Crónica Parlamentaria, Cámara de Diputados

Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1992, presentada por el Ejecutivo federal en la sesion del viernes 15 de noviembre de 1991
 

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión
Presentes

Por instrucciones del ciudadano Presidente de la República y en cumplimiento a lo dispuesto en la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito enviar a ustedes, Proyecto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1992.

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F. 15 de noviembre de 1991. - El Secretario, Fernando Gutiérrez Barrios.
 

C.C. SECRETARIOS DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS
PRESENTE

Con fundamento en lo estipulado en el Artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los artículos 20, 23 y 24 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; y en el artículo 7o. de la Ley de Planeación, el Ejecutivo a mi cargo pone a la consideración de esta H. Cámara de Diputados, la iniciativa del Decreto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal correspondiente al año fiscal de 1992, para su conocimiento, análisis y en su caso aprobación.

Con este documento se da cumplimiento a la obligación constitucional y al compromiso del Gobierno Capitalino de informar a la ciudadanía sobre el monto, origen, destino, estructura y política de asignación de los recursos públicos a ejercer en la capital del país por sus dependencias, empresas y organismos coordinados.

La elaboración del proyecto de Presupuesto parte de la premisa fundamental de que los recursos programados serán financiados principalmente con ingresos propios. La estrategia presupuestal se enfoca a destinar los recursos conforme a las principales demandas ciudadanas, así como a consolidar el proceso de saneamiento de las finanzas del Departamento del Distrito Federal.

De este modo, se persistirá en la consecución de los objetivos trazados por el Gobierno Capitalino en su programa de trabajo, de conformidad con las estrategias establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo 1989 - 1994, como a continuación se indica:
 

- Fomentar el equilibrio en el bienestar de los diversos sectores de la sociedad capitalina, procurando ampliar los beneficios a los grupos con mayores carencias.

- Avanzar en la consolidación de las finanzas públicas, a través de una adecuada administración de la recaudación, sustentada en los principios de equidad y proporcionalidad, y en una aplicación eficiente y transparente de los recursos con que se cuenta, conforme a los lineamientos de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal.

- Redoblar los esfuerzos para prevenir y combatir la contaminación ambiental, fortaleciendo para ello políticas que propicien una amplia participación ciudadana.

- Continuar extendiendo la cobertura del sistema hidráulico de la ciudad, mediante el fomento del uso racional del agua potable para el consumo de los habitantes, y el aprovechamiento del agua tratada por los sectores comercial e industrial.

- Avanzar en la reorganización y modernización del servicio de transporte, bajo un enfoque integral y de coordinación entre los tres sistemas, para un mayor beneficio del usuario.

- Proporcionar mejores condiciones de seguridad pública y de procuración e importación de justicia en forma más eficiente, expedita y oportuna, para preservar el Estado de Derecho y las garantías individuales del ciudadano.

- Readecuar el uso del suelo y promover el crecimiento ordenado de la ciudad, proponiendo nuevas alternativas de urbanización.
 

Con base en los principales señalados, se elaboró el Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal de 1992, que asciende a un monto de 12'870,463.2 millones de pesos, de los Cuales 9'935,617.0 millones se destinarán al sector central, y 2'934,846.2 millones a los organismos y entidades coordinadas, considerando las aportaciones.

Los recursos para cubrir estos gastos provendrán de 7'114,198.2 millones de pesos de ingresos propios del Departamento del Distrito Federal y entidades coordinadas, 5'292,900.0 millones de participaciones por ingresos federales, 200,000.0 millones de transferencias del Gobierno Federal y 263,365.0 millones de financiamiento.

De esta forma, el Gobierno Capitalino recurre a recursos crediticios, únicamente en la medida en que lo permiten las posibilidades reales para un sano financiamiento.

Cabe señalar que la capital del país, como toda gran metrópoli, requiere de cuantiosos recursos para subsanar los problemas, carencias y necesidades, cuya atención demanda la ciudadanía, por lo que la estructura del presupuesto se ha hecho con especial cuidado, procurando en todo momento jerarquizar las prioridades e instrumentar medidas que involucren la participación de todos los sectores de la sociedad, de tal manera que se logren efectos sociales de mayor alcance.

1. - EVOLUCIÓN DE LA GESTIÓN SECTORIAL 1991.

Durante el presente ejercicio fiscal, el Gobierno Capitalino ha concentrado sus esfuerzos y recursos en el cumplimiento de los objetivos y compromisos trazados al principio de la actual Administración, en congruencia con los propósitos y estrategias contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo 1989 - 1994.

Por lo que se refiere a la seguridad pública, se establecieron las campañas y dispositivos especiales para mejorar las condiciones de protección ciudadana.

Con el propósito de incrementar la eficiencia en el trabajo que realiza el personal encargado de la seguridad pública, la Asamblea de Representantes aprobó el nuevo Reglamento de Policía y Tránsito.

En lo que concierne a impartición de justicia, se ha buscado perfeccionar los sistemas de su aplicación para la cabal atención y solución a las controversias surgidas por conductas ilícitas, como el caso del funcionamiento del sistema de barandilla.

Al mismo tiempo, se continúa la reorganización y desconcentración de las funciones en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a través de la creación de unidades móviles con el carácter de Agencias del Ministerio Público.

Dentro del proceso de establecimiento de agencias especializadas, se puso en operación la de atención al turista.

En el campo de la ecología, se continuó con la aplicación del Programa Integral Contra la Contaminación Atmosférica, mediante el fortalecimiento del sistema de verificación a través de la homologación en la normatividad y procedimientos de operación en los centros de servicio. Asimismo, se continuó y amplió el Programa "Hoy no Circula", al incorporarse el transporte concesionado. Lo anterior, conjuntamente con la mejora en la calidad de las gasolinas, permitió disminuir la contaminación por plomo y monóxido de carbono, persistiendo la problemática por la generación de ozono.

Con el remozamiento y renovación del parque vehicular de RUTA - 100, al dotarle de equipo anticontaminante, poner en funcionamiento la Línea "A" del metro y convertir la calzada Ignacio Zaragoza en vía rápida, se coadyuvó en la disminución de los índices de contaminación, principalmente en la zona oriente de la ciudad.

En materia de transporte, se puso en operación la nueva línea "A" del Metro Férreo Pantitlán - Los Reyes, La Paz, con lo que se alcanzó una extensión de 158 Km. de vías dobles, ubicando a este medio en el sexto lugar en extensión a nivel mundial y en el tercero en cuanto al número de pasajeros transportados.

Entre los logros más relevantes del Programa Integral de Transporte, destacada el proceso de rehabilitación de unidades del Servicio de Transportes Eléctricos, así como la sustitución y remozamiento del parque vehicular de RUTA - 100, y la reestructuración de sus 246 rutas, que actualmente se conectan con otros medios, principalmente con el Sistema de Transporte Colectivo (Metro).

En apoyo a la operación del servicio de transporte, entró en vigor el Manual Operativo para Inspectores de Autotransporte Urbano, mediante el que se reglamenta la actuación de los inspectores del servicio público, en beneficio del conductor.

Por lo que respecta a infraestructura urbana, se efectuaron diversas obras para mejorar la vialidad y contribuir a la reducción de la contaminación, entre las que destacan la conversión de la calzada I. Zaragoza en vía rápida, complementada con 6 puentes vehiculares; la ampliación a 9 carriles de la avenida Insurgentes norte, en la salida a Pachuca; y el avance en la construcción de 6 carriles del Periférico en el tramo Arco Oriente.

A fin de proseguir con las acciones para la preservación del equilibrio ecológico en el suroriente de la ciudad y de contribuir a la recarga de los mantos acuíferos, se continuó con las obras de rehabilitación de los parques ecológicos del Ajusco y de Xochimilco, el mejoramiento de la calidad del agua en los canales, y el control y desalojo de aguas residuales.

Mención especial merece el cierre definitivo de la refinería "18 de Marzo", ubicada en la Delegación Azcapotzalco, y su futura transformación en área verde, con el propósito de contrarrestar la contaminación del aire en la zona noroeste.

Este acontecimiento constituye, sin duda, un hecho sin procedente en la historia de la Ciudad de México.

Complementariamente, se continuaron los trabajos de forestación y reforestación en la Sierra de Guadalupe, Ajusco Medio y Desierto de los Leones, consistentes en la plantación y producción de árboles. En este rubro se superaron las metas previstas originalmente.

Para regular la contaminación provocada por desechos sólidos, se reforzaron las acciones de recolección, transferencia y disposición final en las delegaciones, destacando los trabajos de rehabilitación de las estaciones de transferencia de Xochimilco, Central de Abastos, Cuauhtémoc, Milpa Alta, Venustiano Carranza y Magdalena Contreras; la conclusión de la estación de transferencia de Tlalpan; y se avanza en la construcción de 1a 3a. etapa del relleno sanitario "Bordo Poniente".

En el renglón de bienestar social, cabe señalar las obras de construcción de dos unidades hospitalarias, una de atención primaria avanzada en Cuajimalpa de Morelos y otra de medicina general en Tláhuac, así como la rehabilitación y equipamiento de 18 unidades de primer nivel. Es importante mencionar el avance logrado con el Programa de Vacunación Universal, que benefició al 100% de la población de cero a cinco años.

De igual modo, cabe destacar la construcción y rehabilitación de casas de protección social, y la atención de adultos indigentes y menores desvalidos, a través de la prestación de servicios de alimentación, alojamiento y de atención médica y psicológica.

En coordinación con la Secretaría de Educación Pública se construyen y refuerzan planteles de nivel básico y, adicionalmente, se brindan servicios de conservación y mantenimiento.

Por otra parte, se continúa avanzando en la aplicación del Programa Uso Eficiente del Agua, mediante la sustitución de muebles sanitarios convencionales por los debajo consumo, en el Sector Público, comercial y de servicios, y su inicio en unidades habitacionales.

Se continuaron las obras del drenaje profundo y semiprofundo y de la segunda etapa del Acueducto Perimetral, en el tramo Cerro del Judío - La Providencia. Aunado a lo anterior, en el presente ejercicio se iniciaron los estudios técnicos para las obras de entubamiento del Gran Canal y el Río de los Remedios.

Por otra parte, se emprendieron diversas acciones para resolver la situación jurídica de la tendencia de la tierra, entre las que se pueden mencionar: los apoyos otorgados por el Departamento del Distrito Federal a la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT), para las tareas del Programa de Regularización de Propiedad Social en el Distrito Federal; así como la instalación de 5 juzgados especiales para juicios de inmatriculación judicial, con el fin de lograr una autorización definitiva a la escrituración.

Finalmente, en lo que se refiere al abasto y comercialización, se continuó con el proceso de redimensionamiento de Industrial de Abastos, la constitución de nuevo almacenes de Solidaridad - CONASUPO, la conservación y mantenimiento de mercados públicos, además de la construcción y conservación de lecherías populares.

2. - POLÍTICA DE GASTOS SECTORIAL 1992

Durante los tres años de la presente Administración, el Gobierno del Departamento del Distrito Federal ha logrado importantes avances en la ejecución de obras sociales y de infraestructura urbana, que por su magnitud e incidencia en el bienestar de la población han contribuido al desarrollo armónico de la Ciudad de México.

Estos avances son el resultado del esfuerzo de productividad que en la administración de sus recursos humanos, materiales y financieros han realizado las Unidades Ejecutoras de la actividad Pública, en cumplimiento a la normatividad que regula el ejercicio del presupuesto, a las Disposiciones de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestales, y a los lineamientos específicos que al respecto emitió el Departamento del Distrito Federal, en su carácter de coordinación sectorial.

El nivel de productividad alcanzado por las dependencias y entidades coordinadas por el Departamento del Distrito Federal, ha permitido que la distribución de recursos presupuestales se realice criterios de mayor racionalidad y con base en las prioridades del sector. Estos aspectos explican los logros obtenidos en el control y ordenamiento del crecimiento urbano, en la reducción de la contaminación ambiental, en el combate a la delincuencia, así como en la introducción de servicios urbanos en las zonas menos favorecidas, entre otros.

Dicho esfuerzo adquieren mayor relevancia si se analiza en contexto de la dimensión territorial de la capital del País, de su población y la cantidad de servicios que ésta demanda; de las medidas aplicadas por el gobierno para atacar los principales factores de desequilibrio social que se manifestaban en el deterioro del nivel de vida de los habitantes; de la contribución institucional en el logro de los objetos de política económica definidos por el Ejecutivo Federal; así como del impacto social y económico de la acción gubernamental.

Probada la eficacia de las acciones emprendidas, y ante un cuadro persistente de restricciones financieras en el Sector, es necesario perseverar en la estrategia para dar continuidad al programa del gobierno, procurando el equilibrio entre las necesidades de la ciudad y la capacidad de financiamiento y de operación del aparato administrativo.

En este sentido, la política de gastos para el ejercicio de 1992 precisa las líneas de acción aplicables en la administración de los recursos, y responde a las condiciones económicas, políticas y sociales que prevalecen en el Distrito Federal, donde se asientan los Poderes Federales y se concentra gran parte de la actividad industrial, comercial y de servicios del País, cuyo desarrollo exige una infraestructura urbana apropiada para mantener el dinamismo en la producción y distribución de los bienes y servicios requeridos por los habitantes de la ciudad.

Con objeto de atender la demanda de servicios que esta situación origina, y mejorar las condiciones en todos los ámbitos de la ciudad capital, se impulsará la ejecución de programas y proyectos que respondan a su dinámica de crecimiento y desarrollo. Con base en las anteriores consideraciones, la política de gasto sectorial 1992, persigue los siguientes objetivos generales:
 

- Contribuir al cumplimiento de las metas de finanzas públicas propuestas en los Criterios Generales de Política Económica definidos por el Ejecutivo Federal para 1992, orientando las asignaciones presupuestales al fortalecimiento de la infraestructura económica y social que reclama la población, con especial énfasis hacia las obras que se satisfagan las necesidades de los grupos de menores ingresos.

- Garantizar que las erogaciones se realicen en congruencia con las disposiciones, normas y lineamientos que regulan el manejo y aplicación de los recursos; procurando cubrir las necesidades presupuestales con ingresos propios y recurrir sólo de manera complementaría a otras fuentes de financiamiento.

- Elevar los niveles de ahorro y productividad del gasto asignado, asegurando la ejecución de los programas prioritarios y de los proyectos de inversión de mayor impacto económico y social, así como de los programas de carácter administrativo con incidencia en la dotación de servicios a la ciudadanía.

- Mejorar la calidad del medio ambiente de la ciudad de México, a través de la ejecución de programas y proyectos orientados a combatir las principales fuentes contaminantes del aire, agua y suelo.

- Proporcionar seguridad jurídica en la posesión y tenencia de predios y viviendas adquiridos por las familias asentadas en propiedades de origen social y particular. Con ese fin el Proyecto de Presupuesto 1992 contempla los recursos para continuar el programa de escrituración de inmuebles.

- Coadyuvar en la atención de la problemática de la vivienda, a través de los recursos presupuestales asignados a las instituciones del D.D.F., responsabilizadas directamente de su ejecución.

- Mejorar la calidad y cobertura de los servicios públicos que el Sector otorga a la comunidad capitalina, facilitando el flujo de los recursos presupuestarios asignados para estos fines.

- Proporcionar mayor seguridad pública a los habitantes de la ciudad, y atender la prestación de un servicio digno y eficiente en la impartición y procuración de justicia. Para el cumplimiento de este objetivo, el presupuesto prevé los recursos destinados a mejorar el funcionamiento de los órganos responsables de garantizar el ejercicio de los derechos ciudadanos y proteger los intereses de la población.

- Mejorar el sistema de transporte urbano de manera que permita el desplazamiento de los usuarios en las condiciones de calidad y oportunidad requeridas, para lo cual el presupuesto asignado incluye los recursos para ampliar la infraestructura y apoyar el programa de mantenimiento y conservación de las unidades en operación.

- Elevar los niveles de productividad de las Dependencias y Entidades coordinadas, fortaleciendo los criterios de racionalidad, transparencia y honestidad en el ejercicio de sus recursos.


De los objetivos de la política de gasto mencionados se desprende la obligatoriedad de las unidades ejecutoras de sujetar el ejercicio de sus recursos al marco normativo vigente, a la estructura de su presupuesto asignado, a las prioridades establecidas, así como a las metas de cada uno de los de los programas previstos.

En apoyo a lo anterior, se reforzarán los sistemas de control físico y financiero, con el propósito de prevenir y evitar desviaciones que impidan la consecución de las metas, aplicando oportunamente las medidas pertinentes para corregirlas.

La política de gasto se enmarca en las vertientes que a este respecto establece el Plan Nacional de Desarrollo, en el sentido de que las asignaciones presupuestales han de ser congruentes con los objetivos de modernización económica y social que impulsa la actual Administración, para facilitar el acceso de la población a mejores condiciones de bienestar; al mismo tiempo, que el monto de las erogaciones asignadas, su estructura económica y distribución programática, sean compatibles con las metas macroeconómicas establecidas y acordes con la capacidad de financiamiento del sector.

En la integración del Proyecto de Presupuesto se han considerado las principales propuestas de la ciudadanía, canalizadas a las Autoridades del Departamento por conducto de sus órganos de representación, en este caso la Asamblea de Representantes del Distrito Federal.

No obstante, sobre la base de que las necesidades de la población superan la capacidad de respuesta financiera y de operación del Departamento del Distrito Federal, los criterios de asignación obedecen a un orden de prioridades en el que se da preferencia al desarrollo de programas en beneficio de la población con mayores rezagos en materia de servicios.

En el marco de las anteriores consideraciones, el gasto neto del sector para 1992 asciende a 12,870,463.2 millones de pesos, de los cuales 9,935,617.0 corresponden al gasto directo del Sector Central y 2,934,846.2 a los Organismos y Empresas coordinados por el D.D.F., incluyendo 1,527,048.3 de aportaciones, cifras que en términos de participación equivalen a 77.2 y 22.8%, respectivamente.

Del presupuesto total, el gasto programable asciende a 12,668,550.3 millones de pesos, en tanto que el no programable se sitúa en 201,912.9 millones, compuestos a su vez por 101,912.9 de intereses de la deuda pública y 100,000.0 de adeudos de ejercicios fiscales anteriores.

En la estructura económica del gasto programable, 7,416,439.3 millones de pesos se clasifican en gasto corriente y 5,252,111.0 en gasto de capital. En el primer caso, 5,070,319.7 millones corresponden al Sector Central y 2,346,119.6 a los Organismos y Empresas, incluyendo 1,083,503.9 de aportaciones; mientras que en el segundo, el presupuesto de desglosa en 4,664,274.4, 587,836.6 y 443,544 millones de pesos, respectivamente.

El volumen de recursos asignados para gasto corriente se explica por las funciones administrativas del Sector para atender con oportunidad, calidad y cobertura apropiadas las necesidades de servicios que la ciudad demanda en materia de seguridad pública, salud, procuración de justicia, limpieza y mantenimiento de calles y jardines, eventos culturales y sociales, recaudación tributaria, y otros servicios administrativos, cuyas erogaciones se clasifican en gasto corriente, conforme a la reglamentación presupuestaria.

Las responsabilidades descritas anteriormente propician importantes erogaciones presupuestales en el capítulo de servicios personales, el cual absorbe 57.1% del gasto corriente para 1992.

Dicho porcentaje se debe a la necesidad de prever los recursos para mejorar los niveles salariales y apoyar la recuperación gradual del poder adquisitivo de los empleados del Sector D.D.F., así como a la instrumentación del programa de basificación realizado durante 1991, y sus repercusiones en el siguiente ejercicio.

Por lo que respecta al gasto capital, los recursos previstos se orientan a estimular la creación de empleos directos e indirectos, así como a incrementar la oferta de servicios urbanos en materia de transporte, drenaje, infraestructura urbana, entre otros. De ahí que el monto y distribución de recursos se definieran con base en el análisis previo de programas y proyectos que contribuyen a resolver estos aspectos prioritarios para el Gobierno Capitalino, condicionando el inicio de obras a criterios estrictos de selectividad, a la disponibilidad de recursos presupuestarios, y siempre que justifiquen su impacto económico y social en los grupos y zonas con mayores rezagos.

El Presupuesto asignado para este rubro, que en su mayor parte corresponde al Sector Central, asegura la continuación de las obras en proceso, entre las que sobresale la línea 8 del Metro que irá de Garibaldi a Iztapalapa, así como el programa de conservación y mantenimiento de la infraestructura instalada.

El Proyecto de Presupuesto considera 200,000 millones de pesos por concepto de transferencias del Gobierno Federal, los cuales se canalizarán a la ejecución de programas que se concertarán con los grupos sociales, bajo un esquema de participación comprometida y solidaria.

Por lo que respecta a las aportaciones del D.D.F., debido a la operación deficitaria de los organismos del transporte, y ante la necesidad de mantener las tarifas en niveles accesibles para la población, el propio Departamento prevé transferir de sus recursos el apoyo adicional requerido por dichos organismos, fundamentalmente para la ejecución de los programas de operación, conservación y mantenimiento.

Con este propósito, el Proyecto de Presupuesto contempla 1,527,048.3 millones de pesos por concepto de aportaciones totales, de los cuales 1,083,503.9 corresponden a gasto corriente, y 443,544.4 a gasto de capital, distribuidos en 706,452.2 millones de pesos para Autotransportes Urbanos de Pasajeros Ruta - 100; 528,937.2 millones para el Sistema de Transporte Colectivo; 162,531.4 millones para el Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal; 8,000.0 millones para la Caja de Previsión para los Trabajadores a Lista de Raya; 4,000.0 millones para Industrial de Abastos; y 117,127.5 millones para el Fideicomiso de vivienda Desarrollo Social y Urbano.

3. - ANÁLISIS PROGRAMÁTICO - PRESUPUESTAL POR ÁMBITO JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA

La procuración e impartición de justicia y el servicio de seguridad pública siguen siendo compromisos fundamentales del Gobierno Capitalino ante la ciudadanía, por lo que uno de sus principales objetivos consiste en hacer cada vez más eficiente y eficaz el funcionamiento de los órganos en la materia.

Se buscará que las actuaciones de éstos órganos garanticen plenamente los derechos y la salvaguarda jurídica de los intereses de la población, a la vez que intensifiquen los esfuerzos para brindar oportunamente los servicios de vigilancia y protección ciudadana, que reduzcan los actos delictivos, y resguarden las propiedades e integridad física de la población.

Para tal propósito se asignarán a este ámbito 1'835,026.3 millones de pesos, con los cuales se apoyará la ejecución de los siguientes programas:

IMPORTE

(Millones de Pesos)

CO Seguridad Pública. 1'319,954.6

CK Promoción de la Justicia. 487,432.4

CI Impartición de la Justicia y Vigilancia de la Legislación Laboral y Fiscal. 27,639.3

Los recursos asignados presupuestalmente a este ámbito reflejan un aumento de 21.9% respecto a 1991.

Debido a la importancia que reviste la impartición de justicia, se continuará agilizando la aplicación de los métodos y procedimientos jurídicos, a efecto de que las demandas presentadas por la ciudadanía se resuelvan en forma oportuna, justa y expedita.

En cuanto a los servicios de seguridad y protección ciudadana, se reforzarán los mecanismos y dispositivos de seguridad, continuando con la modernización y equipamiento del parque vehicular, y el reforzamiento de las actividades de prevención.

Adicionalmente, se proseguirá con la actualización y especialización de los cuerpos policiacos, a fin de fomentar la vocación de servicio, mejorando a su vez el nivel de prestaciones a sus integrantes.

Por lo que se refiere a la impartición de justicia laboral, se buscará fortalecer los procedimientos conciliatorios que armonicen las relaciones obrero - patronales, lo que repercutirá en una mayor productividad laboral. Cabe señalar que se mantendrán las inspecciones a los centros de trabajo, con el fin de vigilar las condiciones laborales y el cumplimento de las normas de seguridad industrial.

ECOLÓGICO

Para el ejercicio de 1992, la prevención y control de la contaminación en la ciudad y su área metropolitana, continuará siendo un compromiso que demanda la responsabilidad de acciones entre gobierno y sociedad.

La coordinación entre ambos proseguirá redundando en la instrumentación de medidas integrales efectivas contra el deterioro de la calidad del aire, suelo y agua, así como de preservación de las áreas de reserva ecológica.

La materia de contaminación del aire, se cuenta con el Programa Integral Contra la Contaminación Atmosférica, que presenta un diagnóstico preciso sobre la situación y características sobre la problemática de la ciudad. En coordinación con el Gobierno Federal se seguirán instrumentando las medidas necesarias en cuanto a combustibles, industrias y parque vehicular.

Respecto a la problemática de los residuos sólidos, especial importancia tendrá la continuación del Programa Metropolitano, que se realiza en coordinación con el Gobierno del Estado de México.

Adicionalmente, se continuará con la operación y ampliación del sistema de drenaje, y con la promoción del reúso del agua tratada.

Para el logro de los propósitos planteados, se destinará un monto total de recursos presupuestales que asciende a 1'206,201.2 millones de pesos, que se ejercerán a través de los siguientes programas:

IMPORTE

(MILLONES DE PESOS)

3Z Regulación y Preservación Ecológica. 1'182,379.9

FA Producción Primaria - Silvícola. 16,494.3

3F Fomento, Promoción y Aprovechamiento  para la producción y Productividad

Primaria y Agroindustrial. 7,327.0

Los recursos autorizados para el desarrollo de actividades en este ámbito, se incrementan en 48.5% con relación a 1991, debido fundamentalmente a la asignación para el Programa Metropolitano de Residuos Sólidos.

Dentro de las acciones a desarrollarse destacan:
 

- Continuar con la aplicación del Programa de Verificación Vehicular, utilizando equipo de alta tecnología como uno de los mecanismos importantes para prevenir la contaminación por ozono.

- Ampliar la cobertura del programa "Hoy no Circula", incluyendo a los vehículos de transporte concesionado al descanso obligatorio en días hábiles


Por otra parte, el Departamento del Distrito Federal, a través del mejoramiento de la vialidad, la ampliación de la red del Metro y el mantenimiento adecuado del parque vehicular de Ruta - 100, seguirá contribuyendo a abatir los índices de contaminación.

Otras medidas que coadyuvarán, serán la continuación de la sustitución de taxis y microbuses; la aplicación en horario nocturno de las maniobras de carga y descarga; así como el incremento en la utilización de gasolinas de mejor calidad.

Con relación al Programa Metropolitano de Residuos Sólidos, se prevé la transformación de tiradores de la zona metropolitana en rellenos sanitarios, la ampliación de infraestructura de estaciones de transferencia, y el manejo especializado de residuos hospitalarios e industriales. Al mismo tiempo, se realizarán estudios de monitoreo ambiental en las áreas de disposición final.

En materia de prevención y control de la contaminación del agua, se continuará con las acciones para el rescate de las zonas lacustres al sur del Distrito Federal, que comprende la limpieza en lagos, ríos y cuencas, y el tratamiento de agua para su reúso posterior.

La reforestación en áreas rurales aledañas a la ciudad y en zonas suburbanas seguirá siendo una tarea prioritaria para el control de la contaminación del aire, restitución del medio natural y de los mantos acuíferos. Para 1992 se prevén recursos de contraparte nacional correspondientes a créditos parra reforestación, provenientes del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y del Fondo de Cooperación Económica del Japón, que serán formalizados.

BIENESTAR SOCIAL.

En su función de promotor y ejecutor de acciones para incrementar el bienestar social en el Distrito Federal, el gobierno de la ciudad pretende dirigir sus esfuerzos a mejorar las condiciones de vida de sus habitantes, prioritariamente de los que presentan mayores carencias, procurando disminuir las desigualdades sociales y elevar el nivel de convivencia entre los diversos grupos.

Lo anterior se propone llevar a cabo a través de la participación de la población en actividades cívicas, sociales, culturales, recreativas y deportivas, así como en la ejecución de programas dirigidos al cuidado de la salud y al desarrollo individual y familiar.

Para lograr estos fines se tiene previsto ejercer 2'032,311.1 millones de pesos, a través de los siguientes programas:

IMPORTE

(Millones de Pesos)

DJ Atención Preventiva. 7,313.9

DK Atención Curativa. 333,538.4

DM Recreación, Deporte y Esparcimiento. 215,908.6

DN Asistencia Social, Servicios

Comunitarios y Prestaciones Sociales. 229,443.6

DO Prestaciones Económicas 131,092.5

3D Operación del Sistema Nacional Hidráulico. 499,124.3

3M Regulación y Promoción de la Actividad

Turística. 3,903.0

5E Vivienda 196,714.0

5F Ampliación y Mejoramiento de la Planta

Física para la Educación y Capacitación. 279,147.7

5H Construcción, Rehabilitación y  Mejoramiento de la Planta Física para la

Cultura y el Deporte. 75,717.3

5I Edificios para Servicios de Salud y  Seguridad Social 37,395.1

5J Infraestructura Social. 22,997.7

En relación con lo asignado en el año anterior, el ámbito de bienestar social muestra un crecimiento de 7.2%.

Dentro de los programas de salud, se proseguirá la intensificación de las acciones de medicina preventiva y de ampliación de los servicios de atención curativa, buscando elevar los niveles de capacitación y eficiencia del personal.

Esto redundará en la disminución de la morbilidad y mortalidad por enfermedades y accidentes. Especial mención merece la instrumentación del Programa de Vacunación Universal en el Distrito Federal.

En materia de asistencia social, se continuará impulsando los programas de rehabilitación de adultos indigentes y menores desvalidos y de readaptación de los internos del Sistema de Reclusorios, a los cuales se seguirá brindando, al igual que a sus familiares, asesoría jurídica de oficio. De igual manera seguirán siendo especialmente atendidos los servicios comunitarios y las prestaciones sociales.

Se brindará atención a las observaciones y reclamo que se reciban de parte de la ciudadanía respecto al otorgamiento de los servicios del Departamento del Distrito Federal.

De primordial importancia para el desarrollo integral de los habitantes del Distrito Federal son las actividades cívicas, culturales, deportivas y recreativas a las cuales se continuará apoyando y promoviendo en todos los ámbitos de la ciudad.

Se continuará con la consolidación de la infraestructura para los servicios de salud y de asistencia social, y se otorgará el mantenimiento necesario a las instalaciones hospitalarias, centros de salud, casas de protección y de readaptación social, así como a los centros culturales y deportivos del Departamento del Distrito Federal.

Las asignaciones al programa 5F Ampliación y Mejoramiento de la Planta Física para la Educación y Capacitación, son el resultado, por una parte del Programa de Construcción de Espacios Educativos que anualmente solicita la Secretaría de Educación Pública; asimismo, en materia de conservación y mantenimiento mayor, cabe mencionar que debido a que los nuevos planteles ya cuentan con las especificaciones técnicas antisísmicas, la asignación de recursos en este rubro ha venido disminuyendo en los últimos ejercicios.

En materia de vivienda, se reorientarán las acciones, dando mayor impulso a la autoconstrucción y ampliación, mediante vivienda progresiva. Para ello se prevé la construcción de 2,233 pies de casa, lo que facilitará el posterior financiamiento de las ampliaciones.

El abastecimiento de agua potable a la población continuará otorgándose a la totalidad de la población, mediante la operación del sistema de agua potable de la ciudad. La racionalización de su consumo será apoyada a través de la continuación de la instalación de medidores domiciliarios, la sustitución de muebles sanitarios por los de bajo consumo y la realización de campañas de concientización ciudadana.

TRANSPORTE

En apego a las directrices del Programa Integral de Transporte y a fin de elevar la calidad del servicio, se continuarán modernizando y reorganizando los tres medios de transporte en el Distrito Federal, como estrategia fundamental para su desarrollo. Esto implica que se seguirán reforzando las medidas dirigidas a coordinar las diferentes modalidades para atender una mayor cantidad de usuarios.

Paralelamente, se continuarán incorporando los adelantos tecnológicos, la actualización de los esquemas de operación, el fortalecimiento de los sistemas de administración y el reordenamiento del servicio en la zona metropolitana, en coordinación con el Gobierno del Estado de México.

Para cumplir con los objetivos propuestos en este ámbito, los recursos asignados para 1992 ascenderán a 3,295,339.6 millones de pesos y se ejercerán a través de los siguientes programas:

IMPORTE

(Millones de Pesos)

EI Transporte Colectivo, Metro y Tren Ligero. 2,147,184.4

FQ Servicio de Transporte Urbano e

Interurbano. 1,072,096.2

3K Regulación y Organización de las

Comunicaciones y los Transportes. 76,059.0

El incremento que registra el presupuesto de este ámbito respecto a 1991 es de 15.6%, debido fundamentalmente a la asignación de recursos para la construcción de la línea 8 del Metro Garibaldi - Iztapalapa.

En forma complementaria, con el propósito de garantizar la prestación de un servicio eficiente y confiable para el usuario, es importante mencionar que se proseguirá de la infraestructura del transporte de la ciudad, dando especial atención al mantenimiento del parque vehicular, equipos, red de vías, estaciones y edificios.

Entre las acciones que se realizarán sobresalen la atención e incremento del parque vehicular y equipos de Sistema de Transporte Colectivo (Metro), la reparación de motores y la rehabilitación de módulos de RUTA - 100, así como la reconstrucción de trolebuses del Servicio de Transportes Eléctricos.

ADMINISTRATIVO.

El propósito de este ámbito es planear, dirigir, coordinar y controlar las actividades que desarrollan las dependencias y organismos del Sector Departamento del Distrito Federal, con objeto de brindar una mejor prestación de servicios a la población.

Para dar cumplimiento a este fin, se destinan 1,809,409.4 millones de pesos, que se distribuirán en los siguientes programas:

IMPORTE

(Millones de pesos)

AA Administración. 1,189,433.6

BB Planeación de la Política Financiera. 248,677.5

BM Política y Planeación del Desarrollo de la

Educación, Cultura, Recreación y Deporte 33,205.4

60 Captación de Recursos Financieros. 5,696.3

6R Canalización de Recursos Financieros a  los Trabajadores. 67,116.6

DH Apoyo a la Educación. 4,056.3

BI Política de Desarrollo y Planeación de la

Ciudad de México y Zona Metropolitana. 22,716.0

3V Fomento y Regulación del Programa

Nacional de Capacitación para los Trabajadores. 36,594.8

CZ Ejecución, Reglamentación y Control de la Política de Crédito Público. 201,912.9

Cabe señalar que este ámbito tiene un incremento presupuestal de 25.0% con respecto a 1991; a continuación de describen las actividades más relevantes en el mismo:

Fijar y controlar la política administrativa a través de las Secretarías, Coordinaciones, Direcciones Generales, Delegaciones y Organismo del Sector Departamento del Distrito Federal, en función de los 42 programas, a través de los cuales se ejercen las actividades del Sector.

Organizar, conducir, controlar y evaluar la eficiente utilización de los recursos materiales y humanos de las unidades administrativas, para continuar los esfuerzos por mejorar la eficiencia y la calidad del trabajo.

Brindar apoyo en el cumplimiento de las políticas de austeridad, racionalidad y disciplina en el gasto presupuestal, dentro de un esquema de control y medidas correctivas, promoviendo reuniones de análisis y divulgación de la normatividad vigente.

Determinar las Políticas Generales y las Normas de Operación para efectuar las acciones de desconcentración de las adquisiciones de materiales y suministros, así como de bienes requeridos por las unidades administrativas y organismos descentralizados.

Operar los mecanismos de recaudación y modernización fiscal, así como, establecer la distribución de las cargas impositivas, mediante el registro y control de documentos de contribuyentes locales, realizando inspecciones y auditorías para corroborar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales y la emisión de formatos de recaudación.

Proporcionar prestaciones económicas a los elementos de los cuerpos de seguridad y a trabajadores a lista de raya, tanto en activo como a pensionados, y continuar con la recuperación de créditos otorgados por los organismos de vivienda.

ABASTO Y COMERCIALIZACIÓN.

Para garantizar y mejorar la distribución suficiente y oportuna de productos básicos a la ciudadanía, el Departamento del Distrito Federal, de acuerdo a lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo, ha previsto una serie de acciones a realizar en 1992, para continuar modernizando y eficientando la infraestructura comercial existente.

Para el logro de estos objetos se asignan 104,008.2 millones de pesos, que se ejercerán a través de los siguientes programas:

IMPORTE

(Millones de Pesos)

FD Producción y Transformación Agroindustrial. 10,718.7

3L Fomento y Regulación del Comercio Interior y Exterior. 23,475.2

5A Construcción de Establecimientos de Acopio y Comercialización. 18,001.6

FG Producción de papel, impresos y publicaciones. 51,812.7

Mediante la ejecución de estos programas se pretende coadyuvar en el proceso de regulación del mercado en sus diferentes etapas de comercialización. Para ello, se promoverá la utilización de recursos crediticios en la creación de nueva infraestructura comercial, y se fomentarán la autoadministración y la modernización física, operativa y comercial, a través de la instalación de mercados especializados.

Asimismo, se pretende mejorar la operación y ubicación de tianguis y mercados sobre ruedas, realizar jornadas de abaratamiento de productos básicos, llevar a cabo diversos programas y eventos en materia de abasto y comercialización, así como continuar incrementando la infraestructura de lecherías del programa DDF - CONASUPO.

Por otra parte, la Coordinación General de Abasto y Distribución contempla como estrategia la continuación de la política de conservación y mantenimiento de mercados con financiamiento conjunto DDF - locatarios.

Adicionalmente, se continuará impulsando el concepto de mercado en condominio como una opción viable para la reubicación del mercado ambulante.

En este apartado también se contempla la atención a las necesidades que en materia de impresión tienen las unidades administrativas del Sector, destacando la impresión de boletos de viajes unitario y temporal para el Sistema de Transporte Colectivo (Metro).

La asignación presupuestal para este ámbito se incrementa en 10.2% en relación con los montos presupuestados para 1991.

INFRAESTRUCTURA URBANA.

Dentro de este ámbito, el Departamento del Distrito Federal contempla la realización de diversas acciones concernientes al mejoramiento de los servicios de vialidad, agua potable, drenaje, alumbrado público, y la realización de actividades para el reordenamiento urbano. Asimismo, se efectuarán tareas encaminadas al desarrollo de obras para infraestructura urbana, principalmente a la preservación de áreas verdes.

A través de estas actividades se continuará ampliando la cobertura de servicios para beneficiar a un mayor número de habitantes de la ciudad. También será importante la ampliación, conservación y mantenimiento del sistema hidráulico.

Para la realización de estas tareas se destinará un monto total de 2,588,167.4 millones de pesos, que se ejercerán a través de los siguientes programas:

IMPORTE

(Millones de Pesos)

5D Urbanización. 1,240,641.0

EC Construcción y Ampliación para Agua Potable. 233,053.4

ED Drenaje y Tratamiento de Aguas Negras. 773,949.1

3Y Regulación de los Asentamientos Humanos. 138,270.6

FH Industrialización del Petróleo. 48,391.7

5K Edificios Administrativos. 129,316.7

6S Servicios de Arrendamiento y Comercialización de Bienes Muebles e Inmuebles. 24,544.9

El Presupuesto autorizado para este ámbito muestra un crecimiento del 14.7% en relación a 1991.

Entre las principales acciones que se llevarán a cabo durante este ejercicio, sobresalen la realización de obras para la ampliación de vialidades en el anillo periférico tramo Arco Norte (la. etapa), la continuación de los puentes vehiculares Tlalpan - División del Norte (2a. etapa), Circuito Interior - Miramontes y el distribuidor Periférico Sur - Las Palmas, y la terminación de los ejes 5 Sur y 2 Oriente.

Asimismo, se continuará con la construcción de los parques ecológicos del Ajusco y Xochimilco, además de la conservación y mantenimiento de parques y jardines recreativos.

En apoyo al mejoramiento de la imagen urbana, de la seguridad vial y peatonal, se ampliará y mejorará la infraestructura de alumbrado público en colonias populares, avenidas principales, vías rápidas y ejes viales, así como en calles secundarias, puentes peatonales y vehiculares en la ciudad.

Para realizar las tareas de construcción y conservación de la infraestructura vial, se producirá el material asfáltico que demanda la capital.

En lo referente al crecimiento urbano en zonas periféricas del Distrito Federal, se continuará con la aplicación de mecanismos jurídicos para la regularización de la tenencia de la tierra.

Para lograr un abastecimiento más equitativo de agua potable, se proseguirán los trabajos del Acueducto Perimetral ramal sur. También se seguirá con las tareas de mantenimiento y conservación en toda la red hidráulica existente.

En materia de drenaje y tratamiento de aguas residuales, se proseguirán las obras de excavación de los túneles para el sistema. Así mismo, se avanzará en la construcción de plantas de tratamiento y de bombeo para aprovechar las aguas tratadas en áreas verdes, instalaciones industriales y de servicios.

Por otro lado, se realizarán diferentes obras dentro del Programa de Rescate de las Zonas Lacustres, para mejorar las condiciones ecológicas en los lagos de Xochimilco, Tláhuac y Mixquic al sureste del Distrito Federal.

ANEXO PRESUPUESTAL.

En este apartado se incluye información del Proyecto de Presupuesto Sectorial 1992, en la que se identifican los recursos en clasificación económica del Sector D.D.F., del Sector Central y de los Organismos y Empresas coordinados, el gasto programable y no programable, así como la clasificación administrativa del Presupuesto de los Organismos y Empresas.

Comprende igualmente los montos y fuentes de ingresos con los que se financiarán las asignaciones presupuestales para el próximo ejercicio.

El Proyecto de Presupuesto neto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal para 1992, asciende a 12,870,463.2 millones de pesos. De este monto, el 98.4 por ciento, equivalente a 12,668,550.3 millones, corresponden al gasto programable, y el restante 1.6 por ciento lo constituye el no programable, con 201,912.9 millones de pesos.

Del gasto programable, las erogaciones corrientes absorben el 58.5 por ciento, con 7,416,439.3 millones de pesos, en tanto que las de capital se sitúan en 5,252,111.0 millones que representan el 41.5 por ciento.

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Por su parte, el Presupuesto Neto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, incluyendo las Aportaciones a Organismos y Empresas coordinados, alcanza un monto de 11,462,665.3 millones de pesos, distribuidos en 11,261,642.4 millones de Gasto Programable y 201,022.9 millones de gastos no programable, que representan el 98.2 y el 1.8 por ciento, respectivamente.

Las asignaciones para gasto corriente absorben el 54.6 por ciento del gasto programable, al situarse en 6,153,823.6 millones de pesos, mientras que las de capital ascienden a 5,107,818.8 millones que equivalen al 45.4 por ciento, considerando en ambos casos las aportaciones previstas para los Organismos y Empresas.

PRESUPUESTO DE EGRESOS NETOS DEL SECTOR CENTRAL

(Millones de Pesos)

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En lo referente a los Organismos y Empresas coordinados, los cuadros siguientes muestran las asignaciones de Gasto Neto en su clasificación económica y administrativa, incluyendo las Aportaciones que el Departamento del Distrito Federal prevé otorgarles durante el ejercicio.

El gasto neto propuesto asciende a 2,934,846.2 millones de pesos, de los cuales 2,933,956.2 corresponden al gasto programable y los restantes 890.0 millones al no programable. La erogaciones corrientes absorben el 80.0 por ciento del gasto programable, al situarse en 2,346,119.6 millones, en tanto que las de capital respeten el 20.0 por ciento con 587,836.6 millones de pesos.

Del presupuesto asignado a los Organismos Coordinados, el gasto correspondiente a los del transporte en conjunto asciende a 2,449,724.8 millones, que representen el 83.5 por ciento, distribuidos en: 1,154,084.2 para Autotransportes Urbanos de pasajeros Ruta - 100; 1,097,460.2 para Sistema de Transporte Colectivo; y 198,180.4 millones corresponden a Otros Organismos y Empresas.

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A continuación se identifican los ingresos netos consolidados del sector D.D. F., clasificando los que correspondan al Sector Central y a los Organismos y Empresas, así como la fuente de dicho recursos.

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De la información presupuestal y exposición contenidas en el presente documento, se desprende el carácter eminente social del Proyecto de Egresos para el siguiente ejercicio, lo cual reafirma el compromiso de continuar atendiendo de manera prioritaria a los segmentos de la población menos favorecidos.

El Programa de Modernización como eje central de la recuperación económica, exige del Sector Departamento del Distrito Federal el desarrollo de esfuerzos cotidianos en todos los ámbitos, mediante acciones que trasciendan las responsabilidades que competen al Gobierno Capitalino. En ese sentido, el Proyecto de Presupuesto contempla estimular la colaboración ciudadana en la ejecución de programas y proyectos, así como la celebración de acuerdos y convenios de concertación con Organizaciones, grupos y sectores sociales, para hacerlos actores y sujetos de las transformaciones puestas en marcha.

Si bien los avances son favorables, se reconoce que aún queda mucho por hacer para resolver los problemas que enfrenta el Distrito Federal. Ante esta realidad, en el Proyecto de Presupuesto 1992, se plantea aprovechar eficientemente los recursos humanos, materiales y financieros disponibles, buscando consolidar los avances que han permitido conducir la Administración en un ambiente de tranquilidad, pluralidad y e ejercicio pleno de las libertades individuales.

Con la confianza de que los motivos expuestos sean suficientes para la comprensión cabal del Documento, someto a su consideración el Proyecto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal 1992, para su análisis, discusión y aprobación en su caso.

Reitero a ustedes la seguridad de mi consideración más distinguida.

Ciudad de México, a 15 de noviembre de 1991.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

Carlos Salinas de Gortari.
 

INICIATIVA DE DECRETO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 1992

CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1o. El ejercicio presupuestal y el control de las erogaciones del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el año de 1992, se sujetarán a las disposiciones de este Decreto y a las que resulten aplicables en la materia.

ARTÍCULO 2o.- Las erogaciones previstas en el presente presupuesto para las Unidades Administrativas del Departamento del Distrito Federal, Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria coordinadas sectorialmente, y demás asignaciones que a continuación se indican, importan la cantidad de $ 12,624,760,300,000 (DOCE BILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS, MONEDA NACIONAL), y se distribuyen de la forma siguiente:

Jefatura del Departamento 10,840,400,000

Secretaría General de Gobierno 11,523,800,000

Secretaría General de Planeación y Evaluación 4,058,400,000

Secretaría General de Obras 16,058,700,000

Oficialía Mayor 5,959,400,000

Procuraduría Social del Distrito Federal 9,511,600,000

Secretaría General de Desarrollo Social 47,403,000,000

Dirección General de Gobierno 10,108,700,000

Contraloría General 12,926,000,000

Tesorería 250,552,500,000

Secretaría General de Protección y Vialidad 846,815,600,000

Dirección General de Difusión y Relaciones Públicas 16,102,300,000

Dirección General de Programación y Presupuesto 11,498,900,000

Policía Bancaria e Industrial 215,566,200,000

Policía Auxiliar 395,931,500,000

Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal 47,807,900,000

Coordinación General Jurídica 7,336,800,000

Dirección General de Trabajo y Previsión Social 6,120,100,000

Dirección General de Acción Social, Cívica y Cultural 89,479,500,000

Dirección General de Servicios Médicos 353,264,800,000

Dirección General de Reclusorios y Centros de Readaptación Social 144,372,400,000

Dirección General del Registro Público de la Propiedad y del Comercio 10,509,500,000

Dirección General de Promoción Deportiva 54,544,200,000

Dirección General de Servicios Urbanos 886,883,600,000

Dirección General de Obras Públicas 449,692,200,000

Dirección General de Construcción y Operación Hidráulica 1,384,125,900,000

Dirección General de Reordenación Urbana y Protección Ecológica 96,065,400,000

Planta de Asfalto 48,466,700,000

Dirección General de Regularización Territorial 49,416,400,000

Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos 6,713,300,000

Dirección General de Servicios Legales 22,865,400,000

Secretaría General Adjunta de Coordinación Metropolitana 4,038,700,000

Dirección General de Concertación con las Entidades Federativas 1,582,000,000

Dirección General de Relaciones Institucionales 1,543,000,000

Dirección General de Turismo 3,903,000,000

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales 91,759,000,000

Delegación Alvaro Obregón 132,676,500,000

Delegación Azcapotzalco 95,010,400,000

Delegación Coyoacán 141,834,900,000

Delegación Cuajimalpa de Morelos 78,985,100,000

Delegación Gustavo A. Madero 205,883,300,000

Delegación Iztacalco 73,786,600,000

Delegación Iztapalapa 198,360,400,000

Delegación Magdalena Contreras 59,081,500,000

Delegación Milpa Alta 64,456,100,000

Delegación Tláhuac 57,702,100,000

Delegación Tlalpan 112,613,000,000

Delegación Xochimilco 107,146,800,000

Delegación Benito Juárez 105,971,900,000

Delegación Cuauhtémoc 197,459,300,000

Delegación Miguel Hidalgo 127,293,600,000

Delegación Venustiano Carranza 139,023,700,000

Comisión Coordinadora para el Desarrollo Rural 51,509,700,000

Coordinación General de Abasto y Distribución 41,196,800,000

Comisión de Vialidad y Transporte urbano 993,267,700,000

Servicio Público de Localización Telefónica 4,380,100,000

Coordinación General de Transporte 21,667,200,000

Junta local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal 21,534,200,000

Tribuna de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal 10,573,500,000

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal 160,146,200,000

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal 343,927,800,000

Cooperación y Seguridad Social 36,513,600,000

Servicio de las Dependencias 448,805,300,000

Servicio de las Delegaciones 34,650,000,000

Aportaciones a organismos Descentralizados 1,527,048,300,000

SUMA 11,217,852,400,000

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LOS ORGANISMOS DESENTRALIZADOS Y EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN MAYORISTA

Sistema de Transporte Colectivo 1,096,570,200,000

Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal 198,180,400,000

Autotransporte urbano de pasajeros R - 100 1,154,084,200,000

Industrial de Abasto 12,250,000,000

Caja de previsión para los Trabajadores a Lista de Raya del Distrito Federal 101,189,200,000

Caja de Previsión de la Policía del Distrito Federal 83,914,000,000

Servicios Metropolitanos, S.A. de C. V. 65,484,800,000

Fideicomiso de Recuperación crediticia de la vivienda Popular 6,329,200,000

Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C. V. 56,787,600,000

Fideicomiso de vivienda Desarrollo social y Urbano 152,649,400,000

Fideicomiso Casa Propia 6,517,200,000

SUMA 2,933,956,200,000

Menos: Aportaciones Incluidas en el Gasto del Departamento del Distrito Federal 1,527,048,300,000

Gasto Financiero con Recursos Propios 1,406,906,900,000

ARTÍCULO 3o. - El Presupuesto de Egresos de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, importa la cantidad de $43,790,000,000 (CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA MILLONES DE PESOS, MONEDA MEXICANA).

ARTÍCULO 4o. - Las asignaciones previstas en el presupuesto de Egresos para el pago del Servicio de la Deuda del Departamento del Distrito Federal asciende a $101,022,900,000 (CIENTO UN MIL VEINTIDÓS MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS, MONEDA NACIONAL).

El Servicio de la Deuda correspondiente a las Entidades Coordinadas cuyos programas están incluidos en este presupuesto, asciende a $890,000,000 (OCHOCIENTOS NOVENTA MILLONES DE PESOS , MONEDA NACIONAL).

Las asignaciones para el pago de Adeudos de Ejercicios Fiscales anteriores del Departamento del Distrito Federal, importan la cantidad de $ 100,000,000,000 (CIEN MIL MILLONES DE PESOS, MONEDA NACIONAL).

El ejecutivo Federal estará facultado para realizar amortizaciones de Deuda Pública correspondiente al Departamento del Distrito Federal, hasta por un monto equivalente al financiamiento derivado de la colocación de deuda, en término nominales, por no efectuar estas operaciones compensadas el saldo neto de la Deuda Pública. El Ejecutivo Federal informará de estos movimientos compensados a la Cámara de Diputados , al rendir la cuenta de la Hacienda Pública del Departamento del Distrito Federal.

Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable también a los organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Coordinados por el, Departamento del Distrito Federal.

ARTÍCULO 5o. Las asignaciones anteriores se ejercerán con base a los objetivos, metas y costos que en el mismo se consignan, integrando los programas y subprogramas que arrojan los totales del gasto de las Unidades Administrativas, órganos Desconcentrados , Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria, coordinados sectorialmente por el Departamento del Distrito Federal.

De acuerdo a la apertura programática, las asignaciones para cada uno de los programas que se indican, son las siguientes:

AA Administración 1,189,433,600,000

BB Planeación de la Política Financiera 248,677,500,000

BI Política de Desarrollo y Planeación de la Ciudad de México y Zona Metropolitana 22,716,000,000

BM Política y Planeación del Desarrollo de la Educación, Cultura, Recreación y Deporte 33,205,400,000

CI Impartición de Justicia y Vigilancia de la Legislación Laboral y Fiscal 27,639,300,000

CK Promoción de la Justicia 487,432,400,000

CO Seguridad Pública 1,319,954,600,000

CZ Ejecución, Reglamentación y Control de la Política de Crédito Público 201,912,900,000

3D Operación del Sistema Nacional 499,124,300,000

3F Fomento, Promoción y Aprovechamiento para la Producción y Productividad Primaria y Agroindustria 7,327,000,000

3K Regulación y Organización de las Comunicaciones y los Transportes 76,059,000,000

3L Fomento y Regulación del Comercio Interior y Exterior 23,475,200,000

3M Regulación y Promoción de la Actividad Turística 3,903,000,000

3V Fomento y Regulación del Programa Nacional de Capacitación para los

Trabajadores 36,594,800,000

3Y Regulación de los Asentamientos Humanos 138,270,600,000

3Z Regulación y Preservación Ecológica 1,182,379,900,000

DG Educación para Adultos 15,000,000

DH Apoyo a la Educación 4,056,300,000

DJ Atención Preventiva 7,313,900,000

DK Atención Curativa 333,358,400,000

DM Recreación, Deporte y Esparcimiento 215,908,600,000

DN Asistencia Social, Servicios Comunitarios y Prestaciones Sociales 229,443,600,000

DO Prestaciones Económicas 131,092,500,000

EC Construcción y Educación para Agua Potable 233,053,400,000

ED Drenaje y Tratamiento de Aguas Negras 773,949,100,000

El Transporte Colectivo Metro y Tren Ligero 2,147,184,400,000

5A Construcción de Establecimientos de Acopio y Comercialización 18,001,600,000

5D Urbanización 1,240,641,000,000

5E Vivienda 196,714,000,000

5F Ampliación y Mejoramiento de la Planta Física para la Educación y Capacitación 279,147,700,000

5H Construcción, Rehabilitación y Mejoramiento de la planta Física para la Cultura y el Deporte 75,717,300,000

5I Edificios para Servicios de Salud y Seguridad Social 37,385,100,000

5J Infraestructura Social 22,997,700,000

5K Edificios Administrativos 129,316,700,000

FA Producción Primaria 16,494,300,000

FD Producción y Transformación Agroindustrial 10,718,700,000

FG Producción de Papel, Impresos y Publicaciones 51,812,700,000

FH Industrialización del Petróleo y sus Derivados 48,391,700,000

FQ Servicios de Transporte Urbano e Interurbano 1,072,096,200,000

6O Captación de Recursos Financieros 5,696,300,000

6R Canalización de Recursos Financieros a los Trabajadores 67,116,600,000

6S Servicios de Arrendamiento y Venta de Inmuebles 24,544,900,000

T O T A L 12,870,463,200,000

ARTÍCULO 6o. Los Titulares de las Unidades Administrativas y Entidades Coordinadas del Sector Departamento del Distrito Federal, así como los órganos de Gobierno correspondientes en el ejercicio de sus presupuestos aprobados , serán responsables de que se ejecuten con oportunidad y eficiencia las acciones previstas en sus respectivos programas, a fin de coadyuvar a la adecuada concesión de las estrategias y objetivos fijados en el plan Nacional de Desarrollo, Planes Sectoriales y Programa Operativo Anual, y demás programas que se formulen con base en la Ley de Planeación.

La Secretaría de Programación y Presupuesto y la Secretaría de la Contraloría General de la Federación en el ámbito de sus respectivas competencias , verificarán periódicamente los resultados de la ejecución de los programas y presupuestos del Departamento del Distrito Federal y Entidades del Sector, en relación con las estrategias y objetivos del plan, los programas de desarrollo y de los proyectos de modernización del aparato productivo, en el contexto de la recuperación económica y la estabilidad, a fin de que se adopten las medidas necesarias para corregir las desviaciones detectadas.

Igual obligación y para los mismos fines, tendrá el Departamento del Distrito Federal respecto de las Entidades Paraestatales agrupadas en el Sector que Coordina.

ARTÍCULO 7o. En el ejercicio del presente presupuesto, las Unidades Administrativas y Entidades Coordinadas del Sector se sujetarán estrictamente a los calendarios de gasto que le apruebe la Secretaría de Programación y Presupuesto, a través del Departamento del Distrito Federal.

Salvo lo previsto en los Artículos 11 y 28 de este Decreto, no se autorizarán adecuaciones a los calendarios de gasto que tengan por objeto anticipar la disponibilidad de recursos; en consecuencia, las unidades Administrativas y Entidades del Sector deberán observar un cuidadoso registro y control de un ejercicio presupuestal, sujetándose a los compromisos reales de pago.

ARTÍCULO 8o. Para que el Departamento del Distrito Federal y sus Entidades Coordinadas puedan ejercer créditos externos destinados a financiar proyectos o programas específicos, será necesario que la totalidad de los recursos a ejercer se encuentren incluidos en sus respectivos presupuestos aprobados o se cuenten con la autorización previa y expresa de la Secretaría de Programación y Presupuesto. Los recursos que se prevea ejercer por este concepto, serán intransferibles y sólo podrán aplicarse en los proyectos para los cuales fueron contratados.

En los créditos externos que contraten las Entidades Paraestatales, se deberá establecer la responsabilidad de éstas para que cubran el servicio de la deuda que los créditos generen.

Cuando la contratación de estos Créditos tratándose de fideicomisos públicos, pueda redundar en incremento de los patrimonios fideicometidos, se requerirá de la autorización previa de la Secretaría de Programación y Presupuesto.

ARTÍCULO 9o. La Secretaría de Programación y Presupuesto podrá reservarse la autorización de ministraciones de fondos federales al Departamento del Distrito Federal Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayorista coordinados sectorialmente por el propio Departamento en los siguientes casos:
 

I. - Cuando no envíen la información que les sea requerida en relación con el ejercicio de sus programas y presupuestos, con base al sistema Integral de Información del Ingreso y Gasto Públicos;

II. - Cuando del análisis del ejercicio de sus presupuestos, resulte que no cumplan con las metas de los programas aprobados;

III. - Cuando en el desarrollo de los programas se capten desviaciones que entorpezcan su ejecución y constituyan distracciones en los recursos asignados a los mismos; y

IV. - En general, cuando no ejerzan sus presupuestos con base en las normas que al efecto se dicten.


ARTÍCULO 10o. - El Departamento del Distrito Federal, en el ejercicio del Presupuesto, vigilará que no adquieran compromisos que rebasen el monto del gasto que se haya autorizado y no reconocerá adeudos ni pagos por cantidades reclamadas o erogaciones efectuadas en contravención a lo dispuesto en este Artículo.

Será causa de responsabilidades del Jefe del Departamento del Distrito Federal, así como de los Directores, Vocales Ejecutivos , Administradores o Gerentes de los Organismos Descentralizados u órganos de Gobierno de las Empresas de Participación Estatal Mayorista del mencionado Departamento, contraen compromisos que rebasen los montos presupuestales autorizados para las unidades Administrativas y Entidades a su cargo; aprobar erogaciones que no permitan la atención de los servicios públicos y el cumplimiento de las metas durante el ejercicio presupuestal.

ARTÍCULO 11o. En caso de que los ingresos obtenidos por los conceptos a que se refiere el Artículo 1o. de la Ley del ingreso del Departamento del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 1992, excedan del monto del presupuesto aprobado, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto y a solicitud del Jefe del Departamento del Distrito Federal, podrá autorizar erogaciones adicionales hasta por el importe de dichos excedentes, en la forma siguiente:
 

I. - Los ingresos ordinarios excedentes a que se refiere el artículo 1o. de la citada Ley de Ingresos del Departamento, únicamente serán aplicados a los programas señalados como prioritarios en el Artículo 15 del Capítulo Segundo de este Decreto;

II. - Los excedentes sobre los ingresos ordinarios presupuestados de los organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayorista del Sector Departamento del Distrito Federal serán canalizados para fortalecer, cuando así lo amerite, su propia situación financiera;

III. - Los ingresos extraordinarios que obtengan el Departamento del Distrito Federal, sus organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria por concepto de empréstitos y financiamientos diversos, se destinarán a los programas específicos para los que hubieran sido contratados.
 
El Ejecutivo Federal, al dar a la Cámara de Diputados de las erogaciones que se efectúen con base en esta disposición, hará trimestralmente el análisis de la procedencia y aplicación de los excedentes a los conceptos a que se refieren las tres fracciones de este Artículo, Independientemente de la Obligación de informar al respecto en la presentación de la Cuenta Pública correspondiente.

ARTÍCULO 12. - Todas las cantidades que se recauden por cualesquiera de las Unidades Administrativas y Órganos Desconcentrados del Departamento del Distrito Federal no podrán destinarse a fines específicos, y deberán ser enterados a la Tesorería del Departamento del Distrito Federal, salvo los casos que expresamente determinen las Leyes y hasta por los montos que establezca la Secretaría de Programación y Presupuesto, en función de las necesidades de Programación y Presupuesto, en Función de las necesidades de los Servicios a los cuales estén destinados.

ARTÍCULO 13. - El Ejecutivo Federal efectuará las reducciones o ajustes de los importes de los presupuestos aprobados al Departamento del Distrito Federal y sus Entidades Coordinadas, en los supuestos y términos que establece el Artículo 14 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 1992, con excepción a los dispuesto por el Artículo 15 de este Decreto.
 

CAPÍTULO SEGUNDO
DISPOSICIONES DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTALES

ARTÍCULO 14. - Sin perjuicio de lo que establecen el presente Decreto y las demás disposiciones aplicables en la materia, el Titular del Departamento del Distrito Federal y los que las Entidades Coordinadas Sectorialmente por éste así como los órganos de Gobierno respectivo serán responsables, en los términos de este capítulo, de la estricta observancia de las siguientes normas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales. Su inobservancia o incumplimiento motivará el financiamiento de las responsabilidades a que haya lugar conforme a la Ley.

ARTÍCULO 15. - De acuerdo a las necesidades planteadas por la población del Distrito Federal, el gobierno de la Ciudad establece para la atención de las mismas los siguientes programas prioritarios:

CO Seguridad Pública.

CK Promoción de la Justicia

3Z Regularización y Preservación Ecológica.

FA 02 Silvicultura.

5I Edificios para Servicios de Salud y Seguridad Social.

DJ Atención preventiva

DK Atención Curativa

5E Vivienda

FQ Servicio de Transporte Urbano e Interurbano.

El Transporte Colectivo , Metro y Tren Ligero.

EC Construcción y Adecuación para Agua Potable.

ED Drenaje y Tratamiento de Aguas Negras.

Los Programas prioritarios aquí señalados no podrán ser afectados presupuestalmente a la baja, excepto cuando se hubiesen cumplido las metas originalmente presupuestadas y siempre y cuando las transferencias se asignen a otros programas también denominados como prioritarios.

La Secretaría de Programación y Presupuesto por sí o a propuesta del Departamento del Distrito Federal, con objeto de fomentar el ahorro presupuestal o de canalizar recursos a los programas prioritarios o emergentes, podrá determinar la eliminación de renglones de gasto y la liberación de recursos asignados a los programas no prioritarios. Todo excedente presupuestal, independientemente de sus causas, deberá transferirse a programas prioritarios.

ARTÍCULO 16. - Las Unidades Administrativas y Entidades no podrán crear nuevas plazas, debiendo promover, en su caso, el traspaso interno de las mismas. La Secretaría de Programación y Presupuesto a solicitud del Titular del Departamento del Distrito Federal podrá autorizar la creación de las plazas que sean indispensables para los programas de Salud, Administración de Justicia, Seguridad Pública y Transporte Urbano, así como aquellas requeridas para la planta productiva que entre en operación. Asimismo, no podrán llevar a cabo conversiones de sus plazas, puestos y categorías autorizadas, salvo cuando se trate de casos debidamente justificados, para lo cual se deberá recabar la autorización de los Órganos de Gobierno correspondientes y de la Secretaría de Programación y Presupuesto.

Los Órganos de gobierno de las Entidades Paraestatales podrán autorizar la creación de plazas cuando ello garantice el incremento de su productividad; se establezcan metas específicas a este respecto; se cuente con los recursos propios que se requieran y tales circunstancias hayan quedado previa y debidamente acreditadas por el propio Órgano de Gobierno, debiendo informar de lo anterior a la Secretaría de Programación y Presupuesto y a la Secretaría de la contraloría General de la Federación.

A la designación o contratación de personal para ocupar las plazas a que se refieren los párrafos anteriores, en ningún caso podrá dárseles efectos retroactivos a la fecha de la autorización correspondiente.

ARTÍCULO 17. - Las Unidades Administrativas y Entidades del Sector Departamento del Distrito Federal, en el ejercicio de sus erogaciones por concepto de servicios personales, deberán:
 

I. - En las asignaciones de las remuneraciones a los trabajadores del Sector Departamento del Distrito Federa, apegarse estrictamente a los niveles establecidos en los tabuladores de sueldos, cuotas, tarifas y demás asignaciones autorizadas, conforme a las normas y lineamientos que expida la Secretaría de Programación y Presupuesto y en el caso de las Entidades del Sector, por el Órgano de Gobierno respectivo conforme a los lineamientos que se emitan de acuerdo a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales;

Las remuneraciones adicionales por horas extraordinarias y los estímulos por eficiencia en la actuación se regularán por las disposiciones que establezca la Secretaría de Programación y Presupuesto y el Órgano de Gobierno respectivo, con base en los lineamientos a que se refiere el párrafo anterior. Tratándose de las remuneraciones por jornadas ordinarias o por horas extraordinarias, y otras prestaciones al personal que labora en los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria, que se rijan por contratos colectivos de trabajo, los pagos se efectuarán de acuerdo con las estipulaciones contractuales respectivas;

II. - Abstenerse de cubrir gastos por concepto de honorarios y salarios al personal eventual que rebasen los montos autorizados por la Secretaría de Programación y Presupuesto, o bien que en cualquier forma supongan el incremento del número de los contratos relativos celebrados en el ejercicio de 1991.

Estos contratos sólo podrán celebrarse para la prestación de servicios profesionales, por lo que no podrá incorporarse por esta vía, personal para el desempeño de labores iguales o similares a las que realiza el personal que forma la planta de la Dependencia o de la Entidad de que se trate.

La celebración de contratos por honorarios sólo procederá en casos debidamente justificados y siempre que la Dependencia o Entidad no pueda satisfacer las necesidades de estos servicios con el personal y los recursos técnicos con que cuanta. Invariablemente estos contratos deberán ser autorizados por el Titular de la Dependencia o por el Órgano de Gobierno de la Entidad de que se trate;

III. - Observar la normatividad que emita la Secretaría de Programación y Presupuesto en materia de remuneraciones a título de consejeros en Órganos de Gobierno o sus equivalentes de Entidades Paraestatales. Sujetarse a los lineamientos que se expidan para la autorización de los gastos de representación y de las erogaciones necesarias para el desempeño de comisiones especiales:

IV. - Abstenerse de realizar traspasos de recursos que en cualquier forma afecten las asignaciones para el Capítulo 1000 - "Servicios personales", excepto los casos que autorice el Coordinador del Sector.
 

ARTÍCULO 18. - En el ejercicio del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal y de sus Entidades Coordinadas Sectorialmente para el año de 1992, no se podrán efectuar:
 
I. - Adquisiciones o nuevos arrendamientos de:

a) Bienes inmuebles para oficinas públicas y mobiliario, equipo y servicios destinados a programas administrativos, con excepción de las erogaciones estrictamente indispensables, que para su operación en forma específica y previamente autorice la Secretaría de Programación y Presupuesto; en consecuencia, se deberá mejorar la utilización de los espacios físicos disponibles y el aprovechamiento de los bienes y servicios de que disponga.

b) Vehículos terrestres, áereos y marítimos, con excepción de aquellos necesarios para salvaguardar la seguridad pública, así como para la procuración de justicia, los servicios de salud, y para el desarrollo de programas productivos prioritarios y de servicios básicos, que específica y previamente al ejercicio del gasto correspondiente autorice la Secretaría de Programación y Presupuesto.


ARTÍCULO 19. - Las erogaciones por los conceptos que a continuación se indican, deberán reducirse al mínimo indispensable; su uso se sujetará a los criterios de racionalidad y selectividad y se efectuarán siempre y cuando se cuente con la autorización expresa del Titular del Departamento del Distrito Federal o del Órgano de Gobierno de la Entidad Coordinada correspondiente.
 

I. - Gastos de ceremonial y de orden social;

II. - Comisiones de personal al extranjero;

III. - Contrataciones de asesorías, estudios e investigaciones.

IV. - Publicidad, propaganda, publicaciones oficiales y en general los relacionados con actividades de comunicación social. En estos casos las Unidades Administrativas y Entidades del Sector, deberán utilizar preferentemente los medios de difusión del Sector Público y el tiempo que por Ley otorgan al Gobierno Federal las empresas de comunicación que operan mediante concesión federal. Las erogaciones por estos conceptos con cargo al Presupuesto de Egresos 1992 del Departamento del Distrito Federal, deberán ser autorizadas previamente por las Secretarías de Gobernación y de Programación y Presupuesto o, las que efectúen las Entidades Coordinadas, por el Órgano de gobierno con base en los lineamientos que establezcan dichas Secretarías;

V. - Gastos por concepto de Erogaciones imprevistas;

VI. - Gastos relativos a congresos, convenciones, ferias y exposiciones;

VII. - Servicios Bancarios;

VIII. - Otorgamiento de becas; y

IX. - Donativos.
 

Asimismo, las Unidades Administrativas y Entidades del Sector serán responsables de que las erogaciones por concepto de correos, telégrafos, teléfonos, energía eléctrica y agua potable, obedezcan a una utilización racional de dichos servicios, directamente vinculada al desempeño de las actividades y funciones que tengan encomendadas.

ARTÍCULO 20. - En el ejercicio del gasto de inversiones públicas, comprendido en el Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para 1992, se observarán las siguientes medidas:
 

I. - Se otorgará prioridad a los proyectos y obras de modernización de la infraestructura básica, así como aquellos que presenten un mayor avance relativo, y estén orientados a incrementar la oferta de bienes y servicios socialmente necesarios y que reporten los mayores beneficios para la población; el Departamento del Distrito Federal y las Entidades Coordinadas sólo podrán iniciar proyectos cuando tengan garantizada la disponibilidad de recursos financieros para su terminación, puesta en operación y mantenimiento, y en ningún caso cuando existan otros proyectos similares que puedan ser concluidos con los recursos disponibles;

II. - Se deberá estimular el cambio estructural así como los proyectos de coinversión con los sectores social y privado en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México

III. - Se aprovechará la mano de obra local y se empleará al máximo la capacidad instalada productiva y de servicios para abatir costos;

IV. - Los proyectos de inversión que sean financiados con créditos externos, deberán estar contemplados en los presupuestos de las Dependencias y Entidades. El Sector Departamento del Distrito Federal deberá sujetarse a los términos de las autorizaciones que para cada uno de dichos proyectos otorguen las Secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público conforme a sus respectivas atribuciones.


ARTÍCULO 21. - Las erogaciones por concepto de aportaciones con cargo al Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, se sujetarán a las estrategias y objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y se apegarán a los siguientes criterios:
 

I. - El otorgamiento se hará con base en criterios de selectividad, temporalidad y transparencia en su asignación, considerando su contribución efectiva a la oferta de bienes, servicios e insumos estratégicos o prioritarios;

II. - Los subsidios destinados a cubrir desequilibrios financieros en la operación, se deberán ajustar en función de la política de precios y tarifas de los bienes y servicios públicos;

III. - Los subsidios a los precios de los bienes se mantendrán en niveles que estimulen a los productores y que y que al mismo tiempo eviten el deterioro del poder adquisitivo de los consumidores;

IV. - Los subsidios para las actividades productivas de los sectores privado y social, serán congruentes con los fines de la estrategia de crecimiento económico y estarán condicionados a procurar el mayor uso de la mano de obra y a incrementar el nivel de vida de la población de escasos recursos;

V. - Las aportaciones destinadas al apoyo de las Entidades Paraestatales del Sector Departamento del Distrito Federal, se deberán orientar selectivamente hacia las actividades estratégicas y prioritarias, así como a fortalecer el cambio estructural, a efecto de incrementar la oferta real de bienes y servicios, de insumos estratégicos para la producción y generar empleo permanente y productivo;

VI. - Se requerirá la autorización de la Secretaría de Programación y Presupuesto para destinar recursos de la Federación, vía transferencias, a inversiones financieras;

VII. - Las Entidades Paraestatales del Sector Departamento del Distrito Federal beneficiarias de aportaciones, deberán buscar fuentes alternativas de financiamiento a fin de lograr, en el mediano plazo, una mayor autosuficiencia financiera y una disminución correlativa de los apoyos con cargo a recursos presupuestales; y

VIII. - No se deberán otorgar aportaciones cuando no se hallen claramente especificados los objetivos, metas, beneficiarios, destino, temporalidad y condiciones de los mismos.
 

ARTÍCULO 22. - Para la autorización de aportaciones a los Órganos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoría y Fideicomisos con cargo al presente Presupuesto de Egresos, corresponderá al Departamento del Distrito Federal en su carácter de Coordinador Sectorial, verificar previamente:
 
I. - Que se justifique la necesidad de los recursos solicitados en función del estado de liquidez de la Entidad beneficiaria, así como la aplicación de dichos recursos;

II. - Que las Entidades no cuenten con recursos ociosos o aplicados en operaciones que originen rendimientos de cualquier clase; y

III. - El avance físico - financiero de sus programas y proyectos, con el propósito de regular el ritmo de la ejecución con base en lo programado.
 

El Departamento del Distrito Federal suspenderá la ministración de fondos, cuando las Entidades beneficiarias no remitan la información físico - financiera en la forma y términos establecidos en las disposiciones aplicables.

ARTÍCULO 23. - Cuando el Gobierno Federal deba diferir ministraciones de fondos, la Secretaría de Programación y Presupuesto conjuntamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, determinarán el orden a que se sujetará la ministración de transferencias autorizadas al Departamento del Distrito Federal, en su carácter de Coordinador de Sector, a fin de asegurar la disposición oportuna de recursos para el desarrollo de los programas prioritarios.

ARTÍCULO 24. - Únicamente el Titular del Departamento del Distrito Federal podrá otorgar y autorizar subsidios con cargo al Presupuesto de Egresos. Estos subsidios sólo se aprobarán para la consecución de los objetivos de los programas contenidos en dicho presupuesto, o que se consideren de beneficio social.

El Titular del Departamento del Distrito Federal se abstendrá de otorgar subsidios a favor de beneficiarios que dependan económicamente del Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal, o cuyos principales ingresos provengan de éste.

ARTÍCULO 25. - Las Unidades Administrativas del Departamento del Distrito Federal, los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria sólo podrán ministrar donativos, otorgar gratificaciones y obsequios, o dar ayudas de cualquier clase con autorización previa por escrito del Titular del Departamento del Distrito Federal.

El Titular del Departamento del Distrito Federal se abstendrá de autorizar donativos o ayudas que no contribuyan a la consecución de los objetivos de los programas aprobados o que no se consideren de beneficio social, así como aquellos a favor de beneficiaros que dependan económicamente del Sector Departamento del Distrito Federal, o cuyos principales ingresos provengan de éste.

ARTÍCULO 26. - Las Unidades Administrativas y Entidades del Sector Departamento del Distrito Federal, proporcionarán a la Secretaría de Programación y Presupuesto la información sobre las transferencias que hubiesen recibido durante el ejercicio presupuestal, a efecto de que dicha Secretaría la analice e integre al Registro Único de Transferencias. Asimismo, los Titulares de las Unidades Administrativas y Entidades del Sector, serán los responsables de llevar el registro contable anual de la aplicación de recursos que hagan por los conceptos de gasto mencionados.

ARTÍCULO 27. - Las Secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público, determinarán conjuntamente los lineamientos a que deberá sujetarse el Sector Departamento del Distrito Federal respecto de las disponibilidades financieras con que cuente durante el ejercicio presupuestal, las que no deberán invertirse a través de mecanismos bursátiles, salvo el caso de valores emitidos por el Sector Público.

Para tal efecto el Departamento del Distrito Federal y sus Entidades Coordinadas Sectorialmente proporcionarán la información financiera que requiera el Sistema Integral de Información del Ingreso y Gasto Públicos.

Asimismo, deberán informar a las citadas Secretarías de sus depósitos en dinero, valores y otro tipo de operaciones financieras y bancarias, a fin de identificar los niveles de liquidez y para operar la compensación de créditos o adeudos.

El Departamento del Distrito Federal y sus Entidades Coordinadas Sectorialmente, sin exceder sus presupuestos autorizados, responderán de las cargas financieras que causen por no cubrir oportunamente sus respectivos adeudos, las que se calculan a la tasa anual que resulte de sumar cinco puntos porcentuales al promedio de las tasas anuales de rendimiento de los certificados de la Tesorería de la Federación a 28 días, en colocación primaria, emitidos durante el mes inmediato anterior a la fecha del corte compensatorio.

ARTÍCULO 28. - Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Programación y Presupuesto y de la Contraloría General de la Federación, en el seno de la comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, celebrarán con el Departamento del Distrito Federal convenios para:
 

I. - El establecimiento de metas de desempeño, de déficit o, en su caso, superávit financiero mensual y trimestral, a nivel devengado; y

II. - El saneamiento financiero, mediante la asunción de pasivos de Entidades Paraestatales, estratégicas o prioritarias, cuyas funciones estén asociadas a la prestación de servicios públicos de acuerdo a los fines para los que fueron creados y siempre que la Entidad de que se trate, cuente con un programa de cambio estructural, que se presente a más tardar el 31 de agosto de 1992 a la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento y se a aprobado por ésta, el cual será evaluado periódicamente por la propia Comisión.
 

Las Dependencias que integran esta Comisión, establecerán los lineamientos con base en los cuales se llevará a cabo la formulación de los convenios a que se refiere este artículo, y harán la determinación de las Entidades Paraestatales con las que habrán de celebrarse los mismos. Los Órganos de Gobierno serán responsables de vigilar que se cumpla con las metas de déficit o superávit de las Entidades con las que no se celebren los correspondientes convenios a que se refiere este Artículo.

ARTÍCULO 29. - El Banco de México, en función del monto de divisas comprendido en el Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal y de conformidad con las disposiciones aplicables, proporcionará a petición del propio Departamento y Entidades Coordinadas Sectorialmente, las divisas que requieran para el cumplimiento de sus compromisos en moneda extranjera.

ARTÍCULO 30. - La Secretaría de Programación y Presupuesto, conjuntamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de acuerdo con los flujos reales de divisas y de moneda nacional, así como las variaciones que se produzcan por las diferencias en tipo de cambio en el financiamiento de los programas, efectuarán las adecuaciones necesarias a los calendarios de gasto, en función de los requerimientos y disponibilidades, así como de las alternativas de financiamiento que se presenten.

ARTÍCULO 31. - El Departamento del Distrito Federal y Entidades incluidas en este Presupuesto de Egresos, quedan obligadas a informar a las Secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público, en la forma y periodicidad que éstas determinen, los movimientos presupuestales que efectúen en divisas de acuerdo con los flujos reales establecidos, los que darán a conocer trimestralmente a la Cámara de Diputados.

ARTÍCULO 32. - Para los efectos del Artículo 57 de la Ley de Obras Públicas, los montos máximos de contratación directa y los de adjudicación mediante convocatoria a cuando menos tres personas que reúnan los requisitos a que dicha disposición se refiere, de las obras que podrán realizar las Dependencias y Entidades durante el año de 1992, serán los siguientes:

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Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado

El Departamento del Distrito Federal y sus Entidades Coordinadas Sectorialmente se abstendrán de formalizar o modificar contratos de obras públicas y de servicios relacionados con ellas, cuando no hubiese saldo disponible en la correspondiente partida presupuestal.

ARTÍCULO 33. - Para los efectos del Artículo 39 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestaciones de Servicios Relacionados con Bienes Muebles, los montos máximos de adjudicación directa y los de adjudicación, habiendo convocado, en su caso, por lo menos a 3 proveedores según se requiera, de las adquisiciones, arrendamientos o servicios que podrán realizar el Departamento del Distrito Federal y sus Entidades Coordinadas Sectorialmente durante el año de 1992, serán las siguientes:

Dar doble click con el ratón para ver imagen

Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.

El Departamento del Distrito Federal y sus Entidades Coordinadas Sectorialmente se abstendrán de formalizar o modificar contratos y pedidos de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, cuando no hubiese saldo disponible en la correspondiente partida presupuestal.

ARTÍCULO 34. - La Secretaría de Programación y Presupuesto realizará periódicamente la evaluación del ejercicio del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, en función de los objetivos y metas de los programas aprobados.

El departamento del Distrito Federal presentará un informe trimestral a la Cámara de Diputados sobre la ejecución de su Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos para 1992. En igual forma presentará un informe trimestral sobre los avances de la consecución de las metas de los principales programas en su Presupuesto de Egresos, correlacionándolos con los recursos aplicados, en forma desagregada por subprogramas y su correspondiente desglose por proyectos de ejecución del presente presupuesto, así como la ejecución del gasto programático asignado a cada una de sus Unidades Administrativas.

Los cuatro informes trimestrales mencionados en este artículo se presentarán dentro de los 45 días siguientes al trimestre que correspondan y se harán las aclaraciones que requiera la Cámara de Diputados.

ARTÍCULO 35. - La Secretaría de Programación y Presupuesto vigilará la exacta observancia de las normas contenidas en este Decreto, así como la estricta ejecución del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal. Para esos efectos, podrá requerir de las Unidades Administrativas y Entidades del citado Sector, la información que resulte necesaria y comunicará a la Secretaría de la Contraloría General de la Federación las irregularidades y desviaciones de que tenga conocimiento con motivo del ejercicio de sus funciones.

ARTÍCULO 36. - La Secretaría de la Contraloría General de la Federación, en el ejercicio de las atribuciones que en materia de inspección, control y vigilancia le confiere la Ley, comprobará el cumplimiento, por parte de las Unidades Administrativas y Entidades del Sector Departamento del Distrito Federal de las obligaciones derivadas de este Decreto. Con tal fin, dispondrá lo conducente para que se lleven a cabo las inspecciones y auditorías que se requieran, así como para que se finquen las responsabilidades y se apliquen las sanciones que procedan con motivo del incumplimiento de las mencionadas obligaciones.

ARTÍCULO 37. - La Secretaría de Programación y Presupuesto, estará facultada para interpretar las disposiciones del presente Decreto para efectos administrativos, así como para establecer las medidas conducentes a su correcta aplicación.
 

TRANSITORIO

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor el día 1o. de enero de 1992.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Ciudad de México, a 15 de noviembre de 1991. - El presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos. Carlos Salinas de Gortari.

Turnada a la Comisión del Departamento del Distrito Federal.