Que reforma los artículos 18, 31 y 42 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para garantizar el manejo integral y sostenido de los recursos naturales, presentada por el diputado Salvador Fernández Gavaldón, del grupo parlamentario del PAN, en la sesión del lunes 29 de abril de 1991

<<Los suscritos, diputados a la LIV Legislatura del Congreso de la Unión e integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 55 fracción II del Reglamento Interior del Congreso General, sometemos a la asamblea de esta honorable Cámara de diputados la presente iniciativa de ley que reforma los artículos 18, 31 y 42 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La preocupación por el futuro, a largo plazo, ha hecho que la humanidad centre su atención en dos aspectos importantes de la problemática ecológica actual:

El relacionado con el balance entre energía, recursos naturales y población humana, y

El relacionado con la calidad de vida en el proceso de desarrollo.

Considerando que las actuales prácticas productivas están provocando alteraciones no reversibles al equilibrio ecológico global, impactando en la productividad y en el potencial productivo de numerosos ecosistemas, se ha hecho necesario introducir valoraciones normativas de planificación ambiental como las siguientes:

Que el desarrollo sostenido de cualquier sociedad depende de la conservación y renovación del potencial productivo de los recursos, y

Que es necesario asegurar la conservación a largo plazo de la especie humana y de las poblaciones que la caracterizan.

Tales valoraciones se han tenido que reflejar en las políticas y leyes internas de los países, primero como una parte de la política mundial de conservación y después como una necesidad sentida en cada nación. Un análisis de los principales problemas que enfrenta la humanidad, permite esquematizarlos como:

a) El crecimiento demográfico,

b) La inadecuada distribución social de los recursos de la naturaleza,

c) La propia disminución de los recursos naturales,

d) La insuficiencia productiva, y

e) La contaminación del ambiente.

Como consecuencia de todos los factores citados, las poblaciones del mundo sufren hambre y desnutrición, por ejemplo: con el aumento poblacional, crecen las necesidades de tierra, metal, agua, combustibles, madera, de tal forma que los bosques y terrenos silvestres desaparecen y en su lugar se establecen fábricas, ciudades, caminos y otros elementos, provocando disminución de los recursos naturales, pérdida de la capacidad productiva y, en resumen, degradación biológica de las regiones de la tierra.

El gobierno mexicano, basado en la política mundial de conservación de organismos, como el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), que destaca como problemas prioritarios la reducción de la calidad y cantidad de tierras agrícolas y pastizales, la deforestación, desertificación y falta de buenas prácticas de conservación basadas en el desarrollo y que marca como directrices de acción:

Realizar prácticas de uso racional del suelo.

Introducir en la legislación los principios de uso racional de los recursos naturales.

Crear instituciones normativas y de vigilancia.

Lograr las relaciones entre gobiernos y poseedores de los recursos considerando las condiciones socioeconómicas.

Realizar investigación para el manejo de los recursos naturales.

Se ha planteado, en materia de protección al ambiente y el equilibrio ecológico, la necesidad de los estudios integrados para el manejo de los recursos naturales y los dictámenes generales de impacto al ambiente por las actividades productivas, siendo responsabilidad de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos y la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología interpretar y vigilar sus aspectos legales. Sin embargo, la situación económica y política de nuestro país es un factor determinante para que estos requerimientos y la necesidad de realizar manejo integral, se convierta en un grave problema para el sector productivo del país por no existir las técnicas apropiadas para efectuar los estudios, por la falta de equipo adecuado y suficiente y por no contar con el personal capacitado en cantidad adecuada.

En el manejo integral de los recursos de los ecosistemas, la principal base para lograr el éxito en México, es la participación de grupos interdisciplinarios y la participación real de diferentes instituciones. Es fácil probar que no existe ninguna dependencia gubernamental o institución que pueda realizar todos los trabajos requeridos para el manejo integral de los recursos

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por sí sola, pero esto se puede solucionar con la coordinación entre instituciones gubernamentales operativas, normativas, educativas y de investigación.

Tal interacción debe estar contemplada también en la política y legislación en forma clara, pero no sólo señalada, si no además normada. Por esto, las instituciones de educación e investigación de alto prestigio y nivel académico, establecidas en las diversas regiones del país por tiempo suficiente para conocer la problemática en materia del uso y conservación de recursos naturales, deben proponer los estudios, la investigación y las alternativas de manejo, ser consideradas por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología para que en coordinación con otras dependencias gubernamentales que norman y operan el aprovechamiento de los recursos naturales, realicen las propuestas que aseguren el cumplimiento de la ley en forma real, cumpliendo también con la política en materia de aprovechamiento y conservación de los recursos naturales que el gobierno se ha propuesto. En mérito de lo expuesto, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se adiciona la fracción XXXI del artículo 3o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Artículo segundo. Se modifica el artículo 18 del mismo ordenamiento.

Artículo tercero. Se modifica el artículo 31 del mismo ordenamiento.

Artículo cuarto. Se modifica el artículo 42 del mismo ordenamiento.

Para quedar como sigue:

Fracción XXXI. Se concibe la interdisciplina como la interacción del conocimiento basado en características comunes a los factores ambientales y ecológicos en juego, no como la suma de sus partes.

Artículo 18. El gobierno federal promoverá la participación de los distintos grupos sociales así como de las instituciones de investigación y educación superior en relación directa con la ecología que hayan manifestado su alto nivel académico, para la elaboración de los programas que tengan por objeto la preservación y restauración del equilibrio ecológico, la protección al ambiente y el manejo integral y sostenido de los recursos naturales según lo establecido en esta ley y las demás aplicables.

Artículo 31. Corresponde a las entidades federativas, a los municipios y a las instituciones de investigación y educación superior en relación directa con la ecología, evaluar el impacto ambiental en materias no comprendidas en el artículo 29 de este ordenamiento ni reservadas a la Federación en ésta y otras leyes.

Artículo 42. La Secretaría mantendrá un sistema permanente de información y vigilancia sobre los ecosistemas y su equilibrio en el territorio nacional, para lo cual podrá coordinar sus acciones con las instituciones de investigación y educación superior en relación directa con la ecología, podrán ser tomadas en cuenta además como organismos consultores para la elaboración de estudios de impacto ambiental, planeación, monitoreo, criterios ecológicos y regulación ecológica de los asentamientos humanos.

TRANSITORIOS

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a 29 de abril de 1991.- Por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, diputados: Jorge Galván Moreno, José González Morfín, José Ángel Luna Mijares, Ramiro Pedroza Torres, José Félix Bueno Carrera, Gerardo Medina Valdez, Alfredo Manuel Arenas Rodríguez, José Luis Luege Tamargo, Blanca Leticia Escoto González, Régulo Pastor Fernández Rivera, María Leonor Sarre de Guerrero, Salvador Fernández Gavaldón y Sergio Alfonso Rueda Montoya.>>

(Turnada a la Comisión de Ecología y Medio Ambiente. Abril 29 de 1991.)