Crónica Parlamentaria, Cámara de Diputados

Que reforma el artículo 42 de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, presentada por el diputado Ricardo Francisco García Cervantes, del grupo parlamentario del PAN

«Con la facultad que nos confiere la fracción II del artículo 71 de la Constitución General de la República, nos permitimos presentar a la consideración de esta Cámara, la presente iniciativa de reformas al artículo 42 de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal

Funda nuestra iniciativa, las razones contenidas en la siguiente

Exposición de Motivos

La ausencia de tribunales imparciales, así como de medidas de defensas o recursos eficaces para dejar sin efecto los actos de las autoridades electorales violatorias de la ley, o las omisiones de las propias autoridades al cumplimiento de las obligaciones que la propia ley les impone, es uno de los obstáculos para que la legislación electoral vigente sea respetada, tanto por los organismos electorales, como por el gobierno. Es un hecho, que la forma en que están integrados los organismos electorales responsables de la resolución de los recursos, afecta a la objetividad e imparcialidad con la que deben dictarse las resoluciones, pues en todas ellas, el partido oficial, con el auxilio de sus partidos satélites, se asegura una mayoría que, pasando aún sobre los dictados de la ley, resuelve siempre en función de los particulares intereses de una fracción.

Es por ello que en esa iniciativa se plantea la intervención del poder Judicial Federal, para resolver el recurso de revocación en contra de las decisiones de cualquier organismo electoral y de sus dependencias, antes de que se califique la elección; ello se traducirá en un mínimo de garantía para lograr imparcialidad en la resolución de recurso

En mérito de lo expuesto, nos permitimos proponer a esta H. Cámara de Diputados la presente

Iniciativa que adiciona el artículo 42 de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal para quedar como sigue:

Artículo 42.

I. ...

II. ...

III. ...

IV. ...

V. ...

IV. De los recursos que en materia electoral promuevan los ciudadanos y los partidos políticos, en contra de las resoluciones pronunciadas por la Comisión Federal Electoral, las comisiones locales y los comités distritales electorales y sus dependencias en materia federal.

Salón de sesiones de la H. Cámara de Diputados, a 23 de septiembre de 1986.

Por el grupo parlamentario de Acción Nacional, diputados: Ricardo García Cervantes, Juan de Dios Castro Lozano, Consuelo Botello de Flores, Cecilia Romero Castillo, Edeberto Galindo Martínez, Federico Ling Altamirano, Manuel Bribiesca Castrejón.»

Turnada a la Comisión de Justicia.