Legislatura XXVIII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19181116 - Número de Diario 75

(L28A1P1oN075F19181116.xml)Núm. Diario:75

Colegio Electoral

ENCABEZADO

MÉXICO, SÁBADO 16 DE NOVIEMBRE DE 1918

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Año 1.- Periodo Ordinario | XXVIII LEGISLATURA | Tomo 1.- Número 75

SESIÓN DE COLEGIO ELECTORAL

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DE 1918

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior. Es puesto al debate el dictamen presentado por el 5o. Grupo de la 12 Comisión Revisora de Credenciales, sobre las elecciones verificadas en el 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo, siendo desechado en votación nominal, por lo que vuelve a la Comisión para su reforma en el sentido de la discusión. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencial del C. CÉSPEDES ELÍSEO L.

1

(Asistencia de 126 ciudadanos diputados y presuntos.)

El C. Presidente, a las 11 a. m.: Se abre la sesión.

- El C. Secretario Pesqueira, leyendo:

"Acta de la sesión de Colegio Electoral de la Cámara de Diputados, celebrada el día 14 de noviembre de mil novecientos diez y ocho.

"Presidencia del C. Elíseo L. Céspedes.

"En la ciudad de México, a las seis y treinta y cinco de la tarde de jueves catorce de noviembre de mil novecientos diez y ocho, con asistencia de ciento cuarenta y siete ciudadanos diputados y presuntos, según costa en la lista que previamente pasó el C. Prosecretario Aguilar, se abrió la sesión.

"El mismo C. Prosecretario leyó el acta de la sesión celebrada el día doce del presente mes, la que se aprobó sin debate.

"El C. Secretario Pesqueira leyó el dictamen formulado por el 1er. grupo de la . Comisión Revisora de Credenciales que trata de las elecciones en el 1er Distrito Electoral del Estado de Aguascalientes, y que propone para diputados propietario y suplente, respectivamente, a los CC, Juan Díaz Infante y J. Trinidad Pedroza.

"Puesto a discusión usaron de la palabra los CC. Rocha y Andrade el primero para impugnar el dictamen y el segundo para sostenerlo, a nombre de la Comisión. Los conceptos de estos ciudadanos dieron lugar a que mutuamente se interpelaran y luego habló en pro el C. Trigo, quien dirigió preguntas a los CC. Padres y Rocha. A petición de éste a la Secretaría informó que al resolverse sobre su credencial, el C. Andrade había votado por la afirmativa, y continuó en el uso de la palabra para hechos el C. Rocha, el que respondió a una interpelación del C. Padres y dirigió otra al C. González marciano. El. C. Alvarez del Castillo hizo una aclaración y el C. Andrade volvió a interpelar al C. Rocha. El mismo C. Andrade leyó un párrafo de una carta que el C. Rocha dirigió a los miembros del Bloque Liberal Nacionalista, e inmediatamente se estimó el dictamen suficientemente discutido.

"En votación económica se aprobó la primera proposición que declara válidas las elecciones. Respecto de la segunda se recogió votación nominal a petición del C. Rocha, debidamente apoyado, y se obtuvieron ciento diez y siete votos de la afirmativa contra veinticuatro de la negativa. En consecuencia la Secretaría declaró diputado propietario al C. Díaz Infante y diputado suplente al C. Pedroza.

"Leyóse un escrito del C. Aceves, en que protesta con motivo de los cargos que dice le hizo en la sesión del Colegio Electoral celebrada el día doce de los corrientes, el C. Marciano González.

"Este escrito que recibió el trámite de "Dese cuenta y archívese" motivó aclaraciones de dicho C. Marciano González.

"A las siete y cincuenta se cerró la sesión y se citó para las cuatro de la tarde del día siguiente, a sesión de Cámara de Diputados."

Está a discusión el acta. ¿No hay quien haga uso de la palabra? No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobada el acta.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"1a. Comisión Escrutadora.- 5o grupo:

"Honorable Asamblea:

"Al 5o. grupo de la. Comisión Revisora de Credenciales pasó para su estudio el expediente de las elecciones ordinarias de diputados verificadas.

el 28 de julio último en el 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo, habiendo encontrado lo siguiente:

"La Junta Computadora de Tulancingo extendió las credenciales respectivas a favor de la fórmula Ruiz Martínez - Franco la que obtuvo mayoría de sufragios en la justa electoral; pero la Comisión estima que dichos sufragios son de todo punto nulos por las siguientes razones: En primer término, por la inelegibilidad de la persona en quien recayó la elección y en segundo lugar por la presión ejercida en favor del propio C. Ruiz Martínez.

"I. El C. Manuel Lailson Banuet probó ante la Comisión que el C. Ruiz Martínez es mayor de caballería en funciones de preboste y en servicio activo y que no se separó del servicio militar noventa días antes del de la elección y, en consecuencia, la votación obtenida en favor de dicho señor se encuentra afectada totalmente del vicio de nulidad. Funda el C. Lailson Banuet este primer aspecto de la cuestión en el hecho de existir en poder de esta Subcomisión un certificado de la Secretaría de Guerra y Marina, de fecha 20 de septiembre del año en curso, subscripto por el C. general Juan José Ríos, Oficial Mayor Encargado del Despacho, en donde claramente se afirma que el precitado Ruiz Martínez no obtuvo licencia de esa propia Secretaría para dedicarse a asuntos políticos sino que se le concedió una a partir del 8 de abril del año en curso, por enfermedad, durante dos meses, licencia que feneció en junio. Existen, además, otros dos certificados por conducto del Juzgado Primero Su pernumerario de Distrito en que, aludiendo a la misma licencia, se afirma que le fué otorgada a Ruiz Martínez a fin de que atendiera su salud en esta capital y no para salir fuera de ella no habiendo constancias de que se le haya prorrogado para que se presentara como candidato a diputado al Congreso, con goce de haber. Se corrobora lo anterior con un certificado del pagador de la brigada 15, al mando directo del C general Francisco de P. Mariel, en el que se hace constar terminantemente que al ciudadano mayor de caballería le han sido cubiertos sus haberes por esa Pagaduría General hasta el 20 de agosto, fecha de expedición de dicho certificado y se destruye en absoluto, con las anteriores constancias fehacientes el dicho de dos certificados, uno de ellos dirigido al C. general Fernando vizcaíno y otro expedido por la Jefatura de Operaciones del Sur. Y como último y contundente argumento de la tesis que viene sosteniendo esta Subcomisión está una minuta presentada por el propio Ruiz Martínez, de su solicitud de licencia, en la que claramente asienta que es mayor de caballería de la brigada 15, en funciones de Preboste.

"En cuanto al aserto de Ruiz Martínez, quien afirma no ser militar sino simple asimilado diremos que los prebostes son militares efectivos y no simples asimilados como lo demuestra la circunstancia de no estar comprendido en ninguna de las ocho fracciones del artículo 4º del decreto de 12 de enero de 1914 en la parte que trata de los combatientes. Para desempeñar el puesto de preboste, se necesita ser militar y no simple asimilado por que tal cargo comprende funciones muy elevadas y que se relacionan no sólo con la disciplina y moral de las tropas sino también con su abastecimiento. El preboste cuida, desde impedir que se vendan a las tropas comestibles y licores nocivos a la salud hasta proteger a los habitantes del lugar y practicar las diligencias que les encomienda el Código de Justicia Militar; de modo que el preboste tiene jurisdicción, económica policíaca y judicial. El artículo 1.310 de la Ordenanza General del Ejército concede, además, a los prebostes, para el desempeño de sus funciones el mando de la gendarmería militar. El preboste es, por lo tanto, un militar con inusitada influencia en la división o brigada y con mando directo sobre tropa armada, la policía militar; siendo, a un tiempo, dictador de alimentos, policía y juez.

"Como mayor de caballería y preboste, Ruiz Martínez debió, sin género de duda, separarse del servicio noventa días antes del de la elección, para poder ser electo diputado; son nulos, en consecuencia, los votos que éste obtuvo, de conformidad con la fracción I del artículo 43 en relación con la última parte del 105 de la Ley para Elección de Poderes Federales. Examinada la falta de capacidad de Ruiz Martínez para ser electo pasaremos examinar los demás defectos de que adolece la elección de dicho señor, siendo el principal de ellos la presión militar ejercida en su favor por las autoridades civiles y militares de esa región, lo que se demuestra con dos cartas originales del C. Ruiz Martínez dirigidas al C. ingeniero J. Reynoso, diputado al Congreso de la Unión, de fechas 1o. y 2 de mayo actual, en las que paladinamente Ruiz Martínez confiesa contar con el apoyo de las autoridades.

"II. El cargo de preboste y mayor de caballería en la brigada 15 d las órdenes del C. general Francisco de P. Mariel explica la presión ejercida por las autoridades militares y civiles del Distrito en favor de dicho candidato. existiendo en poder de la Subcomisión bastantes oficios y cartas que forman un cúmulo de presunciones en éste sentido, tales como un párrafo publicado en "El Universal," diario de esta metrópoli en que se da cuenta de un banquete de los simpatizadores del candidato Ruiz Martínez, contándose entre éstos el mayor Serafín Morales, Jefe de las fuerzas de la guarnición en Tenango de Doria, no pudiéndose dudar de la veracidad de estos datos por ser el C. Ruiz Martínez quien los proporcionan, como corresponsal del diario aludido.

"Por lo tanto, y teniendo en cuenta que la fórmula la que sigue en votos a aquella en que figura el ciudadano expresado, es la Manuel Lailson Banuet Félix Franco, en favor de ella debe hacerse la declaratoria respectiva; permitiéndonos, al efecto, someter a la aprobación de la H. Asamblea, los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero: Es nula la elección verificada el 28 de julio último en el 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo en favor del C. Ignacio Ruiz Martínez, para diputado al Congreso de la Unión.

"Segundo: Es válida la elección verificada en el mismo Distrito en favor de los CC. Manuel Lailson Banuet y Félix Franco, para diputados propietario y suplente al Congreso General.

"Tercero: Son diputados porpietario y suplente

al Congreso de la Unión por el 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo, los CC. Manuel Lailson Banuet y Félix Franco.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México. 2 de octubre de 1918.- E. L. Céspedes.- C. Galindo.- J. Castillo Torre."

Está a discusión el dictamen de la Comisión. Los que deseen hacer uso de la palabra pueden pasar a inscribirse.

El C. Presidente: Se han inscripto para hablar en contra los CC. Pastor, Garza Candelario y Ruiz Martínez, y en pro el C. Lara César. Tiene la palabra en contra el C. Pastor. (Aplausos y murmullos.)

El C. Pastor: Honorable Asamblea: Vengo a esta tribuna a impugnar el curioso dictamen de la Comisión que ha conocido la elección en el 9o. Distrito del Estado de Hidalgo. En los comicios resultó favorecido el C. Ignacio Ruiz Martínez, en contra del C. Manuel Lailson Banuet, este último miembro de la pasada XXVII Legislatura y primogénito de la "División 21," al mando del señor general Jesús Agustín Castro. (Siseos.) El resultado de esa elección fué como sigue: el C. Ignacio Ruiz Martínez obtuvo un total de 2.218 votos, contra 1,567 del C. Manuel Lailson Banuet. Así es que, en principio, la mayoría de votos estuvo a favor del C. Ignacio Ruiz Martínez. La Comisión, oyendo todas las quejas del C. Lailson Banuet, ha cambiado el sentido de esta elección, fundando su dictamen en dos hechos, según ella, principales: que el C. Ruiz Martínez es mayor en servicio activo; segundo, que el C. Ruiz Martínez ejerció presión. Voy a probar con documentos oficiales y con los preceptos de la ley, que ni uno ni otro postulado son ciertos, sino que son producto únicamente de la pasión y de ciertas intriguillas que hay entre bastidores. Paso al primer punto. Dice la Constitución en su artículo 55:

"Para ser diputado se requieren los siguientes requisitos:......

"IV. No estar en servicio activo en el Ejército Federal ni tener mando en la policía o gendarmería rural en el Distrito donde se haga la elección, cuando menos noventa días antes de ella"

Voy a demostrar que el C. Ruiz Martínez se ha separado del servicio con una licencia y que, estando separado del servicio, no pudo haber estado con mando de fuerzas. Los oradores que me seguirán en el uso de la palabra en contra del dictamen, tal vez lleguen a probarle a la Asamblea que el que desempeña el cargo de preboste no es militar en servicio activo; yo concretaré mi defensa únicamente a sentar el hecho de que el C. Ruiz Martínez está con licencia desde el día 10 de abril de 1918, hasta el 26 de agosto de este mismo año, es decir, después de las elecciones. La Constitución, al prevenir que se separen los militares en servicio activo tres meses antes de la elección, no dice que se separen absolutamente, y tenemos aquí los precedentes del C. general Cárdenas, del C. capitán Castillo Garrido, del C. Isaac Arriaga, a quienes se llegó a probar plenamente que estaban en servicio activo. A pesar de estos precedentes, yo procuraré desvanecer la afirmación que se ha hecho de que el C. Ruiz Martínez está en servicio activo.

El militar que desea separarse del servicio empieza por pedir una licencia; si ésta, por su inmediato superior le es contestada en sentido afirmativo, entiendo que desde ese momento en que le dicen:

"Puede usted empezar a hacer uso de esta licencia" y que entrega el cargo que tenía a sus órdenes, entonces se le puede considerar ya como separado del servicio. Aquí constan los certificados expedidos por el general Francisco de P. Mariel, jefe de la brigada del mismo nombre, la brigada "15," en que certifica la separación del C. Ruiz Martínez con motivo de la licencia y de que entregó la oficina de preboste de esa misma brigada, que estaba a cargo del C. Ruiz Martínez; un oficio de la Secretaría de Guerra, en donde le reitera la licencia que ya le había concedido el ciudadano general en jefe de la brigada. Voy a rogar a la Presidencia se sirva ordenar a la Secretaría que dé lectura a este documento.

- El C. Secretario Pesqueira, leyendo:

Al margen un timbre de a cincuenta centavos debidamente cancelado.

Al centro: "El general Francisco de P. Mariel, en jefe de la brigada "15," certifica: que el C. mayor Ignacio Ruiz Martínez, que desempeñaba el cargo de preboste de la referida brigada, se separó del servicio activo de su empleo, con fecha 10 de abril del año en curso, concediéndosele la licencia que en debida forma solicitó, por estar comprendido el interesado en las prescripciones que marcan los artículos 896 y 906 de la Ordenanza General del Ejercito, dándose el correspondiente aviso a la Secretaría de Guerra y Marina, la que, en atención al certificado médico militar que pidió y se le remitió, fechado el 26 de junio último y en el que se indica que además del tiempo de curación del 10 de abril al 26 de junio que se indicó, el interesado necesitaba estar separado del servicio otros dos meses, a partir de la última fecha, la misma Secretaría tuvo a bien conceder estos dos meses, según lo comunicó al Cuartel General de la brigada de mi mando y se hizo del conocimiento del interesado.

"Lo que hago constar para los efectos a que haya lugar.

"Constitución y Reformas.- México, D.F., a 20 de agosto de 1918.- El general en jefe de la brigada "15," F. de P. Mariel."

El C. Pastor. continuado: Por la lectura de este documento consta que el C. Ruiz Martínez obtuvo la licencia desde fecha 10 de abril del año en curso, hasta el 26 de junio, y después, a partir de esta fecha, obtuvo dos meses más de licencia. Con fecha 8 de abril de 1918, el C. Ruiz Martínez hizo entrega de la oficina de prebostía que tenía a su cargo en esa brigada, según consta en esta acta.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"Ejercito Constitucionalista.- C. de E. de Oriente.- Brigada "15."- Prebostía.

"En la ciudad de Tulancingo, Estado de Hidalgo, a las diez de la mañana del día ocho de abril de mil novecientos diez y ocho, presentes en la oficina prebostal de la brigada "15" los CC. mayor Ignacio Ruiz Martínez, preboste de dicha brigada, y el capitán José Arturo Nuñez, este dijo al primero que, para cumplir con lo ordenado por la superioridad y de conformidad con el documento

que exhibía, se hace presente con el fin de encargarse accidentalmente de la oficina prebostal, a lo que contestó el primero que está dispuesto a cumplir inmediatamente con lo mandado y al efecto, con intervención del C. teniente coronel Jesús Jiménez, jefe del Detallé General, hace formal entrega de la oficina prebostal al capitán segundo José Arturo Núñez, entregándole los útiles existentes y poniéndolo al tanto del curso de los asuntos. En seguida se acordó levantar por triplicado el acta respectiva, dándose cuenta con ella a la superioridad. Con lo que terminó el acto, levantándose la presente, que para su debida constancia firmaron el mayor Martínez, capitán Núñez , interventor teniente coronel Jiménez, y dos testigos de asistencia.- Entregué, el mayor I. R. M.- Recibí, el capitán segundo, J. Arturo Núñez.- Interviene, teniente coronel, Jesús Jiménez.- Testigo, el capitán primero R. Guzmán.- Testigo. el capitán segundo Reynaldo García."

El C. Pastor, continuando: Desde el momento en que esta acta se firmó, dejó el señor Ruiz Martínez de estar a cargo de la oficina prebostal. Así es que, aun cuando se considerara como cargo de mando, de armas.- que no lo es-, el ser preboste, el C. Ruiz Martínez no puede ser tachado de haber estado en servicio activo, puesto que pidió una licencia y no estaba con mando de fuerzas, puesto que había entregado esa oficina. Por si esto fuera poco, viene después la confirmación de la licencia que él solicitó, ratificada por la Secretaría de Guerra y Marina, según consta en este oficio, al cual la Secretaría va a hacerme favor de dar lectura.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"Secretaría de Estado y del Despacho de Guerra y Marina.- México.- Departamento de Caballería.- Sección 3a.- Mesa 2a.- Número 87398/20865.

"Hoy se dice al ciudadano general de División, Jefe de las Operaciones Militares en el Sur, lo siguiente:

"Esta Secretaría ha tenido a bien disponer, se concedan dos meses de licencia, con goce de haberes vencidos, al C. mayor de caballería Ignacio Ruiz Martínez, Preboste de la Brigada "15." a fin de que en esta Plaza atienda al restablecimiento de su salud; en el concepto de que los haberes que le corresponden por dicho permiso, los percibirá por conducto de la Pagaduría de esta Secretaría."

"Lo que inserto a usted para su conocimiento, fines consiguientes y como resultado de su curso relativo de fecha 5 de abril último.

"Reitero a usted mi atenta consideración.

"Constitución y Reformas.- México, julio 13 de 1918.- Por orden del General, Oficial Mayor Encargado del Despacho, el coronel Subjefe Interino Encargado del Despacho, el coronel Subjefe Interino Encargado del Departamento, Josué, M. B.

"Al C. mayor de caballería Ignacio Ruiz Martínez, Preboste de la Brigada "15."- Tulancingo, Hgo."

El C. Pastor, continuando: Ven ustedes que a la primera licencia concedida en uso de sus facultades por el General Jefe de la Brigada, se sobrepuso todavía, se añadió, se puede decir esta licencia por dos meses más, puesto que al no indicar fecha en que se empiece a hacer uso de esta licencia, se entiende que es desde el momento en que la firma el Oficial Mayor: Así es que es una prolongación de la licencia primitiva de que disfrutaba, una autorización para seguir separado del servicio de las armas. Al preguntar la Comisión Revisora a la Secretaría de Guerra las condiciones en que obtuvo esta licencia el C. Ruiz Martínez, la Secretaría de Guerra hizo la minuciosa - y yo diría, capciosa -, aclaración, de que el C. Ruiz Martínez había obtenido la licencia para curarse de los males de que adolecía y no para dedicarse a la política. Eso implica una mala fe de parte de los que agenciaron esa licencia, porque la Constitución no dice que deberá pedir la licencia expresamente para tales o cuales fines, sino que se separe únicamente del servicio. Si el C. Ruiz Martínez hubiera utilizado la licencia en curarse, en pasearse, en volar, eso importaba poco a la Secretaría de Guerra y mucho menos a la Comisión dictaminadora.

No quiero cansar la atención de la Asamblea con la lectura de muchos documentos; por éstos, que para mis son los principales, creo se habrá dado cuenta la Asamblea de que al C. Ruiz Martínez no se le puede tachar de haber estado en servicio activo, puesto que tiene dos certificados de estar disfrutando una licencia desde el 10 de abril hasta el 26 de agosto. Hay un considerando más que hacer, que no puedo menos que tocarlo: se dice que como él era Preboste, estaba en servicio activo; eso indica un desconocimiento absoluto de las funciones del Preboste; el Preboste, que es un miembro del servicio de la administración de justicia, no tiene mando de fuerzas, puesto que manda fuerzas el que manda infantería, caballería, artillería o aviación, en último caso, pero nunca el que haga las funciones de un colector de actas de policía judicial, de un encargado de conocer de los innúmerables chismes que se presentan por los abusos o por los atropellos que nunca dejan de cometer las tropas. Esto lo menciono, porque está en ello fundada la popularidad que el C. Lailson Banuet le niega al C. Ruiz Martínez. Es innegable que no sólo en la República, sino en todos los países del mundo, la fuerza armada, por el so lo hecho de ser fuerza armada, comete abusos, y el Preboste es el que tiene que conocer de los abusos de esa fuerza. Si él ha amparado a los indígenas que se quejan, quién del robo de un borrego, quién del de una gallina, es natural que éstos, al recibir un servicio tan objetivo como es el de amparar sus intereses, a la hora de votar, si tenían que elegir entre el ciudadano que les había hecho justicia a todos y el ciudadano a quien no oyeron hablar y que no vieron más que en la jira campestre organizada por el C. general Castro para visitar la instalación de Necaxa, es natural que se inclinen del lado de aquel que les ha hecho servicios.

Paso al otro cargo que se le hace al C. Ruiz Martínez: el de que él confiesa en una carta dirigida a un señor J. Reynoso, en la que decía, que contaba con todas las autoridades, con todo el pueblo y con todas las fuerzas para que le ayudaran. En esto hay una singular mala fe al interpretarlas como síntoma de presión; hay que trasladarnos al momento en que esta carta se escribió. La pugna electoral arreciaba, el "Partido Liberal Nacionalista,"- al cual me honro en pertenecer, a pesar de los "mes" que subrepticiamente me saludan -, ya empezaba a tener la fuerza que desarrolló ampliamente en las elecciones. Los candidatos que no tenían tras de

sí a ningún poderoso general que les ayudara, era natural que buscáramos el acogernos a un partido que tenía las apariencias de ser el más fuerte. Si a ese partido se llegaba mendigando, ni contestación se recibía; había que decir: tengo elementos - en general se tenían -; si se contaba con el apoyo del pueblo, si se contaban con la aquiescencia de las autoridades, porque espero que todos y cada uno de ustedes, en su fuero interno, convendrán en que el pueblo mexicano , sobre todo el pueblo indígena , no da paso en contra de las autoridades municipales. Y aunque muchos muevan la cabeza negativamente, el primer paso que dimos todos los candidatos fué asegurarnos por lo menos una benevolencia por parte de las autoridades municipales. Así es que el C. Ruiz Martínez, exagerando el prestigio de que gozaba y queriéndole hacer ver al señor Reynoso la fuerza de que disponía, le dijo de que contaba con tales y cuales elementos. Esa carta, por un quid pro quo, consistente en las iniciales del nombre, fué a dar a manos del señor Juan Tirso Reynoso, quien se ignora por qué conducto la hizo llegar al señor Lailson Banuet. Así es esas cartas, el señor Lailson Banuet las tuvo en su poder y por ellas se enteró que había probabilidades de que se ejerciera presión en su contra. El, como miembro de la XXVII Legislatura que asistió a los debates en que se discutió la Ley Electoral, debía haber conocido perfectamente este artículo 53, que dice:

"Artículo 53. Concluida la instalación en la forma expresada, el Presidente preguntará en voz alta si alguno de los presentes tiene que hacer queja o denuncia por cohecho, soborno o amenazas para que la elección recaiga en determinada persona y anotará el resultado de esta pregunta."

Esta para mí es la única oportunidad legal para hacer constar las presiones en el momento de la elección, y por escrito, en el lugar que la ley señala, que es en el acta de instalación de la casilla, presión que no se hace constar aquí, sobre todo cuanta el interesado tenía noticias de que podría haber presión en su contra; si no se hace constar, repito, en esas actas de instalación, es evidente que esa presión no existió. Que después haya conocido el señor Lailson Banuet que el resultado de la elección le fué desfavorable, a pesar de que en algunas casillas, como la de Tutotepec, tuvo una mayoría de 700 votos contra 100 del señor Ruiz Martínez, culpa es de él, y es el mejor indicio de que esa presión no existió. Se nos dirá que es confesión de parte del señor Ruiz Martínez haber dicho que contaba con las autoridades.

Ya otras veces cuando se han exhibido aquí cartas de individuos que se dicen defraudados en la justa electoral porque se desconocen certificados que les habían dado con anterioridad los pueblos, tales como actas de clubes y actas de adhesión. El señor diputado general Manuel García Vigil asentó aquí que siendo el voto función de libre albedrío en los votantes, ellos podían cambiar de opinión en cualquier momento hasta antes de la votación. Me permito interpelar al señor García Vigil si en alguna ocasión, que no recuerdo exactamente cuál fué, dijo esas o parecidas palabras. Con permiso de la Presidencia.

El C. García Vigil: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. García Vigil: No recuerdo exactamente si lo he dicho, pero estoy enteramente de acuerdo con lo que usted acaba de decir. (Aplausos.)

El C. Pastor. continuando: Así es que tenemos por un lado la libre voluntad de los votantes, puesto que no se les llevó pistola en manó para votar y que los únicos a quienes se podría tachar de obrar bajo la influencia de una presión oficial, una presión militar para decirlo claro, como son los soldados, en las casillas en que ellos votaron precisamente quien menos votos obtuvo fué, el señor Ruiz Martínez; así es que la única presión que podía haberse ejercido de hecho, la presión militar, si se ejerció, más bien me inclino a creer que sea al lado del señor Lailson Banuet como consecuencia de esa exhibición que hizo a través del distrito acompañando en su correría al señor general Jesús Agustín Castro. Si no hizo constar el señor Lailson Banuet esa presión, como no la hizo constar de hecho, puesto que si los señores sostenedores del pro desean, se puede dar lectura al párrafo correspondiente a las actas de instalación, resultará desvanecido completamente ese cargo de presión, Dejo a los señores que me sigan en el uso de la palabra rebatir los demás considerandos del pro, los que creo difícil que lleguen a convencer a esta Honorable Asamblea. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra en pro el C. Lara César. (Siseos.)

El C. Lara: Respetables compañeros: (Toses. Campanilla.) He pedido la palabra para venir a esta tribuna a sostener el curioso dictamen, como dice el compañero Pastor, que la Honorable Comisión rindió acerca de la elección del C. Manuel Lailson Banuet.

Principio por decir a ustedes, como después demostraré por las muchas irregularidades cometidas en esa elección, por la presión ejercida y por la inhabilidad del electo, que el señor Ruiz Martínez no puede ser diputado al Congreso de la Unión. Para demostrar a ustedes esto. ruego a la Presidencia se sirva permitir que la Secretaría dé lectura a algunos documentos, a pesar de que ya el C. Pastor ha hecho referencia a algunos de ellos. (Murmullos.)

- El mismo C. Secretario. leyendo:

"Mayor Ignacio Ruiz Martínez.- Tulancingo.- Hidalgo.

"Tulancingo, mayo 1o. de 1918.- Señor ingeniero J. Reynoso, diputado al Congreso de la Unión.- México, D.F.

"Muy respetable señor y correligionario:

"Indudablemente por falta de escrupulosidad en el cumplimiento de sus deberes, hasta hoy recibí de la oficina de correos su grata certificada de fecha 25 de los corrientes, motivo por el cual no pude, como hubieran sido mis deseos, contestar inmediatamente las preguntas que se sirva hacerme, A pesar de todo hoy lo hago con sumo placer.

"El número de los militares que de una manera segura pueden votar por mí en este distrito electoral es en números redondos y como mínimum, de quinientos entre jefes, oficiales y tropa, pudiendo aumentar este número.

"Por lo que toca a las autoridades civiles con cuyo apoyo cuento, de manera decidida debo decir a usted que en primer término, cuento con el C. Presidente Municipal de esta ciudad a quien mi General

Mariel y nosotros ayudamos en debida forma recomendándole antes de las elecciones que cuando se tratara de mi candidatura para diputado al Congreso de la Unión se sirviera correspondernos con sus munícipes a quienes también ayudamos. Existe, pues, este compromiso que indudablemente se cumplirá en caso necesario, tomando en consideración que esta ciudad es la cabecera del Distrito Electoral por el que lancé mi candidatura. Cuento además con la mayoría de las demás autoridades civiles de esta región así como de la de Tenango de Doria. Me precisa hacer del conocimiento de usted que habiendo procurado el acercamiento de personas de influencia y prestigio tanto entre la clase indígena como entre las clases que pudiéramos decir elevadas, por supuesto teniendo en consideración sus simpatías hacia nuestros ideales revolucionarios, cuento con hacendados, industriales, profesionistas, rancheros y personas de la sierra que por razón de antigüedad son respetadas en determinadas regiones. Cuento por último con el Sindicato de Obreros de esta región.

"En cuento a los trabajos que hasta la presente haya realizado, manifiesto a usted que después de saber que contaba con el decidido apoyo de mi general Francisco de P. Mariel procuré por medio de mis amigos y personas de estimación, pulsar la opinión pública respecto a mi candidatura y viendo que fué acogida con agrado, pues soy bastante bien conocido y se sabe que siempre he hecho algún pequeño servicio a los pueblos, familias o personas, me resolví con entusiasmo y comenzar mis trabajos que hasta la fecha han sido de propaganda intensa, de manera de preparar el terreno para entre pocos días publicar mi manifiesto y procurar la instalación de los clubes de que ya me hablaron mis colaboradores. Tal vez el primer club lo instalará el Sindicato de Obreros, esperando su presidente únicamente mi indicación. Como dije antes, cuento con hacendados, industriales, profesionistas, etc., teniendo la seguridad de que, por lo que me han dicho y ofrecido de manera seria, el elemento civil trabajará con verdadero gusto por el triunfo de mi candidatura, pues todos están de acuerdo en que merezco su representación. Los trabajos subsecuentes, con la elocuencia de los hechos lo pondrán a usted al tanto de que mi candidatura tiene verdaderas simpatías que no son más que el resultado de mi manejo con los pueblos de esta región, sobre todo mi empeño por la seguridad de vidas y haciendas en la zona dominada por nuestras fuerzas y anhelo por minorar las penas de los desvalidos, todo esto de preferencia durante el período preconstitucional en mis funciones de preboste de la Brigada y de acuerdo con mi general Francisco de P. Mariel. Considero, como todos los hombres, que tendré desafectos, pero sin pretensión de ninguna naturaleza estoy seguro de que entre la mayoría de habitantes de esta región obtendré su voto con conocimiento de lo que van hacer y como recompensa muchos de algún insignificante favor que les haya hecho, o por último, por mi siempre conocido deseo de velar por el bienestar general.

"Respecto de luchas electorales, sólo tengo conocimiento de que el diputado Samuel Mariel ha comenzado su propaganda para su reelección por Huejutla, pareciéndome que tiene como contrincante al señor Jesús Azuara, coronel hermano del general. Mi general Mariel ayuda activamente al diputado.

"Por Zacualtipán va a lanzar su candidatura el doctor Emilio Arellano, y lo ayudará también con empeño mi general Francisco de P. Mariel. El doctor Arellano es buen amigo y me ayuda.

"Por Molango sé que está trabajando el Notario Jesús Silva.

"Termino manifestado a usted que hasta estos momentos no tengo conocimiento de que emprenda trabajos activos algún competidor mío, si hace algunos días el señor Lauro Hernández, hoy diputado al Congreso del Estado de Hidalgo, y el señor Lailson Banuet, han tocado el punto, uno por Tenango y otro por este lugar, conociendo yo el sentir de varios vecinos, considero que serán infructuosos sus trabajos, como ellos mismos ya lo comprenderán o se lo habrán dicho algunas personas de representación.

"Pongo punto a mi carta expresando a usted que tengo tan bien abonado este terreno, que aun cuando yo sin elementos pecuniarios de ninguna naturaleza, emprenda trabajos de mayor importancia, haré sacrificios, pero indudablemente tendré el mayor número de probabilidades para asegurar el fin que me proponga.

"En espera de sus respetables órdenes me repito de usted como su correligionario y respetuoso amigo, el mayor I.M.R.

"P.D.- Se me olvidaba decir a usted que mi general Mariel y coronel Fernández, en cartas particulares, se han dirigido a algunas autoridades y personas de influencia y prestigio, recomendando mi candidatura y suplicándoles desde luego comiencen los trabajos de propaganda.- Vale.- Sírvase decirme cuál es su domicilio más seguro."

El C. Lara, continuando: Ya ven ustedes, compañeros, cómo el señor Ruiz Martínez, con una inocencia infantil o con una osadía inconcebible, en cartas que calza con su firma declara que contaba con el apoyo decidido del señor general Francisco de P. Mariel y de todas las autoridades. (Murmullos. Voces: ¡Pruebas! ¡Y del pueblo!) Esto entra como soborno. Ahora bien, el C. Ruiz Martínez, hijo predilecto de los CC. general González y Mariel, ¡naturalmente que había de tener la mayoría de los votos, si eran arrancados al pueblo a fuerza de presión! Pero hay algo más, señores compañeros: Existe aquí otro documento, y voy a pedir a la Secretaría me haga favor de darle lectura.

- El mismo C. Secretario: Se dice que la Secretaría lea un documento, y este no es documento. (Risas.)

El C. Lara: Es la copia de un documento que está aquí en el expediente, que voy a buscar ahorita. No hay motivo de risa. Se va a leer este documento que está tomado en cuenta en el acta de la Junta Computadora, para lo cual me voy a permitir interpelar a la Comisión para que me diga si es cierto que está tomando en cuenta en el acta de la Junta Computadora este recado.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"Señor Cayetano Cruz.

"Apreciable amigo:

"Procure usted que todos los de San Miguel voten por la candidatura de Ignacio Ruiz Martínez para diputados, poniendo una raya en cruz adentro

de las ruedas verdes. Es de acuerdo con el Presidente, ya está arreglado así, lo mismo que en la boleta de senadores, poniendo una raya en cruz en las de Alfonso Cravioto. Nada más una raya en cruz adentro de las ruedas verdes.

"Su amigo y S. S.- Abraham de la Fuente."- Rúbrica.

El C. Lara, continuando : Suplico a la Comisión se sirva decir sin en el acta de la Junta Computadora no está tomando en consideración este recado. (Murmullos. Voces: ¡No está la Comisión!) Suplico a usted dirigiéndose al C. Castillo Torres) me diga si el recado subscripto por don Abraham Fuentes, esta tomado en consideración en el acta de la Junta Computadora del 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo.

El C. Castillo Torre, miembro de la Comisión: Ese documento escrito es una de las muchas pruebas de la presión civil y militar ejercida en le 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo; pero más que en el acta de la Junta Computadora, creo que consta de una de las protestas que se presentaron ante esa Junta Computadora.

El C. Lara, continuando: Hay, además, infinidad de cartas en que hasta acusan que fueron perseguidos los representantes y los partidarios de la candidatura Lailson Banuet. Aquí están las cartas subscriptas por multitud de ciudadanos.

El C. Rodríguez de la Fuente, interrumpiendo: ¡Ya las leyeron!

El C. Lara, continuando: Suplico a las Secretaría me perdone la molestia y que tenga la bondad de seguir leyendo esas cartas, que podrán normar el criterio de la Asamblea; son muchas, muchísimas. (Voces: ¡Uuh!)

- El mismo C. Secretario: "Tulancingo, Hgo., junio 15 de 1918...."

La parte relativa que piden que se lea dice así: (Voces: ¡Toda!) "Nada que he recibido...." (Voces: ¡Toda, toda!) Se va a leer toda, ciudadanos diputados.

El C. Lara: Hay otras cartas.

"Tulancingo, Hidalgo, junio 15 de 1918.

"Señor don Manuel Lailson Banuet.- México, D. F.

"Fino amigo:

"Nada que recibido sus letras, dígole esto. usted reclámeme no escribo: hoy lo hago para manifestarle: el lunes de la presente semana supe celebróse en el hotel Cuauhtémoc junta, ésta originada para dizque discutir persona para diputado por este Distrito, entre esas personas me dicen figura el recomendado de "Tarjetita," que en fin todo fué canto y nada de música. Últimamente he sabido también quien quiere la gorda para diputado por este mismo Distrito es un señor licenciado Constanzo Rodríguez, ex - Juez de Primera Instancia que fué en esta ciudad, este señor me dice pronto lanzará su candidatura, tan luego como sea esto y se fijen los programas, tendré cuidado de enviarle a usted uno.

"En mi anterior dije a usted el señor Ruiz Martínez habíase ido ya para la sierra hacer su propaganda, aquí aclarando yo con un amigo Munícipe, le dijo Martínez él contaba con la ayuda del señor general Mariel, así como con la del señor general González; en fin, le dijo tenía su negocio bien arreglado; como usted comprenderá, yo no me doy por entendido, esto para ocultar yo me intereso por usted, y después ya no sabré ni palabra, sencillamente porque se cuidarán. Toda la correspondencia de usted para algunas personas en ésta, esté usted seguro ha llegado a sus manos, razón que he tomado interés por su recibo.

"Les enviamos cariñosos recuerdos. Sabe que lo aprecia."

Una firma que no se puede leer. (Voces: ¡"A Vargas"! Campanilla.)

El C. Lara continuando: Hay otras cartas....

- El mismo C. Secretario, leyendo:

- El C. Prosecretario Aguilar, leyendo:

"Constanzo G. Rodríguez, abogado.- Estanco de Hombres, 10- A.- México, D. F. - Hotel de la Concha, dentro 7.- Tulancingo, Hidalgo.

"México, 19 de agosto de 1918.- Señor diputado Manuel Lailson Banuet. - Presente. Muy señor mío y amigo:

"Refiriéndome a la atenta de usted de esta fecha, relativa al incidente surgido entre el señor mayor Ignacio Ruiz Martínez y yo, el día 27 de julio último, manifiesto a usted que dicho incidente tuvo lugar en la ciudad de Tulancingo, en el interior del Cuartel General de la bregada "15;" que hice ver al referido mayor lo inconveniente que era tratar asuntos electorales en ese sitio, manifestándome él clara y terminantemente que él allí vive y que, por consiguiente, ahí mismo trataba y despachaba sus asuntos, viéndome entonces obligado a hacerle ver lo inconveniente de este y otros actos llevados a cabo por él, en su calidad de candidato a diputado y lo desigual que en consecuencia resultaba esa lucha.

"Sin otro particular, quedo de usted afmo. atto. S. S. y amigo.- Lic. Constanzo G. Rodríguez."

"Tulancingo agosto 12 de 1918.- Señor Manuel Lailson Banuet.- México.

"Querido amigo: El sábado próximo pasado que estuve en esta ciudad, le dejé recado en la droguería, para que nos viésemos en el "Hotel Washington," para informarle personalmente o darle algunos datos que contribuirán a robustecer más la seguridad de recaer en usted la aceptación de la Cámara para ejercer el cargo de diputado en el próximo período, y es lo siguiente:

"Que la contestación que dí al oficio del señor don Ignacio Ruiz Martínez que me dirigió, sólo se refiere a que no tuve conocimiento de que haya influido sobre que la elección de Munícipios hubiera recaído en determinadas personas, pues que en virtud de los grandes fraudes. insultos y calumnias de que había sido objeto, por haber recaído en mi favor la elección popular de este Municipio, por enemigos del pueblo, había visto con indiferencia todos los procedimientos de que se valieron los que ambicionaban tal cargo público y que, por lo mismo, había propuesto permaneciera enteramente neutral en las elecciones pasadas.

"Como usted sabe perfectamente, algunos oficiales se mezclaron en la propaganda, apoyando la candidatura de Aguirre, quien si resultó electo Presidente en la segunda elección, por anulación de la primera, que fué legal y honrada, esto se debió exclusivamente a la gran participación que

tuvieron no sólo varios militares, designo los empleados de las oficinas públicas y los munícipios estantes y salientes, observándose igual sistema en la presente elección de diputados y senadores, no sólo en esta ciudad, sino también en los Municipios que corresponden al Distrito Electoral.

"Ojalá y que la nueva corporación quede integrada por ciudadanos de principios firmes, progresistas y patriotas, para que el pueblo mexicano vea realizados sus más caros ideales.

"Sabe lo estima de corazón su amigo atento y S. S.- Jesús Estrada."

El C. Lara, continuando: Una última lectura a un documento; no es documento, es un recorte del periódico "El Universal," de que era corresponsal el señor Ignacio Ruiz Martínez, y suplico a ustedes tengan la bondad de oír su lectura, porque normará en algo el criterio de esta honorable Asamblea.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo

"Hidalgo.

"El mayor Martínez en su jira política.

"Únicamente para "El Universal."

"Tenango de Doria, Hidalgo, junio 14.- Procedente de Tulancingo ha llegado a ésta el mayor Ignacio Ruiz Martínez, haciendo propaganda política en favor de su candidatura para diputado al Congreso de la Unión. Encontró eco en todos los pueblos, rancherías y congregaciones que escucharon sus conferencias.

"En las cabeceras de Municipalidad expuso el señor Martínez su plan político, siendo de unánime aceptación, puesto que tiene por base la instrucción popular, la resolución del problema agrario y la reglamentación del trabajo.

"Acordó apoyar hasta el triunfo su candidatura.

"Después de varias juntas en las que se discutieron los antecedentes, méritos revolucionarios y competencia de los distintos candidatos de los que hasta la fecha se tiene conocimiento, se establecieron varias agrupaciones políticas, siendo las principales: la de Tenango de Doria, el club "Belisario Dominguéz," del Municipio de Tutotepec y el "Melchor Ocampo," de Huehuetla, esperándose las designaciones que se den a los clubes de Achiotepec, Tuto y Santiago.

"Festejos en honor del candidato.

"Como el señor Martínez es bien conocido en esta región y goza de generales simpatías, ha sido objeto de sencillos y significativos obsequios por parte de los pueblos que ha recorrido.

"En esta ciudad se obsequió al mayor Martínez con un paseo campestre y un baile, a iniciativa de las principales personas de la localidad, anotándose a continuación los nombres de todos los asistentes:

"Señoras: Brígida Santos de Cabrera, Francisca G. de Morales, Arcadia Galindo de Cruz y Aldegunda C. de Cabrera.

"Señoritas: María Gayosso, Tayde Cruz, Judith Reyes, Enriqueta Cabrera, Baudelia Soto, Esperanza San Juan, Rosario Gallegos Manera, Florencia San Juan y otras que no pudimos anotar:

"Señores: José Reyes, Manuel Gayosso, Herón Ríos, Tiburcio Rodríguez Santoscoy, mayor Serafín Morales, Jesús Oliver, licenciado José Siles, Adolfo Cabrera, Homobono Ruiz, José Rodríguez, Víctor Ríos, Félix Franco, Leobardo Gómez, Gildardo Cabrera, Cayetano Trejo Hernández, Quintín González, teniente Horacio Hernández, Odón Carbajal, Aurelio Soto, Gabino Gayosso, Heliodoro Lozano, Daniel Carrillo, Armando Mendoza, Herón Gallegos, Alfredo y Faustino Núñez y otros caballeros que no recordamos.

"El baile resultó muy lucido y animado y terminó a la media noche.- El Corresponsal."

- El C. Lara, continuando:: Hago constar que el mayor Serafín Morales, jefe de la región de Tenango de Doria.... Bueno, todos estos documentos, como son cartas tal vez la Asamblea no podrá o no querrá tomarlos en consideración; pero las cartas subscriptas por el C. Ruiz Martínez, en las que se encuentra la firma de él, firmas que no ha tenido ningún inconveniente en confesar paladinamente que son auténticas, prueban de una manera irrevocable que el C. Ruiz Martínez contaba con el apoyo decidido del C. general Francisco de P. Mariel. En esas cartas el C. Ruiz Martínez no habla de hechos por consumar, sino que dice que tiene el apoyo de la autoridades civiles, porque ellas le ayudaron, porque ellas lo pusieron en el puesto que desempeña. ¡Qué quiere decir eso?....

El C. Rodríguez de la Fuente, interrumpiendo: ¡Eso no quiere decir nada!

El C. Lara, continuando: ...Que el C. Ruiz Martínez, aunque diga el C. Rodríguez de la Fuente que no quiere decir nada, contaba con el apoyo del general Francisco de P. Mariel, jefe de la brigada 15 de la cual él pertenece: Esto implica una presión militar que no podrá destruir ni el C. Ruiz Martínez, ni el C. Rodríguez de la Fuente, aunque diga que no significa nada.

Ahora bien, eso es respecto a la presión militar. La cuestión de la inhabilidad del electo se cae de su peso; el C. Ruiz Martínez era mayor en servicio activo en el lugar de la elección. según lo declara la Secretaría de Guerra... (Voces: ¡No! ¡No!..)en un certificado que obra en el expediente y según lo declara también un certificado del pagador, en el que se dice que el C. Ruiz Martínez estaba pagado hasta el 20 de agosto del presente año. Así pues, señores compañeros, el C. Lailson Banuet es el legítimo representante del 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo, porque los votos que trae, son la prueba palpable de la espontaneidad de los vecinos de aquel lugar. El C. Ruiz Martínez no puede ser representante del 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo, porque los votos que trae son arrancados al pueblo por medio de la presión militar, por medio de la imposición; el C. Ruiz Martínez podrá venir aquí a representar la voluntad del C. general Francisco de P. Mariel por medio de la imposición y por eso, compañeros, yo pido a ustedes que se apruebe este dictamen y para que no quede duda respecto de la personalidad del C. Lailson Banuet, me voy a permitir, si ustedes lo quieren, que se conozca su actuación política a grandes rasgos. (Voces: ¡No! ¡No!) Quiero que me haga favor la Secretaría de dar lectura... (Voces: ¡No! ¡No! Campanilla) ... son dos o tres documentos muy chicos, señores compañeros.

El C. Bravo Izquierdo, interrumpiendo: ¡Moción de orden!

El C. Presidente: ¿Qué artículo del Reglamento se está violando?

El C. Bravo Izquierdo: Voy a explicar a Su Señoría qué artículo el Reglamento se está violando: Creo que el C. Lara pidió la palabra en pro del dictamen y no para hacer la apología del C. Lailson Banuet. Por consiguiente, está violando el Reglamento.

El C. Lara, continuando: Para hablar en pro del dictamen tengo que poner en conocimiento de la Asamblea, para aquellos que no la conozcan, la actuación política del C. Lailson Banuet, que es muy acrisolada. Aquí hay un periódico de fecha septiembre 3 de 1914, en el cual escriben los CC. Marcos López, Eduardo Carrera, Ignacio Borrego, Neri, Salvador Gómez y otros son verdaderas personalidades en política. El artículo es muy chico y muy interesante por lo cual ruego a ustedes tengan la benevolencia de escuchar.

- El mismo C. Prosecretario: "El Fénix. "Bisemanal nacionalista. Segunda época. Año primero. Tomo primero Número 6.

"Al señor Oficial Mayor Encargado del Despacho de Gobernación.- Los hermanos Lailson Banuet.

"Hace largos diez y siete meses que los señores Enrique, Adolfo y Manuel Lailson Banuet fueron capturados por los esbirros de huerta y llevados a Quintana Roo, de cuyo destierro no pueden regresar todavía.

"Los hermanos Lailson se iniciaron en la Política en el año de 1910 en el Partido Nacionalista Democrático, donde realizaron trabajos de gran importancia en favor de la democracia iniciada por el apóstol madero, del que fueron adictos fervientes. Tomaron parte activa en las elecciones de ese año y en varias conspiraciones cuando se iniciaba la Revolución. Enrique Lailson fué capturado e internado en la Penitenciaría del Distrito Federal; Adolfo se tornó en propagandista de hojas impresas y Manuel se levantó en armas en el Estado de Guerrero, al lado de los hermanos Figueroa.

"Durante el Gobierno de la legalidad no descansaron en sostenerlo con la palabra y la pluma en todas las ocasiones propicias; combatieron rudamente los cuartelazos felicistas de Veracruz y México, a la caída del Presidente madero combatieron a Huerta por medio de hojas impresas que escribían, imprimían y repartían, hasta que a fines de marzo de 1913 fueron capturados y llevados a un cuartel, de donde partieron al destierro.

"Los amparos presentados a los Juzgados de Distrito no dieron resultado alguno porque Blanquet los consideró muy peligrosos. Pero cayó Huerta y continuaron en el destierro; cayó Carbajal y nada se sabe hasta hoy de su retorno al lado de su infortunada madre, la señora Ramona Banuet, viuda de Lailson.

"Por este motivo "Fénix" clama un acto de justicia, y pide al señor licenciado don Elíseo Arredondo, Oficial Mayor Encargado del Despacho de la Secretaría de Gobernación, que ordene sean traídos, pero donde no debe olvidarlos hoy en el Gobierno de la Revolución.

"En mucho estimamos la rectitud del señor licenciado Arredondo y esperamos ser oídos en esta justísima petición."

El C. Lara, continuando: Ya ven ustedes cómo la actuación política del C. Lailson Banuet es acrisolada y lo voy a acabar de demostrar cómo sufrió en el destierro los rigores del trabajo. Estos dos certificados son extremadamente chicos, por lo cual suplico a ustedes se sirvan escuchar su lectura a fin de que tengan la prueba plena de que el C. Manuel Lailson Banuet sufrió en Quintana Roo por la causa del pueblo, cuando todos los demás gozaban.

- El mismo C. Prosecretario: Al margen un sello que dice:

"División Península. General en Jefe.- Número 359.

Al centro otro sello: "Cuerpo de Operaciones. Comandancia.

"Miguel Rosete, mayor de infantería permanente y jefe del Cuerpo de Operaciones de este Territorio.

"Certifico: que por disposición del C. General comandante del Cuerpo de Ejército, José Refugio Velasco, de fecha 15 del presente mes, hoy causa baja en esta corporación el operario Manuel Lailson Banuet.

"Santa Cruz de Bravo, Quintana Roo Agosto... de 1914.

"El mayor jefe del Cuerpo, Miguel Rosete."

- Al margen un sello que dice: "Cuerpo de Operaciones.- Comandancia.- 1a. Compañía.

Al centro: "El operario Manuel Lailson Banuet venció haberes como sigue:

"En 31 días de julio, a $0.13 diarios $ 4.03

"En 19 días de agosto " 2.47

Total que se le adeuda $ 6.50

"Santa Cruz de Bravo, Quintana Roo, agosto 20 de 1914.- El mayor jefe del Cuerpo, Miguel Rosete."

El C. Lara, continuando: Así pues, señores compañeros, el C. Lailson Banuet políticamente también es digno de venir a ocupar una curul en esta asamblea; por lo tanto, en nombre de la legalidad y en nombre de la Revolución, os excito para que vengáis a dar un voto aprobatorio a favor del dictamen.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Garza Candelario.

El C. Garza Candelario: Señores diputados: Comienzo por creer que toda la lectura del periódico "Fénix" que ha solicitado el señor Lara, se refiera a hechos ciertos, porque no puede negarlo y dándole toda mi compasión al señor Lailson Banuet por todos los trabajos que padeció; pero diciendo también que en el 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo perdió las elecciones, y las perdió según se ha demostrado y voy a seguirlo demostrando.

La muy honorable Comisión ha levantado su dictamen sobre la consideración de que el señor Ruiz Martínez es militar; ya el compañero Pastor ha demostrado aquí que siendo aquél militar, obtuvo de la Secretaría de Guerra una licencia, llenados todos los trámites necesarios, dentro de la cual hizo su campaña política.

El segundo punto sobre que está sentado el propio dictamen es la presión, la que hasta estos momentos no se sabe si toda es militar, oficial, municipal o particular, puesto que uno de los documentos de los muchos que se leyeron dice que el

señor Ruiz Martínez cuenta con quinientos soldados, cuenta con todas las autoridades municipales del distrito, cuenta con todo el gremio de profesionistas, cuenta con todos los clubes y con todo el pueblo, es decir, que hay la presión oficial y militar en contra del señor Lailson Banuet y esta presión es la única que la Comisión toma para hacer un dictamen que perjudica los intereses del señor Ruiz Martínez y a la vez los intereses de aquel distrito. Los documentos que ustedes han oído, todos están fechados en Tulancingo y en Tenango de Doria; allí es donde se ha ejercido, según estos mismos documentos, la mayor presión, es decir, toda la presión de que se ha hecho mención aquí; y vean ustedes, es cuestión de que se fijen un momento en el pequeño folleto que todos tienen a la vista para que se vea que en el municipio de Tulancingo, cabecera del Distrito Electoral, el señor Lailson Banuet tuvo 152 votos y el C. Ruiz Martínez 137; es una pequeña diferencia, pero ya ven ustedes que aquí la presión no influyó de ninguna manera y que perdió el señor Ruiz Martínez. El otro municipio que es también de los principales de ese distrito, Tenango de Doria, y que es donde se dice que la presión ha sido también considerable, vean ustedes cómo el señor Manuel Lailson Banuet tiene 150 votos y el señor Ruiz Martínez tiene 114. ¿Dónde está, pues, comprobada esa brutal presión de que nos hace mención de Comisión? ¿Dónde está, pues, la base de todas esas grandes consideraciones en que se hace recaer la nulidad en toda la voluntad de un distrito en el cual, como ustedes verán en el resumen mismo del folleto, sufragaron 5,556 ciudadanos, de los cuales los sufragios se dividieron entre cuatro candidatos perfectamente autorizados para luchar en ese distrito en una lucha verdaderamente democrática? Porque vean ustedes, el primero de ellos sacó, es decir, el último en votación, 772 votos; el segundo, 999; el tercero, que es el señor Lailson Banuet, sacó 1.567 votos, y el señor Ruiz Martínez, 2.218 votos. Esta es una lucha electoral de las mejor examinadas en esta Representación Nacional. Entre los miembros de la Comisión algunos saben, todos, mejor dicho, que en las luchas democráticas la voluntad popular es la única a que se debe atender, que en esta vez no podía de ninguna manera, supuesto que esta lucha ha sido, se ha efectuado dentro de todos los términos legales, ser como en las demás credenciales en que no se cumplió con la Ley Electora, ya porque faltó en determinado distrito, ya por su desconocimiento completo, ya porque a tal o cual ranchera no llegó a tiempo o por cualquier otro motivo. Estas elecciones están hechas dentro de todos los términos legales, no ha faltado absolutamente nada, no se han nulificado votaciones de ninguna especie y de esta manera se ve que no hay presión, que todos los candidatos tuvieron sus centros directivos en las elecciones y que, por lo tanto, todos ejercieron sus derechos. Cuando se examinan estas cartas, es muy notable que la muy honorable Comisión toma nada más en cuenta aquellos puntos que perjudican directamente al señor Ruiz Martínez y no hace caso de aquellos que puedan favorecerle. En el mismo expediente figuran algunos documentos traídos por el Señor Lailson Banuet, es decir entre este maremágnum de documentos traídos aquí por el propio señor y los cuales parece que han venido a ocupar un poco la vista de la honorable Comisión, hay algunos, digo, que prueban que el mismo señor Lailson Banuet ejerció presión en algunos de los municipios, como es en el de San Bartolo Tutotepec, porque allí tenía a todas las autoridades de su parte; allí,.- véase también el mismo folleto.- saco 730 votos contra 163 del señor Ruiz Martínez. La Comisión pasó estos documentos inadvertidos, porque tal vez pertenecían al señor Lailson Banuet. Como habrán visto ustedes, las pruebas sobre las que la Comisión levanta su dictamen, son aquéllas que ha aplicado conforme a los artículos de la Ordenanza y conforme a los artículos de la Ordenanza edificó su dictamen sobre la consideración de que el C. Ruiz Martínez era militar; pero la Comisión no se preocupó por probar, antes que todo, el carácter militar del mismo señor Ruiz Martínez. Esta Honorable Asamblea no habrá olvidado los casos, notables por las muy grandes discusiones que se han tenido en esta Representación Nacional, del señor Castillo Garrido que probablemente son las mismas condiciones, porque existe, ahora como entonces, un certificado de la Secretaría de Guerra en que se dice que al señor Ruiz Martínez no se le dio permiso para que fuera a postularse como diputado, sino para que atendiera a su salud. Hay otro documento de algún pagador donde se dice que recibió dietas o sueldos correspondientes a su grado; exactamente el caso del señor Castillo Garrido. Sin embargo, nosotros en aquella vez, atendiendo a las vehementes palabras del señor Céspedes, ahora uno de los miembros de esta honorable Comisión, de que allí en la Secretará de Guerra no tenían presentes todas las circunstancias que concurrían en estos casos, sino que llevándose por las influencias de uno u otro oficial de la misma Secretaría o de algún escribiente de la propia Secretaría, que confeccionan esos documentos a su antojo para llevarlos a que los firme el Secretario de Guerra, quien en este caso no tiene, no hace más que tener un carácter firmón,... (murmullos) estos documentos son los que existen en el expediente y el señor Castillo Garrido está en su curul. No olvidarán ustedes, señores, el caso del señor general Cárdenas, en ejercicio activo, con mando de fuerzas y empleados, varios centenares de éstos en el distrito de Tacubaya donde jugó y, sin embargo, el señor Cárdenas se sienta en una curul. Entonces no hablamos; entonces quedamos callados, no hubo contrarios, y ahora que el señor Ruiz Martínez, en una lucha verdaderamente democrática, obtuvo el triunfo, resulta que en la honorable Asamblea hay muchos que vienen hablar en su contra; pero esto se debe únicamente a las intrigas de los pasillos; allá donde se encuentra a todos los diputados y se les piden compromisos que no estoy seguro que los den, pero sí se les exigen antes que hayan oído las pruebas y, sobre todo, las razones legales que asisten a los contendientes. El pueblo del 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo, consciente de su triunfo, seguramente esperará que en esta vez no se traicione su voluntad; que en esta vez aceptemos el triunfo verdaderamente legal y que no tengamos el caso verdaderamente bochornoso de un Arrazola que vaya a decir a sus compañeros obreros que aquí hemos

pisoteado la ley que con las piltrafas de esa ley estamos ahogando las libertades democráticas. Se dirá también que en esta vez no vamos a echar por esa puerta al C. Ruiz Martínez que ha obtenido el triunfo, como echamos a Perea Ruiz, que fuera a llevar la ley intacta a los soldados oaxaqueños de Silacayoapan. Yo creo que en esta vez debemos aceptar el triunfo que dio el pueblo del 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo y dar un voto reprobatorio al dictamen.

El C Presidente: Tiene la palabra, en pro, el C. Espinosa Luis.

El C. Espinosa: Ciudadanos diputados: El muy estimable compañero Garza, que vino a hablar en contra del dictamen que favorece al C. Lailson Banuet, no dijo absolutamente nada con relación a los dos puntos esenciales que la comisión de Poderes respectiva tuvo en cuenta para dictaminar en el sentido que lo hizo. La comisión dictaminadora se funda en que en el expediente estaba probado de una manera absoluta que el C. Ruiz Martínez en el 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo se había valido de la fuerza bruta representada por los batallones y por los escuadrones de toda una brigada "15" y de la presión moral verdaderamente formidable de todos los Presidentes Municipales de aquel Distrito. Esto en cuanto a uno de los puntos para dictaminar en este sentido y el otro punto capital, de que el C. Ruiz Martínez se lanzó a los comicios estando en servicio activo y desempeñando nada menos que las funciones de preboste de esa brigada "15," naturalmente que esta Comisión dictaminadora, con mucha razón y procediendo con entero apego a la ley, declaró que esta elección, mas bien dicho, no la elección, sino los sufragios recaídos a favor del señor Ruiz Martínez, por estas dos consideraciones eran nulos de toda nulidad; y el C. compañero Garza ha venido aquí a abordar su discurso sobre las minuciosidades de las votaciones habidas en las casillas, cuando ya la Comisión declaró que todos los votos emitidos a favor del C. Ruiz Martínez son nulos y, por lo tanto, no deben de tomarse en consideración. Me extraña, por lo tanto, que el compañero Garza, que ha demostrado más de una vez inteligencia en sus discursos, haya venido a sostener, digo, a atacar el dictamen basándose en puntos que no son de los comprendidos por la Comisión para dictaminar en contra del C. Ruiz Martínez. La Comisión ha dicho, de una manera categórica, que todos los votos a favor del C. Ruiz Martínez son absolutamente nulos.

Desde el momento que la Comisión ha llegado a esta conclusión, sale sobrando entrar a la minuciosidad de decir que el C. Ruiz Martínez tuvo tantos votos en una casilla y Lailson Banuet tantos en otra, porque ya demostré la Comisión, de una manera amplia y suficiente, que sólo las elecciones habidas a favor de los demás candidatos son válidas, mientras que la del señor Ruiz Martínez es absolutamente ilegal. En cambio, el señor Pastor, que habló también en contra del dictamen, con un criterio verdaderamente romo, pero que se explica en él, y voy a decirlo por qué, tocó ligeramente la cuestión militar y la presión militar. Me extraña que el señor Pastor, habiendo sido nada menos que un capitán federal, desconozca de una manera tan absoluta o cuando menos demuestre desconocer las leyes orgánicas militares y la Ordenanza General del Ejército. Esto en cuanto a una parte; por lo demás, me explico la inconsecuencia del señor Pastor en este caso con sus procedimientos en esta tribuna y sus conocimientos sobre asuntos militares, que de seguro los tiene, porque él ha venido aquí, no inspirado por un sentimiento de justicia, sino por un sentimiento de gratitud que de una manera indirecta favorece al señor Ruiz Martínez: el señor Pastor contó para su propaganda electoral en el Estado de Oaxaca con el apoyo de unas señoritas, entre quienes se contaba una hermana del señor Ruiz Martínez. Así, pues, él, al venir a defender este dictamen en esta tribuna, viene únicamente a pagar una deuda de gratitud, pero de ninguna manera a hacer honor a la justicia.

Yo voy a tratar el punto bajo sus dos aspectos esenciales, bajo los dos aspectos que la Comisión dictaminadora considera para fallar en sentido contrario al C. Ruiz Martínez, es decir, que el C. Ruiz Martínez de hecho no tenía licencia de la Secretaría de Guerra y, por lo tanto, debería considerarse en servicio activo; y el otro punto, relativo a que el C. Ruiz Martínez contó con todo el apoyo de la fuerza bruta para imponer su candidatura. En cuanto el primer punto, al de que el C. Ruiz Martínez estaba en servicio activo, me voy a permitir primero leer o suplicar a la Secretaría que tenga a bien leer lo que significa un preboste, porque aquí el C. Ruiz Martínez, haciéndose pasar como víctima, va a decir a la Asamblea que un preboste no tiene funciones militares, y yo voy a probar con el texto oficial de la Ordenanza General del Ejército que el puesto de preboste es de una gran significación militar, desde el momento en que tiene el mando de fuerzas. El C. Ruiz Martínez va a decir también que ya no debe aplicarse la Ordenanza en toda su generalidad; pero eso sencillamente para los que tenemos a orgullo ser soldados de la Patria, formados en el naciente Ejército nacional, nosotros sí consideramos como Código fundamental, como ley inflexible la Ordenanza y la acatamos y la respetamos en todas y cada una de sus partes; el C. Ruiz Martínez, por convenir a sus intereses particulares, va aquí a venir a invocar todavía el que la Ordenanza no está en pie en su absoluta plenitud, y por eso me adelanto a demostrar que para aquellos hombres conscientes y honrados, para aquellos que no se sienten denigrados siendo soldados de la Patria, sí aceptan desde ahora todos y cada uno de los puntos de la Ordenanza del Ejército, y en uno de ellos, de una manera muy clara, se ve la investidura y el empleo de las facultades de un preboste de una brigada y de los prebostes entre los que está comprendido el C. Ruiz Martínez. La parte relativa dice así.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"Artículo 1305. Cuando un Cuerpo de Ejército o división se movilice para entrar en campaña, la Secretaría de Guerra o el general en jefe con aprobación de ésta nombrará un preboste general elegido entre los generales o jefes sin mando y un preboste para cada una de las Divisiones y Brigadas que compongan el Cuerpo de Ejército.

"Artículo 1306. El preboste general de un Ejército, al que estarán subordinados los de las divisiones y brigadas, ejerceré su jurisdicción en el territorio ocupado por éstas.

"Artículo 1307. Son atribuciones de los prebostes:

"I. Proteger a los habitantes de los lugares de su jurisdicción, así como las propiedades impidiendo los incendios, robos destrucción, deterioro, pillaje, merodeo y todo género de delitos, ya sean cometidos por un militar de cualquier empleo, ya por asimilados o paisanos;

"II. Impedir que los militares, los asimilados o los paisanos, se apoderen de los carros, mulas, caballos u otro medio de conducción, de propiedad particular para su servicio personal o para cualquier uso, sin orden escrita del general en jefe o comandante de la fuerza, quien sólo podrá expedir tales órdenes cuando para ello lo autoricen las leyes y en la forma que prescriben éstas;

"III. Impedir también que las personas a quienes se refiere la fracción anterior, se alojen en las casas contra la voluntad de sus dueños, sin tener la boleta correspondiente que para ello los autorice, y la cual debe ser expedida por la autoridad local o por el Estado Mayor respectivo;

"IV. Impedir que se vendan a las tropas, comestibles y licores nocivos a la salud y que se alteren los precios o las pesas y medidas, a cuyo efecto el Preboste, llegando el caso, ocurriera a la autoridad local para que dicte las providencias respectivas que corresponde;

"V. Aprender a los militares, a sus asimilados y a los paisanos que sigan o se agreguen al Cuerpo de Ejército, división, Brigada o fuerza en campaña o en territorio en estado de sitio, siempre que tales individuos están cometiendo, acaben de cometer o existan fundadas presunciones de que hayan cometido algún delito penado por las leyes militares o comunes, por las disposiciones que, sobre policía y seguridad, hubiere dictado el general en jefe;

"Vl. Conocer de las infracciones de los reglamentos de policía, cometidas por los paisanos y castigar a los infractores, siempre que la pena que corresponda imponer, no exceda de un mes de reclusión o de veinticinco pesos de multa. Cuando estas infracciones fueren cometidas por militares o sus asimilados, el preboste, después de hacer constar la falta, los remitirá con su informe y las constancias respectivas, al general en jefe o comandante de la fuerza. El importe de las multas introduciré a la caja del Cuerpo de Ejército.

"Artículo 1308. Los prebostes que tengan noticia de que se ha cometido un delito, procederán a practicar las diligencias que les encomienda el Código de Justicia Militar. Si se trata de delitos comunes cometidos por paisanos y que no sean de jurisdicción militar, el preboste remitirá a los responsables, juntamente con dichas diligencias, a la autoridad política respectiva y dará parte del suceso al general en jefe o comandante de la fuerza. En todos los demás casos pondré a disposición de éste a los acusados.

"Artículo 1309. Los prebostes recibirán órdenes, diariamente, de los generales en jefe, directamente o por conducto de los jefes de Estado Mayor y a éstos últimos rendirán los partes correspondientes, así como al preboste general.

"Artículo 1310. Los prebostes, para el desempeño de sus funciones, tendrán a sus órdenes la gendarmería militar.

"Artículo 1311. Cuando no se hubiere nombrado preboste general desempeñará estas funciones el comandante de la Gendarmería, y de ésta misma se nombrarán los prebostes en las Divisiones y Brigadas.

"Artículos 1312. Los prebostes y las Gendarmería, además de estas prevenciones generales, observarán las de los reglamentos respectivos."

El C. Espinosa Luis, continuando: Como acaban de oír los ciudadanos diputados, un preboste para el desempeño de sus funciones tendrá el mando de la gendarmería militar, es decir, tendrá superioridad sobre los oficiales y sobre los soldados y ejerceré de hecho mando de fuerzas. Esta declaración de la ley tan expresa y tan terminante, no puede dársele de ninguna manera a un militar asimilado; el mando de fuerzas incumbe de hecho y exclusivamente a los militares efectivos. El ciudadano preboste, según lo dice la Ordenanza, es el encargado de cuidar el orden en una plaza, de cuidar del abastecimiento de las tropas, de procurar que no se vendan bebidas embriagantes y de tomar, en fin, todas aquellas medidas de orden y de disciplina con relación a las fuerzas del punto guarnecido y, naturalmente, ¿cómo iban a estar subordinados los jefes y oficiales efectivos a un asimilado, si es compatible, como lo pretende el señor Ruiz Martínez, este puesto con el de un militar asimilado? De ninguna manera; para que un militar pueda cumplir con las funciones de preboste se necesita que sea militar efectivo, tal como lo dice la Ordenanza General del Ejército, porque sólo y únicamente de esta manera podrá imponer sus órdenes a los militares efectivos. Está, pues demostrado con la ley, que un preboste es militar efectivo, es decir, es militar de hecho igual a todos los militares con mando de fuerza.

Ahora se dice que el C. Ruiz Martínez tenía licencia de la Secretaría de Guerra para haber lanzado su candidatura y para haber hecho sus trabajos de propaganda; esto, ciudadanos diputados, es absolutamente falso, y suplico a ustedes de manera especial que fijen su atención en un documento que voy a rogar a la Secretaría se sirva leer íntegro, porque leyendo únicamente una de sus partes, es como se llega a la equivocación de creer que el C. Ruiz Martínez sí contaba con esa licencia; pero leyendo hasta sus últimas lineas, se viene al conocimiento de que la propia Secretaría de Guerra se la concedió, no para que se dedicara a asuntos políticos, sino que, de una manera expresa, dice que le ratifica el permiso que le otorgó para que se curara y que empezó a contarse desde la fecha que se manifiesta, es decir, cuatro o seis meses antes del día de las elecciones. Esta aclaración tan manifiesta de la Secretaría de Guerra, demuestra que ratificó la licencia que el Cuartel General al que pertenecía el C. Ruiz Martínez le había dado; pero de ninguna manera es una licencia especial, como absurdamente lo quiere hacer entender el propio señor: se trata de la ratificación de una licencia y, de ninguna manera, de la cesión de una licencia. Suplico a la Secretaría me haga favor de leer el documento. (La Secretaría busca el documento.) Además del certificado que se está buscando en este momento, existe un certificado del pagador de la brigada a que correspondía el C. Ruiz Martínez, en que se dice que hasta el 20 de agosto tenía sus

haberes al corriente. ¿Cómo es que, estando él con licencia cobró con toda regularidad todas las decenas y los haberes que le correspondían? Esto también es un dato elocuentísimo, que prueba que el C. Ruiz Martínez no solamente no tenía esa licencia que él pretende haber obtenido, sino que estaba perfectamente al corriente en sus haberes de militar.

Voy, mientras la Secretaría busca esos documentos, a tocar el segundo punto. Todavía hay mas, ciudadanos diputados; en las leyes de organización de tribunales militares, en el capítulo 7o., fracción II, se dice:

"Articulo 110. Para los efectos de esta ley, se entenderá:

... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... .... ..... ..... ..... ....

"II. Por militares, a todos los individuos que, por formar habitual o accidentalmente, parte del Ejército, están obligados a prestar en el servicio de armas, y por asimilados, a los que, debiendo prestar en el mismo Ejército otro servicio que no sea el de armas, disfrutan sueldos del Erario Nacional y tiene derecho, aun sin ser militar de propias de éstos y a usar sus insignias o las que los reglamentos respectivos les designen."

"Así, pues, se ve de una manera muy clara que el C. Ruiz Martínez está incluido en esta fracción II; es un individuo que formó parte integrante del Ejército y que estaba desempeñando funciones correlativas a los mismo militares, como es el puesto de preboste. Hay más:

"Serán igualmente considerados, para los efectos de esta ley, como asimilados: los paisanos que, estando al servicio del Ejército, en campaña, y remunerados por este motivo, deben seguir a las tropas en sus marchas y acamparse con ellas."

"Así, pues, el C. Ruiz Martínez también está comprendido dentro de esta fracción; él estaba desempeñando un empleo que corresponde exclusivamente a miembros del Ejército. En la fracción VI se dice:

"IV. Por actos del servicio, todos los que correspondan al cumplimiento de los deberes que las leyes o los reglamentos militares, impongan al militar o asimilado, según su empleo en el Ejército."

Una de ellas es la que acabo de leer:

"V. Se entiende por servicio de armas, el que para su ejecución reclame el empleo de ellas, de cualquiera naturaleza que sean, con arreglo a las disposiciones de la Ordenanza respectiva, aun cuando el que desempeñe ese servicio no debe tenerlas precisamente consigo durante la facción."

Es decir, el C. Ruiz Martínez también desempeñó servicios de armas, desde el momento en que tenía bajo sus órdenes a la policía militar, gente armada y que forma parte del Ejército. Así pues, está él comprendido dentro de todas las cláusulas de este artículo y que viene a definir quiénes son militares, quiénes son los que están en servicio activo y quiénes son los que, por medio de estas facultades, desempeñan estos servicios, En el punto, o más, bien dicho, en el capítulo especial de la ordenanza que se refiere a los asimilados, no está en ninguna de sus partes las facultades o las funciones del preboste, lo que indica también de una manera terminante, que las funciones del preboste no corresponden a los asimilados. Para no cansar la atención de la honorable Asamblea, no pido la lectura del capítulo relativo; pero, si acaso hay alguna duda, aquí está la Ordenanza General del Ejército, para que se vea, y será suficiente para aclarar el punto de que en ninguna de las facultades que tienen los asimilados al Ejército, están las del preboste. Por lo tanto, el C. Ruiz Martínez no podrá alegar que él era un asimilado, (Voces: ¡A votar! ¡A votar!) Gritar ¡a votar! ¡a votar! desde las curules, ciudadanos diputados, es muy fácil, y creo que nuestros conciudadanos al darnos su voto para venir a esta Representación, no nos lo dieron para que viniéramos a cometer la inconsecuencia de no querer oír a los que traen a esta tribuna razones; por lo tanto, suplico a ustedes que tengan para conmigo la benevolencia de oírme un momento más, supuesto que seré muy breve. Tengo necesidad de que se lean varios documentos, Así, pues, suplico a ustedes que escuchen con toda atención la lectura de ellos, que prueban de una manera clara que existió la presión de toda una brigada, con sus jefes a las cabezas, con los jefes subalternos y con todos los Presidentes Municipales del 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo. Estos documentos son absolutamente auténticos, porque están firmados por el mismo C. Ruiz Martínez, quien no podrá negar la paternidad de estas cartas; y suplico al mismo señor que tenga la bondad de decir si son suyas esas cartas.

El C. Ruiz Martínez: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Ruiz Martínez: Son mías esas cartas y reconozco con toda honradez mi firma que en ellas está.

El C. Espinosa: ¡Muy bien! Como ustedes ven, el C. Ruiz Martínez quitó toda la sospecha que pudiera haber de falsedad en estos documentos, que son sumamente importantes y que dan la clave de la imposición que hubo en la elección del mismo. Estos documentos dicen así: "Tulancingo, mayo 1o de 1918.- Señor ingeniero J. T. Reynoso...." (Voces ¡Ya se leyeron! ¡A votar, a votar!) no le hace; yo quiero leerlo.

"Mayo Ignacio Ruiz Martínez.- Tulancingo.- Hidalgo.

"Tulancingo, mayo 1o. de 1918.- Señor ingeniero J. Reynoso, diputado al Congreso de la Unión.- México, D. F.

"Muy respetable señor y correligionario:

"Indudablemente por falta de escrupulosidad en el cumplimiento de sus deberes, hasta hoy recibí de la oficina de correos su grata certificada de fecha 25 de los corrientes, motivos por el cual no pude, como hubieran sido mis deseos, contestar inmediatamente las preguntas que se sirva hacerme. A pesar de todo hoy lo hagan con sumo placer.

"El número de militares que de una manera segura pueden votar por mí en este Distrito Electoral es en números redondos y como mínimun, de quinientos entre jefes, oficiales y tropa, pudiendo aumentar este número...."

Como ustedes ven el C. Ruiz Martínez confiesa que contaba con más de quinientos individuos de tropa para imponer su candidatura; y luego le sigue..

. - El C. Garza Candelario, interrumpiendo: ¿Me permite usted una interpelación?

El C. Espinosa, continuando: No señor... Por lo que toca a las autoridades civiles... a quienes ¡fíjense bien!... el general Mariel y nosotros ayudaremos en debida forma, recomendándole antes de las elecciones que cuando se tratara de mi candidatura para diputado al Congreso de la unión se sirviera correspondernos con sus munícipes, a quienes también ayudamos...."

Señores, esta declaración es inmoral; aquí dice que esta fuerza armada impuso al Presidente Municipal de Tulancingo y a los demás miembros del Ayuntamiento y por lo tanto se tenía la seguridad de que estos munícipes estaban obligados a imponer al C. Ruiz Martínez. Señores, ante tanta impudicia, ¿cómo vamos a poder dudar de esta imposición terrible? ¿En el ánimo de quién va a estar que quien impuso a un Ayuntamiento no imponga a un diputado?

El C. Paz Narciso, interrumpiendo: ¡A votar, a votar!) (Voces: ¡A votar!)

El C. Espinosa, continuando: Suplico al caballeroso C. Paz, que es el que menos derecho tiene a interrumpir al que viene de buena fe a defender una credencial, tenga la bondad de contener su nerviosidad un instante y después que yo haya hablado venga a esta tribuna a desvanecer estos cargos que el mismo C. Ruiz Martínez se ha hecho. "Existe, pues, este compromiso.."- fíjense bien - que indudablemente se cumplirá en caso necesario, tomando en consideración que esta ciudad es la cabecera del Distrito Electoral por el que lancé mi candidatura. Cuento además con la mayoría de las autoridades civiles de esta región así como también con las de Tenango de Doria. Me precisa hacer del conocimiento de usted que habiendo procurado el acercamiento de personas de influencia y prestigio tanto entre la clase indígena como entre las clases que pudiéramos decir elevadas, por supuesto teniendo en consideración sus simpatías hacia nuestros ideales revolucionarios, cuento con hacendados, industriales, profesionistas, rancheros y personas de la sierra que por razón de antigüedad son respetadas en determinadas regiones. Cuento por último con el Sindicato de Obreros de esta región.

"En cuanto a los trabajos que hasta la presente haya realizado manifiesto a ustedes que después de saber que contaba con el decidido apoyo de mi general Mariel procuré por medio de mis amigos y personas de mi estimación, pulsar la opinión pública respecto de mi candidatura y viendo que fue acogida con agrado, pues soy bastante bien conocido y se sabe que siembre he hecho algún pequeño servicio a los posibles, familias..."

Así pues, como se ve no puede ser mas clara la expresión del C. Ruiz Martínez por medio de estas cartas subscriptas por él, para demostrar que contaba con la fuerza bruta de toda una brigada; que contaba con todo el apoyo moral del jefe de esa brigada; que contaba con toda la fuerza que le dan las armas del jefe que estaba de guarnición en todas las poblaciones de aquel Distrito y que contaba con el apoyo de todos los Presidentes Municipales del Distrito y de una manera muy especial con el del Presidente Municipal de la cabecera del Distrito Electoral. Si se tiene en consideración que tanto las autoridades civiles como las militares estaban a favor del C. Ruiz Martínez; que de hecho la Comisión dictaminadora después de estudiar a fondo este dictamen ha encontrado por doquiera huellas bien marcadas de la bota militar, la bota de aquellos individuos que faltando a su deber de militares andan mezclándose en asuntos políticos imponiendo contra la voluntad del pueblo al C. Ruiz Martínez, nada mas porque era uno de sus compañeros de armas este C. Ruiz Martínez, tenemos que convenir en que esto es una verdadera inmoralidad que pugna con los principios revolucionarios, entre los que se cuenta de una manera muy principal el sufragio efectivo, aunque por desgracia se haya violado en las elecciones de diputados en muchas partes de la República; pero de ninguna manera nosotros debemos permitir ahora con nuestro voto que el C. Ruiz Martínez venga a esta representación Nacional como un representante de un pueblo que no lo ha mandado. Señores diputados, tenía con ustedes una deuda: demostrar que la Secretaría de Guerra no le dio permiso al C. Ruiz Martínez; aquí está el documento relativo y suplico a ustedes que me permitan que se lea; no voy a cansar mucho tiempo la atención de ustedes.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

Al margen un timbre de cincuenta centavos cancelado en un sello que dice: "Juzgado 1o. de Distrito Supernumerario del Distrito Federal.- Esta dos Unidos Mexicanos.- México.

Licenciado Wistano Velásquez, Secretario del Juzgado Primero Supernumerario de Distrito, Distrito Federal, certifica:

"Que en el expediente formado con motivo de un escrito presente por el C. Manuel Lailson Banuet, existe un oficio que a la letra dice: Al margen un sello que dice: "Secretaría de Estado y del Despacho de Guerra y marina.- México .- Departamento de Caballera.- Sección 1a.- Mesa 1a. Número 26,562."- Al centro: "Al contestar este oficio, cite usted el número del mismo, Departamento, sección y Mesa que la gira, a fin de que pueda tramitarse el asunto. Como lo solicita en su atento oficio número 3,420 de fecha 27 de los corrientes en el que se sirve transcribir oficio del C. Manuel Lailson Banuet, que pide una constancia en la que conste que el ciudadano mayor de caballería Ignacio Ruiz Martínez, no se separó del servicio activo para presentarse como candidato para diputado; por la presente hago constar que el C. mayor Ignacio Ruiz Martínez no se ha separado del servicio activo y únicamente se le concedió una licencia de dos meses por enfermedad el 8 de abril del corriente año.- Reitero a usted mi atenta consideración.- Constitución y Reformas. -México. 28 de agosto de 1918.- El general Oficial Mayor Encargado del Despacho, Juan J. Ros.- Al ciudadano Juez 1o. Supernumerario de Distrito del Distrito Federal.- Presente.- L. B. D."

"Ya pedimento del C. Manuel Lailson Banuet para los usos que le convengan, expido la presente en una foja útil, a los veintinueve días del mes de agosto de mil novecientos diez y ocho.- W. Velásquez."

"El licenciado Wistano Velásquez, Secretario del Juzgado 1o. Supernumerario de Distrito, del Distrito Federal, certifica: que en las diligencias practicadas en virtud de un escrito presentado por el señor mayor Manuel Lilson Banuet, existe un oficio que la letra dice: "Al margen en sello que

dice: Secretaría del Estado y del Despacho de Guerra y Marina.- México .-Departamento de Caballería.- sección la.- Mesa la.- Número 26,562.- Al centro: Como ampliación al oficio que se le dirigió a usted, bajo este mismo número y de fecha 28 de los corrientes, en el que se le indicaba a usted que el C. mayor de caballería, Ignacio Ruiz Martínez, había obtenido únicamente dos meses de licencia a partir del 8 de abril último; participo a usted que dicha licencia le fue otorgada a fin de que atendiera a su salud en esta capital y no para salir fuera de ella, no habiendo constancias de que se le haya prorrogado para que se presentara candidato a diputado al Congreso.- Reitero, -constitución y Reformas.- México, 30 de agosto de 1918.- El general Oficial Mayor E. del D., Juan J. Ros.- Rúbrica.- Al ciudadano Juez 1o. Supernumerario de Distrito.- Presente.

"Y a pedimento del señor Manuel Lailson Banuet, expido la presente copia certificada en la ciudad de México, a los dos días del mes de septiembre de 1918.- Wistano Velásquez.- Firmado."

El C. Espinosa, continuando: Señores diputados: Queda demostrado con el certificado del ciudadano Subsecretario de Guerra, del Oficial Mayor de Guerra encargado de la Secretaría, que el C. Ruiz Martínez no obtuvo esa licencia que la ley le exige para haber podido lanzar su candidatura legalmente; queda probado por un documento del mismo funcionario que el C. Ruiz Martínez no obtuvo prórroga de una licencia que se le concedió por enfermedad. Así pues, con ningún documento que sea superior en fuerza probatoria al expedido por la Secretaría de Guerra, podrá el señor Ruiz Martínez probar a esta Honorable Asamblea que sí tuvo esa licencia. El señor Ruiz Martínez vendrá a querer sorprender a esta Asamblea con documentos, por este solo hecho, verdaderamente parciales y que no pueden hacer fe en un criterio sereno y honrado, desde el momento en que se presume, con toda justicia, la parcialidad del superior inmediato del C. Ruiz Martínez para favorecerlo con estos documentos que no certifican la verdad, sino que únicamente demuestran el deseo de favorecerlo en el caso actual, pero para un criterio sereno, para los que hemos venido a esta tribuna sin pasión a defender un dictamen que creemos justo, no deben hacer prueba de ninguna naturaleza esos documentos, que no lo son, mas bien dicho, esos papeles que aquí exhibirá el C. Ruiz Martínez y que existen en este expediente. Yo suplico a todos los ciudadanos diputados que tengan presente a la hora de dar su voto que estos documentos en que se prueba que el C. Ruiz Martínez no tenía licencia, que no tuvo prórroga en la licencia que se le dio con anticipación para asuntos particulares, que no fue prorrogada, que ninguno de los documentos que él lea tendrá mayor fuerza que el documento oficial expedido por la Secretaría de Guerra.

Además, ciudadanos diputados, para terminar, aquí en muchas ocasiones, a apesar del tan decantado criterio legal que yo he sido uno de los que mas han venido a sostener a esta tribuna, se han tenido muy en cuenta los antecedentes políticos de los presuntos diputados; el C. Ruiz Martínez, según una hoja impresa que anda en los pupitres, fue empleado de Huerta en el ramo de Fomento, si mal no recuerdo, y en cambio el C. Manuel Lilson Banuet es uno de los defensores de los ideales del pueblo desde 1910, el C. Lailson Banuet fue uno de los que al lado del Apóstol Mártir defendió los ideales populares desde aquellos años ya lejanos; después, cuando la usurpación, Lailson Banuet ha puesto todas sus energías y valor del lado de la causa del pueblo, es un revolucionario bien identificado, es un hombre de sanos principios que en la legislatura pasada demostré su amor al pueblo que lo nombró su representante y que por eso le ha ratificado su confianza nombrándolo ahora de una manera legal su representante en la XXVII Legislatura. Si se van a tener en cuenta los principios revolucionarios, yo pido a la honorable Asamblea que haciendo honor precisamente a la revolución, haciendo honor al criterio legal y haciendo honor a la justicia, vote en pro del dictamen que es a favor del C. Lailson Banuet. (Voces: ¡A votar, a votar!)

El C. Castillo Torre: Pido la palabra como miembro de la Comisión.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Castillo Torre, como miembro de la Comisión.

El C. Castillo Torre: Ciudadanos diputados: Como miembro del 5o. grupo de la Comisión Revisora de Credenciales, vengo a sostener que los votos obtenidos por el C. Ruiz Martínez en el 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo son nulos de plena nulidad, por dos razones: la primera por falta de capacidad o de requisito de elegibilidad en la persona del C. Ruiz Martínez, y la segunda razón, por presión militar ejercida en el certamen democrático. Fundo mi primera razón en la fracción I del artículo 43 de la Ley Electoral, que dice expresamente:

"Artículo 43. Es nula la elección de diputado y de senador que recaiga:

"I. Sobre militares en servicio activo en el Ejército Federal o sobre los que tengan mando en la policía, en la gendarmería rural o sobre cualquiera fuerza pública en el Distrito donde se haga la elección, salvo que unos y otros se hubieren separado noventa días antes del día en que aquélla se verifique."

Por su orden lógico pasaré a demostrar, primero, que el C. Ruiz Martínez era militar, en servicio activo el día de las elecciones, y en segundo lugar que no se separó de su empleo noventa días antes del certamen, como expresamente determina la ley; que el C. Ruiz Martínez era militar en servicio activo el día de las elecciones, se demuestra con una serie de documentos que acreditan que este ciudadano es mayor de caballería en funciones de preboste de la brigada número "15." Existen tres certificados de la Secretaría de Guerra, de la autoridad superior competente para decidir sobre estas cuestiones, certificados que claramente expresan que el C. Ruiz Martínez pidió una licencia de los dos meses para separarse de su encargo el día 5 de abril y, de consiguiente, la única licencia que la Secretaría de Guerra concedió al C. Ruiz Martínez venció el 4 de junio, o sea cerca mas de mes y medio antes del 28 de julio, día que fue el designado para las elecciones de diputados. Dice el primer documento de la Secretaría de Guerra:

"Ejército Constitucionalista. C. de E. de Oriente. Brigada número 15.- General en Jefe.- Estado Mayor.- Número 167.

"El Cuartel General, de la Jefatura de Operaciones del Sur, en oficio 6868, de fecha 17 del actual, me dice lo siguiente:

"La Secretaría de Guerra y Marina, en oficio número 87398/20865, de fecha 12 del actual, dice a este Cuartel General lo que sigue: "Esta Secretaría ha tenido a bien disponer se concedan dos meses de licencia, con goce de haberes vencidos, al C. mayor de caballería, Ignacio Ruiz Martínez, preboste de la Brigada "15," a a fin de que en esta plaza atienda al restablecimiento de su salud; en el concepto de que los haberes que le corresponden por dicho permiso, los percibirá por conducto de la Pagaduría de esta Secretaría.."

Suplico a los presentes que se fijen en la ampliación de este documento, que a la letra dice:

"Lo que por disposición del ciudadano General en jefe, inserto a usted, para su conocimiento y efectos, con referencia a su atento oficio número 1710, de fecha 29 de junio próximo pasado, reiterándole las seguridades de mi distinguida consideración."

"Y lo inserto a usted, para su inteligencia y fines consiguientes, reiterándole mi atenta consideración.- Constitución y Reformas.- Cuartel General en Tulancingo, julio 24 de 1918.-P. O. D. G.- El coronel Jefe del Estado Mayor, M. Fernández.

"Al C. mayor Ignacio Ruiz Martínez.- Preboste de esta Brigada.- Presente."

De manera que el C. Ruiz Martínez pidió licencia el 5 de abril, y como la licencia que se le concedió fue de dos meses, esta licencia venció el día 4 de junio. Existe todavía otro documento de la Secretaría de Guerra, en que se lee:

"Como lo solicita en su atento oficio número 3420, de fecha 27 de los corrientes, en el que se sirve transcribir oficio del C. Manuel Lailson Banuet, que pide una constancia en la que conste que el C. mayor de caballería, Ignacio Ruiz Martínez, no se separó del servicio activo para presentarse como candidato para diputado; por la presente hago constar que el C. mayor Ignacio Ruiz Ignacio Martínez no se ha separado del servicio activo y únicamente se le concedió una licencia de dos meses por enfermedad el 8 de abril del corriente año."

Si la licencia se le concedió al día 5 de abril fue por dos meses, es indiscutible que esta licencia, repito venció el día 4 de junio. Existe todavía otro certificado de la misma Secretaría de Guerra, que a la letra dice:

"Como ampliación al oficio que se le dirigió a usted, bajo este mismo número y de fecha 28 de los corrientes en el que le indicaba a usted que el c. Mayor de de caballería, Ignacio Ruiz Martínez, había obtenido únicamente dos meses de licencia, a partir del 8 de abril último; participo a usted para su conocimiento que dicha licencia le fue otorgada a fin de que atendiera a su salud en esta capital y no para salir fuera de ella, no habiendo constancias de que se le haya prorrogado para que se presentara como candidato a diputado al Congreso, - Reitero... Constitución y Reformas - México, 30 de agosto de 1918. El general oficial Mayor E. del D., Juan J. Rios. - Al ciudadano juez 1º supernumerario de Distrito. - Presente con goce de haber."

Fíjese la Asamblea en esto, porque el C. Ruiz Martínez está aquí sosteniendo que obtuvo prórroga, prórroga que no aparece comprobada en ninguno de los documentos que consta en el expediente y contra cuya prórroga existe la contestación segura y expresa de la Secretaría de Guerra. que nos certifica que no hay constancia en la Secretaría referida que se le haya prorrogado esa licencia. Existe todavía otro certificado de la misma Secretaría de Guerra, que viene a acumularse a las pruebas anteriores y a reforzar en el ánimo el convencimiento claro de que el C. Ruiz Martínez era militar en servicio activo, es decir, militar sin licencia el día de las elecciones, Este último documento fue enviado al Presidente de la la. Comisión Revisora, C. Elíseo Céspedes. Dice así:

"Poder Ejecutivo Federal.- Secretaría de Estado y del Despacho de Guerra y Marina.- Departamento de Caballería.- Sección 2a.- Mesa 3a.- Número 113497|26759.

"Al ciudadano Presidente de la honorable la. Comisión Revisora, 5o. Grupo, de Credenciales de Diputados al Congreso de la unión.

"En contestación a su atento oficio de fecha 29 de agosto próximo pasado, en el que pide se le informe si el mayor de caballería, Ignacio Ruiz Martínez tenía mando de fuerzas el día 28 de julio próximo pasado o si gozaba de licencia concedida por esta Secretaría, le manifiesto que el jefe de referencia no obtuvo licencia por esta propia Secretaría para dedicarse a asuntos políticos, sino se le concedió una por dos meses, a partir del mes de abril pasado, que feneció en junio.

"Reitero a usted mi atenta consideración.

"Constitución y Reforma.- México, D. F., septiembre 20 de 1918.- El General Oficial Mayor Encargado del Despacho, Juan J. Ríos."

Me parece que con todos estos documentos queda mi tesis completamente justificada y sale sobrando cualquiera argumentación con que el contra pretenda demostrar que el C. Ruiz Martínez gozaba de licencia el día de las elecciones. Es cierto que el C. Ruiz Martínez presentó a la consideración de la Comisión dictaminadora unos certificados del C. general Mariel y de no sé cuántos generales más de aquella brigada, pero esos generales son subordinados de la Secretaría de Guerra, y es absurdo darle mas crédito al certificado de los inferiores que al certificado de la autoridad superior y competente que nos está diciendo, que no está repitiendo en cuatro certificados, que no ha concedido al C. Ruiz Martínez mas que una licencia de dos meses, licencia que fue otorgada el 5 de abril y venció el 4 de junio.

El C. Villaseñor Mejía, interrumpiendo: ¿Me permite una interpelación el orador? (Voces: ¡No, no!)

El C. Castillo Torre: Sí, señor.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Villaseñor Mejía.

El C. Villaseñor Mejía: ¿Tiene la amabilidad el C. Castillo Torre de decirme si está conteste con la contestación que diera la Secretaría de Guerra al último oficio que acaba de leer y que es precisamente la pregunta de si estaba en servicio activo o con mando de fuerzas el 28 de julio ? La Secretaría de Guerra, saliéndose por la tangente, dice que el señor Ruiz Martínez no tenía licencia, sin contestar así a la pregunta que se le hiciera.

El C. Castillo Torre, continuando: Contestando la interpelación del señor Villaseñor Mejía, hago constar que la Secretaría de Guerra no se ha salido por la tangente, sino que ataca a fondo el punto primordial de la cuestión. (Aplausos.) La Secretaría de Guerra nos asegura en cuatro documentos certificados, merecedores de plena fe, que no ha concedido más que una licencia al C. Ruiz Martínez, y que esa licencia fue por dos meses y otorgada en respuesta al oficio de Ruiz Martínez, de fecha 8 de abril, y de consiguiente, si usted, C. Villaseñor Mejía, conoce aritmética, debe saber que una licencia concedida el día 8 de abril, termina el 7 de junio. (Aplausos.) Es cierto que el C. Ruiz Martínez en tono lastimero sostiene que él no es más que un prebostillo..... (risas); cualquiera, señores, que conozca la Ordenanza de Guerra, sabe que las funciones del preboste son importantísimas, porque abarca una esfera de acción de límites extensos. El preboste es el encargado de hacer justicia militar, de cuidar del orden en las poblaciones donde están acampadas las tropas, de vigilar que los comerciantes no roben a los soldados, de que los soldados no violen la disciplina militar; el preboste es el jefe de la policía militar, tiene funciones administrativas, tiene funciones judiciales y tiene también funciones de policía; y si esto es únicamente un prebostillo, díganme ustedes entonces, ¿dónde están los militares que ejercen influencia en los lugares donde acampan las tropas y que pueden hacer torcer el ánimo de los electores en el sentido que mejor les convenga? El C. Ruiz Martínez, además, es militar en servicio activo, por el simple hecho de ser preboste, porque para ser preboste se necesita ser militar, y la prueba es que la Ordenanza de Guerra, en el artículo donde trata de los no combatientes, en el artículo donde están los empleados de los hospitales, los asimilados, los médicos, etc., no lista a los prebostes. ¿Por qué? ¿por qué no están los prebostes? Porque los prebostes son militares en servicio activo, a quienes se encomiendan funciones de gran confianza en las brigadas del ejército, y si el preboste es un funcionario capaz de ejercer presión en los electores por la elevación, por la importancia de su encargo, ¿cómo se quiere negar aquí la presión del C. Ruiz Martínez, en una época como ésta, que es una era de procónsules, que es una era de "guardias blancas" a lo Duguesclín, en que basta que un militar manifieste su opinión en un Distrito para que, aterrorizada, la población civil al estilo musulmán, baje las manos y diga: "Alá es Dios y Mahoma su profeta?" (Aplausos.)

De la presión ejercida por las autoridades políticas y militares en el 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo, en provecho del C. Ruiz Martínez, hay pruebas anteriores a la elección y pruebas en el día de la elección y pruebas posteriores a la verificación de la elección. Hay, sobre todo, unos documentos privados dirigidos al Presidente del "Partido Nacionalista" por el C. Ruiz Martínez, en los cuales éste, con una ingenuidad verdaderamente digna de la ironía de Anatole France, hace saber a su jefe político que en aquel Distrito tenía el apoyo de las autoridades civiles y el apoyo decidido de "su" general Mariel. Y si esto nos dice el C. Ruiz Martínez, si esto lo confiesa, y si unida a tales pruebas existe la certificación de Presidentes de casillas, que confiesan que llegó a ellos la consigna de sacar avante la candidatura del C. Ruiz Martínez, ¿cómo podemos negar la presión militar ejercida en aquel Distrito para que un militar asaltare una magistratura civil por el camino que no es el camino del derecho?

Como alguien me dijo en las curules que quería interpelarme respecto al hecho de haber sido admitidos en esta Asamblea militares en servicio activo como el C. Castillo Garrido y el C. general Cárdenas, yo le ruego muy respetuosamente que me haga esa interpelación, para contestarla de una vez y continuar con mis argumentos.

Presidencia del C. ARAUJO EMILIO

El C. Rodríguez de la Fuente: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra. - El C. Rodríguez de la Fuente: Yo voy a hacer la interpelación al C. Castillo Torre, ya que solicita que alguno de los miembros de esta honorable Asamblea se la haga. ¿Tiene la bondad de decirme, C. Castillo Torre, que dictaminó en esta credencial, si es cierto, como lo es. que en los lugares en donde hubo fuerzas de la brigada del general Mariel perdió el C. Ruiz Martínez?

El C. Castillo Torre: Contestando a la pregunta del C. Rodríguez de la Fuente, respondo que es cierto que en algunos Municipios donde no había tropa obtuvieron mayoría de votos no precisamente el C. Ruiz Martínez, sino cualquiera de los candidatos independientes y esto se explica del siguiente modo. Días antes de las elecciones, hubo una sublevación en la frontera del Estado de Puebla, y el C. general Mariel, cargando con sus hermosísimos escuadrones, fue a aplacar la rebelión; pero antes había dejado ya la consigna de las autoridades civiles de los pueblecillos en donde había guarnición y a las autoridades militares, y en todos esos pueblecillos, en todas esas aldeas triunfó, por unanimidad de votos, el C. Ruiz Martínez, el privado, el favorito, el amigo íntimo, el yo no sé cuántas cosas del estimable C. general Mariel. (Voces: ¡Aah!)

El C. Rodríguez de la Fuente: Pido de palabra.

Debo hacer notar al compañero Castillo Torre que en el Municipio de San Bartolo Tutotepec, el C. Lailson Banuet obtuvo 738 votos y el C. Ruiz Martínez obtuvo 163 votos, en la inteligencia de que en ese pueblo hay una fuerte guarnición. ¿Cómo pudo haber imposición, C. Castillo Torre, habiendo obtenido seis veces mas el número de votos el C. Lailson Banuet sobre el C. Ruiz Martínez? No comprendo cómo la honorable Comisión dictaminadora ha tenido en cuenta esas cartas para probar la presión y no fijó la atención en que en todos esos lugares donde las fuerzas del general Mariel estaban guarneciendo los pueblos, perdió el C. Ruiz Martínez; no pudo ser impuesto, esto es, no hubo imposición posible, C. Castillo Torre.

El C. Castillo Torre, continuando: Voy a sacar de dudas al C. Rodríguez de la Fuente: Si en ese lugar triunfó el C. Lailson Banuet, es decir,

uno de los candidatos independientes, fue porque aquel poblado es de importancia; salieron las tropas, pero quedó una sociedad civil, capaz de ejercitar sus derechos, cosa que no ocurrió en las aldeas; por otra parte, hay que tener presente, para que ustedes se convenzan de la verdad de mis argumentaciones, que en Tenango de Doria, que es una población tan importante como la que acaba de citar el C. Rodríguez de la Fuente, no triunfó el C. Lailson Banuet, pero tampoco triunfó el C. Ruiz Martínez porque no había soldados. ¿Quién triunfó, pues? Allí triunfó otro candidato independiente, el C. Hernández. (Voces: ¡Triunfó Banuet!)

El C. Rodríguez de la Fuente, interrumpiendo: Para contestar, una alusión.

El C. Castillo Torre, continuando: No, señor.

Desde mi curul escuché otras argumentaciones del contra dirigidas a sostener que si en esta Asamblea están ocupando curules los C.C. general Cárdenas y Castillo Garrido, de los cuales se comprobó que eran militares en servicio activo el día de la elección, también debe permitirse que otro militar en servicio activo, o sea el C. Ruiz Martínez, venga a ocupar una curul en la Representación Nacional, Respecto a este particular diré que si esta Asamblea permitió que los militares en servicio activo ocupen un asiento en ella, lo hizo con violación flagrante de la Constitución de 1917. El artículo 55 de la Constitución vigente dice:

"Artículo 55. Para ser diputado se requieren los siguientes requisitos:

.... .... .... .... .... .... .... .... .... .... .... ..... ..... .... .... .... .... .... ..... .... .... .... .... .... ..... .... .... ..... ..... ....

"IV. No estar en servicio activo en el Ejército Federal ni tener mando en la policía o gendarmería rural en el Distrito donde se haga la elección, cuando menos noventa días antes de ella."

Y el primer artículo transitorio dice:

"Artículo 1o. Esta Constitución se publicará desde luego y con la mayor solemnidad se protestará guardarla y hacerla guardar en toda la República; pero con excepción de las disposiciones relativas las elecciones de los Supremos Poderes Federales y de los Estados, que desde luego entran en vigor, no comenzará a regir sino desde el día 1o. de mayo de 1917, en cuya fecha deberá instalarse solemnemente el Congreso Constitucional y prestar la protesta de ley el ciudadano que resultare electo en las próximas elecciones para ejercer el cargo de Presidente de la República.

"En las elecciones a que debe convocarse conforme al artículo siguiente, no regirá la fracción V. del artículo 82; ni será impedimento para ser diputado o senador, estan en servicio activo en el Ejército siempre que no se tenga mando de fuerza en el Distrito Electoral respectivo; tampoco estarán impedidos para poder ser electos al próximo Congreso de la Unión, los Secretarios y Subsecretarios de Estado siempre que éstos se separen definitivamente de su puesto el día que se expida la convocatoria respectiva.

De aquí ha nacido la equivocación de esta Asamblea al permitir que militares en servicio activo formen parte de ella. La Legislatura anterior, dentro del canon constitucional, hizo bien en no tomar en consideración el hecho de que este o aquel ciudadano hubiese sido militar en servicio activo el día de las elecciones, porque estaba apoyada en este artículo transitorio; pero este artículo transitorio fue para las elecciones inmediatamente posteriores a la promulgación de la Carta Magna y no para siempre, de modo que aquí con el C. Castillo Garrido, con el C. Cárdenas y ahora también con el C. Ruiz Martínez se quiere violar el texto expreso de la Constitución. Habéis escuchado, señores, cómo fue violada la libertad del sufragio en provecho del C. Ruiz Martínez en el 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo, donde la presión convirtió la ley en un mandato de la fuerza, y de qué fuerza, señores, de la fuerza militar, de la fuerza militar que, cuando al margen de las revoluciones tiende a prevalecer sobre los distintos grupos de la sociedad se convierte en un verdadero peligro, para el orden jurídico de las democracias. El jefe de la brigada número 15, empleó en provecho del C. Ruiz Martínez, según propia confesión de éste, toda la fuerza mecánica y moral de su encargo... (Voces: ¡No es cierto!) Si los jefes con mando de tropas en otros lugares de la República hubiesen imitado el proceder del jefe de la brigada número 15, yo os pregunto, señores, yo os pregunto, ¿qué hubiese sido de la ley para elección de Poderes Federales? Y os respondo que esa ley hubiese quedado reducida a la categoría de un simple papel escrito, como los alemanes llamaron a los tratados de la neutralidad de Bélgica.... (Aplausos.) un simple papel escrito e impotente para contrarrestar los vicios, las ambiciones y los egoísmos que corroen al alma humana. Es preciso confesar que en el 9o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo la ley fue un simple mandato de la fuerza, algo así como una ganzúa que el C. Ruiz Martínez empleó para abrir la puerta de las elecciones, previo escalo y con fractura.

Respecto al poder que cada militar posee para hacer política activa, no tengo nada que decir mientras ese derecho se ejercite en los términos establecidos por la ley, y en la forma aislada o individual; pero tan pronto como el espíritu de clase y el afán corporativo, véome obligado a dar la voz de alarma recordando que la sociedad civil ha tenido que luchar constantemente en la historia con dos grandes enemigos: el estado providencial o teocrático, que encadena la conciencia religiosa y el estado absolutista o militar que encadena la conciencia política. Los sacerdotes, señores, son respetables en sus iglesias y en las misiones; los militares son respetables en los combates en el cuartel. Un partido militarista lo mismo que un partido religioso, no representan en política ni el interés de la sociedad, ni el interés del Estado, ni el interés de los ciudadanos, ni el interés de lo individuos, sino el interés particular de una clase; Jorge Washington lo comprendió así cuando a raíz de la emancipación de las trece colonias se negó a presidir un partido militarista, no obstante haber en éste militares del mérito de Green y Mac Dougal. En México, señores, país propicio a los excesos teocrático- militares, que deslustran la historia de hispano América, la formación de un partido militar y campeador en política degeneraría de modo inmediato, fatal e irreparable en una dictadura. Y yo, señores, admiro a los soldados que usan sus armas en defensa de la sociedad y no a los que vuelven

contra la sociedad las armas que de ella recibieron para defenderla; yo admiro a los soldados que en la pugna eterna entre la civilización y la barbarie están con aquélla y no con ésta, a los que fueron con los ejércitos de Roma a realizar la unidad del mundo antiguo, a los que van con los ejércitos de Francia a realizar la armonía del porvenir; yo admiro a los soldados enamorados de la gloria, al Magno Alejandro en Arbelas y a Napoleón en los Pirámides; pero condeno a los que son instrumentos ciegos de la pasión y de los odios, a los pretorianos de Roma, a los genízaros de Constantinopla y a los strelitz de Moscow y San Petersburgo; a los que en Chile convirtieron en tirano al libertador O Higgins; a los que en México alzaron la figura búdica de Profirió Díaz, a los que en las pampas argentinas hicieron correr el carro rojo y abracadabrante de la tiranía de Rosas (Aplausos.) Los ejércitos son grandes cuando defienden instituciones y las fronteras de la Patria y funestos cuando gobiernan la Patria. En la América Latina los ejércitos han olvidado su función primordial de guardianes para convertiste en amos. Los mílites de la América latina no llevan en sus mochilas el bastón de mariscal de que Bonaparte hablaba, sino la banda de Presidente de la República, y cuando llegan n al poder ungidos por la gloria y con el beneplácito de la sociedad, cuando no asaltan el poder por la fuerza sino que los consiguen por medio del derecho, merecen bien de la patria y la historia los premia con los laureles de Guadalupe Victoria y de Bartolomé Mitre. Pero cuando, como ocurre de ordinario, utilizan la fuerza del ejército en las combinaciones políticas y llegan al poder sobre la pirámide sangrienta de los cuartelazos y de los motines, entonces sobre esos gobiernos fundados en la fuerza cae el anatema que Wilson justiciero arrojó sobre la administración de Victoriano Huerta. (Aplausos.) Los militares, señores, son defensores de la libertad, pero los gobiernos militares no lo han sido nunca. Combatir, pues, cualquier osomo de tiranía militar donde quiera que éste se halle, es un deber de alta y de generosa civilización. La Revolución de Ayutla contra Santa - Ana y la Revolución constitucionalista contra Huerta, representan, en México, el cumplimiento de ese deber que obsede y acicata a los hombres de buena voluntad, a los hombres de buena voluntad que saben que las conquistas del espíritu son transitorias y deleznables si no van apuntaladas por la idea y que en la edad contemporánea todos los hombres que se llaman libres están quemando sus carnes y están quemando sus huesos en la pira de la guerra para demostrar al mundo que la justicia vale más que la fuerza y que el derecho es más grande y más poderoso que el pomo de una espada. (Aplausos.) Convencidos, pues, de la gravedad que encierra para la tranquila y libre vida de las naciones cualquier extravío militar, cualquier exorbitante de la fuerza, ¿cómo permanecer mudos ante el síntoma de imposición que ofrece el 9o. Distrito Electoral de Hidalgo donde un militar campeón en las elecciones con el apoyo de su superior jerárquico que no utilizó para defender las leyes, sino para retorcer las leyes, la influencia que la sociedad le ha dado? Bienvenidos sean, señores, los militares a las magistraturas civiles cuando a ellas lleguen por el camino del derecho; pero márquese, señores, con piedra negra, márquese con piedra negra cualquier instante en que los militares se apoderen por medio de la fuerza de las magistraturas civiles, porque entonces y al final la libertad quedará perdida, disuelta como un grano de sal en el mar amargo y salobre del despotismo militar, que es cormano del despotismo religioso y que persigue como un implacable azor el nido en que la libertad encama a sus polluelos. (Aplausos.) Es preciso, señores, no confundir mis ataques contra la intromisión de los ejércitos en la política activa de las naciones, con las doctrinas anárquico - sociales que predican la disolución de los ejércitos.....

. - El C. Castilleja, interrumpiendo: ¿Me permite una interpelación?

El C. Castillo Torre, continuando: Dentro de la imperfecta sociedad contemporánea yo juzgo necesarios aún los ejércitos para defender las fronteras y las instituciones de la patria y en tal concepto rindo homenaje a los soldados que mueren defendiendo el color de sus banderas y mi homenaje mas entusiasta, el más gallardo de mis homenajes es para el ejército de mi país, para el Ejército Constitucionalista formado a golpes de heroísmo en el yunque de una revolución que trepa con el ímpetu de los huracanes, la cuesta de la Renovación y del progreso donde la sangre de los héroes rejuvenece nuestra selva heroica y permite a los supervivientes recoger junto a las tumbas de los muertos una cosecha insigne de laureles... (Aplausos.) Mi entusiasmo, señores, humilla su penacho ante de los combatientes griegos de Platea y Salamina, ante las mesnadas de Pelayo, ante los gloriosos escuadrones de Hoche, ante los mil de Garibaldi, ante los ejércitos de Grant y las huestes Constitucionalista de Carranza, porque yo admiro a todas las masas anónimas que siguen generosas las palabras de los espíritus mesiánicos y blanquean con sus huesos las rutas gloriosas de la libertad. (Aplausos.) (Voces: ¡A votar, a votar!)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Ruiz Martínez.

El C. Ruiz Martínez: Honorable Asamblea: Después de oír al señor licenciado Castillo Torre con esa elocuencia que le caracteriza, cuya elocuencia utilizaba en "El Diario" de Yucatán, según el decir de la prensa, hablando en contra de los entonces revolucionarios y hoy amigos de él, es decir, de los carrancistas; (Aplausos.) Cuando oigo hablar a Castillo Torre con ese entusiasmo, verdaderamente me entusiasmo yo también, pero cuando en las malas causas se pone al servicio de individuos perversos, esa elocuencia no puede menos de sentir una tremenda decepción, como sucede en un orador de tantas esperanzas, un orador de tanto vueloscomo el señor Castillo Torre, que viene aquí enteramente a demostrar lo contrario de lo que es abajo de esta tribuna. El ha tocado el punto legal ligerísimamente, pero saben ustedes, señores, que el señor licenciado Castillo Torre tenía cifrado el triunfo del señor Lailson Banuet, mi contrincante, a quien me voy a referir a continuación y voy a probar la presión ejercida por él en donde tiene que haber sangre, asesinatos y algunas otras cosas mas, cosas que sabe el C. Castillo Torre; tenía cifrado el triunfo en esa manera de expresarse

del señor Castillo Torre, y por esos ven ustedes que solamente relativo al asunto empleó unos cuantos momentos y todo lo demás fueron citas históricas de ese cerebro pletórico de ideas tan hermosísimas y bellas en que salen a relucir el estandarte, los penachos, el ejército y la libertad de que muchas veces se ha olvidado. (Aplausos.)

Es para mí verdaderamente difícil, señores diputados, llegar a esta tribuna; mi situación es verdaderamente difícil, soy uno de los presuntos diputados que he cargado con el sambenito de la maffia, de esa maffia que ya saben qué cosa ha sido y que para cada diputado se ha convertido en una mafia y ahora, señores, el señor Castillo Torre está justificando perfectamente bien, como dijo ""Redención"" algua vez: que él es el jefe de la mafia. Así lo ha dicho "Redención." (Siseos.)

El C. Castillo Torre, interrumpiendo: ¿Me permite la palabra para una aclaración?

El C. Ruiz Martínez: No puedo permitirle, usted ha hablado bastante, más de lo necesario.

El C. Castillo Torre: ¡Nada más para decir quién es mi secretario! Se refiere a la maffia.

El C. Ruiz Martínez, continuando: El dictamen, señores como ustedes se han dado cuenta, viene en mi contra y una cosa especialísima para felicidad o desgracia mía: es el primer dictamen del Bloque "Liberal Nacionalista" que no pasa por el Bloque Liberal Nacionalista, ni hay acuerdo para que se vote en pro ni en contra; pasa tal y como está, como una cabeza enredada está aquí para desenmarañarla; no hay pues, aquí un acuerdo de maffia, ni acuerdo de nadie; en cambio, por lo que respeta a mi contrincante, deben saber ustedes que ya hay el compromiso, entre varias personas, de sostenerlo porque fue de la XXVII Legislatura.... (Voces: ¡Pruebas, pruebas!) Las daré a continuación, señores cuando yo vengo a la tribuna tengo certeza de lo que digo, si no, no expresaría nada completamente. (Aplausos.)

Voy a ser corto, señores porque comprendo que en la tribuna lo hago mal. (Voces: ¡No, hombre, no!)

A fin de que no perdamos el tiempo voy a entrar a la cuestión legal. En primer término, el señor licenciado Castillo Torre y todos los del pro del dictamen sostienen que yo soy militar o que era militar en servicio activo y no me separé noventa días antes de la elección. Señores, nadie podrá probar aquí, ni la misma Secretaría de Guerra, que yo estuve ciento y tantos días antes de la elección en servicio activo. En primer término, con fecha 5 de abril he solicitado ante la Secretaría de Guerra licencia para separarme para atender a mi salud y para asuntos particulares, con el apoyo en el artículo 896 de la Ordenanza General del Ejército, el ciudadano general en jefe de la brigada número 15, me concedió la licencia habiendo dado el aviso, según la misma Ordenanza lo prescribe, a la Secretaría de Guerra y diciendo que del día 10 de abril comenzaba yo a hacer uso de la licencia; aquí está la minuta de este documento.

Para conceder esta licencia remito la hoja de servicios del mayor de caballería del C. Ignacio Ruiz Martínez,- que ya después indicaré al señor Castillo Torre por qué sin ser militares efectivos hay mayores de caballería y de infantería - y entonces al pedir la Secretaría de Guerra mi hoja de servicios se mandó el certificado médico que está aquí original en este expediente y dice entonces el cuartel general de la brigada 15 a la Secretaría de Guerra: "Te remito el certificado médico en el cual me he apoyado para conceder al mayor Ruiz Martínez, preboste de la brigada número 15, licencia a partir del día 10 de abril." Y dice entonces la Secretaría de Guerra: "A ver el certificado médico, te devuelvo este certificado, mándame otro en que me digas qué tiempo necesita el mayor Ruiz Martínez, preboste de la brigada 15, para su curación." Y aquí tiene el eje de la cuestión, señores. sólo los individuos que no quieren ver, los perversos que enredan los asuntos; dice así el certificado médico, que es el eje de la cuestión: "El coronel médico cirujano que subscribe, jefe de la Sección Sanitaria de la brigada 15, certifica: que el C. mayor Ignacio Ruiz Martínez, preboste de la misma brigada, ha estado y actualmente se encuentra enfermo de paludismo y de la anemia, consecuencia de este padecimiento, por lo que después de un reconocimiento que le hice el 5 de abril próximo pasado, fue indispensable abandonara sus labores habituales, estando medicinándose desde el 10 del mismo abril. siendo necesario...¡Ojo, señores y atención! (Risas.) " Siendo necesario todavía para el completo restablecimiento de su salud, según nuevo examen, permanezca alejado de sus labores dicho jefe por lo menos dos meses más a partir de esta fecha." ¿Cuál es esta fecha? 26 de julio ¿Cuánto tiempo había transcurrido del 26 de julio? De 10 de abril, al 10 de mayo, al 10 de junio, al 26 de junio, eran dos meses diez y seis días que yo ya llevaba de licencia. Va a la Secretaría de Guerra este certificado médico, que es el eje de la cuestión, por conducto del cuartel general de operaciones del Sur, como está allí en el expediente perfectamente formado, y entonces la Secretaría de Guerra giró un oficio al Cuartel general y éste lo transmitió a la brigada número 15 y la brigada número 15 me lo transmitió a mi: he recibido un oficio resolutivo el 24 de julio, cuatro días antes de las elecciones, es decir, el 24 de julio, es decir, tiene ya de 10 de abril, al 10 de mayo, a 1º de junio, a 10 de julio, tres meses catorce días. Suplico a la Secretaría, con permiso de la Presidencia, tenga la bondad de leer este oficio resolutivo de la Secretaría de Guerra, el cual me han remitido cuatro días antes de las elecciones.

- El C. Prosecretario Aguilar, leyendo:

"Ejército constitucional.- Cuerpo de Ejército de oriente.- Brigada número 15.- General en jefe.- Estado mayor.- Número 1,678.- La jefatura de operaciones del sur, en oficio número 6,036 de 15 de los corrientes, dice a este Cuartel General lo siguiente:

"La Secretaría de Guerra y Marina, en oficio número 70,881.- 15,656, de fecha 11 de los corrientes dice a este Cuartel General lo que sigue: "Adjunto me permito devolver a usted el certificado médico expedido en favor del C. Mayor de caballería, preboste Ignacio Ruiz Martínez, y que se sirvió adjuntar a su atento oficio número 5,445 de fecha 29 de mayo último, a fin de que se especifique en él el tiempo que el interesado necesita para su curación. Lo que por disposición del ciudadano

general en jefe me honro en insertar a usted para su conocimiento y fines indicados, adjuntándole al efecto del documento en cuestión.- Reitero a usted las seguridades de mi distinguida consideración.- Lo que transcribo a usted para su conocimiento y fines expresados, reiterándole mi atenta consideración y adjuntándole el certificado de referencia.- Constitución y Reformas.- Cuartel General de Tulancingo, junio 25 de 1918.- El coronel jefe de Estado Mayor, Marcos Fernández.- Al ciudadano mayor preboste Ignacio Martínez.- Presente."

El C. Ruiz Martínez, continuando: Este oficio lo recibí el 24 de julio, es decir, cuatro días antes de las elecciones y entonces seguí con licencia hasta el 26 de agosto, puesto que el certificado médico que existe original en este expediente, de la Secretaría de Guerra, había manifestado que necesitaba yo dos meses más a partir del 26 de julio, y al efecto después, cuando se terminó la licencia, he puesto un oficio poniéndome a disposición del Cuartel General de la brigada número 15. ¿Tiene la bondad de leerlo la Secretaría?

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"Minuta.

"Tengo el honor de poner en el superior conocimiento de usted que habiéndose cumplido con esta fecha, la licencia que para atender a mi salud, tuvo a bien concederme la Superioridad, me hago presente ante usted a fin de que se sirva ordenar lo que a bien tenga, en el concepto de que, como se me ordenó por el Detall General de la brigada y por orden de usted pertenezco desde el 11 de junio a la Corporación de excedentes.

"Reitero a usted, mi general, las seguridades de mi subordinación y respeto.

"Constitución y Reformas.- Tulancingo, Hgo., agosto 26 de 1918.- El mayor.

"Al C. general Francisco de P. Mariel, en jefe de la brigada 15.- Presente."

El C. Araujo Francisco, interrumpiendo: ¡No tiene firma!

El C. Ruiz Martínez, continuando: Esta fue la minuta del oficio que yo dirigí, pues qué ¿deseaba usted que estuviera, señor Araujo, el original?.

El C. Araujo Francisco, interrumpiendo: Una copia certificada.

El C. Ruiz Martínez, continuando: Este fue el texto del oficio que yo dirigí al Cuartel General de la brigada número 15, poniéndome a disposición de ese Cuartel General, porque el 26 de agosto se me había cumplido la licencia. Pero mi inmediato superior, el preboste general del Cuerpo de Ejército de Operaciones del Sur, produjo un certificado en el que hace constar que yo desde el día 10 de abril dejé de estas como preboste de la brigada número 15 hasta el último. (Voces: ¡Pruebas, pruebas!) Sí, señores; se va a leer... (Voces: ¿Otra minuta?) No, señores, es certificado.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"Ejército Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Jefatura de Operaciones del Sur. - Cuartel General.- Sección de Justicia .

"El subscripto, coronel y licenciado Fernando L. Echegaray, preboste general interino de la Jefatura de Operaciones del Sur, certifica:

"Que el C. mayor Ignacio Ruiz Martínez, que funcionaba como preboste subalterno de la brigada "15" por razón de enfermedad se separó del servicio activo, con las formalidades debidas, el diez de abril del año en curso, sin que hasta la fecha haya reanudado sus labores.

"Lo que hago constar a petición del interesado y para los efectos consiguientes.

"Cuartel General en Tacubaya, D. F., a los treinta y un días del mes de agosto de mil novecientos diez y ocho.- F. L. Echegaray."

El C. Ruiz Martínez, continuando: Es decir, no era ya preboste desde el 10 de abril hasta el día 31 del mes agosto de 1918; mas como si esto no fuera suficiente, para que se vea que desde el 10 de abril hasta el 18 de julio, concretando el asunto, no tenía yo que ver ya en la brigada número "15," aquí está otro documento, en donde, con fecha 11 de junio, dejé de ser preboste de la brigada y me substituyó el mayor Angel Toledo, que es el que está hasta la fecha funcionando; este es un certificado del pagador general de la Brigada número "15," en que también se apoyó la Comisión Revisora para producir su dictamen.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"Ejército Constitucionalista.- Brigada número 15.- Pagaduría General.- José David Palomar, Pagador de primera del Ejército comisionado en la Brigada 15, certifica: que por disposición del ciudadano General Jefe de la misma, según oficio número 292, de 20 de junio del presente año, cesó el C. mayor Ignacio Ruiz Martínez como preboste de la referida brigada, pasando a la Corporación de Excedentes, con fecha 11 del mismo junio, y substituyéndolo el de igual empleo, C. Angel M. Toledo.

"Y para constancia extiendo el presente en la ciudad de México, a los siete días del mes de octubre de mil novecientos diez y ocho.- J. D. Palomar."

El C. Ruiz Martínez, continuando: Ya ven ustedes, señores, que todos.....

El C. Pastrana Jaimes, interrumpiendo: Pido la palabra para una interpelación.

El C. Ruiz Martínez: No lo permito, señor, estoy en el uso de la palabra. Ahora bien, señores, como en todos los certificados que se han leído aquí antes por el señor ingeniero Pastor, como en estos que yo he leído, se ha dicho aquí que el superior jerárquico es la Secretaría de Guerra, y siendo la Secretaría de Guerra la que está sobre los generales y sobre todos los que han producido estos certificados, ¿a qué debe dar más crédito, a lo dicho por la Secretaría de Guerra o a lo manifestado por el señor licenciado Castillo Torre? ¿por qué razón vamos nosotros a aceptar ciegamente lo que la Secretaría de Guerra dice? Pues qué, ¿la Secretaría de Guerra no puede equivocarse?

El C. Castillo Torre, interrumpiendo: Voy a contestar la interpelación.

El C. Ruiz Martínez, continuando: No le he hecho ninguna interpelación. Ahora bien, señores, como pudiera creerse que yo vengo a sorprender a esta honorable Asamblea con documentos que no tienen ninguna importancia, manifiesto que la Ordenanza General del Ejército, en su artículo 110, manifiesta que los generales en jefe pueden certificar servicio de sus subordinados de igual empleo, cuando les consten personalmente esos servicios. Así, pues, tienen razón legal de ser estos certificados y deben tomarse en cuenta como documentos probatorios, y

ahora, pasando al caso de la Secretaría de Guerra, debo manifestar a ustedes, señores, y eso para probar que yo no vengo a sorprenderlos con documentos falsos, mi contrincante el señor Lailson Banuet se ha dirigido, se dirigió a la Secretaría de Guerra y habiéndose dirigido a la Secretaría de Guerra cuatro días dilataron nada más en contestarle, es decir, en dar contestación a su pregunta. Y aquí están los documentos que se han leído: cuatro días nada más. La Comisión Revisora también obtuvo con prontitud sus comprobantes; en tanto que la Secretaría de Guerra no quiso decir que yo no tenía mando de fuerzas, sino que nada más corroboró lo dicho en los oficios anteriores. Pues bien, señores, el conducto por el cual mi contrincante obtuvo los certificados fue precisamente el Juzgado Primero Supernumerario de Distrito, yo también recurrí a un Juzgado de Distrito, al segundo, y he pedido a la Secretaría de Guerra, mandando un memorial citando fechas, obteniendo documentos y pidiendo también certificados para que viera la Secretaría que yo tampoco trataba de sorprenderle; he pedido yo también certificados con el mismo derecho de mi contrincante y sin embargo, desde el 1º de octubre hasta la fecha no he obtenido nada de la Secretaría de Guerra. ¿Qué cosa indica esto, señores? Que hay parcialidad; no sé dónde estará; yo nunca soy capaz de culpar al señor general Juan J. Ríos, pero sí puedo asegurar que hay una mano perversa en la Secretaría de Guerra que ha tratado de perjudicarme; que sin ver los antecedentes ha extendido este documento donde dice "dos meses," que son los dos meses a que se refiere este certificado, tomándolo aisladamente, y hace creer que sólo dos meses se me concedieron, cuando he demostrado a ustedes, con documentos que son el eje de la cuestión, cuánto tiempo estuve separado del servicio, para que vean que no he engañado a nadie. Aquí tienen un certificado del Juez de Distrito, en que manifiesta que la Secretaría de Guerra no contestó a ninguna de mis preguntas. Vean ustedes, tengan atención para que vean cómo yo me refiero especialmente al tiempo de licencia, al tiempo que estuve separado y no se me contestó nada.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Segundo de Distrito.- México, D. F.- Secretaría.

Al margen: Un timbre de cincuenta centavos debidamente cancelado.

Al centro: "Licenciado Enrique Osorno Aguilar, Secretario del Juzgado Segundo Propietario de Distrito de esta capital, certifico: que, según aparece del expediente respectivo, en escrito de fecha 1º del mes en curso el señor mayor de caballería, Ignacio Ruiz Martínez, ocurrió a este Juzgado en la vía de jurisdicción voluntaria, pidiendo se solicitasen de la Secretaría de Guerra y Marina varios informes y copias certificadas para justificar que estuvo separado del servicio del diez de abril al veintiséis de agosto del presente año, por tener necesidad de probar esta circunstancia con motivo de haber sido electo diputado propietario al Congreso de la Unión, por el 9º Distrito Electoral del Estado de Hidalgo; que por auto de fecha 2 del propio mes en curso, se acordó de conformidad, librándose, al efecto, con la misma fecha, el oficio número 57 a 1o citada Secretaría, pidiéndole la remisión de los aludidos informes y copias certificadas, sin que hasta la presente fecha se hubiesen recibido en este Juzgado.- Y a pedimento del interesado y por mandato judicial, libro la presente certificación, en una foja útil para entregarla al señor mayor Ignacio Ruiz Martínez, en la ciudad de México, el día veinticinco de octubre de mil novecientos diez y ocho.- El Secretario, E. Osorno A."

- El C. Ruiz Martínez continuando: Ya ven ustedes, señores, si yo trato de sorprender a la Asamblea. ¿Qué motivos tuvo la Secretaría de Guerra para no darme a mi certificado como se los había dado a mi contrincante? Yo creo que el mismo derecho que él tenía, lo tenía yo también. Queda perfectamente comprobado, señores, queda perfectamente comprado que yo de hecho y de derecho estuvo separado como preboste de la Brigada "15," que era el único cargo que yo tenía en dicha Brigada; estuve separado del 10 de abril hasta el 28 de julio, en que se verificaron las elecciones. No me refiero hasta el 26 de agosto, porque estoy concretando los hechos.....

El C. León Oscar H., interrumpiendo: ¿Me permite una interpelación el orador? (Voces: ¡No, no! Murmullos.)

El C. Ruiz Martínez: Puede usted hacerme la interpelación, señor .

El C. León Oscar H.: ¿Por qué razón el Jefe del Estado Mayor de esa Brigada, al comunicar a usted la resolución de la Secretaría de Guerra le dirigió a usted el oficio en estos términos: "Al C. mayor H. Martínez, preboste de esta brigada," el 24 de julio?

El C. Ruiz Martínez: ¿El veinticuatro? Precisamente me dirigió esa comunicación en esa forma en que usted lo indica, porque así querría tal vez hacerlo. (Risas. Voces: ¡Aah! ¡Claro, claro!)

El C. León Oscar H.: Muchas gracias. (Murmullos.)

El C. Ruiz Martínez, continuando: Yo no sé en qué se fundaría para poner mi nombre así en esa forma. Queda, pues, perfectamente comprobado, señores, y nadie podrá probar lo contrario, que yo, como dije antes, estuve separado más de ciento y tantos días antes de la elección, del servicio de preboste. Ahora, dice el C. Castillo Torre - y eso nada más lo hago por aclaración -, que porque se me dice mayor de caballería, por ese hecho yo he sido militar efectivo. No voy a discutir si soy militar efectivo o no, pero es el caso que el señor Castillo debe saber que entre los asesores militares, allí existen armas para los asesores, y así se les nombra coronel de caballería, teniente coronel de caballería; coronel o teniente coronel de infantería, y no obstante eso, no son militares efectivos. (Murmullos.)

Ahora, pasando a los antecedentes, señores, no es el primer caso que se presenta aquí, en que la Secretaría de Guerra incurre en error. Tienen ustedes el caso del señor Castillo Garrido, en donde hay un documento que dice idénticamente, casi lo que hay aquí:

"Secretaría de Estado.- Estados Unidos Mexicanos.- México." (Comenzó a leer muy rápidamente. Voces: ¡Huy!) Me paso violentamente aquí, porque esto no tiene interés, en lo demás me detendré.

"Secretaría de Estado y del Despacho de Guerra y Marina.- Estados Unidos Mexicanos.- México.- Departamento de Caballería.- Sección la.- Mesa la.- Número 25,243.

"En contestación a su atento oficio, de fecha 13 de los corrientes, en el que solicita se le informe a usted si el capitán 1º de caballería Isauro Castillo Garrido, procedente del 19 Regimiento, que se encuentra con matriz en Polotitlán y destacamentado en el Distrito de Jilotepec, y del cual fue jefe nato el C. coronel de Caballería Bruno García Lozano, le manifiesto a usted que no se le ha concedido licencia alguna al citado oficial y que se encuentra en servicio activo, comisionado actualmente en esta Secretaría.

"Reitero a usted mi atenta consideración.

"Constitución y Reformas.- México, 16 de agosto de 1918.- El general Oficial Mayor Encargado del Despacho, Juan J. Ríos.

"Al C. Daniel Basurto.- Presente."

Ya ven ustedes que existe siempre alguna diferencia; yo tenía licencia y no tenía yo que ver nada en la brigada; pero ahora, en la discusión de la credencial del señor Castillo Garrido, hay unos puntos interesantes, y dice así el señor Castillo Garrido:

"Por otra parte, suponiendo, sin conceder, que fuese militar en servicio activo, comisionado por la Secretaría de Guerra, se ha establecido ya aquí el precedente de que no se viola el artículo 55, cuando se trata de un individuo sin mando de fuerzas en el Distrito por el que sale electo; y esa jurisprudencia la ha establecido una multitud de abogados constituyentes y no constituyentes habiéndose presentado diez u once casos, no de capitanes, sino de generales, en que se ha pasado por alto esa circunstancia y son hoy ya diputados. Últimamente tuvimos un caso análogo, el del señor Arriaga, en que se desechó el dictamen que le era adverso; por consiguiente, entiendo que esta Asamblea, comprendiendo que se pretende cometer una injusticia, debe rechazar el dictamen, porque no sería posible que rechaséis a un hombre digno y y levantisco, para traer a un hombre abyecto y degenerado."

Ahora, el señor Manlio Fabio Altamirano dice así, y esto es bastante elocuente y es aplicar al caso.

"Se dice que el señor Castillo Garrido no puede ser diputado porque era militar en servicio activo; pero yo creo que los constituyentes, cuando dictaron este artículo, tuvieron en consideración que muchos militares, olvidándose de los deberes y de las obligaciones de todo ciudadano, se valen del rifle que traen en la mano y de las fuerzas de que disponen, así como el temor que infunden al pueblo, para fraguar una elección a su favor. Por consiguiente, yo mismo sentiría cierta duda acerca de la elección del señor Castillo Garrido, si en lugar de haber ido él sólo con su pecho sano y con su frente muy alta, a hacer su propaganda en ese Distrito Electoral, hubiera ido como jefe de la guarnición, con cientos o miles de hombres a su mando; entonces sí hubiera yo podido creer que por medio de esos hombres, que por medio del terror, él podía haber ejercido sobre sus conciudadanos, alguna presión hubiera podido imponerse a la voluntad de ellos, para traer así una credencial; pero el C. Castillo Garrido fue sólo, fue únicamente atenido al voto del pueblo, que lo llamó a la elección fue atenido únicamente a sus propias fuerzas y a sus propias alcances; no votó un solo soldado a su favor. Por consecuencia, ¿dónde puede haber la causa de nulidad que se llama presión, para nulificar la credencial del señor Castillo Garrido?"

El señor Castillo Torre dice: "El preboste tiene omnímodas facultades, el preboste tiene una jurisdicción extensa," y resulta, señores, que tal como lo menciona el señor Castillo Torre, el preboste es una alta personalidad, casi superior a un general en jefe; pero falsea el principio fundamental el señor Castillo Torre, precisamente porque tanto la Ordenanza General del Ejército como el Código de Justicia Militar, dicen que solamente habrá preboste en campaña o sea movilizado algún cuerpo de ejército, división o brigada. Ahora, yo, señores, pregunto: ¿la región en donde opera la brigada "15," al menor por el Distrito Electoral por el que yo vine, se encontraba en estado de guerra? ¿El preboste tenía la facultad que menciona la Ordenanza?..... (Voces: ¡Sí, sí!) Y hay un punto muy interesante: el señor Castillo Torre dice que los prebostes tienen a su cargo y a su mando la gendarmería militar, con la cual debo yo haber ejercido presión sobre aquella región. ¿Qué gendarmería militar, pregunto yo a ustedes, señores, los que conozcan de asuntos militares, qué gendarmería han tenido los prebostes? (Voces: ¡Dijo Policía!) Ahora, como policía militar, también dice el Código de Justicia Militar que el preboste solamente ejercerá funciones de agente de policía en tiempo de guerra; pero el señor Castillo Torre, para dictaminar, tiene en consideración todas estas facultades que al preboste le asisten. Y vean ustedes que ve él las armas de toda la gendarmería militar y de todos los soldados que puede mandar el preboste, y yo voy a hacer una pregunta a todos los señores que conocen Tacubaya, a toda la honorable Asamblea: existe el preboste general del Cuerpo de Ejército de Operaciones del Sur, y está en Tacubaya. Señores, ¿qué facultades tiene sobre el comercio, sobre las cantinas, sobre los mercados? ¿Qué tiene que ver el preboste con todo esto?

El C. Araujo Francisco, interrumpiendo: ¡Las tuvo!

El C. Ruiz Martínez. continuando: ¡Ah, las tuvo! Sí, señores, en el período preconstitucional. ¿Ahora? Ahora, señores, cualquiera que quiera convencerse de ello, que vaya a Tacubaya. ¿Saben ustedes a qué está reducido el papel del preboste? Está reducido únicamente a levantar las actas de policía judicial militar, de cualquiera cosa que suceda entre los soldados. Es lo único, y una vez practicadas las primeras diligencias con los individuos, los manda al superior jerárquico; es lo único que tiene que hacer el preboste. Ahora bien, ¿por qué razón en el Cuerpo de Ejército de Operaciones del Sur han existido prebostes en determinados lugares? Sencillamente, señores y todos lo saben, porque está por hacerse el avance hacia el Sur, y cuando el Cuerpo de Ejército de Operaciones del Sur avance sobre Morelos, entonces en tanto no haya ninguna autoridad constituida, donde no haya

nadie que mande, entonces podrá tener las facultades que la Ordenanza General les marca a los prebostes. (Voces: ¡Ya, ya!) Ya, señores, un momento.

Pasando ahora a la cuestión de las famosas cartas, señores (voces: ¡Ya, ya!), sé perfectamente bien.... (Voces: ¡Ya, ya! Murmullos.) Se ha dicho que con las cartas mías está probada la presión del C. general Francisco de P. Mariel y de sus fuerzas. Yo digo, señores, que si menciono al general Mariel en mis cartas es porque todos, todos sin excepción, salvo algunas excepciones, mejor dicho, siempre tenemos alguien, alguna persona confidente a quien consultar, a quien contarle nuestras penas (risas, voces: ¡Ah!), a quien decirle algo. (Risas.) Sí, señores, y siendo eso, por eso menciono al señor general Francisco de P. Mariel; pero para que se probara la presión, si realmente existió, señores, se debe recurrir a la comprobación del cuerpo del delito, se debe recurrir a la comprobación de los hechos reprobables. Y yo pregunto al C. Castillo Torre: ¿A dónde están las pruebas de esa imposición? Porque en las casillas electorales, señores, no hay una sola protesta; en la Junta Computadora tampoco hay una protesta; si hubiera habido presión, señores, se hubiera denunciado y estuvieran ahí las protestas. - El C. Espinosa, interrumpiendo: Pido la palabra. (Voces: ¡No, no!)

El C. Ruiz Martínez, continuando: Ahora, por lo que respecta, señores - y eso ligeramente -, a mi contrincante yo, señores, he dicho en mis cartas que contaba con militares, que podía contar con militares y no militares, con autoridades y no autoridades civiles. Ustedes han visto todo y, ¿cuál era mi intención? Yo, sin saber la cuestión de partidos, mi intención era precisamente aparecer como un hombre prestigiado y por eso exageré. (Voces: ¡Huy! Risas.) Sí, señores, lo confieso, no tengo inconveniente en decirlo, porque no es deshonroso y hemos visto también que al señor Martínez del Río se le vio una carta en que se refería precisamente a la ayuda que tenía del ciudadano Gobernador de Guanajuato, me parece. (Voces: ¡No, no!) Sí, señores, han circulado tarjetitas y otra cosa también, señores, yo dije que contaba con el general Mariel y otros partidos. ¿No ha habido quienes han dicho que cuentan con el Ministro de Gobernación y con el ciudadano Presidente de la República, don Venustiano Carranza (Voces: ¡Sí, sí) Pues entonces, señores, ¿por qué nos espantamos de que yo diga en estas cartas que cuento con tantísimos elementos? (Aplausos.) Pero como queda un pequeño punto pendiente, señores, respecto a mi contrincante, porque yo acostumbro venir con las pruebas, yo no comprometo a mis amigos, yo no comprometo a mis superiores, ni comprometo a nadie, con los mismos documentos de mi contrincante voy a probar a ustedes ligeramente, señores. (Voces: ¡No, no! ¡Ya, ya!) Señores, es ligero, que mi contrincante tenía con el Presidente de la Junta Computadora de Tulancingo, a donde yo decía que contaba con el Presidente Municipal, tenía con el Presidente de la Junta Computadora compromisos para que a la hora de la computación de votos se inclinara la votación a su lado; aquí está una carta que en mi contra ha presentado mi contrincante, que luchó por el triunfo, por venir a sentarse en una curul, aquí está una carta en que le dice al Municipio de Tulancingo: "Muy estimado señor. Le adjunto a usted el certificado....." - son dos cartas del Munícipe A. Nava Fernández, y aquí tengo los certificados de que él es Munícipe -, le dice: "Muy estimado señor. Le adjunto a usted el certificado del resultado del cómputo general, manifestándole a la vez que al recordarle mi recomendación hecha al señor licenciado Miguel M. Zárate, Presidente de la Junta Computadora, me expresó" - fíjense ustedes, señores -, "me expresó que materialmente le fue imposible hacer algo en beneficio de usted, por razón de que su contrincante Ruiz Martínez no se separó ni un solo momento durante la computación de votos."

Aquí están las cartas. (Aplausos.)

Otro punto: un capitán, que a la vez que es capitán es Vicepresidente del Ayuntamiento de Tutotepec, y propagandista representante del señor Lailson Banuet y que ha pertenecido a las fuerzas de la Brigada "15," es decir, del general Mariel, ese fue uno de los que influyeron, de los que ejercieron presión sobre el pueblo de Tutotepec para que mi contrincante obtuviera setecientos y tantos votos, la mayoría de votación, en aquel Distrito Electoral. (Voces: ¡Pruebas, pruebas!) ¿Las pruebas? Aquí están, señores, (Murmullos. Voces: ¡Ya, ya!) Ahora, por último, para probar que la Comisión Revisora no procedió a conciencia, señores, no voy a mandar traer los expedientes, pero tienen ustedes esto importantísimo: En el único lugar donde por presión y por muchas circunstancias sacó mi contrincante setecientos y tantos votos, es decir, en San Bartolo Tutotepec, todas las casillas electorales dicen así después de la votación en favor de mi contrincante. Dice: Presidente, fulano de tal, no sabe firmar; Secretario, no sabe firmar. Desde el instalador hasta el último escrutador ninguno firma. ¿Qué quiere decir esto? (Siseos. Voces: ¡Pruebas! Murmullos.) ¿Pruebas? Que se manden traer el expediente de Tutotepec y se verá que no hay firma; solamente una casilla es la única que tiene la firma del Presidente; en cambio, todas las demás no tienen una sola firma. (Voces: ¡Ya, ya! ¡A votar!¡ A votar!) Tengo mucho que decir, pero, sin embargo, señores, para no cansar a esta honorable Asamblea, sírvanse emitir su voto como mejor lo deseen, en el concepto de que yo he venido aquí con mi frente alta a defender mi credencial, y a defenderla, porque tengo la seguridad, está evidenciado, que mi triunfo ha sido honroso y legal. Poca vergüenza, poca delicadeza tendría yo, señores, si viniera a esta tribuna a defender mi credencial cuando no tuviera conciencia de que realmente la gané con honradez. (Voces: ¡A votar, a votar! Aplausos. Murmullos.)

El C. Presidente: Han hablado en pro los CC. Lara César, Espinosa Luis y la Comisión, y en contra, los CC. Pastor, Garza Candelario y Ruiz Martínez.

Se va a preguntar a la Asamblea si considera suficientemente discutido.

El C. Prosecretario Aguilar: Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie.

El C. Pastrana Jaimes: Pido la palabra. (Voces: ¡No, no!) ¡Voy a ser muy breve! (Voces: ¡No, no! ¡A votar, a votar!)

- El mismo C. Prosecretario: Está suficientemente discutido. La parte resolutiva del dictamen dice así:

"Primero. Es la elección verificada el 28 de julio último en el 9º Distrito Electoral del Estado de Hidalgo, en favor del C. Ignacio Ruiz Martínez, para diputado al Congreso de la Unión.

"Segundo. Es válida la elección verificada en el mismo Distrito en favor de los CC. Manuel Lailson Banuet y Félix Franco, para diputados, propietario y suplente, al Congreso de la Unión.

"Tercero. Son diputados, propietario y suplente, al Congreso de la Unión por el 9º Distrito Electoral del Estado de Hidalgo, los CC. Manuel Lailson Banuet y Félix Franco." (Voces: ¡No, no! ¡Sí, sí! ¡Que se repita!)

El C. Araujo Francisco: ¡Pido votación nominal. (Voces: ¡Nominal!)

El C. Arlanzón: ¡Que se repita la lectura!

- El mismo C. Prosecretario: A petición de varios ciudadanos diputados se va a repetir la lectura de los tres puntos resolutivos del dictamen.

"Primero. Es nula la elección verificada el 28 de julio último en el 9º Distrito Electoral del Estado de Hidalgo, en favor del C. Ignacio Ruiz Martínez, para diputado al Congreso de la Unión."

(Voces: ¡No, no! ¡Sí, sí!) Dice el segundo:

"Segundo. Es válida la elección verificada en el mismo Distrito en favor de los CC. Manuel Lailson Banuet y Félix Franco, para diputados, propietario y suplente, al Congreso de la Unión."

(Voces: ¡No, no! ¡Sí, sí!) Dice el tercero:

"Tercero. Son diputados, propietario y suplente, al Congreso de la Unión por el 9º Distrito Electoral del Estado de Hidalgo, los CC. Manuel Lailson Banuet y Félix Franco." (Voces: ¡No, no! Sí, sí!)

La Presidencia manifiesta que en virtud de ser imposible dividir la votación de los tres puntos del dictamen, en una sola votación, como se ha pedido, se hará. (Murmullos.)

El C. Soto Peimbert: Pido la palabra. Tengo entendido que la práctica establecida en estos casos es declarar primero la validez o nulidad de la elección, y después en favor de quién puede haber recaído el triunfo. En esa forma no me explico a qué puede haber obedecido la división de ese dictamen en tres puntos; hay jurisprudencia sobre el caso y para mayor claridad, debiera haberse presentado en la forma acostumbrada.

El C. Rodríguez de la Fuente: Para una aclaración, señor Presidente.

El C. Presidente: Efectivamente, siempre se ha acostumbrado hacerlo en la forma que indica Su Señoría, primero se consulta la validez de una elección; pero en este caso el dictamen viene en tal forma que no se puede votar por separado ningún punto resolutivo sin nulificar la elección. Por eso la Presidencia ha dado el trámite de que todo se vote en un solo acto en votación nominal.

El C. Secretario Pesqueira: Se procede a la votación nominal. La Presidencia suplica al C. García de Alba auxilie a la Secretaría.

El C. Prosecretario Aguilar: Se procede a la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. Secretario Pesqueira: Por la negativa.

(Se comenzó a recoger la votación.)

El C. Prosecretario Aguilar: A fin de facilitar las labores del escrutinio, se suplica a los ciudadanos diputados se abstengan de hacer manifestaciones durante la votación.

(Continúa la votación.)

El C. Prosecretario Aguilar: La Presidencia suplica a los señores diputados se sirvan ocupar sus curules.

Votaron por la afirmativa los CC. Aguilar Pablo, Aguirre León, Alejandre, Araujo Emilio, Araujo Francisco, Balderas Márquez, Barragán, Cabrera, Camarena, Cancino, Casas Alatriste, Castellanos Díaz, Castillo Torre, Castro Alfonso, Castro Roberto, Cordero, Cuéllar, Esparza, Espinosa Luis, Fernández Ledesma, Fernández Martínez, Galindo, García Adolfo G., García de Alba, García Emiliano C., González Jesús N., González Marciano, Guerrero, Gutiérrez Antonio, Gutiérrez Orantes, Huerta, Iturralde, Jiménez, Lanz Galera, Lara, León, Maceda, Macías Rubalcaba, Malpica, Márquez Galindo, Meza, Molina, Morales Francisco César, Morales Hesse, Morales Sánchez, Ocampo, Ordorica, Pastrana Jaimes, Pérez Carbajal, Pesqueira, Rivera Castillo, Rodríguez Matías, Rojas Rafael, Rosas, Ruiz de Chávez, Silva Herrera, Solórzano, Soto Peimbert, Tejeda Llorca, Toro, Torre Jesús de la, Treviño, Zavala Leobino, Zayas y Zincúnegui Tercero.

Total, 67 votos.

El C. Morales Hesse: Reclamo mi voto, señor. Yo voté por la negativa.

El C. Secretario Pesqueira: No se ha leído la negativa.

El C. Morales Hesse: Pero está mi nombre en la afirmativa.

El C. Prosecretario Aguilar: Debe haber sido equivocación, porque el C. Morales César está cerca del nombre de usted.

El C. Secretario Pesqueira: Votaron por la negativa los CC. Aguilar Antonio, Aguirre Vito, Altamirano, Arlanzón, Arrioja Isunza, Barrera Felipe de la, Basáñez, Bravo Carlos, Bravo Izquierdo, Bravo Lucas, Breña, Carreón, Carriedo, Méndez, Carrión Luis G., Castilleja, Castillo Garrido, Chávez, Díaz Infante, Espinosa Bávara, Espinosa y Elenes, Fierro, García Carlos, García Vigil, Garza, Gómez Cosme D., Gómez Gildardo, González Galindo, Guerra, Gutiérrez Atanasio, Gutiérrez de Velasco, Hernández Eulogio, Hernández Loyola, Leal, Lomelí, López Emiliano Z., López Ponciano Macías, Mancisidor, Martínez del Río, Martínez Ignacio E., Martínez Ruiz Ignacio, Méndez, Morales Hesse, Ortiz, Pastor, Paz, Peña, Pérez Vela, Quiroga, Ramos Matías, Reyes Francisco, Reyes Rafael, Roaro, Rodríguez de la Fuente, Ruiz H. José María, Saldaña, Sánchez Salazar, Soto José M., Suárez José M., Torre Rómulo de la, Uzeta, Vadillo, Vásquez, Velásquez Juan, Vilchis, Villaseñor Salvador, Villaseñor Mejía y Villela.

Total, 70 votos.

El C. Arriaga: Reclamo mi voto.

El C. Secretario Pesqueira: Ya está usted. 71 votos por la negativa. Vuelve el dictamen a la Comisión para que lo reforme en el sentido de la discusión.

El C. Pastor: Pido la palabra.

El C. Presidente, a las 2.45 p. m.: Se levanta la sesión y se cita para las cinco y media de la tarde a sesión de Cámara de Diputados.

SESIÓN ORDINARIA

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 16

DE NOVIEMBRE DE 1918

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior. Rinde la protesta de ley el C. Díaz Infante Juan. El C. diputado Peña Estanislao hace uso de la palabra para hechos.

2.- Se da cuenta con los asuntos en cartera prorrogándose a C. Saucedo Salvador la licencia de que disfruta.

3.- Son aprobados los dictámenes de las Comisiones, 2a. de Puntos Constitucionales y 1a. Agraria, relativo a la consulta que hizo a la Comisión Permanente de la XXVII Legislatura, la Comisión Agraria del Estado de México; y de la 2a. de Peticiones, en que se acuerda pase a la Comisión de Guerra en turno la solicitud de pensión de la señorita Cecilia Picazo y Salgado.

4.- Es discutido y aprobado el dictamen de la 2a. Comisión de Peticiones, referente a la proposición del C. Heraclio M. Aguilar, para que se fumiguen los centros de reunión, con sus concurrentes dentro. 5.- Son aprobados los dictámenes de las Comisiones 2a. de Peticiones, en que se pasa a la 3a. de Guerra el memorial del C. Rodolfo Barrera; y de la 2a. de Hacienda, referente a la modificación que propone el C. Magallón a la tarifa de importación y exportación sobre calzado y pieles. Es discutido y retirado por la Comisión 2a. de Hacienda el dictamen correspondiente al memorial de los señores Loeb Hermanos Sucesores, en que piden una reforma al Arancel de Aduanas. El C. Siurob toma la palabra para hechos. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. CÉSPEDES ELISEO L.

(Asistencia de 126 ciudadanos diputados.)

El C. Presidente, a las 6 p. m.: Se abre la sesión.

- El C. Prosecretario Aguilar, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el día quince de noviembre de mil novecientos diez y ocho.

"Presidencia del C. Eliseo L. Céspedes.

"En la ciudad de México, a las cuatro y cuarenta de la tarde del viernes quince de noviembre de mil novecientos diez y ocho, con asistencia de ciento treinta ciudadanos diputados, según consta en la lista que previamente pasó el C. Secretario Soto, se abrió la sesión.

"El C. Prosecretario Aguilar leyó el acta de la sesión celebrada el día catorce del presente mes, la que se aprobó sin discusión en votación económica.

"La Presidencia designó a los CC. Rocha, García Carlos y Secretario Pesqueira para que introdujeran al salón a los CC. Juan Díaz Infante y Leobino Zavala con objeto de que protestaran como diputados propietario y suplente, respectivamente, por el 1er. Distrito Electoral de Aguascalientes y por el 14 de Guanajuato; pero como no se encontrara en los pasillos de la Cámara el C. Díaz Infante, solamente rindió la protesta el C. Zavala.

"Usaron de la palabra para hechos, con motivo de la convocatoria a elecciones municipales en el Distrito Federal expedida por el Ejecutivo, los CC. Reyes Rafael, Siurob y Álvarez del Castillo. Los dos últimos así como el C. Castillo Nájera hicieron aclaraciones y la Secretaría paso a dar cuenta con los asuntos en cartera.

"Oficio de la Secretaría de Hacienda al que acompaña un memorial del señor Agustín Monet, industrial establecido en Guadalajara, en que pide se le releve del pago de los derechos correspondientes a un molino harinero que importó bajo fianza por la Aduana de Laredo.- A la Comisión de Hacienda en turno.

"Ocurso del Ayuntamiento de Frontera, Tabasco, en que pide que esta Representación Nacional apoye la iniciativa referente a la apertura del Canal de la Barra de ese puerto.- La diputación de Tabasco hace suyo este ocurso.- A la Comisión de Hacienda en turno.

"Escrito en que el C. Estanislao Peña participa que con fecha diez del corriente falleció su suplente, el C. Mauro Patiño Saucedo.- De enterado con sentimiento.

"Solicitud del C. José T. Cantú, a fin de que se lo prorrogue por tiempo indefinido la licencia de dos meses de que ha venido disfrutando, sin goce de dietas.

"Con dispensa de trámites y sin discusión se aprobó.

"Solicitud del C. Rafael de los Ríos para que se le conceda licencia por ocho días, con goce de dietas.

"Como la anterior, fue aprobada.

"Escrito del C. Schulz y Álvarez, en que pide una licencia por todo el tiempo que permanezca enfermo. Como no solicita dispensa de trámites, pasó a la Comisión de Gobernación en turno.

"Telegrama procedente de Puebla, en que el C. Rojas Rafael R., solicita se le prorrogue por quince días la licencia de que ha venido haciendo uso.

- Se turnó a la misma Comisión por igual circunstancia. El C. Carriedo Méndez hizo una aclaración y la Mesa sostuvo su trámite.

"Dictamen de la Comisión especial para examinar un retrato caligráfico de don Benito Juárez, que dice en su parte resolutiva:

"No es de aprobarse el gasto de $5,000.00 oro nacional para adquirir el retrato caligráfico del C. Benito Juárez, obra del C. Juan Sánchez."

"Sin debate la Asamblea lo aprobó.

"Dictamen de la 2a. Comisión de Hacienda que propone se archive por extemporáneo, el memorial en que el C. Joel Tapia pidió se tomaran en consideración las razones que expuso, al expedirse la ley relativa al pago de deudas contraídas en papel de curso forzoso.

"Asimismo se aprobó sin debate.

"A las cinco treinta y cinco se cerró la sesión y se citó para las diez de la mañana del día siguiente, a Colegio Electoral."

Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobada.

El C. Presidente: Encontrándose a las puertas del salón el C. Juan Díaz Infante, se comisiona a los CC. diputados Berumen, Fernández Ledesma y Secretario Pesqueira, para que lo introduzcan a este recinto, a fin de que rinda la protesta de ley.

(El C. Díaz Infante Juan rindió la protesta de ley.)

El C. Prosecretario Aguilar: se va a dar cuenta con los asuntos en cartera.

El C. Peña Estanislao: Pido la palabra, para hechos.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Peña Estanislao: Señores diputados: Por mi humilde condición de profesionista obscuro e ignorado, y siendo el más modesto de los miembros de esta honorable Representación Nacional, reconozco que soy el menos caracterizado para venir a esta tribuna a hacer algunas consideraciones sobre hechos de palpitante interés, que no han dejado de preocuparme desde hace varios días; pero mucho me ha servido de aliento el reflexionar que vosotros, los grandes espíritus abiertos a las ideas que entraña un noble principio de justicia y de honradez, sabréis en esta ocasión perdonarme y resignarnos con la imperfecta exposición de mis mal zurcidos conceptos.

Seguramente que como yo, vosotros os habréis dado cuenta de la labor marcadamente hostil que algunos miembros de la prensa de la metrópoli han venido desarrollando hace varios días, sistemáticamente contra esta honorable Representación Nacional. Yo, señores declaro solemnemente que soy un admirador apasionado de los defensores de la libertad de escribir y de los derechos que tienen todos los hombres para juzgar a los hombres del poder público; pero ante las aseveraciones calumniosas y ante la falta de honradez y de verdad de algunos de los escritores públicos, mi espíritu se subleva y me siento poseído de una indignación incontenible, que me hace venir aquí a afrontar el ridículo, antes que perecer arrollado bajo el sambenito de calumnias con que pretende condecorarnos esa prensa mendaz y llena de perfidia..... (Voces: ¡Nombres! ¿Cuál prensa?)

En efecto, señores a través de sus crónicas, a través de sus editoriales o de otros artículos separados, se advierte la tendencia de ciertos escritores, de poner en ridículo siempre a la Representación Nacional ante la opinión pública, no desperdiciando ninguna de las ocasiones, sin ninguno de lo medios que están a su alcance, para hacernos aparecer ante ella como indignos de haber venido a esta Representación Nacional. Por lo que hace a los cronistas, yo he advertido esto: ellos no se concretan a hacer sus crónicas con un criterio sereno e imparcial, sino que, bajo un fondo de ironía y de burla, ponen de su cosecha cuantos comentarios se les vienen a la pluma y pretenden con ellos llevar al ánimo de la opinión pública todas sus rencillas personales, presentando todos los hechos que se consuman en el seno de esta honorable Asamblea, a través de su criterio personal y siempre apasionado. Yo protesto enérgicamente contra esa actitud de los cronistas y la repruebo, porque no la considero ni seria, ni debida, ni honrada. (Aplausos.) En buena hora que ellos desarrollen sus impresiones personales o sus comentarios en artículos serios, en editoriales que no tengan ninguna conexión con las crónicas, pues entiendo que la crónica debe ser el trasunto fiel de lo que aquí sucede, y que procuren escribir sus crónicas con el mayor apego a la verdad, haciendo análisis del ambiente que predomine en la Asamblea en el momento de los debates. Por lo que hace a los artículos serios, verdaderamente he visto que aun en ellos se falta al respeto a esta Representación Nacional, porque hemos visto en un artículo de la prensa de esta mañana, que se declara que la Cámara de Diputados se ha puesto a la altura de una bolsa de valores o de una oficina de almoneda, en que se rematan los dictámenes y las credenciales al mejor postor. ¡Nada más indigno que eso; nada más indigno que pregonar a los cuatro vientos, como si fueran verdades axiomáticas, delitos que no están debidamente comprobados! Y todavía más: la injusticia de achacar a todos los miembros de la Representación Nacional los presuntos delitos imputados a algunos de sus miembros. En ese mismo editorial se dice que nosotros somos incapaces de desempeñar las tareas que se nos han encomendado, que hemos venido sin ninguna preparación política, y yo pregunto, señores, ¿cómo se nos va a pedir preparación política a los que hemos venido como representantes nacidos de las masas del pueblo, después de una transición de un gobierno centralista, en que las Cámaras estaban aquí constituidas por miembros del foro metropolitano o de aquel círculo nefasto llamado "Círculo de Amigos del general Porfirio Díaz," en que todos estaban aquí y que todos eran políticos de oficio, todos eran arribistas y eran empedernidos y contumaces asistentes a los banquetes del tesoro público? ¿Cómo se quiere tanto de esta Representación Nacional, que entiendo yo que ahora empieza a salir del verdadero seno del pueblo, sin ligas ninguna con el pasado, sin preparación realmente política, porque todos estábamos distanciados completamente de aquella esfera de oprobio en que antes vivían los que actuaban en la política militante? Parece que son más implacables ellos que nuestros mismos comitentes; yo lo digo por mí, porque a mí se me dijo: "Conocemos que ustedes no tiene la mentalidad suficientemente lúcida, ni presumimos que usted tenga las proporciones gigantescas que deben tener los que vayan a la Representación Nacional, como nuevos Licurgos, a resolver los problemas vitales que entraña el porvenir de nuestra Patria; pero reconocemos en usted siquiera honradez, siquiera buena voluntad para trabajar, y esperamos que con ello procure usted restañar las heridas que la Patria ha recibido durante su vida fatal." Entiendo, pues que si nuestros mismos comitentes fueron más indulgentes con nosotros, no tienen ellos ningún derecho para estarnos tachando de incapacidad y de falta de preparación para venir a esta Asamblea.

Finalmente, se asienta también en una de las crónicas de esta mañana, que esta Representación Nacional procura hacer su propósito de enmienda y a las veinticuatro horas ya lo ha olvidado; es decir, que ahora sí íbamos a presentar todos los días

dictámenes tras dictámenes y que iba a entrar la Cámara en un período laboriosísimo, pero se dice que esos propósitos han sido olvidados en veinticuatro horas. ¿Acaso los dictámenes se resuelven en el seno de las Comisiones como si fueran hornadas de pan, que de un día para otro está formado, cocido y listo para la venta y para ser servido a la mesa? Entiendo que no; por lo mismo, esta es una muestra de injusticia suma conque se nos ha venido tratando. Por lo que hace a los compañeros de labores, tengo perfecto derecho para esperar que ellos estarán siempre a la altura de nuestros deberes; creo que en los meses que nos faltan en el actual período de sesiones, en los demás períodos extraordinarios a que nos tenga que convocar el Ejecutivo y en el período ordinario del segundo año, nosotros sabremos desarrollar todos los temas, todos los problemas que están pendientes y tengo una fe grandísima en que esta Representación Nacional sabrá decidir de una vez para todas del porvenir de la Nación. Así es que, para terminar, yo quiero, parodiando las frases de un célebre escritor, deciros: que la bandera de nuestra Representación Nacional aparece ante nosotros ahora como la bandera del regimiento a la hora del combate: agujereada, destrozada y polvorienta, pero siempre venerada, signo glorioso de unión, visible enmedio de las batallas y pabellón alrededor del cual sabremos agruparnos y decir: ¡la guardia muerta, pero no rendida! (Aplausos.)

- El mismo C. Prosecretario: Se va a dar cuenta con los documentos en cartera:

"Secretaría de Relaciones Exteriores.- México, D.F.- Oficialía Mayor.- Número 1243.

"Ciudadanos Secretarios de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presente.

Habiendo sido aceptada por el ciudadano Presidente de la República, la renuncia que presentó el señor general don Cándido Aguilar, del cargo de Secretario de Relaciones Exteriores, para volver al desempeño de las funciones de Gobernador del Estado de Veracruz, el subscripto ha quedado por esta circunstancia Encargado del Despacho de esta Secretaría.

"Lo que tengo la honra de participar a ustedes, a fin de que lo hagan del conocimiento de esa honorable Cámara.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi más atenta consideración.

"Constitución y Reformas.- México, D. F., 11 de noviembre de 1918.- El Subsecretario Encargado del Despacho de Relaciones Exteriores, E. Garza Pérez."

"Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- México.- Dirección General de Aduanas.- Número 5346.- Sección Primera.- Grupo Primero.

"Enterada esta Secretaría, por el atento oficio de ustedes, del 8 de los corrientes, de que la honorable Cámara de Diputados ha tenido a bien resolver que no es de concederse al señor Alberto E. Figueroa la exención de los derechos correspondientes a una maquinaria para la minería que importó por la aduana de Nogales, lo hace ya del conocimiento de dicho señor, como resultado final de sus gestiones sobre el particular.

"Protesto a usted las seguridades de mi atenta consideración.- México, 14 de noviembre de 1918.- Por orden del Subsecretario, el Oficial Mayor, A. Madrazo.- A los ciudadanos Secretario de la honorable Cámara de Diputados.- Presente." - A su expediente.

Telegrama de "Jalapa, Veracruz, 16 de noviembre de 1918.

"Presidente Cámara Diputados.

"Encuéntrome enfermo. Imposible llegar al vencimiento licencia. Ruégole consultar honorable Asamblea prorrogue por diez días con dietas. Atentamente.- Amado J. Trejo."- A la Comisión de Gobernación en turno.

"Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados.- Presente.

"Ciudad, a 16 de noviembre de 1918.

"En vista de que continúo quebrantado en mi salud y de tener que cuidar que no se me complique la enfermedad, suplico a usted consulte a la honorable Cámara, me conceda licencia, con goce de dietas, por los días que necesite para restablecerme.

"Protesto lo necesario.- Diputado Modesto González Galindo."- A la Comisión de Gobernación en turno.

"Telegrama de "Colima, 16 de noviembre de 1918.

"Honorable Cámara de Diputados.

"Encontrándome enfermo imposibilitado para viajar, solicito, con dispensa trámite y goce dietas, licencia por diez días más. Atentamente.- Salvador Saucedo."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Dispensados. Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobada la prórroga.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"Comisiones 2a. de Puntos Constitucionales y la. Agraria.

"Señor:

"A las Comisiones unidas 2a. de Puntos Constitucionales y 1a. Agraria, ha tocado conocer del expediente formado con motivo de la consulta que hace la Comisión Local Agraria del Estado de México a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, relativa a si las posesiones provisionales que instituyó el decreto de 6 de enero de 1915 y que fueron abolidas por el decreto de 19 de septiembre de 1916, han

vuelto o no estar en vigor; punto a que se refiere el segundo párrafo de la solicitud dirigida por la expresada Comisión Local Agraria del Estado de México y que fue, según el acuerdo de la honorable Comisión Permanente, el turnado para su estudio a las Comisiones que subscriben.

"Estas misma Comisiones, consecuentes con la jurisprudencia seguida por esta honorable Cámara, en la actual Legislatura, que ha sentado el principio de que la Cámara no está facultada para dar consultas sobre puntos legales o de derechos, tanto porque no puede estimarse como interpretación auténtica la que diera una Legislatura que no expidió la ley de que se trate, cuanto porque la justa interpretación de las leyes está en lo general a cargo de los abogados o personas instruidas en la ciencia del derecho que estudian con especialidad determinados puntos, y sólo en casos concretos puede ser dada por el Supremo Tribunal de la federación, al resolver las controversias que se hayan suscitado, y considerando que en el caso de tratarse de una verdadera interpretación del artículo 27 constitucional, tiene la honra de proponer a la honorable Asamblea la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Dígase a la Comisión Local Agraria del Estado de México, que esta Cámara no puede resolver la consulta que hizo a la Comisión Permanente de la XXVII Legislatura, en el segundo párrafo de su oficio de fecha 8 de febrero del presente año, relativo a si las posesiones provisionales que instituyó el decreto de 6 de enero de 1915 y que fueron abolidas por el decreto de 19 de septiembre de 1916 han vuelto o no a estar en vigor, por ser esta una consulta que entraña la interpretación del artículo 27 constitucional en su parte relativa, y no esta entre las facultades de esta Cámara la de resolver consultas de esta naturaleza."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 15 de noviembre de 1918.- E. Arrioja Isunza.- O'Fárrill.- Emilio Araujo.- Luis Espinosa.- Antonio Gutiérrez."

Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobado el dictamen.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"Comisión 2a. de Peticiones.

"Señor:

"La señorita Cecilia Picazo y Salgado envía a esta honorable Cámara, con fecha 28 de octubre próximo pasado, un memorial, en el que solicita se le conceda una pensión, teniendo en cuenta los servicios que durante las guerras de Reforma e Intervención prestó a la Patria su finado padre, el coronel de caballería Braulio C. Picazo.

"Esta Comisión, cumpliendo con su encargo, ha hecho el examen de rigor, y como encuentra que la solicitud de la señorita Picazo reúne los requisitos exigidos por la ley, no tiene inconveniente en someter a la deliberación y aprobación de esta honorable Cámara el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Guerra en turno el memorial en que la señorita Cecilia Picazo y Salgado solicita pensión por los servicios que prestó a la Patria su finado padre, el coronel Braulio C. Picazo."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 15 de noviembre de 1918.- Manuel Andrade.- J. Pesqueira."

Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobado.

- El propio C. Prosecretario, leyendo:

"Comisión 2a. de Peticiones.

"Señor:

"El C. Heraclio M. Aguilar, preocupado hondamente por la propagación de la epidemia de "influenza española" que ha asolado a la capital de la República, dirige a esta Cámara un escrito proponiendo que no se lleve a cabo la clausura de los centros de reunión (proyecto que algunas autoridades han manifestado en la prensa), sino que en lugar de esta medida se tome la de fumigar lo teatros, salones de cine, etc., teniendo dentro a todos lo concurrentes, empleados, etc. La loable iniciativa del C. Aguilar se hace extensiva a esta Cámara de Diputados, y propone también que los representantes del pueblo sean fumigados en la misma forma que los asistentes a los espectáculos teatrales.

"Aun cuando este procedimiento nos ha parecido inadecuado, sin embargo la iniciativa del C. Aguilar es digna de todo estudio, pero no siendo de la incumbencia de esta Cámara conocer esta clase de asuntos, los subscritos miembros de la 2a. Comisión de Peticiones, proponen la aprobación del siguiente punto de resolución:

"Contéstese al C. Heraclio M. Aguilar que puede dirigirse al Departamento de Salubridad presentando su iniciativa, por no ser del resorte de esta Cámara la resolución de ella."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 14 de noviembre de 1918.- Manuel Andrade.- J. Pesqueira." Está discusión.

El C. Quiroga: Pide la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Quiroga: Señores representantes: Es muy justo que a esta proposición nosotros la veamos desde nuestras curules en forma quizá hasta de burla, mejor dicho, en forma poco seria; pero no considero justo que las Comisiones tal cosa hagan en los considerandos que exponen en este dictamen. ¿Cómo voy a admitir que sea cierto lo que dice aquí la Comisión, que "es digna de todo estudio la proposición" y que es loable? Yo no puedo admitir eso, ni puedo admitir que nosotros demos el voto apoyando este dictamen, que no solamente pone en ridículo a su autor, sino que nos pone a nosotros mismos; estudiando, vean cómo expone en sus considerandos la Comisión para llegar a ese dictamen, qué clase de términos usa, qué forma irónica emplea, para comprender que nosotros no podemos aceptar este dictamen tal como ha sido presentado. Estos dictámenes así, que están faltos de sentido común, se desecha de plano sin hacer los considerandos

en la forma en que expone esta Comisión; por lo tanto, únicamente subí a esta tribuna a hacer presente a ustedes esto, a fin de que nosotros no demos nuestro voto aprobando el dictamen en la forma en que está, porque nos haríamos solidarios del ridículo.

El C. Secretario Pesqueira: ¿Me permite el orador una interpelación?

El C. Avellaneda: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Andrade Priego: Para apoyar el dictamen, pido la palabra como miembro de la Comisión.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Andrade Priego.

El C. Andrade Priego: Respetable Asamblea: Ruego al señor doctor Quiroga me exprese cuál es el fundamento que él tiene para creer que no ha sido loable la intención del ciudadano que envió a la Cámara de Diputados esta preposición o este memorial.

El C. Quiroga: Necesitaría que me explicara... (Campanilla.) Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Quiroga.

El C. Quiroga: Necesitaría que me dijera antes el señor miembro de la Comisión que sube a defender el dictamen, qué medios emplearía él para llegar a un fin benéfico conforme a la proposición del que la subscribe.

El C. Andrade Priego, continuando: Elude usted la respuesta, señor; yo ruego a usted que se sirva decirme por qué piensa usted o cree que el firmante de la proposición no ha tenido un fin loable al proponerla a la Cámara popular.

El C. Quiroga: No puedo.... (Campanilla.) Pido la palabra, señor Presidente. Era tanto como admitir que era loable el deseo de un ciudadano que propusiera que a unos cuantos individuos que él considerara perjudiciales para la sociedad, se les tirara una cuerda y que de un extremo estuviera suspendido uno de ellos.

El C. Andrade Priego: No entiendo, señor.

El C. Quiroga: Pido la palabra. No he de contestar a usted en forma concreta, como usted desea, mientras tanto usted no desarrolle su tesis. (Voces: ¡Ah!)

El C. Andrade Priego: La Comisión ha creído que en realidad y en verdad ha sido torpe la proposición, por más que no podemos decir que sea científicamente posible, ni negar, porque no somos peritos en la materia, repito, que sea posible fumigar un teatro o cualquier otro establecimiento público como la Cámara de Diputados, estando dentro las gentes; nosotros creemos que es un disparate, pero no hemos tenido el derecho de pensar que este señor lo ha propuesto de mala fe y por eso creemos que su fin ha sido loable; es lo que exponemos en la parte expositiva del dictamen. El propone que se fumiguen los teatros sin salir las gentes de adentro y propone que se fumiguen todos los establecimientos públicos sin salir las gentes; nosotros discretamente hemos dicho que creemos digno de estudio el proyecto y finalmente proponemos que este señor se dirija al departamento de Salubridad, no le hemos querido decir que no se dirija; de manera que nosotros, al creer que este señor ha tenido buena intención, no hemos podido hacer otra cosa más que esto. ¿Por qué vamos nosotros a pensar que este señor ha tenido mala fe? Y lo decimos así: "Aun cuando este procedimiento nos ha parecido inadecuado, sin embargo, la iniciativa del C. Aguilar es digna de todo estudio..." Nosotros proponemos en el punto resolutivo, que se conste al C. Heraclio M. Aguilar que "....puede dirigirse al Departamento de Salubridad, presentando su iniciativa, por no ser del resorte de esta Cámara la resolución de ella." De manera que nosotros no vemos por ningún lado la mala intención ni la burla que ha querido hacer; la Comisión, muy al contrario, ha dicho: nosotros creemos que es inoportuno el asunto, pero que se dirija al Departamento de Salubridad por si lo toma en cuenta y nosotros no tenemos el derecho de regañar a este señor, lo más que podemos decirle es que se dirija al Departamento de ramo. Por este motivo yo suplico a la Asamblea que sostenga el punto resolutivo del dictamen.

El C. Avellaneda: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Avellaneda. (Aplausos.)

El C. Avellaneda: (Aplauso.) Señores diputados: (Aplausos.) Parece que para ustedes esta proposición es un absurdo, parece que, según ustedes, es producto de un cerebro equivocado, de una especie de extraviado. (Risas y aplausos.) Para mí, señores, es una gran cosa. (Voces: ¡Aah!) Para mí es la lección más patente, la crítica más cruel, el sarcasmo más sangriento que el firmante pudo hacer a la sociedad mexicana y a esta Cámara de Diputados. Y voy a decir por qué. En efecto, señores,- y hay que tomar las cosas tan en serio como se merecen -, si en los teatros, si en todos los cines, si en todos esos centros de reunión no presenciamos más que escenas inmorales, si en las películas no enseñan a nuestras doncellas más que a huirse con fulano y las esposas el camino de ser infieles... (Risas, Siseos y murmullos.) Sí, señores, el camino del adulterio; si a nuestros jóvenes no se les lleva más que a la escuela del crimen, si allí no se les enseñan más que los procedimientos del robo, más que los procedimientos de explotación; allí vemos al vicio elevado a virtud y a la virtud escarnecida.... (Voces: ¡Aah!) Allí he visto a los estafadores y ladrones paseándose en poderosos automóviles, allí les han enseñado el camino del vicio, el camino nada moral, nada honroso, que no debían enseñar a nuestros hijos en plena capital de la República Mexicana. (Aplausos.) Si esto es cierto, si esta es una verdad indiscutible, innegable,- porque nadie lo podrá negar -, entonces sí tiene razón, deben clausurarse esos establecimientos con los que asisten allí, con los padres de familia que llevan allí a sus hijos y con las autoridades que lo permiten, bien merecido lo tienen aquellos que predican contra la moral, contra la civilización, contra todos los principios. (Siseos y aplausos.) Sí, señores, allí no se lleva a los jóvenes a aprender acciones heroicas, allí no se reproducen hechos históricos que servirían de ejemplo a los niños de hoy, ciudadanos de mañana; no, señores, allí se va a un centro de corrupción, a un centro inmoral, a un centro de degeneración mental y moral y hasta física de los jóvenes que van a ser ciudadanos de mañana. (Voces: ¡Esto no viene al caso!)

Ahora, en lo que se refiere a la Cámara de Diputados, señores míos, sí es cierto que nosotros en todo el tiempo que llevamos aquí no hemos hecho una cosa que valga un comino, si no hemos servido para nada, si no hemos cumplido con nuestro deber, si de nada sirve el dinero que paga la nación a los que venimos aquí a veranear, si somos para el Erario, una sanguijuela y para la nación una calamidad, merecíamos, señores, (Aplausos en las galerías.) si no cumplimos con nuestro deber, eso es lo que mereceríamos y esto que está escrito es la crítica más sangrienta que este individuo pudo hacer a la sociedad y a la Cámara de Diputados. (Aplausos.)

El C. Quiroga: Pido la palabra.

El C. Angeles: Pido la palabra para una interpelación al orador.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Angeles.

El C. Angeles: Hágame favor de decirme ¿cómo quiere usted que la prensa de mañana dé cuenta de esta sesión? Y todavía están repelando porque se están haciendo continuamente cargos a algunos diputados, muy justificados.

El C. Avellaneda: Pido la palabra, señor Presidente, para contestar la interpelación. (Siseos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Avellaneda.

El C. Avellaneda: Si en la tribuna parlamentaria no se puede decir lo inmoral que haya afuera, si en la tribuna parlamentaria no se pueden señalar los defectos sociales y la falta completa de su deber en que incurren la Cámara de Diputados cuando no resuelve los problemas trascendentales, si se cree acaso que es vulnerable es reproche que hice y que no debe hacerse, entonces no sé dónde debe hacerse, dónde debe decirse. Lo que he dicho es una verdad y acostumbrado estoy a defender la verdad y ese es mi apostolado.

El C. Quiroga: Señores Representantes: Verdaderamente siento haber dado oportunidad al señor Avellaneda para venir a faltar, no digo a la estimación que debe tener a esta honorable Asamblea, sino a la estimación que debe tenerse a sí mismo. Es una vergüenza que nosotros nos estemos insultando a nosotros mismos a diario, haciendo gala de ello, despreciándonos a nosotros mismos por el simple hecho de que a juicio de algún espíritu débil o equivocado no hacemos nada. Me da vergüenza que salga un diputado y autorice a los cronistas de esta Cámara para que pongan palabras que denigran a esta Representación Nacional. Es indigno de estos representantes que comienzan a despreciarse por ellos mismos; bien que ellos se conozcan y que supongan que no valen nada, pero no tienen derecho para suponer que toda la Representación Nacional carece de valer. (Aplausos.) Se han cansado hasta el fastidio de despreciar a esta Representación poniendo en frente a la tesorería y yo pregunto, señores: ¿qué, se consideran estos señores suficientemente pagados con los veinte pesos? ¡Pues muy poco valen! Es indigno verdaderamente que quieran pesar la capacidad intelectual de un individuo, poniendo en una alanza esa capacidad intelectual y en otra balanza un azteca. Se consideran muy poco. Yo no comprendo cómo venimos aquí a hacer alarde de sabiduría, como venimos aquí a hacer alarde de valer, cómo venimos aquí a hacer alarde de prestigio si nosotros nos despreciamos aquí, en la calle y ante el público en general, ante los reporteros, en los pasillos y ante las columnas de los periódicos con nuestra firma. Lo hemos visto hacer por muchos diputados y por eso es que a ellos me dirijo directamente, (Voces: ¡Nombres!) reprochándoles y haciéndoles ver que si ellos ponen su precio, nosotros todavía no lo hemos puesto. (Aplausos.)

Pero volvamos al punto del debate. Considero que no debemos aprobar nosotros este dictamen tal como está, más que en su parte resolutiva, porque el mismo señor defensor del dictamen está dándome la razón. Si él dice que no es atribución de esta Cámara resolver el punto, no tiene por qué hacer considerandos de tal naturaleza, sino únicamente eso, decir que no es una atribución de la Cámara resolver el punto y que se sirva dirigirse al Consejo Superior de Salubridad; pero yo no puedo dar mi voto de ninguna manera a favor de este dictamen cuando veo que una iniciativa de tal naturaleza lleva aparejadas las palabras "digna de todo elogio" o "digna de todo estudio." Yo no puedo admitir esto, como digno, de estudio, yo admito esto únicamente como digno de ser rechazado desde luego. ¿Cómo voy a admitir que sea digno de todo estudio una aberración, aunque no sea científica, como decía el C. Andrade Priego? Yo no puedo admitir que por ningún cerebro pase esto como admisible y pues si se está poniendo en el dictamen una aberración, nosotros no debemos apoyarla en los considerandos de este dictamen. Por eso en la parte resolutiva del dictamen está en lo justo la Comisión, pásese a quien corresponda. Pero no está en lo justo en los considerandos que hace, porque estos considerandos, vuelvo a repetir, son poner en ridículo a la Cámara de Diputados.

El C. Galindo: Pido la palabra para una aclaración.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Galindo.

El C. Galindo: Debo manifestar al C. doctor Quiroga que, en mi concepto, no están a discusión aquí los considerandos de la Comisión, está únicamente a votación la parte resolutiva, como debe ser. En todo asunto las Comisiones tienen toda la libertad de hacer las consideraciones que les plazca, naturalmente dentro del orden y relacionadas con lo que vamos a tratar. Es la parte resolutiva la que está únicamente a votación.

El C. Pesqueira: Pido la palabra, como miembro de la Comisión.

- EL C. Presidente: Tiene la palabra el C. Pesqueira.

El C. Pesqueira: Yo he notado, señores diputados, que el apreciable doctor Quiroga tiene la costumbre de censurarlo todo, y como este asunto no reviste ninguna importancia, voy a referirme a lo único a que debo, solamente a los considerandos, que tanto le han llamado la atención; el doctor Quiroga no tiene razón de alarmarse, supuesto que estos considerandos no se van a transcribir al interesado, sino solamente el acuerdo de la Comisión, que dice: "Pásese este asunto o diríjase al Consejo de Salubridad, que es el que tiene competencia para conocer de este asunto;" de tal

manera, señores, que el C. doctor Quiroga se ha escandalizado por estos considerandos; nosotros aceptamos, como miembros de la Comisión, que no hemos tenido razón y solamente ponemos a la consideración de ustedes el punto resolutivo.

El C. Quiroga: Pido la palabra para una aclaración.

El C. Presidente: Tiene la palabra el doctor Quiroga, para una aclaración.

El C. Quiroga: Me permito aclarar a esta honorable Asamblea lo siguiente: que yo, si considero necesario hablar cien veces, hablaré cien veces, aunque le pese al señor Pesqueira; pero hago constar a esta honorable Asamblea que no únicamente se va a conocer el dictamen, la parte resolutiva del dictamen, porque se hace conocer al interesado, no, sino que esa se queda en el archivo, esa es la historia nuestra y la historia nuestra, si no le preocupa al señor Pesqueira, debe preocuparnos a muchos.

El C. Prosecretario Aguilar Pablo: No habiendo más oradores en pro ni en contra.....

El C. Villaseñor, interrumpiendo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Villaseñor Mejía.

El C. Villaseñor Mejía: Reconozco el derecho que el peticionario tiene, con fundamento en un artículo constitucional, para dirigirse a la Cámara en la forma que él crea; pero el artículo mismo de la Constitución le marca la obligación de hacerlo en forma respetuosa, y yo creo que, por existir aquí en la Asamblea un numeroso grupo de doctores, un gran número de doctores, no podría esta Asamblea fijarse o darle la importancia que pretende darle esta persona, cuando se supone, como ha dicho el señor Quiroga y el señor Avellaneda, que es una burla sangrienta, la que pretenden hacer de esta Representación Nacional; así, pues, por no tener los requisitos del artículo 8º constitucional, opino que no debe aprobarse esta proposición.

El C. Chávez Manuel: Moción de orden, señor Presidente. Pido respetuosamente a la Presidencia se sirva ordenar a la Secretaría lea el artículo 86 del Reglamento.

- El C. Prosecretario Aguilar, leyendo:

"Artículo 86. Toda Comisión deberá presentar dictamen en los negocios de su competencia, dentro de los quince días siguientes al de la fecha en que los hayan recibido. Todo dictamen deberá contener una parte expositiva de las razones en que se funde y concluir con proposiciones claras y sencillas, que puedan sujetarse a votación."

El C. Chávez, continuando: Creo que, en virtud del artículo leído, el señor doctor Quiroga no se habrá enterado de él, y por eso viene con unas cosas que nos hacen perder lastimosamente el tiempo; yo me permito preguntarle al señor doctor Quiroga si él, como árbitro de las elegancias, puede determinar lo verdadero de lo falso, lo bello de lo feo, y separar lo sublime de lo ridículo.

El C. Pesqueira: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Quiroga: Pido la palabra. Refiriéndome a la interpelación que me hace el compañero Chávez, me permito interpelar qué es lo que desea saber, pues todavía nadie se dado cuenta de a qué cosa se refiere y qué debo contestar yo. (Voces ¡No! ¡Sí!)

El C. Chávez: Con permiso de la Presidencia, me permito decirle a usted que me diga: ¿por qué hacernos perder tan lastimosamente el tiempo?

El C. Quiroga: Porque no se ha deducido nada de la moción de orden que ha hecho usted, por eso perdemos el tiempo, porque pide usted la palabra para mociones de orden que no vienen al caso, ni sabiendo explicar por qué pidió la lectura de ese artículo.

El C. Pesqueira: Pido la palabra, como miembro de la Comisión. (Voces: ¡Huy!)

El C. Presidente: Tiene la palabra la palabra la Comisión.

El C. Pesqueira: Señores: La Comisión dictaminadora se permite solicitar el permiso para retirar este dictamen, con objeto de solicitar del señor doctor Quiroga que, con su profunda sabiduría, nos ilustre y presentar este dictamen como él lo desea. (Aplausos.)

El C. Andrade Priego: Pido la palabra.

El C. Secretario Soto: En votación económica se pregunta a la Asamblea si concede permiso a la Comisión para retirar este dictamen. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. No habiendo más oradores inscriptos..... (risas), se pregunta en votación económica, si se considera suficientemente discutido este asunto. Suficientemente discutido. En votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen de la Comisión. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Aprobado.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"Comisión 2a. de Peticiones.

"Señor:

"Cumpliendo con el encargo de esta honorable Asamblea, la subscripta 2a. Comisión de Peticiones ha estudiado el escrito que con fecha 4 del mes en curso dirigió a esta honorable Cámara el C. Rodolfo Barreda, pidiendo se reconsidere el acuerdo tomando por la misma Asamblea, por el que se le negó la pensión que tenía solicitada por los servicios que prestó a la Patria su extinto padre, el capitán 1º de caballería, Francisco de A. Barreda. Como resultado de ese estudio, esta Comisión cree que la expresada solicitud se encuentra ajustada a las prescripciones legales y, teniendo en cuenta que la 3a. Comisión de Guerra fue la que rindió el dictamen negando la pensión solicitada, tiene el honor de someter al estudio de esta honorable Asamblea el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la 3a. Comisión de Guerra el memorial en que el C. Rodolfo Barreda pide se reconsidere el acuerdo de esta honorable Asamblea, por el que se le negó la pensión que tenía solicitada."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 15 de noviembre de 1918.- Manuel Andrade.- J. Pesqueira."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"Segunda Comisión de Hacienda.

"Señor:

"Los señores Loeb Hermanos, Sucesores, S. A., comerciantes establecidos en esta capital, dirigieron, con fecha 17 de septiembre del presente año a esta honorable Cámara, un memorial en el que piden se reforme el Arancel de Aduanas en la fracción relativa a los artículos de loza y porcelana y barro vidriado.

"Manifiestan los peticionarios la conveniencia de que se reforme el Arancel de Aduanas en lo que se refiere a los artículos de loza y porcelana y de barro vidriado, porque no juzgan equitativo que se grave con el mismo impuesto las piezas de porcelana y barro vidriado, toda vez que hay una notable diferencia en el valor de ambos artículos.

"La Comisión 2a. de Hacienda, que le tocó conocer del asunto de que se trata, encuentra justificadas las demandas de los peticionarios; pero como esta honorable Cámara concedió facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión en materia hacendaria, opina que aquel Poder puede modificar la tarifa a que aluden los recurrentes y, en ese concepto, nos permitimos someter a la aprobación de Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico: "Dígase a los señores Loeb Hermanos que se dirijan al Ejecutivo de la Unión sobre la reforma del Arancel de Aduanas, en la parte relativa a los artículos de loza y porcelana y barro vidriado, en virtud de tener este Poder facultades extraordinarias en el ramo de Hacienda."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 15 de noviembre de 1918.- Marciano González.- C. Galindo.- F. Tejeda Llorca."

Está a discusión.

El C. Basáñez: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Basáñez: Señores diputados: Aquí la Comisión ha andado errada aseverando que el Ejecutivo tiene facultades extraordinarias en Hacienda y puede legislar sobre aranceles. Efectivamente, al Ejecutivo se le dieron estas facultades extraordinarias en Hacienda, pero posteriormente él pidió facultades extraordinarias en Aduanas, las cuales se le dieron hasta el 31 de agosto; terminadas estas facultades en Aduanas, el Ejecutivo, al dar cuenta de ellas las pide nuevamente; así es que todavía no las tiene, y creo improcedente este dictamen.

El C. Galindo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Galindo, de la Comisión: Honorable Asamblea: La observación que ha hecho aquí el diputado Basáñez es fundada, por cuya razón la Comisión, por mi conducto, pide permiso para retirar este dictamen a discusión.

El C. Secretario Soto: En votación económica se consulta a la Asamblea si permite a la Comisión retirar su dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Se concede el permiso.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"Comisión 2a. de Hacienda.

"Señor:

"El C. Andrés Magallón, diputado que fue de la pasada XXVII Legislatura del Congreso de la Unión, presentó un proyecto de ley ante la misma solicitando, se modifique la tarifa de importación y exportación sobre calzado y pieles curtidas y crudas.

- El C. Magallón, en síntesis, manifiesta, la conveniencia de que se modifique la tarifa de importación y exportación, que se grava al calzado y pieles curtidas y crudas, con objeto, según él, de impulsar la industria de fabricación de calzado, que en diversas proporciones existe en el país.

"El proyecto de ley de referencia fue turnado, a la Comisión de Hacienda que suscribe, la cual, después de haber estudiado las razones en que se apoya el C. Magallón para fundar su proyecto, encuentra que, en la actualidad, la tarifa de importación sobre calzado y pieles crudas no es exagerada y, por consiguiente, no procede la modificación solicitada, teniendo en cuenta, además, los precios tan elevados que el calzado y las pieles alcanzan en el mercado y, por lo mismo, esta propia Comisión opina que no debe modificarse la tarifa de importación y exportación a que se refiere el citado C. Magallón.

"Por las anteriores consideraciones, nos permitimos someter a la aprobación de Vuestra Soberanía la siguiente proposición:

"No ha lugar a modificar, como lo solicita el C. Andrés Magallón, la tarifa de importación y exportación sobre calzado y pieles curtidas y crudas. Comuníquesele."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, noviembre 15 de 1918.- Marciano González.- C. Galindo."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner en pie. Aprobado.

El C. Siurob: Pido la palabra para hacer una moción.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Siurob.

El C. Siurob: Habiendo quedado incompleta la Comisión de Guerra a la cual tengo el honor de pertenecer, pues el Presidente de esa Comisión, el general Montes, pidió permiso y no está dentro de la Asamblea, y el C. Camacho murió otro de los miembros, de manera que no quedamos más que dos de los vocales, me permito suplicar, con el debido respeto a Su Señoría, se digne citar a la Gran Comisión, para que cuanto antes se reúna a fin de integrar esta Comisión, porque no siendo más que dos miembros de la Comisión, no podemos actuar, y como yo he sido uno de los primeros en censurar a las Comisiones, advierto que en aquellos momentos yo no tenía comisión ninguna y no quiero dar motivo a ser objeto de esta misma censura. Por ese motivo es por lo que hago esta moción.

El C. Presidente: De acuerdo con la moción presentada por el C. Siurob, la Presidencia invita al Presidente de la Gran Comisión o a los Secretarios de ella o a algunos de sus miembros que estén aquí presentes, a que tomen debida nota de ella, a fin de que en los trabajos próximos que tengan presentar a esta honorable Asamblea, incluyan el a que se refiere el C. Siurob. No habiendo otro asunto de qué tratar, (7.05 p.m.) se levanta la sesión y se cita para el lunes a las cuatro de la tarde. Orden del día: Discusión de Presupuestos, Ley de Ingresos.