales Mexicanas sobre residuos peligrosos, el infractor tendrá la obligación de retornarlos a su país de origen, dentro de un plazo no mayor al previsto para el despacho aduanero. Lo anterior independientemente de las demás sanciones aplicables.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, a 9 de abril de 2002.— Senadores: Jorge Emilio González Martínez, Verónica Velasco Rodríguez, Sara Isabel castellanos Cortés, Emilia Patricia Gómez Bravo y Gloria Lavara Mejía.»

LA C. PRESIDENTA. TURNESE A LA COMISION DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.

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Pasamos al Capítulo de Iniciativas de Ciudadanos Diputados.

En consecuencia se ofrece el uso de la palabra al Diputado José Socorro Velázquez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una Iniciativa de Reformas a los Artículos 66, 68 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

EL C. DIPUTADO JOSE SOCORRO VELAZQUEZ HERNANDEZ. Con el permiso de la Presidencia, señoras y señores Diputados. José Socorro Velázquez , integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de la facultad que me otorga la Fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito presentar ante esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, Iniciativa de Reformas a los Artículos 76, 78 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en la siguiente:

Exposición de Motivos.

La nueva realidad política que vive el país hace necesario un re planteamiento de las relaciones entre los Poderes de la Unión. La sabiduría política del pueblo mexicano, si bien optó el 2 de Julio del año 2000 por darle oportunidad a la alternancia en la titularidad del Ejecutivo, también expresó su deseo de darle a los Poderes un mayor equilibrio al no conceder a ninguna fuerza política la mayoría absoluta en las Cámaras de Senadores y de Diputados del Congreso General.

Por otra parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha fortalecido como garante del estado de derecho y sus resoluciones cada día son más respetadas y aceptadas como una muestra de que poco a poco nos vamos acercando más a la tan deseada cultura de la legalidad.

En estas condiciones, resulta especialmente importante revisar el marco constitucional que rige las relaciones del Ejecutivo con el Legislativo, debiéndose tener especial cuidado en corregir aquellos aspectos que persisten como resabios de un presidencialismo que si bien en un momento de nuestra Historia fue necesario fortalecer, ahora debe ser normativamente acotado para un mejor funcionamiento del Gobierno y, en consecuencia, para beneficio del país.

El artículo 66 de nuestra ley fundamental que establece las fechas hasta las cuales podrán prolongarse los períodos ordinarios de sesiones, otorga al Presidente de la República una facultad mediante la cual le da derecho a inmiscuirse en la vida interna del Congreso al señalar que: si las dos Cámaras no estuvieren de acuerdo para poner término a las sesiones antes de las fechas indicadas, resolverá el Presidente de la República.

Dicho precepto debe modificarse para evitar lo que podría interpretarse como una muestra de un presidencialismo dominante que ya no tiene cabida en el nuevo escenario democrático que hoy vive la nación. Si las dos Cámaras no logran un acuerdo sobre las fechas de terminación de los períodos ordinarios de sesiones, los trabajos de ambas deberán concluirse en las establecidas en el primer párrafo del propio artículo 66.

Lo mismo ocurre con el artículo 68 que también faculta al Ejecutivo para resolver una controversia que teóricamente podría suscitarse entre las dos Cámaras cuando contengan en una traslación de su sede pero difieran en cuanto a tiempo, modo y lugar. En este caso, lo más conveniente sería que las propias Cámaras resolvieran la diferencia en cuestión mediante la reforma que se propone; es decir, con la decisión de quien ostente la presidencia de la Cámara de Diputados que lo es también del Congreso para los efectos del artículo 5º de la Ley Orgánica del Congreso General y por la mayoría numérica de sus integrantes en relación con el Senado de la República.

Por lo que respecta al propio artículo 68 constitucional, es conveniente clarificarlo con el señalamiento expreso de que ninguna Cámara podrá suspender sus sesiones por más de tres días hábiles sin el consentimiento de la otra, porque sin esa aclaración tanto la Cámara de Diputados como la Cámara de Senadores estarían violando la disposición constitucional al sesionar sólo martes y jueves como ocurre normalmente en la actualidad durante los períodos ordinarios de sesiones.

Por otra parte, el texto vigente del artículo 67 de nuestra Ley Suprema establece que: el Congreso o una sola de las Cámaras, cuando se trate de asunto exclusivo de ella, se reunirán en sesiones extraordinarias cada vez que los convoque para ese objeto la Comisión Permanente pero en ambos casos sólo se ocuparán del asunto o asuntos que la propia Comisión sometiese a su conocimiento, los cuales se expresarán en la convocatoria respectiva.

Esta disposición es congruente con lo que ordena la fracción IV del artículo 78.

No obstante lo anterior, la fracción IX del artículo 89 señala la obligación del Ejecutivo de convocar al Congreso a sesiones extraordinarias cuando lo acuerde la Comisión Permanente, por tanto si la Comisión Permanente es la instancia que resuelve la realización de un período extraordinario de sesiones ya sea del Congreso o de una sola de sus Cámaras, la propia comisión permanente debe ser la única facultada para convocarlo por lo cual resulta innecesaria una intervención del Ejecutivo en tal sentido.

Así pues, la citada fracción IX del artículo 89 debe derogarse como un signo más de los avances en la independencia de los poderes.

En consecuencia y en uso de las atribuciones a las que he hecho referencia, me permito someter a esta honorable soberanía el siguiente proyecto de decreto:

ARTICULO 1º. Se reforma el segundo párrafo del artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

ARTICULO 66: Cada período de sesiones ordinarias durará el tiempo necesario para tratar todos los asuntos mencionados en el artículo anterior. El primer período no podrá prolongarse sino hasta el 15 de diciembre del mismo año, excepto cuando el Presidente de la República inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, en cuyo caso las sesiones podrán extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año.

El segundo período no podrá prolongarse más allá del 30 de abril del mismo año.

Si las dos Cámaras no estuvieren de acuerdo para poner término a las sesiones antes de las fechas indicadas, los trabajos deberán concluirse precisamente en las mismas.

Artículo 2º. Se reforma el artículo 68 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 68: Las dos Cámaras residirán en un mismo lugar y no podrán trasladarse a otro sin que antes convengan en la traslación y en el tiempo y modo de verificarla, designando un mismo punto para la reunión de ambas pero si conviniendo las dos en la traslación difieren en cuanto al tiempo, modo y lugar, quien ocupe la presidencia de la Cámara de Diputados terminará la diferencia, eligiendo uno de los dos extremos en cuestión.

Ninguna Cámara podrá suspender sus sesiones por más de tres días hábiles sin consentimiento de la otra.

Artículo 3º. Se deroga la fracción XI del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Transitorios: UNICO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, Distrito Federal, a los once días del mes de abril del 2002.

Les agradezco su atención.

LA C. PRESIDENTA: Gracias, diputado y gracias por su brevedad también.

Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

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Tiene la palabra el diputado Miguel Gutiérrez Hernández, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de participación ciudadana.

EL C. DIPUTADO MIGUEL GUTIERREZ HERNÁNDEZ: Con su permiso, Presidenta.

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución General para el Fortalecimiento de la Democracia Participativa dentro de la reforma del estado.

Con fundamento en lo dispuesto por la Fracción II del artículo 71 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos, el que suscribe, a nombre del grupo parlamentario de Acción Nacional somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa por la que se reforman los siguientes artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 35, 36, 40, 73, 115 y 122, a fin de establecer las figuras de participación ciudadana conocidas como referéndum y plebiscito, mismas que se fundamentan y motivan bajo la siguiente exposición de motivos.

Para el Partido Acción Nacional, la exigencia de una reforma del estado no es ni ha sido una moda pasajera, sino un compromiso con el cual ha sido congruente en sus más de 60 años de vida.

Como prueba irrefutable de lo anterior, consta en el Diario de Debates de la Cámara de Diputados, las innumerables iniciativas que con este propósito hemos presentado.

Nuestro fundador, Manuel Gómez Morín, expresó en 1954: "Llevamos largos años viviendo en un ambiente cerrado, de restricciones, de monopolio, de estatismo, de temor, de desconfianza, de confusión; necesitamos renovar este ambiente, abrir las puertas a la reforma y a la libertad, suscitar y encauzar responsablemente discrepancias enriquecedoras. Necesitamos inclusive correr los riesgos de nuevas experiencias, siempre que sean nuestras y de lo nuestro, orientadas a afirmarnos y no a debilitarnos, ni a entregarnos; necesitamos, en suma, proclamar nuestra mayoría de edad y adquirir la conciencia de lo que somos, de lo que poseemos y del riesgo de dejar de serlo, de la responsabilidad de hacer frente a este riesgo".

Acción Nacional desde el 26 de diciembre de 1946, fecha en la que llegó al Congreso la primera diputación panista, presentó ante esta Cámara, una iniciativa de reformas al artículo 115 Constitucional, para proponer, entre otras, innovaciones en la esfera de la vida pública local, la adopción en todos los municipios del país, de la institución del referéndum, por considerarla como institución mejoradora de la democracia para lograr la mayor pureza y efectividad de la intervención de la comunidad en la vida pública del municipio.

En este recordar, la historia de la LVI Legislatura, cabe mencionar también la participación del diputado Ricardo García Cervantes, quien en su exposición de motivos precisó: "El PAN desde su origen en el transcurso de toda su historia, ha pugnado por una auténtica reforma política". Refiriéndose a la necesidad de adoptar la figura de referéndum y plebiscito.

Reiteradamente y hasta nuestros días, hemos insistido en reformas que fortalezcan la democracia participativa.

Por este motivo, la presente iniciativa tiene como propósito favorecer el desarrollo de una auténtica democracia que complemente los esfuerzos de muchos años por instaurar un régimen democrático en un Estado nacional y de derecho y cuyo último gran esfuerzo nacional lo podemos ver en lo referente a las elecciones del 2 de julio del año 2000.

La participación ciudadana en los procesos políticos, su influjo sobre los partidos o la búsqueda de la fortaleza en las instituciones no son particularidad exclusiva de ciertas sociedades, en todos los sistemas del mundo se están explorando y desarrollando esquemas e iniciativa que promueven la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones que les afectan, tanto las instituciones democráticas como en su vida cotidiana.

La clave de la legitimidad es la participación, por eso es necesario velar porque se abran siempre nuevos espacios a la participación ciudadana, para que las decisiones sean percibidas como fuente de un compromiso justo en el cual todos tengan igual oportunidad de intervenir y de ser considerados. Ya no se habla de la democracia a secas, sino de la democracia participativa o de una democracia de participación responsable con los ciudadanos. No es éste un problema semántico ni una redundancia ni una palabra de moda; estamos frente a una nueva concepción internacional de la democracia.

Se ha querido oponer los términos de democracia participativa y el término de democracia representativa, buscando verlos como mutuamente excluyentes. Esta apreciación es errónea ya que ambas se complementan y respetan la libertad y pluralismo. No se trata de que el pueblo haga todas las leyes directamente ni de acabar con el Congreso o con el principio de representación, semejante empeño sería, además de indeseable, utópico. La ampliación de los canales de participación y la creación de nuevos escenarios para que los ciudadanos intervengan activamente en la toma de decisiones que los afectan, le infunden mayor vigor a la democracia y ofrecen una oportunidad para que los partidos políticos confluyan en la deliberación sobre una agenda política enriquecida y diversa.

Es importante resaltar igualmente, que el concepto de democracia participativa es más moderno y amplio que el de democracia directa. Abarca el traslado de los principios democráticos a esferas diferentes de la electoral; es una extensión del concepto de ciudadano y un replanteamiento de su papel en la vida nacional, no comprende simplemente la consagración de mecanismos para que los ciudadanos tomen decisiones en referéndum o en consultas públicas.

En una democracia representativa, el ciudadano vota periódicamente para elegir a sus gobernantes, en la democracia directa, el ciudadano también vota ocasionalmente para influir sobre decisiones que pueden afectar la vida colectiva. En una democracia participativa, el ciudadano además puede participar permanentemente en los procesos no electorales que incidirán significativamente en el rumbo de su vida.

A México le urgen una nueva cultura política que lo haga capaz de enfrentar con honestidad y con valor nuestros conflictos y problemas, nos urge a los mexicanos demostrarnos a nosotros mismos que somos capaces de orientar, promover y concretar los cambios requeridos.

El 2 de julio fue un paso importante, pero no es definitivo, necesitamos una auténtica cultura democrática que nos haga reconocer y dejar atrás la tan prolongada crisis de ciudadanía a la que se refirió Manuel Gómez Morín en la década de los 70s, una cultura ciudadana que reconozca y haga vida el postulado de nuestra ley fundamental, de que la soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo y que todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. Requerimos, en suma, la fuerza ciudadana suficiente para reconfirmar la voluntad del pueblo de México de constituirse en una república democrática, representativa, participativa y federal.

Por lo tanto, se propone reformar el artículo 40 constitucional para incorporar la democracia participativa y las instituciones de la democracia semidirecta, dejando claro que la soberanía se ejercerá también mediante el ejercicio del referéndum y el plebiscito, con lo que se complementa ese matrimonio indisoluble que es la democracia representativa con la participativa. Asimismo, dentro de un marco de congruencia histórica Acción Nacional se pronuncia a favor de discutir, en el seno de las comisiones legislativas ordinarias correspondientes, la inclusión en la legislación secundaria de la figura de la iniciativa popular, de esta forma se dispone que la democracia será representativa en lo que se refiere a los cargos de elección popular de los poderes de la Unión y los del Estado, pero será participativa en lo referente a las decisiones que tomen directamente los ciudadanos mediante las instituciones del referéndum y plebiscito en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Se plantea establecer el reconocimiento del referéndum constitucional pero determinando que éste será facultativo; se podrá realizar cuando se trate de iniciativas que tengan por objeto la derogación, adición o reforma a esta Constitución que versen sobre las garantías individuales, los derechos políticos individuales y colectivos de los ciudadanos, la soberanía nacional, la forma de gobierno, las partes integrantes de la Federación y del territorio nacional, la división de poderes y el proceso de reforma constitucional.

Se plantea determinar que el plebiscito es una forma de participación ciudadana para que los electores se manifiesten sobre decisiones políticas fundamentales de la Nación Mexicana.

En el mismo artículo 40 se propone disponer que sólo podrán someterse a referéndum y plebiscito los asuntos que aluden los párrafos anteriores por lo que no proceden en tratándose de disposiciones en materia tributaria y fiscal de expropiación, delimitación o propiedad particular así como la del sistema bancario y monetario.

Asimismo se sugiere asentar que el resultado de los procesos del referéndum y plebiscito será obligatorio para gobernantes y gobernados si en dicho proceso participan cuando menos el 60% de los ciudadanos del padrón electoral.

Se plantea que el Instituto Federal Electoral será el órgano responsable de organizar el referéndum y plebiscito, estará facultado para verificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales de las iniciativas y tendrá la obligación de comunicar los resultados a las Cámaras del Congreso de la Unión el Presidente de la República o la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a los poderes públicos en el Diario Oficial de la Federación.

Se propone que el derecho de solicitud de referéndum y plebiscito corresponderá a los ciudadanos cuando lo soliciten al menos el 1.5% de los inscritos en el padrón electoral y pertenezcan, al menos, a una tercera parte de Estados de la Federación incluido el Distrito Federal, aportando cada uno de ellos mínimamente un 5% de electores solicitantes.

También una tercera parte de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Honorable Congreso de la Unión, el Presidente de la República salvo en lo relativo a la organización del Congreso de la Unión y del Poder Judicial.

Por último en este artículo 40 se plantea que las normas para la procedencia y organización del referéndum y plebiscito serán establecidas en la ley reglamentaria correspondiente.

Con el fin de complementar y dar congruencia a lo propuesto en el artículo 40 constitucional y para una mejor precisión del espíritu de la presente iniciativa se propone reformar el artículo 35 y 36 de la Ley Fundamental para establecer dentro de las prerrogativas y obligaciones del ciudadano, el derecho y la obligación política individual de votar en los plebiscitos y los referéndums.

El Partido Acción Nacional ha estado en toda su historia impulsando reformas trascendentes para nuestro país. Hoy no es la excepción, ratificamos nuestro compromiso de impulsar la democracia participativa buscando crear figuras jurídicas necesarias para ello.

Por lo anteriormente expuesto, los suscritos diputados del grupo parlamentario de Acción Nacional sometemos a su consideración el siguiente:

Artículo Único. Se reforman los artículos 35, fracción I y 36; se adiciona el artículo 40, los párrafos 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8; el artículo 73, la fracción XIX inciso K) y el artículo 122 inciso O).

El artículo 35 en su fracción I quedaría: "Votar en las elecciones populares y en los procesos de referéndum y plebiscito.

Artículo 36 en su fracción III. "Votar en las elecciones populares y participar en los procesos de referéndum y plebiscito en los términos que señala la ley".

En el artículo 40: "Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República Federal, democrática, representativa y participativa compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior pero unidos en una Federación establecida según los principios de esta Ley Fundamental.

"La democracia será representativa en lo que se refiere a los cargos de elección popular de los Poderes de la Unión y de los Estados, pero será participativa en lo referente a las decisiones que tomen directamente los ciudadanos mediante las instituciones del referéndum y plebiscito en los términos de esta Constitución.

Se reconoce el referéndum constitucional, el cual será facultativo, se podrá realizar cuando se trate de iniciativas que tengan por objeto la derogación, adición o reforma a esta Constitución que versen sobre las garantías individuales, los derechos políticos individuales y colectivos de los ciudadanos, la soberanía nacional, la forma de gobierno, las partes integrantes de la federación y el territorio nacional, la división de poderes y el proceso de reforma constitucional.

El plebiscito es una forma de participación ciudadana, para que los electores se manifiesten sobre decisiones políticas fundamentales de la nación mexicana, sólo podrán someterse a referéndum y a plebiscito los asuntos que aluden a los párrafos anteriores, por lo que no proceden en tratándose de disposiciones en materia tributaria y fiscal de expropiación, de limitación o la propiedad particular, así como el sistema bancario y monetario.

El resultado de los procesos de referéndum y de plebiscito será obligatorio para gobernantes y gobernados si en dicho proceso participan cuando menos el 60% de los ciudadanos del padrón electoral. El Instituto Federal Electoral será el órgano responsable de organizar el referéndum y el plebiscito, estará facultado para verificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales de las iniciativas y tendrá la obligación de comunicar los resultados a las Cámaras del Congreso de la Unión, al presidente de la República, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a los Poderes Públicos en el Diario Oficial de la Federación.

El derecho de solicitud de referéndum y plebiscito corresponderá:

Inciso a) A los ciudadanos cuando los soliciten al menos el 1.5% de los inscritos en el padrón electoral y pertenezcan al menos a una tercera parte de estados de la federación incluido el Distrito Federal, aportando cada uno de ellos mínimamente un 5% de electores solicitantes.

Inciso b) Una tercera parte de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del H. Congreso de la Unión.

Inciso c) El presidente de la República, salvo en lo relativo a la organización del Congreso de la Unión y el Poder Judicial.

Las normas para la procedencia y organización del referéndum y plebiscito, serán establecidas en la Ley Reglamentaria correspondiente.

Artículo 73. Vigésimo Noveno. Inciso k) Para expedir leyes reglamentarias de referéndum y p0lebiscito.

Y el artículo 115 congruencia con el artículo 40. Los estados adoptarán para su régimen interno, la forma de gobierno republicano, democrático, representativo y participativo, teniendo como base su división territorial y su organización política y administrativa, el municipio conforme a las bases siguientes:

En la Base Primera, inciso o) Expedir leyes en materia de referéndum y plebiscito.

Inciso p) Las demás que le confieran expresamente en esta Constitución.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. El Congreso de la Unión tendrá un término perentorio de seis meses contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para expedir la ley reglamentaria que se refiere la fracción XIX inciso k) del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de referéndum y plebiscito.

TERCERO. Las entidades federativas contarán con un término de seis meses a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para adecuar sus constituciones y su legislación reglamentaria a lo que establece el presente decreto.

En su caso las entidades que no cuenten con las instituciones del plebiscito y del referéndum, deberán implementar la inserción a sus textos constitucionales.

Dado en el Salón de Plenos del palacio Legislativo de San Lázaro, a los 11 días del mes de abril del presente año.

Con fundamento en el inciso f) del artículo 123 de la Ley orgánica del Congreso general de los Estados Unidos Mexicanos y 8º. del Acuerdo de la Junta de Coordinación Política relativo a la subdivisión y creación de Comisiones Ordinarias de la Cámara de Diputados de fecha 29 de septiembre del 2000, solicito respetuosamente a la Mesa Directiva de esta soberanía obsequie el turno de esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Participación Ciudadana y Puntos Constitucionales.

Gracias.

LA C. PRESIDENTA: Túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Participación Ciudadana.

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Tiene la palabra el diputado Miguel Barbosa Huerta del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa de Ley Federal de Protección a Informantes Confidenciales de Actos de Corrupción.

EL C. DIPUTADO MIGUEL BARBOSA HUERTA. Gracias, Presidenta.

La presente iniciativa de decreto que expide la Ley Federal de Protección a Informantes de Actos de Corrupción, forma parte de un conjunto de propuestas que hemos hecho ante esta Cámara de Diputados en relación al tema de la información.

Así presentamos la iniciativa sobre Ley de Acceso a la Información Pública sobre protección de datos personales, sobre información y organismos de inteligencia y en este momento la presente que se refiere a la protección a informantes de actos de corrupción, la cual sujeto al tenor de la siguiente exposición de motivos:

Resulta axiomático aseverar que en las sociedades no democráticas, los gobernados no confían en las instituciones públicas; no tienen otra alternativa que aceptar lo que sus líderes autocráticos les imponen, pero que en las democracias los ciudadanos tampoco confíen, es enigmático.

En sociedades abiertas, liberales y en las que se estimula a las personas a participar en los asuntos públicos y a elegir sus propios representantes gubernamentales, donde las instituciones públicas defienden los derechos humanos fundamentales, preguntas obvias son: ¿por qué no se confía en las instituciones públicas que ellos mismos han forjado y que pueden rediseñar en cualquier momento y en líderes que pueden ser removidos en la próxima oportunidad? ¿Qué es lo que provoca esa pérdida de confianza y por qué no se lucha por restaurarla de inmediato?

La respuesta es sencilla pero preocupante: se deja de creer porque la brecha entre lo que es y lo que debería ser, es demasiado grande; los líderes trastocan y desvían el rumbo y los fines de las instituciones. El mismo término "corrupción", implica que las cosas no son como deberían ser; han sido pervertidas, torcidas, manipuladas, distorsionadas, desviadas o de cualquier manera sacadas fuera de su camino previsto. En ese proceso, los corruptos han logrado ganancias injustas o se han beneficiado de manera indebida a costa y en perjuicio de todos los sectores sociales.

Un régimen democrático se caracterizaría por la promoción del interés público y el servicio a la comunidad, la protección de las libertades civiles y los derechos humanos; el gobierno representativo y responsable, el imperio de la ley, organismos autónomos para asegurar la rendición de cuentas, la actitud abierta e imparcial, la División del Poder, la libre competencia entre rivales, la participación ciudadana, el debido proceso de la ley y las prácticas administrativas justas.

La corrupción corroe y contradice todos éstos elementos democráticos, es la manifestación de hechos antidemocráticos; expresa el egocentrismo, el particularismo, los privilegios injustos, el aprovechamiento de las debilidades y de las fallas; la utilización inescrupulosa de los débiles, los explotables y los indefensos y toda clase de acciones cuestionables.

Se trata de beneficios no merecidos, no equitativos, injustos e inmorales, derivados de posiciones de confianza y de responsabilidad pública que son utilizadas para acciones mezquinas e innobles, las cuales resultan ofensivas a cualquier noción de salvaguarda pública sobre la cual se edifica la democracia.

La corrupción es algo que tiene un alto costo directo e indirecto para todos; socava las decisiones políticas fundamentales; conduce a un uso ineficiente de los recursos y beneficia a los inescrupulosos a expensas de quienes acatan la ley; implica la pérdida de la autoridad moral; debilita la eficiencia de las operaciones gubernamentales; aumenta las oportunidades de la impunidad y para el delito organizado estimula los abusos de fuerza de la policía; agrega cargas al contribuyente y tiene un impacto devastador sobre la desigual distribución de la riqueza. Sino se le combate con decisión se extiende con toda su suciedad, amenazando en última instancia a la democracia misma.

Llega un momento en que los estados democráticos se tornan tan vulnerables por la corrupción, que no se requiere de mucho esfuerzo para echarlos de lado. Y es que uno de los más graves problemas que acompañan a los fenómenos de corrupción es precisamente la creciente pérdida de legitimidad de las instituciones democráticas. Dicho proceso de deterioro está vinculado a la tendencia de convertir en permanentes las costumbres corruptas, al punto que se tornan verdaderos elementos espúreos que trágicamente terminan por ser aceptados por el común de los ciudadanos.

Es por ello que la única forma de reencontrar la legitimidad perdida del sistema institucional de la democracia, es a través de la modernización de las instituciones y del desarrollo de mecanismos jurídicos de participación ciudadana en el control y vigilancia de los asuntos de interés público y en generar más transparencia del funcionamiento de la Administración Pública.

Cuando se enfoca la conducta de un servidor público en función de la corrupción, existe una disyuntiva que es invariable: el funcionario público no delinque o por convicciones morales, por un mandato ético de su propia conducta o no delinque porque tiene miedo a ser descubierto y tiene miedo también a la sanción. No hay más variantes, a partir de ahí, lo que debemos saber es cómo el Estado pone en funcionamiento las más eficaces instituciones para disuadir al potencial corrupto que tiene a su cargo una función pública.

Por eso Carry Poper (?) un gran pensador decía: No necesitamos tan buenos funcionarios como saludables y fuertes instituciones. La misma complejidad del fenómeno de la corrupción dificulta su tematización desde la óptica del Derecho, ya que el acercamiento jurídico a sus manifestaciones, las más de las veces suele ser tardía y circunscrita a los casos que con alguna dificultad se documentan y se persiguen formalmente; más aún, cuando el único enfoque para atacar el mal depende del impacto de las sanciones de carácter penal.

Por eso, la atención a los diversos aspectos que caracterizan a la corrupción, no deben circunscribirse únicamente al Derecho Punitivo, sino que debe haber un acompañamiento legislativo en otros sectores, que permita afinar el instrumental con el que cuente el ordenamiento jurídico para impedir el secreto, la ignorancia y la desinformación; elementos que suelen proveer el terreno fértil en el que se desarrolla y se difunde este flagelo dentro de las instituciones del Estado y en la sociedad.

Para hacer efectiva la participación civil en contra de la corrupción, no se puede basar exclusivamente en la buena voluntad de los grupos que conforman la sociedad, sino que depende directamente del nivel de acceso a la información sobre los asuntos públicos que estos grupos tengan.

Las denominadas leyes de apertura del gobierno instrumentadas ya en diversas legislaciones del mundo, recogen a plenitud este espíritu, todas ellas se fundan en los conceptos de responsabilidad democrática y responsabilidad de los ciudadanos en el estado de derecho y reivindican los derechos de los ciudadanos de organizarse, promover causas e impugnar las decisiones del gobierno que los representa; leyes de acceso a la información, de protección a informantes de actos de corrupción y de revelación pública de activos financieros, aumentan la probabilidad del castigo de actos de conducta ilícita y recuerdan a los funcionarios públicos que están sujetos a responsabilidad política y jurídica.

El momento en que el acceso a la información está a disposición, tiene tanta transcendencia como el hecho mismo cuando lo está ya. En este sentido, la protección de las personas que denuncian actos de corrupción aumenta la disponibilidad de información y su presentación puntual. Las personas que denuncian actos de corrupción pueden garantizar el acceso a la información mucho antes de que puedan realizarse los procedimientos de acceso de los ciudadanos.

De hecho, los datos proporcionados por los denunciantes pueden indicar la necesidad de utilizar los procedimientos de acceso público a documentos y registros gubernamentales para llevar adelante la investigación de la supuesta conducta ilícita que revela esa información.

Entonces, la protección de las personas que denuncian actos de corrupción es un importante complemento del derecho al acceso a la información en poder del Estado.

Cuando se trata de la persecución de actos corruptos, indudablemente que la responsabilidad de los ciudadanos se acentúa, pero, al mismo tiempo, la sociedad debe ser consciente de que la mayor de la veces proveer datos conducentes a la investigación y castigo de un funcionario corrupto acarrea, para los delatores, consecuencias negativas que pueden impedir el ejercicio de dicha responsabilidad cívica.

A falta de una libre circulación de la información emanada de testigos fidedignos, las campañas de lucha contra la corrupción son vacías y carecen de vitalidad. Sin embargo, la experiencia demuestra que en un entorno represivo serán observadores silenciosos en lugar de expresar su voz con libertad.

Como consecuencia, la iniciativa de ley que se somete a estas soberanía adopta un espíritu protector en defensa de quienes denuncian actos de corrupción, acercándoles medios eficientes paras evitar represalias formales e informales de mafias afectadas por la delación o bien propiciando en su favor un fácil acceso a la justicia para resarcirles cualquier daño que sufran.

Al efecto, en las disposiciones generales del proyecto se definen con precisión los términos: testigo protegido, como la persona física o moral que realiza o realizará una actividad protegida; actividad protegida, como la revelación lícita de información que ponga en evidencia actos de corrupción y discriminación, como la acción de incitar, inducir, recomendar, amenazar o adoptar activa o pasivamente cualquier acción o medida para intimidad o inhibir la delación de un acto de corrupción que afecte a la persona o a los intereses de un testigo protegido o de sus familiares.

Este concepto de discriminación debe de ser interpretado en sentido amplio, de modo que incluya todo acto que inhiba la denuncia de actos de corrupción, abarca modalidades comúnmente conocidas de represalias percibidas como tales, como la destitución del empleo, el cambio de funciones, la supresión de cometidos o la omisión de aprobar ascensos o de proporcionarle capacitación, comprende discriminación política, como someterlo a investigaciones y vigilancia como represalia, privarlo de libertad o cualquier violación de derechos humanos. Comprende cualquier tipo de amenaza o acoso físico. El límite no está dado por el tipo de discriminación, sino por el hecho de que su consecuencia sea paralizar el flujo de denuncias lícitas provenientes de testigos protegidos.

Para la instauración de las actividades protegidas por la ley todas persona que aduzca discriminación lícita podrá procurar protección, acudiendo ante la contraloría interna de los órganos y dependencias de los poderes de la unión, pero también estará legitimada para ocurrir directamente ante los tribunales federales a ejercer acción de resarcimiento. Esta acción incluiría el restablecimiento de los derechos laborales conculcados y el pago de los daños y perjuicios causados y la entidad pública y los servidores públicos involucrados serían solidariamente responsables del pago de la acción de resarcimiento.

Sin embargo, las más de las veces la amenaza principal de la discriminación consiste en la violencia física y no en medidas relacionadas con daños patrimoniales. Casi siempre estas amenazas se extienden a los miembros de la familia u otras personas vinculadas con un testigo protegido.

En consecuencia, en el proyecto también se prevé que, antes de consentir en la revelación de su identidad, el denunciante podrá solicitar que la entidad pública lo incluya como testigo protegido en un programa de protección de identidad que, para guardar de su integridad física y de sus bienes y de las personas involucradas con él, podrá incluso aumentar los siguientes mecanismos.

Cambio de la identidad del testigo protegido y de las personas vinculadas a él, en cuyo caso los individuos protegidos por esta medida sólo podrán usar la nueva identidad.

Expedición de nuevos documentos sustitutivos necesarios que acrediten la identidad del testigo protegido y de las personas a él vinculadas, tales como el certificado del Registro Civil, documentos de identidad, pasaportes, certificados de antecedentes judiciales, certificados de trabajo o administrativos u otros documentos análogos, debiendo prescindirse de los procedimientos ordinarios que puedan revelar la identidad del testigo protegido con consentimiento del testigo protegido y de las personas con él vinculados. La selección de cualquier ubicación nacional o internacional como lugar de residencia permanente o transitoria de las personas.

Protección necesaria a cargo de Seguridad Pública del testigo protegido y de quienes estén vinculados con él.

Opción de alteración de sus rasgos físicos en la medida en que sea necesario para impedir la identificación.

Medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones monetarias, civiles, laborales, comerciales, fiscales y administrativas asumidas por cualquier persona en el marco del Programa de Protección de Identidad, antes de que sea admitida, en él programada, o como resultado de su participación en él.

Y suministro de los recursos materiales necesarios para cubrir los gastos de subsistencia corrientes, así como todo el respaldo necesario para que las personas protegidas encuentren un empleo, inclusive brindándole asistencia para su capacitación y colocación.

Ese deber de protección no sería discrecional y se aplicaría a todo aquel que realizara una actividad que se describa como legalmente protegida y pueda dar lugar a la revelación, tan pronto como el representante gubernamental afectado tenga conocimiento de la actividad protegida, extendiéndose incluso a favor de servidores públicos que hubiesen sido cesados en sus cargos.

Con ello se lograría poner fin al aislamiento de quienes efectúan denuncias protegidas. Aislar al testigo es una táctica común utilizada para intimidar a otros posibles testigos y obligarlos a limitarse a sí mismo a ser observadores silenciosos de la corrupción.

Asimismo la nueva ley brindaría a los testigos protegidos los derechos de no utilizarse la información revelada hasta en tanto no se decida su aceptación en el Programa de Protección de Identidad, de controlar el flujo de información que contienen sus declaraciones y que a su juicio permitan identificarlos y de renunciar en cualquier momento al régimen de protección de la identidad, lo que indudablemente es necesario no sólo para prevenir actos de discriminación, sino también para impedir un efecto paralizante que inhiba el flujo de información proveniente del denunciante que no se sienta seguro. Esto es obvio. La obligación ciudadana de denunciar actos de corrupción no implica la obligación del informante de poner en peligro a su familia o correr el riesgo de convertirse en un mártir político.

En contrapartida el testigo protegido estaría obligado a participar de buena fe en el Programa de Protección de Identidad. Esta obligación comprende la responsabilidad de cooperar y prestar declaración testimonial en condiciones de seguridad en los procedimientos correspondientes, a fin de que puedan adoptarse medidas ante la denuncia de supuesta corrupción.

El incumplimiento de este deber de participación, así como el hecho de que se hubiese fundado en datos falsos su admisión, constituirían causales de supresión del régimen de protección, previo cumplimiento del requisito de una notificación escrita con antelación razonable.

En vista de las anteriores consideraciones, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa de decreto que expide la Ley Federal de Protección a Infomantes de Actos de Corrupción, cuyo articulado está contenido en el documento que entrego a esta Mesa Directiva para que respecto de él se agote el trámite del proceso legislativo correspondiente.

Muchas gracias, compañeros y compañeras.

(Aplausos de la fracción parlamentaria perredista)

LA C. PRESIDENTA, DIPUTADA MARIA ELENA ALVAREZ BERNAL (PAN): Gracias a usted, señor Diputado.

Túrnese la iniciativa presentada a las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos y de Gobernación y Seguridad Pública.

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La siguiente iniciativa agendada por el Partido Verde Ecologista de México en el orden del día, a petición del mismo se pospone para una próxima sesión.

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Tiene la palabra el diputado Jaime Cervantes Rivera, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar una iniciativa de reformas a la Ley de Instituciones de Crédito y a la Ley de Inversión Extranjera.

EL C. DIPUTADO JAIME CERVANTES RIVERA (PT): Con la venia de la Presidencia.

Los suscritos, diputados federales de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 13 de la Ley de Instituciones de Crédito y adiciona un inciso a), actualmente derogada, a la fracción III del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera con base en la siguiente

" E x p o s i c i ó n d e M o t I v o s :

"La crisis económica que vivió México en el marco de la crisis capitalista mundial de los años 70 y 80 alentó la especulación en nuestro sistema financiero, impulsó la fuga de capitales y llevó a las instituciones bancarias a la bancarrota con el consecuente costo que esto significó para el gobierno federal que tuvo que intervenir para salvar a las entidades bancarias privadas y el ahorro de los mexicanos.

"Fue así como vimos la nacionalización de la Banca de 1982 y la conformación de un sistema financiero en manos del Estado mexicano que logró parcialmente rearticular los mecanismos de los circuitos del crédito para promover el desarrollo productivo del país en el contexto de la crisis económica que vivía la economía mexicana en esa época.

"Sin embargo, la presión de los ex banqueros y de los poderosos grupos monopólicos del capital privado no se hizo esperar y el gobierno de Miguel de la Madrid tuvo que doblar las manos y aceptar negociar con esos sectores del gran capital para que regresara a sus manos el 33 por ciento de las acciones del sistema bancario. Y además se les garantizó que el gobierno federal alentaría una política del endeudamiento interno dada la restricción del crédito externo para nuestro país por la crisis internacional de la deuda de esa época.

"En esas circunstancias el negocio con la deuda interna del sector público de México quedó en manos de esos grandes inversionistas, con las secuelas ya por todos conocidas de la historia financiera de la Bolsa de Valores de 1983 a 1987, que no solo llevó a una profunda crisis de la economía de nuestra nación, sino que además se volvió el espacio de readecuación de las grandes fortunas, en tanto los ganadores de la especulación bursátil arruinaron a cientos de miles de pequeños inversionistas y obligaron al Estado mexicano a establecer un pacto político en el que se comprometía a profundizar la privatización de las empresas públicas y la devolución total del sistema bancario nacionalizado a manos privadas, con el chantaje de que si esto no se realizaba se iba a continuar con la fuga de capitales.

"Fue así como vimos el regreso de los bancos a manos privadas durante el régimen de Carlos Salinas de Gortari y la privatización de algunas importantes empresas paraestatales que se tomaron como modelo para la atracción de capitales privados nacionales y del exterior. Esto implicó la reforma a la Ley de Inversiones Extranjeras para que los foráneos pudieran realizar actos de compra, venta de instrumentos financieros en el mercado de valores y posteriormente en el propio sistema financiero mexicano, cuya participación incluía desde las aseguradoras hasta los propios bancos.

"Esto pasaba también con la reforma a la Ley de Instituciones de Crédito para que los extranjeros pudieran participar en los negocios de la banca sin ninguna restricción legal.

"Sin embargo, es importante recordar que para que esos bancos pasaran a manos privadas durante el régimen de Salinas, el gobierno federal invirtió cuantiosos recursos públicos para sanearlos, lo que constituyó un costo económico y social para los contribuyentes y el pueblo mexicano que no podemos dejar de pasar por alto.

"Tampoco podemos olvidar que la crisis de 199495 y la responsabilidad de los banqueros mexicanos obligaron al régimen de Zedillo a rescatar a esos banqueros, a través de lo que se conoce como "El fraude más grande en la historia financiera de nuestra nación".

Y que representó un monto superior a los 100 mil millones de dólares.

"Quién no recuerda el escándalo que armó en nuestro Congreso de la Unión, en diciembre de 1998, la absorción de ese fraude por parte del gobierno federal a través del Fobaproa IPAB, que hasta nuestros días continúa siendo una piedra en los zapatos del PRI, el PAN y el Partido Verde Ecologista, que fueron quienes votaron a favor de legalizar ese gigantesco fraude a la nación.

"Compañeras y compañeros diputados: Durante muchos años se nos ha vendido la idea, tanto al Congreso de la Unión como al pueblo mexicano, de que en manos privadas las empresas funcionan mejor que en manos públicas. Con ese argumento el gobierno federal permitió el paso de la banca mexicana a manos extranjeras.

"La venta de BANAMEX al CITIGRUP en el año del 2001, fue el desenlace final de ese proceso de privatización y extranjerización. Sin embargo, los hechos muestran de forma contundente que las empresas en manos privadas no siempre funcionan bien; la banca mexicana es el mejor ejemplo de ello. Su extranjerización ha sido un fracaso total, pues incluso en los últimos 8 años el financiamiento que otorga a las actividades productivas del sector privado, cayó en más de 78 por ciento. El 60 por ciento de sus ingresos totales derivan de los intereses que se les paga por la deuda del FOBAPROAIPAB. Por lo tanto tenemos un sistema bancario y financiero en general que se convirtió en un parásito de la sociedad mexicana.

"Creemos que esta situación no debe de continuar. El pueblo mexicano reclama el uso de los recursos financieros de la banca a partir de criterios sociales, para que tengamos un sistema bancario que apoye a la micro, a los pequeños y medianos empresarios, así como a nuestros productores agrícolas.

"Lo que nuestro pueblo quiere es tener banqueros comprometidos con el país, no a los que se dedican a especular con instrumentos financieros del gobierno federal y de sus empresas. Por esa razón creemos que el capital mexicano debe tener el control de la banca mexicana y no los extranjeros que no tienen ningún compromiso con México.

"Compañeras y compañeros diputados: Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56 y 52 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de la Honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 13 de la Ley de Instituciones de Crédito y adiciona un inciso a), actualmente derogada, a la fracción III del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera, para quedar como sigue:

"Artículo 1o. Se adiciona un párrafo segundo al artículo 3º de la Ley de Instituciones de Crédito, para quedar como sigue:

"Artículo 3º. Las personas físicas o morales extranjeras, podrán participar hasta el 49 por ciento del capital social de las instituciones de banca múltiple, cualquiera que sea la serie accionaria en la que participen.

"Artículo 2º. Se adiciona un inciso a), actualmente derogada, a la fracción III del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera, para quedar como sigue:

"Artículo 7. En las actividades económicas y sociedades que se mencionan a continuación, la inversión extranjera podrá participar en los porcentajes siguientes: ... El inciso que se propone reformar es el inciso segundo hasta el 49 en el inciso a) Instituciones de crédito de banca múltiple. Los demás siguen como están.

"TRANSITORIOS

"Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

"Segundo. A la fecha de entrada en vigor del presente decreto, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al autorizar y operar a sociedades anónimas como instituciones de banca múltiple, verificará que ninguna persona extranjera, física o moral, rebase el límite de participación accionaria previsto en el artículo 7 fracción III inciso a) de la Ley de Inversión Extranjera.

"Y un artículo Tercero transitorio. Se derogarán todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente.

"Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los once días del mes de abril del año dos mil dos.

"Atentamente. Dip. Alberto Anaya Gutiérrez, la Dip. Rosalía Peredo Aguilar, Dip. Rosa Delia Cota Montaño, Dip. Víctor Antonio García Dávila, Dip. José Narro Céspedes, el Dip. Félix Castellanos Hernández, el Dip. Juan Carlos Regis Adame y un servidor, Jaime Cervantes Rivera".

Es cuanto, señora Presidenta.

PRESIDENTA, DIP. MA. ELENA ALVAREZ BERNAL: Gracias señor diputado.

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

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Tiene la palabra la diputada Norma Patricia Riojas Santana, del Partido de la Sociedad Nacionalista, para presentar una iniciativa que reforma los artículos 73, 76 fracción I y 89, fracción X y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

LA C. DIPUTADA NORMA PATRICIA RIOJA SANTANA. Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros Diputados. Los suscritos, Diputados Federales a la LLVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrantes del Partido de la Sociedad Nacionalista, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 71 Fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Fracción II del Artículo 55 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración de esta honorable Asamblea, la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma los Artículos 73, 76 Fracción I, 89 Fracción X y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo el tenor de la siguiente Exposición de Motivos.

En la palabra del Maestro Elizur Arteaga Nava, el poder es el objeto y fin de una constitución, el poder considerado como un todo, comprende una universalidad de todos los vínculos de dominación.

La Constitución, legaliza, sanciona, regula o provee toda clase de dominación trascendente o importante de manera preferente, norma el poder político, determina quién manda y quién obedece, establece los términos las condiciones, los límites personales, territoriales y temporales de su ejercicio y de la obediencia por los particulares.

Con base en el concepto anterior y teniendo como marco para la regulación del poder a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tenemos que en su Titulo III, Primer Capítulo, establece en el Artículo 49º de la División de Poderes y cito:

"El supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Federal, no podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositar el Legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión, conforme a lo dispuesto en el Artículo 29º., en ningún otro caso, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 131º se otorgarán facultades extraordinarias para la Legislación.

En el estado de derecho democrático de división de Poderes, la Constitución da al Poder Legislativo la competencia de expedir las leyes.

La teoría de la División de Poderes considera que el Poder Legislativo, formaliza, legaliza la soberanía nacional, dándole a los Legisladores como representantes del pueblo y de la nación, la función de legitimar democrática y popularmente a los demás integrantes de los órganos de Gobierno del Estado debido a su origen electoral.

El Poder Legislativo Federal encarnado en la figura del Congreso General tiene la misión primordial de crear y actualizar las normas jurídicas que respondan a las complejas necesidades sociales y con ello sentar las bases para una convivencia justa y pacífica entre los individuos de la sociedad.

En síntesis, nuestra misión es legislar, es decir, crear leyes; además de la labor fundamental del quehacer político, práctico , cotidiano en pro del diálogo y la discusión política democrática que exige prudencia y negociación en beneficio de todas y todos los mexicanos.

En este orden de ideas, es menester señalar la definición de ley, en estricto sentido, la ley es definida como el acto emanado de un órgano legislativo, resultado de un proceso descrito de la Constitución Federal o Local en el cual se regulan situaciones jurídicas para el futuro y sus características son: ser abstracta, impersonal, general y de observancia general que contiene una sanción directa , indirecta, en caso de inobediencia.

Ahora bien, existen actos que por su naturaleza, son formalmente emanados por el Poder Ejecutivo Federal pero que materialmente son actos legislativos como lo son los tratados internacionales y los reglamentos; por ley, no sólo debemos entender el acto emanado del Poder Legislativo sino ampliar su alcance a los tratados y convenciones internacionales que también tienen las características de ley.

De conformidad con el primer párrafo del artículo segundo de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, se entiende por "Tratado", un acuerdo internacional celebrado por escrito entre estados y regido por el derecho, ya que conste en un instrumento único o en dos más instrumentos conexos y cualquiera que sea su dominación particular; es decir, un Tratado Internacional es el acuerdo de voluntades de dos o más estados por medio del cual se crean, modifican y se otorgan derechos e imponen obligaciones a las partes contratantes; establecen reglas de conducta a los participantes produciendo efectos en su régimen jurídico que impactan en las políticas económicas y sociales y modifican la vida de todos los mexicanos, ello implica el cumplimiento de una serie de reformas y adiciones a la legislación interna del país.

Compañeros y compañeras diputados, por qué razón si los tratados internacionales tienen las características de una ley y consecuencia para todos los habitantes de la república mexicana se nos excluye de la importante tarea de aprobar conjuntamente con la Cámara de Senadores.

¿No resulta incongruente y contradictorio que frente a una sociedad de abierta transformación, más democrática, participativa, sigan prevaleciendo normas jurídicas que nos alejen de este contexto histórico? ¿Por qué si la historia ha demostrado que la Cámara alta, como aquella que debe de antepelar el espíritu de los diputados, sólo se ha limitado a convalidar las políticas y los tratados internacionales realizados por el Ejecutivo Federal? ¿Por qué no facultar a la Cámara de Diputados, a los representantes de la nación para analizar, revisar y evaluar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo de la Unión y aprobar conjuntamente los tratados que se celebre con otros estados o naciones?

Históricamente la facultad de aprobar tratados no fue exclusiva del Senado sino que llegó a ser el del Congreso y en una época en que desapareció el Senado fue facultad exclusiva de la Cámara de Diputados; en el régimen vigente de las facultades exclusivas de la Cámara, tuvo su origen en 1874 cuando el sistema unicameral de la Constitución de 1857 fue sustituido por el bicameral.

En 1874, con la reestructuración del Senado se le reconoció la facultad exclusiva de aprobar los tratados internacionales argumentando que la política exterior debe tener una corresponsabilidad entre el Jefe del Estado y el Senado.

Sin embargo, no fue sino hasta en el año de 1933 que se modificó el artículo 133 constitucional sustituyendo al Congreso de la Unión por el Senado en la importante responsabilidad de aprobar los tratados internacionales que celebre el Presidente de la República.

Si bien es cierto que por mandato del artículo 76 fracción I de la Constitución correspondía a la Cámara de Senadores aprobar los tratados y convenciones diplomáticas que celebre el Presidente de la República con las potencias extranjeras, también es cierto que los tratados a los que se refiere el artículo 133 de la Constitución son una clase especial de normas jurídicas que por mandato constitucional se incorporan a la legislación nacional en la jerarquía de la Ley Suprema de la Unión y esa categoría jurídica sólo podía reconocer la Constitución a los tratados internacionales que fueran aprobados por el Congreso de la Unión y no sólo por el Senado.

No existe ninguna explicación o razonamiento que pudiera servir de justificación para substituir al Congreso por el Senado en la grave responsabilidad de aprobar los tratados internacionales celebrados por el Presidente de la República.

Aparentemente los señores senadores que participaron en el dictamen que dio origen a la reforma, consideraron que al substituir al Congreso por el Senado corregían una errata que los constituyentes de 1917 arrastró desde la Constitución de 1857, que mencionaba al Congreso y no al Senado sin que dicha mención se hubiera modificado el restablecer al Senado.

Sin embargo, consideramos que no fue errata del constituyente de 1917 sino por el contrario, tuvo el conocimiento preciso de que la única forma de asegurar que los tratados internacionales resultaran congruentes y armónicos no sólo con el texto constitucional sino incluso con las leyes emanadas de la propia Constitución y quedaran elevados a la categoría de Ley Suprema de toda la Unión, sin que se violentara el principio de división de poderes consagrado en el artículo 49 consistente en encomendarle al Congreso la aprobación de dichos compromisos internacionales.

Cumpliendo este requisito, el Presidente de la República podría ejercer su facultad de negociar en el ámbito internacional con absoluta amplitud inclusive en aquellas materias cuya regulación jurídica en la propia Constitución encomienda el Congreso de la Unión o cada una de las cámaras que lo integre.

Compañeras y compañeros diputados:

La celebración de tratados internacionales no sólo obliga al Ejecutivo, sino que recae su observancia sobre la nación entera y es la Cámara de Diputados la que representa a la nación fundamentalmente en su aspecto popular, en tanto el Senado representa el elemento federativo, por lo que el Congreso de la Unión en su integridad debe de participar en la evaluación de la política cuya dirección y ejecución responda al Ejecutivo y cuya aprobación de origen corresponda al Senado.

No está por demás mencionar que en las Constituciones de Estados Unidos de América, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, El Salvador, Haití, Honduras, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay, Checoslovaquia, etcétera, se establece la aprobación de los tratados internacionales por ambas cámaras.

Los tratados internacionales no deben ser contradictorios, no contener compromisos que resulten inconsistentes con el contexto de la Constitución.

En el contexto de globalización que hoy vive el estado mexicano, no sólo el estado y los agentes del mercado, también los ciudadanos, a través de sus representantes tienen derecho a influir en la política internacional del país.

Para los nacionalistas es esencial que el Congreso de la Unión ejerza la facultad de aprobar los tratados para hacer de la política exterior un instrumento de acuerdos incluyentes y plurales que impulsen el desarrollo nacional a efecto de coadyuvar con el Ejecutivo en la tarea que lleva los asuntos exteriores de manera acertada y permitir que sus decisiones reciban una mayor aceptación política y se de una auténtica colaboración de poderes para la promoción y defensa de los intereses nacionales.

A los integrantes del Partido de la Sociedad Nacionalista, nos queda claro que los problemas internos y externos que enfrenta México no admiten respuestas, ni soluciones fáciles, son temas y asuntos que han abrumado la agenda nacional y que exigen definiciones enmarcadas de amplios consensos que en un análisis crítico por parte de ambas cámaras.

Asimismo, resulta evidente que una verdadera y real división de poderes y de facultades, así como el respeto irrestricto de nuestra ley suprema, es necesaria para el desempeño eficaz de la misión que cada uno de los tres Poderes de la Unión tienen como responsabilidad.

Por lo anterior expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa como proyecto de decreto que reforma los artículos 73, 76, Fracción I; 89, Fracción X y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Único. Se reforman los artículos 73, 76, Fracción I; 89, Fracción X y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos.

Artículo 73. "El Congreso tiene la facultad, de la Fracción I a la Fracción XXVII quedan igual; de la XXVIII para analizar, revisar y evaluar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal, además de aprobar los tratados internacionales y convenciones que celebre el Ejecutivo de la Unión".

De la Fracción XXIX a la XXX quedan igual.

Artículo 76. "Son facultades exclusivas del Senado, analizar en primera instancia los tratados internacionales que celebre el Ejecutivo Federal y que envíe al Congreso de la Unión para su aprobación".

De la Fracción II a la Fracción X quedaría igual.

Artículo 89. "Las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes:"

De la Fracción I a la IX quedan igual. De la X sería: "dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, sometiéndolos a la aprobación del Congreso de la Unión.

"En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos, la autodeterminación de los pueblos, la no intervención, la solución pacífica de controversias, la proposición de la amenaza, proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales, la igualdad jurídica de los estados, la cooperación internacional para el desarrollo y la lucha por la paz y la seguridad internacional.

De la fracción XI a la XX quedan igual.

Artículo 133: "Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma celebrados y que se celebren por el Presidente de la República con aprobación del Congreso, serán la ley suprema de toda la Unión, de los jueces de cada estado. Se arreglarán a dicha Constitución leyes y tratados a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los estados".

Transitorios. Artículo 1º: "El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación".

Artículo 2º transitorio: "Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto".

Dado en la Honorable Cámara de Diputados el día 11 de abril del 2002.

Suscriben la presente iniciativa la diputada Norma Patricia Riojas Santana, el diputado Gustavo Riojas Santana, del Partido de la Sociedad Nacionalista; la diputada Bertha Alicia Simental García, del Partido de la Sociedad Nacionalista.

Es cuanto, señora Presidenta.

LA PRESIDENTA: Gracias diputada.

Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

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Tiene la palabra el diputado Luis Alberto Villarreal García, a nombre de integrantes de la Comisión de Turismo, para presentar una iniciativa que deroga el numeral 4 del Inciso B de la fracción I del artículo 8º transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2002.

EL DIP. LUIS ALBERTO VILLARREAL GARCIA: Con el permiso de la Presidencia. Honorable asamblea:

Las diputadas y los diputados federales que integramos la Comisión de Turismo en esta LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo que dispone la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa de decreto por el que se deroga el Inciso 4º del Inciso B de la fracción I del artículo 8º transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal del 2002, bajo la siguiente exposición de motivos.

Si me permite la Presidencia, obviaré un poco la lectura pero solicito sea incluido el texto íntegro de la misma en el Diario de Debates.

El pasado 14 y 16 de enero del 2002 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación modificaciones a la XXI y XXII resolución de modificaciones a la resolución Miscelánea para el 2000, en el que se adicionaron respectivamente por una parte las reglas 2.4.10, con un último párrafo. Lo anterior fue de suma importancia, ya que entre otras cosas reglamenta lo dispuesto en el artículo 8º transitorio de la Ley de Ingresos, incorporando las reglas 14.1 a 14.9, relacionado con el Impuesto a la Venta de Bienes y Servicios Suntuarios, incorporando nuevas obligaciones a los contribuyentes de las exigidas en su momento por la propia Ley de Ingresos. Es decir, extralimitándose a lo aquí aprobado.

Es preciso recordar que de manera notoria y a partir del año 1979, se han venido publicando periódicamente resoluciones que establecen reglas de interpretación o aplicación de las leyes. En la actualidad estas resoluciones que establecen tales reglas se identifican como resoluciones misceláneas que abarcan dos grandes sectores:

La primera, la resolución Miscelánea Fiscal, que se refiere a los alcances, interpretación y aplicación del Código Fiscal de la Federación y de las leyes fiscales en lo particular.

La segunda. Resolución Miscelánea del Comercio Exterior.

Estas resoluciones tienen su fundamento en lo que dispone el artículo 33 fracción I, Inciso G, del Código Fiscal de la Federación que otorga a las autoridades fiscales las facultades para publicar anualmente las resoluciones dictadas por ellas que establezcan disposiciones de carácter general, agrupándolas de manera que faciliten su conocimiento por los contribuyentes y se puedan publicar aisladamente aquellas disposiciones cuyos efectos se limiten a períodos inferiores de un año.

Sin embargo en las recientes publicaciones del Diario Oficial de la Federación de los días 14 y 16 de enero pasados, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de este medio, introduce obligaciones nos previstas en la ley y además incorpora procedimientos que no son para facilitar los actos administrativos, sino que por el contrario hacen los trámites más complejos y engorrosos, dejan en estado de indefensión e incertidumbre a todos los particulares, tanto comensales como del sector restaurantero nacional.

El artículo 35 del Código Fiscal de la Federación, es claro al señalar que los funcionarios fiscales facultados podrán dar a conocer a las diversas dependencias el criterio que deberán seguir en cuanto a la aplicación de las disposiciones fiscales sin que por ello nazcan obligaciones para los particulares y derivaran en derechos únicamente cuando se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

Es decir, la resolución miscelánea fiscal no puede incorporar obligaciones a los contribuyentes que no estén contenidas en la ley, de hacerlo, son ilegales por ir más allá en lo señalado en el ordenamiento legal, por lo que no basta analizar lo publicado por la Secretaría de Hacienda para darnos cuenta de que han rebasado lo establecido originalmente en la Ley de Ingresos.

De lo anterior, claramente se puede desprender que con las modificaciones hechas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se estará a lo siguiente:

Que este impuesto se aplicará a todos los contribuyentes y como se planteó en la ley, en el sentido de que sería aplicable a las operaciones que se realizaran en público.

Tener que conservar una copia de la cédula de identificación fiscal de la persona a cuyo favor se expide.

Tener que recabar un escrito firmado por la persona que recibe el bien o el servicio, dirigido al Servicio de Administración Tributaria en la que dicha persona manifestará, bajo protesta de decir verdad, que el valor de la operación sería aplicado como deducción para los fines del Impuesto Sobre la Renta y el monto del Impuesto al Valor Agregado trasladado para ser acreditado por la persona a favor de quien se expide el comprobante.

Que no sería necesario obtener el escrito de referencia cuando los pagos se realizaran por personas morales mediante transferencia electrónica de fondos de la cuenta electrónica a cuyo favor se expide el comprobante a la cuenta de la persona que lo extienda, ni cuando los pagos se realizaran mediante cheque nominativo de la cuenta de la persona que lo extienda y se encuentre impreso en el esqueleto del cheque la clave del Registro Federal de Contribuyentes del librador, debiendo conservar copia fotostática del mismo.

Que debe conservar una copia de la credencial para votar o del pasaporte de las personas que reciban el bien o el servicio.

Que la copia de la identificación mencionada no será exigible cuando los pagos se realicen mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios.

Que en el caso de que el comprobante se extienda a nombre de una persona física, la tarjeta deberá de corresponder a dicha persona, cuando la tarjeta se extienda a nombre de una persona moral deberá emplearse una tarjeta empresarial o corporativa de dicha persona.

Como se puede apreciar, ninguna de estas obligaciones ni ninguno de estos procedimientos fueron con meridiana claridad plasmados en la ley, sino que son estrictamente requisitos que estableció la Secretaría de Hacienda a su discrecionalidad y que de ninguna forma facilitan al contribuyente su empleo.

No obstante lo anterior, la Secretaría de Hacienda publicó en diversos periódicos de circulación nacional, el 20 de enero y actualmente visible en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria siguientes tratamientos al impuesto suntuario, deducciones del 50% en acreditamiento del impuesto del 5% en restaurantes.

Como se puede apreciar, estas disposiciones van más allá de lo que se planteó en la ley, por lo que consideramos que no se respeta lo plasmado en la ley, que no se respetó a esta soberanía, por lo tanto, lo mejor es derogar dicha disposición.

Por otra parte, el sector restaurantero, está siendo seriamente castigado por este impuesto, teniendo un impacto negativo en el comercio y en las actividades turísticas del país. Basta poner de ejemplo que en el mes de enero cayeron en un 15% las ventas por esta medida, por lo que se hace necesarísima una urgente solución, para resolver esta medida.

Por un lado, los problemas de legalidad, que ha originado las modificaciones hechas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y por el otro, la seria reducción en sus ventas del sector restaurantero que está teniendo en estos días.

Por lo anterior, y para evitar equívocos de interpretación legal e impactos económicos negativos y por las consideraciones anteriormente esgrimidas, la Comisión de turismo exhorta, desde este momento, a la Secretaría de Hacienda, para que termine con la persecución a los restoranes a nivel nacional, y somete a la consideración de esta H. Cámara de Diputados la presente iniciativa de decreto por el que se deroga el inciso cuarto del inciso b) de la fracción I del artículo Octavo transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2002.

ARTICULO UNICO. Decreto por el que se deroga el inciso cuarto del inciso b) de la fracción I del artículo Octavo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2002.

Artículos Transitorios 2002.

Artículo Octavo fracción I inciso b), inciso cuarto) se deroga.

T R A N S I T O R I O S

UNICO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro a los 11 días del mes de abril del 2002.

Firman todos los integrantes de la Comisión de Turismo de esta Cámara de Diputados.

LA C. PRESIDENTA: Gracias ciudadano diputado. Se instruye a la Secretaría para que publique de manera íntegra la iniciativa presentada en la Gaceta Parlamentaria y en el Diario de los Debates, y se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

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Solicito a la Secretaría dé cuenta del registro electrónico de asistencia e instruya a su cierre.

LA C. SECRETARIA MARTHA SILVIA SANCHEZ GONZALEZ: Se informa a la presidencia que hasta el momento el sistema registra la asistencia de 439 ciudadanos diputados.

Ciérrese el sistema electrónico.

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LA C. PRESIDENTA: Gracias diputada.

Tiene la palabra el diputado José Francisco Yunes Zorrilla, del grupo parlamentario del partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa de reformas y adiciones al Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para conferir el derecho restringido de iniciativa a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

EL C. DIPUTADO JUOSE FRANCISCO YUNES ZORRILLA: Buenos días, con el permiso de la diputada presidenta, con un saludo. Tengo el privilegio de poner a consideración de esta Asamblea y aprovechar su atención, una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 71 Constitucional, con el objeto de otorgarle el derecho de petición a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Quiero destacar en primer lugar el agradecimiento de su servidor, para hacer que sea la voz de la presentación de esta iniciativa, y reconocer el trabajo y la disposición de distinguidos diputados de esta Legislatura.

Pongo a su consideración la Exposición de Motivos, que me voy a permitir leer literalmente:

El principio de colaboración y división de poderes implica la igualdad formal entre los Poderes De la Unión y es una condición indispensable para el fortalecimiento del estado democrático. Nuestra Constitución Federal reconoce que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, de conformidad con la competencia atribuida a cada uno de ellos.

Aún la versión más ortodoxa de la teoría de Montesquieu sobre la división de las funciones del Estado, plantea la necesidad y conveniencia de una sana relación entre los órganos de los diferentes Poderes, de modo que no puede ser tajante la división al grado de pensar que se trate de una separación total; por el contrario, la realidad política y la doctrina moderna del Estado, han demostrado que los tres Poderes interactúan en una relación de equilibrio cuando existen pesos y contrapesos recíprocos, tales como el derecho de iniciativa, la sanción, promulgación y la devolución con observaciones de proyectos de ley o decreto; la facultad reglamentaria, así como la atribución para proponer al Senado ternas de candidatos a Ministros de l a Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Por otro lado, está la facultad fiscalizadora del Poder Legislativo a través de la Auditoría Superior de la Federación; el juicio político, la declaración de procedencia, la aprobación del Presupuesto Federal a cargo de la Cámara de Diputados, la atribución del Senado para designar a los Ministros del máximo tribunal del País o la de aprobar los tratados internacionales.

Hay otros medios de balance como la facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como Tribunal para la Defensa Jurídica de la Constitución, las acciones y controversias de constitucionalidad o el juicio de garantías, por citar sólo algunos.

Como se puede notar, en nuestro sistema jurídico hay múltiples ejemplos de éstos saludables vasos comunicantes entre los tres Poderes en los que se divide para su ejercicio el Poder de la Federación, según se dispone en la Constitución Política Federal.

La presente iniciativa contiene una moción para establecer la inclusión de uno de éstos mecanismos de equilibrio entre los Poderes, con ciertas restricciones fundadas:

Se propone facultar al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como órgano colegiado y máximo tribunal en la jerarquía del Poder Judicial de la Federación, para que pueda contar con el derecho de iniciativa en relación sólo con dos ordenamientos federales:

Primero. La ley que establece su organización y funcionamiento, que hoy es la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

En segundo Término, respecto de la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales, que como es sabido, es la Ley de Amparo.

La proposición que se presenta encuentra su justificación en las condiciones actuales de transformación de las instituciones del Estado, las cuales han impuesto la necesidad de redefinir las relaciones entre los Poderes Constitucionales.

El nuevo papel que desempeña el Poder Judicial de la Federación en este contexto, exige su máximo fortalecimiento para consolidarlo como el gran árbitro nacional; fuerte e independiente que otorgue cada vez con mayor contundencia la estabilidad social que produce, mediante sus resoluciones jurisdiccionales fundadas en derecho.

Podría haber quienes pensaran que el Poder Judicial no debe contar con el derecho de iniciativa en ningún caso, ya que se violaría la División de Poderes. Lo anterior sería tan radical como sugerir que es inadecuado que el Poder Legislativo lleve a cabo el juicio político o que el Ejecutivo pueda conceder indulto por la misma razón. El principio de División de Poderes, se debe entender como un ideal.

En conclusión, la propuesta contenida en esta iniciativa, no violenta el principio de división y colaboración de los Poderes Constitucionales, sino por el contrario, refuerza la coordinación armónica en el desarrollo de las relaciones entre los mismos en un marco de respeto, unidad e integración que coadyuve al fortalecimiento del Poder Judicial de la Federación para perfeccionar el marco jurídico de su actuación, sin menoscabo de los otros dos Poderes de la Unión.

Por lo anteriormente expuesto y con base en la facultad que nos concede el artículo 71, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 55, fracción I del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el 55 fracción I del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter por su conducto a la consideración de esa Soberanía para su discusión y aprobación en su caso, la siguiente Iniciativa con Proyecto de Decreto, por el que se reforma y adiciona el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

"ARTICULO UNICO. Se adiciona una fracción IV y se reforma el último párrafo del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

"ARTICULO 71. El decreto de iniciar leyes o decretos compete:

"Fracción IV. Al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación únicamente en cuanto a la ley que establezca la organización y funcionamiento del Poder Judicial de la Federación, así como a la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de esta Constitución.

"Las iniciativas presentadas por el Presidente de la República, por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por las legislaturas de los estados o por las diputaciones de los mismos, pasarán desde luego a comisión. Las que presentaren los diputados o los senadores se sujetarán a los trámites que designe el Reglamento de Debates"

"TRANSITORIO:

"PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación"

Por su atención y su comprensión y el futuro apoyo a esta iniciativa, les agradezco su amabilidad.

Muchas gracias.

PRESIDENTA: Gracias diputado.

Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

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Tiene la palabra el diputado Alejandro Zapata Perogordo, para presentar una iniciativa de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de federalismo y fortalecimiento municipal.

DIP. ALEJANDRO ZAPATA PEROGORDO: Con su autorización señora presidente.

Antes de iniciar la lectura de la iniciativa que voy a presentar, quiero decirles que uno de los grandes inspiradores de la misma y que iba a ser el encargado de presentarla ante ustedes en esta tribuna, fue el compañero Neftalí Salvador Escobedo Solet, que desgraciadamente por el lamentable fallecimiento de su señora madre no pudo estar este día con nosotros.

Así pues que con el reconocimiento que él merece y tratando de hacer una adecuada representación al merecimiento que le correspondía, de presentar en tribuna sobre la Reforma del Estado en Materia Federalista, trataré de llevarlo como humilde servidor.

"Acción Nacional ha estudiado la génesis y desarrollo del Sistema Federal Mexicano, uniendo en el esfuerzo, parsimonia, integridad, armonía y sobre todo amor a México, cuando intentamos la resolución de problemas nacionales hemos comenzado por el municipio que es la primera y primordial comunidad política, para de ahí señalar el centralismo asfixiante que de forma evidente sufren los estados federados y continuar con nuestros estudios y propuestas para modificar el desorden de la Federación.

"Es importante señalar que Acción Nacional desde su fundación es considerado como un Partido con vocación federalista y municipalista. Y en ese sentido ha generado conciencia desde hace ya más de 60 años.

"Los debates de su asamblea constitutiva y la ideología de los personajes que convergen en el acto fundacional, indican que esta preocupación no nace con el Partido, sino que es el motivo que lleva a fundarlo. Por ello, a través de esta iniciativa reafirmamos también nuestra congruencia histórica partidista en materia de federalismo.

"Cuando este Congreso de la Unión inicie el debate federalista, desde la tribuna se habla del alma de la Constitución, de la esencia del pacto que nos ha visto nacer como nación., por lo que debemos estar conscientes de que nos hemos fundado en la buena fe, en el buen juicio de las personas para gobernarse y sin ánimo de equivocarnos, sabemos que consolidaremos un gobierno de ciudadanos que cambie y evolucione adecuándose a los nuevos tiempos, a las generaciones futuras de mexicanos, salvaguardando la libertad, la democracia y el federalismo.

Históricamente, y dejando en claro la vocación federalista de México, se pueden enfocar tres manifestaciones de concentración de poder que agudizaron la inestabilidad del sistema federalista en detrimento de una vida política de los estados y municipios de la República.

La primera, a partir de 1867, con el período que se conoce como el de la república restaurada, que prosigue a un período convulso, identificado con el término de la sociedad fluctuante, en el que el país se vio envuelto en múltiples conflictos internos y externos y en donde difícilmente podemos hablar de la existencia de un Estado mexicano con todas sus características.

Fue en ese período de la república restaurada, con la presidencia de Benito Juárez, en el que se inicia la creación de instituciones nacionales.

La segunda tendencia se identifica con el período de Porfirio Díaz, que al constituir un poder central, despojó de muchas atribuciones a los estados y a los municipios y, por último, la tercera, a partir de 1929, en la que, con la génesis de un nuevo sistema político, se procedió también a centralizar prácticamente todos los asuntos de la administración pública. Bastaba que el Congreso de la Unión legislara sobre una materia para que ésta se convirtiera en federal.

Sin duda desde la promulgación de la Constitución de 1917 hasta hoy día, los estados han observado pacientemente la reducción de sus atribuciones, realizada mediante reformas a la Constitución General de la República y, en ocasiones, a través de leyes federales que han demeritado sus autonomías.

Ahora bien, el federalismo nunca dejó de ser una vocación de los mexicanos por ser en esencia un consenso popular organizado, aunque el diseño de las estructuras institucionales dejó de obedecer ese pensamiento.

En efecto, nuestra Constitución dispone que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa, democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una federación establecida según los principios de la propia ley fundamental.

Sin embargo, el proceso histórico que finalmente define nuestro país como federalista, fue errático y en muchos sentidos aleccionador. No obstante, es un hecho que la falta de respeto por las disposiciones constitucionales y el consentimiento tácito o expreso en la disminución de atribuciones de cada entidad, de autoridades locales y municipales en beneficio del poder central, socavó el ideal republicano y federal que debe alentar la unidad nacional.

Lo mismo sucedió con el municipio libre al practicar, desde el gobierno central y el de los estados, de forma sistemática y desvirtuada, en demérito de la autonomía municipal que salvaguarda el mandato constitucional.

En nuestro sistema federal es una prioridad el respeto al municipio, debido a que éste constituye la base de la división política nacional y debe ser concebido no sólo como una simple circunscripción territorial sino como la célula básica de la organización política del Estado.

Bien es sabido que todo poder dimana del pueblo, el cual lo ha depositado en manos de los poderes de la unión, organizados a través de un sistema federal, sistema de organización que se debe basar principalmente en los principios de la división de poderes y la acción coordinada e interdependiente entre la federación, los estados y los municipios para efecto de mantener una verdadera convivencia y equilibrio entre entidades miembros y los órganos de la federación, dotando para tal efecto de soberanía a las entidades federativas y plena autonomía a los municipios en todo lo concerniente a su régimen interior.

Para efecto de poder lograr un auténtico desarrollo regional y una efectiva descentralización de la vida nacional, es así que debemos dar un importante impulso al municipio evitando que éste sea utilizado como un apéndice administrativo por parte del gobierno federal o el de los estados, sino por el contrario, dotando a la estructura municipal de plena autonomía administrativa en lo que respecta a su régimen interior.

En tal virtud, proponemos insertar al municipio y delegaciones en la organización del Estado mexicano, señalando su régimen interior como autónomo. Esto en el artículo 40 constitucional.

Parte esencial para crear un auténtico federalismo es establecer al municipio como orden de gobierno. El municipio debe cumplir debidamente las funciones de gobierno, por lo que su libertad debe expresarse en el ejercicio de sus derechos de autoadministración, autodesarrollo, autogobierno, autoimposición y autoseguridad. Todo ello, por decisión y a nombre de los integrantes que conforman la municipalidad.

"En este sentido proponemos se reforme el párrafo primero del artículo 115 constitucional, trasladando al artículo 116 lo conducente a la adopción del régimen de gobierno de los estados.

"Entre los factores que sin duda han debilitado la estructura institucional del municipio, está la ausencia de capacitación y profesionalización de los servidores públicos de los ayuntamientos, tanto los de elección popular como aquellos designados. Incluso si se habla de un servicio profesional en la administración pública municipal, la lógica es que debe darse desde la raíz, es decir, desde los propios funcionarios de elección popular, mediante la instauración de la reelección inmediata, lo cual resultaría positivo para el fortalecimiento del municipio, ya que entre los efectos positivos de esta figura están: la profesionalización del gobierno municipal vía funcionarios populares, disminución del costo y aprendizaje y el aprovechamiento de experiencias, mayor eficacia y eficiencia en el servicio público, una mayor vinculación, responsabilidad y compromiso con los gobernantes ante el escenario posible, de ser favorecidos nuevamente con el voto, entre otros más.

"En todo caso y con el fin de ser respetuosos del sistema federal y el de no imponer desde el centro las formas o términos o modalidades en que deba darse la reelección, deberá dejarse a las propias legislaturas de los estados, para que conforme a sus peculiares características puedan y estén en posibilidad de establecer en sus constituciones, si lo consideran pertinente, la figura de la reelección de los integrantes de los ayuntamiento.

"Por lo anterior, proponemos eliminar dicha prohibición del párrafo segundo de la fracción I del artículo 115 y proponemos que en este párrafo se establezcan los mismos requisitos de elegibilidad que se le requieren a diputados locales, a todos los que pretendan ostentar cargos en el ayuntamiento.

"Es indiscutible que en la mayoría de los casos no es conveniente que existan autoridades intermedias entre gobiernos municipales y los estatales. Sin embargo existen condiciones en que la presencia de ellos parece ineludible. Tal es el caso de la conformación de una zona metropolitana. Es por ello que consideramos conveniente una modificación en que esta presencia de autoridades intermedias pueda ser factible con el consenso y acuerdo de ambos órdenes de gobierno: el estatal y el municipal. Esto se contempla en la fracción I del artículo 115 el cual se modifica.

"Sin duda la desaparición de poderes municipales se puede transformar en un arma política que pueden utilizar arbitrariamente los poderes locales cuando determinado cabildo no le sea afín. Más aún, no habiendo un procedimiento claro para la disolución que no limite la posibilidad de suspender o disolver, no los municipios, sino los gobiernos municipales, las causales específicas de disolución de los gobiernos municipales, deben de ser establecidas claramente por las legislaturas locales., y para efectuar este acto deberá contar con la aprobación de al menos las dos terceras partes de las mismas.

"En tal virtud, evidentemente, proponemos reforma estableciendo las características sobre esta reforma a los párrafos cuarto y quinto de la fracción I del artículo 115.

"Potestad tributaria. La facultad de fijar multas ha significado para el municipio la posibilidad de llevar a cabo funciones similares a las tributarias. Igualmente a las de la determinación y fijación del monto de una tarifa tributaria.

"Por ello en materia tributaria es necesario impulsar y establecer a favor del municipio un sistema potestativo compartido con el Estado en el que sea éste quien establezca el sujeto y el objeto de la contribución y el municipio el monto de la misma. En esa virtud proponemos modificar el párrafo tercero del inciso "c" de la fracción IV del artículo 115.

"El municipio constituye el mejor instrumento de la Administración Pública por ser el primer contacto del ciudadano con la autoridad, con la que comparte sus necesidades y condiciones imperantes en su comunidad. Por ello las opiniones y consideraciones de los municipios deben ser tomadas como punto medular para la elaboración de los planes de desarrollo estatales y regionales. Asimismo debe estar salvaguardado el derecho de su participación.

"Ratificamos nuestra convicción de que los municipios elaboren los planes municipales de desarrollo y proponemos para tal fin modificar el inciso c) de la fracción V del artículo 115.

"En materia metropolitana y remunicipalización los espacios de autonomía y la idea de límites o fronteras políticas no deben ser obstáculo a la colaboración y búsqueda de soluciones de los problemas que se deriven de comunidades que confluyen en una zona con continuidad demográfica y urbana por encima de diversas competencias administrativas en esta posibilidad de otorgar mejores opciones de servicio y bienestar para los gobernados. Para lograrlo es necesario abrir la posibilidad de que los municipios conjunten los esfuerzos necesarios a efecto de conservar el equilibrio político, económico y social en una región

"Y me remito ahora a dos puntos que nos parecen fundamentales: primero, las remuneraciones de los servidores públicos municipales. En fecha 20 de febrero del 2002 nuestro grupo parlamentario presentó el decreto que reforma los artículos 73 fracción XI, 115 fracción IV y 127 y adiciona una fracción VIII al artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de remuneraciones de los servidores públicos. En ellas se establecen motivos y justificaciones para dar los pasos necesarios con el objeto de regular los sueldos de servidores públicos. Estas modificaciones deberán ser contempladas en los objetos de las presentes modificaciones al 115 que en el tema federalismo tienen injerencia con la reforma del Estado.

"Y por último, el sistema constitucional de distribución de potestades residual en los ámbitos de competencia estatal y federal ha centralizado el poder en este último, por lo que ha dejado de ser la mejor forma para articular y coordinar su funcionamiento.

"A partir de la promulgación de la Constitución del ´17 encontramos más de 43 reformas al artículo 73, que sumaron potestades del Congreso Federal y arrancaron materias que atendiendo a lo señalado por el artículo 124 constitucional corresponden a los estados, para hacer después de éstos un nivel de gobierno dependiente de la federación.

"En forma especifica, clara, motivada y fundamentada el día 2 de octubre de 1997 el diputado Sergio César Alejandro Jáuregui Robles, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó en esta tribuna la iniciativa de ley que modifique los artículos 124 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que deberá retomarse para el dictamen de la presente iniciativa, seguros de que en su conjunto darán a nuestro país una reforma integral en lo que a federalismo se refiere.

"Nuestra bancada piensa que la reforma política del Distrito Federal, aprobada por esta honorable Cámara de Diputados en diciembre del año pasado y que se encuentra pendiente de aprobación en la Colegisladora, forma parte integral del fortalecimiento del federalismo, ya que encierra un importante avance en la vida política del Distrito Federal. Por primera vez nuestra ciudad capital contaría con un gobierno autónomo en lo que se refiere a su régimen interno y con una ley fundamental propia. Siendo la Asamblea Legislativa la facultada para emitirla.

"De lo anterior se desprende que dicha Asamblea se constituiría como un órgano local pleno, con facultades para legislar en todo lo concerniente al Distrito Federal, salvo lo reservado expresamente al Congreso de la Unión en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

"Lo anterior señala de manera expresa que al dotar de plena autonomía a nuestra ciudad capital fortalece en forma directa nuestro sistema federal".

Esto es un resumen de la exposición de motivos y dejo el articulado en esta Secretaría para su turno.

Muchas gracias.

(Aplausos)

LA C. PRESIDENTA, DIPUTADA BEATRIZ ELENA PAREDES RANGEL (PAN): Gracias, ciudadano Diputado.

El turno de esta iniciativa es para las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Fortalecimiento del Federalismo.

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Y esta mesa directiva se suma a la pena que embarga al diputado Neftalí Salvador Escobedo Zoletto por el fallecimiento de su distinguida mamá, que es la señor Gloria Zoletto Merlo, que en paz descanse.

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El siguiente punto del orden del día la iniciativa a diversos artículos del Cofipe, nos ha solicitado el grupo parlamentario del PRD que se posponga.

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En consecuencia, se ofrece el uso de la palabra al diputado Rubén Benjamín Félix Hays para presentar una iniciativa de Ley de Coordinación para el Fomento de la Competitividad en la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

DIP. RUBEN BENJAMÍN FELIX HAYS (PRI): Con su permiso, ciudadana Presidenta.

"Compañeras y compañeros diputados: Es muy grato acudir ante este pleno para presentar la iniciativa de ley denominada Ley de Coordinación para el Fomento de la Competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas, que suscribimos los diputados Gregorio Urías Germán, del PRD; Jorge Urdapilleta, del Partido Acción Nacional; Araceli Domínguez y su servidor, Rubén Félix Hays, del Partido Revolucionario Institucional.

"El tema que hoy sometemos a su consideración, reviste la mayor importancia y prioridad en la estrategia del desarrollo de México de hoy y del futuro.

"El objetivo central de esta ley que se plantea, es la de establecer el marco jurídico para coordinar y complementar acciones y disposiciones el orden jurídico y administrativo, a efecto de lograr la suma de capacidades y voluntades del sector público con los sectores social y privado, estableciendo lineamientos y acuerdos que se traduzcan en mecanismos concretos de fomento para el desarrollo y operación de las micro, pequeñas y medianas empresas.

"La atención de este universo empresarial resulta prioritario y trascendente en la vida económica y social del país. Las MIPYMES (?) representan del orden del 99 por ciento de las empresas mexicanas.

"La definición de mecanismos de coordinación para el fomento de este sector, soportado en un adecuado marco jurídico, permitirá la consolidación de un esquema nacionalista de economía política, sustentado en nuestras propias capacidades, con criterios de equilibrio y complementariedad entre el consumo interno con respecto a nuestras participaciones en el mercado externo.

"La iniciativa de ley que se somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, considera el entorno de la incorporación de México a esquemas competitivos de producción y comercialización de productos en los mercados nacionales e internacionales.

"Se contemplan participaciones ordenadas y complementarias del sector empresarial con las instancias gubernamentales vinculadas con el desarrollo industrial, incorporando los trascendentes apoyos del desarrollo tecnológico y de la investigación.

"Se confirma que las MIPYMES son fundamentales para la economía nacional y deberán ser el soporte del crecimiento económico sostenido en el mediano y largo plazo, para lo cual es necesario establecer un marco integral de fomento, que incorpore aspectos de financiamiento, tecnología, investigación, capacitación, mercados y desarrollo empresarial, coordinando al mismo tiempo los trabajos y participaciones del gobierno federal, de los gobiernos estatales y municipales.

"Debe estimularse el desarrollo regional equilibrado en el marco de un verdadero federalismo, contribuyendo a la descentralización de la vida económica del país, impulsando el desarrollo de micro regiones con posibilidades reales de desarrollo.

"Debe señalarse que en los trabajos realizados para integrar la iniciativa de ley que comentamos, se tomaron en cuenta las experiencias de otros países, observando que en muchos casos han decidido establecer políticas, legislaciones y mecanismos institucionales de fomento y competitividad. En el texto de la exposición de motivos se refieren comentarios sobre estos temas.

"Los rasgos distintivos de estos esquemas de apoyo se pueden resumir en los siguientes puntos:

" Los apoyos de las MIPYMES se enmarcan en un contexto amplio de la política económica.

" Los esquemas de fomento privilegian la competitividad nacional, el desarrollo regional, la descentralización, la interrelación institucional, asistencia técnica y financiamiento.

" Se cuenta con una legislación específica de fomento a las MIPYMES.

" Se contempla la existencia de sistemas institucionales eficaces de operación.

" Se asignan recursos suficientes para el desarrollo de las MIPYMES.

"En la situación actual que vive nuestro país y considerando las perspectivas de desarrollo económico que deberán enfrentarse en el corto y mediano plazo, se hace necesario establecer un marco jurídico que defina y opere un nuevo esquema de política económica y cuya estructura deberá reunir, entre otros, los siguientes requisitos: establecer un marco institucional de seguridad jurídica, definir una visión estratégica nacional y regional de mediano y largo plazo, eliminando visiones centralizadas de fomento, operar mecanismos eficaces de coordinación institucional que involucre participaciones del Gobierno, empresas, instituciones educativas y de investigación, trabajadores y a la sociedad civil; asignar recursos financieros suficientes a través de la banca privada y de la banca de desarrollo para instrumentar eficaces políticas de fomento, establecer sistemas de información pública y rendición de cuentas de dependencias y entidades involucradas en programas de desarrollo de las MIPYMES; coordinar esquemas de apoyos e incentivos para el estímulo de la actividad empresarial.

El proyecto de Ley que presentamos, busca satisfacer los requerimientos de apoyo de las MIPYMES e impulsar políticas económicas de desarrollo regional y a nivel nacional con criterios de viabilidad , competitividad y sustentabilidad.

La aplicación de la Ley es responsabilidad del Ejecutivo Federal, de los Ejecutivos Estatales y Municipales y del Distrito Federal, existiendo corresponsabilidad de las organizaciones empresariales. Debe destacarse que el proyecto de Ley plantea el establecimiento del Sistema Nacional de Coordinación para el Fomento de las Pequeñas y Medianas Empresas, que articule las acciones de los Gobiernos Federal, Estatales y Municipales y la participación del sector privado y de otros agentes económicos, con un enfoque integral y de largo plazo bajo la Presidencia de la Secretaría de Economía, con el apoyo de un Consejo Nacional de Coordinación que se creará para efectos de esta Ley.

El Consejo Nacional será la máxima autoridad del Sistema y contará con un Comité Ejecutivo, se crearán Comisiones de Trabajo con participaciones pública y privada y de instituciones de investigación y desarrollo tecnológico a efecto de disponer de los mecanismos de análisis y solución de los asuntos y sistemas que así lo requieran.

Se creará el Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Coordinación que tendrá funciones operativas que incluyen la integración y el mantenimiento del Padrón Nacional de MIPYMES y el Registro Nacional de Programas de Fomento, el Secretariado brindará los apoyos para el trabajo técnico de las comisiones que establezca el Consejo Nacional.

Se propone, que el Gobierno Federal considere las previsiones presupuestales para el funcionamiento del sistema y sus órganos operativos.

Para terminar, debe mencionarse que esta Ley que se propone, es reglamentaria del Artículo 25º Constitucional; en la parte relativa a la Protección, Aliento e Impulso de la Actividad Económica que realicen los particulares.

La Ley está conformada por 56 artículos y existen 3 Apartados relativos a los conceptos de: Disposiciones Generales, Fomento a la Competitividad de los MIPYMES, responsabilidades de los servidores públicos e infracciones a las MIPYMES y con esto, terminamos nuestra intervención.

Yo les comentaría a mis compañeros Diputados, que vamos a hacer un esfuerzo para poder sacar el Dictamen en los próximos días y poder presentarla ante este pleno para su votación.

Hacemos entrega del texto íntegro de la Iniciativa de Ley que hemos comentado y asimismo solicito a esta Presidencia se publique en la Gaceta Parlamentaria.

Muchas gracias. (aplausos)

LA C. PRESIDENTA. Gracias Diputado.

Publíquese el texto íntegro en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de comercio y Fomento Industrial.

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Tiene la palabra la diputada Heidi Storsberg Montes, para presentar una Iniciativa de Ley que adiciona el Artículo 94bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Esta Unidos Mexicanos.

LA C. DIP. HEIDI STORSBERG MONTES: Con su permiso señora Presidenta.

La suscrita, diputada federal integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de esta H. Cámara de Diputados, en ejercicio de la facultad que otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en el artículo 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, someto a la consideración de este honorable Pleno la presente iniciativa de decreto que adiciona el artículo 94 bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que se fundamenta en la siguiente exposición de motivos:

Debido al torrente de transformaciones políticas, económicas, sociales, culturales y científico tecnológicas que ha traído consigo el proceso de globalización, hoy resulta indispensable que los órganos legislativos de todo el mundo sostengan un intercambio permanente de opiniones sobre diversos temas que por su naturaleza trascienden las fronteras.

El fortalecimiento de las relaciones interparlamentarias contribuye a un doble propósito: a mejorar el entendimiento y aprovechamiento de las oportunidades que ofrece un entorno globalizado y a incrementar posibles soluciones a problemas universales.

La creación de espacios para la reflexión de temas de alcance internacional y de algunos puntos a discusión en la agenda de trabajo no sólo fortalecen las relaciones parlamentarias sino permiten el intercambio invaluable de experiencias sobre aspectos políticos, económicos y sociales de los respectivos países lo que a su vez facilita la consecución de objetivos comunes.

De esta forma se establece la necesidad de asentar e instituir con mayor vigor y periodicidad los contactos entre grupos de amistad a fin de fomentar el debate sobre los asuntos de trascendencia internacional y con aquellos países que han jugado un rol estratégico en las relaciones exteriores de México.

En este sentido que la conveniencia de mantener reuniones con diversos parlamentos a través de la modalidad "grupos de amistad", conformado por legisladores de diversos países, constituye un instrumento valioso de diálogo y de enlace con los órganos legislativos de las naciones con los que México sostiene relaciones diplomáticas.

Conforme a lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Pleno tiene la facultad de constituir grupos de amistad para la atención y seguimiento de vínculos bilaterales con órganos de representación popular de países con los que México sostenga relaciones diplomáticas, por lo que es preciso adoptar un marco completo para la constitución y funcionamiento de los grupos de amistad, los mecanismos para fomentar el intercambio periódico de información así como de trabajos continuos sobre diversas materias legislativas.

Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de decreto:

ARTICULO UNICO. Se adiciona un artículo 94 bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

ARTICULO 94 BIS. De los grupos de amistad de la H. Cámara de Diputados:

Primero, los grupos de amistad serán conformados en los términos del artículo 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y con base en los criterios de proporcionalidad, pluralidad y equidad según la integración del Pleno, entre los diferentes partidos políticos representados en la H. Cámara de Diputados, los coordinadores de cada grupo parlamentario designarán a los diputados pertenecientes a su fracción para el desempeño de las funciones contempladas en este artículo.

Asimismo podrán remover a las diputadas o diputados miembros de su grupo parlamentario a efecto de que dejen de pertenecer a determinado grupo de amistad cuando a juicio del coordinador respectivo no cumplan con las disposiciones del presente artículo.

Dos, los grupos de amistad cumplen funciones protocolarias y sirven como órganos de enlace, comunicación y de relación con parlamentos extranjeros, comisiones de los mismos e integrantes de los congresos de otros países.

Tres, son atribuciones de los grupos de amistad:

Mantener contacto permanente entre parlamentos y entre legisladores;

Sostener un intercambio constante de opiniones sobre diversos temas de interés común de forma que se estrechen los vínculos de cooperación bilateral;

Divulgar las políticas nacionales sobre una variedad de temas y ofrecer una visión objetiva de la realidad nacional;

Estrechar el diálogo político para generar un mejor entendimiento de las distintas realidades nacionales y generar nuevas formas de acercamiento.

Fortalecer las relaciones a partir del intercambio de experiencias parlamentarias para contribuir al desarrollo y cumplimiento de objetivos comunes;

Proporcionar información a parlamentarios y comisiones de parlamentos extranjeros que lo soliciten; y,

Extender invitaciones para hacer recíprocas las visitas de cortesía de otros parlamentos extranjeros a nuestro país.

Cuatro, los grupos de amistad deberán funcionar de acuerdo a las siguientes reglas:

Los grupos de amistad deberán ser presididos preferentemente por ciudadanos diputados y diputadas integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores;

Se designará a un presidente y a un secretario del grupo de amistad por parte de la Junta de Coordinación Política;

En ningún caso los diputados o diputadas podrán presidir más de un grupo de amistad;

La secretaría recaerá en un miembro de partido distinto al que ocupe la presidencia del Grupo de Amistad.

E). El resto de los integrantes del Grupo de Amistad serán vocales.

Quinto. Son atribuciones de ciudadanos diputados y diputadas presidentes de los Grupos de Amistad.

A) Proponer una agenda específica de trabajo.

Retomar aquellos temas que por su interés e importancia quedaron pendientes en la Legislatura pasada y llevar acciones en consecuencia para que propicien un mejor desarrollo y aplicación.

Establecer los contactos necesarias e informar a la Comisión de Relaciones Exteriores las fechas acordadas de visitas, ésta a su vez informará a la mesa directiva y a las juntas de coordinación política para su aprobación.

En caso de haberse dado por concluida una visita de cortesía, presentar un informe por escrito relatando la misma, así como anexar toda la información relevante para el buen desahogo de los trabajos de la Cámara de Diputados.

Presentar anualmente a los integrantes del Grupo de Amistad, un programa de las actividades a realizar el año siguiente, así como un informe de la actividad realizada el año precedente que deberá ponerse a disposición de la Comisión de Relaciones Exteriores, de la Mesa Directiva y de la Junta de Coordinación Política.

Sexto. Son atribuciones de los ciudadanos diputados o diputados secretarios de los grupos de amistad:

A). Formar un registro de asistencia.

Extender las actas de las sesiones o reuniones de trabajo y firmarlas después de que hayan sido aprobadas.

Cuidar que las actas queden inscritas y firmadas en el libro correspondiente.

Sustituir al secretario presidente en caso de ausencia, conforme al orden que fueron designados.

Son atribuciones de los ciudadanos diputados y diputados vocales de los grupos de amistad:

Coadyuvar en el desahogo de actividades encargadas por el Presidente.

Sustituir al secretario o en su caso al presidente para los casos de ausencia, conforme al orden que fueron designados.

Transitorio.

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es decir, compañeros, el establecer reglas claras para el desempeño de los grupos de amistad, fijando no sólo atribuciones, sino responsabilidades por parte de los diputados y diputadas integrantes de los grupos de amistad, permitirá dar un mejor seguimiento a las relaciones de nuestro Poder Legislativo Federal con parlamentos extranjeros que conllevarán a promover un trabajo mucho más profesional y benéfico, fundamentalmente en lo que concierne al intercambio de información y experiencias legislativas.

Lo anterior también coadyuvará a que esta labor no se entienda como turismo legislativo, muy por el contrario, el establecer programas de trabajo bien delimitado permitirá a la opinión pública conocer también los alcances y beneficios de este tipo de actividad legislativa.

Muchísimas gracias.

LA C. PRESIDENTA: Gracias, diputada.

La iniciativa de la diputada Heidi Storsberg está turnada a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

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Se concede el uso de la palabra al ciudadano diputado Manuel Medellín Milán, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que adiciona el artículo 12 de la Ley sobre la Celebración de Tratados.

EL C. DIPUTADO MANUEL MEDELLÍN MILAN: Muchas gracias, ciudadana Presidenta.

Compañeras y compañeros diputados:

Me permito traer a su consideración una propuesta de adición a la Ley Sobre la Celebración de Tratados, que se refiere evidentemente a tratados de carácter internacional y que tiene como propósito establecer con toda claridad a quien corresponden, a qué nivel de gobierno corresponden las obligaciones financieras que se puedan derivar de la celebración de la aplicación de los tratados internacionales.

Los tratados internacionales forman parte integral de nuestro marco normativo, de conformidad con el artículo 133 Constitucional y son ley suprema de toda la unión, así como ocurre con la propia Constitución General de la República y las leyes que se ella emanan.

La celebración de tratados es facultad del Presidente de la República, según lo señala la Fracción X del artículo 89 de nuestra Carta Magna.

A partir de 1824, año en que la nación mexicana celebra el Primer Tratado Internacional de su vida independiente, precisamente con el reino de España, los tratados, acuerdos y convenciones han significado un instrumento sustantivo de nuestra política exterior y se han integrado al sistema normativo de la república, cada vez con disposiciones de mayor trascendencia socia y económica.

La aprobación de los tratados que la Constitución asigna al Senado de la República sólo puede realizarse de manera unitaria, es decir, los tratados pueden ser o no aprobados en su conjunto, pero no pueden ser modificados parcialmente por el Senado, pues invadirían funciones del Ejecutivo. Su negociación y conformación integral son por lo tanto facultad expresa del Presidente de la República como titular del Ejecutivo Federal y obligan a la Federación en su conjunto. Las demás disposiciones federales, legales o locales tienen pues que ajustarse al marco de los tratados.

En consecuencia, es el Gobierno Federal el que actúa en representación de toda la Unión y en su nombre se obliga al cumplimiento en todos sus términos, una vez que los tratados son aprobados por el Senado y ratificados mediante constancia diplomática en el ámbito internacional.

Sin intervención de otros órdenes de gobierno, solamente el Gobierno Federal promueve, impulsa, negocia y concerta los instrumentos internacionales. Sólo el Gobierno Federal representa a México en su conjunto en las controversias que puedan suscitarse y en los litigios que inicie cualquiera de las partes. La responsabilidad sobre las resoluciones es sólo suya, las entidades federativas no son consultadas ni desarrollan un papel activo en las negociaciones en ninguna de sus etapas, tampoco participan los gobiernos estatales o municipales como

parte en los litigios con otras nacionales ni con personas que establezcan demandas contra México.

En diversos tratados y convenciones internacionales se establecen obligaciones de carácter financiero que deben ser atendidas por el Gobierno Mexicano y en algunos casos autorizadas por el Congreso mediante decreto. Varios decretos de esta legislatura han estado relacionados con aportaciones de México a organismos internacionales que requieren la aprobación del Congreso.

Invariablemente, como resulta lógico, estas obligaciones financieras son cubiertas por el propio Gobierno Federal, en virtud de que los compromisos han sido establecidos por la propia Federación ante la otra parte, e históricamente México ha atendido estos compromisos con regularidad. Además, en los tratados comerciales tanto bilaterales como multilaterales que el país ha convenido y suscrito en los últimos años se prevé que las controversias que se susciten entre las partes pueden ser resueltas por tribunales arbitrales que pueden surgir durante la vigencia de los tratados y cuya integración y operación están previstas en el texto de los propios tratados.

Como resultado de esas sentencias o laudos arbitrales, nuestro país puede quedar sujeto a indemnizaciones, compensaciones, multas o medidas similares que derivan en obligaciones de pago que lógicamente también deben ser afrontadas por el Erario Federal. Sin embargo, es el caso que la Ley sobre la Celebración de Tratados publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 1992 no prevé expresamente que unas y otras obligaciones de pago previamente pactadas, o que puedan derivarse de la aplicación de los tratados o que resulten de sentencias o laudos arbitrales, deban ser cubiertas por el Erario Federal, por lo que se considera necesario realizar una adición a dicha ley para que este señalamiento sea expreso y no requiera de interpretaciones ni tampoco provoque diferendos.

Ocurre también que en los últimos años México se vio involucrado en una controversia que dio lugar a un litigio ante tribunales de arbitrio en el marco del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, originada por acciones de gobierno, que la demandante hizo valer como equivalentes a una expropiación y sentenció ese tribunal al Gobierno Mexicano al pago de una indemnización al demandante por actos equiparables a la expropiación.

El pago de esta indemnización ya ha sido efectuado por el Gobierno Federal y ahora el Gobierno Federal pretende trasladar su cobro a una entidad federativa, sin fundamento legal alguno, sin razón ninguna, sin intervención de esta entidad ni de ninguna otra en el litigio en cuestión.

Este precedente evidencia la necesidad y la oportunidad de la precisión legal que se propone al texto de la ley sobre tratados.

Por lo anteriormente expuesto me permito someter a la consideración del Honorable Congreso de la Unión la siguiente iniciativa de decreto que adiciona un artículo 12 a la Ley Sobre la Celebración de Tratados.

Artículo Único. Se adiciona un artículo 12 a la Ley Sobre la Celebración de Tratados para quedar como sigue:

Artículo 12. "Las obligaciones de carácter financiero que se pacten en los tratados internacionales así como aquellas que se deriven de su aplicación tales como aportaciones o cuotas y las que resulten de laudos arbítrales con el carácter de indemnizaciones, compensaciones, multas o cualquier otro tipo de obligación de pago, serán cubiertas por el Gobierno Federal con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación y en ningún caso podrán ser transferidas a estados y municipios".

La presente iniciativa está suscrita también por los diputados federales potosinos: José Luis Ugalde Montes, Juan Manuel Carreras, Miguel Ortiz Jonguitud y Justino Hernández Hilaria.

Muchas gracias compañeros, muchas gracias señora Presidenta.

LA PRESIDENTA: Gracias, señor diputado. Túrnese la iniciativa presentada a las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Gobernación y Seguridad Pública.

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Tiene la palabra el diputado José Tomás Lozano y Pardinas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que adiciona el Título XXVII al Código Penal Federal de los delitos en materia de asentamientos humanos.

EL DIP. JOSE TOMAS LOZANO Y PARDINAS: Con su venia, señora Presidenta.

Los suscritos diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional a la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo dispuesto en los artículos 56 y 62 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos sometemos a la consideración de esta H. Cámara, la iniciativa de decreto que adiciona un Título XXVII al Código Penal Federal con la finalidad de tutelar, prevenir y sancionar penalmente las conductas que atentan contra las disposiciones y ordenación de los asentamientos humanos al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Es necesario reconocer que la realidad nos ha rebasado en materia de asentamientos humanos. Es cierto que poseemos ordenamientos en la materia como la Ley General de Asentamientos Humanos pero la norma no se acata y si bien estamos convencidos que la mejor forma de materializar y hacer eficaz el derecho, es mediante políticas integrales que coordinen los esfuerzos de las diversas autoridades y actores que intervienen en este fenómeno, éstos o bien no se han llevado a la práctica o no son suficientes para detener los asentamiento irregulares contrarios a las políticas de desarrollo urbano.

Es importante señalar que esfuerzos en este sentido ha sido realizados por el grupo parlamentario del PAN. Al interior de éste y e la Legislatura pasada se presentó una iniciativa en dicho sentido. Es evidente que el desarrollo urbano es una materia de interés público ya que de manera ordenada el ser humano debe de establecerse para lograr un desarrollo integral y una sana convivencia en donde la planeación, regulación y ordenación de los asentamientos humanos debieran ser prioritarios, las circunstancias propias de la explosión demográfica en nuestro país han complicado la resolución de este problema.

Es de suma importancia considerar como prioritaria la correcta regulación de los derechos humanos cuidando en todo momento que los espacios físicos sean utilizados en función del bienestar de toda la población.

Consideramos que en tal virtud la tipificación de conductas, como el despojo o los delitos ambientales, no son suficientes para titular el bien jurídico consistente en la fundación, conservación, mejoramiento de los centros de población, ya que el despojo protege la simple posesión y los tipos ambientales, el equilibrio y conservación del medio ambiente.

Los esfuerzos en esta materia han sido insuficientes para planear el desarrollo urbano y el crecimiento de los asentamiento humanos se ven entorpecidos por la especulación del suelo urbano, que provoca la invasión de terrenos, esta situación lo mismo se da dentro de los centros de población que en los terrenos cercanos, y peor aun en áreas de alto riesgo, situación que representa uno de los problemas más grandes para los gobiernos y genera el crecimiento desordenado de los centros de población, afectación al medio ambiente, conflictos sociales y en ocasiones pone en peligro vidas humanas al asentarse en zonas de riesgo.

Encontramos establecido constitucionalmente el derecho público y la responsabilidad que tiene el estado, para dictar las medidas necesarias y ordenar los asentamientos humanos, así como para establecer las previsiones adecuadas, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población.

En ese sentido la reiteración de conductas contrarias al buen desarrollo de los asentamientos humanos, se ha convertido en un cáncer que imposibilita el cumplimiento de los fines de la Ley General de Asentamientos Humanos.

Existe una cadena de complicidades y corrupción, entre autoridades y grupos de personas, que se dedican de manera consetudinaria a la invasión de predios, por eso, consideramos en este decreto agravar las penalidades, cuando la conducta sea cometida por grupo o grupos, en cuyo caso la pena también se agravará por los autores intelectuales del delito.

De igual forma, consideramos la agravación por lo que respecta a los servidores públicos, que permitan u ordenen la comisión de esta conducta antisocial, en este caso, además de la pena de prisión y multa, se contempla la destitución y la inhabilitación.

Se pretende, asimismo, combatir la negligencia e inactividad que en este ámbito lacera el buen desarrollo de los centros de población, se busca en primer término inhibir la comisión de estas conductas, es decir, el ideal de la prevención general por llamado el momento a la inminente aplicación de las sanciones penales.

Podemos observar como el decreto hace hincapié en la gravedad de la conducta, cuando se practica en forma reiterada o reincidente o con las agravantes que ya hemos mencionado, pero paralelamente consideramos que si se trata de un hecho aislado y cometido de manera individual, existen atenuantes. Lo mismo ocurre si se restituye voluntariamente la posesión, es decir, n ose busca reprimir indiscriminadamente a quienes por la extrema necesidad les hubiere orillado a cometer este delito, sino a quienes se benefician económicamente o políticamente con la práctica de estas conductas.

Se contempla también la posibilidad de que el juez imponga medidas adicionales a la pena de prisión a la multa, a efecto de que el daño que resulte de la comisión de las conductas descritas, con la finalidad de resarcir el daño o volverlo al estado en que se encontraba antes de la comisión del delito.

Finalmente, hemos incluido la obligación del delito se persiga por oficio, salvo lo dispuesto por el artículo 439, esto en congruencia con lo expuesto, en virtud de que la autoridad no actúa en contra de los grupos que atentan contra el desarrollo de los centros de población.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las facultades citadas, los diputados que suscribimos esta iniciativa, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a la consideración de esta H. Representación, la siguiente iniciativa de decreto que crea el Título Vigésimo Séptimo de los delitos en materia de asentamientos humanos.

ARTICULO UNICO. Se crea el Título Vigésimo Séptimo del Código Penal Federal, cuyo rubro será de los delitos en materia de asentamientos humanos para quedar como sigue:

"Título Vigésimo Séptimo. De los Delitos en Materia de Asentamientos Humanos.

Artículo 439. Se impondrá pena de tres meses a seis años de prisión y de mil a 20 mil días de multa al que sin contar con autorización para ello, sin emplear violencia ocupe un predio o terreno ajeno y realice en él actos contrarios a la ordenación, regulación, fundación, conservación, mejoramiento o crecimiento de los asentamientos humanos y centros de población en el territorio nacional, de conformidad con la Ley General de Asentamientos Humanos.

Artículo 440. Cuando la conducta descrita en el artículo anterior sea cometida haciendo la violencia o empleando amenazas o engaño, la pena se aumentará hasta en tres años.

Artículo 441. Cuando el delito sea cometido por grupo o grupos en conjunto sean mayores de cinco personas, además de la pena señalada en el artículo anterior, se aplicará a los autores intelectuales de dos a seis años de prisión y 4 mil a 20 mil días de multa. En caso de reincidencia, se aplicará una sanción de dos a nueve años de prisión y de 4 mil a 20 mil días de multa.

Artículo 441B. Cuando el sujeto activo sea servidor público y facilite, permita u ordene la realización de las conductas descritas en los artículos 339, 340 y 341, se aumentará la pena de prisión hasta en una mitad, además se le aplicará destitución e inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicas por un tiempo igual al que la pena de prisión se le haya impuesto.

Artículo 442. Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente título, el juez podrá imponer alguna o alguna de las siguientes medidas:

La realización de todas las acciones necesarias para reestablecer los inmuebles o terrenos al estado en que se encontraban antes de la comisión del delito.

La suspensión, demolición, modificación o suspensión de las obras, ocupación de inmuebles o terrenos.

Artículo 443. Los delitos cometidos en el presente título se perseguirán por oficio, salvo lo dispuesto en el artículo 439.

Artículo 444. Para el caso de la conducta descrita en el artículo 439, si la posesión del predio o terreno es devuelto íntegramente a su legítimo poseedor antes de que se dicte sentencia, la sentencia se reducirá hasta en una mitad respecto de la penalidad contemplada en el artículo 439.

Tratándose de delitos en materia de asentamientos humanos, los trabajos a favor de la comunidad a que se refiere el artículo 24 del presente ordenamiento, consistirán en actividades relacionadas a la fundación, conservación, mejoramiento o crecimiento de los centros de población.

TRANSITORIOS:

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la H. Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los once días del mes de abril del año 2002.

Se encuentra dicha iniciativa suscrita por más de 80 diputados federales del grupo parlamentario del PAN.

(Aplausos)

LA C. PRESIDENTA. Muchas gracias, señor diputado.

Túrnese la iniciativa presentada, a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

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Señores y señoras Legisladoras:

Quiero informarles que ha llegado a este Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados, el señor Zhai Xigui, Auditor General Adjunto de la Oficina Nacional de Auditoría de la República Popular China, a quien acompañan diversos servidores públicos de ese órgano fiscalizador, así como algunos funcionarios de la Embajada China en México.

A todos ellos los saludamos con mucho afecto y respeto, a la vez que les deseamos el mayor de los éxitos durante su estancia en nuestro país y hacemos votos porque su visita fortalezca el intercambio de experiencias y cooperación en materia de auditoría fiscal.

Sean ustedes muy bienvenidos.

(Aplausos)

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Continuando con nuestra sesión tiene la palabra el diputado César Alejandro Monraz Sustaita, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que adiciona un último párrafo del artículo 2o. y un artículo 216 bis, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y se reforman los artículos 2o. y 29 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

DIP. CESAR ALEJANDRO MONRAZ SUSTAITA: Con su permiso diputada presidente:

Señoras y señores diputados: Vengo ante esta Soberanía a presentar una iniciativa que tiene el propósito de hacer competitiva la industria maquiladora de exportación en nuestro país. Además que se enfrenta ante situaciones difíciles por la situación de la desaceleración de los principales bloques económicos, aunado a la depreciación del dólar ante el peso, y sumado con los efectos de la competitividad de otros países.

Preocupados por esta situación vengo ante ustedes a presentar este paquete de reformas para hacer mucho más competitivo este sector.

"El suscrito diputado integrante del grupo parlamentario de Acción Nacional en la LVIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Honorable Cámara de Diputados, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 2 y un artículo 216 bis, a la Ley del Impuesto sobre la Renta y adiciona una fracción IX al artículo 9o. y reforma el artículo 29 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, ante la siguiente:

"EXPOSICION DE MOTIVOS

"La nueva Ley del Impuesto sobre la Renta, no soluciona de una manera integral la problemática de incertidumbre que prevalece en la industria maquiladora. Al día de hoy prevalece la amenaza de que empresas matrices residentes en el extranjero, tributen en México bajo el régimen de establecimiento permanente.

"Lo anterior significa que después del año 2003 las empresas matrices de la industria maquiladora no residentes, convertirán en contribuyentes en México bajo el régimen más inestable de esta hipótesis. La base del Impuesto sobre la Renta no está claramente determinada si es en base de ingresos provenientes de ventas en el extranjero por productos elaborados en nuestro país o es en base al valor de los activos dedicados a las actividades de manufactura de exportación, etc."Adicionalmente, de darse el establecimiento permanente en las empresas no residentes, se generaría un gravísimo problema de doble tributación"

La situación referida fue resultado de haber dejado pendiente esta reforma por parte de la subcomisión de análisis del Impuesto sobre la Renta, de la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta Honorable Cámara de Diputados, al acordar al interior que se incluyera para este segundo periodo ordinario de sesiones, la discusión sobre la propuesta de esta iniciativa, las cuales dan solución permanente a la problemática señalada con anterioridad.

Por otro lado, los residentes en el exterior, que celebran contratos de fabricación con maquiladoras tienen el riesgo de un establecimiento permanente bajo las disposiciones del artículo 2 de la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta. En el pasado las disposiciones de este artículo no se aplicaban cuando la maquiladora y su parte relacionada operaban a precios que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables, de conformidad con una disposición transitoria de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que fue derogada a partir del primero de enero del 2000. A partir de esa fecha en reglas generales de miscelánea, se ha conservado la protección del establecimiento permanente para estos residentes en el exterior.

Si la maquiladora cumple con ciertos requisitos convenidos en octubre de 1999 entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Internal Revering

Service, de los Estados Unidos de América, para reflejar los precios que hubieran utilizado  partes independientes.

En agosto del 2000 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Internal Revenew acordaron prorrogar la vigencia de esas reglas para años posteriores al 2000. Lo anterior significa que después del 2003 las empresas matrices de la industria maquiladora no residentes se convertirán en contribuyentes en México bajo el régimen de establecimiento permanente.

Es por ello que se propone incorporar al artículo 2 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta un último párrafo para establecer el tratamiento internacional que hasta la fecha ha prevalecido de las reglas de miscelánea, generando con ello seguridad jurídica para el contribuyente.

En este mismo sentido y a fin de que los cambios anteriormente propuestos sean congruentes, es necesario adicionar un artículo 216 bis con el objeto de incorporar las disposiciones generales de la regla de miscelánea. Dichas reglas son traídas al texto de la ley haciendo que las mismas sean aplicadas a todo el contribuyente que se ubique en el supuesto normativo.

Con lo anterior se da plena seguridad jurídica a los contribuyentes que deseen evitar incurrir en establecimiento permanente.

No es posible que la industria que genera más divisas en el país permanezca sujeta a un régimen fiscal indeterminado. Por ello es urgente que la Comisión de Hacienda y Crédito Público dictamine de inmediato esta iniciativa con el fin de dar una solución permanente a la problemática de tributación de la industria maquiladora de exportación bajo el régimen de establecimiento permanente.

Por otra parte y debido a que no se realizó dictamen alguno a las reformas propuestas por el Ejecutivo federal a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, es necesario hacer adecuaciones a la misma ya que, de no hacerlo, persistirá la problemática de transferencias entre empresas que operan bajo el régimen de importación temporal y en depósito fiscal, lo cual incide de manera negativa en la generación de cadenas productivas en México.

Nuestros informes son que si no hacemos nosotros algo para este año, podemos provocar una gran incertidumbre e inseguridad jurídica a este régimen de maquiladoras de exportación.

Respecto a la problemática del Impuesto al Valor Agregado, se propone realizar las enmiendas contenidas en el borrador del predictamen de la Comisión de Hacienda de esta Honorable Cámara de Diputados. Mientras tanto, se puede promover ante el servicio de administración tributaria que en reglas de carácter general resuelva la problemática del IVA en esta situación.

Por los motivos anteriormente expuestos someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente decreto por el que se adicionan un último párrafo al articulo 2 y un artículo 216 bis a la Ley del Impuesto sobre la Renta y adiciona una fracción IX al artículo 9 y reforma el artículo 29 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Artículo 1. Se adiciona a la Ley del Impuesto sobre la Renta un último párrafo a su artículo 2, así como un artículo 216 bis, para quedar como sigue:

Artículo 2 … último párrafo—No se considerará que el residente en el extranjero tiene un establecimiento permanente o una base fija en el país, a pesar de que actúe en el país por conducto de su agente, distinto de un agente independiente que procese habitualmente en el país, por cuenta de dicho residente en el extranjero, bienes o mercancías mantenidas en el país por el residente en el extranjero, utilizando activos proporcionados directa o indirectamente por el residente en el extranjero o cualquier empresa relacionada, siempre que México haya celebrado con el país de residencia del residente en el extranjero un tratado, para evitar la doble imposición y se cumplan los requisitos del tratado, incluyendo los acuerdos amistosos celebrados de conformidad con el tratado en la forma en que hayan sido implementados por las partes del tratado para que se considere que el residente en el extranjero no tiene establecimiento permanente o base fija en el país.

Artículo 216 bis. Con el propósito de obviar tiempo, ciudadana presidenta, y en virtud de que es una gran cantidad de fracciones, incisos y subincisos que contempla una serie de reglas de carácter general, el artículo 216 bis solicito que se integre este artículo al Diario de los Debates así como a su parte correspondiente, y proseguir con la lectura de los subsecuentes artículos.

LA C. PRESIDENTE: Sí, señor diputado.

EL C. DIPUTADO CESAR ALEJANDRO MONRAZ SUSTAITA: Gracias, ciudadana presidenta…

"Artículo 2º. Se adiciona una fracción IX al artículo 9 y se reforma el artículo 29 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado para quedar como sigue:

"Artículo 9º. "No se pagará el impuesto en la enajenación de los siguientes bienes:

"Fracción IX: Los introducidos al territorio nacional al amparo de un programa autorizado conforme al decreto que establece programas de importación temporal para producir artículos de exportación o al decreto para el fomento operación de la industria maquiladora de exportación, en tanto los bienes se mantengan en el régimen de importación temporal o en regímenes similares en los términos de la legislación aduanera.

"Artículo 29: Las disposiciones que establece este capítulo serán aplicables en los residentes en el país y en los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México.

"Se aplicará el tratamiento de exportación a la enajenación de bienes incluyendo a la de aquellos por la que no se está obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado cuando los mismos vayan a ser exportados por el enajenante en el mismo estado en que fueron enajenados, así como en la prestación de servicios en los casos que expresamente establece esta ley.

"Los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México, podrán aplicar lo dispuesto en el párrafo anterior, siempre que los ingresos o las actividades mencionadas en dicho párrafo sean atribuibles al establecimiento permanente de conformidad con la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

"Tratándose de la enajenación de bienes a que se refiere el segundo párrafo, el Reglamento de esta Ley podrá establecer plazos y requisitos de control para asegurar que los bienes efectivamente se exporten.

"Para los efectos de esta ley se considerará exportación de bienes y servicios,

"Fracción I: La que tenga el carácter de definitiva en los términos de la Ley Aduanera, salvo la que se considere como tal en términos del artículo 112 de la Ley citada.

"Fracción IV: El aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por concepto de:

"Inciso "G": Filmación o grabación, siempre y cuando cumplan los requisitos que al efecto se señalen en el Reglamento de esta Ley.

Transitorios. Único. El presidente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de abril del 2002. Y firma un servidor en compañía de varias rúbricas de compañeros del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional".

Es cuanto, ciudadana Presidenta.

LA C. PRESIDENTA: Gracias, señor diputado. Insértese el texto íntegro entregado por el diputado, de la iniciativa presentada y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

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Tiene la palabra el diputado Luis Alberto Villarreal García, del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que adiciona una fracción V al artículo 2A, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

EL C. DIP. LUIS ALBERTO VILLARREAL GARCIA: Con su permiso, señora Presidenta; honorable asamblea: A nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo que dispone la fracción ii del artículo 71 de nuestra Constitución Política para los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente iniciativa de decreto por la que se adiciona una fracción V al artículo 2A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, bajo la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

"El pasado 5 de marzo del 2002 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación un decreto expedido por el Presidente de la República a efecto de eximir del pago de diversos impuestos y la ampliación de los estímulos fiscales.

"En su artículo 4º. Del citado ordenamiento se establece que se exime totalmente a los contribuyentes del pago del Impuesto al Valor Agregado que se cause por el servicio o suministro de agua para uso doméstico.

"Los contribuyentes que apliquen la exención mencionada no trasladarán cantidad alguna por concepto del Impuesto al Valor Agregado en la prestación del servicio a que se refiere el párrafo anterior.

"Asimismo dichos contribuyentes no acreditarán el Impuesto al Valor Agregado que hayan pagado con motivo del traslado efectivo de dicho impuesto por las inversiones y erogaciones, así como el propio impuesto mencionado que haya pagado con motivo de las importaciones realizadas para proporcionar el servicio o suministro de agua para uso doméstico.

"Del contenido del artículo anterior se desprende que si bien es cierto, por una parte, se beneficia al contribuyente al eximirlo del pago del Impuesto al Valor Agregado por el servicio o suministro de agua para uso doméstico; por la otra parte, se aleja del tratamiento fiscal que en anteriores años este Poder Legislativo había otorgado a los contribuyentes sujetos a esta hipótesis.

"En efecto, en los Diarios Oficiales de la Federación publicados el 15 de diciembre de 1995, el de 30 de diciembre de 1996, el del 29 de diciembre de 1997, el del 31 de diciembre de 1998, el del 31 de diciembre de 1999 y por último en el del 31 de diciembre del 2000, en su fracción II y con vigencia para el ejercicio fiscal del año 2001, se disponía lo siguiente:

"Durante el ejercicio fiscal del 2001 el Impuesto al Valor Agregado sobre el servicio o suministro de agua para uso doméstico que se efectúe en dicho ejercicio se causará a la tasa cero por ciento, dependiendo en cada uno de ellos del ejercicio fiscal que respectivamente le correspondía.

"Lo anterior, demuestra que la intención del legislador siempre ha sido beneficiar al contribuyente pero a través de otro tratamiento fiscal, como lo ha sido la tasa cero por ciento y no la de la exención. Lo anterior con la clara finalidad de que lo estipulado en la parte final del artículo 2º A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado también le sean atribuibles. Es decir, que los actos o actividades a los que se le aplicará la tasa cero por ciento producirán los mismos efectos legales que aquellos por los que se deba pagar el impuesto conforme a la propia Ley del IVA.

"La tasa cero por ciento se aplica actualmente a toda clase de actos o actividades que se consideran que deben quedar libres de gravamen por el consumidor final. Esta modalidad de tasa cero ofrece al contribuyente ventajas sobre las del régimen de la exención, ya que se tiene la oportunidad de recuperar y obtener devolución del IVA que se le hubiere trasladado por otros contribuyentes o el que hubiera pagado en importaciones.

"La ley vigente señala que los actos o actividades a los que se aplica la tasa cero produce los mismos efectos legales que aquellos por los que se deba pagar el impuesto. Esto significa que por las operaciones sujetas a la tasa cero por ciento no cause IVA, procede el acreditamiento del IVA trasladado y del pago en importaciones como si se tratase de actos o actividades gravados con la tasa del 10 ó 15 por ciento. En cambio por los actos o actividades exentos no procede tal acreditamiento.

"Los actos o actividades sujetos a la tasa cero por ciento genéricamente se pueden anunciar como siguen:

"Enajenación de productos destinados a la alimentación.

"Enajenación de medicinas de patente.

"Prestaciones de servicios que se destinen a actividades agropecuarias o pesqueras.

"Uso o goce temporal de maquinaria y equipo en actividades agropecuarias y pesqueras.

"Actividades agropecuarias, pesqueras y silvícolas en lo general.

"La exportación de toda clase de bienes y de algunos servicios.

"Enajenación de maquinaria para usos agropecuarios y embarcaciones pesqueras.

Ahora bien, para cada uno de los conceptos en que se le agrupan los actos o actividades objetos del IVA, enajenación de bienes, prestación de servicios independientes y uso o goce temporal de bienes, se establecen exenciones que se supone tienen como finalidad evitar el impacto del gravamen al consumidor final. Sin embargo, en la Ley del IVA se establece que por los actos o actividades exentos el contribuyente no puede acreditar el IVA que se le hubiere trasladado en sus adquisiciones o el que hubiese pagado en sus importaciones, a diferencia de lo que sobre el particular se observa en el régimen de la tasa cero por ciento.

"Así las cosas, al no poder solicitar la devolución del IVA en las adquisiciones o erogaciones los más de 900 organismos operadores de agua potable y alcantarillado o los propios ayuntamientos de los municipios del país, cuando no existe este órgano descentralizado, se verán obligados a transferir dicho impuesto a los usuarios del servicio, vía aumento en la tarifa de agua potable para uso doméstico. De no hacerlo así, deberán transferir dicho costo a su presupuesto de operación anual, lo que conlleva, por un lado, a no ampliar su red de servicios o, en el peor de los casos, hacer más deficiente el servicio de los mismos.

"O, por otro lado, a buscar que el ayuntamiento municipal respectivo destine una partida de recursos extraordinarios para cubrir la merma presupuestal que en la mayoría de los casos supone de entre un 12 hasta un 18 por ciento del presupuesto anual de dicho organismo operador del vital líquido.

"Nada más de los principales o más grandes, es decir, de 400 organismos operadores de agua potable y alcantarillado de este país, se perderán alrededor de 1,500 millones de pesos por este hecho, o sea, el usuario, es decir, el consumidor final, las y los mexicanos, tendrán que absorber estos costos mediante el alza a las tarifas de agua potable para uso doméstico; en otras palabras, pagarán el IVA de manera disfrazada

"Por tanto, de no modificar el régimen de exención a la tasa cero en el organismo operador de agua potable, tendrán que absorber esas partidas y considerarlas dentro de sus costos de operación. Esto es así, porque al no haber acreditamiento no hay recuperación posible.

"Si bien es cierto que en operaciones exentas el consumidor final no recibe en forma directa el impacto del gravamen, también lo es que puede sufrirlo en forma indirecta, oculto en el precio, porque el contribuyente exento busca recuperar el IVA cargando en sus costos, incluyéndose en el precio de venta o en las contraprestaciones que cobra a sus clientes, con lo que se anula el efecto favorable que con la exención busca el fisco para el consumidor.

"Los legisladores del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, consideramos el servicio o suministro de agua para uso doméstico, como un asunto de vital importancia. Por ello, conscientes de que las tarifas de agua para uso doméstico ya no aguantan más aumentos y menos en perjuicio de los consumidores, creemos que la mejor manera de poder ayudar al contribuyente es dándole otro tratamiento fiscal y que éste debe de ser el de la tasa cero por ciento y ya no la de la exención.

"Por las consideraciones anteriormente esgrimidas, en tal virtud, los legisladores de Acción Nacional sometemos a la consideración de esta Honorable Cámara de Diputados, la presente Iniciativa de Decreto por el que se adiciona una fracción V al artículo 2º A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

"Artículo Único. Se adiciona con una fracción V al artículo 2º A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículo 2A fracción V, sobre el servicio o suministro de agua para uso doméstico.

"Transitorio. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

"Palacio Legislativo de San Lázaro, a los once días del mes de abril del año 2002".

Así lo suscriben diputadas y diputados del Grupo Parlamentario de Acción Nacional.

Por su atención, muchas gracias.

PRESIDENTA, DIP. MARIA ELENA ALVAREZ BERNAL: Gracias a usted señor diputado.

Túrnese la iniciativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

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Tiene la palabra el diputado José María Núñez Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados.

EL C. DIPUTADO JOSE MARIA EUGENIO NUÑEZ MURILLO: Gracias, señora Presidenta.

Debido a que voy a solicitar a la Secretaría que el texto íntegro se inserte y se publique en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria, solamente me referiré a los puntos más relevantes, entre ellos la Exposición de Motivos.

«Iniciativa de decreto por el que se reforma la Ley Federal Para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados.

Cámara de diputados del Congreso de la Unión:

Con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito Diputado del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, somete a la consideración de esta Cámara de Diputados la presente iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegura, Decomisados y Abandonados.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Como resultado de la experiencia que se ha tenido en el desempeño ello de las funciones del Servicio de Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados se considera pertinente plantear reformas a la ley para satisfacer condiciones operativas con los objetivos siguientes:

• Transformar al Servicio de Administración en un organismo descentralizado.

• Evitar erogaciones innecesarias al erario público federal y propiciar que el organismo descentralizado sea auto financiable.

• Propiciar condiciones favorables en materia de economía procesal.

• Mejorar el macro regulatorio, relativo a las atribuciones que la ley confiere al Servicio de Administración para propiciar condiciones de eficiencia en el desempeño de sus funciones.

Transformación del servicio de administración en un organismo descentralizado.

La Ley Federal Para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados Abandonados (en adelante la ley), crea el Servicio de Administración de Bienes Asegurados como órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con autonomía técnica y operativa y que tiene por objeto la administración de los bienes asegurados. En la exposición de motivos de la ley se consideró que debía ser un organismo autofinanciable, es decir, que no recibiera recursos presupuestarios y debía financiarse a través de los ingresos que él mismo genere.

Al carecer de patrimonio propio y estar obligado a concentrar en la Tesorería de la Federación, todos los recursos que obtenga por los diferentes conceptos que establece la Ley de Ingresos de la Federación, queda imposibilitado para autofinanciarse y sujeto a la autorización de la partida presupuestal que específicamente se prevea en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

La ley establece en los artículos 48 y 49 que los bienes decomisados y abandonados, sus frutos y productos, así corno los derivados de su enajenación, serán considerados aprovechamientos en los términos de Código Fiscal de la Federación. Una vez descontados los costos de administración, mantenimiento y conservación, dichos ingresos deberán enterarse a la Tesorería de la Federación, destinándose en partes iguales a los presupuestos del Poder Judicial de la Federación y de la Procuraduría General de la República.

Sin embargo, la Ley de Ingresos de la Federación para los ejercicios fiscales correspondientes al 2000 y 2001 no contemplaban la posibilidad de realizar descuentos a los ingresos que se recaudaran por concepto de aprovechamientos, por lo que se deberían enterar a la Tesorería de la Federación la totalidad de los mismos, estableciendo que se derogan, en su parte conducente, todas las disposiciones que se opongan a tal disposición.

Para que la administración de los bienes asegurados sea eficiente y ágil, resulta pertinente que el Servicio de Administración cuente con personalidad jurídica y patrimonio propios que le permitan desarrollar sus funciones con mayor certeza y seguridad, así como una mayor autonomía de gestión para asignar sus recursos donde se requieran.

Para tales efectos, se proponen modificaciones a los artículos 2o., fracción III, 53, 56, 57 y 58 de la ley, así como la adición de los artículos 53-A, 53-B y 58-A, estableciendo la naturaleza jurídica de organismos descentralizados para el Servicio de Administración, con los requisitos establecidos en los artículo 14 y 15 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Bienes que serán administrados por el Servicio de Administración.

Para que la operación del Servicio de Administración sea más ágil y eficiente, es necesario acotar el objeto de la ley y el ámbito de actuación del mismo, realizando una descripción de los bienes no sujetos a su administración, así como prever las facultades de los agentes del Ministerio Público de la Federación y de la Autoridad Judicial, a efecto de que puedan dar destino a los bienes que no serán administrados por el Servicio de Administración.

Para tales efectos, se propone modificar el artículo 4o. de la ley a fin de que incluya una definición de los bienes incosteables, previendo la facultad de la Junta de Gobierno del Servicio de Administración para determinar el valor de, estos bienes, mediante la emisión de lineamientos. En el mismo artículo se pretenden definir las facultades de las autoridades competentes respecto de dichos bienes, lo que les daría mayor certeza para identificar aquellos bienes que deben entregar al Servicio de Administración, propiciando así condiciones favorables en materia de economía procesal y evitando desembolsos innecesarios al erario público federal.

Práctica de avalúos.

En ocasiones, cuando se exhibe el avalúo practicado a los bienes asegurados por parte de las autoridades que decretaron el aseguramiento, el valor ahí asentado no coincide con el valor real de los bienes y cuando ha procedido su enajenación, el Servicio de Administración se ha enfrentado a grandes dificultades para enajenarlos, ya que el valor de avalúo, que es el valor en el que deben enajenarse, no corresponde con el valor real.

Con el propósito de reducir las discrepancias entre el valor de los bienes al momento de ser asegurados y el que resulte al momento de su enajenación, es pertinente que el Servicio de Administración sea quien ordene la práctica de los avalúos correspondientes. Para tales efectos se propone modificar la fracción V del artículo 6o. de la ley, estableciendo la facultad que tendría el Servicio de Administración para solicitar la práctica de los avalúos correspondientes.

Conclusión del aseguramiento, momento y lugar de entrega de bienes asegurados al Servicio de Administración. Doble aseguramiento.

El aseguramiento debe entenderse concluido cuando se reúnan los requisitos enumerados en las fracciones I a V del artículo 6o. de la ley. Por tal motivo, el término de setenta y dos horas debe contarse a partir de dicha conclusión.

Se propone reformar la fracción VI del artículo 6o. y adicionar un último párrafo al mismo artículo, con la finalidad de dar certeza sobre el momento de conclusión, definir el lugar de entrega de los bienes asegurados al Servicio de Administración y evitar que sobre el mismo bien y por los mismos hechos, las autoridades ministerial y judicial practiquen un doble aseguramiento.

Notificación al interesado.

La notificación del aseguramiento constituye uno de los medios para propiciar, la garantía de audiencia de los interesados; sin embargo, el mecanismo previsto en la ley, en la práctica tiene implicaciones contrarias a la eficacia procesal, así como efectos económicos adversos para el Estado.

Se propone publicar un menor número de edictos, que bastarían para obtener el mismo resultado, por lo que se plantean modificaciones a los artículos 7o. y 8o. En el artículo 7o. se sugiere prolongar de 30 a 60 días naturales el plazo en el que el Ministerio Público o la Autoridad Judicial deban notificar el aseguramiento al interesado y en el artículo 8o. se recomienda llevas a cabo publicaciones en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional, por una sola vez. La propuesta respeta estrictamente la garantía de audiencia de los particulares, ya que esta garantía no se relaciona directamente con las veces que se publique el edicto, sino con su contenido.

Abandono.

Con el propósito de liberar de cargas de trabajo a las autoridades que participan en el procedimiento de declaratoria de abandono, sin que se afecten los derechos del interesado, se considera necesario eliminar el procedimiento para, declarar el abandono, sustituyéndolo por un apercibimiento al interesado en la notificación del aseguramiento. Si el interesado no manifiesta lo que a su derecho convenga en un término de 90 días naturales, los bienes causarán abandono a favor de la Federación. Lo anterior propiciaría condiciones favorables en una materia de economía procesal, evitaría erogaciones innecesarias al erario público y eliminaría la posibilidad de que los interesados impugnen los actos de autoridad.

Para tales efectos, se propone la derogación de los artículos 44, 45 y 46 de la ley, que son los que establecen el procedimiento para declarar el abandono de los bienes administrados por el Servicio de Administración.

En congruencia con lo anterior, se plantea la modificación del último párrafo del artículo 7o., estableciendo que si el interesado o su representante legal no manifiesten lo que a su derecho convenga en un término de 90 días naturales después de la notificación, los bienes causarán abandono a favor de la federación.

Facultades del Servicio de Administración para administrar empresas, negociaciones y establecimiento.

Es un hecho que las empresas, negociaciones o establecimientos tienen una complejidad distinta de la del resto de los bienes que se aseguran. El Servicio de Administración, dentro de sus atribuciones, tiene la obligación de mantener la operación y buena marcha de las empresas, negociaciones o establecimientos asegurados, por lo que debe tener facultades suficientes para su operación y marcha, sin que se suspendan sus actividades. Las facultades que le confiere la ley, en ocasiones no son suficientes para administrarlos.

Se sugiere la modificación del artículo 18, para establecer el alcance de las facultades de representación de orden administrativo y laboral que, en caso, el Servicio de Administración pueda otorgar a los depositarios, administradores, interventores que nombren.

Enajenación de bienes asegurados.

El artículo 27 de la ley permite la enajenación de los bienes asegurados, siempre y cuando se trate de semovientes, fungibles o de mantenimiento incosteable a juicio del Servicio de Administración. El propio artículo impone una condición adicional: que el procedimiento de enajenación se sujete a la normatividad de la ley del Servicio de Tesorería de la Federación.

A pesar de que la ley de la Tesofe permite la enajenación de bienes por vía de adjudicación directa, sería conveniente que el texto de la ley fuere explícito en tal sentido y que dicha enajenación no tuviere que remitirse al texto de la ley de la Tesofe, indicando, únicamente, que se estará a lo que disponga la Junta de Gobierno del Sera, mediante lineamientos que para tal efecto expida.

La consecuencia de lo anterior sería evitar que el Sera se convierta en un inmenso almacén, con elevados costos de administración para el Estado y con un alto riesgo de que los bienes se alteren, destruyan o desaparezcan. Al permitir la enajenación por vía de adjudicación directa, el Sera enajenaría en forma continua y oportuna los bienes fungibles, semovientes e incosteables y se transformaría en buena medida en un administrador de productos financieros, evitando la pérdida, alteración, destrucción o desaparición de los bienes. El producto de la enajenación se depositaría en las cuentas que la Tesofe le lleva al Sera, devengando intereses a la tasa que cubra ese organismo por depósito a la vista que reciba.

En caso de que procediere la devolución de los bienes asegurados al interesado, el Sera satisfaría ese requisito mediante la entrega del equivalente del valor de, avalúo de los bienes al realizarse el aseguramiento, más los rendimientos referidos en el párrafo que antecede.

La administración de los recursos financieros permitiría al Estado tener un balance positivo y un ágil manejo de los recursos y pala el interesado, representaría una más justa devolución del valor de sus bienes.

Devolución de bienes asegurados.

Se propone modificar el artículo 40, a fin de dar oportunidad a los interesados de revisar los bienes antes de la devolución, para que, en caso de inconformidad, se pueda interponer el recurso de revisión en los términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Costos y gastos de mantenimiento de bienes asegurados.

En la Ley se establece que cuando procede la devolución de los bienes asegurados y estos generaron frutos, los costos y gastos de mantenimiento se deducirán de los frutos; sin embargo, cuando los bienes no generan frutos, dichos gastos no son recuperables. Con base en el principio de equidad, se propone modificar el artículo 41, ya que es necesario uniformar el criterio sobre la, cobertura de los gastos de mantenimiento que se generan por la administración de todos los bienes asegurados, no sólo de aquellos que produzcan frutos.

Aprovechamientos.

En términos del Código Fiscal de la Federación, son aprovechamiento los ingresos que percibe el Estado por funciones de derecho público distintos de las contribuciones, de los ingresos derivados de financiamientos y de los que obtengan los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal.

De conformidad con el mismo ordenamiento, se consideran productos las contraprestaciones por los servicios que preste el Estado en sus funciones de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del dominio privado.

En la ley se establece que los bienes decomisados y abandonados, sus frutos y productos serán considerados aprovechamientos.

La ley establece que el servicio de Administración debe descontar de los aprovechamientos sus costos de administración y gastos de mantenimiento y conservación de los bienes asegurados, la Ley de Ingresos de la Federación para los ejercicios fiscales de 2000 y 2001 establecían que los ingresos que se recauden por los diversos conceptos se concentrarán en la Tesorería de la Federación y deberán reflejarse, cualquiera que sea su forma o naturaleza, tanto en los registros de la propia Tesorería, como en la cuenta de la Hacienda Pública Federal.

De lo anterior surge la controversia sobre el momento en que se deben enterar los aprovechamientos referidos en la Ley de la Tesorería de la Federación y los descuentos por concepto de costos de administración del Organo Descentralizado y de los gastos de mantenimiento y conservación de los bienes asegurados a que se refiere la ley, por lo que resulta necesario establecer expresamente las salvedades al tratamiento de aprovechamientos en la Ley de Ingresos dé la Federación.

Se plantea la modificación de los artículos 48 y 49 de la ley, con el propósito de establecer que los bienes decomisados y abandonados, sus frutos y productos, una vez que sean enajenados, serán considerados productos en términos del Código Fiscal de la Federación.

Fondo de recuperación.

Se propone modificar el artículo 53 para prever la creación de un fondo administrado por un fideicomiso público que no sea considerado entidad paraestatal. Cuando proceda la devolución de los bienes, el Servicio de Administración dispondrá de los recursos de dicho fondo para hacer frente a las carencias de los mismos y cubrir las obligaciones a su cargo. El fondo se integraría con los recursos provenientes de la enajenación de los bienes decomisados o abandonados y demás recursos que se aportaren al mismo.

En virtud de lo anterior, se somete a la consideración del honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa de

DECRETO

Por el que se reforma la Ley Federal Para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados.

Artículo único. Se reforman los artículos 2o., fracción III; 4o., párrafo primero; 6o., fracciones, V y VI; 7o. párrafos primero y último; 8o., inciso c, de la fracción I, fracción II y penúltimo párrafo; 18, párrafos primero y segundo; 22, párrafo segundo; 27, párrafo primero; 39, párrafo primero; 41, párrafos primero, segundo y último; 48; 49; 53; párrafo primero; 56, fracción VI y 58; se adicionan los artículos 1o. con un segundo párrafo; 4o., con un segundo y tercer párrafo; 6o. con un último párrafo; 18, con un tercer párrafo con las fracciones I a IV, y con un cuarto y quinto párrafo, recorriéndose los demás en su orden; 27, con un segundo y tercer párrafo, recorriéndose los demás en su orden; 53, con un segundo, tercer y cuarto párrafo; 53-A; 53-B; 56, fracciones VII a la XII, recorriéndose las demás en su orden; 57, fracciones VII a la IX, recorriéndose las demás en su orden y 58-A; y se derogan los artículos 8o., inciso a, de la fracción II; 44; 45 y 46 de la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados, para quedar en los términos siguientes:

Artículo 1o. . .

La interpretación de los preceptos de esta ley, para efectos administrativos, corresponderá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto del Servicio de Administración.

Artículo 2...

I. y II...

III. Servicio de administración: el organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, denominado Servicio de Administración de Bienes Asegurados, previsto en el Título Cuarto de la presenta ley y

IV...

Artículo 4o. Todos los bienes asegurados, independientemente de que su aseguramiento haya sido decretado durante la averiguación previa o el proceso penal, serán administrados por el servicio de administración, salvo aquellos de escaso valor económico como documentos personales, objetos de uso personal y los que puedan ser objeto de prueba, excepto joyas, billetes y piezas metálicas.

También se encuentran exceptuados los bienes que tengan un valor menor al importe de seis meses de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal. El valor de estos bienes se determinará conforme a los lineamientos que emita la Junta de Gobierno, pudiendo ser generales o para un caso en particular.

Respecto de los bienes que no son susceptibles de administración en los términos de este artículo, el Ministerio Público o la Autoridad Judicial procederán a ordenar su destrucción o donación a Instituciones que realicen actividades de beneficencia de investigación científica u otras análogas, que lo requieran para el desarrollo de sus actividades.

Artículo 6o...

I. a la IV...

V. Solicitar, en su caso, al servicio de administración que ordene la práctica del avalúo correspondiente.

VI. Una vez que hayan sido satisfechos los requisitos anteriores, poner los bienes a disposición del servicio de administración, dentro de las 72 horas siguientes, en los lugares que previamente se acuerden con el servicio de administración.

La autoridad que inicie el acto de aseguramiento está obligada a concluirlo en términos de esta ley.

Artículo 7o. La autoridad judicial o el Ministerio Público que decreten el aseguramiento deberán notificar al interesado o a su representante legal dentro de los 60 días naturales siguientes a su ejecución entregando o poniendo a su disposición según sea el caso una copia certificada del acta a que se refiere la fracción I del artículo anterior, para que manifieste lo que su derecho convenga.

En la notificación deberá apercibirse al interesado o a su representante legal que de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la notificación, los bienes causarán abandono a favor de la Federación.

Artículo 8o..

I...

a) y b...

c) De no encontrarse la persona por notificar en la primera busca, se le dejará citatorio en el domicilio designado para que espere a una hora fija del día hábil siguiente y si no espera, o se niega a recibir la notificación, se fijará instructivo en un lugar visible del domicilio.

d)...

II. Por edictos, cuando se desconozca la identidad o domicilio del interesado, en cuyo caso se publicará por una sola ocasión en el Diario Oficial de la Federación y en un período de circulación nacional.

a) Se deroga

b)...

Las notificaciones personales surtirán efectos el día en que hubieren sido practicadas y las efectuadas por edictos el día de su publicación.

Artículo 18. Respecto de los bienes asegurados, el servicio de administración y en su caso los depositarios, interventores o administradores que haya designado tendrán, además de las obligaciones previstas en esta ley, las que señala el Código Civil Federal, para el depositario.

Al efecto, para la debida conservación y en su caso buen funcionamiento de los bienes asegurados, incluyendo el de los inmuebles destinados a actividades agropecuarias, empresas, negociaciones y establecimientos, el servicio de administración tendrá todas las facultades y obligaciones de un mandatario para pleitos y cobranzas, actos de administración, para otorgar y suscribir títulos de crédito y en los casos previstos en esta ley, actos de dominio.

Los depositarios, interventores y administradores que el servicio de administración designe, tendrán, dentro de las siguientes, sólo las facultades que dicho servicio les otorgue:

I. Poder general para pleitos y cobranzas y actos de administración, en los términos de los dos primeros párrafos del artículo 2554 del Código Civil Federal.

II. Poder especial para pleitos y cobranzas, con las cláusulas especiales a que se refiere el artículo 2787 del Código Civil Federal, conforme a las facultades siguientes:

a) Para interponer y desistirse de toda clase de procedimientos, inclusive del juicio de amparo;

b) Para transigir;

c) Para comprometer en árbitros;

d) Para absolver y articular posiciones;

e) Para recusar;

f) Para hacer sesión de bienes;

g) Para recibir pagos y

h) Para presentar denuncias y querellas en materia penal y desistirse de ellas, constituirse en coadyuvante del Ministerio Público y otorgar en los casos que proceda el perdón.

III. Poder para otorgar y suscribir títulos de crédito, en los términos del artículo 9o. de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

IV. Poder para actos de administración en materia laboral con facultades expresas para articular y absolver posiciones de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 786 de la Ley Federal del Trabajo, con facultades para administrar las relaciones laborales y conciliar, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11 y 876, fracciones I y VI de la misma ley, así como comparecer en juicio en los términos de los artículos 692, fracciones I, II y III y 878 de la ley referida.

Las facultades a que se refieren las fracciones I, II y IV se podrán ejercitar ante cualquier autoridad jurisdiccional, sea civil, penal, administrativa, laboral o militar, ya sean federales, estatales o municipales.

Las facultades contenidas en este artículo se otorgarán a los depositarios, interventores y administradores, según se requieran para el debido cumplimiento de su función, a juicio del servicio de administración.

Artículo 22...

Los términos y condiciones de esos depósitos serán determinados por la Tesorería de la Federación.

Artículo 27. Los bienes semovientes, perecederos, fungibles y los que sean incosteables, serán enajenados por el servicio de administración en el valor que se determine por avalúo o en su valor de mercado, conforme a los lineamientos que emita la Junta de Gobierno.

Los bienes incosteables se determinarán conforme a los lineamientos que emita la Junta de Gobierno, pudiendo ser generales o para un caso en particular.

El producto de dicha enajenación será aplicado de conformidad con lo ordenado por los dos primeros párrafos del artículo 22 de esta ley.

Artículo 39. Cuando proceda la devolución de bienes asegurados, quedarán a disposición de quien tenga derecho a ellos. La autoridad judicial o el Ministerio Público notificará su resolución al interesado o al representante legal dentro de los 30 días siguientes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7o. y 8o. de esta ley, para que en el plazo señalado a partir de la notificación ser presente a recogerlos, bajo el apercibimiento que de no hacerlo los bienes causarán abandono a favor de la Federación.

Artículo 41. La devolución de los bienes asegurados incluirá la entrega de los frutos que, en su caso, hubiere generado.

La devolución de numerario comprenderá la entrega del principal y de sus rendimientos durante el tiempo en que haya sido administrado, conforme a los términos y condiciones a que se refiere el artículo 22 de esta ley.

Previo a la recepción de los bienes por parte del interesado, se dará oportunidad a éste para que revise e inspeccione las condiciones en que se encuentren los mismos. En caso de inconformidad del interesado, éste podrá interponer el recurso de revisión, en los términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo 44. Se deroga.

Artículo 45. Se deroga.

Artículo 46. Se deroga.

Artículo 48. Los bienes decomisados y los abandonados, sus frutos y productos distintos al numerario, serán enajenados por el servicio de administración de conformidad con los procedimientos previstos en la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación y demás disposiciones aplicables.

Una vez que se enajenen dichos bienes, así como sus frutos y productos, serán considerados productos en los términos del Código Fiscal de la Federación y su aplicación se hará en términos del artículo 53 de esta ley.

Artículo 49. Los productos a que se refiere el artículo anterior, una vez descontados los costos de administración del servicio de administración y gastos de mantenimiento y conservación de los bienes asegurados conforme a la presente ley, se enterarán a la Tesorería de la Federación y se destinarán, en partes iguales, a apoyar los Presupuestos de Egresos del Poder Judicial de la Federación y de la Procuraduría.

Artículo 53. El Servicio de Administración de Bienes Asegurados será un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con domicilio en el Distrito Federal, el cual tendrá por objeto la administración de los bienes asegurados en los términos previstos en esta ley.

El servicio de administración contará con un fondo, que se integrará con los recursos provenientes de la enajenación de los bienes decomisados o abandonados y demás recursos que se aporten al mismo. Con cargo a este fondo se cubrirán las obligaciones del servicio de administración señaladas en los artículos 41, 42, 43 y 49 de esta ley.

Una vez realizados los descuentos a que se refiere el artículo 49 de esta ley, si hubiere remanentes en el fondo, éstos se destinarán en partes iguales a apoyar los presupuestos de egresos del Poder Judicial de la Federación y de la Procuraduría.

Dicho fondo será administrado por un fideicomiso público que no se considerará entidad paraestatal.

Artículo 53-A. Las relaciones de trabajo entre el servicio de administración y sus servidores públicos se regularán por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional y las condiciones de trabajo que al efecto se determinen. Los trabajadores del servicio de administración quedan incorporados al régimen del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Artículo 53-B. El patrimonio del servicio de administración está integrado por:

I. Los bienes muebles, inmuebles y demás derechos que por medio de cualquier título legal adquiera;

II. Los recursos que le sean asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación;

III. Cualquier otro ingreso respecto del cual el servicio de administración resulte beneficiario.

Artículo 56...

I. a la V...

VI. Dictar los lineamientos relativos a la supervisión de la base de datos a que se refiere el artículo 11 de esta ley.

VII. Aprobar los programas y presupuestos del servicio de administración, propuestos por el director general, así como sus modificaciones en términos de la legislación aplicable;

VIII. Aprobar anualmente, previo informe de los comisarios y dictamen de los auditores externos, los estados financieros del servicio de administración y autorizar la publicación de los mismos;

IX. Aprobar el Reglamento Interior del Servicio de Administración;

X. Aprobar la estructura administrativa básica del servicio de administración, así como las modificaciones que procedan a la misma;

XI. Aprobar el nombramiento y remoción de los servidores públicos de nivel inmediato inferior al director general a propuesta de éste;

XII. Nombrar y remover al secretario y al prosecretario, y

XIII...

Artículo 57...

I. a la VI...

VII. Ejecutar los acuerdos de la Junta de Gobierno;

VIII. Presentar a la Junta de Gobierno para su aprobación, los programas y presupuestos del servicio de administración;

IX. Proponer a la Junta de Gobierno el nombramiento y remoción de los servidores públicos del nivel inmediato inferior, así como nombrar contratar y remover a los demás empleados del servicio de administración y

X...

Artículo 58. Para la vigilancia y control del servicio de administración, la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo designará un comisario público propietario y uno suplente quienes actuarán ante la Junta de Gobierno, independientemente del órgano de control interno en el servicio de administración.

Artículo 58-A. El servicio de administración contará con un órgano de control interno que será parte integrante de su estructura orgánica. Las acciones que el órgano de control lleve a cabo, tendrán por objeto apoyar la función directiva y promover el mejoramiento de gestión del servicio de administración.

El titular del órgano de control interno dependerá de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo. Dicho órgano desarrollará sus funciones conforme a los lineamientos que emita esta última.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación a excepción de las reformas y adiciones a los artículo 2o., fracción III; 48, último párrafo; 49; 53-A; 53-B; 56, fracciones VII a la XII; 57, fracciones VII a la IX; 58 y 59-A, a que se refiere el artículo único del presente decreto, los cuales entrarán en vigor, a más tardar en los próximos seis meses.

Segundo. Los procedimientos de declaratoria de abandono que se hayan iniciado conforme a las disposiciones vigentes con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto, serán concluidos conforme a las mismas.

Tercero. Los gastos de mantenimiento y conservación de los bienes asegurados y decomisados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley que se encuentren en custodia de la Procuraduría y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la Federación, en proceso de ser entregados al servicio de administración, serán cubiertos con cargo al fondo a que se refiere el artículo 53 de esta ley, de conformidad con los lineamientos que para tales efectos emita la Junta de Gobierno.

Cuarto. El Fideicomiso público a que se refiere el artículo 53 de esta ley deberá quedar constituido en los siguientes 30 días, a partir de la publicación del presente decreto.

México, D. F., a 9 de abril de 2002.— Diputado José Núñez Murillo, Integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.»

LA C. PRESIDENTA. Muy bien, señor Diputado.

EL C. DIPUTADO JOSE MARIA NUÑEZ MURILLO. Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Con fundamento en la Fracción II del Artículo 61 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 55º Fracción II, 56º y 62º del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito, Diputado del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional somete a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la presente Iniciativa de Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga diversas Disposiciones de la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados.

Exposición de Motivos. Como resultado de la experiencia que se ha tenido en el desempeño de las funciones del Servicio de Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados, se considera pertinente plantear reformas a la Ley para satisfacer condiciones operativas con los objetivos siguientes.

Transformar al Servicio de Administración en un órgano descentralizado; evitar erogaciones innecesarias al Erario Público Federal y propiciar que el organismo descentralizado sea autofinanciable; propiciar condiciones favorables en materia de Economía Procesal; mejorar el marco regulatorio relativo a las atribuciones que la Ley confiere al Servicio de Administración para propiciar condiciones de eficiencia en el desempeño de sus funciones.

Transformación del Servicio de Administración en un organismo descentralizado, la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados ante la Ley crea el Servicio de Administración de Bienes Asegurados como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con autonomía técnica y operativa y que tiene por objeto la administración de los bienes asegurados.

En la Exposición de Motivos de la Ley se consideró que debía ser un organismo autofinanciable, es decir, que no recibiera recursos presupuestarios y debía financiarse a través de los ingresos que él mismo genere.

Al carecer de patrimonio propio y estar obligado a concentrar en la Tesorería de la Federación todos los recursos que obtenga por los diferentes conceptos que establece la Ley de Ingresos de la Federación, queda imposibilitado para autofinanciarse sujeto a la autorización de la partida presupuestal que específicamente se prevea en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Para que la administración de los bienes asegurados sea eficiente y ágil, resulta pertinente que el Servicio de Administración cuente con personalidad jurídica y patrimonio propios que le permitan desarrollar sus funciones con mayor certeza y seguridad, así como una mayor autonomía de gestión para asignar sus recursos donde se requieran.

 Para tales efectos se proponen modificaciones a los artículos 2º., Fracción III, 53º, 56º, 57º y 58º de la Ley, así como la adición de los Artículos 53A, 53B y 58A estableciendo la naturaleza jurídica del organismo descentralizado para el Servicio de Administración con los requisitos establecidos en los Artículos 14º y 15º de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, bienes que serán administrados por el Servicio de Administración.

Para que la operación del Servicio de Administración sea más ágil y eficiente, es necesario acotar el objeto de la Ley y el ámbito de actuación del mismo, realizando una descripción de los bienes no sujetos a su administración, así como proveer las facultades de los Agentes del Ministerio Público de la Federación y de la autoridad judicial a efecto de que puedan dar destino a los bienes que no serán administrados por el Servicio de Administración.

Para tales efectos se propone modificar al Artículo 4º de la Ley, a fin de que incluya una definición de los bienes incosteables previendo la facultad de la Junta de Gobierno del Servicio de Administración para determinar el valor de estos bienes mediante la emisión de lineamientos.

En el mismo artículo se pretende definir las facultades de las autoridades competentes respecto de dichos bienes, lo que le daría mayor certeza para identificar aquellos bienes que deban entregarse al Servicio de Administración propiciando así condiciones favorables en materia de Economía Procesal y evitando desembolsos innecesarios al Erario Público Federal.

PRACTICA DE AVALUOS. Con el propósito de reducir la discrepancia entre el valor de los bienes al momento de ser asegurados y el que resulte al momento de su enajenación, es pertinente que el Servicio de Administración sea quien ordene la práctica de los avalúos correspondientes.

Para tales efectos se propone modificar la Fracción V del Artículo 6º. De la Ley estableciendo la facultad que tendría el Servicio de Administración para solicitar la práctica de avalúos correspondientes.

CONCLUSION DEL ASEGURAMIENTO, MOMENTO Y LUGAR DE ENTREGA DE BIENES ASEGURADOS AL SERVICIO DE ADMINISTRACION. DOBLE ASEGURAMIENTO.

El aseguramiento debe entenderse concluido cuando se reúnan los requisitos enumerados en las Fracciones I y V del artículo 6 de la Ley y por tal motivo el término de 72 horas debe contarse a partir de dicha conclusión.

Se propone reformar la fracción VI del artículo 6º y adicionar un último párrafo al mismo artículo con la finalidad de dar certeza sobre el momento de conclusión, definición en lugar de entrega de los bienes asegurados al servicio de administración y evitar que sea el mismo bien o por los mismos hechos que las autoridades ministerial y judicial practiquen un doble aseguramiento.

Notificación al interesado. La notificación de aseguramiento constituye uno de los medios para propiciar la garantía de audiencia de los interesados, sin embargo el mecanismo previsto en la ley en la práctica tiene implicaciones contrarias a la eficacia procesal, así como efectos económicos adversos para el Estado.

Se propone publicar un menor número de edictos que bastarían para obtener el mismo resultado, por lo que se plantean modificaciones a los artículos 7 y 8.

En el artículo 7 se sugiere prorrogar de 30 a 60 días naturales el plazo en el que el Ministerio Público o la autoridad judicial pueda notificar el aseguramiento al interesado. Y el artículo 8 se recomienda llevar a cabo publicaciones en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de circulación nacional por una sola vez.

La propuesta respeta estrictamente la garantía de audiencia de los particulares ya que esta garantía no se relaciona directamente con las veces que se publique el edicto, sino con su contenido.

Abandono. Con el propósito de liberar la carga de trabajo a las autoridades que participan en el procedimiento de declaratoria de abandono sin que se afecten los derechos del interesado, se considera necesario eliminar el procedimiento para declarar el abandono, substituyéndolo por un apercibimiento al interesado en la notificación del aseguramiento.

Si el interesado no manifiesta lo que a su derecho convenga en un término de 90 días naturales, los bienes causarán abandono a favor de la Federación. Lo anterior propiciaría condiciones favorables en una materia de economía procesal, evitaría erogaciones innecesarias al Erario Público y eliminaría la posibilidad de que los interesados impugnen los actos de autoridad.

Facultades del servicio de administración. Para administrar empresas, negociaciones y establecimientos: Es un hecho que las empresas, negociaciones y establecimientos tienen una complejidad distinta de la del resto de los bienes que se aseguran. El servicio de Administración, dentro de sus atribuciones tiene la obligación de mantener la operación y buena marcha de las empresas, negociaciones o establecimientos asegurados por lo que debe tener facultades suficientes para su operación y marcha sin que se suspendan sus actividades.

Las facultades que le confiere la ley en ocasiones no son suficientes para administrarlos, se sugiere la modificación del artículo 18 para establecer el alcance de las facultades de representación de orden administrativo y laboral que en su caso el servicio de administración pueda otorgar a los depositarios, administradores e interventores que nombren.

Enajenación de bienes asegurados. A pesar de que la Ley de la TESOFE permite la enajenación de los bienes por vía de adjudicación directa, sería conveniente que el texto de la ley fuera explícito en tal sentido y que dicha enajenación no tuviera que remitirse al texto de la Ley de la TESOFE, indicando únicamente que se estará a lo que se disponga en la Junta de Gobierno del SERA (¿) mediante lineamientos que para tal efecto se expida.

La consecuencia de lo anterior sería evitar que el SERA se convierta en un inmenso almacén con elevados costos de administración para el Estado y que con un alto riesgo de que los bienes se alteren, destruyan o desaparezcan.

Al permitir la enajenación por vía de la adjudicación directa, el SERA enajenaría en forma continua y oportuna los bienes fungibles, semovientes e incosteables y se transformaría en buena medida en un administrador de productos financieros evitando la pérdida, alteración, destrucción o desaparición de los bienes.

El producto de la enajenación se depositaría en las cuentas que la TESOFE, le lleva al SERA devengando intereses a la tasa que cubra ese organismo por depósito a la vista que el reciba.

En caso de que procediera la devolución de los bienes asegurados al interesado, el SERA satisfaría este requisito mediante la entrega del equivalente del valor de avalúo de los bienes al realizarse el aseguramiento, más los rendimientos referidos en el párrafo que antecede.

Devolución de bienes asegurados. Se propone modificar el artículo 40 a fin de dar oportunidad a los interesados de revisar los bienes antes de la devolución para que en caso de inconformidad se pueda interponer el recurso de revisión en los términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Costos y gastos del mantenimiento de los bienes asegurados. En la ley se establece que cuando proceda la devolución de los bienes asegurados y estos generen frutos, los costos y gastos de mantenimiento se deducirán de los frutos; sin embargo cuando los bienes no generan frutos, dichos gastos no son recuperables.

Con base en el principio de equidad se proponer modificar el artículo 41, ya que es necesario uniformar el criterio sobre la cobertura de los gastos de mantenimiento que se generan por la administración de todos los bienes asegurados, no sólo de aquellos que produzcan frutos.

Se plantea la modificación de los artículos 48 y 49 de la Ley con el propósito de establecer que los bienes decomisados y abandonados, sus frutos y productos, una vez que sean enajenados serán considerados productos en términos del Código Fiscal de la Federación.

Fondo de recuperación. Se propone modificar el artículo 53 para prever la creación de un fondo administrado por un fideicomiso público que no sea considerado entidad paraestatal. Cuando proceda la devolución de los bienes, el servicio de administración dispondrá de los recursos de dicho fondo para hacer frente a las carencias de los mismos y cubrir las obligaciones a su cargo.

El fondo se integraría con los recursos provenientes de la administración de los bienes decomisados y abandonados y demás recursos que se aporten al mismo.

Por tanto, dejo en la Secretaría el secreto por el que se reforma la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados, con la atenta súplica de que para sus efectos conducentes se publique en el Diario de los Debates y en la agenda.

Es cuanto,.

LA C. PRESIDENTA: Gracias, señor diputado.

De acuerdo a su petición, pido a la Secretaría se inserte el texto íntegro de la iniciativa presentada en el Diario de los Debates y túrnense a las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos y de Hacienda y Crédito Público.

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Ruego a la Secretaría dar cuenta de dos comunicaciones recibidas.

EL C. SECRETARIO, DIPUTADO ADRIAN RIVERA PEREZ:

(De la junta de Coordinación Política. Modificación en la integración de la Comisión de Fomento Cooperativo).

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Beatriz Paredes Rangel presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso c, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y a solicitud del diputado Martí Batres Guadarrama, coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, me permito solicitar a usted, la modificación en le integración de las siguientes comisiones:

• Que el diputado Manuel Duarte Ramírez, salga de la Secretaría de la Comisión de Fomento Cooperativo, para quedar como integrante de la misma comisión.

• Que el diputado Alejandro Gómez Olvera sustituya a la diputada Martha Angélica Bernardino Rojas en la Comisión de Fomento Cooperativo.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

México D.F., a 11 de abril de 2002.— Diputado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, presidente.»

LA C. PRESIDENTA: De enterada.

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EL MISMO SECRETARIO.

(De la Junta de Coordinación Política. Modificación en la integración de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, de Agricultura y Ganadería, Especial de Ganadería y de Fomento Cooperativo).

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.

Diputada Beatriz Paredes Rangel, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34 numeral 1 inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y a solicitud del diputado Martí Batres Guadarrama, coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, me permito solicitar a usted, la modificación en la integración de las siguientes comisiones; para que las secretarías respectivas sean asumidas pro los siguientes diputados:

• Que el diputado Víctor Manuel Ochoa Camposeco, se integre como secretario de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

• Que el diputado Mario Cruz Andrade, se integre como secretario de la Comisión de Agricultura y Ganadería.

• que el diputado Donaldo Ortiz Colín, se integre como secretario de la Comisión Especial de Ganadería.

• Que el diputado Alejandro Gómez Olvera se integre como secretario de la Comisión de Fomento Cooperativo.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

México, D.F. a 11 de abril de 2002.— Diputado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, presidente.»

EL MISMO SECRETARIO: En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

LA C. PRESIDENTA: Aprobado.

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El siguiente punto del orden del día es el dictamen relativo a las solicitudes de permiso de los ciudadanos Claude Buerner, Sara Santizo Barrientos y el General Gerardo Clemente Ricardo Vega y García, para usar y aceptar condecoraciones de gobiernos extranjeros.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con las solicitudes de permiso de los ciudadanos Claus Werner Von Wobeser Hoepfner, Sara Santizo Barrientos y general Gerardo Clemente Ricardo Vega y García, para que puedan aceptar y usar las condecoraciones que en diferentes grados les confieren los gobiernos de las repúblicas: Federal de Alemania, Austria y Colombia, respectivamente.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III, del apartado C, del artículo 37 constitucional y el artículo 60, segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la aprobación de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso al ciudadano Claus Werner Von Wobeser Hoepfner, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Mérito de la República Federal de Alemania, en grado de Cruz de Caballero, que le confiere el Gobierno de la República Federal de Alemania.

Artículo segundo. Se concede permiso a la ciudadana Sara Santizo Barrientos, para aceptar y usar la condecoración de la Medalla de Oro por méritos por la República de Austria, que le confiere el gobierno de la República de Austria.

Artículo tercero. Se concede permiso al ciudadano Gerardo Clemente Ricardo Vega y García, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Mérito Militar "Antonio Nariño" en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República de Colombia.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— México, DF, a 5 de abril de 2002.— Diputados: Armando Salinas Torre, presidente; José Antonio Hernández Fraguas, Víctor Manuel Gandarilla Carrasco, José Guillermo Anaya Llamas, Luis Miguel Jerónimo Barbosa Huerta, secretarios; Manuel Añorve Baños, José Francisco Blake Mora, Tomás Coronado Olmos, Omar Fayad Meneses, Ricardo Francisco García Cervantes, Arturo Escobar y Vega, María Teresa Gómez Mont y Urueta, Federico Granja Ricalde, Lorenzo Rafael Hernández Estrada, Efrén Leyva Acevedo, Miguel Angel Martínez Cruz, Rodrigo David Mireles Pérez, José Narro Céspedes, Ricardo Augusto Ocampo Fernández, Fernado Ortiz Arana, Germán Arturo Pellegrini Pérez, José Jesús Reyna García, Eduardo Rivera Pérez, Jorge Esteban Sandoval Ochoa, César Augusto Santiago Ramírez, David Austo Sotélo Rosas, Ricardo Torres Origel, Jaime Vazquez Castillo, Néstor Villarreal Castro y Roberto Zavala Echavarria.»

Es de primera lectura.

En virtud de que el dictamen se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.

EL SECRETARIO, DIP. ADRIAN RIVERA PEREZ: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos, se consulta a la asamblea si se le dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión y votación de inmediato.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(votación)
Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(votación)

LA PRESIDENTA: Se le dispensa la segunda lectura.

En consecuencia, se pide a la Secretaría poner a discusión el proyecto de decreto.

EL MISMO SECRETARIO: Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Claus Warner Von Wobeser Hoepfner, Sara Santizo Barrientos y General Gerardo Clemente Ricardo Vega y García, para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los gobiernos extranjeros.

LA PRESIDENTA: Está a discusión el dictamen en lo general.

No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se va a proceder a recoger la votación nominal del proyecto de decreto en un solo acto.

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por diez minutos, para recoger la votación del proyecto de decreto.

EL MISMO SECRETARIO: Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior.

Abrase el sistema electrónico por diez minutos para tomar la votación nominal del proyecto de decreto.

(votación)

EL MISMO SECRETARIO: Se emitieron 369 votos en pro, 2 en contra, 4 abstenciones.

LA PRESIDENTA: Señor Secretario, hay un aclaración.

EL MISMO SECRETARIO: Quiero informar a los compañeros diputados que dentro del periodo no se recibió ninguna petición de problema en el sistema electrónico.

LA PRESIDENTA: Informa el secretario que no se recibió el aviso de que no funcionara el sistema electrónico, antes de haber sido cerrado. Les rogamos comprensión.

Las indicaciones de que no funciona su registro de votación electrónico deben hacerse antes de que se cierre el sistema y la Secretaría no recibió ningún aviso de que no funcionara. Les rogamos comprensión, porque ésta es la norma.

La Secretaría no recibió oportunamente el informe de que no funcionaban sus registros electrónicos. Les rogamos atenernos a la norma, porque la Secretaría no recibió oportunamente el informe de que no funcionaban sus aparatos electrónicos.

Aprobado el proyecto de decreto por 369 votos. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

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El siguiente punto del orden del día se refiere a excitativas. El primer punto agendado era una excitativa a cargo del diputado Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere, quien nos ha informado que la comisión que iba a ser excitada le avisa que ya está sesionando, por lo tanto el diputado por ahora retira su excitativa y esperará que la comisión dictamine y de lo contrario, lo volverá a agendar.

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Tiene la palabra el diputado Estaban Daniel Martínez Enríquez, quien también en este momento pide que se posponga.

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Tiene la palabra la diputada Julieta Prieto Fuhrken, del Partido Verde Ecologista de México, para presentar una excitativa a las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

LA DIP. JULIETA PRIETO FUHRKEN: Con el permiso de la Presidencia. Compañeros y compañeras diputados:

Los diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 21 fracción XVI, 87, 88 y demás relativos

del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos a la Presidencia en turno de esta Cámara de Diputados se sirva excitar a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que proceda el análisis a discusión y dictamen para su posterior discusión en el pleno de la Honorable Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, de la iniciativa que expidió la Ley de Responsabilidad Civil por el daño y el deterioro ambiental, al tenor de la siguiente:

Consideraciones. Primera. El día 17 de octubre del 2000, la diputada María Teresa Campoy Ruy Sánchez, a nombre del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México presentó una iniciativa de ley que tiene por objeto contar con una Ley de Responsabilidad Civil por el daño y el deterioro ambiental habiendo transcurrido desde entonces con exceso el término de cinco días establecidos en el artículo 21, fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y sin que al día de hoy la Comisión de Justicia y Derechos Humanos y de Medio Ambiente y Recursos Naturales a las que fueran turnado, hayan dictaminado respecto a la misma.

Segunda. Es un hecho notorio que México está atravesando por un proceso de contaminación de sus ecosistemas y de pérdidas de biodiversidad, debemos darles a los ciudadanos la posibilidad de que vigilen el rico patrimonio de los mexicanos para las generaciones por venir.

Esto se puede lograr mediante la facultad de ejercer acciones contra las afectaciones de los intereses colectivos, su preservación debe considerarse como una prioridad del Estado Mexicano.

Es con este sistema de responsabilidad civil con el que se propuso en la iniciativa del Partido Verde Ecologista de México, como se puede salvar lo que aún nos queda de nuestros recursos naturales y defender el patrimonio de todos los mexicanos.

Con un sistema de responsabilidad objetiva se evitarían graves afectaciones al medio ambiente, al amparo, autorizaciones y de actividades que son consideradas licitas sin que sea preciso la concurrencia de culpa o negligencia por parte del responsable ni que el daño o deterioro del medio ambiente sean consecuencias de accidentes o causas similares.

Por lo anterior se lograría una efectiva reparación de los daños que pudiera ocasionar a las personas o a sus bienes, así como una restauración de las agresiones producidas como consecuencia del deterioro del medio ambiente, con independencia de las responsabilidades penales o administrativas a que hubiera lugar.

Por esta razón es urgente un sistema en donde los perjudicados directamente podrían reclamar la reparación total de sus daños por las vías civiles generales y los vecinos afectados indirectamente, igualmente la administración pública federal y las asociaciones o grupos ecologistas sólo podrán reclamar la reparación en especie asegurando de esta forma que no se utilicen las acciones para fines distintos a la prevención de nuestro rico sistema y ecosistemas.

Por la razón antes expuesta el Partido Verde Ecologista de México como organismo político defensor y de salvaguardar el medio ambiente, aglutinado a las muchas voces preocupadas por la adopción e instrumentación del medio inherente a su conservación como lo demuestra la iniciativa presentada y en consecuencia ha elaborado la presente excitativa.

Por lo antes expuesto a ustedes, ciudadano Presidente de la Honorable Cámara de Diputados en turno, atentamente pido:

UNICO. Tenga por presentada esta excitativa, se sirva excitar y exhortar y a los Presidentes de las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos y del Medio Ambiente y Recursos Naturales para que presenten un dictamen respecto a la iniciativa que expide la Ley de Responsabilidad Civil por los daños y deterioros ambientales presentados por la diputada María Teresa Campoy Ruy Sánchez el día 17 de octubre del 2000 a nombre del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LVIII Legislatura de la Honorable Cámara de la Unión, apreciándoles que para el caso de nuevo incumplimientos se fijará una fecha fija improrrogable para que rinda su dictamen.

Firman diputados que integran el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Hago entrega a la Secretaría de la presente excitativa, muchas gracias por su atención.

EL PRESIDENTE: Gracias diputada. De conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos y Medio Ambiente y Recursos Naturales para que a la brevedad posible emitan el dictamen correspondiente.

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Tiene la palabra el diputado Raúl Gracia Guzmán del grupo parlamentario del Partido de Acción Nacional para presentar una excitativa a las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Relaciones Exteriores.

EL C. DIPUTADO RAUL GRACIA GUZMAN: Con fundamento en el artículo 21 fracción XXVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito diputado Raúl Gracia Guzmán, solicito a la presidencia de esta Mesa Directiva, envíe excitativa a las Comisiones de Puntos Constitucionales y a la de Relaciones Exteriores, para que emitan dictamen sobre la iniciativa de reforma al Artículo 88 Constitucional, que en fecha 15 de diciembre de 1999 presentaron diputados de diversos grupos parlamentarios, principalmente del PRI…

EL C. PRESIDENTE: Sonido al diputado Alejandro Zapata.

EL C. DIPUTADO ALEJANDRO ZAPATA PEROGORDO (desde su curul): Señor presidente, nada mas solicitaría respetuosamente que por favor emitiera hacia los órganos de apoyo de esta Cámara, que no estén jugando con el sonido, porque ha habido ocasiones en que le bajan el volumen y no se oye hacia acá, por lo que rogaría atentamente ponga orden en ese sentido.

EL C. PRESIDENTE: A Servicios Parlamentarios solicito sea tan amable de poner atención en el sentido, y le pido a todos los compañeros de la H. Asamblea, que si son tan amables de guardar orden y de oír al orador en turno.

Adelante diputado.

EL C. DIPUTADO EFREN LEYVA ACEVEDO (desde su curul): (No se entiende lo que dice).

EL C. DIPUTADO RAUL GRACIA GUZMAN: Se me reponga el tiempo y solicito al diputado Leyva Acevedo me presente una disculpa por la afirmación que acaba de hacer.

EL C. PRESIDENTE. Repóngase el tiempo. Adelante diputado.

EL C. DIPUTADO RAUL GRACIA GUZMAN: Solicito se envíe excitativa a las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Relaciones Exteriores a fin de que se dictamine la iniciativa de reforma al artículo 88 Constitucional, que en fecha 15 de diciembre de 1999, presentaron diputados de diversos grupos parlamentarios, principalmente del PRI, atendiendo a las siguientes consideraciones.

La iniciativa que hoy solicito se dictamine, tiene como propósito el modernizar el proceso, para otorgar permisos al Ejecutivo Federal, cuando éste requiera ausentarse del territorio nacional, para así poner a México en este tema al día y a la vanguardia, pues como a la letra señala, la Exposición de Motivos de la misma, que cito: "El rígido mecanismo para otorgar el permiso, de acuerdo con el artículo 88 Constitucional vigente, fue claro para ser aplicado en otros tiempos, bajo circunstancias que han cambiado notablemente en nuestro país", termino la cita

Son notorios los cambios que hacen obsoleto este procedimiento, ahora el presidente de la república tiene plena legitimidad democrática y el Congreso de la Unión se ha asumido como un verdadero poder, es decir, tenemos un gobierno con atributos plenamente democráticos.

Así, que en términos de la Exposición de Motivos de referencia, y conscientes que desde la fecha de presentación de la iniciativa al día de hoy, en el tema democrático se han logrado enormes avances, en términos de la iniciativa, cito, sobra decir. que la estabilidad política del país, se debe en gran medida al sistema democrático que hemos alcanzado, al respeto a las instituciones, al estado de derecho, que hacen que prácticamente ya no existan hechos políticos graves e inesperados, que retengan imperativamente y en todo momento, al presidente de la república en territorio nacional.

Los poderes que conformamos un gobierno democrático, con mayor razón aquellos que, como el nuestro, tienen una conformación dividida, sin mayoría en las Cámaras, debemos atender en forma muy precisa los motivos que dan origen a las relaciones constituciones entre el legislativo y Ejecutivo.

En esto coincidimos nuevamente con lo establecido en dicha Exposición de Motivos, donde claramente se señala que, y cito: "… el artículo 88 Constitucional establece un régimen de relaciones políticas entre el Congreso de la Unión y el Poder Ejecutivo, basadas en un principio republicano, el Congreso de la Unión, donde están representados, tanto los estados de la federación como la población del país, le interesa que el titular del Ejecutivo Federal, atienda oportunamente los asuntos internos de su competencia".

Esta iniciativa signada mayoritariamente por diputados priístas en la anterior Legislatura, deja claro que el artículo 88 Constitucional, no busca dar en los viajes del presidente de la república al exterior, una excusa a los grupos parlamentarios, para que conviertan al Congreso en una arena de revancha, de chantaje y de confrontación partidiaria, pues lo único que generan éstas innecesarias fricciones, son tensiones que dificultan los consensos indispensables en nuestra realidad política.

En esta Cámara, en este Co0ngreso, donde las coincidencias partidarias no son suficientes para construir mayorías, creo que hay otros temas en los cuales arriesgar nuestra capacidad como órgano colegiado para alcanzar acuerdos.

El modificar el actual régimen cerrado de permisos, como lo señala la propuesta priísta a dictaminar, y la cito: "...nos permite a los legisladores concentrar nuestros mayores esfuerzos a la discusión y votación de los proyectos legislativos que demanda una sociedad cada vez más atenta e informada; en cambio mantener el actual esquema, se presta al abuso de la facultad que como órgano legislativo nos otorga el 88 constitucional, generándonos dos perjuicios:

La falta de acuerdos y la imposibilidad de Presidente de ir a gestionar personalmente beneficios al exterior para nuestro país".

En este contexto buscamos que este proyecto de reforma constitucional, se dictamine a la brevedad porque en voz de sus iniciadores, entre ellos los entonces diputados y ahora senadores Fidel Herrera Beltrán, Sadot Sánchez Carreño, Verónica Velasco Rodríguez y Joel Ayala Almeida, entre otros y cito: "...nuestra propuesta procura y hace posible que el Presidente de la República cumpla con mayor oportunidad y eficacia sus obligaciones diplomáticas".

EL C. PRESIDENTE. Permítame, diputado.

Sonido en la curul del diputado Eddi Varón.

EL C. DIP. EDDI VARON LEVY, (desde su curul). Gracias, señor Presidente.

Si el orador me permite una interpelación, por favor; una pregunta nada más.

EL C. PRESIDENTE. Señor diputado, ¿acepta usted una pregunta del señor diputado Eddi Varón?

EL C. DIPUTADO RAUL GRACIA GUZMÁN. Quiero señalar que es una excitativa, que no se permite ese trámite parlamentario, pero si la Presidencia lo permite, yo encantado.

EL C. PRESIDENTE. Continúe, señor diputado.

EL C. DIPUTADO RAUL GRACIA GUZMÁN. Estos senadores, antes diputados del PRI, del Verde Ecologista, señalaron que esta reforma mantiene..

EL C. PRESIDENTE. Sonido nuevamente al diputado Eddi Varón.

EL C. DIP. EDDI VARON LEVY, (desde su curul). Señor Presidente, es una pregunta sobre la excitativa que está haciendo el señor diputado.

EL C. PRESIDENTE. Señor diputado, ¿acepta usted la pregunta?

EL C. DIPUTADO RAUL GRACIA GUZMÁN. Reitero que si la Presidencia cree correcto el trámite, aunque sabemos que no es el trámite conveniente, yo no tendría inconveniente en contestar cualquier pregunta.

EL C. PRESIDENTE. Al diputado Alejandro Zapata Perogordo, por favor, sonido en su curul.

EL C. DIP. ALEJANDRO ZAPATA PEROGORDO, (desde su curul). Señor Presidente, yo nada más le rogaría también que pusiera orden en lo que se refiere a la intervención, porque siendo una excitativa no se permite ningún trámite en ese sentido y van dos veces que han interrumpido al orador.

Yo sí suplicaría en principio lo dejaran terminar y después, si el orador y usted lo permite, que pueda contestar las interpelaciones, si es que legalmente procede.

EL C. PRESIDENTE. Sonido en la curul del diputado Carlos Ramírez Marín.

EL C. DIP. JORGE CARLOS RAMÍREZ MARIN, (desde su curul). Sí, señor Presidente, nada más aclarar que una pregunta no es ningún trámite, es una pregunta y está perfectamente prevista.

EL C. PRESIDENTE. Señor diputado, nuevamente le pregunto si acepta usted una pregunta, valga la redundancia, del señor diputado Eddi Varón.

EL C. DIPUTADO RAUL GRACIA GUZMÁN. Al final de mi intervención, con mucho gusto.

EL C. PRESIDENTE. Al final de la intervención.

Continúe usted, señor Diputado.

EL C. DIPUTADO RAUL GRACIA GUZMÁN. El avance democrático y tecnológico del país sobre el cual abunda la iniciativa, hace que, y vuelvo a citar: "...si las situaciones políticas y materiales actuales son diferentes de aquellas que dieron origen al actual régimen cerrado de permisos, la adecuación que sometemos a su consideración no sólo es procedente, sino necesaria", cierro la cita.

Por lo que siendo procedente, necesaria e impostergable esta modificación al régimen cerrado de permisos, solicitamos a esta Presidencia excite a las Comisiones, y termino, de Puntos Constitucionales y de Relaciones Exteriores, a fin de que presenten dictamen sobre este asunto y en su caso, emplacen para que en fecha determinada presenten el dictamen correspondiente.

Muchas gracias. (Aplausos)

EL C. PRESIDENTE. Sonido en la curul del diputado Eddi Varón.

EL C. DIP. EDDI VARON LEVY. Señor Presidente, únicamente le pregunto al orador si es correcto o no, que públicamente en reunión de la Comisión de Relaciones Exteriores con el Canciller Jorge Castañeda, el señor diputado Raúl Gracia dijo claramente que él no iba a apoyar ninguna modificación constitucional, porque cree que el Legislativo debe de mantener un control, tal y como lo prevé actualmente la Constitución para permisos y autorizaciones que salga el Presidente de la República.

Me convencieron los argumentos priístas. Muchas gracias.

PRESIDENTE: Gracias señor diputado.

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Relaciones Exteriores, para que emitan el dictamen correspondiente.

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Ahora tiene la palabra el diputado Tomás Torres Mercado, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar excitativa a las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos y Presupuesto Cuenta Pública.

DIP. TOMAS TORRES MERCADO: Gracias ciudadano presidente.

Le reitero la solicitud de excitativa que por escrito haré entrega a la secretaría de la mesa directiva.

Traigo nuevamente el tema de la necesidad de celebrar una convención nacional sobre justicia, lo traigo a la tribuna porque en estos momentos además de organismos internacionales y de sectores como el banquero en este país, seguramente con indicadores que no se ajustan necesariamente a la realidad jurisdiccional de México, han emitido criterios evaluatorios que no necesariamente coinciden con la realidad.

Se ha dicho que el Poder Judicial de la Federación, que en los poderes judiciales de los estados permea dominantemente la corrupción, la incapacidad técnica y la negligencia en la sustanciación y resolución de controversias que son del conocimiento de estas instancias.

Evidentemente el Partido de la Revolución Democrática si no avala en lo individual conducta o no desestima deslealtades de quienes juzgan en este país, lo que sí avala es la necesidad del fortalecimiento de las instituciones todas. No abona en avanzar el que un sector como el banquero, desborde descalificando, la actuación de los jueces mexicanos.

Seguramente las consultas y las encuestas las hicieron básicamente a abogados de los banqueros que en ocasiones les queda más el alias de cobradores que de juristas.

Se habla mucho de la reforma del Estado, es tema que inunda la retórica de los actores políticos de este país. Yo pregunto, cómo es que se puede concretar un asunto tan monumental como éste de la reforma del Estado. Sin duda se requieren acuerdos fundamentales entre los partidos políticos y los demás actores sociales de México. Pero la temática demanda abordarse en algunos casos paso a paso .por asuntos específicos e instituciones concretas. como el asunto que ahora traigo a la tribuna.

Y vuelvo al cuestionamiento de los banqueros. ¿Qué Poder Judicial de los estados después de 1994 no incrementó en un 200 ó 300% los tribunales mercantiles? ¿Qué Poder Judicial del Estado, de los estados y del Distrito Federal, no está asumiendo en este momento el costo fiscal de tramitar y ventilar las acciones y las demandas de las instituciones bancarias? ¿Y qué no es la sociedad mexicana toda que aplaza su posibilidad de desarrollo, que aplaza la posibilidad de atender necesidades sociales básicas por el pago del FOBAPROA?

Y todavía diputadas, diputados atentísimos por cierto, y todavía en el decreto dice "apoyo a deudores de la banca".

Tiene como propósito la excitativa, señor presidente, que excite a las comisiones de Justicia y Derechos Humanos, a la de Presupuesto y Cuenta Pública y, si es procedente, a la de Puntos Constitucionales, con dos objetivos específicos:

La posibilidad de instituir en México tribunales de casación, de legalidad, del última instancia o como quieras denominársele a tribunales que por cuantía determinada no inunden a la Corte Suprema sobre temas que no son necesariamente relevantes y que trasciendan a la preservación del orden constitucional en el país.

Tiene que ver con la posibilidad de que se fortalezca a los poderes judiciales de los estados y vayamos a la justicia municipal.

De 100 hechos delictivos, 94 no de denuncian, ó 95. De 6 ó 5, el 95% son competencia de la autoridad estatal, y de esos la mitad son competencia de la conocida como justicia municipal menor o de paz. Qué ha hecho la federación. ¿Será suficiente el incremento de recursos o será necesario replantear estructuralmente el tema de la justicia en este país.

Si me lo permite, señor presidente, concluyo. El tema de llamar a una comisión nacional de justicia tiene que ver con que para tocar las capas de procuración y administración de justicia locales, no tiene la competencia toda el Congreso de la Unión. Llamemos a las legislaturas locales y a los jueces locales.

Concluyo recordando un reconocimiento que se hiciera a quien preside la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, al diputado José Elías Romero Apis, que con tino llamó a los presidentes de los tribunales locales todos y permearon justamente ideas que convergen sobre este tema.

Les aprecio su atención igual que su mesura y la oportunidad de concluir, señor presidente.

EL C. PRESIDENTE: Gracias, diputado.

De conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos y de Presupuesto y Cuenta Pública para que emitan el dictamen correspondiente.

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Vamos a entrar al tema de proposiciones y quiero informarle a la asamblea que al inicio de la presente sesión la Mesa Directiva informó a ustedes de las solicitudes de los grupos parlamentarios para incorporar al orden del día la presentación de una proposición con punto de acuerdo a cargo de integrantes de la Comisión Especial de Ganadería, para ser considerada como de urgente resolución.

Por lo anterior, se informa que será abordada como cuarto punto en este capítulo relativo a las proposiciones, recorriéndose al orden de intervenciones del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Como primer punto en este tema, tiene la palabra el diputado Félix Castellanos Hernández, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar una proposición con punto de acuerdo en relación a la Conferencia sobre la Comisión de Derechos Humanos, de la ONU, y el voto de México en relación a Cuba.

EL C. DIP. FELIX CASTELLANOS HERNANDEZ: Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados: "Acudimos a esta tribuna para referirnos al LVIII Periodo de Sesiones de la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas que se está llevando a cabo en Ginebra, Suiza, del 18 de marzo al 26 de abril del presente año. En esta reunión se tratarán diversos temas relacionados con la promoción y el respeto a los derechos humanos de los cuales derivarán varias resoluciones para que en algunas naciones del mundo se vigile de manera estricta los derechos de sus habitantes.

"Dentro de los países que tienen observaciones y críticas con relación a esta materia, esta Cuba, donde se han hecho diversas denuncias de violaciones a las libertades políticas y de los derechos humanos.

"El principal promotor de estas acciones en contra del régimen cubano, sobra decirlo, es su principal enemigo: Los Estados Unidos de América.

"El gobierno norteamericano insiste en su política de golpeteo a la revolución cubana con el claro objetivo de exterminar los logros y avances producto del socialismo en esa isla.

"No obstante el bloqueo económico que tiene ya varias décadas, la promoción de fuerzas contrarrevolucionarias de presión internacional para que otros países no tengan nexos con Cuba. Los estados Unidos de América siguen ciegamente los postulados de intervención y control político en el continente y el último bastión que no ha caído, es precisamente Cuba.

"Es paradójico que la nación más poderosa del mundo que ha cifrado su poderío en la explotación de sus semejantes, se preocupe ahora por lo que ocurre en otras naciones.

"Hay casos documentados de que la nación norteamericana infringe de manera constante los derechos humanos de sus habitantes en especial de los grupos étnicos minoritarios.

"A nivel mundial el Presidente Bush viola los derechos humanos de los habitantes de todo el mundo al negarse a firmar el Protocolo de Kioto, con lo cual permite que las industrias de su país sigan contaminando el mundo sin ninguna restricción y afectando la capa de ozono.

"Esta es una actitud de franco genocidio en perjuicio de las actuales y futuras generaciones de habitantes del planeta, condenando a la población del mundo a la muerte y a la pérdida de materiales genéticos de la humanidad.

"El más reciente hecho es el que se refiere a la determinación de la Suprema Corte de los Estados Unidos de América, dado el pasado 27 de marzo del año en curso, de no reconocer los derechos laborales de los indocumentados en ese territorio, orillando a los migrantes a una vida de esclavitud y de sometimiento laboral bajo el comando del capital norteamericano.

"En materia del respeto a los derechos políticos, en las recientes elecciones para Presidente, el sistema electoral norteamericano, ejemplo pragmático para algunos regímenes de Latinoamérica, se vio envuelto en uno de los más escandalosos fraudes de que se tenga memoria en esa nación vecina, contraviniendo el principio democrático universal de cada persona un voto.

"Esto sólo por citar unos cuantos casos. De ahí que podemos desprender que si algo no tienen los Estados Unidos de América, es precisamente la autoridad moral para pretender sancionar a la hermana República de Cuba.

"Por otra parte, no debemos desconocer que el país antillano ha firmado y cumplido diversos protocolos en materia de derechos humanos, tal y como lo señala el documento del Parlamento Centroamericano, enviado a la Organización de las Naciones Unidas con fecha 26 de febrero del presente año.

"En dicha carta firmada por la mayoría de los representantes al Parlacen, entre ellos los legisladores de nuestro país, incluidos los parlamentarios del Partido Acción Nacional. "Se indica, dice la carta, el aporte de Cuba a la defensa de los derechos humanos, es ya una realidad plenamente reconocida en nuestros países, tanto por los avances en el cuidado y respeto a la vida del pueblo cubano, como por los avances en participación ciudadana que bajo sus modalidades propias se han propiciado los cubanos".

"México debe cumplir lo que nuestra Carta Magna señala en su artículo 89 fracción X, en donde se plantea el respeto a la autodeterminación de los pueblos y el derecho que tienen para darse el régimen político que ellos determinen.

"Nuestro país debe mantener y preservar su tradición en materia de política exterior respetando las normas básicas que en este aspecto han dado prestigio internacional a nuestro pueblo.

"No debemos olvidar que los Estados Unidos de América ha sido el principal injerencista e invasor en América Latina y en el mundo, y México no ha sido la excepción.

"Por las consideraciones anteriores y con base en el artículo 58 del Reglamento ara el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los diputados abajo firmantes someten al pleno de esta soberanía, el siguiente

" P u n t o d e A c u e r d o :

"Artículo único. Demandar a la representación mexicana ante la Comisión de Derechos Humanos a que se abstenga de votar a favor de cualquier resolución, pronunciamiento o acción respecto a Cuba en la quincuagésima sesión de la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas en Ginebra, por considerarlo un ejercicio intervensionista que se aparta de los principios de la política exterior mexicanos.

"Atentamente".

Diputado Martí Batres Guadarrama, del PRD. Diputado Bernardo de la Garza Herrera, del Partido Verde Ecologista de México. Diputado José Manuel del Río Virgen, por Convergencia por la Democracia. Por el PAS el Diputado José Antonio Calderón Cardoso. Por el PRI Diputado Rafael Rodríguez Barrera y por el Partido del Trabajo el Diputado Alberto Anaya Gutiérrez y por supuesto firman también el documento la totalidad de los integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.

Muchas gracias.

EL C. PRESIDENTE, DIPUTADO ERIC EBER VILLANUEVA MUKUL (PRD): Túrnese a la Comisión de Relaciones Exteriores.

Sonido en la curul de la diputada Magdalena Núñez Monreal.

LA C. DIPUTADA MAGDALENA DEL SOCORRO NUÑEZ MONREAL (PRD. Desde su curul): Señor Presidente: Para solicitarle la palabra sobre el mismo tema.

EL C. PRESIDENTE, DIPUTADO ERIC EBER VILLANUEVA MUKUL (PRD): ¿Con qué fundamento?

LA C. DIPUTADA MAGDALENA DEL SOCORRO NUÑEZ MONREAL (PRD): Para hechos.

EL C. PRESIDENTE, DIPUTADO ERIC EBER VILLANUEVA MUKUL (PRD): Tiene usted el uso de la palabra hasta por cinco minutos.

LA C. DIPUTADA MAGDALENA DEL SOCORRO NUÑEZ MONREAL (PRD): Con el permiso de la Presidencia.

Con respecto a la posición que sostendrá nuestro país en torno a la resolución sobre Cuba en la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, la cual desconocemos a la fecha, nos preocupa como grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática que nuestro país abandone definitivamente los principios constitucionales que rigen nuestra política exterior.

En este contexto, debemos dejar claro que la alternancia en el gobierno y la pluralidad política reflejada en el Congreso después de las elecciones del 2 de julio del 2000 hicieron posible actualizar mecanismos de control y equilibrio entre los Poderes de la Unión, principalmente entre el Legislativo y el Ejecutivo. De esta forma el Senado, en uso de sus facultades constitucionales, negó el permiso al Presidente Vicente Fox para ausentarse del país del 15 al 18 de abril de año en curso con el objeto de viajar a Estados Unidos y Canadá.

Resulta preocupante ante esa decisión soberana del Senado la reacción furibunda y desmesurada del Presidente: enlazar en cadena nacional a los medios masivos de comunicación no para informar a la sociedad de un asunto trascendente, sino para condenar a los partidos políticos de oposición y confrontarlos con la sociedad es, por decir lo menos, una actitud abusiva y dolosa del Ejecutivo Federal

Considero, además, que en este caso se valió de un uso faccioso de los tiempos oficiales de que dispone el Estado, repito, el Estado. Es decir, se trata de tiempo en los medios de comunicación que debe ser usado con mesura, prudencia y sobre todo para fines de beneficio colectivo; no para la promoción personal, la manipulación de la información y el traslado de responsabilidades a actores políticos contrarios al partido en el poder.

Estamos ante dos hechos sumamente graves: el primero, el incumplimiento de la Constitución por parte del Ejecutivo en materia de política internacional: el otro, el falseamiento y manipulación de la información al pueblo de México ante los medios masivos de comunicación y en cadena nacional en el horario de mayor audiencia.

Digo esto por dos razones: en su mensaje mediático afirma que uno de los dos objetivos generales de su viaje es el de fortalecer los esquemas de protección de nuestros connacionales en el extranjero, indistintamente de su condición migratoria. Además de establecer de manera inequívoca la posición y la preocupación de México con respecto al reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos de Norteamérica que perjudica a mexicanos indocumentados. Nada de esto se menciona ni se deja entrever en el oficio por el cual solicita el permiso para su viaje. Tampoco se menciona su afirmación de que firmaría acuerdos relacionados con el programa de desarrollo de pequeñas y medianas empresas . Yo pregunto: ¿A quién le miente el Presidente?

La decisión del Senado no es como lo calificó el Presidente Vicente Fox, una decisión partidista, contraria a los intereses del país, ni tampoco una determinación de quienes desean que México no progrese ni mucho menos el empeño de la oposición ...

PRESIDENTE, DIP. ERIC EBER VILLANUEVA MUKUL: Diputada, permítame usted.

Sonido en la curul del diputado Alejandro Zapata Perogordo.

DIP. ALEJANDRO ZAPATA PEROGORDO (desde su curul): Gracias señor Presidente. Solamente una moción de orden, porque estamos hablando sobre el tema de Cuba y al parecer ya se desvió completamente a un tema diferente el tema que estamos tratando, por lo que sugeriría y pediría que por favor le solicite a la oradora que se concrete al tema que estamos tratando.

PRESIDENTE: Pediría a la oradora que en lo posible se centre en el tema.

Siga usted diputada.

DIP. MAGDALENA DEL SOCORRO NÚÑEZ MONREAL: Gracias señor Presidente.

... Todo ello son aseveraciones desmesuradas del titular del Ejecutivo y configuran una nueva ofensiva autoritaria en contra de la oposición y del Congreso.

En ocasiones anteriores el permiso para viajar al extranjero no se le ha negado, se le ha solicitado, sí, información amplia y detallada de las actividades desarrolladas y por realizar en materia de política internacional.

Ante esta situación nos preguntamos: ¿Por qué el Presidente de la República no se manifestó en contra del fallo de la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos, que en la práctica reintroduce condiciones de esclavitud para millones de mexicanos allende la frontera, con la misma rapidez y con el mismo tono enérgico con que acusa y descalifica al Senado ante los medios masivos de comunicación nacionales?

La política exterior mexicana se ha desviado de los principios constitucionales que la rigen. Si el Presidente de la República y el Secretario Jorge Castañeda no están de acuerdo con esos principios, que presenten una iniciativa para su reforma o eliminación, mientras tanto tienen la obligación de cumplirlos.

Para nuestro partido, la reacción del Presidente ante la decisión del Senado y la negativa de su gobierno a informar sobre el sentido del voto que emitirá en Ginebra, son una muestra más de que la alternancia no conduce a la democratización de nuestra sociedad, sino que estamos ante una regresión autoritaria que debemos de tener por los medios legales y políticos que tenemos a nuestro alcance.

PRESIDENTE: Concluya diputada.

DIP. MAGDALENA DEL SOCORRO NÚÑEZ MONREAL: Es impostergable construir condiciones de diálogo y colaboración entre el Ejecutivo y el Legislativo, que eliminen la confrontación y la condena y que se aboque a reimpulsar la necesaria reforma del Estado que exige la sociedad mexicana.

Muchas gracias.

(aplausos)

PRESIDENTE: Gracias diputada.

Han solicitado para hacer uso de la palabra sobre el mismo tema, el diputado Tarcisio Navarrete Montes de Oca, del Partido de Acción Nacional, y el diputado Augusto Gómez Villanueva, del Partido Revolucionario Institucional.

Por lo tanto, tiene el uso de la palabra el diputado Tarcisio Navarrete Montes de Oca, hasta por cinco minutos.

Sonido en la curul del diputado Calderón.

DIP. JOSE ANTONIO CALDERON CARDOSO (desde su curul): Sí, solamente para comentar que desde nuestro punto de vista no podemos dejar pasar que el tema que se estaba discutiendo era uno distinto a la cuestión de lo sucedido de manera reciente por el Presidente de la República en la declaración.

Me parece, sin embargo, que ya que el tema se tocó, quien quiera hacer uso de la palabra lo haga. Sin embargo, quiero dejar sentado el antecedente de que a un tema agendado se le está incluyendo una discusión que seguramente va a ser distinta. Gracias.

PRESIDENTE: Gracias diputado.

Sonido en la curul del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín.

DIP. JORGE CARLOS RAMÍREZ MARIN (desde su curul): Señor Presidente, solamente para suplicar, y hago esta moción pidiendo también la reconsideración del orador y del grupo parlamentario que lo envía a la tribuna, reconsiderar la necesidad de volver al orden en la sesión. Evidentemente hemos pasado de un tema a otro, pero además evidentemente estamos trasgrediendo un acuerdo votado por esta Cámara, que reglamentaba las discusiones y el trámite de las proposiciones con Punto de Acuerdo.

Como no se trata de restringir a nadie el uso de la palabra, pues no presentamos en su momento ninguna objeción, a pesar de que usted ya había dictado el trámite correspondiente al punto que se está tocando.

Si va a haber una discusión, no tenemos tampoco inconveniente alguno, pero que sea regulada, normada y que la Mesa nos diga el criterio al que se va a ajustar la discusión.

EL C. PRESIDENTE. Si entiendo bien la solicitud del Diputado, hace una exhortación a las diferentes Fracciones para dar por terminado el tema, o digamos el tema que suscitó la proposición relativo a Cuba.

Consulto a los señores Coordinadores. Sonido en la curul del Diputado Martí Batres.

EL C. DIPUTADO MARTI BATRES (desde su curul): Señor Presidente, estamos en el mismo tema, no vemos que se haya tocado un tema distinto al tema con el que se empezó esta discusión por parte del Diputado Félix Castellanos del Partido del Trabajo.

Es el mismo tema y precisamente la Diputada Magdalena Núñez hablaba de este tema , argumentó sobre este tema y señaló que parte de este problema es precisamente la imposibilidad de haber tenido como compareciente al señor Castañeda aquí en alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión para explicar el tema del voto sobre Cuba en Ginebra.

Así es de que estamos en el mismo tema y vamos a seguir adelante.

EL C. PRESIDENTE. Sonido en la curul del Diputado Del Río Virgen.

EL C. DIPUTADO JOSE MANUEL DEL RIO VIRGEN (desde su curul): Señor Presidente, que se están discutiendo temas diferentes es obvio y es natural y son muy importantes los temas que estamos tocando; son embargo, con base en el Artículo 106, le ruego que pida quórum porque no estamos solos Diputado si no hay mayoría.

EL C. PRESIDENTE. Desde acá se ve una asistencia todavía nutrida y por lo tanto no considero necesario preguntar si existe quórum. Yo regreso al punto y pido sonido en la curul del diputado Felipe Calderón.

EL C. DIPUTADO FELIPE DE JESUS CALDERON. (desde su curul):Gracias , señor Presidente, simplemente reconociendo la observación que no moción que se hizo hace un momento, efectivamente hay un acuerdo que regula los debates; sin embargo habiendo concedido la Presidencia la palabra a oradores que yo creo que tenía registrados, sugeriríamos respetuosamente que se diera agotado el turno ya dictado, es decir que se continúe con el turno ya dictado por la Presidencia y que con ello se diera por satisfecho el punto y atendiendo que ciertamente el posicionamiento del diputado Navarrete será referido al tema de Cuba y que reflejará pues la posición de este grupo parlamentario.

EL C. PRESIDENTE. Sonido en la curul del diputado Martí Batres

EL C. DIPUTADO MARTI BATRES (desde su curul) Voy a ser muy breve. Señor Presidente, queremos oír al diputado Tarsicio con T,,así dije y a los demás Diputados que están en la lista, no entenderíamos que se cancelara la lista de oradores o se cercenara, queremos oír a todos los que tengan que hablar sobre este tema , que no los han dejado, no viene Castañeda, no quiere comparecer, solo acepta reuniones en lo oscurito, entonces vamos a debatirlo abiertamente señor Presidente.

EL C. PRESIDENTE. Sonido en la curul del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín.

EL C. DIPUTADO JORGE CARLOS RAMIREZ MARIN (desde su curul): Precisamente en la necesidad de que podamos debatirlo, claro lo correcto hubiera sido que hubiéramos adelantado la Agenda Política y la incluyéramos en tal caso y no en proposiciones donde nosotros autoregulamos a través de un acuerdo que votamos todos en este pleno y que en este momento estamos al tanto.

Como la Presidencia tiene la posibilidad de conducir el debate y ha dictado que lo continuemos, señor Presidente lo que queremos no es cercenar, al contrario, secundamos la propuesta del diputado Batres, agótese la lista de oradores inscritos hasta este momento. Gracias.

EL C. PRESIDENTE. Vamos entonces a esclarecer, vamos a darle la palabra primero al diputado Tarsicio Navarrete, luego al diputado Augusto Gómez Villanueva y vamos a preguntar si se considera suficientemente discutido o seguimos con el tema.

Por favor continúe usted diputado Tarcisio Navarrete.

EL C. DIP. RICARDO TARCISIO NAVARRETE MONTES DE OCA: Sí, bueno voy a empezar. Con su permiso. Además voy a ser muy breve.

Posicionamiento por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional sobre le tema Cuba en la sesión de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, celebrándose en Ginebra, Suiza.

La promoción de la democracia y la protección de los derechos humanos implica hoy un nuevo ejercicio de la soberanía. Ambos temas: democracia y derechos humanos, son utilizados con mayor frecuencia para valorar la política exterior de cualquier gobierno, por lo que se requiere de voluntad política de todos los países con la finalidad de crear nuevas reglas pera perfeccionar el sistema internacional de protección de los derechos humanos.

Los derechos humanos constituyen valores absolutos, universales, por lo que es obligación de los estados velar por su respeto sin excusas de fronteras que propicien ocultamiento de violaciones graves, sistemáticas o generalizadas y México debe analizar si existe una política de estado responsable de esas violaciones.

Congruentes con esto, nuestro país tiene un compromiso con una política integral de los derechos humanos basada en la armonización de la legislación interna con las normas internacionales de la materia. Además, nuestro país está dispuesto a hacer críticas y está abierto a recibir críticas y por su carácter de país soberano, puede y debe expresar sus decisiones en los foros internacionales sin estar supeditadas a cualquier potencia extranjera.

Es por eso que los legisladores del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de esta Legislatura, reiteramos el valor histórico de las relaciones políticas y parlamentarias entre México y Cuba a través de sus lazos de amistad y cooperación. La cooperación internacional, particularmente en derechos humanos, debe sustentarse bajo los principios de objetividad, justicia y no selectividad o por consideraciones políticas.

Nuestra Constitución y sus principios de política exterior son compatibles con la defensa de los derechos humanos. México, en consecuencia, debe asumir una diplomacia responsable y comprometida con la defensa de los pueblos por lo que el PAN refrenda que el eje de la política exterior debe incluir la protección de los derechos humanos como un valor universal. Una obligación individual y colectiva de los Estados, por lo que no se aplicará de manera selectiva.

Igualmente tanto la postura como el voto de nuestro país en dicha Comisión en Ginebra, no debe buscar afectar a un gobierno en particular sino beneficiar y defender los derechos de los pueblos. Ante la situación que vive Cuba, apoyamos la apertura, el diálogo, la fraternidad internacional y no en ilacionismo (¿), no estamos a favor de bloqueos económicos y comerciales unilaterales y arbitrarios por ser medidas que no favorecen el desarrollo del derecho internacional.

Por ello rechazamos el bloqueo económico… (interrupción)…

EL C. PRESIDENTE, DIP. ERIC EBER VILLANUEVA MUKUL: Diputado orador, permítame.

Sonido en la curul del diputado Rosaldo Salazar.

EL C. DIP. PEDRO MIGUEL ROSALDO SALAZAR (DESDE SU CURUL): Señor Presidente, para preguntarle al orador si me permite una pregunta.

EL C. PRESIDENTE: Señor diputado Tarcisio, ¿permite usted una pregunta del diputado Rosaldo Salazar?

EL C. DIP. RICARDO TARCISIO NAVARRETE MONTES DE OCA: Sí, después. Cuando termine, con mucho gusto.

EL C. PRESIDENTE: Continúe usted.

EL C. DIP. RICARDO TARCISIO NAVARRETE MONTES DE OCA: Ya voy en la parte final.

Finalmente, propugnamos ante la Secretaría de Relaciones Exteriores que el voto del gobierno de México ante la comisión de Derechos Humanos en Ginebra, tiene que ser un voto comprometido con los derechos humanos, por lo que esperamos que el voto de nuestro país sea soberano, crítico, ético, comprometido y responsable.

Muchas gracias.

EL C. PRESIDENTE: Sonido en la curul del diputado Rosaldo Salazar.

EL C. DIPUTADO PEDRO MIGUEL ROSALDO SALAZAR: Preguntarle al orador si él tiene la certeza de que se violan los derechos humanos en Cuba, y de ser así, si nos puede mostrar las pruebas.

EL C. DIPUTADO RICARDO TARCISIO NAVARRETE MONTES DE OCA: Gracias por permitirme esta oportunidad de responder en lo personal esta pregunta.

Quisiera decirle que efectivamente hay dos categorías y permítanme hacer este posicionamiento teórico de los derechos civiles y político por un lado, y por otro, de los derechos económicos, sociales y culturales. No es mía la clasificación, es de Naciones Unidas y las mismas Naciones Unidas y el Sistema Interamericano señalan mecanismos de protección internacional para que no sea una decisión caprichosa, o como la podría yo hacer en este momento, decir: sí se violan o no se violan los derechos humanos, nos remitimos a los informes, mismos que Naciones Unidas hace; nos remitimos a los informes de los organismos privados; nos remitimos a todo lo que recabe la Secretaría de Relaciones Exteriores para que con todos estos elementos pueda emitir un voto que a ella le corresponde, que debe ser con las características que yo de alguna manera lo he señalado.

Hemos escuchado, además, a las dos partes y esto creo que es importante señalarlo, quiero decir, a la parte oficial, cuando hemos tenido reuniones interparlamentarias o con funcionarios de Cuba, los hemos escuchado, pero hemos escuchado también a la otra parte y a eso lo invito a usted y a todos sus compañeros de bancada, a que tengan un espacio para recibir, para escuchar y atender con objetividad los puntos de vista que señalan las personas que no piensan como el régimen o en el sector oficial y esto yo creo que es el problema que existe en esta materia y que nos hace pensar, y se lo comento en lo personal, que hay serias inconsistencias con los derechos civiles y políticos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos; en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 y en la Convención Americana de Derechos Humanos de 1969 que ha sido firmada y ratificada por México y por lo tanto es una jurisdicción internacional que le obliga a México.

Aún más, el artículo Segundo de esta Convención que le acabo de citar señala que los estados se obligan a realizar medidas administrativas y legislativas necesarias para que su legislación interna sea en correspondencia con los tratados internacionales, específicamente con éste último que acabo de señalar, que es la Convención Americana de Derechos de 1969, son parámetros internacionales que no ha establecido México, es la Comunidad Internacional.

Quiero decirle además, que en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se han emitido informes anuales donde se consignan violaciones graves a los derechos humanos, específicamente en este rubro.

Yo no quisiera desconocer los avances que hay en la materia social en Cuba, en cuanto a los derechos económicos, sociales y culturales, pero sí quisiera decirle que los países tienen esta responsabilidad y que por lo tanto, yo le digo, hay parámetros internacionales que consideran que hay necesidad de avanzar en esta materia, específicamente de las libertades públicas.

Gracias, por su paciencia.

EL C. PRESIDENTE: Gracias, diputado.

Tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Augusto Gómez Villanueva, del Partido Revolucionario Institucional.

EL DIP. AUGUSTO GOMEZ VILLANUEVA: Muchas gracias, señor Presidente.

En realidad al hablarse del tema de Cuba se ha involucrado por una compañera nuestra que ha hecho una importante reflexión respecto a lo que representa la postura del Senado de la República en torno a la solicitud de autorización que hizo el Presidente, Vicente Fox, para visitar Estados Unidos y Canadá.

Debo señalarles que no quisiera en este momento confundirme en mi intervención para destacar esencialmente un aspecto que a mí me parece fundamental no pasarlo por alto, porque en el fondo estamos tratando de abordar una cuestión fundamental para el ejercicio de la soberanía del pueblo de México y no sólo es una cuestión fundamental el que pretendamos recordar que efectivamente el texto constitucional faculta y establece en el Senado de la República una corresponsabilidad frente al Ejecutivo para definir la política exterior. Esta, por razones de carácter histórico, está consignada en el artículo 89 de la Constitución y establece básicamente que debe de ajustarse a principios de valor universal que tanto las Naciones Unidas como la Organización de Estados Americanos y el resto de los organismos internacionales postulan como la razón de la existencia de los mismos, para darle vigencia a los principios de derecho internacional que hoy por hoy norman las relaciones entre los pueblos y las bases de cooperación entre los mismos.

Me reservo entonces el derecho de abordar el tema referido a la respuesta que dio el Presidente Fox a la votación del Senado en que se opuso, no por razones solamente políticas sino además por razones técnicas que hoy no se han abordado de manera suficiente.

Lo que yo quisiera en este caso para no desaprovechar los minutos de que dispongo, señalar que es muy importante que recordemos, compañeros legisladores, que si bien la política exterior está perfectamente bien definida en el artículo 89 de la Constitución, nos hemos encontrado con que en esa materia en el año y meses que lleva el actual Ejecutivo, no solamente no ha habido un respeto absoluto a la norma constitucional, sino que ha prevalecido una política pragmática alejada de los principios y por lo mismo ha enfrentado, no solamente contradicciones en el campo de la realidad nacional e internacional, sino a su vez respuestas de enérgica protesta por conductas que no corresponden al mandato de nuestras leyes.

Consideramos por lo mismo, que la postura que debe de asumir el Poder Ejecutivo en el tratamiento de temas tan delicados como el reconocimiento al ejercicio y al respeto a los derechos humanos en todos los países del mundo, no puede estar solamente orientada para cumplir la voluntad de un país que hoy por hoy se ha caracterizado por mantener no solamente un bloqueo en la economía y una amenaza permanente en el campo de la política, sino además un propósito de subordinar al resto de los países que no concuerdan con sus afanes de intentar intervenir en las definiciones soberanas de un país como Cuba.

Nosotros, como legisladores, hemos formado parte de reuniones interparlamentarias con Cuba; hemos establecido principios que nos permiten la convivencia y el respeto y hemos también hecho el compromiso de defender en todos los ámbitos esos derechos y esos principios sobre la base de considerar la experiencia histórica de ambas naciones y al mismo tiempo el propósito de mantener nuestro vínculo, que hoy por hoy, se gesta en la raíz misma de nuestra nacionalidad.

Creemos que cualquier intento que agreda a la soberanía del pueblo cubano, es un intento que vulnera lo esencial de nuestra postura inquebrantable en la defensa de ese principio. El Partido Revolucionario Institucional no estará de ninguna manera en actitudes ambiguas, que hoy por hoy, deben de rechazarse porque se apartan de lo esencial que establecen nuestras leyes y la voluntad de los mexicanos y en esencia de la nación.

Es importante recordar que no podemos aceptar, con el pretexto del tema de los derechos humanos, ninguna intromisión en los asuntos de Cuba y por esa razón nosotros reclamamos a nuestros compañeros del Partido de Acción Nacional, que mantengan su congruencia en el respeto y en la exigencia de que el Presidente lleve sobre todo, la responsabilidad de defender los principios establecidos por nuestra Constitución. Muchas gracias.

EL PRESIDENTE: Gracias, señor diputado. Además del diputado Félix Castellanos Hernández, han intervenido la diputada Magdalena Núñez Monreal, el diputado Tarcisio Navarrete Montes de Oca y el diputado Augusto Gómez Villanueva y han solicitado hacer uso de la palabra los diputados Miguel Bortolini Castillo y Jaime Martínez Veloz.

Yo quiero pedirle a la Secretaría consulte en votación económica si se considera suficientemente discutido el tema.

EL SECRETARIO DIP. ADRIAN RIVERA PEREZ: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea si se considera suficientemente discutido el Punto de Acuerdo en comento.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo:

(Votación)

EL PRESIDENTE: Entonces abriremos, como es evidente que hay mayoría por continuar el debate vamos a abrir una ronda más y por lo tanto tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos el diputado Miguel Bortolini Castillo.

EL DIP. MIGUEL BORTOLINI CASTILLO: Compañeros diputados y compañeras diputadas:

Yo creo que la discusión la debemos centrar. El tema fundamental son los derechos humanos a nivel mundial y no solamente sobre Cuba y en este sentido nosotros haríamos algunas preguntas a quienes aquí han querido desviar la atención sobre un solo país.

Empezaríamos por una pregunta: ¿En este país ha habido asesinatos políticos? Y haríamos la otra pregunta: ¿En Cuba ha habido asesinados políticos?

Por otro lado, lo que ha ocurrido a nivel internacional en esta última década y en este último año, ¿por qué no se pasa a hablar aquí y a condenar lo que está sucediendo a nivel internacional a nombre de un supuesto terrorismo, el cual nosotros aquí condenamos los hechos del 11 de septiembre, pero a partir de ahí, una potencia, un país, se ha erigido como policía mundial y a nombre del combate al terrorismo ha violado los derechos humanos en muchos países.

¿Qué se ha dicho aquí sobre lo sucedido en Afganistán, sobre el hambre que están padeciendo miles de niños, mujeres y ancianos, y los cuales fueron bombardeados inmisericordemente?

Ese es el problema, la violación internacional de los derechos humanos de pueblos y comunidades enteras, de etnias, a nombre de un combate al terrorismo.

Y lo último que está sucediendo, en Palestina. ¿Acaso no son masacres y acciones genocidas sobre un pueblo que habita su tierra desde hace más de dos mil años, tres mil años, y el cual está siendo ocupado por un pueblo y estado que se dice, el pueblo elegido de Dios? Y ese pueblo elegido de Dios, apoyado internacionalmente por Estados Unidos, condenan a un país y dicen: Arafat, Arafat, como acá ahora se dice: Fidel, Fidel.

A nombre de esta situación, se está condenando y se está masacrando a niños, mujeres, ancianos que defienden una situación y que es el derecho a ocupar su territorio. Ahí tenemos que centrar el debate, en las violaciones a nivel internacional y quién está cometiendo las mayores atrocidades.

En nuestro país concretamente, ¿quién ha violado los acuerdos de la OI? ¿Habría que preguntarse si los países respetan o no concretamente los acuerdos de la OI? No cifremos nada mas eso, y ahora nos dicen aquí, nuestro voto será responsable, ético y transparente.

No, señores, allá, en Ginebra, va a haber tres posibilidades de voto, y se tiene que emitir por el gobierno de México. ¿Cuál es la recomendación que se hace a Aguilar Zinser en Ginebra por parte de la fracción del PAN? ¿Que vote transparente, ético y responsable? Lo van a tildar de loco, allá va a tener que votar Aguilar Zinser a favor, en contra o en abstención, y esto es lo que nosotros tenemos que ver.

En este sentido no solamente se tiene que sentar en Cuba, se tiene que centrar también en las atrocidades que a nombre del combate al terrorismo, se están cometiendo a nivel internacional, con pueblos enteros, y nos referimos concretamente al pueblo afgano y al pueblo palestino, ¿cuál es la posición de las distintas fracciones con respecto a lo ocurrido y a las masacres que está llevando a cabo y perpetrando el imperialismo norteamericano con el pueblo palestino. Muchas gracias.

EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado.

Tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos el diputado Jaime Martínez Veloz.

DIP. JAIME MARTINEZ VELOZ: Con su permiso ciudadano presidente; compañeras diputadas; compañeros diputados:

La lucha por los derechos humanos es una lucha de los pueblos del mundo. Las corrientes progresistas, los movimientos sociales han venido luchando a escala mundial por el respeto a estos elementales derechos. Sin embargo, la plena vigencia de estos naturalmente en muchos países están cuestionadas.

Probablemente en la mayoría de los países del mundo en mayor o en menor medida, se violen los derechos humanos. Sin embargo, ¿cuál es la preocupación sistemática y constante por parte de Estados Unidos año con año, para evaluar a Cuba en esa materia? ¿Quiénes somos nosotros para decidir que hay que focalizar la atención del mundo en un país a petición de parte? sobre todo cuando esta parte es el país más poderosos en el terreno militar y económico y no ha podido con la dignidad y con la valentía de un pueblo como es el cubano.

Los gobernantes norteamericanos han decidido una estrategia anualmente. En algún tiempo utilizaron a la República Checa , para presentar una iniciativa que condenara a Cuba en materia de derechos humanos.

Cuando el presidente Duhalde, de Argentina, sale de una reunión en el Departamento de Estado norteamericano, del tema que habla es del tema de los derechos humanos en Cuba y se olvida curiosamente, de la situación dramática que vive su país.

El presidente Bush acaba de ir a Perú y a Perú de alguna manera han intentado hacerlo su aliado en esta posición. Creo que no hay que abrir la tentación a los países, sobre todo poderosos económica y militarmente, no hay que abrir la tentación para que intervengan en otros países.

Los derechos humanos a los que a nosotros nos consta que se violan, son en muchas partes de nuestro país, pero sobre todo en Estados Unidos, nuestros indocumentados, nuestros compatriotas, tienen que sufrir las vejaciones de parte de las autoridades y de los grupos poderosos en Estados Unidos y sin embargo, parece ser que esa es una preocupación menor del actual gobierno.

En este contexto yo quisiera terminar señalando la pertinencia de que nuestro país no vaya a variar una conducta que ha sido parte de la política exterior mexicana y que la ha de alguna manera, impulsado a planos internacionales y ha generado el reconocimiento internacional.

La doctrina Estrada sigue vigente para nuestro país. No abramos las puertas de las tentaciones intervencionistas, sobre todo las tentaciones de los países más poderosos y del que tenemos al norte porque al rato nos podríamos arrepentir.

Por último quisiera dejar sentado en esta tribuna, una aseveración del presidente Fox que el día de hoy se publica en el periódico "Reforma" donde señala textualmente en relación con el permiso negado por el Senado dice: "Esa oposición en México está tratando de promover la idea de que deberíamos alinearnos con Cuba y no con Estados Unidos y Canadá" La pregunta: ¿aquí aprobamos alinearnos con Estados Unidos y con Canadá?

Muchas gracias.

EL C. PRESIDENTE: Gracias, diputado.

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Tiene la palabra el diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia, partido político nacional, para presentar una proposición con punto de acuerdo sobre la problemática del campo mexicano.

EL C. DIPUTADO JOSE MANUEL DEL RIO VIRGEN: Señor presidente, sigo viendo que no hay quórum, pero con su permiso, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados: la secretaria de Agricultura de Estados Unidos, Ann Benneman, acaba de señalar que en México se hayan realmente con problemas en el campo y se requieren los ajustes necesarios para que el mercado esté preparado ante la desaparición total de aranceles en varios productos del campo para el próximo año.

No obstante, mediante el documento Preparativos para el 2001, se señala que la cebada, el trigo, el arroz, el fríjol, aceite y harina de soya, así como el algodón, tabaco, frutas no cítricas, uvas, carne de puerco, pavo, res, borrego y pollo, los huevos, lecho en polvo, tomates y manzanas son los principales productos que en el 2033 quedarán exentos de aranceles y de esquemas de cuotas de importación, según define este documento y de acuerdo con el Tratado de Libre Comercio.

Por ello nos preocupa que 60 millones de pobres y 25 de ellos en extrema pobreza, aparte de 10 millones de indígenas, todos los del país, sobreviven en condiciones infrahumanas y la guerra incluso está latente en Chiapas.

Las comunidades rurales del sur y sureste del país tienen niveles de analfabetismo de hasta el 30%, con emergencia en la producción de alimentos y productos pecuarios que no les permiten niveles mínimos de nutrición en la población infantil.

Los campesinos tienen problemas de desintegración social producto de la pobreza. El campo ha dejado de sembrar, algunas veces por la ineficacia de las autoridades que no les prestan los apoyos correspondientes.

20.7 millones de mexicanos emigraron del país en busca del sueño americano por falta de trabajo, gran parte de ellos campesinos, lo que confirma que existan ciudades fantasmas.

Tanto en el campo como en la ciudad el año pasado perdimos 850 mil empleos, con lo que se afectó a 3 millones 275 mil mexicanos que dependían de ese empleo.

Casi un millón de familias caminan sobre las cuchillas de la pobreza. Mujeres, niños y ancianos campesinos padecen los efectos devastadores de la antipolítica que se aplica en el campo mexicano.

La corrupción ocupa un lugar importante en el país y le cuesta 55 mil millones de dólares, que pudieran bien utilizarse para reactivar al agro mexicano.

Pero la pobreza no está tanto en el campo como en la política a seguir para darle certeza. La pobreza se encuentra ahora en la ineficacia de algunas autoridades gubernamentales que no aplican sus conocimientos al agro, y para revertir los efectos de estas crisis recurrentes y silenciosas que no pasan por el ojo oficial, pero que están ahí en las comunidades, estamos solicitando un grupo de diputados y de diputadas al gobierno federal y a la nueva Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable dé a conocer a esta soberanía y al pueblo de México, antes del término de este período ordinario de sesiones, un informe pormenorizado de la actual situación política, jurídica y social del campo mexicano y cumpla con la rendición de cuentas que el gobierno federal declaró mantener periódicamente.

Señor presidente, le rogaría que este punto de acuerdo, que ha sido firmado por el diputado Bernardo de la Garza, el diputado Efrén Leyva Acevedo, el diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, el diputado Félix Castellanos Hernández, el diputado Julián Luzanilla, el diputado Ricardo Moreno, el diputado Jaime Vázquez Castillo, el diputado Alejandro García Sainz, el diputado Víctor Manuel Garandilla, el diputado José Antonio Calderón, el diputado Juan Carlos Regis Adame, el diputado José Narro Céspedes, el diputado Miguel Barbosa Huerta, la diputada Adela del Carmen Graniel, el diputado Edilberto Buenfil, el diputado Héctor Sánchez, el diputado Jaime Martínez Veloz y el de la voz, sea por enviado también a la Comisión de la Reforma Agraria. Muchas gracias.

Y le rogaría que el documento íntegro se publique en el Diario de los Debates y en la Gaceta Legislativa.

EL C. PRESIDENTE: Gracias, diputado. Solicitándole me permitan también anexar mi firma a esta propuesta.

EL C. DIP. JOSE MANUEL DEL RIO VIRGEN (En tribuna): Muchas gracias, señor Presidente, es una gran deferencia.

EL C. PRESIDENTE: Túrnese a las Comisiones de Agricultura y Ganadería, de Desarrollo Rural y de Reforma Agraria.

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Tiene la palabra el diputado José Antonio Calderón Cardoso, del Partido Alianza Social, para presentar una proposición con punto de acuerdo en relación a la iniciativa en materia electoral que reforma el COFIPE y diversas leyes presentada en el Senado de la República.

EL C. DIP. JOSE ANTONIO CALDERON CRDOSO: Gracias, ciudadano Presidente. "Los suscritos diputados del Partido Alianza Social, Beatriz Lorenzo y su servidor, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior, presentamos el punto de acuerdo siguiente para que la iniciativa en materia electoral se considere dentro de las discusiones de la reforma del Estado, conforme a las siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

"El 25 de marzo fueron presentadas en el Senado dos iniciativas, una al artículo 41 y al artículo 116 de la Constitución Política y otra para modificar diversas reglamentaciones entre ellas el COFIPE, el Código Fiscal y la Ley de Instituciones de Crédito.

"Los firmantes de la iniciativa señalan que son tres los objetivos que se buscan: Reducir los costos de la democracia; transparentar el uso de los recursos; y permitir el fortalecimiento del sistema de partidos.

"A pesar sin embargo de los buenos propósitos, estas iniciativas no lograrán su cometido a menos que se incorporen a la reforma integral del Estado.

"En efecto, estas iniciativas son de la mayor importancia pero como ustedes recordarán después de cada proceso electoral se habla de avanzar en la consolidación de las instituciones democráticas, pero siempre la tan anhelada reforma integral del Estado no queda sino exclusivamente en reformas parciales a la Ley Electoral.

"Para Alianza Social las reformas que se están planteando eran esperadas pero sin duda son sorpresivas.

"Es claro que para avanzar en los cambios políticos ocurridos en el año 2000, s de esperarse que nuestra sociedad aspire a contar con mejores instituciones públicas que sean capaces de ser eficaces, que garanticen la gobernabilidad y el desarrollo.

"Pero es lógico que para lograr esto debe contarse también con mejores partidos políticos. Es un hecho público y notorio, amigos legisladores, que para los ojos de la opinión pública los actores políticos no han respondido a las expectativas generadas, más aún, el grado de alejamiento de los ciudadanos de la política partidista, parece amenazar con abandonar nuestra flamante democracia en grupos, élites o de plano burocracias partidistas.

"Si la iniciativa en materia electoral no busca fortalecer la reforma también del Estado, que dará en una propuesta vana. No hacerlo así, no incluir una reforma integral, o incluso justificar una iniciativa en el linchamiento de las minorías existentes o de las aspirantes, constituye un acto supremo de exclusión, autoritarismo e hipocresía de actores que por cierto no han acreditado poseer las suficientes cartas democráticas que los coloquen en una posición con autoridad moral y política para decidir el futuro de la pluralidad y la participación política.

"No nos equivoquemos, es correcto dotar al IFE de más y mejores instrumentos de fiscalización; ésta no dar certeza jurídica a los bienes de los partidos que pierdan el registro. Es una exigencia que no se gaste tanto dinero, particularmente en las elecciones intermedias, pero lo que será inadmisible, es que con el pretexto de los anteriores argumentos se busque entronizar un tripartidismo o tal vez un bipartidismo y más cuando esos actores que se dicen depositarios de la representatividad popular pasan por una crisis que por el bien del país esperemos que no sea terminal.

"En virtud de lo anterior pensamos que además de los temas planteados en la iniciativa mencionada existen otros temas igual de importantes que los anteriores, por ejemplo, por qué no pensar en reducir el presupuesto no exclusivamente en las elecciones intermedias, sino también en las presidenciales. Por ejemplo, contando con prerrogativas en especie a través de mejores espacios en medios televisivos y radiofónicos, al fin y al cabo hoy los partidos políticos gastamos más de las dos terceras partes de los recursos en los medios de comunicación.

"Y si de trasparentar los quintos se trata por qué no regular los gastos de precampaña o bien, señores, por que no flexibilizar de una vez el famoso monopolio de la actividad electoral para abrir espacio a las candidaturas ciudadanas. No se trata de una iniciativa electoral de corte coyuntural, sino de una reforma electoral que como lo dice el politólogo César Cancino se complemente con una reforma integral del Estado que marque de manera definitiva la instauración de un nuevo régimen político.

"Coincidimos con Diego Valadés en que en una transición son tan importantes las reformas de contenido como la estrategia que se plantee para abordar y acometer esas reformas de contenido. Y hoy vemos, por desgracia, que la reforma del Estado se plantea de manera integral no integral, con poco talento político sin los acuerdos y los consensos necesarios.

"Por lo anterior, solicitamos

" P u n t o d e A c u e r d o :

"Único. Que solicitemos al Senado de la República que las iniciativas de reforma en materia electoral presentadas se consideren conjuntamente con la Comisión respectiva de la Cámara de Diputados, dentro de las discusiones de la reforma integral del Estado".

Muchas gracias.

EL C. PRESIDENTE, DIPUTADO ERIC EBER VILLANUEVA MUKUL (PRD): Túrnese a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, aunque por su solicitud más parecería que tendría que mandarse a la Junta de Coordinación Política.

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Tiene la palabra el diputado José María Anaya Ochoa, a nombre de la Comisión Especial de Ganadería, para presentar una proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se otorgue una prórroga por esta única vez a los productores agropecuarios, a efecto de que presenten su declaración fiscal el 17 de julio y no el 17 de abril como lo establece la ley.

EL C. DIPUTADO JOSE MARIA ANAYA OCHOA (PAN):

"El que suscribe, diputado federal José María Anaya Ochoa, en mi carácter de integrante de la Comisión Especial de Ganadería en la LVIII Legislatura y con fundamento en lo dispuesto por los incisos b) y d) del artículo 67 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior, me permito presentar a la consideración de esta asamblea el siguiente

" P u n t o d e A c u e r d o : "

Con su permiso, señor Presidente.

Compañeros y compañeras Diputados:

"Los diputados federales de las diferentes fracciones parlamentarias que integramos la Comisión Especial de Ganadería expresamos nuestra proposición con punto de acuerdo considerado en el H. Congreso de la Unión, con fecha 1º de enero del presente año aprobó la Ley del Impuesto Sobre la Renta para el ejercicio 2002, publicada para ejercer sus funciones constitucionales el mismo día en el Diario Oficial de la Federación y que en su artículo 14 determina que los contribuyentes efectuarán sus pagos mensuales a más tardar el día 17 del mes inmediato y en prórroga autorizada se concede a los productores agropecuarios un plazo para hacer su declaración fiscal el 17 de abril del presente año y no así a l os grandes productores, a quienes se les otorga el pago sobre esta contribución hasta el 17 de julio y en tratándose de pequeños productores agropecuarios que en su mayoría carecen de asesoramiento fiscal para ejercer tal obligación, que se vence en tres días hábiles y que en la madrugada del 1º de enero se presentó una propuesta de modificación a esta obligatoriedad por tratarse de productores agropecuarios, para que puedan presentar su declaración sobre este impuesto semestral o anualmente optativo.

"De acuerdo a los intereses y necesidades en cada caso, habiendo sido aprobada dicha propuesta, y que en el Diario Oficial de la Federación no fue publicada seguramente por una omisión en la redacción final.

La Comisión Especial de Ganadería en pleno, con la firma y aval de los diputados de las diversas fracciones parlamentarias que la integran, por considerarlo de urgente y obvia resolución, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a esta soberanía el siguiente

"PUNTO DE ACUERDO

"UNICO. Se solicite a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, otorgue una prórroga por esta única vez a los productores agropecuarios, a efecto de que puedan presentar su declaración fiscal el 17 de julio y no el 17 de abril, como actualmente no establece la ley de la materia.

"Firman los diputados de diversas fracciones que integran la Comisión de Ganadería.

"Por el Partido Revolucionario Institucional, el diputado Efrén Leyva, el diputado Arturo de la Garza Tijerina, diputado Feliciano Calzada, diputado Jaime Rodríguez López, diputado Manuel Medellín, diputado Héctor Pineda; por el Partido de la Revolución Democrática, el diputado Cuauhtémoc Montero Esquivel; por el Partido del Trabajo, el diputado Félix Castellanos Hernández; por el Partido Verde Ecologista de México, diputado José Rodolfo Escudero Barrera; por el Partido Acción Nacional, diputado Jaime Tomás Ríos Bernal, diputado Francisco Arano Montero, diputado José Roque Rodríguez López, diputado J. Jesús Reyes Llerenas, diputado Martín Gerardo Morales Barragán, diputado Juan Mandujano Ramírez, diputado Ramón Ponce Contreras y su servidor, el de la voz".

Por su atención y para darle seguimiento al tratamiento, señor Presidente, lo entregamos a la Secretaría.

Muchas gracias por su atención.

(aplausos)

PRESIDENTE, DIP. ERIC EBER VILLANUEVA MUKUL: Gracias señor diputado.

Consulte la Secretaría a la asamblea si se considera de urgente resolución.

SECRETARIO, DIP. ADRIAN RIVERA PEREZ: En votación económica se pregunta a la asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición.

Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(VOTACION)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(VOTACIÓN)

PRESIDENTE: Se considera de urgente resolución.

En consecuencia, está a discusión la proposición y se abre registro de oradores en contra y en pro.

DIP. ARTURO DE LA GARZA TIJERINA (desde su curul): En pro, Arturo de la Garza.

PRESIDENTE:¿No hay ningún diputado en contra?

Tiene el uso de la palabra el diputado Arturo de la Garza Tijerina, hasta por diez minutos.

DIP. ARTURO DE LA GARZA TIJERINA: Buenas tardes.

Compañeros diputados y diputadas: Vengo a fundamentar y les pido el apoyo para este Punto de Acuerdo. Se tomó en razón de que las medidas y asesorándonos con fiscalistas, gente cercana a este caso, nos dicen que la Secretaría de Hacienda está en estos días por publicar ciertas exenciones y facilidades para el sector, para el campo. Por eso, si se vencía en abril 17 el término para presentar la declaración, se pide como a las empresas, a grandes empresas, que se les dé un semestre, que esto se alargue hasta junio 17, para ver todas las facilidades y todo lo que se va a hacer, lo concerniente en cuanto a los pagos, a las declaraciones, para que los ganaderos, los agricultores, los campesinos, estén en posibilidades de cumplir con el requisito.

Con esto lo que se busca es que todo mundo cumpla con sus obligaciones fiscales, no se busca que evadan por la desinformación o por la interpretación que se le da ahora a los artículos. Yo les pido que nos apoyen en esto.

Gracias.

(aplausos)

PRESIDENTE: Dado que no existen más oradores, consulte la Secretaría a la asamblea si se considera suficientemente discutida la proposición.

Perdón, ¿diputada?

LA C. DIPUTADA PETRA SANTOS ORTIZ (desde su curul): Para darle el apoyo también. Para hechos.

ELC. PRESIDENTE. A favor tiene el uso de la palabra la diputada Petra Santos hasta por cinco minutos.

LA C. DIPUTADA PETRA SANTOS ORTIZ: Buenas tardes, me da gusto que estemos coincidiendo todas las Fracciones en esto que venimos discutiendo desde que se mandó la Ley de la Reforma Fiscal y que discutimos mucho cuando se decía que quitáramos lo de la Simplificacción Fiscal , el régimen simplificado a los campesinos y a los ganaderos.

Considero que esto es muy importante que desde ahorita tomemos esta

medida pero que no se quede solamente viéndolo como un plan, sino que lo hagamos de fondo, que sigamos discutiendo bien esta situación, que eso es lo que les pediría a los compañeros sobre todo a José María, que viéramos cómo llegamos a fondo y no estarnos con parches sino irle quitando todo esto que está perjudicando a la gente del campo que realmente la cuestión fiscal se les haga a ellos en forma más ágil y más fácil de que ellos cumplan con lo que se tiene que hacer.

Efectivamente, no se está pidiendo que no lo paguen ni estamos en esta situación, queremos simplemente y estamos a favor de la propuesta que dio el compañero José María Anaya, que hoy lo tomemos pero que quede muy claro que no lo parchemos, lo llevemos a fondo y esto es lo más importante que tendríamos que hacer para que el campesinos, los ganaderos de aquí en adelante tengan una mejor forma también de que sus ganancias de que es la forma en que ellos ahorita como está la situación del campo en esta crisis tan fuerte que hay y lo de los ganaderos también lo veamos cómo podemos hacerlo en esta situación del país.

Por eso no quise dejar pasar que el PRD, estamos a favor de esta propuesta y consideramos que el compromiso sea llegar al fondo para que se arregle esta situación.

Muchas gracias.

(aplausos)

EL C. PRESIDENTE. Gracias Diputada. Consulte ala Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutida la proposición.

EL C. SECRETARIO DIPUTADO ADRIAN RIVERA PEREZ. En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutida la proposición.

Los ciudadanos Diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(votación)

Los ciudadanos Diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(votación)

Suficientemente discutido Presidente.

EL C. PRESIDENTE. En votación económica consulte si se aprueba la proposición.

EL MISMO C. SECRETARIO. En votación económica se pregunta si se aprueba la proposición.

Los ciudadanos Diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(votación)

Los ciudadanos Diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(votación)

EL C. PRESIDENTE. Aprobada la proposición . Comuníquese.

(aplausos)

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En vista de que han transcurrido más de cinco horas reglamentarias para la sesión, solicito a la Secretaría dé lectura al Orden del Día de la próxima sesión.

LA C. SECRETARIA DIPUTADA MARTHA SILVIA SANCHEZ GONZALEZ. Se han agotado los asuntos del día.

Se va a dar lectura al Orden del Día.

(Lectura del Orden del Día de la próxima sesión)

ORDEN DEL DIA DE LA PROXIMA SESION No. 11

SEGUNDO PERIODO ORDINARIO DE SEIONES DEL SEGUNDO AÑO DE LA LVIII LEGISLATURA.

ORDEN DEL DIA 16 de abril de 2002.

Acta de la sesión anterior.

COMUMICACIONES

De los Congresos de los Estados de: Chiapas, México, Morelos y Oaxaca.

Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva Dé Cuenta.

EL C. PRESIDENTE (a las 16:32 hrs): Se levanta la sesión y se cita para la próxima que tendrá lugar el martes 16 de Abril a las diez horas.