Legislatura XXIX - Año I - Período Extraordinario - Fecha 19210816 - Número de Diario 92
(L29A1P1eN092F19210816.xml)Núm. Diario:92ENCABEZADO
MÉXICO, MARTES 16 DE AGOSTO DE 1921
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
AÑO I.- PERÍODO EXTRAORDINARIO XXIX LEGISLATURA TOMO II. - NÚMERO 92
SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
EFECTUADA EL DÍA 16 DE AGOSTO DE 1921
SUMARIO
1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.
2.- Cartera. La Cámara de Senadores devuelve el expediente que contiene el Proyecto de Ley de la Defensoría de Oficio; recibo, a las comisiones unidas 1a. y 2a. de Justicia e imprímase. Los gobernadores de varios Estados envían una iniciativa de adición al Proyecto de Ley Orgánica del Artículo 27 Constitucional; recibo y a las comisiones unidas de Petróleo. Se concede licencia a los CC. diputados Rico G., Montes Manuel y Silva Joaquín.
3.- No se toma en consideración la adición del C. Paz, al Proyecto de Ley de Indulto; pasa dicho proyecto al Senado para los efectos constitucionales.
4.- Es aprobado en lo general el proyecto de ley presentado por varios ciudadanos diputados, por el que se organiza la Secretaría de Educación Pública. Se discute y aprueba en lo particular, pasando al Senado para los efectos legales. Se levanta la sesión.
DEBATE
Presidencia del C. GARCÍA SOCORRO
(Asistencia de 126 ciudadanos diputados)
- EL C. presidente, a las 5.52 p.m.: Se abre la sesión.
- El C. secretario Saucedo, leyendo:
"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día once de agosto de mil novecientos veintiuno.- Período extraordinario.
"Presidencia del C. Socorro García.
"En la ciudad de México, a las seis horas y tres minutos de la tarde del jueves once de agosto de mil novecientos veintiuno, se abrió al sesión con asistencia de ciento veintiséis ciudadanos diputados.
"Se dio cuenta del acta de la sesión celebrada el día anterior que se aprobó sin debate, y de los documentos siguientes:
"Telegrama por medio del cual los presos en las Islas Marías solicitan se les tenga en cuenta al discutirse la Ley de Indulto.- Recibo y a su expediente.
"Solicitud del C. Norberto Domínguez, relativa a que se le conceda licencia por veinte días con goce de dietas.
"Se dispensaron los trámites y sin debate se aprobó.
"Escrito en que la mayoría de la diputación veracruzana hace constar su protesta por las frases vertidas en la sesión anterior por el C. diputado Jesús Z. Moreno, con motivo de la ley expedida por la Legislatura de Veracruz sobre participación de utilidades, y afirman que lo expresado por dicho representante no es el sentir de ellos ni mucho menos de la clase trabajadora de Veracruz.- Insértese en el DIARIO DE LOS DEBATES.
"El C. Luis Espinosa pretendió que se leyera el voto particular por él emitido como miembro de la 2a. Comisión de Petróleo, sobre la reglamentación del artículo 27 constitucional, a lo que se opusieron en mociones de orden los CC. Arroyo Ch. y Francisco de la Torre. Hicieron aclaraciones la Mesa y el referido C. Espinosa. Sometido el caso a la resolución de la Asamblea, ésta determinó que no se leyera el voto particular.
"Se procedió a la votación de los preceptos no objetados del proyecto sobre reducción y conmutación de penas, aprobándose en un solo acto, por ciento veinticuatro votos de la afirmativa contra seis de la negativa de los CC. Guerrero Eduardo, Lazcano Carrasco, Martínez Fernando B., Ogarrio Meixueiro, Ramírez Francisco Modesto y Sánchez Pablo H., los artículos 1o., con su adición, y 2o. a 8o.
"La Secretaría declaró que se iba a votar la adición al artículo 1o., presentada en la sesión anterior por el C. Manrique. El C. César A. Lara hizo aclaraciones relacionadas con la solicitud del autor de la adición para reformarla . El C. secretario Saucedo también hizo aclaraciones y luego leyó la adición ya modificada por el C. Manrique, la que fue puesta a debate después de que hizo una moción de orden el C. César A. Lara.
"Hablaron en contra los CC. Borrego y Padilla, y en pro los CC. César A. Lara y Manrique.
"Suficientemente discutida la adición y con lugar a votar, fue desechada por ochenta y cinco votos de la negativa contra cincuenta y cinco de la afirmativa.
"Votaron por la negativa los CC. Alanís Fuentes, Alarcón, Alonzo Romero, Alvarez Vicente,
Angulo, Arroyo Ch., Avilés, Barragán Martín, Basaldúa, Bonilla, Borrego, Bravo Betancourt, Bravo Lucas, Cal y Mayor, Camarena, Campillo Seyde, Castillo Agustín, Castillo Enrique del, Castillo Francisco, Castro y López, Cervantes, Cienfuegos y Camus, Colón, Contreras Adolfo, Esparza Martínez, Espinosa Luis, Fernández Martínez Flores, Franco Abraham, Gálvez, Gámiz, García Socorro, Gómez Carlos, Gómez Cosme D., Guerrero Eduardo, Gutiérrez Teodomiro T., Hernández Alvarez, Hernández Coronado, Hidalgo Catalán, Ibarra, Lavín, Lira, Manero, Maqueo Castellanos, Márquez, Martínez de Escobar Rafael, Martínez Fernando B., Méndez José, Méndez Manuel F., Morales, Moreno Jesús Z., Navarro, Uriel, Olguín, Ollivier, Ortega José Juan, Ortiz, Padilla, Palacio, Paredes, Peña Francisco de la, Pichardo, Portales, Rama, Ramírez Luque, Ramírez Miguel, Ramos Esquer, Reyes Ignacio C., Reyes Tereso, Riva Palacio, Rivera Cabrera, Rodríguez López, Salazar, Salgado, Sánchez Anaya, Sánchez Gilberto, Sánchez Pablo H., Saucedo, Sepúlveda, Serrano Hermosillo, Solís, Solórzano Federico N., Tovar y Pérez, Trejo Erasmo, Vasconcelos, Vázquez y Valverde.
"Votaron por la afirmativa los CC. Aguirre Emilio, Pedro de Alba, Altamirano, Ángeles, Arce, Barbosa, Barragán Enrique M., Bolio, Von Borstel, Calderón, Casas Alatriste, Castañeda Nigra, Castillo Porfirio del, Castrejón, Céspedes, Cuervo, Chávez Franco, Dorantes , Estrada, Fernández Miguel B., Franco Urías, Gandarilla, Garza Francisco, Gómez Luna, Gómez Rodrigo, González Jesús B., González Onésimo, González Rafael M., Guzmán Luis, Lara César A., Luquín, Macías Rubalcaba, Manrique, Martínez Rendón, Miravete, Montes de Oca, Moreno Francisco Z., Ortega Antonio, Paz, Pimentel, Prieto Laurens, Quiroga, Ramírez Francisco Modesto, Ramírez M. Fidel, Ramos Pedrueza, Reyes Francisco, Rodríguez Guillermo, Rodríguez Herminio S., Romero José H., Soto Francisco, Torre Francisco de la, Valverde, Vicencio, Villegas y Vizcarra. La adición desechada dice así:
"Los que el día 1o. de agosto del corriente año estuvieren ya encausados por delitos cuya pena no exceda de once meses de arresto, serán puestos en libertad el día 15 de septiembre próximo por orden del juez o Tribunal de los autos, previa audiencia del Ministerio Público, del procesado y del defensor o uno de oficio si aún no hubiere nombrado, a fin de determinar si es el caso a que este artículo se refiere."
"La Secretaría declaró que pasaba la iniciativa de Ley de Indulto al Senado para sus efectos constitucionales, y comenzaba la lectura de un proyecto para establecer la Secretaría de Educación Pública Federal, cuando el C. Octavio Paz pidió que se le pusiera a debate otra adición que se había presentado a la Ley de Indulto. La Mesa hizo la aclaración de que el precepto a que se refería el C. Paz estaba íntimamente ligado con la adición ya desechada. Hicieron mociones de orden los CC. Gandarilla, Luis Espinosa, Paz y César A. Lara, y la Cámara acordó que se diera cuenta, en lugar de la adición de referencia, con otra formulada por el C. Paz.
"Surgieron nuevas mociones de orden de los CC. Manrique, César A. Lara y Luis Espinosa, y en seguida el C. Casas Alatriste usó de la palabra para fundar la adición , la cual fue impugnada por el C. Avilés después de una aclaración del C. César A. Lara.
"Hizo otra moción de orden el C. Luis Espinosa, y acto continuo la Secretaría preguntó a la Cámara si se tomaba en consideración la adición, pero como había duda respecto del resultado de la votación económica, se nombró a cuatro diputados para hacer el recuento de votos y se vino en conocimiento de que se había desintegrado el quórum.
"A las ocho y veinte de la noche se levantó la sesión y se citó para las cinco de la tarde del día siguiente."
Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Aprobada.
- El mismo C. secretario: Se va a dar cuenta con los asuntos en cartera:
"Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - Estados Unidos Mexicanos.- México.- Sección Segunda.- Número 49.
"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presente.
"Para los efectos constitucionales, tenemos el honor de devolver a ustedes en setenta y dos fojas útiles, el expediente con la minuta del proyecto de ley que organiza la Defensa de Oficio en Materia Federal.
"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
"México, a 12 de agosto de 1921.- Gerzayn Ugarte, S. S.- Eleazar del Valle, S. S." - Recibo, a las comisiones unidas 1a. y 2a. de Justicia e imprímase.
(La minuta de referencia está concebida en los términos siguientes:)
Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.- México.- Estados Unidos Mexicanos.
Minuta.- Proyecto de Ley que organiza la Defensa de Oficio en Materia Federal.
Artículo 1o. La Defensa de Oficio en el fuero federal se encarga a un jefe de defensores y al número de defensores de oficio a que se refiere el artículo 5o.
Artículo 2o. El nombramiento y remoción del jefe y demás miembros del Cuerpo de Defensores, los hará la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Los empleados subalternos de la institución serán nombrados y removidos por el jefe del Cuerpo de Defensores.
Artículo 3o. El jefe de defensores prestará la protesta constitucional ante la Suprema Corte de Justicia; los defensores que ejerzan sus funciones en esta capital, ante el jefe del Cuerpo, y los defensores foráneos ante los magistrados o jueces de los tribunales a que estén adscriptos.
Artículo 4o. Los defensores de oficio patrocinarán a los reos que no tengan defensor particular, cuando sean nombrados en los términos que prescribe la fracción IX del artículo 20 constitucional.
Artículo 5o. La Defensoría de Oficio en el ramo federal se compondrá:
I. De un jefe de defensores;
II. De cuatro defensores auxiliares del anterior;
III. De los defensores que fueren necesarios, para que cada tribunal de Circuito y cada Juzgado de Distrito tengan un adscripto, sin perjuicio de que el jefe de defensores pueda comisionar a un solo defensor para dos juzgados o o para un Juzgado o tribunal, o dos defensores para un solo Juzgado y un solo tribunal, cuando a su juicio así convenga al buen despacho de la justicia.
La suprema Corte de Justicia de la Nación queda facultada para aumentar o disminuir el número de defensores de oficio en la República, según las necesidades de cada localidad.
Artículo 6o. El jefe de defensores y sus auxiliares inmediatos residirán en donde tengan su asiento los poderes federales, y estarán adscriptos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Los demás defensores residirán en los lugares donde funcionen los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, a los cuales estén adscriptos.
Artículo 7o. Para ser jefe de defensores se necesita: ser ciudadano mexicano en ejercicio de sus derechos, abogado con título oficial, mayor de veinticinco años y tener dos, por lo menos, de ejercicio profesional.
Para ser defensor de oficio se requiere ser ciudadano mexicano en ejercicio de sus derechos y abogado con título oficial. En los Estados y Territorios podrá dispensarse el requisito de ser abogado, siempre que no haya profesionistas que acepten desempeñar el encargo.
Artículo 8o. Son atribuciones del jefe de defensores:
I. Dictar las providencias de carácter general que estime convenientes a la mayor eficacia de la defensa de los reos;
II. Dirigir la formación de la estadística correspondiente a la institución;
III. Imponer a los defensores, como correcciones disciplinarias, extrañamientos, apercibimientos o multas hasta de veinticinco pesos, según la gravedad de las faltas en que incurran;
IV. Nombrar provisionalmente a las personas que substituyan a los defensores de oficio, en sus faltas que no excedan de un mes.
Artículo 9o. Siempre que el jefe de defensores imponga alguna de las correcciones a que se refiere la fracción III del artículo 8o., levantará acta circunstanciada, que remitirá original a la Suprema Corte de Justicia, para integrar el expediente respectivo.
Si el defensor a quien se imponga una corrección disciplinaria no estuviere conforme, podrá ocurrir ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la que, recabando los datos necesarios al efecto, resolverá en definitiva lo que haya lugar.
Artículo 10. Son obligaciones de los defensores:
I. Defender a los reos que no tengan defensor particular, cuando ellos mismos o el tribunal respectivo los designen con ese fin;
II. Desempeñar sus funciones ante los juzgados o tribunales de su respectiva adscripción y ante el Jurado que conozca del proceso correspondiente, cuando éste lo amerite, según la fracción VI del artículo 20 constitucional;
III. Promover las pruebas y demás diligencias necesarias para que sea más eficaz la defensa;
IV. Introducir y continuar, bajo su más estricta responsabilidad, ante quien corresponda, en favor de sus defensos, los recursos que procedan conforme a la ley;
V. Pedir amparo cuando las garantías individuales del reo hayan sido violadas por los jueces o tribunales, o por la autoridad administrativa;
VI. Rendir mensualmente informe al jefe de la institución, sobre los procesos en que hayan intervenido, haciendo las indicaciones necesarias para la estadística correspondiente;
VII. Patrocinar a los reos que los soliciten ante la institución, en todo caso de indulto necesario y para obtener el beneficio de la libertad preparatoria;
VIII. Las demás obligaciones que en general les impusiere una defensa completa y eficaz.
Artículo 11. Se prohibe a los defensores de oficio ejercer la abogacía en cualquier asunto judicial, excepto cuando se trate de causa propia, de su cónyuge, de sus ascendientes o descendientes o de sus colaterales.
Artículo 12. Las faltas temporales del jefe de defensores, que no excedan de un mes, serán cubiertas por el defensor adscripto a él, que designe el propio jefe. Las faltas de los defensores que no excedan de un mes serán cubiertas por el que nombre o designe el jefe, de conformidad con la facultad que le otorga la fracción IV del artículo 8o.
Las faltas por mayor tiempo del jefe y de los defensores, así como las absolutas, serán cubiertas por el substituto que nombre la Suprema Corte de Justicia.
Artículo 13. Las licencias de que haya de hacer uso el jefe de defensores y las de más de un mes que soliciten los demás miembros del Cuerpo, serán resueltas por la Suprema Corte de Justicia.
Las licencias hasta por un mes que pretendan los defensores, así como cualesquiera otras que soliciten los empleados subalternos, serán resueltas por el jefe del Cuerpo.
Artículo 14. Las licencias de cualquier carácter que se concedan no podrán exceder, en conjunto, de seis meses en un año.
Artículo 15. Sólo por causa de enfermedad justificada con certificado médico expedido por facultativo titulado oficialmente, podrá concederse licencia con goce de sueldo, sin que en ningún caso exceda de dos meses en un año.
Transitorios
Artículo 1o. Esta ley empezará a regir el día de su promulgación.
Artículo 2o. Entretanto que no se expida una ley de responsabilidades oficiales, se observarán los preceptos de los artículos siguientes:
Artículo 3o. El jefe de la Defensa, los defensores de oficio y los empleados subalternos son responsables por los delitos y faltas oficiales en que incurran durante el ejercicio de su encargo, debiendo reputarse causas de responsabilidad las siguientes:
I. Faltar frecuentemente, sin causa justificada, a sus respectivas oficinas, o a las prisiones y hospitales a donde fueren llamados por sus defensos; llegar frecuentemente tarde a las primeras o no permanecer en el despacho todo el tiempo prevenido por los reglamentos;
II. Demorar o contribuir a la demora de las defensas o asuntos que les estén encomendados, ya por faltar al cumplimiento de sus deberes legales, ya por no cumplir con las órdenes que, en su caso y de acuerdo con la ley, reciban de sus superiores;
III. Ejecutar hechos o incurrir en omisiones que tengan como consecuencia traspapelar expedientes, extraviar escritos, o dificultar la práctica de las diligencias procesales;
IV. Negarse injustificadamente a patrocinar la defensa de los encausados que, no teniendo defensor particular, soliciten sus servicios; valerse de cualquier medio para que se les revoque el nombramiento, o abandonar la defensa sin causa justa;
V. Dejar de interponer en tiempo y forma los recursos legales en beneficio de los encausados, desatender su tramitación, desistirse de ellos o abandonarlos con perjuicio de sus defensos;
VI. No hacer con oportunidad las promociones que legalmente procedan y ser negligentes en la presentación de las pruebas tendentes a fijar con precisión la verdad que se busca para que la ley sea aplicada justamente;
VII. Aceptar ofrecimientos o promesas, recibir dádivas o cualquiera remuneración por los servicios que presten a los encausados o solicitar de éstos o de las personas que por ellos se interesen, dinero o cualquiera otra retribución para ejercer las funciones de su cargo;
VIII. Dejar de cumplir cualquiera de las demás obligaciones que les están impuestas.
Artículo 4o. En los casos de responsabilidad a que se refiere el artículo anterior, se aplicarán las penas que establezcan las leyes vigentes, y si el caso no estuviere previsto, las que correspondan conforme a las reglas siguientes:
I. En los casos de las fracciones I, II, III y VIII del artículo anterior, multa de diez a quinientos pesos y, en caso de reincidencia, destitución de empleo e inhabilitación por cinco años para obtener cualquier otro dependiente de la Federación;
II. En los casos de las fracciones IV a VII, inclusive, una pena que no baje de dos meses de arresto ni exceda de un año de prisión, destitución de empleo, e inhabilitación hasta por tres años, para obtener cualquiera otro dependiente de la Federación, debiendo el juez regular la pena según la gravedad de la falta castigable.
Artículo 5o. La responsabilidad de los delitos oficiales de los defensores de oficio se exigirá por conducto del procurador general de la República, quien sin más trámite que el escrito de queja, turnará el asunto al agente que corresponda, para que éste inicie ante el juez competente el juicio respectivo Si dicho juez encuentra méritos para proceder a la detención, podrá ordenarla desde luego, dando aviso al superior de quien dependa el encausado, así como de la fecha en que decrete la prisión preventiva, en su caso.
Artículo 6o. Desde la fecha de la prisión preventiva se considerará al procesado suspenso en el ejercicio de sus funciones o desempeño de su empleo.
Artículo 7o. Se faculta al jefe de la Defensa de Oficio para expedir, con aprobación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el reglamento de la presente ley, que deberá ser puesto en vigor dentro del término de un mes de haber sido promulgada.
Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores.- México, a 11 de agosto de 1921. - Antonio Ancona A., S. P.- E. del Valle, S. S.- Gerzayn Ugarte, S. S.
"Las legislaturas de los Estados de Coahuila, Colima, Durango, México, Michoacán, Tamaulipas, Veracruz y Zacatecas, acusan recibo de las copias del expediente que para los efectos constitucionales se les envió, relacionado con las reformas de los artículos 67, 69, 72, 79, 84 y 89 de la Constitución General."- A su expediente.
"El Congreso del Estado de Zacatecas comunica que ha aprobado las reformas a los artículos 67, 69, 72, 79, 84 y 89 de la Constitución Política, aprobados por el Congreso de la Unión."- De enterado y a la Comisión que tiene antecedentes.
"Los ciudadanos gobernadores de los Estados de Durango, Hidalgo, San Luis Potosí, Michoacán, Nuevo León, Guanajuato, Veracruz y Colima, envían una iniciativa de adición al proyecto de Ley Orgánica del artículo 27 constitucional, tendente a que de los impuestos que se recauden, corresponda un 50 por ciento a la Federación y un 30 y un 20 por ciento, respectivamente, al Estado y al municipio de que se trate.- Apoyan esta iniciativa la diputación de Durango y numerosos ciudadanos diputados."- Recibo y a las comisiones unidas de Petróleo.
(La iniciativa de referencia está redactada en la siguiente forma:)
Ciudadanos secretarios de la honorable Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.
Los subscriptos, ciudadanos mexicanos, tenemos el honor de enviar, para que se sirvan dar cuenta a ese H. Congreso, la siguiente iniciativa de ley:
Exposición de motivos
Esta iniciativa se contrae a la participación que deben tener los municipios y Estados en las contribuciones federales sobre el petróleo y sus derivados; tiene como antecedente y fundamento la disposición contenida en el decreto de treinta y uno de julio de mil novecientos diez y ocho, el cual se encuentra en vigor, pues ni expresa ni tácitamente ha sido derogado, sin que las razones por las cuales no ha sido aplicado hasta la fecha, desvirtúen las que fundan la participación que otorga a los municipios y Estados en los impuestos que crea,
razones estas últimas que se derivan de necesidades apremiantes de los fiscos locales.
Es evidente, por lo demás, que correspondiendo a la nación, por precepto constitucional, el dominio directo de los yacimientos petrolíferos, y estando la nación constituida por los diversos Estados agrupados en una Federación, tanto ésta como aquéllos son poseedores del dominio directo de referencia y, por lo mismo, tanto a la Federación como a los Estados, deben corresponder, en proporción equitativa, los beneficios que derivan de aquel dominio directo.
Independientemente de esta consideración de carácter legal, es de absoluta injusticia que las regiones de la República en que existen los yacimientos petrolíferos, no perciban alguna utilidad de esa gran riqueza, pues no cabe duda alguna sobre la iniquidad de una situación como la presente, en la que los centros de población ubicados en dichas regiones, no solamente no prosperan ni se benefician con la explotación de ellas, sino que, por el contrario, han resentido serios perjuicios de esa explotación, tanto porque los actos mismos industriales en que consiste, ocasionan la muerte de industrias agrícola y ganadera y otras, por la esterilidad que afecta a las tierras, como porque la industria petrolera ha determinado una alza de jornales cuya competencia no pueden resistir las otras industrias mencionadas, pues es notorio que la referida alza de jornales trae como consecuencia un total acaparamiento de brazos, fuerzas de que se ven privadas otras industrias.
En cuanto al punto capital, o sea el que se refiere al reconocimiento expreso de la amplia facultad que tienen los municipios y Estados de la Federación para cobrar a la industria del petróleo sus impuestos locales, ese reconocimiento expreso es conveniente que quede consignado en la ley, para echar por tierra las opiniones que existen, y conforme a las cuales la industria del petróleo, por el simple hecho de estar sujeta a la legislación federal, pretende estar substraída al pago de contribuciones locales que recaen sobre todas las demás industrias, queriendo imponer una excepción que no se justifica ni desde el punto de vista jurídico, ni desde el punto de vista financiero y económico, tanto porque no hay precepto alguno de la Constitución de la República (única ley que puede dividir el ejercicio de la soberanía nacional, fuente de la facultad de percibir impuestos, entre los Estados y la Federación) que prohiba a los Estados percibir de la industria del petróleo los impuestos generales a que tienen derecho, como porque económica y financieramente, las demás industrias resultan perjudicadas teniendo que pagar a los fiscos locales contribuciones que la del petróleo no paga, y estos mismos fiscos se resienten de una pérdida considerable.
Es conveniente que este punto quede claramente establecido por la Ley Orgánica del Petróleo, en favor de los Estados y municipios, porque la opinión que niega a éstos el derecho aludido, prevaleció en las altas esferas de algunos Departamentos del Gobierno Federal, como lo comprueba el caso de la comunicación dirigida por el C. presidente Venustiano Carranza al gobierno del Estado de Tamaulipas, previniéndole se abstuviera de cobrar a la refinería ubicada en Tampico, el derecho de patente que debe causar conforme a las leyes locales respectivas. Esta refinería, propiedad de la Pierce Oil Corporation cuyo gerente general ocurrió en vía de queja al Gobierno Federal, con fecha diez de enero de mil novecientos diez y nueve, con motivo del cobro de aquel impuesto que le hizo el colector de Rentas de Tampico, dio lugar a la resolución aprobada por la Junta Consultiva del Petróleo, en virtud de la cual el primer magistrado de la nación acordó hacer, y efectivamente hizo, del conocimiento del Estado, la conveniencia de evitar que éste dictara leyes estableciendo impuestos a las negociaciones petroleras o particulares dedicadas a esa industria, por ser facultad exclusiva de los Poderes Federales legislar sobre el Ramo del Petróleo. La materia de esta iniciativa afecta por su naturaleza el porvenir económico de la mayor parte de los Estados de la República, pues tanto las investigaciones de los geólogos, como el creciente progreso de la industria petrolera, demuestran que interesa en alto grado no sólo a Veracruz, sino a Tabasco, Tamaulipas, San Luis Potosí, Hidalgo y aun otros Estados del centro de la República, por lo que es oportuna la iniciativa presente que promueve adiciones al Proyecto de Ley Orgánica del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo.
PROYECTO DE LEY
Único. Se adiciona el proyecto de Ley Orgánica del artículo 27 constitucional con el siguiente párrafo:
De los mencionados impuestos, corresponderá un cincuenta por ciento a la Federación, y un treinta y un veinte por ciento, respectivamente, al Estado y municipio de la ubicación del fundo petrolífero, sin que por el hecho de percibir dicha participación en los impuestos que cobre la Federación, los Estados y municipios queden privados de la facultad constitucional que tienen para percibir de la propiedad e industria petroleras, las contribuciones territoriales y las demás de carácter local que correspondan a las industrias subsidiarias."- México, D. F., a once de agosto de 1921.- F. J. Múgica, gobernador constitucional de Michoacán.- J. A. Castro, gobernador constitucional de Durango.- R. Nieto, gobernador constitucional de San Luis Potosí.- A. Madrazo, gobernador constitucional de Guanajuato.- A. Tejeda, gobernador constitucional del Estado de Veracruz.- Juan N. García, gobernador constitucional de Nuevo León.- Miguel Alvarez García, gobernador constitucional del Estado de Colima.- A. Azuara, gobernador constitucional del Estado de Hidalgo.
Hacemos nuestra la presente iniciativa para los efectos reglamentarios.- Emilio Gandarilla.- I. Borrego.- F. Tejeda Llorca.- S. Franco Urías.- Liborio Espinosa y E.- Lazcano Carrasco.- Aurelio P. Márquez.- T. T. Gutiérrez.- Jesús Z. Moreno.- Campillo Seyde.- S. García.- A. G. García.- Miguel B. Fernández.- José Sánchez Anaya.- Francisco Tovar y Pérez.- L. A. Aldaco.- Jaime Solís.- R. Casas Alatriste. - Rodrigo Gómez.- Enrique Meza.- L. E. Camarena.- Candelario Garza.- Joel
Flores.- E. Aguirre.- M. Ramírez.- Manuel Miravete.
"Los CC. Rafael Aguilar, Juan López R., Pedro Islas y cuatro firmantes más envían una iniciativa con el fin de que en la Ley de Indulto queden comprendidos los estudiantes encausados por el delito de lesiones que actualmente se encuentran presos o en libertad bajo de fianza, llenando los requisitos que en la misma iniciativa se establecen.
"Para los efectos reglamentarios hace suya la citada iniciativa el C. diputado por Colima, Salvador Saucedo."- Recibo y a su expediente. (La iniciativa de referencia está concebida en los siguientes términos:)
Ciudadano presidente de la H. Cámara de Diputados:
Los subscriptos, en uso del derecho de petición consagrado por nuestra Carta Magna y confiando en la magnanimidad de los miembros de esta H. Asamblea, ante usted respetuosamente exponemos:
No nos dirigimos antes a esta H. Cámara, porque nosotros también pensamos en un principio que era injusto que la "Ley del Perdón" alcanzara a los individuos a quienes actualmente se les instruye proceso por delitos graves del orden común.
Pero considerando que entre los encausados hay individuos de buenas costumbres, que por verdadero accidente cometieron delitos leves, nosotros que somos de éstos, venimos a exponer nuestra situación actual, con el objeto de que mediante una adición a la ley, se tome en cuenta nuestra petición, nuestros antecedentes, nuestra ocupación y cuanto debe guiar al buen criterio del legislador para que se nos excluya del acervo de criminales, de la masa de encausados, por delitos graves o vergonzosos, que nosotros no hemos cometido.
Según las constancias de nuestros procesos, la pena que en todo caso deba aplicársenos es tan leve, que en verdad podemos asegurar que con la prisión sufrida hasta hoy puede tenérsenos por compurgados. Habemos otros que, en virtud de la fianza otorgada en el curso de la averiguación y para no perder nuestros estudios, obtuvimos una libertad provisional; pero tanto el dinero exhibido como propio en unos casos, como el interés que en otros ha ganado éste, nos hacen falta para las más apremiantes necesidades, y esto ya es bastante pena.
Los subscriptos somos estudiantes de diversas facultades de la Universidad Nacional; y solamente por ese espíritu de juvenil irreflexión que guía nuestros pasos, cometidos tales o cuales desmanes que si no son inculpables, nunca fueron dirigidos contra el honor: como robar, esturpar, etcétera, sino más bien de riñas callejeras y una que otra lesión en defensa de nuestra dignidad, riñas que en todo caso no deben tomarse como la consecuencia de un espíritu mal organizado ni predispuesto para el crimen.
En las universidades alemanas, según dice Haeckel, se tiene por bien ejecutado un acto juvenil en riña, porque con ellos se estimula el espíritu varonil e hidalgo de los estudiantes. Nunca se ve mal al estudiante que lleva en el rostro, por ejemplo, la huella de una herida sufrida en lucha personal con otro; por el contrario, se tiene a esa huella como timbre de orgullo y de dignidad. El filósofo antes citado es el más alto ponderador de las virtudes de la clase estudiantil de su patria.
Nos permitimos insistir en que al cometer tal o cual falta ligera, no ha obrado la acumulación de fuerzas pasionales y fatales como en los criminales natos, sino el conjunto de ideas que tal vez sin reflexión, pero con pujanza y con vida, forman el carácter delicado, exaltado e irreflexivo del estudiante.
Por todo lo expuesto, nos permitimos sugerir las siguientes consideraciones concretas:
I. Se comprende en la "Ley del Perdón" a los estudiantes encausados por el delito de lesiones y que actualmente se encuentren presos o en libertad bajo fianza.
II. Para que los estudiantes aludidos puedan disfrutar de los efectos de esta ley, deberán comprobar que eran estudiantes cuando cometieron el delito y que en la actualidad lo son.
III. Es también indispensable que los estudiantes de que se trate no sean reincidentes ni hayan tenido ingreso a alguna prisión por delitos contra la propiedad ni contra el honor.
IV. Como consecuencia de todo lo anterior, los jueces de Instrucción que conozcan de dichas causas, sobreserán en ellas, el 16 de septiembre próximo. Por tanto, a usted suplicamos se sirva ordenar se dé cuenta con el presente a la H. Asamblea, a fin de que, si lo cree oportuno, vote la adición correspondiente. Es justicia.- México, D. F., a 15 de agosto de 1921.- Rafael Aguilar.- Jesús López R.- Pedro Islas.- Manuel Aguado.- M. J. Contreras.- A. N. Rubio.- José M. M.
Hacemos constar que por la premura con que se presenta este ocurso no van más firmas.- Hago mía esta iniciativa.- Salvador Saucedo.
"Al ciudadano presidente de la H. Cámara de Diputados.- México, D. F.
"En virtud de que aún no puedo terminar el trabajo que, conforme me permití comunicar a esa H. Asamblea cuando hice la solicitud de licencia respectiva, me he propuesto hacer, solicito atentamente, por el digno conducto de usted, se me conceda una prórroga hasta por veinte días de la referida licencia.
"Pido dispensa de trámites; que se sirvan concederme la prórroga con goce de dietas y que se me comunique por telégrafo la resolución de la H. Asamblea.
"Protesto a usted mi atenta y distinguida consideración.
"Sufragio Efectivo. No Reelección.- C. Guerrero, agosto 7 de 1921. - Manuel Rico G., diputado por el 5o. distrito de Chihuahua."
Se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, se servirán indicarlo. Sí se dispensan. A discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán indicarlo. Concedida.
- EL mismo C. secretario, leyendo:
"Manuel Montes, representante ante esta H. Cámara del 4o. distrito electoral del Estado de Puebla, manifiesta:
"Que teniendo urgentes asuntos que tratar relacionados con el distrito que represento, los cuales me demandarán mi atención por 15 (quince) días, ante ustedes, de la manera más atenta y pidiendo que se dispensen los trámites, vengo a solicitar una licencia con goce de sueldo, por el término citado.
"Protesto a ustedes mi particular atención.- México, D. F., a 12 de agosto de 1921.- M. Montes."
Se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Sí se dispensan. A discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Concedida.
- EL mismo C. secretario, leyendo:
"H. Asamblea:
"Teniendo urgente necesidad de salir de esta población, por atenciones familiares, al arreglo de importantes asuntos, solicito atentamente de vuestra soberanía se sirva concederme, con dispensa de trámites y goce de dietas, una licencia hasta por quince días, tomando, además, en consideración, que ésta es la primera licencia que solicito.
"Protesto mi atenta y distinguida consideración.
"México, D. F., agosto 16 de 1921.- J. Joaquín Silva.
"A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presente."
En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Sí se dispensan. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se concede. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Concedida.
El C. Esparza Martínez: En la cartera de la Secretaría existe un telegrama procedente de la capital de mi Estado, en el que se da cuenta con un hecho escandaloso registrado en aquel lugar. Atentamente pido a la Presidencia ordene a la Secretaría que dé lectura a dicho documento.
- EL C. secretario Saucedo: Por indicación de la Presidencia, la Secretaría manifiesta al ciudadano Esparza Martínez, que si el telegrama a que se refiere no está en cartera, se debe a que fue turnado a la Comisión Permanente, que es a la que le corresponde conocer de este asunto; pero si el ciudadano Esparza Martínez desea que se le dé lectura, no hay ningún inconveniente.
El C. Esparza Martínez: Así lo he manifestado ya.
- El mismo C. secretario, leyendo:
Telegrama procedente de "Guadalajara, Jal. 10 de agosto de 1921.
"Secretario de la Cámara de Diputados, Antonio Valadez Ramírez:
"Ayer Vadillo golpeó empleado municipal en oficina tráfico, porque detuvo automóvil sin placa. Mañana verificaráse gran manifestación en su contra. Suplícole dé cuenta esto.- José G. Zuno."
Está servido. (Murmullos. Risas.)
El C. Esparza Martínez: Gracias.
- El mismo C. secretario: Se procede a tomar la votación de la adición que quedó pendiente en la sesión anterior. Dice así:
"Gozarán de reducción de una tercera parte de la pena que les correspondiere, todos los sujetos a proceso, ya sean del orden Federal, Militar y Común para el Distrito Federal y Territorios, cuyos expedientes estén en trámite antes de la fecha en que sea promulgada la presente ley. Dicha reducción la hará el juez de los autos de oficio, al dictar la sentencia definitiva que proceda."
En votación económica se pregunta si se toma en consideración la adición a que se acaba de dar lectura. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. No se toma en consideración. Pasa el proyecto de Ley de Indulto al Senado para los efectos constitucionales.
- El mismo C. secretario: Se procede a la discusión de la Ley de la Secretaría de Educación Pública Federal. El Proyecto de ley dice así:
"H. Asamblea:
"En el "Diario Oficial" de fecha 8 del mes en curso y por bando en todo el país, quedó publicado el decreto declarando reformados el artículo 14 transitorio y la fracción XXVII del artículo 73 de la Constitución, con el fin de restablecer la Secretaría de Educación Pública, con jurisdicción federal.
"A nadie se oculta la necesidad urgente de la instalación de un organismo nacional que, como dicha Secretaría de Estado, tenga a su cargo el mejoramiento de la educación en todo el país, así como la reivindicación de la clase proletaria que anhela instruirse. Teniendo pleno conocimiento del gran interés que en la República ha despertado este proyecto de lucha en favor del mejoramiento de la condición física, moral e intelectual del pueblo mexicano; sabiendo que existe un noble entusiasmo entre el profesorado de la nación para secundar en forma activa y enérgica los propósitos que sirvieron de fundamento a dicha reforma constitucional; no pudiendo expedirse íntegra la Ley de Secretarías de Estado ya que existen en ella nuevos organismos de los que aún no tiene conocimiento esta Asamblea, como la Secretaría del Trabajo y el Departamento de Marina, que darían lugar a prolijas discusiones, los que subscribimos, haciéndonos eco del sentir de la mayoría del pueblo mexicano, teniendo en cuenta que toda demora al establecimiento de dicha Secretaría implica un retardo en esta grandiosa obra de emancipación intelectual; teniendo en consideración que el Ejecutivo, con las facultades que tiene en Hacienda, ha
iniciado ya el estudio del Presupuesto para dicha Secretaría, nos hemos permitido desglosar del dictamen sobre Secretarías de Estado que está listo para su discusión de esta Cámara, el capítulo referente a la Secretaría de Educación Pública Federal, capítulo que está enteramente de acuerdo con el proyecto enviado por la honorable Cámara de Senadores, pues todas las atribuciones que se signaron en el Senado al Departamento de Universidad y Bellas Artes, fueron redactados con mucha amplitud, con el objeto de que al aprobarse la reforma constitucional que creaba la Secretaría de Educación Pública Federal, únicamente se substituyera este nombre por aquél, según se desprende del texto de las discusiones del Senado a este respecto.
"Por lo expuesto, nos permitimos someter a vuestra consideración y aprobación el siguiente
"PROYECTO DE DECRETO
"Primero. Se establece una Secretaría de Estado que se denominará Secretaría de Educación Pública Federal.
"Segundo: Corresponden a la Secretaría de Instrucción Pública Federal, entretanto se expide la ley completa de Secretarías de Estado que signe definitivamente sus dependencias a dicha Secretaría, lo siguiente:
"La Universidad Nacional de México con todas sus dependencias actuales, más la Escuela Nacional Preparatoria;
"La Dirección de Educación Primaria y Normal; todas las escuelas oficiales primarias y secundarias del Distrito Federal y Territorios;
"La Escuela Superior de Comercio y Administración y las escuelas nacionales e industriales;
"El Departamento de Biblioteca y Archivo;
"Departamento Escolar;
"Departamento de Bellas Artes;
"Las demás escuelas o institutos docentes que en lo sucesivo se funden con recursos federales;
"El Museo Nacional de Arqueología Historia y Etnología;
"El Conservatorio Nacional de Música;
"Las academias e institutos de bellas artes que con recursos de la Federación, cantidades aportadas por ésta, se organicen en los Estados;
"Los conservatorios de Música que se creen en los Estados con fondos o subsidios federales;
"Los museos de Arte o Historia que se establezcan ya sea en el Distrito Federal o en los Estados con fondos o subsidios federales;
"La Inspección General de Monumentos Artísticos o Históricos;
"El fomento del teatro nacional;
"En general, el fomento de la educación artística del pueblo, por medio de conferencias, conciertos, representaciones teatrales, musicales o de cualquier otro género;
"La Academia Nacional de Bellas Artes;
"Talleres gráficos de la nación;
"La propiedad literaria, dramática y artística;
"La exposición de obras de arte y la propaganda cultural por medio del cinematógrafo y todos los demás medios similares y las presentaciones y concursos teatrales artísticos o culturales en cualquier parte del país;
"Pensionados al extranjero;
"Tercero. El Ejecutivo estudiará y aprobará el Presupuesto correspondiente a dicha Secretaría.
"Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 4 de agosto de 1921.- Jesús B. González.- Rafael Martínez de Escobar.- F. de la Peña.- Manuel F. Méndez.- Moisés Huerta.- Pedro de Alba.- A. Arroyo Ch.- U. Lavín.- D. Castañeda Nigra.- José Macías Rubalcaba.- Pedro A. Chapa.- Carlos B. Munguía.- M. F. Altamirano.- J. A. Castillo Nájera.- Fernando Aguirre.- Guillermo Rodríguez.- J. Prieto Laurens.- J. B. Salazar.- R. Casas Alatriste."
Está a discusión en lo general.
El C. De Alba: Pido la palabra para fundar el dictamen.
El C. presidente: Tiene usted la palabra.
El C. De Alba: Honorable Asamblea: El proyecto de ley que hemos tenido el honor de someter a vuestra consideración con el propósito de acelerar todo lo que se refiere a los trámites para el establecimiento definitivo de la Secretaría de Educación Pública con facultades federales, es un proyecto que fue declarado por vuestras señorías de urgente y obvia resolución. Casi no sería preciso ni fundarlo muy extensamente, si no fuera porque es necesario, creo yo, que con este motivo se externen algunas ideas dentro de la Representación Nacional, a fin de que sirvan verdaderamente de orientación, que sirvan de reflejo al espíritu público de nuestra época, que ansiado verdaderamente pide el establecimiento de este órgano de educación federal. El problema de educación pública en México, señores, es un problema que está estrictamente de acuerdo con los grandes problemas que nos agitan en estos momentos. Si por medio de una legislación adecuada no se consagran las grandes aspiraciones de nuestro tiempo, todo esto quedará en la categoría de algo vago e indeciso que no llegó a culminar ni a cristalizar por falta de una legislación apropiada. La educación pública de nuestro tiempo, señores, tiene que estar basada sobre orientaciones sencillas, claras y concisas, tales cuales son en estos momentos las ideas sociales que nos agitan, de tal manera que marchen absolutamente hermanadas, para que sean seguras, como antes dije, las conquistas que se puedan hacer en el campo social y en el campo revolucionario. Las ideas sociales de nuestros tiempos son claras, diáfanas, son ideas a las que por más que se les quieran acumular una infinidad de tendencias más o menos sombrías, no tienen nada esto; muy por el contrario, son ideas tersas, son ideas sencillas, son ideas simples: se trata sencillamente de que la mayoría de los hombres, de que la mayoría de los ciudadanos, de que la mayoría de todos los componentes de una nación gocen en la forma más amplia, en la forma más completa de las conquistas de la civilización; se trata de que la educación vaya siendo cada vez más extensiva en lo que se refiere a la parte popular; que no sea ya una limitación a determinado número de elegidos, que en cierta forma vienen a formar una burocracia muy alejada de las aspiraciones y del espíritu del tiempo. A este propósito
diremos que una de las tendencias principales que se propone este nuevo organismo, es la de que se haga la educación pública lo más extensa posible, es decir, extensiva. En esta forma la misma Universidad ha iniciado ya estos trabajos. Ahora ya los claustros universitarios, señores, no deben dedicarse exclusivamente a los arduos y trascendentales problemas de investigación o de conocimientos abstractos; deben tratar, por todos los medios, de hacer llegar las luces de los conocimientos, de la educación y de la cultura elemental al mayor número de ciudadanos posible. En este sentido, en todo el mundo se está agitando en estos momentos la cuestión de que las universidades tengan lo que se llaman extensiones populares, cosa que hace muchos años que se ha venido desarrollando en Europa. El compañero Martínez Rendón me sugirió la idea, que aceptamos desde luego con mucho beneplácito, de que se haga constar en esta iniciativa que habrá dependientes de la Universidad Nacional, extensiones populares. Esta es una hermosísima palabra, esta es una hermosísima tendencia señores. Como dije, en Francia, en los Estados Unidos, en Inglaterra y en España hace mucho tiempo que se está trabajando en esto de las extensiones universitarias, a fin de poner en comunicación a las clases más elevadas de la intelectualidad con las clases laborantes, con las clases necesitadas de la sociedad, a fin de que no pierdan ese contacto que en cierta forma los hace volver al mundo. Para no citar más, os daré únicamente el ejemplo de la Universidad de Oviedo, en España.
La Universidad de Oviedo, señores, que conocemos nosotros por la embajada inteligente, amable e ilustre de don Rafael de Altamira, ha iniciado en España una labor verdaderamente trascendental, una labor de difusión, una labor de extensión universitaria; la Universidad de Oviedo, en cuyo personal docente, en cuyo claustro universitario se encuentran personalidades insignes para ustedes, tan familiarmente conocidas como don Rafael de Altamira, don Melquiades Alvarez y el sociólogo Adolfo Posada y otros muchos que secundan admirablemente los planes de estos hombres, emprendió en España el esfuerzo gigantesco de difundir las extensiones universitarias en todos los alrededores de Oviedo. El resultado no hizo esperarse; bien pronto por todos los alrededores de Oviedo, en las provincias limítrofes, se vieron extensiones populares en las cuales se enseñaban las cosas más necesarias para poner en cierta forma a las clases humildes a la altura de los conocimientos elementales de la civilización contemporánea, y se ha formado allí una red importantísima, una red admirable de tendencias eminentemente populares. A este grado han llegado en Oviedo las cosas, que debe verdaderamente congratularnos a los que tenemos estas ideas: se propuso por uno de los profesores que se hicieran con cierta perioricidad excursiones a centros de trabajo, a las cuales concurrían estudiantes de carrera y obreros; en los centros de trabajo, en las fábricas, en los establecimientos manufactureros de toda especie que hay en esas regiones, los obreros sirven de mentores, sirven de orientadores y a los estudiantes de carrera les dan, por decirlo así, algunas lecciones sobre la marcha de las máquinas, sobre la forma en que trabajan, y de esta manera los estudiantes aprendían a saber, a comprender amplia y claramente cuál era el esfuerzo de aquellos hombres que trabajan con el músculo. Por otra parte, se organizaban expediciones a lugares históricos, a museos de arte, a exposiciones en las cuales los estudiantes de carrera tenían el encargo de ir aleccionando a los obreros, de ir explicándoles la tradición de cada una de aquellas ruinas, la tradición de cada uno de aquellos lienzos, de explicarles cómo hablaban aquellas esculturas, despertándose con aquella comunicación íntima entre estudiantes y obreros una verdadera compenetración, una verdadera sensación de similitud, de identidad entre el esfuerzo y el trabajo de los que lo hacen con el cerebro y los que lo desarrollan con el músculo. Se llegó todavía a algo más, a algo que en nuestro ambiente universitario seguramente despertaría algunos mohínes de sospechoso revolucionarismo. Se hizo en Oviedo que a los claustros mismos de la Universidad, o que en el recinto mismo de la Universidad se celebraran periódicamente festivales artísticos, o festivales simplemente sociales, a los cuales deberían los obreros de las extensiones universitarias llevar a sus familias, y llevarlas los profesores y llevarlas los alumnos, por linajudos que fuesen sus apellidos; de tal manera que allá en España, en la ilustre ciudad de Oviedo, se ha establecido un verdadero centro de propaganda cultural popular que ha trascendido a toda la nación hispánica, porque después en Valencia, en Barcelona, en Bilbao y en todos los demás centros de grande actividad obrera e intelectual, se ha seguido el ejemplo de Oviedo, por lo cual se ha logrado en España ir identificando admirablemente a la clase directora de la intelectualidad, con la clase popular que se dedica a los trabajos manuales. Otro de los medios a que se propenderá en este proyecto de la Secretaría de Educación Pública es al desarrollo de los trabajos manuales en los alumnos y de las industrias locales en cada una de las regiones de la República, a fin de que los estudiantes comprendan de esta manera cuál es el esfuerzo que tiene que desarrollar un artesano, tomen contacto con la materia, y se den cuenta de cómo también para ser un buen artesano se necesitan grandes aptitudes, educación y facultades que de ninguna manera deben desconocer los hombres intelectuales. Se procedió a la creación sugerida por el compañero Siurob, de un departamento especial para la educación y cultura del indio, para su asimilación a los conocimientos y civilización de nuestra época: se hará una verdadera cruzada en pro de la enseñanza de la lengua nacional a los indios, a fin de que éstos con lentitud, pero con seguridad, vayan incorporándose a la gran familia mexicana. Para esto se recurrirá a todos los medios adecuados, siempre de tendencias populares, a fin de que se obtenga el éxito que con esto se va procurando y que no sea un simple lirismo escrito, sino que lleguemos a la conquista de un hecho real y positivo en este terreno. Las demás tendencias de la Secretaría de Educación Pública, según este proyecto que nos ha venido del Senado, según el espíritu que campea en el proyecto de Ley Orgánica de Educación, son simples, son sencillos postulados; no se trata de grandes investigaciones, no se trata de grandes descubrimientos, se trata de una labor intensa, de una labor intensa en pro de la difusión de
conocimientos útiles y necesarios para luchar por el mejoramiento físico, moral e intelectual de nuestro pueblo. Se recurrirá a la difusión de los medios más sencillos de la higiene personal, a fin de librar a nuestro pueblo de todas sus incurias y de los vicios que en nuestro pueblo, por una verdadera desidia funesta, cada vez se arraigan más profundamente en él. Se hará que por medio de conocimientos someros, de conocimientos de moral social se dé cuenta el pueblo de cuál es su verdadera situación y cuál es su verdadero papel y se procurará, como ya se ha dicho en esta tribuna alguna vez, orientar la educación en un sentido moral para que sepan conocer en la forma más concisa, más breve, cuáles son los deberes dentro de la sociedad de todos esos elementos populares, a los cuales se va a tratar de llevar la educación. Se tratará de la difusión de los medios de cultura estética; este es un capítulo para el cual se recurrirá a los espectáculos, se recurrirá a las exposiciones ambulantes, se recurrirá a las conferencias metódicas sobre determinados asuntos al alcance del pueblo; se recurrirá a las exhibiciones cinematográficas, se recurrirá a los conciertos musicales, a fin de que por estos medios el pueblo se libre y tenga un recurso más para librarse de los vicios que a cada momento lo asedian en nuestra actual organización social y, sobre todo, se procurará despertar en nuestro pueblo el instinto de lo bello, el amor por la idea estética, que es una de las cosas que con seguridad darán grandes resultados, porque es bien sabido de todos ustedes que nuestro pueblo tiene admirables y grandes dotes y grandes facultades para asimilar, para sentir, para crear, y para interpretar lo bello. Estos postulados, como ustedes ven, son simples, son sencillos. No se trata de hacer grandes gastos en investigaciones científicas trascendentales, sin que por esto se diga que se vaya en desacuerdo con ellas cuando estén en manos expertas, en manos eminentes y suficientemente acreditadas, el hacer investigaciones sobre los grandes problemas científicos; pero lo que nosotros más necesitamos, y es para lo cual la nación exige que se cree este organismo, es precisamente para que cuanto antes se le dé a la educación el carácter eminentemente nacional que necesita. La cosa o el asunto no puede ser más claro. La resolución que deis a esta cuestión tendrá que ser seguramente de acuerdo con la aspiración que late en estos momentos en el espíritu de la República; nosotros no hemos hecho sino constituirnos en intérpretes de esta necesidad, a la cual en estos momentos se le va a dar coronamiento.
Hace un año, señores, que está tramitándose este asunto, hace un año casi completo; nosotros, ya que estamos al fin de nuestra actuación parlamentaria de un año, es justo que hagamos en cierta forma un balance de todo lo que ha ocurrido en esta Representación Nacional, que nos sirva a la vez de explicación, de orientación, de lección, que no debemos despreciar, si queremos que nuestra labor para el futuro sea una labor fecunda, sea una labor útil, sea una labor efectiva y no simplemente lo que hasta la fecha hemos venido haciendo. Hace pocos días en esta tribuna, para desvanecer los cargos que nos hacía la prensa diaria de cómo se perdía el tiempo en esta Representación Nacional, escuchamos voces autorizadas como la del licenciado Ortega, como la del compañero Manrique, con las cuales se justificó ampliamente el por qué de esta aparente inanidad del esfuerzo parlamentario; y yo me permito complementar un poco sus ideas, diciendo algo sobre este punto. Señores, yo estoy verdaderamente asombrado de que la Representación Nacional, legislaturas van y legislaturas vienen, legislaturas con tendencias e ideas para regenerar al pueblo y para componer al mundo entero, y no hagamos algo que es verdaderamente necesario y urgente para regenerarnos a nosotros y para componernos a nosotros mismos. (Aplausos.) Esto no implica ningún reproche; es algo que pudieron muy bien haber dicho el compañero Manrique y el licenciado Ortega; estoy seguro de que está en la mente de ellos y de ustedes; es algo que se relaciona estrictamente con la institución misma del Parlamento; en todas partes del mundo se está viendo la inefectividad del parlamentarismo, precisamente por esa falta de actividad, por esa falta de agilidad en sus organizaciones, que no pueden en un momento dado ser el reflejo final, exacto, preciso, de lo que el pueblo urgentemente pide. Se nos está pidiendo desde hace mucho tiempo - y recuerdo a este propósito una manifestación que hizo época en nuestros anales de escándalo popular - la reglamentación de la Ley del Trabajo, la reglamentación del artículo 4o. sobre la reglamentación de profesiones, sobre el libre o no libre contrato de trabajo, sobre la reglamentación del artículo 123, sobre la personalidad legal y jurídica de todos los sindicatos, etcétera, etcétera; en fin, tenemos encima infinidad de problemas que no podemos resolver porque está pesando sobre nosotros una fatalidad, porque está pesando sobre nosotros la tradición de este Parlamento, porque está pesando sobre nosotros el imperio y la fécula de una cosa absurda y anacrónica que se llama el Reglamento, y nosotros debemos en cierta forma emanciparnos de estas pequeñeces si queremos llevar adelante una labor fructífera. Es verdaderamente de admirar que estemos bajo el imperio, que estemos bajo la tutela de una Reglamento, en el cual, para las cosas de obvia resolución, para una licencia, verbi gratia, se recurre al expediente de que hablen, por ejemplo, tres oradores en pro y tres en contra, cuando ya desde antes de que se empiece la discusión ya todo el mundo tienen formado su criterio cabal y exacto sobre cómo debe votar en aquel asunto. También me permito citar a este respecto el caso de la discusión de la Ley Agraria. ¿Cómo vamos a culpar a las Comisiones de lo que ocurrió durante la discusión de la Ley Agraria, como aquí se hizo tan infantil y tan ligeramente? Las Comisiones agrarias han dado un ejemplo de brillante valor para sostener todos sus artículos y para sostener todo su proyecto. Pero el mal no está en esto; el mal está en el Reglamento y en la tradición del Parlamento. Se discute un artículo, hablan tres oradores en pro y tres en contra, se amplía el debate, hablan tres oradores más en pro y tres más en contra, la Comisión retira el artículo con el sentir aparente de una parte de la Asamblea; se modifica una frase y después de modificar esa frase vuelve a entrar el artículo a discusión y vuelven a hablar tres oradores en pro y tres en contra, lo cual hace
interminable una discusión, señores. Así es que si no procuramos emanciparnos de todo este fárrago, de toda esta férula de trámites que pesa sobre nuestra cabeza, seguramente que años irán y vendrán y los cuerpos legislativos de la República Mexicana no acertarán a resolver ni los problemas de tres o cuatro artículos, cuya resolución, como dije antes, sea verdaderamente obvia y clara. Aquí se ha hablado muchas veces por algunos oradores, del lastre de la Cámara, de aquellos que no intervienen activa y frecuentemente en los debates, de aquellos que están allá lejos meditando su voto y su resolución, calladamente, para al final dar una opinión enteramente personal sobre un asunto, sin ponerse a hablar a cada paso, y por algunos se ha tildado de un gran defecto ser lastre, ser inepto, cuando que si tomamos en cuenta hasta qué punto son necesarias las horas, hasta qué punto son necesarios los minutos de esta Asamblea, seguramente que aquellos diputados serán mucho más benéficos para el país que los que tarde a tarde vienen a decirnos tres discursos sobre un mismo asunto, con voz ampulosa, con gran retórica, sujetando a las galerías, a la prensa, a los taquígrafos, a todo el mundo a un verdadero tormento como el de Sísifo; se están diciendo hasta el cansancio las cosas más triviales, las cosas más simples, con un tono de gran actor melodramático, como si estuvieran representando un drama de aquellos buenos tiempos del teatro "Hidalgo". Nosotros debemos ser celosos del tiempo. ¡Cuantas veces desde que se abrió el período actual de sesiones se habló de aprovechar el tiempo! Ustedes recordarán que porque una vez el general García Vigil se negó a que hubiera sesión, hicimos un verdadero tumulto aquí, porque queríamos trabajar, porque queríamos aprovechar el tiempo, porque queríamos corresponder a la misión que el pueblo nos había confiado, y aquellos arrestos, pasando el tiempo, poco a poco han ido desvaneciéndose y a la postre hemos llegado nosotros a perder la verdadera noción del tiempo, su verdadera significación, y, señores, es un cosa de las que más impresionan: El Tiempo, que desde las más viejas, desde las más remotas teogonías de los pueblos se le consideró como el padre de los dioses; el Tiempo, del que algunos poetas del siglo XVI, como Fray Luis de León decía: "es una vertiginosa rueda volandera, hambrienta y cruda". El Tiempo, que es más fuerte - como dice algún poeta - que el dolor y el amor, que la vida y la muerte, parece deslizarse suave y tranquilamente para nosotros, sin tener el verdadero significado, la verdadera acepción de factor por excelencia de la actividad parlamentaria. Y no creáis que esto implica ningún cargo, pues ya he venido diciendo que estamos bajo la férula de la tradición y del Reglamento. La Constitución de Querétaro dice, en un rasgo que yo conceptúo como imperativo, pero ingenuo, que en la Legislatura inmediatamente posterior a la Constituyente se habrían de reglamentar casi todos los artículos que no lo estuvieran y que lo fueran, sobre todo, los de reciente creación. ¡Que ingenuidad, señores! ¡Si nos vieran en esta XXIX Legislatura esperando la XXX y tal vez la quincuagésima para que se lleve a cabo la reglamentación de todos esos artículos! Por lo demás, todo ese Reglamento a que me vengo refiriendo es un Reglamento que se hizo hace muchos años, que no es para este tiempo, que no es para esta época, que no es para nosotros. Con este Reglamento, señores, a la postre nosotros reducimos nuestro papel a agitadores de ideas, pero no a creadores de leyes. Está muy bien la idea en el grupo "Claridad" de Francia y que ponga como título que, ponga como divisa de su grupo: "Queremos hacer la revolución en los espíritus" eso es lo que hemos hecho, eso es lo que estamos haciendo. Las Comisiones agrarias, verbi gratia, una vez que se convencieron de que la Ley Agraria no sería de aplicación general en toda la República, no desmayaron, porque vieron que allí estaba la virtud misma de la ley, en seguir agitando el problema; y de hecho, aunque esta ley se aplique únicamente en el Distrito Federal, donde no hay latifundios, según dicen, es una ley que ha producido grandes sacudimientos nacionales, porque hasta a los más remotos rincones de la República ha llegado la agitación agraria y hasta las legislaturas más retrasadas y más conservadoras están dando trazas de poner la mano en este asunto, cosa que no se hubiera hecho si no se hubiera debatido este problema.
Pero, como dije, no debemos conformarnos con ser agitadores de ideas; debemos ser constructores de leyes que cristalicen las aspiraciones populares. Me vengo refiriendo a estas ideas porque nos disculpan ampliamente y son bien claras. La cuestión del quórum, señores, es la cosa más enervante que pueden ver ustedes, que el quórum sea de 126 ciudadanos, y que por eso el esfuerzo, el empeño, la decisión y el espíritu revolucionario de 120 ciudadanos se estrelle ante la inercia, ante la incuria, ante el escepticismo de diez ciudadanos que prefieren ir a dar un paseo a Chapultepec que concurrir a las sesiones, esto es verdaderamente atroz. Si esta XXIX Legislatura no aprueba una reforma constitucional por medio de la cual se disminuya el número de diputados o cuando menos se disminuya notablemente el número de aquellos que deben integrar el quórum, seguramente que seguiremos caminando sobre una rutina funesta, de la cual no podrá sacar ningún beneficio absolutamente la nación. (Aplausos.) Parece, señores, como si me hubiera extraviado mucho del punto que me estoy proponiendo sostener, pero es que estamos al final de un año, señores ¡de un año! de labores parlamentarias y en estos momentos necesitamos cuando menos autodiagnosticarnos, darnos fe a nosotros mismos; saber en qué ha estado, en qué ha consistido que a pesar de aquellos grandes alientos, a pesar de todas aquellas cosas que dijimos en la propaganda, a pesar de todas aquellas bellas promesas que trajimos en nuestras maletas de candidatos cuando vinimos a esta Cámara para ver qué suerte nos tocaba en esta confusión que al principio de esta Legislatura se veía, no hemos hecho nada. Es bueno que nos demos cuenta de cómo estamos conduciéndonos y de cómo por esos trámites, por esas cortapisas se entorpecen, se nulifican y se esterilizan los más altos y nobles esfuerzos. Debemos volver a la cuestión de la Secretaría de Educación Pública. La Secretaría de Educación Pública, señores, va en cierta forma a enarbolar ideas nuevas, ideas renovadoras, ideas que a mí se me antoja, y lo he pensado mucho en
estos días, relacionar con las del gran profeta que fue León Tolstoi, precursor de estos tiempos, pues él con mucha clarividencia vio que habían de desarrollarse en todo mundo. Ustedes saben que para León Tolstoi, campesino de la clase privilegiada de Rusia, fue como una especie de camino de Damasco su primera visita, en cierta forma detenida, a la ciudad de Moscow. En la ciudad de Moscow se hacía un censo de la población y le tocó al noble León de Yasnaia - Poliana concurrir a aquellas labores del censo de la ciudad de Moscow, y después de una de aquellas salidas que hizo Tolstoi a los barrios de la ciudad de Moscow en aquellas funciones censales, cuentan sus biógrafos y hasta sus mismos familiares, que al regresar por la noche a su domicilio lloró gritó, protestó por la organización de una sociedad que, a ciencia y paciencia de todo el mundo, tenía en sus entrañas el cáncer y la carcoma de tanta miseria popular. De allí vino la revelación para aquel grande hombre, de allí vino su misión de apóstol; aquel hombre dejó las novelas de amor, dejo las novelas de complicaciones psicológicas, dejo la historia de la paz y de la guerra, por las cuales él ya sentía una especie de Sésamo interior que le hablaba de su gran misión de cristiano en aquel remoto Oriente, y entonces se dedicó Tolstoi exclusivamente a su gran labor de propagandista de ideas sociales; dejó las novelas, y de todo aquel espectáculo que veía frente a si en la gran ciudad de Moscow, quiso saber de dónde provenía todo aquello, en su afán de investigar, llegó a la conclusión de que, en primer lugar, tenían la culpa las clases acomodadas, las clases capitalistas; de que tenían la culpa los intelectuales, los artistas. "Todo el mundo - decía él en un lenguaje llano, como todas las cosas sencillas de este grande hombre, pero verdaderamente geniales -: los hombres de dinero, los hombres de ciencia, los hombres de letras, los artistas mismos, no han servido sino para dividir al mundo en dos grandes clases: los que gozan los que se divierten, y los que sufren, los que no tienen que comer". Y ante la revelación, Tolstoi, como todos saben, se dedicó al trabajo del campo; escribía una que otra vez, abrió él mismo surcos en Yasnaia - Poliana; hacia él mismo los trabajos de cuidar su poco ganado; hacía él los trabajos diarios que requería, por ejemplo, la compostura de un instrumento de labranza y en aquel traje de mujik, en aquel traje de campesino ruso, era su mayor deleite retratarse y presentarse ante los que antes lo habían admirado como un artista, como un hombre de letras, como un hombre ilustre, ahora un hombre de genio que quería simplificarse. El decía: "Volver a los primitivos tiempos del cristianismo e inspirarse y beber únicamente en el Evangelio". Como dije, protestó contra la iglesia, protestó contra las clases militares, contra el gobierno, contra los ricos; protestó contra los artistas, aun contra los artistas consagrados desde hacía muchos siglos, y arremetió contra ellos, porque decía que todos aquellos hombres habían tenido sobre la tierra, la misión funesta de dividir a los hombres, no de unirlos. Señores representantes: si algún mérito pudiera tener esta Legislatura con dar esta ley, que espero que brevemente nosotros votaremos sobre la Secretaría de Educación Pública Federal, con estos lineamientos que os he hecho, sería el de contribuir en alguna forma para que en México se estableciera la lucha, la cruzada para que se realice en cierta forma la profecía, el ideal de aquel gran Tolstoi de Rusia, que quería que entre los hombres no hubiera ni diferencias ni divisiones, que no se fomentara la división en castas privilegiadas y clases oprimidas, pues que todo aquello que signifique grandes diferencias injustas y grandes divisiones pasionales, es funesto para la humanidad. Yo os invito también a que, haciendo a un lado toda cuestión que se refiera al Reglamento, a trámites o a quisicosas que se nos vengan a interponer, nos desentendamos en lo absoluto de ello para pensar que vamos a hacer una obra de reconstrucción, de revolución. Porque si nosotros seguimos bajo la férula del Reglamento y de los trámites, señores, aunque hayáis empuñado las armas en los campos de la revolución muchos de vosotros, aunque hayáis expresado en esta tribuna muchas palabras incendiarias aunque en vuestros cerebros hayan estallado las ideas hechas con fósforo que quieren revolución, seguramente que si no nos emancipamos de estas tradiciones a pesar de todos los esfuerzos, a pesar de todas las palabras y a pesar de todos los discursos, de fijo que nuestra labor no será eficiente y nos habremos convertido en una clase fatal e inevitablemente conservadora. (Aplausos.)
Presidencia del C. BORSTEL ENRIQUE VON
El C. secretario Zincúnegui Tercero: No habiendo más oradores inscriptos, se va a recoger la votación nominal, en lo general, de este proyecto de ley.
- EL C. Lavín: Por la afirmativa.
- El mismo C. secretario: Por la negativa. (Se recoge la votación.)
- EL C. Lavín: Ha sido aprobado en lo general el Proyecto de Ley de la Secretaría de Educación Pública Federal, por unanimidad de 141 votos. (Aplausos.)
- El mismo C. secretario: Está a discusión en lo particular. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra sírvanse pasar a inscribirse. Está a discusión el artículo 1o. que dice:
"Se establece una Secretaría de Estado que se denominará Secretaría de Educación Pública Federal."
No habiendo ningún orador inscripto....
El C. González Jesús B.: Pido la palabra. Señores diputados: Como firmante de la proposición y a nombre de los demás compañeros, me permito muy atentamente suplicar a ustedes que nos permitan retirar este proyecto de ley para hacerle una pequeña reforma que nos ha sido propuesta con mucha atingencia por parte de algunos miembros del Bloque del Partido Liberal Constitucionalista, modificaciones todas que nosotros hemos aceptado desde luego porque las encontramos muy pertinentes y lejos de encontrar en nosotros alguna oposición, nos proporcionaron la oportunidad de hacer más clara y más precisa la ley a que me refiero. Así, pues, pido a ustedes permiso, en la inteligencia de que voy a dar lectura a esas proposiciones presentadas, a efecto de que si están conformes con ellas, vuelva a presentarse la proposición en tal sentido y sea desde luego aprobada por ustedes (Aplausos.)
El C. secretario Zincúnegui Tercero: En vista de las razones expuestas por el ciudadano diputado González, se pregunta si se permite que se retire el artículo a discusión. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Todos los artículos de la ley. Sí se concede permiso. El artículo 1o. decía en esta forma:
"1o. Se establece una Sría. de Estado que se denominará Secretaría de Educación Pública Federal."
El C. González Jesús B.: La reforma propuesta consiste en suprimir únicamente la palabra "federal" que creo que en realidad sale sobrando. (Voces: ¡Si! ¡Si!)
- El mismo C. secretario: Con la reforma propuesta se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se reserva para su votación. (Murmullos.) El artículo 2o. estaba redactado en la siguiente forma:
"Corresponden a la Secretaría de Educación Pública Federal, entretanto se expide la ley completa de Secretarías de Estado que signe definitivamente sus dependencias a dicha Secretaría, lo siguiente:
"La Universidad Nacional de México con todas sus dependencias actuales más la Escuela Nacional Preparatoria;
"La Dirección de Educación Primaria y Normal; todas las escuelas oficiales, primarias y secundarias del Distrito Federal y Territorios;
"La Escuela Superior de Comercio y Administración y las escuelas nacionales e industriales;
"El Departamento de Biblioteca y Archivo;
"Departamento Escolar;
"Departamento de Bellas Artes;
"Las demás escuelas o institutos docentes que en lo sucesivo se funden con recursos federales;
"El Museo Nacional de Arqueología, Historia y Etnología;
"El Conservatorio Nacional de Música;
"Las academias e institutos de Bellas artes que con recursos de la Federación, cantidades aportadas por ésta, se organicen en los Estados;
"Los conservatorios de música que se creen en los Estados con fondos o subsidios federales;
"Los museos de Arte o Historia que se establezcan ya sea en el Distrito Federal o en los Estados con fondos o subsidios federales;
"La Inspección General de Monumentos artísticos o históricos;
"El fomento del Teatro Nacional;
"En general, el fomento de la educación artística del pueblo por medio de conferencias, conciertos, representaciones teatrales, musicales o de cualquier otro género;
"La Academia Nacional de Bellas Artes;
"Talleres Gráficos de la Nación;
"La propiedad literaria, dramática y artística;
"La exposición de obras de arte y la propaganda cultural por medio del cinematógrafo y todos los demás medios similares y las presentaciones y concursos teatrales artísticos o culturales en cualquier parte del país;
"Pensionados al extranjero."
El C. González Jesús B., continuando: Las reformas consisten en lo siguiente: En el párrafo tercero del artículo 2o. se agregaron algunas palabras que son éstas: "La Dirección .....
El C. Fernández Martínez, interrumpiendo: ¡Moción de orden! Al ciudadano secretario se le olvidó leer el artículo 3o.
El C. González Jesús B.: No está a discusión. Está en lo particular.
El C. Fernández Martínez: Retiraron todo el proyecto.
El C. secretario Zincúnegui Tercero: La Secretaría hace la aclaración al ciudadano diputado que está interrumpiendo, que en estos momentos sólo está a discusión el artículo 2o. de la ley; cuando llegue el artículo 3o., su señoría puede darse gusto.
El C. González Jesús B., continuando: El párrafo tercero del artículo 2o. tiene las siguientes modificaciones: "La Dirección de Educación Primaria y Normal; todas las escuelas oficiales, primarias, secundarias y jardines de niños del Distrito Federal y Territorios sostenidas por la Federación." Que no tenía la proposición inicial. "El Distrito Federal y Territorios, sostenidas por la Federación." Estas últimas palabras "sostenidas por la Federación", fueron agregadas para evitar, quizá, para quitar toda sospecha de que se trataba de abarcar a las escuelas que actualmente dependen de los ayuntamientos. En el párrafo cuarto se suprimieron estas palabras: "las Escuelas Nacionales Industriales"; quedando solamente, "la Escuela Superior de Comercio y Administración". Otro de los párrafos decía así: "Los Conservatorios de Música que se creen en los Estados con fondos o subsidios federales." Se le suprimieron las palabras "o subsidio federal", para que únicamente queden, pues, los que de todo a todo están sostenidos por la Federación. Se agregó también "Departamento de Educación y Cultura Indígena", "Extensiones Universitarias" y en el párrafo antepenúltimo decía Talleres Gráficos de la Nación" y algunas personas propusieron, como antes dije, "Talleres Gráficos de la Nación, dependientes del Ejecutivo". Esas fueron todas las reformas hechas al artículo 2o., con las cuales parecen encontrarse de acuerdo enteramente todos los ciudadanos representantes.
El C. secretario Zincúnegui Tercero: Con las reformas propuestas por la honorable Comisión, está a discusión el artículo 2o.
El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Fernández Martínez.
El C. Manrique: Para una moción de orden. Yo pido atentamente que se pongan a discusión las diversas cláusulas de este artículo para proceder con orden. Algunas de esas cláusulas serán materia de discusión y otras de fijo que serán aprobadas por las totalidad de los ciudadanos diputados, y en este caso se reservarán para su votación.
- El mismo C. secretario: La Presidencia no tiene ningún inconveniente en aceptar la proposición del ciudadano Manrique; en consecuencia, los ciudadanos representantes que deseen objetar algunos de los párrafos componentes de este artículo, se servirán separarlos para ser discutidos en su oportunidad. Se va a volver a dar lectura al artículo 2o., como lo presenta la Comisión.
"2o. Corresponden a la Secretaría de Educación Pública, entretanto se expide la ley completa de Secretarías de Estado que signe definitivamente sus dependencias a dicha Secretaría, lo siguiente:
"La Universidad Nacional de México con
todas sus dependencias actuales más la Escuela Nacional Preparatoria;
"Extensiones Universitarias;
"La Dirección de Educación Primaria y Normal; todas las escuelas oficiales, primarias, secundarias y jardines de niños del Distrito Federal y Territorios, sostenidas por la Federación;
"La Escuela Superior de Comercio y Administración;
"El Departamento de Biblioteca y Archivo;
"Departamento Escolar;
"Departamento de Educación y Cultura para la raza indígena;
"Departamento de Bellas Artes;
"Las demás escuelas o institutos docentes que en lo sucesivo se funden con recursos federales;
"El Museo Nacional de Arqueología, Historia y Etnología;
"El Conservatorio Nacional de Música;
"Las academias e institutos de bellas artes que con recursos de la Federación se organicen en los Estados;
"Los conservatorios de música que se creen en los Estados con fondos federales;
"Los museos de Arte o Historia que se establezcan ya sea en el Distrito Federal o en los Estados con fondos federales;
"La Inspección General de Monumentos Artísticos o Históricos;
"El fomento del teatro nacional;
"En general, el fomento de la educación artística del pueblo por medio de conferencias, conciertos, representaciones teatrales, musicales o de cualquier otro género;
"La Academia Nacional de Bellas Artes;
"Talleres gráficos de la nación dependientes del Ejecutivo;
"La propiedad literaria, dramática y artística;
"La exposición de obras de arte y la propaganda cultural por medio del cinematógrafo y todos los demás medios similares y las representaciones y concursos teatrales, artísticos o culturales en cualquier parte del país;
"Pensionados al extranjero."
Se ruega al ciudadano Manrique pase a la Presidencia a separar los párrafos que piense impugnar.
El C. Manrique: No deseo separar ninguno.
El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Lavín.
- El mismo C. secretario: El ciudadano Fernández Martínez ha separado los concernientes al Conservatorio Nacional de Música y el párrafo relacionado con los museos de Arte o Historia.
El ciudadano Arroyo Ch. ha separado el párrafo relacionado con los Talleres gráficos de la nación. No habiendo sido objetados los demás párrafos del artículo a discusión, se reservan para su votación. El ciudadano Arroyo Ch.. retira su observación; por lo tanto, tiene la palabra en contra el ciudadano diputado Fernández Martínez.
El C. Fernández Martínez: Señores representantes: Voy a ser sumamente breve (Aplausos.) He separado el párrafo que dice: "Las academias e institutos de Bellas Artes que con recursos de la Federación, cantidades aportadas por ésta, se organicen en los Estados."
Yo quiero que la Comisión que presentó este proyecto o los ciudadanos que han firmado este proyecto, me digan qué significado tiene eso de "cantidades aportadas por ésta". Eso la Comisión no lo a reformado; si lo reforma en ese sentido no tendré yo que hacer ninguna objeción.
El C. Siurob: Pido la palabra, señor presidente. Como algunos miembros del Partido Liberal Constitucionalista fuimos los que sugerimos esta fracción, yo quiero darle algunos datos al compañero para que retire sus objeciones a esta parte del dictamen. El asunto es el siguiente: existen en algunos Estados, entre otros, en el Estado de Guanajuato, conservatorios o academias de Bellas Artes para las cuales contribuye la Federación con algunas cantidades. Nosotros no quisimos que por el simple hecho de contribuir la Federación con una pequeña cantidad, fuera a tener el control técnico del establecimiento, porque creemos que esto corresponde a los gobiernos de los Estados que, hasta cierto punto, debe dejárseles bastante libertad para que estos centros de arte se organicen conforme a las circunstancias, conforme a los giros que haya tomado el arte en determinadas regiones; fundándonos en que hay Estados en que se ha dado más impulso, por ejemplo, a la pintura y a la escultura; en otros se ha dado más impulso a la música, en otros al bell canto y por el estilo podría yo citar especialidades de cada región; de manera que ésta es la base que informa esta fracción del artículo que está a debate. Yo suplico al estimado compañero que en vista de que con esto se salvaguarda lo que adivino que él pensaba salvaguardar, que retire su objeción para que, en esa forma, ya desde luego pasemos a aprobar este artículo.
El C. Fernández Martínez: Precisamente el ciudadano Siurob me viene dando la razón. La Comisión no ha reformado ese artículo. Quitándole esas palabras quedaría conforme.
El C. secretario Zincúnegui Tercero: La Secretaría va a hacer la aclaración de que la Comisión ya ha tomado en consideración los conceptos del compañero, nada más que dio lectura a uno de los proyectos de ley impresos y no en el que había hecho originariamente la Comisión. A esto se debe que no se haya leído con las reformas. Ha quedado con esta reforma:
"Las academias e institutos de Bellas Artes que con recursos de la Federación se organicen en los Estados."
Estando conforme el ciudadano Fernández Martínez en retirar su objeción y no habiendo más objeciones, se separa para su votación.
El C. Fernández Martínez: La otra objeción es en la misma forma: se refiere a una de las fracciones que dice: "Los conservatorios de Música que se creen en los Estados con fondos o subsidios federales."
Si se le quita la palabra subsidios federales, yo creo que lo mismo debe suceder con el otro que dice:
"Los Museos de Arte o Historia que se establezcan ya sea en el Distrito Federal o en los Estados con fondos o subsidios federales."
Quitándole las palabras subsidios federales no habría ninguna objeción que hacer.
- El mismo C. secretario: La Secretaría hace constar que ya por escrito está anotado todo lo que pretende el compañero. Queda en esta forma:
"Los museos de Arte o Historia que se establezcan ya sea en el Distrito Federal o en los Estados con fondos federales."
No habiendo sido objetado ningún otro párrafo de este artículo, se reservará íntegro para su votación. El artículo 3o. dice:
"El Ejecutivo estudiará y aprobará el Presupuesto correspondiente a dicha Secretaría.
"La Comisión va a hacer algunas explicaciones a este respecto, pues pretende retirar dicho artículo.
El C. González Jesús B.: Este artículo 3o. muy atinadamente nos hicieron observar las personas a quienes en un principio me refería, que salía sobrando, puesto que el Ejecutivo en la actualidad tiene facultades para organizar los presupuestos, toda vez que tiene facultades en el ramo de Hacienda; así pues, nosotros suprimimos definitivamente este artículo 3o. por salir sobrando.
El C. Siurob: Pido la palabra, señor presidente.
El C. Salazar Juan B.: Pido la palabra.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Siurob.
El C. Siurob: No habiendo escuchado leer la adición que nosotros tuvimos el honor de proponer a la Comisión y que, por consiguiente, propondremos a la Cámara, suplico a la Secretaría informe.
El C. secretario Zincúnegui Tercero: La Secretaría hace la aclaración al ciudadano diputado Siurob, que hasta una vez terminados los artículos a discusión es cuando se da lectura a las adiciones que se presentan, conforme al Reglamento.
"Honorable Asamblea:
"Entre los problemas nacionales de mayor trascendencia y de urgente resolución, está el mejoramiento físico, intelectual y moral de la raza indígena; problema que, a pesar de los buenos propósitos que hayan tenido para resolverlo pasados gobiernos, nada práctico se ha conseguido hasta la fecha. Por lo tanto, a fin de dar al citado problema todo el impulso que merece, a vuestra soberanía nos permitimos proponer la siguiente adición a la Ley de Organización de la Secretaría de Educación Pública:
"Única. Corresponde a la Secretaría de Educación Pública:
"El departamento de educación y cultura para la raza indígena.
"Salón de Sesiones del Congreso de la Unión, a 10 de agosto de 1921.- J. Siurob.- U. Lavín.- Juan B. Salazar.- T. T. Gutiérrez.- José Gálvez.- F. C. Manjarrez.- Raquel D. Cal y Mayor.- José Juan Ortega.- L. Zincúnegui Tercero."
En votación económica se pregunta si se toma en consideración. Los que estén por la afirmativa...
El C. Fernández Martínez, interrumpiendo: ¡Moción de orden! En el proyecto que presentan nuevamente los ciudadanos firmantes incluyeron este asunto; en consecuencia, no tiene objeto tomarlo en consideración.
- El mismo C. secretario: La Secretaría hace la aclaración de que se trata de una adición y que la Asamblea deliberará si procede o no; pero la Secretaría tiene que cumplir con la cuestión de trámites.
El C. Salazar: Breves palabras diré, ciudadanos diputados: En el seno del bloque del Partido Liberal Constitucionalista, el que tiene la honra de dirigiros la palabra y el compañero Siurob propusimos la creación de un departamento que se llame así: Departamento de Educación y Cultura para la Raza Indígena. Voy a hacer una aclaración, por que la creo pertinente: Hay el prejuicio de considerar al indio inferior, y desde tiempo inmemorial casi se le ha separado, y como ustedes recordarán, hasta durante la Conquista había escuelas especiales para indios. Nuestro propósito ha sido el propósito levantado de mejorar al indio; no se crea el Departamento para postergarlo, sino para buscar su rápido mejoramiento. El problema del indio, ciudadanos diputados, es de los más trascendentales. Vemos con mucha frecuencia en la prensa capitalina a los partidarios del indio, encomiarlo, y a los otros, postergarlo; en mi concepto, ni los unos ni los otros tienen razón, puesto que hasta hoy los gobiernos federales nada o casi nada han hecho en pro del indio. El indio sigue siendo bestia de carga, y el bloque, preocupándose hondamente por hacer algo efectivo en pro de las clases desheredadas, eleva a la categoría de Departamento Educacional la sección respectiva que se ocupa de la cultura y educación del indígena. El indígena, como vosotros sabéis, forma casi las dos terceras partes de nuestra población. El censo de 1910 arrojó un total de más de cinco millones y medio de indígenas; por consiguiente, es tal la importancia que tiene su cultura, su regeneración, que de ello depende en gran parte el porvenir de nuestra patria. El indio ha prestado su concurso en todas nuestras revoluciones, en todas nuestras luchas ha cooperado y, sin embargo, señores diputados, después del triunfo de la revolución el indio sigue siendo tan infeliz y tan despreciado como antes. Además, el objeto de fundar ese Departamento es fijar claramente cuál es el objeto y cuál debe ser la misión del Departamento. Hasta hoy se ha creído, señores diputados, que basta con enviar libros a los pueblos y hacer que el indio aprenda a leer y a escribir, y creemos que con eso hemos conseguido todo; desgraciadamente no es cierto. El indio está en la nebulosa de su existencia y es preciso que antes que todo lo enseñemos a vivir; es preciso que en la escuela rural encontremos la parcela de tierra, donde el indio siembre el naranjo, donde el indio siembre la planta que le dará el sustento, donde el indio aprenda a labrar la tierra; de donde el indio, en suma, aprenda a vivir; es necesario que le enseñemos primero a vivir. Respecto a la parte educacional, a la parte relativa a leer y a escribir, sí es interesante, señores, pero vuelvo a repetir, está subordinada a la vida del indio; hagámoslo vivir primero y después démosle el libro, y si es posible, al mismo tiempo que lo enseñemos a cultivar la tierra, enseñémosle también a leer y a escribir. Los que representamos distritos indígenas conocemos perfectamente el estado de atraso de estas clases; señores, yo con tristeza profunda he visto cómo en los pueblos de indios el maestro hace sus operaciones en la puerta de la escuela, porque no tiene pizarrón; los indios están sentados sobre una piedra o una viga, porque no tienen donde hacerlo, y esto es doloroso, es preciso que llame nuestra atención. Ya basta de discusiones líricas, ya basta de entusiasmos revolucionarios; hagamos algo práctico. Por esto, pues, el compañero Siurob y el que tiene el honor de dirigiros
la palabra, han presentado esta adición que creemos que por unanimidad será aprobada. (Aplausos.)
El C. Siurob: Pido la palabra. Únicamente para hacer más aclaraciones: En el seno del bloque del Partido Liberal Constitucionalista no solamente se trató de este asunto, sino de la futura creación de un verdadero Ministerio de cultura de la raza indígena y en todo lo que se refiere a esta raza. Parece increíble, como decía muy atinadamente el compañero Salazar, que ningún Gobierno en México se haya preocupado de este problema hasta hoy, hasta el grado de que si consultamos nuestra historia, encontraremos que está en el olvido y la obscuridad. Hoy se trata de levantar un monumento a Cortés, otro día a Cuauhtémoc; pero nada de esto debe ser, sino que debemos preocuparnos por el modo de regenerar radical y efectivamente a esta clase. En esta forma nosotros los miembros del Pélece tenemos pensado que en las modificaciones que se hagan a la Ley de Secretarías sea una de ellas instituir un verdadero Ministerio con este objeto, porque llama la atención que exista un departamento enteramente dependiente del Ejecutivo, por ejemplo, la fabricación de municiones, que no se necesita, puesto que no estamos en estado de guerra y que, sin embargo, no exista un departamento para el fomento y cultura de cinco millones de habitantes que son un lastre para nuestra civilización, una de las causas de nuestro atraso y que serían factores y elementos de progreso para el país. Este punto para en lo de adelante he querido hacerlo a la honorable Representación, para que se tome en cuenta en el momento de discutir la Ley de Secretarías de Estado; por lo demás, como coautor del señor Salazar en la proposición presentada al bloque, apoyada también por mayoría dentro de ese bloque, pido a la honorable Asamblea que esto se vote cuanto antes.
El C. González Jesús B.: Pido la palabra como firmante de la proposición. Estamos enteramente de acuerdo nosotros con la reforma propuesta y aun al darle lectura en primer lugar o anteriormente a las reformas que nos habían iniciado los señores, ya le di lectura a este departamento; así es que por nuestra parte estamos enteramente de acuerdo.
El C. secretario Zincúnegui: No habiendo más oradores, se reserva para su votación. Se va a proceder a la votación de todos los artículos de la ley.
El C. Manrique: Para una interpelación. Pido atentamente al ciudadano Jesús B. González o a algún otro de los firmantes de la proposición a debate - me refiero al proyecto de Ley Orgánica de la Secretaría de Educación Pública -, se sirva informarnos públicamente qué suerte correrían, según el proyecto que vamos a aprobar, las escuelas industriales actualmente existentes, como, verbi gratia, la Escuela de Industrias Químicas y otros institutos de educación técnica actualmente existentes y actualmente ya dependientes de la Universidad Nacional, como las escuelas de Artes y Oficios, la Corregidora de Querétaro, etcétera, etcétera.
El C. Salazar: Pido la palabra. Con todo gusto voy a hacer la aclaración que solicita el compañero Manrique. El punto relativo a las escuelas industriales no se indicó en el proyecto; no se indicó, por que tácitamente quedan englobadas en el Departamento de la Dirección Técnica, y la Dirección Técnica a su vez queda dentro del Departamento Escolar; de allí que no quisimos nosotros entrar en detalle y reservarnos, para hacer la discusión del caso, cuando estudiemos la Ley de Educación Pública en lo particular.
El C. Manrique: En concreto deseo saber si esas instituciones continúan dependiendo de la Universidad.
El C. Salazar: Los institutos a que se refiere el compañero Manrique: Industrias Químicas y escuelas industriales, quedarán, como hasta aquí, bajo la dependencia de la Dirección Técnica, que, a su vez, depende de la Universidad.
El C. Manrique: Gracias.
El C. Siurob: Sobre este artículo quiero hacer otra aclaración, señor presidente. Es la siguiente: En la parte de este artículo, que se dice: "La Inspección General de Monumentos artísticos o históricos". No se refiere a la Dirección General que existe en la Secretaría de Fomento, sino simplemente a la supervisión por parte de la Universidad Nacional, desde el punto de vista enteramente técnico.
El C. González Jesús B.: Desde un principio hicimos la aclaración de que el Departamento de Exploraciones Arqueológicas no quedaría incluido en este proyecto de ley, a reserva de crear la Secretaría este Departamento, o, mejor dicho, la Inspección General de Monumentos Artísticos; es una cosa diferente, como sabe el compañero Siurob, se refiere solamente a los monumentos artísticos que no son precortesianos.
Presidencia del C. GARCÍA SOCORRO
El C. Siurob: Absolutamente satisfecho con la aclaración de la Comisión.
El C. secretario Zincúnegui Tercero: Se va a proceder a recoger la votación en lo particular de todos los artículos de la ley.
El C. Lavín: Por la afirmativa.
- El mismo C. secretario: Por la negativa.
(Se recoge la votación.)
- El mismo C. secretario: Ha sido aprobada por unanimidad de 129 votos la Ley de Secretarías de Educación Pública Federal. Pasa al Senado para los efectos de ley, nombrándose en Comisión a los ciudadanos Salazar Juan B., Pedro de Alba, Jesús B. González, Lavín Urbano, Francisco Castillo y secretario Zincúnegui Tercero, para que lleven la susodicha ley al Senado.
El C. Siurob: Pido la palabra para informar a la Representación Nacional, que habiendo sido nombrado en Comisión para llevar la Ley de Latifundios al Senado, no ha sido posible cumplir con esa comisión, porque unas veces la Cámara de Senadores no tiene sesiones y en otras esta Cámara es la que no las tiene; por consiguiente, no hemos podido hacerlo hasta estos momentos; pero no ha quedado por falta de actividad de nuestra parte. En la próxima sesión de la Cámara de Senadores será llevada esta ley.
- El mismo C. secretario: Por acuerdo de la Presidencia se levanta la sesión y se cita para pasado mañana a las cinco de la tarde, hora oficial. (7.40 p.m.)