Legislatura XXVII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19171110 - Número de Diario 56
(L27A2P1oN056F19171110.xml)Núm. Diario:56ENCABEZADO
MÉXICO, SÁBADO 10 DE NOVIEMBRE DE 1917
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
PERIODO ORDINARIO XXVII LEGISLATURA TOMO II.- NÚMERO 56
SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
CELEBRADO EL 9 DE NOVIEMBRE DE 1917
SUMARIO
1.- Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior. se concede licencia al C. Arturo J. Higareda.
2.- Es puesto a discusión en lo general y aprobado el dictamen de las Comisiones unidas, 2a. Agraria y Especial de Reglamentación del artículo 27 constitucional, que consulta un proyecto de ley por el que se declara de utilidad pública el cultivo de las tierras de labor. Se suspende la sesión.
3.- Reanuda ésta se pone a discusión el artículo 2o. del dictamen de las Comisiones unidas de Estado, Interior, 1a. de Guerra, relativo a la autorización al gobierno del Estado de México para la creación de un cuerpo de seguridad pública. Es aprobado.
4.- Se da cuenta con una proposición firmada por varios CC. diputados para que sea nombrada una comisión que entreviste al C. Presidente de la República, pidiéndole que se sirva explicar los fundamentos que hubiere tenido en su apoyo para expedir recientemente una ley electoral de Ayuntamientos, para el Distrito Federal, Reformando la de 1862. Pasa a las Comisiones unidas de Estado, Interior y de Puntos Constitucionales en turno.
5.- Continúa el debate sobre el proyecto de Ley orgánica de la Secretaría de Estado. Discusión del inciso IX del artículo 8o. Se levanta la sesión.
DEBATE
Presidencia del C. Del Castillo Porfirio.
(Asistencia de 134 CC. diputados.)
- El C. Presidente, a las 10.18 a. m. Se abre la sesión.
El C. Secretario Aranda: "Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados el día ocho de noviembre de mil novecientos diez y siete.
"Presidencia del C. Porfirio del Castillo.
"En la ciudad de México, a las cuatro y diez y ocho de la tarde, del jueves ocho de noviembre de mil novecientos diez y siete, con asistencia de ciento cuarenta y siete CC. diputados, según consta en la lista que previamente pasó el C. Secretario Aranda, se abrió la sesión.
"El C. Prosecretario Limón leyó el acta de la sesión celebrada el día siete del actual, siendo aprobada sin discusión, en votación económica.
"El C. Secretario Portes Gil, pasó a dar cuenta con los siguientes documentos:
"Oficio de la H. Cámara de Senadores remitiendo el expediente relativo al proyecto de decreto en que se autoriza al Gobernador del Estado de Hidalgo para formar fuerzas de seguridad pública, y un oficio de la Secretaría de Estado, Negocios Interiores, en que se participa que el Ejecutivo cree prudente que se fije el tiempo durante el cual debe subsistir la autorización y la cantidad de fuerza armada que ella comprenda.- A las Comisiones unidas, 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. de Guerra.
"Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el manifiesta haberse enterado con sentimiento, de la muerte del C. diputado Valentín Flores Garza.- A su expediente.
"Oficio de la Secretaría de Guerra y Marina, con el que se remite el expediente formado con la solicitud que a dicha Secretaría elevó la señora Manuela González viuda de Beaven, a fin de que se le conceda una pensión por haber muerto en acción de guerra su esposo, el señor Ventura C. Beaven.- Recibo y a la Comisión de Guerra.
"Oficio de la misma Secretaría, acompañando veintiocho expedientes formados con motivo de solicitudes de pensión que a dicha Secretaría han dirigido igual número de deudos militares constitucionalista muertos en campaña.- Recibo y pasan los expedientes, por turno, a las Comisiones de Guerra.
"Oficio del Juzgado segundo de Distrito Supernumerario del Distrito Federal, en que se comunica que en el juicio de amparo promovido por la señora Esther Lobato viuda de Barreiro contra actos de esta H. Cámara, se proveyó un auto resolviendo que se sobreseía en el asunto por causa de improcedencia.- De enterado.
"Proposición subscrita por los CC. Medina Francisco, Narro, Méndez, Torres José D., Cravioto, Padrés, Mariel, Valle, Aranda, Manrique y Hernández Garibay, que en su parte resolutiva expone:
"Dígase a la Gran Comisión que presente a la mayor brevedad a la aprobación de la Cámara de Diputados, el personal de una Comisión especial que se encargue de reglamentar el artículo 4o. constitucional."
"Después de una aclaración del C. Manrique, se dispensaron los trámites a esta proposición, la que luego fué aprobada sin debate, en votación económica, por lo que se declaró que pasaba a la Gran Comisión para los efectos respectivos.
"Dictamen de la Comisión de Estado, Departamento Interior, que concluye con este acuerdo económico:
"Concédase ampliación hasta por un mes, sin goce de dietas, a la licencia que disfruta el C. diputado J. D. Ramírez Garrido."
"Sin que nadie hiciera uso de la palabra se aprobó en votación económica.
"Dictamen de la 1a. Comisión de Hacienda, que somete a consideración de la Asamblea, un proyecto de ley, en que se concede una pensión de noventa pesos mensuales a la señorita María Luisa Palacios, nieta del constituyente don Ponciano Arriaga.- Primera lectura.
"Dictamen de la misma Comisión, que concluye con un proyecto de ley, por medio del cual se pensiona con cuarenta y cinco pesos mensuales a la señora Emiliana R. viuda de Valderráin, viuda del C. Clemente Valderráin, asesinado por las huestes villistas.- Primera lectura.
"Dictamen asimismo de la 1a. Comisión de Hacienda, que en su parte resolutiva contiene un proyecto de ley por el que se concede una pensión de treinta pesos mensuales a la señora Camila Solórzano y Domínguez, nieta de doña Josefa Ortiz de Domínguez.- Primera lectura.
"Dictamen de la 2a. Comisión de Hacienda, que consulta un proyecto de ley referente a que se pague a las señoritas Josefa y Rosa Alcocer, el cincuenta por ciento de la pensión concedida por la Cámara de Diputados el año 1902, o sea la cantidad de cincuenta pesos mensuales.- Primera lectura.
"Dictamen de la misma Comisión, que concluye con un proyecto de ley, por medio del cual se concede a la señora Teodora Cabello viuda de Vásquez una pensión de treinta pesos mensuales, por haber sido asesinado en Matehuala por los pretorianos del usurpador Victoriano Huerta, su esposo, el C. Silvestre Vásquez.- Primera lectura.
"Dictamen de las comisiones unidas de Comercio e Industria y 2a. de Trabajo y Previsión Social, que se refiere al proyecto de la ley que, modificado, devolvió la H. Cámara de Senadores, relativo a la autorización que se da al Ejecutivo para la incautación de fábricas en los paros.- Primera lectura, e imprímase.
"A petición del C. Hay, la Asamblea, en votación económica, dispensó la segunda lectura, en virtud de lo cual, la Secretaría declaró que este dictamen se pondría a discusión el primer día hábil.
"Dictamen de las Comisiones de Estado, Departamento Interior, y 1a. de Guerra, que termina con el siguiente proyecto de ley:
"Artículo 1o. Se autoriza al C. Gobernador constitucional del Estado de México, para que pueda organizar fuerzas de seguridad pública, en el Estado, hasta por mil hombres.
"Artículo 2o. Dichas fuerzas dependerán directamente del Gobernador del Estado de México, y su sostenimiento será a cargo del Presupuesto de Egresos de dicha Entidad Federativa; pero quedarán sujetas a las prescripciones de la ley Orgánica y de la Ordenanza General del Ejército, actualmente en vigor, mientras se reglamenta la Guardia Nacional de dicho Estado."
"Puesto a discusión en lo general, hablaron en contra los CC. Céspedes, Valle y Pruneda, y en pro, los CC. Román, Ruiz Juan A. y Rocha, después de lo cual se declaró con lugar a votar en lo general el proyecto de la ley de que se trata, por ciento diez y seis votos de la afirmativa, contra treinta y tres de la negativa.
"Presidencia del C. Manuel Rueda Magro.
"A debate en lo particular, se puso a consideración de la Asamblea el artículo 1o., respecto del cual usó de la palabra en contra el C. Pruneda, quien fué interrumpido por mociones de orden de los CC. García Jonás y Villareal Filiberto, a las que siguió una aclaración de la Presidencia. El C. Hernández Maldonado, a invitación de la Presidencia, retiró una frase que virtió, refiriéndose al C. Pruneda.
"Siguieron discursos en pro de los CC. Vadillo, Bravo Izquierdo, Díaz González y Rivera Cabrera; y en contra de los CC. Valle, Céspedes y Aguirre Escobar; los CC. Rocha y González Jesús M. rectificaron hechos, con lo que se consideró el artículo 1o. suficientemente discutido, procediéndose a su votación nominal, la que determinó su aprobación por ciento nueve votos de la afirmativa contra veintiséis de la negativa.
"Hecha la declaración correspondiente, el C. Secretario Aranda da a conocer la orden del día para la sesión siguiente, y se suspendió ésta a las siete y cincuenta y cinco de la noche."
"Está a discusión el acta. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobada.
El C. Secretario Portes Gil: "H. Asamblea:
"El subscripto, diputado propietario por el 13 distrito de Jalisco, solicita atentamente de Vuestra Soberanía, le sea concedida una licencia de veinte días, con goce de dietas y dispensa de todo trámite, a fin de trasladarse a la ciudad de Autlán; a donde lo llaman asuntos urgentes, relacionados con los intereses que representa.
"Protesto las seguridades de mi consideración más distinguida.
"Constitución y Reformas.- México, 9 de noviembre de 1917.- Arturo J. Higareda."
En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Se dispensan los trámites.
Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se concede la licencia.
- El mismo C. Secretario: "Señor:
"Al estudio de la 2a. Comisión Agraria y Especial de Reglamentación del artículo 27 constitucional, pasó la iniciativa que los CC. diputados Cabrera, Vadillo, Zubaran, Morales Hasse, Gómez, Izquierdo y Zapata, presentaron a esta H. Asamblea, relativa a que se declare de utilidad pública el cultivo de las tierras laborales.
"A primera vista parece que con la iniciativa se violaría el artículo 14 de nuestra Carta Magna, ya que se puede privar de su posesión a un propietario o poseedor sin llenar antes los requisitos que ese mismo artículo señala.
"Generalmente el derecho de propiedad encierra en sí el de gozar y disponer de la cosa de una manera completa y absoluta; y este derecho, amparado por las leyes, se ha considerado hasta hoy intocable, y sólo por excepción tiene como límite el interés público y que no se haga de la cosa un uso prohibido por las mismas leyes o reglamentos.
"Nuestra Constitución de 57 nos habla de la expropiación por causa de utilidad pública, y las viejas teorías y las viejas prácticas consagran como intocables y amplísimos los derechos del propietario de tierras para usar de ellas y para obtener sus frutos. El derecho a la posesión de los terrenos se ha respetado de manera completa, y hoy por primera vez en nuestra República, quizá en la America, o quizá en todo el mundo se abren nuevos horizontes en materia jurídica para los derechos del propietario en cuanto a la posesión, horizontes que son estrechos para él, para el núcleo de privilegiados, pero que son amplísimos para la colectividad desnuda y hambrienta.
"En la Constitución de Querétaro se escribió la base fundamental de este nuevo derecho colectivo; base establecida en el artículo 27, y que es salvadora en los momentos actuales y en el porvenir.
"El propietario de una cosa no sólo puede servirse de ella de manera absoluta y exclusiva para usarla en todo aquello a que estuviese destinada, sino que puede disponer de ella a su antojo, y no sólo, no usarla y no permitir su goce a persona alguna.
"Pero ante el interés público, ante la tendencia de la Revolución que busca realmente un mejoramiento colectivo donde no existía más que un exceso de bienestar individual para un reducido número de privilegiados, que busca un beneficio efectivo para la mayoría de ciudadanos, a costa si se quiere, de la minoría exclusivista, las viejas teorías y las viejas prácticas en materia de posesión encuentran su fin, y se abre un nuevo derrotero en que de una manera efectiva y real el interés público se impone necesariamente al interés privado, y la tierra laborable que no lo sea por su propietario o poseedor, puede cultivarse por cualquier ciudadano que pretenda hacerlo.
"Toda propiedad territorial, sin distinción de ningún género, está sujeta a lo que dispone el citado artículo 27 constitucional, que quita todo escrúpulo y toda duda que pudiera haber respecto de los derechos consignados en el artículo 14 de la misma Carta Magna. Esos derechos de posesión del propietario o poseedor cesan de existir por un momento para que la tierra se destine precariamente al uso o servicio público.
"Una segunda cuestión en el terreno de la constitucionalidad podría suscitarse, porque en el propio artículo 27, página 24 de la Constitución, se establece que "Las leyes de la Federación y de los Estados en sus respectivas jurisdicciones, determinaran los casos en que sea de utilidad pública, la ocupación de la propiedad privada; y de acuerdo con dichas leyes la autoridad administrativa, hará la declaración correspondiente." Pero la ocupación por causa de utilidad pública a que se contrae la transcripción anterior, se refiere a una expropiación definitiva de la cosa declarada de utilidad pública, a fin de que ésta cambie de dueño, y no se refiere a la simple ocupación provisional, que es de la que trata esta ley. Eso se desprende de la continuación del párrafo preinserto en que se habla del precio como indemnización de la cosa expropiada, relacionando este párrafo con el segundo del mismo artículo 27, que dice textualmente:
"La expropiación sólo podrá hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización."
"Estimados, pues, que los Estados determinarán los casos en que sea de utilidad pública la ocupación de una propiedad privada para el hecho de transferirla definitivamente y no para el de una simple ocupación precaria. Es por esto que la Federación tiene derecho para legislar en la materia de que se trata. Sentado lo anterior que deja sobre bases firmes la iniciativa que se estudia, pasamos a examinar los diversos artículos de que ella se compone.
"En el primero se dice que "La Nación tiene siempre el derecho de regular el aprovechamiento de los elementos nacionales susceptibles de apropiación." Esto no es más que una repetición, en distinta forma, de lo preceptuado al principio del artículo 27 constitucional. Los autores desprenden como consecuencia de lo anterior, que puede la misma Nación disponer temporalmente, para fines agrícolas, de aquellas tierras que sus legítimos propietarios o poseedores no cultiven.
"Como la facultad que la Nación tiene no se la daría la iniciativa una vez aprobada, sino que se la da la Constitución misma en el citado artículo 27, creemos que la consecuencia debe desprenderse de esa misma facultad y no de la que establezca el artículo de que se trata, en la parte que se impugna.
"En el artículo 2o. se establece que aquellas tierras que "pasada la época de siembra" no hayan sido puestas en cultivo por sus propietarios, quedarán a disposición de los Ayuntamientos. Esto sería ineficaz, porque pasada una temporada de siembra quedaría sin cultivo la tierra si hasta entonces se puede disponer de ella, y como uno de los objetos que se persiguen es el de que lo más pronto posible se obtenga el mayor número de cosechas, es necesario que se fije, no el fin de la época de siembra, sino un término medio, y además un término medio también de la época de preparación, ya que antes de concluir una y otra, se puede colocar al Ayuntamiento en condiciones de disponer oportunamente de aquellas tierras que no estén preparadas para la siembra, o que no estén
sembradas, obteniéndose así mayor número de cultivos.
"En el mismo artículo se restringe para los vecinos del Municipio en que las tierras estén ubicadas, el derecho de obtenerlas, lo cual es inconveniente, ya que puede haber muchos lugares de la República en que después de que los vecinos hayan sembrado las tierras que alcanzaron a sembrar, sobren algunas de éstas, las que se quedarían sin cultivo si el derecho de obtenerlas no se hace extensivo a todo ciudadano.
"En el artículo 3o se conceptúan como tierras ociosas las que "hayan sido cultivadas en años anteriores con siembras o plantíos de cualquiera naturaleza," Esta clasificación no debe subsistir, por que a las tierras no les daría el carácter de ociosas la circunstancia de haber sido cultivadas en años anteriores; lo que les da ese carácter es el hecho de haberse cultivado en pasadas épocas y no cultivarse nuevamente en las fechas en que se deben serlo. Por otra parte, es peligroso hablar de siembras o plantíos de cualquiera naturaleza, puesto que hay sembrados permanentes, como henequén, coco, cayoco, y en general, de plantas vivaces, que excluirse de la presente ley; por lo que es indispensable concretarse únicamente a las siembras o plantíos que acostumbran hacer cada año.
"Las Comisiones, de acuerdo con algunos de los iniciadores, hicieron al proyecto varias modificaciones, adicionándolo igualmente con dos artículos que creyeron indispensable incluir en la ley de que se trata. Estos son el 4o. y el 17, especificando en el primero, de manera terminante, el objeto para el cual los Ayuntamientos podrán disponer de las tierras ociosas, y estableciendo preferencia en su concesión a los vecinos del Municipio en que se hallen ubicadas; y en el segundo, buscando una garantía efectiva para los labradores, a fin de que sus cosechas sean respetadas, ya que desgraciadamente, hemos visto que algunas fuerzas militares, sin que haya en todos los casos una necesidad apremiante que justifique sus procedimientos, han destruído cementeras y se han aprovechado de los productos de las siembras, sin indemnizar a sus propietarios y con evidente perjuicio para éstos. A los Ayuntamientos se les encarga que eviten estos abusos. Como se ve, los dos artículos son fundamentales, ya que en el uno se evita toda interpretación torcida que pudiera lesionar los derechos del propietario de terrenos, y ya que en el otro se dejan al amparo de los Ayuntamientos las cosechas; y los que, en último caso, pueden permitir que las fuerzas militares obtengan, si es absolutamente necesario, parte de ellas, pagando indefectiblemente su importe, el que los mismos Ayuntamientos deberán efectivo.
"Las modificaciones introducidas en los demás artículos de la iniciativa, son como sigue; se deja un término prudente a los usuarios, a fin de que les sea posible preparar la tierra para el cultivo, y cultivarla en su caso. La razón de esto es obvia; pues caso de señalar los extremos de las épocas de preparación y de las épocas de siembras, claro está que si el propietario no hace una u otra cosa en tiempo oportuno, no habrá ya quien lo haga, toda vez que sería exponerse a una pérdida segura, si fuera de la época natural en que debe barbecharse una tierra y ponerse en ella la semilla, se llevara a cabo este trabajo. Se indica el procedimiento de solicitar y obtener tierras; procedimiento que es sumamente sencillo, a fin de evitar dificultades a los interesados, y allanarles el camino para que puedan obtener tierras y cultivarlas. Se establece que es intransferible y personal el permiso obtenido para cultivar tierras ociosas; y esto se hace con el objeto de cerrar las puertas a los negociantes inmorales y evitar que éstos acaparen cierto número de permisos, para venderlos a los labradores, lo que obstruccionaría el beneficio que se busca con esta ley. Para mayor claridad se fija como término para el arrendamiento, el de un año agrícola, y se establece que al levantarse las cosechas, volverán por ese solo hecho, a su propietario o poseedor las tierras ociosas que se hayan cultivado. Las Comisiones han estimado que no tiene objeto que permanezcan en poder del poseedor precario después de levantada su cosecha, las tierras que se le arrendaron, y por ello han diferido de los iniciadores, que establecen como término del arrendamiento el comienzo del año agrícola siguiente.
"Se marcan cuotas distintas para los casos en que el Ayuntamiento proporcione elementos de trabajo y para los en que proporcione únicamente la tierra, y no una sola cuota, como aparece en la iniciativa. Esto sucede en todos los contratos de arrendamiento y de aparcería, pues naturalmente debe ser una cuota más elevada cuando obtenga el labrador no las tierras simplemente, sino elementos con que cultivarla, y debe ser una cuota más baja, cuando el labrador sólo obtenga la tierra para sembrarla poniendo él de su peculio los gastos que sean indispensables para el cultivo de esa misma tierra. Se fija para el primer caso un treinta por ciento y un veinte por ciento para el segundo, como máximos, tomándose cuotas menores de las que pagan generalmente los aparceros y arrendatarios. Como puede darse el caso de que la tierra haya sido preparada por el propietario y que, por circunstancias especiales, no la haya sembrado, aprovechándose del barbecho otra persona, las Comisiones creyeron justo abonar a aquél un cinco por ciento de las cosechas, ya que por una parte, invirtió dinero, y por otra, esta inversión aprovecha al labrador. Las cuotas de que se trata además de ser equitativas, tienden a beneficiar a los Ayuntamientos que, como se sabe tienen muy pocas fuentes de ingresos.
"Por las anteriores consideraciones, sometemos a la opinión de esta H. Asamblea, el siguiente
"PROYECTO DE LEY
"Artículo 1o. Se declara de utilidad pública el cultivo de las tierras de labor. Por lo tanto, la Nación podrá en todo tiempo disponer temporalmente, para fines agrícolas, de aquellas que sean laborables y que sus legítimos propietarios o poseedores no cultiven.
"Artículo 2o Todas aquellas tierras que sus dueños o poseedores no hayan barbechado o puesto en cultivo, pasadas las fechas que marque la ley para su preparación y siembra, quedarán por
eso sólo hecho a disposición de los Ayuntamientos, paro los efectos de la presente ley.
"Artículo 3o. Se consideran como tierras incluídas en el artículos que procede, todas las que en años anteriores hayan sido cultivadas en siembras anuales de cualquiera naturaleza, durante el temporal de aguas o por el sistema de riego, de humedad, etc., y las tierras que los vecinos denuncien como susceptibles de ser abiertas al cultivo en el temporal de lluvias; exceptuándose solo las siguientes:
"(a) Las tierras de agostadero y pastos en servicio; y
"(b) Las tierras de plantas vivaces y de bosques que deban conservarse según las leyes de la materia.
"Artículo 4o. Los Ayuntamientos dispondrán de las tierras a que aluden los artículos 2o. y 3o., únicamente para el efecto de darlas en aparcería o en arrendamiento a quienes las soliciten. Serán preferidos para la concesión de tierras ociosas los vecinos del Municipio de su ubicación.
"Artículo 5o. Las Legislaturas de los Estados, tomando en consideración las costumbres del lugar, el clima, la naturaleza del cultivo, etc., fijarán para cada región las fechas en que terminen para los propietarios o poseedores de terrenos, los períodos de preparación y de siembra; de modo que los usuarios de las tierras ociosas puedan todavía utilizarlas.
"Artículo 6o. Para el Distrito Federal se fija el día 30 de abril como fin de la época de preparación para el cultivo por parte del propietario o poseedor, y el 20 de mayo como fin de la época de siembra para el mismo. En el Territorio de Quintana Roo se tendrá el 28 de febrero como fin de la época de preparación, el 10 de mayo como fin de la siembra de maíz breve y el 20 de junio como fin de la siembra de maíz breve y el 20 de junio como fin de la de siembra de maíz común y corriente.
"Articulo 7o. Todo vecino de un Municipio o cualquiera otra persona tienen derecho a solicitar ante el respectivo Ayuntamiento, las tierras ociosas que crea poder cultivar. La solicitud deberá hacerse verbalmente por el denunciante en persona o por escrito mediante simple carta sin timbre.
"Artículo 8o. El Ayuntamiento que corresponda, concederá la tierra al solicitante para los efectos de esta ley, dentro de los tres días siguientes a la solicitud y sin más trámite que el de cerciorarse de que se encuentra la tierra sin preparar o sin sembrar. El permiso obtenido será personal e intransferible.
"Artículo 9o. Los Ayuntamientos podrán estipular libremente las condiciones de la aparcería o del arrendamiento de tierras ociosas, a excepción del plazo que no excederá del año agrícola, ya sea que proporcionen a los labradores elementos de trabajo o que se limiten a proporcionarles únicamente la tierra.
"Artículo 10. En el primer caso de los que mencionan el artículo anterior, pagará el labrador como máximo un treinta por ciento de la cosecha y un veinte por ciento en el segundo. Cuando la tierra hubiere ya sido barbecha por el propietario, se abonará a éste un cinco por ciento de la cosecha, el cual pagará el Ayuntamiento de la parte que le corresponde.
"Artículo 11. La extensión de tierras que el Ayuntamiento podrá conceder a cada vecino para su cultivo, no podrá exceder de veinte hectáreas en el Distrito Federal, ni de cien hectáreas en la Baja California y en Quintana Roo. Las Legislaturas locales determinarán la extensión máxima de tierras ociosas que puedan conceder los Ayuntamientos de los Estados, en cada comarca.
"Artículo 12. El producto de las aparcerías o arrendamientos de tierras ociosas, ingresará a los fondos del Ayuntamiento.
"Artículo 13. El propietario de la tierra laborable ociosa no tiene derecho a exigir de los labradores usuarios de aquélla, ninguna renta e indemnización por el concepto de la tierra que el Ayuntamiento le conceda para cultivar, y las autoridades vigilarán que no se cometa contra los trabajadores tal abuso.
"Artículo 14. La posesión que de las tierras ociosas de regadío asuman los Ayuntamientos, trae consigo la posesión de las aguas que, conforme al derecho o conforme a la costumbre, se hayan utilizado para el riego de esas mismas tierras en años anteriores.
"Artículo 15. Las tierras a que el presente decreto se refiere, seguirán considerándose como propiedad de sus respectivos dueños para todos los efectos legales; pero el Municipio tendrá el carácter de poseedor a título precario durante el año agrícola respectivo, únicamente para los efectos de esta ley; en la inteligencia de que una vez levantada la cosecha, la posesión de las tierras volverán por ese solo hecho a sus legítimos poseedores.
"Artículo 16. Los Ayuntamientos darán a las siembras hechas en las tierras ociosas toda la protección de las leyes, y cuidarán de ellas como de cosa propia.
"Artículo 17. Las cosechas y los frutos de las tierras arrendadas por los Ayuntamientos conforme a la presente ley, no podrán ser objeto de requisiciones militares de ningún género, sin previo consentimiento de los Ayuntamientos; los cuales se encargarán de hacer efectivo el importe correspondiente.
"Artículo 18. En cada Municipio, se llevará un registro cuidadoso del movimiento de cultivo en la circunscripción correspondiente y su relación con esta ley.
"Artículo 19. Sobre las bases generales contenidas en los artículos de la presente ley, y sin apartarse de ellas, las Legislaturas locales podrán dictar las disposiciones reglamentarias que las circunstancias del lugar exijan, para ponerla en práctica en los Estados, y el Congreso de la Unión dictará las que fueren necesarias por lo que se refiere al Distrito Federal y Territorios.
"TRANSITORIOS
"Artículo 1o. La presente ley entrará en vigor desde la fecha de su promulgación.
"Artículo 2o. Los Gobernadores del Distrito Federal y Territorios y de los Estados, en sus respectivas
jurisdicciones, tendrán la facultad transitoria de resolver las dudas y conflictos que se presenten para la aplicación de la presente ley, caso de que ésta tuviere que aplicarse antes de que se dicten los reglamentos respectivos.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 11 de octubre de 1917.- E. Neri. - J. Siurob.- J. T, Luna Enríquez.- A. Esquivel.- A. Cienfuegos y Camus.
"Señor:
"Los subscriptos, miembros de la 1a. Comisión Agraria y Reglamentación del artículo 27 constitucional, hacemos nuestro el dictamen anterior para la iniciativa que sobre declaración de utilidad pública del cultivo de las tierras laborables, presentaron los CC. Siurob, Múgica y Figueroa, ya que esta iniciativa, como la que se refiere el anterior dictamen, tiene iguales tendencias y encierra en el fondo iguales principios.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 13 de octubre de 1917.- B. Vadillo.- A. Cienfuegos y Camus.- Mariano Rivas.- Luis Cabrera.- Jesús Ibarra."
Está a discusión en lo general. Los que deseen hacer uso de la palabra se servirán pasar a inscribirse.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Siurob como miembro de la Comisión.
El C. Siurob: Ciudadanos diputados: Nunca como en esta oportunidad me he sentido tan honrado con venir a esta tribuna a presentar uno de los proyectos más revolucionarios que probablemente registrará este Congreso en sus anales. Los orígenes de esta ley se encuentran precisamente en las necesidades nacionales. El que por primera vez inició esta idea fué el ciudadano actual Presidente de la República, que entonces era Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, por medio de una circular dirigida a los Gobernadores de los Estados, en virtud de la cual excitaba a que se cultivaran las tierras que se encontraban abandonadas por sus legítimos propietarios, en virtud de la urgente necesidad que había de que se produjeran cereales y grano, necesarios para el aprovisionamiento de la República. Esta circular del C. Primer Jefe fue inmediatamente acogida con beneplácito por los Gobernadores interinos en la mayor parte de los Estados y no solamente fue acogida con beneplácito por los Gobernadores de los Estados, sino que comenzaron a practicarse los principios que entrañaba, más o menos modificados en las distintas Entidades Federativas, más o menos alterados los principios fundamentales o, más bien dicho, no alterados, sino puestos de acuerdo con las necesidades de cada región, por los Gobernadores provisionales de los Estados y se comenzó a ver inmediatamente el excelente fruto que daban estas medidas, haciendo que las cosechas que debieron haber sido ínfimas durante el periodo preconstitucional, si no bastaron en lo absoluto para las necesidades nacionales, cuando menos dejaron muy poco que desear acerca de este punto y tan es así que vosotros sois testigos de que durante el período preconstitucional casi no hubo necesidad de importar cereales, ni harina ni ninguna materia prima en la alimentación de nuestro pueblo, no hubo necesidad de importarla del extranjero. De manera que no hay una ley que esté más de acuerdo con las necesidades nacionales que la ley que en estos momentos tenemos el honor de presentar a vuestra consideración; estáis presenciando la circunstancia de que tienen que traerse del extranjero enormes cantidades de maíz que, naturalmente, vienen a cambio de nuestro oro y de nuestra plata contribuyendo a desmonetizar los mismos, contribuyendo a hacer inclinar la balanza comercial en contra de nuestra Patria ya sangrada por una sangrienta lucha, ya debilitada por la pérdida de sus hijos, ya en malas condiciones por la paralización de sus industrias y por la falta de trabajo en sus campos. Lo que justifica la expedición de las leyes son precisamente las necesidades públicas: de manera que si esta ley necesita una justificación, no puede encontrarla más clara, más perfecta, más completa que en las necesidades nacionales del momento. Si únicamente fuera por este capítulo por lo que debierais poner toda vuestra consideración en esta ley, ya sería muy suficiente para que debierais dedicársela toda entera; pero falta, señores tratar de las novedades legales que contiene, las novedades legales que contiene esta ley; son precisamente uno de los grandes progresos que ha traído la Revolución en nuestra legislación acerca de la propiedad: ya lo dice la exposición de motivos que se debe a nuestro compañero Neri. En esta exposición de motivos se establecen claramente las modificaciones legales al derecho de propiedad y yo no voy a repetirlas aquí, solamente voy a concretarme a decir a vuestras Señorías que es el derecho revolucionario quitando las prerrogativas al capital. El antiguo poseedor del capital tenía el derecho de usar y de abusar de él y el antiguo poseedor de la tierra tenía el derecho de usarla como cosa propia, sin interesarle el derecho de los demás. El actual viene a echar por tierra esos viejos preceptos de la antigua legislación acerca de la propiedad, para establecer el derecho común por encima del derecho individual y establece como base que cuando las necesidades públicas sean más imperiosas que el derecho individual, debe sobreponerse siempre, debe estar por encima del derecho de las mayorías, lo cual no es solamente democrático, sino esencialmente revolucionario y esencialmente social. Las legislaciones agrarias comprenden, como vosotros sabéis, en primer lugar esta ley será la primera de la serie, y digo la primera de la serie porque es la que nos permitirá aprovechar incontinenti las tierras de que no hacen uso nuestros enemigos, todas las tierras de que no han querido disponer nuestros enemigos para beneficio del pueblo.
En seguida vendrá la reglamentación del artículo 27, y posteriormente tendrá que venir la ley que fraccione los latifundios, y de la cual nos va a corresponder solamente la que se refiera al Distrito Federal y Territorios, que entran dentro de la jurisdicción de este Congreso. Pero, de cualquiera manera que sea, las nuevas legislaciones que entraña este proyecto de ley, serán una característica de la Revolución, no sólo en el Continente, sino en el mundo entero; serán una característica ya esbozada por el ciudadano Primer Jefe, por el hombre esencialmente de un carácter elevado y trascendente, que ha venido a proponer principios que
van a modificar las legislaciones, no sólo de la República, sino de todo el mundo. Si en algunas naciones del mundo se ha establecido ya este principio, no se ha establecido de una manera tan perfecta y en la forma de leyes, como nosotros vamos a hacerlo en este momento. ¿Que cuáles van a ser las consecuencias? Las consecuencias, señores, van a ser esencialmente trascendentales; ya todo el proletariado de la República está pendiente de esta ley, ante el anuncio hecho por la prensa; a muchos revolucionarios que han soltado las armas, que se encuentran ya gozando de las tranquilidades del hogar, les falta sólo una cosa, encontrar algo en qué ocuparse, alguna cosa en que emprender algún negocio, a que dedicar sus energías, y como no tienen tierras, porque precisamente por eso tomaron las armas, se encuentran ansiosos, se encuentran esperando verdaderamente, con ansia y con angustia, el momento en que la Revolución vaya a resolver tan interesante problema.
Los reaccionarios se gozan en esbozar en toda la República, por medio de la prensa, en conversaciones y valiéndose de todos los medios posibles, y hasta lo han tomado como un medio de mofa, que el problema agrario será tan difícil de resolver, como el más difícil que puedan darse; que nosotros los revolucionarios nunca llegaremos a resolver este problema, y que los analfabetos, los humildes y los proletarios van a quedar burlados, habiendo contribuído a verificar el grandioso movimiento libertario, sin que una sola migaja de bienestar público, sin que una sola migaja de la riqueza de que hasta hoy se han mostrado acaparadores nuestros enemigos, vaya a tocarles en esta distribución hecha por la mano victoriosa de la Revolución. Ya digo, en toda la República hay un ambiente de ansiedad para que esta ley comience a surtir sus efectos, y de ahí viene que yo venga a proponer a esta H. Asamblea que procuremos todos, en este debate, ser esencialmente concretos, esencialmente precisos, que no haya derechas, que no haya izquierdas, que no haya más que diputados liberales y revolucionarios que se fijen en la trascendencia de esta importantísima ley, y ya que las Comisiones Agrarias y signatarias de las diversas proposiciones hemos dado un ejemplo de fraternidad, uniéndonos todos para presentar un sólo proyecto, dejando a un lado toda idea de primacía, toda idea de preferencia, sino que todos, tanto los signatarios de la primera proposición, que fuimos nosotros, como los signatarios de la segunda, más completa, que fueron los ciudadanos Cabrera, Vadillo y demás, nos hemos puesto de acuerdo, y las dos Comisiones, tanto la 1a. Agraria, como la 2a. Agraria y la de Reglamentación del artículo 27. hemos colaborado, hasta la fecha no ha colaborado ninguna otra Comisión, para venir a presentar aquí esta ley, dándonos un ejemplo de fraternidad y también de la altísima importancia que tiene para el porvenir de la República. Con este ejemplo de fraternidad, yo me permito suplicar a esta H. Asamblea que, imitándolo tanto los diputados de la derecha como los diputados de la izquierda, vengan a esta tribuna exclusivamente a esta tribuna a hacer discursos concretos relativos única y exclusivamente al punto que no puede ser político, que es social, y que, por consiguiente, como ajeno a toda idea política, no versará más que sobre la parte científica de los temas que ya están sometidos a vuestra consideración. Será una de las glorias de este Congreso, la expedición de esta ley, que, quizá adolezca de algunos defectos. La Comisión, en la cual tengo la honra de contarme, no piensa que este proyecto es absolutamente impecable, no cree que no deba sujetarse a una modificación, no hemos explicado, por ejemplo, las fechas en que será necesario hacer las siembras en la Baja California o la fecha en que deberá estar hecha la preparación de los terrenos de la Baja California, ni la época en que deberán hacerse las siembras, porque no tenemos datos en qué apoyarnos; pero el diputado por la Baja California, alguno que haya aquí, nos vendrá a dar luces sobre este asunto. Igualmente para la siembra del trigo en el Distrito Federal, no se ha señalado una fecha precisa; pero los diputados por el Distrito Federal, tendrán la obligación de decírnolos aquí.
Termino, ciudadanos diputados, porque yo quisiera que esta discusión fuera lo más breve, lo más concreta, lo más precisa y luminosa posible, encareciendo a Vuestras Señorías la urgencia de que se vote cuanto antes esta ley y que se nombre una Comisión de esta Cámara para que pase al Senado, con el objeto de que esta ley tenga el menor número de tropiezos posibles en el Senado y que sea aprobada casi de una manera espontánea, con el menor número de discusiones posible, puesto que no se trata más que el modo de sentir de la Asamblea y el modo de pensar de los buenos revolucionarios, sobre un problema tan interesante para la República. Estad seguros, señores diputados, que si aprobáis esta ley, si trabajáis de una manera uniforme, de una manera espontánea y fraternal, para que el proletariado vea que la Revolución Constitucionalista no ha sido estéril, y que, por primera vez el Congreso de la Unión pone el dedo en la llaga, contribuyendo a llenar las necesidades nacionales, y proporcionando al pueblo una base segura de alimentación; si, por otro lado, vais a dar trabajo a un sinnúmero de proletariados que van a contribuir con su esfuerzo para llenar esa necesidad nacional, y si, por otro lado, vais a enriquecer a aquellos proletarios para que, con el dinero que les produzcan estas siembras puedan convertirse más tarde en pequeños propietarios, que es uno de los ideales de la Revolución, tened la seguridad, ciudadanos diputados, de que habréis laborado por la gloria de este Congreso, por la gloria de la Revolución Constitucionalista y por la gloria de la República Mexicana. (Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Velásquez en contra.
El C. Velásquez: Señores diputados: La labor de ustedes, los sentimientos que han animado a la Comisión y creo que a toda la Cámara al haber estudiado el dictamen de que nos ocupamos, son demasiado laudables. Yo, si he pedido la palabra en contra, es para emitir mi humilde opinión, a fin de que pueda ilustrar el elevado criterio de ustedes; abundo en esos mismos sentimientos en mi humilde esfera; de manera que voy a exponer algunos conceptos que vienen a patentizar que esa
ley reveladora de vuestro altruismo, reveladora de vuestro patriotismo, reveladora de vuestras ideas revolucionarias, es un error que podemos corregir inmediatamente. voy a insinuar algunas ideas, que darán por resultado hacer práctico el cultivo de la tierra en estos momentos de necesidad pública; pero voy a demostrar que no es el medio éste, por que esa ley tiene los siguientes defectos: Es anticonstitucional, primero; segundo; no puede llevarse a la práctica; tercero, no se favorece el cultivo de las tierras con esas disposiciones de la ley, y cuarto, contiene una serie de aberraciones legales, que su sola lectura demostrará que se han olvidado de los principios más elementales del Derecho Civil, para confeccionar esa ley....
El C. Figueroa, interrumpiendo: ¡Qué barbaridad!
El C. Velásquez, continuando: ... Va usted a oír, (dirigiéndose al C. Figueroa) es que usted no entiende el Derecho Civil; entonces voy a demostrar a usted que la expresión de "que se va a celebrar contrato de arrendamiento por quien no es dueño de aparcería cuando tiene título precario, una posesión precaria," es un absurdo, es desconocer el valor legal de las palabras en Derecho Civil; señor diputado Figueroa, va usted a ver cómo no es una barbaridad, a menos que yo esté en un error. Digo que es anticonstitucional por esto, señores, porque se funda en un hecho que no es verdadero. Primeramente, se dice que los propietarios de tierras laborables que no las hayan cultivado, perderán el derecho al disfrute, perderán temporalmente la posesión de las tierras. Bien, si no se prueba que ellos voluntariamente, intencionadamente no han querido labrar las tierras, es injusta la ley que va a privarles de su propiedad, cualquiera que sea el conocimiento que se tenga de esa propiedad y acogiéndonos a los principios revolucionarios y elementales sobre la propiedad. Lo que quiere la Revolución es romper los moldes antiguos de la propiedad y paralelamente, como dice un autor muy eminente, con las necesidades sociales, hacer de la propiedad territorial y de los demás elementos de la tierra un medio de adquirir la propiedad. Eso quiere la Revolución y esto no se puede lograr con la presente ley. Decía yo que si no se prueba que el propietario - no se dice latifundista -, no ha tenido la culpa de que sus tierras hayan permanecido sin cultivo, toda ley que lo prive temporalmente de su posesión y disfrute, es injusta. No se concibe ningún propietario en ninguna parte del mundo en términos de que se va a castigar a quien no tiene la culpa de ello, para esto voy a acudir a los números, a consideraciones prácticas que yo suplico a ustedes se sirvan atender. Para cultivar esa hectárea de tierra teniendo la yunta indispensable, se hace un gasto, cuando menos - sin el cercado que ahora es carísimo -, de cien pesos por hectárea; para que un pobre labrador, a quien ustedes creen que van a favorecer, cultive cien hectáreas, ¿cuántos miles de pesos necesita? ¡No tienen con qué vivir, no tienen con qué comer y van a tener para cultivar tierras! ¿Van a ver si los Ayuntamientos les dan yuntas de bueyes? ¿Esto no es miseria? ¿Qué Ayuntamientos tienen yuntas de bueyes? Ninguno. El Ayuntamiento de México necesita de los auxilios de la Federación para sostenerse y es el Ayuntamiento más rico. Bien; pues se necesitan miles de pesos para cultivar cien hectáreas de terreno que es el máximo de tierra que se le va a dar a un pobre labrador, que es imposible que tenga diez mil pesos y luego las yuntas de bueyes que cuestan doscientos pesos cada una; ¿será práctico esto, y, sin embargo, se va a castigar al otro, al dueño, porque ese mismo dueño de esas cien hectáreas no tiene ese capital para cultivar la tierra? Entonces la finalidad loable que se busca aquí, que se buscan los de la Comisión con ese patriotismo admirable, no satisface esa necesidad y sobre todo se atropella la justicia, porque ese propietario de las cien hectáreas a quien se va a privar de esa posesión, tampoco tiene diez mil pesos para cultivar esa tierra; ¿qué se hace? ¿Cinco mil pesos para la mitad, para la quinta parte quinientos?... Los pobres labradores, los que no pueden comer ahora, a los que se trata de favorecer no tienen cuartilla para ir a cultivar la tierra, ni pueden distraerse de sus ocupaciones diarias para que después de varios meses vayan a obtener el producto de su trabajo; esto es evidente. Es anticonstitucional, voy a leer el texto expreso de la ley, admitiendo que el poseedor de una tierra es propietario y tiene esa posesión, y de una posesión a nadie puede privársele, sin habérsele oído y vencido en juicio en que se observen todas las formalidades de la ley. Cualquier poseedor, cualquier propietario, cuando vaya el Ayuntamiento a despojarlo de sus tierras, tendrá derecho a pedir amparo. Dice el artículo 14 constitucional:
"Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho."
Bien, ¿por qué se va a privar a un propietario de sus terrenos tan sólo por no haberles cultivado? ¿Tendrá la culpa de no haberlos cultivado después de esta conmoción profunda, aterradora que ha sufrido la Nación? ¿Se cree que los propietarios tengan el dinero necesario para el cultivo, diez mil pesos a lo menos, si poseen cien hectáreas? Debe probarse de antemano en cada caso que los propietarios han tenido la culpa, que intencionalmente han dejado sin labranza las tierras, porque de lo contrario se interpondrá el juicio de amparo. Si tal cosa se prueba, la ley será justa; pero si no, tendrán que sostenerse juicios para acreditar que el propietario no ha querido, internacionalmente, cultivar la tierra. ¿Será posible eso? ¿Cuántos juicios, cuántos semilleros de discordias, cuántos inconvenientes? Además, ese propietario puede tener arrendada su tierra, puede tenerla comprometida, puede no tener para pagar sus deudas y esa tierra, esa que no puede hipotecar va a quedar de alguna manera perjudicada.
Esa propiedad no puede hipotecarla, porque la está poseyendo o porque la está cultivando, es decir, no la cultivará porque es necesario primero hacer ricos a esos señores que quieren ustedes, y después hacerlos que cultiven y el resultado será
imposible, es ilusorio eso, señores, muy patriótico, loable es el pensamiento de ustedes, pero irrealizable en la práctica, atentatorio contra las leyes constitucionales. Más; la Legislatura de cada Estado, dicen ustedes, o dice el proyecto, o el dictamen, será el máximo de tierra laborable que puede darse, es decir, ¿dónde está esa facultad que la Constitución nos da para facultar a las Legislaturas de los Estados a expedir esa ley? ¿dónde está esa facultad? En ninguna parte. Se pisotea la Constitución, se subvierte el orden constitucional, porque si la Constitución no dice que el Congreso está facultado, el Poder Legislativo Federal, para facultar a los Estados a que concedan la posesión de tierras, se pisotea la Constitución con esta ley facultándolos. Ahora la ley dice que las Legislaturas procederán a determinar cuál es el máximo de propiedad que puede tener una sola persona y lo demás de los latifundios distribuirlos; pero no dice de la posesión, y si ahora se facultara a las Legislaturas por el Congreso, el Congreso no tiene esa facultad constitucional y esto no es una ley constitucional; necesitamos reformarlas, y esta reforma no es posible, señores, se viola la Constitución dando esas facultades; y si no se determina la cantidad de tierra que se pueda dar, queda esto al arbitro de los Ayuntamientos, lo que va a traer un caos. No es práctico, porque los Ayuntamientos no podrán dar bueyes ni dinero a los labradores para el cultivo de las tierras; es muy bello ideal, pero es irrealizable; y aquí estamos tratando de ser prácticos. Voy a proponer un proyecto que, en mi concepto, sí es práctico; tal vez estaré equivocado, pero ustedes se servirán hacer las modificaciones que juzguen y que les aconseje su prudencia, ilustración y patriotismo. En el proyecto que se consulta se hace necesario, primeramente, hacer ricos a los labradores para que vayan a trabajar la tierra; pero el Congreso no puede hacerlo, porque no es una Providencia. Es impracticable esta iniciativa de ley por varias razones: primero, porque se suscitarán amparos que traerán por consecuencia la suspensión del acto reclamado; segundo, porque es arbitrario el tanto de tierra que se va a dar a cada quien; tercero, porque es imposible que una familia pobre, que no tenga siquiera quinientos pesos, pueda dedicarse a esos cultivos. Dar a los Ayuntamientos tal facultad, es desconocer nuestra situación, es desconocerla completamente, porque, con rarísimas excepciones, sepan ustedes que quienes están metidos en los Ayuntamientos son los mismos latifundistas, los mismos reaccionarios, quienes serán la principal rémora para la realización de esta ley, seguramente porque esos han ido a asaltar el Poder en todas y cada una de las partes: eso es inevitable, y darles a los Ayuntamientos esa facultad, es hacer frustrar esa ley que con tanto entusiasmo y patriotismo y buena fe estamos discutiendo aquí; no lo harán. ¿Dejarles a las Legislaturas, darles una facultad que no tenemos conforme a la Constitución, para que determinen la posesión de tierras que puedan ceder? Tampoco; tampoco es conveniente, porque no es constitucional, ni las Legislaturas acatarán esa ley. ¡Claro! Y entonces, ¿qué hacemos? ¿Dar una ley ilusoria, bellísima, fruto espontáneo de vuestro patriotismo y de vuestras ideas revolucionarias, pero no fundada en las necesidades de la vida práctica, en las necesidades de la vida tangible? Lo que digo es la razón y la justicia. Me refería yo a lo absurdo de los términos, a la denegación; dicen que van a tener título precario los Ayuntamientos, que se les va a poner en posesión de títulos precarios. Cuando se usan en esta ley las palabras "título precario" - lamento que hayan hecho uso de esas palabras, abogados -, precario se llama, ¿saben ustedes qué?, es el título primero.... viene de esta palabra.... un préstamo precario se llamaba cuando a voluntad del prestamista podía resolver el contrato. "Dame mi dinero." ¿Cuándo han pedido los Ayuntamientos esa posesión precaria? Por eso decía que es absurdo, es pisotear los términos de la ley, es desconocer las naciones elementales, cardinales del Derecho Civil. No hay título precario, ¡qué van a ser ellos arrendatarios, los Ayuntamientos, qué van a dar en aparcería, señores? El contrato civil de aparcería y arrendamiento es bilateral, se llama bilateral; se me decía que era una barbaridad lo que yo sostenía y, ¿saben quién es el dueño, el otro contratante? ese no existe, he aquí la barbaridad. No hay tal; se atropella la ley, se nos juzga de completamente ignaros en materia de Derecho Civil; título precario, posesión, aparcería rural, arrendamiento, son palabras mal empleadas aquí, llamando la atención que provengan de legisladores y abogados inteligentes, pero a quienes ha cegado su entusiasmo, olvidando la ley civil hasta en sus elementos, para tener un placer, justo y loable, que aplaudiré siempre, pero que es erróneo. Estas son las razones por las que me opongo; la ley es injusta mientras no se pruebe que cada propietario de los que no cultivan tierra, tiene medios para hacerlo; y esto lo resolverá el juicio de amparo, si ha de haber justicia en la tierra; es inútil, porque con ella no se conseguirá que se labre la tierra, y es impracticable porque no se acatará esta ley que es anticonstitucional. Si un propietario tiene veinte hectáreas de terreno y no las puede cultivar, por ese solo hecho el Ayuntamiento podrá darlas a otro individuo; es decir, a aquél se le castiga lo que a éste se le favorece; y una ley que equipara esas dos razones, que las hace semejantes, que por la misma causa que a uno le quita algo lo da a otro, es injusta, es una ley que se llama absurda, es una ley absurda ésta; pero se dirá entonces: "Tu te opones a satisfacer esta necesidad ingente que nos presenta el espectro del hambre; más tarde, el año entrante, nos moriremos de hambre si no trabajamos." No, señores, hay otro medio, medio eficaz que va más al fondo de las cosas, voy a referirlo y suplico a los señores socialistas se sirvan presentarme su atención y su contingente en este caso. Ellos saben que en la industria ha habido siempre esta lucha, esta pugna, que nació en Inglaterra en un momento histórico en que el fabricante empezó a comprar la materia prima, en que del taller de la casa, se pasó a un taller del negociante. Desde allá viene esta lucha: el fabricante, queriendo obtener la mayor utilidad, con perjuicio del operario luchando eternamente por medio de las huelgas, yendo a la lucha más sangrienta, lleno de miserias siempre, con el dejo amargo del dolor en la boca y siempre con la triste mirada en sus infelices hijos, que quizá nunca han tenido
una sonrisa. Esa ha sido la lucha constante, inquebrantable, eterna entre el productor y el operario que trabaja para él, porque ahora el operario no es más que esclavo -quien trabaja para otro es esclavo -, nunca ha sentido esa clase miserable la satisfacción sublime, casi divina de ser productor, de ser causa.
Hagamos al hombre que sea causa, suprimamos esa lucha. ¿No acaba la Federación de declarar caducas muchas concesiones de terrenos? ¿No hay muchos latifundios de reaccionarios, propiedades que se han adquirido al calor de la infamia, bajo la intriga, bajo el verdadero robo? Esas propiedades pueden ocuparse inmediatamente y a los operarios que echaban de las fábricas llevémoslos allí, fundemos la colonia agrícola, hagamos que la mano del Poder Federal intervenga. ¿Cómo vamos a hacer que los Ayuntamientos proporcionen bueyes si no tienen siquiera para comprar papel? No, señores, reorganicemos el trabajo que hace del hombre un productor, la causa eficiente de lo producido, y entonces levantaremos al pueblo y haremos que tenga que comer; que el Gobierno Federal destine cuatro o cinco millones de pesos para instrumentos de la labranza de la tierra; hay muchas propiedades que están a disposición del Gobierno Federal, hay muchos latifundios de enemigos de la Revolución que pueden ocuparse para este objeto, por pertenecer a individuos que no los cultivan con el fin deliberado de hacer que aumente la miseria. De estos terrenos aprovechémonos para fundar colonias agrícolas bajo una dirección inteligente, sabia, técnica y dependiente de la Federación, y así quedará hecho el milagro. De esta manera se combatirá al proletariado, es decir, se le sacará de la misma, de la esclavitud en que lo tiene sumido el patrón; no de la otra manera que se establece en la ley a discusión, porque el propietario que tenga algunos terrenos y vayan interesados a cultivarlos porque el dueño no esté en aptitud de hacerlo, irremediablemente se convertirá en su enemigo, vendrá la lucha y el Ayuntamiento será el aprovechado. Con esta ley se invade la soberanía de los Estados diciendo que aquí les hacemos la donación de un veinte o un treinta por ciento; esto es atentatorio, es anticonstitucional, no es la manera, ni cultivarán las tierras; vendrá un cúmulo de disgustos, de luchas, de pugnas, de amparos, abusos de los Ayuntamientos, porque en los Ayuntamientos por regla general hay reacciones que se opondrán a esto y que favorecerán a los contrarios con las tierras de regadío y a los revolucionarios verdaderos que hayan empuñado las armas, los echarán a las peñas a labrar allí y las tierras de regadío serán para los favorecidos por interpósita persona, para los miembros de los Ayuntamientos; esto es no ser práctico, esto no es descender a lo que pasa. Esta ha sido la lucha constante. Antes apenas iba un individuo al Ayuntamiento por interpósita persona denunciaba las mejores tierras y, naturalmente, a los pocos años habían pasado a su familia. Ahora, esta propiedad, eso será esa posesión que llaman precaria; todo esto es una denegación del Derecho Civil; todo esto acontecerá de la otra manera a los operarios que echan las fábricas, porque eso quieren para saciar su ambición nunca saciada, los industriales. Llevémoslos a la colonia agrícola, que se destine una cantidad suficiente bajo una dirección técnica en tierras que tiene la Nación y se cultivarán, será práctico; querer lo demás es ilusión, señores. Vosotros como patriotas, porque el patriotismo no debe ser ilusorio, debe ser práctico -en estos momentos lo que no sea práctico es una mentira -; muy laudable todo eso, sois muy patriotas, señor Siurob y todos los que han subscripto ese dictamen, pero no prácticos, no llegáis al fondo de las cosas, no habéis visto lo que es anticonstitucional, no habéis visto que se atropella el Derecho Civil, la justicia, la razón, porque es necesario que preveáis que cada propietario que no ha cultivado sus tierras, en la mayoría de los casos no ha contado con los elementos suficientes para verificarlos; y mientras no se pruebe lo contrario, el amparo será procedente; mientras la distribución de tierras no se haga con equidad por una mano poderosa, no la de los Ayuntamientos; mientras no se haga rico a cada labrador, la ley es inútil. Meditad esto, tomad el lápiz y ved si cada labrador está en condiciones de sembrar sus propiedades. No hagamos leyes imposibles basadas únicamente en nuestro entusiasmo; leyes prácticas, racionales, justas, es lo que se necesita. Reclamo de los socialistas que van a Chevanes, en su obra titulada "Organización del trabajo en los tiempos modernos" y veréis cómo os da risa de lo que ahora se propone.
Suplico, pues, a los señores diputados piensen lo que he dicho y si he tenido alguna palabra ofensiva que en el rapto de la expresión se me haya escapado, favor de dispensarme; yo no he venido aquí sino con el sentimiento íntimo y profundo de cumplir con mi deber, aportando un humilde contingente de razón para que lo utilicéis en la forma que lo tengáis a bien. No creáis que los Ayuntamientos tengan un solo buey y menos queráis los millares de yuntas de bueyes que para llevar a la práctica esta ley, se necesitan. Atended a la Constitución, a la ley, a la razón y a las necesidades prácticas y resolved con acierto. (Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra en pro el C. diputado Neri.
El C. Neri: Señores diputados: El viejo Derecho Romano, el Derecho de Justiniano y las Siete Partidas, han encontrado eco en el espíritu antes progresista y hoy conservador del señor licenciado Velásquez. Si nos vamos a atener al "jusfruendi," al "jus utendi" y al "jus abutendi," claro está que esta ley vendría por tierra; pero el señor representante de chilapa desgraciadamente no oyó siquiera la lectura del dictamen, ni se tomó el trabajo de leerlo. Nos argumenta basándose en el artículo 14 constitucional, diciéndonos que los derechos de posesión son intocables, pero frente al artículo 14 constitucional, señor licenciado Velásquez, está el artículo 27 constitucional que es la obra de la actual Revolución y que es la obra del actual progreso que vamos persiguiendo... (Voces: ¡Muy bien! Aplausos.) Es cierto, señores diputados, que el artículo 14 constitucional dice a la letra: "Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante las tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento
y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho. "Este es un artículo que estaba en la Constitución de 1857 y este es un artículo en el que están calcadas las actuales leyes, nuestro actual Código Civil, que a ninguno se escapa necesita reformas y reformas radicales, trascendentales; pero ese artículo, señor licenciado Velásquez, queda, en la parte que se refiere al proyecto que se discute, enteramente nulificado con el artículo 27 constitucional que dice:
"La Nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicten el interés público, así como el de regular el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, para hacer una distribución equitativa de la riqueza pública y para cuidar de su conservación. Con este objeto se dictarán las medidas necesarias para el fraccionamiento de los latifundios; para el desarrollo de la pequeña propiedad; para la creación de nuevos centros de población agrícola con las tierras y aguas que les sean indispensables; para el fomento de la agricultura y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad."
(Voces: ¡Muy bien, Neri! Aplausos.)
El C. Padilla, interrumpiendo: ¡Eso es ser revolucionario!
El C. Neri, continuando: ....Esta es la frase, "para el fomento de la agricultura," en que está apoyado el dictamen que está a debate. Naturalmente, señores, en el terreno de la conveniencia pública, en el terreno del bienestar general, el bienestar privado tiene que nulificarse y aplastarse. De una vez para todas busquemos una ley que tienda a dar trabajo a la gente miserable, aunque sea en perjuicio de los terratenientes, aunque sea en perjuicio de la clase privilegiada, que nunca ha hecho otra cosa que extorsionar a la mayoría del pueblo y, en este concepto, señor licenciado Velásquez, es que hemos dictaminado nosotros. Nos dice usted que cómo el Ayuntamiento va a tener título precario; no va a tener título precario; va a tener una posesión precaria que lo damos nosotros y el dueño sí puede hipotecar sus tierras sencillamente, porque hay un artículo en el proyecto que dice que todos los derechos del propietario quedan intocables para todos los efectos legales; esto es, puede vender, hipotecar y hacer de su propiedad todo aquello a que le dan derecho las leyes; esta posesión precaria no tiene otro objeto sino que el pueblo pueda sembrar las tierras.....
El C. Mariel: ¿Con qué dinero?
El C. Neri: ¿Con qué dinero? Yo creo que el más miserable tendrá dinero suficiente para sembrar una o dos hectáreas. Yo entiendo que el señor licenciado Velásquez ha tocado gran parte los artículos en lo particular, y por eso es que no quiero ser extenso en esta república a la impugnación del dictamen; al discutirse los artículos en lo particular, entonces las Comisiones tendremos el gusto de tratar estos asuntos con más extensión; pero como parece que la parte constitucional que tocó dicho abogado dejó huellas en algunos espíritus, por eso me he apresurado a rectificar esa parte constitucional. Por lo demás, todos los pueblos en estos momentos están preocupándose por bastarse a sí mismo: vemos en el gran conflicto europeo la dificultad de proveerse de elementos de boca; vemos a todas las naciones esforzarse por obtener el mayor producto posible; nosotros estamos en las mismas apremiantes necesidades y ya sabemos que el Ayuntamiento de la capital está preocupándose por traernos maíz de los Estados Unidos. Si esto no es eficaz, eficaz sí será dar a los pueblos el uso de las tierras por un año para que puedan sembrarlas. La tendencia de este proyecto de ley, muy loable por cierto, es que tengamos sembrados todos los terrenos que se puedan; y aquí debo manifestar al impugnador del dictamen que no es precisamente un castigo el que va a aplicarse a los que no trabajan la tierra, aunque bien lo merecía el propietario o poseedor que por mala fe dejase incultas sus propiedades; pero aquí, más que un castigo, se trata únicamente de obtener el mayor número de terrenos cultivados, a fin de satisfacer nuestra propias necesidades y librarnos de la miseria que se avecina. Repito que he tratado solamente el punto constitucional, que es el único que merece la pena, supuesto que sólo él abarca el dictamen en su conjunto, y que me reservo hablar cuando se discutan los artículos relativos en lo particular. (Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra, en contra, el C. Leyzaola.
El C. Sánchez Tenorio: Reclamo el trámite. El C. Neri habló como miembro de la Comisión; en consecuencia, le corresponde hablar a uno en pro y no a uno en contra; el turno debe estar en este sentido.
El C. Presidente: Como miembro de la Comisión pidió la palabra el diputado Siurob, habló luego el diputado Velásquez en contra y el diputado Neri estaba inscrito en el turno de los oradores en pro; en consecuencia, se ha concedido la palabra en contra al C. diputado Leyzaola.
El C. Leyzaola: Señores diputados: He pedido la palabra en contra, no precisamente de que se expida este proyecto de ley que, en mi concepto, es sumamente importante y de mucha trascendencia en estos momentos históricos por que atraviesa la Patria, en que, como dijo recientemente el C. Presidente de la República.....
- El C. Hay:, interrumpiendo: ¡Más recio!
El C. Leyzaola, continuando: .....la Nación no debe esperar nada de nadie, sino bastarse a sí misma, y en todo y por todo atenerse a sus propios esfuerzos; de allí precisamente que no venga a atacar este proyecto de ley en el sentido de que no se expida; lo creo muy loable y de mucha trascendencia y precisamente porque lo creo así, he creído conveniente exponer mis dudas, mis ideas respecto a dos conceptos que se establecen en la misma ley, que son, por ejemplo, lo que se refiere a la forma en que los Ayuntamientos deben dar terrenos en cultivo y lo que se refiere al arrendamiento y a la aparecía. He creído que se puede discutir este asunto en lo general en este sentido, porque estos conceptos están diluídos en varios artículos. Voy más allá todavía que la Comisión, porque, en mi concepto, si admitimos que el Ayuntamiento dé los terrenos en arrendamiento a los nuevos cultivadores, desde luego se establecen ciertas dificultades para ellos, porque el arrendamiento previene ante todo que la
cuota que tiene que pagar el arrendatario sea precisamente en metálico, en moneda en efectivo. Por consiguiente, el cultivador, una vez que levanta su cosecha, tiene forzosamente que vender una parte de ella para poder pagar este arrendamiento. Desde luego se establece para él la necesidad de vender aquella cosecha; ahora, el precio de la cosecha está sujeto constantemente a las leyes de la oferta y la demanda; por consiguiente, su valor fluctuara constantemente en el comercio; de allí que crea conveniente que no se establezca sino un solo procedimiento, el de aparcería que establece que el agricultor tiene la obligación de pagar en género, o lo que es lo mismo, en una parte de la cosecha. En estas condiciones, tanto para él como para los Ayuntamientos, será sumamente fácil, puesto que una vez que el agricultor levante su cosecha, no tendrá obligación de vender una parte de ella o su totalidad para pagar en metálico la cuota correspondiente, sino que inmediatamente podrá pagar al Ayuntamiento el porcentaje que le toque en virtud del contrato. Creo, pues, que aceptando únicamente ese procedimiento, o sea el de aparcería, es más ventajoso para los que van a cultivar las tierras ociosas y para los Ayuntamientos: para los primeros, porque no quedan obligados a vender la cosecha, sino que una vez levantada pueden inmediatamente pagar el porcentaje correspondiente; y para los segundos, porque no tienen que esperar que los cultivadores tengan que vender los frutos, sino que desde luego percibirán la parte a que tienen derecho. Ademas, desde el punto de vista social creo que es interesante esta modificación, porque el proletariado de las poblaciones, la gente menesterosa tendrá oportunidad de adquirir artículos de primera necesidad más fácilmente y a menor precio, porque los Ayuntamientos, teniendo que recoger como cuota de los cultivadores precisamente una parte de la cosecha, estarán en condiciones de vender más barato y así auxiliarán a los necesitados más eficazmente. Por eso creo conveniente la modificación de que se establezca únicamente este procedimiento, de que los Ayuntamientos den exclusivamente los terrenos en aparcería. Por las razones expuestas, ruego a las Comisiones las tomen en consideración, para que , si las estiman convenientes, se sirvan modificar el dictamen en ese sentido.
El C. Presidente: Tiene la palabra en pro el C. Hay.
El C. Hay: Señores diputados: No es necesario extenderse mucho en la discusión de esta ley en lo general, porque claro es que esta ley está basada sobre un principio, el principio que fué enarbolado en la bandera de la Revolución y no creo que cueste mucho trabajo convencer a los señores diputados, porque tengo la firme creencia de que la gran mayoría de esta Cámara es revolucionaria. (Voces: ¡Todos!) Creo que la gran mayoría solamente. El señor licenciado Velásquez, que ha hablado aquí indudablemente como un jurista, haciendo abstracción de los sentimientos revolucionarios más o menos intensos que pudiera sentir y en mi opinión como un jurista equivocado, y perdóneme el señor Velásquez el juicio atrevido que uno que no es abogado hace acerca de un abogado, de un jurisconsulto notable como lo es él; (toses) pero yo vengo aquí a juzgar el asunto solamente como un ciudadano mexicano que tiene el anhelo, que desea ardiente y fervientemente que el pueblo pueda transformarse por todos los medios posibles y yo me baso en una ley de Derecho, en una ley de verdadero Derecho, de Derecho con "D" mayúscula, que es que la utilidad o los beneficios, las necesidades de los muchos tienen que realizarse a costa de los pocos; las mayorías tienen que dominar en todo y por todo, y todas las leyes se hacen siempre para beneficio de la mitad más uno y no para beneficio de la mitad menos uno; es decir, no para beneficio de las minorías. (Aplausos.) Esta ha sido precisamente la causa fundamental de nuestra Revolución; la mayoría, no solamente la mitad más uno, sino casi la totalidad menos uno, la mayoría de los ciudadanos de la República estaban dominados por un grupo pequeñísimo que todo la había avasallado y justamente por eso estamos en una situación tan extraordinariamente precaria, tan terrible, que todavía estamos sufriendo las consecuencias de esos sistemas, que siempre fueron apoyados por la ley, pero que siempre fue la ley del embudo para el pequeño el lado angosto, para el grande el lado grande. Y ahora, no es que precisamente vayamos a invertir el embudo, no señor licenciado Velásquez, lo único que vamos a hacer, es a despojarnos de ciertos criterios que hemos leído o que hemos adquirido por medio de leer pegado a la letra y nunca hemos querido ver entre los renglones de esas leyes para poder ver a través de esos renglones las verdaderas necesidades del pueblo, que están en muchos casos, por encima de las mismas leyes. Ahora bien, el señor licenciado Velásquez dice que esta ley es anticonstitucional, ¿cómo puede ser anticonstitucional esta ley, si como afirma muy bien el licenciado Neri, el artículo 27 constitucional dice que la expropiación podrá hacerse por causas de utilidad pública? ¿No es acaso de utilidad pública el poner a disposición del pueblo tierras que no están siendo aprovechadas? ¿Acaso esta ley pretende quitar a un propietario el derecho de utilizar sus tierras cuando él quiera hacerlo? No, señores, este proyecto de ley es verdaderamente justiciero; no pretende inmiscuirse en los derechos que los propietarios tienen sobre tierras que precisamente van a aprovechar en bien propio y de la Nación, por que siempre el provecho de la tierra es en bien de la colectividad; pero desde el momento en que un propietario está, como vulgarmente se dice, como el perro del hortelano que ni come ni deja comer, cuando dice: "Esta es mi tierra y yo, si quiero, siembro; si quiero la echo a perder; quiero, la aprovecho o la desprecio;" debe decírsele: "No, tú propietario, no eres más que una pequeña entidad; aquí está el pueblo que tiene un derecho superior a éste que tú llamas propiedad aquí estamos nosotros que queremos aprovechar la tierra, y tú, con todo y tus títulos, no puedes impedirlo," (Aplausos.) ¿Qué habría dicho el licenciado Velásquez si se hubiera realizado esa especie de fábula del gran Tolstoi, ese famoso cristo moderno que, relatando el paso de los israelitas a través del desierto, mencionaba que todos los principales jefes, que todos los más hábiles de la tribu,
estacionándose una vez en el desierto, dividieron parcelas, debido al favoritismo de Moisés y que entonces toda esa tribu, sufriendo hambre terrible, estaba clamando al cielo que la protegiera; y que entonces el cielo permitió que cayera el maná en determinada cantidad por cada unidad cuadrada de superficie; más cuando el pueblo hambriento, cuando los elementos constitutivos de esa tribu iban a tomar el maná para alimentarse, les dicen los propietarios: "No, señores, este maná ha caído en mi tierra; este maná es mío y solamente pagándome por este maná podrás tú comes." Y ellos acapararon todo y esos propietarios de esas tierras pagaron una cantidad insignificante a unos cuantos de la tribu para poder conservar ese maná, y una vez que lo pudieron recolectar, una vez que ya lo tuvieron todo bien encerrado, entonces dijeron: "Nadie tiene derecho de venir a tomar este maná, porque esta tierra ha sido mía y el cielo me ha enviado ese maná." Eso es lo que quiere el señor licenciado Velásquez, esa es la ley que podría haberse dado en esa época en caso de ser cierta esta fábula de Tolstoi; pero también habría sido cierto, señor licenciado Velásquez, que con toda la ley, o mejor dicho precisamente debido a esa ley, la tribu que estaba atravesando el desierto, no hubiera llegado a la tierra prometida, porque hubiera perecido de hambre antes de llegar a ella y justamente nosotros tenemos una tierra prometida delante de nosotros, es la tierra que estamos prometiendo al pueblo, es la tierra a que cada uno tiene derecho, porque si se nos pone delante un propietario, que es un propietario relativo solamente, no es propietario absoluto, porque yo creo que la propiedad absoluta en una Nación no puede ni debe existir, y entonces ese propietario relativo dice: "No, ésta es mi tierra, yo no la aprovecho, pero tú tampoco la aprovechas." Eso desde luego no es constitucional, no es constitucional la pretensión de ese propietario, por que aquí hay una ley constitucional que dice que por causas de utilidad pública - y la utilidad pública está siempre sobre la utilidad individual - y mediante indemnización, dice el artículo 27, puede haber lugar a una expropiación, es decir, que esa expropiación debe hacerse mediante indemnización. Perfectamente, fíjese una determinada indemnización de un cinco, un tres o un uno por ciento, algo, un milésimo por ciento, diría yo; algo para apegarse a la ley según diría el licenciado Velásquez, pero algo que le cueste un centavo al pueblo que va a labrar esa tierra, que el propietario no hubiera querido labrar. ¿Hasta qué punto tenemos nosotros derecho de invadir esa tierra? ¿Hasta qué punto se invade un derecho del propietario? ¿Hasta qué punto el propietario tiene derechos establecidos sobre esa tierra? ¿Pero quién le ha dado esos derechos? ¿Esos derechos se le han dado con consentimiento del pueblo, de la Nación? ¡No! Esos derechos de propiedad se los dieron los antiguos reyes de España por conducto del favoritismo de los virreyes, pero puedo asegurar a Su Señoría, que no se consultó ni a sus antecesores, ni a los míos, sobre si una determinada tierra podía darse al conde de esto o al duque de Aquélla; esas tierras fueron dadas contra la voluntad de sus propietarios y ahora que nosotros venimos a decir: "Tú, propietario, que estás teniendo esta extensión de tierra sin aprovecharla; tú, que no sacas utilidad de ella ni para tí, ni para tu familia, ni para tu nación, permite que venga otro a labrar esa tierra que no se te va a robar, sino que solamente se va a aprovechar, mientras tú no la necesitas;" entonces viene el licenciado Velázquez, el notable jurisconsulto, a decir que no, que eso es anticonstitucional. Se ha demostrado que no es anticonstitucional, pero aun cuando lo fuera, sería inhumano obedecer a la Constitución; y yo creo que la Constitución no puede nunca estar reñida con lo humano, y, ante todo, señor compañero Velásquez, debemos ser humanos y es de lesa humanidad y patriotismo el tratar este proyecto de ley...
El C. Hernández Garibay: ¡Será de humanidad, no de lesa humanidad aceptar el proyecto de ley!
El C. Hay: Tiene razón Su Señoría. Dice el licenciado Velásquez que es arbitraria la ley, ¿y por qué ha de serlo? ¿Puede ser arbitrario que el Gobierno vele por el bienestar del pueblo? ¿Y no juzga arbitrario que un individuo que despojó de sus terrenos a los primitivos pobladores deje sin trabajar las tierras haciendo que el pueblo se muera de hambre, siguiendo él poseyéndolas sin provecho para nadie? El señor licenciado Velásquez no ve estas arbitrariedades, nada más ve un lado de la cuestión, el interés del capital y nunca el interés del pueblo, por cuyos intereses nosotros estamos obligados a velar. No somos destructores del capital y siempre que venga un espíritu de destrucción del capital, seré el primero de oponerme, no por el interés del capital, sino por el interés del pueblo que no puede vivir sin el capital. De tal manera, que nosotros debemos proteger el capital; pero cuando los intereses del capital son perjudiciales de una manera arbitraria en contra de los intereses del pueblo, entonces sí podemos nosotros lastimar los intereses del capital, porque, sobre todo, como he dicho antes, están los intereses de la colectividad.
Dice el señor licenciado Velásquez en su tercera razón que ha expuesto, que es imposible que un pobre, dados los pocos elementos que tenga, vaya a aprovechar una tierra. Perfectamente, si hay una tierra que el propietario no aprovecha y sí hay un pobre que no tiene elementos para cultivarla, entonces, ¿por qué razón se le ha de dar a ese pobre? Entonces que ni el rico ni el pobre la aprovechen, sino que la aprovechen los que tienen elementos, aquellos individuos del pueblo que tienen su yuntita, o que pueden pedir prestada una yuntita, los elementos necesarios, suficientes para poder labrar esa tierra. Claro está que el pobre, el que no tiene esos elementos, no va a pretender arrendar una tierra, desde el momento en que no la va a poder trabajar, y en el caso de que un pobre pretenda arrendar una tierra que no puede trabajar por falta de elementos, ya el Ayuntamiento podrá decirle: "No, tú no puedes hacerlo, por falta de elementos, quítate tú; a pesar de que yo te he dado este permiso, que venga otro que lo pueda hacer;" pero como habrá un gran número de individuos que, por falta de elementos no pueda aprovechar esas tierras, entonces vendrá el Gobierno
y, mediante leyes, por medio del dinero y de empréstitos, vendrá a dar elementos a esa parte del pueblo que no tiene los suficientes para laborar una tierra; pero mientras tanto, hemos dado el primer paso, porque son dos los pasos que hay que dar, señor licenciado Velásquez: uno es el arrendamiento de una tierra que no puede ser aprovechada por su propietario, a un individuo del pueblo que sí puede aprovechar ese pedazo de tierra, que sí tiene los elementos suficientes, y el segundo será la ayuda que el gobierno o las compañías puedan impartir al pueblo, a los ciudadanos, para que tengan los elementos suficientes, con objeto de explotar esos terrenos. Por consiguiente, ve Su Señoría el diputado Velásquez, que en el caso de que el individuo, el ciudadano no pueda aprovechar un terreno, pues nada se le ha hecho entonces al propietario, absolutamente nada, porque tendrá precisamente, allí, en la ley, ya se marcará el plazo dentro del cual debe empezar a trabajar el que ha solicitado una tierra o pierde su derecho a ese arrendamiento. La cuarta razón dice que es injusta; esta razón podría tratarse de la misma manera que la segunda, que dice que es arbitraria: Es injusta para el capitalista. ¿Y aquí a qué le llama Su Señoría justicia? ¿Cuál es el concepto que Su Señoría tiene de lo justo e injusto? ¿Acaso lo justo es que el capitalista que tiene una gran extensión de tierra que no quiera aprovechar, porque tenga o no tenga elementos, pero el hecho es que tiene esa hacienda sin provecho, cierre las puertas a los elementos del pueblo que sí la aprovecharían? ¿Eso se llama justicia?
El C. Velásquez: ¿Quiere usted que le conteste?
El C. Hay: ¡Sí, señor, de una vez!
El C. Velásquez: ¿Qué cosa es justicia? Dar a cada uno lo que es suyo. El propietario tiene su tierra, y no es justo quitársela para dársela a otro inútilmente, a no ser que antes le ministren diez mil pesos, o algo más o menos, para que pueda cultivarla. Parece que no está usted en la República, señor Hay, ni en ninguna parte.
El C. Hay: Ya habéis oído la definición de la justicia que manifestó el licenciado Velásquez, la que hace consistir en dar al propietario lo que le pertenece. Pero si nosotros no vamos a quitar sus tierras a los propietarios, sino solamente vamos a pedírselas prestadas, mediante una ley, para que se siembre temporalmente; es nada más un préstamo, a efecto de que no se perjudique el País y de que no se lastimen los intereses generales. De tal manera, que, cuando Su Señoría vaya a la Corte a defender un caso, entenderá la justicia, defendiéndola según la definición que de ella expuso; pero no será la justicia abstracta.
Seguramente que Su Señoría jamás ha ido a una Corte de Justicia a defender a un propietario, y al mismo tiempo que lo defiende, va a decir que este propietario no es el propietario; hay que establecer la verdadera propiedad. Ahora bien, ¿qué cosa es la propiedad? Qué, ¿es acaso, el derecho de posesión, mediante un simple documento? No, señor; la propiedad es la Nación; todas las tierras que están en la República, en un país, son tierras de la Nación (voces: ¡Bien dicho!); al pasar lo que hemos llamado propiedad, a manos de un propietario, se ha pasado un derecho de explotación, no se le ha dado en lo absoluto el derecho de esa propiedad, se le ha dado nada más el derecho de esa explotación, y hay una prueba muy sencilla: Si el propietario fuera absoluto propietario de esa tierra, no tendría que pagar un sólo centavo de impuestos a la Nación. ¿Por qué razón paga impuestos a la Nación, si es propietario absoluto? Desde el momento en que hay impuestos, la Nación ha conservado de una riendilla, digamos así, el derecho de propiedad sobre ese terreno; le ha estado recordando al propietario: "Yo no te vendo este terreno, yo te lo arriendo, y la renta es el impuesto que yo te marco, impuesto que yo marco a voluntad." Allí está la prueba, señor licenciado Velásquez, de que el propietario no es absoluto dueño de la tierra, que no es más que un arrendatario. Ahora bien, cuando el arrendador de este terreno el Gobierno le dice: "Esta tierra, de la cual tú te llamas propietario, y que te he estado arrendando, como lo prueba el impuesto que me has estado pagando siempre, es la riendilla que yo he conservado sobre este terreno; esta tierra te la he prestado, te la he dado con el objeto de que tú la aproveches, porque así viene a producirse un beneficio público; pero desde el momento en que tú no quieres aprovechar este terreno y hay aquí uno que sí quiere y puede aprovecharlo, entonces yo te obligo a tí a que le prestes a este individuo que sí quiere y puede aprovecharlo, este terreno, a que le prestes esa superficie durante un año, con el objeto de aprovecharlo." Todo lo que no sea ver la justicia desde ese punto de vista, es hacer las cosas con profunda injusticia; pero llega una situación en los países, en todos los países, en los países más legalistas, en que, quiérase o no se quiera, se tiene que pasar, si no precisamente sobre la ley, sí darle la vuelta a la ley para poder llegar al beneficio público, que es lo que se busca. ¿Qué, acaso, cree Su Señoría (dirigiéndose al C. Velásquez), que actualmente en los países extranjeros se están respetando las propiedades? ¿Qué, acaso, cree Su Señoría que en los países que están en guerra, se respeta la propiedad de los individuos, por ejemplo, en Inglaterra, que siempre ha sido tan absolutamente respetuosa de la propiedad; qué, acaso, no se ha expropiado una porción de elementos para beneficio público? ¿No en Francia se expropiaron miles y miles de automóviles desde el primer día de la declaración de la guerra? Y usted sabe, Señoría, que en Francia se respeta mucho la propiedad.
¿Qué acaso no han obligado a todo el mundo a que siempre ante la amenaza de que si no siembran hasta en sus jardines, el Gobierno sembrará por su cuenta? ¿Qué acaso el Gobierno no tendría derecho de sembrar en uno de estos terrenos de propietarios a quienes quiere respetar a tal grado Su Señoría, en bien de los intereses del pueblo? ¿Acaso el Gobierno no tiene derecho de ir a sembrar ese terreno que no quiere ser sembrado por su propietario? Indudablemente sí. Nada más que el Gobierno dice: "Yo no voy a sembrarlo porque no tengo tiempo, porque no tengo elementos administrativos suficientes para sembrar por mi cuenta ese terreno; pero yo te autorizo a ti, ciudadano, para que mediante estos y estos requisitos vayas a aprovechar la tierra que este propietario no quiere
aprovechar. Es la justicia; es una perfecta ley esta que está escrita en este proyecto de ley. Sí estoy de acuerdo con Su Señoría y con algunos detractores de esta ley, en que hay algunos artículos que no llenan por completo por los procedimientos allí indicados, las necesidades para la resolución de esta ley que es esencialmente justa a pesar de que Su Señoría - no me extraña porque tiene un concepto muy erróneo de la justicia (risas) - a pesar de que Su Señoría llama a esta ley muy injusta; pero todos esos detalles, esas pequeñas modificaciones que pudieran hacerse, se harán a su tiempo. Eso no es más que cuestión de sistema; no es más que alterar los pequeños procedimientos; pero la ley básica, la ley fundamental, la ley que se pretende que sea aprobada en lo general para poder pasar a la discusión en lo particular, esa sí se puede decir que es inatacable, y es indiscutible porque contrarrestan los razonamientos de Su Señoría; es constitucional porque en beneficio público se va a expropiar, no propiamente a expropiar va a expropiar una tierra por un determinado tiempo. Segundo, porque no es arbitrario, porque si el propietario dijera: "yo voy a aprovechar mi tierra," entonces sí estaría yo de acuerdo en que es arbitrario el impedir que trabajara esa tierra; pero desde el momento en que el propietario dice que no va a hacer uso de la tierra ¿en dónde está la arbitrariedad? De tal manera que esto no es arbitrario. Tercero, no es imposible que un pobre pueda laborar esa tierra, porque no vamos a entregarla a los que no puedan hacerlo, sino a los que puedan laborarla, eso es el espíritu de la ley, lo que quiere la ley es salvar esas tierras de la inacción, de la ociosidad, es poner en manos de alguien esas tierras, de algún vecino rico o pobre, pero de alguien que pueda trabajarlas por un tiempo determinado que es el de un año y, cuarto, no es injusto, es esencialmente justo esto, porque le da a los pobres que no tienen tierras que laborar, a aquellos que no son propietarios les pone en su poder una extensión de tierra que sus propietarios no han querido trabajar, es decir, esta ley impide que se siga observando el antiguo lema, el antiguo dicho del perro del hortelano que no come ni deja comer y, señores diputados, aprobad esta ley en lo general sin más discusión, porque lo importante estará en los artículos reglamentarios de esta ley y si aprobáis esta ley, puede asegurar a ustedes que los mismos propietarios indudablemente serán favorecidos, porque va a desarrollarse un cierto espíritu de trabajo en el pueblo, van levantándose las nobles aspiraciones del pueblo, y cuando un pueblo se desarrolla, se levanta, señores compañeros, siempre, en todo tiempo la historia nos lo ha mostrado; no solamente se benefician las clases bajas, sino muy generalmente por una ley muy natural también las clases elevadas salen ganando, resultan beneficiadas de la elevación de las clases bajas. Ayudemos, por lo tanto, al pueblo, no sólo porque es conveniente, no sólo porque es el cumplimiento de una promesa sagrada que hemos hecho mediante la Revolución, mediante tanta sangre que hemos derramado, sino también porque es una necesidad de transformación social que están sufriendo paulatinamente todos los países, y que sería muy hermoso, señores diputados, que México fuera a la cabeza de esa transformación social del Universo. (Aplausos y voces: ¡Muy bien! ¡A votar!)
El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Ortega José M.
El C. Ortega José M.: Señores diputados: No vengo a hablar en contra del fondo de la ley; más bien, no estoy en contra de la idea: soy como la mayoría absoluta de esta Cámara... (Voces: ¿No se oye!) Estoy enteramente dispuesto a votar la ley, pero solamente me permito hacer algunas consideraciones de carácter práctico;. (voces: ¡Eso en lo particular!) porque resulta verdad que la ley adolece de algunos defectos que la hacen completamente inaplicable. El artículo 2o. dice...
El C. Sánchez Tenorio, interrumpiendo: ¡Eso es en lo particular!
El C. Ortega, continuando: Son muchos artículos. (Risas.) dice el artículo 2o. que el solo hecho de que las tierras no estén sembradas o puestas en cultivo en las fechas en que la ley misma lo marca más adelante, pueden quedar a disposición de los Ayuntamientos para que éstos las den en arrendamiento. Esto es enteramente absurdo, señores diputados, porque las épocas de siembra no pueden regirse por ninguna ley...
El C. Peña, interrumpiendo: Para una moción de orden.
El C. Presidente: Para moción de orden tiene la palabra Su Señoría.
El C. Peña: Entiendo que el compañero está tratando ya el asunto en lo particular, y sólo se está discutiendo actualmente la ley en lo general. Yo suplicaría al compañero que cuando pasara a discutirse en los particular el artículo 2o. a que se está refiriendo. (Voces: ¡Bien!)
El C. Ortega: Es que son muchos artículos a los que quiero hacer algunas observaciones. (Voces: ¡No le hace! ¡Se van a discutir uno por uno!) Quería hacer desde luego algunas observaciones, señores diputados, porque tal vez la Comisión retirara el dictamen y lo presentara reformado. Como decía antes, ninguna ley puede reglamentar el período de lluvias. Aquí, desde luego, dice, fija los días 30 de abril para que las tierras estén en cultivo, más bien estén barbechadas y el día 30 de mayo para que estas tierras estén ya sembradas. Acabamos de ver, señores diputados, que las siembras en este año no se pudieron hacer antes del día 20 de mayo, las siembras se hicieron hasta el mes siguiente, y debido a eso, gran parte de las cosechas se perdieron en el Distrito Federal, así es que no puede fijarse la fecha en que esas tierras deben de quedar sembradas. Yo me permito proponer a la Comisión que este artículo lo reforme en el sentido de que, si las tierras al iniciarse el período de siembras no estuvieren en cultivo, entonces sí queden a disposición de los Ayuntamientos, siempre que los poseedores o los dueños no garanticen de alguna manera que esas tierras serán sembradas. (Voces: ¡A votar, a votar!) Como son varios artículos a los que tengo que hacer observaciones, como ya antes dije, no estoy en contra de la idea, en contra del fondo de esa ley, me reservo para hablar en lo particular.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Vadillo, en pro.... (Voces: ¡A votar, a votar!)
El C. Vadillo: Le he cedido mi turno al C. licenciado Cabrera.
El C. Cabrera: Señores diputados: Siempre que se trata de una reforma de carácter realmente trascendental, se ofrecen dos objeciones; en primer lugar, las objeciones que yo llamaría de carácter conservador, que consisten en la pugna que encontramos entre el nuevo sistema de una reforma y los sistemas jurídicos que han privado antiguamente y que se ven necesariamente modificados de un modo radical por las reformas que se pretenden implantar. La otra objeción que se encuentra es casi siempre del procedimiento para aplicar la nueva reforma, porque en la mayor parte de los que tienen el mismo espíritu reformador hay el temor de que los medios que se han empleado para buscar una nueva idea no respondan exactamente a las necesidades de que se trata. Sintetizo en esta forma las objeciones en lo general a esta ley, personalizándolas, por ejemplo, en las objeciones del señor diputado Velásquez y en las del señor diputado Ortega. En efecto, es cierto, no hay que disimular la objeción puesta por el diputado Velásquez; esta ley choca abiertamente con los principios que han normado la posesión en el Código Civil nuestro, hasta esta época; es verdad; va absolutamente contra principios, tira contra principios concretos que regulan la posesión. Esto es lo que choca naturalmente a nuestros espíritus cuando estamos profundamente imbuídos en los principios jurídicos derivados de nuestras leyes, especialmente del Código Napoleónico francés, y encontramos que en un momento dado un proyecto de ley revolucionaria tastorna por completo nuestras ideas acerca de la posesión y de la propiedad. Podría yo resumir el argumento contra esta ley, diciendo: esta ley viene a echar por tierra el principio de la este argumento contestaría en la siguiente forma: No viene a echar por tierra el fundamento de la posesión; lo que echa por tierra es uno de los factores que hasta ahora se han considerado como inherentes a toda posesión. Repitiéndome, respecto de lo que antes he dicho a este respecto, decía: el criterio romano es que el propietario de la tierra tiene el derecho de usarla, usufructuarla y abusarla, es decir, "utendi, fruendi et abutendy," es decir, que tiene el derecho no solamente de sacar de la tierra el provecho que quiera sacar, sino que es libre de sacar o no sacar los provechos que puedan obtenerse de esa propiedad. Este es el criterio romano, este es el criterio francés, y este fué posteriormente el criterio español de donde nosotros derivamos el criterio de nuestra posesión. Esta ley, es cierto, es una modificación radical a este criterio. Conforme a esta ley, reconocemos al propietario de la tierra, del bien raíz, el derecho de usar y usufructuar la cosa; pero no le reconocemos el derecho de dejar de usarla, de destruirla o de disponer de ella en cualquiera otra forma que no sea aprovecharla para el bien público. Por esa razón, sin dejar de reconocer la fuerza que envuelven los argumentos del señor licenciado Velásquez, la contestación de esos argumentos no es decir, señor diputado Velásquez: esta ley no choca contra los principios de posesión, sino debemos de contestar: Sí señor diputado Velásquez, esta ley es de carácter absolutamente revolucionario en materia de posesión y choca abiertamente con el criterio romano, y tenemos que resignarnos, que aceptar francamente que estamos modificando trascendentalmente nuestra legislación civil. Así, pues, es cierto, esto va contra los principios de la posesión; pero como toda nueva ley va contra alguna ley antigua, y como estamos precisamente formando una nueva ley y un nuevo sistema, debemos de admitir que así como tuvimos facultades para establecer en nuestro Código Civil el derecho del propietario para usar y abusar de su propiedad, así también tenemos facultades legislativas ahora para determinar que reformamos aquel concepto de la posesión y que de hoy en adelante el propietario de bienes raíces, especialmente el propietario de fincas rústicas, no tienen ya los mismos derechos como poseedor que tenía antiguamente, sino que esta posesión está limitada por los preceptos de la ley. Esta limitación al derecho de propiedad no es una cosa nueva en nuestro derecho. Yo, propietario de una finca urbana, por ejemplo en la ciudad de México, en determinada calle de la ciudad de México, no tengo el derecho de construir en aquella finca lo que me dé la gana; tengo que sujetarme al Reglamento Sanitario, al Reglamento Municipal, etc., etc., y puede el Poder Público imponerme limitaciones; yo no podría, por ejemplo, construir en la ciudad de México como me diese la gana y en la forma que quisiese alguna finca, porque un Reglamento Municipal me establece determinadas limitaciones. Hay ciudades en Europa y en Estados Unidos sobre todo, en donde hasta el estilo de arquitectura de la construcción que tiene que hacerse en determinadas calles, debe sujetarse al reglamento administrativo; esto no es más que una forma en que las autoridades limitan el derecho de propiedad. Yo no puedo absolutamente se me da la gana quemar mi casa, porque la ley me prohibe destruir esta propiedad en determinadas condiciones. Yo no puedo derribar mi casa cuando me dé la gana, porque tengo que sujetarme a los reglamentos municipales respecto de la forma en que debo de hacerlo. En general en la teoría moderna del derecho de propiedad, esa teoría consiste en que el propietario quiere hacer lo que quiera de su casa siempre que se sujete a las limitaciones que le impone la autoridad y la autoridad impone limitaciones a la propiedad por razones de orden público. Donde quiera que haya un orden público superior a los intereses privados, la autoridad dice: "Hasta aquí llega la propiedad," y el propietario no puede pasar sobre la ley. Ahora bien, en este caso la razón de interés público que existe para limitar la propiedad, es la necesidad de orden general en el desarrollo de nuestra agricultura, que exige, que viene exigiendo desde hace años que impongamos limitaciones al derecho de propiedad respecto de aquellas fincas o de aquellas propiedades de las cuales no se obtiene toda la utilidad que debiera obtenerse para satisfacer las necesidades nacionales. Esta necesidad que hace quince o veinte años era una especie de sueño de filósofo, después que estalló esta guerra, se ha visto que todas las naciones han tenido necesidad para considerar como de orden enteramente público, el que se obtenga de su suelo todo el mayor provecho que sea posible. Después de que estalló la guerra europea actual, se ha
visto la absoluta, indispensable necesidad de obligar al propietario a sacar todo el provecho que sea posible de sus propiedades. Así, pues, en el presenta caso, señores diputados, establecemos una limitación al derecho de propiedad de los terratenientes, pero esa limitación es por razones de orden público. Así pues, contestando las argumentaciones del señor diputado Velásquez, digo: es cierto, es una limitación al derecho de propiedad que exige el interés público. Segundo: choca contra los principios de posesión generalmente admitidos por el Derecho Romano y Francés, sí es cierto, choca contra los principios generales de posesión; pero precisamente en eso consiste el espíritu revolucionario de esta ley, y precisamente para lo que pido la aprobación es para esta ley que choca contra los principios de posesión que antes se habían admitido. (Aplausos y voces: ¡A votar!)
Vienen en seguida todas las demás argumentaciones que pueden hacerse por los que están de acuerdo con el espíritu general de la ley, pero que temen que los medios empleados no sean suficientemente eficaces. Esta materia debe quedar reservada al debate en lo particular. Por lo que hace al debate en lo general, el principio que se ha admitido es el siguiente: el propietario que no haya querido cultivar sus tierras, deberá encontrarse en el caso de verse privado de la posesión de ellas durante un año, para que los demás vengan y las cultiven. Este es el principio general; la forma concreta, el detalle, corresponde a la discusión en lo particular; pero no creo que haya un solo diputado que no esté conforme con el principio general que entraña esta ley. (Voces: ¡Muy bien! ¡A votar!) Así pues, suplico a la Asamblea que, en lo general, se sirva dar su voto aprobatorio a esta ley, y en lo particular queda absolutamente abierto el debate para hacer en ella todas las observaciones que se crean pertinentes. (Aplausos y voces: ¡A votar, a votar!) Los miembros de la Comisión no creemos ser infalibles; los miembros de la Comisión hemos encontrado en el curso del estudio de esta ley, un gran número de objeciones, de observaciones que han sido motivo de muy largas discusiones aun entre nosotros mismos. ¿Cómo no sería posible, naturalmente, que todos los miembros de la Cámara también tuvieran objeciones de ese género? Por lo que hace al debate en lo particular, la Comisión, por mi conducto, solamente se permite llamar la atención de los señores diputados sobre que casi no hay un punto de los que en lo particular se le hayan hecho observaciones, que no haya sido ya motivo de una larga discusión en su seno; que, por consiguiente, recomienda la Comisión a los ciudadanos diputados que hoy en la tarde y mañana se sirvan leer con mucho ciudado y pensar en todos los preceptos de esta ley, porque lo único que una Comisión resiente de un debate, lo diré con entera franqueza, a ver si me sostienen en esta materia Pérez Gasga, Sánchez Tenorio o Rueda Magro o alguno de los otros miembros de Comisión que realmente han sabido trabajar, lo que resienten las Comisiones no es la observación de un hombre o de un diputado que con toda precisión se ha visto que se ha preocupado por el problema; lo que resienten las Comisiones son las objeciones de los diputados que llegan a toda carrera a las cinco y media de la tarde, que escuchan tres o cuatro palabras de lo que se está diciendo en la tribuna y piden la palabra para hacer cuatro o cinco observaciones sobre puntos que no han estudiado suficientemente. La Comisión suplica a los ciudadanos diputados estudien detenidamente la ley, que lean con espíritu enteramente abierto y estudien todas las observaciones que se hagan, porque mientras mejor se lleve el debate en lo particular, más perfecta quedará esta ley, dará mejores resultados y, de consiguiente, quedará mejor resuelto el problema general revolucionario que entraña. (Aplausos y voces: ¡A votar, a votar!)
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Velásquez, para rectificar hechos. (Voces: ¡A votar, a votar!)
El C. Velásquez: Calma, señores diputados, serenidad en asuntos de tal trascendencia; voy a hacer algunas rectificaciones de hechos y voy a contestar cada una de las cosas que se han dicho. (Siseos.) Y vais a ver si han estado en lo justo los señores diputados que han refutado esto. Se dice por los señores Neri y el compañero Hay, que yo no entiendo la propiedad a la moderna como ellos; el señor Neri dice que leí a Justiniano, en lo que fuí su profesor, y yo le digo que he leído, que he leído hasta lo último que se ha escrito sobre Derecho Civil.
El C. Hay, interrumpiendo: Pero no ha entendido usted la Revolución.
El C. Velásquez, continuando: Va usted a ver si he entendido la Revolución. el señor Cabrera es el único que ha puesto la cuestión con más precisión, y dice que la posesión, conforme a los principios revolucionarios, debe tener algunas limitaciones, y que el propietario de una casa aquí, en la capital, no podrá destruirla; pero no es el caso concreto. Aquí el caso, y semejante, sería éste: que teniendo una casa y pudiendo ocupar sólo unas cuantas piezas, las otras no las pudiera amueblar para arrendarlas, y entonces ustedes dispusieran que ustedes iban a arrendar sus piezas a cualquiera.... (Desorden, murmullos, campanilla.) Eso es exactamente. bien, ahora vamos más al fondo: se dice que los propietarios que no cultiven sus terrenos, porque no querían, van a ser penados con esa privación de la posesión o de la propiedad; perfectamente. Si se prueba por la Cámara que esos propietarios de grandes tierras las dejan incultas porque no quieran cultivarlas, perfectamente; la ley es muy justa y está el interés privado subordinado al interés público. Pero ¿sabéis, señores diputados, que porque no vaya a desmontar un propietario sus terrenos, será porque no quiera? Ese es el hecho justo, esto es lo justo, y si ustedes me prueban que ese propietario no cultiva sus tierras porque no quiera.....(Voces: ¡No se trata de eso, sino porque no pueda!) Bueno, porque no pueda, y no puede porque no tiene dinero. ¡O qué, a los que se los van a dar tienen ya dinero? Si ustedes ven este hecho práctico, que un pobre pueblo - y yo le llamo la atención al señor diputado Neri, que sabe que su familia tiene grandes propiedades por allá, su familia, son señoritas las más y no pueden cultivar la Hacienda de Potrero.......(Murmullos y desorden.)
El C. Neri, interrumpiendo: Si mi familia no puede sembrar, que siembren otros.
El C. Velásquez, continuando: Eso será lo que produzca. Ahora, va al Ayuntamiento, no va a favorecer a nadie, no va a cultivarse la tierra, señores diputados. No es cierto que haya yuntas de bueyes, se ha acabado todo eso. Yo no digo que no se favorezca la agricultura, pero que se formen centros agrícolas..... (Voces: ¡Después, después!) Esto es lo correcto, esto es penetrar al fondo de las necesidades públicas. Formar centros agrícolas, que los autoriza la Constitución; yo no digo que no se cultiven los grandes terrenos incultos improductivos. La Nación tiene grandes terrenos que ha expropiado a otros; han cesado muchas concesiones, ¿por qué esos terrenos no se cultivan? ¿por qué no se forma una sociedad agrícola? ¿por qué no se llevan veinte mil rateros que andan sueltos, que roban, por qué no se les lleva a una colonia agrícola penitenciaria? ¿Por qué a los pobres operarios no se les hace productores? ¿Por qué no se lleva a sus almas el sentimiento santo de producir, de la causalidad; por qué no hay una dirección técnica, por qué no se dan elementos a esos pobres a quienes si se les quieren dar cien hectáreas de terreno, que no podrían cultivar, se les hace una burla sangrienta? Hay propietarios, hay terratenientes que les han ofrecido animales, instrumentos de labranza y tierra, y no van a cultivarla, porque cinco o seis meses que necesitan para eso, los necesitan para satisfacer las necesidades más apremiantes, porque en este momento no tienen para estar trabajando la tierra y al mismo tiempo para cubrir otras necesidades. No se puede satisfacer ese deseo noble que ustedes tienen. Aquí se ha dicho que yo no comprendo la Revolución, que no entiendo lo que es propiedad, que no sé lo que es la limitación de la propiedad, porque dicen que solamente el que ha agarrado un rifle, sólo ese es el que entiende la Revolución; yo quiero rectificar estos hechos. Yo no me opongo a que se imponga esa limitación a la posesión en nombre de la Revolución, en nombre del bien público; pero que sea razonable; que sea práctico, porque lo que se quiere es una ilusión, hay mucha ilusión, hay mucho entusiasmo en eso, pero no fines prácticos.
¿Cómo se va a obligar a las Legislaturas a que determinen cuál es la propiedad laborable que deben trabajar? ¿Dónde está la Constitución que autoriza a la Cámara para esa orden? ¿Quiero que me lo digan los del dictamen, eso quiero. Que me digan que un propietario no trabaja su tierra porque no quiere en los actuales tiempos, y entonces estoy conforme. La ley no se funda con estusiasmos en un gabinete, sino solamente adquiriendo datos estadísticos comprendiendo las necesidades en cada caso, si no la ley es ilusoria, es una visión, es un entusiasmo, atropellando, por otra parte, aquellas nociones que yo digo que se atropellando en ese sentido, porque convengo que haya esas limitaciones, y eso, señores, antes de que nos lo dijeran estos señores, hacía treinta años que lo decían los buenos escritores: no es novedad lo que nos vienen a contar aquí. (Voces: ¡Claro!) No vengo a sostener eso; debe esa propiedad limitarse por el bien público, pero no tenemos derecho a abusar de esa propiedad, y hay que favorecer la agricultura, pero favorecerla no con leyes ni con entusiasmos, de hecho: una colonia agrícola con elementos bajo dirección técnica, llevando allí a obreros, será lo práctico; lo demás es una ilusión. Yo desafío a ustedes para que dentro de un año... (Una voz: ¡Los desafíos no se llevan a cabo!) veamos si da resultado esa ley hija del entusiasmo. Van ustedes a ver cómo el caciquismo, los Ayuntamientos, van a ser los árbitros. (Voces: ¡Ya, ya! ¡A votar, a votar!) Votad esa ley, pero tened conciencia de que no habéis partido de los hechos, de la verdad, de la razón y de la justicia, sino del entusiasmo, muy loable, pero que por ahora dará resultados inútiles. (Siseos y voces: ¡A votar, a votar!)
El C. Presidente: Han hablado en pro los CC. Siurob, Cabrera, Neri y Hay y en contra los CC. Velásquez, Leyzaola y Ortega. No habiendo.....
El C. González Jesús M., interrumpiendo: Yo pido la palabra para un hecho. (Voces: !No, no; a votar!) (Siseos.)
El C. Secretario Aranda: Se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido en lo general. Los que estén por la afirmativa, se servirán poner de pie. Suficientemente discutido en lo general. En votación nominal se va a preguntar si ha lugar a votarlo en lo general.
(Se empezó a tomar la votación.)
El C. Secretario Portes Gil, durante la votación: Se suplica a los ciudadanos diputados se sirvan ocupar sus curules y guardar silencio. (Murmullos.)
El C. Manrique: Moción de orden. (Voces: ¡No, no; estamos en votación!) El señor Secretario no se ha servido anotar mi voto.
El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Me permito hace notar a la Presidencia que no he anotado el voto del C. Manrique en virtud de no encontrarse en su curul. (Una voz: ¿Con fundamento en qué artículo?)
El C. Manrique: Nadie me obliga a tal cosa, (Continúa la votación.)
El C. González Jesús M.: Moción de orden. Suplico a la Presidencia llame al orden al C. Secretario. (Refiriéndose al C. Sánchez Tenorio.)
El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: La Presidencia se permite llamar al orden a los CC. Manrique y González Jesús M., a fin de que ocupen sus respectivas curules.
El C. González Jesús M.: Yo llamo al orden al C. Secretario. (Campanilla, murmullos.)
(Continúa la votación.)
El C. González Jesús M., interrumpiendo: Para una moción de orden. Que se lea el artículo 142 reglamentario. (Siseos y campanilla.) Moción de orden. Que se lea el artículo 142 reglamentario. (Voces: ¡No, no; estamos en votación!)
(Continúa la votación.)
El C. Secretario Portes Gil: Se suplica a los ciudadanos diputados que no se ausenten del salón para que no se descomplete el quórum.
El C. Manrique: A eso sí tenéis derecho.
(Continúa la votación.)
El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? (Algunos ciudadanos diputados dan su nombre.) ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? Se procede a la votación de la Mesa. El resultado de la votación
es el siguiente: ciento treinta y nueve votos de la afirmativa, contra uno de la negativa del C. Velásquez Aurelio. (Aplausos y siseos.) Por lo tanto, con fundamento en ese resultado, se aprueba en lo general el proyecto de ley a discusión, por ciento treinta y nueve votos de la afirmativa, contra uno de la negativa. (Aplausos.)
El C. Secretario Aranda: Orden del día nueve de noviembre, a las cuatro de la tarde: Continúa la discusión del proyecto de Ley Orgánica de Secretarías de Estado.
El C. Presidente, a las 12.50 m.: Se levanta la sesión y se cita para las cuatro de la tarde.
(Asistencia de 143 CC. diputados.)
El C. Presidente, a las 4.20: Se reanuda la sesión.
El C. Secretario Portes Gil: Está a discusión el artículo 2o. de la ley que autoriza al Gobernador del Estado de México para crear fuerzas de seguridad y que dice:
"Artículo 2o. Dichas fuerzas dependerán directamente del Gobernador del Estado de México, y su sostenimiento será a cargo del Presupuesto de Egresos de dicha Entidad Federativa; pero quedarán sujetas a las prescripciones de la Ley Orgánica y de la Ordenanza General del Ejército, actualmente en vigor, mientras se reglamenta la guardia nacional de dicho Estado."
Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, se servirán pasar a inscribirse. ¿Nadie hace uso de la palabra? Se va a proceder a la votación nominal.
El C. Céspedes: Pido la palabra, señor Presidente. Suplico a la Secretaría se sirva decirme qué es lo que está a discusión.
El C. Secretario Portes Gil: Dos veces se ha leído el artículo.
El C. Céspedes: Es una súplica, no se enoje usted.
El C. Secretario Portes Gil: Es el artículo 2o. de la ley que autoriza al Gobernador del Estado de México para crear fuerzas de seguridad en el Estado.
El C. Céspedes: Pido la palabra.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Céspedes: Señores diputados: He pedido la palabra en contra del artículo 2o. de la ley que ayer principió a discutirse, con objeto de hacer notar lo siguiente: en mi concepto es oportuno que esta Cámara considere la objeción que el C. Presidente de la República ha hecho a esta clase de autorizaciones, en el sentido de que el Congreso fije una fecha determinada dentro de la cual estarán facultados los Ejecutivos de los Estados para levantar estos números de individuos. Conceptúo necesario esto, ciudadanos diputados, porque seguramente, como lo dije ayer el Ejecutivo al serle enviado este proyecto de ley, era la objeción igual que al proyecto de ley enviado por las Cámaras y relativo a la autorización concedida al Ejecutivo del Estado de Hidalgo. Ya que la Cámara aprobó ayer se concediera la autorización que se discute, y al efecto de no perder más tiempo en discusiones de esta naturaleza por concepto de un nuevo envío de esta ley a la consideración de esta Cámara, hago la sugestión a la Comisión para que, si lo considera pertinente, se sirva retirar el dictamen y fijar una fecha determinada en el artículo 2o. de esta ley.
El C. Presidente: Tiene la palabra, en pro, el C. Bravo Izquierdo.
El C. Bravo Izquierdo: Señores diputados: Tal parece que la mente, que la idea de todos los estimables compañeros que han venido a objetar el dictamen de la Comisión, no es una idea, sino un desahogo de pasiones personales. ¿Qué nos importa, si como ayer, se viene a esgrimir el argumento de que el señor Molina Enríquez sea un reaccionario? Si en el caso presente no tratamos de favorecer al señor Molina Enríquez, sino que tratamos de favorecer en general al Estado de México, ¿por qué vamos a sacrificar los intereses generales del Estado de México por Molina Enríquez? Creo que esto es injusto.
Por otra parte, dice el C. Céspedes que debemos tener en consideración la objeción del Ejecutivo a propósito de la autorización de las fuerzas del Estado de Hidalgo. efectivamente, debe tomarse esa objeción en consideración, pero esa objeción sabrá contestarla la Comisión encargada del caso. Vuelvo, pues, a repetir que no debemos tomar en consideración aquí, para el asunto que se debate, las cuestiones personales, se trata de los intereses generales de un Estado, y, por consiguiente, debemos votar este artículo en pro, por ser así de necesidad para el pronto restablecimiento de la paz.
Concluyo, señores diputados, puesto que este asunto no tiene discusión, suplicando que deis un voto aprobatorio al dictamen de la Comisión.
El C. Céspedes: Pido la palabra, señor Presidente, para rectificación de hechos.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Céspedes: CC. diputados: (Voces: ¡Tribuna!) Se acaba de asentar por el C. Bravo Izquierdo en esta tribuna..... (Voces: ¡Tribuna!) Señores diputados: Se ha dicho en estos momentos por el C. Bravo Izquierdo que los oradores que hemos venido a hablar en contra de este proyecto de ley, lo hemos hecho impulsados por pasiones personales y con el exclusivo objeto de desahogar viejas rencillas; se ha dicho en estos o parecidos términos: son desahogos personales. Yo, señores, quiero asentar de una vez por todas, en esta tribuna, que el sitio que los CC. diputados ocupamos aquí para hablar, para exponer nuestras razones ante toda la Nación, no es el indicado, según mi parecer, para tener los desahogos de viejas rencillas. Ya extra Cámara se ha dicho también lo mismo, que yo he venido aquí a atacar este proyecto de ley, porque tengo algo que sentir del C. general Millán; no, CC. diputados, yo nunca he venido a esta tribuna - y cada uno de ustedes es testigo -, a robar el tiempo que pertenece a toda la Nación para desahogarme contra un individuo; ustedes son testigos de que desde que se iniciaron debates de esta índole para conceder autorización a los distintos Gobernadores de los Estados, he estado atacando una por una todas estas autorizaciones; lo hice con el C. Gobernador del Estado de Puebla, compañero que fué de lucha, y compañero que fué en el Constituyente, y lo hago ahora también en contra del ciudadano, no
precisamente en contra del general Millán, sino en contra de la autorización que pide el Gobernador del Estado de México, porque sigo creyendo que estas autorizaciones son perfectamente impolíticas, que son de pésimos resultados en la práctica y de inoportunidad absoluta en estos momentos. En breve plazo, señores diputados, veremos si estas mis palabras tienen alguna razón. Los Ciudadanos que hacen aparecer aquí como único argumento el de que nos oponemos porque se trata de personas, del Ciudadano general X; etc.; pues, en mi concepto, señores diputados, ellos son los que no ven sino a la persona, ellos son los que no ven sino a los intereses de tal o cual individuo, ellos son los que se distancían mucho de los intereses generales del País, los que no ven el más allá de estos momentos políticos en que vivimos. Yo he dicho en esta tribuna, y lo repito muy alto, que en la forma como estamos concediendo estas autorizaciones, dejan a esta Asamblea tan indefensa así, que cuando vengan análogas peticiones por Gobernadores que no conocemos quiénes serán, que ni quiénes resultaren ungidos por el voto popular, donde las elecciones no se han hecho aún, cuando estos Gobernadores hagan peticiones análogas a esta Asamblea, por jurisprudencia forzada tiene obligación de conceder estas autorizaciones, porque no podemos particularizar en tratándose de determinado Gobernador del Estado Fulano. En tal virtud, señores diputados, lo que a mí me ha traído es un interés general, un interés político y, sobre todo, una gravedad que yo vislumbro con esta clase de autorizaciones. Los CC. Gobernadores que para escalar el poder han dejado las fuerzas en cumplimiento pasajero de un mandato constitucional, ahora vienen con estas autorizaciones a burlar el espíritu de esa ley, porque únicamente para escalar el poder fueron desprovistos del mando militar; en el poder gobernarán con las armas, y la fuerza de sus actos estará perfectamente implantada, la moralidad de sus actos perfectamente implantada por la fuerza de las armas. No, señores, nosotros todos deberíamos procurar porque en nuestra apenas naciente democracia no hubiera estos asomos de fuerza en estos momentos, no hubiera esta presión que - óigase bien, servirá, si no ponemos siquiera sea una fecha dentro del período de cada gobernante, es decir, antes de que éste termine, una fecha en que deban dejar todo mando de estas fuerzas regionales, las elecciones serán sin duda, en esas Entidades, en favor de los hombres que ellos quieran que vengan a defender los intereses que hayan creado a la sombra de sus respectivos Gobiernos; todas las autoridades emanadas de unas elecciones en esas Entidades, serán perfectamente impuestas, quiérase que no.(Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra, en pro, el C. Cepeda Medrano.
El C. Cepeda Medrano: Señores diputados: Lamento que en estos momentos no se encuentre en esta Asamblea el C. Aguirre Escobar, que ayer, con motivo de la ley que se discute, asentó algunos hechos falsos que trato de rectificar, y como no voy a hacer alusiones personales, no es ningún inconveniente que no se encuentre presente el señor Aguirre Escobar. Ha dicho el señor Aguirre Escobar, en una de las partes de su discurso, que desde hace seis meses a la fecha, el Ejército Federal ha estado imponiendo su fuerza directa en Veracruz; que desde hace seis meses a la fecha, el Ejército Federal ha estado ejerciendo su presión directa en Coahuila; que desde hace seis meses a la fecha ha estado ejerciendo una presión directa en San Luis Potosí. Por lo que respecta al Estado de Coahuila, es absolutamente falso; todos los diputados del Estado de Coahuila que se encuentran en este recinto podrían asegurar que es completamente falso que el Ejecutivo, el Presidente de la República, haya dado consignas en el Estado de Coahuila a los soldados que están a su mando, para que votaran por determinadas personalidades. Es completamente falso este hecho, señores diputados; pero hay algo más: el señor Espinosa Mireles no ha recibido en su mayor parte los votos del Ejército Federal, éstos no han votado por Espinosa Mireles en su mayoría. Entonces, ¿qué razón, qué derecho, con qué razón se dice que el C. Primer Jefe, el C. Venustiano Carranza, haya dado orden, tanto en Coahuila, como en Veracruz y en San Luis Potosí, para que allí se impusiera su voluntad como en tiempo de Santa Anna? Es falso ese hecho, señores diputados , y por esta circunstancia no he querido dejar pasar desapercibido esto, sino rectificarlo para que quede en la conciencia de la Representación Nacional que no son exactas todas las palabras que se vierten en esta tribuna cuando no se tenga una comprobación exacta, cuando no se vienen a traer pruebas para convencer a la Asamblea.
Más adelante ha dicho el C. Aguirre Escobar, refiriéndose al Gobernador del Estado de Coahuila, que dizque el Gobernador Espinosa Mireles vendrá dentro de pocos días a pedirnos cuatro o cinco mil hombres. El Gobernador electo de Coahuila probablemente que si vendrá a pedir esos hombres y nosotros tendremos la obligación precisa de concedérselos, por las mismas razones que en 1911 se facultó al señor Carranza para que dispusiera de fuerzas hasta cuatro mil hombres y que fué el pie veterano de esta Revolución salvadora y gloriosa. El señor Espinosa Mireles, que dice el señor Aguirre Escobar que dizque Gobernador electo, ha sido perfectamente electo por el voto popular de los ciudadanos de Coahuila y han votado en su favor más de treinta mil personas, contra diez u once mil que apenas tuvo su contrincante. Entonces, ¿cómo es posible que se venga a decir que dizque Gobernador electo? El C. Espinosa Mireles fué electo legalmente Gobernador del Estado de Coahuila, como ustedes saben perfectamente bien, pero yo tengo que rectificar hechos. "Si mañana,- dice el C. Aguirre Escobar -, si mañana viniese el Gobernador del Estado de Coahuila solicitando cinco mil hombres, yo sería el primero que le diera mi voto para esos cinco mil hombres, aunque sepa muy bien que el Gobernador Espinosa Mireles no es un individuo de mi afecto, ni es un individuo de la Revolución..." En esto está completamente equivocado el señor Aguirre Escobar. Si el señor Espinosa Mireles no es del afecto del C. Aguirre Escobar, a nosotros no nos incumbre, pero si vemos que el señor Espinosa Mireles es un revolucionario de firmes principios y de grandes convicciones; el señor Espinosa Mireles ha prestado eminentes servicios a la Revolución y tanto las izquierdas como
las derechas no podrán negar este hecho incontrastable, este hecho incontrovertible; no podrán negar los señores diputados que el señor Espinosa Mireles acompaño en su gira, día a día, momento por momento al C. Primer Jefe y que después en los Estados Unidos desempeño brillantemente una comisión y satisfacción de la República Mexicana, ¿Cómo es posible que vengamos, cómo es posible que por algunos de los representantes se diga que uno de los hombres más conspícuos de la Revolución no es revolucionario, porque no tiene su afecto personal? No podemos tolerarlo bajo ningún concepto y en cualquier instante rectificaré estos hechos que son completamente falsos, para que se sepa cuáles son los nombres de la Revolución. El señor Espinosa Mireles tiene grandes méritos revolucionarios y pueden decirlo los señores Treviño, Hay, García Vigil y todos los generales que se encuentran en este recinto; todos estarán de acuerdo en que el señor Espinosa Mireles ha prestado eminentes y valiosísimos servicios a la Revolución. El contrincante del señor Espinosa Mireles es revolucionario, nadie le quita sus méritos; pero que no se venga a manchar la grande e inmaculada honradez del señor Espinosa Mireles. Aquí también podemos presentar ante ustedes al señor Espinosa Mireles como al Gobernador que hará la felicidad de Coahuila, como ha hecho la felicidad de ese Estado en el período preconstitucional; voy a poner como testigos a los diputados de Yucatán que saben perfectamente y todos los representantes de la Nación, que de los primeros Gobernadores de la República, entre los que figuran Alvarado, Espinosa Miles, Diéguez, Aguirre Berlanga y algunos otros más, pocos, por desgracia, se portaron a la altura de su deber, obraron con acierto, con honradez, y ahí están los Estados que mejoraron y progresaron más que en el período de las dictaduras decantadas de la paz porfiriana. El señor Espinosa Mireles y el general Alvarado se lanzaron un reto al principio de su gestión administrativa y ninguno de los dos ha quedado atrás, los dos han ido a la vanguardia, los dos han cumplido con su deber y se han portado honrada y sabiamente dentro de los Estados que les fueron encomendados. El general Alvarado y el señor Espinosa Mireles tiene grandes méritos revolucionarios, se dedicaron especialmente a levantar el nivel moral de toda esa masa de obreros que en estos momentos se encuentran formados en sociedades, con sus casinos, escuelas nocturnas, y miles y miles de facilidades les han proporcionado para la vida. El señor Espinosa Mireles en Coahuila tiene también, como uno de sus grandes méritos, haber hecho inmensas mejoras materiales en un período en que nos encontrábamos en completa penuria y en la bancarrota más completa. El señor Espinosa Mireles tiene hechos tan hermosos y tan bellos como son el de haber formado escuelas primarias, muchos planteles de instrucción, muchas mejoras en bien de la instrucción y si todos estos hechos en el período revolucionario no significan nada para Espinosa Mireles, basta el único hecho de haberse puesto del lado de la instrucción pública, de haber sido el protector del profesorado para que su figura fuera una de las primeras en la Revolución y por eso, parodiando el bello pensamiento de Julio Simón, podréis decir que Coahuila será uno de los primeros Estados de la República, porque el Estado de Coahuila tiende al mejoramiento de la instrucción, al mejoramiento del profesorado y más que todo, a redimir a la niñez y establecer muchas escuelas, lo que hace que si no es hoy el primer pueblo de la República, lo será mañana inevitablemente. (Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene al palabra el C. Bravo Izquierdo.
El C. Bravo Izquierdo: Señores diputados: No se podrá considerar que yo vengo a defender personalidades, como quizá no se escapa a ninguno de vosotros que lo hizo el C. Cepeda Medrano, puesto que en la Constitución, fui uno de los que dije en aquella tribuna: "No le tengo miedo a nadie ni a nada." puesto que sabía los manejos del general Castro en Puebla.
Yo no vengo, señores diputados, en defensa del general Millán, ni de su secretario particular: sí vengo a rectificar hechos, puesto que no estoy conforme con los conceptos vertidos aquí por el C. Céspedes. Es evidente que el C. diputado Céspedes debe tener por lo menos algunas rencillas con el general Millán, puesto que operó en el Estado de Veracruz; por consiguiente, y confirmando lo que he dicho antes de que no se ha venido a hacer más que un desahogo de pasiones personales, y en esto no estoy conforme, puesto que aquí lo que venimos a hacer es laborar por el bien de la Patria. El artículo 118 constitucional, en su fracción II dice: "II Tener, en ningún tiempo, tropa permanente ni buques de guerra." Esto es relativo a los Estados. Efectivamente, los Estados no podrán tener tropa permanente, pero aquí no se trata de tener tropa permanente sin permiso del Congreso de la Unión; pero como para ello solicita el Gobernador del Estado de México el permiso del Congreso de la Unión, está pues, justificada su actuación, debo dársele este permiso, tanto más cuanto que el fin que persigue el C. Gobernador del Estado de México, como los otros Gobernadores que han solicitado licencia análogas, es un fin noble, es tendiente a la pronta pacificación del País.
El artículo 31 constitucional, en su fracción III, dice:
"III. Alistarse y servir en la Guardia Nacional, conforme a la Ley Orgánica, respectiva, para asegurar y defender la independencia, el territorio, el honor, los derechos e intereses de la Patria, así como la tranquilidad y el orden interior."
Con esto está perfectamente justificado el por qué el C. Gobernador del Estado de México pide licencia para armar este contingente de hombres que solicita, que, entre paréntesis, yo considero como el C. Aguirre Escobar, que, efectivamente, es muy corto el número de soldados que pide el señor general Millán, puesto que el territorio del Estado de México es tan extenso, está de tal manera infectado de zapatistas, que mil hombres son insuficientes para batirlos; pero sin embargo, no podemos extralimitarnos en dar más de los que se nos pide, puesto que él es el que está en posesión de las necesidades del Estado, sabe que por qué nos pide estos mil hombres.
Por consiguiente, termino, CC. diputados, manifestando a ustedes que no vengo aquí a hacer la defensa de ninguna personalidad política ni militar;
pero como representante del Estado de México, tengo absoluta obligación de hacerlo así por su bien general, y pido, por consiguiente, que se apruebe el dictamen de la Comisión.
El C. Céspedes: Pido la palabra, para una interpelación a la Comisión. Quiero que la Comisión que nos rindió este dictamen, se sirva decirnos, a propósito de lo que en estos momentos se ha dicho en la tribuna, si tomó o no tomó en consideración la objeción que acabo de citar allí, es decir, la de si considera prudente incluír en esta autorización la determinación de una fecha, de lo contrario, que funde su dictamen.
El C. Aguirre Colorado: Pido la palabra, como miembro de la Comisión.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Aguirre Colorado.
El C. Aguirre Colorado: Con motivo del dictamen que las Comisiones rindieran relativo a autorizar al Gobierno del Estado de Hidalgo, el Ejecutivo de la Unión hizo algunas objeciones relativas a ese tiempo que es precisamente la limitación que quiere que se ponga el diputado Céspedes. Como estas objeciones que ha mandado el Ejecutivo están en estudio en la Comisión para presentar el dictamen, no ha creído prudente la Comisión reformarlo o adicionarlo en este sentido; pero Su Señoría el diputado Céspedes, queda en absoluta libertad, autorizado por el Reglamento, para pedir, si así lo juzga conveniente, una adición después de que se termine la votación del proyecto.
El C. Velázquez: Pido la palabra, para una interpelación.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Velásquez: Según el artículo que se está discutiendo, el Gobernador del Estado mandará las fuerzas permanentes cuyo consentimiento se pide ahora para establecerse. Quiero saber qué carácter va a tener el Gobernador, si de Comandante Militar o qué clase de carácter va a tener, porque si va a tenerlo conforme a la Ordenanza o a las leyes militares vigentes, ¿qué carácter va a tener el Gobernador mandando esas fuerzas?
El C. Treviño: Pido la palabra, señor Presidente.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Treviño, como miembro de la Comisión.
El C. Treviño: La Comisión puede contestar los dos puntos que se relacionan con las dos objeciones hechas por los señores diputados Céspedes y Velásquez. En cuanto al primer punto de la limitación de tiempo de las fuerzas que se conceden al Gobernador del Estado de México, está en el dictamen, el dictamen mismo lo indica, puesto que dice clara y precisamente que la duración de tiempo o que la duración de estas fuerzas será mientras se reglamenta la Ley Orgánica que establece las Guardias Nacionales, según el texto constitucional. En cuanto al segundo punto que se relaciona con lo que indica el C. Velásquez, que el Gobernador del Estado qué carácter va a tener, le manifiesto que desde luego es Gobernador constitucional del Estado, pero las fuerzas dependerán de su Gobierno, no va a ser Comandante Militar del Estado, pero las fuerzas dependerán de su Gobierno, es decir, que puede disponer de ellas para cooperar a la paz interior del Estado.
El C. Velásquez: Hago esta observación señor: En la ley que va a regir, hay estas denominaciones: Jefes de Cuerpo de Ejército, Jefes de Operaciones, Jefes de Destacamento y Comandantes Militares; no hay otra disposición en la ley para que un individuo mande fuerzas. Si es Comandante Militar, está previsto en el artículo 129 de la Constitución, que dice:
"Artículo 129. En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar. Solamente habrá Comandancias Militares fijas y permanentes en los castillos, fortalezas y almacenes que dependan inmediatamente del Gobierno de la Unión, o en los campamentos, cuarteles o depósitos que, fuera de las poblaciones, estableciere para la estación de las tropas."
¿Como va a ejercer mando? No se dice si como General en Jefe, como Jefe de Operaciones, como Jefe de Cuerpo de Ejército, Comandante Militar o Jefe de Destacamento, y como se dice que se va a regir por las leyes militares vigentes, conforme a la Ordenanza, no encaja en ninguna parte el Gobernador constitucional de un Estado con mando de fuerzas que no sea Comandante Militar o las demás denominaciones que he dicho; de otra manera, se viola el artículo 129 o no se acata la Ordenanza ni las leyes penales militares; es necesario que se fije algún carácter. Yo digo esto: no conviene poner obstáculos, sino para que sea claro y a fin de que se obsequie lo dispuesto en el artículo 129 que la duración de tiempo o que la duración de estas fuerzas será mientras se reglamenta la Ley Orgánica que establece las Guardias Nacionales, según el texto constitucional. En cuanto al segundo punto que se relaciona con lo que indica el C. Velásquez, que el Gobernador del Estado qué carácter va a tener, le manifiesto que desde luego es Gobernador constitucional del Estado, pero las fuerzas dependerán de su Gobierno, no va ser Comandante Militar del Estado, pero las fuerzas dependerán de su Gobierno, es decir, que puede disponer de ellas para cooperar a la paz interior del Estado.
El C. Velásquez: Hago esta observación señor: En la ley que va a regir, hay estas denominaciones: Jefes de Cuerpo de Ejército, Jefes de Operaciones, Jefes de Destacamento y Comandantes Militares; no hay otra disposición en la ley para que un individuo mande fuerzas. Si es Comandante Militar, está previsto en el artículo 129 de la Constitución, que dice:
"Artículo 129. En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar. Solamente habrá Comandancias Militares fijas y permanentes en los castillos, fortalezas y almacenes que dependan inmediatamente del Gobierno de la Unión, o en los campamentos, cuarteles o depósitos que, fuera de las poblaciones, estableciere para la estación de las tropas."
¿Cómo va a ejercer mando? No se dice si como General en Jefe, como jefe de Operaciones, como Jefe de Cuerpo de Ejército, Comandante militar o Jefe de Destacamento, y como se dice que se va a regir por las leyes militares vigentes, conforme a la Ordenanza, no encaja en ninguna parte el Gobernador constitucional de un Estado con mando de fuerzas que no sea Comandante Militar o las demás denominaciones que he dicho; de otra manera, se viola el artículo 129 o no se acata la Ordenanza ni las leyes penales militares; es necesario que se fije algún carácter. Yo digo esto: no conviene poner obstáculos, sino para que sea claro y a fin de que se obsequie lo dispuesto en el artículo 129 de la Constitución, se fije este carácter; perfectamente, yo estoy por el proyecto; pero que se fije qué carácter se va a dar en las leyes penales militares y en la Ordenanza, y en la presente organización no cabe un Gobernador constitucional con mando de fuerzas.
El C. Aguirre Colorado: Pido la palabra para contestar las interpelaciones y objeciones del diputado Velásquez. Debo informarle que el artículo 115 de la Constitución General de la República dice en su fracción III: "Los Municipios serán investidos de personalidad jurídica para todos los efectos legales.
"El Ejecutivo Federal y los Gobernadores de los Estados tendrán el mando de la fuerza pública en los Municipios donde residieren habitual o transitoriamente." sin que en esta parte de la Constitución le dé carácter alguno al Gobernador del Estado. Como estas fuerzas, según el dictamen que las Comisiones rinden, son transitorias, porque quedarán sujetas mientras tanto se reglamenta la Guardia Nacional de los Estados, está encajado dentro de la fracción III del artículo 115 de la Constitución.
El C. Velásquez: Pido la palabra. El señor Aguirre Colorado cita malamente esa disposición; precisamente es lo contrario, dice: "....tendrán el mando de la fuerza pública en la Municipalidad donde residieren...."
Es decir, en Toluca el Gobernador mandará esa fuerza pública, en Toluca, en el Municipio; pero el Municipio no es el Estado de México, "en el Municipio" está clara la ley.
El C. Aguirre Colorado: Con permiso de la Presidencia. En la Constitución General de la República, advierte el artículo 113, y óigalo bien su
Señoria, que dice: "Los Estados adoptarán para su régimen interior la forma de Gobierno Republicano, Representativo, Popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio libre...." Es decir, la reunión de varias Municipalidades constituyen un Estado, es decir, territorio, un Estado gobernado por un individuo que se llama Gobernador, y dentro del Estado el Gobernador tiene mando de fuerzas en cualquier Municipio que forme parte integrante del Estado.
El C. Velásquez: Entonces hay que suprimir: "donde reside habitualmente;" entonces hay que suprimir de la Constitución estas palabras: "donde resida habitualmente." Va a residir, ¿dónde? ¿En un Municipio? Entonces hay que suprimir estas palabras: "donde resida."
El C. Díaz González: Pido la palabra.
El C. Rueda Magro: Pido la palabra.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Rueda Magro.
El C. Rueda Magro: No tiene razón de ser la petición del licenciado Velázquez; el Congreso General no tiene que ver en estas fuerzas que pide el Estado de México y que han pedido otros Estados, más que para conceder las autorizaciones; las leyes del Estado de México dirán qué supremacía, qué jerarquía, qué lugar va a tener el Gobernador del Estado en el mando de esas fuerzas. Una cosa es el artículo 115 citado por el general Aguirre Colorado, que establece que en la residencia del Gobierno será el Gobernador el jefe de las fuerzas que residan en ese Municipio, y otra es lo que digan las leyes relativas sobre el particular. En consecuencia, no tiene ya razón de ser la objeción del licenciado Velázquez.
El C. Céspedes: Para rectificación de un hecho, señor Presidente.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Céspedes.
El C. Céspedes: Contestando el ciudadano general Treviño a la interpelación que hice yo a la Comisión, dijo que el punto objetado por mí se consignaba ya en el texto del artículo 2o. de la ley que se discute, puesto que se dice: "mientras se dicta la Ley Orgánica de las Guardias Nacionales." La contestación no fué precisa ni adecuada a mi pregunta; yo me referí a la fecha que debiera fijarse a los Gobiernos de los Estados, y el texto del Artículo 2o. dice que estas fuerzas estarán bajo lo que prescribe la Ley Orgánica Militar actual, mientras se dicta la Ley Orgánica de las Guardias Nacionales. En tal virtud, agradecería al ciudadano Treviño tuviera la bondad de dar sus opiniones sobre la fecha que yo pregunto, que es la que debe fijarse a los respectivos Gobiernos de los Estados en estas autorizaciones.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Treviño.
El C. Treviño: Para contestar al ciudadano Céspedes, me permito manifestar lo siguiente: el Ejecutivo de la Unión ha nombrado una Comisión, desde hace tiempo, para que estudie la formación de la Ley Orgánica del Ejército, que comprende, entre otras cosas, la Guardia Nacional. No puedo asegurar al señor Céspedes el tiempo que se gaste en la conclusión de esta Ley Orgánica, ni tampoco podría decir el tiempo en que, una vez presentada al Congreso, éste tuviera a bien aprobarla; por lo tanto, adoptamos el procedimiento de poner el dictamen en una forma condicional, porque eso puede ser pronto o tarde. La Ley Orgánica del Ejército es un estudio de los más laboriosos que se presentarán a esta Asamblea; en tal virtud, es de presumirse que el tiempo que tarde en presentarse y aprobarse sea largo; es todo lo que puedo decir.
El C. Céspedes: Pido la palabra para una rectificación a lo dicho por el C. Treviño, a lo que creo que tengo derecho, porque no se me ha contestado mi interpelación.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Céspedes: Para la confección de la Ley Orgánica de estas milicias regionales, es decir, de todo el Ejército, pero en el cual se incluyen estas milicias regionales. La fecha por la cual yo pregunto no tiene que venir en esa ley orgánica; la fecha hasta donde termina la autorización de estos Ejecutivos de los Estados, es la que nosotros tenemos que fijar aquí, y así lo ha previsto el Ejecutivo, puesto que ha dicho en sus objeciones que se determine la fecha que durará esta autorización a los Gobernadores, dentro de la cual tendrán el derecho de levantar gente hasta la cantidad que se les diga. De tal modo, que yo quisiera que el ciudadano Treviño me dijera cuál es su opinión sobre esta objeción del Ejecutivo, que quiere que se les fijen fechas a los Gobernadores.
El C. Portes Gil: Pido la palabra.
El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.
El C. Portes Gil, miembro de la Comisión: Contesto la interpelación que el ciudadano Céspedes hace al señor general Treviño, en la siguiente forma: Es cierto que el Ejecutivo de la Unión hace observaciones al decreto que autoriza al Gobernador del Estado de Hidalgo para crear las milicias de aquel Estado; pero esta circunstancia no quiere decir que sea procedente esa observación. La Comisión va a estudiar si esa observación procede y, en caso de que así lo juzgue conveniente, la implantará en el decreto; pero mientras tanto la Comisión no estudie esa observación, no puede implantarla en los demás decretos que se expidan. Por lo tanto, el hecho de que la Cámara no haya fijado fecha y que el Ejecutivo haya hecho esas observaciones, no quiere decir que la Cámara no ha cumplido con su deber; después resolverá la Cámara si procede fijar o no fecha. Por lo pronto, la Comisión no externa su opinión a este respecto.
El C. Céspedes: Pido la palabra.
El C. Presidente: ¿Con qué objeto?
El C. Céspedes: En contra del artículo, porque ya no me la concedió Su Señoría para rectificación de hechos.
El C. Presidente: Me permito manifestar a Su Señoría el ciudadano Céspedes, que ya ha hablado repetidas veces.
El C. Céspedes: ¡Pido la palabra! Conforme al Reglamento, tengo derecho para hacer uso de la palabra hasta dos veces contra un dictamen; las otras veces a que Su Señoría se refiere, han sido para rectificaciones de hechos, única y simplemente. En tal virtud, el derecho todavía subsiste.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Céspedes.
El C. Céspedes: Ciudadanos diputados: He pedido la palabra, no por necedad, como se ha dicho a mis espaldas, sino porque, en mi concepto, creo tener derecho a insistir sobre lo que juzgo necesario que aquí se resuelva, desde el momento en que, aprobándolo en la forma como está este dictamen, seguramente que vamos a perder tiempo; las objeciones del Ejecutivo tendrán que venir, de la misma manera como han venido. "No las aceptaremos" como se dice a la derecha, ¡perfectamente bien! Es un juicio por anticipado; pero la pérdida de tiempo la tenemos en esta Cámara, con motivo de la reconsideración de este asunto, que bien podemos resolver desde este momento. En la forma tan poco metódica como estamos procediendo en las discusiones, encontramos el motivo principal por el que la Cámara no ha podido solucionar muchos asuntos; nuestros trabajos en esta Cámara se han reducido simplemente a dar picones a los distintos asuntos que tenemos en cartera; principiamos a discutir un asunto, abandonándolo en seguida para darle preferencia a otro; comenzamos la discusión de otro, lo enviamos al Senado, vuelve con objeciones; discutimos otro, lo mandamos al Presidente de la República, y éste hace objeciones. Manifesto esto porque creo que es el momento oportuno para que la Comisión considere esa objeción que el Ejecutivo hace a propósito de un mismo asunto que estamos discutiendo.
Ya veremos que nuestras discusiones, por ejemplo, nuestro trabajo ímprobo y laborioso referente a la Ley de las Secretarías de Estado, a la postre va a quedar reducido a un trabajo perfectamente sobrante; ¿por qué? porque llegará y pasará el período ordinario a que tenemos derecho de estar en esta Cámara, sin haber dictado esa ley. Ya el Senado de la República, a propósito de la Universidad, discute y aprueba proposiciones, artículos que contradicen en el fondo nuestras decisiones habidas aquí respecto a ese punto. Esta Cámara ha aprobado la institución del Departamento Universitario y allá en el Senado se dice lo contrario; de manera que nosotros laboremos esa ley, la enviaremos al Senado y de allá vendrá para ser reconsiderada aquí en esta Asamblea. Para evitar todas estas pérdidas de tiempo, CC. diputados, y a efecto de que los asuntos se redondeen en el momento en que se discuten hasta lo último, en previsión de esos trabajos tan faltos de método y de esas pérdidas de tiempo que redundan en perjuicio de los intereses generales, es por lo que yo con mi terquedad, como a mis espaldas se ha dicho, o por mi necedad, como a mis espaldas se ha dicho por uno de los miembros de la Mesa, de la Presidencia, es por lo que he instado yo a la Comisión para que se sirva dar su opinión sobre el particular. Se dice que no la emite por el momento; pues, señores, seguramente que esta ley va a quedar como todas las que tenemos en cartera, nada más le habremos dado este toquecito y la abandonaremos allí para mejor día. Por eso, CC. diputados, yo invito nuevamente a la Comisión para que, si lo tiene a bien, aproveche esta oportunidad y siente ya de una vez, en lo que a este caso se refiere, una jurisprudencia única respecto a las objeciones que tendrá que hacer el Ejecutivo de la República en todos estos casos que se presenten.
El C. Treviño: Pido la palabra, como miembro de la Comisión.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Treviño.
El C. Treviño, miembro de la Comisión: Señores diputados: Lamento sinceramente que el señor Céspedes haya venido a hablarnos aquí de pérdidas de tiempo, siendo él el principal factor de esta pérdida de tiempo. (Aplausos.) El señor Céspedes no ha entendido o no ha querido entender lo que la Comisión le ha explicado en repetidas veces. El fijar fecha en este dictamen sería exponerse a error porque esa fecha podría ser corta o podría ser larga. La Comisión opinó que debía ser en una forma condicional, porque es la forma más acertada; desde el momento en que se reglamenten las guardias nacionales, quedará disueltas todas estas milicias para las que se dan esas facultades, pero el señor Céspedes insiste en que las objeciones del Ejecutivo deberían de tomarse en cuenta. La Comisión ha creído que no procede tomar en cuenta las opiniones del Ejecutivo, por las mismas razones que actualmente hemos expuesto. El fijar fecha, señores diputados, sería exponerse a cometer un error grave, porque, como ya digo, la expedición de la Ley Orgánica del Ejército podrá ser motivo de un tiempo corte o de un tiempo largo; lo mejor será dejar una forma condicional y en este sentido insiste la Comisión para que se acepte de ese modo, puesto que la creación de una nueva ley derogará las que se expidan hoy.
El C. Secretario Portes Gil: No estando inscripto ningún otro orador, se pregunta si se considera suficientemente discutido el artículo. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Suficientemente discutido. En votación nominal se va a preguntar a la Asamblea si se aprueba . (Voces: ¡Que se lea!) El artículo dice así: "Artículo 2o. Dichas fuerzas dependerán directamente del Gobernador del Estado de México, y su sostenimiento será a cargo del Presupuesto de Egresos de dicha Entidad Federativa; pero quedarán sujetas a las prescripciones de la Ley Orgánica y de la Ordenanza General del Ejército, actualmente en vigor, mientras se reglamenta la Guardia Nacional de dicho Estado."
Se procede a la votación nominal.
Por la negativa.
El C. Secretario Alonzo Romero: Por la afirmativa.
(Se recogió la votación.)
Votaron por la afirmativa 124 CC. diputados, que son los siguientes: Aguirre Berlanga, Aguirre Colorado, Aguirre Crisóforo, Aguirre Efrén, Aguirre Escobar, Alejandre, Alonzo Romero, Alvarez del Castillo, Ancona Albertos, Andrade, Aranda, Araujo, Arellano, Arreola, Barragán Juan Francisco, Basáñez, Bello, Betancourt, Bravo Izquierdo, Breceda, Cámara, Cano, Cárdenas, Carrascosa, Carrillo Eduardo S., Cepeda Medrano, Cravioto, Curiel, Dávalos Ornelas, Dávila, Díaz González, Domínguez, Dyer, Esparza, Fentanes, Gámez Ramón, García Eliseo, García Jonás, García Pablo, García Salvador Gonzalo, García Vigil, Gay Baños, Gómez Mauricio, González Ibarra,
González Jesús M., Guajardo, Guerrero, Gutiérrez Antonio, Hay, Higareda, Izquierdo, Jurado, Lailson Banuet, Lanz Galera, Lizalde, López Ignacio, López Celis, Malpica, Manjarrez, Manrique, Manzanilla Tejero, Manzano, Mariel, Márquez Josafat, Martínez de Escobar, Medina Francisco, Medina Juan, Mendoza, Meneses, Mercado, Montes, Morales Hesse, Narro, Olivé, Ordorica, Ortega José M., Otero, Porchas, Padilla, Paredes Colín, Parra, Pedroza, Peña, Peñafiel, Pereyra Carbonell, Pineda, Plank, Portes Gil, Portillo, Ramírez G. Benito, Ramírez Genaro, Ramírez Llaca, Rebolledo, Rivera Cabrera, Rivera José, Rocha, Rojas Dugelay, Rojas Rafael, Román, Rueda Magro, Ruiz Alberto, Ruiz José P., Ruiz Juan A., Sáenz, Sánchez José M., Sánchez Tenorio, Siurob, Solórzano, Soto, Suárez, Téllez Escudero, Torres Berdón Treviño, Uruñuela, Vadillo, Velásquez, Ventura, Zapata, Zavala y Zubaran.
El C. Secretario Aranda: Votaron por la negativa los CC. Avendaño, Castañeda, Castillo del, Céspedes, Cienfuegos y Camus, Cruz, Escudero, Figueroa, González Justo, Leyzaola, Márquez Rafael, Padrés, Pardo, Peralta, Rivas, Ruiz Estrada, Saucedo Salvador, Sepúlveda, Silva Jesús, Valle y Villarreal Filiberto C.
Total: 21 votos.
El C. Secretario Alonzo Romero: Ha sido aprobado el artículo 2o. del proyecto de ley por 124 votos de la afirmativa, contra 21 de la negativa. Pasa al Senado para los efectos constitucionales, y se nombra en comisión para que lleven al Senado esa ley, a los CC. diputados Treviño, Narro, Guerrero Manuel, Díaz González, García Pablo y Prosecretario Sánchez Tenorio.
4
- El mismo C. Secretario: "Señor:
"Los subscriptos diputados someten atentamente a vuestra consideración, con fundamento en la fracción II del artículo 77 constitucional, la siguiente proposición:
"Única: Nómbrese una comisión de esta Cámara para entrevistar al C. Presidente de la República, pidiéndole se sirva explicar los fundamentos legales que hubiere tenido en su apoyo para expedir recientemente una Ley Electoral de Ayuntamientos, para el Distrito Federal, reformado la de 1862."
"Salón de sesiones de la Cámara de Diputados. - México, 9 de noviembre de 1917. - Aurelio Manrique jr. - Salvador Saucedo. - M. A. Peralta. - E. Sánchez Tenorio. - López Lira." - A las Comisiones unidas, de Puntos Constitucionales en turno, y de Estado, del Interior.
(El C. Manrique sube a la tribuna.)
El C. Hay: Pido la palabra.
El C. Presidente: ¿Con qué objeto?
El C. Hay: Para respetuosamente preguntar en qué sentido va a hablar el diputado Manrique, si ha reclamado un trámite o por qué.
El C. Manrique: Voy, compañero Hay, a citar hechos que funden mi proposición.
El C. Hay: una moción de orden.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Hay para una moción de orden.
El C. Hay: desde el momento en que se trata de una proposición que ha sido presentada sin pedir dispensa de trámites, tiene que pasar inmediatamente a Comisión; no puede ser ni siquiera fundada; si acaso se quiere fundar sin que antes pase a Comisión y antes de pedir la dispensa de trámites, no quiere decir esto, sino que se está buscando algún pretexto con objeto de dilatar la discusión de la Ley de Secretarías de Estado.
El C. Presidente: La Mesa manifiesta que, efectivamente, no habiéndose solicitado la dispensa de trámites por una parte, y por otra, no estando a discusión, cree que es acertado su trámite de que esta proposición pase a Comisión para que dictamine.
El C. Manrique: Pido la palabra para contestar alusiones personales.
El C. Presidente: La Presidencia manifiesta a Su Señoría el C. diputado Manrique, que habiéndose sentado el precedente de que las alusiones personales se contesten o al final de la sesión o al principio de la siguiente, se le concederá la palabra a Su Señoría en su oportunidad.
El C. Manrique: Me permito entonces pedir a la Asamblea la dispensa de trámites y pido la autorización reglamentaria para fundarla.
El C. Hay: Pido la palabra.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Hay.
El C. Hay: La verdad es que hay mucha irregularidad en la manera de pedir la palabra por el C. diputado Manrique: primero ha subido a la tribuna con objeto de hacer no sé qué, creo que con objeto de fundar su proposición; después pidió la palabra para rectificación de hechos, después para alusiones personales y ahora para fundar la dispensa de trámite. ¿Cómo es posible que podamos creer que va a pedir la dispensa de trámites cuando en un principio no lo manifestó? Se ve claramente la tendencia del C. Manrique de dilatar, de diferir la discusión, de diferir la discusión de la importante Ley de Secretarías de Estado. Por eso apelo a la honorabilidad del C. Manrique para que pida la palabra con un determinado objeto y únicamente con ese objeto la use y no esté engañando de esa manera a la Asamblea. (Aplausos.)
El C. Chapa: Pido la palabra.
El C. Villarreal Filiberto C.: Para una moción de orden.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Chapa.
El C. Chapa: El C. Manrique parece que ha pedido la palabra para pedir que se dispensen los trámites; ya los trámites han sido dispensados, puesto que va a pasar inmediatamente a Comisión la proposición de que se trata; solamente que el C. Manrique desee que se pregunte a la Asamblea si este asunto es de urgente y obvia resolución, pero no creo que insistiera en esto el C. Manrique. Ya se han dispensado los trámites para que pase el asunto a discusión.
El C. Secretario Alonzo Romero: La Mesa sostiene su trámite de que pase a las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Estado, Departamento Interior.
El C. Sánchez Tenorio: Para suplicar se me
informe si esa iniciativa está firmada por mayoría de diputación.
El C. Presidente: Sí lo está y por eso ha pasado desde luego a Comisión.
El C. Sánchez Tenorio: Pido entonces que se dispensen los trámites.
El C. Secretario Alonzo Romero: La Mesa manifiesta nuevamente a la Asamblea que sostiene su trámite y en votación económica se pregunta a la misma si se declara el asunto de urgente y de obvia resolución. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Aprobado el trámite de la Mesa.
5
- El mismo C. Secretario: Está a discusión el inciso referente a Dirección de Estudios Biológicos del artículo 8o. de la Ley de Secretarías de Estado. Los que deseen hablar, se servirán pasar a la Mesa para ser inscriptos.
El C. Chapa: Pido la palabra para suplicar a la Presidencia pregunte a la Asamblea si está conforme en que los incisos referentes a la Dirección de Estudios Biológicos, Instituto Biológico y Museo de Historia Natural, se discutan al mismo tiempo, puesto que no es posible que uno de estos incisos pase a Fomento y los demás a la Universidad Nacional; tienen una íntima relación y las mismas razones que se pueden aducir en pro o en contra de uno de estos incisos, se verían repetidas en la discusión de los demás incisos; por lo tanto, si ningún diputado insiste en que se separen estos artículos para su discusión, suplico se discutan al mismo tiempo.
El C. Manrique: Pido la palabra.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Manrique.
El C. Manrique: Señores diputados: Comienzo por explicar a ustedes, a propósito del inciso último, que nadie tiene derecho de afirmar que yo busque un pretexto. Si alguien juega aquí a cartas vistas, soy yo. Yo no tenía otro empeño al subir hace pocos momentos a la tribuna, que explicar en breves palabras los fundamentos legales de mi proposición. Como la Comisión, tarde o temprano habrá de presentar su dictamen, para entonces me reservo el hablar en pro de mi iniciativa, es decir, de la idea de que se solicite del C. Presidente de la República que explique los fundamentos legales que haya tenido para el acto de referencia. Explicado esto - y ahora no habla ya el C. Manrique que tan enfadados os tiene, sino la Comisión ponente de este dictamen -,... (voces: ¡Ya cambió de figura!) la Comisión por mi conducto explica al C. diputado Pedro Chapa... (voces: ¡Pedro A. Chapa!) Pedro A. Chapa, que al establecer el artículo 8o., referente al Departamento Universitario en este dictamen, al establecer, digo, un inciso que dice: "Dirección de Estudios Biológicos," se cometió una errata. La errata no es de la Comisión; la errata es fácilmente explicable si se tiene en cuenta que para hacer este trabajo nos fijamos en la minuta del Senado, que corre impresa. En uno de los folletos enviados aquí impresos, los de cartulina roja, fuimos anotando sucesivamente las diversas modificaciones que la Comisión sugería, y al tratarse de la Secretaría de Fomento, convinimos, compañero Chapa, en dividir lo que actualmente se llama Dirección de Estudios Biológicos, dejando a la Secretaría de Fomento el cuidado de la explotación de la flora y fauna de la República, pero pasando, en cambio, a la Universidad Nacional el Instituto de Biología General y Médica y el Museo de Historia Natural. En consecuencia, el inciso que dice: Dirección de Estudios Biológicos, no tiene nada que ver en el artículo 8o. a discusión, y por estas consideraciones pido permiso a la Asamblea para tacharlo. La Dirección de Estudios Biológicos era una de tantas direcciones en que se había subdividido el Ministerio de Fomento que, como sabéis, para el desempeño de sus negocios tiene una Dirección de Aguas, una Dirección Agraria, una Dirección de Estudios Arqueológicos y Etnográficos, una Dirección de Estudios Biológicos, otra de Estudios Geográficos y Climatológicos; en consecuencia, aquí nada tiene que ver la Dirección de Estudios Biológicos. Hecha esta explicación, sólo quedan, en realidad en pie, dos incisos: el relativo al Instituto de Biología General y Médica o Instituto Biológico, y el relativo ala Museo de Historia Natural. Por lo mismo que digo, compañero Chapa, la verdad es que podría uno de estos establecimientos pasar a la Secretaría de Fomento, quedando el otro, sin embargo, en la Universidad Nacional; es cierto, convengo con el C. Chapa, en que hay argumentos comunes a la defensa que pudiera hacerse de la idea de pasar ambos establecimientos a la Secretaría de Fomento, pero hay también argumentos privativos del Instituto de Biología y otros que lo son del Museo Nacional de Historia Natural. Para alguno de ustedes, sin negar la necesidad de que la Universidad tuviese Instituto, resultaría más importante el dar este mismo establecimiento a la Secretaría de Fomento. En cambio, el papel educativo del Museo de Historia Natural, es indudablemente más claro que el que puede tener el Instituto de Biología. Por estas razones, no es posible, en mi sentir, en el sentir de la Comisión, discutir simultáneamente estos dos incisos, que deben ser materia de dos discusiones diversas. Pido, pues, a la Asamblea, que se discutan - y en esto no se haría sino cumplir con un precepto reglamentario -, que se discutan los incisos, tal como han sido presentados, uno por uno.
El C. Chapa: Pido la palabra.
El C. Presidente: ¿Con qué objeto?
El C. Chapa: Para solicitar de la Presidencia que se consulte a la Asamblea si da permiso a la Comisión para retirar el inciso de Dirección de Estudios Biológicos, puesto que la misma Comisión confiesa paladinamente que ha cometido un error y no ha sabido lo que ha hecho al poner este inciso en la Universidad Nacional. En seguida no insistiré en la conveniencia que hay de discutir los dos incisos relativos al Instituto Biológico y al Museo de Historia Natural, porque cualquier C. diputado tiene derecho de pedir que se separen estos dos incisos, si ya no estuviesen separados, y puesto que el C. Manrique insiste en que se discutan separadamente, tendremos dos discusiones casi
7 idénticas y obtendremos, estoy seguro, el mismo resultado que nos proponemos.
El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión, para informar.
El C. Manrique, miembro de la Comisión: Debo aclarar al compañero Chapa que la Comisión no ha cometido un error; que ésta fue una errata en los momentos de hacerse el trabajo de mecanografía en la Secretaría de la Cámara. En la Secretaría de la Cámara no están obligados a saber lo que es una Dirección de Estudios Biológicos, cosa que sí están obligadas a saber las Comisiones; de manera que no es un error, sino una errata.
El C. Secretario Alonzo Romero: En votación económica se pregunta a la Asamblea si permite que la Comisión retire el inciso que se refiere a la Dirección de Estudios Biológicos. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se concede el permiso. En tal virtud, está a discusión el inciso que se refiere al Instituto Biológico.
El C. Chapa: Pido la palabra, en contra.
El C. Presidente: El diputado Hay pidió primeramente la palabra.
El C. Hay: Si me permite la Presidencia, suplicaré a la Comisión informe las razones que tuvo para incluir en este artículo 8o. el inciso IX, que es el que va a estar a discusión, y que dice "Instituto Biológico."
- El C. Presidente; Tiene la palabra la Comisión, para informar.
El C. Manrique: Señores diputados : El diputado ponente de la Comisión que tiene el honor de dirigiros la palabra, no desea venir a esta tribuna con más frecuencia de la que hoy ha venido; en consecuencia, por el momento se permite eludir el hacer una explicación amplia, como podría desearlo el diputado Hay, y se limita, ya que no puede eludir el cumplimiento de un precepto reglamentario, reservándose para más tarde contestar replicando los argumento de los CC. Hay y Chapa, a fundar por el momento su dictamen, recordando que ya en la exposición de motivos se apuntaban sintéticamente las razones de la Comisión para proceder como lo hizo.
Dice así el proyecto de ley:
Los institutos de investigación científica, como el Instituto Geológico Nacional (que, según el proyecto primitivo, habría de pertenecer a la Secretaría de Industria y Comercio), y el Biológico Nacional (que el mismo proyecto incorpora a la Secretaría de Fomento), se han incorporado, por evidentes y obvias razones científicas, a la Universidad Nacional, lo mismo que el Museo de Historia Natural, de índole y fines eminentemente científicos."
Esto es, por ahora, lo que la Comisión contesta al C. Hay.
El C. Hay: Pido la palabra.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Hay: Yo pido muy atentamente a la Comisión, y en este caso no tomo en cuenta por ningún motivo la personalidad del C. Manrique, siéndome indiferente que él haya cansado o no a la Asamblea, sino que me refiero únicamente a la Comisión; pido que la Comisión me diga cuáles son esas evidentes y obvias razones científicas por las cuales ha incluído en este artículo 8o. el inciso IX, que dice: "Instituto Biológico." La Comisión tiene la obligación de informar, no tiene derecho de reservar sus argumentos para cuando los juzgue conveniente. Si un diputado pide a la Comisión que le informe de las razones que ha tenido, ni el diputado ni tampoco la Asamblea pueden quedar satisfechos con que solamente les digan la parte expositiva que no dice nada, puesto que lo único en que se funda la parte expositiva es en que han hecho tal inciso debido a evidentes y obvias razones científicas. Justamente los diputados queremos enterarnos de cuáles son esas poderosas, evidencias y obvias razones científicas que la Comisión ha tenido para poner ese inciso IX en el artículo 8o. Creo yo que el C. Manrique debe ignorar o ausentarse por un solo momento de su propia personalidad y considerarse, no como el C. Manrique, sino como un miembro de la Comisión.
El C. Presidente: Teniendo razón el C. diputado Hay, la Mesa invita a la Comisión con objeto de que funde su dictamen.
El C. Manrique: Ya la Comisión expresaba que no quería eludir el cumplimiento de sus deberes, sino sencillamente, y teniendo en cuenta que es claro que ni el compañero Hay, ni los demás replicantes necesiten de estos argumentos fundamentales para otra cosa que para combatirlos.....
El C. Hay, interrumpiendo: ¡Claro, precisamente para eso!
El C. Manrique, continuando: ..... por eso fue que se quiso reservar; pero explicaré un poco más ampliamente lo que dije ya hace breves momentos. La Universidad Nacional de México, señores diputados, tiene una misión cuya importancia no se os oculta. Las Comisiones a las que se encomendó la difícil tarea de analizar y decidir la manera como esta Institución habría de integrarse, comenzaron por preguntarse en el artículo de esta cuestión cuál era la misión que la Universidad Nacional estaba llamada a desempeñar. Una vez que se hubo fijado un criterio sobre este particular, naturalmente, determinados los fines que la Universidad debe llenar, tenemos necesidad, necesitamos preguntarnos cuáles son los medios que debe poner en práctica esta misma Universidad para cumplir su cometido; qué medios y qué elementos debe tener la Universidad a su disposición para el logro de sus fines. Las universidades, tal como se las concibe en nuestra edad moderna, no son ya aquellos institutos especulativos de que nos hablaba el diputado Siurob; no, las universidades modernas son principalmente centros de investigación; en nuestras universidades actuales no sólo se enseña la ciencia ya hecha, no sólo se repite y se transmite a los alumnos el conocimiento adquirido por los sabios que nos precedieron, los sabios de otras edades o los de la presente; la noción moderna de la educación universitaria es ante todo, como la de toda educación, la de enseñar al alumno a hacer el trabajo de re - descubrimiento. Colóquese al alumno en las mismas condiciones en que se hallaron los primitivos investigadores; estúdiese y analícense las condiciones propicias para la producción de un fenómeno sociológico, experimental, de Historia Natural, Biológico, de Biología Médica, etc., y el alumno desarrollará paulatinamente sus facultades
en este delicado proceso de investigación, de análisis y de síntesis.
Pero no sólo se trata de redescubrir, de adquirir el alumno por sí mismo la facultad de descubrir lo ya descubierto por otros; sino servirse también del análisis, de la síntesis, de la facultad de observación y de abstracción, ya plenamente desarrollada en el ejercicio; servirse de esa facultad, digo, para el descubrimiento de nuevas verdades. De manera que la ciencia resulta, en su concepto moderno, una esfera que estamos obligados a acrecer. Generación que se conforma con el legado de ciencia, de sabiduría, de verdad que le dejen las generaciones pasadas, es generación destinada a desaparecer, generación caduca y endeble. La que quiera cumplir con su cometido, debe comprender que no sólo le toca el devolver, el conservar íntegramente y sin menoscabo el valioso legado de ciencia ya recibido de sus ancestros, sino que le toca acrecerlo con nuevos y luminosos frutos. Este es, pues, el papel principal de las universidades, y en la ciencia moderna, en el concepto moderno de la Universidad, no se concibe, no puede concebirse la Universidad sin laboratorios, no puede concebirse la Universidad sin gabinetes, no puede concebirse la Universidad sin instituciones de investigación y descubrimiento. La metáfora ya tan usada de rehacer el cuerpo de Isis, de arrancar fragmento a fragmento los arcanos de lo desconocido, los secretos del mundo desconocido, este es el papel de las Universidades. A medida - ya lo observó gráficamente Heriberto Spencer -, que la ciencia se ensancha, si la comparamos con una esfera, aumenta, es cierto, su capacidad; pero aumentan, simultáneamente, sus puntos de contacto con lo desconocido; a medida que aumenta el caudal de nuestros conocimientos, aumentan los secretos y las interrogaciones que estamos obligados a resolver. Hombres ignorantes son también hombres que no se preocupan por las fundamentales cuestiones de la vida espiritual o física; hombres que han avanzado siquiera un poco en esta vía de investigación, son hombres a cuyo paso surgen nuevas y formidables interrogaciones, que les es fuerza resolver, y como auxiliares poderosísimos de estos trabajos de las universidades; la Universidad moderna, el moderno instituto universitario, tiene los institutos de investigación, los gabinetes y los laboratorios. La Universidad, tal como se la concibe vulgarmente - y el vulgo es muy numeroso -, es el conjunto de las Facultades; la Universidad tendrá por objeto el formar médicos, abogados, ingenieros, farmacéuticos, etc., etc.; pero nuestro concepto tiene que ser un poco más amplio que éste, común y generalizado. La Universidad debe tener como objeto fundamental el formar no sólo hombres capaces de resolver aquellos problemas de la vida práctica de que se hablaba al tratarse de la educación secundaria y de la preparatoria.
El joven, el adolescente que se educa en la escuela secundaria y luego en la preparatoria, debe educarse de tal manera, que llegue a ser un hombre teórico - práctico, capaz de enfrentarse con los pequeños problemas que la vida diaria le ofrece incesantemente para su resolución; pero estos son problemas de escasa cuantía, son casi siempre problemas de interés individual: desde luego, el problema trivial de ganar el pan de cada día, problemas domésticos, problemas acaso de manejo de una negociación industrial, de dirección de un establecimiento; pero la Universidad tiene una misión más alta, más extensa; la Universidad debe preocuparse por formar hombres no sólo capaces de resolver problemas individuales o relativos a pequeñas colectividades, sino hombres capaces de enfrentarse, y enfrentarse eficazmente con la resolución de los grandes problemas colectivos. Los grandes problemas sociales, evoluciones y revoluciones, manera de dirigir eficazmente las fuerzas vivas de la sociedad, manera de fomentar el desarrollo de la riqueza, hacer de la riqueza una distribución equitativa, racional y científica, fomentar el intercambio de esta misma riqueza; todos estos son los problemas, al lado de otros muchos fundamentales, que toca resolver a los universitarios. De manera que, si la argumentación del licenciado Cabrera cuando trató, cosechando nuestros aplausos, el problema de si debería o no concederse actualmente su autonomía a la Universidad Nacional, esa argumentación, digo, si la consideramos como paradójica, no podremos rechazarla; pero si hemos de tomarla al pie de la letra con aquella manera absoluta e incontrovertible con que suele argumentar el licenciado Cabrera, entonces podríamos hallarnos con derecho a afirmar que el señor Cabrera se hallaba en un error fundamental. Es preocupación, y preocupación principalísima del Gobierno, la manera de impartir o extender al mayor número la instrucción elemental; pero la instrucción elemental no es bastante en la actualidad, en el actual estado de la civilización humana, para resolver los problemas de la vida, de la vida social. Al lado de la educación elemental, que liberta al hombre desde luego del dominio de los elementos y luego llega a arrancarle del dominio de los errores y las supersticiones de sus ancestros, se presenta ingente también y de inevitable y valiosa resolución, el problema de la educación universitaria, como la educación superior, la educación de las clases cultas de la sociedad, la formación de esto que se llamó en pasadas sesiones la aristocracia del talento; aristocracia que no se mide por el nacimiento ni la categoría social, sino sencillamente por el desarrollo intelectual; aristocracia a que no está vedado llegar ni aun a los humildes desheredados de la fortuna.
- El C. Hay, interrumpiendo; ¡Al grano!
El C. Manrique: Al grano, compañero. De manera que una vez penetrados de lo que significa la vida de las sociedades modernas - y México tiene derecho, tarde o temprano a colocarse a la altura de las naciones más civilizadas del Viejo Continente -, quienes comprendan la alteza de miras de las modernas universidades, deben también estar de acuerdo con la Comisión ponente en la manera de integrar estas mismas universidades. No voy a hablaros con erudición fácilmente adquirida, leyendo cualquier manualillo de pedagogía universitaria, de Sempere o de Soler, por ejemplo, de lo que son las universidades alemanas, suizas, francesas, de lo que fueron las universidades en la Edad Media y en los tiempos modernos antes de la Revolución francesa, no; una vez fijado este fundamental
concepto de la Universidad, hemos de preguntarnos, planteando el problema concretamente, qué es lo que necesita la actual Universidad Mexicana para el logro de sus fines.
Yo querría que alguno de vosotros, señores diputados, y no lo habrá seguramente, ni los propios compañeros del contra, que vengan a discutir esta altísima misión que está llamada a desempeñar la Universidad Mexicana. Ellos no la discutirán, pero una vez que nos hemos puesto de acuerdo, señores diputados, en que la Universidad no es, como quisieron sus detractores, cuando se trató de fundarla en 1910, una mera vanidad impropia de nuestras instituciones democráticas; cuando nuestra Universidad, sobre todo si corregimos sus defectos, sus vicios y sus lacras innegables, cuando nuestra Universidad tiene un papel que desempeñar, y en eso estamos de acuerdo, yo sólo os haría esta pregunta sencillísima; ¿No es verdad que quien quiere el fin, quiere los medios, para lograr ese fin? Quien quiere que la Universidad Mexicana contribuya a la felicidad de nuestra Nación en un futuro más o menos próximo, ¿no es verdad que cometería un absurdo y que merecería nuestro reproche si negase a esa propia Universidad los medios adecuados para el logro de esos fines, si le escatimásemos los establecimientos indispensables para el logro de sus deseos? Seguramente que sí. Yo no concibo, señores diputados, que se confiese la necesidad de que la Universidad subsista y dé opimos frutos, y luego se comience a escatimarle primero un establecimiento y mañana otro. Por supuesto, ya lo sé: el terreno en que han de colocarse los adversarios del dictamen va a ser este: "Señores diputados: es cierto, la Universidad debe tener gabinetes; debe tener laboratorios, pero el Ministerio de Fomento, el Ministerio de Geología, digo, de Industria y Comercio, necesita también institutos para el logro de sus fines y estos son de aplicación inmediata y no podemos desconocerlos." Ya examinaremos este argumento que se os habrá de presentar con toda la fuerza que quieren darle los espíritus que blasonan de prácticos, espíritus que saben de todos los detalles de la lucha por la vida y que se desentienden, como aquí dijera algún compañero en la pasada sesión, de bizantinismos y de teorías; ya contestaremos el argumento, pero por el momento queda en pie - y me he extendido por lo que se refiere al papel de la Universidad, porque de la Universidad se trata -, que ésta trata de formar facultativos en los diversos ramos del saber humano. Habrá de formar ingenieros; yo no me extenderé por el momento, señores diputados, a examinar la importancia del papel del ingeniero, porque vosotros la conoceréis a poco que hayáis meditado en ella; no será el ingeniero sólo el salido de la Escuela de Minería, el facultado o capacitado para medir un terreno con los datos de la topografía, para hacer una nivelación, para levantar un plano; algo más interesante es el papel del ingeniero, es claro, las comunicaciones, estos factores importantísimos del progreso moderno que tanto ayudan a la distribución de las riquezas en las naciones, al transporte de las riquezas de los lugares de producción a los lugares en que las materias primas se elaboran, esto no podremos desconocerlo. El papel del arquitecto, sería superfluo insistir en su importancia. El papel importantísimo del médico en la sociedad tampoco he de tocarlo; no es el médico. según la noción vulgar de estas cosas, el hombre capaz de curar un catarro, si lo cura, o de extirpar una uña enterrada; no, el médico es algo más que esto, y la importancia de su misión estriba principalmente en que es la suya una misión social; aparte de curar a un individuo, toca al médico enfrentarse con las enfermedades sociales, las enfermedades cuyos efectos no se limitan a un individuo solamente, sino que se extienden a toda una sociedad, a toda una raza, a la humanidad entera. Cuando sabemos, por ejemplo, por la lectura de periódicos científicos extranjeros, que el censo más reciente nos revela este hecho pavoroso de que en Inglaterra y en Francia, de las dos terceras a las tres cuartas partes de la población son sifilíticas o averiadas, comprenderéis la enorme importancia del papel del médico, y lo que decimos de la sífilis podremos afirmar de la tuberculosis, también enfermedad social, y ligado, ¡quién lo creyera!, a la resolución de otros problemas que se habrían creído de la exclusiva competencia del abogado o del sociólogo, a saber: las horas de trabajo, la higiene industrial, la admisión de niños y de mujeres en las fábricas, y tantos y tantos otros problemas; las habitaciones para obreros, para la gente humilde, etc. De manera que el papel del médico es importantísimo, y la riqueza, como ya lo observaba atinadamente uno de mis maestros, el venerable doctor don Miguel Otero, la riqueza de una nación no se mide sólo por sus establecimientos industriales y fabriles, ni por sus elementos de producción, sino que la riqueza principal y fundamentalísima de una nación está en su población, en sus habitantes. No en vano decía un estadista sudamericano: "Gobernar es poblar." ¿Y la importancia del papel de abogado está reducido acaso al papel ruin y miserable de lanzar a un pobre inquilino de su habitación para obedecer a las exigencias de un señor desalmado? Creo que no, creo que es algo más alto: la resolución de todos estos graves problemas sociales ligados con el estudio de la Economía Política, del Derecho Penal, de tantas y tantas cosas que sería pedante por mi parte el tocar.
Agregad todavía la formación de especialistas en diversas ramas del saber humano, no ya en la carrera de abogado, en la de médico, en la de ingeniero, sino por ejemplo, un naturalista, un biólogo; todas las argumentaciones del compañero Chapa relativas a la importancia del papel de la Biología, a la importancia del Instituto Biológico, cuya propiedad, cuya jurisdicción hoy nos disputamos, habrán de venir a reforzar estas mismas ideas. Es en los tiempos modernos la Biología una de las ciencias más importantes, importante en sí e importante también por las generalizaciones, por las inducciones que pueden sacarse de su estudio, aplicándolo comparativamente al estudio de las ciencias sociales, y en concreto, dijimos hace breves momentos: "Quien quiere el fin, quiere los medios." Queremos formar ingenieros, la importancia de cuyo papel ya no discutimos, admitido que la Minería, sin ser, como ya observaba atinadamente el Pensador Mexicano, la fuente principal de riquezas de una nación, pues la agricultura le precede admitida la importancia del papel del ingeniero,
en concreto del ingeniero minero, ¿creemos posible la formación de ingenieros prácticos, teórico - prácticos naturalmente, no especulativos como decía el compañero Siurob, si limitamos la enseñanza de la minería, la enseñanza de la geología, a la exposición en la cátedra, a la exposición en el pizarrón, al examen de las escasas muestras del gabinete de mineralogía, de la Escuela de Medicina o a excursiones más o menos lejanas realizadas por los alumnos bajo la dirección de un profesor experto? Seguramente que no. De allí la importancia de contar para la formación de ingenieros, con un instituto geológico dotado con una riquísima colección de minerales, de muestras geológicas, como la tiene el Instituto Geológico, de que con razón nos ufanamos, que cuenta además una biblioteca especialista en ciencias físico - químicas y naturales, y, sobre todo, en geología y mineralogía, probablemente una de las mejores del mundo.
Paso al estudio de la Biología: Si la medicina no es ya la vieja concepción sencillamente el estudio del enfermo a la cabecera del lecho, si la medicina es ya algo más que la clínica, si la medicina es esencialmente una ciencia biológica, una ciencia cuyo fundamento principal está en la anatomía y en la fisiología, es decir, en el estudio de las funciones íntimas del organismo humano, ¿cómo pretender lógicamente, formar médicos capaces no sólo de tomar el pulso de un enfermo, la lengua de un individuo, sino capaces de penetrar la esencia misma del fenómeno vital y cómo formarlos sin gabinetes de fisiología y sin institutos de biología? La medicina es una ciencia biológica, en estos momentos ya el papel de la clínica, tan exagerado por los viejos maestros hasta Laennec, ya el papel de la clínica puede asegurarse que es secundario; en estos momentos, con la moderna concepción de la ciencia médica, los verdaderos diagnósticos, el pronóstico de una enfermedad, se hacer precisamente en el laboratorio. Estudiad si no esa maravilla del ingenio humano que se llama el diagnóstico de Wassermann, bastaría que yo os citase este hecho: actualmente se puede ya diagnosticar y pronosticar el embarazo por solo el examen hamatológico, es decir, el examen de la sangre hecho en el laboratorio, y admitidos todos estos hechos, cuya importancia no podemos ya negar por más que la pasión o los intereses se empeñen en ello, ¿cómo hemos de mutilar a la Universidad Nacional quitándole un Instituto, mejor dicho, negándole un Instituto Geológico para la formación de sus geólogos; un Instituto de Biología para la formación de sus biólogos, de sus médicos, de sus naturalistas?
Pasemos de una vez, para adelantar objeciones, a lo que significa el Museo de Historia Natural. Ya la concepción de los modernos museos no es la vieja concepción de un hacinamiento de ejemplares hecha sin orden ni método. El museo en su moderna concepción, es sobre todo una colección metódica y científicamente clasificada de ejemplares , ora del mundo mineral, ora del mundo vegetal o animal, clasificación hecha en el orden mismo de la clasificación de los seres vivos, de la clasificación natural, y que tiene un fin no de mero ornato, no de mera curiosidad para que los domingos, descansando de sus cotidianas tareas, vaya el escolar o la viejecita, o el empleado, a pasear su vista asombrada sobre los chivos de siete cabezas o los niños de cinco pies y cuatro manos. No; es ya algo más que esto: es esencialmente un establecimiento educativo. Si se me demuestra que desentendiéndonos del principio elemental de la división del trabajo, que es el que ha de regir en derecho administrativo, danos a la Secretaría de Fomento, o a otra Secretaría cualquiera, una misión de educar, misión de transmisión de conocimientos, de investigación y de formación de los mismos, entonces sí, entonces dejemos a la Secretaría de Fomento establecimientos esencialmente educativos como el Museo de Historia Natural; pero en tanto no se nos demuestre lo contrario, tenemos derecho de afirmar que los establecimientos cuyo papel y fines son esencialmente educativos, deban estar al cuidado de aquellas autoridades administrativas competentes precisamente en educación pública y encargadas de transmitir, fomentar y difundir esta educación superior, o educación universitaria.
Estos son, a reserva de extenderme si fuera necesario y replicar los argumento de los compañeros Hay y Chapa, los que por el momento la Comisión, por mi conducto, tiene el honor de poner ante vuestra consideración, obsequiando así los deseos legítimos y fundados en el Reglamento, del compañero Hay y que si me había resistido a expresar antes, no había sido por mezquindad, siguiendo el ejemplo del compañero Siurob, por no soltar prenda; no, señores diputados, cuando se tiene fe en la nobleza y en la verdad de una causa, no nos importa adelantar argumentos, porque estamos ya seguros de que estos argumentos, tarde o temprano, han de subsistir, a pesar de los ataques de los contrarios. No era el deseo de evadir un compromiso el que me vedaba el acceso a esta tribuna, sino el temor de ocupar vuestra atención, ya que más tarde me permitiré volver a esta tribuna, si ello fuere me permitiré volver a esta tribuna, si ello fuere necesario. (Voces: ¡No hay quórum!)
El C. Presidente: Tiene la palabra, en contra, el C. diputado Hay. (Voces: ¡No hay quórum!)
El C. Hay: Señores diputados: Basado en un artículo reglamentario, solicité de la Comisión.... (Voces: ¡No hay quórum, no hay quórum!)
En vista de la insistencia de los CC. diputados, pido que la Mesa decida si hay quórum.
El C. Secretario Aranda, después de pasar lista: Hay una asistencia de ciento veintinueve CC. diputados. Hay quórum.
Presidencia del C. RUEDA MAGRO MANUEL
El C. Hay, continuando: Decía, señores diputados, que basándome en un artículo reglamentario, pedí a la Comisión que informara del por qué, que diera las razones que le habían asistido para incluir todo esto referente al Instituto Biológico en el Departamento Universitario. El C. Manrique se rehusó al principio y después, viéndose obligado a informar en acatamiento de dicho artículo reglamentario, vino aquí dizque a informar. Ciertamente que si metiéramos todo el discurso del señor
Manrique, toda la famosa información dentro una prensa hidráulica poderosísima, aseguro a ustedes que después de oprimir con toda la fuerza de que pudiera disponerse, saldrían ciertamente unas cuantas razones porque, en realidad, versó sobre todo, menos sobre las razones que la Comisión había tenido para poner el inciso citado en el artículo 8o. Nos habló de sífilis, del parto de las mujeres, de tuberculosis, de los chivos de siete cabezas y de una porción de cosas; pero verdaderas razones, razones serias como emanadas de una Comisión seria, no nos las dio, y es que quiso conservar sus argumentos para después de escuchar a los del contra; en que con la habilidad de un buen esgrimista, espera ver el ataque del contrario para después hacer el quite y atacar a su vez. Esto se debe a que el C. Manrique está entusiasmado personalmente en que se apruebe el dictamen tal cual está y viene aquí más que todo a hablar por sí mismo, que a hablar por la Comisión, puesto que si hubiera hablado por la Comisión no nos hubiera hablado de todos esos chivos de siete cabezas y de todas esas enfermedades, sino que se habría concretado a dar las razones del caso.
Dijo en otra ocasión el señor Manrique, que cuando se llegara el caso daría, pondría en conocimiento de ustedes, quien había sido el diputado que había ido ante el señor Ministro de Fomento a pedirle su orden respecto a este asunto, quien le había dicho: "¿Y qué es lo que usted desea, señor Ministro?" Los diputados, con una natural curiosidad, le pidieron "¡nombres, nombres!", y él se rehusó con el objeto de picar más la curiosidad y hacer una declaración que tenía toda la apariencia de muy sensacional. Y bien, señores diputados, yo les voy a decir a ustedes esos nombres, para calmar un poco esa muy justa curiosidad: en una ocasión, cuando estábamos en vísperas de los que creíamos la discusión de este asunto, el señor Secretario de Fomento vino aquí a hablar con las Comisiones y con varios diputados; una junta tuvo lugar, a la cual asistió el mismo señor Manrique y dio argumento en contra de los argumento del Secretario de Fomento; es decir, todos los diputados, que habríamos sido unos treinta o cuarenta en esa ocasión, los que asistimos a esa junta, todos nosotros, según eso, habíamos ido a pedir órdenes al Ministro de Fomento; pero en esa ocasión precisamente a que se refiere el señor Manrique, estábamos en el Salón Amarillo los CC. Sánchez Pontón, Rivera, Neri, el que habla y quizá dos o tres más diputados, y entre ellos estaba el C. Manrique, y cuando se estaba discutiendo sobre el nombre, sobre los diferentes incisos que constituían ese artículo 8o., entre otros, yo le pregunté al señor Rouaix: "¿Qué es lo que usted desea? ¿Qué cosa es lo que pretende la Secretaría de Fomento? Es decir, yo deseo, señor Secretario, saber la opinión del Ejecutivo por el conducto de usted." Ese es el nombre, señores, esos fueron los individuos que fuimos a pedir órdenes al señor Secretario de Fomento. Claro es que yo no voy a demostrar que yo estoy muy lejos de pedir órdenes al Secretario de Fomento, porque si me hubiera gustado estar recibiendo órdenes del Secretario de Fomento, no me hubiere separado yo de la Secretaría de Fomento y no habría venido a ocupar una curul, en lo cual tengo muy justificado orgullo. (Aplausos.) Por lo tanto, yo lamento mucho el haber destruído esa espectacular actitud del señor Manrique, el haber destruído la sensación que naturalmente hubiera producido la revelación tan extraordinaria de ese famoso acto, al parecer indigno, de parte de los diputados. Fuimos varios los diputados que estuvimos hablando con el señor Rouaix, justamente para saber los motivos que tenía para que el Ejecutivo hubiera presentado el proyecto tal como lo presentó y en eso estamos en nuestro perfecto derecho y no sólo lo hice en esa ocasión, sino que lo seguiré haciendo y creo que estoy obligado a esto, de acuerdo con mi conciencia, porque yo tengo que oír las opiniones del pro y del contra, justamente para formarme un criterio acertado y justo sobre el asunto.
En uno de los últimos discursos del señor Manrique, cuando se inició la cuestión de la Preparatoria o de la Universidad, él dijo que se habían desatado, que se iban a desatar todas las furias del Averno en contra de la Universidad. A la verdad no es muy galante esa comparación porque, según eso, el señor Manrique supone que la Cámara de Diputados es el Averno y nosotros somos las furias emanadas de ese Averno. Puede estar seguro el señor Manrique que no tiene él más interés del que yo tengo por la prosperidad de la Universidad; pero el interés que yo tengo es tan sincero, tan verdaderamente leal al elemento estudiantil, que a pesar de probables siseos, de posibles mueras, de posibles antagonismos, vengo yo aquí a hablar primero, en pro de los intereses de la Nación, por que los intereses nacionales; los intereses de la Universidad no son más que incidentales, y por eso es que cuando están en pugna los intereses nacionales con los intereses universitarios, si en mi criterio creo, si en mi criterio tengo la opinión de que se lastiman más los intereses nacionales que los universitarios, claro es que tengo que hablar en pro de los intereses nacionales, aun cuando sea en contra de la Universidad.
Entrando en materia, se trata de discutir la conveniencia de que ese departamento que la Comisión llama Instituto Biológico, corresponda a la Universidad, y no a la Secretaría de Fomento. Desde luego debo decir que la Comisión ha puesto dentro de la Universidad algo que no existe, puesto que el Instituto Biológico hace mucho tiempo que ha cesado de existir. Tan es así, que puede decirle que lo que en un principio se llamó el Instituto Médico Nacional, posteriormente se modificó este nombre y se llamó el "Instituto Biológico," después se modificó el nombre y se llamó "Dirección de Estudios Biológicos;" y actualmente se llama la "Dirección de Exploración de Flora y Fauna." Aparentemente esta cuestión de nombre no tiene importancia, y en realidad sí tiene una y muy grande: se llama en la Secretaría de Fomento Dirección de Exploración de Fauna y Flora, a aquel departamento que está encargado de hacer toda clase de investigaciones, toda clase de estudios biológicos que tiendan al análisis con el objeto de lograr adquirir suficientes datos, suficiente documentación, con el objeto de que, uniendo todos estos datos, uniendo todas las informaciones
así realizadas, puedan prosperar la flora y la fauna del País, puedan fomentarse estas dos importantes ramas. El señor Manrique dice que la Universidad debe tener este departamento en su seno, y está confundiendo lamentablemente lo que es un departamento de exploración de fauna y flora, con lo que es y podría ser curso de biología, o clase de biología. La Universidad está fundada con el objeto de enseñar; tiene fines docentes y naturalmente en la enseñanza tiene que hacerse investigación más o menos profunda y también experimentación, pero está muy lejos la labor de la enseñanza, la labor docente de la Universidad, de la labor de la Secretaría de Fomento, que tiene por objeto exclusivo fomentar la agricultura, fomentar la fauna, fomentar la flora, evitar que perezcan y aumentar esa riqueza nacional. ¿Cómo es posible que la Secretaría de Fomento pueda lograr esto si se le quitan los elementos con qué hacerlo? ¿Cómo es posible que pueda la Secretaría de Fomento hacer prosperar la agricultura si no tiene los medios, si no tiene esos elementos que se han dado, por teorías más o menos justas, pero teorías de todos modos, a la Universidad? El señor Manrique nos quiere hacer aparecer como enemigos de la Universidad por el solo hecho de que no queremos darle un departamento imprescindible para el funcionamiento de una Secretaría de Fomento, y se olvida de que la clase de Biología, el curso de Biología puede estar, no sólo puede, sino que debe de estar con buenos profesores y con todos los elementos que sean correspondientes a un curso de Biología, dentro de la Universidad, pero sin quitar todos los elementos de exploración, de análisis práctico, esencialmente práctico que tiene y que debe de conservar y debe desarrollar la Secretaría de Fomento. Yo no comprendo realmente cómo pretende la Comisión quitar este departamento tan importante; dice: lo importante es darle a los estudiantes elementos con qué educarse, es hacerlos no sólo teóricos, sino prácticos y, por lo tanto, deben tener no solamente los profesores que les enseñen teoría, sino los elementos por medio de los cuales puedan desarrollar su práctica. Ahora bien, según eso, si todo este departamento de exploración, de fauna y flora, debe de pasar con todos sus elementos a la Universidad; ¿por qué razón, señor Manrique, no ha pedido usted también que pasen los hospitales a la Universidad, si en la Universidad está la Escuela de Medicina y en la Escuela de Medicina se enseña la disección, se enseña todo lo referente al ramo de medicina; por qué razón no ha pedido que los hospitales, que es donde practican los estudiantes, pasen al Departamento Universitario? ¿acaso por no imitar al doctor Vázquez Gómez, pues vosotros recordaréis que el doctor Vásquez Gómez, cuando fue Ministro de Instrucción Pública pretendió que los hospitales pasaran a la Universidad y naturalmente que este proyecto descabellado fue desechado de plano y ni siquiera se tomó en consideración? Con los mismos argumentos que no ha soltado la Comisión, porque no ha soltado hasta ahora ninguno, pero con los argumentos que probablemente usará la Comisión, pretendería que la Dirección de la Secretaría de Fomento, la Dirección de Exploración Geográfica, la Dirección de Exploración Geodésica, pasasen también? Porque allí es donde los señores ingenieros. ¿Por qué? Porque allí es donde los señores ingenieros van a practicar la geodesia y la geografía, es decir, la manufactura de los planos, el conocimiento de la superficie de la República Mexicana. ¿Por qué razón no pide eso también? Sencillamente porque en la Escuela de Ingenieros se les enseña a trabajar; se les enseña a ser geólogos; se les enseña a ser geógrafos y ya después de que han obtenido esa enseñanza por la práctica que pueda dar la Escuela Nacional de Ingenieros, entonces sí ya pueden pasarse, si lo desean, a la Secretaría de Fomento, y allí aprovechar de una manera práctica toda la teoría y la práctica que hayan tenido en los resultados verdaderamente prácticos y útiles para la Nación.
Según eso, todo absolutamente, todas las Secretarías deberían estar dentro de la Universidad, por que en todas las Secretarías, en su funcionamiento, está precisamente la realización de la práctica, de la teoría que han obtenido los estudiantes cuando han pasado a través de la Universidad, y se les quitan, según el señor Manrique, todos esos elementos de práctica, y, por lo tanto, deben pasar todas las Secretarías dentro de la Universidad. A la verdad que con ese criterio nunca sabríamos lo que era Universidad y lo que era elemento administrativo de un gobierno. Un gobierno forzosamente tiene que administrar, y para administrar, para administrar bien tiene que fomentar, pero para fomentar tiene necesidad de los elementos de fomento. Quítensele a la Secretaría de Fomento esos elementos y entonces tendremos que quitarle también el nombre de Secretaría de Fomento: será Secretaría de Agricultura, será Secretaría de cualquiera cosa, menos Secretaría de Fomento.
Recientemente regresaron de una exploración a Quintana Roo, los señores ingenieros Toscano y Sánchez, y un señor doctor. Sería muy útil al señor Manrique el acercarse, no a pedir un permiso al Secretario de Fomento para venir a hablar aquí, sino acercarse a consultar el informe rendido por estos ingenieros y este doctor y algunas otras personas agregadas a esa exploración, para que viera, se penetrara, se saturara de los resultados verdaderamente prácticos que ha obtenido el País a través de esa exploración; y esa es una, se están haciendo continuamente, se están preparando otras en la Baja California, en todos los Estados en donde desgraciadamente tenemos muy pocos conocimientos.
Si un individuo, un ciudadano tiene obligación de conocer a su país, una Secretaría no solamente debe encontrar conveniente conocer el país, sino que es necesarísimo, es imprescindible para la Secretaría conocer ese país; ¿y cómo lo va a conocer si no tiene elementos con que hacerlo? Es muy posible que el señor Manrique - y me refiero más al señor Manrique que a la Comisión, porque creo yo que estos argumento son más del señor Manrique que de la Comisión -, es muy posible que el señor Manrique diga: no vamos a separarla, vamos a dejar a la Secretaría de Fomento la dirección de la exploración de flora y fauna y vamos a pasar al Instituto
Biológico, que por llamarse Instituto, debe de corresponder a la Universidad. Pero eso es cuestión de nombre, eso sería dividir los elementos, eso sería tanto como quitarle las ruedas a una máquina que está trabajando perfectamente bien, porque las ruedas corresponden a la Universidad, y dejar la caldera; la caldera podría calentar; pero la caldera no podría caminar, como podría hacerlo toda la máquina, si se le dejan las ruedas.
Por otro lado, podría argüirse en favor de que este departamento quedase en la Universidad, lo siguiente: la Secretaría de Fomento, cuando desee hacer alguna exploración, cuando desee obtener algún dato para esa exploración, puede ocurrir a la Universidad; en la Universidad se están haciendo toda clase de investigaciones, se están haciendo toda clase de estudios, y la Universidad estará en condiciones de dar a la Secretaría de Fomento todos los datos que solicite. Eso es verdaderamente infantil. Bien sabido es por todos - y el señor Manrique, que tan ducho en cuestiones universitarias se nos ha mostrado aquí, debe saberlo mejor que nadie -, que en una Universidad los estudios se hacen sistemáticamente; se hacen siguiendo un determinado orden, un determinado sistema, con objeto de que el alumno vaya asimilándose paulatinamente de una manera ordenada, todos los conocimientos que tiene que asimilarse. Vamos a suponer que está tratándose del estudio del pulque y vamos a suponer que en esos momentos se necesita estudiar el microbio que está destruyendo el algodón. Entonces la Secretaría de Fomento pide urgentemente que los profesores, o los elementos que tenga la Universidad disponibles, se pongan a estudiar el "picudo" del algodón. ¿Y qué sucedería entonces? Que la Universidad suspende el curso, que los estudiantes se ponen a estudiar el picudo del algodón, dejando a un lado el estudio de la fermentación del pulque. Por eso digo, señores diputados, que sería infantil el pretender que sea la Secretaría de Fomento la que tenga que pedir sus datos a la Universidad, en vez de que la Universidad sea la que se los pida a la Secretaría de Fomento.
Ahora bien, ¿Cuál sería el mal, el grave mal que se le produciría a la Universidad si todos estos elementos de Fomento, estos elementos de experimentación, estos elementos de análisis, de investigación, permanecen en la Secretaría de Fomento y a la Universidad se le pone una planta competente de profesores de todos los estudios biológicos, y cada vez que la Universidad necesite algún dato de la Secretaría de Fomento, allí tendrá en la Secretaría de Fomento el herbario a su disposición, el museo a su disposición, la biblioteca a su disposición? Entonces los estudiantes podrán, como siempre lo han hecho, porque jamás han encontrado, no digo los estudiantes, ni los profesionistas, ni nadie, han encontrado ninguna dificultad en la Secretaría de Fomento, muy principalmente en ese departamento, para obtener todos los datos que puedan necesitar y se ha puesto todo a su disposición: laboratorios, herbario, etc., todo se ha puesto a disposición de ellos. Hasta ahora no ha habido ninguna dificultad. ¿Por qué razón podríamos esperar que mañana la hubiese? Ahora bien, cuando tenemos nosotros Estados como Guerrero, Nayarit, Chiapas, Oaxaca, que apenas son conocidos, se pretende quitar el elemento por medio del cual vamos a conocer esos Estados, pasarlo a la Universidad y dejar que siga toda esa región y muchas otras de la República totalmente desconocidas, ¿acaso no es de suma importancia para el progreso de la agricultura de tener conocimiento sobre los insectos de una determinada región, sobre el clima, sobre las condiciones meteorológicas, sobre las condiciones de salubridad? ¿Acaso no es necesario eso? ¿Cree el señor Manrique que es posible que un elemento universitario pueda hacer de una manera científica, de una manera práctica y científica todas esas investigaciones, para poderlas poner a disposición del Gobierno, a efecto de que el Gobierno pueda obtener todos los datos que necesite para desarrollo de la flora y de la fauna? Eso, Indudablemente, que no. Siempre que nosotros pretendamos ir basándonos únicamente en teorías, estamos condenados a fracasar. Indudablemente que únicamente la práctica también sería un fracaso, es necesario combinar las dos cosas, pero también al combinarlas hay que ver cuáles las de la Secretaría de Fomento. Si la Universidad tiene como función principal la investigación y la enseñanza, también con fines prácticos, pero llevando una determinada secuela, la Secretaría de Fomento tiene que investigar, tiene que explorar, para aprovechar de una manera inmediata los resultados de sus exploraciones y de sus exploraciones y de sus investigaciones. Los beneficios que puedan producir a la Nación todos estos elementos de investigación y de exploración, deben de compararse ora adhiriéndose a lo que dice el señor Manrique, o sea pasando a la Universidad, o estando en la Secretaría de Fomento. ¿Cuáles serían los beneficios a la Nación si todos los elementos de este asunto, que tiene actualmente la Secretaría de Fomento, pasan a la Universidad? Indudablemente que serían los siguientes: que dentro de algunos años tendríamos un número competente de estudiantes, que habríamos favorecido a esos estudiantes a efecto de darles todas las posibilidades sin ningún pretexto de obstáculo para que pudieran obtener todos los conocimientos que les fuesen necesarios. ¿Cuándo venimos a obtener los frutos de este resultado? Indudablemente que sería cuestión de cuatro, seis, ocho o diez años, y entretanto, el verdadero fomento de la agricultura, el fomento de fauna y flora, el fomento que tanto necesitamos, estaría estancado. La Revolución ha llevado una bandera, que es la del progreso del pueblo; ¿cómo podemos hacer que el pueblo progrese, si no estudiamos la tierra, que es de donde verdaderamente tiene que sacar el pueblo ese progreso? ¿Cómo queremos nosotros que pueda la Secretaría de Fomento, fomentar, como su nombre lo indica, todos estos asuntos de tan vital importancia para el País, si carece de esos elementos?
Ahora bien, yo lamentaría mucho que los universitarios no tuvieran oportunidad de hacer estudios, y quiero ir tan lejos, hasta suponer que si se acepta esa ley o si se rechaza ese programa presentado por las Comisiones y si se acepta la ley del Ejecutivo, que la Universidad carezca por completo de todos los elementos necesarios para la
enseñanza; ¿cuántos individuos sufrirían? Unos cuantos; y un cambio, ¿cuántos sufrirían si se los quitan a la Secretaría de Fomento? Sufrirían no unos cuantos, sino muchos millones de habitantes. Por lo tanto, desde el punto de vista revolucionario, aun aceptando hipotéticamente, para demostrar hasta qué grado es inconveniente que se le quiten esos elementos a la Secretaría de Fomento, aun aceptando que todos esos elementos se le quitasen a la Universidad - advirtiendo que no lo deseo, ni sería así, pues no es más que una hipótesis -, que los perjuicios sufridos por la Nación en uno y otro caso no podrían ser comparables, y claro es que, nosotros aceptando las teorías que a cada rato se han venido estableciendo en todas las discusiones, de que hay que beneficiar a las mayorías con perjuicio de las minorías, se me dirá con mucha razón: estas minorías serán en algún tiempo la aristocracia del conocimiento, la aristocracia intelectual, y estas minorías son las que, como en Alemania, como en Francia, están produciendo toda clase de descubrimientos, con el objeto de que pueda progresar el País.
Muy cierto es esto, pero cuando tengamos los elementos suficientes para dotar a la Universidad yo seré el primero en pedir que la Universidad sea ayudada en ese sentido; pero cuando se pretenda ayudar a la Universidad a costa de la Secretaría de Fomento, entonces yo soy el primero que digo: No, señores, debe corresponder en su mayor parte a la Secretaría de Fomento, porque esta frazada no cubre a unos cuantos individuos, sino que cubre los intereses de toda la Nación. Que los señores estudiantes hagan un sacrificio por un corto tiempo, diría yo, mientras que la Nación pueda darles todos los elementos, que ellos y yo estoy seguro que todos los diputados, en su tiempo, desearán hacerlo. Pero mientras tanto, no se quiten a la Secretaría de Fomento esos elementos que son absolutamente necesarios.
Ahora bien, ¿acaso vamos a quitar al rechazar este dictamen y aceptar el dictamen presentado por el Ejecutivo, acaso vamos a quitar a la Universidad todos los elementos? No, señores, es preciso hacer hincapié, aunque peque yo de afecto a la repetición, es preciso hacer hincapié sobre el hecho importantísimo de que la Universidad conservará la potencialidad para desarrollar los cerebros de sus estudiantes en el ramo de biología, tendrá sus profesores, tendrá sus laboratorios, laboratorios poco costosos que estén de acuerdo con las necesidades actuales de la Universidad y laboratorios que irán creciendo poco a poco conforme esas necesidades vayan creciendo y cuando no se pueda dotarla de esos laboratorios, de bibliotecas o todo lo que pueda necesitar la Universidad, entonces podrán ir a la Secretaría de Fomento y obtener todos los datos que pudieran necesitar, como hasta ahora los han podido estar obteniendo. Yo pido ahora los han podido estar obteniendo. Yo pido que se fije la Asamblea en este asunto: la Secretaría de Fomento siempre ha estado en condiciones de poder proporcionar esos datos y nunca los ha negado; en lo futuro podrá seguirlos proporcionado; al crear la Universidad un curso de biología, no por eso dejarán de tener todos los elementos que fueren necesarios; la única dificultad que tendrán, la única contra, es que no podrán decir "todo esto es mío, todo esto es de la Universidad." Ahora la Universidad se dice que va a ser muy prudente, que al declararse su autonomía va a poder sostenerse perfectamente; está muy bien, sí es cierto; pero creo que por algún tiempo desgraciadamente no se podrá hacer, no podrá sostenerse sola; si en cierto, entonces no necesitarán, llegado el tiempo, pedirle nada a la Secretaría de Fomento, pedirle nada al Gobierno, porque por sí sola, por esos enormes elementos de que podrá disponer, podrá crear todos los elementos necesarios para producir un verdadero Instituto Biológico.
El C. Manrique, interrumpiendo: ¿Quien dijo eso?
El C. Hay, continuando: ¿Quien lo ha dicho? Varios lo han dicho.
- El C. Fernández Martínez, interrumpiendo ¡Cállate, cura!
El C. Hay, continuando: De manera que se ve que eso no es un argumento de peso. Por lo tanto, no sería posible dividirla, dar una mitad a la Secretaría y dar una mitad a la Universidad, sería echar a perder el conjunto que es necesario allí, sea en uno o en otro; que la Universidad empiece por sus cursos, que la Universidad empiece por sus clases, que vea cuáles son las necesidades, que vea cuáles son los obstáculos y claro es que el Gobierno hará todo lo posible porque todos los obstáculos se allanen; en el momento en que la Secretaría de Fomento pusiera alguna dificultad a la Universidad para el desarrollo, muy justo, de sus anhelos, indudablemente que el Gobierno, la Cámara de Diputados, toda la Nación se opondría a que la Secretaría de Fomento estuviera impidiendo la obtención de todos esos datos y elementos. No hay razón absolutamente por la cual la Secretaría de Fomento se podría oponer a que estos datos se obtuviesen, si justamente la Secretaría de Fomento tiene que fomentar los conocimientos por todos los medios posibles y uno de ellos sería ayudando a la Universidad Nacional, a los estudiantes que desearen obtener esos datos. Por ejemplo, se ha hablado mucho de la irrigación; si la Secretaría de Fomento carece de estos datos, de este elemento de exploración, ¿cómo es posible que sepa de una manera precisa cuáles son las cuencas hidrográficas más a propósito, cuáles son los terrenos más a propósito, cuál es su clima, cuáles son los insectos que destruyen las plantas, en fin, toda esa colección de datos que necesita para fomentar la agricultura? ¿Creen ustedes que podría lograrlo la Secretaría de Fomento si esos elementos pasan a la Universidad, en donde harán buenos estudios los estudiantes, donde tendrán buenos resultados? En la actualidad lo que necesitamos en este momento es algo que no hizo el gobierno de Porfirio Díaz, y que tenemos nosotros la suprema obligación de hacer, es decir, si nosotros somos revolucionarios, debemos ser revolucionarios no solamente de boca, sino de hecho y para ser buenos revolucionarios de hecho debemos de ayudar en todo y por todo a que se cumplan los anhelos de la Revolución y fomentar la Agricultura, y para fomentar la Agricultura tenemos que fomentar la flora y la fauna y todo lo que sea exploración en este respecto, debemos aumentar los conocimientos en este asunto y
en todo lo que se pida para que este anhelo revolucionario pueda realizarse. Por otro lado, la Comisión o la Universidad no ha propuesto nuevas orientaciones, no ha criticado las orientaciones de la Secretaría de Fomento; a este respecto yo he oído en lo particular opiniones de uno o dos diputados, de que ahí no se hacen sino estudios de plasmogenía o cosas por el estilo; estoy seguro de que aquél que me lo dijo, y entiendo que fue el C. Manrique era uno de los que tenían esa idea, no lo aseguro, pero tenía la creencia, porque lo creo capaz de decirlo, estoy seguro que aquella persona que pudiera pensar que solamente se hacen estudios de plasmogenía en este Departamento, cambiaría de opinión con sólo ver las publicaciones que han emanado de ese Departamento, y entonces vería que el profesor Herrera, en lo particular él se ha dedicado toda su vida de una manera muy especial a ese estudio, y ha logrado algo que es muy honroso para nuestro País, que se es considerado como un sabio en la materia en casi todo el extranjero; continuamente, a lo menos frecuentemente, he visto su nombre citado en revistas científicas como un perfecto conocedor de este asunto y es considerado como un sabio en esta materia. Pero de eso a que solamente este Departamento se ocupe de este asunto, indudablemente que no, porque entonces tendríamos nosotros que evitar que el que está a la cabeza de un departamento determinado pudiera haberse dedicado durante su vida a un determinado ramo, a un determinado conocimiento; tendríamos que exigir que tuviera conocimientos generales, que no se hubiera dedicado a un asunto determinado dentro del asunto general que corresponde a este Departamento, porque entonces le achacarían que ese señor no sirve para el asunto, puesto que solamente se va a dedicar a ello; pero esto es que se dice; los hechos son diferentes, ahí están, como repito, las publicaciones que han emanado de ese Departamento y se verá que sí se trata también de plasmogenía por ser una cosa muy importante y a la cual se le está dando gran importancia; también, CC. diputados, se trata principalmente de todo lo que se refiere a la flora y a la fauna, es decir, a lo que tienen que tratar, a lo que tienen que estudiar.
Cuando existía el Instituto Médico, hizo estudios durante veinticinco años que duró este Instituto, hizo estudio de quinientas plantas medicinales. Estas plantas medicinales, estos estudios han sido, han tenido un resultado muy poco provechoso desgraciadamente, y esta fue la razón por la que murió el Instituto Médico Nacional, sin que por eso se evitara a aquellos doctores o a aquellos investigadores que desearan, no se les evitó el poder ir a seguir haciendo sus investigaciones con carácter particular, sino que han tenido allí toda clase de facilidades; pero los resultados del Instituto Médico fueron negativos. De las quinientas plantas medicinales que durante veinticinco años estudió el Instituto Médico Nacional, son muy pocas las que son aplicables, recetadas por los médicos de la República, porque muy pocos médicos conocen los resultados obtenidos en ese Instituto, y, además de esto, aquellos que conocen de esos resultados, aquellos que tienen conocimiento de estas investigaciones, cuando recetan algunas de estas plantas, rara vez la encuentran en una botica; por lo tanto, ha sido de un resultado negativo, y esa fue la razón por la que la Revolución, queriendo realmente fomentar la industria nacional agrícola, queriendo fomentar la flora y la fauna, mató - así puede decirse -, al Instituto Médico Nacional tal como estaba concebido, tal como había funcionado y lo modificó cambiándolo al Instituto de Biología, modificándolo más tarde a la Dirección de Explotación de Flora y Fauna. Esa misma modificación de nombres podrá demostrar de una manera perfectamente clara la orientación de la Secretaría de Fomento. Ha ido eliminando lo que no es práctico, eliminó el Instituto Médico Nacional, porque no era práctico para que estos momentos; porque no daba resultados prácticos; después le llamó Instituto de Biología, el nombre no correspondía a los anhelos de la Secretaría de Fomento y le modificó el nombre y le llamó Dirección de Exploración de Flora y Fauna. Ahora bien: ¿ese nombre sintetiza de una manera perfecta los anhelos de la Secretaría de Fomento? Quítese ese Departamento, quítese ese elemento a la Secretaría de Fomento y se habrá tronchado de una manera irremediable ese anhelo tan justo, tan necesario de necesidad pública, podría yo decir, de la Secretaría de Fomento para poder desarrollar la agricultura por medio de este importante Departamento. Indudablemente que el señor Manrique o la Comisión vendrán a darnos una teoría de lo que pasa en otros países del mundo.
El C. Manrique, interrumpiendo: Nunca he hecho tal cosa.
El C. Fernández Martínez: ¡Cállate, cura!
El C. Hay, continuando: Lo creo y Su Señoría no me puede evitar que lo crea y puede ser que la creencia resulte falsa, pero ya esta creencia impedirá bastante para que no nos traiga argumentos vacíos de universidades de otros países, de lo que hacen los gobiernos en otros países, de todo lo que está haciéndose en estos momentos es otros países. Yo acepto y soy el primer partidario de que traigamos aquí al País lo que conviene de otros países, siempre que no sea un injerto, siempre que sea.....
El C. Secretario Aranda: Habiendo transcurrido la media hora reglamentaria, se pregunta a la Asamblea si se concede al orador continuar en el uso de la palabra. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Continúa en el uso de la palabra.
El C. Hay, continuando: Pero aquí estamos ante un problema que tiene que resolverse de una manera práctica e inmediata; nosotros tenemos el problema revolucionario, que se basa muy principalmente en la Secretaría de Fomento y todo lo que sea cortarle elementos a la Secretaría de Fomento, será también procurar o tratar de evitar que se realicen todos los anhelos revolucionarios, que son esencialmente benéficos al pueblo.
Por eso, señores diputados, os pido que juzguéis este asunto con todo el cariño, con todo el amor que nos merece la Universidad; pero que ese amor no nos ciegue, que no nos obceque, que no nos impida ver la conveniencia que hay en este momento para la Nación de que la Secretaría de Fomento conserve estos Departamentos, y que conservándolos preste toda la ayuda que la Universidad necesite, ya que creará sin duda un curso de Biología, su clase
de Biología con los profesores que necesite, los cuales siempre que necesiten tendrán abiertas las puertas de la Secretaría de Fomento en todos los asuntos que se refieran a esta materia. Pido, por lo tanto, a los señores diputados, que se fijen mucho en esta discusión y que vean que en este asunto no hay apasionamiento de ninguna clase, no hay deseo de ayudar a determinada persona ni de atacar a determinada otra persona, porque indudablemente el señor Secretario de Fomento, el actual, no estará ahí eternamente; el actual Regente o Rector de la Universidad no estará ahí eternamente, y a mí me son enteramente indiferentes, en lo que se refiere a esta discusión, la personalidad, ya sea política o de cualquiera clase del señor ingeniero Pastor Rouaix o del señor don José Natividad Macías; sencillamente para mí en este asunto al discutir abstractamente este asunto de tan vital importancia para la Nación, son ceros a la izquierda los dos, tanto el señor Pastor Rouaix como el señor don José Natividad Macías, y yo pido que todos vengan a hablar aquí, abstractamente, sin tomas ningún participio ni apasionamiento en un sentido o en otro, porque la labor que nosotros tenemos que hacer no es labor que nosotros tenemos que hacer no es labor de índole política, es una labor de índole práctica, es una labor de utilidad para la Nación, en la cual la personalidad no puede ni debe tener nada que ver. (Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Cabrera.
El C. Ruiz Estrada: Pido la palabra, para una interpelación.
El C. Cabrera: Ocupo la tribuna a pesar de que mi objeto es hacer interpelaciones sobre ciertos hechos, a la Comisión y al C. Subsecretario del Interior, porque hay dos maneras de ver un debate. Cuando entendemos o creemos entender de una cuestión, pues tomamos parte en el debate y cuando sencillamente no entendemos de una cuestión, habemos algunos diputados que querríamos oír que se nos dijera aquellos que no entendemos, porque los oradores nos hablan de todo, menos de lo que no entendemos. Así es que suplico atentamente a la Comisión, en primer lugar, tenga la bondad de explicar: en la lista de materias que deja a cargo de la Universidad, leo un renglón que dice: "Dirección de Estudios Biológicos" y luego otro renglón que dice; "Instituto Biológico." Yo desearía tener las ideas de la Comisión de por qué esa separación de renglones, para que podamos formarnos cargo de cuál es la causa para que atribuyan a la Universidad esa competencia. Por otra parte, en el artículo 5o. aprobado ya, dice: (Leyó.)
De tal manera que, siguiendo el discurso del C. Hay, que acabamos de escuchar, allí todos estos asuntos sobre fauna y flora está aprobado que queden en la Secretaría de fomento; pero aquí está este renglón que dice: "Estudio y exploración de fauna y flora," mientras que ahora, en el artículo 8o. que estamos discutiendo, dice: "Dirección de Estudios Biológicos e Instituto Biológico," las dos cosas.
En cuanto al Subsecretario de Estado, yo desearía que nos hiciera conocer estos tres pareceres: Cuál es el parecer de la Secretaría de Fomento a este respecto; cuál es el parecer del Departamento Universitario y cuál es el parecer del Jefe del Ejecutivo en relación con estos Departamentos, por que yo no desearía, como soy ministerial, pues no desearía estar tocando el violón, es decir, estarle dando al violón en vez de darle al violín. (Risas.)
Y querría saber qué cosa comprende el Instituto Biológico en los momentos actuales para tener una idea exacta de si tiene una función principalmente educativa y secundariamente investigadora, o si tiene una función principalmente investigadora y secundariamente educativa; pero como en esto paréceme que hay un conflicto entre dos de los Departamentos del Poder Ejecutivo, nosotros naturalmente tendremos que resolver este asunto teniendo en cuenta el conflicto entre los dos Departamentos y mucho desearía que el señor Subsecretario del Interior me dijera por qué platillo de la balanza se inclina para que así esté yo orientado en mi criterio. (Risas).
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Subsecretario del Interior, para informar.
El C. Aguirre Berlanga Manuel, Subsecretario del Interior: Bastaría leer la iniciativa del Ejecutivo donde está contestada la pregunta del señor licenciado Cabrera respecto a cuál es el parecer del Ejecutivo, pero para evitar que ocurra a leer la parte relativa en que el Ejecutivo consulta que el Instituto Biológico dependa de la Secretaría de Fomento, no tengo absolutamente ningún inconveniente, sino que para mí es una verdadera satisfacción manifestaros que el C. Presidente de la República estima que el lugar propio que debe ocupar el Instituto Biológico es el de la Secretaría de Fomento.
A reserva de dar algunas razones muy concretas y en términos lo más breves posibles, paso a contestar la pregunta, la interpelación relativa a la Secretaría de Fomento. En primer lugar, el señor licenciado Cabrera conoce perfectamente cuál es la organización de un gobierno presidencial en el que los Secretarios tienen el deber fundamental de autorizar las disposiciones del Ejecutivo y que las leyes, las iniciativas de leyes que emanen de éste, sean o correspondan a esta o aquella Secretaría. En consecuencia, como él nos ha indicado, las opiniones de los Secretarios, deben de estar de acuerdo, cuando ella pase a ser una resolución, una iniciativa, de acuerdo con la del Ejecutivo. Más aún, en el caso que nos ocupa, en otra sesión indiqué a ustedes que la iniciativa de ley que discutimos fue previamente puesta a la consideración del Consejo de Ministros. A la que actualmente rige expedida por el Gobierno Preconstitucional, se le hicieron algunas reformas que el método, el orden, indicaron que debían hacerse así, de acuerdo con la Secretaría de Fomento; más aún, con el parecer expreso del señor Secretario de Fomento se inició que continuara dependiendo de ese ramo administrativo el Instituto Biológico.
Respecto a la opinión de la Universidad, es la misma que dije al principio por lo que atañe a esta materia y por las razones que también indiqué. Más aún, uno de los miembros de la Universidad tomó parte en la redacción de la Ley Provisional de las Secretarías y también manifestó en este caso su anuencia y repito, por lo que respecta a si el Instituto Biológico es esencialmente especulativo o esencialmente de investigación. de la manera más
categórica manifiesto a ustedes que es esencialmente investigativo, a tal grado que podría asegurarse que la parte de investigación, - indudablemente que también se obtiene algunos conocimientos y en este particular también es especulativo-, pero la parte investigadora puede considerarse que está en una proporción de un ochenta a noventa por ciento, en relación con la parte netamente especulativa. Esto también sirve de norma para indicar en qué Departamento Administrativo, qué Secretaría de Estado es a la cual por razón de sus funciones, por razón de los servicios que está llamada a desempeñar, de qué Departamento o de qué Secretaría debe depender esta materia que, como dije antes, el Ejecutivo consulta que corresponda a la Secretaría de Fomento. Además, y para terminar manifiesto que este Instituto de Estudios Biológicos, que nada más tiene el nombre de Instituto y que no es propiamente un establecimiento docente, carece por esta última consideración de un carácter que podría obligarnos a colocarlo en el Departamento Universitario; no es un establecimiento docente, mínimamente es especulativo, y en su mayor parte, de investigación, cuyos frutos los aprovecha principalmente el público, todo el que desea saber acerca de nuestro flora y acerca de nuestra fauna.
Presidencia del
C. DEL CASTILLO PORFIRIO
El C. Cabrera: ¡Me permite formular una pregunta? ¡Cómo se encuentra en la actualidad regido el Instituto Biológico?
El C. Subsecretario del Interior: Como una dependencia de la Secretaría de Fomento y la secretaría de Fomento, en su régimen interior, está dividida en direcciones, en departamentos, puede ser que haya algunas excepciones, pues una de esas direcciones es la que corresponde al Instituto Biológico y se titula así: "De Exploración, de Flora y Fauna."
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Ruiz Estrada.
El C. Ruiz Estrada: Deseaba hacer una interpelación a la Comisión. Deseo saber si se pone un Instituto Biológico o un Departamento de Exploración de Flora y Fauna, pues son cuestiones muy distintas y debe precisarse para saber a qué atenernos y tomar parte en el debate.
El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.
El C. Manrique: Esta mañana, señores diputados, el señor licenciado Cabrera salió en defensa de las Comisiones. Efectivamente, es ya una muletilla en esta Cámara el atacar a las pobres Comisiones. (Voces: ¡No siempre!) Sí, es más fácil criticar lo hecho que hacerlo todo. Bueno, pues el compañero don Luis Cabrera decía esta mañana de ciertos diputados que llegaban después de comenzada la sesión y que abrían el folleto y decían: ¿Qué es esto? e interrogaban a las Comisiones. Al señor Cabrera, para confirmar sus palabras, le sucedió hoy lo que en otras ocasiones ha sucedido a algunos de ustedes. Pocos momentos antes de llegar Su Señoría el señor Cabrera al salón de sesiones, había ya la Comisión explicando que esto de poner en el artículo 8o. a discusión: Dirección de Estudios Biológicos, había sido sencillamente y le consta a la Comisión, una errata del mecanógrafo, en la Secretaría del establecimiento. De manera que desaparece el aparente conflicto; el inciso Dirección de Estudios Biológicos, quedó ya suprimido con vuestra aprobación y sólo están a discusión el Instituto Biológico y el Museo de Historia Natural. Esto por la primera pregunta...
El C. Hay: ¿Me permite una interrupción por que es importante?
El C. Manrique: Sí, señor.
El C. Hay: Como ya se ha dado el caso de dos erratas de las cuales se le ha echado la culpa al mecanógrafo o al taquígrafo, yo agradecería mucho a la Comisión que dijera si ya no hay más erratas para no estar haciendo interpelaciones innecesarias. (Aplausos.)
El C. Manrique: Aplausos que no son sino una confirmación de mis anteriores palabras; la inquina gratuita casi siempre con que por lo general se ve el trabajo de las Comisiones. (Voces: ¿No, no!) Y luego se aburren algunos CC. diputados de ver que la Comisión reiteradamente viene aquí en defensa de sus ideas, pues cuando la Comisión tal hace, no hace otra cosa que cumplir con un mandato de la Cámara; la Comisión bien hubiera podido, por mi conducto, venir a decir aquí unas cuantas palabras.....
El C. Hay, interrumpiendo: Moción de orden, señor Presidente. Yo me permití interpelar a la Comisión únicamente con el objeto de que nos dijera si había o no más erratas; yo no hice ningún cargo a la Comisión, ni pretendo, hacerlo yo deseo saber si ya no hay más erratas para estar en terreno seguro.
El C. Manrique: El señor Hay, especialista en mociones de orden y en lecciones a los señores diputados, debe tener una poca de paciencia; yo he escuchado caballerosamente todas sus interpelaciones y todas las que quiera hacerme; pero le suplico que tenga una poca de paciencia.
El C. Hay: Al grano.
El C. Manrique: Contestando en concreto la pregunta, que calificaré.... que no calificaré, del compañero Hay, la Comisión no puede saber si hay más erratas posteriormente; cuatro ojos ven más que dos, se dice familiarmente; cada errata que vayan señalando los señores compañeros, la Comisión la irá aceptando lealmente, no podemos saber si hay nuevas erratas en la redacción, señor Hay.
El C. Hay, interrumpiendo: ¿No ha leído el dictamen?
El C. Manrique: Pregunta el señor Hay si no he leído el dictamen. El señor Hay, si alguna vez ha corregido pruebas de trabajos dados a la prensa, sabe que el más impropio para corregir las pruebas es el que ha escrito el trabajo. El que ha escrito el trabajo sabe lo que ha querido decir y no ve las erratas en que se ha incurrido al hacerlo. Eso lo saben los "chicos de la prensa" que me escuchan. ¿Acabaron ya las impertinencias del señor Hay?
El C. Hay: Con permiso de la Presidencia. Yo lamento que se llame a esto impertinencias; Su Señoría podrá llamarlas como guste, pero Su Señoría no me ha contestado. Yo deseo saber si hay o no hay más erratas. Acepto la responsabilidad del taquígrafo, del mecanógrafo o del impresor, no hago ningún cargo a la Comisión; lo único que deseo saber es si hay más erratas para modificar mi criterio y de acuerdo con él continuar discutiendo. Si hay más erratas, sírvase decírnoslo y ya no estaremos pensando en lo que pudiera resultar una posible errata. Quiero saber si en estos veinte renglones que contienen unas sesenta palabras a lo más, tienen o no tienen más erratas no perder el tiempo en inútiles discusiones.
El C. Manrique: La mejor respuesta que creo poder dar al señor Hay, es no darle ninguna.
El C. Hay, interrumpiendo: Yo he hecho una interpelación a la Comisión y tengo el derecho de exigir que se me conteste concretamente, pido que se me diga si hay o no más erratas en estos veinte renglones que existen aquí. Es muy fácil para la Comisión contestar concretamente y tengo el derecho a que se me conteste concretamente. (Siseos.)
El C. Manrique: Cuando el señor Hay se colocó dentro de un terreno caballeroso solicitando de la comisión que ésta informase de las razones que había tenido para proceder como lo hizo, la Comisión contestó caballerosamente al señor Hay, para que viniese más tarde a decir que prácticamente, como ha oído el señor Cabrera, no se había dicho nada en el dictamen. A la interpelación del señor Hay, que no es del tenor de la primera, ya contestó la Comisión que del trabajo material de la corrección o incorrección del dictamen impreso, no es responsable la Comisión. Al señor Hay toca la ingrata tarea de buscar las erratas.
El C. Hay: En vista de que la Comisión se rehusa a contestar, pido que otro miembro de la Comisión venga aquí a informar sobre eso. (Siseos.) No comprendo el capricho del señor Manrique de no hacer una declaración precisa y concreta. ¿No hay más errores? (Siseos y desorden.)
El C. González Marciano: Moción de orden, señor Presidente.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. González Marciano: Hemos llegado a un verdadero desorden, a nadie se le ha concedido la palabra; yo ruego al señor Presidente ponga los puntos sobre las íes y se haga respetar.
El C. González Galindo, interrumpiendo: Moción de orden. No hay quórum. (Risas.)
El C. Manrique: Señores diputados: El señor licenciado Cabrera nos hacía, él si, caballerosamente, dos interpelaciones: la primera, que qué significaba que coexistiesen en un mismo artículo dos incisos: Dirección de Estudios Biológicos, decía él, uno, e Instituto Biológico el otro. ¿Cómo? Es claro, esta expresión Dirección de Estudios Biológicos halló el licenciado Cabrera que era genérica, cabía ya dentro de ella esta otra; Instituto Biológico; suprimid, pues, alguno de los dos términos; sobra, señor licenciado Cabrera, el primero: Dirección de Estudios Biológicos. La segunda interpelación, confirmada pocos momentos después por el compañero por el compañero Ruiz Estrada, consistía en preguntar si este término no de Instituto Biológico era lo mismo que la Exploración de la Flora y Fauna de la República, porque de ser así.....
El C. Ruiz Estrada, interrumpiendo: Pido la palabra, para una aclaración. No fue esa mi interpelación. Pregunté si está a discusión o está propuesto por la Comisión un Instituto Biológico o un Departamento de Exploración de la Flora y Fauna, porque el señor Hay se refirió al segundo.
El C. Manrique: Contestaré en primer término al señor Ruiz Estrada: la respuestas la da ya el propio dictamen; el dictamen dice Instituto Biológico y se habla de la Exploración de la flora y Fauna de la República en el artículo 5o. ya aprobado, relativo a la Secretaría de Fomento; la contestación de hace momentos era más bien para el licenciado Cabrera. El licenciado Cabrera hacía notar, con mucha justicia, que si de lo que se trataba era de dejar la dependencia de la Secretaría de Fomento el cuidado de la explotación de la flora y fauna nacionales, entonces toda discusión holgaba, puesto que el artículo 5o. ya aprobado consigna precisamente estas palabras; "Exploración de la Flora y Fauna de la República." Estas o parecidas palabras, para que no se me hable de un lapsus linguae; pero tiene razón el señor licenciado Cabrera, no está a discusión en estos momentos si hemos de encomendar a la Universidad la exploración de la flora y fauna de la República; no es esto lo que queremos dar a la Universidad y se han falseado los hechos tratando de presentar a los señores diputados la cuestión en términos muy otros de los que realmente comprende. No es que queramos quitar, como se afirma gratuitamente, a la secretaría de fomento, el derecho de explotar y fomentar por ende la flora y fauna de la República; esto que las comisiones habrían sido torpes en negar, lo concedieron a la secretaría de Fomento y fue por todos vosotros aprobado, fue uno de los incisos que no tuvo objeción ninguna. El Instituto Biológico, que si bien es parte de la exploración, no constituyendo toda la maquinaria de la exploración, sino más bien su coronamiento, es, más que el trabajo de exploración propiamente dicho, el de resumen en el laboratorio o en el gabinete; esto es lo que corresponde al Instituto Biológico y esto es lo que está actualmente a discusión, señor licenciado Cabrera, No terminaré.....
El C. Fernández Martínez, interrumpiendo: Falta la interpelación hecha por el C. Hay.
El C. Manrique: ¡La hace usted suya, señor Fernández Martínez?
El C. Cabrera: Moción de orden, señor Presidente.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Cabrera: Yo creo que el señor Hay y el señor Fernández Martínez podría dirigir su interpelación a la Comisión de la Dirección del "Diario de los Debates" que es la encargada de la impresión, etc., y después podríamos continuar la discusión sobre este asunto. (Aplausos y risas.)
El C. Manrique: Para terminar, señores diputados todos, debo hacer notar a ustedes el marcado apasionamiento con que se está tratando la cuestión procurando a todo trance personalizarla, y es claro, personalizando, todo lo que digamos en desprestigio de la persona, lo habremos dicho en desprestigio
de la causa. Dígase de este pobre diablo de Manrique todo lo que se quiera, pero solamente se habría probado una sola cosa: que una buena causa, como es la que sostenemos, tenía un mal defensor. Esto se habría probado y no otra cosa, así como pueden las malas causas tener buenos defensores. Para que se vea, digo, este apasionamiento, me hasta recordar a los señores diputados mis palabras de hace un momento. Yo fui precisamente quien dijo que no haría yo, que no haría la Comisión por mi conducto, lo que había hecho en anteriores ocasiones. Algún señor diputado al leer un manual de Soler y Sempere, al hablarnos de las universidades francesas, alemanas y belgas, y universidades medioevales, en general; -esto lo dije y luego quiere el señor Hay, como cosa propia, dar este buen consejo a la Comisión-, nos dijo también que debíamos ser nacionalistas en el buen sentido de la palabra y no traer a nuestro País ideas que fuesen ingerto de ideas extranjeras. Sírvanse los señores diputados leer el número 53 del "Diario de los Debates." en su página 15, y recordarán que, rectificando conceptos del señor diputado Rivera, dije estas palabras:
"Dice que es necesario que entendamos lo que quiere decir nacionalismo. De acuerdo, compañero Rivera, lo que queremos no es el rechazar sistemáticamente con un criterio "boxer" las ideas venidas de centros extranjeros; no, no es esto lo que queremos; el nacionalismo bien entendido, -parece que está hablando el señor ingeniero Hay-, que es precisamente uno de los artículos del credo revolucionario, debe significar implantar en nuestro País, no trasplantándolas ni ingertándolas, sino adaptándolas sabiamente a nuestro medio, a nuestras condiciones, a nuestras tradiciones y necesidades, la ideas de otros países."
Esta desleal manera de argumentar, que consiste en atribuir al contrario argumentos que nunca ha esgrimido para desprestigiarlo, esta no la emplearé, señores diputados, os lo prometo.
El C. Hay: ¡Me permite usted hacer a la Comisión una interpelación, señor Presidente?
El C. Presidente: Si lo permite el orador.
El C. Manrique: Sí.
El C. Hay: La Comisión dice en su exposición de motivos lo siguiente:
"Los institutos de investigación científica como el Instituto Geológico Nacional (que, según el proyecto primitivo, habría de pertenecer a la Secretaría de Industria y Comercio), el Biológico Nacional (que el mismo proyecto incorpora a la Secretaría de Fomento), se han incorporado, por evidentes y obvias razones científicas a la Universidad Nacional," etc.
Yo deseo que la Comisión se sirva informarme qué cosa es lo que pretende quitar a Fomento y pasar a la Universidad para poder precisar los conceptos, si aquí dice que algo se quite a Fomento para incorporarlo a la Universidad, qué cosa, es, qué es lo que llaman el Instituto Biológico Nacional, en qué consiste, qué edificios, qué elementos tiene y así, en esa forma, podemos nosotros discutir en un sentido o en otro; pero mientras la Comisión no nos informe qué es lo que quita de Fomento y qué es lo que pretende incorporar a la Universidad, realmente el debate se extenderá en terrenos que es imposible pisar de una manera firme. Por eso pido que de una manera precisa nos informe la Comisión qué es lo que quiere quitar a Fomento para incorporarlo a la Universidad.
El C. Manrique: Hay dos maneras, señores diputados, de discutir aquí las cosas: se discuten con conocimientos adquiridos por dos medios: los adquiridos por la experiencia personal antes, pero mucho antes de venir aquí a la sesión y se discute también partiendo de los datos del dictamen, de los que la Comisión verbalmente suministra. De esas dos maneras indudablemente que la más fructuosa resulta ser la primera; venir aquí a iniciar una discusión que debe ser seria, con sólo los datos que la Comisión suministra, sería absolutamente infructuosa y ocasionado a máximos errores. El señor ingeniero Hay supone probablemente que la Comisión no sabe lo que es el Instituto Biológico, y es tal vez éste el por qué de su pregunta, pero el señor ingeniero Hay, ex - subsecretario de Fomento, o ex - Oficial Mayor, no sé de fijo, pero de todos modos ex - funcionario en la Secretaría de Fomento, no tiene derecho, tiene menos derecho que ninguno de nosotros a preguntar qué cosa es el Instituto Biológico. El señor Hay sabe cuál es la respuesta a su pregunta, a la cuestión que plantea. (Aplausos.)
El señor ingeniero Hay ha visitado seguramente, y si no lo ha hecho ha hecho muy mal, el Instituto Biológico, dependiente de la Secretaría de Fomento. ¡Argumentaría, acaso, que lo que él visitó se llamaba Instituto de Biología General y Médica, y que las Comisiones hablan de Instituto Biológico? Yo creo que no, tal argumento sería indigno de Su Señoría. El Instituto Biológico, cuyas dependencias y cuya ubicación desea saber el señor Hay, pues es un caserón de arquitectura de gusto dudoso, situado, señor ingeniero Hay, en la esquina de las calles de la Avenida Balderas, llamada así en memoria de un héroe de 47, y esquina de la antigua calle del Ayuntamiento, calle que posteriormente ha recibido el nombre de Avenida de la República de Chile, si no me equivoco. (Risas.) Ese es el Instituto Biológico, señor ingeniero Hay, ese es el establecimiento, más que edificio, el Instituto, Instituto, entidad moral, es lo que las Comisiones querían pasar al Departamento Universitario. (Risas y aplausos.)
Pasando ahora a tocar algunas ideas del señor Subsecretario del Interior, Manuel Aguirre Berlanga, debo decir que, claro está, el folleto presentado por el Ejecutivo al Senado representa la manera de pensar del Ejecutivo. El Ejecutivo es una sola cosa, si en el Ejecutivo hay Presidente y Secretarios, fuerza es que los Secretarios se pongan de acuerdo sobre si el proyecto presentado por el Ejecutivo representa la opinión oficial, que no es para nosotros la última palabra, sino uno de tantos elementos de análisis y de discusión; ¡o qué se zanja la discusión sabiendo la opinión del Ejecutivo en la materia? Yo creo que no. Por eso me parece que en la pasada sesión hubo cierta segunda intención al pedir que el señor don Manuel Aguirre Berlanga informase sobre la Preparatoria, con objeto de inclinar algunos ánimos vacilantes; pero sea de ello lo que fuere, la opinión del Ejecutivo es cosa perfectamente discutible.
Decía el señor don Manuel Aguirre Berlanga que el Departamento Universitario está de acuerdo, lo mismo que la secretaría de Fomento. Es claro, puesto que para esto se llegó a un acuerdo en Consejo de Ministros, acuerdo que no se tomó probablemente -o si se tomó, fue muy lamentable-, sin una perfecta discusión, examen y análisis de la cuestión entre los Ministros y Jefes de Departamento. De manera que es muy posible, mejor dicho, debe ser cierto, puesto que no tengo derecho para dudarlo que la persona depende del Departamento Universitario y que colaboró en la formación de este proyecto, haya opinado como opinaba el Secretario de Fomento; es cierto, pero una cosa es la opinión de un funcionario de la Universidad, así sea el Rector de la Universidad, esto que si llama la opinión oficial, o, como es costumbre decir, la verdad oficial, a veces muy distinta de la verdadera verdad (toses); una cosa, digo, es la opinión de un funcionario de la Universidad, y otra cosa es la opinión de la Universidad. A propósito, dicha Universidad, maravillosamente unificada en opinión, no el Rector, sino el cuerpo de profesores y los alumnos que piensan, que hay algunos, todos están de acuerdo en que el Instituto pase a formar parte de la Universidad. Vease, si no, en confirmación de mis palabras, el memorial elevado a esta Cámara por los profesores y alumnos de la Universidad.
El C. Sepúlveda, interrumpiendo: Pido la palabra para una interpelación, señor Presidente.
El C. Manrique: continuando: En cuanto a que el Instituto Biológico Nacional sea esencialmente especulativo e investigativo, más bien que educativo, hay que contestar, sencillamente, que el argumento no es de peso, que aun en la época en que el Instituto, cuando se denominaba "Médico," perteneció a la Universidad, es decir, de 1910 a 1915, era principalmente este Instituto especulativo, investigativo; pero no es posible deslindar el papel educativo del Instituto del papel especulativo e investigativo, como aquí se ha dicho. Yo creo que estaréis de acuerdo conmigo, ciudadanos diputados, en que en esta materia no caben cuantificaciones, no es posible expresarse en números diciendo que el Instituto es especulativo en un ochenta por ciento y educativo en un veinte por ciento; aunque esto no fuese sino un artificio, para dar una idea más o menos aproximada. Bien sabemos que son inseparables la investigación y la especulación, de la educación; si en los institutos presentan sus servicios estudiantes colaboradores, y a la vez, señor licenciado Cabrera, que estos estudiantes investigan, se están educando. Si el Instituto, como es bien sabido, tiene investigadores que son, a la vez, profesores de la Universidad, quiere decir que este Instituto es, a la vez que centro de investigación, centro de formación de profesores, diremos, forzando quizá un poco los términos, una verdadera escuela normal de profesores universitarios. Los profesores que investigan, descubren, analizan en los institutos, impartirán más tarde sus conocimientos y sus métodos a los alumnos a quienes eduquen en la Universidad. Son, pues, inseparables, los papeles educativo, especulativo e investigativo. (Aplausos. Voces: ¿Lista! ¿Orden del día!)
El C. Sepúlveda: Yo quería hacer una interpelación a la Comisión.
El C. Manrique: Para una moción de orden. Antes de que el señor Sepúlveda me interpele, deseo saber si la asamblea tendrá paciencia de escuchar la contestación que yo diera. (Voces: ¿No, no!)
El C. Secretario Aranda: "Orden del día 10 de noviembre.
"Continúa la discusión de la Ley Orgánica de las Secretarías de Estado." - El C. Presidente, a las 8 p. m.: Se levanta la sesión.