Legislatura XXVIII - Año I - Período Extraordinario - Fecha 19190528 - Número de Diario 26

(L28A1P1eN026F19190528.xml)Núm. Diario:26

ENCABEZADO

MÉXICO, MIÉRCOLES 28 DE MAYO DE 1919

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AÑO 1.- PERIODO EXTRAORDINARIO XXVIII LEGISLATURA TOMO II. - NUMERO 26

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA

28 DE MAYO DE 1919

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior.

2.- Se da cuanta con los asuntos en cartera. El C. Espinosa Luis hace uso de la palabra para hechos.

3.- Continúa la discusión del Proyecto de Ley del Trabajo. Prosigue el debate del artículo 17 reformado. Es discutida y rechazada la fracción VIII; vuelve a la Comisión.

4.- Toman la palabra varios ciudadanos para hechos, relacionados con el artículo a debate, y para contestar alusiones personales.

5.- Son discutidas y aprobadas las fracciones X y XIII. A discusión la fracción XIV. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. GÓMEZ GILDARDO

(Asistencia de 134 ciudadanos diputados.)

- El C. Presidente, a las 4.16 p. m.: Se abre la sesión.

- El C. Prosecretario Aguilar, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día veintisiete de mayo de mil novecientos diez y nueve.

" Presidencia del C. Gildardo Gómez.

"En la cuidad de México, a las cuatro y quince de la tarde del martes veintisiete de mayo de mil novecientos diez y nueve, con asistencia de ciento veintisiete ciudadanos diputados, según consta en la lista que pasó el C. Secretario Soto, se abrió la sesión.

"Fue aprobada sin debate el acta de la sesión celebrada el día anterior, que leyó el C. Prosecretario Aguilar, y en seguida el referido C. Secretario Soto dio cuenta con un telegrama procedente de Linares, Nuevo León, en que el C. diputado Marciano González solicita licencia por quince días, sin goce de dietas.

"Dispensados los trámites, el C. Morales Francisco César propuso se concediera la licencia con goce de dietas, pero la Asamblea acordó favorablemente la petición del C. González en la forma en que éste la hace.

"El C. Rebolledo informó del resultado de la Comisión que se nombró para que diera el pésame a los deudos del ilustre poeta Amado Nervo.

"Púsose a discusión el artículo 17 reformado, del Proyecto de Ley del Trabajo. Después de que el C. Fierro hizo la proposición de que este artículo se discutiera hasta terminar el debate del capítulo IV, habló en contra el C. Villaseñor Mejía, y a petición del C. Casas Alatriste se invitó a los ciudadanos diputados para que apartaran las fracciones del artículo 17 que quisieran objetar.

"A discusión la fracción I, habló en contra el C. Soto Peimbert y en pro lo hicieron los CC. Reyes Francisco, Siurob y Zavala; éste fue interrumpido por una interpelación del C. Peimbert, y el C. Reyes Francisco hizo una aclaración. Por ciento veintiún votos de la afirmativa contra treinta y dos de la negativa se aprobó esta fracción.

"La fracción II fue impugnada por el C. Soto Peimbert, quien contestó una interpelación del C. Rodríguez Herminio.

"Presidencia del C. Federico Silva.

"En pro usaron de la palabra los CC. Reyes Francisco y Siurob, y en contra el C. Gutiérrez Antonio. A moción del C. Villaseñor Salvador se leyó una proposición que se aprobó en la sesión del seis del actual, relativa a que el Proyecto de Ley del Trabajo se vote por capítulos, exceptuando los artículos objetados. Con tal motivo, la Secretaría hizo aclaraciones y explicó por qué la Mesa había resuelto que se votaran separadamente cada una de las fracciones que dieran lugar a discusión; el C. Casas Alatriste sugirió que se votaran las no objetadas, y en seguida se estimó suficientemente discutida la fracción II y se aprobó por ciento treinta y dos votos de la afirmativa contra once de la negativa.

"La Presidencia, por conducto de la Secretaría, expuso que se votarían las fracciones no objetadas una vez que, las que lo habían sido, se votaran; el C. Rodríguez Herminio opinó que desde luego debía resolverse acerca de aquéllas, y el C. Soto Peimbert apartó todas las fracciones.

"La fracción III, después de que usaron de la palabra los CC. Soto Peimbert y Reyes Francisco, aquél en contra y éste en pro, se aprobó por ciento veintiún votos de la afirmativa contra diez de la negativa.

"El C. Soto Peimbert renunció a impugnar la fracción IV, y ésta se reservó para su votación.

"La fracción V se aprobó por ciento diez y ocho votos de la afirmativa contra diez y siete de la negativa, una vez que la atacó el C. Soto Peimbert y la defendió el C. Siurob.

"Asimismo resultó aprobada la fracción VI, por ciento diez y nueve votos de l a afirmativa contra diez de la negativa, así que el C. Soto Peimbert la impugnó.

"Respecto de la fracción VII hablaron en contra los CC. Trigo y Soto Peimbert, y en pro el C. Valadez Ramírez, habiendo interpelado el primero a las Comisiones. También se aprobó esta fracción, pues votaron en sentido afirmativo setenta y un ciudadanos diputados y por la negativa sesenta y ocho.

"Presidencia del C. Gildardo Gómez.

"A discusión la fracción VIII. El C. Trigo pronunció un discurso en contra, y otro en pro el C. Gracidas; éste fue interrumpido por la Secretaría para consultar a la Asamblea si se prorrogaba la sesión, en vista de que había llegado la hora en que debía levantarse, consulta que se resolvió a afirmativamente.

"Las fracciones aprobadas están concebidas en estos términos:

"Artículo 17. Son obligaciones de todos los patronos y, en su caso, de sus administradores o representantes, para con los trabajadores, las siguientes:

"I. Observar en la instalación de los establecimientos los preceptos sobre higiene y salubridad, dando cumplimiento a las disposiciones legales y técnicas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, organizando de tal manera la labor, que resulte garantizada plenamente la salud y la vida de los trabajadores;

"II. Adoptar medidas adecuadas para prevenir las enfermedades profesionales, que pudieran sobrevenir de la manipulación de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, atendiendo las indicaciones pertinentes que los trabajadores hicieren a este respecto;

"III. En las mismas, obras de drenaje, explotaciones petroleras, plantaciones en terrenos insalubres y en toda labor que se realice en regiones malsanas, prevenir, por todos los medios de que dispone la ciencia, el desarrollo de epidemias y de propagación de enfermedades propicias a la región; teniendo derecho los trabajadores para hacer las representaciones que sobre el particular estimen necesarias;

"V. Dar por escrito a sus administradores o empleados, las instrucciones u órdenes generales que para la normalización de las labores se dictaren, sin que éstas contravengan las disposiciones de esta Ley, ni las del reglamento interior;

"VI. Conceder permiso por escrito a sus empleados y obreros para separarse del trabajo, cuando éstos soliciten, en los términos que fije el reglamento;

"VII. Pagar la retribución convenida, con absoluta sujeción a las condiciones del contrato y a las percepciones de esta Ley."

"A las ocho y diez se cerró la sesión."

Está a discusión. ¡No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. Aprobada.

- El mismo C. Prosecretario: Se va a dar cuenta a la Asamblea con los documentos en cartera:

"Las Legislaturas de los Estados de México y Querétaro manifiestan haber quedado entradas de la elección de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, hecha por el Congreso de la Unión.- A su expediente."

"Los CC. licenciados Ernesto Garza Pérez, Antonio Alcocer, Agustín Urdapilleta, Benito Flores e Ignacio Noris, acusan recibo de las comunicaciones que se les giraron participándoles su elección como Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- A su expediente."

"Los ciudadanos Presidentes y Secretarios de la Cámara Nacional de Comercio de Tampico, de la Cámara Industrial de Terratenientes y de la Cámara de Comercio, Industria y Agricultura Tampiqueña, envían un memorial en el que piden que no se tomen en cuenta los proyectos de ley del petróleo actualmente en estudio y que se tome en consideración la iniciativa presentada por el ciudadano Presidente de la República al Constituyente de Querétaro.- Recibo, y a la Comisión de Peticiones."

- El C. Espinosa Luis: Pido la palabra.

- El C. Presidente: ¿Con qué objeto?

- El C. Espinosa Luis: Para un hecho.

- El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

- El C. Espinosa Luis: Deseo que la Presidencia, por conducto de la Secretaría, tenga la bondad de satisfacer la siguiente pregunta: en la Pagaduría se me informa que se me descontarán las dietas correspondientes a los días 23 y 26 del presente mes, por acuerdo de la Presidencia...

- El C. Avellaneda, interrumpiendo: ¡Moción de orden, señor Presidente!

- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Avellaneda para una moción de orden.

- El C. Avellaneda: Los asuntos de los ciudadanos diputados deben tratarse en sesión secreta.

- El C. Espinosa Luis, continuando: ...y como no estoy conforme con esta disposición, porque según me informa el ciudadano Oficial Mayor de la Cámara de Diputados, aparece que yo he asistido precisamente en los días 23 y 26 a que me refiero. y diciendo el texto constitucional que sólo se descontarán sus dietas a los ciudadanos diputados que no concurran a las sesiones y constando en la lista oficial relativa que yo he concurrido, quiero manifestar a Su Señoría, cualquiera que haya sido el ciudadano Presidente que haya impuesto esa multa, que yo no pido precisamente que no se me descuente, pero sí quiero demostrar mi inconformidad con estos procedimientos verdaderamente arbitrarios y atentatorios.

- El C. Presidente: La Presidencia ha oído al C. Luis Espinosa y le manifiesta que el Presidente no ha impuesto multas de ningún género durante el período que ha estado en funciones...

- El C. Espinosa Luis, interrumpiendo: Yo no he dicho que Su Señoría.

- El C. Presidente, continuando: ...y que puede ocurrir a los Vicepresidentes para hacer las aclaraciones que crea oportunas, a efecto de que ellos ordenen lo que estimen conveniente y justo.

- El C. Prosecretario Aguilar: Continúa la discusión del artículo 17 reformado. La fracción a debate es la VIII:

"VIII. Preferir en igualdad de circunstancias, a los mexicanos sobre los extranjeros, lo mismo que a los trabajadores asociados y a los que les hayan servido con anterioridad."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra sírvanse pasar a inscribirse.

- El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Manuel H. Flores.

- El C. Flores Manuel H.: Señores representantes: Habéis escuchado ya el discurso del señor diputado Gracidas relativo a la fracción VIII del artículo 17 de la Ley del Trabajo; todos nosotros habéis visto que el C. Gracidas para nada tocó el punto referente a la citada fracción que dice como sigue:

"Preferir en igualdad de circunstancias, a los mexicanos sobre los extranjeros, lo mismo que a los trabajadores asociados y a los que les hayan servido con anterioridad."

Por lo tanto, señores representantes, no me toca venir a rebatir ningún argumento en pro de esta fracción toda vez que, como acabo de manifestar, el C. diputado Gracidas absolutamente para nada se refirió a ella. La honorable Comisión al consignar este inciso en el artículo 17. parece que pretende volver a una de las antiguas etapas porque ha tenido que atravesar el trabajo, al régimen que los economistas han llamado corporativo y que fue calificado de semi - coercitivo por la tiranía que determinados grupos de obreros imponían sobre los obreros que ejercían la misma profesión que ellos, imponiéndoles obligaciones para que pudieran dedicarse a ese trabajo. Difícilmente, señores representantes, habrá quien pueda venir a sostener aquí , en la seguridad de obtener éxito, la preferencia que se trata de establecer en favor de los obreros asociados. Esta fracción, señores representantes, establece un verdadero privilegio en favor de determinados obreros y lo que es más, señores representantes, establece este privilegio en favor del menor número, toda vez que la mayoría de obreros de la República no está asociada. Se pretende también, señores representantes, ejercer una presión sobre el obrero asociado para obligarlo a que se asocie; esa preferencia no es más que una presión moral y material. Los sindicatos o las uniones obreras establecen siempre determinadas obligaciones para los que forman parte de esas agrupaciones y ¡quién sería capaz de venir a justificar aquí, señores representantes, el hecho de intentar obligar a los obreros no asociados a que se asocien, aceptando obligaciones, aceptando compromisos que están muy lejos de querer aceptar? Yo estimo, señores representantes, como lo estima la mayoría de los que me escuchan, que en la organización, en la unión, en la formación de agrupaciones verdaderamente fuertes, está el mejoramiento y el bienestar de nuestros obreros; pero de ninguna manera podemos aceptar que se pretenda por fuerza formar esas agrupaciones. Esas agrupaciones, Esas agrupaciones, esas corporaciones deberán formarse persuadiendo al obrero de la conveniencia para él de que se agrupe, de que se una entre los elementos de su misma clase, pero de ninguna manera llegar a obligarlos estableciendo esta preferencia que es verdaderamente odiosa, porque tiene que repugnar a cualquier espíritu igualitario. Todos vosotros sabéis que existen en el individuo derechos naturales, derechos imprescriptibles que, como alguien dijera, no son de hoy ni de ayer, viven eternamente en el hombre y nadie sabe cuándo aparecieron; uno de estos derechos, señores representantes, es el que el hombre tiene para dedicarse a la industria o trabajo que más le acomode. El trabajo es la facultad que la naturaleza ha puesto a disposición del hombre para la conservación de su vida, para su desarrollo y para su mejoramiento; y no recuerdo de quién son estas frases verdaderamente elocuentes que dicen que toda ley trata de restringir, que trata de impedir o de imponer condiciones irracionales, viola los derechos de la humanidad. Yo estimo, como acabo de manifestarlo, que la aceptación de esta fracción sería benéfica para el obrero, pero los beneficios que resultarían al aceptar esta fracción nunca serían capaces de compensar la coacción que trata de ejercer sobre el obrero. (Siseos de las galerías.)

Habrá muchos obreros que no quieran ir a los sindicatos, ¿y cómo va a ser justo y equitativo que vayamos a obligarlos a que se asocien? Nos merece tanto respeto el obrero que no quiera asociarse, como el que quiera asociarse. (Siseos de las galerías. Campanilla.) Si nosotros señores representantes, como legisladores estamos obligados a armonizar y a combinar los derechos de todas las clases sociales, los derechos de todas las personas, ¿cómo va a ser, señores representantes, justificable que así fuera un solo individuo o una sola persona la que no quisiera asociarse, la que quisiera pertenecer a las asociaciones obreras, quién, señores representantes, sería capaz de justificar ese atropello que trataba de ejecutarse sobre los obreros que no quieran asociarse? Es necesario, señores representantes, que recapacitemos con todo cuidado y con toda atención sobre este asunto, que es de verdadera trascendencia; es seguramente esta fracción la que va dar lugar a serias y largas discusiones, porque entraña un asunto de verdadera y capital importancia. En nuestra República, señores representantes, la inmensa mayoría de los obreros, no está agrupada, no está asociada. ¿Qué asociaciones, qué corporaciones obreras existen en los Territorios, donde va surtir sus efectos esta ley? Es cierto que en la capital de la República, aquí en el Distrito Federal, existen muchas agrupaciones obreras; pero casi puedo afirmar con toda seguridad, que los obreros asociados en el Distrito Federal no llegan a la mitad de los obreros existentes en el mismo Distrito. (Siseos en las galerías. Campanilla.) Naciones tan adelantadas en organización obrera como Alemania y Dinamarca, según la estadística, nos dan una proporción de una cuarta parte de los obreros como asociados; este dato es completamente

exacto y completamente verídico. Por tanto, señores representantes, en vista de que tratamos de poner en peores condiciones al obrero no asociado que al obrero asociado..... (siseos), en vista, señores representantes, que de aceptarse la fracción que está a la consideración de Vuestra Soberanía..... (siseos; campanilla), en vista, señores representantes de que tratamos de ejercer, como ya permitido repetir a Vuestra Soberanía, una presión verdaderamente efectiva sobre el obrero para obligarlo a que se asocie y que esta presión atenta contra la libertad del trabajo, suplico a Vuestra Soberanía se sirva rechazar esta fracción.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Gracidas.

- El C. Gracidas: Señores diputados: Dos motivos poderosos para mí hacen que vuelva a distraeros tratando sobre la fracción VIII del artículo 17; el primero, para referirme muy sinceramente a que si no bordé ayer exclusivamente sobre esta fracción, sino que me atuve en tesis general a la XX, es porque está en mi espíritu la idea firme de que se relacionan completamente; de allí que durante mi peroración, interrumpida por el cansancio de algunos compañeros, así como por la lectura que me permití hacer de un texto respetable para mí, hubiera distraído mi imaginación del punto que ustedes hubieran deseado escuchar más precisamente, y es que la aspiración de los que no estamos completamente habituados a hacer uso de la palabra, consiste en presentar , por respeto a la Asamblea, de una manera más concreta nuestro pensamiento; hay algún autor que se acerca a nuestro espíritu, que tiene afinidad con nuestra inclinación, lo tomamos y lo presentamos como la mejor expresión de nuestras ideas. De allí que yo tuviera la debilidad ante alguna parte de ustedes de leer aquello que a mí se me ocurre como la mejor expresión de esa transformación que va sufriendo el Derecho Privado. El segundo motivo poderoso que tengo para venir a esta tribuna es a título de despedida , porque mañana entrará en funciones el compañero propietario por el Distrito de Veracruz. De esta manera yo quiero fijar los principales puntos por lo que se refiere a la fracción VIII.

La opinión contraria a que se prefiera a los trabajadores asociados, de los no asociados sintetiza esta expresión: la de que quiere crearse un exclusivismo, la de que quiere favorecerse un monopolio. Yo os suplico que leáis con atención el artículo 28 constitucional; allí está previsto ya, de un modo inatacable incontrovertible, que el monopolio de que puede acusarse a las agrupaciones obreras, es constitucional, está favorecido por la Carta Magna y nadie puede, a título de defensor del obrero libre, venir aquí a decir que va fomentarse el exclusivismo. Nosotros hemos querido - me refiero a los constituyentes -, que no se considere a las agrupaciones obreras como un monopolio perseguible; en la libre concurrencia en todos los órdenes que no sean los del trabajo, está bien, pero hay que registrarla cuando se refiere al trabajador frente al capitalista. Los que acusan a los autores de la fracción VIII como favorecedores de la coacción sobre los no asociados, no conocen todo lo que a este respecto se ha dicho reformando todas nuestras costumbres, dando la razón a todos los hechos consumados y que viene a establecer por ley de costumbre, lo que pertenece al futuro. Es mayor coacción la del capitalista cuando trata individualmente a los trabajadores, puesto que los somete a la tutela del favoritismo, si no se asocian; es mayor coacción la de los capitalistas contra los trabajadores asociados, cuando les cierra las puertas y solamente se las abre cuando se alejan de los sindicatos o de las uniones. De allí que la Comisión hubiera estado acertada al redactar tal como está la fracción VIII. No es la preferencia exclusiva en igualdad de circunstancias; el trabajador no asociado podrá entrar a trabajar a una fábrica, tendrá que demostrar iguales aptitudes para no ser desoído, tendrá que ser superior al asociado para ser preferido. La costumbre, la enseñanza que nosotros hemos arrancado del taller, nos manifiesta lo siguiente: ¡se alejan las agrupaciones los espíritus no progresistas! (Aplausos de las galerías.) Es una verdad completa. Aquellos que tienen en poco su valer personal, aquellos que no ansían con el agrupamiento su elevación moral, aquellos que no quieren al entrar a las corporaciones ser disciplinados en nombre de algunos principios sustentados por la mayoría de los trabajadores, los que se alejan de las agrupaciones, son los más ineptos aun en el mismo trabajo..... (aplausos de las galerías), y cuentan con el apoyo de los capitalistas solamente a ese título. Prefiere el empresario tener una mala mano de obra, a tener una buena cuando el obrero sabe reclamar sus derechos. Esto no lo quieren los capitalistas; están acostumbrados a que el trabajador se les humille, se les agache, a que ni invoque derechos; y el trabajador asociado no hace esto, porque sabe que hay una voz que lo defiende. (Aplausos de las galerías.) Y manifesté ayer que preferir - como dejé establecido en tesis general -, a los trabajadores asociados, no perjudica a los no asociados; por el contrario, los invita a pertenecer a sus agrupaciones, los atrae porque encuentran allí un centro de beneficio moral y material. ¿Dónde encontraréis, dónde me enseñaréis unos estatutos de agrupaciones obreras en que por sistema, en que por condición especial, se imponga a los trabajadores que se ingresen, aquellas obligaciones contrarias al derecho natural? Lo único que se quiere es que se acerquen para ser más fuertes, y una vez dentro, defender sus propios derechos. ¿No formáis aquí bloques? ¿No os reunís para enfrentaros a otros en determinadas ideas? ¿Qué significa esto? Que buscáis la unión para enfrentaros con mejores armas en la consecución de vuestros principios políticos, ya que aislados en esta clase de contiendas políticas, nada significaríais. Aquellos que de vosotros no habéis ido a engrosar un bloque, ¿no estáis calificados por los que lo forman de que sois apáticos, de que no váis hacia el progreso? Esta es la esencia, entre otras muchas, de la idea de asociarse en los trabajadores. ¿Dónde encontraréis a un trabajador que haya sufrido porque pertenece a agrupaciones? Al contrario, por el sólo hecho de que se agrupen en un ambiente de asamblea los trabajadores, aprenden a expresarse un poco mejor que lo hacían, a leer, a reclamar, a progresar; esta es la verdad. (Aplausos.)

Ahora bien, a las agrupaciones no puede lanzárseles el cargo de su coacción contra los no asociados

determine un atraso; lo que puede decirse con toda justificación, es que esas asociaciones se defienden y el día que estuviera completamente libre la acción para llevar al convencimiento a los no agrupados de que deberían serlo, el día en que no se invocara esa libertad para contratar trabajo, ellos solos irían a las agrupaciones; pero es que se les presenta el dilema: "si perteneces a una agrupación de trabajadores, no entrarás a mi casa; tú eres libre, tú debes ejercitar tus derechos lejos de los sindicatos y de las asociaciones obreras," y aquellos cortos de espíritu, aquellos que no entienden la tarea magna que se ha impuesto quien o quienes fundan una asociación, van como borregos hasta las puertas de los talleres, olvidándose de que sus derechos no son ajenos de los derechos de los demás, de que sus obligaciones no están dispensadas por el solo hecho de entrar aislados; al contrario, desde que el trabajador entra con esa condición, se hará que desde ese momento tenga más obligaciones que cumplir que como asociado; se le exigirá que sea servil, se le exigirá que sea completamente ajeno a las cuestiones aun cívicas. En las fábricas de Río Blanco los administradores quieren que el trabajador vote según la condición y el pensamiento de los administradores de las fábricas; pero cuando ese trabajador entra a las a agrupaciones sabe que no debe mezclase en política. De allí el pensamiento principal de los gerentes de que el trabajador sea libre.

Otra cosa más; cuando el trabajador como resultado de un movimiento revolucionario ha ido a tomar las armas para defender una causa, cuando vuelve del campo de las armas encuentra cerradas las fábricas, porque su conducta anterior no conviene a los administradores, a las compañías; permanece semanas y semanas a las puertas de los talleres, porque está manchado de ese pecado. Nadie ha insistido en que el extranjero deba ser preferido a los mexicanos, y esto es una contradicción. Se quiere que se prefiera al mexicano sobre el extranjero, ¿por qué? Porque se sabe que la colectividad mexicana debe se respetable ante el individuo aislado que viene al país a perjudicar en uno o en otro sentido. Algo parecido sucede con las agrupaciones. Sabemos que aquellos individuos que logran entrar a una fábrica, no siendo tan aptos como los asociados en igualdad de circunstancias, van a sembrar la cizaña, a ser espías de sus compañeros, a denunciarlos porque están preparando un movimiento económico: ¡son el peor de los azotes! Y la preferencia que debe darse a los que hayan servido con anterioridad está también justificada, como que muchas empresas quitan el trabajo a aquellos que se distinguen por su aptitud para reclamar sus derechos y nunca quieren devolvérselos. Aquel gesto heroico de posponer los intereses personales a los de la colectividad no lo saben interpretar las negociaciones; aquel gesto de rebeldía no común en las masas de los trabajadores, sino resultante de determinada educación, implica las razones que esgrime el industrial para despedirlos. Si luego como resultado de una renovación, como resultado de una situación social modificada vuelve ese trabajador a las puertas del taller, aun aislado, aun sin pertenecer a determinada agrupación, en solicitud de trabajo, se le niega por el hecho de haber sido despedido como resultado de una acción, la acción que originó algún sindicato, la acción que originó alguna representación. En la Indianilla, en la Compañía de Luz, en las casas editoriales, en todos los centros de trabajo actualmente no lo tienen aquéllos que encontraron a los comités pro - huelga en el último movimiento, y no porque no sean capaces de desempeñar la labor, tan sólo porque supieron defender sus derechos; es, pues, llegada la hora, -si ya fija en la mente de los compañeros diputados que lo que se trata de evitar es que las agrupaciones sigan o no en el país -, de que lo definamos con el voto. El debate, en mi concepto, está agotado; todo lo que se borde alrededor, sobra; las ideas principales son éstas: debe haber agrupaciones en el país: ¿sí o no? Los que vamos a votar en el pro, sabemos que vamos a salvar a las agrupaciones de trabajadores; los que van a votar en el contra, saben que les van a dar la muerte definitivamente. (Aplausos.)

- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Méndez Benjamín.

- El C. Méndez Benjamín: Señores diputados: celebro que el compañero Gracidas se haya anticipado a bordar un poco sobre el asunto a debate y especialmente sobre la fracción que textualmente reza una protección decidida a las agrupaciones obreras, porque ayer no tuve el gusto de escuchar al compañero Gracidas probablemente, como él dice, por haberse desvirtuado el tema de su peroración.

No he encontrado ningún argumento de peso en el estimable compañero Gracidas, más que el deseo vehemente de fomentar las asociaciones obreras y el sindicalismo en México, y esta manera de fomentar el sindicalismo y de exhortar a los ciudadanos diputados a que de una vez por todas con el voto de esta memorable sesión se defina si tienen o no derecho los obreros a asociarse, o se mate, - retirando este precepto de la Ley del Trabajo -, el principio de asociación obrera; indudablemente que está muy equivocado el compañero Gracidas. Aquí no se trata de negar a los obreros el derecho de asociación; esto lo impone la Constitución. La Constitución reconoce el derecho a los obreros de asociarse; pero no encuentro en ningún artículo de la Constitución la imposición obligatoria para que los obreros se asocien. El artículo 4o. constitucional dice:

"A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad...."

En la forma como está concebido este artículo, no contiene ninguna restricción para aquellos obreros libres que no están de acuerdo con los estatutos de determinadas agrupaciones obreras, que no están de acuerdo con sus directores o cuando los sindicatos, torciendo el fin que deben perseguir, se dedican a la especulación. ¿Y a esos obreros, por el hecho de no comulgar con tales ideas de no asociarse, es justo que se les boicotee y se les prive del trabajo? Por otra parte, ¿qué estamos legislando únicamente para los sindicatos y para los asociados, o para los trabajadores en general del país? Yo vengo en defensa de estos desheredados que quieren arrojar de la

fábrica únicamente porque no se agrupan. Convengo en que se agrupen, porque las asociaciones son benéficas y tienden a dar libertad al obrero, a emanciparlo del yugo del capital; pero por medio de la persuasión, por medio de la enseñanza y del estímulo del trabajo, no por medio de la amenaza, ni de leyes prohibitivas; ¡este artículo es verdaderamente atentatorio! (Aplausos.) El artículo 5o. constitucional, en su inciso tercero dice lo siguiente: "El Estado no pude permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad del hombre, ya sea por causa de trabajo, de educación o de voto religioso...." ¿Dónde estamos? ¿o gobernamos de acuerdo con la Constitución y expedimos leyes ajustadas a un precepto de libertad de la Constitución, o establecemos una ley benéfica para una casta, castigando a una minoría únicamente porque quiere el derecho de libertad? No, señores diputados. El artículo 13 constitucional trae esta otra fracción: "Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales," y es privativo juzgar a esos obreros asociados, reconociéndoles el derecho únicamente de aceptar el trabajo. (Murmullos. Siseos.) El artículo 123 constitucional, en su fracción XVI, dice:....

- El C. Gracidas, interrumpiendo: ¡El 28, compañero!

- El C. Méndez Benjamín, continuando: Después el 28, compañero; con el mismo 28 voy a desbaratarle a usted sus argumentos. "XVI. Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etc."

Tendrán el derecho, pero no tendrán la obligación y en ninguna parte del mundo, en ninguna Ley del Trabajo se impone la obligación de asociarse; reconoce el derecho, pero no impone la obligación. Los sindicatos imponen obligaciones a sus asociados para sujetarse a los estatutos de ellos y los sindicatos están en el derecho de imponer tales o cuales obligaciones, pero el Estado no puede imponer esas mismas obligaciones, porque entonces llegaríamos hasta el sindicalismo de los mismos funcionarios públicos, esto es, enfrentar los sindicatos con el Estado, a la disolución social. ¿Se trata de que los sindicatos una vez por todas se apropien de las riendas del Gobierno y venga el régimen de los soviets? Indudablemente que no. El artículo 28 constitucional que citó el compañero Gracidas trae en su fracción II este párrafo: "....la ley castigará severamente".... etc., "....y, en general, todo lo que constituye una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social."

¿Y qué no es clase social una minoría de trabajadores? (Voces: ¡Mayoría, mayoría!) o una mayoría que no pretenda asociarse? ¿Por qué pretender aplastar a estos infelices? El socialismo bien entendido predica la igualdad, la fraternidad y el amor, y ¿qué clase de amor es este haciendo guerra a los mismos trabajadores para que no ingresen a los talleres, para que no tengan pan que comer, únicamente porque no están de acuerdo con tal o cual sindicato? En caso de que tuviéramos unos estatutos, una Constitución sindicalista para las agrupaciones, qué, ¿estamos perfectamente persuadidos de que estos estatutos sean morales, sean sanos y eleven al trabajador para poder bordar sobre este tema y obligar así a los trabajadores a sindicalizarse? Indudablemente que no. El propósito de las agrupaciones obreras es, como ya lo he dicho, la coaligación de todos los elementos de trabajo congregados en defensa de la tiranía del capital, indudablemente, en defensa de los caprichos impuestos por los patronos de la retribución ínfima al trabajador, del derecho de huelga y todo eso y, ¿por qué, si venís aquí a predicar la regeneración del obrero, por qué os convertís en verdugos de ese mismo obrero imponiendole obligaciones que de antemano no ha aceptado? Hay otro aspecto en este asunto: ¿las agrupaciones obreras que existen en el Distrito Federal y en el país en general se precian de por sí de controlar en una sola agrupación a todos los trabajadores? Indudablemente que no, esto desgraciadamente es una gran verdad; el mismo sindicalismo está dividido en el seno de las fabricas; hay fábricas, hay talleres donde operan tres sindicatos y hasta cuatro indistintamente y luego viene aquí el dilema; ¿el patrón en qué conflicto se ve para preferir al asociado de tal o cual sindicato? No es posible, señores diputados, aceptar este principio. La legislación argentina, señores diputados, es una de las más avanzadas y el ilustre sociólogo y profesor de la Universidad de Buenos Aires, don José Ingenieros, califica a dicha legislación de haber producido el código de trabajo más avanzado y que pudiera servir de modelo a muchos Estados en el Continente; pues bien, esta legislación, al reconocer el derecho de asociación trae estas taxativas:

Artículo 385 del Código del Trabajo Argentino:

"Será nula y sin efecto alguno la asociación que se forme:

"1o. Con propósitos contrarios a la moral, a las buenas costumbres, a las leyes, a la integridad nacional o a la Constitución de la República.

"2o. Sobre la base de la renuncia o desconocimiento de la libertad individual de sus miembros para contratar o ejercer sus derechos de acuerdo con su conciencia."

Y aquí, señores diputados, nosotros estamos más avanzados, nosotros imponemos la obligación de asociación reconociendo el derecho sin ninguna taxativa absolutamente. ¿Por qué? Es que aquí vamos más allá de Trotzky y Lenine? Y ni aun ellos mismos: tengo aquí el Código, la Carta Magna Bolsheviki y la Carta Magna Bolsheviki que ustedes, compañeros, han invocado, trae principios más liberales para los obreros. En primer lugar reconoce la obligación del trabajo y dice:

"18. La R. S. F. S. decreta el trabajo obligatorio para todos los ciudadanos de la República y proclama el principio: "Quien no trabaje no come." Y nosotros proclamamos: Si no se asocian, no comen. (Aplausos.) Es más; el capítulo XXII trae este precepto liberal:

"22. La R. S. F. S., que reconoce la igualdad de los derechos ciudadanos cualesquiera que sean su raza o nacionalidad, declara contrario a las leyes fundamentales de la República instituir o tolerar privilegios y prerrogativas de cualquier índole, u oprimir a las minorías nacionales o limitar sus derechos."

¡Y esto lo hacen los soviets, señores diputados! Yo no soy bolsheviki, pero reconozco que aquí el compañero Gracidas y los otros compañeros paladines del socialismo en México han ido más allá del bolshevismo, es algo extraordinario, decididamente este es el régimen mexicano, no el régimen bolsheviki. Ahora, preferir en igualdad de circunstancias a los mexicanos que a los extranjeros, sí, señores, estoy perfectamente de acuerdo y, ¿quién califica? ¿Quién determina esa igualdad de circunstancias? ¿El obrero? El patrón le negará el derecho de calificar quién es más competente, quién es más instruido quién es más honrado, quién es más leal. ¿El patrón? El obrero le negará el mismo derecho y el patrón, cuando sea extranjero, siempre calificará en provecho de éstos. Yo pido que se quite de aquí esta parte que dice: en igualdad de circunstancias, y que se ponga simple y sencillamente: preferir a los mexicanos sobre los extranjeros Esto, aunque parezca una patriotería, en el terreno de la práctica lo he examinado. Los Ferrocarriles de México estuvieron controlados largos años por los norteamericanos y fue para los trabajadores mexicanos motivo de una labor intensa, de una preparación de estudio y de trabajo concienzudo el lograr colocarse en igualdad de circunstancias ante esos trabajadores extranjeros y, sin embargo, antes de la nacionalización de los ferrocarriles, los patronos siempre calificaban esa igualdad de circunstancias en favor de los extranjeros. Por eso yo pido que se quite de aquí este precepto; mañana o pasado surge una empresa de una industria desconocida en México en que por lo pronto tengan que traer el elemento extranjero y cuando el elemento mexicano esté apto para desempeñar ese trabajo, no le serán reconocidos sus derechos. Ahora, la última parte de esta fracción "lo mismo que a los trabajadores asociados y los que ya hayan servido con anterioridad," esto debe reglamentarse, señores diputados. Ocasiones hay en que un trabajador se separa de una fábrica por tiempo indefinido, o bien porque haya acumulado recursos, o bien porque obtenga una remuneración mejor a su trabajo en otro lugar, o por lo que ustedes quieran; dura un lapso de tiempo considerable fuera de aquel taller y a los tres, cuatro o cinco años se les presenta la necesidad nuevamente de regresar al taller y hay allí obreros nuevos que tengan, ocho, quince o veinte días de haber ingresado; en la forma en que está concebido este precepto el patrón tendrá el derecho de decir: "Yo te quito a tí el trabajo porque ingresaste hace ocho o quince días y prefiero a fulano, porque me sirvió hace tres años," y queda aquel obrero en el momento separado de la fábrica por convenir así a sus interese, y pierde los derechos y las prerrogativas que le debe el patrón. ¿Por qué ha de vulnerar los derechos del obrero el que acaba de regresar al taller?

Esto debe reglamentarse en otro forma: Yo desearía que los ciudadanos diputados paladines del obrero, lejos de predicarle la disolución social, lejos de hacer discursos de propaganda electoral, lejos de excitarlo a la violencia, lejos de exponerlo a las balas de los esbirros, cuando esos esbirros reciben la consigna de aplacar la ira de los obreros, yo quisiera que esos líderes les hicieran conocer primero sus deberes y luego sus derechos y diciéndoles como el ilustre escritor Eca de Queiroz: "Si eres pobre, trabaja; si eres ignorante, estudia y si eres débil, ármate, y cuando hayas trabajado, estés instruído y te hayas armado, yo sabré morir por tí."

- El C. Gracidas: Pido la palabra para una interpelación.

- El C. Presidente: Las interpelaciones se dejan para el final. (Voces: ¡No, no!)

- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Gracidas para una interpelación.

- El C. Gracidas: Quería que dijera el compañero en que centro fabril cercano hay dos o tres sindicatos diferentes en principios y que originaran que el patrón estuviera en dificultades para darles preferencia. ¿Dónde hay eso?

- El C. Méndez Benjamín: En Río Blanco.

- El C. Gracidas: Sigo en el uso de la palabra. En Río Blanco lo que hay es esto: se formaron por gremios las corporaciones; hay sindicatos de empleados, sindicatos de tejedores, etc., de todos los que sirven, pero nadie choca entre sí, lo único que hacen es clasificarse.

- El C. Méndez Benjamín: En la fábrica de " Beneficencia" de Puebla, hay además otro sindicato que está boicoteando a los trabajadores de dicha negociación y por un espíritu de partidarismo que no quise confesar francamente, pero por un rasgo de honradez a la Asamblea, debo decir a ustedes que en los ferrocarriles donde el sindicalismo esta más avanzado y los obreros han evolucionado verdaderamente, hay en los distintos gremios diferentes asociaciones y sindicatos que cada uno quiere imponerse al capital en todas sus demandas. (Aplausos.)

- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Arriaga.

- El C. Arriaga: Ciudadanos diputados: Antes de entrar en materia quiero llamar a Vuestras Señorías la atención sobre una maniobra de que está siendo víctima la Cámara de Diputados.(Voces: ¡No se oye!) Se trata de las politiquerías del Ejecutivo. (Voces: ¿Es suspicacia!) No es suspicacia, compañeros, allá voy. El Ejecutivo tiene presentadas iniciativas para suprimir el Municipio Libre de la ciudad de México y tiene presentada otra iniciativa para reducir el número de diputados, fundándose en la falta de eficiencia de la Cámara por el número tan crecido de los representantes. Para darle cierta apariencia de verdad a sus razonamientos contra el Municipio Libre, creó, sostuvo y fomentó la huelga de maestros y ahora, con objeto de demostrar la supuesta ineficacia de la Cámara de Diputados, ha comisionado al C. Soto Peimbert y a otros tres o cuatro para que vengan a obstruccionar. (Aplausos.) Esa es la verdad de las cosas. El C. Soto Peimbert... (Voces: ¡Nombres, nombres!) Para que voy a mencionarlos, ¡es tan grande la lista! (Voces: ¡Nombres, nombres! Aplausos.) Compañeros: lean ustedes la lista del contra, quiten ustedes al compañero Vadillo y tal vez al compañero Méndez, y casi puedo asegurar que el resto son de los comisionados por la Secretaría de Gobernación para venir a obstruccionar.

- El C. Casas Alatriste: ¡Protesto!

- El C. Arriaga, continuando: Ahora bien, con esta aclaración que es muy pertinente...

- El C. Fierro, interrumpiendo: ¡Que es muy impertinente!

- El C. Arriaga, continuando: ...pertinente, compañero, para que la Asamblea y el pueblo sepan a qué atenerse respecto al valor moral de los representantes, voy a entrar en materia.

Desde luego la fracción de debate comprende dos partes esenciales, las que más han impugnado, aquello de que se prefiera a los obreros agremiados sobre los no agremiados y de que se prefiera a los mexicanos sobre extranjeros en igualdad de condiciones; son los dos puntos que han venido aquí a atacar más rudamente los señores del contra. Respecto a la primera parte, esto es, de la conveniencia de que se prefiera a los agremiados, si han venido aquí a esgrimir diversas armas; el compañero Méndez ha traído de los cabellos a la pobre Constitución y le ha puesto como chupa de dómine. Ha pretendido que el hecho de preferir a los sindicalizados por los no sindicalizados, viola la libertad de los sindicalizados por los no sindicalizados y los obliga de una manera material a que ingresen a los sindicatos. Desde luego necesitamos conocer el medio para hablar de él; ya ayer el compañero Trigo nos demostró que no conoce el medio, ni supo de qué venía a hablar cuando habla de agrupaciones obreras, puesto que se refirió exclusivamente a los sindicatos que son verdaderamente raros en la República Mexicana. Aquí existe el unionismo, el sindicalismo apenas sí de nombre. Debemos conocer al medio, decía yo, y encontramos desde luego que la inmensa mayoría de los trabajadores en la República Mexicana no están actualmente agremiados, ni quizá en mucho tiempo se les pueda agremiar. Me refiero a los trabajadores del campo. Pero en cambio, dentro de las fábricas, dentro de los talleres, vemos que siempre hay un sindicato y que este sindicato se está oponiendo a los desmanes del capital, y el capital emplea una maniobra muy sencilla: busca un grupo de obreros venales, los pone a sueldo y los dedica única y exclusivamente a obstruccionar el funcionamiento del sindicato. Pues contra éstos será contra los que vaya, y de una manera muy limitada, este artículo. Y esto es de justicia, porque si esta Ley tiene por objeto garantizar la libertad, la igualdad y hasta sea posible la igualdad económica dentro de nuestro medio actual, debemos no poner cortapisas ni poner dificultades a las agrupaciones obreras nacientes, sino, por el contrario, tenderles la mano, ayudarlas; las agrupaciones obreras en México, como en casi todas las naciones, han tenido una vida verdaderamente angustiosa, verdaderamente difícil. Hace muy pocos días, con motivo de la elección de Magistrados a la Suprema Corte de Justicia, el senador don Esteban B. Calderón nos recordaba las sucesos de Cananea en 1906; el compañero Gracidas y aun creo que no sólo los representantes veracruzanos, sino los representantes de toda la Nación, recordarán también la presión verdaderamente brutal del gobierno de Díaz contra las agrupaciones obreras en Río Blanco y nosotros hemos presenciado aquí en plena época post - revolucionaria, cuando está en vigor la Constitución de 1917, hemos presenciado cómo se clausuraron los sindicatos por mandato del Presidente de la República. (Aplausos.) Y después de esta presión tremenda del Poder y después de esta presión que ejercen los capitalistas para evitar que se organicen nuestras clases obreras, ¿ vamos todavía, señores, a fomentar la presión, - porque no puede llamarse de otro modo -, de ese pequeño grupo de amarillistas que no han podido organizarse como pretende el compañero Méndez, que van con la mano tendida siempre buscando que el capitalismo les arroje un mendrugo más grande para arrojarse en contra de sus compañeros? (Aplausos.)

Ahora veamos cuáles serán los resultados de la medida que propone la fracción VIII del artículo a debate. Yo tengo desde luego en mi experiencia personal, este caso que le consta seguramente al compañero Gracidas: En Veracruz, de 1917 a 1918 se dio un reglamento para el manejo de carga en la zona fiscal; este reglamento tenía estas estipulaciones: "Primera. Las Compañías encargadas del manejo de carga tendrán que ocupar exclusivamente obreros agrupados, obreros agremiados. Segunda. Admitirán la fiscalización de sus libros y les pasaran una participación de utilidades, igual al cincuenta por ciento."

He aquí los resultados: en el año de 1917 a 1918, llegó a tal escándalo de pérdidas de mercancías en los muelles de Veracruz, que se dio el caso de que el señor Aristeo Rodríguez se le perdieran del muelle cinco mil sacos de harina; figúrense ustedes a qué punto llegó el latrocinio, ¡cinco mil sacos de harina! Pues bien, a pesar de las medidas que se adoptaron, a pesar de la vigilancia estricta que se ejercía en esos muelles, disminuyó notablemente el promedio de los robos, pero no logró suprimirse. ¿Sabéis hasta cuándo? Hasta que entró en vigor este reglamento, porque entonces las compañías no contrataban aisladamente a los individuos, sino se entendían con los representantes de la agrupación, del Sindicato de Carretilleros; el Sindicato de Carretilleros, por su parte, respondía de la eficiencia y de la honorabilidad de sus trabajadores y, en caso de pérdida, ésta se rebajaba de la utilidad que le correspondía al Sindicato. En esta forma claro está que el Sindicato fue seleccionado a sus miembros, fue excluyendo a los que eran perezosos, a los que eran ebrios consuetudinarios, a los que no eran morales, en una palabra, y así logró formar grupo de carretilleros que pudiera decirse carretilleros modelo. Esto figura en mi experiencia personal y nadie puede desmentirme. Señores, cuando este resultado se observa en beneficio de ambas partes contratantes, del trabajador y del capitalista; cuando por medio de la unión, según acabo de demostrarlo con un caso práctico, se moraliza a los trabajadores; cuando por medio de la unión se les obliga a ilustrarse, porque es natural que en una unión de trabajadores haya tres o cuatro que sobresalgan por su cultura, pues los otros necesariamente, por amor propio, necesitan procurar ponerse a la altura de los que sobresalen, procuran hablar dentro del sindicato como hablan los otros, y de allí viene, naturalmente, la emulación, de allí viene la elevación intelectual y con ella la elevación moral de los trabajadores; esto es lo que nosotros pretendemos.

Ahora, por lo que ve al segundo punto, "preferir a los mexicanos sobre los extranjeros en igualdad de circunstancias," ya veo o ya imagino más bien que algunos de los señores del contra vendrán aquí echarme en cara la falta de unidad de principios; creerán que me salgo del credo socialista al

sostener esta fracción; pero no, es que no podemos - porque es la ley natural -, comenzar por el techo al edificio, es necesario proceder de lo simple a lo compuesto; para obtener la unidad humana, necesitamos primero obtener la unidad familiar, después la unidad dentro de la comuna, más tarde la unidad entro de la nación, después la unidad de la raza y así sucesivamente.

Nosotros queremos, antes que todo, asegurar a los de casa en igualdad de circunstancias, ponerlos en un pie de igualdad con los extranjeros, y nos fundamos en algo que está en la conciencia de todos. La mayor parte de las industrias en el país, están en manos de extranjeros; id a ver una lista de las minas que están en explotación, y encontraréis seguramente por cada diez nombres extranjeros, un nombre mexicano, es nada más un camuflage y nada más.

- El C. Martínez del Río: ¡Todos son extranjeros!

- El C. Arriaga: Tiene razón el compañero Martínez del Río, todos son extranjeros. Pues bien, partiendo de ese principio, es lógico, es natural que los extranjeros prefieran a los suyos, que los principales empleados de la negociación sean extranjeros, y ya lo vimos en los Ferrocarriles Nacionales cuando no llevaban esta denominación; entonces era raro el mexicano que llegaba a garrotero; nunca llegaba a fogonero, mucho menos a conductor, y esto se debía a que estaba el control de la negociación en manos de extranjeros, como está la mayor parte de nuestras negociaciones. Así es que, al votar por la afirmativa la Asamblea - como espero que lo hará -, esta parte segunda de la fracción XIII, no lo hará, de hecho, sino dar facilidades a los trabajadores mexicanos para que puedan luchar con éxito y en un campo igual con los trabajadores extranjeros. La dificultad que ponía el compañero Méndez, pues francamente una perogrullada, aquella de que si se implanta una industria nueva en el país para la cual, naturalmente, no hay gente apta aquí, pues claro está que ya no están en igualdad de circunstancias los mexicanos, y entonces se debe preferir al que dé trabajo más eficiente. Esta objeción se contesta por sí misma. Con que, resumiendo, señores diputados, esta fracción persigue dos objetos que son esenciales: primero, colocar a los mexicanos en igualdad de condiciones con relación al extranjero; segundo, levantar el nivel intelectual y el nivel moral de los trabajadores.

Ahora, todos los que tengan consigna del Ejecutivo votarán negativamente, y todos los que vengan ungidos por el voto público y conscientes de su representación, aprobarán la fracción. (Aplausos. Siseos.)

- El C Secretario Lorandi: Por disposición de la Presidencia y habiendo hablado tres oradores en pro y tres en contra, se pregunta si está suficientemente discutida esta fracción. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Suficientemente discutida.

- El C. Avellaneda: Reclamo la votación. (Voces: ¡No, no!)

- El C. Casas Alatriste: Pido la palabra para hechos, después de la votación.

- El C. Martínez del Río: Que se me inscriba a mí después del C. Casas Alatriste.

- El C. Avellaneda: Protesto, señor Presidente, no está suficientemente discutido; faltan oradores en pro y en contra.

- El C. Secretario Lorandi: Se comisiona a los CC. Avellaneda, Trigo y Alvarez del Castillo, para que procedan al recuento de los que están en pie. (Voces: ¡Se han sentado, se han sentado!) Se suplica atentamente a los ciudadanos diputados que votaron por la afirmativa, que se sirvan ponerse de pie.

- El C. Avellaneda: Tienen derecho de hablar seis oradores en pro y seis en contra, y no han hablado ese número que tiene derecho. No tiene usted derecho de preguntar a la Asamblea si está suficientemente discutido o no.

- El C. Secretario Lorandi: Se procede al recuento. (Voces: ¡Es notoria la mayoría!)

- El C. Avellaneda: Se está violando un artículo del Reglamento.

- El C. Secretario Lorandi: Se suplica al C. Avellaneda se sirva proceder al recuento de los ciudadanos diputados. En vista de que el C. Avellaneda no procede al recuento, se declara el asunto suficientemente discutido. Se procede a la votación. Por la afirmativa.

- El C. Prosecretario Aguilar: Por la negativa. (Se recoge la votación.)

- El mismo C. Prosecretario: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? (Algunos ciudadanos diputados dan su nombre.)

- El C. Secretario Lorandi: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? Se procede a la votación de la Mesa.

(Se recoge ésta.)

- El mismo C. Secretario: Votaron por la afirmativa 42 ciudadanos diputados.

- El C. Prosecretario Aguilar: Votaron por la negativa 115 ciudadanos. diputados (Siseos. Aplausos.) En consecuencia, ha sido rechazada la fracción VIII y vuelve a la Comisión para que la reforme en el sentido del debate.

- El C. Angeles: Reclamo el trámite. Fue desechado el artículo, no puede volver a la Comisión.

- El C. Avellaneda: Pido la palabra para hechos.

- El C. Presidente: Se ha inscripto el C. Casas Alatriste antes de usted. Tiene la palabra el C. Casas Alatriste, para hechos.

- El C. Alatriste: Señores diputados: No voy a distraer vuestra atención mucho tiempo, solamente tres palabras bastan, las palabras de protesta que salen del fondo de todo corazón honrado cuando se siente desde lo alto de la Representación Nacional calumniado, sin absoluto fundamento por parte calumniador. Yo protesto en mi nombre y en nombre de la Representación Nacional, que elocuentemente con su voto ha dado un mentís al C. Arriaga, que nunca nosotros nos hemos prestado a maquinaciones de nadie. Se ha traído esto como un argumento único, argumento que se ha esgrimido para hacer aparecer a los que venimos a exponer nuestras ideas libremente, de estar unas veces vendidos al capital, y hoy, viendo que eso ya no da resultado, se dice que somos instrumentos del Ministro

de Gobernación. Por mi parte, señores, protesto solemnemente ante todos vosotros que en mi vida, señores diputados, he cruzado media palabra con el señor Ministro de Gobernación y vengo yo aquí a hacer uso del derecho que me dieron sesenta mil habitantes de la República para exponer mis ideas tal cual son y la Asamblea podrá tomarlas y aprobarlas o podrá desecharlas, pero niego a todos y cada uno de los representantes el derecho a suponerme capaz de venderme o de venir aquí en virtud de algo que no sea muy noble o de algo que no sea desde mi punto de vista, que puede estar equivocado, desde mis ideales, que pueden ser malos, un deber porque mi honradez es absoluta y busco solamente el bien y el progreso de mi Patria.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Avellaneda para hechos.

- El C. Avellaneda: Vengo en primer lugar, señores diputados, a denunciar ante ustedes la errónea, la injusta, la equívoca conducta del Presidente de la Mesa. El artículo 111 del Reglamento:

"Artículo 111. Antes de cerrarse en lo general la discusión de los proyectos de ley, podrán hablar seis individuos en pro y otros tantos en contra, además de los miembros de la Comisión Dictaminadora y de los Ministros. En los demás asuntos que sean económicos de cada Cámara, bastarán que hablen tres de cada sentido, a no ser que ésta acuerde ampliar el debate."

El artículo 112 dice:

"Artículo 112. Cuando hubieren hablado todos los individuos que pueden hacer uso de la palabra, el Presidente mandará preguntar si el asunto está o no suficientemente discutido. En el primer caso se procederá inmediatamente a la votación; en el segundo, continuará la discusión; pero bastará que hable uno en pro y otro en contra para que se pueda repetir la pregunta."

El ciudadano Presidente de la Mesa no ha esperado a que hablaran los seis oradores que prescribe el Reglamento, el ciudadano Presidente de la Mesa no sólo ha precipitado la discusión, sino que después de una injuria, de una calumnia de un ciudadano diputado, nos deja obligados a callar, nos pone un cerrojo en nuestros labios y nos niega una oportunidad para defendernos y para lanzar un mentís a quien esta misma Cámara se lo ha dado por el hecho de esta sola votación. En lo que respecta a la Cámara de Diputados, señores, está plenamente comprobado por la votación - por cuya votación os felicito -, que obráis de acuerdo con vuestras convicciones, con vuestro criterio, que no sois rastreros de nadie ni necesitáis la consigna de nadie. En lo que respecta a mí, desprecio la calumnia, porque yo recibo las cosas como quien vienen.

- El C. Presidente: Tienen la palabra el C. Martínez del Río, para hechos.

- El C. Martínez del Río: Voy a ser, señores diputados extraordinariamente breve. (Voces: ¡Vamos a verlo!) Y para que no se me diga que vamos a perder el tiempo, quiero aventurar unas cuantas palabras de consideración acerca de estos artículos que están por discutirse de la Ley del Trabajo, especialmente acerca de las fracciones pendientes todavía del artículo 17....

- El C. Ruiz Porfirio, interrumpiendo: Amén. (Risas.)

- El C. Martínez del Río, continuando: Pero antes de esto, señores diputados, adhiriendome a la protesta de algún señor compañero, quiero hacer constar que no tengo ligas con el Ejecutivo. (Risas.) Pueden ustedes reírse todo lo que quieran, señores diputados, pero no habrá uno solo, oídlo, uno solo, que estando hombre con el hombre a hombre con el Presidente de la República, le haya dicho lo que yo le he dicho: "Señor Presidente: jamás he sido simpatizador del Gobierno de usted...." (Risas.)

- El C. Altamirano Manlio Fabio, interrumpiendo: ¿Por qué coadyuva usted con él?

- El C. Martínez del Río, continuando: Invoco el testimonio de don Venustiano Carranza para que me diga que miento y si no he sido nunca, como he dicho, simpatizador de esa personalidad, ni del Gobierno de esa personalidad, tengo derecho, señores diputados, a que se me crea honrado e independiente. Vengo, señores, a esta Representación Nacional a cumplir con mi deber como representante de un Distrito por el cual he sido electo.

- El C. Lorandi: Esa declaración le va a servir a usted luego, ahora verá.

- El C. Arlanzón: ¡Ahora de todas maneras lo cuelgan!

- El C. Martínez del Río, continuando: Aunque me cuelguen. He creído, señores diputados, que con mi deber, con mis convicciones de hombre honrado, con mis convicciones de mexicano y de ciudadano debo de coadyuvar al sostenimiento del Gobierno constituído, sin que las personalidades que allí figuren me simpaticen. Yo señores, creo que es deber de todo mexicano en estos momentos, antes que todo, coadyuvar a la consolidación de ese Gobierno, no por que sea Venustiano Carranza, sino porque es la salvación de la Patria. He ahí, señores, por qué con entera libertad he podido expresar mi pensamiento a que se hace un momento me refería. Creo como deber primordial, inalterable, creo más todavía: creo que el que ataca al Gobierno constituído ataca primeramente a la salvación y al porvenir de la Patria, a la independencia de esta tierra primero necesita tener un ser, para luego tener la manera de ser. En esas condiciones, señores diputados, soy enteramente insospechable, no he tenido ninguna liga con el Ministro de Gobernación; apelo al testimonio del señor Valladares, quien hace dos meses me dijo que el señor Aguirre Berlanga estaría dispuesto a recibirme un viernes para tratar un asunto enteramente de orden profesional y ni siquiera ese asunto he tratado con el señor Aguirre Berlanga. El señor diputado Arriaga me ha lanzado aquí una imputación y voy a referirme a ella: el señor diputado Arriaga, corifeo, defensor ardiente del obrero, bolsheviki a la violeta, enemigo acérrimo de todos los Gobiernos y de todo lo que significa orden y tranquilidad, el señor diputado Arriaga que se ha arrastrado - óiganlo ustedes bien -, a los pies del Gobernador de Michoacán, a quien a ustedes mismos les consta que ha venido a atacar desde esta tribuna al discutirse su credencial (Voces: ¡No, no! ¡Hechos! ¿Pruebas!) Allá voy, nunca vengo a la tribuna sin pruebas y menos cuando lanzo imputaciones personales. El señor diputado Arriaga ha ido a pedir vales de manta, calcetines, corbatas y camisas, para que carguen a la cuanta del señor Gobernador de Michoacán, don

Pascual Ortiz Rubio. ¿Queréis prueba? Exhibo la factura. Este es el señor Arriaga. (Aplausos. Si esos. Voces: ¿Pruebas! Un momento, señores, aquí la copia de la factura. (Aplausos. Siseos.)

La casa comercial que se llama "Las Fábricas de Francia, "situada en Morelia, pone esta factura al señor ingeniero don Pascual Ortiz Rubio por artículos entregados al señor Isaac Arriaga:

"Al señor ingeniero don pascual Ortiz Rubio, por artículos entregados al señor Isaac Arriaga:

"2 metros de manta a 20 centavos $ 0.40 "2 camisas a $2.25 cada una " 4.50 "2 corbatas a $1.00 cada una " 2.00 "3 metros de casimir a $4.000 metros " 12.00 "3 pares calcetines a 25 centavos par " 0.75 suma $ 20.10

entregados al señor Arriaga a cargo del señor Pascual Ortiz Rubio, Gobernador de Michoacán. (Voces: ¡Fecha! ¡Fecha!) Voy allá, Ahora, si el señor quiere el testimonio de diputados de la diputación de Michoacán, que me lo diga. (Murmullos. Desorden. Campanilla).

El C. Presidente: Se suplica al C. Martínez del Río se sirva respetar a los ciudadanos diputados...(Aplausos.)

El C. Martínez del Río: Voy a continuar en el uso de la palabra.... (Voces: ¡Pido la palabra! Murmullos. Desorden. Campanilla.) Señores diputados: cuando el señor Arriaga ha venido a decirme que soy vendido al Ejecutivo y vendido al capital, tengo derecho, como hombre público que es el señor Arriaga, a exhibir la personalidad de este señor aquí... (Aplausos.) Conste, señores diputados, que omito, porque soy respetuoso del derecho de cada quien, detalles del orden privado que avergonzarían a una fiera...

El C. Sánchez José, interrumpiendo: Esa no es la factura.

El C. Castilleja: Es usted un calumniador.

El C. Martínez del Río: He hablado del testimonio de señores diputados de Michoacán ... (Voces: ¡Necesitamos la factura!) También la puedo pedir.

El C. Arriaga, interrumpiendo: Ciudadano Presidente: Pido la palabra para una interpelación al orador si lo permite... (Voces: ¡No, no! ¡Sí, sí) Para una interpelación al orador si lo consiente.

El C. Martínez del Río: Con mucho gusto. Creo que el señor Arriaga, desde el momento en que le lancé un cargo, tiene derecho a hacerme una interpelación; estoy a las órdenes del señor Arriaga.

El C. Arriaga: ¿Consiente Su Señoría? ciudadano Martínez del Río, usted ha hablado de testimonios de diputados por Michoacán; le ordeno, le exijo a usted, so pena de que nos arreglemos afuera, que los exhiba. (voces: ¡Huy! ¡Muy! Aplausos. Siseos.)

El C. Martínez del Río: Como ustedes ven, no oí la interpelación, señores diputados, no sé en qué consiste; la amenaza es grave, ¿arreglarnos afuera! Continúo, señores diputados, terminando este incidente enojoso para mí, pero insisto porque lo quiero señores diputados, como hombre público. como diputado que soy, que se me exhiba; estoy a las órdenes de todos ustedes, que me diga "este es un sinvergüenza" y que se venga aquí a la tribuna y se me diga: aquí están las pruebas. Eso lo que deseo. Todos los hombres públicos, cuando se mezclan en este asunto que se llama la cosa pública, deben responder a esta interrogación inmensa que la sociedad, que la Nación toda tiene derecho de hacerles: ¿Tú quién eres? todos los hombres públicos están obligados a contestar esta interpelación: ¿Qué dices de tí mismo? Eso es lo que debe contestar un hombre público, y el hombre público que tenga su conciencia a salvo, que no tenga como ordinariamente se dice "cola que le pisen, "debe exhibirse con toda franqueza; si se le calumnia, exíjanse pruebas, pero si no se calumnia, si no se dice la verdad, exprésesele a ese hombre. Yo quiero, señores diputados, y ojalá que todos en lugar de caretas trajéramos aquí las caras que nos corresponden para saber a qué atenernos; no queremos caretas; estamos cansados, en la política mexicana, de caretas; queremos caras, queremos rostros, queremos hombres. Ese es el defecto inmenso de la política mexicana, señores diputados: no sabemos con quién se trata; vamos a dar un abrazo a quien creemos amigo y detrás del amigo está el traidor, detrás del amigo está el bajo, está el infame. Queremos elevar a un hombre público a los mayores puestos. y aquel hombre público, por el bombo, por el orgullo, por el ando no es capaz ese hombre público de decir: "Señores diputados, yo no soy capaz de desempeñar este puesto a que me llevan los honores y a que sólo me lleva el deseo de mandar, el deseo de lucrar." Vengan hombres honrados; la situación política mexicana, señores, tiene una solución: primero, honradez, después honradez y en tercer lugar, honradez. (Aplausos.) Y esto, señores diputados, que digo en general de la situación política mexicana, lo digo especialmente de la política actual de la República Mexicana. ¡Cuántos rebeldes estarían en sus campos si hubiera habido más honradez! (Murmullos!) ¡Cuántos hombres estarían en el lugar que les corresponde si hubiera habido más honradez, si hubiera habido honradez cívica y honradez administrativa, dos cosas ineludibles en la política mexicana...

El C. González Galindo, interrumpiendo: Y tú, ¿dónde estarías?

El C. Martínez del Río, continuando: Señores diputados: Llevado por digresiones que no son del caso, pero ocasionadas por el deseo ardiente que tengo de que se vea en esta Representación Nacional la convicción respetada, que es lo que yo deseo, que se respeten las convicciones de cualquier orden, ¿cuándo me he referido en un sola frase despectiva a este señor Gracidas? Lo veo sincero; podrá estar errado, como lo podré estar yo; podrá estar equivocado, como lo podré estar yo, pero es un hombre sincero y viene aquí en uso de un derecho a defender sus convicciones; todo el mundo debemos respetar al señor Gracidas; pero aquel que viene a herir ¿por qué? ¿Estamos aquí nosotros para ser guiñapos del primer majadero a quien se le ocurre lastimar nuestra honradez? (Voces: ¡Muy bien! Aplausos.) Que se me venga a atacar con razones y con convencimientos, con la verdad y con la justificación, y yo soy el primero que rindo tributo a esta verdad, si esa verdad penetra al fondo de mi alma, pero soy el primero que se rebela contra la falsía,

contra el oropel, contra el deseo de figurar y de conquistar aplausos fáciles de galerías. Sépanlo, señores diputados, que a los hombres de convicciones no les importan ni las galerías, y si yo alguna vez, señores diputados, tengo la verdad en mi alma y esa verdad no está en la conciencia de todos ustedes, vendré aquí y diré: señores diputados, esta es mi convicción, estará en contra de la justicia, pero es mi convicción, estará en contra la justicia, pero esta es la mía; no los podré convencer, convénzanme ustedes a mí. Yo creo que ese es el camino honrado de proceder en todas las discusiones y en todos los casos y en todos los problemas de altísima importancia que se tienen que ventilar en esta Representación Nacional. Mañana vendrá la Ley del Petróleo, mañana vendrá la discusión de las iniciativas del Ejecutivo en el orden constitucional, ¿por qué andamos con pasiones políticas, con intereses personales? ¿Qué no hay talento, ni hay convicciones, ni hay honradez para juzgar de la bondad de aquellas iniciativas?

Yo creo y he sostenido siempre este principio: que a la verdad se llega - oídlo bien -, más por el camino de la honradez y buena voluntad, que por el camino del raciocinio y del talento. Los genios más grandes se han equivocado de la manera más desastrosa y yo no he visto jamás que un hombre honrado y sincero se equivoque tan fácilmente; y esta palabra pueden sisearla: parece que hay alguna Providencia que dice al hombre honrado: "este es el buen camino." (Siseos.) Siseen ustedes, esta es mi convicción, pueden ustedes sisear todo lo que les dé la gana, esta es mi convicción. yo creo que un hombre honrado tiene más medios de acertar, que alguno que, siendo algún inteligente, es un sinvergüenza. (Aplausos.) Y bajo esta base, señores diputados, vendré hoy y mañana; siempre que se discuta algo que esté en contra de mis convicciones, vendré a atacar las ideas que estén en contra de mis convicciones, que yo que yo juzgo honradas. (Aplausos.)

El C. Gracidas: C. Martínez del Río: ¿me permite una interpelación? Con permiso de la Presidencia.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Gracidas: Yo quiero, ya que usted envolvió un elogio dentro de su peroración hacia mí, obrero sincero, hacer constar para mañana, que el señor Martínez del Rió no nos exhibió una factura, nos exhibió la pasión en un periódico político contra el diputado que lucha en aquella ocasión. ¿Esto no es verdad?

El C. Martínez del Río: Voy a contestar, compañero, si usted me permite. (Campanilla.) Para contestar una alusión, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Martínez del río.

El C. Martínez del Río: Cuando a cualquier hombre honrado, señores diputados, se lanza un cargo - ese periódico es de fecha atrasadísima, puedo leerla si gustan -, lo primero que hará un hombre honrado, lo primero que hace es ocurrir a los tribunales y decir: "Señor, me han difamado." Eso es lo que debió hacer el señor Arriaga......(voces: ¡no, no! Murmullos), y la contestación sería: "Aquí está la sentencia del tribunal que ha dicho que este señor me calumnia." Si eso no es contestación, ofrezco formalmente ante esta Representación Nacional pedir al señor Pascual Ortiz Rubio la factura, que debe obrar en su poder; en el mío no podría estar, porque él fue quien la pagó. Ofrezco tenerla aquí, a esta Representación Nacional.

El C. Arriaga: Pido la palabra para alusiones personales. (Voces: .Sí, sí, tiene derecho! ¿Que hable!)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Arriaga.

El C. Martínez del Río: Interpele usted a Martín Barragán sobre este particular, compañero.

El C. Arriaga: Muy bien. Este C. Martínez del Río viene recurriendo a armas que son verdaderamente ridículas. Este periódico tiene fecha 13 de agosto, momentos en que estaba yo en la cárcel de Morelia......

El C. Avellaneda, interrumpiendo: ¿No es cierto! (Risas. Campanilla.)

El C. Arriaga, continuando: .... fecha en que me encontraba yo en la cárcel de Morelia, porque el Gobernador Ortiz Rubio se obstinaba en que no viniera a la Cámara de Diputados. ¡Esa es el arma que viene a esgrimir este ciudadano! Además, la factura que tiene Ortiz Rubio, sin que exista esta factura - porque se los protesto a ustedes -, principiando por esto, es una copia de factura sin fecha. ¿Qué comerciante, señores, por neófito que sea, extiende una factura sin fecha? Me dice el C. Martínez del Río que interpele a Martín Barragán, y yo le suplico a Martín Barragán que diga cuándo y cómo el Gobernador Ortiz Rubio me dio esto a que se refiere esta supuesta factura.

El C. Barragán Martín: Con permiso de la Presidencia. Toda la prensa de la capital se ocupó en publicar esa factura, y ese periódico yo lo he leído en Morelia; no sé si tenga fecha ni nada; no puedo precisar que el Gobernador haya pagado esa cantidad; lo que sí es que apareció en la prensa....(voces: ¡Ah, ah!), y no desvaneció ese cargo el señor Arriaga. (Voces: ¡Ah, ah!) Esto es todo lo que tengo que decir, porque yo leía la prensa, todos los periódicos, mujiquistas y orticistas, y conocí los cargos que se hacían a cada uno de los contendientes, y las defensas que se hacían también de cada uno de ellos. Esto es lo que tengo que decir sobre el particular.

El C. Arriaga: Perfectamente; pues el cargo estriba en esta triquiñuela, muy digna de don Pascual y muy digna de esgrimirse por este ciudadano católico, que viene aquí a predicarnos amor....

El C. Martínez del Río, interrumpiendo: Dígame sinvergüenza..

El C. Arriaga, continuando: ..... "No hagas a otro lo que no quieras para tí," dice el C. Martínez del Río, y el C. Martínez del Río viene a esgrimir aquí armas perfectamente innobles, perfectamente sucias, arrastrando la bandera que debiera levantar muy alta, la que dice llevar gravada en el corazón. Estas son inconsecuencias, estas son intemperancias propias del C. Martínez del Río; no me preocupan en lo más mínimo, porque mientras el C. Martínez del Río no traiga aquí verdaderas pruebas pruebas fehacientes, pruebas concretas, pruebas absolutas de que Isaac Arriaga, diputado o no diputado, ha mendigado favores de Pascual Ortiz Rubio, Gobernador o no Gobernador de Michoacán, yo tengo perfecto derecho para decirle al C.

Martínez del Río que es un majadero y ..... (Campanilla.)

El C. Martínez del Río, interrumpiendo: Puede decir usted todo lo que quiera.

El C. Arriaga, continuando: Por respeto a la Asamblea, retiro la palabra vertida y pido mil perdones a la Asamblea, tomando en consideración el estado natural en que debo encontrarme después de haber visto levantarse esa viborilla que siempre se ha arrastrado bajo los zapatos, bajo las suelas..... (siseos), de los..... (siseos) clérigos y de los poderosos. (Siseos.) Naturalmente nosotros, los hombres honrados..... (Siseos. Risas.) Sí, señores, y quien pueda decir lo contrario, que lo diga; nosotros, los hombres honrados..... (siseos), los que hasta hoy no estamos manchados por el latrocinio, a pesar de haber estado en el medio propicio de la Revolución; sí, señores, en el medio propicio, ¿quién no sabe que los que han querido se han enriquecido allí? Las revoluciones, señores, son el crisol donde se aparta perfectamente el oro del cobre; pues bien, a los ciudadanos que fuimos a la revolución por convicciones y salimos de ella con las manos limpias como entramos, a esos se nos debe considerar honrados, aunque este C. Martínez del Río y los de su especie, piensen lo contrario.

El C. Valladares: ¿Me permite una interpelación? (Voces: ¡Ya no!

El C. Arriaga: Sí, señor.

El C. Valladares: Pido la palabra, señor presidente. Muy pequeña es la interpelación.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. valladares.

El C. Valladares, dirigiéndose al C. Arriaga: ¿Usted conceptúa honrado a cualquier individuo que lanza un cargo sin probarlo? (Murmullos. Voces: ¡No, no!) Cuando usted haya aprobado que nosotros vinimos obedeciendo una consigna del Poder Ejecutivo para rechazar esta ley..... (siseos), o estos artículos, entonces creeré que es usted un hombre honrado. (Siseos.)

El C. Arriaga, continuando: Hay dos clases de pruebas, compañero; pruebas materiales, que le traería a usted si encontrara un recibo firmado por usted, en donde dijera: "A buena cuenta de servicios que prestaré en la Cámara de Diputados afulano de tal, recibo tanto." Eso sería una prueba material; pero hay pruebas morales también . Estoy cierto que usted conviene conmigo en que el Ejecutivo organizó la huelga de maestros.... (Voces: ¡No, no! Murmullos.) Y se lo pruebo. (Voces: ¿No, no!) El Ejecutivo insinuó a algunos jefes de fuerza que ayudaran con un día de haber y ayudaron; esto se llama fomentar la huelga. (Murmullos.). Y esto no lo podía hacer el Ejecutivo sino con un objeto. .... (Voces: ¡Pruebas! Las tiene todo el mundo. (Risas. Murmullos.)

El C. Berumen, interrumpiendo: ¡Moción de orden!

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Berumen: Estamos perdiendo miserablemente el tiempo. Yo pido a su Señoría que conmine al ciudadano que hace uso de la palabra a que se baje ya y continuemos la discusión de la Ley del Trabajo. (Risas y aplausos.)

El C. Presidente: La Presidencia considera que estamos perdiendo el tiempo....

El C. Berumen, interrumpiendo: Indudablemente, señor

El C. Presidente, continuando: ....pero el presidente no tiene derecho de suspender el uso de la palabra cuando lo ha solicitado algún individuo en debido orden y de acuerdo con el Reglamento. No es culpa mía; con pena veo que se trata de cuestiones únicamente personales, que perjudican hasta el buen nombre de la Cámara, pero yo no tengo derecho para imponerme ante los oradores. Ya lo he dicho otra vez: yo no soy tirano del pensamiento de la Cámara.

El C. Arriaga: Perfectamente, señores Estoy convencido, pues, de que no debemos perder el tiempo y de que sea cual fuere la opinión del C. Martínez del Río, no debe preocuparme; entremos a lo que es de fondo y a lo que nos importa.

El C. Prosecretario Aguilar: No habiendo sido objetada hasta este momento la fracción IX del artículo 17 reformada, se reserva para su votación la fracción X dice así:

"X. Expedir gratuitamente a los que hubieren observado buena conducta y trabajado satisfactoriamente al retirarse del trabajo o cuando lo soliciten, constancia que acredite esos hechos."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra sírvanse pasar a inscribirse. Se han inscripto para hablar, encontra de esta fracción, el C. Manlio Fabio Altamirano, y en pro, el C. Reyes Francisco.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Altamirano, en contra.

El C. Altamirano: Señores diputados: Yo creo sinceramente, en contra de la opinión del señor compañero Soto Peimbert, que en muchas ocasiones es necesario repetir y aclarar en esta Ley del Trabajo algunos conceptos, porque ella va a servir principalmente para individuos que en su mayoría carecen de la ilustración necesaria para interpretar, algunas veces hasta para comprender esta Ley. Indudablemente que los señores representantes del capital que han tenido los medios suficientes para instruirse y para salir del nivel intelectual a que hemos condenado a nuestros obreros, no tendrán dificultades para interpretar y comprender esta Ley; pero esa misma ilustración, señores compañeros, y ese mismo medio en que se han creado, han puesto en condiciones a los señores representantes del capital de buscar, apenas se da una ley en favor de las clases trabajadoras, la manera, no de cumplir fielmente esa ley, sino la manera de tergiresar sus conceptos y de buscar los medios para no cumplirla; por consiguiente, nosotros, los representantes de esa clase obrera, aunque en determinadas huelgas no hallemos dinero, como dijo aquí el compañero Saldaña, tenemos la obligación de venir a abogar porque esta Ley sea lo más clara posible. En ese concepto, y de acuerdo con mis ideas, vengo a impugnar este artículo a fin de que la Comisión tome nota de mis objeciones y se haga más claro el artículo. La fracción a debate trata de la expedición de una constancia o certificado; a los trabajadores, en la cual conste la buena conducta de esos trabajadores.

Y yo creo, señores diputados, que estos certificados no debe contener únicamente la constancia de buena conducta; sabemos nosotros que en todas las uniones de trabajadores estos certificados o estas constancias constituyen algo así como una hoja de servicios de los trabajadores, y no tan sólo ante las uniones o sindicatos, sino ante el concepto o el criterio de los mismos capitalistas, estas hojas de servicios constituye un abono, constituyen una recomendación para los obreros que pueden presentar estos mismos certificados. Por consecuencia, nosotros debemos trabajar porque estos certificados que den lo más concisos que sea posible y que abarquen todos los puntos que deben abarcar. Yo sugiero a la Comisión que incluya en esta fracción a debate los siguientes puntos: que se diga que los patronos o los representantes de ellos, en su caso, estarán obligados a expedir cuando los obreros lo soliciten, porque con esta sola frase basta, "cuando los obreros lo soliciten," una constancia que contenga los siguientes puntos: la fecha del ingreso del trabajador al servicio del patrón; el tiempo que el obrero haya permanecido en el trabajo; que clase de trabajo a desempeñado o está desempañando; la fecha en que obrero terminó su trabajo o la fecha de su separación; la conducta que haya observado el obrero y, finalmente, que se haga constar, que se ponga en la ley una cláusula que diga que estas constancias no están sujetas al impuesto del Timbre. Estas son ideas que sugiero a la Comisión y las aceptará o no, según su criterio.

Presidencia del

C. PARRA ENRIQUE

El C. Presidente: Tiene la palabra, en pro, el C. Reyes Francisco. (Voces: ¡No está, no está!)

El C. Prosecretario Aguilar: No habiendo más oradores inscriptos en pro ni en contra, en votación económica se consulta a la Asamblea si se considera suficientemente discutida la fracción. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Suficientemente discutida. Se va a proceder a recoger la votación nominal. La fracción X dice así:

"X. Expedir gratuitamente a los que hubieren observado buena conducta y trabajando satisfactoriamente al retirarse del trabajo o cuando lo soliciten, constancia que acredite esos hechos."

Está a votación.

El C. Secretario Pesqueira: Por la afirmativa.

El C. Prosecretario Aguilar: Por la negativa.

(Se recoge la votación)

El C. Secretario Pesqueira: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar?

El C. Prosecretario Aguilar: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar?

El C. Secretario Pesqueira: Se procede a la votación de la Mesa. Votaron por la afirmativa 155 ciudadanos diputados.

El C. Prosecretario Aguilar: Votaron por la negativa 5 ciudadanos diputados.

El C. Secretario Pesqueira: En consecuencia, queda aprobada la fracción X del artículo 17.

- El ministro C. Secretario: Está a discusión la XI, que dice así:

"XI. Costear a la terminación del trabajo contratado, los gastos que origine la traslación del trabajador y, en su caso, la de su esposa e hijos menores al lugar a donde se celebró el contrato."

Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra pueden pasar a inscribirse.

El C. Prosecretario Aguilar: Por disposición de la Presidencia se suplica a los CC. Arlanzón, Pastrana Jaimes, León Oscar H. García de Alba y Zayas Alberto se sirvan ocupar sus curules.

El C. Secretario Pesqueira: Se han inscripto para hablar en contra de esta fracción el C. Casas Alatriste y en pro el C. Reyes Francisco.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Casas Alatriste. (Voces: ¡No está!)

El C. Prosecretario Aguilar: No habiendo sido objetada la fracción a debate, se reserva para su votación. Las fracciones XII y XIII no han sido objetadas; se reservan para su votación.

El C. Mena: Pido la palabra. Deseo atacar la XIII y suplico a la Presidencia que me inscriba.

El C. Prosecretario Aguilar: La fracción XII se reserva para su votación e está a discusión la XIII que dice así: "XIII. Tener los medicamentos necesarios, para las primeras curaciones en caso de accidente.

El C. Presidente : Tiene la palabra en contra el C. Mena.

El C. Mena: Ciudadanos representantes: Seguramente que os llamará la atención el hecho de que venga a hablar en contra de la fracción XIII que previene que las empresas tengan los medicamentos necesarios para hacer las primeras curaciones, pero es que yo quiero ampliarla, porque en los lugares que están lejanos a las poblaciones en las que puede hacerse una verdadera curación en el caso de un accidente, como por ejemplo en el caso de un accidente de un obrero minero, resultaría que las compañías se verían obligadas por esta fracción a tener únicamente los medicamentos necesarios para hacer estas curaciones y nosotros no debemos conformarnos con eso, sino que debemos pedir a la Comisión que reforme su inciso en tal sentido que venga a quedar que esto se exija solamente a las compañías que estén dentro de alguna ciudad, pero que a las compañías que estén fuera de algún pueblo importante donde puedan hacerse curaciones de importancia, a esas se les exija, como se les exige tener médico, no solamente eso, sino también los elementos necesarios para hacer las curaciones que deberán hacerce en el caso de accidente y en los casos en que el individuo lesionado sufriera graves perjuicios al tener que esperar a ser llevado a un centro de importancia. Así pues, noto que la asamblea está un poco cansada y que no atiende mucho a mis palabras y me daría pena que no se fijara en ellas, porque creo que son de atenderse. Así pues, yo pido a la honorable Comisión se sirva decirme si tiene a bien tomar en consideración mis palabras para añadir lo que yo propongo; me permito interpelarla en ese sentido.

El C. Rodríguez Herminio S., de la Comisión: Debo decir al señor Mena que el artículo 34 que ha sido aprobado, conceptúa la obligación para todos los patronos de tener un médico titulado para impartir sus servicios a los obreros fuera de los lugares poblados. Y si esto no fuera bastante, en el artículo 24, que pronto pondremos a la discusión la Cámara, se ha dispuesto que las grandes industrias tendrán también un médico titulado y una enfermería para los enfermos, fuera de las poblaciones. Por lo tanto, lo que el compañero Mena agruye y que es de bastante fuerza, lo ha previsto ya la Comisión en los artículos que dejo citados.

El C. Mena, continuando: Doy las gracias a la Comisión por la información que me hace. En efecto es así, pero yo no veo por qué entonces si en aquel artículo se estatuye el que tenga botiquín también para las curaciones y todos los medicamentos necesarios, ¿por qué entonces aquí vamos a decir que "únicamente los necesarios para la primera curación." Yo creo que no estaría por demás añadirlo aquí, pero en todo caso si está de una manera amplia dicho en la otra fracción o en otro artículo, pues no veo yo aquí sino una repetición que a nada viene ¿y no estaría, pues, de acuerdo la Comisión en retirar la fracción XIII que no responde a ninguna necesidad?

El C. Rodríguez Herminio S: Pido la palabra para contestar.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Rodríguez Herminio S; de la Comisión: Es cierto, como ha dejado dicho la Comisión, que existe ya la obligación para todas las empresas sin distinción, de tener un médico titulado para atender a los obreros en casos de accidente; pero este hecho no desvirtúa la mente de la Comisión de dejar preceptuado en el artículo 17 que tengan los medicamentos necesarios para hacer las curaciones del momento, pues usted sabe que puede haber un doctor en una compañía, o un doctor en un empresa, al cual se llamará en el momento que acontezca el accidente, encontrado ya en la misma fábrica, en el mismo lugar, los medicamentos a que hacemos mención en esa fracción.

El C. Mena: Señores representantes, sería establecer un diálogo que vendría a ser infructuoso, y en todo caso, pues ya que la Comisión dice que en el otro lado queda suficientemente expreso lo que yo vengo a pedir, es indiferente que la Asamblea vote en pro o en contra de este asunto, que en realidad de verdad en mi concepto a nada responde.

El C. Prosecretario Aguilar: No habiendo más oradores inscriptos, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutida la fracción a debate. Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. Suficientemente discutida. Se va a proceder a la votación nominal.

"XIII. Tener los medicamentos necesarios, para las primeras curaciones en caso de accidente."

Está a votación.

El C. Secretario Pesqueira: Por la afirmativa.

El C. Prosecretario Aguilar: Por la negativa. (Se recoge la votación.)

El C. Secretario Pesqueira: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? Se procede a la votación de la Mesa.

Votaron por la afirmativa 136 ciudadanos diputados.

El C. Prosecretario Aguilar: Votaron por la negativa 3 ciudadanos diputados.

El C. Secretario Pesqueira: Es consecuencia, queda aprobada la fracción XIII del artículo 17.

- El mismo C. Secretario: Está a discusión la XIV que dice: XIV. En caso de enfermedad o accidente, que no fuere ocasionado por el desempeño del propio trabajo y que obligue al trabajador a suspender temporalmente sus labores, el patrón facilitará a éste con el carácter de préstamo, su salario hasta por el término de un mes. La suma prestada por este concepto, será reembolsada por el trabajador al reanudar sus labores, abonando de su salario un veinte por ciento hasta cubrir su adeudo." Se han inscripto para hablar en contra de esta fracción los CC. Trigo, Soto Peimbert, Casas Alatriste y Martínez del Río; y en pro el C. Reyes Francisco.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Trigo.

El C. Trigo: Señores diputados: Lamento volver a esta tribuna a causar un disgusto al compañero Arriaga, a quien molesta grandemente que se expongan desde aquí razones y sobre todo, que se raciocine dentro del sentido común. No pretende hacer un discurso demasiado largo sobre esta cuestión, puesto que no se necesita un grandísimo talento para comprender el peligro en que tenemos colocado a cualquier industrial de aprobarse esta fracción en la forma concebida por la Comisión. La fracción XIV expresa: "XIV. En caso de enfermedad o accidente, que no fuere ocasionado por el desempeño del propio trabajo y que obligue al trabajador a suspender temporalmente sus labores, el patrón facilitará a éste con el carácter de préstamo, su salario integro hasta por el término de un mes. La suma prestada por concepto, será reembolsada por el trabajador al reanudar sus labores, abonando de su salario un veinte por ciento hasta cubrir su adeudo." Vamos a llegar a la suposición, no muy extraña por cierto en nuestro medio, dada la falta de higienización de nuestro país y el abandono en que se encuentra por lo que toca a salubridad, el que éste se ve nuevamente asolado por una epidemia como la influenza española; vamos a suponer igualmente que es una fábrica en que trabajan cinco mil obreros, de ellos se enferma un treinta por ciento, que no sería tampoco muy extraño; pregunto yo a los miembros de la Comisión, ¿qué capital necesitara el industrial para poder cubrir ese préstamo que la Comisión le impone como obligatorio, para atender a las necesidades de los obreros enfermos? No es muy extraño que ocurra esto, dado que aquí mismo, en la capital, en el Distrito Federal, para donde legislamos más directamente, el tifo es una enfermedad endémica y anualmente hay un treinta por ciento de individuos que se enferman como consecuencia

de este mal. En la fábrica del señor don Carlos B. Zetina, C. Valadez Ramírez, si usted tuviera la curiosidad de investigar - que casi nunca tiene usted -, vería cómo ese treinta porciento no es erróneo y ya le ha ocurrido al señor Zetina, como puede usted comprobarlo cuando quiera. Pregunto, si ocurre caso semejante en una negociación, ¿qué capital va a necesitar el industrial para poder hacer frente a esas necesidades? Es inconcuso que se verá obligado a cerrar su establecimiento e ir a la quiebra inevitablemente. pero tenemos la segunda parte; ¿qué garantía tiene el industrial de que va a recobrar esa cantidad que presta? ¿Es que la Comisión se confía exclusivamente a la buena fe del obrero y cree que esa buena fe debe llevarla aparejada necesariamente cada individuo como ella piensa? Prestarle al obrero el mes que se pretende, imponérselo como obligación al patrono y, claro es, sin que esta ley encuentre un medio de aseguramiento de esa cantidad prestada, ¿cómo va la Comisión a obtener la garantía necesaria de la cantidad que se fije como préstamo? ¿quién va a garantizar el interés de ese industrial?

Yo ya sé lo que se me va a contestar a esto, como se acostumbra contestar en esta Asamblea cada vez que se expone una razón: con gritos y con sombrerazos, con insultos desde la tribuna, con llamar a los diputados que raciocinan y que presentan razones, defensores del capital, reaccionarios, bandidos y quién sabe cuántas lindezas más por estilo.

Repito , yo interpelo seriamente, formalmente a la Comisión para que me diga: en caso de llegar a estos dos conflictos, ¿cómo cree que los pueda solucionar el industrial? Tendría verdadero deseo de que en momento se me diera respuesta a esta pregunta.

A la Comisión, ciudadanos diputados, le ha sucedido una cosa muy original: de una serie de proyectos presentados de antemano y de una serie de reflexiones hechas por este o aquel ciudadano diputado, ha formado un proyecto de Ley, en el que no ha tenido ni siquiera el mérito, ni siquiera la virtud de hacer una investigación somera, de hacer un estudio siquiera muy ligero y muy por encima de la razón que había para no aceptar todas y cada una de las proposiciones que presentó en su ley; así, hemos visto que la comisión de Trabajo y Previsión Social, que está encargada de elaborar un proyecto de Ley sobre el Trabajo, viene y nos presenta éste y se da el caso insólito, el caso curioso de que ni siquiera por curiosidad, de que ni siquiera por diletantismo, haya ido a la Secretaria de industria y Comercio o al Departamento de Trabajo, a pedir el más insignificante informe, la más pequeña estadística sobre la cuestión industrial y obrera en nuestro país. Esta manera de pensar, esta manera de legislar, esta manera de raciocinar de la Comisión, yo desde luego convengo en que será todo lo moderna que se quiera, pero también todo lo disparatada que pueda verse y todo lo disparatada que pueda quererse. Aquí y en todas partes, cuando se ha legislado, no digo en materia obrera - que es novísima -, sino en cualquiera otra, se ha partido necesariamente de la base de la investigación, se ha partido del examen de la cuestión que se va a llevar a la ley y se ha hecho un estudio concienzudo antes de venir a ello. Pues aquí no, señores, aquí la Comisión - ya lo hemos visto ayer en el caso de la fracción que sancionaba las obligaciones del contrato -, no podía contestar una interpelación, sencillamente porque no sabía qué es lo que había querido asentar en la ley. ya oímos su criterio, en vista del cual el C. Soto Peimbert dijo que usted pensaba homeopáticamente, es decir, que juzga que lo que no beneficia a la ley, tampoco es perjudicial. Naturalmente, ciudadanos diputados, si no vamos a poner mayor atención en cada una de las fracciones a discusión, es casi seguro que iremos aprobando, día a día, un sinnúmero de dislates que no conducirán absolutamente a nada y que, al fin y a la postre, llegaremos a la conclusión de que hemos hecho no una Ley del Trabajo, sino una ensalada que se entiende ni Dios ni el diablo, porque no se hizo ni para unos ni para otros. Vuelvo a decir lo mismo que decía ayer: no gastaré mi tiempo en dirigirle indicaciones a la Comisión, ni en pedirle reconsideraciones, porque la Comisión no quiere entender de reconsideraciones; la Comisión, desde hace tres días, está demostrando que se cree infalible; la Comisión estima que reconocer un error y confesarlo, es una cosa sumamente despreciable y que no debe hacerlo, porque sencillamente perdería su prestigio que, dicho sea de paso, ya lo tiene perdido desde hace muchos días. En consecuencia, ya no me dirigiré a la Comisión, sino a esta honorable Asamblea, y ruego a cada uno de los ciudadanos diputados que piensen en lo que acabo de exponer: ¿qué hace el industrial con la prevención de la fracción XIV en el momento en que tenga más de un treinta por ciento de operarios enfermos, cosa no extraña, puesto que una epidemia es muy fácil de conducirlo a tal situación? ¿Qué hace, repito, para hacer frente a esta disposición legal? Porque adelantar el sueldo a veinte, treinta, cincuenta o cien operarios, seguramente no constituairá un grave peligro para él; pero pensad que cuando tenga que adelantarlo a tres mil, ¿a qué extremo de esfuerzo no tendrá que llegar ese industrial? Pensad lo que esto significa para el capital de ese individuo. y repito que quiero que la Comisión me diga: ¿cómo va a garantizar al industrial las cantidades que presta el obrero? ¿atenido a su buena fe, es decir, a que éste le devuelva aquella cantidad cuando crea conveniente devolvérsela? Sé también lo que se me va a decir a este respecto; que al volver el obrero al trabajo; al patrono queda obligado a descontarle el veinte por ciento; pero si al obrero no lo viene en gana volver a ese taller, y se le da la gana faltar al cumplimiento de lo pactado en el contrato, cosa que puede hacer, puesto que no hay ninguna sanción que le aplique una pena por esa falta de cumplimiento, ¿qué va a hacer el patrono? Cruzarse de brazos, ¡y claro! a la Comisión no le importa eso; ¡si no es ella quien va a perder un solo centavo! (Risas. Murmullos.)

El C. Valadez Ramírez: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Valadez Ramírez, de la Comisión: Honorable Asamblea: La Comisión se ve en el penoso caso de contestar las críticas de estos sabihondos Aristarcos que se creen infalibles, para puntualizar los hechos correspondientes a la discusión de la

fracción que está a debate. En primer lugar la fracción mencionada no dice que el capitalista tendrá que desembolsar el importe de un mes y que deberá entregarlo al obrero enfermo; al artículo a debate dice únicamente, o la fracción a debate dice única y simplemente que el patrón facilitará, con el carácter de préstamo al obrero, su salario integro hasta por el término de un mes, no entregará el salario que corresponde a este mes, sino por el tiempo que dure la enfermedad; de manera que, si un obrero se enferma y esta enfermedad dura únicamente tres días, por esos tres días le facilitará su salario integro. El patrono tiene muchos medios, medios que le facilitará su capital, para comprobar que aquel trabajador está realmente enfermo; tiene médicos o tiene dinero para pagar un médico que vaya a certificar si en realidad existe aquella enfermedad o no; luego el patrono está perfectamente garantizado para no ir a desembolsar una cantidad que, probablemente, y en un caso extremo, no estaría en condiciones de llenar. Respecto de la garantía, la misma Constitución nos habla de esa garantía; pero es que el compañero Trigo, no obstante que es abogado, no conoce el artículo 123 constitucional, cuya fracción XXIV dice: "XXIV. De las deudas contraidas por los trabajadores a favor de sus patronos, de sus asociados, familiares o dependientes, sólo será responsable el mismo trabajador, y en ningún caso y por ningún motivo se podrá exigir a los miembros de su familia, ni serán exigibles dichas dudas por la cantidad excedente del sueldo del trabajador en un mes."

De manera que nosotros hemos puesto únicamente el término que señala la Constitución, aquel tiempo en que si el patrono presta los salarios, estará garantizado constitucionalmente. Pregunta el C. Trigo que de dónde va a dar ese dinero el patróno? ¿de donde? ¿de donde va a pagar los salarios. El mismo compañero nos ha citado una estadística extraordinaria, porque se ha referido a una época de epidemia; y todavía así presenta un porcentaje que no es exagerado, porque debemos tomar encuenta que son enfermedades que no duran mucho tiempo, que generalmente no duran un mes y que aun cuando pasaran de un mes, el patrono no estaría obligado a prestar el importe del salario más que por el tiempo que fija la misma constitución. A propósito de esta fracción, cuando se discutió. a esta misma pero redacta en la forma primitiva presentada en el proyecto original, fue atacada porque se dijo que la Comisión vulneraba los derechos del capital con el hecho de obligar al patrono a regalar determinada cantidad a los obreros. Todos los oradores que impugnaron esa fracción estuvieron perfectamente acordes en que era necesario que el obrero tuviera alguna garantía en el desempeño de sus labores; todos estuvieron de acuerdo en que el obrero merecía la protección del patrono cuando estuviera enfermo y que no era ni siquiera un favor el que se hacía, sino una compensación al sacrificio de sus fuerzas físicas o bien a las contingencias de su mismo trabajo o de su misma vida. De manera que la Comisión, atendiendo a las razones expuestas en el sentido en que se lesionaban los intereses del capital obligando a los capitalistas a regalar determinada cantidad al obrero, ha puesto ahora en esta fracción la obligación de facilitar en una forma reembolsable la cantidad que necesite aquel obrero para curarse o para vivir mientras esté enfermo. ¿Es o no es justo este precepto? Yo creo que sí, porque los mismos oradores que impugnaron la fracción en la forma que estaba redactada primitivamente, convinieron con la Comisión en que era un auxilio perfectamente justo y perfectamente necesario, pero el compañero Trigo se muestra ahora intransigente con esta fracción, porque sabe que hay órganos periodísticos que mañana dirán que él ha estado en lo justo y que está muy atinado en sus observaciones cuando de defender los intereses del capital se trata; no se fija en que el obrero... el compañero Trigo sí que es unilateral, si bien es cierto que debemos garantizar los intereses del patrón, también debemos asegurar los derechos y las exigencias naturales del trabajador.

Yo creo, señores diputados, que con esta aclaración la Asamblea estará convencida de que la Comisión ha obrado cuerdamente al presentar la fracción en la forma que está concebida. (Aplausos.)

Presidencia del C. SILVA FEDERICO.

El C. Trigo: Pido la palabra para rectificación de hechos.

El C. Presidente: Después que termine el debate se le concederá a usted la palabra.

El C. Trigo: El reglamento no reza que después del debate; es una aclaración.

El C. Presidente: Solamente se le podrá conceder la palabra para hacer una interpelación a la Comisión, si ella lo permite; de otra manera no puede concedérsele.

El C. Trigo: No, señor, para una ratificación de hechos el Reglamento me da derecho.

El C. Presidente: Tiene la palabra en pro el C. Reyes Francisco. (Voces: ¿No está.) Tiene la palabra en contra el C. Soto Peimbert.

El C. Soto Peimbert: Unas cuantas palabras más a lo dicho por el C. diputado Trigo. La fracción XXIV del artículo 123 establece:

"De las deudas contraidas por los trabajadores a favor de sus patronos, de sus asociados, familiares o dependientes, sólo será responsable el mismo trabajador, y en ningún caso y por ningún motivo se podrá exigir a los miembros de su familia, ni serán exigibles dichas deudas por la cantidad excedente del sueldo del trabajador en un mes."

Ahora bien, la cantidad que se facilitará al trabajador en caso de enfermedad y en los términos que expresa la fracción a discusión, está dentro de los términos constitucionales, será como máximum hasta por el importe de un mes de salario. Hasta allí nada hay de objetable; pero vamos ahora a la segunda parte. ¿Cómo pagará el trabajador la cantidad que se le ha facilitado? La Comisión en el propio inciso dice: al volver al trabajo abonará el veinte por ciento de su sueldo; y en el capítulo V y de la misma Comisión rompe la unidad de criterio y establece el artículo 55 lo siguiente: "El salario mínimo devengado por los trabajadores no

podrá, en ningún caso, sujetarse a compensaciones, descuentos o reducciones." Ahora bien, oigo la voz del señor Valadez Ramírez que me dice que no es un descuento; si no es un descuento, digo yo: ¿este veinte por ciento de dónde lo va a obtener? Estamos nosotros discutiendo el caso en que la Ley esté en vigor, cuando rija el salario mínimo suficiente para las primeras necesidades de la vida, suficiente para los placeres honestos como jefe de familia; ¿pero qué es suficiente para tener un ahorro con el cual pasada la época de la enfermedad se pueda cubrir ese veinte por ciento a que alude la Comisión o ese veinte por ciento ha de deducirse del salario mínimo? Si lo primero, no hay motivo para que se facilite el préstamo, supuesto que siendo su jornal bastante para permitirle ahorrar, no habrá por qué echar esta carga sobre el patrono; si lo segundo, entonces la Comisión no ha puesto los medios para que el obrero cubra su adeudo, supuesto que su salario mínimo no es descontable; pero todavía en el caso de que el obrero esté en aptitud y tenga el deseo de cubrir lo que adeuda; examinemos, sin embargo, que no es ese el único caso. La Comisión ha presentado el proyecto de que los contratos rijan por un año, y ha aceptado que el tipo modelo de duración en un contrato sea de un año. Ahora bien, si se ha de hacer un préstamo de un mes que se cubra en abonos de veinte por ciento del importe del salario, significa que lo que se presta en un mes se paga en cinco; en esa virtud, quedan siete meses al trabajador de condiciones normales en la percepción y en la distribución de su salario; si, pues, el préstamo ocurre dentro de los seis primeros meses de trabajo, dentro de los siete primeros meses de trabajo, todavía así acabaría el obrero de cubrir el importe del adeudo justamente al terminarse el contrato, al fenecer el plazo que se estipuló en él, pero si la enfermedad y el préstamo como consecuencia, ocurren dentro del segundo semestre del trabajo, entonces no habrá forma de que el patrón exija, - siquiera en los términos del trabajo -, la vuelta al taller para que le cubra lo que le adeuda. En consecuencia, la Comisión no ha prestado un medio juicioso para exigir la obligación correspondiente al derecho que adquiere el trabajador de recibir ese préstamo y yo conceptúo que una ley que reconoce un derecho, - porque la ley no crea derechos a nadie, reconoce los que dimanen de la naturaleza misma de las cosas -, al reconocer ese derecho debe imponer la obligación ineludible a los trabajadores de que cubran el anticipo que han recibido y debe a la vez señalar el procedimiento factible que ha de seguirse para que se cubra ese adeudo. Por todos estos conceptos yo pido a la honorable Asamblea que dé su voto reprobatorio al inciso a discusión. (Aplausos.)

El C. Valadez Ramírez: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Valadez Ramírez, de la Comisión: La Comisión ya había extrañado el hecho de que el compañero Soto Peimbert no hubiera ido a la tribuna a atacar las fracciones que se han discutido esta tarde. Es verdaderamente extraño que este señor diputado, que con una asiduidad verdaderamente admirable, haciendo un esfuerzo verdaderamente tremendo y que con ese mismo esfuerzo con que ha ido a la tribuna a defender los fueros del capital, que él cree ultrajados, se haya desentendido ahora durante una buena parte del tiempo de esta sesión, de cumplir con la línea de conducto o, más bien dicho, con el propósito que se ha trazado desde que se inició la discusión de la Ley del Trabajo.

Quiero hacer algunas observaciones a lo dicho por el compañero Soto Peimbert, que creo pertinentes y que espero sean tomadas en cuenta por esta honorable Representación. En primer lugar, debo declarar que no es un descuento al que se sujeta el salario, sino que se establece de una manera clara que el trabajador reembolsará la cantidad que se le haya facilitado, abonando de su salario el veinte por ciento, hasta cubrir su adeudo. No se dice que el patrono tendrá el derecho de descontar del salario la cantidad equivalente a ese veinte por ciento, sino que el obrero abonará ese veinte por ciento en la cuenta del adeudo que ha contraído con el patrono. Por otra parte, bien sabemos que el artículo 123 autoriza a los obreros para desempeñar trabajos extraordinarios, y yo estoy seguro que los obreros, por su propio bien y por su propio provecho, procurarán saldar esas cuentas lo más pronto que les sea posible. Debemos también tener presente, haciendo a un lado las suspicacias y los temores del C. Soto Peimbert, que los obreros generalmente son cumplidos y son honrados; si el compañero Soto Peimbert tiene otro concepto general de los obreros, hace mal, porque un caso aislado, un hecho raro o algunos casos en alguna agrupación, no justifican para tener en un mal concepto a todo un gremio social. (Aplausos de las galerías.)

Trajo a colación el artículo 55 de la Ley del Trabajo, cuando este artículo no ha sido discutido todavía, así es que todavía si hubiera alguna pugna entre lo preceptuado por esta fracción y el artículo mencionado, ya habrá tiempo para hacer las correcciones del caso. Por último, el patrono está perfectamente garantizado, porque el mismo artículo 123 constitucional autoriza a los patronos para exigir las deudas contraidas por los obreros, ante los tribunales correspondientes, cuando aquellas deudas no excedan de lo correspondiente al salario de un mes, que es lo que la Comisión ha establecido en la fracción correspondiente. Por todo esto, señores diputados, se ve claramente la inconsistencia de los ataques de los oradores del contra y creemos que esta fracción será aprobada por la honorable Representación Nacional.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Casas Alatriste.

El C. Casas Alatriste: Señores diputados: Celebro de todas veras que la Comisión de Trabajo y Previsión Social haya decidido salir de su silencio y que haya venido a exponer sus ideas en este debate, en el que las ideas de la Comisión son las que principalmente debe tener en cuenta esta honorable Asamblea, pues debemos suponer que ella ha estudiado o debe haber estudiado con mayor prolijidad los problemas sobre que ha dictaminado. Sí rogaría solamente a esta honorable Comisión que modifique un poco su actitud en este respecto y que no conteste las razones con ataques personales; que no tenga en cuenta la personalidad de los

oradores sino las razones que se exponen en esta tribuna.

Entrando en materia, quiero sentar esta premisa sobre la que descansará mi argumentación: el artículo 17, a debate, impone unas obligaciones generales a todos los patronos con respecto a los trabajadores. Hemos fijado el artículo 2o. de esta ley y más o menos se declara que patrono es aquel que recibe un servicio, y trabajador aquel que lo presta mediante una retribución. Si, pues, este artículo será aplicable a todos los casos, quiero que la honorable Asamblea piense un poco en los artesanos libres, en aquellos que tienen pequeños talleres, en aquellos individuos que, como dije en otra ocasión, pugnan por levantarse del medio económico en que viven y procuran su libertad económica y procuran también formarse una situación libre y que, en consecuencia, son dignos de todo estímulo y son uno de los factores más importantes en la riqueza nacional. Si son dignos de toda protección los obreros que van a una gran fábrica a prestar servicios, son dignos de más protección aún aquellos que, a costa de grandes esfuerzos, a costa de los ahorros que han hecho, a costa muchas veces del trabajo de sus familiares, de sus hijos y sus mujeres, logran fundar un pequeño taller, donde trabajan libremente y donde no están en la triste situación de asalariados. Y si este artículo es general para todos, quiero preguntar a la honorable Comisión dictaminadora, ¿cómo considera que un pequeño comerciante, que un individuo que ha logrado poner un pequeño taller de carpintería, zapatería, etcétera, en donde tenga dos o tres operarios a sus órdenes, va a poder cumplir este precepto cuando se enferme alguno de sus operarios, cuando generalmente estos pequeños industriales no sacan de su trabajo sino lo necesario para sostenerse y para ir engrandeciendo, a costa de grandes trabajos y penalidades - que son, por todos conceptos dignos de loa -, su establecimiento? Y no se diga en el caso doloroso de una epidemia, en que los dos o tres trabajadores que tenga a su servicio el pequeño industrial, se contagian y se enferman todos. ¿Cuál es la situación de este pequeño trabajador en este caso? Sencillamente la de clausurar su establecimiento y la de dejar a cada quién siga su suerte y quizá hasta preferir enfermarse él mismo para no tener que estar curando a todos y que estarles pagando una cantidad. Yo creo, señores diputados, que esta fracción, inspirada en un alto sentimiento de humanitarismo, debe ser incluída entre las obligaciones de las grandes industrias solamente y con ciertas salvedades, con ciertas reglamentaciones que eviten los abusos.

Ya sobre este terreno, ya en el supuesto de que se trate de las grandes industrias, me voy a permitir hacer algunas observaciones al artículo: desde luego, señores diputados, si un obrero se enferma, manda avisar al patrono que está enfermo. ¿Quién califica si es verdad o no esa enfermedad o si es un subterfugio de que se ha valido el obrero para no ir al trabajo ese día, porque no tenía ganas de ir? Muchas veces, señores diputados, podría presentarse el caso de que el obrero que tratara ya de abandonar una fábrica para ir a prestar sus servicios a otra, se fingiera enfermo, con el fin de obtener ese pago o ese préstamo de los propietarios, de los dueños, y ganar por los dos lados; ir a prestar sus servicios a otro lado , mientras en la fábrica en que primeramente estaba trabajando, está apareciendo como enfermo. Este es un caso que puede presentarse con dolorosa frecuencia, dado el modo de ser de nuestros obreros.

Se necesita, pues, sin que por supuesto - veo ya la objeción del V. Valadez Ramírez -, sin que por supuesto, repito, niegue yo que la mayoría de los obreros es gente honorable y digna por todo concepto de estimación, se necesita, pues, de la intervención de un médico, del médico mismo que la honorable Cámara ha ordenado que esté en las grandes industrias de pie, se necesita la intervención de este médico para que certifique la veracidad de la enfermedad, para que se dé cuenta de que realmente está enfermo el individuo, postrado en el lecho del dolor y que no puede prestar sus servicios por esa circunstancia. Si realmente estuviera un obrero enfermo podría decir el patrón: "No creo que estés enfermo." ¿Quién es el que va a certificar la enfermedad, quién es el que va a fijar el término que durará esa enfermedad? Indudablemente que se debe dar a este artículo la intervención a un facultativo y ese facultativo puede muy bien ser aquel que el artículo treinta y tantos ordena que se tenga siempre en las fábricas. Otra objeción: Los términos en que está redactado el artículo son ambiguos y puede prestarse, cuando se trata de interpretar torcidamente la Ley con fines de lucro o fines favorables a determinada parte, puede interpretarse, digo, que en caso de una enfermedad, cualquiera que sea su duración, por más que esta duración sea menor de un mes, el capitalista está obligado a prestar esa suma por todo el mes. Debe, pues, decirse claramente que este subsidio o que este préstamo se entenderá que se da por todo el tiempo que dure el trabajador enfermo, siempre que este término no exceda de un mes. Comprendo que esta es la idea de la honorable Comisión; pero si lee con desapasionamiento su artículo, tendrá que confesar que no está expresado en él esta circunstancia. La forma en que debe presentarse esa cantidad, tampoco la prevé; ¿debe darse por día, por semana, al final de la enfermedad, cuando el enfermo caiga en cama, o atendiéndose a la duración probable de la enfermedad que fije el facultativo? Es otro punto que, en mi concepto, está débil, poniéndome ya en el caso de que las grandes industrias y sólo ellas sean obligadas a todo esto. No dice el tiempo en que se ha de pagar, si será por día, por semana, al terminar la enfermedad o al principio de ella; nada de eso prevé; y es potestativo para el obrero reembolsar el préstamo o no reembolsarlo, no teniendo el patrono absolutamente ningún medio de garantizar este préstamo a que la ley le obliga forzosamente. Aquí se verifica un contrato de préstamo común y corriente y no hay garantía alguna para el propietario; pero ya digo, sobre esto no quiero insistir, porque encuentro altamente humanitaria la idea que movió a la Comisión al proponer el artículo, siempre que se trate de las grandes industrias, para las cuales no será un sacrificio dar esta ayuda a los trabajadores.

Por último, señores diputados, para demostrar aquí cuál es tendencia que me ha seguido

en esta ley, voy a hacer esta observación: los honorables ciudadanos diputados socialistas miembros de esta Asamblea declararon enfáticamente, y con ellos estuvo conforme la Comisión, que este pago o esta entrega de dinero a los obreros que se enferman no es sino una reivindicación, no es sino un pago que se les hace por la cantidad de capital y de riqueza que han producido en favor del patrón, y aquí la Comisión ha dado una media vuelta completa y ha prescindido de su criterio en una forma absoluta. Entre los empleados del Gobierno, señores diputados, a los empleados de las compañías particulares, casi en todos los ramos de la actividad humana, cuando se trata de grandes empresas hay la costumbre ya establecida de concederles licencia con goce de sueldo cuando se trata de una enfermedad plenamente justificada, cuando se tiene un determinado tiempo se servicios; por lo que toca a los empleados de la Federación, el plazo es de un año; por lo que toca a algunas compañías, el plazo generalmente usado es de un año, y yo conceptúo perfectamente justo, señores diputados, que cuando un individuo ha prestado por un año sus servicios a un patrón y se enferma, que ese patrón lo ayude a sostener su enfermedad, lo ayude, nada más que lo ayude, señores, porque indudablemente en nuestro medio y con nuestros obreros, los jornales, los sueldos de que disfrutan no sirven sino para atender a sus necesidades cotidianas, casi nunca pueden hacer ellos un ahorro; es rarísimo e asalariado que ahorra. En consecuencia, ese mes de licencia con goce de sueldo que se le dé no servirá ni siquiera para ayudarlo a pagar las medicinas, servirá sencillamente para que pueda vivir con su familia durante ese mes y puede que tenga necesidad de arbitrarse recursos por otro lado para atender a los gastos extraordinarios que demanda su enfermedad. ¿Por qué, pues, si la honorable Comisión sostuvo ese principio en la discusión anterior, ha dado esta media vuelta? A mí se me ha dicho en todos los tonos, es decir, a todos los que hemos atacado la Ley, porque no queremos que se haga un abuso, ni contra el capital ni contra el trabajador, se me ha dicho que vengo siempre en favor del capital, se me ha dicho que vengo aquí a abogar en favor de los capitalistas y yo soy el que vengo a pedir que cuando el obrero, que cuando el empleado - esta Ley se aplicará también a los empleados de Comercio-, que cuando todo trabajador tenga un año de haber prestado sus servicios, tenga derecho en caso de enfermedad a lo que todos nosotros conocemos lo que es una licencia con goce de sueldo por un mes. Se verá aquí, señores diputados, la mente que me ha inspirado, la mente que he tendido al venir a atacar la Ley del Trabajo. Deseo que se den a los trabajadores las garantías y las ventajas a que tiene derecho, es decir, que se haga justicia, que se dé a cada quien lo suyo; pero que no se dé al trabajador lo que es del capitalista, ni al capitalista - como sucedía antes -, lo que es del trabajador. Vengo, señores diputados, animado de buena fe; vengo a exponer mis ideas con la torpeza o con la habilidad de que pueda ser capaz, quizá muy poca, y quiero que esas ideas mías se tomen en su justo valor como una indicación a la honorable Asamblea para que en su carácter de legislativa, legislando para todos, sea como el sol también que sale para todos, para los buenos y para los malos; que no vea nada más la parte del obrero, sino también la del capital: en este caso soy quien pido que se vea por la parte del obrero también. Como desde un principio, al tratarse del capítulo III, relativo a los contratos, seguiré la práctica de, cuando impugne un artículo, proponer el que en mi concepto pudiera ponerse en su lugar, costumbre que después fue seguida por el doctor Siurob y por algunos más. Ahora me voy a permitir leer la siguiente proposición que, en unión del doctor Vilchis, estimable compañero mío, elaboramos ayer. Dice así:

"Proponemos la consideración de la honorable Asamblea, que la fracción XIV del artículo 17 de la Ley del Trabajo se incluya en el artículo relativo a las obligaciones de las grandes industrias y que la fracción quede redactada en los siguientes términos:

"En caso de enfermedad o accidente que no fuere ocasionado por el desempeño del propio trabajo y cuya curación requiera desde un día hasta un mes, en los que el trabajador esté obligado a suspender sus labores, previa certificación del médico de la compañía, el patrón facilitará a este, con el carácter de préstamo, su salario íntegro por el tiempo que dure su curación, siempre que el trabajador haya prestado sus servicios sin interrupción durante el año anterior.

"La suma prestada por este concepto será reembolsada por el trabajador al reanudar sus labores, abonando de su salario un veinte por ciento hasta cubrir su adeudo.

"Cuando el trabajador haya prestado sus servicios sin interrupción durante un año, las cantidades que se le ministren de acuerdo con lo anterior no serán reembolsadas."

Creo yo, señores, que este artículo redactado en la forma que propongo, llena los altos fines de humanitarismo que debemos tener presente; colocando esto como una obligación sólo de las grandes industrias, no lesiona los verdaderos intereses que tenemos la obligación de cuidar. Yo sí pido, señores diputados, que no se imponga esta carga enorme a los pequeños industriales; que no se imponga esta carga enorme a esos hombres que yo admiro, porque pueden llegar a ser los motores más grandes, las fuerzas más poderosas de nuestra emancipación económica. Yo pido, pues, que a esos pequeños industriales, que a esos capitalistas incipientes se les den algunas facilidades, se les quiten las obligaciones y que esto que puede pesar como una losa de mausoleo sobre ellos, se les quite de las espaldas. (Aplausos.)

Presidencia del C. GOMEZ GILDARDO.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Bolio.

El C. Bolio: Ciudadanos diputados: Me he inscripto para hablar en pro de la fracción XIV del Proyecto de Ley relativo al artículo 17, a pesar de que me había formado el propósito de no terciar en los debates que se originan con motivo de esta Ley, toda vez que he observado, con amarga pena, que quienes vienen aquí a traer el fruto de su experiencia, que quienes vienen aquí a traer el

fruto de sus investigaciones, que quienes vienen a traer aquí el fruto de sus estudios, tanto a ellos como a la honorable Comisión Dictaminadora se les ataca duramente, se les critica inicuamente por las lenguas de esparadrapo de algunos leguleyos y de algunos académicos trasnochados.(Aplausos.) Y así vemos cada momento cómo el C. Soto Peimbert viene aquí, con toda su sapiencia natural, a estar espulgando, a estar espigando es esta Ley, para ver si falta una coma, un punto, una letra, un nombre, etc., como si nos viniera a hacer la exposición de que quiere ser candidato al Premio Novel, cuando se lance algo que signifique el "buscapie cervantino." (Aplausos.) Y así también ha venido aquí el compañero Trigo, sociólogo a quien reconocemos ya, porque nos ha venido a hablar de la "Confederation of Labor," de los Estados Unidos, y no ha sabido decirnos si la Constitución sobre la cual descansa es en bases de "trait d'unionisme," y sí nos ha confundido esa teoría socialista con el verdadero sindicalismo.

Ahora bien, ya que el compañero Soto Peimbert la ha dado en venir aquí sistemáticamente a oponerse a cada uno de los predicados de esta Ley para hacer derroche de esa voz de sochantre, como dijo alguna vez, de esa su voz cadenciosa, de esa su voz que pudo haber empleado en otra ocasión para glorificar la memoria de Amado Nervo, que ha traspuesto los umbrales del Eterno Oriente empapado de luz, que con sólo pronunciar su nombre parece que se estremece de gloria toda la América Latina. (Aplausos.) Señores diputados: Me he inscrito en pro de la fracción que está a discusión, ¿por qué? Porque la creo justa, porque la creo legal. Aquí el compañero Trigo, que se ha encerrado en un nihilismo absoluto, que se ha encerrado en esa teoría socialista de "Laisser Faire, Laisser Passer".... (Algún ciudadano diputado corrigió la pronunciación.) Gracias, señor lingüista.... en esa teoría retardataria, vengo ahora a sostener lo que la Comisión con tanto tino ha puesto, porque si alguien invocó algún artículo o alguna fracción de esta misma Ley, que dice: "que no puede descontárseles nada de su salario," puedo decir que la inspiración de los legisladores o dictaminadores que han traído este Proyecto de Ley, entiendo que me refiere a que no debe descontárseles nada de su salario, por lo que nos ha enseñado la práctica, descontándoseles dos, tres, cinco o veinte pesos, porque llegue el Jefe Político, porque llegue el obispo, o porque se quiera hacer una fiesta a San Antonio de Paula o a la Virgen de Guadalupe. Ese es el caso; pero aquí se refiere única y sencillamente a lo prescripto por el artículo 60, de que pueden hacerse préstamos. Estos préstamos son reembosables, estos préstamos son de anticipo, y si los obreros no cumplieren después con el compromiso honrado y digno que deben tener con sus patronos para denunciarlos, porque ya resultaría entonces, en caso contrario, un caso de estafa, y este caso está castigado por las legislaciones penales. Es por lo que vengo a sostener la fracción XIV, porque cae bajo la sanción penal. Por lo demás, señores diputados, ya es demasiado cansado venir a oir que sistemáticamente se opongan fracción a fracción de esta Ley; por lo que yo solicito de los grandes oradores, de los grandes y sapientísmos oradores de esta Cámara, como Soto Peimbert y otros que han venido a atacar sistemáticamente esta Ley, que se dejen de hacer ese exhibicionismo o diletantismo sabroso de venirse a oponer a ella, porque el pueblo que está ya con ojo avisor y centellante detrás de las trincheras de sus anhelos, vendrá aquí, y nos sucederá lo que a las liebres de la fábula, que mientras estamos discutiendo si los perros que nos rodean son galgos o son podencos, vendrá y nos descargará con el fuego de su indignación el arcabuz de sus nobles y levantados ideales. (Aplausos.)

El C. Valadez Ramírez: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Valadez Ramírez: Como pudieran haber dejado alguna impresión favorable las ideas vertidas por el C. Casas Alatriste, relativas a que la pequeña industria sería la perjudicada con esta fracción, yo me permito indicarle al compañero Casas Alatriste que el capítulo XI trata extensamente de lo relativo a la industria privada y entre las obligaciones únicas que impone al empresario de un taller de industria privada, dice que queda sujeto a las disposiciones de esta Ley relativas a las jornadas de trabajo, al descanso obligatorio y al salario mínimo; así es que no quedan comprendidos los patronos de la industria privada en esta fracción que estamos discutiendo. Por lo tanto, yo creo que la Asamblea aprobará la fracción tal como la ha presentado la Comisión. (Voces: ¡A votar, a votar!)

El C. presidente : Tiene la palabra el C. Martínez del Río (Voces: ¡No está! ¡Ya son las ocho! ¡No hay quórum! ¡A votar, a votar !)

El C. García Vigil: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rivera Castillo: ¡Reclamo el quórum, señor Presidente! (Voces: ¡Ya con las ocho! Campanilla.)

El C. Presidente, a las 7.58 p. m.: Se levanta la sesión por haber pasado la hora reglamentaria y se cita para mañana a las cuatro de la tarde, siendo la orden del día la misma Ley del Trabajo.