Crónica Parlamentaria, Cámara de Diputados

Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada pro el diputado Hildebrando Gaytán Márquez, del grupo parlamentario del PPS

«Con fundamento en el derecho que nos otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución de la República, proponemos a la consideración de vuestra soberanía, el siguiente proyecto de reforma al artículo 3o. de la propia Constitución, en el aspecto referido a la educación normal.

Exposición de Motivos

La educación pública ha sido una de las constantes históricas en las demandas de nuestro pueblo, considerada como medio de redención social y factor necesario para acelerar el progreso de la nación, desde los albores de la independencia de México, ocupó en grado relevante la atención de sus gobernantes y de sus hombres más ilustres, no podía ser de otra manera, con la independencia política debía venir - como así fue - , el clamor de la lucha insurgente, un cambio a fondo en la estructura económica, social y cultural del país, de la que no podía escapar la educación.

La ciencia de la sociedad no se explica este problema cuando afirma que la educación responde siempre a los problemas fundamentales que en determinada época tiene una comunidad humana y en especial, a los intereses que al respecto tiene la clase dominante.

Por esta razón, si la educación del México colonial se caracterizó por ser selectiva, de una total intolerancia religiosa, con un riguroso control en sus contenidos y orientación, cerrada a las nuevas ideas y a los avances de la ciencia, dedicada a servir a los objetivos del Estado - Iglesia de la época virreynal, para lo cual se protegía con un severo e inhumano sistema de sanciones y castigos; ante esa situación, los constructores de la nueva sociedad mexicana tenían que sustentar un proyecto educativo propio.

En los documentos más importantes de la indulgencia, y más tarde en los primeros fundamentos del estado mexicano como fue la Constitución de 1824, se encuentra la firme decisión de promover la ilustración del pueblo y fomentar los colegios y establecimientos en que se enseñen "las ciencias naturales y exactas, políticas y morales, nobles artes y lenguas".

Las escuelas de la compañía Lancasteriana, con su significativo sistema de monitores para auxiliarse en la docencia, constituyeron la primera experiencia de establecimientos escolares al margen de la iglesia, aunque sin romper con ésta en muchos aspectos. Pero, definitivamente, este sistema no podía representar la respuesta de la nación al problema educativo.

El planteamiento de las fuerzas progresistas, que en realidad caló a fondo en esta importante actividad, fue trazado en 1833 con las reformas propuestas por el presidente Valentín Gómez Farias, se trata - señaló este ilustre mexicano - "de mejorar el estado moral de las clases populares mediante la destrucción del monopolio del clero en la educación pública y por la difusión de los medios de aprender y la inculcación de los deberes sociales". con el objeto de que el estado consumara esta apremiante labor, creó la dirección general de instrucción pública para el Distrito Federal y territorios, misma que tendría a su cargo todos los establecimientos públicos de la enseñanza y el nombramiento de los profesores en todas las ramas de educación.

Sin embargo, estos esfuerzos tan importantes de Gómez Farías y del doctor Mora en el campo educativo fueron suspendidas y derogadas sus medidas administrativas por la corriente conservadora que restituyó los privilegios del clero en la educación, situación que con pequeños altibajos mantuvo esa preponderancia hasta la Revolución de Ayutla de 1854.

Por eso es explicable que el movimiento de reformas levantará con pasión el liberalismo total en el que incluía a la educación, con tal de destruir el sistema de controles, monopolios, restricciones y prohibiciones que existían en las diversas actividades de la sociedad. No obstante, es importante distinguir que en sustancia, la plena libertad de educación existió solamente en la etapa que va de la promulgación de la Constitución de 1857, hasta la elaboración de las leyes de Reforma, casi al concluir la Guerra de Tres Años, en que Benito Juárez establece la libertad de cultos y en 1861, con la Ley de Educación, introduce el laicismo en la enseñanza y la participación del Gobierno Federal para configurar el sistema educativo del país; pero nuevamente queda interrumpida esta labor, la intervención francesa primero y luego el entronizamiento del llamado imperio de Maximiliano, establecido por la desesperada y antipatriótica acción de la decadente corriente conservadora, postergó el impulso del Estado en la educación nacional hasta después del triunfo total de la República y del liberalismo en 1867; y a unos cuantos meses después de este hecho histórico, Benito Juárez dio el paso más trascendental en el ramo de la educación de México.

Entonces sí a partir de la histórica ley del 2 de diciembre de 1867, promulgada por el presidente Juárez y en la que tuvo destacada participación el ilustre Gabino Barrera, determinando a la ciencia como la base de los contenidos educativos, y no obstante que los efectos de dicha ley se circunscribían al Distrito Federal y territorios, sin embargo, este ordenamiento que estructuraba de manera sólida la organización y características del sistema educativo de México, tuvo una enorme influencia en toda la educación de la República y particularmente en el estado de Veracruz.

En esta entidad, pocos años después de este impulso educativo de Juárez y Barrera, se desarrolló en forma destacada la labor pedagógica de Enrique Laucher y Rébsamen, que profundizaron en los problemas de la didáctica y en especial de la enseñanza de la lectura - escritura, pasando luego a dedicar su atención a la preparación de docentes en la Escuela Modelo de Orizaba, al tiempo que en la propia capital del país crecía el interés por la creación de una escuela forjadora de maestros. Así tenemos que a la urgencia del alfabeto, siguió la preocupación de contar con maestros que atendieran profesional y científicamente a la personalidad de la niñez.

Ignacio Manuel Altamirano, emérito maestro, preocupado siempre por la educación del país, fue en 1985 el encargado de elaborar el proyecto de decreto para la fundación de la Escuela Normal y en el cuerpo de dicho documento dejó Altamirano explícita la responsabilidad del Estado en esta materia, pues señaló "que todo lo que se refiere al programa de enseñanza normal, al personal de profesores y a la distribución y formas de estudios, pertenecen propiamente a la reglamentación que el Poder Ejecutivo tendrá cuidado de hacer con el estudio y por su importancia". Así, la Escuela Normal de profesores de instrucción primaria abrió sus puertas el 24 de febrero de 1987.

La propia esencia de la profesión docente, ligó a los maestros normalistas al pueblo y a la comprensión de los graves problemas de la nación; por eso, al producirse el movimiento revolucionario contra la dictadura porfirista, los maestros se entregaron decidido en la lucha revolucionaria. La historia nos da cuenta entre otros distinguido luchadores de extracción normalista, de la participación de Otilio Montaño, Luis Cabrera, Manuel Chao y Antonio Villarreal.

El Congreso Constituyente de 1916 - 1917, echó abajo los soportes económicos de la dictadura: la concentración de la tierra, la ilimitada injerencia del capital extranjero y el papel del Estado con simple guardián del proceso económico, en su lugar, sentó las bases para el desarrollo económico independiente de México, afirmando la propiedad de la nación sobre todas las tierras, aguas y riquezas naturales del territorio nacional, declarando la propiedad privada como una concesión sujeta a las modificaciones que dicte el interés público, e impulsó la participación del Estado en la vida económica y social con el objeto de promover una justa distribución de la riqueza y acelerar el progreso general de la nación.

En el aspecto educativo, en la intensa polémica que se registró en dicho Congreso al discutirse el artículo 3o., se impusieron los criterios de la corriente más avanzada, y se sustituyó el texto propuesto en el proyecto de Constitución de Carranza, por otro en el que se generalizó el laicismo a las escuelas oficiales y privadas, aclarando asimismo que con ese término se referían a una enseñanza rigurosamente científica y no a la enseñanza neutral como fue la tesis del porfiriato; además, prohibieron a las corporaciones religiosas y ministros de los cultos, cualquier participación en la educación. A pesar de todo lo positivo de esta enmienda, la reforma en materia educativa no fue al fondo de lo que debería ser la educación de la Revolución Mexicana.

Por eso, no transcurrió mucho tiempo sin que la polémica y la urgencia en la solución de este problema, determinara las medidas de orden normativo e institucional para el auge de la educación en el país.

Dos eran en el fondo los problemas que exigían solución: determinar por un lado la responsabilidad que incumbía al Estado, y en particular al Gobierno Federal en la educación, y por otra parte, precisar la orientación filosófica que debería caracterizarle.

El primer aspecto fue atendido por el presidente Alvaro Obregón, fue él quien dirigió las acciones para reformar la Constitución del país y lograr dos modificaciones de gran trascendencia, la primera consistió en suprimir el artículo 14 transitorio de la Constitución, que negaba la existencia de una Secretaría de Estado encargada de la educación. La otra reforma que aplicó en el artículo 73 fracción XXVII, que abrió por primera vez en la historia de México la posibilidad, mediante facultad expresa al Gobierno Federal, de que éste estableciera escuelas federales en todo el territorio nacional, sin perjuicio de que los gobiernos de los estados pudieran hacer otro tanto en su jurisdicción.

De esta manera, el propio presidente Obregón el 22 de septiembre de 1921, decretó la creación de la Secretaría de Educación Pública, misma que por las características, integración y facultades que se le encomendaron, no tuvo ningún lazo en común con la ex tinta Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes del porfiriato.

A partir de entonces fueron surgiendo instituciones educativas de diverso nivel en toda la República: primarias rurales, primarias urbanas, secundarias, jardines de niños, misiones culturales y como una urgente necesidad, las escuelas normales rurales y las transformación radical de la vieja escuela normal de profesores de instrucción primaria, transformada en la nueva Escuela Normal de Maestros, con el impulso del maestro Lauro Aguirre en 1924.

El otro aspecto, el relacionado con la orientación de la enseñanza, se centró en forma polémica alrededor del artículo 3o. Hubo dos tendencias polarizadas desde el lado de quienes exigían un retroceso, exigiendo la abolición del laicismo y el establecimiento de una educación religiosa, sobresalió el licenciado José Vasconcelos. De la otra parte, la avanzada ideológica se registró en el seno del movimiento obrero, sitio desde el cual el maestro Vicente Lombardo Toledano demandó una reforma constitucional para sacar al artículo 3o. de la indefinición en que se encontraba dentro del marco de la orientación social y filosófica.

En 1933, seriamente lastimada la economía nacional y sobre todo la forma de vida del pueblo por los efectos de la crisis de 1929 que derrumbó los índices de las exportaciones del país, el pueblo y la lucha revolucionaria de sus dirigentes, convencidos de la necesidad de aplicar reformas profundas económico - sociales para que la Revolución no diluyera su fuerza, se aprestaron a levantar un programa revolucionario entre cuyas demandas más apremiantes estuvo la reforma al artículo 3o. llevada a cabo en 1934.

Esta reforma dio solución definitiva a una serie de problemas alrededor de la educación de México, enriqueciendo las disposiciones del Constituyente de 1917 y las medidas tomadas por Obregón respecto de la participación del Estado en la educación. Además del sello peculiar que tuvo esta reforma con el carácter de educación socialista, su importancia histórica consiste en que concluyó definitivamente con la indefinición de la enseñanza en lo que se refiere a su orientación filosófica; determinó enfáticamente la facultad del Estado para organizar el sistema educativo nacional y elaborar los planes y programas de enseñanza; se ampliaron las restricciones y requisitos para el funcionamiento de las escuelas particulares, y se establecieron aspectos del ramo educativo en los cuales el Congreso de la Unión tiene facultades para legislar, aspectos todos estos que se conservan en el texto vigente, porque en efecto, diez años después de esa reforma en 1945, nuevamente se modificó el artículo 3o.

La determinación, del presidente Avila Camacho se dirigió a suprimir el calificativo de socialista en la educación y en su lugar ampliar y precisar con mayor vigor su contenido, coherente con los artículos más avanzados de la Constitución y más a tono también con los problemas de la actual etapa histórica del país.

En la reforma de 1945, se definió en consecuencia que la educación debe basarse en los resultados del progreso científico y de ser ajena a cualquier doctrina religiosa, ser nacionalista, fomentar el amor a la Patria y luchar por el desarrollo independiente del país; fomentar el aprecio a la dignidad del hombre y la solidaridad humana, afirmar el valor de los intereses colectivos sobre los de carácter individual, y la convicción de lucha por el progreso social, pues entiende la democracia como el constante mejoramiento de las condiciones de vida económica, social, política y cultural del pueblo; en síntesis, la educación de un país semicolonial que lucha por su plena independencia y soberanía.

Sin embargo, a pesar de que fue excluida la connotación socialista del artículo 3o. constitucional, medida con la cual pensaba el presidente Miguel Avila Camacho que habrían de terminar los ataques y presiones de los reaccionarios y conservadores contra este precepto fundamental del país pero no ha sido así. Persiste en estos sectores el afán de que las nuevas generaciones no se formen en los lineamientos constitucionales y su participación en la enseñanza ha estado dirigida a erosionar en su médula la educación de México. Entre las diversas formas de presión e influencia está a su concurso en la formación de los maestros en las normales particulares.

La labor del maestro en las condiciones actuales del desarrollo histórico del país, tiene una gran importancia porque su trabajo no está limitado, como fue en otras épocas, a divulgar la lectura - escritura, sino ahora a contribuir en forma determinante en la formación integral, científica, nacionalista, democrática de las nuevas generaciones, como lo ordena el artículo 3o. Se debe distinguir que el maestro es pieza clave de todo el sistema educativo, pues constituye el eslabón entre los ideales supremos de la enseñanza especificados en el artículo 3o. y, de otra parte, los propios alumnos, sujetos del aprendizaje. De ahí nuestra preocupación sobre la formación de los docentes.

Es indudable que la reforma constitucional de 1934 - cuyas disposiciones se mantienen en el texto vigente - , se dio un paso de gran trascendencia al establecerse que la educación primaria, secundaria, normal, y la destinada a obreros y campesinos, corresponde al Estado, y que los particulares requieren autorización previa del poder público, para impartir estos servicios, sujetándose en todo tiempo a la orientación filosófica del artículo 3o., a los planes y programas oficiales, y demás normas pedagógicas y administrativas que emita el Estado.

Sin embargo ¿qué ha sucedido con las escuelas particulares y en especial, cuál es su importancia en el caso de las escuelas normales particulares?

En primer lugar, es de advertirse lo sintomático que resulta el traslado que han hecho de su presencia en las escuelas primarias, donde años atrás perseguían afanosos su control, y la preponderancia que han alcanzado en el ramo de la normal. No es un hecho accidental que sólo cubran el 5% de las escuelas primarias y el 11% de las secundarias del país, y en las normales supere el 50%.

El móvil que impulsa a la mayoría de los particulares en la educación, es de carácter ideológico y político, la ideología reaccionaria y conservadora; en otros casos, se trata por encima de todo de verdaderos negocios, donde el pago de las cuotas sustituye a la preparación adecuada del futuro maestro. Por eso podemos decir que son contadas - verdaderas excepciones, honrosas excepciones - , las normales particulares que cumplen su papel como debe ser.

En las últimas décadas, el número de escuelas normales particulares ha sido superior al total de las escuelas federales y estatales juntas; en el sexenio anterior se crearon en el país 158 escuelas normales, de éstas, siete fueron estatales, 67 de la federación y 84 particulares. Desde hace más de 20 años, el promedio de las normales particulares en el país ha sido del 54% de todas las existentes. A partir de 1980 - 1981 que era del 55%, se empezó a declinar porque se empezó a reducir la demanda de profesores ante la alta satisfacción del servicio de la escuela primaria, pero aún así el porcentaje sigue dominando. En la actualidad, funcionan en el país 116 escuelas federales, 129 escuelas de los estados y 239 escuelas normales particulares, es decir, los porcentajes son del 24% correspondiente a las normales del Gobierno Federal, 26.6% la participación de los gobiernos estatales y 49.4% de las normales particulares; esto significa que durante varias décadas han engrosado las filas del magisterio nacional, un alto porcentaje de maestros preparados en las normales particulares.

Para los sectores reaccionarios, es infinitamente más fácil y provechoso a sus intereses, formar ideológicamente a los futuros maestros en las escuelas de su propiedad, transmitiéndoles las cargas ideológicas, conservadoras y anticientíficas que les imponen, y luego dejar que en la escuela pública cubran su desempeño profesional, si no en todos los egresados - como definitivamente no podría ser - , si en buen porcentaje obtienen sus dividendos con maestros forjados en esas escuelas, con una preparación en la que conocen la historia patria o tienen de ella un concepción deformada; con explicaciones religiosas que anteponen a las que ha aportado la ciencia y sobre todo, con actitudes individuales y pragmáticas, insensibles a lo que establece el artículo 3o. para la educación del país.

El ataque que levantan los sectores reaccionarios contra el artículo 3o., toma signos verdaderamente preocupantes. Participan por igual sectores del clero, organismos empresariales, asociaciones civiles diversas constituidas para esos fines y de esta nueva santa cruzada, no queda afuera la participación desenfrenada de los propietarios de las escuelas particulares y su llamada Confederación Nacional de Escuelas Particulares. En efecto, el siguiente ejemplo que vamos a narrar es suficientemente ilustrativo de numerosos semejantes que realizan esas fuerzas.

En la asamblea que realizaron del 10 al 16 de febrero del año en curso en la ciudad de México personas de otros países y del propio nuestro, convocadas por la denominada Oficina Internacional de Educación Católica en la que su dirigente Paulus Adams vino a dar fuerza y calor a los enemigos del artículo 3o., participó en ese evento muy activamente la Confederación Nacional de Escuelas Particulares y su presidente suscribió todos los acuerdo tomados.

En sus resoluciones se manifestaron por una absoluta libertad de educación para que puedan los propietarios de los centros de enseñanza, elaborar y tener su proyecto educativo propio, nada menos para que poliferen planes y programas con diversos contenidos y objetivos educativos; también se manifestaron porque desaparezca todo control de la enseñanza, ya se a de carácter organizativo, administrativo o programático, adujeron que "en la fe se deben formar todas las motivaciones de los alumnos, y aprovechar la pedagogía sacramental de la comunión y la penitencia".

Buscan pues, fortalecer al sistema privado de educación que en forma paralela se ha desarrollado vertiginosamente y, por otro lado, romper el sistema educativo del país construido al calor de la Revolución Mexicana y de las aportaciones de los grandes pedagogos de épocas pasadas de nuestra historia. Su combate es frontal, tanto a la estructura como a la filosofía educativa.

En consecuencia señoras y señores diputados, ha llegado el momento de realizar una reforma en el artículo 3o. de la Constitución del país a efecto de cancelar la concesión a los particulares de intervenir en la educación normal, debiendo el Estado cumplir la responsabilidad de preparar a los maestros que se requieren en todos los tipos del sistema educativo nacional a su cargo.

De aprobarse una propuesta en ese sentido, motivo de esta iniciativa, se sentarían bases para garantizar la justa aplicación de los lineamientos filosóficos del artículo 3o.; para elevar la calidad de la enseñanza y tomar medidas de amplio alcance para superar la formación de los maestros. Apoyaría la estructuración de un sistema nacional de docentes, de suerte que hubiese coordinación y afinidad en los aspectos fundamentales de las diversas escuelas normales, como son las que preparan profesores de preescolar, profesores de escuela primaria, profesores de educación física, profesores de especialidades de la escuela secundaria, etcétera.

Asimismo, con la organización de los servicios de superación y actualización de los maestros en servicio y el fomento de las investigaciones educativas y tecnológicas, desarrollado sin interferencias perturbadoras y deformadoras, sino todo de acuerdo con la dirección filosófica del artículo 3o. Además, facilitaría el control y planificación del número de maestros que se requieren en los diversos tipos y modalidades, pues el incremento que ha alcanzado la educación elemental exige que el Estado prevea cuántos maestros se necesitan en cada especialidad.

No escapa en nuestras previsiones y fundamentaciones que pueda esgrimirse en contra de la aprobación de esta iniciativa el estado económico actual de la nación y en especial de la administración pública. Sin embargo, cuando se han tomado decisiones trascendentales, no siempre ha sido por estar llano el camino, carente de obstáculos, sino por tratarse de medidas que abarcan en conjunto a una serie de aspectos económicos y sociales que deben transformarse. De otra manera, no actuar con la profundidad que se requiere, significa retroceder y poner en peligro de subsistencia la magnitud de los servicios alcanzados.

Por eso, en lugar de seguir disminuyendo el porcentaje del presupuesto en materia educativa, que del 5.5% del PIB que era en 1982, a decrecido a un estimado 3.5% en el año actual, lo que debe hacerse es elevarlo, hasta llegar al 8%, como lo ha recomendado la Unesco, lo cual puede conseguirse con una política económica que atienda por encima de todo a los intereses y reclamos del desarrollo nacional.

Tocar el artículo 3o. en el sentido que lo establece la presente iniciativa en el marco señalado, no es un hecho accidental, constituye la respuesta oportuna de los sectores democráticos y progresistas del país para afirmar la política educativa de la Revolución Mexicana, a la cual sus impugnadores más intransigentes siguen oponiendo, - como ha sido tradicional - , la educación religiosa y en el terreno social una absurda ruptura con los avances de la ciencia en sus diversas esferas de la realidad y un desconocimiento de los hechos históricos del pasado y los contemporáneos.

No se trata de exigir que la escuela mexicana alcance objetivos que están fuera de su cometido, pero si de que, como superestructura que es, contribuya con más vigor a que se alcancen los objetivos de la revolución mexicana, de la cual surgió.

El maestro que requiere nuestra época, de acuerdo con los señalamientos del Artículo 3o. No lo pueden forjar las normas particulares; más bien se le forma en esas escuelas con tesis doctrinales que son contrarias a lo que dispone la Carta Magna. El maestro que México necesita, con el perfil profesional que se afirme y se nutra de los postulados del artículo 3o. sólo el Estado puede promover y forjar.

Un maestro con una sólida preparación científica, identificado con los problemas del pueblo, luchador convencido del desarrollo independiente del país, imbuido con un bagaje filosófico que lo haga amar a su profesión, que le determine una amplia y profunda explicación a su desempeño profesional, dotado de tesis y convicciones que le permitan sembrar y alentar los mejores ideales, las mejores actitudes en sus alumnos, de suerte que forjen un tipo de hombre superior al que hoy existe.

En virtud de todo lo anterior, los suscritos, diputados de la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista nos permitimos proponer la siguiente

Iniciativa de decreto que reforma al artículo 3o. de la Constitución

Artículo único. Se reforma la fracción II del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 3o.

I.

II. Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y grados con excepción de la normal, misma que será impartida exclusivamente por el Estado.

Por lo que concierne a la educación primaria, secundaria, (y a la de cualquier tipo o grado, destinada a obreros y campesinos) deberán obtener previamente, en cada caso, la autorización expresa del poder público.

Dicha autorización podrá ser negada o revocada, sin que contra tales resoluciones proceda juicio o recurso alguno.

Transitorios

Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. Se derogan las disposiciones contrarias al presente decreto.

Artículo tercero. Las autoridades de la Secretaría de Educación Pública, tomarán las medidas conducentes respecto de las escuelas normales que estuvieren funcionando en manos de particulares, para que en un plazo de tres años contados a partir de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación, cesen las funciones de estas escuelas.

México, D. F. a 12 de noviembre de 1987.

La fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, diputados: Indalesio Sáyago Herrera, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Manuel Fernández Flores, Hidelbrando Gaytán Márquez, Gabriela Guerrero Oliveros, Francisco Hernández Juárez, Héctor Morquecho Rivera, Adner Pérez de la Cruz, Vicente Calvo Vázquez, Martín Tavira Urióstegui, Victor Jiménez Ozuna.»

Turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.