12345abcde
Minuta proyecto de decreto por el que se abrogan ordenamientos que regulan la industria y el comercio de la seda, artisela y sus derivados, Enviada por el Senado de la república y presentada en la sesión del viernes 7 de diciembre de 1990

Ciudadanos secretarios de la honorable Cámara de Diputados
Presentes

Para sus efectos correspondientes, nos permitimos remitir a ustedes el expediente que contiene la minuta proyecto de decreto por el que se abrogan ordenamientos que regulan la Industria y el Comercio de la Seda, Artisela y sus derivados.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

México, Distrito Federal. a 6 de diciembre de 1990.- Senadores secretarios: Eliseo Rangel Gaspar y Gustavo Almaraz Montaño.

MINUTA PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ABROGAN ORDENAMIENTOS QUE REGULAN LA INDUSTRIA Y EL COMERCIO DE LA SEDA Y ARTISELA Y SUS DERIVADOS

Artículo único. Se abrogan:

I. El decreto para la Regulación y Racionalización de la Industria y del Comercio de la Seda y Artisela y sus Derivados, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio de 1937, y el diverso por el que se reforma, publicado en el citado órgano el 12 de agosto de 1937, y

II. El decreto que Establece la Obligación a los Productores de Artisela y sus Derivados, de Vender sus Materias Primas sólo a Industriales Registrados y Autorizados por la Secretaría de la Economía Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de julio de 1944.

TRANSITORIO

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, Distrito Federal, a 6 de diciembre de 1990.- Senadores: Ricardo Canavati Tafich, Presidente; secretarios: Eliseo Rangel Gaspar y Gustavo Almaraz Montaño.

(Turnada a la Comisión de Comercio. Diciembre 7 de 1990.)