Legislatura XXVII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19170926 - Número de Diario 18
(L27A2P1oN018F19170926.xml)Núm. Diario:18ENCABEZADO
MÉXICO, MIÉRCOLES 26 DE SEPTIEMBRE DE 1917
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
PERIODO ORDINARIO XXVII LEGISLATURA TOMO II.- NUMERO 18
SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
CELEBRADA EL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DE 1917
SUMARIO
1.- Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior.
2.- Se da cuenta con los asuntos en cartera.
3.- Se da primera lectura al dictamen de las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estado, relativo a la autorización pedida por el Ejecutivo para conceder amnistía a los levantados en armas.
4.- Se da primera lectura al dictamen de las Comisiones de Estado, Departamento Interior, segunda de Puntos Constitucionales y primera de Instrucción pública, sobre el proyecto de Ley Orgánica de las Secretarias de Estado y a un voto particular sobre el mismo asunto, de los CC. Esquivel y Rivera.
5.- Se da cuenta con una petición que hace el C. general Luis Gutiérrez y pasa a las Comisiones unidas de Estados, Interior y Puntos Constitucionales, en turno. Se levanta la sesión.
DEBATE
Presidencia del C. SIUROB JOSÉ
( Asistencia de 153 CC. diputados. De conformidad con el artículo 18 reglamentario, ocupa la Presidencia el C. Siurob José ).
El C. Presidente, a las 4.19 p. m.: con asistencia de 153 CC. diputados, se abre la sesión.
El C. Secretario Aranda: "Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados, el día veinticuatro de septiembre de mil novecientos diez y siete.
"Presidencia del C. Urueta Jesús.
"En la ciudad de México, a las cuatro y diez y siete de la tarde del lunes veinticuatro de septiembre de mil novecientos diez y siete, con asistencia de ciento cincuenta y dos CC. diputados, según consta en la lista que previamente pasó el C. Secretario Aranda, se abrió la sesión.
"El mismo C. Secretario leyó el acta de la sesión celebrada el día veintidós de los corrientes, la cual, sin discusión, se aprobó en votación económica.
"El C. Secretario Portes Gil, dió cuenta con los siguientes documentos:
"Oficio de la Cámara de Senadores, devolviendo el proyecto de ley que concede una pensión de cinco pesos diarios íntegros, a los hijos del finado senador Belisario Domínguez.- A la. Comisión de hacienda.
"Oficio de la misma procedencia que el anterior, con que se devuelve el expediente relativo al proyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, con las reformas que se indican.- A las Comisiones Unidas de Justicia e imprímase.
"Oficio de la Secretaria de Estado, Negocios Interiores, en que se acusa recibo del ocurso del C. Francisco Flores, pidiendo la desintervención de sus bienes ubicados en el Estado de Guerrero.- A su expediente.
"Solicitud del C. diputado Herrera Alberto C., a fin de que se le conceda licencia por veinte días con goce de dietas.
"Dispensados los trámites, como lo solicita el interesado, se aprobó, sin discusión, en votación económica, la licencia de que se trata.
"Dictamen de la Comisión de Estado, Departamento Interior, que somete a la consideración de la Asamblea una proposición para que pase a la Comisión Revisora de Credenciales que ha dictaminar acerca de las elecciones extraordinarias para diputados al Congreso de la Unión, por el séptimo distrito electoral del Estado de Michoacán, el oficio del C. Gobernador de ese Estado, que manifiesta no haberse verificado dichas elecciones, porque llegó fuera de oportunidad la convocatoria respectiva.
"Sin discusión, fué aprobado en votación económica.
"Dictamen de la Comisión de Estado Departamento Exterior, que contiene un proyecto de decreto concediendo licencia al C. Fernando Díaz Dufoó para que acepte y ejerza el cargo de Vicecónsul de la República de Panamá, en México.- Segunda lectura y a discusión el próximo día veintisiete.
"El C. Cepeda Medrano solicitó una aclaración respecto de los firmantes de este dictamen, que hizo la Secretaría.
"Reanudada la discusión sobre el dictamen de
la Comisión de Presupuesto, relativo a la proposición de varios CC. diputados que trata de una adición al proyecto de Ley de Ingresos para establecer el impuesto de un peso por cada hectárea de tierra que sea laborable y que no se cultive en cada temporal de aguas, usó de la palabra en contra el C. Velásquez; en pro, lo hizo el C. Múgica, y en contra, el C. Vadillo. El C. Cabrera, inscripto en pro, sugirió a la Comisión una nueva forma para resolver el punto que al estudio de la misma se había sometido; el C. Medina Hilario habló en contra e hizo varias consideraciones acerca del texto del artículo 27 de la Constitución; el C. Múgica rectificó conceptos del C. Vadillo, hizo aclaraciones al discurso que anteriormente había pronunciado y se adhirió a la solución propuesta por el C. Cabrera.
"Y después de que los CC. Basáñez y Vadillo solicitaron de la Asamblea, respectivamente, permiso para retirar el dictamen a discusión y la proposición que lo había originado, permisos que fueron concedidos, el C. Secretario Portes Gil, leyó la orden del día para la sesión siguiente, levantándose ésta a las siete de la noche."
Está a discusión el acta. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobada.
Presidencia del C. CIENFUEGOS Y CAMUS ADOLFO
El C. Secretario Portes Gil: "Secretaría de Estado y del Despacho de Guerra y Marina.- México.- Departamento de Estado Mayor.- Sección 3a.- Mesa 1a.- Número 8374.
"Esta Secretaria ha tenido a bien disponer que la Comisión integrada por los CC. coroneles Darío F. Cortés, Alfonso Miranda, Francisco J. Llamas y Antilmo D. Sánchez y que ha sido nombrada para que estudie, con la que tuvo a bien designar la de Hacienda, en lo relativo a leyes y disposiciones sobre pensiones, pase a esta H. Cámara de Diputados para que con la Comisión de Guerra de esa H. Corporación traten el asunto relativo a pensiones con el fin de orientar sus trabajos.
"Reitero a usted mi atenta y distinguida consideración.
"Constitución y Reformas.- 21 de septiembre de 1917.- El general Subsecretario Encargado del Despacho.- J. A. Castro.
"A los CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presente."- De enterado y transcríbase a las Comisiones de Guerra.
"Estado Libre y Soberano de Colima.- Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo.- Circular número 161.
"Tenemos la honra de comunicar a ustedes, para conocimientos de esa H. Cámara, que hoy, previas las formalidades de ley; esta H. Cámara abrió el primer período ordinario de sesiones, correspondiente al 3er. año de su ejercicio legal; cesando en sus funciones la Diputación Permanente.
"La Mesa Directiva quedó formada por los CC. licenciado J. Jesús Ahumada, Clemente Ramírez y Leonardo Yañez Centeno, como Presidente y Secretarios, respectivamente.
"Protestamos a ustedes nuestra distinguida consideración.
"Constitución y Reformas.- Colima, 16 de septiembre de 1917.- Clemente Ramírez, D, S.- Leonardo Yañez Centeno, D, S."- De enterado.
"Academia N. de Medina.- Secretaría .- 5a. Bolívar, 43.- México, D. F.
"A nombre de la Academia Nacional de Medicina me es satisfactorio invitar a esa H. Corporación de que usted digno Presidente, a la sesión solemne que se verificará el 1o. de octubre del año en curso, según el programa adjunto.
"México, 23 de septiembre de 1917.- El Secretario: G. Escalona.
"Al Presidente de la Cámara de Diputados."- De enterado con agradecimiento.
"Comisiones 1a. y 2a. de Hacienda.
"Habiendo esta H. Asamblea acordado que las Comisiones 1a. y 2a. de Hacienda, se unieran y ampliaran el número de comisionados con el objeto de que se dedicasen al estudio monetario del país, éstas tienen el honor de comunicar a la Representación haber designado para dicho objeto a los señores diputados Samuel H. Mariel, José Morales Hesse, José Siurob, Rosendo Soto, Marciano González, Manuel García Vigil y Basilio Vadillo.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.
"México, 22 de septiembre de 1917.- Juan Zubaran.- J. R. Padilla.- J. Silva Herrera.- R. Basáñez.- C. Limón."- De enterado.
"Señor"
"Los sacerdotes del culto católico reciben de los agricultores la contribución denominada diezmo y primicias; y como los productos de esta contribución en nada benefician al público, me permito proponer a la consideración de esta H. Cámara el siguiente proyecto de ley:
"Artículo 1o. Los sacerdotes encargados de las parroquias remitirán al Ayuntamiento de la misma población de la parroquia, noticias detalladas de las cantidades de semillas que por diezmos recibieren.
"Artículo 2o. Ingresarán a las Tesorerías Municipales de los lugares de las parroquias, los productos de la tercera parte del importe total de la venta de la venta de las semillas de los diezmos.
"Artículo 3o. Las cantidades a que se refiere el artículo anterior, se destinarán única y exclusivamente al sostenimiento de las escuelas oficiales de educación primaria.
"Salón de Sesiones, a 24 de septiembre de 1917.- Pablo García."
El C. Rivera Cabrera: Pido la dispensa de trámites a ese proyecto.
- El mismo C. Secretario: Se pregunta a la Asamblea si dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa.....
El C. Rivera Cabrera, interrumpiendo: Pido la palabra para fundarla. ( Voces: ¡Ya está, ya está! )
- EL C. Siurob: Moción de orden. C. Presidente: En virtud de haber aprobado esta H. Asamblea que las Comisiones unidas de Hacienda propusieran a sus colaboradores, como se acaba de leer el documento en que ellas hacen las proposiciones respectivas; pero no se ha consultado con la H. Cámara si se aceptan, yo reclamo el trámite y suplico al C. Presidente se digne consultar a la Asamblea si se acepta las personas que proponen las Comisiones unidas de Hacienda, como sus colaboradores para resolver la cuestión monetaria.
El C. Basáñez: Pido la palabra para contestar algo al doctor Siurob, acerca de la pregunta que ha hecho a la Presidencia.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Basáñez.
El C. Basáñez: Vino aquí la proposición de algunos CC. diputados a conocimiento de la Cámara. Al poner en consideración de ella, se propuso que esta Comisión designara a estos individuos, no que designara a determinado número para ponerlo en consideración de la Cámara, sino que se acordó que en definitiva los designara. Por eso la Comisión, al dar parte a la Cámara, nada más da parte de haber designado a esos individuos para que formen parte de esa Comisión.
El C. Siurob: Pido que se lea la proposición primitiva, porque, en efecto, no estoy muy seguro; pero me parece que se decía allí que la Comisión propondría y no que nombraría. Esto para aclaración.
El C. Presidente: Entretanto viene el documento cuya lectura solicita el señor diputado Siurob, se pasa a tratar el asunto de la proposición del C. García.
- El mismo C. Secretario: Se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. ( Voces: ¡Que se lea, que se lea! ) ( Volvió a leer la proposición el C. García Pablo ).
El C. Rivera Cabrera: Pido la palabra para fundar la dispensa de trámites.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Rivera Cabrera: Señores diputados: He pedido la dispensa de trámites de este proyecto de ley del exquisito señor Pablo García, porque me parece que esta alta Cámara - porque yo le llamo alta también, aun cuando el vulgo le dé ese calificativo únicamente a la Cámara de Senadores -, no debe ocupar su tiempo en asuntos de esta índole que, aun cuando revelan un buen fondo que no dejo de admirar en el señor García, están completamente fuera del orden y fuera de la atención que nosotros debemos dispensar a asuntos de mayor importancia. Estudiar este asunto sería tanto como darle cierta personalidad a los señores clericales y que nosotros tuvimos mucho cuidado de eliminar por completo en la Constitución de Querétaro. Por lo tanto, a fin de que no se tome en consideración esta proposición, pido a la H. Cámara que se sirva aceptar la dispensa de trámites para que sea rechazada definitivamente.
- El mismo C. Secretario: Se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se dispensan los trámites. Se pregunta a la Asamblea si se toma en consideración la proposición del C. García. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. No se toma en consideración.
- El mismo C. Secretario: La proposición que hizo el señor Siurob en alguna de las sesiones pasadas dice: "Invítese a las Comisiones de Hacienda, para que, unidas, dediquen su preferente atención a la iniciativa del proyecto de ley relativo, aumentando su personal con los individuos que ellos mismos propongan, a fin de que la discusión tenga la importancia que demanda este asunto."
El C. Siurob: Insisto en mi moción. En virtud de la proposición aprobada, las Comisiones sólo tienen derecho de proponer y a la Cámara toca aceptar si definitivamente serán los colaboradores las personas que ellas propongan; por lo tanto, estimo que se debe someter a la aprobación de la Cámara la proposición que hace la Comisión.
El C. Presidente: La Mesa no tiene ningún inconveniente en acceder a lo solicitado por el C. Siurob.
- El mismo C. Secretario: La proposición dice: "Habiendo esta H. Asamblea acordado que las Comisiones 1a. y 2a. de Hacienda se unieran y ampliaran el número de comisionados con el objeto de que se dedicasen al estudio monetario del país, éstas tienen el honor de comunicar a la Representación haber designado para dicho objeto a los señores diputados: Samuel H. Mariel, José Morales Hesse, José Siurob, Rosendo A. Soto, Marciano González, Manuel García Vigil y Basilio Vadillo."
Se pregunta a la Asamblea si aprueba los candidatos propuestos por la Comisión para el efecto expresado. Los que estén por la afirmativa......
El C. Rivera Cabrera, interrumpiendo: Pido la palabra.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Rivera Cabrera.
El C. Rivera Cabrera: Para proceder con lógica, señores, yo entiendo que esa nueva Comisión, aun cuando sea auxiliar, debía haber sido propuesta por la Gran Comisión; eso es lo lógico, eso es lo cuerdo y, por lo tanto, pido respetuosamente a la Mesa se sirva someter esa proposición a la Gran Comisión, a fin de que ella proponga, y no se sienten precedentes que puedan ser funestos para lo sucesivo.
El C. Siurob: Como es una Comisión enteramente especial, y habiéndose aprobado anteriormente la forma en que deben ser electos los individuos que la compongan, no tiene razón el señor diputado Rivera Cabrera, y, por tal concepto, lo único de que se trata es de someter a la deliberación de la H. Asamblea la proposición concreta de la Comisión.
El C. Rueda Magro: Es verdad que la Asamblea acordó lo que dice el señor Siurob, pero es reglamentario que las Comisiones, aun las accidentales, todas sean propuestas por la Gran Comisión: Las permanentes y las accidentales, todas deben ser propuestas por la Gran Comisión.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Hay.
El C. Hay: Había pensado decir justamente lo que dice el señor diputado Rueda Magro, y estoy enteramente de acuerdo con lo que él ha mencionado.
- El mismo C. Secretario: Pasa la proposición de las Comisiones de Hacienda a la Gran Comisión para su estudio.
- El mismo C. Secretario: "Comisiones unidas 1a. de Puntos Constitucionales y de Estado.
"Señor":
"A estudio de las Comisiones unidas 1a. de Puntos Constitucionales y de Estado, pasó el proyecto de ley del Senado de la República, consiste en facultar al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos para expedir una ley de amnistía que se refiera única y exclusivamente a aquellos que se encuentran levantados en armas contra el Gobierno Constitucional.
"El proyecto de ley del Senado se debe a la iniciativa que al efecto sometió a su consideración el Poder Ejecutivo, subscripta en los siguientes términos: "Se autoriza al Presidente de la República para que, cuando lo estime conveniente, conceda amnistía a los individuos levantados en armas, que lo soliciten." Al discutirse en el seno de aquella Asamblea este proyecto, sufrió, en concepto de estas Comisiones, una sensata modificación, que no afecta a la esencia de la cuestión que se plantean en el mencionado proyecto, sino que es más bien de forma que de fondo, pues el Ejecutivo, seguramente por un error de redacción, aparece solicitando se le den facultades para amnistiar, en cada caso particular, a los rebeldes que lo soliciten, y el Senado, considerando en justicia, que la característica de la amnistía es el ser ésta general, es decir, que debe referirse siempre a una colectividad y no a una individualidad, lo autoriza para expedir la ley que solicita, delegando esta facultad, que es de la competencia del Congreso de la Unión, en favor de todos los levantados en armas, y dejándole, como se ve claramente, la más amplia libertad de acción para establecer las condiciones a que deberá sujetarse la propia ley de amnistía que se trata de expedir.
"La necesidad que existe de facilitar al Poder Ejecutivo todos los medios de que ha menester para lograr la pacificación del país, es tan palpable, que huelga, en nuestro concepto, entrar en consideraciones a este efecto, por lo que, las Comisiones que subscriben, hacen suya la iniciativa, en los términos en que la aprobó el Senado, y tienen el honor de someterla a la aprobación de la H. Cámara de Diputados, en la forma siguiente:
"Artículo único: Se faculta al Presidente de la República para expedir una ley de amnistía que se refiera exclusivamente a los levantados en armas contra el Gobierno Constitucional."
"Sala de sesiones de la Cámara de Diputados.- México, a 3 de septiembre de 1917.- Rafael Martínez de Escobar.- Eliseo Céspedes.- Antonio Ancona Albertos.- Francisco Medina.- J. M. A. del Castillo.- Flavio Pérez Gasga."- Primera lectura
.
- El mismo C. Secretario: "Comisiones de Estado, Departamento del Interior, 2a. de Puntos Constitucionales y 1a. de Instrucción Pública.
"Señor:
"Los subscriptos, miembros de las Comisiones de Estado. Departamento del Interior, 2a. de Puntos Constitucionales y 1a. de Instrucción Pública, hemos tenido a la vista el voluminoso expediente que remitió a Vuestra Soberanía la Cámara colegisladora, en el que se contiene el proyecto de ley orgánica de Secretarías de Estado, el dictamen producido sobre esta iniciativa, por las Comisiones dictaminadoras de aquella H. Cámara, la discusión que se produjo allí y la minuta de ley, resultado de dicha discusión.
"Después de un detenido estudio del expediente, se hicieron al proyecto de ley enviado por la Cámara colegisladora, las principales modificaciones siguientes:
"Primero. Se suprimió la Secretaria de Industrias Fabriles Militares y el Departamento Judicial: Se consideró un Departamento Administrativo denominado de Aprovisionamientos Generales y se restableció el Departamento Universitario y de Bellas Arte, en la forma propuesta por el Ejecutivo de la Unión.
"Las razones que se alegaron en el Senado para elevar a la categoría de Secretaría a lo que el Ejecutivo consideró en su proyecto como Departamento de Industrias Fabriles, y para agregar a la Secretaría de Estado las materias que formaban el Departamento Universitario y de Bellas Artes, suprimiéndolo como tal, son, en síntesis: Que la Constitución Política de la República, en su artículo 90, establece sólo Secretarías para el despacho de los asuntos del orden administrativo de la Federación y, por consecuencia, no tiene vida constitucional los llamados Departamentos Administrativos que no se establezcan por la misma Carta Fundamental; que si el artículo 92 del mismo cuerpo de leyes habla de Departamentos Administrativos, se refiere al Judicial y al de Salubridad, porque están establecidos por los artículos 73, fracción XXVI, inciso 1o., y 102 de dicha ley; que debido a la importancia que en la actualidad tienen las industrias fabriles militares, y la que deberá adquirir en lo futuro, para independizar es importante ramo de toda influencia extranjera, es beneficioso establecer una verdadera Secretaría con tal objeto, ya que ni es posible establecer un Departamento, ni se pueden dejar esas materias al cuidado y vigilancia del Ministerio de la Guerra, ya de por sí atareado por las materias que son de su obligada y exclusiva competencia; y, por último, que siendo anticonstitucional establecer una Secretaría de Instrucción Pública, porque la suprime el artículo 14 transitorio de nuestra Carta Magna, no debía constituirse Departamento Administrativo, pudiendo, sin embargo, sin contrariarse el espíritu de la Constitución, hacer depender la Universidad de la Secretaría de Estado, en sus relaciones con el Ejecutivo de la Unión.
"Las comisiones revisoras de esta H. Cámara, han dictaminado sobre estos particulares en la forma
mencionada al principio: Porque consideran que si los artículos 90 y 92 de la Constitución no indican de una manera precisa el número de Departamentos Administrativos que pueden establecerse, no prohiben su existencia, y, por el contrario, la reconocen desde el momento que el artículo últimamente invocado habla de esa clase de instituciones, y cuando se refiere a ellas no lo hace, teniendo en cuenta exclusivamente los Departamentos Judiciales y de Salubridad; porque si es verdad que este último debe establecerse por mandato expreso de la Constitución, aquél no puede tener vida constitucional como emanación directa de este Código, porque está prohibido por él, establecer la Secretaría de Justicia, y la Procuraduría de la República tiene su función netamente definida, diferente de la de un verdadero Departamento Administrativo. Por lo tanto, al hablar de plural el precepto citado de Departamentos Administrativos, claramente indica que se pueden establecer los que sean necesarios, cuando los asuntos que les deban corresponder no sean de tal naturaleza importantes que ameriten la formación de una nueva Secretaría.
"Se suprimió el Departamento Judicial, porque para independizar a la justicia federal, la Constitución prohibió en su artículo 14 transitorio, la instalación de la Secretaría de Justicia en la forma en que funcionaba en las épocas pasadas; porque siendo la Administración de Justicia un verdadero Poder, con su propia vida independiente, su más alto tribunal no debe tener superior jerárquico alguno; y si la Constitución manda que se reglamente el Ministerio Público con su jefe el Procurador General de la Nación, una ley especial debe organizar esa institución, con sus funciones propias, sin pretender hacerlo superior del Poder Judicial ante el cual debe considerársele como la parte acusadora en toda controversia, y sin dársele otras facultades que desvirtúen la naturaleza propia de su instituto. Alguna de las materias que se comprendían en dicho Departamento pasan a ser del resorte de la Secretaría de Estado, otras, como ya se dijo, serán motivo de la ley general del Ministerio Público, y las demás, como las relativas a defensores de oficio, deben ser materia de una ley también especial.
"Se establece el Departamento Universitario de Bellas Artes en la forma propuesta por el Ejecutivo, y no como dependiente de la Secretaría de Estado, porque, según el espíritu de la Constitución, no debe depender la instrucción publica de ningún Ministerio, sino de una manera directa del jefe del Gobierno de la Nación. En efecto, si según el artículo 73, fracción XXVII, de la Constitución General, es facultad del Congreso de la Unión el establecimiento de escuelas profesionales de investigación científica, de Bellas Artes, Museos, etc., entretanto esos establecimientos se sostiene por iniciativa particular; creados esos institutos no pueden gozar de independencia absoluta, sino que deben estar bajo la vigilancia del poder público; y como tales instituciones tienen o pueden tener jurisdicción en toda la República, el único Poder que tiene competencia para ejercer esa vigilancia es el Ejecutivo, mientras la iniciativa particular procura crearlos y sostenerlos.
"Segundo. Como no está la Secretaria de Guerra y Marina capacitada para expedir por sí sola, ni como dependencia del Ejecutivo, la legislación militar, porque esa función compete exclusivamente a las Cámaras de la Unión, porque el Ejecutivo sólo tiene en materia de legislación el derecho de iniciativa, se suprimió del artículo 4o. del proyecto, esa materia, sin que esto prohiba que el citado Ministerio pueda hacer el estudio de leyes que sobre puntos de su competencia haya de someter el Poder Ejecutivo Federal a las Cámaras de la Unión.
"Tercero. De las materias que en el proyecto del Senado corresponden a la Secretaría de Agricultura y Fomento se separan las relativas a caza, pesca y a concesiones para la explotación de guano, nitratos, potasa y demás fertilizantes, porque se tratan más que de fomentar esas riquezas de industrias extractivas.
"Cuarto. Por la razón indicada en la parte final del párrafo anterior, se ha separado de la dependencia de la Secretaría de Industria y Comercio el instituto Geológico para pasarlo al Departamento Universitario. Se agregó a esa Secretaría el conocimiento de lo relativo a huelgas y sindicatos, para que, por conducto de la misma, se traten esos asuntos en aquello en que puedan tener alguna intervención el Ejecutivo Federal.
"Quinto, Asentado ya que no puede alegarse prohibición constitucional expresa ni tácita de colocar el Departamento Universitario, creen además las Comisiones que esa colocación resuelve satisfactoriamente el problema administrativo de subordinación y dependencia de la Universidad y sus anexos, en relación con el Gobierno Federal, entretanto alcanza aquélla la deseada autonomía económica. La subordinación de la Universidad a la Secretaría de Estado, eminentemente política, es sin duda alguna un error del Senado, no sólo porque contraría el espíritu que animó a la nueva Constitución en su artículo 14 transitorio al suprimir la antigua Secretaría de Instrucción, con el loable propósito de alejar a la educación de toda nociva influencia política, sino también porque se entorpecería la marcha de los asuntos del ramo con nuevos superfluos trámites.
"Siendo la Escuela Nacional Preparatoria, lo mismo que el Internado Nacional, establecimientos de educación secundaria que deben considerarse como el sustentáculo y seguro fundamento de la educación universitaria, han hallado convenientemente las Comisiones aceptar en este punto, el proyecto del Senado, reincorporando tales institutos a la Universidad Nacional y ratificando así la idea que animó a los fundadores de tan alta institución.
"Estableciendo la enseñanza secundaria la indispensable transición entre la escuela primaria y la universidad, no se oculta a las Comisiones que ella exige métodos, procedimientos y profesorado sui generis, que no deben asimilarse a los primarios ni a los universitarios. Ante la necesidad, pues, de incorporar la Escuela Preparatoria, ora a la Dirección de Educación Primaria y Normal, ora a la Universidad, las comisiones han pesado cuidadosamente las ventajas e inconveniente de ambos extremos, optando por el segundo, no porque
desconozcan en absoluto las razones expuestas en su apoyo por quienes quisieran desligar la Escuela Preparatoria de las universidades; sino porque, aparte de motivos de orden ideológico, como la circunstancia de ser la enseñanza preparatoria entre nosotros a manera de bachillerato, es indudable que, en tesis general, está más capacitado el cuerpo directivo de la Universidad para afrontar la responsabilidad de la buena marcha de la educación preparatoria, de lo que podría estarlo el profesorado primario.
"Si bien puede admitirse que la enseñanza comercial superior, esencialmente científica, tiene caracteres que justificarán la admisión de la Escuela Nacional de Comercio en el concierto de las Escuelas Universitarias, las Comisiones creen que no debe en este punto atenderse a la petición relativa hecha por los profesores y alumnos universitarios en el ocurso elevado a la H. Cámara, porque poderosas razones de orden práctico recomiendan la subordinación de los establecimientos de enseñanza comercial a la Secretaría de Industria y Comercio ( como análogamente las facultades de Agronomía e Hidráulica y de Medicina y Veterinaria, innegablemente de carácter universitario, se han dejado bajo la dependencia de la Secretaría de Agricultura y Fomento ).
"Los institutos de investigación científica como el Instituto Geológico Nacional ( que, según el proyecto primitivo, habría de pertenecer a la Secretaría de Industria y Comercio ), y el Biológico Nacional (que el mismo proyecto incorpora a la Secretaría de Fomento ), se han incorporado, por evidentes y obvias razones científicas a la Universidad Nacional, lo mismo que el Museo Nacional de Historia Natural, de índole y fines eminentemente científicos.
"La escuela llamada hasta hoy "De Altos Estudios," la ha denominado la Comisión, "De Estudios Superiores," título más castizo y menos presuntuoso.
"Sexto. Las materias que en el proyecto del Ejecutivo formaban el Departamento de Industrias fabriles militares, y en el enviado a nuestra consideración por el Senado formaban la Secretaría de igual nombre, las consideramos las Comisiones con el nombre de "Departamento de Aprovisionamientos Generales," y si bien dejamos en él las mismas materias, el nombre más general que se le ha dado hará que en lo sucesivo se puedan considerar, como dependientes de este Departamento, todas aquellas industrias que, aunque no tenga carácter netamente militar, deba sostener el Gobierno Federal para obtener todos los artículos que necesitan para poder sostenerse, procurando así la independencia de la República de la tutela del extranjero.
"Séptimo. Se suprimen los artículos 1o. y 2o. transitorios porque ya están por expedirse las leyes orgánicas del Poder Judicial Federal y común del Distrito Federal y territorios, y mientras esas leyes y la presente se promulguen, una ley preconstitucional que está en vigor determina cosa idéntica a lo que previenen esos preceptos, que por ende, sobran en este proyecto.
"Por lo expuesto, sometemos a vuestra consideración el siguiente
"PROYECTO DE LEY
"Artículo 1o. Para el despacho de los negocios del orden Administrativo de la Federación, habrá seis Secretarías de Estado y tres Departamentos:
Las Secretarías serán:
Estado. Hacienda y Crédito Público. Guerra Y Marina. Agricultura y Fomento. Comunicaciones. Industria, Comercio y Trabajo.
Los Departamentos serán: Universitario y de Bellas Artes. Salubridad Pública. Aprovisionamientos Generales.
"Artículo 2o. Corresponde a la Secretaría de Estado: Relaciones con las naciones extranjeras. Tratados Internacionales y su publicación. Conservación de dichos tratados. Autógrafos de todos los documentos diplomáticos y de las Cartas Geográficas en donde estén fijados los límites de la República. Legaciones y Consulados. Naturalización, estadística de extranjeros y derechos de extranjería. Aplicación del Artículo 33 constitucional. Extradiciones. Legalización de firmas en documentos que han de producir sus efectos en el exterior, y en documentos del exterior que han de causar efectos en la República. Migración. Relaciones con el Congreso de la Unión y con la Suprema Corte de Justicia de la misma. Relaciones de la Federación con los demás Estados que la forman. Elecciones generales. Medidas administrativas para el cumplimiento de la Constitución. Reformas Constitucionales. Garantías individuales. Derechos de ciudadano. Decretos, leyes Orgánicas y Códigos Federales y su publicación. Expropiación por causas de utilidad pública. Reos federales, amnistías, indultos, conmutación y reducción de penas por delitos del orden federal. Nombramiento y renuncias de los Secretarios del Despacho, de los Directores de los Departamentos y de los Gobernadores del Distrito y Territorios Federales. Beneficencia Privada. Relaciones con los Montes de Piedad. Gran Sello de la Nación. Archivo General. Diario Oficial de la Federación e Imprenta del Gobierno.
"Artículo 3o. Corresponde a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Presupuestos. Impuestos Federales. Aranceles de Aduanas Marítimas y Fronterizas. Administración de todas las rentas Federales.
Casas de Moneda y Ensaye. Empréstitos y Deuda Pública. Bienes Nacionales y nacionalizados. Bancos y demás instituciones de crédito. Policía Fiscal. Estadística Fiscal. Responsabilidades en favor y en contra de la Nación.
"Artículo 4o. Corresponde a la Secretaría de Guerra y Marina: Ejército Permanente. Marina de Guerra. Patentes de Corso. Guardia Nacional al servicio de la Federación. Servicio Médico Militar. Administración de justicia militar. Indultos por delitos militares. Escuelas militares. Escuelas náuticas. Fortalezas, fortificaciones, cuarteles, arsenales, diques, depósitos y almacenes militares de la Federación. Colonias Militares.
"Artículo 5o. Corresponde a la Secretaría de Agricultura y Fomento: Colonización. Materia Agraria. Tierras de pueblos, dotación y restitución de tierras a los pueblos y fraccionamiento de latifundios. Terrenos baldíos. Terrenos nacionales. Gran Registro de la Propiedad. Bosques y productos vegetales de los terrenos de la Nación. Fomento, conservación y explotación de la riqueza forestal en el territorio Nacional. Aguas de propiedad federal. Concesiones para su aprovechamiento, y policía y vigilancia de las mismas. Obras de irrigación. Desecación y mejoramiento de terrenos. Inspección de las obras para fuerza motriz durante su construcción. Agricultura, ganadería, avicultura, sericicultura, piscicultura y apilcultura. Escuelas de Agricultura y de Veterinaria. Establecimientos para propaganda y mejoramiento de los cultivos agrícolas. Arboles frutales y forestales; plantas forrajeras, industriales y medicinales. Estaciones experimentales. Propaganda y exposiciones agrícolas, ganaderas florestales y forestales. Cámara y asociaciones agrícolas, ganaderas u otros similares. Estudios y exploraciones geográficas. Trabajos geodésicos y formación de la carta de la República. Observatorios astronómicos de meteorológicos. Estudios y exploraciones de la flora y fauna de la República. Viajes y exploraciones científicas. Censos. Estadística general. Dirección Etnográfica: Estudio de las razas aborígenes. Exploraciones arqueológicas. Conservación de monumentos arqueológicos. Límites de la República y de los Estados. Crédito Rural. Plagas de los campos y policía sanitaria, rural. Congreso Agrícolas. Exposiciones agrícolas permanentes.
"Artículo 6o. Corresponde a la Secretaría de Comunicaciones: Costas. Puertos. Vías navegables. Ferrocarriles y tranvías. Puentes. Calzadas. Canales construidos por concesión federal o a expensas de la Federación. Caminos Carreteros nacionales e inspección de los privados. Obras de los puertos. Faros. Monumentos y edificios públicos y obras de utilidad y ornato costeados por la Federación. Conserjería y obras en el Palacio Nacional y en el de Chapultepec. Marina Mercante. Correos interiores Unión Postal Universal. Subvención a vapores y ferrocarriles para verificar transportes de correspondencia. Giros postales en el interior de la República. Giros postales internacionales. Telégrafos y teléfonos federales. Concesión para establecer líneas telegráficas y telefónicas, particulares y vigilancia sobre ellas; vigilancia de las líneas telegráficas y telefónicas de los ferrocarriles y radiotelefonía. Concesión para establecer estaciones inalámbricas y vigilancia sobre ellas. Correspondencia con naciones extranjeras, para intercambio de mensajes y señales de las estaciones inalámbricas. Cables. Contratos con compañías telegráficas y telefónicas y cablegráficas internacionales. Giros telegráficos.
"Artículo 7o. Corresponde a la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo: Industrias en general, con excepción de las de carácter agrícola. Estudios y exploraciones geológicos. Comisiones exploradas, especiales, etc. Minería, concesiones, exploraciones y explotaciones. Petróleo y combustibles minerales. ( Concesiones, exploraciones y explotaciones ). Cámaras y asociaciones industriales. Comercio. Escuela Superior de Comercio y Administración. Sociedades mercantiles. Compañías de Seguros. Cámaras y asociaciones comerciales. Lonjas y Corredores. Pesas y Medidas.
Propaganda y enseñanza industrial y comercial Exposiciones nacionales e internacionales Propiedad industrial y mercantil. Privilegios exclusivos de carácter industrial. Caza. Pesca. Concesiones para explotación de guano, nitratos, potasa y demás fertilizantes. Estadística industrial comercial. Huelgas. Sindicatos.
"Artículo 8o. Corresponde al Departamento Universitario y de Bellas Artes: Escuela Nacional Preparatoria e Internado Nacional. Escuela de Jurisprudencia. Escuela de Medicina. Escuela Odontológica. Escuela de Ingenieros. Facultad de Ciencias Químicas. Dirección de Estudios Biológicos. Escuela Nacional de Estudios Superiores. Instituto Biológico. Museo de Historia Natural. Instituto Geológico. Todos los demás establecimientos docentes de investigación científica que se crearen en lo sucesivo. Dirección General de Bellas Artes. Escuela de Bellas Artes, de Música y Declamación. Museos: Nacional de Historia y Arqueología, de Arte Colonial, etc. Propiedad literaria, dramática y artística. Biblioteca y antigüedades nacionales. Escuela de Bibliotecarios y Archiveros. Fomento de Arte y Ciencias. Exposición de obras de arte. Congresos Científicos y artísticos. Extensión Universitaria.
"Artículo 9o. Corresponde al Departamento de Salubridad: Legislación Sanitaria de la República. Policía sanitaria de los puertos, costas y fronteras. Inspección sobre substancias alimenticias. Preparación y aplicación de vacunas y sueros preventivos o curativos. Vigilancia sobre ventas y uso de substancias venenosas. Drogas y demás artículos puestos en la circulación. Medidas contra enfermedades contagiosas. Medidas contra el alcoholismo. Congresos sanitarios.
"Artículo 10. Al Departamento de Aprovisionamientos Generales: Fábrica Nacional de Cartuchos. Fundición Nacional de Artillería. Laboratorio de municiones y artificios. Fábricas nacionales de pólvora. Maestranza Nacional. Almacenes generales de armas, municiones y equipo del ejército. Fábrica Nacional de Armas. Almacén y fabricas de medicinas, ropa, útiles, enseres e instrumentos, etc., de la Proveeduría General de hospitales militares, de puestos de socorro y de servicios sanitarios militares en campaña. Talleres de aviación. Fábrica de calzado, de uniformes, curtiduría y demás que se establezcan.
"Artículo 11. En casos dudosos o extraordinarios, el C. Presidente de la República resolverá, por medio de la Secretaría de Estado, a cuál Secretaría o Departamento corresponde conocer.
"Artículo 12. El Departamento Universitario o de Bellas Artes, se denominará "Universidad Nacional" y será su director el Rector de esta Institución.
"Artículo 13. Las obras materiales, departamentos, y, en general, las del Gobierno Federal, serán ejecutadas por la Secretaría de Comunicaciones, conforme al artículo 134 de la Carta Magna, sujetándose a los planos acuerde el ramo administrativo a que correspondan y con cargo a sus presupuestos respectivos con excepción de las fortificaciones, que serán hechas por la Secretaría de Guerra.
"Artículo 14. Cada Secretaría o Departamento remitirán con toda oportunidad a la de Hacienda, su respectivo proyecto de presupuestos, para que pueda someterse, a su tiempo, a la aprobación de la Cámara de Diputados.
"Artículo 15. Dependerá de los Ayuntamientos del lugar de su ubicación:
I. Las escuelas de instrucción primaria, elemental y superior, que en el Distrito y Territorios Federales dependían de la Secretaría de Instrucción Pública.
II. Las oficinas del Fiel Contraste establecidas en el Distrito y Territorios Federales.
III. Las cárceles establecidas en el Distrito y Territorios Federales para la prisión preventiva de los acusados por faltas y delitos de orden común y para extinción de las penas impuestas por las primeras.
"Artículo 16. Dependerán del Gobierno del Distrito Federal:
I. Los establecimientos de beneficencia pública que hasta hoy han dependido de la Secretaría de Gobernación.
II. Las escuelas de enseñanza técnica y las escuelas normales.
III. Las cárceles destinadas a la extinción de penas impuestas por delitos de orden común.
IV. Todo lo relativo a notarios, registro público de la propiedad, registro de comercio y archivo de notarías del Distrito Federal, así como también la oficina del Catastro y administración de teatros que dependan del Gobierno Federal. Las materias comprendidas en esta fracción, dependerán en los Territorios Federales del Gobernador respectivo.
"TRANSITORIOS.
"Artículo 1o. Esta ley principiará a regir el día de su promulgación.
"Artículo 2o. Los edificios pertenecientes a la Federación que ocupan las Escuelas de Enseñanza Primaria, Superior y Elemental, la Escuela Nacional Preparatoria, el Internado Nacional y los establecimientos de Beneficencia, así como los muebles y útiles destinados a dichas instituciones, quedarán aplicados al mismo servicio a que estaban destinados, mientras la ley no disponga otra cosa.
"Salas de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
"México, 21 de septiembre de 1917.- Francisco Medina.- Emilio Araujo.- Aurelio Manrique, jr.- Juan Manuel A. del Castillo.- Rueda Magro.
"Conformes, con excepción de lo relativo al Instituto Biológico Nacional y a la Escuela Nacional Preparatoria.- A. Esquivel.- José Rivera."
"Comisiones de Estado, Departamento Interior, 2a. de Puntos Constitucionales y 1a. de Instrucción Pública, unidas.
"Voto particular."
"Señor:
"Los subscriptos, miembros de las Comisiones unidas de Estado, Departamento Interior, 2a. de Puntos Constitucionales y 1a. de Instrucción Pública, encargados de dictaminar sobre el Proyecto de Ley Orgánica de las Secretarías del Despacho del Poder Ejecutivo de la Unión, enviado por la H. Cámara de Senadores, hemos diferido con nuestros compañeros de Comisión, en los siguientes puntos:
"El ejecutivo, en su proyecto, incluyó a la Escuela Nacional Preparatoria y el Internado Nacional entre las dependencias del Gobierno del Distrito Federal. La Cámara alta, por razones carentes de todo fundamento, modificó dicho proyecto en el sentido de colocar a las referidas escuelas dentro de la Universidad. Las Comisiones de esta H. Cámara, a cuyo estudio pasó el citado proyecto, aceptaron dichas modificaciones, con lo cual no vamos de acuerdo, por las razones que brevemente pasamos a exponer y que a su tiempo ampliaremos.
"Hasta la fecha se ha tenido desgraciadamente un criterio muy erróneo de lo que debe ser la Escuela Nacional Preparatoria, y ello ha traído graves perjuicios no sólo a la Institución, sino a la sociedad en general.
"La idea predominante de nuestras autoridades escolares ha sido la de que la Escuela Nacional Preparatoria únicamente sirve para preparar a los alumnos para los estudios de una carrera profesional. Esta creencia ha tenido su origen, probablemente, en el nombre que ostenta la Escuela; pero la verdad es que no le corresponde otro papel que el de la escuela secundaria, institución necesarísima que en todos los países civilizados del mundo tiene un lugar preferente.
"Desde luego debemos sentar como tesis que en todas las naciones es requisito indispensable para el estudio de una profesión, el haber pasado antes por la escuela secundaria, y que siendo en nuestro país la Escuela Nacional Preparatoria la continuación de la escuela primaria , ella ha venido a desempeñar, aunque deficientemente, el papel de la escuela secundaria, no queriendo decir por esto que la misión de esta institución sea únicamente la de preparar para el estudio de una profesión.
"Dado el falso criterio de nuestras autoridades escolares sobre la Preparatoria, no han impreso a ésta todo el carácter de la escuela secundaria, siempre han hecho de ella una escuela que pudiéramos llamar híbrida, porque ni han preparado convenientemente para los estudios profesionales, ni han desarrollado el plan que debe seguir toda la escuela secundaria y sí han fomentado un fracaso que la estadística acusa con un ochenta por ciento de alumnos reprobados.
"Sin embargo, el fracaso ha sido notado varias veces, se han hecho diferentes modificaciones en los planes de estudios, desgraciadamente siguiendo el mismo criterio, y el éxito siempre ha sido nulo.
"Ningún mérito tendría la obra del ilustre Barreda, si no se le juzgara desde el punto de vista político, pues nacida la Escuela Preparatoria al fragor de la lucha entre liberales y conservadores, el partido retrógrado vió con favor surgir una institución escolar, amparada por las ideas positivistas de Augusto Comte y prohijadas con verdadero entusiasmo por el partido liberal.
"Desde el punto de vista pedagógico, la Preparatoria fué un grave error, pues sus planes de estudio, sus métodos de enseñanza, etc., siempre han estado en completa pugna con los principios más rudimentarios de Pedagogía.
"Una rápida ojeada a los diferentes programas de estudio que han existido en la referida Escuela, nos convencerá de la tendencia de imprimir a ésta un carácter universitario, y si más de veinticinco años de su existencia han sido un fracaso, lógico es procurar llevarla por otros senderos que la conduzcan a desempeñar el papel a que está llamada en la sociedad.
"La Revolución, con acertado criterio, ha procurado dar a esta Escuela el carácter que le corresponde de escuela secundaria, y como tal institución debemos de considerarla de hoy en adelante, para que de sus programas, métodos de enseñanza, etc., venga a ocupar en nuestro país un lugar preferente, por ser ella la que debe forma a la clase media, que ha sido, es y será siempre, la directora de los asuntos públicos.
"Hasta ahora, a nuestra juventud no le han quedado más que dos caminos: El de conformarse con los escasos conocimientos que da la escuela primaria o el de estudiar una carrera profesional. Si es lo primero, esa juventud está llamada a engrosar el numeroso ejército de la empleomanía, si lo segundo, va también con mengua de los intereses sociales a engrosar las filas de los, en general, mediocres profesionistas de nuestra sociedad.
"Las escuelas secundarias con el nombre de preparatorias, ha tenido un verdadero carácter aristocrático en la República, porque sólo han sacado fruto de ellas, los mimados de la fortuna a quienes ha sido dable hacer una carrera profesional. De sus aulas han salido hombres que como los García Naranjo, los Lozano, los Moheno y otros, que no han prestado a la Nación más que servicios de baldón y vergüenza.
"En otros países, como en los Estados unidos, la escuela secundaria ha recibido especial preferencia
y se ha popularizado tanto, que en 1914 existía una de esas escuelas por cada 7,291 habitantes, mientras que en nuestro país contamos con una por cada entidad que, como el Distrito Federal, tiene aproximadamente 700.000 habitantes.
"La escuela secundaria debe multiplicarse, para que continúe el desarrollo de las facultades del individuo, comenzando por la escuela primaria, debe ser la continuación de ésta, debe formar a los hombres para que sean capaces de entrar en todas las actividades de la vida nacional, que como bien pueden ser las de ocupar puestos públicos, pueden ser también el estudio de una carrera profesional, es decir, en la referida escuela se debe impartir una cultura general que venga a ser el coronamiento de los estudios primarios.
"El fracaso de la Preparatoria, no sólo ha dependido de sus planes de estudio, cosa demostrada con el constante cambio que de ellos se ha hecho, sin lograr éxito alguno, sino que también ha dependido, y muy especialmente, de un gran abismo que constantemente ha existido entre la escuela primaria y la Preparatoria, es decir, se ha roto la unidad de criterio que debe normar, forzosa e ineludiblemente a la enseñanza, desde el kindergarden, hasta la escuela secundaria.
"Si la escuela Preparatoria o secundaria, dentro de la Universidad se le coloca, natural y lógico es que se le imprima un carácter enteramente universitario, los conocimientos que en ella se impartan, serán de tal manera elevados, que no podrán estar nunca al alcance de los alumnos, y no otra cosa más que distanciarla más y más de la escuela primaria, y como hasta hoy, continuaremos por el camino seguro del fracaso.
"A propósito de querer hacerlo todo universitario, creemos pertinente citar las siguientes palabras de Gustavo Lebón: "Hoy lo ha invadido todo ese terrible espíritu universitario, que cree que el valor de los hombres se mide por la cantidad de las cosas que pueden recitar. Este espíritu forma parte ahora de las ideas hereditarias de nuestra raza y pocos latinos son aptos para comprender que el recitado no es el único ideal posible de la Educación."
"Muy razonable es, es nuestro concepto, recoger las experiencias que otros países han hecho sobre asuntos educacionales, y en ningún país extranjero encontraremos a las escuelas secundarias, formando parte de las universidades, sino que, por el contrario, siempre las veremos en íntimo contacto con las escuelas primarias.
"Las fatales consecuencias que para la enseñanza ha traído la ingerencia de la política, nos evitan entrar en digresiones para demostrar lo inconveniente que sería el que la Preparatoria dependiese de un Departamento o de una Secretaría de Estado.
"La escuela de que nos ocupamos es eminentemente local, como lo son en los Estados los llamados Institutos, Colegios de Estado, Liceos, etc., donde dependen de la primera autoridad local, que lo es el Gobernador; lo racional es que, en el Distrito Federal, suceda lo mismo, dependiendo del Gobernador del Distrito, por conducto de la Dirección General de Educación Pública, para que se encuentra en íntimo contacto con las primarias y haya unidad en la enseñanza, por lo que nos permitimos proponer a esta H. Asamblea que los artículos 8o. y 16 del proyecto de ley, queden en la siguiente forma:
"Artículo 8o. Corresponde al Departamento Universitario y de Bellas Artes: Escuela de Jurisprudencia. Escuela de Medicina. Escuela Odontológica. Escuela de Ingenieros. Facultad de Ciencias Químicas. Museo de Historia Natural. Instituto Geológico y todos los demás establecimientos docentes de investigación científica que se crearen en lo sucesivo. Dirección General de Bellas Artes. Escuela de Bellas Artes, de música y Declamación. Museos: Nacional, de Historia y Arqueología, de Arte Colonial, etc. Propiedad literaria, dramática y artística. Biblioteca y antigüedades nacionales. Escuela de Bibliotecas y Archiveros. Fomento de Artes y Ciencias. Exposición de obras arte. Congresos científicos y artísticos. Extensión universitaria.
"Artículo 16. Dependerán del Gobierno del Distrito Federal:
I. Los establecimientos de beneficencia pública que hasta hoy han dependido de la Secretaría de Gobernación.
II. Las escuelas que estaban a cargo de la Dirección General de la Enseñanza Técnica, dependientes de la Secretaría de Instrucción Pública, así como la Escuela Preparatoria, el Internado Nacional y las Escuelas Normales.
III. Las cárceles designadas a la extinción de penas impuestas por delitos del orden común.
IV. Todo lo relativo a notarios, Registro Público de la Propiedad, Registro de Comercio y archivo general de notarías del Distrito Federal, así como también la oficina del Catastro y administración de teatros que dependen del Gobierno Federal. Las materias comprendidas en esta fracción dependerán en los Territorios Federales, del Gobernador respectivo.
"Sala de Comisiones del Congreso de la Unión. México, septiembre 25 de 1917.- José Rivera.- A. Esquivel."- Primera lectura.
El C. Rueda Magro: Pido la palabra para pedir dispensa de trámites. ( Voces: ¡No, no! Murmullos. Siseos ). Que se me permita hablar. Deseo dispensa de segunda lectura, que se incorpore en el Diario de los Debates que se publicará mañana y que se señale día para la discusión.
- El mismo C. Secretario: La secretaría informa que, en virtud de que el dictamen va a salir en el Diario de los Debates, no es necesaria nueva impresión.
El C. Rueda Magro: Solicito la dispensa de la segunda lectura. ( Voces y murmullos ).
El C. Cabrera: Pido la palabra, Generalmente, para los que estudiamos los dictámenes, nos hace falta tener impreso el dictamen, más si es de la trascendencia del que se ha presentado; el Diario
de los Debates no presenta facilidades prácticas para el manejo de los documentos. Yo desearía que se hiciera la impresión que siempre se acostumbra.
El C. Presidente: Habiendo reclamado la dispensa de trámites de la segunda lectura el C. Rueda Magro, del voto de la Asamblea depende el resultado. De manera que se va a preguntar a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura.
El C. Zapata: Para que al mismo tiempo se pregunte a la Asamblea sobre si se dispensan o no los trámites, porque, en mi concepto, sería eso muy perjudicial para los que verdaderamente deseamos conocer y estudiar el proyecto de ley y desearía que lo hiciéramos con toda la calma posible; no lo conocemos sino por una lectura, que no deja la impresión real.
El C. Rueda Magro: Pido la palabra. Yo me sostengo en el sentido de que se dispensen la segunda lectura; es público que nadie hace caso de las lecturas, pido de que se publique en el Diario de los Debates y que se reparta profusamente y que se señale el día que quiera la Cámara para que entre a discusión.
- El mismo C. Secretario: Se pregunta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. No se dispensa la segunda lectura. Primera lectura.
- El mismo C. Secretario: "General Luis Gutiérrez candidato al Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, electo para tal cargo por considerable mayoría de votos, en las elecciones verificadas el 19 de agosto próximo pasado, ante esa H. Representación Nacional y en la forma que mejor proceda en derecho, comparezco a exponer:
El C. Manrique, interrumpiendo: Para solicitar de la Mesa Directiva que se sirva informarnos si se trata de una acusación, pues en este caso debe presentarse por primera vez en sesión secreta.
- El mismo C. Secretario: La Secretaría informa que se lee este documento en sesión pública porque no es una acusación, sino que únicamente se pide una investigación.
"Mi contrincante, C. Gustavo Espinosa Mireles, ha hecho cuanto ha estado de su parte, de acuerdo con el Gobernador provisional del Estado, general Bruno Neira, y demás autoridades locales para violar el voto público, ya que en forma legal, hubiera obtenido, como efecto obtuvo, una minoría muy considerable de sufragios. Forma legal, hubiera muy considerable de sufragios.
"Muchos y muy considerables son los atentados que llevó a cabo el Partido mirelistas, tanto durante la campaña electoral, como durante la elección, pero sólo me ocuparé de aquellos que, por su magnitud y por encontrarse perfectamente comprendidos dentro de las prescripciones legales, son dignos de ponerse bajo la consideración de esa H. Cámara.
"Como revolucionario de principios y amante de la felicidad de mi Patria, haría gustoso a un lado todo sentimiento de ambición personal y cedería ante la marcada imposición del C. Gustavo Espinosa Mireles, pero está de por medio la voluntad explícita de más de las cuatro quintas partes de los ciudadanos coahuilenses, con los cuales he adquirido el compromiso solemne de velar por el sostenimiento de nuestras instituciones; motivo por el que, me veo precisado a someter al recto criterio de esa H. Cámara, debidamente comprobados los hechos siguientes:
"Es absolutamente innegable que el señor Espinosa Mireles, durante su interinato en el Gobierno del Estado de Coahuila, no sólo preparó debidamente su campaña política, creando a su sabor autoridades especiales, es decir, imponiendo Presidentes Municipales que se encargasen de sostener y apoyar por todos los medios posibles, aún los más reprobados, su candidatura al Gobierno del Estado, sino que aprovechó sin escrúpulos de ninguna especie, muchos de los elementos morales y materiales de ese Gobierno, a cuyo frente estaba, como podrá verse por el documento adjunto, y que, marcado con el numero 1 aparece firmado del puño y letra del propio señor Mireles, siendo aún Gobernador Interino.
"La imposición de Presidentes Municipales, llevada a cabo por el señor Espinosa Mireles durante su interinato en el Gobierno del Estado, dió por resultado que se ejerciera una presión terrible sobre los simpatizadores de mi candidatura, como podrá verse por los documentos adjuntos y que se marcan con los números 2, 3, 4, 5 y 6. Entre los Presidentes impuestos citaré a los de Torreón, Matamoros, San Pedro de las Colonias, Parras, Viesca, Arteaga, Candela, Múzquiz, San Juan de Sabinas, Rosales, Jiménez, Villa Acuña y Piedras Negras. La intromisión de tales Presidentes, llegó hasta el extremo de que estos mismos individuos formaran parte de las mesas directivas de los clubes mirelistas, como el señor Felipe García, Presidente Municipal de Piedras Negras, que era a la vez, Secretario del club mirelista de aquella ciudad, y el señor Abel Barragán, Presidente Municipal de Saltillo que, habiéndose postulado para diputado por el segundo distrito, pidió licencia para separarse de su cargo el día 18 de julio, es decir, un mes antes de las elecciones, con la agravante de que, al día siguiente de haber obtenido su credencial, aunque de una manera fraudulenta, como se demostrará después, volvió a hacerse cargo de la Presidencia Municipal, no sin antes haber ejercido toda la presión que le fué dable sobre los jueces auxiliares de los ranchos circunvecinos, como lo demuestra el documento que se adjunta marcado con el número 4.
"Cabe aquí agregar que, no sólo los Presidentes Municipales impuestos por el señor Espinosa Mireles, trabajaron abierta y descaradamente por su candidatura, sino un gran número de empleados del Gobierno, como el señor Martiniano Espinosa, padre de don Gustavo, que siendo Administrador Principal de la Renta del Timbre en esta ciudad, y teniendo a sus órdenes a todos los Administradores locales de los Municipios, amenazólos, con pena de destitución, si no trabajan en el sentido indicado; el señor don Juan Martínez M., Presidente de la Junta Agraria del Estado, que organizó jiras de propaganda por todos los pueblos de los distintos distritos, acompañado de la señora profesora Antonía Ortiz, inspectora de escuelas de
niñas, y de algunos otros empleados del Gobierno; todo esto a ciencia y paciencia de las autoridades del Estado, a cuyo frente se encuentra el general Bruno Neira, hechura del señor Espinosa Mireles e incondicional ejecutor de las órdenes del mismo, pues es innegable también que, dicho general Neira, a pesar de tener el carácter de Gobernador interino, no fué sino un instrumento de aquél, como lo demuestra el hecho de que, habiendo tomado posesión de su cargo el día 7 de abril del corriente año, no tuvo empacho alguno en autorizar con su firma, el día 10 del mismo, la convocatoria y Ley electoral respectivas, confeccionadas de antemano; así como el haber permitido que el general Idelfonso Ramos, al frente de una fuerte escolta, acompañese al señor Espinosa Mireles durante su gira de propaganda, por los pueblos siguientes: Castaños, Monclova, Abasolo, Nadadores, San Juan Buenaventura, Sacramento, Lamadrid, Cuatro Ciénegas, Barroterán, Esperanzas, Múzquiz, San Juan de Sabinas, Allende, Morelos, Zaragoza, Nava, Piedras Negras, San Pedro de las Colonias, Matamoros, Torreón, Viesca y Parras, resultado que, tal lujo de fuerzas, unido a los actos violentos de los militares, causara verdadero pánico en el ánimo del pueblo, y, muy principalmente, entre mis partidarios, alguno de los cuales fueron encarcelados con pretextos pueriles.
"En los expedientes números 7 y 8 que constan: El primero de 11 fojas y el segundo de 7, aparecen debidamente especificados los fraudes electorales y atropellos cometidos durante la elección, en los municipios de Torreón y San Pedro de las Colonias, respectivamente.
"En el expediente que se adjunta y marca con el número 9, se delinean también los atropellos cometidos en el 14o. distrito electoral, los cuales fueron certificados por la autoridad municipal, según documento adjunto al propio expediente.
"Al efectuarse la elección fueron rechazados, en algunas casillas, los representantes del partido que me postuló, vulnerando así el artículo 30 de la Ley electoral. ( Documento número 10 ).
"En las juntas computadoras de esta ciudad, fueron también rechazados los representantes, alegando el pretexto de que, las credenciales respectivas, no tuvieron registradas ante la Presidencia Municipal en el tiempo de ley, no obstante el certificado de ésta en contrario, y que se adjunta con el número 12. El único de dichos representantes que fué admitido, el C. licenciado José Pompa del Bosque, en vista de los chanchullos y de la irregularidades que se cometieron en la junta y de no habérsele admitido protesta alguna, no pudo menos que retirarse. ( Documento número 13 ).
"En Piedras Negras, fueron, asimismo, rechazadas todas las protestas de mis representantes. ( Documento número 14 ).
"El 26 de agosto próximo pasado, fecha en que se instalaron las juntas de escrutinio, tuvimos la tristeza de presenciar que en los locales correspondientes a los distritos electorales 1o., 2o. y 3o., de esta ciudad, hubo fuerza armada y fueron testigos oculares de estos hechos, los CC. Juan Aguirre Escobar, diputado al Congreso de la Unión; Juan J. Aguirre, candidato a diputado por el 2o. distrito del Estado, y Fidel Ramírez M., Presidente del Partido Liberal Democrático Coahuilense, quienes personalmente tuvieron que ir a solicitar del C. Gobernador interino, que dichas fuerzas fueran retiradas. Igual cosa sucedió en algunos otros puntos del Estado. ( Documento número 10, 11, 15, 16 y 17 ); habiéndose dado el caso de que en Múzquiz, fueran sacados con violencia e internados en la prisión, tres Presidentes de casillas, por considerarlos partidarios de mi candidatura. ( Documento número 11 ).
"Fué extendida credencial fraudulentamente a favor del diputado mirelista en Piedras Negras, no obstante haber tenido minoría de sufragios. ( Documentos número 18 ).
"En esta ciudad, fueron consignados al Juzgado de Primera Instancia, dieciocho, expedientes electorales, los cuales no fueron tomados en consideración al hacer escrutinio, por lo que, los presuntos diputados, que obtuvieron las credenciales respectivas, no son los electos legalmente, por lo que deba violado flagrantemente el voto público. ( Documento número 19 ). A este respecto, "El Universal," en su número correspondiente al 27 del pasado, publica un telegrama, el cual fué enviado de Saltillo por el partido mirelista que, es en esa ciudad el corresponsal del citado periódico, y en el que inocentemente confiesa, al narrar los hechos antes referidos, por qué los expedientes consignados son muy voluminosos y contienen mayoría de votos para mí; y como la Cámara local será quien, conforme a la ley, deba juzgar de la legitimidad de los funcionarios electos, es indudable que, estando dicho Congreso integrado en su mayoría por individuos cuyas credenciales se hallan viciadas y han sido obtenidas por medio de la violación flagrante del voto público, estos supuestos diputados, no tendrán el menor escrúpulo en admitir tales credenciales como buenas y en calificar las elecciones, tanto de Gobernador, como de miembros del Poder Judicial, en el sentido que más convenga a las miras de su partido, sin tomar en consideración la voluntad de los votantes.
"En tal virtud, y con los hechos que dejo asentados, a ustedes, CC. diputados del H. Congreso de la Unión, suplico se sirvan dar oído a las quejas que consta en el presente ocurso, y con apoyo en el artículo 97 de la Constitución General de la República, solicitar de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sea bien servida de mandar practicar una averiguación minuciosa y proceder a lo que hubiere lugar en derecho.
"Protesto lo necesario.
"Saltillo, Coah., el 8 de septiembre de 1917.-
Luis Gutiérrez."- A las Comisiones unidas de Estado, Interior y de Puntos Constitucionales en turno.
El C. Secretario Aranda: Orden del día para mañana: Asuntos particulares.
El C. Presidente, a las 5.30 p. m.: En virtud de no haberse presentado el dictamen relativo a la adición a la Ley de Ingresos, se levanta la sesión, citándose para mañana a las cuatro de la tarde.
El Jefe de la Sección de Taquigrafía,
JOAQUIN Z. VALADEZ.