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De Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 1990, presentada por el Ejecutivo federal en la sesión del miércoles 15 de noviembre de 1989

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

La estrategia de cambio que la administración a mi cargo ha propuesto y desarrollado durante el primer año de gobierno, está basada en el modernización del país.

El concepto básico de la modernización implica modificar la reforma de organización para producir riqueza y bienestar y distribuirlos equitativamente.

Por tal razón, el proceso de modernización se ha basado en el planeamiento de tres acuerdos nacionales, estructurados en el Plan Nacional de Desarrollo 1989 - 1994, que están encaminados a lograr: la ampliación de nuestra vida democrática: la recuperación económica con estabilidad de precios, y el mejoramiento productivo del nivel de vida de la población.

En el contexto anterior se ha enmarcado el desarrollo de la política económica, la que proyecta alcanzar un crecimiento del 6% anual hacia finales de esta administración; para esto, uno de los requisitos fundamentales es lograr el equilibrio de la finanzas públicas.

Hacia ello se orienta la política tributaria y de precios y tarifas de los bienes y servicios que ofrece el sector público, que proveen de recursos al propio sector para financiar sus actividades.

Para tal efecto, la Política de ingresos promueve no sólo la recaudación de recursos suficientes que apoyen la estabilidad, sino también una mejor distribución del ingreso y del bienestar , así como la eficiencia económica, mediante una adecuada determinación de precios y el uso racional de los recursos escasos, renovable y no renovable, que administra el sector público.

Para alcanzar esos objetivos, debe conjugarse la adecuación de las disposiciones fiscales con un proceso de erradicación de la evasión y la elusión fiscales, que permita distribuir mejor la carga impositiva en un universo de contribuyentes cada vez mayor. Deben ampliarse los procesos de auditoría y revisión, y avanzar en la simplificación de disposiciones y trámites, asesorando a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones y en el ejercicio de sus derechos, para estimular su cumplimiento voluntario.

El Departamento del Distrito Federal, dentro del marco general señalado, debe sustentar su esfuerzo financiero en tener sus finanzas públicas sanas y bien administradas, sobre la base de una recaudación eficiente y un ejercicio de los recursos con amplio sentido social, y con estricta disciplina presupuestal.

En esos criterios se inscriben tanto la presente iniciativa de Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal, como las iniciativas de reformas a la Ley de Hacienda y del Presupuesto de Egresos del propio Departamento, que por separado someto a la consideración de ese honorable Congreso de la Unión.

En cuanto a la política de ingresos, se proponen diversas adecuaciones a los impuestos, derechos y demás contribuciones que cubren los habitantes de la ciudad de México, y que son la fuente principal para atender las múltiples necesidades de servicios de la población.

Se parte del reconocimiento de que dichas contribuciones acusan, tanto en sus bases como en sus cuotas y tasas, rezagos importantes que impiden se recauden los recursos indispensables para hacer frente a los requerimientos de la ciudad Por esto se promueve la revisión integral de las disposiciones fiscales, de tal forma que integren un marco de eficiencia y mayor justicia contributiva, al tiempo que fortalezcan e incrementen los esfuerzos para ampliar el universo de contribuyentes y faciliten una mayor eficacia de la administración tributaria y financiera.

A lo largo del primer año de la presente administración, se han realizado en el Departamento del Distrito Federal diversos programas tendientes a lograr el incremento de sus ingresos fiscales, sin aumentos en las tasas impositivas; también se ha promovido la simplificación de trámites y procedimientos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Durante el primer semestre del año se desarrolló el Programa de Actualización Voluntaria de Contribuyentes del Departamento del Distrito Federal, que tuvo por objeto promover, mediante un acercamiento entre los contribuyentes y las autoridades fiscales, medidas para que los primeros regularizaran con facilidad su situación fiscal, al tiempo que se mejoraran los padrones oficiales de las principales contribuciones de carácter local.

La respuesta de la población contribuyente se manifestó en la presentación de alrededor

de 1 millón de cédulas con información que permitió a los contribuyentes regularizarse al Departamento del Distrito Federal corregir o adecuar los registros fiscales de éstos o de sus inmuebles, así como dar de alta nuevas cuentas tanto del impuesto predial, como de los derechos de agua y del impuesto sobre nóminas, ampliando con ello el universo de contribuyentes.

Dicho programa permitió, además, tener un mejor conocimiento de los requerimientos de la población contribuyente en su relación cotidiana con la autoridad fiscal, lo que dio lugar, entre otras acciones, a la desconcentración de diversas funciones que se venían desarrollando a las oficinas centrales y que ahora se ofrecen en las 21 administraciones tributarias locales que existen en todas las delegaciones del Distrito Federal.

De otro lado, se ha avanzado en forma considerable en la concreción de los trabajos que permiten la conformación del Sistema Integral Cartográfico Catastral, con lo que es posible tener una visión completa de los inmuebles que existen en la ciudad de México, a través de las más avanzadas técnicas de análisis fotogramétrico computarizado que existen; se tiene ya frutos específicos, como la incorporación a los registros fiscales de nuevos predios y la reclasificación de las colonias catastrales en base a las cuales se plantean los valores unitarios del suelo y construcciones, los cuales, como parte de la iniciativa de reformas a la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal,

se someten a la consideración de ese honorable Congreso de la Unión. Dicho sistema permitirá que el Departamento del Distrito Federal cuente, en un futuro próximo con uno de los catastros más completos de América, lo que contribuirá a una más justa y eficiente administración de los impuestos relacionados con la propiedad inmueble.

Destaca también el esfuerzo especial en la labor de instalación y reparación de aparatos medidores para el consumo de agua, aunada al aumento creciente en el número y periodicidad de las lecturas de los mismos, las cuales se han triplicado en el transcurso de este año, que permitirán determinar con mayor precisión los consumos de agua con el consecuente efecto en la recaudación. Cabe destacar que en dichas acciones se ha dado prioridad a los consumidores no domésticos, sin perjuicio del objetivo de cubrir a la totalidad de las tomas.

Se intensificó el programa de fiscalización para verificar el debido cumplimiento de las obligaciones tribunales, tanto de carácter local como federal en los casos en que de acuerdo a la coordinación fiscal le corresponden al Departamento del Distrito Federal. Con esto se han obtenido incrementos adicionales en la recaudación, mejorando la presencia fiscal, la cual, no obstante, está todavía muy por abajo de los estándares internacionales, por lo que se hace necesario seguir mejorando la capacidad fiscalizadora para incrementar el cumplimiento voluntario de las obligaciones.

Vale la pena señalar la instrumentación de un programa permanente de optimización de la administración de los recursos financieros, el cual ha permitido mejorar los rendimientos de las disponibilidades del Departamento del Distrito Federal.

Todo lo anterior, junto con otros esfuerzos administrativos, incluyendo la mejor utilización de los servicios informáticos, se refleja en que los ingresos propios estén creciendo en 1989 en un 23.5% en términos reales respecto de los de 1988.

Por otra parte, destaca que la tendencia en la integración de los recursos totales del Departamento del Distrito Federal acusa una baja en términos relativos de la participación federales, en razón de la integración de los efectos de la fórmula de la coordinación fiscal vigente durante 1988 y 1989.

Lo expuesto, indica que es necesario continuar el fortalecimiento de los ingresos propios del Departamento del Distrito Federal, como condición indispensable para sostener el saneamiento de sus finanzas.

En ese sentido, la iniciativa de la Ley de Ingresos que someto a su consideración prevé la obtención de recursos del orden de 7 billones 585 mil 636 millones de pesos. Al excluir los ingresos de los organismos y entidades paraestatales ubicados en el sector así como los ingresos virtuales derivados del Programa de Uso Eficiente del Agua, el sector central tendrá recursos por 6 billones 168 mil 92 millones de pesos que representan un incremento nominal de 21.3% sobre los niveles esperados para 1989, es decir, alrededor de 1 billón 83 mil 468 millones de pesos más.

Para la integración de la cantidades señaladas, sobresalen las siguientes medidas contenidas en la iniciativa de reformas a la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal que por separado someto a esa honorable representación nacional.

En relación con el impuesto predial, fue compromiso asumido hace un año ante ese honorable Congreso promover su revitalización para disminuir los rezagos que en términos reales acusa el gravamen desde hace varios años, así como para ampliar la base gravable y mejorar su administración.

Al efecto en la mencionada iniciativa de reformas a la Ley de Hacienda se propone la actualización y adecuación de la tarifa vigente de dicho impuesto, al ampliar el número de rangos de valores, mejorando se progresividad, de tal forma que los inmuebles de mayor valor, sobre todo los de uso no doméstico, contribuyan a los gastos públicos de manera más adecuada.

Asimismo, como se mencionó antes, se propone una reestructuración de los valores unitarios del suelo y construcciones que ese honorable Congreso ha emitido, con objeto de adecuarlos a la cambiante fisonomía de esta gran urbe.

Para este fin, se redefinen las colonias catastrales en que se clasifica el Distrito Federal, sin que se proponga un incremento en dichos valores, porque su efecto combinado con el de la actualización de la tarifa, implicaría un doble impacto que sería un mayor esfuerzo fiscal para los contribuyentes.

Con lo anterior, en la iniciativa que someto a su alta consideración se prevé una recaudación en materia de impuestos predial del orden de 295 mil 317 millones de pesos, que representa un incremento de 126.3% respecto de la recaudación esperada para todo el año de 1989.

Con esta propuesta, el impuesto predial elevará su importancia relativa respecto de los impuestos recaudados por el Departamento del Distrito Federal, acercándose al impuesto sobre nóminas que sigue siendo el más importante de los ingresos fiscales de la ciudad de México.

En su conjunto el resultado de la reforma propuesta al predial con su efecto en el impuesto sobre adquisición de inmuebles, junto con los esfuerzos administrativos para ampliar el universo de contribuyentes, y de depuración y actualización de padrones, generarán un incremento del rubro general de impuestos equivalente a un 48.6% respecto de la recaudación de 1989.

Asimismo, se propone la supresión del impuesto sustituido de estacionamientos cuya recaudación ha venido siendo poco significativa y su aplicación representa para los particulares una erogación que dificulta el cambio al régimen de condominio de inmuebles habitacionales arrendados.

En materia de derechos, reviste especial importancia el esfuerzo que se plantea en materia de uso del agua, dada la trascendencia que el vital líquido tiene para la vida de nuestro país y que ha sido señalada expresamente como uno de los puntos prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo 1989 - 1994.

En el plan se retira que se ha aprovechado el agua de manera irracional y que es imperativo establecer medidas inmediatas y de fondo, para corregir esa situación, que de otra manera se convertirá en un freno para el progreso.

En toda la nación se han establecido programas tendientes a la conservación y uso racional del agua, y en todos los niveles de gobierno se instrumentan medidas para que el precio promedio del agua sea lo más cercano a su verdadero valor y costo social. Deben pagar más quien mas consumen.

El caso de la ciudad de México reviste características críticas, dado que se trata de la entidad más poblada y por ende la que más líquido demanda; al mismo tiempo, sus condiciones particulares hacen que la obtención y suministro del mismo resulte más costoso.

Por ello, en la iniciativa de reformas a la legislación hacendaria, se incluye una reestructuración integral a las disposiciones relativas al cobro de los derechos de agua, tanto potable, como residual y residual tratada.

Se hace hincapié en que el monto de tales derechos debe tender a cubrir las erogaciones necesarias para adquirir, extraer, conducir, distribuir y posteriormente desalojar el líquido, así como las que se realicen para mantener la infraestructura necesaria para todo ello.

Al efecto, se propone una nueva tarifa en que se establecen diversos rangos de consumo, señalándose para cada uno de ellos una cuota diferencial para el metro cúbico. Ante mayores consumos se pagará una cuota mayor, no sólo por el consumo marginal, sino por todo el volumen consumido; esta tarifa es más justa que las tradicionales, porque el costo de proveer volúmenes mayores de agua a la ciudad no sigue una tendencia lineal, que se resuelve cobrando más por consumo marginales, y lo que debe ser reflejado en la cuota que paguen los consumidores.

Debe advertirse, sin embargo, que ni aún con este aumento se habrá de cobrar a los contribuyentes, como promedio ponderado, el costo real del líquido.

Se propone mantener diferencias de costo para usos domésticos. En el primer caso, el costo, que actualmente es de alrededor de 76 pesos por metro cúbico, tendría incrementos que los situarán desde 404 pesos hasta 1 mil 518 pesos por metro cúbico, atendiendo el volumen consumido.

En el caso de los usos no domésticos, el metro cúbico se ha cobrado en 1989 a 620 pesos; el incremento propuesto lo llevaría desde 774 pesos por metro cúbico para los rangos de consumo más bajo, hasta 2 mil 208 pesos por metro cúbico para los consumos superiores.

Lo señalado, en caso de ser aprobado por esa honorable representación nacional, permitirá una recaudación por los derechos de agua en 1990 de 352 mil 300 millones de pesos, es decir, un incremento de 327% respecto de 1989. No obstante, estos cobros representan todavía menos del 50% del costo que implica para el Departamento del Distrito Federal adquirir, suministrar y desalojar el señalado líquido.

Toda vez que el costo del derecho por los servicios de la red de alcantarillado se incluye en el derecho por uso de agua, se plantea su derogación, con lo cual se facilita el cumplimiento por parte de los usuarios y la administración de tales contribuciones.

De otro lado, se prevé el establecimiento de un nuevo derecho por el uso de áreas y vías públicas para el ejercicio de actividades comerciales, el cual recoge, junto con la reglamentación de carácter administrativo que está siendo formulada por la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, el requerimiento de regular y dar orden a esa actividad que tantas implicaciones tiene para la vida cotidiana de la ciudad, tutelando tanto el legítimo derecho al comercio que tienen los ciudadanos, como el de quienes transitan por las áreas y vías públicas del Distrito Federal.

Es de aclararse que no se hace estimación de ingresos por ese concepto para 1990, en razón de que, de aprobarse por ese honorable Congreso el establecimiento de la contribución, su cobro se diferirá hasta que entre en vigor la reglamentación sustantiva de esa actividad que está siendo estudiada por la Asamblea de Representantes del Distrito Federal.

También en el capítulo de derechos, sobresalen las reformas que en la legislación sustantiva se proponen a los relativos al Registro Público de la Propiedad o del Comercio. Consiste en establecer adecuaciones congruentes con una Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relacionadas con el valor de los actos a registrar cuyos derechos se expresan en términos de millares.

Con ese fin, se establecen para el cobro de estos derechos cuotas fijas relacionadas con el esfuerzo registral que implica la prestación del servicio y el costo que corresponde.

Es de señalar que dicha modificación representarán, por razones evidentes, una disminución en el corto plazo de la recaudación correspondiente.

En el mismo orden de ideas se plantea un derecho por explotación de minas y canteras, en lugar del que ha venido existiendo en relación a la supervisión de los volúmenes explotados.

Asimismo, se propone establecer derechos por los servicios que la autoridad debe otorgar de acuerdo a los reglamentos que recientemente ha emitido la Asamblea de Representantes del Distrito Federal. Estos son los casos de los relativos a giros mercantiles y espectáculos públicos, de tránsito, y algunos establecidos en otras leyes.

En virtud de los señalado, el monto de los derechos en general, excluyendo los de agua, se incrementarán en promedio en un 20%, respecto de los vigentes para 1989.

Por lo que respecta al rubro de productos, en la presente iniciativa se prevé un ingreso de 912 mil 732 millones de pesos; al excluir 186 mil 825 millones de pesos que corresponden al Programa de Uso Eficiente del Agua, que son virtuales, la recaudación real será de 725 mil 907 millones de pesos, cifra inferior en 29.9% a la de 1989; en relación al renglón de aprovechamientos, se plantea un monto de 41 mil 734 millones de pesos, que significa un incremento de 33.7% respecto de 1989.

En el renglón de "ingresos derivados de financiamiento", no se prevén empréstitos para las áreas centrales ni para los organismos desentralizados coordinados del Departamento del Distrito Federal, ni "otros no especificados" que corresponde generalmente a los Adeudos Derivados de Ejercicios Fiscales Anteriores.

(Adefas).

Al efecto, cabe destacar que no obstante el nivel de los empréstitos señalados, dado el monto previsto para el pago de amortización para 1990, el resultado del ejercicio implicará un desendeudamiento, por lo que no se solicita en esta ocasión la autorización a que se refieren los artículos 9o. y 10 de la Ley General de Deuda Pública.

Por todo lo expuesto, con fundamento en lo dispuesto por la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en observancia de lo preceptuado por la Ley de Planeación, en su artículo 7o., por su digno conducto someto a ese honorable Congreso de la Unión, para su análisis, dictamen y aprobación, en su caso, la presente.

INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1990

Artículo 1o. En el ejercicio fiscal de 1990, el Departamento del Distrito Federal percibirá los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas a continuación se enumeran:
 

Artículo 2o. Tratándose del pago del impuesto predial, los contribuyentes que efectúen el pago correspondiente al primer bimestre de 1990, a más tardar el último día hábil del mes de enero de ese año, tendrán derecho a una reducción de 1.5% del impuesto a pagar. La misma reducción operará en beneficio de los contribuyentes cuando paguen el impuesto durante el primer mes de cada bimestre; el mismo porcentaje de reducción se otorgará para cada bimestre que se pague por anticipado.

Cuando los contribuyentes efectúen el pago del impuesto predial de los bimestres segundo al sexto de 1990 a más tardar el último día hábil del mes de abril del propio año, tendrá derecho a una reducción de 8.5%.

De igual manera, los contribuyentes de los derechos de agua que se refiere los incisos a y b de la fracción II del artículo 126 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, que paguen los bimestres del primero al sexto de 1990, a más tardar el día 20 del mes de marzo de ese año, tendrán derecho a una reducción del 10% del importe correspondiente.

TRANSITORIO

Unico. Esta ley entrara en vigor el día 1o. de enero de 1990.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, Distrito Federal, a 15 de noviembre de 1989. - El presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Turnada a la Comisión del Distrito Federal.