Legislatura XXVII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19170920 - Número de Diario 14

(L27A2P1oN014F19170920.xml)Núm. Diario:14

ENCABEZADO

MÉXICO, JUEVES 20 DE SEPTIEMBRE DE 1917

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

PERÍODO ORDINARIO XXVII LEGISLATURA TOMO II. - NÚMERO 14

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

CELEBRADA EL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DE 1917

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior. Informa de su comisión el C. diputado Andrade.

2. - Se da cuenta con los asuntos en cartera. Son aprobados cinco dictámenes de la comisión de Peticiones y uno de la Gran Comisión en que propone candidatos para integrar las Comisiones permanentes y especiales.

3. - Es presentada una iniciativa firmada por varios CC. diputados proponiendo que las comisiones de Hacienda dediquen preferentemente su atención a la cuestión monetaria. La Asamblea considera que es de obvia resolución y la aprueba.

4. - Es aprobado nominalmente el artículo 5o. de la Ley de Ingresos.

5. - Son aprobados nominalmente cuatro adiciones presentadas por la comisión de presupuestos que vienen a constituir las fracciones XXIV A., XXIV, XL y XXVI del artículo 1o. de la Ley de Ingresos, siendo previamente reformada la XL.

6. - La mayoría de la Comisión de Presupuestos, acompañada del C. diputado Cabrera, presenta una nueva adición relativa a impuestos sobre luz eléctrica. Habiendo sido impugnada dicha adición, los firmantes piden y obtienen permiso para reformarla. Es nuevamente presentada y discutida. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. URUETA JESÚS

(Asistencia de 135 CC. diputados.)

El C. Presidente, a las 4.16 p.m.: Se abre la sesión.

El C. Secretario Aranda: "Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados el día 18 de septiembre de 1917.

"Presidencia del C. Ramírez G. Benito.

"En la ciudad de México, a las cuatro y quince de la tarde del martes diez y ocho de septiembre de mil novecientos diez y siete, con asistencia de ciento treinta CC. diputados, según consta en la lista que previamente pasó el C. Prosecretario Limón, se abrió la sesión.

"El C. Secretario Aranda leyó el acta de la sesión celebrada el día diez y siete del presente mes, la cual, sin discusión, se aprobó en votación económica.

"El C. Prosecretario Muñóz, dio cuenta con una proposición del C. diputado Pablo García, que en su parte resolutiva dice:

"Desde este día y durante un año, a contar del primero del presente mes, suspéndase toda discusión y toda resolución en motivo de solicitudes de pensiones."

"El autor de la proposición de que se trata fundó la dispensa de trámites, en contra de la cual habló el C. Hernández Luis M., y habiendo concedido dicha dispensa la Asamblea, en votación económica, fue puesta a debate la proposición de referencia.

"Y una vez que el C. Manrique, usó de la palabra en contra, se consideró suficientemente discutida, desechándose en votación económica.

"El mismo C. Prosecretario Muñóz, declaró que continuaba la discusión del dictamen relativo al proyecto de Ley de Ingresos, y leyó el artículo segundo que, puesto a discusión, el C. Bravo Izquierdo, solicitó que leyeran los decretos que en él se mencionan; el C. Basáñez miembro de la Comisión dictaminadora, se opuso, por las razones que manifestó, a que obsequiara la petición del C. Bravo Izquierdo, y se refirió, en concreto, a lo que dichos decretos establecen. El C. Bravo Izquierdo, insistió en su solicitud, que al fin fue cumplimentada por el C. Prosecretario Muñoz.

"Sin más discusión se procedió a votar nominalmente dicho artículo segundo que dice:

"El derecho de 1 1/2 por ciento a de 2 por ciento, en su caso, que cubren las aduanas, conforme a los decretos de 4 de junio de 1886, 3 de septiembre de 1901, 3 de diciembre de 1902 y 13 y 19 de octubre de 1906, a favor de los municipios, y asimismo, el 2 por ciento adicional a la exportación que, en virtud del acuerdo del C. Primer Jefe, de 14 de mayo de 1915, cobra la de Tuxpan, a favor de ese municipio, así como los derechos de barra que se cobran en Tampico, con arreglo a los contratos

celebrados con la antigua compañía del Ferrocarril Central Mexicano y demás disposiciones relativas, seguirán recaudándose y aplicándose a su objeto, sin figurar en la cuenta de ingresos del Erario. Los derechos de inspección veterinaria, se aplicarán en su totalidad a los inspectores o prácticos que presten el servicio, siempre que unos u otros, no desempeñen algún empleo de la Federación, por el cual reciban sueldo, pues en este caso el impuesto total del derecho que se recaude ingresará al Erario."

"El resultado de la votación fue de ciento treinta y cuatro votos de la afirmativa, contra dos de la negativa de los CC. Aveleyra y Mariel, por lo que se declaró que quedaba el artículo transcripto.

"En seguida se dio lectura al artículo tercero, que está concebido en estos términos:

"Los ingresos procedentes de operaciones de crédito o de contratos celebrados durante el año fiscal en que debe regir esta ley que por razón de su carácter accidental, no están comprendidos expresamente en ninguno de los ramos de recaudación normal que en ella se enumeran, formarán una sección especial separada de la cuenta del Erario, bajo el título de "Ingresos Extraordinarios."

"Puesto a discusión, sin ella, resultó aprobado por ciento treinta y dos votos de la afirmativa, contra uno de la negativa del C. Chapa. Se hizo la declaración respectiva.

"Asimismo fue puesto a discusión el artículo cuarto que dice:

"Las cantidades expresadas en moneda mexicana que deban recaudarse en el extranjero por virtud de la ley o de contrato, podrán percibirse en moneda del país donde se haga la recaudación, a menos de precepto o pacto en contrario, la conversión de moneda mexicana en moneda extranjera, se hará según las equivalencias de moneda que fija la Secretaría de Hacienda."

"El C. Múgica, sugirió que se realizara una sola votación para los artículos que no fueran discutidos, a lo que no accedió la Mesa, en vista de que el reglamento previene se voten nominalmente cada uno de los artículos que compongan un proyecto de ley.

"El artículo cuarto, sin discusión, resultó aprobado por unanimidad de ciento veintinueve votos, y se hizo, acto continuo, la declaración correspondiente.

"En seguida se dio cuenta con un oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en que se manifiesta que, habiéndose decretado que el año fiscal se compute del primero de enero al treinta y uno de diciembre, el C. Presidente de la República ha acordado se remitan al H. Congreso de la Unión el nuevo presupuesto de egresos y las modificaciones que hayan de hacerse a la Ley de Ingresos, que deberán ponerse en vigor el primero de enero próximo, lo que se hace del conocimiento de esta H. Cámara, a fin de que, si lo juzga oportuno, suspenda la discusión del presupuesto de egresos que se le ha remitido, y que estará en vigor solamente hasta el treinta y uno de diciembre del presente año. - A la Comisión de Presupuestos.

"La Presidencia concedió la palabra para rectificación de hechos, sucesivamente, a los CC. Siurob, López F., Ricardo y Villarreal Filiberto C. Este último interpeló a los CC. Plank y Padrés, quienes contestaron. El C. Presidente hizo una aclaración con motivo de que los CC. a quienes se había concedido la palabra para rectificación de hechos no se concretaron a ese fin, y a continuación pasaron a la tribuna, para hechos, los CC. Rocha y Sepúlveda, leyendo el C. Prosecretario Muñóz, a petición del primero, una carta particular.

"El mismo C. Prosecretario dio a conocer la orden del día para la sesión siguiente y se suspendió ésta, a las seis y treinta p. m."

Está a discusión el acta. ¿No hay quien haga uso de la palabra?

El C. Rocha: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rocha: Para que se ratifique que yo no pedí la palabra para rectificación de hechos, sino para leer un documento.

- El mismo C. Secretario: Con la aclaración del C. Rocha ¿Se aprueba el acta? Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. Aprobada.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Andrade.

El C. Andrade: Señores diputados: Habiendo sido comisionados por la Presidencia de esta Cámara el señor doctor Betancourt y el que habla, para visitar al diputado Uriel Avilés, que se encuentra enfermo, desde antier mismo cumplimos nuestro cometido, pasando al domicilio de aquel señor, el cual se encuentra ya un poco mejorado de los males que le aquejan. El diputado Avilés nos encargó que hiciéramos presente a esta Asamblea, su sincero agradecimiento por las atenciones de que ha sido objeto.

El C. Secretario Portes Gil: "Congreso del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga. - Circular número 3. - Para conocimiento de la H. Cámara, de la cual son ustedes dignos Secretarios, tenemos la honra de participarles que, con fecha 14 del mes en curso, la XXIII Legislatura Constitucional del Estado se declaró legítimamente instalada, y con fecha 16 del mismo abrió el primer período de sus sesiones ordinarias, correspondiente al primer año de duración legal.

"No es grato reiterar a ustedes las seguridades de nuestra distinguida consideración.

"Constitución y Reformas.

"Querétaro, a 16 de septiembre de 1917. - Juan B. Mendoza, D. S. - Eugenio Mendoza, D. S. - A los CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F." - De enterado.

"Congreso del Estado de Hidalgo. - Secretaría.

"Tenemos el honor de comunicar a ustedes que la XXIV Legislatura de esta Entidad Federativa clausuró ayer el período extraordinario de sesiones que inició el día 12 de junio del presente año, y abrió hoy el período de sesiones ordinarias a que

se refiere el artículo 26 de la Constitución Política del Estado.

"Protestamos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"Constitución y Reformas. - Pachuca, 1. de septiembre de 1917. - José Ibarra Olivares, D. S. - Delfino Pando, D. S. - A los CC. diputados Secretarios al Congreso de la Unión. - México, D. F." - De enterado.

"3. Campeche, Cam. - Telegrama recibido en México, D. F., el 18 de septiembre de 1917. - Presidente de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - El Congreso del Estado, en sesión de hoy y por unanimidad de votos, acordó lanzar ante la Nación, la siguiente protesta: "La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con motivo de una acusación presentada contra el Gobernador del Estado, Joaquín Mucel, ha puesto en tela la declaración que hizo este Congreso, de ser legal la elección de dicho ciudadano para Gobernador Constitucional, discutiendo si reúne o no los requisitos exigidos por la ley, pretendiendo así aquel alto cuerpo, convertirse en revisor de los actos de la Legislatura local. Como tales procedimientos constituyen un ataque a la soberanía del Estado de Campeche, puesto que el artículo 41 de la Constitución del Estado, vigente cuando se hizo la declaración de Gobernador, establece que es facultad exclusiva del Congreso calificar y resolver las dudas y objeciones que se promuevan en orden a la legalidad de las elecciones y a las cualidades del electo, este Congreso, como representante legítimo del pueblo campechano, protesta ante la Nación en la forma más enérgica contra el ataque que a la soberanía del Estado de Campeche y al artículo 40 del Pacto Federal, ha llevado a efecto la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Lo que por acuerdo del mismo cuerpo comunicamos a usted. - Manuel Pazos Hernández, D. S. - J. del C. Campos, D. S." - Recibo y agréguese a su expediente.

"Secretaria de Estado y del Despacho de Guerra y Marina. - Departamento de Infantería. - Sección 6a. - Mesa 5a. - Núm. 282.

"Tengo la honra de remitir a usted, con la relación adjunta, cuarenta y tres expedientes, formados con motivo de la solicitud de pensión que han dirigido a esta Secretaría los deudos de militares constitucionalistas muertos en la campaña; dos expedientes relativos a solicitudes de deudos de exfederales y un expediente relativo a solicitud de retiro de un jefe ex - federal, a fin de que esa H. Cámara de Diputados se sirva a resolver lo que estime conveniente.

"Protesto a usted las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Constitución y Reformas. - México, 20 de agosto de 1917.

"El general Subsecretario Encargado del Despacho. - J. A. Castro.

"Al C. Presidente de la H. Cámara de Diputados. - Presente." - Pasan los expedientes, por turno, a las Comisiones de Guerra.

"Secretaria de Estado y Despacho de Guerra y Marina. - Departamento de Infantería. - Sección 6a. - Mesa 3a. - Núm. 727.

"Tengo la honra de remitir a usted, con la relación adjunta, cuarenta expedientes formados con motivo de la solicitud de pensión que han dirigido a esta Secretaría, igual número de deudos de militares constitucionales muertos en campaña, la fin de que esa H. Cámara de Diputados se sirva resolver lo que se estime conveniente.

"Protesto a usted las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Constitución y Reformas. - México, 31 de agosto de 1917. - El general subsecretario Encargado del Despacho. - J. A. Castro.

"Al C. Presidente de la H. Cámara de Diputados. - Presente. - Pasan los expedientes por turno, a las Comisiones de Guerra.

"Secretaría de Estado y el Despacho de Guerra y Marina. - México. - Departamento de Infantería. - Sección 5a. - Mesa 3a. - Número 778.

"Tengo la honra de remitir a usted, con la relación adjunta, cuarenta y cinco expedientes formados con motivo de la solicitud de pensión que han dirigido a esta Secretaría igual número de deudos de militares constitucionalistas, muertos en campaña, a fin de que esa H. Cámara de Diputados se sirva resolver lo que estime conveniente.

"Protesto a usted las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Constitución y Reformas. - México, 10 de septiembre de 1917. - El general Subsecretario Encargado del Despacho. - J. A. Castro.

"Al C. Presidente de la H. Cámara de Diputados. - Presente." - Pasan los expedientes, por turno, a las Comisiones de Guerra.

"CC. diputados del Congreso de la Unión:

"Los subscriptos, indígenas y vecinos de Tonilla, por nosotros, y en representación de los demás que no saben firmar y todos pertenecientes a esta misma municipalidad, en el 9o. cantón del Estado de Jalisco, ante la soberanía Nacional, con todo respeto, y como mejor proceda, exponemos:

"1o. El pueblo de Tonila disfrutó de terrenos de comunidad desde los tiempos de la Conquista hasta el año de 1857, en que se fue despojado de sus tierras por los señores Miguel Navarro, Miguel Gómez y Felipe Carrillo, para venir a constituir lo que en la actulidad son las haciendas de la Esperanza, San Marcos y Quesería, que rodean la actual población, llegando las haciendas hasta el casco de la misma.

"2o. El pueblo de Tonilla, sometido a la presión de los tres latifundios ya dichos, ha ministrado por muchos años el peonaje de las haciendas, sufriendo todas las naturales desventajas de tal situación; y perdiendo la antigua comunidad poco a poco, hasta el uso de las aguas indispensables para beneficio de la población.

"3o. Al ser conocida en esta población la Ley del 6 de enero de 1915, en diciembre del mismo año, el pueblo de Tonilla se apresuró a solicitar la restitución de sus tierras ante el Gobierno local.

Posteriormente, a medida que la Comisión local Agraria ha ido organizándose se han ido también acumulado los elementos de prueba a favor de la restitución de las tierras de Tonilla; pero ni la Comisión Local, ni el Gobierno del Estado, ni la Comisión Nacional Agraria han dado una respuesta categórica a nuestra solicitud en sentido favorable o contrario a nuestra petición, sin que podamos saber en definitiva, si ya está probado suficientemente nuestro derecho o si debemos intentar nuevos recursos a nuestro favor.

"Durante el tiempo en que se mantiene indecisa nuestra situación, la condición del pueblo trabajador se ha empeorado en sumo grado, pues siendo la mayor parte de los indígenas dependientes de los trabajos de las haciendas que rodean el lugar, los hacendados, enterados de que pedimos no sean restituidos los terrenos que ellos ocupan, nos hostilizan, negándonos trabajo e influyendo ante las autoridades a fin de que se nos entorpezca nuestra acción.

"Por este motivo, y juzgando que la Representación Nacional se propicia a escuchar nuestros sufrimientos y tiene recursos para estimular en alguna forma la pronta solución de nuestro negocio, nos dirigimos a la H. Cámara con todo respeto, y le pedimos que influya en el pronto despacho de nuestra petición de tierras, en vista de nuestra necesidad de trabajar para poder subsistir.

"Protestamos ante ésta nuestro respeto.

"Constitución y Reformas. - Tonila, septiembre 3 de 1917." - Firmas de los peticionarios.

"Hacemos nuestro el anterior ocurso y pedimos se dice el trámite siguiente: "Transcríbase a la Comisión Nacional Agraria, excitándola para que se active la resolución de este asunto." - Salón de Sesiones del Congreso. Septiembre 19 de 1917.-B. Vadillo. - J. Jesús Ibarra. - J. R. Padilla" - Transcríbase a la Comisión Nacional Agraria, excitándola para que active la resolución de este asunto.

"H. Congreso: Ignacio Gadea Fletes, mayor de setenta y dos años de edad y vecino de esta ciudad, del Estado de Sinaloa, ante ese H. Congreso, con el debido respeto, expongo:

"Que el día 15 de diciembre de 1864 me presenté ante el C. general Ramón Corona, con veinte hombres montados y armados de mi propio peculio, en la clase de comandante capitán de caballería, para cooperar a la defensa de nuestra Independencia contra la Intervención Francesa. Presté mis servicios a las órdenes del C. general Ángel Martínez, hasta el 30 de abril de 1865, que para el buen éxito de una combinación militar, recibí orden de indultarme con los traidores, cuya orden obedecí contra toda mi voluntad. Habiendo desempeñado la comisión que se me confirió, me presenté al Cuartel General el 15 de diciembre del mismo año y obtuve una licencia hasta el 15 de abril de 1866, que me hice cargo de la Prefectura y Comandancia Militar del Distrito del Rosario, organizando el 16 de junio del mismo año la guerrilla de mi nombre, la que por buena organización y número se denominó "Escuadrón Gadea", a las órdenes del C. general Ramón Corona, quien el día 1o. de diciembre de 1866 tuvo a bien ordenar se me extendiera despacho de comandante de escuadrón efectivo de guardia nacional del Estado. El día 4 de octubre de 1867 quedé separado del servicio por haberlo solicitado, por considerar que mis servicios ya no eran necesarios a mi patria.

"El C. Presidente Constitucional Benito Juárez, considerándome acreedor a la condecoración de segunda clase creada por decreto de 5 de agosto de 1867, tuvo a bien disponer se me expidiera el diploma correspondiente, para justificar con él que tuve la gloria de haber cooperado a salvar la INDEPENDENCIA NACIONAL luchando contra la Intervención Extranjera.

"Acompaño copia certificada de los documentos a que he hecho referencia.

"Por todo lo expuesto a ese H. Congreso suplico se sirva concederme la pensión que me corresponde por mis servicios según la clase con que fui agraciado por el C. general en jefe del Ejército de Occidente, en lo que recibiré gracia y justicia.

"Escuinapa de Hidalgo, agosto 6 de 1917. - I. Gadea Fletes."

"Los subscriptos diputados por el Estado de Sinaloa, hacemos nuestra la presente solicitud. - México, D. F., septiembre 3 de 1917. - Mariano Rivas. - F. C. Villarreal. - A. Magallón. - E. Leyzaola." - A la Comisión de Guerra.

"Aurelia González Ortega, célibe, de cuarenta años de edad y con domicilio en la quinta calle del Fresno número 187, de esta ciudad, respetuosamente comparece y expone:

"Que el año de 1905 y por ser nietos del C. general de división Jesús González Ortega, el Congreso de la Unión nos concedió a mis hermanos María y José y a mí, una pensión de cien pesos mensuales, correspondiendo según nuestras patentes, $33.33 a cada uno, los que por los descuentos decretados se reducían a $26.00.

"Que habiendo llegado a la mayor edad mi hermano José y casándose mi hermana María, solamente yo seguí disfrutando dicha pensión, pero no en su totalidad, sino sólo $26.00, que era lo que antes percibía.

"Que del mes de diciembre del año de 1916 a la fecha se me ha estado pagando, la citada pensión, con la cantidad de $13.00 mensuales.

"Que en vista de lo expuesto y siéndome enteramente insuficiente la cantidad que se me da para atender a mis gastos mas indispensables, ocurro ante ustedes solicitando se me aumente a la cantidad de $100.00 la pensión de referencia, de $33.33 que de una manera nominal disfruto actualmente, en lo que recibiré especial gracia.

"Protesto a ustedes las seguridades de mi atenta consideración y respeto.

"Constitución y Reformas.

"México, 1o. de septiembre de 1917. - Aurelia González Ortega.

"CC. Secretarios de la Cámara de Diputados. - Ciudad." - A la Comisión de Peticiones.

El C. secretario Magallón: Las señoritas María, Dolores, Josefina y Emilia Rodríguez Jiménez, piden

pensión por los servicios prestados a la causa constitucionalista por su difunto hermano el señor licenciado Manuel Rodríguez Jiménez. - A la Comisión de Peticiones.

La señora González Estrada viuda de Flores, pide pensión por la muerte de su esposo Vicente flores, garrotero de los Ferrocarriles Constitucionalistas. - A la Comisión de Peticiones.

La señora Atanasia López viuda de Gudiño, pide pensión como madre del fogonero de los Ferrocarriles Constitucionalistas, Justino Gudiño, muerto en el cumplimiento de su deber. - A la Comisión de Peticiones.

La señora Ignacia Lasso viuda de Beltrán, pide pensión por haber muerto en campaña su hijo el teniente coronel Manuel Beltrán. - A la Comisión de Peticiones.

La señora Felícitas Vega, viuda de González, pide que el expediente formado en esta Cámara con motivo de la pensión que solicitó el 28 de mayo de 1910, como viuda del comandante de Escuadrón de Auxiliares, Pablo G. González, se continúe tramitando hasta su resolución. - A la Comisión de Peticiones.

El C. Eduardo J. Barón, solicita pensión de retiro por más de treinta y cinco años de servicios prestados a la Nación, y acompaña tres copias de diplomas de constancia. - A la Comisión de Peticiones.

La señorita Trinidad Salazar, pide pensión por los servicios que prestó a la patria su padre el general Carlos Salazar. - A la Comisión de Peticiones.

La señora Concepción Hidalgo y Costilla, viuda de Durán, pide se le aumente la pensión de que disfruta actualmente. - A la Comisión de Peticiones.

La señora Gudelia Esparza viuda de Reyes, pide pensión por haber sido muerto en campaña su esposo el mayor Paulinop S. Reyes. - A la Comisión de Peticiones.

Las señoritas Josefa y Rosa Alcocer, piden que la pensión de cien pesos mensuales que el Congreso les Concedió en 1902, les siga siendo pagada íntegramente. - A la Comisión de Peticiones.

La señora Teodora Cabello viuda de Vázquez, reitera en un memorial la petición de pensión que tiene hecha como viuda del arquitecto Silvestre Vázquez. - Agréguese a su expediente.

La señora Francisca Uribe, viuda de Ibarra, pide le sean pagados los haberes que, desde el 23 de diciembre de 1916 al 31 de mayo último, se le quedaron a deber a su hijo el teniente José Ibarra. - A la Comisión de Peticiones.

El Presidente, el Vicepresidente y el Secretario de la Unión de Resistencia del gremio de hilados y tejidos de algodón, envían de Puebla un memorial pidiendo que a los industriales se les feliciten los medios necesarios para el transporte de algodón y se reanuden las labores en las fábricas que las han suspendido. - A la Comisión de Peticiones.

La Sociedad Mexicana de Autores Dramáticos y Líricos, envía un memorial subscrito por su Presidente, solicitando que en el próximo presupuesto de egresos, figure una partida destinada al fomento de espectáculos cultos, y especialmente a la protección del teatro mexicano y de sus autores y artistas. - A la Comisión de Peticiones.

Varios artistas de la Compañía Mexicana de Opera, manifiestan en un memorial que la Compañía de Opera Italiana que ocupa el Teatro Arbeu, los ha colocado en situación precaria y piden se les subvencione para pagar el arrendamiento del Teatro Colón o del Mexicano. - A la Comisión de Peticiones.

El C. licenciado José Antonio Rivera G., recluido en la Penitenciaría del Distrito, pide en un memorial que en uso de la facultad que concede al Congreso la fracción XXII del artículo 73 de la Constitución, se le otorgue amnistía por el delito político de que está acusado. - A la Comisión de Peticiones.

El C. Antonio Miranda, envía un memorial en el que hace algunas consideraciones que suplica se tengan presentes al discutirse la Ley de Pagos. - A la Comisión de Peticiones.

El C. Constantino de Tárnava, pide permiso para seguir desempeñando el cargo de Cónsul de Bélgica en el Estado de Nuevo León.- A la Comisión de Peticiones.

El C. Vicente N. Vázquez, vecino de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco, manifiesta en un memorial que por causas ajenas a su voluntad, la Secretaría de Hacienda declaró la caducidad de unas minas de su propiedad y pide se le conceda readquirirlas. - A la Comisión de Peticiones.

El C. Secretario Magallón: Dictamen de la Comisión de Peticiones...

El C. García Salvador Gonzalo, interrumpiendo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado García.

El C. García: En vista de que la lectura de los documentos en cartera ha sido hecha muy de prisa, no es posible reclamar los trámites; yo suplico a usted tenga la bondad de ordenar que se vuelva a dar lectura al memorial de los obreros de Puebla, porque el trámite que se ha dado, a mi juicio, no resuelve absolutamente lo que estos obreros piden.

El C. Secretario Magallón: El extracto del memorial dice así: (leyó.)

El trámite es: "A la Comisión de Peticiones."

El C. García Salvador Gonzalo: Reclamo el trámite.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. García.

El C. García: Yo creo que el trámite que ha dado la Mesa no es el debido; porque, si ya sabemos que esta Asamblea no puede resolver lo que los obreros solicitan, para qué es dilatar pudiendo acordar que se transcriba al Ejecutivo. Yo solicito, respetuosamente, que el trámite sea: Transcríbase al Ejecutivo.

El C. Magallón: La Mesa sostiene su trámite.

El C. García Salvador Gonzalo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra su Señoría.

El C. García: Suplico al señor Presidente se sirva mandar consultar la opinión de la Asamblea, porque yo entiendo que no tiene objeto que pase a una Comisión, puesto que ya sabemos que se les va a contestar dentro de un mes que no tenemos absolutamente nada qué ver con el asunto y las fábricas seguirán paralizadas. Creo que el Ejecutivo sí podría hacer algo más práctico.

- El mismo C. Secretario: En votación económica se consulta a la Asamblea si sostiene el trámite dado por la mesa. (Voces: ¡No!) Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Desechado el trámite y se transcribe al Ejecutivo.

"Comisión de Peticiones.

"Señor:

"A estudio de la Comisión de Peticiones se sirvió mandar pasar esta H. Cámara, la solicitud presentada por la señora Guadalupe P. viuda de García, a fin de que sea jubilada por más de treinta años de servicios que ha prestado al magisterio en los territorios de Baja California y Tepic.

"Los que se suscriben han examinado la solicitud de referencia y tanto ésta, como los documentos que la acompañan, se hallan en la forma que prescriben la ley; por tanto, no tienen inconveniente en turnar este asunto a quien corresponda, y así se honran en consultarlo a esta H. Asamblea, en el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la 2a. Comisión de Hacienda, el expediente formado con la solicitud de la señora Guadalupe C. Viuda de García."

"Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México 17 de septiembre de 1917. - E. Portes Gil. - C. Rivera Cabrera. - Porfirio del Castillo."

Está a discusión el dictamen. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado el dictamen.

"Comisión de Peticiones.

"Señor:

"A estudio de la Comisión que suscribe, se mandó pasar, en acuerdo dado por esta H. Cámara en la sesión del día 5 de los corrientes, la solicitud, que la señora Teodora Cabello viuda de Vázquez presenta, a fin de que se le conceda una pensión por la muerte de su esposo, el arquitecto Silvestre Vázquez, que fue asesinado en tiempo de la usurpación huertiana por defender la causa revolucionaria.

"La subscripta Comisión ha examinado la solicitud a que se refiere el presente dictamen, y ha teniendo en consideración que tanto ésta como los documentos que la acompañan, se hallan en la forma debida, propone a la H. Asamblea tenga a bien aprobar el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la 1a. Comisión de Hacienda, el expediente formado con motivo de la solicitud de la señora Teodora Vázquez viuda de Cabello."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 17 de septiembre de 1917. - E. Portes Gil. - C. Rivera Cabrera. - Porfirio del Castillo."

Está a discusión el dictamen. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

"Comisión de Peticiones.

"Señor:

"A la Comisión que subscribe fue turnado, para su estudio, el memorial que dirige a esta H. Cámara el C. ingeniero Enrique de Gortari, pidiendo se le jubile en atención a 33 años de servicios que ha prestado a la Nación.

"En concepto de la Comisión dictaminadora, de Gortari, están en todo ajustados a la ley y, por tanto, cree oportuno que la H. Cámara se sirva aprobar el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la 1a. Comisión de Hacienda, el expediente formado con motivo de la solicitud del C. Enrique de Gortari."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 17 de septiembre de 1917. - E. Portes Gil. - C. Rivera Cabrera. - Porfirio del Castillo."

El C. Villarreal Filiberto C.: Pido la palabra para una interpelación a la Comisión o a la Secretaría. ¿Qué fecha tiene la solicitud de ese memorial del ingeniero de Gortari?

El C. Secretario Magallón: La solicitud tiene fecha 1o. de junio de 1917.

El C. Villarreal Filiberto C.: Me permito preguntar al C. Magallón , si no recuerda si ese señor de Gortari es aquel prefecto huertiano que estuvo en Mazatlán.

- El mismo C. Secretario: Eso lo averiguará la

Comisión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? (Voces: Que se lea nuevamente el dictamen.) El dictamen dice así: ¿Desean que se lea íntegro o nada más la parte resolutiva? (Voces: La parte resolutiva.) La parte resolutiva dice así: (Leyó.) Está a discusión. En votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

Comisión de Peticiones.

"Señor:

"Por acuerdo de esta H. Cámara, pasó a estudio de la Comisión que suscribe, la solicitud que presenta la señora Guadalupe Nájera viuda de Ortiz, pidiendo el pago de pensiones adeudadas y que se le conceda la que se estime justa, por los servicios que prestó a la patria su extinto esposo, el C. coronel Susano Ortiz.

"La Comisión de Peticiones ha examinado la solicitud a que hace referencia y la encuentra en la forma requerida por la ley, así como los documentos presentados por la señora viuda de García, en tal concepto, no tiene inconveniente alguno en proponer a los CC. diputados la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Pase a las Comisiones Unidas 2a. de Hacienda y 2a. de Guerra, el expediente formado con motivo de la solicitud de la señora Guadalupe Nájera viuda de Ortiz."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 17 de septiembre de 1917. - E. Portes Gil. - C. Rivera Cabrera. - Porfirio del Castillo."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado el dictamen.

"Comisión de Peticiones."

"Señor:

"Por acuerdo de esta H. Cámara, se mandó pasar a estudio de la Comisión que suscribe, la solicitud que las señoritas Catalina y María L. López presentan, pidiendo una pensión por la muerte de sus hermanos Francisco y Ambrosio del mismo apellido, quienes fueron asesinados en tiempo de la usurpación de Huerta, por defender la causa revolucionaria.

"La Comisión de Peticiones ha examinado la solicitud que presentan las señoritas López, así como los documentos que a ella acompañan, y encuentra que ambos se hallan dentro de las prescripciones de ley; en tal virtud, tiene la honra de proponer a la aprobación de esta H. Asamblea el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la 1a. Comisión de Hacienda el expediente que contiene la petición de las señoritas Catalina y María L. López."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 17 de septiembre de 1917. - E. Portes Gil. - C. Rivera Cabrera. - Porfirio del Castillo."

Está a discusión el dictamen. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Lo que estén por la afirmativa, se servirán poner de pie. Aprobado el dictamen.

El C. mismo C. Secretario: "Señor:

"Los miembros de la Gran Comisión de esta H. Cámara, se reunieron hoy, con el objeto de cumplir con el proyecto reglamentario que los obliga a presentar candidatos para que integren las Comisiones Permanentes de esta H. Cámara, cuando por el cualquiera circunstancia se encuentren desintegradas, y con el objeto de proponer también a Vuestra Soberanía, candidatos para formar Comisiones especiales para presentar proyectos de leyes reglamentarias de los artículos en que se consignan garantías individuales y 27, 30, 32, 33, 35, 36, 38, 107 y parte final del 111 de la Constitución General de la República.

"Después de la deliberación del caso, se acordó someter a Vuestra Soberanía los siguientes candidatos:

"Comisión de Administración:

"Segundo miembro: Jesús López Lira.

"Suplente: Gabriel J. Córdova.

"Primera Agraria:

"Segundo miembro: J. de Jesús Ibarra.

"Comercio e Industria:

"Segundo miembro: Julio B. Zapata.

"Fomento:

"Segundo miembro: Miguel A. Peralta.

"Secretario: Efrén Aguirre.

"Primera de Hacienda:

"Segundo miembro: Gustavo Padrés.

"Segunda de Justicia:

"Secretario: Ramón Blancarte.

"Segunda de Minas:

"Presidente: Carlos Plank.

"Primera de Puntos Constitucionales:

"Presidente: Manuel Rueda Magro.

"Segunda de Puntos Constitucionales:

"Presidente: Luis Sánchez Pontón.

"Suplente: Enrique Suárez.

"Primera de Trabajo y Previsión:

"Presidente: Manuel H. Segovia.

"Segunda de Trabajo y Previsión:

"Segundo miembro: Salvador Gonzalo García.

"Especial para estudiar el proyecto de Ley Orgánica del artículo 127 constitucional:

"Presidente: Basilio Vadillo. "Luis Cabrera. "Secretario: Adolfo Cienfuegos y Camus.

"Suplente: Trinidad Luna Enríquez.

"Comisiones para el estudio y presentación de los proyectos de leyes reglamentarias de los artículos en que se consignan garantías individuales, y 30, 32, 33, 35, 36, 38, 107 y parte final del 111 de la Constitución:

"Primera Comisión

"Presidente: Luis Sánchez Pontón. "Rafael Martínez de Escobar.

"Secretario: Manuel Rueda Magro.

"Suplente: Cecilio Garza González.

"Segunda Comisión:

"Presidente: Aurelio Velásquez. "Ramón Blancarte.

"Secretario: Emilio Araujo.

"Suplente: Hilario Medina.

"Tercera Comisión:

"Presidente: Samuel H. Mariel. "Flavio Pérez Gasga.

"Secretario: Efrén Rebolledo.

"Suplente: Hilario Hermosillo.

"Salón de Comisiones de la Cámara de Diputados.

"México, septiembre 18 de 1917. - J. Aguirre Escobar. - M. Rueda Magro."

Está a discusión la proposición. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba la proposición. Los que estén por la afirmativa, se servirán poner de pie. Aprobada la proposición.

- El mismo C. Secretario: "H. Asamblea:

"En vista de la transcendental importancia que tiene para el país la implantación de reformas en nuestro sistema monetario, que impidan la especulación de que es objeto nuestra moneda, aumenten nuestras reservas y en parte nivelen nuestra situación económica, los subscriptos pedimos a la H. Cámara que, con dispensa de todo trámite, apruebe la siguiente proposición:

"Invítase a las Comisiones de Hacienda para que unidas dediquen su preferente atención a la iniciativa del proyecto de ley relativo, aumentando su personal con los individuos que ellos mismos propongan, a fin de que la discusión tenga la importancia que demanda este asunto."

"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

"México, 19 de septiembre de 1917. - J. R. Padilla. - J. Siurob. - J. M. González. - C. Plank. - G. Padrés. - S. H. Mariel. - J. Morales Hesse. - R. de la Torre. - R. Basáñez. - López Lira. - J. Aguirre Escobar. - Eduardo Hay."

Se consulta a la Asamblea si considera esta proposición de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa, se servirán poner de pie. Sí se considera de obvia resolución.

El C. Presidente: Si desea hacer uso dela palabra el autor de la proposición, puede hacerlo el señor Siurob.

El C. Siurob: Ciudadanos diputados: La proposición presentada hoy no es más que una consecuencia de la exposición que tuve el honor de hacer el día de ayer ante vosotros. Yo estimo, como dije ayer, que este asunto, que esta cuestión, es la más importante, la más trascendental de las que tenemos en cartera. Acabáis de ver cómo se ha publicado en todos los periódicos la noticia de que fracasó el empréstito; acabáis de oír las declaraciones del Presidente de la República, de que debemos atenernos a nuestros propios esfuerzos y además, estáis al tanto del alza considerable de la plata en todos los mercados y que las condiciones que han determinado esta alza, siendo perdurables, en consecuencia autorizan una reforma en nuestro sistema monetario, ya que nuestras monedas actuales no son más que una base especulativa, un elemento de empobrecimiento para nosotros, puesto que, siendo acaparadas en el extranjero, nos están privando de lo que vale tanto, la plata, y también, si aprobamos esta proposición, si no desperdiciamos la oportunidad que se nos presenta, de poder acaparar una reserva considerable en oro en los momentos actuales, en que ésta se hace tan indispensable, y relacionarnos con los demás países de la América latina, tratándose de un asunto tan trascendental, llegaríamos a formar en México algo semejante a lo que hicieron los países latinoamericanos en la Convención Monetaria de 1878, que impidió la desmonetización de aquellos países y que ahora todavía les ha permitido aumentar sus reservas en oro y que les ha permitido sostener en aquellos países un equilibrio económico bastante aceptable, aun en las actuales difíciles circunstancias por las que atraviesan los países de aquel continente. Lo que propongo en este caso señores, no es, desde luego, la reforma, no me siento capaz de proponerla, no creo que ninguno de los señores diputados sea capaz de proponer una reforma de tan trascendental importancia, para romper con las calamidades que nos legaron tantas dictaduras. No basta el pensamiento de un solo hombre, se necesita la experiencia de todo un cuerpo de hombres de buena voluntad, perfectamente documentados; se necesita todo un trabajo analítico y sintético y que hagan un estudio perfectamente adaptado a las circunstancias; lo que yo propongo no es sino que ayudemos a la Secretaría de Hacienda - que tan incapaz se ha mostrado para resolver alguno de nuestros más arduos problemas en estas últimas fechas -, que la ayudemos, como tenemos obligación de hacerlo, puesto que ese es el mandato que nos han confiado nuestros votantes; tenemos obligación de iniciar leyes, y no vamos, como digo, a esperar que todas esas leyes nos vengan del Ejecutivo; muchas de esas leyes que vienen del Ejecutivo, cuando son dadas por un conducto suficientemente revolucionario, vienen estricta y esencialmente con el carácter revolucionario, perfectamente bien intencionado y consciente atraviesan por un filtro reaccionario, nos

llegan aquí con defectos que no es posible que nosotros alcancemos a percibir en la simple lectura primitiva o en la discusión más o menos violenta que, por fuerza, tiene que ser violenta, dada la circunstancia de que tenemos más de cien iniciativas en nuestra cartera, y que no es posible que las vayamos resolviendo sino de una manera paulatina y metódica. Lo que propongo, pues, es que ayudemos a la Secretaría de Hacienda en tan ardua labor; pero que la ayudemos por medio de todas nuestras comisiones de Hacienda, aumentadas con todos aquellos elementos que conozcan suficientemente el ramo, y que formen un gran comité, que se encargue únicamente y especialmente de discutir tan arduo y tan trascendental problema. Yo quiero señores diputados, que pensemos por un momento, que, en caso de resolver satisfactoriamente nuestro cambio de moneda, podemos perfectamente, con el simple hecho del cambio de moneda podemos perfectamente, con el simple hecho de cambio de moneda, impedir, en primer lugar, la especulación de nuestra plata aumentar las reservas en oro de nuestro tesoro y proporcionar a la circulación general de la República, un aumento de cincuenta a setenta y cinco millones de pesos, que indudablemente, contribuirá a aliviar nuestra difícil situación monetaria. Si estos asuntos no son suficientemente importantes, no sé cuáles pueden serlo; si estos asuntos no merecen que dediquemos a ellos nuestra atención preferente, y que los miembros más connotados y más conspicuos de esta Asamblea sean los que vayan a integrar esa Comisión, yo quiero preguntar a ustedes, ciudadanos diputados, ¿qué asunto puede compararse a éste?, ¿qué iniciativa puede tener mayor importancia para el porvenir de la República? No voy a ser largo, señores diputados, porque no es necesario; los hechos se evidencian por sí mismos, las verdades hablan por sí solas en medio de su radiante desnudez; las verdades se imponen siempre a las conciencias; así es que, para no cansar vuestra atención, y para que digamos tratando de otros asuntos que hay en cartera, pido que con dispensa de todo trámite, sea aprobada la proposición que tenemos el honor de presentar a esta H. Asamblea.

El C. Secretario Magallón: Se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites a la proposición.

El C. Ortega José M.: Moción de orden. No hay quórum.

El C. mismo Secretario: Se procede a pasar lista. (Se pasa lista.) Hay asistencia de 134 CC. diputados. Continúa la sesión.

El C. López Lira: Moción de orden. El señor Secretario iniciaba la pregunta de que se dispensan los trámites a la iniciativa que está a debate, pero me permito recordarle que la Cámara había declarado que es obvia resolución; en consecuencia, estamos en plena discusión.

El C. mismo Secretario: Está a discusión la proposición, que dice: (Leyó.)

¿No hay quien desee hacer uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

- El mismo C. Secretario: Está a discusión el artículo 5o. de proyecto de Ley de Ingresos, que dice como sigue:

artículo 5o. del proyecto de Ley de Ingresos, que lo permite la ley, se recauden en títulos de la deuda pública, no figurarán en las cuentas correspondientes a los incisos relativos del artículo 1o. de esta ley, sino que serán considerados en un estado especial de la cuenta general del Tesoro."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? Se procede a la votación nominal del artículo 5o., que dice: (Leyó.)

El C. Prosecretario Muñóz: Por la negativa.

El C. Secretario Magallón: Por la afirmativa.

(Se recoge la votación nominal.)

- El mismo C. Secretario: Aprobado el artículo 5o., por unanimidad de 132 votos.

El C. Prosecretario Muñóz: La Comisión ha presentado las siguientes adiciones a la Ley de Ingresos: "Adición al artículo 1o. - Impuestos que se causan en el Distrito Federal y Territorios."

"Fracción XXIV. A: Impuesto sobre sucesiones y donaciones en el Distrito Federal y Territorios, de conformidad con el decreto de 30 de junio de 1917."

Firmas de la Comisión. Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? (Voces: Que se lea el decreto.) ¿El C. Rocha pide la lectura del decreto?

El C. Rocha: Sí.

- El mismo C. Prosecretario: Se va a dar lectura a los artículos del decreto a que se hace referencia la reforma que se solicita.

"Articulo 1o. Pasa a depender del Gobierno del Distrito la sección de Sucesiones y Donaciones que actualmente depende de la secretaría de Hacienda.

"Artículo 2o. Se modifican las disposiciones de la Ley de 15 de junio de 1908, es el sentido de que todas las atribuciones que por dicha ley competen a la Secretaría de Hacienda o a la Tesorería de la Federación, corresponderán en lo sucesivo a los Gobiernos del Distrito y de los Territorios y a sus Tesorerías respectivamente.

"Articulo 3o. Se hacen extensivas al Distrito Federal y Territorios, las prevenciones contenidas en el decreto de 30 de marzo del presente año, relativo al nombramiento de representantes de la Hacienda Pública Federal, en los juicios sucesorios radicados en los Estados y en los que tenga aquélla un interés directo; en el concepto de que el representante en el Distrito Federal, tendrá además a su cargo todo lo relativo a la liquidación y recaudación del impuesto causado con anterioridad al 30 de abril del corriente año, que corresponde en su totalidad al Fisco Federal."

Está a discusión la adición presentada por la Comisión. ¿No hay quien haga uso de la palabra?

El C. Narro: Suplico muy atentamente al C. Presidente, se sirva invitar a un miembro de la Comisión para que en la tribuna funde la adición.

El C. Presidente: Suplico a algún miembro de la Comisión funde la adición que se propone.

El C. Basáñez: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Basáñez, miembro de la Comisión.

El C. Basáñez: Señores diputados: Se trata del impuesto sobre sucesiones y donaciones que ya ha estado en vigor, y que únicamente en lugar de pertenecer directamente a La Secretaría de Hacienda, pasa a pertenecer al Distrito Federal, como lo explica claramente el artículo 1o. del decreto, que dice: (Leyó.) El artículo 2o. del mismo decreto modifica la disposición de la Ley de 15 de junio de 1908, en el sentido de que todas las atribuciones que por dicha ley competían a la Secretaría de Hacienda y Tesorería General de la Federación, corresponderán al gobierno del Distrito y Territorios y a sus Tesorerías, respectivamente; así también como los juicios sucesorios en los Estados se hacen extensivos al Distrito Federal y Territorios, conforme a las prevenciones contenidas en el decreto relativo al nombramiento de los representantes de Hacienda Pública en el Distrito Federal, claramente lo expresa el decreto. ¿Deseaba otra cosa el C. diputado Narro?

El C. Prosecretario Muñóz: En votación nominal se pregunta si se aprueba la adición presentada.

El C. Secretario Alonzo Romero: Se procede a la votación. Por la afirmativa.

El C. Prosecretario Muñóz: Por la negativa. (Se recoge la votación nominal.)

- El mismo C. Prosecretario: Aprobada la adición por unanimidad de 130 votos de la afirmativa.

El C. Presidente: Como apenas hay el número suficiente de ciudadanos representantes para integrar el quórum, se suplica a los ciudadanos diputados presentes que no abandonen el salón hasta concluir con la votación de las adiciones que se han propuesto.

El C. Prosecretario Muñóz: "Adición al artículo 1o. - Impuestos que se causan en el Distrito Federal y Territorios."

"Fracción XXIV. Derechos del Registro Público de la Propiedad en el Distrito Federal y Territorios, conforme al decreto de 30 de junio de 1917." Firmas de la Comisión. Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra?

El C. Vadillo: Pido la palabra para suplicar atentamente se lea el decreto que se cita.

El C. Prosecretario Muñóz: Fue el que se leyó hace un momento.

"Se reforma el artículo 1o. del Reglamento para la recaudación de los derechos del Registro Público de la propiedad, a decir como sigue:

"Artículo 1o. los directores o encargados del Registro Público de la propiedad y de Comercio en el Distrito y Territorios Federales, no asentarán inscripción alguna ni expedirán certificados, sin que los interesados justifiquen en la forma prevenida por este Reglamento haber hecho el pago de los derechos respectivos conforme a la siguiente tarifa:

"I. Por toda inscripción o registro de títulos de bienes

o derechos cuyo valor no exceda de $5,000.00 por

cada $50.00 o fracción................. $0.09

"II. Por toda inscripción o registro de títulos de bienes o

derechos cuyo valor no exceda de $10,000.00 además

de la cuota señalada en la fracción anterior, por

el exceso de $5,000.00 hasta $10,000.00, por

cada $50.00 o fracción........... ,,0.10

"III. Por toda inscripción o registro de títulos de

bienes o derechos cuyo valor no exceda de

$50,000.00 además de las cuotas señaladas

en las dos fracciones anteriores, por el exceso

de $10,000.00 hasta $50,000.00 por cada $50.00 o fracción................... ,,0.11

"IV. Por toda inscripción o registro de títulos de

bienes o derechos cuyo valor no exceda de

$50,000.00 además de las cuotas señaladas

en las fracciones anteriores, por el excedente,

por cada $50.00 o fracción.................. ,, 0.12

"V. Por cada anotación, rectificación, aclaración

o cancelación, se pagarán las cuotas que

correspondan según las fracciones anteriores

atendiendo al valor de la operación.

"VI. Por la expedición de certificados o

por la certificación literal de partidas

independientemente de lo que corresponda por la busca................ ,, 5.00

"VII. Por la busca para la expedición de certificados

de toda la clase según el tiempo a que se

refiere por cada período de cinco años o fracción............. ,, 2.50

"VIII. Por la busca para la expedición de

certificados de toda clase de bienes o

derechos referentes a operaciones cuyo

valor no exceda de $500.00 así como a la

guarda de instrumentos privados..... ,, 1.00

TRANSITORIO

"Esta ley comenzará a surtir efectos desde el 1o. de julio del año actual y estará sujeto al pago de los derechos referidos, el Registro de Comercio en esta capital y Territorios Federales."

Está a discusión la adición presentada por la Comisión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación nominal se va a preguntar si se aprueba.

El C. Manjarrez: Moción de orden. Suplico a Su Señoría el señor Presidente, que para evitar pérdida de tiempo y, como se ha hecho en ocasiones anteriores, todas las fracciones que no se objeten sean votadas en una sola vez.

El C. Presidente: La Presidencia hace notar a Su Señoría que las fracciones a que se está dando lectura son de distintos artículos, y por esto se votan nominalmente.

El C. Padilla, de la Comisión: Moción de orden. Me permito hacer notar a Su Señoría el señor Presidente, que las adiciones que hemos presentado son reformas o adiciones a algunas fracciones del artículo 1o.; así es que sí pueden votarse en una sola vez.

El C. Prosecretario Muñóz: Habiendo todavía

tres adiciones presentadas a las fracciones del mismo artículo, se pregunta a la Asamblea si se reserva para su votación la fracción que acaba de ser leída. Como no ha habido quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

- El mismo C. Prosecretario: "Señor: Con motivo de la reciente expedición del decreto sobre uso y aprovechamiento de aguas de la Federación, se adiciona la Ley de Ingresos con una nueva fracción, que debe agregarse al capítulo de Productos y Aprovechamiento Diversos, y la cual quedará en esta forma:

"XL. Productos de la renta sobre uso y aprovechamiento de las aguas públicas sujetas al dominio de la Federación."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra?

El C. López Lira: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. López Lira.

El C. López Lira: Yo suplico a Su Señoría el señor Presidente, se sirva invitar a la Comisión para que funde cada una de estas adiciones, de las cuales no tienen conocimiento la Cámara; son adiciones que no se han impreso, que se presentan por primera vez a la consideración de la Asamblea y por lo tanto, creo muy conveniente que la Comisión nos explique los fundamentos que tiene cada una de ellas.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Padilla, de la Comisión: Señores diputados: La Comisión no ha podido menos que secundar al Ejecutivo en sus iniciativas de nuevos impuestos, dada la convicción que tiene de la urgente necesidad de que el mismo Ejecutivo se provea de los fondos necesarios para hacer frente a la situación. Todos sabéis perfectamente que las necesidades pecuniarias de la Administración Pública son día a día más ingentes, y ninguno de nosotros desconoce que estamos obligada a apoyarla en todo aquello que tienda a arbitrarse recursos y que sean compatible con los intereses del pueblo. Se nos ha presentado por la Secretaría de Hacienda una iniciativa del Ministerio de Fomento, estableciendo un impuesto sobre concesiones de aguas de propiedad federal, al que hemos creído eminentemente justo, eminentemente moralizador y que garantizará los intereses nacionales, a la vez que fijara, de una vez por todas, una taxativa a la serie de abusos que estaban cometiendo desde épocas anteriores los acaparadores de esta clase de concesiones. Por datos fehacientes que obran en el ministerio de fomento, se tiene conocimiento de que ha habido una verdadera legión de coyotes concesionarios, que no se ocupaban más que de gestionar concesiones de aguas de propiedad federal para tener derechos sobre ellas y estar constantemente a la expectativa del mejor postor para coyotear con esas concesiones; esto que, como vulgarmente se dice, señores diputados, esta clase de concesiones no hacían otra cosa que el papel del perro del hortelano: "ni come ni deja comer," eran una rémora constante para el desarrollo de la Industria en el país, porque si había algunos dueños de terrenos que en realidad tenían necesidad del agua federal para regar sus terrenos, no podían hacerlo porque ya don X o ya don Z, que eran amigo íntimo de tal o cual científico, tenían en sus manos todas las concesiones y no podían nadie tener derecho a regar. La Secretaría de Fomento ha hecho un estudio de profundo, minucioso, detallado y nos ha propuesto una cuota que es en extremo equitativa: cinco centavos por cada mil metros cúbicos de agua que se aproveche en regadíos; para las compañías concesionarias que tienen plantas de fuerza motriz, la cuota es doble; esto se ve que es absolutamente razonable, señores diputados, porque utilizan los concesionarios, además del agua de propiedad de la Nación, la configuración especial del terreno en el cual están ubicadas las caídas de agua; es un doble privilegio y sabido en las pingües utilidades que da a los dueños de las plantas hidro - eléctricas esta clase de concesiones. Allí tenemos, si no, la Compañía Hidro - eléctrica de Chapala, la de Necaxa y otras que han hecho capitales verdaderamente grandes, amparadas por una concesión que les ha costado más que uno que otro banquete a los altos funcionarios que han influído para que se les concediera. Todo lo hemos regalado, las tierras, los bosques, nuestra agua y la Nación nunca ha obtenido absolutamente nada. Es tiempo ya de que la Nación, levantando en alto sus derechos y haciendo ver que tiene derecho a todas esas propiedades, cobre las gabelas que es de justicia para los que quieran tener un derecho sobre todos los bienes nacionales, lo paguen como es de justicia. (Aplausos.)

El C. López Lira: Pido la palabra para interpelar a la comisión.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. López Lira, para hacer una interpelación a la Comisión.

El C. López Lira: No abarca la fracción que está a discusión la tarifa a que se ha referido Su Señoría el diputado Padilla; hay un decreto sobre el particular, de cómo va a ser cobrado ese impuesto.....

El C. Padilla, interrumpiendo: Hay una tarifa especial a la cual están sujetos los diversos cobros que se harán en esta materia; si Su Señoría el señor diputado López Lira desea que se lea, está el documento a su disposición.

El C. López Lira, continuando: No deseo que se lea; la fracción no hizo referencia a cómo se ha de cobrar ese impuesto.

El C. Padilla: La fracción no puede contener la reglamentación de este artículo, lo que se hace por separado. En el reglamento especial, por ejemplo, tratándose de las aguas de que se ha de disponer los terrenos que forman parte de los ejidos de los pueblos, se dice que están exentos del pago respectivo; y que las colonias agrícolas no empezarán a pagar sino hasta que los colonos entren en posesión de sus pequeños latifundios; en cambio los latifundistas, cualquiera que sea el terreno que posean, pagarán en proporción la cuota equivalente a la cantidad de agua que consuman en sus riegos.

El C. López Lira: ¿Esa tarifa está ya en vigor?

El C. Padilla: No, señor; hasta que se apruebe el decreto.

El C. Prosecretario Muñóz: ¿No hay quien haga uso de la palabra?

El C. Hay: Pido la palabra, en pro.

El C. Ruiz Juan A.: Pido la palabra para suplicar que se lea esa tarifa que no conocemos. (Voces: ¡No la tarifa, sino el decreto!) Sí, que se lea el decreto.

El C. Cabrera: Suplico que se lea el decreto de 6 de julio de 1917.

El C. Prosecretario Muñóz: "Artículo 1o. Desde la fecha del presente decreto y de acuerdo con las disposiciones en él señaladas, queda establecido a la renta federal sobre uso y aprovechamiento de las aguas públicas sujetas al dominio de la Federación.

"Articulo 2o. La renta así definida, será formada por el importe de la contribución que deberán entregar todos los concesionarios de aguas federales desde el momento en que sea firmado el contrato concesión, en los términos y acuerdo con las disposiciones siguientes:

"I. Los concesionarios de aguas para riego de terrenos propios, pagarán anualmente, cualquiera que sea el volumen de que puedan disponer, la cantidad de $0.05 (cinco centavos) por cada millar de metros cúbicos anuales que ampare su concesión.

"II. Los usuarios de agua para riego destinada a terrenos ajenos por medio de compañías o sociedades irrigadoras, de cualquiera clase que estas sean, pagarán anualmente la cantidad de $0.10 (diez centavos) por cada millar de metros cúbicos anuales.

"III. Los concesionarios de presas o vasos de almacenamiento de aguas, establecidas a expensas de corrientes de jurisdicción federal, pagarán anualmente la cuota que arroje la tarifa anterior para el caso de terrenos propios aplicada a la capacidad total del almacenamiento.

"IV. Los usuarios de aguas para la producción de fuerza motriz destinada a la venta, por medio de compañías o sociedades organizadas con ese objeto, pagarán anualmente:

"A. Desde el momento en que sea otorgada la concesión, hasta que las obras sean recibidas de conformidad por la autoridad correspondiente, la cantidad de $0.50 (cincuenta centavos) por caballo teórico de producción en el lugar de la planta, calculado a razón de 75 kilográmetros.

"B. Desde el momento en que las obras sean recibidas por la autoridad correspondiente , la cuota anual será de $1.00 (un peso) por caballo efectivo medido en lugar de la planta generadora.

"V. Los usuarios de aguas para producción de fuerza motriz destinada a servicios industriales de los mismos concesionarios, causarán, de 100 caballos teóricos en adelante, el 50 por ciento de las cuotas anteriores.

"VI. Los usuarios de aguas para usos industriales, causarán las mismas cuotas que quedan señaladas para el agua utilizada en el servicio de irrigación de terrenos, propiedad de los concesionarios.

"VII. Los usuarios de aguas para entarquinamiento de terrenos, pagarán anualmente un 50 por ciento de las tarifas fijadas para el servicio de irrigación de terrenos de propiedad de los concesionarios.

"VIII. Los contratos de desecación y todas aquellas obras especiales que sean autorizadas para el mejoramiento, regularización o aprovechamiento de las aguas federales en sus que no quedan comprendidos en la enumeración anterior, causarán cuotas especiales definidas en cada caso por el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Fomento.

"IX. Quedan exceptuadas de todo impuesto las aguas federales destinadas a los siguientes servicios:

"1o. Usos manuales de las mismas aguas.

"2o. Usos públicos y privados para servicio de los habitantes de las poblaciones o para las obras públicas de los municipios.

3o. Aguas federales destinadas al riego de las tierras de los pueblos y de las colonias agrícolas, ya sean éstas establecidas por el Gobierno Federal, los gobiernos locales o por particulares o compañías que realicen este objeto.

"4o. Aguas federales destinadas al riego de viveros forestales o al servicio de plantación de árboles que conduzcan a la repoblación de nuestros bosques y, finalmente,

"5o. Aguas federales destinadas a la producción de fuerza motriz para consumo industrial de los mismos concesionarios y para capacidad teórica de producción de hasta 100 caballos de 75 kilográmetros.

"El Artículo 3o. las cuotas que resulten a los concesionarios por la aplicación de las disposiciones anteriores, deberán ser fijadas por la Secretaría de Fomento, de acuerdo con las disposiciones del artículo 2o. transitorio de esta misma ley y deberán ser entregadas por sus causantes, por semestres adelantados en las oficinas de la Tesorería General de la Federación, de enero y julio de cada año, otorgando la misma oficina una constancia de haberse hecho el pago, constancia que amparará al concesionario del derecho a las aguas a que se contrae su contrato durante el período por el cual haya sido extendido. La falta de pago de una sola de estas exhibiciones, salvo caso de fuerza mayor debidamente comprobado y aceptado por la autoridad correspondiente, será motivo para declarar la caducidad de este derecho con todos los efectos consiguientes, sin perjuicio de que se exijan al causante las responsabilidades fiscales en que hubiere incurrido, de acuerdo con las leyes relativas."

El C. Manrique: ¿Qué fecha tiene?

- El mismo C. Prosecretario: México, a seis de julio de 1917."

El C. Ruiz Juan A.: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Ruiz Juan A.

El C. Ruiz Juan A.: Para suplicar que se lean nuevamente las adiciones que propone la Comisión.

El mismo C. Prosecretario la leyó.

El C. Ruiz Juan A.: Entonces pido la palabra para suplicar a la Comisión que le agregue: "Según el decreto de 6 de julio," porque en la adición no se indica absolutamente nada.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Padilla, de la Comisión: Como lo desea Su Señoría, el diputado Ruiz, la Comisión no

tiene ningún inconveniente y, al contrario, agradece su indicación en agregar esa fecha al citado decreto.

El C. Prosecretario Muñóz: Con la adición presentada por la Comisión, queda de la siguiente manera:

"XL. - Productos de la renta sobre uso y aprovechamiento de las aguas públicas sujetas al dominio de la Federación, según decreto de 6 de julio de 1917 y demás disposiciones relativas."

Está a discusión.

El C. Hay: Pido la palabra en pro.

El C. Presidente: Tiene la palabra en pro el C. diputado Hay. (Voces: ¡Si no hay contra!) Como según el reglamento, cuando no hay oradores en contra pueden hablar en pro hasta dos diputados, y como el C. Hay ha pedido la palabra en pro, conforme al reglamento concedo la palabra al C. Hay.

El C. Hay: En vista de que ningún diputado ha pedido la palabra en contra, quiere decir que, naturalmente están de acuerdo con el proyecto de ley; por lo tanto saldría sobrando cualquier argumento que yo pudiera presentar a vuestra consideración. En tal virtud, me eximo de hablar en pro, en vista de que todos están de acuerdo en este sentido. (Voces: ¡Muy bien! Aplausos.)

El C. Prosecretario Muñóz: Se reserva para su votación.

- El mismo C. Prosecretario: "Impuestos interiores que se causan en toda la Federación.

"Señor: La Comisión, teniendo en cuenta el decreto 21 de junio próximo pasado, en el que se crea un nuevo impuesto sobre ventas de primera mano de cerillos, somete a la consideración de la Asamblea, se adicione el capítulo con la fracción siguiente:

"Fracción XXVI. Impuesto especial del timbre sobre ventas de primera mano de cerillos, a razón de un 20 por 100 sobre el precio de venta, que será pagado por el fabricante, conforme al decreto de 21 de junio de 1917.

Firmas de la Comisión.

Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra? Se procede a la votación nominal de las fracciones XXIV, XL y XXVI.

El C. Secretario Alonzo Romero: Por la afirmativa.

El C. Prosecretario Muñóz: Por la negativa. (Se recogió la votación.)

- El mismo C. Prosecretario: Votaron por la negativa los CC. diputados Alejandro y Urueta.

El C. Secretario Alonzo Romero: Han sido aprobadas las fracciones XXIV, XL y XXVI, por 130 votos de la afirmativa, contra 2 de la negativa.

El C. Prosecretario Muñóz: La Comisión acaba de presentar nuevas adiciones al artículo 1o. "De conformidad con el artículo 122 del reglamento, proponemos la siguiente adición a la Ley de Ingresos:

"Impuesto del Timbre sobre luz eléctrica, a razón del 5 por 100 sobre el importe del consumo efectivo pagado, en la inteligencia de que este impuesto será cubierto por los abastecedores."

"Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

"México 19 de septiembre de 1917. - Luis Cabrera. - R. Basáñez. - J. R. Padilla. - Espinosa."

Está a discusión.

El C. Presidente: Suplico a los CC. diputados se den cuenta de la adición a que en estos momentos se ha dado lectura, relativa al impuesto del Timbre sobre la luz eléctrica.

El C. Aguirre Colorado: Pido la palabra en contra.

El C. Vadillo: Pido la palabra para una interpelación.

El C. Padilla, de la Comisión: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Vadillo para una interpelación.

El C. Padrés: Moción de orden.

El C. Vadillo: Deseo que la Comisión se sirva informar a la asamblea.... (Campanilla).

El C. Presidente: Suplico a Su Señoría el diputado Vadillo, me perdone porque piden la palabra para una moción de orden.

El C. Padrés: Para suplicar a la Comisión retire la proposición presentada, para que la adicionen en el sentido de que se fije únicamente el impuesto a las compañías abastecedoras, sin el privilegio de poder aumentar las cuotas que actualmente rigen, para que no sea ese impuesto pagado por el consumidor. (Aplausos.)

El C. Presidente: Me permito manifestar al C. Padrés que esa no es una moción de orden. Tiene la palabra el C. Vadillo, para su interpelación.

El C. Vadillo: Suplico a la Comisión atentamente se sirva informar a la Asamblea de una manera detallada, acerca de la diferencia que existe entre esta adición que acaba de prohijar la misma Comisión y el artículo relativo de la Ley de Ingresos que ya fue desechado en sesión anterior, relativo a la luz.

El C. Siurob: Pido la palabra en contra.

El C. Presidente: A nombre de la Comisión hablará el diputado Basáñez.

El C. Basáñez: Señores diputados: Contestando la observación o, mejor dicho, la interpelación que a la Comisión hace el compañero Vadillo, he de manifestar a ustedes que lo que se proponía anteriormente era al mismo impuesto, en la inteligencia de que ese impuesto lo pagaría el consumidor. En la actualidad, según habrán oído, por la lectura del proyecto que se presenta a la consideración de ustedes, este impuesto lo pagarán las compañías. He oído varias versiones entre los compañeros, varias objeciones, diciéndose que de todos modos, el impuesto recaerá sobre el consumidor, lo que es un error. (Voces: ¡Es cierto!) Las tarifas de las compañías de luz las aprobó el Congreso; como aquí claramente se expresa que el impuesto lo pagará el abastecedor, si el Congreso no autoriza a las compañías a que aumenten las tarifas, no podrán hacerlo, no podrán aumentarlas; sí, vemos que nuestras tarifas de luz son onerosas; sí, efectivamente, lo son; pero fueron aprobadas esas tarifas por el Congreso, por Congresos anteriores; en la actualidad, únicamente se

han puesto en vigor las tarifas que fueron aprobadas en años pasados; en la época preconstitucional se rebajaron las tarifas y ahora se han puesto en vigor otra vez; así es que yo creo que debe desaparecer por completo la creencia de que este impuesto recaerá directamente sobre el consumidor, pues si nosotros no autorizamos a las compañías a que aumenten, no podrán aumentar, porque las tarifas en vigor están aprobadas por el Congreso.

El C. Manrique: Pido la palabra para una interpelación a la Comisión.

El C. Presidente: Antes que concluya el C. Basáñez, Presidente de la Comisión, le ruego se sirva obsequiar los deseos del C. diputado Vadillo, contestando su interpelación, porque Su Señoría ha hablado en pro de la adición, pero no ha contestado la interpelación del C. Vadillo.

El C. Basáñez: Al principiar mi peroración me dirigí al diputado Vadillo diciéndole que la diferencia que existía entre el impuesto que se propone en esta adición y el que figuraba en el proyecto de la Ley de Ingresos, era que aquél debía pagarlo el consumidor y éste la compañía.

El C. Manrique: Pido la palabra para interpelar a la Comisión.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Manrique para hacer una interpelación a la Comisión.

El C. Manrique: Quiero que la Comisión se sirva explicarnos si este impuesto que hoy se crea, un impuesto del Timbre del cinco por ciento, no sería contradictorio a las concesiones que ya desgraciadamente existen. Las compañías estas compañías explotadoras de luz y fuerza motriz, según nos ha explicado el señor diputado Cabrera, hicieron con el Gobierno contratos verdaderamente leoninos y se les eximió de pagar el impuesto por espacio de algunos años, por espacio de largos años; al establecer este impuesto, ¿contrariamos el contrato? Seguramente que todos estamos de acuerdo en que las compañías den algo de sus rendimientos al Fisco, pero no podemos establecer este impuesto mientras no se revisen y anulen los contratos respectivos. Sírvase explicar la Comisión si existe o no contradicción entre los contratos hechos por las compañías del Gobierno y el impuesto que ahora se propone.

El C. Basáñez: La Comisión no ha tenido a la vista los contratos celebrados entre el Gobierno y las compañías, pero tiene conocimiento de que las tarifas fueron aprobadas por el Congreso, y como pudo haber puesto menos cuotas, como debía ser, pudo haber puesto más, y sobre estas cuotas es sobre las que la Comisión pretende gravar a las compañías, sobre lo recaudado, sobre lo cobrado.

El C. Padrés: Pido la palabra para una interpelación a la Comisión.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Padrés: Desearía que el señor Basáñez, miembro de la Comisión, me dijera en qué fecha fueron aprobadas por el Congreso las tarifas de que se trata, que rigen actualmente, y qué Congreso fue ése.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión para contestar.

El C. Basáñez: Estos datos que acabo de expresar me fueron ministrados por la Secretaría respectiva, (Voces: ¿Cuál?) la Secretaría de Fomento, y no se me dijo en qué fecha fue dado ese decreto, pero sí se me expresó que fue dada esa tarifa por el Congreso de la Unión, porque yo precisamente trataba el asunto de que si la misma Secretaría no aumentaría este impuesto al consumidor, y se me dijo que no, que las tarifas que están en vigor fueron dadas por el Congreso de la Unión, pero no se me expresó la fecha; así es que eso es lo que puedo manifestar Su Señoría el diputado Padrés.

El C. López Lira: Pido la palabra para hacer una interpelación.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. López Lira para hacer una interpelación.

El C. López Lira: Es la misma interpelación que ya se ha hecho. Yo deseo que el señor Presidente de la Comisión conteste la interpelación del C. diputado Manrique. ¿Puede gravarse con el impuesto del Timbre a las compañías cuando éstas al hacer su contrato pudieron quedar exentas de esta clase de impuestos?...

El C. Medina Hilario, interrumpiendo: Sí se puede.

El C. López Lira, continuando: En otros términos, ¿están impuestas del impuesto del Timbre?

- El C. Medina Hilario. ¡No!

El C. Basáñez, de la Comisión: La Comisión informa a Su Señoría el diputado López Lira, que en su concepto sí se puede gravar a las compañías.

El C. Presidente: tiene la palabra en contra el C. Siurob.

El C. Siurob: Ciudadanos diputados: No parece sino que esta H. Comisión de Hacienda se ha propuesto hacernos objeto de su sátira fina... (Voces: ¡Ah! Murmullos.) O más bien dicho, no parece sino que está considerando a la Cámara como a un grupo de chiquillos a quienes se engaña con facilidad. Esta proposición se refiere a una contribución en peores condiciones que la que desechamos hace muy poco tiempo aquí en esta Asamblea, y digo en peores condiciones, por las razones siguientes: porque se aplica a todos los individuos que tengan menos de tres focos y aquella siquiera tenía la ventaja de eximir a los hogares más humildes, a aquellos que sólo pueden tener tres focos y ésta es más onerosa porque es un tanto por ciento que se aplica sobre la cuota y no es como aquella, una contribución por cada foco. Esta contribución no es, digo, sino igual a aquella y en peores condiciones todavía, con esta particularidad: que irá a caer seguramente sobre los consumidores. Sabido es perfectamente de todo el público, que las compañías nunca pagan los impuestos, aun cuando se diga que lo paga el abastecedor; siempre los que vienen a pagar los impuestos en definitivas, son los consumidores. Aquí se me dice que el Ministerio tiene suficiente poder para pedir que la compañía modifique sus tarifas; pero pregunto, ¿los intereses del público van a estar en manos de un Ministerio? ¿un Ministerio va a poder cambiar en un momento dado a su solo antojo las tarifas? Más conforme habría estado conque el impuesto que se propuso anteriormente, siempre que la Comisión hubiera tenido el buen tino de eximir de aquellas contribución

a todo individuo que tuviera menos de quince focos, aunque lo mejor de todo hubiera sido quitar esa carga, quitar esa gabela a los hogares humildes y a los hogares de la clase media, que es precisamente a la que tenemos obligación de favorecer y ayudar por medio de las leyes que aquí dictemos. La compañía ha sido tan descarada en este sentido, -y son testigos de mi aserto todos los diputados que pagan servicio de luz y todo el público - que tiene la desfachatez de poner en sus recibos, aparte de la cuota por luz, la siguiente nota: "Por contribución federal.... tanto."

Ahí tienen ustedes cómo la contribución federal, la compañía siempre encuentra el medio de hacerla pasar directamente sobre el consumidor, y si la Secretaría a que se refiere el C. Basáñez no tuvo siquiera el buen tino de obligar a las compañías a que mantuvieran sus tarifas mientras la ley se aprobaba por el Congreso, que era una conveniencia precisamente para que la ley se aprobara, mucho menos vamos a suponer que tenga la energía suficiente para imponer las mismas condiciones a los abastecedores. Esta proposición es muy digna de que la firme nuestra Comisión de Hacienda y de que la firme todavía más "in capite" el señor licenciado Cabrera; es una mistificación, no es un sofisma, porque los sofismas exigen siquiera algún esfuerzo intelectual para poder llevarse a la práctica; esto pasa de sofisma y llega a una burleta en que se considera a la Cámara de Diputados como un grupo de niños bobos que fácilmente se van a dejar sugestionar por la primera proposición hecha en una forma más o menos legal. En ningún Ministerio podemos tener la confianza de que mantendrá las tarifas, porque las compañías pueden poner distintas objeciones y hasta cierto punto obligar al Ministerio para que aquellas tarifas se hagan a su gusto; puede decir que es un caso de fuerza mayor, que ha escaseado mucho la plata, que les cuestan más los materiales y alegar una multitud de cosas, mientras que aquí al Congreso no nos vienen a alegar nada, porque entre nosotros hay grupos de ciudadanos que conocen perfectamente bien las circunstancias por las que atraviesa el país. Yo pido que se deseche esta adición absolutamente más onerosa todavía que el mismo impuesto que acabamos de desechar en una sesión pasada, y si la Comisión quiere que se acepte algún impuesto sobre la luz, que lo presente en una forma más adaptada a nuestro criterio, que esencialmente tiende a favorecer a los hogares de la clase media, a los hogares de la clase menesterosa. Nosotros queremos que el hogar de la clase media, el que tenemos la obligación de fomentar, pueda tener cierto número de focos con cierta comodidad; nosotros queremos que el hogar de la clase humilde, el que muchas veces no tiene otras comodidades, tenga siquiera la luz indispensable, cuando menos tres, cuatro o cinco focos con que alumbrarse en el seno de su hogar, para las necesidades de su vida. Por todas estas circunstancias yo agradeceré mucho a los CC. diputados que, para ser consecuentes consigo mismos, y para demostrar a la H. Comisión que no se nos debe hacer perder el tiempo con esos medios tan raquíticos para llenar las arcas del Erario, rechacemos de plano la proposición que nos acaba de presentar.

El C. Padilla, de la Comisión: Pido la palabra, señor Presidente, para una aclaración.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Padilla.

El C. Padilla: Señores diputados: Voy a probarle al compañero Siurob que la Comisión nunca ha pretendido sorprender a esta H. Cámara y que abunda en los mismos sentimientos que Su Señoría ha manifestado aquí. Suplico a la H. Asamblea, si los miembros de la Comisión, mis colegas, están conformes, que nos permita retirar la adición para agregarle: "el concepto de que las compañías abastecedoras no podrán aumentar sus tarifas, sino que se atendrán a las que estaban vigentes el día 1o. de julio del presente año." Entiendo que con esa taxativa que dimana del Congreso de la Unión, las compañías tendrán forzosamente que respetar la voluntad nacional y no explotarán a los consumidores; y que tanto los que consumen poca energía, como los que gastan mucha, no estarán sujetos al gravamen, porque de una manera clara, terminante y categórica la Representación Nacional manifiesta que se grava con el impuesto a las compañías abastecedoras y no a los consumidores. Si la H. Asamblea está de acuerdo y mis compañeros de Comisión están anuentes, suplico que se nos permita retirar nuestra proposición y presentarla con la modificación indicada.

El C. Secretario Magallón: En votación económica se consulta a la Asamblea si se permite a la Comisión retirar su proposición, para presentarla modificada. Los que estén por la afirmativa, se servirán poner de pie. Se concede permiso.

- El mismo C. Secretario: La proposición ha sido modificada en los siguientes términos: "Impuesto del Timbre sobre luz eléctrica, a razón de 5 por ciento sobre el importe del consumo efectivo, pagado, en la inteligencia de que este impuesto será cubierto por los abastecedores y en el concepto de que las compañías abastecedoras no podrán aumentar sus tarifas, sino que continuarán vigentes las aprobadas hasta la fecha."

Está a discusión.

El C. Mariel: Que pase a la Comisión de Estilo!

El C. Presidente: Tiene la palabra, en contra, el C. Aguirre Colorado.

El C. Aguirre Colorado: Señores diputados: Al hacer uso de la palabra el diputado Siurob en la proposición adicional a la Ley de Impuestos, hizo hincapié sobre todo en las tarifas que las compañías tenían establecidas y que éstas eran susceptibles de variarse. Con este motivo, la Comisión retiró su dictamen, o mejor dicho, retiró su proposición para presentárnosla en la forma en que se encuentra redactada, agregándole únicamente una taxativa a la compañía de luz, quiero suponer, no pueda solventar todas sus necesidades ingentes y diga: "Conforme a la taxativa que me has puesto -le diga al Gobierno-, yo no puedo sostener al alumbrado eléctrico de la ciudad o el alumbrado eléctrico particular, porque lo que consumen no me da absolutamente mi presupuesto. Yo, por consiguiente, como no puedo variar mis tarifas,

no podré dar alumbrado particular y se quedarán en este caso todos los particulares sin alumbrado." Perfectamente bien. Medidas radicales deben tomarse en una Revolución como la que hemos llevado a efecto; pero una vez que la Revolución ha triunfado y ha llegado a ponerse en el periodo de reconstrucción, no debe absolutamente menoscabar los interéses del capital. Efectivamente, que ante todo, están los intereses del pueblo, y debemos velar por los intereses populares; pero también, señores, si ponemos una mordaza desde esta Cámara con esta taxativa al capital, también ese capital tiene que chocar ineludiblemente con el pueblo. Esa es la consecuencia inevitable. Ahora bien, Hace pocos días fue rechazado este impuesto de luz, y, como dijera el señor licenciado Cabrera, es la misma jeringa con diferente bitoque lo que nos trae ahora la Comisión, que quiere que la Representación Nacional apruebe este impuesto de luz que hace muy pocos días fue rechazado por esta Asamblea, porque a pesar de todas las taxativas que puedan poner en la redacción del artículo, ese impuesto recaerá siempre sobre el consumidor y no sobre el abastecedor; siempre, siempre será sobre el consumidor y no sobre el abastecedor.

El C. Padilla: ¡Pruebas!

El C. Aguirre Colorado: Pruebas las hay muchas, señor Padilla. Usted sabe demasiado que las compañías pueden hacer en sus aparatos medidores todas las combinaciones que les dé la gana...(Voces: ¡No! ¡No!) y usted, como miembro de la Comisión, ni habría de poner inspectores exclusivos ni tampoco al Gobierno. (El C. Padilla: Para eso ya hay aparatos revisores.) De todas maneras, yo podría garantizar a ustedes que este impuesto no va a recaer sobre las compañías, sino que va a recaer sobre el consumidor; eso es en síntesis lo que resulta. Efectivamente, compañeros, eso tiene que ser, aparentemente no será, pero sí la Representación Nacional está en absoluta libertad de aprobar o desaprobar la forma en que han redactado este proyecto de adición al Presupuesto de Ingresos; pero en mi concepto debe pesar bastante su contenido para dar su voto negativo, advirtiendo que hace pocos días en diferente forma fue rechazado por la Representación Nacional este mismo artículo.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Cabrera para una aclaración.

El C. Cabrera: Señores diputados: Como firmante de esta adición que fue aceptada por la Comisión, me he permitido pedir la palabra y en ese sentido lo hago para explicar cuáles son los fundamentos de esta moción, cuál es la situación actual, cuál es el que se había pedido antes, qué hizo el Congreso al rechazar éste y cuál es el que nosotros proponemos en la actualidad.

Este asunto ha sido ya sometido a la consideración de la Cámara, pero debido a una práctica parlamentaria de dejar pendiente un asunto después de discutido, resultó que habiendo sido discutido en un sentido, se pasaron varios días hasta que llegó la votación, y entonces la Cámara votó algo que en mi concepto, fue un error, pero que, como quiera que sea, para nosotros tiene que ser la verdad legal. En la actualidad, por virtud de una ley expedida en uso de las facultades extraordinarias del Ejecutivo, está cobrando y está ingresando y se está pagando efectivamente, por concepto de consumo de luz, el diez por ciento del consumo de luz y por concepto de consumo de fuerza se está cobrando el tres por ciento. Todos vosotros que consumís directamente luz eléctrica, sabéis que tenéis que pagar el importe de la factura, ocho, nueve o diez pesos, lo que sea, más diez por ciento del importe de la luz, y que cuando se trata del consumo de fuerza eléctrica, pagan todos los establecimientos industriales, bombas, etc., etc., de unos tres cuartos de caballos de fuerza, lo que sea, están pagando tres por ciento; de acuerdo con esto, que en la actualidad se está cobrando, la Comisión había propuesto una fracción a la Ley de Ingresos en la cual decía: "Impuestos del Timbre sobre el consumo de luz y fuerza, conforme a la ley del tantos de junio," es decir, tres por ciento para la fuerza y diez por ciento para la luz. En la actualidad este consumo de fuerza y de luz lo paga el consumidor directamente, porque así lo dice la ley.

A primera vista, para todos los que nos vienen con esta tendencia, esa racha de reformas sin pensarlas bien, dicen: "¡Ah! no, el consumidor no debe pagar este impuesto, es una barbaridad; las compañías deben pagarlo, porque estas compañías son unas ladronas, etc., etc.," Naturalmente esto impresiona. El ejecutivo había expedido primero un decreto poniendo el impuesto a cargo de las compañías, pero vio que, como dijo el diputado Aguirre Colorado, siempre sucede esto: que todo productor que tiene que pagar el impuesto, necesariamente echa la carga sobre el consumidor, y la incidencia del impuesto va siempre sobre el consumidor. Entonces resulta que cuando realmente se quiere hacer algo en favor del consumidor, lo mejor que puede hacerse es poner directamente el impuesto al consumidor, porque así el productor no tiene el pretexto del aumento de contribuciones y no puede por el pretexto del aumento de contribuciones aumentar el precio de lo que suministra.

Esa fue la historia de por qué se puso el impuesto de tres y diez por ciento sobre fuerza y luz a cargo del consumidor. En la actualidad ya está pagando el consumidor, en la actualidad las compañías de abastecimiento de fuerza eléctrica no han pensado para nada subir sus precios, porque ellas no están pagando el impuesto, sino que lo paga el consumidor y el consumidor ha encontrado que no es exagerado pagar un diez por ciento y no es exagerado en el consumo de fuerza un tres por ciento. Esta es la situación como se encuentra en la actualidad. Esta proposición se sometió a la Cámara y yo no sé, pero algún diputado dijo que tenía cuatro focos y nada más gastaba tres o alguna cosa así, y la Cámara votó desechando este capítulo de ingresos que es de consideración. Entonces las Comisiones consideraron que éste se había desechado definitivamente; pero algunos diputados, el señor Cepeda Medrano, el que habla y algunos otros, consideraron que en realidad lo que la Cámara había rechazado era la modalidad cómo se encontraba establecido en la ley, y nosotros nos permitimos presentar una adición que consta de dos partes, a la que ya se

ha dado lectura y que se refiere al impuesto sobre la luz eléctrica y la que falta por leerse , que es el impuesto sobre la energía de consumo industrial. Cuando se trata del consumo de luz eléctrica, inmediatamente viene aquello de que nos habla el diputado Vadillo acerca del estudiante que con su lámpara de petróleo trabaja por la ciencia, y por querer hacer algo en favor de la clase media vamos a trabajar en favor de los industriales, de los establecimientos mercantiles y de los consumidores de fuerza eléctrica, que son nada menos que los que alumbran a giorno sus establecimientos, como se dice ahora, y que consumen una gran cantidad de fuerza, y la mayor parte de las personas que tienen una posición social elevada y que tienen sus palacios en la Colonia Roma o en la Colonia Juárez y que tienen un gran número de focos. En realidad, nosotros los pobres (risas) no consumimos más que una pequeña cantidad de luz de ocho o diez focos sobre los cuales pagamos el diez por ciento. Pues bien, como había sido desechado en impuesto sobre la luz pagándolo al consumidor, entonces la Comisión propone que en vez del diez por ciento sobre la luz que pagaba el consumidor, solamente pague el cinco por ciento y que lo paguen las compañías productoras. Esto tiene ciertos inconvenientes. Desde luego no hay ninguna compañía abastecedora de fuerza eléctrica y de abastecimiento a precio fijo de menos de tres focos; por lo consiguiente, están protegidos todos los demás.

No hay ninguna compañía abastecedora de fuerza eléctrica, en la actualidad, que no tenga en su concesión, por decreto del Congreso Federal, esa exención de contribuciones. Aun cuando este punto sería una cuestión de acomodamiento por las compañías para que no objetaran el impuesto, y creo que llegaría a un buen resultado a este respecto, sin embargo, hay este defecto legal y ahora que ya estamos en el régimen constitucional, ahora sí hay muchos amparos para defenderse de todo lo que es pagar contribuciones; pero en realidad, como la nueva Constitución determina que es indebida toda exención de impuestos, en realidad no se encuentra en escrúpulo de consideración al proponer un impuesto de esta naturaleza.

Ahora voy a explicar otro punto. Se dice: "Que lo pague la compañía que abastece." Estamos conformes, que lo pague la compañía que abastece; pero si la compañía que abastece lo paga, vosotros sabéis que siempre todo productor, por cada peso que pague de contribución, recarga cuatro o cinco pesos al consumidor, porque aduce al pretexto de las nuevas contribuciones, y esto siempre le sirve para recargar más al consumidor. Por lo consiguiente, es una ley de economía en favor del consumidor decir francamente: "Que lo pague el consumidor," para que así el productor no tenga el pretexto de elevar al doble o triple lo que tiene que cobrar. De manera que es racional y en favor del consumidor, que él sea quien lo pague, para que la compañía productora no tenga ese pretexto. Pues bien, las compañías productoras de fuerza eléctrica tienen, en su generalidad, hablo, por ejemplo, de Juanacatlán, de Guanajuato, de Pachuca, de Necaxa, tienen en sus concesiones un límite del valor de "hectowatts" o de "kilowatts," según estén redactadas las concesiones, para que fuera de eso no pueden cobrar mayor cantidad de la fijada en la aprobada en la concesión todas las compañías de abastecimiento de fuerza eléctrica, puedo decir - no sé si puedo decir todas, pero casi todas y, sobre todo, las que producen gran cantidad de fuerza eléctrica -, están cobrando el máximum, que son tres centavos por "hectowatt," o treinta centavos por "kilowatt." cualquiera de vosotros puede ver, si tiene la curiosidad de ver su recibo de luz eléctrica, verá que le están cobrando los tres centavos, que es el máximum que, conforme a la concesión, se concedió, por ejemplo, a la Compañía de luz y Fuerza de Necaxa. Por consiguiente, las compañías tienen un contrato con el Gobierno, conforme al cual no pueden, sin consentimiento del Gobierno y sin un acuerdo con la Secretaría respectiva, subir la tarifa del valor de luz; pero tienen un mínimo y un máximo y ya han llegado al máximo. De manera que, de hecho, yo no podrán subir el valor. Mi opinión personal es que, el impuesto lo debe pagar el consumidor, para que no haya pretexto; pero como la Cámara rechazó la proposición, y como una de las razones que se adujeron era que se ponía con cargo al consumidor y no al productor, esta nueva iniciativa se hizo, en vez del diez por ciento, el cinco por ciento, francamente a cargo de la compañía. En mi opinión es más acertado el impuesto tal como en la actualidad se está cobrando, produce más, porque produce el diez por ciento, lo está pagando el consumidor sin objeción ninguna y las compañías no tienen ningún pretexto para rendir que se discutan sus tarifas; en el momento en que aprobemos una ley poniendo a cargo de las compañías el impuesto, las compañías inmediatamente, como decía en otra ocasión, harán cierta presión sobre el Gobierno, diciéndole: "No podemos vivir - como decía el ciudadano Aguirre Colorado -, nosotros tenemos que pagar tanto de salarios, tanto para la conservación de las líneas de transmisión, etc., etc., tanto para reparación de material, para el ramo de maquinaria, etc., no podemos vivir," y entonces es indudable que vendrían pidiendo al Gobierno Federal que se revisasen las tarifas y que les permitiera aumentar un centavo por "hectowatt," supongamos cuatro centavos; pues un centavo por "hectowatt" es una cuarta parte de lo que ahora pagan. Ahora pagan tres centavos, si se pagaran, estaríamos autorizando un veinticinco por ciento.... (Voces: ¡Treinta y tres!) Treinta y tres por ciento, cuando en realidad ya lo está pagando el consumidor y él sabe que es nada más el diez por ciento el que está pagando. Yo, señores diputados, respeto las resoluciones de la Asamblea y no quiero que, en este caso, demos el ejemplo, como ya sucedió, de que tengamos que volver a revisar una cosa sobre lo cual ya se había pasado; pero de hecho no hay nada mejor que el sistema que se está siguiendo en la actualidad por la Comisión. Como ya lo rechazó la Cámara, es necesario someter alguna modificación, y esa modificación consiste, como ya lo he dicho, en esto: en vez de pagar diez por ciento, se pagará el cinco, y en vez de que lo

pague el consumidor, lo pagará el productor. Aparentemente, esto es más favorable para el consumidor de luz eléctrica ; pues no, señores, esto es más perjudicial a los consumidores de luz eléctrica, porque, al fin y al cabo, si se van a exceptuar el alumbrado eléctrico público, los establecimientos públicos industriales, etc., porque no son ellos los que van a pagar, son las compañías las que van a pagar; pero advierto que en el sistema otro sí están exceptuados del pago, el alumbrado público municipal, el de carácter del Estado o general, establecimientos públicos, edificios públicos, establecimientos de beneficencia, de instrucción primera, y no están protegidas todas las demás conforme a este precepto, pues dejarnos a cargo de la compañía el cinco por ciento.

Ahora bien, la Comisión siguiendo, según me informa ella misma, la orientación de la discusión, consideró conveniente agregar que se prohibe a las compañías subir la tarifa. Esto ya está prohibido por sus contratos, pues toda compañía de abastecimiento de fuerza eléctrica, tiene contratos conforme a los cuales debe sujetarse y no puede variarlos sin el acuerdo de la Secretaría de Comunicaciones o de la Secretaría correspondiente. Ahora, si lo que queremos decir es que no puedan subir el precio de la tarifa de su luz, decimos una cosa que ya está dicha en las leyes: no pueden subirse. Si lo que queremos decir es que no pueden pedir las compañías al Gobierno que las autorice a subir el precio, estamos diciendo una cosa que no sabemos si se podrá cumplir, porque, supongamos que una compañía, digamos hidroeléctrica de Tulancingo o cualquier otra así, viene y nos dice: "No puedo trabajar en estas condiciones; aquí está mi maquinaria y mi planta para que la trabaje el Gobierno," no podría, en ese caso, el Gobierno rehusarse a admitir o a trabajar, y él dar luz o la fuerza, tal vez más cara; pero de hecho, no podemos en una ley decir: "Está prohibido reformar esta ley." Tenemos que ponernos en las condiciones económicas naturales; por consiguiente, mi opinión es que dejemos el precepto como estaba, es decir, cinco por ciento del consumo efectivo pagado por los abastecedores, y veremos a ver qué resultado da; esperemos, porque tampoco podemos estar cambiando diariamente. En la actualidad, los consumidores están pagando absolutamente sin dificultades. Ahora esta iniciativa no se puede entender si no es en relación con la de la fuerza eléctrica; en tratándose de fuerza eléctrica sí no podemos decir que el consumidor es algún consumidor de pequeña escala, que debe estar privilegiado, etc. El valor del impuesto, tratándose de energía eléctrica, es de tres por ciento. Los motores de medio caballo y de tres cuartos de caballo valen seis y nueve pesos, para el movimiento de una bomba, etc.; motores de mayor potencia, ya entran dentro de la clasificación de establecimientos industriales. ¿Quien no paga por mover la bomba de su casa los nueve pesos y los treinta y siete centavos del impuesto? Los que pueden pagar esto, pueden pagar perfectamente el tres por ciento, tan insignificante que se pone; no así los establecimientos industriales, que tienen un gran consumo de fuerza. Por eso en la iniciativa para fuerza y calefacción, se pone el impuesto a cargo del consumidor, mientras que en la luz eléctrica se pone a cargo de la compañía.

He querido hacer estas explicaciones para que se vea que muchas veces por consideraciones nobles, es verdad, pero poco pensadas, pensando defender al pequeño consumidor, por ejemplo, de energía eléctrica, en realidad hemos venido a hacer algo en favor del productor de energía eléctrica. Si no se aprobara esta adición, los abastecedores de fuerza eléctrica en estos momentos quedarían en libertad y también el consumidor de fuerza eléctrica quedaría libre, es decir, una fuente de riqueza perfectamente noble y nueva y que ya la experiencia nos ha enseñado que no sufre nada, vamos a despreciarla y vamos a dejar sin cobrarla. Por consiguiente, yo reclamo la atención de los CC. diputados, a fín de que se sirvan dar su voto aprobatorio a esta adición, sin poner limitaciones que tal vez no podamos llevar a cabo; pero de cualquiera manera, yo recomiendo a los señores diputados que puesto que ya hay una fuente de ingresos que ya de hecho está en producción, no la ceguemos. No se trata de un impuesto nuevo, no tiremos ese dinero que estamos recogiendo, continuemos cobrándolo y hagámoslo en la mejor forma que a la soberanía de la Cámara corresponda.

El C. Presidente: Tiene la palabra, en contra, el C. Vadillo.

El C. Vadillo: Señores diputados: Convengamos en que en este debate acerca de la luz se ha hecho muy poca luz todavía. No se debe ellos precisamente a que la Comisión carezca de luz suficiente para tratar estos asuntos que están encomendados a su estudio, sino a que hay cosas tan claras que por claras ciegan, y en este debate hemos visto más de cuatro cegueras al tratar este asunto. Recordará la H. Asamblea que cuando se puso a discusión por primera vez el impuesto sobre la luz, las razones que tuvo Vuestra Soberanía para desechar tal impuesto, fueron en globo más o menos estas: que el consumo de luz no sea objeto de una contribución fiscal por razón de que la luz debe considerarse como un elemento indispensable para la vida, cuya difusión, cuya propagación entre las clases media y menesterosa debe fomentarse aun con algún detrimento en las cuentas del Erario. En aquella época el C. Cabrera, poniéndose siempre en ese terreno absolutamente frío de un financiero que razona únicamente con el cerebro lleno de números, pero haciendo absoluta abstracción de los sentimientos y de los compromisos nacionales populares, en aquel tiempo el C. Cabrera planteaba el problema en la fría atmósfera de los números, diciendo de esta manera: "Las compañías representan un capital; todos los capitales están obligados a contribuir, luego esta forma de industria debe también causar un impuesto a la Nación." Victoriosamente contestó la Asamblea negando su voto aprobatorio a este impuesto y ahora vuelve a salir a flote en la Cámara, disfrazado solamente con unas cuantas palabras y encabezado el nuevo problema, es decir, el mismo, pero en nueva forma, nada menos que por el propio licenciado Cabrera. Oportunidad sería esta, de paso, para hacer un elogio muy merecido a esa terquedad de que está tan satisfecho el C. Cabrera. (Risas.) Por mi parte, yo considero el asunto desde otro punto de

vista: el C. licenciado Cabrera se ha constituido en la pitonisa económica de la Comisión de Hacienda. (Risas.) La Comisión lo escucha con tanto respeto, como se escuchaba el oráculo de Delfos. Yo, señores diputados, no creo en el culto de Zeus el divino, cuyo fuego fue robado del Olimpo; y ahora que se trata de fuego y de luz, tengo que hacer la declaración de que no creo en los oráculos y que tengo a mucha satisfacción disentir en este impuesto de la autorizadísima opinión del señor licenciado Cabrera. Sea cualquiera la forma que se quiera dar a este impuesto, que tiene tendencias a infiltrarse por la rendija del prestigio evidente del C. Cabrera, como economista nunca podrá demostrar nadie que el impuesto de que ahora se trata no tiene que refluir forzosa y necesariamente en el pueblo consumidor. Se dice allí en la adición que está nuevamente a debate que se prohibirá a los industriales el que aumenten las tarifas, y nadie tiene derecho de prohibir a los industriales que aumenten sus tarifas cuando quieran. Está muy discutido si la luz es un servicio público, si en este momento es una necesidad social relacionada con el movimiento revolucionario. En cualquier otro tiempo puede la influencia del capital dar una interpretación del ejercicio de una libertad industrial. ¿Qué razón de orden permanente, de orden jurídico, inatacable, se puede exponer aquí para que se diga que las tarifas de los especuladores en luz tienen que ser inconmutables, que tienen que someterse al fallo de la Soberanía Nacional y que nosotros tendremos el cuidado meticuloso de estar todos los días viendo si estos ciudadanos especuladores de la luz no abusan y que no recaiga este impuesto que les ponga la Nación, sobre los mismos consumidores? Bien está que los industriales o que las compañías de luz no cobren al consumidor a título de consumo de luz; pero cobran a título de instalación, a título de material, de empleados, etc., etc.

Yo no he hecho profesión de anarquista en esta tribuna, porque creo yo que el anarquismo es en el presente estado de civilización, una broma amarga para los pueblos. El Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial tienen que existir en sus palacios apoyados por soldados. Mientras no puedan esos tres Poderes existir en los palacios de la conciencia individual, tenemos que admitir el Poder Público y tenemos que darle dinero para que ese Poder Público subsista. Lo que yo he sostenido en esta tribuna con una terquedad correlativa a la del C. Cabrera, y que seguiré sosteniendo, es que esos arbitrios, si se necesitan, deben proceder de otros sistemas y de otras fuentes de las explotadas hasta hoy por los gobiernos burocráticos que se apoyan en los monopolios y en el capitalismo. Ahora bien, señores diputados, si nosotros permitimos que una compañía impunemente pueda hacer deslizar el impuesto que cae sobre sus hombros a los del pueblo, nosotros estamos favoreciendo a esas compañías y a ese capital, a pesar de que se diga lo que se diga. Si se busca un medio de hacer este impuesto tal como ahora se trata de un impuesto directo, podría evidentemente la habilidad de las Comisiones, en todo caso, la del C. Cabrera, buscar un modo más práctico, más efectivo y sobre todo, más visible para nosotros, en que se demuestre que este impuesto no va a refluir forzosa y necesariamente en el consumidor.

Recordará la H. Asamblea que cuando discutimos este punto, se hizo hincapié por muchos oradores en los deshonroso que sería para el movimiento revolucionario el gravamen de la luz. El C. Cabrera, con esa ironía fría y elegante como un monumento romano que tiene a veces, hablaba del argumento del "pobre estudiante," argumento que se esgrimió en la Legislatura anterior probablemente y que ahora bondadosamente me cuelga sobre los hombros, como una sátira. El argumento del "pobre estudiante" yo lo sostengo aquí; el argumento del "pobre estudiante" quiere decir esto: que la aspiración de progreso que el pueblo tiene, que la aspiración de mejoramiento a los medios más aptos para la vida y cuando estos medios son necesarios para la vida, el Gobierno está obligado a atenderlos. Ese "pobre estudiante" que no debe alumbrarse con un mal velón para enterarse de los principios científicos en la soledad de su cuarto de estudio, es el pueblo mismo, el que se ha alumbrado intelectualmente con nada, sólo con fanatismo y que materialmente se ha alumbrado con la luz prolífica y sana de la naturaleza y que en el alumbrado artificial ha ocupado elementos que le perjudican a su vida misma; ese "pobre estudiante", ese pueblo , tiene derecho a mejorar esos medios, porque son necesarios para su subsistencia. En suma, yo a nombre de ese "pobre estudiante", que es el pueblo, digo lo siguiente: La luz es un elemento necesario para la subsistencia; la luz que no sea la eléctrica, que es la mejor, perjudica física y materialmente al pueblo que se ve precisado a usarla; luego un Gobierno moral está obligado a facilitar por cuantos medios sean posibles, que esta luz, que es el elemento más sano y necesario para la subsistencia, se propague y se difunda constantemente en los pueblos y si para ello es necesario que los gobiernos lo hagan. En cualquier otro capítulo de la Ley de Ingresos podría alegarse que las presentes circunstancias el gobierno está obligado, en cuanto a este capítulo, por lo menos a demostrar su tendencia altamente moral de que los pueblos se mejoren físicamente y verdaderamente adoptando los medios modernos del progreso. No hay que cerrarles la puerta a esos pobres estudiantes, la oportunidad de alumbrarse con elementos mejores a fin de que deseche los que le perjudican. Puede, naturalmente, si se quiere, gravarse más el capital industrial que comercie en luz, buscándole el otro extremo del negocio. Ahora se ha acabado de aprobar una adición en que se impone una contribución a los concesionarios de aguas para el aprovechamiento en asuntos de luz y fuerza. Si se pretende gravar más al capital que trata de esta clase de negocios, bueno sería poner esta contribución en aquella forma, pero en la forma de cobrar por consumo de luz resulta odiosa.

Como ustedes recordarán, al hablar de este asunto, decía yo que era bueno que evitemos al Gobierno, hoy que tiene necesidad de consolidarse, de que no le vaya a faltar algún día el apoyo popular que es sumamente necesario para que los gobiernos

subsistan, pues no podrían ver cumplidos sus ideales de progreso y reformas si no tienen una base de asentimiento firme y positivo, aun cuando esta sea callada, de las masas populares y el camino de las contribuciones es odioso, es un camino malo para fundar nuevas reformas. El Gobierno, con el programa revolucionario que tiene a su frente, tendrá que pasar por muchas luchas, tendrá que pasara por muchas vicisitudes, tendrá que ser sumamente discutido, y es preciso que el Gobierno, en este estado de lucha y discusión, cuente de antemano con el asentimiento del pueblo. Positivamente, si México está en condiciones, en este momento en que va a escribir su porvenir sobre una tabla de naufragio y en medio de una lucha de pasiones y desorientación universal, entonces por qué nosotros no vamos a contribuir al éxito del Gobierno, haciendo que lo que pueda producir este impuesto se sacrifique a fin de que en el pueblo se haga la luz y vea claro el alto programa moral de nuestra Revolución? (Aplausos ruidosos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Cabrera, en pro.

El C. Cabrera: Señores diputados: En la presente discusión es un elemento un tanto perturbador la adición que la Comisión pensaba hacer prohibiendo a las compañías el aumento de sus tarifas. Voy a hablar en pro de la proposición hecha sobre el cobro de contribuciones al consumo de luz, haciendo por el momento a un lado esta otra proposición relativa a prohibir el aumento en las tarifas que, en mi concepto, ya está en las concesiones. Yo siempre celebraré que las discusiones sobre materias de esta naturaleza se pongan al nivel a que siempre las coloca el diputado Vadillo. El diputado Vadillo tiene el talento de poner las discusiones siempre a la altura, diría yo, un poco más arriba de lo que tendrían que estar, porque las pone más arriba del nivel filosófico, las pone casi al nivel de los ideales. ( Voces: ¿Cómo? ). Al nivel de los ideales. La luz artificial es, en los tiempos modernos, un artículo de primera necesidad durante el día y de primera necesidad durante la noche solamente para aquellos consumos de luz que están rindiendo un producto del consumo de la luz. Para el consumo individual, la luz artificial por la noche es un artículo de lujo. Yo tengo como estudiante un orgullo: Yo nunca bebí café ni leí de noche; yo estudiaba de día, me levantaba temprano; pero en general los consumidores, los lectores voraces, los consumidores de luz eléctrica para el estudio por la noche, casi siempre son los que se levantan a las once de la mañana. (Risas.) En general, el que quiere hacer el verdadero uso de su día de trabajo, lo empieza desde por la mañana para terminar a las seis o siete de la noche y ya no es posible que se le exija más trabajo. Quienes consumen luz eléctrica en las ciudades modernas en general son el alumbrado eléctrico de las calles, los establecimientos fabriles o industriales que necesitan horas continuadas de trabajo, y por consiguiente, necesitan alumbrado durante la noche; los establecimientos industriales mal acondicionados y por consiguiente, mal iluminados, son los que necesitan el alumbrado durante el día, y por último, todos los establecimientos mercantiles en general, establecimientos de diversiones públicas, etcétera, que tiene que consumir gran cantidad de luz por la noche. Si el diputado Vadillo pregunta a la Compañía de Luz y Fuerza de la ciudad de México, qué tanto produce el consumo de la luz en las casas habitaciones y qué tanto produce el consumo de las calles y qué tanto produce el consumo de los establecimientos industriales y mercantiles y diversiones públicas, sabrá que no llega a un 25 por ciento el importe del consumo de luz eléctrica de las casas habitaciones y que el 75 por ciento restante es consumo de naturaleza industrial, pero que dan, en cambio provecho, porque no se me negará que todos los cinematógrafos y teatros, restaurantes y todos los establecimientos que se anuncian por medio de rótulos eléctricos y que con pretexto de iluminar las calles recurren a ese medio, son fuentes de consumo de luz que traen consigo una ganancia. Digo esto porque es necesario ser muy cautos, porque con el pretexto de exceptuar al pequeño consumidor quince centavos, dejamos de cobrar el 85 por ciento restante que consume realmente el productor de naturaleza mercantil. La idea del diputado Vadillo es muy sensata: tomemos las contribuciones de aquellas fuentes que tengan un ingreso correspondiente al servicio sobre el cual cobra la contribución. Si la luz fuese como el "ipsum" que suena tan bien en los oídos del diputado Vadillo , está bien; luz para ver, para entender; luz para el entendimiento o para el alma, está bien; pero la luz que se consume en todas las urbes modernas es principalmente para el trabajo industrial, para las fábricas que trabajan de noche y para el alumbrado de los grandes establecimientos mercantiles e industriales y es para el alumbrado público.

Si exceptuamos el alumbrado público, que consideramos un servicio de orden público, necesariamente el resto en su mayor parte, es algo sobre lo cual sí podemos imponer una contribución. Esto no es como decía el diputado Vadillo, como decíamos generalmente: la misma jeringa con distinto palo; no, la contribución anterior, que fue desechada por el Congreso, fue una contribución de diez por ciento sobre el consumo de luz, pagadera por el consumidor conciertas excepciones. Lo que ahora proponen las Comisiones, y en lo que también me he unido a ellas para proponer, es el 5 por ciento sobre el consumo de luz, pagadero por las compañías. Ni los socialistas a outrance, no esos que se llaman "socialistas;" pero que no saben qué es socialismo, están ya ahora por contrariar las reglas económicas de la incidencia del impuesto. El diputado Vadillo, que ha sido siempre sensato y ha mostrado que es un verdadero socialista, es decir, que está dentro de las leyes de la economía política interpretadas debidamente, y que, por consiguiente, sabe que no es posible contrariar las leyes de incidencia del impuesto, el impuesto cae sobre el que debe caer; no cae sobre el que el legislador dice que debe caer, y por eso es por lo que en otra ocasión yo insistí tanto en que pusiéramos el impuesto sobre el consumidor, porque sabemos que económicamente así tiene que caer; todo

lo que hagamos por decir al productor que no lo cargue al consumidor, es inútil. Sabéis, señores diputados, que en la actualidad las compañías de luz y fuerza, donde la ley no les prohibe, ponen todo el gravamen que pueden poner sobre el consumidor. Pedid una instalación de luz en vuestra casa y veréis que se os pide el material necesario para tomar la corriente desde el próximo alambre que pasa por el frente de la casa y por consiguiente, se os cobran cuatro o cinco metros de cable y todo el resto del material que es necesario para hacer la instalación. Antiguamente sólo se cobraba el material necesario de la instalación misma; la compañía ponía todo, hasta el medidor; pero en la actualidad la compañía cobra al cliente el hilo desde la calle hasta el medidor; cobra absolutamente todo esto; en seguida tienen otras muy diversas maneras, en la cuestión de garantías de depósito para sus contratos, en la manera de transformación de un contrato a otro, etc., siempre tienen manera de hacerse pagar por si acaso les toca a ellas pagar la contribución de la luz, hacerse pagar por el consumidor; así es que ya lo sabemos: el impuesto lo pagará el consumidor. El único punto de diferencia que tenemos el diputado Vadillo y nosotros es que él dice que el consumidor es un elemento que debe favorecerse conforme a las ideas revolucionarias, porque considera que el consumidor es principalmente el que necesita la luz para el estudio, y yo le digo que el principal consumidor de luz eléctrica es el que explota un establecimiento industrial o mercantil que le produce rendimientos bastantes para cubrir esta contribución. El diputado Vadillo nos habla del consumidor probablemente, pensando en el establecimiento mercantil y tal vez hasta del prostíbulo y todas las demás fuentes de consumo de luz por las noches. (Aplausos.)

El C. Villarreal Filiberto C.: Para una moción de orden, señor Presidente. No hay quórum. (Siseos.) Sí, señores, yo los he contado y no hay quórum.

El C. Cabrera: Al diputado Villarreal le voy a contar un cuento ahora que concluya la sesión, porque desde aquí, desde la tribuna, no se lo puedo decir; pero que es cuento que viene a cuenta. (Voces: ¡De una vez!)

Una gran cantidad de consumo de luz es, pues, de carácter industrial y, por consiguiente, cuando pensamos en el consumidor debemos pensar en el consumidor aquel al cual debemos de proteger y aquel en el que piensa el diputado Vadillo , y de los cuales estoy conforme con él. Al aceptar si es necesario que paguen la contribución, debemos pensar en el consumidor que está sacando muy buenos productos y que aprovecha la luz eléctrica que consume. Me permito recordar a ustedes que primeramente de dio el decreto por focos, exceptuando del impuesto al consumidor de menos de tres focos y se vio de hecho que un gran número de casas habitaciones que tenían diez, quince o veinte focos ocurrían a la compañía para reformar su contrato, pidiendo tres focos para el padre, dos para el hermano, dos para el compadre, etc,. etc., de tal manera, que en una casa todo era contrato de tres focos y así estaban absolutamente exceptuados de pagar el impuesto. Este es el riesgo que se corre con las excepciones en materia de impuestos que todos realmente deben pagar. Recordaré al C. Vadillo que muy principalmente en las propiedades lejos de la ciudad de México han estado durante mucho tiempo exceptuados del impuesto, porque estaban catalogados por propiedades que tenían bosque, porque había una disposición en que se exceptuaba de ciertos impuestos a las propiedades que tenían arboleda y resultaba que precisamente las propiedades de lujo en el centro de la ciudad de México que tenían arboleda, estaban exceptuadas del impuesto, mientras las propiedades como vecindades, etc., pagaban el impuesto territorial Pongo este ejemplo, porque siempre que se trata de hacer excepciones, el más hábil para aprovecharse es aquel para quien no se hizo. Esto es ineludible, por eso es que soy enemigo de las excepciones. Es necesario meditar bien los impuestos para que no vayan a caer sobre las clases cuyo favor debemos congraciarnos. Por eso, señor diputado Castillo, hablé en favor de reducir el impuesto del pulque, porque eso la va a pagar el indio; por eso hablé en ese sentido. Pero cuando vemos que un impuesto es fácilmente perceptible, que se cobra sin dificultad, que no produce ninguno de los fenómenos que nos anunció el señor diputado Vadillo, ¿por qué no cobrarlo? ¿Por qué hacer excepciones de las cuales se aprovechará principalmente el gran consumidor de luz, si podemos continuar ese sistema en que el que gasta poco paga poco, y el que gasta mucho, paga mucho? No hay ningún sistema mejor de impuestos que el sistema de impuesto "ad valorem," porque éste necesariamente trae una proporcionalidad automáticamente natural. El estudiante que no puede pagar más que dos pesos al mes de luz, no pagará sino veinte centavos de impuesto; el establecimiento mercantil o industrial que paga veinte o treinta mil pesos de luz al mes, tendrá que pagar necesariamente dos o tres mil pesos de contribución. Yo os aseguro que nada más los cinematógrafos y los teatros de la ciudad de México son un rendimiento considerable, del cual no se tenía idea. Cuando en la ciudad de México se comenzaron a cobrar los nuevos impuestos sobre diversiones públicas, la Secretaría de Hacienda quedó sorprendida de las cantidades que producían los cinematógrafos, y naturalmente, señor diputado Vadillo, que desde luego vinieron los artistas nacionales que querían que sus funciones se exceptuaran del impuesto del quince por ciento, porque ellos eran artistas que lo hacían por amor al arte; luego las funciones de beneficencia para tal colonia extranjera o tal otra, todos pidiendo una excepción, y naturalmente, después de eso, las carreras de caballos y después de todas esas excepciones es natural, la Secretaría de Hacienda, que en aquel tiempo era muy terca (risas), probablemente porque el Secretario de Hacienda era muy terco, entonces dijo que absolutamente ninguna excepción se haría en esa materia, y resultó que todos pagaban perfectamente bien. Pues bien, el consumo de luz de teatros y de cinematógrafos, salones de juego contra los cuales clamaba el diputado García, en San Ángel, Coyoacán, etc., ya esos consumen mucha luz; pero el consumo principal

es el de los establecimientos industriales, las diversiones públicas, anuncios industriales y mercantiles de las casas que los tienen, esto representa el 75 por ciento del consumo de luz, y otro 25 por ciento las casas de habitación.

Ahora bien, en las casas habitación casi siempre las que consumen mayor cantidad de luz son las colonias que llamamos extranjeras, la Juárez, la Roma, que tienen alumbrados considerablemente profusos. Casi podemos decir que en el resto de las colonias, la luz que se gasta es de un foco por cuarto, de un foco por pieza, que no cuestan alrededor de un peso al mes, y que, por consiguiente, significaría como contribución, para el que puede pagar un peso por luz eléctrica, serían diez centavos por contribución. Aun cuando tuviera que pagar los diez centavos pro contribución, no es una cosa que a las clases populares les haga sentir aversión contra el Gobierno, lo pueden pagar.

Y ahora deseo, para que no vayamos a confundirnos en alguna cosa, deseo hacer una aclaración sobre algo que h a dicho el C. Vadillo: dice que acabamos de aprobar otro inciso sobre utilización de aguas para energía eléctrica. Es cierto, pero yo llamo la atención de los señores diputados sobre que el impuesto de la utilización del agua es un impuesto que se causa sobre el agua aun cuando no se saque producto, mientras que este impuesto es sobre la energía de la producción, que por consiguiente es más justificado este impuesto que el otro, y como ha de venir después la discusión sobre la materia de energía eléctrica, me limito a esto. Yo creo que si el señor diputado Vadillo quiere colaborar con la Comisión, podría establecerse la forma de excepciones que él creyera conveniente. Estaba exceptuado, como recordarán los señores diputados, el consumo de menos de tres focos, el alumbrado público, edificios públicos, alumbrado de establecimientos de enseñanza y de beneficencia. Así creyó el Ejecutivo que era suficiente y por eso esas excepciones están rigiendo en la actualidad; si se quieren otras excepciones, por ejemplo, aumentar el límite en vez de tres focos que sea desde cinco, puede hacerse, solamente que se corre siempre el riesgo de provocar fraudes; pero el que pague cinco focos realmente puede pagar el impuesto. México es un país productor de energía eléctrica por excelencia y de petróleo, y sin embargo, México no tiene alumbrado de petróleo ni de parafina en la actualidad. Siendo el petróleo la materia prima y produciendo el petróleo la querosina, hablo del petróleo refinado y de la parafina, produciéndose grandes cantidades de querosina en México, sin embargo, es excepcional en las casas el alumbrado de petróleo, pues no se ha llegado a usar en la actualidad el alumbrado de petróleo ni de parafina como elementos de alumbrado, pues actualmente, hasta en las últimas casas de vecindad tienen luz eléctrica, porque es mejor para la vista, porque es más barata que la luz producida por la parafina y el petróleo, porque se está produciendo constantemente en nuestro territorio por caídas de agua. No tenemos luz eléctrica producida por combustión, porque toda, absolutamente toda la luz eléctrica, digo en la producción industrialmente costeable que hay en la República Mexicana, proviene de caídas de agua. Por consiguiente, la luz eléctrica en México es un artículo sumamente barato, es todavía más barato que el petróleo y la parafina y mientras la luz eléctrica no llegara por virtud de contribuciones a ponerse en condiciones, a ponerse en el caso de ocurrir al petróleo o a la parafina, quiero decir que es un consumo de un artículo que se está haciendo a muy bajo precio y que, por consiguiente, soporta perfectamente un impuesto. Yo pido únicamente en este caso al diputado Vadillo mis excusas por esta frialdad en mi manera de exponer las cosas (risas), pero en realidad es la única manera de discutir los asuntos de dinero, y en este caso lo que está discutiendo el Congreso son asuntos de dinero, si el diputado Vadillo cree que debemos exceptuar solamente el consumo de menos de cinco focos, yo estaré dispuesto a hacer una modificación. Podríamos suplicar a la Mesa se pusiera a discusión otra materia, y para mañana podríamos discutir en debida forma esta materia de la luz eléctrica. Entretanto, yo ruego a los señores diputados consideren este impuesto como algo que efectivamente puede cobrarse y se está cobrando sin perjuicio para la sociedad. (Aplausos.) (Voces: ¡A votar, a votar; las ocho!)

- El C. González Jesús M. (Sube a la tribuna):

(Voces: ¡Que hable, que hable!) Luego que cese el murmullo daré principio, señores diputados.

Siempre que yo vengo a abordar esta tribuna se me pide o que no hable, o se pide votación, o que me reduzca a dos o tres minutos. ¿Acaso porque no tengo el don de la palabra no tengo derecho a hacer uso de la misma? Yo suplico que seáis revolucionarios de verdad. Siempre he sido breve y me veo obligado a repetir esta frase, que ya fastidiará a ustedes, porque me obligan a ello. Así pues, no hay razón absolutamente ninguna para que me exijan que hable un minuto o medio minuto o que no hable nada. Yo había en un principio estado de acuerdo con la modificación que había sugerido el diputado Padrés a los miembros de la Comisión, pero corremos peligro de que el impuesto que está a discusión se cobre indirectamente al consumidor, y he ahí por qué vuelvo nuevamente a oponerme a este impuesto, porque de cualquiera manera que sea, lo considero odioso. Se ha hecho gala de terquedad; yo también hago gala de esa cualidad, porque no es un defecto; lo ha demostrado el hecho de que soy revolucionario desde 1906 y que no he dejado este camino. En mi concepto, el estudiante de que nos habla el diputado Vadillo y de que nos habló después el licenciado Cabrera, es el pueblo y no otro; voy a tomar el argumento del mismo señor licenciado Cabrera. Nos dice que en el consumo de luz y fuerza para usos industriales, para usos comerciales y diversiones, figura cuando menos el 75 por ciento, quedando el 25 por ciento a los particulares. Es muy sencillo: gravase entonces, - y creo que no hay dificultad ninguna en esto - ,grávese el impuesto de la luz y fuerza a los industriales, a los comerciantes y a los prostíbulos de que también nos hablaba el diputado Cabrera, porque forman parte de las diversiones y déjese entonces al estudiante, que es el pueblo, para que pueda leer a la hora que se le pegue la gana: en la madrugada o a la media noche. El señor licenciado Cabrera, como otros

que son licenciados y otros que no lo son, gustan de leer en la mañana; pero no puede exigir el señor licenciado Cabrera ningún otro, que todos aquellos que se dedican al estudio lo hagan a determinadas horas, porque esto sí se llama ser arbitrario. La mayor parte de los individuos pensantes, de los hombres de genio, gustan de leer en la noche; exíjaseles pues, alegando el pretexto de que la Nación necesita de estos impuestos, el que lean a determinada hora del día y no lean en la noche, si les pega la gana de leer de noche. Yo, al pedir la excepción del impuesto de luz a los particulares, hago figurar también a los potentados. Si el capitalista puede instalar en su casa mil lámparas de luz, ha llenado únicamente una necesidad; (murmullos) es una necesidad, claro que sí. Si nosotros podemos convertir en día la noche, estamos en nuestro pleno derecho para hacerlo y cualquier obstáculo que se oponga es, sencillamente, injusto. ¿Quién será capaz, cualquiera de los que hayan contestado, es decir cuándo ha dejado de ser una necesidad la luz, hasta qué número de lámparas debe tener una familia? El lujo estribaría en la forma de las lámparas, como la que tenemos aquí en la Cámara de Diputados, muy churrigueresca, antiestética o como quiera que sea; pero lo cierto es que cualquiera que sea el número de lámparas, es una necesidad que se ha venido a llenar, al hacer uso de los adelantos de la ciencia industrial. No tengo, pues, que referirme a los prostíbulos, porque no es necesario que figuren en las diversiones...

El C. Fernández Martínez, interrumpiendo: Es una necesidad.

El C. González Jesús M., continuando: ¿Qué importa que sea una necesidad? Hay productos, señor diputado, y allí se puede fijar. Ese impuesto, por lo demás, es odioso, no porque consuman mucha luz los particulares vayamos con esto también a gravar la luz que consumen los que son pobres, los que no son potentados y que han llenado una necesidad, según el licenciado Cabrera y otros diputados. No vayamos a echar una carga más en la espalda de los raquíticos, de los pobres; dejemos al estudiante, que es el verdadero pueblo,. que estudie a la hora que le dé la gana, que tenga derecho como cualquier otro a instruirse, a vivir sencillamente, porque la luz es vida, ya que de figuras se ha venido a tratar aquí; yo considero este impuesto a la luz odiosísimo, porque no puede menos de ser odioso; que en buena hora se aumenten impuestos en cualquier otro ramo, pero nunca en la luz. Esto salta a la vista, y no sé por qué vosotros no os habéis convencido todavía de que es odiosísimo. Ya que se ha hablado de figuras, digo lo siguiente: el diputado Vadillo nos hablaba de que había sido robada la luz divina del Olimpo; yo considero este impuesto como el Ave Shidna que devoró las entrañas de Prometeo. ¿Y se quiere algo todavía más odioso que esto? (Aplausos.)

El C. Secretario Aranda: Orden del día para mañana: "Discusión de los dictámenes de las Comisiones 1a. y 2a. de Hacienda, concediendo pensiones a la viuda del C. J. Concepción Herrera, a la señorita Guadalupe Hidalgo y Costilla y a la señora Carmen Alatriste viuda de Serdán. Adiciones a la Ley de Ingresos, presentadas por varios CC. diputados."

El C. Presidente, a las 8.07 p.m.: Se levanta la sesión.

El jefe de la Sección de Taquigrafía, JOAQUÍN Z. VALADEZ