Legislatura XXIX - Año I - Período Ordinario - Fecha 19200824 - Número de Diario 3

(L29A1P1oN003F19200824.xml)Núm. Diario:3

Colegio Electoral

ENCABEZADO

MÉXICO, MARTES 24 DE AGOSTO DE 1920

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AÑO I.- PERÍODO ORDINARIO XXIX LEGISLATURA TOMO I.- NÚMERO 3

TERCERA JUNTA PREPARATORIA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 24 DE AGOSTO DE 1920

SUMARIO

1.- Se abre la junta. Lectura y aprobación del acta de la anterior. El C. diputado Manuel García Vigil informa del resultado de la comisión que se le confirió.

2.- Sin discusión son aprobados los dictámenes que se refieren a los siguientes distritos electorales: 13 de Veracruz, 5o. de Coahuila y 5o. de Chiapas.

3.- Es discutido y aprobado el dictamen relativo al 1er. distrito electoral del Distrito Federal.

4.- Son aprobados, sin discusión, los dictámenes relativos a los distritos electorales 1o. de Campeche y 1o. de Coahuila.

5.- Se discute y aprueba el dictamen referente al 1er. distrito electoral de Michoacán. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. ALONZO ROMERO MIGUEL

(Asistencia de 153 ciudadanos diputados y presuntos diputados.)

El C. Presidente, a las 4.43 p. m.: Se abre la sesión.

- El C. secretario Reyes Ignacio C., leyendo:

"Acta de la Junta Preparatoria de la Cámara de Diputados del XXIX Congreso de la Unión, celebrada el día veintitrés de agosto de mil novecientos veinte.

"Presidencia del C. Miguel Alonzo Romero.

"En la ciudad de México, a las cuatro y cincuenta y ocho de la tarde del lunes veintitrés de agosto de mil novecientos veinte, con asistencia de ciento ochenta y cuatro ciudadanos presuntos diputados, según consta en la lista que previamente paso el C. secretario Valadez Ramírez, se abrió la Junta.

"Sin debate se aprobó el acta de la celebrada el día veinte del presente mes.

"La Presidencia manifestó que el sábado último, económicamente, había nombrado una Comisión para que se acercara al ciudadano presidente de la República, a fin de gestionar la libertad del C. presunto diputado Felipe Munguía, e invitó al presidente de dicha Comisión para que informara. Con ese fin usó de la palabra el C. Aurelio Manrique.

"Leyóse una proposición firmada por el C. Luis Espinosa, tendente a que una Comisión entrevistara al ciudadano presidente de la República para pedirle la inmediata libertad del mencionado presunto diputado. El C. Espinosa fundó su proposición. El C. Miguel F. Ortega informó del resultado de la segunda Comisión, nombrada también económicamente, para procurar la libertad del C. Munguía. El C. Luis León impugnó la proposición del C. Espinosa, la que fue dispensada de trámites y se puso a debate. A solicitud del C. Antonio Ortega se leyó un escrito relacionado con este asunto. La Secretaría, para contestar una pregunta del C. Luis León, leyó el artículo 6o. de la Ley Reglamentaria de 6 de junio de 1896. El C. Luis Espinosa hizo aclaraciones y en seguida, en votación económica, se aprobó la proposición, quedando integrada la Comisión a que se refiere, por los CC. Manuel García Vigil, Basilio Vadillo y Benito Ramírez G.

"La Secretaría paso a dar cuenta con los dictámenes que había en cartera, formulados por las comisiones revisoras de credenciales.

"Sin debate se aprobó el que presentó la segunda Comisión, que propone para diputados propietario y suplente, respectivamente, por el segundo distrito electoral del Estado de Hidalgo, a los CC. Leopoldo E. Camarena y Enrique Vásquez.

"El formulado por la misma segunda Comisión y que otorga el triunfo a los CC. Rafael Martínez de Escobar y Abraham González, como diputados propietario y suplente, respectivamente, por el segundo distrito electoral del Distrito Federal, y a los CC. Augusto Aillaud y Gabriel Blanco por el decimoquinto de Jalisco, lo declaró aprobado la Secretaría e hizo la declaratoria a favor de los CC. Martínez de Escobar y Abraham González; pero al tratar de hacer otro tanto en favor de los CC. Aillaud y Blanco, el C. Luis Espinosa se opuso y censuró el procedimiento de que se incluyese en un solo dictamen el estudio de las elecciones en dos distritos electorales. El C. Herminio S. Rodríguez, miembro de la Comisión, hizo aclaraciones y retiró su firma del dictamen. La Secretaría hizo aclaraciones y la Presidencia determinó que se reservara la credencial del C. Aillaud para discutirla después ampliamente.

"El C. Aurelio Manrique contestó alusiones personales. El C. Herminio S. Rodríguez hizo nuevas aclaraciones, y la Presidencia se refirió a la redacción que aparece en la carátula del dictamen de que se trata.

"La Secretaría repitió la declaración de que son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el segundo distrito electoral del Distrito Federal, los CC. Rafael Martínez de Escobar y Abraham González.

"El C. Enrique Bordes Mangel hizo una moción de orden, y el C. José Siurob, miembro de la segunda Comisión, hizo aclaraciones relativas al dictamen motivo de la discusión. La Presidencia manifestó que la credencial del C. Aillaud sería objeto de dictamen por separado.

"Continuóse dando cuenta con los dictámenes en cartera, y sin discusión se aprobaron los que se mencionan en seguida, haciéndose en cada caso la declaratoria respectiva.

"De la segunda Comisión. Elecciones en el octavo distrito electoral del Distrito Federal. Diputado propietario, C. Rafael Lara; diputado suplente, C. Ramón Velasco.

"Presidencia del C. Rafael Ramos Pedrueza.

"De la quinta Sección de la primera Comisión. Elecciones en el sexto distrito electoral del Estado de Yucatán. Diputado propietario, C. Miguel Alonzo Romero; diputado suplente, C. Anastasio Manzanilla.

"Presidencia del C. Miguel Alonzo Romero.

"De la segunda Comisión. Elecciones en el sexto distrito electoral del Estado de Nuevo León. Diputado propietario, C. Marco Aurelio González; diputado suplente, C. Jacobo Ayala Villareal.

"De la segunda Comisión. Elecciones en el decimoséptimo distrito electoral del Estado de Michoacán. Diputado propietario, C. José María Soto; diputado suplente, C. José Navarrete.

"De la quinta Sección de la primera Comisión. Elecciones en el noveno distrito electoral del Estado de Jalisco. Diputado propietario, C. Antonio Valadez Ramírez; diputado suplente, C. Enrique Arévalo.

"De la segunda Comisión. Elecciones en el decimonoveno distrito electoral del Estado de Jalisco. Diputado propietario, C. Basilio Vadillo; diputado suplente, C. Carlos B. Munguía.

"De la séptima Sección de la primera Comisión. Elecciones en el tercer distrito electoral del Distrito Federal. Diputado propietario, C. José I. Novelo; diputado suplente, C. E. Hidalgo Catalán.

"De la quinta Sección de la primera Comisión. Elecciones en el primer distrito electoral del Estado de Querétaro. Diputado propietario, C. José Siurob; diputado suplente, C. Ramón Bueno.

"De la segunda Comisión. Elecciones en el primer distrito electoral del Estado de Oaxaca. Diputado propietario, C. Manuel García Vigil; diputado suplente, C. Eduardo Vasconcelos.

"De la quinta Sección de la primera Comisión. Elecciones en el primer distrito electoral del Estado de Tamaulipas. Diputado propietario, C. Herminio S. Rodríguez; diputado suplente, C. Donaciano Echeverría.

"El dictamen que sometió a consideración de la Asamblea la segunda Comisión Revisora de Credenciales, sobre las elecciones celebradas en el único distrito electoral del Estado de Colima, y que otorga el triunfo como diputado propietario al C. Salvador Saucedo y como diputado suplente al C. José Campero, dio lugar a que los CC. Jorge Prieto Laurens, Antonio Díaz Soto y Gama y Felipe Carrillo, presentaran una moción suspensiva, la que no fue tomada en consideración, después de que el C. Prieto Laurens la fundó, de que la Secretaría leyó los artículos 107 y 108 del Reglamento y de que el C. Saucedo habló en contra.

"A discusión el dictamen, usó de la palabra en contra el C. Prieto Laurens.

"La Secretaría dio cuenta con una proposición de los CC. Felipe Carrillo y Antonio Díaz Soto y Gama, relativa a que se nombrara una Comisión de cinco miembros de la Asamblea que escuchara lo que deseaba exponer, con relación a las elecciones en el cuarto distrito electoral del Distrito Federal, un grupo popular que se encontraba a las puertas de la Cámara. Se aprobó la proposición, previa dispensa de trámites y sin discusión, comisionándose a los CC. Felipe Carrillo, Antonio Díaz Soto y Gama, José Siurob, José Domingo Ramírez Garrido y Luis Castro y López. Habiéndose excusado los CC. Soto y Gama, y Siurob, se designó en su lugar a los CC. Edmundo Bolio y Ernesto Aguirre Colorado.

"Continúa la discusión sobre la credencial del C. Saucedo: se dio lectura a un documento proporcionado por el C. Prieto Laurens, quien concluyó su discurso en contra. El C. Saucedo habló en pro. El C. Soto y Gama, inscripto en contra, hizo aclaraciones. El C. Siurob, por la Comisión, usó de la palabra en apoyo al dictamen e interpeló al C. Prieto Laurens, quien contestó. Este volvió a refutar el dictamen y el C. Luis Espinosa puso fin al debate, hablando en pro. En votación económica se aprobó el dictamen y la Secretaría declaró que son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el único distrito electoral del Estado de Colima, los CC. Salvador Saucedo y José Campero.

"El C. Luis Espinosa contestó una interpelación del C. José Siurob, referente a la credencial del C. Aillaud, y la Secretaría prosiguió la lectura de los dictámenes sobre estudio de credenciales. En votaciones económicas se aprobaron, sin debate, los siguientes, haciéndose las declaratorias de rigor:

"De la segunda Comisión. Elecciones en el primer distrito electoral del Estado de Puebla. Diputado propietario, C. José María Sánchez; diputado suplente, C. Luis Sánchez Cima.

"De la novena Sección de la primera Comisión. Elecciones en el sexto distrito electoral del Distrito Federal. Diputado propietario, C. Rafael Ramos Pedrueza; diputado suplente, C. Fernando León Primero.

"De la sexta Sección de la primera Comisión. Elecciones en el cuarto distrito electoral del Estado de Guerrero. Diputado propietario, C. Miguel F. Ortega; diputado suplente, C. Agustín Vieyra.

"De la segunda Comisión. Elecciones en el decimocuarto distrito electoral del Estado de Puebla. Diputado propietario, C. Claudio N. Tirado; diputado suplente, C. Angel Cuevas.

"De la cuarta Sección de la primera Comisión. Elecciones en el decimotercer distrito electoral del

Estado de Oaxaca. Diputado propietario, C. Ignacio C. Reyes; diputado suplente C. Maximiliano Cenobio Robles.

"De la segunda Comisión. Elecciones en el segundo distrito electoral del Estado de Jalisco. Diputado propietario, C. Federico N. Solórzano; diputado suplente, C. Francisco Gutiérrez Mejía.

"De la quinta Sección de la primera Comisión. Elecciones en el cuarto distrito electoral del Estado de Veracruz. Diputado propietario, C. Benito Ramírez G.; diputado suplente, C. Enrique Barón Obregón.

"El C. Edmundo Bolio informó del resultado de la Comisión nombrada en esta junta para escuchar los deseos de un grupo popular que acudió a las puertas de esta Cámara.

"A las ocho horas siete minutos de la noche, la Asamblea acordó que se prorrogara la sesión.

"Asimismo, sin discusión, fueron aprobados los siguientes dictámenes, y se hizo, como en los anteriores, las declaraciones de costumbre:

"De la segunda Comisión. Elecciones en el decimocuarto distrito electoral del Estado de México. Diputado propietario, C. Felipe de la Barrera; diputado suplente, C. Gabino Hernández.

"De la segunda Comisión. Elecciones en el primer distrito electoral del Estado de San Luis Potosí. Diputado propietario, C. Aurelio Manrique; diputado suplente, C. Graciano Sánchez.

"De la séptima Sección de la primera Comisión. Elecciones en el segundo distrito electoral del Estado de México. Diputado propietario, C. José Luis Solórzano; diputado suplente, C. Manuel Lara.

"De la segunda Comisión. Elecciones en el cuarto distrito electoral del Estado de San Luis Potosí. Diputado propietario, C. Luis Castro y López; diputado suplente, C. Cosme Dávila.

"De la octava Sección de la primera Comisión. Elecciones en el segundo distrito electoral del Estado de Zacatecas. Diputado propietario, C. Jesús B. González; diputado suplente, C. Salvador Alatorre.

"De la tercera Sección de la primera Comisión. Elecciones en el cuarto distrito electoral del Estado de Nuevo León. Diputado propietario, C. Juan Quiroga; diputado suplente, C. Alberto Chapa.

"De la quinta Sección de la primera Comisión. Elecciones en el decimosegundo distrito electoral del Distrito Federal. Diputado propietario, C. Carlos Argüelles; diputado suplente, C. Melesio Jiménez.

"A las 8.20 de la noche se levantó la junta."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Aprobada.

El C. Presidente: Tiene la palabra el presidente de la Comisión que fue a entrevistar al Ejecutivo.

El C. García Vigil: Honorable Asamblea: Acatando el acuerdo que se tomó ayer en la sesión de esta misma Representación Nacional, comparecimos los comisionados ante el presidente de la República para hacerle saber el acuerdo que se había tomado, y este ciudadano magistrado nos manifestó que inmediatamente iba a dar la orden para que fuera puesto en libertad el presunto C. diputado Felipe Munguía y, efectivamente, en presencia nuestra se libraron esas órdenes. (Aplausos.)

El C. Presidente: La Presidencia da las gracias más atentas a la Comisión.

-El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"1a Comisión Revisora de Credenciales.- 4a. Sección.

"H. Asamblea:

"Examinado el expediente electoral del 13 distrito electoral del Estado de Veracruz, la Sección 4a. que subscribe, tiene el honor de informar a la H. Asamblea con el resultado siguiente:

"Obtuvieron votos para diputado propietario, los CC. Guillermo Rodríguez, 3,847; Carlos Puig y C., 2,650; Victorio Góngora, 1,330. Para diputado suplente, los CC. Severino Méndez, 3,847 votos; Alfonso J. Alvarez, 2,530; Alvaro Meza, 1,330.

"Existen varias protestas de los candidatos anotados, pero sin pruebas fehacientes y algunas sin importancia.

"Esta 4a. Sección somete a la consideración de la H. Asamblea las siguientes proposiciones:

"1a. Son Válidas las elecciones verificadas en el 13 distrito electoral del Estado de Veracruz.

"2a. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Guillermo Rodríguez y Severino Méndez."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 21 de agosto de 1920.- Rafael Martínez de Escobar.- Claudio N. Tirado.- Uriel Avilés.

Está a discusión.

El C. Díaz Soto y Gama: He pedido la palabra para interpelar a la Mesa. (Voces: ¡No se oye! ¡No se oye!)

Varios miembros del grupo socialista suplicaron ayer a la Mesa que se leyera la orden del día del siguiente, explicando qué credenciales se iban a poner a discusión. Esto lo hemos hecho en virtud de que, de otro modo, seríamos arrastrados a la discusión de credenciales por sorpresa. Para evitar esa sorpresa, o sea para discutir con la preparación suficiente, pedimos a la Presidencia respetuosamente que leyera la orden del día, y como no se ha leído el escrito del grupo socialista ni le ha recaído trámite alguno de la Mesa, mi interpelación se reduce a suplicar a la misma dé lectura al escrito y dé a conocer el trámite que haya recaído.

El C. Presidente: La Mesa manifiesta al C. Díaz Soto y Gama, que tan pronto como se acabe de votar este dictamen que se acaba de leer, con mucho gusto atenderá esta solicitud.

- El mismo C. secretario: Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Aprobada.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara: Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el 13 distrito electoral del

Estado de Veracruz, los CC. Guillermo Rodríguez y Severino Méndez.

- El mismo secretario: Por acuerdo de la Presidencia se va a dar lectura a la fracción IV del artículo 23 reglamentario que dice:

"Artículo 23. Son obligaciones del presidente:

"IV. Determinar qué asuntos deben ponerse a discusión, prefiriendo los de utilidad general; a no ser que, por moción que hiciere algún individuo de la Cámara, acuerde ésta dar la preferencia a otro negocio;"

El C. presidente: Tomando debida nota, señor Soto y Gama, de la solicitud que su señoría hizo a la Mesa, ésta ha dispuesto que después de cada sesión se lea la orden del día como usted desea.

El C. Soto y Gama: Gracias.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo.

"1a. Comisión Revisora de Credenciales.- Sección 1a.

"H. Asamblea:

"Al estudio y dictamen de esta Sección ha sido consignado el expediente relativo a las elecciones celebradas en el 5o. distrito electoral del Estado de Coahuila.

"Tras minucioso estudio de dicho expediente, en el que los subscriptos no han encontrado una sola protesta digna de tomarse en consideración, pues la única que aparece se refiere a la ilegalidad del nombramiento del representante de uno de los candidatos; sujetamos a la consideración de esta Asamblea, para su aprobación, las siguientes proposiciones:

"1a. Son legales las elecciones para diputados al Congreso de la Unión celebradas en el 5o. distrito electoral del Estado de Oaxaca.

"2a. Es diputado propietario por el mismo distrito el C. Andrés Gutiérrez Castro.

"3a. Es diputado suplente por el mencionado distrito, el C. Hermilo Calderón S.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 21 de agosto de 1920.- E. Bordes Mangel.- Ignacio Borrego.- J. M. Cuéllar."

Está a discusión. Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara: Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el 5o. distrito electoral del Estado de Coahuila, los CC. Andrés Gutiérrez Castro y Hermilo Calderón S.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"1a. Comisión Revisora de Credenciales.- 4a. Sección.

"H. Asamblea:

"A la Comisión que subscribe tocó examinar el expediente del 5o. distrito electoral del Estado de Chiapas, el que fue estudiado detenidamente, encontrándose el resultado siguiente:

"El C. licenciado José Castañón obtuvo 2,292 votos para diputado propietario, y el C. ingeniero Raymundo Enríquez 3,229 para diputado suplente. Obtuvieron asimismo votos los CC. doctor Delfino C. Chacón 941 como propietario, y el C. licenciado José Castañón 264 como suplente; el ingeniero Raymundo Enríquez 956 como propietario, y el C. doctor Delfino C. Chacón, 507 como suplente; el C. licenciado Luis Ramírez Corzo, 4 como propietario, y el ingeniero Teófilo Delarbre, 154 como suplente, y los CC. Arcadio García y Luis Ramírez Corzo, 3 y 1 respectivamente para propietario y suplente.

"No habiendo protestas de ningún género, ésta Comisión presenta los siguientes puntos de resolución:

"1o. Son Válidas las elecciones verificadas en el 5o. distrito electoral del Estado de Chiapas.

"2o. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. licenciados José Castañón e ingeniero Raymundo Ramírez.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 21 de agosto de 1920.- Rafael Martínez Escobar.- Claudio N. Tirado.- Uriel Avilés."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados y presuntos diputados que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara: Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el 5o. distrito electoral del Estado de Chiapas, los CC. licenciado José Castañón e ingeniero Raymundo Enríquez.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"1a. Comisión Revisora de Credenciales.- 6a. Sección.

"H. Asamblea:

"Los miembros integrantes de esta Sección, después de revisar con todo escrúpulo el expediente que corresponde al 1er. distrito electoral del Distrito Federal, presentamos ante vuestra soberanía el siguiente dictamen:

"Se presentaron en este distrito como candidatos los CC. Herminio Pérez Abreu, postulado por el Partido Liberal Constitucionalista y Armando Salcedo por el Cooperativista Nacional y Laborista Mexicano, así como otros que no deben tomarse en consideración por la cantidad tan pequeña de votos que obtuvieron.

"Hacemos notar que todos los expedientes están en debida forma y bien arreglados, y en lo que se refiere a los documentos, aparecen algunas protestas de los CC. Gustavo Padrés y Villamil, candidato a senador por el Distrito Federal y representante del señor Salcedo respectivamente, que según nuestro franco parecer no son de tomarse en cuenta por carecer de fundamento legal.

"Los puntos principales de estas protestas, son:

"1o. Que el C. Leopoldo de Lara fungió como presidente de la Junta Computadora sin haber sido presidente de la 1a. casilla como lo previene la ley. Este punto desde luego cae por tierra, pues en el acta de dicha junta debidamente autorizada, se ve que el C. de Lara fue presidente de la referida 1a. Sección.

"2o. Que el mismo C. de Lara estaba incapacitado para desempeñar el puesto a que hicimos mención, en virtud de haber desempeñado en aquellos días el cargo de abogado consultor del H. Ayuntamiento. Esta aseveración no tiene valimiento alguno, pues consta en el legajo correspondiente una licencia que con anterioridad al día de las elecciones le fue otorgada.

"3o. De una de las casillas se presentaron dos paquetes; pero esta irregularidad fue resuelta por la Junta Computadora admitiendo el que se ajustaba a la ley, según consta en el expediente.

"Menos que importantes son todas las demás protestas, por lo que no continuamos enumerándolas.

"En consecuencia, el resultado de la votación favorece por manera notable al C. Herminio Pérez Abreu, que obtuvo 2,371 en contra de 438 que obtuvo el C. Armando Salcedo, así como el C. Gustavo S. Martínez, suplente del primero, con 2,355 en contra del C. Adrián Devars, suplente del segundo, con 438.

"Acompañamos los documentos de la elección y por todo lo anteriormente expuesto, la sexta Sección presenta ante vuestra soberanía las siguientes proposiciones:

"1a. Son Válidas las elecciones efectuadas el 1o. de agosto último para diputados al Congreso de la Unión por el 1er. distrito electoral del Distrito Federal;

"2a. Es diputado propietario por el expresado distrito electoral el C. Herminio Pérez Abreu;

"3a. Es diputado suplente por el mismo distrito el C. Gustavo S. Martínez.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 21 de agosto de 1920.- F. N. Solórzano.- L. E. Camarena.- J. M. Sánchez."

Ha sido presentada la siguiente moción suspensiva:

"Al H. Colegio Electoral del XXIX Congreso de la Unión.- Presente.

"A fin de obtener una serena y definitiva decisión en el concepto general de todos los llamados a fallar en lo relativo a la credencial que ampara al C. Herminio Pérez Abreu, y correspondiente al 1er. distrito electoral de la ciudad de México, ante vosotros respetuosamente ocurrimos a manifestar: que obrando en poder del C. Armando Salcedo, candidato oposicionista por el mismo distrito, una documentación que tiende a comprobar que la credencial del C. Pérez Abreu fue conseguida mediante la presión de la fuerza oficial y con detrimento de varios artículos de la Ley Electoral vigente, aquél no tuvo oportunidad de hacer llegar los expresados testimonios ante la Comisión Revisora respectiva.

"En tal virtud, ciñéndonos estrictamente al derecho que nos asiste y con el exclusivo propósito de salvaguardar dentro de los postulados del honor y la justicia el criterio de nuestros compañeros, pedimos a esa H. Asamblea se digne conceder una moción suspensiva al dictamen que se sustenta con respecto a la credencial del C. Herminio Pérez Abreu, por el término de 5 días contados desde hoy, que serán los precisos para deslindar los derechos que conciernen a cada uno de los dos contendientes.

"Con nuestra atenta consideración.

"Sufragio Efectivo. No imposición.- México, D. F., agosto 24 de 1920.- Ed. G. Cantón M.- J. Prieto Laurens.- A. Díaz Soto y Gama.- Francisco Soto."

El C. presidente: Se suplica a alguno de los firmantes que tenga la bondad de fundar su moción.

El C. Cantón Edmundo G.: Honorable Asamblea: Yo he sido uno de los que han firmado esa moción suspensiva acatando únicamente lo que concierne a la legalidad, al derecho. No pretendo en lo absoluto dar por mala la credencial del C. Pérez Abreu, sino sencillamente pido a esta honorable Asamblea se sirva conceder que el expediente pase nuevamente a la Comisión Revisora para que ante ella, con toda la honorabilidad que caracteriza la decisión de una Comisión de tanta trascendencia como ésta, pueda el exponente traer toda la documentación que le ampara. Así pues, nosotros únicamente pedimos una moción suspensiva para que ante la Comisión puedan deslindarse los derechos que correspondan a cada uno de los contendientes.

- El mismo C. secretario: No habiendo más oradores, en votación económica se pregunta si se toma en consideración esta moción suspensiva. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. No se toma en consideración.

El C. Díaz Soto y Gama: Pido votación nominal. ¿Hay compromiso de grupo?

- El mismo C. secretario: La Secretaría participa al ciudadano presunto diputado Soto y Gama que ya se hizo la declaración correspondiente y que, por lo tanto, no cabe la votación nominal. Los ciudadanos diputados o presuntos diputados que deseen impugnar el dictamen relativo a la elección del C. Pérez Abreu, sírvanse pasar a inscribirse.

El C. Prieto Laurens: Pido la palabra en contra.

El C. Cantón: Pido la palabra en contra.

- El mismo C. secretario: Se ruega a los ciudadanos diputados y presuntos diputados que deseen hacer uso de la palabra, se sirvan pasar a inscribirse a la Mesa.

Se ruega al ciudadano presunto diputado que se inscribió en pro, pase a hacerlo a la Mesa.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano presunto diputado Prieto Laurens. (Murmullos.) Tiene la palabra el C. Cantón, en contra.

El C. Cantón: Honorables presuntos diputados: Vengo a hacer uso de la palabra únicamente porque vengo a sustentar el criterio que hace varios años venimos sosteniendo en las pugnas populares. Yo no sé si en esta Asamblea hemos de buscar aquellas varas que se encontraban en los antiguos consejos de la Roma, en la cual, con una de marfil se sintetizaba la justicia. Yo creo que cada uno de los representantes del pueblo que aquí se

encuentran, trae en su conciencia toda la verdad, toda la pureza del voto que pudo llevarlos al triunfo. Compañeros diputados: Yo creo que en las luchas civiles, en las luchas en que se ventila todo el porvenir de una nación, debemos tener presente siempre, como único aliciente en nuestras pugnas, la justicia; la justicia, que si es cierto que tiene muchos visajes en la orientación de las opiniones públicas, en la única verdad, en la única acepción en que nosotros la conocemos, es esta: justicia es aquello que ampara al hombre que sabe respetar los derechos de los demás. (Aplausos.)

Siento carecer verdaderamente de frases que puedan deslumbraros por un instante para llevar ese dogma que nosotros llamamos la justicia, a vuestras conciencias; pero creo que no necesito de estos arranques de oratoria; cada uno de vosotros es justo consigo mismo, cada uno de vosotros es justo para con los demás; así pues, compañeros, yo vengo a hablar por el candidato Armando Salcedo, aquel luchador que hace muchos años viene confraternizando con los obreros, con aquellos que son los que saben labrar el pan, con aquellos que saben derramar el sudor de sus frentes para ganarse los míseros ochavas que han de llevar a sus familias, para disfrutar de la migaja de felicidad que les depara la sociedad entera. (Aplausos.) El obrerismo, compañeros, no es una novedad en el mundo, hace muchos años que se viene pugnando por que la sociedad se reivindique a sí misma; hace muchos años que se viene pugnando por que todos vosotros, el que más y el que menos, tiene que echar su grano de oro, llamo grano de oro porque ha de levantar la montaña, la montaña futura, detrás de la cual ha de surgir el sol de nuestras libertades.

Compañeros, aquel que ha surgido de la clase obrera, aquel que ha sentido en su corazón latir los dolores de una necesidad, aquel que ha sentido sed alguna vez, y ni ha encontrado el agua clara cerca de sí para poder saciarla; aquel que ha sentido hambre y no ha encontrado un pan, aquel que ha sentido la impresión muy honda y muy fuerte de verse a nivel de los demás disfrutando de todas las conquistas de la ciencia moderna, ese tiene derecho a entrar en las pugnas sociales. Tenemos el antecedente aquí perfectamente claro y conciso de que el C. Salcedo hace muchos años que viene luchando por el obrerismo en la capital de la República. Esto es lo que concierne a su figura tal, a su figura clara y precisa, como hombre que no puede venirse a solicitar de las clases privilegiadas el voto que lo haga triunfar en una elección.

Compañeros: ahora vamos al punto legal: el punto legal consiste en que el C. Salcedo arguye que precisamente el presidente de la primera casilla electoral era empleado del Ayuntamiento. Aquí traigo yo una documentación, una documentación que no es tan completa como lo desearía, porque en ella solamente se hace constar, por medio de un juicio casi legal pudiera decirse, que el ciudadano que presidió la primera casilla electoral era precisamente el abogado consultor del Ayuntamiento de esta ciudad. Todos nosotros, compañeros tenemos en la conciencia lo que significa que un ayuntamiento, lo que significa que una autoridad que está íntimamente ligada con el resultado de unas elecciones, tenga que ver directamente a favor de determinados candidatos. Nosotros tenemos la experiencia muy de cerca; la hemos sentido muy hondo y por eso creo que tenemos derecho de impugnar el dictamen en lo que respecta a que precisamente uno de los altos empleados del Ayuntamiento, como es el abogado consultor del mismo, hubiese sido quien presidiese la primera casilla electoral, que es la que, puede decirse, forma las demás, la actuación completa de la votación general. En este sentido, nosotros pedimos que este punto legal, que es el más grande que se alega en esta documentación, se tenga presente siquiera; por eso pedíamos anteriormente una moción suspensiva para que ante esa Comisión se revisaran los documentos, pero ya que no hay tiempo de que sean revisados en esta Comisión y se quiere que en esta magna Asamblea todo quede definido, yo no tengo el honor de conocer al C. Pérez Abreu, supongo que es nativo del Estado de Campeche, cuyo nombre es muy conocido por esos rumbos. Yo, que vengo del Estado de Yucatán, a nuestros hermanos los vecinos del Estado de Campeche casi los conocemos por los nombres que se usan en ese Estado. Así pues, yo creo que entre un nativo, entre un luchador, entre un obrero que hace muchos años que viene tratando con la clase proletaria de la ciudad de México y uno que viene de otro Estado, por más intelectual, por más conspicuo que sea, siempre prevalece aquél que ya demostró con sus hechos lo que vale ante una sociedad. (Aplausos.) Por eso creo que aunque todos vosotros que estáis aquí, apreciéis cada uno en vuestro fuero interno la justicia o la injusticia que cabe a la credencial del compañero Pérez Abreu, yo desde luego os conmino para que peséis noblemente, después de oír la lectura que suplico a la Secretaría dé de los dos documentos principales que aquí se encuentran, para no cansaros con la lectura que ya vosotros sabéis bastante bien, porque se han repartido por doquiera estos documentos, para que los conozcamos a fondo, pido únicamente que se lean los dos documentos para que si después de su lectura se puede hacer alguna argumentación, yo tenga el honor de hacerla, porque se trata de un compañero, se trata de un hombre justo, se trata de un hombre que ha sido debatido duramente, varias veces, por la suerte, por el destino, por la fatalidad que siempre ha puesto a los de arriba con mucho oro para hacer una especie de cuba en que se oculte la justicia de los de abajo. (Aplausos.)

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"En la ciudad de México, a los cinco días del mes de agosto del año de mil novecientos veinte, reunidos en el edificio del Teatro Hidalgo, a las 3.20 p. m., los CC. Eucario Villamil, Hermenegildo Téllez, Tomás López y Miguel L. Linares, procedimos a levantar la presente acta de protesta en contra de la designación de la Mesa de la Junta Computadora del 1er. distrito electoral de la ciudad de México, en virtud de que dicha designación viola descaradamente y hasta con escarnio el artículo número 34 treinta y cuatro del Reglamento vigente de la Ley Electoral, porque el ciudadano que la preside hasta estos momentos, tres y veinte de la tarde, es el señor don Leopoldo de Lara, quien con el hecho de haber presidido dicha Junta, nulificó toda

la actuación de ella, por no ser vecino del 1er. distrito electoral, toda vez que este ciudadano vive en la 3a. calle de la Soledad número treinta y ocho, que pertenece al 7o. distrito electoral, como nosotros lo certificamos, porque lo conocemos demasiado al señor Leopoldo de Lara y porque dicho señor de Lara desempeña el cargo oficial de abogado consultor del H. Ayuntamiento de esta capital. La mala fe de este C. de Lara en sus actos como presidente de la Junta Computadora, quedó demostrada claramente cuando este ciudadano manifestó al C. Villamil que en la calle de la Soledad número treinta y ocho, vivía su mujer y su familia, pero que él vivía a la "vuelta".

"México, D. F., agosto 5 de 1920.- Tomás López.- E. Villamil.- M. L. Linares.- Hermenegildo Téllez."

El C. Cantón, continuando: Compañeros: Habéis tenido oportunidad de oír ya la certificación de quien corresponde, que parece estar en contradicción con lo que dice el dictamen respectivo. Aquí en esta certificación, se asienta que el C. Leopoldo de Lara era, es, según aparece de este certificado, el abogado consultor del honorable Ayuntamiento. En este caso, yo pregunto a todos vosotros: ¿tenéis todavía algo entre vosotros mismos que os diga que no hubo una presión eficiente para sacar avante la credencial que se presenta como vencedora en esta elección? ¿Tenéis todos vosotros en vuestras conciencias la seguridad, el criterio absoluto de que quien trae la credencial viene con el voto libre, unánime y espontáneo de las multitudes que debieron darlo? Yo os pregunto también si habéis leído ya los avisos que titula el C. Salcedo como muy importantes, y en los cuales hace declaraciones de tal fuerza, como la siguiente: que hubo lugares en donde unos señores que se titulaban como obreros de la localidad y que sí pertenecían al cuerpo de barrenderos del honorable Ayuntamiento, sacaron a escobazos y a golpes y hasta con algunas armas que portaban, a los ciudadanos que iban a dar su voto a favor del C. Salcedo. Yo os pregunto si habéis leído esto, si os habéis dado cuenta de la importancia que encierra el estudiar por cada uno de nosotros lo que corresponde a un compañero legítimo. Hay que tener en cuenta, compañeros, que cuando estas cámaras sean integradas por hombres de buena fe, que no vengan aquí únicamente a traernos el óbolo o la contribución de su intelectualidad para fines únicamente personales, entonces será, compañeros, cuando las cámaras de México puedan enorgullecerse ante la faz del mundo de ser justas y legítimas representantes del pueblo. Nosotros, los que surgimos de eso que se llama pueblo, y que hemos sentido con él, como dije antes, deseamos que en estas cámaras únicamente se ventilen los criterios desde el punto de vista de la legalidad, de la justicia y de la razón. No conocemos personalidades, no conocemos lo que se llama vulgarmente "personalismo". Yo no tengo el honor de conocer ni de haber tratado nunca al C. Herminio Pérez Abreu; no tengo el honor de poderlo distinguir entre vosotros, porque no sé cuáles son las líneas de su rostro. De manera que yo estoy únicamente tratando aquí la cuestión desde el punto de vista legal. Aquí hay contradicción entre el dictamen de la Comisión y este certificado que se acaba de exhibir, firmado por una autoridad competente. Allí se dice que hubo una licencia previa concedida al C. Leopoldo de Lara, y aquí se asienta que hasta la fecha en que se expide este certificado, ese ciudadano era el abogado consultor del honorable Ayuntamiento. Yo os pregunto a todos vosotros: ¿hay claridad, hay paridad siquiera en este asunto? ¿Se pueden concatenar las dos relaciones, la de la Comisión y el certificado que aquí se presenta? Indudablemente que hay una contradicción y ante una contradicción, debe haber siempre una duda; debemos hacer a un lado aquel viejo apotegma del magister dixit, que hace cincuenta años todavía levantaba sobre las espaldas de los niños de las escuelas, el látigo que había de hacerlos confesar quizá un delito que no habían cometido. En necesario que nosotros analicemos sinceramente los dictámenes de las comisiones y los veamos bajo el prisma de nuestro propio criterio; bajo este punto de vista, creo que la razón justa, la razón necesaria, únicamente, nos hará decir quién tiene la razón; no tengo la seguridad de si estará por parte del señor Pérez Abreu o por parte del trabajador y obrero que contendió con él, o si sencillamente hubo un defecto en la elección. Ese defecto de elección debió haberse corregido a tiempo, y si no se corrigió a tiempo en la Comisión que dictaminó, seamos nosotros los que demos luz a esta aura que va brotando bajo el aspecto de una revolución que ha triunfado únicamente para imponer el voto de las multitudes; una revolución que vino a hacer respetar, no el criterio político, no el criterio estrecho de aquellos césares de la antigua Roma, que todo quería posponer a su pasión personal. Nosotros, compañeros, debemos traer aquí al arzobispo de México, si es que el arzobispo de México obtiene los votos necesarios para ser diputado al Congreso de la Unión. (Voces: ¡No! ¿No! Siseos. Aplausos.) Quienquiera que tenga una votación limpia, quienquiera que sea un ciudadano firme en sus convicciones y que venga representando las aspiraciones de una fracción del pueblo, debe tener cabida entre nosotros. Nosotros no debemos levantar la daga funesta para herir por la espalda a nuestros enemigos; nosotros debemos respetar únicamente el derecho del sufragio, el voto popular, las enseñanzas de la multitudes que están por encima de las enseñanzas dogmáticas de los intelectuales. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra en pro el C. Bordes Mangel.

El C. Bordes Mangel: Esperaba que alguno de los miembros de la Comisión dictaminadora viniera a esta tribuna a fundar el dictamen y a hacernos conocer de mejor manera los fundamentos que para formularlo tuvo; pero ya que ninguno de ellos se presenta, sin otro material para mi discurso que el que me acaba de dar el compañero que me precedió en el uso de la palabra, sin venir a defender aquí más principios que los que el compañero quiere que se defiendan estrictamente: los principios de justicia, los principios legales; sin venir a defender aquí a mis correligionarios, porque en esta tribuna, y mientras de credenciales se trate, no soy el representante de los intereses políticos de nadie, vengo a decir: creo que el dictamen es bueno; creo que los elementos de convicción que trata de

llevar a vuestro ánimo el compañero que acaba de hablar, no son bastantes dentro de la Ley Electoral. El argumento toral esgrimido en esta tribuna para pedirnos la nulidad de esta elección, es simplemente -quitándole todo el hermosísimo ropaje de que lo rodea el doctor Cantón, entiendo que así se llama el compañero -, quitandole todo lo que tiene de bello y atractivo para el aplauso, es simplemente que el presidente de la primera casilla era un empleado público. No quiero yo, señores, que se vaya a entender que rechace yo ni por un momento la candidatura del contrincante del señor Pérez Abreu. Yo, que para comer he trabajado con las manos; yo, que vengo a este Parlamento animado de los mejores propósitos que pueda haber, por lo que se relaciona al pueblo, entusiasmado de este movimiento de resurgimiento, contento de ver que ya en las curules de la Cámara se sientan obreros, soy quien menos derecho tengo para hablar contra un obrero. No, yo vengo a hablar contra el criterio que os quiere arrancar, con esos bellos ropajes y esa popularidad del obrero, el señor Doctor Cantón. Nos dice la Comisión, según me pareció oír, porque, repito, no estoy enterado del expediente, que el empleado público que presidió esa casilla, tenía licencia. No quiero tener eso en cuenta, parece que los certificados a que se dio lectura indican que no tenía licencia. (Voces: ¡Si tenía!) Me acaban de indicar que sí tenía. Que la tuviera o no, yo pregunto, señores presuntos diputados, si alguno de vosotros, después de una buena lid, después de haber conquistado los votos de vuestros conciudadanos, después de haber visto que de casilla en casilla habían ido a sufragar, después de tener la convicción de que habíais triunfado por vuestros méritos, por la voluntad de vuestros conciudadanos, por cualquiera causa, habíais triunfado, os vienen a decir: los votos de vuestros conciudadanos no son nulos porque en vos concurren todas las circunstancias de la ley; pero ocurrió que la persona que presidió la Junta Electoral, era un empleado público, ¿qué haríais vosotros? Y esa Junta Electoral que se componía de siete miembros es, en la opinión del doctor Cantón, una punta de imbéciles, que no tuvo más criterio que el del presidente electoral, si es que el presidente de esa Junta Electoral realmente quería imponer su criterio sobre ellos.

El C. Cantón: Pido la palabra para una aclaración.

El C. presidente: Si el orador lo permite.

El C. Cantón: Para retirar la palabra "imbéciles" que pone en mis labios, porque yo no deseo que supongan este léxico en mí. (Aplausos.)

El C. Bordes Mangel: Dice el señor doctor Cantón que puse en sus labios la palabra "imbéciles"; si puse en los labios del doctor Cantón la palabra "imbéciles", declaro que mentí, porque él no la ha pronunciado, soy yo quien lo digo, que juzgó como imbéciles a quienes de manera tan ciega siguen el criterio del presidente de la Junta Electoral. (Aplausos.) Ahora bien, señores; cuando se esgriman argumentos de mayor peso, cuando se me enseñe la ley que declara nula la elección del señor Pérez Abreu, porque resulte que el presidente de la Junta Electoral era o había sido empleado público, seré yo el primero en venir a esta tribuna a pediros vuestro voto negativo contra el dictamen de la Comisión; pero mientras eso no se nos demuestre, yo os pido, señores, que confirméis el dictamen, porque no es con argumentos de oropel, no es buscando popularidad como debemos proceder para aprobar o desaprobar los dictámenes. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra el contra el C. Prieto Laurens. (Aplausos en las galerías.)

La presidencia, sin que esto parezca una imposición o una tiranía, suplica a los señores asistentes a las galerías que tengan la bondad de no tomar participación en los debates, porque así lo previene el Reglamento.

El C. Prieto Laurens: Señor presidente y señores presuntos diputados: No solamente las galerías, sino también cierto señor diputado que se halla a mi izquierda, ha empleado el procedimiento de silbar o de sisear a quien no le parece lo que vaya a decir, prejuzgando si va a decir la verdad o no. Yo no me preocupo de que las galerías, que no son todas, naturalmente, me siseen, pero sí me extraña que un diputado descienda a una condición tan baja, silbando o siseando como un reptil. (Voces: ¡Nombre!) Es el C. Saucedo.

El C. Saucedo, interrumpiendo: ¡Miente usted! (Murmullos.)

El C. Prieto Laurens, continuando: Pues bien, señores; ya ven ustedes cómo naufraga enteramente la proposición suspensiva, pidiendo que se estudiara con más serenidad, con más detenimiento el asunto Salcedo y Pérez Abreu. No se ha querido estudiar con calma esto; hay deseo preconcebido de precipitar estos asuntos, porque urge, probablemente para ciertos fines, el que determinados presuntos diputados tengan ya aprobada su credencial. El C. Herminio Pérez Abreu, contando o no con un partido fuerte, se vio obligado - y no sé por qué si el partido era fuerte - a emplear procedimientos enteramente funestos para el futuro del país, porque dio muestras su partido en las elecciones del 1er. distrito del Distrito Federal de una intemperancia, de una falta de conocimiento de la ley y de una falta de escrúpulo muy grande. Voy a manifestar a ustedes las demás razones que no se han mencionado en esta tribuna y por las cuales pedimos que no se apruebe la credencial del señor Pérez Abreu, que no necesitaba emplear de esos procedimientos, y si no él, su partido. Es público y notorio que el Ayuntamiento de la ciudad de México favoreció de una manera decidida las elecciones de los candidatos del Partido Liberal Constitucionalista; es público y notorio que el jefe de la Sección de Gobernación del Ayuntamiento, que el secretario, el abogado consultor y todos los empleados tomaron participación en la preparación de las elecciones, porque eran miembros del Partido Liberal Constitucionalista y anduvieron tomando casillas y formando parte de los propagandistas del Partido Liberal Constitucionalista. (Aplausos.) ¿Qué se puede esperar, señores diputados y presuntos diputados, de una elección en estas condiciones? Si en la propia capital de la República se han atrevido a emplear estos procedimientos, no será dudoso que el día de mañana vengan a presentarse casos más graves, porque si aquí en la ciudad de México, donde todo el mundo podía percibir las maniobras de este partido, se vio claramente que había parcialidad del Ayuntamiento,

¿qué será en otras partes? Y las pruebas están ya aquí, las ha exhibido el doctor Cantón. La Comisión dice que no tienen importancia las protestas y que no vale la pena tomarlas en consideración para nulificar la credencial del C. Pérez Abreu, que no tienen importancia. El llamado abogado consultor del Ayuntamiento, que más que abogado debe ser un buen rabulilla, porque, señores diputados, ha hecho aparecer una licencia que el Ayuntamiento no le ha concedido, ha hecho aparecer una licencia que el Cabildo de la ciudad de México jamás le ha concedido al C. Leopoldo de Lara, porque el C. Leopoldo de Lara, como abogado consultor, solamente podía tener licencia del Cabildo y no ha recibido acuerdo del Cabildo de ninguna especie para obtener esa licencia y, por consiguiente, el señor Leopoldo de Lara ha cometido también una falsedad, además de las que había cometido. El C. Leopoldo de Lara, que presidió la Junta Computadora, influyó de una manera decidida, aunque parezca increíble, y aunque se crea que tendrían que ser imbéciles los miembros de la Junta Computadora, que no eran siete, sino ocho, cuatro escrutadores y cuatro secretarios; influyó, digo, decididamente en la elección, porque él estuvo manejando a su sabor aquello al grado de no permitir siquiera la permanencia de los representantes de partido. Al mismo candidato a senador, C. Padrés, lo expulsó de la Asamblea para quedar ellos a puerta cerrada a verificar su chanchullo. ¿No les parece a ustedes que es bastante grave esto? ¿Les parece a ustedes enteramente baladí el que un prominente empleado del Ayuntamiento, el abogado consultor, el que aconseja constantemente al secretario, al presidente del Ayuntamiento, al Cabildo en masa, en toda clase de asuntos legales, principalmente en estos de la preparación de las elecciones, y después en lo que se refiere a la Junta Computadora; no les parece sospechoso, por lo menos, que el abogado consultor del Ayuntamiento, sin ser vecino, como se ha comprobado no solamente por el dicho de partidarios, sino con un auto judicial, que yo pido que se lea, porque hasta ahora no se ha leído la comprobación judicial, que el C. Leopoldo de Lara no es vecino del 1er. distrito electoral y que, sin embargo de ello, no tuvo escrúpulo en ser el presidente de la primera casilla, y después de alegarle en la casilla que no era vecino y sí funcionario público, no tuvo escrúpulo de presidir la Junta Computadora? Pero no es todo, ciudadanos representantes: Hay antecedentes todavía más graves a los que aludí en términos generales. El Partido Liberal Constitucionalista, teniendo en el Ayuntamiento todos los elementos que he citado, desde el jefe de la Sección de Gobernación hasta una mayoría en el Cabildo, logró sencillamente lo siguiente: el reparto de las credenciales de elector se verificó por conducto del Comité del Partido Liberal Constitucionalista en el 1er. distrito electoral y en algunos otros también. En su oportunidad traeremos nosotros aquí los documentos necesarios, pero voy a decir por lo pronto lo siguiente: El C. Pérez Abreu hacía su propaganda a base de obregonismo, con unas tarjetas postales que por una cara tenían el retrato del general Obregón y por otra el suyo. Y esas tarjetas eran repartidas en sobres abiertos, en donde iban las credenciales de elector. El C. Salcedo sorprendió a los empleados municipales llevando los cajones de las credenciales a las oficinas del Comité del P. L. C., llevó esto ante el presidente municipal, y ante el presidente municipal se levantó un acta y consta allí con el testimonio de varios regidores y de varios ciudadanos enteramente ajenos a la cuestión, que habían sido sorprendidos los miembros del Partido Liberal Constitucionalista recibiendo las credenciales de electores para repartirlas en las casas, unidas a la propaganda del P. L. C. en el 1er. distrito. ¿Les parece que no hay presión de parte de las autoridades cuando la mayoría de los ciudadanos iletrados que recibían esta credencial de elector junta con la propaganda se sentían realmente en condiciones difíciles, porque les parecía que las autoridades ordenaban que se votara por aquel que iba junto con la credencial? Y así lo manifestaron, señores, varios obreros del 1er. distrito, que le fueron a decir al señor Salcedo: compañero, nosotros estamos dispuestos a votar por usted, pero el Gobierno nos ordena que votemos por el señor que aparece detrás del retrato del general Obregón. Yo creo, señores, que esto es bastante para que quede en el ánimo de ustedes que en el Distrito Federal, pero principalmente en el 1er. distrito de la ciudad de México hubo presión decidida de parte de las autoridades. El Ayuntamiento de México, además, proporcionó al Comité del Partido Liberal Constitucionalista, todos los empadronadores necesarios para hacer sus trabajos de preparación electoral, y todos vosotros sabéis que en la preparación electoral estriba el éxito o el fracaso de los candidatos a diputados. Por eso, siendo el C. Pérez Abreu uno de los principales regidores del Ayuntamiento, presidente de la 1a. Comisión de Hacienda, contaba con todos los elementos del Ayuntamiento, contaba con todos los empadronadores; él mandó de su puño y letra la lista de los empadronadores a la Sección de Gobernación, y estos empadronadores se encargaron de empadronar principalmente a sus correligionarios en el 1er. distrito. Yo creo que éstas son pruebas bastantes. La licencia que dice el C. Leopoldo de Lara que tiene, es falsa, primero; además, si no bastara mi dicho, está allí el documento del presidente de la Comisión de Justicia, de quien depende directamente el abogado consultor, que certifica con su firma que no se le concedió licencia alguna. Por consiguiente, el C. Leopoldo de Lara no ha tenido licencia para retirarse del cargo de abogado consultor. Ahora bien, señores; no siendo vecino, no teniendo licencia tampoco, siendo funcionario, está viciada de nulidad la primera casilla, y la Junta Computadora, por lo menos el presidente de la Junta Computadora, y hay derecho a suponer en la presión que él ejerció; pero hay otros motivos más y voy a citar los motivos legales. Desde luego, la primera casilla y el presidente de la Junta Computadora son enteramente nulos, porque es requisito indispensable para ser miembro de la Mesa, dice el artículo 50: "...estar inscripto en el padrón de la sección y no ser funcionario, empleado público ni candidato registrado..."

Primer artículo para satisfacer al compañero que pidió las razones legales. Artículos legales para pedir la nulidad:

"Artículo 104. Son causa de nulidad de una elección:

.................................................................................................................................................................................

"III. Haberse ejercido violencia en las casillas electorales por la autoridad o particulares, con el mismo objeto que indica la fracción anterior;

.................................................................................................................................................................................

"V. Haber mediado error o fraude en la computación de los votos;

"VI. Haberse instalado la casilla electoral en distinto lugar y condiciones diferentes a las señaladas por esta ley."

La Sección de Obras Públicas, que se llama de Limpia y Transportes, se transportó íntegra (Risas) al 1er. distrito, en camiones, en carros, a ejercer presión en las casillas, como ya lo ha dicho el C. Cantón. Con las escobas en la mano, con palos, con todos los elementos de que disponían, estuvieron expulsando de las casillas a los representantes de Salcedo. Los mismos barrenderos, señores, cuya sección se encuentra a tres cuadras del lugar donde se verificó la Junta Computadora, a dos cuadras, mejor dicho, del lugar, los mismos barrenderos escoltaron la Junta Computadora e impidieron que entraran los representantes de Salcedo, al grado de ser expulsado el mismo C. Padrés, que quiso levantar algunas protestas dentro de la Junta computadoras. Se le dijo que no tenía derecho de estar allí, porque no era representante de ningún partido, siendo que era candidato a senador. Esta presión que se ejerció en la Junta Computadora de una manera descarada, se ejerció también en las casillas electorales el día de la elección y, por lo mismo que cae dentro del inciso III, que dice:

"Haberse ejercido violencia en las casillas electorales por la autoridad o particulares, con el mismo objeto que indica la fracción anterior;

"V. Haber mediado error o fraude en la computación de los votos."

Esto igualmente cae en el caso del C. Pérez Abreu por el hecho de que el presidente de la Junta Computadora y de la casilla número 1 ejerció la presión a que he aludido y estuvieron computando los votos a puerta cerrada sin permitir que los representantes se encontrasen allí.

"VI. Haberse instalado la casilla electoral en distinto lugar y condiciones diferentes a las señaladas por esta ley."

Es motivo de nulidad el haberse instalado en distintas condiciones de las que marca la ley, y la ley marca terminantemente que para pertenecer a una casilla, para ser electo miembro de la Mesa de una casilla, debe ser necesariamente una persona que no sea empleado ni funcionario. Luego está afectada de nulidad y, por consiguiente, ciudadanos diputados, hay pruebas legales suficientes. Si no bastasen también las pruebas que constan a todo el mundo y que están comprobadas en el expediente, de que se ejerció presión en las casillas y en la Junta Computadora; no importa que no se haga caso de esto, pero que conste que hemos venido a protestar contra los chanchullos verificados en el 1er. distrito. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra el C. Camarena, miembro de la Comisión.

El C. Camarena: Ciudadanos presuntos diputados: De los discursos que se pronuncian en esta tribuna es necesario separar siempre la parte de literatura, de la parte que se refiere a la materia legal. Sin embargo, como miembro de la Comisión del 6o. grupo de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, he querido tomar una parte de las palabras del C. doctor Cantón, a fin de fundarme en ellas para sostener el dictamen que de acuerdo con los compañeros de Comisión hemos producido a fin de presentarlo ante vosotros. El C. doctor Cantón acaba de expresar ante esta honorable Asamblea que si el arzobispo de México resultara legalmente electo diputado, habría que aprobarle su credencial y el 6o. grupo de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales no ha hecho otra cosa en el presente caso que atenerse a los documentos y a los expedientes con el fin de dictaminar en forma enteramente legal, apegada enteramente a la ley. Refiriéndome a las primeras palabras que pronuncié ante vosotros, debo deciros que todas las palabras que se han vertido en esta tribuna, haciendo a un lado la parte literaria y tomando solamente lo que se refiere a la parte legal, a la parte seria del asunto, a la parte esencial, a la parte de fondo, sólo se han presentado dos argumentos en contra de la credencial cuyo dictamen venimos a sostener ante vosotros. Primero, que el C. Leopoldo de Lara no estaba capacitado para ser presidente de la Junta Computadora porque no era presidente de la primera casilla electoral. Esto no está suficientemente probado y nosotros, hurgando en el expediente y estudiando los documentos que se encuentran allí, no pudimos encontrar en ninguno de ellos probado este aserto; tuvimos que atenernos, necesariamente, al acta de la Junta Computadora y en ella encontramos que el C. Leopoldo de Lara fue efectivamente el presidente de la primera casilla electoral y que fue electo presidente de la Junta Computadora. No hay documento que venga a contradecir esta idea. De manera que nosotros debíamos atenernos, indudablemente, a los documentos que figuran en el expediente. Segundo: Se dice aquí que era empleado del Ayuntamiento y se presenta como prueba fehaciente un oficio del C. Franco en el cual dice que el C. Leopoldo de Lara no llegó a separarse de sus funciones como abogado consultor del Ayuntamiento. En contra de ese documento que nosotros como Comisión, en calidad de Comisión, debemos de considerar un poco parcial por la circunstancia de que el C. Franco ha sido compañero de labores del C. Salcedo, en contra de este documento, decía yo, obra en el expediente otro firmado por el ciudadano presidente municipal en el cual se concede una licencia al C. Leopoldo de Lara, de tal modo, que cuando este ciudadano figuró como presidente de la Junta Computadora, no era abogado consultor del Ayuntamiento de México. Dice el C. Prieto Laurens en su discurso que si está afectada de nulidad la primera casilla de este distrito electoral, lo está la elección entera y ya este punto a nuestra manera de ver, fue defendido en una forma airosa por el C. Bordes Mangel. La opinión de la Comisión en este asunto es que la elección en general no debe considerarse nula, aun suponiendo que lo fuera la elección verificada en la primera casilla. Los demás argumentos que presenta el C. Prieto Laurens, tales como el de que se computaron los votos a puerta cerrada y otros

presentados por algunos ciudadanos presuntos diputados diciendo que los barrenderos tomaron parte en esta elección a favor de Pérez Abreu, no podemos nosotros, en calidad de Comisión dictaminadora, tomarlos en consideración porque no están suficientemente probados. En consecuencia, sostenemos nuestro dictamen ante vosotros diciendo, con toda lealtad, que a pesar de que hemos buscado las pruebas en contra de la credencial del señor Pérez Abreu, no hemos podido encontrarlas, de tal manera que ratificamos en todas sus partes el dictamen presentado ante vosotros. (Aplausos. Siseos.)

El C. Mijares Aureliano J.: Pido la palabra. Para suplicar a la Mesa se dé lectura a la licencia que concedió el presidente del Ayuntamiento al C. Leopoldo de Lara.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"Ayuntamiento Constitucional.- México.

"Al C. licenciado Leopoldo de Lara.- Presente.

"En contestación a su ocurso fecha de hoy, tengo el honor de manifestar a usted que el ciudadano presidente ha tenido a bien concederle la licencia que solicitó, hasta por quince días, para separarse del cargo de abogado consultor de este H. Ayuntamiento, a partir de esta fecha.

"Reitero a usted las seguridades de mi atención.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, a 26 de julio de 1920.- El secretario general, J. Castaño Flores."

El C. Prieto Laurens: No puedo concederla el presidente.

El C. Mijares: Pido que se lea también la certificación en que se hace constar que no es vecino del 1er. distrito electoral el señor de Lara.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"Al margen un timbre de a cincuenta centavos cancelado con un sello que dice:

"Juzgado 2o. de Paz.- México, D. F.- Estados Unidos Mexicanos.

"Al centro:

"El C. Ignacio G. Castillo, secretario del Juzgado Auxiliar Segundo de Paz de esta capital,

"Certifica: Que en el expediente de información testimonial rendida ante este Juzgado a solicitud del señor Armando Salcedo, con motivo de la vecindad del señor licenciado Leopoldo Lara, obran las siguientes constancias:

"En cinco de agosto compareció el señor Armando Salcedo, casado, de cuarenta y un años, obrero, grabador, con domicilio en la primera del Niño Perdido, número uno, ante el ciudadano juez segundo de Paz de esta ciudad; dijo: que conviniendo a su interés comprobar que el señor licenciado Leopoldo Lara vive en la calle de Soledad, número treinta y ocho, pide atentamente al ciudadano juez se sirva recibir la declaración de los testigos Jenaro Hidalgo, Romualdo Morales, Rosendo Arreguín, licenciado José María Gutiérrez, quienes serán presentados por el compareciente; también pidió al señor juez se sirviera librar oficio al ciudadano comisario de Policía de esta demarcación, para que informe sobre dicho asunto. Esto expuso y firmó. Doy fe.- Ignacio G. Castillo, secretario.- Rúbrica.- Al margen: Armando Salcedo."- Rúbrica.

"México, agosto cinco de mil novecientos veinte. Como se pide en anterior comparecencia, señalándose el día seis del actual a las diez de la mañana para recibir la información que se ofrece, librándose atento oficio al comisario de la segunda demarcación para que informe sobre los hechos a que se refiere la anterior comparecencia. Notifíquese. Lo proveyó y firmó el ciudadano Juez segundo de Paz.- Doy fe.- Enrique Terán.- Ignacio G. Castillo, secretario."- Rúbricas.

"En seis de agosto del propio año compareció el señor Armando Salcedo y notificado del auto anterior, dijo lo oye y presenta por testigos a los señores José María Gutiérrez, Jenaro Hidalgo, Rosendo Arreguín y Romualdo Morales, a fin de que sean examinados al tenor de su comparecencia inicial, y firmó al margen. Acto continuo, Presente el señor José María Gutiérrez, previa la protesta de ley fue examinado separadamente y dijo, por sus generales, llamarse como queda escrito, originario de Jaloxtotitlán, Jalisco, y vecino de esta capital, con domicilio en la calle de la Soledad número diez, soltero, abogado, y de veintiséis años de edad y declaró que le consta que el señor licenciado Leopoldo Lara vive en la calle de la Soledad número treinta y ocho, que al declarar lo anterior le consta y es público y notorio que en dicha calle vive. En lo expuesto se ratificó previa lectura, y firmó. Doy fe.- Enrique Terán.- Ignacio G. Castillo, secretario.- Rúbricas.- Al margen: Armando Salcedo.- José Gutiérrez."- Rúbricas.

"En seguida, presente otro de los testigos, fue examinado separadamente y previa protesta de ley dijo, por sus generales, llamarse Jenaro Hidalgo, originario de esta capital, con domicilio en el callejón de San Miguel número tres, casado, empleado y de veinticuatro años de edad, y declaró que le consta y es público y notorio que el señor licenciado Leopoldo Lara vive en la calle de la Soledad, en una vivienda de la casa número treinta y ocho y que pertenece a la segunda demarcación. En lo expuesto se ratificó y firmó previa lectura. Doy fe.- Enrique Terán.- Ingeniero G. Castillo, secretario.- Rúbricas.- Al margen: Jenaro Hidalgo."- Rúbrica.

"En la misma fecha, presente otro de los testigos, fue examinado separadamente, y previa protesta de ley, dijo, por sus generales, llamarse Rosendo Arreguín, originario de San Luis Potosí, con domicilio en la tercera calle de San Miguel número ciento uno, casado, sastre, de cuarenta y dos años; declaró: que le consta, que es público y notorio, que el señor licenciado Leopoldo Lara vive en la calle de la Soledad, en una vivienda de la casa número treinta y ocho y que pertenece a la segunda Demarcación. En lo expuesto se ratificó y firmó, previa lectura. Doy fe.- Enrique Terán.- Ignacio G. Castillo, secretario.- Rúbricas.- Al margen: Rosendo Arreguín.- Rúbrica.

"En la misma fecha, presente otro de los testigos, fue examinado separadamente y, previa protesta de ley, dijo, por sus generales, llamarse Romualdo C. Morales, originario de Arandas, Jalisco, con domicilio en la calle de la Florida número sesenta, interior nueve, soltero, impresor, de veintiún años de edad; declaró: que le consta y que es público y notorio que el señor licenciado Leopoldo Lara vive en la calle de la Soledad, en una

vivienda de la casa número treinta y ocho, que pertenece a la segunda Demarcación; en lo expuesto se ratificó y firmó, previa lectura. Doy fe.- Enrique Terán.- Ignacio G. Castillo, secretario,- Rúbricas.- Al margen: Romualdo C. Morales.- Rúbrica.

"En seis del propio mes se libró atento oficio al ciudadano comisario de la segunda Demarcación, como está mandado, agregándose copia. Conste.

"Oficio número 403 D. He de merecer a usted se sirva informar a este Juzgado de mi cargo si es cierto que el señor licenciado Leopoldo Lara tiene su domicilio en la calle de la Soledad, número treinta y ocho, y que pertenece a esta jurisdicción, por necesitar dicho informe para que sea agregado a la información que se practica en este Juzgado a pedimento del señor Armando Salcedo. Protesto a usted mi atenta y distinguida consideración.- Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, a seis de agosto de mil novecientos veinte.- Juez segundo Auxiliar.- Rúbrica.- Al ciudadano comisario de la segunda Demarcación de Policía.- Presente.

"Se publicó en el "Boletín Judicial", número treinta y tres, de agosto siete. Conste.

"En seis del mismo se recibió el oficio que se agrega. Conste.

"Un sello que dice: 2a. Demarcación de Policía. México, D. F.- Oficio número 1,165.- En debida respuesta al atento oficio, de usted, número 4,030, de esta misma fecha, me es honroso participarle que tal como se sirvió pedirlo en su antes citado oficio, se hicieron las averiguaciones respecto al domicilio del señor licenciado Leopoldo Lara, sacándose por consecuencia y por dicho de la portera, señora Teresa Vásquez, que dicho señor licenciado vive en la casa número 38 de la 3a. calle de la Soledad, desde hace como 15 años. Reitero a usted las seguridades de mi atenta consideración.- Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, D. F., a 6 de agosto de 1920.- El comisario, Zárate.- Rúbrica.- Al ciudadano juez 2o. Auxiliar.- Presente.

"En siete de agosto compareció el señor Armando Salcedo y dijo: que suplica al ciudadano juez se sirva acordar se le expida copia certificada de esta información testimonial, y firmó. Doy fe.

- Ignacio G. Castillo, secretario.- Rúbrica.

"México, agosto siete de mil novecientos veinte. Como se pide, expídase la copia que solicita. Notifíquese. Lo proveyó y firmó el ciudadano juez 2o. de Paz. Doy fe.- Enrique Terán.- Ignacio G. Castillo, secretario.- Rúbricas.

"Y en cumplimiento de lo mandado en auto de fecha siete, se expide el presente certificado, en la ciudad de México, a los siete días del mes de agosto de mil novecientos veinte.- Ignacio G. Castillo."- Rúbrica.

El C. Manrique: Pido la palabra para hacer una interpelación a la Comisión.

El C. presidente: Tiene la palabra el C. Manrique para hacer una interpelación a la Comisión.

El C. Manrique: Como se quiere, argumentando en mi sentir legítimamente, contagiar a toda la votación del 1er. distrito electoral del Distrito Federal, de la nulidad de la votación de la casilla primera, y como debe, por otra parte, la Comisión comprobar que ha procedido con justificación, le pido atentamente se sirva contestar a estas preguntas: Primera: si tuvo a la vista los documentos con los que se prueba la falta de vecindad del C. Leopoldo de Lara en el distrito electoral; segunda: si los tuvo en cuenta, y tercera: si deducidos los votos de esta casilla de los obtenidos en todo el distrito por el C. Herminio Pérez Abreu, aún conserva mayoría sobre su contrincante.

El C. Camarena, miembro de la Comisión: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Camarena: Señores presuntos representantes: La Comisión que tengo el honor de representar en estos momentos...

El C. Castillo Israel Del, interrumpiendo: ¡Moción de orden! Se encuentran dentro del salón algunas personas que no traen credencial. Pido que se cumpla con el Reglamento.

El C. presidente: La Presidencia suplica a esas personas que no son portadoras de credencial, tengan la bondad de desalojar el salón. La Presidencia suplica al ciudadano presunto diputado que acaba de hacer esta indicación, se sirva señalar a las personas que se encuentran en el salón, sin credencial.

El C. Castillo: Aquí a la retaguardia están los señores José Guadalupe García y Adalberto Lazcano Carrasco.

El C. Manrique: Pido la palabra, señor presidente.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Manrique: En primer lugar, me parece ingrata la tarea de señalar a estas personas, aun en el supuesto de que no tuviesen credenciales. (Aplausos.) En segundo término, es precedente establecido en anteriores legislaturas, que los diputados cuyos fueros y prerrogativas terminan el 31 de agosto, tienen acceso al salón, diputados y senadores.

El C. presidente: La Presidencia se permite manifestar al C. Manrique que el diputado que mencionó el hecho, no se refiere a los diputados senadores de la Legislatura que fenece, se refiere a presuntos diputados que no traen credencial y, en ese caso, la Mesa suplica a estas personas tengan la bondad de desalojar el salón, porque el Reglamento así lo previene.

El C. Camarena: Ciudadano presidente, ¿puedo continuar en el uso de la palabra?

El C. presidente: Sigue la Comisión en el uso de la palabra.

El C. Camarena, continuando: La Comisión quiere justificar todos sus actos y todos sus procedimientos. Se ha leído ante ustedes una información testimonial que esta Comisión no creyó conveniente tomar en consideración, porque revisando el expediente, se encontró que en él figura la credencial de elector perteneciente al señor Leopoldo de Lara, en la 1a. Sección del distrito que se discute en estos momentos, y porque en el padrón respectivo encontró también su nombre. Contestando la interpelación del C. Manrique, debo decir que, aun suponiendo que esta casilla estuviera afectada de nulidad, descontando los votos que toda ella comprende en favor de los candidatos que contendieron allí, superaría la votación obtenida en favor del señor Pérez Abreu en cantidad muy considerable. De manera que, aun suponiendo, repito, que se descontaran todos los votos de esa casilla, Pérez Abreu vendría a quedar con una mayoría

como de mil quinientos votos sobre su contrincante. (Siseos en las galerías)

El C. Presidente: No habiendo más oradores inscriptos en contra...

El C. Cano Nicolás: Pido la palabra en contra.

El C. Pérez Abreu: Pido la palabra en pro, señor Presidente.

El C. Cano: En ese caso hablaré después del interesado, que creo tiene más derecho.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Nicolás Cano.

El C. Aguirre Colorado: ¡Moción de orden¡ Entiendo que acaba de hablar un orador en contra y solamente la Comisión se ha concretado a contestar la interpelación que le ha hecho el C. diputado Manrique; así es que ahora debe hablar un orador del pro, para que se oiga alternadamente a las dos partes.

El C. presidente: La Mesa va a atender debidamente la indicación del C. Aguirre Colorado.

Tiene la palabra en pro el C. Herminio Pérez Abreu. (Siseos en las galerías).

El C. Pérez Abreu: Señores presuntos diputados: Es para mí motivo de satisfacción el iniciarme en esta tribuna parlamentaria bajo un ambiente de simpatía como el que emana de las galerías, esto es, con un siseo pleno; y digo que me simpatiza, porque es necesario que ustedes conozcan desde el principio que todo esto que aquí se ha debatido no es más que un asunto político, absolutamente político. Las personas que aquí han impugnado esta credencial no tienen otra finalidad que la de prepararse para ver la manera de defender la credencial que traen. Es el mismo procedimiento que se siguió con el señor Saucedo y es el mismo procedimiento que en la mayoría de los casos se seguirá contra otros presuntos ciudadanos diputados, porque falta algún pequeño tornillo de la máquina electoral.

Se han hecho dos inculpaciones fundamentales; se ha dicho que el C. Leopoldo de Lara no es vecino de la sección correspondiente al 1er. distrito electoral y se ha marcado que la primera casilla electoral no fue presidida por dicho ciudadano. Habéis oído que la Comisión, por boca de su presidente, determinó que el C. Leopoldo de Lara estaba empadronado y el C. Leopoldo de Lara Presidió la casilla. (Siseos.) Si la Comisión que tuvo a la vista los expedientes puede hacer esa aseveración, mal puede la voz, por más autorizada que se le suponga, de un ciudadano presunto diputado, venir a destruir un documento que está calzado con la firma de todos los que compusieron la junta Computadora y que llena todos los requisitos de ley. Entre las consideraciones de carácter político y moral se ha asentado que el C. regidor Franco, de la Comisión de Justicia, asegura que el C. Leopoldo de Lara no tenía licencia. ¿Y sabéis vosotros quién es el C. regidor Franco, ciudadanos presuntos diputados? ¿Sabéis que pertenece de hecho y de derecho al partido político del C. Prieto Laurens, el Cooperatista? (Aplausos. siseos.) Si, pues, estas consideraciones son flagrantes, si el artículo 105 de la ley determina que en caso de que una casilla estuviere viciada, esto no afecta a las demás casillas, es pueril estar discutiendo una credencial que tiene 2,400 votos contra 400, cuando bien pueden quitársele todos los votos de la primera y de la segunda casilla y siempre estará triunfante la candidatura del que os habla. (Siseos. Silbidos en las galerías.)

El C. presidente: La Mesa suplica a los ciudadanos que sisean y chiflan, tengan la bondad de tener educación.

El C. Pérez Abreu, continuando: Ahora bien; aquí se ha expresado que el Ayuntamiento estuvo parcial en favor del Partido Liberal Constitucionalista: se ha dicho que empleados de la limpia y transportes de la ciudad de México dependientes del Ayuntamiento sirvieron a nuestros fines particulares. Tengo necesidad de marcar hechos; pertenezco a la planilla que jugó en contra de la de Saldaña Galván y soy actualmente presidente de la Comisión de Hacienda del Ayuntamiento. Ningún regidor que tenga moral, ningún regidor que se respete puede negarme que casi todo el día lo consagro a ese trabajo, porque lo he considerado en muchas de sus manifestaciones más importante que hacer propaganda política electoral. Si, pues, he consagrado todo mi tiempo al servicio del Ayuntamiento; si la oficina que constituí para que manejara el asunto del 1er. distrito fue principalmente dirigida por mi suplente, el señor Gustavo Martínez; si la organización que dimos a esos trabajos fue sobre base de experiencia, sobre base de estudio y sobre base de conocimientos, seguramente que estábamos capacitados para poder manejar mejor y para poder sacar triunfante nuestra candidatura, cuando todo el mundo sabe que mi adversario - que en este caso no se ha ocupado más que de dedicarme denuestos inconvenientes, faltando a las muchas consideraciones personales que le he dispensado -, no ha sabido organizarse, no ha sabido buscarse la manera de ganar esa elección a base de competencia, mal pueden hacer tres o cuatro ciudadanos interesados en que esta candidatura ruede, en determinar que por el hecho de que una casilla, la primera, fue instalada diz que por uno que no vivía en esa sección, va a ser nula toda la elección. Esto sencillamente, señores presuntos diputados, es infantil, estas son cosas de muchachos. La ley marca claramente que el vicio de una casilla anula la elección. Y, ¿para que, pues, seguir perdiendo el tiempo en una discusión de esta clase, cuando, repito, que la mayoría que yo tengo sobre mi contrincante es flagrante ? Es perfectamente, señores presuntos diputados, inexacto uno de los cargos de carácter moral que aquí se han presentado, en el sentido de que la Junta Computadora hizo sus trabajos a puerta cerrada; es perfectamente inexacto, también, que el C. licenciado De Lara expulsó al C. Padrés; es perfectamente inexacto también que los componentes de esa Junta Computadora fueron movidos a voluntad por el C. De Lara, y suponiéndole a este señor un dominio omnipotente sobre todas las personas que estaban cerca de él, la Computadora se reunió en el Teatro Hidalgo y estuvo a la vista de todas las personas que quisieron penetrar a ese recinto; fue hecho el trabajo absolutamente a la expectación pública. El C. Leopoldo de Lara, como presidente de la Computadora, no expulsó al C. Padrés, sí que lo reconvino Por alguna Violencia de este ciudadano presunto candidato a senador y solamente porque toda la mañana se dio el gusto de permanecer en el salón; en consecuencia, todas estas actividades, todas estas palabras que no tienen

otro objeto que lograr una tendencia política, son perfectamente inexactas; pero ya lo sabéis, ciudadanos presuntos diputados, definido está de parte de mis gratuitos deturpadores, la tendencia de que la elección debe anularse porque la primera casilla está viciada. Yo quisiera entrar al análisis de esos conceptos, porque me parece, repito, infantil; yo quiero llevar al convencimiento de ustedes que la máquina del Ayuntamiento, bajo mi fe de honor, bajo las protestas de mi pasado político y social, no estuvo puesta, como alguien lo dijera indebidamente, porque se trata de un ciudadano regidor, como es el C. Prieto, no estuvo, repito, puesta al servicio de un partido político. El partido político al que tengo el honor de pertenecer desde su fundación - pues habéis de saber, ciudadanos presuntos diputados, que tuve la honra de ser el primer Secretario del Partido Liberal Constitucionalista en el Distrito Federal -, el partido político al que tengo la honra de pertenecer, jamás ha usado esos procedimientos. Los procedimientos que nosotros hemos usado han sido a base de organización y competencia y lo hemos demostrado, porque en infinidad de casos hemos estado en minoría, y, sin embargo, hemos tenido la frente muy alta y el corazón muy bien puesto.(Siseos. Aplausos.) Algún ciudadano que deturpó esta credencial marcaba que mi contrincante tenía el derecho de representar al 1er. distrito porque había efectuado luchas políticas en pro de las clases proletarias y porque había vivido mucho tiempo en México. Se trata, señores, de un diputado que así se expresa y que seguramente, por que hace muy pocos días llegó a la capital, ignora que el que os habla tiene diez y ocho años de vivir en México y en asuntos políticos tiene mucho más tiempo que muchos de los ciudadanos que están presentes. Mi vida política arranca del Partido Democrático iniciador del movimiento que después incubó en el del señor Madero. Tengo familia y tengo raíces en esta ciudad; conozco perfectamente el 1er. distrito electoral, como lo puede conocer mi contrincante, y no hay razón alguna para invocar el que, por haber nacido yo en Campeche, no pueda representar ese distrito, no obstante haber vivido aquí diez y ocho años.

Termino, ciudadanos presuntos diputados, suplicándo que al emitir vuestro voto toméis en cuenta que el artículo correspondiente de la ley marca categóricamente que la nulidad de una casilla no afecta a la elección; que suponiendo, sin conceder, que por las razones que han invocado los deturpadores de mi credencial, la casilla deba ser analizada por la comisión, mi credencial está absolutamente fuera de discusión, no solamente por la cantidad de votos obtenidos, sino por la limpidez de los procedimientos llevados a la práctica.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Nicolás Cano.

El C. Cano: señores diputados: Por tratarse de un compañero que no tiene las facilidades para venir a hacer valer sus derechos, me permito hacer algunas pequeñas consideraciones sobre el dictamen que se discute:

Ajeno siempre a la discusión de credenciales, por que en ellas no siempre se escucha la voz de la razón, ni tampoco es ésta la que dicta los conceptos que aquí se vierten, me abstengo y me abstendré de intervenir en aquellos casos en que no haya un fundamento verdaderamente legal para impugnar un dictamen. Voy a concretarme al hecho de que en este expediente acaba de darse lectura a dos documentos que aprueban de una manera completa que el presidente de la primera sección electoral del primer distrito electoral del Distrito Federal, era empleado público, documentos que al leerlos la Secretaría han hecho prueba plena y que en el mismo expediente no se ha pedido la lectura de un documento que pruebe nada en contrario. Así pues, partiendo de esa base, que el presidente de la primera casilla no era vecino de la sección y ateniéndonos a lo que dice la Ley Electoral relativa en su artículo 50, en su último párrafo, que dice:

"Artículo 50. . . . . . . . . . . . .

"Es requisito indispensable para ser miembro de la Mesa de una casilla electoral, estar inscripto en el padrón de la sección y no ser funcionario, empleado público, ni candidato registrado, y saber leer y escribir."

Aquí el verdadero punto a debate no es si debe nulificarse la votación emitida en la primera casilla, por estar atacada de nulidad esa misma casilla, sino decidir si la totalidad de la votación es legal y precisamente si el presidente de la primera sección electoral no hubiese sido electo presidente de la Junta Computadora de este distrito, indudablemente que sí se nulificaría únicamente la votación emitida en la primera casilla electoral; (Aplausos. Siseos.) pero como al mismo tiempo el presidente de esta sección es el presidente de la Junta Computadora, es indudable que el mismo vicio de nulidad que lleva la votación emitida en la primera sección electoral, forzosa y necesariamente tiene que afectar a la totalidad de la votación del primer distrito electoral del Distrito Federal. (Aplausos.)

El C. Manrique, interrumpiendo: ¿Qué precepto legal?

El C. Cano, continuando: Después contestaré al C. Manrique. Ahora bien, todos los oradores del contra, inclusive el mismo candidato, no han encontrado un solo fundamento legal para probar que la nulidad de la elección de la primera casilla, por haber sido su presidente, presidente de la Junta Computadora, no afecta la nulidad total de la votación emitida en el distrito de que se trata. . . .

El C. Pérez Abreu, interrumpiendo: ¡Lea usted el artículo 105 de la ley Electoral!

El C. Cano, continuando: Después lo leeré. Así pues, no habiendo probado los contrarios, nada de esto, se deduce que la votación emitida en este distrito electoral está viciada de nulidad, porque el presidente de la Junta Computadora lo era ilegalmente por no ser vecino de la sección. Eso en lo que se refiere a la parte legal. Ahora, si vamos a la parte política, creo que conviene más al poderoso partido que apoya al presunto diputado cuya credencial se ataca, que en este caso haga honor a sus promesas hechas en este recinto sobre que al juzgar las credenciales se tendrá únicamente en cuenta el criterio legal. ¿Qué significa para el Partido Liberal Constitucionalista perder un elemento, aunque sea Herminio Pérez Abreu? Absolutamente nada, .... (Aplausos.) puesto que las últimas

votaciones nos indican que cuenta dentro del recinto parlamentario con una mayoría abrumadora de doscientos y tantos diputados; y en cambio, señores, si el partido Liberal Constitucionalista por medio de sus representantes, que es el bloque del mismo partido dentro de la Cámara, hace justicia y declara la nulidad de las elecciones en este distrito, habrá conseguido dos muy grandes fines: Primero, darle ocasión al señor Herminio Pérez Abreu para que pruebe que efectivamente la popularidad y no la presión oficial como aquí se le ha dicho, le dio la credencial; y, segundo, dar oportunidad también a un compañero que ha mucho tiempo contiende en estas lides y que siempre ha perdido, no por falta de votación en su distrito, si no porque siempre se ha encontrado con la máquina oficial que lo ha aplastado.... (Aplausos.) y se tendría como consecuencia de esto que los trabajadores, que hace mucho tiempo tenemos la peor opinión de todos los gobiernos, presídalos quien los presida, por esta vez veremos que si no se nos hace justicia, es que tampoco el Gobierno que en estos momentos empieza a constituirse será revolucionario.

Nosotros hace mucho tiempo, y de esto me consta porque he sido testigo y actor en muchos actos electorales en el Distrito Federal, he visto que nosotros, a pesar de tener muchas veces la mayoría de la votación en los distritos electorales, siempre se han defraudado sus credenciales a los compañeros obreros que han jugado en los distritos electorales del Distrito Federal muy particularmente, y refiriéndome al mismo caso del compañero Salcedo, debo decir a ustedes que la vez próximo pasada contendió con el ingeniero Francisco Cravioto Gallardo, dándose el inmoral caso de que a los compañeros que trabajaban en los talleres de Indianilla se les diesen credenciales sextuplicadas para que fuesen a votar en favor del ingeniero Cravioto Gallardo. (Aplausos. Siseos.) Además, en un folleto con pruebas completamente fehacientes que publicó el mismo compañero Salcedo, venían documentos en que se probaba que los presidentes de alrededor de veinticinco o veintiséis casillas tampoco habían sido vecinos del distrito electoral; pero en esa ocasión no se hizo la más insignificante objeción a la elección de Cravioto Gallardo. Con estas consideraciones de orden legal y político, pido atentamente a los señores presuntos diputados que como una medida justiciera y dando una prueba de respeto al voto público, y muy particularmente como prueba de respeto a los trabajadores a quienes muchos candidatos van a pedir sus votos en el momento de la elección, nulifiquen las elecciones en el primer distrito electoral y convoquen a nuevas elecciones, para que entonces sí vengan a decir si efectivamente el señor Pérez Abreu tiene una mayoría aplastante.

El C. presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Camarena, miembro de la Comisión: Según me parece, el señor compañero Cano estaba fuera del salón de sesiones cuando yo advertí ante la Asamblea que el C. Leopoldo de Lara, presidente que fue de la junta Computadora en el primer distrito electoral, tiene en el expediente su papeleta de elector y además que figura en los padrones; en consecuencia, nosotros, como Comisión Revisora de credenciales, no podíamos atenernos más que al expediente. En cuanto a la información testimonial que se acaba de leer, no podemos tomarla en cuenta, por la sencilla razón de que en ella se da a conocer que la portera de la casa en donde se dice que vive Leopoldo de Lara, dijo que allí vive; y nosotros no podemos atenernos al dicho de una portera.

El C. Cano: Honradamente retire el dictamen, compañero Camarena.

El C. presidente: Tiene la palabra el C. Díaz Soto y Gama para hechos.

El C. Díaz Soto y Gama: He pedido la palabra (Voces: ¡Tribuna!) para rectificar hechos. (Voces: ¡Tribuna!) Es muy sencillo lo que tengo que decir. Digo que he pedido la palabra para rectificar hechos, en virtud de que el señor Pérez Abreu, llevado por el calor de su defensa personal, la defensa de su curul, ha soltado la especie de que la existencia de este debate se debe única y exclusivamente a tres o cuatro personas, interesadas personalmente en atacarlo. Rectifico el hecho y rectifico la especie. en lo personal, el que habla es tan amigo de Pérez Abreu como de Salcedo. Los interesados en que este debate de abriera, y se abriera en su oportunidad y tuviera toda la amplitud que fuera de desearse y se hubiera tratado con la calma que el prestigio de la Cámara exige, lo hemos hecho precisamente por salvaguardar, por librar el prestigio de esta Cámara de toda mancha y de toda sospecha. Si concurren en el caso circunstancias especialísimas que obligaban a la Cámara a no producirse con la festinación con que se ha producido, vuelve a darse el caso de falta de preparación en el criterio, en la mente de los diputados para resolver asuntos graves. Este asunto es más grave que el anterior, en que se procedió con la misma festinación, y es más grave, por las circunstancias siguientes: circunstancias de lugar, circunstancias de tiempo, circunstancias de toda especie que rodean la elección. Circunstancias de lugar: se trata de una elección efectuada en la capital de la República, que debe ser espejo de elecciones, espejo de democracia, espejo de verdad electoral. Circunstancias de tiempo: en los momentos en que la república vuelve los ojos ansiosamente a los representantes de la primera Cámara quizá que se ha electo seriamente; en los momentos precisos en que triunfa una revolución contra la imposición; en los momentos en que el pueblo mexicano cree haber conseguido el sufragio efectivo, en esos mismos momentos, por culpa de la festinación, se deja en duda la verdad legal, la verdad popular de una credencial. (Aplausos.) Circunstancias de otra especie que rodean la elección: se trata de un candidato regidor del Ayuntamiento; se trata de presunciones que llegan a ser pruebas plenas, de que se ha puesto en juego la máquina oficial.(Aplausos.) Se ha demostrado plenamente, y no ha sido contradicho este aserto, que junto con las credenciales de electores que fueron repartidas por el Ayuntamiento como neutral, iban boletas o papeletas de propaganda electoral, mañosamente mezcladas con el nombre del candidato a la Presidencia de la República, C. Obregón, (Aplausos.) y el Ayuntamiento ha consentido que se haga esto para favorecer a ojos vistos la candidatura del partido que se tiene como oficial. Todo esto es grave; todo esto

ameritaría un examen más detenido; todo esto ameritaría el triunfo de la moción suspensiva. ¿Por qué? Porque se trata del prestigio de la Cámara Nacional; por que se trata del prestigio del Partido Liberal Constitucionalista, atacado de ejercer presión, por lo cual debería haber probado hasta la evidencia, sin que haya sombra de sospecha la más leve, que ha procedido honradamente en todos los casos; por que se trata del prestigio de la democracia mexicana; se trata del prestigio del señor Pérez Abreu, del prestigio del Ayuntamiento, del prestigio de la Revolución. Se trata de algo más: de una pugna esencialmente delicada, como es la pugna entre el obrero sin elementos y el hombre de la clase media, apoyado por todo el favor oficial y por la influencia del puesto importante que desempeña. Bien sabido es que el Ayuntamiento preside las elecciones y las controla generalmente, al extremo de que todos los partidos en todas partes del mundo y aquí especialmente, se baten denodada, heroica y desesperadamente por la conquista de los ayuntamientos, precisamente por la ventaja que les proporciona el poder disponer a su conveniencia de la preparación de las elecciones. Por todas estas circunstancias esperaban los miembros del Bloque Socialista, que se abriría un debate serio, sereno y concienzudo, ¿y qué se ha hecho? El Partido Liberal Constitucionalista no ha hecho otra cosa que oponerse, terminantemente, faltando a su deber, a la moción suspensiva. Ya van dos casos de festinación, y próximamente se va a presentar otro caso de pugna del Partido Socialista de Michoacán con el Partido Liberal Constitucionalista. Esperamos que en esta próxima ocasión los miembros del Bloque Liberal Constitucionalista tengan más seriedad, más circunspección y más tacto, y que permitan las mociones suspensivas. Si no es así, no será la Cámara la que diga la última palabra; no será la Cámara la que dé el último fallo, lo dará el pueblo mexicano, que ya está cansado de que un grupo, sobre todo si es oficial, quiera en todo y por todo imponer su voluntad. En el caso de que no sea cierto que se trata de hacer una imposición, también ya está cansado el pueblo mexicano de que no se le den todas las explicaciones, de que no se le hagan todas las aclaraciones y de que no se le conceda el derecho de ver hasta lo más hondo de la conciencia oficial; el pueblo mexicano dirá, y con razón, que en esta vez, como en todas, se ha apelado al hermetismo, se ha apelado a la fuerza de un grupo organizado, y no se ha apelado, como debía ser, a la dilucidación, a la defensa del honor oficial, a la demostración plena de que aquí, en México, ha terminado la era de las imposiciones, y esa demostración plena, sin sombra de sospecha, es la que debe hacer en todos los casos el Partido Liberal Constitucionalista, cuyo prestigio está y sigue estando en tela de juicio. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Camarena, miembro de la Comisión: El C. Díaz Soto y Gama acaba de pronunciar ante vosotros algunas palabras que no vacilo en considerar efectistas. Con todo respeto y con toda atención suplico al C. Díaz Soto y Gama diga en qué se funda para llamar inconsciente a un grupo respetable de diputados, por una parte, y por otra, puesto que el cargo afecta de una manera notoria a la Comisión que acaba de rendir el dictamen ante la honorable Asamblea, pregunto también con la misma atención y con el mismo respeto al mismo ciudadano, en qué se funda para decir que esta Comisión no ha tenido escrúpulos al revisar el expediente. Cita el caso de que las credenciales de elector iban acompañadas de un retrato del general Obregón, y le pregunto, rogándole me conteste con toda honradez, ¿dónde está la prueba fehaciente de ese cargo?

El C. Prieto Laurens: Pido la palabra.

El C. Díaz Soto y Gama: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene la palabra el C. Díaz Soto y Gama.

El C. Díaz Soto y Gama: Creo que he sido completamente explícito...(Voces: ¡Tribuna!) Voy a decir tres palabras...(Voces: ¡Tribuna!) Es muy sencillo... (Voces ¡Tribuna!)

El C. presidente: Se suplica a la Asamblea no interrumpir al orador.

El C. Díaz Soto y Gama: Sólo voy a contestar la interpelación. No vale la pena subir a la tribuna únicamente para ese objeto. Eso es darse demasiado bombo y no debo dármelo. Decía que he sido suficientemente explícito. He atacado no a las comisiones, sino a la Cámara y al Bloque Liberal Constitucionalista. Los he atacado por no haber querido dar a la Nación el gusto, el placer de ver que por primera vez vea en nuestro país los elementos oficiales o así llamados, dan plena satisfacción a la opinión pública de sus actos; y en lugar de encerrarse en aquel hermetismo del funesto Carranza, que se negaba a contestar las interpelaciones de la Cámara, debió el Bloque Liberal Constitucionalista, precisamente por su fuerza, dar todas las explicaciones y todas las satisfacciones debidas en su oportunidad a los otros grupos, digo, al partido Laborista, de que era miembro el señor Salcedo; al Partido Cooperatista, derrotado en las elecciones, al Bloque Socialista, que ha intervenido como mediador entre el Bloque hermano Constitucionalista y el grupo derrotado Cooperatista - Laborista; debió dar oportunidad a todos esos grupos para que se hiciera aquí plena luz. Yo no he formulado más cargo que el de la festinación, el poco cuidado por defender el prestigio del Partido Liberal Constitucionalista que está a discusión, como están a discusión en una democracia todos los hombres y todos los partidos; y hacía otra cosa: dar la voz de alerta y la voz de alarma para las discusiones futuras y tengo pleno derecho para hacerlo así; hablé hipotéticamente. En el caso de que haya imposición oficial, debió aclararse suficientemente por la Comisión; en el caso de que no la haya, debió haberse comprobado plenamente y no haber dado lugar a que mañana los amigos políticos, los partidarios y amigos personales del señor Salcedo digan que en esta Cámara se obró bajo la presión de un partido y se dio la elección a un regidor apoyado por la máquina oficial, sin atender a los que propusieron la moción suspensiva, porque no tuvieron ni la conciencia del lugar donde se desarrollaron los acontecimientos, la ciudad de México, ni tomaron en consideración las circunstancias especiales de intervención de la máquina oficial, con un regidor al frente de ella. (Aplausos.) No habiéndose fijado la

Comisión, siento sobremanera haber tenido que repetírselo a la Asamblea, pues la Comisión no había escuchado mis anteriores palabras. Pido perdón a la Cámara por haber tenido que traducir en un lenguaje que sea más apreciable a los oídos algo distraídos de mi interpelante, lo que ya dije con una claridad absoluta.

El C. Pérez Abreu: He pedido la palabra para una interpelación. ¿Me la concede la Presidencia?

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Pérez Abreu: ¿Tuviera la bondad el C. Díaz Soto y Gama, de decirme cuántos ciudadanos regidores del actual Ayuntamiento figuran en las planillas del Distrito Federal y quiénes son?

El C. Díaz Soto y Gama: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Díaz Soto y Gama: Creo que cuantas veces figure un regidor en las elecciones, otras tantas veces debe darse al debate la importancia que se merece y evitar festinaciones para no incurrir en el caso, para mí poco agradable, que se acaba de dar. Si hay otros regidores en esta Cámara, al discutirse sus credenciales espero que se dará la oportunidad de que sean estudiadas detenida y cumplidamente. (Aplausos.)

El C. secretario Valadez Ramírez: No habiendo más oradores en pro ni en contra, en votación económica se pregunta...

El C. Prieto Laurens, interrumpiendo: ¡Pido votación nominal!

- El mismo C. secretario, continuando: ... si se considera el asunto suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Suficientemente discutido. (Varios ciudadanos presuntos diputados piden votación nominal.)

El C. Pérez Abreu: Para pedir votación nominal se necesita cumplir lo que previene el artículo relativo del Reglamento. (Voces: ¡Somos más de siete diputados los que hemos solicitado votación nominal!)

El C. presidente: La Presidencia se permite manifestar a la honorable Asamblea que al solicitar votación nominal el presunto diputado señor Prieto Laurens, probablemente se refirió a la votación de la elección; la primera parte debió votarse en votación económica y ya se hizo, y con mucho gusto accede la Mesa a la votación nominal que solicita el presunto diputado señor Prieto Laurens.

- El mismo C. secretario: Se procede a la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario Reyes: Por la negativa. (Voces: ¡Que se lea qué vamos a votar!)

El C. secretario Valadez Ramírez: Se suplica atentamente a los ciudadanos presuntos diputados se sirvan ocupar sus curules, para poder recoger la votación. Nuevamente se suplica a los ciudadanos diputados y presuntos diputados se sirvan ocupar sus asientos. Las proposiciones que se van a votar son las siguientes:

"2a. Es diputado propietario por el expresado distrito electoral el C. Herminio Pérez Abreu.

"3a. Es diputado suplente por el mismo distrito el C. Gustavo S. Martínez".

El C. Saucedo: ¡Por la afirmativa!

- El mismo C. secretario: Por la negativa. (Empezó a recogerse la votación nominal.) (Durante la votación:) Se suplica muy atentamente a los ciudadanos diputados y presuntos diputados que cumplan con el Reglamento, es decir, que antes de decir "sí" o "no", den su nombre. (Continúa recogiéndose la votación.)

El C. presidente, durante la votación: La Presidencia suplica nuevamente a los asistentes a las galerías se abstengan de estar silbando, pues es muy penoso estarles llamando la atención a cada momento y suponer que entre los asistentes a esas galerías no haya personas decentes. (Continúa la votación.)

El C. Saucedo: Votaron por la afirmativa 164 ciudadanos diputados y presuntos diputados. (Aplausos. Siseos.)

- El mismo C. secretario: Votaron por la negativa 22 ciudadanos presuntos diputados. En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara: Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el 1er. distrito electoral del Distrito Federal, los CC. Herminio Pérez Abreu y Gustavo S. Martínez. (Aplausos. Siseos. Campanilla.)

- El C. secretario Valadez Ramírez, Leyendo:

"1a. Comisión Revisora de Credenciales.- 4a. Sección.

"H. Asamblea:

"A la. 4a. Sección de la 1a. Comisión de Poderes tocó examinar el expediente relativo a las elecciones para diputados, efectuadas en el 1er. distrito electoral del Estado de Campeche, y previo estudio del mismo, se obtuvo el siguiente resultado:

"C. Juan Zubaran Capmany como diputado propietario, 6,515 votos, y Lorenzo Mier y Terán, 3,700 como diputado suplente; así como el C. licenciado Manuel R. Samperio, 1,722 votos como suplente.

"Se presentaron tres protestas: una por el C. Fernando Manzanilla B., en su carácter de representante del Partido Liberal Constitucionalista de Campeche, asegurando que en la 8a. casilla electoral instalada en el barrio de Santa

Ana, se violó el secreto del voto; otra por el C. Clodauldo Barrera Durán, como representante del Partido Político Pro - Campeche, fundándola en que las boletas correspondientes a la población de Sahcabchen del municipio de Calkini, aparecen sin haber sido dobladas y con nombres substituidos por otros, con un mismo carácter de letra; y otra por el C. Carlos Góngora, consistente en que del escrutinio presentado por los presidentes de mesas electorales de las poblaciones de Calkini y Nulkini del municipio de Calkini, se desprende que en las mesas relativas no aparecieron más boletas que unas en blanco que proveyó el ayuntamiento relativo.

"Como toda la documentación está arreglada a lo que previene la ley, y, en concepto de los subscriptos, las protestas mencionadas carecen de importancia sin afectar en lo más mínimo a la votación relativa, sometemos a la consideración de la H. Asamblea las siguientes proposiciones:

"la. Son válidas las elecciones verificadas en el 1er. distrito electoral del Estado de Campeche.

"2a. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Juan Zubarán Capmany y Lorenzo Mier y Terán.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión .- México, a 24 de agosto de 1920.- Rafael Martínez de Escobar.- Claudio N. Tirado.- Uriel Avilés."

Está a discusión. Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra sírvanse pasar a inscribirse.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara: Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el 1er. distrito electoral del Estado de Campeche, los CC. Juan Zubaran Capmany y Lorenzo Mier y Terán.

El mismo C. secretario, leyendo:

"1a. Comisión de Poderes.- 6a. Sección.

"H. Asamblea:

"De los expedientes electorales y de la documentación respectiva correspondiente al 1er. distrito electoral del Estado de Coahuila, cuya cabecera es Saltillo, se desprende que sólo hubo la candidatura de los CC. licenciado Miguel Alessio Robles y Daniel Cerda, para diputados propietario y suplente, respectivamente, al Congreso de la Unión.

"La elección aparece haberse hecho con apego a la ley, y no consta que haya habido ninguna protesta ni reclamación.

"El escrutinio acusa el siguiente resultado: para diputado propietario, el C. licenciado Miguel Alessio Robles, 5,239 votos.

"Para diputado suplente, C. Daniel Cerda, 5,266 votos.

"Para diputado propietario, C. José García Rodríguez, 2 votos.

"Para diputado suplente, C. licenciado Herminio Siller, 1 voto.

"En tal virtud, nos permitimos sujetar a la aprobación de esta H. Asamblea, las siguientes proposiciones:

"1a. Son buenas las elecciones verificadas en el 1er. Distrito Electoral del Estado de Coahuila;

"2a. Son diputados propietarios y suplente, respectivamente, por el expresado distrito, los CC. licenciado Miguel Alessio Robles y Daniel Cerda.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F., 21 de agosto de 1920.- F. N. Solórzano.- L. E. Camarena."

Está a discusión. Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobado.

La Presidencia, en consecuencia, por conducto de la Secretaría declara: Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el 1er. distrito electoral de Coahuila, los CC. Miguel Alessio Robles y Daniel Cerda.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"2a. Comisión Revisora de Credenciales.

"H. Asamblea:

"A la 2a. Comisión Revisora de Credenciales fue turnado el expediente relativo a las elecciones efectuadas en el 1er. distrito de Michoacán, por el cual traen credencial los CC. Uriel Avilés y Timoteo Guerrero; la primera firmada por el presidente de la junta y los secretarios primero, segundo, tercero y cuarto, y la segunda en favor del C. Timoteo Guerrero con la firma del presidente y los secretarios segundo y cuarto de la Junta Computadora.

"Examinados detenidamente los documentos respectivos, encontramos que en general se encuentran ajustados a la ley, no habiendo ninguna protesta dentro del expediente. Con posterioridad han llegado a esta Comisión varias protestas y documentos, a los cuales nos referimos a continuación.

"El C. Timoteo Guerrero alega en su favor que en San Diego Curucupaceo no pudieron resultar los votos que aparecen en favor del C. Avilés en número de 800, por ser poco habitada dicha sección; pero por su parte, el C. Avilés ha presentado documentos debidamente requisitados de los cuales se desprende que sí pudo haber la citada votación; por medio de dichos documentos se hace constar que el presidente de Villa Madero remitió a la casilla de San Diego Curucupaceo, donde votan dos secciones, la cantidad de 940 boletas y que a su vez el jefe de Tenencia de San Diego Curucupaceo comunica oficialmente el resultado de la votación, que alcanzó la cifra de 800 y tantos votos. Existe por lo tanto la presunción legal de que efectivamente hubo la votación que aparece en los expedientes.

"En otra protesta se alega presión sobre la Junta Computadora, basada en la declaración hecha por el presidente y dos secretarios de la citada Junta, que son precisamente los que extendieron la credencial al C. Timoteo Guerrero, credencial que aparece registrada por el Ayuntamiento el día

"Por su parte, el C. Avilés presenta acta notarial haciendo constar que en la casilla número 10 de la 2a. Sección, se encontraban al día siguiente de la elección algunos miembros de la casilla aludida en poder de los cuales obraban paquetes con boletas sin cerrar, envueltos solamente, por lo que él presume se trataba de alguna componenda. Que al rendir su declaración el presidente de la citada casilla, era aconsejado por el C. Gorgonio Caballero, hechos que hace constar el propio notario público que levantó esta acta.

"El C. Luis Murguía Guillén, quien jugó también como candidato por ese distrito, obteniendo una corta votación, presentó también con posterioridad algunas protestas de nulidad de votos que esta Comisión no cree pertinente tomar en consideración por estar débilmente basadas y por alegarse en ellas argumentos tan infantiles como el hecho de que las boletas de sus contrincantes no traían en el encabezado la leyenda "para elección de diputados" indicación que se encuentra bien clara en el cuerpo de la redacción.

"Por todo lo anterior y ajustando nuestro criterio a un estricto criterio legal sometemos a la aprobación de esta H. Asamblea los siguientes puntos resolutivos:

"1o. Son válidas las elecciones efectuadas en el 1er. distrito electoral de Michoacán;

"2o. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Uriel Avilés y doctor José P. Ruíz.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 24 de agosto de 1920.- L. Zincúnegui T.- H. S. Rodríguez."

- El mismo C. secretario, leyendo:

" H. Asamblea:

"Los subscriptos se permiten someter a la consideración de esta honorable Cámara, una moción suspensiva de la discusión del dictamen que recayó al expediente de la votación habida el 1o. del corriente en el 1er. distrito electoral de Michoacán, para elegir un diputado propietario y un suplente a la Legislatura de la Unión, a fin de tener tiempo de recabar pruebas que justifiquen la falsedad de ciertos hechos que tratan de esgrimir contra el presunto diputado licenciado Timoteo Guerrero, por el distrito de referencia. Con apoyo en el artículo 107 del Reglamento interior de la Cámara.

"Sala de Comisiones.- México, 24 de agosto de 1920.- E. Portes Gil.- A. Diaz Soto y Gama.- M. Berzunza.- Juan Bravo Juárez."

En votación económica se pregunta si se toma en consideración. los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

El C. Soto y Gama: Pido la palabra. Voy a apoyar la moción. Me da derecho el Reglamento. Pido la palabra para apoyarla. (Voces: !Tribuna! !Tribuna!)

Se trata de...(Voces: !Tribuna! ¡Tribuna!) Yo ruego a los señores que piden que pase a la tribuna respeten mi libertad personal. Yo hablo desde aquí mejor. (Murmullos.)

Decía yo que se trata de un nuevo caso de conflicto entre el Partido Liberal Constitucionalista y otro grupo político. Por eso hemos pedido, entre otras razones, la moción suspensiva. El Partido Socialista Michoacano, a cuyo frente se encuentra el general Francisco J. Múgica, considera que en los casos de diversas elecciones verificadas en los distritos de Michoacán, la fuerza oficial del Partido Liberal Constitucionalista, apoyada por la presión del gobernador García de León, ha impedido el triunfo de sus candidatos. El caso es grave, por que al General Francisco J. Múgica se le considera, en cierto modo, con razón o sin ella, como de la oposición; el señor general Múgica estuvo ligado, quizá por cuestión de amistad personal, con el extinto Carranza y eso ha sido motivo para que el elemento oficial lo vea de reojo. En estas condiciones se ha dicho y se ha rumorado insistentemente en esta capital, y yo soy testigo de ese rumor, porque hasta aquí ha llegado, que el Partido Liberal Constitucionalista anunció que se opondría tenáz y enérgicamente, decididamente, mejor dicho, al triunfo de cualquiera de las candidaturas del Partido Socialista Michoacano que acaudilla el general Múgica. Como este rumor fue persistente y hoy se ha confirmado con el resultado de las elecciones, o parece estarlo, la verdad resultará del debate. Yo pido en nombre de los demás firmantes, que la Cámara, en este caso, proceda con cautela y que acepte la moción suspensiva, entre otras razones por la siguiente: El contrincante, señor Timoteo Guerrero, candidato del Partido Socialista Michoacano, aparentemente derrotado en este distrito, tiene por contrincante al señor Uriel Avilés; el señor Avilés es un viejo lobo de la política, lleva tres períodos en las curules, es diputado desde el Constituyente y fue diputado a la XXVII y lo es a la XXVIII. El señor Uriel Avilés tiene un inmenso, tiene un enorme cariño a la curul; el señor Avilés es de los que forman parte de eso que la voz popular ha llamado "el monopolio de la curul" o "el trust de la curul"; el señor Aviles, pues, con esas habilidades de viejo lobo, ha practicado esta maniobra al decir del señor Guerrero y los Partidarios de éste, el Partido Socialista Michoacano, comprendiendo que iba a ser atacado por esa imposición oficial, manejada por el gobernador de Michoacán; el señor Avilés se ha preparado fraguando, al decir del señor Guerrero - esto lo aclarará el debate -, unas estampas de santos al reverso de las cuales se lee algo parecido a esto: "El Partido Católico Nacional postula para diputado propietario por el 1er. distrito de Michoacán al C. licenciado Timoteo Guerrero y para diputado suplente al C. diputado fulano de tal". El señor Guerrero dice que las estampas de santos son apócrifas; que han sido fraguadas con el exclusivo objeto de presentarlo como clerical. El señor Guerrero nos ha dicho a los firmantes de la proposición que esa maniobra ha sido puesta al descubierto por la prensa de Morelia y que de esto ha pedido por teléfono, o digo, por telégrafo, los ejemplares de los periódicos en que tal maniobra se denuncia. Creo que la Cámara debe de dar al C. Timoteo Guerrero el derecho de recabar esos periódicos. En eso se basa entre otras cosas la moción suspensiva, porque ya el señor Avilés en tres o cuatro palabras que dijo dentro del bloque socialista, esgrimió este argumento oropelesco diciendo: "Yo no tengo que decir, en defensa mía, más que estas palabras: El C. Timoteo Guerrero es clerical; en su distrito han votado hasta frailes y monjas; en cambio yo soy revolucionario de los que han sido admiradores del general Obregón"; pero el hecho de estar con el general Obregón no le da derecho para declararse debidamente electo y la declaración suya, pomposa y efectista, de decir que hasta frailes y monjas votaron por el C. Guerrero, no pasa de ser una frase hecha; un recurso común de oratoria, uno de esos recursos retóricos a que es tan fácil apelar para impresionar. En estas condiciones es fácil suponer que el señor Avilés vendrá con esas mismas frases efectistas, redundantes, ampulosas que arrancan aplausos e impresionan, sorprenden en todos los términos y son lo suficiente para que éste tuerza o vacile el criterio de la Asamblea. Creo, pues, y salta a la vista que el C. Guerrero tiene derecho a pedir a la Cámara, como lo hace, que se esperen las pruebas que él solicita para destruir la maniobra de su contrario. Si la Cámara quiere proceder en este caso con pleno conocimiento de causa, debe acceder a lo que pedimos los firmantes de esa proposición. Desea el señor Guerrero cuatro o cinco días, cinco mejor dicho, para traer al debate esos documentos, esos periódicos.

El C. Avilés: Señores presuntos diputados: Lamento sobremanera que el C. Soto y Gama venga a tomar parte o, más bien dicho, se haya echado a cuestas la tarea, en verdad, de defender al elemento clerical del Estado de Michoacán. (Aplausos.) Para nadie es un misterio que en el Estado de Michoacán se unieron en maridaje escandaloso el llamado Partido Socialista y el Partido Republicano; para nadie es un misterio ahí, en el Estado, como tampoco lo es en el resto de la República. El Partido Socialista Michoacano, que se uniera al Partido Republicano, presentó una planilla de diputados a la consideración del Estado, la cual fue aceptada por los partidos coaligados, que no son otros que los llamados Partido Socialista Michoacano que representa el general Francisco J. Múgica, y que lo regentea sólo cuando se trata de lanzarse a las lides electorales. Esos partidos se unieron para lanzarse a la lucha electoral y sacar avante a sus diputados y traerlos a esta Cámara. No sé si el C. Soto y Gama se haya dado cuenta de que el Partido Republicano por medio de sus portavoces manifestó que tenía asegurada la elección de sus diputados en el Estado de Michoacán. ¡Claro! ¡Cómo no lo iba a decir si contaba con el apoyo decidido del llamado Partido Socialista y del Partido Republicano, netamente clerical! Esto de que se venga a pedir moción de cinco días cuando bastante tiempo ha tenido el señor Guerrero para traer todo el cúmulo de documentos que quiera, todo esto, pues es un absurdo; esto de estar pidiendo mociones suspensivas para esperar que llegue esto o aquello, está muy trillado, señor Soto y Gama. Créame el C. Soto y Gama que yo lamento que esté defendiendo causa tan mala como la de los llamados partidos coaligados de Michoacán. Cuando el C. Soto y Gama se dé cuenta que el clericalismo en el Estado de Michoacán está tomando grandes vuelos, el C. Soto y Gama me dará la razón. Sépalo el señor Soto y Gama, yo soy anticlerical. (Voces: ¡Ah! Aplausos.) Yo me he lanzado a la lucha para conquistar una credencial y volver a esta Asamblea precisamente pregonando los principios socialistas, cosa que no ha hecho ninguno de mis contrincantes, cosa que no hace ninguno de los ciudadanos diputados presentados allí por los llamados partidos coaligados. Yo sigo lamentando, señor Soto y Gama, que usted siga defendiendo una causa tan poco simpática, ya que es usted un supersocialista y siendo usted un socialista ¡un supersocialista! como han dado en llamarle, (Risas. Aplausos.) Eso de que yo haya ido al Congreso Constituyente, de que haya venido a la XXVII Legislatura, de que haya vuelto a la XXVIII y de que hoy esté en la XXIX, le ha causado escozor al C. Soto y Gama, es uno de los motivos de ataque que me hace. ¿Es que el C. Soto y Gama no conoce acaso el régimen parlamentario? (Risas. Aplausos.) ¿Es que acaso el C. Soto y Gama no sabe que él, en su misma persona, que su carrera política no la hizo en un solo día, sino que la ha hecho en un período bastante largo de tiempo pasando por vicisitudes y más vicisitudes; obteniendo hoy rechiflas, mañana triunfos, pero siempre adelante persiguiendo la idea? (Aplausos.) Pues yo soy de esos luchadores, C. Soto y Gama, yo vengo de la gleba. (Aplausos.)

Así es que yo suplico a esta honorable Asamblea que no dé entrada a esta moción de orden, (Risas.) que no dé entrada a esta moción suspensiva, y que siga adelante el debate y que vengan a atacarme aquí mis enemigos. (Aplausos.)

El C. secretario Valadez Ramírez: Habiendo hablado los oradores que señala el Reglamento, en votación económica se pregunta si se toma en consideración esta moción suspensiva. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

El C. presidente: El Reglamento, señores diputados y presuntos diputados, dice que sólo deben hablar uno en pro y otro en contra; pero aquí se presenta un caso excepcional: tanto el señor Avilés como el otro señor presunto diputado, trae credenciales; si el señor Avilés la trae más limpia, la Comisión resolverá este asunto, pues está en su soberanía, pero la Presidencia, ajustándose a un criterio de equidad, cree que debe permitirse al señor Guerrero entrar al debate.

El C. secretario Valadez Ramírez: Por acuerdo de la Presidencia, la Secretaría pregunta a la Asamblea si permite que el C. Guerrero haga uso de la palabra, en la inteligencia...(Voces: ¡Sí! ¡Sí!)

El C. presidente: (Campanilla.) Tiene la palabra el C. Guerrero.

El C. Guerrero Timoteo: El C. Avilés se ha alarmado porque el señor licenciado Soto Y Gama ha defendido mi causa, y se ha escandalizado tomando por pretexto que el Partido Socialista Michoacano se ha coaligado con el clericalismo, lo que no es cierto. Si es verdad que tomaron algunos acuerdos, esto no ha sido más que un compromiso de honor, (Voces: ¡Ah! ¡Ah! Siseos. Risas.) con este único objeto: para combatir la imposición oficial que el Gobierno de Michoacán a todo trance quería imponer, imponiendo como Gobernador al C. Porfirio García de León y a todos los diputados garcíaleonistas para el Congreso local y diputados al Congreso de la Unión. Para obtener ese triunfo, esa imposición, se valió de todos los elementos oficiales: desde el placero, hasta el más encumbrado de los empleados de Hacienda. (Siseos. Voces: ¡Huy! ¡Huy! ¡Bájate!)

Así, hasta en el pueblo más pequeño se encontraron a los elementos oficiales que andaban haciendo propaganda y presión para que se votara por el candidato gobiernista. En todas partes, en todas las rancherías y en los pueblos, se encontraba la defensa civil obrando y trabajando en favor de esa candidatura; los dineros del tesoro del Estado se derramaron a raudales para pagar a todos los propagandistas. ¡Y todo esto se hizo apenas terminó la revolución que derrocó al señor Carranza! De manera es que los llamados revolucionarios de Michoacán, se valieron de esa revolución para imponer al candidato que ellos querían y a los candidatos para el Congreso Local y al Congreso de la Unión, y como todos los elementos eficiales estaban trabajando porque triunfaran, porque se llevaran adelante esas imposiciones, los candidatos independientes, y nada más para luchar contra la imposición, acordaron defenderse y sacar adelante la legalidad, la verdadera legalidad, para hacer triunfar los principios revolucionarios, porque la revolución que acaba de pasar ha proclamado, ha inscripto en sus banderas, que respetará la legalidad, los

principios constitucionales. El Plan de Agua Prieta así lo ha declarado expresamente, y los revolucionarios michoacanos, al contrario, al contrario de esos principios han obrado; tratan de llevar adelante lo que quería el señor Carranza, (Siseos.) porque precisamente se valieron de todos los elementos oficiales para la imposición, y el único objeto de esa alianza (Voces: ¡Ah! ¡Ah!) era impedir esa imposición. (Siseos. Murmullos. Campanilla.)

El C. secretario Valadez Ramírez: Nuevamente se pregunta si se aprueba esta moción suspensiva...(Voces: ¡Si se toma en consideración!) es decir, si se toma en consideración. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. No se toma en consideración. Continúa el debate.

Están a discusión las siguientes proposiciones:

"1a. Son válidas las elecciones efectuadas en el 1er. distrito electoral en Michoacán.

"2a. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Uriel Avilés y doctor José P. Ruíz."

Esta a discusión. Los ciudadanos diputados y presuntos diputados que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse.

El C. Guerrero Timoteo: Pido la palabra en contra.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el C. Guerrero Timoteo.

El C. Manrique: Pido la palabra, señor presidente.

El C. presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Manrique: Para hacer una interpelación a la Mesa. Suplico atentamente a la Mesa se sirva ordenar a la Secretaría que tenga a la vista las credenciales de los dos presuntos diputados, para que se sirva certificar qué firmas calzan, respectivamente, cada una de ellas; esto es con el objeto de establecer en la primera ocasión que esto suceda, cuál es el criterio que ha tenido la Oficialía Mayor de la Cámara para registrar las credenciales. Efectivamente: una credencial le da derecho a un presunto diputado, que es el tenedor de una credencial; pero, ¿qué es la credencial? Es un documento que debe llenar determinados requisitos legales, exactamente definidos por la Ley Electoral; firma de un presidente y cuatro secretarios de la Junta Computadora; firmas todas certificadas por el presidente municipal. Documento que no llene estos requisitos, al menos en lo esencial - pues ¡claro está que puede faltar la firma de un secretario, por ejemplo! - sobre todo en caso de duda, en caso de duplicidad de credenciales, ¿cuál es el criterio que debe normar de una vez por todas nuestros actos? ¿cuál es el criterio seguido por la Oficiaría Mayor de la Cámara para registrar las credenciales? Por lo que toca a la Oficialía Mayor de la Cámara, creo absolutamente en su honradez; pero ya que puede en lo sucesivo la Oficialía Mayor de la Cámara convertirse en árbitro para conceder o negar el acceso a este recinto y, por ende, la voz, el voto del contrincante en una elección, urge aclarar de una vez para todas el asunto. Este es, señores diputados, el objeto de moción; suplico atentamente a la Mesa se sirva acceder a ella.

El C. presidente: La Presidencia se permite manifestar que el punto que se propone es motivo de una nueva discusión. La Secretaría va a preguntar si se suspende la discusión del dictamen, para poner a votación la proposición del C. Manrique.

El C. Manrique: Para una aclaración. No he querido ni perjudicar al compañero Guerrero, para mí también presunto diputado, mientras no tenga razones para pensar lo contrario, ni suspender el debate. Sólo he querido que la Secretaría rectifique qué firmas son las que calzan cada uno de los documentos, lo mismo del señor Avilés que del señor Guerrero. Por los demás, si la Asamblea no accede a mi petición, no insistiré. (Desorden. Campanilla.)

El C. presidente: La Presidencia manifiesta al C. Manrique que, a fin de que pueda ponerse a votación su proposición, ya que se trata de una nueva moción, debe hacerla por escrito.

El C. Espinosa Luis: Pido la palabra. He reclamado el trámite de su señoría. Tengo pedida la palabra. (Murmullos. Campanilla.)

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Espinosa Luis: En manera alguna, ciudadano presidente, ciudadanos diputados y ciudadanos presuntos diputados, estoy conforme en que el señor Guerrero, que está en estos momentos en la tribuna, haga uso de la palabra, y voy a fundarme. (Siseos. Campanilla.)

Las dos credenciales extendidas por el 1er. distrito electoral del Estado de Michoacán.....

El C. Soto Francisco: Pido la palabra, señor presidente.(Siseos.) Yo ruego y exijo...(Siseos. Campanilla.) ¡Moción de orden, señor presidente! (Siseos.) Yo ruego y exijo que procedamos con seriedad, La Secretaría acaba de aprobar que el señor que está en la tribuna haga uso de la palabra. Esto se acaba de aprobar. (Voces: ¡No! ¡No! ¡Sí! ¡Sí!)

El C. presidente: La Mesa no ha dejado de proceder con seriedad; la falta de seriedad está en algunos ciudadanos que no tienen respeto. (Risas. Aplausos.)

El C. Soto Francisco: No me refiero a su señoría, me refiero a los presuntos diputados que están obstruccionando y haciéndonos perder el tiempo en esta discusión. Repito que ya está aprobado. ¿A qué, pues, venir a preguntar si se permite el uso de la palabra a ese ciudadano? (siseos. campanilla.)

El C. Espinosa Luis: Continúo en el uso de la palabra. Honorable Asamblea: A todos vosotros consta que el ciudadano presidente ha dictado el trámite de que sea precisamente vuestra soberanía la que resuelva si el C. Guerrero, que está en la tribuna, tiene derecho a hablar o no lo tiene; luego sois vosotros solamente los que resolvereís el punto y que perdone el señor compañero si le discuto que no está en lo justo ni en lo cierto al haber afirmado que el C. Guerrero ya tenía vuestra anuencia para hablar. Por otra parte, ciudadanos representantes, yo me opongo al trámite dado por la Mesa, por las razones que quiero exponer y que suplico de la manera más atenta me dispensen el tiempo indispensable que emplearé para fundarlas. Empiezo por manifestar a vuestra soberanía que no estoy conforme con el trámite dado por la Mesa, porque me consta, porque he visto con mis propios ojos que no es materia de discusión cuál de las dos credenciales es legítima, y, por lo tanto, tampoco son discutibles los derechos que asisten a cada uno de los presuntos diputados por el mismo 1er. distrito del Estado de

Michoacán. La credencial expedida a favor del C. Uriel Avilés tiene todos, absolutamente todos y cada uno de los requisitos exigidos por la ley de la materia. En cambio, la credencial que trae el C. presunto diputado Guerrero, no tiene más que la firma de dos o tres miembros de la Junta Computadora, firmas que también constan en la otra acta y que dicen textualmente lo que manda el Artículo 82 u 84 de la Ley Electoral - que es el que se refiere a la forma en que deben ser expedidas estas credenciales -. Si nosotros aceptamos aquí el derecho a dos presuntos ciudadanos representantes que traen credencial en esta forma, de que vengan a impugnar los dictámenes de las comisiones, es consentir en sentar un precedente funestísimo, como ya tuve ocasión de hacerlo del conocimiento de vuestra soberanía en sesiones pasadas. Por lo que hace a la actitud del ciudadano oficial mayor de la Cámara de Diputados, pues no puede culpársele, ciudadanos representantes, porque es precisamente ésta la primera ocasión en que presenta un asunto semejante. A él naturalmente se le presentan uno o dos ciudadanos portadores de credenciales por un mismo distrito, y como no hay una sanción que le prohiba expedir la tarjeta de entrada, es natural que se vea constreñido a expedirla; pero esto en manera alguna prejuzga de que estos ciudadanos representantes que traen credencial doble o triple, ya tengan tal investidura. Por eso decía yo hace unos cuantos días que en la primera Junta de sesiones previas que tuviésemos era necesario deslindar quiénes deberían permanecer dentro de este salón y quiénes deberían irse afuera. Recordaréis muy bien todos vosotros que yo sustenté la teoría de que se quedasen todos dentro o todos fuera; tal vez una teoría injusta, violenta y radical, pero es a vosotros de cualquiera manera a quienes toca fijar de hoy en adelante la conducta que debe seguir la mayoría de la Cámara de Diputados y es a vosotros también a quienes toca de una vez por todas fijar un criterio estrictamente legal sobre esta anomalía. En cuanto a mi manera personal de sentir, yo ni siquiera pienso de qué lado debemos inclinarnos para consentir en que se queden unos y salgan otros, porque tengo un criterio perfectamente definido y nada, absolutamente nada me hará cambiar esta idea. Como digo a vuestras señorías, la credencial del C. Avilés es absolutamente legal. Suplico a la presidencia tenga la bondad de ordenar a la Secretaría dé lectura a esas dos actas y que las exhiba para que las comparéis desde vuestras curules a efecto de que yo pueda después de este ejemplo objetivo seguir fundando mis razones.

El C. Presidente: La Presidencia, antes de obsequiar los deseos de su señoría, hace constar que no ha dado ningún trámite. La Mesa ha invitado al C. Manrique para que, dentro del Reglamento, presente su moción por escrito para que se continúe el debate o se suspenda, porque, de otra manera, el debate se desorienta y no podemos seguir adelante.

El C. Borrego: Pido la palabra. El artículo 107 del Reglamento contiene prescripciones terminantes sobre este asunto:

"Artículo 107. Ninguna discusión se podrá suspender sino por estas causas: primera, por ser la hora que el Reglamento fija para hacerlo, a no ser que se prorrogue por acuerdo de la Cámara; segunda, porque la Cámara acuerde dar preferencia a otro negocio de mayor urgencia o gravedad; tercera, por graves desordenes en la misma Cámara; cuarta, por falta de quorum; quinta, por proposición suspensiva que presente alguno o algunos de los miembros de la Cámara y que ésta apruebe." Ninguna de estas causales se ha alegado aquí y, en consecuencia, la Presidencia debe ordenar que continúe el debate, a menos que se haya presentado moción suspensiva.

El C. presidente: El debate ya se ha abierto y está precisamente en la tribuna un ciudadano que habla en contra. Continúa el debate.

El C. Manrique: Moción de orden. pido mil perdones a la presidencia; pero debo declarar que yo no he hecho proposición alguna; he hecho una moción de orden, en el curso de la cual he solicitado atentamente de la Mesa la lectura de un documento. La Mesa tiene el deber de conceder a la Asamblea la lectura de estos documentos a petición mía. Yo no quiero inferir de esto, proposición ninguna; no me opongo al curso del debate.

El C. presidente: La Secretaría va a dar lectura.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"Los infrascritos, presidente y secretarios de la Junta Computadora correspondiente al 1er. distrito electoral del Estado de Michoacán, certificamos que el C. Uriel Avilés ha sido electo diputado propietario al Congreso de la Unión por el expresado distrito electoral.

"Morelia, Michoacán, agosto 10 de 1920.- El presidente de la Junta, J. R. Mendoza.- 1er. secretario, D. G. Cuéllar.- 2o. secretario, Eduardo Corona G.- 3er. secretario, Fermín Gutiérrez.- 4o. secretario, J. Trinidad Fuentes."

Un sello que dice: "Ayuntamiento Constitucional de Morelia.- Michoacán.- Estados Unidos Mexicanos.

"Se tomó razón a fojas número 32 del libro de registro respectivo, de la credencial expedida a favor del C. Uriel Avilés, por la Junta Computadora del 1er. distrito electoral, y subscripta por los ciudadanos presidentes y secretarios 1o., 2o., 3o., y 4o. de la misma, que lo acredita como diputado propietario por dicho distrito al Congreso de la Unión.

"Morelia, Michoacán, agosto 10 de 1920.- El presidente municipal, S. Alvarado.- El secretario, Antonio Arias."

La otra credencial dice así:

"Los infrascritos , presidente y secretarios de la Junta Computadora correspondiente al 1er. distrito electoral del Estado de Michoacán, certificamos que el C. licenciado Timoteo Guerrero ha sido electo diputado propietario al Congreso de la Unión por el expresado distrito electoral. Esta credencial es la legítima y no la expedida a favor del C. Uriel Avilés, porque se le extendió por la presión que hizo este señor contra la Junta para que se le computara la votación de San Diego Curucupaceo y para que se le diera dicha credencial.

"Morelia, 10 de agosto de 1920.- El presidente de la Junta, J. R. Mendoza.- 2o. secretario, Eduardo Corona G.- 4o. secretario, J. Trinidad Fuentes."

Un sello que dice: "Ayuntamiento constitucional de Morelia.- Michoacán.- Estados Unidos Mexicanos.

"Con esta fecha se tomo registro a fojas 33 del libro de registro respectivo, de la credencial expedida a favor del C. licenciado Timoteo Guerrero por la Junta Computadora del 1er. distrito, subscripta por los CC. presidente J. R. Mendoza; 2o. secretario, Eduardo Corona, y por el 4o. secretario, J. Trinidad Fuentes, de dicha Junta, acreditándole como diputado propietario al Congreso de la Unión por el expresado distrito.

"Morelia, agosto 14 de 1920.- El presidente municipal, S. Alvarado.- El secretario, Antonio Arias."

Y la credencial está expedida el 10 de agosto y registrada cuatro días después. Continúa a discusión el dictamen.

El C. presidente: Tiene la palabra el C. Guerrero.

El C. Guerrero: Ciudadanos presuntos diputados: Pedí por medio de un escrito se nulificara la elección habida en la casilla de San Diego Curucupaceo y de Acatón, perteneciente a Cruz de Caminos, llamada hoy Villa Madero; y fundé mi petición en dos causas. En primer lugar, conforme a la Ley Electoral de Poderes Nacionales, la elección debe fundarse en los padrones que sirvieron para la elección de los últimos diputados federales. Igualmente que la Ley de División Territorial expedida en 1918, debe ser la que sirva de base. La Ley de División Territorial de 1918 dispone que el 1er. distrito electoral de Michoacán será integrado por los cuarteles 1o. y 2o. de la ciudad de Morelia:

"1er. distrito en Morelia.

"Cuarteles 1o. y 2o. de la ciudad de Morelia; colonias del Parque Juárez y de la Concepción; El Cortijo y anexos; Tenencias de Atécuaro, Cuto, Undameo, San Nicolás, Tacícuaro, Capula y municipios de Quiroga y Acuitzio."

Como se ve, este artículo no contiene a Villa Madero, no llama a elección, por consiguiente, a Curucupaceo, y no constando en esta ley la elección que se hizo allí haciéndolo figurar como perteneciente al 1er. distrito electoral, es nula, porque no fue convocado por la ley de 1918, que es a la que se debe concretar la votación. Por otra parte, la elección de la misma casilla de Curucupaceo es fraudulenta, porque Curucupaceo, es decir, la tenencia de Cruz de Camino, según la estadística del censo de 1910, no tiene más que 545 habitantes; eso toda la tenencia; de manera que Curucupaceo tendrá a lo sumo unos cien o doscientos votantes, y a pesar de esos habitantes, el señor Avilés obtuvo allí 803 votos. El padrón que presenta no fue padrón, no fue sino una simple lista que no decía a la sección a que perteneciera esa casilla, ni al municipio; no estaba firmada por el empadronador, ni por las autoridades, ni por el Ayuntamiento respectivo, y suplico a la Presidencia se sirva traer a la vista ese padrón, o la lista de la casilla de San Diego Curucupaceo. Además, otra causa de nulidad, o la causa por la que se extendió la credencial al C. Uriel Avilés, fue porque hizo presión sobre la Junta Computadora, y esto lo compruebo con una acta notarial que presente a la Junta y aquí a la Oficialía. Pido también que se dé lectura a esa acta notarial. Sentados estos antecedentes y entrando a la consideración legal, vemos que la votación de San Diego Curucupaceo no reúne todos los requisitos prevenidos por la Ley Electoral. La Ley Electoral dice que si no hay padrón, es decir, que si no se cumplen todos los requisitos legales, no debe computarse; así lo expresa de una manera clara el artículo 84 de la Ley Electoral, y no cumpliéndose con ese requisito es nula, porque la fracción V del artículo 104 dice:

"Son causas de nulidad de una elección:

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"V. Haber mediado error o fraude en la computación de esos votos."

Y en el caso, o hubo error o hubo malicia, pero en ambos casos es nula la votación o la computación que se hizo de San Diego Curucupaceo. Si hemos de obedecer, de acatar las disposiciones, es el caso que debe hacerse, es el caso que debe declararse nula la elección habida en Curucupaceo. Anulándose esta elección, yo tengo la mayoría de una manera legal, de una manera justa; y anulándose la votación...

El C. Aguirre Colorado, interrumpiendo: Pido la palabra para una moción de orden. Apoyado en el Reglamento del Congreso, por una parte, ha llegado la hora reglamentaria, en que debe suspenderse la discusión; pero apoyado en esto, señores, es tiempo de que la Asamblea todavía reaccione suspendiendo el uso de la palabra a este presunto diputado, que trae una credencial que chorrea fraude. Es necesario, señores diputados, futuros representantes del pueblo, que tengáis presente que si se deja hablar a un ciudadano en estas condiciones, en la próxima Cámara que se constituya, o sea la XXX, (siseos.) no temo a los siseos... cuando venga la XXX Legislatura, habrá aquí quinientos presuntos representantes del pueblo y jamás podrá integrarse la Representación Nacional. Es necesario que os fijéis en estas palabras, que reaccione la Asamblea como un solo hombre y suspenda en el uso de la palabra a este señor, máxime cuando en la Presidencia, tengo entendido, hay una moción suspensiva a este respecto para sentar un criterio sobre quiénes son los que deben ocupar estas curules en esta Representación Nacional, y no se ha dado trámite a esa moción suspensiva.

El C. presidente: La Presidencia manifiesta al C. Aguirre Colorado, que sólo acepta la moción de orden en la parte primera de su peroración, refiriéndose a la hora; la segunda es una actitud que viene a interrumpir al orador y la Presidencia lo llama al orden. (Aplausos.)

El C. secretario Valadez Ramírez: Habiendo pasado la hora reglamentaria, en votación económica se pregunta si se prorroga la sesión. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. (Voces: ¡Sí!) Se prorroga la sesión. (Murmullos.)

El C. Martínez de Escobar Rafael: ¡Que siga! ¡No tengas miedo, Aguirre Colorado!

El C. Aguirre Colorado: ¡Chorrean fraude las de ustedes y no deben estar en este recinto! (Dirigiéndose al C. Ramírez Garrido:) ¡La de usted y la de Martínez de Escobar Federico! (Campanilla.)

El C. Ramírez Garrido: ¡Cállese usted la boca! (Desorden. Siseos. Murmullos. Campanilla.)

- El mismo C. secretario, interrumpiendo: Se suplica a los ciudadanos que no sean diputados ni presuntos diputados, se sirvan abandonar el salón.

El C. Guerrero, continuando: El señor Aguirre Colorado ha dicho que mi credencial chorrea fraude. El no tiene ningún motivo para expresarse así;

no sabe cuál de las dos es la que chorrea. (Risas. Aplausos.) Los documentos que constan en el expediente son los que darán la razón, si es la mía o la del señor Uriel Avilés, y por eso he pedido que se les dé lectura, y suplico de nuevo a la Presidencia que se dé lectura a esos documentos para que la Asamblea pueda darse cuenta de si efectivamente tengo razón o no.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

Al margen un timbre de a cincuenta centavos, cancelado con un sello que dice: "Licenciado Adolfo Cano. Morelia, Mich." Otro sello que dice: "Licenciado Adolfo Cano, notario número 7. Morelia, Michoacán. Estados Unidos Mexicanos. Al centro: "En Morelia, a las seis y media de la tarde del día once de agosto de 1920, ante mí, Adolfo Cano, notario público, comparecieron los señores Joaquín R. Mendoza, presidente; Eduardo Corona G., segundo secretario; Trinidad Fuentes, cuarto secretario, y Antonio Santoyo, tercer escrutador de la Junta Computadora del primer distrito electoral de Morelia, y dijeron: que a fin de que el señor licenciado Timoteo Guerrero haga valer los derechos que le corresponden como diputado propietario de dicho distrito electoral, hacen constar: que extendieron la credencial para diputado de dicho distrito en favor de don Uriel Avilés, porque hicieron presión en ellos los señores Avilés, Murguía Guillén y Adolfo González, amenazando al presidente con llevarlo a la cárcel si no se prestaba a sus deseos, el señor Avilés, y empleando todos ellos palabras amenazantes; que la razón por que se negaba a extender la credencial a Avilés, fue porque el expediente de San Diego Curucupaceo no llenaba los requisitos que previene el artículo 83, en relación con el 84 de la Ley Electoral vigente, ya que no tenía padrón, sino una simple lista; no se encontró nombramiento de instalador y, por tal motivo, no debieron computarse los votos de dicho expediente; que descontando esos votos, que no debieron computarse, la mayoría la tenía el licenciado Guerrero, a quien, en concepto de los dicentes, debió extenderse la credencial dicha; pero no lo hicieron, por haber sufrido la presión dicha; que el señor licenciado Guerrero obtuvo una mayoría de trescientos noventa y ocho votos sobre Avilés; que el día nueve de los corrientes el señor Avilés llevó al procurador de Justicia, al inspector de Policía y algunos hombres armados, y que todo eso cohibió la libertad de la Junta.- A petición del señor presidente, el notario hace constar que el día nueve de los corrientes, con motivo de dos actas que levantó en el local donde estaba la Junta, vio allí al señor procurador, que estaba levantando una acta; al señor inspector de Policía, ignorando cuál sería el objeto de su presencia, Se levantó la presente acta en mi oficio, siendo testigos los señores Antonio Navarrete, casado, periodista, y Francisco Contreras, casado, sombrerero, de este domicilio y de mi conocimiento. Firman, previa lectura de su valor y fuerza, las personas que intervinieron conmigo y los testigos. Doy fe.- J. R. Mendoza.- Eduardo Corona G.- J. Antonio Santoyo.- J. Trinidad Fuentes.- Antonio Navarrete.- Francisco Contreras.- Adolfo Cano.- Sello de autorizar.- Al margen de cada una de dos hojas, una estampilla de cincuenta centavos, cancelada.

"Es copia que certifico, tomada fielmente de su original.- Morelia, a 13 de agosto de 1920.- Adolfo Cano."

El C. Mijares: Una pregunta, señor presidente: ¿este certificado está firmado por el gobernador del Estado?

- El mismo C. Secretario: La Secretaría certifica que no está autorizada esta firma.

El C. Guerrero Timoteo: Vuelvo, pues, a manifestar que la elección habida en San Diego Curucupaceo no cumple con todos los requisitos legales; primero, porque no fue llamada a la elección habida el 1o. de agosto del presente año, conforme a la Ley de la División Territorial de 1918; que no hubo padrón, ni tampoco en el expediente fue el nombramiento de instalador. Todos estos documentos acreditan la nulidad de la elección habida en San Diego Curucupaceo, conforme a la Ley Electoral.

El C. presidente: Tiene la palabra el C. Espinosa.

El C. Espinosa Luis: Ciudadanos diputados, ciudadanos presuntos representantes: La discusión de la credencial doble por el 1er. distrito electoral de Michoacán, colocada en el terreno poco serio en que actualmente se encuentra, no sé, ciudadanos, por qué lado tomarla; pero como tengo interés más que en hacer la defensa de esta credencial, defensa que no se necesita, puesto que estoy seguro de que ya todos vosotros tenéis un criterio fijo sobre este asunto, quiero nada más, por un interés muy particular, suplicar de una manera muy atenta al compañero Soto y Gama que tenga a bien decirme si el C. Guerrero es de filiación socialista.

El C. Díaz Soto y Gama: ¿La pregunta de usted es de si el C. Guerrero es de filiación socialista? A mí me lo presentó el general Múgica, en cuyos antecedentes socialistas tengo fe, porque sé que hizo labor seriamente agrarista en el Estado de Michoacán....

El C. Avilés, interrumpiendo: ¡Protesto!

El C. Espinosa Luis, interrumpiendo: Ha oído la honorable Asamblea...

El C. Díaz Soto y Gama, continuando: Un momento. Digo lo que sé. El señor Avilés protesta contra eso; yo digo lo que sé. El general Múgica me ha enseñado telegramas en que, siendo gobernador de Tabasco o Campeche, no recuerdo cuál de los Estados...(Voces: ¡Tabasco!) Tabasco, en que exigía del presidente Venustiano Carranza que respetara ciertos repartos de tierra y ciertas providencias netamente radicales y agraristas que había dictado. El C. Carranza quería echar abajo su obra y él se defendió. Por otra parte, no de ahora, sino de hace mucho, Gildardo Magaña, compañero de lucha del general Múgica, me ha explicado que tanto Múgica como Lucio Blanco empezaron a repartir tierras en Tamaulipas, en los principios de la Revolución Constitucionalista. Don Venustiano Carranza se opuso, pero no fue culpa de Múgica ni de Lucio Blanco, que lo iniciaron. Yo, ante la referencia para mí perfectamente respetable y fehaciente del señor Múgica, acepté la defensa de las credenciales de los michoacanos, no porque yo tenga ni acepte transacciones con el clero. En ese sentido, contesto al compañero Espinosa.

El C. Espinosa Luis: Ha oído la honorable Asamblea la opinión emitida por el C. compañero Soto y Gama. El ha pretendido, con un sentimiento sobradamente magnánimo, respaldar la personalidad del señor Guerrero con la personalidad indiscutiblemente revolucionaria del C. Francisco J. Múgica. Yo estoy seguro, ciudadanos representantes, si es que hemos de creer en la honorabilidad de la mayor parte de los presuntos representantes por el Estado de Michoacán, porque ellos así me lo han asegurado, que el C. Guerrero es de reconocida filiación reaccionaria en el Estado de Michoacán. Antes que todo, hago esta salvedad: Yo no quiero que se vaya ni siquiera a suponer, ni siquiera a sospechar que yo pretenda aplicarle a este ciudadano el criterio político; no, ciudadanos presuntos representantes; protesto por mi honor que no es ésta mi idea, yo nada más quiero aclarar que si nosotros nos dejáramos sorprender - y al decir esto no me refiero al Bloque Socialista -, quién sabe a cuántos cuervos ensotanados tendríamos que sacar triunfantes, nada más por nuestra buena fe, nada más por el engaño de que habríamos sido víctimas. Esta es una voz de alerta que doy a la rectitud del C. Soto y Gama: Hay diputados por el Estado de Michoacán que me aseguran que si se le descubre el pecho al señor Guerrero, debajo de la camisa se le encuentra un crucifijo o un escapulario. (Risas). Los elementos de propaganda del C. Guerrero también, según testimonio del compañero Avilés, porque declaro honradamente que esta estampa muy bien litografiada, para mí no hace prueba, para mí no hace fe; yo no respondo de la autenticidad del contenido de esta estampa, pero al calce de ella encontraréis este comentario demasiado curioso; dice así:

"Nota. Esta candidatura está recomendada por el señor arzobispo de Michoacán los señores hacendados, el santo clero y los ricos en general."

Y se refiere a la candidatura del C. Timoteo Guerrero y J. Trinidad García para diputados propietario y suplente, respectivamente.(Siseos.) Es un asunto que no puede tomarse en serio por más esfuerzos que se haga, como se dice vulgarmente. A este ciudadano yo no le puedo llamar presunto representante porque no lo es, porque sólo la complacencia ilimitada de nuestro presidente Alonzo Romero ha sido la única que le ha permitido a este señor permanecer dentro de este recinto, y lo lamento porque yo estoy seguro de que la benevolencia del señor Alonzo Romero no obedece a otra causa que a un amplio criterio democrático, como es el de permitir a todos los que han contendido en una elección, venir a defender sus derechos. En buena hora, ciudadanos representantes, si no estuviera en el fondo de este criterio algo que constituye un delito, porque es un delito violar la ley. Y yo pregunto, ciudadanos representantes: ¿Qué acaso el hecho de que haya pluralidad de credenciales, duplicidad o triplicidad de credenciales en un distrito, no lleva este hecho, intrínsecamente, la violación de la ley? ¿No constituye de una manera indiscutible este hecho un delito? ¡Claro que si, ciudadanos representantes! y nosotros nos estamos haciendo cómplices de los que han cometido esta falta, nada más por ciertas complacencias que yo no estoy dispuesto a tolerar, y no estoy dispuesto, ciudadanos representantes, porque yo os protesto que si nosotros seguimos por este camino de las complacencias y de las violaciones constantes a la ley, la próxima XXX Legislatura tendrá que irse a reunir al coso de "El Toreo", porque no cabrán los portadores de credenciales duplicadas y triplicadas en este recinto parlamentario. (Siseos. Aplausos.) No es cuestión de interés personal, ciudadanos presuntos representantes, os lo juro; es la defensa de un principio, es la defensa de la ley. Si se ha cometido un delito al expedir una doble credencial, claro está, indiscutiblemente está que uno de esos portadores es el responsable de esa violación a la ley; y nosotros, escrupulosos, nosotros, insospechablemente escrupulosos, deberíamos primero saber cuál es la credencial legítima para arrojar de este recinto a aquel que venga a sorprender la buena fe de vosotros. Y el hecho que se discute, el hecho concreto de Michoacán no trae sospechas; no hay nada que aclarar; está gráficamente manifestado, perfectamente bien probado con todos los requisitos de ley, que la credencial expedida a favor del C. Avilés es la única credencial verdaderamente legítima. (Siseos.) Y, sin embargo, a sabienda habéis consentido en que un impostor haya violado, haya profanado este recinto pretendiendo venir a esta tribuna a defender derechos que no tiene, derechos de los cuales carece. (Siseos.) Y no hablo de memoria, ciudadanos representantes. Aquí están las dos credenciales. Esta es la credencial expedida a favor del C. Uriel Avilés, con todas y cada una de las firmas de los miembros de la Junta Computadora, que señala la ley: "El presidente de la Junta, J. R. Mendoza.- 1er. secretario, P. G. Cuéllar.- 2o. secretario, Eduardo Corona G.- 3er. secretario, Fermín Gutiérrez.- 4o. secretario, J. Trinidad Fuentes." Y ya veréis cómo en otra credencial fraudulenta arrancada por ese ciudadano, sólo aparecen dos o tres firmas que son exactamente iguales a éstas. Aquí está esta credencial expedida a favor del C. Timoteo Guerrero; tiene la firma del "presidente de la Junta, J. R. Mendoza", exactamente igual a ésta, son firmas de una autenticidad absoluta. Aquí tenéis, "2o. secretario, Eduardo Corona G.", el mismo que firma en la otra; son firmas exactamente iguales, tal como una gota de agua a otra gota de agua; aquí está la firma del "4o. secretario, J. Trinidad Fuentes", exactamente igual a la del 4o. secretario de la otra credencial; en consecuencia, ciudadanos representantes, si yo os vengo a demostrar con los propios documentos que esta credencial para ser legítima, para tener los requisitos ajustados a la ley necesita dos firmas todavía más y que la de Uriel Avilés sí tiene todas y cada una de esas firmas, ¿por qué vaciláis, ciudadanos representantes, y sentáis este criterio funestísimo, y digo funestísimo porque ya he señalado las consecuencias que traerá mañana? Todavía es tiempo de volver sobre vuestros pasos, ciudadanos representantes, que sea éste el último caso, el único caso, reconozcamos nuestro error y mañana al iniciar nuestras labores parlamentarias de la tarde, antes de discutir esta credencial, hagamos un examen de una vez por todas de la verdadera situación de cada una de las credenciales dobles y arrojemos de aquí con toda honradez y con toda energía a aquellos individuos cuya credencial no está enteramente apegada a los

principios legales; no importa, ciudadanos representantes, que al proceder en esta forma se lesionen los intereses de algunos amigos, parientes o compañeros. ¿Por qué? Porque el pueblo que nos ha mandado aquí para hacer cumplir la ley y no para violarla, apoyará y sancionará nuestra conducta, porque es recta y porque es honrada. Yo termino, ciudadanos representantes, invitándolos a dos cosas: A que déis vuestro voto a favor del dictamen, porque el triunfo de Uriel Avilés ha sido legítimo en Michoacán y porque retrocedáis del mal camino por el cual os habéis iniciado consintiendo en que el portador de una credencial espuria tuviera derecho a mancillar esta tribuna a la que no volveré a subir hasta que no vea que este individuo trae agua bendita y el hisopo para depurarla, a las costumbres del distrito que lo ha mandado. (Aplausos. Siseos.)

El C. Padilla: Pido la palabra.

El C. Presidente: ¿En pro, o en contra?

El C. Padilla: En contra.

El C. Zincúnegui Tercero: Ha pedido la palabra la Comisión, señor presidente, para informar.

El C. presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Zincúnegui Tercero, miembro de la Comisión: Honorable Asamblea: Es sumamente difícil en un debate en el cual campean en una forma tan notable las pasiones políticas y de partido, el que la Comisión dictaminadora pueda llevar a cabo la defensa de su expediente, de su dictamen, más bien dicho, sin que se la tilde de apasionada o de parcial en uno o en otro sentido. Como hemos expresado en la redacción del presente dictamen, hemos querido atenernos estrictamente al criterio legal, a efecto de que quede fuera de toda sospecha o de toda suspicacia la labor de la citada Comisión Revisora. Hace pocos momentos subía a esta tribuna el señor Timoteo Guerrero para hacer la defensa de la credencial que obra en su poder. Ya en el cuerpo del dictamen se expresan las condiciones en que vienen una y otra credenciales, haciendo constar la coincidencia de que exactamente las mismas personas que extendieron la credencial del C. Timoteo Guerrero, son las que en un escrito notarial acusan al C. Avilés de haber obtenido fraudulentamente una credencial. Entre algunos de los puntos anotados por mí durante la peroración del C. Timoteo Guerrero, aparece el siguiente: El C. Timoteo Guerrero pretende que Villa Madero y San Diego Curucupaceo no pertenecían al primer distrito electoral. San Diego Curucupaceo es una tenencia de Villa Madero y Villa Madero conforme a la Ley de División Territorial Electoral, está comprendida dentro del primer distrito, como ruego a la Secretaría se encargue de certificar por medio del presente decreto.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"Pascual Ortiz Rubio, gobernador constitucional del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, a sus habitantes hago saber que:

"En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14 de la ley para elecciones de Poderes Federales expedida el 1o. de julio de 1918, la división territorial que regirá en las próximas elecciones, es la siguiente:

"Primer distrito en Morelia.

"Cuarteles 1o. y 2o. de la ciudad de Morelia, colonias del Parque Juárez y de la Concepción, El Cortijo y anexos, Tenencias de Atécuaro, Cuto, Undameo, San Nicolás, Tacícuaro, Capula y municipios de Quiroga, Acuitzio y Villa Madero."

El C. Zincúnegui Tercero: Como verá la honorable Asamblea, lo asentado en esta tribuna por el estimable compañero Timoteo Guerrero, está alejado de la verdad, puesto que Villa Madero está comprendida dentro del 1er distrito. Otro de los puntos tratados por el señor Timoteo Guerrero, es el relacionado con el número de habitantes de San Diego Curucupaceo. La Comisión dictaminadora, que no puede tener en cuenta otro criterio que el estrictamente legal, ha procurado atenerse en todo a la documentación legalmente presentada en el cuerpo del expediente, o bien por los contendientes, quienes con un derecho legítimo de defensa han enviado posteriormente distintos escritos y protestas. Con relación al punto que iniciaba hace pocos momentos, obran en el cuerpo del expediente dos documentos, uno por medio del cual el presidente de Villa Madero hace una remisión de 940 boletas a San Diego Curucupaceo, y otro documento, debidamente certificados los dos, en que el jefe de tenencia de San Diego Curucupaceo comunica el resultado de las elecciones que arrojaron un total de 933 votos para todos los candidatos que jugaron en esos puntos y que fueron el C. Timoteo Guerrero y el señor Luis Murguía Guillén. De ninguna manera la Comisión pudo tomar en consideración toda clase de argumentos que se han esgrimido en este caso, porque nosotros nos hemos trazado un camino recto y de ese camino no puede apartarse ni un solo ápice del criterio legal. Yo deseo, de una vez por todas, manifestar a la Asamblea que haciendo a un lado todo género de suspicacias, se crea en la honradez de la Comisión y que todo dictamen que en esta tribuna vengamos a sostener, es porque tenemos la absoluta conciencia de haber hecho un estudio detenido y un estudio justiciero dentro del citado criterio legal (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el C. Padilla.

El C. Padilla: Empiezo desde luego por decir que no descenderé a analizar personalidades, porque se trata aquí de un liberal, como es el señor Avilés, pero tengo que justificar ante ustedes el motivo de mi defensa en favor de la credencial del señor licenciado Timoteo Guerrero. Condeno, y así lo he manifestado en todas ocasiones, esas fusiones entre partidos liberales y partidos clericales. La fusión hecha por el general Múgica, como jefe del Partido Socialista y del Partido Reformador en Michoacán, con el Partido Popular Republicano, es inconveniente políticamente y no puede aceptarse por ningún liberal. Pero voy a explicar en qué condiciones se lanzó la candidatura del señor licenciado Guerrero. Esta candidatura, igual a la del señor licenciado José Ortíz Rodríguez, y la mía, se lanzaron, primero la del señor Guerrero por el 1er. distrito electoral de Michoacán, la mía por el 2o. y la del señor licenciado Ortíz Rodríguez por el 3o. Se reunieron cincuenta y tantos ciudadanos en un teatro de Morelia y postularon a estos ciudadanos para diputados al Congreso de la Unión. Los trabajos preliminares de propaganda dieron

principio en esa forma, y así se registraron las candidaturas en el Ayuntamiento del municipio de Morelia, cabecera de los tres distritos electorales. En estas condiciones los grupos coligados ofrecieron su candidatura al señor Guerrero, quien no tuvo inconveniente en aceptarla. Esta es la mancha que trae la credencial y la que se ha explicado aquí. La unión entre los partidos liberal del general Múgica y el partido clerical del señor Márquez de la Mora; pero la personalidad del señor licenciado Guerrero no es una personalidad clerical, fue alumno del Colegio de San Nicolás en donde hizo una carrera literaria; siempre estuvo afiliado en el partido liberal durante la lucha tremenda que se desarrolló en el Estado de Michoacán entre el candidato clerical licenciado Ortiz y don Miguel Silva, el licenciado Guerrero se afilió francamente al partido liberal. Estuvo a favor de la candidatura del doctor Silva sostenida por el Partido Liberal de Michoacán. Después, durante toda la actuación de los revolucionarios, del partido revolucionario de la República, el señor Guerrero ha estado figurando en las legislaturas del Estado y estuvo en el principio del Gobierno del general Pascual Ortiz Rubio unido a este gobernante. Ese Gobierno se formó con elementos exclusivamente liberales y el señor Guerrero fue de los elementos liberales que ayudaron al señor Ortiz Rubio a ocupar el Gobierno del Estado. Más tarde, por cuestiones locales, la Legislatura se dividió entre un grupo de diputados entre los cuales figuraba el señor licenciado Guerrero, y atacó al general Ortiz Rubio por diversas causas en el manejo de sus funciones gubernamentales. Vino la lucha electoral, y el señor Guerrero se presentó candidato independiente, como ya lo hecho dicho, pero aceptó después la candidatura de los coligados. Este es el punto de vista de la personalidad del señor licenciado Guerrero. Con respecto a sus antecedentes como socialista, básteme decir que es de origen humilde, porque es nativo de un pueblo de indígenas del Estado; es uno de los profesionistas mejor conocedores del idioma tarasco y se ha dedicado precisamente a ilustrar a los indios enseñándoles el español; y sus antecedentes de profesionista humilde se manifiestan, porque su despacho no es el despacho de un abogado potentado y siempre es visitado por los indígenas y por los humildes "rancheros" de aquellas tierras, que van a encomendarle el patrocinio de sus negocios. Dejo, pues, sentada la personalidad del señor licenciado Guerrero, y justificado el motivo de la defensa que yo hago. La defensa parte de haber lanzado los tres las candidaturas juntas y de tener la conciencia de que el señor licenciado Guerrero no es un clerical. No es un liberal rojo, porque no los da el medio, sino por rara excepción. El Estado de Michoacán desgraciadamente ha quedado con una gran cantidad de clericales desde que murieron los discípulos de Ocampo y Degollado, desde que desapareció la generación amiga de Juárez y de Lerdo, y que el porfirismo y el mercadismo puso su plan conciliador buscando la fusión entre el clero y el elemento liberal. Muchos liberales tuvimos que salir del Estado por esta causa, porque el Gobierno reaccionario de Mercado no admitió más que moderados o netamente clericales en su administración.

Paso al punto legal. Las elecciones en el 1er. distrito electoral de Michoacán fueron convocadas en virtud de la Ley Electoral refiriéndose a la Ley de División Territorial de 1918. En esta división territorial también se refiere la misma ley al censo verificado en la República el año de 1910. Este censo, según acaba de leer el C. Guerrero, sólo arroja una cantidad de quinientos y tantos habitantes en el pueblo de Curucupaceo; sin embargo, en la elección apareció en la Junta Computadora, aparecieron paquetes conteniendo boletas por más de novecientos votos; en consecuencia, hay que fijarse en este punto porque puede traer consigo la nulidad de la elección. Hay que ver otra circunstancia: En esa casilla no hubo padrón, no hubo sino una lista que no estaba legítimamente autorizada por las autoridades que debían haber autorizado ese padrón; ese es otro motivo de nulidad para la elección practicada en ese pueblo. Además, se comprende una hacienda que es Acatón y que pertenece al distrito de Tacámbaro; fue comprendida en el 1er. distrito de Morelia por lo cual Acatón no es válida. Todos esos argumentos son estrictamente legales y no atacan en nada la personalidad del C. Avilés, porque no he querido descender a este terreno porque lo respeto como revolucionario que es; todos estos argumentos demuestran que la elección, descontando los votos nulos, puede rectificarse y dar la votación no sé si a favor del C. Avilés o a favor del C. Guerrero, pero sí quedará perfectamente depurada la credencial y la curul será ocupada por el representante legítimo a quien los ciudadanos del 1er. distrito electoral de Michoacán quisieron consagrar con su voto para que viniera a la Representación a formar parte de la delegación que trae el Estado de Michoacán de Ocampo.

El C. secretario Valadez Ramírez: No habiendo más oradores en pro ni en contra, en votación económica se pregunta si está suficientemente discutido el asunto. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Suficientemente discutido. Se procede a la votación de los siguientes puntos resolutivos:

"1o. Son válidas las elecciones efectuadas en el 1er. distrito electoral de Michoacán.

"2o. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Uriel Avilés y doctor José P. Ruiz."

En votación económica se pregunta si se aprueba este dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Aprobado. (Aplausos.)

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara: Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el 1er distrito electoral del Estado de Michoacán, los CC. Uriel Avilés y doctor José P. Ruiz."

El C. presidente: La Presidencia invita atentamente al C. Guerrero para que abandone el salón.

El C. Hernández Maldonado: En vista de que se ha demostrado a las claras quién es el que trae la credencial legítima, yo pido a la Mesa que consigne al señor por impostor. (Voces: ¡No! ¡No! Desorden. Campanilla.)

El C. Zincúnegui Tercero: Pido la palabra para que su señoría, por galantería....(Murmullos. Desorden. Campanilla.) Pido la palabra para que su

señoría nombre una Comisión de ciudadanos presuntos diputados que acompañen al C. Timoteo Guerrero. (Murmullos.)

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"Orden del día para mañana, 25 de agosto de 1920.

"Discusión de los dictámenes siguientes:

"2o. de Aguascalientes, 1o. de Guanajuato, 7o. de Guanajuato, 17 de Jalisco, 3o. de Michoacán, 8o. de Michoacán, 11 de Michoacán, 9o. de Puebla, 10 de Puebla, 2o. de Tamaulipas, 3o. de Tamaulipas, 1o. de Tlaxcala y 6o. de Veracruz."

Quedando varios dictámenes en la Oficialía Mayor, que se pondrán a discusión si se logra terminarlos.

El C. Gutiérrez: Pido la palabra para una aclaración. El 5o. distrito de Coahuila ya está.

El C. presidente: Hay varios dictámenes en la Oficialía Mayor, que no han sido puestos en la lista, pero inmediatamente que se acaben se pondrán a discusión.

El C. Rivera Cabrera, interrumpiendo: Lo que dice el señor es que el dictamen relativo al 5o. distrito de Coahuila ya está aprobado y que, sin embargo, consta en la lista.

El C. Bordes Mangel: La aclaración del señor Gutiérrez se refiere a que el dictamen correspondiente al 5o. distrito de Coahuila ya está aprobado. Lo presentó la Sección que presido.

- El C. presidente, a las 8:55 p.m.: Se levanta la sesión y se cita para mañana a las cuatro de la tarde.