Legislatura XXVII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19171204 - Número de Diario 74
(L27A2P1oN074F19171204.xml)Núm. Diario:74ENCABEZADO
MÉXICO, MARTES 4 DE DICIEMBRE DE 1917
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
PERÍODO ORDINARIO XXVII LEGISLATURA TOMO II.- NÚMERO 74
SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CELEBRADA EL 3 DE DICIEMBRE DE 1917
SUMARIO
1.- Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior. Rinde la protesta de ley el ciudadano diputado Antonio Cervantes.
2.- Se da cuenta con los asuntos en cartera, concediéndose licencia al ciudadano diputado Porfirio del Castillo. Es presentada una proposición de la Comisión de Presupuestos para que haya sesiones diarias a mañana y tarde, para la discusión de los presupuestos; no habiendo sido dispensados los trámites, pasa a la Comisión de Estado, Interior.
3.- Continúa la discusión del proyecto de Ley de Tierras Ociosas. La Comisión presenta reformado el artículo 10. Discusión. Es retirado por la Comisión para reformarlo de nuevo. Lo hace. Se suspende la sesión.
4.- Reanudada ésta, se da cuenta con los asuntos en cartera. Se dispensa la primera lectura del dictamen de la Comisión Especial de Reglamentación del artículo 27 constitucional, que consulta el proyecto de Ley Reglamentaria del decreto de la Primera Jefatura, de 6 de enero de 1915. Imprímase. Segunda lectura de los dictámenes de las Comisiones, 1a. de Hacienda y unidas, 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. de Guerra, que se refieren, respectivamente, a las pensiones solicitadas por la señora María Luisa Beltrán y C. Andrés Oscoy, y a la autorización al Gobierno del Estado de Hidalgo para crear un cuerpo de fuerzas de seguridad. A discusión el primer día hábil.
5.- Son aprobados dos dictámenes de la Comisión Especial de Reglamentación del artículo 27 constitucional, referentes a las iniciativas de los CC. Ferrer Aldana y F. C. León Aguirre. Es aprobado un dictamen de la Comisión 1a. de Hacienda, que concede pensión al C. Doroteo Rodríguez. Pasa al Senado para los efectos constitucionales. Dictamen de las Comisiones unidas, 1a, 2a. y 3a. de Guerra, que contiene una adición al artículo 2o., fracción II, del proyecto de Ley de Pensiones. Es aprobado. Pasa al Senado, nombrándose una Comisión para el objeto.
6.- Continúa la discusión del dictamen de la Comisión de Presupuestos, acerca de la moción presentada por varios ciudadanos diputados, para imponer renta a los templos destinados al culto.
DEBATE
Presidencia del C. SÁENZ AARON
(Asistencia del 127 ciudadanos diputados.)
- El C. Presidente, a las 10:20 a.m.: Se abre la sesión de la Cámara de Diputados. (Aplausos.)
El C. Prosecretario Muñoz: "Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados, el día treinta de noviembre de mil novecientos diez y siete.
"Presidencia del C. Manuel Rueda Magro.
"En la ciudad de México, a las diez y ocho de la mañana del viernes treinta de noviembre de mil novecientos diez y siete, con asistencia de ciento treinta ciudadanos diputados, según consta en la lista que pasó el ciudadano Secretario Aranda, se abrió la sesión.
"El ciudadano Prosecretario Sánchez Tenorio, dio cuenta con tres dictámenes. de la Comisión de Estado, del Interior, en los que se concede permiso a los ciudadanos diputados Montes y Pérez Gasga, para separarse de esta H. Cámara, con objeto de desempeñar Comisiones del Ejecutivo, debiéndose llamar a sus suplentes.
"Dichos dictámenes, sin discusión, fueron aprobados en votaciones económicas.
"Se pasó a la discusión del dictamen que consulta el proyecto de ley por el que se declara de utilidad pública el cultivo de las tierras de labor.
"El Artículo 6o., que fue retirado por las Comisiones en la sesión del día veintiséis de los corrientes, se presentó modificado en estos términos:
"Para el Distrito Federal, se fija el día de treinta de abril, como fin de la época de preparación para el cultivo de maíz por parte del propietario o poseedor, y el veinte de mayo como fin de la época de siembra para el mismo; y el veinte de octubre y quince de noviembre, respectivamente, para la preparación y siembra de trigo.
"Para el Territorio de Quintana Roo se tendrá el cinco de mayo como fin de la época de preparación
para el propietario o poseedor, y el treinta del mismo como fin de la siembra de maíz breve; y el diez y seis de julio como fin de la época de preparación para el propietario o poseedor; y el treinta y uno del mismo como fin del período de siembra de maíz común y corriente.
"Para la Baja California se fija para el cultivo del trigo el quince de noviembre como fin de la época de preparación para el propietario o poseedor, y el treinta del mismo como fin de la época de siembra,"
"No obstante que la Secretaría había declarado que sin debate se reservaba este artículo para su votación, se concedió la palabra en contra al C. Carrillo Eduardo S., después de una aclaración de la Presidencia.
"Considerado suficientemente discutido, se recogió la votación nominal correspondiente, y de ella resultó aprobado por noventa y nueve votos de la afirmativa, contra cuarenta y uno de la negativa.
"Hecha la declaración del caso, se puso a debate el artículo 7o., que fue separado por las Comisiones en la misma sesión que el anterior, a fin de reformarlo.
"Se puso a consideración de la Asamblea en esta forma:
"Artículo 7o. Todo vecino de un Municipio o cualquiera otra persona, tiene derecho a solicitar ante el respectivo Ayuntamiento, las tierras ociosas que crea poder cultivar. La solicitud deberá hacerse verbalmente por el denunciante en persona, o por escrito mediante simple carta sin timbre. En el primer caso se levantará por el Secretario del Ayuntamiento respectivo, una acta, de la que se dará copia certificada al interesado; y en el segundo, se dará a éste constancia del día y hora en que presente su solicitud."
"Sin que nadie hiciese uso de la palabra se reservo para su votación.
"El artículo 9o., que fue desechado en la sesión del día veintiocho del presente, lo presentaron las Comisiones así:
"Articulo 9o. Los Ayuntamientos podrán estipular libremente las condiciones de la aparecería o del arrendamiento de tierras ociosas, a excepción del plazo que no excederá del año agrícola, ya sea que proporcionen a los labradores elementos de trabajo o que se limiten a proporcionarles únicamente la tierra.
"En cuanto a las tierras nuevas y a las no cultivadas en cuatro años continuos inmediatamente anteriores a la aplicación de esta ley, el plazo de aparcería o el arrendamiento podrá prorrogarse hasta por tres años."
"La Presidencia hizo una aclaración con motivo de que el C. Cepeda Medrano solicitó la segunda lectura de este artículo, la que al fin llevó a cabo el ciudadano Prosecretario Sánchez Tenorio.
"Abierto el debate sobre el particular, los CC. González Jesús M. y Arellano hablaron en contra, y en pro el C. Figueroa, quien fue interrumpido por una aclaración del C. González Jesús M. e interpeló a las Comisiones, por las que contestó el C. Neri.
"Se estimó agotado el debate y en votación nominal fue aprobado el artículo 9o., por ciento veintitrés votos de la afirmativa, contra doce de la negativa.
"Los artículos 7o. y 8o., que sin debate se reservaron para votarlos después, el primero en esta sesión, en la forma ya inserta, y el segundo en la del día 28 de este mes, asimismo se aprobaron por ciento veintiún votos de la afirmativa, contra cinco de la negativa, de los CC. Blancarte, Carrascosa, Carrillo Eduardo S., Cristiani y Robles Domínguez.
"El artículo 8o. dice:
"El Ayuntamiento que corresponda, concederá la tierra al solicitante para los efectos de esta ley, dentro de los tres días siguientes, a la solicitud y sin más trámite que el de cerciorarse que se encuentra la tierra sin preparar o sin sembrar. El permiso obtenido será personal e intransferible."
"El ciudadano Secretario Aranda leyó la orden del día para continuar en la tarde esta sesión, que se levantó a las 11:50 de la mañana y se reanudó a las 4:17 de la tarde, con asistencia de ciento treinta y siete ciudadanos diputados, según aparece en la lista que previamente pasó el ciudadano Secretario Aranda, bajo la Presidencia del C. Porfirio del Castillo.
"El ciudadano Secretario Portes Gil pasó a dar cuenta con los siguientes documentos:
"Proyecto de ley, subscripto por el ciudadano diputado Daniel S. Córdoba y hecho suyo por los CC. Villarreal Filiberto, Peralta, Soto, Esquivel y cuarenta y cinco ciudadanos diputados más, relativo a que se declare de utilidad pública en el Distrito Federal y territorios, el terreno que en las haciendas y rancherías sea necesario para dar a cada obrero un solar en que habite, bajo las condiciones que en el mismo proyecto de ley se estipulan.- Primera lectura, e imprímase.
"Dictamen de la 1a. Comisión de Hacienda, que termina con un proyecto de ley por el que se concede a la señora María Luisa Beltrán viuda de Garmendia, una pensión de cinco pesos diarios, que disfrutará en tanto no cambie de estado civil, y que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación.- Primera lectura.
"Dictamen de la misma Comisión, que consulta un proyecto de ley que establece se aumente la jubilación de cien pesos mensuales que actualmente disfruta el C. Andrés Oscoy, a la cantidad de cuatro pesos diarios, que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación.- Primera lectura.
"Se procedió luego con las formalidades de costumbre, a la elección de Presidente y Vicepresidente de esta H. Cámara para el mes de diciembre.
"Después de que todos los ciudadanos diputados depositaron su voto ante el ciudadano Presidente, el C. Alejandre pidió se hiciera constar que el C. Neri, había votado fuera de oportunidad. Con tal motivo, hicieron aclaraciones, dicho C. Neri y la Presidencia, y en seguida, se dió a conocer el resultado del escrutinio, como sigue:
"Para Presidente: CC. Aarón Sáenz, ciento seis votos; Jacinto B. Treviño, cincuenta votos; Isaac Olivé, tres votos; Ramón Blancarte, un voto; Manuel Cepeda Medrano, un voto; y Onésimo López Couto, un voto.
"Para primer Vicepresidente: CC. José Rivera, ciento siete votos; Isaac Olivé, cuarenta y cinco votos; Emilio Araujo, cuatro votos; Aureliano Esquivel, dos votos; José R. Padilla, dos votos; Juan A. Ruiz, un voto; Pedro A. Cristiani, un voto;
Mauricio Gómez, un voto; y Ramón Blancarte, un voto.
"Para segundo Vicepresidente: CC. José D. Torres, setenta y siete votos; Emilio Araujo, cuarenta y cinco votos; Salvador Gonzalo García, diez y nueve votos; José Dolores Pineda, tres votos; Juan A. Ruiz, dos votos; Carlos R. Montiel, un voto; Pedro Ramírez, un voto; José I. Solórzano, un voto; y Eugenio Méndez, un voto.
"El ciudadano Presidente declaró que habían sido electos para el mes de diciembre: Presidente, primer Vicepresidente y segundo Vicepresidente, respectivamente, los CC. Aarón Sáenz, José Rivera y José D. Torres.
"El C. Cepeda Medrano solicitó un informe respecto a la elección del C. Torres, el que proporcionó la Presidencia.
"Reanudada la discusión del dictamen de la Comisión de Presupuesto, formulado con motivo de la proposición subscripta por varios ciudadanos diputados para que se imponga renta a los templos destinados al culto, continuó en el uso de la palabra, en pro, el C. Manrique, quien interrumpió su discurso en la sesión anterior, por haberse suspendido. Después de que terminó de hablar este ciudadano, volvió a la tribuna para contestar varias interpelaciones del C. Figueroa.
"El ciudadano Secretario Portes Gil expresó que varios ciudadanos diputados se habían acercado a la Mesa, para manifestar que el C. José D. Torres no había obtenido mayoría absoluta en la elección de segundo Vicepresidente y que, siendo así, efectivamente, desde el momento en que de los ciento sesenta y dos votos emitidos, el C. Torres había obtenido setenta y siete, que no constituían en este caso mayoría absoluta, se iba a proceder a segunda votación, para elegir segundo Vicepresidente, entre los CC. José D. Torres y Emilio Araujo, quienes habían obtenido mayor número de votos. El C. Rueda Magro, haciendo mención del artículo 150 del Reglamento y del precepto constitucional que el mismo alude, apoyó la determinación de la Mesa, y acto seguido se procedió a la nueva elección, que dió ochenta y dos votos al C. Torres y cincuenta y ocho al C. Araujo.
"En tal virtud, se hizo la declaración a favor del primero.
"El C. Cienfuegos y Camus usó de la palabra para un hecho, referente a las próximas elecciones municipales, y a solicitud del mismo, el ciudadano Secretario Aranda leyó un documento que hacen suyo dicho C. Cienfuegos y los CC. Arreola, López Miro, Vadillo y Alonzo Romero, que trata de una protesta del Club Independiente y Agrupación Política Liberal de Tacuba de Morelos, D. F., con motivo de la imposición que, dicen, se hará del C. Manuel Martínez Castilla, para el cargo de Presidente Municipal de aquella localidad. A este documento se le dio el trámite de: "Transcríbase al Ejecutivo."
"El referido ciudadano Secretario Aranda dio cuenta con una proposición firmada por los CC. Bravo Izquierdo, Medina Hilario, Alonzo Romero, Limón y Cepeda Medrano, a fin de que se suspenda la sesión del sábado 1o. de diciembre, por ser el primer aniversario de la inauguración del Congreso Constituyente de Querétaro.
"En votaciones económicas se le dispensaron los trámites y fue aprobada sin debate.
"El propio ciudadano Secretario Aranda, dio a conocer la orden del día para la sesión del lunes 3 de diciembre próximo, y a las seis y treinta de la tarde se levantó ésta."
Está a discusión el acta. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Aprobada.
El C. Secretario Portes Gil: Encontrándose a las puertas del salón el C. Antonio Cervantes, diputado suplente por el 7o. distrito electoral del estado de Zacatecas, la Mesa comisiona a los ciudadanos diputados Sepúlveda, Dyer y Prosecretario Muñoz, para que lo introduzcan a rendir la protesta.
No encontrándose en el salón el C. Sepúlveda, se comisiona al C. Arellano para el objeto indicado.
(El C. Cervantes rindió la protesta de ley.)
El C. Secretario Portes Gil: "Secretaría de Estado, Negocios del Interior.- México.- Sección 1a.- Número 3481.
"Con fecha 27 de los corrientes y adjunta al atento oficio de esa H. Cámara, girado por la Secretaría, Mesa 5a., bajo el número 65, se recibió en esta Secretaría la ley que autoriza el Ejecutivo de la Unión para incautarse de los establecimientos industriales en los casos de paro temporal o definitivo, no autorizados por la Constitución.
"Reitero a ustedes mi atenta y distinguida consideración.
"Constitución y Reformas.- México, noviembre 29 de 1917.- P. O. del Subsecretario de Estado, E. del D. del Interior, el Oficial Mayor, Paulino Machorro Narvéz.
"A los ciudadano Secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presente.".- A su expediente.
El Gobierno de Saltillo, Coahuila, envía un oficio de condolencia por el fallecimiento del ciudadano diputado Valentín Flores Garza.- A su expediente.
"Telegrama de Ciudad Bravos, Guerrero, vía radio Chapultepec, el 2 de diciembre de 1917.- Cámara de Diputados.
"Ciudadanos diputados: Hónrome participar a ustedes que, con esta fecha, se instala en esta capital el Gobierno del Estado, comenzando desde luego funcionar los tres Poderes de que se compone.- Saludos respetuosamente.- El Gobernador, S. G. Mariscal." - De enterado.
"Gobierno del Estado Libre y Soberano de Colima.- Estado Unidos Mexicanos.- Sección 2a.- Circular. "C. Presidente de la Cámara de Diputados.- México, D. F.
"Tengo la honra de participar a usted que, en virtud de habérseme concedido por el H. Congreso del Estado, una licencia para separarme por quince días de las funciones de Gobernador constitucional del mismo, con esta fecha hice entrega del Gobierno al C. Salvador V. Rubalcaba, nombrado por la misma Cámara par substituirme interinamente.
"Protesto a usted las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
"Constitución y Reformas.- Colima, noviembre 23 de 1917.- El Gobernador constitucional del Estado, J. F. Valle.- El Secretario General de Gobierno, Ramón Ahumada." - De enterado.
"Gobierno del Estado Libre y Soberano de Colima.- Estados Unidos Mexicanos.- Sección 2a.- Circular.
"C. Presidente de la Cámara de Diputados.- México, D. F.
"Tengo la honra de participar a usted, que habiendo sido nombrado por el H. Congreso del Estado, Gobernador constitucional interino del mismo, para substituir en las funciones respectivas al C. J. Felipe Valle, durante una licencia de quince días que le fue concedida, con esta fecha me hice cargo del Gobierno, previa protesta de ley que rendí ante la propia Cámara.
"Protesto a usted las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
"Constitución y Reformas.- Colima, noviembre 23 de 1917.- S. V. Rubalcaba.- El Secretario General de Gobierno.- Ramón Ahumada." - De enterado.
El C. González Jesús R.: Pido la palabra para una moción de orden.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. González Jesús M.: Me permito recordar a los diputados que hoy forman la Mesa y principalmente al ciudadano Presidente, que cuando presentamos la proposición relativa, se convino que en las sesiones que se celebraran por las mañanas, que no son reglamentarias, se trataran únicamente las leyes agraria y obrera. Por lo tanto, suplico atentamente a la Mesa, que a estas comunicaciones, si son muchas, se les dé lectura en la tarde y no en la mañana.
El C. Secretario Portes Gil: Se informa a Su Señoría que como estas comunicaciones son de simple trámite, generalmente "de enterado," y no ameritan ninguna discusión, la Mesa, en virtud de que constantemente está llegando un sinnúmero de ellas, cree conveniente irlas despachando en cada una de las sesiones que se verifique, a fin de que no se acumulen y queden sin contestación.
- El mismo C. Secretario; "República Mexicana.- Poder Legislativo del Estado de México.- Número 557.
"Tenemos el honor de comunicar a ustedes para conocimiento de esa H. Cámara, que con fecha de ayer, se efectuó la elección de los miembros que deberán integrar la Comisión Permanente de este H. Congreso, que fungirá durante el receso de la misma, que comenzará el primero de diciembre y terminará el último día de febrero entrante; habiendo quedado integrada de la manera siguiente:
"Presidente, ciudadano diputado José López Bonaga.
"Vocal, ciudadano diputado Carlos Pichardo.
"Secretario, ciudadano diputado Carlos Campos.
"Primer suplente, ciudadano diputado David Espinosa García.
"Segundo suplente, ciudadano diputado Germán García Salgado.
"Protestamos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
"Constitución y Reformas.- Toluca, noviembre 28 de 1917.- D. S.- I. Becerril.- D. S.- T. Salgado.
"A los CC. diputados Secretarios del H. Congreso de la Unión.- México, D. F." - De enterado.
"H. Asamblea: "Teniendo necesidad de transladarme a la ciudad de Puebla para atender a la salud de uno de mis hijos, me veo en el caso de solicitar de Vuestra Soberanía, con dispensa de trámites, una licencia hasta por veinte días con goce de dietas.
"Protesto mis respetos.- Constitución y Reformas.- México, diciembre 3 de 1917.- Porfirio del Castillo.
"A los CC Secretarios de la Cámara.- Presente."
En Votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se dispensan los trámites. Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se consulta a la Asamblea si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Se concede la licencia.
"Comisión de Presupuestos.
"Los subscriptos, miembros de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, nos permitimos someter a la aprobación de Vuestra Soberanía que a partir del día tres de diciembre próximo haya sesión diariamente, tanto en la mañana como en la tarde, a fin de que sea discutida la Ley de Egresos que regirá en el año fiscal de 1918; pues juzgamos que es materialmente imposible que en el perentorio tiempo que le resta a esta H. Cámara para sus labores pueda quedar aprobada esta ley que es de urgente necesidad, puesto que deberá empezar a surtir sus efectos a partir del primero de enero de 1918.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados. México, a 29 de noviembre de 1917.- R. Basáñez.- J. T. Reynoso.- J. R. Padilla.- José Rivera.- M. M. Prieto.
"Hacemos nuestra la anterior proposición.- Salvador Saucedo.- Alonzo Romero.- José Luis Figueroa."
El C. Basáñez: Pido la palabra para solicitar la dispensa de trámites.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Basáñez para pedir dispensa de trámites.
El C. Basáñez: Señores diputados: Al formular esta petición a esta H. Asamblea, omitimos el pedir dispensa de trámites; yo vengo a suplicar a la Asamblea que le conceda. La proposición ésta tiene por objeto el que concluyamos con nuestras labores, pues nos falta un mes o menos para ello y tenemos muchas leyes que discutir, no sólo los presupuestos; así es que yo ruego a esta H. Asamblea conceda esta dispensa de trámites, así como la aprobación de la proposición.
El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Ibarra.
- EL C. Ibarra: He pedido la palabra en contra de esta iniciativa por una razón absolutamente sencilla, razón que llegará al ánimo de todos los ciudadanos diputados. No me voy a referir a si es fructuoso o deja de serlo trabajar mañana y tarde diariamente; yo recuerdo, señores diputados, que en el Constituyente de Querétaro no hubo nadie que hablara en contra de algunas iniciativas que se presentaron a fin de que se trabajara de un modo intenso, mañana, tarde y noche, con objeto de terminar en el período señalado por el Encargado del Poder Ejecutivo la redacción de la Constitución de 17. En consecuencia, no es éste un obstáculo, señores diputados, para que se aprobara esta iniciativa, no le veré desde este punto de vista, porque estoy seguro que todos estamos resueltos a trabajar sin poner ninguna objeción cuando de iniciativas de trabajo se trata; pero, señores diputados, tenemos que resolver también asuntos de vitalísima importancia, de enorme trascendencia para la vida del pueblo mexicano, para la vida de todo el país y es conveniente que tomemos en consideración estos asuntos antes de aprobar esta iniciativa que ve a algo de menos transcendencia que aquello de que me voy a ocupar: Me refiero a la urgencia de la reglamentación del artículo 27 constitucional y de la Ley de 6 de enero de 1915.
Mucho se ha dicho, según tengo entendido, sobre la trascendencia de estas leyes y no quiero hacer hincapié, salen sobrando frases; cada uno de los diputados sabe que le esperan sus comitentes para preguntarle qué ha hecho en bien de la restitución de tierras y de la dotación de ejidos; para preguntarle qué ha hecho con el fin de obtener el fraccionamiento de los grandes latifundios. Es conveniente, es de decoro de esta Cámara dejar resueltos esos trascendentales problemas; y, en mi concepto, debemos dar preferencia a la reglamentación del artículo 27 constitucional y a todas aquellas leyes que se refieren a la cuestión agraria. Nosotros hemos firmado una iniciativa proponiendo que se trabaje todos los días por las mañanas, dedicándonos exclusivamente a la reglamentación del artículo 27 ya citado, a la discusión del proyecto de ley sobre tierras ociosas y a la reglamentación de la Ley de 6 de enero de 1915. Estoy seguro que tomando en consideración la urgencia de esa reglamentación, nadie habrá que vote en pro de esta iniciativa que tiende únicamente a resolver dificultades que tendrán trascendencia por un año a lo sumo; la cuestión de los presupuestos, sabiendo que en el ramo de Hacienda el Ejecutivo tiene facultades extraordinarias y que, por consiguiente, podrá resolver esas dificultades, dando cuenta oportunamente al Congreso de la Unión. Pero la legislación agraria no la puede hacer el Poder Ejecutivo; la legislación agraria tiene que ser producto de la suma de voluntades y energías revolucionarias que hay congregadas dentro de la Cámara de Diputados y de la de Senadores; la legislación agraria es algo que debemos hacer nosotros desde luego, sobre todas las cosas; es lo más interesante seguramente que esta Legislatura tendrá que hacer. En consecuencia, pido que se rechace esta iniciativa de la Comisión de Presupuestos, para que se dé preferencia al problema revolucionario por excelencia, al problema de las tierras, al problema que debemos resolver si queremos que esta Legislatura se justifique ante la Nación. (Aplausos.)
Trabájese en buena hora todos los días, pero haciendo labor de trascendencia, haciendo labor que venga a resolver de una vez para siempre este tremendo problema de las tierras, este tremendo problema de los grandes latifundios, que se traduce en problema de hambre nacional. Es preferente, compañero, (dirigiéndose al C. Basáñez) resolver el problema de las tierras, porque hay catorce millones de individuos que están esperando que nosotros hagamos esto. Para trabajar en este sentido, compañero, yo creo que no debemos solamente trabajar por las mañanas; queda un mes de labores; yo creo que cada uno de nosotros debe imitar el ejemplo de los constituyentes en cuanto a la laboriosidad que debe desarrollar esta Cámara y si es preciso, señores, trabajemos de noche, pero dejamos concluída la reglamentación del artículo 27 constitucional y la de la Ley del 6 de enero de 1915.
El C. Secretario Portes Gil: En votación económica se pregunta a la Asamblea si el asunto es de urgente resolución. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. (Voces: ¡Que se lea!) Dice:
"Los subscriptos, miembros de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, nos permitimos someter a la aprobación de Vuestra Soberanía que, a partir del día 3 de diciembre próximo haya sesión diariamente tanto en la mañana como en la tarde, a fin de que sea discutida la Ley de Egresos que regirán en el año fiscal de 1918; pues juzgamos que es materialmente imposible que en el perentorio tiempo que le resta a esta H. Cámara para sus labores pueda quedar aprobada esta ley que es de urgente necesidad puesto que deberá empezar a surtir sus efectos a partir del 1o. de enero de 1918."
Los que consideren el asunto de urgente resolución se servirán poner de pie. No se considera de urgente resolución. Pasa a la Comisión de Estado, Departamento del Interior
.
- El mismo C. Secretario: Continúa la discusión del artículo 10 de la Ley de Tierras Ociosas, que dice:...
El C. Neri, interrumpiendo: Pido la palabra.
El C. Presidente: ¿Con qué objeto?
El C. Neri: Con objeto de retirar este artículo.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Neri.
El C. Neri: Señores diputados: Como el artículo 10 se refiere al 9o. que fue adicionado y como quedaba confusa la redacción del artículo, las Comisiones creen prudente aclararlo y por eso solicitan permiso para retirar el artículo, a fin de presentarlo modificado desde luego.
El C. Secretario Portes Gil: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se concede el permiso. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Se concede el permiso.
El C. Cepeda Medrano: Pido la palabra.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Cepeda Medrano: Suplico a Su Señoría que en lo sucesivo se sirva cumplir estrictamente con las disposiciones reglamentarias. Hace un momento me acerqué a la Presidencia preguntándole si podía inscribirme en contra del artículo y Su Señoría me enseño la lista del mes pasado, formada cuando creíamos que se iba a discutir ese artículo. Como ésto es en contra del Reglamento y de nuestros intereses, suplico al señor Presidente haga a un lado la costumbre establecida por las Mesas anteriores y se sujete estrictamente a lo que dispone la ley.
El C. Presidente: La Mesa se permite contestar al C. Cepeda Medrano que como un artículo reglamentario previene que al iniciarse la discusión de una ley se abra la inscripción de los oradores, la anterior Mesa abrió esa inscripción, a la que entiendo debe sujetarse la actual, de acuerdo con la costumbre establecida. En tal virtud, la Mesa que presido acepta las inscripciones anteriores, creyendo estar dentro del Reglamento; pero si la Asamblea opina lo contrario, no tiene empeño en sostener su opinión.
El C. Cepeda Medrano: ¿Qué artículo del Reglamento establece esta práctica?
El C. Secretario Portes Gil: Dice así el artículo 94 del Reglamento:
"Llegada la hora de la discusión, se leerá la iniciativa, proposición u oficio que la hubiere provocado, y después, el dictamen de la Comisión a cuyo examen se remitió, y el voto particular si lo hubiere."
Y el artículo 95 del mismo Reglamento dice así:
"El Presidente formará luego una lista de los individuos que pidan la palabra en contra y otra de los que pidan en pro, las cuales leerá íntegras antes de comenzar la discusión."
Como esas listas se formaron desde que se inició la discusión sobre el proyecto en general y sobre cada uno de los artículos en particular, la Mesa opina, y así lo juzga conveniente, que cada una de las Mesas que venga tendrá que respetar las listas que se han formado.
El C. Cepeda Medrano: Pido la palabra.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Cepeda Medrano.
El C. Cepeda Medrano: He pedido la palabra en contra del trámite que ha dado la Mesa, porque no estoy de acuerdo con él; no es la Asamblea quien debe resolver, es el Reglamento el que debe resolver. Está claro, está estipulado, está consignado aquí en esos artículos a que se acaba de dar lectura, que una vez iniciada la discusión deben pasar a inscribirse los que deseen hacer uso de la palabra, no antes, no cuando se lea la ley en general, no cuando se nos presente el proyecto en todos sus artículos. Yo vengo a hablar en contra de esta disposición, porque estoy en contra de los fueros, estoy en contra de las prerrogativas y estoy en contra de los favores. Hemos observado en muchísimos casos, que cuando se presenta una ley de trascendental importancia ya se encuentran inscriptos en la lista ocho o diez personas, y cuando pasamos nosotros a inscribirnos, ya cuando se inicia la discusión, venimos ocupando el quinto o el décimo lugar y en muchos casos no se nos permite hablar por esta práctica. En consecuencia, debemos respetar el Reglamento y no debemos sujetarlo a las decisiones de la Cámara, porque en la Cámara no debe reinar el ambiente político; la Cámara debe sujetarse a las decisiones del Reglamento. (Voces: ¡Bravo! Aplausos.)
El C. Presidente: La Mesa se permite manifestar que habiendo sido retirado el artículo 10, no tienen objeto las observaciones del C. Cepeda Medrano, además de que ya expresó con anterioridad los motivos que tuvo para seguir ese criterio establecido por las Mesas anteriores; pero en lo sucesivo, antes de abrirse la discusión de todo asunto, se llamará a los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra con objeto de que se inscriban.
El C. Secretario Porte Gil: El artículo 10 presentado por la Comisión, dice:
"Articulo 10. Cuando se proporcionen elementos de trabajo, pagará el labrador como máximo, un treinta por ciento de la cosecha y un veinte por ciento, también como máximo, cuando se proporcione únicamente la tierra. Si ésta hubiere ya sido barbechada por el propietario, se abonará a éste un cinco por ciento de la cosecha, el cual pagará el Ayuntamiento, de la parte que le corresponde.- E. Neri.- A. Esquivel.- J. Siurob.- B. Vadillo."
Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra se servirán pasar a inscribirse.
El C. Presidente: Se han inscripto para hablar en contra de este artículo los CC. Cruz José C., Cepeda Medrano, García Pablo, Mariel, Velásquez, Arellano, Román y González Jesús M. Tiene la palabra, en contra el C. Cruz José C.
El C. Cruz: Ciudadanos diputados: Cuando el ciudadano diputado Vadillo expresó no hace mucho que la ley que discutimos tiende únicamente a favorecer la producción de artículos de primera necesidad, confieso que no pude menos que desconocer al ciudadano diputado Vadillo, puesto no que conozco sus tendencias que siempre han sido encaminadas a procurar de la manera más radical el mejoramiento de las masas desheredadas. No cabe duda que una de las tendencias primordiales de la ley que discutimos es la de hacer frente al problema de la miseria, que es uno de los problemas más pavorosos que se presentan para nuestro Gobierno; pero no por esto debemos olvidar ni un momento los intereses de los trabajadores del campo, que son los que están llamados a aprovecharse de las franquicias que vamos a darles por medio de la expedición de la presente ley. Yo vengo a hablar en contra del texto del artículo 10, que ha sido reformado por las Comisiones dictaminadoras, principalmente porque no veo en él ninguna forma por medio de la cual vayan los trabajadores de los campos a obtener un provecho efectivo con los trabajos que emprendieran en las
tierras que el Ayuntamiento va a proporcionarles en lo sucesivo. Dice el artículo que está a discusión lo siguiente:
"Artículo 10. Cuando se proporcionen elementos de trabajo, pagará como máximo, un treinta por ciento de la cosecha y un veinte por ciento, también como máximo, cuando se proporcione únicamente la tierra. Si ésta hubiere ya sido barbechada por el propietario, se abonará a éste un cinco por ciento de la cosecha, el cual pagará el Ayuntamiento, de la parte que le corresponde."
Vemos que hay un punto y, según mi entender, el más vulnerable es el que se refiere a que el usuario de la tierra pagará el veinte por ciento, cuando únicamente le hubiese sido proporcionada ésta. Indudablemente que no hay ninguna novedad en lo que voy a decir a vosotros, puesto que alguno de los ciudadanos diputados ha esbozado ya la idea de que en estas condiciones los usuarios de las tierras podrían obtenerlas de los mismos propietarios. Estoy seguro que los propietarios de los grandes latifundios, con tal de que el Ayuntamiento no entrara en posesión de sus terrenos, podrían proporcionarles parcelas a los agricultores en las condiciones de que habla la presente ley. Además, yo creo que los mismos agricultores, como lo dije al principio, no sacarían ningún provecho, puesto que irían a dar un quinto de sus cosechas después de miles de privaciones, de sacrificios que van a hacer para sembrar las tierras que se les van a proporcionar; no sería justo que se fuera a dar la quinta parte del fruto de esa misma tierra sin ningún motivo. Yo creo que las tierras en general son de aquellos que las cultivan, que los campesinos no deben dar absolutamente nada en el caso de que se les proporcione únicamente la tierra. Esto debemos hacerlo efectivo en este artículo si queremos ser verdaderamente liberales, si queremos favorecer verdaderamente al pueblo que, como decía el C. Ibarra no hace mucho, está todavía en espera de que se dicten leyes verdaderamente protectoras del trabajo y de la agricultura. Yo no puedo menos que expresar ante Vuestra Soberanía la desilusion inmensa que llevo en el fondo de mi alma al ver que ya para terminar el período ordinario de nuestras sesiones y no se ha puesto mano a ninguno de los problemas que más urge resolver para afianzar los principios proclamados por la Revolución, y ésta es una de las leyes, como decía el ciudadano doctor Siurob, es una de las revolucionarias que se han presentado hasta hora. Efectivamente, esto es en sentido relativo, puesto que esta ley en su fondo es una ley conservadora, si no es que reaccionaria, puesto que tiende a conservar muchos privilegios de los grandes terratenientes, y parece que se tiene miedo de entrar de lleno al problema agrario, tal como debe ser. (Murmullos.) Decía el C. Vadillo que en este caso, además de la intención que se tiene de producir lo indispensable para proveer a las necesidades de la República, es favorecer a los más aptos, a los más trabajadores agricultores de los distintos puntos de nuestro país, y yo creo que no solamente ésto se debe tener en cuenta, sino que se deben dar facilidades a estos mismos trabajadores para llevar a cabo la labor que deben emprender para ser fructíferos, para hacer que produzcan lo más que sea posible los terrenos que van a tener en calidad de usufructo. Muchas veces sucede que personas trabajadoras, que campesinos bien intencionados y de buena voluntad, se ven cruzados de brazos, porque no tienen los elementos indispensables para llevar a cabo la labranza de las tierras en las condiciones que reclaman las necesidades de cada región; y ya que por las circunstancias por las que atraviesa nuestro país y por la penuria en que se encuentran los Municipios, no serán posible que se les proporcionen los elementos indispensables para labrar esas misma tierras, cuando menos debemos, por medio de la legislación, más bien dicho, estableciendo franquicias más o menos liberales, hacer más y más fructífero su trabajo. Por lo mismo, yo vengo a oponerme a esta parte del artículo por medio del cual se establece que en caso de que se proporcionen las tierras, deberán pagar un veinte por ciento. Yo opino y deseo que no deben dar absolutamente nada. (Voces: ¡Bien! Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra en pro el C. Vadillo.
El C. Vadillo: Señores diputados: La objeción más seria que se puede poner al artículo 10, que tenemos a debate, la esbozó solamente el señor Cruz, que acaba de descender de la tribuna; pero esa objeción, que es la más seria, desde el punto de vista revolucionario, la va a hacer la misma Comisión en términos más claros, más precisos, que como tuvo a bien hacerlo el propio señor Cruz. (Campanilla.)
El C. Secretario Portes Gil: El C. Vadillo suplica a los ciudadanos diputados se sirvan dispensarle la atención debida, y se llama al orden a los CC. Padrés y López F. Ricardo.
El C. Vadillo, continuando: La objeción, señores diputados, es ésta: las tierras abandonadas por sus legítimos propietarios y no usadas por ellos, son recogidas virtualmente por la Nación, que tiene derecho originario a ellas; por consiguiente, si son tierras que normal y debidamente no producen a sus legítimos propietarios nada, tampoco existe derecho para que produzcan nada al Gobierno, que no es el propietario real del uso de esas tierras, sino únicamente el reglamentador del uso de tales terrenos. En esta virtud, la Ley sobre Tierras Ociosas, no debería, en terreno lógico, reclamar del usuario de la tierra un sólo centavo por el uso de ellas, máxime, si se acude al concepto de que existe una necesidad nacional, que obliga a todos los gobiernos a poner al uso de los más aptos las tierras para que satisfagan una necesidad nacional. Pero las razones que la Comisión ha tenido para aceptar en principio un pago de arrendamiento o de aparcería, pago que después se fijará en el tanto por ciento que la Asamblea estime conveniente, las razones, repito, son las siguientes: Dar efectividad a esta misma ley.
Los señores diputados saben muy bien que el capitalismo rural es, seguramente, el principal enemigo de los principios revolucionarios, y que el capitalismo rural es el único, hasta estos momentos, que ha escapado real y verdaderamente, de la acción revolucionaria. El capital bancario está sometido ya en estos momentos, por leyes constitucionales, a una disciplina moral; los banqueros, en estos instantes, están sentados en el banquillo de los acusados; ha tiempo que el Gobierno revolucionario le ha echado por tierra el tinglado de su
rapacidad, incautándole sus bancos y liquidandoles todas sus operaciones. El capitalismo minero tiene ya la disciplina de unas tarifas moralizadoras, y en cuanto al capitalismo industrial, acaba de aprobar el Congreso de la Unión de Ley de Incautación de Fábricas, que será para siempre un verdadero freno a las maquinaciones del capital industrial. Pero el capitalismo rural no ha recibido de la Revolución un sólo golpe enérgico; el capitalismo rural únicamente ha sido excitado por las incautaciones de haciendas que ha poco han sido devueltas a los propietarios; el capitalismo rural es, efectivamente, el enemigo más enérgico con que luchan los revolucionarios, y la manera de luchar con él, señores diputados, no es, seguramente, presentando la cabeza de Medusa de una ley que no sea efectiva en la práctica. Necesitamos no solamente asustar al capital, sino aplicar la espada efectiva de un Perseo que vaya a herirle directamente al corazón, y para ello, señores diputados, la Cámara, el Congreso de la Unión, es absolutamente imponente él solo; no bastan las leyes; es necesario buscar quien ejecute esas leyes. Nosotros necesitamos tener un aliado en cada lugar de la República, para que se ejecuten verdaderamente las decisiones revolucionarias del Congreso de la Unión, y este aliado tiene que ser el Ayuntamiento de cada lugar. Nosotros tenemos el optimismo nacional, de que las leyes tienen una verdadera efectividad por sí solas; noten los ciudadanos diputados que, desde el bando de policía que se escribe, que se fija en las esquinas al son de la música en los pueblos, hasta las leyes federales que son promulgadas con toda solemnidad en todo la República, muchas de ellas, las más, quedan reducidas a vivir en las esquinas, pegadas, o bien, a ir al panteón de las leyes, que son los archivos, en donde yacen atadas con un cordón y selladas con una buena intención. ¿Pero dónde está la efectividad de las leyes? Los pueblos latinos tenemos la persuasión de que basta dar una ley y tirarla al viento, para que ella se cumpla por sí sola y no tenemos la preocupación de buscar el agente que vaya detrás de ella a hacerla cumplir inexorablemente. Esta ley, señores diputados, la de tierras ociosas, necesita tener un agente, y vamos a examinar quién puede ser ese agente. No tenemos en esta Ley de Tierras Ociosas más que los siguientes elementos: Primero, esta Cámara que da la ley; las Legislaturas de los Estados, que adaptan esta ley; los Ayuntamientos que la han de aplicar; los campesinos que la han de aprovechar y los terratenientes que la han de resistir con todas sus fuerzas. ¿Qué podemos hacer nosotros, señores diputados, después de dar esta ley? Nada absolutamente. Al irnos de aquí, volveremos a ser ciudadanos sometidos al medio, víctimas también del capitalismo y del medio conservador. ¿Qué pueden hacer las Legislaturas de los Estados, sino procurar, como nosotros, una ejecución de este ley únicamente? Entonces los campesinos, ¿qué podrían hacer sino esperar que los beneficie esta ley, y los propietarios qué hacer sino resistir con todas sus fuerzas a esta ley que va a herir sus intereses? Entonces, necesitamos ver que el Ayuntamientos sea el punto de apoyo verdadero, la palanca por donde hemos de aplicar la efectividad de esta ley. Una ley puede ser muy radical en sus principios, pero puede ser nula en su aplicación, y las leyes más radicales son precisamente las que están expuestas al más mínimo cumplimiento de ellas; entonces, cuando algún ciudadano diputado, en nombre de un radicalismo a lo "Bolsheviky" ruso, pida que esta ley derogue absolutamente las efectividades para los Ayuntamientos, estará muy bien en el terreno de los principios abstractos, pero estará absolutamente muy mal en el terreno de la efectividad de esta ley. Cuando nosotros pedimos que los Ayuntamientos obtengan alguna ventaja, es para suscitar un interés egoísta, absolutamente egoísta, que luche con el egoísmo de otro interés: El interés de los propietarios. Nosotros nos imaginamos que, estando los Ayuntamientos de toda la República en estos momentos en la más absoluta bancarrota, y yo desearía que un diputado me desmintiera a ver si el Ayuntamiento en su Distrito tiene pagados a sus maestros, a sus empleados, tiene saldadas sus cuentas....(voces: ¡No, no!), y liquidados sus egresos. Si hubiera un cinco por ciento, yo tendría que retirar mis palabras inmediatamente; pero los Ayuntamientos, después de la Revolución, después de que han sido constituidos libres como unidades políticas de primera importancia, se encuentran, desgraciadamente, en la más absoluta bancarrota.
El C. Cepeda Medrano, interrumpiendo: ¡Es cierto!
El C. Vadillo, continuando: He consultado con algunos diputados de Veracruz, y ellos me afirman que aun el Ayuntamiento del puerto, que generalmente vive en buenas condiciones, se encuentra en la actualidad en bancarrota. Los Ayuntamientos son actualmente los que deben pagar la instrucción pública, y la instrucción pública, en estos momentos en que no hay un solo libro; las escuelas rurales en que no hay un solo asiento para los niños que van a las escuelas, en que no hay para pagar al profesor, al cual se le deben mensualidades y mensualidades atrasadas; los Ayuntamientos están en estos momentos deseosos de que haya un fondo de ingresos, un capítulo de ingresos eventuales, y se acogerían a esta ley como a su verdadera salvación, y por el interés puramente egoísta de salvar sus rentas públicas, sería el Ayuntamiento, a nuestro juicio, uno de los principales agentes de aplicación de esta ley, y sería el que buscara campesinos que tomaran tierras, en buenas o en malas condiciones, y graduaría, en cada caso, cuándo debería cobrárseles y él sería uno de nuestros verdaderos agentes de efectividad para la aplicación de esta ley.
Este es el punto de nobleza que tiene la Comisión para pedir que entre no hacerse nada con una ley radical, y hacerse algo con una ley que en los principios lleva algo de egoísmo para los Ayuntamientos, hemos adoptado este último principio. La Comisión tiene el proyecto de adicionar esta ley en la forma de que el cincuenta por ciento de los ingresos a que dé origen la ley a los Ayuntamientos, se aplique exclusivamente a la instrucción pública, que como he dicho, está absolutamente abandonada en estos momentos en el país; la Asamblea puede meditar qué interés tiene para el momento histórico presente la educación popular y la Asamblea
puede meditar la necesidad en que los Ayuntamientos se encuentran de obtener fondos extraordinarios que no puede obtenerlos en otra parte que de la tierra. Yo he sido siempre enemigo de que la instrucción pública se cargue a la industria, al trabajo, pero sí siempre partidario de que los gastos públicos se carguen a la tierra. ¿De dónde debe venir la luz, si no del trabajo del campesino sobre la tierra? ¿Qué otra cosa más legítima que dar uso libre de la tierra a los pueblos para que obtengan una legítima compensación que ha de ser empleada forzosamente en la educación de los hijos de los campesinos? En este sentido, señores diputados es intocable el espíritu que nos ha guiado para dictar esta ley en esta forma. Ahora, en cuanto al porcentaje que en ella se señala, será cuestión de discutirlo; pero en cuanto al principio que ha venido a atacar el C. Cruz, nosotros lo defendemos todavía en los términos que está y por las razones que hemos expuesto. Todavía, señores diputados, tengo una razón que agregar al propósito de la Comisión, para que subsista el principio de que los Ayuntamientos deben obtener alguna cantidad que después fijaremos y es la siguiente: En todos los pueblos de la República, especialmente en los alejados de los centros de cultura, existe la oprobiosa costumbre de que los campesinos paguen al clero lo que se llama diezmos, primicias y otras clase de ingresos de orden clerical. Esto está condenado hasta por los mismos clericales en determinados casos, como en Oaxaca, pero algunos campesinos resisten esta gabela de orden clerical, por una razón, por un motivo que es el siguiente: En el mes de agosto y también en el mes de septiembre, en todo el país se agotan las existencias y entonces se acude al maíz clerical almacenado allí por las maniobras de esos explotadores de la Nación y entonces tienen en ello una especie de almacenes que son los que en muchos casos resuelven la crisis. El clero, que en nombre de la Iglesia recoge maíz en diciembre y en enero, vende ese maíz en agosto y en septiembre, en nombre de Mercurio, el dios de los ladrones, (aplausos y risas) y el pueblo, a pesar de que reconozca la injusticia de ello, soporta y resiste esta clase de almacenes, por la ventaja accesoria y accidental que le da tener algo de maíz, o algunos elementos almacenados. Nosotros pretendemos creer que los Ayuntamientos podrán ser alguna vez los verdaderos socializadores de las subsistencias, porque ellos almacenarían los granos, porque ellos repartirían después en la venta que hicieran de ese maíz, seguramente con mejores condiciones que lo haría el clero, porque el Ayuntamiento es electo, porque se despertaría el interés democrático de tener allí amigos del pueblo en las elecciones, y este es un capítulo que también se podría explotar. ¿Qué interés democrático despierta la socialización de las subsistencias en los pueblos? ¿No es también un medio indirecto de levantar el espíritu democrático de los campesinos? ¿No es un medio de hacer que se interesen para lo sucesivo en elegir a sus hombres, sabiendo que ellos han de volverles un bien material efectivo, real, en el sentido de dar subsistencias baratas? Este principio también es inatacable. Nosotros pretendemos la socialización de la tierra; pretendemos la socialización de las herramientas de labranza, como se ha visto aquí, y pretendemos también la socialización paulatina de las subsistencias. La H. Asamblea se servirá dar a estas explicaciones que hace la Comisión con la mejor buena fe, el valor que tengan. Repetimos que estamos a discreción de la Asamblea; pero queremos, en todo caso, que se tomen en cuenta las razones que tiene la Comisión para que no se le venga a tachar, así ligeramente y no más porque sí, de que no es radical porque no comete disparates. En nuestro juicio es un disparate, digo, sería una ventaja mayor que los Ayuntamientos fueran los agentes de esta ley, agentes orgánicos interesados verdaderamente por un interés egoísta; pero en todo caso que hicieran cumplir esta ley. Tenemos un enemigo en cada lugar, que es el propietario afectado. ¿Quién va a luchar con ese enemigo, quién va a subyugarlos, a someterlos, si nosotros lo que hemos querido es meternos en el nudo de conflictos, de intereses y ponernos desde luego a favor de un interés en contra de otro interés? ( Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Cruz.
El C. Cruz: Ciudadanos diputados: No distraeré por mucho tiempo la atención de Vuestra Soberanía; únicamente quiero referirme a alguno de los conceptos vertidos aquí por el C. Vadillo. Al atacar el artículo 10 que está a discusión, no la he hecho... (Campanilla.)
El C. Presidente: Se suplica al orador que se concrete a la rectificación de un hecho, que es para lo que ha pedido la palabra.
El C. Cruz, continuando: Quiero puntualizar algunos conceptos vertidos por el C. Vadillo y al mismo tiempo aclarar los a que hice referencia en mi peroración anterior. Precisamente mi intención al atacar el artículo ha sido el querer librar al pueblo de los distintos Municipios de la República, de que caiga en manos de los Ayuntamientos que muchas veces se convierten en verdaderos tiranos de esos mismos pueblos. Decía el C. Vadillo que los Ayuntamientos debe ser estimulados por un sentimiento egoísta a efecto de que hagan efectivas las leyes que se expidan, ya sea en esta Legislatura o en las de los Estados. Yo estimo que en este sentido el C. Vadillo no tiene razón, porque los ciudadanos de elección popular y precisamente nosotros que estamos laborando en esta Asamblea, entiendo que no debemos ser estimulados por ninguna clase de sentimientos egoístas, pues desde el momento que aceptamos por medio del voto de nuestros comitentes venir a laborar por su mejoramiento, no debemos venir estimulados por ningún egoísmo ni por ningún interés. Si hay alguna razón en lo que a este respecto ha dicho el C. Vadillo, será únicamente el interés público, el interés del Municipio, pero no el egoísmo de los representantes de ese mismo Municipio....
El C. Mariel: pido la palabra para una moción de orden.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Mariel: Para que Su Señoría se sirva decir al orador se concrete a la rectificación de hechos, porque está expresando conceptos, ideas contrarias a las vertidas por el señor Vadillo.
El C. Presidente: La Mesa se permite manifestar
al compañero Mariel, que ya se llamó la atención del orador sobre el particular.
El C. Cruz, continuando: Concluyo para no cansar más la atención de Vuestra Soberanía, manifestando únicamente que el hecho que quería rectificar es que la intención, como lo dije al principio al atacar el artículo 10, la intención que me guió, fue únicamente procurar que la ley sea verdaderamente beneficiosa para los usuarios de las tierras, y de ninguna manera de la de venir a verter conceptos encaminados a herir la susceptibilidad de la Comisión en ninguna forma.
El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Diputado Medrano.
El C. Cepeda Medrano: Señores diputados: he pedido la palabra en contra del artículo 10, porque considero exagerado el tanto por ciento que establece la H. Comisión, diciendo que se cobrará un veinte por ciento cuando no se proporcionen útiles de labranza, y un treinta por ciento cuando se proporcionen esos útiles a los labradores pobres. Vosotros diréis, señores diputados, que los Ayuntamientos están autorizados para imponer el máximo o el mínimo, para imponer hasta el veinte o treinta por ciento, pero nosotros debemos decirles que la mayoría de los Ayuntamientos año por año, día por día, están siendo reaccionarios; que cada día vemos con tristeza que dentro de los Ayuntamientos se están colando los individuos que antes fuimos a atacar, ya fuese en el campo político o en la lucha armada. Nosotros estamos convencidos de que los Ayuntamientos dentro de poco serán igualmente conservadores que en el tiempo de Porfirio Díaz, si no hacemos todos los esfuerzos posibles por combatir el mal de raíz. Los Ayuntamientos están siendo controlados por los capitalistas, allí en los Ayuntamientos los munícipes, los que tienen mayor interés, son aquellos hombres adinerados que pueden conseguir el voto por miles de triquiñuelas en los pueblos y que pueden engañar miserablemente a sus peones, a sus vecinos; se han revestido con la piel de oveja y no son más que unos miserables lobos que en el momento oportuno se lanzarán sobre el pueblo que los encumbró a los puestos públicos para aniquilarlo, para arrebatarle todas sus libertades y para tenerlo en la más completa ignorancia. Por eso, señores diputados, considero que los Ayuntamientos nada podrán hacer en beneficio del pueblo. Las Legislaturas de los Estados y esta Cámara, serán las que deben dictar las leyes para evitar que los Ayuntamientos puedan aprovecharse de la elasticidad de las mismas leyes, para que vayan entonces a trabajar en contra del pueblo que los eligió. Nosotros tenemos también enfrente la necesidad imperiosa de combatir una costumbre inmoral, establecida desgraciadamente en la agricultura nacional mexicana. Hemos visto con tristeza esa costumbre de aparcería establecida en la generalidad de la República; el primer caso del contrato de aparcería y el más generalizado, es en el se da a medias. Decía, yo señores diputados, que la costumbre más generalizada entre los agricultores es ceder a los labradores sus tierras y sus aguas con el cincuenta por ciento, o sea a medias, y entonces el aparcero queda considerado como mediero. El mediero, después de levantar la cosecha con miles de sacrificios, con miles de esfuerzos, con miles de trabajos tiene que entregar la mitad de la cosecha, la mitad de lo que ha recogido en bruto, al propietario que no ha puesto absolutamente nada de su parte para levantar toda aquella cosecha. El otro sistema es el sistema de tercios. En el tercio se exige el treinta y tres por ciento de la cosecha en bruto; es una inmoralidad, es un robo; necesitamos nosotros acabar con estas costumbres inmorales para enseñarles a nuestro ignorantes labradores que no se deben dejar robar en esa forma tan inícua y tan criminal como se ha hecho hasta estos momentos. ¿Qué razón hay, señores, para no combatir este mal en su raíz? ¿Qué razón hay para no arrebatarles a esos latifundistas la máscara de altruismo con que han querido revestirse? ¿Qué razón hay para no descorrer el velo de la ignorancia de nuestros pobres labradores y decirles: "No estéis engañados: Os están robando miserablemente estos hombre". Y debemos de combatir estas costumbres, debemos ir contra esas leyes y debemos de acabar con esas prácticas inmorales. En el treinta y tres por ciento, cuando se exige el treinta y tres por ciento de una cosecha en bruto, entonces el propietario únicamente cede tierra y agua. El labrador pone de su parte el trabajo, su inteligencia, los elementos de labranza, la semilla y todo, absolutamente todo lo que recoge, va a dar manos del propietario, del hacendado, del capitalista, con nada absolutamente se queda él; una mes después de levantada la cosecha, aquel infeliz hombre se está muriendo de hambre, porque no tiene siquiera algo del grano que levantó, porque convertido en un esclavo, en un pobre hombre que está adeudando no un peso, sino centenares de pesos a aquel capitalista que le proporcionó aquellos elementos de trabajo. El sistema de la cuarta o sea el veinticinco por ciento, también debemos de combatirlo, porque es altamente inmoral; lo mismo que el mediero, lo mismo que el del tercio, es igualmente un robo. ¿Qué razón existe, señores diputados, para que un hombre que tiene un pedazo de tierra que la fortuna le regaló, porque no su esfuerzo, porque no su trabajo, no su dinero, sino miles y miles de maldades que han hecho los latifundistas en nuestro país, por esos medios han conseguido todos esos elementos de riqueza, por qué razón, digo yo, esos hombres van a exigir el veinticinco por ciento de la cosecha en bruto a aquellas infelices que despliegan trabajo y actividad? Yo creo, señores diputados, con ese revolucionarismo de que hacemos gala, con ese radicalismo de que nos hemos revestido y con ese amor al pueblo de que mil veces hemos venido aquí a dar muestras, o hemos aparentado dar muestras, vengamos en esta vez, señores diputados, a hacer algo beneficioso, a hacer algo efectivo en bien de nuestra pobre gente y acabar con toda esa práctica, con toda esa ley y con toda esa costumbre de la agricultura nacional. Si nosotros fuésemos a examinar uno solo de los sistemas el sistema de medieros, quedaríamos asombrados de las monstruosidades, del criminal manejo que llevan a efecto los capitalistas para poderse aprovechar de toda la cosecha, para poderse aprovechar de todos los beneficios que corresponden al labrador, y no solamente para eso,
señores, sino para sumir más en la desgracia a aquel infeliz labrador que con tanto empeño, con tanto gusto, con tanto anhelo, fue a labrar la tierra soñando en la felicidad y en la fortuna para sus hijos. En el sistema de medieros, señores diputados, como he dicho antes, se proporciona tierra y agua, la semilla, los animales, y nada más; el labrador pone de su parte el trabajo, su esfuerzo, su inteligencia para cultivar aquellas tierras. Entonces- dirán algunos propietarios o dirán algunos representantes del pueblo - ¿cómo es posible que siendo los capitalistas los que proporcionan todo, vayan a quedarse sin un centavo, y vengamos a darle al labrador toda la fortuna que correspondía al capitalista? No, señores, allí está el error precisamente. Se nos presenta este problema revestido de una forma pintoresca y atractiva para poder seguir aniquilando a aquel pobre labrador. No hay nada de cierto; no es nada exacto lo que se dice y lo que se hace en este caso.
En el caso del sistema de aparcería, cuando se da a medias al labrador pobre, se le roba desde el principio y se le roba al final. Examinando un poco más la cuestión, vemos que aquellos infelices labradores que fueron a trabajar allí juntamente con dos de sus hermanos, con dos de sus hijos, día a día, noche por noche, llevando todo su contingente de actividad y su escasa inteligencia para arrancarle a la madre tierra lo que pudiera dar, al final de la cosecha se encuentra irremisiblemente perdido y convertidos en unos esclavos del hacendado. El hacendado está en su palacio, en las grandes capitales, en bacanales y orgías gastando todo lo que roba al infeliz labrador, y el infeliz labrador, allá en los montes, allá en los valles, en los desiertos, allá lejos de las ciudades populosas, donde no puede dar instrucción a sus hijos, se muere de hambre; y allí, señores diputados, día a día se está matando en el corazón de esos hombres la ambición sana y sagrada que debe existir en cada uno de ellos, y después decimos, ¿cuál es la razón de que nuestro pueblo no progrese? ¿qué causas existen para que esta nación siga en el mismo estado de miseria? La razón está ahí, señores diputados. No es tan sólo al elemento obrero al que debemos proteger; aquí se ha hablado mucho del elemento obrero y no es tan sólo al elemento obrero al que debemos proteger, el elemento obrero tiene más defensa, el elemento obrero tiene más de su parte, no es tan numeroso como el campesino, como el labrador, como el pequeño agricultor; el obrero habrá prestado muy grandes beneficios a la Revolución, pero nunca tan grandes, tan inmensos como los que ha prestado el pobre labrador. El labrador pobre, el agricultor pobre es el que ha prestado siempre grandes beneficios a la Patria Mexicana, es el que ha combatido en la guerra de independencia, es el que ha ido a combatir contra Francia, es el que esta vez ha seguido el primero al señor Madero; díganlo todos los hombres que anduvieron con el señor Madero; díganlo todos los hombres que han andado al lado del señor Carranza, si no es exacto que el hombre que respondió al primer grito de rebelión fue el labrador, fue el agricultor pobre, y a él, señores diputados, únicamente a él debemos encaminar todos nuestros esfuerzos, y si no a éste únicamente, cuando menos primero, esencialmente a ese pobre hombre para redimirlo, para sacarlo de la miseria, para levantarlo de la situación triste en que se encuentra. Yo no hallo, señores, cómo comprender ese contrato de aparcería que se llama de medieros; lo considero criminal, lo considero inmoral, lo considero un robo; pero todos mis calificativos resultarían pálidos ante la verdad de las cosas, tal y como se presentan en el campo de la vida. El capitalista entrega al hacendado, al labrador pobre, los elementos para poder trabajar; pero el capitalista no pone ni dinero, ni esfuerzo, ni trabajo ni sacrificio: Todo absolutamente lo pone el pobre labrador, y cuando viene la cosecha, entonces sí en bruto, allí, en montón, allí, todavía viendo las pilas de maíz, van a darle la mitad al aparcero y la mitad al hacendado. Pero entonces diremos que es inmensamente rico, inmensamente feliz con la mitad de aquella aparcería, con la mitad de aquel contrato, con la mitad de aquella cosecha, el pobre labrador. No, señores diputados, después el agricultor, el hacendado, hace al labrador las cuentas del gran capitán y aquí está el mal; el hacendado proporciona al labrador semilla y al final de la cosecha recoge la semilla; el hacendado proporciona dinero para que vaya a trabajar en la pizca, en la siembra, en el arrime de tierra y en todos los beneficios de la tierra y al final viene la liquidación, al final de la cosecha le viene haciendo aquellas cuentas, tres, cuatro, cinco veces mayores, y aquel infeliz se queda asombrado, protestando únicamente en su interior, pero no habiendo justicia en la tierra que pueda ir a examinar ese contrato y saber si realmente son aquellas cuentas efectivas o no lo son. Después le hace cuentas del gran capitán en la tienda de raya, que quieran o no quieran ustedes, señores diputados, las tiendas de raya existen y seguirán existiendo en la República Mexicana, no las veréis en la misma forma que estaban en los tiempos de Porfirio Díaz, no, ahora están disfrazadas en otra forma, pero son las mismas tiendas de raya que robaban miserablemente al labrador pobre.
Me dice aquí la H. Comisión que va a retirar el artículo, y si es exacto, entonces dejaré yo el uso de la palabra. (Aplausos.) Yo únicamente lo que quería demostrarle a la H. Comisión, es que el tanto por ciento que establece es altamente inmoral, que nosotros debemos acabar con esa costumbre en la agricultura nacional, precisamente para moralizar al hacendado, y para exigirle a que en el futuro haga lo mismo que hace el hacendado en los países civilizados, en donde se aman todos los hombres de una nación como hermanos y no se ven como aquí, con la diferencia de clases sociales. Las clases sociales en nuestro país, esa diferencia de clases sociales que existe, esa nobleza de la alta aristocracia y ese plebeyaje de la clase humilde, es precisamente la causa principal de estas condiciones. En nuestro país no existen los títulos de nobleza, pero en nuestro país los títulos y las prerrogativas se adquieren por medio del dinero; aquí se ha comprado y comprará siempre a la justicia por el dinero, y el pobre nunca ha tenido quien le haga caso. El artículo que se nos presentaba hoy.... (Voces: ¡Ya lo van a retirar!) Convenido que lo vayan a retirar, señores, pero la Comisión no debe declararse derrotada antes de terminar los oradores del contra. Nosotros, señores diputados, debemos de dictar leyes para que no sigan estas costumbres.
Sabemos perfectamente bien cómo se establecen las colonias en los Estados Unidos, sabemos cuáles son los contratos de aparcería allí; sabemos cómo aquellos labradores trabajan allí en armonía perfectamente con los grandes capitalistas y, sin embargo, aquellos humildes labradores son felices y los grandes capitalistas se hacen inmensamente millonarios, porque sencillamente allí hay el estímulo, el empeño decidido de una parte por los trabajadores, y el esfuerzo grande por la otra parte de respetar al trabajo. En los Estados Unidos no se celebran contratos de aparcería en esta forma, y cuando llegan a establecerse colonias bajo el sistema de aparcerías, no se hacen en las condiciones en que establecen aquí en nuestro país en esta clase de contratos. Allí en los Estados Unidos, para establecer una colonia, se llama a todos los colonos y se les entrega la parcela de tierra y todos los elementos de trabajo se les proporcionan; después de diez años, cuando ha reintegrado la mitad de la cosecha, se queda aquel hombre con todas aquellas propiedades, y aquí en nuestro país trabaja el humilde indio, el peladito hambriento, el miserable trabajador cincuenta años y nunca tiene un solo centavo, y no sólo eso, sino que nunca puede levantar de la opresión a sus hijos y no puede salir de la miseria en que se encuentra. ¿Cómo no hemos de protestar, señores diputados, si precisamente esta ley vendrá a decir a todos los capitalistas y hacendados: "Lo que vosotros hicísteis en trescientos años y que estáis haciendo aún, es una inmoralidad, es un robo, es un crimen ante la historia y ante el mundo entero y no seguirás adelante en la misma forma". Todos nosotros al retirarnos de este Parlamento, al retirarnos de este recinto, iremos a nuestros Distritos, iremos allá con nuestros humildes comitentes, a decirles que no deben de permitir la misma inmoralidad, a decirles que los contratos de aparcería no deben ser en la forma en que estaban establecidos, que deben revolucionar en su forma esa clase de contratos.
Yo espero, señores diputados, que hoy en esta vez no demos al Ayuntamiento, aunque éste venga a tener el nombre del propietario, no demos al Ayuntamiento más que el cinco o diez por ciento sobre la cosecha en bruto, démosle el diez por ciento sobre las utilidades. Si quiere ser él uno de los contratantes, que vaya por el mismo camino; si el Ayuntamiento quiere convertirse en negociante, que sufra también las consecuencias de esos negocios, que si pierde el labrador, pierda el Ayuntamiento; pero no permitamos, señores, que ese tanto por ciento exagerado vengamos a apoyarlo con nuestro voto. Nosotros sabemos, señores, que los bancos, esas instituciones que prestan grandes cantidades de dinero, lo hacen únicamente, señores diputados, con el seis por ciento anual, y entiéndase perfectamente bien que prestando dinero para que vayan a invertirlo en operaciones que van a redituar grandes cantidades al año, y aquí en nuestro país... (Murmullos.) Tengo usted la bondad de no interrumpirme, señor González. (Voces: ¿A cuál González?) Aquí en nuestro país, señores diputados, los bancos prestan en esa misma forma, con el seis por ciento anual, y prestan cantidades en efectivo, cantidades que van a ponerse en circulación en el mundo de los negocios y, sin embargo, aquí en nuestro país vemos a los hombres que tienen fincas tanto rústicas como urbanas, que cuando hacen negocio de aparcería con los infelices indios, no van a recibir el seis por ciento anual, sino el treinta, el cuarenta, el cincuenta por ciento anual, es decir, que aquellos hombres a causa de la miseria, de la desgracia, de la ignorancia de nuestros labradores, se vienen a hacer un capital igual al representativo de sus haciendas, en dos o tres años de cultivo. ¿Y cómo va a ser justo, cómo vamos a soportar que todavía siga esta inmoralidad? Si los bancos que prestan dinero en efectivo solamente cobran el seis por ciento, ¿entonces cómo los hombres que prestan sus bienes raíces, sus fincas rústicas o urbanas, vayan a recibir un treinta, cuarenta o cincuenta por ciento cuando está perfectamente bien establecido en el mundo de los negocios y de las finanzas, que solamente deben percibir menos del seis por ciento anual? Tomando en consideración todas estas razones, señores diputados, yo espero que votemos en contra de este artículo y obliguemos a la Comisión a que si quiere beneficiar a los Municipios, que se le entregue, no el cincuenta por ciento para la instrucción pública, sino que todo lo que se colecte para la instrucción pública. Entonces que no se establezca más que un rédito, un cinco o diez por ciento. (Aplausos y voces: ¡A votar!)
El C. Siurob: Pide la palabra la Comisión.
El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.
El C. Siurob: Ciudadanos diputados: La Comisión ha estimado debidamente los conceptos emitidos en esta tribuna por los oradores del contra y como una nueva demostración de que no se casa con sus ideas, como una nueva demostración de que procura ante todo ser consecuente con el espíritu revolucionario de esta Asamblea, viene aquí a hacer nuevas imposiciones y a exponeros las razones fundamentales que espera serán debidamente atendidas por Vuestras Señorías. Es muy difícil, señores diputados, fijar un tanto por ciento, y digo que es muy difícil, porque es muy difícil para las Comisiones tener en cuenta las circunstancias de cada lugar, tener en cuenta en lo absoluto la intención definitiva de toda una Asamblea. Yo estimo que los señores diputados tendrán en cuenta, para justificar a la Comisión en sus apreciaciones, la dificultad que hay precisamente en interpretar el sentir de todo un grupo tan número de ciudadanos que tienen que votar acerca de esta ley. El contrato exigido aquí por aparcería por el C. Vadillo, es una prueba clara, evidente, de demostración de que las aseveraciones tanto de los oradores del contra como de la Comisión acerca de la rapacidad de los terratenientes, acerca de las injusticias de nuestro pueblo, ha sido muy poco vilipendiada en esta tribuna, no ha teniendo todavía el número suficiente de anatematizadores, el número suficiente de individuos que venga a exhibir con toda su horrible desnudez, esta lacra tremenda de la República que se llama el latifundismo mexicano. Aquí tienen ustedes un contrato de aparcería, en este contrato de aparcería aparecen cosas verdaderamente anticonstitucionales, hay un artículo que dice:
"Garantizamos este contrato con nuestros bienes habidos y por haber y en caso de no tener
bienes el deudor, obliga su personal trabajo a razón del salario acostumbrado."
Esto es tanto, señores, como obligar a trabajar por determinada cantidad a cualquier ciudadano de la República. Yo, es la verdad, nunca había visto un contrato como éste, tan absolutamente violatorio de los derechos individuales y de los derechos constitucionales. Este contrato es de Colima y muchos ciudadanos diputados me dicen que hay igualdad en Jalisco, en Michoacán y en distintos Estados de la República. Si es así, yo me permito desde esta tribuna señalar a las autoridades todas de los Estados y de la Federación, estas violaciones que acostumbran cometer los terratenientes, y ojalá que la prensa tomara debida nota de este asunto, para que las autoridades locales de los Estados y Municipios pusieran un remedio eficaz a esta clase de violaciones. Señores, me he fijado en este contrato, y si lo traigo aquí a esta tribuna, es únicamente para justificar a la Comisión en la nueva proposición que va a someter a esta Asamblea. Una de las cláusulas de este contrato dice:
"Recibiendo el arrendatario los bueyes necesarios para esta labranza, es decir, dos yuntas por cada tres y media hectáreas; y pagando catorce hectolitros de maíz y cien manojos de hoja por cada yunta de bueyes que reciba entregando la hoja donde la hacienda lo designe."
De aquí se deduce que este hacendado estima el importe de su par de yuntas en catorce hectolitros de maíz; y digo que si esto nos sirve de punto de comparación, es por esta razón que voy a exponer: En Colima, como ustedes saben, los animales de trabajo abundan; no hay escasez de animales de trabajo. Por consiguiente, no puede tomarse como excesivo el precio de catorce hectolitros de maíz por cada yunta; pero vamos suponiendo que como en la actualidad nosotros vamos a dar toda clase de facilidades, fuera reducido a la mitad, es decir a siete hectolitros de maíz por las dos yuntas...
El C. Manrique, interrumpiendo: !Por los dos bueyes!
El C. Siurob, continuando: O digo, por una yunta. Resultaría que si fijáramos únicamente el diez o el cinco por ciento, como dice el compañero Cepeda Medrano, la décima parte de la cosecha nos daría, - suponiendo que la cosecha fuera buena -, rendiría el uno por ciento, que es mucho en tierras de temporal, porque ordinariamente dan apenas el sesenta, el cuarenta, cuando mucho el setenta y cinco por ciento. Resultaría que aplicando sobre un setenta y cinco, sobre un ciento por uno, la proporción que él quiere, ese diez por ciento nos daría apenas la cantidad necesaria para el arrendamiento de los bueyes, y, en cambio, al Ayuntamiento no le quedaría nada para esa multitud de gastos que tiene que hacer, como son los de impresión de libros que tiene que llevar para registros de actas que ya estarán con su machote hecho, para dar justificante de a qué hora se van a hacer los denuncios; tiene que nombrar vigilantes que vaya a ver si cumplen con su compromiso los nuevos usuarios de la tierra.
Tiene, por otra parte - y ésto es muy lógico suponerlo -, que proveerse de algunos fondos para aumentar en cuanto sea posible algunas entradas del Municipio para proporcionar a los nuevos usuarios que se presenten el año entrante, el máximo posible de implementos de labranza. Esto lo hace el Ayuntamiento que se preocupa, un Ayuntamiento que tiene la idea de cumplir con su misión y ayudarse a sí mismo. Necesitamos, por otra parte, hacer que los Ayuntamientos tomen interés sobre este particular, y para que puedan tomar interés, necesitamos proporcionarles algunas entradas; estas entradas serán mayores cuando ellos proporcionen implementos de agricultura y que estas entradas sean cuando menos algunas cuando no proporcionen elementos agrícolas. Los ciudadanos oradores del contra tiene razón cuando exponen que el treinta por ciento, que el veinte por ciento que pide la Comisión no va aplicarse sobre las ganancias exclusivamente, sino sobre el producto bruto de la cosecha, de manera que en esta parte la Comisión es consecuente y les concede la razón, pero no está de acuerdo en que sea un diez por ciento, por la sencilla razón de que todos estos gastos tienen que hacerse, de que, por otra parte, el usuario de la tierra tiene que pagar el trabajo de los bueyes, que es justo que lo pague, que es legal que lo pague, y que el Ayuntamiento va a pedirle por ese trabajo de los bueyes la mitad exactamente de lo que piden todos los terratenientes de la República, puesto que si los de Colima, que son los que piden menos, piden catorce hectolitros de maíz por cada yunta de bueyes, el Ayuntamiento no es mucho que pida siete. Ahora, señores, hay que fijarse en otros puntos que son altamente interesantes. En la actualidad, en los Estados que yo conozco y en muchos que me han dicho algunos señores diputados - yo conozco los Estados de Querétaro, Guanajuato y Michoacán -, en estos Estados, si el terrateniente proporciona toda clase de implementos para la agricultura y alimentos para las familias, da la mitad de la cosecha; si no proporciona absolutamente nada, da las dos terceras partes. La Comisión pide únicamente la quinta parte, quiere decir que la Comisión se pone en mucho mejores condiciones que todos los terratenientes de la República. Ahora, señores diputados, es necesario considerar el peligro que puede presentarse si todos los actuales medieros, en vista de la bondad de esta ley, abandonan en lo absoluto los trabajos, si ellos van a decir: Se nos dan tantas facilidades que no queremos sembrar en ninguna hacienda, esperemos la ley. Este es otro peligro, de manera que vamos a ponernos en condiciones razonables, en condiciones justas, y justas son estas. Suponiendo que las cosechas en tierra de temporal son únicamente del sesenta por ciento, aplicando el veinte por ciento sobre aquella cantidad nos dará aproximadamente diez hectolitros, u once hectolitros. Once hectolitros apenas bastan para dar la cantidad que debe pagarse por los bueyes, porque hay que advertir que no se le impone la obligación de dar hoja, y que el Ayuntamiento ha de tener la obligación de comprar hoja o alimentos para aquellos bueyes. De manera que adoptando el veinte por ciento para cuando se proporcionen implementos de agricultura, y el diez por ciento cuando no se proporcionen se habrá cumplido con el Ayuntamiento, se habrá cumplido con el usuario y se habrá estado en lo absoluto dentro de la justicia y dentro de
los ideales de la Revolución. Esto es lo que viene a proponer la Comisión. Ya digo, la Comisión se ha puesto a estudiar en lo absoluto con toda justicia y justificación las condiciones del problema; que ha puesto ese tanto por ciento un poco elevado, porque quería escuchar las opiniones de los oradores del contra, y en todo caso, más vale rectificar un poco, y no verse estrechado dentro de ciertos límites en que absolutamente no se puede tener un punto de qué partir. Por este motivo, en la actualidad la Comisión viene ya a proponer su criterio de acuerdo con la mayoría de los diputados, cuya opinión se ha permitido explorar en cumplimiento de sus obligaciones y sólo suplica a ustedes que justifiquen en lo absoluto a la Comisión. La Comisión puede haber estado equivocado en el tanto por ciento, pero siempre de buena fe, siempre con la mejor buena voluntad, y más que lo justifica precisamente por los hechos, viene la misma Comisión a estar de acuerdo con los oradores del contra, siempre que éstos han tenido la justicia y el espíritu de la Revolución de su parte. Pido pues, a esta H. Asamblea que, después de justificar moralmente a la Comisión y de aceptar su buena voluntad y su amplio criterio liberal y honrado, le permitan retirar el artículo a discusión, proponiéndolo en la forma que acabo de expresar: El veinte por ciento cuando se proporcionen implementos de labranza, y el diez por ciento cuando no se proporcionen en loa absoluto ninguna clase de implementos.
El C. Secretario Portes Gil: Se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se concede el permiso a la Comisión. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Se concede el permiso solicitado. La Comisión presenta el artículo en la siguiente forma:
"Artículo 10. Cuando se proporcionen elementos de trabajo, pagará el labrador como máximo, un veinte por ciento de la cosecha y un diez por ciento también como máximo, cuando se proporcione únicamente la tierra. Si ésta hubiere ya sido barbechada por el propietario, se abonará a éste un cinco por ciento de la cosecha, el cual pagará el Ayuntamiento, de la parte que le corresponde."
(Aplausos.) Continúa la discusión (Voces: ¡A votar!)
El C. Secretario Aranda: Orden del día 3 de diciembre a las 4 p.m.: Continúa la discusión de la adición a la Ley de Ingresos, relativa a rentas a los templos. Proyecto de Ley otorgado una pensión al C. Doroteo Rodríguez. Continúa la discusión del proyecto de Ley Orgánica del Ministerio Público en el Distrito y Territorios Federales.- Sesión secreta.
- El C. Presidente, a las 12:02 p. m.: Se suspende la sesión.
(Asistencia de 129 ciudadanos diputados.)
- El C. Presidente, a las 4:20 p. m.: Se reanuda la sesión.
El C. Secretario Portes Gil: "H. Asamblea:
"A iniciativa del ciudadano tabasqueño Faustino Salazar Serrano, quien siempre se ha preocupado, sin economizar esfuerzo alguno, en beneficiar a su Estado, el ciudadano Subsecretario Encargado de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, designó oficialmente al señor ingeniero Ismael Aguilar, a efecto de que se trasladara al propio Estado de Tabasco e hiciera un estudio sobre la conveniencia de aprovechar como vía de navegación el río Cunduacán de aquel Estado, que baña los Municipios de Nacajuca, Jalpa y Cunduacán, y otros vecinos, como Comalcalco y Paraíso.
"Después de tres meses de que el referido ingeniero estuvo en la región relativa, rindió al Ministerio que lo designara, un informe concienzudo y pormenorizado, en el que pone de relieve la ingente necesidad de proceder a la apertura y canalización del rió de que se trata, como factor principalísimo del desenvolvimiento agrícola de aquella vasta región, una de las más importantes del Estado, cuyas riquezas imponderables mueren improductivas en el mismo lugar en que nacen por falta absoluta de medios adecuados de transporte, no creyendo necesario extendernos en consideraciones que serían pertinentes a este respecto, para fundar nuestra iniciativa, en virtud de que acompañamos copia del informe de que antes hicimos mención y que facilitó el Subsecretario del Ramo al ciudadano licenciado Rafael Martínez de Escobar, cuya lectura solicitamos, informe que constituye un conceptuoso estudio en el que se fundamentan a conciencia todos los beneficios colectivos que traerá consigo la realización de la obra a que nos referimos, y que muy especialmente redundará en provecho de los pequeños propietarios, que son los más en aquella región, así como también producirá importantísimos ingresos al Tesoro público, aunque por el momento tenga que hacerse un sacrificio económico para llevar a cabo la limpieza y canalización del mencionado río, así como la construcción de puentes, muelles y todo lo necesario para realizar a perfección la obra referida.
"Por lo expuesto, la diputación de Tabasco que subscribe, se permite someter a la consideración de la H. Asamblea, la siguiente iniciativa:
"Única. Apruébese una partida ascendente a la cantidad de $100,000.00 (cien mil pesos) oro nacional, relativa al Presupuesto de Egresos de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, y que se destinará a la apertura y canalización del río Cunduacán, del Estado de Tabasco.
"México, 3 de diciembre de 1917.- Rafael Martínez de Escobar.- N. Cámara."
"Conforme con la anterior iniciativa.- Salvador Torres Berdón."- A la Comisión de Presupuestos.
La Comisión Especial de Reglamentación del artículo 27 presenta, en 22 fojas útiles, el dictamen que consulta el proyecto de ley reglamentaria del decreto expedido por la Primera Jefatura el 6 de enero de 1915.- Primera lectura, e imprímase.
En virtud de que este dictamen es muy largo, la Mesa consulta a la Asamblea si dispensa la primera lectura y ordena que desde luego se imprima y se reparta a los ciudadanos diputados. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Se dispensa la primera lectura y se imprime. (Aplausos.)
- El mismo C. Secretario: (dio segunda lectura a los dictámenes de la 1a. Comisión de Hacienda, que
consultan una pensión para la señora Beltrán viuda de Garmendia y otra para el C. Andrés Oscoy.) - A Discusión el primer día hábil.
- El mismo C. Secretario: (dio segunda lectura al dictamen de las Comisiones 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. de Guerra, sobre la autorización al Gobierno del Estado del Hidalgo para la formación de cuerpos de seguridad.)
"Comisión Especial de Reglamentación del artículo 27 constitucional.
"H. Asamblea:
"Para ser estudiado y rendir dictamen sobre él, pasó a la subscripta Comisión Especial de Reglamentación del artículo 27 constitucional, un escrito del C. Vicente Ferrer Aldana, conteniendo algunas reflexiones y sugestiones relativas a materia agraria.
"Esta Comisión, al reglamentar el decreto del 6 de enero de 1915, en el dictamen respectivo, tomó en cuenta algunas de las observaciones del C. Ferrer Aldama; motivo por el cual, la misma Comisión, cree procedente someter a la aprobación de esta H. Asamblea el siguiente acuerdo económico:
"Por haber llenado su objeto, archívese el escrito del C. Vicente Ferrer Aldana, relativo a materia agraria."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados. - México, noviembre 30 de 1917.-B. Vadillo.- Miguel Alonso Romero.- A Cienfuegos y Camus."
Está a discusión el dictamen. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado el dictamen.
- El mismo C. Secretario: "Comisión Especial de Reglamentación del artículo 27 constitucional.
"H. Asamblea:
"Paso a la Comisión Especial de Reglamentación del artículo 27 constitucional, para ser estudiado y dictaminar sobre él, un escrito del C. F. León Aguirre, en el que éste hace algunas consideraciones sobre la reglamentación del decreto del 6 de enero de 1915 en relación con las dotaciones y restituciones de los ejidos de los pueblos.
"La Comisión subscripta, en el dictamen que presenta sobre la reglamentación del mismo decreto mencionado del 6 de enero, pudo recoger algunas de las insinuaciones del C. León Aguirre; y por ello, en virtud de no proceder otra cosa, la subscripta Comisión propone a Vuestra Soberanía la aprobación del siguiente acuerdo económico:
"Archívese el escrito del C. F. León Aguirre."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados. - México, noviembre 30 de 1917.- B. Vadillo.- Miguel Alonso Romero.- A Cienfuegos y Cámus."
Está a discusión. En votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado. - El mismo C. Secretario: "Ciudadanos Secretarios de la Cámara de Diputados.- Presente.
"Teniendo necesidad de ir al Distrito Norte de la Baja California, para tratar asuntos de interés general, por el conducto de ustedes solicito, con dispensa de todo trámite, una licencia de quince días, con goce de dietas.
"Protesto a ustedes las seguridades de mi atenta consideración y respecto.
"México, 3 de diciembre de 1917.- José T. Cantú."
En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. No se dispensan los trámites y pasa a la Comisión de Estado, Departamento Interior.
- El mismo C. Secretario: "Comisión 1a. de Hacienda.
"Señor:
"A la Comisión que subscribe fue turnado el expediente relativo a la pensión de retiro que solicita el C. Doroteo Rodríguez, celador de segunda clase de la Aduana Marítima de Mazatlán, actualmente en servicio.
"Esta Comisión, después de estudiar el ocurso que elevó el peticionario a esta H. Cámara de Diputados, y en vista de los servicios que en distinta forma ha prestado a la Nación el C. Rodríguez, por espacio de cincuenta y nueve años, esencialmente en el ramo de aduanas, en que desde el año de 61 ocupa el puesto de celador de distintas categorías, y de la buena conducta que en tan largo tiempo ha observado, según los documentos que acompaña, se permite someter a vuestra consideración, el siguiente proyecto de ley:
"Artículo único. Concédase al Doroteo Rodríguez, una pensión de retiro por sesenta pesos mensuales, que le serán cubiertos íntegramente en moneda nacional, por la Tesorería General de la Nación."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados.
- México, a 29 de octubre de 1917.- Juan Zubaran. - G. Padrés.- C. Limón."
Está a discusión el dictamen. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación nominal se pregunta a la Asamblea si se aprueba. (Voces: ¡Que se lea!) El artículo dice: "Único. Concédase al C. Doroteo Rodríguez, una pensión de retiro de sesenta pesos mensuales, que le serán cubiertos íntegramente en moneda nacional, por la Tesorería General de la Nación."
El C. Prosecretario Limón: Se procede a la votación nominal. Por la afirmativa.
El C. Secretario Porte Gil: Por la negativa. (Se recogió la votación.)
- El mismo C. Secretario: Aprobó el proyecto de ley por 143 votos de la afirmativa contra 2 de la negativa, de los CC. González Galindo y Martínez Joaquín. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.
- El mismo C. Secretario: "Comisiones unidas, de Guerra.
"H. Asamblea:
"A las Comisiones unidas, de Guerra, fue turnada la adición propuesta por el ciudadano diputado
Julio Zapata, al artículo 2o. de la Ley de Pensiones, aprobada ya por esta H. Asamblea.
"Las Comisiones, habiendo estudiado el punto, no creen procedente la aceptación de la mencionada adición, tal como está presentada; pero aceptan el espíritu de ella en lo que respecta a los hijos naturales y no a los adoptivos, poniendo a la consideración de la Asamblea el adicionar la fracción II del artículo 2o., como sigue:
"II. Los hijos legítimos, los legitimados, los naturales reconocidos y los que, no estándolo, se encuentren en posesión de estado de hijos naturales......"
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 29 de noviembre de 1917.- Ernesto Aguirre.- J. B. Treviño.- Salvador González Torres.- M. A. Peralta.- J. Siurob.- M. García Vigil.- Federico Montes."
Está a discusión el dictamen. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, se servirán pasar a inscribirse. ¿Ningún ciudadano desea hacer uso de la palabra?
El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Zapata Julio.
El C. Zapata: Señores diputados: Vengo a la tribuna más bien con el objeto de explicar a ustedes las diferencias que existen entre la adición que presenté yo, y la que aceptó la Comisión. Mi proposición decía que se admitiera al beneficio de la pensión a los hijos naturales que no estuvieran reconocidos, siempre que estuvieran en posesión de estado de hijos naturales o adoptivos. La primera diferencia es ésta: La Comisión aceptó solamente mi proposición por lo que respecta a los hijos que se encuentren en posesión de estado de hijos naturales, pero la rechazó por lo que se refiere a los hijos adoptivos. Debo explicar a los señores diputados que, de acuerdo con las leyes actuales, los hijos adoptivos, para tener tal carácter, deben ser adoptados por medio de procedimientos auténticos ante notario o ante diversas autoridades; que los hijos adoptivos, por el hecho de ser adoptados por otra persona, pierden sus derechos de hijos, digamos, naturales, es decir, de hijos de quien naturalmente fue su padre. No admitiendo la Comisión que los hijos adoptivos tengan derechos a la pensión, se comete, en mi concepto, una injusticia con ellos, puesto que se ha quitado la protección natural, que era la de sus padres naturales y la protección que debían tener a consecuencia de haber sido adoptados, se les suprime, porque la Comisión no acepta que tengan derecho de aprovecharse de la pensión por los méritos del padre adoptivo. En mi concepto, es cometer una injusticia con estos niños. La segunda diferencia que hay entre mi proposición y la que acepta la Comisión, es ésta:Yo puse que los hijos naturales en posesión de estado de hijos naturales, y los hijos adoptivos, tenían derecho a la pensión después de la viuda legítima, después de la viuda esposa legítima, y la Comisión los pone a exactamente en el mismo lugar en que se encuentran los hijos legítimos y los legitimados. Yo había puesto un lugar secundario para los hijos naturales y para los hijos adoptivos, porque quería evitar el caso de que una esposa legítima abandonada, no tuviera derecho a la pensión y sí la tuvieran los hijos naturales que se encontraran en posesión de hijos naturales, es decir, una nueva familia con abandono de la anterior; pero he hablado con los miembros de la Comisión, y éstos me dicen, con alguna apariencia de justicia, lo siguiente: Que si son hijos naturales, aunque sólo sea en posesión de estado de hijos naturales, deben ellos ser de preferencia aprovechados con la pensión, porque es el cariño más fuerte que tiene el padre muerto en la guerra. Si ya el padre dejó a la esposa legítima y la pensión se otorga a consecuencia o en premio de los méritos del padre, entonces debe uno atenerse, como dicen los señores de la Comisión, y hasta cierto punto tienen razón, debe uno atenerse al cariño más fuerte que en el momento de desaparecer tenía el sacrificado; pero yo insistí principalmente en que rechacéis el dictamen, por lo que se refiere a la no aceptación de los hijos adoptivos. En mi concepto, los hijos adoptivos deben ser también aceptados como los hijos naturales, por la razón que ya presente y también porque muchas veces los hijos adoptivos no son otra cosa sino hijos naturales, que se disfrazan con el nombre de hijos adoptivos, y guiándonos por las mismas razones que la Comisión ha tenido para colocar a los hijos naturales con preferencia a la esposa legítima, también debemos aprobar que sean hijos adoptivos, porque si el sacrificado tenía tan fuerte cariño por un niño que lo hizo su hijo adoptivo, que lo llevó ante un Juez del Registro Civil o ante un Notario, ante cualquiera de las formas que las leyes establecen para hacer eficaz la adopción, quiere decir que debemos atenernos a ese afecto de la persona que ha sido sacrificada, y en consideración a cuyos trabajos se da la pensión.
El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.
El C. Treviño: Señores diputados: Las Comisiones tomaron en cuenta únicamente una parte de la adición propuesta por el C. Zapata, por considerarla de justicia; esa parte es la que se refiere únicamente y exclusivamente a los hijos naturales en posesión de estado de hijos naturales, y desechó la parte que corresponde a los hijos adoptivos. Las razones que tuvo la Comisión, fueron las siguientes: Los hijos naturales que se encuentren en posesión de estado de hijos naturales, tienen derecho, como cualquiera de los otros, de los hijos que se encuentren en cualquiera de las otras condiciones, puesto que tendrán que demostrar que son hijos, y aceptado el principio de que son hijos, tienen el mismo derecho de que los hijos que se encuentren en cualquiera otra situación, en tanto que a los hijos adoptivos no creyó la Comisión que deben tomarse en cuenta, puesto que no tienen ligas de consanguinidad ninguna con el autor de la pensión; la Comisión creyó pertinente aprobar la parte relativa de los hijos naturales, de la adición propuesta por el C. Zapata, y desechar la otra relativa a los hijos adoptivos; en tal virtud, la Comisión cree haber estado en los justo en esta excepción, y así se permite ponerlo ante la consideración de la Asamblea, para que, si lo cree pertinente, se sirva tomarlo en cuenta.
El C. Mariel: Pido la palabra, para hacer una interpelación a la Comisión.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Mariel: En la mayoría de los Estados de la República, los Códigos Civiles, que son los que tratan del estado civil de las personas, son copias del Código Civil del Distrito Federal y Territorios; la Ley de Relaciones Familiares expedida por el C. Primer Jefe del Ejército Constitucionalista no tiene el carácter de ley federal, los Estados son libres de aceptarla o rechazarla; el Código Civil del Distrito Federal y Territorios que ha sido copiado por la mayoría de las Legislaturas de los Estados, no admite la posesión de estado de hijo natural, puesto que la investigación de la paternidad procede únicamente en tratándose de rapto o violación, ¿Como van a comprobar en los Estados la posesión de un hijo natural cuando lo prohiben las legislaciones locales? Y, además, la posesión de hijo natural sirve para la investigación de la paternidad y ésta procede únicamente cuando viven los padres; una vez muertos no proceden estas investigaciones y las pensiones proceden únicamente cuando han desaparecido los padres de los llamados hijos naturales. Quiero que se sirva la Comisión ilustrarnos sobre el particular.
El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión para contestar.
El C. Rueda Magro: En nombre de la Comisión, me permito contestar lo siguiente a la interpelación del compañero Mariel: En efecto, en las legislaciones de la mayor parte de los Estados de la República, lo mismo que en la Ley de Relaciones Familiares vigente en el Distrito Federal y Territorios, solamente existe la investigación de la paternidad para casos especialmente determinados; en algunos Estados se extiende a más que en el Distrito Federal. En el Distrito Federal solamente hay investigación de la paternidad en los casos de rapto o de violación, cuando la época del delito coincide con la de la concepción; y en algunos Estados, además de este caso, existe aquel en que el hijo a los hijos nacen cuando el padre tiene a la madre públicamente como su concubina o haciéndola pasar por su mujer, viviendo bajo un mismo techo; en un caso particular si se aprueba la posesión de estado de hijo natural y se justifica además el nacimiento del hijo dentro del maridaje del padre y la madre bajo un mismo techo o que la época del delito, el rapto a la violación coinciden con la concepción, se comprueba que es hijo del individuo que raptó a la madre, que la violó o que vivió con ella durante determinado tiempo, durante determinado número de años. Existe, pues, la posesión de estado de hijo natural, y se prueba esa posesión en la forma que se prueba la posesión de estado de hijo legítimo, pero con relación a la filiación natural. En consecuencia, de una manera clara establecen todas las legislaciones de los Estados los casos en los que se pueda probar la posesión de estado de hijo natural en la misma forma que la posesión de estado de hijo legítimo. En tal virtud sí existen en los Estados, lo mismo que en el Distrito Federal, casos en que se puede comprobar la posesión de estado de hijo natural, nada más que la Comisión no ha querido reducir la prueba de esa filiación a los casos de investigación de la paternidad, sino a aquéllos en que no se necesite investigar la paternidad, sino sólo probar la filiación natural del hijo, en los mismos términos en que se prueba la posesión de estado de hijo legítimo, para los efectos de las pensiones.
El C. Velázquez: Pido la palabra para una aclaración.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Velázquez: Señores diputados: La contestación que acaba de dar el ciudadano diputado Rueda Magro a la observación que hizo el ciudadano diputado Mariel, es insuficiente, es antijurídica y es contraria a todos los preceptos legislativos sobre el estado civil en los Estados de la República. No es verdad que en ellos esté establecido, excepto en Veracruz, el estado civil de los hijos naturales no reconocidos; de manera que va la Comisión a aprobar en los Estados el hecho de un estado civil que no existe. No es verdad lo que afirma el ciudadano diputado Rueda Magro; al contrario, tanto en los Estados como en la ley sobre Relaciones Familiares, se prohibe la investigación de la paternidad de una manera absoluta respecto de los hijos naturales, excepto en los casos previstos por la ley. Vuelvo a decir que, exceptuando a Veracruz, en ninguno de los demás Estados la ley civil reconoce el estado civil de los hijos naturales no reconocidos.. (voces: ¡También en Oaxaca!) y una legislación que impone a los Jueces la obligación de recibir informes que están en contradicción con las leyes locales, no dará resultado; no es verdad que en todos los estados haya eso, no es verdad, al contrario, está prohibida la investigación de la paternidad de los hijos naturales respecto del padre y de la madre; lo mismo dice aquí esta Ley sobre Relaciones Familiares; porque los Jueces no practicarán esas diligencias.
"Artículo 187. Queda absolutamente prohibida la investigación de la paternidad y maternidad de los hijos nacidos fuera de matrimonio. La prohibición es absoluta, tanto en favor como en contra del hijo, salvas las excepciones establecidas en los artículos 197 y 211.
"Los Jueces que infrinjan esta disposición, cualquiera que sea la causa que para ello alegaren, serán castigados con la pena de destitución de empleo e inhabilitación para obtener otro por un término que no bajará de dos ni excederá de cinco años."
No teniendo las legislaciones de los Estados lo que dice el señor Rueda Magro, no hay allí estado civil de los hijos naturales no reconocidos; los Jueces no van a practicar esas diligencias, no hay que introducir este desorden en las legislaciones por el prurito de venir a modificar nomás porque sí la ley; está bien que la ley, que ahora la Revolución pensione a los familiares de los que hayan sucumbido en la campaña, perfectamente, es una promesa de la Revolución y es muy honrado y muy justo; pero introducir esa reforma, subvertir las legislaciones en cada Estado por ese deseo de pasar sobre las consideraciones que deben tenerse a las Legislaturas de los Estados como soberanas para legislar, no sólo, sino que la ley castiga al Juez que investiga esa paternidad; ¿que no hay allí estado civil de hijos naturales no reconocidos?, eso es evidente; en uno o dos Estados no basta, es necesario que en todos a no ser que en Veracruz, en el Distrito Federal y en el Estado de Oaxaca, que
decía algún otro diputado, a menos que se vaya a establecer esa chocante desigualdad entre los familiares de los que sucumbieron en campaña. No, señores, es necesario que se tenga en cuenta que los Estados son soberanos para legislar y que si es verdad que el estado civil de las personas pertenece a la autoridad civil, también es cierto que cada Estado legisla y que en ellos no está reconocido el estado civil de los hijos naturales no reconocidos. Sólo está reconocido el estado de hijo legítimo; y ahora dice el señor Rueda Magro que por analogía se procede de la misma manera; pues no, señores, porque los Jueces se negarán a recibir la información que se les ministre, en vista de que se les castigaría con la destitución de empleo e inhabilitación por varios años. No se puede aceptar por ningún motivo lo que propone el C. Rueda Magro, porque se pisotearía la soberanía de los Estados.
El C. Rueda Magro: Pido la palabra para una aclaración.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Rueda Magro: El señor licenciado Velásquez, al afirmar de una manera enfática que ninguna legislación de los Estados admite la investigación de la paternidad, está en un error craso, lo mismo que estaba la vez pasada cuando le demostré que decía cosas contrarias a la ley. ¿Conoce el señor licenciado Velásquez la legislación de Oaxaca?
El C. Velásquez: Ya dije en mi discurso que hacía excepción del Estado de Veracruz, de algún otro Estado y del Distrito Federal.
El C. Rueda Magro: Faltan otros. Conozco varias legislaciones de Estados y en ellas se permite la investigación de la paternidad en tres distintos casos, y precisamente en esos tres distintos casos, además de los requisitos muy especiales que se necesita comprobar, se debe justificar la posesión de estado del hijo, con relación a su filiación de hijo natural, en la misma forma en que se prueba la posesión de estado de hijo legítimo. Esos tres casos son: rapto o violación, cuando la época del delito coincide con la concepción, y cuando el hijo nace durante la vida marital del padre y de la madre, viviendo ambos bajo el mismo techo. En esos tres casos se permite la investigación de la paternidad; pero el C. Zapata y la Comisión no quieren que se amplíe la investigación de la paternidad, que solamente pueda hacerse en determinados casos, quiere que se pruebe la posesión de hijo natural en la misma forma en que se prueba la posesión de estado de hijo legítimo, para conceder pensiones en el orden que fija la ley que se discute. A eso se refiere el señor Zapata y a eso se refiere la Comisión y cuando la ley establece la facultad de que se pueda comprobar, no la paternidad, sino la posesión de estado de hijo natural, para el efecto indicado, estará bien hecho y no se invade la Soberanía de los Estados.
El C. Mariel: Pido la palabra.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Fernández Martínez.
El C. Fernández Martínez: Señores diputados: No parece sino que el señor diputado Velásquez, representante del Gobernador de Guerrero, sólo viene a esta tribuna a pretender que las leyes que dicte este H. Congreso se circunscriban únicamente.... (Voces: ¡No se oye!) Digo, señores diputados, que parece que el señor Velásquez sólo viene a esta tribuna a impedir que el progreso y que la Revolución triunfe en esta Asamblea. El señor diputado Velásquez. siempre, a todas horas, no viene con más argumentación que la ley, que el artículo tantos, que el artículo tantos de tal otro Código; ésto, señores diputados, es querer encerrar a la Revolución dentro de leyes absurdas, dentro de leyes absurdas y tontas muchas veces, porque la Revolución y el progreso no deben tener más que un molde, un molde legal y es el siguiente: El molde legal a que se debe sujetar la Revolución, el molde legal a que debemos sujetar todos nuestros actos, es la ley universal.....
El C. Cepeda Medrano, interrumpiendo: ¿Cuál es la ley universal?
El C. Fernández Martínez: El señor Cepeda Medrano me interroga que cuál es la ley universal; yo digo al señor Cepeda Medrano que la ley universal es la que debe regir los destinos del universo..... (risas y murmullos), la que no está en pugna con la moral, la que no está en pugna con la naturaleza, la ley universal a que me he referido, o sea la ley natural, es la combatida en todos los casos por el señor Velásquez. Por tal motivo, viendo que este señor únicamente se encierra en determinadas ideas arcáicas, en determinadas ideas que ya no deben tener cabida en esta Asamblea, que ya no deben tener cabida en nuestro cerebro más que en el de él, yo ruego a ustedes, señores diputados, que desechéis en todas sus partes lo propuesto por el señor Velásquez o, más bien dicho, las argumentaciones del señor Velásquez, porque no tienen ningún fundamento moral. No parece sino que este señor quiere pasar sobre todo lo sagrado, sobre todos los derechos innatos en el individuo, innatos, digo, porque han nacido con él, el derecho a todo lo que debe obtener el hijo legítimo, a pesar de la división que hace la ley civil. Creo yo, señores diputados, que no tiene razón de ser esa división de hijos legítimos e hijos naturales; si queremos, nombremos hijos legales a los legítimos, puesto que la ley impone ese nombre; pero no aceptemos que en este momento se quiera poner una barrera entre los dos. En este momento se quiere conceder a unos toda clase de derechos y prerrogativas, mientras que a los otros se les quitan esas prerrogativas y derechos, únicamente porque no son hijos de un matrimonio o porque no tuvo el padre la precaución de ir a decir al Registro Civil: "Este es mi hijo y debe tener los derechos que la ley le otorga.". Por tal motivo, ruego que votéis en pro del dictamen de la Comisión.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Mariel:
El C. Mariel: Señores diputados: No tiene razón el licenciado Rueda Magro al sostener que en la mayoría de las legislaciones de los Estados procede la investigación de la paternidad por lo que se refiere a la posesión de estado de los hijos naturales; la Ley de Relaciones Familiares, expedida por el Primer Jefe, que marca un adelanto en legislación civil, dice en el artículo 212: "Las acciones de investigación de paternidad o maternidad, sólo pueden intentarse en vida de los padres". La posesión de estado sirve únicamente para la investigación de la paternidad, y si ésta no procede cuando los padres han muerto, ¿cómo podrán probar los hijos naturales ese estado en la legislación? Quiero
que me explique este punto la Comisión para votar conscientemente. La Ley de Relaciones Familiares, en su artículo 212, dice lo que ya antes indiqué. Nosotros vamos a conceder pensiones con motivo de los que han muerto: ¿Cómo podrán probar los hijos naturales la posesión de estado?
El C. Presidente: Para la rectificación de un hecho, tiene la palabra el C. Rueda Magro.
El C. Rueda Magro: Los señores licenciado Velásquez y Mariel están confundiendo lastimosamente lo que es la investigación de la paternidad con lo que es la posesión de estado de hijo natural. Se investiga la paternidad justificando el nacimiento de un individuo en determinadas condiciones por ejemplo, en el caso de rapto: Que la madre fe raptada, que el hijo nació y que la concepción se efectuó precisamente coincidiendo con la época del delito; pero además de justificar estos hechos, se debe comprobar la posesión de estado de hijo natural, ésto es, que el pretendido padre tenía al hijo bajo su techo, que lo alimentaba, que lo educaba, que la sociedad lo reconocía como su hijo y que le permitía - el padre -, llevar su apellido. En consecuencia, una cosa es la prueba de la paternidad y otra cosa es simplemente la posesión de estado de hijo natural. La Comisión no quiere ni ampliar ni reducir el derecho de los hijos, de investigar la paternidad, porque no está ni legislando sobre el estado civil, ni modificando los códigos sobre el particular; sencillamente quiere que esta Ley de Pensiones sea suficientemente amplia para que llegue a los hogares de los soldados, a los hogares de los desheredados. Es perfectamente sabido de todos ustedes que los soldados pocas veces se casan y que las más tienen hijos y no los reconocen y, sin embargo, viven con el hijo, lo educan y si no lo pueden educar, por lo menos lo alimentan y le permiten que lleve su apellido; todos estos elementos sirven para justificar que el hijo ha estado en posesión de estado de hijo natural.
Ésto es sencillamente lo que quiere el señor licenciado Zapata y lo que quiere la Comisión, que se pueda comprobar en determinados casos esa posesión de estado de hijo natural, sin que les dé derecho esta comprobación más que a la posesión de estado para el efecto de una pensión y no a todos los demás derechos que tiene los hijos naturales reconocidos, por ejemplo, de heredar al padre, ya se trate del reconocimiento forzoso o ya del reconocimiento voluntario. La posesión de estado de hijo natural existe en todas las legislaciones y se le puede comprobar; lo que varía es la amplitud del derecho de investigación de la paternidad, en unas se restringe a determinados casos y en otras se amplía; en la Ley de Relaciones Familiares sólo se admite la investigación en los casos de rapto y violación; en otras legislaciones, como en la de Oaxaca, y, además, como ya dije, cuando el hijo nace durante la vida marital del padre y de la madre, aún cuando no haya habido rapto o violación. Por consiguiente, la Comisión está en lo justo al pedir que se vote el artículo en el sentido de que se apruebe que se puede comprobar la posesión de estado de hijo natural, y que se dé la pensión al hijo que justifique ese estado de hijo natural, aunque no haya sido reconocido.
El C. Secretario Portes Gil: Se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido del dictamen.
El C. Rueda Magro: Un momento. A petición del C. Zapata, van a ser leídos dos artículos de la Ley de Relaciones Familiares.
El C. Secretario Portes Gil: "Artículo 197. El hijo que está en la posesión de estado de hijo natural de un hombre o de una mujer, podrá obtener el reconocimiento de aquél o ésta, o de ambos, siempre que la persona cuya paternidad o maternidad se reclame no esté ligada con vinculo conyugal al tiempo en que se pida el reconocimiento, salvo el caso en que el padre y la madre se hayan casado y el hijo quiera que lo reconozcan para quedar legitimado.
"Artículo 212. Las acciones de investigación de paternidad o maternidad, sólo pueden intentarse en vida de los padres.
"Artículo 213. Si lo padres hubieren fallecido durante la menor edad de los hijos, tienen éstos derecho de intentar la acción antes de que se cumplan cuatro años de su mayor edad."
En votación económica se pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Suficientemente discutido.
Se va proceder a la votación nominal de la fracción que dice: "Los hijos legítimos, los legitimados, los naturales reconocidos y los que no estándolo se encuentren en posesión de hijos naturales."
El C. Prosecretario de la Barrera: Por la afirmativa.
El C. Prosecretario Muñoz: Por la negativa.
( Se recogió la votación.)
- El mismo C. Prosecretario: Votaron por la negativa los 8 ciudadanos diputados que siguen: Aguilar José D., Araujo, Cristiani, Mariel, Olivé, Sánchez Pontón, Silva Herrera, y Velásquez.
El C. Prosecretario de la Barrera: Votaron por la afirmativa los 136 ciudadanos: Aguirre Crisóforo, Aguirre Efrén, Aguirre Escobar, Aranda, Arlanzón, Avendaño, Barragán Juan Francisco, Barragán Martín, de la Barrera, Basáñez, Bello, Betancourt, Blancarte, Bravo Izquierdo, Cámara, Campero, Cancino Gómez, Cano Cárdenas, Carrillo Eduardo S., del Castillo, Castro, Cepeda Medrano, Céspedes, Cisneros, Córdova Gabriel J., Cravioto, Cervantes, Chapa, Dávalos Ornelas, Dyer, Esparza, Fentanes, Fernández Martínez, Gaitán, García Adolfo G., García Eliseo, García Jonás, García Pablo, García Vigil, Garza González, Gómez S. Emiliano, González Galindo, González Ibarra, González Justo, González Lauro, González Torres, Guajardo, Gutiérrez Antonio, Hay, Hernández Garibay, Hernández Jerónimo, Hernández Maldonado, Herrera, Higareda, Izquierdo, Lailson Banuet, Lanz Galera, Leyzaola, Limón, Lizalde, López Ignacio, López Celis, Lechuga, Magallón, Malpica, Manjarrez, Manrique, Márquez Josafat, Márquez Rafael, Martínez de Escobar, Mata Filomeno, Mata Luis I., Medina Francisco, Medina Hilario, Medina Juan, Mendoza, Meneses, Meza, Morales Hese, Muñoz, Molina, Narro, Ordorica, Ortega, Otero, Porchas, Pardo, Paredes Colín, Pedroza, Peñafiel, Peralta, Pineda, Portes Gil, Portillo, Prieto, Pruneda, Ramírez Genaro, Ramírez Llaca, Rebolledo,
Reynoso, Rivas, Rivera Cabrera, Rivera José, Robles Domínguez, Rocha, Rodríguez Saro, Rojas Rafael R., Román, Rueda Magro, Ruiz Alberto, Ruiz Estrada, Ruiz José P., Ruiz Juan A., Sáenz, Sánchez José M., Saucedo Salvador, Segovia, Silva Jesús, Siurob, Solórzano, Soto, Téllez Escudero, Torre Jesús de la, Torre Rómulo de la, Torres Berdón, Treviño, Uruñuela, Vadillo, Valle, Ventura, Villarreal Filiberto C., Villarreal Jesús, J., Zapata y Zubaran.
El C. Secretario Portes Gil: Aprobado el proyecto de ley, pasa al Senado para los efectos constitucionales.
El C. Presidente: La mesa designa en comisión a los ciudadanos diputados García Vigil, Treviño, Aguirre Colorado, Peralta, Torres y Secretario Magallón, para que lleven el proyecto de ley al Senado.
El C. Secretario Portes Gil: Continúa la discusión del proyecto de ley sobre rentas a los templos, que dice: "No es de aprobarse la iniciativa presentada por un grupo de diputados que consulta la imposición de rentas a los templos destinados al culto."
- El C. Presidente; Tiene la palabra en contra el C. Sánchez Tenorio. No encontrándose en el salón el C. Sánchez Tenorio, tiene la palabra en contra el C. Vadillo.
El C. Vadillo: Yo cedo mi turno al C. Peñafiel.
El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Peñafiel.
El C. Peñafiel: Señores diputados: La ley ampara a cualquier legítimo propietario de un inmueble para que en caso de que un inquilino no le pague la renta de antemano convenida y en un término que la misma ley fija, el propietario tenga derecho a exigir esa renta o a poner en la calle al inquilino, aunque se trate, como la mayor parte de las veces, de algún pobre obrero o de algún infeliz ciudadano que por enfermedad, mala suerte o por cualquiera otra circunstancia no ha podido trabajar, y en consecuencia, no pudo cubrir su adeudo; ésto no lo puede tener en consideración la ley; el legítimo propietario es amparado y el obrero o el inquilino moroso lanzado a la calle, arrojado a la calle o lanzado, como se dice en términos jurídicos. ¿Es justo, señores diputados, que mientras centenares de ciudadanos andan en las calles mendigando nuevo albergue por las circunstancias antes expuestas, es justo que los empleados del clero, llámense frailes, sacerdotes, curas o de cualquiera clasificación; es justo, repito, que estén ocupando gratis los edificios que son propiedad de la Nación, y por lo tanto, del pueblo? ¿Es justo que no paguen renta por el local que ocupan, de donde sacan los enormes beneficios pecuniarios que nos constan que sacan? ¿Es justo que tengan habitación donde dormir, lugar a propósito para comer, antesala o sacristías, yo no sé cómo se llaman, para ejecutar ciertos actos que por el respecto que merece la Asamblea no me permito referir, pero estoy seguro de que todos y cada uno de nosotros conocemos?
No debemos olvidar que somos los legítimos representantes de ese pueblo tan oprimido por el clero como por la tiranía de algunos Gobiernos, y con más razón debemos tener presente que ese pueblo humilde y sufrido, ha confiado y confía, más que en nuestras aptitudes, en nuestra honradez. Suplico a ustedes, señores diputados, que no olviden, ni por un momento, que esos centenares de obreros y de infelices ciudadanos, como dije antes, que andan en la calle, que duermen al aire libre por falta de habitación, forman parte de un conjunto que se llama pueblo mexicano, y mientras él, el dueño de esas propiedades y edificios, duerme al aire libre y soporta toda clase de miserias, sus explotadores, sus estafadores tienen toda clase de comodidades en la casa ajena. Nosotros, que somos sus legítimos representantes, debemos poner en la ley el látigo para que sean arrojados los inquilinos que no pagan a la Nación, o de lo contrario, nos hacemos cómplices de estos abusos que se han venido cometiendo desde hace mucho tiempo con nuestros representados. Ya que no podemos, por lo pronto, evitar el abuso del clero, de que el ahorro del indio, que ha hecho durante todo un año, se vaya a derretir en forma de cera, debemos velar por sus intereses, obligando al clero a que pague la justa renta que le corresponde. (Aplausos.) Excito a ustedes muy formalmente, a que sea la XXVII Legislatura, la que tenga la honra de sentar este precedente, haciéndole comprender al clero y a sus secuaces, que están muy lejos de ser los amos y dueños de los bienes de la Nación, y que lo más a que pueden aspirar, es a ser considerados como inquilinos, debiendo pagar, en consecuencia, lo que corresponde con arreglo a la ley, a la justicia y a la razón, viéndose expuestos, si no pagan, a ser arrojados a la calle, como los pobres obreros, a ser lanzados, como se dice en términos jurídicos. (Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra en pro el C. Basáñez. (Voces: ¡No está!) Tiene entonces la palabra el C. Hilario Medina.
El C. Medina Hilario: Señores diputados: Aún cuando se había advertido, desde que comenzaron las discusiones acerca de esta adición, que el propósito de sus iniciadores iba encaminado a obtener una renta de todos los templos, cualquiera que fuera el credo religioso a que estuvieran consagrados, el texto primitivo de la iniciativa y el tono asumido por los diversos oradores que apoyan dicha iniciativa, es enteramente contrario a lo que se ha afirmado aquí; la iniciativa decía así, señores diputados: "Renta por el uso de los templos católicos de la República......" y posteriormente se corrigió, a consecuencia de ciertas observaciones, y se dijo: "Renta por el uso de los templos de la República, cualquiera que sea el culto a que se dediquen....."
Esta primera modificación ha sido un triunfo de la idea, y lo que yo vengo a sostener en esta tribuna, inscribiéndome en pro del dictamen, es que a esa idea se le dé forma precisa, forma legal y se la haga viable, porque en los términos actuales, sencillamente es impracticable la idea.
Dos órdenes de objeciones tengo que hacer: Objeciones de orden teórico y objeciones de orden práctico. Desde el punto de vista teórico, tengo que examinar la cuestión jurídicamente. ¿Que es
lo que se exige cuando se quiere que los templos paguen una renta? Se exige que se pague por el goce, por el uso de esos templos. Ahora bien, señores diputados, para que la ley, que es la expresión suprema de la justicia humana, no vaya a herir intereses injustamente, necesitamos puntualizar desde luego, cuál es el uso o el goce de los templos que efectivamente debe ser pagado, porque no todos están en las mismas condiciones, para que todos paguen una renta; yo conozco algunas leyes en Estados en los cuales existe la separación de la Iglesia del Estado, en donde se hace una distinción a las diversas categorías de templos para el uso de ellos, y ésto es muy natural; hay templos que son debidos a la iniciativa privada; hay otros construidos con los fondos de los particulares; hay otros que se erigen por medio de subscripción pública, y hay otros, en fin, que llegan a construirse mediante fondos que allegan, lo que se llama las asociaciones culturales. El procedimiento de las asociaciones culturales en todo el mundo, ha sido puesto en práctica ventajosamente por los protestantes y por los israelitas. En cuanto a los católicos, ha sido de diferentes orígenes la construcción de sus templos; ha sido, o la iniciativa particular, la subscripción particular o las donaciones. El hecho de que nuestra Constitución Política haya consolidado la propiedad de todos los templos y la haya hecho pasar al dominio público de la Nación, no altera en nada las relaciones jurídicas que desde un principio existen respecto de la propiedad de los templos. Aquellos templos construidos por la iniciativa particular, aún cuando pasados al dominio público, deben regirse por reglamentos muy distintos, en cuanto a su uso y en cuanto a su goce, que aquellos otros que, como los que se han construido en México desde hace mucho tiempo, no se sabe a quién pertenecieron en un principio. De manera que, aceptando, en general, la idea de que el Estado tenga un fuente de ingresos de los templos, es preciso distinguir entre unos y otros para el uso de ellos, designándoles rentas distintas. Mis ideas parten de la base de que absolutamente a todos los templos debe señalárseles renta y de que todos esos templos deben entrar dentro de la categoría que señalo. Como un postulado de la ciencia social, en el curso del siglo XIX se estableció como un principió como político el régimen de la separación absoluta de la Iglesia y el Estado; ésta había sido una doctrina política sustentada en nuestro Congreso Constituyente de 1857 y puede fijarse como a principios, mejor dicho, a fines del XIX, el auge de esta doctrina, con su aplicación en todos los Estados democráticos. La Iglesia y el Estado, como dos entidades absolutamente independientes, se ignoraban; ni el Estado podía atacar a la Iglesia, cualquiera que fuese su credo y su organización, ni la Iglesia tampoco podía ocuparse del Estado, cualquiera que fuese su credo y su organización. El Estado, soberano, independiente, representativo, era absolutamente ajeno a la Iglesia, ya fuera con su disciplina, es absolutamente ajeno a la Iglesia interior, ya fuera la Iglesia Protestante, ya fuera la Iglesias Católica; pero es buena, es atinada la política que permite la existencia, dentro de los grandes círculos del Estado, la existencia de una entidad tan poderosa como la Iglesia y, particularmente, la Iglesia Católica; aquí sí tengo que hacer hincapié en esta idea, porque notoriamente en México la Iglesia Católica ha sido la dominante en nuestro pueblo, la totalidad, con raras excepciones, pertenece al clero católico; de manera que, la Iglesia Católica, ha sido la entidad que siempre se ha enfrentado con el Estado. Ya notaba Gustavo Le Bon, entre sus "Errores políticos contemporáneos", el hecho de la absoluta independencia de la Iglesia y del Estado. Ésto, efectivamente, ya no debe ser en los actuales tiempos, y el movimiento vigoroso que se observó en la Francia antes de entrar en la guerra, tiene por objeto exclusivamente reglamentar por parte del Estado, todas las relaciones por virtud de las cuales se admite en el seno del Estado la existencia de la Iglesia.
El hecho de que aquí por medio de esta pequeña iniciativa se quiere comenzar a poner la mano en este problema, me hace prever que ya nosotros nos ocuparemos dentro de muy poco tiempo de reglamentar las relaciones que existen entre la Iglesia y el Estado y que debemos colocarnos en el verdadero punto de vista, que consiste en que sea el Estado el que dicte la regla suprema de la existencia de la Iglesia y el que fije terminantemente las relaciones que debe haber, las condiciones bajo las cuales se le permite que en el seno de esa misma Iglesia congregue a un gran número de ciudadanos y les imponga una cierta manera de pensar y hasta de obrar. El Estado podrá definir si la Iglesia llena todos los fines que exige la ciencia política y debe forzosamente establecer ciertas bases bajo las cuales se intenta aceptar la existencia de la Iglesia; pero no nos equivoquemos, no vengamos con incitativas como ésta, que no arreglan nada ni resuelven nada, solamente provocan fenómenos de carácter religioso, que indudablemente no podremos vencer en los actuales momentos. Esta objeción se me ocurre, un pensador decía: que de cien individuos noventa y siete en cuestión de creencias religiosas siguen el camino trazado; de los tres que quedan, dos y medio, después de haberse apartado del camino, vuelven a él y sólo un medio queda perfectamente libre e independiente de todos los prejuicios. Yo sé que en esta Cámara hay muchos de esos medio-individuos; sé que en todo el país hay también muchos de ellos, y es a los mismos a los que corresponde trazar la vía por la que debe seguir desde luego la organización de la Iglesia dentro del Estado. Pero si nosotros recordamos que en México el noventa por ciento de su población pertenece al clero católico y que la ley que fija la renta a los templos se refiere principalmente a los templos católicos, estamos obligados en absoluto a proceder por medio de una legislación completa en materia religiosa para evitar que se venga a interpretar este hecho como un ataque al sentimiento religioso popular. Yo pregunto: ¿Si aceptamos la renta de los templos, qué hace el Estado cuando no se paguen esas rentas? (Voces: ¡Lanzar a los clérigos!) No puede dejarse burlar el Estado, tiene que poner en práctica las armas que le da la ley; como ésta es una ley de carácter fiscal, se tendrá que poner en juego la ley económico-coactiva. No puede procederse al lanzamiento, porque el Estado goza del privilegio de un procedimiento mucho más rápido
que aquel de que hace uso un particular, en tratándose de cobrar las rentas que se le adeudan: La facultad económico-coactiva permite al Estado incautarse de todos los bienes de la Iglesia. Yo llamo a esto persecución religiosa. Cualquiera que no lo vea así en el seno de esta Asamblea, tiene que convenir en que así se traduce en la imaginación popular. ¿Que es lo que piensa el pueblo cuando le cierran las iglesias y se embargan todos sus bienes? Pero ésto no es lo principal; si todo el clero se pone de acuerdo para negar el pago de la renta, ¿qué hace entonces el Gobierno? Indudablemente que se cerrarán los templos, porque el Gobierno no va permitir el ridículo, no va consentir que se burlen las disposiciones de la ley. Esto también es persecución religiosa. Todos los templos cerrados y el Gobierno enfrentado en contra del clero, mejor dicho, el clero enfrentado con el Gobierno. Me hacía observar un compañero otra cosa: Nosotros ya conocemos cuáles son los procedimientos de esta gente; en una iglesia se pone un cepo en el cual hay una inscripción pidiendo limosna para pagar la renta de ese templo; si esa renta es de quince o de veinte pesos, seguramente recogen más de mil pesos cada mes, nada más porque aquel cepo está consagrado a pagar la renta de la iglesia y el pueblo se siente enaltecido cuando a costa de todos los sacrificios posibles va depositar su renta, su óbolo para pagar la renta del templo, y lo que en un principio no significaba más que veinte pesos nominalmente, significa para el pueblo una carga más mensualmente, que la paga con todo gusto; ¿y quién resulta ganando? Le vamos a dar armas al enemigo que queremos combatir. Estas objeciones de orden práctico no son invencibles, señores diputados; lo que nosotros debemos hacer es proponernos una legislación completa en esta materia; pero sin llegar al extremo de que el Estado pretenda tener relaciones oficiales con la Iglesia, porque el Estado debe seguir ignorándola, no debe absolutamente permitir que tenga ninguna ingerencia, ninguna influencia en las relaciones netamente oficiales. El hecho de que se exija el pago de una renta por el uso de determinado templo, coloca el Estado, por el deber correlativo, en la obligación de hacer las reparaciones a la iglesia, ¿o a cargo de quién se dejan? Tal como estamos hoy es perfectamente ignorada la Iglesia del Estado, el clero sabe si repara sus iglesias, si las mantiene en buen aseo, limpieza, etc.; el gobierno no tiene ninguna intervención en ello y exigiéndole la renta, ¿a cargo de quién son las reparaciones y la vigilancia? ¿El Estado va a exigir que el encargado del templo haga esas reparaciones y haga esa vigilancia? Es establecer relaciones oficiales entre el Estado y la Iglesia, cosa que debemos prohibir absolutamente.
Los compañeros que ha presentado esta iniciativa, se ha dado cuenta de las objeciones de orden teórico y de orden práctico y, sin embargo, la idea en el fondo es buena, el problema está en saberlo aplicar y en hacer una legislación completa que venga a someter a la Iglesia a determinadas reglas para que pueda mantenerse la convivencia social de ésta con el Estado; las objeciones que yo he hecho, me permito atentamente someterlas a los compañeros que han firmado la iniciativa, y si estos compañeros no aceptan la colaboración sincera de todos nosotros para que hagamos una buena legislación y no falseemos un principio por medio de una aplicación mala, entonces, señores diputados, no tendremos más remedio que aprobar el dictamen de la Comisión que en los actuales momentos rechaza esa iniciativa, es lo más discreto y lo mejor que podemos hacer. Deseo que quede perfectamente grabado en todos nosotros cuál es nuestro propósito; debemos realizarla y llevarla a la práctica. Es la única manera que nosotros tenemos indudablemente de permitir que la Iglesia viva sometida al Estado y que ya acaben todos los desmanes que el pueblo ha tenido que padecer por la ingerencia de las aves negras en su conciencia, en su vida privada y en su vida pública; pero cuando ante todas las calamidades que ha soportado el pueblo mexicano debido al fanatismo y a la intervención del clero en todos los negocios, se viene a presentar una iniciativa como ésta, fijando una pequeña renta y entendiendo que de esta manera se va a vencer el fanatismo y que se desarrollará una labor educativa, como decía el C. Siurob, no puedo menos que recordar aquella frase llena de sencillez del gran Juan Huss; cuando estaba en la hoguera condenado por sus ideas, una vieja se acercó llevando un leño más a la hoguera; y entonces Juan Huss exclamó: ¡Oh, santa simplicitas! "¡Oh, santa sencillez!" Ésto simplemente hace el dictamen de la Comisión, porque no resuelve nada, pues al contrario, todo lo entenebrece. (Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Siurob.
El C. Siurob: Ciudadanos diputados: Lo que llama la atención examinando la historia, es que muchas veces las palabras de los grandes reformadores no vienen a ser comprendidas en toda su amplitud, sino a través de los siglos, después de que han pasado muchos lustros y muchas veces muchos siglos de que aquellos reformadores han vertido sus grandes ideas sobre la conciencia universal. Las palabras de Jesucristo dichas a los fariseos de que debían dar al César lo que era del César y a Dios lo que era de Dios, han sido muy mal comprendidas hasta la fecha por la mayoría del pueblo y de los Gobiernos del mundo. La idea antigua, la idea conservadora a la fecha. fue la establecida aquí por el ciudadano diputado Medina al decir que el Gobierno debía ignorar en lo absoluto la existencia de la Iglesia, que el Gobierno no debía tener con la Iglesia ningunas relaciones; este es el criterio antiguo, este es el criterio prerevolucionario; el criterio revolucionario es que todas las Instituciones dentro del Estado deben estar sometidas al Estado. (Aplausos.) El criterio moderno es que el pueblo es el único soberano y que los que pretenden vanamente en nombre de una divinidad, acerca de la cual ni siquiera están de acuerdo, arrogarse determinada autonomía, no tienen derecho a ella, porque el único que tiene derecho a una autonomía toda amplitud de la sanción legal, es el pueblo. Así es, señores, cómo todavía en la Constitución de 57 aquellos legisladores no estuvieron muy firmes, no dieron un paso absolutamente decidido, aquí tengo en mis manos la Constitución de 1857 y oíd lo que se dice sobre el particular en el artículo 16 de la Leyes de Reforma, incorporado a la Constitución de 57; dice:
"Artículo 16. El dominio directo de los templos
que conforme a la Ley de 12 de julio de 1859 fueron nacionalizados y que se dejaron al servicio del culto católico, así como el de los que con posterioridad se hayan cedido cualesquiera otras instituciones religiosas, continúa perteneciendo a la Nación; pero su uso exclusivo, conservación y mejora, serán de las instituciones religiosas a quienes se hayan cedido, mientras no se decreten la consolidación de la propiedad."
Como aquí ya se decretó la consolidación de la propiedad, porque ya vino una segunda Constitución la de 1917, a decirnos que la propiedad exclusiva de esos templos radicaba en la Nación, ha llegado el caso previsto por la Constitución de 57, y el caso previsto por la Constitución de 57 implica, como consecuencia, el hecho de establecer, no digo una renta, cualquier forma por medio de la cual, por medio de una erogación se compruebe ante toda la Nación que las iglesias son propiedad de la misma. ¿Quién ha dicho a los ciudadanos Medina y Manrique que el fin que persiguen los firmantes, que perseguimos los firmantes de esta proposición, es desfanatizar al pueblo?
El C. Manrique, interrumpiendo: Ustedes lo han dicho.
El C. Siurob, continuando: ¿Por qué nos juzgan tan cretinos a los viejos luchadores contra el enemigo común, que vengamos a pensar que por medio de un impuesto queremos nosotros combatir a nuestros enemigos en ideales, si nosotros sabemos perfectamente que la idea se combate con la idea, que el periódico se combate con el periódico, y sobre todo en asuntos religiosos estamos perfectamente convencidos de que la escuela es la que matará ese perjuicio religioso? ¿Como va a suponerse siquiera que nosotros tenemos la intención de arrancar de la mente del pueblo el fanatismo por medio de esta erogación? Esto es lo que vengo a combatir en la tribuna: nosotros únicamente queremos que sea esto un hecho práctico, educativo, perfectamente legal; por medio del cual la Nación demostrará a la faz de la República, que ha encontrado en la posesión de todos los templos, porque le pertenece al pueblo y el Gobierno como representante del pueblo, va a entrar en posesión de todos los templos de toda la República de cualquiera religión que fuere. No sólo, ciudadanos diputados, he escuchado opiniones de muchos católicos y me han dicho que están perfectamente de acuerdo con esta contribución, porque esta contribución les proporcionará una brillante oportunidad a los católicos sinceros para contrarrestar la labor perniciosa que están haciendo los obispos allende el Bravo y muchos de los fanáticos extraviados de esta misma religión dentro de nuestro territorio ayudando a los enemigos de la causa. Cuando algún cura, - el cura de Silao, me acuerdo bien -, me preguntaba que cosa era lo que yo entendía por religión, yo le contesté que era la opresión, la debilidad convertida en un sistema moralizador para los arriere, para los retrasados, para aquellos que todavía no comprenden que se debe ser bueno por conveniencia, para todos aquellos que no están suficientemente adelantados para comprender que para el bien propio se necesita ser moral únicamente por ese bien propio. Todos los ciudadanos diputados que sean ilustrados, estarán perfectamente de acuerdo en confesar conmigo, que las religiones son un mal necesario precisamente para esos retrasados, para esos arriere.
Nosotros no queremos, como ha dicho el C. Medina, arrancar la religión de todas las capas sociales, porque no somos tan necios en ir a luchar con imposibles; nosotros sabemos perfectamente a dónde vamos, cuál es el camino que seguimos. La Revolución Constitucionalista afortunadamente tiene revolucionarios conscientes que saben distinguir cuáles son los medios de lucha que se emplean en un caso, y cuáles son los medios de lucha que se emplean en otro. Sí, pues, la religión no es más que ese sistema de opresión, de debilidad y extravió mental, es decir, de extravío de las ideas que está sirviendo de algo bueno para los retrasados, para los que todavía no son capaces de sentir las altas ideas de moral que hoy, se versan en el mundo, es innegable que el Gobierno tiene obligación de sujetarla a que no se salga de aquellos límites. Yo concibo que la religión sea benéfica, únicamente en la forma que voy a decir a ustedes: En la forma de un cura de pueblo que de buena fe cree que aquella religión es buena, y de buena fe está convencido de que los principios que él predica pueden salvar al mundo; que aquel cura no se dedique a hacer conquistas en terreno que sabe que no las hará; (murmullos,) que se dedica a hacer el bien donde se le presenta; se dedica a predicar algunos principios de moral, mas no se mete en política ni en ninguna otra cosa que no le incumba. Esta es la única forma quizá en que la religión es benéfica a la República. Nosotros los verdaderos liberales no pretendemos arrancar esa religión del seno de todas las conciencias, de una manera brusca, de una manera absolutamente falta de alguna convicción. Sería peor para nosotros; eso traería fanatismos mucho más terribles para nuestra causa. Nosotros lo que pretendemos es que se consoliden los principios adquiridos por la Revolución Constitucionalista, y un principio perfectamente adquirido por la Revolución Constitucionalista es el de que las Iglesias deben estar sometidas al Estado, y que todas las propiedades del clero como que han sido extraídas del pueblo que centavo a centavo ha ido contribuyendo con su óbolo para erigir los palacios episcopales, para erigir las iglesias y todos los lugares consagrados a cualquiera secta religiosa, esos bienes que el pueblo con el producto de su trabajo ha erigido y ha conservado, el Gobierno sea el que los administre, para así evitarle al clero una de sus maneras de abusar, para así poder imponerle una reglamentación que venga perfectamente a limitar su esfera de acción. Nosotros no queremos en lo absoluto desfanatizar, esta es una idea que sólo pudo habérsele ocurrido al compañero Manrique, quien, como él piensa, - que quizá en nuestro caso haría lo mismo -, piensa que nosotros vamos a hacerlo así.
Expone el C. Hilario Medina algunas objeciones que son de peso, nos dice: "Si todos los sacerdotes de la República abandonan sus templos, no los abandonarán, porque los mismo católicos van a exigirles que no los abandonen". El Gobierno puede hacer contratos con cada sacerdote y establecer la categoría de templos, que estoy muy de acuerdo con el compañero Medina que se señale; el Gobierno
puede hacer contratos con los sacerdotes, y cada sacerdote dará un fiador para que, si no paga su renta, el fiador sea el responsable. En esta forma no quedará nunca burlado el Gobierno, porque el Gobierno, en caso de que el sacerdote encargado de aquel templo o el seglar o quien sea, no pague su renta, acudirá al fiador y si no, recoge el templo y se lo da a otro sacerdote que cumpla con sus obligaciones, y si aquel sacerdote se robó algunos objetos del culto, se le procesará y se le llevará a la cárcel, y aquello servirá de ejemplo para que los católicos vean y se convenzan de la verdad, que vayan comprendiendo que no son unos ángeles los que ellos admiten como representantes de Jesucristo. (Aplausos.)
Más todavía, ciudadanos diputados: Ya se aprobó en el Presupuesto de Ingresos, que se cobre una contribución sobre los bienes raíces no especificados, sobre los bienes raíces de la Nación. Así, pues, señores diputados, si ya hemos aprobado que debemos cobrar una contribución, que debemos obtener un ingreso de los bienes raíces no especificados, es la forma de dar cumplimiento a un artículo que ya tenemos aprobado. ¿Que puede ser ésta una medida de represión en contra del clero? Nosotros no tenemos la mente de que sea una medida de represión; mañana debería trasmitirse el eco fiel de los que hemos hablado en pro de esta idea en esta Asamblea, y deberá decirse que nuestra idea, y la idea de la Cámara en lo general, no es una idea de represalia religiosa, no es una idea jacobina que pretenda arrancar de todos los ciudadanos que tienen el culto católico, el credo de esta secta, o de esta religión. La idea es darle al César lo que es del César, es decir, darle al pueblo lo que es del pueblo, darle al Gobierno emanado del pueblo, la contribución que debe recibir por uno de los bienes que son del pueblo. ¿Que esta contribución va a recaer precisamente sobre los católicos? Los católicos que sean patriotas, tendrán mucho gusto en pagarla; los católicos que no lo sean, ¿qué nos importa? Esos estarán destinados a perecer, porque no es posible que la mayoría de la Nación deje de ser patriota,. ¿Cuándo Juarez se amilanó al decretar algo mucho mas radical que lo que nosotros hemos decretado? ¿todavía nosotros no acabamos de decretar la desamortización completa de los bienes que les quedan a los representantes del clero, no acabamos nosotros de tomar un paso tan radical, y nos vienen a decir que esta ley va a provocar un descontento en toda la República? ¿Entonces queremos decir que ya empezamos a temer, que ya empezamos a vacilar? (Voces: ¡No, no!) Pues hay que ser radicales, señores diputados. Más: en el interior de las iglesias se efectúa la venta de una multitud de cosas; alguien ha dicho que si Jesucristo volviera, volvería a arrojar a los mercaderes del templo, y está es la verdad. Ahí dentro se venden muchas cosas, muchas chácharas objetos de poco valor, por medio de los cuáles se obtienen pingües entradas para las iglesias; aunque no fuera más que por este capítulo, valía la pena de imponer esta contribución, simplemente con este producto pagarían la renta. ¿Y sabéis cuánto va a ser este ingreso, señores diputados? Este ingreso, señores diputados, va a producir, según la cuenta que hicieron en la Secretaría de Hacienda con los miembros de la Comisión, en la forma en que ellos tienen una iniciativa sobre el particular, producirá cuatro millones de pesos. (Aplausos.) Estos cuatro millones de pesos, destinados a la instrucción pública, estos cuatro millones que sirvieran para dotar a aquella Universidad de la que yo os había hablado en el seno de esta Asamblea, para crear esa escuela politécnica tan necesaria para nuestra industria, para crear esas escuelas rudimentarias que se necesitan establecer, ese programa que nosotros venimos predicando cuando venimos como revolucionarios y que no se ha cumplido y que no se ha llevado a cabo por el Gobierno de los Estados, porque muchos de estos Gobernadores se han olvidado de que se dicen revolucionarios, porque aquí mismo, en el Distrito Federal, todavía no se ha hecho lo que se debía hacer con la instrucción pública y todavía, señores, ¿vamos a votar en contra de una contribución que va a contribuir a arreglar este déficit?
Es mentira; los gobiernos no se consolidar únicamente siendo consecuentes en absoluto con la mayoría; los gobierno se consolidan dictando medidas que hagan evolucionar a aquellas mayorías, aún en contra de su propio sentir, porque aquellas mayorías están constituidas, como en nuestro país, por un grupo de analfabetos y de hombres que no comprenden ni siquiera su propia conveniencia. ¿Por qué ha sido el triunfo del "Partido Liberal" en la República siempre? Porque el "Partido Liberal" ha representado siempre a una minoría perfectamente consciente, inteligente, que ha sabido mejor comprender las necesidades de la República, las necesidades de la mayoría de los ciudadanos, mejor que la abrumadora mayoría, que nunca ha querido ir más que como sus líderes, para atrás. Yo no vengo a decir aquí que sea en forma de contribución: puede ser en forma de contribución o en forma de arrendamiento. El mismo C. Hilario Medina, en gran parte está enteramente de acuerdo; ha venido a expresar aquí ideas absolutamente de acuerdo con la idea primitiva nuestra. Nosotros los firmantes no nos casamos precisamente con nuestras ideas: que sea en forma de contribución o que sea en forma de renta, pero que, de algún modo, se demuestre ante la faz de la Nación, que la Nación ha entrado desde este momento; en perfecta posesión y soberanía de todos los edificios destinados al culto religioso; que se demuestre que la Revolución no ha sido un engaño, y que, como dijo Jesucristo, debe dársele al César lo que del César. Y eso que todavía entonces se tenía el concepto y la idea de un Dios único; hoy, que a la racha de las ideas modernas y libertarias, a la racha de las ideas libertarias, han desaparecido tantos mitos y se han borrado tantas falsas divinidades; hoy que al considerar la idea de Dios, todo el mundo siente temer en su conciencia la idea de algo en que se ha criado hasta ahora, que no debe creerse; hoy que al estudio de las ciencias y al comparar los idealismos que han mecido nuestra cuna, sentimos honda desilusión, porque hemos visto, que era un absurdo, puesto que no existe más que la ciencia como diosa suprema iluminando las conciencias y rigiendo todos los destinos de la humanidad. (Aplausos.)
Hoy, ciudadanos diputados, más que nunca, debemos, pues, estar de acuerdo en que el dominio de la Nación, en que el dominio del pueblo debe ser absoluto sobre lo que le pertenece. Así, pues, señores diputados, yo solicito de ustedes, en nombre de la libertad del pensamiento, en nombre del criterio revolucionario, en nombre de la soberanía del pueblo, que deis vuestro voto negativo a ese dictamen de la Comisión; y todavía en nombre de alguien más, en nombre de la sombra de Jesucristo, ese alto reformador y maestro, a quien nosotros llamamos maestro y a quien ellos llaman rey, por los deseos que tienen de tener un amo; en nombre de ese gran reformador, cuyas ideas todavía nos alientan a todos los que deseamos libertarlos, yo os pido que deis vuestro voto en contra de ese dictamen. (Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra, en pro, el C. Cepeda Medrano. (Voces: ¡Uh, uh, uh! Siseos.)
El C. Martínez de Escobar: Sed jacobino.
El C. Cepeda Medrano: Yo sé perfectamente bien, y así como dice el compañero Martínez Escobar, no llevaré nunca en mi frente el nombre de jacobino, lo llevaré, conforme a su modo de pensar, de reaccionario; pero qué importa, señores, que algún compañero y representante del pueblo me llame reaccionario; qué importa que se me señale como enemigo de las ideas revolucionarias, si en mi conciencia, en mi fuero interno y en mis actos está que no lo soy. ¿Qué importa que muchos de mis compañeros me señalen con el dedo como enemigo de esta o de aquella idea, si yo siempre vengo aquí a defender mis principios, mis ideas, mis convicciones y mis doctrinas? Yo no me arredro ante las calumnias que puedan lanzarse en mi contra, yo no vengo a combatir en esa forma ni a lanzar un solo insulto a nadie, vengo a recibir todos los insultos que se me lancen con todo gusto y saliendo de aquí sabré dónde los debo arrojar, señor Martínez de Escobar. (Voces: ¡Uuuh! Risas.)
¿Habéis oído al señor Siurob? Ha hablado brillantemente, elocuentemente, como siempre lo sabe hacer; pero en esta vez, desgraciadamente, ha estado en un error el señor Siurob. Ha hablado aquí en contra del clero católico - entiéndase perfectamente bien -, única y exclusivamente habló en contra del clero católico. ¿Ha tomado en consideración la religión protestante? No, ni una sola palabra ha dirigido en contra del protestantismo, en contra del clero protestante, en contra del fanático protestante que, igualmente que el católico, es enemigo de la Revolución, es enemigo de las ideas libertarias, es enemigo del progreso del pueblo. ¿Por qué? Porque está estancado, porque su conciencia está dominada, porque ellos no pueden pensar libremente, y, sabedlo perfectamente bien, señores diputados, si los católicos son fanáticos, los protestantes son fanáticos que llegan hasta la locura. (Voces: ¡Sí! Murmullos.) ¿Por qué, señores diputados, vamos a perseguir con tanta saña? ¿Por qué señores diputados, vamos a perseguir con tanta ingratitud a una sola religión que está extendida de
Norte a Sur y de Oriente a Poniente en la República?
El C. Sánchez Tenorio, interrumpiendo: ¡Por desgracia! (Murmullos y voces: ¡Desgraciadamente!)
El C. Cepeda Medrano, continuando: Que sea por desgracia o por ventura, como dicen los estimables compañeros, es la verdad. Para combatir esa religión católica nos sobran medios; debemos poner en práctica, pero no esta clase de medios que se nos presentan por los diputados que vienen a hablar en contra de este dictamen. ¿Cómo es posible, señores diputados, que nosotros vayamos a imponer una renta a los templos cuando sabemos que esas rentas vienen a redundar en perjuicio del pueblo mexicano, en perjuicio de los más ignorantes, de los más fanáticos, en perjuicio de todos esos individuos que no tienen los conocimientos tan elevados como los tienen ustedes? ¿qué acaso, señores diputados, creen ustedes que en toda la República Mexicana puede pensarse con la misma libertad, con la misma alteza de miras, del mismo modo que lo hace el señor Martínez Escobar, que lo hace el señor Medina y señor Siurob? Indudablemente que no. ¡Ah! qué difícil es en los hombres fanáticos, en los que tienen una idea en su cerebro, arrancar esa idea y que difícil es hacerles comprender que están en un error, pues sólo con la escuela y únicamente con la escuela se puede combatir el fanatismo en la República! ¿Cómo va a ser posible que nosotros vayamos a perseguir únicamente por egoísmo a la religión católica? ¿por qué se les olvida la religión protestante que debe independerse del Norte, de donde nos ha venido, que debiera independerse del yanqui, que debiera de hacerse más liberal y democrática, la religión protestante que debiera protestar enérgicamente contra esa invasión del Norte y contra esa tutela que tiene sobre sí. ¿Qué acaso no sabemos, señores, que si el papa de los católicos está en Roma, el papa de los protestantes está en Estados Unidos? ¿Qué acaso no sabemos que los yanquis nos están dominando moralmente por la religión, económicamente por el dinero y piensan dominarnos militarmente por las armas, y debemos de prepararnos? Sabéis perfectamente, señores diputados, que la filosofía de los grandes pueblos estriba en sus doctrinas, y allí tenemos la gran filosofía de Alemania, que es la causa de esta guerra mundial, y los americanos se preparan igualmente a invadir el Continente Americano moralmente; los americanos nos mandan avanzadas inmensas y, sin embargo, nosotros la soportamos pacientemente ¿Qué diríamos nosotros, señores diputados, si aquí en este recinto tuviésemos un individuo que hubiera sido cura, que hubiera sido sacerdote, que hubiera sido obispo? (Voces: ¡Padilla, Padilla! Murmullos y risas.) No es cierto, el señor Padilla no es sacerdote. (Voces: ¡Lo fue!) ¿Qué diríamos, señores diputados, - es mi pregunta -, si aquí estuviésemos dos, tres o cinco diputados que hubiésemos sido ministros católicos, que hubiésemos sido sacerdotes de los templos, que hubiésemos sido obispos, que hubiésemos regenteado, lucrado con esa religión? Indudablemente que protestaríais enérgicamente; indudablemente que les aplicaríais el criterio político, el criterio moral, porque los consideraríais enemigos acérrimos de la Revolución. ¿Y qué decimos, señores diputados, de esa religión protestante, hermana gemela, quieran o no quieran, de la religión católica, atrasada inmensamente como la religión católica? Esos que se llaman librepensadores, ¡mentira! El librepensador no puede tener como base la Biblia; el librepensador
no puede tener como norma la idea de que Jesucristo es Dios; el librepensador no puede fanatizarse ante una figura que se nos presenta allí con los brazos cruzados y que miserablemente se van a rendir de rodillas ante ella, como los mitos de la Edad Media. (Aplausos.) Y no puede la religión protestante decir que se ha emancipado; no puede decir que está a la altura de su puesto; no puede la religión protestante decir que es la más sabia, la más adelantada, porque también la religión protestante hinca la rodilla, porque también adula a esos hombres, porque también adora a Cristo como idólatra, y las idolatrías no pueden ser religiones adelantadas. (Voces: ¡Muy bien! Aplausos.)
Señores diputados: Si nosotros vemos aquí un peligro en la religión católica, yo, que no soy católico ni protestante, veo en peligro también en los protestantes; la invasión que nos ha venido de Roma y que nos ha llevado miles de millones de pesos, nos ha venido también la invasión protestante de los Estados Unidos, y no solamente se llevarán miles de millones de pesos, porque no quieren eso, lo que quieren son los corazones, las conciencias, la voluntad del pueblo mexicano, para después, señores diputados, matar ese sentimiento de patriotismo que debe existir en el pueblo, para matar esos sentimientos elevados que deben estar en él y meterles esas doctrinas, esas enseñanzas: Los hombres somos iguales, somos hermanos, debemos tener gratitud inmensa para los hombres que vienen a hacernos libres, a emancipar nuestras conciencias, en consecuencia, los hombres que del Norte han mandado aquí la religión protestante, la "Asociación Cristiana de Jóvenes," los que del Norte han venido al frente de la "Salvation Army," vienen imponiendo los institutos religiosos, vienen a establecer colegios donde dicen que no se enseña la religión protestante; pero aquí, señores diputados, si nosotros vamos a cada uno de aquellos lugares, lo mismo en el templo que se llama teresiano, que en el que se llama protestante, y veremos que allí se enseña la religión católica en uno y la protestante en otro, aunque nosotros digamos en nuestra Ley Fundamental que no lo permitimos; nos estamos engañando a nosotros mismo, nos estamos haciendo ilusiones, estamos laborando aquí por un sentimiento eminentemente revolucionario; pero no vamos al fondo de la cosa; perseguimos a los católicos que son por millones en la República y no perseguimos a los protestantes que nos están haciendo también muchos males en la conciencia del pueblo mexicano; y, ¿qué vamos a hacer señores diputados? sabemos perfectamente que los católicos tiene diez o quince templos más que los protestantes, diez o quince veces más que los protestantes.
Pues bien, no les apliquemos multa, no les apliquemos impuesto, no les impongamos esta gabela, no les cobremos ni un solo centavo; debemos ser más radicales, más revolucionarios, y entonces digamos: Los templos, que son antros de perdición, de hoy en adelante serán templos de instrucción; de hoy en adelante servirán para los cuarteles: de hoy en adelante servirán para las fábricas; de hoy en adelante servirán para los talleres. Entonces nosotros seremos los primeros que vengamos a dar nuestro voto en favor de ustedes, pero cuando se nos venga a decir en esta tribuna que necesita imponerse una gabela, que se necesita imponer una contribución, o cobrarse una renta, como quiera llamársele, para desfanatizar al pueblo mexicano, ¡qué equivocados estáis, señores diputados! (Voces: ¡No es para eso!) Entonces, tomando la doctrina del señor Siurob, para la instrucción pública. "El fin justifica los medios;" el fin justifica los medios, señor Siurob, y esa máxima jesuítica no podemos tenerla nosotros: El fin no justifica los medios. Si los cuatro millones de pesos vamos a sacarlos del fanatismo que día a día se va acendrando más, que va creciendo constantemente en el pueblo, porque ya va creando intereses, porque sabe también que él está tomando participación en la construcción de aquella nueva religión, porque sabe también que está tomando particidio en el sostenimiento de aquellos templos, desde ese día está creciendo más en su conciencia, en su cerebro, la idea de que es uno de los que deben sostener con más empeño, con más ahínco, los templos católicos, y no debemos perseguir al pueblo mexicano. Los cuatro millones que debemos sacar del pueblo mexicano, los sacamos del más infeliz, del más ignorante, del más atrasado, del último hombre de nuestras clases sociales, y no es este el medio, señores con que debemos venir a aniquilarlo aquí. Debemos de darles, prestarles facilidades, para que se emancipen, debemos de trabajar inmensamente en la tribuna, en la prensa, en la escuela para enseñarles las doctrinas; debemos de ir cada uno de nosotros, que nos hacemos llamar representantes del pueblo, a nuestros distritos y trabajar allí con todo valor civil, con todo entusiasmo en contra de ese fanatismo, ya se llame católico o protestante, enseñarles la religión más avanzada si queremos enseñarles religión, o enseñarles cómo se glorifica a Dios sin necesidad de religión, cómo se dignifica a ese Supremo Hacedor de todo lo que existe... (voces: ¡No hay Dios, no hay Dios!) cómo se dignifica lo más bello, lo más sublime que existe en el pensamiento humano, y entonces, señores diputados, habremos hecho una obra meritoria; pero cuando venimos aquí a injurias, cuando venimos aquí a laborar en contra del pueblo, a crear dificultades al actual Gobierno, cuando venimos a traer enemigos nosotros mismos, porque, como decía el señor Siurob, y como lo repitió hace un momento desde su curul el señor Blancarte; el señor Siurob decía que el pueblo era soberano, que al pueblo mexicano debe dársele lo que pedía, por ese estamos trabajando en contra de ese fanatismo, entonces el señor Blancarte, desde su curul dijo este argumento que es incontrastable: si el pueblo mexicano es católico, y el pueblo mexicano es soberano, entonces respetemos sus opiniones, sus creencias y no vayamos de una manera mezquina en contra de sus ideas, en contra de sus libertades. (Aplausos en las galerías.) Yo, señores diputados, ya lo expresé al principio de mi discurso: Dije que no temía las calumnias, que no temía los epítetos que mañana se me lanzaran, y que se me diga una vez más "reaccionario," como cuando he votado siempre con mi criterio netamente ajustado a la ley. ¿Pero acaso, señores diputados, por temores a los siseos, por temores a las críticas, por temores a esos buenos compañeros y estimables amigos que se sientan en estas curules, no vamos a exponer
nuestras ideas con entera libertad? No lo conseguiréis nunca, señores. Ya estamos para terminar este período: Probablemente no vendremos en la próxima Legislatura, porque no tenemos deseos de reelegirnos, pero sí desde hoy, y siempre que estemos a nuestro lado, seguiremos trabajando en la misma forma, seguiremos luchando de la misma manera, y seguiremos sosteniendo nuestros principios, nuestras ideas, con el mismo entusiasmo y con la misma buena intención. Decía yo, señores diputados, que la renta que trata de establecerse, o que quieren que se establezca, algunos señores diputados, es realmente perjudicial no solamente para el pueblo, para los templos católicos, sino para nuestro nombre, para nuestro prestigio, para nuestra dignidad nacional. Aquí nosotros, en el artículo 24 de nuestra Constitución, establecemos este principio, y decimos así:
"Artículo 24. Todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, en los templos o en su domicilio particular, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley.
"Todo acto religioso de culto público deberá celebrarse precisamente dentro de los templos, los cuales estarán siempre bajo la vigilancia de la autoridad."
Si nuestra ley establece que deben estar bajo la vigilancia de la autoridad, perfectamente bien, respetémosla, hagamos respetar nuestras leyes, pero no dice que los templos deben pagar ninguna gabela. (Siseos, risas.) Pues aquí en el artículo 24 se establece como principio fundamental, que todo hombre es libre para acatar la religión que se le antoje, que todo hombre puede hacer sus prácticas religiosas, ya sea en el templo o en su hogar, y, señores, diputados, ¿por que nosotros vamos a imponer una cuota a los templos no va a haber fanáticos? ¿qué por que nosotros imponemos una renta a los templos, ya hacemos una obra grande y decimos: Somos inmensamente liberales, somos jacobinos rojos?
¿Desde este momento, con esta disposición ya hemos matado al fanatismo mexicano? Esto se me antoja, señores diputados, como en el Congreso Constituyente en el artículo 4º. cuando tuve el honor de combatir aquella idea, ese día en que discutíamos un decreto para que al día siguiente se acabasen todas las bebidas alcohólicas, y allí mismo en esa misma sesión teníamos ebrios dentro de la Asamblea, como aquí en esta vez, todos los que nos encontramos aquí hemos recibido el bautismo, hemos recibido la confirmación, hemos mamado esas mismas ideas, tenemos algo de esas mismas creencias, y aunque vosotros digáis ahora por aparecer liberales rojos que no sois católicos, ¡ah, señores diputados, cuántos de vosotros, en los momentos en que os encontréis en agonía mandaréis llamar al sacerdote!... (Aplausos, siseos, risas, desorden. Campanilla.) Esta es la verdad, señores diputados, esta es la verdad. (Siseos.)
Señores diputados... (murmullos.) Señores diputados: Convenid en que tenemos una sesión inmensamente concurrida; convenid conmigo, señores diputados, en que no debemos dar más ejemplos desagradables a la Nación entera. Sed un poco consecuentes y oíd pacientemente: tiempo tenéis, señores diputados, de hacernos pedazos, tiempo tenéis, señores diputados, de lanzar sobre nuestras frentes todos los dicterios y todas las calumnias y todos los epítetos que sabéis lanzar; pero esperad, señores diputados. Venid aquí a combatir; venid aquí a expresar vuestras ideas, que yo los esperaré tranquilamente, señores diputados. (Murmullos.) Yo los esperaré tranquilamente, pero convenid en que si no permitís que los hombres expresen sus ideas, no habéis hecho obra revolucionaria.
¿Cómo es posible, señores diputados, que digamos "la prensa es libre," y la amordacemos el día siguiente? ¿Cómo es posible que digamos: "los hombres tienen libertad de conciencia y libertad de cultos," y al día siguiente les pongamos trabas y dificultades, diciéndoles: "No, pero esta libertad de cultos es hasta que a nosotros se nos antoje"? ¿Cómo podremos decir, señores diputados, que las garantías individuales existen, si al día siguiente nosotros estamos laborando en contra de ellas? Y prueba de ello, señores, la hemos dado multitud de veces en este mismo recinto. ¿A cuántos señores diputados habéis coartado el derecho de expresar sus opiniones e ideas? ¿Cuántas veces nos hemos visto obligados a descender de la tribuna únicamente por la fuerza numérica, pero no por la fuerza de la razón? ¿Y queréis que en esta vez y que siempre que se traten asuntos nacionales de gran importancia como es este, no vengamos con toda libertad, con toda buena fe y con todo entusiasmo a expresar nuestras ideas? Estáis muy equivocados, señores diputados.
Nosotros vendremos aquí siempre con todo entusiasmo, con toda energía, a defender nuestras doctrinas; pero volviendo al asunto del clero católico, que es al único a que se ha referido el señor Siurob y todos ustedes. (Voces: ¡A todos, a todos!) ¡Ah, señores diputados, estáis en un error muy grande! No es cierto que vosotros vayáis contra la religión protestante, no es cierto, porque si fuese cierto, hubieséis protestado contra estos hombres que están aquí, que han sido ministros del culto protestante. (Voces: ¡Nombres, nombres!) Como el señor Jonás García, como el señor Cienfuegos y Camus, como muchos otros...
El C. Cienfuegos y Camus, interrumpiendo: Para una moción de orden.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Cienfuegos y Camus: Protesto enérgicamente contra la aseveración de Su Señoría (al C. Cepeda Medrano) y lo exhorto para que rectifique sus palabras ó - para que se pruebe aquí la declaración pública que acaba de hacer.
El C. Cepeda Medrano, continuando: Naturalmente, señores diputados, que todas estas declaraciones tiene que provocar una fuerte protesta; naturalmente, señores diputados, que todas estas declaraciones tienen que levantar una ola terrible contra nosotros, porque tenemos la audacia de venir a descubrir estas verdades. Yo he querido referirme al señor Jonás García y al señor Peralta y por una equivocación aludí al señor Cienfuegos. Rectifico nuevamente, no me referí al señor Cienfuegos, por una equivocación lancé su nombre, es el señor Peralta, es el señor Jonás García, son muchos de los señores diputados que se sientan aquí.
(Voces: ¡Cuáles, cuáles!) Pero, sin embargo, vosotros no habéis tenido... (Voces: ¡Nombres, nombres!) Señores diputados: no debéis preguntarme a mí, debéis preguntar a las conciencias de todos esos hombres que si tuvieran valor civil se levantarían a decir: " He sido ministro de un culto." Pero, sin embargo. quieren ocultarlo, quieren ocultar en estos momentos ante el público mexicano; quieren ocultarlo en estos momentos ante vosotros, pero vosotros lo sabéis. Cuando llegaron las credenciales vosotros lo sabíais perfectamente bien y ninguno se atrevió a decir: "Que salgan de este recinto los hombres que han servido a la religión protestante, los que han sido ministros dentro de esa religión." Y, sin embargo, señores diputados, ¡qué furia, qué rabia, qué indignación no hubiesen causado en esta misma Asamblea que se hubiese presentado un individuo de esos vistiendo sotana o llevando tonsura en la cabeza! Y entonces, señores diputados, hubiéseis levantado el grito al cielo. ¿Por qué? Porque sois únicamente enemigos de la religión católica, pero no veis a la religión protestante; no veis, señores diputados, que aquí en los colegios del Gobierno y en los particulares se encuentran al frente de ellos individuos que son y han sido ministros de los cultos, y están regenteándolos; y no habido una sola voz de protesta en este recinto; no ha habido una sola voz de protesta en ese caso, y vosotros permitís abiertamente que se siga violando la Constitución, y vosotros, cuando vengan en lo sucesivo ministros protestantes a ocupar una curul vosotros daréis vuestro voto en favor de ellos, como lo habéis dado hasta ahora. ¿Y qué? - se nos dice - los ministros protestantes no son tan peligrosos como los ministros católicos. Indudablemente, señores, que esa argumentación no podría tomarse en consideración; vosotros lo sabéis perfectamente bien. Id contra todas las religiones, o respetad, como establece nuestra Constitución, todas las religiones, pero no vayáis en contra de la religión católica únicamente porque os parece criminal, porque os parece absurda. ¿Qué no sabéis, señores diputados, que dentro de la religión católica, en la Biblia que vos tenéis en vuestras casas, en la Biblia, señor González Galindo, que vos estudiáis diariamente como uno de los libros más grandes, en esa Biblia se enseñan grandes enseñanzas y doctrinas? Aprovechaos de ellas e id en contra de los católicos, y esa Biblia, señor González Galindo, sirve tanto a la religión protestante como a la religión católica, que son hermanas gemelas y no podréis ir en contra de una sola. Id en contra de las dos, o no id en contra de ninguna, eso es lo que yo vengo a sostener. ¿Sabéis, pues, señores diputados el grandísimo peligro que tenemos con la invasión aquí, con la tutela aquí de la religión protestante? Ya lo he dicho al principio de mi discurso: Únicamente quieren la conquista moral de nuestro país por el coloso del Norte. Seguid protegiendo esa religión, id contra la otra, y acabadla, si es posible, per no os cubráis con el antifaz, no, señores diputados, venid a hablad aquí con toda honradez, venid aquí a decir los que sintáis, venid a esta tribuna a exponer ideas, pero libremente y con toda honradez.
Señores diputados: yo he considerado inmoral, he considerado ilegal la pretensión de algunos señores diputados para que establezcamos una renta, una gabela o una cuota a los templos católicos... (Voces: ¡A todos!) Y digo a los templos católicos. (Voces: ¡A todos!) Estáis muy equivocados, señores diputados; vosotros no sois enemigos de los protestantes. (Voces: ¡De todos!) No, señores.... (Voces: ¡Sí, sí!) Vosotros sois enemigos solamente de los católicos; aquí lo que perseguís es únicamente al clero católico, y como el clero católico no tiene en este recinto quien lo pueda defender... (Voces: ¡Allí está Manrique! ¡Manrique y usted!)
El C. Manrique, interrumpiendo: Yo defiendo el libre pensamiento.
El C. Cepeda Medrano, continuando: Señores diputados: Ya he recibido de vosotros la primera calumnia: Decís que yo he venido a defender al clero católico. Estáis en un error; yo he venido a defender el principio establecido por nuestra Carta Fundamental; yo he venido a defender la legalidad que le asiste a la religión católica para existir en nuestra República Mexicana. Yo he venido defender aquí que no debe aplicarse ninguna gabela, ninguna cuota a estos templos, porque los cuatro millones de pesos que en un momento de ilusión sacaba y nos presentaba el señor Siurob, para sostener la instrucción, para fomentarla y establecer una nueva Universidad y hacer divinidades, no es esto, señores diputados, más que una ilusión del señor Siurob. No puede demostrarlo; sería imposible que lo demostrase con números, prácticamente. ¡Ah, señores diputados, cuántos errores hemos cometido por llegar hasta el sentimentalismo! (Voces: ¡Aaah!), por llegar a creer a estos hombres que no viene a hablar con el cerebro, sino que vienen a hablar con el corazón; el corazón que antes estaba dominado por el clero católico, y que hoy, al hacerse muy liberales, muy rojos, muy jacobinos, dicen: "Iremos contra la religión católica, aunque vayamos contra el pueblo mexicano!"
El C. Presidente: Tiene la palabra contra el C. Cámara.
El C. Cámara: Señores diputados: Estoy asombrado de lo que en estos momentos sucede en esta Asamblea y todavía en plena Revolución; todavía en el campo de la lucha resuena el clarín libertario y, a pesar de ello, en esta Asamblea, que tiene por objeto realizar todos los ideales de esta Revolución, venimos a sentar precedente de ideas completamente contrarias a ella. La Revolución Constitucionalista, en primer orden, no solamente ha pretendido mejorar al pueblo mexicano económicamente, ha pretendido, ante todo, libertar la conciencia del pueblo mexicano, libertarlo, porque desde hace mucho tiempo el pueblo mexicano viene sufriendo el vampirismo de la clerigalla de México; desde hace mucho tiempo el pueblo mexicano no ha sido hecho súbdito por todo el clero, no sólo de México, sino desde el Papa, que vive en Italia. Pues bien, en Coahuila suceden las cosas más extravagantes, desde un hombre que con gran energía levanta la bandera de la libertad para vengar un hecho criminal y volver al pueblo mexicano por los fueros de la justicia, del honor, hasta uno que viene en representación del clero a hablar aquí todavía de las mocherías de otros tiempos. Allí se encuentra el C. Cepeda Medrano; en aquella época
en que se hicieron las Leyes de Reforma, tuvieron mucha más energía que nosotros, se rigieron con más fuerza moral, a pesar de que todavía entonces existía una atmósfera de misticismo en el pueblo mexicano, se condujeron con más energía y supieron aprovechar aquella época, aquellas circunstancias para dar las Leyes de Reforma y establecer que los bienes del clero, que era un poderoso elemento reaccionario que estaba hundiendo al país en la miseria y además en la ignominia, aquellos hombres realizaron mejores ideas que nosotros, sin tener tanta oposición, como esta vez sucede, tan sólo porque queremos aplicar una simple renta o impuesto a bienes que ya están considerados, no de ahora en esta Revolución, que bien poco hemos hecho, a bienes que ya están considerados como bienes de la Nación: Los templos. Nosotros no tratamos más de ver que esta riqueza, que ha sido improductiva, hoy sea productiva, porque sabéis que las riquezas de México, para que de alguna manera contribuyan al mejoramiento social del pueblo, deben ser, ante todo, productivas, Los templos han quedado improductivos, y así por el estilo hay muchos bienes que están completamente improductivos, y esto tiene como consecuencia el completo estancamiento del progreso y de la civilización de México; para que este progreso sea perfecto, es necesario que todas estas riquezas - y aquí me refiero al C. Manrique, que decía que los templos no eran una riqueza productiva..... -
El C. Manrique, interrumpiendo: ¡Y lo sigo diciendo!
El C. Cámara, continuando: Y yo contesto al C. Manrique, que los templos deben hacerse una riqueza productiva, para que de esa manera se aprovechen en el progreso de México. Pues bien, decía que era verdaderamente penoso escuchar en estos momentos a un representante genuino del clero, como es el C. Cepeda Medrano..... (murmullos y risas), que algún diputado me dice por ahí que es ministro mormón. Yo no lo creo ni me atrevo a hacerle esa imputación. Pues para imponer un simple impuesto a los templos, a bienes que son nacionalizados, señores, tenemos aquí una gran lucha. No sé qué sucede; o qué, ¿hemos vuelto hacia atrás? ¿Hemos querido desandar los pasos que hemos dado hacia adelante? ¿O no tenemos la suficiente energía para llevar esta obra evolutiva hasta su completo triunfo, hasta donde sea posible por medio de nuestras energías e ideales? Y ahora voy a referirme aquí al discurso del C. Manrique, sobre la cuestión de los templos. Decía el C. Manrique que a ningún gobierno se le había ocurrido imponer impuesto o contribuciones a los paseos públicos. En verdad, señores diputados, los paseos Públicos son completamente para el servicio público y no son explotados por ningún particular, sépalo bien el C. Manrique......
El C. Alonzo Romero, interrumpiendo: ¿Como se hace con los congales?
El C. Cámara, continuando: A ningún gobierno se le ha ocurrido imponer rentas por ese simple servicio que prestan al público; pero cuando los paseos públicos son ocupados por algunos individuos para establecer algún puesto de comercio y explotar y lucrar con ello, sepa el C. Manrique que al Gobierno se le ha ocurrido poner impuesto o renta a todo el trecho del terreno que ocupan. Por consiguiente, si los templos son del dominio de la Nación y se ha considerado a los ministros de cultos como profesionistas, según la misma Constitución, es indispensable que esos individuos que especulan, desde luego que lucran por medio de ellos, desde luego que hay un profesionista en esos templos, que lucra por medio de ellos, deben indispensablemente producir a la Nación esos templos el beneficio que sea necesario, en virtud de que lucran con el desempeño de una profesión.
Decía el C. Medina que los templos tiene varios orígenes y que no deben considerárseles a todos ellos en las mimas circunstancias, y yo refiero al señor Medina que los templos, como propiedad de la Nación, no tiene nada que ver absolutamente con su origen la Nación. Todos los templos, sean formados por particulares o por cualquiera sociedad, son del dominio de la Nación, y bien poco importa a la Nación cualquiera que sea su origen, todos son de una misma calidad, todos son templos conforme a nuestras leyes, y absolutamente nada tiene que ver para distinguir, respecto de ellos, de qué manera se han construido. Para imponer las rentas, tampoco tenemos que considerar nada, sino solamente que son propiedad de la Nación, y que la Nación no solamente debe tener el dominio de derecho, sino el dominio de hecho, y para que tenga el dominio de hecho, la posesión, es indispensable que desde luego pueda usar de ellos cuando mejor se le antoje, para rentarlos a los ministros del culto, o bien tomándolos para cualquier otro servicio que pueda ser utilidad para la Nación. El C. Cepeda Medrano, que bien puede ser aclamado por todos los ministros católicos, decía, entre otras cosas, que la religión católica o cualquiera otra religión, no sé si se referiría únicamente a la religión católica, porque es antiprotestante, era indispensable para las conciencias de todos los ciudadanos de México, y que él cree que ningún ciudadano de los que aquí estamos presentes, se puede absolutamente abstraer de esa clase de ideas. Yo le manifiesto al C. Cepeda Medrano, que yo, si tuviera alguna ligera vacilación respecto de mis ideas, si tuviera un estado de conciencia que no fuera definido de alguna manera, no vendría aquí a manifestar mis ideas tal como lo estoy haciendo, puesto que, ante todo, debemos tener la suficiente energía, la suficiente franqueza para manifestar nuestras ideas y exponerlas tal como las sentimos. Yo digo a ustedes categóricamente, que soy librepensador. Los católicos, en primer lugar, son hombres muy poco investigadores, y de allí viene que todos tengan como principio de las cosas un Dios y ante la idea de que ese el Creador de todas las cosas, no se ponen a averiguar ni a investigar cuál es el principio de las cosas, cuál es el principio de las cosas, cuál es el principio natural de las cosas, y de allí que si a un católico se le pregunta cuál es el principio del hombre, dónde radica el principio de cualquier otro ser material, encontramos que todos nos dicen que de Dios, que todo depende de Dios.
Los hombres también han tenido desde su principio la idea de ser súbditos de otro más poderoso, de otro que se sobreponga a ellos, y de allí viene, de esto ha prevenido que desde las tribus primitivas
que principiaron a formar los pueblos, hasta los pueblos ya formados y civilizados, principiaran no por tener un gobierno netamente liberal y democrático, sino por tener un rey. Ese rey no solamente ha servido en ellos para considerarlo superior a ellos, sino que se le ha tenido también como representante de Dios, como representante de su creencia, como mediante entre Dios y ellos. De tal manera que han creído siempre estar supeditados a otros seres superiores y supremos a ellos. Parece el que los hombres, por la ignorancia en que desde un principio han vivido, no ha querido tener un estado de conciencia enteramente libre, y cada quien se ha forjado un dios a su manera, es decir, seres que están sobre todo y sobre ellos, y siempre están supeditados a ese Dios. Los pueblos modernos han ido cambiando poco a poco y han ido admitiendo otro credo distinto completamente al que tenían los pueblos antiguos: De allí ha venido la forma de gobierno netamente democrático, la forma de gobierno netamente liberal. De tal manera que la palabra rey, aun cuando en algunos continentes se usa y aun se conserva, no por ello quiere decir un intermediario entre Dios y los hombres: quiere decir, más o menos un gobierno; pero la República, el gobierno democrático es todavía mucho más superior a esta forma de gobierno, puesto que de una manera franca y sincera demuestra que el pueblo poco a poco se ha ido separando de esas ideas completamente nebulosas cimentadas sobre cosas completamente abstractas como es la religión, y ha venido formando gobiernos liberales, a formar del Ejecutivo un Presidente, y a formar una República. Yo creo, señores, que no puede ser esto y aunque me aparte un momento del punto a discusión, debo decir a ustedes, que mientras más número de librepensadores haya en México, menor número de crímenes habrá en México. Las conciencias subyugadas por la religión, cuando tiene alguna pena se arrepienten en el momento de su crimen y así vemos que un ladrón después de cometer un robo, muchas veces se va a las iglesias a arrepentirse de lo que ha hecho, creyendo que Dios, que él cree superior a todos los hombres, va a librarlo de aquel mal, y de esa manera tenemos infinidad de criminales en México de la misma ralea, tenemos infinidad de infanticidios, porque entre las gentes acomodadas, después de haber cometido alguna debilidad, no son capaces de soportar sus consecuencias y van después de haberla cometido a las iglesias y cuando se presenta a la luz el fruto de aquella debilidad, van al mismo templo, rezan las oraciones que creen que pueden salvarlas del mal que han hecho y van a extrangular a sus hijos, así hay infinidad de gente; en cambio con los librepensadores que no tienen más que en su conciencia el bien y la justicia, sin tener ningún Ser Supremo que es el supremo ser que forma la colectividad de los seres humanos, saben ustedes que expiará el castigo real y verdadero de los mismos hombres que son su credo y no tiene ningún ser divino, esos no tiene ninguna confesión para alguien que está más debajo que ellos. Volviendo al punto a debate, debo decir a ustedes que es necesario imponer a los templos rentas o impuestos para hacer de esos templos, que son propiedad de la Nación, una riqueza productiva, para hacer el mayor número de riquezas productivas en beneficio del pueblo y de la Nación, de eso depende nuestro progreso y nuestro engrandecimiento. Además, imponiendo contribuciones a los templos, sucederá también que habrá menos número de iglesias en actividad para corromper el alma del pueblo mexicano; habrá menos número de explotadores, porque sabrán que tienen que pagar la renta de los templos y de esa manera no se prodigarán tanto en la Nación los ministros de los cultos, y esto no crean ustedes que lo digo únicamente por los ministros católicos, yo lo digo por todos los ministros, puesto que ya lo dije antes, como precedente, que soy librepensador, y creo que en el librepensamiento estriba la felicidad del pueblo mexicano. (Voces: ¡A votar! Murmullos.) Espero, pues, que abandonada toda vuestra preocupación, que abandonada toda idea de misticismo, hecha a un lado la cuestión de sentimentalismo por la cuestión religiosa y puesto enfrente el pensamiento, la energía, la idea de hacer grande a México, debéis votar porque todas las riquezas de México sean productivas, que a los templos se les impongan rentas y que los curas paguen rentas por los templos que ocupen. (Aplausos y voces: ¡A votar!)
- EL C. Secretario Aranda: Orden del día para la sesión de mañana: "Continúa la discusión sobre las rentas a los templos destinados al culto y de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Distrito y Territorios Federales."
El C. Presidente, a las 7.12 p. m.: Se levanta la sesión pública para entrar en secreta.