Legislatura XXVII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19171231 - Número de Diario 97

(L27A2P1oN097F19171231.xml)Núm. Diario:97

ENCABEZADO

MEXICO, LUNES 31 DE DICIEMBRE DE 1917

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

PERIODO ORDINARIO XXVII LEGISLATURA TOMO II.- NUMERO 97

SESION EXTRAORDINARIA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

CELEBRADA EL DIA 30 DE DICIEMBRE DE 1917.

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior. Presta la protesta de Ley el C. Augusto Aillaud. Se da cuenta con los asuntos en cartera.

2.- Dictamen de las Comisiones unidas 1a. de Comunicaciones y 1a. de Crédito Público, autorizando al Poder Ejecutivo para que celebre con los señores S. Pearson and Sons, Limited, los contratos o conveníos que sean necesarios para disolver la sociedad denominada "Compañia del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec." Se considera de obvia resolución y se pone a discusión. Es presentada una moción suspensiva. Se suspende la sesión por falta de quórum.

3.-Reanudada ésta, no se toma en consideración la moción presentada y continúa la discusión.

4.-Es presentada una proposición para que se constituya la Asamblea en Sesión Permanente hasta la votación del asunto a discusión. Puesta a discusión es aprobada.

5.-Se constituye la Asamblea en Sesión Permanente, continuando la discusión y aprobándose el dictamen en lo general. A discusión en lo particular, se hacen algunas modificaciones a los artículos 2o y 3o es aprobado el dictamen. Se lee y aprueba el, acta de la presente sesión, levantándose ésta.

DEBATE

Presidencia del C. SAENZ AARON

(Asistencia de 125 ciudadanos diputados.)

El C. Presidente, a las 11.22 a. m.: Se abre la sesión.

El C. Prosecretario Limón: "Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados, el día veintinueve de diciembre de mil novecientos diez y siete.

"Presidencia del C. Aarón Sáenz.

"En la ciudad de México, a las diez y veinticinco de la mañana del sábado veintinueve de diciembre de mil novecientos diez y siete, con asistencia de ciento setenta y siete ciudadanos diputados, según consta en la lista que previamente pasó el ciudadano Secretario Aranda, se abrió la sesión.

"El ciudadano Prosecretario Sánchez Tenorio leyó el acta de la sesión celebrada el día veintiocho de los corrientes, la cual se aprobó sin debate, en votación económica.

"El ciudadano Secretario Alonzo Romero pasó a dar cuenta con los siguientes documentos:

"Minuta de la 2a. Comisión de Corrección de Estilo, que se refiere al proyecto de ley por medio del cual se autoriza al ciudadano Gobernador del Estado de Puebla para organizar fuerzas de seguridad pública en dicho Estado, hasta por mil quinientos hombres.

"Sin que nadie hiciera uso de la palabra se aprobó en votación económica y se declaró que pasaba al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

"Proyecto de ley subscripto por el C. Salvador González Torres, que tiene por objeto que se construya en la ciudad de Tacámbaro, Michoacán, una Escuela Rural y Agrícola.- Primera lectura.

"El C. Ortiz interrumpió la lectura del proyecto de ley anterior, con una moción de orden.

"Proyecto de ley del mismo ciudadano diputado, a fin de que, a partir del 16 de septiembre de 1921, se conceda a las mujeres el derecho de votar y ser votadas en las elecciones populares.- Primera lectura.

"Acto seguido se declaró que se iba a proceder a la elección de los ciudadanos diputados que deban formar parte de la Comisión Permanente.

"El ciudadano Secretario Portes Gil leyó el artículo 148 del Reglamento, e hizo explicaciones sobre la forma en que se llevaría a cabo la votación.

"El C. Cepeda Medrano, a nombre de uno de los bloques de esta H. Cámara, solicitó pasar a la Mesa para inspeccionar la votación, y el ciudadano Presidente expresó que podían hacer lo mismo todos los ciudadanos diputados que así lo desearan.

"Después de aclaraciones de los ciudadanos Secretarios Alonzo Romero y Portes Gil, se procedió a recoger la votación, llamándose por orden de lista a los ciudadanos diputados para que depositaran las boletas respectivas en manos del ciudadano Presidente.

"Antes de que se pronunciara el nombre del diputado

Zubaran, último que figura en la lista, la Secretaría preguntó si faltaba algún ciudadano diputado por votar, después de lo cual, emitió su voto el C. Zubaran. Pero como los CC. Sepúlveda y Rivera Cabrera pretendieran votar, alegando que lo habían intentado en su oportunidad, esto es, cuando la Secretaría preguntó si faltaba algún ciudadano diputado por votar, se registró un incidente, en el que hicieron mociones de orden los CC. Hay, Rivera Cabrera, Ancona Albertos, Alonzo Romero, Blancarte, Treviño, del Castillo y Figueroa. La Presidencia y la Secretaría hicieron aclaraciones y el C. Ancona Albertos solicitó la opinión del C. Mauricio Gómez sobre si debían admitirse o no los votos de los CC. Sepúlveda y Rivera Cabrera.

"Dicho C. Mauricio Gómez pasó a la tribuna para exponer su opinión, que fue en el sentido de que sólo debía admitirse el voto del C. Sepúlveda, quien lo emitió así que se puso el caso a consideración de la Asamblea y ésta resolvió afirmativamente.

"El C. Rivera Cabrera hizo constar su protesta por no habérse permitido votar, y en seguida hicieron mociones de orden los CC. de la Barrera y García de Alba, tendiente la del segundo a que la Secretaría, al hacer el escrutinio, no sacara cédulas al mismo tiempo de las dos ánforas, indicación que fue obsequiada por la Mesa.

"A solicitud del C. Hay, la Presidencia declaró que si no obtenía mayoría absoluta el número de miembros que debían formar parte de la Comisión Permanente, se haría nueva elección entre los ciudadanos que no obtuviesen esa mayoría absoluta.

"Los CC. Cravioto y Hay sugirieron procedimientos para abreviar el escrutinio, con los que la Asamblea manifestó su conformidad.

"Hecha la regulación de votos, el ciudadano Secretario Portes Gil dio a conocer el resultado de la votación, como sigue:

"CC. Manuel Rueda Magro, ciento quince votos; Alberto Román, ciento trece votos; Eduardo Neri, ciento diez y seis votos; Vidal Garza Pérez, ciento catorce votos; Jesús López Lira, ciento catorce votos; Luis Sánchez Pontón, ciento once votos; Cleofas Echeverría, ciento nueve votos; José Rivera, ciento catorce votos; Manuel García Vigil, ciento once votos; Adolfo Cienfuegos y Camus, ciento trece votos; Benito Ramírez G., ciento catorce votos; Arturo Ruiz Estrada, ciento trece votos; Froylán C. Manjarrez, ciento trece votos; Juan A. Ruiz, ciento catorce votos; Porfirio del Castillo, ciento doce votos; Francisco Medina, cien votos; Román Blancarte, ciento un votos; Efrén Aguirre, noventa y nueve votos; Andrés Ortiz, noventa y ocho votos; Eliseo L. Céspedes, noventa y nueve votos; Eliseo García, noventa y siete votos; Aurelio Velásquez, cien votos; Juan Manuel Alvarez del Castillo, noventa y ocho votos; José Manzano, noventa y siete votos; Pedro A. Cristiani, noventa y seis votos; Samuel H. Mariel, cien votos; José Pereyra Carbonell, noventa y ocho votos; Emilio Araujo, noventa y ocho votos; Alfonso Cravioto, noventa y nueve votos, e Isaac Olivé, noventa y siete votos.

"En consecuencia, la Presidencia declaró que habían sido electos para formar parte de la Comisión Permanente, los CC. Manuel Rueda Magro, Alberto Román, Eduardo Neri, Vidal Garza Pérez, Jesús López Lira, Luis Sánchez Pontón, P. Cleofas Echeverría, José Rivera, Manuel García Vigil, Adolfo Cienfuegos y Camus, Benito Ramírez G., Arturo Ruiz Estrada, Froylán C. Manjarrez, Juan A. Ruiz y Porfirio del Castillo.

"Acto seguido, por designación de la Presidencia, los CC. Márquez Rafael, Alvarez del Castillo, Cruz José C., Martínez de Escobar Federico, Escudero y Secretario Magallón, introdujeron a una Comisión del Senado. El Presidente de ella, ciudadano senador Monzón, informó acerca del estudio que hizo la Cámara colegisladora del proyecto de ley sobre Deuda Agraria de los Estados.

"El ciudadano Presidente contestó en términos generales, y se retiró la Comisión.

"El C. González Jesús M. solicitó que se turnara desde luego este asunto a las Comisiones respectivas, y la Presidencia contestó que ya la Mesa lo había resuelto así.

"A la una y cuarenta y cinco se suspendió la sesión y se reanudó a las cinco y veinticinco de la tarde, con asistencia del mismo número de ciudadanos diputados que estuvieron presentes en la sesión secreta inmediata anterior.

"El ciudadano Secretario Aranda dio cuenta con los documentos que en seguida se mencionan:

"Oficio de la H. Cámara de Senadores, remitiendo el proyecto de ley sobre Deuda Agraría de los Estados, el que devuelve con los artículos 5o, 6o y 7o, modificados.

"Así que el C. Vadillo pidió que se dispensaran los trámites a este proyecto de ley, a fin de que inmediatamente se discutiera, se dio cuenta con el dictamen de la Comisión respectiva que hace suyas las reformas del Senado, las que se aprobaron, sin que nadie hiciese uso de la palabra, por unanimidad de 151 votos.

"La Secretaría continuó dando cuenta.

"Proposición de la diputación del Estado de Sinaloa, con objeto de que se adicione en $150,000.00 el Presupuesto de Egresos del Ramo de Fomento, para la fundación de escuelas granjas en el Estado de Sinaloa.- A la Comisión de Presupuestos.

"Dictamen de la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales que contienen un acuerdo económico, que expresa no es de tomarse en consideración la consulta que a esta H. Cámara hace el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, relativa al juicio por desocupación que en el Juzgado 5o de lo Civil sigue el C. Leopoldo Ríos de la Loza contra el C. Alberto Limón.

"Sin debate la Asamblea le otorgó su aprobación.

"Proposición de la diputación del Estado de Chiapas y hecha suya por varios ciudadanos diputados, para que se adicionen las partidas 8,129 y 9,428 del Presupuesto de Egresos del Ramo de Fomento, con la cantidad de setenta y cinco mil pesos cada una, destinadas a la conservación de la vía carretera que une la ciudada de Comitán de Domínguez con la estación Arriaga del Estado de Chiapas y al establecimiento y sostenimiento de una Escuela de Agricultura e Industria, para indígenas del propio Estado.- A la Comisión de Presupuestos.

"El C. Secretario Alonzo Romero manifestó que por ser muy extensa la parte expositiva del estudio que presenta la Comisión designada por el bloque

Parlamentario de esta H. Cámara acerca de reformas a la Constitución General de la República, con objeto de cambiar el régimen presidencial adoptado en ella por el régimen parlamentario, no se leería dicha expositiva, sino únicamente las reformas que se pretendían para varios artículos constitucionales.

Terminada la lectura se dio a este documento el trámite de: "A las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales e imprímase."

"Minuta de la 2a. Comisión de Corrección de Estilo, relativa al proyecto sobre Deuda Agraria de los Estados.

"Aprobada sin debate, se declaró que pasaba al Ejecutivo para los efectos consiguientes.

"Escrito del ciudadano diputado Josafat Márquez en que manifiesta que haciendo uso de la licencia otorgada a los miembros de esta H. Cámara, desempeñará durante el receso una Comisión del Ejecutivo, y en consecuencia, pide sea llamado su suplente el C. Augusto Aillaud.

"Con dispensa de trámites y sin que nadie hiciera uso de la palabra, se aprobó lo pedido por el C. Márquez.

"Ocursos de los ciudadanos diputados Rocha y Céspedes, miembros de la 2a. Sección Instructora del Gran Jurado, en los que avisan con objeto de que se proceda a elegir sus substitutos, que se ausentarán de esta capital durante el receso.

"Sorteados los ciudadanos que permanecen insaculados para dicha Sección Instructora, resultaron para cubrir los puestos de los CC. Rocha y Céspedes, respectivamente, los CC. Lechuga Val y Rafael Martínez.

"Antes de la insaculación de que se trata, el C. Manrique hizo una moción de orden que motivó una aclaración de la Presidencia.

"Dictamen de la Comisión Especial del artículo 27 constitucional que concluye con un acuerdo económico que propone se diga a la H. Legislatura de Zacatecas, con motivo de su iniciativa para que se autorizara a aquel Estado para crear su deuda agraria, que ya esta H. Asamblea ha aprobado el proyecto de ley relativo.

"Puesto a discusión, sin ella, se aprobó en votación económica.

"Dictamen de las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales que consulta un proyecto de ley referente a que se constituya el Congreso de la Unión en Colegio Electoral, para cubrir las vacantes de los Magistrados y Jueces de Primera Instancia del Distrito Federal y Territorios, haciendo los nombramientos respectivos con el carácter de interinos.

"Se le concedió dispensa de trámites después de haberla fundado el C. Rueda Magro, habiendo sido reclamada la votación económica a ese respecto por el C. García de Alba, cuya reclamación dio lugar a aclaraciones del C. Neri y de la Presidencia.

"Puesto a discusión nadie usó de la palabra y se procedió a la votación nominal para resolver si había lugar a votarlo en lo general, pero como del resultado de esta votación se vino en conocimiento de que no había quórum, la Presidencia, a las siete y diez de la noche declaró suspendida la sesión y que se constituía la Cámara en Junta Previa en tanto se integraba el quórum, designándose a los CC. Martínez de Escobar, Manrique Sánchez Tenorio, Cruz José C., Rocha y García Pablo, para que invitaran a penetrar el salón a los ciudadanos diputados que se encontraran en los pasillos.

"Momentos después, el ciudadano Prosecretario Limón pasó nueva lista, y como de ella resultara la presencia de ciento veintiséis ciudadanos diputados, se reanudó la sesión a las siete y veinticinco de la noche.

"El C. Rueda Magro pasó a la tribuna para solicitar, en vista de las razones que expuso, se permitiera a las Comisiones retirar su dictamen, a lo que no accedió la Asamblea, por lo que dicho C. Rueda Magro pidió se suspendiera la discusión, en lo que sí conforme la Cámara.

"En seguida la Presidencia designó para comunicar al Senado, al ciudadano Presidente de la República y a la Suprema Corte de Justicia que el día treinta y uno del presente mes, a las seis de la tarde, se celebrará a sesión de clausula del período ordinario del segundo año de sesiones del XXVII Congreso General, a las siguientes Comisiones, respectivamente:

"CC. Arturo Ruiz Estrada, José Luis Figueroa, Crisóforo Aguirre, Francisco de P. Mendoza, Isaac Olivé y Secretario Magallón.

"CC. Eduardo Neri, Rafael Martínez de Escobar, José Moctezuma, Aurelio Peña, José T. Cantú y Secretario Aranda.

"CC. Alberto Román, Juan Tirso Reynoso, Alfonso Cravioto, Austreberto Castañeda, Juan A. Ruiz y Prosecretario Sánchez Tenorio.

"Proposición del C. Manrique y numerosos ciudadanos diputados más, para aumentar en trescientos mil pesos la partida número 9,515 del Presupuesto de Egresos para 1918, dedicados al fomento de las obras de irrigación en San Luis Potosí.- A la Comisión de Presupuestos.

"Proposición del C. J. R. Lizalde y numerosos ciudadanos diputados más, con objeto de aumentar la partida 9,515 del Ramo VIII del Presupuesto de Egresos, en la cantidad de cien mil pesos, destinados a la construcción de tres presas en el Estado de Zacatecas.- A la Comisión de Presupuestos.

"Invitación del ciudadano coronel A. Salinas, director de la Escuela y Talleres de Aviación, a fin de que los ciudadanos diputados se sirvan asistir el día tres de enero próximo, a las siete y media de la mañana a dicha Escuela y Talleres, en donde se efectuarán algunos vuelos.

"El C. Hay hizo consideraciones acerca de esta invitación, y recomendó a los ciudadanos diputados la atendieran, para que pudieran apreciar el adelanto de la aviación en México.

"El C. Siurob insinuó se dieran las gracias por tal invitación, a la que la Mesa dio el trámite de: "Recibo y dénse las gracias."

"Proposición de los CC. Saucedo J. Concepción y Zavala Dionisio, apoyados por varios ciudadanos diputados más, a fin de que se aumente la partida 9,515 del Presupuesto de Egresos, en la cantidad de cuatrocientos mil pesos, destinados a la construcción de la presa de Santiago, en Aguascalientes.- A la Comisión de Presupuestos.

"Una vez que el C. Zubaran pidió se diera cuanta con el dictamen relativo a una solicitud para introducir

libre de derechos placas destinadas a la nomenclatura de la ciudad de Puebla, a lo que no accedió la Presidencia, por la razón que expuso, la Asamblea aprobó el trámite de la Mesa, que consistía en proceder a la elección de los ciudadanos diputados que debían cubrir los puestos vacantes en la Comisión Inspectora, así como a la de los ciudadanos que deban formar la Comisión Instaladora de la XXVIII Legislatura.

"También resolvió la Asamblea que dichas elecciones se hicieran en un solo acto, y a moción del C. Hay, la Mesa invitó a los representantes de los distintos bloques de esta Cámara para que inspeccionaran la votación.

"Llevado a cabo el escrutinio correspondiente, el ciudadano Secretario Aranda dio a conocer el resultado de la votación para la Comisión Instalada, en la forma siguiente:

"Para Presidente, CC. Aarón Sáenz, noventa y nueve votos, y Alfonso Cravioto, treinta y dos votos.

"Para Vicepresidente, CC. José Siurob, noventa y nueve votos, y Francisco Medina, treinta y dos votos.

"Para primer Secretario, CC. Miguel Alonzo Romero, noventa y nueve votos, y Ramón Blancarte, treinta y dos votos.

"Para segundo Secretario, CC. Candor Guajardo, noventa y nueve votos, y José Manzano, treinta y dos votos.

"El C. Rueda Magro dio a conocer el resultado de la elección para cubrir los puestos de la Comisión Inspectora, y que fue el siguiente:

"CC. Adolfo Cienfuegos y Camus, noventa y ocho votos; Francisco R. Arreola, noventa y ocho votos; Porfirio del Castillo, noventa y seis votos; Eliseo L. Céspedes, treinta y tres votos; Samuel H. Mariel, treinta y tres votos, y Andrés Ortiz, treinta y tres votos.

"Por consiguiente, el ciudadano Presidente declaró que habían sido electos para formar la Comisión Instaladora de la XXVIII Legislatura, los CC. Aarón Sáenz, para Presidente; José Siurob, para Vicepresidente; Miguel Alonzo Romero, para primer Secretario, y Candor Guajardo para segundo Secretario. Y para cubrir los puestos de la Comisión Inspectora los CC. Adolfo Cienfuegos y Camus, Francisco R. Arreola y Porfirio del Castillo.

"El C. Secretario Aranda leyó la orden del día para la sesión del domingo treinta de diciembre, y el C. Manrique manifestó la conveniencia de que la prensa noticiara que había sesión este día, con objeto de que supieran esto los ciudadanos diputados que habían ausentado del salón.

"A las ocho y veinticinco de la noche se cerró la sesión."

Está a discusión el acta. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobada el acta.

El C. Presidente: Encontrándose a las puertas del salón el C. Augusto Aillaud, diputado suplente del C. Josafat Márquez, la Mesa designa en comisión a los CC. Peña, Silva Herrera y Prosecretario Limón, para que lo introduzcan a rendir la protesta de ley.

(El C. Aillaud rindió la protesta de ley.)

El C. Secretario Portes Gil: El ciudadano diputado Rosendo A. Soto, apoyado por numerosos ciudadanos diputados, presenta una proposición para que se adicione la partida número 9,515 del Presupuesto de Egresos, en la cantidad de cincuenta mil pesos, que se destinarán para la construcción de una presa en el octavo Cantón del Estado de Jalisco.- A la Comisión de Presupuestos.

El ciudadano diputado José Federico Rocha, apoyado por numerosos diputados más, presenta una proposición para que se adicione la partida número 9,515 del Presupuesto de Egresos, con la cantidad de cuarenta y cinco mil pesos, que se destinarán a la construcción de una presa en Jilotepec, Estado de México.- A la Comisión de Presupuestos.

El ciudadano diputado Carlos R. Montiel, apoyado por los ciudadanos diputados Peña, Cancino Gómez, Ruiz Juan A., Rueda Magro, García Vigil y Rivera Cabrera, presenta un proyecto de ley para que, con cargo a la partida 9,428 del Presupuesto de Egresos, que se ampliará en la cantidad de $2.000,000.00, se funde una Escuela Regional de Agricultura en la jurisdicción del Distrito de Tuxtepec, del Estado de Oaxaca.- A la Comisión de Presupuestos.

El C. Secretario Portes Gil: "Señor:

"A las Comisiones unidas, Primera de Comunicaciones y Primera de Crédito Público, fue turnado un proyecto de Ley que envía el Ejecutivo a esta H. Cámara pidiendo autorización para rescindir con los señores Pearson and Sons, Limited, los contratos que el Ejecutivo de la Unión tenía celebrados con ellos para la explotación del ferrocarril de Tehuantepec y de los puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos.

"Los contratos de referencia fueron firmados el 16 de mayo de 1902, el 20 de mayo de 1904 y el 7 de mayo de 1908 y aprobados por decretos de 4 de junio de 1902, 31 de mayo de 1904 y 1o de junio de 1908.

"Estudiamos los contratos con todo detenimiento, hemos llegado a la persuasión de que son onerosos para el país; primero: porque la cuantía de los capitales aportados por los socios para formar la Compañía que se denomina "Compañía Nacional del Ferrocarril de Tehuantepec," están en una gran desproporción, pues por una parte el socio Gobierno aportó el material y obras que ya estaban ejecutadas con un valor aproximado de ... $105.000,000.00, según datos que nos ha proporcionado la Secretaría de Hacienda, más $2.000,000.00 en efectivo, y el socio Pearson and Sons, Limited, aportó $2.000,000.00 en efectivo, debiendo repartirse

las utilidades en los casos más ventajosos para cada uno de los socios en la proporción de 65 por ciento para el Gobierno y 35 por ciento para los señores Paerson and Sons, Limited; segundo: porque el Gobierno no tiene ninguna ingerencia en la administración del ferrocarril; tercero, porque el Gobierno no está autorizado según esos contratos para intervenir el ferrocarril y los puertos ni aun en casos en que fuere necesario hacerlo por razones de orden militar, para la seguridad interior o exterior de la Nación.

"En cambio, como ventajas para el país, hemos encontrado: primero, que el capital empleado en el material y obras el ferrocarril y de los puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos estaba improductivo, y bajo la administración de los señores Pearson and Sons, Limited, ya se ha obtenido algún provecho de él; segundo: que con la formación de la Sociedad Pearson and Sons, Limited, pudieron terminarse las obras de los puertos y el ferrocarril.

"Al rescindirse los contratos celebrados y quedar la administración del ferrocarril en manos del Gobierno, probablemente no se obtendrán los mismos rendimientos; pues es bien sabido que nunca un Gobierno puede desempeñar satisfactoriamente ni con éxito, el cargo de administrador de un negocio.

"En la actualidad el ferrocarril y las obras de los puertos representan un valor aproximado de $120.000,000.00 y conforme a los datos que nos han sido suministrados por la Secretaría de Hacienda, los valores en cartera y el efectivo en Caja, montan a $40.335,173.04.

"Al rescindirse el contrato deberán deducirse de la cantidad expresada, las cantidades siguientes que corresponden a los socios y a los acreedores:

"A los socios S. Pearson and Sons,

Limited. $ 12.003,475.41

que les corresponden:

"(a) por el 35 por ciento de utilidades

que les da su contrato. $ 9.631,615.41

"(b) por el capital aportado. " 2.000,000.00

"(c) por intereses sobre este capital. " 371,860.00

"Igual. $12.003,475.41

"Al socio Gobierno $ 24.144,730.09

que se descomponen en la siguiente forma:

"(a) capital aportado. " 2.000,000.00

"(b) intereses sobre el capital aportado. " 371,860.00

"(c) fondos de reserva para la

rehabilitación de las propiedades. " 3.885,584.34

"(d) por el 65 por ciento de las

utilidades según contrato "17.887,285.75

"Igual. 24.144,730.09

"De esta cantidad debe deducirse. $ 2.210,786.18

que ha recibido el Gobierno anticipadamente.

"A los tenedores de bonos por intereses

y amortización sobre bonos vencidos

y no pagados. $ 4.354,696.63

"Además, a los señores Pearson and

Sons Limited, por rescisión del contrato,

deberá entregarse. " 7.500,000.00

distribuidos del modo siguiente:

"En efectivo o en valores de los

que existen en cartera. " 3.500,000.00

"En bonos amortizables en 36 años. " 4.000,000.00

"Igual. $ 7,500.00

"La deuda actual de la Compañía del ferrocarril Nacional de Tehuantepec, es, aproximadamente, de $23.000,000.00 (veinte y tres millones de pesos).

"Para efectuar la rescisión en los términos indicados, será necesario realizar una parte de los calores que existen en cartera, los que producirán un efectivo de $27.125,000.00 y que están representados por 15,500 acciones de la American Hawaiian Steamship Co. a un precio estimativo de $1,750.00 por acción.

"Rescindiendo el contrato, el Gobierno podrá disponer de un efectivo aproximado de $18.266,215.00, reconociendo un adeudo de $27.000,000.00 aproximadamente; los que estarán representados por los $23.000,000.00 que se deben a los tenedores de bonos y por los $4.000,000.00 que quedará reconociendo el Gobierno a los señores Pearson and Sons. Limited. Por lo tanto, la verdadera ventaja que obtendría el Gobierno, sería la de poder disponer de una parte de las acciones vendibles, para hacerse de los $18.266,215.00 mencionados.

"La Nación ganaría el poder ejercer su control sobre el Ferrocarril y el librarse de contratos onerosos; es sólo por esta causa que las Comisiones pueden dictaminar en favor del proyecto del Ejecutivo.

"Como observación que juzgamos oportuna, debemos hacer notar a la H. Asamblea que las utilidades importantes que ha obtenido hasta hoy Compañía del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec, proceden de los contratos celebrados con compañias navieras para intensificar el movimiento de carga, que debido a las condiciones anormales por que atraviesa el mundo, no debemos contar por ahora con esas utilidades, y que los rendimientos del Ferrocarril y los puertos, en la actualidad, tan sólo cubren los gastos de sostenimiento, según se nos ha informado por la Secretaría de Hacienda.

"En vista de los datos suministrados por la propia Secretaría y que constan en la exposición anterior, nos hemos permitido modificar la cláusula VI del proyecto de ley, fijando la cantidad de....$17.000,000.00 (diez y siete millones) como mínimo que deba recibir el Gobierno al rescindir el contrato de referencia.

"Hecha la exposición anterior, y con el anhelo que perseguimos de tener libre a nuestro país de contratos onerosos que si en otra época tal vez podrían

justificarlos las circunstancias, en la actualidad es patriótico procurar su cancelación, sometemos a Vuestra Soberanía el siguiente:

"PROYECTO DE LEY:

"Artículo 1o Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que celebre con los Señores S. Pearson and Sons, Limited, los contratos o convenios que sean necesarios para disolver la sociedad denominada "Compañía del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec," rescindiendo, con tal fin, los contratos de 16 de mayo de 1902, 20 de mayo de 1904 y 7 de mayo de 1908, aprobados por los respectivos decretos de 4 de junio de 1902, 31 de mayo de 1904 y 1o de junio de 1908.

"Artículo 2o El contrato de rescisión y los convenios complementarios a que dé lugar la disolución de la Sociedad, se sujetarán a las siguientes bases:

"I. Se restituirán a la Nación, en propiedad exclusiva, el Ferrocarril Nacional de Tehuantepec y los puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos, con todas sus dependencias, tales y como están definidos en los expresados contratos de 16 de mayo de 1902, 20 de mayo de 1904 y 7 de mayo de 1908.

"II. Los señores S. Pearson and Sons. Limited, renunciarán expresamente a todos loa derechos que el referido contrato de 16 de mayo de 1902 y sus reformas de 20 de mayo de 1904 y 7 de mayo de 1908, les confieren sobre la administración y el aprovechamiento del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec y de los puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos.

"III. De conformidad con las prevenciones del referido contrato de 16 de mayo de 1902 y sus reformas de 20 de mayo de 1904 y 7 de mayo de 1908, los préstamos que en forma de emisión de bonos o cualquiera otra, haya contraído la Compañía, así como las demás deudas de la misma, asumidas de acuerdo con las estipulaciones del referido contrato, constituirán una obligación y responsabilidad directa a cargo del Gobierno.

"Será también, por cuenta del Gobierno, el cumplimiento de los contratos hechos y obligaciones contraídas por la Compañía, de conformidad con los contratos mencionados.

"IV. Se pagarán al Gobierno y a los señores S. Pearson and Sons, Limited, el capital social con el cual hayan contribuído, y el interés que sobre dicho capital deba pagárseles, de conformidad con los contratos antes mencionados.

"V. Las utilidades líquidas sobrantes, después de pagados el capital e interés en los términos que expresa el párrafo que precede, serán distribuidas entre el gobierno de la República y los señores S. Pearson and Sons, Limited, en la proporción que fijan los contratos respectivos.

"VI. La cantidad que el Gobierno deberá recibir por concepto de utilidades y con motivo de la realización de los valores inmediatamente negociables, después de haberse pagado las indemnización a que se refiere la fracción siguiente, no será menor de diez y siete millones de pesos oro nacional.

"VII. La cantidad que en efectivo o en valores inmediatamente realizables, a elección del Gobierno, podrá percibir la casa S. Pearson and Sons, Limited, como total indemnización por los perjuicios sufridos a consecuencia de los transtornos políticos y de la incautación del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec y de los puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos, no excederá, en ningún caso, de tres millones quinientos mil pesos.

"VIII. Como compensación por la renuncia que los señores S. Pearson and Sons, Limited, hacen del derecho de administrar y explotar el Ferrocarril y los puertos mencionados, y, consiguientemente, de las utilidades que les corresponderían en virtud de los contratos que han de rescindirse, el Gobierno podrá pagarles una suma que no exceda de cuatro millones de pesos, en bonos especiales que se emitirán y crédito Público, que devengarán un interés no mayor de cinco por ciento anual, y que serán amortizables dentro de un plazo de treinta y seis años.

"Artículo 3o El ejecutivo dará cuenta al congreso de la Unión del uso que haya hecho de las facultades que se le concedan en virtud de la presente ley.

"Salón de sesiones de la Cámara de diputados del Congreso de la Unión.- México, 29 de diciembre de 1917.- Alfredo Robles Domínguez.- Alberto Román. - Vidal Garza Pérez. - J. Morales Hesse."

"No estando de acuerdo con la exposición de motivos, presentamos adjunta la nuestra. - P. A. Chapa. - J. Silva Herrera."

"Comisiones 1a. de Comunicaciones y 1a. de Crédito Público.

"Señor:

"A las Comisiones unidas, 1a. de Comunicaciones y 1a. de Crédito Público, se turnó el proyecto de ley enviado por el Ejecutivo, pidiendo autorización para rescindir el contrato que el Gobierno Federal tiene celebrado con la casa S. Pearson and Sons, Limited, para la administración y explotación del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec y los puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos.

"Estudiando con todo detenimiento dicho proyecto, hemos adquirido la profunda convicción, primero: de que es altamente conveniente la adquisición completa y exclusiva por parte del Gobierno de la República, del referido Ferrocarril y puertos terminales por motivos económicos, políticos, militares e internacionales que son de público conocimiento; y segundo: que las inusitadas circunstancias actuales permiten la disolución del Contrato referido en condiciones favorables para el Gobierno, pues aunque en la liquidación final que precederá la disolución de la Compañía, los señores S. Pearson and Sons, Limited, reciben una fuerte cantidad a cambio de la renuncia de sus derechos y resultan en esta liquidación más beneficiados que el Gobierno, no hay que perder de vista por otra parte que el Gobierno entra en posesión completa del Ferrocarril y puertos y se libra de un contrato unilateral inconveniente para él, que estaría obligado a soportar aún más de veinte años.

"Antes de formular el presente dictamen hemos creído indispensable obtener todos los datos posibles para quedar enterados debidamente, y con la

mayor precisión de los beneficios y las obligaciones que recaen sobre el Gobierno y presentamos todos estos conocimientos a la consideración de la H. Asamblea para que la Compañía, como la proporción en que se van a dividir las subsistencias.

"En el informe que la Secretaría de Hacienda se ha servido presentarnos respecto a la condición financiera de la Compañía hasta el treinta y uno de diciembre del presente año, encontrarnos lo siguiente:

"Existencia en caja. $ 13.210,173.04

"15,500 acciones de la

American - Hawaiian

Steamship Co. con un valor

aproximativo de $1,750.00

cada una. " 27.125,000.00 $ 40.335,173.04

"Esta existencia en caja, de cuarenta millones treinta y cinco mil ciento setenta y tres pesos, cuatro centavos, que será distribuida en la forma siguiente:

"A los señores S. Pearson and Sons, Limited,

por concepto de utilidades, capital e intereses. $ 12.003,475.00

"Por concepto de indemnización. " 3.500,000.00

"Por concepto de compensación. " 4.000,000.00

"Total. $ 19.503,475.00

"Recibirá el Gobierno:

"Fondo de reserva para la rehabilitación

de las propiedades. $ 3.885,584.34

"Utilidades. " 17.887,285.75

"Capital e interés. " 2.371,860.00

"De esta cantidad se deducen

los tres millones y medio que

corresponden a los señores

Pearson and Sons, por indemnización. $ 24.144,730.09

" 3.500,000.00

"Total. " 20.644,730.09

"Quedando a cargo del Gobierno como deudas, en bonos emitidos por la Compañía, dos millones trescientos once mil libras esterlinas y los cuatro millones de pesos que por concepto de compensación reciben los señores Pearson, cantidad que cubrirá el Gobierno por medio de bonos especiales, que se emitirán por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, devengando un interés no mayor de cinco por ciento anual y amortizables dentro de un plazo de treinta y seis años .

"Debe tenerse en cuenta que en 1912 el tráfico interoceánico está calculado haber obtenido un producto de $5.636,784.00 y el de pasaje y carga de $1.326,260.00 incluyendo los productos de la explotación de los puertos. Estas cifras demuestran la bondad del negocio en tiempos normales; en cambio, la guerra europea ha echado mano de las embarcaciones que conducían el comercio por el Istmo de Tehuantepec y esto, agregado a los perjuicios sufridos por nuestra revolución, han hecho que actualmente el ferrocarril apenas se sostenga cubriendo sus gastos.

"No es de poca importancia el hecho de que con la disolución de la Compañía, el Gobierno viene inmediatamente a recibir una cantidad no menor de $20.000,000.00 en efectivo, que en la actual difícil situación económica del país, viene a ser una ayuda eficaz.

"La Secretaría de Hacienda ha informado haber celebrado juntas preliminares con los referidos señores, con objeto de establecer las pretensiones mínimas por parte de ellos, que sirvan de base para las negociaciones futuras, las cuales han sido expuestas debidamente por esa Secretaría y están estipuladas dentro de la autorización que el Ejecutivo solicita de este H. Congreso, y como estas pretensiones son condición "sine qua non" para la realización de la rescisión del contrato, no procedía por parte nuestra más que la aprobación o reprobación substancial alguna. Por lo tanto, hemos creído conveniente modificar los incisos V y VI solamente en lo que se refiere a la forma, haciéndolos más concretos y ha reunido los incisos VII y VIII en uno solo, pues si es verdad que los señores Pearson insisten en recibir la cantidad de tres millones quinientos mil pesos en efectivo o valores inmediatamente realizables como condición indispensable para la realización de la rescisión del contrato, esta cantidad no puede ser atribuida únicamente a una indemnización, pues la incautación de la Compañía que el Gobierno estuvo forzando a hacer, no ha durado ni un año, y la suma que pretenden los tantas veces mencionados señores, está exageradamente fuera de proporción de lo que la Compañía ha dejado de percibir por concepto de utilidad durante este tiempo, y a parte que a ellos corresponde.

"La exposición de motivos que presenta la Secretaría de Hacienda en la iniciativa de ley que el Ejecutivo ha puesto a vuestra consideración, motivo de este estudio y dictamen, es tan amplia y explícita que huelgan más explicaciones y no haríamos sino repetir las razones ya expuestas. - Pedro A. Chapa. - J. Silva Herrera."

El C. Chapa, interrumpiendo: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Chapa: La iniciativa de ley que presentamos el señor Silva Herrera y yo, está idéntica presentada por el resto de la Comisión únicamente diferenciándose en la exposición de motivos. Puesto que ya se ha dado lectura una vez a esa iniciativa de ley, yo creo que sobra se lea nuevamente.

El C. Secretario Portes Gil: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera de obvia resolución este negocio. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se considera. Está a discusión.

El C. Sánchez Pontón: Pido la palabra en contra.

El C. Rivera Cabrera: Pido la palabra en pro.

El C. Presidente: Está a discusión en lo general el dictamen , y tiene la palabra el C. Sánchez Pontón.

El C. Sánchez Pontón: Señores diputados: No es mi ánimo, al tomar la palabra en contra del proyecto en lo general, hacer una oposición a la idea que entraña la iniciativa enviada por el Ejecutivo, es decir, a que vuelva al poder del gobierno únicamente el control de esa línea del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec; pero sí tengo que hacer las observaciones siguientes a la aprobación de este proyecto en lo general, y son éstas: Nosotros sabemos, desde hace muchos años, que se celebraron los contratos relativos con la casa Pearson and Sons, que habían sido producto de delicadas negociaciones, de larga tramitación, y hasta de no poca presión diplomática ejercida sobre el Gobierno para llegar a obtener la realización de este contrato. Sabemos también que los contratos que se celebraron en aquellas fechas por el Gobierno de la Nación, fueron enteramente onerosos y leoninos, y que, por lo tanto, perjudican grandemente a los intereses del país; sabemos que Inglaterra tuvo un especial empeño en llegar a controlar esa línea del Ferrocarril de Tehuantepec, como una preventiva actitud en contra de las actividades de los Estados Unidos en el Canal de Panamá; sabemos, por último, que rodó gran cantidad de dinero de las manos de los peticionarios a las de los funcionarios de aquel entonces, para que se llegaran a celebrar esos contratos en la forma en que se hicieron, y sabemos muchas cosas de política exterior respecto de este Ferrocarril de Tehuantepec.

Ahora bien, sabido por todos y convencidos de que esos contratos eran completamente ruinosos para la Nación, como lo han sido, ahora venimos precisamente a sufrir las consecuencias de los actos de los gobernantes de entonces. Ciertamente que se nos dice, desde luego, que, en toda esta clase de asuntos, nosotros hemos tenido que reconocer, forzosamente, los contratos, los convenios y los empréstitos celebrados por el Gobierno porfiriano; la Nación se ha tenido que ver obligada, so pena de verse amenazada por determinadas influencias extranjeras, a reconocer todos aquellos contratos que sabemos eran causados únicamente por el interés personal que en ellos se versaba, y nunca por el interés nacional. Pero es una cosa que a nosotros nos debe sorprender grandemente, señores diputados, que, después de haberse hecho una Revolución, precisamente para evitar todas las influencias nefastas que habían seguido como cauda a la administración porfiriana, que después de que se ha tratado, no solamente dentro del terreno político, sino dentro del terreno constitucional, de asegurar para el país un libre desenvolvimiento, una libre administración de sus bienes, llegando hasta a ser constitucional la revisión de determinados contratos onerosos para el país, venga precisamente a proponernos ahora la rescisión de contratos celebrados en aquellas épocas en las condiciones mencionadas, y que venga el Gobierno de la Revolución precisamente a reconocer aquellos errores y a tener que echar sobre la Nación una deuda para poder salvar la situación creada por aquellos contratos onerosos para el país.

Yo sé, señores diputados, que la primera cuestión que nos dicen tanto la Secretaría de Hacienda, como las Comisiones y cualquiera que venga a defender el contrato, es que, en primer lugar, es irremediable la celebración de aquellos contratos; que, en segundo lugar, el Gobierno ha dado lugar a la rescisión de este contrato, por haberse incautado del Ferrocarril de Tehuantepec sin tener autorización para ello, y no sólo sin tener autorización, sino estando expresamente prohibido en el contrato celebrado con la casa Pearson, que el Gobierno de la Ley de Ferrocarriles, y sabemos, por último, que se nos va a decir que la Nación, a cambio de esta deuda enorme que ha contraído, a cambio de este desembolso inequitativo que va a tener que erogar para hacer la rescisión del contrato, va a obtener nuevamente el control, o a tener por primera vez el control de una línea que tiene gran importancia para el tráfico y para el desenvolvimiento de esta riquísima región de Tehuantepec y también se podría agregar que, de no hacer esta rescisión, las indemnizaciones tendrán que seguir acumulándose en contra del Gobierno y tendrá que resultar posteriormente una cantidad más elevada de la que actualmente tiene que pagar a la Compañía para hacer esa rescisión. Pero las objeciones que yo tengo que presentar y que respetuosamente pido que venga la Comisión a desvanecer, son las siguientes:

Tengo entendido, señores diputados, que la línea del Ferrocarril de Tehuantepec, como todas sabemos, tenía una grandísima importancia antes de la apertura del canal de Panamá, que el tráfico internacional no se podía verificar en ninguna parte de la América en las condiciones que podía verificarse y se verificó por algún tiempo en el Istmo de Tehuantepec, y que era precisamente ese Istmo una de las ambiciones y uno de los anhelos, sólo de Inglaterra, sino de los Estados Unidos y de otras naciones, que veían que sólo por aquel lugar podía fácilmente construirse un ferrocarril que pudiera hacer el tráfico comercial de un Océano a otro. Fue el producto de maquinaciones y de negociaciones internacionales; fue el producto, también, de muchas gestiones que corrompieron a nuestros funcionarios públicos; fue el producto de largas elaboraciones en los gabinetes extranjeros, el llegar a obtener el control de esa línea ferrocarrilera y, sobre todo, en condiciones como las que trataban de poner para la adquisición de esos contratos, y entonces, señores diputados, se llega a verificar, en condiciones como las que he mencionado, y como las que todos sabeís y que se pueden poner de manifiesto al leer los contratos hechos con la casa de Pearson; se llega, digo, a verificar esta gran obra de ferrocarril de Tehuantepec, y empieza a producir pingües utilidades y grandes resultados. Era evidente, señores; el tráfico comercial que tenía que hacerse, muchas veces yendo a doblar el cabo de Magallanes, hasta la América del Sur, para poder pasar del Océano Pacífico al Atlántico y viceversa; las grandes dificultades que tenían que pasar los comerciantes al traer sus mercancías de los Estados Unidos, recorriendo las grandes extensiones desde los puertos del Atlántico a los puertos del Pacífico, así de Estados Unidos o

de cualquiera otra de las regiones de la América, estaban salvadas con ese Ferrocarril de Tehuantepec. Pero ahora vamos a ver cuál es la situación creada por la apertura del Canal de Panamá, con relación a esta dificultad.

Los Estados Unidos llevaron a cabo esa gran empresa, que había sido la causa de un gran fiasco industrial en Francia, que había producido aquel famoso "Panamá" que había dejado en la ruina a multitud de capitalistas y multitud de individuos que habían sacrificado sus ahorros en aquella grande empresa, que había sido también el resultado de grandes especulaciones de los financieros franceses y americanos, para hacer que fracasara aquella Compañía y que hubiera sido solamente en provecho de unos cuantos empresarios, la pérdida que sufrieron los accionistas; llega a verificarse, digo, a costa de grandes esfuerzos y de grandes sumas de dinero, la apertura del Canal de Panamá, y encuentra todo el comercio del mundo una vía fácil y breve para hacer el comercio interoceánico. Desde entonces, señores diputados, todos los buques que antes hacían el transborde en alguno de los puertos de la América, para ser transbordados o otros de los del Océano contrario, para ser llevados a los continentes asiático o europeo, desde entonces ningún buque, ningún comerciante piensa mandar sus mercancías a un puerto para que sean transladadas a otro del Océano opuesto, y que de ahí pueda tomar nuevos vapores que sigan la ruta señalada, ya que, fácilmente, tienen abierto el intercambio comercial por ese Canal. Naturalmente que la importancia que tenia el Ferrocarril de Tehuantepec, vino a caer por su base. ¿Quién iba entonces a hacer los gastos y sufrir las demoras consiguientes de hacer un desembarco en Puerto México, atravesar todo el camino de Tehuantepec, salir por Salina Cruz, tener que tomar nuevamente vapor de las líneas, que son escasas en el Pacífico, para tener que seguir hasta un puerto asiático? ¿O qué compañía asiática iba a seguir precisamente el camino inverso para llegar a Europa? Evidentemente que ninguna, y al mismo tiempo que se verificó esa apertura del Canal de Panamá, en 1915, al mismo tiempo la Revolución Mexicana impedía el libre desarrollo de esa línea y hasta su funcionamiento normal.

Entonces la casa Pearson ya no encontró absolutamente motivo para mantener ese contrato, ya no encontró, interés ninguna nación en que se verificara el intercambio comercial por medio de rutas de esa clase. Evidentemente que había que abandonar esa empresa, porque ya no tenía razón de ser por inútil, porque ya para ellos no significaba absolutamente ninguna utilidad, y entonces se ha propuesto nuestro Gobierno que se haga la rescisión del contrato. ¿Y cómo, señores diputados? Haciendo una liquidación en la cual sólo podemos juzgar por estos datos en globo y perfectamente sencillos: Tengo entendido que el contrato hecho para la construcción de esta línea, ponían tanto el Gobierno como la casa Pearson, dos millones de capital, esos dos millones han convertido al cambio de unos cuantos años, en 18 o 19 millones que va a recibir la casa Pearson. ¡Ese sí es un gran negocio! En cambio, la Nación, ¿qué es lo que va a recibir? Va a recibir una deuda por espacio de 36 años, con interés no menor del cinco por ciento para pagar no solamente lo que la casa Pearson le va a reconocer como utilidad, sino todo el capital que representan los bonos de la "Hawaiian Steamship Co." va a pagar no sé cuántas cantidades por acumulación de intereses, puesto que nuestro presupuesto no se puede equilibrar en algunos años, va a echar sobre la Nación una de deuda grande, ¿en cambio de que? De una línea que no podrá tener más utilidad que la que todas las líneas ferrocarrileras interiores del país, es decir, el intercambio entre nuestros mismos pueblos, entre nuestros mismos Estados; pero absolutamente no tendrá la utilidad de una línea de carácter internacional y, por lo tanto, las grandes obras verificadas en los puertos de Salina Cruz y Puerto México ya serán enteramente inútiles, o cuando menos prestarán muy poca utilidad para el tráfico internacional. Por otra parte, esa línea de Tehuantepec, según los datos que he podido reunir, y que nosotros sabemos, por las informaciones diarias, está casi destruida: es necesario hacer grandes gastos para poder reconstruir la línea y dotarla nuevamente del equipo necesario para que pueda funcionar normalmente. ¿Qué gastos va a hacer el Gobierno para poder normalizar el funcionamiento de esta línea? Será también otro capítulo el del monto de gastos enormes que tendrá que hacer el Gobierno para llegar a controlar ese Ferrocarril. Estas son las duda que tenemos, que nos asaltan de la manera más bien intencionada al ver esta iniciativa presentada por la Secretaría de Hacienda. Como dije al principio, absolutamente tengo ningún interés de ningún orden de oponerme a que el gobierno controle esa línea, puesto que en todo caso tiene esto tiene que ser un beneficio para el país, trátese de cualquier línea de ferrocarril que sea, trátese de cualquier contrato, de cualquier explotación de nuestras riquezas o de cualquier otro asunto de la nación; pero si nosotros podemos conseguir, si nosotros tenemos esperanzas de que se consiga la rescisión de estos contratos en una forma menos onerosa para el país, que deje más amplio campo para el desarrollo de esas líneas para que no carguen sobre el gobierno una gran cantidad de deudas, entonces, señores, nosotros debemos poner toda nuestra atención todo nuestro empeño en buscar la forma menos onerosa, repito, para que se pueda verificar esa rescisión de los contratos verificados con la casa Pearson. Yo creo concretar, explicando a las comisiones o a los oradores que defiendan el proyecto, mis dudas, las siguientes interpelaciones: ¿Cuál es en globo, pero en total, la cantidad que el gobierno va a tener que pagar a la casa Pearson, puesto que tanto en el voto particular, como en el dictamen de la mayoría de la Comisión, se nos hacen sumas heterogéneas, puesto que en unos capítulos son libras esterlinas, en otros nada más se nos habla de bonos del Hawaii y en otros se nos habla de indemnizaciones y de utilidades que tienen que pagarse a la casa Pearson. Deben englobarse esas cantidades para que se puedan comprender fácilmente por todos los que no hemos tenido tiempo de estudiar y de juzgar sobre cada uno de estos datos de contabilidad que de esta manera nos presenta la Secretaría

de Hacienda; saber en definitiva cuál es la cantidad que va a constar esta operación al Gobierno por concepto de indemnizaciones y utilidades que deba pagar a la casa Pearson y cuál es la cantidad que va a recibir el Gobierno en esta operación de conceptos de utilidades y la que tendrá que pagar para reparación de vías, etc.; y, por último, si en concepto de las Comisiones no puede rescindirse este contrato en condiciones menos onerosas para la Nación. Creo yo que a todos nosotros nos asaltan estas dudas y que tenemos el más amplio derecho, y no sólo el derecho, sino que está en nuestro deber presentar estas consideraciones para que las Comisiones hagan estas explicaciones de la manera más amplia que les sea posible, para nuestro mejor conocimiento. Las Comisiones podrán decir que era de nuestro deber también informarnos de los detalles que se hayan expresado y hasta estudiar la contabilidad de esa Compañía; pero en este caso yo me adelanto a decir que no es la misión de cada uno de los diputados estudiar esos detalles en cada uno de los asuntos que se tratan en esta Cámara, sino que para esto se ha hecho, se ha reglamentado el funcionamiento de ella en la forma de Comisiones especiales que tienen el deber de presentarnos todos los datos lo más ampliamente posible, y lo más honradamente posible que se puedan recoger para presentar a las Cámaras la verdad de los hechos, y los diputados podrán entonces juzgar, tanto por esas exposiciones de motivos, como por las explicaciones que verbalmente hagan las Comisiones. Creo yo que es sumamente deficiente la exposición de motivos, tanto del dictamen de las Comisiones, como del voto particular que emiten los CC. Chapa y Silva Herrera; se nos citan únicamente cifras que no pueden ser a primera vista consideradas por los ciudadanos diputados, que sería necesario imprimir ese dictamen y que fuera circulado ampliamente y estudiado por los diputados y que, además de eso, no se festinara con dispensa de trámites un asunto de trascendencia para el país. Es verdaderamente extraño que la Secretaría de Hacienda manifieste tanto empeño por que en la última sesión de esta Legislatura se venga a festinar un asunto de importancia para el país, como lo es cualquiera que deba echar sobre las espaldas del pueblo una nueva contribución y una nueva carga, y, por lo tanto, yo me concreto a pedir que no sea festinado este asunto, sino que se deje para las sesiones extraordinarias a que seguramente y necesariamente tendrá que convocarse para resolver tantos asuntos de mayor interés, como son los agrarios, los obreros, los del Banco Unico, etc. Entonces sí podrá haber el tiempo necesario para estudiar esta iniciativa; de lo contrario, estoy seguro que la mayoría de los señores diputados tendrá que resolver casi a ciegas, sin tener los datos indispensables para juzgar de la bondad o maldad de esta decisión; pero en el caso de que no sea así el parecer de la Asamblea, en todo caso pido que las Comisiones informen de la manera más amplia acerca de cuáles son los datos que he solicitado, la verdad sobre esos datos, a efecto de que podamos votar con toda conciencia. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra, en pro, el C. Rivera Cabrera.

El C. Rivera Cabrera: Señores diputados: representando en esta H. Asamblea el Distrito de Tehuantepec, con tal motivo, cuando la prensa anunció la rescisión que ha sido sujeta a vuestra alta consideración, con todo empeño me puse a estudiar el asunto, tanto más cuanto que de antemano estaba yo en posesión de muchos datos que pudieren servir al mayor éxito del asunto que se propone. Fue el Barón de Humboldt el que en su estancia en el país un estudio detenido del mismo y fue el mismo el que apuntó la gran importancia internacional del Istmo de Tehuantepec y la gran importancia internacional que llegaría a adquirir cualquiera línea de comunicaciones que pusiera en contacto los dos océanos que bañan las costas de la República Mexicana. Poco tiempo después, me parece que fue durante el Gobierno del señor Juárez, una Compañía llamada Hawaiian Steamship Co., fue la que comenzó a hacer los primeros trabajos, a tender los primeros rieles, Compañía que no tardó mucho en presentarse en quiebra, indudablemente por la mala administración de su manejo; poco tiempo después, un español, que fue hijo político de don Benito Juárez, tomó a su cargo la empresa y también no llevó a feliz término la conclusión de la obra; en seguida otra empresa fue la que se encargó de seguir con los trabajos comenzados y tampoco tuvo éxito, la sucedió otra Compañía de un señor Stamhope y tampoco llegó a realizar nada provechoso. En estas circunstancias se encontraba el ferrocarril de Tehuantepec, acumulado ahí muchos intereses y habiendo gastado mucho dinero, cuando se terminaron las obras del puerto de Veracruz por la compañía Pearson, obras en las que esta Compañía demostró mucha aptitud, muchos conocimientos y mucha seriedad en todos sus asuntos. Con tal motivo, el Gobierno de la República, entonces representado por el régimen porfiriano, entró en tratos con esta empresa y yo entiendo también que por alguna razón internacional. El Gobierno de Porfirio Díaz hizo que esa obra no fuese ejecutada por empresas norteamericanas, pues es bien sabido por todos nosotros que son nuestros naturales enemigos, y con tal motivo procuró a todo trance entrar en arreglos con la casa Pearson. Indudablemente que esta casa, aprovechando sus buenos antecedentes, la seriedad de su capital y algunas otras circunstancias que yo desconozco, hizo que el Gobierno tratase con ella la estipulación del contrato que ustedes acaban de oír, es decir, contando el material rodante ya existente, las obras ya existentes que representaban un valor de 100 millones de pesos y con dos millones que invertiría para formar la Compañía y otros dos millones concedidos por le Gobierno, se comprometía a efectuar las obras del Puerto de Salina Cruz y de Puerto México y la reconstrucción del ferrocarril hasta dejarlo en estado de perfecto uso. Unicamente las obras de los puertos costaron 40 millones; estas obras no estaban iniciadas antes, fue la casa Pearson la que las comenzó y las concluyó hasta ponerlas al servicio público. El ferrocarril fue reconstruido debidamente, se hizo a conciencia, esta es la verdad, hay que decir las cosas tal como pasaron y no pretender impresionar a la Cámara con informaciones falsas como lo ha hecho el señor diputado Pontón, yo no creo que de mala fe, pero sí porque ha estado

ignorante de todos los datos del Ferrocarril de Tehuantepec.

El C. González Jesús M., interrumpiendo: No es cierto.

El C. Rivera Cabrera, continuando: Usted no sabe nada de eso, señor.

El C. González Jesús M.: Sí sé, ya le voy a dar los datos. (Risas.)

El C. Rivera Cabrera, continuando: Concretando, dice el señor Sánchez Pontón que el Ferrocarril Nacional de Tehuantepec, construído como línea internacional, no tiene ya casi ningún valor puesto que el Canal de Panamá presta mayores facilidades y mayores ventajas para el tráfico entre los océanos Atlántico y Pacífico. Se funda el señor Sánchez Pontón en que por el Ferrocarril Nacional de Tehuantepec es necesario que los comerciantes descarguen y carguen en uno y otro puerto, y tales operaciones resultarían más onerosas que pasando los buques mercantes por el Canal de Panamá. Estos argumentos fueron esgrimidos desde hace muchos años, en la misma época del General Díaz, cuando comenzó a construirse el Canal de Panamá y después de haberse terminado y se ha probado de una manera palmaria, y de una manera indudable, que el tráfico internacional por el Ferrocarril Internacional de Tehuantepec resulta mucho más barato que haciéndolo por el Canal de Panamá. Ustedes saben muy bien que el Canal de Panamá funciona por el sistema de exclusas, es decir, que tienen que llenarse y después vaciarse determinadas porciones del Canal para poder dar paso a los barcos mercantes y no mercantes, y por este motivo la cuota fijada por el Gobierno de Norteamérica en el Canal es bastante alta y eso viene a redundar, naturalmente, en un gravamen para los que trafican por ese Canal; además, el tiempo que los barcos emplean en ir de Salina Cruz a Colón - me parece que así se llama el puerto -, y de éste a otro puerto para regresar después a los Estados Unidos del Norte es mucho menor y el gasto que se hace es también mucho menor y es la diferencia tan notable, que muchas veces se prefiere la línea nacional de Tehuantepec. Yo he tenido en mis manos muchos cálculos hechos sobre el particular y hay una diferencia notable y es más barata la línea del ferrocarril que la línea del Canal y prueba de ellos tenemos en que la Compañía Azucarera de Hawai a la que se ha referido el señor Sánchez Pontón, no obstante de ser norteamericana, y pudiendo hacer su servicio por el Canal de Panamá, lo hizo siempre por el Ferrocarril Nacional de Tehuantepec.

Esto significa indudablemente que ese servicio por el Ferrocarril Nacional de Tehuantepec le era más ventajoso y más provechoso que por el Canal de Panamá. Además, en la actualidad, no obstante que el puerto de Acajutla está más cerca de Colón que Salina Cruz, existe actualmente en este puerto una remesa de 60,000 sacos de café que van a hacer su trayecto a los Estados Unidos por el Ferrocarril Nacional de Tehuantepec y no por el Canal de Panamá. Consiguientemente, todos estos datos nos vienen a demostrar que es muchísimo más ventajoso para el servicio mercantil internacional el Ferrocarril Nacional de Tehuantepec y no el Canal de Panamá. No es cierto, y esto lo afirmo de una manera categórica porque me consta personalmente, que la línea del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec esté destruida. Bien puede decirse, al contrario, que es una de las líneas que han resistido más impunemente toda la racha revolucionaria que ha estado azotando el país; es la línea que actualmente tiene regularizado mejor su servicio y es la que menos hace retardar el tránsito por ella. La línea que está mal y probablemente es lo que ha oído el señor Sánchez Pontón, es la que une a Veracruz con Santa Lucrecia; ésta sí se encuentra en deplorable estado y significaría un enorme gasto proceder a la reparación; pero el Ferrocarril Nacional de Tehuantepec que va de Salina Cruz a Puerto México está en buen estado, y, naturalmente, tiene algunos desperfectos ocasionados por los revoltosos que se encuentran en la parte Norte del Estado; pero estos son tan insignificantes, que inmediatamente son separados; el servicio casi nunca se interrumpe.

El C. Olivé, interrumpiendo: Es muy cierto eso.

El C. Rivera Cabrera, continuando: Y aquí entra una pequeña defensa de la Secretaría de Hacienda, que la voy a hacer porque es de justicia. A mí me consta personalmente, por las razones ya expresadas, que la Secretaría de Hacienda desde hace muchos días remitió este proyecto de ley a la Cámara; pero debido - y yo creo que hicieron bien - a ciertos escrúpulos de las Comisiones, el estudio del proyecto ha sido detenido y se ha invertido bastante tiempo en él, de tal manera, pues, que si es verdad que si las Comisiones tuvieron sus razones para entretener por algún tiempo ese proyecto de ley, la Secretaría de Hacienda yo creo que no ha tenido el ánimo de festinar el asunto, puesto que lo mandó en un tiempo relativamente oportuno a esta H. Cámara; también debo citar que probablemente la Secretaría de Hacienda tuvo sus dificultades o no tuvo el tiempo necesario para arreglar con la Casa Pearson los términos en que había de hacerse la rescisión que ahora consulta.

Estos datos que he suministrado a la Cámara debe considerarlos la misma como un resultado de los conocimientos propios que yo tengo del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec y al mismo tiempo manifiesto a la misma que mi profunda convicción es que la rescisión del contrato es altamente beneficiosa para el país, tanto porque le permite que entre posesión de determinada cantidad de dinero, que le es muy necesaria en estos momentos, cuanto porque con esta rescisión se acaba la férula tiránica que siempre Pearson ha ejercido en Tehuantepec y que nosotros hemos soportado protestando constantemente en contra de ella. Además, beneficiará a los ferrocarrileros, a los marineros y a los empleados mexicanos porque todos los empleos que se necesiten para el servicio de estas grandes obras, serán cubiertos por ciudadanos mexicanos, lo que será un gran beneficio para nuestros compatriotas. Por todas estas razones, yo ruego atentamente a la Cámara se sirva aprobar la rescisión que se consulta.

El C. Peña Aurelio: Pido la palabra para una interpelación al orador.

El C. Rivera Cabrera: Diga usted.

El C. Peña: Dado que su Señoría ha manifestado,

como en realidad es, conocer muy bien la situación de ese ferrocarril, desearía yo saber su opinión respecto a la cantidad fijada por la Secretaría de Hacienda para la rescisión del contrato.

El C. Rivera Cabrera: Según el contrato respectivo, la Compañía Pearson todavía tiene el derecho de explotar los puertos de Salina Cruz y Puerto México y el Ferrocarril Nacional de Tehuantepec, por un término de veinte años más. Generalmente en tiempos normales, cuando el servicio internacional de ha hecho, esas obras han producido a la Compañía Pearson la suma de 4 ó 5 millones de pesos al año; por consiguiente, en veinte años, tomando como base los 4 millones de pesos cada uno de ellos, serían 100 millones de pesos. Yo creo que si por una perspectiva de 100 millones de pesos se sacrifican 8 ó 9, estarían muy bien sacrificados esos 8 ó 9 millones de pesos.

El C. Peña: Gracias, señor.

El C. Aguirre Colorado: Para una interpelación al orador.

El C. Presidente: Si el orador lo permite.

El C. Rivera Cabrera: Sí.

El C. Aguirre Colorado: He escuchado con todo detenimiento los argumentos que nos ha presentado el señor Rivera Cabrera relativos al Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec. La rescisión de ese contrato... (Voces: ¡No se oye!) Que he escuchado con todo detenimiento los argumentos presentados por el señor Rivera Cabrera relativos a que se acepte la rescisión del contrato del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec; pero yo ruego al C. Rivera Cabrera nos diserte aquí con argumentos contundentes, acerca de las consecuencias que pueda reportar esta rescisión del contrato a la Nación.

El C. Rivera Cabrera: Primer beneficio, ya lo dije, por 100 millones de pesos a favor de la Nación vamos a dar 9 millones; segundo beneficio: que los ferrocarrileros mexicanos obtendrán muchas ventajas con esta rescisión; tercer beneficio, que los ciudadanos mexicanos que se empleen en los puertos de Salina Cruz y Puerto México serán beneficiados también. ¿Qué más quiere usted, señor? (Risas.)

El C. Aguirre Colorado: Que no me ha satisfecho su contestación, únicamente. (Voces: ¡La tutela!)

El C. Rivera Cabrera: Eso casi no se debe expresar; que la Nación entra en propiedad absoluta de unas obras de gran importancia y de mucho valor, de mucho valor nacional y de mucho valor internacional. (Aplausos de las derechas.)

-El Secretario Aranda: "H. Asamblea: "Considerando que el asunto de rescisión del contrato de explotación del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec que se discute, no es obvia (fácil) resolución por la naturaleza misma de él y el curso interesante de la discusión y ni siquiera existiendo impreso el dictamen respectivo, para la mejor comprensión del asunto por todos los miembros de la Asamblea, proponemos lo siguiente:

"Suspéndase la discusión del dictamen respectivo de las Comisiones unidas de Comunicaciones y Crédito Público, para que se imprima y corra todos los trámites de ley."

"Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 30 de diciembre de 1917.- E. C. Sánchez Tenorio. - Alonzo Romero. - Sánchez Pontón. - M. García Vigil. - A. Cienfuegos y Camus. - A. Magallón."

El C. Chapa: Una moción de orden.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Chapa: Ya se consultó a la Asamblea si el asunto era de obvia o urgente resolución y la Asamblea contestó que sí; así es que está completamente fuera de orden la moción presentada por el C. García Vigil.

El C. Presidente: La Mesa manifiesta a Su Señoría que los firmantes están dentro de su derecho para presentar la moción suspensiva y que la Asamblea es la que tiene que resolver si se toma o no en consideración. Esto lo previene el artículo 107 del Reglamento que dice que las discusiones únicamente podrán suspenderse, entre otras cosas, por mociones suspensivas que se presenten; y la Mesa, cumpliendo con el Reglamento, dio entrada a esta moción, siendo la Asamblea la que debe de rechazarla o aprobarla.

El C. Peña Aurelio: Pido la palabra para contestar al señor Chapa.

El C. Presidente: Yo creo que la Mesa ya le ha contestado.

El C. Peña: Está bien, renuncio al uso de la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra para fundar su proposición el C. García Vigil.

El C. García Vigil: Honorable Asamblea: Se está convencido de que el asunto no es como se desea por algunos individuos, que parezca de obvia resolución. Se ha visto que se ha entrado a una discusión de fondo sobre ese asunto de verdadera trascendencia, de modo que la asamblea daría un paso muy malo, cuyas consecuencias no se pueden ver desde luego por muchos, pero en el transcurso del tiempo se vendría a ver que se había dado un paso muy acelerado sobre un asunto que merece especial meditación. Sobre el particular hay que notar que para haber puesto a discusión este asunto en la forma en que se ha hecho, debió haberse consultado primero si se dispensaban los trámites. (Voces: Se consultó.)

El C. Sánchez Pontón: No.

El C. García Vigil: No se consultó si se dispensaban los trámites. (Voces: ¡Sí se consultó!)

El C. Gómez Mauricio: Conforme al Reglamento, se consultó.

El C. Presidente: Conforme al Reglamento, presentada una moción suspensiva el proponente tiene derecho a fundarla y no habiendo quien la impugne, se pregunta si se toma en consideración. Al declararse un asunto de obvia resolución, quedan dispensados los trámites. (Voces: ¡Muy bien!)

El C. García Vigil: No, señor; esto fue una manera de festinar el asunto conforme a los fines que persiguen algunos miembros de la Asamblea; pero debió haberse primero resuelto si se dispensaban los trámites e inmediatamente después si se consideraba de obvia o urgente resolución; pero no habiendo hecho esto el Presidente, ha sido por su origen malo y más que malo pésimo, lo estamos viendo. ¿Cómo es posible que sobre un asunto de esta trascendencia vayamos nosotros a votar desde luego sí o no cuando no es obvio el asunto, cuando no es fácil, cuando no es evidente, cuando hemos

entrando a una discusión de fondo, cuando nosotros hemos visto que tanto del lado de las derechas como de las izquierdas surgen voces de extrañamiento por este procedimiento y, sobre todo, deseos de que se imprima el dictamen de las Comisiones con objeto de que a conciencia sea votado este asunto? ¿Por qué esta festinación? Nosotros podemos esperar a que el dictamen esté impreso hoy y sea discutido mañana, para tener por lo menos veinticuatro horas para estudiarlo. No vamos nosotros en un asunto de tal trascendencia, a dar una resolución que vaya a ser de consecuencias y yo creo que de consecuencias funestas, desde el momento en que no vamos a tener en cuenta todos los elementos que entran en juego para la pretendida rescisión de este contrato. Yo pido, pues, a la H. Asamblea, para proceder con el juicio propio de la Representación Nacional, que apruebe la moción suspensiva hasta que el dictamen sea impreso y se ponga a discusión mañana; tenemos aún un día hábil para ello y se puede pedir a la Presidencia, a la Mesa, que ponga a discusión esto mañana mismo y así tendremos veinticuatro horas para estudiar, para cambiar impresiones, de manera que la Nación, no porque vayamos en este momento a rescindir un contrato que aparentemente ha sido en todo beneficioso y que traiga como consecuencia inmediata la adquisición de una buena suma de dinero, de millones de pesos, vayamos nosotros en lo futuro a perder cuatro o cinco veces mas esos millones de pesos. Yo pido, pues, respetuosamente a la Asamblea, que apruebe la moción suspensiva. (Voces: ¡No, no; sí, sí! Aplausos de la izquierda.)

El C. Presidente: Por haber cedido su turno el C. Rivera Cabrera, tiene la palabra el C. Portes Gil.

El C. Portes Gil: Señores diputados: El artículo 61 del Reglamento dice:

"En los casos de urgencia o de obvia resolución, calificados por el voto de las dos terceras partes de los individuos de la Cámara que estén presentes, podrá ésta, a pedimento de alguno de sus miembros, dar curso a las proposiciones y proyectos en hora distinta de la señalada, abreviar el intervalo de las lecturas y aun dispensar la segunda lectura."

De acuerdo con ese artículo reglamentario al declarar la Cámara este asunto de obvia resolución, no hizo otra cosa que dispensar la segunda lectura al proyecto de ley y ponerlo desde luego a discusión. Esto se ha hecho en otras ocasiones y está perfectamente de acuerdo con el Reglamento; por lo mismo, la Mesa no ha violado ningún precepto reglamentario. Yo creo que ni la Mesa, ni la Cámara, ni ningún individuo en lo particular ha tratado de festinar este negocio, como malamente lo ha dicho el señor general García Vigil. La iniciativa del Ejecutivo...

El C. García Vigil, interrumpiendo: Pido la palabra para hacer una aclaración al señor. Pido la palabra, si me lo consiente el señor.

El C. Presidente: Si lo permite el orador.

El C. Gil: Sí.

El C. García Vigil: Yo me he dirigido personalmente al señor Presidente de la Mesa para saber por qué razón no se había impreso el dictamen sobre este asunto, y el señor Presidente me ha dicho que el Ejecutivo tenía interés en que se declarara de obvia resolución esto.

El C. Presidente: La Mesa se permite manifestar al C. García Vigil y a la Asamblea, que lo que le dijo al compañero fue que el dictamen no se había impreso porque hasta anoche fue presentado por las Comisiones y, por otra parte, habiendo una solicitud del Ejecutivo pidiendo que se declarara de obvia resolución, la Mesa tenía que consultar a la Asamblea si concedía lo solicitado por el Ejecutivo o no. La Mesa no tiene ningún empeño en festinar este asunto y hace solamente esta aclaración para borrar cualquiera mala interpretación de las palabras del C. García Vigil. (Aplausos.)

El C. Chapa: Pido la palabra para un hecho que se refiere a la discusión.

El C. Portes Gil, continuando: Yo lo voy a aclarar; aquí no ha habido interés de parte de ninguna persona, en mi concepto, de festinar este negocio, desde el momento en que el Ejecutivo mandó su iniciativa con fecha 18 de diciembre y al día siguiente mandó un oficio en que pedía respetuosamente a la Cámara se sirviera dispensar los trámites. Así es que todos nosotros debíamos haber tenido en cuenta esta solicitud del Ejecutivo para lo cual no había inconveniente, en mi concepto, en acceder, desde el momento en que el mismo Ejecutivo manifiesta que las condiciones actuales son las que ponen este contrato en una situación que puede ser favorable para los intereses de la Nación. Desde ese momento debimos todos nosotros habernos puesto a estudiar este negocio; para ello han corrido diez días; las Comisiones, según me han manifestado algunos miembros, han hecho un estudio detenido del mismo. Ahora bien, el dictamen se ha impreso, como lo acaba de manifestar la Presidencia, debido a que hasta anoche se terminó; pero eso no quiere decir que todos nosotros hayamos podido dirigirnos al Oficial Mayor o a la Secretaría de la Cámara para pedir copia de todos los documentos que envió el Ejecutivo y desde ese momento haber estudiado el asunto. Yo creo perfectamente procedente y perfectamente patriótico que desde luego se trate este asunto, ya que el mismo Ejecutivo de la Nación manifiesta que las circunstancias son especiales para que se dé una resolución favorable y que probablemente pasado determinado tiempo las condiciones cambiarán y en ese caso el asunto ya no podrá resolverse como lo propone la casa Pearson. Por todas estas razones, yo pido a los señores diputados se sirvan rechazar de plano la moción suspensiva y que continúe la discusión de este asunto. (Aplausos.)

El C. Chapa: Para una aclaración.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Chapa.

El C. Chapa: La iniciativa de ley que el Ejecutivo se sirvió enviar a esta Cámara desde el día 18, fue impresa el día 19 y desde entonces ha circulado dentro de la Cámara. El proyecto de ley que presentan las Comisiones es exactamente lo mismo y, por lo tanto, si los señores diputados han estudiado la iniciativa del Ejecutivo, ya se habrán formado un juicio para discutir este asunto.

El C. Manrique: Pido la palabra para una interpelación.

El C. Presidente: La Mesa, conforme al Reglamento,

va a preguntar si se toma en consideración la moción.

El C. Manrique: Entonces posteriormente hablaré.

El C. Secretario Aranda: En votación económica se pregunta si se toma en consideración la moción suspensiva. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. No se toma en consideración. (Voces: ¡Sí, sí!)

El C. García Vigil: Reclamo la votación.

El C. Cravioto: Pero si está muy claro.

El C. García Vigil: Es un derecho que tengo yo.

El C. Presidente: Se suplica a los ciudadanos diputados que aprueben la moción, que permanezcan de pie; y se designa a los CC. Sánchez Tenorio y Otero para que cuenten a los que están de pie, y a los CC. García Vigil y Paredes Colín, para que cuenten a los que estén sentados.

(Se hace el recuento.)

El C. Presidente: La mesa va a proceder a la votación nominal para ver si hay quórum.

El C. García Vigil: Primero es que la Mesa se sirva dar cuenta del cómputo hecho por los diputados que nombró para que contaran a los sentados y a los parados.

El C. Presidente: Tiene razón Su Señoría. Los cómputos son 76 sentados y 46 de pie; por lo tanto, no hay quórum, por eso la Mesa va a proceder a la votación nominal para saber si hay quórum.

El C. García Vigil: Que se pase lista.

El C. Gómez Mauricio: Claro está, señores diputados, que no es posible contar de una manera precisa a los señores diputados; puede haber un error en esto y la Mesa está en lo justo, apoyada en los antecedentes, para proceder a la votación nominal; en este caso, el señor Presidente nos da una prueba más de su imparcialidad y de su rectitud.

El C. García Vigil: Lo que siempre se ha hecho no hay quórum es pasar lista. (Voces: ¡No, no!)

El C. Otero: Pido la palabra. Para pedir votación nominal; tengo derecho, máxime cuando se ha contado a los ciudadanos diputados y hay 70 y no 76 diputados sentados.

El C. Prosecretario Limón: Se procede a la votación nominal.

El C. López Lira: No es posible pasar a la votación nominal.

El C. García Vigil: No es posible pasar a la votación nominal si no hay quórum. (Voces: ¡No, no! Confusión.) Reclamo el orden, señor Presidente.

El C. Presidente: Se suplica al C. García Vigil que espere a que haya orden para que se le pueda escuchar.

El C. García Vigil: Reclamo el orden.

El C. Presidente: La Mesa manifiesta al C. García Vigil que los antecedentes han sido que al efectuarse la votación, si no hay quórum, no se hace la declaración correspondiente; estos son los antecedentes. Por otra parte, ha solicitado votación nominal un numeroso grupo de diputados; la Mesa no está empeñada en llevar a cabo la votación nominal; pero cree que en esta forma se soluciona el asunto y se gana tiempo.

El C. García Vigil: Reclamo el orden.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. García Vigil.

El C. García Vigil: Señores: No tratemos de infringir el Reglamento, que es ley constitucional. (Voces: ¡No se infringe!) Siempre he respetado cualquiera ley que sea. ¿Cómo se puede proceder a efectuar una votación nominal si tenemos, no una presunción, sino el hecho de que no hay quórum? Porque esto está previsto en el Reglamento; los comisionados hemos informado que hay por una parte 76 y por otra 46, o sea 122. Es necesario que nos conste que integran el quórum indispensable; de lo contrario, no se puede proceder a la votación si no existe quórum; esto cae por su base, es institucional; por consiguiente, lo que tiene que hacerse es pasar lista e inmediatamente pasar a la votación nominal.

El C. Gómez Mauricio: Pido la palabra. El Reglamento manda expresamente, y sépalo el señor García Vigil, que al entrar a votación se llame a los diputados que se encuentren en los pasillos, y en esta votación no se hizo así ni se toco el timbre. (Voces: ¡Sí, sí! Desorden. Murmullos.) En este momento ya están aquí los señores diputados, y en cumplimiento del Reglamento, debe procederse a la votación nominal, como siempre se ha hecho. (Voces: ¡Sí, sí! ¡No, no! Varios ciudadanos diputados piden la palabra para mociones de orden.)

El C. García Vigil: Pido la palabra para una moción de orden. Dice el C. Mauricio Gómez, que al proceder a una votación se debe llamar a los diputados que están en los pasillos; perfectamente, pero si no se hizo, ¿culpa de quién es? No hay quórum, necesitamos tener la declaración oficial de que hay quórum; en cambio, tenemos una declaración de que no lo hay, pues había 46 ciudadanos diputados sentados y 66 parados; en consecuencia, no hay quórum, y con objeto de facilitar el llegar a una conclusión y proceder como se ha hecho siempre y así en este caso particular, debe pasarse lista, que es lo pertinente, con objeto de que nos aseguremos de que hay quórum; de lo contrario, vamos a estar mucho tiempo discutiendo.

El C. Sánchez Tenorio: Moción de orden, señor Presidente. Ha llegado la hora reglamentaria y debe suspenderse la sesión. (Voces: ¡Sí, sí! ¡No, no! ¡Votación nominal!)

El C. Presidente: La Mesa informa a Su Señoría que ésta es una sesión extraordinaria....

El C. Sánchez Tenorio: Pero está sujeta a las reglas generales.

El C. Presidente: No obstante esto, la Mesa va a preguntar a la Asamblea si se prorroga la sesión.

El C. Prosecretario Limón: En votación económica se pregunta si se prorroga la sesión. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se prorroga la sesión. (Voces: ¡Permanente! ¡Sí, sí! ¡No, no!)

El C. García Vigil: Reclamo el orden. No hay quórum, señor Presidente.

(El ciudadano Prosecretario Limón comienza a pasar lista y termina el ciudadano Secretario Portes Gil.)

El C. Presidente: La Mesa manifiesta a los ciudadanos diputados, que se suspende la sesión por falta de quórum y se cita para las cuatro a sesión extraordinaria.

(Asistencia de 128 ciudadanos diputados.)

El C. Presidente, a las 4.55 p. m.: Se reanuda la sesión.

El C. Secretario Aranda: Se consulta a la Asamblea si se toma en consideración la moción suspensiva presentada hoy en la mañana. (Voces: ¡No, no!)

El C. Presidente: La Mesa suplica a los ciudadanos diputados se sirvan emitir su voto, suprimiendo las manifestaciones.

- El mismo C. Secretario: En votación nominal se consulta si se aprueba. (Voces: ¡No! ¡No votación nominal, sino económica!) En votación económica se pregunta si se aprueba. (Voces: ¡No, no!)

El C. Sánchez Pontón: ¡Moción de orden! Se acaba de preguntar si se toma en consideración la moción suspensiva y, de acuerdo con el Reglamento, deberá ponerse en seguida a discusión, en la que podrán hablar tres oradores en pro y tres en contra. Por lo tanto, debe someterse al debate.

El C. Presidente: Cumpliendo con el Reglamento, la Mesa ha preguntado a la Asamblea si se toma en consideración la moción suspensiva, pregunta que la Secretaría va a repetir en este momento.

- El mismo C. Secretario: En votación económica se pregunta si se toma en consideración la moción suspensiva. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. No se toma en consideración. Continúa la discusión.

El C. Rivera Cabrera: Pido la palabra en pro.

El C. Presidente: Va a concedérsele la palabra al ciudadano diputado del Castillo, inscripto en contra.

El C. del Castillo: Señores diputados: Ya que este asunto, a pesar de la trascendencia que tiene, es necesario tratarlo hoy, es preciso, sin embargo, que tengamos en cuenta todas las razones necesarias para que podamos emitir un voto con pleno conocimiento de causa. En la mañana, el C. Sánchez Pontón hizo consideraciones sobre la importancia que perdía el Ferrocarril Nacional de Tehuantepec con motivo del tráfico establecido por el Canal de Panamá; el C. Rivera Cabrera, que habló en pro, dijo que si es verdad que por el Canal de Panamá se ha establecido el tráfico internacional, en cambio ese tráfico, con los derechos que tenían que pagar por el tránsito de los vapores en ese Canal, hacía el comercio mucho más caro y que nuestros puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos facilitaban el tráfico, ahorraban tiempo y lo hacían más barato. El C. Rivera Cabrera no tuvo en cuenta que también para que nuestros puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos puedan llenar esa importancia, puedan facilitar esa rapidez y esa economía en el tráfico, necesitan estar en condiciones favorables, y sabido es, señores diputados, que nuestros puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos están a punto de perderse por la falta de trabajo, y que no se han cuidado en poner en condiciones navegables a esos dos puertos.

El C. Rivera Cabrera, interrumpiendo: ¡No hombre, no!

El C. del Castillo, continuando: Yo soy el primero en aplaudir al Gobierno de la Unión por el empeño que pone para rescindir estos contratos ruinosos celebrados por la dictadura porfiriana, soy el primero que desea que la Nación recobre todo su derecho sobre ese ferrocarril; por tanto, soy el primero también en invitaros, ciudadanos diputados, a que procedamos en este caso con toda la meditación necesaria; si es verdad que la finalidad que perseguimos es patriótica, si es verdad que la Nación necesita recobrar todos sus derechos sobre ese ferrocarril, también debemos confesar honradamente que este asunto, como una operación financiera, es desastroso para la República. Desde luego tenemos en el proyecto de ley y en la exposición que nos hace la Secretaría de Hacienda, que la casa Pearson para el negocio del Ferrocarril de Tehuantepec aportó un capital de dos millones de pesos y ahora recibe, en cambio del capital inicial de dos millones de pesos, nada menos que 19 millones de pesos, y, en cambio, el Ejecutivo de la Unión que aportó un capital de 122 millones de pesos, recibe mucho menos que la casa Pearson.

El C. Bandera y Mata, interrumpiendo: No es cierto.

El C. Chapa: No es cierto.

El C. del Castillo: Si el C. Bandera y Mata estudiara el proyecto de ley que se discute en la Cámara, si estuviera pendiente de lo que aquí se hace, seguramente que no se atrevería a asegurar que no es cierto.

El C. Bandera y Mata: Ya lo vi.

El C. del Castillo, continuando: Basta leer el proyecto de ley...

El C. Bandera y Mata, interrumpiendo: Ya lo leí.

El C. del Castillo, continuando: ...para que el ciudadano diputado Bandera y Mata, que a pesar de haberlo leído, no se ha dado cuenta perfecta de él, se convenciera; debo decirle que por el capital de dos millones de pesos que invirtió la casa Pearson y que tiene que recibir, recibirá además por concepto de utilidades y con motivo de la realización de los valores inmediatamente negociables, después de haberse pagado la indemnización a que se refiere la fracción siguiente, recibirá por una parte tres millones quinientos mil pesos; por otra, por rescindir sus derechos de administración del ferrocarril, recibe otra cantidad no menor de cuatro millones de pesos, el capital inicial, los intereses, etc., y el Gobierno, en cambio, se echa sobre las espaldas todos los compromisos, todas las deudas contraídas por el ferrocarril; y, en consecuencia, la Nación al recibir este contrato tiene que hacer un compromiso de muchos millones de pesos, para lo cual necesita sacrificar más los intereses nacionales. Pero lo más gracioso, señores diputados, es esto: el proyecto de Hacienda, el proyecto de ley nos dice que el Gobierno recibirá quince millones de pesos por concepto de los valores en cartera inmediatamente negociables, y esos valores en cartera inmediatamente negociables son quince mil quinientas acciones de la Compañia de Vapores. (Desorden, siseos. Voces refiriéndose al C. García Vigil que está también en la tribuna: ¡No necesita de asesores!) Los quince millones que recibe el Gobierno de la República son a cambio de entregar los quince millones quinientos mil pesos en acciones de la Compañía de Vapores y cuyas

acciones, señores diputados, son nada menos que la vida del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec, porque si es verdad que el Ferrocarril de Tehuantepec tenía grandes rendimientos, ellos principalmente consistían en los dividendos, en las utilidades que dejaban esas 15,500 acciones, y si ahora a la casa Pearson se le va a pagar con esas acciones que son la vida del Ferrocarril de Tehuantepec, quedará entonces en las manos de la casa Pearson la clave de la vida de ese ferrocarril, y decidme, señores diputados, mañana, cuando la casa Pearson tenga en sus manos la clave de la vida del Ferrocarril de Tehuantepec y tenga sus intereses retirados, el tráfico del puerto de Salina Cruz y Coatzacoalcos, puesto que no son parajes obligados para las vías de navegación, ¿cuál será entonces la prosperidad, el porvenir del Ferrocarril de Tehuantepec? Además, aunque lo haya negado el ciudadano diputado Rivera Cabrera, sabemos perfectamente que la línea del Ferrocarril de Tehuantepec está destruida o en gran parte destruida. (Voces: ¡No es cierto!)

El C. Bandera y Mata: Tampoco es cierto eso, señor del Castillo.

El C. del Castillo: Hace muy poco tiempo, ciudadanos diputados, que el Ferrocarril de Tehuantepec tuvo que pasar a las líneas constitucionalistas, y de ella se ha encargado el Gerente General del Ferrocarril Mexicano, precisamente para que el Gobierno pueda manejar esa línea, y el C. Paulino Fontes, Gerente General del Ferrocarril Mexicano, ha declarado la cantidad que necesita para reparar y poner en movimiento esa línea, porque debéis saber que con anterioridad de las línea del Mexicano tenía contrato con la línea del Ferrocarril de Tehuantepec y estaban usando furgones y máquinas en aquellas líneas, máquinas y furgones que han sido destruidos en muchas partes, y que, naturalmente, acusan una pérdida para aquel ferrocarril que el Gobierno tiene que reponer. De manera que sobre las condiciones en que se encuentra el ferrocarril, que hay que reponer con un capital grande, sobre los compromisos que tiene contraídos ese ferrocarril y que el Gobierno de la República tiene que echarse a las espaldas para solventar con cargo a los intereses nacionales; sobre las cantidades que se entreguen a la casa Pearson por los dos millones que aportó como capital, sobre todo eso, señores, tiene que recibir el Gobierno, en cambio, una línea que pierde toda su importancia, y una línea que resulta desastrosa, desde el momento que le arranquemos las 15,500 acciones de aquella Compañía americana que es la que con el tráfico de sus vapores daba vida al Ferrocarril de Tehuantepec. (Murmullos.)

Si la Comisión dictaminadora hubiese tenido tiempo de poner a la vista los estados, los balances y toda aquella documentación que demuestra el movimiento de caudales del Ferrocarril de Tehuantepec, quedaríais convencidos, porque yo tengo estos informes, de que el Ferrocarril de Tehuantepec, por sí solo, en su balance hasta diciembre de 1916, tenía una pérdida de cinco millones de pesos y si no hubiese sido por los rendimientos en las quince mil quinientas acciones de la Compañía Americana de Vapores, no habría podido esa Compañía del Ferrocarril salvar su déficit de cinco millones y obtener una utilidad aún de cuatro millones. De manera que en este caso y en estas condiciones vamos a rescindir este contrato ruinoso para la República, puesto que la casa Pearson debe estar muy interesada, ya que en un negocio en que ha puesto dos millones de capital, sabéis vosotros la cantidad que va a recibir.

Ahora que está aquí el ciudadano Subsecretario de Hacienda y que seguramente vendrá a informar con toda amplitud a Vuestra Soberanía, pido que, para que podamos nosotros tener conciencia del voto que vamos a emitir, se sirva decirme primero: si no es verdad que estos quince millones de acciones irán a afectar principalmente en la vida y en la prosperidad del Ferrocarril de Tehuantepec. Si el dinero que el Gobierno va a recibir no es a cambio de negociar esas 15,500 acciones y en ese caso quitando al Ferrocarril de Tehuantepec las 15,500 acciones que le daban principalmente su vida, no sufrirá de tal manera perjuicio ese ferrocarril que mañana no sea ni con mucho todo lo que nosotros pensamos y todo lo que nosotros queremos. Repito, como al principio, que soy el primero en desear que la República recobre sus derechos sobre esa línea importante. Yo creo que la República tiene razones poderosas y de altísima conveniencia para tener dominio sobre ese ferrocarril; es para nosotros importante, y tanto más cuando sabemos que las condiciones especiales en que fue dado ese contrato por la dictadura porfiriana, son de manera infame y ruinosa para la República. De manera que estamos, pues, interesados, y por esa finalidad patriótica yo estoy dispuesto a votar en pro; yo también tengo deseos de que la Nación entre en dominio de ese ferrocarril y estamos de acuerdo, pero entonces confesemos franca y honradamente, ciudadanos diputados, que por una finalidad patriótica y de conveniencia nacional vamos a rescindir el contrato en estas condiciones, pero que, como operación financiera, es desastrosa, es desastrosa porque ya veis las condiciones en que vamos a rescindirlo: A la casa Pearson se va a pagar todo lo que quiere; además de su capital, se le va a indemnizar por renunciar al derecho de explotar y administrar, y por otra multitud de cosas que para la República importan millones y millones de pesos, recibiendo el Gobierno de la República, en cambio, ese ferrocarril que pierde gran parte con los valores de que se deshace, para pagar a la casa Pearson; y quedarán también todos los compromisos y todas las responsabilidades que había contraído la casa Pearson, porque ella, por el contrato de concesión, tenía la obligación también, de llevar a cabo muchos trabajos de altísima importancia, como eran la construcción de nuestros puertos, trabajo que entiendo, no ha dejado concluido la casa Pearson, y, sobre todo esto, que el Gobierno tendrá que llegar a solventar, que el Gobierno tendrá que afrontar los grandes compromisos que tiene que echarse para salvar la indemnización que exige la casa Pearson. Yo no creo, por tanto, que en esta vez nos engañemos a nosotros mismos; yo no creo, por tanto, que la Secretaría de Hacienda pueda ufanarse de esta operación como de un éxito, porque en la conciencia de ella y en la de nosotros debe quedar de una manera clarísima que vamos a hacer un sacrificio, puesto que los pueblos débiles y pobres

serán eternamente condenados a sacrificarse, y en ese caso la República Mexicana se sacrificará por la infamia de sus gobiernos pasados; pero no estemos con la ilusión de que se va hacer aquí una operación brillante, no, señores diputados, la Nación va a contraer una deuda más para solventar indemnizaciones de la casa Pearson, y en las condiciones en que vamos a recibir el Ferrocarril de Tehuantepec, si es que el Gobierno acepta pagar a la casa Pearson con las quince mil quinientas acciones de la Hawai, entonces no sé cuál será el porvenir de ese ferrocarril, desde el momento en que va a quedar en manos de la casa Pearson la clave de la importancia del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec.

El C. Rivera Cabrera: Yo quiero hacer una interpelación al orador, si es que me lo permite.

El C. del Castillo Porfirio: Después tendré el gusto de contestarle

El C. Chapa: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Chapa: Ciudadanos diputados: Se hace aquí un cargo a la Secretaría de Hacienda, que es menester comenzar a desvanecer. Se dice que se trató de traer este asunto aquí el último día de sesiones y el Ejecutivo presentó su iniciativa de ley el día 18; el día siguiente se imprimió y pasó a las Comisiones y yo os aseguro, señores diputados, que las Comisiones hemos trabajado de manera ardua y consciente para resolver satisfactoriamente este problema; todos los días mañana y tarde hemos estado reunidos y no conforme con la exposición de motivos que presentó el Ejecutivo, pedimos de la Secretaría de Hacienda que nos suministrara los últimos datos que tuviera. Y tuvo la bondad el señor Ministro de Hacienda de concurrir a varias juntas, cuatro o cinco, de la Comisión, y de presentarnos los mayores datos posibles. Es lástima que no se hayan impreso los dictámenes de la Comisión, porque de esta manera la H. Asamblea, habiéndolos estudiado, no hubiera sostenido las dudas que por boca del señor Sánchez Pontón se han emitido. La Comisión cree que al exponer todas las razones que tuvo para motivar su dictamen, la Comisión cree que al contestar las interpelaciones, interpelaciones concretas del señor Sánchez Pontón, se desvanecerán estas dudas y podrá la Asamblea votar conscientemente. Me voy a concretar a contestar esas interpelaciones, puesto que el señor Porfirio del Castillo ha venido aquí a fundar toda una argumentación en datos completamente falsos. Yo quisiera saber de dónde ha sacado todas estas cifras el señor Porfirio del Castillo. No son justas las sumas que va a recibir el Gobierno, ni las que va a recibir la casa Pearson, ni el valor de los ferrocarriles. Una de las objeciones serias del señor Sánchez Pontón se basa en que estando en funciones el Canal de Panamá, probablemente hará ineficaz el tráfico por el Istmo de Tehuantepec. Me extraña que una persona tan inteligente y tan conocedora de los asuntos en general, como el compañero Sánchez Pontón, haya venido a poner en duda lo que todo mundo sabe: El Ferrocarril de Tehuantepec viene a matar casi completamente al Canal de Panamá. Para citar cifras sólo diré que aun en las condiciones actuales, cuando las compañías navieras han tenido que dejar su tráfico habitual costeando, viniendo a traer cargamentos a los puertos de Salina Cruz y Puerto México, Salina Cruz y Coatzacoalcos, para ir al Norte a efectuar el tráfico entre Nueva York y Londres, aun en el presente caso se encuentran en uno de los puertos mexicanos 60,000 sacos de café que esperan el ferrocarril para ser embarcados y conducidos a Europa. Antes debo decir, señores diputados, para aclarar, unos cuantas palabras sobre la historia del ferrocarril. El Gobierno de Porfirio Díaz, al construir este ferrocarril, hizo un negocio malo, no pudo administrarlo, perdió y en seguida vino a darlo a la casa Pearson, que hizo de un negocio malo uno bueno.

En efecto, las cifras nos traen un rendimiento anual magnífico: en 1912, el Ferrocarril recibió, por concepto de utilidades, no menos de quince millones de pesos; en seguida vino la guerra europea y la compañía naviera de la Hawai tuvo que llevar su línea de vapores a hacer el tráfico entre Nueva York y Londres, a pesar de todas las gestiones del Gobierno mexicano, que fueron infructuosas, debido a que no tenía la posesión de la mayoría de las acciones de esta Compañía. Así es que no es cierto, como dice el señor Porfirio del Castillo, que las acciones de esta compañía, al ser vendidas, tuvieran influencia en el asunto del Ferrocarril, puesto que de todas maneras el Gobierno, teniendo sus acciones o vendiéndolas, de todas maneras esta línea de vapores seguirá haciendo su tráfico entre Nueva York y Londres. Las acciones que tuviera que comprar el Gobierno mexicano, es decir, la Compañía del Ferrocarril de Tehuantepec, las acciones de la Compañía Hawai, se han elevado a un precio excesivo, y precisamente es lo que hace posible en estos momentos la rescisión del contrato de una manera favorable para el Gobierno, puesto que no solamente no tiene que pagar nada, sino que entra en posesión de un ferrocarril que vale, que está valuado en una suma aproximada de 120 millones, y que recibe más de 20 millones en efectivo. Las acciones que vende el Gobierno arrojan una cantidad de 40 millones de pesos; de éstas recibe 18 o 19 millones Pearson y el resto lo recibe el Gobierno. Como veis, señores diputados, es verdad que la casa Pearson hace un buen negocio; pero también es verdad que el Gobierno mexicano hace un buen negocio. Todos parecen estar de acuerdo en que por los motivos políticos, militares e internacionales, conviene que el Gobierno rescinda el contrato. Los oradores del contra únicamente dicen que si están de acuerdo en que se haga la rescisión del contrato, en cambio quieren hacer manifiesta su opinión de que la cuestión, de que el negocio financiero es un desastre.

Con cifras que nos ha proporcionado la Secretaría de Hacienda, voy a tratar de desvanecer este cargo. La condición financiera de la Compañía hasta el 31 de diciembre de 1917 es como sigue: hay una existencia en caja de $13.210,173.04, más el valor estimativo de 15,500 acciones de la American Hawaiian Steamship Co., a $1,750.00 cada una: $27.125,000.00, arrojando un total de $40.335,134.04. Esta existencia de $40.335,173.00 será distribuida de la manera siguiente: A los tenedores de bonos: intereses y amortización sobre bonos vencidos y no pagados, $4.354,696.63. A los señores Pearson, treinta y cinco por ciento de las utilidades, según lo especifican

los contratos, son $9.631,615.41; los intereses sobre el capital social, $371.000,860.00, y el capital social $2.000,000.00, o sean doce millones trescientos cuarenta y siete mil pesos.....

El C. Sánchez Pontón: Pido la palabra para una aclaración.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Sánchez Pontón: Pido que el orador rectifique esos números, porque creo que está equivocado en la lectura de las cantidades.

El C. Chapa: Sí, señor Pontón. Un treinta y cinco por ciento de las utilidades, o sean. . . . . $9.631,615.41; intereses sobre el capital social, $371,860.00; capital social, $2.000,000.00, o sea un total de $12.003,475.41. El Gobierno Federal recibe un fondo de reserva para revalidación de la propiedad por $3.885,584.34; sesenta y cinco por ciento de las utilidades, $17.887,285.75; intereses sobre el capital social, $371,860.00, y el capital social, $2.000,000.00, hacen un total de $24.144,730.09. De esto es menester deducir una cantidad de débitos reconocida por el Gobierno, y aún no pagada, de $2.210,786.18, quedando $21.933,943.91. Una de las interpelaciones, la primera, de que cuánto reciben los señores Pearson en globo, es aproximadamente, puesto que se están basando los cálculos en el precio del monto de las acciones de Nueva York, es 19 millones y medio en globo; el Gobierno recibe 20 millones, pero recibe al mismo tiempo un ferrocarril que vale lo menos 120.000,000 de pesos. Seguramente que el señor Sánchez Pontón va a venir a decir aquí que el Gobierno recibe lo que es suyo. Es verdad, el Ferrocarril era suyo, pero no suyo durante los 36 años más que tiene que durar el contrato; será de la Compañía, y la explotación y utilidades que saquen de la explotación se dividiría desproporcionalmente, es decir, un treinta y cinco por ciento para Pearson y un sesenta y cinco por ciento para el Gobierno, entre estos dos socios. Así es que hay que tener en cuenta que el Gobierno entra en posesión efectiva y completa inmediatamente de un ferrocarril que vale 120 millones de pesos y que está en perfectas condiciones, según se nos asegura por el Gobierno.

El C. Paredes Colín, interrumpiendo: Y por los diputados de Oaxaca.

El C. Rivera Cabrera: Y lo aseguro yo.

El C. Chapa, continuando: Preguntaba el señor Sánchez Pontón si es posible reducir más favorablemente la pretensión de los señores Pearson. Esto la Comisión no lo sabe. Evidentemente que se ha basado en los informes que le suministró la Secretaría de Hacienda, y al formar su iniciativa de ley ha puesto, ha asentado las pretensiones mínimas, pero pretensiones "sine qua non" para aceptar la rescisión del contrato. No creo yo, señores diputados, que sea un sacrificio para la Nación teniendo en cuenta que faltan todavía 36 años para el cumplimiento del contrato, y si en 1912 las utilidades subieron a cinco millones de pesos, aun considerado que no aumentasen, multipliquen ustedes los cinco millones de pesos en 36 años y verán las utilidades que recibirían los señores Pearson; pero también es verdad que esta firma inglesa está urgentemente necesitada de fondos y es por esto que prefiere recibir únicamente los diez y nueve millones y pico, y cuatro millones en bonos amortizarlos en 36 años, a seguir con este contrato ventajosísimo para ellos. Indudablemente que los señores Pearson si no estuviesen en las condiciones económicas críticas en que se encuentran todos los ingleses para aportar su contingente a la guerra europea, no se verían obligados a rescindir este contrato y es, pues, la oportunidad única probablemente que se presenta al Gobierno para deshacerce de un contrato oneroso, para entrar en posesión de un ferrocarril estratégico, sin hacer grandes sacrificios. No es de poca importancia el hecho de que el Gobierno entre en posesión de 20 millones de pesos; estos 20 millones de pesos en efectivo vendrán a ser un gran alivio para la crítica situación económica por que pasa el Gobierno, porque si bien sabemos que el Gobierno en este momento sostiene apenas sus egresos con sus ingresos, también sabemos que necesita un fuerte capital para la próxima fundación del Banco Único. Por todos los motivos expuestos, señores diputados, atentamente suplico a esta H. Asamblea se sirva aprobar el proyecto de las Comisiones, que autorizan al Ejecutivo a la rescisión del contrato con los señores Pearson.

El C. Presidente: Tiene la palabra, en pro, el C. Hay.

El C. Hay: Ciudadanos diputados: Cuando se tiene un contrato oneroso para uno de los socios firmantes de dicho contrato, ese socio está en todo caso dispuesto a sufrir cierta clase de pérdidas con el objeto de romper las cadenas que lo atan a un negocio que está produciéndole pérdidas. (Voces: ¡Muy bien!) Claro es que cuando se recibe una cantidad de dinero anual, no siempre aparentemente puede considerarse esto como pérdida; pero sí se le puede suponer una pérdida, si manejando de otra manera el negocio, al desencadenarse y al romper sus ligas con el otro socio, ese negocio produce mayor cantidad de dinero o mayor cantidad de ventajas de otra índole que pueden compensar grandemente los sacrificios hechos al romper el contrato establecido. Un contrato de esta índole afecta a la Nación, desde el punto de vista económico y desde el punto de vista internacional y nacional. En la cuestión económica puede demostrarse que hay una pérdida inmediata si se acepta la rescisión del contrato; pero esto, como dije antes, no es una pérdida efectiva, no es una pérdida absoluta, sino que es una pérdida relativa, desde el momento en que más tarde el contrato rescindido ahora por una sociedad por la cual se está ligado en condiciones favorables, puede realizarse en nuevas condiciones, si así se desea, por algunas otras sociedades que en lo futuro se presenten para hacer ese contrato en mejores condiciones, en condiciones en que rendiría al Gobierno, no cinco millones, sino muchas veces más esos cinco millones. Pero aun admitiendo que esto no fuera una posibilidad aceptable, que esto no fuera realizable, vamos a pesar, vamos a poner en los dos platillos de la balanza las ventajas pecuniarias contra las desventajas pecuniarias, y por otro lado las desventajas pecuniarias con las ventajas nacionales. Si nosotros queremos reducir todo a dólares, a pesos, claro es que entonces seremos un verdadero judío Shylock, que no tiene en el cerebro ni en el corazón otra cosa que el interés vil del metal; pero si es cierto que nosotros tenemos que proteger los intereses económicos de la Nación,

los intereses nacionales, que son las condiciones en que un contrato nos pone ante nuestras relaciones internacionales para proteger debidamente el territorio, la integridad y la dignidad nacionales, nosotros debemos tomar en consideración, primero, la situación geográfica de este Ferrocarril de Tehuantepec comparada con la situación geográfica del Canal de Panamá, con la situación geográfica de nuestros vecinos del Norte, los Estados Unidos de América. Desde el punto de vista comercial, es indudable, señores diputados, que una vez que termine la guerra que actualmente asola a casi todo el mundo, ya directa o indirectamente, la potencialidad del Ferrocarril de Tehuantepec será una cosa extraordinaria, desde el momento en que vendrá un resurgimiento de vida comercial para el cual no sería bastante como vía de comunicación el Canal de Panamá, y sería forzoso echar mano de una manera obligatoria, de una manera imprescindible, del Ferrocarril de Tehuantepec para poder llenar todas las necesidades comerciales del mundo, que en ese entonces vendrá a resurgir en su vida, no normal, sino absolutamente anormal, y traerá una nueva savia comercial en un grado tal, como nunca hasta ahora lo hemos soñado; y nosotros tenemos en la mano una de esas arterias principales, tenemos nosotros en nuestro propio territorio una de las vías de comunicación más admirablemente colocadas del mundo, y nosotros pretendemos estar fijándonos en unos cuantos millones de dólares, sin tener en cuenta que el control absoluto de un ferrocarril puede traer ventajas incalculables, no solamente desde el punto de vista nacional, sino también en cuestiones de pesos, porque tendremos ventajas de cientos de millones de dólares con el tiempo. Ahora bien, desde luego hay que ver en este asunto las condiciones en que los dos socios que han firmado este contrato se encuentran: Por un lado, tenemos a un Gobierno que viene pagando la venalidad de Gobiernos anteriores, venalidad criminal y la falta de patriotismo y de interés nacional, desde el momento en que se atrevieron a firmar un contrato en que todas las ventajas estaban por parte del otro socio y todas las desventajas por parte del Gobierno, y el contrato en que las cláusulas de rescisión favorecen únicamente a la casa Pearson, y que no hay una sola cláusula, según yo sé, que pueda favorecer al socio Gobierno para poder rescindir favorablemente este contrato. Desde el momento en que existe un contrato de esta índole, un contrato tan desequilibrado, tan ilógico, claro es que aquella sociedad que sufre más por los efectos de ese contrato, tiene que hacer todos los medios posibles, aun con pérdida inmediata para, por lo menos, no seguir con un contrato que afecta a su dignidad de sociedad, de individuo, porque cualquier contrato que se acepte en bases desiguales, naturalmente tiene que afectar la dignidad de aquel que está en las condiciones menos ventajosas, sobre todo si se trata de un Gobierno. Pero además de la parte sentimental, o de la parte del patriotismo, un Gobierno debe velar por los intereses de su Nación, y no vela por los intereses de su Nación si no procura rescindir cada uno de todos los contratos que haya hecho anteriormente ese Gobierno, que afecten de una manera directa a los intereses de la Nación. Cuando un contrato se rescinde, aquella sociedad que lo quiere rescindir tiene que sacrificar algo, y en este caso el sacrificio yo creo que es por parte de ambas sociedades, por las siguientes razones. Ya el C. Chapa ha manifestado aquí, ampliamente, en mi concepto, que la casa Pearson desea salir, desea desprenderse, de este Ferrocarril, con el objeto de tener disponibles algunos millones de pesos que vayan a servir como contingente de la guerra europea. Por otro lado, el socio Gobierno desea también rescindir un contrato que afecta a su dignidad, y afecta - se puede decir -, la integridad territorial, desde el momento en que ese ferrocarril, estando en manos extranjeras, es una amenaza constante sobre la integridad territorial mexicana. Por lo tanto, si los dos socios quieren rescindir este contrato, claro es que tienen que hacer sacrificios que estén inversamente proporcionales con las desventajas sufridas o con las ventajas obtenidas dentro del mismo contrato en caso de que no se rescindiese. Y los sacrificios tienen que ser directamente proporcionales con las ventajas que se obtendrían al rescindir dicho contrato. La casa Pearson sacrifica un negocio, sacrifica sus intereses en ese negocio del cual obtenía pingües utilidades, habiendo invertido una cantidad mínima de capital y habiendo tenido una cantidad mínima de riesgos; y el Gobierno mexicano sacrifica algún dinero en efectivo, sacrifica algunas acciones de la Hawaii que, como ha dicho el C. Chapa muy acertadamente, no controla dicha compañia; y sacrifica también dinero en forma de bonos pagaderos en treinta y seis años. En total, siete millones y fracción, si no me equivoco. Ahora bien, ¿qué no valen esos siete millones o, mejor dicho, cinco millones, puesto que dos millones habían sido aportados en efectivo, qué no valen bien cinco millones la satisfacción y la ventaja de tener esa línea bajo control netamente nacional? ¿Qué acaso ignoramos la importancia estratégica de ese ferrocarril en el caso de que tengamos alguna dificultad con un gobierno extranjero? ¿Qué acaso ignoramos la necesidad que el Gobierno tiene de controlar de una manera absoluta ese ferrocarril, tanto para cuestiones comerciales, como para conservar de una manera efectiva, de una manera real, el control, el dominio sobre cada uno de los metros sobre los cuales a lo largo del país está construido ese ferrocarril? ¿Qué acaso ignoramos que, dada la topografía de nuestra República, podríamos comparar la península Yucateca como la cabeza, el resto de la República como el cuerpo y el Itsmo como la garganta en donde nos puede atenacear la mano extranjera para ahogar nuestra vida comercial?

Es preciso, señores diputados, que nosotros tengamos el convencimiento de la necesidad del control de este ferrocarril por la Nación, aun cuando esta necesidad pudiera ser costosa para el país. Ahora bien, ¿por qué nos estamos preocupando tanto por una cantidad de más o menos, si ya desde luego se nos ha dicho que la casa Pearson no está dispuesta a rescindir este contrato en otra forma? ¿Cómo es posible rechazar esta única oportunidad que el Gobierno tiene para rescindir un contrato si con ello nos ahorramos dificultades internacionales con el país que protege a los dueños o a los condueños de esa negociación? Claro está que de no hacerlo estaríamos nosotros yendo en contra de uno de los ideales de nuestra Revolución, que es el bienestar

nacional. Ya en la época de Porfirio Díaz se nacionalizaron los ferrocarriles del país y eso se hizo a costa de grandes sacrificios; sin embargo, yo creo que en estos momentos no hay un mexicano que tenga el corazón bien sentado de que así lo haya hecho aquel Gobierno, porque todos vosotros os imaginaréis la cantidad de dificultades que habría tenido esta Nación si los ferrocarriles actualmente nacionales no se hubieran nacionalizado, con motivo de todos los atentados revolucionarios de las diversas facciones o de los diferentes grupos, en los perjuicios sufridos en esos ferrocarriles. ¿Qué habría hecho México si estos ferrocarriles no hubieran estado nacionalizados durante los últimos años de revolución y de disturbios en la República? ¿Qué sin numero de sacrificios, de dificultades internacionales habríamos tenido por sólo ese motivo? De tal manera veis que solamente por este concepto es de imprescindible necesidad el aceptar esta operación desde el momento en que tiene, en que nos trae indiscutibles ventajas nacionales que en el futuro nos evitarán grandes dificultades con otros países. Si nosotros queremos proseguir atendiendo a nuestro ideal de nacionalización de todo lo que pueda ser nacionalizable en el país, tenemos nosotros que aceptar un pequeño sacrificio, si lo hay, con tal de obtener esta enorme ventaja que ninguno en lo futuro nos podrá reprochar, sino al contrario, aplaudir, cuando se vea que ese ferrocarril ya sea manejado directamente por el Gobierno, ya sea manejado por conducto de otros contratistas mediante un contrato perfectamente favorable al Gobierno, muy diferente del oneroso que actualmente existe, que fuese a reportar las grandes ventajas financieras, las grandes ventajas económicas, las grandes ventajas comerciales, las grandes ventajas estratégicas, y, sobre todo, las grandes ventajas de carácter estratégico nacionalistas, que son las que sobre todo debemos buscar nosotros los representantes del pueblo. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Sánchez Pontón.

El C. del Castillo: Moción de orden.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra para una moción de orden.

El C. del Castillo: Señor Presidente, yo creo que después de las interpelaciones que hice al señor Subsecretario de Hacienda, Su Señoría le debía haber concedido la palabra para que informara. (Voces: ¡Muy bien! ¡Muy bien!)

El C. Presidente: Si el ciudadano Subsecretario de Hacienda desea informar, tiene la palabra.

El C. Subsecretario de Hacienda: Suplico al señor diputado del Castillo tenga la bondad de concretar las interpelaciones.

El C. del Castillo: Contestando al señor Subsecretario de Hacienda, me permito interrogarle si los valores realizables inmediatamente que existen en cartera, son, en parte, de las 15,500 acciones de la American Hawai; si del valor de estas acciones, 27 millones y tanto, va a venir la distribución. En ese caso, si la casa Pearson queda con las 15,500 acciones; tercera, qué importancia representan esas 15,500 acciones en la vida del ferrocarril de Tehuantepec; cuarta: quedando en la casa Pearson las 15,500 acciones, ¿cuál será el porvenir del Ferrocarril de Tehuantepec?

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Subsecretario de Hacienda.

El C. Subsecretario de Hacienda: Señores diputados: Efectivamente los valores realizables en cartera del Ferrocarril de Tehuantepec están constituidos, casi en su totalidad, por las 15,500 acciones de la American Hawaiian Steamship Co. La casa Pearson, al celebrarse el contrato en proyecto, no va a quedarse con la propiedad de estas acciones, las acciones quedan en poder del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec, es decir, del Gobierno mexicano y el Gobierno mexicano quedará en libertad para venderlas o para conservarlas; precisamente en el contrato se dice que el Gobierno tiene la facultad de pagar a la casa Pearson ya sea en acciones o en efectivo, según lo desee. Las acciones, para el futuro del ferrocarril, no significan absolutamente nada, son una minoría muy pequeña en la totalidad de las acciones de la Compañía; por consiguiente, la posesión de estas acciones no puede tener nunca una influencia decisiva en la misma, como lo demuestra el hecho de que cuando a ella no le convino, se marchó y ni el ferrocarril, ni el Gobierno de México tienen ningún derecho para obligar a la Compañía de vapores a continuar con el ferrocarril. No recuerdo si hay alguna otra pregunta del señor diputado.

El C. del Castillo: La otra es únicamente que, a mi entender, las acciones de la Hawaiian representan un papel importantísimo en la vida del ferrocarril; si quedan en la casa Pearson ¿cuál sería el porvenir de ese ferrocarril, toda vez que la casa Pearson quedaría con la clave del tráfico para el Ferrocarril de Tehuantepec, porque si es verdad que por ahora la American Hawaiian se ha retirado del tráfico del Ferrocarril de Tehuantepec, Su Señoría sabe que eso obedece también a otras razones... (murmullos y voces) puesto que el señor Subsecretario sabe que estas acciones valían, no estoy seguro si mil pesos, y ahora valen mil setecientos cincuenta?

El C. Subsecretario de Hacienda: La nueva pregunta del señor diputado del Castillo es, prácticamente, la misma que ya me permití contestar. Es conveniente alguna pequeña aclaración sobre la historia de esas acciones. Hace unos ocho años, aproximadamente, la empresa del Ferrocarril de Tehuantepec, viendo la importancia que tendría una compañía de vapores que hiciera el tráfico, se dirigió a la American Hawaiian, con objeto de que aumentara el número de sus barcos, a fin de que pudiera, con ese motivo, hacer el tráfico por el Istmo. La compañía de vapores indicó que no tenía fondos bastantes para adquirir nuevos vapores que destinar a ese tráfico. Pearson entonces propuso al Gobierno de México hacer nueva emisión de acciones de la compañía, es decir, hacer la proposición de que emitiera mayor número de acciones y que éstas serían subscriptas por el Gobierno de México. Las acciones costaron, aproximadamente, tres millones de pesos, y en la actualidad valen treinta y pico; la influencia que puede sufrir el ferrocarril con la pérdida de las acciones, como antes indicaba, es absolutamente nula. Hay otras compañías que tienen también contratos con el ferrocarril para hacer el servicio; entre éstas están una francesa, una japonesa y otra americana. Claro que

en la actualidad, por las condiciones de la guerra europea, no es posible, porque a esas compañías les exigen sus gobiernos que den el servicio de vapores a sus respectivos países. A este respecto cabe observar que uno de los motivos de urgencia para que esta ley pueda votarse cuanto antes, es el siguiente: hace unos cuantos meses, el Gobierno americano dictó una disposición a fin de que las compañías navieras de bandera americana, pusieran todos sus barcos a disposición del Gobierno, sin más requisito que unas cuantas horas de aviso anticipado. En cualquier momento el Gobierno americano puede necesitar los buques de la Hawaiian y, en ese caso, como es natural, las acciones bajan indudablemente y se pierde la oportunidad de realizar una brillante operación.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Sánchez Pontón.

El C. Sánchez Pontón: Señor Presidente: Apoyado en el artículo 110 del Reglamento, pido que se sirva Su Señoría mandar se dé lectura a los contratos de fecha 16 de mayo de 1902 y las reformas de ese contrato de 20 de mayo de 1904 y 7 de mayo de 1908, porque creo que de la lectura de esos contratos, se podrá formar una opinión la Asamblea acerca de la conveniencia de rechazar ese proyecto.

El C. Rivera Cabrera: Una moción de orden.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rivera Cabrera: Hace un momento he presentado a la Mesa una proposición, y yo creo que es llegado el momento de que la Mesa dé cuenta con ella, y así atentamente se lo suplico.

El C. Presidente: Por conducto de la Secretaría se va a dar cuenta con la moción presentada por Su Señoría.

El C. Secretario Aranda: "Con fundamento en el artículo 43 del reglamento, pido que esta Cámara se constituya en sesión permanente hasta la votación definitiva del dictamen relativo al Ferrocarril Nacional de Tehuantepec, que se discute.

"Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, México, diciembre 30 de 1917. - C. Rivera Cabrera."

El C. Rivera Cabrera: Pido la palabra para fundarla.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Rivera Cabrera.

El C. Sánchez Pontón: Moción de orden. Yo creo que no se puede impedir que siga la discusión adelante. Suspenderse ésta por una proposición como la que ha hecho el C. Rivera Cabrera, pues es terminante el artículo del Reglamento que dice por qué causas puede suspenderse una discusión, y nunca se puede suspender una discusión por el hecho de que se pida que se constituya la Cámara en sesión permanente. Esa será una causa posterior; cuando llegue la hora reglamentaria o cuando haya notificado de otra manera la Mesa que va a suspender la sesión.

El C. Manrique: Moción de orden.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Manrique.

El C. Manrique: Señor Presidente: Yo creo que el compañero Sánchez Pontón no está en esta ocasión en lo justo. Suspenderse la discusión significaría entrar a la discusión de otra materia diversa. Es así que la solicitud del compañero Rivera Cabrera para que hayamos de constituirnos en sesión permanente, tiende siempre a la discusión del mismo asunto, luego, en mi sentir, no se ha interrumpido la discusión iniciada. (Voces: ¡Muy bien!)

El C. García Vigil: Moción de orden. Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. García Vigil para una moción de orden.

El C. García Vigil: No está en lo justo el señor compañero Manrique. (Risas.) No hay ninguna razón para pedir extemporáneamente el declararse en sesión permanente; esta discusión puede agotarse en la parte de tiempo ordinario que tenemos para resolver todos los asuntos que se presenten a la consideración de la Asamblea. Por consiguiente, sí es extemporáneo el que se presente la moción que hace el C. Rivera Cabrera, antes de que sepamos si en el tiempo que tenemos hábil para discutir y resolver este asunto, podemos hacerlo o no. (Voces: ¡Es claro!) Por consiguiente, yo ruego al señor Rivera Cabrera que acepte que se lleve la discusión a fondo, como la llevamos nosotros, y rechazando todas las interrupciones que se hagan, con objeto de que lleguemos a la hora reglamentaria. Si llegada ésta no se ha resuelto este asunto, entonces será oportuno dar cuenta con esa moción. Fuera de eso, la considero enteramente extemporánea.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Hay.

El C. Hay: Es perfectamente oportuna la moción presentada por el C. Rivera Cabrera, por las siguientes razones: en caso de que la Asamblea acepte constituirse en sesión permanente, entonces la Presidencia tendrá el derecho de exhortar a los diputados para que no se ausenten de la sesión, bajo responsabilidades naturales, para el caso de que se ausenten de una sesión permanente. Por lo tanto, si no se aprueba esta moción inmediatamente, muy fácil es que se descomplete el quórum, como hoy en la mañana sucedió, mientras de que si se acepta la constitución de la Asamblea en sesión permanente, ninguno tendrá derecho de ausentarse de la sesión hasta haberse terminado el asunto a debate.

El C. Presidente: La Mesa, apoyada en el Reglamento, ha dado curso a la moción presentada por el C. Rivera Cabrera, y tiene la palabra para fundarla su autor.

El C. Rivera Cabrera: Señores diputados: Siempre que se trata de un asunto en que tengo la profunda convicción de que es beneficioso para el país, no dejo de hacer uso de todos los derechos y argumentaciones que yo considero oportunos para hacer resaltar y hacer cimentar la verdad. Hace rato que yo preví la maniobra, la idea de los señores oposicionistas de este proyecto y por eso presenté esa moción a la Mesa. Acabo de ver que los señores piden la lectura de documentos que cuando menos tienen cuarenta folios y en esa lectura puede pasarse la hora reglamentaria y desintegrarse el quórum por el sopor que producen las lecturas de documentos y en este caso los señores

pueden aprovecharse muy bien para nulificar el asunto de que se trata. (Aplausos.) Por lo expuesto, y por las razones legales que han sido bien esgrimidas, suplico atentamente a la Asamblea se sirva aprobar esta moción que acabo de presentar.

El C. García Vigil: Pido la palabra en contra.

El C. González Jesús M.: Yo solicito muy atentamente la palabra de la Mesa con objeto de hacer una interpelación al señor subsecretario de Hacienda, pues creo que de su contestación vendrán tales luces que ganaremos los del pro y los del contra, si es que hay sinceridad en unos y otros.

El C. Presidente: La Mesa concederá el uso de la palabra al C. González tan luego como se dilucide el incidente. Tiene la palabra el C. García Vigil.

El C. García Vigil: Señores diputados: Este asunto que ha motivado que la discusión se haga un poco acalorada, debe tratarse con una serenidad tal, que no tengamos ninguno de los presentes que hacer reflexiones más tarde sobre el resultado que con nuestro voto hagamos recaer a la discusión. En la mañana, por muchos miembros de la Asamblea, en todos los cuales yo reconozco, sin excepción ninguna, un interés eminentemente patriótico y por lo cual tengo derecho a que un interés semejante sea reconocido por todos ellos en mí, hicimos la discusión aparecer de tal modo, como si quisiéramos únicamente satisfacer un capricho, ya por una parte, ya por la otra. Yo, sin la menor mala fe, sin malicia ninguna en este asunto, me atreví a tomar la palabra en contra porque desde luego me pareció que el asunto estaba muy festinado. Como la Asamblea sabe, no me guía un capricho, el afán de obstruccionar la iniciativa, puesto que me dirigí al Presidente con la mesura del caso, suplicándole que me dijera cuál era el motivo para que no estuviera impreso el dictamen de la Comisión porque, naturalmente, yo no podía formar mi criterio como lo deseo, en cada asunto que se trata en la Asamblea, únicamente por lo que dice una de las partes o sea la iniciativa, el proyecto del Ejecutivo; yo quise saber qué opinaba la Comisión, que conforme a la Constitución tiene que estudiar estas cosas, para que después de este estudio pase a la consideración de la Asamblea y sea ampliamente discutido y luego resuelto. De modo, pues, que mi interés no fue bastardo en ningún sentido; tampoco fue el torpe interés de obstruccionar, de oponerme sistemáticamente a proyectos o iniciativas que vengan del Ejecutivo. De lo contrario, si este hubiera sido mi interés habría yo subido desde luego a la tribuna con objeto de impugnar la iniciativa, habría yo hasta impugnado el dictamen de la Comisión y así por el estilo; pero una prueba de que mi ignorancia en el asunto es lo que me ha traído acá a hablar en el sentido en que lo hago, es que me dirigí oportunamente al Presidente de las misma interrogándole sobre las razones por las que no se había impreso el dictamen para ver, naturalmente, las razones que ha tenido el Ejecutivo al enviar este proyecto de ley y la opinión de la Comisión; esto podría haberme ilustrado bastante, quizá con esto nos habríamos ahorrado muchísimo tiempo, quizá yo habría sido convencido desde luego, porque hay que convenir en que si la opinión del Ejecutivo puede ser exclusivamente formulada por el grupo de sus consejeros, la de las Comisiones es formulada de un modo enteramente aparte, independientemente de la primera y esto es lo que viene a robustecer, después de formar el criterio de los demás miembros de la Asamblea y lo que viene a decidir de la votación de cada uno de ellos. Por consiguiente, no ha sido el deseo de obstruccionar; esto en primer lugar. En segundo lugar, hirió forzosamente mi imaginación el hecho de que un asunto de una trascendencia tan grande, como indiscutiblemente la tiene éste, se hubiese declarado de obvia resolución. Señores, yo no voy a decir a la Asamblea, porque quiero ser tan mesurado como debo en este asunto con objeto de que no se tache mi oración de apasionada, no quiero yo tachar a la Asamblea de que haya obrado con ligereza, no quiero yo decir que haya habido intereses personales de parte de ninguno de los miembros de la Asamblea y que éstos intereses se hayan agitado en todos los escaños con objeto de hacer que este asunto se declarara de obvia resolución. No, señores, pero hay que convenir en lo siguiente: La Psicología del asunto es lo que más fuertemente ha impresionado a todos los miembros de la Asamblea y estoy por decir que a cualquier ciudadano con un grado de mentalidad media que se presente este asunto, desde luego, por el solo hecho de que constituye la rescisión de un contrato con una casa que durante muchísimo tiempo fue favorecida por la dictadura porfirista, que estuvo en componendas financieras con el grupo científico encabezado por Limantour, que además de esto y esencialmente tiene por objeto independer en lo absoluto esta vía que constituye un valor estratégico y consiguientemente gravita en la política internacional; independer esta vía de manos extrañas es motivo, indudablemente, de aplauso para el agente, para el gobierno, quien quiera que él sea, que tenga por objeto esto; por tanto, viéndolo desde este punto de vista, yo no inculpo absolutamente a ninguno de los diputados, a ningún miembro de la Asamblea, ni vituperaría a ningún ciudadano diputado por el hecho de que él considerara enteramente beneficioso para la República el rescindir este contrato; pero, señores, ¿qué porque ha sido tocada la fibra del patriotismo entre nosotros, porque se nos presenta la cosa bajo el aspecto de la independencia absoluta de nuestra patria, de segregar de manos extrañas esa faja de tierra que pasa por el Itsmo, por esto sólo nosotros vamos a dar nuestro voto afirmativo inmediatamente que se nos presenta?

El C. Olivé, interrumpiendo: No sólo por eso.

El C. García Vigil: En su oportunidad pasará usted, señor licenciado, a exponer todos los conocimientos tan lúcidos que tiene sobre el asunto. (Risas y toses.) Y sobre las frases del señor licenciado Olivé no dejo de hacer esta ligera digresión: ¡Cuánto mejor hubiera sido que no sólo por esto, que es el argumento único que se ha esgrimido acá; si nos hubieran dado todos los demás argumentos que tiene en la mente el señor licenciado Olivé, nos habríamos ahorrado esta discusión tan dilatada! (Risas.) Pues sí, señores, que por el solo hecho de que esto constituye una independización del Ferrocarril de Tehuantepec de la casa

Pearson ¿por ese solo hecho vamos a dar nuestro voto afirmativo con la violencia con que se ha pretendido arrancarlo a la Asamblea? Indudablemente que no. Nosotros debemos ser lo más cautos posible en asuntos de trascendencia como éste, no sólo en el caso de la rescisión de este contrato, aun en el caso de que alguien, alguien, quien quiera que fuese, viniera a decirnos a los mexicanos: "Aquí tienen ustedes esto," una cantidad cualquiera de dinero o algún otro bien y nos lo pusiera en las manos y nos dijera: "Para que vosotros lo disfrutéis." Tendría que extrañarnos. Precisamente no hace mucho al Partido Liberal Constitucionalista se le ofreció un periódico, prensas, papel, todo lo que quisiera, y se le dijo más, hasta el servicio telegráfico, ¡hasta el servicio telegráfico! "No pedimos nosotros nada - dijo el donante - no quiero yo absolutamente nada, el periódico puede desarrollar la política que guste, la política del Partido Liberal Constitucionalista es bien conocida, estamos conformes con ella." (Risas.)

El C. Cepeda Medrano: No estamos conformes. (Voces: ¡Cállate!)

El C. García Vigil: Eso dijo el donante. "Puedo daros hasta el servicio telegráfico, no os cuesta nada, no tendréis que gastar más que en el papel, y más aún: si os vierais apurados por cuestiones de raya a los operarios, podré yo ayudaros."

El C. Medina Hilario: Lo daría la Legación Alemana.

El C. García Vigil: Pues no, fue un compañero de las derechas, que votó ayer por la fórmula encabezada por el señor doctor Medina, que ya todos sabemos quién es. (Voces: ¡Nombres! ¡Sería Zúñiga y Miranda!) Es el señor diputado don Rafael Martínez. (Murmullos.) Pues si, señores, esta oferta era tan amplia, que nos hizo pensar a muchos del Partido Liberal Constitucionalista, de muchas maneras; unos creyeron que era de aceptarse inmediatamente la oferta, ¡cómo no!, que era de aceptarse la oferta desde luego; muchos no vieron otra cosa que el hacer una campaña en contra del director de "El Universal;" pero otros muchos pensamos que, quizá, no era este sólo el interés, quizá había algunas otras cosas en el fondo de esta oferta y tuvimos que ser cautos. Al final de cuentas, el Partido Liberal Constitucionalista no aceptó esto. (Aplausos. Una voz: ¡Pero eso no viene al caso!) Sí viene al caso, señores, viene al caso porque, tal como yo lo he dicho, así fue hecha esta oferta, y las apariencias podían habernos engañado, si no hubiésemos habido bastantes que pensamos de distinta manera a los otros que se dejaron llevar por lo bueno del asunto, por lo bondadoso del asunto, y pensamos que era indispensable no contraer compromisos de ninguna clase, porque, al recibir, contraíamos un compromiso. Así, señores, ¿por qué nosotros, en este asunto, que tiene bases legales, vamos a proceder con ligereza, tanta como se ha pretendido? ¿Por qué no estudiamos esto a fondo? Esto lo digo, porque en la mañana se creyó, por una parte, que el asunto era de obvia resolución, e indudablemente, no es de obvia resolución, ya estamos viéndolo. Por otra parte, se creyó que los que hacíamos salvedades, por fundadas que éstas fueran, no lo hacíamos con otro objeto que retardar la expedición de la ley que se consulta; pero es indudable también que todos tenemos el derecho de exponer nuestras razones; no solamente esto, sino que, si nosotros reconocemos sinceridad completa de parte de todos a quienes declararon de obvia resolución y han persistido en su idea de que se vote aceleradamente este proyecto de ley, tenemos el mismo derecho, repito, los que no solamente dudamos de la bondad de este negocio, sino los que lo consideramos bastante nocivo para la Nación. En esa virtud, todos estamos en la obligación de esperar a que la discusión se agote, que corra todos los trámites debidos, que no nos precipitemos buscando recursos que, diciéndolo con franqueza, no son buenos para un asunto de esta trascendencia, sino que debemos ir discutiendo absolutamente todo, de modo que después no vayamos a decir que, pues: "era domingo," que: "la sesión fue extraordinaria," que: "estábamos cansados," que: "se nos presentó la cosa bajo tal aspecto, que lo consideramos enteramente beneficioso para la Nación;" no, vamos a estudiar el caso.

Yo, al venir acá, reconozco, porque he encontrado opiniones en pro y en contra, bueno, en pro de este asunto, tanto de la derecha como de la izquierda; el señor diputado Rivera Cabrera, que tiene particular interés en que se beneficie la región istmeña, es naturalmente, para mí, motivo de satisfacción que hable acá sobre este asunto y que lo haga en pro; yo tomo lo que él dice, con recogimiento; las razones que él ha expuesto acá, las he escuchado procurando penetrarme perfectamente bien del fondo de este asunto, con objeto de que yo, y a ello estoy dispuesto si a posteriori llega a demostrárseme el beneficio completo que obtiene la Nación con la rescisión de este contrato en los actuales momentos, yo soy el primero en venir acá a esta tribuna a confesar que me he equivocado; pero antes de eso, yo quiero que nosotros llevemos la discusión hasta el fondo de ella, de modo que no haya un sólo ápice de duda por parte de ninguno, y que, después de esto, tanto más cuanto que está ventilándose este asunto en los últimos días de sesiones ordinarias del Congreso, sellemos la clausura con este acto que, después de haber sido declarado el asunto de obvia resolución, sea motivo de un debate bastante prolongado y nos deje a todos en la conciencia la satisfacción de haber votado con conocimiento pleno del asunto y no únicamente guiándonos porque la fibra patriótica haya sido tocada y se nos diga que hay que quitarle a Pearson este ferrocarril que ha explotado.

Así, señores, yo considero que, si por una parte, el señor diputado Rivera Cabrera puede presumir que el objeto que se persigue al pedir la lectura de los contratos respectivos es únicamente hacer dilatada esta discusión, con objeto de que llegue la hora reglamentaria, ¿por qué no concederme a mí el derecho de presumir también que el objeto que se persigue al pretender que se declare esta Cámara en sesión permanente, es salirse con la suya en esto que fue declarado de obvia resolución, no debiendo haber sido declarado en este sentido? Esto merece un debate bastante prolongado y, naturalmente, no es para el caso declararse en sesión permanente, sino para esperar todas las luces que puedan ilustrarnos para que demos nuestro voto a ciencia plena. Y, sobre esto, debo hacer notar que

el señor senador Góngora, el ingeniero Góngora, que está muy al corriente de los asuntos de ferrocarriles y, en particular, de este ferrocarril de Tehuantepec, me ha ofrecido datos que difieren en mucho de los que se han traído acá con objeto de sacar avante el proyecto. El senador Góngora asiste a la sesión, el senador Góngora, por la premura del tiempo con que se ha querido resolver este caso, no ha podido traer todos los datos indispensables, datos en los cuales podríamos ver en detalle cuál es el beneficio que se obtiene explotando la Nación este ferrocarril y cuáles son los perjuicios que contra la misma Nación representa este contrato. Por los detalles será por lo que pueda venirse en conocimiento pleno de si es de rescindirse el contrato o, al contrario, ahora que el ferrocarril no es provechoso, que no tiene los rendimientos que tuvo en su origen, hay que dejar que la Compañía Pearson sea la que lo explote, como en los tiempos ventajosos para ella, y que ella sufra también ahora las consecuencias naturales de la disminución tan grande que existe en el tráfico, y esta es la causa principal para que yo venga a oponerme, y así lo voy a hacer, con objeto de que la Nación, no por el simple hecho de que va a negociar unas acciones de la Compañía Hawaiian, y naturalmente, va a adquirir prontamente cierta cantidad de dinero, después vaya a hacer caer sobre la Nación una deuda más onerosa, muchísimo más onerosa que todos los beneficios que podamos adquirir, aun dejando la explotación de este ferrocarril por un período, no digo de cinco o diez años, sino aun de veinte, por parte de la casa Pearson.

Así, hay que tener en cuenta - y este es el asunto capital -, si es llegado el momento de rescindir el contrato; yo no niego, en principio, evidentemente, que el Ferrocarril de Tehuantepec tiene un alto valor militar y, consecuentemente, como dijo antes el C. Cravioto, sobre la política internacional y sobre todo en nuestras relaciones con Inglaterra; indiscutiblemente, en principio, pues, estamos todos conformes. ¡Cuánto mejor hubiese sido que el Ferrocarril hubiese estado controlado desde un principio por el Gobierno! Evidentemente; pero vamos a ver si es llegado el momento de rescindir ese contrato; esto es lo que nosotros debemos discutir, no el principio de si el Ferrocarril debe pertenecer al Gobierno y explotarse por él, o si perteneciendo al Gobierno en sus dos terceras partes, tiene que ser explotado por una empresa particular y por una empresa que está respaldada por un poder tan grande como el de Inglaterra. No es esto lo que tenemos que discutir, porque en esto estamos todos conformes, sino si el momento es oportuno, si las condiciones para la rescisión del contrato son ventajosas para la Nación. Por esto es por lo que quiero, lo mismo que el C. Sánchez Pontón, que se dé lectura a todos los documentos y que no por el interés de salirse con la suya, de llevar a cabo un propósito que quizá no se ha meditado bastante, se vaya a pretender declarar la sesión permanente; no, señores, yo creo que el asunto es de tal trascendencia, que no nos bastaría toda la noche para resolver este caso, a no ser que previamente la Asamblea se hiciera el propósito de votar en determinado sentido y se negara a oírnos a los que vengamos a impugnarlo.

Por lo tanto, pido a la Asamblea que no se declare en sesión permanente, no hay porque hacerlo; el Ejecutivo, autor del proyecto, indudablemente que tiene interés en que esto llegue a su consumación y el Ejecutivo tiene la facultad de convocar a sesiones extraordinarias, puede hacer esta convocatoria para los primeros días del mes de enero. (Siseos. ¡Allí duele, allí está la mancha!) No, señores, el Ejecutivo no tiene que temer absolutamente nada de la convocatoria a sesiones extraordinarias, porque de un modo expreso lo dice la Constitución: La Cámara, cualquiera de ellas que fuese convocada, o el Congreso si lo fuese también, no podría ocuparse de otra cosa que del asunto para lo que se le hubiere convocado. Nosotros no tenemos que tratar absolutamente nada fuera del asunto para el que se nos convocara a sesiones extraordinarias. Yo soy de opinión que estando en sesiones extraordinarias por la convocatoria del Ejecutivo, no tenemos derecho ni a darle lectura absolutamente a nada que se presente en cartera; esa es mi opinión, y la emito desde este momento para que no se piense que trato de atraer a la Asamblea a una votación favorable a mi sentir, con objeto de que con posterioridad pongamos a discusión un asunto que no es de la competencia de las Cámaras. Por consiguiente, no es ese mi interés, sería un interés mezquino si intentara engañar a la Representación Nacional; mi opinión es que si nosotros nos reunimos en sesiones extraordinarias para tratar cualquier asunto, lo haremos para aquel a que se nos haya convocado y no podríamos tratar ni una sola cosa que no sea respecto al mismo asunto por el que nos encontremos reunidos y ni siquiera podríamos dar lectura a otra cosa que no tenga relación inmediata, indispensable, para la discusión y para la votación del asunto que estuviera discutiéndose. Así, pues, no se crea que lo que tratamos es de tener sesiones extraordinarias, no, si afortunadamente no se nos puede aventajar en lo que respecta a la observancia de la ley; la ley puede ser más o menos errónea, pero de cualquiera manera que sea - y este es el principio que nos debe unir en las lides políticas -, estamos en la obligación de respetarla. Por lo tanto, no es que yo venga a pretender que esto se difiera con objeto de constreñir al Ejecutivo a hacer una convocatoria a sesiones extraordinarias con el solo fin de discutir este proyecto de ley y luego poner a la consideración de la Asamblea otros asuntos, no, lo repito. Es, pues, llegado el momento de que no tratemos nosotros de festinar este asunto, sino que obtengamos todos los datos indispensables, y en prueba de esa buena fe, que siempre he venido a manifestar acá, repito lo que dije esta mañana, que muy bien podemos ser convocados para la sesión de mañana con objeto de tratar este asunto; hay el interés consiguiente en continuar discutiendo los Presupuestos, indudablemente; pero llego hasta el punto de convenir en que podemos diferir esta discusión con objeto de entrar a fondo a ésta; pero yo os aseguro, yo repito, que nosotros no podremos llegar a agotar la discusión de este asunto en la sesión permanente, aunque la prolonguemos hasta las doce de la noche, una o dos de la mañana; solamente haciéndonos el propósito, es decir, una parte de la Asamblea y con la mayoría basta, de votar esto sin

escuchar el contra, sin escucharlo hasta el punto en que tiene que ser escuchado, pero en ese caso huelga toda discusión, desde luego puede interrumpirse el orador del contra que me siga, puede hacerse cuanto se desee, y entonces pedir que se vote aceleradamente, y entonces soportar las consecuencias en el futuro que tendrá indudablemente el aprobar este proyecto de ley. Yo pido, pues, a la Representación Nacional, que deseche la proposición del C. Rivera Cabrera; convengo yo en que si en la discusión parece agotada o está para agotarse llegada la hora reglamentaria, que la agotemos pero de lo contrario no, señores , que es mejor proceder con cautela; todos nosotros sabemos que las cosas que se hacen festinadas, como tienen mal principio, indefectiblemente tiene mal fin. Pido, pues, que deseche la proposición y que continuemos el debate en el sentido en que lo llevamos; eso será verdaderamente beneficioso para los intereses de la Nación y, sobre todo, satisfactorios para la Representación Nacional. (Voces: ¡A votar!)

- El C. Secretario Aranda: Se consulta a la Asamblea si se toma en consideración la proposición subscripta por el C. Rivera Cabrera. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se toma en consideración. (Aplausos.) Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobada.

- El C. Sánchez Tenorio: Pido la votación nominal. (¡Ya está aprobada!)

- El C. Presidente: La Presidencia manifiesta a Su Señoría que puede reclamar la declaración de la Mesa, pero ya se ha hecho la declaración de que está aprobada.

- El C. García Vigil: Reclamo la votación.

- El C. Presidente: Habiendo sido reclamada la votación, la mesa designa a los CC. Salvador Saucedo y Magallón para que cuente a los que están de pie; y a los CC. Martínez de Escobar Federico y Rocha José Federico, para que cuenten a los que están sentados.

- El C. Silva Herrera: Señores, es manifiesta la mayoría respecto de los que están en pie: en consecuencia, creo que el C. García Vigil debe retirar la reclamación que hizo respecto a la votación pasada. Que pase su vista por el salón para que se convenza. Si insiste en esto, sí nos hará creer que se está poniendo obstrucción para que se discuta el proyecto.

- El C. Presidente: La Mesa suplica al C. García Vigil se sirva decir si reclama la votación.

- El C. García Vigil: Sí. (Siseos y murmullos).

- El C. Presidente: La Mesa nombra al C. García Vigil y Jonás García para que cuenten a los que están de pie. (Voces: ¡Es manifiesta la mayoría.)

- El C. Presidente: Habiendo 47 ciudadanos diputados sentados y 88 de pie, queda aprobada la proposición del C. Rivera Cabrera. (Aplausos de la derecha.)

- El C. Presidente, a las 6.30 p. m.: Se constituye en sesión permanente la Cámara de Diputados. Los ciudadanos diputados, si hacen honor al acuerdo tomado, se servirán acatarlo. El C. Sánchez Pontón va a dar lectura a unos documentos.

- El C. Chapa: Pido la palabra.

- El C. Presidente: ¿Con qué objeto?

- El C. Chapa: Para decir que el C. García Vigil tiene derecho a pedir lectura de todos los documentos que desee, pero los contratos son tan largos que se ocuparían dos horas para su lectura. (Voces: ¡Más! ¡No le hace!) Yo suplico que se someta a la consideración de la Asamblea.

- El C. Secretario Portes Gil: La Secretaría manifiesta a la Asamblea que dos de los decretos de que se trata consta de ocho hojas en letras de imprenta del "Diario Oficial" y el otro de cuatro hojas. (Voces: ¡Que se lean, que se lean!)

- El C. García Vigil: Pido la palabra.

- El C. Sánchez Tenorio: Pido la palabra.

- El C. Secretario Portes Gil: (Comienza a leer los decretos.)

- El mismo C. Secretario: La Presidencia suplica a los ciudadanos diputados Sánchez Pontón y García Vigil, se sirvan escuchar la lectura de los documentos que ellos mismos pidieron y que se están leyendo.

- El C. Sánchez Pontón: Suplico a la Secretaría no haga mociones enteramente improcedentes.

- El C. Sánchez Tenorio: Moción de orden. La Secretaría no tiene facultad de hacer concideraciones de esta índole, la cual es exclusiva de la Presidencia.

- El C. Secretario: La Presidencia ha dispuesto que se llame la atención a los ciudadanos diputados a que me he referido, en virtud de que ellos pidieron la lectura de los documentos y ellos son los primeros que no la escuchan.

- El C. Sánchez Pontón: Es manifiesto que todos los señores diputados o la mayor parte de ellos están de pie y no prestan atención a la lectura de los documentos, y yo en cambio estaba sentado y prestando atención a la Secretaría; no obstante eso, malintencionadamente se hace un llamamiento al orden cuando la mayor parte de los ciudadanos diputados estaban fuera de él.

- El C. Presidente: La Mesa manifiesta a los ciudadanos diputados que se llamó la atención a todos los ciudadanos diputados que no prestan atención a la lectura de los documentos y especialmente a los que han pedido la lectura de los mismos. (Voces: ¡Muy bien! Aplausos.)

- El C. Gómez Mauricio: Para una moción de orden pido la palabra. Apoyado en el artículo 110 del Reglamento, ruego a Su Señoría invite a las personas que han pedido que se lean estos documentos, que lo hagan ellos mismos, pues así lo manda el Reglamento. (Aplausos.)

- El C. García Vigil: Acepto.

- El C. Magallón: Existe el suficiente número de Secretarios, señor Presidente, para dar lectura a esos documentos; yo pasaré a darles lectura.

- El C. Secretario Portes Gil: ¡¡Sobre todo Su Señoría, que trabaja mucho!!

- El C. Presidente: La Secretaría va a dar lectura a los documentos.

- El mismo C. Secretario: El contrato a que se refiere el anterior decreto es el siguiente: "Contrato

celebrado entre el C. general Francisco Z. Mena..." (Comenzó a leer.)

- El C. García Vigil, interrumpiendo: Moción de orden. Ruego respetuosamente a la Presidencia que se sirva imponer el orden a la Asamblea, porque soy yo ahora el que no oye por más atención que presto.

- El C. Gómez Mauricio: Señor Presidente: Insisto en mi moción de orden para el señor García Vigil, en acatamiento al artículo 110, lea esos documentos.

- El C. Manrique: Pido que se dé lectura al artículo 110 para que se aclare si el compañero Gómez tiene razón.

- El C. Secretario Aranda: "Artículo 110. Cuando algún individuo de la Cámara quisiere que se lea alguna Ley o documento para ilustrar la discusión, pedirá la palabra; y sin interrumpir al que habla, se le concederá de preferencia, para el solo efecto de la lectura."

- El C. Secretario Portes Gil, continuando la lectura: "Como existen en la actualidad o como se construyan y existan en lo futuro, juntamente con sus canales de entrada, dársenas, diques fijos y flotantes, malecones, escolleras, muelles, instalaciones marítimas, edificios, almacenes, oficinas, ferrocarriles, lo que sea aplicable a estos objetos, sus accesorios...."

- El C. Cravioto, interrumpiendo: Moción de orden.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Cravioto para una moción de orden.

- El C. Cravioto: Señores diputados: Realmente el reglamento no propone una chicana tan burda como la de que estamos siendo víctimas; es indudable que la misión en que se pide la lectura inútil de estos documentos no es otra cosa sino fatigar a los miembros de la Asamblea, para que se desintegre el quórum y se satisfagan los propósitos torcidos que se han manifestado aquí; pero si interpretamos estos con patriotismo, si nos sujetamos al espíritu del artículo 110 del reglamento, creo que la Cámara puede encontrar una solución que nos obvie de chicanas, sin que por estos violentos derechos de todos los diputados para pedir la lectura de documentos. El artículo 110 dice así: "Artículo 110. Cuando algún individuo de la Cámara quisiere que se lea alguna Ley o documento para ilustrar la discusión, pedirá la palabra; y sin interrumpir al que habla, se le concederá de preferencia, para el solo efecto de la lectura." Y yo pregunto: ¿ilustra la discusión o la entorpece esta lectura que nadie escucha? Si el señor Sánchez Pontón y demás compañeros son verdaderamente honrados y verdaderamente patriotas, están en la estricta obligación, en vista de la premura del tiempo de que disponemos, de sujetar su exigencia a que se lea lo indispensable para ilustrar la discusión. ¿Qué nos importa todo lo demás? ¿Se quiere obstruccionar las labores de esta Asamblea por medio de una chicana o se trata de un acto patriótico y de honradez en beneficio del mejor acierto en esta discusión? Yo no creo que se merezcan un calificativo duro, como se los echaremos indudablemente al pretender esta lectura, yo creo que ellos deben dar pruebas de honradez y patriotismo, concretándose a la parte de los contratos que verdaderamente ilustran la discusión. ¿Qué nos importa lo demás? Yo estoy de acuerdo y en beneficio de la Cámara pido que se concrete la lectura a la parte del contrato que ilustre la discusión.

Presidencia del C. RIVERA JOSÉ

- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. García Vigil.

- El C García Vigil: Señores diputados: Comienzo por decir que el señor Cravioto sí manifestó propósitos deliberados de que se pasara sobre este proyecto de ley a toda prisa y que se haga lo que se ha pretendido hacer desde la mañana. No tiene ningún derecho el señor Cravioto ni nadie para considerar esto una chicana, yo me consideraría con más título o con el mismo título para poder decir que el hecho de declarar esto de obvia resolución es una chicana y no lo he dicho. (Voces de las derechas: ¡Porque no lo es!) Aquí tenemos que declarar con honradez, con franqueza, que este asunto - pese a quien pese - , no es de obvia resolución, no es de los que se resuelven en una votación económica; por consiguiente, esta es la base de todos nuestros argumentos, esto no es de obvia resolución , y yo pido respetuosamente a la Asamblea que, con toda la honradez que debe tener todo miembro de ella, con esa honradez que demanda el señor Cravioto de parte del licenciado Pontón y de mí en particular y de otros señores que votan en contra, que nos diga si este asunto es o ha sido en un solo instante de obvia resolución, si puede ser de obvia resolución. ¿Cómo, pues, puede decir que nosotros nos queremos valer de una chicana? Nosotros no queremos hacer ninguna chicana. ¿Qué interés efectivo tenemos nosotros en esto? A nosotros no nos va a dar nada nadie. (Aplausos.) No tenemos que recibir ni un solo centavo. Pero hay que reconocer también que el asunto no es de obvia resolución, con la seriedad, con la honradez con la franqueza conque debemos tratar este asunto, hay que decir que no es de obvia resolución. Por consiguiente, lo que se hizo, hecho está naturalmente; es un acto resolutivo de la Asamblea consumado ya; pero hay que reconocer con franqueza que no es de obvia resolución, que la Asamblea lo declaró de obvia resolución, pero que no lo ha sido, que no puede serlo porque los intereses que se ventilan no permiten que sea de obvia resolución. Por consiguiente, yo me acuso únicamente de haber llegado a las once de la mañana; si hubiese llegado antes, tengo la seguridad de que no se hubiese declarado de obvia resolución. (Voces: ¡Ah, ah!) ¡Ah, sí, señores! ya entonces se vería y sobre todo ¿por qué el señor Cravioto considera que el pedir la lectura de estos documentos que forzosamente pueden ilustrar al menos a los que somos ilustrables (aplausos), por qué el señor Cravioto considera que esto es una chicana y dice que vamos a perder el tiempo y en cambio para declararnos en sesión permanente, eso no, podemos estar todo el tiempo que querramos? ¿Qué se creyó que con votarse la declaratoria de sesión permanente vamos a

renunciar a los derechos, vamos a renunciar a las obligaciones que tenemos para velar por los intereses nacionales? ¿Se creyó que por solo ese hecho vamos a decir: está perdido este asunto, vamos a darle prisa? No, señores, sepa el señor Cravioto que voy a pedir, no solamente la lectura de esto, sino de otras cosas, porque tengo la convicción arraigada de que es oneroso y, por consiguiente, pido que se dé lectura a todos los documentos. (Aplausos.)

- El C. Sánchez Pontón: Para una moción de orden pido la palabra.

- El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

- El C. Sánchez Pontón: El señor Cravioto ha venido a interpretar el artículo 110 del Reglamento de la manera que le conviene en esta ocasión; en otra ocasión ha sostenido una interpretación contraria, y vamos a ver cuándo es cuando se tiene razón. En este caso preciso se está pidiendo la lectura de los contratos que se van a rescindir, no estamos pidiendo que sea la Biblia ni "El Quijote" ni que se lea ninguna cosa extraña a la discusión. El primer artículo de la iniciativa del Ejecutivo, dice:

"Artículo 1o. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que se celebre con los señores S. Pearson and Sons, Limited, los contratos o convenios que sean necesarios para disolver la sociedad denominada "Compañía del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec," rescindiendo, con tal fin, los contratos de 16 de mayo de 1902, 20 de mayo de 1904 y 7 de mayo de 1908, aprobados por los respectivos decretos de 4 de junio de 1902, 31 de mayo de 1904 y 1o. de junio de 1908."

Ahora bien, si el artículo 1o. de la iniciativa nos habla de tres contratos que se van a rescindir ¿es posible que se puedan rescindir a conciencia y honradamente si no se conocen esos contratos? Yo interpelo para que digan quién de ustedes conoce estos contratos. Absolutamente ninguno, o unos cuantos solamente. Yo creo que ni las Comisiones han estudiado los tres contratos que se van a rescindir, de manera es que se nos llama para que discutamos algo que no sabemos cómo se hizo y ¿cómo vamos a juzgar si las condiciones de esos contratos son favorables u onerosas para la Nación, si no sabemos en qué forma se convino, sino sabemos en qué forma se ha obligado el Gobierno de la Nación? Evidentemente que no, señores diputados. Si hubiéramos seguido el sistema que esta mañana se pretendía seguir, aprobando que este asunto era de obvia resolución, sin que ni siquiera las dos terceras partes de la Asamblea se hubieren puesto de pie para dar su voto, se hubiera aprobado en votación económica todo el proyecto, tanto en los general como en lo particular; pero afortunadamente, señores diputados, hay quien levante la voz en defensa de los intereses de la Nación. (Siseos, murmullos y aplausos.) Porque allí (señalando las izquierdas), no ha corrido el dinero...

- El C. Díaz González, interrumpiendo: ¡Miente usted, mentecato!

- El C. Presidente: Se invita al C. Ismael Díaz González a que retire sus palabras.

- El C. Díaz González: Por honor a la Asamblea las retiraría, pero a este mentecato se las sostengo en cualquier terreno.

- El C. Presidente: La Mesa invita nuevamente al señor Ismael Díaz González a que retire la frase.

- El C. Díaz González: No la retiro.

- El C. Presidente: La Mesa se verá precisada a hacerlo constar en el acta.

- El C. Díaz González: Bueno, pues no la retiro.

- El C. Presidente: Se hará constar; pero la Mesa suplica atentamente al señor Díaz González que por decoro a la Asamblea, se sirva retirar la frase.

- El C. Díaz González: Pues ya lo dije.

- El C. Sánchez Pontón, continuando: Dice el señor Cravioto que no son pertinentes los contratos cuyas lectura se ha pedido para ilustrar el criterio de la Asamblea; si nosotros nos vamos a atener a que el señor Cravioto no oiga los contratos, claro está que no se puede uno ilustrar nunca y si hay sordos que no quieran oír a pesar de poder hacerlo, también será inútil la lectura de documentos; pero aquí no se trata, señores diputados, de atender únicamente a los intereses que cada uno tenga, ni festinar el asunto, se trata de que se conozca a conciencia lo que se va a rescindir. Ahora bien, vamos a analizar cuál ha sido la forma en que se ha seguido la discusión de este asunto. Ayer mismo se trataba de discutir la iniciativa presentada por la Comisión de Justicia para que pudiera nombrarse a los Jueces cuyos juzgados se encuentran vacantes para que no solamente durante el período de receso esos juzgados acéfalos pudieran funcionar y los individuos presos, consignados a esas autoridades, puedan siquiera tramitar una libertad caucional o seguida litigando en sus juicios y, sin embargo, ¿qué cosa vemos en esta Asamblea, qué cosa pudieron ver las galerías que asisten diariamente a las sesiones? ¿Que muchos diputados se ausentaron desintegrando el quórum para que no se votara una moción que venía a resolver esta crítica situación en que se ha venido encontrando la justicia por la falta de los Magistrados o Jueces; no quiso entonces la Asamblea que se votara, y buena parte de los diputados de las derechas se ausentaron para que se desintegrara el quórum y hubo necesidad de cambiarse el asunto a discusión para que pudiera volverse a reanudar la sesión.

Ahora en la mañana, cuando se pidió la votación se si era la obvia resolución este asunto, la mayoría de los diputados se encontraban formando corrillos y tratando de asuntos diferentes, y casi nadie se dio cuenta de lo que había leído la Secretaría al dar los motivos de la Comisión y de los que omitieran el voto particular. El señor Jesús M. González puede venirnos a decir si se dio cuenta cuando votó por la afirmativa y así otros señores diputados, que nos han manifestado ese hecho. ¿Es verdad o no, señor diputado González?

- El C. González Jesús M.: Yo creo que fuimos sorprendidos la mayor parte de la Asamblea . (Voces: ¡Por mi parte, no!) No hay nadie que sea sincero, capaz ....(Campanilla.) Pido la palabra, señor Presidente, para contestar una interpelación.

- El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

- El C. González Jesús M.: Yo creo que ningún ciudadano diputado, si es sincero, declarará que este asunto es de obvia resolución. (Voces: ¡De urgente!) De obvia revolución; pueden creer los ciudadanos

diputados que yo no he hecho cuestión de grupo esto, absolutamente; saben muy bien qué opinión tengo formulada sobre este asunto; yo sería capaz de votar antes de lo que creen los señores diputados que han hablado en contra; pero confieso sinceramente, que no es de obvia resolución, y hoy más que nunca lo declaró así.

- El C. Sánchez Pontón continuando: Ahora bien, si desde en la mañana, cuando no se había prestado la atención a la lectura del dictamen de las Comisiones y el voto particular emitido por algunos miembros de ellas, si la mayor parte de los señores diputados no conocían, no sólo los contratos cuya lectura he solicitado, pero ni siquiera el texto de la iniciativa presentada por el Ejecutivo y el dictamen sobre ella, ¿Cómo es posible que puedan resolver un asunto en que se van a cargar a los contribuyentes de la Nación millones de pesos para que se paguen durante treinta y seis años?

- El C. Cravioto, interrumpiendo: ¡Moción de orden, señor Presidente! El señor Sánchez Pontón pidió la palabra para moción de orden, y no se ha concretado de ella.

- El C. Presidente: La Mesa suplica al C. Sánchez Pontón que se concrete a su moción de orden, para la que fue concedida la palabra.

- El C. Sánchez Pontón, continuando: Manifiesto a la Presidencia que me estoy concretando a la moción de orden, porque estoy interpretando el artículo 110 reglamentario, que dice que se lean los documentos necesarios para ilustrar la discusión; por tanto, siendo necesario para ilustrar la opinión de la Asamblea, que se lean estos contratos, pido que se lean, pues tengo derecho de hacerlo. Reanudo diciendo que los diputados no conocen ni siquiera los dictámenes sobre este particular y, en su mayor parte, no lo hemos estudiado previamente, porque no ha sido posible; yo presté toda mi atención, desde que se inició la lectura de la iniciativa del Ejecutivo, y desde entonces me propuse estudiar este asunto, aunque no creía que se pidiera la discusión de él cuando sólo faltaban algunas sesiones: creí que este asunto no se pondría a discusión en este angustioso término y, por lo mismo, no tengo los documentos que podría presentar a la Asamblea, acerca de lo que el señor Góngora va a exponer en el Senado y es: que se pueden rescindir estos contratos, pero que no es necesario rescindirlos, porque basta con vender estas acciones que tiene en su poder el Ferrocarril Nacional de Tehuantepec, para que el Gobierno pueda disponer de algún dinero; ¿por qué no se ha apelado a este medio en este caso? ¿por qué en otros casos se ha incautado los Bancos? ¿por qué no se incautan las acciones que son propiedad del Gobierno y que están depositadas en el Ferrocarril de Tehuantepec? En la caja del ferrocarril hay trece millones en efectivo y veintisiete millones que valen las acciones de la Hawaiian; ¿por qué, entonces, se hace en una forma tan onerosa? Pues basta decir esto: que se va a pagar una indemnización, y hay una cláusula penal, que es completamente absurda en Derecho, porque en Derecho o sólo se paga una indemnización para rescindir un contrato, o se paga la cláusula penal que se haya puesto por daños y perjuicios.

- El C. Silva Herrera: Pido la palabra.

- El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

- El C. Silva Herrera: El C. Sánchez Pontón está hablando en contra del proyecto de ley, después de haber interrumpido la lectura de los documentos que ordenó la Mesa, a solicitud del mismo diputado. Ruego a la Presidencia disponga que continúe esa lectura.

- El C. Presidente: La Mesa abunda en las mismas ideas que Su Señoría y, por lo mismo, pide al C. Sánchez Pontón, que se concrete a su moción de orden.

- El C. Sánchez Pontón: No he interrumpido, sino es el C. Cravioto quien vino a interrumpir, interpretando a su modo el artículo 110 reglamentario; naturalmente, yo también tengo derecho de interpretar ese artículo a mi manera, para que pueda la Asamblea saber cuál de las dos interpretaciones es la justa. Para terminar, pido a la Cámara considere que, de acuerdo con el citado artículo 110, tengo derecho a pedir lectura de los documentos pertinentes; que los que yo he tenido no pueden ser más pertinentes, puesto que son los contratos que se pretenden rescindir, según la iniciativa presentada; que no se puede votar a conciencia si no se conocen los contratos cuya rescisión ha solicitado el Ejecutivo y que, por lo tanto, es necesaria la lectura de todos los documentos íntegros, porque no podríamos escoger unos cuantos artículos, sino que es preciso que nos hagamos cargo de las condiciones en que se efectuaron los contratos, a fin de ver si conviene rescindirlos. Pido, pues, que se prosiga la lectura de los documentos solicitados.

- El C. Cravioto: Pido la palabra.

- El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

- El C. Cravioto: Indudablemente que no voy a seguir haciendo el juego de los oradores del contra, viniendo aquí a hacer largos discursos; no ha habido ninguna razón en contra de lo que he venido a exponer sobre la pertinencia o impertinencia de la lectura del contrato íntegro; basta la simple enumeración de la lectura de los capítulos del contrato que quieren que se lea, para que se convenza Vuestra Soberanía de la perfecta pérdida de tiempo de que estáis amenazados, si es que toleráis esta chicana, que ahora sí ya me atrevo a calificarla así. El primer capítulo dice: "De la sociedad. - Cómo está organizada." - "De la Sociedad del Ferrocarril de Tehuantepec." Segundo capítulo: "Cómo se debe hacer la inspección del ferrocarril y de los puertos." - ¿Qué importa esto para la discusión? - Tercer capítulo: "Cómo se hace el servicio del ferrocarril." Capítulo cuarto: "Qué tarifas se cobran en el ferrocarril, cómo se deben poner los telegramas, cómo se debe hacer el almacenaje de las mercancías," etc.

Es indudable, señores diputados, y aunque la mayoría de vosotros no conozcáis, no se necesita la lectura de él para votar a conciencia; el conocimiento de este contrato perfecto y en todos sus detalles lo han tenido las Comisiones, las Comisiones tienen esta obligación, y como nosotros, las Comisiones tienen la obligación de extractar todo lo pertinente para no perder el tiempo aquí, traduciéndolo en proposiciones y en números, como lo han hecho las Comisiones respectivas, y esto sí está a satisfacción del diputado más exigente; además, sabemos todos perfectamente que esta lectura

si se hiciera de buenas fe, es precisamente en contra de los intereses que tienen los señores Sánchez Pontón y Compañía; sabemos que este contrato no es más que una serie de privilegios concedidos a la casa Pearson, y esto es lo que precisamente nos traerá el convencimiento de que debemos rescindir lo cuanto antes, aprovechando esta oportunidad, porque es oneroso a la Nación. ¿Qué objeto, pues, se persigue? El señor García Vigil nos lo ha venido a decir aquí con ingenuidad o con franqueza; él nos ha dicho que como él cree que es oneroso para la Nación el que nosotros festinemos este asuntó, él, de acuerdo con el. Reglamento, interpretado a su modo, pide que se lean estos y otros más documentos, si lo toleramos, para alargar la discusión, hacer que se pasen cuarenta y ocho horas, hasta que se clausure el actual período de sesiones, y que esperemos cincuenta años, si es preciso, para que el C. García Vigil recabe todos los datos que le ha ofrecido el senador Góngora. Esto no es honrado; el C. García Vigil tiene amplia libertad de tribuna para venir a impugnar el dictamen con razones y con chicanas, pidiendo la lectura de documentos, que durará cuatro o cinco horas. Tales documentos no sirven para ilustrar la discusión, son precisamente documentos que la entorpecen, tratándose únicamente de fatigar a los diputados y hacerles que abandonen el salón. Por último, recojo la imputación calumniosa que se nos ha hecho a quienes defendemos la iniciativa del Ejecutivo, diciendo que se nos ha interesado con dinero. Cuando se discutió el asunto del papel infalsificable, ya dije que si se trata de echar lodo, se puede echar por todas partes; si se supone que nosotros defendemos la iniciativa, porque hemos sido cohechados, también se puede creer que los que tratan de retardar este asunto, lo hacen para dar tiempo a que se les coheche. Pido que Su Señoría (dirigiéndose al ciudadano Presidente), pregunte a la Asamblea si considera que la lectura de los contratos ilustra la discusión o no.

- El C. Cravioto, después de breves instantes: Yo concreto mi moción de orden reglamentaria a que Su Señoría pregunte a la Asamblea si considera que la lectura del contrato ilustra la discusión o no; y si la Asamblea considera que esta lectura es impertinente, esta lectura sale sobrando.

- El C. Sánchez Pontón: Pido permiso a la Presidencia para fijar la parte relativa de los contratos, a fin de que no lean todos íntegros, sino la parte conducente de ellos.

- El C. Silva Herrera: ¡Moción de orden!

- El C. Presidente: Tiene usted la palabra para una moción de orden.

- El C. Silva Herrera: El señor Cravioto ha pedido a la Mesa se sirva consultar a la Asamblea si opina que la lectura del contrato ilustra la discusión o no la ilustra. Ruego a usted se sirva resolver si esa proposición está de acuerdo con el Reglamento.

- El C. Presidente: El Reglamento da derecho al C. Sánchez Pontón para pedir la lectura de documentos; pero en vista de la moción del C. Cravioto, se va a preguntar a la Asamblea si está de acuerdo en que se dé o no lectura al contrato.

- El C. Secretario Aranda: El señor Sánchez Pontón ha señalado aquí en estos contratos una parte que consta de cinco hojas....

- El C. García Vigil: Yo creo que no es necesario que la Secretaría participe a la Asamblea cuántas fojas son las que se van a leer. (Voces: ¡Cómo no!) Entonces querrá decir que la Asamblea se impresiona por el número de hojas o por los que dicen éstas.

- El C. Silva Herrera: Pido la palabra para una moción de orden.

- El C. Presidente: Tienen usted la palabra.

- El C. Silva Herrera: Está en pie la proposición del C. Cravioto, pidiendo a la Mesa que consultara a la Asamblea si la lectura de los documentos la ilustraba o no. Ruego a usted se sirva obrar de acuerdo.

- El C. Sánchez Tenorio: Pido la palabra.

- El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

- El C. Sánchez Tenorio: Es indispensable que previamente se lean los documentos a que se ha referido el señor Sánchez Pontón para que la Asamblea pueda darse cuenta de si la ilustran o no.

- El C. González Jesús M.: Pido la palabra para una interpelación al C. García Vigil, si él y la Presidencia me lo permiten. De la contestación que dé, depende saber si la lectura de los documentos es o no conveniente.

- El C. Padilla: ¡Moción de orden! Está fuera de duda que tiene que preguntarse a la Asamblea si ella juzga necesaria la lectura de tales documentos; no puede saberse si algunos diputados los conocen; yo, por haber inaugurado el tráfico ferrocarrilero de Tehuantepec, conozco perfectamente los contratos, y en estas condiciones habrá otros muchos diputados. Por esto es muy pertinente la consulta.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. González.

- El C. González Jesús M: Mi pregunta al C. García Vigil es esta: ¿De la lectura de los documentos se demuestra palpablemente que los contratos celebrados entre el Gobierno y Pearson son oneroso o se deduce los contrario? Si lo primero, es decir, si los contratos son desfavorables para la Nación, no conseguirán otra cosa los diputados Sánchez Pontón y García Vigil, sino convencernos de que debemos votar por la rescisión de los contratos.

- El C. Presidente: Si la Asamblea consiente en que lean esos documentos, indudablemente que se deberá a que cree necesaria la lectura; pero si con su voto demuestra lo contrario.....

- El C. Hay: ¡Moción de orden!

- El C. Aguirre Colorado: ¡Moción de orden!

- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Hay.

- El C. Hay: Me permito llamar respetuosamente la atención de la Presidencia, de que el C. González Jesús M. interpelo al C. García Vigil; por lo tanto, la Mesa no puede hacer ninguna consulta a la Asamblea entretanto el C. García Vigil no conteste; a menos que el C. García Vigil no quiera contestar.

- El C. García Vigil: Pido la palabra.

- El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

- El C. García Vigil: Yo sí quiero contestar, no sólo al señor González, sino a usted; yo con mucho gusto contesto a todos; quiero que se vea claramente el interés que tengo de que esto se esclarezca, y no es un capricho nada más el que se dé lectura a estos documentos. Yo en principio confieso

que desconozco los contratos todos en lo absoluto; pero no me he opuesto en nada a la selección que ha hecho el señor Sánchez Pontón de aquello que ha considerado pertinente que se lea, lo indispensable para darnos cuenta exacta de los términos de este contrato y de las ventajas o desventajas que tiene el rescindirlo; por consiguiente, yo, en principio, estoy enteramente ignorante de sus términos; pero es claro que no comulgo con la idea de que cuestiones de detalle, por lo que respecta al manejo de la inspección del Ferrocarril, sean absolutamente indispensables para llegar al fin a que tenemos que llegar: votar ya en un sentido, ya en otro el proyecto de ley; pero sí considero indispensable conocer los términos del contrato, los capítulos, es decir, aquello que crea obligaciones para la Nación, tanto durante la administración por parte de la casa Pearson, cuanto a posteriori, cuando solamente la Nación o la casa Pearson queden en posesión del Ferrocarril; por consiguiente, yo sí creo sinceramente que es indispensable que se dé lectura a esos documentos con objeto de que no solamente yo, sino todos, como ya lo hemos visto, porque hay una gran mayoría que desconoce cuál es la base en que se ha efectuado este contrato, de la que depende la rescisión del mismo, que todos absolutamente nos ilustremos sobre el particular, pues acabo de oír la opinión de un compañero muy respetable, el licenciado Neri, quien me ha dicho: "Yo estoy inclinado a votar favorablemente, pero considero indispensable que se lean estos documentos, pues no dejan de existir dudas sobre el particular." Quiero que se tome esto en cuenta.

- El C. Secretario Aranda: Se consulta a la Asamblea si cree necesario....

- El C. Sánchez Pontón, interrumpiendo: ¡Moción de orden! Hago notar que el ejercicio del derecho que me concede la ley para pedir la lectura de documentos, no está sujeto a la votación de la Asamblea. Siempre se ha concedido en todos los parlamentos este derecho y no procede que se ponga a votación.

- El C. Presidente: Como varios ciudadanos diputados piden que se lean los documentos y otros muchos desean lo contrario, la Mesa no puede en este caso sino recurrir a la decisión de la Asamblea. Por lo tanto, se va a someter a su resolución este punto.

- El C. Secretario Aranda: Se consulta a la Asamblea...

. - El C. Aguirre Colorado, interrumpiendo: ¡Reclamo el orden! (Siseos y gritos: ¡Uh, uuh!) Aunque me griten, no dejaré de hablar, porque es flagrante la violación de la ley, a la que debemos sujetarnos. Debe darse lectura a los documentos....(Campanilla prolongada. Voces: ¡Cállese, cállese! Desorden.)

- El C. Díaz González: ¡No ha pedido usted la palabra! Sea más respetuoso con la Mesa.

- El C. Presidente: En un asunto tan delicado como éste, se hace indispensable más que nunca guardar orden; por lo tanto, excito a los ciudadanos diputados a que guarden la compostura debida.

- El C. Manrique: ¡Moción de orden!

- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Manrique.

- El C. Manrique: Me indican algunos compañeros que sea breve, lo seré tanto cuanto ello sea necesario; crean que no soy afecto a chicanas consistentes en pedir la palabra con que objeto de dejar el tiempo transcurra. Yo creo que estamos dando un espectáculo verdaderamente lastimoso para un observador imparcial...

- El C. Cravioto, interrumpiendo: ¿Cuál es la moción?

- El C. Manrique, continuando: Tenga paciencia el compañero Cravioto, que ya nos hizo perder media hora con una discusión. (Aplausos.) Para un observador imparcial que nos estuviese mirando desde las galerías, que desde ellas siguiese paso a paso nuestros movimientos y procurase escudriñar e investigar nuestros móviles, realmente la impresión sería desconsoladora; no hay una lucha franca y leal entre los partidos formados en la Cámara; bandos que no están precisamente con ocasión de esta disputa, en la derecha o en la izquierda; sino que los partidarios o los enemigos de la idea están diseminados en ambas alas; la lucha no ha sido franca y legal; se ha recurrido a subterfugios, a artimañas; pero no ha habido una batalla formal, y noble, pero no ha habido sino escaramuzas en las que cada enemigo rehuye el cuerpo, rehuye el combate; si ayer las derechas nos dieron el ejemplo de desintegrar el quórum, cosa que se les ha reprochado, en esto, naturalmente, yo, obediente siempre al mandato que me ordena reprochar todo lo que es innoble y ruín, yo, que reproché en una ocasión a las derechas por haber desacompletado el quórum en caso en que la gravedad del asunto no lo exigía, reprocho también la artimaña de que algunos compañeros echaron mano hoy en la mañana de no contestar "presente" a la voz de la Secretaría que citaba sus nombres, desacompletando el quórum; yo creo, señores diputados, que no es así como debemos de hacer perder el tiempo con la lectura de los documentos, esto es reprochable; afortunadamente aquella parte de los documentos cuya lectura es verdaderamente útil. Es también reprochable oponerse sistemáticamente a la lectura; esto sólo puede atribuirse a pereza intelectual de quienes no están dispuestos a escuchar la lectura, que, aunque contenga paja, es indudable tiene muchos datos útiles para la discusión. Si no se hubiese interrumpido la lectura, acaso hubiera terminado ya. De todas maneras, mi propósito es hacer una observación de carácter práctico; comienzo por decir que la Mesa no tiene derecho de someter a votación un artículo reglamentario, claro y terminante, que concede un derecho que yo siempre respetaría, aunque se tratase de cualquiera de mis contrarios. Fuera de esto, me permito decir que, aun suponiendo muy buena voluntad en los compañeros diputados y aún suponiendo que no estuviésemos fatigados por la incesante labor desarrollada en las muchas sesiones habidas a mañana y tarde es perfectamente sabido que la lectura de documentos que se hace casi siempre con voz monótona y poco expresiva, es absolutamente infructuosa para la gran mayoría de la Asamblea; apenas si unos cuantos diputados, haciendo un verdadero esfuerzo heroico, logran abstraerse y siguen el hilo de

la lectura; pero la mayoría que con su voto decide, la lectura de largos documentos es verdaderamente infructuosos. Por esto invito al compañero Sánchez Pontón, a quien debemos suponer enterado de los documentos, que se sirva aceptar esta proposición. Se halla presente el ciudadano Subsecretario de Hacienda, y el Subsecretario de Hacienda los debemos suponer perfectamente enterado de esos asuntos, es perfectamente sabido que la atención puede sostenerse, que la podemos sostener por ejemplo, por espacio de una hora, siguiente escuchando un discurso, en tanto que difícilmente - es un suponer - , suponiendo que fuese muy largo, entiendo que difícilmente podemos seguir escuchando en esta Asamblea la lectura de un documento por espacio de quince minutos; en estas condiciones yo creo que sería más fructuoso que solicitásemos de la Secretaría de Hacienda, a quien debemos suponer perfectamente documentada, que nos haga un exposición, un extracto en que nos diga la quinta esencia, y esta exposición, por poco animada que la supongamos, será para nosotros mucho más atractiva, despertará nuestra atención en un grado mucho mayor que la lectura fatigada y cansada de los documentos. Por otra parte, como es de suponer, podrá argüir el compañero Sánchez Pontón que el señor Nieto, que representa en este caso al Ejecutivo de la Unión, es una parte y está por los mismo interesado y aunque de buena fe, puede mostrarnos sólo un lado de la cuestión; entonces es conveniente que el compañero Sánchez Pontón posteriormente rectifique o solicite la lectura de aquellos artículos o fracciones de documentos que precisamente tiendan a desvanecer los datos del señor Subsecretario de Hacienda con los que no estuviese conformes. Mi moción de orden consiste en solicitar del ciudadano diputado Sánchez Pontón haga renuncia al uso de este derecho y que pida en su lugar que se sirva informar el ciudadano Subsecretario de Hacienda, a quien él tendrá ocasión de rectificar más tarde de palabra o con la lectura de las fracciones de los documentos.

Presidencia del C. SÁENZ AARÓN

- El C. Presidente: La Mesa estima conveniente que se lleve a cabo la lectura de esos documentos, porque, conforme al Reglamento, los ciudadanos diputados tienen derecho para hacer esa solicitud; y aun cuando ha sido mal recibida la lectura de los mismos, la Mesa, para obviar tiempo y llegar a un resultado práctico, va a dar lectura a esos documentos, esperando que los ciudadanos diputados tengan la paciencia suficiente para soportar esta lectura, que la responsabilidad.....

- El C. Cravioto, interrumpiendo: Para una proposición pido la palabra.

- El Presidente: Tiene la palabra.

- El C. Cravioto: Ya no quiero, señores diputados, entrar a la cuestión reglamentaria de si debe el Presidente preguntar a la Asamblea si juzga pertinente la lectura de los documentos; yo sostendría siempre que sí, porque en este caso especial yo propondría que se leyese la biografia de Mr. Pearson para ver qué clase de socios tenemos en el contrato, y la biografia del general Díaz, para enterarnos de la psicología del Presidente de la República en la fecha del contrato, y acabaríamos por la enciclopedia universal. Para ahorro de tiempo propongo al ciudadano diputado Sánchez Pontón diga, de acuerdo con las Comisiones, qué parte de los contratos es la verdaderamente pertinente al caso; creo que sólo nos interesa conocer la serie de obligaciones contraidas por la Nación, lo que se puede leer en breves minutos. La proposición del C. Manrique no es práctica; es verdaderamente imposible que por bien interiorizado que se encuentra el ciudadano Subsecretario de Hacienda acerca de los contratos, de inmediatamente un extracto de una cosa que podemos tener con más fidelidad si se leen los documentos; pido, por lo tanto, que se lea exclusivamente la parte pertinente al asunto. Si el C. Sánchez Pontón conoce los contratos, que el indique esa parte o se ponga de acuerdo con las Comisiones.

- El C. Sánchez Pontón: Pido la palabra.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Sánchez Pontón.

- El C. Sánchez Pontón: Pedí la palabra para indicar a la Mesa que ya he indicado los puntos pertinentes, relativos a la forma de liquidar la sociedad y a las obligaciones contraidas por el Gobierno con la casa contratista, lo que es fácil leer en menos de media hora.

- El C. Presidente: Se procede a la lectura de los documentos.

- E. C. Silva Herrera: ¡Moción de orden! El señor Sánchez Pontón ha demostrado muy mala fe al pedir que se lean todos los contratos que sucesivamente ha celebrado el Gobierno con la casa Pearson; los tres contratos se encuentran refundidos en el ultimo. En Consecuencia, es absolutamente inútil la lectura de los dos anteriores. Esto demostrará a la Asamblea que lo que pretende el señor Sánchez Pontón es prolongar la sesión para que no se lleve acabo la discusión y aprobación del proyecto.

- El C. García Vigil: Estamos en sesión permanente.

- El C. Sánchez Pontón: No es exacto lo dicho por el señor Silva Herrera; yo no sé cómo miembro de las Comisiones y no ha leído los contratos.

(La Secretaria dio lectura a los documentos que en seguida se insertan):

"CAPÍTULO SEXTO

"Expropiación

"Articulo 53. Se concede a la Compañía del Ferrocarril, libre de todo gasto, y sin perjuicio del derecho de tercero, el derecho de vía, el uso de terrenos y aguas, la piedra, arena y cascajo, en terrenos de la Federación, y que se requieran, a fin de ejecutar este contrato de la manera más económica posible.

"Articulo 54. Tendrá la Compañía expresada el derecho de practicar reconocimientos, estudios y exploraciones, tanto topográficas como hidrográficas en terrenos de propiedad particular, pagando

una indemnización por el uso temporal del terreno para este objeto.

"Si para los reconocimientos, estudios y exploraciones, fuere necesario destruir o derribar en todo o en parte, arboles, magueyes u otros obstáculos, o hacer alguna obra, la Compañía del Ferrocarril podrá hacerlo, quedando obligada a pagar la indemnización que señalen los peritos, luego que esta sea conocida.

"Articulo 55. La Compañía del Ferrocarril podrá tomar, conforme a las leyes de expropiación por causa de utilidad publica, los terrenos, aguas y materiales de propiedad particular, necesarios para la construcción, conservación y reparación del Ferrocarril, puertos y servicios marítimos, y sus prolongaciones, dependencias y accesorios.

"Articulo 56. Para la expropiación se procederá conforme a los artículos 733 a 740 del Código de Procedimientos Federales y a las bases aceptadas en la ley de 30 de mayo de 1882, en lo que no estuviere determinado por aquellos artículos.

"CAPÍTULO SÉPTIMO

"Empréstitos

"Articulo 57. Para los gastos que exijan los materiales, objetos y obras mensionados, objetos y obras mencionadas en es artículo 28, la Compañía del Ferrocarril queda autorizada para tomar dinero a préstamo, consignando o dando en garantía los productos del Ferrocarril y puertos.

"Artículo 58. Los prestamos que, conforme al artículo anterior, contrajere la Compañía del Ferrocarril dentro de los siete primeros años, contados desde el 1o. de julio próximo, tendrán un interés máximo de seis por ciento anual y serán reembolsados, en un periodo de cuarenta años, que correrán desde el 1o. de julio de 1903, o desde otra fecha en que se convenga, por lo que hace a los préstamos contraidos antes de aquellas fechas, o desde que se contraigan, si fueren contraidas con posterioridad. El reembolso se hará por medio de una cantidad fija que comprenda el capital y los intereses. Los términos y condiciones de la emisión y la forma de los bonos serán objeto de futuros arreglos entre el Gobierno y los contratistas.

"Artículo 59. Los prestamos que la Compañía contrajera después de los expresados siete años, tendrán un interés que no excederá del seis por ciento anual y un fondo de amortización compuesto de una cantidad igual al uno por ciento de la totalidad del préstamo, y de otra cantidad igual a los intereses anuales que hubieren sido pagados sobre los bonos amortizados, si ellos estuvieran pendientes de pago, y serán emitidos al tipo que el Gobierno determine. Si los contratistas no estuvieren de acuerdo con los términos fijados por el Gobierno para estos prestamos, solicitarán de el que suministra el dinero pedido por la Compañía del Ferrocarril, en los términos en que lo ofreció a está; si el Gobierno no fija el tipo de interés ni el precio a que el empréstito debe contenerse, y no aprueba la forma de los bonos que deben emitirse para realizar el préstamo, todo, dentro de tres meses de haber la Compañía del Ferrocarril dándole noticia de la necesidad de los fondos para los fines antes expresados, o sin en caso de que los contratistas hubieren estado, en desacuerdo sobre los términos fijados por el Gobierno, este no suministro a dicha Compañía el dinero dentro de los tres meses, contados desde que los contratistas comunicaron a aquél su desacuerdo, entonces los contratistas están autorizados para rescindir este contrato o para que ellos, como administradores de la sociedad, fijen el tipo de interés, el precio de la emisión y la forma del bono, y para proceder sin dilación a realizar el empréstito requerido, sin que la autorización para fijar la forma del bono, signifique que puedan contraer obligaciones más amplias o gravosas de las que expresa este artículo.

"Artículo 60. El Gobierno tendrá derecho de contraer empréstitos por su cuenta, dando en garantía su derecho de propiedad en el Ferrocarril y puertos, los derechos a que se refiere el artículo 88, y la parte de utilidades que le corresponden conforme al párrafo VI del artículo 98; pero todo contrato celebrado por el Gobierno se entenderá subordinado al presente, a los derechos que él establece a favor de los contratistas, y a los prestamos que conforme a este artículo, haya contraido o contraiga la Compañía del Ferrocarril, dando en garantía los productos del Ferrocarril y puertos.

"CAPÍTULO OCTAVO

"Servicio marítimo

"Artículo 61. La Compañía del Ferrocarril tiene el derecho de establecer, con la aprobación del Gobierno, el servicio marítimo en el Pacifico, en el Golfo de México y el Atlántico, para que se haga el tráfico a lo largo de las costas de la República Mexicana y con los puertos de cualquiera otra nación a la cual convenga extender el tráfico.

"Artículo 62. La Compañía del Ferrocarril, en lo relativo a los servicios marítimos, tendrá los derechos que se expresan en el artículo 111.

"También tiene la Compañía del Ferrocarril el derecho de enajenar y traspasar arrendar y ceder temporalmente, con aprobación del Ejecutivo, esta concesión en lo relativo al establecimiento de servicios marítimos. Tiene igualmente el de organizar una o más compañías encargadas de estos servicios.

"La compañía, compañías o empresas que se organicen o a las cuales se haga el traspaso, arrendamiento o sesión temporal, quedarán subrogadas, en cuanto a los derechos y obligaciones que se les transfieren, en lugar de la Compañía del Ferrocarril, sea absoluta o temporalmente, según el contrato celebrado, siendo en consecuencia, de la exclusiva responsabilidad de la compañía, compañías o empresas expresadas, el cumplimiento de las obligaciones en que quedan sobrogadas.

"Artículo 63. La compañía o compañías que hagan el servicio marítimo, tendrán para los efectos de este contrato, su domicilio principal en la ciudad de México, sin perjuicio de los que puedan tener en otro lugares del país o del extranjero.

"Tendrán también la obligación que, respecto de la Compañía del Ferrocarril, establece el artículo 8.

"Artículo 64. La Compañía del Ferrocarril tendrá la obligación de establecer el servicio marítimo en el pacífico, si el Gobierno lo requiere, en los casos que a continuación se expresan:

"I. Si dentro de los tres meses siguientes al primero de julio de mil novecientos tres, o antes, la Compañía del Ferrocarril no hubiere presentado al Gobierno y éste no hubiere aprobado, un arreglo con una compañía de vapores para que haga el expresado servicio marítimo.

"II. Cuando el Gobierno exigiere que se establezca el referido servicio, aunque antes hubiere aprobado el arreglo que se mensiona en el inciso anterior.

"III. Cuando dejaren de tener efecto los arreglos que, en el término señalado en el párrafo I o en otro tiempo posterior, se hubieren hecho con una compañía de vapores con el fin que dicho párrafo expresa.

"No obstante lo dispuesto en este artículo, la Compañía del Ferrocarril no estará obligada a establecer un servicio marítimo para algún puerto extranjero a menos de que, en opinión del Gobierno y los contratistas, este servicio comience a producir un interés de seis por ciento anual, sobre el capital empleado en él, dentro de los dos años posteriores a su establecimiento.

"Artículo 65. Aprobando el Gobierno que alguno de los expresados servicios marítimo - se establezca por cuenta de la Compañía del Ferrocarril, el Gobierno y los contratistas estarán obligados a suministrar los fondos que se necesiten para ese objeto, además del capital que se menciona en el artículo 6. El capital que se requiera para dicho servicio marítimo, será fijado de común acuerdo entre el Gobierno y los contratistas y pagado por mitad.

"Artículo 66. El servicio marítimo a que se refiere el artículo anterior, se establecerá con un vapor de una capacidad al menos de dos mil toneladas de carga, con instalaciones para pasajeros de primera y segunda clase y con una marcha mínima de doce nudos por hora. Además, podrán establecerse, si se cree conveniente, embarcaciones de carga, sean vapores, buques de vela o ambos.

"Si el tráfico aumentare y fueren insuficientes los buques que hagan el servicio marítimo, se aumentara el número de aquellos en cuanto sea necesario para un servicio eficaz. La Empresa que haga el servicio marítimo tendrá el derecho de fletar los vapores a embarcaciones que crea convenientes.

"Artículo 67. Después del 1o. de julio de 1913 el servicio marítimo empleará, en los buques de su propiedad que tengan bandera extranjera, la tercera parte, al menos, de la marinería, de nacionalidad mexicana.

"Artículo 68. Las embarcaciones que estén destinadas a los servicios marítimos, antes mencionados, podrán llevar bandera extranjera; pero en este caso, disfrutarán de las ventajas que por las leyes se conceden actualmente o se conceda en lo futuro a los buques mexicanos.

"Pasado el 1o. de julio de 1918, el Gobierno tiene el derecho de exigir que los buques de la propiedad de la Compañía Marítima lleven bandera mexicana.

"Artículo 69. Se permitirá a la Compañía marítima tener, en todos los puertos en donde toquen sus buques las lanchas, botes y remolcadoras de vapor que sean necesarios para su servicio. Tendrá, además, el derecho, pero no la obligación, de construir y conservar en los puertos, los muelles , malecones, docks y las dependencias y accesorios que sean conducentes, en opinión del Gobierno, al más económico y eficaz servicio de la Compañía marítima, todo lo cual, inclusas las embarcaciones que este artículo y el 24 mencionan, disfrutará de las franquicias que otorga el presente contrato. Tendrá también el derecho de establecer sus tarifas para el uso de las embarcaciones y obras mencionadas, pero sin que excedan de los gastos que actualmente se hacen por alijo y carga o descarga de las mercancías en los alijadores.

"Artículo 70. En los puertos de Coatzacoalcos y Salina Cruz se observarán, respecto de los buques del servicio marítimo, las reglas siguientes:

"I. Los buques serán recibidos y despachados en los puertos mexicanos en que toquen, tan pronto como sea posible después de su llegada, con tal que en día de trabajo no sea después de la puesta del sol, y en día feriado, no siendo de fiesta nacional, el despacho se haga antes de las doce del día. En día de fiesta nacional, no se hará ningún despacho.

"II. Los vapores podrán cargar y descargar a la vez, tomando, de acuerdo con la Aduana, las precauciones necesarias para evitar el contrabando.

"III. En caso de que las embarcaciones de los puertos no comuniquen con los buques de los servicios marítimos por mal tiempo u otra causa, dentro de una hora de haber anclado el buque, los capitanes, oficiales, contadores o comisarios, podrán desembarcar con los manifiestos, siempre que traigan limpia la patente de sanidad, pero a condición de que desembarquen también la correspondencia.

"IV. Las embarcaciones de la Compañía, así como los demás buques que se empleen en el transporte de combustible para los puertos de Coatzacoalcos y Salina Cruz, destinado al servicio de aquéllas, estarán exentas del pago de todo derecho e impuesto, excepto el del timbre.

"V. Cuando algunos bultos de los que conduzcan los vapores de la línea, fueren desembarcados por error plenamente justificado, a juicio de la Secretaría de Hacienda, se permitirá a la Empresa que vuelva a embarcarlos sin quedar sujeta a pena de ningún género.

"VI. También podrá transbordar de uno a otro vapor las mercancías que conduzcan, informando previamente a la aduana o sección aduanal en que hubiere de efectuarse el transborde.

"VII. Si los buques pertenecientes a otra compañía marítima tuvieren en algún otro puerto de la República Mexicana, mayores facilidades y derechos para el tráfico, de los que se establecen en este artículo, la Compañía que haga el servicio marítimo tendrá las mismas facilidades y derechos en los puertos de Coatzacoalcos y Salina Cruz.

"Artículo 71. En los demás puertos de la República, los buques que hagan el servicio marítimo, tendrán el tratamiento que tengan las líneas de

vapores pertenecientes a otras compañías; y si a él llegaren vapores de varias compañías, los buques del servicio marítimo tendrán derecho a las facilidades que tenga cada una de las dichas líneas.

"Artículo 72. Durante todo el término de la sociedad, los vapores de los servicios marítimos, además de las franquicias y exenciones que menciona este contrato, disfrutarán de las que tengan los vapores de cualquiera otra linea que haga el servicio postal conforme a contratos celebrados con el Gobierno. Si durante el término de la sociedad, alguna empresa de vapores tuviere subvención, o si recibiere algunos emolumentos o pagos, en remuneración del servicio postal, la misma subvención, remuneración o pagos, se darán o harán a los vapores del servicio marítimo que hagan el servicio en los mismos términos y a los mismos puertos que los subvencionados.

"Artículo 73. La Compañía encargada del servicio marítimo remitirá a la Secretaria de Comunicaciones y Obras Públicas, itinerarios aproximados de los vapores que hagan el servicio marítimo, al comenzar a surtir sus efectos este contrato y en lo sucesivo cada vez que sufran algunas modificaciones. El servicio se hará, en cuanto sea razonablemente practicable, con arreglo a dichos itinerarios, salvo caso fortuito o de fuerza mayor justificado. Los agentes de los vapores avisarán por escrito, a la administración respectiva de correos, al avistarse el vapor, la hora en que deba hacerse por la administración de Correos, la entrega de las valijas que ha de transportar el vapor, sin que en ningún caso puedan mediar menos de dos horas entre el aviso y la entrega de las valijas.

"Artículo 74. La Compañía marítima se obliga, en las embarcaciones que formen parte del servicio marítimo, a recibir, transportar y entregar entre los puertos mexicanos y extranjeros con los cuales haga dicho servicio, libre de gastos para el Gobierno Mexicano, toda la correspondencia, impresos y bultos que se entreguen a los agentes de la Compañía. Se compromete, además, a transportar, en los mismos términos, la correspondencia, impresos y bultos de uno a otro de los puertos mexicanos que tocaron los vapores de la línea.

"La Compañía marítima, con sujeción a las prescripciones relativas del Código Postal y salvo caso de fuerza mayor debidamente justificado, entregará por su cuenta, a los empleados de las administraciones de Correos de los puertos mexicanos, toda la correspondencia, impresos y bultos postales, en el lugar del puerto en que sean desembarcados.

"La Compañía del Ferrocarril recibirá del Gobierno Mexicano, todas las sumas de dinero que conforme a las conveciones postales vigentes o que en lo sucesivo se celebren, deba percibir este último por el transporte en los vapores de la Compañía, de valijas y bultos postales, entre los puertos extranjeros y los mexicanos.

"Artículo 75. La Compañía del Ferrocarril tendrá obligación de recibir en sus buques a los alumnos de la Escuela Naval, que nombre el Gobierno, bajo la inteligencia de que, en virtud de esta obligación, sólo recibirá un alumno para práctica en la navegación y otro para maquinista de marina, por cada mil toneladas del tonelaje bruto de los buques de la propiedad de la Compañía. Estos alumnos tendrán alojamiento y alimentos a bordo y todas las facilidades para obtener conocimientos en la navegación y maquinaria de marina. Estarán sometidos a las ordenes del capitán y desempeñarán las obligaciones que se requieran. No tendrán la obligación que menciona este artículo las Compañías a que se refiere el inciso tercero del artículo 62.

"Artículo 76. El Gobierno Mexicano podrá disponer de los buques del servicio marítimo, para armarlos en guerra o utilizarlos como transportes, bajo las condiciones siguientes:

"I. Remuneración mensual a la Compañía del Ferrocarril de tres pesos por tonelada de capacidad de cargas y tres pesos por cada uno de los pasajeros que el buque es susceptible de contener.

"Si el servicio marítimo se hace por alguna empresa a la cual se haya enajenado arrendado o cedido temporalmente la concesión para servicios marítimos, la remuneración será de dos pesos en oro por tonelada, y de dos pesos también en oro por pasajero.

"II. Obligación de pagar a la Compañía del Ferrocarril o Compañía de Navegación, el valor de los buques que se pierdan o inutilicen por accidente de mar o de guerra, mientras los tienen a su servicio el Gobierno, previo avalúo por peritos nombrados por ambas partes.

"III. Conservar los buques completamente y en la mejor condición, pintarlos con regularidad y reparar todas las averías que sufran, mientras estén a su servicio, todo a costo del Gobierno.

"IV. El Gobierno nombrará y pagará el personal que tripule los buques, mientras estén a su servicio, y erogará los gastos que cause el consumo de las maquinas, y todas los demás gastos de cualquiera clase.

"V. El Gobierno devolverá los buques a la Empresa, sin más deterioro que el causado por el uso natural de ellos, practicándose desde luego la liquidación respectiva.

"Artículo 77. La Compañía podrá reparar los buques que forman el servicio o servicios marítimos y los que se mencionan en los artículos 24, 25 y 69, en los diques fijos o flotantes que el Gobierno tenga en Veracruz o establezca en Salina Cruz o cualquier otro puerto del Atlántico o del Pacifico, con preferencia a otros buques mercantes, y a la mitad del precio corriente, sin que lo que pague sea menos de lo que importen los costo más diez por ciento.

"CAPÍTULO IX

"Puertos

"Artículo 78. Entre tantos se cumple en todas sus partes el contrato fecha dos de abril de mil ochocientos noventa y ocho para la construcción y conservación de las obras en los puertos de Coatzacoalcos y Salina Cruz, estas obras serán ejecutadas y su conservación será mantenida a costa del Gobierno de la República, según se prevé en dicho contrato; pero la Compañía del Ferrocarril tendrá el uso de dichas obras a medida que se puedan usar, no dándole, sin embargo, el presente contrato

el derecho de ingerirse en la ejecución de aquéllas.

"La Compañía del Ferrocarril cumplirá todas las obligaciones en cuanto a tarifas especiales, pases libres, tren, de operarios, etc., contenidos en el expresado contrato sobre construcción de las obras en los referidos puertos.

"Artículo 79. Cumplido y ejecutado el contrato fecha dos de abril de mil ochocientos noventa y ocho, para la construcción de los puertos, y habiéndolos recibido el Gobierno a su satisfacción, terminará toda y cualquiera responsabilidad de los contratistas ligada con u originada de la construcción de aquellos.

"Artículo 80. Será obligación del Gobierno hacer a su costa el dragaje que se requiera para la conservación de la entrada del canal a los muelles y escolleras con una anchura de doscientos metros y una profundidad de nueve metros en marea baja; si el Gobierno lo prefiere, el dragaje se hará por los contratistas, a expensas del gobierno, al precio de costo y un diez por ciento más utilidad.

"Artículo 81. En caso de considerarse necesario o conveniente construir escolleras con una anchura de doscientos metros y una profundidad de nueve Coatzacoalcos, para asegurar permanentemente un canal de entrada de la profundidad de diez metros y de la anchura antes especificada, sin dragaje, los Contratistas ejecutaran estas obras a expensas del Gobierno, a los mismos precios que lo fijados en el contrato de dos de abril de mil ochocientos noventa y ocho, para la construcción de los puertos. Si las obran antes expresadas son construidas, la Compañía del Ferrocarril pagará al Gobierno un interés de cinco por ciento anual sobre el capital empleado para prolongar las escolleras lo bastante, a fin de que se obtenga una profundidad de más de nueve metros, pero sin exceder de diez. Este interés comenzara a correr sobre cada certificado mensual de obras, pasados ocho años de la fecha del certificado; será acumulativo y se pagará en los términos que expresa el párrafo V del artículo 98. Terminadas estas obras de conformidad con los planos convenidos entre la Secretaria de Comunicaciones y los Contratistas, la Compañía del Ferrocarril tendrá como parte de la obligaciones de la sociedad, la de conservar estas obras y el canal de entrada.

"Artículo 82. Para toda obra que los Contratistas deban ejecutar, en virtud del presente contrato, en Coatzacoalcos, tendrán el derecho de usar, libre de todo gasto, la draga Veracruz, perteneciente al Gobiernos, y en que la actualidad está en Veracruz, siempre que no esté ocupada en otra obra de dragaje.

Presidencia del C. TORRES JOSÉ D.

- El mismo C. Secretario, continuando:

"Artículo 83. La Compañía del Ferrocarril, de acuerdo con la Secretaría de Comunicaciones, preparará los reglamentos para la explotación de los puertos, y observará estos reglamentos, entretanto no sean cambiados por convenio con la misma Secretaría.

"El Gobierno concederá a los puertos de Coatzacoalcos y Salina Cruz, todos los privilegios, facilidades y franquicias que tenga, en la actualidad o en lo futuro, otro puerto mexicano.

"Artículo 84. La Secretaría de Hacienda fijará las formalidades que deberán observarse para la carga y descarga de los objetos y mercancías en los extremos del ferrocarril, y su conducción por él, a fin de impedir cualquier fraude o abuso que pudiera cometerse durante su tránsito por el territorio mexicano; pero esas formalidades o precauciones serán tales, que no tiendan a demorar o embarazar el puntual y rápido despacho y tránsito de los trenes y mercancías, equipajes y pasajeros, sino en lo estrictamente necesario e indispensable.

"Artículo 85. No se requerirán facturas consulares, ni declaraciones, ni formalidades de ninguna clase, ante el cónsul u otro funcionario público mexicano en el extranjero, respecto de las mercancías que han de ser conducidas por el ferrocarril, para ser reexportadas.

"Artículo 86. Se expedirán las leyes y reglamentos necesarios para el efecto de que las mercancías nacionales o extranjeras llegadas al puerto de Coatzacoalcos o al de Salina Cruz, para ser llevadas de allí por el ferrocarril y el mar, respectivamente a un puerto del Pacifico o del Golfo de México, sean examinadas en el puerto de su final destino, y que los derechos e impuestos a que estén sujetas dichas mercancías, sean pagados allí.

"Artículo 87. De conformidad con la Constitución de la República, no se exigirán pasaportes ni cartas de seguridad a las personas que pasen de tránsito por dicha linea y que no han de permanecer en el país.

"Artículo 88. Los buques que lleguen a los puertos de Coatzacoalcos y Salina Cruz, las mercancías extranjeras que atraviesen el territorio nacional por el ferrocarril de Tehuantepec, para ser remitidas de nuevo al extranjero, así como los pasajeros que, viniendo de fuera de la República, transiten de uno a otro extremo de la linea para embarcarse con destino al extranjero, no estarán sujetos a más impuestos que los que se especifican en las fracciones siguientes:

"I. Los derechos de capitanía de puerto y los de sanidad que se cobraren conforme a la menor de las tarifas que estuvieren en observancia en Veracruz o en Tampico, se reducirán a la mitad. Los derechos de practicaje serán pagados íntegros por los buques que pidieren práctico, quedando exentos de ellos los que no lo pidieren.

"II. Un derecho de tránsito de cuarenta centavos por tonelada de mil kilogramos de mercancía, y de cuarenta centavos por pasajero.

"III. Un derecho de carga y descarga de veinticinco centavos, en cada puerto por tonelada de mil kilogramos de mercancías cargadas o descargadas en los mencionados puertos, exceptuándose las mercancías transbordadas de uno a otro buque dentro de un mismo puerto, que no causarán ningún derecho.

"Artículo 89. El Gobierno tendrá el derecho de aumentar el impuesto de tránsito y el de carga y descarga en los términos y en la proporción siguientes:

"I. Cuando la Compañía del Ferrocarril haya recibido

en cada año, durante tres años consecutivos, utilidades netas repartibles entre los socios, por una suma equivalente, cuando menos, al cinco por ciento del capital social, o de la parte de él que hubiere sido enterada en la caja de la sociedad, si no ha sido enterado todo él, el Gobierno podrá aumentar ambos impuestos en un veinticinco por ciento.

"II. Si la suma de utilidades netas repartibles, recibida por la Compañía del Ferrocarril, en cada años, durante tres años consecutivos, equivale al siete y medio por ciento, el derecho de tránsito y el de carga y descarga podrán ser aumentados en un cincuenta por ciento.

"III. Si durante tres años consecutivos, la Compañía del Ferrocarril hubiere recibido en cada año diez por ciento, se podrán aumentar los expresados derechos en un setenta y cinco por ciento.

"IV. Si la cantidad de utilidades netas repartibles, recibida por la Compañía del Ferrocarril en cada año durante tres años consecutivos, equivale a doce y medio por ciento, los dos referidos impuestos podrán aumentarse en un ciento por ciento.

"V. Si aumentando el impuesto de tránsito y el de carga y descarga en un veinticinco por ciento, conforme al párrafo I, la Compañía del Ferrocarril recibiere por utilidades netas repartibles entre sus socios, una suma equivalente a menos del cinco por ciento de la cantidad enterada por capital social, se tomará, para que lo reciba la Compañía, del producto que en ese año haya dado el aumento expresado, lo necesario para completar un cinco por ciento.

"VI. Aumentado el impuesto del tránsito el de carga y descarga, respectivamente, en la proporción de un cincuenta por ciento, de un setenta y cinco por ciento, o de un ciento por ciento, conforme a los párrafos II, III y IV, si en algún año la Compañía del Ferrocarril recibiere por utilidades netas repartibles entre sus socios, una suma equivalente a menos del seis por ciento de la cantidad enterada por capital social, se tomará para que los reciba la Compañía, del producto que en ese año tengan el aumento o los aumentos hechos, lo necesario para completar un seis por ciento.

"VII. En ningún caso podrá aumentarse el derecho de tránsito a más de ochenta centavos por tonelada de mercancías y ochenta centavos por pasajero, ni el de carga y descarga a más de cincuenta centavos por tonelada, en cada puerto.

"Artículo 90. Además del precio de tarifa, la Compañía del Ferrocarril cobrará los impuestos sobre pasajeros y mercancías a que se refieren, respectivamente, los párrafos II y III del artículo 88; y lo recaudará por cuenta del Gobierno, sin gravamen para éste, verificándose cada mes la correspondiente liquidación y pago. El Gobierno dictará los reglamentos necesarios para hacer efectivo el cobro de estos derechos; y podrá también, si lo cree conveniente, recaudar, por medio de sus empleados, los impuestos a que se refieren dichos párrafos.

"Artículo 91. Las mercancías que se importen para el tráfico y consumo locales no gozan de las anteriores franquicias, sino que quedan sujetas a los derechos de aduanas, de puerto y demás, conforme a las leyes. Si las embarcaciones que llegaren a los puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos, trajeren mercancías destinadas, en parte para ser transportadas por el ferrocarril a efecto de ser reexportadas o de ser conducidas a otro puerto mexicano, y en parte al tráfico o consumo locales, dichas embarcaciones no disfrutarán de las exenciones contenidas en este artículo, en la parte proporcional que corresponda a las mercancías destinadas al tráfico o consumo locales.

"Artículo 92. Por el uso de cada puerto, la Compañía del Ferrocarril tendrá derecho de cobrar para sí una cuota máxima conforme a la tarifa siguiente:

Por cada tonelada de mercancías, recibidas o entregadas por un buque, en cada puerto. $ 1.00

Por cada tonelada de mercancías, transbordada directamente de un buque a otro, en cada puerto............... 0.50

Por cada tonelada de mercancías que pasen por el puerto de Coatzacoalcos, río arriba, para otros lugares, cargadas en buques de un calado que exceda de tres metros... 0.50

"La cuota de un peso incluye la obligación de poner los carros del ferrocarril cerca del buque, de manera que la carga pueda ser entregada directamente por el buque al ferrocarril, o por éste a aquél.

"La Compañía del Ferrocarril, dentro de los máximos expresados, tendrá el derecho de fijar sus cuotas.

"Artículo 93. La Compañía del Ferrocarril fijará, con aprobación de la Secretaría de Comunicaciones, las cuotas que se deben pagar por los buques que permanezcan en el puerto por más de cierto tiempo, por el uso de los diques flotantes, por los carros en caso de que lo buques no entreguen o reciban la carga sin dilación, por el uso de almacenes y grúas, por la provisión de agua y por todos los demás servicios especiales que se presten o facilidades que se den.

"Artículo 94. Los buques podrán moverse de un lugar a otro del puerto, en los puertos de Coatzacoalcos y Salina Cruz, sin pagar derechos de práctico; si no lo pidieren, pero cumplirán, para hacer estos movimientos, con lo que prevengan los reglamentos del puerto.

"Artículo 95. Los buques que hagan un servicio conforme a un itinerario, tendrán la preferencia para usar los malecones y muelles: después de ellos tendrán la preferencia los que tengan la mayor cantidad de carga para el puerto a que lleguen.

"Artículo 96. Los buques del Gobierno tendrán la preferencia, respecto de los de la Compañía del Ferrocarril Marítima o de terceros, para usar de los diques fijos o flotantes; después de los de Gobierno, los que forman el servicio o servicios marítimos y los mencionados en los artículos 24, 25 y 69 tendrán la preferencia .

"La Compañía tendrá el derecho de fijar convencionalmente el precio por reparaciones, etc.; pero los buques del Gobierno serán reparados al precio de costo más diez por ciento.

"CAPÍTULO X

"Fondo de utilidades

"Artículo 97. Se formará un fondo con los productos del ferrocarril y de los puestos, que, conforme

a las bases fijadas en el presente contrato de sociedad, corresponden a la Compañía del Ferrocarril, así como con el de los servicios marítimos, si los estableciere por su cuenta la Compañía del Ferrocarril, o con el precio o la compensación que la mencionada Compañía obtuviere, por la venta, enajenación, arrendamiento o cesión temporal de la concesión para servicios marítimos.

"Artículo 98. El fondo que se forme con arreglo al artículo anterior, se distribuirá en el orden siguiente:

"I. Se pagará todo lo que requieran los gastos de la Compañía del Ferrocarril, esto es, la administración, comisiones y agencias, los gastos de explotación, las reparaciones ordinarias y conservación del Ferrocarril, puertos y servicios marítimos, las prolongaciones de los dos primeros y la formación de un fondo adecuado para renovaciones y reparaciones en la suma que los administradores de la sociedad crean conveniente, según sea usual entre las más importantes compañías de ferrocarriles de México. Este fondo, en los diez años últimos de la sociedad se formará de modo que el fondo total en dichos diez años últimos no sea menor que la suma total gastada en los diez años anteriores.

"II. El pago del fondo de amortización y de los intereses sobre los préstamos que se contraigan conforme a los artículos 58 y 59.

"III. El pago al Gobierno y a los contratistas de un interés de cinco por ciento anual sobre el capital con el cual hayan contribuido conforme al artículo 6. Este interés comienza a correr sobre las cantidades que aquellos entregaren a la Compañía del Ferrocarril para formar el capital, desde que hicieren la entrega.

"IV. El reembolso a la Compañía del Ferrocarril de las sumas que haya perdido durante los años precedentes con cargo al capital social.

"V. El interés de cinco por ciento anual sobre el capital empleado en las obras ejecutadas en Coatzacoalcos para dar al canal diez metros de profundidad, en los términos que expresa el artículo 81.

"VI. El sobrante se dividirá entre el Gobierno y los contratistas en la proporción siguiente:

"Durante los primeros treinta y seis años el sesenta y cinco por ciento pertenecerá al Gobierno y el resto a los contratistas.

"En los cinco años siguientes a los treinta y seis acabados de mencionar, el sesenta y ocho y medio por ciento se aplicará al Gobierno y el resto a los contratistas.

"En los cinco años siguientes a los anteriores, el setenta y dos y medio por ciento pertenecerá al Gobierno y el veintisiete y medio por ciento a los contratistas.

"En los cinco años siguientes el setenta y seis y medio por ciento pertenecerá al Gobierno y el veintitrés y medio por ciento a los contratistas.

"En cualquier tiempo en que el Gobierno aumentare el derecho de tránsito a ochenta centavos por tonelada de mercancías y a ochenta centavos por pasajero, y el de carga y descarga a cincuenta centavos por tonelada en cada puerto, o sólo éste o sólo aquel derecho hasta las cuotas acabadas de expresar, se deducirá del tanto por ciento asignado al Gobierno en los incisos anteriores, un dos y medio por ciento que aumentará la proporción de los contratistas.

"VII. Las utilidades procedentes de los bienes pertenecientes a la Compañía del Ferrocarril que no hubieren sido adquiridos con el capital autorizado en el artículo 6, ni con fondos pertenecientes a ella, sino con un aumento de capital, serán distribuidas entre los socios en proporción a la parte de capital con la cual han contribuído.

"CAPÍTULO XI

"Liquidación de la Sociedad

"Artículo 99. Si la sociedad durare el término fijado en el artículo 12, o en caso de rescisión antes de concluir ese término, la Compañía del Ferrocarril devolverá los bienes conforme a los inventarios a que se refiere el artículo 4; y en consecuencia, la reposición del material y objetos que se destruyan por el uso, entra en la obligación de conservar los bienes en buen estado y de hacerles las reparaciones debidas; pero al concluir la sociedad, el fondo para reparaciones o mejoras que exista, si él ha sido constituído conforme al párrafo I del artículo 98, será entregado al Gobierno y recibido por él como arreglo y pago final y finiquito de todas las renovaciones y reposiciones que la Compañía del Ferrocarril estaría obligada a hacer en cumplimiento de las estipulaciones contenidas en este inciso.

"Artículo 100. Se conviene que si al hacerse la devolución de los bienes, por terminarse o rescindirse este contrato, hubiere mejoras, adiciones u obras construídas o material comprado, comprendidos entre los que menciona el artículo 28, se reputará que el valor de estas obras, adiciones y material, está representado por la suma de bonos emitidos por la Compañía del Ferrocarril y que estén pendientes de pago y por el importe de los gastos hechos y deudas contraídas para la ejecución de las expresadas mejoras, adiciones, u obras y para la compra del material referido; el valor de esta deuda y de aquellos bonos será pagado por el Gobierno a los contratistas a efecto de que la primera sea pagada, y los segundos redimidos, a no ser que el Gobierno determine tomar sobre sí las responsabilidades y obligaciones conexas con dichos bonos y deuda flotante.

"Artículo 101. De todos los demás valores que pertenezcan a la Compañía del Ferrocarril se pagará al Gobierno y a los contratistas el capital con el cual hayan contribuído para el manejo de la Compañía del Ferrocarril y el interés que deba pagárseles sobre dicho capital conforme al párrafo III del artículo 98 y que aún esté pendiente de pago; el sobrante, después de pagados el capital e intereses, se considera como utilidad divisible entre ambas partes en la proporción que establece el párrafo VI del mismo artículo.

"Artículo 102. Las pérdidas que la Compañía del Ferrocarril tuviere, tanto al término de la sociedad como en el curso de ella, se aplicarán por la mitad al Gobierno y a los Contratistas.

"Artículo 103. Si el capital para el establecimiento del servicio o servicios marítimos ha sido suministrado por el Gobierno y los contratistas, pagadas las deudas que hayan sido contraídas con motivo

de dicho servicio o servicios, el resto se dividirá entre el Gobierno y los Contratistas, en proporción a la parte con la cual contribuyeron.

"En la proporción que se establece en el inciso precedente, se dividirán las pérdidas, si las hubiere habido en el servicio o servicios marítimos.

"Artículo 104. En los casos de terminación o rescisión de este contrato, los contratistas serán el liquidador de la Compañía del Ferrocarril con todas las facultades que les da este contrato y en lo que él no prevenga, conforme a las disposiciones del Código de Comercio sobre la liquidación de las sociedades colectivas.

CAPÍTULO XII

"Disposiciones Generales

"Artículo 105. La posesión y ejercicio de todos los derechos y concesiones otorgadas a los Contratistas en el presente contrato, así como el cumplimiento de las obligaciones que él les impone, pertenecen y corresponden, salvo el derecho que para los servicios marítimos tiene la Compañía del Ferrocarril, conforme al artículo 61, a los señores S. Pearson and Son Limited.

"Artículo 106. Estos, pasados siete años contratados desde el primero de julio, próximo tendrán el derecho de traspasarlos a otra compañía que ellos organicen.

"Para que el traspaso pueda verificarse, la Compañía a quien aquel se haga, deberá estar organizada en la República Mexicana, Inglaterra, Francia, Bélgica o Alemania, conforme a las leyes de la nación donde se organice, tener subscriptos un capital de cinco millones de pesos y exhibido en la tesorería de la sociedad, dos millones. El Ejecutivo de la Unión no podrá negar su autorización para que los Contratistas, justificando ante la Secretaría de Comunicaciones la organización de una nueva compañía en la forma acabada de expresar, hagan el traspaso a esta última. En la Junta Directiva de esta nueva compañía, que no se compondrá de menos de seis miembros, el Gobierno tendrá el derecho de nombrar dos Directores; pero si se compusiere de ocho miembros o más, el Gobierno tendrá el derecho de nombrar tres Directores.

"Artículo 107. Las compañías que se organicen conforme al artículo anterior, así como las personas o compañías que les sucedan, podrán traspasar, ceder y enajenar, sin restricción alguna, todos los derechos concesiones y obligaciones que tienen conforme a este contrato, sin más requisito que la previa autorización del Ejecutivo de la Unión; la nueva compañía quedará subrogada en los expresados derechos y obligaciones, y en su ejercicio, sin limitación alguna.

"El Ejecutivo, en todo caso y cualquiera que sea la compañía, tendrá en las Juntas Directivas la representación que se expresa en el artículo anterior.

"Las compañías a que este artículo se refiere, serán organizadas como previene el segundo inciso del artículo 106.

"Artículo 108. Ni los contratistas ni la compañía o compañías que se constituyan a virtud de este contrato, podrán traspasar, ni en manera alguna enajenar las concesiones de él, a ningún Gobierno extranjero, siendo nulo el traspaso, cesión o enajenación que hicieren contra esta prevención.

"Tampoco podrán admitir en ningún caso como socio a un Gobierno o Estado extranjeros, siendo igualmente nula cualquiera estipulación que se hiciere en tal sentido.

"La infracción de las prevenciones de este artículo produce la caducidad del presente contrato, que será declarada administrativamente por el Ejecutivo de la Unión.

"Artículo 109. Los Contratistas, la Compañía del Ferrocarril y la compañía o compañías que se organicen a virtud de este contrato, aunque los primeros y las últimas estén establecidos en Inglaterra o en otra parte, y aun cuando todos o algunos de sus miembros fueren extranjeros, serán considerados como mexicanos, y tendrán todos los derechos de una compañía mexicana. Estarán sujetos a la jurisdicción de los Tribunales de la República en todos los negocios en que dichos Tribunales sean competentes conforme a las leyes. Ellos mismos y todos los extranjeros y sucesores de éstos que tomaren parte en ellas, sea como accionistas, empleados o con cualquier otro carácter, serán considerados como mexicanos, en todo cuanto a ellas se refiera; nunca podrán alegar, respecto de los títulos o negocios relacionados con ellas, derechos de extranjería bajo cualquier pretexto que sea; solamente tendrán los derechos y medios de hacerlos valer que las leyes de la República conceden a los mexicanos y por consiguiente, los agentes diplomáticos extranjeros no podrán tener ingerencia alguna en los negocios o cuestiones que nazcan con motivo del presente contrato.

"Artículo 110. Los Estatutos de la Compañía del Ferrocarril y de la Compañía Marítima y los reglamentos de sus relaciones con el público, para todo lo que no esté previsto en el presente contrato, se someterán a la aprobación del Ejecutivo. También estarán sujetas a igual aprobación, las modificaciones que se les hicieren.

"Artículo 111. La compañía o compañías que se formen, quedan autorizadas para emitir libremente acciones comunes y de preferencia, bonos y obligaciones y para disponer de ellos; pero los derechos de los accionistas y los que se constituyan a favor de tercero, no se extenderán a más de aquello que corresponde a los contratistas conforme a este contrato, ni por más tiempo del fijado para la duración de éste, salvo lo dispuesto en el artículo 100. Estas acciones, bonos y obligaciones se referirán sólo a los derechos, intereses y participación que los contratistas tienen conforme a este contrato.

"Artículo 112. El Gobierno se obliga a no otorgar ninguna concesión, desde que el presente contrato fuere firmado por el señor Secretario de Comunicaciones y los contratistas hasta que termine la sociedad, para construir o explotar ferrocarriles o puertos dentro de una zona de cincuenta kilómetros a cada lado de las obras incluídas en este contrato, sin que por esto se entiendan perjudicados los derechos adquiridos en virtud de concesiones anteriores.

"Artículo 113. Igualmente se obliga a no autorizar a las líneas de ferrocarril que, conforme a sus concesiones, tengan ahora o en lo futuro el derecho

de enlazarse con el Ferrocarril de Tehuantepec, o de hacer correr sus trenes por él, para que establezca tarifas de tránsito desde el Golfo de México hasta el Pacífico, o viceversa siempre que para este tránsito tengan que usar del Ferrocarril de Tehuantepec.

"Artículo 114. Si dentro del término de la sociedad, el Gobierno desea vender el Ferrocarril o puertos, o parte de alguna de esas propiedades, los contratistas, o la compañía que ellos organicen, o cualquiera otra compañía quien se hubiere traspasado este contrato con aprobación del Ejecutivo, tendrán el derecho del tanto que podrán ejercer dentro de ciento veinte días, contados desde que se les hagan saber las condiciones de venta.

"Artículo 115. Los empleados de las oficinas del Ferrocarril, puertos y servicios marítimos, así como los trabajadores que en ellos se empleen, estarán exentos de toda clase de servicio militar y de cargos concejiles, durante el tiempo que sirvieren en el Ferrocarril, puertos y servicios marítimos, menos en el caso de guerra extranjera; pero aun en este caso gozarán de estas exenciones los empleados y trabajadores de nacionalidad extranjera. También estarán exentos de todo impuesto personal. Tendrá la Compañía del Ferrocarril la facultad de organizar el servicio interior de policía del Ferrocarril y puertos, la cual gozará de las mismas prerrogativas que los resguardos de las rentas nacionales y con sujeción a los reglamentos que aprobare el Ejecutivo.

"Artículo 116. La Compañía del Ferrocarril y toda otra compañía que se constituya a virtud de este contrato, despedirá inmediatamente de su servicio a cualquier dependiente que haga o proteja el contrabando, o cometa cualquier delito en infracción de las leyes aduanales y auxiliará a la autoridad para su aprehensión. Ella queda obligada a cumplir eficazmente, en la parte que le corresponda, los reglamentos que expida la Secretaría de Hacienda para impedir el contrabando y para la observancia de las leyes fiscales...."

Presidencia del C. SAENZ AARÓN

El C. Cravioto, interrumpiendo: Una moción de orden.

- El C. Presidente; Tiene usted la palabra.

El C. Cravioto: El artículo 102 del Reglamento limita toda clase de discusión a media hora. Esto tiene por objeto que no pierda inútilmente el tiempo a la Asamblea. Llevamos cerca de una hora de no oír la lectura que se está haciendo y pido, por lo tanto, que se pregunte a la Asamblea si es el caso seguir esta lectura.

El C. Presidente: La Mesa manifiesta a Su Señoría que no hay ningún artículo del Reglamento que la faculte para hacer la consulta a que se refiere y que por ese motivo no puede ponerla a la consideración de la Asamblea.

El C. Cravioto: El artículo 102.

El C. Presidente: Ese se refiere únicamente a los oradores, no a la lectura de los documentos.

El C. Cravioto: Pero si no tenemos derecho de hablar más de media hora para una cosa pertinente, menos va a tener obligación la Asamblea de escuchar indefinidamente una lectura.

El C. Silva Herrera: Moción de orden.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra para una moción de orden.

El C. Silva Herrera: En los casos que no prevé el Reglamento, debe de consultarse el parecer de la Asamblea. Como tenemos uno de ellos, según lo acaba usted de manifestar, creo muy oportuno que se consulte a la Asamblea si se suspende la lectura o continúa, porque indudablemente que no fijando límite el Reglamento, no quiere decir que indefinidamente se está escuchando la lectura.

El C. Presidente: La Mesa va a poner a la consideración de la Asamblea la moción que ha hecho el C. Silva Herrera. No quiere que en este caso, ni unos ni otros, vayan a mal interpretar la actitud de la Mesa, ya que algunos se han permitido dudar de la honorabilidad de la misma. (Voces: ¡No, no!)

El C. Ortiz: Las derechas tienen elogios para la Presidencia, porque lo ha hecho muy acertadamente.

El C. Cravioto: Nosotros no dudamos de la Mesa. (Voces: ¿Cuál es la proposición?)

El C. Presidente: De si debe continuarse indefinidamente la lectura de documentos o durante media hora nada más. (Voces: ¡No, no!)

El C. García Vigil: Pido la palabra.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto?

El C. García Vigil: Con objeto de atacar el procedimiento que sigue Su Señoría, reclamo el trámite.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. García Vigil.

El C. García Vigil: El artículo 110 es terminante sobre el particular. Se ha pedido la lectura de los documentos, no se ha pedido que se lea parte de ellos durante media hora.

El C. Presidente: El C. Cravioto ha hecho la moción de que ya se tenía una hora leyendo los documentos, y que si a los oradores se permite media hora solamente, debía consultarse si de continuaba la lectura de esos documentos. La Mesa contestó que no hay ningún artículo del Reglamento que diga hasta qué tanto tiempo puede extenderse la lectura de documentos; pero el señor Silva Herrera hizo una moción de orden a la Mesa, manifestando que no estando previsto este caso en el Reglamento, se ponga a la consideración de la Asamblea. La Mesa no sabe qué hacer en este caso y por eso apela a la decisión de la Asamblea. (Voces: ¡Que se consulte!)

El C. Cravioto: Pido la palabra para apoyar el trámite.

El C. García Vigil: Señor Presidente: Solamente unas cuantas palabras voy a decir a ustedes: el hecho de interrumpir la lectura de los documentos es lo mismo que no dar cumplimiento al artículo respectivo en el que nos fundamos, por el cual estamos autorizados para exigir la lectura de documentos; por consiguiente, el trámite no tiene que ser ese, sino que el trámite tiene que ser de si se cumple el artículo 110 o no se cumple.

El C. González Jesús M: El derecho de las mayorías está sobre el derecho de dos individuos.

El C. Presidente: La Mesa va a limitarse estrictamente al cumplimiento del artículo 110, continuándose

la lectura de los documentos que se han pedido solamente en lo que se refiere a la discusión, todo lo demás se va a suspender.

El C. Villarreal: ¡Una moción de orden! Yo creo que es improcedente seguir la lectura de estos documentos, porque ningún diputado pone atención a la lectura.

El C. Cámara: Una moción de orden.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Cámara: La lectura de estos documentos no trae ninguna luz para el asunto que se está tratando en este debate: es inútil que se esté leyendo, porque no tiene nada que ver el asunto con eso y se pierde el tiempo lastimosamente; expongo a ustedes esta opinión, penetrado de que esos documentos absolutamente no traen ninguna luz sobre el problema y si los señores García Vigil y Sánchez Pontón quieren imponer su criterio sobre toda la Asamblea, no estamos absolutamente de acuerdo con ellos. (Confusión. Desorden. Campanilla.)

El C. de la Barrera: Por otra parte, señor, el Reglamento previene que los oradores duren media hora, y aquí no es más que el eco que está produciendo un orador, sea lectura o discurso. Ha pasado la media hora, y Su Señoría debe preguntar si se prolonga la lectura. (Aplausos.)

El C. Villarreal: Moción de orden. Yo supliqué hace un momento que si ha pasado la media hora que marca el Reglamento, y si los diputados no ponen atención, que se pregunte a la Asamblea si continúa la lectura. (Voces: ¡Sí, que se pregunte!)

El C. Presidente: La Mesa manifiesta al C. Villarreal que ha pasado más de la media hora (voces: ¡Muy bien!), pero ya ha dado sus razones de por qué no puede poner a la consideración de la Asamblea esa proposición. Por eso se ha puesto a la consideración de la Asamblea la moción del C. Silva Herrera, de si concede el tiempo indefinido para la lectura de esos documentos. (Voces: ¡Qué se pregunte! Desorden. Campanilla.)

El C. García Vigil: Ya la presidencia acordó, señor Presidente, que se dé lectura sólo a lo pertinente; por lo tanto, ya el señor general Hay, de quien todos estamos contestes en que no tiene ningún interés de que se vote favorablemente esta iniciativa, ha convenido en aquello a que se ha de dar lectura; pero es absurdo lo que dice el señor de la Barrera, porque con pedir la lectura de documentos, porque esté hablando un orador y porque esta lectura dure media hora, ya se prive al orador de seguir hablando. (Murmullos. Voces. Confusión. Desorden.)

El C. Hay: Para una aclaración. Yo supliqué al señor García Vigil que nos hiciera gracia de escuchar muchos artículos sobre cuestiones administrativas del Ferrocarril, que no tienen ninguna importancia ni ninguna pertinencia con el asunto, y accedí a que se leyeran aquellos artículos que sean verdaderamente pertinentes. Pero yo apelo a la honorabilidad de los señores diputados García Vigil y Sánchez Pontón para que cuando se empiece a leer un artículo que en conciencia no sea pertinente, que no sea necesario para ilustrar nuestro criterio, ellos sean los primeros en decir que se salte la Secretaría ese artículo. (Voces: ¡No lo dicen! Confusión. Desorden, Campanilla.) Entonces, si ellos no saben juzgar dentro de la conciencia lo que realmente es pertinente o no, entonces nosotros, dentro de nuestra conciencia, podemos criticarles como autores de una maniobra política personal.... (Voces. Confusión. Desorden. Campanilla.) Yo pido que se acceda a ello, porque así perderemos menos el tiempo.

El C. Manrique: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Manrique: Señores diputados: Yo creo, señores diputados, y señor diputado Sánchez Pontón, que debe la Mesa dejar en pie su acuerdo tomado hace pocos momentos de consultar a la Asamblea. Efectivamente, yo fui el primero hace una hora en defender el derecho que asistía a los ciudadanos diputados Sánchez Pontón y García Vigil para solicitar la lectura de documentos; pero no se nos oculta que ese derecho que el Reglamento le concede no pueden gozarlo indefinidamente, porque es un aforismo conocido de que el derecho de cada uno termina donde comienza el derecho de los demás, y al lado del derecho de los señores Sánchez Pontón y García Vigil, que son los derechos de una parte, están los derechos de todos nosotros los diputados.....

El C. Sánchez Pontón, interrumpiendo: Para violar la ley.

El C. Manrique, continuando: .....que tenemos el derecho, no de violar la ley, sino el derecho y el deber de formarnos una opinión del asunto a debate. En consecuencia, una vez que llegó el límite inevitable, la lectura de esos documentos deja de ser forzosa para la modificación de esa opinión y tenemos el derecho de exigir que se invierta el procedimiento. Por esto creo que la Mesa tiene ya pleno derecho y no comete disparate ni viola derecho ninguno al someter a la decisión de la Asamblea si la lectura de esos documentos ha de prolongarse. Yo creo que el diputado Sánchez Pontón que, según nos lo ha dicho, tiene ya bien estudiado este asunto, tiene la obligación expresa de exponernos la quinta esencia de esta cuestión y que nos haga una exposición concreta del asunto. (Voces: ¡No, no! ¡A votar, a votar!)

El C. Villarreal: Pido la palabra.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto pide la palabra?

El C. Villarreal: Para suplicar a la Presidencia, en obvio de dificultades, que se pregunte a la Asamblea si continúa la lectura indefinida de los documentos.

El C. García Vigil: Pido la palabra para una aclaración. (Voces: ¡A votar, a votar!)

El C. Secretario Portes Gil: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se continúa la lectura de los documentos. (Voces: ¡No, no, no!) Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie.

El C. García Vigil: Pido la palabra. Reclamo el trámite, señor Presidente. (Desorden. Confusión). Señores..... (Voces: ¡No, no, no! Desorden. Campanilla.)

El C. Presidente: La Mesa, para ordenar la discusión de este incidente, pone a la consideración de la Asamblea el trámite de consultar si se permite la lectura indefinida de los documentos. Para impugnar el trámite tiene la palabra el C. García Vigil.

El C. Cravioto: Pido la palabra en pro.

El C. González Jesús M.: Ya está votado.

El C. García Vigil: Señores diputados: Estoy verdaderamente sorprendido de que inteligencias como la del señor Manrique vengan aquí con el absurdo de que consideran la lectura infructuosa. (Voces: ¡Claro!) Está bien que nos lo diga cualquiera que haya leído los documentos, puede decir: "yo digo que es infructuosa, porque yo los conozco, eso no conduce a nada;" pero el montón de ignorantes que habemos aquí respecto a los documentos, ¿cómo podemos decir que es infructuosa su lectura? Yo he venido a señalar en este tomo del "Diario Oficial," he venido a señalar precisamente los términos de rescisión del contrato, aquellos en que puede rescindirse el contrato y bajo qué condiciones, tanto para una como para la otra parte, y esto es imprescindible que se lea, pues tengo entendido que por lo que respecta a la fracción VII de la ley propuesta por el Ejecutivo, es excesivo el monto de tres millones para pagar indemnizaciones a la casa Pearson. Por consiguiente, yo seguiré sosteniendo siempre que es pertinente; yo soy el primero en prescindir de las lecturas de documentos que no vayan al fondo del asunto. Por lo que respecta a éste - se encuentra acá y se refiere a las circunstancias en que puede rescindirse el contrato -, por lo que respecta a ese sí pido yo, y lo someto a la alta honorabilidad del Presidente, para que diga si es de leerse o no. Por lo demás, repito, todos los que dicen que es infructuosa la lectura, se conoce que lo dicen, porque quieren ausentarse de la sesión, pero no por otra cosa, puesto que desconocen en absoluto lo que va a leerse, (Voces: ¡A votar, a votar,! Desorden.)

El C. Secretario Portes Gil: En votación económica se pregunta si se continúa la lectura.

El C. García Vigil: ¡Una aclaración! Yo no pido que se siga leyendo todo; pido que se lea únicamente la parte respectiva. (Voces: ¡No, no!) Pues ésta es una arbitrariedad.

El C. Martínez de Escobar: Pido la palabra.

El C. Presidente: La Presidencia invitó al C. Sánchez Pontón para que señalara la parte que afecta a la discusión, y el C. Sánchez Pontón no quiso acceder a esta súplica atenta. Por ese motivo la Mesa va a sostener su trámite. (Aplausos.)

El C. Sánchez Pontón: Moción de orden.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Sánchez Pontón: Yo he limitado la lectura de las copias que eran sumamente largas, a menos de la mitad, solamente a la parte que creí conveniente. Sin embargo de esto, dejo a la consideración de la Presidencia el que fije la parte pertinente. (Voces: ¡Ya está votado, ya está votado!)

El C. Martínez de Escobar Rafael: Moción de orden. Todos estamos de acuerdo en que en general lo que se nos ha leído es infructuoso e inútil. Es verdad lo que dicen el señor García Vigil y el señor Sánchez Pontón: las causas de rescisión del contrato debe conocerlas la Asamblea; pero yo digo a esto que no es necesario, estimables compañeros, que el señor Secretario dé lectura a esas causas de rescisión del contrato, sino que a la hora que vaya un orador a hablar en contra o en pro del dictamen, - yo voy a hablar en pro -, leeremos las causas de rescisión del contrato, y entonces la Asamblea conocerá las causas. (Voces: ¡Muy bien, muy bien, muy bien!)

El C. Secretario Portes Gil: Los que opinen que debe continuar la lectura de estos documentos, se servirán poner de pie. (Voces: ¡No, no, no!) Se suspende la lectura. (Aplausos ruidosos. Voces: ¡No te vayas, García Vigil!)

El C. Presidente, a las 8.32 p. m.: La Mesa suplica a los señores diputados se sirvan guardar compostura. Con objeto de que los señores diputados puedan tomar un lunch que la Comisión de Administración ha mandado preparar, se suspende momentáneamente la sesión. (Voces: ¡No, no! Desorden. ¡Que continúe!)

El C. Ortiz Andrés: Para una proposición. (Sigue el desorden.)

El C, Presidente, a las 8.40 p. m.: Se reanuda la sesión, y se suplica a los señores diputados se sirvan ocupar sus curules, por haber sido reclamado el trámite de la Mesa; por esto se ha reanudado la sesión. (Voces: ¡Ya no hay lunch, ya no hay lunch!) Continúa la sesión. Tiene la palabra para informar el C. Subsecretario de Hacienda.

El C. Nieto Rafael, Subsecretario de Hacienda: Como ustedes han visto, señores diputados, ha resultado completamente inútil la lectura de los contratos, pues que los puntos capitales de ellos estaba ya perfectamente explicados y definidos en el dictamen de la Comisión. Las Comisiones han estudiado concienzudamente el asunto; han querido saber hasta los detalles que no eran de gran importancia y hasta esos están en el dictamen de la Comisión. Simplemente deseo explicar brevemente el asunto, con la esperanza de que podré llevar al ánimo de los señores representantes la convicción de que el contrato y la rescisión del contrato por la casa Pearson es perfectamente conveniente a los intereses del Gobierno. La casa Pearson va a recibir en total, como indemnización, la cantidad de $7.500,000.00 únicamente pues lo que recibe de más le corresponde por derecho conforme a los contratos; por tanto, la cantidad que reciben por indemnizaciones se reduce a la cifra de $7.500,000.00. Ahora bien, la explotación de los ferrocarriles en tiempos normales les producía a la casa Pearson por el treinta y cinco por ciento, alrededor de... $2.000,000.00 anuales; por lo tanto, la casa Pearson renuncia a obtener $2.000,000.00 anuales aproximadamente durante 36 años. Pero aún hay otra consideración: suponiendo que esta utilidad no pueda venir por ahora durante algunos años en virtud de las condiciones anormales del país, las acciones de la Compañía Naviera han estado percibiendo dividendos alrededor de 200 dólares por semestre, de manera que basta conque estas acciones reciban aproximadamente $2.000,000.00 de utilidad anual, simplemente por la parte que les corresponde en la utilidad que dejan estas mismas acciones. Por lo tanto, la casa Pearson de cualquiera manera renuncia cuando menos a una utilidad de dos millones de pesos anuales, pudiendo ser de cuatro o cinco quizá cuando el ferrocarril vuelve a las condiciones normales; por lo tanto, no me parece excesivo el sacrificio que hace la Nación de ministrar a Pearson

siete millones y medio de pesos por la renuncia de todos sus derechos.

Algún ciudadano representante insinuaba la idea de que si sería posible rescindir el contrato en condiciones menos onerosas para la Nación. Deseo informar a ustedes que las negociaciones con la casa Pearson se iniciaron desde septiembre, es decir, hace cuatro meses que estamos discutiendo casi día por día este asunto. Las pretensiones primitivas de la casa Pearson eran recibir por concepto de indemnizaciones 250 dólares anuales durante 36 años, además de $6.800.000.00 al contado. Esas pretensiones, debido a gestiones del Gobierno, ha venido reduciéndolas hasta las cifras que ha tenido el Ejecutivo el honor de enviar a Vuestra Soberanía. Como ustedes ven, casi se han reducido a la mitad las pretensiones primitivas de la casa Pearson.

El señor diputado Pontón insinuaba la idea de que el Gobierno no tiene necesidad de rescindir el contrato para disponer de los fondos, pues que bastaba con vender las acciones. Como antes indique, la casa Pearson puede oponerse a la venta de las acciones, ya que alega que el Gobierno ha entorpecido la marcha regular del contrato, por haber incautado el ferrocarril sin ninguna formalidad, sin estar autorizado por el contrato, pues que éste no tiene ninguna cláusula expresa para esos casos y sí tiene cláusula expresa indicando que el Ferrocarril de Tehuantepec no está sujeto a la Ley General de Ferrocarriles. Por tanto, esos fondos son de Pearson, y no quiere, no podrá el Gobierno de México disponer de ellos.

Alguno de los señores representantes insinuaba la duda de que existieran otros contratos que obligaran al Gobierno, basándose en el inciso III del artículo 2o. del proyecto de ley. No hay absolutamente ningún contrato que obligue a la Compañía del Ferrocarril de Tehuantepec, fuera de los empréstitos colocados en el extranjero. Esos empréstitos, como ustedes han visto, ascienden aproximadamente a la cifra de $19.000,000.00 pagaderos a plazo de 20 a 30 años. Los que hay vencidos por la amortización de intereses, esa deuda está completamente separada de las cifras a repartir, es decir, la deuda del ferrocarril importa 2.311,000 libras; los intereses de amortización vencidos hasta la fecha, importan 436,000 libras esterlinas, que están ya depositadas en el Banco de Londres, completamente separadas del resto de las existencias que se van a repartir entre el Gobierno y Pearson.

Alguno de los señores representantes tenían temores de que el Ferrocarril de Tehuantepec no pudiera subsistir al faltarle el tráfico internacional. Esto es un error: el Ferrocarril de Tehuantepec, durante el tiempo que ha sido manejado en los últimos meses sin tráfico internacional, ha dejado una utilidad aproximada de $50,000.00 mensuales. Esto es notablemente revelador, pues que da das las condiciones actuales del país, el tráfico tan corto, pues son 300 kilómetros y, sin embargo, paga sus gastos y deja $50,000.00 mensuales. No hay que desesperar del tráfico internacional, pues a pesar de las condiciones críticas del país, el tráfico sigue en buenas condiciones por esa vía, pues ya el señor diputado Chapa indicó que en estos momentos hay en Salina Cruz 60,000 sacos de café que vienen de Centro América rumbo a Europa. Esta es una de tantas partidas que están pasando por esa línea. Hace algunos meses la casa Pearson tenía iniciado con unas casas del Canadá un contrato para traer del Canadá por el Pacífico, pasando por el Istmo, 1.500,000 toneladas de trigo y ésto se suspendió por la incautación que hizo el Gobierno del Ferrocarril, pero en cualquier momento puede reanudarse esta operación por el Gobierno.

El señor diputado Porfirio del Castillo tiene la duda de que la deuda del ferrocarril sea una obligación para la casa Pearson, porque están firmados por esa casa los bonos. No es así la deuda del ferrocarril es exclusivamente del ferrocarril; Pearson no responde por ella particularmente; de suerte que, si esa deuda no se paga, sería embargado el Ferrocarril, pero nunca Pearson en ninguna forma. La línea del Ferrocarril de Tehuantepec está en perfecto estado de conservación, no necesita absolutamente ninguna reparación las únicas obras probables que hay que hacer, son las del dragado de Salina Cruz, pero esto es obligación del Gobierno y no del Ferrocarril. El material rodante del Ferrocarril está intacto, pues todos los carros y locomotoras que usan otras líneas y que muchos han sido incendiados, estaban perfectamente asegurados en una compañía americana y han sido pagados los destruidos; los que están al servicio de los Ferrocarriles Constitucionalistas o Mexicano, están también asegurados, y aun en el caso de siniestro, el Ferrocarril de Tehuantepec no perderá nada. El Ferrocarril de Tehuantepec comenzó a ser construido poco después del año de 1850; duró la construcción aproximadamente 23 años. El Gobierno gastó grandes sumas ahí con poco provecho, de tal suerte que al firmarse los contratos con la casa de Pearson, a pesar de que el Gobierno había invertido una suma muy considerable, menor de ........ 100.000,000, 80.000,000 aproximadamente, al hacerse los contratos con Pearson, puede decirse que el Ferrocarril no valía arriba de $9.000,000.00, es decir, 300 kilómetros a razón de $25,000.00 por kilómetro. Por tanto, ven ustedes que la aportación que hizo el Gobierno fue bien pequeña; cierto que al Gobierno le había costado mucho menos; pero la aportación real y efectiva no fue arriba de $9.000,000.00, con los $2.000,000.00 que puso el Ejecutivo. Por tanto, el Gobierno va a recibir en efectivo inmediatamente cerca de $20.000,000.00; ha recibido por dividendos ya más de $6.000,000.00 en años pasados y $1.300,000.00 que recibió hace dos meses. Por tanto, la operación financiera que tanto han reprochado los señores del contra, en mi concepto, si no es brillante, sí es demasiado conveniente para los intereses de la Nación. El Ferrocarril pagó en el año de 1912 un dividendo de $7.326,000.00; la compañía "American Hawaiian" ha pagado al Ferrocarril hasta la fecha dividendos por valor de $13.422,000.00 las utilidades en el año de 1912, separadas las del tráfico internacional de las del tráfico local, son como sigue:

"No ha habido tiempo para determinar de los productos generales del Ferrocarril, la cantidad que corresponde al tráfico local y la correspondiente al tráfico interoceánico sin embargo, en 1912 el tráfico interoceánico tuvo un producto de ..... $5.636,784.00, y el tráfico local de pasajeros y carga arrojó $ 1.326,260.00, en el concepto de que en

esas sumas no están incluídos los productos provenientes de la explotación y servicio de los puertos."

Como ustedes ven, aun sin el tráfico internacional, el Ferrocarril es un buen negocio. Alguno de los señores representantes me preguntaba que por qué siendo un buen negocio, la casa Pearson estaba conforme en rescindir el contrato. No sé yo las razones que en el fondo tengan, pero la verdad es que ellos también están imposibilitados para desprenderse inmediatamente de 17 ó 18.000,000 que le tocarían si es que el Gobierno Mexicano no da su conformidad; claro que para ellos, en las circunstancias actuales de la guerra europea - que tiene necesidad de tanto dinero -, es una magnifica oportunidad para poder disponer de esos fondos. Un dato sobre el estado de las obras del puerto, que se me pasó hace un momento: el dique seco de Salina Cruz es de un valor inestimable, es, seguramente, la mejor obra en su género en toda la costa del Pacífico en América. La casa Pearson, hasta ahora, no ha dado ningún motivo para la rescisión del contrato; hemos estudiado muy a fondo este asunto, procurando buscar algunos detalles que pudieran dar margen al Gobierno para declarar la rescisión con mejor provecho, y no ha sido posible encontrarlos; ha habido ligeros errores en la contabilidad, que no ameritan responsabilidad para declarar la rescisión. Hay otra consideración muy importante, porque precisa la pronta resolución de este asunto: El Gobierno Americano dictó una disposición hace algunos meses, previniendo a todas las compañías navieras con bandera americana que debían poner sus barcos a disposición del Gobierno, sin más requisito que aviso anticipado de unas cuantas horas. En cualquier momento el Gobierno americano puede disponer de los barcos de la Compañía Naviera, e indudablemente las acciones no valdrán lo que valen en la actualidad. Surge, además, la idea de que por algunas de las complicaciones tan naturales en la guerra actual, el Gobierno inglés o el americano hicieran objeciones a que el Gobierno de México pudiera substraer de sus mercados una suma tan importante de dinero. Por tanto, es urgente la resolución de esta Asamblea a la iniciativa propuesta por el Ejecutivo.

El C. Gómez Mauricio: Señor Presidente, pido la palabra para interpelar al señor Subsecretario de Hacienda.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Gómez Mauricio: ¿Los fondos que acusa el activo de la Compañía del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec, están en el país o están en poder de la casa Pearson?

El C. Nieto Rafael, Subsecretario de Hacienda: Los fondos en efectivo están en Londres, en poder de la casa Pearson; las acciones están en Nueva York, también a disposición de la casa Pearson.

El C. Gómez Mauricio: Muchas gracias.

El C. Hay: Por lo tanto, no pueden ser embargables.

Presidencia del C. RIVERA JOSÉ

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Sánchez Pontón.

El C. Sánchez Pontón: Señores diputados: El objeto que se buscaba, se ha conseguido, y es el de que los señores representantes hayan puesto la debida atención a un asunto de esta importancia. De manera que si nuestro objeto, que no ha sido otro que éste, que no se festinara la resolución de un asunto tan importante como éste, se ha conseguido, debemos considerarnos satisfechos, y que aunque se hayan perdido muchas horas, se haya logrado que los señores diputados atiendan, como lo han hecho, a las informaciones dadas por el ciudadano Subsecretario de Hacienda.

De otra manera, repito, se hubiera llegado a resolver este asunto sin el conocimiento necesario. Ahora bien, si los señores diputados ahora emiten su voto en un sentido o en otro, lo harán con toda conciencia, habiéndose empapado del asunto, que es de lo único que se trataba cuando se hicieron las primeras mociones a este respecto. Por lo demás, yo manifesté desde en la mañana que no me oponía ni que encontraba la idea general de nacionalizar este Ferrocarril, como mala, ni que me iba a oponer al contrato en lo general. Por lo tanto, no ha sido una labor de obstrucción la que se ha llevado a efecto.....

El C. Olivé, interrumpiendo: Pregúntaselo a García Vigil.

El C. Sánchez Pontón, continuando: ....sino el único deseo, como repito, de que se discuta ampliamente este asunto. ¿Qué nos importa a nosotros haber gastado algunas horas de nuestro tiempo en esta sesión si se llega a resolver concienzudamente un asunto como el que nos ocupa y si podemos todavía gastar unas horas más en que se discuta la carga que se va a echar al Erario encima? Evidentemente que más nos conviene trabajar aquí todo el día y toda la noche si es preciso, si podemos siquiera ahorrar para el Gobierno y en esta vez para el pueblo, que es quien en resumen tiene que pagar las deudas, siquiera un millón y medio de pesos. Algún ciudadano diputado me decía: "¿Qué nos importa que se gasten dos, tres o cuatro millones más si se va a adquirir un ferrocarril que tiene que prestar grandes servicios a la Nación?" Pues, señor, si nosotros no estamos en contra de que se adquiera, si una de las cosas, hasta la misma nacionalización de las líneas nacionales que se hizo en tiempo de Porfirio Díaz la hemos aplaudido por el solo hecho de que se hayan nacionalizado las líneas, no obstante los graves errores que contiene el contrato celebrado. No es eso, es que pretendemos ver si se puede ahorrar algo que no es nuestro, que no podemos disponer así nomás desembolsando cuatro o cinco millones porque no los vamos a pagar de nuestro bolsillo, sino que van a pagarse por el contribuyente y por eso necesitamos ver si es posible que en alguna forma se modifiquen las cláusulas de este contrato de rescisión en forma más favorable para el Gobierno. Las observaciones y las explicaciones hechas por el señor Subsecretario de Hacienda son muy importantes y desvanecen algunas dudas de las que habíamos tenido esta mañana y esta misma tarde. No obstante eso, todavía tenga algunas observaciones que honradamente tengo que exponer, pese a quien pese porque es necesario que cuando tengamos una duda, sea resuelta por quien

tiene los datos para hacerlo, sean las Comisiones o sean los Secretarios o Subsecretarios que representen al Ejecutivo. Esas dudas consisten en concreto en lo siguiente: el señor Subsecretario de Hacienda nos ha repetido ya por dos veces esta idea que, en mi concepto, es una de las fundamentales para resolver el asunto por lo que hace a la parte financiera que es la principal, y es ésta: nos dice: las acciones de la Compañía Naviera se encuentran en condiciones tan precarias, que basta el aviso de unas cuantas horas dado por el Gobierno americano a las compañías navieras para que éstas sean incautadas inmediatamente. La incautación significa la baja de valores o hasta la suspensión misma de toda empresa sobre esos valores, puesto que es imposible que tengan cotización las acciones intervenidas, o si la tienen, tiene que ser en un calor muchísimo más bajo del que tienen actualmente. La intención del señor Subsecretario es clara, es la de hacernos notar que en el caso de que se interviniera a las compañías navieras por el Gobierno americano, tendrán que bajar las acciones y en ese caso la liquidación se ha hecho sobre el valor nominal que actualmente se les confiere a esas acciones, y estas acciones tienen que bajar proporcionalmente a la baja de cada acción en el mercado. Si ahora esos cuarenta millones en el activo de la compañía están integrados por trece millones en efectivo y veintisiete millones que se le dan a los accionistas de la Hawaiian, indudablemente que tiene que caer ese cómputo del activo si las acciones bajan. Ahora bien, mi duda es ésta: ¿qué garantía va a tener el Gobierno en el caso de que ya hecha la rescisión y habiéndose liquidado los valores y parte de las utilidades, según cálculos que nos presentan, se queda con una cantidad de esas acciones y baja el precio de ellas?, evidentemente que entonces no recibirá los veinte millones, porque recibir veinte millones nominales en papeles que digan cada uno "Mil pesos" pero que de hecho no los valgan, que no se pueden hacer efectivo, entonces ¿de qué situación salva al Gobierno, si esto se va a hacer para aprovechar la oportunidad que tiene el Gobierno de nacionalizar una línea, al mismo tiempo que adquirir determinada cantidad de dinero que necesita para los servicios más urgentes, para los servicios públicos?, ¿en qué situación quedaba el Gobierno si las acciones bajaran o perdieran por algún tiempo su valor? Creo yo que en ese caso bastaría con introducir una modificación, que al discutirse en lo particular presentaremos, en el sentido de que si las acciones por cualquier motivo bajaran o dejaran de computarse, la liquidación se hiciera equitativa, bajando proporcionalmente a cada una de las partes que rescinden el contrato, la que en este momento se les asigne al hacer esta liquidación; es perfectamente justo, alguna garantía se debe buscar. Hay otra observación que es la siguiente: Hay trece millones en efectivo, pero no se dice de una manera terminante en las bases para la rescisión, si esos trece millones se van a repartir en la parte que corresponde a cada uno de los contratantes o si se va a dividir entre los dos. Naturalmente esto es necesario que se aclare, para que siquiera de esta parte en efectivo pueda contar con una parte de ella el Gobierno y no que toda esa parte en la cuenta de las utilidades a favor de la casa Pearson, y en este caso algo se habrá salvado al no poderse realizar las acciones. La tercera observación es la siguiente: en la iniciativa hecha por el Ejecutivo se dice lo siguiente: que la casa de Pearson va a recibir como parte de la liquidación que le corresponde, cuatro millones de pesos por concepto de daños y perjuicios y que se le debe indemnizar por las utilidades que va a dejar de percibir durante el tiempo que le falte del contrato y además tres millones y medio por indemnización y por rescindir el contrato. Pues bien, aquí hay una cuestión meramente de derecho, pero que es perfectamente accesible a todos. El Código Civil, hablando de la rescisión de contratos entre particulares, dice que cuando éstos tengan alguna cláusula penal, no dan lugar a daños y perjuicios se exige una u otra; es evidente que si yo pongo en un contrato que en caso de dar lugar a la rescisión del contrato tendré que pagar alguna cantidad de dinero como una pena a la rescisión del contrato, solamente tengo una cláusula penal se me exigiesen daños y perjuicios, porque la cláusula penal es la fijación anticipada de esos daños y perjuicios. Ahora bien, los cuatro millones se nos dice que son para pagar las utilidades que deje de percibir la Pearson; pues estos son los perjuicios que se le han de ocasionar por la rescisión del contrato y si después de esto se pagan tres millones y medio de indemnización por rescindir el contrato, yo no veo absolutamente la razón, son dos cantidades por un mismo concepto de indemnización. La Comisión ha tenido especial cuidado en no dividir esas cantidades sino englobándolas nos dice: "Les pagamos siete millones y medio por indemnización," porque naturalmente saltaba a la vista la observación que estoy haciendo. La primera cantidad es por concepto de indemnización, pero no las dos, porque ya se había fijado antes y se debió haber hecho un cálculo especial tanto de esos cuatro millones, como de los tres millones y medio que el Ejecutivo consultaba para uno y para otro caso. Yo sobre este particular insisto porque si es posible; - que creo que sí lo es, - convencer a la casa contratista de que solamente se le deben pagar después de hacer su liquidación las utilidades que debiera percibir durante los años que faltan para terminar el contrato, se podrán reducir solamente a lo estrictamente indispensable para pagar esos perjuicios que se le van a causar y se ahorrarán para la Nación algunos millones de pesos. Si esto es exacto, creo que podrá lograrse; si no lo es, yo espero los informes de la Comisión o los que tenga a bien hacer el señor Subsecretario para desvanecer esta duda o este error, si es que estoy en él.

Ahora, el señor Subsecretario nos dice lo siguiente acerca de la idea que yo sugiero de que pudiese disponerse de esos valores sin necesidad de hacer la rescisión del contrato, esperando que después de algún tiempo la misma casa Pearson, mirando que en vez de hacer un negocio en la actualidad es un motivo de pérdida, pudiera concertarse en otras condiciones y mientras pudiera disponerse de los valores de esas acciones, vendiéndolas para poder obtener tanto la Casa Pearson como el Gobierno

una cantidad en efectivo. Dice el ciudadano Subsecretario que la Casa Pearson no consiente en hacer la venta de esas acciones; pues yo creo que tampoco han consentido muchos de los hacendados a quienes se les han intervenido sus fincas... (voces: ¡No, no!) y tampoco han consentido. (Siseos.) No hablo de los que han dado lugar a exigírseles responsabilidades, porque eso es legal, y debió haberse hecho; me refiero a otros que no estaban en ese caso, ni tampoco han consentido algunos Bancos a los que se les han intervenido sus fondos, y sin embargo de eso, toda la Nación y especialmente la parte revolucionaria de ella, está conforme con esa misma gestión que se ha hecho, porque el Gobierno necesita vivir, porque la Nación necesita vivir y es indispensable que en estos casos apele a esos extremos para poder llevar a cabo la reconstrucción del país y poder cubrir los gastos necesarios de la Administración. No lo hago como crítica, digo que si en ese caso pudo hacerse, se puede hacer ahora. La objeción es ésta: que las acciones están en Nueva York; pero si la Casa la Pearson está interesada en vender estas acciones, puesto que según se nos ha dicho - estas acciones pueden bajar de un momento a otro y hay que aprovechar esa oportunidad, hay interés también, en ese caso, de realizar las acciones y en ese caso de común acuerdo se podría hacer la operación. Naturalmente que no me pasa inadvertido que la casa Pearson diga: "sí, tengo interés en hace la rescisión del contrato" pero no va a consentir que el Gobierno logre lo que podía hacer por medio de la rescisión, pero estos son procedimientos que no se llevan a cabo a la fuera, sino que por el convencimiento en virtud de una liquidación y de una distribución equitativa de los valores existentes en cartera; esto es cuestión de una elaboración en el terreno de las conferencias entre las partes contratantes, en este caso para poder llegar a determinar esos puntos. Ahora bien, respecto a la cuestión del negocio que pueda en estos momentos implicar el ferrocarril, pues ni siquiera era necesario que se nos diera nada, ya sabemos que en estos momentos no podemos, no sólo en el país, sino en los países extranjeros, hacer cuentas respecto de las utilidades que pueda producir un negocio, de lo que está produciendo en épocas anormales como es ésta por la que atravesamos; evidentemente que no, yo no pretendería que sobre los estados actuales de ese ferrocarril se implantara la conveniencia de adquirir tal o cual empresa; evidentemente que es una utilidad para la Nación adquirir el ferrocarril y no vamos a ver si gana o no, pero no se puede traer a colación para hacer ver la necesidad de este contrato en tales términos; que son dos millones los que la Casa de Pearson ganaba, porque los ganaba en épocas anormales y nuestra observación desde un principio ha sido que el Ferrocarril de Tehuantepec por mucho tráfico que en la actualidad tenga, no lo tiene como lo tenía antes de la apertura del Canal de Panamá. Muchos señores diputados de esa región saben que en aquella época pasaban treinta o cuarenta trenes por esa vía y ahora no puede ser, por mucho que se normalice la situación, no puede ser el tráfico como lo era antes, pues si es cierto que seguirá habiendo el interés para transportar azúcar, café y todo el tráfico internacional de ciertos productos y de muchos de los productos nacionales, también nadie podrá negar ni nadie podrá afirmar que tenga la misma importancia esta línea ahora, que antes de la apertura del Canal de Panamá; por lo tanto, las utilidades que se recaudaban entonces no pueden tampoco servir ahora para que se defina si el negocio es bueno o no lo es; pero, repito, para fijar nuevamente cuál es mi opinión sobre el particular, que no debemos absolutamente, aunque fuera un motivo de pérdidas en este momento para la Nación, podía aceptarse y puede y debe aceptarse la rescisión que deja a la Nación como dueña absoluta de este ferrocarril o podrá hacer un contrato administrativo en mejores términos de este onerosísimo que se hizo, pero que tenemos la obligación de buscar en las cláusulas en lo particular de ese contrato de rescisión lo que sea menos oneroso para el país. Yo creo que esto no es cuestión de partido, señores diputados, lo mismo de un lado que de otro y lo mismo en la conciencia de los que piensan en principios políticos en una forma que los que piensan en otra, es evidente que nosotros tenemos el deber de llegar a agotar todos nuestros esfuerzos, de ver si se puede adquirir en condiciones menos onerosas este contrato, por lo que hace a la discusión en lo general, que es la que estamos teniendo en estos momentos; pero cuando se discuta en lo particular, entonces será la oportunidad de hacer más detalladamente las aclaraciones que en mi concepto deben hacerse a este contrato y que puedan garantizar la situación en que quede el Gobierno en caso de que no se puedan realizar los valores que forman el activo de esa compañía. Por otra parte, garantizar al Gobierno también para que recibiera la mayor parte del efectivo en especie circulante que tenga en sus cajas la negociación, y tercero, que se pague solamente la indemnización de daños y perjuicios que se calcule que debe darse a la Compañía por las utilidades que deje de percibir durante el tiempo que le falte del contrato, pero que no pague, además de esos daños y perjuicios, otra cantidad por concepto de indemnización. Esta es en general nuestra exposición; yo creo, señores diputados, que no podrá tacharse, por más que se hagan esfuerzos, de que esto es mal intencionado o de que puede tenerse algún interés, porque qué interés, se va a tener en discutir un asunto como éste para buscar una reducción, si no buscamos que se aumenten más las cargas que se van a arrojar sobre el Estado sino, al contrario, que se reduzcan? Ahora bien, si estamos en un error, pues lo lamentamos muchísimo, pero no creemos que mientras tengamos una duda debamos permanecer mudos y que no despertemos una información o una respuesta de la Comisión. En este caso yo siento que no estén presentes los ciudadanos diputados Robles Domínguez y Morales Hesse para que nos pudieran ampliar cuál es el espíritu de la exposición de motivos de su dictamen al decirnos que solamente por el capítulo que yo en estos momentos estoy precisando y que es la conveniencia de que el Gobierno controle esta línea o sea dueño absoluto de ella, por eso solo admiten este contrato, o admiten ellos que las condiciones son sumamente onerosas. El señor diputado Robles Domínguez y el señor Morales Hesse, no obstante haber dictaminado favorablemente, lo han

manifestado así en la exposición de motivos de su dictamen y ellos me manifestaron que estaban dispuestos a aclarar por qué habían hecho esa exposición de motivos; pero siento verdaderamente que en caso tan urgente como éste y cuando se necesitaba de las luces de esos miembros de la Comisión, no haya venido a informarnos, porque hubieran podido ilustrar mucho el criterio de la Asamblea.

Presidencia del C. SAENZ AARÓN

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Rivera Cabrera.

El C. Rivera Cabrera: Señores diputados: Muy pocas palabras voy a verter desde esta tribuna en apoyo de mi tesis, porque he podido apreciar que la Cámara está convencida y que emitirá un voto favorable al dictamen que se discute. Cuando el señor licenciado Sánchez Pontón comenzó su discurso, casi estuve por aplaudirle, porque tal parecía que se había convencido de la razón que asiste a los señores comisionados del dictamen y tal parecía que iba a renunciar al uso de la palabra para declararse amigo del dictamen; pero después me convencí de que sólo fue una de tantas maniobras, como acostumbre él, para hacerse oír con agrado por la Asamblea; pero en verdad que en el fondo persiste en su misma actitud primitiva. Dice el C. Sánchez Portón que aun en los mismos contratos entre particulares no se puede al mismo tiempo que exigir una indemnización, hacer satisfacer una cláusula punitiva, por esta razón las cantidades que se van a entregar a la casa de Pearson pecan de excesivas, puesto que podría decirse que se le paga por partida doble. El señor Subsecretario de Hacienda acaba de manifestar hace pocos momentos que la casa de Pearson absolutamente ha dado ningún motivo para que se pudiera rescindir el contrato, obligándola conforme a la ley; consiguientemente, hay que ponernos en la consideración de que ese contrato se está rescindiendo por el mutuo consentimiento de ambas partes y consiguientemente no se puede aplicar la ley en el presente caso, hay que sujetarse a lo que convinieron las partes, a las estipulaciones que voluntariamente convengan. Es por eso que se fija la cantidad que el dictamen consulta como base de indemnización. No es aplicable el caso que señala el licenciado Sánchez Pontón y, por lo tanto, no debe tomarse en consideración ese su argumento. Decía el propio C. Sánchez Pontón, para reforzar el argumento antes dicho, que por qué no se procedía en el caso del Ferrocarril de Tehuantepec como se ha procedido en el caso de los hacendados que se han tenido como enemigos de la Revolución, incautándoseles las haciendas; pues, sencillamente, porque la casa de Pearson no está dentro del caso de los hacendados y porque la casa Pearson está amparada por una gran potencia que tiene muchos acorazados y cañones y contra la cual no podemos nada. En verdad, señores, ya no veo ninguna objeción seria al asunto. Algunas otras cosas que dijo el C. del Castillo, han caído de su base por la exposición sucinta, clara y terminante del señor Subsecretario de Hacienda; por lo tanto, me voy a concretar únicamente a solicitar de ustedes se sirvan aprobar el dictamen a discusión.

El C. Presidente: El ciudadano Subsecretario de Hacienda tiene la palabra para informar.

El C. Nieto Rafael, Subsecretario de Hacienda: Deseo referirme a alguno de los puntos más importantes que tocó el señor diputado Sánchez Pontón. Hacía la observación de que de los fondos que existen en caja en Londres, se recibiera cuando menos parte en efectivo para no exponer el Gobierno de México al riesgo de un descenso en el valor de las acciones. La intención del Gobierno no es conservar las acciones, sino realizarlas inmediatamente por los motivos que ya indiqué antes; ya hay proposiciones concretas de Nueva York para adquirirlas a un precio alrededor de 950 dólares por acción, de suerte que en realidad la cantidad total reportable será precisamente en efectivo. Además, hay la circunstancia de que Pearson ha manifestado que acepta íntegramente su parte en acciones, de suerte que por eso no hay ningún inconveniente; si no se pudieran realizar, Pearson las tomaría por valor de su parte íntegramente. El señor Sánchez Pontón hacía la observación pueril de que podía el Gobierno incautarse las acciones; pero esto ni vale la pena de trabajo; sería absurdo que el Gobierno de México fuera a incautarlas a Londres o a Nueva York. El señor Sánchez Pontón insiste en su primera argumentación, de que puede rescindirse el contrato conforme a alguna de sus cláusulas. Aunque no soy abogado, me permito, rectificar al inteligente letrado señor Sánchez Pontón, pues ese caso sólo podría tomarse en consideración por falta de cumplimiento al contrato y ya con anterioridad, a pesar de que hemos buscado minuciosamente, no hemos encontrado el menor motivo de rescisión del contrato. El señor Sánchez Pontón ya se prepara para la discusión en lo particular, a fin de hacer modificaciones esenciales a algunas de las cláusulas, sobre todo a la parte de indemnización para el Fisco; sobre esta parte sería inútil modificarlo, porque Pearson no las acepta; yo creo que el papel de la Cámara de Diputados sería rechazarlo o aceptarlo, modificarlo es inútil, porque un cambio esencial, conforme dijo ya el Ejecutivo en la iniciativa, haría inútiles las negociaciones. Si la Cámara de Diputados estima que el contrato es oneroso o inconveniente para la Nación, que lo rechace; pero una modificación resultaría completamente inútil.

El C. Presidente: Tiene la palabra, en contra, el C. García Vigil.

El C. García Vigil: Señores diputados: Efectivamente, como lo ha hecho notar el señor licenciado Sánchez Pontón, hay una redundancia en el proyecto de ley.....

El C. Villarreal, interrumpiendo: No hay quórum, señor Presidente. Los señores diputados están en el Salón Verde conversando tranquilamente; yo creo que ya terminaron sus faenas y sería conveniente llamarlos. (Voces: ¿Dónde estabas tú?)

El C. Presidente: La Mesa los va a mandar llamar y nombra para llamar a los señores diputados que se encuentran en los pasillos, a los señores Cravioto y Ortiz.

(Los ciudadanos designados cumplieron su comisión.)

El C. Presidente, después de haber entrado al salón todos los ciudadanos diputados que se encontraban en los pasillos: Tiene la palabra el C. García Vigil.

El C. García Vigil: Atentamente suplico al señor Subsecretario de Hacienda, que tenga la bondad de decirme cuál es el monto aproximado, naturalmente con un margen admisible, de los perjuicios causados a la Compañía del Ferrocarril, por trastornos políticos e incautación de él.

El C. Presidente: Tiene la palabra el señor Subsecretario de Hacienda.

El C. Subsecretario de Hacienda: El Ferrocarril de Tehuantepec no tiene ninguna reclamación que hacer al Gobierno por daños causados por los trastornos políticos; únicamente tiene una cuenta por servicios dados al Gobierno, que asciende aproximadamente a $400,000.00. Los daños o los perjuicios que reclama la casa Pearson por la incautación del Ferrocarril no están determinados porque, como antes indiqué, el contrato no contiene ninguna estimación que se refiera a ese caso. Si fuera a tomarse para esta cuestión la Ley General de Ferrocarril, tendrían que tomarse por base las utilidades obtenidas en los últimos cinco años y un promedio de esas utilidades sería lo que la casa Pearson tendrá derecho a reclamar.

El C. García Vigil: Como acabáis de oír, el señor Subsecretario de Hacienda dice que el Ferrocarril de Tehuantepec no ha sufrido ningunos perjuicios por trastornos políticos. ¿Es cierto esto, señor?

El C. Subsecretario de Hacienda: Dije que no reclama.

El C. García Vigil: Únicamente sobre esto, por ser pertinente, voy a dar lectura a la fracción VII del artículo 2o. del proyecto de ley que se consulta, y que dice así:

"La cantidad que en efectivo o en valores inmediatamente realizables, a elección del Gobierno, podrá percibir la casa S. Pearson and Sons, Limited, como tal indemnización por los perjuicios sufridos a consecuencia de los trastornos políticos y de la incautación del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec y de los puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos, no excederá, en ningún caso, de tres millones quinientos mil pesos."

Como véis, señores diputados, si el Ferrocarril o no ha sufrido perjuicios por trastornos políticos o no los reclama - que para el caso es lo mismo -, ¿qué objeto tiene el decir acá que, como total indemnización por los perjuicios sufridos a causa de los trastornos políticos, que no los reclama o que no existen, es lo mismo para el caso de la indemnización, (Voces: ¡No, no!) Es lo mismo señores, si el Ferrocarril no ha sufrido perjuicios, o mejor aún, la casa Pearson and Sons no reclama, ¿cómo es que se pretende que se vote esta cláusula por la cual se autoriza a indemnizar en la cantidad de tres millones y medio de pesos los perjuicios que, o no han existido, o no son reclamados? Es, pues, evidente, señores, que la parte esencial del proyecto o sea la indemnización que hay que dar a la casa Pearson, está pésimamente fundada. La cláusula octava dice como sigue: (comenzó a leer.)

El C. Silva Herrera: Pido la palabra para una moción de orden. En el proyecto que se está discutiendo en lo general, yo desearía que el señor orador hiciera esas observaciones llegado el caso de discutirlo en lo particular, aquí únicamente se trata de saber si es conveniente o no la rescisión.

El C. García Vigil: Señores: Bien se ve que el objeto que se persigue es obstruccionar a los oradores del contra. (Voces: ¡No, no!) Nunca se ha pretendido en la Asamblea normar el criterio del orador por la parte contraria. ¿Cómo va a exigir el señor Silva Herrera, o cualquier otro miembro del pro, que sujete yo mi manera de pensar, mi manera de expresar mis opiniones, a la manera que tenga él o que tenga cualquier otro? Yo hago resaltar esto, porque es lo esencial, precisamente porque no quiero entrar a una disertación general en contra del proyecto todo, por el hecho de que ya se ha hablado bastante; pero sí quiero hacer resaltar la parte esencial del mismo, para que se vea que es inconsistente y así sea como se venga a una votación contraria en lo general también. Dice la fracción VIII:

"Como compensación por la renuncia que los señores S. Pearson and Sons Limited, hacen del derecho de administrar y explotar el Ferrocarril y los puertos mencionados y, consiguientemente, de las utilidades que les corresponderían en virtud de los contratos que han de rescindirse, el Gobierno podrá pagarles una suma que no exceda de cuatro millones de pesos, en bonos especiales que se emitirán por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que devengarán un interés no mayor de cinco por ciento anual, y que serán amortizables dentro de un plazo de treinta y seis años."

La cláusula VIII es, en esencia, es decir, los fundamentos que se dan para indemnizar a la casa Pearson and Son, en la cláusula VIII, son los mismos que se plantean en la cláusula VII; en la VII se dice: (leyó.)

Y en la VIII se dice: (leyó.)

Naturalmente las utilidades que, conforme a los contratos, el tanto por ciento que les correspondería a ellos si hubieran continuando administrando, utilidades que no han percibido desde que el Ferrocarril está incautado por el Gobierno. "De las utilidades que les corresponderían, en virtud de los contratos que han de rescindirse, el Gobierno podrá pagarles una suma que no exceda de cuatro millones de pesos." Dice también que se les da: "como compensación por la renuncia que los señores Pearson hacen del derecho de explotar el Ferrocarril y los puertos mencionados."

Esto es lo mismo que el perjuicio que se ocasionó por la incautación del Ferrocarril; de modo que, si por una parte se pretende indemnizarlos en la cantidad de tres y medio millones de pesos, por haberse incautado del Ferrocarril, ¿por qué se les van a dar cuatro millones por no haber sido administrado el Ferrocarril por parte de la casa Pearson? Es lo mismo. De modo que estas dos cláusulas, lo que quieren decir es pasar, a los ojos de la Asamblea, dos partidas, una de tres millones y medio y otra de cuatro millones, como compensación a la casa de Pearson para la rescisión completa del contrato; pero esto está muy mal expuesto, esto es la verdad. Conforme a los términos del contrato que modifica el de 1903, sobre los términos de rescisión que no ha sido modificado por el tercero, de 1908,

dice así: (leyó el artículo 15, párrafo 3o., de la fracción VII.)

Después de lo que nos ha dicho el señor Subsecretario de Hacienda, ¿cómo es que se pretende indemnizar a la compañía de daños y perjuicios que, o no ha sufrido el Ferrocarril, o no los reclama y, más todavía, por qué aun habiendo sufrido estos perjuicios y reclamándolos, por qué se fija en la cantidad de tres millones y medio la indemnización? No se le pueden indemnizar más que aquellos perjuicios que se le hubieren causado; por esto fue la pregunta que le hice al Subsecretario de Hacienda, con objeto de conocer cuáles son esos perjuicios, en caso de que hubiesen existido; pero él nos ha dado una gran sorpresa: El Ferrocarril de Tehuantepec no ha sufrido perjuicios, o la casa Pearson and Sons, no los reclama. Entonces, ¿qué viene a hacer aquí la cláusula VII del artículo 2o. del proyecto de ley? Como lo dijo el compañero Manrique, es indispensable que en esto se hable con absoluta franqueza. ¿Por qué no se nos dice cuál es la finalidad cierta que se persigue pretendiendo rescindir el contrato de explotación del Ferrocarril de Tehuantepec en estos momentos? Como todos nosotros hemos visto, se han hecho consideraciones de distinto orden, tanto por lo que respecta a las ventajas de orden político, que tiene la rescisión del contrato, cuanto por lo que respecta a las ventajas de orden económico. Ya hemos visto que el mecanismo de funcionamiento de la Compañía del Ferrocarril de Tehuantepec y de la Compañía Hawaiina de Vapores, tiene como base el empréstito hecho por el Ferrocarril a la Compañía, de quince mil acciones de a mil dólares cada una, o sea quince millones de dórales, con objeto de que la compañía de vapores aumentara su tonelaje y, consiguientemente, aumentara la carga, el tráfico, por la vía de Tehuantepec; de modo que esto trajo como consecuencia, la obligación recíproca entre el Ferrocarril y la compañía de vapores. Nosotros tenemos el conocimiento de que, en sus principios, el Ferrocarril fue una empresa bonancible, que desde el año de 1915 ha ido disminuyendo, sucesivamente, la carga; que la influencia de esta disminución es atribuida tanto a la apertura del Canal de Panamá, cuanto a las dificultades del tráfico, por efecto de la guerra europea. Ya hemos oído todo lo conducente a la fluctuación de las acciones de la Compañía Hawaiian, que constituyen el capital de la Compañía del Ferrocarril en el mercado.

Como lo dijo el señor Sánchez Pontón, si existe la amenaza de la suspensión del tráfico, no ya la disminución continuada, sino la suspensión del tráfico marítimo de esta compañía y de otras que proporcionan el elemento vital al Ferrocarril, o sea la carga para su transporte, ¿por qué no tenemos la previsión, la cautela, para efectuar la rescisión del contrato que, como he dicho antes, en esto estamos todos de acuerdo, en el momento en que no exista esa amenaza y, naturalmente, no esté la Nación en condiciones de sufrir repentinamente una pérdida considerable? Si además de esto tomamos en consideración que el solo hecho de que el Ferrocarril sea definitivamente incautado por el Gobierno por efecto de la rescisión del contrato y lo administre en lo absoluto, esto tiene que influir forzosamente en el tráfico que se establece por ese mismo Ferrocarril de parte de las compañías que hoy proporcionan la carga, supuesto que esas compañías, indudablemente, por las condiciones económicas en que nos encontramos, por las condiciones de política interior y política exterior, han de tener menos seguridad para ese tráfico y menos seguridad para el transporte de sus mercancías, ¿cómo nosotros vamos a proceder a una operación que desde luego tendrá como consecuencia la baja en los valores negociables de la Compañía? Indiscutiblemente, nosotros no debemos substituir en estos momentos al administrador del Ferrocarril, porque en estos momentos esta substitución tiene como consecuencia un descrédito económico que nosotros vamos a palpar, en caso de llevarse a efecto la rescisión , en pocos meses después. Lo vamos a ver, pero lo que salta a la vista desde luego es que el señor Subsecretario de Hacienda haya venido a decirnos, anticipándose por completo a la discusión y a la votación del proyecto de ley, que este proyecto de ley no admite, para los fines que persigue, otra cosa que el ser aceptado íntegramente como se ha presentado a la Cámara, o ser rechazado. Evidentemente que esto no significa más que un afán de parte del señor Subsecretario de Hacienda, puesto que ha pulsado el ánimo de la Asamblea, de constreñirla a una aprobación absoluta del proyecto. ¿Pero es posible que después que he hecho resaltar, como todos habéis visto, la incongruencia entre las cláusulas 7a. y 8a. del artículo 2o. del proyecto de ley, se vaya a votar afirmativamente o, por lo menos, que se vaya a pasar sin discusión en lo particular? Esto no. Afortunadamente el señor Subsecretario de Hacienda ha venido a decir aquí algo que sólo para los obcecados no podrá ser motivo para hacer modificaciones al proyecto, pero para todos los espíritus serenos, verdaderamente patriotas, indudablemente que lo será. El nos ha dicho que el Ferrocarril no ha sufrido perjuicios, o que la casa Pearson no reclama ningunos, que éstos no los reclama por trastornos políticos; si no ha existido nada de esto, ¿por qué vienen a hacer aquí los dos términos "trastornos políticos?" ¿Qué objeto tiene esto? ¿Se trata únicamente de efectuar una operación desventajosísima para la Nación, creando la posibilidad de una reclamación por parte de la casa Pearson al ser votada esta cláusula? Pues esto no constituye más que una sugestión, porque la casa Pearson and Sons, al conocer el dictamen, el proyecto de ley; indudablemente que podrá decir: "Amparándome con esa misma cláusula referente a perjuicios que no reclamé antes en los preliminares del convenio, voy a reclamarlos ahora." ¿Y en qué circunstancias se encontrará el Gobierno si esto ha sido aprobado por el Congreso? Es, pues, indispensable, hacer modificaciones a esto, resalta a la vista que se han pretendido hacer dos indemnizaciones, una por un concepto y otra por otro, pero siendo las dos indemnizaciones por una causa idéntica, naturalmente no deben percibirse más que una sola vez y para percibirlas es indispensable que nosotros obliguemos a la Secretaría de Hacienda a que nos diga efectivamente cuál es el monto de estos perjuicios. No es bueno poner una limitación en el sentido que no exceda de tantos millones, es indispensable que se nos diga: "Los perjuicios ocasionados a la casa Pearson, o al Ferrocarril y

las utilidades que debió haber recibido durante tanto tiempo que ha sido administrado el Ferrocarril por el Gobierno, montan a esto, e inmediatamente en este mismo sentido tendría que hacerse la votación por indemnizaciones a la casa Pearson en la cantidad de tantos por los perjuicios que ha sufrido; pero si no ha sufrido perjuicios, ¿por qué se le ha de indemnizar? Y si los ha sufrido, ¿por qué no se le ha de indemnizar en el límite justo, por qué se ha de dar margen tan amplio? ¿Sabemos nosotros si llega a tres millones o si llega solamente a millón y medio de pesos? El procedimiento es inusitado, no hay razón para que se siga este procedimiento. Yo no me opongo en principio, como lo dije, a la rescisión del contrato, pero los términos en que está el proyecto y la presión que se hace para que el proyecto sea aprobado o rechazado, indican claramente que no está la operación de acuerdo con los intereses generales del país, que esto debe ser discutido con toda la atención que merece y, sobre todo, que debe ser objeto de modificaciones en lo particular, en caso de que se vote en lo general. ¿Qué sería si se exigiera a la Secretaría de Hacienda lo siguiente: que, o modificaba la cláusula número tantos, o que se rechazaba en lo general el proyecto? Esto sería tan absurdo como lo que la Secretaría de Hacienda pretende. Nosotros seamos lógicos; si en lo general merece la aprobación, pues que aprobémoslo; pero sin en lo particular hay que reprobar o modificar algunas de las cláusulas, pues hay que hacerlo; pero no sería consecuente la Asamblea si votara en lo absoluto en lo general y votara después en lo particular por el simple hecho de que así lo desea la Secretaría de Hacienda; después de las patentes contradicciones en que ha incurrido el señor Subsecretario de Hacienda, yo creo que la Asamblea, inspirándose en el interés patriótico que tanto han señalado los del pro, no dejará de proceder a las modificaciones de estas partidas y siempre lo hará en el sentido de dejar perfectamente delimitada la suma que hay que indemnizar a la casa Pearson and Sons y siempre de acuerdo con los perjuicios que haya sufrido. Así, debe venir el dictamen en la siguiente forma: Perjuicios ocasionados durante el año, tantos; perjuicios ocasionalmente durante el año, tantos; suman, esto. Hasta allí debe darse la indemnización; pasado eso, es claro que se hace un derecho o, por lo menos, se le da una amplitud tal, que no está de acuerdo con los intereses del país. Yo pido, pues, que el señor Subsecretario de Hacienda tome en consideración lo que acabo de decir, con objeto de que no pretenda que la Representación Nacional dé su voto en lo general y vote en lo particular favorablemente cada una de las cláusulas.

El C. Chapa: Pide la palabra Comisión. (Voces: ¡A votar!)

El C. Hay: Moción de orden, señor Presidente. Tanto el C. Sánchez Pontón, como el C. García Vigil, han dicho perfectamente que en lo general no se oponen, aunque sí están opuestos a algunos puntos en lo particular; por lo tanto, si la Comisión viene ahora a rectificar algunos conceptos de esta ley en lo particular, me permito sugerir a la Comisión se sirva dejarlo para cuando llegue el momento oportuno y, por lo tanto, podremos pasar a votar en lo general para continuar así mejor la discusión.

El C. Secretario Aranda: Se consulta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el asunto. Los que están por la afirmativa se servirán poner de pie. Suficientemente discutido.

El C. Manrique: Reclamo el trámite. Con fundamento en el artículo 113 reglamentario, la Mesa no puede nunca preguntar si el asunto está suficientemente discutido. (Voces: ¡Ya preguntó!) La Mesa no debe preguntar si un asunto está suficientemente discutido, en tanto no haya leído las listas de oradores que hayan participado en la discusión; si todavía quedan oradores inscriptos, ninguno tiene derecho a pedir que se les niegue la palabra. (El Presidente, leyó la lista de los oradores.)

El C. Sánchez Pontón: Yo he hablado dos veces, pero la primera vez no lo hice en lo relativo a la discusión en lo general.

El C. Secretario Aranda: Se procede a la votación nominal en lo general.

El C. Prosecretario de la Barrera: Por la afirmativa.

El C. Mata Filomeno: Por la negativa. (Se recogió la votación.)

El C. Prosecretario de la Barrera: Aprobado en lo general el proyecto de ley por 121 votos de la afirmativa, contra 11 de la negativa.

El C. Mata Filomeno: Votaron por la negativa los CC. Alonzo Romero, Cancino Gómez, García Vigil, Mata Filomeno, Mendoza Francisco de P., Ramírez Pedro, Rodríguez Saro, Sánchez Pontón, Sánchez Tenorio, Saucedo Salvador y Vega Sánchez.

El C. Secretario Portes Gil: Está a discusión en lo particular el artículo 1o. del proyecto de ley que dice:

"Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que celebre con los señores S. Pearson and Son, Limited, los contratos o convenios que sean necesitados para disolver la sociedad denominada "Compañía del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec," rescindiendo, con tal fin, los contratos de 16 de mayo de 1902, 20 de mayo de 1904 y 7 de mayo de 1908, aprobados por los respectivos decretos de 4 de junio de 1902, 31 de mayo de 1904 y 1o. de junio de 1908."

El C. Ortega: Pido la palabra para una moción de orden.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Ortega: Pido que se lean todos los artículos y se separen los que vayan a ser objetados, como se ha hecho en discusiones anteriores.

El C. Secretario Portes Gil: No habiendo ningún orador, se reserva este artículo para su votación.

Está a discusión el artículo 2o., que dice: "El contrato de rescisión y los convenios complementarios a que dé lugar la disolución de la Sociedad, se sujetarán a las siguientes bases:

"I Se restituirán a la Nación, en propiedad exclusiva, el Ferrocarril Nacional de Tehuantepec y los puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos, con todas sus dependencias, tales y como están definidos en los expresados contratos de 16 de mayo de 1902, 20 de mayo de 1904 y 7 de mayo 1908.

"I. Los señores S. Pearson and Son, Limited, renunciarán expresamente a todos los derechos que

el referido contrato de 16 de mayo de 1902 y sus reformas de 20 de mayo de 1902 y sus reformas de 20 de 1904 y 7 de mayo de 1908, les confieren sobre la administración y el aprovechamiento del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec y de los puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos.

"III. De conformidad con las prevenciones del referido contrato de 16 de mayo de 1902 y sus reformas de 20 de mayo 1904 y 7 de mayo de 1908, los préstamos que en forma de emisión de bonos o cualquiera otra, haya contraído la Compañía, así como las demás deudas de la misma, asumidas de acuerdo con las estipulaciones del referido contrato, constituirán una obligación y responsabilidad directa a cargo del Gobierno.

"Será también, por cuenta del Gobierno, el cumplimiento de los contratos hechos y obligaciones contraídas por la Compañía, de conformidad con los contratos mencionados.

"IV. Se pagarán al Gobierno y a los señores S. Pearson and Son, Limited, el capital social con el cual hayan contribuido, y el interés que sobre dicho capital deba pagárseles, de conformidad con los contratos antes mencionados.

"V. Las utilidades líquidas sobrantes, después de pagados el capital e interés en los términos que expresa el párrafo que precede, serán distribuidas entre el Gobierno de la República y los señores S. Pearson and Son, Limited, en la proporción que fijan los contratos respectivos.

"VI. La cantidad que el Gobierno deberá recibir por concepto de utilidades y con motivo de la realización de los valores inmediatamente negociables, después de haberse pagado la indemnización a que después la fracción siguiente, no será menor de diez y siete millones de pesos oro nacional.

"VII. La cantidad que en efectivo o en valores inmediatamente realizables, a elección del Gobierno, podrá percibir la casa S. Pearson and Son, Limited, como tal indemnización por los perjuicios sufridos a consecuencia de los trastornos políticos y de la incautación del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec y de los puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos, no excederá en ningún caso, de tres millones quinientos mil pesos.

"VIII. Como compensación por la renuncia que los señores S. Pearson and Son, Limited hacen del derecho de administrar y explotar el Ferrocarril y los puertos mencionados, y, consiguientemente, de las utilidades que les corresponderían en virtud de los contratos que han de rescindirse, el Gobierno podrá pagarles una suma que no exceda de cuatro millones de pesos, en bonos especiales que se emitirán por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que devengarán interés no mayor de cinco por ciento anual, y que serán amortizables dentro de un plazo de treinta y seis años."

Está a discusión este artículo.

El C. García Vigil: Pido la palabra.

El C. Medina Hilario: Pido la palabra, señor Presidente, para una proposición.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Medina Hilario.

El C. Medina: Conforme a la práctica que hemos seguido en las votaciones anteriores, me permito sugerir a la Mesa invite a los oradores que aparten las fracciones con las que no estén de acuerdo, para votar las restantes.

El C. Presidente: La Mesa se permite invitar al C. García Vigil para que aparte las fracciones que desee objetar.

El C. García Vigil: Como el artículo 2o. ha sido leído todo, yo me permito hacer una interpelación al ciudadano Subsecretario de Hacienda... ( Voces: ¡ Ya se fue ! )

El C. del Castillo Porfirio: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. del Castillo: Con el objeto de hacerse constar en el acta que en el momento de procederse a la discusión, en lo particular, de este proyecto de ley, se ha ausentado el ciudadano Subsecretario de Hacienda.

El C. Presidente: Se hará constar en la forma que lo solicita su Señoría.

El C. Ortega: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Ortega: Estando presente el C. Madrazo, Oficial Mayor de la Secretaría de Hacienda, pido se sirva informar si tiene autorización para hacerlo.

El C. Presidente: Se informara a Su Señoría que los Oficiales Mayores no pueden informar a la Cámara .

El C. Pruneda: Pido la palabra para interpelar a la Mesa.

El C. Pruneda: Suplico a la Mesa se sirva decirme si las interpelaciones que se hacen al Subsecretario de Hacienda las puede contestar el Jefe del Gabinete ( ¡No hay Jefe de Gabinete!)

El C. Secretario Portes Gil: Mientras viene el señor Subsecretario de Hacienda, a quien se ha mandado llamar, se va a dar lectura al artículo 3o. quedando reservado el artículo 2o. para cuando él llegue.

El C. García Vigil: Pido la palabra para separar las fracciones VII y VIII del artículo 3o. Separo todo el artículo 3o.

El C. Secretario Portes Gil: El artículo 3o. dice: " El Ejecutivo dará cuenta al Congreso de la Unión del uso que haya hecho de las facultades que se le concedan en virtud de la presente ley." Está a discusión.

El C. García Vigil: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. García Vigil: Señores diputados: Se está prejuzgando en absoluto. No es bueno el procedimiento de pasar a la discusión del artículo 3o. sin que antes se discuta el 2o. Afortunadamente estamos en sesión permanente y ya muchos de vosotros cenásteis.....( Voces: ¡Todos cenamos! )

El C. Figueroa: Pido la palabra para pedir a la Mesa se sirva poner a votación el artículo 1o. ( Voces: ¡Muy bien! )

El C. Hay: ¡ Moción de orden !

El C. Presidente: Tiene usted la palabra para una moción de orden.

El C. Hay: Cuando algún diputado pretende interpelar al Ejecutivo por conducto de algunos miembros del Gabinete, debe ponerse a votación si se hace o no la interpelación; no basta la voluntad de un diputado, porque cualquiera podría suspender una discusión a la hora que quisiera.

( Aplausos.) Por lo tanto, sin desconocer el derecho que tiene.....( Varios diputados piden la palabra para moción de orden.)

El C. Presidente: Se suplica a los ciudadanos diputados dejen continuar al orador en su discurso.

El C. Hay: Sin desconocer el derecho que tiene el C. García Vigil, como cualquiera otro diputado, para interpelar al Ejecutivo, repito que sólo puede llevarse a cabo la interpelación si la Cámara lo aprueba. Por lo tanto, pido que la Mesa consulte a la Asamblea si se suspende la discusión de la presente ley hasta que conteste el Ejecutivo, por conducto del Subsecretario de Hacienda.

El C. Secretario Portes Gil: El artículo 55 del Reglamento dice:

Los Secretarios del Despacho asistirán a las sesiones siempre que fueren enviados por el Presidente de la República, o llamados por acuerdo de la Cámara; sin perjuicio de la libertad que tienen de asistir, cuando quisieren, a las sesiones."

El C. Figueroa: ¡ Moción de orden!

El C. Aguirre Colorado: ¡ Moción de orden!

El C. Manrique: ¡ Moción de orden!

El C. Sánchez Tenorio: Para una interpelación a la Mesa.

El C. Presidente: La Mesa se permite manifestar a la Asamblea que, de acuerdo con la prescripción reglamentaria que se ha leído, no hay nada a discusión; por tanto, se va a proceder a la votación nominal del artículo 1o. que no ha sido objetado, para continuar en seguida la discusión de los no objetados.

El C. Secretario Portes Gil: Se procede a la votación del artículo 1o.

El C. Prosecretario de la Barrera: Por la afirmativa.

El C. Mata Filomeno: Por la negativa. ( Se tomó la votación. )

El C. Prosecretario de la Barrera: Aprobado el artículo 1o. por 120 votos de la afirmativa, contra 12 de la negativa, cuyos nombres va a leer el C. Mata.

El C. Mata Filomeno: Votaron por la negativa los siguientes ciudadanos diputados: Alonzo Romero, Cancino Gómez, García Vigil, Mata Filomeno, Mata Luis I., Mendoza, Ramírez Pedro, Sánchez Pontón, Sánchez Tenorio, Saucedo Salvador y Vega Sánchez.

El C. Manrique: Pido la palabra para una moción de orden.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Manrique.

El C. Manrique: Solicito de la Presidencia que se sirva proceder a la votación del artículo 3o. Sírvase ordenar la Presidencia a la Secretaría que dé lectura a este artículo y se convencerá la Asamblea de que su conexión con el artículo 2o. no es tan íntima que no permita votarlo separadamente.

El C. Secretario Portes Gil: El artículo 3o. dice:

" El Ejecutivo dará cuenta al Congreso de la Unión del uso que haya hecho de las facultades que se le concedan en virtud de la presente ley." La Mesa opina que, efectivamente, se puede proceder a la votación de este artículo, en virtud de que en cualesquier caso el Ejecutivo tendrá que dar cuenta a esta Asamblea de las facultades que se le confieren.

El C. García Vigil: Reclamo el trámite.

Presidencia del C. TORRES JOSÉ D.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. García Vigil: Aparentemente no tiene conexión ninguna el artículo 3o. con los anteriores, pero esencialmente sí la tiene . Para el efecto, quiero que todos vosotros os fijéis; el artículo 2o. es, puede decirse, lo que constituye los lineamientos generales, o sean las bases a que se sujetará el Gobierno para efectuar la rescisión del contrato. Indudablemente, si estas bases generales sufren modificaciones tendrá que modificarse también el artículo 3o. ( Voces: ¡ No, no! ) Voy a explicarme: Si nosotros desechamos, ya no todo el artículo, pero si alguno de los incisos, o si por lo menos los modificamos hasta el punto de precisar detalladamente todo el procedimiento que tiene que seguirse para la rescisión del contrato, ¿ qué objeto tendrá después que el Ejecutivo informe, si nosotros le fijamos la manera como debe llevar a cabo la rescisión ? Es lógico... ( Voces: ¡No, no!) Señores diputados, os pido algo de atención. La cláusula 3a. del artículo 2o. habla de las responsabilidades que contrae el Gobierno al rescindir el contrato por lo que respecta a los empréstitos que ha hecho la Compañía; y si nosotros le limitamos el procedimiento que habrá de seguirse y así lo seguimos haciendo respecto de todas las demás cláusulas, en ese caso sale sobrando que informe el Ejecutivo, supuesto que todos los detalles de la ley se habrán fijado por el Congreso. Pido, en consecuencia, que se reserve la discusión del artículo 3o.

- El C. Hay Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Hay: Es casi inútil que venga a abogar en pro del trámite; todo el argumento del C. García Vigil se concreta a decir qué objeto tendrá la información del Ejecutivo en caso de que se haga una reglamentación de tal manera precisa que no se pueda separar de ella, y yo digo, por ejemplo, ¿ qué perjuicio habrá de que venga a informar ? sobre todo, tendrá un objeto: el de que el Poder Legislativo se penetre perfectamente del cumplimiento que da el Ejecutivo de la reglamentación, por precisa que sea, de este artículo.

El C. Secretario Portes Gil: En votación económica se pregunta si se aprueba el trámite de la Mesa. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie.

El C. Martínez de Escobar, interrumpiendo: Se debe poner a discusión.

El C. Manrique: Pido la palabra para una aclaración.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Manrique: Ha apuntado a la Presidencia la conveniencia de que se desligue el artículo 3o. del artículo 2o. pero no se ha procedido correctamente a poner a votación un artículo cuya discusión no se había iniciado. Efectivamente, hay algunos diputados que tienen la idea de objetar este artículo solicitando que se fije un plazo para que el Ejecutivo dé cuenta de la manera como haya hecho uso de las facultades que le concedemos;

en la Asamblea...( Voces: ¡ Calláos ! Murmullos.) ¡Vive Dios, tened paciencia! Que la asamblea haya votado el trámite de la Mesa, no quiere decir que no pueda fácilmente reconocer su error y admitir a discusión el artículo.

El C. Hay: ¡ Moción de orden ! Cuando se trata de un trámite, pueden hablar solamente dos personas, una en pro y otra en contra; ya hablaron estas dos personas....

- El mismo C. Secretario, interrumpiendo: La Mesa efectivamente había sufrido una confusión debido a que García Vigil y en virtud de que el C. Presidente que fungía se fue, la Mesa no tenía conocimiento del asunto; de manera que está a discusión.

El C. García Vigil: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. García Vigil.

El C. García Vigil: Señores diputados: En un rasgo de excesiva consecuencia, por la apatía que siente la Asamblea por la discusión de este asunto, convengo en discutir.... ( Voces: ¡ Ya estamos satisfechos! )

El C. Aguirre Colorado, interrumpiendo: Pido la palabra para una moción de orden.

- El C. García Vigil, continuando:....de este asunto. Convengo en discutir....

El C. Aguirre Colorado: No puede la Mesa conceder la palabra al ciudadano García Vigil para que discuta el artículo 3o. si no se ha discutido antes el 2o.

El C. Portes Gil: ¡ Moción de orden! Perfectamente puede discutirse el artículo 3o. desde el momento en que el 2o. está apartado.

El C. Pruneda: ¡ Moción de orden! Muy bien puede discutirse el artículo 3o. puesto que no se constriñe sino a que el Ejecutivo dará cuenta a la Cámara.

Presidencia del C. SÁENZ AARÓN

El C. Secretario Portes Gil: En virtud de que llega en estos momentos el ciudadano Subsecretario de Hacienda, por acuerdo de la Mesa se pone a discusión el artículo 2o. de la ley.

El C. del Castillo: ¡ Moción de orden! La Mesa ha puesto a discusión el artículo 3o., y, en consecuencia, no puede discutirse el 2o.; no podemos suspender la discusión del artículo 3o. por solo hecho de haberse presentado el Subsecretario de Hacienda, quien no debió ausentarse del salón.

- El mismo C. Secretario: Como la discusión se suspendió esperando que llegara el Subsecretario de Hacienda, estando ya aquí y para proceder con todo orden, se discutirá el artículo 2o. a reserva de proceder después a la del artículo 3o. Por lo tanto, la Mesa sostiene su trámite y se pone a discusión el artículo 2o. ( Voces: ¡ No, no! ¡ Si, si! )

El C. Medina Hilario: ¡ Imponed silencio, señor Presidente!

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. García Vigil.

El C. García Vigil: Señores diputados: Yo me felicito de que los acontecimientos hayan estado de acuerdo con la lógica, los acontecimientos son la llegada del C. Subsecretario de Hacienda a tiempo para poder proceder en orden a la discusión de la ley y también el recibimiento de que ha sido objeto....(Toses.) Esto es sintomático del resultado de la votación y como alto dispensador de bienes materiales que es el señor Subsecretario de Hacienda.... (Una voz: ¡ Manda tu recibo, hermano ! Risas.) yo no puedo menos de reconocer esta verdad y de felicitarlo por ello. Me permito muy atentamente solicitar del señor Subsecretario de Hacienda que tenga la bondad de informar a la Cámara sobre los préstamos en forma de emisión de bonos, o cualquiera otra que haya contraído la Compañía, así como las demás deudas de la misma, asumidas de acuerdo con las estipulaciones del contrato.

El C. Chapa: Pido la palabra para una moción de orden.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Chapa, de la Comisión: Para simplificar el debate, yo creo que deben ponerse a discusión uno por uno los incisos... ( Voces: ¡No, no! Una voz:¡ No es posible, porque el señor García Vigil va a hacer una serie de interpelaciones por varios incisos!).... La comisión está de acuerdo en retirar los incisos VII y VIII, la Comisión tiene razones para retirarlos y modificarlos en otro sentido, no va a modificarlos substancialmente; el señor García Vigil ha tenido razón al decir que los tres millones y medio no se pueden aplicar a indemnización. Si la Compañía Pearson insiste en recibir siete millones y medio, se va a poner en un solo inciso que se darán siete y medio millones, pero no por concepto de indemnizaciones, sino por compensaciones de los derechos de que renuncia. Así es que si Su Señoría acepta este sistema de discusión, nos ocuparemos primero del inciso 1o. después del 2o. y en el mismo orden de los demás.

El C. Presidente: La Mesa suplica al ciudadano García Vigil indique cuáles son los incisos que quiere objetar. ( El C. García Vigil separó los incisos.)

El C. Presidente: Han sido separados los incisos III, IV, VII y VIII del artículo 2o. del proyecto de ley que se discute Se pregunta a la Asamblea si por lo que respecta a los otros incisos, los considera suficientemente discutidos.

El C. Manrique: Pido que se les dé lectura.

El C. Secretario Portes Gil: Los incisos indicados se separaron ya; los demás se reservan para su votación.

El C. Presidente: Está a discusión el inciso III.

El C. García Vigil: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

- El mismo C. Secretario: El C. García Vigil renuncia al uso de la palabra en contra de los artículos que había separado; ( Voces: ¡ Muy bien ! Aplausos.) y espera que la Comisión presente modificados los artículos 7o. y 8o. que retiró.

El C. Chapa: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Chapa, de la Comisión: Tenía mucha razón el señor García Vigil....

El C. García Vigil, interrumpiendo: ¡ Vaya, hombre!

- El C. Chapa, continuando:.... cuando discutiendo en lo general, hacía objeciones a que se le pagasen a los señores Pearson tres millones y medio por concepto de indemnización, no contestó la Comisión en vista de que el señor García Vigil debió haber hecho estas objeciones cuando se presentasen a discusión en lo particular, y en vista de que estaba agotada la discusión, se votó en lo general. En efecto, señores, si los señores Pearson piden una cantidad de siete millones y medio como condición sine qua non para rescindir el contrato, no es posible separar las dos cantidades y decir: cuatro millones por compensación y tres millones y medio por indemnización, puesto que el Gobierno de la República sólo ha incautado el Ferrocarril durante ocho o nueve meses. Es evidente que si los señores Pearson ya han aceptado como base una ganancia de 250,000 dólares o sean 500,000 pesos al año, no era posible dar tres millones y medio en lugar de medio millón de pesos; así es que el voto particular que formulamos los señores Silva Herrera y el que habla lo especificaba claramente en su exposición de motivos en las siguientes palabras: " La Secretaría de Hacienda ha informado haber celebrado juntas preliminares con los referidos señores, con objeto de establecer las pretensiones mínimas por parte de ellos, que sirvan de base para las negociaciones futuras, las cuales han sido expuestas debidamente por esa Secretaría y están estipuladas dentro de la autorización que el Ejecutivo solicita de este H. Congreso, y como estas pretensiones son condición sine qua non para la realización de la rescisión del contrato, no procedía por parte nuestra más que la aprobación o reprobación del proyecto que nos ocupa, sin modificación substancial alguna. Por lo tanto, hemos creído conveniente modificar los incisos V Y VI solamente en lo que se refiere a la forma, haciéndolos más concretos y ha reunido los incisos VII Y VIII en un solo, pues si es verdad que los señores Pearson insisten en recibir la cantidad de tres millones quinientos mil pesos en efectivo o valores inmediatamente realizables como condición indispensable para la realización de la rescisión del contrato, esta cantidad no puede ser atribuida únicamente a una indemnización, pues la incautación de la compañía que el Gobierno estuvo forzado a hacer, no ha durado ni un año, y la suma que pretenden los tantas veces mencionados señores, está exageradamente fuera de proporción de lo que la Compañía ha dejado de percibir por concepto de utilidades durante este tiempo, y la parte que a ellos corresponde.

En tal virtud, la Comisión solicita el permiso de esta H. Asamblea para retirar los incisos VII Y VIII y presentarlos inmediatamente reunidos en uno solo. Ya está redactado el inciso y voy a permitirme leerlo para que, si la Asamblea lo aprueba, lo retiraremos inmediatamente. ( Voces: ¡ Que se retire primero! )

- El mismo C. Secretario: Se pregunta si se concede el permiso. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Se concede. La Comisión presenta los incisos VII y VIII refundidos en uno solo que dice:

"VII. La cantidad que los señores S. Pearson And Son, Limited, por concepto de utilidades, indemnización total por los perjuicios sufridos a consecuencia de la incautación del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec y de los puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos, compensación por la renuncia del derecho de administración y explotación del Ferrocarril y puertos mencionados y liquidación final, no excederá de $7.500,000.00 (siete millones quinientos mil pesos.)

"De esta cantidad se pagará inmediatamente hasta $3.500,000.00 (tres millones quinientos mil pesos) en efectivo, en especie o en valores de los que existen en posesión de la Compañía, a elección del Gobierno, y la suma restante, no mayor de $4.000,000.00 (cuatro millones) en bonos especiales que se emitirán por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que devengarán un interés no mayor de cinco por ciento anual y que serán amortizables dentro del plazo de treinta y seis años."

El C. Portes Gil: Está a discusión.

El C. Sánchez Pontón: Pido la palabra en contra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Sánchez Pontón: Por más que no quiera uno insistir, ya que el señor subsecretario nos dijo que este contrato o se aprueba o no se aprueba en estas condiciones, porque no se le pueden hacer modificaciones substanciales, de manera que no debería insistir y más cuando se ha aprobado ya en lo general, el artículo 1o. en lo particular y, como repito, se nos ha presentado la cuestión de que o se aprueba como está o se reprueba, así podamos encontrar algo que nada varíe una pequeña parte de la substancia de este contrato, pues entonces ya sería absolutamente imposible la rescisión del mismo; pero no obstante eso, yo quiero hacer constar que es peregrino el procedimiento de la Comisión cuando viene englobando las dos fracciones en una sumando las cantidades; esto sí es pueril, si no tratamos de discutir si hay un punto o punto y coma antes o después de una facción, nosotros venimos discutiendo el fondo. ¡Qué nos importa que estén en una cláusula tres millones y medio y en otro cuatro, si ahora la Comisión nos refunde la cantidad en una sola y resulta exactamente lo mismo! Lo que nosotros rechazamos es el pago de esta cantidad de tres y medio millones y otra de cuatro, por concepto de indemnizaciones, cuando los mismos señores que afirman el voto particular nos dicen que es exagerada la cantidad de tres y medio millones que pide la casa Pearson por concepto de indemnizaciones. (Voces: ¡Porque así lo exigen!) Pero los convenios hechos, señores, tienen base que es la lógica, la razón, la conveniencia y naturalmente al hacer esos convenios se debe entrar en esos detalles. ¿Por qué exigen ustedes tres y medio millones por concepto de indemnización? ¿Por qué exigen ustedes cuatro millones y medio o cuatro millones por concepto de daños y perjuicios? pues no puede haber las dos cosas como lo he probado. Por otra parte, aunque el señor Subsecretario de Hacienda

calificó de pueril mi observación estrictamente legal de que no pueden pagarse dos clases de indemnizaciones para rescindir un contrato, la prueba de que no era tan pueril es que la Comisión ha comprendido que sería un defecto terrible en esta ley que está discutiendo el que aparecieran esos dos incisos separados, el VII y el VIII, poniendo dos clases de indemnizaciones para un solo objeto. Pero aquí resulta una cosa muy sencilla: los señores Pearson quieren siete millones y medio por cualquier concepto, lo mismo que se llame X o Z; esto me recuerda la planilla de honorarios de un abogado que, habiendo puesto: "una conferencia tanto," y en seguida: "por un escrito, tanto," le reclamó el cliente diciéndole que no había tenido tal conferencia y el abogado le dijo: "bueno, entonces por el escrito le cobro las dos cantidades sumadas." Claro está, así podemos siempre llegar a un acuerdo total. ¡Si nos conviene porque estamos de acuerdo en que no se puede pagar dos veces, pues englobemos las cantidades y por un solo concepto se le pagan las dos cantidades sumadas! Aquí voy a tratar, aunque no he usado nunca el argumento del Señor Cravioto de contar cuentos, pero viene muy a colación el siguiente: En una ocasión se estableció en una ciudad un espectáculo, un parque de diversiones en donde había una gran cantidad de espectáculos; había muchos atractivos y se daban cenas, bebidas, se daba de todo ahí adentro. En cambio, la entrada era sumamente barata; llamaba la atención de todo el mundo que se dieran tantos espectáculos y tantas diversiones a un solo precio tan módico como el de 50 centavos, pero resultaba que después de que se había gozado de todo lo que había en el parque de diversiones por los 50 centavos, y todo el mundo estaba admirado de que se diera de beber, de comer, que hubiera cine, teatro, a la hora de salir se encontraba con que la puerta de salida había otro boletero que decía: "para salir se pagan veinte pesos." De manera que la entrada era muy barata, pero la salida era más cara. Aquí resultó que cuando se hizo el contrato se hizo sumamente oneroso para la Nación; pero vamos a rescindirlo para evitar esos graves perjuicios, y nos encontramos con que la salida nos cuesta todavía más cara que la entrada. Por eso insisto yo en que la Comisión no se reduzca en este caso a modificar la forma, que no es la que estamos discutiendo, sino que modifique el fondo, si es que es posible, si es que es lógico como creo que lo es y que convencida de que no es posible pagar esto, se trate con la casa Pearson para que reduzca esa cantidad que pide como indemnizaciones, ya que el señor Chapa está de acuerdo en que esta suma exagerada, como lo ha expresado en la parte expositiva de su voto particular; pero si ésta condición sine qua non, si este contrato es el de las dos sopas, pues entonces ya no tengo que hacer observaciones.

El C. Silva Herrera: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Silva Herrera: Como el señor Sánchez Pontón basa su argumentación....(Voces: ¡No se oye, tribuna, tribuna! El orador pasa a la tribuna.) Señores diputados: Es muy breve lo que voy a decir y por ese motivo no era necesario que ocupara esta tribuna. Como el señor Sánchez Pontón basó su argumentación y sobre todo la parte irónica con que se expresó en el hecho de que el señor Subsecretario de Hacienda le haya dicho que alguna de sus observaciones era pueril y expresó que él había aplicado este calificativo a la inconveniencia de pagar dos indemnizaciones a la casa Pearson, una por concepto de incautación y otra por concepto de privación de derechos que podría ejercer hasta terminar el contrato, debo decir que no le llamó pueril a eso, llamó pueril, y quizá le hizo mucho favor, al deseo del señor Sánchez Pontón, de que el Gobierno Mexicano fuera a incautarse de las acciones que existen en Nueva York, y del dinero efectivo de la Compañía del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec que está en Londres. Me parece que llamarle pueril a eso es llamarle muy lógico.

El C. Sánchez Pontón, interrumpiendo: pero yo no dije eso, señor Silva Herrera.

El C. Medina Hilario: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Medina.

El C. Medina: He notado....(Voces: ¡Tribuna, tribuna!) En el artículo refundido que presenta la Comisión, la manera de pagar los tres millones y medio no la deja como la dejara el inciso VII, a elección del Gobierno, sea en efectivo, sea en valores inmediatamente realizables. Supongo que será una omisión, que espero que la Comisión subsane en la redacción definitiva del artículo, porque es una garantía para el Gobierno que quede a su elección pagar en efectivo o en valores inmediatamente realizables. Me ocuparé ligeramente de la objeción que ha expuesto el señor Sánchez Pontón. No ha demostrado, como él dice, que se paguen dos cosas distintas, siendo que, en la rescisión de los contratos solamente puede pagarse una u otra. El señor Sánchez Pontón olvida que en el caso de rescisión del contrato por falta de cumplimiento de una de las partes, hay lugar a indemnización por daños y perjuicios y a falta de la estipulación expresa de las partes, a condenar al que no cumplió a pagar lo que se llama la pena estipulada en el contrato. En los contratos se estipula generalmente una cláusula, por virtud de la cual el contratante que falta al cumplimiento, se obliga a pagar una cantidad en calidad de pena; esto se llama la cláusula penal y la ley civil dice que cuando hay cláusula penal no puede exigirse daños y perjuicios, esto es verdad; pero en el presente caso no se trata de rescisión de contrato por falta de cumplimiento de alguna de las partes (voces: ¡Claro!), se trata de rescindir el contrato por medio de un nuevo contrato cuyas nuevas estipulaciones son libremente contratadas. En una palabra , se trata de un nuevo convenio en el cual las partes han examinado previamente las condiciones mediante las cuales van a subscribir ese convenio.

Si la casa Pearson, después de las pláticas con el Gobierno a llegado a fijar como cantidad mínima la de siete y medio millones de pesos para llevar adelante ese contrato y si los intereses nacionales y los del Gobierno juzgan que es de alto grado conveniente a la Nación aceptar esas condiciones, así debe ponerse, como dice la Comisión, como una condición esencial de ese mismo contrato. Y yo no veo en esto absolutamente nada que tenga el carácter de una cláusula penal que haya que exigir

por virtud de falta de cumplimiento de una de las partes. He querido hacer estas ligeras observaciones, porque aparentemente las objeciones del señor licenciado Sánchez Pontón, por provenir de un abogado de prestigio, pueden impresionar a ciertos representantes; por fortuna he visto que espontáneamente muchos de ellos, que no son abogados por cierto, han resuelto inmediatamente la contestación a las objeciones más aparentes que reales del señor Sánchez Pontón. Me permito insistir con la Comisión para que haga contestar en esta cláusula refundida, que queda a elección del Gobierno la forma del pago, ya sea en dinero efectivo, o ya sea en valores inmediatamente realizables.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Silva Herrera, de la Comisión: en efecto, tiene razón el señor licenciado Medina; por una omisión involuntaria no se consiguió en la redacción de esta fracción, la circunstancia de que la cantidad de tres millones y medio que el Gobierno debe pagar a la casa Pearson al contado, puede hacerlo, bien en efectivo o bien en acciones, a elección del Gobierno. Si la Mesa da permiso o si la Asamblea da permiso a la Comisión para hacer una aclaración y agregarla, lo hará inmediatamente. Ruego a Su Señoría que pregunte a la Asamblea.

El C. Presidente: El C. Chapa pidió el uso de la palabra.

El C. Chapa, de la Comisión: La Comisión está dedicada a atender todos los razonamientos justos de los señores diputados. En efecto, el señor licenciado Medina muy atinadamente nos ha dicho que sería conveniente especificar en la cláusula 7a. que el Gobierno puede pagar o en efectivo o en especies, es decir, las acciones que ya tiene. Por lo tanto, pido atentamente el permiso a la H. Cámara para retirar el inciso VII como los incisos VI y VI para poner inmediatamente la modificación de que el Gobierno puede pagar a la casa Pearson en efectivo o en especies, según lo juzgue conveniente el Gobierno. (Voces: ¿Efectivo o especies?)

El C. Secretario Portes Gil: La Comisión solicita permiso para retirar las fracciones V, VI y VII. En votación económica se pregunta si se concede. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Se concede. La comisión presenta esas fracciones de la forma siguiente. La V así:

"V. Las utilidades líquidas sobrantes, después de pagados el capital e interés en los términos que expresa el párrafo que precede, serán aplicadas, ya sea en efectivo o en especie, al Gobierno de la República, y los señores S. Pearson and Sons, Limited, en la proporción que fijan los contratos respectivos.

"VI. La cantidad que el Gobierno deberá recibir por concepto de las utilidades de la rescisión de los contratos antes mencionados y liquidación de la Sociedad, después de haberse pagado la indemnización a que se refiere la fracción siguiente, no será menor de $17.000,000.00, oro nacional."

La comisión modifica lo que leyó la Secretaría en la siguiente forma: Siete millones de pesos. La fracción VII dice:

"De esta cantidad se pagará inmediatamente hasta $3.500,00.00 (tres millones quinientos mil pesos) en efectivo, en especie o en valores de los que existen en posesión de la Compañía, a elección del Gobierno, y la suma restante no mayor de $4.000,000.00 (cuatro millones) en bonos especiales que se emitirán por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que devengarán un interés no mayor del cinco por ciento anual y que serán amortizables dentro de un plazo de treinta y seis años,"

El C. Sánchez Pontón: Para un hecho pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Sánchez Pontón.

El C. Sánchez Pontón: Nada más para contestar al señor licenciado Medina, porque es imposible dejar pasar que se hagan valer argumentos que absolutamente tienen valor ni fuerza, y que todavía se les conceda ese valor y fuerza. (Voces: ¡Aah!) El señor licenciado Medina convendrá en que si hubiera sido el resultado de un convenio por el cual la casa Pearson hubiera exigido la cantidad de siete millones y medio para poder hacer la rescisión, no hubiera habido necesidad de que en la iniciativa del Ejecutivo se hubiera separado esa cantidad en dos, haciendo constar que en una era por concepto de indemnizaciones y otra por compensación de la renuncia de los derechos que hacen señores Pearson and Sons; de manera que si la cantidad, si el deseo de los señores Pearson es tener como condición sine qua non el que se les den siete y medio millones, ¿a qué venir entonces a distribuir estas dos cantidades en dos cláusulas distintas y por qué la Comisión misma y los firmantes del voto particular han separado en dos cláusulas esas cantidades? Luego entonces era con el objeto de expresar claramente que una era por concepto de indemnizaciones y otra por pago de daños y perjuicios. Eso es lo que yo combato y eso es lo que la Comisión ha aceptado cuerdamente poniendo sólo una cláusula en este asunto.

El C. González Jesús M.: Pido la palabra para una aclaración.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. González Jesús M.: ¿Que por qué aparecen esas cantidades separadas? Por lo siguiente: porque Pearson exigía que fuesen tres y medio millones por el mismo concepto de los cuatro, y únicamente exigía que el pago de los tres y medio millones fuese en efectivo, y los otros cuatro en bonos. Por eso aparecen divididas.

La indicación del señor Sánchez Pontón, advierta que es ese plazo se contará desde la fecha en que se haga el contrato, porque hay que dejar al Gobierno la oportunidad del momento, el valor de las acciones, los diversos convenios que intervienen en este asunto; de manera que, a partir de cierto plazo, desde de la fecha del contrato, rinda las cuentas que le exige el artículo 3o. Así me permito proponerle a la Comisión.

El C. Chapa: Pido la palabra. La Comisión cree muy pertinentes las observaciones de los señores Sánchez Pontón y Medina; por lo tanto, se podrá poner como plazo que el Ejecutivo dé cuenta con el contrato que va a celebrar en el próximo período de sesiones. (Voces: ¡No, no!) En el próximo período ordinario de sesiones.

La Comisión solicita permiso para retirar el artículo 3o.

El C. Secretario Portes Gil: Se consulta a la

Asamblea si se concede el permiso. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie Sí se concede.

Se presenta modificado en la siguiente forma:

"Artículo 3o. El Ejecutivo dará cuenta al Congreso de la Unión, en el próximo período de sesiones ordinarias, del uso que haya hecho de las facultades que se le conceden en virtud de la presente ley."

Está a discusión.

El C. García Vigil: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. García Vigil: Este fue el motivo que tuve yo para apartar el artículo 3o.; pero considero bastante el que se diga que en el próximo período de sesiones, puesto que forzosamente tendrá que informar en ese período si no lo hace antes; pero el interés que yo tengo en este asunto es que informe en un plazo razonable, inmediatamente después de firmada la rescisión de este contrato; por consiguiente, si este contrato se va a rescindir dentro de una semana, dentro de dos, dentro de tres, o, a lo más, dentro de cuatro semanas, ¿qué objeto tiene que ese informe lo dé el Ejecutivo hasta que se reúna el próximo Congreso? Yo creo que es conveniente modificarlo en el siguiente sentido: El Ejecutivo dará cuenta al Congreso de la Unión, si estuviese reunido, o a la Comisión Permanente, si no lo estuviera.....(voces de las derechas: ¡ahhh! eso, eso!) ¡Claro! (Voces: ¡Ahí está el peine!) Ahí está, efectivamente. Efectivamente vosotros tenéis interés en que sea ante este Congreso ante el que informe o ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes, contado de la fecha de la rescisión del contrato.

El C. Medina Hilario: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Silva Herrera: Señores diputados: El ciudadano García Vigil solicita de ustedes que, en vez de que..... (voces: ¡No se oye!)

El C. Villarreal, interrumpiendo: ¡Más fuerte, joven! (Risas.)

El C. Silva Herrera: Señores diputados: El ciudadano diputado García Vigil propone que, en vez de señalar como plazo o término para que el Ejecutivo informe del uso que hubiere hecho de las facultades que le acabamos de otorgar, en vez de que sea en el próximo período, repito, sea tantos días después de celebrado el contrato y no al próximo Congreso, sino a la Comisión Permanente (Voces: ¡No!)

El C. García Vigil: Yo no dije eso. ¿Me permite la palabra? Yo dije: pido yo que se reforme el artículo en el siguiente sentido: que el Ejecutivo informe del uso que hubiera hecho de esas facultades, en el plazo de un mes, contando de la fecha de la rescisión del contrato, ante el Congreso, si éste estuviere reunido, o ante la Comisión Permanente, en caso contrario; cualquiera que sea la Comisión Permanente o cualquiera que sea el Congreso.

El C. Silva Herrera: La Comisión no tiene inconveniente en aceptar que un mes después de iniciado el período ordinario de sesiones del Próximo Congreso... (voces: ¡No, no!) Desearía que el señor García Vigil tuviera la bondad de expresarlo más claro.

El C. García Vigil: ¿Me permite usted?

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. García Vigil

El C. García Vigil: Señores diputados: La forma que propongo yo para el artículo 3o., es la siguiente: El Ejecutivo dará cuenta al Congreso de la Unión, si se encuentra reunido, o a la Comisión Permanente del mismo, en caso contrario, del uso que haya hecho de las facultades que se le conceden en virtud de la presente ley, en un plazo de un mes, contado desde la fecha de rescisión de este contrato.

El C. Silva Herrera, de la Comisión: Me he dado cuenta ya..... (voces: ¡Vaya, hombre!), de lo que desea el señor García Vigil, que, seguramente por la culpa mía, no le había entendido y que no atribuyo a obscuridad en la exposición del señor García Vigil. Los dos extremos que propone el señor García Vigil, son anticonstitucionales si se consideran: la Comisión Permanente no está capacitada para resolver sobre actos del Ejecutivo, porque invadiría las facultades del Congreso. Ahora bien, si el Congreso se encuentra reunido en período extraordinario de sesiones, convocado por el Ejecutivo no podrá tratar sino de los asuntos para los cuales hubiere sido especialmente convocado. En consecuencia, por estas razones, que creo que no escaparán a ninguno de los diputados y que, por consiguiente, no creo conveniente ampliar más, la Comisión no acepta la modificación propuesta por el C. García Vigil.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Medina Hilario

El C. Medina Hilario: No hay, aparentemente, ningún inconveniente para aceptar la proposición del C. García Vigil; pero si se trata de informar por parte del Ejecutivo del uso que ha hecho de las facultades que se le conceden en este proyecto de ley, yo pregunto: ¿qué objeto tendría ese informe si nada más fuera a escucharse por una Asamblea, fuera Congreso o fuera diputación permanente? Precisamente el informe rendido por el Ejecutivo debe ser el objeto de un examen y una crítica y debe dictarse un acuerdo aprobándolo o reprobándolo; si es el Congreso, perfectamente bien, está en sus facultades hacerlo en sesiones ordinarias; pero si es la Diputación Permanente, carece por completo de esas facultades: (Voces: ¡Claro!) La Comisión Permanente tiene las que limitativamente le señala la Constitución General, de tal manera que, ni aun cuando lo dijéramos en esta ley - podría decirse, pero sería inútil -, aunque lo dijéramos en esta ley, sería perfectamente de sobra, porque esto amerita una reforma a la Constitución, reforma que no se ha hecho con los requisitos que la misma Constitución establece. (Voces: ¡Muy bien!) Si es ante un Congreso, se necesitaría una convocatoria especial, con el objeto expreso de venir a recibir el informe del Ejecutivo; y ese informe, es claro que no amerita una convocatoria extraordinaria. Por lo tanto, existe una imposibilidad de hecho; supuesto que nosotros vamos a entrar en receso, hay una imposibilidad de hecho para que dentro del plazo de un mes se rinda ese informe. Por eso debe ponerse: "para el período próximo de sesiones ordinarias del Congreso General." (Aplausos.)

El C. García Vigil: Pido la palabra. (Voces: ¡A votar!)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. García Vigil.

El C. García Vigil: Señores diputados: El hecho de que el Ejecutivo informe ante el Congreso que se encuentre reunido o ante la Comisión Permanente, si no lo estuviera, no trae como consecuencias el que la Comisión Permanente resuelva sobre esto. (Voces: ¿Entonces?) Es únicamente...(Voces: de la derecha ¡Que les toque a ustedes) el deber que se tiene de estar los Poderes Legislativo y Ejecutivo en constante comunicación respecto de los asuntos de su resorte. (Voces: ¡Aaah!) Sí señores; el hecho que cita el señor licenciado Medina diciendo que se encontrará en la imposibilidad de presentarlo ante el Congreso porque vamos a entrar en receso, es sofístico, puesto que puede ser que nos encontremos en sesiones extraordinarias, en el período del tiempo durante el cual se encuentre comprendido el plazo de un mes que yo propongo que se dé al Ejecutivo para que informe. Bien puede suceder que el contrato se rescinda dentro de un mes, por ejemplo, y que el Congreso esté reunido dentro del mes siguiente. ¿Y porqué no ha de informar, desde luego que el congreso está reunido, acerca de este asunto que ha sido ya resuelto por este Congreso? ¿Por qué no? De manera que lo que yo pido está enteramente en lo justo y no tiene razón de ser el que se espere a que encuentre en el próximo período de sesiones para informar. ¿Por qué, si el Congreso puede estar reunido, por qué no aprovechar esta oportunidad para que el Ejecutivo informe? (Voces: ¡Puede estar reunido y puede no estarlo!) Puede estar reunido y puede no estarlo, y, por consiguiente, no hay razón para que si el Congreso se encuentra reunido, el Ejecutivo no informe del uso que haya hecho de esas facultades, no hay razón para ello. Además, si el Congreso no se encuentra reunido, entonces puede rendir este informe ante la Comisión Permanente. (Voces: ¡No, no!)

El C. Díaz González: Para una interpelación al orador: Yo pregunto a usted si las facultades de este Congreso no son las mismas que las del que viene. Absolutamente las mismas, ¿verdad? De suerte es que da lo mismo que informe a este que al otro. (Voces de la izquierda: ¡Aah! ¡Ah, babosos! ¿Pues qué? Risas.)

El C. Medina Hilario: Solamente me permito hacer notar al compañero García Vigil, que careciendo la Comisión Permanente de facultades para recibir un informe de esa naturaleza, resulta inútil. Aun cuando lo pongamos en la Ley, el Ejecutivo bien podría no rendir ese informe sin violar absolutamente ninguna ley. Yo le pregunto al compañero García Vigil de qué manera se resolvería esta dificultad.

El C. García Vigil: Yo le voy a contestar. Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. García Vigil.

El C. García Vigil: Me sorprende lo que acaba de decir el licenciado Medina. La Comisión permanente no tendrá facultades para resolver en definitiva, pero sí tendrá facultades para dictaminar. (Voces: ¡No, no! ¡Sí, sí!) La Constitución dice que la Comisión Permanente dictaminará sobre todos los asuntos que se encuentren en cartera y los dictámenes de la Comisión Permanente Pasarán al Congreso General para ser discutidos sobre esa base. ¿Es cierto o no, señor licenciado Medina? Con permiso de la Presidencia.

El C. Medina Hilario: Pido la palabra. Es verdad que la Comisión Permanente tiene la obligación de dictaminar sobre los asuntos que se encuentran en cartera y este asunto, por su naturaleza, no se encuentra en cartera, (voces: ¡Sí! ¡No!) sino que provoca... (murmullos.) Estoy en el uso de la palabra. (Desorden, campanilla.) Este asunto en las condiciones en que va a encontrarse, va a provocar la competencia de la Comisión Permanente. Si ya es la Comisión Permanente reunida a la que se le presente el informe, no es asunto en cartera. (Murmullos.)

El C. García Vigil: El señor licenciado Medina persiste en el sofisma que ha expresado acá. Dice la Constitución que sobre los asuntos que se encuentren en cartera, pero no se dice que sobre los asuntos únicos que se encuentren en cartera en el momento de cerrarse las sesiones... (Murmullos y voces: ¡Aah!) No señores , durante el funcionamiento de la Comisión Permanente pueden venir asuntos sobre los cuales se tenga que dictaminar y éstos no se habrán encontrado en cartera antes de la cláusula de las sesiones, sino después y es obligación de la Comisión Permanente dictaminar sobre estos asuntos y la razón es la siguiente: ¿Qué objeto tiene que funcione la Comisión Permanente con la obligación de celebrar sesiones por lo menos una vez por semana? ¿Cuál es el objeto y el nombramiento de la Comisión Permanente, si no de dictaminar sobre los asuntos que se presenten? porque de no ser así entonces se diría que la Comisión Permanente dictaminara sobre todos los asuntos que se hallaran en cartera hasta la fecha de la cláusula de las sesiones y después, pues la Comisión Permanente ya no tendría objeto, pero tiene que venir entre otros muchos asuntos, los Presupuestos de la Cámara y otros varios por lo tanto sí puede venir a cartera el informe del Ejecutivo sobre el uso que haya hecho de esas facultades. Esto es por una parte,- y ruego al señor licenciado Medina que tenga la bondad de prestarme atención.- ¿Cuál fue la otra parte de la interpelación de usted, señor licenciado Medina?

El C. Medina Hilario: Señores diputados: Aun cuando el ejecutivo no rinda su informe ante la Comisión Permanente, no viola ninguna ley a pesar de lo que digamos aquí, porque no es una atribución de la Comisión Permanente, y yo pregunto al señor García Vigil: ¿de qué manera resuelve esta dificultad?

El C. García Vigil: Sí viola esta misma ley el Ejecutivo. Si esta ley tiene toda la fuerza que pretendemos darle, no es posible, no es admisible que el Ejecutivo pueda aplicar únicamente los artículos que conforme a su juicio sean de aplicarse y los que no quieran él que no los aplique, que no los observe. No, señores, esta ley tiene que ser observada en todo su vigor y en toda su extensión, tanto por el Ejecutivo,- al que se le dan estas facultades con la limitación que yo propongo -, cuanto por todos aquellos a quienes afecta la misma ley. Por consiguiente, el Ejecutivo no podría aplicar esta ley,

en rigor, si no la aplicara íntegramente y si no la observara íntegramente. Por eso, pues, el Ejecutivo, al tiempo de hacer uso de estas facultades que nosotros le vamos a conceder acá, tiene que hacerlo con la limitación debida que nosotros mismos le concedemos, pues es incomprensible que si nosotros, como lo somos efectivamente en este caso, poderdantes, el apoderado que es el apoderado el representante de este Poder, el que va a hacer uso de este derecho que nosotros le conferimos, pueda a su arbitrio hacer uso de él con las limitaciones que él pretenda. Claramente que no es esto por principios de jurisprudencia, de manera que el licenciado Medina no tiene razón en esto. El Ejecutivo al no sujetarse a esta ley, la va a violar. Yo tengo la convicción de que no lo hará. (Voces: ¡Ya, ya! ¡A votar, a votar!)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Hay.

El C. Figueroa: Pido la palabra para interpelar a la Comisión. (Murmullos.) Repetidas veces he solicitado el uso de la palabra y no se me ha concedido.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto pide la palabra Su Señoría?

El C. Figueroa: Tengo yo derecho de interpelar a la Comisión. No es condicional que la Mesa quiera o no.

El C. Presidente: Si la Comisión lo consiente, tiene usted la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Silva Herrera.

El C. Silva Herrera: Se la cedo al señor Hay. (Voces: ¡No, se puede, es una interpelación! Murmullos.)

El C. Figueroa: Deseo que la Comisión se sirva a contestarme las siguientes interpelaciones que son dos: la primera, que se sirva citar el precepto constitucional que impide a la Comisión Permanente recibir el informe del Ejecutivo. La segunda, por qué causa la Comisión Permanente está incapacitada para dictaminar, caso de recibir ese informe. (Voces, murmullos, desorden.)

El C. Hay: Moción de orden. Yo tengo la palabra en pro y teniendo la palabra en pro y correspondiéndome el turno, no creo yo que haya derecho para conceder la preferencia a las interpelaciones, y la razón por la que yo quiero hacer esto, es para dar término a este largo debate que es innecesario si se consulta un poco la Constitución....

El C. Figueroa: ¡Una moción de orden!

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Figueroa: Desde el momento en que la Presidencia me concedió la palabra para hacer una interpelación y desde el momento en que la Comisión ha aceptado contestar esta interpelación, me extraña que la Comisión ahora no me la conteste y que el señor Hay se oponga a que sea contestada mi interpelación.

El C. Chapa: La Comisión no cree se viole algún artículo constitucional diciendo en nuestro dictamen que el Ejecutivo informe a la Comisión Permanente; sencillamente no aceptamos la proposición del señor García Vigil y la dejamos en la forma que se propuso primeramente: que el Ejecutivo rinda su informe en el primer período de sesiones ordinarias.

El C. Figueroa: Pido la palabra.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Figueroa: Para manifestar a la comisión que solamente ha contestado una de mis interpelaciones.

El C. Presidente: Después de que termine el C. Hay.

El C. Hay, continuando: Yo no comprendo por qué se permite que esta clase de debate se alargue indefinidamente. Si las personas que están en contra del Proyecto de Ley se tomaran la molestia de leer el artículo 79 de la Constitución vigente, verían lo siguiente, y voy a leer para aquellos que no tengan la Constitución en la mano. (Una voz: ¡Para Figueroa!) "La Comisión Permanente, además de las atribuciones que expresamente le confiere esta Constitución, tendrá las siguientes:

".............................................................................. "III. Dictaminar sobre todos los asuntos que queden sin resolución en los expedientes, a fin de que en el inmediato período de sesiones sigan tramitándose."

Por mi parte, yo lamento que la Constitución no haya previsto este caso para que pudiera informar en el mismo período en el cual se discuten los asuntos o alguna determinada ley; pero ya que no es así, yo creo que podemos votar conscientemente contra la Constitución, desde el momento en que la Comisión Permanente sólo y únicamente está autorizada para tratar, dictaminar sobre todos los asuntos que queden sin resolución en los expedientes y para ningún otro. El tratar sobre un asunto, sobre un informe del C. Presidente de la República, no está incluido en la Constitución; no está autorizada, por lo tanto, no es una obligación de la Permanente el discutir dicho informe.

Así, pues, el aceptar una cláusula o aditamento a la cláusula en cuestión, es violar.... Precisamente no viola la Constitución, pero la Comisión Permanente sí la violaría si conociera de ese informe. Ahora bien, yo no me opongo, yo desearía que esta misma Legislatura pudiera conocer ya sea por sí misma o por la Permanente, del asunto en cuestión; pero ya que no puede conocer por la Comisión Permanente, sí podría ser aceptable que en el caso de que el Ejecutivo cite a sesiones extraordinarias, que uno de los asuntos de esas sesiones extraordinarias, fueran el conocer del informe sobre este asunto; pero, ¿hasta qué punto tenemos derecho nosotros de marcar al Ejecutivo los motivos que deban guiarlo para citar a unas sesiones extraordinarias? (Voces: ¡Ninguno!) Yo lamento mucho que no podamos conocer de este asunto en esta Legislatura; pero realmente creo que no puede ser sujeto esto a motivo de discusión, sino únicamente a votación, que es sobre la interpelación personal de cada uno de los diputados del artículo constitucional que he leído. (Aplausos y voces: ¡A votar, a votar!)

El C. Martínez de Escobar: Pido la palabra.

El C. Presidente: No habiendo más oradores en contra, la Secretaría va a preguntar si se considera suficientemente discutido.

El C. Martínez de Escobar: Pido la palabra. (Voces: ¡A votar, a votar!)

El C. Secretario Aranda: No Habiendo ningún

otro orador en contra, se pregunta si está suficientemente discutido. Los que estén por afirmativa se servirán poner de pie. Suficientemente discutido.

El C. Mata Filomeno: Yo pido que se separe el artículo 3o. para su votación.

El C. Presidente: La Mesa manifiesta al C. Mata, que se hará una sola votación y que los ciudadanos diputados que deseen votar en contra del artículo 3o., así lo dirán al emitir su voto.

El C. Secretario Aranda: Se procede a la votación de los artículos 2o. y 3o.

El C. Mata Filomeno: Por la afirmativa.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Por la negativa. (Se recoge la votación.)

El C. García Vigil, durante la votación: ¡Una moción de orden!

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. García Vigil: Yo francamente declaro que este procedimiento que se está siguiendo no es legal. Se ha discutido artículo por artículo y así debe hacerse en la votación. Yo ruego a la Presidencia que tenga la bondad de reconsiderar su trámite.

El C. Presidente: La Mesa Manifiesta al señor García Vigil que la Presidencia no fue quien estableció este procedimiento, sino que esta misma Cámara, durante las sesiones en que se discutió la Ley Orgánica de los Tribunales del Distrito Federal y los territorios, adoptó esta forma de votación en obvio de tiempo. (Concluye la votación.)

El C. Presidente: La Mesa suplica a los ciudadanos diputados no se ausenten del salón.

El C. Mata Filomeno: Queda aprobado el proyecto de ley por 115 votos de la afirmativa contra 13 de la negativa, de los CC. Castillo del, Cienfuegos y Camus, Figueroa, García Vigil, Ibarra, Magallón, Martínez de Escobar Federico, Mata Filomeno, Mendoza, Pardo, Peralta, Ramírez Pedro, Sánchez Pontón, Sánchez Tenorio, Saucedo Salvador y Vega Sánchez.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Falta el voto del C. Mata Luis I. por la negativa. Total, 17 votos. Pasa este proyecto de la ley al Senado para los efectos constitucionales.

El C. Presidente: Se comisiona para que lleven el proyecto de ley al Senado, a los CC. Chapa, Silva Herrera, González Jesús M., Ortega, Gómez S. Emiliano y Prosecretario de la Barrera.

El C. Secretario Aranda: "Acta de la sesión permanente de la Cámara de Diputados, celebrada el día treinta de diciembre de mil novecientos diez y siete.

"Presidencia del C. Aarón Sáenz.

"En la ciudad de México, a las seis y treinta y cinco de la tarde del domingo treinta de diciembre de mil novecientos diez y siete, con asistencia del mismo número de ciudadanos diputados que estuvieron presentes en la sesión inmediata anterior de Cámara de Diputados, ésta se constituyó en sesión permanente, con motivo de haberse aprobado una proposición del C. Rivera Cabrera, para llegar hasta la resolución definitiva del dictamen relativo al Ferrocarril Nacional de Tehuantepec.

"Como se tratara por la Secretaría de leer algunos contratos referentes a este asunto, cuya lectura pidió el C. Sánchez Pontón, el C. Chapa hizo una moción de orden, a la que siguió una aclaración de la Secretaría, la que luego comenzó dicha lectura, que fue interrumpida por el ciudadano Secretario Portes Gil, para llamar al orden a los CC. García Vigil, y Sánchez Pontón, lo que dio lugar a mociones de orden de éste y del C. Sánchez Tenorio.

"Asimismo hicieron mociones de orden los CC. Gómez Mauricio y Magallón.

"Se prosiguió la lectura de los contratos mencionados y nuevamente fue interrumpida por mociones de orden de los CC. García Vigil, Gómez Mauricio y Manrique, y por la lectura del artículo 110 del Reglamento, que llevó a cabo la Secretaría.

"El C. Cravioto interrumpió también, con una moción de orden, la citada lectura, que por tercera vez se había iniciado, y con motivo de sus conceptos, el C. García Vigil, hizo aclaraciones.

"Presidencia del C. José Rivera.

"Asimismo rectificó los conceptos del C. Cravioto el C. Sánchez Pontón, quien fue interrumpido por el C. Díaz González, el que dirigió al orador frases que la Presidencia estimó inconvenientes, por lo que pidió al C. Díaz González que las retiraran, a lo que éste se negó. También interrumpieron al C. Sánchez Pontón, una moción de orden al C. Silva Herrera y la respuesta que el C. González Jesús M. dio a una pregunta del orador.

"Acto seguido, el C. Cravioto hizo una moción de orden y el C. Sánchez Pontón indicó la parte de los contratos que debía leerse.

"Y así que hicieron mociones de orden los CC. García Vigil, Silva Herrera, Sánchez Tenorio, Padilla, González Jesús M., Hay, Sánchez Pontón, Aguirre Colorado y Manrique, la Presidencia hizo aclaraciones, así como los CC. Cravioto y Sánchez Pontón.

"Presidencia del C. Aarón Sáenz.

"El C. Silva Herrera hizo una moción de orden y en seguida la Secretaría procedió a la lectura de los contratos, en sus partes relativas, solicitada por el C. Sánchez Pontón, la que fue interrumpida por mociones de orden de los CC. Cravioto y Silva Herrera y aclaraciones del C. García Vigil y de la Presidencia.

"Siguieron mociones de orden de los CC. Villarreal Filiberto, Cámara de la Barrera y nuevas aclaraciones de la Presidencia y de los CC. García Vigil, Hay, Manrique y Villarreal Filiberto, después de las cuales la Mesa dio el trámite de consultar a la Asamblea si se continuaba la lectura, el que fue impugnado por el C. García Vigil.

"Una vez que el C. Martínez de Escobar Rafael hizo una moción de orden, la Asamblea acordó que no se continuara la lectura de los contratos.

"La Presidencia, por unos momentos suspendió la sesión y, reanudada ésta, pasó a la tribuna para informar, el ciudadano Subsecretario de Hacienda, quien contestó una interpelación del C. Gómez Mauricio.

"Acto seguido, usó la palabra en contra del dictamen el C. Sánchez Pontón; en pro lo hizo el C. Rivera Cabrera, y luego informó el ciudadano Subsecretario de Hacienda.

"El mismo ciudadano Subsecretario de Hacienda contestó una interpelación del C. García Vigil,

quien habló en contra, y fue interrumpido por mociones de orden de los CC. Villarreal Filiberto y Silva Herrera, y acto seguido se consideró el dictamen suficientemente discutido en lo general.

"Después de aclaraciones de los CC. Manrique y Sánchez Pontón y de la Presidencia, se recogió la votación nominal respectiva, la que determinó que había lugar a votar el dictamen en lo general, por ciento veintiún votos de la afirmativa contra once de la negativa.

"Puesto a discusión en lo particular el artículo 1o., sin que nadie hiciera uso de la palabra, se reservó para su votación.

"Puesto a discusión el artículo 2o., el C. Medina Hilario propuso se apartaran las fracciones que se quisieran objetar, el C. del Castillo pidió se hicieran constar en esta acta, que al ponerse a discusión dicho artículo, se había ausentado el ciudadano Subsecretario de Hacienda, a quien acordó la Mesa mandar llamar, en virtud de interpelaciones que quería hacerle el C. García Vigil.

"El C. Hay hizo aclaraciones y en seguida la Presidencia acordó se votara el artículo 1o. que para ese objeto se había reservado, el que resultó aprobado por la mayoría de ciento veinte votos de la afirmativa contra doce de la negativa. El C. Manrique pidió se pasara a la votación del artículo 3o., a lo que la Mesa se mostró conforme, y el C. García Vigil usó de la palabra para reclamar el trámite. El C. Hay apoyó el trámite y la Asamblea, después de una aclaración hecha por el C. Manrique, aprobó el trámite de la Mesa, resolviéndose que estaba a discusión el artículo 3o.

"Se concedió la palabra en contra al C. García Vigil, quien fue interrumpido por mociones de orden por los CC. Aguirre Colorado, Portes Gil y Pruneda.

"Por haber llegado el ciudadano Subsecretario de Hacienda, y después de una moción de orden del C. del Castillo, se puso a debate el artículo 2o.

"El C. García Vigil principió a hablar en contra, pero en virtud de una moción de orden del C. Chapa, se separó para objetarlas, las fracciones III, IV, VII y VIII, respecto de las cuales, poco después, renunció a hablar en contra, en espera de que las comisiones las modificasen.

"El C. Chapa, miembro de las Comisiones, solicitó y obtuvo permiso de la Asamblea para modificar las fracciones VII y VIII, comprendiéndolas en una sola fracción, la que, puesta a debate, fue impugnada por el C. Sánchez Pontón.

"Los CC. Silva Herrera y Medina Hilario hicieron aclaraciones, y el primero, en unión del C. Chapa, ambos miembros de las Comisiones, solicitaron y obtuvieron permiso de la Asamblea para modificar las fracciones V, VI y VII, en la forma que dio a conocer la Secretaría.

"Los CC. Sánchez Pontón y González Jesús M. usaron la palabra para hechos, y después de una moción de orden del C. del Castillo, la Comisión modificó nuevamente el artículo 2o., con anuencia de la Asamblea. Puesto a debate, sin él, se reservó para su votación.

"A Debate el artículo 3o., hicieron aclaraciones los CC. Sánchez Pontón, Medina Hilario y Chapa.

"Modificado por la Comisión el artículo 3o., se puso a discusión siendo impugnado por el C. García Vigil y apoyado por el C. Silva Herrera, así como por el C. Medina Hilario. Este hizo aclaraciones a conceptos del C. García Vigil.

"El C. Chapa, contestó una interpelación del C. Figueroa y el C. Hay habló en pro, considerándose enseguida suficientemente discutido el artículo 3o. que se votó juntamente con el 2o., los cuales resultaron aprobados por ciento quince votos de la afirmativa contra trece de la negativa.

"La Secretaría hizo la declaración de que pasaba al Senado este proyecto de ley, para sus efectos constitucionales, nombrándose en Comisión para llevarlo a los CC. Chapa, Silva Herrera, González Jesús M., Gómez S., Ortega y Prosecretario de la Barrera.

"Se dio lectura a la presente acta."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. (Mayoría.) Aprobada.

El C. Presidente: Se suplica a las Comisiones nombradas para participar la clausura del Congreso, se sirvan tomar nota de que la reunión del Congreso General será a las siete de la noche y se cita para la sesión de Cámara de Diputados a las once de la mañana para aprobar el cuerpo de la Ley de Egresos. (Voces: ¡Muy bien!) Se levanta la sesión. (12.15 a. m.)