Legislatura XXIX - Año I - Período Ordinario - Fecha 19201022 - Número de Diario 49

(L29A1P1oN049F19201022.xml)Núm. Diario:49

Colegio Electoral

ENCABEZADO

MEXICO, VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 1920

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AÑO I. - PERÍODO ORDINARIO XXIX LEGISLATURA TOMO I. - NÚMERO 49

SESIÓN DE COLEGIO ELECTORAL DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 22 DE OCTUBRE DE 1920

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior. El C. diputado Manrique usa de la palabra para rectificación de hechos.

2. - Continúa la discusión del dictamen relativo al 7o. distrito electoral del Estado de Guerrero. Se aprueba el primer punto resolutivo y se reprueba el segundo, volviendo el dictamen a la Comisión para que lo reforme. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. ALESSIO ROBLES VITO

(Asistencia de 126 ciudadanos diputados y presuntos diputados.)

El C. presidente: a las 10.30 a. m.: Se abre la sesión.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"Acta de la sesión de Colegio Electoral celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día veinte de octubre de mil novecientos veinte.

"Presidencia del C. Antonio Díaz Soto y Gama.

"En la ciudad de México, a las diez y cincuenta de la mañana del miércoles veinte de octubre de mil novecientos veinte, se abrió la sesión con asistencia de ciento veintisiete ciudadanos diputados y presuntos diputados.

"Sin debate se aprobó el acta de la sesión celebrada el día diez y ocho del presente mes.

"El C. Laris Rubio pidió a la Presidencia preguntara a la Sección respectiva por qué no ha presentado dictamen acerca de su elección; pero no estando presente ninguno de los miembros de dicha Sección, no pudo ser obsequiada esta solicitud.

"Sin discusión se aprobó el dictamen reformado que trata de las elecciones en el 5o. distrito electoral de San Luis Potosí y que propone para diputado propietario al C. Juan Angel Morales, y para diputado suplente al C. Octaviano Rangel.

"El C. Colón solicitó de la Presidencia se excitara a las comisiones revisoras de credenciales que tienen en su poder expedientes relativos a los distritos electorales del Estado de México, a fin de que a la mayor brevedad presenten los dictámenes respectivos. Con este motivo informaron los CC.Manrique y Cano, miembros de esas comisiones, así como la Secretaría, y la Presidencia accedió a la petición del C. Colón, excitando a las comisiones.

"Sin discusión, se aprobaron los dictámenes referentes a los siguientes distritos electorales:

"Undécimo de Oaxaca. Diputado propietario, C. Francisco castillo Ramírez; diputado suplente, C. Heraclio Ramírez.

"Tercero de Hidalgo. Diputado propietario, C. Abel Hernández Coronado; diputado suplente, C. Leopoldo Esquivel.

"Tercero de Yucatán. Sólo por lo que se refiere al diputado suplente, por estar aprobado ya el propietario, a favor del C. Delfín Sánchez.

"La Presidencia, obsequiando una solicitud del C. Prieto Laurens, puso a discusión el dictamen relativo a la elección de este ciudadano como diputado propietario por el undécimo distrito electoral del Distrito Federal.

"Presidencia del C. Vito Alessio Robles.

"Habló en contra del expresado dictamen, dos veces, el C. Bordes Mangel, quien fue interrumpido por una interpelación del C. Luis León. El C. Prieto Laurens usó de la palabra en pro e interpeló a los CC. Aldaco y Espinosa Natalio, quienes contestaron.

"Presidencia del C. Antonio Díaz Soto y Gama.

"El C. Luis León habló en pro y acto continuo, en votaciones económicas sucesivas, se consideró suficientemente discutido el dictamen y se aprobó. La secretaría hizo la declaración correspondiente a favor del referido ciudadano Jorge Prieto Laurens, como diputado propietario, y a favor del C. José Dolores Pérez, como diputado suplente.

"Presidencia del C. Vito Alessio Robles.

"Dióse cuenta con el dictamen que estudia las elecciones del séptimo distrito electoral del Estado de Guerrero, y que propone para diputado propietario al C. Florencio M. Salgado, y para diputado suplente, al C. Luis Bustamante.

"A pedimento del C. Vadillo se leyó el dictamen que en la legislatura anterior fue formulado con motivo de la credencial que entonces presentó el mismo C. Salgado. También se leyó, por haberlo

pedido el propio C. Vadillo, el artículo 39 de la Ley Electoral, y en seguida habló en contra el C. Octavio Paz.

"Presidencia del C. Ignacio Borrego.

"El C. Vicencio se produjo en pro, y en contra lo hizo el C. Ramos Pedrueza, de quien contestaron interpelaciones los CC. Cervantes, Salazar y Díaz Soto y Gama. El C. Salgado usó de la palabra en apoyo del dictamen, interrumpiéndole el C. Juan B. Salazar, para hacer una aclaración, y el C. Espinosa Natalio, para dirigirle una pregunta, que contestó el orador. Este, a su vez, interpeló al C. Cienfuegos y Camus, quien respondió.

"A las dos y media de la tarde la Asamblea acordó que se prorrogara la sesión; pero como inmediatamente reclamó el quórum el C. Miramontes, la Secretaría paso lista, y no habiendo en el salón más de ciento cinco ciudadanos diputados y presuntos diputados, la Presidencia levantó la sesión, siendo las dos y cuarenta de la tarde."

Está el acta a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobada.

El C. Manrique: Pido la palabra para hechos de Colegio Electoral, brevísimamente.

El C. presidente: tiene usted la palabra.

El C. Manrique: Habiéndose aprobado en la reciente sesión de Colegio Electoral la elección del ciudadano Juan Angel Morales, voy a decir dos palabras que, naturalmente, ya no podrán considerarse como hijas del deseo de que la Comisión dictaminadora lo haga cuanto antes en determinado sentido; sólo debo decir que las aclaraciones del compañero Bordes Mangel, relativas al asunto de Aillaud, me han satisfecho plenamente y que me alegro de veras de haber sabido que los señores Aillaud sólo habían estado procesados por el delito de culpa, y que de éste habían salido absueltos.

El C. presidente: Continúa la discusión del dictamen correspondiente al 7o. distrito electoral del Estado de Guerrero. Tiene la palabra el ciudadano Salgado.

El C. Salgado: Honorable Asamblea: Habiendo quedado en el uso de la palabra el miércoles pasado, continúo defendiendo los puntos principales del contra, para salvar mi reputación, que es lo primero que más me interesa, porque tengo la convicción de tenerla muy limpia y no estar lacrado con las polillas a que se han referido los señores que me han atacado.

Se me dijo que yo vendí una maquinaria de una fábrica que yo mismo establecí en mi tierra natal y que la transporté a deshoras de la noche, vendiéndola en la ciudad de Puebla, y que las familias que tienen acciones en mi tierra, se encuentran esperando el resultado de esa venta que yo hice clandestinamente. Pido a la Secretaría que se lea el acta que me facultó en la asamblea general de accionistas para obrar con libertad respecto de eso. De antemano debo decir a ustedes que la maquinaria existe, no se ha vendido, existe en la ciudad de Puebla, almacenada en la calle de Galeana número 12, en la casa de Don Máximo Franco, cuyo comprobante de arrendamiento tengo en mi poder y el recibo de la renta del presente año.

- El C. prosecretario Castrejón, leyendo:

"Asamblea general extraordinaria del día 7 de diciembre de 1913.

"Reunidos a las ocho de la noche del día 7 de diciembre de 1913, en la casa número 13 de la plaza Juárez, de esta ciudad de Teloloapan, 12 accionistas o apoderados, representando 1,210 acciones emitidas, el señor Florencio M. Salgado, como presidente hizo la siguiente declaración:

"En vista de que consta por la lista de asistencia estar representada 1,210 acciones emitidas, se considera legalmente constituída la asamblea general extraordinaria de accionistas, de la Compañía Industrial "La Suriana", S. A.., de conformidad con nuestros estatutos y leyes relativas.

"El presidente hace saber lo siguiente:

"Con motivo de que la revolución ha estado azotando y actualmente azota a la República entera, y especialmente a esta región, es imposible reanudar los trabajos de nuestra fábrica, cuya maquinaria se encuentra paralizada desde principio del año de 1911, y temeroso de que la expresada revolución siga por mucho tiempo, y con más fuerza y más terribles estragos, todos los socios desean abandonar esta ciudad, radicándose en Zacualpan, Toluca, Iguala, México y Puebla, con objeto de salvar parte de sus intereses, salvar el honor de sus respectivas familias y aun sus propias vidas, incluso el mismo, propone lo siguiente, para que se sirva aprobarlo la asamblea:

"1o. Cerrar definitivamente la fábrica, dejando su maquinaria y demás útiles al cuidado del señor Adolfo Méndez, cuyo sueldo se le asignará o, en su defecto a otra persona de confianza.

"2o. Vender todas las existencias de hilo, materias primas y demás objetos que no resistan la acción del tiempo.

"3o. Cobrar por todos los medios posibles, que las circunstancias faciliten, las cuentas de los deudores que tienen saldos a su cargo en las diferentes plazas.

"4o. Pagar hasta el último centavo a los acreedores de la compañía, disponiendo para ello de las existencias en caja, en mercancías y materiales y adeudos.

"5o. Si corriere peligro la maquinaria y demás objetos que le pertenezcan, salvarla a todo trance, transportándola a lugar seguro.

"6o. Autorización para hacer los gastos indispensables para ejecutar lo anterior, si necesario fuera, y rendir cuentas al volver de nuevo a nuestros hogares terminada la presente revolución.

"7o. Reanudar los trabajos de la referida fábrica hasta que completamente se encuentre la República y especialmente esta región, en completa paz y todos los dueños puedan hacer su asamblea.

"8o. Dar su aprobación a todo lo hecho, de la anterior asamblea hasta la fecha, que hemos andado huyendo.

"Habiéndose discutido ampliamente cada uno de los anteriores puntos, se llegó a la conclusión de

que al señor presidente le asistía toda la razón para hacer a esta asamblea las anteriores proposiciones, y todos por unanimidad, son conformes y aprueban en todas sus partes lo asentado y le damos toda nuestra autorización para ejecutarlas y obrar como mejor convenga a los intereses de la sociedad. - Florencio M. Salgado. - A. Martínez. - María De J. G. Salgado. - E. Gama. - Héctor Salgado. - H. Salgado. - Fernando Salgado. - Elena Salgado. - Pedro S. Cuevas. - Procopio Guzmán. - Luis C. Manjarrez. - Florencio M. Salgado. - Juana Rodríguez."

El C. Manrique: Una interpelación al señor Salgado, señor presidente.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Manrique: El señor Salgado defiende su reputación y dice que más le interesa su reputación que el triunfo de su credencial. Tiene mucha razón, pero en la pasada sesión nos explicaba que esta compañía se había formado así: el noventa por ciento de las acciones pertenecía al señor Salgado, un cinco por ciento a su familia, y el cinco por ciento restante a los vecinos del pueblo. En consecuencia, en estas condiciones una asamblea general de accionistas, una autorización otorgada por la asamblea general de accionistas resulta en realidad una autorización que el propio señor Salgado se concede. De manera que esto me parece cosa de poco monto. (Aplausos.)

El C. Salgado: Contesto al señor Manrique. (Siseos.) Contesto al señor compañero, que esa sociedad se formó a base de sociedad anónima; pero el público sólo tomó el cinco por ciento, mi familia otro cinco por ciento y yo tomé el resto, porque no había más compradores de acciones, no porque así haya existido en la escritura social. Queda contestado el señor compañero. Sigo con el segundo cargo: que yo robé al Banco. Tengo aquí mis libros, para los que gusten de los ciudadanos compañeros diputados venir a verlos, donde existen los cargos que yo hice, y , además, con la carta del mismo Banco que me acaba de escribir. Creo dejar satisfechos a ustedes respecto de mi honorabilidad; aquí están mis libros. Los compañeros que gusten pasar a verlos, o que se los lleven a sus respectivos asientos, pueden indicarlo; ahí constan los cargos que hice yo en aquella fecha a pérdidas y ganancias de mi propio negocio, y abono al Banco Nacional sin que él pierda ni un solo centavo. Además, la carta que se leyó el miércoles justifica que yo merezco la consideración de ese Banco y estoy en la mejor moralidad, es decir, que yo gozo de perfecta moralidad en el crédito con él. Se volverá a repetir la lectura de esa carta, si gustan los compañeros que no la hayan escuchado, o el orador que me sigue la leerá. Para comprobar que la maquinaria de hilo existe y no se ha vendido, voy a suplicar a la Secretaría dé lectura al recibo de la renta y contrato de arrendamiento del lugar en que se encuentre la maquinaria.

- El mismo C. prosecretario, leyendo:

"Recibí del señor Florencio M. Salgado, la cantidad de $144.00, incluyendo $24.00 que tengo recibidos, según contrato de arrendamiento de una bodega en la cual tiene una maquinaria para hilo, en el interior de mi casa en Puebla, por completo de renta por un año que vence en 9 de diciembre del corriente año.

"México, agosto 1o. de 1920. - Maximino Franco."

"Condiciones bajo las cuales don Florencio M. Salgado, toma en arrendamiento una pieza para bodega para almacenar una maquinaria para hilos, correspondiente de la casa número 12 de la calle Andrade, de esta ciudad de la propiedad del señor Maximino Franco, bajo las cláusulas siguientes:

"1a. Pagará al propietario o a quien sus derechos represente, la cantidad de doce pesos mensuales cada mes, en plata fuerte del cuño corriente mexicano, por arrendamiento mensual de la localidad mencionada arriba, lo cual verificará con toda puntualidad por meses o anualidades adelantadas.

"Se hace constar, para los efectos legales, que este contrato se hizo por duplicado, cancelando las estampillas en el principal y los talones en el duplicado. - Puebla, diciembre 10 de 1919. - Maximino Franco. - Florencio M. Salgado."

El C. Salgado: Para comprobar que las elecciones en mi distrito fueron correctas, voy a suplicar a la secretaría dé lectura a una carta del general Cejudo, que en esa fecha se encontraba en esa población haciendo rendir a los últimos revolucionarios del Estado de Guerrero.

- El mismo C. prosecretario, leyendo:

"Teloloapan, agosto 5 de 1920.

"Señor Florencio M. Salgado. - Ciudad.

"Muy respetable señor:

"Contesto su estimable, fecha 2 del mes en curso, manifestando a usted que he visto con verdadera satisfacción que al acto democrático de las elecciones para diputados y senadores por el 7o. distrito electoral, ha sido en extremo ordenado y ajustado enteramente a la ley, pues no se vio ninguna disidencia ni desorden por lo que es de aplaudirse la conducta observada por los ciudadanos de esta ciudad, a la que usted pertenece.

"Asimismo, me consta que, en la presente elección, usted fue el que obtuvo la mayoría de votos en todo el distrito, pues su conducta correcta en todos los actos, pudo, al fin , demostrar su sinceridad y buena fe para llevar a cabo su propaganda sin la menor restricción, por lo cual lo felicito muy sinceramente.

"La conducta observada por el otro candidato ha dejado mucho que desear, pues tengo conocimiento que ha pronunciado unos discursos en su propaganda, manifestando que, si la elección no se inclinaba en su favor, la revolución continuaría; esto demuestra a las clases, la falta de tacto y buen orden en que ésta debía haberse hecho, sin recurrir a amenazas, que a nada conducen, más que al fracaso más completo.

"Espero dejar satisfechos sus deseos, y esta oportunidad me hace la honra de ponerme una vez más a sus órdenes, como su atento seguro servidor, R. F. Cejudo."

El C. Salgado: Uno de los cargos que me hicieron los oradores del contra, es el de que los correos de mi contrincante fueron asaltados en la cuadrilla de Zicastepec, para quitarles las boletas, y no tuvieron los votantes en qué votar. Debo decir a ustedes que, para desmentir ese hecho, las boletas no las llevaron correos, sino que los comisarios de dicha cuadrilla las recibieron personalmente del presidente municipal de Arcelia; y en la cuadrilla de

Zicastepec, mi contrincante obtuvo la mayoría de votos, por lo cual malamente se me hace ese cargo. Otros de los cargos que se me hacen es que tuve presión en la ciudad de Teloloapan, por los voluntarios, y que fue jefe de esos voluntarios Ascensión Martínez, presidente del club "Melchor Ocampo", que me postuló. Debo decir a ustedes que no es cierto que Ascensión Martínez haya sido jefe de los voluntarios, ni lo es. En el documento que leyeron los oradores del contra, y que está firmado por el jefe de los voluntarios, se ve que ese jefe se llama Rosario Santana, partidario de mi contrincante; con lo cual queda destruido ese cargo. Otro de los cargos que se me hacen, es el de los 83 expedientes, que los 83 expedientes se arreglaron en mi casa el día jueves que se instaló la Junta Computadora. Ese hecho queda por sí desvirtuado, porque en tres horas que duraron los presidentes para formarse Junta, era imposible hacer los 83 expedientes. Además, si la Asamblea lo pide, se traerán los expedientes, para que los examinen ustedes y vean que es infundado ese cargo. Otro de los cargos es que se están cometiendo actualmente algunos asesinatos y una violación en mi distrito. Creo por demás decir a ustedes que yo no tengo la culpa de que se estén cometiendo actualmente esos asesinatos y violaciones; cae por su propio peso ese cargo. Se me llama traidor a la patria; es otro de los cargos que a mí me interesa desvanecer, porque jamás aspiro a ser traidor a la patria. Que fui bonillista y que fui huertista. Los oradores que me sigan, probarán este hecho. Sólo debo decir que, no pudiendo yo ir a la revolución última, porque me encontraba al frente de una casa de comercio en esta capital accidentalmente, mandé a uno de mis hijos a que tomara parte en la detención de los trenes de don Venustiano Carranza, en Aljibes. Este hijo mío fue el encargado de levantar las vías, bajo el fuego de cien ametralladoras, y logró el hecho. Si alguno de los ciudadanos diputados quiere, no la prueba de que mi hijo haya levantado las vías, porque no la tengo de momento, pero sí el certificado de que mi hijo tomó parte en esa acción, va a darse lectura a esos documentos que yo he mencionado.

- El C. prosecretario Castrejón, leyendo:

Un sello que dice: "República Mexicana. - Unificación Revolucionaria. - Brigada Sosa Pavón. - División Alvaro Obregón. - Ejército Nacional.

"Manuel Sosa Pavón, general de Brigada de la citada División,

"Certifica:

"Que el C. capitán 1o. de Artillería Heriberto Salgado, militó bajo mis órdenes en el último movimiento armado para derrocar la tiranía del Gobierno de Venustiano Carranza, habiéndose portado, en cumplimiento de su deber, con lealtad y abnegación, como buen hijo de la patria.

"La nación queda agradecida, porque los hombres honrados se sacrifican sin interés alguno para defender sus libertades y que cuando el deber los llame, serán militares entre los civiles y civiles entre los militares.

"Compañero: En nombre de la patria, doy las gracias por vuestros buenos servicios y llevad a vuestro hogar, no el oro que corrompe, sino el deber que nos levanta; llevad este ejemplo, y predicad a los futuros soldados, el sacrificio que da honra y que será la mejor herencia que podéis dejar a vuestro querido hijos.

"Puebla de Zaragoza, julio 15 de 1920. - Manuel Sosa Pavón."

Al margen un sello que dice: "República Mexicana. - Unificación Revolucionaria. - Brigada Sosa Pavón. - Ejército Nacional.

"Se extiende amplio salvoconducto al C. capitán 1o. de artillería Heriberto Salgado, que militó en las fuerzas de mi mando y que hoy se retira a la vida privada, por haberlo solicitado él mismo, en vista de haberse restablecido el orden en la República.

"Se recomienda por el presente, a las autoridades, tanto civiles como militares, le presten las garantías necesarias en su vida e intereses.

"Sufragio Efectivo. No reelección. - Puebla de Zaragoza, julio 15 de 1920. - Manuel Sosa Pavón."

El C. Paz: Para una moción de orden, señor presidente.

El C. presidente: No hay desorden.

El C. Paz.: No estaba hablando el orador en estos momentos.

El C. Salgado: Otro de los cargos que se me hicieron , fue el de que el defensor en el asunto Campo Morado, fue el jefe del círculo "Científico" de Porfirio Díaz, Rosendo Pineda. Para desmentir ese cargo, va a dar lectura el ciudadano secretario.....(Voces en las galerías: !No! !No!)

El C. Casas Alatriste: ¿ Con que derecho se entrometen las galerías en la discusión ? (Campanilla)

El C. Salgado: Va a darse lectura al recibo de honorarios al abogado que me defendió.

- El mismo C. prosecretario, leyendo:

"Recibí del señor Florencio M. Salgado, vecino de esta ciudad, la cantidad de $3,276.15, tres mil doscientos setenta y seis pesos quince centavos, por pago de mis honorarios que devengué en las gestiones que hice defendiéndolo de la imputación calumniosa que le hacían, de haber sido culpable en los robos de los metales la Compañía Reforma Minning & Milling Co., de Campo Morado, habiendo puesto las cosas en su lugar la ejecutoria de la Suprema Corte de Justicia, que lo amparó contra la violación que le ocasionó el auto de formal prisión, en conceptos semejantes a los que el señor magistrado 2o. del Tribunal Superior del Estado, al revocar el auto de formal prisión.

"Teloloapan, 27 de septiembre de 1908. - Licenciado Diódoro Batalla."

El C. Salgado: Otro de los cargos que se me hicieron por el señor Díaz Soto y Gama, fue el de que soy latifundista, terrateniente; que tengo grandes extensiones de terreno, en donde existen veintitantos pueblos; que yo azoté a los arrendatarios, que yo cobro por pastos, por rentas de casitas, por leña, por quién sabe cuántas cosas. Debo decir al señor licenciado Soto y Gama que ha faltado a la verdad: yo no soy latifundista; actualmente tengo cinco hectáreas de tierra, acepto el cargo. Jamás he tenido arrendatarios. De pocos años atrás, antes de que pagara mis deudas al Banco con los terrenos que tenía, y que constituí a base de cien hectáreas, esos

terrenos jamás los arrendé y sí los sembré bajo el sistema de colonos. Jamás he azotado a nadie, no puede presentárseme esa prueba, porque si hubiera yo azotado, lo primero hubiera sido que hubiera arrendado mis terrenos. En esos terrenos que yo tenía de ocho años atrás, no hay más que un solo poblado que se llama, me parece, Tianguisol. Así es que puedo regalar a la Beneficencia Pública todo lo que se me conozca que pase de cinco hectáreas. Creo que la lectura del órgano de la Suprema Corte habrá satisfecho a ustedes acerca de mi honorabilidad acerca del robo de minerales, no de metales, de Campo Morado. Ese robo, el malintencionado y malévolo gobernador de Guerrero en aquella época, llamado Damián Flores, hacía subir a quinientos mil pesos, y debo decir a ustedes que esos minerales nunca han pasado de medio kilo a un kilo de ley por tonelada, y entonces la plata pura valía a treinta y cinco pesos kilo. Si hacemos cuenta con el lápiz, resultaría que ese robo había sido de treinta mil toneladas. ¡ Imposible ! Ese proceso que se me quiso formar, obedeció a rencillas personales que dicho gobernante tenía conmigo, de tiempos atrás, porque pero no quise venderle unas acciones a la mitad del valor que tenía en aquella época y que después valieron bastante dinero y eran de la Suriana Mining. Así es que no es que yo haya sido ladrón ni haya sido encubridor, como se me dijo. (Siseos. Voces en las galerías.)

El C. Casas Alatriste: Moción de orden, señor presidente; las galerías están tomando mucha participación en el debate.

El C. presidente: La Presidencia ruega a los ciudadanos diputados se sirvan guardar compostura. (Voces: ¡Son las galerías!)

El C. Salgado, continuando: Se me quiso procesar porque yo, en mi carácter de prefecto político en aquella época, no procedí contra los ladrones de esas treinta mil toneladas de mineral, mineral que se encuentra a diez y ocho leguas de la cabecera de mi distrito. Además, como no se me señalaban los autores de ese robo ni el cuerpo del delito, malamente pude proceder contra ladrones imaginarios. No hay tal que yo haya sido ladrón de barras de plata, como se me dijo; no, señores, el proceso obedece a que yo no procedí contra los ladrones de ese mineral, no a que yo me haya ido a robar ese mineral; el órgano de la Suprema Corte de Justicia así lo dice. El acta de revocación del Tribunal Superior del Estado, también lo afirma. Así pues, señores, he cumplido con mi deber defendiendo mi honor. Ahora a ustedes toca votar en conciencia; la Comisión, formada para dictaminar en mi credencial, dirá a ustedes la bondad de ella. (Aplausos. Siseos. Murmullos.) Réstame dirigirme a los oradores del contra, que me dirigieron las calumnias que ustedes ya conocen, para decirles que, mientras no prueben esas calumnias, son calumnias.

El C. Garza Candelario: Pido la palabra, señor presidente.

El C. presidente: ¿ Con qué objeto ?

El C. Garza Candelario: Quiero pedir, con apoyo en un artículo reglamentario, que uno de los miembros de la Comisión tenga la bondad de informar sobre la parte legal de este dictamen.

El C. presidente: ¿ Cómo dice usted ?

El C. Garza Candelario: Quiero pedir a su señoría que invite atentamente a uno de los señores miembros de la Comisión, para que informe sobre la parte legal de este dictamen.

El C. presidente: A moción del ciudadano Garza, la Presidencia invita a alguno de los miembros de la Comisión dictaminadora, para que venga a fundar legalmente este dictamen.

El C. Avilés: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Avilés, como miembro de la Comisión.

El C. Avilés: Señores diputados: Faltaría yo a la honradez, si no viniera a defender en la parte legal este dictamen. (Voces: !Ah! Aplausos. Siseos.) Este dictamen, señores diputados, lo hicimos nosotros pasar por todas las horcas caudinas, por todo lo que quiso el ciudadano Lavín, por allí lo hicimos pasar, y llegamos a esta conclusión: que la elección, en el terreno legal, había sido favorable al ciudadano Salgado. (Aplausos. Siseos) Para venir a hablar aquí a esta tribuna de honradez, señores diputados, y cuando se trata de defender la honradez, a mi me tienen sin cuidado los siseos. (Aplausos) Y voy a continuar defendiendo este dictamen, en la parte legal. Pues bien, ciudadanos diputados; después de haberle nulificado al ciudadano Salgado tres mil cuatrocientos sesenta y tres votos, todavía así, ciudadanos diputados, tiene una mayoría sobre su contrincante, de tres mil noventa y tres. (Aplausos. Voces: ¡Huy!) Y aquí está la parte expositiva de este dictamen, ciudadanos diputados, y aquí hicimos constar, por una escrupulosidad que raya hasta la exageración, ciudadanos diputados, que fuimos nulificando casilla por casilla, de todas las que venían objetadas por el ciudadano Lavín, y conste, señores diputados, que estas objeciones no eran de peso. En verdad, ciudadanos diputados, que no eran peso: en unas, porque faltaba este documento - que no tenía ningún valor, ningún peso -, en la otra, porque faltaba otro documento que era igual. Y hay que tener en cuenta esto, ciudadanos diputados: que las protestas que presentó el ciudadano Lavín, no fueron siquiera hechas en las casillas electorales: esas protestas fueron hechas, ciudadanos diputados, en la Junta Computadora. (Aplausos. Siseos.) Yo no quiero que se tache a esta Comisión, ciudadanos diputados, de parcial. Nosotros, como partidarios del ciudadano Lavín, podíamos haberle dado el triunfo a este señor; pero, ajustados completamente a la honradez, no hemos dado el triunfo al ciudadano Lavín, porque, conforme a la razón, conforme a la justicia, no le pertenece el triunfo. Por eso es, ciudadanos diputados que nosotros, sin escrúpulo de ninguna naturaleza, sin compromiso de ninguna naturaleza, hemos dado el triunfo al ciudadano Salgado, porque, en justicia, es a él a quien corresponde. (Murmullos. Aplausos. Siseos.)

Que ahora vengan a esgrimirse aquí razones de orden político, eso no interesa a la Comisión; a la Comisión lo que interesa es defender su dictamen, y esto es lo que yo vengo a hacer aquí. Si los señores diputados se toman la molestia de dar una ojeada a este expediente se convencerán por ellos mismos de que la razón, de que la voluntad popular ha sido la que ha traído aquí al ciudadano Salgado. (Voces: ¡No! ¡No! ¡Sí! ¡Sí!) Que se pretende

arrancar... (voces: ¡No! ¡No!) Sí, ciudadanos diputados, que se pretende arrancar la elección al ciudadano Salgado por cuestiones de índole política, perfectamente bien; pero la Comisión plegada a la honradez que ha venido demostrando en todos sus actos, ha dado su dictamen a favor del ciudadano Salgado, porque no podía ser de otro modo, puesto que vuelvo a repetir, conforme a la lógica, conforme a la razón, conforme a la justicia y conforme a la democracia a quien pertenece la elección, a quien pertenece venir a sentarse a esta Representación Nacional, es al ciudadano Salgado. (Aplausos y siseos) Que esta Representación Nacional pase sobre la legalidad que esta Representación Nacional pase sobre la ley, esta responsabilidad no caerá sobre la Comisión ciudadanos diputados, sino que caerá sobre los diputados que han venido aquí a jurar cumplir con la ley y que no cumplen con ella. (Aplausos y siseos)

El C. Paz: Pido la palabra, señor presidente, para interpelar a la Comisión.

El C. presidente: tiene la palabra el ciudadano Paz para interpelar a la Comisión.

El C. Paz: En las casillas 20, 22, 25, 26 (Voces: ¡Huy!) 29 de Teloloapan y 5a. de Apastla, en éstas la votación favoreció al señor Lavín y fueron nulificadas estas casillas por esta razón. Dice así la parte relativa del acta de la Junta Computadora:

"Se encontró cerrado y sin huellas de haber sido abierto. Contiene todos los documentos de la ley. Se agregó una protesta del C. Trinidad Sánchez. Se nota que las boletas no están dobladas y que la mayor parte están cruzadas por una misma mano."

Esta es la única razón por la que se nulificó está casilla, por encontrarse las boletas sin doblar. En caso idéntico no se nulificaron las casillas en que la votación favorece al señor Salgado y éstas fueron las siguientes: la 19, la 21, la 27, la 31 la 47, de Teloloapan; por idénticas razones en esas casillas no se nulificó ni un solo voto. ¿Quiere decirme el señor Avilés por qué por la misma circunstancia se nulifican votos en un caso al señor Lavín, y en otro caso al señor Salgado no se le nulifican? (Aplausos en las galerías.)

El C. presidente: Tiene la palabra la Comisión para contestar la interpelación del ciudadano Paz.

El C. Avilés: Ciudadanos diputados: Necesitaba el ciudadano Paz no ser abogado para dejar de poner en juego estos toritos. (Risas. Siseos) Nosotros nulificamos al ciudadano Lavín única y exclusivamente las boletas que aparecían en las casillas donde él pidió o la nulificación de las boletas del ciudadano Salgado. No nulificamos nosotros solamente lo que no se quiso que no se nulificara el ciudadano Lavín, (voces: ¡Mal hecho!) pero de allí para atrás todo lo que él quiso, todo nulificamos. Aquí está el expediente, ciudadano Paz; venga usted a ver y verá cómo cada una de las protestas que presentó el ciudadano Lavín, cada una de esas protestas se tomaron en consideración, y como consecuencia se nulificaron los votos al ciudadano Salgado. Después de todo ese conjunto... y le voy a leer al ciudadano Paz todas las casillas nulificadas para que se forme una idea de este expediente..

. - El C. Paz, interrumpiendo: Lo conozco no hay necesidad.

El C. Casas Alatriste: Pero la Asamblea no.

El C. Avilés, continuando: Pero es que yo quiero leerlas y voy a suplicar a la Secretaría me haga favor de darles lectura.

El C. prosecretario Castrejón: leyendo:

"Municipio de Teloloapan:

"Se nulifican las casillas: 1a., 3a., 4a., 6a., 7a.,11, 13, 15, 17, 18, 20, 22, 25, 26, 28, 29, 36, 40, 41, 45, 48, 49 y 50, restándoseles, por tanto, a la fórmula Salgado - Bustamante, 1,369 votos, y a la fórmula Lavín - Gama, 712 votos."

El C. Avilés, continuando: Allí tienen ustedes, ciudadanos diputados. Yo creo que más no podíamos nosotros hacer, y todavía después de haber nulificado todo eso que se quiso, todavía después de haber quitado con escrupulosidad todas esas votaciones que se tachaban de nulas, todavía tiene un exceso el ciudadano Salgado de tres mil y tantos votos. ¿Que más podía hacer la Comisión? ¿O íbamos nosotros aquí a cometer este grandísimo error de ir nada más nulificando la votación del ciudadano Salgado en lo que el ciudadano Lavín pedía que se nulificara, cuando allí también el ciudadano Lavín tenía votos? Yo creo que no era justo. Desde el momento en que una de esas casillas era nula, como consecuencia forzosa tenían que ser nulos todos los votos, tanto de los ciudadano Lavín como los de cualquiera de los contrincantes.

El C. Paz: permítame otra interpelación, señor Avilés.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Paz para una segunda interpelación a la Comisión.

El C. Paz: El señor Avilés no ha contestado la pregunta que concretamente le hice. (Aplausos en las galerías). Le hice una referencia a aquellas casillas en las cuales el señor Lavín había obteniendo mayoría y que se nulificaron y por los mismos motivos, habiendo identidad de circunstancias en las casillas en que el señor Salgado tiene mayoría, esas no se nulificaron. Ya leí la lista y ahora únicamente para que la Asamblea se dé cuenta de esta injusticia que se ha cometido con el señor Lavín, (Risas. Voces: !No! !No!) voy a leer la parte relativa de la lista: Una casilla en que se nulificó la votación y la otra en la que no se nulificó la votación. La de la sección 22; en ésta se nulificó la votación porque favorece a Lavín; dice así:

- El de la sección 22 de San Simón y Parota, se encontró cerrado y sin huellas de haber sido abierto, con todos los documentos que exige la ley. Se noto que las boletas no presentan huellas de haber sido dobladas a la hora de la elección."

En esta casilla que se nulificó no hay una sola protesta; en esta casilla tiene mayoría el señor Lavín. Ahora esta otra de la 27:

"El de la sección 27 de Calvario, se encontró bien abierto; contiene todos los documentos señalados por la ley y contiene varias boletas que demuestran no haber sido dobladas en el momento de la votación."

Esta casilla no fue nulificada, y en esta casilla tiene mayoría el señor Salgado. Como este caso hay varios por el estilo. Bueno; otra interpelación: Hay muchas casillas en las que se nulificó la votación porque faltaba el acta de instalación, el acta de escrutinio, etcétera, y se nulificaron porque en ella favorece la votación al señor Lavin: y en identidad de circunstancias, faltando el acta de

instalación, faltando las actas de votación, actas de escrutinio, y favoreció la votación al señor Salgado, en ese caso no se nulificaron. Voy a leer la lista de esas casillas: la de la sección 28 de Zacatlán, la de la 24, la de la 34, la de la 42, la de la 7a., la de la 11, la de la 10. En todas éstas no se nulificó la casilla y estaban irregulares los documentos, faltaban documentos y en esas casillas la votación es favorable al señor Salgado. Y en estas otras la 5a. de San Pablo, la 1a. y 2a. de Tlalchapa, la 4a. de Coetzala, en todas esas sí se nulificó la votación porque faltaba únicamente, en una, una acta de instalación; en otra el nombramiento de instalador, etcétera, etcétera, pero en esas casillas la votación era favorable al señor Lavín; por eso se nulificaron. (Aplausos.)

El C. Avilés: Todas las casillas que se nulificaron, vuelvo a repetirle al ciudadano Paz, todas esas casillas fueron objetadas por el ciudadano Lavín. ¿Quiere su señoría venir a convencerse de esto? Aquí tiene el expediente.

El C. Paz: Ya lo ví.

El C. Avilés, continuando: Voy a darle este otro detalle al ciudadano Paz, por si acaso lo ignora: Yo hice un primer dictamen sobre este asunto, donde era más radical todavía en contra del ciudadano Salgado; este dictamen no agradó al ciudadano Tirado. Entonces el ciudadano Tirado mandó llamar al ciudadano Lavín, así como al ciudadano Salgado para que estuvieran presentes a la hora en que se veía el expediente. Estuvieron los dos allí listos; entonces, de común acuerdo, el mismo Tirado - amigo íntimo de Lavín - fue nulificando toda la votación que quiso Lavín. Esto es cierto, ciudadanos diputados. (Aplausos.) Ahora el ciudadano Paz viene a traer aquí cuentos de otra índole, ciudadanos diputados; que falta el acta ésta, que falta aquel otro papel; pues precisamente en eso se basaba el ciudadano Lavín y por eso nosotros hicimos la nulificación de esas casillas. No se nulificó en el expediente casilla que no fuera objetada; toda casilla que venía objetada, por cualquier motivo, fue nulificada como consta aquí, salvo que el ciudadano Paz haya querido que se hubiera hecho una nulificación completa de la elección a favor del ciudadano Salgado y se hubiera dejado en pie la elección del ciudadano Lavín. Yo no me explico, ciudadanos diputados estos casos en que se viene a dudar de la honorabilidad de una Comisión, en que se le viene a decir: no hiciste esto, no hiciste lo otro, cuando aquí en el dictamen el ciudadano Tirado se encargó de hacer casi todo, él fue el alma del dictamen y el ciudadano Tirado es amigo íntimo del ciudadano Lavín y viendo la justicia, porque no se puede llamar de otro modo la elección que venía o que viene a favor del ciudadano Salgado, (siseos) así dictaminó. Yo no me explico otra cosa. Yo vuelvo a repetir que la Comisión sigue sosteniendo su dictamen, que la Comisión ha dado ya las explicaciones del caso, que nulificó todo lo que se quiso y todavía así la votación, en limpio, ciudadanos diputados, es ésta: candidatura Salgado - Bustamante, 3,093 votos; candidatura Lavín - Gama, 1,010 votos, ciudadanos diputados! (siseos) Y conste que la elección del ciudadano Salgado, es decir, la votación del ciudadano Salgado fue al rededor de siete mil votos contra dos mil y tantos del ciudadano Lavín. (siseos) Ciudadanos diputados, nosotros no podemos hacer otra cosa que ser honrados; si la Asamblea quiere tomarlo así, que lo tome; si quiere votar con la honradez, con la ley, con la justicia, que acepte el dictamen. (Voces: !No! !No! siseos.) Y si no, si quiere pasar sobre la ley, sobre la justicia, si quiere hacer lo que ella quiera, que sobre ella caiga la responsabilidad, pero no sobre la Comisión. (Aplausos. Siseos.)

El C. Paz: Una última interpelación, señor Avilés.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Paz para una nueva interpelación a la Comisión.

El C. Paz: Aunque no ha contestado en concreto el ciudadano Avilés (Aplausos en las galerías)...Ya no quiero insistir sobre este punto porque ya la asamblea debe haberse formado un juicio exacto. (Voces: !Ya! !Ya!) Quiero preguntarle al señor Avilés si se tuvo en cuenta, al examinar ese expediente, la imposición de los voluntarios de Teloloapan; si se tuvo en cuenta que el señor Salgado formó sus ayuntamientos con anterioridad, como consta y como se hizo constar la vez pasada; y, por último, si tuvo en cuenta la imposibilidad legal del señor Salgado para venir a sentarse en un sitial de éstos, (Siseos.) siendo que fue acusado y sentenciado por robo y se le negó el amparo por el juez de Distrito. (Aplausos.)

El C. presidente: La Presidencia previene a las galerías que se abstengan de tomar participación en los debates.

El C. Avilés: Ciudadanos diputados: La comisión no se iba a meter a investigar estos asuntos.....

El C. Paz, interrumpiendo: Debió hacerlo.

El C. Avilés: continuando: Sí, señor Paz, sí, licenciado Paz, la Comisión no se iba a meter a investigar estos asuntos, porque en primer lugar no hay aquí papeles fehacientes que prueben eso que su señoría....

El C. Paz interrumpiendo: ¡ Sí hay !

El C. Avilés, continuando: Sí, un papel, ciudadanos diputados, un papel donde quiera se forja. (Aplausos). Ahora que trae el ciudadano Paz estos tópicos; yo diré al ciudadano Paz que he oído cómo el ciudadano Salgado - sólo que su mala estrella no le ha permitido explicarse bien en esta Asamblea - ha venido con documentos desbaratando toda esa madeja, (Aplausos. Voces: ¡ Sí !) toda esa madeja de calumnias, señores diputados. Yo sí me sublevo ante la injusticia, ciudadanos diputados; yo sí soy rebelde, a toda injusticia. Si con esta rebeldía, con esta rebeldía muy propia mía, no me toman en cuenta los demás, yo sigo con mi rebeldía, porque sépalo el señor Paz, yo soy rebelde a toda injusticia. (Aplausos. Siseos) Y aquí en este caso no se trata más que de cometer una injusticia con el ciudadano Salgado. Vamos, entraré yo también a la parte política, aunque no era esto de mi resorte. (Aplausos. Siseos). Se acusa al ciudadano Salgado de ladrón.

El C. Paz, interrumpiendo: Para una moción de orden, señor presidente.

El C. Avilés: Yo puedo defender, ciudadano

Paz, yo puedo defender aquí el dictamen como mejor me dé la gana (Desorden. Campanilla.)

El C. Paz: Para una moción de orden. Si el señor Avilés quiere hablar en pro o en contra, que se inscriba. (Aplausos. Voces: ¡Ah!) No ha contestado mis interpelaciones.

El C. presidente: La Presidencia ha concedido la palabra al ciudadano Avilés como miembro de la Comisión. (Aplausos en las galerías)

El C. Avilés, continuando: Y como miembro de la Comisión, ciudadanos diputados, yo soy muy libre de hacer la defensa de este dictamen y de este hombre como mejor me venga en gana. (Siseos. Aplausos en las galerías. Desorden. Campanilla.) Y aquí sí, ciudadanos diputados, yo he visto cómo el ciudadano Salgado, a quien han acusado de ladrón, ha traído unas cartas, ha traído documentos que echan por tierra toda esa argumentación falsa y calumniosa. Basta ya, ciudadanos diputados, de que se esté calumniando a los hombres así por así. (Siseos. Desorden en las galerías) ¿Qué ha sido cacique, ciudadanos diputados? ¡Ojalá, ciudadanos diputados, volviera la época de los caciques! (Siseos. Desorden. Campanilla) Ojalá, ciudadanos diputados, volviera la época de los caciques, de aquellos caciques, no me refiero a esos caciques que han pensado las galerías y el ciudadano Paz, yo me voy a referir a otra clase de caciques. (Continúa el desorden en las galerías)

El C. presidente: La Presidencia previene a las galerías que deben permitir hablar al orador y no interrumpirlo con manifestaciones que desdicen de su cultura.

El C. Manrique: ¡Lástima de diez años de revolución!

El C. Avilés, continuando; De aquellos caciques , ciudadanos diputados, que sabían dar de comer al pueblo y también sabían ilustrarlo. ¿Cuántos de nuestros prohombres, de estos nuevos hombres que han surgido, no se han declarado más tiranos, más caciques que sus antepasados? (Aplausos, Siseos) ¿Cuántos de esos hombres que vienen predicando la libertad, cuántos de esos hombres que vienen haciendo gala de respetar la ley, de respetar la Constitución y de respetar toda pasión, a la hora que se les antoja pasan sobre ella? y la prueba, ciudadanos diputados, la han tenido ustedes mismos en esta Asamblea: ¿Cuántas veces esta Asamblea ha pasado sobre la ley? ¿Cuántas veces esta Asamblea ha pasado sobre la Constitución? Y, sin embargo, nosotros seguimos gritando aquí y abominando a un pasado que sí tuvo sus defectos, ciudadanos diputados, también en algunas veces tuvo sus virtudes. (Aplausos, Siseos.)

El C. Soto y Gama: Es usted un reaccionario....

El C. Avilés: No soy reaccionario, ciudadano Soto y Gama (voces: ¡Sí! ¡Sí!) Desde la edad de diez años he venido combatiendo a la reacción, pero hay momentos en la vida, ciudadanos diputados que se tiene que hablar de un presente que da vergüenza...

El C. Soto y Gama, interrumpiendo: Está usted olvidando su pasado...

El C. Manrique: ¡Apóstata!

El C. presidente: (Campanilla) Se ruega al ciudadano Soto y Gama no interrumpa al orador.

El C. Avilés: No soy apóstata, ciudadano Soto y Gama. El apóstata ha sido usted, el apóstata ha sido usted porque no pudiendo sostenerse ya en los campos de Morelos, vino usted a amnistiarse con Carranza (Aplausos, Siseos.)

El C. Manrique: ¡No es cierto eso! ¡Es falso!

El C. Paz: ¡Es falso eso! (Desorden. Campanilla.)

El C. presidente: La Presidencia previene por última vez a las galerías que deben guardar compostura.

El C. Avilés, continuando: Dice el ciudadano Soto y Gama....

El C. Gómez Rodrigo, interrumpiendo: Para una interpelación moderada. (Risas.)

El C. Avilés: No permito ninguna interpelación.

El C. Soto: No es cierto

El C. Manrique: Yo afirmo que no es cierto.

El C. Avilés: Dice el ciudadano Manrique que afirma que no es cierto; dice el ciudadano Soto que no es cierto. ¿Y qué culpa tengo yo de haber leído en la prensa de la capital esa noticia? (Voces: ¡Ah! ¡"En Excelsior"!)...¿Qué culpa tengo yo de eso, ciudadanos diputados? ¿Y cómo el ciudadano Soto y Gama se atreve a lanzarme la injuria de que he apostatado de mis ideas?

El C. Soto y Gama: ¡Es cierto!

El C. Avilés: ¿En qué se funda el ciudadano Soto y Gama?

El C. Soto y Gama: En lo que está usted diciendo ahora. (Aplausos en las galerías) Pido la palabra

El C. presidente: Tiene usted la palabra

El C. Soto y Gama: Digo que ha apostatado usted por estar defendiendo a un cacique de los más malos de la República. (Aplausos en las galerías). Usted está defendiendo el pasado, y el pasado en esta país significa la reacción; la revolución en este país y en todos los países, significa el presente y el porvenir. (Aplausos en las galerías.) Y usted vuelve la cara para atrás, usted voltea la cara hacia la parte de hombres que, como Salgado, han provocado la revolución, hacia la parte de hombres que han sido tiranos, que han robado a los jornaleros (Aplausos en las galerías) y a los miserables; hacia los caciques y latifundistas del género explotador y opresivo, de estos hombres que han sido los causantes de la revolución. (Aplausos en las galerías)¡Y así, señor, se atreve usted a decir que debemos volver al tiempo de los caciques! Esto, señor, lo puede usted comprobar dirigiéndose uno por uno a todos los infelices víctimas de este hombre que radica en el Estado de Guerrero. En cuanto a la calumnia brutal que ha lanzado usted sobre mí, la desprecio; todo el mundo sabe que en compañía de un grupo de surianos, yo nunca, absolutamente nunca he cometido la indignidad de amnistiarme con Carranza. (Aplausos en las galerías) La República lo sabe, usted lo sabe también pero finge ignorar que los sabe; de manera que yo no contesto esas estupideces. Usted sabe perfectamente que el mayor timbre de orgullo... (Campanilla.)

El C. presidente: Un momento. La Presidencia excita al ciudadano Soto y Gama a que retire la palabra estupidez (Voces: !No! !No!)

El C. Díaz Soto y Gama: La substituyo

por la palabra calumnia a secas. (Aplausos. Risas). Usted sabe perfectamente que mi orgullo es haber sido zapatista, haber permanecido fiel al "zapatismo" en la lucha contra Carranza. Por eso los obregonistas, los revolucionarios de hoy nos han tendido la mano a los "zapatistas" que nunca nos amnistiamos y que nunca tuvimos la cobardía de amnistiarnos y que sí tuvimos el honor de ayudar a ellos en las montañas en la lucha que ellos emprendieron aquí en el corazón de la ciudad, contra Carranza. Ellos, luchando en contra de la traición y la felonía carrancista y expuestos a toda clase de persecuciones y al patíbulo y nosotros allá, expuestos a la miseria, al hambre y a las privaciones, somos los únicos que podemos levantar la cara orgullosos, en esta nación manchada por la dictadura carrancista! (Aplausos). Me extraña mucho que un revolucionario que varias veces ha levantado su voz en esa tribuna contra los abusos del pasado, venga hoy a querer, con arranques de socarronería muy especiales en usted, pero que siempre creí yo hasta que aquí que había sabido usar en favor de principios revolucionarios, ahora venga usted a una Cámara, convencido de la clase de hombres que hay aquí, a abogar en favor de un hombre que se ha demostrado - y que todavía demostraré yo - que ha violado una y diez veces la ley en estas elecciones, fraguando expedientes y arreglando la votación en su favor. Cuando un hombre como usted rompe su pasado y da la mano a la reacción, aunque sea en un solo caso - no sé por qué causa ni por qué motivo -, es reaccionario. (Aplausos.)

El C. presidente: Continúa en el uso de la palabra el ciudadano Avilés, miembro de la Comisión.

El C. Avilés, dirigiéndose al C. Soto y Gama: ¿Ya terminó su señoría el ciudadano Soto y Gama? (Risas) ¡Pues qué bien, ciudadano Soto y Gama! ¡Ha hecho usted un pan como unas hostias! (Risas. voces: ¡Ah!) Ha hecho usted, ciudadano Soto y Gama, un pan como unas hostias y después de haber amasado tanto ese pan, se ha olvidado usted de que ayer fue el primero en esta tribuna en venir a defender a los latifundistas y en venir a defender a los clericales. (Siseos) Que yo sea un socarrón, ciudadano Soto y Gama, (Risas.) que yo sea un estúpido, que yo se aun calumniador, pues... tomando en cuenta todo eso, ciudadano Soto y Gama, yo creo que usted me lleva pasos adelante. (Siseos. Voces: ¡Huy!) Yo en este caso, ciudadano Soto y Gama, no he venido a hacer otra cosa que defender la ley, a esa ley de la cual usted ha hecho tanto alarde de que es un defensor de ella; no he hecho otra cosa, ciudadano Soto y Gama, que venir a defender aquí la justicia por la cual dice usted que ha luchado y por la cual ha hecho alarde de su revolucionarismo en el Sur. No he hecho otra cosa, ciudadano Soto y Gama. Se me llama a este terreno y a este terreno vengo. No he hecho en este caso, ciudadano Soto y Gama, nada más que venir a defender los fueros de honradez de una Comisión. ¿Qué culpa tengo yo, qué culpa tiene la Comisión de que el ciudadano Salgado tenga los antecedentes que usted le cuelga? ¿Y que culpa tengo yo cuando he venido a oír aquí de boca del ciudadano Salgado cómo ha venido desmenuzando uno por uno esos argumentos que se le han arrojado encima.? El ciudadano Soto y Gama está disgustado conmigo; el ciudadano Soto y Gama, impuesto a flagelar, esta vez me ha flagelado a mí con una infinita dosis de injusticia. (Voces: ¡Ah!) Yo, ciudadano Soto y Gama, quiera usted o no quiera, sigo siendo revolucionario, sigo siendo revolucionario de ideales, de principios. ¿Que yo venga a defender aquí al ciudadano Salgado? Claro; ¿por qué no voy yo a ser rebelde a todas las injusticias, ciudadano Soto y Gama si por las injusticias dice usted que se fue a la revolución, si por la injusticia dice usted que sigue siendo revolucionario? ¿Por qué, sí yo veo que están asesinando allí a un individuo, aunque no sea de mi partido, por qué no voy a tenderle la mano para evitar el asesinato? Esto es lo que yo he venido a hacer aquí, ciudadano Soto Gama. Aquí se trata de asesinar a la ley y esta ley será mala, si usted quiere, esta ley será abominable, si usted quiere, pero la han escrito precisamente lo elementos revolucionarios (Voces ¡Huy!) y yo, como revolucionario, indiscutiblemente que tengo que defender esta ley. ¿Qué me importa a mí que los revolucionarios encargados de hacer estas leyes las hayan hecho malas? ¿Qué me interesa a mí eso, ciudadano Soto y Gama? Y usted con su vehemencia, con esa vehemencia que debía emplear en otras cosas más prácticas, en otras cosas más justas, viene usted a emplearla conmigo, cuando yo he demostrado a usted cómo y cuándo he sido revolucionario. Ya ve su señoría que yo en este caso y ya ve la Asamblea también en este caso, que no vengo aquí a hacer otra cosa que a defender un dictamen que fue puesto en nuestras manos y que nosotros no podíamos dictaminar de otro modo, puesto que este dictamen estaba ajustado a la ley. ¿ Qué nos importa a nosotros, vuelvo a repetir, que esa ley haya estado mal hecha, o esté mal hecha por los hombres de la Revolución? (voces: !Agua! !Agua! Murmullos)

El C. Soto y Gama: Para lectura de un documento: pido a la Secretaría se sirva dar lectura a un documento que acabo de entregarle y que demostrará al señor Avilés que quien ha violado la ley a su antojo, es su defenso, el cacique ese. (Risas.)

- El C. prosecretario Castrejón, leyendo:

"H. Comisión revisora de Credenciales de la Cámara de Diputados.

"Los que ésta subscribimos, ciudadanos de esta cabecera, en el pleno goce de nuestros derechos cívicos, ante esa H. Comisión Revisora claramente exponemos:

"Que con motivo de las elecciones últimas de diputados y senadores, nos pudimos dar cuenta de que muchos de los presidentes, siendo éstos en una mayoría, de los que se instalaron en los lugares foráneos, eran esperados por comisionados especiales del señor Florencio M. Salgado, siendo invitados después a pasar a su propio domicilio, manifestando que la entrada la hacían por la parte de la casa que da acceso a la calle de Guerrero, saliendo después por la parte que da frente a la plaza principal, con los documentos perfectamente arreglados y pegados, corroborando esto con que los expedientes en que aparecen más sufragios por la candidatura Salgado - Bustamante, están perfectamente arreglados con todos los documentos de ley y que, en cambio, los que corresponden a sufragios mayores por la candidatura Lavín - Gama, casi siempre carecen de algún requisito.

"Que entre los presidentes que salían de la casa del señor Salgado, pudimos reconocer a los de Ixcateopan, Pachivia, Azulaques, Ixcatepec, Coatepec, Cuatles Tlapacoya, Alahuistlán, Cerro Alto, Concordia, Chilacachapa y Tonalapa, así como a los de Teuzizaján, Campo Morado, La Suriana y otros más.

"Que allí eran atendidos en sus alimentos y dormitorio, por los señores Luis Arciga y Camerino Ocampo, Máximo Espinosa y Feliciano Cuevas, comisionados por el propio candidato, para atenderlos.

"Que los expedientes salían envueltos en papel ministro, y todos con una misma tinta azul, y que esta circunstancia no se ha hecho constar en el acta de la Junta Computadora, porque, según se demuestra por otro documento, dicha acta fue redactada y hecha personalmente por el representante de la Fórmula Salgado - Bustamante, señor Trinidad Sánchez.

"Que para constancia, y a fin de que esa H. Comisión Revisora tome en cuenta estos detalles, enviamos ésta, que a la vez damos una copia al señor profesor Urbano Lavín, para su conocimiento y satisfacción.

"Teloloapan, a 7 de agosto de 1920. - Diego R. Pineda. - Celso Rabadán. - F. Román. - Igancio Román. - B. Rabadán. - Jesús Cuevas. - A. Román. - Leobardo Villa. - Agustín Mora. - Bernardo Guerrero. - Beltrán Fausto. - Francisco R. Vásquez. - Juan Rabadán. - Leopoldo Vásquez."

(Voces: ¿Quién la certifica?)

El C. Díaz Soto y Gama: Pido la palabra para un hecho relacionado con la lectura.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Díaz Soto y Gama: El hecho es el siguiente: que una copia de ese documento, debidamente legalizada por la autoridad municipal del lugar, se extravió en manos no sabemos si de la Secretaría o de la Comisión Revisora. Me acaba de explicar el señor Lavín que un documento igual a éste, fue remitido desde el lugar de los sucesos a esta Cámara, por correo certificado, y, sin embargo, desapareció y nunca ha podido él conseguir que se agregue al expediente. Hago constar el hecho. (Aplausos en las galerías)

El C. Ramírez Luque: Pido la palabra. Para interrogar a la Secretaría me dijera quién certificaba la autenticidad de esas firmas.

El C. Díaz Soto y Gama: ¿Me permite contestar, señor? Ya contesté que se perdió la certificación.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Cienfuegos y Camus. (aplausos en las galerías)

El C. Cienfuegos y Camus: Como el señor Uriel Avilés no solamente hizo uso de la palabra como miembro de la Comisión, sino que resueltamente habló en pro de este dictamen, yo suplico a su señoría el presidente de la Cámara dé la palabra al pro del dictamen, para luego tomarla yo en contra.

El C. presidente: La Presidencia hace constar que repetidas veces hizo saber a la Asamblea que concedió la palabra al ciudadano Avilés como miembro de la Comisión. En consecuencia, tiene la palabra en contra el ciudadano Cienfuegos y Camus. (Aplausos).

El C. Cienfuegos y Camus: Ciudadanos representantes: Es conocido de vosotros (Voces: ¡No se oye!) que hasta estos momentos no había tomado participación en los debates con motivo de credenciales. Y esto ha sido, sencillamente, porque en estas oportunidades suele removerse demasiado fango, con el cual se salpican reputaciones y se manchan para siempre hombres que merecen, en todo caso, nuestro respeto y nuestra consideración; pero en el caso presente vengo a hacer uso de la palabra, cumpliendo con mis deberes de ciudadano, en defensa de los intereses del Estado de Guerrero, cuyos antecedentes son bien conocidos de vosotros. Probablemente escapa a la consideración de los representantes aquí presentes, que el Estado de Guerrero ha sido, en verdad, uno de los más ponderados baluartes de las libertades públicas, desde los tiempos más remotos hasta nuestros días. En la guerra de Independencia tuvo la espada blanquísima y siempre levantada de don Vicente Guerrero, de la cual había de determinarse la consumación de la Independencia nacional. La guerra de Tres Años tuvo en el Estado de Guerrero sus defensores, como tuvo en el Estado de Guerrero su cuna el glorioso Plan de Ayutla.

Es pues, necesario afirmar que los antecedentes del Estado son por excelencia liberales, son por excelencia libertarios, y que, a pesar de estas circunstancias, una región de mi Estado ha podido permanecer dentro de murallas chinas, levantadas allí por caciques centenarios violando leyes, violando las ideas más sagradas levantadas al pie de todos los idealismos modernos y a pesar de toda la sangre que ha corrido durante esta larga década de tragedia nacional. El distrito que pretende representar entre nosotros el señor Salgado, es la única región en el Estado de Guerrero, que ha permanecido inmune a todas las nuevas corrientes del pensamiento moderno. El señor Salgado, desde tiempos atrás se ha constituido, como ya se ha dicho aquí, en el señor feudal de aquella región, y cuenta no solamente con elementos morales, que, en todo caso valdría la pena de respetar, sino con elementos materiales, que sí es preciso que esta Representación Nacional comience a destruir para siempre. (Aplausos en las galerías).

La Comisión no ha estudiado tan debidamente, como el señor Uriel Avilés ha querido afirmarlo aquí, este expediente. Yo he ido a hojear el expediente, yo he ido a hacer algunas observaciones al expediente, y he hecho interpelaciones en lo privado, que quiero hacer en lo público a los demás miembros de esta Comisión, por todos los conceptos respetable. El señor Uriel Avilés ha sostenido aquí que ha tenido en consideración todos los preceptos de la ley, en ocasión de la nulidad de votos, para uno y para otro de los contrincantes; pero en todos los casos de nulidad se observa esta irregularidad que voy a señalar. El artículo 105 de la Ley Electoral vigente, nos dice:

"La nulidad de que habla el artículo anterior, no afecta a toda la elección, sino simplemente a los votos que estuvieren viciados; pero cuando tenga por causa la incapacidad del electo o cuando por medio de cohecho, soborno, presión o violencia se haya obtenido la mayoría de los votos, la elección misma será declarada nula respecto de los

candidatos que en estas condiciones hayan resultado electos."

El señor Avilés, que por lo visto, es el que se exhibe responsable en la materia de este dictamen, no ha tenido en consideración los postulados especificados en esta parte de la ley y ha nulificado por una parte los votos del señor Salgado, y dentro de las mismas condiciones ha pasado por encima de los votos que correspondieron al señor Lavín, aun cuando de hecho resulta favorecido el señor Salgado. Ya ve, pues, desde ese punto de vista el señor Uriel Avilés, que no se ha puesto a estudiar de manera detallada el expediente, que es de los más graves que estamos examinando. Vosotros queréis, señores representantes, que para cada una de las aseveraciones que se lanzan en contra de un dictamen se exhiban las pruebas conducentes; pero, ¿queréis, señores representante, que el señor Lavín pueda exhibir pruebas documentales cuando tuvo en su contra a todas las autoridades del 7o. distrito del Estado de Guerrero? ¿Cuando tuvo el juez como principal arma que estaba esgrimiendo su contrincante, cuando tuvo a los presidentes municipales de todo el distrito en contra suya? ¿Cómo queréis, señores representantes, que el señor Lavin pudiese exhibiros pruebas demasiado convincentes si es necesario tener en consideración que sabéis pulsar la honradez de los hombres y podéis considerar dentro de vuestro fuero interno, aun más allá de aquello que prescriben estrictamente las leyes? Yo estoy perfectamente seguro de que vosotros haríais muy bien, cumpliríais como nunca con vuestro deber si de esta Representación Nacional sale el señor Salgado.

Presidencia del C. BORREGO IGNACIO

El Estado de Guerrero, principalmente la región de que ahora nos estamos ocupando, levantará sus manos para aplaudiros, porque con eso quedará absolutamente exterminada la reacción; quedarán exterminadas todas esas alimañas que han podido permanecer impunemente dentro de ese Estado cuya gloria ya he acabado de reseñar. (Aplausos). Desde hace alrededor de ocho años, cuando yo tenía una ingerencia directa en la cuestión militar; el 7o. distrito del Estado de Guerrero comenzó a elevar sus quejas a la Secretaría de Guerra y a la Secretaría de Gobernación en virtud de los frecuentes atropellos de que sus habitantes han sido víctimas de parte de los voluntarios que desde esa fecha se han adueñado de dicho distrito y se han adueñado de las autoridades, imponiéndose moral y políticamente, así como en todos los terrenos, en todos los puntos de vista, en aquella infortunada región. Se dirá que estas condiciones hubieran sido destruidas en caso de que el Centro tomara alguna participación en corregir estos atentados que me consta que se han realizado en la región; pero debo decir que desde entonces quien tenía el control militar, hay que decirlo, y por ende, el control político en esa zona del Estado de Guerrero, era el general González por medio del general Zuazua o por cualquier otro representante de su ejército; éstos fueron de hecho a ponerse en connivencia con los asuntos de minas y en los negocios de verdadera explotación en el Estado, ya que sus armas no era necesario que fuesen empleadas en la pacificación del Estado, que había sido realizada por otros cuerpos pacificadores fuera de todo subsidio de la Federación. Allí permanecieron los hombres de Salgado; allí han continuado hasta nuestros días. Es verdad que él ha estado fuera del distrito; pero es verdad también que allí tiene cimentados a sus representados y que allí están radicados hasta nuestros días y que son los que trabajan sin descanso contra toda clase de libertades que se trata de pregonar y de predicar en aquella región de ese estado. Es necesario, pues,que tengamos en consideración que a pesar de las protestas, que tanto la Comisión como los interesados desde esta tribuna han querido levantar en contra de esta imputación que es justísima, la imposición de los voluntarios del 70, distrito es absolutamente un hecho. Es necesario que llegue esto a la conciencia vuestra, para que vuestro voto, en justicia, como en ninguna ocasión, sea reprobatorio para el señor Salgado. (Aplausos). Todos los puntos de carácter meramente legal han sido exhibidos a vuestra consideración; pero queda por hacer esta serie de consideraciones: Hay algunos representantes que me merecen respeto, que han hecho este juicio: ¿Por qué correr de aquí al señor Salgado si de la XXVIII Legislatura también fue desechado? Señores, en aquella ocasión el señor Salgado venía unido a otro no menos canalla, no menos sucio; traía también las manos chorreando fraude y chorreando la sangre de sus conciudadanos contra cuyos derechos había atentado; pero ese ciudadano a quien estoy refiriéndome vino aquí con audacia, logró el apoyo del partido militante más fuerte en aquella época - el Partido Nacionalista, si no me equivoco -, y tuvo, pues, todas las facilidades para quedar aquí en lugar del señor Salgado, que por ningún motivo puede exhibirse como víctima, puesto que de hecho y de derecho pertenecía también al Partido Nacionalista en convicciones, en ideas y en todas las formas de actividad. No hace muchos días, y en ocasión de las elecciones que acaban de verificarse y de las cuales todavía estamos ocupándonos, los elementos que postulaban al señor Salgado pensaron en postular para presidente de la República al presidente blanco, aquel famoso presidente blanco, que de tan blanco tuvo que vestirse de púrpura por los asesinatos de Madero y de Pino Suárez; ese que intervino en estos asesinatos dignos de todo castigo, el presidente blanco que postulaban los partidarios de Salgado en el 7o. distrito del Estado de Guerrero, el señor Francisco León de la Barra. El señor Vicencio, que vino a hacer la defensa en días pasados, si es que se le puede llamar defensa, nos dijo, entre otras de sus deleznables argumentaciones con que trató de impresionar a la Asamblea, que el Partido Liberal Constitucionalista, al que tengo el honor de pertenecer, había traído a su seno elementos del Partido Católico que habían de enfrentarse a él, porque se consideraba un liberal. Yo diría al señor Vicencio, quien desgraciadamente no está aquí, que el Partido Liberal Constitucionalista ha tratado en todos los casos de ajustarse a la ley y que se ha manejado siempre respetuoso hasta donde ha sido

posible en virtud de las dudas que suelen surgir en cada una de las unidades que constituyen la agrupación. Las comisiones, como ustedes lo han visto, se han producido con toda equidad e imparcialidad; pero todavía más: el Partido Liberal Constitucionalista y el Partido Socialista, que son las dos agrupaciones genuinamente revolucionarias de esta Representación Nacional, estoy seguro que han uniformado su criterio lo bastante para votar en contra de este dictamen; han escuchado aquella frase del magnífico loco, aquel maestro de aforismos que decía: "Yo no os aconsejo el trabajo, sino la lucha; no os aconsejo la paz, con tal de que esta paz no sea la victoria." ¿Y cómo el Partido Liberal Constitucionalista, así como el Socialista, habían de querer llenar los escaños de esta Representación Nacional únicamente con sus partidarios? Entonces la oportunidad de la lucha se habría perdido; entonces la oportunidad de la victoria se habría agotado; pero no, señores representantes, no tenemos de ninguna suerte a los Caballeros de Colón; que vengan en buena hora, pero que entren a esta Representación Nacional con la cabeza erguida y llena de orgullo porque traen la voluntad de sus pueblos; pero que no vengan a esta Representación Nacional como el señor Salgado, que haciendo uso de sus riquezas y haciendo uso de las carabinas de los voluntarios de este distrito, viene aquí a querer sorprender a la Representación Nacional. (Aplausos.)

He tratado, señores diputados, con toda la serenidad que me ha sido posible, ya que también, como algunos compañeros míos, suelo sentirme apasionado por las bellas causas como ésta, pero es necesario que con serenidad se os digan las cosas, y me he esforzado verdaderamente para que no se vea una pasión reprobable en mí. Yo os aseguro, como hombre honrado que soy, que si vosotros sacáis de aquí, castigando no con rudeza, no con bastante energía, sino con la ley misma al ciudadano Salgado para que salga de aquí a dar cuenta de la faltas, de esa larga cadena de atropellos que ha cometido a los suyos en Guerrero, el Estado de Guerrero levantará sus manos llenas de placer, llenas de satisfacción, porque dirá que ha llegado el momento en que tiene jueces justos que estarán siempre a su defensa, y esos jueces, señores, seréis siempre vosotros. (Aplausos.) Yo no trato de sorprenderos, yo trato de exhibiros simplemente la verdad, y no estoy acostumbrado a mentir; cuando no estoy seguro de los cargos que formulo, prefiero sufrir la duda, prefiero no resolverme a exhibir mis opiniones delante de ustedes, porque temería que una voz bienintencionada se atrevieses a sojuzgar mis actos y a maldecir de mis palabras. Espero, pues, señores representantes que libréis de hecho a aquella región de las manos que un día se han de levantar ante vosotros escurriendo todavía sangre de todas las víctimas de esta década trágica que hemos vivido; esa región ha sido una región revolucionaria que ha vertido sangre por las libertades públicas, pero a pesar de estas circunstancias no han desaparecido los hombres que desde tiempos remotos, que ya debieran de haber desaparecido para siempre, han estado flagelando la conciencia de los hombres libres y flagelando las espaldas contra todo derecho. El señor Salgado debe salir de aquí y con ello tendréis el premio de vuestros actos y la aplicación más justa de vuestro criterio en cuanto a la ley. (Aplausos) No quisiera descender de esta tribuna sin deciros que el contrincante del señor Salgado sí es un completo caballero; es joven, es entusiasta y ha sabido estar siempre en la palestra luchando por la ley y la justicia y por esos nuevos principios que se levantan por encima de todos nosotros y por los que estamos sentados en esta Representación Nacional, porque nos han dado la suficiente libertad para estar aquí. (Gritos en las galerías: ¡Viva Lavín! Aplausos.) El señor Lavín ha hecho todos los esfuerzos que han estado a su alcance para mejorar la instrucción pública en la región del Estado de Guerrero, de la cual es nativo; en Iguala ha hecho una labor pedagógica muy importante en el poco tiempo que tiene de profesionista, y siempre ha estado del lado del pueblo procurando emanciparlo para siempre de sus opresores; su actuación en los últimos acontecimientos, como en los de antaño, ha sido digna, permaneciendo siempre fiel a los principios. Es necesario, pues, salvar al señor Lavín y después del señor Lavín a lo ciudadanos que le dieron su voto, y que, de seguro, sin la presión sin la tiranía de los Salgado y sus representantes en el 7o. distrito, hubiera resultado absolutamente unánime la votación a su favor. (Aplausos.) Me retiro de aquí confiado en que habéis tenido en consideración la seriedad con que he defendido este negocio; ruego a los revolucionarios que me merecen consideración, como son los miembros del Partido Liberal Constitucionalista y los socialistas que han sabido amparar siempre con sus armas las buenas causas, que todos den un voto reprobatorio al dictamen que con tanta estulticia ha presentado la Comisión por conducto de Uriel Avilés. (Aplausos.)

El C. presidente: tiene la palabra en pro el ciudadano Carlos Gómez. (Siseos.)

El C. Gómez Carlos: Honorable Asamblea: Es cosa en verdad bien triste ascender a esta tribuna para venir, no a rechazar cargos, sino a rechazar pruebas, imputaciones falsas y más aún, calumniosas. Aquí se han agotado para el señor Salgado los términos más despectivos que se han encontrado en el léxico de los oradores, no se ha tenido en cuenta absolutamente la respetabilidad de la Asamblea, ni aun siquiera el decoro propio de los oradores. Vemos aquí que con manifiesto encono se sisea a los que hablan en pro y se aplaude a rabiar a los que vienen en contra del dictamen...(Siseos en las galerías)

El C. Quiroga, interrumpiendo: Orden, señor presidente, para las galerías.

El C. Gómez Carlos, continuando: Se ha dado el caso aquí de que caballeros de impecable conducta hayan abandonado su antigua costumbre de venir a expresarse en términos decentes, insultando de la manera más descarada a aquellos que no comulgaban con sus ideas. Yo he tenido siempre como un perfecto caballero al señor Ramos Pedrueza y, sin embargo, este señor, olvidando sus antiguas dotes de decencia, viene a insultar de la manera más procaz y sobre todo injusta, a aquellos individuos que han desempeñado el cargo de jefe político. Decir que todos los jefes políticos son ladrones, es una calumnia en el señor Ramos Pedrueza, él mismo que la ha lanzado jamás estará en capacidad

probarlo; si el señor Ramos Pedrueza se atrevió a hablar en esa forma, tal vez lo hizo escudado por el fuero de diputado, que lo hace inmune a toda acusación... (Voces: ¡Ah!) Pero no importa, ya llegará día en que revolucionarios de buena cepa, en que este señor que tanto alardea de sus hazañas revolucionarias, si sigue consecuente con sus ideas y, sobre todo, respetuoso al lema de la revolución, de Sufragio Efectivo y No Reelección, no irá a reelegirse al distrito que hoy lo trajo aquí, y entonces ya sin el fuero que le da actualmente su cargo de diputado, podremos exigirle los calumniados de una manera tan injusta, que nos pruebe que somos ladrones... (Voces en las galerías: ¡Si son!) o que nos dé la satisfacción merecida a que tenemos justo derecho. Desafío al señor Ramos Pedrueza a que me pruebe que soy ladrón. La conducta que observé en los diferentes distritos que me tocó gobernar como jefe político no hace mucho tiempo, es tan limpia... (Voces en las galerías: ¡Huy! Gritos.) a pesar de los bufidos de las galerías, que muy fácilmente se puede probar mi actuación verdaderamente honorable y honrada. Por consiguiente, las imputaciones del señor Ramos Pedrueza no son más que desahogos a falta de razones, y eso no prueba sino que se carece de argumentos contundentes con qué destruir el honrado dictamen que favorece al señor Salgado. (Siseos.) El señor Díaz Soto y Gama, con esa violencia que lo caracteriza cuando se trata del que viste y porta corbata, llama al señor Salgado "Cacicón". ¡Qué diera el señor Díaz Soto y Gama, cabeza visible del zapatismo, omnipotente, director intelectual, qué diera, repito, el señor Díaz Soto y Gama por haber dejado en el infortunado Estado de Morelos recuerdos tan gratos como los que dejó el señor Salgado en el distrito que lo postuló! ¡Cómo el señor Díaz Soto y Gama, inteligente abogado, aunque, según él, enmohecido en las barrancas del Estado de Morelos, cómo este señor no se acordó de aconsejar a aquellos selváticos hombres que respetaran las propiedades, que no dinamitaran los trenes, que no asesinaran a seres indefensos, que no violaran mujeres, que no desorejaran seres indefensos!(Aplausos.) ¿Cómo no se acordó este inteligente abogado de decirles a aquellos hombres semisalvajes que formaban el ejército de las liebres blancas de Morelos...(Aplausos.) ¿Cómo no se acordó de decirles que no destruyeran en su insensatez lo mismo que les podía dar de comer: las maquinarias de las haciendas azucareras? ¿Cómo no se acordó de eso el señor Soto y Gama? ¿Qué recuerdo dejó el señor Soto y Gama, cabeza visible de la revolución morelense?: desolación, miseria e infamia. ¡Es lo único! (Aplausos. Siseos.)

El C. Paz, interrumpiendo: ¡Vaya usted a Morelos!

El C. Gómez Carlos: ¡Usted no sabe lo que dice! ¡Cacicón el señor Salgado!

El C. Manrique: ¡Casi!

El C. Gómez Carlos: ¿Qué entenderá por cacicón el inteligente señor y Gama?

El C. González y González: El aumentativo de cacique.

El C. Gómez Carlos: ¡Yo creo que ni eso! Se ha entendido y se le ha dado generalmente la acepción de cacique a un hombre que extorsiona a los pueblos, a un hombre que los explota moral y materialmente. Vamos a ver cómo el cacicón se portó en el pueblo de donde es nativo. Uno de los elementos, señor Soto y Gama, por el que venimos pugnando usted y todos los que con usted pensamos, es la instrucción, ¡por la instrucción!; en ese punto coincidimos todos absolutamente, porque no podemos considerar que el pueblo mexicano pueda llegar a ser un verdadero pueblo, sino un populacho, mientras no se instruya; en ese particular todos y cada uno estamos contestes. El señor cacicón Salgado es uno de los que es han empeñado en establecer...

El C. Sánchez Pablo, interrumpiendo: ¡Pido la palabra, señor presidente!

El C. presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Sánchez Pablo: Para pedir a usted que cumpla con el artículo 197 del Reglamento.

El C. prosecretario Castrejón: A petición del ciudadano diputado Sánchez se va a dar lectura al artículo 197 del Reglamento.

"Los que perturben de cualquier modo el orden, serán despedidos de la galería en el mismo acto; pero si la falta fuese grave o importare delito, el presidente mandará detener al que la cometiere y consignarlo al juez competente."

El C. presidente: Se ruega a las galerías guarden orden y compostura a fin de no verse obligada la Presidencia a mandarlas desalojar.

El C. Mijares: Ruego a su señoría diga al atento doctor Gómez que no se dirija a las galerías diciéndoles que están bufando, porque esto hace que las mismas galerías se vuelvan en contra nuestra; al mismo tiempo pido a su señoría que reitere su indicación anterior a los asistentes a las galerías.

El C. presidente: Se vuelve a exhortar a las galerías a que guarden compostura, y al orador se le advierte que no debe dirigirse a aquéllas.

El C. Gómez: No me he dirigido a las galerías.¿Cuántas escuelas fundó el revolucionario Díaz Soto y Gama? Ninguna. ¿Cuál fue la escuela en que educó a los morelenses? La escuela de la destrucción, la escuela de la dinamita, la escuela de la violación y la del asesinato. El cacicón Salgado fundó siete escuelas e hizo más: sabiendo perfectamente que en aquella población existían muchos seres inocentes que carecían de medios de subsistencia, fundó un orfanatorio con sus propios recursos, donde se acogía a todos aquellos que no tenían manera de subsistir... (Voces: ¡Ya se había robado antes los fondos!) El ciudadano Mijares y los demás que me han interrumpido harían mejor en callarse. Otro de los elementos que hace a los pueblos verdaderamente instruidos y que los aparta de los actos de salvajismo innatos en la gente ignorante, son las bibliotecas; allí se fundó una biblioteca que en sus principios tuvo 178 volúmenes. (Voces: ¡Ah!) Parecerá muy poco este número, pero si consideramos que aquí en la ciudad de México, quiero decir en Tacubaya, se fundó otra biblioteca, la "Manuel Romero Rubio", que en sus principios tuvo 150 libros, ya les parecerá excesivo el número de 178 para iguala. (Voces: ¡Ah!) A esa biblioteca contribuyeron todas las clases sociales con el mayor entusiasmo, con la mayor buena fe, porque sabían que hacían una obra positiva de cultura. El cacicón Salgado compró de su peculio, señor Soto y

Gama, un reloj para la población; en cambio, el señor Soto y Gama, el único reloj que tenían aquellos desgraciados era el sol, ¡cuando salía! (Aplausos. Siseos.) Uno de los elementos indispensables en la agricultura, como todos ustedes saben, es el riego. Muchas de las tierras de aquellos lugares perdían casi año por año sus cosechas por falta de riego oportuno, porque no siempre la Divina Providencia está al mando de los agricultores. El señor Salgado, el cacicón, señor Soto y Gama, construyó la presa de Nazalpa; esa presa riega una vasta extensión de terreno y esa presa se construyó con dineros del cacicón Salgado. La población carecía de agua, como la mayor parte de nuestras poblaciones; las pobres mujeres tenían que ir a largas distancias con el cántaro a la cabeza, a traer míseras cantidades de agua, y el cacicón éste, injusto absolutamente, haciéndole la guerra nada menos que a los fabricantes de ollas, introdujo el agua potable a la población. ¡Oh crimen horrendo por el que se debe castigar al cacicón Salgado!: la introducción del agua potable a la población. (Voces: ¡Con los presos!) Yo quiero suponer, sin conceder por supuesto, que en esta obra de introducción del agua potable hayan tomado participación los presos, como acabo de oír que dicen algunos diputados; ¡bueno!, vamos a suponer que con los presos...

El C. Paz, interrumpiendo: ¡Pues claro!

El C. Gómez Carlos, continuando: Repito, señor Paz, que sin conceder; no haga usted gorgoritos de antemano... (Risas.) Suponiendo, sin conceder, que hubiera ocupado a los presos, bueno, y bien: ¿qué crimen ese? ¿No sabemos nosotros perfectamente, y eso lo sé por experiencia que los presos mismos solicitan... (Gritos. Siseos.) sí, señores; solicitan prestar sus servicios en las obras públicas? Esa vida de inactividad, de pereza y holganza en que están en las prisiones, los hace anhelar el trabajo y solicitan, óiganlo ustedes, señores diputados, solicitan con verdadero afán ir a trabajar en algo que beneficie al municipio o al distrito...

El C. Gónzález y González, interrumpiendo: ¡Qué tal estarán las prisiones!

El C. Gómez: ¡Mejor de lo que usted se imagina; allí estaría usted a su gusto!

El C. Cienfuegos y Camus: ¿Sabe usted, señor doctor, qué cosas enseñaban en las escuelas fundadas por usted y por el señor Salgado en la época en que eran prefectos políticos?

El C. Gómez: ¿Se refiere usted a las escuelas fundadas por mí en Metztitlán y Zacualtipán?

El C. Cienfuegos y Camus: Quiero saber primero lo relativo a las escuelas de Salgado.

El C. Gómez: No tengo el programa de estudios de las escuelas fundadas por el señor Salgado, pero supongo que allí se enseñaría a escribir, a leer y se enseñarían también Ciencias Físicas, Aritmética, Geografía, Geometría, etcétera.

El C. Cienfuegos y Camus: En las escuelas que pretende haber fundado el señor Salgado, como todas las que establecieron los jefes políticos en su época, se enseñaba una absoluta sumisión a las autoridades; en cambio, en las escuelas que se fundan hoy, en el régimen de la revolución, se enseña el ejercicio de la libertad. (Aplausos.) Quiero hacer una última aclaración: Las carreteras de Guerrero, mejor dicho, la única carretera, porque sólo hay una y está casi destruida, se hizo a base de fajinas, como decíamos la otra vez, pero no precisamente con esos propósitos de higienista que usted acaba de señalar; no, los prisioneros eran muertos por un capataz y por otros varios capataces - El primero se llamaba "El Mocho" -, eran abofeteados en la línea de trabajo, volvían a sus cárceles llenos de sangre y muchas veces no volvían a sus cárceles, porque por hambre, por miseria y por maltrato de sus capataces quedaban muertos en el trabajo mismo.

El C. Gómez Carlos: Creo que con la honrada palabra del señor Cienfuegos y Camus...

El C. Ramos Pedrueza, interrumpiendo: ¿Me permite usted una interpelación?

El C. Gómez Carlos: Nada más que termine. Un orador de tan poco fuste, señor, como el que ocupa la tribuna, pierde enteramente la ilación de sus ideas con que el inteligente señor Ramos Pedrueza y el no menos inteligente señor Cienfuegos y Camus, lo interrumpan. Tengan ustedes la bondad de dejarme terminar, mal que bien, esta mi desmañada peroración, y después podrán ustedes hacer todas las interpelaciones que quieran.

Otra de las mejoras llevadas a cabo... (Voces en las galerías: ¡Cállate! ¡Bájate! Campanilla.)

El C. secretario Zincúnegui Tercero: La Secretaría, por orden de la Presidencia, comunica a los asistentes a las galerías que, en vista de los desordenes que se están suscitando, mandará desalojarlas si no se abstienen de hacer esas manifestaciones. (Aplausos.)

El C. Gómez Carlos, continuando: Otra de las mejoras de grandísima importancia llevadas a cabo por el cacicón - como dice usted, señor Soto y Gama -, es la del telégrafo. Tuvo que luchar con una paciencia benedictina para la introducción de esa mejora, y un año, y dos, y tres... (Voces: ¡Y diez) ¡y diez! estuvo trabajando continuamente en la Dirección de Telégrafos, hasta que por fin consiguió la implantación de esa mejora de tan trascendental importancia en una población. Uno de los cargos verdaderamente terribles que han hecho al señor Salgado es, por parte del señor Díaz Soto y Gama, el de latifundista. Quien dice latifundista, para este señor, dice lo peor que puede imaginarse; ante esa palabra, todos los adjetivos sobran y todos los epítetos más duros son agua con azúcar. Voy a probar al estimable señor Díaz Soto y Gama, que el señor Salgado no es latifundista, de una manera muy sencilla: lo fue en 1914... (Voces: ¡Ah!) Señores, un individuo puede haber tenido $100.00 el día 1o. de enero, y puede ser que ahora no tenga ni un centavo. En 1914, estimable señor Soto y Gama, este individuo latifundista poseía doscientas hectáreas de terreno: ¡qué barbaridad! La Comisión respectiva nos dice que cincuenta hectáreas, cuando más, se tolerarían a un individuo o corporación; por consiguiente, aquel individuo representaba nada menos que a cuatro individuos o a cuatro corporaciones. Pues van ustedes a oír lo que paso a este latifundista. Entraron las tropas libertarias a la población donde este señor era agente del Banco y, naturalmente, como la Revolución es la Revolución, se echaron sobre aquellos fonditos; cayeron sobre ellos...(Voces: ¡Se saqueó solo!) Dicen varios representantes,

entre ellos el señor León, que saqueó solo el señor Salgado. Perfectamente; ¡pero qué tonto fue el señor Salgado que, después de haberse saqueado, se despojó de su enorme latifundio, señor Díaz Soto y Gama, en pro nada menos que del Banco que le exigía los fondos! Voy a dar lectura a la carta, y que tenga la bondad el señor Zincúnegui de ver si leo exactamente. (Voces: ¡Ya la conocemos!) No importa que alguno de ustedes la conozca; hay muchos que no la han oído, y si algunos señores no quieren oírla, con taparse los oídos basta. (Risas. Aplausos.)

"Banco Nacional de México.- Cable: Nacional.- Sucursal en Acapulco, Guerrero.

"México, 24 de septiembre de 1920.

"Señor don Florencio M. Salgado.- Ciudad.

"Muy señor nuestro:

"Tenemos a la vista la atenta carta de usted, de esta fecha, en que se sirve pedirnos hagamos constar haber estado en Chilpancingo, Guerrero en enero de 1914..."

El C. Manrique, durante la lectura: ¿Está bien la fecha?

El C. Gómez Carlos: No me he equivocado en la fecha, señor Manrique."... con objeto de hipotecar sus intereses a favor de nuestra exsucursal en dicha plaza, para garantizar el monto de su apreciable cuenta corriente de crédito, así como..."- fíjese el señor Soto y Gama en este detalle - "... los $10,000.00 en efectivo de la existencia en caja a cargo de usted y que le fueron saqueados..." - y aquí consta, ¿verdad, señor Zincúnegui? (Risas. Aplausos.) "... saqueados por los rebeldes en Teloloapan, en el mes de abril de 1912, siendo corresponsal nuestro."

El C. Aguirre Colorado Ernesto, interrumpiendo: ¿Saqueados por quién?

El C. Gómez Carlos: No sé el nombre del saqueador, señor general.

El C. Aguirre Colorado: Por los rebeldes, dice.

El C. Gómez Carlos: "... rebeldes", bueno; rebeldes o como ustedes quieran llamarlos. (Voces: ¡Revolucionarios!) "En contestación, tenemos el gusto de manifestarle que, efectivamente..." - ¿me han oído todos los señores? - (Voces: ¿Cómo no!) "... que, efectivamente, tiene usted hipotecados sus intereses a nuestra favor, para asegurar los dos créditos antes citados, con lo cual nos ha demostrado, una vez más, su buena moralidad y, por lo mismo, estamos satisfechos de su manera de ser.

"Dejamos obsequiados sus deseos, y somos sus afectísimos, atentos, seguros servidores.- Banco Nacional de México, sucursal en Acapulco, Juan A. Linares.- P. A. Quiroz".

¿Qué sucedió con el latifundio, señor Soto y Gama?

El C. secretario Zincúnegui Tercero: La Secretaría hace constar que, efectivamente, ha leído esta carta el señor Salgado.

El C. Gómez Carlos: ¡Gómez, señor! (Risas. Aplausos.) Voy a decir otra cosa muy agradable para que la conozca esta Asamblea. El cacicón - no hay que apearle el título -, ese individuo poseía una pequeña porción de terreno, dos mil hectáreas; pero, ¡oh prodigio de los caciques! Viendo que muchas personas, muchos de aquellos individuos que vivían a su vera, estaban en un estado extremo de pobreza, resolvió formar con aquellas dos mil hectáreas, una colonia, la cual no vendió, señor Manrique, sino regaló, dando con eso una prueba de cacicazgo...

El C. Castrejón, interrumpiendo: ¡Oh, magnanimidad!

El C. Gómez, continuando: ...que sólo puede apreciar el ciudadano Castrejón (Voces: ¡Pruebas!) Allá van las pruebas; no hablo sin documentos...

El C. Manrique, interrumpiendo: ¿Colonia penal?

El C. Gómez: No, señor; colonia agrícola. La Secretaría tendrá la bondad de venir a dar fe de que voy a leer correctamente: "Respecto al informe que solicita, este Ayuntamiento..." - habla el presidente municipal - "... este Ayuntamiento afirma que usted fue fundador floreciente Colonia Juárez, donde muchas familias pobres adquirieron sus lotes sin costo alguno.- El presidente municipal, R. Jiménez." (Voces: ¡Qué fecha!) Tenga la bondad el señor secretario de decirlo.

El C. secretario Zincúnegui Tercero: "17 de octubre de 1920."

El C. Gómez: Vuelvo a decir que firma el señor presidente municipal, R. Jiménez.

El C. Paz: ¡Impuesto por Salgado!

El C. Gómez: Eso, usted lo dice; pero de ahí a las pruebas, hay mucha distancia. Quedan dos cargos, a cual más curioso, hechos por los señores Paz y Ramos Pedrueza. Dicen que es bonillista, y se fundan para decir que es bonillista, en algo tan cómico como esto: un papel en el que aparece una citación al señor Salgado de parte de un señor Rosell, secretario del comité. Pues yo tengo aquí otra cosa tan curiosa como esa, tal vez más: una cita al señor Ramos Pedrueza, también del comité bonillista. (Aplausos.) ¡Aquí la tienen ustedes! ¡El revolucionario sin tacha, el Bayardo de la Cámara, citado como bonillista! (Aplausos.) ¡Y aquí está esta otra! Al licenciado Octavio Paz, como bonillista! (Voces: ¡Que se lea!)

El C. Paz: ¡Mentira! Estaba yo en Estados Unidos.

El C. Gómez Carlos: Digo que aquí está una cita... (Voces: ¡Esas no son pruebas!) Bueno, sí, señor; soy el primero en no darle gran asenso a esta prueba; soy el primero, sí, señor Paz; sí, señor Ramos Pedrueza. Yo hago honor a quien honor merece, y digo que los señores Ramos Pedrueza y Paz no son bonillistas; pero no es esa mi tesis. Mi tesis es la siguiente: ruego a ustedes que tengan la bondad de escucharme con calma: como prueba de bonillismo dan los señores Paz y Ramos Pedrueza un papel en que se copia una citación al señor Salgado de parte del comité bonillista. ¡Bueno!

El C. Paz: ¡Pero aquí está auténtica la del comité bonillista!

El C. Gómez Carlos, continuando: Por consiguiente, yo no le doy fe a esto. (Voces: ¿Pero la otra?) ¡Tampoco se la doy a la otra! (Voces: Que se lea!) Con todo gusto voy a leerla. (Voces: ¡Que lea el secretario!) El señor secretario tiene una igual, y no me dejará mentir, ni leer más.

" Partido Constitucionalista.- Candidatura Ignacio Bonillas.

"Comité Ejecutivo Central del Distrito Federal.

"Al C. licenciado Octavio Paz. Avenida Cuauhtémoc número 76.- México, D. F., a 1o. de mayo de 1920.- Número 924.- Ciudad.

"Por acuerdo del ciudadano presidente del Comité Central, he de merecer a usted se sirva concurrir a las siete de la noche del día 4 del presente a las oficinas del propio comité, para tratar un asunto de importancia.

"Protesto a usted mi atenta consideración.

"México, 1o. de mayo de 1920.- El secretario del comité, R. Rosell." - Rúbrica.

(Voces: ¡Estaba en los Angeles!) Perfectamente: per me laboras. No se alegre usted tanto, si ésta es otra prueba! Estaba usted en los Angeles, muy bien. (Voces: ¡El original!) Aquí se cita al señor Salgado, Santa Teresa 64, donde no vivía el propio señor. De manera que no he pretendido hacer con esto prueba; lo anuncié desde un principio y lo repito; únicamente quise hacer notar a ustedes de una manera muy especial que no ha sido prueba ésta, ni tampoco la otra; considero a ambos simples papeles a los que no hay que dar fe.

El C. León: El documento que yo presento es original y está firmado.

El C. Gómez: Bueno; mientras yo continúo. Otro, este es más cómico; es de tal manera curioso que ruego a ustedes no pierdan ripio: "Congreso de la Unión. Correspondencia particular de los ciudadanos. México. Iguala, 22 de marzo de 1920," ... ¿Se fijaron ustedes en que dice 22 de marzo de 1920? Ruego al señor Manrique, que es tan buen memorista, que no olvide esta fecha.

El C. Manrique: ¡Acaba de entrar Bonillas!

El C. Ramos Pedrueza: Pido que se lea este otro documento.

El C. Gómez: Un momento. 22 de marzo...

El C. Manrique: ¡Lunes!

El C. Gómez: Como ustedes acaban de oír, el 22 de marzo fue lunes y no tengo por qué objetar el día. "Suyo hoy".- Florencio M. Salgado.- "Silviano Guzmán falleció 5 febrero último". Aquí tienen ustedes al estimable diputado Pastrana Jaimes dirigiéndose nada menos que a los muertos, a aquellos que ya están juzgados por la manos del Eterno... (Voces: ¡Ah!) ¡Todavía les echa cartitas Pastrana Jaimes; todavía se ocupa de mandarles cartas por correo!...¿No es esto, señores diputados, perfectamente ridículo, que vengan a traernos documentos dirigidos a muertos? Pues estas son las pruebas contundentes, tremendas, abrumadoras, aplastantes que vienen a esgrimir en contra del señor Salgado. (Siseos.) Otro cargo tremendo que se le hace al señor Salgado...

El C. Manrique: ¿Quién firma el mensaje?

El C. Gómez Carlos: ¿Cuál: éste? Voy a decírselo, señor: Luis C. Manjarrez." - El C. León: ¿Juez Civil?

El C. Gómez Carlos: No tanto; no, señor. Si usted me exige el acta de defunción, yo no la tengo; la vamos a pedir.

El C. Ramos Pedrueza: Que se lea el otro documento.

El C. Gómez Carlos: Con mucho gusto, no tengo inconveniente.

El C. secretario Zincúnegui Tercero, leyendo: Tiene un encabezado que dice: "Partido Constitucionalista"...

- El C. Gómez Carlos continuando:..."Candidatura Ignacio Bonillas.

"Comité Ejecutivo Central del Distrito Federal.

"México, D. F., a 1o. de mayo de 1920.

"C. Florencio M. Salgado. Santa Teresa 64. Número 924. Ciudad.

"Por acuerdo del ciudadano presidente del Comité Central, he de merecer a usted se sirva concurrir a las siete de la noche del día 4 del presente, a las oficinas del propio comité, para tratar un asunto de importancia.

"Protesto a usted mi atenta consideración.

"México, 1o. de mayo de 1920.- El secretario del Comité, R. Rosell."- Rúbrica.

(Con tinta roja parece haber sido puesta exprofeso, después, aquí; hago notar de paso.)

En la esquina inferior de la izquierda, dice: "No se le encontró en esta dirección."

Presidencia del C. ALESSIO ROBLES VITO

El C. Castrejón: Ya había ido a hacer propaganda bonillista.

El C. Gómez Carlos: ¿Qué les parece a ustedes de este caballero que primero les escribe a los muertos y luego a los ausentes? Allí está la prueba con que quieren aplastarnos, demolernos, aniquilarnos. Sigo mi peroración. El señor, creo que Ramos Pedrueza o el señor Octavio Paz, dice...

El C. presidente: La Presidencia ruega al ciudadano Paz no interrumpa al orador.

- El C. Gómez ¡Bueno!... Otro de los cargos que...

El C. Ramos Pedrueza, interrumpiendo: Pido que se lea mi documento.

El C. presidente: La Presidencia vuelve a recordar al ciudadano Ramos Pedrueza que no debe interrumpir al orador.

El C. Gómez: Otro de los cargos hechos al señor Salgado es el de haber no solamente regocijandose por la muerte del presidente Madero, sino que recibió la noticia con particular exaltación y no encontrando otro medio de celebrar aquello, convocó a un gran banquete a todos los moradores de los contornos, llamando muy especialmente al jefe de las armas de aquellos lugares; pero... ¡oh decepción! cuando este señor sabe que se le invita y que se dice que ha concurrido a banquetes, en primer lugar demuestra con documentos expedidos por la Secretaría de Guerra que no estaba allá. ¡Sigue el mismo ardid de citar a muertos, a ausentes y desaparecidos! El señor secretario Zincúnegui tendrá la bondad de auxiliarme en la lectura.

"General brigadier retirado.- 6a. Luis Moya 93.

"Casa de usted, México, 12 de octubre de 1920.

"Señor don Florencio M. Salgado.- Ciudad.

"Muy señor mío:

"Refiriéndome a su atenta de esta fecha, en la que me expresa sus deseos de que conteste a tres preguntas, de cuya contestación depende en parte el triunfo de su credencial en la Cámara de Diputados, lo hago con gusto y con apego a la más estricta verdad.

"¿Dónde se encontraba usted el 23 de febrero de 1913? En esta capital, según oficio de la Comandancia Militar de 29 de enero de 1913, que recibí aquí y que acompaño.

"¿Recuerda usted que alguna vez en Iguala, en el hotel Madrid, o en otra parte, yo le obsequié un banquete con objeto de celebrar la muerte de Madero.?

"Quienes lo ataquen a usted en este particular, mienten...

Pido perdón a la Asamblea por tener que leer esta palabra. Dice "miente." Está subrayada con gran energía.

El C. Aguirre Colorado, interrumpiendo: ¡Bah, eso no nos importa!

El C. Gómez: Si a usted no le interesa, a mí sí.

El C. Manrique: No se lo perdonamos.

- El C. Gómez, leyendo:"...ni usted me ha ofrecido banquete alguno, ni yo lo hubiese aceptado. Fui en el servicio militar un soldado, y nada más. No intenté jamás mezclarme en asuntos políticos y mucho menos para festejar acontecimiento semejante que ni entonces, ni ahora, ni nunca, ha sido de mi aprobación. Comprobante, mensaje original de 18 de octubre de 1912, que adjunto.

"¿En qué fecha se separó usted en Iguala para no volver más? El día 27 de 1913, según mensaje original de 25 del mismo mes, que igualmente le acompaño. "Sin más por ahora y en espera de que la presente llene el objeto que se propone, me repito su atento y seguro servidor.- Reinaldo Díaz."

Probablemente al señor general Aguirre Colorado no le interesa, pero vamos cambiando los papeles y que alguien dijera al señor Ernesto Aguirre Colorado: "Asistió usted a un banquete que dio Fulano de Tal, en el que se iba a celebrar, no un acontecimiento patrio, no el natalicio del señor Aguirre Colorado, sino que se trataba nada menos que de celebrar el asesinato de Madero." Entonces sí le importaría. ¡Claro!

El C. Aguirre Colorado: ¡Pero yo no he defendido a gobiernos ilegales!

El C. presidente: La Presidencia ruega al ciudadano Aguirre Colorado no interrumpa al orador.

El C. Gómez: Resumiendo, (Voces: ¡Sí que está resumido!) señores diputados para no fatigar más la delicada atención de ustedes. (Risas.) No fue cacique en el sentido despectivo que se le da a la palabra; se preocupó por la instrucción fundando escuelas, se preocupó por la instrucción, estableciendo bibliotecas; facilitó el acceso a aquellos lugares, abriendo caminos; se preocupó por las comunicaciones, consiguiendo el establecimiento de telégrafos; se preocupó por los menesterosos, dotándolos de pequeñas fracciones de tierra de su peculio, sin remuneración de ninguna especie; estableció un pequeño orfanatorio para los niños sin padres, y después de todo esto ganó en perfecta lucha electoral la elección que lo traerá a esta Cámara. (Siseos.)

El C. Ramos Pedrueza: Pido la palabra para hechos, señor presidente.

El C. Soto y Gama: Pido la palabra en contra. Estoy inscripto.

El C. presidente: Tienen la palabra en contra el ciudadano Soto y Gama.

El C. Soto y Gama: Yo no cometeré el crimen, señores, yo no cometeré el crimen de hacer chistes y chistes malos a costa de la sangre y del dolor del pueblo. (Aplausos.) Yo vengo aquí a tratar seriamente un asunto serio, ya que un hombre de edad, un excacique del porfirismo ha venido aquí a reírse macabramente de muchos cadáveres, de los cientos de miles de cadáveres que han quedado sembrando los campos de la República por culpa de esos latifundistas y de esos caciques que han dominado en treinta años. (Aplausos nutridos.) Señores, hay cosas indignas, y a mí me ha indignado profunda y dolorosamente, profunda y hondamente que un hombre que yo creía revolucionario, un Uriel Avilés, venga aquí a levantar su voz en defensa de un hombre juzgado ya por la Asamblea, de hombre juzgado ya por sus víctimas, y me ha dado también indignación que un hombre que ya peina canas, que un hombre que debía respetar su edad, que un hombre que debía respetar sus años y un hombre que debía estar arrepentido de los atentados que seguramente ejecutó cuando fue prefecto político de uno de los distritos de Hidalgo, un hombre de esos venga a hacer aquí ostentación de impudor, a defender a otro compañero de cacicazgo, a otro compañero de infamias, que infamias cometieron todos y cada uno de los caciques, todos y cada uno de los prefectos políticos, todos y cada uno de los jefes políticos del tiempo nefasto de Profirió Díaz. (Aplausos). Venir aquí a esta tribuna que debe ser de democracia, que debe ser tribuna de libertad, de luz y de progreso y no de obscuridad, ni de tinieblas; venir a defender a los jefes políticos de la época porfiriana, venir a defender a los latifundistas! Dice el señor exprefecto político del Estado de Hidalgo, que hoy ocupa aquí un curul, que yo me empeño en adornar a los latifundistas con todos los epítetos y términos despectivos. Sí, señores. (Aplausos.) Para mí latifundista, con contadísimas excepciones que confirman la regla, para mí latifundista es sinónimo, como ustedes lo van a oír, de bandido; (Aplausos.) pero con esta única salvedad, y esta única característica: ¡bandido a mansalva! Porque un latifundista se hace rico sin exponer el pecho, sin exponer la vida; se hace rico dándose la gran vida en las poblaciones; se hace rico a costa de lo más respetable en la vida: ¡el trabajo de los humildes!; se hace rico a mansalva. Por esto yo a los latifundistas los considero como bandidos a mansalva. (Aplausos.) ¿Sabéis por qué odio a los latifundistas? Los odio por haber sido los causantes de este cataclismo; los verdaderos causantes de esta catástrofe nacional. No es la responsabilidad por sí sola de Profirió Díaz, no lo fue de Victoriano Huerta, no lo fueron los porfiristas y los huertistas, lo fueron y lo son los despojadores de tierras; lo fueron y lo son esos hombres que corrompiendo autoridades, que manchando todo lo bueno que ha habido en este país; corrompiendo al mismo general Díaz, que en un principio quizá empezó con buenas intenciones, aliándose después a sus compañeros de crímenes, los científicos, establecieron el régimen de injusticias, de infamia, que tuvo como respuesta natural la reacción de los oprimidos en la forma tremenda, en la forma vibrante, en la forma viril que se ha llamado y se llama la Gran Revolución Mexicana, que nacida en 1910,

traicionada muchas veces, obstruccionada otras tantas, sigue, sin embargo, en pie; sigue contando con el corazón de todos los hijos de México, sigue contando con toda la juventud de México, sigue contando con todos los hombres honrados de México para pedir que después de tanta obstrucción, que después de tanta infamia, después de tanta mentira con que se quieren obscurecer la verdad y los hechos, se haga justicia a ese pueblo, el más digno de ayuda; a ese pueblo, el más oprimido; a ese pueblo, el más digno de respeto por su ignorancia, humildad y carencia de recursos; a ese pueblo de campesinos que nos da de comer. (Aplausos nutridos.) Es evidente, señores, que lo más despreciable que hay en este país, lo más digno de reproche, lo más digno de insulto es el tipo del hombre que explota al jornalero y al peón del campo y abusa de su ignorancia y miseria económica, y es natural que nosotros, los que hemos presenciado allá en el Sur cómo se ha echado la República entera en un momento de ceguedad contra ese pobre Estado de Morelos, porque el Estado de Morelos pedía tierras, cómo ahí se ha tratado como animales salvajes a los hombres que defienden sus terrenos, a los hombres que aspiran a su mejoramiento económico, a los hombres que seguían al general Zapata como al apóstol de una idea nueva y grande; es natural que nosotros nos indignemos cuando se viene aquí a querer que se haga que se siente en estas curules un hombre representativo de ese tipo, el más odioso entre los tipos odiosos de las dictaduras pasadas, ese tipo el más odioso de las clases privilegiadas. Nosotros en el Sur tuvimos que luchar contra la República entera en un tiempo. Recuerdo a este propósito la frase de un compañero mío, hoy extraviado, Juan Sarabia, Juan Sarabia, hombre a quien respeto por sus sufrimientos y que, sin embargo, ha tenido claudicaciones deplorables, ha tenido claudicaciones excusables quizá, pero al fin y al cabo claudicaciones. Este hombre fue a Morelos en 1914 en compañía del general Antonio I. Villarreal y del funesto licenciado Luis Cabrera; iban con el objeto de procurar un avenimiento entre el carrancismo o, mejor dicho, el Constitucionalismo, que representaba una buena parte de la revolución, con el zapatismo, que representaba la parte humilde de la revolución, la revolución de la gleba, la revolución de la gleba que no tenía ni voz siquiera para hacer oír, que no tenía hasta ahí ni siquiera una voz de defensa. Juan Sarabia vio a aquellos hombres desnudos, vio a aquellos hombres descalzos, vio o aquellos hombres hambrientos, y Juan Sarabia dijo: Vamos dejando a estos infelices que se mueran de hambre; para combatir al zapatismo no se necesitarán armas, no se necesitarán fusiles, bastará con bloquearlos; establezcamos el bloqueo del Estado de Morelos, el bloqueo económico, y el Estado de Morelos por sí solo morirá de inanición. Y ahí estuvo el error de Juan Sarabia, como allí estuvo el de Carranza, no fue el Constitucionalismo de Carranza. ¿Y saben ustedes, señores, lo que esos zapatistas calumniados hicieron? ¿Esos zapatistas que, según dice el señor exprefecto político de Hidalgo, educamos nosotros en la escuela de la destrucción, en la escuela de la desolación, en la escuela de la rapiña? ¿Saben ustedes lo que hicieron los zapatistas calumniados de Morelos? Pues estos zapatistas pacíficos y armados se dedicaron a labrar los campos, abandonaron, se alternaron en el uso del arado y del fusil y los zapatistas calumniados del Estado de Morelos, durante meses y durante años labraron la tierra, procuraron exuberantes cosechas, y cuando había hambre en México y cuando después al fin México cayó por falta de alimentos y las fuerzas de Pablo González penetraron al Estado de Morelos, saqueando los jacales de los humildes, y trajeron maíz; cuando extorsionaron a los habitantes de Morelos, y con ese maíz trabajado rudamente por el hombre del Sur, por el hombre de Morelos, con ese maíz vivió la capital de la República; con ese maíz se calmó el hambre de los habitantes de esta metrópoli. (Aplausos nutridos.) Es falso de toda falsedad que los zapatistas hayamos hecho únicamente obra de destrucción; la obra de destrucción que hizo la revolución del Sur, la hizo al igual que el Constitucionalismo; pero junto a la obra de desolación vino después a la vez la obra de reconstrucción. Hay muchos miembros de la extinta Convención en esta Asamblea, hay muchos individuos que nos acompañaron a Cuernavaca que saben perfectamente que los ingenios azucareros, que después habían de destruir las fuerzas de Pablo González, que esos ingenios azucareros estuvieron produciendo azúcar y alcohol en cantidades bastantes para con sus productos fundar y sostener una caja de préstamos, la Caja Rural establecida en Cuernavaca con sucursales en diversos distritos, la cual Caja Rural remitió a muchos agricultores pobres fomentar su cultivo, obtener cosechas, muchas de ellas pingües, y conseguir que varios de ellos ganasen en una sola cosecha, en un solo lote que se les dio a explotar, la suma no despreciable de diez, quince y hasta veinte mil pesos en varios casos. Que la revolución zapatista fue simplemente destructora y no fundó escuelas. Esta es otra mentira. La revolución zapatista tuvo el cuidado, por un lado, de moralizar hasta donde pudo a sus fuerzas (muy difíciles de moralizar, ciertamente), y de instruir a su pueblo hasta donde pudo, muy difícil de instruir también por falta de elementos. El general Zapata tuvo que luchar enormemente contra la desmoralización de sus jefes, y el general Zapata nombró no una, sino varias comisiones para que fueran precisamente de pueblo en pueblo predicando la resistencia contra los jefes que cometían abusos en perjuicio de los pueblos. El general Zapata en una de esas ocasiones nos nombro en comisión al general Magaña, a Enrique M. Bonilla y a mí para que fuésemos explicando a los pueblos que él no se había levantado con bandoleros; que él se había levantado en defensa de los pueblos y para apoyar a los pueblos y que, por lo mismo, en todos los casos en que un soldado, jefe u oficial o cualquier hombre armado atacase a un habitante pacífico, despojándolo de sus propiedades o queriendo atentar contra él o contra su familia, ese habitante pacífico tuviera el derecho de repeler la fuerza con la fuerza, la agresión con la agresión, y agregó: "Si me traen ustedes aquí a mi presencia el cadáver de un soldado cualquiera, de un coronel o de un general, aunque sea de los míos, aunque sea de los consentidos y de los mimados, y se me comprueba que eso ha sido porque ese hombre atentaba contra los derechos de los pueblos, aprobaré el hecho y no diré media palabra. Yo celebraré que

haya dignidad y virilidad entre los hijos de Morelos." (Aplausos.) Es de justicia hacer estas aclaraciones, aunque la Asamblea se fatigue más de lo que yo estoy, porque verdaderamente es increíble que una causa justa, que una causa santa, que una causa gloriosa como fue la causa de los campesinos de Morelos acaudillada por un hombre noble, por un hombre grande, por un hombre altruista por un hombre amante de su pueblo como el que más, como lo fue el general Zapata, una causa así sea vilipendiada, sea calumniada simplemente por la falta de una voz de defensa. Y aunque mi voz esté cascada por el sufrimiento, aunque mi voz no tenga ya las resonancias de antaño, porque sobre mí pesan muchas amarguras físicas y morales, mi voz la haré valer hasta donde alcancen sus ecos para defender a los gloriosos campesinos del Sur, que han sido vejados, que han sido azotados muchas veces por los mismos de ellos, por sus compañeros de armas que les han vuelto la espalda, que muchas veces han sido traidores a la causa y han manchado su bandera y han permitido que esa causa grande y esa causa justa sea mal comprendida y sea mal interpretada. El deber mío, como uno de tantos que siguieron al general Zapata, es esforzar mi voz, aunque me canse; es esforzar mi voz, aunque me agote y muera sobre la brecha para decir que la causa del Sur es la causa más grande entre las causas grandes de la revolución mexicana. Tendría que agregar mucho, podría decir mucho, pero temería que se creyera que yo de intento me separaba del punto principal del debate por temor a la falta de pruebas, por temor a la falta de demostración. Insistiré sobre la defensa del zapatismo cuantas veces sea preciso, cuantas veces sea preciso vendré a la tribuna una y cien veces; pero por ahora quiero, muy a mi pesar, consagrarme a atacar la credencial espuria del espurio cacique de Teloloapan, Florencio M. Salgado.

Nos piden hechos, porque nos acusan de calumniadores a los que impugnamos, a los que tenemos el honor de impugnar la credencial de Salgado; y, en cambio, los que no traen hechos sino falsedades, hechos desvirtuados a esta tribuna, son los defensores del señor Salgado. Hemos oído el panegírico de Salgado en boca de su colega de Hidalgo; nos dice que hizo toda clase de beneficios a los pueblos; pero nos oculta las circunstancias en que se realizaron o que rodearon a esos beneficios. Nos dijo que había introducido el agua a Teloloapan en beneficio de ese pueblo; pero no dijo que al introducir el agua a Teloloapan, se la arrebató al pueblo de Ahuatilán vendiéndola a los vecinos de Teloloapan. Nos dijo que había dotado al mismo pueblo de un reloj, pero ocultó que ese reloj lo dio la fundición del mineral de La Concepción, y como estos hechos son pruebas, yo interpelo al señor diputado Cervantes para que diga si son exactos esos dos hechos. El señor diputado Cervantes es de Guerrero, según entiendo. ¿Es cierto, señor Cervantes, que al introducir el agua a Teloloapan, el señor Salgado la arrebató al pueblo de Ahuatitlán vendiéndola a los vecinos de Teloloapan? (Voces: ¡Sólo está Salazar! ¡No está Cervantes!)

El C. Salazar: Señor: Ayer, cuando se me interrogó, asenté esta tesis: los señores prefectos políticos toda la mejora que hacían, toda la vida, era para explotar, y por un palacio que levantaban, que costaba $100.00, ganaban ellos $5,000.00, y toda mejora era para explotar; de modo que no es remoto que, en este caso, el señor Salgado haya vendido el agua. (Aplausos.)

El C. Díaz Soto y Gama: ¿Es cierto que el reloj lo dio la fundición del mineral de La Concepción? Diga usted, señor Cervantes. (Voces: ¡No está Cervantes! ¡Sólo está Salazar!) ¿No está Cervantes en el salón?

Pido a la Secretaría dé lectura a un documento.

- El C. prosecretario Castrejón, leyendo:

Un membrete que dice: "La Esmeralda."- Hauser, Zivy y Compañía.- México. Apartado 69.- París: Faubourg Poissonniére, 35.- Fábrica en Chaux de Fonds. (Suiza.)

"México, 1o. de octubre de 1918.

"Señor Florencio M. Salgado.- Presente.

"Muy señor nuestro:

"En contestación a su grata, fecha 29 de septiembre próximo pasado, tenemos el gusto de incluir a la presente, duplicado de nuestra factura número 13,822, del 31 de agosto de 1895, por valor de $1,113.50, importe de un reloj para edificio público.

"Sin más, de usted afectísimos, atentos y seguros servidores.- Hauser, Zivy y Compañía." (Siseos.)

El C. Díaz Soto y Gama: Es posible que el dato que se me dio; sea inexacto; a mí se me dijo que el reloj lo dio la fundición del mineral de La Concepción, y precisamente se me dijo que podría ser un testigo el señor Cervantes. Vamos a seguir analizando la conducta del señor Salgado, a quien se considera o se trata de presentar como un hombre benéfico. Debo advertir desde luego a la Asamblea que, cuando yo consentí en encargarme de la impugnación de este dictamen, lo hice basado en el testimonio de numerosos vecinos de Guerrero que, como dije, vinieron exprofeso a tratar este asunto. Esos vecinos, encabezados por el general Epigmenio Jiménez, y cuyas firmas constan en este memorial, expresan su queja terminante de que los expedientes electorales que presentó el señor Salgado, han sido fraguados según la vieja costumbre de los elementos porfirianos o dictatoriales. Dice textualmente:

"Hacemos constar que hace dos años también obtuvo mayoría de votos, siguiendo la costumbre ya conocida y establecida, de fraguar expedientes; pero para significar con un hecho el odio que se le tiene, le rogamos a la H. Comisión que se fije si es posible que en los pueblos mencionados antes, haya tenido votos este cacique, que son los puntos que abarcan sus latifundios."

Este es uno de los puntos que quiero yo marcar en la atención de la Cámara. ¿Es posible que un hombre que cometió los hechos que habéis oído en la sesión pasada; es posible que un hombre que llegaba a apalear a sus arrendatarios con el objeto de obligarlos a satisfacer los contratos de arrendamiento que imponía; es posible que un hombre que azotaba a sus arrendatarios cuando se retardaban en el pago de sus rentas; es posible que ese hombre haya obtenido esa cantidad de votos en los mismos lugares azotados por su cacicazgo? Es verdaderamente increíble. Los hechos lo demuestran,

porque para el fin de obtener algunos votos, le fue preciso valerse del sistema del nepotismo, de ese sistema tan gastado y tan explotado en nuestras luchas políticas. Los datos que hay sobre el particular, son enteramente concluyentes. En todo el distrito, como lo demostraré cuando se trate de la Ley Agraria, este latifundista, al igual que todos sus colegas, logró imponer en los últimos tiempos del Gobierno del carrancismo, a los funcionarios municipales. Las elecciones de municipio se hicieron a satisfacción del señor Salgado, y de esta manera logró adueñarse de los municipios de Teloloapan, Arcelia, Ixcateopan e Ixcapuzalco, sosteniendo como presidentes municipales a familiares de los de la misma fórmula. Por ejemplo: "... en Teloloapan impuso a Rafael Jiménez, cuñado de un doctor Herrera, uno de los de la Mesa Directiva del club pablista "Melchor Ocampo"; en Arcelia, a Alberto Gama, cuñado del señor F. M. Salgado, aunque hizo la apariencia de separarse 5 días antes de las elecciones; en Ixcateopan, a José Jaimes, padre del doctor Jaimes, secretario del club "Melchor Ocampo", y en Ixcapuzalco, a un señor Fernando Salgado, primo del mismo candidato."

El juez de Primera Instancia de Teloloapan es enteramente parcial a favor del señor Salgado, y el secretario del Juzgado, cosa que han olvidado los otros impugnadores de la fórmula Salgado, lo era nada menos que don Luis Bustamante, el suplente de la misma fórmula, porque la fórmula se constituyó en esta forma: Florencio M. Salgado, propietario, y Luis Bustamante, suplente. Este Luis Bustamante, secretario del Juzgado de Primera Instancia, puso todos los medios de coacción judicial, al servicio de la fórmula de que formaba parte. En cuanto al juez, demostró de tal manera su parcialidad, y no sólo su parcialidad, sino hasta hostilidad manifiesta contra el señor Lavín que, según documentos comprobatorios, encarceló precisamente en los momentos electorales, a varios correligionarios del señor Lavín:

"En Teloloapan ordenó que fueran aprehendidos otros correligionarios de Acapetlahuaya, dando lugar con ello a que los del "Melchor Ocampo", pudieran indicar a los pueblos y cuadrillas circunvecinos, que los que no votaran por el señor Salgado, serían encarcelados."

Sobre esto, hay un documento plenamente probatorio, que voy a leer en la parte conducente, es muy corto; es una acta levantada y firmada por el presidente municipal, como puede certificar la Secretaría, y firmada también por una gran cantidad de vecinos.

Dice en lo conducente: "Tampoco se quiso registrar el distintivo tricolor, a pesar de que el representante mío se presentó el domingo marcado por la ley, media hora antes que el representante del contrario, obligándome con ello, a modificar toda mi propaganda y mis boletas."

Se ve aquí la presión y violación de la ley.

No puede ser más visible la presión.

Son, como ve el ciudadano secretario, más de treinta firmas, encabezadas por el presidente municipal, y hay otro hecho que quise comprobar por medio de la lectura de un acta, cuyo principal se perdió, porque aquí viene simplemente uno de los ejemplares, sin la legalización del presidente municipal. Estas firmas, que en el otro ejemplar vienen legalizadas por el presidente municipal, son de ciudadanos que acreditan lo siguiente:

"Que entre los presidentes que salían de la casa del señor Salgado, pudimos reconocer a los de Ixcateopan, Pachivia, Azulaques, Ixcatepec, Coatepec, Cuatles, Tlapacoya, Alahuistlán, Cerro Alto, Concordia, Chilacachapa y Tonalapa, así como a los de Teuzizapan, Campo Morado, La Suriana y otros más."

Son como quince o veinte.

"Que allí atendidos en sus alimentos y dormitorio, por los señores Luis Arciga y Camerino Ocampo, Máximo Espinosa y Feliciano Cuevas, comisionados por el propio candidato para atenderlos."

De manera que les dio alojamiento y alimentación en su propia casa a los presidentes de casillas, a 83 presidentes de casillas. "Que los expedientes salían envueltos en papel ministro y todos con la misma tinta azul y que esta circunstancia no se ha hecho constar en el acta de la Junta Computadora, porque según se demuestra por otro documento, dicha acta fue redactada y hecha personalmente por el representante de la fórmula Salgado - Bustamante, señor Trinidad Sánchez."

La comprobación de este último hecho, o sea de que el acta de la Junta Computadora fue redactada por un representante del señor Salgado, consta en otro documento que también mostraré a la Secretaría, que dice en lo conducente: "Los subscriptos..." vienen ocho firmas, entre ellas la del presidente del club respectivo: "Que les consta haber presenciado que quien hacía a su entero sabor y antojo el acta de la Junta Computadora lo era el señor Trinidad Sánchez, representante apoderado de la candidatura pablista Salgado - Bustamante, postulados por el club "Melchor Ocampo" de la misma filiación.

"Que les consta que desde a las 10 a. m. del día de ayer no funciona la Junta con el quorum legal, por haber manifestado el C. presidente de la H. Junta Computadora, C. Manuel de la Puente, que una vez entregados sus expedientes podían retirarse, efectuándolo así más de la mitad, que posteriormente comprendiendo la pena en que incurrían los mandaron reunir, cosa que no pudo hacerse en su mayoría por las razones antes expuestas. Que en los momentos que ésta se levanta sólo están presentes única y exclusivamente los componentes de la Mesa."

Como se ve, este es un expediente enteramente fraguado; llamó a su casa a 83 presidentes, les dio alojamiento, les dio alimento y a más de eso nombró redactor del acta a su representante, y además de eso ordenó la salida o exigió la salida de la mayoría de los representantes; se quedan los miembros de la mesa directiva solos, a solas confeccionan a su sabor el acta. Una elección que está viciada por amenazas como se ha visto, porque hubo de por medio hasta encarcelamientos; una elección que está viciada por las circunstancias de que la mayor parte de los funcionarios municipales y el propio secretario de Juzgado de 1a. Instancia estaban interesados en la elección por ser todos amigos de Salgado, por todo esto digo que una

elección de esta clase no puede llamarse legal. Los que han conocido más a fondo el expediente, como son el señor Octavio Paz y el señor Ramos Pedrueza, han demostrado, punto por punto, una serie de hechos que demuestran la nulidad, conforme a la ley, de los votos emitidos en diversas casillas. La interpelación hecha por el señor Paz al señor Avilés y no contestada por éste, demuestra que no hubo imparcialidad en la Comisión, puesto que ésta, tratándose del mismo caso de nulidad, en un caso anulaban y en otro caso dejaba válidos los votos; válidos, cuando se trataba de votos a favor del señor Salgado, y nulos cuando se trataba de votos a favor de Lavín. Estos hechos y otros más que se han expresado en esta tribuna demuestran plenamente que tanto legalmente, como política y moralmente debe anularse la credencial del señor Salgado. Siento positivamente estar más fatigado que la misma Asamblea y no poder insistir sobradamente en este asunto; sólo, sí, protesto que por las declaraciones enteramente sinceras impregnadas de indignación de los vecinos que vinieron a visitarnos a los señores Ramos Pedrueza, Soto y a mí, por las declaraciones terminantes que hacen en su memorial, por el hecho que alegan de que si se levantaron en armas fue precisamente por los abusos de que eran víctimas de parte del señor Salgado, por la imputación que le hacen a este hombre de haber sido uno de los causantes de los levantamientos armados desde 1911 en esa región, por la imputación que le hacen y que quedó comprobada ante esta Asamblea por el testimonio de varios diputados de que este hombre, Salgado, andaba con fuerzas del general Olea y tomó en varios combates en defensa de la dictadura huertista contra la revolución popular, por esta serie de hechos, por su comportamiento, por su manera de tratar a los arrendatarios, a los peones y, finalmente, por su conducta toda de cacique, por sus hechos todos de tirano, es un individuo que de ninguna manera puede haber sido legalmente electo. Todo lo demás se puede considerar como pruebas accesorias, como pruebas adminiculares, como sucedáneas de la verdad; pero la verdad es que a un cacique odiado, que un cacique que aquí se ha exhibido por sus actos opresivos y tiránicos, es imposible que haya salido electo legalmente, efectivamente por los mismos individuos que fueron sus víctimas. Yo espero que la Cámara, haciendo justicia y desentendiéndose de los chistes del exprefecto de Hidalgo, ateniéndose a la verdad de los hechos, consultando su conciencia de revolucionarios, decida si es posible que en esta Cámara en donde deben tener cabida los representantes del pueblo, del pueblo humilde y no sus enemigos, venga a sentarse un hombre que provocó la revolución en su distrito y venga a sentarse un hombre representante de un pueblo en que fueron sus víctimas y que lo señalan en esta Cámara como un cacique oprobioso, según sus palabras. La Cámara dirá si es posible que un hombre que fue huertista, que fue porfirista, que fue bonillista, que ha estado siempre del lado de los enemigos de la población campesina que dice venir a representar, si es posible que ese hombre ocupe una curul. No con elocuencia, porque no la he tenido ni puedo tenerla ahora en medio de mi fatiga, pero con toda la sinceridad de mi alma de revolucionario, con toda la sinceridad de mi alma de amigo del pueblo, con toda la sinceridad de hombre honrado que estimo mi reputación, yo digo a mis honorables colegas que yo en esta vez, más que en otras, con más energía que en otras, daré mi voto conscientemente contra el señor Salgado por dos causas: porque no considero legal su elección, y por considerar inmoral que un enemigo de la Revolución venga a tomar asiento en estos bancos donde sólo pueden tener cabida los espíritus revolucionarios o, por lo menos, los hombres que sienten cariño por el pueblo y que lo hayan demostrado con hechos. (Aplausos.)

- El C. prosecretario Castrejón, leyendo:

"Antonio G. Olea.- México, D. F.- Magnolia, 91.

"México, casa de usted, octubre 12 de 1920.

"Señor Florencio M. Salgado.- Ciudad.

"Mi muy estimado señor:

"En contestación a su carta de esta misma fecha, en la cual me pregunta que simuló conmigo alguna vez con el grado de coronel o cualquier otro grado en el Estado de Guerrero, o que si lo vi a usted que alguna vez concurriera como militar o paisano a alguna batalla o defensa de plaza en el mismo Estado, le contesto: que ni militó usted conmigo con ningún grado, ni lo vi tomar parte en alguna batalla o defensa de plazas en el mismo Estado.

"Hago especial mención de que usted jamás quiso aceptar ningún puesto civil en aquella época, recordando que en 1913 quise nombrar a usted prefecto político de su distrito y que usted rotundamente se negó a aceptar.

"Sin otro asunto, quedo de usted como afectísimo, atento y S. S.- Antonio G. Olea."

(Voces: ¡A votar! ¡A votar!)

El C. presidente: Tiene la palabra en pro el ciudadano Ayala.

El C. Paz: Moción de orden. Han hablado tres oradores en pro y tres en contra y, conforme al Reglamento, pido a su señoría que pregunte a la Asamblea si el asunto está suficientemente discutido.

El C. presidente: La Presidencia no tiene la lista de los oradores inscriptos ni tampoco memoria de los que han hablado en la sesión pasada.

El C. Paz: En pro habló el señor Vicencio, el señor Salgado y el señor Gómez; en contra hemos hablado. Ah, también habló en pro el ciudadano Avilés como miembro de la Comisión; en contra hemos hablado un servidor de ustedes, el señor Ramos Pedrueza, el señor Cienfuegos y Camus y el señor Soto y Gama.

El C. presidente: La Presidencia hace constar que empiezan a hablar primero los oradores del contra y que, en consecuencia, falta uno del pro, y no quiere aparecer parcial la Presidencia.

El C. prosecretario Castrejón: La Presidencia, por conducto de la Secretaría, consulta a la Asamblea si el asunto está suficientemente discutido. (Voces: ¡Sí! ¡Sí!) Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Suficientemente discutido. (Aplausos.)

Se procede a la votación. (Voces: ¡Nominal! ¡Nominal!)

El C. Salgado: Pido votación nominal, señor presidente.

El C. León Luis: Yo lo apoyo a usted, señor Salgado.

El C. prosecretario Castrejón: En votación nominal...

El C. presidente: La Presidencia ordena a las galerías guarden orden y compostura y previene a los guardianes del orden público que expulsen a los escandalosos. (Voces: ¡Muy bien! ¡Muy bien!)

El C. prosecretario Castrejón: Se va a dar lectura a los puntos resolutivos de este dictamen. Dicen:

"1o. Son válidas las elecciones verificadas en el 7o. distrito electoral del Estado de Guerrero, el día 1o. de agosto retropróximo.

"2o. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el 7o. distrito electoral del Estado de Guerrero, los CC. Florencio M. Salgado y Luis Bustamante."

Se va a dividir la votación de los puntos resolutivos. En votación económica se consulta si se aprueba el primer punto. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobado el primer punto.

En consecuencia, la Secretaría declara: son válidas las elecciones verificadas en el 7o. distrito electoral del Estado de Guerrero, el día 1o. de agosto retropróximo."

Se procede a la votación nominal del segundo punto, que dice:

"Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el 7o. distrito electoral del Estado de Guerrero, los CC. Florencio M. Salgado y Luis Bustamante."

El C. secretario Valadez Ramírez: Por la afirmativa.

El C. prosecretario Castrejón: Por la negativa.

El C. presidente: Se suplica al ciudadano Meza se sirva auxiliar a la Secretaría.

(Se recoge la votación.)

El C. secretario Valadez Ramírez: Votaron por la afirmativa 24 ciudadanos diputados y presuntos diputados.

El C. prosecretario Castrejón: Votaron por la negativa 99 ciudadanos diputados; no hay quorum.

Se va a dar lectura a las listas, con objeto de que si falta algún ciudadano diputado, reclame su voto.

El C. secretario Valadez Ramírez: Votaron por la afirmativa, los siguientes ciudadanos: "Acevedo, Avilés, Ayala, Barragán Martín, Bravo Betancourt, Bravo Lucas, Chávez Franco, Franco Abraham, García Adolfo G., Garza Candelario, Gómez Carlos, González Jesús B, Gutiérrez Atanasio, Guzmán Peláez, Luquín Rubalcaba, Mendoza, Miramontes, Quiroga, Ramírez Luque, Reyes Tereso, Salgado Florencio M., Sánchez Pablo H., Tello Romero, Valadez Ramírez y Valverde " total, 26 votos.

Se da lectura a la lista de los de la negativa:

"Aguirre Colorado Ernesto, Aguirre Colorado Fernando, Aguirre Emilio, Aillaud, Aja, Aldaco, Alessio Robles, Alvarez Ricardo A., Alvarez Vicente, Angulo, Argüelles, Arroyo Ch., Barbosa, Barragán Enrique M., Berzunza, Bojórquez, Bolio, Bordes Mangel, Borrego, Bueno, Cano, Cantón, Carrillo Puerto Benjamín, Castillo Agustín, Castillo Israel del, Castillo Profirió del, Castrejón, Cervantes, Cienfuegos y Camus, Colón, Contreras, Cuevas, Chico, Damián, Díaz Antonio, Díaz Soto y Gama, Enríquez, Esparza Martínez, Espinosa Natalio, Fernández Miguel B., Franco Urías, García Socorro, García Vigil, Garza Francisco, González y González, Guerrero Alberto, Guillén, Gutiérrez Castro, Gutiérrez Teodomiro T., Guzmán Luis, Hernández Alvarez Enrique, Hernández Macario M., Hidalgo Catalán, Huerta, León Luis L., López Soto, Morales, Maldonado, Manrique, Manzanilla, Maqueo Castellanos, Martínez de Escobar Federico, Martínez Gustavo S., Méndez, Meza, Mijares, Montero Villar, Munguía, Navarro Uriel, Ortega Antonio, Ortega José Juan, Palacio, Paz, Peña Francisco de la, Peña Ildefonso, Pérez Colín, Portales, Ramírez G. Benito, Ramos Pedrueza, Reyes Ignacio C., Reynoso Díaz, Rico G., Rodríguez López, Salazar, Sánchez de Cima, Sánchez Gilberto, Sánchez Pontón Carlos, Silva J. Joaquín, Solís, Soto Francisco, Soto José María, Torre, Trejo Francisco, Vadillo, Vásquez, Vega, Velarde, Vergara, Villalobos, Villegas, y Zincúnegui tercero." Total, 102 votos.

El C. secretario Valadez Ramírez: Hechas las rectificaciones del caso, resulta que votaron por la afirmativa 26 ciudadanos diputados y presuntos diputados, y por la negativa 102 ciudadanos diputados. (Aplausos nutridos. Voces: ¡Bravo! ¡Bravo!). En consecuencia, ha sido desechado el segundo punto del dictamen relativo a las elecciones en el 7o. distrito electoral del Estado de Guerrero. Vuelve a la Comisión para que lo reforme en el sentido de la votación.

El C. presidente, a la 1.55 p. m.: Se levanta la sesión y se cita para esta tarde a las cuatro en punto.

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 22 DE OCTUBRE DE 1920

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- Se da cuenta con los asuntos en cartera. Iniciativa de ley presentada por el C. diputado Gustavo S. Martínez, tendente a corregir las faltas de asistencia de los diputados y senadores, a las sesiones; primera lectura e imprímase.

3.- Se concede licencia al C. Mateo Castellanos. Los CC. Vito Alessio Robles, A. Díaz Soto y Gama e Ignacio Borrego presentan su renuncia como presidente y vicepresidentes de la Cámara en el presente mes. Se suspende la sesión pública para entrar a secreta.

4.- Se reanuda la sesión pública. Proposición del C. diputado Pedro de Alba, relativa a que se pida a la Suprema Corte de Justicia de la Nación su intervención en el conflicto que con motivo de las elecciones de gobernador se provocó en el Estado de Aguascalientes; a discusión, es retirada por su autor.

5.- Proyecto de ley presentado por el C. Francisco Soto y numerosos CC. diputados, a fin de que se deroge la Ley de Imprenta de 9 de abril de 1917; a las comisiones unidas de 2a. de Gobernación y 2a. de Puntos Constitucionales e imprímase.

6.- Dictamen de las comisiones unidas 1a. de Hacienda, 1a. de Comunicaciones y de Industria y Comercio, por el que se deroga el decreto que crea los puertos libres expedido por el Ejecutivo de la Unión. A debate, es aprobada una moción suspensiva del C. Céspedes, a fin de que se suspenda la discusión y se llame al ciudadano secretario de Hacienda y Crédito Público. Es desechada una moción suspensiva del C. Manero, referente a este debate. Presente el ciudadano secretario de Hacienda y Crédito Público, se pone a discusión el dictamen. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. BORREGO IGNACIO

(Asistencia de 132 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 4.20 p. m.: Se abre la sesión.

La Presidencia considera que debe darse lectura al acta de la sesión de antier. (Voces: ¡No! ¡No! ¡No! varios ciudadanos diputados pretenden hacer uso de la palabra. Campanilla.) Ruego a los señores diputados permitan hablar a la Presidencia. Pero como no quiere abrir discusión sobre este punto; como quiere, ante todo, que se trabaje y se discutan los asuntos importantes que hay en cartera, se va a limitar a preguntar a la Asamblea si consiente en que se lea el acta de la sesión de antier. (Voces: ¡No! ¡No!) Y si no lo consiente, se leerá la de ayer. (Voces: ¡Ya está aprobada la de antier! ¡Sí, que se lea la de ayer!)

El C. Martínez de Escobar Rafael: ¡Que se lea la de hace quince días, la de hace catorce!

El C. secretario Valadez Ramírez: En acatamiento a lo dispuesto por el ciudadano presidente, se pregunta a la Asamblea si se lee el acta de antier. Los que estén por la afirmativa, sírvanse poner de pie. No se lee el acta de antier. (Aplausos.)

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día veintiuno de octubre de mil novecientos veinte.

"Presidencia del C. Rafael Martínez de Escobar.

"En la ciudad de México, a las cinco y quince de la tarde del jueves veintiuno de octubre de mil novecientos veinte, se abrió la sesión, con asistencia de ciento veintiocho ciudadanos diputados, según lo declaró el C. secretario Valadez Ramírez, después de pasar lista.

"Sin debate se aprobó el acta de la sesión celebrada el día anterior, y se dio cuenta con los siguientes documentos:

"Telegrama procedente de San Luis Potosí, en que el C. Rafael Curiel participa que hizo entrega del Poder Ejecutivo de ese Estado, al C. Rafael Nieto.- De enterado.

"Mensaje depositado en Mérida, Yucatán, firmado por el C. Miguel Alonzo Romero, en que transcribe otro que dirigió al ciudadano presidente de la República, por medio del cual solicita garantías para que se respete el sufragio en las próximas elecciones de gobernador de aquel Estado.- Recibo.

"Dos telegramas de la misma procedencia, signados por el C. diputado Felipe Carrillo Puerto, en que por sí y a nombre de los partidos socialistas de Yucatán y Campeche, pide se incluya a Progreso entre los puertos libres.- Recibo, y agréguese a su expediente.

"Mensaje de Salinas Cruz, Oaxaca, por medio del cual la Cámara Nacional de Comercio de ese lugar, pide a esta Cámara que sancione el decreto del Ejecutivo, referente a los puertos libres.- Recibo, y a su expediente.

"Solicitud del ciudadano diputado Barbosa, a fin de que se le conceda licencia por quince días, con goce de dietas.

"Se aprobó sin discusión, previa dispensa de trámites.

"Proyecto de reformas a la Ley Orgánica del Distrito y Territorios Federales, expedida por el Ejecutivo de la Unión el 13 de abril de 1917, que subscriben los CC. Borrego, de Alba, von Borstel y veinte ciudadanos diputados más.- A la primera Comisión de Gobernación, e imprímase.

"Dictamen de la segunda Comisión de Relaciones Exteriores, que consulta un proyecto de decreto, por el que se concede permiso al C. Luis Morales Moreno, para que acepte y desempeñe el puesto de encargado del Consulado de Colombia en Tampico, Tamaulipas.- Segunda lectura, y a discusión el primer día hábil.

"Dictamen de las comisiones unidas primera de lnstrucción Pública y primera de Puntos Constitucionales, que concluye con un proyecto de ley que reglamenta la fracción XII de artículo 123 de la Constitución General, en relación con el artículo 3o. de la misma.

"A solicitud del C. Manrique, la Asamblea dispensó la segunda lectura a este proyecto, y se puso a debate en lo general. El propio. C. Manrique, como miembro de la primera Comisión de Puntos Constitucionales, lo apoyó. El C. Juan B. Salazar propuso se aplazara la discusión, en tanto no se conociera el proyecto sobre el mismo asunto formulado por el rector de la Universidad Nacional, a lo que opusieron los CC. Manrique y Ramos Pedrueza.

"Dióse cuenta con una moción suspensiva firmada por los CC. Castrejón, Zincúnegui Tercero, Pérez Gasga y Vadillo, que fue fundada por el primero de los expresados ciudadanos. La Secretaría, a moción del C. Manrique, informó acerca de las razones por las cuales no se había impreso el dictamen cuya discusión trataba de suspenderse. Acto continuo se tomó en consideración la moción suspensiva y se puso a debate.

"Hablaron en contra los CC. Avilés y Ramos Pedrueza, y en pro los CC. Zincúnegui Tercero y Castrejón. El C. Manrique manifestó su conformidad con la moción suspensiva, la que fue aprobada después de que se leyó el artículo 125 reglamentario, a solicitud del C. Zincúnegui Tercero.

"El C. Vadillo usó de la palabra para pedir a la Presidencia se pasaran a sesión de Colegio Electoral, y pocos momentos después, en unión del C. Zincúnegui Tercero, presentó su proposición por escrito en este sentido.

"Puesta a debate, hablaron en contra los CC. Mijares y Carlos Gómez, y en pro el C. Vadillo.

"Suficientemente discutida la proposición, se desechó en votación económica.

"Se puso a discusión, en lo general, el dictamen

de la primera Comisión Agraria, acerca del proyecto de ley para el fraccionamiento de latifundios, presentado a la Cámara de Diputados de la XXVII Legislatura de la Unión, por algunos de sus miembros.

"El C. Manzanilla, de acuerdo con el artículo 106 del Reglamento, solicitó que la Comisión fundara su dictamen. El C. Mijares hizo una aclaración, y el C. Bordes Mangel sugirió se aplazara la discusión, hasta estuviera presente el ciudadano secretario de Agricultura y Fomento.

"El C. Manzanilla presentó un moción suspensiva, la que fue tomada en consideración, y sin debate se aprobó.

"A las siete de la noche se levantó la sesión."

Está a discusión el acta.

El C. Moreno Jesús Z.: Pido la palabra.

El C. presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Moreno Jesús Z.: Para suplicar a usted, muy atentamente, se sirva mandar que certifique la Secretaría la lista de los asistentes a la sesión de ayer, para ver si había quorum. (Voces: ¡Sí hubo!)

El C. secretario Valadez Ramírez: La Secretaría informa al ciudadano Moreno Jesús Z., que ayer, al abrirse la sesión, se encontraban presentes, es decir, pasaron lista, 128 ciudadanos diputados, y posteriormente, llegaron 17 más. La lista esa se encuentra en la Oficialía Mayor, certificada por la Secretaría Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie.Aprobada.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.- México.- Estados Unidos Mexicanos.- Oficialía Mayor.- Número 59.- Comisión de la Administración. "CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.

"En virtud de haberse agotado la partida número 63 del Presupuesto de Egresos vigente, destinada a gastos extraordinarios de la Cámara de Senadores, la Comisión que subscribe, por el digno conducto de ustedes tiene la honra de someter a la deliberación de esa H. Cámara, el siguiente proyecto de ley:

"Artículo único. Se amplía en la cantidad de $6,000.00 (seis mil pesos) la partida número 63 del Presupuesto de Egresos vigente, destinada a gastos extraordinarios de la Cámara de Senadores.

"Nos es honroso reiterar a ustedes las seguridades de nuestra distinguida consideración.

"Constitución y Reformas.

"México, octubre 21 de 1920.- La Comisión de Administración.- C. B. Zetina.- M. Cepeda Medrano.- B. Reynoso." Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"Poder Ejecutivo Federal.- México.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Número 3,564.

"A los CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.

"Tengo el honor de remitir a ustedes un proyecto para la creación de una Secretaría de Educación Pública Federal, con su exposición de motivos, rogando a ustedes se sirvan dar cuenta con él a la H. Asamblea para los efectos correspondientes.

"Me es grato protestar a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, octubre 22 de 1920.- El subsecretario encargado del Despacho, J. I. Lugo."- Recibo, a las comisiones unidas 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. de Instrucción Pública, e imprímase.

(El documento de referencia está concebido en los siguientes términos:)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS AL PROYECTO DE LEY PARA LA CREACIÓN DE UNA SECRETARIA DE EDUCACIÓN PUBLICA FEDERAL

La federalización de la enseñanza

La necesidad de federalizar la educación pública, desconocida y negada por un gobierno nefasto, es hoy reconocida por todas las gentes sensatas y forma parte del programa de casi todos los partidos. Sin embargo, existe un gran desacuerdo por lo que hace a los medios de llevar a la práctica la importantísima reforma y así hemos estado viendo que a diario surgen los proyectos parciales las iniciativas incompletas, los planes insuficientes.

Con el objeto de poner término a este estado de cosas, se presenta a la consideración nacional y particularmente a la consideración del H. Cuerpo Legislativo, el adjunto de ley, un proyecto factible y conciliador de los distintos intereses sociales; un proyecto que desde luego producirá resultados prácticos y que no está en conflicto con los principios de libertad comunal y de independencia interior, que también forma parte del vasto anhelo que con el nombre de "la revolución" ha estado conmoviendo y desangrando, atormentando y purificando a nuestra Patria.

Al formular este proyecto se han tenido en cuenta las ideas que palpitan en todo nuestro territorio, las necesidades que nos conmueven, los ejemplos de otros pueblos, las opiniones de toda clase de personas y el consejo de los profesores y de los especialistas, no solamente de los especialistas universitarios, sino también de los que han aprendido, en la vida misma, los anhelos y las exigencias de la sociedad.

Reformas a la Constitución

A fin de que esta nueva ley pueda entrar en vigor, es menester que la Representación Nacional se decida a verificar algunas reformas en la Carta Constitucional que nos rige, reformas que son tan leves, que en opinión de muchos, ni es necesario hacerlas; sin embargo, a fin de dejar resuelta cualquiera duda que pudiese existir, hemos precedido

la ley de educación de un proyecto de reformas a los artículos 14 transitorio y fracción XXVII del artículo 73 de la Constitución vigente. Tan pronto como el Congreso - reconociendo el clamor público que pide la federalización de la enseñanza; reconociendo el fracaso de esa misma enseñanza, a causa de los sistemas que hoy nos rigen - se resuelva a reformar sin grandes discusiones previas, con la rapidez que el caso requiere, todos aquellos preceptos constitucionales que estén en conflicto con las necesidades sociales; la presente ley podrá ser discutida y aprobada, y desde ese día la educación patria habrá dado el primer paso en una senda completamente nueva y llena de promesas. Lo que principalmente urge tener presente es la premura del tiempo; la necesidad de demostrar el patriotismo, poniéndose a trabajar de lleno en los problemas que encierra la presente ley y resolviéndolos sin discusiones prolongadas y vacías sin distingos de jurista, sin prejuicios de sectario, sin envidias de mediocre y sin propósitos de sensacionalismo y de vanagloria. Por fortuna los tiempos son de desinterés y de noble esfuerzo y no dudamos que las Cámaras se apresurarán a dar un ejemplo de patriotismo resolviendo de una vez y conforme a un criterio ilustrado y generoso el problema de la educación nacional. Confiamos plenamente en que las Cámaras no rechazarán este proyecto a menos de que logren elaborar uno mejor; pero de no ser esto último, no se detendrán por escrúpulos de fórmula y votarán al presente proyecto con entusiasmo, con rapidez, con unanimidad. La actual Legislatura es libre y legítima, y por lo mismo sabrá eludir los escollos en que han caído las anteriores y sabrá ponerse a una altura mayor. Los errores de todas las Legislaturas deberán ser enderezados por ésta que representa una gran esperanza nacional. Con orgullo y confianza sometemos ante ella nuestro proyecto; con orgullo porque dicho proyecto representa una solución clara de nuestro problema educativo, y con confianza porque la Cámara que ha de darle patente de vida constituye la más genuina expresión de nuestra democracia progresista, de nuestra revolución orientada por fin hacia lo justo y hacia lo grande. En las condiciones presentes no es concebible que ningún proyecto pequeño venga a obstruir el paso a nuestra ley. Seguros estamos de que la ley que apruebe el Congreso, será una ley generosa y cabal, una ley que barra obstáculos aunque esos obstáculos lleguen a encontrarse emboscados en el texto de una ley constitucional.

Los comedores escolares

Dando, pues, por consumada la reforma constitucional que sea necesaria, la ley que se contiene en el proyecto anexo comienza decretando la creación de una Secretaría de Educación cuyas funciones civilizadoras abarcarán no sólo a una porción privilegiada del territorio, no sólo al Distrito Federal, como antes aconteciera, sino a toda la superficie de la República, necesitada de un extremo a otro, de la acción del poder público y de la luz de las ideas modernas.

En seguida de establecer la creación de esta Secretaría, de funciones amplísimas, la ley respectiva formula, en su artículo tercero, un principio que es nuevo -no sólo entre nosotros, sino en muchos países que presumen de civilizados - al afirmar que la educación, además de ser laica y gratuita. comprenderá el deber de alimentar y educar, en condiciones de igualdad con los otros niños, a los hijos de padres notoriamente pobres y a los huérfanos carentes de recursos. La ley declara que el Estado reconoce el deber de proporcionar alimentación y educación a los niños pobres, y usa la palabra deber para alejar de este servicio toda idea de filantropía, pues no es una merced la que se va a otorgar, sino un acto de elemental justicia. No faltará quien suponga que el precepto se presta al abuso y que muchos padres ya no cuidarán de proveer a sus familias y otros multiplicarán su prole sin medida, fiados en que el Estado habrá de encargarse de ella. Sin embargo, tales abusos son fáciles de evitar por medio de leyes complementarias que impongan a todo hombre sano, la obligación de trabajar y de contribuir para el sostenimiento de sus hijos menores. Al mismo tiempo, el desarrollo de la educación hará que los matrimonios no procreen más allá de lo que es prudente conforme a sus propios recursos.

Leyes especiales se encargarán de imponer multas y aun penas corporales a los padres que, pudiendo trabajar, no trabajen para adquirir el sustento de sus hijos, y otras leyes perseguirán a los remisos en cumplir sus deberes; pero la ley contenida en el artículo tercero acudirá sin ambages en auxilio de los casos desventurados, de los casos en que verdaderamente y dentro de la más estricta justicia, toca al Estado extender su mano providente y salvadora. No es esto caridad, sino deber elemental y conveniencia bien entendida. Todas las bárbaras edades que hemos venido atravesando hanse ocupado en legislar para la protección de la propiedad, para la protección de la industria, y aun para la protección de los animales domésticos; pero el caudal hombre ha sido descuidado constantemente, como si él no fuera la fuente y origen de toda riqueza, de todo poderío.

El propósito de alimentar y educar a todos los niños desvalidos, remedia en parte este abandono inhumano, y este primer intento de regenerar la especie, debe ser sancionado por las Cámaras, y debe ser aplaudió por la nación entera como una de las conquistas de la civilización mexicana; como uno de los preceptos que quizá justifiquen, que quizá absuelvan a esta revolución nuestra, que tanto dolor ha costado.

La extensión de la nueva Secretaría

Salvar a los niños, educar a los jóvenes, redimir a los indios, ilustrar a todos y difundir una cultura generosa y enaltecedora, ya no de una casta, sino de todos los hombres, tal es el propósito fundamental de la presente ley, y para consumar este propósito, para comenzar a desarrollarlo, ha sido necesario construir un organismo flexible, ilustrado y poderoso, que haga sentir su acción por doquiera, jamás entorpecedora, siempre vivificante. Comienza a definirse dicho organismo educativo en

el artículo cuarto del proyecto, según el cual la Secretaría de Educación Pública Federal se constituirá con todos los establecimientos de educación que hoy dependen de la Universidad Nacional, incluyendo los que hasta hace poco dependían del Gobierno del Distrito y los que todavía dependen de los ayuntamientos del Distrito Federal y Territorios y, además, con todos aquellos que formaron parte integrante de la antigua Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes; de esta manera se intenta reconstruir desde luego y con elementos que ya existen, el antiguo Ministerio, cuya desaparición ha sido tan justamente lamentada.

Los tres ramos en que se divide el funcionamiento de la Secretaría

Además de todo lo que constituía el antiguo Ministerio, la nueva Secretaría tendrá a su cargo otras muchas instituciones, según se expresa en el texto del proyecto, y para hacer inteligible y eficaz su funcionamiento, se ha establecido en los artículos quinto y sexto y los capítulos III, IV y V, que la Secretaría estará dividida en tres grandes ramas o departamentos, a saber: el DEPARTAMENTO ESCOLAR, el DEPARTAMENTO DE BIBLIOTECAS Y ARCHIVO y el DEPARTAMENTO DE BELLAS ARTES. Esta división trinitaria es uno de los rasgos más importantes de la ley; pues en el Departamento Escolar se imparte la instrucción y se educa; en el Departamento de Bibliotecas se difunde la cultura, y en el de Bellas Artes se da a esa misma cultura el coronamiento que necesita para ser completa y alta.

El Departamento Escolar

El Departamento Escolar comprende escuelas que arrancan desde las más humildes formas, hasta las más complejas.

Provee a la creación de escuelas especiales de indios en todas las regiones pobladas por indígenas y en las cuales se enseñará el castellano con rudimentos de higiene y de economía, lecciones de cultivo y de aplicación de máquinas a la agricultura. De esta suerte se logrará que sea más eficaz el trabajo del indígena, lo que motivará aumentos de jornales y una mayor posibilidad de que la raza se eleve rápidamente.

Las escuelas rurales se extenderán por todo el país y representarán un grado más que las escuelas de indígenas; en ellas se enseñarán trabajos manuales, cultivos, algo de ciencia aplicada y consejos prácticos sobre uso de máquinas y métodos modernos para mejorar las industrias locales. Cuando los fondos del Erario no basten para fundar verdaderas escuelas, la Secretaría enviará maestros ambulantes que recorran las rancherías predicando la buena nueva de la regeneración por el trabajo, por la pericia y por la virtud.

Las escuelas o institutos técnicos de que habla el artículo séptimo del proyecto, tendrán un carácter moderno y eminentemente práctico. Para ponerlos a funcionar de una manera eficaz, será menester emplear inspectores, peritos y maestros especiales. La instalación de estos planteles será costosa y, por lo mismo, lenta; pero se cuidará de poner en práctica un sistema pedagógico por el cual la escuela complemente la enseñanza de la vida diaria. No es indispensable dotar estos institutos de talleres costosos, pero sí de buenos maestros, que importaremos primero y que formaremos después, a fin de que ellos perfeccionen los conocimientos del obrero y del industrial, dándole la parte de teoría que le falta para hacer más eficaz su trabajo diario. De esta suerte, el obrero que recibe su práctica en los talleres de las grandes empresas, en las usinas y fundiciones de la industria independiente, podrá adiestrarse rápidamente.

Las escuelas de educación primaria y secundaria deben perfeccionarse y se difundirán hasta que puedan ofrecer sus aulas a todos los niños y jóvenes del país. A efecto de fomentar el desarrollo de estas escuelas, la Federación obrará directamente o colaborará con los Estados, poniéndose de acuerdo con las autoridades locales, o fomentando los institutos privados, según conviniere.

Las escuelas rurales, las primarias y las técnicas, se desarrollarán aun a costa de las escuelas universitarias, de las escuelas profesionales, y esta tendencia la reconoce la ley, desde el momento en que previene la creación de una escuela técnica en cada Estado o Territorio, es decir: cerca de treinta, y en cambio, sólo estatuye la creación de cuatro universidades, o grandes centros de educación profesional y teórica.

El proyecto de ley se refiere a cuatro grandes universidades y sería de desearse que andando el tiempo sólo esos cuatro centros se dedicasen a la educación profesional; sin embargo, como la mira del proyecto no es suprimir nada de lo poco que existe, no se atentará contra los colegios y facultades profesionales de los Estados; dichos planteles seguirán funcionando, no sólo sin que la Secretaría los hostilice, sino con el apoyo de la misma, cada vez que sea posible prestarlo. En resumen, no habrá escuela que la Secretaría no se considere obligada a proteger. Sólo como una recomendación se hará ver a los Estados que con fondos propios sostienen escuelas profesionales, la conveniencia de que dediquen esos fondos al sostenimiento de los institutos técnicos o industriales que la presente época demanda.

Las cuatro universidades que la presente ley propone serán federales, pero federales tan sólo porque estarán sostenidas principalmente con fondos de la Federación; más por todo lo que hace a su constitución interna, a sus orientaciones y tendencias, todas ellas serán autónomas y libres. Los fondos que ya dedican los Estados a su funcionamiento se seguirán recolectando, pero se engrosarán con los recursos que aporte la Secretaría. Los programas de estudios serán similares y será general la obligación de impartir enseñanza gratuita, salvo el caso de los alumnos acomodados, que deberán pagar cuotas legales. Al conceder educación gratuita, la ley vuelve a la sana tradición nuestra que nunca opuso la barrera de unos cuantos dineros delante de la mente ansiosa de conocimiento y de luz. No venderemos más la ciencia, pero sí impondremos a los ricos ciertas cuotas legítimas, que serán de gran provecho para los detalles de perfeccionamiento de las escuelas.

Lograr la unidad dentro de la complejidad, tal debe ser el propósito de nuestra organización escolar. Una misma orientación desde la escuela elemental hasta la Universidad; un mismo espíritu de justicia; igual afán de trabajo; culto al deber y anhelo de bien; todo esto serán nuestras escuelas si se desarrollan libremente, pero conforme a un plan unísono y coherente, como el que la presente ley señala.

El Departamento de Bibliotecas

Las escuelas llenarán su función; pero eso no basta. Por lo común el pensamiento no nace de las escuelas y la acción fecunda tampoco se elabora en ellas. Las escuelas comentan la idea y procuran practicar la moral; pero las escuelas no son instituciones creadoras. La moral la han hecho: Buda en los bosques y Jesús en los desiertos. La idea nace en la soledad o en la lucha; en la congoja o en la dicha, pero nunca o casi nunca en la quietud de las aulas. La luz, la fe, la acción, el gran anhelo de bien que conmueve a esta sociedad contemporánea, apenas si se define en los libros; en los libros de nuestros contemporáneos y en los libros grandes y generosos del pasado: por eso un Ministerio de Educación que se limitara a fundar escuelas, será como un arquitecto que se conformase con construir las celdas sin pensar en las almenas, sin abrir las ventanas, sin elevar las torres de un vasto edificio. En las escuelas se nos educa para que aprendamos a distinguir y a juzgar, para que sepamos apreciar qué es lo que vale entre toda la multiplicidad de los esfuerzos humanos; pero sólo en el vehículo generoso de los libros encontramos el tesoro de la cultura humana. La escuela nos alecciona en los métodos y en seguida los libros nos dan las ideas, la riqueza, la prodigalidad entera de la conciencia. He aquí por qué el Departamento de Bibliotecas no debe ser visto como una novedad curiosa o como un lujo superfluo.

La biblioteca complementa a la escuela, en muchos casos la substituye y en todos las casos la supera. Sin embargo, y esto lo señalamos a la atención de todos aquellos que en un momento de ceguera se atrevan a oponer reparos a las reformas que la presente ley implica: no hay en todo el país una sola biblioteca moderna, eficaz, digna de su misión.

Un país sin bibliotecas, un país sin libros, ¿qué otra cosa puede hacer si no apresurarse a edificar salas de lectura y a comprar colecciones sin número? ¿Qué esperanzas tenemos de regenerarnos, mientras la adquisición y propaganda del libro dependan del criterio fenicio de los comerciantes de libros? Con el aumento de la riqueza, se nos podrá objetar, los libreros ampliarán sus miserables catálogos de hoy en día, y las gentes comprarán de su propio peculio el libro. Pero no reflexionan los que tal afirman, en que, aun suponiendo que de una manera natural el aumento de la riqueza traerá la multiplicación de los libros, en cambio, ese mero aumento de las riquezas materiales no garantiza la calidad de los libros. Basta haber recorrido las librerías del comercio en un país rico y poderoso como nuestro vecino del Norte, para asombrarse de la clase de libros que el comercio acaba por popularizar entre las gentes; un libro soso, vulgar, que se amontona en los anaqueles y en las mesas y se vende por millares, gracias al anuncio, y como si se tratase de un artículo de droguería. En cambio, en el mismo país vecino, basta penetrar en la más humilde biblioteca de una aldea, para darse cuenta de que ha habido allí un pensamiento ilustrado que preside a la elección de las obras y dirige el reparto desde los grandes centros de población hasta los pueblos; y entonces se comprende por qué, a pesar de ciertas apariencias de rudeza, aquel pueblo es ilustrado y es grande. Una función semejante, una función de propaganda cultural, sólo puede realizarla un sistema de bibliotecas. Por eso nuestro proyecto de ley establece la clase de libros que se ofrecerán al público en las bibliotecas, y el artículo 13 va más lejos, decretando la creación de una casa editorial y un departamento de traducciones

Casa Editorial

En efecto, para que los pueblos de la América española nos salvemos, sin dejar de ser nosotros mismos, es decir, sin extranjerizarnos, es menester que hagamos muchas cosas que en otros pueblos no necesita hacer el Gobierno.

En un país de cultura completa, en Inglaterra o en Alemania o en Francia, si el Gobierno se propone abrir bibliotecas, no tiene que hacer más que comprar libros y levantar los edificios; pero nosotros tenemos que hacer también los libros; tenemos que hacerlos, porque no bastan los libros escritos en nuestra lengua y no todos los libros principales de otros idiomas están traducidos a nuestra lengua. No hay libro importante del mundo que no esté traducido al inglés o al francés; en cambio, los traductores españoles trabajan con tal lentitud, que es menester que el Gobierno, por medio de sus institutos culturales, colabore con la iniciativa privada y emprenda la labor de traducir toda la cultura a nuestro exacto y hermoso, pero atrasado idioma. El remedio contra este atraso no es el que durante tanto tiempo se ha venido empleando, consistente en enseñar prolijamente las lenguas vivas extranjeras. No mientras México o cualquier otro país hispano tenga la desgracia de usar textos en inglés o en francés o en cualquiera otra lengua extraña, México y todos los demás países que así precedan tendrán que reconocer que no poseen una cultura firme. Es necesario pensar; pero es necesario pensar en español. Es necesario asimilar la cultura ajena, pero conservando nuestro temperamento propio. Si todo el esfuerzo gastado en enseñar idiomas que nunca aprendemos bien, se hubiese empleado en traducir correctamente todas las obras que nos venían del extranjero, la cultura latinoamericana quizás se habría evitado ese bochornoso período de si mismo internacional del que todavía no salimos totalmente. Nosotros no nos opondremos a que los mexicanos aprendan las lenguas extranjeras; pero sí procuraremos que ese aprendizaje se aplique a perfeccionar y enriquecer el idioma nativo, no a corromperlo. Está en el

idioma el tesoro más íntimo y el alma misma de una raza; por eso declara nuestro proyecto, en su artículo 13, que el cultivo celoso de la lengua castellana debe ser recomendado como una de las formas más elevadas del patriotismo.

Departamento Editorial

Aparte de la sección de traducciones, la ley dispone la creación de un Departamento Editorial, en el cual se hará el tiro de libros escogidos, en número suficiente para que lleguen fácilmente a todas las manos. Los libros que editará ese Departamento serán designados por la Comisión Técnica a que se refiere el artículo 14. Este plan ofrece la enorme ventaja de que ya no seguiremos recibiendo los libros que los libreros y editores nos quieren vender, sino los que el criterio ilustrado de la Comisión Técnica designe. Esta Comisión juzgará del mérito de las obras nacionales e imprimirá por cuenta del Gobierno las que estime dignas y escogerá entre las obras extranjeras las que convenga hacer circular profusamente entre nosotros. Creemos sinceramente que los trabajos de esta planta editorial, guiada no por el lucro, sino por un criterio cultural, serán sumamente benéficos para la ilustración del pueblo, y servirán para depurar el ambiente intelectual corrompido en que vivimos.

En estos tiempos en que la edición de libros se ha convertido en asunto de propaganda para las sectas y para las grandes empresas, o bien en simple negocio que no se rehusa a explotar las pasiones bajas de los lectores, es menester que por encima de todos estos encontrados y sospechosos intereses, se levante un órgano de publicidad vasto y poderoso, cuyo criterio no tenga más norma que lo elevado y noble.

A efecto de evitar que el Gobierno se aproveche del enorme poder que llegará a adquirir esta planta editorial, la ley contiene la prohibición de que en ella se impriman obras de política militante. Suprimido así hasta donde es posible el peligro de que el Gobierno que para fines egoístas la indicada empresa, sucederá que a pesar de que cambie el personal de la administración, el nivel de las obras editadas por el Gobierno se mantendrán alto y los intereses de la verdadera cultura prevalecerán.

Departamento de Bellas Artes

El tercer Departamento que comprenderá la Secretaría de Educación Pública Federal, tiene a su cargo el desarrollo y fomento de las bellas artes en todo el territorio del país. No obstante que un criterio estrecho pudiera afirmar que esta rama de la cultura no debe corresponder al Estado, es innegable que no hay un solo pueblo que haya dejado huella en la historia o represente algo en la civilización, donde no se encuentre el Gobierno ejerciendo una acción tenaz y decisiva con el objeto de fomentar el arte en todas sus manifestaciones. El Estado, es claro, no puede juzgar de la obra del artista; nadie puede juzgar esa obra sino el artista mismo; pero, en cambio, el Estado debe exigir del artista que trabaje y no que el amparo de algún efímero triunfo inicial se convierta en un pensionado perpetuo que ya no se afana reproducir. La ley general no hace y no puede hacer más que definir a grandes rasgos las instituciones que se sostendrán con fondos del Estado, tales como museos, academias de pintura y escultura, conservatorios de música, etc., pero las leyes reglamentarias deberán imponer esta obligación de trabajar, que debe ser igual tanto para el más grande artista como para el más humilde labriego.

"Los artistas todos deben tener presente que el hombre de verdadero mérito se ha distinguido siempre por una enorme capacidad de trabajo, y que, por el contrario, la pereza jamás engendra ni siquiera lo mediocre, mucho menos la chispa del genio. Una vez que la ley ponga claramente a los artistas en las mismas condiciones que a todos los demás hombres por lo que hace al deber que tienen de trabajar y producir, ya no habrá ningún peligro que las sumas invertidas en el fomento del arte se pierdan; todo lo contrario, una producción rica y elevada traerá consigo la regeneración, la exaltación, la exaltación del espíritu nacional.

Atribuciones de la Secretaría

El artículo 6º. del proyecto de ley se ocupa de las atribuciones de la Secretaría y de la forma en que debe organizar sus labores. Con excepción de la división en tres departamentos o secciones bien definidos, la

Secretaría de Educación Pública no se diferenciará en gran cosa de las demás secretarías de Estado. Un factor de importancia en la marcha del despacho vendrán a constituirlo los delegados viajeros que crea el artículo 21 de la ley, los cuales servirán para dar a conocer las necesidades de las distintas regiones del país y también para llevar hasta los más apartados rincones el auxilio de los recursos federales.

Los mismos delegados cuidarán de promover la organización de los consejos locales de Educación, en todos aquellos pueblos donde no baste la iniciativa privada para crearlos. Se encargarán asimismo de organizar bibliotecas y en general harán sentir en todas partes la acción benéfica y civilizadora del centro.

Por lo que hace al sistema de nombramientos de directores de los planteles educativos, el artículo 22 establece un procedimiento que es totalmente nuevo entre nosotros y que tiende a garantizar la idoneidad del personal. Consiste dicho procedimiento en hacer llegar al Gobierno una terna, para cuya formación intervienen no sólo los profesores de una escuela, como algunas veces ya se ha hecho, no sólo los alumnos cuyo criterio suele favorecer al jefe complaciente y no al idóneo, sino también las sociedades científicas o técnicas independientes y la opinión de estos cuerpos técnicos será sin disputa la más importante y la que mejor pueda ilustrar al Gobierno en la elección de los hombres más competentes para el servicio de la educación pública.

Por lo que hace a la designación de profesores, la ley reconoce la superioridad del sistema de

oposición al disponer el la fracción III del artículo 23, que los profesores que hayan obtenido sus cátedras por oposición no podrán ser removidos sino conforme a los reglamentos de la oposición misma o por condena a causa de delitos del orden común.

Entre las distintas atribuciones que conforme al proyecto adjunto serán ejercidas por la Secretaría de Educación Pública Federal, se encuentra la consignada en el artículo 25 del mismo proyecto, según el cual dicha Secretaría podrá promover leyes sobre impuestos destinados a la educación, ya sea ante el Congreso local o ante los congresos de los Estados.

Otra medida importante es la consignada en el artículo 26 de la ley, al establecer que los ingresos destinados a la educación se destinarán de una manera preferente al sostenimiento de las escuelas elementales, secundarias, industriales, agrícolas, etcétera, y sólo en último término a las escuelas profesionales. Sin embargo, es muy conveniente elevar a la categoría de ley la disposición contenida en el artículo 28 del proyecto, según el cual las sumas que se destinen a las universidades, ya sea de acuerdo con los presupuestos hoy en vigor o con los que se presenten en el futuro, se deberán destinar de una manera global a las instituciones respectivas, a fin de que éstas las aprovechen de la mejor manera posible, conforme a su propio criterio y reteniendo en todo caso para usos futuros los sobrantes que llegare a haber, a fin de cada año fiscal.

Una atenta lectura de todas las cláusulas de la presente ley demuestra con toda claridad que no hay un solo punto en que se vulnere la soberanía de los Estados ; ni contiene la misma ley una sola disposición que impida a los Estados fundar escuelas y atender con sus fondos propios a la que ya poseen. Lo único que la Federación pretende hacer en los Estados, conforme a este proyecto, es extender su mano protectora, pero no autoritaria. El Gobierno federal no va a inmiscuirse en la administración de las escuelas de los Estados, ni pretende nombrar a las autoridades escolares: solamente irá a los Estados a dejar la semilla de su ilustración y el poder de sus recursos; pero esto no impedirá, sino que auxiliará la acción de los Estados.

Mas por si todo esto no fuere bastante, la ley en lugar de invadir la soberanía de los Estados viene a ofrecer a éstos la oportunidad insólita de que tomen parte en el problema general de la educación tal como se verá en el funcionamiento de los consejos de que en seguida se habla.

De los consejos de Educación

Una de las más importantes novedades del proyecto de ley que se comenta, está contenida en el capítulo que reglamenta la creación de los consejos de Educación Pública. La constitución de estos consejos difiere de todo lo que se había hecho hasta el presente, entre nosotros. Los consejos son electivos; sin embargo, no proceden del voto de todos los ciudadanos, no proceden del sufragio universal, sino de un sufragio bastante más elevado, de un sufragio que pudiéramos llamar técnico. Los designarán los padres de familia, los profesores y los miembros del Ayuntamiento, es decir, las personas directamente interesadas en su existencia. Los padres de familia, al votar, tendrán en cuenta el provecho de sus hijos, los concejales cuidarán los intereses generales de la localidad, y los maestros juzgarán de la competencia.

Los consejos de Educación que hasta la fecha han funcionado, han sido cuerpos meramente políticos y no técnicos; en la generalidad de los casos se han constituido mediante nombramiento directo del Ejecutivo, y de aquí su inepcia su incompetencia, su inutilidad. En los nuevos consejos no habrá más que un político, el concejal; pero su opinión no podrá prevalecer en contra del voto de los dos técnicos: los maestros que son técnicos por su ciencia y los padres por el instinto de sabiduría que les da su amor.

Los consejos locales, por una graduación que la misma ley establece, vendrán delegando sus informes, sus conocimientos y sus facultades en consejos de Distrito y en consejos de Estado, que a la vez fundirán sus poderes en un Consejo Central o Federal de Educación Pública, integrado por representantes de todos los Estados y con facultades para formular programas, sistemas y demás cuestiones de carácter general. Al mismo tiempo, ese Consejo Federal vendrá a ser quien resuelva en definitiva acerca de la distribución de los fondos con que la Federación contribuya para fomentar la educación de los Estados. Las atribuciones, tanto de los consejos locales como del Consejo Central o Federal, están limitadas por la presente ley, pero ella misma establece que gradualmente las atribuciones más importantes, tales como nombramientos, aplicaciones de fondos, etcétera, deberán pasar a los consejos locales y al Consejo Federal. Si los consejos comienzan a funcionar de una manera vigorosa y atinada, muy pronto llegará el día en que ejercitarán todas las facultades y se habrá logrado entonces independizar la educación pública, poniéndola en manos de los consejos que, por su carácter técnico, según se ha explicado anteriormente, estarán mejor capacitados que el Poder Ejecutivo para atenderla. De esta suerte, si se medita cuidadosamente la presente ley, se advierte que ella crea un organismo que poco a poco se deja devorar por otro que tarde o temprano está destinado a reemplazarlo totalmente En efecto, la Secretaría de Educación Pública Federal, que necesariamente habrá de comenzar provista de numerosas atribuciones y ricamente dotada, irá desprendiéndose poco a poco de todas estas atribuciones y de todos estos tesoros en beneficio de las instituciones locales, en beneficio de los consejos de Educación, en beneficio de las universidades, hasta que llegue el momento, tras el curso de algunos años, en que el Poder Ejecutivo venga a convertirse en un simple recolector de los impuestos destinados a la educación; y el Consejo Federal y los consejos subsidiarios, en el verdadero poder en materias educativas. La realización de este plan será la más importante conquista de la presente ley.

Como nunca faltan espíritus apocados, amigos de poner reparo a todas las grandes empresas, no dudo que se pretenderá afirmar que el presente proyecto, a causa de sus vastas proporciones, es utópico; es claro que lo sería si se pretendiese llevarlo

a la práctica de una manera inmediata; sin embargo, basta meditarlo detenidamente, para observar que las dificultades pecuniarias, las dificultades de organización, las dificultades de personal y los obstáculos de todo orden, están previstos y en cada caso la ley expresa que los nuevos establecimientos que ella propone se irán creando a medida que vaya siendo posible, conforme a los recursos de que se vaya disponiendo.

La labor que conforme a esta ley se propone, es una labor que sólo podrá llevarse a cabo mediante años de tenaz esfuerzo; pero es indudable que es mejor trabajar dentro de un proyecto vasto y ambicioso, aunque su realización requiera extraordinario empeño, que andar pretendiendo resolver un problema fundamental por medio de medidas parciales y de pequeños intentos. Las grandes empresas necesitan vastas concepciones, y sólo pueden comenzarse a resolver cuando las emprenden hombres de fe y de ánimo atrevido. La mediocridad y la prudencia jamás han hecho avanzar un paso a los hombres. Si por desgracia prevalece un criterio de timidez y de desconfianza, es claro que el presente proyecto de ley quedará derrotado, pues no está concebido para que lo realicen espíritus menguados. Afortunadamente los representantes que componen la presente Cámara, designados en libre elección, vienen del corazón mismo del pueblo, donde siempre hay entusiasmo y fervor para todas las causas nobles, y ellos no vacilarán , aunque algunos ideólogos vacuos de corazón desmayado señalen obstáculos y apunten riesgos. La Universidad Nacional confía plenamente en el triunfo de su proyecto de ley que está inspirado en un generoso espíritu de reforma.

Para concluir, debo hacer constar mi gratitud a los señores miembros del Consejo de Educación, por la buena voluntad con qué se sirvieron asistir a todas las discusiones de la presente ley, muy especialmente a los señores licenciado don Ezequiel A. Chávez y doctor Enrique O. Aragón, que con su experiencia en materias escolares, muchas veces ilustraron el criterio del subscripto. También debo hacer constar la participación que en las cuestiones jurídicas relacionadas con la presente ley, tomaron los señores licenciados don Alfonso Caso, don Alberto Vázquez del Mercado y don Manuel Gómez Morín, y los eficaces servicios que en la corrección general y de estilo prestaron los señores don Jenaro Estrada y licenciado don Mariano Silva. Otras muchas personas me dieron indicaciones importantes y gracias a todo esto se ha podido elaborar el proyecto adjunto, donde se ha procurado hacer síntesis de las ideas y de los anhelos que en materia de educación prevalecen actualmente en la República.- José Vasconcelos.

Proyecto de Reformas a la Constitución

Artículo 1o. Se reforma el artículo 14 transitorio de la Constitución Política, en los siguientes términos:

Artículo 14. Queda suprimida la Secretaría de Justicia.

Artículo 2o. Se reforma la fracción XXVII del artículo 73 de la Constitución Política, en los siguientes términos:

XXVII Para legislar, en toda la República, en materia de Educación, y para establecer escuelas de educación elemental, superior, secundaria o profesional, de investigación científica, de bellas artes, de enseñanza técnica, escuelas prácticas de agricultura, de artes y oficios, museos, bibliotecas, observatorios y demás institutos concernientes a la cultura general de los habitantes de la República, entretanto dichos establecimientos puedan sostenerse por la iniciativa de los particulares, sin que esas facultades sean exclusivas de la Federación. Los títulos que se expidan por los establecimientos de que se trata, surtirán sus efectos en toda la República.

México, D. F., a 6 de octubre de 1920

TEXTO DE LA LEY

PROYECTO DE CREACIÓN DE UNA SECRETARÍA DE ESTADO

CAPÍTULO I

De la creación y funciones de la Secretaría de Educación Pública Federal

Artículo 1o. Se crea una Secretaría de Despacho que se llamará Secretaría de Educación Pública Federal.

Artículo 2º. Corresponden a la Secretaría de Educación Pública Federal:

I. Promover la organización y funcionamiento de la educación pública en todo el territorio nacional;

II. El fomento de la cultura y de las bellas artes.

Artículo 3o. La educación que se imparta en los establecimientos dependientes de la Secretaría de Educación Pública Federal, será gratuita y laica; la primera será, además, obligatoria. A medida que los recursos del Erario lo vayan permitiendo, el Gobierno cumplirá el deber de alimentar, vestir y educar a todos los niños de la República menores de 14 años, que sean huérfanos o notoriamente pobres y que dependan de padres incapacitados para el trabajo.

CAPÍTULO II

De las dependencias de la secretaría de Educación

Pública Federal

Artículo 4o. Dependerán de la Secretaría de Educación Pública, en la forma que esta ley determina, los establecimientos siguientes:

I. La Universidad Nacional de México, con todas sus dependencias actuales, más la Escuela Nacional Preparatoria, que formará parte de ella, junto con los institutos nacionales de investigación científica que dependían de la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes, cuando dejó de existir, así como los que en lo futuro se le incorporen;

II. La Dirección de Educación Primaria y Normal.

III. Todas las escuelas oficiales primarias o secundarias del Distrito Federal y Territorios, inclusive las que dependen de los ayuntamientos de los mismos;

IV. La Escuela Superior de Comercio y Administración y las escuelas nacionales industriales.

Artículo 5o. La Secretaría de Educación Pública Federal se compondrá de las mencionadas instituciones y de las demás que con posterioridad se vayan creando, y formará con todas ellas tres grandes ramas o departamentos, a saber:

I. DEPARTAMENTO ESCOLAR, que comprenderá las escuelas para indígenas, rurales, primarias, superiores, normales, especiales, preparatorias, industriales, comerciales y las universidades que por su carácter federal, dependan de la propia Secretaría;

II. DEPARTAMENTO DE BIBLIOTECAS Y ARCHIVO, que tendrá a su cargo la creación y funcionamiento de bibliotecas populares por todo el territorio del país, el cuidado y administración de la Biblioteca Nacional y de las bibliotecas especiales que cree la Secretaría, así como del Archivo General de la Nación.

III. DEPARTAMENTO DE BELLAS ARTES, que tendrá a su cargo las instituciones oficiales de bellas artes, los museos y los monumentos históricos y artísticos, los monumentos arqueológicos, los teatros y representaciones teatrales, conservatorios de música, propaganda por medio del cinematógrafo y todos los demás establecimientos similares.

CAPÍTULO III

Departamento Escolar

Artículo 6o. La Secretaría de Educación Pública Federal, desde que comience a funcionar, se ocupará en:

I. La creación de escuelas especiales para la educación de los indios, las que deberán propagarse por las regiones densamente pobladas por indígenas y en las escuelas se enseñará la lengua castellana, con los demás rudimentos que son necesarios para asimilarlos a nuestra civilización, a efecto de que pasen en seguida a las escuelas rurales, primarias, preparatorias, profesionales, etc., según sus actitudes y posibilidades;

II. La creación de escuelas rurales en todo el territorio de la República, conforme a las necesidades de la población y a los recursos de que se vaya disponiendo. Con este objeto, se hará uso de los establecimientos que ya funcionan en distintas partes de la República, de suerte que, cuando no se puedan crear escuelas nuevas, se fomentarán los establecimientos existentes.

En la organización de las escuelas rurales se cuidará de educar a los alumnos especialmente, en aquellos conocimientos de aplicación inmediata, para perfeccionar los trabajos manuales y las industrias de cada región;

III. La creación de escuelas de educación primaria y primaria superior en todas las ciudades de la República, y el fomento de las ya existentes;

IV. La creación de escuelas preparatorias anexas a las universidades federales, con plan igual al de la Nacional Preparatoria de la ciudad de México.

En dichas escuelas preparatorias se impartirá enseñanza adecuada para preparar a los alumnos para su ingreso a las facultades universitarias;

V. La creación de escuelas industriales o institutos técnicos, en número de uno, por lo menos, en cada Entidad de la República, para lo cual se fundarán dichos establecimientos, o se perfeccionarán los ya existentes. En cada caso se procurará que la escuela complemente las necesidades prácticas, de tal suerte que, por ejemplo, en las regiones mineras, se establezcan institutos para enseñar el beneficio y ensaye de minerales; en los centros industriales, mecánica aplicada y laboreo de metales; en las regiones ganaderas, curtidurías, y así sucesivamente, con la mira de que los alumnos puedan establecerse en sus propias regiones y fomentarlas, en vez de ir a ser en otras una carga para la sociedad;

VI. La creación y perfeccionamiento, por lo menos, de tres grandes universidades federales que, además de la que existe en la ciudad de México, se establecerán en Guadalajara, Monterrey y Mérida. Estos establecimientos se fundarán aprovechando los planteles y facultades que ya existen en los mencionados lugares; pero perfeccionándolos según sea necesario;

VII. La vigilancia del correcto funcionamiento de todas estas instituciones educativas y de las demás de igual índole que de la propia Secretaría dependan, dotándolas de toda cuanta independencia y autonomía sean compatibles con la necesidad de coordinar en uno solo los ideales particulares de cada una de estas instituciones.

CAPÍTULO IV

Departamento de Bibliotecas y Archivo

Artículo 7o. El Departamento de Bibliotecas y Archivo tendrá su oficina principal en la ciudad de México y de acuerdo con los presupuestos anuales que aprueben las Cámaras, irá extendiendo su radio de acción por toda la República, hasta lograr que exista una biblioteca en toda población de más 3,000 habitantes, ya sea que se constituya con fondos locales o con el subsidio de la Federación.

Artículo 8o. La Secretaría, por conducto de sus agentes, recorrerá el país buscando la manera de arbitrar fondos en cada región o supliendo las necesidades locales, a fin de que estas bibliotecas queden establecidas dentro del más corto plazo.

Artículo 9o. Se cuidará de formar estas bibliotecas, principalmente con libros de ciencias aplicadas, literatura, moral y artes y oficios, todos en idioma castellano, cuyo cultivo celoso deberá ser recomendado como una de las formas más elevadas del patriotismo.

Artículo 10. A fin de obtener los libros necesarios para la fundación de estas bibliotecas, así como para difundir la cultura general en el país, se creará una sección de traducciones y una Oficina Editorial, dependiente de la Secretaría de Educación Pública, con la sola limitación de que no se editarán obras sobre política militante.

Artículo 11. La misma Secretaría de Educación Pública, por medio de una comisión técnica que al

efecto se nombre, escogerá las obras que deben ser distribuidas en toda la República.

Artículo 12. Las bibliotecas federales podrán recibir toda clase de donativos

Artículo 13. Se establecerá en las bibliotecas que dependan de esta Secretaría, el sistema de préstamos de libros a domicilio, para lo cual se procurará contar con duplicado de todas las obras. Los Consejos de Educación de que se habla en seguida, cuidarán de obtener local para el establecimiento de bibliotecas y de arbitrarse fondos para sostenerlas. Sólo en el caso de que no sea posible obtener recursos locales, la Secretaría señalará los subsidios correspondientes.

Artículo 14. La Secretaría de Educación Pública Federal dictará las medidas reglamentarias para el funcionamiento y fomento del Archivo General de la Nación.

CAPÍTULO V

Departamento de Bellas Artes

Artículo 15. El Departamento de Bellas Artes tendrá a su cargo:

I. La Academia Nacional de Bellas Artes.

II. El Museo Nacional de Arqueología, Historia y Etnología.

III. El Conservatorio Nacional de Música.

IV. Las academias e institutos de bellas artes que con recursos de la Federación o cantidades aportadas por ésta, se organicen en los Estados.

V. Los conservatorios de música que se creen en los Estados con fondos o subsidios federales.

VI. Los museos que se establezcan ya sea en el Distrito Federal o en los Estados, con fondos o subsidios federales.

VII. La Inspección General de Monumentos Artísticos o Históricos.

VIII. La Inspección de Monumentos Arqueológicos.

IX. El fomento del teatro nacional.

X. En general, el fomento de la educación artística del pueblo, por medio de conferencias, conciertos, representaciones teatrales, musicales o de cualquier otro género.

XI. La propiedad literaria, dramática y artística.

XII. La exposición de obras de arte y la propaganda cultural por medio del cinematógrafo y todos los medios similares y las representaciones y concursos teatrales, artísticos o culturales, en cualquier parte del país.

CAPÍTULO VI

De las atribuciones de la Secretaría de Educación Pública Federal

Artículo 16. Los tres departamentos de la Secretaría se subdividirán en las Direcciones y Secciones que sean necesarias para la buena marcha de los negocios.

Artículo 17. La Secretaría estará a cargo de un secretario del Despacho, que acordará directamente con el presidente de la República, un subsecretario, un oficial mayor y tres jefes de Departamento encargados de las tres principales divisiones: Escolares, de Bibliotecas y Archivo y de Bellas Artes.

Artículo 18. La Secretaría designará agentes que se dirijan a las distintas partes del país, con objeto de organizar los servicios que son materia de la presente ley.

Artículo 19. La Secretaría de Educación Pública Federal nombrará los directores de todas las escuelas superiores y facultades que de ella dependan, mediante el sistema de ternas propuestas, de preferencia en la forma siguiente: un candidato designado por los respectivos alumnos; otro, por los profesores y otro por las sociedades o agrupaciones científicas independientes.

Artículo 20. Las atribuciones de la propia Secretaría, para nombrar, remover conceder licencias y acordar cambios del personal administrativo y docente que de ella dependan, podrán delegarse en los Consejos locales, con las limitaciones siguientes:

I. No podrá ser removido de su puesto ningún servidor de la educación pública por causas políticas o por profesar determinando credo religioso.

II. En caso de remoción, el Consejo o la Secretaría darán a conocer la causa de ella al interesado y éste podrá presentar sus descargos.

III Los individuos del personal docente que desempeñen sus cátedras conforme a los reglamentos de oposiciones, serán inamovibles, salvo lo dispuesto por esos mismos reglamentos o en caso de condena por delito del orden común.

IV. Los servidores de la educación pública tendrán derecho a jubilaciones en los términos que la ley especial señale.

CAPÍTULO VII

De los bienes destinados al sostenimiento de la Educación Pública.

Artículo 21. En el Distrito Federal y Territorios, los gastos de la educación pública estarán a cargo del Tesoro Federal y de los fondos propios de que llegare a disponer cada institución. La educación pública será sostenida en los Estados con los fondos destinados actualmente a ese objeto, de cada localidad: con los impuestos y demás arbitrios que en lo sucesivo se creen localmente y con los fondos que el Gobierno Federal acuerde dar cada año, ya sea para el sostenimiento de los planteles federales o para el fomento de las instituciones locales.

Artículo 22. La Secretaría de Educación Pública podrá promover leyes sobre impuestos destinados a su ramo, ya sea ante el Congreso Federal, por los conductos de ley, o ante los Congresos de los Estados, por medio de los delegados de la propia Secretaría.

Artículo 23. Tanto en el Distrito y Territorios Federales, como en los Estados se cuidará de que la mayor parte de los ingresos destinados al ramo de educación se apliquen a la enseñanza elemental, secundaria, industrial, comercial, normal y preparatoria, y después a la profesional.

Artículo 24. Las universidades mexicanas se sostendrán:

I. con los derechos escolares que decreten, los

que sólo serán obligatorios para los alumnos acomodados;

II. Con los productos de sus bienes, si los tuviere propios y con los donativos y fundaciones que reciba;

III. Con los subsidios que el Congreso Federal o las legislaturas locales les señalen.

Artículo 25. Entretanto no puedan sostenerse con fondos propios, las universidades federales recibirán como subsidio mínimo la suma necesaria para los servicios que ya tengan establecidos, la cual se pondrá íntegramente a su disposición para que la distribuyan y manejen por sí mismas. Los excedentes, si los hubiere, en cada una de estas instituciones, quedarán a beneficio de las mismas para constituir fondos que serán capitalizados o empleados en mejoras, según lo acuerde el personal directivo de la misma institución.

CAPÍTULO VIII

De los Consejos de Educación

Artículo 26. En toda la República funcionarán Consejos de Educación compuestos de la siguiente manera:

En cada lugar de más de quinientos habitantes se establecerá un Consejo de Educación compuesto de tres miembros, a saber: un representante de los padres y madres de familia, un representante del ayuntamiento local y un representante del profesorado. Los padres y madres de familia designarán por votación, entre ellos mismos, a la persona que haya de representarlos en el Consejo. El ayuntamiento, por votación entre sus miembros, designará un miembro del Consejo; y el tercero lo designarán los maestros. En caso de no haber suficiente número de maestros en una población, la designación del maestro que deba figurar en el Consejo podrá hacerla el ayuntamiento.

Artículo 27. En cada cabecera de distrito, partido o cantón, deberán reunirse cada año, ya sea personalmente o por medio de delegados, todos los miembros de los consejos locales, incluyendo los de la cabecera del mismo distrito, a fin de constituir un Consejo de distrito, compuesto de tres miembros designados por los consejeros de las poblaciones que compongan el distrito, partido o cantón. Este Consejo del distrito tendrá a su cargo la vigilancia general de todos los asuntos de educación pública, relativos a su jurisdicción y podrá llegar a tener la dirección de estos asuntos, cuando así lo acuerden las autoridades de las que dependan las respectivas escuelas al expedirse esta ley.

Artículo 28. En la capital de cada Estado de la República, en las cabeceras de los Territorios y en el Distrito Federal, se constituirá, además del Consejo local, un Consejo de Educación, compuesto de cinco miembros designados por el voto de los consejeros de los distritos, partidos o cantones, quienes con el objeto de hacer esta designación, deberán reunirse cada año en la capital del Estado o Distrito respectivos.

Artículo 29. Los consejos locales promoverán ante las autoridades de quienes las escuelas elementales o primarias dependan, el nombramiento y remoción del personal docente y por sí propios nombrarán y removerán a dicho personal cuando así lo acuerden las autoridades a cuyo cargo están las mismas escuelas.

Artículo 30. El Consejo de cada Estado promoverá ante las autoridades de quienes dependan las escuelas primarias, superiores y especiales, el nombramiento del personal que deba atenderlas e iniciará lo que parezca conveniente para la formación del Presupuesto escolar de cada población. Hará todo esto por sí propio, si dichas autoridades le conceden facultades para ello. El Consejo Central del Distrito Federal tendrá el derecho de proponer a la Secretaría de Educación Pública los nombramientos de profesores y directores de las escuelas primarias; pero quedando a cargo de la Secretaría la aceptación o rechazo de estas propuestas, y en general, todos los acuerdos definitivos sobre organización y despacho de los negocios respectivos, salvo que, asimismo, delegue dichas facultades en el Consejo.

Artículo 31. Los consejos de Educación de cada Estado de la República deberán elegir dos de sus miembros para que se trasladen a la capital de la República, con el objeto de integrar el Consejo Federal de Educación Pública que deberá funcionar en dicha capital durante el mes de noviembre de cada año.

Artículo 32. Serán funciones del Consejo Federal de Educación Pública:

I Discutir acerca de las medidas que tengan por objeto desarrollar y mejorar la instrucción pública en México, tomando acuerdos que, una vez aprobados por la Secretaría de Educación Pública Federal, serán obligatorios en todo el territorio de la República.

II. Discutir acerca de la unificación y equivalencia de programas y planes escolares en todo el territorio del país.

III. Discutir y emitir su parecer en cuanto a las iniciativas que presente la Secretaría de Educación Pública Federal con el objeto de fomentar el desarrollo de la educación en todo el territorio de la República.

Artículo 33. A efecto de lograr una unidad de acción, los miembros del Consejo Federal de Educación Pública podrán rendir informes a fin de que la Secretaría correspondiente los tome en consideración al resolver acerca de los asuntos encomendados a su gestión. Solamente para aquellas medidas que entrañen la inversión de fondos del Gobierno Federal en el fomento de la educación en los Estados, será necesario que apruebe el proyecto en términos generales, la mayoría de los consejeros, antes de que la Secretaría de Educación Pública se considere autorizada para llevarlo adelante.

Artículo 34. El período de sesiones del Consejo de Educación, no excederá del mes que fija la presente ley y, parte de los casos especiales designados en el texto de esta misma ley, el Consejo no tendrá más carácter que el de cuerpo consultivo por la unificación de medidas y programas, a fin de orientar la acción de la Secretaría en materia de educación pública.

CAPÍTULO IX

De los planteles que existen en los Estados

Artículo 35. Los Estados de la República organizarán su sistema escolar de manera que se adapte al de los consejos de Educación que se establezcan por virtud de la presente ley. Se procurará que a la mayor brevedad posible, la suprema autoridad en materia de educación en cada Estado, quede en manos del Consejo de Educación, designado en la forma que señala la presente ley.

Artículo 36. Los establecimientos de educación, ya sean públicos o privados, que en la actualidad funcionen en los Estados, seguirán existiendo como hasta la fecha, y la Secretaría de Educación Pública no tendrá con ellos más relación que la que voluntariamente convenga con los interesados. La acción de la Secretaría en ningún caso tenderá a hacer desaparecer dichos establecimientos, sino a fomentar su crecimiento y mejoría.

Artículo 37. Los diversos Estados de la República seguirán contribuyendo, como lo hacen hasta la fecha, para todas las necesidades de la educación pública, y la Federación no contrae más obligaciones que las de asistir, siempre que le sea posible y conforme a los planes que se acuerden entre la Secretaría y el Consejo Federal de Educación, al fomento de los establecimientos de los Estados. La Federación se encargará directamente de los establecimientos que de su propio peculio fundare, tales como escuelas de indígenas, rurales, industriales, universidades, museos, bibliotecas, academias de artes, conservatorios , etcétera, con las salvedades consignadas en esta ley.

Artículo 38. En caso de que se organice en cualquier Estado de la República un nuevo establecimiento educativo compuesto de elementos que aporte la Federación y de otros de la localidad, la Secretaría de Educación Pública convendrá con el Consejo de Educación del Estado, la forma de intervención de los poderes federales y locales en el manejo de la nueva institución.

CAPÍTULO X

Disposiciones generales

Artículo 39. Los puntos no previstos por esta ley y que se refieren a educación, serán resueltos por la Secretaría de Educación Pública y todas las demás funciones administrativas o de otro género que no estén encomendadas por la presente ley a alguna institución determinada, quedarán a cargo de la Secretaría de Educación Pública Federal.

Artículo 40. Quedan derogadas todas las leyes y disposiciones anteriores relativas a educación pública, en cuanto sean contrarias a los preceptos de esta ley y a los reglamentos que de la mismas emanen.

TRANSITORIOS

Artículo 1o. Entretanto se establezcan las instituciones de que habla la presente ley, seguirán funcionando en toda la República los establecimientos que en el la existen, conforme a sus propios reglamentos.

Artículo 2o. A efecto de dejar establecida la Secretaría de Educación Pública Federal y para que desde luego la educación reciba el impulso que necesita, se conceden al Ejecutivo de la Unión facultades extraordinarias para organizar los presupuestos de la nueva Secretaría y para disponer de una suma hasta de $15,000,000.00 (quince millones) además de los Presupuestos normales que han venido rigiendo hasta la fecha en materia de educación pública, quedando obligado el Ejecutivo a dar cuenta del uso que hiciere de estas facultades.

El Congreso del Estado de Chihuahua comunica, por medio de su circular fechada el día 4 de los corrientes, que en la propia fecha abrió su primer período de sesiones extraordinarias. - De enterado.

Telegrama procedente de "San Luis Potosí, octubre 21 de 1920.

"Cámara de Diputados.

"Honrome comunicar a usted que hoy a las 11 de la mañana y previas las formalidades de ley, me hice cargo del Poder Ejecutivo de esta Entidad.

Atentamente. - El gobernador constitucional del Estado, Rafael Nieto." - De enterado.

Telegrama procedente de "Oaxaca, 22 de octubre de 1920.

" A la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

" Para conocimiento de esta H. Cámara, nos permitimos el alto honor de dirigirnos a la misma, para manifestarle que al remitir en caja cerrada los expedientes de las elecciones de diputados propietario y suplente, al Congreso de la Unión por el 2o. círculo electoral del Estado de Oaxaca, los subscribientes que integraron la Junta Computadora, adjuntaron las credenciales que en algunos expedientes de casillas de dicho distrito electoral fueron presentados o remitidos por sus presidentes respectivos, faltando algunos otras credenciales a sus mismos expedientes, indudablemente porque los ciudadanos que funcionaron en cada casilla electoral no lo estimaron conveniente o las devolvieron con la anotación correspondiente, dando así cumplimiento a lo prescrito por la ley para las elecciones de poderes federales, vigente en el penúltimo párrafo del artículo 55. Lo anteriormente asentado, Suplicamos a esa respetable e ilustre Cámara, se sirva tener en consideración al discutirse acerca de la validez de la credencial del presunto diputado electo, C. licenciado Carlos Barroso. Reiteramos nuestra atenta y distinguida consideración y hacemos presente nuestro respeto. - Sufragio Efectivo. o Reelección. Zimatlán de Alvarez, a 21 de octubre de 1920. - Francisco Hernández. - Guillermo J. Sánchez. - Pedro Aquino. - Eliseo Loarza. - Nicolás

Martínez. - Manuel Rendón." - Recibo y a su expediente.

Telegrama procedente de "Rincón Antonio, 21 de octubre de 1920.

"Presidente de la Cámara de Diputados.

"La Federación de Obreros suplica no deroguen decreto autoriza puertos libres cumpliendo promesas revolución. - Secretario, Otilio Robles." - Recibo y a su expediente.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"H. Asamblea:

"El que subscribe, se permite someter a la consideración de esta H. Asamblea, un proyecto de ley encaminado a corregir las frecuentes faltas de asistencia a las sesiones, en que incurren los ciudadanos diputados y senadores, y las cuales dan por resultado ser muy lentas las funciones a que están llamadas las Cámaras, en perjuicio de los intereses públicos que les están encomendados.

"Los diputados y senadores que no concurren a las sesiones, o se retiran de ellas cuando les place, no desempeñan debidamente el cargo que sus electores les han conferido, y no deben percibir el sueldo correspondiente, porque éste es, según la Constitución, una compensación por los servicios prestados, y cuando éstos no se prestan, no deben percibirse compensaciones.

"El espíritu del presente proyecto, no es el de una pena, propiamente, sino el de que , en virtud, y como lo marca el artículo 64 de la Constitución, "los diputados y senadores que no concurran a una sesión, sin causa justificada o sin permiso del presidente de la Cámara respectiva, no tendrán derecho a la dieta correspondiente al día en que falten."

"Deseando poner punto final al bochornoso espectáculo, que frecuentemente estamos dando, me he permitido, como en un principio manifiesto, someter a la consideración de ustedes el presente proyecto, para que, si merece su aprobación, sepamos a qué atenernos, o, en su defecto, no volver a tocar el tópico referente a multas.

"Proyecto de ley sobre faltas de asistencia de los diputados y senadores a las sesiones, y licencias que pueden obtener de sus respectivas Cámaras:

"Articulo 1o. El senador o diputado que, por indisposición u otro grave motivo no pudiere asistir a la sesión, o continuar en ella, lo comunicará al presidente, en el primer caso, por medio de oficio, y en el segundo, por escrito o de palabra; pero si la ausencia durase más de 3 días, lo participará a su Cámara para obtener la licencia necesaria.

"Artículo 2o. Únicamente se concederán licencia por causas graves y, cuando más, a la 5a. parte de la totalidad de los miembros que deben de componer la Cámara.

"Artículo 3. Sólo en el caso de enfermedad comprobada o causas graves, a juicio de la Cámara, podrá concederse licencia a un diputado o senador propietario, con goce de dietas; pero entonces la Cámara respectiva resolverá si se debe llamar al suplente y, en este caso, se ampliará el presupuesto para el pago de las dietas del suplente. No podrán concederse licencias con goce de dietas, por más de un mes; pero si esta licencia vence en el período de receso, al terminar, se comunicará a la Comisión Permanente, si se desea hacer uso de nueva licencia o queda en disponibilidad de la Cámara.

"Articulo 4o. Inmediatamente que la Cámara respectiva conceda licencia a un diputado o senador propietario para no asistir a las sesiones, el presidente acordará se llame al suplente, el cual deberá estar en funciones todo el tiempo que se haya concedido la licencia al propietario, aunque éste pretenda entrar en funciones antes que concluya el plazo de su licencia; y después de que ese plazo concluya, seguirá, igualmente, en ejercicio el suplente, mientras no se presente el propietario.

Articulo 5o. Se dará cuenta a la Cámara con las solicitudes de licencia, el mismo día de su presentación o cuando más, al siguiente, pasando desde luego a la Comisión. Esta deberá dictaminar precisamente el siguiente día, y al tercero se pondrá a discusión y votación, con dictamen o sin él, sin más trámite que la lectura de la solicitud, de los documentos que la acompañan y el dictamen, si lo hubiere.

"Artículo 6o. Si un senador o diputado faltare sin dar el aviso a que se refiere el artículo 1o., a la tercera falta se publicará el nombre del faltísta en el "Diario Oficial", hasta que se presente a la Cámara.

"Artículo 7o. Si las faltas de asistencia llegaren a diez continuas, no percibirá el faltista las dietas por los 10 días, ni por los que transcurran hasta que vuelva a su Cámara, en los términos de este artículo, y el presidente llamará inmediatamente al suplente. Si se presentare dicho suplente se le pagará de las dietas del propietario, y cualquiera que sea el día en que se presentare el propietario a su Cámara, las cantidades siguientes:

"Si reside el suplente en el Distrito Federal o lugar desde el cual pueda venir al Congreso en un día, al ser llamado percibirá una decena; si reside en lugar en que necesite para venir a esta capital dos días, percibirá dos decenas; y en el caso de que para venir a desempeñar sus funciones empleare tres o más días de viaje, percibirá tres decenas.

"A efecto de cumplimentar oportunamente lo preceptuado en este artículo, tanto los miembros propietarios como los suplentes de ambas Cámaras, señalarán a sus respectivas secretarías, los domicilios u oficinas en que deban recibir avisos o notificaciones.

"Artículo 8o. Los diputados o senadores que abandonen la sesión sin permiso del presidente, cuando la ausencia ocasione la falta de quórum, perderán la mitad de las dietas del día de la falta. Al efecto, se pasará lista tanto al principio como al fin de las sesiones.

"Artículo 9o. Se derogan los artículos 49, 50, 51 y 52 del Reglamento del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, del 20 de diciembre de 1897.

"México, 21 de octubre de 1920.- Gustavo S. Martínez."- Primera lectura, e imprímase.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"H. Asamblea:

"El subscripto, diputado propietario, manifiesta a esa H. Cámara: que teniendo urgencia de ausentarse de esta capital, para ir al estado de Jalisco, a asuntos referentes a la Comisión a su cargo y particulares, solicita de vuestra soberanía una licencia por veinte días, con goce de dietas, contados desde el ventiséis del corriente y pidiendo, respetuosamente, dispensa de trámites.

"Sufragio Efectivo. No Reelección .- México, octubre 22 de 1920.- José Maqueo Castellanos.

"A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados la Congreso de la Unión.- Presente."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Se dispensan los trámites.

El C. Mijares: Reclamo la votación .

El C. secretario Valadez Ramírez: Habiendo reclamado el ciudadano Mijares la votación, nuevamente se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Aprobada.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"H. Asamblea:

"En la sesión del día de ayer, el C. Avilés censuró duramente a la Presidencia por no cumplir con el Reglamento y no imponer las multas que la ley previene a aquellos diputados que, poco conscientes del cumplimiento de su deber, o llegaban tarde a las sesiones o faltaban a ellas, con grave detrimento de los intereses nacionales. El presidente consultó a la Asamblea sobre la hora precisa en que debieran comenzar las sesiones, y acordado por ésta que la lista se pasaría a las 4 en punto de la tarde y que se impondría la multa de rigor a los que no fueran puntuales, en cumplimiento de esa decisión de la Asamblea, en cumplimiento de las prevenciones reglamentarias y en cumplimiento también de la Constitución, el presidente de la Mesa, a las 4 en punto de la tarde del día de hoy, ordenó a la Secretaría se empezara a pasar lista, y como sólo hubiere una asistencia de 79 ciudadanos diputados, en acatamiento de o prevenido en el Reglamento, se levantó la sesión. De esta actitud del presidente se hicieron solidarios los dos vicepresidentes, y como a pesar de ese acto, perfectamente legal, uno de los vicepresidentes que fungieron durante el mes pasado, asumió la Presidencia y abrió una nueva sesión, cuya legalidad nos abstenemos de juzgar, venimos ante esa H. Asamblea a presentar nuestra renuncia de los cargos de presidente y vicepresidentes de la Mesa Directiva, con el carácter de irrevocable, en la inteligencia de que firmamos la presente el presidente y el 1er. vicepresidente, y que estamos plenamente autorizados para hacerlo en nombre del C. licenciado Ignacio Borrego, 2o. vicepresidente.

"Protestamos lo necesario.

"México, 21 de octubre de 1920.- V. Alessio Robles.- A. Díaz Soto y Gama."

El C. secretario Valadez Ramírez: Está a discusión.

El C. Bordes Mangel: Pido la palabra. Ruego a su señoría disponga que la Secretaría dé lectura al artículo 35 del Reglamento, especialmente en su fracción III.

El C. secretario Valadez Ramírez: "Se presentarán en sesión secreta:. III. Los asuntos puramente económicos de la Cámara";

El C. Alessio Robles Vito: Pido la palabra. Yo pido que este asunto como empezó a tratarse en sesión pública, siga y se resuelva en sesión pública.

(Voces: ¡No! ¡No!)

El C. Bordes Mangel: Reclamo el orden, señor presidente.

El C. Alessio Robles: Un momento, todavía no acabo de hablar. Además, aquí se están cometiendo verdaderas....

El C. Bordes Mangel: Reclamo el orden, señor presidente.

El C. Alessio Robles: Tengo aquí en mi poder la lista....

El C. Bordes Mangel: ¡Reclamo el orden!

El C. Alessio Robles: Tengo en poder la lista que paso el señor secretario Valadez Ramírez....

El C. Bordes Mangel: ¡Reclamo el orden, señor presidente!

El C. Alessio Robles: Y dice que se abrió la sesión con una asistencia de ciento veintiocho diputados en la segunda junta.

El C. secretario Valadez Ramírez: Y diecisiete más que llegaron después.

El C. Alessio Robles: Aquí están los señores anotados con tinta azul, que son los primeros que llegaron. Von Borstel, acudo a su honorabilidad para que me diga usted si estuvo en esa junta.

El C. Bordes Mangel: Reclamo el orden, señor presidente. ¿Es este asunto económico de la Cámara o no? Ruego a su señoría declare si este es asunto económico de la Cámara o no. Que pregunte su señoría a la Asamblea si este asunto económico de la Cámara o no; la Presidencia está sujeta al voto de la Cámara en todas sus decisiones.(Voces: ¡Sesión secreta!)

El C. secretario Valadez Ramírez: Se pasa a sesión secreta.

El C. Portes Gil: Una moción de orden, ciudadano presidente. Yo creo que tenemos asuntos de más importancia que tratar en esta sesión y por lo mismo no es urgente que desde luego se vaya a tratar éste en sesión secreta. Después de la sesión pública se verifica una secreta, pero esto en los días en que deben tener lugar.

El C. presidente: Como la Asamblea ha manifestado ya su deseo de que se trate este asunto en sesión secreta, La presidencia no hace más que acatar las decisiones de la Asamblea.

El C. Manrique: Para una moción de orden.

El C. Portes Gil: La Cámara acordó ya que este asunto es económico; en consecuencia, debe tratarse en sesión secreta, pero no acordó que desde luego se pasase a ella. En tal virtud, debe tratarse el día que marca el Reglamento para las sesiones secretas.

El C. secretario Valadez Ramírez: La Presidencia pregunta a la honorable Asamblea si desde luego se pasa a sesión secreta. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie.

El C. Alessio Robles Vito: Está a discusión ese asunto. No puede retirarse....

El C. secretario Valadez Ramírez: No se pasa a sesión secreta.

El C. Manrique: Moción de orden.

El C. presidente: Tiene la palabra para una moción de orden el ciudadano Manrique.

El C. Alessio Robles Vito: Estoy en el uso de la palabra; no he terminado.

El C. Martínez de Escobar: ¡Tiene derecho!

El C. Alessio Robles Vito: En la lista que paso ayer el ciudadano secretario Valadez Ramírez....

El C. Bordes Mangel, interrumpiendo: ¡Reclamo el orden; ciudadano presidente! Está usted burlándose del voto de la Asamblea.

El C. Martínez de Escobar: Pido la palabra, señor presidente, para una moción de orden.

El C. Manrique: No hay nada a discusión.

El C. Martínez de Escobar Rafael: Señores: Yo creo que sí es de trascendencia que se trate el punto que desea el ciudadano Alessio Robles; que se trate, porque de una vez por todas debe definirse si estuvo verdaderamente obrando con justicia la Asamblea, ya que la mayoría es la ley de las democracias, o si vamos a estar sujetos aquí al capricho de uno o dos individuos de esta Cámara. Como el señor Alessio Robles ha presentado su renuncia en unión de los ciudadanos vicepresidentes, sí es necesario que sepamos si esta Mesa Directiva debe continuar o no, porque de otra manera podría decirse que habíamos obrado ilegalmente. De manera que el asunto será muy rápido, porque esta Asamblea ratificará lo que ha hecho porque ha procedido con absoluta justicia. Ya no es tiempo de que crean los presidentes de la Cámara de Diputados que los ciudadanos representantes son incondicionales de ellos, son sus muchachos de escuela o son sus peones. ¿O que se ha creído el presidente de la Cámara, que es un general de división que va a tener siempre la espada democliana de la ordenanza militar sobre las cabezas de los diputados? (Aplausos.) El señor Alessio Robles es una persona estimabílisima para quien tengo cariño, respeto y hasta admiración; pero como en este caso no está al lado de la verdad, es necesario que la Cámara defina esto. Yo ruego de que antes de que tratemos otro asunto se trate éste. Sobre todo si ha presentado su renuncia, no debía estar el compañero presidiendo, porque dice en su renuncia que por solidaridad obra con los demás miembros de la Mesa. ¿Y cómo va a estar presidiendo esta sesión?

El C. Alessio Robles: Debemos saber....

El C. Bordes Mangel: Para una moción de orden.

El C. Alessio Robles: Una moción de orden, señor presidente.

El C. portes Gil: La he pedido con anticipación.

El C. Bordes Mangel: Si la Presidencia quiere que se trate este asunto, abra la sesión secreta; pero respete el voto de la Asamblea que ha declarado que es asunto económico de la Cámara.

El C. secretario Valadez Ramírez: Nuevamente consulta la presidencia a la Cámara si se pasa a sesión secreta. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Hay mayoría de pie. Se pasa a sesión secreta.

El C. Martínez de Escobar Federico: Pido la palabra, señor presidente. (Voces ¡No hay nada a discusión!) Es porque es sumamente bochornoso que un asunto que debe conocer el público se trate en sesión secreta. Debe tratarse en sesión pública para que el público conozca de que se trata. La sesión secreta es para asuntos económicos, y solamente en casos sumamente excepcionales deben tratarse en sesión secreta asuntos que no sean económicos, pero este asunto debe tratarse en sesión pública. (Aplausos.) Yo pido a la Presidencia que se pregunte a la Asamblea si ésta es cuestión económica y si se trata en sesión pública o en sesión secreta. (Aplausos.)

El C. presidente: La presidencia manifiesta a su señoría Martínez de Escobar, que ya esta Cámara aprobó que fuera sesión secreta.

El C. Rivera Cabrera: Pido la palabra para una moción de orden.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Rivera Cabrera para una moción de orden.

El C. Rivera Cabrera: Cierto es que la Asamblea acordó que esta sesión se tornase en secreta, pero como la Asamblea es soberana, muy bien puede revocar ese acuerdo y declarar que el asunto se trate en sesión pública. (Voces: ¡No! ¡No! ¡Sí! Aplausos en las galerías.) Nosotros no debemos tener nada oculto al público; el público debe conocer nuestros asuntos del interior, debemos obrar con todo espejismo, debemos obrar con toda claridad. Por consiguiente, esta sesión debe ser pública y no privada.

El C. Aguirre Colorado Ernesto: Para una verdadera moción de orden.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Aguirre Colorado para una verdadera moción de orden. (Risas.)

El C. Aguirre Colorado: Ni la moción de orden del señor doctor Escobar ni la del ciudadano Rivera Cabrera, encajan en esta Asamblea. La Presidencia ha suspendido la sesión pública para entrar en secreta; no estamos en sesión.

El C. Manrique: Para moción de orden.

El C. Ramírez Luque: Señor presidente, pido la palabra para una moción de orden. (Desorden. Campanilla.)

El C. presidente: La presidencia suplica a los señores diputados guarden silencio y ocupen sus curules. (Desorden. Campanilla.)

El C. Bordes Mangel: Señor presidente: Ya se levantó la sesión pública, ruego a su señoría ordene....

El C. presidente: La Presidencia suplica muy atentamente a los ciudadanos diputados se sirvan guardar orden y ocupar sus curules; de otro modo, no se puede tratar ningún asunto. (Voces: ¡No hay sesión!)

El C. secretario Valadez Ramírez: No se ha levantado aún la sesión pública; se dijo que se pasaría a sesión secreta.

El C. Manrique: Pido la palabra para una moción de orden, señor presidente. (Voces: ¡No hay discusión!)

El C. Presidente: Tiene la palabra para una moción de orden el ciudadano Manrique.

El C. Manrique: Señores diputados. (Voces: Todavía están ocupadas las galerías!

El C. Céspedes: Si no estamos en sesión secreta, ¿en qué estamos?

El C. presidente: Ya ordene, ciudadanos diputados, que fueran desalojadas las galerías y me acaban de pedir la palabra para moción de orden. (Voces: ¡No hay sesión, señor!)

El C. Manrique: Pido la palabra para una moción de orden.

El C. prosecretario Castrejón: Por indicación de la Presidencia, la Secretaría suplica a los asistentes y extraños a la Cámara de Diputados, que se sirvan abandonar el salón para pasar a sesión secreta.

El C. Manrique: Reclamo el trámite.

El C. Espinosa: Ya está acordado y votado.

El C. Manrique: Cabalmente, porque está acordado lo reclamo.

El C. Bordes Mangel: Moción de orden. Si la voluntad de los asistentes a las sesiones está por encima de la voluntad de la Asamblea, sírvase declararlo su señoría para invitar a los señores diputados a abandonar el salón, ya que las galerías no abandonan sus lugares.

El C. presidente: Los guardianes del orden público procederán a desalojar a las galerías.

El C. Manrique: Reclamo el trámite.

El C. presidente, a las 4.50 p.m.: Se suspende la sesión pública para entrar a secreta.

Presidencia del C. ALESSIO ROBLES VITO

El C. presidente, a las 5.55 p.m.: Se reanuda la sesión pública.

El C. secretario Valadez Ramírez: Por acuerdo de la Presidencia se pone en conocimiento de los ciudadanos diputados que ya se dio orden de que no se impusieran las multas acordadas ayer.

El C. Aguirre Colorado: ¡Un aplauso a la Mesa Directiva! (Aplausos.)

- El C. secretario, leyendo:

"H. Asamblea:

"El que suscribe, diputado por el primer distrito electoral del Estado de Aguascalientes, respetuosamente manifiesta:

"Que habiendo surgido serias irregularidades en las elecciones para gobernador de aquel Estado, irregularidades que provocaron verdaderos conflictos entre los partidos contendientes a tal grado, que se ha tenido que recurrir a la Justicia federal a fin de que se suspenda la declaración hecha en favor de uno de los candidatos por haberse tomado ese acuerdo sin contar con el quorum legal del Congreso que hizo la declaratoria, y habiendo solicitado amparo contra ese acto el señor don Manuel A. Martínez, candidato de los partidos "Círculo Político Aguascalientes", Gran Partido Obrero, y Laborista, obtuvo del juez de Distrito de aquel Estado resoluciones contradictorias, ya que en un auto se concedía la suspensión del acto y en el otro se negaba al amparo so pretexto de que ese juicio solamente era de concederse en caso de violación a las garantías individuales y no por motivo de atentados del orden político.

"Como el procedimiento a que se ha hecho mención y el acto de los diputados que sin formar quorum hicieron una declaración ilegal, constituyen una violación al voto público con fundamento en el artículo 97, última parte del párrafo tercero de la Constitución general de la República, ocurrió a esta H. Asamblea, solicitando dispensa de todo trámite, que se pida a la Suprema Corte de Justicia de la Nación su intervención en el caso, en los términos que proceda conforme a la disposición constitucional invocada.

"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 22 de octubre de 1920. - Pedro de Alba."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Se dispensan los trámites. A discusión.

El C. De Alba: Pido la palabra para fundar la proposición.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. De Alba: Honorable Asamblea: No voy a cansaros con una larga disertación, por más que pudiera hacerla, acerca de estos conflictos locales del Estado de Aguascalientes. Ya con toda atingencia el general García Vigil, presidiendo una de las sesiones en el mes pasado, dijo que no nos incumbían las cuestiones de los Estados en cuanto a las resoluciones que pudiera tomar la representación Nacional y que, por lo mismo, no debería perderse el tiempo y sí debíamos ocuparnos de aquello que estaba dentro de nuestras obligaciones. Ahora, como digo en la proposición, no pido una resolución de esta Asamblea, porque soy el primero en convenir que no tenemos que ver nada con la soberanía de los Estados; pero la Constitución general de la República, en el artículo 97, relativo al funcionamiento del Poder Judicial, asienta al final del párrafo tercero lo siguiente:

"....nombrará alguno o algunos de sus miembros o algún juez de Distrito o magistrado de Circuito, o designará uno o varios comisionados especiales, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo federal o alguna de las Cámaras de la Unión, o el gobernador de algún Estado, únicamente para que averigüe la conducta de algún juez o magistrado federal o algún hecho o hechos que constituyan la violación de alguna garantía individual, o la violación del voto público o algún otro delito castigado por la ley federal".

Así es que, dentro de este párrafo, se circunscribe mi petición, en la que espero ser ayudado por esta Asamblea, por un espíritu de justicia y de solidaridad. Como allí lo asiento, tengo aquí dos autos dictados por el juez de Distrito de Aguascalientes y, en uno de ellos, declarando que sí procede la suspensión del acto; es decir: de la declaratoria de un gobernador hecha por un Congreso que no tenía quorum, y en el otro diciendo que, como aquella declaratoria, o de lo que se quejaba el candidato de Manuel A. Martínez, no atacaba a las garantías individuales, sino simplemente a sus

derechos políticos, no procedía su reclamación. Así es que hay una contradicción en este asunto, en el cual, por más que podría tener el carácter de partidario, no quiero asumir ese carácter de partidario; únicamente quiero que se esclarezca este asunto: que la justicia federal, ya que la Constitución General de la República ha asentado, con un gran espíritu de liberalismo y de justicia, que pueda intervenir la Suprema Corte de Justicia en estas averiguaciones, a petición de una de las Cámaras, yo quiero simplemente que la Suprema Corte de Justicia, basándose también en el precedente que la diputación por el Estado de Jalisco sentó hace pocos días, solicitando que se averiguara la conducta del juez de Distrito, en relación con algunos disturbios, quiero que esta Asamblea, por un espíritu de justicia, se sirva apoyar esta petición mía, ya que allá, en Aguascalientes, las aspiraciones populares, representadas por los partidos Liberal Obrero y Laborista, han sido estranguladas y aplastadas en su acción y están a punto de fracasar, no sólo por la presión y parcialidad de las autoridades antes de las elecciones, por las sugestiones del Clero, no sólo por la sugestión del capital, sino también, en este caso, porque no se ha querido dar trámite a la última instancia presentada por el candidato Manuel A. Martínez, candidato de todos los partidos del Estado que tienen una tendencia reivindicadora, un programa ampliamente liberal y un criterio de reivindicación social, como a todos debe constar, porque es el candidato del Partido Laborista, nada menos. Así es que, invocando este precedente, apoyado en el precepto constitucional, y también para que se vea que la Representación Nacional, cuando lo compete, cuando tiene facultades para ello, se preocupa porque se imparta justicia en todas las entidades federativas, suplico muy atentamente que se sirvan ustedes aprobar esta moción, por ser de estricta justicia.

El C. Pérez Gasga: Pido la palabra, señor presidente. Para interpelar al señor doctor Pedro de Alba, a fin de que dé lectura a las dos proposiciones, que dice son contradictorias, del señor juez de Distrito.

El C. De Alba: Uno de los autos, en su parte resolutiva, dice:

"Primero: Es de suspenderse y se suspende el acto reclamado por el señor Manuel A. Martínez, consistente en la ejecución del decreto número doscientos cuatro, de once de septiembre próximo pasado, que declaró gobernador constitucional del Estado, para el próximo período, al ciudadano Rafael Arellano Valle.

"Segundo: Notifíquese y expídase la copia certificada pedida por el secretario de Gobierno."

(Voces: ¿Qué fecha tiene?) 9 de octubre de 1920.

"Por todo lo expuesto" dice el segundo auto, "pide el subscripto que, con fundamento en las disposiciones legales citadas, se sirva sobreseer, por causa de improcedencia. el amparo solicitado."

Esta es la opinión del agente del Ministerio Público adscripto al Juzgado de Distrito de Aguascalientes, que se tomó como última resolución en este asunto.

El C. Pérez Gasga: ¿Pero la resolución del juez de Distrito, cuál es?

El C. De Alba: La resolución del juez de Distrito, en el segundo auto, fue concediendo.....

El C. Pérez Gasga, interrumpiendo: ¿Mandando sobreseer?

El C. De Alba: Se sobreseyó esta causa en el Juzgado de Distrito de Aguascalientes, y no se ha dado cabida a otra petición.

El C. Palacios Rodrigo: Yo sé, sobre este asunto de Aguascalientes, (Campanilla.) que ya paso a revisión a la Suprema Corte de Justicia, o no sé a dónde, porque no conozco los trámites; pero ya paso a revisión.

El C. De Alba: Honorable Asamblea: Mi petición se circunscribe a esto: hace pocos días, como dije, con relación a ciertos asuntos de Guadalajara, la Suprema Corte de Justicia, intervino, según lo explica claramente el precepto constitucional. Yo deseo que se nombre una comisión o comisionado especial, que conozca este asunto, por no haber dejado satisfechas las gestiones del juez de Distrito, puesto que este asunto que viene a la Suprema Corte de Justicia, no hace la luz suficiente dentro de la resolución o dentro de los actos y de las resoluciones, sino que nosotros deseamos, los de los partidos políticos de Aguascalientes, que la Suprema Corte de Justicia se sirva nombrar una Comisión que se traslade al lugar de los acontecimientos, a fin de que se empape de cuál es el ambiente y cuál la conducta del juez de Distrito en este asunto.

El C. Palacios Rodrigo: Pido la palabra.

El C. Pérez Gasga: Pido la palabra para una aclaración.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Francisco Castillo

El C. Castillo Francisco: Ciudadanos diputados: Yo creo que, en este asunto, debe la Cámara suspender, provisionalmente, es decir, mientras tanto la Suprema Corte de Justicia no resuelve definitivamente sobre el auto de sobreseimiento, ya sea confirmándolo o revocándolo, no puede esta Cámara tomar una determinación en el sentido que lo pide el señor diputado De Alba, porque, aun cuando él dice que hay dos resoluciones contradictorias, la primera suspendiendo el auto reclamado, y la segunda sobreseyando en el amparo promovido, ésta no puede ser una contradicción, porque el auto de suspensión no implica que el amparo deberá ser concedido. El auto de suspensión se concede en virtud de una tramitación especial y en casos también en que lo previene el procedimiento, el Código de Procedimientos Civiles; de manera que, esta suspensión, no implica, desde el momento en que fue concedido aquel amparo, deberá haber sido concedido, porque esta suspensión sólo significa que los actos de la autoridad responsable deben quedar en tal estado, nada más mientras el amparo se resuelve en definitiva. Y desde el momento en que ha sido pronunciada una resolución en el sentido de que se sobresea en ese amparo, nos queda solamente esperar la resolución de la Suprema Corte de Justicia y, con ella, ya sea que revoque ese auto de sobreseimiento, o ya sea que lo confirme, sin esa resolución, digo yo, no puede la Cámara tomar una determinación, porque si lo confirma, quiere decir, en ese caso, que no hubo tal violación de garantías individuales; si lo revoca, sí, y ya la Cámara.

puede dirigirse a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, haciéndole una insinuación de que se nombre un magistrado. Así es que no voy enteramente en contra de la moción presentada por el señor diputado De Alba, sino que esperemos hasta cuando la Suprema Corte de Justicia haya pronunciado su resolución definitiva, para que, en vista de ella, la Cámara pueda tomar una determinación justa.

El C. De Alba: Pido la palabra para una aclaración, señor presidente.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano De Alba.

El C. De Alba: Creo que ha habido una desviación o una mala interpretación de mi asunto, es decir, de mi demanda. No es una acusación contra el juez de Distrito; es que se solicita conforme al precepto constitucional la intervención de la Suprema Corte de Justicia por la violación de alguna garantía individual o la violación del voto público, como dice terminantemente al terminar el párrafo 4o., y como estamos en este caso, los del Partido Liberal de Aguascalientes queremos que se esclarezca meridianamente este asunto, que se den todos los recursos posibles para que los individuos que están allá en Aguascalientes y que no cuentan ni con recursos materiales ni con el apoyo del capital ni con el apoyo de la parcialidad de las autoridades, puedan tener en última instancia esta ayuda desinteresada y noble de la Suprema Corte de Justicia, para lo cual da derecho la Constitución a la Asamblea. Repito, no se trata de ninguna acusación porque el juez de Distrito haya incurrido en contradicciones; se trata fundamentalmente de que este asunto ya se sobreseyó en Aguascalientes, y no queremos que se sobresea ahí, sino que ahí mismo se siga la investigación. El compañero Arroyo Ch. dice que no sólo existe ese precedente, sino que ya se ha solicitado para Guanajuato, y hasta al mismo licenciado Novelo lo nombró la Suprema Corte y fue a hacer investigaciones el año pasado o el antepasado acerca de una elección de diputados, y así en muchos casos por el estilo. Lo que queremos nosotros es que la Suprema Corte nos patrocine en este asunto para que se esclarezca hasta el último punto, se cumpla con el último deber, y se den las garantías a los individuos que allá no las tienen.

El C. Pérez Gasga: Si se trata de actos del juez de Distrito, como decía desde el principio, y el juez de Distrito pronunció una resolución en el incidente de suspensión y esta resolución pudo ser o fue concediendo la suspensión, después encontró el juez de Distrito que no había materia para el procedimiento y, en consecuencia, mandó suspender el asunto, fue a la Suprema Corte y allá tienen que decir la última palabra. Ahora dice el señor Pedro de Alba que el asunto no es éste, sino que es la investigación de ciertos hechos por violaciones del voto y su proposición no se refiere a eso, se refiere a que se hizo una declaración por un Congreso que no tenía quorum, es decir, que faltó un voto para que hubiera quorum y se hizo una declaración. Yo pregunto de parte de quién está la violación, seguramente que lo está de parte de la autoridad que publicó la declaratoria hecha por un Congreso que no tenía facultades; en consecuencia, se trata de un acto ejecutado por el gobernador del Estado de Zacatecas, o de Aguascalientes. (Voces: ¡Eso: Aguascalientes!) Y por esto digo que no es facultad del Congreso dirigirse a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, porque el conflicto que surge con motivo de estos hechos debe ser del conocimiento exclusivo de otra autoridad, no la de la Suprema Corte, porque ésta no tiene que resolver sobre si fue legal la declaración o no fue legal. Por esto me opongo a que se dirija la Cámara en este caso excepcional o especial a que se refiere el señor Pedro De Alba.

El C. Castrejón: No habiendo más oradores inscriptos....

El C, Manrique: Para una moción de orden. Me permito sugerir al compañero Pedro de Alba, ya que los fundamentos que invoca para su proposición no resultan exactos, que si lo que desea es que se haga una averiguación sobre si hubo o no violación al voto público, entonces para invocar los precedentes de Jalisco y Guanajuato pida permiso para retirar su proposición - que de otra manera será rechazada - para presentarla modificada en ese sentido y entonces yo creo que contará con nuestra aprobación.

El C. Palacios: Pido la palabra.

El C. De Alba: Me voy a permitir leer al ciudadano Manrique la última parte. Dice: "Como el procedimiento a que se ha hecho mención y el acto de los diputados que sin formar quorum hicieron una declaración ilegal, constituyen una violación al voto público con fundamento en el artículo 97, últimamente del párrafo tercero de la Constiución general de la República, ocurrió a esta H. Asamblea, solicitando dispensa de todo trámite, que se pida a la Suprema Corte de Justicia de la Nación su intervención en el caso, en los términos que proceda conforme a la disposición constitucional invocada."

No voy a investigar ni investigo tampoco por menores e incidentes relacionados con la ciencia jurídica o con la esencia social; simplemente hechos que constituyen una violación al voto público y por esto, porque constituyen estos actos una violación al voto público, con fundamento en el artículo 97 solicité lo anterior. Así es que por violaciones al voto público es por lo que me permito pedir la sanción de esta Asamblea para esta petición.

El C. Palacios Rodrigo: Pido la palabra, señor presidente. Aquí es donde procede la aclaración.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Palacios: En Aguascalientes al verificarse las elecciones el ciudadano Arellano Valle obtuvo alrededor de cuatro mil votos; el ciudadano Manuel Martínez obtuvo como más de mil, y el ciudadano general Martín Triana, del que mucho se ha ocupado la prensa de la capital, tuvo como doscientos veinticinco votos. Posteriormente el general Triana y el señor Martíñez unieron sus fuerzas para combatir a los candidatos, es decir, al señor Arellano, y al Congreso del Estado de Aguascalientes, que está compuesto de quince diputados, hizo la declaratoria con un quorum de ocho personas. Toca al Congreso averiguar si con ocho personas hay quorum o no, estando compuesta la Cámara local por quince personas únicamente. No hay

tal violación; el quorum estaba completo y la declaratoria fue legal como lo informó aquí mismo el señor ministro de Gobernación.

El C. Manrique: Pido la palabra para una observación. Señor De Alba: el origen de la confusión estriba en que la mayor parte de las consideraciones de usted se refieren a la supuesta contradicción en que ha incurrido el juez de Distrito, la autoridad federal en el Estado de Aguascalientes. Como ya los razonamientos del licenciado Pérez Gasga lo demostraron, en realidad el juez ha sido congruente y no ha habido contradicción en sus actos. Es verdad que el señor Pedro de Alba invoca las violaciones al voto público, pero lo hace accesoriamente, al final. Creo que para evitar confusiones lo indicado sería que pidiese permiso para retirar su proposición y más tarde , asesorado por el abogado Vicencio o algún otro compañero, podría presentarla mejor fundada y correría mejor suerte.

El C. De Alba: Yo lo que expongo al principio con relación al juez de Distrito es esto, que no es sino una exposición de motivos, de incidentes que prepararon o encubrieron la violación al voto público en cierta forma. Así es que, aceptando la indicación del compañero Manrique, retiro mi proposición y la presentaré en forma más concreta, refiriéndome al esclarecimiento e investigaciones con motivo de la violación al voto público en el Estado de Aguascalientes.

El C. prosecretario Castrejón: Habiendo pedido permiso el ciudadano De Alba para retirar su proposición y concretarla, se consulta a la Asamblea si se le permite. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Sí se le permite.

- El C. prosecretario Castrejón, leyendo:

"H. Asamblea:

"Considerando:

"Primero: Que después de una revolución de diez años, el pueblo de México no puede ni debe consentir que sus libertades sean coartadas por leyes atentatorias e inquisitoriales;

"Segundo: Que una de las libertades más preciadas en todo el país civilizado en la que garantiza la emisión del pensamiento;

"Tercero: Que la prensa es manifestación genuina de esa libertad;

"Cuarto: Que la llamada Ley de Imprenta del Primer Jefe del Ejército Constitucionalista fue expedida el 9 de abril de 1917, no pudiendo, por lo tanto, ser reglamentaria de los artículos 6o. y 7o. de la Constitución, cuya vigencia no empezó sino hasta el 1o. de mayo de 1917.

"Quinto: Que la Suprema Corte de Justicia ha declarado en varias ejecutorias que las leyes expedidas durante el período preconstitucional sólo deben considerarse vigentes en cuanto no se opongan a la Constitución:

"Sexto: Que de la simple lectura de la llamada Ley de Imprenta resalta la flagrante incompatibilidad que existe entre el referido ukase preconstitucional y el espíritu libérrimo de las leyes fundamentales sobre la materia;

"Séptimo: Que el mencionado ukase del Primer Jefe no sólo es preconstitucional, sino anticonstitucional, y

"Octavo: Que el propio Primer Jefe no expidió su ukase sino con el carácter de provisional.

"Por cuanto acabamos de exponer, y haciendo un caluroso llamamiento al revolucionarismo de la Asamblea, encarecidamente pedimos a vuestra soberanía que, considerando este asunto de urgente y obvia resolución, apruebe el decreto que en seguida se expresa:

"Artículo único. Se deroga la Ley de Imprenta de fecha 9 de abril de 1920."

"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. - México, D.F., el 20 de octubre de 1920. - Francisco Soto. - Francisco Castrejón .- Aurelio Manrique, jr. - Antonio Díaz Soto y Gama. - A. Valadez Ramírez. - A. Cienfuegos y C. - V. Alessio Robles. - A. Aillaud. - L. Zincúnegui T. - Octavio Paz. - R. Velarde. - Nicolás Cano. - A. Arroyo Ch. - J. de D. Bojórquez. - José Méndez. - J. B. Vásquez. - E. Hernández. - V. Alvarez. - Juan B. Salazar. - B. Vadillo. - E. Bordes Manguel. - A. J. Mijares. - Lucas Contreras. - José Maqueo C. - Carlos Chico. - Luis L. León. - Miguel Martínez Rendón. - Rodrigo Gómez. - F. González y González. - Juan Quiroga. - B. Carrillo P. - Luis Guzmán. - J. L. Solorzano. - J. M. Soto. - Juan Angel Morales. - Manuel Berzunza. - Edmundo Bolio. - Ed. G. Cantón M. - J. Prieto Laurens. - José Sánchez Anaya. - Uriel Navarro. - E. Aguirre. - R. Bueno. - Aurelio M. Aja. - Porfirio del Castillo. - Juan Bravo y Juárez. - José Juan Ortega. - Ignacio C. Villegas. - T. T. Gutiérrez. - Enrique Meza. - Arnulfo Portales. - Flavio B. Ayala. - R. Casas Alatriste. - F. de la Torre. - Luis Alvarez del Castillo. - E. M. Barragán. - Francisco Garza. - Francisco Trejo. - Clemente Munguía. - Victor del Pino. - Bibiano Ibarra."

En votación económica se pregunta si se considera: este asunto de obvia y urgente resolución. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. No se considera de urgente y obvia resolución. Pasa a Comisión por estar subscripto por distintas mayorías de diputación. Pasa a la 2a. de Gobernación.

El C. Manrique: De Gobernación y Puntos Constitucionales, porque es derogación de una ley constitucional. Precisamente se denuncia la inconstitucionalidad de la ley. Es materia de un asunto de puntos constitucionales.

El C. presidente: La Presidencia acepta la sugestión del ciudadano Manrique; así es que pasará a la 2a. de Gobernación y a la de Puntos Constitucionales en turno.

Al ciudadano Saucedo se le ruega pase a la Secretaría.

El C. Ramos Pedrueza: Reclamo el quórum.

El C. presidente: Habiendo reclamado el quorum el ciudadano Ramos Pedrueza, se procede a pasar lista.

El C. Espinosa: Es visible que hay quorum. Hay muchos compañeros en los pasillos. Aquí no se trata más que de una maniobra para que no se discuta la cuestión relativa a los puertos libres, y esto no es justo, no hay razón para que no trabajemos.

El C. presidente: No, señor Espinosa; no se trata de una maniobra.

El C. Espinosa: Celebraré mucho estar equivocado.

El C. presidente: Uno de los diputados, en uso de su derecho, ha reclamado el quorum y la Presidencia no tiene otra cosa que hacer sino pasar lista; pero si cree el ciudadano Espinosa que puede hacer otra cosa... Además, hace saber la Presidencia que no hay ningún ciudadano secretario más que el señor Castrejón y él se encuentra enfermo.

El C. Castrejón: Pido la palabra. En muchas ocasiones se ha acostumbrado solicitar el auxilio de algún compañero para que auxilie a la Secretaría; cualquier compañero puede hacer el favor de leer este documento. porque yo materialmente ya no puedo.

El C. presidente: Si la Asamblea no tiene en ello ningún inconveniente, la Presidencia tampoco.

El C. prosecretario Castrejón: La Presidencia consulta a la Asamblea, por conducto de la Secretaría, si permite que algún compañero lea este proyecto de decreto. La Secretaría en este momento ya no puede. (Voces: ¡Bueno, que vaya Manrique!)

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Se permite que pase el ciudadano Manrique.

- El C. Manrique, leyendo:

"Comisiones unidas 1a. de Hacienda, 1a. de Comunicaciones y de Industria y Comercio.

"Señor:

"A las comisiones unidas 1a. de Hacienda, 1a. de Comunicaciones y de Industria y Comercio, fue turnado el expediente relativo al proyecto de ley presentado por varios CC. diputados, derogando el decreto del Ejecutivo de la Unión, de fecha 25 de septiembre próximo pasado, que creaba la institución de los puertos libres de Salina Cruz, Puerto México y Guaymas.

"Las comisiones, después de haber hecho un estudio sereno del asunto a que nos referimos, llegaron a la siguiente conclusión:

"El Poder Ejecutivo, usando, en su concepto, de las facultades extraordinarias que en el ramo de Hacienda le concedió el Legislativo el 8 de mayo de 1917, expidió en 25 de septiembre último el decreto que creó los puertos libres de Salina Cruz, Puerto México y Guaymas.

"Por ser de tanta trascendencia dicho decreto, es indispensable estudiar si el Ejecutivo lo expidió dentro de las facultades que le fueron concedidas. El artículo 49 de la Constitución establece el principio de la división de poderes. No es del caso examinar si el decreto de 8 de mayo de 1917 está de acuerdo con el citado precepto, pero sí debe tenerse en cuenta que tan sólo fue expedido por exigirlo así en las circunstancias del momento, a causa de la anormal situación que reinaba entonces, con el único objeto de que el Poder Ejecutivo federal tuviese libre acción en materia de presupuestos.

"Es indudable que la cuestión relativa a los puertos libres no es del ramo de Hacienda en el sentido en que forzosamente debe entenderse el decreto de 8 de mayo de 1917, ni menos es de naturaleza tal que sea de imperiosa urgencia crearlo, sin que previamente se estudie su conveniencia por el Poder Legislativo, que es al que compete hacerlo.

"Por todas estas razones sometemos a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de ley:

"Único. Se declara que es nulo y de ningún valor el decreto que se expidió en 25 de septiembre último, creando los puertos libres de Salina Cruz, Puerto México y Guaymas."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 18 de octubre de 1920. - Juan Zubaran. - I. Borrego. - E. Trejo. - Gustavo S. Martínez. - M. F. Ortega."

Esta a discusión.

El C. Espinosa: Pido la palabra.

El C. Zuburan: Pido la palabra para fundar el dictamen.

El C. Manrique: Se ha presentado la siguiente moción suspensiva:

"Señor:

"El proyecto de ley que pide la derogación de la ley que establece varios puertos libres en la República, comprende un problema de la más alta trascendencia para los intereses económicos del pueblo, en el está vinculado muy estrechamente la seriedad y prestigio del Gobierno actual. Por consiguiente es indispensable que la Cámara antes de dar un paso en tan ardua materia, tenga a la vista con caracter oficial pleno todos los motivos que el Ejecutivo federal tuvo para expedir la expresada ley de puertos libres en uso de las facultades extraordinarias de que aún goza en el ramo de Hacienda. En consecuencia, propongo:

"Único. Con fundamento en el artículo 55 del Reglamento Interior del Congreso, llámese al ciudadano secretario de Hacienda y Crédito Público, y suspéndase mientras toda discusión sobre tal proyecto de ley.

"México. D.F., octubre de 1920.- E. L. Céspedes.

Está a discusión. Se invita al autor de la proposición a fundarla.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Céspedes.

El C. Céspedes: Señores diputados: A ninguno de ustedes se escapa el interés que encierra la confirmación o no confirmación del establecimiento de los puertos libres en la República. Todos nosotros, mejor dicho, un gran número de vosotros os habéis dado cuenta ya de las razones que el Ejecutivo federal tuvo para la expedición de la ley que crea los puertos libres; pero es necesario que esta Cámara de Diputados tenga con carácter oficial, pleno, como lo dije en la proposición, los informes del mencionado Ejecutivo federal por conducto del secretario de Hacienda y Crédito Público. Esta mañana estuvimos en la Secretaría de Hacienda los miembros de las comisiones de Crédito Público y Comunicaciones, y al tratar sobre el problema del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec, el señor secretario de Hacienda, después de proporcionarnos los informes que a este respecto solicitamos, nos dijo que tenía interés en ser avisado oportunamente por la Mesa Directiva de esta Cámara, cuando fuera a discutirse el asunto de los puertos libres, así como que tenía interés en que se le llamara por la Cámara, si es que no se hacía el aviso oportuno, para acudir al

cumplimiento de un precepto legal y constitucional y reglamentario. Yo pido, pues a la Cámara, que sin precipitación de ningún género, hagamos que venga aquí el señor secretario de Hacienda para que nos informe y nos conteste toda clase de interpelaciones que sobre el particular le hagamos, porque no es lo mismo pretender obtener informes del secretario en juntas verificadas extra - Cámara, que pretender obtener los aquí en sesión de Cámara de Diputados en apoyo de preceptos reglamentarios que todos ustedes conocen. Pido, pues, a la honorable Representación Nacional se sirva acordar lo que mi proposición encierra y suspender en tanto toda discusión.

El C. Zubaran Juan: Pido la palabra en contra, señor.

El C. presidente: La había pedido antes el ciudadano Espinosa.

El C. Zubaran: ¿Me cede usted el uso de la palabra?

El C. Espinosa: Sí, señor.

El C. Manrique: Moción de orden, señor presidente. Señores diputados: Mi moción de orden consiste en advertir que acaso toda discusión resulte inoportuna desde el momento en que se trata de un asunto que se turnó para su resolución a las comisiones unidas 1a. de Hacienda y 1a. de Comunicaciones y de Industria y Comercio. Son comisiones unidas, y no hay en el dictamen la firma de un solo miembro de la 1a. Comisión de Comunicaciones. Yo creo que si se turno a tres comisiones unidas y una de las comisiones se ha abstenido al menos de firmar, no sé si de conocer; mientras esto se aclare, no puede decirse que hay dictamen a discusión.

El C. Zuburan: Pido la palabra para una aclaración. Habiendo un error en el primer dictamen que se presentó y habiendo necesitado una rectificación a ese error, se omitió allí la firma del señor diputado presidente de la comisión quien está dispuesto a firmarlo en estos momentos.

El C. Ollivier: Sí, es cierto, yo lo había firmado originariamente sin prejuzgar, considerando tan sólo que el Legislativo estudiara asunto de tanta trascendencia con detenimiento.

El C. Céspedes: Deseo que el señor presidente se sirva informar si cumpliendo con un artículo del Reglamento paso previo aviso al señor secretario de Hacienda, diciéndole que hoy se trataría este asunto, porque esta mañana el señor secretario nos dijo que para las doce del día no se decía nada sobre el particular, o sea de que estuviese presente a la hora de la discusión.

El C. presidente: La Presidencia informa al señor Céspedes que no se ha pasado ningún aviso al secretario de Hacienda sobre que la discusión se haría hoy, Como la Presidencia no podía saber si el proyecto sobre latifundios iba a durar en su discusión uno o dos días, por esto no había pasado el aviso y hace saber, además que de acuerdo con la Ley de Secretarías de Estado, se paso al ciudadano ministro de Gobernación el aviso respectivo para el proyecto de latifundios y sé que la Secretaría de Gobernación todavía no pasa el aviso respectivo a la Secretaría de Agricultura y Fomento; de cualquier manera, si se discute este asunto, podemos llamar telefónicamente al ciudadano secretario de Hacienda.

El C. Céspedes: Pido que así se haga.

El C. Zubaran: Señores diputados: Sin precipitaciones, como dice el señor diputado Céspedes, y sin festinación, como me atrevo a decir yo, se presenta aquí una moción suspensiva sin haber principiado el debate o la discusión del dictamen que las comisiones han presentado sobre la derogación de los puertos libres. La Cámara de Diputados no está facultado para llamar a ningún secretario de Estado para que venga a intervenir en nuestras discusiones. Los secretario de Estado están facultados para venir por sí solos, pero no a invitación de nosotros ni requeridos por nosotros. En estas consideraciones yo vengo a someter el buen juicio de la honorable Asamblea que no se acepte esta moción del diputado Céspedes. Que la Presidencia en una forma privada llame al señor secretario de Hacienda para que, si quiere venir, venga a contender en esta discusión, pero que no acepte la moción suspensiva y no se suspenda la discusión del dictamen de los puertos libres que está citado por la Asamblea en esta tarde para ponerse a discusión. Yo pido a la honorable Asamblea que dé su voto reprobatorio a la moción suspensiva presentada por el C. Céspedes.

El C. Céspedes: Pido la palabra. Pido a la Secretaría se sirva dar lectura al artículo 55 del Reglamento y el relativo de la Constitución en su parte última también.

El C. secretario Valadez Ramírez: Artículo 55 del Reglamento.

"Los secretarios del Despacho asistirán a las sesiones siempre que fueren enviados por el presidente e la República, o llamados por acuerdo de la Cámara; sin perjuicio de la libertad que tienen de asistir, cuando quisieren, a las sesiones."

El C. Ortega Miguel F.: Pido que se dé lectura al artículo 93 constitucional.

El C. secretario Valadez Ramírez: Artículo 93 de la Constitución:

"Los secretarios del Despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guardan sus respectivos ramos, Cualquiera de las Cámaras podrá citar a los secretarios de Estado para que informen, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio relativo a su Secretaría."

El C Zubaran Juan: Pido la palabra para una aclaración, señor presidente. La concurrencia obligatoria de los secretarios de Estado a las Cámaras, es cuando ellos han presentado algún proyecto de ley. Es en los presupuestos, cuando vienen a defenderlos. (Voces: ¡No! ¡No!) ¡Sí, señor cómo no! Perfectamente; cuando ellos quieren venir; pero no a invitación de la Cámara. (Voces: ¡No ¡¡no!!)

El C. secretario Valadez Ramírez: Nuevamente se da lectura al artículo 55, que dice así:

"Los secretarios del Despacho asistirán a las sesiones, siempre que fueran enviados por el presidente de la República, o llamados por acuerdo de la Cámara; sin perjuicio de la libertad que tienen de asistir, cuando quisieren, a las sesiones."

El C. Manrique: Pido, a la vez, la lectura de los artículos 124 y 125.

- El C secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"Artículo 124. Cuando los secretarios del Despacho fueren llamados por la Cámara o enviados por el Ejecutivo para asistir a alguna discusión,

podrán pedir el expediente, para instruirse, sin que por esto deje de verificarse la discusión en el día señalado.

"Artículo 125. Para los efectos del artículo anterior, se pasará oportunamente, por las secretarías de ambas cámaras a las del Ejecutivo, noticia de los asuntos que vayan a ser discutidos y de los días para ello señalados."

El C. Céspedes: Moción de orden. De conformidad con todos los preceptos reglamentarios y constitucionales leídos ya por la Secretaría, tengo razón en mi petición que se discute. Yo no quiero, precisamente que se aplace esta discusión para día distinto al actual. Yo quiero que únicamente se aplace en tanto viene el secretario de Hacienda, para que tenga oportunidad de oír todos los argumentos que en contra o en pro se hagan de ese proyecto que pide la derogación de la ley de puertos libres.

El C. secretario Valadez Ramírez: Habiendo hablado un orador en pro y otro en contra de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 reglamentario, se pregunta sí se toma en consideración esta moción suspensiva. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Está a discusión.

El C. Espinosa: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Espinosa: Honorable Asamblea.....

El C. Ramos Esquer, interrumpiendo: Reclamo el quorum, porque no lo hay.

El C. Espinosa, continuando: Honorable Asamblea: Entiendo que todos estamos conformes con la proposición presentada por el compañero Céspedes. Ha hecho ya la aclaración de que su iniciativa no comprende precisamente un aplazamiento de la discusión, sino una pequeñisima espera hasta en tanto viene el ciudadano secretario de Hacienda; yo creo que es lógico que deba concederse; no hay, pues, razón, para que nos opongamos a lo que pide dentro de esa moción suspensiva, que no es un aplazamiento, sino nada más una espera momentánea: a todos nosotros nos consta que el señor secretario de Hacienda ha manifestado que con todo gusto asistiría a las discusiones de esta Asamblea. El no ha recibido, probablemente, el aviso oficial; pero sí sabe que va a discutir hoy. Por lo demás, ya debe estar llegando a este recinto el ciudadano secretario de Hacienda, puesto que fue llamado. Me parece, pues, que no hay dificultad alguna para que aceptemos esta moción suspensiva.

El C. secretario Valadez Ramírez: se procede a pasar lista, por haber sido reclamado el quorum por el ciudadano Ramos Esquer. (Se pasa lista.)

Hay una asistencia de 128 ciudadanos diputados; hay quórum.

El C. Díaz Soto y Gama: Pido la palabra, señor presidente. Para pedir a la Secretaría se sirva informar si se ha cumplido con lo que ordena el artículo 125 del Reglamento, que dice:

"Artículo 125. Para los efectos del artículo anterior, se pasará oportunamente, por las secretarías de ambas Cámaras a las del Ejecutivo, noticia de los asuntos que vayan a ser discutidos y de los días para ello señalados."

Suplico a la Secretaría me diga si se le paso aviso oportuno, señalándole el día de la discusión, porque yo no puedo creer que, tratándose de un ministro, que se presume que siempre está ocupado, pueda pasársele un aviso que se da por sorpresa, con un cuarto de hora de anticipación. Los ministros tienen asuntos importantes: un consejo de ministros, una junta con los directores de sus dependencias, una cita con alguna persona, quizá con un ministro diplomático..... una serie de asuntos de los que no puede prescindir, acuerdos con el presidente, etcétera, y etcétera, yo creo que el espíritu de la ley es que el "aviso oportuno" sea, por lo menos, con un día de anticipación. Según me he informado en la Oficialía Mayor, esa es la práctica seguida de una manera invariable en esta Cámara. Sobre todo, al decir la ley:"..... en el día para ello señalado", quiere decir o se desprende que quiere decir que no es para el mismo día ni para una hora o media hora después de que se le ocurra a una persona exigir que se ponga a discusión tal o cual asunto. De manera que yo interpelo a la Secretaría para que se me diga terminantemente si se paso aviso oportuno - parece que por escrito es como debe ser -, señalando el día que debe discutirse el proyecto sobre puertos libres.

El C. secretario Valadez Ramírez: La Secretaría informa al ciudadano Soto y Gama, que en la orden del Día de ayer se puso: "Discusión del dictamen que consulta un proyecto de ley relativo al fraccionamiento de latifundios", y ayer también se declaró que se aplazaba la discusión de este proyecto de ley. En consecuencia, la Secretaría no podía saber si se iba a discutir hoy este asunto, y no se dio el aviso correspondiente al ciudadano ministro.

El C. Díaz Soto y Gama: Entonces pido la palabra para una moción de orden.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Soto y Gama, para una moción de orden.

El C. Soto y Gama: Yo pido a la Presidencia que, en cumplimiento del Reglamento, resuelva que no se puede poner a discusión este asunto, porque sería infringir el Reglamento. Si seriamente se quiere que el ministro pase a informar, se le deben dar las facilidades para ello, pero no darle la sorpresa. Si la misma Secretaría no sabía - la misma Secretaría, la encargada de la cartera de la Cámara - que hoy se discutía este asunto, menos lo iba a adivinar el señor secretario del ramo.

El C. Zubaran, interrumpiendo: Debe estar pendiente de eso.

El C. Díaz Soto y Gama: El Reglamento no dice eso; dice que se debe pasar aviso oportuno, noticia, y pasar noticia quiere decir pasarla por escrito o por medio de una Comisión. La Secretaría informa que ni por medio de comisión ni por medio de un oficio se le ha avisado al secretario del ramo. Quiere decir que por sorpresa se quiere traer aquí esto a la discusión. Yo apoyo mi moción de orden en la consideración sencillísima de que un secretario, un funcionario público o cualquier particular, un diputado que sea, para poder hablar sobre un asunto importante necesita estar documentado y para estar documentado se le debe dar un tiempo racional. Por todos estos conceptos, tanto reglamentariamente como en vista de la forma en que se tramitan estos asuntos en los ministerios y de la forma en que se prepara un informe ministerial,

yo pido que cumpliéndose con el Reglamento, se declare que por no haber habido noticias oportunas ni haberse señalado día con anticipación, no se puede discutir este asunto.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Espinosa.

El C. Espinosa: Honorable Asamblea: El ciudadano Soto y Gama ha sentado un verdadero sofisma: dice que se debe dar aviso anticipado al ciudadano secretario de Hacienda para que esté preparado. No, señores; el secretario de Hacienda tiene un estudio maduro y profundo del asunto desde que formuló la iniciativa. Ahora, repito, el ciudadano secretario de Hacienda y Crédito Público aseguró desde ayer en la sesión extra - Cámara, que estaba preparado y que tendría mucho gusto en venir a informar a la Asamblea y que vendría esta tarde, es decir, la tarde de hoy viernes; está, pues, extraoficialmente enterado de todo el ciudadano secretario de Hacienda. Pero hay más todavía: ya declaró la Secretaría que se ha llamado por teléfono al ciudadano secretario de Hacienda y, por lo tanto, no hay razón para todos estos cambios de palabras, que no nos llevan más que a perder el tiempo miserablemente. En todo caso se habrá faltado a la forma protocolaria por no avisar por medio de un oficio, pero qué, ¿vamos a ser tan materiales de darle valor nada más a un aviso que vaya escrito? Claro que no; ya se avisó por teléfono y el secretario de Hacienda debe estar ya en camino para esta Cámara. Por lo tanto, que se apruebe la moción del ciudadano Céspedes tal como la ha presentado, tal como quiere que se apruebe, esto es, que se suspenda el conocimiento de este asunto hasta que venga el ciudadano secretario de Hacienda.

El C. secretario Valadez Ramírez: La Secretaría va a hacer una aclaración en relación con lo dicho por el compañero Espinosa: la Secretaría no ha llamado al señor ministro de Hacienda y Crédito Público, ni podría llamarlo desde el momento en que sólo la Cámara puede hacer eso. Se le paso un aviso telefónico de que se iba a discutir el proyecto relativo a los puertos libres; eso es todo.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Céspedes.

El C. Céspedes: Efectivamente, señores compañeros; hace un rato se habló por teléfono al señor general Alvarado, diciéndole que en estos momentos se discutía la conveniencia de que fuera llamado para que informara sobre la ley que establece los puertos libres. El ciudadano secretario de Hacienda contestó que estaba pendiente del llamado de la Cámara para venir inmediatamente, ya que aquí se estaba tratando de que fuera llamado. En consecuencia, sólo espera que esta Cámara apruebe la proposición, para salir inmediatamente de la Secretaría hacia acá.

El C. secretario: A fin de que no se pierda más tiempo con estas mociones de orden, se recuerda a la Asamblea que está a discusión la moción presentada por el ciudadano Céspedes. En consecuencia, lo que procede es que los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra en pro o en contra pasen a inscribirse.

El C. Manrique: Eso mismo iba a decir.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Manero.

El C. Manero: Ciudadanos diputados: Desde que se presentó a la consideración de esta honorable Asamblea el proyecto de ley para nulificar el decreto expedido en uso de facultades extraordinarias por el Ejecutivo sobre los puertos libres, la Asamblea está, consciente o inconscientemente, sufriendo una equivocación. No se trata de discutir la bondad o la no bondad de los puertos libres; simple y sencillamente la inconstitucionalidad o no inconstitucionalidad del decreto expedido por el Ejecutivo. Es exacto que el Reglamento de la Cámara autoriza a los secretarios de Estado para venir, cuando lo deseen o lo pida la misma Cámara, a informar. Y esto es cuando se trata de asuntos de la competencia técnica de sus secretarías Yo vería en este caso mucho más cuerdo llamar al señor ministro de Gobernación, que es por conducto de su Secretaría que se decretan las leyes, supuesto que no vamos a tratar sino simple y sencillamente de si ha sido bien o mal decretada la ley sobre puertos libres. La presencia del señor Alvarado será muy importante y muy bien recibida tal vez cuando se trate el asunto de los puertos, técnica de los puertos libres, el dar un decreto sobre puertos libres; pero aquí se está tratando exclusivamente de que el decreto expedido por el Ejecutivo no es constitucional. Yo espero, pues, que la Asamblea tenga en cuenta estas razones, deseche esta moción suspensiva y pasemos desde luego a la discusión del dictamen.

El C. presidente: Tiene la palabra en pro el ciudadano Rivera Cabrera.

El C. Rivera Cabrera: Señores diputados: Habrán ustedes observado que desde que los señores Manero y socios presentaron la iniciativa por la cual se pedía la derogación de la ley que crea los puertos libres, se ha usado de una festinación sorprendente en este asunto. El mismo señor Manero vino aquí no hace muchos días pidiendo que se dispensara la segunda lectura del dictamen y se entrase desde luego a discusión; ahora teme la presencia del general Alvarado, no quiere que venga a informar. (Voces: ¡No, hombre!) ¿Qué razones hay para esto? Tal parece que se trata de dar una puñalada de pícaro. Por consiguiente, nosotros, para formarnos una idea exacta del asunto que va a debatirse, que no solamente abarca el punto constitucional, sino que tiene exacta conexión con asuntos hacendarios y nadie podrá de eliminar exactamente dónde empiezan las facultades de una Secretaría y dónde empiezan las de otra, por todas esta razones creo, ciudadanos diputados, que es cuerdo, que es pertinente que oigamos la voz del señor secretario de Hacienda informando acerca de este asunto. Por lo tanto, yo suplico a ustedes se sirvan dar un voto aprobatorio a la moción suspensiva que se ha presentado.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Céspedes.

El C Céspedes: Señores diputados: Unas cuantas razones en apoyo de mi proposición: la finalidad que yo persigo al pedir a ustedes que se llame al ministro de Hacienda a informar sobre el establecimiento de los puertos libres, es el deseo que tengo de que corran escritos en el DIARIO DE LOS DEBATES de esta Cámara todos los motivos, todas las razones que el Ejecutivo tuvo para decretar el

establecimiento de los ya referidos puertos libres. Es muy triste, es muy malo, señores compañeros, que no se discutan las leyes, que no haya deliberación sobre el particular y que no pueda tenerse en un momento dado la interpretación auténtica de la ley, tan sólo porque no quieren discutirse. Es cierto que aquí puede discutirse eso sin la presencia del ciudadano secretario de Hacienda, pero solamente se tendrá a la vista la argumentación que en pro de este proyecto de derogación pueda hacerse en esta tribuna. Yo quiero que de manera oficial consten en el DIARIO DE LOS DEBATES las razones que el Ejecutivo tuvo para establecer los puertos libres: las razones constitucionales, las razones económicas, las razones morales, todas, en fin, las razones que nos ha expresado el señor Alvarado en juntas verificadas en este edificio, pero extra - Cámara. Yo no quiero que este asunto se aplace para después; debe discutirse ahora mismo; pero deben oírse las argumentaciones del Ejecutivo. El señor Alvarado, repito, tiene interés en explicar a ustedes - ya en aquellas juntas extra - Cámara no tuvimos todos nosotros-, exponerles toda la clase de razones que el Ejecutivo tuvo para hacer la publicación de esta ley; quiere contestar todas y cada una de las interpelaciones que se le hagan en esta Cámara. Yo pido, pues, a mis compañeros que se sirvan tomar este acuerdo, que no es cuestión más que de minutos su cumplimiento...

El C. Manero, interrumpiendo: ¿Me permite usted una interpelación?

El C. Céspedes, continuando: El señor Alvarado espera en la Secretaría de Hacienda la resolución de la Cámara sobre este asunto.

El C. Manero: ¿Me permite el señor Céspedes hacerle una interpelación, con permiso de la Presidencia?

El C. Céspedes: Con mucho gusto.

El C. Manero: Señor diputado Céspedes: Si el señor Alvarado convenciera, como yo lo deseo muy sinceramente, a esta Asamblea, de que el decreto que ha dado en uso de las facultades extraordinarias es un buen decreto, que serán muy útiles al país los puertos libres, nosotros, ¿simple y sencillamente por eso vamos a dejar que subsista una ley que es anticonstitucional y que está expuesta a los vaivenes de la política, como lo veremos dentro de muy poco tiempo, y también a que pudiera quedar sin efecto por amparos pedidos a la Suprema Corte de Justicia? Ya repito: Solamente queremos discutir la constitucionalidad de la ley. Más: creo yo que estoy más cerca del pensamiento del general Alvarado que las mismas personas que están defendiendo aquí su tesis, y voy a decir por qué: porque una vez discutida la ley de puertos aquí, y una vez aprobada por la Cámara, como probablemente lo será, esa ley será absolutamente firme y constitucional; no estará sujeta a los vaivenes de la política, ni a ningún amparo que pudiera fallarse en su contra Es lo único que yo deseo: que una vez que sea declarada nula, porque nula es por haber sido expedida fuera de la Constitución, venga aquí a la Cámara el señor Alvarado con todas las buenas razones que tenga y con su ley de puertos para que la discutamos y para que sancionemos esa misma ley de puertos en la Cámara. De manera que estoy más cerca del espíritu del general Alvarado que quienes están defendiendo aquí su tesis. No quiero más que la ley de puertos libres sea constitucional; es todo mi deseo.

El C. Céspedes: Pues si lo que esta Cámara va a discutir aquí es la constitucionalidad del decreto de los puertos libres, sobre este punto debe explicar el ciudadano secretario de Hacienda; sobre el particular deben hacerse toda clase de interpelaciones y toda clase de discusiones; seguramente que es una de las razones que el Ejecutivo tuvo a la vista para expedir la mencionada ley. Así pues, si eso es lo único que se objeta al establecimiento de puertos libres por ley expedida en uso de las facultades extraordinarias que aún goza en Hacienda el Ejecutivo, pues ese punto discutamos, señores compañeros, para eso llamemos al ministro de Hacienda. Pido, pues, que se apruebe suspender la discusión en tanto viene, repito, el ciudadano Alvarado, que está pendiente de la resolución de la Cámara sobre si se le debe llamar.

El C. secretario Zincúnegui Tercero: No habiendo más oradores inscriptos, en votación económica se pregunta si se considera suficientemente discutido este asunto. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Suficientemente discutido. En votación económica se pregunta si se aprueba la parte resolutiva, que dice:

"Único. Con fundamento en el artículo 55 del Reglamento Interior del Congreso, llámese al C. secretario de Hacienda y Crédito Público, y suspéndase mientras toda discusión sobre tal proyecto de ley,"

El C. Zubaran: Pido la palabra, señor presidente. Ruego a usted que dé sus órdenes por teléfono, o por la Comisión que quiera usted nombrar para que se acerque al señor secretario de Hacienda, diciéndole que estamos discutiendo el proyecto de ley que deroga los puertos libres; que si tiene la bondad de venir, o si no viene, para que lo sepa la Asamblea.

El C. presidente: Se nombra en comisión a los ciudadanos Zubaran...

El C. Zubaran: Yo le ruego que no me nombre, porque soy uno de los que tienen que sostener el dictamen y voy a contender con él aquí.

El C. Espinosa: no se pueden nombrar comisiones de la Cámara para ir a ver a los secretarios de Estado, salvo que sea el de Gobernación o el Ejecutivo. La Ley de Secretarías de Estado así lo previene; para comunicarse con los secretarios de Estado, se hace por escrito, pero nunca por comisión. Si se tratara del secretario de Gobernación, que es el conducto directo para tratar con el Ejecutivo, o directamente el Ejecutivo, si estarían en lo justo. Por lo tanto, aquí no cabe más que darle un aviso por escrito, o avisarle privadamente por teléfono; no se puede hacer otra cosa.

El C. Rivera Cabrera: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Rivera Cabrera.

El C. Rivera Cabrera: Yo creo que el señor Espinosa tiene razón. Para ver al señor secretario de Hacienda no es necesario ni debe nombrarse una comisión de diputados. En ese caso, que la Comisión vaya al presidente de la República para que este funcionario ordene al secretario de Hacienda que se presente aquí

- El mismo C. secretario: Se va dar lectura al artículo 55, que en su parte conducente dice:

"Los secretarios del Despacho asistirán a las sesiones siempre que fueren enviados por el presidente de la República, o llamados por acuerdo de la Cámara; sin perjuicio de la libertad que tienen de asistir, cuando quisieren, a las sesiones."

El C. Espinosa: ¿Me permite la palabra? Precisamente es muy claro, señores. Ese mismo artículo dice que los secretarios de Estado vendrán a informar cuando los mande el Ejecutivo por su propia voluntad, o bien cuando llame la Cámara a estos ciudadanos secretarios, pero por conducto del secretario de Gobernación o del mismo Ejecutivo. Esa es la interpretación clarísima de ese artículo. Por lo tanto, lo único que cabe es esto: que uno de los secretarios de la Cámara tome la bocina y le diga al ciudadano secretario que tenga la bondad de venir.

El C. presidente: Eso se va a hacer, ciudadano Espinosa. (Aplausos.)

El C. Manrique: Moción de orden, ciudadano presidente.

El C. presidente: No hay nada a discusión.

El C. Manrique: Pido que se lleve adelante la orden del día.

Presidencia del C. BORREGO IGNACIO

El C. Manero: Señor presidente, pido la palabra para hacer una moción. Con fundamento en el artículo 43 del Reglamento de la Cámara, suplico a su señoría se sirva consultar a la Asamblea si se constituye en sesión permanente hasta que se presente el señor secretario de Hacienda y Crédito Público, que ha sido llamado. De otra manera, sucederá que si el señor secretario de Hacienda y Crédito Público no puede venir, la moción suspensiva puede prolongarse por ochenta días, hasta que él quiera venir.

El C presidente: La Presidencia informa a su señoría que no está autorizada para dar curso a ninguna moción si no se presenta por escrito. Sírvanse presentarla para darle curso.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"Con fundamento en el artículo 43 del Reglamento, pido que la Cámara se declare en sesión permanente hasta que el ciudadano ministro de Hacienda, que ha sido llamado, se presente ante esta Asamblea. "Salón de Sesiones del Congreso.- México, octubre 22 de 1920.- A. Manero." (Voces: ¡No! ¡No!)

El C. secretario Valadez Ramírez: Está a discusión. Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Manero, para fundar su proposición.

El C. Manero: Señores diputados: Es simplemente asintiendo al deseo manifestado por la Asamblea, de que se presente aquí el señor secretario de Hacienda y Crédito Público, que yo hago esta moción, para que la Cámara se constituya en sesión permanente. Resultaría que, si pasados algunos minutos, los señores diputados, pensando que el señor Alvarado no viene, descompletaran el quorum, mañana tendríamos otra maniobra exactamente igual, y así sucesivamente, y esta ley, en que cada uno dice que está interesado en que se discuta, no se discutiría nunca, seguiría en vigor el decreto del Ejecutivo, perfectamente anticonstitucional, y no tendríamos nosotros ningún derecho a seguir, siquiera, preocupándonos por la cuestión de los puertos libres; si el decreto está expedido, es constitucional, y esta Cámara no tiene ya que ocuparse de la cuestión. Es, pues, repito, en asentamiento a los deseos manifestados por esta Asamblea, que yo hago esta moción.

El C. secretario Valadez Ramírez: No habiendo ningún otro ciudadano diputado que haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si el asunto está suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Suficientemente discutido. En votación económica se pregunta si se aprueba que se llame al ciudadano ministro de Hacienda, según lo propone el ciudadano Manero. (Voces: ¡No es eso!) Que se declare la Cámara en sesión permanente.

Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. No se aprueba.

El C. secretario Zincúnegui Tercero: La secretaría informa a esta honorable Asamblea que, al comunicarse al señor general Alvarado, secretario de Hacienda, el acuerdo tomado por esta honorable Asamblea manifestó que en este momento venía para acá; que rogaba se comunicara a la honorable Asamblea que procuraría estar lo más rápidamente posible aquí.

(Se presenta el C. Salvador Alvarado, secretario de Estado y del Despacho de Hacienda y Crédito Público.)

El C. presidente: Se reanuda la sesión.

El C. Zubaran: Pido la palabra para fundar el dictamen.

El C. secretario Zincúnegui Tercero: La Secretaría, por orden de la Presidencia, va a dar lectura a los artículos 126 y 127, que dicen:

"Artículo 126. Antes de comenzar la discusión, podrán los secretarios del Despacho informar a la Cámara lo que estimen conveniente y exponer cuantos fundamentos quieran, en apoyo de la opinión que pretendan sostener.

"Artículo 127. Pasada esta vez, sólo se les concederá la palabra en el turno que les toque, conforme a lo dispuesto en los artículos precedentes; a no ser que, ya por sí, o excitados por algún miembro de la Cámara, tuvieren que informar sobre hechos, pues entonces podrán hacerlo breve y sencillamente, con tal de que sea antes de cerrarse la discusión."

Se pregunta al ciudadano secretario de Hacienda si desea informar, de acuerdo con el artículo 126. (Voces: ¡Que hable la Comisión!)

El C. Manrique: Yo pido, con fundamento en el artículo 106.... (Campanilla.) Con permiso de la Presidencia; es claro; que la Comisión se sirva fundar su dictamen previamente.

El C presidente: El artículo dice que antes de que empiece la discusión, los secretarios tienen derecho a informar lo que crean conveniente. Conforme a esta disposición, se ha preguntado al señor

secretario de Hacienda si desea hacer uso de la palabra; si no, daré curso a la petición.

El C. Manrique: Yo no me opongo a esto, señor presidente; pero pido que comience la Comisión por fundar su dictamen. En realidad, con el informe de la Comisión no se inicia la discusión. Después de escuchar el informe de la Comisión, podrá el señor secretario exponer su punto de vista.

El C. presidente: Los autores del dictamen tienen derecho a hacer uso de la palabra, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias, y no está esto en contraposición con el artículo 126, que faculta a los ciudadanos secretarios de Estado para hacer uso de la palabra de iniciarse la discusión. Dice textualmente:

"Artículo 126. Antes de comenzar la discusión, podrán los secretarios del Despacho informar a la Cámara lo que estimen conveniente y exponer cuantos fundamentos quieran, en apoyo de la opinión que pretendan sostener."

Como aún no se inicia la discusión, se pregunta al ciudadano secretario de Hacienda si quiere hacer uso de esa facultad; si no quiere hacer uso de esa facultad, desde luego se dará la palabra al autor del dictamen o de la iniciativa.

El C. Manrique: No tengo empeño en insistir, señor presidente.

El C. Rivera Cabrera: Pido la palabra.

El C. presidente: ¿Para qué?

El C. Rivera Cabrera: Sobre el mismo tema de que se está hablando.

El C. presidente: ¿Cuál es?

El C Rivera Cabrera: Sobre si debe hablar en primer término la Comisión, o el secretario de Hacienda,, en uso del derecho que le concede el Reglamento.

El C. presidente: No está a discusión este punto.

El C. Rivera Cabrera: Para una aclaración, para un hecho, como usted quiera llamarle, yo le ruego que se sirva concederme la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rivera Cabrera: Entiendo que, por una consideración lógica del asunto, es la Comisión dictaminadora la que debe hablar en primer término para exponer los motivos que tuvo para hacer ese dictamen. Claro es que, después de esta exposición de motivos, que no es la iniciación del debate, el secretario de Hacienda, por ese mismo orden lógico, debe ser que informe acerca de las causas que tuvo para hablar dado esa ley, consiguientemente, suplico a la Presidencia se sirva concederle la palabra, a la Comisión dictaminadora, y después al señor secretario de Hacienda.

El C. García Vigil: Me indica el ciudadano secretario de Hacienda, que muy atentamente suplica al ciudadano presidente, con objeto de que se dé cuenta de exacta este asunto, que se lea el dictamen, previamente a la discusión, a efecto de que pueda conocerlo con exactitud.

El C. Zubaran: Pido la palabra, señor presidente. Que se lean la iniciativa presentada y el dictamen.

El C. presidente: Se dará lectura a uno y a otro documentos.

El C. secretario Zincúnegui Tercero, leyendo: "H. Cámara de Diputados:

"Considerando, primero: que el decreto expedido con fecha, 25 de septiembre próximo, pasado, instituyendo los puertos libres, en uso de facultades extraordinarias en Hacienda por el Ejecutivo, es de naturaleza tal que dichas facultades son insuficientes para su promulgación.

"Segundo: Que la requerida ley que crea los puertos libres debe ser motivo de estudio y aprobación por parte del Congreso, tanto por la razón anterior, cuanto por los intereses fundamentales de la economía pública que serán alterados.

"Tercero: Que la susodicha ley está muy lejos de llenar los requisitos de eficiencia, de orden y de moralidad, que deben informar a una tan trascendental disposición.

"Cuarto: Que la urgencia de instalar los puertos libres no es de tal naturaleza que atropelladamente deban instituirse sin pesar rigurosamente su conveniencia, organización y consecuencias por el Poder Legislativo.

"Sometemos a la deliberación de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de ley:

"Artículo único. Se deroga la ley de creación de los puertos libres expedida por el Ejecutivo en uso de facultades extraordinarias en Hacienda, con fecha 25 de septiembre del presente año."

"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, a 13 de octubre de 1920.- Salvador Saucedo.- Juan Zubaran.- Rafael Martínez de Escobar.- A. Manero.- M. García Vigil."

El dictamen dice así:

"Comisiones unidas 1a. de Hacienda, 1a. de Comunicaciones y de Industria y Comercio.

"Señor:

"A las comisiones unidas 1a. de Hacienda, 1a. de Comunicaciones y de Industria y Comercio, fue turnado el expediente relativo al proyecto de ley presentado por varios ciudadanos diputados, derogando el decreto, del Ejecutivo de la Unión de fecha 25 de septiembre próximo pasado, que creaba la institución de los puertos libres de Salina Cruz, Puerto México y Guaymas.

"Las comisiones, después de haber hecho un estudio del asunto a que nos referimos, llegaron a la siguiente conclusión:

"El Poder Ejecutivo, usando en su concepto de las facultades extraordinarias que en el ramo de Hacienda le concedió el Legislativo el 8 de mayo de 1917, expidió en 25 de septiembre último el decreto que creó los puertos libres de Salina Cruz, Puerto México y Guaymas.

"Por ser de tanta trascendencia dicho decreto, es indispensable estudiar si el Ejecutivo lo expidió dentro de las facultades que le fueron concedidas. El artículo 49 de la Constitución establece el principio de la división de poderes. No es del caso examinar si el decreto de 8 de mayo de 1917 está de acuerdo con el citado precepto, pero sí debe tenerse en cuenta que tan sólo fue expedido por exigirlo así las circunstancias del momento, a causa de la anormal situación que reinaba entonces, con el único objeto de que el Poder Ejecutivo Federal tuviese libre acción en materia de presupuestos.

"Es indudable que la cuestión relativa a los puertos libres no es del ramo de Hacienda en el sentido en que forzosamente debe entenderse el decreto

de 8 de mayo de 1917, ni menos es de naturaleza tal que sea de imperiosa urgencia crearlo, sin que previamente se estudie su conveniencia por el Poder Legislativo que es al que compete hacerlo.

"por todas estas razones sometemos a la consideración de esta H. Asamblea, el siguiente proyecto de decreto:

"Único. Se declara que es nulo y de ningún valor el decreto que se expidió en 25 de septiembre último, creando los puertos libres de Salina Cruz, Puerto México y Guaymas.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 18 de octubre de 1920. - Juan Zubaran. - J. Borrego. - Francisco Trejo. - Gustavo D. Martínez. - M. F. Ortega. - F. Ollivier."

El C. Zubaran: Pido la palabra para fundar el dictamen.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Zubaran.

El C. Zubaran: Señores diputados: El dictamen presentado a vuestra consideración por las comisiones unidas a quienes fue turnado el expediente de derogación del decreto que el Ejecutivo expidió creando los puertos libres, explica de una manera clara la inconstitucionalidad de dicho decreto, la incapacidad del Ejecutivo para que salvando el conocimiento del Poder Legislativo, crease los puertos libres de Guaymas, Salina Cruz y Puerto México. Las facultades extraordinarias que en el ramo de Hacienda fueron concedidas al Ejecutivo en 8 de mayo de 1917, puede decirse que fueron económicas. La situación en aquel momento, la transición del período preconstitucional que hasta el 30 de abril de 1917 rigió, y la transición que había de ese poder al 1o. de mayo en que volvíamos a entrar al régimen constitucional y que tomaba posesión como jefe del Ejecutivo al señor Carranza, no podía ser que en esta transición de veinticuatro horas pudiera cambiarse la situación del país en su aspecto económico, militar y político. La Legislatura de 1917, después de un debate de seis días acordó, porque le creyó así pertinente, otorgar las facultades extraordinarias en el ramo de Hacienda al Ejecutivo, naturalmente, como dije antes, económicas, para llenar sus presupuestos tomando el dinero de un departamento porque hiciese falta a otro de sus departamentos. No vengo a analizar el uso que hizo el Ejecutivo desde aquel entonces hasta últimas fechas, de las facultades extraordinarias, porque esto es del conocimiento de la nación; pero sí me voy a permitir recordar a ustedes que cuando se trató de las facultades arancelarias, el Ejecutivo en esa fecha no las incluyó, aun habiendo podido hacerlo, en las facultades extraordinarias que le dimos en el ramo de Hacienda, sino que vino a solicitarlas a esta Cámara y se le otorgaron también. Posteriormente consultó las facultades en tarifas diferenciales con motivo de la guerra y también le fueron concedidas y más tarde trajo a la consideración de la misma XXVII Legislatura la rescisión del contrato del Ferrocarril de Tehuantepec. En estas condiciones, ¿puede caber que hoy, después de derrocar el régimen del Gobierno carrancista que hizo tan mal uso de esas facultades extraordinarias - que en concepto de la Representación Nacional y en el del que habla estas facultades fueron económicas - puede hoy el régimen actual festinar un asunto de la importancia de los puertos libres y creer que las facultades extraordinarias de que todavía goza el Ejecutivo alcanzan para decretar el proyecto de los puertos libres? En el concepto del que habla, como presidente de las comisiones que me honro en presidir y de los demás miembros de esas comisiones, creemos que no. El artículo 49 constitucional expresamente habla de la división de poderes; no pueden reunirse ni en una persona, ni en una corporación, más de uno de los tres poderes de que habla nuestro régimen de Gobierno. En estas condiciones yo declaro y creo interpretar también el sentir de la mayoría de la Asamblea, que nadie es aquí enemigo de la creación de los puertos libres; pero que deseando todos los señores diputados que el Poder Legislativo sea respetado, desean que el Ejecutivo mande a la consideración y al estudio de la Cámara de Diputados el proyecto de los puertos libres. De acuerdo con el artículo 49 las comisiones no han aceptado el criterio de los firmantes de la iniciativa sobre la derogación del decreto de los puertos libres, porque derogarlo sería aceptar que ha tenido derecho el Ejecutivo para promulgar ese decreto y por esas consideraciones ha sometido a la aprobación de esta Asamblea que el decreto es nulo y ningún valor, no haciendo las comisiones en este caso más que asentar la inconstitucionalidad del decreto expedido por el Ejecutivo.

Fundado en esto el dictamen de la comisiones, piden que se ilustre la discusión con el criterio de los señores que se han inscripto en pro y en contra y la Comisión tendrá oportunidad para hacer otras observaciones cuando lo crea pertinente.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano diputado Rivera Cabrera.

El C. Manrique: Creo que es el momento en que puede el secretario de Hacienda explicar su punto de vista, si lo desea.

El C. secretario de Hacienda: Si se me permite.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano secretario de Hacienda.

El C. secretario Zincúnegui Tercero: Por orden de la Presidencia y habiendo transcurrido la hora reglamentaria, se pregunta si se prorroga la sesión.

Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. Sí se prorroga.

El C. secretario de Hacienda y Crédito Público: Ciudadanos diputados: ¡cuánto me place notar que ya hay un ambiente en esta Asamblea en contra de las facultades extraordinarias con que siempre han gobernado todos los presidentes de México! Ojalá que este sentimiento correspondiera a la suma de trabajo que estas Asambleas deben desarrollar, para evitar que los encargados del Poder Ejecutivo, so pretexto de la falta de ese trabajo, se arroguen la facultad de legislar so pretexto de la urgencia de las medidas que decretan. Dije en las diversas reuniones que hemos tenido informales que, yo soy enemigo de esa concentración del poder en manos de un solo hombre, y el hecho de ocupar accidentalmente una Secretaría de Estado no me ha hecho cambiar de ideas; sigo pensando lo mismo y creo que no cambiaré. Sin embargo, en esta cuestión entiendo que el hecho de alegar que no se ataca a los puertos libres decretados en uso

de esas mismas facultades extraordinarias, sino que se alega la inconstitucionalidad del decreto, no es más que un ardid para poder derogarlo. Voy a probar, en primer lugar, que el Ejecutivo, al dar este decreto, no se ha salido absolutamente de las facultades que le concede en el ramo de Hacienda el decreto que todos conocemos. Se afirma que el ejercicio de las facultades extraordinarias constituye un atentado al sistema republicano. Esta teoría no es sostenible, desde que Vallarta - en el amparo de la señora Quesada de Almonte - demostró que no es posible ni siquiera dudar de la legitimidad del ejercicio de las facultades extraordinarias.

"EL USO DE LAS FACULTADES EXTRAORDINARIAS EN EL ASUNTO DE LOS PUERTOS LIBRES

"I. Se afirma que el ejercicio de las facultades extraordinarias constituye un atentado al sistema republicano. Esta teoría no es sostenible desde que Vallarta, en el amparo de la señora Quesada de Almonte, demostró que no es posible " ni siquiera dudar de la legitimidad" del ejercicio de las facultades extraordinarias. El abuso de las facultades extraordinarias no es motivo para que se declare que son ilegítimas. Hasta en los Estados Unidos el presidente ha estado armado a veces de poderes extraordinarios, aunque la organización de la Cámara de Diputados dividida en comisiones, hace que los miembros de ella despachen muchísimas leyes cada año Las últimas sesiones de la Cámara duran día y noche y los diputados no se retiran sino hasta haber votado todas las disposiciones necesarias para que no se paralice la Administración. A menos actividad del Poder Legislativo, debe corresponder una actividad mayor del Poder Ejecutivo, ya como cooperador a la Legislación, o ya un ejercicio de las facultades que tenga otorgadas.

"II. En materia de puertos libres, la Secretaría de Hacienda no ha invadido las atribuciones de las secretarías de Comunicaciones o de Industria y Comercio, tales como fueron establecidas por la Ley de 25 de diciembre de 1917. Efectivamente, el decreto, no legisla sobre marina mercante ni sobre el régimen marítimo de los puertos, dando disposiciones sobre prácticos, señales marítimas, faros, etcétera. Tampoco legisla sobre comercio, resolviendo sobre cuestiones de sociedades mercantiles, cámaras de comercio, etcétera. Simplemente dispensa de ciertas formalidades aduaneras a mercancías que no entran al tráfico interior. En otros términos, el decreto se reduce a modificaciones de la Ordenanza General de Aduanas en materia de aranceles de Aduanas Marítimas y Fronterizas y de policía fiscal, ramo que conforme al artículo 4o. de la Ley de división de Secretarías, pertenecen a la Secretaría de Hacienda. Si la ley que se va a reformar es simplemente ley de Hacienda, es natural que la reforma sea nada más de Hacienda.

"III. Aun suponiendo que hubiera el decreto tocado puntos correspondientes a las secretarías de Comercio y Comunicaciones, aún así no habría invasión de facultades. Lo que debe servir para clasificar una ley, es lo esencial y no lo accesorio. Don Luis G. Labastida, en el artículo 1,287 de su obra de "Administración Fiscal", dice lo siguiente: "pero no son los accidentes sino la esencia lo que imprime carácter en las leyes, y así la ley que castiga los delitos es ley penal porque es esencialmente represiva y la ley del Timbre y la Ordenanza General de Aduanas son leyes, de impuestos, aun que por accidente impongan determinadas penas".

La Ley minera contiene disposiciones de Derecho Civil y sin embargo no es violatoria a la soberanía de los Estados. La Ley de Baldíos, fue expedida por el Ministerio de Fomento y contiene disposiciones sobre procedimientos judiciales, etcétera.

"IV. Suponiendo que hubiera duda acerca de a qué Secretaría debería corresponder el asunto de puertos libres, conforme a la doctrina, debe presumirse que la resolución dada por el Poder Ejecutivo considerándola dentro de la jurisdicción de "Hacienda, es válida. La Suprema Corte de los Estados Unidos en el caso de Talbot vs. Hudson, resolvió que cualquiera duda acerca de la validez de un acto de un Poder, debe resolverse en el sentido de la validez de ese acto y de la legitimidad del ejercicio de la facultad."

Esto en cuanto a la parte legal que, como ya dije, tengo derecho a suponer que es un ardid de los impugnadores de los puertos libres. Antes de entrar en materia sobre este particular, deseo hacer una excepción en las referencias que haré. Siento de todas veras que un amigo a quien estimo y a quien siempre he considerado revolucionario de corazón, esté en el lado de las personas que atacan los puertos libres; este amigo mío es el señor general García Vigil, con quien acabo de hablar, y quien tiene sus razones muy respetables porque son de un hombre honrado. Pero en la cuestión del ataque a los puertos libres no veo por qué se inicia en la forma de atacar la cuestión legal y no atacando en el fondo la institución de los puertos libres, lo que no es más que una maniobra de las muchas que se harán cada vez que se quiera implantar una reforma en nuestro país, ya que desgraciadamente se perdieron muchos años que tuvo el Gobierno pasado en que la nación le hubiera aprobado todos sus actos, para haber puesto en práctica todas las tendencias y todos los anhelos de la revolución. Yo veo que detrás del ataque están los intereses de personas que se creen lastimadas injustificadamente sólo porque no han estudiado el asunto; yo veo que tras de cada ley que los hombres de la revolución quieran dar, no encontraremos probablemente el obstáculo legal que ahora, pero sí se buscarán todos los que a mano se puedan tener para evitar que esas leyes vayan a ser promulgadas y a producir sus benéficos efectos. Y voy a hablar de la Ley de Bancos que ha quedado concluida esta tarde. Esa Ley de Bancos encierra la Ley General de Instituciones de Crédito, la creación del banco de la República, la forma de liquidar todos los bancos actuales, la forma de rehabilitarlos, y, por fin, el moratorio. Esa ley está en contra de los que han acaparado los billetes de los bancos, y ya a los que hemos formado esa ley se han acercado poderosas influencias para que no se estatuyan ciertas cláusulas que impiden los coyotes a la alta escuela, que han acaparado esos billetes, vayan a hacer grandes negocios. Muchas de las cláusulas que hay

en la Ley de Bancos van a ser atacadas, van a ser objeto de escándalo. Ya la prensa se encargará de decir que son las elucubraciones de un loco, que son las elucubraciones de un bolchevique. Sí, señores: de un loco que ha tenido la particularidad de seguir con sus locuras, a pesar de haber atravesado por el poder, de un bolchevique que lo fue, lo es y que tiene el honor de declararlo. (Aplausos nutridos y prolongados.)

Si el Gobierno pasado no hubiera desperdiciado el tiempo en lo que lo desperdician los pequeñísimos dictadores de la América latina, ya estuvieran resueltos todos los graves problemas que tiene nuestro país, desde la diferencia por cuestión de aguas en el Colorado, las cuestiones del Chamizal, la cuestión de reclamaciones, el embrollado asunto de los Ferrocarriles Nacionales, la cuestión de los bancos y tantos otros; ya estuviera implantada la Ley del Trabajo y estuviera produciendo sus frutos; ya no veríamos, amontonados en las estaciones del ferrocarril, a los desventurados que todos los días nos van a ver, pidiéndonos una limosna o un pase para irse a los Estados Unidos, porque todavía no tienen Bolsas de Trabajo, porque, todavía no hay instituciones que deban tomar cuidado de los elementos, del factor de producción y del trabajo de nuestro país; ya tendríamos hechos preceptos constitucionales y ya tendríamos reglamentado todo lo que el pueblo mexicano ha soñado y por lo que ha luchado; se le ha traicionado vilmente, y todavía hoy se quiere que se siga esperando, para dar las leyes que urgentemente está reclamando el país; todavía se quiere tener la oportunidad de hacerlas fracasar por medio de las maniobras que se usan es este recinto, maniobras, por lo demás, que son usadas en todos los parlamentos; pero que en el caso actual se extremarán, poniendo todos sus esfuerzos los enemigos de la independencia económica del pueblo mexicano. Tengo la absoluta seguridad de que, cuando la Ley del Petróleo y cuando la Ley de Bancos vengan a este recinto, ustedes, señores diputados, van a tener que usar de toda su energía, de todo su carácter y de todo su patriotismo, para no dejarse influenciar por los agentes de los enemigos de la grandeza de México. (Aplausos.) Si la Revolución, que ha causado tantos males al país, no es capaz, por medio de sus hombres, de sus representativos, de llevar a la práctica todo lo que proclamó, nosotros no tendremos derecho de llamarnos revolucionarios, porque los revolucionarios son los hombres que hace diez años pensaban lo mismo que hoy, y que mañana pensarán lo mismo de ayer; los revolucionarios son aquéllos que han tenido oportunidad de llegar al poder y emplean todos sus esfuerzos y se les hace poco el tiempo de que disponen para ver cristalizados sus anhelos: esos son los revolucionarios. En cambio, el poder ha servido al país, como piedra de toque para descubrir a los industriales de la Revolución, a aquellos que se suman a los movimientos ocasionados por la desorganización social de nuestro país, para pescar grados, honores, títulos y riquezas. Y puedo citar un ejemplo cualquiera, al azar. Cerca de Yucatán, limitando con ese Estado, está el de Campeche. Mientras en Yucatán se hacía una intensa obra revolucionaria, removiéndolo todo, el miserable gobernador de al lado estaba haciendo negocios de alcohol, y se ufanaba el desgraciado con que lo invitaran las principales familias de la ciudad de Campeche a los saraos y a las fiestas; con eso estaban satisfechos todos sus anhelos revolucionarios. Ese miserable no es, no ha sido, ni puede ser revolucionario; es un industrial de la revuelta. (Aplausos.) Yo pido a los señores diputados que en esta ocasión apoyen el decreto de los puertos libres, no tan sólo porque no es anticonstitucional, no tan sólo porque está dado en virtud de facultades que tiene el Ejecutivo, sino porque es la iniciación de las verdaderas conquistas revolucionarias; porque las simples fórmulas políticas, las promesas, no son las conquistas revolucionarias. Las reformas económicas que han de hacer que nuestro país deje de ser un país de parias y de esclavos que necesitan, para su mejoramiento, cruzar la frontera, son las únicas que harán que se cumplan las aspiraciones de ese pueblo. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Rivera Cabrera.

El C. Rivera Cabrera: He cedido mi turno al ciudadano Portes Gil, y ocuparé yo el que a él le corresponde.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Portes Gil.

El C. Portes Gil: Ciudadanos representantes: el señor diputado Zubaran, presidente de la comisiones dictaminadoras, ha planteado la cuestión que se discute, reduciéndola al primer punto de vista, es decir: al punto legal, o sea el punto constitucional. En general, como lo expresó el señor Zubaran, el ambiente de la Asamblea respecto de la conveniencia de los puertos libres, está, más o menos, orientado; las dudas que se suscitan entre algunos representantes, se refieren única y exclusivamente al siguiente punto: ¿Tuvo el Ejecutivo federal facultades para expedir el decreto que creó los puertos libres, usando legalmente de las facultades extraordinarias de que está investido en el ramo de Hacienda? Esta es la cuestión a debate; yo he estudiado el punto y, por las razones que expondré a continuación, he llegado a la siguiente conclusión: sí puede el Poder Ejecutivo, en uso legítimo de las facultades extraordinarias de que está investido en el ramo de Hacienda, sí puede, digo, constitucionalmente dar decretos y expedir leyes, y voy a decir por qué. El origen del artículo 29 constitucional, que se refiere a los casos en que el Congreso puede dar facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo, a solicitud éste y previo el acuerdo del consejo de ministros, data de la Constitución de 1824, que tuvo, más o menos su aprobación en general, aunque no en el detalle, en las largas discusiones que se suscitaron en el glorioso Congreso del 57. El proyecto de este artículo, tal y como se presentó a aquel cuerpo legislativo, está redactando en los siguientes términos:

"En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o cualesquiera otros que pongan o puedan poner a la sociedad en grande peligro o conflicto, solamente el presidente de la República, de acuerdo con el consejo de ministros y con consentimiento del Congreso de la Unión, y en los recesos de éste, del consejo de Gobierno, puede suspender las garantías otorgadas en esta Constitución, con

excepción de las que aseguran la vida del hombre; pero deberá hacerlo por un tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que la suspensión se contraiga a determinado individuo." Esta, como digo antes, es la redacción tal y como se presentó el proyecto de Constitución en el Congreso de 57. Se suscitaron muy importantes debates sobre este artículo, y hubo algunos eminentes constituyentes que lo rebatieron con bastantes motivos y con poderosísimas razones legales. Zarco, que fue uno de los más distinguidos legisladores de aquella Asamblea, lo impugnó, alegando que cuando se investía de facultades extraordinarias a un poder y, principalmente al Legislativo...............(Voces: ¡Ejecutivo!) que tiene elementos de fuerza vigorozos, podía llegar a constituir una seria amenaza para el orden constitucional y para la paz pública. Otros distinguidos constituyentes, como Mata, alegaron que aquel artículo relativo a las facultades extraordinarias, no podía ni debería, en manera alguna, referirse sino a determinadas garantías individuales. En este sentido se orientó aquella Asamblea, y Arriaga, que fue el alma de aquel Congreso Constituyente, en nombre de la Comisión retiró aquel proyecto, para reformarlo en el sentido que había indicado el ciudadano Mata y que había sido aceptado por la Asamblea, es decir: que debía referirse única y exclusivamente a facultades individuales, y eso a unas cuantas, no a todas.

El proyecto, en consecuencia, se reformó en ese sentido y fue aprobado por el Congreso Constituyente, agregando a la redacción primitiva la palabra "individual", que completaba "garantías", es decir, que únicamente se entendería que la suspensión se podría referir a determinadas garantías individuales. En este mismo sentido, en el de la redacción del proyecto primitivo, se había ya aceptado en el Estatuto Orgánico Provisional promulgado por Comonfort en 15 de mayo de 1856, es decir, que se refería únicamente a las facultades extraordinarias. Sin embargo de todas esas observaciones, los gobiernos anteriores, desde el ciudadano Benito Juárez hasta el presidente Díaz, en uso de facultades extraordinarias que les concedieron los diversos Congresos, expidieron leyes de gran importancia, y esas leyes no fueron nunca objetadas. Viene después la convocatoria para el Constituyente de 16 - 17, convocatoria que, como todos vosotros lo sabéis, fue una especie de ukase del Primer Jefe del Ejército Constitucionalista; éste, haciendo honor a su sangre de dictador que tenía, ordenó, mandó al Constituyente que en determinada fecha debería abrir las sesiones, y que también en determinada fecha debía cerrar esas sesiones. Con una habilidad verdaderamente notable, con talento -porque lo hubo-, de parte de los autores del proyecto, se remitió éste al Congreso Constituyente de 16 - 17. El congreso Constituyente de 16 - 17 perdió los últimos quince días de noviembre y todo el mes de diciembre en discutir asuntos de relativa poca importancia; se ocupó especialmente de discutir lo relativo a las garantías individuales, respecto de si debían aplicarse tales o cuales penas, respecto de si la esclavitud estaba o no suprimida, hechos aceptados no por las leyes, sino por la civilización mundial; descuidó la parte política de la Constitución, la que se discutió en los últimos días del mes de enero de 1917, del 10 al día último. En el proyecto de Constitución del ciudadano Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, apoyado unánimemente por todo el Congreso Constituyente sin discusión alguna, se cambió la redacción, y la redacción del artículo de la Constitución de 16-17 difiere esencialmente y en el fondo de la redacción del primitivo artículo de la de 57, es decir, se echó por tierra la antigua jurisprudencia, el antiguo espíritu legislativo del Congreso de 57 y se adoptó un nuevo espíritu, se adoptó un nuevo ambiente. Voy a dar lectura al artículo de la Constitución de 16-17, para que vosotros os percatéis de los alcances de ese artículo. Dice así:

"En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o cualquiera otro que ponga a la sociedad en grande peligro o conflicto, solamente el presidente de la República Mexicana, de acuerdo con el Consejo de Ministros y con aprobación del Congreso de la Unión, y en los recesos de éste, de la Comisión Permanente, podrá suspender en todo el país o un lugar determinado las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente, a la situación; pero deberá hacerlo por tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que la suspensión se contraiga a determinado individuo. Si la suspensión tuviese lugar hallándose el Congreso reunido, éste concederá las autorizaciones que estime necesarias para que el Ejecutivo haga frente a la situación. Si la suspensión se verificase en tiempo de receso, se convocará sin demora al Congreso para que las acuerde."

Hago notar a la Asamblea que allí no dice garantías individuales, sino dice únicamente "las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente a la situación". etcétera. La Comisión alega que, conforme al artículo 49 de la propia Constitución, que dice:

"El Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

"No podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo al caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión, conforme a la dispuesto en el artículo 29."

El C. Zubaran: Lea usted el artículo 29, si tiene la bondad.

El C. portes Gil: A petición del ciudadano Zubaran voy a dar nuevamente lectura al 29:

"En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o cualquiera otro que ponga a la sociedad en grande peligro o conflicto", etcétera, etcétera.

No continúo la lectura, porque esto es lo que interesa al ciudadano Zubaran. Nosotros no le hemos dado al Ejecutivo de la Unión facultades extraordinarias, es decir, al actual Ejecutivo; las facultades se le dieron al presidente Carranza cuando esta Asamblea, de acuerdo con el Senado, estuve conforme en que había un estado especial de la sociedad en que se necesitaba el uso de esas facultades. Mientras el Congreso no le retire esas facultades al Ejecutivo, éste legítimamente podrá hacer uso de ellas, así llámese el presidente Carranza, el presidente De la Huerta o el presidente

Obregón; mientras el Congreso no se las retire, puede, digo, hacer uso legítimamente de esas facultades. Decía yo que el artículo 49 dice en su segunda parte:

"No podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión, conforme a lo dispuesto en el artículo 29."

Este artículo, ciudadanos diputados, da claramente facultades al Poder Ejecutivo para reasumir, en virtud de facultades extraordinarias que tiene, el Poder Legislativo en el ramo en que tiene esas facultades extraordinarias. Indudablemente que sí. Dos grupos podemos decir que tiene la Constitución en lo que se refiere a garantías: los primeros veintiocho artículos se refieren a garantías individuales, a derechos del hombre; el otro grupo a que me refiero son las garantías políticas, las garantías que en virtud de la Constitución tiene la nación respecto de sus instituciones y respecto de los mandatarios que desempeñan esas instituciones. La Constitución de 57, en caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo, no daba a éste facultad absolutamente ninguna para legislar; la Constitución de 16-17, con el artículo 29, que no dice garantías individuales, sino garantías, es decir, refiriéndose tanto a las individuales como a las garantías políticas, este artículo, digo, en relación con el artículo 49, a que he dado lectura, dan claramente facultades al presidente de la República para expedir decretos o, lo que es lo mismo, para legislar. Estoy de acuerdo en que es inconveniente que el Ejecutivo tenga facultades tan amplias como ésas; pero cuando esas facultades son dadas, cuando de ellas se hace un buen uso y cuando al hacer ese buen uso se funda en una ley constitucional, considero que el Congreso de la Unión no debe entorpecer esa esfera de acción del Poder Ejecutivo. Si el Ejecutivo fuese a emplear esas facultades extraordinarias en ejecutar actos inconvenientes, como desgraciadamente los han ejecutado algunos de nuestros gobiernos anteriores dando concesiones para exportar mercancías o materia prima en grandes cantidades, dando concesiones para importar mercancías del extranjero sin pagar derechos y dando estas concesiones en uso de facultades extraordinarias, ahí sí que el Congreso sea el primero en tratar de derogar esas facultades extraordinarias, y yo estoy de acuerdo también en que se deroguen; pero si todavía están vigentes y el Ejecutivo hace un buen uso de esas facultades o, lo que es los mismo, trata de implantar una reforma que traerá como consecuencia una evolución muy importante en el sistema aduanero del país, es decir, se trata de llevar adelante un acto verdaderamente liberal y revolucionario, un acto que habrá seguramente de producir grande beneficios, soy el primero, ciudadanos diputados, en pedir a esta Asamblea que, ratificando as facultades extraordinarias que le dio la anterior Legislatura, la XXVII Legislatura, el Ejecutivo, rectifiquemos, revoquemos el proyecto de decreto que se presenta derogando o nulificando el decreto del Ejecutivo.

Respecto de las leyes expedidas por los ejecutivos anteriores, en uso de las facultades extraordinarias, todas las veces que en la vía de amparo se ha recurrido en contra de esas leyes, esos amparos no han procedido. No quiero referirme al largo paréntesis del Gobierno del general Díaz, en que la Suprema Corte de Justicia no tuvo una verdadera jurisprudencia sobre esta materia; pero sí refiriéndome a los períodos anteriores y aun a las dos partes del período del Gobierno del general Díaz, la Suprema Corte de Justicia, que es la encargada, que es la institución encargada de interpretar la Constitución, negó siempre los amparos contra leyes que se expidieron por el Ejecutivo en uso de facultades extraordinarias. Bien sabido es que el señor Juárez gobernó del 62 al 72, en que murió, usando siempre de facultades extraordinarias; que usando de esas facultades extraordinarias, expidió leyes que aún están en vigor; que el Gobierno del general Díaz, usando también de esas facultades extraordinarias, expidió leyes muy importantes, tales como el actual Código de Comercio, la Ley minera y otras, también de cierta importancia Refiriéndome al Gobierno del señor Madero, también usando de esas facultades extraordinarias, expidió la Ordenanza Militar, que todavía está en vigor, y contra todas estas leyes no han procedido los amparos cuando se han solicitado. Refiriéndome al último período de Gobierno, o sea al del señor Carranza, todas las leyes expedidas por este presidente, usando de las facultades extraordinarias que le concedió la XXVII Legislatura, se pusieron en vigor y están en vigor, y los amparos que en contra de los decretos expedidos por el Gobierno del señor Carranza solicitaron la mayor parte de las compañías petroleras, por creer que esos decretos habían tenido un origen ilegítimo, todos esos amparos aún no se resuelven en la Suprema Corte de Justicia; pero sí unánimemente, tanto los jueces de Distrito, a quienes tocó conocer de estos asuntos, como la Suprema Corte de Justicia, negaron de plano la suspensión del acto reclamado, y esto, como lo saben todos ustedes, constituye una presunción en favor de que no habrá de proceder en definitiva el amparo. Si, pues, señores, de acuerdo con el artículo 49 de la Constitución, en relación con el artículo 29, las facultades extraordinarias concedidas por el Congreso de la Unión al Poder Ejecutivo, no solamente se refieren a garantías individuales, como cada uno de nosotros puede verlo al leer detenidamente esos artículos, sino que se refieren también a la suspensión de las garantías políticas que otorga la Constitución, y entre ellas está la de que se pueden reunir dos o más poderes en una persona, llegaremos todos a la conclusión de que el Ejecutivo actual, en uso de facultades extraordinarias, sí está facultando para expedir leyes sobre la materia; que, en consecuencia, el decreto expedido por el Ejecutivo federal creando los puertos libres, tiene un origen perfectamente constitucional, perfectamente legal y, por lo tanto, tiene tanta solidez como la tendría cualquier decreto expedido por el Congreso de la Unión. Se alega por los impugnadores del decreto de los puertos libres que propusieron la anulación de este decreto, que el decreto expedido por el Ejecutivo tiene grandes deficiencias y está con muchos errores. Yo también creo que tiene grandes deficiencias ese decreto; pero entonces, lo que debe hacer el Congreso, es una serie de reformas, pero no

oponerse a que se establezcan desde luego los puertos libres, porque tal cosa significaría entorpecer la labor liberal que está siguiendo el actual Ejecutivo. Perfectamente que se reformen algunos artículos, que se establezcan determinadas condiciones para el establecimiento de los puertos libres, que se discuta esta ley ampliamente en el Congreso; pero que no se le quite ahora al Ejecutivo una facultad que está usando con tanta liberalidad y con tanto patriotismo. (Aplausos.) Otros, alegan cuestiones de localismo, razones locales que podrán ser muy poderosas, pero que no pueden, en manera alguna, hacer que nos ceguemos para estudiar este asunto. Algunos de los diputados sinaloenses me decían que podía suscitarse cierta rivalidad entre el pueblo de Sinaloa respecto del pueblo de Sonora, porque en Guaymas se establece un puerto libre y no en Mazatlán; si los señores sinaloenses están conformes en el principio fundamental de que son benéficos los puertos libres, y de que el Ejecutivo, usando de facultades perfectamente legítimas, expidió este decreto, vayamos al fondo de la cuestión, y después estudiaremos la conveniencia o inconveniencia de que haya puerto de Mazatlán o de que no lo haya en Guaymas; pero, en el punto principal, la mayoría de la Asamblea está perfectamente orientada. También, ciudadanos diputados, se alega por algunos representantes, en abono de la tesis de que el decreto es anticonstitucional, se alega, digo, el hecho de que el Ejecutivo expidió ese decreto por conducto de la Secretaría de Hacienda, y que con él se invade autoridad o jurisdicción de la Secretaría de Comunicaciones y de la Secretaría de Industria y Comercio. Esta razón es verdaderamente infantil, y yo me atrevo a considerar que ni siquiera es razón. Conforme al régimen constitucional que tenemos, o sea el régimen representativo, el régimen netamente americano, el Ejecutivo tiene una unidad de acción; aun suponiendo que con hechos de la Secretaría de Hacienda, se invadiesen atribuciones de las otras secretarías, el Ejecutivo es indivisible, absolutamente indivisible, y lo que hagan por conducto de una de sus secretarías, aun cuando invada la esfera de acción de las otras, es perfectamente constitucional. Las secretarías tienen su jurisdicción, perfectamente; pero no es una jurisdicción que signifique una autoridad desprendida una de otra. Lo que el presidente de la República firma por conducto de una de sus secretarías, aun cuando con esto, digo, tome facultades de las otras, está perfectamente dentro de la ley, puesto que lo ha hecho el jefe del Ejecutivo por conducto de una de sus secretarías de Estado. Esto, en el caso de que se tomaran atribuciones de otras secretarías; pero si no se toman absolutamente ningunas; si el decreto que crea los puertos libres, es una cuestión exclusivamente fiscal; si no se legisla en materia de Derecho Marítimo, con el cual se pidiera considerar contagiada la Secretaría de Comunicaciones; ni se legisla en materia de Industria y Comercio, con lo cual se pudiera considerar atacada esta Secretaría; si la cuestión a que se refieren los puertos libres es única y exclusivamente económica; si nada tiene que ver con lo que se refiere a otras secretarías, ¿qué ataque puede haber en esta cuestión? Creo que, jurídicamente, no hay, absolutamente, ninguna atribución de otra Secretaría que se invada por la de Hacienda. Otra cuestión que se ha suscitado también con el decreto de puertos libres, es la relativa - y esto es incidental en el debate - a la redacción del decreto.

Propone la Comisión en su proyecto que se declare nulo el decreto del Ejecutivo. Creo que este término no es el adecuado para ese proyecto. El Congreso de la Unión no es el facultado nunca para interpretar la Constitución ni para que las interpretaciones que éste haga causen una jurisprudencia; el Congreso podrá dictar resoluciones sobre materia política, pero no puede nunca citar una jurisprudencia judicial interpretando la Constitución. La única facultad, como digo antes, para interpretar la Constitución y para que sus resoluciones puedan considerarse como leyes en vigor, en la Suprema Corte de Justicia. (Aplausos.) Y aun esta respetable institución, en las diversas resoluciones que conceden el amparo por determinados actos que se consideran violatorios, nunca dice: se anula tal o cual decreto, ni tal o cual ley; sino únicamente: se concede el amparo por violación de tales o cuales garantías. En mi concepto, el término empleado por el Congreso no obedece a otra cosa sino a ese deseo continuo de las asambleas legislativas de estar continuamente provocando a los demás poderes, aun cuando no haya razón, aun cuando los demás poderes sean corteses y respetuosos de la ley, como hasta ahora lo hemos visto con los actuales poderes congéneres del nuestro. Decía, ciudadanos diputados, que el decreto de los puertos libres -que es de una trascendencia inmensa para el país-, es un acto eminentemente revolucionario y un acto eminentemente liberal del Ejecutivo; que ese acto que está fundado perfectamente en la ley, y en la ley suprema, que es la Constitución, debe ser ratificado por esta Asamblea, mejor dicho, debe negarse la aprobación al proyecto derogatorio que se discute y la razón es obvia: si vamos a hacer un ensayo de los puertos libres, si todas las inteligencias que conocen la materia se inclinan a creer que los beneficios que habrán de traer los puertos libres han de ser de gran importancia, aprobemos ese decreto del Ejecutivo, tanto porque está fundado en la ley, cuanto porque envuelve un espíritu altamente revolucionario. No me cansaré de repetir que cuando el Ejecutivo use de esas facultades extraordinarias en forma indecorosa e indebida, que abuse del poder que se le da por esas facultades extraordinarias, debemos ser perfectamente celosos de cuidar ese uso; pero cuando ese uso es bienintencionado, debemos nosotros darle un apoyo absoluto al Ejecutivo, cuando interpreta debidamente la Constitución y cuando esa interpretación es en beneficio de la nación; si el poder se arroga para un hombre, si éste abusa del poder, seamos los primeros en quitárselo; pero si ese poder se usa para beneficiar a la nación, aprobemos el proyecto del Ejecutivo y rechacemos el proyecto de decreto que se presenta. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Espinosa.

El C. Espinosa: honorable Asamblea: Empiezo por manifestar que al venir a hablar en pro del dictamen, no me mueve ni el más leve interés bastardo, ni la más ligera mala voluntad en contra del

Ejecutivo. Por lo que hace personalmente al señor secretario de Hacienda y Crédito Público, yo hubiese querido tener el gusto de estar con su iniciativa; pero desgraciadamente la convicción que me he formado a través del estudio que he hecho sobre el asunto, es que la institución de los puertos libres es altamente funesta para el país. (Siseos.) No puede verse en mi actitud ninguna mala voluntad para el representante del Ejecutivo en esta Asamblea, ya que el que habla tiene como una de sus más altas satisfacciones haber ligado su vida militar a la del ciudadano Alvarado cuanto en 1917 era jefe de las operaciones en el Sureste de la República; así pues, mi respeto más cumplido para el representante del Ejecutivo en esta Asamblea, y mi sincera simpatía para el revolucionario, y nada más.

Ahora quiero, antes de entrar en materia, romper un prejuicio: muchos representantes nuevos en esta Asamblea ven a un secretario de Estado con una veneración inconcebible.... (Voces: ¡No!) Sí, señores. El señor Portes Gil ha hecho una disertación sobre los fundamentos legales de las facultades extraordinarias y ha formulado también consideraciones de índole meramente política sobre el mismo asunto. Conceptúo el debate no solamente dentro de su aspecto verdaderamente legal, sino dentro de su aspecto también político, comercial, etcétera, etcétera. Antes de refutar los pocos argumentos expuestos por el compañero Portes Gil, quiero declarar que la tesis que sustentaré en esta tribuna por lo que hace al aspecto legal de la cuestión, será la siguiente: que las facultades extraordinarias en Hacienda de que goza el Ejecutivo están viciadas en su origen y que, por lo tanto, son absolutamente ilegítimas; segundo, que el concepto de estas facultades extraordinarias es completamente limitativo y condicional y que, en consecuencia, el Ejecutivo tiene esas facultades indebidamente y que las tiene sólo para legislar en el sentido administrativo, pero en manera alguna para crear otras instituciones. El ciudadano Portes Gil trae como un antecedente traído verdaderamente de los cabellos.... (Voces: ¡No, hombre!)... el de que... -Pero ¿cómo dicen que no, si no saben ni lo que voy a decir? (Murmullos. Risas.) -... que los gobiernos de los ciudadanos Juárez y Profirió Díaz expidieron leyes importantes haciendo uso de facultades extraordinarias en Hacienda, leyes que jamás fueron objetadas. El ciudadano Carranza, ciudadanos representantes, empezó en una forma todavía más pundonorosa, digámoslo claro, y a todos vosotros os consta cómo terminó. Las leyes, ciudadanos representantes, es natural que deban cesar cuando cesa el motivo que las creó; es un principio general de Derecho Civil. Dice el compañero Portes Gil que él está conforme en que el Ejecutivo no tenga facultades extraordinarias en Hacienda, porque esto es inconveniente, altamente inconveniente. El ciudadano Portes Gil, sin quererlo, nos ha dado la razón en la parte fundamental de este asunto. Dice el compañero Portes Gil que la suspensión de las garantías individuales y políticas permiten que dos poderes puedan reunirse en uno solo. Ahora bien, ciudadanos representantes, sintetizados así los principales argumentos expuestos por el ciudadano Portes Gil. paso a hacer la exposición de los motivos que, en mi concepto, deben llevarnos a la conclusión de aprobar el dictamen presentado a la consideración de vuestra soberanía. ¿Que el origen de las facultades extraordinarias es espurio? Se sabe, ciudadanos compañeros, nada más leyendo con gran detenimiento los artículos 49 y 29 de la Constitución en sus partes respectivas. Efectivamente, el artículo 49 dice:

"El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio, en Legislativo Ejecutivo y Judicial.

" No podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias, el Ejecutivo de la Unión, conforma a lo dispuesto en el artículo 29."

Es decir, las facultades de los poderes solamente podrán reunirse en uno, de acuerdo con lo que manda el artículo 29. Y éste dice:

"En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o cualquiera otra que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el presidente de la República Mexicana, de acuerdo con el Consejo de Ministros y con aprobación del Congreso de la Unión, y en los recesos de éste, de la Comisión Permanente, podrá suspender en todo el país o en lugar determinado las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente, a la situación; pero deberá hacerlo por tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que la suspensión se contraiga a determinado individuo. Si la suspensión tuviese lugar hallándose el Congreso reunido, éste concederá las autorizaciones que estime necesarias para el Ejecutivo haga frente a la situación. Si la suspensión se verificase en tiempo de receso, se convocará sin demora al Congreso para que las acuerde."

Así, pues, del texto del artículo 29 constitucional se desprende clarísimamente, meridianamente, que para que puedan concederse facultades extraordinarias al Ejecutivo, en Hacienda, en Guerra o en cualquier otro ramo, se requiere que previamente el Congreso haya expedido una ley suspendiendo las garantías individuales y políticas en parte del país o en todo él. Y pregunto al ciudadano Portes Gil para que me conteste honradamente: ¿cuándo se expidió el decreto sobre la suspensión de garantías individuales? No me podrá contestar, porque no se ha expedido ese decreto.

El C. Portes Gil: ¿Me permite usted la palabra, ciudadano Espinosa?

- El C. Espinosa: Sí, señor.

El C. Portes Gil: Con permiso de la Presidencia. El decreto que concedió facultades extraordinarias al Ejecutivo en el ramo de Hacienda se expidió por la XXVII Legislatura el día 8 de mayo de 1917. No creo que el señor diputado Espinosa sea tan rigorista en la redacción, que quiera exigir que ese decreto de facultades extraordinarias forzosamente habría de expresar lo que dice el artículo 29. Indudablemente que las facultades extraordinarias que se dieron al Ejecutivo, en el ramo de Hacienda, arrancan del artículo 29 y, como digo, no creo que el diputado Espinosa sea tan rigorista para que se especifique la redacción misma de ese artículo. Las facultades extraordinarias, ciudadano Espinosa; se dieron al Ejecutivo en 1917; el Ejecutivo de la República, aun cuando cambien

las personas, quien lo desempeña es uno solo. Las facultades que tuvo el Ejecutivo en 1917 se entiende que se vienen prorrogando, que se vienen heredando, esta es la palabra, a cada uno de los presidentes o ejecutivos que tenga la República. Se dirá que no hay actualmente perturbación grave de la paz pública y que no hay invasión ni todas esas otras cosas que previene el artículo; pero sí nadie podrá negar que las condiciones mundiales por que atraviesan todos los países son tan extremadamente delicadas, tan extremadamente difíciles, que no habremos de ser nosotros tan niños y tan infantiles para ser tan exigentes en el sentido de que el Ejecutivo actual no disponga de esas facultades. Si los gobiernos más democráticos del mundo, como Inglaterra, como Francia y como los Estados Unidos....

El C. presidente: Sírvase usted ceñirse a la interpelación.

El C. Portes Gil: Precisamente estoy contestando la interpelación.... y como los Estados Unidos han tenido esas facultades, nosotros que estamos en una incipiente democracia, no quiero decir que no aspiremos a lo mejor, pero no vayamos tampoco a ser tan exigentes para decir que no tiene el Ejecutivo necesidad de esas facultades. (Voces: ¡No las tiene!)

El C. Espinosa: El compañero Portes Gil desgraciadamente, y tal vez por culpa mía, no entendió la pregunta que yo le hice. La Constitución dice de manera terminante que para poder otorgar facultades extraordinarias en cualquier ramo al Ejecutivo, se necesita que esté perturbada gravemente la paz nacional; se necesita, también, conforme al mismo artículo 29, que el Congreso de la Unión haya decretado la suspensión de las garantías individuales en todo el país o parte de él. Esto es lo que yo preguntaba al compañero Portes Gil, que me dijera cuándo se había dado ese decreto por el Congreso de la Unión que suspenda las garantías individuales en todo el país o en parte de él, supuesto que solamente así pueden arrancar de origen legítimo estas facultades extraordinarias, espuriamente dadas al Gobierno de Carranza. El ciudadano diputado Portes Gil rehuye la contestación o no entendió mi pregunta, nada más.

El C. Rivera Cabrera Crisoforo: ¿Me permite el compañero?

El C. Espinosa Luis: No, señor. Ahora bien, ciudadanos representantes, queda en pie mi argumento de una manera fuerte, robusta e inconmovible. El artículo 40 constitucional dice: "Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental."

Lo que se hace, ciudadanos representantes, con delegar las facultades del Legislativo en el Ejecutivo, aunque esta delegación sea parcial como ha sido, no significa más que tener una especie de gobierno monárquico en lugar de tener un gobierno representativo federal y popular, puesto que esta concesión deposita todo el poder de la Nación en las manos de un solo hombre y, ciudadanos representantes, nosotros que hemos sido enviados aquí por la voluntad de sesenta mil habitantes de cada distrito, debemos defender por encima de todo este derecho de la soberanía de los Estados. Nosotros estamos aquí, ciudadanos representantes, ante este Congreso de la Unión, ante este Congreso Federal precisamente para representar esta autoridad constitucional y en manera alguna, ciudadanos representantes - porque sería indecoroso, porque sería humillante, porque sería vergonzante -, podemos nosotros seguir permitiendo el que facultades expresas, únicas del Legislativo pasen, por circunstancias que no se justifican, a poder del Ejecutivo. Y hay más, ciudadanos representantes, el Ejecutivo es un Poder preponderante sobre los poderes Legislativo y Judicial; el Ejecutivo dispone, tiene en sus manos toda la fuerza abrumadora de la política; el Ejecutivo tiene preponderancia porque dispone de ríos de oro para imponer su voluntad y centralizar el poder; el Ejecutivo, haciendo uso de una Constitución que en mala hora se expidió y que fue tramada y formulada por un grupo de intrigantes perversos, viene a hacer de un presidente constitucional un verdadero dictador legal.... (Aplausos.) Y por encima de todo esto, ciudadanos representantes, tenemos la herencia maldita de nuestros antepasados, de la caduca y vieja legislación española que nos enseño a vivir bajo en régimen absolutista, centralista y brutal. En así, ciudadanos representantes, como todavía gimen bajo el peso, bajo la voluntad omnímoda del hombre las infortunadas repúblicas de la América Central. Señores, es necesario que esta nueva Legislatura, que este cuerpo de hombres jóvenes y revolucionarios, representantes de los intereses colectivos de la Nación, den un mentís a la Historia; ya es tiempo, ciudadanos representantes, que entremos al capítulo de las rectificaciones, no por medio de promesas, sino por medio de hechos efectivos; ya es tiempo, ciudadanos representantes, de que nosotros digamos al mundo entero que México en realidad es una República federada y no un sultanato de un solo hombre. Tengo, ciudadanos representantes, todos y cada uno de los decretos expedidos desde el 8 de mayo de 1917 a la fecha, sobre facultades extraordinarias, y de todos esos decretos se desprende, ciudadanos representantes, que esas facultades fueron dadas como antes decía, en una forma verdaderamente limitada y absolutamente condicional. Es el primer decreto de 8 de mayo y dice:

"Artículo 1o. Se conceden al presidente de la República facultades extraordinarias en el Ramo de Hacienda, mientras el Congreso de la Unión expide las leyes que deban normar en los sucesivo el funcionamiento de la Hacienda Pública federal.

"Artículo 2o. El Ejecutivo de la Unión dará cuenta al Congreso del uso que haya hecho de las facultades extraordinarias que por el presente se le confieren."

Ahora bien, ciudadanos representantes; claro se dice aquí se dan estas facultades mientras el Congreso de la Unión expide las leyes que deben normar en lo sucesivo el funcionamiento de Hacienda; eso mientras se expiden estas leyes, era el término limitativo y, por lo tanto, encerraba también implícitamente una condición. El ciudadano Carranza, cuando expidió este decreto, que fue en 1917, todavía no se había quitado la careta de

revolucionario y no se había exhibido con su faz real de reaccionario clásico. Y naturalmente, señores, hombre ducho en estos asuntos, en cuestiones legislativas, moldeado en la política porfiriana, puesto que Carranza había sido senador en el tiempo de aquel Gobierno, mañosamente, sutilmente vino ante la Representación Nacional a pedir distintas facultades extraordinarias en el ramo de Hacienda, a pesar de que la XXVII Legislatura erróneamente le había concedido estas facultades de una manera amplísima, como consta por el texto mismo del decreto que acabo de leer. Es así como, ciudadanos representantes, días después, el diez de mayo, dos después de que habían sido concedidas en esta forma tan amplia las facultades extraordinarias Carranza -mañoso en estos achaques legislativos- se presentó ante esta Representación Nacional a pedir, oídlo bien, la aprobación de su presupuesto global que envolvía todas las dependencias del Poder Público. Tenemos en esta iniciativa que se pidió para "...el Poder Legislativo, $.300,000.00; poder ejecutivo, $1.200,000.00; Secretaría de Estado $800,000.00; Secretaría de Hacienda......$4.000,000.00."

Y así por el estilo, todas las secretarías de Estado y dependencias del Ejecutivo, que no leo por no cansar vuestra atención. Este presupuesto global sumaba veinticinco millones de pesos y comprende únicamente dos meses, ya veis, ciudadanos representantes, fijaos bien, porque es importantísimo para la conclusión que yo formularé, cómo Carranza, a pesar de estas facultades desbocadas que tenía en Hacienda, mañosamente venía ante la Representación Nacional a pedir sanción especial para decretar lo que podía muy bien haber expedido él mismo, supuesto que, repito, las facultades que se le habían dado no tenían límites.

El C. Zubaran: No, sí tenían.

El C. Espinosa: El quince de mayo de 1917, es decir, siete días después de haberse expedido el primer decreto, pidió autorización para poder legislar sobre ingresos, claro lo dice el artículo único: "Se autoriza al Poder Ejecutivo de la Unión para continuar recaudando los ingresos del Erario federal, conforme a los decretos, circulares y demás disposiciones dictadas por el ciudadano Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, encargado del Poder Ejecutivo..." etcétera.

Aquí seguía, ciudadanos representantes, el tino político del ciudadano Carranza, su vieja escuela de hipocresía, haciendo nuevas peticiones, supuesto que no eran necesarias, como antes dije. El día 25 del mes de diciembre de 1917, pedía facultades en esta forma:

"Artículo único. Se faculta al Ejecutivo para que, mientras subsistan las condiciones anormales producidas por la actual guerra mundial, pueda establecer reglas y cuotas arancelarias diferenciales para las distintas naciones con quienes tiene México comercio internacional, con el propósito de favorecer el comercio con aquellos países que no pongan restricciones de ninguna especie a su comercio con la República Mexicana."

Este decreto también fue sancionado por la XXVII Legislatura. La responsabilidad absoluta de todo esto la tiene la XXVII Legislatura, de todos estos abusos, de todas estas usurpaciones del Ejecutivo sobre facultades del Legislativo; nada más que hago esta salvedad: fue el grupo que siempre se ha distinguido en esta Cámara por su filiación gobiernista, el cual hizo todo lo que pudo para que el Ejecutivo gozase de estas facultades indebidas; debo hacer honor a los miembros del entonces nuevo Partido Liberal Constitucionalista que lucharon denodadamente por que no se concedieran esas facultades, y hago esta apreciación, ciudadanos representantes, porque ya llegará el momento en que yo apele a la virilidad y al patriotismo de estos veteranos representantes del "Pélece" para que ratifique su actitud de la XXVII Legislatura en el presente caso. El 10 de diciembre de 1918 vino Carranza, a pesar de que no se le habían quitado todavía aquellas facultades, a pedirlas nuevamente. ¿En qué forma? ¿Para qué cansar a vuestras señorías con repetir ese proyecto de ley? En una forma mucho más amplia pedía la ratificación de todos los decretos expedidos por concepto de facultades extraordinarias en Hacienda; pedía, como es natural, que como una consecuencia de esta ratificación a su legislación sobre esta materia, quedara viva la facultad que se le había dado desde 1917 y pidiendo también facultades sobre aranceles. Esto sucedió allá, en 1918. Debo hacer una salvedad: las facultades que se concedieron al Ejecutivo en 1918 tenían esta condición ya nueva, condición enteramente distinta a las anteriores: "Que se concedían al Ejecutivo facultades extraordinarias mientras legislaba la Cámara de Diputados; es decir, el Congreso de la Unión, sobre los ramos de Hacienda." Y legisló, señores representantes, la XXVII Legislatura sobre esta materia y se expidió el decreto y lo reconoció Carranza como tal, porque lo sancionó. Sin embargo, mansamente vino ante la Representación Nacional a pedir que se le ratificaran estas facultades, no obstante que mecánicamente, que automáticamente la confirmación y promulgación de los decretos de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos le habían quitado esas facultades al ciudadano Venustiano Carranza. En 1919 algunos diputados gobiernistas formularon una iniciativa pidiendo que al ciudadano Carranza se le quitaran las facultades que ya no tenía, pero que tácitamente la Asamblea había convenido en que sí, nada más por lo que concernía a presupuestos; pero como ya el sentimiento revolucionario de la Asamblea en la XXVIII Legislatura se había manifestado de una manera vigorosa y ardiente, la mayoría del Parlamento se opuso a esta concesión y después de haber sido desechado el proyecto que limitaba esas facultades, se propuso a la consideración de la Asamblea una iniciativa completamente radical que le quitaba al Ejecutivo, de plano, todas y cada una de las facultades de que indebidamente había gozado hasta entonces. ¿Para qué, señores, rememorar aquella lucha que fue titánica y que debe enorgullecer a los independientes que pertenecieron a aquella XXVIII Legislatura? Solamente quiero, como un dato que puede hacer fe y orientar vuestro criterio sobre al asunto, recordar el artículo relativo de la Constitución argentina, artículo que fue entonces leído a moción de nuestro muy estimado compañero Valadez Ramírez, y dice así:

"Artículo 29 de la Constitución argentina. El

Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las legislaturas, provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria."

Esto lo dice, ciudadanos representantes, la ley fundamental de la República Argentina; en cambio nosotros ya hemos visto cuán atrasados estamos en cuanto a la defensa de las garantías individuales, supuesto que nuestra legislación todavía consiente en que el Ejecutivo puede suspender las garantías individuales en todo el país. Creo, ciudadanos representantes, que con esta recordación del proceso de las facultades extraordinarias, he llevado a vuestras conciencias la convicción que me proponía, esto es, que el origen de las facultades extraordinarias es espurio y que estas facultades fueron expedidas dentro de un concepto verdaderamente condicional y limitativo. Ahora bien, ciudadanos representantes, yo me explico que un Gobierno inmoral como el de Carranza, un Gobierno que tenía por base el robo, un Gobierno en que se necesitaba crear intereses por medios ilícitos para que después los cómplices lo defendiesen, defendiendo de esta manera a aquel Gobierno, se haya aferrado, se hayan empeñado en hacer uso de esas facultades extraordinarias; pero ahora, ciudadanos representantes, tanto las condiciones generales del país, como los que administran el Gobierno, son muy distintos a los de los tiempos de Carranza. Yo no me explico, ciudadanos representantes, cómo los muy estimables compañeros que ya representan en esta Asamblea el criterio gobiernista, y yo no ando con eufemismos, el muy estimado y talentoso compañero Luis León, por ejemplo, se presenta a inscribirse en la lista del contra para venir a atacar algo que deberíamos defender todos como si fuésemos un solo hombre.

El C. León, interrumpiendo: Yo voté en contra de las facultades extraordinarias al Ejecutivo.

El C. presidente: Se suplica al ciudadano León no interrumpa al orador.

El C. Espinosa, continuando: Tampoco me oyó el compañero León, probablemente estaba distraído; yo he dicho esto: que me duele ver hombres que ayer eran, y que creo tengo derecho a creer que siguen siendo tan revolucionarios como antes, pero que por el hecho de formar ya en las filas gobiernistas vienen a defender un criterio verdaderamente retardatario, más bien dicho verdaderamente anticonstitucional como es el de las facultades extraordinarias en Hacienda. Es lo que yo he dicho y lo que también el compañero Luis León decía, que en la Legislatura a que él perteneció votó en contra de estas facultades. Ya veremos si ahora el señor León no ha cambiado.

El C. León: Yo voté entonces por la negativa.

El C. Espinosa: Razón de más; espero que él también será uno de los paladines que vengan a defender el dictamen que está a discusión. De todo esto, señores representantes, se puede llegar a la conclusión que formule al principio: que el Ejecutivo, aunque haya heredado esas facultades extraordinarias de Carranza, debe repudiarlas, debe rechazarlas por moralidad administrativa; además, debemos entender nosotros, para normar nuestro criterio en este asunto, que esas facultades sólo representan derechos ilegítimos, indebidos a la legislación en el sentido fiscal; pero en manera alguna para legislar sobre instituciones, para crear instituciones y lo que se nos pide, señores representantes, no es una ley arancelaria sobre derechos aduanales, lo que se nos pide es la creación de un nuevo órgano administrativo; eso es todo, y yo creo haber demostrado con todos esos precedentes que el Ejecutivo no está capacitado dentro del derecho constitucional para crear estos puestos libres. (Voces: ¡Ya! ¡Ya! ¡A votar! ¡A votar!)

El C. Gómez Rodrigo: Moción de orden. Llevamos ya nueve horas de trabajo en este día.

El C. Rivera Cabrera: Pido la palabra.

El C. presidente: No, señor; no se le concede a usted, como tampoco al señor Gómez.

El C. Rivera Cabrera: Entonces: como este señor, me la tomo...

El C. secretario Valadez Ramírez: Habiendo hecho uso del tiempo reglamentario el orador, ciudadano Espinosa, en votación económica se pregunta si se le permite que continúe en el uso de la palabra. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Continúa en el uso de la palabra.

El C. presidente: La Presidencia suplica a los ciudadanos diputados que ocupen sus curules.

El C. Espinosa: Agradezco a la Asamblea esta atención, a pesar de que no ha hecho más que cumplir con su deber. Este asunto es, efectivamente, como lo dijo el señor Zubaran, de verdadera trascendencia para el país, y debemos estudiarlo determinadamente, concienzudamente. Yo no traigo, ciudadanos representantes, la presunción de traer la verdad en mi pequeño estudio; pero, en cambio, he venido con buena fe y me he esforzado por cumplir mi deber de representante y creo que es justo que me escuchéis con benevolencia, ya que no he querido hacer otra cosa que ayudarnos en la medida de mis débiles esfuerzos Voy a pasar, ciudadanos representantes, a hacer breves consideraciones... (Voces: ¡Ya! ¡Ya!) sobre los fundamentos de la iniciativa, más bien dicho, de la ley dada por el Ejecutivo sobre puertos libres y sobre la misma ley. Desde luego, en el cuerpo de esta ley, más bien dicho del decreto, en el cuerpo del decreto, en la parte expositiva se declara de manera terminante que los puertos libres tiene conexión directa con los ferrocarriles; se declara que tienen que ver de una manera directa con el comercio, y desde luego, ciudadanos representantes, yo quiero haceros esta pregunta honradamente: ¿a qué Secretaría de Estado corresponde la preponderancia de este asuntó: a la de Comunicaciones, a la de Industria y Comercio o a la de Hacienda? Claro que a las dos primeras, ciudadanos representantes, como tendré el honor de demostrároslo, (Voces: ¡No! ¡No!) según la Ley Orgánica de las Secretarías de Estado. En su parte relativa dice el artículo 4o.

"Artículo 4o. Corresponde a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público:

"Presupuestos.

"Impuestos federales.

"Aranceles de aduanas marítimas y fronterizas.

"Administración de todas las rentas federales."

Ahora bien; el artículo séptimo de la misma Ley Orgánica dice:

"Artículo 7o. Corresponde a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas:

"Costas.

"Puertos.

"Faros.

"Marina mercante.

"Vías navegables.

"Obras que se ejecuten en terrenos nacionales, bien sean costeadas por la Federación o por concesión otorgada a particulares.

"Ferrocarriles.

"Caminos carreteros nacionales e inspección de los privados.

"Construcción y reconstrucción de edificios públicos."

De manera innegable se ve que es a la de Comunicaciones a la que pertenecen puertos y ferrocarriles. Esto es, ciudadanos representantes, necesario que lo tengáis presente. (Siseos.)

"Artículo 8o. Corresponde a la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo:

"Industrias en general, con excepción de las de carácter agrícola.

"Estudios y exploraciones geológicas.

"Comisiones exploradoras especiales, etc.

"Minería, concesiones, exploraciones, explotaciones e inspección.

"Petróleo y combustible minerales, (concesiones, exploraciones e inspección oficial.)

"Cámaras y asociaciones industriales.

"Comercio."

Analizando las facultades de cada una de estas secretarías, se llega a la siguiente conclusión: Tiene conexión con los puertos libres: Hacienda, por lo que hace únicamente al concepto de aplicación de los impuestos aduanales; nada más. (Voces: ¡Ah! ¡Ah!) Claro que sí, ciudadanos representantes; Hacienda tiene que ver sobre esto nada más, dentro del aspecto económico, por lo que hace a impuestos aduanales y no en otra cosa; en cambio, por lo que hace al Departamento de Comunicaciones, pertenecen los puertos libres geográficamente y administrativamente a este ramo. Conforme al Derecho Administrativo, el espíritu de la ley de esta Secretaría de Estado es limitativa y exclusivista, de tal manera que lo que es de Comunicaciones en su forma fundamental, no puede ser de Hacienda; lo que es de Comercio en su forma fundamental, no puede ser de Comunicaciones, y claro está que dentro de esta constitución de facultades especiales y restrictivas, es inmiscuirse una Secretaría en lo que no le corresponde y sí corresponde de una manera terminante a otra Secretaría. Ahora, ciudadanos representantes, es claro, toda la Asamblea reconoce que en los puertos libres están afectadas estas tres secretarías que hemos señalado; pero ahora vamos a ver de qué lado está la parte preponderante. Es un derecho y principio general de derecho que el que comprende lo más comprende lo menos; así pues, si yo logro demostrar que la Secretaría de Comunicaciones sola o en unión de la Industria y Comercio tienen preponderancia, como efectivamente la tiene sobre la de Hacienda, incuestionablemente, ciudadanos representantes, la Secretaría de Hacienda está incapacitada para iniciar y hacer esta ley sobre puertos libres, sería en todo caso la de Comunicaciones y la de Industria y Comercio, justamente, pero en manera alguna la Secretaría de Hacienda. El ciudadano Alvarado en su exposición dijo: Las leyes son lo que en su esencia reglamentan. Yo recojo el argumento del ciudadano secretario de Hacienda y Crédito Público y se lo devuelvo en contra en esta forma: No se crean puertos libres para eximir de impuestos a la industria, sino que se exime de los impuestos para crear los puertos libres que afectan a la industria.

El asunto, pues, no es fiscal, sino institucional y comercial. Creo, señores representantes, que queda definido de una manera precisa y clara que la institución de los puertos libres en manera alguna puede corresponder a la Secretaría de Hacienda, supuesto que ella no puede tener más injerencia que el impuesto fiscal es decir, el impuesto federal y nada más. (Voces: ¡Casi nada!) Estoy demostrando, ciudadanos compañeros, que no es recaudar el impuesto, lo fundamental en este asunto; es necesario que fijéis bien vuestra atención; se crean los puertos libres para traer de preferencia la industria extranjera al país, para que haya comercio como consecuencia de esta industria dentro de esos mismos puertos libres. Esto es lo fundamental, la consecuencia es la recaudación de derechos aduanales; no hay que perder este punto de vista, ciudadanos representantes, porque es lo fundamental del asunto. Ahora bien, ciudadanos representantes; el criterio oficial, y no diré oficial, sino verdaderamente real de este asunto, supuesto que todas las economías políticas, todos los textos de Economía Política que yo he tenido la necesidad de consultar para formarme un concepto real de lo que es un puerto franco o libre, ya que de las dos maneras se llama, nos lleva a la conclusión de que el Ejecutivo está en lo cierto en su expresión sobre este asunto. Dice el Ejecutivo en este folleto, que considero oficial, supuesto que fue repartido por el ciudadano secretario de Hacienda: "Definición del puerto libre." Creo que no es ocioso que dé lectura a esta parte, ya que es relativamente corta y sumamente interesante, para que la Asamblea tenga el criterio oficial de lo que significa, en realidad, un puerto libre; dice así:

"Un puerto libre es un lugar en la costa o en el interior de un país, adonde puede venir la mercancía del extranjero sin pagar ningún impuesto de importación; desembarcarse, transformarse, laborarse, mezclarse con materias primas del exterior o del mismo país, y reexportarse, sin pagar impuesto de exportación."

Después haré aclaraciones sobre cada párrafo. (Murmullos.) ¿Por qué no?

"Puede considerarse el puerto libre como una extensión aduanal o sea como una ampliación del patio de una aduana, donde se almacene una mercancía que tiene que reexportarse, y por lo cual no paga ni derechos de importación ni de exportación.

Cualquier otro artículo o materia prima que vaya del país a esta región llamada puerto libre o

extensión aduanal, deberá pagar impuestos de exportación.

"Cualquier mercancía que salga de esa extensión aduanal o puerto libre, para el país en donde se encuentre, deberá pagar impuestos de importación. Para los efectos aduanales, esta "extensión" se considera como una región neutral"

De esto se desprende, ciudadanos representantes, que un puerto libre no es más dentro de las costas de nuestro país, que un pedazo de tierra de una nación extranjera que ideológicamente se transporta a ese lugar y que le da la protección al industrial extranjero, al capital extranjero, de una manera decidida. (Murmullos.) Es claro, ciudadanos representantes, que, conforme al artículo 27 constitucional, todo extranjero que trajera allí sus industrias, todo extranjero que trajera allí su capital, estaría bajo del artículo 27 constitucional, es decir: que no podría considerársele por nuestros tribunales como extranjero en los derechos que representaría su industria; pero, en cambio, estaría para todos sus derechos como ciudadano, amparado por las leyes de sus respectivos países. (Voces: ¡No! ¡No!) Es claro que sí. (Voces: ¡No! ¡No!) Ya llegaremos ahí, ciudadanos representantes. Ahora quiero hacer esta aclamación importantísima: Los puertos libres, como lo dice su nombre, son una institución que corresponde al sistema librecambista; en cambio, los puertos naturales, los que existen, pertenecen al régimen proteccionista. Vamos a hacer un ligero estudio de estos dos sistemas, y llegaremos a la conclusión de que el régimen librecambista es inadecuado y perjudicial para el país y que, en cambio, el régimen proteccionista es el que debe subsistir en México, ya que ha dado los mejores resultados, no solamente en Europa, sino también en Estados Unidos y en Sudamérica. Desde luego, ciudadanos representantes, antes de entrar a las consideraciones de los conceptos económicos, quiero hacer estas pequeñas reflexiones: que con la creación de los puertos libres no conseguiríamos más que proteger la industria extranjera en contra de la industria nacional; que estas industrias serían un verdadero peligro, un verdadero futuro para la integridad del país y que, además, con el tiempo acarrearían verdaderos trastornos sociales. Por lo que hace a la integridad nacional, nada más debo recordar el caso del Chamizal: los puentes que ha ido dejando el río, han sido motivo de litigios y de muy serias complicaciones internacionales con el país vecino. Esto debe servirnos como antecedente para pensar en la instalación de las industrias extranjeras y más que extranjeras, que tienen que ser enteramente americanas, podrán acarrearnos los mismos peligros, porque los extranjeros, sobre todo los americanos, que son omnipotentes, al establecer sus tiendas de comercio en nuestras costas, al amparo de los puertos libres, podrán venir más o menos hipócritamente fingiendo que se amparan a lo estipulado por nuestras leyes; pero una vez que se hubiesen arraigado, que sus intereses estuvieran ya debidamente fortificados, entonces sentiríamos la presión del Gobierno, la fuerza del Gobierno americano, que estaría, como es natural, dispuesto a impartirles a todos sus connacionales su amparo. Pero, haciendo a un lado el caso del Chamizal, que es de suma gravedad, ciudadanos representantes, porque en él va envuelta la integridad de la patria yo quiero referiros un hecho recientísimo en Tampico. Acaba de registrarse este hecho verdaderamente denigrante, verdaderamente afrentoso para los mexicanos: Ahí se ha demostrado que los americanos no consientes, no permiten que los mexicanos, aunque sean mexicanos cultos como son los profesionistas, como son los representantes del Gobierno federal ante esas compañías, se sienten a las mesas de esos extranjeros; y ¿cómo, ciudadanos representantes, vamos nosotros a tratar así tan a la ligera, esta cuestión de los puertos libres, supuesto que tiene tantos aspectos tan profundamente delicados? "El Universal" de ayer traía, con letras rojas, esta noticia, que viene a dar un colorido verdaderamente candente de esta situación; dice así, y voy a leerlo, porque es muy corto y es muy interesante:

"A conocimiento de la Presidencia de la República y de la Secretaría de Industria y Comercio, llegó la noticia de que entre mexicanos y americanos que trabajan en los campos petroleros de Tampico, habían surgido diferencias, y que de tal manera habían dividido los ánimos, que era indispensable tomar una resolución enérgica, a fin de impedir que mañana o pasado se registrasen motines o colisiones en que pudiera haber derramamiento de sangre."

Ya ve la honorable Asamblea hasta dónde puede orillar esta falta de consideración de los americanos para nuestros compatriotas. Dice la información

"La causa de estos choques entre los mexicanos y americanos, se debe a que, como es costumbre en los Estados Unidos, las compañías tienen establecidas dos clases de comedores: unos para americanos y otros para mexicanos.

"Al principio, no se dio importancia al establecimiento de estos comedores distintos, en virtud de que los peones y empleados de las compañías no tenían necesidad de ir a ellos, por tener familia. Pero, últimamente, han estado llegando a los campamentos agentes viajeros, ingenieros mexicanos, empleados del Gobierno, y otros mexicanos más, que forzosamente han tenido que recurrir a los Hoteles, y sistemáticamente se les ha negado cama y comida en las fondas destinadas a los norteamericanos....."

¿Se puede pedir algo más infamante ciudadanos representantes? Yo, al leer esta noticia, sentí hervir toda mi sangre, sentí latir mi corazón de mexicano, y del fondo de mi alma salió una protesta en contra de esos hombres sin conciencia. (Aplausos nutridos.) Y no, señores; se explica: los españoles, cuando vinieron a conquistarnos, compartieron su vida con los mexicanos; es cierto que los separaron por una barrera infranqueable que los vedaba de tomar parte en los puestos públicos, que los tuvieron ayunos de la ciencia y de todos los favores de la civilización de entonces; en cambio, los americanos, insolentes como siempre, vienen y consideran al negro menos que una bestia, lo relegan a los lugares más apartados, o bien, empiezan por exterminarlo. Yo creo, ciudadanos representantes, que la forma de la conquista española es más humana que la americana, y de allí que, por antecedente, los americanos quieran tratar ahora a los

mexicanos con las mismas insolencias y desprecios con que trataron a la raza negra conquistada y, señores, yo tolero que un extranjero, en su propio país, denigre y humille a los mexicanos; pero no puedo consentirlo, sin sentir la más santa indignación, que en nuestro propio país, en el puerto de Tampico, los americanos quieran hacernos esa clase de humillaciones.(Aplausos nutridos.)

Permitidme, señores representantes, que os lea ligerísimos apuntes, de economistas reconocidos, sobre lo que significa el sistema que quiere implantarse en nuestro país; pero me abstengo de hacerlo porque ya es muy tarde, y la Asamblea está cansada. (Aplausos.) Yo quisiera, ciudadanos representantes, que me permitieseis esto: Que se suspenda la sesión, por lo avanzado de la hora, y que la continuemos mañana serenamente, pacientemente, supuesto que éste es un asunto de suma trascendencia.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Rivera Cabrera.

El C. Espinosa: No, señor; si no he acabado.

Yo suplico a la Presidencia que consulte a la Asamblea si permite que se levante la sesión, para que continúe yo mañana en el uso de la palabra. (Voces: ¡Sí! ¡Sí! ¡Tiene derecho!)

El C. secretario Valadez Ramírez: Se ruega a los ciudadanos diputados ocupen sus curules para poder tomar una determinación. No es posible tomarla así. En votación económica se pregunta a la Asamblea si se continúa la sesión. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Los que estén por que se prorrogue la sesión, sírvanse ponerse de pie. No hay mayoría. No se prorroga. (Aplausos.)

El C. presidente: A las 9.40 p.m.: Se cita para mañana a las diez en punto. Se levanta la sesión.