Legislatura XXIX - Año I - Período Extraordinario - Fecha 19210811 - Número de Diario 91

(L29A1P1eN091F19210811.xml)Núm. Diario:91

ENCABEZADO

MÉXICO, JUEVES 11 DE AGOSTO DE 1921

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AÑO I.- PERIODO EXTRAORDINARIO XXIX LEGISLATURA TOMO II.- NÚMERO 91

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA

11 DE AGOSTO DE 1921

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- Cartera. Se concede licencia al C. diputado Domínguez. Son aprobados los artículos no objetados del proyecto de Ley de Indulto General.

3.- A discusión la fracción I reformada, de la adición al anterior proyecto se desechada. Se pone a debate la fracción II. Retirada con permiso de la Asamblea; se presenta reformada. Se levanta la sesión por falta de "quórum".

DEBATE

Presidencia del C. GARCÍA SOCORRO.

(Asistencia de 126 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 6.02 p. m.: Se abre la sesión.

- El C. secretario Saucedo, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día diez de agosto de mil novecientos veintiuno.- Período extraordinario.

"Presidencia del C. Socorro García.

"En la ciudad de México, a las seis de la tarde del miércoles diez de agosto de mil novecientos veintiuno, se abrió la sesión con asistencia de ciento veintiséis ciudadanos diputados.

"Fue aprobada el acta de la sesión celebrada el día cuatro del presente mes y se dio cuenta con los siguientes documentos:

"Esquela en que el C, Antonio Ancona Albertos, como presidente del Senado, participa el fallecimiento del C. senador Juan N. Frías. - Hágase presente al Senado la condolencia de esta Cámara de Diputados.

"Memorial firmado por Nicolás Gutiérrez, Ramón Pacheco y Emilio Licea, recluídos en la Penitenciaría del Distrito Federal, en que piden que la ley de indulto de haga extensiva a los reos reincidentes. - Recibo y a su expediente.

"Tres memoriales de varios presos de las cárceles de Aguascalientes, Huatusco, Veracruz e Isla María Madre, en que solicitan se expida la ley de indulto general. - Recibo y a su expediente.

"Ocurso en que la señora Andrea Amador viuda de Sánchez, pide que la ley de indulto excluya de su beneficio al C. Flavio Ramírez, quien asesinó a una hija de la ocursante. - Recibo y a su expediente.

"Mensaje depositado en esta ciudad, por medio del cual el C. Angel Gutiérrez felicita a esta Cámara por su actitud en la reforma del artículo 27 constitucional. - Recibo.

"Con dispensa de trámites y sin discusión, se aprobaron las siguientes solicitudes de licencia, con goce de dietas:

Hasta por un mes al C. Natalio Espinosa.

Por veinte días al C. Antonio Díaz Soto y Gama.

Por quince días el C. José Leyva.

Por diez días al C. Francisco J. Barbosa.

Hasta por veinte días al C. Andrés Gutiérrez Castro.

Por veinte días al C. Flavio B. Ayala.

"Usaron de la palabra para hechos los CC. Jesús Z. Moreno, Manlio Fabio Altamirano y José Siurob. Los dos primeros se refirieron a la ley de participación de utilidades expedida por la Legislatura de Veracruz y el último trató de la actitud de las autoridades del Estado de Querétaro, con motivo de la huelga de los trabajadores de la fábrica Hércules y a algunos ataques que un periódico de esta capital le dirigió.

"A moción del C. Espinosa y Elenes, de la Cámara acordó, en votación económica, que se enlutara por tres días la tribuna, con motivo del fallecimiento del C. senador Juan N. Frías.

"Continuó la discusión del proyecto de ley de conmutación y reducción de penas y de indulto general. "A solicitud del C. Manrique, a quien se concedió la palabra en pro del artículo 1o. de las adiciones presentados por varios ciudadanos diputados, la Cámara acordó que se retirara del debate dicho artículo 1o. y entrara a discusión el propuesto por el referido C. Manrique.

"Habló en contra el C. Castro y López. El orador fue interrumpido por el C. Paz para hacerle una interpelación y pedir la lectura de una carta, que la Secretaría dio a conocer. El C. martín Barragán hizo una aclaración y el citado ciudadano Castro y López, así que concluyó, contestó interpelaciones del C. Gandarilla.

"Presidencia del C. José María Soto.

"El C. Manrique se produjo en pro, pero, no obstante, sugirió una modificación; y al solicitar de la Asamblea la Secretaría el permiso respectivo para retirar el artículo y hacerle esa reforma, ya no había quórum según recuento de votos llevado a cabo cuatro representantes comisionados por la Mesa.

"El ciudadano presidente levantó la sesión a las ocho y cuarto de la noche y citó para las cinco de la tarde del día siguiente."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobada el acta.

- El mismo C. secretario: Se va a dar lectura a los documentos en cartera:

Telegrama procedente de "Islas Marías, 1o. de agosto de 1921.

"Cámara de Diputados.

"Desterrados, respetuosamente solicitamos téngasenos presentes discusión iniciativa indulto, como enviamos memorial manifiesto atentamente. - Por comité ejecutivo. - F. Tenorio M." - Recibo y a su expediente.

"Honorable Asamblea:

"Norberto Domínguez, diputado propietario por el 2o. distrito electoral del Estado de Chihuahua, ante vuestra soberanía, respetuosamente expongo:

"Que teniendo necesidad de ir a la ciudad de Hidalgo del Parral con el objeto de hablar tanto con las autoridades municipales como con mis electores, sobre algunos asuntos relacionados con la prosperidad del distrito, suplico respetuosamente que con goce de dietas se me conceda una licencia de veinte días. Igualmente suplico se dispensen los trámites a esta mi solicitud.

"Me había propuesto no pedir licencia ninguna, sino aprovechar el receso de las Cámaras, pero en vista de que no ha habido dicho receso, me permito solicitar la licencia referida, agregando que es la primera que pido y que siempre he asistido con puntualidad a las sesiones.

"México, a 11 de agosto de 1921.-N. Domínguez."

En votación económica se consulta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Se dispensan los trámites.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Concedida.

"10 de agosto de 1921.

"Los subscriptos, diputados en ejercicio de la XXIX Legislatura del Congreso de la Unión por los diversos distritos electorales del Estado de Veracruz - Llave, por medio del presente desautorizamos los ataques vertidos por el C. Jesús Z. Moreno en contra de la ley de participación de utilidades expedida por la Legislatura local del nuestro Estado y sostenida por el gobernador del mismo, la cual si no es perfecta, no deja de entrañar un principio revolucionario y de cristalizar una de las más grandes aspiraciones del proletariado.

"Hacemos constar nuestra protesta por las frases vertidas por el C. Jesús Z. Moreno, y afirmamos que lo expresado por él, no es el sentir de la mayoría de la diputación veracruzana, y mucho menos el sentir de la clase trabajadora de la Entidad veracruzana.

"Salón de sesiones de la Cámara de Diputados. - México, D. F., a 10 de agosto de 1921. - Enrique Meza. - M. F. Altamirano. - Guillermo Rodríguez. - Benito Ramírez.- Miguel V. Fernández .- F. Tejeda Llorca. - Francisco Reyes. - A. G. García. - Joel Flores. - Teodomiro T. Gutiérrez. - Manuel E. Miravete. - A Contreras. "Insértese en el DIARIO DE LOS DEBATES.

Se procede a la votación de los artículos.... La Presidencia dispone que siempre no se pase a votar las adiciones a la ley de indulto, sino que se dé cuenta con el voto particular que en materia de petróleo ha emitido el ciudadano diputado Luis Espinosa. (Voces: ¡No! ¡No! Desorden.)

El C. Arroyo Ch.: Reclamo el trámite. Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Arroyo Ch.: Yo creo que es indebida la lectura de ese documento puesto que aún no se ha presentado el dictamen de las comisiones de Petróleo. En buena hora que le den lectura cuando se haya presentado el dictamen.

El C. Espinosa Luis: Pido la palabra, señor presidente, para manifestar a la Asamblea lo siguiente: que por decoro propio de esta Representación Nacional debemos empezar a tratar este asunto desde luego. La lectura de este voto particular no quiere decir que vaya a discutirse el problema del petróleo desde esta tarde; sencillamente se da cuenta con el voto particular y el trámite de la Mesa será: "Resérvese para que se discuta cuando se presente el dictamen de las comisiones". Sobre todo, tenemos un reglamento al que debemos nosotros sujetarnos y el reglamento dice que para que se discuta un voto particular habrá primero que rechazar el voto de la mayoría, está indicado que debe discutirse naturalmente primero el voto de la mayoría; pero aquí no se trata de esto, se trata sencillamente de que yo presente mi voto particular y que la Secretaría está obligada a darle lectura, sin que esto quiera decir que se pasa a la discusión. (Varios ciudadanos diputados piden la palabra. Desorden. Campanilla.)

El C. secretario Saucedo: La Secretaría informa que el ciudadano presidente ordenó se diera lectura a este documento por atender a la solicitud del ciudadano Espinosa, pero está de acuerdo en que no se le debe dar lectura hasta que no sea presentado el dictamen general de las comisiones. Se somete a la aprobación o reprobación de la Asamblea si se da o no lectura a este documento. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. No se da lectura.

El C. Espinosa Luis: Pido la palabra, señor presidente. No se ha votado, no se ha resuelto nada. ¡Pido la palabra!

El C. De la Torre Francisco: hay una votación que todavía no se lleva a cabo por consiguiente no podemos ir nosotros en contra del Reglamento y suspender esta votación. Muy bien que se halague la vanidad del señor Espinosa después de que se haya llevado a cabo esta votación, pero antes no podemos dar lectura a ningún documento.

El C. secretario Saucedo: La Presidencia dispone que se ponga a votación la ley de indulto.

El C. Espinosa Luis: No puede la Presidencia pasar por encima del Reglamento; yo he pedido la lectura del voto particular fundado en el Reglamento; hago responsable a la Presidencia y a esta Asamblea, a la faz de la República, de estas pasiones tan mezquinas y tan bajas que se oponen a que se cumpla el Reglamento.

El C. Meza: Pido la palabra, señor presidente. ¿Me la concede usted? Moción de orden, señor presidente.

El C. secretario Saucedo: La Presidencia dispones que se consulte nuevamente a la Asamblea si permite que se dé lectura al dictamen del señor Espinosa. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. No se permite. Se procede a la votación de la ley de indultos. Los artículos que se van a votar son los siguientes: artículo 1o. y su adición, artículo 2o., 3o., 4o., 5o., 6o., 7o., y 8o. y sus adiciones respectivas que estaban reservados sin objeción. Por la afirmativa.

El C. prosecretario Castrejón: Por la negativa. (Votación)

El C. Martínez de Escobar Rafael: Rectifico mi voto.

El C. secretario Saucedo: El ciudadano Rafael Martínez de Escobar rectifica su voto por la afirmativa. (Voces: ¡Que se lea lo que se está votando!) La Secretaría hace la aclaración siguiente: que no tiene la culpa de que los ciudadanos diputados no pongan cuidado en lo que se está votando.

El C. prosecretario Castrejón: La Secretaría hace la aclaración a los ciudadanos diputados de que se está tomando la votación de todos los artículos de la ley, no objetadas, para en seguida tomar la votación de los que han sido objetados, por su orden. (Continúa la votación.)

El C. prosecretario Castrejón: Votaron por la negativa 6 ciudadanos diputados.

El C. secretario Saucedo: Votaron por la afirmativa 124 ciudadanos diputados. Quedan aprobados los artículos no objetados. Se procede a la votación de los artículos objetados.

Se procede a recoger la votación del artículo 1o. adicional que dice:

"Se concede amnistía a los individuos que el día 15 de septiembre del presente año estuvieren encausados por delitos que, persiguiéndose de oficio, merezcan pena que no exceda de once meses de arresto; y serán puestos en libertad por orden del juez o tribunal de los autos, mandándose sobreseer en la causa, previa audiencia del Ministerio Público, del procesado y de su defensor o uno de oficio, si aún no hubiere nombrado, a fin de determinar si es el caso a que este artículo se refiere."

El C. Lara César A.: Pido la palabra para una moción de orden.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Lara César A.: El ciudadano Aurelio Manrique, autor de la proposición que está a votación, con la anuencia de los ciudadanos diputados que firmarón la misma proposición hizo una modificación a esta misma en la forma de que todos los procesados hasta el día primero de agosto serían puestos en libertad el día que se promulgara la ley. Todos los demás signatarios de la proposición estuvieron conformes y como esto que se va a votar no dice lo mismo, yo pido a la Secretaría que haga esa rectificación.

El C. secretario Saucedo: La Secretaría informa al ciudadano Lara que anoche al tomarse la votación ya no había quórum y que, en consecuencia, no fue aprobada la proposición del ciudadano Manrique y por lo tanto subsiste la adición tal como había sido presentada con anterioridad.

El C. Lara César A.: Pido la palabra, señor presidente. Yo no entiendo cómo si no había quórum se desechó la proposición del ciudadano Manrique. Yo creo que la proposición del ciudadano Manrique está subsistente y que está es la que se va a poner a votación puesto que la proposición del ciudadano Manrique fue aprobada por todos los signatarios de ella, que se pusieron de pie cuando el ciudadano Manrique los interrogó. Desde luego la proposición que está a debate es aquella que dice que todos los procesados hasta el día primero de agosto serán puestos en libertad cuando se promulgue esta ley, y no que serán puestos en libertad los procesados el 15 de septiembre. Yo pido a la Secretaría, pues, que haga esta rectificación; fue una ligereza de la Secretaría, porque si no había quórum no se pudo haber rechazado ni aprobado la proposición del ciudadano Manrique.

El C. secretario Saucedo: El secretario que habla informa que anoche no estuvo en la sesión en el momento en que no fue tomada en cuenta la proposición del ciudadano Manrique y que únicamente lo dijo por insinuación de la Presidencia que manifestó que no habiéndose tomado en cuenta, subsistía la proposición presentada con anterioridad. La Presidencia dispone se informe a la Asamblea que no hay proposición del ciudadano Manrique, que verbalmente propuso a la Asamblea que se hiciera la modificación, pero que no hay ninguna proposición escrita, y por lo mismo la Secretaría no ha podido darle lectura.

El C. Lara César: Pido la palabra, señor presidente. Como esta divergencia de opiniones pudiera dar motivo a que fracasara la adición de esta ley, yo me voy a permitir suplicar a la Presidencia que se lea el DIARIO DE LOS DEBATES de ayer, para que vea cómo los firmantes de la proposición, entre los que figura el compañero y que está dispuesto a asentarlo ante esta respetable Asamblea, digo que se vea si no es cierto que el ciudadano Manrique los interrogó para ver si estaban conformes con que se reformara esa adición a la ley de indultos, y ellos estuvieron conformes. Desde luego, la Presidencia debe suponer que la Asamblea estuvo conforme con ella porque no hubo absolutamente ninguno que hablara en contra, y que los ciudadanos signatarios de la

proposición estuvieron también de acuerdo desde luego que dieron su anuencia al ciudadano Manrique; pero si este es un inconveniente para que se vote esta adición en la forma que yo indico, estamos nosotros dispuestos a hacerla por escrito para que esta proposición no vaya a fracasar solamente por esta circunstancia.

El C. prosecretario Castrejón: La proposición presentada por el ciudadano Manrique, Lara y otros, dice así:

"Los que el día 1o. de agosto del corriente año estuvieron ya encausados por delitos cuya pena no exceda de once meses de arresto, serán puestos en libertad el día 15 de septiembre próximo por orden del juez o Tribunal de los autos, previa audiencia del Ministerio Público, del procesado y de su defensor o uno de oficio si aún no hubiere nombrado, a fin de determinar si es el caso a que este artículo se refiere.- Manrique.- César A. Lara." ¿Se toma en consideración esta proposición? Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Sí se toma en consideración. Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra en pro o en contra, sírvanse pasar a inscribirse.

El C. Lara César A.: Moción de orden.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Lara.

El C. Lara César A.: La proposición que hizo el ciudadano Manrique ayer, estaba apoyada no solamente por los signatarios de ella, sino también por la Asamblea, puesto que nadie fue a hablar en contra de ella. Así es que esta proposición debe estar ya sujeta a votación desde el momento en que fue suficientemente discutida ayer. Por lo mismo, yo pido al ciudadano presidente se sirva decir a la Secretaría que esta proposición está a votación, no a discusión.

El C. prosecretario Castrejón: La Secretaría informa al diputado Lara y demás diputados, que la proposición que habían hecho anoche el ciudadano Manrique y otros diputados no estaba firmada, nada más había sido una proposición verbal que el ciudadano Manrique había hecho; en tal concepto, no podía tomarse para discusión o votación una cosa que ni siquiera estaba escrita ni firmada, una proposición que no estaba conforme al reglamento. En tal concepto, desde el momento en que ya ahora se presenta la adición correcta, es decir, conforme al reglamento, lo único que procede es que la Asamblea la tome en consideración, como ya lo aprobó, y ahora se discuta conforme al reglamento para después tomar la votación. Tiene la palabra en contra el ciudadano licenciado Borrego.

El C. Borrego: Señores diputados: Hace unos cuantos días, al discutirse la malísima iniciativa que ha sido aprobada, protesté enérgicamente contra ella al discutirse hoy esta adición, vengo a impugnarla enérgicamente porque es inmoral, por que es inmotivada, porque es contraria a la salud y al bienestar social. No es difícil, hurgando en el pensamiento de la Cámara, averiguar las causas determinantes de aprobar una ley que, repito, es inmoral y es atentatoria a la sociedad. Por deferencia al autor de la iniciativa, por ese humanitarismo plañidero e inconsciente de filósofos y moralistas trasnochados (Risas.), por ese sentimentalismo racial y de carácter romántico, indudablemente que aprobamos una iniciativa que abre los albañales de la Penitenciaria, para volcarlos sobre la sociedad, a todos aquellos delincuentes que paulatinamente había ido arrojando. Si esta adición tuviera siquiera el mérito de la originalidad, quizá podría pasar; pero carece de ella. También en el aniversario, al celebrarse el centésimo aniversario de la iniciación de nuestra Independencia, se pidió algo análogo. En aquel entonces, señores diputados, en que las libertades estaban postradas, pero que florecía el talento, que florecían las ciencias y florecían las artes, ese pensamiento absurdo e inmoral fue rechazado. Hoy, que florecen las libertades, pero que el talento se ha ido a esconder no sé en qué bohardillas, se pretende que pasen estas adiciones. ¡Y no es que añore con tristeza esos tiempos pasados! No, señores diputados; sin la libertad política todas las libertades nada valen; la libertad política es el supremo bien por excelencia y ese supremo bien lo debemos a la revolución; pero sí me conduele, sí lamento, sí me causa profunda tristeza ver que tengan fácil acogida adiciones de esta naturaleza. A las brillantes impugnaciones de Castro y López y de Padilla, bien poco puede añadirse; sin embargo, procuraré condensar, procuraré reunir en apretado haz los principales argumentos de ellas a fin de que esta Cámara pueda darse cuenta de todos los desaciertos, de todos los errores, de todas las inmoralidades que encierra esta adición. Con la modificación propuesta indudablemente que se ha corregido uno de los grandes argumentos esgrimidos por el contra respecto a que con esta adición se hacía un llamamiento enérgico a todas las tendencias viciosas, a todas las inclinaciones morbosas; pero, en cambio, subsisten todos los demás argumentos que han sido expuestos en esta tribuna. Es indudable, señores, que con esta adición se va a dar soltura no a procesados dignos de una pena pequeña, de una delincuencia limitada a once meses, esto es mentira, y es mentira porque para determinar el carácter delictuoso del hecho atribuído, se necesita de un fallo ejecutoriado y no de un auto de prisión que es una clasificación provisional del delito, principalmente en los actos criminosos; en los actos delictuosos, el robo, lo que se llama a raterismo, ordinariamente los jueces dan un auto de prisión por robo porque la averiguación sumaria no ha arrojado aún todos los datos bastantes para decretar un auto de formal prisión por el delito de robo. Si van a servir de base las simples constancias hasta el momento actual, hasta el 15 de septiembre, es indudable que sucederá no un caso, sino muchos, en que individuos que merecieron una pena muy superior a la de once meses de arresto, se vean libertados porque han tenido como base para clasificar el delito, la clasificación provisional del auto de prisión. Otro argumento esgrimido con mucha brillantez por el compañero Castro y López, es el siguiente: el hombre de honor, el hombre de dignidad jamás podrá aceptar esta amnistía, que es la puerta falsa por donde va a salir. El hombre de honor, el hombre de dignidad tiene derecho, sobre todo si tiene

la conciencia de su inocencia, tiene derecho, repito, a que venga una sentencia, una sentencia definitiva que le abra las puertas de la prisión, pero que no le suministre una escala para que salte los muros de la Penitenciaría.

Ahora, señores, que he expuesto así, a la ligera, los argumentos más vigorosos y más contundentes del contra, voy a permitirme recoger los que se han esgrimido, voy a permitirme recoger los razonamientos del pro, para que se vea la sutileza de ellos, la insignificancia, la falta de fondo. Uno de los argumentos que se ha explotado es el siguiente: ¿Por qué, si a los reos se les ha concedido la gracia del indulto, por qué a los procesados se les niega la gracia de amnistía? Mi muy querido compañero Manrique, que ha esgrimido este argumento, se ha olvidado de aquel principio de lógica: "El que prueba demasiado, nada prueba". Pues bien, señores; si hemos cometido el gravísimo error, la grandísima injusticia de abrir las puertas de la Penitenciaría a incontritos delincuentes - porque debéis saber, señores, que, conforme a las estadísticas modernas; que, conforme a los progresos científicos de la criminología, de la antropología criminal, todo delincuente es un reincidente teóricamente -. Repito, señores, si hemos cometido el error de arrojar esa hampa de delincuentes en la sociedad para conmemorar uno de los más bellos aniversarios de nuestra patria, ¿vamos a insistir en el error, vamos a alimentarlo, vamos a agravar el mal que resulta de esta generosidad, de esta magnanimidad que se nos pide? Indudablemente que no; puesto que hemos aprobado una iniciativa mala, no la agravemos; al contrario, procuremos atenuarla, y para atenuarla hay que votar en contra de este artículo. Otro de los argumentos que se oponen es el siguiente: "No es un grave daño el que se va a causar a la sociedad; sólo vamos a poner en libertad a delincuencias pequeñas, a delincuencias que no ameriten sino una pena de once meses de arresto". Ya signifiqué que había un gran error en este punto; pero ahora voy a ampliarlo. Señores diputados: Si nuestra ley penal, si la escuela clásica penal no es otra cosa que el eco de grito de protesta de Beccaria contra la barbarie penal de los tiempos medievales, la antropología criminal moderna es una protesta enérgica contra la filosofía penal de la escuela clásica contraria a los hechos, a la razón y a la ciencia. La gravedad de un delito o, más bien dicho, la penalidad de un delito no debe fijarse por la gravedad del hecho. Las ideas actuales, las teorías modernas sobre la pena han variado totalmente. Anteriormente el delito era producto de una voluntad nacida para el bien y que podía libremente determinarse y buscar el bien o huir del mal; hoy esas teorías han pasado de moda y pertenecen a un museo de arqueología; hoy la ciencia nos ha demostrado que el delito es una secreción del pensamiento, como la bilis lo es del hígado y como el jugo gástrico lo es del estómago; hoy el delito es una manifestación morbosa, producto del medio o producto de herencias ancestrales; hoy sabemos que a determinadas enfermedades morales corresponden determinadas manifestaciones criminales; hoy sabemos que el medio es un factor, una incubadora de delincuentes; hoy sabemos que ya no se procede en los tiempos antiguos. Hoy ya no hay delincuencia, hay delincuentes; cada caso es un caso particular que necesita estudio, conocimientos y antecedentes personales para averiguar si el hecho merece mayor penalidad que la que merecía conforme a nuestras leyes actuales; por esto considero enteramente desacertado que se venga a esgrimir el argumento que he estado refutando. Finalmente, los propugnadores de este artículo han venido a exhibirnos sentimentalismos de colegialas cursis, romanticismos de muchachas acostumbradas a leer las obras de Pablo y Virginia, Atala y René y toda esa escuela literaria romántica. No me habléis de piedad para los delincuentes, tened piedad para los hogares que los apetitos bestiales de los delincuentes irán a profanar, piedad para esos hogares que la honda negra del crimen irá a manchar, piedades para esos hogares que el latrocinio irá a llenar de privaciones y de amarguras; pero no habléis de piedades para el hampa delincuente y viciosa que la sociedad ha arrojado a los albañales de la Penitenciaría. Voy a terminar: por decoro de la Cámara, por respeto a la sociedad, como homenaje a la fecha gloriosísima que vamos a celebrar, os conjuro, señores diputados, a que no votéis esta adición que, repito es inmoral, e injusta y es contraria a la salud y del bienestar social.

El C. presidente: Tiene la palabra en pro el ciudadano Lara César A.

El C. Lara César A.: ¡Qué difícil es, ciudadanos diputados, hablar en favor de algo que ya está premeditadamente desechado! ¡Qué difícil es llevar a la conciencia de los que ya no la tienen, algo que debía estar en ella, porque nadie me podrá negar, ciudadanos diputados, que esta adición a la Ley de Indulto está ya votada en contra por el bloque del Partido Liberal Constitucionalista.!

El C. Franco: Pero estudiada con anterioridad, amigo mío.

El C. Lara César A.: Esa exclamación del ciudadano Franco, que dice que está estudiada con anterioridad, a mi me da mucha risa, (Murmullos.) porque, ¿el Partido Liberal Constitucionalista es el único que tiene las luces necesarias para estudiar un asunto? ¿Qué los otros ciudadanos diputados que componen la Representación Nacional no tienen el derecho, no tienen la luz necesaria para poder estudiar un asunto, ciudadano Franco?

El C. Franco: Sí, cómo no; pero no se ha reído usted, sino que se ha enojado.

El C. Lara César A.: ¿Entonces a qué viene esa exclamación? El ciudadano licenciado Borrego nos dice que con esta adición de apasionamientos de muchachas cursis se van a abrir los albañales de la Penitenciaría para vaciarlos sobre la sociedad. No es raro que el ciudadano Borrego venga a impugnar esta ley; es natural, si él ha estado en contra de la iniciativa del Ejecutivo y necesariamente tiene que estar en contra de la adición de la ley porque estuvo en contra de la ley misma; pero eso no quiere decir que si se ha dado la gracia del indulto, la gracia de reducción de pena a los reos que ya están sentenciados, que ya se supo que cometieron el delito, no se vaya a conceder esa gracia a los que todavía están encausados y que hay la presunción de que son delincuentes, así como la presunción de que son inocentes. ¿Por qué se va a conceder una gracia a un delincuente y no a aquel que tiene la

presunción a su favor de que no lo es? El compañero Borrego también nos decía, aunque ya he dicho que tiene que estar en contra de esta adición porque estuvo en contra de la ley, que el talento está escondido en las bohardillas de lo desconocido. Muy bien, puede estar escondido en la forma que se indica; pero aquí no se trata de talento, sino de conciencia; y si ya se aprobó una ley antijurídica, ante todo lo que quiera el compañero Borrego, hay que conceder también la gracia a los individuos que están en mejores condiciones que aquellos que ya han sido agraciados por esta misma ley. Si ya se concedió indulto y reducción de pena en favor de los que se sabe positivamente que son delincuentes, ¿Por qué no se ha de conceder la misma gracia y más consideración para aquellos que se presume que son inocentes? Como en la discusión de ayer el compañero Castro y López, maliciosamente, más bien dicho, francamente nos dijo que se intentaba salvar o atenuar la pena que pudiera corresponder al general Treviño, no hemos tenido inconveniente en modificar esta adición, diciendo que los reos que estén encausados hasta el 1o. de agosto estarán capacitados para recibir esta gracia, a fin de que así se lave hasta el último átomo de desconfianza que pudieran tener acerca de los últimos acontecimientos que han consternado a toda la sociedad. Por eso, ciudadanos representantes, aparte de la disertación del ciudadano licenciado y diputado Borrego, que tiene razón de estar en contra de esto porque estuvo también en contra del espíritu de la ley, yo digo que tomando, concretando, resumiendo todo lo de moral que pudiera tener esta ley, todo lo de benéfico que pudiera tener esta ley, todo lo de recordatorio de una fecha gloriosa que pudiera tener esta ley, yo pido que a los que ya están sentenciados, a los que se sabe que cometieron un delito, los ciudadanos representantes, haciendo honor a esa fecha que se quiere glorificar, haciendo honor a esa justicia que se quiere hacer y haciendo honor a esa delincuencia que aún no está probada de los procesados, den su voto aprobatorio para que obtengan los procesados que no tengan una pena mayor de once meses, la gracia que obtuvieron los reos que ya estaba perfectamente sabido que habían cometido un delito, para que así no vaya a decir la sociedad, para que así no vaya a decir el pueblo que nosotros concedimos una gracia a un delincuente, que nosotros concedimos una gracia a un asesino y que negamos, que rechazamos esa gracia a los hombres que pueden ser inocentes y que pueden ser honrados. Además, el ciudadano licenciado Borrego nos dice que esta gracia la pudieran rechazar muchos hombres que tengan limpia la conciencia. Es natural; los hombres que tengan limpia la conciencia y que sepan que no han cometido un delito por el cual se les esté castigando, bien pueden rechazar esta gracia o bien pueden comprobar ante los mismos tribunales que no han cometido un delito; pero aquellos que han cometido un delito por el cual merezcan una pena menor de once meses, ¿por qué no van a estar comprendidos en esta ley? ¿Por qué no se les va a conceder la misma gracia desde el momento en que, como ya dije, ciudadanos representantes, por espíritu de alta justicia debemos concederles la misma gracia a aquellos que pueden ser inocentes, que la gracia que concedemos a aquellos que fueron verdaderamente culpables? (Voces: ¡A votar!)

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Padilla.

El C. Padilla: Señores diputados: Los argumentos que se han traído al debate en la discusión de esta adición, no tienen ninguna fuerza para sostenerla, porque no han contrarrestado en nada los argumentos del contra. Se ha llevado el debate a un terreno, en algunas ocasiones, al cual no quiero descender de ninguna manera; quiero tratar el asunto desde el punto de vista meramente técnico para no herir susceptibilidades. Este es un asunto que debe verse únicamente como materia meramente jurídica y no como asunto jurídico y de combate, pues sólo tiene una significación verdaderamente técnica y jurídica y no política. Esta adición no es practicable, porque corta el proceso en los momentos en que el juez necesita tener mayores elementos para resolver sobre la culpabilidad de un acusado. Ya se ha dicho aquí que los certificados de las comisarias, para el caso de lesiones, no son suficientes para definir la penalidad que corresponde a los delincuentes, porque los certificados son dados por practicantes, por individuos que no conocen perfectamente la ciencia médica y, en consecuencia, pueden caer en error; por eso el Código ha determinado que en los delitos de lesiones no se sentencie antes de dos meses, porque es necesario que esté ya el certificado de los médicos sobre la sanidad del ofendido para poder calcular la pena que corresponda, pues muchas veces una lesión que aparentemente no tiene ningunas consecuencias y que es considerada como simple, resulta que es una lesión que puede poner en peligro la vida y que de hecho la pone; en consecuencia, no es posible ni es debido, jurídicamente cortar el proceso en los momentos en que el juez no tiene todos los elementos para hacer la calificación de la pena. Los argumentos que se han venido a esgrimir en esta tribuna para sostener este artículo, sirven tanto para sostener como para abolir el Código Penal, porque se ha llegado a considerar a los delincuentes no con la faz morbosa que tienen, sino como individuos a quienes la sociedad está indebidamente castigando.

Se ha hablado de los delincuentes como de pobrecitos individuos dignos de toda conmiseración, dignos de que la sociedad no deje caer su mano para reprimir sus morbosas tendencias y para corregir sus inclinaciones viciosas, como de seres que están privados de la libertad por errores, no por actos volitivos, no por actos premeditados y consecuencia de actos voluntarios que han violado la ley penal. No, señores diputados; la delincuencia en el Distrito Federal principalmente está caracterizada por tendencias viciosas; el ochenta y cinco por ciento de los delincuentes a que se refiere esta fracción son rateros, son vagos de oficio que, no pudiendo tener elementos de vida ni la costumbre del trabajo, se dedican únicamente a cometer delitos contra la propiedad; no son los que roban a los ricos, porque no son los grandes ladrones; son los que roban cantidades menores de cien, de cincuenta pesos, son delincuentes que atacan precisamente a los pobres, a los trabajadores, a los hombres que con el desarrollo de sus energías han podido

conseguir lo indispensable para sostener sus necesidades. Esos hombres cometen esos actos y la mayor parte de los delincuentes comprendidos en este capítulo son rateros, son muchos de ellos los llamados "apaches", los que explotan a esas desgraciadas mujeres que viven del vicio. Estos son los delincuentes a que se refiere esta fracción. Dicen: los pobrecitos niños, las pobrecitas mujeres que están esperando la libertad de su esposo para que les lleve un pedazo de pan a sus labios". No, señores, las que más sufren cuando estos hombres están libres son las mujeres, porque no les llevan pan, sino que van a maltratarlas y a explotarlas; esa es la verdad de los delincuentes que son castigados por esta fracción. Es necesario comprender que la ley ya da al juez los elementos suficientes para juzgar en cada caso de la responsabilidad del acusado y no ponerlo en libertad antes de que el proceso esté concluído y que haya los elementos necesarios para poder juzgar sobre la criminalidad de su acto. Se ha esgrimido este argumento: "si todavía no sabemos si son culpables"; pues precisamente por eso, porque no sabemos si son culpables, debemos esperar que el juez defina si son o no culpables. ¿Que son inocentes? Si lo son, saldrán y por la puerta franca de la justicia, no por la puerta de la amnistía; si son culpables, recibirán su castigo, el castigo que les ha impuesto la sociedad en defensa de sus intereses. Creo que es necesario meditar mucho, sobre todo en ese argumento en que tanto he hecho hincapié, en que no debe cortarse el proceso con su sobreseimiento y en que no debe evitarse que la justicia continúe las averiguaciones, porque en cada uno de estos casos puede aparecer un responsable cuya delincuencia sea mayor, y porque abrir las cárceles para poner en libertad a esos hombres, no es sino hacer un mal a la sociedad, que no tenemos derecho de causarle. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Manrique.

El C. Manrique: Ciudadanos diputados: Nos hallamos frente a un debate prácticamente agotado. Ni el ciudadano Padilla ni el ciudadano Borrego han traído argumentos nuevos. Debo, en cambio, reconocer con íntima satisfacción una cosa: que son adversarios caballerosos con quienes sí puede contenderse gratamente; han expuesto argumentos y no han tenido denuestos ni diatribas en sus labios. Al argumento puede responderse con argumentos.

El discurso más serio es seguramente el del compañero Borrego, pero tiene el inconveniente de que las teorías aducidas en defensa de su tesis me parece que son inaplicables al caso. Desde luego reconoce lealmente que la objeción relativa a considerar esta adición como estimulante de delitos no tiene razón de ser; los autores de esta iniciativa hemos demostrado haber procedido con absoluta buena fe: a cada objeción verdaderamente seria, cuando la hemos creído fundada, hemos respondido aceptándola; a la objeción que se nos hacía cuando no se fijaba fecha, respondimos fijando la fecha de la promulgación de la ley; a la nueva objeción que se nos hiciera respondiendo a la fecha de la promulgación de la ley, de que era algo vago e indefinido, respondimos fijando esta nueva fecha: 1o. de agosto y para demostrar, señores diputados - aunque esto ya no tuviera interés práctico -, lo vacuo de la argumentación de quienes afirman que iniciativas como ésta eran estimulantes del delito, yo no haría otra cosa que retorcer el argumento, aceptar la objeción que se creyó muy hábil por explotar una coincidencia de momento, y referirme al caso concreto de recientes dolorosos acontecimientos y sería el momento de preguntaros, ya que tan torpemente se aludió a estas cosas: ¿Creéis que lo que armó la mano que disparó recientemente una arma homicida fue el saber que estaba a discusión en el Congreso de la Unión esta ley? (Voces: ¡No! ¡No!) ¿Creéis, señores diputados, que argumentos de esta laya son serios? ¿Qué no sabemos que la delincuencia obedece a un determinismo mucho más hondo y más trascendental que a detalles como éste? ¿Imagináis, por ventura, que los delincuentes están atentos a la labor legislativa del Congreso de la Unión y preguntan cuál es el momento propicio para delinquir? Seguramente que no; sin embargo, para demostrar la absoluta buena fe con que procedemos, hemos fijado una nueva fecha: 1o. de agosto. La objeción que consideraba como estimulante del delito a esta iniciativa, cae, pues, por su base y desaparece completamente. Así lo ha reconocido con toda lealtad mi propinante el señor licenciado Borrego; sin embargo, el mismo señor compañero Borrego, diputado por Durango, insistió en considerar como inmoral esta ley. Que el compañero es lógico, ya que señaló con acierto, porque este compañero se opuso a la ley en lo general y se opuso también a los artículos que benefician a los sentenciados, este compañero sí tiene derecho, es más, tiene el deber de votar en contra de este artículo pero quienes habéis votado en favor de la ley en lo general, quienes habéis querido beneficiar a los sentenciados, a aquellos cuya culpabilidad está ya claramente definida por haberse dicho sobre ellos, sobre su delito, sobre el delito que se les imputara la verdad legal, aquellos que ya comienzan a extinguir una condena; aquellos que votásteis en este sentido, estáis lógicamente, moralmente obligados a votar en favor de esta nueva iniciativa que no hace otra cosa que aplicar el espíritu que inspirara la ley que hemos estado discutiendo. ¿Para qué he de insistir, si se trata ya de vencer no argumentos, sino prejuicio, en que la razón que tuvimos para ser generosos con los delincuentes de probada delincuencia, la deberíamos tener para con aquellos cuya delincuencia sólo se presume? Recojo los argumentos del licenciado Borrego que nos hablaba de modernas ideas sobre el Derecho Penal; estas modernas ideas en primer lugar acaso resultase ya inapropiado llamarlas modernas; son ideas que han revolucionado los sistemas penales de la vieja Europa hace muchos años; ese grito de protesta de Beccaria de que hablaba el compañero propinante, es un grito que se ha perdido, que se ha opacado en nuestra legislación penal. Cierto que nuestra legislación penal no supone libre arbitrio, el sino determinismo; esto es cierto, pero el licenciado Borrego que nos hablaba de la necesidad de individualizar el delito, el licenciado Borrego que dijo que no hay ya delitos sino delincuentes, que cada delincuente no es un hombre a quien debe

aplicarse una fórmula estricta, sino que merece una pena especial; ¿el señor licenciado Borrego podría contestarme si estas ideas se han traducido en hechos en nuestra legislación, si hay preceptos que definan entre nosotros eso que se llama la pena a posteriori, la pena que no se determina previamente atendiendo sólo al delito, sino posteriormente según la conducta del encausado, sus antecedentes personales y condiciones personalísimas, de manera que un mismo delito cometido en las mismas circunstancias se castiga diversamente según sea el delincuente y su conducta? ¿Se aplica esto en nuestro Código Penal? Seguramente que no. Cierto que nuestro Código Penal nos habla de circunstancias atenuantes y agravantes que ya determinan una relativa individualización; ¿pero qué se ha hecho en nuestros códigos penales en materia de penalidad a posteriori, en materia de individualización de la pena? Nada absolutamente. De manera que en tanto no reformemos nuestro Código Penal, no tenemos derecho de hablar de estas cosas. Códigos penales como el nuestro que castiga el robo en casa habitada, el robo, por ejemplo, de un canario o de una plancha....

El C. Paz: De una flor.

El C. Manrique: ....o de una flor con cuatro o cinco años de prisión; códigos fundados sobre la moral burguesa, que son códigos de protección, no de protección social - entiéndalo bien el compañero Borrego -, sino de protección de clase, esto lo saben los pensadores del mundo entero, estos códigos, que son códigos de protección de clase....,(Aplausos.) si hubiera una moral absoluta, señor licenciado Borrego, si hubiera una ley moral fácil de traducir en una fórmula escueta y clara, entonces no podríamos aprobar medidas como ésta; pero quienes creemos en la relatividad de la moral, cuyos conceptos varían con el medio y con el momento, tenemos razón para ser generosos, tenemos razón para creer que no es deshonroso a pesar de lo que digan los impugnadores de iniciativas como ésta, a pesar de que se trate de ridiculizarnos y de hablar de sentimentalismos vanos, tenemos razón para ser escépticos en materia de justicia, no en materia de justicia absoluta, que es un ideal por cuya consecución propugnaremos siempre, sino de esta relativa y mezquina justicia humana de nuestro palacio de Belén, de nuestro palacio de las injusticias; y no es una frase lo que he querido hacer. De manera, señores diputados, que yo creo, y esto no es una paradoja, que la justicia andaría un poco mejor si todos los que la administran, desde el juez hasta el más alto magistrado, hubieran estado encarcelados en alguna ocasión. (Aplausos.) Encarcelados, es claro, si se quiere por delitos políticos; pero advierto que hay hombres para quienes la vida pasa en balde sin dejar huellas de la experiencia, sin dejar huellas de una lección, hombres, como decía nuestro poeta Rebolledo, "plus jeune que son áge", menores que su edad; hombres para quienes los años pasan en balde, y el señor licenciado Padilla que, si no me equivoco, sabe lo que son las cárceles y no lo sabe teóricamente sino que lo sabe porque ha sufrido los rigores de la ley penal que le fuera injustamente aplicada en alguna ocasión por delitos políticos, si no me equivoco, el señor licenciado Padilla.... (Voces: ¿Y Borrego?) y el compañero Borrego, y no hablo de Castro y López porque él no ha tenido la honra de sufrir alguna ocasión persecuciones por la causa de la justicia; (Aplausos.) quienes sepan un poco lo que son nuestras cárceles, tienen el deber de proclamar desde aquí ante la faz de la nación, pese a nuestros prejuicios y a nuestras ranciedades, que nuestro famoso sistema penitenciario, que nuestro famoso sistema penal que proclama la regeneración de los delincuentes por el trabajo, la regeneración de los delincuentes por el aislamiento, por el trabajo metódico, todos estos sistemas que se han proclamado están escritos solamente; entonces debéis confesar - digo estas cosas porque se presenta la ocasión, pero el día debe llegar en el período ordinario en que metodicemos esas cosas y apliquemos nuestra experiencia a intentar la reforma de nuestro Código Penal, entonces los compañeros Borrego y Padilla deben aplicarse ingeniosamente a la obra -, pero hoy es el momento de confesar y proclamar conmigo que nuestras cárceles, penitenciarías, Belén y todas las cárceles de la República, lejos de ser centros de regeneración distan mucho de serlo y sí son de corrupción.

Todavía más, y podría referirme en estos momentos a un esfuerzo plausible recientemente iniciado: el del Congreso del Niño, en que se trató el doloroso problema de delincuencia. No se sabe que nuestras escuelas correccionales, las de muchachos y las de mujeres, sean en verdad un centro en que los pequeños delincuentes, de ocho o diez años de edad, se regeneren. El papelerillo que vive en un ambiente de vicio y de miseria, que duerme en las puertas, por ejemplo, del Teatro Lírico, en las crudas noches de invierno - no quiero romantizar, pero si tenéis una poca de sensibilidad y habéis visto en las crudas noches de invierno al salir del teatro a un papelerillo que duerme en las puertas y zaguanes, habréis comprendido qué sociedad que tiene miserables, que tiene niños que no duermen como los nuestros, que no se alimentan, ni ríen ni juegan como los nuestros, sino que saben desde pequeños de todas las miserias, de todas las ruindades y de todas las bajezas de la vida, es sociedad que no tiene derecho a castigar, sino el deber de procurar la regeneración del delincuente. (Aplausos.) De manera que acepto contender con quienes vengan a esta tribuna a hablar con serenidad, con un espíritu científico, disciplinado por la experiencia y el estudio, con aquellos que nos digan que la justicia es algo igualmente distante del perdón, que del sentimiento de venganza y que la justicia es algo que debe de cumplirse serenamente, independientemente de las circunstancias extrínsecas o accesorias, como esto de la celebración de una fecha más o menos interesante en nuestra historia; a éstos sí podría yo aceptarlos como impugnadores de buena fe; pero a quienes vengan aquí patéticamente, retóricamente a hablarnos de las miserias de la sociedad y del peligro que amenaza a la sociedad porque se pongan en libertad a estos delincuentes, no puedo aceptarlos como impugnadores de buena fe. Se trata en estos momentos de delincuentes menores, porque estamos discutiendo una iniciativa que se refiere a aquellos que hayan merecido por su delito una pena menor de a la de once meses, no lo olvidéis, y quienes vengan aquí afirmando con

un santo horror que vamos a constituir la liberación de estos delincuentes - que yo no vacilo, a pesar de que la fórmula no es mía, aunque se pretenda ridiculizarme en llamar enfermos, y el señor licenciado Padilla si quiere discutir estas cosas seriamente y no en forma de broma discutible, tendrá que aceptar, como yo, que son enfermos, pues la misma expresión de morbosidad de que él hablaba es ideológicamente connotativa de enfermedad -; de manera que si el señor licenciado Padilla reconoce conmigo que tenemos razón para ser escépticos en materia de nuestra justicia, la justicia que se imparte en Belén, la justicia que se imparte en nuestros tribunales, el señor licenciado Padilla tendrá que confesar conmigo que no es un paradojista, sino un hombre que conoce la realidad en que vive, quien afirma que no se cometería un gravísimo desacato a la moralidad - y quiero llevar hasta sus últimos extremos mi teoría para convenceros de que estoy de ello convencido -, yo creo que no se cometería un gravísimo desacato a la moralidad si en el mismo día y a una misma hora se abriesen las puertas de nuestros llamados establecimientos penales de toda la República. Llevad así, valientemente, una doctrina a sus ulteriores consecuencias para aceptar, si queréis, la demostración de lo absurdo; plantead, si queréis, la demostración de lo absurdo para comprobar que estáis convencidos de lo que es la justicia, aceptando después que no es esto lo que queremos, señores diputados, sino algo mucho menos, algo más humano, más relativo y más estrecho: decretar la libertad de los encausados que merecen una pena menor de once meses de arresto. El compañero Borrego y el compañero Padilla arguyen sutilezas: la clasificación del auto de formal prisión es una clasificación provisional que dista muchas ocasiones, que dista bastante y que a veces difiere enormemente de la clasificación definitiva, del fallo condenatorio. Esto es cierto; pero debieran convenir los compañeros en que estos son casos excepcionales; en tesis general, los individuos acusados por robo o por homicidio son condenados a la postre por homicidio y por robo. Todavía más: ustedes saben muy bien que hay un artículo que prohibe castigar por delito distinto de aquel por que fuera acusado el delincuente; de manera que creo que no hay argumento verdaderamente serio. De todas maneras he querido colocarme en el terreno de la equidad; los compañeros Padilla y Borrego tiene derecho, y quienes con ellos opinen, a oponerse a estas adiciones, porque se opusieron lealmente a la aprobación de la ley en lo general; pero aquellos de vosotros - y somos la mayoría - que hayan aprobado la ley en lo general, que hayan creído que era bueno ser generoso con los delincuentes de comprobada delincuencia, lógicamente, por equidad, deben extender ese espíritu de generosidad, de conmiseración a quienes no son delincuentes, sino presuntos delincuentes. Creo que debo repetir lo que dije en un principio: el debate está prácticamente agotado. Si hay entre vosotros prejuicios, si alguno de vosotros se considera previamente obligado a votar en determinado sentido debido a acuerdos colectivos, entonces contra prejuicios de esta suerte es vano luchar; me dirijo a aquellos que lealmente están esforzándose en estos momentos por adquirir una opinión definitiva; a ellos creo haberlos podido convencer; a quienes no inspira un sentimiento de equidad. (Aplausos. Voces: ¡A votar!)

El C. secretario Saucedo: No habiendo más oradores inscriptos, en votación económica se pregunta si el asunto está suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Suficientemente discutido. En votación económica se pregunta si ha lugar a votar la adición a debate. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Ha lugar a votar. Se procede a recoger la votación nominal de la adición, que dice:

"Artículo 1o. Los que el día 1o. de agosto del corriente año estuvieren ya encausados por delitos cuya pena no exceda de once meses de arresto, serán puestos en libertad el día 15 de septiembre próximo por orden del juez o tribunal de los autos, previa audiencia del Ministerio Público, del procesado y de su defensor o uno de oficio, si aún no hubiere nombrado, a fin de determinar si es el caso a que este artículo se refiere."

El C. prosecretario Castrejón: Por la afirmativa.

- El mismo C. secretario: Por la negativa.

(Se recoge la votación.)

- El mismo C. prosecretario: Votaron por la afirmativa 55 ciudadanos diputados.

- El mismo C. secretario: Votaron por la negativa 85 ciudadanos diputados. En consecuencia, ha sido desechada la adición propuesta. (Aplausos.)

Pasa el proyecto de ley al Senado para los efectos constitucionales.

- El mismo C. secretario: Por disposición de la Presidencia se pasa a discutir la Ley sobre Instrucción Pública Federal. El proyecto dice así:...

El C. Paz, interrumpiendo: ¡Moción de orden, señor presidente! Estaba a discusión la fracción I de las adiciones propuestas; ¿Por qué no se pone a discusión la fracción II, como corresponde?

El C. presidente: Como la adición II es una consecuencia de la I, y ésta fue desechada en la votación que acaba de pasar, de hecho quedó rechazada. (Voces: ¡No! ¡No! Murmullos.)

El C. Paz: ¡No señor! Es una cosa absolutamente distinta. Es un abuso de la Presidencia. (Murmullos. Desorden.) Si se rechaza, que se rechace, pero como debe de ser.

El C. secretario Saucedo: La Presidencia, por conducto de la Secretaría, manifiesta a la Asamblea que, estando la fracción II íntimamente ligada con la I, que fue rechazada, en obvio de tiempo no quería que se prolongase por más tiempo la discusión de este artículo y, por lo mismo, somete a la consideración de la Asamblea si se procede o no a votar el artículo 2o. (Voces: ¡A discusión!) Se pregunta a la Asamblea si se pone a discusión la fracción II.

El C. Gandarilla: Moción de orden. El Reglamento determina de una manera precisa que cuando algún representante pida que se discutan separadamente los artículos de ley, así se haga.

El C. Paz: Y así se ha hecho con toda la ley.

El C. secretario Saucedo: La Presidencia sostiene su trámite y pregunta a la Asamblea....

El C. Lara César A., interrumpiendo: Pido la palabra en contra del trámite.

- El C. secretario Saucedo, continuando:.... y

se pregunta a la Asamblea si se procede o no a la discusión de la fracción II de la Ley de Indultos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

El C. Espinosa Luis: Moción de orden: Es visible el deseo de la Asamblea de que no se le consulte en el sentido de si se aprueba que este inciso sea puesto a discusión, puesto que ella está en la inteligencia de que debe ponerse a discusión sin necesidad de consultarse, sino obedeciendo a principios establecidos. De tal manera, que es ocioso eso y la Presidencia debe declarar terminante y categóricamente que está a discusión esa fracción II y nada más.

El C. presidente: En obvio de dificultades, se va a poner a discusión la fracción II.

El C. secretario Saucedo: Está a discusión la fracción II, que dice así:

"II. A los encausados por delitos comunes cuyo máximo de pena fijada por la ley exceda de once meses de arresto, se les rebajará, en la sentencia irrevocable que se pronuncie en la causa relativa, la tercera parte de la pena que había de corresponderles y, en todo caso, se les abonará el tiempo de prisión sufrida."

El C. Paz: Como autor, pido la palabra. (Voces: ¡A votar! ¡A votar!)

El C. secretario Saucedo: Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse. (Murmullos.) No habiendo quien haga uso de la palabra se procede a votar.

El C. Paz: Antes de la votación pido retirar ese artículo, esa fracción, y poner ésta a discusión. (Voces: ¡No! ¡No! ¡Sí! ¡Sí!) Pido que se consulte a la Asamblea. (Murmullos.)

El C. secretario Saucedo: Se pregunta a la Asamblea si permite que sea retirada (Voces: ¡No! ¡No!) la adición que acaba de ser leída, para que se presente otra, modificándola. (Voces: ¡No! ¡No! ¡Sí! ¡Sí!)

El C. Castillo Nájera: Primero que se dé a conocer la otra. (Voces: ¡No! ¡No! Murmullos. Campanilla.)

El C. Lara César A.: ¡Moción de orden, señor presidente! El artículo que está a debate es el que se debe poner a votación, reservándonos nosotros el derecho de proponer una nueva adición, en caso de que esté sea rechazado. Así es que yo pido a la Presidencia que se sujete a votación el artículo que estuvo a debate y que se reserve a nosotros el derecho de presentar una nueva adición en caso de que sea rechazada ésta.

El C. Espinosa Luis: ¡Moción de orden! Es ocioso que se ponga a votación el artículo anterior, porque ya sabemos que lo vamos a rechazar. En consecuencia, que se consulte a la Asamblea si permite retirar este artículo para que lo presenten modificado. Eso nos ahorra el tiempo de una votación inútil; pero sin que se lea antes, no se puede leer, tiene que retirarse primero el asunto a debate. (Murmullos. Campanilla.)

El C. secretario Saucedo: Nuevamente se pregunta a la Asamblea si permite que se retire la adición a que se acaba de dar lectura. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Sí se permite. La adición que presenta modificada el ciudadano Paz, dice así:

"Gozarán de reducción de una tercera parte de la pena que les correspondiere, todos los sujetos a proceso, ya sean del orden federal, militar y común para el Distrito Federal y Territorios, cuyos expedientes estén en trámite antes de la fecha en que sea promulgada la presente ley. Dicha reducción la hará el juez de los autos de oficio, al dictar la sentencia definitiva que proceda. - Octavio Paz." En atención a que no se ha pedido dispensa de trámites, se turna a comisiones. (Desorden. Campanilla.)

El C. Lara César A.: pido la dispensa de trámites que se omitió en el artículo que se puso a debate. (Desorden. Campanilla.)

El C. Manrique: Moción de orden. Mi moción de orden hace constar que, obediente al precepto reglamentario, 122, no debe consultarse dispensa de trámites que supondrá la aprobación por las dos terceras partes de la Cámara, sino simplemente que se consulte si se acepta o no a discusión, lo que supone la aprobación por la mayoría de la Cámara. Me remito al artículo 122. No insisto en que se lea; por su misma naturaleza tiene dispensa de trámites.

El C. Lara César A.: ¡Para moción de orden!

El C. presidente: No hay desorden.

El C. Lara César A.: Sí hay; lo voy a probar a usted que sí hay. Pido la palabra para moción de orden. (Murmullos.)

El C. presidente: No se le concede.

El C. Lara César A.: El desorden consiste, ciudadano presidente, en que el artículo anterior tenía dispensa de trámites y la Asamblea permitió que el artículo fuera retirado para presentar otro; desde luego, este otro tiene dispensa de trámites. (Voces: ¡No! ¡No! ¡Si! ¡Si!)

El C. secretario Saucedo: Se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se toma en consideración la modificación que ha presentado el ciudadano Paz. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

El C. Espinosa Luis: ¡Moción de orden! Conforme al Reglamento, antes tiene que fundarla el autor o cualquiera otra persona. Pueden hablar uno en pro y otro en contra. (Voces: ¡Sí, que la funde! ¡Es potestativo!)

El C. Paz: ¿Quiéren que la funde?

El C. Casas Alatriste: Pido la palabra para fundar esa proposición.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Casas Alatriste.

El C. Casas Alatriste: Honorable Asamblea: Solamente tres palabras o cuatro bastarán para fundar la conveniencia de la aprobación del inciso a debate, del inciso propuesto o del artículo propuesto. Esta se basa en esta consideración: habéis aprobado ya que todos los reos sentenciados en la actualidad gocen de una reducción en la pena que están ya extinguiendo, y se consulta aquí que esta misma gracia que la Representación Nacional concedió a los reos ya sentenciados, se extienda a aquellos que estén encausados en la actualidad, y que esta reducción de penas se tome en cuenta a la hora en que en que el juez falle. No discuto si hicisteis bien o mal en condenar la reducción de pena de esta ley del perdón o del indulto, esto no está a debate; habéis aprobado ya que se haga esta concesión a

los reos ya sentenciados, y no encuentro lógica alguna para que no se aplique esta misma gracia a los que están actualmente sujetos a proceso. Si en su proceso resulta que son culpables, tendrán también derecho a que, en conmemoración del Centenario de nuestra Independencia, tengan una reducción equivalente a la que tienen los reos ya sentenciados. Creo que esto es obvio, creo que esto cabe, no necesita mayores argumentos para demostrarse. Entiendo que esto no tendrá objeción seria y que, en consecuencia, no tendrán reparo alguno en aprobar esta proposición.

El C. Lara César A.: Pido la palabra para una aclaración. Señores representantes: Quiero hacer una última aclaración, para ver si se entra francamente al debate de este artículo propuesto. En buena hora, señores representantes, que los bloques parlamentarios de la Cámara tomen acuerdos en asuntos políticos; pero en asuntos de esta naturaleza no se deberían tomar, porque así se acalla toda la labor que pudiera hacer la Representación Nacional. En este concepto, ciudadanos representantes, entiendo yo que es una obra de equidad y que, como dijo el ciudadano Manrique, no es lo mismo equidad que justicia; darle la misma gracia a los que no no están todavía sentenciados y que se presume que sean inocentes o sean responsables, que la que se les dé a los que ya se sabe que son responsables yo, ciudadanos representantes, hago esta declaración: la responsabilidad de no aceptar este artículo por un acuerdo expreso de un bloque, que debería tenerlo solamente en asuntos políticos, recaiga en el bloque que tomó el acuerdo a que antes me he referido. (Aplausos. Siseos. Campanilla.)

El C. Avilés: ¡En contra!

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Avilés.

El C. Avilés: Señores diputados: Comenzaré por lamentar que ¡ah cuánto dislate se está cometiendo a nombre del Centenario! Ayer eran los pegasos los que se pretendía bajar de las cornisas del Teatro Principal... (Risas. Aplausos.) del Teatro Nacional (Risas.) Ayer se trató también de establecer bailes oficiales, como si estuviéramos no en la Rusia soviet, sino en la Rusia de los zares... (Risas.) Hoy se pretende, señores diputados, dar una ley a todas luces absurda, y ya después de haber aprobado esta ley, se trata de hacerle una adición a todas luces absurda también. En vez de esto señores que tan larga han hecho esta discusión de la Ley de Indultos, como han dado en llamarle, que en nada en verdad va a proteger a los reclusos tanto de la cárcel de Belén como de la Penitenciaría, porque hay que tener en cuenta, señores diputados, que tácitamente el Senado ha dado ya término a sus sesiones, y entre más tiempo se dure para mandar esta ley, menos se dará fin a ella. Ahora, esta adición que presentan aquí, no es nada más que la misma gata, solamente que se ha revolcado; es la misma adición que se acaba de desechar, sólo que con una pequeña modificación se vuelve a hacer que vengamos a perder el tiempo con ella en esta Representación Nacional. Por estas consideraciones, señores diputados, yo pido a ustedes una poca de seriedad, es decir, que rechacen esta adición y que ya se pase a cosas más prácticas; ya basta tanto del Centenario, Centenario y de Centenario, que, a la postre, yo lo que creo es que no va a ser más que un solemne ridículo el Centenario. (Aplausos. Siseos.)

El C. secretario Saucedo: Se pregunta a la Asamblea si se toma en consideración la adición a que se ve a dar lectura nuevamente.

"Gozarán de reducción de una tercera parte de la pena que les correspondiere, todos los sujetos a proceso, ya sean del orden federal, militar y común para el Distrito Federal y Territorios, cuyos expedientes estén en trámite antes de la fecha en que sea promulgada la presente ley. Dicha reducción la hará el juez de los autos de oficio, al dictar sentencia definitiva que proceda."

(Voces: Se está discutiendo.)

El C. Espinosa Luis: Moción de orden. Desde el momento en que el ciudadano Paz retiró el artículo para presentarlo reformado, se entiende que es el mismo, señor presidente. (Voces: ¡No! ¡No!) es claro que sí, se pidió permiso para retirarlo, porque se sobreentiende que la Cámara de Diputados no puede haber consentido en que se retirara para que presentara uno completamente distinto, tiene que ser el mismo reformado; en consecuencia, están vivas las dispensas de todos los trámites que tenía el artículo anterior y debe subsistir para éste, que es el mismo, nada más que modificado, no es una cosa distinta; en consecuencia, lo único que se debe decir es que entre a debate.

El C. presidente: La Presidencia manifiesta a su señoría que usted mismo pidió que los autores del artículo pasarán a sostenerlo. En tal concepto, conforme al Reglamento, habiendo hablado los oradores que marca el mismo, en votación económica se preguntará si se toma en consideración.

El C. Espinosa Luis: Para aclarar lo que acaba de decir su señoría, pido la palabra. Que por una equivocación dije que se pasara a fundar, quise decir que se entrara a discutir. (Risas.)

El C. secretario Saucedo: La Presidencia sostiene su trámite y pregunta a la Asamblea si se toma o no en consideración la adición propuesta. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. No hay mayoría..... (Voces: ¡Sí hay! ¡No hay!)

El C. Gandarilla: ¡Moción de orden! ¡Reclamo la declaración de la Secretaría! (Murmullos. Siseos. Campanilla.)

El C. Paz: Es una parcialidad completa de la Mesa. (Desorden. Siseos. Murmullos. Campanilla.)

El C. secretario Saucedo: La Secretaría no es parcial, como manifiesta el compañero Paz, y para demostrar su imparcialidad va a comisionar a los diputados Paz y Ramos Pedrueza para que cuenten a los que están de pie, y a los ciudadanos diputados Lavín e Hidalgo Catalán para que cuenten a los que están sentados. (Voces: ¡Al revés! Murmullos. Campanilla.)

El resultado del recuento fue el siguiente: 67 sentados y 45 de pie; en consecuencia, no hay quórum. La Secretaría ha demostrado que no había mayoría. Se levanta la sesión y se cita para mañana a las cinco de la tarde.(8.20 p. m.)