Legislatura XXIX - Año I - Período Extraordinario - Fecha 19210524 - Número de Diario 50

(L29A1P1eN050F19210524.xml)Núm. Diario:50

ENCABEZADO

MÉXICO, MARTES 24 DE MAYO DE 1921

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AÑO 1.- PERIODO EXTRAORDINARIO XXIX LEGISLATURA TOMO II.- NÚMERO 50

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA

24 DE MAYO DE 1921

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior. 2.- Se da cuenta con los documentos en cartera, concediéndose licencia al C. diputado Adolfo G. García. 3.- Continúa la discusión del proyecto de ley sobre el fraccionamiento de latifundios; prosigue el debate del artículo 3o. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. ZUBARAN JUAN

(Asistencia de 126 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 6.08 p. m.: Se abre la sesión.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día veintitrés de mayo de mil novecientos veintiuno.- Periodo extraordinario.

"Presidencia del C. Uriel Avilés.

"En la ciudad de México, a las cinco y cincuenta y cinco de la tarde del lunes veintitrés de mayo de mil novecientos veintiuno, se abrió la sesión con asistencia de ciento treinta ciudadanos diputados.

"El acta de la sesión celebrada el día veinte del mes en curso, fue aprobada sin debate.

"Se dio cuenta con los documentos siguientes: "Telegrama de Campeche, en que el ciudadano gobernador de ese Estado pide se fije el día para que se celebren elecciones extraordinarias de diputados al Congreso de la Unión por el segundo distrito electoral de aquella Entidad.- Recibo, y a la Comisión que tiene antecedentes.

"Comunicaciones de condolencia por el fallecimiento del diputado Atanasio Gutiérrez, que envían los Gobiernos de Campeche y Chiapas.- A su expediente.

"Mensajes por medio de los cuales los Sindicatos de Agricultores de Colima y Michoacán felicitan a los ciudadanos diputados que firmaron el memorial dirigido al ciudadano presidente de la República, con motivo de la política que este funcionario ha venido desarrollando.- De enterado con agradecimiento.

"Solicitud del C. Lazcano Carrasco para que se le conceda licencia hasta por treinta días, con goce de dietas.

"Se aprobó sin debate, previa dispensa de trámites.

"El C. Alberto Méndez rindió la protesta de ley como diputado suplente por el 14 distrito electoral del Estado de Michoacán.

"Continuó la discusión del artículo 3o. del proyecto de ley sobre fraccionamiento de latifundios.

"El C. Siurob, a nombre de las comisiones dictaminadoras, habló en pro, contestó interpelaciones de los CC. von Borstel y Jesús Z. Moreno, dirigió una pregunta al primero de estos ciudadanos y proporcionó dos escritos, que fueron leídos por la Secretaría.

"En contra y en pro, respectivamente, usaron de la palabra los CC. Israel del Castillo y Guillermo Rodríguez.

"Impugnó el artículo a debate el C. Jesús Z. Moreno. El orador interpeló a las Comisiones, por lo que el C. Díaz Soto y Gama paso a la tribuna para contestar; pero como este ciudadano no solamente hiciera esto sino que atendió preguntas del C. Sánchez Pontón y dirigió otra al C. Gustavo P. Serrano, a la que éste respondió, el referido C. Jesús Z. Moreno hizo mociones de orden

"Así que concluyó de hablar el C. Díaz Soto y Gama, la Presidencia, siendo las ocho y cuarto de la noche, levantó la sesión."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Aprobada.

- El C. prosecretario Castrejón, leyendo:

"La Diputación Permanente del Congreso del Estado del Nayarit transcribe, en su oficio número 696, fechado en Tepic el día 17 de los corrientes, los puntos de acuerdo que aprobó en sesión extraordinaria y por los que se protesta por los

conceptos externados en contra de la Legislatura de aquel Estado por el C. diputado José Siurob, en la sesión celebrada el día 10 de este mismo mes."- Recibo.

"Honorable Asamblea:

"Adolfo G. García, diputado por el 7o. distrito de Veracruz, muy atentamente solicita de vuestra soberanía, con dispensa de todo trámite, una licencia hasta por veinte días, con goce de dietas, por tener urgente necesidad de trasladarse a su respectivo distrito para el arreglo de asuntos del mayor interés.

"Protesto a vuestra soberanía mis respetos.- México, D. F., a 24 de mayo de 1921.- A. G. García.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presente."

En votación económica se consulta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie, en el concepto de que se necesitan las dos terceras partes de los ciudadanos diputados presentes. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Concedida.

- El mismo C. prosecretario: Continúa a discusión el artículo 3o. de la ley de latifundios. Continúa en el uso de la palabra el ciudadano Moreno Jesús Z. - El C. Moreno Jesús Z.: Ciudadanos representantes: en la sesión de ayer refutaba el artículo 3o. de la ley agraria que en estos momentos se discute, exponiendo a la consideración de las comisiones todos aquellos razonamientos que explicaban la necesidad ingente de que este artículo 3o. fijara de manera clara y expresa la cantidad de tierras que deberían concederse o considerarse como latifundios, con el fin de tranquilizar a los propietarios de la República que en las condiciones de esta ley no sabrían a qué porción de terreno de su propiedad pudieran dedicar todas sus energías, todos sus esfuerzos y todos sus recursos. Y ayer me dirigía a la Comisión, a las comisiones unidas, pidiéndoles que explicaran las razones de conveniencia nacional que tenía no expresar en este artículo 3o. la cantidad de terreno que debería considerarse como latifundio, y con toda pena, ciudadanos diputados, vi que uno de los hombres que más esforzadamente, que más denodadamente ha luchado en pro de la aprobación de este artículo, el ciudadano Soto y Gama, viniera a esta tribuna a hacerme recordar aquel tratado de inglés de Ollendorff que cuando se hace esta explicación o esta pregunta: ¿tiene usted mi sombrero? Contesta:- No, señor, no tengo su sombrero, pero tengo su mesa. (Voces: ¡Ah! ¡Ah! ¡Ah! ¡Ah! ¡Eso ya es viejo) El ciudadano Díaz Soto y Gama... (Voces: ¡Eso ya es viejo!) Bueno, será tan viejo como se quiera,.... (Voces: ¿Soto y Gama o a la mesa?) pero es de absoluta aplicación en estos momentos. Yo no sé por qué no se nos viene a explicar aquí lo fundamental de mi pregunta, dejar el artículo expuesto como está por las comisiones ¿no importa en primer lugar una violación constitucional? Uno de los incisos del artículo 27 de la Constitución de 17 dice que los Estados o las Legislaturas de los Estados fijarán la cantidad de terreno que debe poseerse. Está claro que si nosotros aprobamos esta ley en los términos en que se nos propone, absolutamente es notorio que sería materia de amparo, se llegaría a violaciones constitucionales y esta ley no tendría ningunos efectos prácticos Pero no se nos ha querido hacer consideraciones, como decía antes, para mostrar la conveniencia de aprobar este artículo en las condiciones que lo propone la Comisión y mucho menos se nos quiere demostrar, o no se nos puede demostrar, cuáles son los inconvenientes para fijar la cantidad de terreno que debe entenderse por latifundio. Y en esto yo no vi otra cosa, y ahora sí cabe anticipar estas ideas, de que la Comisión se bate en retirada y que ve su impotencia perfectamente manifiesta. Cuando comenzamos a discutir la Ley Agraria vinieron las comisiones, el penacho enhiesto, hablando de revolucionarismo, hablando de sus conocimientos en materia agraria y vinieron a hablarnos de amor al pueblo y, en una palabra, que ellos eran los únicos capacitados para hacer una ley de esta naturaleza; entonces se atenían a sus propias fuerzas; pero ayer las comisiones han invocado la autoridad del ciudadano presidente de la República porque ya no tienen confianza en la autoridad propia para justificar este artículo propuesto en razones que si no están falseadas de las que aquí expuso el ciudadano presidente de la República, pues con todo respeto, aún habiendo sido expuestas por el ciudadano presidente de la República, seguramente no nos convencerán a muchos

Dijo el ciudadano diputado Díaz Soto y Gama que las razones de orden económico, ya no que la Comisión, sino que el proyecto Obregón había tenido en cuenta para formular este artículo 3o. en los términos en que está concebido, eran que de fijar la cuantía de lo que es un latifundio sufriría gran depresión el crédito agrícola, que vendría a destruirse la gran propiedad y que la producción agrícola de la República recibiría un rudo golpe. ¿Y en qué funda estas aseveraciones el ciudadano Soto y Gama? Pues sólo en que lo dijo aquí el ciudadano presidente de la República. Yo sé, ciudadanos diputados, que si hay persona autorizadísima en asuntos de agricultura experimental, es el ciudadano Obregón, porque él ha sido un agricultor competente; pero de reconocer su competencia en esta materia, de ahí no se sigue que tenga razón de que se destruya el crédito agrícola. Una ley que fija una cantidad de terrenos para clasificar lo que es latifundio, hasta dónde debe llegar lo que debe poseer un individuo, y que, por lo tanto, pone en condiciones de repartir el exceso de la cantidad que se fije y tenga ese mismo individuo, no quiere decir que con esto ya pierda el crédito agrícola, porque si esa propiedad tiene suficientes solicitantes de parcelas, de terrenos de esa finca, pues cada uno de los que adquieran por virtud de solicitudes jutificadas, será un nuevo propietario que tiene un crédito propio no en la proporción del valor intrínseco del terreno, sino en la proporción del valor

del terreno y de la respetabilidad y de la honorabilidad de cada parcelario que adquiera esa propiedad y en esas condiciones está igualmente el propietario de una gran extensión de tierra que tenía crédito con esa extensión de tierra, por tanto más cuanto que radicaba ese crédito en el valor intrínseco de la propiedad; de manera que el argumento que se nos ha querido presentar aquí como causa fundamental de que el crédito agrícola sufriría un rudo golpe con fijar la cuantía de terreno que constituye el latifundio, es perfectamente falsa y especiosa. Se ha dicho también que la gran propiedad se destruiría; pero, señores, si conocemos todos la ley que se propone, sabemos que una finca, cualquiera que sea la cantidad de su terreno, no por el hecho de que exista esta ley, al día siguiente se va a destruir. Para poder disponer de la extensión de lo que se considera latifundio en favor de pequeños propietarios será menester, previamente, que haya la cantidad de solicitantes de tierras capaces para dárseles esas tierras y hacer incuestionablemente; un cultivo mucho más indiscutiblemente intensivo. Si claro está que en una porción de terreno, en una finca cualquiera, en una negociación, o un propietario, invierte tal suma de energías, tal suma de capital, tal suma de dedicación para su cultivo, si esta misma finca en lugar de estar en manos de un solo individuo, está en manos de cien individuos que tienen los elementos, los recursos para cultivar esa finca, lejos de aminorar la producción, lejos de constituir esto un golpe rudo para la gran propiedad, resultará que la pequeña propiedad se cría haciendo más grande y más intensa la producción. Por manera que no satisfacen esos argumentos que ha traído aquí la Comisión sin contestar absolutamente mi pregunta, que mi pregunta era expresa y concreta: cuáles eran los inconvenientes que las comisiones veían para fijar la cuantía de lo que define esta ley y debe entenderse como latifundio. Bueno, pues la Comisión se encontró con que no podía darme más razones que éstas; naturalmente que era el no contestar mi pregunta. Entonces ocurrieron a la autoridad del compañero Serrano para que nos dijera por qué circunstancias a su juicio, con su técnica de ingeniero, no podía hacerse la connotación expresa de lo que era un latifundio. Aquí cuando yo oí hablar al compañero Serrano de asuntos que él tiene el deber de conocer a fondo, por ser de su profesión, de su técnica científica, nos vino a decir que en el Distrito Federal, por ejemplo, los terrenos tienen catorce o dieciséis clasificaciones... (Voces: ¡Dieciocho!) Bueno, dieciocho, veinte o cuarenta; que en la Baja California sucede lo mismo y nos viene a decir algo que es absolutamente falso: que los terrenos que están sobre los márgenes del río Colorado difieren de la condición de los terrenos del resto de la península, cosa que es bien sabida; pero no nos dijo en qué consisten esas diferencias ni las proporciones, ni las calidades de las tierras. Pues bien, señores, se ocurrió a la autoridad del compañero Serrano precisamente por la falta de competencia de la Comisión para haber fundado con sus razonamientos y con sus estudios la sinrazón de este artículo que se propone.

El C. Serrano Gustavo: ¿Me permite una aclaración el compañero Moreno? Con permiso de la Presidencia. Primeramente fue la Comisión la que dijo que había dieciocho clasificaciones de tierras en el Distrito Federal. Yo siempre confirmo eso porque es rigurosamente exacto y también acepto que dentro de esas dieciocho clasificaciones todavía hay subclases, como lo dijo muy bien la Comisión. Si el compañero Moreno quiere que le diga esas diferencias, en qué consisten esas diferencias, aquí y en la Baja California, tendría probablemente que entretener a la Asamblea media hora explicándole detalle por detalle en qué consiste, cosa que no es necesaria porque todo el mundo lo conoce.

El C. Moreno: Pues bien, yo hice referencia al señor Serrano para llegar a esta conclusión: las comisiones nos dicen que porque hay dieciséis o dieciocho diversas clases de terreno en el Distrito Federal y probablemente esas o mayor número de diferencias en el Distrito de Quintana Roo y Baja California, que por eso encontraban una dificultad insuperable en definir en una cuantía determinada lo que era un latifundio. Pues bien, las comisiones y el señor ingeniero Serrano creen que es un obstáculo inconmovible, pero no tienen ninguno en venirnos a decir: la parcela en estos terrenos puede constar de tanto más cuanto; de manera que puede definirse, puede decirse en esta diversidad de terrenos qué cantidad de tierra es la que debe considerarse como parcela para el cultivo, para la cría de ganado, para pastos, etcétera, etcétera. No, señores, no pueden definir lo que es un latifundio por esa escala tan grande de diferencias de terrenos, pero sí pueden definir perfectamente lo que es una parcela; ¿en qué facultad científica se apoyan en el segundo caso para hacer esa definición de lo que es la parcela, de lo que es el home stead, la cantidad de terreno para cría o para pastos y no podían ya decir: esto es más de lo que debe tener un individuo y dar, por lo tanto, el resto, ponerse a fraccionar en las condiciones que la ley fija? No, señores diputados, aquí no son esta razones de orden científico, ni razones de lógica. Las comisiones se han encastillado en sostener este artículo sencillamente por esto: hicieron una ley de carácter general en toda la República, pretendieron que fuera para toda la República. Esa ley no era precisamente para favorecer al pueblo, no era para dar tierras, era sencillamente un mecanismo de orden político, electoral, para tener el control electivo en las elecciones mexicanas, para hacer lo que les diera la gana. (Aplausos.)

Y ahora nos encontramos con que no ha sido posible hacer triunfar esta maniobra que no es hábil, que no es inteligente, que no tiene nada de notable: rechazamos el artículo 1o. transitorio de esta ley, que es la que daba el carácter de general en toda la República, que creaba ese mecanismo político, ese mecanismo nuevo, verdaderamente la piedra filosofal de los políticos a la violeta que se llaman socialistas y que se llaman agraristas y ahora nos vienen a sostener un artículo que era precisamente congruente del absurdo político que pretendían llevar a cabo por medio de esta ley. No veo ninguna razón por que insistan las comisiones en que debe aprobarse este artículo en los términos en que está; no han podido impugnar satisfactoriamente el por qué es inconveniente que una ley exprese clara y notoriamente qué es lo

que debe considerarse por latifundio con más o menos amplitud, con más o menos largueza, pero fijar para que cada agricultor diga: bueno, la ley dice que la cantidad de terreno que puedo poseer son cincuenta o cien hectáreas, pues en esa cantidad voy a invertir mi esfuerzo, mi capital, mi dinero para hacerlo productivo, para hacerlo lo mejor posible, con la seguridad de que de sus frutos voy a vivir yo y los míos. Pero no le decimos esto y mañana en el Distrito Federal y en los Territorios se quiere volver organismo político, una especie de trampa, el artículo tal como está, diciendo: es un latifundista el que tiene dos hectáreas de terreno, porque así lo declare la Comisión Nacional Agraria, porque esto importa tales o cuales condiciones que son las que fija el artículo como monopolio, etcétera, etcétera. No, señores, no podemos hacer semejante cosa; las comisiones en este caso no han traído ni siquiera argumentos de seriedad; aquí se expiden patentes de sabiduría, de notabilidad y especialmente el ciudadano Soto y Gama es afecto a eso. Este es un ciudadano omnisciente y está sobre todos, y cuando dice este burro es mi macho, este burro es mi macho; pero falta que lo tire y esto va a ser lo que va a pasar ahora. (Risas.)

Quería, para terminar, ciudadanos diputados, citar a ustedes estos datos experimentales: el Estado de Veracruz, en 1919, dio una ley sobre la pequeña propiedad, que no es más que procurar cumplir con el precepto constitucional acerca del reparto de tierras. El Estado de Zacatecas también ha dado una ley en 1917, como dice uno de los apreciables compañeros. En el mismo sentido se me dice, porque en honor de la verdad no la conozco, en el Estado de Durango se ha dado otra ley sobre reparto de tierras; pero yo conozco la de Veracruz y he visto la de Zacatecas y sé que en el mismo caso está Durango, que se ha fijado cuál es la cantidad de tierras que tiene o debe tener cada individuo, que tiene cada individuo derecho a poseer conforme a esa ley de la pequeña propiedad. ¿Qué ha pasado en Veracruz, ciudadanos diputados? Al darse esta ley con fundamento en un precepto constitucional, todos los propietarios supieron, desde las discusiones de esta ley, cuáles eran las cantidades de tierra que tenían derecho, de acuerdo con esta ley, para poseer, para mejorar, para invertir en esos terrenos todo su capital, todos sus esfuerzos, todos sus empeños, todas sus riquezas, y vino lo que tenía que ser: con esa base no se hizo más que robustecerse la propiedad en el Estado de Veracruz y todos aquellos hombres que estaban capacitados para dedicarse al trabajo de la agricultura, solicitaron las tierras en las condiciones de la ley, las adquirieron y tenemos hoy por hoy en el Estado de Veracruz - y esto es público y notorio -, una gran proporción en la producción agrícola, por lo menos de treinta por ciento sobre las estadísticas de cuatro años anteriores; no obstante, señores diputados, que ha sufrido un quebranto terrible la producción del café, que es una de las fuentes más importantes del Estado. En Zacatecas, y yo en estos momentos me voy a permitir interpelar a cualquiera de los diputados por el Estado de Zacatecas, para que me diga si esa ley también fija o no la cuantía de lo que es latifundio.

El C. Estrada Leopoldo: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Estrada: Indudablemente, en el Estado de Zacatecas desde el año de 1917 atento a las disposiciones del Código Fundamental, se legisló sobre materia agraria. Esta ley que se dio en un principio fue deficiente y viendo las dificultades que hubieron para su aplicación, hubo necesidad de hacer algunas reformas, hasta que en 1919, estudiado mejor el caso, dadas las dificultades múltiples que se presentaron para su aplicación, vino a hacerse más práctica y más efectiva y tan es como lo expresó el ciudadano orador, que en su misma Constitución local se previene que se designará una cantidad determinada como máximo de propiedad que pudiera tener un solo individuo o sociedad legalmente constituida. Esta fue la interpretación; interpretación que no solamente se tomó al acaso, sino que se consultó estrictamente con algunos ciudadanos constituyentes, diputados delegados por el Estado de Zacatecas, para ir a aquel Congreso; en consecuencia, tiene mucha razón el ciudadano orador.

El C. Moreno: Pues bien, señores diputados, yo no he elegido a una persona de la diputación de Zacatecas para que nos hiciera esta explicación; como es notoriamente cierto lo que he estado explicando, quise que cualquiera de los ciudadanos de esa diputación explicara el hecho. Ya vemos, pues, que en dos Estados, cuando menos, la especificación en la ley respectiva de qué debe entenderse por máximum de cantidad de tierra que debe poseer un individuo, no ha traído ningún quebranto ni ha producido ningún cataclismo, sencillamente se ha verificado el cumplimiento de una promesa revolucionaria en los términos de mayor integridad política y de mayor honradez legislativa que pueda imaginarse.

El C. Serrano: ¿Me permite usted una interpelación? Con permiso de la Presidencia. Yo ayer dije que no consideraba perfecta la definición de latifundio; pero que a la vez, no habiendo encontrado otra mejor, si los señores que atacan el artículo encuentran otra mejor definición y ustedes pueden fijar el límite del latifundio racionalmente en el Distrito Federal y Territorios, hagan el favor de poner a discusión una proposición en ese sentido y sí realmente me convencen, yo cambiaré de opinión por el convencimiento; pero si encuentro que es irracional, que es arbitrario que se fije ese límite, seguiré con la Comisión y votaré el artículo tal como viene. (Aplausos.)

El C. Moreno: Yo no encuentro fundado este procedimiento que tanto entusiasma al grupo que ya puede considerarse derrotado en esta ocasión; yo no veo absolutamente qué tiene que ver ese afán de notoriedad del compañero Serrano es decir, diciéndonos: "Propónganos esto, y si me convencen yo estaré, y si no estaré de esta manera". Aquí no está a discusión la proposición que presentamos, sino que está a discusión la proposición de la Comisión, que es la que estamos debatiendo; en su tiempo se hará la proposición, vendrá aquí, porque las comisiones se verán obligadas a retirar este artículo y entonces tendrá campo muy amplio

el compañero Serrano para estar con el artículo propuesto o no estar. Yo no veo qué cosa significa este afán de notoriedad de venir únicamente a singularizarse el "yo"; cada vez que habla el ciudadano Serrano ya hasta siento frío en la punta de la nariz; yo no sé para qué son estas cosas. Por lo demás, yo sostengo que las comisiones no han traído aquí ni un solo argumento que nos demuestre estas dos circunstancias: primera: que de aprobarse el artículo en los términos en que está concebido no daría materia a una infinidad de amparos y que estos amparos no prosperarían porque la ley es inconstitucional. Segundo: no nos han venido a demostrar la conveniencia, pero la conveniencia de orden nacional, de orden perfectamente de convicción, de conciencia, de que no se fije en esta ley lo que debe entenderse por latifundio. Tercera: no nos han venido a demostrar que el fijar una cantidad de terreno, la que se considera equitativa y razonable después de un estudio concienzudo, resulte inconveniente y perjudicial para los intereses de la nación; así es que mientras la Comisión no se ponga en estos puntos de vista, que son los únicos que deben preocupar nuestra atención, yo pido, señores compañeros, con toda atención y respeto, que se dé un voto negativo a este artículo.

El C. presidente: Tiene la palabra en pro el ciudadano Prieto Laurens.

El C. Prieto Laurens: Señores diputados: Ya con motivo de la discusión del artículo primero transitorio se vino a querer impresionar a esta Cámara con el petate del muerto, con el famoso amparo, con el amparo que ha de venir constantemente, dicen los impugnadores de la ley, a hacer impracticable esta ley porque es anticonstitucional. El compañero Moreno en su nada serio discurso nos ha dicho que la Comisión, especialmente el compañero Soto y Gama se ha empeñado en decir que este burro es su macho y que no sale de ese punto, pero que no se acuerda la Comisión siquiera de que lo va a tirar el burro, es decir, que va a tirar al compañero Soto y Gama. Yo creo que los impugnadores están por el sueldo desde la discusión del artículo 1o. transitorio; los señores que en cónclave acordaron obstruccionar la ley para toda la República, como la están obstruccionando para el Distrito Federal y Territorios ya están por los suelos. No nos han convencido absolutamente con sus argumentos sofísticos que constantemente vienen a repetir uno tras otro. Yo estimo que la Asamblea está suficientemente convencida de la necesidad de que se dicte esta ley y de que no es posible materialmente establecer la definición de latifundio en otros términos que en los que está establecido el artículo 3o. actual. ¿Que la Comisión o las comisiones no han traído argumentos serios? Esto más bien dicho no es serio que lo diga el ciudadano Moreno ni ningún otro compañero, porque la Comisión ha venido documentada a esta tribuna a probar absolutamente la imposibilidad de establecer arbitrariamente, por capricho, como lo demostró el ciudadano Siurob cuando en alguna ocasión interpeló al compañero Von Borstel, que era uno de los impugnadores y le pedía que aclarara o que dijera cuál sería entonces el criterio que debía regir en este punto y el señor Von Borstel se declaró en retirada materialmente, porque no pudo definir en este caso cuál era la definición de latifundio en el artículo 3o. que está a discusión, porque era imposible. El compañero Von Borstel se limitó a decir que la Baja California era una extensión, si no árida, estéril, y yo creo que sobre eso se ha argumentado sofísticamente, porque el compañero Siurob dijo muy bien en esta tribuna que ese es otro punto distinto de la discusión, que no tiene que ver nada la definición de latifundio con la aridez, con la esterilidad de las tierras, porque entonces eso quiere decir que esas tierras lo que necesitan es una refacción para los individuos que puedan cultivarlas; porque no me podría negar el señor Von Borstel que los terrenos de la Alta California, hoy tan productivos, eran casi tan estériles como los de la Baja California, eran una extensa llamada donde no se producía absolutamente nada y en cambio ahora, señores, con el trabajo, con el esfuerzo, con la inteligencia de aquellos hombres que han colonizado la Alta California, que no son en su mayoría americanos, sino que hay una gran proporción de italianos, españoles, portugueses y de mexicanos en gran número, porque los brazos de los mexicanos son indispensables para la agricultura en la Alta California, lugar que conozco perfectamente, compañero Von Borstel; yo que conozco la historia de ambos territorios, de la Alta y la Baja California, puedo afirmar que están en idénticas circunstancias no puedo afirmar que son absolutamente iguales, pero sí que están en idénticas circunstancias y lo que se ha hecho con el trabajo en la Alta California puede hacerse también en la Baja California. Es un argumento sofístico absolutamente el que se viene a aducir en esta tribuna al querer probar que por el hecho de que en la Baja California hay una gran cantidad de tierras sin cultivo o que son muy difíciles de cultivar o imposible, según el criterio de algunos compañeros, no existe el latifundio y el compañero Siurob demostró ya hasta la saciedad que existe el latifundio; donde hay cuatro propietarios, compañero Von Borstel, no creo yo que alguno pueda decir que no existe el latifundio y es necesario que consideremos en este lugar y en estos momentos que el latifundio en la Baja California lo debemos asimilar a las tierras nacionales, a la tierras que la nación tiene allí; ese latifundio del Estado, por decirlo así, ese latifundio también hay que destruirlo y no se puede establecer un criterio a priori, enteramente arbitrario, enteramente caprichoso para definir lo que es latifundio en la Baja California y lo que es latifundio en Quintana Roo, donde también el Estado, se puede decir, es el latifundista. En Quintana Roo como en la Baja California el latifundista es el Estado y el Estado es el que queremos que divida sus tierras también. Lo que pasa es que no han comprendido... (Murmullos.)... Ya se leerá en su oportunidad. El Estado en estos momentos es tan latifundista en la Baja California y en Quintana Roo, como los latifundistas de cualquiera otra parte, y que tantos perjuicios como aquéllos ocasionan los latifundios que hace el Estado con esas tierras entregadas a los extranjeros, a los explotadores de la nación que no vienen precisamente a beneficiar al país que no vienen precisamente a obedecer las leyes del país y a impulsar la industria o la

agricultura mexicana; absolutamente no es exacto, esos vienen materialmente a extraer todo lo que pueden sin dejar ningún beneficio, ningún progreso, a hacer lo menos posible, por dejar lo menos posible en el país. Yo creo, compañeros, que es enteramente absurdo querer señalar un límite al latifundio en el Distrito Federal y en los Territorios, porque lo ha demostrado la Comisión: en el Distrito Federal sería verdaderamente un capricho que dijéramos que el latifundio es de tanto más cuanto, porque no son las mismas tierras las de la municipalidad de Guadalupe Hidalgo que las tierras de Xochimilco o las tierras de San Angel, o las tierras de Coyoacán; son diversas tierras, de una diversidad tan completa, que no me parece serio que se venga a argumentar en contra de lo expresado por la Comisión, por los técnicos, por los datos que ha traído la Comisión del Catastro, documentos fidedignos dentro de la pobreza de nuestras estadísticas, datos únicos que podemos aportar con verdadera razón al problema, para resolver este problema. No podemos, pues, poner o fijar un límite al latifundio, porque no sería sino capricho de que se haga eso porque eso se hace en Zacatecas, porque aquí tenemos que hacerlo mediante algunas circunstancias, las condiciones son perfectamente diferentes. Además, los impugnadores no han concretado sus cargos, sólo tienen el propósito de obstruccionar esta ley; los impugnadores no han querido comprender que el ideal revolucionario, el ideal socialista que las comisiones han venido a sostener, es el homestead, ese es el límite del latifundio.(Aplausos.)

El C. Von Borstel: Pido la palabra.

- El C. Espinosa Para una interpelación.

El C. presidente: Si lo consiente el orador.

El C. Espinosa: ¿Permite el orador una interpelación?

El C. Prieto Laurens: Yo ya terminé.

El C. Moreno: Pedimos la lectura de un documento.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Esparza Martínez. (Voces: ¡Moción de orden! Campanilla.)

El C. Alessio Robles Vito: Pedimos la lectura de un documento. (Desorden. Campanilla. Voces: ¡Moción de orden!)

El C. presidente: No hay desorden. Tiene la palabra el ciudadano Esparza Martínez.

El C. Espinosa: Para dar lectura de un documento.

El C. secretario Zincúnegui: A petición de un ciudadano diputado se va a dar lectura al párrafo siguiente de un libro titulado "Ensayo Político sobre el reino de la Nueva España, por Alejandro de Humboldt... (Voces: ¿De qué fecha?)...1822... (Voces: ¡Ah! ¡Ah! ¡Ah! ¡Ah!) ... La Secretaría espera que la Asamblea le permita dar lectura al párrafo. (Murmullos. Campanilla.)

El C. presidente: Se suplica a la Asamblea que guarde orden y compostura para poder dar lectura a estos documentos. (Murmullos. Campanilla.)

El C. secretario Zincúnegui: "Al contrario del suelo de la vieja California, que es árido y pedregoso, el de la nueva es fértil, y todo él ésta regado; por lo cual es de lo más delicioso y pintoresco que puede verse. El clima es allí mucho más benigno, que a igual latitud en las costas orientales del nuevo continente. El cielo de ordinario está cubierto; pero las nieblas que a menudo dificultan el surgidero en las costas de Monterrey y San Francisco, avivan la vegetación y fertilizan la tierra; cubiertas siempre de un mantillo negro y esponjoso. En las dieciocho misiones que actualmente hay en la nueva California, se cultiva en abundancia el trigo, el maíz y frijoles; y en medio de los campos en la mayor parte de las provincias se da muy bien la cebada, habas, lentejas y garbanzos. Por punto general se cultivan las mismas legumbres y árboles frutales que en España, por el esmero que han puesto en ello los 36 frailes franciscanos, que son europeos todos, y gobiernan aquellas misiones.

Los primeros colonos que arribaron en 1769, ya encontraron en lo interior de aquel país cepas de viñas silvestres, que daban racimos de uvas bastante grandes, pero muy agrias; y tal vez eran una de las muchas especies de Vitis peculiares del Canadá, de la Luisiana y de Nueva Vizcaya, y que los botánicos conocen apenas. En California han introducido los misioneros la viña (Vitis vinifera) cuyo cultivo en todo Europa se debe a los griegos...".

El C. Esparza Martínez: Ciudadanos representantes,: Cuando se discutió en lo general la ley del fraccionamiento de latifundios, fue mi mayor anhelo venir a esta tribuna a propugnar por ella, a sostenerla y a patentizar la necesidad de su pronta expedición. Este anhelo mío, sin embargo, de ninguna manera significaba que yo estuviera de acuerdo con todos y cada uno de los puntos del proyecto ahora en estudio, porque estimo absurdos de toda solemnidad algunos de ellos y ya en otra ocasión declaré ante esta Asamblea, interpelando a las comisiones autoras del documento que está a debate, que la ley de fraccionamiento de latifundios me parecía una ley multicolora, una ley kaleidoscópica, insuficiente, a no dudarlo, para resolver el problema agrario latente en nuestra República. Si en aquel entonces, a pesar de mi deseo no aporté mis escasas luces a la discusión de tópico tan trascendental e importante, fue porque el sistema altamente reprobable, indigno, de personalizar en estos debates empleado por los sostenedores e impugnadores de la presente ley, me hizo desistir de mi propósito, que me parecía mínimo ante el empuje brutal y arrollador de la inconsecuencia, ante la tiranía desconcertante y fiera de la imbecilidad... (Aplausos.) me pareció impropio de mí, que soy enemigo de personalizar cuando el interés de la nación se trata, venir a revolcar mi serenidad en el lodo con que la pasionalidad volcánica de algunos diputados ha enfangado esta Representación Nacional, pues siempre he creído que nuestro deber, como portavoces de los anhelos, de las ansias que bullen en el alma popular, nos impone finalidades más altas y más nobles. Además, supuse que la voz clara de la razón sería mejor escuchada hablando después y cuando ya la tempestad se hubiese serenado, cuando la voz serena de la reflexión y de la prudencia se hubiesen abierto paso sobre la agresividad y la testarudez de los exaltados, de los irascibles. Cuando presencié aquel espectáculo, cuando vi que el híbrido y deshilvanado grupo de los llamados socialistas quería imponer a base de puñetazos y alaridos la más infame de las dictaduras, la dictadura de la palabra, pensé que acaso

tuvo razón Shopenhauer, cuando afirmó que la libertad es un misterio; cuando vi que un representante del pueblo hacía en esta tribuna la apología del crimen, cuando vi que ese hombre sin pudor ni vergüenza se hinchaba como un pavo ante los aplausos de la turba inconsciente incitándola a la rebelión y a la matanza, un rubor doloroso enrojeció mi rostro de hombre civilizado y nunca como entonces el pensamiento de Montesquieu tuvo el valor de una completa realidad. Hay momentos en que es preciso arrojar el velo sobre la libertad, como sobre las estatuas de los dioses. Para quienes amamos la verdad, para quienes la verdad es un culto y abjuramos de todos los convencionalismos y las mentiras que corrompen las conciencias de los individuos, siempre he creído que es imposible aceptar una justa entre la realidad y lo absurdo, entre lo abstracto y lo concreto, pues desgraciadamente en política la verdad no existe, la verdad es un mito. Yo pienso, parafraseando al gran Amado Nervo, que "la verdad se encuentra en todas partes, menos en el entendimiento de nuestros políticos", y buscarla con la lógica, es buscar imposibles. Justificada de esta manera mi actitud en aquella ocasión, vengo a impugnar ahora el artículo 3o. de la ley que está a debate, no precisamente porque esté en contra de su espíritu o esencia, sino porque creo prudente y necesaria su radical modificación, ya que con la reprobación del artículo 3o. transitorio, elemento principal de las discordias, muy distintas deben ser las orientaciones que se den a los diversos artículos de esta ley.

Tres son las consideraciones que voy a hacer de índole puramente racional y lógica, para probar que es indispensable la modificación del artículo materia de mi impugnación. Aparte de una multitud de argumentos y razones que me reservo, porque no es laudable venir a atizar los odios y las pasiones políticas, cuando únicamente se trata de elaborar una ley que venga a llenar una inmensa e ingente necesidad nacional. Desde luego, y definido ya que la presente ley regirá para el Distrito Federal y territorios, es indudable que el artículo 3o. no llena ya los requisitos que sus autores involucraron en él al darle un carácter general, es decir, al pretender que la ley de fraccionamiento de latifundios sería o fuera de observancia en toda la República; siendo tan clara la jurisdicción de la ley y redactado en términos tan vagos el artículo que marca la extensión de los latifundios, incontrovertiblemente tendrá que prestarse éste a multitud de interpretaciones y tendrá toda la flexibilidad que quiera dársele, por cuyo motivo será patente su inutilidad, pues una ley que no es categórica y clara y que no precisa ni siquiera lo más importante que ella tiene, como es definir lo que es un latifundio, materia primordial de ella, no merece ni siquiera tal título. Por otra parte, y para que en todo sea homogéneo y completo es necesario, imprescindiblemente necesario, que las partes, que los componentes tengan una estrecha e íntima relación con él, pues nunca hermana el día y la noche, la luz y la sombra, lo deforme y lo bello; únicamente los elementos afines concuerdan entre sí y se armonizan en idéntica función, pues de lo contrario, chocan obedeciendo al impulso de la ley de las compensaciones de que nos habla Emerson. Sí, pues, el artículo 3o. tal como está concebido se hizo pensando que la ley tendría aplicación en toda la República, lógico es que circunscribiéndolo únicamente al Distrito Federal y territorios debe dársele un carácter netamente particular y exclusivo, determinando con toda claridad las extensiones de tierra que deben ser objeto del fraccionamiento. A esto hay que agregar que una de las principales finalidades del artículo 27 constitucional, claramente marcada en nuestra Carta Fundamental, es la formación de la pequeña propiedad, por cuyo motivo es indispensable limitar el máximo de tierra que un propietario pueda poseer, pues de lo contrario, lejos de proteger y fomentar la pequeña propiedad, únicamente se lograría destruirla, ya que únicamente se repartirían las tierras de aquellos propietarios que tuvieran con qué defenderse. Hasta aquí, mi criterio muy particular y propio. Ahora voy a aprovecharme de los elementos de combate que la propia Comisión me ha proporcionado. Su señoría el diputado Soto y Gama, con un desplante singular, nos ha traído a esta tribuna una luminosa idea, despampanante, gorda, como él diría, y ha venido a afirmar desde la cumbre apocalíptica de sus aberraciones, que es imposible definir numéricamente lo que es un latifundio. Esta actitud del ciudadano Soto y Gama me recuerda el sistema empleado por los curas en el colegio en donde yo inicié mis estudios - fíjese bien el ciudadano Soto y Gama -, donde yo inicié mis estudios, porque mi temperamento y mi idiosincrasia no me permitieron continuar allí. (Murmullos.) Allí, repito, interrogando yo alguna vez a uno de mis maestros sobre alguno de los fenómenos naturales que la física claramente nos demuestra, me contestaba, me decía: "Tú no puedes interrogarme sobre los misterios de la religión porque pecas, porque es un sacrilegio hacerlo. Precisamente el valor del dogma está en no escudriñarlo, en aceptar los dogmas como se te presenten."

Para la Comisión es tan difícil encontrar o definir lo que es un latifundio, como sería resolver el problema del movimiento continuo. Para el ciudadano Soto y Gama es tan difícil encontrar una definición de latifundio, quizá como encontrar el "bacilus tifus" que todavía no han podido resolver los adoradores de la ciencia de Esculapio. Hay más todavía: yo creo y sinceramente lo digo - y estimo, además, que no habrá quien se atreva a desmentirme - que científicamente sí puede definirse numéricamente lo que es un latifundio. Aceptar lo contrario sería tanto como suponer que si no se puede definir lo que es un latifundio, tampoco se puede pedir una ley de fraccionamiento de latifundios. (Aplausos. Murmullos.)

La Comisión nos ha hablado aquí de dieciocho, de veinte clases de tierras, no importa el número, de una multitud de clasificaciones. En mi concepto, dentro de la clasificación conocidísima por todos, de tierras de labor, de tierras de riego, de tierras de pasto, caben todas las subdivisiones, subdivisiones, señor Soto y Gama, pero no clases de tierras. Probablemente la Comisión quiere que se cultiven también las rocas, que se cultiven toda clase de tierras, porque también es una parte de ellas, señor Soto y Gama. Estas son sintéticamente las

consideraciones en que me fundo para pedir que sea modificado el artículo 3o. de la ley de fraccionamiento de latifundios, de acuerdo naturalmente con las condiciones muy particulares de las regiones donde esta ley va a tener aplicación. Espero que la Asamblea sea consecuente con mi tesis, demostrando de esta manera su competencia para legislar y, ante todo, que sabe interpretar juiciosamente los anhelos y aspiraciones populares. Debemos ante todo, ciudadanos representantes, hacer obra de solidaridad y de verdad y propugnar por el respeto de nuestras instituciones y a la sociedad. La condición actual en que México se encuentra colocado exige de nosotros una serena rectitud y una franca honradez. Nuestro papel sería ridículo y torpe si dejásemos al analfabetismo que resuelva lo que nosotros tenemos la obligación de resolver, y sería inicuo ensangrentar nuevamente los campos de la República con una revolución que bien puede hacerse desde el retiro sosegado y quieto de una legislación sana y fructífera. Vayamos a la lucha abierta y francamente y renunciemos todo particular interés y toda bastarda ambición en bien de la colectividad; y si a pesar de eso el monstruo nos amenaza y no obstante nuestro esfuerzo y nuestra resignación el fantasma de la brutalidad nos arrolla, cejemos en nuestra labor, sí, como en la frase de Taine, cejemos, pero después de ahorcados. (Aplausos. Risas.)

El C. Rodríguez Guillermo: Compañero, ¿me permite una interpelación?

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Paz.

El C. Paz: Señores diputados: El artículo 3o. que está a discusión entraña única y exclusivamente una definición, y jamás en ninguna ciencia, jamás en ningún arte, jamás en ninguna ley va incluída en la misma definición una enumeración o un catálogo de tal o cual cosa; eso sencillamente es un disparate. Los señores del contra se han propuesto que en el artículo 3o., que no es más que la definición de latifundio, vaya allí mismo incluído cuántas hectáreas constituye un latifundio en la Baja California, cuántas en Quintana Roo, cuántas en el Distrito Federal, etcétera, etcétera. Esto sería materia de discusión, bien para el artículo 4o. o bien para el 8o. de la ley, pero no para el 3o. que sólo entraña una definición. Por ejemplo, si nosotros vamos a definir qué es la filosofía y decimos: "La filosofía es el conjunto de conocimientos perfectamente organizados", entonces, señores, allí vamos a incluir el catálogo aquel que hizo Augusto Comte de cuáles son las ciencias sociales y cuáles son las demás ciencias; si, por ejemplo, vemos nosotros en materia de derecho, al definir el derecho, no en la definición de derecho vamos a decir: el derecho se divide en público y privado, el privado en civil y mercantil y el público en internacional y constitucional, etcétera, etcétera. No, señores, la definición va en un artículo, en un postulado y luego después en los artículos subsecuentes viene el catálogo y viene la lista, la clasificación que se trata de hacer. Lo mismo pasa en las leyes; si, por ejemplo, en la ley, compañero, decimos tratando de un delito, el robo: robo es el apoderamiento de cosa ajena, muebles, etcétera, sin consentimiento de la persona que puede usar de ello conforme a la ley, y luego, ¿cómo allí en esa definición íbamos a encajar las diferentes modalidades del robo, por ejemplo, robo simple, robo con fractura, robo en casa habitada, etcétera, etcétera? Sería sencillamente disparatado. Lo mismo aquí, viene la Ley Agraria con un artículo que define: esto es latifundio; ¿cómo en ese mismo artículo vamos a definir, vamos a incluir la clasificación de cuáles son los latifundios? Esta es la razón neta, jurídica y natural, es decir, es la razón del hecho. Ahora bien; ya que hemos entrado o ya que los señores del contra tal vez únicamente por obstruccionar, que no entiendo de otra manera ese afán de encajar aquí lo que no cabe, han entrado aquí en la cuestión de fijar con precisión cuántas hectáreas constituyen un latifundio, es verdaderamente imposible, esto verdaderamente es absurdo y lo voy a demostrar con las personas que conocen el terreno y no con las que viene aquí a hablar completamente de memoria. Me voy a permitir interpelar al compañero que viene por Quintana Roo, al compañero Barragán. Quiero, compañero, que se sirva usted decirme si en Quintana Roo, de donde es usted, o en donde ha vivido usted, de donde es usted representante, quiero que tenga usted la bondad de decirme si allí es posible definir, es posible precisar lo que es un latifundio.

El C. Barragán Enrique: Con permiso de la Presidencia. Entiendo que definir lo que es un latifundio para el Territorio de Quintana Roo, es casi imposible, por la razón de que en Quintana Roo, propiamente no existen latifundios o grandes extensiones de terreno que pertenezcan a particulares. Allí el Estado es el único gran latifundista; toda la totalidad de la extensión territorial del Territorio pertenece al Estado, con cuatro millones y medio de hectáreas que posee. En esa virtud, yo estoy absolutamente de acuerdo en que los artículos 3o. y 4o. de la ley que se debate queden tal como están, pues creo que solamente la Comisión Nacional Agraria es la que en cada caso puede dictaminar hasta dónde puede constituir una extensión de terreno un latifundio.

El C. Paz, continuando: Persona que conoce el Territorio nos ha ilustrado perfectamente. Ahora voy a la Baja California, al Distrito Norte. El Distrito Norte de la Baja California yo creo que no hay aquí quien lo conozca, fuera del señor Romero y de mí, porque no creo que el compañero Vito Alessio Robles lo conozca en un viaje de paseo de tres días que hizo a Mexicali. (Murmullos.)

El C. von Borstel, interrumpiendo: Yo lo conozco.

El C. Paz, continuando: Usted conoce el Distrito Sur. Voy a referirme al Distrito Norte. Yo suplicaría al señor Romero nos ilustrara acerca de qué clase de tierras hay en el Distrito Norte, su ubicación, etcétera, etcétera.

El C. Romero: Pido la palabra para contestar.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Romero: Principalmente en la Baja California hay dos clases de terrenos que se encuentran en dos regiones completamente definidas, que es la región del Norte, llamada Mexicali, y la del Sur, perteneciente a la jurisdicción de Ensenada. El señor von Borstel ha presentado un proyecto

donde señala lo que puede considerarse como latifundio en Mexicali y en la otra región. Yo suplicaría, que para que se orientara la Asamblea, se diera lectura al artículo propuesto por el señor von Borstel.

El C. Paz, continuando: Pues bien, voy a continuar. En el Distrito Norte - yo creí que el señor Romero conocía un poco más su tierra -, en el Distrito Norte no sólo existen dos clases de tierras, existen varias clases de tierras, y voy a demostrarlo, es decir, en la parte Norte de este Distrito hay dos regiones: una la de Mexicali y otra la de Tijuana, que es el Norte. La región de Mexicali es una región riquísima, allí tal vez se consideraría como latifundio cinco hectáreas de terreno, porque es una región algodonera, que es la que vale más en toda la República. La región de Tijuana es completamente distinta, allí es agrícola netamente y no se puede cultivar el algodón, allí se necesitaría una más grande extensión de terreno, muchísimo más grande para constituir un latifundio. Luego vienen los siguientes valles, que son magníficas: el Valle de las Palmas, el Valle de Santelmo, el Valle de Santo Tomás y el Valle de San Quintín. Este Valle de San Quintín es completamente enorme, a tal grado, que los colonos italianos y franceses radicados en la Alta California, cuando se estableció el estado seco en los Estados Unidos, trataron de colonizar San Quintín y calculaban que se les podían dar hasta cincuenta o sesenta hectáreas por cabeza. Estos individuos querían ir a cultivar aquellas tierras y querían ir a plantar la vid que estaban plantando, en la Baja California; querían ir a establecer sus reales en la Baja California aquellos magníficos colonos, colonos italianos y colonos franceses. Esto me consta porque varios representantes de ellos me hablaron para que arreglara yo la colonización, cuando vivía en la Alta California...

El C. von Borstel, interrumpiendo: Una interpelación, compañero Paz, si me permite.

El C. Paz, continuando: Permítame, compañero. El resto de los terrenos en la Baja California es pésimo, completamente pésimo. Me refiero al Distrito Norte; nada más me estoy refiriendo al Distrito Norte; es absolutamente malo, porque casi la mayor parte es montañosa y rocallosa y en la Baja California, muy al contrario de lo que se leyó en el libro que acaban de enseñarnos, hubo temporada, según me relataron, que duró siete años sin que lloviera en el Distrito Norte. Pues bien; en cuanto al centro, yo conozco únicamente la Bahía Magdalena. En el centro de la Baja California, todo lo que es el centro, es un enorme desierto arenoso. Un tremendo desierto arenoso, ¡Ah! se me pasaba referir lo que ya el otro día dije, pero que sirve, y sirve muy bien para ilustrar el criterio de esta Asamblea, acerca del valor de las tierras de la Baja California. Decía yo en ocasión pasada, que en el Distrito Norte casi todas las tierras las había comprado una compañía denominada "Mexican Land and Colonization Company". Pues bien; a esta gran compañía, al triunfo de la revolución, le fueron confiscadas sus tierras, y Carranza con Luis Cabrera, como decía yo el primer día, arregló pagarle una indemnización de $16.000,000.00 con tal de que esas tierras volvieran a ser nacionales; actualmente todavía está a debate el asunto en la Secretaría de Agricultura y Fomento, todavía no se resuelve si se le dan los $16.000,000.00 o no. Eso prueba que esas tierras, o gran parte de ellas, son magníficas y pueden producir excelentes cosechas. Como decía yo, el Distrito del Centro es un desierto completamente arenoso, a tal grado, que en la Bahía Magdaleno había cuarenta y tantos habitantes cuando yo pasé por allí, hace unos cinco o seis años, y tenían que llevarles alimentos y agua porque es aquello imposible, inhabitable verdaderamente todo el centro. En cuanto al Sur, yo no conozco más que San José del Cabo, y aquélla es exuberante, yo creo que todo el Sur es muy exuberante y las tierras del Sur son magníficas. Del Sur no hablo porque no lo conozco; llegará su turno al compañero von Borstel para que nos hable de él. Ahora voy a pasar al Distrito Federal. El Distrito Federal casi todos vosotros lo conocéis, pero yo he querido hacer un estudio de este asunto para no venir aquí a cansar a la Asamblea inútilmente, sino a traer algo que pueda ser de provecho y algo útil. Me acerqué a la Comisión Local Agraria para que me informara respecto a la situación del Distrito Federal en materia de latifundios, y me manifestaron lo siguiente: en el Distrito Federal la mayor parte de los latifundistas apenas vieron que se iban a fraccionar sus latifundios, inmediatamente comenzaron a vender a extranjeros, a fingir ventas para no cumplir con la ley de fraccionamientos. Entonces la Comisión Nacional Agraria expidió una circular por la cual se prohibían estas ventas en esa forma, esta especie de ventas simuladas. Todos los latifundios que existían aquí, en la actualidad casi han sido fraccionados, y me voy a permitir leer una lista de estas haciendas que han sido fraccionadas en el Distrito Federal, porque aquí también, no obstante que es muy pequeño, considerado con otros Estados, la extensión de nuestro Distrito Federal, sin embargo hay tierras completamente diversas. Basta leer de una lista catastral para que se vea la diferencia enorme que existe de una región a la otra, y no sólo, sino que en una misma municipalidad de aquel Distrito nos encontramos con dos, tres y hasta cuatro clases de tierras. He aquí una lista, poco más o menos, de cómo se ha fraccionado: "La hacienda de San Juan de Dios se puede considerar - dice la Comisión Local Agraria -...

"La hacienda de San Juan de Dios, que se puede considerar también como finca extensa, ha comenzado ya a fraccionar sus tierras, porque los pueblos de Tepepam y Huipulco solicitaron y obtuvieron dotación de tierras, las que deberían ser tomadas, respectivamente, de esa hacienda.

"La hacienda de Olmedo, ubicada a inmediaciones de Xochimilco, que también puede considerarse como de grande extensión, va a ser fraccionada porque de sus tierras van a ser formados los ejidos de San Lucas Xochiamnca y Xochitepec.

"La hacienda de San Nicolás, municipalidad de Ixtapalapa, sita al Sureste de la ciudad, fue una de las primeramente fraccionadas, datando tal hecho del año de 1910.

"En el Norte del Distrito Federal existen haciendas que pueden considerarse de grande extensión; pero sus tierras son de mala calidad y necesitan grandes trabajos de lavado y

entarquinamiento de aguas que hacen difícil su fraccionamiento. (San Juan de Aragón.)

"En el lado occidental del mismo Distrito hay algunas haciendas. En esta zona algunos pueblos han solicitado las tierras necesarias para formar sus ejidos, contándose entre esos pueblos los de Cuajimalpa, San Mateo, San Bartolo, La Magdalena, Contreras, San Nicolás y otros.

"Por la parte Sureste del Distrito Federal existió un verdadero latifundio llamado "Hacienda de Xico", comprendida dentro del Distrito Federal y Estados de México y Puebla; pero como la Comisión Local Agraria de este Distrito Federal, en cumplimiento de la ley de 6 de enero de 1915, restituyó sus tierras a los pueblos de Mixquic y San Juan Ixtayopan y dotó de ejidos a los pueblos de Tulyehualco, Zapotitlán y Tlaltenco, estando pendiente en la actualidad de resolverse la dotación de tierras al pueblo de Tlahuac, se ha quitado una grande extensión de tierras a la mencionada propiedad y con ello el carácter de latifundio por lo que se refiere a las posesiones de la misma en el Distrito Federal."

En el Norte, además, hay otros latifundios que también verbalmente me lo explicaron, en el plano al que se refería hace unos días el compañero Castellanos; esos latifundios, me manifestaban, es el de Ahuehuetes, del Rosario y no recuerdo qué otra hacienda, perteneciente a un señor Velásquez de la Villa de Guadalupe. Pues bien, me refirió la Comisión Nacional Agraria que ya se van a repartir esas tierras a los pueblos de Ticumán y Zacatenco; fueron también a querer dotar de ejidos al pueblo de Santa Isabel Tola, pero allí me refieren que cuando llegaron los de la Comisión Nacional Agraria se encontraron con que no había habitantes a quien dotar de ejidos, y por tal motivo no fue fraccionado. Además, manifiestan que estas tierras son difíciles de cultivo, que este señor ha gastado más de $300,000.00 y ha empleado diez o quince años para poder laborarlas. Pues bien, he hecho un resumen...

El C. von Borstel: ¿Me permite una interpelación, compañero?

El C. Paz: Voy a terminar. He hecho un resumen de todas las tierras que existen en el Distrito Federal y vemos que mientras por el lado Norte existen tierras de pésima calidad, por el lado Oriente no hay más que cinco kilómetros, desde la urbanización de la ciudad hasta los límites del Distrito Federal, cinco kilómetros de tierras pésimas. En cambio por el Sur, por el Sureste y por el Suroeste las tierras son magníficas y allí me manifestaban que la pequeña propiedad ideal sería de cincuenta hectáreas únicamente; pero todos los conocedores en la materia manifiestan que eso de fijar límites para decir cuál es lo que pueda abarcar un latifundio, habiendo tal diversidad de tierras en el Distrito Federal y tan distintas en Quintana Roo como en la Baja California, sería completamente disparatado, sería una aberración e iríamos al fracaso si quisiéramos hacerlo en el artículo 3o., porque allí menos que en ningún otro de los artículos cabe esa enumeración o esa clasificación. Es necesario, señores, que pensemos un poco en nuestro pobre país, es necesario que pensemos un poco en que estas discusiones bizantinas estériles completamente, son fatales para la patria, son fatales para el país, porque estamos perdiendo un tiempo precioso que podríamos dedicar, al terminar esta discusión de la Ley Agraria, a discutir otros asuntos que la nación y el país están esperando que pronto los abordemos. Si esta ley, ya que no se quiso hacer para toda la República, ya que se dio un golpe de muerte al agrarismo con esto... (Voces: ¡No! ¡No!)

El C. Díaz Soto y Gama, interrumpiendo: ¡No, hombre! ¡Quiso dársele!

- El C. Paz, continuando:... ya que se defendió al latifundismo no queriendo que se expidiera para toda la República, siquiera vamos a dar esta ley para que sirva, aunque muy poco, al Distrito Federal y a los territorios, pero que sí sirva, evidentemente, para que muchas legislaturas, pensando en el bien que pueden producirles a sus pueblos, le sirva de norma, les sirva de base para que esta misma ley sea aplicada en sus Estados con más o menos modificaciones. Nosotros sabemos que no en todos los Estados, evidentemente, las legislaturas son reaccionarias, sino que en muchos Estados son progresistas, y nosotros, con los hombres que aquí han estudiado bien la materia, con los hombres que aquí se han desvelado con los asuntos agraristas y que han venido a vaciar sus ideas en la Ley Agraria, esos hombres nos ilustran por medio de esta ley que vamos a expedir. Echar abajo el artículo 3o., que es la base fundamental de la Ley Agraria, porque es la magnífica definición de lo que es un latifundio, sería un disparate, sería un crimen enorme contra el agrarismo en México.

El C. Von Borstel: Una interpelación al compañero Paz, que me la prometió.

El C. Paz: ¿Sobre qué, compañero?

El C. Von Borstel: Dígame el compañero Paz si ayer que lo encontré en Fomento y le enseñé mi proyecto de artículo no estuvo conforme con él y si no me dijo que iba a atacar el artículo 3o. de esta ley.

El C. Paz: Voy a contestarle, compañero. Ayer, cuando usted me enseñó el artículo, yo creí que se refería al artículo 4o., es decir, que el artículo 3o. y el 4o. estaban los dos unidos, y le manifesté que en el 4o. tenía que hacer algunas observaciones porque entonces... es decir, estaba equivocado, estaba confundido, creyendo que el 3o. y 4o. estaban juntos. Y también quiero que me conteste el compañero si ayer en la tarde, al llegar a esta sesión no le manifesté esto mismo que acabo de decir.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Maqueo Castellanos.

El C. Maqueo Castellanos: Honorable Asamblea: Bien se conoce que la gran mayoría de los ciudadanos diputados que han venido a argumentar a esta tribuna sobre cuestiones agrarias, conocen casi nada de tierras, no saben ni lo que significa un rancho ni cómo se puede constituir una propiedad; nos vienen a argumentar una serie de sofismas, vienen a argumentar en el vacío, vienen a presentarnos un artículo que todo dice, menos una definición como nos ha dicho el ciudadano Paz.

El ciudadano Paz comenzó su discurso manifestando que el artículo 3o. es una definición de un latifundio y yo, señores, en medio de mi torpeza agrícola, supuesto que toda mi vida he vivido en el campo, no puedo entender esa definición. Creo que

una definición es precisamente fijar la significación de una palabra, la significación de una cosa, y aquí todo se hace menos hacer una definición, una aclaración. Se fija una serie de interpretaciones que no llegan a ninguna conclusión; que no nos ilustra sobre lo que en realidad puede y debe ser un latifundio. Seguramente que la Comisión, las comisiones unidas agrarias, habrán estudiado con todo detenimiento esta ley, este proyecto de ley, pero quizás se hayan confundido, desde el momento en que sus deseos y sus miras, sus pretensiones, eran que la ley fuera aplicada en toda la República. Ahora, señores, yo no me explico el por qué las comisiones se aferran de una manera tan terminante, de una manera ciega, en no entrar a definir lo que constituye un latifundio en el Distrito Federal y Territorios, cuando ellos mismos en los artículos subsecuentes de la ley le dan a la Comisión Nacional Agraria los datos que deben servirle para decir cuándo es o cuándo no es latifundio una propiedad rústica. ¿Por qué no, pues, las comisiones unidas aplicaron esas reglas que determinan, que le marcan a la Comisión Nacional Agraria, para sujetarse y poder determinar con toda claridad lo que puede ser un latifundio dentro del Distrito Federal y en los distintos Territorios de Quintana Roo y Baja California? El ciudadano Soto y Gama, muy agrarista, probablemente de la época de la revolución para acá, porque según tengo yo entendido de antes de 1910 ejercía su profesión como notario y en una notaría todo se puede conocer menos la cuestión agraria, no se puede ni siquiera tener una idea de lo que son las distintas composiciones de la tierra, a lo que es aplicable, lo que se debe sembrar en tal o cual terreno; el notario únicamente se concreta a consignar las escrituras que ya se le llevan formuladas y nunca pretende ni siquiera hacer un estudio de si aquello vale o no. Ayer el ciudadano Soto y Gama nos decía que el proyecto de ley mandado por el ciudadano Obregón cuando era apenas presidente electo, era la salvación de la cuestión agrícola; nos argumentaba, según lo podemos ver en el propio DIARIO DE LOS DEBATES, en la forma siguiente: Dice:

"Si viene una ley que dice: es latifundio lo que exceda de cien mil hectáreas, inmediatamente el propietario amenazado con el repartimiento de las restantes noventa y nueve mil hectáreas..."

Yo le haría esta pregunta al ciudadano Soto y Gama: si fijamos mil hectáreas de terreno como latifundio, y el terrateniente es propietario de cien mil, se limita, como dice Soto y Gama, a cultivar mil hectáreas y las otras noventa y nueve mil las deja en receso, en abandono. Si no le fijamos cantidad, ¿no cree el ciudadano Soto y Gama que el hacendado, desconfiado como tiene que estar en este caso, diga: pues, señor, yo no voy a trabajar, no digo mil hectáreas, probablemente el ciudadano Soto y Gama en medio de su agrarismo, no haya hecho un estudio minucioso, consciente, delicado, del capital que se necesita para poner bajo cultivo mil hectáreas de terreno; tal vez lo pueda saber, tal vez lo haya tomado en consideración, pero yo me inclino a creer que ni siquiera le ha pasado por la imaginación lo que constituye ya una hacienda o un rancho con mil hectáreas de terreno bajo cultivo. El hacendado, naturalmente - siguiendo la argumentación del ciudadano Soto y Gama -, en lugar de trabajar mil hectáreas de terreno no trabajaría más que cincuenta, porque diría: "La mente de la Comisión, como lo ha confesado clara y terminantemente en la tribuna, es dejarme reducido a cincuenta hectáreas de terreno", y su desconfianza, en lugar de estar basada sobre la superficie de mil hectáreas, estaría reducida al mínimum de cincuenta hectáreas. La agricultura, pues, sufriría un golpe de muerte. Nos decía el ciudadano Soto y Gama más adelante:

"Sólo se expropiarán aquellas partes de latifundios que sean solicitados expresamente por jornaleros que quieran cultivarlos; es decir, no se va a hacer el disparate de decir de cien mil hectáreas, las noventa y nueve mil restantes van a ser fraccionadas, es decir, se destruiría el latifundio sin que haya nadie que substituya al latifundista...."

Seguramente; pero eso está perfectamente en contradicción con lo primero que asentaba el ciudadano Soto y Gama. El ciudadano Soto y Gama decía que los latifundistas no se van a concretar a trabajar más que sus mil hectáreas. ¿Cree el ciudadano Soto y Gama que la repartición, que el fraccionamiento de noventa y nueve mil hectáreas de terreno es como el fraccionamiento de veinticinco metros cuadrados, como el fraccionamiento de un pedazo de papel, que se puede hacer con una regla? Seguramente que no. Debemos llegar a la parte práctica de la ley; para cultivar noventa y nueve mil hectáreas de terreno, se necesitan muchos millones de pesos, señores representantes, y máxime si vamos a exigirles a los agricultores, como debemos hacerlo, que los cultivos no se hagan de una manera primitiva, que se emplee la ciencia, que se emplee la maquinaria moderna; naturalmente todo eso. para hacerlo, necesitamos crear la confianza en el propietario, llevar a su conocimiento aquello que tiene derecho de cultivar, y todo lo que exceda, todo lo que sea fraccionable, seguramente que el propietario lo dejará en receso, vendrán tal vez adelante a reformar a la ley de aquí a cinco, diez o veinte años, a medida que vaya creciendo la población, que el país recobre su confianza, que haya capital extranjero que fomente la agricultura. La agricultura es una de las industrias que necesita mayor dinero, supuesto que sus productos no son inmediatos. Bien; siguiendo, pues, las disertaciones que hacía el ciudadano Paz hace un momento sobre el Distrito Federal, nos platicaba que se están ya dividiendo tales y cuáles haciendas, y yo me permitiría hacerle esta pregunta al ciudadano Paz: ¿Bajo qué base, dentro de qué ley, en qué forma se están haciendo esas divisiones? ¿Qué cosa le está sirviendo como punto de partida al terrateniente para hacer esas divisiones? ¿Quiere usted contestarme?.

El C. Paz: ¿Me permite la Presidencia?

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Paz para contestar.

El C. Paz: Los terratenientes, como expliqué antes, viendo en peligro sus propiedades, trataron de fraccionar, vendiendo a extranjeros o fingiendo vender parcelando indistintamente, para que apareciera como que ya no tenían grandes extensiones de terreno. En cuanto a la Comisión Local Agraria, esa se basa en lo siguiente: por ejemplo, toma un

pueblo, que es el de Xochimilco, y dice: ¿cuántas cabezas de familia hay? Tantas cabezas de familia. Se ve primero, se estudian los títulos, se ve si procede la restitución o si procede la dotación; si procede la restitución, es señal de que las tierras pertenecían al pueblo; si procede la dotación, es señal de que no pertenecían al pueblo, y entonces, por cuenta del Gobierno se adquieren esas tierras para dotar al pueblo de las tierras que necesite, conforme a la Ley de 6 de enero, compañero. En fin, se dividen según lo que tenga, es decir, según lo que corresponda a cada cabeza de familia. Van los ingenieros y consultan; esa es la división.

El C. Maqueo Castellanos, continuando: Muy bien; precisamente, señores representantes, quería yo que una vez más, de propios labios del ciudadano Paz, oyeran ustedes que los hacendados, los terratenientes del Distrito Federal están burlándose del proyecto de ley; que están fraguando ventas suplantadas que están poniendo sus propiedades bajo la salvaguardia de las banderas extranjeras; que nos están creando nuevas dificultades. El compañero Paz lo acaba de decir.

El C. Paz: ¿Me permite una interpelación?

El C. Maqueo Castellanos, continuando: Yo le permito a usted todas las interpelaciones que guste.

El C. Paz: Compañero: Dije que estaban tratando de hacerlo, y allí la copia taquigráfica de mi discurso. Y agregué aún más: que había una circular de la Comisión Nacional Agraria, que había impedido esas falsas ventas y esas ventas reales a extranjeros. De manera que actualmente ya no pudieron hacerlo, y la prueba es que a todos los pueblos del Distrito Federal a todos absolutamente, se les está dotando de tierras.

El C. Maqueo Castellanos, continuando: Ustedes acaban de ver la rectificación que ha hecho el ciudadano Paz. Naturalmente, señores representantes, si no tenemos una Ley Agraria que nos sirva de base para que el agricultor, el pequeño terrateniente o el hacendado, como se le quiera llamar, supuesto que en el Distrito Federal no deben existir predios de gran superficie, debemos procurar resolver pronto esta ley de una manera eficaz y eficiente, porque seguramente que de otro modo los rancheros, los terratenientes, los hacendados, como queramos llamarles, en el Distrito Federal irán salvaguardando, irán estudiando el medio para defenderse, y lo están consiguiendo. El ciudadano Paz no es ningún inocente para no comprender que entre esos propietarios hay hombres bastante inteligentes, que saben hacer una serie de subdivisiones falsas y que resultará, que mañana, si seguimos al paso que vamos, dentro de un mes, dos o tres, todas esas propiedades estarán subdivididas, de acuerdo con la circular que ha pasado la Secretaría de Fomento y Agricultura, y entonces en lugar de ser a extranjeros, lo harán a nacionales, y quedarán siempre en propiedad de toda la extensión de su superficie. Ahora, decía el ciudadano Paz que por lo que toca al pueblo de Ticumán y no recuerdo qué otros citó, que ya se iba a proceder a la dotación de esas tierras, que se les están dando, y es todo lo contrario, señores representantes: día a día, y puedo enseñar a ustedes la documentación que me autoriza a decirlo con toda verdad, día a día los terratenientes de aquella región siguen absorbiendo las pequeñas propiedades de estos individuos.

Hay un agente especial en Ticumán, el pueblo a que se refería el señor Paz, éste es un pequeño cacique, fingido allí, no es más que un representante de ese ciudadano Velázquez que ha invertido grandes cantidades de dinero, cosa incierta como se los voy a demostrar a ustedes. Este caciquillo hace la operación de la manera siguiente: llega un individuo apurado, escaso de dinero vicioso, y va al comercio que este individuo tiene establecido y le saca diez o veinte pesos con ofrecimiento de venta de sus terrenos; después va y le saca otros quince o veinte pesos hasta que llega el momento en que le dice: hombre, ya te debo cincuenta pesos, no te puedo pagar, ¿cuánto me quieres dar por mi terreno? Entonces este ciudadano le da otros cuarenta o cincuenta pesos y en el acto de allí se viene a la casa del ciudadano Velázquez y le traspasa sus derechos adquiridos. Así este hombre ha venido formando una gran cantidad de terreno todo laborable, tiene en sus propiedades más de diez arrendatarios, que uno solo de ellos le paga más de seis mil pesos mensuales. Naturalmente, para pagar una renta mensual de seis mil pesos no es porque tenga cincuenta hectáreas, ni mucho menos porque sea un terreno salitroso que no sirva para nada; no, señores representantes, todas esas tierras son de buen producto, son tierras ricas. Las obras de irrigación a que se refiere el ciudadano Paz - que en este caso ha hablado de memoria -, son las siguientes: En el año de 93 la Secretaría de Agricultura y Fomento dio una concesión al ciudadano Velázquez para que desviara las aguas de los ríos de "Los Remedios" y Tlalnepantla unidos, con objeto de entarquinar sus tierras para convertirlas en tierras de labor. Este individuo, obrando de una manera dolosa, con toda la mala fe que le es característica a una gran parte de los terratenientes de la República, desvió las aguas, construyó un borde, un borde débil, un borde que le sirvió de lindero entre la propiedad de ocho distintos pueblos, Ticumán, Santa Isabel Tola, San Bartolo, etcétera; con aquel borde entarquinaba sus tierras. Como el borde era débil, había filtración y se pasaban las aguas a las pequeñas parcelas de los indios, de los pequeños terratenientes, de los hombres que con mucho sacrificio estaban cultivando el maíz para el sustento de sus familias. Estos individuos venían a reclamarle a este latifundista; le decían: "Señor, esa agua está perjudicándonos". Y la contestación de éste era: "Tengo mi concesión y no tienes más remedio que, o venderme tus tierras, o aguantarte". Naturalmente que aquel hombre sufría un año, dos años, hasta que quedaba incondicionalmente al arbitrio de este sujeto Velázquez su parcela. Así fue formando este individuo su propiedad, y la propiedad, señores, que no ha sido usurpada a un solo dueño, que tengo los datos ya y que son más de seiscientos, porque eran quinientos noventa y tres los últimos que tomé de donde el ciudadano Soto y Gama fue a traer la clasificación de los dieciocho terrenos que nos leía ayer: del Catastro y de entonces acá ha adquirido diez o doce propiedades más y eso viendo que se está discutiendo la Ley Agraria, que los pueblos están necesitados de tierras que hay una gran cantidad de

agricultores. Allá hay hombres que tienen que ir a ganar cincuenta o sesenta centavos miserablemente trabajando con este o con el otro terrateniente. En consecuencia, no es cierto lo que el señor Paz nos ha venido a afirmar, que se le van a dar tierras a todos esos pueblos, es todo lo contrario, se les está despojando y he ahí la urgencia imprescindible de que determinemos lo que es un latifundio, porque mientras no lo determinemos, ciudadanos representantes, estaremos a merced de la Comisión Nacional Agraria, de la Comisión Local, estaremos a merced de cualquier individuo más o menos influyente, más o menos capaz, más o menos inteligente que sepa defenderse, que sepa sobornar a tal o cual empleado que la Comisión mande a hacer determinada inspección y no llegaremos nunca al resultado que debemos llegar.

El C. Díaz Soto y Gama: ¿Me permite una interpelación?

El C. Maqueo Castellanos: Las que usted guste.

El C. Díaz Soto y Gama: ¿Sabe acaso el compañero Maqueo Castellanos, sabe acaso que todos esos abusos que denuncia aquí, que son ciertos, nada tienen que ver con la ley de fraccionamiento de latifundios, sino que esos abusos se destruyen por la ley de 6 de enero de 1915? Y si lo ignora yo se lo voy a demostrar en un corrillo, fuera de esta discusión.

El C. Maqueo Castellanos: Voy a manifestarle a usted lo siguiente:

El C. Díaz Soto y Gama: Yo no creo que esos casos particulares de abusos que él cita de los hacendados, que es general, porque en toda la República se repiten abusos de esos, sirvan para basar ninguna argumentación contra el artículo 3o. ¿Sabe usted lo que quiero demostrar? que es urgente castigar a los latifundistas y este artículo 3o. sirve para esto. Le voy a hacer otra pregunta: ¿Usted cree que haya alguna ley en el mundo que no se pueda eludir? Pues si lo cree usted, no hay que dar ninguna ley, todas las leyes más sabias son capaces de ser eludidas. La ley de 6 de enero de 1915, una de las pocas cosas buenas que se hicieron durante el constitucionalismo - una ley soberbia, una ley magnífica -, y eso que está usted diciendo quiere decir que ese señor Velázquez, que es un hombre perverso, como lo sabe todo el mundo, ha encontrado la manera de que hasta aquí no se aplique la ley de 6 de enero de 1915, eso es todo; y porque no se puede aplicar esa ley ¿usted va a pedir que se derogue?

El C. Maqueo Castellanos: No.

El C. Díaz Soto y Gama, continuando: Pues entonces tampoco me diga usted que porque el artículo 3o. se puede prestar a abuso, por eso no se debe aprobar el artículo 3o. Voy a acabar con esta última pregunta. ¿Sabe usted lo que es definición en lógica?

El C. Maqueo Castellanos: No, señor, no he estudiado lógica.

El C. Díaz Soto y Gama, continuando: Bueno, le voy a explicar a usted lo que es definición en lógica; es esto: explicar lo que es una cosa; expresar el género próximo y la diferencia específica, es decir, expresar el género a que pertenece el objeto definido y luego el específico, es decir, la diferencia específica que lo separa de las demás cosas de su género. La voy a explicar aplicándola al caso, para que vea usted que la única definición de latifundio es la que se da: Latifundio es un predio; predio es el género próximo en la familia, es la clasificación general a la que pertenece el latifundio, pero lo que distingue a un latifundio de los demás predios que no son latifundios, esa es la diferencia específica. Se la precisa a usted la ley: "Latifundio es un predio que por su extensión, calificada de acuerdo con ciertos factores, perjudica los intereses sociales". No puede pedirse definición más precisa ni más exacta ni más filosófica; todo lo que está usted diciendo, además de ser enteramente extemporáneo, es perfectamente cansado: nada tiene que ver con esa definición, absolutamente nada. Usted está criticando a la Nacional Agraria, usted está criticando la ley de seis de enero, la relativa a la dotación y restitución de ejidos, pero usted no habla una palabra en este momento de fraccionamiento de latifundios y menos habla usted de la definición. La definición que hemos dado es la única que se puede dar: "Latifundio es un predio que por su extensión, calificada de acuerdo con los factores que adelante se expresan, perjudica los intereses sociales". Es una definición perfecta. (Aplausos.)

- El Maqueo Castellanos: Muy bien; voy a empezar a contestarle a usted la última pregunta que no formuló, supuesto que sí existen esos factores que usted acaba de mencionar. Supuesto que usted es un individuo que estudió perfectamente bien lógica, que sabe interpretar el sentido de latifundio, ¿por qué no nos trae usted una definición científica, fundada?

El C. Díaz Soto y Gama: Allí está.

El C. Maqueo Castellanos: No, señor; yo no puedo creer que ésta sea una definición científica; yo sin estudiar lógica creo que una definición, como le decía a usted hace un momento, es precisamente fijar, determinar, definir, y aquí no está definido, aquí tenemos una serie de sofismas, tenemos una serie de términos más o menos buenos, más o menos floridos, como los que nos acaba usted de decir, pero que no nos llevan a un resultado práctico. Ahora, lo que dice usted respecto a la ley de ejidos, a la ley de 6 de enero, no me estoy yo refiriendo a esa ley, yo estoy haciendo ver la necesidad inconcusa, la necesidad indispensable que existe de que precisemos una cantidad. Debemos tener...

El C. Díaz Soto y Gama, interrumpiendo: ¿Me permite?

El C. Maqueo Castellanos: Permita usted que le acabe de contestar. Si ya tenemos definidos los puntos, si usted ya los conoce, si los demás miembros de Comisión del compañero Siurob los conocen, si son ustedes hombres bastante ilustrados, si son ustedes agraristas conocedores de lo que es la vida del campo, de lo que significa para el hacendado el cariño que le cobra a su tierra, si saben ustedes cómo siente el hombre que de sol a sol suda todo el día en el campo, ¿entonces por qué no hacen una ley clara, una ley terminante, la que no solamente entiendan los individuos que hayan estudiado lógica, si no que la entendamos los individuos que hemos vivido en el campo sin haber cursado esos estudios, pero que sí sabemos, que conocemos, que hemos

estimado y que justipreciamos lo que es una parcela de terreno, lo que puede producir, hasta donde podemos llegar con nuestro trabajo personal? En consecuencia, ciudadano Soto y Gama, creo dejar contestadas las interpelaciones que usted me hizo. No tengo inconveniente en contestar a usted la interpelación que guste. Con esto quiero darle al compañero Paz y a usted una demostración de que como hombre consciente de lo que vengo a hablar aquí, como hombre que siente lo que está diciendo, como hombre que no quiere ganar un aplauso más o menos consciente, sino que pretende traer aquí lo que él durante muchos años de práctica en el campo ha experimentado, no pierde la hilación de su peroración. Así es que hágame usted las preguntas que quiera.

El C. Díaz Soto y Gama: La primera es esta: Por grande que sea el cariño que el hacendado tenga a la tierra, cariño que, por otra parte, no se deja ver mucho, puesto que no la cultiva y puesto que vive fuera de la tierra y viene a derrochar el producto del trabajo de sus peones a la capital o a las grandes ciudades de provincia, por mucho que sea ese cariño, ¿cree que por el hecho que le digo, el hacendado tenga el derecho de ponerse por encima del interés social?

El C. Maqueo Castellanos: ¿Ya acabó usted?

El C. Díaz Soto y Gama: Primera pregunta.

El C. Maqueo Castellanos, interrumpiendo: Permítame usted que le conteste pregunta por pregunta...

El C. Díaz Soto y Gama: interrumpiendo: Yo quisiera, para no entrar en diálogos...(Murmullos.) No se permiten los diálogos; de manera que voy a agregar mi otra pregunta: ¿Cuál cree usted que sería la mejor definición, por ejemplo, de terrenos baldíos, de estas dos que le voy a dar a usted? Terrenos baldíos, por ejemplo, una definición cualquiera; la ley dice más o menos, y más o menos - no quiero llegar a una precisión absoluta porque no se necesita; estoy poniendo un ejemplo aproximado -, la ley dice más o menos esto: "Terrenos baldíos son aquellos que por no haber sido enajenados legítimamente a individuos o corporaciones autorizadas para adquirirlos, pertenecen a la nación, o estaban perteneciendo a la nación". ¿Esa definición le parece a usted buena, o quisiera que en esa definición se metiese a la vez una tabla o tarifa, un catálogo donde se especificaran todas las clases de terrenos baldíos, su precio y dimensión? ¿cuál de las dos definiciones le parecería mejor?

El C. Maqueo Castellanos: La tabla a que usted se refiere existe; cuando usted va a adquirir un terreno baldío por medio de una concesión o una compra a la Federación, se toman en cuenta las clasificaciones; no en todas partes de la República, ni en todas las clases de terreno valen lo mismo. Seguramente que si usted va a adquirir terrenos en las partes estériles y áridas de la Baja California, no le costarán lo mismo que las tierras del Estado de Oaxaca, Chiapas u Oaxaca, donde todavía existen terrenos baldíos. No le podré dar grandes detalles por que no soy abogado, ni estoy perfectamente documentado sobre el particular; pero sí puedo decirle que existen esas tablas que determinan los precios de cada parcela. Ahí tiene usted una tarifa y la Secretaría de Fomento no le dará una hectárea de terreno de arenales en el mismo precio que una hectárea de terreno de aluvión. Siguiendo adelante, desearía interpelar al compañero Alessio Robles, que es conocedor de la Baja California. (Voces: ¡No es cierto! ¡Estuvo cuatro días!) No se necesita estar mucho tiempo en un lugar para conocerlo, supuesto que hay infinidad de tratados que pueden llevar al conocimiento de los hombres muchas cosas sin necesidad de palparlas, ni estar en el terreno de los hechos. Creo que el ciudadano Paz, que estuvo en la Baja California y que, según me han informado, desempeñó el cargo de secretario de la Jefatura Política...

El C. Paz: ¡No es cierto!

El C. Maqueo Castellanos: Bueno; no me meteré a averiguar si es o no cierto; a mí simplemente se me dijo que había sido usted secretario de la Jefatura Política. Los secretarios de las jefaturas políticas eran generalmente, únicamente los esbirros de los jefes políticos... (Risas.) eran los hombres que servían para cometer toda clase de depredaciones y eran más culpables que los mismos jefes políticos. (Murmullos.)

El C. Paz: ¿Me permite usted una aclaración?

El C. Maqueo Castellanos: Acabo de interpelar al compañero, señor; después, después. - El C. Paz: Para una alusión personal.

El C. Maqueo Castellanos: Después.

El C. Alessio Robles: Con permiso de la Presidencia. Antes de referirme a la interpelación, debo manifestar que el año de 1906 me tocó hacer un viaje, más bien dicho, me obligaron a que lo hiciera haciendo un levantamiento de carácter expeditivo militar, es decir, haciendo lo que en topografía, señor Soto y Gama, se llama un itinerario, desde Tijuana hasta San José del Cabo, trabajo en el que emplee seis meses. El año pasado hice una pequeña excursión de tres días, como decía el compañero Paz, a Mexicali; en ese viaje pude darme cuenta de que el Barón de Humboldt, que deben conocer en su obra notable "Ensayo político sobre la Nueva España", que debe conocer toda persona medianamente culta y que de seguro no conoce el señor Soto y Gama, porque se rió cuando se citó a ese hombre de ciencia eminente, había estudiado perfectamente, por informes nada más, la Baja California y la Alta también, y casi podemos considerar al Barón de Humboldt como el padre de nuestra geografía nacional.

Esa extensa península, que tiene 1,200 kilómetros de longitud, es decir, que la distancia que media entre Tijuana y San José del Cabo es un poco mayor que la que hay entre la ciudad de México y Laredo y que tiene una anchura variable entre 100 y 200 kilómetros, está recorrida en toda su longitud por una sierra que viene a ser una prolongación de la Sierra Nevada de la Alta California, con alturas que nunca llegan a ser superiores a los 1,200 metros. Esa serranía está más aproximada al Golfo de California, que también el señor Soto y Gama le llama Mar Bermejo y Mar de Cortés. (Risas.) las lluvias son allí escasísimas, verdaderamente escasas; hay años en que no llueve absolutamente nada y hay otros en que se dejan venir dos o tres aguaceros verdaderamente torrenciales. En invierno hay algunas lluvias que aquí en la Mesa Central se llaman cabañuelas y que allá y en

Sonora se llaman equipates. El terreno es completamente árido; al Sur del grado 28 está compuesto de rocas traquíticas, y al Norte del grado 29, de rocas aldesicas; entre el grado 28 y el 29 el terreno está compuesto de rocas volcánicas, como debe saberlo el ciudadano Soto y Gama. El ha querido que el problema agrario se extienda a toda la República; ha estudiado y conoce perfectamente bien el Estado de Morelos, donde tengo el convencimiento completamente sincero de que existe el problema agrario; pero debe saber que ese Estado tiene un régimen de lluvias regulares, está regado por muchas corrientes de agua y tiene una densidad de treinta y seis habitantes por kilómetro cuadrado. En la Baja California, con una superficie de 151,000 kilómetros cuadrados y con una población de 53,000 habitantes, según el censo de 1910, al Distrito Norte corresponde una densidad, óigalo usted, señor Soto y Gama, de un décimo de habitante por kilómetro cuadrado, y al Distrito Sur, de seis décimos de habitante por kilómetro cuadrado. Según el expresado censo, hay solamente nueve mil ciudadanos, es decir nueve mil individuos que han pasado de los veintiún años, estando el resto constituído por mujeres y niños. De manera que a cada habitante, si hiciéramos el reparto de esos que llama latifundios el ciudadano Soto y Gama, le corresponderían, digo, a cada habitante, no a cada jefe de familia, a cada habitante que tenga más de 21 años, 10 kilómetros cuadrados, o sean 1,000 hectáreas. (Risas.)

El C. Díaz Soto y Gama: Es al revés; precisamente la ley dice todo lo contrario.

El C. Alessio Robles: Yo únicamente he querido oponerme a este artículo 3o. por incongruente, por superficial, por incoherente absolutamente; no se fija la ley. No ignoro que en otros países no se necesitan leyes; muchas veces se rigen esos pueblos por tradiciones; pero aquí en México es necesario fijar las leyes con toda precisión; que haya leyes escritas para impedir los abusos. Yo lo dije el otro día: la revolución se incautó de muchas haciendas de latifundistas e hizo perfectamente bien; pero de esas haciendas no ha ingresado un solo centavo al Erario, no se ha beneficiado la nación, se han repartido entre generales de División y se siguen repartiendo todavía. (Aplausos.) Antes del triunfo de esta revolución se decía en todos los tonos que don Venustiano Carranza había iniciado la fundación de los Establecimientos Fabriles Militares con el objeto muy laudable, por cierto, de fomentar la industria militar, y a todas veces se decía que esos establecimientos fabriles militares habían pasado siempre por las manos de los paniaguados de Carranza, que era un verdadero derroche, que allí se defraudaban los fondos públicos, y ahora, señores, sigue igual o peor. (Aplausos.)

El C. Díaz Soto y Gama: ¿Y el artículo 3o.? (Murmullos. Siseos.)

El C. Alessio Robles: Según documentos oficiales que tengo a la vista, documentos que pedí primero a los Establecimientos Fabriles en mi calidad de presidente de la Comisión de Fabriles y que nunca pude obtener sino hasta que en el mes de febrero pasaron los establecimientos de carácter militar a la Secretaría de Guerra, y entonces, con mi carácter de presidente de la 1a. Comisión de Guerra, pedí, exigí que me fueran entregados ciertos datos sobre la fabricación, y la Secretaría de Guerra, en documentos oficiales que tengo aquí a la vista, asienta que cada cartucho de la Fábrica de Cartuchos número 1, cuesta 23 centavos, es decir, 13 centavos más que el máximo que debe costar y que en la fábrica número 2 cuesta 18 centavos, es decir, ocho centavos más por cartucho de lo que debería costar. Haciendo el cálculo de la mezquina producción de cartuchos habida en un semestre, desde el 1o. de julio hasta el 31 de diciembre, se viene en conocimiento que solamente las dos fábricas de cartuchos despilfarran a la nación... $541,000.00...

El C. Martínez de Escobar Rafael: ¡Al Juzgado de Distrito!

El C. Alessio Robles: Sobra quien haga esos cartuchos, y de buena calidad, por diez centavos, y podría enriquecerse en un año. Por eso es necesario que en el artículo 3o. se fije perfectamente lo que es un latifundio... (Risas.) para evitar los abusos de las nuevas comisiones agrarias. Ya estoy viendo que el ciudadano Soto y Gama no será el presidente de la Comisión Nacional Agraria, porque no le gustan los puestos públicos; pero es casi seguro que nombrará a su adlátere, mi querido amigo el licenciado Rodrigo Gómez. (Aplausos.) Es necesario que se hagan leyes que salven al pueblo mexicano y no tonterías como ésta; si queremos vender ilusiones al pueblo mexicano, hagamos una Ley Agraria que diga que cada mexicano tiene derecho a un cráter en la luna irrigado por los canales de Marte. (Aplausos.)

El C. Maqueo Castellanos, continuando: Señores diputados: No se me ha olvidado ni por un momento que estamos discutiendo el artículo 3o. (Risas. Aplausos.) Como quiera que debemos fijar nuestra atención muy especialmente en los datos que, sin haber vivido en la Baja California, pero con una vasta ilustración y con grandes detalles nos ha dado el ingeniero Vito Alessio Robles, creo que la Asamblea estará satisfecha de los conocimientos de este ciudadano, relativo a aquella región. No sé si el ciudadano Paz, que me está diciendo que él también la conoce, nos hubiera dado esos mismos datos que el señor Vito Alessio Robles; quizá no nos lo habría dado, porque generalmente cuando existían las jefaturas políticas no se preocupaban ni los jefes políticos ni los mismos secretarios, etcétera, de la cuestión agraria, sino que en su mente principal era buscar todos los días infractores al servicio de policía, meterlos a la cárcel para al día siguiente sacarles una multa que generalmente iba a parar una parte al bolsillo del jefe político y otra gran parte al bolsillo del secretario (Aplausos. Risas.) Voy a volver al artículo 3o., ciudadano Paz.

El C. Paz: Para una alusión personal pido la palabra.

El C. Maqueo Castellanos: Un momentito, tenga usted paciencia. Vamos al artículo 3o., ciudadano Paz. (Risas.)

El C. Paz: Yo no fuí secretario.

El C. Maqueo Castellanos: Volviendo otra vez al tantas veces repetido artículo 3o., no me explico, señores compañeros, cómo una de las personalidades que siempre ha hecho resaltar aquí, el ciudadano Soto y Gama, y que seguramente es un agrarista y es un hombre que merece hasta ahora la confianza

de una gran parte de los mexicanos, haya podido mandar a una Legislatura compuesta de pequeñitos diputados, como los llamaba el compañero Soto y Gama en esta tribuna alguna vez, pero pequeñitos diputados conscientes, tal vez dueños absolutos de sus actos, y que mucho tiempo antes de que los diputados muy grandes, según el criterio del señor Soto y Gama, porque para mí yo creo señores, que aquí debe de haber tan buenos legisladores y tan patriotas como puede haberlos en el Estado de Oaxaca, como puede haberlos en el Estado de Jalisco, en cualquiera parte, y quizá en esas pequeñas legislaturas, en donde no hay tanta divergencia de ideas, donde no hay tanta divergencia de pensamiento, donde no existe una política tan perversa como existe en la capital de la República, se piense con un poco más de juicio.

El C. Díaz Soto y Gama: Es cierto.

El C. Maqueo Castellanos: El señor Soto y Gama dice que es cierto y hace tiempo decía en esta tribuna que todos esos pequeños diputaditos de los Estados estaban vendidos a los latifundistas...

El C. Díaz Soto y Gama: ¡No, hombre; qué va!

El C. Maqueo Castellanos: ... en términos generales hablaba usted que los gobernadores se dejaban conquistar por un plato de lentejas. Bueno, tenemos, pues, una Ley Agraria que hasta la fecha, según tengo entendido, ha dado buenos resultados en uno de los Estados menos agrícolas de la República, donde las tierras son verdaderamente pobres y donde es muy difícil que los propietarios campesinos puedan hacerse de una fortuna, porque las tierras no corresponden a sus esfuerzos: me refiero a Zacatecas. Creo que el compañero Soto y Gama debe conocer la Ley Agraria de esa Entidad. No sé si el señor general Estrada o si aquellos pequeños diputaditos de Zacatecas, habrán estudiado lógica; pero el caso es que estos individuos, con lógica o sin ella pero con un pensamiento más concreto y con una acción más determinada, animados de buenos deseos y conocedores de lo que estaban haciendo, pudieron precisar lo que es un latifundio en todo el Estado de Zacatecas. ¿Por qué nosotros no vamos a poderlo precisar en el Distrito Federal? ¿Vamos a necesitar todos los representantes del pueblo que venimos aquí, del estudio de la lógica durante dos años, cuando menos? ¿Vamos a llevar al conocimiento de todos los hombres de campo, que deben antes de leer una Ley Agraria cursar la lógica, para que entiendan los términos tan brillantes de las comisiones unidas? Seguramente que no. Una gran mayoría de los terratenientes del país, sean o no latifundistas, en la misma capital de la República, en el Distrito Federal, están tan ignorantes en lógica como yo, pero son más conocedores de sus propiedades y saben administrar mejor las cuestiones de agricultura que las comisiones unidas. Habrá una gran mayoría, como dice el ciudadano Soto y Gama, cuyos hijos vengan a derrochar sus dineros; eso quiere decir que tales individuos son inconscientes, que son parias y que deben ser despreciados por todo el elemento útil y productor; pero no porque haya hacendados que tengan muchos hijos calaveras y botarates, no debe haber también muchos jóvenes deseosos de trabajar sus terrenos, no debe haber individuos que han estado en sus propiedades, que les tienen ese cariño y que desean trabajarlas. Naturalmente, señores, yo que he tenido cariño, que he tenido afición por el campo, he andado desde que estoy en México, en una serie de pequeñas propiedades aquí cerca del Distrito Federal; he cambiado impresiones con muchos individuos dueños de 100, 200, 300, 500 hectáreas, 50 hectáreas de terreno, y estos hombres están destanteados, no saben qué van a hacer. Naturalmente, hay individuos de éstos que han invertido capitales para extraer el agua del subsuelo, que tienen pozos artesianos, que han traído tractores, que están mejorando sus propiedades, y si nosotros dejamos a la Comisión Nacional Agraria un poder superior al de todos los demás poderes unidos, si vamos a crear un poder superior al del mismo Ejecutivo, y estos ciudadanos miembros de la Comisión Nacional Agraria, de los que yo no dudo ni un punto que sean honrados, quiero creer también que sean capaces, pero tal vez no sean ellos suficientemente completos, que tengan que valerse de segundas manos, tengan que valerse de individuos que vayan a hacer informes falsos y tengan que esgrimirse en ese campo estas armas políticas que siempre las tenemos en nuestro país, y resultará que dejando así, de una manera indefinida, de una manera lógicamente hablando, como diría Soto y Gama, determinado lo que es un latifundio, no llegamos a precisar a la Comisión Nacional Agraria cuál es la línea de conducta que debe seguir; hasta dónde los propietarios pueden o no cultivar sus terrenos.

No creo, pues, señores, que debamos aprobar este artículo; yo pido de una manera encarecida a todos mis compañeros que, procediendo con la calma con que procedimos al rechazar el artículo 1o. transitorio; yo pido a mis compañeros que mandemos este artículo al cesto de los papeles viejos, para que nos lo presente la Comisión de una manera concreta, concienzuda. (Murmullos.) Oigo por allí que dice el ciudadano Soto y Gama de una manera muy burlesca: "¡Sí! ¡Sí!", pero yo no me estoy dirigiendo a él; yo me estoy dirigiendo a mis compañeros conscientes, (Aplausos. Risas.) yo no me dirijo a Soto y Gama que es un idealista, que es un soñador y que esta enajenado en estos momentos. (Risas.) Para él no hay más ley que su ley, (Aplausos.) no hay más criterio que el suyo. Nos ha dicho aquí repetidas veces que viene a darnos clases sobre cuestiones agrarias; para él todos nosotros no tenemos ningún conocimiento de lo que es el agrarismo; sólo su criterio debe de imperar. Por eso es que no me estoy refiriendo al ciudadano Soto y Gama, ni invoco su ayuda; quiero que me ayuden los conscientes, los compañeros que vean el fondo de este artículo, que lo estudien y lo mediten, quienes verán que no merece el artículo sino ir al cesto de los papeles viejos. Que venga un artículo nuevo y que desechemos de plano el que se nos presenta, supuesto que adelante viene el artículo 4o., respecto del cual ya estoy preparado; ya tengo aquí mi estudio hecho de una manera ranchera, sin lógica, sin esos grandes conocimientos científicos de que hacen alarde las comisiones, cuando hemos visto que el ciudadano Soto y Gama es enemigo acérrimo de todo aquello que sea ilustración. (Voces: ¡No!) El nos lo ha dicho desde esta tribuna; él mismo

abdica y reniega de su profesión, y ahora que viene hacerle una interpelación un individuo que no ha estudiado lógica y que con toda franqueza se lo dice, se aferra en su criterio; y yo, pensando de una manera humilde, pero consciente a la vez, y conocedor de lo que son las cuestiones de tierras, una vez más ruego a todos mis compañeros que desechemos de plano este artículo. (Aplausos.)

El C. secretario Zincúnegui Tercero: La Secretaría, obedeciendo.....

El C. Siurob: Pide la palabra la Comisión.

El C. Díaz Soto y Gama: ¡Moción de orden! Que se lea el Reglamento.

El C. presidente: Las comisiones ya han hecho uso de la palabra para informar, y habiendo hablado siete oradores en pro y siete en contra, se va a preguntar a la Asamblea si considera el asunto suficientemente discutido.

El C. Díaz Soto y Gama: ¡Es una maniobra!

El C. Siurob: ¡Moción de orden! Mi moción consiste en que, conforme al Reglamento, estamos facultadas las comisiones para informar cada vez que lo creamos conveniente, y como no trata la Comisión de otra cosa sino de informar, en este caso pido la palabra en nombre de la Comisión.

El C. presidente: Las comisiones han informado cada vez que lo han creído conveniente, porque se les ha interpelado; pero no para hacer un discurso después de cada orador, como lo han hecho, como puede verse por la lista de oradores que han hablado en pro y en contra.

El C. Siurob: La Comisión, señor presidente, tiene derecho para informar cada vez que lo estime conveniente.

El C. Díaz Soto y Gama: ¡Seguro, Hombre!

El C. Espinosa: Moción de orden, señor presidente. Conforme al Reglamento, su señoría debe mandar dar lectura a la lista de los oradores, para que la Asamblea se cerciore de si han hablado seis en contra y seis en pro. (Desorden. Campanilla.) De lo contrario, será la Asamblea quien resuelva si continúa el debate. (Voces: ¡Que se consulte! Desorden. Campanilla.)

El C. secretario Zincúnegui Tercero, leyendo: "Artículo 99. Los individuos de la Comisión y el autor de la proposición que se discuta, podrán hablar más de dos veces. Los otros miembros de la Cámara sólo podrán hablar dos veces sobre un asunto."

La Secretaría, obedeciendo órdenes de la Presidencia, va a dar lectura a la lista de oradores. Han hablado en contra los ciudadanos.....

El C. Díaz Soto y Gama, interrumpiendo: Moción de orden. (Murmullos.) Un momento, señor secretario, la Presidencia me da la palabra. Yo apelo a la memoria y a la honradez de todos los señores diputados. ¿Cuántas veces se ha dado el caso de negarse la palabra a las comisiones, sea al principio, sea enmedio o sea al fin del debate? Creo que nunca. El objeto de las comisiones es informar e ilustrar a la Asamblea, y es el primer caso en este Parlamento, y entiendo yo que en cualquier otro Parlamento del mundo, en que se pretende por una maniobra indebida, que yo denuncio enérgicamente, privar de la palabra a las comisiones (Aplausos.)

El C. Gandarilla: Pido la palabra.

El C. presidente: La Mesa se permite informar a su señoría que aquí no hay ninguna maniobra.

El C. Díaz Soto y Gama: Sí la hay y yo la denuncio.

El C. presidente: Usted ha pedido que se lea el artículo 99 del Reglamento y ese artículo dice únicamente que las comisiones podrán hablar más de dos veces y han hablado tres.

El C. Alonzo Romero: Para una aclaración.

El C. presidente: La Secretaría va a preguntar a la Asamblea si continúa el debate; después se dará lectura a los nombres de las personas que han hablado en pro y en contra.

El C. Siurob: No es el caso. Moción de orden.

El C. Gandarilla: Moción de orden, señor presidente. El artículo Reglamentario cuya lectura acaba de pedir el compañero Soto y Gama, indudablemente que dice de una manera clara que las comisiones pueden hablar más de dos veces; no fija límite, cuantas quieran; pero hay un límite razonable: cuantas quiera la Asamblea. Es lógico que se consulte a la Asamblea.

El C. Paz: ¡Moción de orden!

El C. Alonzo Romero: Señores Diputados: Me permito muy respetuosamente llamar al orden a la Presidencia por lo que voy a expresar. En efecto, el ciudadano Soto y Gama, conforme al Reglamento, tiene derecho como miembro de la Comisión a hablar cada vez que lo desee... (Voces: ¡No!) Sí, señores. Tampoco no ha cumplido con su deber la Presidencia al no haber llamado al orden al ciudadano Soto y Gama, cuando como miembro de la Comisión fue repetidas veces interpelado y valiéndose de no sé qué maniobras, no quiso responder. De manera que tanto el presidente como el ciudadano Soto y Gama no están en lo justo. El ciudadano Soto y Gama tiene derecho a hablar, pero también tiene la obligación de responder a todas las interpelaciones que se le hagan.

El C. Díaz Soto y Gama: He respondido a todas.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Siurob.

El C. Siurob: Honorable Asamblea: Los defensores todavía de las rancias ideas que consideraban inviolable el derecho de propiedad, se baten en su último reducto, se refugian en su último atrincheramiento, y no pudiendo enviar a esta tribuna personas que expongan razonamientos claros y evidentes, nos mandan a uno de estos simpáticos rancheros como el compañero que me acaba de preceder en el uso de la palabra, de esos rancheros que si los visitáis en sus fincas de campo, como no tienen una cosa verdaderamente importante que enseñar cuando les preguntáis dónde está el arado de discos, dónde está el tractor dónde está el ganado fino, cultivado en debida forma, en dónde están las maquinarias que permiten utilizar los productos agrícolas, no os contestan con eso, sino os contestan con estas sencillas palabras: "¡Que hermoso aire, qué agua tan buena!" Porque no tienen otra cosa qué elogiar sino lo que naturalmente existe en el terreno; son rancheros chapeados a la antigua que no salen de sus trece; dicen que no saben nada de lógica, que a ellos no se les alcanza nada de historia. Lo único que saben es tener bueyes flacos, alfalfa de este tamaño, un

poquillo de maíz prieto y un cúmulo de baratijas a la antigua y que todavía creen necesario el arado egipcio por que sin ese no se produce el maíz. Yo no sé qué tiene el arado egipcio que sin ese no se puede producir el cereal. En esta forma se han valido los señores latifundistas de uno de sus más añejos representantes para que venga aquí sencillamente a embromar el tiempo sin traer absolutamente ningunas luces al debate. (Aplausos. Siseos.)

Voy a exponer cuáles son las verdaderas bases que ha tenido la Comisión y a repetir en una buena parte lo que la propia Comisión ha tenido el honor de expresar a esta H. Asamblea. Desde luego la Comisión declara que en el Distrito Federal no es posible admitir más límite de latifundio que el home stead, es decir, que la extensión que la propia Comisión señala como el máximo que puede tener cada individuo en el artículo 9o., es decir, las extensiones siguientes:

Mínimo Máximo "En tierras de riego, de. 10 a 20 hectáreas En tierras de temporal, 1a. clase, de 20 " 40 " En tierras de temporal, 2a. clase, de 30 " 60 " En tierras de temporal, 3a. clase, de 40 " 80 "

Ahora bien, si la Comisión declara esto, es porque en el Distrito Federal es en donde estamos en condiciones de tener al home stead en las mejores condiciones posibles, primero porque aquí cerca existe maquinaria agrícola; segundo, porque aquí existe crédito agrícola; tercero, porque aquí existen semillas traídas del extranjero y experimentadas también en la Escuela de Agricultura y todos los elementos necesarios para el cultivo y para la alimentación del ganado y para todas estas mejoras agrícolas que contribuyen a que con una pequeña extensión de tierra se pueda hacer un cultivo intensivo y sacarle a esta tierra un gran fruto.

La Comisión ha creído, y es de justicia admitirlo así, que si se señala un límite al latifundio, como éste se encuentra muy cerca del límite que la ley señala al home stead, todo límite sería enteramente artificioso e inútil; y como la Comisión no ha visto este argumento combatido por ningún orador del contra, afirma que este argumento queda en pie y por consiguiente, el artículo 3o. Ya ha dicho la Comisión con sobra y acopio de razones, que lo que se necesita es favorecer a los alrededores del Distrito Federal el fraccionamiento de la propiedad hasta constituir el patrimonio de familia, porque de esa manera se dará ocupación a muchos obreros sin trabajo que existen en la capital y se permitirá que muchos que pueden cultivar tierra en el Distrito Federal, las adquieran dentro de su propio perímetro, lo que, además, será una escuela para los Estados vecinos que adoptarán el home stead establecido en la capital de la República bajo los mejores auspicios y en las mejores condiciones......

El C. Maqueo Castellanos, interrumpiendo: ¡Una interpelación!

El C. Siurob: Al terminar, con todo gusto; bueno, dígala usted.

El C. Maqueo Castellanos: Quisiera que me explicara usted, sin lógica, sino con la precisión con que me gustan las cosas, qué se entiende por home stead.

El C. Siurob: Home stead es el patrimonio de una familia; es la cantidad de tierra que puede cultivarse por una familia en condiciones tales que le produzca no sólo para su subsistencia, sino para que obtenga un pequeño ahorro con que pueda atender a todas sus necesidades.

El C. Maqueo Castellanos: Hablo con toda franqueza y por eso he hecho mi interpelación; ahora va la parte que me interesa. ¿Usted cree que una familia pueda cultivar cuarenta hectáreas de terreno, que es lo que le asigna la ley?

El C. Siurob: Según; si esa familia dispone de un tractor... (Voces: ¡Aaaah!) y si dispone de todos los elementos necesarios para el cultivo, sí puede hacerlo. Suponga usted una familia en que hay cuatro o cinco hombres ya de regular edad y que estos hombres se dedican a ese cultivo, perfectamente pueden cultivar ese terreno; de manera es que he contestado su pregunta.

El C. Maqueo Castellanos: No quedo satisfecho.

El C. Siurob: Además, usted se pone en el límite máximo y no en el límite mínimo.

Presidencia del C. CHAPA PEDRO A.

El C. Maqueo Castellanos: Voy a decir a usted, compañero. ¿Usted cree que en una superficie de 40 hectáreas de terreno de temporal, porque así lo dice la ley - me pongo en el máximo precisamente porque en ese máximo he hecho mis estudios -, usted cree que con 40 hectáreas de terreno es suficiente tener un tractor y hacer todos los trabajos por medios mecánicos en un país en que ni fabricamos tractores, en que ni tenemos el número de mecánicos competentes bastantes para manejar esas máquinas y que traer un tractor de los Estados Unidos vale mucho más que lo que valen las 40 hectáreas de terreno de temporal en el Distrito Federal.

El C. Siurob: Como contestación me permito invitar al compañero a que se dirija a los últimos fraccionamientos verificados en los alrededores del Distrito Federal y verá los tractores de hecho funcionando, porque no quiere decir que un individuo compre un tractor, puede alquilarlo en la Escuela de Agricultura, puede alquilarlo a un particular, puede alquilarlo a una compañía, y en esa forma llevarlo a que haga su trabajo al terreno. ¿Sabe usted cuánto se está cobrando en el Distrito Federal por el barbecho de una hectárea?

El C. Maqueo Castellanos: No, señor.

El C. Siurob: Pues si no lo sabe usted no puede venir a argumentar. Son once pesos por hectárea. ¿Y sabe usted lo que cuesta trabajando a mano?

El C. Maqueo Castellanos: Seguramente.

El C. Siurob: ¿Cuánto?

El C. Maqueo Castellanos: Pues trabajando a mano, según la clase de terreno que vaya usted a

trabajar. ¿Es terreno ya roturado, ya barbechado, o es terreno nuevo, o es terreno en bruto?

El C. Siurob: El terreno de labor que existe en el Distrito Federal.

El C. Maqueo Castellanos: Muy bien. En el Distrito Federal existe terreno de labor que todavía está en condiciones tales, que necesita una serie de beneficios para que se acondicione, para que se preste al buen desarrollo de la semilla que usted deposite allí en ese terreno de labor, porque no está bien acondicionado, y una hectárea de un terreno, el promedio de un terreno con tres o cuatro fierros de labor, trabajado con buenos arados, de disco, buena mulada, no le cuesta a usted una hectárea de terreno cinco pesos. Se lo demuestro a usted, compañero, sin que se ría, porque usted es médico.

El C. Siurob: Pues usted sencillamente no sabe lo que está diciendo. Una hectárea de labor cultivada sin tractor, con los jornales que existen en el Distrito Federal de uno cincuenta, no cuesta menos de quince a veinte pesos. (Voces: ¡Huy! ¡Huy! ¡Huy!)

El C. Alessio Robles Vito: Una interpelación. Deseamos saber si en el cálculo que acaba de hacer el ciudadano Siurob sobre costo de cultivo por hectárea y sobre el límite que puede cultivar una familia, ha considerado si el cultivo es intensivo o extensivo.

El C. Siurob: Contesto al ciudadano Alessio Robles que en las tierras de riego sí puede haber un cultivo intensivo, pero no en las tierras de temporal.

El C. Alessio Robles Vito: No contestó usted mi pregunta. Yo quiero saber si ha calculado usted el costo del cultivo intensivo y el extensivo, porque hay una gran diferencia en el precio. El ciudadano Siurob, que es agricultor y posee un pequeño latifundio en Tlalnepantla, podrá informarnos sobre el particular.

El C. Siurob: Voy a aclarar, porque bien pudiera ser que algunas personas creyeran que poseo un latifundio. Sépanse que lo que yo poseo son cuarenta hectáreas de labor de las cuales todavía debo más de la mitad, siendo tierras de temporal. Ahora, por lo que se refiere a lo que dice al compañero, debe saber que toda tierra para poderse preparar necesita cuando menos tres barbechos, pues que uno solo no basta, mucho menos tratándose de las tierras del Distrito Federal que ya están bastante explotadas y que necesitan abonarse En estas condiciones he hecho el cálculo mínimo de tres barbechos, y el costo será de veinte pesos antes de la siembra. Se ha calculado que una hectárea de sembradura de maíz, con todos los beneficios que se le hacen en el Distrito Federal, con todas las escardas, con el amontonamiento de la tierra que se debe practicar, ya que casi todas las tierras tienen salitre, no cuesta menos de setenta y cinco pesos. De manera que consulte el compañero Alessio Robles esos datos a la Dirección de Agricultura para que vea que es exacto lo que he expresado, y como estamos legislando para el Distrito Federal y Territorios, debemos tener en cuenta esos datos. Ahora bien, ¿en dónde están los radicales de esta Cámara, los que querían llegar hasta la socialización de la tierra, hasta extremos no imaginables de un radicalismo no pensado? Pues bien, se ve que si en el Distrito Federal no llegáis a dejar como límite de la tierra que puede poseer un individuo lo que se llama home stead, entonces no podéis implantarlo en ninguna parte.

El C. Maqueo Castellanos: ¡Una interpelación!

El C. Siurob: No quiero contestar.

El C. Maqueo Castellanos: Tiene usted obligación como miembro de la Comisión.

El C. Siurob: Vea usted el Reglamento.

El C. Maqueo Castellanos: Tengo derecho para interpelar a usted, según ese Reglamento.

El C. Siurob: El Reglamento dice que la Comisión tiene obligación de contestar; pero no dice cuándo. (Risas.)

El C. Maqueo Castellanos: Entonces quiere decir que reconoce usted su incompetencia y por eso no me permite interpelarlo; quedo satisfecho, compañero.

El C. Siurob: Reconozco su tontería de usted, compañero, y la Comisión que reconoce que este ciudadano no ha traído al debate un solo argumento, tiene mucho derecho para esquivar la contestación a esta interpelación. El Reglamento fija a la Comisión la obligación de contestar las interpelaciones; pero no dice cuándo, y haciendo uso de ese derecho yo contestaré a las preguntas impertinentes después que yo haya hecho mi discurso, después de que lleve al convencimiento de la Asamblea las verdaderas ideas de la Comisión. Decía, por todo lo que yo he expresado en esta tribuna en relación con el Distrito Federal, que se viene en conocimiento de que el límite señalado por la Comisión como el máximo que puede poseer un individuo, es perfectamente justo, equitativo y necesario en el Distrito Federal. Apelo al testimonio de los diputados del Distrito Federal para que digan si no es conveniente que el latifundio en el Distrito Federal no tenga más límite que el patrimonio de familia. Yo invito al compañero Argüelles a que francamente, con lealtad, me diga cuál es su parecer. (Voces: ¡No conoce Xochimilco!)

El C. Argüelles: Yo quisiera que concretara el ciudadano Siurob su pregunta.

El C. Siurob: La interpelación de la Comisión es esta: dado el caso de que en el Distrito Federal está la propiedad tan dividida que verdaderamente los latifundios, si existen, no pasan de tres o cuatro, ¿es conveniente poner como límite de la propiedad agrícola del Distrito Federal lo que puede cultivar una familia, con objeto de que haya mayores terrenos cultivados intensivamente en el propio Distrito Federal, con objeto de que se abaraten los artículos de primera necesidad en el mismo Distrito Federal, con objeto de que se pueda dar ocupación a muchos trabajadores que no la tienen en el propio Distrito Federal y también para que se ponga el ejemplo a los demás Estados vecinos con objeto de que se vea cómo puede prosperar un home stead con todos los elementos científicos necesarios?

El C. Argüelles: Yo creo que dividida la propiedad en esa forma, nadie tendría interés en cultivar la tierra.

El C. Siurob: Verdaderamente me ha causado una profundísima sorpresa lo expresado por el compañero Argüelles; yo lo disculpo porque él representa probablemente a la ciudad de México. (Voces: ¡No, representa a Xochimilco!)

El C. Maqueo Castellanos: Hágame a mí la interpelación.

El C. Siurob: Probablemente el compañero no se fijó en la pregunta. Dice que si la tierra se divide para formar el patrimonio de familia, no habrá interesados en cultivarla, sino solamente se interesarán los que reciban el patrimonio. ¡Pues de eso se trata, de que los que reciban tierras sean los interesados! (Voces: ¿Y los demás?) Interpelo a otros compañeros por el Distrito Federal que no estén tan desorientados como este compañero. El ciudadano Martínez de Escobar es representante por el Distrito Federal y quiero que me diga si no cree conveniente que no se fije como límite al latifundio en el Distrito Federal más que lo que puede cultivar una familia.

El C. Martínez de Escobar Rafael: Después de que termine usted, ciudadano Siurob, voy a subir a la tribuna.

El C. Siurob: Ya veis cómo nadie, ni un solo representante, ha venido a la tribuna a combatir la idea de que en el Distrito Federal no debe existir más límite para el latifundio que lo que pueda cultivar una familia.

El C. Maqueo Castellanos: ¡Una interpelación! ¡Soy hombre de campo!

El C. Siurob: Cuando termine. Esta es la razón de por qué la Comisión no puede dejar más límite al latifundio que el que señala en el artículo 9o. para el Distrito Federal. Vamos ahora a abordar el asunto de los Territorios. En el territorio de Quintana Roo y en la Baja California, si se hace el reparto del número de hectáreas que existe en aquellas entidades en relación con la población, resulta lo siguiente: en el Territorio de Quintana Roo, según los datos que poseemos, existen 4,500 habitantes, de los que allá llaman de razón, es decir, individuos más o menos ilustrados y capaces, no indígenas, es decir, no población indígena, y existen otros 4,000 individuos indígenas; en total, 8,000 individuos; en cambio existen 4.620,000 hectáreas de terreno; repartidas entre este número de habitantes, dan un total de 513 hectáreas por habitante. En la Baja California el número de hectáreas que existen es de 20,000...

El C. Maqueo Castellanos: ¿Cuántas? ¿20,000?

El C. Siurob: 20.000,000 de hectáreas.

El C. Maqueo Castellanos: Eso sí.

El C. Siurob: Y el número de habitantes es de 9,000. Este es el dato más aproximado y el mismo que expresó el ciudadano Alessio Robles como el de los individuos capaces de cultivar la tierra. Muy bien; resultaría que repartiendo entre cada uno de estos individuos les tocarían 2,222 hectáreas a cada uno de ellos. Ahora bien; el problema de estos dos distritos de la Baja California y de Quintana Roo no es, pues, de fraccionamiento de latifundios existentes, sino la parte en que el Gobierno vuelva a la posesión de las concesiones hechas a los extranjeros; el problema es de colonización, y si el problema es de colonización para estos distritos, resulta que es el Gobierno a quien le toca resolver directamente el problema, y como nosotros establecemos aquí en esta ley las bases bajo las cuales el Gobierno tendrá que resolver este problema y, por consiguiente, establecemos la base principal para que se resuelva este problema, que es marcar qué cosa es un latifundio, no podemos precisar, no podemos decir de una manera concreta y precisa cuál es la extensión máxima que constituirá un latifundio; en estos momentos todo es latifundio; después que varíen las condiciones de la propiedad se irán formando los latifundios del futuro; pero en estos momentos todo aquello es un vasto latifundio. Y para lograr el fraccionamiento en estas condiciones, llevaremos adelante como una antorcha la luz de la ciencia, luz de la ciencia que todavía no poseemos. Yo interpelo a cualquiera de los ciudadanos representantes por la Baja California para que me digan cuál es la extensión de tierra cultivable en la Baja California y cuál es la extensión de tierra no cultivable. No me lo puede decir ninguno, ¿por qué? Por la sencilla razón de que no se ha hecho ningún estudio sobre el particular; y si no se conoce la extensión de las tierras cultivables - porque voy a suponer que se conociera, que todas las tierras de la Baja California fueran cultivables...- Suplico al compañero Céspedes y al compañero Maqueo Castellanos especialmente, que así como yo lo escuché con toda corrección, así le suplico que haga favor de escucharme. Ahora bien; si todo el Territorio de la Baja California fuera de tierras cultivables, resultaría que para repartirse correctamente la propiedad en aquella región, habría que dar a cada individuo 2,200 hectáreas; pero como una gran parte es estéril y no se conoce la extensión de la parte cultivada, resulta imprescindiblemente la necesidad de hacer un estudio previo y de no marcar un límite preciso al latifundio. Por otra parte, desoyen todos los diputados contrarios al artículo a debate la objeción prudentísima hecha por el autor de este artículo, que lo es el ciudadano Obregón, porque este artículo no es de la Comisión, ni se encastilla en defender lo que es suyo: es del general Obregón pero no por eso la Comisión lo va a defender hasta el servilismo, sino que lo defenderá hasta donde crea que es justo; y como la Comisión estima que hasta estos momentos no ha habido objeción alguna que se oponga a la justicia y a la corrección científica de este postulado, por eso vine nuevamente a defenderlo. Se ha dicho en esta tribuna que si se pone un límite al latifundio, lo que se hace será impedir la producción. El argumento esgrimido por el ciudadano Soto y Gama, por más que digan sus contradictores, no ha habido uno solo capaz de destruirlo, relativo a que si se señala un límite, todo lo que pase de allí no será cultivado...

El C. von Borstel: ¿Y no señalándolo?

El C. Siurob: No señalándolo pasa una cosa enteramente distinta, porque de esta manera todos, en la espera, en la duda y en la esperanza de defenderse, todos cultivarán sus tierras sin tener la espada de Damocles sobre sus cabezas La esperanza muere al último y el latifundista conserva hasta lo último la esperanza de seguir poseyendo sus tierras. Si podemos nosotros, en virtud de esta ley, hacer que ya no sea posible que existan latifundios en el Distrito Federal y en los Territorios, ¿debe uno hacerla o no? Seguro; pues si nosotros establecemos como base del fraccionamiento que hará el Gobierno en las tierras de los Territorios de la Baja California y Quintana Roo, lo que puede cultivar una familia y aquí en el Distrito Federal

esa misma extensión, habremos acabado en lo absoluto para siempre con el latifundio en el Distrito Federal y en la Baja California y, por consiguiente, se habrá llenado en lo absoluto el problema ideológico tal como se puede plantear dentro del terreno idealista más puro. Se ha objetado mucho a la Comisión que da la definición más mala... Suplico a los compañeros Argüelles, Gandarilla, etcétera, que tengan la bondad de escuchar... Se ha dicho aquí que la definición que se da de latifundio es mala, que es pésima, que no corresponde a la realidad; el caso es que ninguno de los impugnadores ha sido capaz de traer aquí ninguna definición.

El C. Espinosa: Aquí está. (Entrega al orador un escrito.)

El C. Siurob: ¿Por qué no la han traído aquí? Ahora, cuando ya va a terminar la discusión del artículo, es cuando vienen saliendo con que tienen hecha una definición. Ya veréis cuando venga la definición cómo indudablemente se objeta, y si no, para ejemplo os voy a leer estas definiciones que hace estos señores de lo que es un latifundio, y veréis cómo es absolutamente injusto y fuera de toda realidad. (Voces: ¡No prejuzgue sin leer antes!)

El C. secretario Zincúnegui Tercero: Dice así:

"Artículo 3o. reformado.

"La extensión máxima de tierra que a título de dominio puede poseer un sólo individuo o sociedad legalmente constituída, salvo en los casos que marcan los artículos 7o. y 8o., es la siguiente:

"En el Distrito Federal:

"Tierras de riego. 50 hectáreas.

"Tierras de temporal. 100 hectáreas.

"Tierras para pasto. 1,000 hectáreas.

"En los Territorios de la Baja California y Quintana Roo:

"En la región de Mexicali, B. C., extensión igual que en el Distrito Federal.

"En toda la demás superficie de los dos Territorios será fraccionable la extensión de tierra que exceda del décuplo de lo que se puede poseer en el Distrito Federal."

El C. Siurob: En primer lugar os voy a demostrar, ciudadanos diputados, hasta la saciedad y con hechos, que esto no es una definición que se ajuste a la verdad, que se ajuste a la realidad. No es una definición porque no define lo que es un latifundio, sino que señala límites arbitrarios, a ojo.... (Risas.) a ojo, y lo voy a demostrar, a los latifundios en el Distrito Federal y Territorios. Dice que el máximum de terreno que podrá poseer para:

"Tierras de riego. 50 hectáreas.

"Tierras de temporal. 100 hectáreas.

"Tierras para pasto. 1,000 hectáreas.

Yo os aseguro que no existe en la actualidad ningún latifundio en el Distrito Federal, que tenga mil hectáreas de terreno para pastos; ya ve, pues, el compañero cómo sencillamente proceden de error en error. Si quisieran estos compañeros propugnar honradamente por la ley y no venir a obstruccionarla continuamente, deberían dirigirse a la Comisión con estos datos, para explicarles de una plumada y a primera vista, que están equivocados, que estos datos son absolutamente falsos, que no se puede ni siquiera tenerlos en cuenta, que se viene a combatir lo que ellos creen un absurdo, con un absurdo más grande todavía; ved aquí lo que dicen: "Tierras de riego, cincuenta hectáreas."

"Tierras de riego; difícilmente habrá en el Distrito Federal un latifundio que tenga cincuenta hectáreas de riego, y esto es lo que ponen como límite máximo que se puede dar a la pequeña propiedad. Quiere decir que si nos atuviéramos a esta resolución, entonces no habría que fraccionar un solo latifundio en el Distrito Federal, porque no existe ninguna tierra de esas condiciones en poder de un solo individuo, apenas existirán uno o dos que tengan cincuenta hectáreas de tierras de riego. En la región de Mexicali.

El C. Espinosa Luis: ¿Me permite una interpelación?

El C. Siurob: Al terminar. Luego dice...

El C. Espinosa Luis: Creo que tiene usted obligación, como miembro de la Comisión.

El C. Siurob: Así que yo termine, con todo gusto. Luego dice:

"En los Territorios de la Baja California y Quintana Roo:

"En la región de Mexicali, B. C., extensión igual que en el Distrito Federal.

Allí, donde existen tierras de pastos tan escasas, ponen la misma extensión que en el Distrito Federal. (Voces: ¡No! ¡No!) Ya véis, pues...

El C. Espinosa: Se refiere a tierras de riego, lea usted bien.

El C. Siurob: "En los Territorios de la Baja California y Quintana Roo:

"En la región de Mexicali, B. C., extensión igual que en el Distrito Federal."

El C. Espinosa: Es la extensión irrigada de la Baja California. ¡No conoce usted la Baja California, compañero! (Burlas.)

El C. Siurob: Ni usted tampoco la conoce. La conozco por referencias, como usted también. (Risas. Desorden.) Luego en toda la superficie... (Desorden.)

El C. secretario Zincúnegui Tercero: Se llama la atención de los ciudadanos diputados para que no interrumpan al orador.

El C. Siurob: "En toda la demás superficie de los dos Territorios será fraccionada la extensión de tierra que exceda del décuplo..."

Es decir, que se puede dar en todo el Territorio de la Baja California y en el de Quintana Roo, hasta diez mil hectáreas a cada individuo. Ahora bien; en esta forma no se distingue qué clase de tierras, no se dice nada en concreto, sólo se dice "el décuplo" de cada cosa, sin fijarse en que las extensiones de tierras varían en cada localidad, sin tener en cuenta que para que pueda subsistir una población, se necesita dividirse en la misma proporción en que se divide en el propio Distrito Federal. He demostrado, pues, a la honorable Asamblea, que esto no es una definición, y que por encima de que no es una definición, está fuera de todo lo razonable y de todo lo justo. Ahora continúo con mi argumentación: decía el compañero Maqueo Castellanos: los diputados de Zacatecas han podido fijar el límite del latifundio. Ya lo creo, porque se encuentran allí en condiciones muy diferentes de las

condiciones en que nos encontramos en el Distrito Federal, porque allá la propiedad no está en la posibilidad de variar rápidamente de un nivel a otro, porque en el Estado de Zacatecas no es la mayoría del Gobierno federal; en el Estado de Zacatecas la mayoría es de los particulares, es decir, las condiciones son absolutamente diferentes de las que existen en el Distrito Federal y en los Territorios. Por consiguiente, no han estado en lo absoluto en la razón los que quieren equiparar la ley de Zacatecas con la ley del Distrito Federal y Territorios.

El C. Maqueo Castellanos, interrumpiendo: Como no me permite una interpelación, no le hago una sobre eso que acaba de decir, compañero. ¿Me la permite?

El C. Siurob, continuando: Ahora, nadie ha puesto objeciones a esta definición como definición científica de latifundio; no ha habido uno sólo que venga aquí a impugnar el concepto que se expresa aquí en este artículo 3o., de que el latifundio no sólo depende de la extensión, sino que está relacionado esencialmente con factores determinados que aquí mismo se expresan Este concepto ideológico de latifundio no ha sido combatido aquí en ninguna forma por ninguno de los oponentes. Ahora bien; estos ciudadanos si estiman que es necesario poner límite al latifundio, ya verán cómo esta Asamblea rechaza cualquier límite arbitrario, cualquier límite a ojo, cualquier límite injusto que pretendan venir a poner al latifundio en el Distrito Federal y en los Territorios. Hacedlo como adición; yo os invito a que hagáis este asunto como una adición, pero no vengáis a obstruccionar una definición ideológica, que debe estar comprendida dentro de una ley y que debe ser aprobada como una norma para los fraccionamientos que el Gobierno federal haga en los Territorios de la Baja California y Quintana Roo. La explotación de las tierras en México, señores, no ha sido propiamente explotación de la tierra, ha sido la explotación de los campesinos. Ese ya es un hecho conocido, no se han explotado las tierras de labor, se ha explotado a los campesinos por medio del jornal, por medio de las aparecerías, por medios que han hecho del campesino la verdadera materia de explotación de las fincas de campo. Pues bien; termina la Comisión con el argumento que más fuerza puede tener para hombres de principios, para hombres de ideales y para hombres que han ofrecido efectivamente a sus comitentes que se les darían tierras para su cultivo. Si vosotros podéis hacer por medio de esta ley, por medio de este artículo, que no quede como límite de latifundio más que la extensión de tierra que puede cultivar una familia y si en esta forma habéis acabado para siempre con los latifundios en el Distrito Federal y Territorios, no dudéis un sólo momento, no vaciléis un sólo instante examinando los argumentos de la Comisión, que están basados en los hechos positivos, que están fundados en la práctica, en condiciones científicas expuestas por verdaderos agricultores, y en esa forma habréis contribuído a cumplir con vuestro deber, en realizar el ideal más grande de la revolución. La Comisión pide, pues, a esta honorable Asamblea su voto afirmativo para el artículo que está a debate.

El C. Espinosa: ¿Me permite usted una interpelación, compañero?

El C. Siurob: Ahora sí, compañero; todo lo que usted quiera.

El C. Espinosa Luis: Me voy a permitir hacer al compañero Siurob una pregunta y después al ciudadano Soto y Gama otra para que me aclare otro punto.

El C. Siurob: Yo se los aclaro todos, compañero.

El C. Espinosa Luis: No, es un deseo especial de que el ciudadano Soto y Gama me conteste otra pregunta, porque usted ya me contestó y no me satisfizo; quiero la opinión de otro miembro de la Comisión. Ruego a su señoría de la manera más atenta que me diga: ¿en qué parte de su proyecto de ley se cumple con lo ordenado en la fracción séptima del artículo 27 que terminantemente dice: "a) En cada Estado y Territorio se fijará la extensión máxima de tierra de que puede ser dueño un solo individuo o sociedad legalmente constituída;" Ahora, su señoría ha dicho en repetidas ocasiones desde esa tribuna que esta cantidad de terreno es la que se enumera en el artículo noveno de la ley; pero eso no puede tomarlo en serio nadie, puesto que lo que fija el artículo noveno es la mayor cantidad de que puede componerse una parcela que se dará a quien la solicite del exceso de un latifundio. Es una cosa muy distinta, compañero Siurob, y como la Asamblea no puede aceptar una ley que no cumpla con un mandato expreso de la Constitución, como es el de fijar la cantidad máxima de tierra que debe quedarle al dueño de un latifundio, nosotros hemos propuesto esa iniciativa que según el criterio de usted no vale la pena, pero nosotros sugerimos a usted que en donde nosotros decimos, cincuenta hectáreas, usted ponga diez o cinco, las que les dé la gana. Desde luego, hace un momento que usted convino en que es necesario fijar la cantidad de tierras en el Distrito Federal, nosotros no nos hemos de obcecar en cuestión de números, pero en lo que sí nos obcecaremos, en lo que sí no cejaremos es en la parte relativa a que tenemos que cumplir con el precepto Constitucional que manda a las Legislaturas reglamentar esta fracción del artículo 27 que se defina, que se diga cómo lo hace la ley de Zacatecas, qué cantidad de tierra máxima debe quedarle al dueño de un latifundio. Quiero que usted me diga en qué parte del proyecto de esa ley existe esta prescripción constitucional. (Aplausos.)

El C. Siurob: El artículo 9o. de la ley al expresar de una manera clara que en el Distrito Federal y Territorios no puede poseer ninguno sino la extensión que ahí se señala, claramente expresa cuál es el límite que nosotros hemos creído conveniente, como Comisión, fijar como máximo de tierra que pueda poseer una sola persona, en primer lugar. En segundo lugar, ya en virtud de la propia definición del latifundio está de tal manera arreglado el mecanismo de la ley, que sería fraccionada insensiblemente toda tierra que no cumpla con el requisito que está establecido en el artículo 10.

El C. Espinosa Luis: ¿Me permite completar mi interpelación?

El C. Siurob: Ya la formuló usted, sólo que quiera hacer otra.

El C. Espinosa Luis: Es la misma.

El C. Siurob: Pues debo decirle que este

artículo no tiene nada que ver con el artículo a debate; se concreta a definir qué cosa es un latifundio.

El C. Gandarilla: ¿Me permite su señoría una interpelación?

El C. Siurob: Con mucho gusto.

El C. Gandarilla: Yo quiero que su señoría, y no se me juzgue como obstruccionista, sólo quiero precisar conceptos. Hace un momento que con brillante discurso, y así lo reconozco, el compañero Siurob nos dice: no es conveniente y yo creo que no es conveniente fijar un límite para que cada individuo tenga determinada extensión de tierra, pues queda, dice, sujeto a las circunstancias que aprecie la Comisión Nacional Agraria. Después usted mismo dice: veinte hectáreas es lo más que puede tener un individuo. Quiero que me diga cuál es lo válido que usted ha dicho: lo primero o lo último. Yo no lo entiendo, compañero, dispensen ustedes, yo lo que quiero es que el compañero Siurob me conteste esto.

El C. Siurob: Yo he dicho, compañero, que en el Distrito Federal y Territorios no se podía poner más límite al latifundio, es decir, a la tierra que puede poseer cada individuo que el que está señalado, en virtud de que estando el terreno aquel todavía por estudiar y siendo casi todo un latifundio, el problema allá es esencialmente de colonización y si el Gobierno al colonizar puede borrar o abolir para siempre los latifundios no dando la tierra sino en estas proporciones, pues más vale que eso se haga y no que se creen nuevos latifundios para que después se venga a expedir otra ley que venga a establecer el latifundio. Es decir, lo que ustedes pretenden es fijar la extensión que tendrá el latifundio de mañana y la Comisión lo que pretende es que ni hoy ni mañana haya latifundios más en el Distrito Federal y en los Territorios.

El C. Espinosa Luis: Señor presidente: pido la lectura de los incisos (a) y (b) de la fracción VII del artículo 27 constitucional

El C. Siurob: Ha terminado la Comisión ¿no hay otra interpelación?

El C. Maqueo Castellanos: Yo estaba pendiente...

El C. Espinosa Luis: Un momento, yo he pedido la lectura de unos incisos. (Murmullos. Campanilla.)

- El C. secretario Zincúnegui, leyendo:

"a) En cada Estado y Territorio se fijará la extensión máxima de tierra de que puede ser dueño un solo individuo o sociedad legalmente constituída.;

"b) El excedente de la extensión fijada deberá ser fraccionado por el propietario en el plazo que señalen las leyes locales, y las fracciones serán puestas a la venta en las condiciones que aprueben los Gobiernos, de acuerdo con las mismas leyes."

El C. Espinosa Luis: No puede ser más claro, como verá el compañero Siurob.... (Murmullos. Campanilla.) Se me había concedido la palabra para hacer dos interpelaciones, ya terminé con la del doctor Siurob y ahora voy a hacerla al ciudadano Soto y Gama.

El C. presidente: Aún no. En seguida va ha hablar el ciudadano Soto y Gama. Ya tendrá oportunidad su señoría de hacer la interpelación.

El C. Espinosa Luis: Sería inoportuno porque le interrumpiría su discurso, y yo quiero que me conceda la palabra en estos momentos.

El C. Von Borstel: Reclamo el quórum.

El C. Díaz Soto y Gama: He pedido la palabra en el momento en que empezaba a hablar el compañero Siurob; de manera que yo deseo que respetándoseme mi turno, se me permita hablar. Después contestaré al ciudadano Espinosa su infundada interpelación. ¿O no quiere que le conteste ninguna Comisión? Voy a empezar por leer el artículo del Reglamento, porque veo que aquí todos se vuelven ladinos, como el compañero Maqueo Castellanos, que es un ladino; y para ladino, ladino y medio. ¿Pues qué, se quiere obligar a la Comisión a que no tenga el derecho que tienen los demás oradores? La Comisión tiene el derecho de ser oída, sin ser interrumpida. Yo quiero leer a la vista de la Secretaría, para que ella diga si cambio alguna palabra o letra del artículo 103 del Reglamento, que dice:

"Comenzada la discusión, ningún individuo puede pedir la palabra sino en voz baja y acercándose al presidente, ni se podrá interrumpir al que habla, bajo pretexto alguno, a no ser para reclamar el orden."

Bajo pretexto alguno, señor Maqueo Castellanos, interrumpir al que habla. Yo soy el que estoy hablando. Ahora, bajo ningún pretexto, a menos para reclamar el orden, se me puede interrumpir; de manera que yo desde ahora anuncio que no admitiré ninguna interpelación, sino que sólo toleraré que se me interrumpa para reclamar el orden. Hecha esta salvedad, voy a continuar con el uso de la palabra.

El C. Espinosa Luis: Pido que se lea el artículo del Reglamento. El ciudadano Soto y Gama habló como Comisión, porque no puede hablar en otra forma; el ciudadano Siurob acaba de hacer uso de la palabra como Comisión y yo suplico a la Presidencia que me diga: ¿autorizado en qué artículo reglamentario le concede el uso de la palabra a dos miembros de la Comisión sucesivamente? Lo acostumbrado es que hable uno nada más, pero no uno tras otro, porque esto no es ser ladino y medio, sino "relativo" (Risas.) que eso es el ciudadano Soto y Gama. (Aplausos.) Primero habla el contra y después de este contra será cuando el ciudadano Soto y Gama u otro miembro de la Comisión tenga derecho para hacer uso de la palabra. Mientras tanto no, señor presidente, sólo que usted quiera violar el Reglamento en este sentido. (Murmullos. Desorden. Campanilla.)

El C. presidente: La Presidencia aclara que las comisiones tienen siempre derecho a hablar y a informar...

El C. Espinosa: ¿Conforme a qué artículo del Reglamento?...

El C. presidente: Se va a leer el artículo reglamentario, y contestando al ciudadano Soto y Gama, debo decirle que ya es la costumbre, la mala costumbre de los ciudadanos diputados de interrumpir con cualquier pretexto al orador, pero que el primero que lo hace, el que más lo ha hecho es usted, ciudadano Soto y Gama. (Aplausos. Murmullos. Campanilla.)

- El C. secretario Zincúnegui Tercero, leyendo "Artículo 99 reglamentario.

"Los individuos de la Comisión y el autor de la proposición que se discuta, podrán hablar más de dos veces. Los otros miembros de la Cámara sólo podrán hablar dos veces sobre un asunto."

Haciendo la aclaración que se trata de dos comisiones unidas, una que preside el doctor Siurob y otra que preside el ciudadano Soto y Gama.

El C. presidente: Es terminante el Reglamento: las comisiones pueden hablar más de dos veces. (Murmullos. Campanilla.)

El C. Espinosa Luis: Alternativamente. (Murmullos. Campanilla. Varios ciudadanos diputados piden la palabra.)

El C. Borrego: ¡Moción de orden!

El C. Díaz Soto y Gama: Tengo la palabra, señores, y no permito que se me interrumpa sino para reclamar el orden, y como no ha habido desorden, seguiré en el uso de la palabra. (Voces: ¡Moción de orden!)

El C. Borrego: ¡Moción de orden!

El C. presidente: Para una moción de orden tiene la palabra el ciudadano Borrego, suplicándole que sea verdadera moción de orden.

El C. Borrego: Para una verdadera moción de orden. Creo que usted está interpretando torcidamente el Reglamento, porque usted sabe bien que los oradores hablan según el turno en que se han inscripto y dice que pueden hablar solamente dos veces, como usted bien lo dijo. La Comisión puede hablar más de dos veces, lo mismo que el autor de la iniciativa; pero naturalmente, lógicamente, deben hablar en el turno respectivo que les corresponde; de lo contrario, señor presidente, sobrarían los oradores en el pro, porque no faltarían miembros de la Comisión para agotar todos los turnos. Hay que interpretar lógicamente el Reglamento. (Aplausos. Siseos.)

El C. presidente: La Presidencia ha interpretado siempre lógicamente y legalmente los artículos reglamentarios; pero debo decir que siempre ha sido costumbre que la Comisión hable tantas veces cuantas lo desee. Hay más, la lista de los oradores en pro y en contra ha sido agotada; sólo esperaba que hablara por última vez la Comisión para pasar a la votación. Yo suplico a la Asamblea que no interrumpa más al orador. (Desorden. Campanilla.) Tiene la palabra el ciudadano Soto y Gama.

El C. Díaz Soto y Gama: Sigo en el uso de la palabra.

El C. Espinosa Luis: Pido la lectura del artículo 97 reglamentario.

El C. presidente: Sigue en el uso de la palabra el ciudadano Soto y Gama.

El C. Espinosa Luis: He pedido la lectura de un artículo que no puede negárseme. Tengo derecho. (El ciudadano Maqueo Castellanos interrumpe constantemente.)

El C. presidente: No tiene usted la palabra.

El C. Espinosa Luis: Pues yo me la tomo. (Desorden.) Usted se ha convertido en un pequeño dictador. Se viola el Reglamento y no estoy dispuesto a consentirlo, ni acepto tampoco la tiranía de usted ni de nadie. (Siseos.)

El C. presidente: Sigue en el uso de la palabra el ciudadano Soto y Gama. (El ciudadano Maqueo Castellanos interrumpe nuevamente.)

El C. Espinosa Luis: No lo consiento mientras usted no reconozca el derecho que tengo; se viola el artículo 97 del Reglamento. (Desorden. Campanilla.) Está usted muy pequeño para imponerse a la Asamblea. (Gritos. Desorden. Campanilla.)

El C. secretario Zincúnegui Tercero, leyendo: "Los miembros de la Cámara hablarán alternativamente en contra o en pro, llamándolos el presidente por el orden de las listas."

El C. Espinosa Luis: Pues no puede ser más claro.

El C. secretario Zincúnegui Tercero: A petición del ciudadano Soto y Gama se va a dar lectura al artículo 99.

"Los individuos de la Comisión y el autor de la proposición que se discuta, podrán hablar más de dos veces. Los otros miembros de la Cámara sólo podrán hablar dos veces sobre un asunto."

El C. Díaz Soto y Gama: Estamos a mano. (Risas.)

El C. presidente: Sigue en el uso de la palabra el ciudadano Soto y Gama.

El C. Díaz Soto y Gama: Comienzo, comienzo. (Murmullos. Campanilla.)

El C. presidente: Comienza y se suplica al ciudadano Espinosa que no interrumpa al orador.

El C. Díaz Soto y Gama: Señores: Esto no es ya ni chistoso, esto no merece ya calificativo, el que los señores del contra por falta de argumentos chicaneen y chicaneen de la manera más tonta para evitar que hable la Comisión. Eso sí ya no tiene nombre absolutamente. (Aplausos. Siseos. Campanilla.) Y es natural esa obstrucción del contra, porque el contra no ha presentado argumentos, lo que ha llamado argumentos son verdaderas chocarrerías. Voy a analizar algunas de esas chocarrerías, de esos verdaderos disparates, algunas de esas vulgaridades, porque no se pueden llamar de otro modo. Vamos a ver los argumentos del compañero Maqueo Castellanos. Su primer argumento es divino: que yo, como notario de Tacubaya, no sé de agricultura; ¡un argumento divino! y confunde lastimosamente el señor Maqueo Castellanos el ser agrarista con ser agricultor. Ser agrarista quiere decir ser partidario de la reforma agraria, ser partidario del ataque al latifundio, y ser agricultor es conocer los detalles técnicos de la agricultura, práctica o teóricamente; pero lo más curioso del caso es que después de incurrir en esta confusión de ideas y de palabras tan torpes, el señor Maqueo Castellanos ni siquiera procede como agricultor, sino procede como un perfecto ignorante, o como un perfecto obstruccionista. Le doy a escoger al compañero Maqueo el término que más le guste. Lo digo por esto: si el señor Maqueo Castellanos estuviera en este caso hablando como agricultor, él sería el primero en rogar a las comisiones de rodillas que tuvieran en cuenta el factor clima, que tuvieran en cuenta el factor lluvia, que tuvieran en cuenta cercanía de los caminos, el factor de clase de terreno, todo lo que tiene en cuenta el verdadero agricultor; pero que un hombre que viene aquí con ínfulas de agricultor, con ínfulas de agrónomo, con ínfulas de sabio, con ínfulas de infalible en materia de agricultura, olvide todos esos factores, esto es imperdonable. De manera que será o un ignorante o un perfecto obstruccionista. Precisamente nosotros hemos dado gusto a los técnicos. Ahí está la

contestación del señor Serrano; en este punto, señores, cabe un cuento conocido, un cuento español; pero ese cuento lo quiero preceder de una pequeña explicación: La Comisión 1a. Agraria al principio recurrió seguidamente al procedimiento viejo, gastado, a la definición numérica, que es la más mala. Vino entonces la conferencia con el señor general Obregón y él demostró hasta la saciedad que no podía ser; en aquel entonces, señores, muchos compañeros se acercaron a la Comisión diciéndole que aquello era un absurdo, que era un disparate, que 50 hectáreas en el Distrito Federal y 50,000 en la Baja California era un desatino, que no sabíamos dónde teníamos la cabeza, que no teníamos en cuenta las diferencias de localidad, de topografía, de clima, no sé cuántas cosas y todo lo que hoy tomamos en cuenta. Y hoy que hemos tomado en cuenta todas esas condiciones técnicas, hoy se quiere que volvamos al procedimiento que antes se nos criticó. Aquí viene bien el cuento ese muy conocido, es muy vulgar, pero necesito aplicárselo al compañero y a otros compañeros, a todos cuantos obstruccionan este artículo. El cuento es este: iba un padre y un hijo, un padre y su hijo arreando un pollino; comienza a criticarlos porque no se montaban en el pollino; entonces se montó el padre y entonces critican al padre porque dejaba al hijo que fuera a pie. Se monta el hijo y lo critican, fue al contrario. Se montan después los dos y entonces los critican, porque era una infamia castigar con ese peso al pollino; entonces se echan a cuestas al pollino y los critican por imbéciles. Lo que se deduce de todo esto es que no hay que hacer caso a ciertas personas; sencillamente la Comisión no hace caso a ciertas personas, la Comisión a quien hace caso es a los técnicos. Los técnicos le han dicho a la Comisión, antes de presentar el proyecto de ley, que en materia de tierras había que tomar en cuenta los factores que olvida el señor exagricultor probablemente, porque ahora no lo es el señor Maqueo Castellanos. Porque, señor Maqueo Castellanos, lo que primero toma en cuenta el agricultor es la calidad de la tierra, después ve para el cielo, ve para el cielo...

El C. Maqueo Castellanos, interrumpiendo: Que usted no conoce.

El C. Díaz Soto y Gama: Precisamente porque yo no lo conozco quiero que una comisión técnica, estudiando todos los factores, defina el latifundio. Lo primero que hace el agricultor es ver la calidad de la tierra, después ver el cielo. Sabe usted perfectamente aquella definición vulgar, chocarrera, del campesino: que el campesino es un hombre que pasa la mitad del año viendo para la tierra y la otra mitad viendo para el cielo. Pues bien; ese factor lluvia no se puede catalogar en una tarifa, como la chistosísima tarifa que nos ha propuesto el compañero Espinosa, que ese sí no sabe nada de agricultura, así de plano se ve. Y no hay ese factor, hay la lista de factores que hemos leído tantas veces que es fastidiosa ya para la Asamblea; son muchas veces las que se han leído y, sin embargo, de un momento a otro se olvida, una cosa de un día a otro, de una hora a otra se olvida lo que tanto se ha leído; esto yo no lo concibo. Vamos a seguir con los argumentos del contra, porque el primer argumento es este: ¿cómo un individuo que había sido notario en Tacubaya podía ser agrarista? (Interrupciones continuas del C. Castellanos.) Argumento digno enteramente de una persona como el señor Maqueo Castellanos. Segundo argumento el ataque a Morones traído de los cabellos por el ciudadano Vito Alessio Robles para agradar a las galerías y para agradar a los enemigos de Morones. Por mucho talento que se tenga no creo que haya en esta Cámara quien piense que este caso tenga relación con el caso de Morones. ¿Qué tiene que ver Morones con el fraccionamiento y con la definición de latifundios? Tercer argumento: El ataque a Octavio Paz; ¿qué tiene que ver Octavio Paz, que haya sido - que no lo fue - secretario de la Baja California, con el artículo 3o.? Lo único que tiene que ver es esto: que querían derrumbar este artículo porque les gustó el procedimiento que usaron la vez pasada para derrumbar el 1o. transitorio, aquello del señor Martínez de Escobar, de decir un discurso lleno de gracejadas que impresionó e hizo que la opinión de la Asamblea, que ya estaba enteramente en favor del 1o. transitorio...(Risas. Siseos. Burlas. Campanilla.) Hubo personas que nos han dicho que a pesar de su compromiso con el Pélece, iban a votar en sentido de la aprobación del artículo transitorio; pero vino la serie de gracejadas del ciudadano Martínez de Escobar y cambió la impresión. Vamos a seguir estudiando los argumentos, los llamados argumentos, vamos a seguir estudiando los malos argumentos del contra. Un argumento notabilísimo del compañero Vito Alessio Robles, que él creyó que era un triunfo aplastante: en Morelos, dice él, la población es densa, son treinta y seis habitantes por kilómetro cuadrado; en cambio, en la Baja California la población es escasísima, llega a un décimo de habitantes por kilómetro cuadrado, ¿y qué va deduciendo de allí el señor Alessio Robles? Pues lo contrario de lo que había que deducir. El dijo que había que señalar límite al latifundio para que mañana lo cultivara, y la Comisión, con más criterio, dice esto: puesto que la Baja California es tan poco poblada, allí es donde cabe mejorar el sistema y es nuestro sistema que sólo habiendo solicitudes se expropie, es decir, que sin son seis mil o nueve mil los individuos solicitantes, nada más se reparte entre los seis mil y los nueve mil; si cuatrocientos cincuenta, por ejemplo, piden, nada más a cuatrocientos cincuenta se les da. Ya ven lo lógico de nuestro procedimiento y lo absurdo del argumento del señor licenciado Vito Alessio Robles... (Voces: ¡No es licenciado!) que se vuelve contra él. Es decir, el ciudadano Vito Alessio Robles tuvo el mal gusto de dar un argumento a la Comisión. Vamos a seguir estudiando estos admirables argumentos. Otro argumento de los del contra, el argumento de que no cultivarán por que pudiera ser que les tocase, como vulgarmente se dice, el ramalazo del artículo 3o. y del 4o., y a eso se les dice, se les contesta: la esperanza en el hombre muere al último. No es lo mismo que se les diga de plano, quitándoles toda esperanza: se te van a dejar nada más cien hectáreas y todas las demás se te van a quitar. Entonces dicen de plano: puesto que se me quitan, las demás no las cultivo; pero se les deja una esperanza, un resquicio, entonces vendrán las chicanas que pueden agotar, no de argumentos, sino de hechos y de detalles. El caso

de Velásquez también es a favor nuestro. Teniendo la esperanza los latifundistas de salvarse de la aplicación del 3o. y del 4o.; no tendrán el temor de que se les aplique absolutamente, porque tendrán la esperanza de que con esos pretextos, con esas argucias o con razones - porque habrá caso en que tengan razón -, se salvarán del artículo 3o. y precisamente para salvarse del artículo 3o. y del 4o.; este, todos estos señores mejorarán los cultivos, cultivarán todo para que no se les aplique, por ejemplo, el inciso aquel que dice: "Se tendrá como factor para calificar el latifundio, la falta de cultivo en todo o en parte, o el uso de procedimientos primitivos o anticuados.

"Aumentarán los jornales, harán todo aquello que tienda a evitar que se les aplique el artículo 3o., a evitar que se soliciten sus tierras; de manera que este artículo, en lugar de matar la producción, la intensifica. Vean ustedes que todo lo que se ha argumentado en contra se vuelve en pro del artículo. En cambio, señores, creo que todos los argumentos, absolutamente todos los argumentos de la Comisión y del pro, están en pie, como muy bien ha dicho el compañero. Nadie ha destruído aquellos argumentos sólidos de Obregón, enteramente fundados en la práctica y en la realidad: fijar el límite número del latifundio es matar la producción agrícola, es matar el crédito agrícola, es ir más allá del límite de los latifundios. Fijar la extensión máxima de la tierra en cada caso, equivale a matar el crédito agrícola fuera de la extensión máxima que puede poseer un individuo. Todo eso queda en pie y esta otra argumentación, que no sé cómo han visto los señores del contra; pero como ha visto la Asamblea entera, una de las ventajas de esta ley, y lo han dicho los señores del contra del artículo 1o. transitorio cuando se vieron completamente acorralados, una de las enormes ventajas es que siendo una ley que lo mismo se puede aplicar a una región que a otra, podrán verse tentados los Estados, las legislaturas de los Estados a adoptarla.

Es uno de los objetos de la ley y, ¿no han dicho los compañeros del contra del artículo 1o., infinidad de veces, que lo que ellos querían era que se respetase ese sagrado fetiche, ese sagrado ídolo, de la soberanía de los Estados, pero que una vez que se respete, no tendrán inconveniente, y sí placer y gusto, en que se excite por esta Cámara de la Unión a las legislaturas de los Estados para que hagan suya esta ley? ¿No es esto lo que se nos ha dicho una y muchas veces? ¿No se ha llegado a decir que sería bueno hasta nombrar comisiones del seno de la Cámara para que vayan a hacer propaganda ante las legislaturas para lograr la adopción de esta ley? ¿Pues cómo si se quiere se pretende que esta ley se reduzca a un ridículo absurdo, a la imposible definición numérica del latifundio para el Distrito Federal y Territorios? El mérito de la ley es precisamente lo que dijeron magistralmente los compañeros De Alba y Manrique; en su automatismo, en su devenir; eso que tontamente dijo alguno que era un acordeón, ¡qué acordeón ni qué nada! El devenir de la ley, el alumbramiento perpetuo de la ley; la ley estará pariendo casos de aplicación, maneras o formas de aplicación; la ley se aplicará hoy y mañana y esta ley no regirá solamente para los latifundios de hoy, sino para los latifundios de mañana por lo que dijo Manrique: lo que hoy es latifundio, mañana puede dejar de serlo, es decir: mañana, cuando se haya fraccionado la propiedad, será latifundio una porción más pequeña que ahora, y es seguro que de aquí a diez años se reirían de la definición que diéramos al latifundio, mientras que del otro modo, de aquí a diez años o veinte, se seguirá aplicando la ley. De manera que, por todos conceptos, los argumentos del pro quedan en pie. (Voces: ¡A votar!) A votar gritan, y con razón; pero a votación siempre que se cumpla con el Reglamento y que se cumplan por el señor presidente aquello de que, habiendo hablado seis oradores en pro y seis en contra y la Comisión, se pregunte desde luego si está suficientemente discutido y entre a votación. Yo pido a la Secretaría que lea los artículos respectivos. (Desorden.) Pido que se lean los artículos respectivos.

El C. Espinosa: Reclamo el quórum.

El C. von Borstel: Reclamo el quórum. Tengo derecho. (Siseos.)

El C. Espinosa: Ciudadano Soto y Gama: Ruego a su señoría que tenga la bondad de decirme qué entiende usted por home stead, es decir, por patrimonio de familia.

El C. Díaz Soto y Gama: Eso no tiene nada que ver con la definición de latifundio. Ya lo contestó el compañero Siurob, no quiero cansar a la Asamblea con repetir lo que se ha dicho por el señor Siurob. Ahora, si usted no lo sabe, consúltelo en un diccionario. (Aplausos.)

El C. Espinosa: No quería más que eso, ciudadano. Hice esa pregunta con toda capciosidad, estaba seguro que su ignorancia sobre el particular era igual a la de Siurob en este caso. Siurob dice que el home stead es el hogar agrícola, es patrimonio de la familia, es un pedazo de tierra. No, señores; no, señor Soto y Gama; yo quiero hacer esta aclaración para que la Asamblea sepa de una vez por todas y de una manera bien clara, lo que es esto, antes de entrar a votación. Hay, señor Soto y Gama, la gran propiedad, la propiedad media y la pequeña propiedad. El fraccionamiento de latifundio tiende esencialmente a crear la pequeña propiedad. El fraccionamiento de latifundio tiende esencialmente a crear la pequeña propiedad; pero la pequeña propiedad, que su señoría y Siurob confunden con el hogar agrícola, es una cosa bien distinta, y la pequeña propiedad es el resultado de este fraccionamiento, es decir: la tierra sola que se da a quien la solicita; pero, en cambio, el hogar agrícola es una cosa completamente distinta, como lo va a ver su señoría. El hogar agrícola es esto, por que vuestra ignorancia no alcanza a comprender lo que es hogar agrícola, (Murmullos. Siseos.) y de ahí que haya esta confusión tan lamentable, que es necesario aclarar. (Murmullos. Siseos. Campanilla.)

El C. Díaz Soto y Gama: ¡Moción de orden! Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Soto y Gama.

El C. Díaz Soto y Gama: Mi moción de orden es ésta: que ya no se le permita al ciudadano Espinosa estar hablando de la pequeña propiedad, cuando lo que se está discutiendo en este momento es completamente lo contrario: qué cosa es gran

propiedad, qué cosa es latifundio; la definición de lo que es parcela, de lo que es pequeña propiedad, viene en otro artículo, y yo propongo que si el ciudadano Espinosa quiere seguir saliéndose del debate, la Presidencia no se lo permita.

El C. Espinosa: ¡Reclamo el quórum!

El C. presidente: La Presidencia aclara al ciudadano Soto y Gama que es contradictorio completamente; no le permitió al ciudadano Espinosa que le interrumpiera, y usted sí, con una falsa moción de orden, interrumpe al señor Espinosa. El ciudadano Espinosa puede tomar todo el tiempo que desee; vuestra señoría, para contestar interpelaciones se ha tardado hasta una hora. Sigue en el uso de la palabra el ciudadano Espinosa.

El C. Espinosa: Señores compañeros: Ya que el ciudadano Soto y Gama se rehusó categóricamente a contestar mi pregunta, yo necesito hacer a la Asamblea esta aclaración: el fraccionamiento de latifundios tiende a crear la pequeña propiedad, lo que confunden lamentablemente los miembros de la Comisión con el home stead, que es esto: dar al agricultor tres o cuatro hectáreas de riego, no tierras cualesquiera; es decir, tierras en condiciones de trabajarlas; darles casa, darles yuntas, darles arados, darles semillas y darles dinero. Esto es lo que se llama el patrimonio de familia, que tan lamentablemente confunden las comisiones, por su ignorancia absoluta en este asunto. Como el problema es de tal importancia, como es tan necesario aclarar este punto, yo suplico a la Asamblea que no dé por suficientemente discutido este asunto. Vamos a deslindar hasta la saciedad lo que puede entenderse por pequeña propiedad y lo que puede entenderse por hogar agrícola. Aquí tengo esta proposición que presentaré en su oportunidad a la Asamblea y dice así: "El hogar agrícola comprenderá:

"3 y media hectáreas tierra de riego, a $ 300.00 $ 1,050.00

"1 casa con dos piezas y cercada. 200.00

"1 tronco de mulas, a $75.00 cada una 150.00

"1 arado, guarnés, semilla y efectivo. 250.00

Total para una familia, 1,650 pesos. Estos 1,650 pesos se pagarán en esta forma: $6.87 al mes, que vienen a ser $82.50 al año, y se pagarán los 1,650 pesos en veinte años, como lo previene la Constitución. Esto es, señores miembros de la Comisión, el home stead, es decir un hogar agrícola, y no lo que confundís con vuestra ignorancia, un propiedad pequeña, esa es otra cosa muy distinta. De tal manera, señores, que debe entenderse por fraccionamiento de latifundios el crear la pequeña propiedad, pero no el patrimonio de familia, que es otra cosa; pero estos señores, en su ignorancia absoluta, han querido hacer de este proyecto de ley lo mismo ley sobre reparto de latifundio, ley sobre tierras ociosas, sobre colonización, y ley sobre home stead. Este es el absurdo más grande de la Comisión, producto del histerismo del ciudadano Soto y Gama. Yo invito a la Asamblea para que no festine el asunto, para que lo tengamos más firme y llegará al convencimiento de que ese artículo 3o. debe ser rechazado de plano, como lo fue el artículo 1o. transitorio.

El C. von Borstel: ¡Reclamo el quórum! ¡Reclamo el quórum! ¡Reclamo el quórum! (Desorden. Campanilla.)

El C. Díaz Soto y Gama: Voy a contestar, me han interpelado. (Voces: ¡No! ¡No ¡Sí! ¡Sí! Desorden. Campanilla.) Tengo que contestar, me han interpelado. De manera que se lanza una interpelación..... (Voces: ¡No! ¡No! ¡Sí! ¡Sí! Desorden. Campanilla.)

El C. Espinosa Luis: Habiéndose reclamado el quórum, no cabe otra cosa que pasar lista.

El C. presidente: En seguida que conteste la Comisión.

El C. Espinosa: No puede, se está reclamando el quórum, señor presidente. (Voces: ¡No! ¡No! ¡Sí! ¡Sí! Desorden. Campanilla.)

El C. Díaz Soto y Gama: Es curioso que se llame a la Comisión para que conteste y luego no se quiera que hable. Pero usted sí pudo hablar, señor Espinosa.

El C. Espinosa: ¡Claro que sí! (Desorden. Campanilla.)

El C. Soto y Gama: Voy a contestar la interpelación pueril del compañero Espinosa. (Murmullos. Campanilla.)

El C. Espinosa: Suplico a la Presidencia que se sujete al Reglamento: cuando se reclama el quórum no puede hacerse nada mientras no se vea si hay quórum. (Murmullos. Campanilla.)

El C. Soto y Gama: Voy a contestar.

El C. Espinosa: No, señor, no hay quórum.

El C. Soto y Gama: La Comisión no tiene ningún inconveniente en que se recuente el número de ciudadanos diputados presentes, pero quiere contestar. Siquiera sea por educación, ciudadano Espinosa.

El C. Espinosa: Usted no la tiene nunca con nadie.

El C. Soto y Gama: La contestación que doy en estos momentos es sumamente sencilla.

El C. Espinosa: No se puede hablar, señor presidente. (Desorden. Campanilla.)

El C. Soto y Gama: La contestación que voy a dar es sencilla, señores.

El C. Von Borstel: Yo tengo derecho a reclamar el quórum conforme al Reglamento. (Murmullos. Siseos. Aplausos. Campanilla.)

El C. Espinosa: Sí, señor, tiene derecho conforme al Reglamento.

El C. presidente: ¿Qué artículo?

El C. Espinosa: Artículo 107.

El C. secretario Zincúnegui Tercero: Se va a dar lectura al artículo 107.

El C. Soto y Gama: Yo quiero contestarle, si no quieren oírla, entonces no me haga caso ni contestaré nada.

- El C. secretario Zincúnegui Tercero, leyendo:

"Artículo 107 reglamentario.

"Ninguna discusión se podrá suspender sino por estas causas: primera, por ser la hora que el Reglamento fija para hacerlo, a no ser que se prorrogue por acuerdo de la Cámara; segunda, porque la Cámara acuerde dar preferencia a otro negocio de mayor urgencia o gravedad; tercera, por graves desórdenes de la misma Cámara; cuarta, por falta de quórum...."

El C. Espinosa: Por esto se suspende la discusión (Desorden. Escándalo. Campanilla.) No

puede continuar la sesión si no hay quórum. Esto es notorio.

El C. Soto y Gama: Voy a contestarle, después se levantará la sesión.

- El C. Espinosa. No hay razón. Yo suplico que cumpla la Presidencia con el Reglamento. El ciudadano diputado Chapa siempre ha sido ecuánime y sereno, y no sé por qué en este caso no quiere cumplir con su deber. Aquí no cabe más que pasar lista.

El C. presidente: Se llama la atención del ciudadano Espinosa. (Desorden. Campanilla.)

El C. presidente: La Presidencia llama la atención al señor Espinosa de que se ha permitido hablar en su llamada interpelación cerca de quince minutos y ahora que va a contestar la Comisión, usted que sí es ecuánime se servirá permitirlo y en seguida se levantará la sesión después de dejar esto suficientemente discutido, para pasar a la votación mañana en la tarde.

El C. Espinosa: Yo no le concedo la palabra al ciudadano Soto y Gama, porque no quiso contestar la interpelación cuando se la hice; perdió su derecho, por lo tanto, para contestar esa interpelación mía; sobre todo, señor presidente de acuerdo con el Reglamento su señoría si quiere ser respetuoso de él, no le toca más que mandar pasar lista; nada más.

El C. presidente, a las 9.45 p.m.: Se levanta la sesión y se cita para mañana a las cinco de la tarde.