LVIII LEGISLATURA

SESION DEL SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS  DE LA LVIII LEGISLATURA.
10 DE ABRIL DE 2003

- EL C. PRESIDENTE DIPUTADO ARMANDO SALINAS TORRE (PAN. Toca la campanilla y dice): Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de los ciudadanos diputados.

- LA C. SECRETARIA DIPUTADA ADELA CEREZO BAUTISTA (PRI): Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 272 diputados.

Por lo tanto, hay quórum.

- EL C. PRESIDENTE (A las 10[26 horas): Se abre la sesión.

Proceda la Secretaría a dar lectura al orden del día.

- LA C. SECRETARIA DIPUTADA ADELA CEREZO BAUTISTA: Se va a dar lectura al orden del día.

(Da lectura al orden del día)

- EL C. PRESIDENTE: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior.

Pido a la Secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

- LA C. SECRETARIA DIPUTADA ADELA CEREZO BAUTISTA: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Se dispensa la lectura.

Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

- LA C. SECRETARIA DIPUTADA ADELA CEREZO BAUTISTA: Está a discusión el acta.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Aprobada el acta.

Continúe la Secretaría con las comunicaciones.

- LA C. SECRETARIA DIPUTADA MARIA DE LAS NIEVES GARCÍA FERNÁNDEZ (PRI): Comunicaciones.

(La Asamblea del Distrito Federal, Segunda Legislatura, comunica la elección de

la mesa directiva que coordinará los trabajos durante el segundo periodo de

sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio, correspondiente al periodo

comprendido del 1º al 30 de abril de 2003)

EL C. PRESIDENTE: De enterado.

- LA MISMA C. SECRETARIA:

(Da lectura a la comunicación del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, relativa a que el ciudadano diputado Rosalío González Nájera forma parte de dicho partido)

- EL C. PRESIDENTE: De enterado.

- LA MISMA C. SECRETARIA: Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política.

(Da lectura a una comunicación de la Junta de Coordinación Política relativa al

al voto de México en la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de

las Naciones Unidas respecto a la República de Cuba)

EL C. PRESIDENTE: De enterado. Comuníquese.

- LA MISMA C. SECRETARIA: Otro más de la Junta de Coordinación Política.

(Da lectura a la comunicación de la Junta de Coordinación Política relativa a

la solicitud del grupo parlamentario del PRI para que el diputado Ramón Irizar

López se integre al grupo de trabajo encargado de dar seguimiento a las

tareas que lleve a cabo la Contraloría Interna relativas a la Auditoria Económica

Financiera y de Gestión de la Cámara de Diputados)

- EL C. PRESIDENTE: De enterado.

- LA MISMA C. SECRETARIA: Otro más del Partido Revolucionario Institucional.

(Da lectura a la comunicación de la Junta de Coordinación Política relativo a

que el ciudadano diputado Moisés Alcalde Virgen se integra a la Comisión de

Hacienda y Crédito Público, para ocupar un lugar vacante en dicho grupo

parlamentario)

-PRESIDENTE: De enterado.

-MISMA SECRETARIA:

(Comunicación de la Junta de Coordinación Política, referente a

que la Dip. Ma. Elena Chávez Palacios se integra a la Comisión

de Atención a Grupos Vulnerables, en sustitución de la Dip.

Lizbeth Evelia Medina Rodríguez)

-PRESIDENTE: De enterado.

-MISMA SECRETARIA:

(Comunicación de la Junta de Coordinación Política, referente a

que el Dip. Arturo Urquidi Astorga se integra a la Comisión Especial

de Seguridad Pública, en sustitución del Dip. Alejandro Zapata Perogordo

y que el mismo Dip. Arturo Urquidi Astorga se integra a la

Comisión de Recursos Hidráulicos y a la Comisión de Comercio

y Fomento Industrial)

-PRESIDENTE: De enterado.

Si me permite la Secretaría. Sonido en la curul del diputado Martí Batres.

-DIP. MARTI BATRES GUADARRAMA (desde la curul): Señor Presidente, sólo quisiera solicitarle en cuanto al comunicado de la Junta de Coordinación Política sobre el tema del voto de México en Ginebra, en relación con Cuba, escuché el trámite, pero me pareció incompleto, en virtud de que usted sólo señaló De enterado y quisiera pedirle que se comunique de este comunicado al Presidente de la República.

-PRESIDENTE: Como no diputado Batres. El trámite fue dictado De enterado y comuníquese, para que el contenido íntegro sea comunicado al Ejecutivo Federal el día de hoy.

-DIP. MARTI BATRES GUADARRAMA (desde la curul): Así entendemos entonces que será comunicado al Ejecutivo Federal el día de hoy.

Gracias señor Presidente.

-PRESIDENTE: Continúe la Secretaría con las comunicaciones.

-SECRETARIA, DIP. MA. DE LAS NIEVES GARCIA FERNÁNDEZ:

(Comunicación de la Junta de Coordinación Política, referente a

que el Dip. Luis Gerardo Rubio Valdés sustituye al Dip. Omar

Fayad Meneses en la Comisión de Comunicaciones)

.-EL C. PRESIDENTE. De enterado.

-EL C. SECRETARIO DIPUTADO RODOLFO DORADOR PEREZ GAVILAN:

(Solicitud de las siguientes modificaciones: que el Diputado Luis Gerardo

Rubio Valdéz salga de la Comisión de Cultura; que la Diputada Ma. Luisa

Araceli Domínguez Ramírez se integre a la Comisión de Comunicaciones

y a su vez salga de la Comisión de Salud.

-EL C. PRESIDENTE. De enterado.

-EL MISMO C. SECRETARIO.

( Solicitud de modificaciones en la integración de las siguientes

Comisiones: que la Diputada Martha Patricia Dávalos Márquez

se integre a las Comisiones de Seguridad Social y Equidad y –

Género, que la Diputada Cynthia Benavides Hernández se integre

A la Comisión de Equidad y Género, del PAN).

--EL C.PRESIDENTE. De enterado.

-LA C. SECRETARIA DIPUTADA MARIA DE LAS NIEVES GARCIA FLORES.

(Oficio de la Cámara de Senadores informando que el C. Senador

José Antonio Aguilar Bodegas del Grupo Parlamentario del PRI, -

Presentó Iniciativa que reforma el Artículo 231 de la Ley Federal

De derechos).

-EL C. PRESIDENTE. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

-LA MISMA C. SECRETARIA.

(Oficio de la Cámara de Senadores presentando

Iniciativa con Proyecto de Decreto reformando el

Artículo 222º de la Ley del Impuesto sobre la Renta).

-EL C. PRESIDENTE.-Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

-LA MISMA C. SECRETARIA.

(Oficio de la Secretaría de Gobernación solicitando permisos

de los CC. Alejandro Hernández Juárez, Edgar Ramírez Vela,

y Yazmín Rojas Mustafá para prestar servicios, y de los CC.

Emir Salvador Albores Hernández, Rafael Javier Flores García,

Ricardo Gabriel Hernández Ramírez y Concepción Gutiérrez

López que dejan de prestar servicios.)

- EL C. PRESIDENTE: Por lo que se refiere a las solicitudes de permiso, RECIBO Y TÚRNESE A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y SEGURIDAD PÚBLICA.

Por lo que se refiere a los ciudadanos que han dejado de prestar servicio, TÚRNESE A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y SEGURIDAD DE LA Cámara de Diputados Y A LA DE GOBERNACIÓN DE LA CÁMARA DE SENADORES, para su conocimiento.

En cumplimiento con lo dispuesto por el artículo primero del Acuerdo Relativo al Sistema Electrónico de Registro de Asistencia, pido a la Secretaría dar cuenta del mismo e instruya su cierre.

- EL C. SECRETARIO, DIP. RODOLFO DORADOR PEREZ GAVILAN: Se informa a la Presidencia que hasta el momento registra la asistencia de 370 ciudadanos diputados. Ciérrese el sistema electrónico (10.50 horas)…[[interrupción]]…

EL C. PRESIDENTE: Permítame secretario, por favor.

EL C. DIP. JORGE CARLOS RAMIREZ MARIN: (desde su curul) Señor Presidente, le solicitamos permita el registro del diputado Rafael Rodríguez Barrera en estos momentos, por favor.

- EL C. PRESIDENTE: Queda abierto, en términos del Reglamento, para que se registre la asistencia de don Rafael Rodríguez Barrera y del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín. Continúe la Secretaría.

- EL MISMO C. SECRETARIO: 372 ciudadanos diputados.

- EL C. PRESIDENTE: 372. Ciérrese el registro (10.51 horas).

El siguiente capítulo del orden del día, el siguiente punto es la iniciativa de los ciudadanos diputados.

Tiene la palabra el ciudadano diputado Jorge Alejandro Chávez Presa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para presentar una iniciativa que expide la Ley Federal de Presupuesto Público y deroga la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, hasta por diez minutos.

EL C. DIP. JORGE ALEJANDRO CHAVEZ PRESA: Señor Presidente, antes una precisión. Esta iniciativa la estoy suscribiendo junto con los diputados, la diputada Beatriz Paredes y el diputado David Penchyna y no quedó así registrado en la Gaceta.

Con la venia de la Presidencia.

Compañeras y compañeros legisladores.

Una auténtica reforma…

Compañeras y compañeros diputados, es motivo de gran satisfacción presentar a ustedes, junto con mis compañeros Beatriz Paredes Rangel, David Penchyna Grub y los diputados del grupo parlamentario del PRI, la iniciativa de Ley Federal de Presupuesto que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Esta iniciativa es resultado del trabajo y la experiencia profesional de muchos legisladores comprometidos con la construcción de mejores instituciones para el México plural del siglo XXI. De aprobarse, se le permitirá a esta LVIII Legislatura recibir el reconocimiento de haber hecho una gran contribución al fortalecimiento de las finanzas y la Hacienda Pública del país y así mostrar también la capacidad y voluntad del Congreso de la Unión para impulsar reformas estructurales.

Entre los motivos principales para presentar esta iniciativa, sobresalen los siguientes aspectos: El proceso seguido para la formulación, discusión y aprobación, ejercicio y fiscalización del Presupuesto Público, ya no satisface a nadie. Lamentablemente tampoco se está reflejando en mayores beneficios para el país y menos aún para mostrar una relación constructiva entre el Poder Ejecutivo Federal y el Congreso de la Unión.

El marco jurídico vigente, corresponde a una época muy diferente a la nuestra; corresponde a aquellos tiempos cuando el Ejecutivo Federal en uso de su facultad constitucional de iniciativa tenía también de facto una aprobación prácticamente automática del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación por parte de la Cámara de Diputados.

Estos nuevos tiempos de pluralidad y alternancia, demandan una interacción continua y constructiva entre los poderes y en particular entre el Poder Ejecutivo Federal y el Congreso de la Unión; sin embargo, ha quedado de manifiesto que el proceso para el examen, discusión y aprobación del proyecto ha quedado rebasado empezando por algo muy elemental: no hay una discusión amplia y profunda de lo sustantivo esto es, el alcance, objetivo y metas de los programas y proyectos que conforman el presupuesto de egresos y más aún, se busca la aprobación en un lapso muy breve de tiempo. En esta situación es difícil asegurar a los mexicanos que sus contribuciones podrán ser transformadas en mayor bienestar, equidad y en una mejor distribución del ingreso.

Es pues necesario disponer de una nueva ley con mejores normas para que el Ejecutivo y el Legislativo, cumplan con su responsabilidad de ofrecerle a la nación un mejor presupuesto público. Esto es, que los mexicanos puedan estar seguros de que con disciplina, transparencia y responsabilidad fiscales, así como una rendición de cuentas ejemplar, no se pondrá en riesgo la estabilidad financiera del país y algo aún más importante que el destino de los impuestos, luzca en mejores niveles de vida y amplié el potencial productivo de nuestro país para facilitar un crecimiento económico y la creación de empleos.

Uno de los desafíos que tenemos quizá de los urgentes, es la debilidad de las finanzas públicas, los ingresos provenientes de los impuestos no alcanzan para cubrir el gasto de operación de las dependencias y las entidades del Ejecutivo Federal, l.o que está obligando a consumir los recursos provenientes del petróleo por un lado y a financiar gasto público con el ahorro cautivo de los fondos de pensiones de los trabajadores. No es permisible que en un país como el nuestro, con sus características demográficas y económicas, la recaudación por concepto del IVA, uno de los impuestos que debería tener la base más amplia no cubra el gasto destinado a la educación básica. La recaudación por concepto del IVA y del Impuesto sobre la Renta, no cubre el gasto destinado al desarrollo social.

México está consumiendo su petróleo, lo utiliza para cubrir lo que debería provenir de la recaudación, de la contribución que todos los mexicanos estamos obligados a aportar. Hay un despojo de las presentes generaciones a las del futuro para consumir en lugar de invertir. Las alzas en el precio del petróleo nos alejan de tomar decisiones responsables y las bajas en su cotización nos recuerdan de esta signatura pendiente. Desde luego que no es sostenible en el mediano y largo plazo apostar al alcance de las acciones del Estado Mexicano a esta variable. Esta situación generará riesgos a nuestra economía y al desarrollo del país en el futuro.

Es preciso dejar claro que mientras no fortalezcamos la recaudación permanente, tendremos un estado débil, de ahí la importante contribución de este Congreso y en particular de esta LVIII Legislatura, de promover la lucha contra la evasión que priva a la nación de más 246 mil millones de pesos y de ahí que hayamos aprobado por unanimidad, las reformas a la Ley del Servicio de Administración Tributaria.

A esta evasión hay que agregar la recaudación que el erario federal deja de percibir por diversas excepciones, tasas diferenciadas, regímenes especiales y exenciones que representan más de 300 mil millones de pesos y hacen a nuestro sistema tributario uno de los más injustos en el mundo .

Pero esto es sólo una parte del gran problema de las finanzas y la hacienda pública, encontramos también por el lado del gasto público problemas. Este ha dejado de impulsar el crecimiento de la infraestructura que requiere el país para ampliar su potencial productivo. En los últimos dos años hemos observado que la recaudación adicional obtenida por las reformas fiscales, ha aportado más de un punto porcentual del PIB, nada despreciable; sin embargo, éste ha sido prácticamente consumido por el crecimiento del gasto corriente del sector público .

Resulta preocupante observar que cada año se incrementa el inventario de programas y proyectos en el presupuesto, sin que exista previamente un auténtico ejercicio de planeación para definir metas, costo y responsables, tal y como lo prevé la Ley de Planeación y que tampoco las fuentes de recursos permanentes estén aumentado para llevarlos a cabo. Además al incluir programas y proyectos sin la evaluación pertinente ha llevado inevitablemente a posponer su ejecución, lo que se ha reflejado después en subejercicios o a la inclusión de otros, ya iniciado el ejercicio fiscal, para promover popularidad.

No podemos seguir aprobando reformas a las leyes fiscales con el consecuente desgaste político del Congreso, sólo para ver cómo los recursos adicionales se dispersan en gastos improductivos que no llegan a la gente y que las erogaciones de los proyectos y programas prioritarios se están subejerciendo. Francamente esta situación no nos sacará del estancamiento económico.

Tomando en cuenta esta situación creemos que una actitud prudente y responsable radica en emprender acciones para fortalecer las fuentes de ingreso a través del combate a la evasión, la elusión fiscales e incrementar la productividad del gasto público, en vez de salir por la puerta fácil, que es injusta e irresponsable de proponer y aprobar aumentos de impuestos o crear nuevos gravámenes, o peor, seguir dilapidando los recursos del petróleo en perjuicio de las futuras generaciones.

Estamos convencidos que el Congreso de la Unión tiene mucho que aportar, especialmente contribuyendo a enriquecer las propuestas del Ejecutivo Federal, pero todo ello requiere de orden, de transparencia y de tiempo que eviten que año con año el presupuesto sea aprobado más por agotamiento que por la lucidez y la racionalidad de las propuestas. Pensamos que la disciplina y la estabilidad fiscales se encuentran en riesgo al tener concentrado la aprobación de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos en dos eventos y en un lapso de tiempo muy reducido. Por ello, la presente iniciativa de Ley Federal de Presupuesto propone las medidas para ir construyendo a lo largo del año el presupuesto público y para que la Cámara de Diputados disponga de los instrumentos e información para proceder a un mejor análisis y discusión del paquete económico.

Aunque el Ejecutivo Federal tiene la facultad constitucional de presentar al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a la Cámara de Diputados, se observa una intensa actividad de gestión y promoción por parte de los integrantes del gabinete y los directores de las paraestatales, de programas y proyectos adicionales a los contemplados, lo que provoca el debilitamiento del proceso de planeación y programación. Por ello hacemos toda una propuesta integral para que pueda dársele profundidad y especificar lo establecido en artículos de la Constitución, como el artículo 25, el 26, el 73, el 74 y 126.

Se propone un procedimiento para la formulación, examen y aprobación del presupuesto público que tome en cuenta la Cámara de Diputados a lo largo del año, con normas para un comportamiento responsable de ambas partes. Se incluyen principios de responsabilidad fiscal, se establecen principios de perspectiva de género, se incluyen disposiciones para incorporar la multianualidad al presupuesto público con base en principios de responsabilidad fiscal, se definen los ingresos recurrentes y los no recurrentes, entre otros.

Finalmente, también se establecen criterios para asegurar transparencia al otorgamiento de subsidios a la sociedad, tanto monetarios como fiscales a través de las dependencias y las entidades paraestatales.

Estamos seguros que con la participación de todos ustedes enriqueceremos esta iniciativa con la experiencia que cada uno de ustedes adquirió en la aprobación de los tres paquetes económicos anteriores. En el grupo parlamentario del PRI creemos que es nuestra oportunidad para legar a las futuras legislativas de un mejor instrumento jurídico que les facilite una mejor toma de decisiones en beneficio del país.

Con la venia de la Presidencia, hago entrega de la exposición de motivos, de la cual solicito se publique en el Diario de los Debates y si es posible también en la Gaceta Parlamentaria. Es cuanto, señor Presidente.

EL PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Tiene la palabra el diputado Juan Carlos Sainz Lozano, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que propone reformar diversas disposiciones de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, para que el contrabando y su equiparable se investigue, persiga y sancione conforme a esta ley, hasta por diez minutos.

EL DIP. JUAN CARLOS SAINZ LOZANO: Con el permiso de la Presidencia.

Estimados diputados:

Los suscritos diputados federales del grupo parlamentario de Acción Nacional, integrantes de la LVIII Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 56, 62, 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la consideración de la soberanía, la presente iniciativa con el fin de que el contrabando y su equiparable cometido por los miembros de la comisión organizada, se investigue, se persiga y se sancione conforme a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, misma que se fundamenta y se motiva bajo el siguiente:

Exposición de Motivos

Sin duda, uno de los temas de mayor sensibilidad es el relativo a la seguridad, por ser un valor que apremia a las personas para poder llevar a cabo su proyecto de vida, ya que el ser humano necesita que no existan amenazas que socaven, inhiban, intimiden a su persona y a su familia, sus bienes y sus derechos.

La seguridad es un derecho de la propia existencia y es en consecuencia un deber del Estado.

El Estado tiene un fin que lo justifica y es precisamente la preservación de los derechos fundamentales de la persona, el delito constituye el más dramático quebranto de la seguridad en general, pone en predicamento la seguridad pública en particular, destruye el clima de confianza que ésta origina en la sociedad. La delincuencia es un fenómeno en expansión; la encontramos en el barrio, se extiende en la ciudad, de ésta a la nación y de ella el mundo entero; la delincuencia traspasa fronteras, por lo que hoy se afirma una criminalidad internacional.

El crimen actual compromete a muchos individuos en su comisión, ha alcanzado grandes grupos sin rostro ni identidad. Así, por ejemplo, tenemos el crimen organizado que se manifiesta con grandes corporaciones cuyos miembros no se conocen entre sí ni se localizan en un mismo sitio, realmente hay una extraordinaria difusión y dispersión de los personajes del drama criminal y las organizaciones criminales son una sociedad ilícita que busca operar fuera del control del pueblo y del gobierno, ya que involucra a miles de delincuentes que trabajan dentro de las estructuras tan complejas, ordenadas y disciplinadas, como las de cualquier corporación, mismas que están sujetas a las reglas aplicadas con gran rigidez.

La capacidad de las organizaciones criminales dedicadas al contrabando, supera cualquier frontera y ámbito de competencia y en consecuencia amenaza el orden y la seguridad de regiones, estados y naciones donde se desarrollan sus actividades.

El contrabando es el resultado previsiones a corto, mediano y largo plazo, cuyo propósito es traficar sus mercancías de manera ilícita y ganar un gran campo de actividad y con ello amasar grandes oportunidades de dinero ilegal con plenas violaciones a las leyes y normas de carácter fiscal que les permitan ganancias clandestinas exorbitantes, con grave perjuicio al sistema económico y fiscal del país; incluso fomenta el comercio informal. Clara manifestación de estos hechos se observan cotidianamente a través del comercio informal en la vía pública, en innumerables lugares se expenden productos, resultado del contrabando sin temor de que dichas conductas sean castigadas, como es el caso del calzado chino, textiles, vinos, etcétera.

El contrabando es una delincuencia de mayor peligrosidad que la común, que propicia el uso y el comercio ilícito de armas, el uso de la fuerza física, la corrupción, la pérdida de seguridad urbana y rural, la guerra entre mafias por controlar el mercado.

En sí, el contrabando es un delito que trae aparejado otros delitos y que plantea una amenaza directa para la seguridad pública y para la propia seguridad del Estado; constituye un ataque frontal contra las autoridades de los estados.

El contrabando y los delitos equiparables a éste, se ajusta a los patrones universales de la delincuencia organizada. No se trata de una mera delincuencia tradicional o común, la capacidad de las organizaciones criminales dedicadas al contrabando y sus delitos conexos supera en mucho a la actividad individual. Se trata de una delincuencia que daña y pone en riesgo bienes y valores de mayor importancia, tanto para la planta productiva nacional, como para la industria, así como para el fisco.

Esto sin duda exige una adecuación al marco jurídico vigente, a fin de que responda de mejor manera en el combate a este fenómeno delictivo y en efecto la ley sea un cambio en el combate a este tipo de delincuencia.

En consecuencia, es porque se propone adicionar la fracción VI al Artículo 2º. de la Ley Federal de la Delincuencia Organizada, con el fin de establecer que el contrabando y su equiparable sean sancionados como delincuencia organizada, siempre y cuando, dos o tres personas acuerden en organizarse, para realizar los delitos previstos en los Artículos 102, 105 fracciones I y la VI del Código de la Federación.

Es decir, que cuando se trate de miembros de la delincuencia organizada, se sancione como tal a quienes omitiendo el pago total o parcial de las contribuciones o cuotas compensatorias que deban cubrirse o sin permiso de la autoridad competente, cuando ésta sea necesario este requisito, o de importación o de exportación prohibida o quien interne mercancías extranjeras procedentes de las zonas libres al resto del país, en cualquiera de los casos anteriores, así quien las extraiga de los recintos fiscales o fiscalizados, sin que le hayan sido entregados legalmente por las autoridades o por las personas autorizadas para ello.

Asimismo que cuando se trate de miembros de la delincuencia organizada, se sancione como tal a quienes adquieran mercancía extranjera que no sea para su uso personal, la enajene o la comercialice con ella, sin la documentación que compruebe su legal estancia en el país o sin el permiso previo de la autoridad federal competente, así como a quien ampare su documentación o factura auténtica mercancía distinta a la que cubre la documentación expedida, y finalmente a aquellos miembros de la delincuencia organizada que tengan mercancías extranjeras del tráfico prohibido.

Con esta reforma se reconoce y se establece que esta ilícita actividad, conocida por todos como contrabando, es un delito federal que si bien hoy es reconocido como un delito grave, también y puede ser cometido no sólo por la delincuencia común, sino por la delincuencia organizada, luego entonces pertenece y debe ser el caso que deba ser investigado, perseguido y sancionado de conformidad con la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, es decir, bajo el régimen jurídico especial y no el meramente tradicional.

En este contexto se trate de que al contrabando se aplique el régimen jurídico especial, desde el punto de vista orgánica, sustantivo, adjetivo y ejecutivo, es decir, desde el punto de vista orgánica permitirá combatir este delito por parte de la UEDO, unidad de la PGR especializada en la investigación y persecución de los delitos cometidos por miembros de la delincuencia organizada. El sustantivo en virtud de que se fijará al contrabando, como uno de los tipos penal de delincuencia organizada, y por ende las condiciones jurídicas que se derivan de los delitos cometidos por miembros de la delincuencia organizada. El adjetivo que porque se aplican las normas procesales específicas en diversos extremos que se apartan del sistema ordinario. Y, finalmente, el Ejecutivo en cuanto a que se apliquen las reglas particulares para la ejecución de las sanciones.

Bajo este tipo de régimen, se busca combatir frontalmente una delincuencia que daña y pone en peligro, bienes y valores de la mayor importancia. Se trata de actuar de manera oportuna contra el contrabando que afecta de manera grave la economía de nuestro país, así como la seguridad pública y la seguridad del propio Estado.

Por lo anteriormente expuesto, los suscritos diputados federales, miembros del grupo parlamentario de Acción Nacional, presentamos a la consideración de esta H. Representación Nacional, el siguiente proyecto de decreto, en el que se reforma la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y el Código Penal Federal:

ARTICULO UNICO.- Se adiciona la fracción VI al Artículo 2º. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, y se reforma el Artículo 3º. para quedar como sigue:

Artículo 2º. fracción VI.- Contrabando y su equiparable previstos en los Artículos 102, 105 fracciones I a la IV del Código Fiscal de la Federación.

Artículo 3º.- Los delitos a que se refieren las fracciones I, II, II, IV y VI del artículo anterior, que sean cometidos por algún miembro de la delincuencia organizada, sean investigados, perseguidos, procesados y sancionados conforme a la difusión de esta ley.

TRANSITORIOS:

UNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo el día 10 de abril del 2003. Muchas gracias.

-EL C. PRESIDENTE: Publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Sonido en la curul de la diputada Campoy Ruy.

-LA C. DIPUTADA MARIA TERESA CAMPOY RUY SANCHEZ (desde su curul): Diputado presidente, para solicitar que nos unimos a la iniciativa que presentó el diputado Chávez Presa, que expide la Ley Federal de Presupuesto Público y deroga la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, el Partido Verde se une a esta iniciativa.

Muchas gracias.

EL C. PRESIDENTE.- Considérese en el turno suscrita también por los diputados del Partido Verde Ecologista de México en los términos solicitados.

Tiene la palabra el diputado Esteban Daniel Martínez Enríquez para presentar una iniciativa que reforma el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en virtud de no encontrarse en el salón de sesiones, pasa al final del capítulo de iniciativas.

Tiene el uso de la palabra el diputado Victor Antonio García Dávila, para presentar una iniciativa que pretende derogar el artículo 18 de la Ley General de Deuda Pública del Partido del Trabajo, hasta por diez minutos.

EL C. DIPUTADO VICTOR ANTONIO GARCIA DAVILA.- Con la venia de la Presidencia.

Los suscritos diputados federales de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de la Honorable Cámara de Diputados por el digno conducto de ustedes la presente iniciativa de con proyecto de decreto para derogar el párrafo tercero al artículo 18 de la Ley General de Deuda Pública y el párrafo segundo del artículo 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal con base en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Como es sabido, los PIDIREGAS o proyectos de impacto diferido en el registro del gasto son un mecanismo para financiar, por parte de los particulares, infraestructura eléctrica y trabajos de exploración, producción y refinación de hidrocarburos que beneficia a empresas como PEMEX y la Comisión Federal de Electricidad. La aprobación de este mecanismo de financiamiento privado a las empresas de control directo presupuestal se dio en 1995 como resultado de la reforma de la Ley General de Deuda Pública, aprobada por el Congreso de la Unión que incorporó en el artículo 18 la posibilidad de que las empresas paraestatales pudieran obtener inversión por la vía de los PIDIREGAS, así como la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, en su segundo párrafo artículo 30.

Los PIDIREGAS prevén dos modalidades para la inversión privada y social: la directa y condicionada. En la primera el sector público compra la obra del particular o social y su costo se registra como deuda en la Cuenta Pública, en teoría esa deuda se pagaría con los ingresos que genere la planta adquirida. En el caso de la segunda modalidad no existe un compromiso inmediato del gobierno para comprar el activo, pero sí para adquirir los bienes y servicios producidos. En ese caso la obra queda en manos del inversionista privado y el sector público estarían obligados a comprar los activos en caso de incumplimiento de pagos.

Desde que se implantó esta forma de financiamiento para las empresas de control directo presupuestal, las dos empresas que han gozado de este tipo de financiamiento son PEMEX y la Comisión Federal de Electricidad. Petróleos Mexicanos es la empresa paraestatal del Gobierno Mexicano que cuenta con la mayor cantidad de proyectos productivos realizados por los particulares mediante el mecanismo de diferir los pagos de esta inversión.

Tanto PEMEX como la CFE requieren anualmente de una enorme cantidad de recursos financieros para desarrollar su infraestructura física y cumplir con los cometidos que les asigna la ley. Por ejemplo, conforme señalamiento del actual Director de PEMEX, la paraestatal necesita tan solo para su área de refinación más de 19 mil millones de dólares en los siguientes diez años para incrementar la producción de petrolíferos y la construcción de dos nuevos trenes de refinación y concretar el Programa de Reconfiguración de Refinerías. Para el caso de PEMEX –GATT, las inversiones entre el año 2001 y 2006, serán superiores a los 5 mil millones de dólares.

El propósito que perseguía el Gobierno Federal con este mecanismo de refinanciamiento a las empresas de control directo presupuestal, era que los proyectos generasen los suficientes flujos superados para que se volviesen autofinanciables, ya que si tal cosa no ocurría, el Gobierno Federal tendría que cubrir el costo financiero de esa inversión con recursos públicos que inevitablemente impactarían en las finanzas del país. Lamentablemente esto ha ocurrido así.

En los últimos años el Gobierno Federal ha tenido que desembolsar cuantiosos recursos para pagar el costo financiero de los PIDIREGAS, ello sin considerar el costo financiero de endeudamiento público de ambas empresas.

La propia Secretaría de Hacienda reconoce que el Gobierno Federal ha abusado del uso de los PIDIREGAS en PEMEX, pues la deficiente planeación, la cancelación de contratos, retraso en los avances de las obras de construcción, entre otras, son algunas de las razones por las cuales los costos de los PIDIREGAS han registrado importantes incrementos.

De acuerdo con cifras que proporciona el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, los compromisos para proyectos autorizados en ejercicios fiscales anteriores y nuevos proyectos de inversión directa para ser invertidos en PEMEX y la Comisión Federal de Electricidad, ascienden a 852 mil 220 millones de pesos; mientras que el costo financiero de los PIRIDEGAS para el presente año suma 15 mil 70.7 millones de pesos y este monto continuará aumentando en los próximos años de continuar la tendencia a abusar de la invención (?) financiada.

El Presidente Fox hizo un reconocimiento público al ex Presidente Zedillo por haber creado este esquema al que él le llamó "novedoso" para que los particulares participaran en los negocios de las dos empresas públicas más importantes del país, pues los PIRIDEGAS son el mecanismo por medio del cual compañías y grupos empresariales privados nacionales y extranjeros, han venido participando en el plan de negocios de PEMEX y la CFE.

El Gobierno Federal ha reiterado en diversas ocasiones que si no se hacen las reformas estructurales que implica entre otras cosas la privatización del sector eléctrico, entonces se buscarán alternativas como los PIRIDEGAS, los contratos de servicios múltiples y las alianzas con el sector privado para garantizar el abastecimiento de la oferta de energía en nuestrNación.

Sin embargo, para el propio Gobierno Federal, el esquema de los PIRIDEGAS se agotó porque no garantiza certidumbre a la inversión privada yi ahora está proponiendo que ese capital se adueñe de PEMEX y la CFE. Por lo cual se haría realidad una de las más grandes aspiraciones de los Amigos de Fox, de dentro y fuera del país.

Sin embargo, pese al aumento de la inversión autorizada bajo el esquema de los PIRIDEGAS, ni PEMEX ni la CFE, han logrado resolver sus problemas de financiamiento. Esto quiere decir que los problemas de ambas empresas son mucho m´pas complejos de la simple carencia de financiamiento.

El grupo parlamentario del PT ha señalado en varias ocasiones en esta tribuna, que la solución de los problemas que enfrentan estas empresas públicas tiene que pasar por una reestructuración de fondo en ellas, que abarque la autonomía administrativa, el cambio del régimen fiscal en el que se halla sometido PEMEX, al contribuir anualmente con el 40% de los ingresos públicos y quedar prácticamente sin capacidad financiera para revertir sus excedentes en infraestructura petrolera.

Asimismo creemos que ha llegado la hora de ajustar cuentas a los grupos de poder que se benefician de los ingresos de estas empresas y que han terminado por constituir verdaderos cotos de poder que fomentan la corrupción a costa de la salud financiera de ambas.

Estamos convencidos de que una reestructuración a fondo de las empresas en comento, permitirá buscar nuevos esquemas de financiamiento que no comprometan su salud financiera ni su forma de propiedad. Ya en el pasado el esquema de financiamiento de PEMEX a través de la emisión de PETROBONOS probó su eficacia para financiar la expansión de la infraestructura petrolera del país.

También creemos que ha llegado la hora de detener la discrecionalidad con la que el Gobierno Federal endeuda ambas empresas, no sólo mediante la contratación de deuda externa, sino también mediante el esquema de los PIRIDEGAS, pues en los hechos este mecanismo de financiamiento termina siendo deuda pública que el Gobierno Federal tiene que asumir como tal y programas anualmente el costo financiero de ellas.

Pro las consideraciones expuestas los suscritos diputados federales a la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la Honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto para derogar el párrafo tercero del artículo 18 de la Ley General de Deuda Pública y el párrafo segundo del artículo 30 de la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

"ARTICULO 1o. Se deroga el párrafo tercero del artículo 18 de la Ley General de Deuda Pública, para quedar como sigue:

"ARTICULO 18.

"ARTICULO 2o. Se deroga el párrafo segundo de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal para quedar como sigue:

"ARTICULO 30. Se deroga."

"ARTICULOS TRANSITORIOS:

"ARTICULO 1. El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación".

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de abril de 2003. Atentamente por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo.

El cambio en México nadie lo para. La reversa también es cambio.

EL C. PRESIDENTE: Gracias, señor diputado Víctor Antonio García Dávila.

Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Gobernación y Seguridad Pública.

La iniciativa que sería presentada por el señor diputado Amador Rodríguez Lozano para reformar los artículos 42 y 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la aprobación de la Ley Federal de Territorio Insular se pospone para la siguiente sesión.

Tiene el uso de la palabra, hasta por 10 minutos, el ciudadano diputado Fernando Herrera Avila, a nombre de diputados de diversos grupos parlamentarios de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.

En virtud de no encontrarse presente en el salón de sesiones, se pasa al final del capítulo.

A solicitud del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa que será presentada por la diputada Beatriz Paredes Rangel pasa al final del capítulo.

Tiene, en consecuencia, el uso de la palabra, hasta por 10 minutos, el señor diputado Jaime Aceves Pérez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional para presentar una iniciativa de Ley Federal para las Personas con Discapacidad.

En virtud de no encontrarse presente en el salón de sesiones, pasa al final del capítulo.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado José Antonio Magallanes Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa de reforma a diversas disposiciones del Código Penal Federal, hasta por 10 minutos.

Para hacer una corrección de trámite, la iniciativa presentada por el señor diputado Víctor Antonio García Dávila túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Adelante, señor diputado.

EL C. DIPUTADO JOSE ANTONIO MAGALLANES RODRIGUEZ: Gracias, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados: ponemos a su consideración esta iniciativa de ley que modifica el artículo 1º., 4º. y 5º. del artículo 400 bis del Código Federal de carácter Penal.

Exposición de motivos:

El lavado de dinero es la forma en que los delincuentes tratan de asegurarse de que al final de cuentas el delito pague. Este requisito demanda que los delincuentes, bien sean narcotraficantes, secuestradores, terroristas, traficantes de armas, chantajistas o estafadores con tarjetas de crédito, disfracen el origen de su dinero ilegal para evitar que sea evitado y que se les enjuicie cuando lo utilizan.

El lavado de dinero es esencial para lograr el funcionamiento efectivo de prácticamente toda forma de delincuencia transnacional y organizada. Los esfuerzos para combatirlo que tienen por objeto impedir o limitar el desarrollo de la capacidad de los delincuentes de utilizar ganancias mal obtenidas son un componente tan básico como eficaz en la lucha contra el delito.

Esta actividad ha evolucionado mucho. La revolución en las comunicaciones, las nuevas tecnologías que han transformado la forma de hacer negocios han sido utilizados por el crimen internacional para su beneficio.

Actualmente se pueden transferir ganancias ilícitas hacia jurisdicciones con menos obstáculos legales o pueden usar una variedad de mecanismos financieros como las compañías "escudo" para encubrir la posesión de bienes y ocultar su verdadero origen y destino.

El Fondo Monetario Internacional estima que hay más de un millón de corporaciones anónimas de este tipo en el mundo. Este mismo organismo calcula que las transacciones de lavado de dinero equivalen del 2 al 5% del producto interno bruto global, o sea de cerca de 300 mil a 400 mil millones de dólares anuales, lo cual representa cerca del 8% del valor total del comercio internacional.

Aparte del incalculable costo social que genera, impone una peligrosa cuota de corrupción en los mercados financieros y en los sistemas políticos, que socava instituciones democráticas, ignora el estado de derecho y destruye el orden cívico con impunidad.

Pero sus nefastos efectos no acaban ahí. El lavado de dinero tiene serias consecuencias económicas que afectan a la comunidad internacional, cambios inexplicables en la demanda de dinero, riesgos a la estabilidad de los sistemas bancarios, efectos contaminantes a transacciones financieras legales y una mayor volatilidad de los flujos de capital internacional y de los tipos de cambio, son sólo algunas de ellas.

"A pesar de que tiene muchas variantes, se realiza en tres pasos fundamentales: El trasladar el dinero ilícito para alejarlo del lugar de donde se cometió el crimen. Disimular la ruta y finalmente ponerlo de nuevo a disposición de los criminales tras haber ocultado su origen ilegal.

"México no es ajeno a este problema. La operación más grande de su tipo en la historia policial estadounidense, la llamada: "Operación Casablanca", sacó a la luz a los banqueros mexicanos que blanqueaban millones para los cárteles colombianos y mexicanos; más de cien personas fueron detenidas y millones de dólares incautados en mayo de 1998.

"En nuestro país las disposiciones contra el lavado de dineros e encuentran contenidas en dos ordenamientos federales: El Código Penal Federal, en su artículo 400 bis; y en el artículo 29 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

"A pesar de que la inclusión de esos artículos en los ordenamientos correspondientes ha satisfecho las exigencia del Fondo Monetario Internacional, su aplicación ha sido difícil y poco clara, a grado tal que el primer informe del mecanismo de Evaluación Multilateral sobre Drogas en la Organización de los Estados americanos, en el capítulo sobre México, se señala que en 1999 sólo fueron condenadas tres personas por el delito de lavado de activos de un total de 121 personas procesadas. Dicha cifra representa sólo el 2.47 %.

"Dos razones explican esos resultados y esos van desde la corrupción existente en diferentes esferas gubernamentales, hasta la falta de claridad en las disposiciones legales en cuanto a las entidades encargadas de su aplicación, supervisión e investigación.

"Así podemos mencionar los siguientes: Limitación de responsabilidades. El artículo 400 bis establece claramente que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público será la encargada de establecer las denuncias correspondientes, y en la práctica es la Procuraduría Fiscal de la Federación quien funge como el abogado de la nación en materia financiera. Sin embargo la mayor parte de la supervisión bancaria, está a cargo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, quien además es un organismo desconcentrado de la misma Secretaría de Hacienda con autonomía técnica y facultades ejecutivas.

"Luego entonces surge la pregunta de ¿Por qué si la Comisión Nacional Bancaria y de Valores posee autonomía técnica y facultades ejecutivas, no puede establecer denuncias sobre delitos financieros o de lavado de dinero más aún si este organismo es el encargado directo de la supervisión bancaria y del Mercado de Valores?

"Segundo. La descoordinación de las autoridades encargadas de la investigación de delitos financieros. Para la investigación de delitos financieros y lavado de dinero, se cuenta con cuatro unidades básicas e independientes que muchas veces actúan de manera dispersa y descoordinada. De esta manera el gobierno cuenta con la Dirección General de Delitos Financieros y de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, que depende de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; la Procuraduría General de la República cuenta con dos unidades que tienen que ver con los delitos financieros y el lavado de dinero.

"De esta manera el complicado burocratismo, la multiplicidad de unidades gubernamentales que actúan en la investigación de los delitos financieros y de lavado de dinero, sin capacidad legal para requerir información iniciar denuncias, provoca errores y omisiones que imposibilitan la construcción de casos sólidos jurídicamente, que hacen prácticamente imposible la eficiencia y eficacia en la consignación de esos delincuentes.

"Por o anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 155 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a su consideración la siguiente iniciativa de ley que modifica el artículo 1º., 4º., y 5º., del artículo 400 bis del Código Penal Federal.

"Párrafo primero dice: "Se impondrá de cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días de multa al que por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas: Adquiera, enajene, administre, custodie, cambie, deposite, dé en garantía, invierta, transporte o transfiera dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero, o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza con conocimiento que proceden o representen el producto de una actividad ilícita con alguno de los siguientes propósitos: ocultar o pretender ocultar, encubrir o impedir conocer el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos, derechos o bienes o alentar alguna actividad ilícita.

"Párrafo primero, debe de decir: <<Se impondrá de 15 a 25 años de prisión y de 10 mil a 20 mil días de multa al que por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas>> y viene la transcripción antes señalada.

"El párrafo cuarto, dice: ´En caso de conductas previstas en este artículo en las que se utilicen servicios de instituciones que integran el sistema financiero para proceder penalmente, se requerirá la denuncia previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público´.

"El párrafo cuarto, debe decir: <<En caso de conductas previstas en este artículo en las que se utilicen servicio de instituciones que integran el sistema financiero, para proceder legalmente se requerirá la denuncia previa de cualquier institución que forme parte de los órganos federales de supervisión bancaria y financiera o de las unidades de investigación de la Procuraduría General de la República>>

"El párrafo quinto, dice: ´Cuando dicha Secretaría en ejercicio de sus facultades de fiscalización encuentre elementos que permitan presumir la comisión de los delitos referidos en el párrafo anterior, deberá ejercer respeto de los mismos las facultades de comprobación que le confieren las leyes y, en su caso, denunciar hechos que probablemente pueda constituir dicho ilícito´.

El párrafo quinto, debe decir: <<Cuando dichos entes supervisores o investigadores en ejercicio de sus facultades de fiscalización encuentren elementos que permitan presumir la comisión de los delitos referidos en el párrafo anterior, deberá ejercer respecto de los mismos las facultades de comprobación que le confieren las leyes y, en su caso, denunciar y actuar en hechos que probablemente puedan constituir dicho ilícito>>

Es cuanto, diputado Presidente. Si me permite quisiera pedirle, rogarle, que se pueda publicar en la Gaceta Parlamentaria el texto íntegro de esta iniciativa. Me parece que es importante que se conozca en ese documento y es cuanto y muchas gracias, diputado Presidente.

- EL C. P RESIDENTE DIPUTADO ARMANDO SALINAS TORRE (PAN): Gracias señor diputado José Antonio Magallanes Rodríguez.

Como lo ha solicitado, insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Para presentar una iniciativa de reforma a diversos ordenamientos legales en materia de colegiación profesional, tiene el uso de la palabra, hasta por diez minutos, el señor diputado José Elías Romero Apis, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

- EL C. DIPUTADO JOSÉ ELÍAS ROMERO APIS (PRI): Con su venia, señor Presidente.

Honorable Asamblea:

"Vengo ante esta soberanía a presentar una iniciativa que se desenvuelve en dos aspectos, ambos relacionados con la finalidad de regular el ejercicio de las profesiones a través de su debida colegiación.

"La primera de ellas es una iniciativa de decreto por el que se expediría una ley reglamentaria nueva del artículo 5º constitucional en materia de profesión. Y la segunda, muy particularmente en torno al interés que muchos diputados tienen en cuanto al ejercicio de la abogacía relacionada con el ejercicio de esta noble profesión ante los tribunales de la federación.

"En lo concerniente a otras profesiones habrá necesidad de que la especialización, la práctica y la experiencia determine las regulaciones específicas que habrían de soportar dicho ejercicio. En cuanto a lo que concierne al ejercicio de la abogacía me permitiré expresar algunas de las razones que motivaron la presentación de esta iniciativa.

"Es ya un imperativo para las profesiones hoy en día el hecho de que se cuente con un sistema que permita certificar las aptitudes de las personas que ejercen una profesión. La situación actual del país así lo demanda, muchos lo han previsto. No podemos esperar a que las situaciones lo permitan y la sociedad mexicana lo está exigiendo en su conjunto.

Hoy en día cuando el Estado ha generado una apertura a la libre competencia y a la libertad de enseñanza, no siendo el único depositario responsable de la profesión denominada abogacía, es de poner en marcha la evaluación de aquellos que pretenden ejercer tan digna profesión. Los profesionales del derecho ya están preparados para ello y la sociedad así lo reclama.

Muchos han sido los factores que influyeron para que la colegiación obligatoria en materia de abogacía no se diera. Una de ellas, si no la más importante, el buscar por todos los medios el no permitir la unificación de los abogados, ello por la íntima relación que tuvieron al momento de forjarse nuestra nación. Una abogacía desunida le brindaba al Estado mayor espacio de maniobra, de esa manera la sociedad se encontraría indefensa frente a los excesos, desvíos y conductas inadecuadas de la abogacía, tanto pública como privada.

Ante todo expliquémonos en el panorama actual. La abogacía ha sido hasta hoy uno de los gremios más desunidos y dispersos, no sólo en México sino del mundo entero, por ello en buena parte los abogados mexicanos han vivido desunidos. En otra buena parte porque los demás gremios, los otros interlocutores y el sistema establecido han apostado a la desunión de la abogacía, apuesta lógica y también redituable que les permitió, así se buscara o viniera por sí misma, tener a la abogacía y a la justicia al dos por uno en condición de subordinadas, de intervenidas y de mediatizadas.

No es recomendable que los colegios de abogados, como actualmente se encuentran estructurados, continúen funcionando como tales. Debemos pasar a una etapa en que la colegiación no sea un simple club de amigos profesionistas, a ser un verdadero organismo viviente, con reglas éticas, normativas, conductuales, con órganos de vigilancia, de sanción y de evaluación, con la expedición de patentes y revalidación de las mismas, con la reorientación y vigilancia de la enseñanza del derecho, actualización técnica de los profesionistas, con la interlocución el colegio con el Estado, con la comunidad internacional y con la sociedad, con la reafirmación de la conducta profesional, la defensa de la profesión y de la propia colegiación, la vigorización de la función social de la abogacía y la integración de esto fundamentalmente en los Consejos de la Judicatura.

Una colegiación acorde con la realidad, en la que no intervenga tanto el Estado y que permita una verdadera evaluación de los conocimientos que tengan los colegiados y no algo ficticio, como actualmente se maneja, donde la gran mayoría de los estados integrantes del colegio sirven para aglutinar a representantes de algunos poderes del Estado.

La propuesta tiene tres cometidos iniciales y esenciales. El primero de ellos es convocar a los profesionales del derecho y a las autoridades a tomar en serio el tema de la colegiación profesional; esto permitiría un autocontrol de la actuación profesional de los abogados, tanto que se trate de consultores, de litigantes, de notarios, de fiscales, de juzgadores o de cualquier especialidad jurídica donde puede perturbarse el bienestar de los demás en lo individual o en lo colectivo y que hoy en día no existe, con lo que se causa un notorio detrimento para la sociedad.

Un segundo aspecto deberá ser la interlocución con las diversas instancias de gobierno y de la sociedad. Los asuntos de la justicia son de una dimensión que excede los temas propios y exclusivos de la abogacía, involucran a todos casi sin excepción, Estado, sectores sociales, sistema educativo, aparato económico, profesionales, de la antropología, la psicología, la historia, la administración, la economía y la política; entre otros los responsables del empleo, los responsables de la seguridad, los de la salud, los del desarrollo, los del bienestar, los de la comunicación, los de la religión y muchos más. Por ello es una tarea donde se requiere la interlocución con una abogacía unida o de lo contrario se arriesga a un diálogo inocuo y al final de cuentas estéril.

Un tercer contenido inicial será el logro de una codificación de ética profesional, ello es imprescindible, urgente e impostergable. La abogacía no ha estado sujeta a reglas de conducta profesional claras y definidas. En esto no difieren mucho de las demás profesiones, pero por ahí debe comenzarse. La unión sin reglas éticas podría ser para el mal y no para el bien, por ello se requieren las reglas de una moral conductual colectiva, que determine la sana actuación del abogado frente al adversario, frente al juez, frente al fiscal, frente al cliente, frente a los otros abogados, frente a la sociedad en su conjunto y al final de cuentas frente a sí misma.

Honorable Asamblea, sigue siendo aún en nuestros tiempos vigente la demanda famélica de Justo Sierra, por ello alguien ha dicho, que la pobreza duele, quela desigualdad hunde pero que la injusticia cala.

Es cuanto, señor Presidente.

-EL C. PRESIDENTE. Gracias señor diputado José Elías Romero Apis.

Insértese el texto íntegro de la Iniciativa en el Diario de los Debates y publíquese en La Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

Para presentar una Iniciativa de Reforma y Adición a diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, referente a Reducción de Legisladores , tiene el uso de la palabra el señor Diputado José Ramón Soto Reséndiz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, hasta por diez minutos.

En virtud de no encontrarse presente en el Salón de Sesiones, pasa al final del Capítulo.

Tiene el uso de la palabra el señor Diputado Rafael Servín Maldonado del grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática hasta por diez minutos, para presentar una Iniciativa de Ley de Fomento a las Artesanías.

-EL C. DIPUTADO RAFAEL SERVIN MALDONADO.- Gracias señor Presidente. El suscrito, Diputado integrante del Grupo del Partido de la Revolución Democrática, somete a la consideración de este pleno la Iniciativa de Ley Federal de Fomento a la Actividad Artesanal.

Exposición de Motivos.- La actividad artesanal es una de las más importantes en el desarrollo económico y social en diferentes regiones de nuestro país, a esta actividad se dedican más de 8 millones de personas, principalmente en zonas indígenas que laboran para poder satisfacer su medio de vida a través de la elaboración de diferentes productos artesanales.

Existe un claro rezago en el impulso a esta actividad ya que los más de ocho millones de artesanos encuentran una realidad lamentable sin posibilidades de acceder a apoyos crediticios e institucionales, sin programas de capacitación para mejorar sus procesos de producción y sin respaldo para la comercialización de sus productos.

Históricamente la actividad artesanal muestra las raíces culturales de un pueblo utilizando las viejas técnicas y el uso de instrumentos o de herramientas rudimentarias cuyos conocimientos se transmiten de generación en generación.

Hoy por hoy, los artesanos de nuestro país no encuentran un vínculo entre las acciones de Gobierno por no tener un instrumento jurídico que les permita acceder, por medio de la Ley, a una auténtica protección de sus obras. Existe intermediarismo, robo de obras y derechos de autoría así como la sobre explotación de su mano de obra.

Con esta Ley se pretende identificar el tipo de artesanías que existen en diferentes zonas del país así como el padrón real de artesanos.

A través de esta Iniciativa de Ley, se pretende promover la organización, la capacitación y los procedimientos para a comercialización, a nivel nacional e internacional.

Se pretende también promover programas de difusión, gestión e investigación de la actividad artesanal buscando a través de este instrumento jurídico resolver la problemática por la que atraviesa esta noble actividad.

Esta Iniciativa promueve la celebración de convenios entre la Federación, Estados y Municipios para el beneficio de los artesanos en las diferentes zonas de la nación con el objeto de gestionar a favor de ellos, extensiones fiscales .tarifas preferenciales en energéticos y acceso a las prestaciones sociales y el registro de sus obras.

Esta ley facultará a la Secretaría de Economía para determinar las acciones para el desarrollo de esta actividad; organizar a los artesanos y reorientar los planes y programas para facilitar el financiamiento para el desarrollo de esta actividad en los diferentes ámbitos de su competencia; será también la obligación de la Secretaría de Economía el rescate y preservación de la artesanía como un patrimonio artístico, simbólico e histórico de México.

Deberá, ante la globalización de los mercados, preservar principalmente los productos artesanales; elaborar planes y programas para la identificación y protección de la actividad artesanal; identificar y reconocer jurídicamente a los artesanos y sus formas de organización; gestionar ante otras dependencias el registro de autoría de sus obras; vigilar la actividad artesanal para preservar el acervo cultural e integrar al sector artesanal al desarrollo económico de la nación, alentando la producción artesanal como una actividad generadora de empleos que beneficie principalmente a las comunidades donde se elaboran.

Promocionará, conjuntamente con la Secretaría de Turismo, la exhibición de artesanías en los mercados nacionales e internacional realizando muestras de todo tipo que permitan la venta directa a los artesanos en los lugares donde se promuevan; promoverá ante el Banco de Comercio Exterior y otros organismos el apoyo financiero para los artesanos.

Se pretende, a través de los planes de la Secretaría de Economía, elaborar muestrarios, carteles, mensajes de radio y televisión e Internet, todo el catálogo de artesanías existentes en nuestra nación.

El Consejo de Promoción Turística de México tendrá la obligación de difundir en los mercados nacionales e internacionales el acervo artesanal de las diferentes regiones de nuestro país.

Esta iniciativa contempla involucrar al sector público, al sector social y privado para establecer centros de capacitación, escuelas e institutos que se dediquen a promover el conocimiento de nuevas técnicas, diseños y procesos de producción de la artesanía.

Se emprenderán acciones necesarias para que los artesanos tengan acceso a la adquisición y mejoramiento de sus viviendas; también se promoverán acciones necesarias para que los artesanos accedan a la seguridad social y a la atención médica.

A través de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, se supervisará que los artesanos cumplan con la ley en la materia para preservar el medio ambiente y los recursos naturales de nuestro país.

La artesanía de México representa la manifestación pluricultural y ancestral de nuestros pueblos, es justo darle el marco jurídico para su preservación.

Muchas gracias señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias señor diputado Rafael Servín Maldonado.

----- Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el diario de los debates;

----- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria, y

----- Túrnese a la Comisión de Cultura.

Para presentar una iniciativa de reformas a diversas disposiciones de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, tiene el uso de la palabra hasta por diez minutos, el señor diputado Jorge Chávez Presa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

En virtud de no encontrarse presente en el salón de sesiones, pasa al final del capítulo.

Tiene el uso de la palabra hasta por diez minutos, el señor diputado Humberto Muñoz Vargas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional para presentar iniciativa de reforma a los artículos 939 y 80 de la Ley de Sociedades de Inversión.

- EL C. DIP. HUMBERTO MUÑOZ VARGAS: Gracias Presidente.

El suscrito, Humberto Muñoz Vargas, en mi carácter de diputado federal de la LVIII del Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con  fundamento en lo establecido en los artículos 71 fracción II de la Constitución General y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de la Unión, pongo a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por la que se modifican los artículos 9, 39 y 80 de la Ley de Sociedades de Inversión, para que dichas instituciones proporcionen información oportuna al público en general, incrementando así la transparencia en los servicios financieros bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

Las sociedades de inversión son empresas dedicadas a invertir en instrumentos de deuda, divisas, acciones de empresas bursátiles entre otras. Dichas instituciones obtienen los recursos a invertir de las ventas de las acciones representativas de su capital a los inversionistas, con lo que éstos últimos se vuelven socios y pueden participar en las ganancias y pérdidas que generen las inversiones que realiza la sociedad.

Las sociedades de inversión son una alternativa para que los pequeños inversionistas puedan colocar su dinero en instrumentos financieros de mayor rendimiento, que estarían fuera de su alcance al tratar de invertir en forma independiente. A pesar de las ventajas que esta acción brinda, muchas veces queda fuera de las posibilidades de inversión de la mayoría de las personas, debido a que no hay difusión de los servicios y forma en la que opera.

Es por lo anterior que se debe regular a las sociedades de inversión para que proporcionen información oportuna al público en general, incrementando así la transparencia en los servicios financieros que presta y con ello se incentive el ahorro de las personas, por medio de la utilización de dichos instrumentos. Además de mejorar las condiciones del mercado al aumentar la competencia entre las sociedades de inversión.

La reforma que se propone sería benéfica tanto para los prestadores de ese servicio como para los consumidores, ya que por el lado de las sociedades de inversión estas verían un incremento en su demanda de servicios, al contar con una mayor difusión y por el lado del consumidor éste sería beneficiado, al contar con información clara y oportuna de dichas sociedades, lo cual incrementaría el ahorro y la inversión en nuestro país que tanto se requiere.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones antes mencionadas, presentó la siguiente iniciativa que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley de Sociedades de Inversión, para quedar como sigue:

Iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman los artículos 9,.39 y 80 de la Ley de Sociedades de Inversión.

Artículo único.- Se reforman los artículos 9, 39 y 80 de la Ley de Sociedades de Inversión, para quedar redactado en lo sucesivo de la siguiente manera:

Artículo 9.- Los prospectos de información al público inversionista de las sociedades de inversión, así como sus modificaciones requerirán de la previa autorización de la comisión y contendrán información detallada y relevante, la cual deberá ser objeto de una amplia difusión a fin de que se contribuya a la adecuada toma de decisiones, por parte del público inversionista entre la que deberá figurar como mínimo la siguiente:

Artículo 39.- Las personas que otorguen servicios de administración de activos, deberán estar constituidas como sociedades operadoras de sociedades de inversión y contarán con todo tipo de facultades y obligaciones para administrar, como si se tratará de un apoderado con poder general para realizar actos de tal naturaleza. Debiendo observar en todo caso el régimen de inversión aplicable a la sociedad de inversión de que se trate, así como su prospecto de información al público inversionista, salvaguardando en todo momento los intereses de los accionistas de la misma, para lo cual estarán obligados a difundir la información relevante, suficiente y necesaria para la toma de decisiones.

Artículo 80.- Tales disposiciones deberán procurar que la propaganda e información sea difundida adecuadamente entre el gran público inversionista y que ésta se exprese en forma clara, detallada y precisa a efecto de que no se induzca al público a engaño, error o confusión sobre la prestación de servicios que ofrecen las sociedades de inversión y las personas que le prestan servicios a éstas últimas.

Artículo transitorio. Unico. El Presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es cuanto.

EL PRESIDENTE: Gracias, señor diputado Humberto Muñoz Vargas.

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Para presentar iniciativa que adiciona el artículo 56 Bis, deroga el artículo 59, reforma el artículo 74 de la Ley Agraria, se concede el uso de la palabra hasta por diez minutos al señor diputado Francisco Javier Ortiz Esquivel, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

EL DIP. FRANCISCO JAVIER ORTIZ ESQUIVEL: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores:

El suscrito diputado federal de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión y a nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la fracción II del artículo 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a su consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 56 Bis, se deroga el artículo 59 y se reforma el artículo 74 de la Ley Agraria, conforme a la siguiente exposición de motivos:

El sector rural concentra el mayor problema de pobreza, marginación y rezago en este país. Este rezago humano, social y económico tiene graves consecuencias no sólo para quienes ahí habitan, sino también para el desarrollo general de nuestro país. Es urgente dar un giro radical a esta lamentable situación tras décadas de políticas públicas ineficaces para propiciar un verdadero desarrollo en el sector.

En este sentido, es nuestra obligación como legisladores revisar la regulación respectiva a fin de contar con el marco legal adecuado que promueva y no inhiba el desarrollo rural. Ahora que el tema del campo está en el debate nacional es importante manifestar que su mejoramiento sustancial pasa no solamente por la asignación mayor de recursos públicos, sino que es igualmente necesario contar con una regulación agraria que no dificulte la indispensable inversión, sino que la promueva. Mientras esto no suceda cabalmente cualquier proteccionismo y cualquier recurso público será insuficiente y en muchos casos desperdiciado lamentablemente, pues al no contar con el andamiaje estructural y los incentivos adecuados los esfuerzos y los recursos no rendirán los frutos esperados, frustrando irresponsablemente las expectativas de mejoramiento de los ejidatarios y comuneros al condenarlos a continuar atados a una regulación que los trata como menores de edad y que en el supuesto afán de protegerlos los frena en su libertad y les amarra de manos para competir.

La reforma del 92 logró ciertamente algunos avances en el tema de la seguridad en la tenencia de la tierra, en el tema de una mejor delimitación de los derechos de propiedad, asunto sin cuya completa resolución no es posible avanzar efectivamente en la meta de un campo próspero.

En este sentido reconocemos al Programa de Certificación de Derechos Ejidales, PROCEDE, como uno de los programas públicos de mayor relación costo-beneficio con grandes ventajas para los campesinos y para nuestro país, por la certidumbre que genera, promueve la paz social y las condiciones de entrada para la inversión y el desarrollo sustentable de nuestro medio rural, amén de apoyar el crecimiento urbano de nuestro país.

En este tema toral de una mejor delimitación de los derechos de propiedad, condición de cualquier proyecto de desarrollo, es importante recordar que la propiedad social en nuestro país ocupa alrededor de 103 millones de hectáreas, poco más de la mitad del territorio nacional, y dentro de esta superficie alrededor de las 2/3 partes son tierras de uso común, en donde por cierto los derechos de propiedad no están claramente delimitados con las consecuencias que ello representa en la mayoría de los casos, en términos de menor (¿) e inversión, sobre explotación y abandono.

Los ejidatarios son los primeros en darse cuenta de esta situación y por lo mismo en muchos casos, después de haber sido certificados por el PROCEDE han realizado una parcelación de facto de las tierras tituladas como de uso común y ahora demandan que se formalice esta realidad que ellos mismos han decidido y en donde cada uno goza de forma pacífica pero informal, de una porción del área de uso común con sus medidas y colindancias reconocidas, más no formalizadas por el título correspondiente.

Sin embargo, no son atendido debido en buena medida a las limitaciones presupuestales del PROCEDE, ya que por esa razón dicho programa se enfoca a los ejidos que no han sido certificados, situación que es entendible pero que es inconveniente mantener, pues es bien sabido que el avance de la certificación será cada vez más lento y por lo mismo no es conveniente hacer esperar las nuevas intervenciones del PROCEDE hasta que se agoten los ejidos pendientes de certificar.

Por todo lo anterior, se propone adicionar un artículo 56 Bis a la Ley Agraria, con el fin de que a los ejidos ya certificados que lo soliciten, se les apoyar legal y técnicamente en una nueva parcelación del área de uso común, ya sea ésta total o parcial.

A la vez, se propone derogar el artículo 59 de la misma ley, con el fin de permitir el parcelamiento de tierras ejidales o comunales localizadas en zonas de bosques o selvas tropicales, eliminando una restricción que no ha provocado la conservación y manejo sustentable del recurso, sino que en la mayoría de los casos ha generado el efecto contrario como se puede constatar fácilmente.

Asimismo, se propone la inclusión de un artículo transitorio en donde se solicita la Ejecutivo Federal, que en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, se incluya una partida específica para alcanzar el fin propuesto con la adición del artículo 56 Bis.

Señoras y señores legisladores: con la reforma propuesta atenderemos una demanda creciente de los ejidatarios, ampliaremos el marco legal que incentiva el mejor cuidado de los recursos naturales del país, propiciaremos las condiciones de entrada para una mayor inversión de los productores y también las condiciones para que la inversión pública genere los resultados deseados y nos solamente apoye transitoriamente el ingreso de los agentes del medio rural, sin incidir en el necesario cambio estructural.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito someter a la consideración de esta soberanía el siguiente decreto, por el que se adiciona el artículo 56 Bis, se deroga el artículo 59 y se reforma el artículo 74 de la Ley Agraria.

Artículo 56Bis.- Posterior a la certificación de las tierras de ejido, la asamblea con las formalidades previstas en los artículos 24 a 28 y 31 de esta ley, podrá solicitar al Registro Agrario Nacional, el apoyo y auxilio técnico para realizar la parcelación total o parcial de las tierras de uso común.

Artículo segundo.- Se deroga el artículo el artículo 59 para quedar redactado de la siguiente manera:

Artículo 59.- Se deroga.

Artículo tercero.- Se reforma el artículo 74 para quedar redactado de la siguiente manera:

Artículo 74.- La propiedad de las tierras de uso común es inalienable, imprescriptible e inembargable, salvo los casos previstos en los artículos 56 Bis y 75 de esta ley.

Transitorios

Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- Se solicita al Ejecutivo Federal que en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, se considere una partida específica para alcanzar el fin propuesto en la adición del artículo 56 Bis, dichos recursos serán aplicados a través de los programas existentes o mediante la creación de uno nuevo, según determinación del Ejecutivo Federal.

Tercero.- Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al contenido del presente decreto.

Es cuanto, ciudadano Presidente.

EL PRESIDENTE: Gracias señor diputado Francisco Javier Ortiz Esquivel.

Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Reforma Agraria.

Para presentar iniciativa que reforma el segundo párrafo del artículo 16 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; el primero y segundo párrafo del artículo 13 y el artículo 25 de la Ley Federal de Radio y Televisión, tiene el uso de la palabra hasta por diez minutos el señor diputado Carlos Raymundo Toledo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

EL DIP. CARLOS RAYMUNDO TOLEDO: Con su permiso, señor Presidente.

El que suscribe, Carlos Raymundo Toledo, diputado de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como por los

Artículos 51 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la H. Cámara de Diputados la presente iniciativa de reformas al párrafo segundo del Artículo 16 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, al primero y segundo párrafo del Artículo 13 y al Artículo 25 de la Ley Federal de Radio y Televisión a tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Esta iniciativa pretende dar respuesta a la petición de miles de compatriotas en el estado de Chiapas y particularmente de los que habitamos la franja fronteriza con Guatemala, quienes desde hace más de 20 años hemos sido testigos de la apertura que se ha dado en materia de información y de comunicaciones en el vecino país.

Día a día en la región del Soconusco y bastante adentrados en nuestro país, podemos recibir en nuestros aparatos de radiorrecepción, las señales de múltiples radiodifusoras guatemaltecas, por medio de las cuales supimos, los habitantes de la frontera azul, lo que era la apertura en los medios de comunicación en materia de política partidista, y desde hace muchos años también hemos sido testigos de la apertura de un número de estaciones de radio de la Iglesia Católica e Iglesias Evangélicas, que difunden sus programas religiosos, culturales y educativos a través de ellas.

En este mundo de hoy, inimaginable sin las comunicaciones, las Iglesias saben también que la búsqueda y el convencimiento de futuros feligreses, está en el adecuado uso de los medios.

En nuestro país entre el primero de enero de 198 y el 31 de agosto del 2000, la Subsecretaría de Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación, había autorizado la transmisión en medios electrónicos a más de 20,610 actos de culto público, es decir, 21 actos religiosos de carácter extraordinario autorizados por día.

Por tener un punto de comparación, en 1996 se presentaron 56 solicitudes, de las cuales sólo se autorizaron 45 y 11 más se negaron por no llenar los requisitos. Desde 1998 no se ha negado una sola, esto sin contabilizar las numerosas barras de programas educacionales y de valores, que patrocinados por las más diversas Iglesias, van tomando más y más espacios en los medios, sobre todo en el radiofónico.

Hasta a finales del año 2002 en lo que va de la presente administración, según datos proporcionados por Javier Moctezuma Barragán en el Coloquio La Libertad Religiosa en la Legislación Mexicana, se había celebrado más de 7,600 actos extraordinarios de culto público fuera de los templos, y alrededor de 16 mil actos de contenido religioso se habían difundido a través de la radio o la televisión.

En los estados de Tamaulipas, Tabasco, Guerrero y Chiapas, por mencionar algunos de los más importantes, así como en las ciudades fronterizas del norte del país, se multiplican las barras nocturnas con programas de Iglesias Evangélicas, cada vez con más éxito en audiencia y penetración.

En lo referente a las concesiones de medios masivos de comunicación no impresos, Moctezuma Barragán dice que existe gran convergencia entre líderes religiosos de diferentes credos y el interés institucional, para ahondar en el estudio de análisis de una probable apertura del Estado a favor de asociaciones religiosas en materia de administración, posesión o propiedad de medios masivos de comunicación no impresos.

Tenemos la impresión de que hemos alcanzado un aceptable nivel de madurez en este rubro, para ampliar el reconocimiento y tutela de esta dimensión de la libertad religiosa, dice Moctezuma Barragán. La experiencia de otros países en este tema, sin duda nos dará importantes referencias para regular con transparencia y certidumbre, la participación de las asociaciones religiosas en esta materia.

Los puntos que se deberán cuidar en los trabajos respectivos, es que no debemos olvidar la naturaleza de las asociaciones religiosas, cuyos fines se encuentran ajenos a los que implican preponderantemente el lucro, así como la decisión del Constituyente Permanente de que las asociaciones religiosas adquieran, posean o administren los bienes que sean indispensables para su objeto.

El día 28 de enero de 1982 se publicó en el Diario oficial de la Federación el decreto por el que se reforman los Artículos 24, 27 y 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos entre otros. El Artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala en su párrafo final sobre la obligación de que los actos de culto religioso se celebren ordinariamente al interior de los templos y, sin embargo, remite a la Ley Reglamentaria los casos extraordinarios que pudieran celebrarse.

Las reformas al Artículo 27 Constitucional permite a las asociaciones religiosas que se constituyan en los términos del Artículo 130 y su Ley Reglamentaria, la capacidad de adquirir, poseer y administrar exclusivamente los bienes que sean indispensables para su objeto, con los requisitos y limitaciones que establece la Ley Reglamentaria.

El objeto de las reformas del 130 en líneas generales, consiste en establecer la separación del Estado de la Iglesia, asimismo establece que corresponde al Congreso de la Unión legislar en materia de culto público, iglesias y agrupaciones religiosas y de igual manera que la ley reglamentaria respectiva será de orden público, desarrollará y concentrará las disposiciones que establece dicho numeral.

Entre los aspectos importantes que establece esta reforma se prescribe que las iglesias y las agrupaciones religiosas, tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su correspondiente registro. Asimismo se dispone que en los términos de la ley reglamentaria, los ministros de culto no podrán desempeñar cargos públicos y que como ciudadanos, tendrán derecho a votar pero no a ser votados, así como también que no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna.

En el dictamen aprobado el Constituyente Permanente esgrime los siguientes argumentos que motivaron la reforma: "...a lo largo de estos años nuestra sociedad ha ido evolucionando y transformándose, muchas de estas causas han requerido de la adecuación de nuestras normas jurídicas para imprimirle nuevos impulsos al desarrollo social"; por eso hoy el Estado Mexicano está modernizando su relación con los partidos políticos, con los sindicatos, con los grupos empresariales, con las iglesias, con los campesinos y las organizaciones en el campo y en las ciudades, con las comunidades indígenas dentro del cauce del estado de derecho y tomando en cuenta el pleno ejercicio de nuestra soberanía y el bienestar del pueblo de México.

En este camino el Estado tiene presente las etapas históricas previas que lo constituyen y explican, retoma de ellas lo esencial y modifica aquello que convenga para el provecho de la sociedad.

Dice el legislador "... el peso eclesiástico en la vida política y económica obligó al Estado Nacional a consolidarse bajo el signo del laicismo, pero no en el combate a la religiosidad del pueblo; la separación entre el Estado y la Iglesia en la segunda mitad del siglo XIX, principio básico del esfuerzo liberal no buscó perseguir creencias o eliminar convicciones, sino asegurar la consolidación del Estado Nacional y las libertades.

Por respeto a las creencias de los mexicanos –sigue diciendo el legislador- que es el ámbito de sus libertades, debemos dar a las relaciones entre el Estado y las iglesias, la transparencia y las reglas claras que demandan la modernización del país, debemos por eso fijar las bases para una clara y precisa regulación de las iglesias que la libertad de los mexicanos haya decidido que existan, para canalizar sus creencias religiosas con total respeto a quienes tienen otras o no comparten ninguna".

Debemos reconocer que el contexto internacional de hoy no aconseja sustraernos como excepción nacional a las relaciones modernas y transparentes que privan entre el Estado y las iglesias. En más de 120 países se reconoce la existencia jurídica de las iglesias y las libertades de creencias y de asociarse para manifestar, son parte de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la misma Organización, signados por México.

La personalidad jurídica les otorga a las asociaciones religiosas la capacidad de adquirir un patrimonio con lo que se sujetan al régimen fiscal. La reforma constitucional permite a las asociaciones religiosas puedan adquirir, poseer y administrar los bienes que sean indispensables para su objeto. Esta limitación está acorde con las iglesias, las cuales no tienen un objeto económico lucrativo. La sociedad mexicana tiene claridad en la percepción de los fines espirituales que persiguen las iglesias y con la misma claridad entiende que tales fines no están asociados a los de orden material o a los de cualquier forma de concentración patrimonial.

Por otra parte, el día 15 de julio de 1992 se publicó la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, este cuerpo normativo, según lo dispone el artículo 1º., está fundado en el principio de separación del Estado y las iglesias, así como en la libertad de creencias religiosas; es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de asociaciones, agrupaciones religiosas, iglesias y culto público y sus normas son de orden público y de observancia general en el territorio nacional.

El artículo 16 de este cuerpo legal establece expresamente en su segundo párrafo la prohibición para que las asociaciones religiosas y los ministros de culto posean o administren por sí o por interpósita persona concesiones para la explotación de estaciones de radio y televisión o cualquier tipo de telecomunicación, así como para adquirir, poseer o administrar cualquiera de los medios de comunicación masiva, excluyéndose de dicha prohibición las publicaciones impresas de carácter religioso.

Derivado de lo señalado en los preceptos anteriores, cabe señalar que en principio no existe una disposición o prevención en los artículos 24, 27 y 130 constitucional que establezcan una prohibición para que las asociaciones religiosas adquieran, posean o administren concesiones de cualquier naturaleza, cuanto menos de concesiones para la explotación de estación de radio y de televisión.

En tal virtud, se estima que dicha limitación en el patrimonio de las asociaciones religiosas, es fruto de la voluntad del legislador ordinario y no del Constituyente Permanente, por lo que a efecto de que las varias veces señaladas asociaciones religiosas cuenten con capacidad jurídica para adquirir y explotar medios de comunicación sociales, son suficientes con realizar las reformas pertinentes al artículo 16 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

Señor Presidente, ¿me permite terminar?

EL C. PRESIDENTE.- Se lo ruego, señor diputado.

EL C. DIPUTADO CARLOS RAYMUNDO TOLEDO.- Está claro que por los argumentos que hemos expuesto con anticipación, que la prohibición que establece el artículo 16 de la ley reglamentaria, va más allá del texto y de los límites de la fracción II del artículo 27 constitucional.

Por ello es una prohibición inconstitucional -dice Sánchez Meda- al tratar de aplicar ese artículo en un determinado caso concreto a una asociación religiosa, podría ésta combatir el primer acto de ejecución en perjuicio de ella, a través del juicio de amparo ante un juez de distrito con base en la parte final de la fracción I del artículo 114 de la Ley de Amparo.

Si lo que persiguió con la reforma constitucional de 1992 fue ampliar el régimen de libertades en nuestro país, no veo yo ningún inconveniente para reformar esos artículos para quedar como sigue:

"ARTICULO 1o: Se reforma el párrafo segundo del artículo 16 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público".

"ARTICULO 2o. Se adiciona el primero y segundo párrafos al artículo 13 y el artículo 25 de la Ley Federal de Radio y Televisión".

"ARTICULO 16. Las asociaciones religiosas podrán poseer y administrar la operación de estaciones de radio y televisión, cualquier tipo de comunicación o medios de comunicación masiva, incluidas las publicaciones impresas de carácter religioso, sin fines de lucro y sólo para lograr su objeto bajo el esquema de permisos y con los requisitos y condiciones que señala la Ley Federal de Radio y Televisión y demás leyes reglamentarias aplicables".

Dejo el texto íntegro para su publicación en la Gaceta, señor presidente.

-PRESIDENTE: Muchas gracias señor diputado Carlos Raymundo Toledo.

Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

Saludamos la presencia de los señores cronistas municipales del Estado de México que hoy nos acompañan en esta sesión.

Tiene la palabra hasta por 10 minutos el señor diputado Ramón Ponce Contreras, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa de Ley de Organizaciones Agrícolas.

-DIP. RAMON PONCE CONTRERAS: con el permiso de la presidencia; compañeras y compañeros legisladores:

El suscrito diputado federal de esta LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión y a nombre del grupo parlamentario del partido Acción Nacional y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea la Ley de Organizaciones Agrícolas, conforme a la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

"Hacia finales de la década de los 80 se había conformado una amplia y vigorosa corriente dentro del movimiento campesino que incorporaba redes, grupos organizados regionalmente o por producto y organismos campesinos dispersos. Los agrupamientos de esta corriente se encontraban fuera y dentro de las centrales y presentaban amplias identificaciones en términos de concepciones, comportamientos económicos y tipos de demandas.

"Esta confluencia puede esquematizarse en los siguientes elementos altamente articulados:

"Primero. El reclamo de autonomía para la organización campesina y la autosugestión de sus procesos productivos y

"Segundo. como contraparte el rechazo al paternalismo y el cooperativismo agrario en cuanto a sujeción al gobierno, autoritarismo y centralismo".

En esta confluencia de concepciones y prácticas está implícito un desplazamiento de la demanda de la tierra a un segundo plano y pasan a ser ejes de la movilización social, las demandas y necesidades relacionadas con la producción y la comercialización.

Debe reconocerse que en la esfera rural han ocurrido cambios en los tradicionales procesos de confección de las políticas públicas, cambios que se derivan del desmantelamiento parcial de la armazón del cooperativismo agrario, de los procesos de privatización y desregulación de los nuevos contrapesos que introducen las amplias libertades económicas y políticas a los productores.

Por lo que a principios de este sexenio se mejoró sustancialmente la interlocución campesina con el gobierno. Sin embargo, las modalidades, tiempos y ritmos de los cambios que se derivaron del proyecto reformador salinista fueron decisión y tarea casi exclusiva del gobierno. Más aún, las organizaciones campesinas regionales, no pudieran jugar un papel protagónico que permitiera imprimir una especifidad regional a las reformas, mucho menos a orientar y consolidar una base social local que asimilara los cambios y en congruencia desplegara nuevos comportamientos económicos.

Esta último apunta a la necesidad de contar con una mayor definición jurídica en cuanto a las formas de representación y organizaciones económicas de los productores, marcando claramente su papel, opciones e incentivos; en particular el esquema legal debe ser proclive a que las representaciones de productores emprendan su forma orgánica que les permita participar y corresponsabilizarse activamente en el diseño de las políticas públicas rurales.

En ese tenor basta una simple consideración sobre el cambio que se ha operado en México en el aspecto político, económico y social para poner de manifiesto la necesidad de que la ley dictada el 27 de agosto de 1932, con la cual se crea la Ley sobre Cámaras Agrícolas, mejor conocida como Ley de Asociaciones Agrícolas.

Esto revela, pues, que sus prevenciones no están ni pueden estar de acuerdo por la época en que se dictó. Con el progreso y con las transformaciones que en materia agrícola ha experimentado el país es indudable que esta ley carece de la visión de conjunto de los problemas en que tienen que intervenir las asociaciones agrícolas modernas.

Así pues, las formas más eficientes de producción y organización del trabajo pueden ser aplicadas en los ejidos y estas unidades serían más productivas que los demás sistemas de tenencia, si el Estado, además de atenderlas permanentemente, comprendiera a fondo la importancia socioeconómica y agrícola del ejido, facilitando además su organización en toda instancia propicia o requerida por los campesinos, exigiendo estricta responsabilidad a los encargados de dirigir la técnica de los cultivos y a quienes manejan el crédito.

Es responsabilidad de nosotros, como representantes de la sociedad, actualizar el marco jurídico que rige a las asociaciones agrícolas a fin de que éstas cumplan con sus funciones, de acuerdo con las condiciones que actualmente vive el campo nacional, toda vez que la legislación vigente data de muchos años sin modificaciones.

Acción Nacional siempre ha querido que México tenga un campo productivo, competitivo y sin pobreza generalizada, que sea de oportunidades y con calidad de vida de forma que satisfaga las necesidades nacionales y canalice los excedentes hacia el extranjero y obviamente al mercado nacional.

De esta manera, combatir la pobreza y marginación de los campesinos mexicanos que no hayan podido alcanzar los estándares de productividad agrícola esperados para esta fecha.

Por lo anterior, el proyecto de la iniciativa de organizaciones agrícolas tiene como objetivo dotar a las asociaciones agrícolas de un marco jurídico integral para responder a las necesidades actuales de los distintos productores del país.

El contenido de dicha iniciativa se encuentra distribuido en tres títulos, los cuales son: primero, de las disposiciones generales; segundo, de las organizaciones agrícolas y, tercero, de las sanciones administrativas y del recurso de revisión.

Por lo que hace al título primero, o sea el de las disposiciones generales, presenta una descripción general de los alcances y limitaciones que tiene el proyecto; asimismo sienta las bases para establecer los procedimientos de constitución, organización y funcionamiento de las asociaciones agrícolas, así como también la disolución y cancelación de éstas. Define la competencia para regir las acciones que se señalan en el proyecto, las cuales recaen en la Sagarpa.

Posteriormente se definen distintos términos que están contemplados en el cuerpo de la iniciativa propuesta para ubicar los actores y el sentido de la misma.

Las disposiciones contenidas en el título segundo, que es lo que respecta a las organizaciones agrícolas, organiza de una manera adecuada la constitución y el registro de sesiones agrícolas al delimitar el objeto de las mismas, así como su constitución a nivel local, estatal y nacional.

La aportación más generosa de este proyecto se encuentra en el capítulo cuarto, donde se establece claramente la disolución y cancelación de estas organizaciones.

En el último título, es decir, el tercero, el de las sanciones administrativas y el recurso de revisión, se agrega en el cuerpo propuesto de la ley un apartado sobre las sanciones a las que se han de hacer acreedores los sujetos que incumplan las disposiciones previstas en ella. En dichas sanciones se especifican los casos y montos que serán impuestos en caso de incumplimiento.

Por lo anteriormente expuesto y fundado me permito someter a la consideración de esta soberanía el siguiente decreto por el que se crea la Ley de Organizaciones Agrícolas.

Por su atención muchas gracias.

EL C. PRESIDENTE: Gracias, señor diputado Ramón Ponce Contreras. Publíquese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates, en la Gaceta Parlamentaria e túrnese a la Comisión de Agricultura y Ganadería.

Para presentar una iniciativa de reforma a diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley que establece normas mínimas sobre readaptación social de sentenciados en materia de ejecución de sanciones, prevención y readaptación social, tiene el uso de la palabra hasta por diez minutos el señor diputado Manuel Arturo Narváez Narváez del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

- EL C. DIP. MANUEL ARTURO NARVÁEZ NARVÁEZ: Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados: En obvio de tiempo voy a leer una síntesis de la presente iniciativa y haré llegar a la Secretaría de la Mesa Directiva el texto completo de la misma a efecto de que se inserte de manera íntegra en el Diario de los Debates y se publique en la Gaceta Parlamentaria.

"El suscrito diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados nidos Mexicanos someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente Iniciativa de Decreto por la que se reforman diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley que establece las normas mínimas sobre readaptación social bajo la siguiente

"EXPOSICION DE MOTIVOS

"El grupo parlamentario de Acción Nacional considera de acuerdo a su congruencia histórica, que el sistema penitenciario en México es un problema que debemos corregir de fondo.

"El penitenciarismo mexicano busca el equilibrio entre la seguridad y la protección de los derechos humanos de los encarcelados, concepto que comprende no sólo la garantía de su integridad física y mental, sino también el aseguramiento de mejores condiciones de cumplimiento de la pena dentro de un marco de legalidad y solidaridad, tales como: Equipamiento, alimentación, salud, educación, trabajo, clasificación e individualización.

"En menos de diez años transitamos del causalismo al finalismo, del finalismo de nuevo a un causalismo sui géneris, originando, entre otras cosas, el incremento de las penas y la sobrepoblación penitenciaria.

"Las más de 400 prisiones que existen en territorio nacional, exige una atención inmediata, requieren de la separación entre sentenciados y procesados sea una realidad.

"Que los inmuebles obsoletos que continúen funcionando como prisiones, sean sustituidas por modernos edificios.

"Lograr la readaptación social de sentenciados y que el individuo sea útil a la sociedad en que vive, es una realidad que demandan las más de 170 mil personas privadas de su libertad en la República Mexicana.

"Consciente de esta situación el Presidente Vicente Fox Quesada, a través del Plan Nacional de Desarrollo estableció en el apartado de Seguridad Pública la estrategia de reformar los ordenamientos jurídicos que permitan la renovación del sistema penitenciario mexicano y reestructurarlo de forma integral, entendiendo por integral el cambio del viejo paradigma que ha puesto en evidencia el fracaso de la readaptación y reinserción social de los internos y de quienes ya cumplieron su sentencia.

"Con esta nueva visión es necesario cambiar la concepción de los centros de reclusión para convertirlos en centros de trabajo, educación y deporte, combatir la corrupción en todas sus formas y mejorar las instalaciones.

"En tal contexto el Gobierno Federal ha implementado en el ámbito de su competencia diversas acciones tendientes a reforzar y modernizar los instrumentos e instituciones para la ejecución de sanciones penales que garanticen la seguridad jurídica e integridad física a los sentenciados del fuero federal.

"Cabe señalar que entre las diversas acciones realizadas por el Ejecutivo se propuso a este Honorable Congreso cambios a la Ley Orgánica de la Administración Pública y fue así que en su momento aprobamos dichas reformas para crear la Secretaría de Seguridad Pública, misma a la que se le dotó entre otras atribuciones, las relativas a la ejecución de las penas por delitos del orden federal, la administración del Sistema Federal Penitenciario, la participación en el traslado de los reos, la administración del sistema Federal para el Tratamiento de Menores Infractores, atribuciones que anteriormente tenía encomendada la Secretaría de gobernación y que eran realizadas a través de la dirección General de Prevención y Readaptación Social.

"Ahora bien el día 6 de febrero de 2001, se publicó en el diario Oficial de la Federación el Reglamento Interno de la Secretaría de Seguridad Pública, mediante el cual en sus artículos 3º., 29, señala que para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará de las unidades administrativas, entre las cuales se destaca el órgano administrativo desconcentrado Prevención y Readaptación Social, confiriéndole amplias atribuciones en el ámbito penitenciario.

"Posteriormente para el debido cumplimiento de las atribuciones a cargo del órgano administrativo en comento, el 6 de mayo de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el reglamento del órgano administrativo desconcentrado Prevención y Readaptación Social.

"Como consecuencia de lo anterior es importante destacar que a la mayoría de la legislación vigente que rige y reglamenta la actuación de la autoridad ejecutora federal en materia de sanciones, prevención y readaptación social, además de encontrarse dispersa con frecuencia se hace mención en ella a la Dirección de Prevención y Readaptación Social, dependencia que antes de la reforma de 2000 era la competente para resolver lo relacionado a la ejecución de las sanciones y que dependía de la Secretaría de Gobernación.

"Ante tal situación Acción Nacional considera impostergable que se adecuen los cambios anteriores a la legislación vigente y se utilice la denominación correcta de la autoridad competente, a efecto de que todos los que de alguna manera estén involucrados en la materia respectiva conozcan con precisión quien es la autoridad responsable y a la que se debe acudir para ejercitar sus pretensiones, acciones o excepciones.

"Por tanto, el grupo parlamentario de Acción Nacional propone a través de esta iniciativa reformar diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la ley que establece las normas mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, a efecto de establecer en sus partes conducentes la denominación correcta de la autoridad competente en materia de ejecución de sanciones, prevención y readaptación social a nivel federal. Es decir, se pretende cambiar dentro de dichos cuerpos normativos las disposiciones legales que hacen referencia a la desaparecida Dirección General de Prevención y Readaptación Social, dependiente en ese entonces de la Secretaría de Gobernación, para que en su lugar hacer mención al órgano administrativo de Prevención y Readaptación Social dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública, órgano que sustituye actualmente la autoridad federal competente en materia de ejecución de sanciones, prevención y readaptación social.

"Concluyo mi intervención señalando que la presente Iniciativa constituye un primer paso para poder contar con un marco jurídico actualizado y acorde con las nuevas políticas federales en materia de prevención, exposición de sanciones y readaptación social".

Es cuanto, señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE DIPUTADO JAIME VÁZQUEZ CASTILLO (PRI): Gracias, señor Diputado. Si nos hace favor de entregar la Iniciativa, señor diputado Manuel Arturo Narváez Narváez.

Insértese el texto íntegro de la Iniciativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese para su estudio y dictamen a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Gobernación y Seguridad Pública.

Para presentar una iniciativa de reforma a los artículos 1092 y 1093 del Código de Comercio, se concede el uso de la palabra, hasta por diez minutos, al señor diputado Francisco Esquivel Jurado Contreras, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

- EL C. DIPUTADO FRANCISCO ESQUIVEL JURADO CONTRERAS (PAN): Con el permiso de la Presidencia.

Compañeras y compañeros Diputados:

"La necesidad de los ciudadanos de asegurarse contra riesgos propios de la vida moderna se refleja en la contratación de servicios financieros con instituciones que los prestan cada vez con mayor intensidad. Sin embargo, no son escasas las ocasiones en que resulta ineludible acudir a las instancias judiciales para hacer efectiva la obligación contraída por tales empresas, lo que da lugar a que se inicie un litigio que resulta prolongado y costoso para los contratantes que están obligados a demandar el pago de las prestaciones correspondientes, pero además de la extraordinaria carga económica que significa contratar los servicios de profesionistas, que presten asesoría jurídica, los inconformes deben soportar una carga extra que los obliga a plantear su petición ante autoridades judiciales con residencia en lugares distintos a donde radica el interesado.

El origen de esta situación, que puede válidamente calificarse como ajena a los principios de celeridad, equidad y gratuidad que rigen el servicio público de administración de la justicia, se encuentra en el abuso del sistema de competencias establecido en la legislación civil y mercantil que tiene como base el principio de la voluntad de las partes, bajo la figura de la sumisión expresa, lo que significa que por un acuerdo de voluntades se puede fijar la competencia en cualquier lugar, siempre y cuando en ellas tenga alguna de las partes residencia, sea el lugar del cumplimiento o el de la ubicación de la cosa.

La permisibilidad legal que privilegia el acuerdo de voluntades para fijar la jurisdicción de un tribunal, ha sido aprovechada de manera indebida por las instituciones de servicios financieros, toda vez que en los contratos que celebran con los interesados en tales servicios, imponen como cláusula la renuncia al fuero competencial que por ley les corresponde, a la vez que otorgan a la institución proveedora la facultad de decidir a su entero arbitrio el lugar donde pueden demandar o puede ser demanda y por lo regular la institución elige tribunales que están fuera del domicilio del usuario del servicio.

Esta actitud que bien puede calificarse como fraude a la ley, crea un obvio perjuicio a los usuarios y también es contraria a las leyes vigentes que tratan de velar por la equidad entre el usuario y el proveedor del servicio financiero, puesto que aún cuando el usuario obtenga un dictamen técnico favorable a sus intereses ante la CONDUCEF, está constreñido a demandar en el lugar en el que tuviera su domicilio la proveedora del servicio, ya que los dictámenes carecen de fuerza vinculatoria y cuya residencia en la mayoría de las ocasiones se encuentra en la ciudad de México, Distrito Federal, o en sus cercanías.

Por otra parte, es necesario resaltar la necesidad de que las leyes que regulan una materia sean cabalmente compatibles, pues sólo así pueden ser aplicadas de manera conveniente. Dentro de este contexto resulta que de acuerdo a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros en su artículo 65, determina que son los usuarios quienes eligen la oficina que recibirá y tramitará su queja, lo que hace necesario adecuar la legislación procesal para que los interesados entablen sus demandas bajo un solo denominador jurisdiccional.

Ahora bien, si se examina lo que ocurre ante un supuesto de incumplimiento por la empresa prestadora del servicio, resulta en la actualidad que el usuario acude a la delegación de la CONDUCEF más cercana a su domicilio y obtiene un dictamen técnico favorable a sus intereses en tanto concluye el incumplimiento de la institución financiera, pero no demanda ante los tribunales de la localidad, debido a que las cláusulas del contrato o la póliza en cuya formulación no interviene el usuario debido a que están elaborados e impresos previamente de manera unilateral por la propia institución financiera, impone la sumisión expresa a los tribunales que resulten más convenientes por su ubicación a los intereses de la institución. Además, las instituciones financieras utilizan tal circunstancia para desalentar a los usuarios que tengan algún reclamo que ventilar en contra de las citadas instituciones, lo que reduce el número de litigios que pueden llegar a tener en contra, sobre todo cuando se reclaman pequeñas sumas de dinero que hacen incosteable la incoación de algún litigio.

Si a esto se agrega que la mayoría de las empresas de México se ven afectadas por prácticas similares, incluso en proporción superior, es obvio que existe un desequilibro ante los proveedores de servicios financieros y los usuarios de los mismos, afectándose a la población en general y el sector productivo.

La problemática descrita con amplitud amerita una solución, que en estricto sentido es extraordinariamente sencilla, restringiendo la voluntad de las partes respecto de las reglas de la competencia y la figura de la sumisión empresa, para efecto de que ésta deba ser fijada a favor de los usuarios mediante la reforma a los artículos 1092 y 1093 del Código de Comercio, consistente en que tratándose de los actos, contratos o convenios celebrados entre proveedoras de servicios financieros y sus clientes o usuarios, entendiéndose por usuario e institución financiera únicamente las contempladas por las fracciones I y IV del artículo 2º de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, siendo pertinente señalar que los usuarios de servicios financieros pueden acudir a la ofician de la CONDUCEF más cercana de acuerdo al artículo 65 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, por lo que la reforma propuesta agonizaría con el citado ordenamiento.

De esta manera ya no será lícito pactar la jurisdicción a favor de las instituciones proveedoras de servicios financieros, ya que no podrá pactarse competencia a favor de las citadas instituciones y será en todo caso competente el tribunal del lugar que elija el usuario al demandar, con el fin de que el usuario demande en el lugar en el que le resulte más accesible o bien si demanda la institución será competente el del lugar en que exista el juzgado de primera instancia o juzgado de distrito más cercano al lugar donde efectivamente tenga su domicilio el usuario.

Con esto, se evitarán abusos por parte de las citadas instituciones y los usuarios estarían en aptitud de por lo menos acudir ante una instancia judicial que examinara sus pretensiones y la modificación anotada no generaría ningún perjuicio a las instituciones financieras debido a que estas deben procurar tener oficinas en todo el territorio nacional, de conformidad con los párrafos 2º. Y 3º.del Artículo 65º de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.

De esta manera se cumple la garantía de tutela judicial consagrada en el Artículo 17º de nuestra Carta Magna que implica, entre otros derechos de los Gobernados, el libre acceso a la justicia y la gratuidad de la misma.

Por lo antes expuesto, pongo a consideración de este pleno la siguiente propuesta:

ARTICULO UNICO. Se reforman los Artículos 1092 y 1093 del Código de Comercio, para quedar como sigue.

Artículo 1092.- Es Juez competente a quien los litigantes hubieran sometido exprea o tácitamente, salvo que se trate de actos, contratos o convenios celebrados entre algún o varios usuarios de servicios financieros con una o varias instituciones financieras, en cuyo caso será competente el Juez que elija el usuario del servicio financiero o el Juez competente por materia y cuantía que se encuentre más próximo al domicilio del usuario.

Se entiende por Usuario de Servicios Financieros y por Institución Financiera en singular o plural, las personas clientes a que se refiere la Fracción I y IV del Artículo 2º de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

Artículo 1093.- Hay sumisión expresa cuando los interesados renuncian clara y terminantemente al fuero que la Ley les concede y para el caso de controversia, señalan como Tribunales competentes a los del domicilio de cualquiera de las partes del lugar de cumplimiento de alguna de las obligaciones contraidas o de la ubicación de la cosa.

No existe sumisión expresa cuando se trate de actos, contratos o convenios celebrados entre uno o varios usuarios de Servicios Financieros y una o varias instituciones financieras, de conformidad con el artículo anterior.

TRANSITORIOS.

UNICO.- Esta reforma entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, D. F. a 10 de Abril de 2003. Es cuanto.

(aplausos).

-EL C. PRESIDENTE. Túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

Tiene la palabra el Diputado José Tomás Lozano y Pardinas del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una Iniciativa que reforma el Artículo 32º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

-EL C. DIPUTADO JOSE TOMAS LOZANO Y PARDINAS.- Con su venia señor Presidente. En virtud de que el contenido de la Exposición de Motivos sobrepasa incluido el Decreto en límite de tiempo, que concede la Presidencia de esta H. Cámara de Diputados para su debida lectura, le solicito de la manera más atenta que dicha Exposición sea publicada íntegramente en La Gaceta Parlamentaria ye n el Diario de Debates.

Hablaremos brevemente de la Exposición de Motivos. En el Título Primero , Capítulo II intitulado "De los Mexicanos", la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos custodia y tutela la nacionalidad mexicana.

De esta manera nuestro orden jurídico Constitucional hace referencia al Derecho de Preferencia o de Exclusividad que ha estado presente desde sus origenes en todos los estados nacionales del mundo.

Los instrumentos de poder político, tales como las fuerzas armadas y los puestos clave de la infraestructura del transporte aéreo, terrestre o marítimo, así como la Administración Pública han quedado reservados a los nacionales en virtud de su fidelidad y su obligación de velar por su patria, obligación que no recae en los extranjeros.

En función de custodiar la soberanía del Estado, es de la exclusiva incumbencia de los nacionales sobre quienes no lo son, integrarse a formar parte de estos factores.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS Y CONSTITUCIONALES:

Nos remitimos a los primeros Estados históricamente reconocidos como tales y encontramos que en el imperio romano el Código Justiniano ya reservaba a los patricios con exclusión de otro cualquiera, el derecho de ocupar y ejercer cargos públicos.

En la misma línea, encontramos que el libertador, el Insurgente Generalísimo José María Morelos y Pavón establece en sus "Sentimientos de la Nación" que los empleos los obtengan sólo los nacionales.

Igualmente lo establece Ignacio López Rayón en los elementos constitucionales promulgados por la Junta de Zitácuaro en el año de 1811. Al establecimiento de la República, el general insurgente Guadalupe Victoria –Primer Presidente de México- promulga la Constitución de octubre de 18124, quedando en ella establecido el principio de referencia a favor de los nacionales.

El artículo 32 constitucional en el constituyente de 1857, el siglo XIX se caracteriza por dos grandes acontecimientos de orden político militar que dan origen, el primero de ellos, al surgimiento de México como nación independiente, libre y soberana; el segundo de ellos, implica las frecuentes guerras de intervención extranjera que acabaron despojando a la naciente república de más de dos veces la totalidad de su actual territorio.

Por las anteriores razones de orden político-social, el constituyente de 1857 retoma el principio de preferencia a favor de los nacionales prácticamente sin modificación alguna, estableciendo así el artículo 32 de la Constitución de 1857.

Concluida la Revolución Mexicana, la nación enfrenta el reto de reconstruir el orden constitucional y restablecer la armonía perdida entre las instituciones y el Estado o el municipio.

A ello se aboca el Primer Congreso Constituyente del Siglo XX.

A semejanza de sus hermanas repúblicas latinoamericanas, se inicia en el constituyente de Querétaro, una apertura en cuanto al principio de referencia a favor de los nacionales en materia de transporte marítimo.

El ameritado general revolucionario y diputado Cándido Aguilar, fundamenta la iniciativa para aperturar el transporte marítimo a tripulaciones extranjeras, haciendo notar con gran acierto su potencialidad marítima, la bondad de su posición geográfica y la extensión de sus costas.

Agrega el general Cándido Aguilar en su proyecto de iniciativa, que el requisito de mexicano por nacimiento se exigía en la Marina Mercante a los capitanes, a los patrones y a los sobrecargos, así como a las dos terceras partes de marinos que formaban la tripulación, pudiendo una tercera parte estar integrada por extranjeros.

De esta forma, el artículo 32 constitucional quedó redactado.

Al avanzar el siglo XX, una nueva etapa de alianzas bélicas, esta vez de orden mundial, previas a la mayor convulsión política o militar de este siglo, viene a delimitar los campos económicos y a coartar de tajo la integración de zonas comerciales.

Después de la Segunda Guerra Mundial, imperios y alianzas políticas militares, y bloques geoestratégicos, desaparecen cediendo su lugar a la integración de bloques comerciales y zonas económicas.

A lo anterior se suma la conversión de extensos países antes exclusivamente agrícolas

a la producción industrial con fines comerciales; comienza la integración del planeta. La integración comercial internacional tiene como principal protagonista a la Marina Mercante; es decir al transporte por vía marítima de mercancías.

Más del 80% de nuestras mercancías entre continentes se realiza por vía marítima, es así que el transporte marítimo se incrementa en número y tonelaje.

La aparición del contenedor, buques graneleros y porta contenedores, así como nuevas tecnologías de carga y descarga en la infraestructura marítima y portuaria, elevan aún más su importancia dentro del sector del transporte mundial, marco jurídico internacional de la Marina Mercante. lo anterior ocasiona la formación de un nuevo marco jurídico internacional en materia de Marina Mercante de altura. Los convenios internacional y la formación de organismos internacionales, han contribuido a establecer en concordancia y actualidad con las legislaciones nacionales de los países marítimos un nuevo marco internacional a la Marina Mercante de altura.

A este cuadro no excava la normatividad sustentada en convenios internacionales en materia de contratación laboral del marino mercante de altura, su capacitación y formación; merced a la normatividad y supervisión del orden internacional, hace que un amplió horizonte laboral se presente ante una nueva Marina Mercante.

El marco jurídico constitucional vigente, desafortunadamente en nuestro caso, dichas expectativas se ven coartada por el marco jurídico. Nuestro orden jurídico constitucional como parte fundamental del orden jurídico general en materia de Marina Mercante, no responde ya a los principios de actualidad y eficacia que todo orden jurídico debe tener. Se ha perdido la actualidad de la norma jurídica en el orden constitucional, en materia de Marina Mercante Nacional.

La eficacia y la actualidad son requisitos indispensables de todo orden jurídico vigente y la realidad actual del transporte marítimo es que México no cuenta con una Marina Mercante de altura. No señores, no tenemos ningún barco marino en los mares del mundo. Tenemos que luchar y desarrollar nuestra Marina Mercante, por lo tanto tenemos que cambiar este marco jurídico para que beneficie a los mexicanos y a los marinos mercantes. Es cuanto señor, Presidente.

EL PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Suscrita por diversos integrantes de distintos grupos parlamentarios, se ha recibido una iniciativa de reformas a la Ley de Cámaras.

Solicito a la Secretaría de cuenta al pleno de ella.

-LA SECRETARIA MARIA DE LAS NIEVES GARCIA FERNANDEZ: Esta Secretaría informa que se ha recibido una iniciativa de Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, la cual ha sido suscrita por legisladores de varios grupos parlamentarios en su nombre: diputado Martí Batres Guadarrama, diputado Alejandro Zapata Perogordo, diputado Rafael Rodríguez Barrera, diputado Armando Salinas Torre, diputado Erick Villanueva Mukul, diputado Rafael Servín Maldonado, diputado Cuauhtémoc Montero Esquivel y diputado Jorge Carlos Ramírez Marín.

EL PRESIDENTE: Insértese en el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

Tiene el uso de la palabra para presentar una iniciativa de Ley General de Sociedades Cooperativas el diputado Fernando Herrera Avila, a nombre de diputados de diversos grupos parlamentarios de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.

EL DIP. FERNANDO HERRERA AVILA: Buenas tardes. Con el permiso de la Presidencia.

Honorable asamblea: Con la finalidad de presentar una nueva Ley General de Sociedades Cooperativas, la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social ha venido realizando desde hace más de un año una serie de reuniones con el propósito de actualizar el marco jurídico que rige para las cooperativas mexicanas y recuperar la responsabilidad del Estado en su fomento.

El resultado lo entregamos hoy con la certeza de que estamos dando un paso adelante de los muchos que hay que dar para consolidar el cooperativismo como un elemento creador de riqueza y generador de empleos, pero sobre todo como formador de una cultura y un tejido social denso que fortalece los lazos de unión de los mexicanos.

En el proceso hemos participado los diputados de diferentes partidos políticos que integramos la comisión, juntos comenzamos a tender los vínculos de comunicación con los cooperativistas e iniciamos los trabajos con diversos cursos de inducción al cooperativismo y a la formulación de políticas públicas por expositores nacionales e internacionales.

Una vez desencadenado el proceso se han desarrollado numerosas reuniones, incluyendo la realización de diversos foros regionales de consulta en el que han participado cooperativistas nacionales y extranjeros. En esta permanente dinámica con el apoyo de la Organización Internacional del Trabajo, también se ha contado con su aval a la iniciativa que hoy se presenta.

Se revisaron los antecedentes del cooperativismo mexicano, sus debilidades y fortalezas y se ha trazado el horizonte de oportunidad que tiene en economías más abiertas, más competidas, pero también más demandantes de una oferta que integre la calidad, creatividad y el contenido social que las cooperativas pueden ofrecer.

Hay que señalar que en todo este proceso han participado también diferentes dependencias del Poder Ejecutivo, en particular la Secretaría de Economía a través de la Coordinación del Fondo Nacional de Empresas Sociales. Asimismo, han estado presentes integrantes de las Comisiones de Fomento Económico y de Desarrollo Social de la Cámara de Senadores.

Existen ejemplos valiosos de cooperativas mexicanas que han destacado nacional e internacionalmente. Sus experiencias y posiciones son valiosas y estimulan a otras cooperativas en su desarrollo, sin embargo, hay también cooperativas que requieren del apoyo del Estado para desarrollar y consolidar su presencia económica y sobre todo para cumplir en mayor extensión su papel de educadoras y formadoras en los principios de solidaridad, ayuda mutua, democracia y otros principios valiosos no sólo para las propias cooperativas, sino para la sociedad en su conjunto. Es por eso que procedimos a recoger las inquietudes y demandas de los cooperativistas, revisamos la mayor parte de la legislación internacional existente y confrontamos opiniones diversas que nos permitieran integrar una propuesta con dos componentes esenciales: actualizar el marco normativo y recuperar la responsabilidad social del Estado en el fomento cooperativo.

La primera parte reordena y actualiza las disposiciones existentes, busca crear mayor certeza jurídica que fortalezca la organización y operación interna de la cooperativa y su presencia económica en las actividades productivas. Esto sin dejar de lado la parte esencial del cooperativismo, constituida por sus valores y principios que se actualizan también en la iniciativa de ley, conforme a la última definición que de los mismos hizo la Alianza Cooperativa Internacional en septiembre de 1995.

La segunda parte a su vez reafirma la responsabilidad del Estado en la promoción y fomento de la constitución, operación y desarrollo de las sociedades cooperativas y de sus organismos de integración, define responsabilidades específicas a dependencias de la Administración Pública Federal y asigna la coordinación de las tareas de apoyo a la Secretaría de Economía. Se crea también el Padrón Nacional Cooperativo y se establecen las bases para que el INEGI lleve dentro de sus actividades regulares la estadística de la actividad económica cooperativa.

Con estas disposiciones se responde a varias inquietudes de los cooperativistas mexicanos, no obstante, sabemos que estará en manos de los propios cooperativistas su reposicionamiento social como una alternativa económica a los excesos del libre mercado y a la pretensión de lucro como única motivación productiva.

Otro de los retos de los cooperativistas será reagrupar sus estructuras de representación y articularse en esquema productivos más eficientes que les permitan una mas efectiva representación como sector social y una mayor capacidad para generar los beneficios económicos en bien de sus miembros y de su comunidad.

La iniciativa de ley que presentamos, no limita la autonomía ni restringe las posibilidades de agrupación y articulación, por el contrario, amplía sus posibilidades y deja a la decisión de los cooperativistas la definición del rumbo que deben tomar sus formas de organización superiores.

Así, también se amplían las posibilidades de integración, se fortalecen los derechos de los socios al establecer la posibilidad del voto secreto, al definir sus recursos en caso de expulsión y al obligar a los dirigentes a la rendición permanente de cuentas.

La propuesta de ley abre la posibilidad, como lo ha expresado un doctrinario mexicano, de comenzar la reconstrucción del cooperativismo. Los diputados integrantes de la Comisión queremos cumplir con nuestra responsabilidad en este sentido.

La tarea que comenzó desde el anterior presidente de esta Comisión y que hoy estamos culminando nos ha unido en torno a una propuesta que estamos convencidos será en beneficio de los cooperativistas de hoy y de quienes se sumen a esta alternativa económica y sobre todo social.

Durante el proceso de dictaminación que habrá de seguir, continuaremos abiertos a las inquietudes y dudas que hoy manifiestan algunos sectores del cooperativismo. Será nuestra responsabilidad lograr que la ley responda a sus necesidades actuales y principalmente a la construcción sólida que permita a las cooperativas mexicanas estar a la altura que hoy tiene el cooperativismo en las principales economías de todo el mundo.

Por último, es importante señalar que los grupos parlamentarios que suscriben la presente iniciativa, mantienen algunas diferencias respecto de los contenidos de la misma; sin embargo, coincidimos en la importancia de impulsar el sector cooperativo mexicano por lo que hemos decidido presentar esta iniciativa con el objeto de obtener los acuerdos finales al momento del dictamen de la misma y no detener la búsqueda de estos consensos.

Atentamente, solicito, señor Presidente, se turne al presente iniciativa que hoy entregamos, a nombre de diputados de diversos grupos parlamentarios, a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.

Es cuanto, señor Presidente.

EL PRESIDENTE: Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.

Para que se inscriba con Letras de Oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados el nombre del doctor Alfonso García Robles, tiene el uso de la palabra para presentar la iniciativa, la diputada doña Beatriz Paredes Rangel.

LA DIP. BEATRIZ PAREDES RANGEL (Desde su curul): Diputado Presidente.

EL PRESIDENTE: Sonido en la curul de la diputada Beatriz Paredes.

LA DIP. BEATRIZ PAREDES RANGEL (Desde su curul): Le ruego al diputado Presidente, autorice que sea el diputado Augusto Gómez Villanueva, a nombre de los firmantes, quien presente la iniciativa en mi turno. Gracias.

EL PRESIDENTE: Con todo gusto diputada. Tiene el uso de la palabra el diputado Augusto Gómez Villanueva para los efectos señalados.

EL DIP. AUGUSTO GOMEZ VILLANUEVA: Con su permiso, señor Presidente.

Honorables compañeras y compañeros diputados:

La tradición de exaltar el valor de los personajes que han dado huella en la historia de la dignidad de la patria, o se han significado por su valor civil o convicción social, tiene larga data en nuestro Congreso Nacional.

Los orígenes se remontan al 19 de julio de 1825, cuando el Soberano Congreso Mexicano decretó la Declaración en honor de los primeros héroes libertados de la nación y los que lo siguieron.

El texto inicial de decreto de referencia inicia señalando: "El Soberano Congreso Mexicano que jamás ha visto con indiferencia los sacrificios de los buenos patriotas,  que han presentado a la nación en todas épocas para sostener su independencia y libertad, ha tenido a bien decretar.

Así es, de estos orígenes surge la decisión que ha tenido el Congreso, o una de sus Cámaras, de perpetuar en letras de oro, en el Muro de Honor del recinto parlamentario, los nombres, conceptos o momentos históricos de personalidades de la vida nacional, que merecen conocerse y honrarse en la posterioridad.

Corresponde ahora a los diputados y diputadas firmantes de esta iniciativa de decreto, integrantes de diversas fracciones parlamentarias, proponer a este H. Pleno la inscripción del nombre de Don Alfonso García Robles, diplomático, abogado, internacionalista por la Universidad nacional Autónoma de México, con grado de maestría por La Sorbona de París, miembro distinguido del Servicio Exterior Mexicano, Subdirector de Asuntos Políticos y del Servicio Diplomático, Director en Jefe para Asuntos de Europa, Asia y Africa, de organismos internacionales, representante permanente de México ante el Comité de Desarme de la Asamblea General de las Naciones Unidas, Embajador Plenipotenciario y Extraordinario de nuestro país ante organismos del sistema internacional, Secretario de Relaciones Exteriores, Embajador Emérito y Premio Nobel de la Paz.

Ningún mexicano contemporáneo ha aportado más por la causa de la paz que Don Alfonso García Robles, su visionario activismo para promover el Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina, mejor conocido como el Tratado de Tlatelolco y su compromiso permanente a favor de la desnuclearización del orbe, de la reducción de todo tipo de armas y su permanente antibelicismo, cobra vigencia indudable en estos difíciles momentos de la vida del mundo.

Estimamos que, si en todo momento sería pertinente elevar a letras de oro, en el recinto parlamentario la figura de García Robles, en el contexto actual y dada las expresiones inequívocas de todas las fuerzas políticas, la abrumante mayoría de la sociedad mexicana, los poderes del gobierno de la república que han tenido a favor de la paz y en rechazo de la guerra en Irak, la exaltación de la personalidad de nuestro Premio Nobel de la Paz, ratificaría que la vocación pacifista de México, tiene un hilo de continuidad en nuestra historia y recoge amplios consensos de país.

El Tratado de Tlatelolco se aprueba en sesión plenaria de la Asamblea General de las Naciones Unidas el 27 de noviembre de 1963, sin un voto en contra, se abre afirma en la Ciudad de México el 14 de febrero de 1967 y se aprueba por el Senado de la República el 20 de septiembre del mismo año, publicándose en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre del propio año de 1967.

El pensamiento claro, la voz firme de México al través de su representante permanente ante el Comité para el Desarme de las Naciones Unidas, García Robles, señaló la trascendencia de tan histórico acto con estas palabras: "El Tratado de Tlatelolco es el primero que logra concertarse con el objeto de asegurar a perpetuidad la ausencia total de armas nucleares, ya no en regiones cubiertas por nieves perpetuas ni en remotos cuerpos celestes de los que nos separan millones de kilómetros, sino en territorios densamente poblados por el hombre y que alcanzan casi la amplitud de un continente en el planeta en que vivimos".

Constituye el primer ejemplo de protección incondicional, dijo García Robles, es en verdad un ejemplo que América Latina ofrece al mundo de su vocación pacifista y de su repudio inequívoco a toda posible carrera de armamentismo nucleares.

La trascendencia histórica de este Tratado de Tlatelolco, deviene de que su contenido no es sólo una expresión de principios de la política internacional de México producto de la lucha del pueblo mexicano por la paz, sino de su fuerza jurídica en el orden internacional.

Por ello, al refrendar el respeto que esta Legislatura tiene por García Robles y por la vía de la diplomacia internacional para construir un mundo mejor, estamos ratificando también nuestro respaldo al sistema multilateral de Naciones Unidas como única vía legítima para tomar decisiones y definiciones que inciden en el orden internacional.

Por las consideraciones expuestas y solicitando respetuosamente que esta iniciativa pueda acordarse en el curso del actual período de sesiones a efecto de incidir en la opinión pública nacional e internacional con una ceremonia que reitere y exalte la vocación pacifista de México y con fundamento en la fracción II del artículo 71 y en la fracción I del artículo 77 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a la consideración de esta Cámara de Diputados el siguiente proyecto de decreto:

Artículo 1º. Inscríbase con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre del insigne diplomático y pacifista Premio Nobel de la Paz, Alfonso García Robles.

Artículo 2º. Se instruye a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para que, en coordinación con la Mesa Directiva de esta Cámara, organice la ceremonia con la que se dé cumplimiento a la inscripción del nombre de Alfonso García Robles.

Transitorio único. Este decreto entrara en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 10 de abril de 2003.

Firman la diputada Beatriz Paredes Rangel por el Partido Revolucionario Institucional y el diputado Rafael Rodríguez Barrera por el mismo partido, el diputado Augusto Gómez Villanueva por PRI también, el diputado Julio Castellanos por el Partido de Acción Nacional, Alejandro Zapata por el PAN, diputado José Manuel Del Río Virgen por Convergencia, el diputado Manuel Galán Jiménez del PRI, el diputado Armando Salinas Torres por el Partido de Acción Nacional, el diputado José Narro Céspedes por el Partido del Trabajo, los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín del PRI, el diputado Ranulfo Márquez también del PRI, el diputado Jaime Vázquez también del PRI, el diputado Rogaciano Morales Reyes del PRD, del Partido de la Revolución Democrática, el diputado José Luis Esquivel Salpa del Partido de la Revolución Democrática, el diputado Cuauhtémoc Montero Esquivel por el Partido de la Revolución Democrática y el diputado José Manuel Del Río Virgen por el Partido de Convergencia.

Muchas gracias, señor Presidente.

EL C. PRESIDENTE.- Túrnese a la comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con la atenta solicitud a sus integrantes de que pudiesen discutirlo a la brevedad.

Sonido en la curul del diputado Martí Batres.

EL C. DIPUTADO MARTI BATRES GUADARRAMA, (desde su curul).- Gracias, señor Presidente, le agradezco que me permita este comentario simple y sencillamente para señalar que coincidimos con esta iniciativa que nos parece muy importante.

Nos parecería de gran trascendencia que efectivamente estén las letras de oro dedicadas en homenaje a don Alfonso García Robles y aprovecho además para señalar que nos parecería también muy trascendente, que esta Legislatura pudiera también plasmar en letras de oro el homenaje a los que cayeron el 2 de octubre de 1968, también un tema muy importante que está pendiente.

Gracias, señor Presidente.

EL C. PRESIDENTE.- Muchas gracias.

Para presentar una iniciativa de Ley Federal para las Personas con Discapacidad tiene el uso de la palabra el diputado Jaime Aceves Pérez, del Partido Acción Nacional.

-C. DIP. JAIME ACEVES PEREZ Con el permiso de la presidencia el suscrito diputado federal Jaime Aceves Pérez, del grupo del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en el artículo 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, someto a consideración de esta H. Cámara de la LVIII Legislatura, la presente iniciativa de Ley Federal para las Personas con Discapacidad, con base en la siguiente exposición:

"Esta propuesta tiene como finalidad establecer las bases, lineamientos y condiciones que permitan una real inclusión de las personas con discapacidad, implementando un marco jurídico que atendiendo los principios de igualdad y equidad, permitan condiciones en ámbitos de prevención de salud, educación, trabajo, cultura, asistencia social, deporte, entre otras, para garantizar el pleno desarrollo y goce de sus derechos y capacidades permanentes.

"En el proceso de transformación política que vive nuestro país, el reconocimiento de los derechos humanos de toda persona y la creación y posterior consolidación de las instituciones públicas que garanticen condiciones reales de respeto y equidad, eviten cualquier forma de discriminación que redunde en perjuicio y menoscabo de las personas con discapacidad.

"De la prevención y eliminación de este fenómeno dependen en gran medida la posibilidad de construir una sociedad más justa, abierta y participativa que genere condiciones reales de integración y desarrollo, a todas las personas con discapacidad.

"Este importante avance en el reconocimiento de los derechos esenciales de toda persona en este siglo se caracteriza ya no sólo por el desarrollo exclusivo de los bienes materiales, sino por el reconocimiento de los derechos humanos universales.

"Destaca el esfuerzo que realiza el Estado Mexicano. Es esta etapa de nuestra transición política para promover la defensa y promoción de los derechos humanos.

"Los principios de igualdad y equidad social son pilares de una política democrática en la que se privilegia a la persona y a sus derechos connaturales como factor principal del desarrollo y bienestar social.

"En este contexto la desigualdad social que se vive cotidianamente entre quienes padecen una disminución temporal o permanente de sus capacidades físicas, intelectuales, mentales o sensoriales, la desigualdad en sus relaciones social debilita el entretejido social.

"En un tema prioritario y por demás complejo, que requiere de una participación conjunta entre las autoridades de los tres niveles de gobierno, de políticas públicas humanitarias, claras y efectivas, que constituyen un compromiso que es fundamental para un cambio cultural profundo, que impulse un nuevo paradigma de organización social.

"Para evitar la segregación y la exclusión de miles de personas que padecen diversos tipos de discapacidad en nuestro país. Este esfuerzo para que sea integral, debe comprender como una de sus líneas de acción fundamental, las reformas legislativas que permitan adecuar nuestro marco jurídico a las expectativas y requerimientos sociales en los tres niveles de gobierno.

"En la reforma al artículo 1o. de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el 14 de agosto de 2001, se incluyó el derecho a no ser discriminado por cuestión de capacidades diferentes. Esta reforma implica un avance fundamental en el ordenamiento jurídico nacional, que posibilita la adecuación de diversas disposiciones normativas y la creación de instituciones públicas destinadas a la prevención y eliminación de las desigualdades más agraviantes para amplios sectores de nuestra población, procurando su plena integración al desarrollo social.

Entre los objetivos de esta iniciativa, que tiene su fundamento en el artículo 1º. párrafos 1º. y 3º. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se considera el establecer, promover y difundir las bases, fundamentos y condiciones que aseguren la igualdad de oportunidades, así como una mejor y más plena inclusión social de las personas con discapacidad.

La incorporación a los regímenes de educación, salud, seguridad y asistencia social, la actividad productiva, cultural, recreativa, la preservación y goce de sus derechos y libertades que nuestra carta magna le reconoce. La eliminación de las formas de discriminación, la generación de condiciones para una sociedad más incluyente y solidaria en su integración laboral.

Se consigna como elemento principal la prevención de discapacidades para toda persona, la implementación de políticas públicas que generen sistemas de atención primaria de la salud, otorgar atención prenatal, asistencia médica y psicológica, detección y diagnósticos en edades tempranas, prevención de accidentes, fomento de la investigación y todos aquellos aspectos que permitan las condiciones adecuadas para reducir y eliminar paulatinamente la discriminación de las personas con discapacidad.

La habilitación y rehabilitación de las personas con discapacidad para la recuperación de su funcionalidad, destreza y desarrollo.

Prevé la adecuación y el equipamiento de la infraestructura urbana y de servicios públicos necesarios. Prevé la capacitación y formación de personas con discapacidad a efecto de que cuenten con elementos necesarios para su integración laboral a la sociedad económicamente activa de nuestro país.

De igual forma se establecen las condiciones y requerimientos básicos para que estas personas cuenten con una garantía de respeto y trato adecuado, así como también su apoyo real e integración a programas productivos, asistenciales, artísticos, culturales y deportivos.

Esta iniciativa contempla una normatividad en materia de seguridad social que prevé condiciones laborales que garanticen actividades apropiadas a las personas con discapacidad, previendo cualquier riesgo a su salud y condición humana.

La iniciativa que se presenta es producto del trabajo sustentado en la consulta, el intercambio y diálogo social, el estudio y análisis de grupos vulnerables vinculados con la discapacidad, mismos que resultan afectados por las condiciones desiguales que actualmente prevalecen.

Con el objeto de omitir la lectura del articulado de esta iniciativa a la Ley Federal de Personas con Discapacidad, solicito a la presidencia que integre, junto con la exposición de motivos, en el Diario de los Debates y lo publique en la Gaceta Parlamentaria para su conocimiento, el articulado de esta ley. Y también le pido, si es posible, sea turnada a la Comisión de Grupos Vulnerables, para su dictaminación. Es cuanto, ciudadano presidente. Muchas gracias.

EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias, diputado. Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Grupos Vulnerables, para su dictaminación.

Tiene el uso de la palabra, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, referente a reducción del número de legisladores, el diputado José Ramón Soto Resendiz, del Partido Acción Nacional.

EL C. DIPUTADO JOSE RAMON SOTO RESENDIZ: Con su venia, señor presidente. En obvio de tiempo le solicito de la manera más atenta y respetuosa tenga a bien ordenar se publique en la Gaceta Parlamentaria y en el Diario de los Debates, en forma íntegra, esta iniciativa, en obviedad de tiempo. Solamente me voy a permitir extraer algunas partes de su contenido.

El que suscribe diputado federal José Ramón Soto Reséndiz, el diputado Armando Salinas Torre y otros compañeros del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión y con fundamento en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 56 fracción II y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía, la presente Iniciativa de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 52, 53, 54 y 56 y al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales a sus artículos: 11, 12, 13, 14, 18, 32 y 49 bajo la siguiente

"EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

"El devenir histórico y político nacional ha logrado que la dinámica de las instituciones hayan adoptado mecanismos tendientes a lograr una representación cada vez más eficaz.

"La revisión a nuestro sistema de representación conduce necesariamente a adoptar formas y reformas que procuren dar estabilidad política a nuestro país y a encauzar las figuras de representación adecuada a los reclamos ciudadanos.

"Las figuras que amparan esta Iniciativa implican la reducción de los 500 diputados a sólo 350, conservando la proporcionalidad, es decir, 210 diputados de mayoría relativa que equivalen al 60 % y 140 de representación proporcional equivalente al 40 %.

"En cuanto al Senado de la República, la propuesta es eliminar los 32 senadores plurinominales para reducir de 128 a 96 senadores.

"En cuanto a la reforma al Código Federal Electoral se plantea en esta iniciativa incrementar el porcentaje del 2 al 4 % para que un partido político pueda obtener su registro y todas y cada una de las prerrogativas incluido el financiamiento público, siempre y cuando en primera instancia mida su fuerza política para alcanzar tal porcentaje en una elección constitucional.

"Todos estos supuestos generarán importantísimas consecuencias favorables en el sistema político mexicano.

"Estos cambios repercutirán en el sistema de partidos políticos que sin duda se esforzarán para alcanzar el mayor consenso a favor de los individuos que resulten electos sobre todo cómo se canalizarán las ofertas políticas en el electorado.

"La propuesta es reducir pero manteniendo siempre el equilibrio entre los porcentajes que cada opción política ocupa, con la finalidad de hacer menos costosos los gastos del Estado de mejorar la calidad de los congresistas, para hacer más participativo y funcional al Poder Legislativo.

"Resulta pues que mantener cada diputado a los mexicanos en el presente año fiscal le cuesta nada menos que 6 millones 551 mil 106 pesos con 68 centavos; mientras que cada senador le cuesta a los mexicanos la cantidad de 13 millones 378 mil 373. 70 pesos. Desde luego que estas cantidades incluyen salarios de los diputados, senadores y demás gastos administrativos de infraestructura y de personal con el que cuentan ambas Cámaras.

"Con la reforma planteada en la presente iniciativa de reducción de diputados y senadores estaremos ahorrando por lo menos la cantidad de 1,410 millones 773 mil esos por ambas Cámaras, que representa aproximadamente el 40 % del presupuesto anual del Poder Legislativo.

"La dinámica de los cambios legislativos en la materia demuestra que las reformas han sido parciales e insatisfactorias y que no contamos con un modelo jurídico acabado que responda a las expectativas democráticas y a las necesidades multipartidistas.

 "Las finanzas de los partidos políticos constituyen el capítulo menos claro de su historia y sin embargo uno de los más importantes, es por ello que existe la necesidad de trasparentar con toda claridad el financiamiento público proveniente del erario; tema vigente y de urgente atención que reclama la sociedad. Legislar en este camino es una tarea ineludible para esta Legislatura, a fin de ajustar los montos de financiamiento a los partidos políticos, de acuerdo a la situación económica del país y a una verdadera fuerza que impera en la patria.

"El reto consiste en este tramo y tenemos, los señores legisladores, esta responsabilidad. El otorgamiento del financiamiento público deberá sujetarse a quien tanto el partido político no mida sus fuerzas en la participación de una elección constitucional y obtenga como mínimo el cuatro por ciento de la votación nacional emitida, no podrá ser acreedor de recursos públicos.

"Igualmente destacable es el debate sobre la pertinencia y una viabilidad en el excesivo número de partidos nacionales, algunos de los cuales no son representativos de un segmento mínimo del electorado, sino más bien son negocios familiares. La ley es doblemente benévola al permitir a los partidos pequeños coaligarse con alguna de las fuerzas reales y conseguir así votos artificiales. Ello es grave pues quien paga es el contribuyente y quien les da oxígeno es el Estado. Reciben un doble subsidio: el económico y el político.

"Me parece que lo que está mal es la legislación. Nadie está en contra de la pluralidad, siempre y cuando sea real. Así en las inminentes campañas electorales se entrará con una propuesta política real, viable, creíble y que estará sometida desde luego al escrutinio de los mexicanos.

"Es por eso que hoy, en nombre del grupo parlamentario de Acción Nacional, presentamos esta Iniciativa que recoge las inquietudes de millones de ciudadanos que nos reclaman asumir nuestra responsabilidad y compromiso con ellos, pues los ciudadanos han cuestionado tanto el desempeño de los partidos políticos como el desempeño del Poder Legislativo, en virtud de la polarización en las discusiones en temas urgentes para el desarrollo y estabilidad del país, temas de importancia lo son: la reforma eléctrica, la reforma laboral, la reforma fiscal, entre otras.

"Sin embargo, por posiciones encontradas entre los grupos parlamentarios aquí representados, compañeras y compañeros, no ha sido posible sacar adelante estas propuestas. Sin embargo, esto no es responsabilidad de los ciudadanos, es responsabilidad de nosotros los diputados porque los ciudadanos ya cumplieron con su compromiso: traernos aquí para representar sus intereses".

Muchas gracias.

- EL C. PRESIDENTE DIPUTADO ARMANDO SALINAS TORRE (PAN): Insértese el texto íntegro de la Iniciativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a las Comisiones de Puntos constitucionales y de Gobernación y Seguridad Pública.

Solicito a la Secretaría dé cuenta con el escrito recibido por el diputado Chávez Presa respecto de la Iniciativa que tiene agendada.

- LA C. SECRETARIA DIPUTADA MARÍA DE LAS NIEVES GARCÍA FERNÁNDEZ (PRI):

"Jorge Chávez Presa

"Diputado Federal

"Palacio Legislativo, 10 de abril de 2003.

"Diputado Armando Salinas Torre,

"Presidente de la Mesa Directiva

"de la Honorable Cámara de Diputados,

"P r e s e n t e .

"Con referencia a la iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley del Servicio de Administración Tributaria que presentaré en la sesión de esta fecha, me permito solicitar solicitar, respetuosamente, sea dispensada la presentación en tribuna de la misma.

"Solicito también sea turnada, hoy mismo, a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta honorable Cámara de Diputados.

"Aprovecho para enviarle un cordial saludo y las seguridad de mis consideraciones".

Rúbrica.

- EL C. PRESIDENTE: Insértese el texto íntegro de la Iniciativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

El siguiente punto del orden del día es el de dictámenes de primera lectura. Tal es el caso del dictamen con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero y el inciso b) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En virtud de que el dictamen se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, queda de primera lectura.

El siguiente punto del orden del día es la Primera Lectura del dictamen con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley del Depósito Legal y en virtud de que igualmente se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, queda de Primera Lectura.

Por lo que se refiere al dictamen con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 7, 8, 31 y 56 de la Ley General de Educación, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, queda de Primera Lectura.

Por lo que se refiere al dictamen con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, queda de Primera Lectura.

Solicito a la Secretaría consulte a la asamblea en votación económica si se le dispensa la Segunda Lectura y se pone a discusión y votación de inmediato, en virtud de que han manifestado esta intención la Junta de Coordinación Política y los Coordinadores Parlamentarios.

-SECRETARIA, DIP. ADELA CEREZO BAUTISTA: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se le dispensa la Segunda Lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(VOTACIÓN)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(VOTACIÓN)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

-PRESIDENTE: Se le dispensa la Segunda Lectura.

En tal virtud, para presentar la fundamentación del dictamen, de conformidad con el artículo 198 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, tiene el uso de la palabra el diputado Germán Arturo Pellegrini Pérez, por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, hasta por diez minutos.

-DIP. GERMAN ARTURO PELLEGRINI PEREZ: Con la venia de la Presidencia.

Honorable asamblea: Con fecha 26 de noviembre del 2002, el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos envió para la consideración de esta soberanía, la iniciativa de Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. La Presidencia de esta Cámara de Diputados en sesión ordinaria del 28 de noviembre del 2002, dispuso que dicha iniciativa fuese turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Con esa misma fecha la Comisión de Justicia y Derechos Humanos conoció la propuesta de reforma, procediendo a nombrar una Subcomisión de Trabajo para realizar reuniones de análisis e intercambio de puntos de vista en su discusión, aprobación o modificaciones en su caso.

Con fecha del día 9 de abril, el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos celebró una sesión para discutir, analizar, modificar y aprobar el presente dictamen, mismo que en este acto se somete a consideración de esta soberanía.

El Titular del Ejecutivo expone en la iniciativa que los principios de igualdad y equidad social son pilares sobre los que se debe sustentar una sociedad realmente democrática. En este contexto la desigualdad aparece como un factor que daña el tejido social, que debilita a las instituciones y obstaculiza nuestro desarrollo; que la existencia de inequidades sociales es un asunto por demás complejo, que requiere de una tarea colectiva y de políticas públicas claras y efectivas.

Una lucha comprometida contra la discriminación debe aspirar a un cambio cultural profundo, que impulse un nuevo paradigma de organización política, capaz de producir una recomposición de las relaciones sociales, sólo así se podrá acabar con la exclusión que afecta a millones de personas. Sin embargo este esfuerzo para que sea integral debe comprender como una de sus líneas de acción fundamentales, las reformas legítimas que permitan adecuar nuestro marco jurídico a las demandas de la sociedad.

En la exposición de motivos se arguye que la presente iniciativa de ley contiene los elementos para servir como marco jurídico en la tarea de prevenir y eliminar la discriminación, que se trata de un instrumento jurídico novedoso en la forma y en el fondo, que deriva como un esfuerzo ciudadano sin precedentes en la historia de la defensa de los derechos humanos en México, que su mayor valor y fortaleza se encuentran en la lucha por convertir las demandas  y aspiraciones de quienes han sido injustamente colocados en situación de desigualdad, en prescripciones jurídicas, ello no sólo beneficiará a los más desprotegidos, sino que esta Iniciativa de Ley abre nuevas vías para que todos y todas podamos aspirar a vivir una verdadera sociedad de iguales.

Los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos coincidimos en que la discriminación , entendida como toda forma de menosprecio, distinción o exclusión , restricción o preferencias hecha por persona, grupo o institución, basada en la raza, el color, sexo, religión, descendencia, origen étnico, edad, orientación sexual o cualquier característica análoga, anula o menoscaba el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad de los derechos humanos y las libertades fundamentales tanto en las esferas políticas , sociales, económicas, culturales como en cualquier otra.

Que la discriminación reduce , aisla y soslaya que a través de ella se estigmatiza a los seres humanos y se profundiza la desigualdad. La discriminación es una de las formas más lacerantes de la desigualdad que se padece en México, se despliega en una gran variedad de prácticas que incluso parece asumirse como natural e inevitable por los propios sujetos que la sufren.

La discriminación es una conducta de desprecio hacia quienes son considerados no sólo diferentes sino inferiores y hasta indeseables.

Bajo este esquema, la Comisión de Dictamen consideró oportuno contar con un marco jurídico que prevenga y erradique la discriminación, que cree condiciones de protección y de equilibrio que revierta las formas de discriminación y que al mismo tiempo sean normas capaces de prevenir y neutralizar los efectos negativos que estas conductas discriminatorias provocan.

Más aún, una actualización de nuestra Legislación en materia de Discriminación se hace necesario si se toma en cuenta que con fecha 14 de agosto del 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Reforma Constitucional en materia Indígena aprobada por el Constituyente Permanente y promulgada por el Ejecutivo Federal.

En dicha Reforma se incluyó por primera vez en la Historia del Constitucionalismo Mexicano, una cláusula relativa a la discriminación que estableció lo siguiente: Queda prohibida toda discriminación motivada por el origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Con el objeto de darle efectividad y facilitar su cumplimiento, este es el propósito de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, que reglamenta la garantía de no discriminación prevista en el párrafo 3º. del Artículo 1º. Constitucional, ya que pretende hacer realidad el derecho a no ser discriminado, estableciendo las reglas y procedimientos para prevenir y eliminar la discriminación, las medidas positivas y compensatorias para lograr la desigualdad de oportunidades y las autoridades competentes.

Por otra parte, no pasará desapercibido para los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos que nuestro país ha ratificado una serie de instrumentos internacionales que tienen como objeto eliminar la discriminación en las distintas esferas de convivencia.

Por lo anterior expuesto, los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos estiman pertinente y por lo tanto aprueban y ponen a consideración de esta honorable Asamblea su aprobación. la propuesta para expedir la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; porque compartimos el deseo y esfuerzos para combatir las prácticas discriminatorias que implican distinción, exclusión o restricción basados en origen étnico de sexo, edad, de discapacidad, condición social o económica, de salud, de lengua, de religión, de opinión, de preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que no reconozcan sus derechos fundamentales y la igualdad real de oportunidades de las personas que sin duda nulifican sus potencialidades para alcanzar su desarrollo pleno.

Esta Comisión propone el presente dictamen a favor ya que en efecto contiene preceptos importantes que contribuyen en la tarea pública de prevenir y eliminar la discriminación, porque efectivamente se trata de un documento jurídico novedoso en la forma y en el fondo, que sin duda será una herramienta que contribuirá de manera relevante a impulsar la igualdad de oportunidades y el trato recíproco entre los habitantes de este país.

Es cuanto señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: En consecuencia, está a discusión en lo general. Se han registrado para fijar posición de sus partidos y grupos parlamentarios, en su caso, los siguientes diputados: José Manuel del Río Virgen, Víctor Antonio García Dávila, Hortensia Aragón Castilla, Fernando Pérez Noriega y Beatriz Paredes Rangel.

Tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado José Manuel del Río Virgen.

EL C. DIP. JOSE MANUEL DEL RIO VIRGEN: Con su permiso señor Presidente.

Compañeras y compañeros legisladores.

Después de arduas discusiones para sacar una ley que no tenía nada que discutirse porque es una ley de avanzada, es una ley histórica, es una ley que es reconocida en otros países por el tipo de trabajo que ha hecho un hombre, un gran luchador social, hoy vengo a hablar a favor del dictamen pero vengo a pedirles a ustedes también un reconocimiento para don Gilberto Rincón Gallardo, que se encuentra aquí presente, compañeras y compañeros. ( aplausos )

Por supuesto que fue el esfuerzo de don Gilberto, por supuesto que fue el esfuerzo de las personas que se han sentido discriminadas; por supuesto que hay que reconocerle al Ejecutivo que manda esta iniciativa, pero por supuesto que está en su potestad y en su fuerza y en su voto que esta ley salga como la queremos: por unanimidad.

Gracias compañeras y compañeros.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias diputado. Tiene el uso de la palabra, por el Partido del Trabajo hasta por diez minutos, el diputado Víctor Antonio García Dávila.

- EL C. DIP. VICTOR ANTONIO GARCIA DÁVILA: Con la venia de la Presidencia.

Los poderosos, aquellos que se sienten en la cima de la opulencia, son quienes más discriminan. Se hace con los pobres, los indígenas, los minusválidos, los inválidos y ahora hasta con los partidos políticos.

La soberbia del ser humano hace que los que no somos rubios o tengamos un apellido extranjero rimbombante o que nos agobie alguna discapacidad, seamos tratados como

mexicanos de tercera o cuarta clase. Lo confirmamos en diciembre cuando solicitamos exentar del IVA a los grupos de discapacitados y esta Cámara no lo aprobó.

Discriminación hay de muchos tipos en este país y cualquier cosa que se haga en favor de quienes a diario sufren un tipo de humillación, el Partido del Trabajo estará con ellos no sólo con palabras sino también con hechos.

Esta iniciativa debe no solo aprobarse sino también llevarse a efecto.

Por el bien del país y de quienes dígase lo que se diga, no están a la par de facultades y sufren humillaciones por algo que ellos no pidieron.

Más que una ley solicitamos a las conciencias de los buenos mexicanos a que terminemos con la discriminación que a pesar de todo aún campea en nuestro país y nuestro gobierno.

Sólo esperamos también que el presidente Fox no siga discriminando a los diputados en sus anuncios televisivos y acepte que no es sólo él quien gobierna a este país, sino también hay diputados.

Muchas gracias.

- EL C. PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra, para fijar la posición de su grupo parlamentario, la diputada Hortensia Aragón Castilla del Partido de la Revolución Democrática hasta por diez minutos.

-LA DIP. HORTENSIA ARAGON CASTILLO: Con su permito, diputado Presidente.

"Quién se abroga el derecho a discriminar no sólo deteriora la convivencia, sino que se hace acreedor a ser víctima de discriminación por parte de los otros". Cita de Jesús de la Oea (¿)

Se entiende pues que la sociedad global y mayoritaria en su conjunto, es resultado de una suma infinita, infinita de minorías de las cuales cada uno de nosotros y de nosotras formamos parte.

Inicio este posicionamiento con un reconocimiento amplio y sonoro a un hombre que por su congruencia política y su compromiso abierto y solidario, con las causas más justas y nobles de la sociedad, ha hecho posible que el día de hoy en este recinto se ponga a consideración de los y las legisladores este dictamen con proyecto de decreto, por el que se expide la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Mi más profundo reconocimiento para don Gilberto Rincón Gallardo que se encuentra con nosotros, por su espíritu plural y tolerante.

Estoy convencida de que sin su entrega a este trabajo, esta ley no sería materia de discusión para la presente Legislatura o bien esta ley sería otra, quizá, muy seguramente, con menor trascendencia.

La realidad es o debe ser la principal fuente del derecho. El marco jurídico exige el dinamismo que le permita responder a la dinámica específica del lugar donde se rige. Tanto la historia como la actualidad son la materia prima que construye una legislación con verdadera vigencia, nos corresponde legislar para el futuro, el pasado ya lo vivimos y los errores no se recomponen.

La discriminación como conducta sistemática, injusta y devaluatoria de determinadas características humanas, se encuentra frecuentemente posicionada en nuestros pensamientos y en nuestras acciones teniendo lugar un sinfín de formas diversas de discriminación con base en opiniones subjetivas personalísimas o de grupo. La discriminación no es una situación mínima o de poca importancia, la discriminación es la base para la crítica mordaz, la que no construye, para la exclusión, para la agresión física y verbal , para la explotación humana. La discriminación conlleva a la humillación y en muchos casos a la privación de la vida.

La discriminación en su modalidad de antisemitismo fue el ariete del pensamiento hitleriano que en aras de la sobrevivencia justificó la muerte de más de 6 millones de judíos. Es nuestro deber histórico no permitir que caigan en el olvido los atroces y dolorosos resultados de permitir o tolerar las conductas discriminatorias.

El dictamen que hoy se presenta ante este pleno para su votación, es un paso valioso en la búsqueda por la eliminación de la discriminación en aras de una sociedad más justa, más humana, más democrática. Es necesario reconocer que la discriminación que hoy vivimos se construye con la dosis diaria que todos y cada uno de nosotros vamos depositando día a día en el caudal de costumbres e ideas anacrónicas en el que nos movemos.

Eliminar cualquier estigma, diferenciación o vestigio que nos lleve a considerar inferior, poco digno o con menos derechos a los otros o a las otras, es un reto para cada uno de nosotros, para cada una de nosotras. Esta preocupación no es gratuita, recordemos que las conductas excluyentes y de juicio peyorativo han crecido de tal manera que ninguno de nosotros, absolutamente ninguno, se encuentra libre de alguna de las características o circunstancia que a otro lo hace sentir con el derecho de considerarnos inferior, con el derecho a discriminar.

En este sentido, festejo con gran entusiasmo la ampliación y puntualización que sobre el concepto de discriminación se hace en el artículo 4° de esta ley, superando las  deficiencias que se consideraron previamente en el artículo 1º constitucional.

El artículo 4º al que me refiero dice: "Se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad de oportunidades de las personas. También se considerará como discriminación la xenofobia y el antisemitismo en cualquiera de sus manifestaciones", fin de la cita.

Acotar su definición al artículo 1º constitucional hubiera sido un error, entiendo que la parte fundamental de esta exposición, y no sólo lo entiendo, estoy convencida, de que la inclusión y la acción afirmativa que es parte fundamental de esta ley como instrumento eficaz en la construcción del trato equitativo, propiciará la desestructuración de códigos socio-culturales adversos que funcionan estos códigos como excusa para eliminar, limitar y negar oportunidades, desdeñar capacidades, violar e incumplir derechos, crear grupos elitistas y excluyentes eliminando toda posibilidad de acercamiento en igualdad de trato y condiciones.

Los abusos, la opresión, la pobreza, la marginalidad, la exclusión, son el único resultado de la cultura discriminatoria. La discriminación es una realidad que pudiera ser resumida y leída en pocos renglones, pero que cuyos efectos afectan y destrozan vidas, pueblos, civilizaciones enteras.

Es tiempo ya, considero, de trascender en todos los discursos de la tolerancia y transitar de lleno hacia los otros en uno mismo, hacia poder colocar nuestra unicidad en la oquedad. Tolerar no basta, ya no es suficiente; hoy se requiere avanzar comprometidamente en el camino de la solidaridad con los otros y esos otros pudieran muy bien ser nosotros mismos.

Los trabajos de reducción de la discriminación requieren de bases jurídicas que les impriman obligatoriedad y aplicabilidad, que transforme el contrato social y que dote al Estado de todas las herramientas para una verdadera defensa de los derechos de toda persona que sea discriminada.

El grupo legislativo del Partido de la Revolución Democrática sin lugar a dudas respalda y hace suyo el marco normativo que hoy se vota, como una ley necesaria para el desarrollo de una cultura de la igualdad, de la equidad, de la democracia, de la libertad. Los invitamos a la congruencia.

Muchas gracias.

EL PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el diputado Fernando Pérez Noriega, para fijar la posición del Partido Acción Nacional, hasta por 10 minutos.

EL DIP. FERNANDO PEREZ NORIEGA: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados:

Para el Partido Acción Nacional la igualdad de oportunidades y el trato recíproco entre los mexicanos debe ser una realidad y no mera retórica o letra muerta, porque el trato injustamente diferenciado daña la dignidad humana y sostenemos que no existe ni puede existir dignidad humana sin libertad, justicia e igualdad.

La dignidad de la persona es constitutiva de su propio ser, lo cual quiere decir que por el simple y trascendental hecho de existir cada ser humano debe ser reconocido y respetado por sí mismo, independientemente de su condición o de su actuar.

Afirmamos que esta dignidad debe ser reconocida y garantizada a todo ser humano, sin importar su condición de hombre o mujer, de su edad, de su salud, de que sea rico o pobre, sabio o ignorante, de su raza, cultura, religión, creencia o conducta.

Todos, todos estamos obligados a actuar en función de la dignidad de la persona humano y con mayor responsabilidad las autoridades. Por eso resulta relevante elaborar los mecanismos e instituciones legales que protejan la dignidad de todas las personas y garanticen la igualdad de todos.

La igualdad la podemos concebir como un principio de no discriminación, esto se refrenda en nuestra propia Ley Suprema en el artículo primero, que todos nosotros en esta Legislatura por consenso aprobamos recientemente en la reforma de agosto del 2001.

En tal sentido, se trata de un derecho natural y por lo tanto fundamental que tiene todo individuo, que exige una obligación universal de respeto, que constriñe a no llevar a cabo actividad alguna que implique, como se ha dicho, distinción, exclusión o restricción, basarse en cualquier circunstancia que tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos fundamentales y la igual real de oportunidad de las personas.

La discriminación reduce y aísla, a través de ella se sigmatizan a los seres humanos y se profundiza la desigualdad. La discriminación es un menosprecio, distinción, exclusión, restricción o preferencia hacia personas en lo individual o grupo.

La discriminación es una práctica que mina los derechos de las personas y que cancela parcial o totalmente el acceso de éstas a las oportunidades sociales. La discriminación es una de las formas más lacerantes de la desigualdad, son prácticas algunas de las veces visibles pero en muchas, muchas otras veces invisibles.

La desigualdad es un factor que daña el tejido social, que debilita las instituciones, obstaculiza nuestro desarrollo y también la legitimidad de un estado democrático y de derecho.

En México, la desigualdad y la discriminación son una realidad que debemos prevenir y eliminar, este combate a la discriminación exige de todas las personas, de todas, una acción social, cultural, jurídica y política inmediata.

El mandato constitucional que establece el derecho a la igualdad y el derecho a la no discriminación, nos obliga como representantes nacionales, como Poder Legislativo, a impulsar el marco jurídico necesario que contribuya a eliminar las formas de exclusión y en todo caso a favorecer el pleno goce de los derechos y de las libertades de las personas.

Con esta ley que vamos a aprobar, se tendría la referencia normativa para prevenir cualquier forma de discriminación y alcanzar una igualdad real de trato y de oportunidades para todas las personas y se contribuiría a corregir las desigualdades sociales, pero además conviene resaltar la importancia del impacto cultural que una ley como ésta habrá de tener en la sociedad mexicana.

Con esta ley, se da un paso firme para prevenir y eliminar la discriminación, se trata desde luego de una legislación novedosa en sus contenidos y realza la importancia y el respeto a la diversidad que nos caracteriza como sociedad, que construye puentes donde las diferencias puedan cultivarse en un ambiente de igualdad y respeto recíproco.

Por tanto, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, da su voto a favor del contenido de la citada Ley Federal para prevenir y eliminar la discriminación, ya que con su aplicación se fomentará una nueva cultura que prevea situaciones de discriminación y a través de su acción, alentará un cambio en las actitudes de todos nosotros.

Compañeras y compañeros diputados, les pido su voto, porque votar a favor de esta ley es votar a favor de la dignidad de la persona humana. Por su voto, muchas gracias.

-EL C. PRESIDENTE: Para fijar la posición del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional tiene el uso de la palabra hasta por diez minutos al diputada Beatriz Paredes Rangel.

-LA C. DIPUTADA BEATRIZ PAREDES RANGEL: Señor presidente con su permiso. Honorable Asamblea. La historia del pueblo de México se resume en una constante, la siempre presente batalla contra la discriminación, país de severos contrastes, desde la época prehispánica nuestros pueblos originales tenían conflictos interétnicos, de dominio y guerra, en los que los derrotados sufrían vejaciones y abusos.

La estructura social de las grandes civilizaciones mesoamericanas, que se asentaron en lo que hoy es territorio de México, se caracterizó en lo general por la estructura jerárquica de las teocracias despóticas, sobre una base de participación comunitaria, que alimentaba la nobleza prehispánica y a una compleja estratificación rígida y con muy poca movilidad profundamente discriminatoria.

La Colonia trajo consigo la dolorosa discriminación que han padecido los pueblos dominados por metrópolis ajenos, raciales y culturalmente extrañas. Las crónicas de los historiadores y escritores de la Nueva España, particularmente de Fray Bartolomé de Las Casas, dan nítidamente cuente de la sutil urdimbre, en algunos casos, y en otros, evidente y despiadada de discriminación, que se constituyó como el tejido básico de articulación de la sociedad novohispana.

La composición por castas y por gremios, las violaciones, el rechazo y esclavización disfrazada de muchos indígenas, la marginación femenina, la discriminación menor y atenuda, pero discriminación al fin de mestizos por los criollos, y la dramática situación de la peonada campesina, que indígena o mestiza, padecía en las calpanerías de las haciendas explotación, vejaciones, discriminación, son el cuadro social que fermenta la lucha por la independencia.

Un hecho refleja nítidamente la actitud de desprecio y discriminación que caracteriza a la época: el derecho de pernada: Ese abuso aberrante que se comentaba con naturalidad y estoicismo por los pueblos campesinos y que suponía que el hacendado tenía el derecho de tomar a las hijas de los peones y desvirginarlas, como parte de su superioridad racial y su conducta feudal. Dura la historia de nuestro pueblo en su devenir.

El genio de Morelos, plasma en los Sentimientos de la Nación, ese excepcional documento génesis del pensamiento social mexicano, en sus Artículos XIII y XV, dice lo siguiente:

Artículo 13.- Que las leyes generales comprendan a todos, sin excepción de cuerpos privilegiados y que éstos lo sean en cuanto al uso de su ministerio

Artículo 15.- Que la esclavitud se proscriba para siempre y lo mismo la distinción de castas, quedando todos iguales, y sólo distinguirá a un americano de otro el vicio y la virtud.

La independencia, la reforma y la revolución mexicana, que cambiaron el orden de las cosas de la realidad del país en tantos aspectos, fueron insuficientes, sin embargo, en errar las diversas formas de discriminación presentes en nuestra sociedad, y ello porque las actitudes discriminatorias no sólo corresponden a las injusticias económicas, a las desigualdades sociales, al abuso y concentración del poder, a la estratificación de clases, sino también se nutren de la existencia de una cultura de la discriminación que subrepticia e inconscientemente habita en mucho mexicanos y los lleva a asumir actitudes discriminatorias en sus relaciones cotidianas y a favorecer un entorno generalizado discriminatorio.

Un mentís a toda esa historia de discriminación y marginalidad que caracteriza a la época de la colonia y a la etapa de la independencia, es la personalidad recia el ejemplo de que las oportunidades y el respeto ponen en todo lo alto el brillo de nuestra fuerza cuando no hay discriminación, es don benito Juárez, estadista por excelencia y ejemplo de la síntesis que somos los mexicanos.

El siglo XX marcó una nueva etapa en la discusión de las políticas públicas antidiscriminatorias. La constatación de que los ideales de la Revolución Francesa, la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, las revoluciones sociales de fines del siglo XIX y principios del siglo XX, las luchas de liberación y los paradigmas constitucionales de las naciones democráticas, no han logrado erradicar de manera definitiva los rasgos de discriminación que en diversos grados y matices se presentan en distintas regiones del planeta y empobrecen a la sociedad humana, llevó esta evidencia a la comunidad internacional a promover una serie de tratados y convenios que inciden en medidas afirmativas para luchar en la práctica contra las prácticas que favorecen la discriminación.

Es así que la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación que hoy somete a consideración de este pleno la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, cuyo trabajo y profesionalismo enaltece a esta Cámara, permite adecuar la legislación nacional a los preceptos de los instrumentos internacionales que hemos ratificado tales como la Convención Internacional Sobre la eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer y la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad, el Convenio 111 de la OIT referente a la discriminación en el empleo y tantos otros.

Me enorgullece, colegas diputados y diputadas, formar parte de una Legislatura que promovió y aprobó la reforma constitucional que adicionó al artículo 1º. Constitucional con el siguiente párrafo tercero, al que doy lectura, por convenir que es conveniente traerlo a la memoria:

Artículo 1º. de la Constitución Mexicana, párrafo tercero. "Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la comisión social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas".

Como aquí bien se dijo, este artículo queda interpretado a plenitud y enriquecido en el texto del artículo 4º. de la ley en comento.

Sí, ésta, nuestra Cámara, poco comprendida y a veces vilipendiada, ha logrado dar un jalonamiento a la legislación social mexicana con una actitud vanguardista que será justipreciada en el curso del tiempo, que es lo que pone todo en su lugar.

Tal vez no sea el Congreso al gusto de los grupos oligárquicos o de los cortesanos del presidencialismo, pero sin duda, la capacidad de consenso en torno a cuestiones esenciales para el desarrollo de la gente y de formas innovadoras de la manera de legislar, será el signo distintivo de nuestra Legislatura.

A ello corresponde la solidaridad franca y decidida del grupo parlamentario del PRI al esfuerzo de consulta que, encabezado por Gilberto Rincón Gallardo, permitió formular la iniciativa de la Ley Federal Para Prevenir y Eliminar la Discriminación, recogiendo opiniones  de la sociedad civil, partidos políticos y grupos de activistas en los derechos humanos y que finalmente fue presentada por el Poder Ejecutivo al análisis de esta soberanía.

A eso corresponde la certidumbre del voto afirmativo de nuestra bancada en torno a esta iniciativa de ley y el enriquecimiento que en el curso de los debates en la Comisión de Justicia, pudimos hacer incorporando el concepto de antisemitismo, como uno de los valores a considerar.

Compañeras y compañeros legisladores: durante el siglo XX el esfuerzo creador de la Revolución Mexicana, pudo promulgar un conjunto de derechos sociales y su legislación reglamentaria, que transformaron de manera importante la estructura productiva de nuestro país.

No es sólo una coincidencia que el debate para aprobar la Ley en Contra de la Discriminación, se dé un 10 de abril. Emiliano Zapata luchó por transformar un horizonte campesino de discriminación. Ahora nos toca a todos y a las instituciones que surgen de esta ley, lograr transformar la realidad que en la cultura mexicana todavía preserva actitudes discriminatorias.

Por eso, les invitamos a aprobar este dictamen. Muchas gracias.

- PRESIDENTE: Se pregunta a la asamblea si alguna diputada o algún diputado quiere inscribirse como orador en contra o en pro del dictamen.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra, consulte la secretaría a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

-DIP. SECRETARIA ADELA CEREZO BAUTISTA: Por instrucciones de la presidencia en votación económica se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(VOTACION)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(VOTACION)

Mayoría por la afirmativa, presidente.

-PRESIDENTE: Suficientemente discutido.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, proceda la secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto.

Se pide a la secretaría se abra el sistema electrónico por 10minutos.

-MISMA SECRETARIA: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto.

Ciérrese el sistema electrónico.

Se emitieron 385 votos en pro, 0 en contra y 0 abstenciones.

-PRESIDENTE: Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de ley, por 385 votos a favor, ninguna abstención, ninguno en contra.

Por unanimidad.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del Orden del Día, es la discusión del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso b) del artículo 85 del Código Penal.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

-MISMA SECRETARIA: Por instrucciones de la presidencia se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen, en virtud que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(VOTACION)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, presidente.

-PRESIDENTE: Se dispensa la lectura.

Tiene la palabra el diputado David Augusto Sotelo Rosas, por la comisión, para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 108 del Reglamento Interior para el Gobierno del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

EL C. DIPUTADO DAVID AUGUSTO SOTELO ROSAS: Muchas gracias, ciudadano presidente. Compañeros diputados: los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, conscientes de la delicada tarea que como legisladores se nos ha encomendado, consideramos que las reformas propuestas implican temas delicados que deben ser valorados en su justa dimensión.

Por ello, primeramente estimamos que resulta viable que un solo dictamen se desahogue el análisis, discusión y resolución de estas iniciativas. Esto es así ya que comparten, en lo general, el mismo espíritu que anima al perfeccionamiento de normas que de alguna manera involucran la rehabilitación plena de los sentenciados.

En este apartado hemos expuesto los razonamientos técnicos, lógicos y jurídicos que a juicio de los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos justifican la procedencia y la no procedencia de algunos de los planteamientos de reforma expuestos en las iniciativas materia del presente dictamen.

Por lo que respecta a la iniciativa presentada por el ciudadano diputado César Horacio Duarte Jáquez, los integrantes de esta dictaminadora, en principio, no compartimos la propuesta de conceder, de manera general, el beneficio de la libertad preparatoria, ya que ante un tema tan delicado los legisladores debemos matizar los tipos de conductas antijurídicas de persona a persona, la naturaleza y los factores que intervienen en su comisión, sin dejar de pensar ni un solo instante que todo acto que atente contra la sociedad siempre será criminal. Pero también debemos aceptar que algunos sujetos pasivo-activos en la comisión de delitos son compelidos a cometerlos por circunstancias especiales.

En el caso de la iniciativa presentada por la ciudadana diputada Hortensia Aragón Castillo, que propone reformar el inciso b) del artículo 85 del Código Penal Federal para establecer que los delitos contra la salud se brinden los beneficios de la libertad provisional y la remisión parcial de la pena a los individuos que presenten, además de atraso cultural o extrema pobreza conforme a la legislación vigente, marginación social, consideramos extenso y ambiguo este concepto para otorgar los beneficios de la libertad anticipada, definiendo la marginación como la acción y efecto de marginar a una persona o un conjunto de personas de un asunto o actividad o unmedio social.

Estamos conscientes que el problema que la comisión de delitos contra la salud es más un problema social que un problema penal; sin embargo, debemos tener en cuenta el entorno social donde se da el delito con el objeto de evitar, por un lado, que la sociedad quede desprotegida y, por otro, que el delincuente goce de impunidad y que las sanciones que se apliquen no se constituyan en elementos de represalia ciega.

El narcotráfico hoy en día se ha convertido en un problema de seguridad nacional que aqueja no sólo a nuestro país sino al mundo entero. No pasa desapercibido que las grandes mafias se valen de personas que se encuentran sumidas en la ignorancia, desempleadas, con graves carencias económicas y culturales para cubrir uno de los eslabones más importantes de la cadena delictiva, que es el transporte ilícito de drogas.

En efecto, se tiene conocimiento que muchos de los internos sentenciados por delitos contra la salud en la modalidad de transporte son primodelincuentes que desconocían el tipo de carga que se les encomendó transportar, existiendo otros que, orillados por las circunstancias adversas, optaron por arriesgarse sin comprender la gravedad de esa ilícita actividad y sus consecuencias, lo que ha originado que se encuentren privados de su libertad, alejados de sus familias y sin la mínima posibilidad de obtener algún tipo de beneficio que les permita obtener su libertad.

En este orden del ideas, dadas las circunstancias en que fueron involucrados y las condiciones adversas, consideramos conveniente otorgar el beneficio de la libertad preparatoria a los reos sentenciados por delitos contra la salud en su modalidad de transportación, y a instancias de varios diputados, entre ellos los diputados: Gustavo Buenrostro, Hortensia Aragón, Alejandro Gutiérrez, entre otros, este beneficio será siempre y cuando sean primo delincuentes y hayan cumplido las tres quintas partes de su condena, observado buena conducta durante la ejecución de su sentencia y se presuma que están socialmente readaptados y en condiciones de no volver a delinquir, puntualizando que dicho beneficio será concedido previo análisis escrupuloso del sentenciado que permita tener la certeza que no será una amenaza para la sociedad a la cual se reintegra.

Con esta reforma legislativa, compañeros diputados, tratamos de recoger las inquietudes expresadas por los autores de las iniciativas y también de una demanda social convencidos que responde a la realidad que estamos viviendo y que si ésta cambia será labor de las futuras legislaturas analizar esa problemática en el nuevo contexto que se presente y dictaminar de acuerdo con su experiencia a su conocimiento y a su responsabilidad moral para proponer los cambios que consideren procedentes.

Por lo anteriormente expuesto los diputados miembros de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 85 fracción I inciso "b" del Código Penal Federal para quedar como sigue:

Artículo 85: "No se concederá la libertad preparatoria a

Inciso "b": "contra la salud previsto en el artículo 194, salvo que se trata de individuos en los que concurran evidente atraso cultural, aislamiento social y extrema necesidad económica y para la modalidad de transportación si cumplen con los requisitos establecidos en los artículos 84 y 90 fracción I inciso "c", para lo cual deberán ser primo delincuentes, a pesar de no hallarse en los tres supuestos señalados, en la excepción general de este inciso".

Por su atención, compañeros, ciudadano Presidente, muchas gracias.

- EL C. PRESIDENTE: Consulte la Secretaría a la Asamblea en votación económica si se aceptan las modificaciones propuestas por la Comisión.

-LA C. SECRETARIA DIP. ADELA CEREZO BAUTISTA. Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si son de aceptarse las modificaciones propuestas por la Comisión.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Mayoría por la afirmativa, Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Está a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del Proyecto de Decreto con las modificaciones propuestas por la Comisión y aceptadas por la Asamblea.

Se han registrado para fijar la posición de sus grupos parlamentarios, los siguientes ciudadanos diputados:

Víctor Antonio García Dávila, del Partido del Trabajo, Hortensia Aragón Castillo, por el Partido de la Revolución Democrática, Alejandro Gutiérrez Gutiérrez, por el Partido Acción Nacional y Víctor Manuel Gandarilla Carrasco, por el Partido Revolucionario Institucional.

Tiene la palabra Víctor Antonio García Dávila. (Sigue turno 49)

- EL C. DIPUTADO VICTOR ANTONIO GARCÍA DÁVILA (PT): Con el permiso de la Presidencia.

Compañeras y compañeros Diputados:

El grupo parlamentario del Partido del Trabajo acude a esta tribuna a fijar su posición acerca del dictamen suscrito por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos por el que se reforma el Código Penal Federal.

La comisión de delitos contra la salud se ha incrementado notablemente en nuestro país, México pasó de ser un país de producción y tráfico hacia Estados Unidos para convertirse en un país de producción, consumo interno y tráfico hacia el vecino país del norte.

Las organizaciones delictivas de narcotraficantes operan como grandes corporativos. Prácticamente su estructura administrativa sería envidia de cualquier empresa mercantil ilícita. Sin embargo, para distribuir sus productos desde los centros de producción hacia los lugares de consumo echan mano de personas, generalmente de escasos recursos económicos y baja capacidad intelectual, por lo que no están en capacidad de discernir claramente la tenue línea que divide el ganar unos pesos en una actividad de transporte con cometer un delito.

Todos los días nos enteramos por los distintos medios de comunicación y en nuestros distritos de la detención de personas dedicadas a la producción o al transporte de drogas, pero los dirigentes de los carteles pocas veces son aprehendidos. Y de todos modos las organizaciones delictivas tienen una alta capacidad de reciclaje de sus dirigentes.

Las anteriores legislaturas del Congreso de la Unión incrementaron de manera sistemática las penas a la comisión de delitos contra la salud, sin que la actividad se haya desalentado en virtud de las millonarias ganancias en dólares que se generan.

Para el grupo parlamentario del Partido del Trabajo resulta adecuada la propuesta de la Comisión que dictamina, ya que no es justo que las personas de escasos recursos económicos y baja capacidad intelectual sean sancionados y que sea a los únicos que se les aplique todo el rigor de la ley.

En consecuencia nos parece adecuada la propuesta de que a los delincuentes sentenciados por delitos contra la salud, en la modalidad de transportación, puedan obtener el beneficio de la libertad preparatoria.

La reforma al inciso b) de la fracción I del artículo 85 del Código Penal Federal considera el atraso cultural, el aislamiento social y la extrema necesidad económica como excepción a lo previsto en el artículo 194 del propio Código Penal Federal.

Ahora bien, estos sentenciados por la Comisión de Delitos Contra la Salud en la modalidad de transportación deben cumplir las cuatro quintas partes de su condena, pero además deben participar en los distintos programas de readaptación social que las autoridades administrativas establezcan.

Es cierto que los Centros de Readaptación Social se han convertido en auténticas escuelas del crimen, pero no obstante esta situación tenemos que dotar a la autoridad administrativa encargada de los Centros de Readaptación de los mecanismos legales que les permitan el cabal cumplimiento de lo que prevé en el segundo párrafo del artículo 18 constitucional, en lo que se refiere al trabajo, la capacitación y la educación como medios para la readaptación social del delincuente.

Por las consideraciones antes expuestas, el grupo parlamentario del Partido del Trabajo votará a favor en lo general y en lo particular del dictamen que se pone a nuestra consideración ¡y pide perdón a quienes han pasado largos años en la cárcel a causa de la imperfección de nuestras leyes!

Es cuanto.

- EL C. PRESIDENTE DIPUTADO ARMANDO SALINAS TORRE (PAN): Tiene el uso de la palabra, hasta por diez minutos, para fijar la posición del Partido de la Revolución Democrática, la diputada Hortensia Aragón.

- LA C. DIPUTADA HORTENSIA ARAGÓN CASTILLO (PRD): Con su permiso, diputado Presidente.

Tanto los sistemas penitenciarios como los programas y proyectos de readaptación social que se desarrollan al interior de los centros carcelarios, sea cual sea su naturaleza y organización, encuentran su origen en dos principios esenciales y elementales: la protección de la sociedad y la atención y reintegración al seno social de aquellos que han roto el pacto social en perjuicio del colectivo. Pero en la realidad los establecimientos penitenciarios de México lejos se encuentran de contar con las condiciones idóneas para el tratamiento y rehabilitación de los presos y mucho menos si estas son mujeres.

En los centros carcelarios no se cuenta con la posibilidad de abocarse a un trabajo ni a continuar o iniciar estudios de ningún tipo; tampoco se cuenta con la capacitación pertinente, los servicios médicos adecuados, el personal competente para la realización de los trabajos de custodia; no existen ni siquiera los reglamentos necesarios para la adecuada conducción de estos centros.

Los sistemas carcelarios mexicanos son un verdadero sistema de venganza y olvido, son pequeños reinados del Director del Reclusorio, donde su voluntad es la única o donde prevalece la ley del más fuerte, donde para sobrevivir hay que abusar o someterse, donde lo único que hace falta es lo que se nombre pondera: la rehabilitación.

Ha pesar de ser del dominio público, la problemática de los reclusorios nacionales es una situación poco atendida, aún siendo reiterado el reconocimiento de que se trata de centros de corrupción, degradación, insalubridad, hacinamiento, drogadicción, abusos sexuales, prostitución, comisión y planeación de nuevos ilícitos; a pesar de todo ello no se proyectan y mucho menos se ejecutan planes que resuelvan esta situación.

Existe a la par de todas estas deficiencias un elemento que difícilmente es considerado, la discriminación ejercida en contra de las mujeres, tanto en la impartición de justicia como en la compurgación de penas.

La reclusión de mujeres en centros penitenciarios de nuestro país se ha visto duplicado en nuestro país se ha visto duplicado en menos de siete años. Hasta enero del año pasado se contaban más de siete mil mujeres purgando penas privativas de libertad, siendo el 61.5 de estas sentencias de más de 10 años por delitos contra la salud, específicamente por el traslado de droga en cantidades pequeñas, es decir, lo que se conoce en nuestro país como burreras.

En todo el territorio nacional existen 446 centros carcelarios, de los cuales sólo 10 están destinados a mujeres. Las reclusas que se encuentran en estos centros se hayan diseminadas en 220 centros varoniles, en las cuales ha sido dispuesto algún anexo y no en pocas ocasiones una sola celda para albergar a las mujeres recluidas.

La ignorancia, el sometimiento, la pobreza, la violencia física y sexual son factores comunes a esto y por ello la imagen que se ve no es la que corresponde a los de los grandes capos de la droga ni son quienes de manera armada se ejecutan en las calles entre sí, son mujeres en el mejor de los casos, que acatan las exigencias de sus parejas con miedo y así con miedo, con temor, realizan sus recorrido de traslado de estupefacientes, cruzan la frontera del país llevando entre sus ropas y con frecuencia en su mismo cuerpo, cantidades diversas de droga.

Actualmente 13 mil menores padecen el hecho de que sus madres se encuentren recluidas en algún centro penitenciario y casi 2 mil de ellos se encuentran viviendo al lado de sus madres, por lo que el círculo de perdición iniciado por un abusivo traficante que usa y desecha, se traslada a los hijos de éstas, negándoles la posibilidad del crecimiento personal, lícito y productivo.

El hecho de ignorar las condiciones sociales y la desigualdad de impartición de justicia tan sólo da lugar a una justicia parcial que arraiga y extiende las contradicciones sociales.

Las modificaciones que hoy se presentan al artículo 85 del Código Penal Federal en materia de delitos contra la salud, es apenas un primer paso para la reintegración a la sociedad de miles de hombres y mujeres que en muchos casos han sido injustamente detenidos. Por ese motivo, el Partido de la Revolución Democrática invita a todos y a todas para que favorezcan con su voto esta modificación.

Gracias. (aplausos)

-PRESIDENTE: Por el Partido Acción Nacional, tiene el uso de la palabra el diputado Alejandro Gutiérrez Gutiérrez, para fijar la posición, hasta por diez minutos.

-DIP. ALEJANDRO ENRIQUE GUTIERREZ GUTIERREZ: Con el permiso de la Presidencia.

He subido a esta tribuna para fijar la posición del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional respecto al dictamen que hoy se somete a nuestra consideración por parte de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, el cual versa sobre diversas  iniciativas presentadas tanto por Acción Nacional, por conducto del Diputado Salvador López Brito como por el PRI y el PRD en materia de beneficios pre liberacionales, a sentenciados por determinados delitos y que han alcanzado un grado óptimo de re-adaptación social.

En Acción Nacional consideramos que la vieja concepción de la pena como medida represiva debe ser transformada por el interés del Estado y de la sociedad para re- adaptar a las personas que han infringido las leyes punitivas, es decir, la pena debe ser concebida como un medio para procurar la re orientación de las conductas anti-sociales del sentenciado y por ende, su adecuada re-inserción social dejando atrás los fines depresivos que incorrectamente les eran atribuidos en épocas pasadas.

Bajo ese temor, el contenido del presente Dictamen prevé la posibilidad de conocer la liberación preparatoria a los individuos que hayan cometido algún delito contra la salud en su modalidad de transportación, cuando de su conducta se desprenda que este se encuentra socialmente re-adaptado, además de haber observado determinados requisitos legales tales como el haber cumplido 3 quintas partes de su condena, haber observado buena conducta y ser primo-delincuente, circunstancia que encuentra su debida justificación en el hecho de que un número por demás considerable de sentenciados por delitos contra la salud, se encuentran en este caso.

De acuerdo a cifras oficiales del II Informe de Gobierno, hasta el mes de junio de 2002 se denunciaron 35 mil 747 delitos del fuero federal, dentro de los cuales destacan las denuncias por delitos contra la salud en un total de 11 mil 530.

En tal contexto, es menester señalar que dentro de los delitos del fuero federal, los delitos contra la salud ocupan el primero de las causas de reclusión con el 87% del total de los reclusos en el país, es decir, más de 33 mil personas de las cuales alrededor del 38% han intervenido en la comisión de delitos contra la salud ens u modalidad de transportación.

Esta situación viene a colación toda vez que se estima que este 38% de sentenciados por delitos contra la salud en la modalidad de transportación, el cual asciende aproximadamente a la cantidad de 11 mil 217 sentenciados, casi las tres cuartas partes son primo delincuentes, es decir, casi 8 mil sentenciados no poseen antecedentes penales.

En tal sentido cabe señalar que ese numeroso sector de sentenciados que no poseían antecedentes penales, lo constituye en gran medida el relativo a los transportistas quienes infinidad de ocasiones han sido presas del narcotráfico toda vez que un sinnúmero de veces se les ha involucrado en el transporte de sustancias ilícitas.

En tal sentido, dada la legítima preocupación que reviste la situación expuesta y con apoyo en las cifras relativas a los casi 8 mil primo-delincuentes sentenciados por delito contra la salud en su modalidad de transportación, se estima, sin lugar a dudas, que con la aprobación del presente Dictamen se estará en la posibilidad de poder otorgar el beneficio pre-liberacional de la libertad preparatoria, a poco más de 2 mi 500 individuos que sin conocimiento y voluntad de delinquir, se les acusó por la transportación de drogas y sustancias ilícitas en su calidad de transportación.

Por las consideraciones esgrimidas con anterioridad y consciente en la necesidad de establecer mecanismos jurídicos eficaces que permitan otorgar determinados beneficios pre-liberacionales a los individuos que habiendo cometido delitos contra la salud en su modalidad de transportación, alcanzaron un nivel óptimo de re-adaptación social. Cumpliendo con los requisitos legales establecidos para tal efecto, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional apoyará con su voto la aprobación del presente Dictamen y exhorta con todo respeto a esta honorable Asamblea, para que tenga a bien emitir su voto aprobatorio al presente Dictamen conscientes de que de esta forma estaremos contribuyendo en gran medida al fortalecimiento y consolidación de un adecuado marco jurídico en materia de re-adaptación social.

Señor Presidente, concluyo, honorable Asamblea, no debemos de olvidar que el otorgamiento de este beneficio pre-liberacional constituye una realidad que demandan un número considerable de primo-delincuentes que aspiran a una oportunidad para reintegrarse a la sociedad y es un primer paso. de varios que deberán darse, para encontrar disposiciones legales más justas que nos lleven a que personas inocentes no ingresos a los CERESO’s y que individuos que delinquen por primera vez en ciertos casos y condiciones, tengan la oportunidad de reincorporarse en un tiempo más breve en beneficio de la sociedad.

Muchas gracias. ( aplausos )

- EL C. PRESIDENTE: Para fijar la posición del Partido Revolucionario Institucional, tiene el uso de la palabra hasta por diez minutos, don Víctor Manuel Gandarilla Carrasco.

- EL C. DIP. VICTOR MANUEL GANDARILLA CARRASCO: Con su permiso señor Presidente.

Compañeras y compañeros diputados.

El problema del narcotráfico, sin duda es un problema de seguridad nacional.

Sabemos que una gran cantidad de reos sentenciados que compurgan actualmente penas por la comisión de delitos contra la salud en la modalidad de transportación, son personas que han vivido sumidos en la ignorancia, desempleados, con graves carencias económicas y culturales; circunstancias aprovechadas por las mafias del narcotráfico para incorporar a dichas personas en la cadena de actos delictivos, concretamente en el transporte ilícito de droga.

Es frecuente encontrar reos que a pesar de haber sido sentenciados por tal ilícito, lo hicieron desconociendo en ocasiones el tipo de carga que les encomendó transportar; otros, que se han visto orillados por las circunstancias en la necesidad de allegarse recursos por el apremio económico que viven por el desempleo, se arriesgan sin conciencia plena de la gravedad, de la actividad delictiva que emprenden.

Las iniciativas presentadas por diversos grupos parlamentarios, entre ellos por supuesto la de nuestro compañero César Duarte y apoyada por nuestro compañero Roberto Zavala, encaminadas a la atención de la situación que guardan este tipo de reos así como de las consecuencias negativas que produce la privación de su libertad tanto en su propia persona como en sus familias, convergieron en sus propuestas de reformas al Código Penal Federal para establecer un tratamiento diferenciado entre quienes además de encontrarse en las condiciones antes mencionadas, son primo delincuentes y el tratamiento que se da a aquellos que aún cuando presentan las mismas condiciones de ignorancia, desempleo, carencias económicas o culturales, son reincidentes o han hecho e la actividad ilícita su propio "modus vivendi".

Sabemos que los delitos contra la salud es el principal motivo de reclusión penal en nuestro país; que de los reclusos que compurgan sentencia por la comisión de dichos ilícitos, cerca de 40% corresponden a la modalidad de transportación y de estos el 70% aproximadamente son primo delincuentes.

En virtud de las circunstancias en que dichos reos son involucrados en la comisión por primera vez de delitos contra la salud, en la modalidad de transportación, el dictamen que hoy se pone a la consideración de este Pleno propone otorgar beneficios pre liberatorios a los reos sentenciados por la comisión de dicho delito, siempre y cuando sean primo delincuentes y hayan cumplido las cuatro quintas partes de su condena, habiendo observado buena conducta y que exista la presunción de que socialmente readaptados y en condiciones de no volver a delinquir, condiciones éstas últimas que deben ser producto del análisis profundo que asegure que el sentenciado no será una amenaza para la sociedad una vez que se reintegre a ella.

Reconocemos el esfuerzo realizado por la comisión dictaminadora, así como la expresión unánime de sus integrantes en la aprobación del dictamen que hoy nos ocupa.

Por ello, los diputados integrantes del grupo parlamentario del PRI expresaremos nuestro voto congruente a favor del dictamen presentado a la consideración de esta Honorable Asamblea e invitamos a todos ustedes compañeras y compañeros legisladores a hacer lo propio y aprobar el proyecto de decreto correspondiente a favor de muchas familias humildes de nuestro país. Muchas gracias.

-EL PRESIDENTE: Está a discusión en lo general el proyecto de dictamen.

No habiendo quien haga uso de la palabra, solicito a la Secretaría consulte a la asamblea si esta suficientemente discutido en lo general.

-LA SECRETARIA ADELA CEREZO BAUTISTA: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general el dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo,.

( v o t a c i ó n )

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

( v o t a c i ó n )

EL PRESIDENTE: Se pregunta a la asamblea si algún ciudadano diputado, reserva el artículo o alguna parte de la propuesta planteada para discutirlo en lo particular.

No habiendo quien haga uso de la palabra, solicito a la Secretaría consulte en votación económica si está suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

LA SECRETARIA ADELA CEREZO BAUTISTA: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo único de proyecto de decreto en lo general y en lo particular.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

( v o t a c i ó n )

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

( v o t a c i ó n )

Mayoría por la afirmativa, Presidente.

EL PRESIDENTE: Suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por diez minutos para proceder a la votación del proyecto de decreto.

-LA SECRETARIA ADELA CEREZO BAUTISTA: Hágase los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento. Abrase el sistema electrónico por diez minutos para proceder a la votación del proyecto de decreto.

( v o t a c i ó n )

Se emitieron 367 votos en pro, cero en contra y una abstención.

EL PRESIDENTE: Aprobado el proyecto de decreto por 367 votos. Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforma el inciso b) del artículo 85 del código Penal Federal, por unanimidad.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es el relativo al dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

Solicito a la Secretaría dar lectura al mismo.

LA SECRETARIA MARIA DE LAS NIEVES GARCIA FERNÁNDEZ: Resolutivo Primero.- Se solicita respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo Federal Vicente Fox Quesada, expida, con base en el artículo 17 de la Ley General de Educación, las normas reglamentarias para formalizar y asegurar el adecuado funcionamiento del Consejo Nacional de Autoridades Educativas y lograr el cabal cumplimiento de sus objetivos y propósitos, tomando en consideración el proyecto de Normas Internas, consensuado por las autoridades educativas, mismo que se adjunta al presente. Sala de Comisión a 3 de diciembre del 2002.

-EL PRESIDENTE: En consecuencia, está a discusión el punto de acuerdo.

Se abre el registro de oradores.

No habiendo quien haga uso de la palabra, consulte a la Secretaría a la asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

-LA SECRETARIA MARIA DE LAS NIEVES GARCIA FERNÁNDEZ: En votación económica se pregunta a la asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

( v o t a c i ó n )

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

( v o t a c i ó n )

Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

-EL PRESIDENTE: Suficientemente discutido.

Consulte la Secretaría si es de aprobarse el punto de acuerdo, en votación económica.

LA SECRETARIA MARIA DE LAS NIEVES GARCIA FERNÁNDEZ: En votación económica se pregunta si se aprueba el punto de acuerdo.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

( v o t a c i ó n )

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

( v o t a c i ó n )
Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

EL PRESIDENTE: Aprobado. Comuníquese.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, por el que no se aprueba la iniciativa que reforma y adiciona los artículos 7, 8 y 48 de la Ley General de Educación.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, proceda la Secretaría a dar lectura a los puntos resolutivos.

LA SECRETARIA, ADELA CEREZO BAUTISTA: Resolutivo. Primero. Dado que el objeto de la iniciativa se encuentra inserto en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores publicado en junio de 2002, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos resuelve emitir dictamen en sentido negativo a la iniciativa por la cual se reforma y adiciona la Ley General de Educación en sus artículos 7º fracción VII; artículo 8º párrafo I y el artículo 48 en su párrafo IV; con objeto de fomentar una cultura de la no discriminación, tolerancia, respeto y solidaridad hacia los adultos mayores.

Segundo. Se solicita a la Presidencia de esta Cámara de Diputados, se archive el expediente de la iniciativa motivo del presente, como totalmente concluido. Firma la comisión el 2 de abril de 2003.

EL PRESIDENTE: En consecuencia, está a discusión el dictamen. Se abre el registro de oradores.

No habiendo quien haga uso de la palabra, consulte la secretaría a la asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen.

LA MISMA SECRETARIA: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

EL PRESIDENTE: Suficientemente discutido.

Consulte la secretaría en votación económica, si se aprueba el dictamen.

LA MISMA SECRETARIA: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea si se aprueba el dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

EL PRESIDENTE: Aprobado el dictamen. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, por el que no se aprueba la iniciativa de reformas al artículo 2º de la Ley reglamentaria del artículo 5º constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, proceda la secretaría a dar lectura a los puntos resolutivos.

LA SECRETARIA, DIP. MARIA DE LAS NIEVES GARCIA FERNÁNDEZ: Resolutivo. Primero. No es de aprobarse la reforma al artículo 2º de la Ley Reglamentaria del artículo 5º de la Constitución, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal.

Segundo. Se solicita a la Presidencia de esta Cámara de Diputados se archive el expediente de la iniciativa motivo del presente, como asunto totalmente concluido.

EL PRESIDENTE: En consecuencia, está a discusión el dictamen.

No habiendo quien haga uso de la palabra, consulte la secretaría a la asamblea en votación económica, si se considera suficientemente discutido el dictamen.

LA MISMA SECRETARIA: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

( votación)

Mayoría por la...

EL DIP. MIGUEL BARBOSA HUERTA: (desde la curul) Señor Presidente.

EL PRESIDENTE: Sonido en la curul del diputado Luis Miguel Barbosa Huerta.

EL DIP. MIGUEL BARBOSA HUERTA: (desde la curul) Presidente, solamente expresar que es correcto desde mi personal punto de vista, que se estén sometiendo a consideración del pleno los dictámenes negativos y de que usted de manera muy correcta los ponga a consideración del pleno.

Estamos constituyendo una práctica parlamentaria en ese sentido y por eso hago mención para que quede constancia de lo mismo.

EL PRESIDENTE: Muchas gracias, compañero diputado.

Suficientemente discutido.

Consulte la secretaría a la asamblea en votación económica, si se aprueba el dictamen.

LA MISMA SECRETARIA: En votación económica, se pregunta si se aprueba el dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(votación)

Mayoría por la afirmativa, ciudadano Presidente.

EL PRESIDENTE: Aprobado el dictamen. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

En virtud de que han transcurrido 4 horas en la presente sesión, que dispone el artículo 28 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, proceda la secretaría a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

LA MISMA SECRETARIA:

(orden del día de la próxima sesión)

EL PRESIDENTE: (15:28 horas) Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo lunes 14 de abril a las 10 horas.