Legislatura XXVIII - Año I - Período Extraordinario - Fecha 19190612 - Número de Diario 38

(L28A1P1eN038F19190612.xml)Núm. Diario:38

ENCABEZADO

MÉXICO, JUEVES 12 DE JUNIO DE 1919

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AÑO I. - PERÍODO EXTRAORDINARIO XXVIII LEGISLATURA TOMO II. - NÚMERO 38

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 12 DE JUNIO DE 1919

SUMARIO

1.- Abierta la sesión es leída y aprobada el acta de la anterior.

2.- Asuntos en cartera. Obtienen licencia los ciudadanos diputados Maceda y Zavala Dionisio.

3.- Continúa la discusión de la Ley del Trabajo. Artículo 43; discusión, reforma y aprobación.

4.- Aprobación del artículo 44.

5.- Artículo 45; discusión, reforma y aprobación.

6.- Artículo 46 discusión, reforma y aprobación

7.- Votación de los artículos 36, 38 y 40. Se levanta la sesión por falta de quórum.

DEBATE

Presidencia del C. MORALES FRANCISCO CÉSAR.

(Asistencia de 132 ciudadanos diputados.)

El C. Presidente, a las 4.18 p. m.: Se abre la sesión.

- El C. Prosecretario Aguilar, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día once de junio de mil novecientos diez y nueve.- Período extraordinario.

"Presidencia del C. Francisco César Morales.

"En la ciudad de México, a las cuatro y veinte de la tarde del miércoles once de junio de mil novecientos diez y nueve, con asistencia de ciento cuarenta y tres ciudadanos diputados, según consta en la lista que previamente pasó el C. Secretario Soto, se abrió la sesión.

"El mismo ciudadano Secretario dio cuenta del acta de la sesión celebrada el día anterior, la cual se aprobó sin debate, y de estos documentos:

"Telegrama procedente de Monterrey, en que el C. Diputado Roel solicita licencia por un mes, sin goce de dietas de trámites y sin discusión, acordóse de conformidad.

"Escrito de los CC. diputados Pastrana Jaimes y Zavala, al que acompañan un proyecto del capítulo X de la Ley del Trabajo, relativo a huelgas y paros.- A las comisiones unidas de trabajo y Previsión Social, e imprímase.

"Se pasó en seguida al estudio del Proyecto de Ley Orgánica de los tribunales del Fuero Común en el Distrito y Territorios de la Federación, que devolvió con observaciones la Cámara colegisladora.

"Recogida la votación nominal que quedó pendiente en la sesión anterior por falta de quórum, sobre la fracción VIII del artículo 2o. transitorio, resultó desecha por sesenta y seis votos de la negativa contra sesenta y tres de la afirmativa, declarando la Secretaría que, en consecuencia, que daba subsistente la fracción relativa del proyecto aprobado anteriormente por la Cámara de Diputados.

"Votaron negativamente los CC. Aguilar Antonio, Alarcón, Alencáster Roldán, Altamirano, Alvarez del Castillo, Andrade, Ángeles, Araujo Francisco, Arlanzón, Avellaneda, Balderas Márquez, Bandera y Mata, Barrera de la, Bouquet, Bravo Carlos, Bravo Izquierdo, Breña, Cárdenas Emilio, Carrión, Castellanos Díaz, Castilleja, Castillo David, Castro Roberto, Díaz Infante, Fernández Ledesma, Flores, Gámez Gustavo, Gámiz Luis G., García Adolfo G., García Antonio M., García de Alba, García Emiliano C., García José Guadalupe, García Pablo, Garza, Gil, Guerrero, Gutiérrez Atanasio, Gutiérrez de Velasco, Hernández Jerónimo, Lara, Lomelí, Malpica, Mancisidor, Mariel, Méndez Arturo, Méndez Pánfilo, Mendoza, Morales Francisco César, Navarro, Palacios Moreno, Pastor, Rebolledo, Rosas, Ruiz H. José María, Ruiz Martínez, Ruiz Porfirio, Sánchez Salazar, Saucedo, Silva Federico, Silva, Herrera, Solórzano, Soto Rosendo A., Suárez Enrique, Tapia, Toro, Treviño, Uzeta, Valadez Ramírez, Velásquez Juan, Vilchis, Villalobos Mejía, Villaseñor Salvador, Villela y Zavala.

"Votaron afirmativamente los CC.: Alejandre, Amezola, Anda de, Arriaga, Avilés, Barragán, Blancarte, Bravo Lucas, Breceda, Camarena, Cancino, Carriedo Méndez, Castillo Garrido, Castillo Nájera, Céspedes, Cordero, Chablé, Chávez, Díaz González, Esparza, Fernández Miguel B., Ferred, Franco, Gaitán, García Ruiz, Goméz Cosme D., Gutiérrez Antonio, Gutiérrez Orantes, Hernández Loyola, Herrera, Huerta, Iturralde, Jiménez, León, López, Macías Rubalcaba, Márquez Galindo, Martín del Campo, Martínez Saldaña, Mejía, Mena, Méndez Benjamín, Méndez Fortunato, Molina, O'Fárril, Olivé, Orozco Muñoz, Ortiz, Pastrana Jaimes, Patiño, Paz, Peña, Pérez Carbajal, Quiroga, Reyes Rafael, Ríos

Rafael L,. de los, Rivera Castillo, Roaro, Rodríguez Matías, Rodríguez Sabino, Romero Cepeda, Silva Jesús, Silva Pablo, Soto José M., Suárez José María, Tamez, Tello, Trejo, Urdanivia, Vadillo, Valladares, Velásquez López y Zayas.

"A discusión el artículo 13 transitorio. El C. Trejo, a nombre de las comisiones, solicitó la lectura de la fracción (e) del artículo 72 constitucional y manifestó que, si la Asamblea no estaba conforme con el artículo 13, lo que procedía era declarar que no había lugar a votar, pero no que fuese desechado, pues las comisiones, de acuerdo con el precepto de la Constitución que se había leído, no podían hacer alguna. Se estimó suficientemente discutido el punto y declaróse que no había lugar a votar.

"Respecto del artículo 14 transitorio, el C. Villalobos, que estaba inscripto en contra, hizo aclaraciones, y el C. Trejo habló en pro. Considerando suficientemente discutido y con lugar a votar, se aprobó por ciento treinta y nueve votos de la afirmativa contra tres de la negativa, de los CC. Castillo Nájera, Espinosa y Elenes, y Villalobos.

"El artículo 15 transitorio, como lo pidió el C. Villalobos, y después de aclaraciones del C. Trejo, se declaró que no había lugar a votar.

"Llevóse a cabo la votación nominal acerca de los artículos transitorios no objetados, y que son los siguientes:

"1o. y 2o., con excepción de la fracción, VIII ya desechada; 10, 11 y 12. Resultaron aprobados por unanimidad de ciento cuarenta y siete votos.

"Las comisiones, por no poder hacer reforma alguna en este proyecto, presentaron el artículo 139, retirado en sesión anterior, en la misma forma. El C. Trejo expuso que lo procedente era declarar que no había lugar a votar este artículo, y así lo acordó la Asamblea, después de que el C. Villalobos renunció a hablar en contra.

"Terminada la discusión de este Proyecto de Ley, la Secretaría declaró que pasaba al Senado para los efectos constitucionales. La Comisión para llevarlo a la Cámara colegisladora quedó integrada por los CC. Parra, Blancarte, Trejo, Martínez del Río, Suárez Enríque y Secretario Lorandi.

"Presidencia del C. Francisco Castellanos Díaz.

"El dictamen de las comisiones unidas 2a. de Justicia y 1a. de Puntos Constitucionales, relativo al Proyecto de Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 104 de la Constitución Federal, que remitió para su revisión la honorable Cámara de Senadores, se puso a discusión en lo general.

"Después de que usaron de la palabra los CC. Bolio y Trejo, aquél en contra y éste en pro, se declaró con lugar a votar en su totalidad por ciento cuarenta y nueve votos de la afirmativa contra uno de la negativa, del C. Fernández Ledesma.

"Previa dispensa de trámites se aprobó sin debate una proposición de los CC. Andrade, Martínez del Río, Castillo Nájera y Olivé tendiente a que se discuta y se vote por capítulos este proyecto.

"A consideración de la Cámara el capítulo I, fueron apartados para su discusión los artículos 5o., 6o., 8o., 11., 17., 18., 20, 21 y 23.

"Respecto del artículo 5o., usaron de la palabra en contra los CC. Ángeles, Toro y Ruvalcaba J. Guadalupe, y en pro los CC. Trejo, a nombre de las comisiones; Fierro y Andrade; hicieron aclaraciones los CC. Trejo y Villaseñor Mejía, y contestaron interpelaciones, del C. Ángeles, los CC. Trejo y Villaseñor Mejía; del C. Andrade el C. Ángeles, y del C. Toro el C. Trejo.

"El artículo de que se trata, en votaciones económicas sucesivas, se estimó suficientemente discutido y se declaró con lugar a votar, y en nominal se aprobó por ciento diez votos de la afirmativa contra quince de la negativa, de los CC. de Anda, Ángeles, Berumen, Esparza, Lanz Galera, Madrid, Malpica, Navarro, Ruiz H, José María, Ruvalcaba J. Guadalupe, Sánchez José M., Silva Herrera, Toro, Verástegui Franco y Villalobos.

"A las siete y veinticinco se levantó la sesión y se citó para las cuatro del día siguiente."

Está a discusión el acta. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Aprobada.

El C. Secretario Soto: Se va a dar cuenta con los asuntos en cartera.

"Las legislaturas de los Estados de Sinaloa y Yucatán manifiestan haber quedado enteradas de la elección de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, hecha por el Congreso General."

-A su expediente.

"Ciudadanos diputados secretarios de la Cámara de Diputados:

"Por encontrarme enfermo e imposibilitado para asistir a sesiones, con todo respecto solicito y pido se me conceda, con dispensa de trámites y con goce de dieta, una licencia por diez días.

"Atentamente ruego a ustedes se sirva dar cuenta a la honorable Asamblea con esta gestión.

"México, D.F., junio 12 de 1919.- Pedro Z. Maceda."

En votación económica se consulta si se dispensan los trámites a esta solicitud de licencia. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Se dispensan los trámites. Está a discusión. ¿No hay quien solicite el uso de la palabra? En votación económica se consulta si se concede. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Concedida.

"Ciudadanos diputados:

"Por tener que asistir a una convención obrera en el Estado de Coahuila, así como para asuntos del distrito que represento, muy atentamente me permito solicitar de esta honorable Asamblea, con dispensa de todo trámite, un permiso de 28 días, con goce de dietas.

"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. -México, junio 12 de 1919.- Dionisio Zavala."

En votación económica se consulta si se dispensan los trámites; los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Se dispensan los

trámites. Está a discusión. ¿No hay quien solicite el uso de la palabra? En votación económica se consulta si se concede la licencia; los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Concedida.

El C. Secretario Soto: Está a discusión el artículo 43 de la Ley del Trabajo:

"Los domingos, el 16 de septiembre y el 1o. de mayo de cada año, serán de descanso obligatorio."

Se han inscripto en contra los CC. Aguilar Pablo y Martínes del Río.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Aguilar Pablo.

El C. Aguilar Pablo: La Comisión dice en su artículo 43 que los domingos, el 16 de septiembre y el 1o. de mayo serán días de descanso obligatorio; y el artículo 123 de la Constitución dice que por cada seis días de trabajo, tendrá el operario un día de descanso, cuando menos. Cuando el artículo 123 se discutió en el Congreso Constituyente, se hizo ver porque era perfectamente inconveniente fijar un día determinado de la semana para descanso, atendiendo a que hay determinada clase de ocupaciones lucrativas que solamente el domingo tienen la posibilidad de adquirir el provecho que esperan de su trabajo. Así, por ejemplo, para no citar más que las diversiones y las peluquerías, a todos consta que, si se obliga a descansar el domingo, se les quita verdaderamente la utilidad, casi de los beneficios que pueden recibir del ejercicio de su actividad. Por otra parte, se comprende desde luego que la mente del legislador ha sido otorgarle un día de descanso, pero no ha sido fijar que día de descanso exclusivamente en domingo. Por esa circunstancia yo impongo el artículo 43 en la forma en que lo presenta la Comisión, y suplico a la misma Comisión se sirva ajustarse estrictamente a lo que el artículo constitucional previene en su fracción respectiva, y solamente dejar la parte que después añade, relativa al 16 de septiembre y al 1o. de mayo. En mi concepto, el artículo 43 debe decir así:

"Por cada seis días de trabajo, tendrá el operario un día de descanso, cuando menos. El 16 de septiembre y el 1o. de mayo de cada año, serán también días de descanso obligatorio."

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Martínez del Río. No encontrándose presente el C. Martínez del Río, tiene la palabra el C. Villaseñor Salvador.

El C. Villaseñor Salvador: Señores diputados: He pedido la palabra en contra de este capítulo, no porque me oponga a que se descanse en domingo, sino porque como decía el compañero Aguilar, hay muchos establecimientos que, por la índole de sus labores, precisamente el domingo es cuando tienen más trabajo; él citó ya dos o tres casos, y podríamos agregar otros muchos. Principalmente he pedido la palabra en contra, porque tengo presentado ante esta honorable Asamblea un Proyecto de Ley que se refiere a que este día de descanso sea con salario para todos los que disfrutan de un salario diario, porque yo no encuentro justo que después de trabajar seis días a la semana, el día de descanso sea sin haber, y no lo encuentro justo entre otras razones, porque los salarios son demasiado cortos, y vemos con verdadera pena que todos los obreros, todos los campesinos -especialmente los campesinos- se ven enteramente casi sin qué comer el día de descanso; de manera que ese día de descanso es aflictivo para ellos; nosotros mismos, señores diputados, que tenemos cuota diaria o que no se nos paga sólo por mes, lo mismo que a todos los empleados de la Federación, pues sin trabajar el domingo ese día percibimos nuestro sueldo, y ahora que se trata de un mejoramiento a todos los trabajadores, yo creo que debemos fijarnos en que precisamente si se les concede ese día de descanso con salario, es una manera práctica, es una manera efectiva de hacer algo por los obreros y especialmente por toda la gente de campo. Esta ley que, aunque solamente para el Distrito Federal y Territorios, va a servir sin duda de modelo o de base a los legisladores de los Estados, si nosotros aprobamos, señores diputados, esta proposición que tuve el honor de someter a ustedes el 14 de noviembre del año pasado, entiendo yo, señores, que conseguimos un mejoramiento práctico, porque la Ley de Trabajo, no obstante todos los beneficios que da a los trabajadores, hay muchos que el día que esta ley se apruebe, esos beneficios van a ser letra muerta, porque es verdaderamente difícil llevar a la práctica esta ley en muchas de sus partes. Por ejemplo, en los tres meses de sueldo que deben dársele a un empleado que sea separado de su empleo: pues es muy difícil comprobar si el patrón estuvo en lo justo para separar al empleado, o si el empleado tiene razón para que se lo den esos tres meses. Por lo que respecta a que se le conceda también sueldo cuando de enferme, tiene que recurrir a comprobantes para demostrar su enfermedad; mientras que nosotros, aprobando esta proposición, haremos algo verdaderamente efectivo. Yo creo que tanto por medio de leyes -pero leyes prácticas- cuanto por el bienestar económico del pueblo, es como podemos conseguir la pacificación del País que tanto anhelamos, señores. Esta pacificación más bien se consigue por medios económicos, por bienes económicos del pueblo que por la fuerza; ya hemos visto día a día que no se consigue la pacificación por la fuerza; ojalá y que el Gobierno en vez de gastar tanto dinero en sostener un Ejército numerosísimo, recurriera a los ministerios de Industria, Comercio y Agricultura unidos, para dar trabajo a tantos hombres que hay sin él, muchos de los cuales por esa necesidad se han visto precisados a empuñar las armas en tal o cual partido, no de revolucionarismo, sino de bandolerismo.

Yo creo, señores que es triste que un Gobierno que ha emanado de un movimiento revolucionario necesite de ciento cincuenta mil bayonetas para sostener; no señores, nosotros debemos procurar que este Gobierno se apoye en el bienestar del pueblo y con ausencia del pueblo. ¿Y qué mejor que darle poco a poco, no de un golpe, señores, pero sí consiguiendo algo efectivo, algo efectivo, algo práctico? ¿Cómo va a ser posible que estos hombres que descansaban el domingo, sin salario, puedan vivir cuando el salario es muy estrecho? Igualmente la Constitución, yo entiendo que su mente en este artículo

es de que ese día de descanso sea con salario, porque si no, entonces ¿cómo hay otro artículo constitucional que dice que nadie está obligado a trabajar sin percibir salario? ¿Cuál sería entonces la concesión que de hace al darles un día de descanso a los trabajadores, si ese día de descanso es sin haber? Es verdaderamente triste ver la condición de todos estos jornaleros que el domingo bajan con caras tristes a los pueblos y no tienen ni un peso para comprar para llevar algo a sus hijos; andan verdaderamente allí nada más viendo las plazas sin poder comprar nada ese día de asueto que no es de asueto para ellos.

Así pues, señores, yo suplico a la honorable Comisión se sirva retirar este artículo y presentarlo modificado en la forma ya expresada por el señor Aguilar, y también tomando en consideración lo que he dicho, de que sea con salario ese día.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Valadez Ramírez, de la Comisión: Lamente de la Comisión, señores diputados, al presentar este artículo 43 en la forma en que está redactado, fue que quisimos llevar a un precepto de ley la costumbre ya generalmente establecida de descansar los domingos, pero la verdad es que tiene algún fundamento las razones expuestas en esa tribuna en contra del artículo a debate; y también tomando en consideración que efectivamente en muchas partes del día de descanso no es precisamente el domingo, sino alguno de los otros días de la semana, la Comisión no tiene inconveniente en retirar este artículo para presentarlo en la forma -más o menos - que ha propuesto al señor diputado Aguilar.

La Comisión no puede acceder a las sugestiones hechas por el señor diputado Villaseñor, porque no encuentra fundamento legal para imponer esta nueva carga al capitalista. Y véase con esto, señores diputados que no es unilateral el criterio de la Comisión, como se ha pretendido, poniendo sobre todos los intereses el interés del obrero. Así es que la Comisión impone este día de descanso, obligada únicamente por la Constitución, que así lo preceptúa; pero la verdad es que ni siquiera este precepto debía existir, puesto que pudiera darse el caso de que algunos individuos tuvieran necesidad de ocupar alguna parte de ese día de descanso, o todo el día, para cubrir necesidades verdaderamente apremiantes. Por estos conceptos la Comisión se permite suplicar a la honorable Asamblea se le permita retirar el artículo a debate para presentarlo en la forma indicada.

El C. Prosecretario Aguilar: Por disposición de la Presidencia se consulta a la Asamblea en votación económica, si concede a la Comisión permiso para retirar el artículo 43.

El C. Villaseñor Salvador, interrumpiendo: Pido la palabra, señor Presidente.

- El mismo C. Prosecretario Aguilar: Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Sí se condece permiso.

- El mismo C. Prosecretario: El artículo 43 reformado, dice así.

"Artículo 43. Por cada seis días de labor disfrutará el trabajador de un día de descanso, cuando menos. El 16 de septiembre y el 1o. de mayo de cada año, serán también días de descanso obligatorio."

"Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. México, D.F., 12 de junio de 1919.-H. S. Rodríguez.- A. Valadez Ramírez.- F. L. Treviño."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse.

El C. Villaseñor Salvador: Pido la palabra en contra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Villaseñor Salvador: Señores diputados: Me da pena volver a molestar la atención de ustedes, pero me extraña que la Comisión en este momento, quiera verdaderamente apegarse a la ley, y en cambio hemos visto cuando se le objetó que por qué estaba de acuerdo en que los obreros tuviesen derecho para pedir préstamos en caso de enfermedad, entonces me decía el C. diputado Vigil que no estaban apegados al artículo 123 de la Constitución, que ninguno de sus postulados previene eso.

Me dice la Comisión que no quiere recargar demasiado al capital, que no podemos exigirle al capital. Pues, señores, si al capital no le exigimos nosotros ahora el mejoramiento del obrero y del campesino, tened la seguridad de que el capital no lo hará. Ya véis que las ocho horas de trabajo propiamente no han sido sino letra muerta; a todos nosotros nos consta que todo el comercio de México trabaja no ocho, sino diez o doce horas; todos vemos que en un principio, en un momento dado, cuando se decreta tal o cual disposición, hasta de policía, se acata uno o dos domingos. Con eso del cierre del domingo pasa un mes o dos meses y ya de aquello no se vuelve a acordar nadie. Yo quisiera saber si al capital, si a los patronos se les deja en absoluta libertad, ¿qué harían por sus trabajadores? ¿Qué patrón es el que ha puesto una escuela por su voluntad? Allí tenéis al general Alvarado que tuvo que ir a poner, si no dos mil escuelas, sí dos mil maestros en Yucatán -malos o buenos-, donde hacía años y felices días que no sabía un hacendado millonario lo que era tener un maestro en sus fincas. ¡| cómo renegaron cuando llegó a Yucatán la Revolución triunfante, diciendo que iban atropellando! Pues, señores, aquí lo mismo en México: si ahora que está triunfante la Revolución, si en esta Asamblea -en donde creo que todavía hay revolucionarios- no vamos a hacer absolutamente nada práctico por el pueblo, entonces estamos perdiendo el tiempo en venir a hacer aquí una ley que verdaderamente sea de contemporización, y más bien, en la práctica, todos sabemos que en los tribunales el día que se discuta, el día que se lleve un asunto de algún obrero contra el patrón, inconcusamente sabemos, que por un obrero que gane serán cien los patronos que ganen. Ya veremos como siempre la balanza irá a favor del capital, porque tiene muchas fuerzas el propietario para dominar al trabajo y a la opinión. Allí tenéis, señores, por qué en Morelos fue tan fuerte el grito de rebelión, porque era el Estado más oprimido; allí tenéis en Morelos esa revolución latente, por decirlo así, porque allí no se les dio nada y allí todavía se exige el cumplimiento de los principios revolucionarios y, propiamente,

señores, yo pregunto: ¿en la parte económica qué mejoramiento han tenido los trabajadores? ¿cuál es ese mejoramiento? Prácticamente han sufrido, porque todos los artículos de primera necesidad están mucho más caros, los implementos indispensables para la vida están muchos más altos hoy que antes de que se iniciara la Revolución de 1910. ¿Qué le importa a un campesino que está en las montañas o en los campos, arando, el sufragio efectivo? No, señores, nada le importa. Un poco de bienestar económico, un mejoramiento del estado en que se les ha tenido tantos años aquí en México, es lo que necesitan; por eso, señores, yo no veo por qué esta ley que previene que se deban poner escuelas, mercados, hospitales y salas de maternidad, etc., no establezca esto y venga ahora negándose la Comisión a aceptarlo como si fuese un verdadero atropello al capital, como si lo pusiese en bancarrota por el hecho de que se apague un miserable jornal a los peones.

Yo quisiera ver a muchos ciudadanos diputados en las profundidades de una mina -porque muchos nunca han ido a una mina-, para que vieran cómo trabajan aquellos hombres por un pequeño jornal de peso y medio cada día, no sólo dejando su vida, sino exponiéndola constantemente; da lastima ver a aquellos hombres que mientras están trabajando, los dueños de esas minas, que ni las conocen, se pasean en Europa, derrochando el dinero a manos llenas. Entonces ¿por qué se empeña esa Comisión en venir a defender aquí esos intereses privilegiados de esos magnates, cuando a esos magnates los están manteniendo -esa es la palabra- todos los trabajadores mexicanos y todos los campesinos? Todos los dueños de haciendas, en tesis general, se quejan de que la agricultura no es buena, de que la agricultura es un mal negocio, y todos ellos viven perfectamente de esa agricultura. Dicen que sus peones no son acreedores a un mejoramiento, porque son faltos de instrucción, que es el lastre. No, señores, ¡qué va a ser el lastre! El día que esos peones quieren ir al Norte, de les detiene y no se les deja cruzar la frontera. ¡Y ese es el lastre! ¡El lastre que siembra toda la tierra de la República Mexicana y el lastre que nos da de comer a todos nosotros! ¡De ese pueblo abnegado y sufrido que es el primero que empeña las armas y derrama su sangre cuando está en peligro la Patria! Y lo que sucede en este pueblo, sucede en todo el mundo; allí lo tenéis en Europa: no fueron los ricos los que fueron a luchar contra Alemania, no, señores, fue el pueblo francés, el pueblo de la gleba, el que hizo el 14, de julio, el que fue a luchar en Alemania mientras los ricos estaban en la "Opera" de París, porque ese teatro tuvo la vergüenza de no cerrar una sola noche sus puertas para divertir a los magnates. (Murmullos.) Y ese pueblo, ¿qué ganó? ¿qué obtuvo? Y aquí ha sucedido lo mismo: en cada revolución y en cada invasión, este pueblo es el primero que se bate, es el primero que se sacrifica y nunca obtiene un fruto y un resultado práctico. Así, pues, señores, votad; yo os aseguro que todo el pueblo de México, el pueblo sufrido y abnegado aplaudirá que esta honorable Asamblea ponga el ejemplo a las otras legislaturas, de conceder su salario a todos los trabajadores el domingo o el día de descanso. (Aplausos en curules y galerías.)

El C. Presidente: Tiene la palabra, en pro, el C. Gámiz.

El C. Gámiz: Señores representante: El C. Villaseñor, que acaba de ocupar esta tribuna, pide para los obreros salario en los días de descanso, en el día de descanso hebdomadario que le otorga la ley. No he encontrado, señores representantes, en qué apoyarme para experimentar igual sentimiento, igual manera de pensar que la del señor compañero Villaseñor; no hay razón legal ninguna para que demos al obrero el salario que pide el C. Villaseñor en los días de descanso. Si ya el salario que le otorga la ley, al que le da derecho la ley, es extraordinariamente remunerativo y éste le basta para cubrir sus necesidades, es de creerse que ese salario bastará no solamente para los días que él desempeñe su labor, sino para aquel día a que tenga derecho al descanso. Por lo mismo, ciudadano diputados, yo vengo a proponer a esta honorable Representación Nacional se digne dar su voto aprobatorio al artículo que se sirve proponernos la honorable Comisión, por estar enteramente de acuerdo con la Constitución, que es el pacto que tenemos jurado. No se crea, señores, que yo vengo a hacer aquí labor contraria al trabajador, pues habiendo pasado gran parte de mi vida dentro de los grupos de esos hombres que, agitados y sudorosos, con los instrumentos de labranza en la mano han estado constantemente ganando la vida con el sudor de sus rostros, no puedo, habiendo llevado una vida íntima con ese proletariado, hacer labor contraria a él; por lo mismo, ruego a Vuestra Soberanía se sirva dar un voto aprobatorio al artículo que está a debate, porque él reúne las necesidades que tenemos nosotros que venir a cubrir aquí con el juramento que hemos hecho de la ley y no podríamos, por otra parte, dar un salario que, al asignarlo, rompería con todos los principios legales que tenemos jurados. (Siseos en las galerías.)

El C. Villaseñor Salvador: ¿Me permite una interpelación, señor compañero?

El C. Gámiz: Con mucho gusto.

El C. Villaseñor: ¿Tuviera usted la bondad, señor diputado, de decirme si estima usted que es justo y es equitativo el haber que el Gobierno paga a sus empleados diariamente por su trabajos?

El C. Gámiz: Sírvase usted, señor compañero, repetir su interpelación para darme exacta cuenta de ella.

El C. Villaseñor Salvador: Que si usted estima que es remunerador el sueldo que perciben los empleados del Gobierno por sus trabajos.

El C. Gámiz: Entiendo, señor compañero, que el salario que ahora disfrutan estos operarios, puede bien ser remunerativo o no; pero estamos legislando en forma tal, que tendrá obligación el patrón de asignar a sus operarios un sueldo que sea remunerativo, y si éste no lo es en este momento, es debido a que no está en vigor todavía el salario mínimo que acabamos de aprobar en la ley. (Murmullos.)

El C. Villaseñor Salvador: ¿Me permite usted aclarar? Mi aclaración es esta... (Voces: ¡Ya no? ¡Ya no!) El Gobierno paga a sus empleados.... (Voces: ¡Ya no! ¡Ya no!)

El C. Gámiz: La pregunta de usted, señor compañero, queda contestada en la forma que acabo de expresar. (Voces: ¡No! ¡No! Murmullos.)

El C. Prosecretario Aguilar: Habiendo hablado todos los oradores que estaban inscriptos, en votación económica se consulta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Se considera suficientemente discutido. En votación económica se consulta a la Asamblea si ha lugar a votar. Los que estén por la afirmativa ponerse de pie. Sí ha lugar a votar. Se va a proceder a recoger votación nominal.

El C. Secretario Soto: El artículo que se va a votar, dice así:

"Por cada seis días de labor disfrutará el trabajador de un día de descanso, cuando menos. El 16 de septiembre y el 1o. de mayo de cada año serán también días de descanso obligatorio."

Por la afirmativa.

El C. Secretario Pesqueira: Por la negativa.

(Se efectuó la votación.)

- El mismo C. Secretario: Votaron por la negativa, 77 ciudadanos diputados.

El C. Secretario Soto: Votaron por la afirmativa, 78 ciudadanos diputados. Aprobado el artículo 43, reformado.

El C. Villaseñor Salvador: ¡Que se lean las listas!

El C. García Ruiz: ¡Si que se lean!

El C. Secretario Soto: Votaron por la afirmativa los CC. Aguilar Antonio, Aguilar Pablo, Aguilar Vito, Alarcón, Alejandre, Alvarez del Castillo, Amezola, Anda, Andrade, Arrioja Isunza, Baledón Gil, Barragán, Blancarte, Bravo Lucas, Breceda, Camarena, Cancino, Cárdenas Emilio, Castellanos Díaz, Castillo Garrido, Castro Alfonso, Castro Roberto, Céspedes, Cuellar, Chablé, Díaz González, Díaz Infante, Escudero, Esparza, Espinosa y Elenes, Fernández Ledesma, Fernández Miguel., Fuentes Barragán, Galindo, Gámiz, García Antonino, García Emiliano, García Pablo, Garza, Gil, Gutiérrez Antonio, Huerta, Lanz Galera, Lara César, Lomelí, Márquez Galindo, Mejía, Méndez Arturo, Méndez Fortunato, Mendoza, Navarro, Orozco Muñoz, Pastor, Patiño Peña, Pesqueira Rebolledo, Ríos Rafael L. de los, Rodríguez Matías, Rodríguez Sabino, Silva Federico, Silva Jesús, Silva Pablo, Solórzano, Suárez Enrique, Tello, Treviño, Trigo, Uzeta, Valadez Ramírez, Valladares, Verástegui, Franco, Vilchis, Villalobos, Villaseñor Mejía y Villela.

El C. Secretario Pesqueira: Votaron por la negativa los CC. Aguirre León, Altamirano, Ángeles, Arriaga Avilés, Balderas Márquez, Bandera y Mata, Barrera Felipe de la, Bolio, Bouquet, Breña, Castillo David, Castillo Nájera, Castillo Torre, Contreras Luis, Cornejo, Chávez M. Manuel, Ferrel, franco Agustín, Gaitán García José Guadalupe, García Ruiz, Gómez Gildardo, Gómez Noriega, González Galindo, González Jesús N., Guerrero Antonio, Gutiérrez de Velasco, Gutiérrez Orantes, Hernández Eulogio, Hernández Jerónimo, Herrera Julio, Iturralde, Jiménez Rafael, Macías Rubalcaba, Mancisidor, Mariel, Martín del Campo, Martínez Saldaña, Méndez Benjamín, Méndez Pánfilo, Molina, Morales Francisco César, O'Fárril, Olivé, Ortiz José de la Luz, Parra, Pastrana Jaimes, Paz, Pérez Carbajal, Pérez Vela, Rivera Castillo, Roaro, Rojas Rafael., Romero Cepeda, Rosas, Ruiz Porfirio, Sánchez José M., Sánchez Salazar, Segura Enrique, Siurob, Soto Rosendo A., Tamez, Tapia, Torre Rómulo de la, Vadillo, Vásquez Genaro., Velásquez Juan, Velásquez López, Verástegui José, Villaseñor Salvador, Zavala, Zayas y Zerecero.

El C. Secretario Soto: ¿Hay algún ciudadano diputado que reclame su voto?

El C. Pastrana Jaimes: El C. Aguirre león votó por la afirmativa. (Voces: ¡El C. Díaz González votó por la negativa!)

- El mismo C. Secretario: Aparece que votó por la negativa el C. Aguirre León y el C. Díaz González por la afirmativa. (Voces: ¡No, por la negativa!) El C. Verástegui José aparece por la negativa...

El C. Verástegui: Rectifico mi voto! (Voces: ¡Está cerrada la votación!)

El C. Secretario Soto: Por disposición de la Presidencia... (Voces: ¡Que se repita la votación!) se manifiesta que el C. Contreras Luis Felipe aparece por la negativa y él manifiesta que no votó en tal caso resultarían 76 por la negativa.

El C. Villaseñor Salvador: pido que se repita...

El C. Secretario Soto: La Presidencia ruega a la Asamblea escuche al C. Villaseñor.

El C. Villaseñor Salvador: Suplico a la Presidencia que se repita la votación, porque hemos visto que aparecen tres o cuatro errores en ella y por lo tanto, lo más prudente es que se repita esa votación. (Voces: ¡Sí! ¡Sí!)

El C. Secretario Soto: El único error que aparece en la lista es el voto del C. Contreras que aparece por la negativa y no votó en ningún sentido, porque en ese momento no estaba aquí: el C. Verástegui votó por la negativa, pero no se ha reconsiderado su voto y el C. Díaz González votó por la afirmativa, deseando después de la votación rectificar su voto.

El C. Camarena: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Camarena: Deseo que se aclare si el C. Verástegui tiene derecho a rectificar su voto después que se cerró la votación, porque -a mi parecer- esto no es conveniente ni debe aceptarse de ninguna manera.

El C. Secretario Pesqueira: la Secretaría tiene el honor de informar a Su Señoría que ha sido costumbre no poder rectificar el voto, cuando ha sido cerrada la votación. (Aplausos y voces: ¡Muy bien! ¡Que se repita la votación!)

El C. Villaseñor Salvador: Pido que se repita la votación, señor Presidente, porque está empatada.

El C. Secretario Soto: por disposición de la Presidencia...

El C. Presidente: No está empatada la votación; la Secretaría hizo ya la declaratoria. (Voces: ¡No! ¡No!)

El C. Secretario Soto: Por disposición de la Presidencia se pone en conocimiento de la Asamblea que subsiste la declaratoria hecha por la Secretaría en vista del resultado de la votación.

El C. Pérez Vela: ¡Moción de orden! ¡Por qué si la Presidencia pretende sostener su declaratoria, ha admitido rectificaciones de varios de los ciudadanos diputados?

El C. Presidente: No se ha admitido ninguna rectificación, pero se va a recurrir a los apuntes tequigráficos a fin de que se vea si ya se hizo la declaratoria.

El C. Pérez Vela: Por eso yo creo que lo más práctico es repetir la votación y es lo que solicito respetuosamente.

El C. García Ruiz: La Secretaría no ha hecho la declaratoria; ha dado cuenta del número de votos.

El C. Presidente: La Presidencia va a pedir que se lea la versión taquigráfica a fin de rectificar o de ratificar si ya se hizo la declaratoria... (Voces: ¡No está hacha! ¡Sí está!)

El C. secretario Soto: Voy hacer esta declaración, ciudadanos diputados: La Secretaría, el C. Pesqueira, dijo: "Votaron tantos por la negativa", y el que habla: "tantos por la afirmativa; en consecuencia -dije yo, ha sido aprobado el artículo 43, reformado", y entonces se pidió que se leyeran los votos.

El C. Villaseñor Salvador: ¡moción de orden! Yo creo que esta honorable Asamblea no tendrá inconveniente en sostener su voto tal como lo ha dado. Aquí en esta misma Asamblea, en una ocasión en que el C. Sierra, hijo de don Justo Sierra, se decía era diputado, se rectificó la votación y el C. Serapio Rendón, cuando se oponía la Asamblea a esta rectificación, dijo que si tenía miedo la Asamblea de sostener su voto o que quiénes eran los que tenían miedo de decir cómo habían votado. Yo lo mismo pregunto aquí: ¡Qué la Comisión tiene algún empeño en ganar la votación de este artículo como si fuera un juego floral? ¿o por qué no quiere que se repita la votación?

El C. Presidente: La Presidencia respeta los deseos de todos los ciudadanos diputados y va a pedir que se lea la versión taquigráfica a fin de ver si se ha hecho la declaratoria; si no se ha hecho la declaratoria, atenderá de Su Señoría el C. Salvador Villaseñor.

El C. Secretario Soto: me permito interpelar, con permiso de la Presidencia, al C. García Ruiz, para que se sirva declarar ante la Asamblea qué le han contestado los taquígrafos a la pregunta que afirma les hizo sobre si está hecha la declaratoria o no. (Voces: ¡No se hizo!)

El C. García Ruiz: Los taquígrafos me informaron primeramente, mejor dicho, entiendo que manifestaron que no se había hecho la declaratoria; pero hace un momento que me acerque a ellos y me dijeron que si había hecho. Hay que tomar en consideración que alguno de los Secretarios les dijo que ya se había hecho la declaratoria, con objeto de que ellos sostuvieran su dicho.

El C. secretario Soto: Voy a hacer esta otra aclaración. Yo no puedo tener interés en que se declare aprobado el artículo 43, desde el momento que he votado por la negativa. Me he concretado a hacer la declaratoria en vista del resultado de la votación, porque es mi deber.

El C. Gómez Noriega: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Gómez Noriega.

El C. Gómez Noriega: Suplico a la Presidencia, en virtud de que hay antecedentes sobre el particular, ordene a uno de los taquígrafos dé lectura a la versión taquigráfica. (Voces: ¡No tienen voz informativa! ¡No hacen fe!)

El C. García Ruiz: ¡Para una aclaración! Para evitar pérdida de tiempo, yo suplico a Su Señoría el señor Presidente, se sirva ordenar a la Secretaría pregunte a la Asamblea si se repite o no la votación; con esto nos evitaremos pérdida de tiempo.

El C. presidente: La Presidencia ha dicho que si ya se ha hecho la declaratoria y así consta en los apuntes taquígraficos, no se repetirá la votación; pero en el caso de que no se haya hecho la declaratoria, entonces atenderá la petición del C. diputado García Ruiz.

El C. secretario Pesqueira: El C. Secretario Soto, posteriormente a haberse dado lectura a la negativa, dijo: "Afirmativa, 78 aprobado el artículo 43, reformado." Es la versión taquigráfica.

El C. presidente: Está a discusión el artículo 44.

- El C. Secretario Soto, leyendo:

"Artículo 44. En aquellos trabajos en que se requiera una labor continua, se reglamentará ésta de tal manera, que los obreros puedan disponer del número de días que esta ley establece como descanso obligatorio."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse. Se han inscripto en contra los CC. Aguilar Pablo, Martínez del Río Ramón y Avellaneda Juan de Dios.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Aguilar Pablo.

El C. Aguilar Pablo: Señores diputados: Cuando el artículo 43 prevenía que los domingos habían de ser días de descanso obligatorio, era natural que el artículo 44 subsistiera para el caso de aquellas negociaciones en que no se podía interrumpir el trabajo de los domingos. Como el artículo 43 se ha modificado en el sentido de que por cada seis días de trabajo ha de haber uno de descanso, resulta enteramente inútil ahora la existencia del artículo 44, puesto que dentro de los contratos y dentro del reglamento interior del taller, se prevendrá cuáles obreros trabajarán un domingo y cuáles otro, así como la forma en que deban alternarse para disfrutar de los días de descanso que la ley les concede. En consecuencia, creo que el artículo 44, por virtud de la reforma que sufrió el 43, no tiene ya razón de ser, y que lo que debemos hacer es declarar que no ha lugar a votarlo, más bien dicho, desecharlo, porque no creo que debamos sostener la subsistencia de esta artículo 44. Como ya dije, creo conveniente repetir, para mayor claridad, que solamente existe este artículo en virtud de que los domingos eran días de descanso forzoso, lo que ahora ya no sucede por las reformas y aprobación que ha sufrido el artículo 43.

En consecuencia, suplico a la honorable Asamblea se sirva desechar el artículo 44, porque no tiene ya razón de ser en la ley.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Martínez del Río. (Voces: ¡No está!) Tiene entonces la palabra la Comisión.

El C. Valadez Ramírez: Honorable Asamblea: No estamos conformes con las indicaciones hechas por el C. diputado Aguilar, porque este artículo, tal como está redactado, debe subsistir, pues si bien es cierto que el artículo que se acaba de aprobar sí ha cambiado la forma estableciendo un día de descanso que no sea precisamente el domingo, en cambio establece que el 16 de septiembre y el 1o. de mayo de cada año serán de descanso obligatorio. De manera que los trabajadores que requieran una labor continua, que no deban suspenderse en esos días por exigirlo la misma índole de la industria, tienen los patronos que conceder otro día de descanso a los trabajadores que se vean en la obligación imprescindible de ejecutar sus faenas en esos días. Así es que el artículo debe subsistir por lo que toca a los dos días que he mencionado: el 1o. de mayo y el 16 de septiembre.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Martínez del Río.

El C. Martínez del Río: Renuncio al uso de la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Juan de Dios Avellaneda (Voces: ¡No está!)

El C. Secretario Soto: No habiendo más oradores inscriptos, en votación económica se consulta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el artículo 44. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Suficientemente discutido. En la misma forma de votación se consulta si ha lugar a votarlo. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Ha lugar a votarlo. Se procede a la votación nominal del artículo 44, que dice:

"Artículo 44. En aquellos trabajos en que se requiera una labor continua, se reglamentará ésta de tal manera, que los obreros puedan disponer del número de días que esta ley establece como descanso obligatorio."

Por la afirmativa.

El C. Secretario Pesqueira: Por la negativa.

(Se procedió a recoger la votación.)

El C. secretario Soto: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? ¿Se procede a la votación de la Mesa.

(Se recogió ésta.)

El C. Secretario Pesqueira: Votaron por la negativa 6 ciudadanos diputados.

El C. Secretario Soto: Votaron por la afirmativa 127 ciudadanos diputados. Aprobado el artículo 44.

- El mismo C. Secretario: A discusión el artículo 45, que dice:

"La jornada máxima es igualmente aplicable a los empleados que prestan sus servicios en casas comerciales, oficinas, despachos y, en general, a todos aquellos dependientes de empresas o particulares."

Inscripto en contra el C. Aguilar Pablo.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Pablo Aguilar. - El C. Aguilar Pablo: Señores diputados: Creo que en el caso del artículo 45 se trata de un olvido de la Comisión, porque señala para los empleados de comercio la jornada máxima como igualmente aplicables y creo yo que no saldría sobrando que se señalaran para ellos los días de descanso como igualmente aplicables, porque si solamente se señala la jornada máxima -que en el caso anterior se refiere a los trabajadores, los empleados quedarían sin derecho al descanso. En esas condiciones creo que la objeción que yo hago es verdaderamente de importancia, tanto más cuanto que la reforma no implica realmente un cambio fundamental y sí amplía y precisa exactamente el alcance del artículo 45. En mi opinión, debe decir:

"La jornada máxima y los días de descanso son igualmente aplicables a los empleados que prestan sus servicios", etcétera; nada más añadiendo que no sólo la jornada máxima, sino también los días de descanso les son aplicables a esos empleados. Si la Comisión tuviera la amabilidad de darle todo su valor a esta objeción y de solicitar permiso de la Asamblea para retirar el artículo y hacerle esa adición tan interesante, ahorraríamos probablemente tiempo en el debate, porque creo yo que no puede pasar el artículo sin concederles a los empleados de casas comerciales el derecho al descanso que se ha concedido para los trabajadores en general.

El C. Valadez Ramírez: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Valadez Ramírez: Honorable Asamblea: Juzgando atinada la observación que ha hecho el C. Aguilar, la Comisión no tiene inconveniente en aceptar la sugestión que se ha servido hacer, porque en la forma que propone, quedará establecido un precepto que se nos había pasado poner en alguno de los artículos anteriores. Así es que suplicamos atentamente se nos permita retirar el artículo para modificarlo en la forma indicada.

El C. Secretario Soto: En votación económica se consulta a la Asamblea si permite a la Comisión que retire este artículo para reformarlo. los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Sí se permite.

La Comisión presenta el artículo 45 en la forma siguiente:

"La jornada máxima y los días de descanso son igualmente aplicables a los empleados que prestan sus servicios en casas comerciales, oficinas, despachos y, en general, a todos aquellos dependientes de empresas o particulares."

Está discusión. ¿No hay quien solicite el uso de la palabra? En votación económica se consulta si ha lugar a votar. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Ha lugar a votar. Se procede a la votación. Por la afirmativa.

El C. Secretario Pesqueira: Por la negativa.

(Se recogió la votación.)

El C. Secretario Soto: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? Se procede a la votación de la Mesa. (Se recogió.) Ha sido aprobado el artículo 45, reformado, por unanimidad de 133 votos.

- El mismo C. secretario: A discusión el artículo 46, que dice:

"También se observará la jornada legal en los restaurantes, fondas, pastelerías, neverías, hoteles y demás establecimientos similares, no pudiendo permanecer en éstos las mujeres, después de las diez de la noche."

Está inscripto en contra el C. Soto Peimbert.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Soto Peimbert.

El C. Soto Peimbert: Señores compañeros: El artículo 46 implica atentatorio para el derecho a la vida de aquellos a quienes se pretende beneficiar. En efecto, convengo en que en los lugares donde la tarea sea ardua, donde el esfuerzo muscular sea crecido y sostenido, se limites las horas de trabajo a una jornada de diez horas; pero en los lugares en que por razón natural el trabajo tiene continuamente descansos, interrupciones, y que más que un trabajo continuo, implica la permanencia por varias horas en un lugar, sin significar esto el desarrollo continuo del propio trabajo, no encuentro la justificación de por qué debe reducirse a ocho horas ese trabajo. Si nuestras costumbres fueran otras, convengo que en los restaurantes se pudieran establecer dos turnos de ocho horas que abarcaran las horas del desayuno, de la comida y de la cena; pero si nosotros aceptamos que es preciso que los restaurantes tengan este servicio, precisamente durante las tres horas en que acostumbramos comer, es atentatorio que se haga así. por lo demás, no he querido traer la simple expresión de mi sentir particular: puedo asegurar a ustedes que se han acercado hasta mí varios representantes de sociedades de dependientes de restaurantes, en su mayoría femeninos, expresándome el hondo disgusto.... (Voces: ¡Nombres! ¡Direcciones!) Si el compañero Espinosa se interesa por conocer nombres y direcciones, créame que ni es este el lugar más apropiado para que yo se los dé, ni hora a su decoro el preguntármelo desde la tribuna. Decía, pues, que si queremos en verdad proteger a los trabajadores, cualquiera que sea la clase de trabajo a que se dedique, debemos de meditar nuestras disposiciones y no establecer una base cerrada, rígida, dentro de la cual no cabrían todos los órdenes de trabajo. Se pretende que después de las diez de la noche no permanezcan en restaurantes, en pastelerías, las mujeres, y yo no encuentro por qué es esto. Convengo que en los lugares donde se expenden bebidas embriagantes no se consienta la permanencia de las mujeres ni de menores; pero en aquellos lugares a los que, por su situación, por el género de clientela o por algunas otras circunstancias concurren las familias, en que se palpa que son lugares morales, no encuentro yo, digo, por qué hemos de evitar a quienes prestan sus servicios allí, que se ganen honradamente con qué vivir. Si nosotros ponemos tantas taxativas restricciones para este género de trabajo, concluiremos por cerrarle las puertas del trabajo a la mujer, y no contentos con haber establecido un gran número de limitaciones que darán por resultado la no aceptación del trabajo de las mujeres allí donde el trabajo es fácil y dónde por razón de la índole del trabajo, por la mayor afabilidad de la mujer, por su mejor presentación, pudiera tener abiertas las puertas para ganarse un jornal, pretendemos cerrarle ese campo abierto a su actividad y substituirlo no sé en qué forma. En tal virtud, yo pido que al artículo se vote negativamente para que vuelva al seno de la Comisión y lo reforme en el sentido de que para este género de trabajos se admita como jornada máxima la de diez horas, y de que no es obligatorio el que las mujeres no permanezcan después de las diez de la noche en las pastelerías y establecimientos similares.

El C. Valadez Ramírez: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Valadez Ramírez.

El C. Valadez Ramírez: Honorable Asamblea: El estimable compañero Soto Peimbert no tiene razón al hacer las observaciones de carácter sentimental relativas a este artículo que estamos discutiendo, porque la fracción II del artículo 123, en su parte última, previene que las mujeres y los jóvenes menores de diez y seis años no podrán trabajar en los establecimientos comerciales después de las diez de la noche. Como estos establecimientos a que nos referimos en este artículo son de carácter comercial, hemos puesto esta taxativa, que no la hubiéramos incluído seguramente, si no fuera un precepto constitucional. De manera que este argumento esgrimido por el compañero Soto Peimbert no puede tomarse en cuenta por la razón expresada. La Comisión conviene en que la forma del artículo, tal como está, es defectuosa y, por lo tanto, suplicamos a la honorable Asamblea se nos permita retirarlo para presentarlo del modo siguiente: "También se observará la jornada máxima y el descanso obligatorios en los restaurantes, fondas, pastelerías, neverías, hoteles y demás establecimientos similares; no pudiendo trabajar en éstos (en lugar de permanecer) las mujeres, después de las diez de la noche." Creemos que en esta forma merecerá la aprobación de esta honorable Asamblea y, por lo tanto, repito, suplicamos se nos permita retirar el artículo para reformarlo en el sentido indicado.

El C. Secretario Soto: En votación económica.....

El C. Chávez, interrumpiendo: ¡Una interpelación a la Comisión! C. Valadez Ramírez, según el precepto 123 constitucional, ¿cree usted que los restaurantes, las pastelerías y las neverías se consideran como giros comerciales?

El C. Valadez Ramírez: Pido la palabra para contestar.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Valadez Ramírez: Contestando la interpelación del compañero Chávez, manifiesto de una manera categórica que sí son giros comerciales y así están comprendidos en las leyes de la materia.

El C. Secretario Soto: En votación económica.....

El C. Chávez, interrumpiendo: ¡Pido la palabra contra!

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Valadez Ramírez: ¡Moción de orden!

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Valadez Ramírez, para una moción de orden.

El C. Valadez Ramírez: La Comisión ha solicitado permiso para retirar este artículo y presentarlo en la forma que he indicado.

El C. Presidente: Es verdad.

El C. Secretario Soto: Por disposición de la Presidencia, se consulta a la Asamblea en votación económica, si se permite a la Comisión retirar el artículo 46 para reformarlo. Los que estén por la

afirmativa, se servirán ponerse de pie. Sí se permite.

El C. Bolio: Pido la palabra para una aclaración.

El C. Secretario Soto: La Comisión presenta el artículo 46 reformado en la siguiente forma: "También se observará la jornada máxima legal en los restaurantes, fondas, pastelerías, neverías, hoteles y demás establecimientos similares, no pudiendo trabajar en éstos, las mujeres, después de las diez de la noche."

Está a discusión.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Chávez Manuel.

El C. Chávez Manuel M.: Ciudadanos diputados: Celebro que en estos momentos capuletos y montescos, tirios y troyanos estemos de acuerdo; y digo esto porque bien conocida de la Asamblea es la división que existe en la diputación de Chihuahua. decía que hay acuerdo entre tirios y troyanos porque lo confieso paladinamente, estoy de acuerdo con lo que ha dicho el C. Peimbert en la tribuna. Me vengo a oponer a este artículo porque es sencillamente atentatorio a la libertad de trabajo; ya me imagino yo a las pobres mujeres meseras diciéndonos redentores, ya me las imagino yo con un gesto de desdén diciéndonos: "No nos vengan a redimir, señores diputados, ¿por qué no nos dejáis trabajar? Se apegan al texto del artículo 123 constitucional y al espíritu del artículo 123 constitucional para no dejar trabajar a las mujeres después de las diez de la noche; en los establecimientos de ropa donde no pudieran estar hasta las once y más tiempo. ¿Y qué me van a decir de la mujer que quiere trabajar después de las diez de la noche? ¿Vamos a evitarle que trabaje después de las diez de la noche? (Campanilla.)

El C. Prosecretario Aguilar: Por disposición de la Presidencia se suplica a los ciudadanos diputados que estén de pie, se sirvan ocupar sus curules.

El C. Chávez, continuando: Me acuerdo que hace tres o cuatro semanas vino aquí el C. Modesto González Galindo a decirnos que las mujeres eran el cebo con que los capitalistas o comerciantes ganaban dinero; vino el C. diputado, Vadillo moralizador teorizante, a hablarnos aquí de la intensa moralidad de no permitir a las mujeres que estuviesen como meseras, y ¿qué me van a decir los CC. modesto González Galindo y Vadillo, moralizadores teorizantes, cuando estos ojos los han visto bien servidos por las meseras después de las doce de la noche? (Risas.)

El C. González Galindo: ¿A quién?

El C. Chávez: Espero por esto, ciudadanos diputados... (Campanilla.)

- El Secretario Aguilar: Por disposición de la Presidencia atentamente se suplica a la Asamblea se sirva prestar atención al orador.

El C. Chávez: Es por esto, señores diputados, por lo que me he venido a oponer a este artículo y pido que se vote en contra, si lo votáramos afirmativamente, sería atentar contra el derecho que tienen las mujeres para trabajar.

El C. Presidente: Tiene la palabra en pro el C. Espinosa Luis.

El C. Espinosa: Antes de todo declaro que ningún representante de gremios masculinos o femeninos y ninguna persona en lo individual (Voces: ¡No se oye!) se ha acercado a mí para hacerme peticiones en tal o cual sentido, a fin de venir a defender o a atacar algún punto de la Ley del Trabajo a debate. Y naturalmente, como yo no he tenido la suerte que el compañero Soto Peimbert, le pedí nombres y direcciones para acercarme yo a esas personas, ya que ellas no se han acercado ha mí; pero por otro motivo como él erróneamente supuso. Hecha esta aclaración, entro en materia. El compañero Chávez ha dicho únicamente que se opone al artículo a debate, porque en su concepto es atentatorio a la libertad del trabajo. El señor Soto Peimbert dijo que debe omitirseles a las mujeres que trabajen en los establecimientos comerciales hasta después de las diez de la noche y que trabajen hasta las diez horas; es casi todo lo que se ha dicho en contra de este artículo, y como ni lo expresado por el C. Chávez, ni lo expresado por el C. Peimbert vino a destruir en manera alguna la forma correcta del artículo y su afinidad absoluta con la fracción II del artículo 123 constitucional, es por lo que yo vengo a hablar en pro de ese artículo. Me permito suplicar a la Presidencia tenga a bien decir a las Secretaría que lea la fracción II.

El C. Secretario Soto: Artículo 123 de la Constitución, fracción II:

"II. La jornada máxima de trabajo nocturno será de siete horas. Quedan prohibidas las labores insalubres o peligrosas para las mujeres en general y para los jóvenes menores de diez y seis años. Queda también prohibido a unos y otros el trabajo nocturno industrial; y en los establecimientos comerciales no podrán trabajar después de las diez de la noche."

El C. Espinosa Luis, continuando: La fracción II del artículo 123 es categórica, es terminante, no permite interpretación de ninguna naturaleza; dice de una manera absolutamente precisa que para los trabajos nocturnos se considerará como tiempo máximo siete horas de trabajo. ¿Cómo vamos nosotros, sin pasar por el texto constitucional, a venir a pedir aquí que sean diez horas como lo hace el C. Soto Peimbert? Yo no voy a discutir si el Legislativo de Querétaro hizo una obra buena o mala, pero sí quiero llevar a la convicción de los ciudadanos representantes que nosotros no podemos pasar por encima de los artículos constitucionales. Si el compañero Peimbert no está conforme con que los individuos de ambos sexos que trabajen de noche puedan trabajar solamente las siete horas que marca la Constitución, entonces que se reforme esta ley; pero mientras esta reforma no se haga, nosotros no podemos legislar en sentido contrario, porque seríamos los primeros en violar una ley constitucional. Así pues, en cuanto al argumento expuesto por el C. Soto Peimbert, no hay más que decir. Es cuestión de respetar únicamente la Constitución.

En cuento a la objeción segunda de que no puedan después de las diez de la noche, yo también con toda el alma pediría que se les permitiese a todos los que trabajan en negociaciones nocturnas que se les dejase un tiempo ilimitado, y que se sujetaran nada más a las siete horas que exige la Constitución, pero que no se les pusiera la taxativa de que fuera hasta las diez de la noche;

pero también nos encontraremos dentro de las mismas condiciones a que hacía referencia hace un momento: La Constitución de manera terminante dice que solamente trabajarán hasta las diez de la noche las empresas comerciales, y un restaurante, una fonda, cualquier trabajo en donde se expende algo, es una negociación comercial que entienda de estas cosas. Así pues, no podemos tampoco oponernos a que el artículo a debate sea reformado en el sentido que se pide, porque sería caer en el mismo vicio, porque sería también violar el artículo constitucional. Yo no voy a discutir, como antes dije, la conveniencia de que se prohiban, los trabajos nocturnos para que se presten servicios después de las diez de la noche; mi sentir es que debería dejarse que trabajaran hasta más tarde, supuesto que algunos trabajos así lo requieren; pero nosotros no podemos pasar sobre la Constitución; vamos primero a reformarla, vamos a suprimir esta fracción II del artículo 123 y entonces sí yo seré de los primeros en pedir que se les permita que trabajen los restaurantes o cualquiera otra negociación donde se requiera el esfuerzo personal de noche, a efecto de que se les deje en entera libertad para que trabajen hasta la hora que mejor les convenga; pero mientras tanto, respetuosos de la ley, nosotros no podemos hacer más que aceptar este artículo que está en completa consonancia con la ley constitucional.

El C. Velásquez López: Para una interpelación al orador. Señores diputados.... (Campanilla.)

El C. Presidente: Tiene la palabra, en contra, el C. González Galindo.

El C. González Galindo: Señores representantes: Vengo a unir mi voto en contra del artículo protesto por la honorable Comisión en el sentido en que lo acaba de presentar. No puede alegarse que soy inconsecuente desde el momento en que este trabajo sí es lícito; porque le es lícito al hombre comer, es lícito al hombre refrescarse, le es lícito al hombre.... (Risas. Campanilla.) Señores representantes, realmente es penoso que en vez de tomar la palabra un compañero de ustedes en un sentido serio, como en serio lo vengo hacer, lo tomen por el lado de la risa. ¿No es cierto que aquí habla el artículo propuesto, de neverías, y en las neverías también hay refrescos y que a las neverias van algunos señores a tomar esos refrescos? ¿Por qué, pues, extrañarse de que use el verbo refrescar? Esto, señores diputados, no es inmoral, en tanto que -como dice el señor Chávez- el trabajo que yo vine a acatar, era porque soy un moralizador teorizante; no debiera hacer mención de esto, porque es indudable que a primera vista resalta la gran diferencia que hay entre el comercio en las cantinas, es decir, el trabajo de la mujer en las cantinas y el trabajo de las mismas mujeres en los restaurantes, en las fondas, en los cafés y en las neverias; eso no es un vicio que perjudique el organismo, como lo es el expendio de bebidas embriagantes.

Y ya que estoy en esta tribuna, señores diputados, y sin que tenga verdaderamente gusto en hacerme el caballero de mi cuento, deseo preguntar ante la honorable Asamblea a este señor que no es teorizante, que es un hombre inmoral práctico.... (Siseos.) El señor Chávez me ha dicho que soy un moralizador teorizante, pero que en cambio me ha visto después de las doce de la noche bien servido por alguna mesera; después de esto deseo preguntarle o le he preguntado ante el señor Valladares, que me diga dónde y cuándo me ha visto. (Risas y murmullos.) Señor diputado Quiroga: para usted que será un noctívago o un noctámbulo o un trasnochador, no tiene nada de particular; pero para mí que soy un hombre que hasta donde es posible guarda orden en su vida, es enteramente molesto.

(Risas y murmullos. Campanilla.)

El C. González Galindo, dirigiendome al C. Quiroga: Pues si no habló usted, señor diputado, en tal caso no debe usted estar molestando desde su curul.

El C. Quiroga: No le haga usted caso. (Campanilla.)

El C. González Galindo: Si no me hace usted caso, ¿por qué me está usted molestando desde ahí?

El C. Quiroga: Para eso no es la tribuna. (Murmullos. Campanilla.)

El C. González Galindo: La inmoralidad puesta en práctica por el señor Chávez, se prueba con el hecho de que apenas anoche ha invitado, casi retando, al señor diputado Uriel Avilés, a emborracharse.

(Murmullos. Siseos. Desorden. Campanilla. Voces:

¡Huy! Risas.)

El C. Chávez: Pido la palabra para contestar.

El C. Quiroga: Moción de orden, señor Presidente. ó creo que el orador está exagerando las cosas que no nos corresponden conocer en la tribuna; esa es cuestión de patio de vecindad, no de esta Cámara de Diputados. Por tal motivo, yo suplico a la Presidencia llame al orden al orador para que se apegue al punto a discusión y no se salga de él con disquisiciones que son dignas de una mujerzuela.

(Aplausos.)

El C. González Galindo: En mi peroración no tengo que apegarse a ningunos cónones; ni usted ni ningún otro diputado, ni el Presidente... (Campanilla. Voces: ¡La educación!)

El C. Presidente: La Presidencia no puede poner cortapisas a ningún ciudadano diputado; pero les suplica atentamente que sepan guardar el respeto que esta Asamblea merece.

El C. González Galindo: Es por esto, ciudadanos diputados, que si yo vengo a unir mi voto, como al principio dije, en contra de este artículo, recientemente propuesto así por la Comisión, es para demostrar que yo no soy un moralizador teorizante, sino porque encuentro verdaderamente injusto que se evite el trabajo lícito desempeñado por mujeres que, realmente, han de tener necesidad de trabajar, y es por esto también, señores diputados, por lo que, haciendo a un lado -y ya que he puesto a cada quien en su lugar, y para que se vea que pueden tocarse los extremos, que un hombre inmoral pugne con este artículo, vengo, repito, a pedir a la Asamblea que vote en contra de este artículo, porque no es justo que se evite ese trabajo que nada tiene de inmoral, y que sí es lícito y honroso. Por una razón pido vuestro voto aprobatorio para el artículo.

El C. Valadez Ramírez: Pido la palabra para una interpelación al orador.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Valadez Ramírez: Usted, señor González Galindo, que fue constituyente del 17, ¿cree que la Comisión debe burlar el precepto constitucional en la fracción II del artículo 123?

El C. González Galindo: Yo pido que se vote en contra de este artículo, no por el concepto de la jornada de ocho horas, sino por el hecho de que se pide que no pueden trabajar las mujeres después de las diez de la noche. (Voces: ¡Lo dice la Constitución!)

El C. Valadez Ramírez: Pido la palabra. Me extraña sobremanera que el C. González Galindo, que fue constituyente, no conozca la Constitución. El artículo 123, en la parte última de la fracción II, expresa que queda prohibido el trabajo de la mujer en general y de los jóvenes menores de diez y seis años en los establecimientos comerciales, después de las diez de la noche. Yo insisto en mi interpelación y suplico que me conste el C. González Galindo en forma categórica: ¿cree usted que la Comisión pueda burlar este precepto constitucional?

El C. González Galindo: Los establecimientos comerciales, señor compañero, son -como ya se había referido algún orador antes que yo- los comercios que se cierran a las siete de la noche; pero hay otros trabajos, otros establecimientos donde se trabaja después de las diez de la noche, y ya se dijo también, señor Valadez, que puede aceptarse la división del trabajo en ocho horas, aun cuando comience a otra hora después de las tres, a las cuatro, a las cinco; y como decía hace un momento el compañero Espinosa, no venimos a discutir si la Constitución está bien o mal; está hecha y a ella nos debemos apegar, es cierto, sí es cierto señores, es cierto; pero también decía que no pasando de ocho horas, bien pueden trabajar desde las seis hasta después de las diez de la noche, y esos establecimientos, pues, en realidad, es muy difícil saber si son comerciales o no lo son; (Risas.) eso es cuestión del Código de Comercio, o no sé de qué otra cosa. (Murmullos. Risas.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el ". diputado Trigo.

El C. Trigo: Ciudadanos diputados: Seré sumamente breve y no haré propiamente un estudio en apoyo de la cuestión a debate, porque opino que ya no la fracción de la ley a debate, sino la fracción II de la Constitución, es un perfecto disparate. Pero opino también, ciudadanos diputados, que mientras ésta exista, sale sobrando que vengamos a perder el tiempo aquí en bizantinismo, porque nada habremos conseguido. Creo que los ciudadanos diputados que no comulgan con esta manera de pensar de la Comisión, en vez de impugnar en la tribuna, pueden seguir el procedimiento que me indicara el compañero Palacios Moreno tiene pensado a este respecto: como muda protesta a la fracción II del artículo 123 constitucional, votaré por la negativa. Podríamos hacerlo todos los diputados si así nos place, pero absolutamente sale sobrando desde luego toda discusión, puesto que la Comisión no puede cambiar absolutamente la letra ni el espíritu de la fracción II del artículo 123.

El C. diputado Espinosa, con una originalidad que desde luego le reconozco, nos hacía la aclaración de que no es establecimiento comercial una fonda o restaurante.....

El C. Espinosa Luis, interrumpiendo: ¡Protesto, no he dicho eso!

El C. Trigo: No se incomode usted, compañero no es para tanto.

El C. Espinosa Luis: no acostumbro........

(Campanilla.)

El C. Presidente: no se le ha concedido el uso de la palabra al C. Espinosa.

El C. Trigo, continuando: Pido mil perdones al violentísimo C. Espinosa y rectifico: algún ciudadano diputado desde esta tribuna lo dijo así. La fracción II del artículo 123 constitucional dice textualmente:

"Queda también prohibido a unos y a otros -se refiere a menores y a mujeres- el trabajo nocturno industrial; y en los establecimientos comerciales no podrán trabajar después de las diez de la noche."

Yo entiendo por establecimiento comercial todo aquel abierto al público con miras lucrativas, es decir, donde se obtiene un lucro, una utilidad, donde se establece un verdadero comercio; y yo no sé hasta hoy, señores diputados, que en una fonda no se cobre o no se obtenga ese lucro igualmente como en cualquier otro establecimiento de carácter comercial. En esta virtud, yo creo que esa sutileza de interpretar la parte final de la fracción II, no pasa de ser una mera sutileza. Yo ruego humildemente a esta honorable Asamblea se sirva, siquiera en gracia de lo acaecido en pasados días, suprimir las injurias desde aquí y dejar de perder el tiempo. Si esto no tiene remedio -y aquí puede aplicarse justamente la máxima latina de Duralex-, pues ¿para qué perdemos el tiempo si no podemos hacer nada mientras no reformemos la Constitución?

El C. Trejo: Pido la palabra para una interpelación al orador.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Trejo, para una interpelación.

El C. Trejo: Pregunto al señor Trigo cuál de los dos artículos tiene más fuerza para él: ¿el 4o. constitucional o la fracción II del 123? (Voces: ¡El 4o.!)

El C. trigo: Para mí tienen fuerza de ley todos los artículos concebidos en la Constitución, ciudadano diputado. (Aplausos.)

El C. Presidente: Para alusiones personales, tiene la palabra el C. Avilés.

El C. Avilés: (Voces: ¡Duro! ¡Duro! ¡Duro!) Señores diputados: Lamento sobremanera que asuntos de la vida privada se traigan al tapete de la discusión de esta Cámara. A mí no me ha llegado a invitar el C. Martínez.... (Voces: ¡Chávez!) a que vaya a ninguna parte con él.... (Voces: ¡Chávez! o el C. Chávez, ni mucho menos a emborracharme, y dado caso que así hubiera sido, ese asunto creo que a la única que si acaso le interesaba era a mi mujer. (Risas.) Ahora, que para venir a atacar una ley o aun artículo de ley que esté a discusión se traigan asuntos de la vida privada, debe ser enteramente reprochable por esta Asamblea. Ya huelga no solamente que aquí en esta Asamblea, sino aún en la misma prensa de la capital, que diariamente hace un penegírico de esta Asamblea, salgan asuntos de la vida privada que absolutamente nada tiene que ver con la vida pública de los ciudadanos diputados. Yo desde esta tribuna vengo a hacer protesta formal tanto por los que aquí vienen a atacar la vida privada desde esta tribuna, como de los señores periodistas que ya han

tomado como platillo del día atacar la vida privada de todos los funcionarios públicos.

El C. Prosecretario Aguilar: Habiendo hablado todos los oradores inscriptos, en votación económica se consulta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el artículo a debate. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Suficientemente discutido. En votación económica se consulta a la Asamblea si ha lugar a votar. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Sí ha lugar a votar. Se va a proceder a recoger la votación nominal.

- El C. Secretario Soto, leyendo:

"Artículo 46. También se observará la jornada legal en los restaurantes, fondas, pastelerías, neverías, hoteles y demás establecimientos similares, no pudiendo trabajar en esto las mujeres, después de la diez de la noche."

Por la afirmativa.

El C. secretario Pesqueira: Por la negativa.

(Comienza la votación.)

- El mismo C. secretario: La Presidencia suplica a los ciudadanos representantes se sirvan guardar compostura.

(Continúa la votación.)

- El mismo C. Secretario: La Presidencia nuevamente suplica a los ciudadanos diputados se sirvan permitir tomar la votación.

(Termina la votación.)

- El mismo C. Secretario: Votaron por la negativa 51 ciudadanos diputados.

El C. Secretario Soto: Votaron por la afirmativa 90 ciudadanos diputados. Aprobado el artículo 46, reformado. (Aplausos.)

- El mismo C. Secretario se va a proceder a recoger la votación nominal de los artículo 36, 38 y 40, que no fueron objetados, por la afirmativa.

El C. Secretario Pesqueira: Por la negativa.

(Se recogió la votación.)

El C. Secretario Soto: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? Se procede a la votación de la Mesa. Se recogieron 111 votos por la afirmativa. No hay quórum. La orden del día para mañana es la Ley de amparo. (Voces: ¡Multa! ¡Multa!)

El C. Presidente: Se levanta la sesión y se cita para mañana a las cuatro de la tarde. (6.46 p. m.)