Legislatura XXIX - Año I - Período Extraordinario - Fecha 19210719 - Número de Diario 78

(L29A1P1eN078F19210719.xml)Núm. Diario:78

ENCABEZADO

MÉXICO, MARTES 19 DE JULIO DE 1921

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AÑO I.- PERÍODO EXTRAORDINARIO XXIX LEGISLATURA TOMO II.- NÚMERO 78

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 19 DE JULIO DE 1921

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- Cartera. Iniciativa enviada por el Ejecutivo de la Unión, referente a un indulto general; recibo, a las Comisiones unidas 1a. de Justicia y 1a. de Puntos Constitucionales e imprímase. El C. diputado Montero Villar informa de la comisión que se le confirió. Se concede licencia a los CC. diputados M. García Rojas, Rodrigo Gómez, Agustín E. Vidales y Daniel Cerda.

3.- Es aprobada la fracción III del artículo 46 del Proyecto de Ley para el Fraccionamiento de Latifundios. Se reservan para ser votadas las fracciones II, reformada, IV, V, VI, y VII. Es discutida la VIII fracción y al votarse, se levanta la sesión por falta de "quórum."

DEBATE

Presidencia del C. SERRANO GUSTAVO P.

(Asistencia de 135 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 6.05 p. m.: Se abre la sesión.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día trece de julio de mil novecientos veintiuno.- Período extraordinario.

"Presidencia del C. Agustín Arroyo Ch.

"En la ciudad de México, a las seis de la tarde del miércoles trece de julio de mil novecientos veintiuno, se abrió la sesión con asistencia de ciento veintisiete ciudadanos diputados.

"Fue aprobada sin debate el acta de la sesión celebrada el día once del presente mes y se dio cuenta con los documentos siguientes:

"Dos esquelas, en que el presidente del Senado participa el fallecimiento de los CC. Benito A. Tajonar y Antonio Zuazuo, senador el primero por el Estado de Morelos y el segundo por el de Nayarit. - De enterado, y hágase presente a la Cámara de Senadores la condolencia de ésta de Diputados.

"Solicitudes de los CC. Bordes Mangel y Ricardo Romero, relativas a que se les conceda licencia por un mes, con goce dietas.

"Se aprobaron sin discusión, previa dispensa de trámites.

"El C. Francisco Z. Moreno rindió la protesta de ley como diputado suplente por el 6o. distrito electoral de Jalisco.

"La fracción I del artículo 46 reformado del proyecto de ley sobre fraccionamiento de latifundios, cuya votación quedó pendiente en la sesión anterior por falta de quórum, fue aprobada por ciento tres votos de la afirmativa contra treinta y siete de la negativa.

"La Mesa accedió a una solicitud del C. Díaz Soto y Gama para que las listas de votación aparecieran en el DIARIO DE LOS DEBATES.

"Votaron por la afirmativa los CC. Acevedo, Aguirre Colorado Ernesto, Aguirre Colorado Fernando, Aguirre Emilio, Aja, Alanís Fuentes, Albade, Aldaco, Alvarez Vicente, Ángeles, Arroyo Ch., Avilés, Ayala, Azuara, Barbosa, Barrera de la, Bolio, Borrego, Bravo y Juárez, Camarena, Carrillo Puerto Benjamín, Castañeda Nigra, Castillo Enrique del, Castillo Garrido, Castillo Nájera, Castrejón, Cerda, Contreras Adolfo, Contreras Lucas, Correa, Chapa, Chico, Díaz Soto y Gama, Espinosa Natalio, Fernández Miguel B., Franco Cerqueda, García Adolfo G., García Socorro, Garza Candelario, Garza Francisco, González Jesús B,. González Rafael M., González y González, Guerrero Alberto, Guerrero Eduardo, Guillén, Gutiérrez Castro, Gutiérrez Macedonio B., Hernández Alvarez, Hernández Coronado, Leyva, Lira, López Soto, Macías Rubalcaba, Manrique, Maqueo Castellanos, Martínez Fernando B., Martínez Gabriel, Méndez José, Méndez Manuel F., Miravete, Montero Villar, Montes de Oca, Montes Manuel, Morales Juan Angel, Munguía Carlos B., Moreno Francisco Z., Navarro Manuel, Olguín, Ortega Antonio, Ortega José Juan, Ortiz, Padilla, Paredes, Peña Idelfonso, Pérez Gasga, Pimentel, Portales, Prieto Laurens, Rama Ramírez Francisco Modesto, Ramírez G. Benito, Ramos Esquer, Reinoso Díaz, Riva Palacio, Salazar, Sánchez Anaya José, Sánchez Gilberto, Silva, Siurob, Solís, Solórzano Federico N., Solórzano José Luis, Soto Francisco, Sánchez de Cima, Tello Romero, Torrez Francisco de la, Valverde, Vasconcelos, Velarde, Victoria y Vidales.

"Votaron por la negativa los CC. Aguilera, Aillaud, Alonzo Romero, Basaldúa, Campillo

Seyde, Castallón, castillo Agustín, Castillo Francisco, Domínguez, Espinosa Luis, Estrada, García Rojas, Gómez Cosme D., Gómez Rodrigo, Guzmán Peláez, Hidalgo Catalán, Huerta, Lara César A., Lavín, Lomelí, Martínez Gustavo S., Martínez Rendón, Miramontes, Moreno Jesús Z., Ramírez Luque, Ramírez M. Fidel, Reyes Ignacio C., Romero Ricardo, Sánchez Pablo H., Serrano Gustavo P., Serrano Hermosillo, Toro, Valadez Ramírez, Vega de la y Vergara.

"La fracción I del artículo 46 reformado, aprobada, está concebida en estos términos:

"Toda falsedad cometida ante las autoridades agrarias, cualesquiera que sean el engaño, la simulación, las maquinaciones o los artificios que la constituyan, ya consistan en declaraciones, informes, alegaciones, o en datos o documentos cuya finalidad sea la de impedir o retardar la aplicación de esta ley, será castigada con dos meses de arresto a un año de prisión y multa de quinientos a mil quinientos pesos. La circunstancia de ser abogado, de tener conocimientos en decreto, se tendrá como agravante de cuarta clase."

"Se puso a debate la fracción II del mismo artículo 46 reformado.

"En contra habló el C. Francisco Modesto Ramírez.

"Presidencia del C. Jaime A. Solís.

"El C. Díaz Soto y Gama usó de la palabra en pro, pero, no obstante, concluyó pidiendo permiso a la Asamblea, que fue concedido, para retirar la fracción II, con objeto de que las comisiones la modificaran. "Se abrió la discusión sobre la fracción III.

"El C. Vasconcelos se produjo en contra.

"Presidencia del C. Agustín Arroyo Ch.

"El C. Díaz Soto y Gama, a nombre de las comisiones, habló en pro, siendo interrumpido por aclaraciones de los CC. Huerta, Borrego, Vasconcelos, Padilla y Gandarilla. Así que el orador concluyó su discurso, contestó interpelaciones de los CC. Sánchez Pontón, Castillo Nájera y Huerta.

"En pro y en contra usaron de la palabra, respectivamente, los CC. Angeles y Pérez Gasga. Este fue interrumpido por aclaraciones del C. Díaz Soto y Gama.

"El C. Manero reclamó el quórum, y como visiblemente no lo había, la Presidencia, siendo las ocho y diez de la noche, levantó la sesión.

"Se citó para el día quince, a las once de la mañana, a sesión de Colegio Electoral, y a las cinco de la tarde, a sesión de Cámara de Diputados."

Está el acta a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba; los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Aprobada.

2

- El mismo C. secretario: Se va a dar cuenta con los asuntos en cartera.

"Poder Ejecutivo Federal .- México.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Número 6,205.

"A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presente.

"Por acuerdo del ciudadano presidente constitucional de la República, tengo el honor de remitir a ustedes, en tres fojas útiles, la Iniciativa de Ley referente a un indulto general, a fin de que se sirvan dar cuenta a esa H. Cámara para los efectos constitucionales respectivos.

"Reitero a ustedes mi atenta consideración.- Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, 16 de julio de 1921.- Por orden del secretario, el subsecretario, J. I. Lugo."- Recibo, a las comisiones unidas de Justicia, e imprímase.

(La Iniciativa de referencia está concebida en los términos siguientes:)

Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.- Número 767.

Iniciativa de ley referente a un indulto general.

Considerando: El Ejecutivo federal desea solemnizar el aniversario de la consumación de la independencia de México en forma noble y elevada que dé plena satisfacción a los sentimientos de humanidad y al mismo tiempo beneficio a un número considerable de individuos, que en un momento de extravío o víctimas de la mala educación y de circunstancias diversas, se hicierón acreedores al castigo de la ley y sufren la pena correspondiente. Indudablemente que el principio de autoridad no está en pugna con la gracia del indulto, que por el contrario es una de las manifestaciones supremas de la soberanía nacional, y puede servir para grabar en el corazón de los mexicanos el recuerdo de una fecha memorable.

Por otra parte, es notorio que los rigores del sistema penitenciario, y las pésimas condiciones de higiene, moralidad y asistencia material en las que han vivido los delincuentes, hacen que las penas que éstos sufren no estén en relación directa con las marcadas en la ley, ni respondan por su duración al pensamiento que inspiró al legislador al decretarlas, pues la penalidad de hecho es mucho más aflictiva que la de derecho.

Las consideraciones anteriores han impulsado al Ejecutivo de la Unión a solemnizar el Centenario de la consumación de lo Independencia de México, concediendo el indulto a los reos a que se refiere esta iniciativa, mediante ley que al efecto expida el Congreso federal.

Es de presumirse que las Cámaras legisladoras compartan los mismos sentimientos que abriga el Ejecutivo y decreten el indulto general que por esta iniciativa se promueve.

Artículo 1o. A fin de solemnizar el aniversario de la consumación de la Independencia de México, se concede el indulto general a los reos que en seguida se mencionan:

I. Los que el día quince de septiembre del año en curso se encuentren cumpliendo una pena menor de noventa y un días de arresto;

II. Los que en la misma fecha hayan extinguido la tercera parte de la pena a que fueron condenados y observado en la prisión buena conducta;

III. Los que en dicha fecha hayan sufrido tres años de prisión ordinaria sea cual fuere la duración de la pena a la que fueron condenados;

IV. Los encausados por delitos que merezcan una pena menor de noventa y un días de arresto.

Artículo 2o. El indulto que se concede en el artículo anterior comprenderá a los reos por delitos

federales y a los reos por delitos comunes que se encuentren sujetos a las autoridades del Distrito Federal y Territorios.

Artículo 3o. Las personas favorecidas con el indulto serán puestas en libertad el día dieciséis de septiembre del presente año.

México, julio 11 de 1921.- El presidente de la República, A. Obregón.- El secretario de Estado y del Despacho de Gobernación, P. Elías Calles. Tiene la palabra en contra el ciudadano Espinosa.

El C. Espinosa Luis: Señores compañeros: La iniciativa enviada por el Ejecutivo sobre indulto a los reos que están comprendidos dentro de la jurisdicción federal, entiendo yo que no es de la competencia del Congreso de la Unión, sino del Ejecutivo directamente. Entre las facultades que la Constitución señala al Ejecutivo de la República está la de indultar a los reos del orden Federal y también por delitos del orden Común dentro de la jurisdicción federal, es decir, en el Distrito Federal y Territorios; de tal manera, que yo creo que es ocioso el que el Poder Legislativo conozca de esa iniciativa. El ejecutivo está facultado para resolver este caso por sí solo. Yo quisiera que se aclarara este punto para que no pasara la iniciativa a Comisión y se nos hiciera perder lamentablemente el tiempo, o en caso de que esté equivocado, serviría también para orientarme de una vez.

El C. Manrique: Pido la palabra en contra del trámite.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Manrique.

El C. Manrique: Señores diputados : Creo que el ciudadano Luis Espinosa tiene una parte de razón. Lo que podemos inferir lógicamante de lo expuesto por el ciudadano Espinosa, es que la presentación de esta iniciativa del Ejecutivo a la Cámara entraña la solución de un problema constitucional; esto quiere decir que el trámite de la Mesa debe ser este: "A las comisiones unidas de Justicia y Puntos Constitucionales". Tocará a la Comisión de Puntos Constitucionales decidir si es o no de la competencia del Congreso de la Unión el conceder esta amnistía o indulto general; pero el hecho solo de haber sido enviada esta iniciativa por el Ejecutivo, nos obliga a tomarla en consideración, debiendo pasar inmediatamente a Comisión, según el reglamento vigente. Me opongo, pues, al trámite, lo mismo que el compañero Espinosa; pero no para pedir que vaya al archivo, esto se desprende de las palabras del ciudadano Espinosa, sino que se reforme en este sentido: "A las comisiones unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, e imprímase."

El C. Espinosa Luis: Pido la palabra. La fracción XIV del artículo 89 de la Constitución dice textualmente:

"Las facultades y obligaciones del presidente son las siguientes:

"XIV. Conceder, conforme a las leyes, indultos a los reos sentenciados por delitos de competencia de los tribunales federales y a los sentenciados por delitos del orden Común, en el Distrito y Territorios."

Y precisamente como la iniciativa enviada por el Ejecutivo está enteramente de acuerdo con el espíritu de ese precepto constitucional, yo creo que es ocioso enviarlo tanto a la Comisión de Justicia como de Puntos Constitucionales; pero no quiero oponerme, tal vez sea preferible no precisamente proceder con la ligereza que yo propongo, y acepto el trámite propuesto por el compañero Manrique, pidiendo, por lo tanto, a su señoría, que tenga a bien modificarlo en ese sentido.

El C. presidente: La Presidencia, teniendo en cuenta las vazones del diputado Manrique y del diputado Espinosa, reforma el trámite en el sentido de que pase también a la Comisión de Puntos Constitucionales.

El C. secretario Valadez Ramírez: El trámite quedará así: "Recibo, y a las comisiones de Justicia y Puntos Constitucionales, e imprímase."

- El mismo C. secretario, leyendo:

"La Secretaría de Gobernación envía un ocurso por el que la agrupación "Confraternidad y Libertad", de Veracruz, solicita se decrete la gracia de indulto a los sentenciados por los fueros Federal y Militar, en conmemoración del centenario de la consumación de nuestra independencia."-Recibo, y a su expediente.

"Numerosos ciudadanos recluídos en las cárceles de Orizaba, Nayarit, Querétaro, Veracruz, Distrito Federal y Toluca envían ocho memoriales, por los que suplican que el Congreso de la Unión se sirva aprobar la Ley de Amnistía General en conmemoración del aniversario de la consumación de nuestra independencia."-Recibo, y a su expediente.

"El C. Luis G. Hernández pide atentamente que al promulgarse la Ley de Indulto para los reos políticos y civiles se haga extensiva para los ciudadanos exfederales que se encuentran injustamente fuera del servicio. "- Recibo, y a su expediente.

"H. Asamblea:

"Tengo el honor de informar a vuestra soberanía, que la Comisión nombrada para llevar una ofrenda floral al monumento del Benemérito de las Américas, Benito Juárez, y que tuve el honor de presidir, cumplió debidamente con su encargo.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, 19 de julio de 1921.- M. Montero Villar".- De enterado con agradecimiento.

"H. Asamblea:

"Con dispensa de todo trámite, muy atenta y respetuosamente me permito solicitar de vuestra soberanía una licencia, con goce de dietas, hasta por treinta días. El objeto de esta licencia es trasladarme al distrito electoral que represento, por haber sido llamado por mis comitentes, y al arreglo de asuntos de familia.

"México, a 15 de julio de 1921.- M. G. Rojas."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Se dispensan los trámites Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo, Concedida.

- El mismo C. secretario, leyendo:

Telegrama procedente de "Durango, el 15 de julio de 1921.

"Cámara de Diputados:

"Ratifico ocurso solicitando prórroga licencia veinte días, goce sueldo, dispensándose trámites, suplico concedérmela.- Rodrigo Gómez."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Se dispensan los trámites Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se concede. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Concedida.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presente.

"Muy atentamente suplico a ustedes se sirvan dar cuenta con ésta mi solicitud a la H. Asamblea, para que, con dispensa de todo trámite, se sirva concederme 10 días con goce de sueldo, contados desde el 20 del actual, pues necesito con toda urgencia trasladarme a mi distrito electoral al arreglo de asuntos urgentes de familia.

"Al suplicar a ustedes se sirvan acceder a lo solicitado, es para mí muy grato protestarles mi más atenta y distinguida consideración y personal aprecio.

"Sufragio Eefectivo. No Reelección.- México, 15 de julio de 1921.- El diputado por el 9o. distrito electoral de San Luis Potosí, doctor H. E. Vidales."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Se dispensan los trámites.Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se concede. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Concedida.

"H. Asamblea:

"Atentamente pido a vuestra soberanía se me conceda licencia hasta por un mes, con goce de dietas, por tener importantes asuntos que arreglan en mi distrito.

"Pido dispensa de trámites.

"México, julio 19 de 1921.- D. Cerda."

En votación económica se consulta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Se dispensan los trámites Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se concede. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Concedida.

- El mismo C. secretario: Continúa la discusión del proyecto de Ley sobre Fraccionamiento de Latifundios. A discusión la fracción III del artículo 46 que dice así:

"Los terratenientes que con igual propósito acudan a la estratagema de enajenar, hipotecar o arrendar sus fincas a extranjeros, para provocar dificultades diplomáticas, sufrirán la pena de tres años de prisión y multa de cinco mil a veinte mil pesos, sin perjuicio de la pérdida de ciudadanía." Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, se servirán pasar a inscribirse.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano diputado Aquilino Rama.

- El mismo C. secretario: No encontrándose en el salón el ciudadano diputado Rama y no habiendo más oradores inscriptos, en votación económica se consulta si ha lugar a votar la fracción III del artículo 46. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Hay mayoría de pie. Ha lugar a votar la fracción III. Se procede a recoger la votación nominal.

Se va a leer la fracción que se va a votar:

"Los terratenientes que con igual propósito acudan a la estratagema de enajenar, hipotecar o arrendar sus fincas a extranjeros, para provocar dificultades diplomáticas, sufrirán la pena de tres años de prisión y multa de cinco mil a veinte mil pesos, sin perjuicio de la pérdida de la ciudadanía."

El C. Manrique: Para una moción de orden, señor presidente. Yo me permito sugerir, para ahorrar un poquillo de tiempo, que se considere esta fracción como no objetada y se reserve; es posible que posteriormente haya dos o tres fracciones más, tabién no objetadas o tampoco objetadas y, en ese caso, pueden votarse en un solo acto.

El C. secretario Valadez Ramírez: La Secretaría hace la aclaración de que hablaron en contra de esta fracción los ciudadanos Vasconcelos y Pérez Gasga.

El C. Manrique: Bueno, no tengo nada que oponer; creí que se trataba de una fracción no objetada.

El C. Lechuga Leobardo: Por la afirmativa.

- El mismo C. secretario: Por la negativa.

(Se recoge la votación.)

El C. Lechuga: Votaron por la afirmativa 90 ciudadanos diputados.

El C. secretario Valadez Ramírez: Votaron por la negativa 36 ciudadanos diputados. Ha sido aprobada la fracción III del artículo 46.

El C. Domínguez Norberto: Suplico que consten los nombres de los que votamos en contra; por lo menos, el mío.

- El mismo C. secretario: La Secretaría informa al ciudadano Domínguez que todas las listas de votación se publican en el "Diario de los Debates." (Las listas de votación de referencia son las siguientes: Votaron por la afirmativa los siguientes ciudadanos diputados: Aguilera, Aguirre Colorado Fernando, Aguirre Emilio, Alanís Fuentes, Alba, Alessio Robles Angeles, Arrioja Isunza, Avilés, Ayala,

Barragán Enrique M; Borrego, Calderón, Camarena, Cano, Castillo Enrique del, Castillo Garrido, Castillo Nájera, Cerda, Cervantes, Colón, Contreras Lucas, Chico, Díaz Soto y Gama, Fernández Martínez, Garza Candelario, Garza Francisco, González Rafael M., González y González, Guadarrama, Guerrero Eduardo, Gullén, Gutiérrez Castro, Gutiérrez Macedonio B., Gutiérrez Teodomiro., Guzmán Luis, Hernández Alvarez, Hernández Macario M., Hidalgo Catalán, Huerta, Lavín, Leyva, Lira, Lomelí, López Soto, Llaca, Manrique, Maqueo Castellanos, Martínez de Escobar Rafael, Méndez José, Méndez Manuel F., Miravete, Montes de Oca, Morales, Moreno Jesús Z., Munguía Carlos B., Munguía Clemente, Navarro Manuel, Olguín, Ollivier, Ortega Antonio, Ortega José Juan, Ortiz, Padilla, Paredes, Peña Francisco de la, Pichardo, Pimentel, Ramírez Miguel, Reyes Ignacio C., Reyes Tereso, Reynoso Díaz, Riva Palacio, Rivera Cabrera, Salazar, Sánchez Gilberto, Serrano Hermosillo, Siurob, Solórzano Federico N., Solórzano José Luis, Soto Francisco, Tello Romero, Trejo Erasmo, Valverde, Vega, Velarde, Victoria, Villegas, Zárate y Zuno. Total, 90.

Votaron por la negativa los siguientes ciudadanos diputados: Acevedo, Alarcón, Alonzo Romero, Castañeda Nigra, Castañón, Castillo Francisco, Contreras Adolfo, Domínguez, Espinosa Luis, Franco Abraham, Franco Cerqueda, Gálvez, Gámiz, Gandarilla, Gómez Carlos, Gómez Cosme D., Gómez Luna, González Jesús B., Lechuga, Manero, Márquez, Martínez Fernando B., Mastache, Miramontes, Palacio, Pérez Gasga, Ramírez Luque, Ramírez M. Fidel, Salgado, Sánchez Anaya, Serrano Gustavo P., Silva, Toro, Tovar y Pérez, Valadez Ramírez, Vasconcelos, y Vergara. Total, 36.)

Las comisiones unidas 1a. y 2a. Agrarias presentan el inciso II reformado del artículo 46 que dice así:

"Los latifundistas que con el objeto de eludir o retardar el fraccionamiento de sus propiedades, promuevan amparos que sean desechados de plano por improcedentes, o aquellos que fuesen negados por haberse interpuesto sin motivo pagarán una multa de quinientos a cinco mil pesos. A los abogados o procuradores que intervengan en esos amparos, se les impondrá una multa de cien a mil pesos."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse. No habiéndose inscripto nungún orador, en votación económica se consulta si ha lugar a votar la fracción II que se acaba de leer. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Hay mayoría de pie. Ha lugar a votar la fracción II del artículo 46. No habiendo sido objetada, se reserva para su votación. A discusión la fracción IV. "El propietario de un latifundio que simule enajenaciones o que directa o indirectamente se ponga de acuerdo con otras personas, para que soliciten parcelas de su finca, con el fin de que de hecho y a pesar de las apariencias en contrario, se conserve en las mismas condiciones de latifundio, sufrirá una pena de seis meses de arresto a dos años de prisión y una multa de quinientos a cinco mil pesos, sin perjuicio de que se haga efectivo el fraccionamiento de su finca. En caso de reincidencia, se aplicará la pena en una mitad. A los cómplices se les aplicará la mitad de la pena señalada para los autores del delito."

Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, se servirán pasar a inscribirse.

El C. Siurob: Pido la palabra. Hay un error en la parte que dice: "En caso de reincidencia se aumentará la pena" en vez de aplicará.

- El C. secretario Valadez Ramírez:"....en caso de reincidencia se aumentará la pena en una mitad." No habiendo oradores inscriptos, en votación económica se consulta si ha lugar a votar la fracción IV. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Hay mayoría de pie. (Voces: ¡No hay mayoría!) Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Hay mayoría de pie. Ha lugar a votar la fracción IV. No habiendo sido objetada, se reserva para su votación. A discusión la fracción V. "Los propietarios que para evitar o retardar el fraccionamiento, den terrenos en venta, arrendamientos o en otra forma cualquiera, a militares, a vecinos de los pueblos cercanos o a cualesquiera otras interpósitas personas, con el propósito deliberado de utilizar a aquellos como instrumentos, para provocar conflictos con los labriegos solicitantes de tierras, serán castigados con la pena de uno a tres años de prisión y con multa de mil a cinco mil pesos, según la gravedad del caso. A los cómplices se les aplicará la mitad de la pena."

Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, se servirán pasar a inscribirse. No habiendo oradores inscriptos, en votación económica se consulta si ha lugar a votar la fracción a debate. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Hay mayoría de pie. Ha lugar a votar la fracción V. No habiendo sido objetada, se reserva para su votación. A discusión la fracción VI que dice lo siguiente: "Los individuos que por medio de amenazas o de violencias, impidan o estorben el cumplimiento de la presente ley, se opongan a las diligencias de mediciones u otras previstas por aquéllas u hostilicen a los solicitantes de tierras, serán castigados con la pena de uno a tres años de prisión sin perjuicio de los castigos que les correspondan conforme al Código Penal. si las violencias llegaren a constituir otro delito penado por éste. Si se tratare de latifundistas, pagarán además una multa de mil a diez mil pesos, y si los delincuentes fueren militares o funcionarios públicos, les será duplicada la pena de prisión."

Está a discusión.

El C. Borrego: Favor de repetir la lectura, por que no se oyó nada.

El C. secretario Valadez Ramírez: Se va a leer nuevamente la fracción VI: "Los individuos que por medio de amenazas o de violencias, impidan o estorben el cumplimiento de la presente ley, se opongan a las diligencias de medición u otras previstas por aquéllas u hostilicen a los solicitantes de tierras, serán castigados con la pena de uno a tres años de prisión sin perjuicio de los castigos que les correspondan conforme al Código Penal, si las violencias llegaren a constituir otro delito penado por éste. Si se tratare de latifundistas,

pagarán además una multa de mil a diez mil pesos y si los delincuentes fueren militares o funcionarios públicos, les será duplicada la pena de prisión."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra se servirán pasar a inscribirse. No habiendo oradores inscriptos, en votación económica se consulta si ha lugar a votar la fracción VI. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Hay mayoría de pie. Ha lugar a votar la fracción VI. No habiendo sido objetada, se reserva para su votación. A discusión la fracción VII: "

Los latifundistas o sus agentes clericales o laicos, que de palabra o por escrito provoquen la comisión de un delito contra los solicitantes o adjudicatarios de tierras, serán castigados con prisión de uno a cinco años, según la gravedad del delito a cuya comisión provoquen y los primeros, además, pagarán una multa de mil a diez mil pesos. La pena de prisión será duplicada, si los delincuentes fueren funcionarios públicos, bien sea que se demuestre o no que obran de acuerdo con los latifundistas;"

Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, se servirán pasar a inscribirse. No habiendo inscripto ningún orador, en votación económica se consulta si ha lugar a votar la fracción VII. Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. Hay mayoría de pie. Ha lugar a votar la fracción VII. No habiendo sido objetada, se reserva para su votación. A discusión la fracción VIII: "Serán castigados con la pena de arresto mayor los latifundistas o sus agentes, los ministros de cualquier culto o los funcionarios y empleados públicos que, abusando de su influencia moral y económica sobre las masas, o del cargo que desempeñan, inciten al desobedecimiento de las leyes agrarias, u obstruccionen la reforma agraria, por medio de ataques sistemáticos o insidiosos, tanto de palabra como por escrito, contra las autoridades encargadas del reparto, o contra los individuos que ejerciten o se preparen a ejercitar el derecho a la tierra consagrado por las leyes agrarias; siempre que con esos ataques se deturpe, anatematice o desconceptúe a unos u otros, ante la pública opinión."

Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, se servirán pasar a inscribirse.

El C. Gandarilla: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Gandarilla: Para suplicar, por su conducto, a la Comisión, nos haga el honor de fundar este bellísimo (?) precepto.

El C. Díaz Soto y Gama: Señores diputados: Yo creía que el compañero Gandarilla había asistido a las sesiones en donde la Comisión ha tenido el cuidado de ir marcando los actos de obstrucción a las leyes agrarias cometidos por los agentes clericales y laicos de los hacendados; pero parece que no es así. Ya explicaron las comisiones unidas la conducta del Clero de Jalisco, ya se leyeron quejas concretas de la Liga de Comunidades Indígenas de ese Estado, que abarca ciento cincuenta y tantas comunidades, en las cuales quejas se detallan uno a uno los casos en que el Clero, por medio de predicaciones insidiosas contra las leyes agrarias, impide su cumplimiento; de manera que este artículo va dirigido especialmente contra los malos sacerdotes Voy a repetir algunos de los casos, leyéndolos, para que no se crea que invento, y al mismo tiempo haré una recapitulación lo más breve posible de las iniquidades que están cometiendo curas y hacendados para impedir el cumplimiento de las leyes agrarias. Desean las comisiones que en el DIARIO DE LOS DEBATES consten las razones que se han tenido para que no mañana se diga que estos artículos fueron inquisitoriales, feroces, producto de un odio selvático, etcétera, etcétera. Forma de predicación, compañero Gandarilla, (Risas.) autor de la interpelación, forma de la predicación insidiosa usada por el Clero de Jalisco para obstruccionar la reforma agraria. Un caso:

"La comunidad indígena de Jocotepec, Jalisco, se quejó a la Liga de Comunidades, de que en el curato y a las altas horas de la noche los terratenientes celebraban juntas para tratar sobre el agrarismo, asegurando tenían armas en el curato. (La Liga transcribió tal informe al Ejecutivo, sin que se haya visto procedimiento ninguno.)

"La misma comunidad se quejó y pidió a la Liga un borrador de ocurso para acusar al cura del lugar por la guerra implacable e insolente al agrarismo, en la cual trata de bandidos a los solicitantes de tierras, a las autoridades agrarias, al Gobierno y personalmente hasta el gobernador y presidente de la República, sin que la autoridad ponga coto a tales insultos."

Otro caso: "El cura de uno de los pueblos del Estado..."(Voces: ¿Cuál?) Se me dice que Jamay, sin asegurar; firmado el informe por el secretario de la Liga de Comunidades de Jalisco, Alfredo Estrada, con fecha junio 24 de 1921.

"El cura de uno de los pueblos del Estado, cuyo nombre no lo recuerdo por el momento, todos los domingos al salir la gente de la misa mayor y después de haber anatematizado al pueblo, se sitúa en las afueras del templo con dos mesas, haciendo firmar en una de ellas a los que no quieren tierras, llamándolos honrados, buenos católicos, respetuosos de lo ajeno, y señala la otra mesa para que firmen los que quieren tierras, calificándolos de sirvergüenzas, bandidos, etcétera."

¿Esta propaganda es insidiosa? ¿Esta propaganda es delictuosa o es inocente o de buena fe? ¿Esta propaganda cae o no bajo la acción del Código Penal? Las Leyes de Reforma, elevadas al rango de constitucionales por el ilustre Lerdo, tienen un artículo que leí en esta Cámara, y que dice: Es delito incitar al desobedecimiento de las Leyes de Reforma. Nosotros decimos, parodiando a los reformadores de aquella época: "Es delito incitar al desobedecimiento de las leyes agrarias". Yo no sé el compañero Gandarilla por qué califica este artículo de bellísimo; ¿por demasiado suave contra los transgresores?

El C. Gandarilla: ¿Quiere que conteste? Califico esto con...(Campanilla.) Con permiso de su señoría, el señor presidente, y atendiendo a la interpelación del señor orador. Califico, señor Soto y Gama, señor licenciado don Antonio Díaz Soto y Gama, este artículo de bellisimo (?), porque, en mi concepto...He leído una frase en este artículo, en que ustedes, los miembros de la Comisión, han englobado varias proposiciones, y entre esas varias

proposiciones se ha hecho una mescolanza, de la cual podemos sacar este precepto hermosísimo (?): dice:

"Serán castigados con la pena de arresto mayor los latifundistas o sus agentes los ministros de cualquier culto o los funcionarios y empleados públicos que, abusando de su influencia moral o económica sobre las masas, o del cargo que desempeñan, inciten al desobedecimiento de las leyes agrarias, u obstruccionen la reforma agraria, por medio de ataques sistemáticos o insidiosos, tanto de palabra como por escrito, contra las autoridades encargadas del reparto, o contra los individuos que ejerciten o se preparen a ejercitar el derecho a la tierra consagrado por las leyes agrarias; siempre que con esos ataques se deturpe, anatematice o desconceptúe a unos u otros, ante la pública opinión"

Y yo digo que este es un artículo preciosísimo (?) porque sencillamente ustedes cierran la boca de una vez para todas a la opinión pública o a la opinión de los individuos honrados, y dicen: "cualquiera que hable o escriba contra esta ley; cualquier individuo que venga a calificarla de palabra o por escrito-como ustedes dicen expresamente-, serán castigados" con esta pena. Y digo que es bellísimo (?), porque para mí estas tendencias radicales tan hermosas no son realmente radicales, sino bellísimas (?) cuando vienen de su señoría!...(Aplausos. Siseos.)

El C. Díaz Soto y Gama: Pues veo que no leyó el artículo o que lo leyó distraído, probablemente pensando en alguna otra cosa el compañero, porque el artículo está muy claro...

El C. Gandarilla, interrumpiendo: Aquí está.

El C. Díaz Soto y Gama: Aquí lo tengo, compañero. Que no lo leyó el compañero y no se fijó en la parte final.

El C. Gandarilla: ¡En todo lo he subrayado para que lo vea!...

El C. Díaz Soto y Gama, continuando: Para que exista este delito, va usted a ver la cantidad de elementos que la Comisión exige: primero, que abuse el Clero o el ministro del Clero o el latifundista, o el empleado o el funcionario público, de toda su influencia moral o económica sobre las masas. ¿Le parece a usted lícito que el Clero abuse de su influencia sobre las masas para impedir el progreso del país y la redención del campesino?¿Le parece a usted eso lícito? ¿Le parece a usted lícito que el Clero, el defensor del humilde, el discípulo del Maestro de Galilea, que predicó contra la riqueza y que defendió siempre a los que tienen hambre y sed de justicia, a los pobres de espíritu, a los humildes y a los mansos; le parece a usted lícito que ese Clero se ponga a defender a los fariseos, se ponga a defender a los poderosos, a aquellos que Cristo calificó de "malditos de mi padre", y de quienes dijo: "tuve hambre y no me disteis de comer; tuve sed y no me disteis de beber"? Le parece a usted lícito que el Clero traicione a su Maestro, y además de faltar a sus principios, se constituya en cómplice de los enemigos del pueblo, como son los hacendados? ¿Le parece a usted lícito que el Clero, que no debe meterse en asuntos temporales, sea el primero en trastornar el orden público? ¿Le parece a usted lícito que el Clero falte al precepto de su Maestro, que consiste en dar al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios? ¿Le parece a usted lícito que el Clero se constituya en cómplice de los enemigos del pueblo, y enemigo del pueblo abusando de una doctrina que mal interpreta?

El C. Gandarilla: ¿Me permite contestar?

El C. Díaz Soto y Gama: Sí, señor.

El C. Gandarilla: Con permiso de su señoría. Alabo y aplaudo de todo corazón las ideas expuestas por el compañero Soto y Gama; como liberal radical soy enemigo de los ardides de la clerecía; usted lo sabe perfectamente bien. Pero usted, con esas argucias, muy suyas, confunde torpemente lo que yo digo, lo que yo afirmo, con lo que usted afirma y con lo que usted dice. Yo nunca me convertiré en defensor de la clerigalla, al contrario, siempre que he podido la he atacado; pero yo digo que en este artículo, en este conglomerado de preceptos viene usted a englobar muchos conceptos. Esto es lo que yo califico de bellísimo (?), porque me parece monstruoso. No vengo a defender a los curas, ojalá que los curas desapareciesen de esta República; yo lo único que deseo es suplicarle que me haga el favor de contestar a la interpelación; por lo demás, la Asamblea no quiere saber mi opinión, ni yo menos, sino que quiere conocer la de usted sobre este punto principal.

El C. Díaz Soto y Gama: Con permiso de la Presidencia. Voy a interpelar primero, a mi vez, al compañero Gandarilla para que me diga: ¿en qué consiste lo monstruoso del artículo?

El C. Gandarilla: La monstruosidad del artículo consiste, a mi modo de ver, en esto: Dice usted: "Un terrateniente o sus agentes, etcétera, que por algún medio vengan a escribir o a hablar" - de tal manera que estos escritos o esa manera de hablar vengan en - "contra de las autoridades agrarias, de las leyes agrarias, etcétera, serán castigados con esa pena"; lo que ataca la libertad de pensamiento y la libertad de escribir, conforme al artículo 7o. constitucional. Yo le suplico que....

El C. Díaz Soto y Gama, interrumpiendo: ¿Me permite usted que lo interpele?

El C. Gandarilla, continuando: Yo le suplico que no me interpele más. ¡Se lo suplico!....

El C. Díaz Soto y Gama: El compañero tiene razón, porque no oye lo que se le dice y por esto no quiero convencerlo. Me dirijo, pues, a la Asamblea. No dice el artículo lo que el compañero quiere hacerle decir; el artículo dice: "Es delito el hecho de obstruccionar la reforma agraria, por estos medios, siempre que concurran estos requisitos: primero, que un empleado o un funcionario público abuse de su poder moral, de su posición oficial sobre las masas. Que un cura, que un ministro del culto abuse de su poder; que un hacendado abuse de su poder económico. Primer requisito. Segundo: que ataque a las autoridades encargadas del reparto, a los solicitantes de tierras. Tercer requisito: que esos ataques constituyan algo que equivalga a estigmatizar, anatematizar o deturpar ante la pública opinión a las autoridades o a los solicitantes de tierras.

No tiene nada de monstruoso el artículo. Puede abrirse el Código Penal y se encontrará ahí que el hecho sólo de denigrar a cualquier particular es ya un delito. Aquí, además, habrá la difamación, la

deturpación, el anatema, la estigmatización ente el público de una persona. Hay, además, el factor de obstrucción a la Ley Agraria, y factor abuso del poder económico o moral o de la posición oficial, y el factor obstrucción sistemática o insidiosa contra las autoridades encargadas del reparto. Bastaría quizá cualquiera de estos factores para que se constituyera el delito. La Comisión los acumula para no pecar de excesiva, para no pecar de demasiado severa. Voy a leer los artículos relativos del Código Penal, para que se vea que este artículo es algo que no tiene ninguna novedad:

"Injuria es: toda expresión proferida y toda acción ejecutada para manifestar a otro desprecio, o con el fin de hacerle una ofensa."

Nótese el paralelismo con las expresiones de la ley: "siempre que con esos ataques se deturpe, anatematice o desconceptúe a unos u otros, ante la pública opinión."

Vamos a ver cómo existe el mismo paralelismo todavía más acentuado entre este artículo y el que define la difamación en el Código Penal:

"Artículo 642. La difamación consiste: en comunicar dolosamente a una o más personas la imputación que se hace a otra de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causarle deshonra o descrédito, o exponerlo al desprecio de alguno."

Estas expresiones son sinónimas, equivalentes en castellano, a estas otras: "deturpar, anatematizar, desconceptuar ante la pública opinión", es equivalente a causar deshonra o descrédito a una persona ¿Por qué, pues, el compañero Gandarilla declaró esto monstruoso? No alcanzo a entenderlo. Quiero desentenderme ya de la declaración del compañero para citar hechos concretos; voy a acabar con Jalisco y pasaré después con Michoacán.

"La mayoría de los curas de los pueblos predican en contra del agrarismo, lanzando insultos a los solicitantes de tierras, a los agraristas, a las autoridades agrarias y al Gobierno, sin que se haya dado el caso de que alguna autoridad local, ya sea presidente municipal, juez, agente del Ministerio Público, haya procedido a exigir la responsabilidad de aquel sacerdote o sacerdotes."

Se necesita, pues, darle base a la autoridad para que pueda exigir estas responsabilidades.

"Los curas y los terratenientes hacen firmar al pobre pueblo las protestas de que no quieren tierras, haciéndolas publicar; de estos son muchísimos los casos de que la Liga tiene quejas."

¿En qué forma obligan los curas, agentes de los hacendados, vendidos a los hacendados, y algunas veces las autoridades municipales, también vendidas a los hacendados, en qué forma obligan al pobre pueblo - como dice el escrito - a declarar que no quieren tierras? Del modo siguiente:

"La comunidad de Cocula se quejó de que en sus gestiones de conseguir tierras para sembrar en el presente año como aparceros o arrendatarios; sólo se las concedían si iban a retractarse ante el cura bajo juramento, dándoles unas boletas el sindicato católico, con lo que acreditaban su obligación de no solicitar tierras."

¿Se quiere mayor infamia que obliga a gente fanática, abusando de la influencia religiosa que tiene el clero, obligarla a que bajo juramento vaya a retractarse de su petición de tierras y a amenazarla, de más a más, con la terrible presión económica de que si no se retractan no tendrán tierras ni siquiera en arrendamiento, en aparcería o a jornal? ¿Esto es delictuoso o no es delictuoso? ¿Esto es monstruoso, como dice el compañero Gandarilla, o es la defensa natural de la autoridad civil contra la otra autoridad que siempre se le atraviesa al paso, la autoridad clerical? ¿Es otro el origen de las leyes de Reforma, que el deseo de evitar que la iglesia constituya un Estado contra el Estado? ¿Ya olvidó esa parte el compañero Gandarilla: el criterio liberal, que consistía en eso, evitar que los clérigos se constituyan en autoridad, frente a frente de la autoridad legítima, en Gobierno subversivo frente a frente del Gobierno reformista? ¿Ya olvidó el criterio de Juárez? ¿Está más atrás de Juárez y de Lerdo? ¡Es esto verdaderamente inconcebible! ¿O vamos a dejar que el clero trastorne y derribe el orden social?

El C. Manrique, interrumpiendo: Ayer fue 18 de julio.

El C. Díaz Soto y Gama, continuando: ¿Por qué al Clero se le metió en cintura en la época de reforma? ¡Porque entonces había energías y hoy no! (Aplausos.) Hoy todos, más o menos, queremos estar bien con el Clero, porque al estarse bien con el Clero se está bien con la sociedad, se está bien con las familias, se está bien con las damas hermosas, y cual más cual menos tienen la poca fibra de inclinarse ante el sexo débil, inclinarse ante los atractivos de la sociedad, cuando sobre los atractivos, inclusive sobre los atractivos del sexo débil, está el deber de la virilidad, de la verdadera virilidad de imponer sus principios. Y sepa el compañero Gandarilla que por esa cobardía del elemento llamado liberal, por eso se encuentran casos verdaderamente dolorosos, como el de ver a jóvenes convertidos en caballeros de Colón, a jóvenes educados por el Clero, porque los liberales tuvierón la cobardía, por miedo, por no saberse imponer en su hogar, de mandar a sus hijos a educarse en "Mascarones", a colegios de jesuítas, a colegios clericales. Y esa cobardía eterna de los llamados liberales en México es la que tiene que reprimirse, que evitarse, y si al compañero Gandarilla se le acabó su espíritu progresista, si quiere que el Clero vuelva otra vez a tener intervención en los asuntos públicos, vote contra el artículo, y si se quiere tener otra vez a raya al Clero, que se apruebe este artículo, que es demasiado suave. Vamos a estudiar ahora lo que está pasando en Michoacán, y conste que todo esto lo hemos hecho los agraristas sobre la base de documentación que tenemos en el Partido Agrarista, no hemos venido a improvisar, a sacar una legislación nueva de nuestra cabeza, la hemos sacado del cúmulo de documentos que hemos tenido, documentos que a diario van a dar a nuestro archivo y que conocerá la nación alguna vez en detalle. Carta de Zitácuaro, fechada el 3 de abril, dirigida al Partido Agrarista:

"Por otra parte, tan luego como los terratenientes se dieron cuenta de que acabamos de iniciar una nueva etapa de propaganda, han procurado contrarrestar nuestra labor, enviando a numerosos curas a las haciendas..."

Una verdadera cruzada contra el agrarismo, y todavía hay ciegos que no ven esa cruzada.

"...a predicar contra el agrarismo, y estos párrocos aconsejan a los campesinos que no crean al Gobierno, que reciban mal y si es posible maten a los "agitadores".

Este caso de Michoacán, de excitar directa y expresamente los párrocos a las masas a que asesinen a los que llaman "agitadores", es decir, a los agraristas se ha repetido en Guanajuato, en Pénjamo, en el distrito que aquí representa el compañero Francisco Soto, y yo invito muy atentamente al compañero Francisco Soto a que repita ante la Cámara qué vio, qué supo en su distrito en la última visita que acaba de hacer.

El C. Soto Francisco: Pido la palabra para contestar la interpelación del orador, señor presidente.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Soto Francisco: El caso de mi distrito es mucho más grave que las consideraciones expuestas por los distintos miembros de la Comisión, porque no sólo se limita el Clero a excitar allí, digamos de una manera tranquila en contra de la reforma agraria, sino que ha llegado a corromper a un grupo de hombres armados para que se echen encima como fieras salvajes sobre todos los que hablan de tierras. En mi distrito, por la denuncia del Clero, en convivencia con los hacendados, son acusados de protestantes y de bolcheviques y, por consiguiente, todos los reaccionarios y defensores del latifundismo tienen derecho hasta de quitarle la vida a estos hombres que se concretan a expresar públicamente, de una manera tranquila, sus ideas. En la última visita que hice a mi distrito se vió el caso de un asesinato descaradamente cometido por ellos y sin otro motivo que las peticiones agraristas de la persona en quien se verificó el asesinato. Yo, como era natural, solicité una intervención enérgica de las autoridades. Al principio se me dijo que había sido por cuestiones de embriaguez. Más tarde todos llegaron a saber, incluso las autoridades, cuál era el verdadero motivo. No se ha podido hacer nada hasta aquí en vista de la lenidad de las autoridades; desde el Gobierno del Estado hasta los presidentes municipales del Estado de Guanajuato están controlados casi en su totalidad por los caballeros de Colón. Es verdaderamente lamentable lo que sucede en aquel distrito y en otros muchos del Estado de Guanajuato. Otros, por ventura, están substraídos todavía a esta acción desenfrenada del Clero y a la más descarada de los famosos caballeros de Colón; pero en mi distrito, repito, el Clero está incitando desenfrenadamente al asesinato de todos aquellos que piensan y sienten en el sentido de la reforma agraría.

El C. Díaz Soto y Gama: Agradezco al compañero su explicación. Sepa la Cámara que en el Estado de Michoacán, Ladislao Molina, agente reconocido del Clero, se dedica desde hace varios meses al asesinato de campesinos, y desgraciadamente ha contado con el apoyo del general jefe de las operaciones, Alfredo García, sin que haya sido posible lograr hasta la fecha, como le consta al compañero Villegas, que cumpla la Secretaría de Guerra su promesa, de quitar de allí al jefe de las operaciones, García, que es un estorbo para el cumplimiento, para la realización de la reforma agraria. Yo le ruego al compañero Villegas me diga si es cierto o no que los voluntarios del Estado, manejados por Ladislao Molina y excitados por el Clero, han estado protegidos por el jefe de las operaciones en Morelia, general García, y si es cierto o no que no se ha logrado tadavía hasta la fecha que la Secretaría de Guerra cumpla con la promesa de quitar de allí a García, como ofreció que lo haría con todos los jefes que estorbasen la reforma agraría y que cambiaría de un lugar a otro a los jefes para que no creasen intereses por su permanencia demasiado prolongada en un mismo distrito. Ruego al compañero me conteste sobre los crímenes de Ladislao Molina y del asesinato de Apopeo, que me diga cuántos campesinos han sido asesinados por la acción conjunta de hacendados, clericales y latifundistas en el Estado de Michoacán.

El C. Villegas: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Villegas: Honorable Asamblea: Es verdad lo que acaba de asentar desde esta tribuna el ciudadano licenciado Antonio Díaz Soto y Gama. El jefe de las operaciones en Michoacán está completamente entregado a la reacción, está completamente de parte del Clero. El jefe de las operaciones en Michoacán ha ido a Uruapan, al distrito que yo represento, y ha sido recibido en aquella ciudad por el cura del lugar, Manuel Sandoval, con todos los caballeros de Colón, lanzando vítores a la entrada de este individuo como si fuera un César triunfante. En Pátzcuaro, el presidente municipal de aquel lugar obligó al vecindario de la ciudad a que adornase los frentes de sus casas con motivo de la entrada del jefe de las operaciones, Alfredo García, y obligó también a un grupo de vecinos a que hiciera una manifestación pública, manifestando en ella que el jefe de las operaciones era el hombre que estaba al servicio de los grandes intereses y de la gente honrada, condenando e insultando a todos los indígenas y a todos los individuos que han solicitado tierras, y para lo cual ha sostenido a un individuo con cuatrocientos y pico de hombres armados para estar impidiendo la dotación de ejidos en aquella zona.

Ultimamente se comisionó al mismo Ladislao Molina para que fuera a hacer la entrega de la dotación de ejidos del pueblo de Huiramba, pero inmediatamente después obligó a los individuos que habían solicitado tierras a que firmaran un acta en la cual se retractaban de aquella petición por indebida, por injusta y por ser esto garantía de honradez; los individuos aquellos, amenazados por las carabinas de Molina, firmaron aquella acta en la que manifestaban que no deseaban la dotación de ejidos. Ultimamente se ha gestionado la retirada del jefe de las operaciones de aquella entidad, porque manifiestamente está del lado de los hacendados, y los indígenas del pueblo de Perapán y de Los Reyes le han manifestado al Gobierno de aquella entidad que están dispuestos -si él lo quiere- en un momento dado a sacar de allí por la fuerza al jefe de las operaciones; pero el gobernador del Estado ha querido mantenerse en una actitud ecuánime, esperando ver si el Gobierno del centro procura removerle aquel obstáculo. Sin embargo, las circunstancias han llegado a tal grado que ya están excitados los ánimos de los

indígenas porque constantemente se les está matando, constantemente se les está atropellando y no es remoto que el día menos pensado intenten echar fuera al jefe de las operaciones de aquel lugar, por que materialmente es insoportable. He cumplido.

El C. Díaz Soto y Gama: Casualmente encuentro en el bolsillo un periódico que hoy fue depositado en mi apartado de la Cámara. "El 123", órgano del Partido Socialista, Morelia, jueves 14 de julio de 1921.

"Una burla sangrienta de las leyes revolucionarias.

"Se firmó un pacto criminal entre los latifundistas y el militarismo, para privar a los campesinos de Huiramba de las tierras con que fueron dotados por la Comisión Nacional Agraria."

Ya en Huiramba hubo asesinatos por parte de los latifundistas. ¿Es cierto, o no compañeros Villegas?

El C. Villegas: Pido la palabra. Es cierta la afirmación que hace el ciudadano Antonio Díaz Soto y Gama. En efecto, ya se han asesinado como dos o tres individuos indígenas, por el grave, enorme delito, de haber solicitado tierras.

El C. Díaz Soto y Gama: Muy bien. "Según parece el ingeniero José Báez, delegado de la Comisión Nacional Agraria en el Estado, solicitó del general García 75 hombres para que lo acompañaran con objeto de devolver a los indígenas de Huiramba las tierras de que son legítimos propietarios desde hace dos años. El jefe de operaciones se concretó a mandar al de la guarnición de Morelia, autorizándolo como su representante."

-No dio la escolta que solicitaba el delegado de la local -.

"Ya en Huiramba, ignoramos cuáles fueron los motivos que obligaron al delegado Báez a firmar un pacto entre los propietarios afectados, tres vecinos amedrentados del pueblo y el enviado del general García, pacto por el cual se declara "tonta" la resolución presidencial y se conviene en que las tierras con que desde hace dos años fueron dotados los vecinos de Huiramba, pasarán a ser de los indios hasta 1922."

Sigo con hechos porque quiero demostrar a estos señores que califican de inquisitoriales y de tontos los artículos penales que proponemos, que no saben absolutamente lo que dicen; se dejaron sugestionar por don Norberto Domínguez y se acabó. El culpable es don Norberto Domínguez por su criterio anticuado, y ese sí tonto, pero lo triste es que se dejen sujestionar por un hombre que absolutamente está fuera de las ideas del siglo. "Como verá usted -dice el firmante del acta dirigida al Partido-, estos procedimientos nada tienen de morales y deberían castigarse si las autoridades del lugar no fueran reaccionarias. Figúrese usted que el presidente municipal de Zitácuaro es presidente de una tenebrosa institución clerical conocida bajo el nombre de "A. C. J. M."

Es decir, el jefe de la reacción católica convertido en autoridad civil. Esto es primoroso y esto sí le parecería monstruoso al compañero Gandarilla si quisiera darse cuenta de los hechos; creo que no quiere. Se quejan de otra serie de asesinatos y rápidamente leeré a la Cámara lo conducente. "Ayer un compañero llegó de Las Garzas, dándonos cuenta de que el terrateniente Antonio Rodríguez está armando a veinticinco individuos que antiguamente pertenecieron a una gavilla vandálica, con objeto de "echarnos bala", tan luego como lleguemos a esa región, del mismo modo que hace algunos meses el latifundista criminal Ladislao Molina asesinó a cinco agraristas y últimamente se "fusiló" a ocho compañeros en Copula."

¿Todo esto va a quedar impune? Consecuencia que se saca de la carta: "En todo este distrito en el cual los terratenientes ejercen funciones de "señores feudales", encarcelando, robando y matando a los campesinos."

Plena edad media, pleno feudalismo y no se quiere que la revolución se defienda con leyes nuevas y no se quiere que estas atrocidades se castiguen y se viene a decir, por boca de Norberto Domínguez, que esta es obra de un loco. ¡Locos estaríamos, imbéciles seríamos los revolucionarios si por acceder a la voz gastada y cascada de don Norberto Domínguez, intérprete en esta Cámara del porfirismo más rancio y desprestigiado, fuéramos a dejar a la revolución desarmada nada más para que la reacción nos llamara cuerdos, nada más para que los Caballeros de Colón nos admitieran en sus bailes, nada más para estar bien con el Clero y con las damas católicas! ¡Eso sí sería locura rematada, imbecilidad notoria, señor Domínguez! (Risas. Aplausos.) Quiero denunciar ante la Cámara otro hecho verdaderamente abominable: Yo no me explicaba, a decir verdad, por qué razón en la Hacienda de Solís, contra los infelices vecinos del Agostadero se había encontrado una resistencia empeñada, opiniatre como dicen los franceses, invencible-ningún caso agrario nos ha dado el trabajo que el asunto de la Hacienda de Solís; ni el asunto de Xochimilco en que un alto militar se puso a patrocinar a los hacendados-. El asunto de la Hacienda de Solís y el Agostadero provocó la caída de un secretario de Gobierno, el señor licenciado Andrés Molina Enríquez; el caso del Agostadero fue el que vino a darnos a conocer la actuación netamente reaccionaria del Gobierno de Abundio Gómez, que hoy se declara gobernador constítucional; y cuando me he asomado al asunto, me he encontrado con esto que denuncio terminantemente ante la Asamblea: la Hacienda de Solís pertenece al Clero, señores diputados, y el Clero ha llegado a cosas abominables tratándose de los infelices vecinos del Agostadero; por supuesto sin dar la cara, por supuesto sin sacar la cara, escondiendo siempre su acción: se ha llegado ya a cometer actos tan infames como los de arrojar la soldadesca federal sobre aquel pueblo, golpear a los infelices vecinos de El Agostadero. Hay documentos en la Cámara a este respecto, hay quejas ante la Secretaría de Guerra, ante la Comisión Nacional Agraria y se han presentado al Partido Agrarista tres o cuatro individuos golpeados miserablemente, se ha llegado a la infamia de meterse a los hogares de esos hombres y violar a sus mujeres, y esto en pleno régimen constitucional. Se ha robado el ganado, se han cometido actos abominables y todo por defender una hacienda perteneciente al Clero, y todavía después de esto el Clero se constituye en cómplice del latifundismo; y se quiere suavidad en las penas, esa suavidad sería abdicar del

agrarismo. Yo pido a la Secretaría se sirva dar lectura a los documentos de El Agostadero para que se conozcan cómo defiende el Clero sus propiedades. Yo estoy asqueado verdaderamente de todo esto, por que todo hombre de honor y de conciencia tiene que indignarse de una institución que se presta a semejantes manejos. Quiero decir todavía más: El señor Orvañanos, testaferro del Clero, se ha dirigido al presidente Obregón y mediante una sorpresa arrancó una promesa al general Obregón, diciéndole que había un amparo y una ejecutoria de la Suprema Corte, y esta promesa se la recuerda por medio de telegrama y se estampa después en la prensa, en "Excelsior" -órgano de la reacción latifundista clerical-, para que después de descubrir por el presidente que no hay tal amparo ni ejecutoria de la Corte Suprema, está el telegrama en el cual el señor Orvañanos le recuerda al presidente Obregón su promesa de no firmar la dotación de ejidos de El Agostadero y yo que me he propuesto sacar la dotación de ejidos, vengo a denunciar el hecho ante la Cámara para que sea vea adónde llega la influencia del clericalismo y del latifundismo. Pido a la Secretaría que lea los documentos de El Agostadero.

Presidencia del C. ARROYO CH., AGUSTÍN

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

Un sello que dice: "Juzgado Auxiliar de Agostadero, Acambay.- México.

"A la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la República Mexicana. - México, D. F.

"Los vecinos de Agostadero, del Estado de México, que subscribimos, comparecemos ante esa honorabilísima corporación para manifestar lo siguiente: Desde el 18 de mayo próximo pasado estamos siendo víctimas de todo género de atropellos por los soldados federales que están de destacamento en la hacienda de Solís, y de tan incalificables maldades las que hoy, al diario, día a día, vienen cometiendo, hemos dado cuenta a los ciudadanos secretarios de Guerra y Marina, de la Comisión Nacional Agraria, del gobernador del Estado, y de la Presidencia Municipal de Acambay, y de ninguna de estas autoridades conseguimos siquiera alguna contestación, mucho menos amparo en nuestra desgraciada situación. Los desórdenes que han cometido los soldados, han sido en la siguiente forma: Primero: nos amenazaron que de no desocupar los terrenos litigiosos, serían quemadas todas nuestras casas y a nosotros a balazos. Segundo: Segaron todas las labores de trigo y se llevaron la cosecha. Tercero: Metieron los ganados de la hacienda de Solís en nuestras labores de maíz, hasta arrasarlas. Cuarto: Retiraron del terreno de pasto muchos de nuestros animales, se llevaron otros tantos y cobraron por estos últimos exagerados impuestos. Quinto: Penetraron en los terrenos de labor que no están en litigio y de ahí toman los animales que a su paso encuentran, desuncen las yuntas y destruyen el apero. Sexto: Azotan a los pastores en el campo y los obligan a abandonar los animales. Séptimo: Entran al caserío o poblado y golpean a los hombres que encuentran, se llevan las gallinas y guajolotes y... Lo peor de las cosas, allanan moradas y violan a las indefensas mujeres y, por último, arrojan tiros sobre las casas y al mismo tiempo tocan la trompeta, como invitando a pelear al pueblo indefenso.

"Lo últimamente acontecido fue que al tiroteo sobre las casas salieron algunas mujeres y hombres, sobre quienes los soldados se arrojaron, habiendo dejado cuatro heridos y muchos maltratados.

"Por lo expuesto, esperamos de esa alta Cámara por humanidad, por justicia, por honor o por lo que haya derecho, se nos oiga y se nos resuelva para que, si en caso desgraciado, se sanciona nuestro despojo, emigremos como infelices sin Gobierno y sin patria.

"Sufragio Efectivo. No Reelección ni Imposición.-Agostadero, junio 30 de 1921 - Juan Ugalde.- Diego Escobar.- Guillermo Mora.- Valentín Ruíz.- Pastor Quintana.- Zeferino Ruiz Hernández.- Martín Quintana."-Siguen numerosas firmas.

"A la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la República Mexicana. - México, D. F.

"Los vecinos de Agostadero de El Oro, Estado de México, que subscribimos, ante ustedes de la manera más respetuosa y atenta nos presentamos para decir lo siguiente:

"El 30 de junio próximo pasado tuvimos la satisfacción de dirigirnos a esa Alta Cámara para manifestarle que: Transcribe en este documento lo que se acaba de leer y agrega lo siguiente:

"Por lo expuesto, y por nuestros sufrimientos, insistimos en que se nos oiga y se nos despache precisamente conforme a la ley, pues tenemos hambre, y nuestro poderoso adversario de hace más de cien años, la hacienda de Solis, no solamente nos ha arrebatado las tortillas, destruyendo nuestros sembrados de maíz, trigo y frijol por conducto de la fuerza armada, que desolados tiene a su disposición la mencionada finca, sino que de nuestras humildes casas situadas en barrancas que nunca han estado en disputa, se llevan nuestros animales, después de recibir nosotros toda clase de humillaciones.

"Las labores que en su totalidad fueron destruídas por los ganados de la hacienda, tienen una extensión (ocupada) de nueve hectólitros de trigo, cuatro hectólitros treinta y ocho litros de maíz y cuarenta y cuatro litros de frijol de sembradura.

" S. E. N. R.- Agostadero, julio 16 de 1921.- Valentín Ruiz.- Marcos González.- Santos González.- Jacinto González.- Felipe Ríos."- Siguen numerosas firmas.

El C. Díaz Soto y Gama, continuando: Se me ocurren dos comentarios muy breves: ¿Se puede decir que estos hombres tienen patria? ¿Se puede decir que ha triunfado una revolución en la que después de diez años, de once años de lucha y de sacrificios del pueblo, el Ejército Federal se presta todavía a ser el instrumento abominable de la reacción? ¿Se puede llamar orden constitucional aquél en que los soldados que deben defender y sostener ese orden social, roban, violan, golpean, asesinan

y allanan moradas, talan sembrados, destruyen en una hora, en cinco minutos la labor de meses de infelices campesinos? ¿Indigna eso o no? Es suave o es fuerte esta penalidad? ¿Es reaccionario el que pide estas penas, o es loco, a falta de alguna otra cosa peor que falta de sentido común, el que califica de loco al que viene a pedir esto, a las comisiones que vienen a pedir que haya justicia en este país para los de abajo? ¿O la justicia está hecha simplemente para los poderosos? ¿Los infelices de este país no tienen garantías? ¿El Ejercito Federal, todos los poderes sociales, han de estar siempre de rodillas ante los fuertes? ¿En nuestro país pesa más el clero, pesan más los latifundistas que todos los millones de indígenas que la revolución no ha sabido redimir? En una palabra: ¿la revolución es una farsa o es una realidad? Esa es la pregunta que la Comisión hace a la Cámara sencillamente. (Aplausos.)

El C. Gandarilla: Pido la palabra para una alusión personal. (Voces: ¡A votar!) Tengo derecho de hablar.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Gandarilla: Honorable Asamblea: El señor licenciado don Antonio Díaz Soto y Gama realiza magistralmente aquel proverbio vulgar que dice y que él ha repetido en tantas ocasiones: no hay peor sordo que el que no quiere oír. El señor Soto y Gama nos trae aquí un discurso enorme refiriéndose a los ardides de la clerigalla, nos trae un discurso larguísimo haciendo historia de lo que pasa en las distintas partes de la República; pero no ha querido ver lo que le señalé en el artículo a debate y que me permito repetir a la Asamblea;

"Serán castigados con la pena de arresto mayor los latifundios o sus agentes que obstruccionen la reforma agraria por medio de ataques sistemáticos o insidiosos, tanto de palabra como por escrito."

Artículo 7o. constitucional: "Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia."

Es lo único que yo quise hacer notar a la Asamblea; pero ya que se hizo una alusión personal-para lo cual pedí la palabra-, quiero decirle al señor Soto y Gama que mi actuación en el Estado de Durango me justifica como enemigo del clericalismo y sí puedo demostrarle que él ENTRA EN CONTUBERNIO con los amigos de la reacción cuando a él le conviene. ¡Y prueba al canto! No hace mucho tiempo, señores doputados, algunos compañeros formularon un proyecto para que se nacionalizacen los bienes del Clero a favor de la instrucción; formularon esa iniciativa dos diputados, y aquí hay testigos que pueden certificar lo que digo; entonces fueron a recoger las firmas de algunos de nosotros para ese escrito y recurrieron ante el liberal don Antonio Díaz Soto y Gama, y sus palabras fueron estas: "no puedo firmar esto porque va contra el Clero, que nos está ayudando a resolver quién sabe qué problemas", dijo él. Que me desmienta el autor de esa iniciativa, señor De la Peña, y a ver quiénes son los FARSANTES y quiénes los revolucionarios!

El C. De la Peña: Efectivamente, las diputaciones de Hidalgo y Puebla formulamos el proyecto de ley para nacionalizar los bienes del Clero en favor de la instrucción pública, y las dos diputaciones-excepto dos personas-, me ofrecieron firmar, y se acercaron al señor Soto y Gama suplicándole diera su firma, considerándolo elemento muy eficaz para llevar a cabo nuestro proyecto. El señor Soto y Gama dijo estas palabras: "no conviene, compañeros, que usted presente ese proyecto, por que es absolutamente inoportuno. El Clero, en la actualidad, nos está ayudando a resolver el problema agrario y no es posible hacer armas en su contra."(Siseos. Murmullos.)

El C. Manrique: ¿Cuándo fue eso?

El C. Díaz Soto y Gama: Me alegra sobremanera que mis enemigos me den oportunidad de precisar los puntos de vista que siempre hemos tenido los surianos. Ya cuando aquella famosa interpelación sobre el caso de Montaño, tuve la fortuna de confundir a mis enemigos; hoy voy a explicarle al compañero Gandarilla y a repetirle al compañero Peña lo que ya dije en sesión pública del Bloque Social Demócrata. Uno de los puntos de la política suriana, divergente en esto totalmente de la política carrancista, fue no confundir en el mismo ataque al Clero y al latifundismo. En el Sur, donde los indígenas son fanáticos y están manejados por el Clero, el general Zapata siempre quiso evitar que el Clero se constituyera en enemigo de la revolución y en aliado de los latifundistas. Esa tradición suriana, cuerda y sensata, dado el medio en que se opera, quisimos respetarla hasta donde fuera posible. En el momento en que el compañero Peña se acercaba a mí con el objeto citado, el arzobispo de Puebla publicaba una pastoral -como saben todos los que lean la prensa-, pastoral que no era más que una requisitoria formidable contra el latifundismo y una defensa abierta del agrarismo. Hay que tener en cuenta que el arzobispo de Puebla venía de Roma y podía suponerse que Roma le había dado esas indicaciones. Hay que saber, además, que en Europa el Clero sensato ha comprendido que la única manera de atajar la ola del bolchevismo es realizar la reforma agraria.

El C. Manrique, interrumpiendo: ¡Bélgica!

El C. Díaz Soto y Gama, continuando: Y hay que saber que tenemos en el Partido Agrarista muchos documentos, que textualmente leeré a la Asamblea la próxima vez o cuando guste, en los cuales se nos dice que el cura de Atlixco manifestaba al delegado del Partido Nacional Agrarista, que ya se habían dado cuenta que los agraristas no iban contra el orden social, que no son bolcheviques y que, por lo mismo, la Iglesia acepta las doctrinas agraristas, como acepta todo lo justo; de tal suerte, que ante esa orientación que parecía tomar el Clero, la obligación nuestra parecía ser prudente. El agrarismo, en cuanto ha dependido de nosotros los surianos, ha querido evitar el tener que lanzarse contra el Clero mientras no los consideró oportuno, porque uno de los errores evidentes del Constitucionalismo fue sembrar al paso de la revolución todos los obstáculos que resultaron de aquellos ataques desatentados a las creencias, aquello del incendio de confesionarios, la destrucción de imágenes, ocupación militar de los templos, etcétera, etcétera.

El C. Siurob, interrumpiendo: ¡Bien hecho!

El C. Díaz Soto y Gama, continuando: Dice el compañero Siurob, que estaba muy bien hecho; yo creo que fue imprudente, explicable por el momento

de excitación, pero en el Sur nunca se hizo nada de eso. - El C. Gandarilla, interrumpiendo: ¡Porque allí estaba usted! (?)...

El C. Díaz Soto y Gama, continuando: Pero cuando el Clero estúpidamente traiciona a sus doctrinas y se exhibe como defensor del latifundismo, cuando abandona su actitud neutral o aparentemente favorable, los primeros en atacar al Clero -y vea el compañero Gandarilla que lo hacen con todo valor y franqueza- somos nosotros. Quisimos nosotros no tener dos enemigos a la vez, el latifundismo y el clericalismo, más claro, le hicimos el favor al Clero de suponerle inteligente, de que quería ganarse la opinión pública de las masas campesinas, que está perdiendo por su torpeza; creímos que Roma, arrastrada por el ejemplo de Europa, iba a ordenar al Clero mexicano que no obstruccionara la reforma agraria sancionada por todas las leyes divinas y humanas, y que por interés propio no perdiera la clientela de los campesinos; cuando nos hemos convencido de lo contrario, somos los primeros en arrojar el guante al Clero, en esto no hay nada contrario a la honradez, sino prudencia elemental. Se nos presentan estos dos aliados mano a mano: clericalismo y latifundismo, y yo desafío al compañero Gandarilla a que nos gane a los agraristas en la virulencia, en la vehemencia y en la insistencia de los ataques contra el Clero; lo desafío para que venga a denunciar en esta tribuna todos los abusos que el Clero comete en Durango, que venga a esta tribuna a denunciar los abusos del Clero y se establecerá una emulación, una competencia noble; vamos a ver quien tiene más miedo al clero, si el compañero Gandarilla, el compañero Peña o un humilde servidor. Los agraristas desde este momento -puesto que el Clero no quiere entender- francamente se declaran contra el Clero, lo harán con toda energía y con todo valor, resulte, lo que resulte. ¿Es claro lo que digo? - El C. Gandarilla, interrumpiendo: ¿Me permite contestar? (Voces: ¡A votar!) Honorable Asamblea: Mi interpelación y mi aseveración han producido los efectos deseados. Dice una regla elemental de Derecho, que a confesión de parte, prueba plena. El señor licenciado don Antonio Díaz Soto y Gama nos dice QUE EL HA ENTRADO EN COMPONENDAS CON EL CLERO cuando creyó que no era su enemigo, y yo hago esta aclaración porque es natural hacerla de una vez para todas. ¡Los verdaderos liberales de la República, nunca, CON NINGÚN PRETEXTO, han entrado en componendas con el clericalismo! (Aplausos.) Y a pesar de que el compañero Soto hace manifestaciones en contra del que habla, me siento en estos momentos muy honrado aceptando el reto, que me hace su señoría para ver quién desde esa tribuna denuncia con más ahínco y con más honradez, sobre todo, los abusos de la clerigalla. (Murmullos.) - El C. Díaz Soto y Gama: Es lamentable que desconozca el idioma el compañero, como si fuera un niño que todavía no está en la edad de la razón. (Aplausos.) Como si fuera un extranjero, confunde de la manera más lamentable la táctica de combate de no echarse encima al Clero, que pesa mucho sobre la conciencia de las masas...

El C. Gandarilla, interrumpiendo: ¡Es cobardía!

El C. Díaz Soto y Gama, continuando: ...con la otra que él llama componendas.

El C. Gandarilla, interrumpiendo: ¡Claro!

El C. Díaz Soto y Gama, continuando: Si yo hubiera entrado en componendas, en pactos con el Clero, podría usted decir que había faltado a mi deber. Lo único que hice fue evitar un poco la pugna entre agrarismo y clericalismo; pero ya que ha venido esa pugna, que el clero provocó al agrarismo y se han de presentar de frente a frente los dos fanatismos, agrario y religioso, que sepa la nación que quien tuvo la culpa de iniciar el ataque fue el Clero y no el agrarismo. ¿Dónde están las componendas?

El C. Martínez de Escobar Federico: ¿Me permite una interpelación el compañero Soto y Gama?

El C. Soto y Gama: Sí, compañero.

El C. Martínez de Escobar Federico: Con permiso de la Presidencia. Compañero Soto y Gama: Indudablemente que el que va a hablar y a hacerle este interrogatorio, creo que podrá haber otro hombre, no aquí en México, otro hombre en el mundo más excepto de las ideas religiosas que yo, podrá haber otro igual, pero no más que yo de ideas religiosas. (Voces: ¡Ah!) Hago esta observación para entrar en detalle. Yo no le tengo miedo a los curas ni a nadie, porque no tengo dioses; a lo que sí le tengo miedo es al ridículo, a las planchas. Para mí es enteramente ingenuo, enteramente tonto el creer que poner castigos allí en esa ley de una manera teórica, de una manera únicamente escrita va a surtir efecto. A eso es a lo que yo le tengo temor, no a los curas, no a Dios, por que yo no creo en Dios, sino únicamente en la consecuencia de los actos de los hombres. (Murmullos. Voces: ¡Esa sí es plancha!) Pero si le tengo miedo, siempre que en cualquier acto de mi vida tomo una determinación, le tengo temor al ridículo, le tengo temor a las planchas y para mí el votar a favor de esos castigos que teóricamente se imponen allí, es una plancha, es un ridículo; si yo creyese que se fueran a llevar a cabo siquiera en su mínimo, sería el primero en votar a favor de ellas. ¿No le parece a usted, compañero, que la norma de conducta de los hombres la toman de ejemplos, la toma el pueblo de la conducta de los hombres que actualmente mandan aquí en México, que verifiquen actos poco más o menos que estén en relación con esos castigos que allí en esa ley se imponen? Voy a poner ejemplos: "El Universal", "Excélsior" y "El Demócrata" continuamente ponen en sus páginas todos los detalles, hacen encomios continuamente de múltiples actos religiosos tontos e inmorales, que verifican continuamente las iglesias, y los ponen en sus primeras columnas, haciendo una infinidad de propaganda. ¿No cree usted, compañero, que todos estos actos que "El Universal", "Excélsior", "El Demócrata" y la mayor parte de los periódicos, que debían hacer una verdadera campaña en contra de todos esos actos religiosos, todas esas tonterías, todas esas inmoralidades y, sin embargo, las sacan en sus primeras columnas, haciéndoles grandes encomios, no le parece a usted, compañero, que esto, que para mí sí tiene verdadero interés en la práctica, es un mal ejemplo? Yo ví, por ejemplo, que el general Obregón ha asistido a actos religiosos que

indudablemente el pueblo toma como norma, como ejemplo el casamiento del señor Vito Alessio Robles....(Risas. voces: ¡No!) Miguel Alessio Robles; el señor general Obregón asistió a los actos religiosos, al casamiento religioso del señor Miguel Alessio Robles. (Siseos. Risas.) ¿No cree usted, compañero, que ese acto, que para mí, que para usted será un formulismo social cualquiera, pero que el pueblo dirá: si asistió el general Obregón a ese acto religioso, no cree usted que esos son hechos que realmente nuestras autoridades no deberían dar como ejemplo? (Siseos.) Sí, señores, esto tiene relación con lo que estoy discutiendo. (Risas.) ¿No cree usted, compañero, que casualmente la practica de nuestra vida debería ser el mayor ejemplo para que el pueblo no tomase....(Siseos.) no verificara esos actos?, ¿usted cree que el hecho nada más de que se escriba, de que se ponga allí que se va a castigar, porque el Clero, porque la Iglesia habla sobre tal o cual asunto agrario, ya por eso se va a verificar? ¿No estamos viendo el ejemplo religioso que hasta el mismo jefe de las armas en Michoacán, ese que se levantó en armas derramando la sangre del pueblo por las libertades, ese mismo hombre está saturado de ese sentimentalismo religioso? ¿Cree usted, vuelvo a repetir, que por el hecho de que se ponga y consigne allí, por eso realmente se va a llevar a la práctica?

El C. Díaz Soto y Gama: Le contestaré al compañero históricamente y en dos palabras: la lucha de Reforma, que tuvo lugar hace poco más de cincuenta años fue contra el clero, y una minoría de jóvenes liberales triunfó contra el fanatismo religioso, impuso penas a las sociedades y expulsó al más criminal de todos ellos, al traidor Labastida; metió a la cárcel a muchos curas y metió en cintura a la iglesia católica. En cincuenta años podremos estar iguales, pero no peor; de manera que si en 57 y 60 se pudo hacer, ¿por qué ahora no se podrá hacer? En cuanto a su idea exagerada con el sentimiento religioso, yo en lo particular no puedo compartir sus exageraciones, yo creo que la humanidad es esencialmente religiosa y lo tendrá que ser; el compañero está fuera del espíritu de la época. El espíritu de la época no es antirreligioso, como lo era en la época feliz de Gabino Barreda y de Augusto Comte; el sentimiento actual de la humanidad es profundamente místico, el misticismo vuelve a tomar cartas de naturaleza en la filosofía y en el arte. No puede ignorarlo el compañero. No estamos en el caso de discutir sobre tema tan arduo, pero sí le debo decir a usted: eso que usted dice de sentimiento religioso que padece la humanidad, no es sentimiento religioso que padezca....

El C. Martínez de Escobar Federico, interrumpiendo: Es el fanatismo religioso, compañero.

El C. Díaz Soto y Gama, continuando: No, señor. Es un sentimiento religioso que debe existir. La humanidad no puede vivir sin religión. Esta es la conquista última de la humanidad. La guerra europea, que fue el fracaso del positivismo, el fracaso del egoísmo, vuelve a los hombres, cariñosamente, hacia el Predicador de Galilea, al que predicaba el amor mutuo. De manera que en eso habría mucho que decir. Yo, que fuí antirreligioso, que, como usted, tuve la ingenuidad, el candor, de declararme ateo, he vuelto sobre mis pasos y soy religioso; religioso en el buen sentido de la palabra, creyente en un Dios de bondad; pero no puedo admitir, no puedo creer que los ministros de ese Dios se constituyan en los verdugos de sus hermanos. A mi me indigna la conducta del Clero católico, porque es traidor a Cristo, porque crucifica a Cristo todos los días con sus infamias. Yo digo lo que Henry George en su admirable libro "La Cuestión de la Tierra": "Esta muy bien: se necesita una doctrina religiosa pero una doctrina religiosa moral, buena y honrada; no una doctrina espuria e híbrida que en lugar de defender al humilde apoye todas las infamias del poderoso". Eso es lo que hace el Clero. De manera que no hay que estar, lógicamente, contra el sentimiento religioso de nuestro pueblo, sino impedir que ese sentimiento religioso se tuerza para impedir la emancipación económica de los humildes, y el Clero continuamente ha engañado al pueblo diciéndole: "Aquí tienes que sufrir, aquí tienes que obedecer, aquí tienes que callar, aquí tienes que soportar todo. Ya en el cielo se te dará la recompensa". Y la revolución, desentendiéndose del cielo, dice: "Amen de la justicia celeste debe haber una justicia terrena, y esa justicia terrena es la que tratamos de implantar nosotros por medio de las penalidades que proponemos. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Padilla Manuel, en contra.

El C. Padilla: Estoy de acuerdo en que se impongan determinadas penas para hacer cumplir la Ley Agraria y así he estado votando en todas las ocasiones en que se han puesto a votación las diversas fracciones de este artículo; pero encuentro algunas inconsecuencias jurídicas y algo que es contrario a los preceptos liberales de nuestra Constitución, que me hace venir a la tribuna a hablar en contra de esta fracción VIII. Desde luego, tenemos aquí el castigo para el que deturpe, anatematice o desconceptúe a unos o a otros, esto es: a los funcionarios encargados de llevar a cabo la reforma agraria y a las disposiciones relativas de las leyes agrarias; se les impone una pena por la deturpación, esto es establecer el delito de difamación para los funcionarios públicos, cosa enteramente indebida, porque los funcionarios públicos no deben tener en su mano, para acusar a los que censuren sus actos, sino las acciones de calumnia y de injuria, porque la difamación es diferente de la calumnia, en que la difamación castiga la aseveración de un hecho cierto o falso, y la calumnia sólo castiga el hecho falso; de tal manera que cuando a un funcionario público se le tacha de ser ladrón, de cometer determinado delitos contrarios a sus funciones, procede entonces la acción de calumnia y que el acusado se vea en la necesidad de rendir pruebas de que es cierto el hecho que ha asentado; pero la difamación castiga por hecho falso o cierto, de tal manera que el funcionario público a quien se le llame ladrón, aunque esté comprobado que es conculcador de los fondos públicos, que dispone de lo que está confiado a su manejo, no se puede rendir prueba en contra, por que el delito de difamación se aplica por el sólo hecho de la deturpación, no por que se asiente una calumnia. En consecuencia, creo que la fracción VIII del artículo que está

a discusión debe corregirse en ese sentido para no establecer de ninguna manera el delito de difamación.

En la XXVI Legislatura, cuando se trató de expedir la Ley de Imprenta, la mayoría de la Comisión se separó del resto, de la cual formaba yo parte, precisamente por este punto. Yo tuve el honor de presentar un voto particular, al que se adhirieron algunos ciudadanos diputados, manifestando la inconveniencia de que se permitiera a un funcionario público el ejercer la acción de defensa por las aseveraciones que se hicieran en su contra. En consecuencia, vengo a sostener aquí que es contrario a la libertad de pensamiento y contrario a la libertad de imprenta el impedir que a los funcionarios públicos se les pueda deturpar o anatematizar, censurando sus actos. Hay otra circunstancia que voy a asentar y que creo conveniente que la Comisión tenga en cuenta. Aquí dice que el que sistemáticamente obre, escriba o hable en contra de la reforma agraria.... Esto viene a determinar una confusión para los jueces que tengan que aplicar la ley, porque dice: "sistemáticamente", sin determinar cuántos de esos actos constituyen el sistema. ¿Un sólo acto es punible? ¿no cuatro? Dos quién sabe, tres tampoco. Es necesario fijar qué es sistemáticamente, por que se establece aquí que el delito se comete no por un solo acto, sino por una serie de actos, fijar cuantos actos constituyen el delito; en consecuencia, estos son los dos puntos que yo me permito atacar, porque considero contrario al espíritu de nuestras libérrimas leyes constitucionales, el que se castigue porque se censure a los funcionarios públicos. Como liberales debemos tener en cuenta principalmente que una de las grandes conquistas de nuestros libertadores fue el de establecer la libertad de pensamiento manifestada de palabra o por escrito. Yo suplico a la Asamblea que tenga en cuenta estas argumentaciones mías para cuando sea votado este artículo.

El C. Díaz Soto y Gama: Pide la palabra la Comisión. (Voces: ¡A votar! ¡A votar!)

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Díaz Soto y Gama: Creo, compañeros, que el estimable compañero Padilla incurre en una confusión de ideas: él cree que el pensamiento de las comisiones es castigar la difamación contra el funcionario público; ese es el detalle, ese es el factor que califica el hecho principal que aquí se castiga, no es la difamación ese es el accidente. El hecho principal delictuoso es la obstrucción a la reforma agraria; pero como no todas las obstrucciones a la reforma agraria son delictuosas, el artículo tiene que entrar a la definición de los caracteres que hacen delictuosa esa obstrucción, es decir, siempre que ella sea dolosa o insidiosa. ¿Qué caracteres fija el artículo para hacer que esa obstrucción sea dolosa o insidiosa? Vamos a analizarlos. "Primero: el abuso de la influencia moral o económica sobre las masas por parte de los latifundistas o sus agentes, los ministros de cualquier culto o los funcionarios o empleados públicos..."

Por eso se habla de latifundistas que ejerzan presión económica, de ministros de cultos que ejerzan presión moral, de funcionarios que abusen de su posición oficial. Primer elemento delictuoso, ya no es la expresión lisa, llana de las ideas ni de la labor del periodista que escribe un editorial contra la reforma agraria, y factor delictuoso, abuso de influencia sobre las masas. Pero no, la Comisión no se detiene en esto, exige que haya ataques sistemáticos o insidiosos, no es preciso que sean sistemáticos, pueden ser insidiosos y entonces no se necesita que sean sistemáticos. Con qué se necesita que haya, además, ataques sistemáticos o insidiosos contra las autoridades encargadas del reparto o contra los individuos que ejerciten o se preparen a ejercitar el derecho a la tierra, consagrado por las leyes agrarias. Ya aquí empieza lo sobresaliente, el factor delito, porque desprestigiar, denigrar a las autoridades encargadas del reparto, denigrar, desprestigiar a los que soliciten tierras o atacarlos, como dice el artículo, ya es un principio de subversión contra el orden nuevo, ya equivale a hacer imposible la reforma agraria por medio de la nulificación moral ante el pueblo, sea de las autoridades encargadas del reparto, o de los solicitantes de tierras; pero para precisar que esos ataques deben ser dolosos, se agrega con mayor escrúpulo, en defensa de la justicia y en defensa de los latifundistas: "siempre que con esos ataques de deturpe, anatematice o desconceptúe a unos o a otros ante la opinión pública."

De manera que la obstrucción a la reforma agraria sólo se castiga si intervienen tres factores constitutivos de dolo: primero, el abuso sobre las masas por la influencia económica, moral o gubernativa; segundo, el ataque a las autoridades agrarias o a los que pidan tierras, y tercero, la circunstancia de que con esos ataques se deturpe, anatematice o desconceptúe a unos u otros ante la pública opinión. Como ve el compañero, este último factor es un detalle, un accidente en la ley; no es él sólo lo que constituye delito; contribuye a definirlo y precisarlo, pero el delito verdaderamente es la obstrucción. ¿Por qué se castiga la obstrucción? Por la misma razón en que se fundó la Ley de Reforma, la ley sobre conspiradores que enseñaré a la Cámara. Esa ley castigaba las juntas de conspiradores, llamando conspiradores a los que procuraban oponerse al cumplimiento de las leyes. Leeré la parte conducente dentro de un momento, si la Cámara me lo permite. Queremos castigar los actos sediciosos que son aquellos que preparan la rebelión; la sedición no es más que la preparación de la rebelión. Voy a enseñar también al compañero Padilla la opinión de un jurisconsulto mexicano sobre que, además de los delitos de rebelión, sedición, motín, etcétera, existen lo que él llama delitos precursores de la rebelión, siendo uno de ellos, éste: ¿dónde vamos a dar con que todos los curas del país, los funcionarios municipales, muchos de ellos vendidos a los latifundistas, y los mismos latifundistas, abusando de su enorme poder económico sobre las masas, emprendan una cruzada contra el agrarismo, diciendo que el presidente de la República, el ministro de Agricultura, el gobernador de un Estado y todos los que pidan tierras y las den, son unos bandidos, unos individuos que están fuera de la ley y merecen el infierno, etcétera, etcétera ? ¿Asesinarlos, matarlos, todo es poco, a puñaladas, a palos, a pedradas, como dicen los curas en Guanajuato? ¿Cómo vamos a permitir eso, compañero Padilla? Eso ya no es el uso libre de la libertad de palabra o de prensa; eso es la preparación de la sedición, es la

preparación de la rebelión, y usted sabe que en derecho y en acción gubernativa se debe prevenir más bien que reprimir. Nosotros con esto prevenimos lo contrarrevolución que prepara el Clero, que preparan los latifundistas y defendemos el orden social.

Si la Cámara me lo permite, recojo de un mueble el libro del Código de Reforma, donde los reformadores de 57 castigaban los delitos de conspiración, para precisar también qué debe entenderse por acción sediciosa, que es enteramente distinta de la acción propiamente ya transtornadora del orden, es decir, quiero que la Cámara vea la distinción jurídica que hay entre sedición y rebelión, si me lo permite la Presidencia. (Voces: ¡A votar!) Dice don Blas José Gutiérrez Flores Alatorre, el especialista en legislación de reformas:

"Volviendo a la conspiración en los términos en que la define la fracción XI que se anota, es el delito precursor de la rebelión, levantamiento, sedición, alzamiento, motín y azonada, según lo define Escriche en su diccionario", etcétera.

Como se ve, desde la más remota jurisprudencia se distingue entre actos precursores de la rebelión y la rebelión misma. ¿Cómo se quiere permitir a los enemigos de la revolución que lleguen a todo, que se les permita todo, hasta llegar al límite en que comienza la rebelión? ¿Vamos a ser tan niños, vamos a ser tan torpes de permitir a los contrarrevolucionarios que organicen la contrarrevolución a ciencia y paciencia nuestra? ¿Es eso gubernativo? ¿Eso es cuerdo? A tiempo hay que matar el germen de la rebelión y el germen de la rebelión está en los actos sediciosos que castiga el artículo. Voy a leer la fracción que define la conspiración, en la Ley de Comonfort sobre delitos contra el orden público. Ley del año de 56, es decir, con esto empezó la Reforma a defenderse, fue la base penal en que se apoyó para castigar a sus enemigos.

"La conspiración, que es el acto de unirse algunas o muchas personas con objeto de oponerse a la desobediencia de las leyes, o al cumplimiento de las órdenes de las autoridades reconocidas."

En cambio, en nuestro Código Penal se declara que es conspiración el acto de preparar la rebelión. Voy a leer el artículo exacto, para que se vea la diferencia y cómo hemos retrocedido en materia de previsión penal.

"A los que conspiren para hacer una rebelión, se les impondrá la pena de un año..."

De manera que se castiga la conspiración cuando es un medio directo para llegar a la rebelión. La Ley Comonfort va más allá, es más previsora y más lógica: castiga el hecho de que se prepare la desobediencia a las autoridades reconocidas. Y las Leyes de Reforma, elevadas durante la administración de Lerdo al rango de constitucionales, dicen:

"Los discursos que los ministros de los cultos pronuncien aconsejando el desobedecimiento de las leyes."

Todo esto castiga la sedición. Vamos a ver qué son actos sediciosos.

"La acción sediciosa ataca la autoridad legítima y turba la paz interior del Estado y de la sociedad."

¿El cúmulo de hechos que he presentado ante la Asamblea no demuestra que está turbada la paz interior del Estado y que se ha turbado en virtud de esos ataques, sistemáticos unas veces, insidiosos otras, de los latifundistas y sus agentes, ataques dirigidos, o bien contra las leyes agrarias o contra las autoridades encargadas del reparto a los solicitantes de tierras? ¿Quieren los compañeros que no están de acuerdo, esperar a que este completamente preparada la contrarrevolución y entonces castigar a los que ya se levanten en armas? ¿No es más cuerdo evitarlo? Voy a leer otras frases de esa Ley de Comonfort, para que se vea hasta dónde llegaba su previsión.

"Se castigaban las asonadas y alborotos públicos, causados intencionalmente con premeditación o sin ella, cuando tienen por objeto la desobediencia o el insulto a las autoridades."

Fíjese el compañero Padilla que aquí se toma la noción de insulto como algo premeditado para quitar el prestigio y valimiento moral a las autoridades y de esa manera preparar el levantamiento. ¿Concibe la Cámara que se pueda sostener un Gobierno cuando todos sus miembros están desprestigiados ante la opinión pública? ¿Olvidan el compañero Padilla y la Cámara que una de las causas primordiales de la caída del maderismo fue el haber permitido aquella imbécil libertad de prensa, aquella licencia a los reaccionarios? ¿Han olvidado ya que la labor de aquella prensa contra Madero, ridiculizándolo hasta por sus defectos físicos, atacándolo hasta en la persona de su esposa y presentándolo como un ente despreciable; han olvidado, digo, que esa labor minando el principio de autoridad, fue lo que determinó la caída de la revolución, así, caída, por lo menos, es decir, del régimen maderista? ¿Quiere el compañero que esa lenidad se repita? Yo creo que basta esta explicación para que se comprenda que no castigamos la difamación a la autoridad, castigamos la acción subversiva que va dirigida aparentemente contra la autoridad, en realidad contra el orden social nuevo que la autoridad trata de implantar. Yo creo que esto es claro como la luz. Sigue diciendo el artículo:

"Son punibles las reuniones tumultuarias que intenten hacer fuerza en las personas o en los bienes de cualquier ciudadano, vociferando injurias, introduciéndose violentamente en cualquier edificio particular o público, arrancando los bandos de los lugares en que se fijan para conocimiento del público..."

Va previendo los detalles, previó los detalles preparatorios, los actos preparatorios, vaya los actos gestatorios de la rebelión; esos actos gestatorios, esa gestación, esa preñez de la rebelión es lo que queremos evitar; queremos matar el germen de la contrarrevolución, queremos devolver el orden a la República, la paz interior de la República, y nada más efectivo que amenazar a los agentes de los latifundistas y a los latifundistas mismos con un castigo que teman; toda la alharaca que ha formado el pequeño grupo reaccionario de la Cámara es porque comprende que con estas penas se van a detener los latifundistas y sus agentes, y precisamente este es el objeto de la Comisión : detener en sus asechanzas y en sus maniobras a los latifundistas, a sus agentes, evitar que se repitan asesinatos como el del líder agrarista Isaac Arriaga; evitar que se repitan los asesinatos de Opopeo; evitar que se repitan

los asesinatos de León; evitar que se repitan las farsas aquellas como la de los anónimos supuestos en que se anunciaba que se iba a volar la Colegiata de Guadalupe; evitar toda acción sediciosa que esté preparando el Clero; evitar que el Clero se valga hasta de las mujeres, hasta de las damas y hasta de procesiones religiosas para que a mansalva ataquen impunemente a los revolucionarios, como paso en León, como estuvo a punto de pasar en San Luis Potosí, como le consta al compañero Manrique, en donde hubo una procesión de señoras con rosarios en la mano, haciendo alarde de violación a las Leyes de Reforma para haber si había algún bolchevique o un agitador o un entusiasta de esos venerables campeones de las Leyes de Reforma que arremetiera a palos o a pedradas contra las damas que llevaban rosarios. Contra estos actos gestatorios va la ley. O qué, ¿los reformadores de 57 van a ir más allá que nosotros? ¿La humanidad no progresa? ¿La virilidad de los revolucionarios mexicanos decrece? ¿Había más virilidad en Juárez, en Lerdo, en Comonfort, y a nosotros nos falta la energía para encararnos a los enemigos de la revolución, simplemente porque al día siguiente la prensa de la capital no nos llame inquisitoriales, imbéciles, locos, sujetos a los alienistas, etcétera etcétera? yo creo que esas artimañas de la reacción nos tienen sin cuidado.

Vamos a hacer la defensa de la revolución por el único medio que a la revolución le queda: la acción legal de las penas, la acción del Código Penal, y puesto que el Código Penal es incompleto y no tuvieron sus autores el don de la profecía, pues pongamos el Código Penal a la altura de la época y, sobre todo, hagamos un pequeño capítulo en el Código Penal, un capítulo que defienda a la revolución agraria contra los que quieren destruirla, contra los que quieren matarla, contra los que quieren acabar con ella detalle a detalle, punto a punto, baluarte a baluarte; eso es todo. Y defendamos a los campesinos contra los asesinatos, ¿o vamos a permitir que en todos los Estados de la República se esté asesinando a los campesinos, si el cura es el primero que excita a las masas y si la autoridad se calla ante la provocación al crimen? No sé si he sido claro; pero si es necesaria mayor claridad, la Comisión volverá a la tribuna a defender su artículo. La Comisión declaró que defendería su artículo letra a letra, y lo ha manifestado para probar a la Cámara que ha estudiado su artículo y que tiene el propósito de defenderlo contra los ataques del minúsculo grupo reaccionario de la Cámara.

El C. Siurob: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Siurob: Para tranquilizar al compañero Padilla y corroborar en todas sus partes la opinión y las ideas vertidas por el compañero Soto y Gama, me permito advertirle que lo que se ha tratado de combatir con la parte del inciso que le ha repugnado, es la intriga siguiente: es muy frecuente de parte de los latifundistas una intriga muy vulgar que consiste en estar acusando constantemente, so sólo ante la opinión pública por medio de difamaciones y calumnias, sino también ante la Comisión Nacional Agraria, igualmente por los mismos procedimientos, a los delegados o a los encargados de la labor agraria en un Estado. Cuando ven que un delegado se encarrila en sus trabajos, es cumplido con su deber y es inminente la dotación de ejidos a los pueblos y la posesión provisional, entonces recurren a estos procedimientos con el objeto de que aquel empleado público, sintiendo que puede ser posible que sus superiores, en vista de tanto cúmulo de calumnias, puedan dar crédito a esa labor de calumnia, prefiera pedir que lo cambien a otro lugar, quedándose así trunca su labor. Podría citar yo al compañero Padilla casos concretos de esa labor, y uno de ellos es el acaecido en Guanajuato cuando estaba encargado, en tiempo de Alcocer, como presidente de la delegación el ciudadano Figueroa, actualmente muy digno secretario de la Comisión Nacional Agraria; en ese caso los latifundistas de allá comenzaron a hacer una atmósfera tan pesada contra este representante de la Secretaría de Fomento que estaba cumpliendo dignamente con su deber, que llegó al grado de hacer imposible que este señor pudiera seguir viviendo allá, por que era calumniado de tal manera odiosa y criminal, que tuvo necesidad de pedir que lo cambiaran a otro lugar. Es ese el caso que se trata de evitar; no es, como dijo el ciudadano Soto y Gama, que se trate de castigar la difamación de una autoridad, sino que se trata de castigar el ataque a una autoridad como un medio, siempre que haya datos suficientes para ver que éste ha sido el medio de que se han valido para obstruccionar la labor agraria. Creo que con esas explicaciones el compañero estará satisfecho en vista de que no se trata de castigar la difamación por acusación de las autoridades agrarias, sino que se trata exclusivamente de evitar que se utilice este medio como uno de tantos procedimientos de elección para obstruccionar la labor agraria en un Estado. En cuanto a la objeción que hace el compañero respecto a los ataques sistemáticos, es verdad que esto pudiera prestarse a alguna confusión; pero por eso se pone: sistemático o insidioso, para que en todo caso caiga esta acción bajo el calificativo de insidiosa y cuando sea sistemática y no sea insidiosa, pues entonces sí es necesario esperar a que haya un sistema y ese sistema es claro que no se puede establecer por una ni por dos veces, sino que tiene que ser en varias ocasiones y a juicio naturalmente del juez y de acuerdo con los antecedentes y con los datos correlativos a ese asunto; de manera que espero que el compañero Padilla estará enteramente satisfecho en virtud de las explicaciones que con todo afecto hemos tenido el gusto de darle.

El C. Vasconcelos: Pido la palabra para una interpelación a la Comisión. Quiero que la Comisión tenga la bondad de indicarnos qué fundamento de orden científico ha tenido para agrupar dentro de una misma categoría de delincuentes a los latifundistas, a sus agentes laicos y a sus agentes clericales, y para aplicarles a todos por parejo la pena de arresto mayor.

El C. Siurob: El criterio que ha tenido la Comisión, es que todos cometen igual delito. (Aplausos.)

El C. secretario Valadez Ramírez: No habiendo más oradores inscritos, en votación económica se pregunta si el asunto está suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa sírvanse

ponerse de pie. Suficientemente discutido. En la misma forma de votación se pregunta si ha lugar a votar la fracción VIII. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Ha lugar a votar la fracción VIII. Se procede a recoger la votación nominal. La fracción que se va a votar dice así:

"Serán castigados con la pena de arresto mayor los latifundistas o sus agentes los ministros de cualquier culto o los funcionarios y empleados públicos que, abusando de su influencia moral o económica sobre las masas, o del cargo que desempeñan, inciten al desobedecimiento de las leyes agrarias, u obstruccionen la reforma agraria, por medio de ataques sistemáticos o insidiosos, tanto de palabra como por escrito, contra las autoridades encargadas de reparto, o contra los individuos que ejerciten o se preparen a ejercer el derecho a la tierra consagrado por las leyes agrarias; siempre que con esos ataques se deturpe, anatematice o desconceptúe a unos u otros, ante la pública opinión"

El C. Castillo Francisco: Por la afirmativa.

El C. secretario Valadez Ramírez: Por la negativa. (Votación.) ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? Se procede a la votación de la Mesa. (Votación) Votaron por la afirmativa 73 ciudadanos diputados. Por la negativa 39. No hay quórum. Por acuerdo de la Presidencia se levanta la sesión y se cita para mañana a las once de la mañana a sesión de Colegio Electoral. (8.32 p. m.)