Legislatura XXVII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19171201 - Número de Diario 73
(L27A2P1oN073F19171201.xml)Núm. Diario:73ENCABEZADO
MÉXICO, SÁBADO 1º DE DICIEMBRE DE 1917..
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
PERIODO ORDINARIO XXVII LEGISLATURA TOMO II.- Número 73
SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CELEBRADA EL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DE 1917
SUMARIO
1.- Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior.
2.- Son aprobados tres dictámenes de la Comisión de Estado, Interior, por los que se concede licencia para que puedan desempeñar comisiones del Ejecutivo, a los ciudadanos diputados Parra, Montes y Pérez Gasga.
3.- Continúa la discusión del proyecto de Ley sobre Tierras Ociosas. La Comisión presenta modificados los artículos 6o., 7o. y 9o. que son discutidos y aprobados, así como el 8o. que estaba reservado para su votación. Se suspende la sesión.
4.- Reanudada ésta, se da primera lectura a una iniciativa de ley presentada Por el ciudadano diputado Córdoba Daniel S. y hecha suya por varios ciudadanos diputados, relativa a reparto de tierras a los pueblos. Primera lectura e imprímase. Primera lectura del dictamen de la Comisión 1a. de Hacienda, sobre pensión a la señora Beltrán viuda de Garmendia. Se da primera lectura a otro dictamen de la misma Comisión de Hacienda, referente a la pensión al C. Andrés Oscoy.
5.- Se procede a la elección de Mesa Directiva, resultando electos los CC. Sáenz, Rivera José y Torres José D., para Presidente y Vicepresidentes, respectivamente.
6.- Continúa la discusión del dictamen de la Comisión de Presupuestos, acerca de la moción presentada por varios ciudadanos diputados para imponer renta a los templos destinados al culto.
7.- Se repite la elección de 2o. Vicepresidente, resultando designado el C. Torres José D.
8.- El C. Cienfuegos y Camus usa de la palabra para hechos. Es presentada, dispensada de trámites y aprobada, una proposición de varios ciudadanos diputados para que no se celebre sesión el día de mañana, con motivo de ser el primer aniversario de la instalación del Congreso Constituyente de Querétaro. Se levanta la sesión.
DEBATE
Presidencia del C. RUEDA MAGRO MANUEL
(Asistencia de 130 ciudadanos diputados.)
- EL C. Presidente, a las 10:15 a.m.: Se abre la sesión.
El C. Prosecretario Limón: "Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados, el día veintinueve de noviembre de mil novecientos diez y siete.
"Presidencia del C. Manuel Rueda Magro.
"En la ciudad de México, a las cuatro y veinte de la tarde del jueves veintinueve de noviembre de mil novecientos diez y siete, con asistencia de ciento treinta y siete ciudadanos diputados, según consta en la lista que pasó el ciudadano Secretario Aranda, se abrió la sesión.
"El mismo ciudadano Secretario leyó el acta de la sesión celebrada el día veintiocho del presente mes, y el C. Blancarte hizo constar que en ella no se consignaba que había solicitado la palabra para una moción de orden y no se le había concedido en virtud de que se estaba en votación.
"El ciudadano Prosecretario Sánchez Tenorio dio cuenta con los siguientes documentos:
"Tres oficios de la Secretaría de Estado, Negocios del Interior, en los que se solicita licencia para los ciudadanos diputados, Montes, Parra y Pérez Gasga, a fin de que el Ejecutivo les confiera comisiones incompatibles con los cargos que actualmente desempeñan.- A la Comisión de Estado, del Interior.
"Memorial en que la señora Julia A. viuda de Zamora, pide pensión por los servicios que prestó a la patria su finado esposo, el teniente coronel Luis G. Zamora. Hacen suyo este memorial los ciudadanos diputados Reynoso, Padilla, Limón, Torres, Pardo, Campero, Peralta, Izquierdo, López Celis, Manjarrez, Arreola, Pereyra Carbonell, Cienfuegos, Ruiz Juan A., Montiel, Ramírez G. Benito, Magallón, Aveleyra, Rueda Magro, Ibarra, Aranda y Manrique.- A las Comisiones de Guerra y Hacienda en turno.
"Escrito del Club Independiente de la población de Purga, Municipio de Soledad Doblado Estado de Veracruz, en que hace una consulta relacionada con las elecciones municipales.- A la Comisión de Peticiones.
"Dictamen de las Comisiones unidas, 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. de Guerra, que consulta el proyecto de ley, modificado por el Ejecutivo, que se refiere a la autorización que se concede al Gobernador del Estado de Hidalgo, para organizar fuerzas de seguridad pública.- Primera lectura.
"Reanudada la discusión acerca de las modificaciones y adiciones al proyecto de Ley Orgánica de Secretarías de Estado, se puso a consideración de la Asamblea la modificación que presentan las Comisiones para el artículo 7o., y que coloca a la Escuela Superior de Comercio y Administración en lo que corresponde a la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo.
"El C. Manrique usó de la palabra en contra y su discurso fue interrumpido por la Presidencia, con objeto de designar a los CC. Montes y Medina Francisco para que visitaran al C. Castro José H., quien se encuentra enfermo de cuidado.
"Acto continuo, se consideró el punto suficientemente discutido, y después de una moción de orden del C. Manrique, con motivo de que se concedió la palabra para una aclaración al C. Sepúlveda, éste hablo con ese fin e interpeló a las Comisiones que dictaminaron sobre el proyecto de Ley Orgánica de Secretarías de Estado, y le contestó al C. Manrique.
"Se recogió la votación nominal relativa a las adiciones y modificaciones al mismo proyecto de ley que se reservaron para ese objeto en la sesión anterior, y de dicha votación resultaron aprobadas por ciento cuarenta y tres votos de la afirmativa, contra seis de la negativa, de los CC. Lizalde, Márquez Rafael, Méndez, Ramírez Genaro, Sánchez José M. y Sepúlveda.
"Llevada a cabo la votación referente a la modificación al artículo 7o., presentada por las Comisiones, y que coloca a la Escuela Superior de Comercio y Administración en lo que corresponde a la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo, resultó aprobada por ciento veinte votos de la afirmativa contra veintisiete de la negativa.
"El ciudadano Prosecretario Sánchez Tenorio, dio cuenta con otra adición de las Comisiones al artículo 7o., la que tiene por objeto crear una Inspección de Subsistencias en lo que corresponde a la Secretaría de Industria y Comercio.
"Sin discusión fue aprobada por ciento diez y nueve votos de la afirmativa, contra ocho de la negativa, de los CC. Basáñez, Céspedes, Cristiani, González Lauro, Lanz Galera, Medina Hilario, Robledo y Zapata.
"El mismo ciudadano Prosecretario hizo la declaración de que quedaba aprobado el proyecto de Ley Orgánica de Secretarías de Estado, el que pasaba al Senado para los efectos constitucionales, y que se nombraba para llevarlo a aquella Cámara colegisladora a los CC. Manrique, Alvarez del Castillo, Céspedes, Bello, Lizalde y Prosecretario Sánchez Tenorio.
"En seguida se dio cuenta con un dictamen de la Comisión de Presupuestos, formulado con motivo de la proposición del Presidente Municipal de Nogales, Sonora, para que se graven con el uno y medio por ciento municipal a los efectos nacionales que se exportan por todas las Aduanas de la República.
"Dicho dictamen, que modifica el artículo 2o. de la Ley de Ingresos en la forma que especifica, fue reservado para su votación después de que, el C. Padilla, miembro de las Comisiones, lo fundó a solicitud del C. Zapata.
"También se dió cuenta con los dictámenes de la misma Comisión de Presupuestos, que a continuación se mencionan:
"El relativo a una proposición del ciudadano diputado Eduardo S. Carrillo, que dice en su parte resolutiva:
"No es equitativo exceptuar del impuesto de la contribución federal a que se refiere el inciso (b) de la fracción XIII del artículo 1o. de la Ley de Ingresos durante el ejercicio fiscal de 1917 a 1918, al Territorio de la Baja California."
"A debate, los CC. Carrillo Eduardo S. y Padilla, usaron de la palabra en contra y en pro, respectivamente, y el segundo fue interrumpido por una aclaración del primero.
"Se consideró suficientemente discutido el dictamen y se aprobó en votación económica.
"EL formulado con motivo de una proposición del ciudadano diputado Daniel S. Córdoba, y que termina así:
"No es de aceptarse el impuesto diferencial del tanto por ciento de contribución federal que se pide para los propietarios de tierras de plantas fibrosas, tintóreas, resinosas, etc., ni para los ganaderos, arrendatarios y demás contribuyentes que manifiesten pequeño capital."
"Puesto a discusión, el C. Córdoba Daniel S., habló en contra, y en pro, por las Comisiones, el C. Padilla, quien fue apoyado en sus argumentos por el C. Cepeda Medrano. Nuevamente usaron de la palabra, en el sentido en que lo habían hecho, los CC. Córdoba y Padilla; el segundo contestó una interpelación del primero, quien agregó una aclaración, y luego el C. Zapata habló en pro, así como el C. Cepeda Medrano, el que dirigió una interpelación al C. Córdoba, que fue contestada. Este otra vez impugnó el dictamen, y a una pregunta suya, respondió el C. Cepeda Medrano.
"Una vez que se consideró suficientemente discutido el punto y que a solicitud del C. Córdoba, la Secretaría leyó su proposición, se aprobó el dictamen en votación económica.
"El que se refiere a la proposición firmada por varios ciudadanos diputados, y que dice en su parte resolutiva:
"Única. No es de aprobarse la iniciativa presentada por un grupo de diputados, que consulta la imposición de rentas a los templos destinados al culto."
"A debate este dictamen, el C. Reynoso lo fundó a moción del C. Manjarrez, y en seguida se dio cuenta con una moción suspensiva, subscripta por los CC. Aveleyra, Ibarra, Méndez, Céspedes y Ruiz Estrada.
"El C. Méndez, fundó la moción a solicitud del C. Medina Hilario, y en contra de ella habló el C. Lailson Banuet; el C. Manjarrez, hizo una moción de orden en virtud de la cual se preguntó a la Asamblea si se tomaba en consideración la moción de que se trata, la que fue puesta a debate después de que la Cámara resolvió afirmativamente.
"Habló en contra el C. Padilla; la Presidencia hizo una aclaración que solicitó el C. Manjarrez, y acto seguido, refutó la moción suspensiva el C. Zapata; en apoyo de ella, usó de la palabra el C. Manjarrez y para impugnarla el C. Siurob. Y después de que el C. Ibarra habló en pro, en votaciones económicas sucesivas se consideró suficientemente discutida y se desechó, por lo que se reanudó la discusión del dictamen de la Comisión de Presupuestos.
"Los CC. Manjarrez y Manrique hablaron respectivamente, en contra y en pro; la Secretaría preguntó a la Asamblea, cuando el segundo estaba en el uso de la palabra, si continuaba la sesión, no obstante haber llegado la hora que fija el Reglamento para terminarla, y declaró afirmativo el resultado de la votación económica respectiva. Siguieron mociones de orden de los CC. Bravo Izquierdo y Hay y una aclaración de la Presidencia. Se repelió la votación para resolver si continuaba la sesión, y en esta vez la Secretaría declaró que la resolución de la Cámara era negativa.
"El C. Secretario Aranda, leyó la orden del día para la sesión siguiente y se levantó ésta a las ocho de la noche."
Está a discusión el acta. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobada.
El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: "Comisión de Estado, Departamento del Interior.
"Señor:
"A esta Comisión de Estado, Departamento Interior, se turnó el oficio 3429 subscripto por el C. Subsecretario de Estado, Departamento del Interior, en el que se manifiesta que deseando el ciudadano Presidente de la República utilizar los servicio del ciudadano diputado Enrique Parra, ha de merecer el propio Primer Magistrado, de esta H. Cámara, se sirva conceder al expresado señor Parra, la licencia respectiva por el tiempo que dure su comisión.
"Los subscriptos opinamos que es de concederse esa autorización, obsequiando los deseos del ciudadano Presidente de la República; y en tal virtud, sometemos a vuestra consideración el siguiente acuerdo:
"1o. Se concede permiso al ciudadano diputado Enrique Parra, para que pueda desempeñar una comisión del Ejecutivo de la República, debiendo quedar suspenso de sus funciones representativas mientras dure dicha comisión.
"2o. En su oportunidad llámese al suplente, quien funcionará mientras dure dicha comisión."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 30 de noviembre de 1917.- Francisco Medina.- Flavio Pérez Gasga."
Está a discusión el dictamen. ¿No hay quien desee hacer uso de la palabra? En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Aprobado el dictamen.
"Comisión de Estado, Departamento del Interior.
"Señor:
"Se turnó a esta Comisión de Estado, Departamento del Interior, el oficio número 3431 subscripto por el ciudadano Subsecretario de Estado del Departamento del Interior, en el que manifiesta que deseando el ciudadano Presidente de la República utilizar los servicios del ciudadano diputado Federico Montes, ha de merecer el propio Primer Magistrado, de esta H. Cámara, se sirva conceder al expresado señor Montes, la licencia respectiva por el tiempo que dure su comisión.
"Los subscriptos opinamos que se conceda esa autorización, obsequiando los deseos del ciudadano Presidente de la República; y en tal virtud, sometemos a vuestra consideración el siguiente acuerdo:
"1o. Se concede permiso al ciudadano diputado Federico Montes, para que pueda desempeñar una comisión del Ejecutivo de la República, debiendo quedar suspenso de sus funciones representativas mientras dure dicha comisión.
"2o. En su oportunidad llámese al suplente, quien funcionará mientras dure la comisión."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
"México 29 de noviembre de 1917.- Francisco Medina.- Flavio Pérez Gasga."
Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Aprobado.
"Comisión de Estado, Departamento del Interior.
"Señor:
"Se turnó a esta Comisión de Estado, Departamento del interior, el oficio número 3430 subscripto por el ciudadano Subsecretario de Estado, Departamento del Interior, en el que manifiesta que deseando el ciudadano Presidente de la República utilizar los servicios del ciudadano diputado Flavio Pérez Gasga, ha de merecer el propio primer magistrado, de esta H. Cámara, se sirva conceder al expresado señor Pérez Gasga, la licencia respectiva por el tiempo que dure su comisión.
"Los subscriptos opinamos que se conceda esa autorización, obsequiando los deseos del ciudadano Presidente de la República; y en tal virtud, sometemos a vuestra consideración el siguiente acuerdo:
"1o. Se concede permiso al ciudadano diputado Flavio Pérez Gasga, para que pueda desempeñar una comisión del Ejecutivo de la República, debiendo quedar suspenso en sus funciones representativas mientras dure dicha comisión.
"2o. En su oportunidad llámese al suplente, quien funcionará mientras dure la comisión."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 29 de noviembre de 1917.- Francisco Medina." (Voces: ¡No, no! ¡Sí, sí!)
Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.
- El mismo C. Prosecretario: Está a discusión el artículo 6o. de la Ley de Tierras Ociosas, que dice:
"Artículo 6o. Para el Distrito Federal se fija el día 30 de abril como fin de la época de preparación para el cultivo de maíz por parte del propietario o poseedor, y el 20 de mayo como fin de la época de siembra para el mismo; y el 20 de octubre, y 15 de noviembre respectivamente, para la preparación y siembra de trigo.
"Para el Territorio de Quintana Roo se tendrá el 5 de mayo como fin de la época de preparación para el propietario o poseedor, y el 30 del mismo como fin de la siembra de maíz breve; y el 16 de julio como fin de la época de preparación para el propietario o poseedor; y el 31 del mismo como fin del período de siembra de maíz común y corriente.
"Para la Baja California se fija para el cultivo del trigo, el 15 de noviembre como fin de la época de preparación para el propietario o poseedor y el 30 del mismo como fin de la época de siembra. - E. Neri.- J. Siroub.- B. Vadillo.- A. Esquivel.- Miguel Alonzo Romero."
Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra sírvanse pasar a inscribirse. (Voces: ¡Que se lea, que se lea!) A petición de algunos ciudadanos diputados, se le da nueva lectura al artículo. (Volvió a leer el artículo 6o.) No habiendo ningún orador inscripto ni en pro ni en contra, se reserva este artículo para su votación. Se pone a discusión el artículo 7o. (Campanilla.)
El C. Carrillo Eduardo S.: Pido la palabra en contra del artículo 6o.
El C. Presidente: La Secretaría acaba de declarar que no había oradores inscriptos y en esa virtud se reservó el artículo para su votación.
El C. Carrillo: Pedí la palabra momentos antes de que la Secretaría hiciera la declaración.
El C. Presidente: La Presidencia se permite manifestar que no oyó a Su Señoría cuando pidió la palabra; que es práctica reglamentaria venir a inscribirse en pro o en contra... (voces: ¡Que hable Carrillo!), sin embargo tiene usted la palabra.
El C. Carrillo: H. Asamblea: He pedido la palabra para refutar el artículo 6o. que la Comisión nos presenta reformado, porque estimo que no es posible que los elementos se subordinen a la ley. Yo creo que la ley debe estar subordinada a los elementos. La Comisión respectiva, en un principio, tuvo la amabilidad de preguntarme sobre las épocas de siembra en la Baja California. Además de que no me era posible precisar fechas, he creído que en el presente caso, tanto en el territorio de Quintana Roo como en el de la Baja California, debe dejarse en libertad ya sea a los Ayuntamientos de aquellas Entidades, o bien a los Gobernadores, para que de acuerdo con los agricultores, se sirvan señalar las fechas para la siembra y el cultivo de los cereales que se trate de sembrar. La Baja California, señores diputados, está completamente falta de aguas; las aguas pluviales son rarísimas y se ha dado el caso que en el lapso de tiempo de siete años no ha caído agua al cielo.
El C. Méndez: ¿Cuántos años?
El C. Carrillo Eduardo S.: Siete años. Así, pues, creo yo que el hecho de determinar fechas para la siembra, el hecho de determinar en la ley las fechas de siembra en la Baja California, no es procedente, porque los agricultores necesitan, cuando menos, contar con la primera lluvia, y esta lluvia no puede precisarse cuándo va a caer; la época de lluvias comienza, generalmente, en julio; pero en muchas ocasiones, se pasa este mes, el siguiente, el mes de septiembre, y hasta en octubre vienen a caer las lluvias. De allí, pues, que no creo procedente que se fije determinada fecha para que se efectúen las siembras en la Baja California.
El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: No habiendo ningún otro orador inscripto, se reserva este artículo para su votación. (Voces: ¡No, no; fue objetado!)
Se modifica el trámite estableciéndose que, por virtud de haber sido objetado este artículo, se procede a la votación nominal; por lo tanto, en votación nominal, se pregunta a la Asamblea si se aprueba. (Voces: ¡Que se lea, que se la!) Ya lo he leído dos veces. (Voces: ¡Que se lea, que se lea!) A petición de algunos ciudadanos diputados que, sin duda alguna, no ponen atención a lo que se lee, se va a dar nuevamente lectura al artículo 6o. que dice: (leyó.) Se procede a la votación.
(Se recogió la votación.)
El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Votaron por la afirmativa los CC. Aguirre Berlanga, Aguirre Colorado, Aguirre Crisóforo, Aguirre Efrén, Andrade, Aranda, Araujo, Arlanzón, Arreola, Aveleyra, Benítez, Blancarte, Bravo Izquierdo, Cámara, Cansino Gómez, Castañeda, Cepeda Medrano, Céspedes, Cisneros, Córdoba Daniel S., Córdova Gabriel J., Cruz, Chapa, Dávalos Ornelas, Domínguez, Dyer, Echeverría, Esparza, Esquivel, Figueroa, Gámez Ramón, García Eliseo, García Jonás, García Pablo, García Salvador Gonzalo, Gómez Mauricio, González Galindo, González Justo, González Lauro, Guerrero, Hernández Jerónimo, Hernández Maldonado, Ibarra, Jurado, Lailson Banuet, Lanz Galera, Lechuga Mariano, Lechuga Val, López Couto, López Ignacio, López Miro, López Celis, Malpica, Manjarrez, Manzanilla Tejero, Mariel, Márquez Rafael, Martínez de Escobar, Medina Juan, Mendoza, Meneses, Moctezuma, Montiel, Morales Hesse, Narro, Neri, Olivé, Padilla, Padrés, Pardo, Paredes Colín, Pedroza, Peña, Peñafiel, Peralta, Pérez Gasga, Portillo, Ramírez G. Benito, Rebolledo, Rodríguez Saro, Román, Rueda Magro, Ruiz Alberto, Ruiz José P., Ruiz Juan A., Sáenz, Sánchez José M., Sánchez Tenorio, Saucedo Salvador, Segovia, Solórzano, Soto, Torres Berdón, Torres José D., Treviño, Vadillo, Valle, Ventura y Villareal Jesús J.
El C. Prosecretario Muñoz: Votaron por la negativa los CC. Arellano, Avendaño, Barragán Martín, Barrera, Basáñez, Bello, Cantú, Cárdenas, Carrillo Eduardo S., Cristiani, Curiel, Fentanes, Gaitán, Gámez Gustavo, García de Alba, González Ibarra, González Jesús M., Gutiérrez Antonio, Herrera, Higareda, Leyzaola, Limón, Lizalde, Márquez Josafat, Medina Hilario, Méndez, Mercado, Muñoz, Molina, Ortega José M., Pereyra Carbonell, Pineda, Portes Gil, Ramírez Genaro, Rocha, Silva
Herrera, Torre Jesús de la, Uruñuela, Velásquez y Zavala.
El C. Pesqueira: Falta ahí mi nombre por la negativa.
El C. Prosecretario Muñoz: Se incluye el voto del C. Pesqueira, quedando un total de 41 votos.
- EL C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Aprobado el artículo 6o. por 99 votos de la afirmativa, contra 41 de la negativa.
El C. Prosecretario Muñoz: "Artículo 7o. Todo vecino de un Municipio o cualquiera otra persona, tienen derecho a solicitar, ante el respectivo Ayuntamiento, las tierras ociosas que crea poder cultivar. La solicitud deberá hacerse verbalmente por el denunciante en persona, o por escrito, mediante simple carta, sin timbre. En el primer caso, se levantará por el Secretario del Ayuntamiento respectivo, una acta, de la que se dará copia autorizada al interesado; y en el segundo, se dará a éste constancia escrita del día y hora en que presente su solicitud.- E. Neri.- J. Siurob.- B. Vadillo.- Miguel Alonzo Romero.- A. Esquivel."
Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? Se reserva para su votación.
"Artículo 9o. Los Ayuntamientos podrán estipular libremente las condiciones de la aparcería o del arrendamiento de las tierras ociosas, a excepción del plazo que no excederá del año agrícola, ya sea que proporcionen a los labradores elementos de trabajo o que se limiten a proporcionarles únicamente la tierra.
"En cuanto a las tierras nuevas y a las no cultivadas en cuatro años consecutivos, inmediatamente anteriores a la aplicación de esta ley, el plazo de la aparcería o el arrendamiento, podrá prorrogarse hasta por tres años.- E. Neri.- J. Siroub.- B. Vadillo.- A. Esquivel.- Miguel Alonzo Romero."
Está a discusión.
El C. Cepeda Medrano: Suplico a la Secretaría se sirva dar lectura nuevamente a ese artículo, porque no se oyó nada.
El C. Presidente: La Presidencia manifiesta a Su Señoría que no tiene la culpa la Mesa ni la Secretaría, de que la Asamblea no preste atención a lo que se lee.
El C. Cepeda Medrano: Solicito nuevamente que se lea, porque no se ha oído nada.
El C. Presidente: Con todo gusto.
El C. Prosecretario Muñoz: Se suplica a la Asamblea preste debida atención. (Volvió a leer el artículo 9o.) Está a discusión.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. González Jesús M.: Yo no puedo, ciudadanos diputados, referirme a un determinado artículo, sin tener que aludir a otros artículos anteriores a éste, y aun cuando hubiesen sido discutidos y aprobados, o bien a otros que vienen después del artículo que está a discusión. Si el Reglamento se va a aplicar implacablemente a todos los ciudadanos diputados que vienen a hacer uso de la palabra, sencillamente resultará lo siguiente, ni más ni menos que lo que me ha pasado a mí: Yo tenía un proyecto de artículo desde la sesión anterior en que fue desechado el artículo 9o., que se refiere precisamente a las tierras vírgenes, y para el caso, me permito interpelar a los ciudadanos diputados Molina y Porchas, sobre si es o no cierto. Ese artículo, que tiene relación íntima con el que está a discusión, o ese proyecto de artículo, dice lo siguiente:
"Los Ayuntamientos, tomando en consideración las condiciones de las tierras que se abrirán al cultivo, o que no lo estuvieren durante los dos años próximos anteriores, serán los que resuelvan si ellas serán retenidas por los denunciantes por dos o más temporadas agrícolas, pero que excederán de tres. Los mismos Ayuntamientos, durante la primera temporada agrícola, no percibirán el tanto por ciento de las cosechas a que se refiere el artículo 9o., ya sea que proporcionen elementos de trabajo o no."
Naturalmente que, cuando se propone una adición a determinado artículo, y esto implica necesariamente una objeción al artículo que está a debate, claro es que ¿quién va a proponer una adición, una modificación al artículo que se está discutiendo, sin tener que objetar ese mismo artículo? Esto precisamente había yo dicho, y el ciudadano diputado Neri rogó a la Mesa que diera lectura al artículo relativo del Reglamento, que dice que todas las adiciones deberán ser presentadas hasta que se haya discutido toda una ley. Naturalmente, ya no hice más objeciones a ese artículo, y esto dió por resultado que, en la sesión siguiente, o sea el día de anteayer, algunos ciudadanos diputados, entre ellos el C. Cepeda Medrano, se hayan referido a ese artículo y haya hablado muy extensamente y nos haya hecho un discurso de más de media hora, diciendo que es injusto que se tengan las mismas condiciones para las tierras que ya sufrieron el cultivo en años anteriores, a las tierras que se abrirán al cultivo. Claro es que tiene sobrada razón el ciudadano diputado Cepeda Medrano; pero, repito, a mí no se me dejó hacer alusión a este artículo, y por eso yo, con toda honradez, me sometí por completo a lo previsto por el reglamento. Ya verán ustedes, pues, que la modificación, como me permito presentarla al artículo que está a debate, es enteramente distinta, esperando que se llegará el momento oportuno para darle lectura a este otro proyecto de artículo, y al ser aprobado, claro es que tendrá que quedar modificado el artículo que está discutiéndose.
Yo he pedido ahora el uso de la palabra en contra para manifestar mi inconformidad con que se siga llamando año agrícola y no temporada agrícola; yo aseguro que no soy un obcecado, jamás me he dejado arrastrar por la obcecación, ni en casos absolutamente graves, ni mucho menos ahora que estoy tan interesado, y no lo digo por pretensión, pero estoy aún más interesado que la misma Comisión, porque esta ley sea aprobada cuanto antes. Por eso no he querido hacer perder el tiempo a la Asamblea pronunciando largos discursos, refiriéndome a los indios que andan descalzos y diciendo cosas que no es necesario manifestar, pues ya desde un principio dije que era necesario argumentar con ideas concretas, exponiendo las razones que tenga uno en pro, sencillamente exponiendo sus argumentaciones sin necesidad de hacer discursos larguísimos, que más bien resultan fastidiosos y que no nos conducen a ninguna parte, sino a la
pérdida de tiempo. Para demostrar que tengo razón, señores diputados, y no creo que ésta sea una obcecación y voy a demostrar que es distinto temporada agrícola a año agrícola. Recordaréis que el C. Siurob dijo que debían dejarse las tierras por un año agrícola y no por una temporada agrícola, pues una temporada agrícola es muy poco y solamente se refiere a la cosecha de determinadas semillas o sea una sola cosecha. Interpelando en este sentido por mí, el diputado Neri dijo que la mente de la ley era que se dejaran las tierras ociosas al usuario, donadas por los Ayuntamientos respectivos, únicamente por una temporada agrícola, no con esas palabras, pero sí dando a entender que desde la fecha de la preparación de las tierras hasta que se levante la primera cosecha, llamando a esto temporada agrícola.
Me objetaba el C. diputado Neri que no debería yo leer la ley a pedazos, y yo le aseguro al señor diputado Neri que esta ley la leo en la mañana y la leo en la noche en mi casa y a esto se debe el que yo entienda y haya interpretado el espíritu y la letra del artículo. No por hacer derroche de talento, ciudadanos diputados, sino porque me ha preocupado, como lo habéis observado, que esta ley se apruebe cuanto antes, porque vendrá a beneficiar muy directamente a las clases desvalidas, ya que será eso lo primero que nosotros vamos a hacer en beneficio de los pobres de una manera verdaderamente efectiva, en beneficio de aquellos que nos trajeron aquí, y aquí yo no vengo a hacer discursos sentimentales recordándonos que debemos cumplir con nuestras obligaciones y tantas otras cosas que se repiten aquí con frecuencia y que creo que son innecesarias para un auditorio culto y digo esto, no por halagar, sino porque es verdaderamente culto. Me decía el señor diputado Neri que debía leer otro de los artículos, se refería al artículo décimoquinto que dice entre otras cosas: "...en la inteligencia de que una vez levantada la cosecha, la posesión de las tierras volverá por ese solo hecho a sus legítimos poseedores."
¿A qué se refiere este artículo 15? Sencillamente a una sola temporada agrícola y no a un año agrícola. También el señor diputado Siurob nos dijo que cualquiera podía demostrarnos que año agrícola no es exactamente lo mismo que temporada agrícola; que un año agrícola comprende dos y hasta tres temporadas agrícolas o sean dos o tres cosechas y por eso insistía en que no se cometía injusticia con dejar tierras en poder del usuario durante una temporada agrícola y no un año agrícola, sino dos o tres temporadas agrícolas, que de cualquier manera es una temporada en cualquier región de la República. Ahora veamos, pues, si como miembro de la Comisión está en contradicción sobre si temporada agrícola es igual que año agrícola o si está de acuerdo en ésto. Ahora, no estando de acuerdo todavía en declarar que sea por una temporada agrícola el tiempo que deben durar en poder del usuario esas mismas tierras o sea un año agrícola, espero que me concederéis la razón, creo haberme explicado lo más claramente posible y no es una obcecación la mía, pero es necesario que se diga claramente en esta ley si se deja por una temporada agrícola o por un año agrícola; no quiero ser enfadoso, mi proyecto de modificación a este artículo que ha sido desechado es el siguiente: los originales están en poder de la Mesa y me dirijo el ciudadano Presidente, quiero que ellos sean leídos hasta que sea discutida toda la ley; pero naturalmente que tengo aquí que hacer alusión a esa modificación, pues de lo contrario no tendría razón de ser que viniese a esta tribuna a impugnar ese artículo:
"Los Ayuntamientos podrán estipular libremente las condiciones de la aparcería o del arrendamiento de las tierras ociosas, a excepción del plazo que no excederá de una temporada agrícola cuando se trate de tierras que no fueren recientemente abiertas al cultivo, ya sea que proporcionen a los labradores los elementos suficientes de trabajo, o que se limiten a proporcionarles la tierra."
Porque no hago alusión a las tierras abiertas recientemente y cultivadas de una manera amplia y sencilla, porque yo esperaba de Vuestra Soberanía que se aprobase o bien en esta forma o en cualquiera otra, pero sí la substancia, respetando el fondo de este artículo, del proyecto del artículo a que dí lectura anteriormente, y entonces naturalmente ya resulta innecesario hacer las modificaciones en la forma en que se hicieron al artículo desechado y que nos presenta ahora la Comisión. En mi concepto, señores diputados, merecen un artículo enteramente aparte las tierras vírgenes; no pueden absolutamente ser objeto, ser consideradas como en el caso de las tierras que han sufrido cultivo, ésto es imposible; pero, sin embargo, para demostraros que estoy dispuesto a que cuanto antes se apruebe esta ley, únicamente yo insisto, no ya en que se acepte el proyecto de artículo que yo tendré cuidado de retirar desde luego de la Secretaría, sino en que en vez de decir año agrícola se diga temporada agrícola, ya que la mente de la Comisión y de los autores todos de este proyecto de ley, ha sido ni más ni menos que el de que se dejen estas tierras en poder de los usuarios solamente durante una temporada agrícola, o sea durante una sola cosecha y al mismo tiempo que no solamente se diga "elementos de trabajo", pues ya procuré demostrar a ustedes que es necesario agregar "suficientes" o "necesarios" pero es mejor "suficientes", como me ha sugerido la idea del compañero Neri; que no se deje únicamente "elementos de trabajo" por que el decir "elementos de trabajo" puede referirse a un nuevo número que no sea suficiente para levantar esa cosecha. Se me objetaba por el señor diputado Neri y no me acuerdo por cuál otro compañero del pro o miembro de la Comisión, que es potestativo de los Ayuntamientos dar los elementos de trabajo o no; si es así, ¿para qué lo hacemos constar en la presente ley?
Dejemos a los Ayuntamientos para cuando no lo digamos en la presente ley, que faciliten los elementos de trabajo y que ellos tengan los acuerdos que crean convenientes con los usuarios de esas tierras; pero si nosotros hacemos constar en un artículo que los Ayuntamientos, cuando proporcionen elementos de trabajo deben cobrar un tanto por ciento, claro es que debemos decir en esta ley , no en qué consisten los elementos necesarios de trabajo, sino únicamente declarar "elementos suficientes de trabajo" para que no haya un Ayuntamiento solo que vaya a abusar con el usuario que no cuente con
elementos de trabajo. Así, pues, señores diputados, resumiendo, yo suplico a Vuestra Soberanía, que espero me habrá escuchado con atención, que repueble este artículo para que se le haga la modificación que he señalado, que en vez de llamar año agrícola, se le llame temporada agrícola, porque absolutamente no es la misma cosa.
El C. Presidente: Tiene la palabra, en contra, el C. Arellano.
El C. Arellano: Señores diputados: La adición que se hace al artículo 9o., que dice así:
"En cuanto a las tierras nuevas y a las no cultivadas en cuatro años continuos, inmediatamente anteriores a la aplicación de esta ley, el plazo de la aparcería o el arrendamiento, podrá prorrogarse hasta por tres años."
Esto se presta a innumerables abusos de parte de los Ayuntamientos; hay tierras que a pesar de que en cuatro años no se hayan cultivado, no por eso necesitan mayores esfuerzos para cultivarse; son tierras que no se aprietan, y esto pudiera ocasionar..... (Campanilla.) Decía que un Ayuntamiento puede conceder por tres o cuatro años, por tres años, una tierra, porque no ha sido cultivada en los tres años inmediatos anteriores, y ésto pudiera lesionar gravemente los intereses del propietario. Una tierra que no está alzada, que el terreno está flojo y a pesar de que hace tres años que no se cultiva está en condiciones de cultivarse inmediatamente, se lesionarían los intereses de los propietarios con cedérselas a otros por tres años. Respecto de las tierras nuevas, creo que es ocioso legislar en este momento a este respecto. En tiempos normales, cuando había elementos con que abrirlas, se calculaba que el esfuerzo necesario para hacerlas laborables equivalía al arrendamiento por dos años, es decir, que al que abría una tierra nueva, la daba el propietario muerta por dos años y se comprometía a preferirlo en las mismas condiciones que el resto de los aparceros por tiempo indefinido. Actualmente que el maíz vale diez, quince o veinte veces más que en tiempos normales, el esfuerzo o el gasto que había que hacer para abrir tierras, sería también tantas veces mayor como ha aumentado el precio del maíz. (Voces: ¡Es inexacto!) Así es que para que la ley fuese equitativa debería concederse un plazo sumamente largo a quien abriese tierras. (Voces: ¡No se oye!) Decía que en tiempos normales era costumbre en mi Distrito dejar por dos años muerto el terreno a quien lo abría, comprometiéndose el propietario en cedérselo por tiempo indefinido, en aparcería, en las mismas condiciones que lo daba a otros aparceros. Actualmente que el precio del maíz ha subido tal vez veinte veces más al precio que tiene en épocas normales, los gastos que demanda abrir una tierra nueva serían también veinte veces mayores aproximadamente, y para que la ley pudiese ser equitativa, debería también dejarse veinte veces más tiempo el terreno muerto a quien abriese tierras; pero como esta ley no es para resolver el problema agrario, sino para evitar el cataclismo que tenemos encima, del hambre del pueblo, es ocioso. Además, si no se cultivan magníficas tierras por falta de elementos, nadie irá a abrir tierras nuevas; si hay muy buenas tierras abiertas y sin cultivar, a nadie le convendría, ahora que está tan cara la vida, ir a meterse en gastos sin necesidad, puesto que pueden dedicar sus actividades en este sentido, en tierras que permanecen ociosas y son de magnífica calidad. Quiero que si la Comisión se digna tomar en consideración las observaciones que he hecho, retire la adición para reformarla en un sentido práctico.
El C. Presidente: Tiene la palabra, en pro, el C. Figueroa José Luis.
El C. Figueroa: Señores diputados: Este artículo que se discute hoy, el artículo 9o., está fundado en la idea de que las tierras sean concedidas a los denunciantes, por dos años. Soy uno de los autores del primer proyecto de ley de tierras ociosas presentado a esta H. Asamblea, y estoy capacitado para manifestaros lo que asiento ahora. El señor diputado Jesús M. González, se refiere a que los contratos deben hacerse por una temporada agrícola nada más, quiere decir, por el tiempo que dure la siembra y cosecha de una especie de semilla, de una sola clase de semilla.
El C. González Jesús M.: ¿Me permite una interpelación el compañero, con permiso de la Presidencia?
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. González para una interpelación.
El C. González Jesús M.: Debo hacer constar, compañero, que no insisto en que las tierras denunciadas o los que serían usuarios de las mismas, las retengan por una temporada agrícola, no es eso, sino que en la ley se diga claramente si se deja por una temporada agrícola o por un año agrícola. Yo quisiera llevar mi radicalismo, no sólo por un año agrícola, sino que se les dejara para muchos. Esto estaría de acuerdo con mi manera de sentir, con mi entusiasmo y mis convicciones.....
El C. Presidente: (Campanilla.) Se llama la atención del C. Cepeda Medrano.
El C. González Jesús M., continuando: Y las someto a los miembros de las Comisiones que van a dictaminar sobre el artículo 27, que creo es el que se refiere a la cuestión agrícola. No, no es eso, compañero, se impone esta aclaración: Lo que quiero que se diga es si por un año o por una temporada agrícola, porque, repito, no es exactamente igual temporada que año agrícola. Así, pues, estoy de acuerdo en que se le deje por un año agrícola. Naturalmente que al pedir eso, el artículo 15 tiene forzosamente que ser modificado, porque éste dice que al levantarse la primera cosecha, por este solo hecho, pasarán las tierras al dominio de su legítimo propietario. En el artículo 15 se refiere a temporada agrícola y cuando llegue el momento oportuno, si la Comisión no lo retira, presentaré esa modificación. Estoy dispuesto a que sea por un año agrícola.
El C. Figueroa, continuando: Señores diputados: A pesar de la aclaración del compañero González Jesús M., creo deber insistir en este punto, a fin de que la duda no siga cundiendo en el ánimo de los señores diputados; como digo, el espíritu de este artículo es que se den a los agricultores esas tierras por doce meses, por un año agrícola, dentro de los cuales pueda haber una o más cosechas, según la riqueza del terreno, según la feracidad de la tierra contratada; así es que ya lo sabe el C. González. Por otra parte, el artículo fue, por decirlo así, ampliamente discutido el día de ayer; así es que la Comisión,
lo único que hace ahora, es presentarlo modificado en el sentido de la discusión.
En cuanto a lo que expresó el señor Arellano, yo me permito manifestar a la Asamblea que el señor Arellano ha estado en contra de la ley desde el principio, no ha razonado cuerdamente en cuanto a ella, porque, en realidad, lo que el quiere es que esta ley no se apruebe. Yo hice notar en ocasiones pasadas que algunos compañeros desean hacernos perder el tiempo en discusiones de poca monta, solamente para que esta ley dure más días en aprobarse.
Sabido es, señores diputados, que todas las leyes que aquí se discuten, cuando al fin, después de tanta penalidad son aprobadas, pasan al Senado donde duermen un sueño larguísimo y en último caso, las leyes vienen a ser aprobadas casi extemporáneamente. Ésto es lo que ha pasado con esta ley de tierras ociosas, señores diputados; yo lamento mucho que no hayamos podido sino aprobar uno o dos artículos cada día que se discute esta ley; ésto es sencillamente lastimoso, señores diputados. Yo he sido uno de los que han luchado con más asiduidad porque esta ley se discutiera oportunamente y vemos, por desgracia, que ya la primera temporada se siembras, en muchas partes de la República, va a empezar y esta ley todavía no es expedida. Ahora bien, señores diputados, aún cuando yo deseo apoyar y defender este artículo de la mejor manera que me fuera posible, siempre voy a hacer notar un solo punto que, o no lo encuentro muy claro, o no está muy de acuerdo con lo que ayer se discutió; aquí se dijo, señores, y fuí yo quien lo dijo, que las tierras nuevas o las tierras que hubieran descansado tres años o más, fueran contratadas, dadas en aparcería por más de un año agrícola, por más tiempo de un año agrícola; me parece haber dicho que dos años agrícolas. Muy bien; la Comisión, al presentarnos este artículo reformado, nos dice: "En cuanto a las tierras nuevas y a las no cultivadas en cuatro años continuos inmediatamente anteriores a la aplicación de esta ley, el plazo de la aparcería o el arrendamiento podrá prorrogarse hasta por tres años". La Comisión, consecuente con el criterio de la Asamblea, fijó el plazo de tres años, lo que revela del error cometido en cuanto al punto primero.
No quiero insistir mucho sobre el particular porque, como digo, estoy dispuesto a defender este artículo, solamente me permito preguntar a los miembros de la Comisión si no creen conveniente establecer el plazo de tres años en el descanso de las tierras, es decir, en tierras que han descansado.
El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.
El C. Neri: La Comisión estima que las tierras descansadas por cuatro años continuos tendrán ya un bosque bastante difícil de talar y por eso las equipara a tierras nuevas.
El C. Figueroa: Mi idea al pedir que se consideraran tres años en este asunto, era principalmente porque la mayoría de los terrenos que han descansado en la República, han estado sin sembrar por tres años, nada más, y en tal sentido los Ayuntamientos o los dueños de las tierras podrán alegar esta razón: que sus terrenos no han descansado más que tres años, que es propiamente lo que ha durado el tiempo de la Revolución, el tiempo de la guerra intestina, el tiempo de la campaña. Así es que los hacendados pueden alegar estas razones y las tierras no pueden ser dadas a los peticionarios; pero de todas maneras, señores diputados, lo único que quiero es hacer la aclaración y no voy a insistir más sobre este punto. Como no se han aducido aquí en esta tribuna razones verdaderas que puedan tomarse en consideración en contra de este artículo, solamente voy a expresar que en mi concepto el señor diputado González debería ya no insistir en su modificación a este artículo, ya que el está tan empeñado en que esta ley sea aprobada. Yo reconozco en el compañero González el empeño que ha tenido por trabajar en todo lo referente a esta ley, a mí me consta que el señor González es uno de los miembros del bloque socialista que más ha trabajado y está estudiando con verdadera asiduidad la reglamentación del artículo 123, aún en las noches trabaja; así es que es muy meritoria la labor del compañero González y yo lo felicito sinceramente; pero también por patriotismo, por la idea del beneficio general que estamos buscando en esta ley, le suplico que retire la proposición que nos presentó a fin de que no dure más tiempo esta discusión y se apruebe lo más pronto posible, a ver si es oportuna cuando sea expedida, lo que dudo mucho.
El C. Secretario Aranda: No habiendo otra persona inscripta en contra, se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Suficientemente discutido. Se va a proceder a la votación nominal. (Voces: ¡Que se lea!) (Leyó el artículo a discusión.)
(Se procede a la votación.)
El C. Secretario Portes Gil: Se suplica a los señores diputados se sirvan ocupar sus curules y prestar atención a la votación. Se Procede a la votación.
(Se efectúa la votación.)
El C. Prosecretario Muñoz: Votaron por la negativa los CC. Arellano, Avendaño, Bello, Carrascosa, Cristiani, García de Alba, Lanz Galera, Leyzaola, Medina Hilario, Porchas, Robles Domínguez y Rojas Rafael R.
Total: 12 votos.
El C. Secretario Portes Gil: Votaron por la afirmativa los CC. Aguilar José D., Aguirre Colorado, Aguirre Crisóforo, Aguirre Escobar, Alonso Romero, Andrade, Aranda, Araujo, Arlanzón, Arreola, Aveleyra, Bandera y Mata, Barragán Martín, Basáñez, Betancourt, Bravo Izquierdo, Cancino Gómez, Cantú, Cano, Castañeda, Cepeda Medrano, Céspedes, Cienfuegos y Camus, Cisneros, Córdoba, Córdova, Cruz, Dávalos Ornelas, Domínguez, Dyer, Esparza, Esquivel, Fentanes, Fernández Martínez, Figueroa, Gámez Gustavo, Gámez Ramón, García Eliseo, García Jonás, García Pablo, García Salvador Gonzalo, Gómez Mauricio, Gómez S. Emiliano, González Galindo, González Ibarra, González Jesús M., González Justo, González Lauro, González Torres, Guerrero, Gutiérrez Antonio, Hernández Garibay, Hernández Maldonado, Hernández Jerónimo, Higareda, Ibarra, Lailson Banuet, Limón, Lizalde, López Ignacio, López Miro, López Celis, Lechuga, Malpica, Manjarrez, Manzanilla Tejero, Mariel, Márquez Josafat, Márquez Rafael, Martínez de Escobar, Martínez Joaquín, Medina Juan, Méndez,
Mendoza, Meneses, Mercado, Moctezuma, Montiel, Morales Hesse, Muñoz, Molina, Navarrete, Neri, Olivé, Ordorica, Padrés, Pardo, Paredes Colín, Pedroza, Peña, Peñafiel, Pereyra Carbonell, Pesqueira, Pineda, Portes Gil, Portillo, Rebolledo, Reynoso, Rivas, Rivera José, Robledo, Rocha, Román, Rueda Magro, Ruiz Alberto, Ruiz Estrada, Ruiz José P., Ruiz Juan A., Sáenz, Saucedo J. Concepción, Saucedo Salvador, Segovia, Silva Herrera, Solórzano, Soto, Téllez Escudero, Torre Jesús de la, Torres Berdón, Treviño, Vadillo, Valle, Velásquez, Ventura, Villarreal Jesús J. y Zavala.
Total: 123.
El C. Medina Hilario: ¿Cuántos?
- El Secretario Portes Gil: 123 votos. Aprobado por ese número de votos el artículo 9o.
El C. García Eliseo: Falta mi voto por la afirmativa.
El C. Prosecretario Muñoz: Se procede a la votación nominal de los artículos 7o. y 8o. que dicen:
"Artículo 7o. Todo vecino de un Municipio o cualquiera otra persona tienen derecho a solicitar ante el respectivo Ayuntamiento, las tierras ociosas que crea poder cultivar. La solicitud deberá hacerse verbalmente por el denunciante en persona, o por escrito mediante simple carta sin timbre. En el primer caso se levantará por el Secretario del Ayuntamiento una acta de la que se dará copia autorizada al interesado; y en el segundo se dará a éste constancia escrita del día y hora en que presente su solicitud.
"Artículo 8o. El Ayuntamiento que corresponda, concederá la tierra al solicitante para los efectos de esta ley, dentro de los tres días siguientes a la solicitud y sin más trámite que el de cerciorarse de que se encuentra la tierra sin preparar o sin sembrar. El permiso obtenido será personal e intransferible."
El C. Secretario Portes Gil: Se suplica a los ciudadanos diputados se sirvan ocupar sus curules y no ausentarse del salón. (Voces: ¡Muy bien!) Se procede a la votación.
(Se efectúa ésta.)
El C. Prosecretario Muñoz: Aprobados los artículos 7o. y 8o. por 121 votos de la afirmativa contra 5 de la negativa, de los CC. Blancarte, Carrascosa, Carrillo, Cristiani y Robles Domínguez.
El C. Secretario Aranda: Orden del día 30 de noviembre a las 4 p.m. "Elección de Presidente y Vicepresidentes para el mes de diciembre. Continúa la discusión de adiciones a la Ley de Ingresos."
- El C. Presidente, a las 11:50 a.m.: Se suspende la sesión.
Presidencia del C. DEL CASTILLO PORFIRIO
(Asistencia de 136 ciudadanos diputados.)
- El C. Presidente, a las 4:17 p.m.: Se reanuda la sesión.
El C. Prosecretario Portes Gil: "H. Asamblea:
"Pido se apruebe el proyecto de ley, cuya exposición de motivos se expresa en seguida:
"Mientras continúe viviendo el pueblo bajo la presión del feudalismo, no es posible que los que forman casi su totalidad, ya como hombres o ya como ciudadanos, puedan ejercer sus más caros derechos en la vida social o en la vida política concretada ésta siquiera a elegir sus mandatarios; porque siempre contará, no obstante las saludables enseñanzas obtenidas en la gran Revolución Mexicana, con la ira más o menos embozada del patrón, cuando a éste le contrarié en las cosas cotidianas o en la elección de autoridades.
"En los poblados rurales, son muy pocas excepciones, siempre ha imperado la voluntad del hacendado en todos los sentidos y, por lo mismo, no se puede hacer surgir a la vida nacional al ciudadano de los campos, porque lo tiene maniatado la temible frase: "expulsión del amo", ¡la horrorosa expulsión! del suelo que lo vio nacer, donde pasó los años de su infancia y en que reposan los restos de los seres más queridos.
"Triunfante la Revolución de 1910, que ostentara en sus banderas la sugestiva palabra de "tierra," sí se observó que el pueblo mexicano en general diera señales de vida. En los clubs no ya de las ciudades, sino de los pueblos más pequeños, a la menor invitación que se hiciera, concurrían todos los agrupados y esforzábase cada uno por llevar nuevos adeptos, resultando de ello que a las manifestaciones que se efectuaban, asistieran hasta miles de personas de todos los ámbitos de un Municipio. No hacía mella la ira del patrón. Pero la Reacción, sin respeto ni temor ninguno al último gobierno emanado del voto popular, vociferó de palabra y en papeluchos, hasta desorientar al pueblo, aunque no para quitar de su corazón al ungido, al Apóstol de la Democracia mexicana; como lo probara más tarde en los campos de batalla consiguiendo quitar la mancha que tratara de arrojar sobre la Patria, el siempre odiado partido conservador.
"El pueblo, y principalmente el pueblo rural, tenía fe en el Plan de San Luis Potosí; pero con lo que oía del amo y sus paniaguados, le llegaban muy hondas y amargas desesperanzas...
"Y hoy, ciudadanos representantes, no dejemos llegar al corazón de los labriegos nuevas desesperanzas; ellos no se hayan enterados del artículo 27 constitucional que les promete un pedazo de tierra en donde puedan laborar y plantar su tienda, y surgir así la vida independiente. Y por su ignorancia, y por el eterno temor a la expulsión, no pueden asociarse y constituir sindicatos, para así reclamar los derechos y prerrogativas que les concede nuestra Carta Magna.
"El fraccionamiento de la tierra, quieran o no los buenos revolucionarios y los idealistas y soñadores en pro del proletariado mexicano, tardará algún tiempo para que dé principio y para que se lleve a cabo, o muchos años, tomándose así el ya famosos artículo 27, para el pueblo, en un verdadero suplicio de Tántalo. ¿Por qué? El régimen caído y que aún sigue conspirando dentro y fuera de la Patria, es hábil y sabrá preparar todo a fin de que las autoridades actuales o las que vengan, se
disculpen con aquello de que no hay ingenieros para empresa tan grande ni tampoco dinero con qué pagarles.
"El pueblo obrero rural es mucho más numeroso que su congénere de las grandes capitales; pro su ignorancia es el que más sufre injusticias y humillaciones del patrón y el regidor de autoridades arbitrarias que él jamás ha electo libremente, y ... el Gobierno actual se halla más obligado a atender a esos hombres estóicos que vegetan en valle y la montaña, porque ellos espontáneamente, han dado más contingente en servicios a la causa constitucionalista, y sobre todo, han sido la carne de cañón en los combates; quizá por su firmeza de convicciones o porque siente la suprema necesidad de tener cuando menos un pedazo de tierra para instalar tranquilamente su hogar, a fin de que éste no se halle sujeto al capricho del terrateniente y poder así mismo, emitir libremente su opinión, en pro de su vida íntima o de su vida como ciudadano, sin temores de que lo expulsen del terruño que lo vio nacer.
"En consecuencia, señores diputados, humilde y respetuosamente, someto a vuestra deliberación, el siguiente proyecto de ley:
"Artículo 1o. Se declara de utilidad pública en el Distrito Federal y Territorios, el terreno que en las haciendas y rancherías sea necesario para dar a cada obrero un solar en que habite.
"Artículo 2o. En las haciendas y rancherías cuya población exceda de veinticinco habitantes, cada jefe de familia tiene derecho a un solar no menor de veinticinco metros de frente por cincuenta de fondo.
"Artículo 3o. El interesado deberá dirigirse al Ayuntamiento de su jurisdicción solicitando el terreno que necesite, dando sus linderos y colindancias.
"Artículo 4o. Los Ayuntamientos, sin más trámite que el de cerciorarse de que el terreno solicitado no es ocupado para habitación por su dueño, lo dará en posesión al solicitante y cuando éste comprobare haber circundado el solar, hecho cuando menos una casa y tener en cultivo algunas plantas frutales o de ornato, le expedirá una constancia de posesión en tanto se le expide el título respectivo que lo acredite como propietario del solar.
"Artículo 5o. Los habitantes de las rancherías y haciendas que obtuvieren solares conforme a esta ley, tendrán derecho de hacer uso del monte para leña, carbón o madera, únicamente la que necesiten para uso doméstico; pero en ningún caso para que vendan sin la autorización respectiva del dueño del terreno.
"Artículo 6o. El terreno que ocuparen los poblados rurales, fraccionado en solares, se pagará de acuerdo con el inciso D del artículo 27 constitucional, cada dueño de solar lo que en proporción le corresponda.
"Artículo 7o. Los que adquieren solares conforme a la presente ley, no podrán enajenarlos sino hasta que hayan concluido de pagarlos.
"Artículo 8o. Ningún jefe de familia podrá adquirir más de un solar.
"Artículo 9o. A pesar de esta ley, el terrateniente no queda excluido de las obligaciones que les impone el artículo 123 de nuestra Carta Magna, en favor de los obreros, cuando éstos necesiten la ayuda para la construcción de sus habitaciones o en los otros casos que marca el citado artículo.
"Artículo 10. Esta Ley comenzará a regir desde el día de su promulgación.
"México, noviembre 16 de 1917.- Daniel S. Córdoba.
"Estamos conformes con el proyecto de la ley de que se ha hecho mención, y lo hacemos nuestro.- A. Esquivel.- F. C. Villarreal.- M. A. Peralta- José Rivera.- R. A. Soto.- J. R. Padilla.- Cayetano Andrade.- F. C. Manjarrez.- J. F. Rocha.- E. Neri.- E. Gómez S.- Enrique Muñoz.- J. C. Cruz.- Marcelo Portillo.- C. Limón.- G. Bandera y Mata.- J. D. Pineda.- Juan A. Ruiz.- A. Hernández Maldonado.- Fernández.- A. Sáenz.- Francisco de P. Mendoza.- S. Gonzalo García.- C. Guajardo.- C. Plank.- José Luis Figueroa.- Pedro A. Chapa.- Jonás García.- J. C. Saucedo.- J. B. Treviño.- Pablo García.- Rafael Curiel.- Gabriel J. Córdova. - Pedro Molina.- Alfonso Cravioto.- Manuel Lailson Banuet.- J. Morales Hesse.- Modesto González Galindo.- J. Siurob.- M. Sánchez.- A. Cienfuegos y Camus.- Eliseo García.- Martón Barragán.- J. S. Pedroza.- Una firma ilegible." - Primera lectura e Imprímase.
"Comisión 2a. de Guerra.
"Señor:
"Al estudio de la 2a Comisión de guerra, que subscribe, se turnó la solicitud presentada por la señora María Luisa B. viuda de Garmendia, con fecha 10 de del mes de octubre próximo pasado, la cual fue apoyada por la diputación de Colima, en la que pide se le conceda una pensión por los servicios que prestó a la Patria su finado esposo el diputado a la XXVI Legislatura, C. Gustavo Garmendia.
"Con fecha 19 del propio mes de octubre, la mencionada señora viuda de Garmendia dirigió un nuevo memorial a esta Comisión en el cual manifiesta que la pensión que ha pedido para los deudos del extinto C. Garmendia, la hace únicamente por los méritos que como diputado tuvo su esposo; manifiesta igualmente que el grado militar que accidental o provisionalmente tenía su esposo cuando falleció, no es el fundamento de su solicitud. pues no combatió como militar, sin solamente como ciudadano y como diputado.
"Por lo expuesto la Comisión tiene el convencimiento de que los deudos del C. Garmendia, son acreedores a la pensión que solicitan, pero tiene la pena de manifestar a esta H. Asamblea, que en vista del fundamento de la referida solicitud, no es de su competencia conceder la pensión respectiva, sino que este asunto debe ser tratado por las Comisiones de Hacienda, y con objeto de no entorpecer el acuerdo que a ella estimen oportuno dar dichas Comisiones, la que subscribe se permite someter a la deliberación y aprobación de vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:
"Pase a la Comisión de Hacienda en turno el expediente firmado con la solicitud de la señora María B. viuda de Garmendia."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados
del Congreso de la Unión.- México, noviembre 3 de 1917.- Federico.- Marciano González.- F. C. Villarreal."- Primera lectura.
"Comisión 1a. de Hacienda.
"Señor:
"A la Comisión que subscribe fue turnado el expediente en que el señor Andrés Oscoy solicita de la Representación Nacional, que le sea aumentada la jubilación de que disfruta actualmente por haber presentado sus servicios a la Nación en el ramo de Instrucción Pública, por espacio de 37 años.
"La jubilación que actualmente disfruta el peticionario es de cien pesos mensuales, con lo que considera que en estos momentos no son suficientes para su subsistencia.
"Esta Comisión, pensando por una parte, la precaria situación del actual estado económico del Erario Nacional, pero también considerando que a los que dedican su vida a la educación de nuestra juventud debe premiarse sus servicios cuando se encuentren imposibilitados para continuar esta lucha tan trascendental como es la educación de nuestro pueblo, se permite someter el aumento de la pensión que solicita el C. Oscoy, hasta un límite de cuatro pesos diarios que le deberán ser pagados íntegramente por el Tesoro de la Nación; por estas consideraciones, la Comisión somete a vuestra consideración, el siguiente proyecto de ley:
"Único. Auméntese a la jubilación que actualmente disfruta de cien pesos al C. Andrés Oscoy a la cantidad de cuatro pesos diarios que le serán íntegramente pagados por la Tesorería General de la Nación."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados.- México, a 23 de noviembre de 1917.- Juan Zumbaran.- G. Padrés.- C. Limón."- Primera lectura.
- El mismo C. Secretario: Se procede a la elección de Mesa.
(Se procedió a recoger la votación.)
(Los ciudadanos Prosecretario de la Barrera y Limón empezaron a dar lectura a los nombres contenidos en las cédulas.)
El C. Prosecretario de la Barrera: El resultado de la votación fue el siguiente:
El C. Alejandre, interrumpiendo: Moción de orden.
El C. Presidente: Tiene la palabra al C. Alejandre.
El C. Alejandre: Todos los miembros de esta Asamblea sabemos perfectamente que el Partido Liberal Consititucionalista hubiera triunfado en esta elección; (voces: ¡Como siembre!) sin embargo, a la mitad de la votación, cuando se estaban computando los votos, entro el señor licenciado Neri y el señor Salvador Saucedo le han dado un voto y este señor ha pasado a la Mesa a depositarlo, y la Mesa lo ha recibido. Deseo que se haga constar mi protesta, y además, que ese voto sea descartado. (Voces: ¡Sí, no! Murmullos.)
El C. Neri: Únicamente en votación nominal después de que vota el Presidente de la Mesa, no puede votar ningún otro diputado; pero en tratándose de votación de personas, que se hace por cédulas, está en su perfecto derecho un diputado, antes de que se haga la declaración, de ir a depositar su voto. (Voces: ¡No, no! Murmullos.) Interpelo a los señores que dicen que no, para que me señalen el artículo reglamentario que lo prohiba.
El C. Presidente: La Mesa manifiesta a Su Señoría el diputado Alejandre, que no se había hecho la declaración en el momento en que el C. Neri depositó su voto, y en ese mismo concepto aceptó otro voto, el del señor Rafael Arellano....
El C. Alejandre, interrumpiendo: Esto fue a la mitad de la votación.
El C. Presidente, continuando: De manera que ha habia perfecta ecuanimidad de parte de la Mesa al aceptar el voto de los ciudadanos diputados citados.
- EL C Alejandre: Se estaban contando los votos, señor Presidente.
El C. Prosecretario de la Barrera: El resultado de la votación fue el siguiente: Para Presidente: CC Aarón Sáenz, 106 votos; Jacinto B. Treviño, 50; R. Blancarte, 1; Cepeda Medrano, 1; Olivé, 3; López Couto, 1. Para primer Vicepresidente: CC. José Rivera, 107 votos; Isaac Olivé, 45; J, A. Ruiz, 1; Cristiani, 1; Mauricio Gómez, 1; Blancarte, 1; Araujo, 4; A. Esquivel, 2; P. Padilla, 2. Para segundo Vicepresidente: CC. José D Torres, 77; Salvador Gonzalo García, 19; Emilio Araujo, 45; Juan A. Ruiz, 2; Pineda, 3; Montiel, 1; Pedro Ramírez, 1; Solórzano, 1; Méndez, 1. (Aplausos.)
El C. Presidente: En consecuencia, la Mesa declara que es Presidente de la Cámara de Diputados para el próximo mes de diciembre, el C. Aarón Sáenz, por 106 votos; primer Vicepresidente, el C. José Rivera, por 107 votos, segundo Vicepresidente el C. José D. Torres, por 77 votos. (Voces: ¡No, no! Siseos.)
El C. Cepeda Medrano: ¿Cuántos votos tuvo el señor Torres? (Voces: ¡Setenta y siete!)
El C. Presidente: ¿El señor Torres? Setenta y siete votos. (Voces: ¡No!) Hay ciento cincuenta diputados en total; en consecuencia, setenta y siete es mayoría absoluta. (Murmullos.)
El C. Secretario Portes Gil: Continúa la discusión sobre el proyecto de renta de los templos. Continúa en el uso de la palabra el C. Manrique. (Voces: ¡Uh!)
El C. Manrique: Señores diputados: Examinado ya el proyecto relativo a imponer una renta a los templos desde el punto de vista económico, llegaríamos a la conclusión de que tal proyecto era absurdo, porque seguramente no tendría en la práctica la consecuencia que sus iniciadores hubieran podido esperar; más claro, que tal impuesto, lejos de ser perfecto y lejos de determinar una disminución en la renta, en la riqueza del clero, sería una consecuencia de lo que llamaríamos incidencia del impuesto, una nueva fuente de riqueza de ingresos para el clero mismo; aparte de esto. desentendiéndonos
del aspecto económico de la cuestión, dijimos que el problema constitucional era en realidad secundario, pues aún consintiendo que la Constitución nos autoriza para establecer el impuesto, para establecer las rentas sobre los templos, deberíamos de examinar si el resultado del impuesto es político y conveniente y creo que estarían de acuerdo los iniciadores de la idea en que más que una medida de política hacendaria, se trata de una medida política; en consecuencia, creo que la discusión debe presentarse sobre dos aspectos: Conveniencia política y social de imponer a los templos una renta que debe considerarse como una tendencia a limitar el culto, como un obstáculo al culto. El propósito lo exponen claramente los iniciadores de arrancar esta llaga social que llamamos fanatismo, con objeto de oponerse al avance de este mal, con objeto de limitarlo en sus alcance. Creo que en esto estriba precisamente el error capital de los iniciadores. (Voces: ¡Porque existe el fanatismo!) Acepto que exista, sobre todo en las clases populares de nuestra Nación existe el fanatismo en una proporción verdaderamente alarmante. ¿Cuáles son los medios para combatir el mal? Todos, absolutamente todos, estamos de acuerdo en que el mal existe; además de ser presa de la ignorancia, es nuestro pueblo víctima del fanatismo, gran verdad; ¿pero cuáles son los remedios más adecuados para combatir este mal? Es el fanatismo un mal moral; es el fanatismo la perversión del sentimiento cuya legitimidad ninguno de vosotros sería osado de negar; el sentimiento religioso. El sentimiento religioso respetables en sí, es sin embrago condenable cuando lo substituye el fanatismo; el sentimiento religioso pervertido pasa a ser el fanatismo a cuyos avances debemos oponernos los legisladores. ¿Pero cuál es el papel del legislador?, nos preguntábamos en la pasada sesión. Debe el legislador observar atentamente los fenómenos sociales; debe relacionar los fenómenos que observa en el momento presente con la historia del pueblo para el cual legisla; debe tratar constantemente de rectificar costumbres estableciendo en leyes las fórmulas salvadoras, leyes que deben resultar del cambio de la costumbre. Es necesario, señores diputados, que no confundamos la reforma con la legislación: Nuestro pueblo ha de salvarse de todos sus males, no precisamente por el esfuerzo de los constituyentes, por el esfuerzo de los legisladores, sino más bien por el esfuerzo de los reformadores. Las Leyes de Reforma, la Constitución de 57, no fueron a la postre sino el coronamiento de una labor de mucho años, emprendida por muchos y muy brillantes pensadores; las Leyes de Reforma por sí solas, la Constitución de 57 por su solo texto, habría sido impotente para determinar modificaciones en la mentalidad y en los sentimientos de nuestro pueblo.
El error capital de los autores del proyecto consiste en querer aliviar un mal moral con remedios económicos. A cada mal, a cada categoría de males, debe corresponder determinada clase de remedios, remedios, medidas legislativas análogas o de la misma índole que el mal que se trata de combatir. Si la miseria es un mal económico, entonces este mal debe combatirse por medios económicos. Sería absurdo querer combatir la miseria publicando muy hermosos libros, publicando y difundiendo sobre el haz de la tierra muy hermosos libros sobre de cómo se podría combatir la miseria; la miseria sólo se combate con medidas económicas. Sería absurdo que pretendiéramos combatir el fanatismo estableciendo determinadas tarifas o rentas sobre los templos. Que el fanatismo es un mal, combatámoslo en el terreno de la idea, en ese terreno debe de combatirse, ahí del esfuerzo del librepensador, y sabéis, señores diputados, que al librepensador lo combaten sus enemigos poniendo de manifiesto la desunión, la desorientación y anarquía en que los librepensadores se hallan colocados y, en cambio, qué contraste de la desunión que existen entre ellos, la hegemonía y unión de sus enemigos. Ya sabéis que el enemigo es práctico, que está unido; en tanto que ellos están perfectamente unidos en sus dogma, en sus creencias, los librepensadores sólo están en anarquía y en desunión.
Si queremos destruir el fanatismo, busquemos un remedio fácil para destruirlo por medio de determinados principios universalmente reconocidos, como por ejemplo: La necesidad del libre examen; de esta manera llegaremos a desfanatizar al pueblo; pero no queriendo arrancar determinada creencia por medio de leyes que a la postre resultarían absurdas e infructuosas. ¿Creéis, señores diputados, en el poder de la ciencia, en el poder regenerador de la ciencia? Pues, entonces, levantad frente a cada templo una biblioteca o una escuela. ¿Creéis en el poder del verbo, en el poder de la palabra escrita, en el poder de la prensa? Entonces combatid activamente al pensamiento: Haced activa propaganda por la prensa, por el libro; haced, en una palabra, obra de reformadores, y no dentro de un año ni de dos, sino de vuelta de muchos años, habréis recogido el fruto de los esfuerzos que hayáis desplegado; pero pretended transformar de un momento a otro la mentalidad de nuestro pueblo, e iréis al fracaso. Y, señores diputados, los legisladores que forjan leyes que han de resultar a la postre impracticables y contraproducente, está destinados al fracaso; más vale, señores diputados, que dejen de serlo.
Creo, señores diputados, resumiendo mis ideas, que si de lo que se trata es de combatir el sentimiento religioso .... (voces: ¡No, no!) - he dicho si, éste si es condicional -, si de lo que tratamos fuera de combatir el sentimiento religioso, se habría cometido un absurdo imposible de calificar. Si de lo que se trata es de combatir el fanatismo, debe combatírsele como mal moral, que es por procedimientos más adecuados. No se combate ciertamente el fanatismo substituyéndolo por otro fanatismo; no se combate la intolerancia substituyéndole por otra suerte de intolerancia, la intolerancia religiosa. No, señores, el proceder de esta suerte no sería otra cosa que substituir la tiranía del clero a la tiranía demagógica, y, señores diputados, para tiranías, esencialmente son en el fondo lo mismo. Lo que debemos proclamar como base inconmovibles de toda nuestra acción, es la más amplia, la más absoluta tolerancia en materia de ideas. (Voces: ¡No! ¡Sí!) Este es el coronamiento de la obra de los librepensadores: la libertad no sólo para nosotros, sino que también la libertad para los contrarios. (Voces: ¡No, no! ¡Sí! Murmullos.) Podríamos arrancar del alma todas las pasiones, pero ya que ellas son poderoso estímulo para la acción, nos habríamos
convertido en seres impotentes para la acción. Podemos, empero, despojarnos de toda pasión, a condición de que conservemos una sola: el amor a la libertad; esta es la pasión más poderosa, que es realmente la que ha movido a la humanidad hacia el progreso y hacia la luz. Tachadme, pues, tácheme, pues en buena hora, quien no quiera entender mis ideas, de obscurantista o de fanático; pero, señores diputados, quienes no tenemos otro amor ni otro fanatismo que la libertad; quienes abominamos, por creerlo igualmente deprimente para la cultura humana, lo mismo el yugo de los Hermanos de la Vela, compañero Vadillo, que el yugo de los Hermanos de la Escuadra, compañero García, éstos, creemos, que la base de la felicidad de las naciones debe ser la más amplia tolerancia, la más amplia libertad de pensamiento. (Aplausos y siseos.)
- EL C. Figueroa: Pido la palabra para hacer una interpelación.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Figueroa: Señor Manrique: En la sesión de ayer, habéis tratado de probar la incidencia del impuesto que se propone, por una discusión bastante larga, muy bien hecho y muy bien dicho también, por lo cual lo felicito sinceramente. Pero me parece que no habéis estado muy feliz cuando hacéis una comparación entre los templos y los parques. Así es que los templos no son una riqueza productiva que, efectivamente, aún cuando sea una riqueza, no constituye una riqueza productiva. Para apoyar vuestra tesis, habéis hecho referencia a los parques públicos. ¿No creéis, señor diputado Manrique, que los parques públicos son una necesidad para la sociedad, y no constituyen una obligación del Gobierno? ¿No creéis que los parques que son lugares de higienización, a los que tiene derecho la sociedad, puesto que la sociedad es quien paga el sostenimiento de esos parques? Por otra parte, ¿no creéis que los templos, aún cuando no representan una riqueza productiva, son entradas de especulación que, de cualquier manera, caen sobre las espaldas del pueblo? ¿Y no creéis que quienes administren estos lugares de explotación, están obligados más que suficientemente, a contribuir, aunque sea con una parte de dinero que reciben, para la Nación, que tanto ha sufrido, precisamente por esta explotación vergonzosa? Decís, por ejemplo: que el pueblo tendría que pagar ese impuesto. Ya sabemos que el pueblo tendría que pagarlo; no serían los señores prelados los que sacaran el dinero de sus bolsillos para pagar este impuesto. ¿No creéis que esos señores, que han tenido en uso esos lugares, que no son más que oficinas comerciales, deban pagar un impuesto, ya que ellos los están explotando?
El C. Manrique: Pido la palabra.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Manrique: Creo haber explicado ya, señores diputados, con la amplitud que me fue posible, mi pensamiento. Sólo incidentalmente establecí una operación entre los templos y los parques, pero sin discutir detalles, porque los ejemplos son ocasionados a extraviarnos de la cuestión realmente a debate; conviene el compañero Figueroa conmigo que en los parques constituyen una verdadera necesidad pública. Pues acepto la paridad: Los templos constituyen también, sino para nosotros, los doscientos cincuenta diputados, sí para los centenares de miles de mexicanos que a ellos concurren, constituyen también una necesidad, compañero Figueroa. Es necesario que no juzguemos a quienes frecuentan los templos, por nuestra propia manera de sentir, sino que, como se dice familiarmente, nos pongamos en su caso. Ya lo dije ayer, ¿porque no es para nosotros necesario frecuentar a un templo, tenemos derecho de negar esta necesidad, que es para muchos, este acto culto, estos actos de culto, que son para muchos tan necesarios acaso como la propia vida? Yo no necesito que hablemos de extraños; probablemente la gran mayoría de los ciudadanos diputados aquí presentes, saben que sus familiares, sobre todo, las señoras, las madres, las esposas de tantos diputados, asisten al templo. (Voces: ¡No, no, no! murmullos.) Las madres de muchos diputados frecuentan el templo. (Voces: ¡No, no!) Si fueseis un poco más sinceros, señores diputados, diríais que sí. (Voces: ¡No, no, no! Murmullos.) Yo no he dicho, compañero Padrés, que las familias de todos y cada uno de vosotros; ya lo sé que no, pero si de algunos de vosotros..... (Voces: ¡Ah! ¡Nombres!) Sería muy larga la lista. (Risas.) Insisto, señores diputados (voces: ¡No), si no es para nosotros, si no sentimos nosotros la necesidad del culto religioso, esto no autoriza en manera alguna para negar que hay personas - y son muchos centenares de miles de mexicanos -, para quienes el frecuentar un templo es una verdadera necesidad, para quienes el culto es tan necesario, como puede ser para nosotros el leer, como es para todos nosotros el comer y el beber. (Risas y murmullos.) ¿Qué son los templos? Dice el compañero Figueroa que verdaderas empresas comerciales, verdaderos centros de explotación. Desgraciadamente, tiene una buena parte de razón, es cierto; pero no toda la razón la tiene el compañero Figueroa, pero sí tiene una buena suma de razón en todo eso. Desgraciadamente ya lo sabemos, que los que se llaman representantes de Cristo, que fue humilde y bueno, ya sabemos que tienen más que amor a las terrenales riquezas, compañero Figueroa; ésto es cierto, pero no hemos de evitarlo sino por medio de la moralización, y ésta no la obtendremos sino por medio de un mayor grado de cultura y no imponiendo rentas a los templos, que éstas serán, o más bien dicho, que éstas caerán sobre el pueblo, sobre los feligreses, y no sobre aquellos que nosotros queremos gravar. De manera que el problema verdadero, cuya resolución nosotros tenemos en estos momentos enfrente, cuya resolución debe resolver el legislador, que es nuestro papel, es la manera de ver como piensa el pueblo a este respecto. Nos hallamos frente a un conflicto: Por una parte, una gran mayoría del pueblo, que aquí hemos venido a representar, tiene hondamente arraigado en su corazón el sentimiento religioso; muchos tienen no sólo el sentimiento religioso, sino que éste raya en el fanatismo. Por otra parte, no sabemos nosotros cómo piensa, cómo siente el pueblo; de manera que nosotros nos hallamos dentro de este lema: por una parte, la tendencia de parte del pueblo, lo que el pueblo quisiera que le diésemos, y, por otra parte, el imperativo categórico de nuestros representados, que nos ordena que pongamos todos nuestros esfuerzos,
que pongamos todas nuestras energías para lograr que el pueblo, sin trabas de ninguna especie, llegue al lugar que ha soñado. Yo creo que dentro de esta línea de conducta, debemos procurar continuamente, por una parte defender estas ideas del pueblo que representamos, porque de no ser así, ello significaría, hasta cierto punto, una traición; por otra parte, no hacer tampoco traición a sus convicciones personales (murmullo), es, en una palabra, nuestra misión, la de bogar entre dos rumbos opuestos; por una parte, no podemos ni debemos contrariar abiertamente la manera de sentir del pueblo mexicano; por otra, no podemos desentendernos de nuestras personales convicciones. (Voces: ¡A votar! Murmullos.) En estas condiciones, creo que nuestra línea de conducta debe ser ésta: No contrariar, no combatir imprudente y torpemente el delicado sentimiento religioso de nuestro pueblo, porque el gobierno que no cuenta con la opinión pública, es gobierno destinado a perecer, a caer, a rodar estrepitosamente tarde o temprano.
A mí me admira, señores, la gasconería de nuestro compañero Manjarrez, cuando afirmaba ayer que importaba muy poca cosa al Gobierno suscitarse enemigos. Esto, señores diputados, en la época de lucha, bien está; no contenemos nunca el número de vuestros enemigos; pero en el momento en que queremos legislar y legislar no para los doscientos cincuenta diputados, sino para la Nación Mexicana, sería imprudente, sería torpe el suscitar, sin que ello fuese necesario, la enemistad y el desafecto de la opinión pública. No, señores debemos evitar que el Gobierno deje de contar con la opinión pública con el apoyo del pueblo que lo puso, por prudencia, por discreción, y lo que es más, para el logro mismo, siquiera fuese tardío, de nuestra manera de pensar, para el triunfo de nuestras verdaderas convicciones. (Aplausos y siseos.)
El C. Secretario Portes Gil: Habiéndose acercado algunos ciudadanos Diputados entre ellos el C. Cepeda Medrano, a la Mesa, con el objeto de hacer una rectificación relativa a la votación del segundo Vicepresidente, se hizo de nuevo el cómputo y resultó que el segundo Vicepresidente no sacó mayoría absoluta, sino únicamente sesenta y siete voto, requiriéndose ochenta y uno, por ser el total de los que votaron ciento sesenta y dos. En ese concepto se repite la votación del segundo Vicepresidente, entre los dos que sacaron mayoría. (Murmullos y voces: ¿Entre quiénes?) Entre Torres y Araujo. (Voces: ¡No!)
- El C. Rueda Magro: Ciudadanos diputados: la votación debe repetirse entre los dos candidatos que obtuvieron mayor número de votos, conforme al Reglamento que regía en la época que había Vicepresidente de la República. El Reglamento en vigor dice: "Que cuando se trate de una votación que no sea de personas, se repetirá la votación en la misma sesión y si resultare empate, por segunda vez se discutirá y votará de nuevo el asunto en la sesión inmediata, pero cuando se trate de personas, se votará en la misma sesión." En consecuencia la votación debe repetirse entre los dos candidatos que obtuvieron mayoría de votos y éstos son los señores Dolores Torres y Emilio Araujo.
El C. Secretario Portes Gil: Se procede a la votación.
(Se recogió la votación.)
El C. Prosecretario de la Barrera: El resultado de la votación es como sigue: Para el segundo Vicepresidente: CC. J. Dolores Torres, 82; Araujo, 58; González Salvador, 15; Sepúlveda, 2; Méndez, 1; Aveleyra, 1; Garza González, 1; Hernández Garibay, 1.
El C. Presidente: La votación nominal fue de 161 votos; en consecuencia, 82 dán la mayoría absoluta. Queda como segundo Vicepresidente el C. José D. Torres. (Voces: ¡Vámonos!)
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Cienfuegos y Camus.
El C. Cienfuegos y Camus: Señores diputados: Con motivo de una representación que han hecho ante mi algunos de mis comitentes, quiero sólo venir a hacer constar, a hacer presente mi protesta, obligado por el deber y por el deseo de los mismos comitentes, en virtud de ciertos hechos que con motivo de las elecciones que se avecinan están siendo palpables entre el elemento meramente oficial y los elementos populares. El "Partido Liberal Constitucionalista," por conducto de alguno de sus representantes, ha sorprendido este día que al ser distribuídas las boletas para la elección de municípios, al mismo tiempo se distribuyó una indicación oficial de parte del Gobierno del Distrito, indicando a cada una de las personas que mañana llevarán su voto a las urnas electorales, acerca de cuáles deben ser los candidatos por los que deben votar. Esta indicación es oficiosa, viola absolutamente la libertad del sufragio y he sido encargado por las personas a quienes les constan y que pueden probar ante la autoridad competente estos abusos de parte de la autoridad, para hacerlo saber a ustedes. El pueblo, por otra parte, no tiene sino un Congreso de la Unión, mejor dicho, a la Cámara de Diputados como el único sitio, como la única autoridad, por decirlo así, ante la cual vienen a elevar con frecuencia sus quejas acerca de las violaciones y atropellos de las autoridades que quieren a todo trance imponer su voluntad, cuando se trata del sufragio. El Gobierno del Distrito por medio de las autoridades subalternas, por medio de los comisarios, está haciendo una labor que más tarde se traducirá en una verdadera dificultad para el Gobierno que queremos a todo trance evitar; pero puesto que la Constitución no nos permite sino hacer del conocimiento de esta H. Asamblea estos hechos perfectamente delictuosos de parte del Gobernador del Distrito y de sus subordinados, los comisarios de policía, hago, pues, ante esta H. Representación Nacional de su conocimiento estos hechos violatorios, que están muy por abajo de los deseos de libertad de ese pueblo que nos ha enviado a representarlo a esta H. Cámara. (Aplausos.)
El C. Secretario Aranda: A solicitud del C. Cienfuegos y Camus, se va a dar lectura a este documento:
"Muy H. Cámara de Diputados:
"El "Club Independiente" y la " Agrupación Política Liberal de Tacuba de Morelos," como más haya lugar en derecho y mejor proceda, venimos a exponer ante la recta justificación de ustedes representantes del pueblo, que en nuestra circunscripción, como en ninguna parte de la República, se va a violar descarada y cínicamente, el sufragio popular en condiciones mucho más tristes que antes que la iniciación del movimiento libertario que elevó a ustedes al honroso puesto que ocupan, y que despertó a los ciudadanos del sueño soporífico de la dictadura.
"Tenemos la seguridad, señores diputados, de que el atropello que se va a cometer por una autoridad de las más inferiores como sin duda lo es el Presidente Municipal interino de Tacuba, C. Manuel L. Silva, traerá gravísimas consecuencias al Distrito Federal por el bochornoso precedente que se va a sentar dentro de tres días, si ustedes no son muy servidos a ayudar al pueblo libre y soberano de Tacuba de Morelos.
"Señores diputados, el C. Presidente Municipal de esta localidad que hace apenas veinte días escasos substituyó a Samuel Martínez Castilla en el puesto que desempeña, y que como Castilla, hace tres meses que llegó a la población, se ha empeñado en reelegirlo sin importarle absolutamente nada la letra de la Ley de Organización Política del Distrito Federal y Territorios, del 13 de abril de 1917, en sus artículos 60, 72, fracción II y VIII y artículo 74 que dicen, respectivamente: "no pudiendo ser reelectos sino después de haber pasado un año de concluído su periodo", "ser vecino de la Municipalidad con residencia efectiva en los dos últimos años anteriores a la elección" y "no estar en funciones de Presidente Municipal a menos que se separe definitivamente de su cargo cuatro meses antes del día de la elección, (El doctor Castilla funcionó como Presidente hasta hace 20 días, y se limitó a renunciar su cargo hace tres meses, pero la ley no dice renunciar, sino separarse.)
"Esto es terminante, señores, y para que vean ustedes hasta dónde llega la maldad de los reactores venimos a denunciar ante esta Cámara el atentado perfectamente esclarecido por nosotros y que tienen perfectamente preparado el candidato legalmente incapacitado y el que impone y que es el siguiente:
"Para falsear el voto popular que le será adverso a Martínez Castilla en particular y sus concejales en general, y a fin de impedir a las agrupaciones nuestras únicas contendientes, que tomen los ciudadanos independientes las casillas para recibir el voto conforme a la ley, y para reclamar ante la junta computadora la incapacidad de Castilla, la Presidencia Municipal ha nombrado instaladores a puros servirles e incondicionales de Castilla como son los empleados y gendarmes disfrazados, con órdenes para integrar las Mesas de la casilla a puerta cerrada y a las seis de la mañana o antes si es posible y recoger la votación cambiando la de los sufragáneos por las boletas que por anticipado tienen hechas dentro del mismo Palacio Municipal. Para esto nos ha ocultado el lugar designado para instalar las casillas de referencia alegando que aún no se escogen lugares ni instaladores y desde hace cuatro días está el personal electoral nombrado como llevamos dicho; por lo tanto venimos a pedir a ustedes ciudadanos diputados:
"1o. Se haga por conducto de ustedes de conocimiento del C. Gobernador del Distrito este atentado incalificable para que sin pérdida de tiempo sean separados aunque sea únicamente por el tiempo de la elección al Presidente Silva y a su Secretario Larrea y que lo substituyan personas extrañas o por concejales de Ayuntamiento.
"2o. Reciban ustedes y haga suya nuestra protesta por lo mismo.
"3o. Sean muy servidos nombrar una Comisión para que pase a la Presidencia del lugar y vea todos los elementos de propaganda, de Castilla, en el Palacio Municipal, porque allí no pueden funcionar los notarios a quienes hemos acudido.
"Que esa Comisión vigile las casillas para que vea que no mentimos, como ya les consta a los ciudadanos diputados Ezequiel Ríos, Mauricio Gómez, López Miro y otras más, que han sido testigos de otros atropellos que ya son del conocimiento de ustedes; y
"4o. Que ustedes den cuenta al Procurador con esta instancia y con el informe de esa Comisión al efecto de nulificar la reelección de Samuel Martínez Castilla y socios.
"Protestamos lo necesario.- A. P. Liberal de Tacuba.- Manuel Orijel.- R. C. Navarro.- Club Independiente.- Sánchez Pedraza.- Firma ilegible."
"Hacemos nuestro este ocurso de los señores representantes de los ciudadanos de Tacuba de Morelos, D.F.- A Cienfuegos y Camus.- Francisco Arreola R.- G. López Miro.- B. Vadillo.- Alonso Romero."
El trámite es el siguiente: Transcríbase al Ejecutivo.
- El mismo C. Secretario: "Debiendo tener lugar el día de mañana la celebración del primer aniversario de la inauguración del Congreso Constituyente de Querétaro, y habiendo en la Cámara gran número de constituyentes, solicitamos a la H. Asamblea, con dispensa de todo trámite, que mañana no haya sesión.
"Salón de sesiones del Congreso General.- México, D.F., noviembre 30 de 1917.- D. Bravo.- H. Medina.- Alonso Romero.- C. Limón.- Manuel Cepeda Medrano."
Se pregunta a la Asamblea si dispensa los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Se dispensan los trámites. Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobada.
- El mismo C. Secretario: "Orden del día 3 de diciembre, a las 10 a.m.: Continúa la discusión del proyecto de Ley de Tierras Ociosas."
- EL C. Presidente, a las 6:29 p.m.: Se levanta la sesión.