Legislatura XXIX - Año I - Período Ordinario - Fecha 19201023 - Número de Diario 50

(L29A1P1oN050F19201023.xml)Núm. Diario:50

ENCABEZADO

MÉXICO, SÁBADO 23 DE OCTUBRE DE 1920

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AÑO I.- PERÍODO ORDINARIO XXIX LEGISLATURA TOMO I.- NÚMERO 50

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 23 DE OCTUBRE DE 1920

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior. 2.- Se da cuenta con los asuntos en cartera. Continúa la discusión del dictamen de las comisiones unidas 1a. de Hacienda, 1a. de Comunicaciones y de Industria y Comercio, por el que se deroga el decreto que crea los puertos libres. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. ALESSIO ROBLES VITO

(Asistencia de 126 ciudadanos diputados.)

- El C. presidente, a las 10:40 a. m.: Se abre la sesión.

- El C. prosecretario Castrejón, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día veintidós de octubre de mil novecientos veinte.

"Presidencia del C. Ignacio Borrego.

"En la ciudad de México, a las cuatro y veinte de la tarde del viernes veintidós de octubre de mil novecientos veinte, se abrió la sesión, con asistencia de ciento treinta y dos ciudadanos diputados.

"La Cámara, a consulta de la Presidencia, resolvió que se diera cuenta con el acta de la sesión celebrada el día anterior y no con el acta de la que tuvo lugar el día veinte del presente mes, como pretendía hacerlo el ciudadano presidente.

"La Secretaría proporcionó un informe que requirió el C. Jesús Z. Moreno, sobre el número de los diputados que asistieron a la sesión del día anterior, cuya acta fue aprobada por la Asamblea, sin debate.

"La Secretaría paso a dar cuenta con los documentos en cartera:

"Proyecto de decreto, firmado por la Comisión de Administración de la Cámara de Senadores, por medio del cual se amplía la partida del Presupuesto de Egresos vigente, destinada a los gastos extraordinarios de aquélla Cámara.- Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"Oficio de la Secretaría de Gobernación, al que acompaña una iniciativa de ley para la creación de una Secretaría de Educación Pública Federal.- Recibo, a las comisiones unidas segunda de Puntos Constitucionales y segunda de Instrucción Pública, e imprímase.

"Circular en que el Congreso de Chihuahua comunica que el 4 del presente mes abrió su primer período de sesiones ordinarias.- De enterado.

"Telegrama por medio del cual el C. Rafael Nieto participa que se hizo cargo del Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí.- De enterado.

"Mensaje firmado por los miembros de la Junta Computadora del 2o. círculo electoral del Estado de Oaxaca, en que hacen algunas aclaraciones relacionadas con la documentación que remitieron, referente a las elecciones para diputados en aquel círculo electoral.- Recibo, y a su expediente.

"Telegrama procedente de Rincón Antonio, Oaxaca, en que el C. Otilio Robles, a nombre de la Federación de Obreros, pide que no se derogue el decreto del Ejecutivo que establece los puertos libres.- Recibo, y a su expediente.

"Proyecto de ley del C. diputado Gustavo S. Martínez, tendente a corregir las faltas de asistencia a las sesiones, en que incurren los ciudadanos diputados y senadores.- Primera lectura, e imprímase.

"Solicitud del C. Maqueo Castellanos, a fin de que se le conceda licencia por veinte días, con goce de dietas.

"Se aprobó sin discusión, previa dispensa de trámites.

"Se puso a discusión la renuncia que de los cargos de presidente y vicepresidente de esta H. Cámara para el presente mes, presentaron los CC. Vito Alessio Robles, Antonio Díaz Soto y Gama e Ignacio Borrego.

"Se leyó, a solicitud del C. Bordes Mangel, la fracción III del artículo 35 reglamentario y se suscitó un debate sobre si debía tratarse este asunto en esta sesión o en sesión secreta, usando de la palabra los CC. Bordes Mangel, Portes Gil, Rafael Martínez de Escobar, Federico Martínez de Escobar, Rivera Cabrera y Ernesto Aguirre Colorado.

"La Cámara resolvió, a las cuatro y cincuenta y cinco de la tarde, pasar a sesión secreta para discutir las referidas renuncias.

"Presidencia del C. Vito Alessio Robles.

"A Las cinco y cincuenta y cinco se reanudó la sesión.

"La secretaría, por orden de la Presidencia, manifestó que quedaban sin efecto las multas impuestas a los ciudadanos diputados el día anterior.

"Dióse cuenta con una proposición del C. Pedro de Alba, tendente a pedir la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para resolver las irregularidades registradas en las elecciones para gobernador del Estado de Aguascalientes.

"Puesta a discusión, después de que se le dispensaron los trámites, fue apoyada por el C. de Alba. En contra hablaron los CC. Francisco Castillo y Pérez Gasga. El C. Rodrigo Palacio hizo aclaraciones, y el C. Manrique usó de la palabra para una moción de orden, que motivó que la proposición, con permiso de la Cámara, fuese retirada por su autor, con objeto de reformarla.

"Se dio cuenta también con un proyecto de ley subscripto por los CC. Francisco Soto, Castrejón, Aurelio Manrique y numerosos diputados más, a fin de que se derogue la ley de imprenta de 9 de abril de 1917.

"En vista de que la Asamblea resolvió que no era asunto de urgente resolución, se turnó este proyecto a las comisiones unidas segunda de Gobernación y segunda de Puntos Constitucionales, debiendo imprimirse.

"El C. Manrique, auxiliando a la Secretaría, dio lectura al dictamen de las comisiones unidas primera de Hacienda, primera de Comunicaciones, y de Industria y Comercio, por el que se nulifica el decreto que crea los puertos libres, expedido por el Ejecutivo de la Unión.

"Puesto a discusión en lo general, se leyó una moción suspensiva firmada por el C. Céspedes, que dice en su parte resolutiva:

"Con fundamento en el artículo 55 del Reglamento interior del Congreso, llámese al ciudadano secretario de Hacienda y Crédito Público y suspéndase, mientras, toda discusión sobre tal proyecto de ley."

"Su autor la fundó. El C. Manrique hizo una moción de orden; el C. Zubaran, aclaraciones, y el C. Olliver, a invitación de dicho ciudadano Zubaran, firmó el dictamen, como presidente de la primera Comisión de Comunicaciones. La Secretaría, a solicitud del C. Céspedes, informó que no se había dado aviso al Ejecutivo de que en la sesión de hoy se discutiría el dictamen sobre los puertos libres. El C. Zubaran habló en contra de la moción suspensiva. A petición del C. Céspedes se leyó el artículo 55 del Reglamento, en su parte relativa, y a solicitud del C. Miguel F. Ortega, el 93 constitucional. También se leyeron, por haberlo pedido el C. Manrique, los artículos 124 y 125 del Reglamento. El C. Céspedes hizo una moción de orden y, en seguida, se tomó en consideración la moción suspensiva y se puso a debate.

"El C. Luis Espinosa hizo una aclaración y la Secretaría procedió a pasar lista, por haber reclamado el quórum el C. Ramos Esquer.

"Comprobada la presencia de ciento veintiocho ciudadanos diputados, se declaró que había quórum.

"El C. Soto y Gama, en cumplimiento del artículo 125 reglamentario, solicitó que no se tratara en esta sesión el asunto de los puertos libres, toda vez que no se había dado el aviso correspondiente al Ejecutivo de la Unión. Hicieron aclaraciones los CC. Luis Espinosa, y Céspedes, así como la Secretaría.

"En contra de la moción suspensiva habló el C. Manero, y en pro lo hicieron los CC. Rivera Cabrera y Céspedes.

"Suficientemente discutida la moción suspensiva, se aprobó en votación económica; y como la Presidencia tratara de nombrar una comisión para llamar al ciudadano secretario de Hacienda, hicieron mociones de orden los CC. Luis Espinosa y Rivera Cabrera, y la Secretaría leyó el artículo 55 reglamentario. La Presidencia resolvió, en definitiva, que uno de los secretarios avisara por teléfono al ciudadano secretario de Hacienda.

"Presidencia del C. Ignacio Borrego.

"El C. Manero presentó una proposición para que la Cámara se constituyera en sesión permanente hasta que se presentara el ciudadano secretario de Hacienda fue desechada, después de que su autor la fundó.

"Presente el ciudadano secretario de Hacienda y Crédito Público, la Presidencia, de acuerdo con los artículos 126 y 127 del Reglamento, lo invitó para que informara. El C. García Vigil, a nombre de aquel funcionario, pidió que se leyera el dictamen, a lo que accedió la Secretaría, haciendo después lo mismo con la iniciativa correspondiente, a moción del C. Zubaran. Este, como miembro de las comisiones dictaminadoras, fundó el dictamen.

"A las ocho de la noche la Cámara acordó prorrogar esta sesión.

"El C. secretario de Hacienda paso a la tribuna e informó.

"Hablaron en contra y en pro del dictamen, respectivamente, los CC. Portes Gil y Luis Espinosa. Este interpeló al C. Portes Gil, quien contestó, y fue interrumpido por una moción de orden del C. Rodrigo Gómez. A dicho el C. Espinosa, por acuerdo de la Cámara, se le prorrogó el término que para los discursos establece el Reglamento y encontrándose aún en el uso de la palabra, la Asamblea, a consulta de la Secretaría, resolvió que la sesión no continuara.

"A las nueve y cuarenta y cinco de la noche se levantó la sesión."

Está a discusión. ¿No hay quien desee hacer uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie.

Aprobada.

- El mismo C. prosecretario, leyendo:

"Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.- México.- Estados Unidos Mexicanos.- Sección 2a.- Número 19.

"Para los efectos constitucionales, tenemos el honor de remitir a esa H. Cámara, por el digno conducto de ustedes, en 8 fojas útiles, el proyecto de decreto que aprobó por unanimidad esta Cámara, referente a la pensión que se concede al C. J. Eduardo Sánchez, ex - oficial mayor de la

Secretaría del Senado, por haber prestado sus servicios a dicha Secretaría por más de 35 años.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"Constitución y Reformas.- México, a 22 de octubre de 1920.- L. J. Zalce, S. S.- Gerzayn Ugarte, S. S.

"A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presente."- Recibo y a la 1a. Comisión de Hacienda.

El C. presidente: Continúa la discusión del dictamen que deroga el decreto que crea los puertos libres. Continúa en el uso de la palabra el ciudadano Espinosa.

El C. Espinosa: Ciudadanos representantes: Sintetizando los argumentos expuestos ayer ante la consideración de vuestra soberanía, debo recordaros que creo haber manifestado que el decreto sobre puertos libres está viciado de origen ya que, como se demostró hasta la saciedad, las facultades extraordinarias en Hacienda concedidas al Ejecutivo en 1917, han cesado de derecho, ya que una ley, cuando deja de surtir los efectos para los que fue creada, tácitamente ya no tiene valor ninguno; por una parte, por otra, la anticonstitucionalidad de esta facultad está manifestada plenamente, el concepto de las mismas facultades es completamente limitativo y condicional, de allí que el mismo ciudadano Carranza tuviera que venir ante esta Representación Nacional a pedir la ratificación de todos los decretos expedidos en materia netamente hacendaria. A propósito de este hecho, ciudadanos representantes, debo hacer una rectificación a la teoría histórica sobre facultades extraordinarias sustentada ayer por el ciudadano Portes Gil. El ciudadano Portes Gil dijo que desde que México se había constituido en República, los Ejecutivos habían dispuesto de facultades extraordinarias en Hacienda; que lo mismo había procedido el ciudadano Juárez y después el ciudadano Porfirio Díaz. Efectivamente, ciudadanos diputados; pero lo mismo Porfirio Díaz que Benito Juárez, no obstante haber tenido en diversas épocas facultades extraordinarias en Hacienda, hicieron lo mismo que Carranza: vinieron ante la Representación Nacional con sus decretos para que ésta los ratificara. Si estos gobiernos que se distinguieron por su forma verdaderamente centralista y absolutista, porque resumían en sí todo el poder público, venían ante la Representación Nacional a pedir la ratificación de estos decretos, a pesar de que eran de índole esencialmente hacendario, ¿qué de raro tiene, pues, ciudadanos representantes, que nosotros, los que no hemos venido a hacer una labor de oposición sistemática al Gobierno, los que tenemos derecho a llamarnos amigos del Gobierno, los que creemos velar por los intereses del actual Gobierno, vengamos a oponernos a que siga en vigor el decreto sobre puertos libres, ya que está de hecho y de derecho viciado, por ser anticonstitucional? Nosotros queremos, ciudadanos representantes, quitarle al Ejecutivo una situación futura verdaderamente embarazosa. Si nosotros aprobamos que subsista este decreto, no habremos hecho otra cosa que colocar al mismo Ejecutivo en circunstancias verdaderamente deleznables y desventajosas. ¿Por qué? Porque todos los representantes de los intereses lesionados ocurrirán ante la Suprema Corte de la Nación a pedir amparo por la violación, tanto por las garantías individuales por lo que respecta a sus intereses, como de los intereses colectivos. Y esto, ciudadanos representantes, me parece que es hacer una labor buena, me parece que es hacer una labor noble. Colocado, pues, dentro de esta consideración de verdadero patriotismo, de verdadera colaboración con el Poder Ejecutivo, y no como lo decía erróneamente el compañero Portes Gil que era una labor de distanciamiento entre los demás poderes, yo reclamo la atención de vuestra soberanía para que vayamos al estudio sereno, serio y profundo de este trascendental asunto. El decreto sobre puertos libres, ciudadanos representantes, tanto en su parte expositiva como en los artículos distintos que lo integran, contiene verdaderas contradicciones; es natural, ciudadanos representantes, que nosotros fijemos nuestra atención en el texto del decreto, aunque no se trate aquí de discutir la bondad de este decreto; pero es necesario que nosotros hagamos un estudio aunque sea ligero de él, para que vea la Asamblea, la necesidad que hay de derogarlo. No quiero aventurar un juicio, no quiero prejuzgar sobre la bondad de los puertos libres; lo único que perseguimos nosotros, es que se derogue el decreto por la inconstitucionalidad que encierra, porque el Ejecutivo lo ha expedido haciendo uso de facultades completamente indebidas, como está demostrado hasta la saciedad. No nos oponemos por sistema a que se creen los puertos libres, lo que queremos es que en lugar de que el Ejecutivo haga esta creación, sea el Legislativo quien la haga; esto es todo lo que hay en el fondo de este asunto. De allí, ciudadanos representantes, la necesidad de hacer consideraciones sobre el decreto. En el punto 8o. de los considerandos, dice el Ejecutivo: "Que el establecimiento de "Puertos Libres" en el Istmo de Tehuantepec y en Guaymas, al mismo tiempo que aprovechará extraordinariamente al comercio nacional y extranjero, pondrán en mayor contacto a las demás naciones con nuestro país."

Esto, ciudadanos representantes, es un sofisma. Los puertos libres, como expliqué en la sesión de ayer, no son más que el sistema librecambista en contra del sistema proteccionista, y ya los economistas, maestros en esta ciencia, han demostrado hasta la saciedad, que el sistema librecambista ha dado buenos resultados en algunas partes de Europa, sólo transitoriamente, que no han sido de una eficacia permanente y ha habido necesidad de volver al antiguo sistema proteccionista, que ha dado los mejores resultados no sólo en Europa, sino también en Estados Unidos, nación eminentemente práctica, que jamás ha aceptado el sistema librecambista. El puerto libre, ciudadanos representantes, no es más que una verdadera concesión a las industrias extranjeras; el puerto libre permite la entrada de la materia prima extranjera sin pagar impuesto alguno, lo mismo que permite la exportación de todos los artículos elaborados que hayan estado dentro de ese puerto libre; en cambio, el comerciante mexicano que quiera llevar a los

puertos libres sus materias primas para transformarlas en productos industriales, tiene que pagar impuestos aduanales tanto a la entrada como a la salida de esos productos ya transformados. En síntesis, el puerto libre no viene a ser más que esto: un pedazo de territorio extranjero empotrado dentro de las costas nacionales para favorecer exclusivamente intereses extranjeros. Dice el considerando 9o., en la parte que quiero analizar:

"Que para el mejor funcionamiento de la institución, es indispensable que en la zona comprendida en el "Puerto Libre" no tengan aplicación las leyes fiscales que gravan a la industria y al comercio, puesto que esa zona se reputa neutral al efecto y debe serlo, para quitar toda clase de trabas al desarrollo natural del "Puerto Libre", tanto más cuanto que el importe de esos gravámenes fiscales se considera comprendido en el valor de las rentas en indemnizaciones que paguen los establecimientos comerciales e industriales de la zona libre, según lo determina esta ley."

De esto se desprende que el Ejecutivo tiene este punto de vista, o pretende hacernos creer que lo que paga en almacenaje la industria extranjera depositada en el puerto libre, puede compensar a lo que debiera pagar por capítulo de impuestos. Esta es una apreciación verdaderamente ligera, poco seria y nada sólida. Si hiciéramos un estudio más o menos serio de este asunto, llegaríamos a la conclusión de que la pequeña renta que paguen los industriales extranjeros por alquiler de edificios y por otros conceptos parecidos, no se acercaría en mucho a lo que se obtendría teniendo que pagar impuestos netamente fiscales. El considerando 10, dice:

"Que el establecimiento de dichos puertos es de utilidad pública y constituye justamente, el caso de aplicación del precepto constitucional que autoriza las expropiaciones; pero que, para estar de acuerdo con el mismo precepto constitucional y porque sería de todo punto inconveniente lo contrario, es necesario determinar que todos los terrenos incluidos en el área comprendida en el "Puerto Libre", deberán pertenecer siempre a la nación y no podrán ser enajenados jamás."

Esto no es más que palabras. En buena hora que el Gobierno Federal tenga derecho a la expropiación; pero no en una forma atentatoria y violenta como lo preceptúa este decreto. El Ejecutivo tiene derecho a la expropiación, de acuerdo con el juicio previamente establecido al efecto; la Constitución, en su artículo 14, de una manera clara y precisa señala el procedimiento para llegar a esta clase de expropiaciones y, en cambio, quiere desde luego ponerse en práctica el establecimiento de estos puertos libres, pasando por encima de todo derecho, sin respetar la propiedad privada. Ya ve la Asamblea cómo, por este capítulo, se violan también las garantías individuales y los derechos de las colectividades, más bien dicho: las garantías verdaderamente políticas. Dice: "que los terrenos incluidos en el área comprendida en los puertos libres deberán pertenecer siempre a la nación y no podrán ser enajenados jamás." Estas, ciudadanos representantes - repito -, no son más que palabras; palabras huecas, palabras sonoras pero nada más. Ya hemos visto en la práctica cómo los extranjeros, que han tenido el dominio más o menos indirecto de nuestras tierras, no han salido del país; ya hemos visto cómo las compañías extranjeras colonizadoras se han hecho dueñas de gran parte del territorio nacional; ya hemos visto cómo estas compañías, que han sido todo, menos colonizadoras, no han salido ni saldrán, desgraciadamente, del país. Yo quiero, ciudadanos representantes, exponeros en un caso concreto el particular para que veáis la enorme trascendencia que encierra para el país el consentir que los extranjeros vengan a vivir y a establecer sus tiendas industriales y comerciales en nuestras costas. Al efecto, ciudadanos representantes, una compañía inglesa y otra americana, por concesiones hechas desde el interinato de don Manuel González, ratificadas más tarde durante el Gobierno de Porfirio Díaz, se adueñaron, por medio de esas concesiones, de una gran parte de la extensión de nuestro territorio. Estas compañías no pagaron nunca un solo centavo por el valor que les había señalado la Secretaría de Fomento; estas compañías pagaron a Fomento con los servicios de deslinde que daban a Fomento los ingenieros de estas compañías; pero, en efectivo, jamás aportaron un sólo centavo a las arcas nacionales. Estas concesiones permitían que los extranjeros se hiciesen dueños de nuestro territorio por la cantidad irrisoria de cinco y siete centavos la hectárea de tierra. Ahora, ciudadanos representantes, ¿sabéis lo que piden esas compañías por devolver a la nación lo que es de la nación? La insignificancia de cinco, siete y ocho pesos por hectárea de tierra, por lo que a ellos no les costó absolutamente nada, porque, como antes dije, ni siquiera pagaron en efectivo esos cinco o siete centavos - cantidad irrisoria que el Gobierno de entonces había fijado como el precio de esas hectáreas de tierras -, sino que las habían pagado por medio de los trabajos de deslinde hechos por los ingenieros de la misma compañía. En el Estado de Chiapas únicamente, para reconquistar, pudiera decirse, la propiedad nacional, se requiere no menos de dos millones de pesos. ¡Fíjese la honorable Representación en lo que se necesitaría para recuperar todo el territorio nacional que está en manos de extranjeros¡ Según un cálculo aproximado hecho por la Secretaría de Fomento el año pasado, no se necesitaba menos de ochenta millones de pesos, oídlo bien, para recuperar todo este terreno nacional. Estos son los beneficios de la colonización extranjera en México; esto es lo que nos ha producido esta funesta colonización. Pero hay algo más grave: estos extranjeros no solamente se hicieron dueños de gran parte de la tierra mexicana sin pagar un solo centavo, sino que no trajeron un solo colono; no cumplieron con ninguna de las cláusulas del contrato y, en cambio, exportaron a sus respectivas naciones, es decir, a Estados Unidos y a Inglaterra, cientos de millones de pesos por este concepto de colonización. Estas compañías colonizadoras, que no trajeron un solo colono, repartieron grupos de ingenieros por todo el país para que, sin respetar la propiedad privada, despojaran a los poseedores legítimos y, dando nuevas delimitaciones a la tierra, la vendieron a los mismos dueños legítimos en cantidades verdaderamente fabulosas, aunque a plazos más o menos largos; de ahí fue donde estos

ciudadanos nos robaron esos millones de pesos a que hice referencia. Quiero todavía concretar el caso: Los yacimientos petrolíferos de Tampico fueron dados a estas compañías extranjeras casi en condiciones idénticas a como fueron dadas las demás tierras; veréis cómo el Gobierno, en tan pocos años, no ha tenido problema más difícil de resolver que el problema de Tampico; ya habéis visto cómo los extranjeros dueños de esos yacimientos se han levantado airados ante el mandamiento del artículo 27 constitucional, que no les permite considerarse como dueño del subsuelo, sino únicamente como poseedores. De ahí han venido las complicaciones internacionales; de ahí han venido las complicaciones más difíciles que se han tenido desde el Gobierno de Carranza hasta la fecha, y aquí podréis ver la magnitud del problema: toda esta zona marcada con tinta verde, son las concesiones petroleras hechas a los extranjeros en Tampico, concesiones verdaderamente irrisorias, y de aquí no sacaréis a los extranjeros ni con todos los millones que pudiera tener la nación para comprarlas, porque, por conveniencia política, no sólo por conveniencia económica, estos extranjeros no saldrán de aquí. Es inútil, señores, que vayamos a pretender expulsarlos por la fuerza; es inútil, porque tanto Inglaterra como Estados Unidos vendrán con sus armas a sostener a estos colonos, que no han sido más que unos piratas del territorio nacional. (Aplausos de las galerías.)

Ved, ciudadanos representantes, el estado vergonzante en que se encuentra la Baja California: la Baja California es más extranjera que mexicana. ¡Oídlo bien, ciudadanos representantes! No me refiero al concepto civil de sus habitantes, me refiero al concepto geográfico; las dos terceras partes de la Baja California están en poder de extranjeros, como lo podéis ver por estas manchas amarillas, sólo las partes blancas están en poder de mexicanos. Decidme, ciudadanos representantes, ¿no es triste esta situación por la que atraviesa el país? Así, ciudadanos diputados, mi Estado, el Estado de Chiapas, que hace noventa y nueve años se independizó de la Colonia española, que reasumió su soberanía de provincia libre e independiente y que voluntariamente se unió a la Federación mexicana, sin tener ningún compromiso con sus autoridades, ved también cómo más de la mitad de su territorio está en poder de extranjeros, merced a estas absurdas y antipatrióticas concesiones. (Aplausos.) Y ya os lo dije: estas concesiones no sólo son un atentado contra la dignidad territorial del país, sino que violan de una manera directa varios preceptos constitucionales. En efecto, ciudadanos representantes; la Constitución prohibe que los extranjeros puedan poseer el dominio de las tierras en una extensión de cien kilómetros en las costas y en cincuenta sobre las playas; en cambio, aquí tenéis que toda la frontera con Guatemala está en manos de extranjeros; aquí tenéis también que toda la costa del Pacífico está también en manos de extranjeros, no obstante que esta línea roja viene a demostrar estos cien kilómetros que la Constitución manda que no pueden estar en manos de extranjeros. Esto es lo mismo en Tampico; todas estas posesiones petroleras están comprendidas dentro de los cien kilómetros que la Constitución prohibe que estén en manos de extranjeros. Así es la situación de estas compañías con relación a la Constitución Política. Pero no importa que los extranjeros tengan la posesión indirecta de las tierras; el ciudadano secretario de Hacienda y Crédito Público dice que no importa que se viole la Constitución, que no importa que estos extranjeros vengan a alquilar nuestras costas para levantar sus tiendas industriales; esto es negar el respeto más elemental a la Constitución. Pero si sólo fuéramos a detenernos allí, si estos señores fueran a convertirse nada más en arrendatarios de la parte de tierra que necesitan para fundar sus industrias, el punto sería más o menos discutible; pero cuando he venido a demostrar el peligro real, no con suposiciones más o menos calenturientas, sino con hechos, como lo acaecido en Tampico, Baja California, Chiapas y otras partes de la República, no debe quedar duda de lo funesto que es ésta concesión que pretende hacerse; porque ya lo dije: los puertos libres no son más que una colonización industrial, exactamente lo mismo, nada más que dentro de un orden de cosas muy distinto que la colonización completamente personal. Está bien, la colonización es indispensable para el progreso de los pueblos, para su progreso, material y económico; es por medio de la colonización por lo que la Argentina, en poco tiempo, se ha hecho rica y próspera; es merced a la colonización como los Estados Unidos de Norteamérica asombran al mundo con el poder de su riqueza; pero esta es la colonización bien entendida, la colonización que el pueblo mexicano reclama. ¿Sabéis por qué? Porque el desenvolvimiento material de los pueblos, como la naturaleza, tampoco da saltos; necesitamos, primero, el desarrollo de nuestra agricultura, y para esto necesitamos la cooperación de braceros extranjeros, para que ellos con sus conocimientos sobre procedimientos más avanzados en agricultura, fecunden nuestras tierras, mejor dicho, las preparen, porque ellas, de suyo, son demasiado fecundas; necesitamos de la imitación, del ejemplo de los trabajadores, de los agricultores extranjeros; necesitamos de la repoblación extranjera, beneficios todos que trae esta colonización cuando es efectiva; pero ya hemos visto, ciudadanos representantes, lo que ha sido esta falsa colonización de nuestro país; no ha sido más que un motivo de especulación, no ha sido más que una concesión atentatoria para favorecer a muchos extranjeros y a unos cuantos mexicanos. Y exactamente lo que se ha hecho con la colonización, pretende hacerse ahora con los puertos libres; no hay más que esto en el fondo de este asunto, ciudadanos representantes. A propósito de colonización, leía yo esto, una estadística que quiero que tengáis en consideración, porque es de suma importancia: México, en capacidad territorial, oídlo bien, es mayor que Austria - Hungría, Alemania, Francia e Italia unidas, y en población, menor que cualquiera de ellas. Si México tiene una capacidad territorial más grande que cinco naciones europeas, es natural, ciudadanos representantes, que nosotros no estemos todavía en condiciones de poner en práctica los procedimientos puestos en aquellas naciones, donde ya la agricultura ha sido exprimida, donde ya la agricultura, fuente primitiva de riqueza, ha sido explotada debidamente; allí se llega ya

al cultivo intensivo; en México, el cultivo es completamente rudimentario; nosotros tenemos tierra de sobra para producir lo necesario, no para abastecer a quince millones de habitantes, como tiene la República, sino para abastecer a todo el viejo continente; pero es natural que, dentro de nuestra forma precaria de producir, que dentro de esta forma rudimentaria de trabajar la tierra, tenga que producirse apenas lo muy necesario para subsistir, y muchas veces ni lo necesario; de allí, ciudadanos representantes, que nosotros necesitemos, para ser lógicos desenvolver primero la riqueza agrícola de nuestro país; después, cuando México esté ya sumamente avanzado en este terreno, será cuando necesite industrializar todas sus materias primas, será cuando ya necesite otra forma de trabajo para engrandecer su riqueza pública; pero no queramos, señores, cometer la torpeza de imitar a naciones que están en condiciones muy distintas a las nuestras, no vayamos, señores, por un prurito de imitación a caer en el error lamentable y funesto de la imitación extralógica; querer que México haga con sus industrias lo que hace Europa, es uno de los más grandes disparates, ciudadanos representantes. Nosotros no podemos, bajo ningún concepto, aceptar que, so pretexto de favorecer la industria nacional, se venga a querer que consintamos en la ratificación de un decreto que sabemos que tiende a todo lo contrario, es decir: que es completamente funesto a los intereses generales del país. El considerando 12 dice:

"Que los miembros de la expresada Junta deberán ser nombrados por el Gobierno; pero éste deberá contratar sus servicios por un término prudente, con el fin de asegurar la cooperación de personas competentes, que puedan dedicarse a la importante obra que se les confía, con las seguridades que les presten sus respectivos contratos."

Desde luego, este proyecto dispone que los puertos libres estén administrados por una junta especial, y a vosotros todos os consta que el peor de todos los administradores es el Estado, al menos en México. El Estado ha sido un administrador inteligente, por ejemplo, en Alemania; el Estado ha sido un administrador competente en algunas industrias en Francia; pero nosotros hemos visto que todos los panamás, que todos los grandes fraudes los ha cometido precisamente el Gobierno en todas aquellas empresas que ha incautado y que ha administrado. (Aplausos.) Pero no es sólo la incapacidad y la falta de moralidad del Gobierno para administrar estas empresas la que debe hacer que reconsideremos este decreto; aquí no se trata de que sea el Gobierno quien directamente administre; no será el Estado por medio de sus secretarios; será como lo dice el decreto, una junta, ¿y sabéis lo que hará esa junta? Sencillamente ponerse de acuerdo con los industriales extranjeros para enriquecerse ella; ¡como si lo estuviéramos viendo! (Aplausos.) Aquí es donde está la llaga y aquí es donde es necesario poner el dedo. Ya hemos visto cómo las juntas administrativas de los Ferrocarriles Nacionales, no obstante tener encima el ojo fiscalizador del Gobierno, mes a mes la prensa independiente nos da la noticia de verdaderos fraudes, de fabulosos fraudes, de escandalosos fraudes; si ya estamos viendo que aun estas administraciones que están pegadas al Gobierno como un apéndice, cometen todos estos delitos ¿que será de una junta administrativa de tanta importancia como la que tenga en sus manos la administración de los puertos libres, supuesto que los puertos libres serán de mucha mayor importancia que la administración de los Ferrocarriles Nacionales? Pero hay más; hasta la redacción es capciosísima; aquí se dice que los miembros de la expresada junta deberán ser nombrados por el Gobierno. Aquí se impone una aclaración: ¿qué, el Ejecutivo es el Gobierno? ¿Qué, el Ejecutivo ha querido sorprender a la opinión pública diciendo que los tres elementos del Poder están de acuerdo en que esta junta administre los puertos libres? No sé, ciudadanos representantes, cuál haya sido la mente del Ejecutivo al emplear esa palabra tan incorrecta en esta exposición. ¿Con qué derecho el Ejecutivo solo se permite decir que esta junta administrativa será nombrada por el Gobierno? ¿Qué, quiere envolver a todos los elementos del Poder en la combinación de la junta? Yo creo que no, ciudadanos representantes; pero desde luego este debe de ser un motivo más para que no consintamos en que subsista ese decreto; este debe ser un motivo más para pensar en la necesidad de derogarlo, para que después, si así conviene, sea esta Cámara quien formule el decreto dentro de las condiciones verdaderamente convenientes. Y a propósito de esto, que ha sido como un monopolio del Ejecutivo, no porque sea un abuso de poder, sino porque tal vez allí ha habido más iniciativa que entre nosotros, pensad y recordad cómo el Ejecutivo, no sólo el actual, sino la mayor parte de los Ejecutivos de México, han sido ellos los que han formulado todos los proyectos de leyes, de decretos y de iniciativas, y esto es altamente vergonzoso, ciudadanos representantes. ¿Por qué van a venir todas las iniciativas del Ejecutivo? ¿Por qué han de salir de las Secretarías de Estado, del Ejecutivo, nuestras leyes, si somos nosotros precisamente los que hemos venido a crear esas leyes, si somos nosotros los que, desatendiéndonos de los intereses del Ejecutivo formulados en estos proyectos de ley, debemos legislar de acuerdo con la conveniencia y los intereses generales del país? De ahí, señores, que yo también reclame vuestra atención. Yo quiero que este decreto de puertos libres salga forjado de esta Representación Nacional y que no nos venga ya hecho del Poder Ejecutivo, supuesto que no representa en este caso más que la mira oficial, es decir, la mira exclusiva del Ejecutivo; pero no el concepto amplio del Gobierno de la República. (Aplausos.) En buena hora que cuando este decreto salga de nuestras manos el Ejecutivo diga que es un decreto expedido por el Gobierno; ¿por qué? Porque dentro de nuestro sistema de Gobierno representativo y popular somos nosotros los que encarnamos la verdadera forma de Gobierno; somos nosotros, los diputados, los que concurrimos a representar el Poder por medio de la voluntad de los ciudadanos de la República; por tanto, estamos capacitados para hablar en nombre del Gobierno, que el mismo Ejecutivo, como lo ha hecho atrevidamente en la parte expositiva del decreto. Este decreto tiene hasta verdaderas, hasta palpables contradicciones, como os lo voy a demostrar en este momento. El considerando 13, dice:

¡Que para asegurar el éxito de los "puertos

libres" de Salina Cruz y Puerto México, así como para que el Ferrocarril Nacional de Tehuantepec llene realmente los fines que inspiraron su creación, es indispensable que esta, empresa quede también administrada por la junta directiva de que antes se ha hecho mención, a fin de que se expedite el tráfico, se eviten dificultades de tarifas y puedan obviarse, por medio de una organización adecuada, las trabas y dificultades fiscales que se oponen al libre tráfico interoceánico de las mercancías, a la vez que se aseguren cumplidamente los intereses del tesoro nacional."

Desde luego, dividiré esta apreciación en dos partes: una por lo que hace a la administración de los ferrocarriles, y la otra por lo que hace a la conveniencia de formar una zona intermedia entre Salina Cruz y Puerto México. Ya lo dije ayer, el espíritu de la Ley Orgánica de las Secretarías de Estado es completamente restrictivo, de tal manera, que no puede el Ejecutivo, sin reformar esa ley, cambiar las facultades de cada Secretaría a su capricho, de modo que no puede quitarle a Comunicaciones los Ferrocarriles y colocarlos en la Secretaría de Hacienda, como lo está haciendo caprichosa e indebidamente. Para esto sería necesario, ciudadanos representantes, que se formara esta ley limitativa orgánica de las Secretarías de Estado y se dijera que también Hacienda puede tener ingerencia en la cuestión de Ferrocarriles, que, como su nombre lo indica, pertenece en esencia a la Secretaría de Comunicaciones. Así, pues, el Ejecutivo está usurpando las funciones de una Secretaría a la otra. Es natural que podría objetársenos que todas son Secretarías que corresponden por igual al Ejecutivo; pero este razonamiento sería lógico y justo siempre que las Secretarías de Estado no estuvieran reglamentadas por una ley que, tanto el Ejecutivo como nosotros, estamos obligados a respetar, si no existiera esta ley que divide de una manera precisa las funciones de cada Secretaría. Es claro, ciudadanos representantes, que el Ejecutivo, sin violar ninguna ley, estaría en condiciones de hacer todas las revolturas que quisiera en sus propias dependencias; pero no es así. El 14 dice:

"Que como el clima de Salina Cruz y Puerto México, pudiera ser una traba para el desarrollo de ciertas industrias, es muy conveniente el establecimiento de una zona neutral o "Puerto Libre" en el interior del Istmo, sobre la línea del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec..."

Y el artículo 1o. del decreto, dice así:

"Se establecen extensiones aduanales libres en los puertos de Salina Cruz, Puerto México y Guaymas."

Si el considerando 14 a que acabo de dar lectura dice que como el clima de Salina Cruz y el de Puerto México son malsanos, implican la necesidad de formar una zona libre intermedia entre estos puertos, ¿por qué entonces el artículo primero del decreto sí lo establece en Puerto México y en Salina Cruz? Yo creo, ciudadanos representantes, que aquí ha habido falta de lógica; es un defecto de esta ley, un motivo más que nosotros la deroguemos y la tomemos ya por nuestra cuenta. Hay otro punto también que debe considerarse; dice: "El establecimiento de una zona neutral o puerto libre". Muy bien; estas son extensiones aduanales y no estaciones, como lo dice el mismo artículo primero del decreto. Esta es una diferencia que es necesario remarcar: los puertos libres han sido de distintas formas aunque en una sola esencia; algunos puertos libres europeos están dentro de la misma ciudad, como si fuera una estación de tránsito porque, efectivamente, el puerto no es más que una estación de tránsito marítima, nada más, y naturalmente para evitar el contrabando, se amuralla la parte necesaria dentro de la misma ciudad para tener puertos especiales y solamente pueden entrar a ellos los operarios y los industriales durante las horas de trabajo; pero sin que pueda absolutamente nadie vivir allí. Esta salvedad sí se hace para los extranjeros; allí está otra desventaja de estos puertos libres. Los mexicanos no pueden vivir dentro de los puertos libres, porque ellos pagan impuestos por meter al puerto sus mercancías o sus materias primas y también los pagan para sacarlas; de ahí que no pueden vivir, porque se prestaría este sistema a toda clase de contrabandos; en cambio, el extranjero que no paga impuestos por introducir sus mercancías ni por sacarlas, sí puede permanecer dentro de estos puertos libres Ahora bien; también se acostumbra que los puertos libres estén a un lado, inmediatamente juntos, pudiera decirse, a los puertos proteccionistas; y esta es otra grandísima desventaja, pues por lo regular el puerto de libres mata al puerto proteccionista quitándole casi toda su vida. Naturalmente que si se consiente en que se hagan estaciones cercanas a los puertos de Puerto México y Salina Cruz, de hecho no haremos otra cosa que matar los puertos proteccionistas de Salina Cruz y Puerto México, siendo este un asunto que merece toda nuestra meditación y es otro capítulo por el cual debemos derogar este decreto y reconsiderarlo después.

El C. prosecretario Castrejón: La Presidencia hace del conocimiento de la Asamblea que ha transcurrido el tiempo reglamentario para que haga uso de la palabra el orador, por lo cual, en votación económica, se consulta si se le prorroga. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Sí se le prorroga.

El C. presidente: Continúa el ciudadano Espinosa en el uso de la palabra.

El C. Espinosa: Voy a terminar en seguida, nada más quiero, a manera de exhortación, leer unos cuantos conceptos de un autor español reputadísimo, en su estudio comparativo de la legislación hispanoamericana y la legislación sajona, para que se vea que nuestros deseos, de acuerdo con nuestro temperamento, es violar todas las leyes sin cumplir ninguna; hacer muchas leyes sin practicar ninguna; engañar al pueblo con puras promesas, sin llegar a ninguna realidad. En efecto, dice:

"La opinión pública, no es sólo en las antiguas colonias hispanoamericanas, sino en casi todas las naciones latinas, es frágil y tornadiza, insegura, propensa a oscilar entre el despotismo, y la anarquía, según que se sienta vencida o vencedora: no hay para adoptar la ley ánimo reposado, ni para mantenerla, respetos severos y propósitos resueltos. El afán de cambios se apodera de nosotros con tanta facilidad, como luego la fatiga y el cansancio; somos ciudadanos a ratos, mientras los anglosajones de los dos continentes lo son siempre.

"Cada vez que se derroca un orden de cosas y

se proclama otro, las asambleas se erigen en omnipotentes, y dan o niegan el voto, el derecho la libertad, a pueblos que reciben como dones y favores los atributos que no debieran consentir se pusiera a debate. Los anglosajones dan por sus leyes delegaciones limitadas y los latinoamericanos facultades ilimitadas. Ellos hacen todo lo que la ley no prohibe y nosotros hacemos, de preferencia, lo que prohibe la ley.

"Los pueblos preponderantes deben su bienestar y su grandeza a sus leyes, a su moral social, a las prácticas del derecho, a las buenas lecciones de la historia, a su prudencia y juicio firme. Podemos seguir el trazado y las enseñanzas que nos muestran, refrenar nuestro temperamento, reducir las fantasías a su justo límite y entregar las discordias a los debates de la razón. Mientras dentro de nosotros anide un fanatismo dispuesto a asirse a cualquier causa; mientras a nombre de uno u otro principio se apareje la intolerancia y solicitemos de las pasiones y de las guerras civiles la solución de nuestras incertidumbres giraremos en círculos viciosos, andaremos despacio envenenados por los odios y por la sangre, cuando otras razas más discretas y pensadoras avanzan a toda vela y van llenándolo todo con su actividad, su genio, su trabajo, y su previsión." Ahora bien, ciudadanos representantes; en estos conceptos verdaderamente jugosos hay motivos de verdadera meditación. Yo os pido que, como el Legislador hispano, maduréis bien esta ley; que penséis que el pueblo no quiere carretones o carretadas de leyes sino que quiere hechos verdaderamente prácticos y salvadores; que es necesario refrenar nuestro quijotismo; que es indispensable que tengamos un concepto real de los fines revolucionarios. Y digo esto, porque ya vendrán algunos compañeros a sostener que los que quieren la subsistencia del decreto sobre los puertos libres son revolucionarios, y que los que se oponen a la subsistencia de este decreto son reaccionarios; y no hay tal, ciudadanos representantes. Yo os doy la voz de alerta: a falta de argumentos de fondo y enteramente legales, os traerán razonamientos oropelescos y aparatosos, como es el tan trillado del revolucionarismo. Yo sé que la revolución tiene formas sangrientas y crueles, como es la lucha armada; pero no es revolución, yo no llamo revolucionario al que haya matado más compatriotas, si no al que haya legislado más a favor de las clases humildes del pueblo mexicano. Yo no sé, porque no puedo prejuzgar, si los puertos libres son buenos o son malos; yo lo que sí sé es que se impone su derogación inmediata; yo lo que sí sé es que es revolucionario y que es patriótico que le digamos al Ejecutivo - dentro de la cortesía, dentro de la fraternidad que debe haber entre todos los Poderes - que no ha hecho bien, que ha cometido un error que nosotros debemos reparar y que, en consecuencia, sin lastimarlo, sin ofenderlo, le derogamos ese decreto para luego, como representantes del pueblo, reconsiderarlo, y en caso de que lleguemos al convencimiento de que el establecimiento de los puertos libres es bueno, votaremos afirmativamente; pero si en el curso de los debates llegamos al convencimiento de que son funestos, votaremos en contra de la iniciativa que se discuta en esta cámara.

De todos modos, ciudadanos representantes, yo no he querido más que cumplir con mi deber como representante. Yo no sé si haya traído alguna luz o no; a mí me basta estar con la conciencia tranquila, porque si no he hecho nada bueno, si sé que he querido hacerlo.(Aplausos.)

Presidencia del

C. BORREGO IGNACIO

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Rivera Cabrera.

El C. Enríquez: Pido la palabra para una aclaración antes de que principie el orador...(Voces: ¡Después!) Tengo derecho... (Voces: ¡No!) Para una moción de orden.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Enríquez: Honorable Asamblea: Vosotros habéis oído a los oradores del pro y del contra del dictamen que se ha puesto a debate. Los que hablan a favor del dictamen enderezan sus ataques verdaderamente contra la institución de los puertos libres, y los que hablan en contra, defienden su conveniencia. Este asunto importante que se ha puesto a nuestra consideración tiene varios aspectos de carácter económico, comercial, industrial y político, etcétera; pero en el fondo encierra una verdad estrictamente jurídica y constitucional..

El C. presidente: Sírvase usted concretarse a su moción de orden.

El C. Enríquez: Quiero decir que se ha desviado la discusión y que debemos ir al punto jurídico y constitucional del asunto a debate.

El C. Rivera Cabrera: Dando gusto al ciudadano representante que acaba de hablar, manifiesto a ustedes que en verdad tratándose, como se trata, de un asunto de vital importancia para el país, muy pocos argumentos serios han traídose a esta tribuna los enemigos de la institución de los puertos libres; especialmente el ciudadano Espinosa, han hecho ciertos soliloquios que por su elocuencia me traen a la memoria el caldo de Nana Casilda. ¿Saben ustedes cómo es el Caldo de Nana Casilda? (Voces: ¡No!) El caldo de Nana Casilda se distinguía porque tenía coles, cilantro, yerbabuena y otras muchas cosas, con excepción de carne; es decir, que lo constituye la esencia del caldo, no la tenía: así es la elocuencia del señor Espinosa; no hay nada de fondo en ella y todo no es sino hueca palabrería. El mismo dictamen de la Comisión puede muy bien clasificarse como un dictamen diminuto. Pretenden los señores dictaminadores en cuatro líneas resolver una cuestión importantísima. Veamos cuáles son los argumentos que se esgrimen para combatir la constitucionalidad y la conveniencia de la institución de los puertos libres. Dice la comisión: "A las comisiones unidas 1a. de Hacienda, 1a. de Comunicaciones y de Industria y Comercio, fue turnado el expediente relativo al proyecto de ley presentado por varios ciudadanos diputados, derogando el decreto del Ejecutivo de la Unión de fecha 25 de septiembre próximo pasado, que creaba la institución de los puertos libres de Salina Cruz, Puerto México y Guaymas.

"Las comisiones, después de haber hecho un estudio sereno del asunto a que nos referimos, llegaron a la siguiente conclusión.

"El Poder Ejecutivo, usando en su concepto de las facultades extraordinarias que el ramo de Hacienda le concedió el Legislativo el 8 de mayo de 1917, expidió en 25 de septiembre último el decreto que creó los puertos libres de Salina Cruz, Puerto México y Guaymas...."

Vemos, pues, que la Comisión, después de haber hecho un estudio sereno y concienzudo de la ley expedida por el Ejecutivo, llegó a la conclusión de que esa ley fue expedida en virtud de las facultades extraordinarias que el Congreso le dio el día 8 de mayo de 1917. Señores, para llegar a ese conocimiento no se necesita de un estudio sereno y concienzudo como lo dice la Comisión. Continúa la Comisión:

"Por ser de tanta trascendencia dicho decreto, es indispensable estudiar si el Ejecutivo lo expidió dentro de las facultades que le fueron concedidas. El artículo 49 de la Constitución establece el principio de la división de poderes. No es del caso examinar si el decreto de 8 de mayo de 1917 está de acuerdo con el citado precepto; pero sí debe tenerse en cuenta que tan sólo fue expedido por exigirlo así las circunstancias del momento, a causa de la anormal situación que reinaba entonces, con el único objeto de que el Poder Ejecutivo federal tuviese libre acción en materia de presupuestos...."

Para hacer una refutación seria y concienzuda de este pequeño argumento esgrimido por la Comisión, examinemos cuidadosamente tanto el texto de la Constitución como el texto del artículo que concedió al Ejecutivo en mayo de 1917 las facultades extraordinarias en virtud de las cuales ahora el propio Ejecutivo ha expedido esa ley de institución de puertos libres. Dice el artículo 49:

"Artículo 49. El Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

"No podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión, conforme al artículo 29."

Como se ve, la Constitución en su artículo 49, así como lo dice la Comisión sí prohibe que dos o más de los poderes de la Unión, concurran en una sola persona, salvo el caso en que esta persona - que en el presente caso es el Ejecutivo - esté en goce de facultades extraordinarias. Ahora cabe preguntar: ¿el Ejecutivo estaba en goce de facultades extraordinarias cuando expidió este decreto de las instituciones de los puertos libres? Yo afirmo que sí y la confirmación de mis palabras voy a exponerla en seguida ante los ojos de vuestras señorías:

"Venustiano Carranza, presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:

Que el congreso de los Estados Unidos Mexicanos ha tenido a bien decretar lo siguiente:

"El congreso de los Estados Unidos Mexicanos decreta:

"Artículo 1o. Se conceden al presidente de la República facultades extraordinarias en el ramo de Hacienda, mientras el Congreso de la Unión expide las leyes que deban normar en lo sucesivo el funcionamiento de la Hacienda Pública Federal."

Por consiguiente, está probado de una manera legal que sí el Ejecutivo estaba en el goce de esas facultades extraordinarias cuando expidió la ley de la institución de los puertos libres. Se ha argumentado desde esta tribuna que esta ley ya no tiene efecto, que no está en vigor, primero, porque han cesado las causas que la motivaron, y segundo, por que hace poco esta misma Cámara expidió un proyecto de ley derogando las facultades extraordinarias que se concedieron al Ejecutivo. Voy a sostener estos dos puntos: primero, que la ley que dio facultades extraordinarias al Ejecutivo está en vigor, y seguro, que todavía no se han retirado de derecho esas facultades extraordinarias. Está en vigor la ley de Facultades Extraordinarias al Ejecutivo, porque aún subsiste, porque no ha habido una ley que la haya derogado, sancionada por las dos Cámaras y promulgada por el presidente de la República. Examinemos un poco el fondo del asunto, viendo las causas que motivaron la expedición de esta ley de facultades extraordinarias. En 1917, el país se encontraba en estado revolucionario; aparte de la situación general del país, existía la situación general del mundo que estaba entonces envuelta en una gran guerra; por consiguiente, los principios económicos estaban desquiciados, habiendo un estado caótico en el mundo entero. Esas fueron las causas principales, ciudadanos representantes, que justificaron la expedición de ese decreto de Facultades Extraordinarias. Actualmente no subsiste la guerra mundial, ni estamos en un estado álgido de revuelta en el país, pero sí tanto los efectos de la guerra mundial como del estado caótico persisten aún. ¿Alguien, por temerario que sea, puede asegurar que estamos dentro de un completo orden social, económico y político?...(Voces: ¡el presidente de la República lo dice!) Puede decir muchas cosas cuando así convenga a su diplomacia y a su política; pero la verdad es que nadie puede asegurar lo que yo indico. Consiguientemente, si subsisten los efectos que motivaron la expedición de la ley de facultades extraordinarias, es natural creer que todavía está la ley en vigor. Está en vigor, de hecho, por los principios que acabo de exponer, porque aún no ha sido derogada conforme a las ritualidades constitucionales, pues el decreto que aquí expedimos derogan esas facultades extraordinarias no ha sido sancionado por el Congreso de la Unión, ni promulgado por el Ejecutivo federal. En consecuencia ya vemos, señores impugnadores de esta idea de la institución de los puertos libres, que la expedición de la ley de parte del Ejecutivo es perfectamente constitucional. Se decía, además, por uno de los oradores que no debemos en este caso continuar autorizando o, mejor dicho, sancionando los actos del Ejecutivo desarrollados en virtud de esas facultades extraordinarias, porque se llegaría a crear un sistema de despotismo como el que había seguido el Ejecutivo anterior. Sobre este particular me voy a permitir exponer algunas ideas basadas en esto que voy a poner al conocimiento de ustedes.

"Está vedado - dice el licenciado Mariano Coronado, autor del Derecho Constitucional Mexicano - que se reúnan estos poderes, es decir, el

Ejecutivo y el Legislativo, o dos de ellos, en una misma persona o corporación; tal unión, como acabamos de ver, destruiría el equilibrio de las funciones públicas y produciría el despotismo. Tampoco está permitido que se deposite el Legislativo en un sólo individuo, porque siendo tan importante y delicada la función de hacer leyes, puesto que requiere opiniones que se ilustren por la discusión y pareceres diferentes que se aquilaten por maduro examen, es inconcuso que sería peligroso y difícil que tales funciones fuesen desempeñadas por una sola persona. "Sin embargo de lo dicho, la división de poderes no es absoluta, de tal manera que jamás ejerza el uno atribuciones propias de otro; la Constitución, apoya en la necesidad o en la conveniencia, determina algunas excepciones. Eso es lo mismo que yo he expresado.- Así, el Legislativo ejerce funciones judiciales cuando se erige en Gran Jurado para conocer de algún delito oficial; el Ejecutivo hace de legislador en la formación de los tratados y convenciones; etcétera. Puede también facultarse al Ejecutivo para expedir leyes cuando es menester darle amplias autorizaciones a fin de hacer frente a una situación difícil. Más aún fuera del caso de facultades extraordinarias y en épocas normales, se suele autorizar al propio Ejecutivo para que haga verdaderas leyes y esto sucede generalmente tratándose de códigos o leyes extensas cuyo estudio sería dificultoso y la discusión complicada y tardía en las Cámaras." La razón pues, primordial, o la razón total, por decirlo así, que tienen los autores constitucionales de impugnar el que dos o varios poderes concurran en una sola persona, es la de evitar el despotismo; pero en el presente caso, precisamente esta Cámara al conocer de este asunto, al resolver sobre si deroga o no esa ley de la creación de los puertos libres, va a sancionar ella misma, va a ratificar, a dar ella misma esa propia ley, negando la derogación que se pide por las comisiones dictaminadoras correspondientes. En estos momentos, cuando la Cámara ha tomado conocimiento de este asunto, ha cesado aquella perspicacia o aquel ribete de despotismo que podría creerse en el Ejecutivo al haber decretado esta ley. Si, pues, vosotros aquí, en ejercicio de vuestra soberanía, estáis conociendo del negocio, estáis estudiándolo y vais a emitir vuestro voto, entonces ha cesado aquel prejuicio de despotismo que pudiera creerse en el Ejecutivo, porque sois vosotros los que vais a dictaminar en el asunto y vais a dar el fallo definitivo. Por consiguiente, no puede existir ya, en el presente caso, el calificativo de déspota que pudiera darse al Ejecutivo en uso de estas facultades extraordinarias. Continúa la Comisión.

"Es indudable que la cuestión relativa a los puertos libres no es del ramo de Hacienda en el sentido en que forzosamente debe entenderse el decreto de 8 de mayo de 1917, ni menos es de naturaleza tal que sea de imperiosa urgencia crearlo, sin que previamente se estudie su conveniencia por el Poder Legislativo que es al que compete hacerlo."

Afirma la Comisión, según acabáis de oír, que la cuestión que está a debate no es del ramo de Hacienda, en el sentido en que forzosamente debe entenderse el decreto de 8 de mayo. ¿Cuál es este sentido en que debe entenderse el decreto de 8 de mayo que creó las facultades extraordinarias? El Señor Zubaran, al fundar ayer su dictamen, nos lo dijo: "Con especialidad la ley de facultades extraordinarias se expidió en 1917, para que el Ejecutivo de entonces las aplicase en el ramo de presupuestos." Esto no es verdad, señores diputados. Yo a la sazón era diputado, y según las discusiones que con motivo de esa ley se suscitaron en esta tribuna, no solamente fue la cuestión de presupuestos la que motivó esa ley, sino que fueron todas y cada una de las cuestiones económicas que afectaban al país por aquel entonces, y que, como ya demostré, siguen afectándolo porque subsisten los efectos de aquellas causas. Por consiguiente, la Comisión, el señor Zubaran, mejor dicho, al informar de este particular no estuvo en lo cierto, no se produjo con verdad y no merece ningún crédito su exposición acerca del particular. Terminada la parte legal por decirlo así, de la refutación que estoy haciendo a las expresiones de la Comisión, paso a referirme a algunos conceptos vertidos desde esta tribuna señores que me precedieron en el uso de la palabra.

El señor Espinosa, refiriéndose ayer al mismo punto que acabo de tratar, dijo que no se había expedido hasta ahora ninguna ley de suspensión de garantías individuales para que la ley de facultades extraordinarias tuviese razón de ser. Yo no veo, en verdad, la conexión que existe entre una ley de suspensión de garantías y una ley de cesión de facultades extraordinarias al Ejecutivo en materia de Hacienda. Si el ciudadano Espinosa quisiera ilustrarme acerca de este particular, yo tendría mucho gusto en contestarle; pero no está aquí el Ciudadano Espinosa y, por consiguiente, y siendo tan clara la cuestión de que no hay absolutamente ninguna relación entre una ley de suspensión de garantías y una Ley de autorización para facultades extraordinarias en materia de Hacienda, me veo en el caso de no seguir hablando acerca de este particular. Dijo, además, que se nos pedía la creación de un nuevo órgano administrativo con motivo de la expedición del decreto creando los puertos libres. El señor Espinosa, según esta expresión de él, da a entender que no sabe, que no conoce lo que es un puerto libre. Un puerto libre no es un nuevo órgano administrativo, no es un departamento de Contraloría, no es un departamento de aprovisionamientos, no es un departamento de manufacturas fabriles, nada de esto es absolutamente. Es una mera institución aduanal por la cual se van a desarrollar ciertas actividades comerciales que competen exclusivamente a Hacienda; nada tiene que ver la cuestión de los puertos libres con una creación administrativa, nada tiene que ver la cuestión de los puertos libres con la Secretaría de Comunicaciones, como el mismo ciudadano Espinosa ha dicho. La Secretaría de Comunicaciones tiene que ver con los puertos geográficamente hablando, es decir, con la proporción de mar que se introduce en tierra y que se aprovecha como puerto para dar abrigo a las embarcaciones y pueda hacerse un servicio de transporte; pero no tiene que ver nada la ley de puertos libres con la cuestión geográfica de los puertos, ni tiene que ver con la legislación que debe darse para normalizar ese trabajo dentro de la porción de agua que se

introduce en tierra. Por consecuencia, no tienen que ver nada absolutamente todas las disquisiciones que el señor Espinosa ha hecho acerca de la invasión de facultades de la Secretaría de Hacienda a la de Comunicaciones, y esto mismo podría yo decirle respecto a la propia invasión que se alega se hace a la de Industria y Comercio. ¿Qué porque se va a establecer dentro de la jurisdicción de Salina Cruz, por ejemplo, una fábrica de hilados y tejidos, por eso desde ahora hay que dar conocimiento de ello a la Secretaría de Industria y Comercio? No, señores diputados, eso no tiene absolutamente ninguna lógica, ni puede ser motivo de ninguna discusión seria. Claro es que cuando llegue el momento, cuando los interesados quieran hacer uso de las prerrogativas que se conceden en los puertos libres y deseen establecer allí alguna industria nueva o algún comercio, sí entonces tendrá que ver con ellos la Secretaría de Industria y Comercio, pero mientras tanto no, mientras tanto se trate únicamente, absolutamente de cuestiones que competen a la Secretaría de Hacienda, por lo que toca a los aranceles y por lo que toca a tarifas y a cuotas y otras facultades completamente genuinas y exclusivas de la Secretaría de Hacienda. Dice, además, el señor Espinosa que el establecimiento de los puertos libres traería serios conflictos internacionales, porque se irían a establecer en los puertos libres extranjeros, norteamericanos sobre todo, que después se adueñarían del territorio y que después tendrían grandes exigencias, que pedirían indemnizaciones, y para esto nos cita un montón de casos envolviendo a negros y norteamericanos; a ciudadanos de la Baja California, de Chiapas y no sé cuántas cosas. Yo no sé en verdad qué quiso decir el señor Espinosa con estas disquisiciones mentales; pero como el mismo señor Espinosa decía, y decía bien, sabemos nosotros que según la Constitución ningún extranjero puede adquirir en propiedad tierras que estén comprendidas en determinada zona territorial anexa a las costas marítimas; por consiguiente, no hay absolutamente ningún motivo de peligro para un conflicto internacional, tanto más cuanto que los que ahí vayan a establecerse ni siquiera van a adquirir en propiedad edificios, porque éstos van a ser de propiedad nacional. El terreno de Salina Cruz y otros, pertenecen a la Nación; y la Nación sólo los concede en censo enfitéutico estando prohibida cualquier otra transacción mercantil respecto a tierras. No veo, pues, el peligro internacional a que el señor Espinosa alude; no veo absolutamente ningún motivo de temor para la República como consecuencia de la institución de los puertos libres. ¡Ah, señores diputados! Yo hubiera querido que aprovechando los tiempos pasados muchas medidas de esta naturaleza se hubieran realizado para el bien de la patria; yo hubiera querido que tanto en época preconstitucional, como ya en la constitucional y hasta ahora, si en el tiempo pasado - y que ha pasado de una manera triste y lastimosa - se hubiera aprovechado para satisfacer los grandes anhelos de la Revolución para darles satisfacción a tantos compatriotas que han estado esperando vanamente la realización de una sola de las promesas, de alguna de las promesas que el Constitucionalismo ha enarbolado en su bandera, para arrastrarlos al peligro, para llevarlos a la muerte; yo hubiera querido que así como se instituyó la dotación de ejidos por medio de una ley revolucionaria, así se hubieran instituido otras medidas para la satisfacción de otras muchas necesidades que el pueblo mexicano está sintiendo irrealizables y que el pueblo mexicano desea ardientemente que se cumplan para su bienestar y para su tranquilidad. ¿Cómo ahora que tratamos de llevar a la práctica un ideal altamente benéfico para el país, que tratamos de llevar a la práctica una idea cuya trascendencia para los intereses nacionales encuentra aquí algunos opositores como el señor Espinosa - que se vanagloria de revolucionario -, opositores sistemáticos acerca de este particular? ¿Cómo es que el ciudadano Espinosa que tras de haber hecho una profesión de fe revolucionaria en épocas anteriores; venga siguiendo ahora los intereses de la reacción al oponerse a este proyecto de ley que producirá un gran beneficio a la patria? Esto, señores, es incomprensible; esto, señores , me causan una honda tristeza y no sé qué pensar, si este hombre ha olvidado su pasado, o si de una manera consciente o con fines aviesos está persiguiendo una finalidad que no me atrevo a calificar; pero volviendo a la cuestión legal, que es la que más interesa a los señores representantes, voy a manifestarles que no entiendo, que no puedo comprender cuál es la anticonstitucionalidad que se alega, cuál es la razón fundamental que los opositores al proyecto tienen para oponerse a él. Todavía más, yo entiendo que esta honorable Asamblea, no obstante de que está perfectamente convencida de que la institución es buena, está también convencida de que hay una ley fundamental en que se apoyó la Secretaría de Hacienda para expedirla.

Pero si esto no bastare, señores, voy a complementar mis anteriores argumentos con otros que traigo aquí: el famoso abogado jaliscience, licenciado Vallarta, al tratar una cuestión en la vía de amparo, muy parecida a la que ahora, de la que ahora está conociendo esta honorable Asamblea, se produjo en estos términos:

"Pero, deplorando, como deploro, esos abusos, esos crímenes, no puedo en odio a ellos, y menos como magistrado, desconocer, negar un precepto constitucional escrito para épocas como las de las guerras de Reforma y de Intervención. Reconociendo que se han prodigado las facultades extraordinarias, censurando la extensión con que se han otorgado en muchas ocasiones, llegando hasta invadir el régimen local de los Estados, reprobando la irresponsabilidad con que de ellas se ha usado, supuesto que los Congresos no se ocupan de examinar los actos ejecutados en virtud de ellas, etcétera, etcétera, no puedo a pesar de todo eso, ni dudar siquiera de la legitimidad de los poderes que sostuvieron la guerra con Francia, ni menos puedo, ni quiero, ni debo privar a mi patria en el porvenir, de los recursos que el artículo 29, tantas veces citado; que el derecho de gentes; que la razón misma le dan para defender su soberanía y su independencia, en el caso desgraciado que tuviera que sostener otra guerra. Si de ese artículo se ha abusado, como es indudable, hasta convertirlo en una arma contra las instituciones, tales abusos no pueden justificar que se desconozca un precepto,

escrito precisamente para salvar las instituciones, la independencia misma, de los peligros que puedan amenazarlas. Estas explicaciones me eran necesarias para asumir, como asumo, la responsabilidad de mis opiniones, tales como ellas son."

Estas palabras del ciudadano Vallarta, son muy procedentes en el presente caso. Es verdad que de las facultades extraordinarias se ha abusado en épocas anteriores; es verdad que se han cometido hasta delitos en el ejercicio de esas facultades extraordinarias; pero esos delitos, esas faltas, esos vicios que se han cometido en el ejercicio de las facultades extraordinarias, no desvirtúan éstas, cuando son ejecutadas, cuando son usadas en la ejecución de una obra buena. Si con las facultades extraordinarias se abusó de los presupuestos nacionales y se sacó un montón de dinero para tal o cual general que hacía su campaña electoral en tal o cual Estado; si el uso de las facultades extraordinarias.... mejor dicho, si estas facultades extraordinarias se utilizan para una obra benéfica para el país, como los puertos libres, entonces el uso de las facultades extraordinarias sí es plausible, sí debemos apoyarlas y sí debe merecer la aprobación de toda la nación. Así, señores diputados, nosotros no podemos negar que grandes hombres, en épocas pasadas, como Napoleón, por ejemplo, en uso de las facultades omnímodas que tenían, y aplicándolas y llevándolas a la práctica con su preclaro talento, sí hizo muchas obras buenas, aunque de una manera despótica, de una manera irrespetuosa para con el sentir de los demás; pero realizando las obras que realizó, y que fueron de gran transcendencia para la nación francesa, mereció todas las consideraciones de sus conciudadanos y el aplauso de la nación. Lo mismo sucedió con Luis XIV, el Rey Sol, el que declaró que el Estado era él mismo. Este cometió muchos actos sin que siquiera fueran del conocimiento de sus principales consejeros; pero como resultaron en beneficio de la nación, merecieron el aplauso y la aprobación de toda la nación. Consiguientemente, señores, cuando las facultades extraordinarias son ejercidas, como ya dije, en pro de obras benéficas para la nación, entonces las facultades extraordinarias deben merecer la aprobación de ustedes, y debéis, con vuestra aprobación, confirmar la ley respectiva, que concede esas facultades extraordinarias. Ahora, cuando se haga mal uso de ellas, cuando se abuse de ellas, cuando se las emplee para hacer determinadas cosas que sean en perjuicio de la nación, entonces vosotros debéis reprobarlas terminantemente y no darles vuestra sanción; pero, hasta ahora, en este caso y con motivo de la ley de institución de los puertos libres, se pone a vuestra consideración la misma ley, para que juzguéis de su bondad, para que la estudiéis y, consiguientemente, declaréis si es buena o mala; si es buena, dadle un voto aprobatorio; si es mala, entonces negádselo. (Aplausos. Siseos.)

El C. presidente: Tiene la palabra en pro el ciudadano Rama Aquilino.

El C. Rama: Honorable Asamblea: He visto con gran extrañeza que, a pesar de haber debatido ampliamente este asunto, no se ha llegado a tocar el verdadero tópico de él. Aquí se ha discutido sobre si las facultades extraordinarias deben o no ampliarse por el Ejecutivo, pero no se ha dicho algo que es fundamental dentro de nuestra organización jurídica. Voy a dirigirme, con especialidad, en estos momentos, a los abogados de la Cámara, para decirles que, en nuestra organización jurídica, a diferencia de en la legislación francesa, no existe la teoría que se llama de la inexistencia. Entre nosotros no tiene cabida esa acepción jurídica; entre nosotros existe únicamente la nulidad, y ni siquiera la nulidad de pleno derecho, a pesar de que nuestras leyes emplean esos términos; entre nosotros la nulidad debe ser declarada. Quiero hacer estas pequeñas aclaraciones, para después asentar categóricamente que el uso de las facultades extraordinarias es perfectamente legal en estos momentos por el Ejecutivo, y se querrá decir que vengo a argumentar en mi contra, puesto que yo vengo a hablar en pro del proyecto; pero no, señores, quiero ser honrado y reconocer al Ejecutivo los derechos de que realmente goza. No existiendo, pues, la inexistencia o sea, dentro del tecnisismo jurídico, que una ley por su propio peso cae, que una ley por su propio peso deja de existir, como en el sistema francés, siendo en nuestro medio jurídico indispensable una derogación para que una ley deje de existir, el uso de las facultades extraordinarias sí es perfectamente legal. (Aplausos.) Pero ahora veamos: ¿es, acaso, que el Ejecutivo de la Unión, por conducto de su secretario de Hacienda, ha hecho un uso debido de esas facultades? Y no quiero referirme a un uso debido desde el punto de vista económico, desde el punto de vista moral; eso ya lo veremos más tarde; yo quiero referirme desde el punto de vista legal, y con todo respeto, ciudadano secretario de Hacienda, pero a la vez con toda la energía de un representante del pueblo, me voy a permitir haceros dos preguntas, y os suplico que me digáis si estáis dispuesto a contestarme. Quiero tener pruebas de vuestros propios labios. ¿Puedo hacerlas, señor?

El C. Alvarado, secretario de Hacienda: Sí, señor.

El C. Rama: En vuestra peroración de ayer asentasteis que obraba la Secretaría de Hacienda en pleno uso de sus facultades concedidas por este Poder, y que todo lo que se refiere a los puertos libres, única y exclusivamente tenía relación con la Secretaría de Hacienda. Para que lógica y jurídicamente establezcamos si es cierto esto, me voy a permitir haceros esta pregunta: ¿Cuál es el resultado inmediato y concreto, es decir, el resultado material dentro de la zona del puerto libre, de la creación de este puerto libre, señor ministro?

El C. Alvarado, secretario de Hacienda: El resultado inmediato es, como ya se ha dicho...

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano secretario de Hacienda, para contestar la interpelación.

El C. Alvarado, Secretario de Hacienda: Perdone usted; como no estoy acostumbrado a las prácticas parlamentarias...(Risas.) El resultado inmediato es, como ya se ha dicho, crear una accesión aduanal, adonde puedan entrar las mercancías del extranjero, sin pagar derechos, y manufacturarse, cambiarse, envasarse, transformarse, para que de ahí puedan salir para el extranjero sin pagar derechos. Si estas mercancías, en su estado natural

o transformadas, debieran pasar al interior de la República, pagarán sus impuestos, pagarán sus derechos y sí las mercancías, las materias primas o cualquiera mercancía del interior de la República que pasen a la accesión aduanal, tendrán que pagar sus derechos de exportación. Este es el resultado inmediato del establecimiento del puerto libre.

El C. Rama: Concretando, señor, para ver si os he comprendido claramente, señor secretario; para ver si os he comprendido claramente y evitar que sigamos perdiendo el tiempo, os voy a decir lo que he comprendido. ¿Es la creación de un gran centro industrial y comercial un puerto libre?

El C. Alvarado, secretario de Hacienda: No tan sólo la creación de un centro industrial y comercial, sino que el puerto libre en esta condiciones, viene a ser un lugar para reconcretar las mercancías y de ahí reexpedirlas al exterior o bien al interior.

El C. Rama: Perfectamente, señor ministro; pero, a más de eso, ¿se crea allí un centro comercial o industrial, o no?

El C. Alvarado, secretario de Hacienda: Es el propósito crear un centro industrial y comercial.

El C. Rama: Os ruego, ciudadanos representantes, que retengáis estas palabras: crear un centro comercial e industrial. Busco más pruebas. Señor ministro: ¿La exención de impuesto se crea para establecer el puerto libre, o el puerto libre se crea para crear también la exención de impuestos?

El C. Alvarado, secretario de Hacienda: La exención de impuestos se crea para crear los puertos libres.

El C. Rama: Esto es, la exención de impuestos en lógica, según esa declaración, se llama un medio para obtener un fin: los puertos libres. Muchas gracias, señor ministro. Luego si el objeto de los puertos libres es crear un centro comercial e industrial, y ese es el fin, y el medio es la exención de impuestos, nunca, señores, que nadie que entienda de lógica, que nadie que entienda de argumentos jurídicos venga a decir que lo principal sigue a lo accesorio; en este caso sofísticamente sigue a lo principal, porque si bien es cierto que ese principio existe en Derecho, aquí lo accesorio es la exención de impuestos y lo principal es la creación de un centro comercial e industrial. En consecuencia, señores, si no es lo principal la exención de impuestos, si lo principal, si el fin es la creación de un centro comercial e industrial, seguramente que eso corresponde a la Secretaría de Industria y Comercio, y en manera alguna, sobre ese particular, a la Secretaría de Hacienda. (Aplausos.) Ayer, señores, los defensores de los puertos libres han asentado, verdaderamente, aberraciones. Yo no sé si en estos momentos estará el compañero Portes Gil, que es abogado y que, en consecuencia, dentro del tecnisismo jurídico, voy a hacerle esta pregunta, para rebatir lo aseverado por él ayer en esta tribuna: él dijo que el Congreso no podía interpretar, y esto, señores, que es una aberración jurídica sin nombre, yo, si es que él no está, pido que me conteste cualquier abogado: ¿Qué se llama en Derecho, en ciencia jurídica, la interpretación auténtica, la reina de las interpretaciones, decidme si no es la interpretación que hace el propio legislador?

El C. Moreno: ¿Me permite el orador una aclaración?

El C. presidente: Si el orador lo permite.

El C. Moreno: Ruego a la Presidencia que la Secretaría se sirva leer el artículo 131 constitucional, que fija de una manera categórica y expresa la pregunta, que no quiero calificar como rebuscada, acerca del concepto que el ciudadano secretario de Hacienda y Crédito Público tiene acerca de la pregunta que le hace el ciudadano diputado Rama.

El C. Rama: Con la anuencia de la Presidencia, yo mismo daré lectura, para entregaros armas, licenciado:

"Artículo 131. Es facultad privativa de la Federación gravar las mercancías que se importen o exporten o que pasen de tránsito por el territorio nacional, así como reglamentar en todo tiempo, y aun prohibir, por motivos de seguridad o de policía, la circulación en el interior de la República, de toda clase de efectos, cualquiera que sea su procedencia; pero sin que la misma Federación pueda establecer ni dictar en el Distrito y Territorios Federales, los impuestos y leyes que expresan las fracciones VI y VII del artículo 117."

El C. Moreno: Mi aclaración es ésta. Señores diputados: El objeto de la aclaración, es dejar establecido, desde el punto de vista del Derecho Constitucional, este hecho, que no involucra la creación de los puertos libres, facultad de ninguna de las secretarías de Comunicaciones y de Industria y Comercio, como se ha dicho aquí, sino que la facultad privativa, en materia de derechos, corresponde única y exclusivamente, conforme a ese artículo, precisamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, es decir: al Ejecutivo, por conducto de esa Secretaría.

- El C. Rama Nadie ha dicho lo contrario, señores; cuando menos, yo no he dicho eso. Yo he dicho que lo de la exención de impuestos, en buena hora que le corresponda a la Secretaría de Hacienda, ya que goza de facultades extraordinarias, que yo noblemente - puesto que soy del contra -, vengo a reconocer. No he dicho eso, señor; he venido a decir, precisamente, que no se trata exclusivamente de impuestos de exención o de creación de ellos, sino que se trata - y el señor ministro lo ha dicho ya -, principalmente de la creación de un centro industrial y comercial. Tratando ya someramente, porque no quiero cansaros.....

El C. Rivera Cabrera: ¿Me permite usted contestar su interpelación?

El C. Rama: ¿Me va a contestar qué es una interpretación auténtica, doctrinariamente? Os la acepto.

El C. Rivera Cabrera: Dentro de nuestro régimen democrático, como toda la Asamblea sabe....

El C. Rama, interrumpiendo: Os suplico brevedad.

El C. Rivera Cabrera, continuando: Se ha divido en tres poderes: el Ejecutivo, que se manifiesta por sí mismo; el Legislativo, que se manifiesta por sí mismo también, y el Judicial, que no se manifiesta por sí mismo, sino que responde a la existencia de los otros dos poderes. Este Poder Judicial es el encargado de interpretar las leyes y aplicarlas, y para aplicarlas, indudablemente tiene que

interpretarlas. (Murmullos.) Consiguientemente, es el Poder Judicial......

El C. Rama, interrumpiendo: Os pregunto, señor, si sois abogado, doctrinariamente a qué se llama interpretación auténtica, señor; no os hablo de interpretación judicial ni os estoy hablando de interpretación doctrinaria. (Aplausos.)

El C. Rivera Cabrera: Voy, señores diputados, a sostener este punto: que la interpretación auténtica la da la misma persona que instituyó el precepto, la ley, como quiera usted llamarlo, la interpretación del Poder Judicial es la interpretación judicial, es la interpretación jurídica....

El C. Rama, interrumpiendo: Ya lo sabemos, señor. (Campanilla.) Interpretaciones jurídicas son las tres. (Campanilla.) Estoy usando de la palabra.

El C. Rivera Cabrera, continuando: Cuando se trata de individuos que son perennes, por decirlo así, la interpretación proveniente de parte del mismo individuo, es la auténtica; pero cuando se trata de colectividades, y colectividades que se van renovando periódicamente, como es el Poder Legislativo, nosotros, claro es que no puede decirse lo mismo de estas colectividades que del individuo, es decir: que la interpretación que da esa colectividad, es la interpretación auténtica.

El C. Rama: No, compañero; la interpretación auténtica es la que da el legislador, sea un legislador único o sea un legislador colegiado; doctrinariamente está aceptado por cualquier tratadista, el más ramplón os lo dirá. (Aplausos.)

Ya hemos visto, señores, someramente el aspecto legal de esta cuestión indiscutiblemente, y quien con honradez y con conocimientos jurídicos venga a esta tribuna a sostener cualquiera de estas tesis, os tendrá que convencer que el Ejecutivo de la Unión se ha salido fuera de las facultades que se le han concedido; por otra parte, señor licenciado Soto y Gama, yo quiero considerar que está dentro de estas facultades; también, como abogado que soy, les voy a decir que el delegante no puede dar al delegado más derechos de los que por sí tiene, y yo os voy a demostrar, con la Constitución en la mano, señor licenciado, que ni esta Asamblea, oídlo bien, puede crear los puertos libres, porque la institución de puertos libres, aparte del fracaso económico, aparte del fracaso moral, significa algo anticonstitucional. (Siseos.) Permitidme un momento. Pido a la Secretaría que lea el artículo 28.

- El C. secretario Zincúnegui Tercero, leyendo:

"Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos no habrá monopolios ni estancos de ninguna clase; ni exención de impuestos; ni prohibiciones a título de protección a la industria."

El C. Rivera Cabrera: Pido la palabra para la lectura de un documento.

El C. presidente: Si el orador lo permite.

El C. Rama Aquilino: Sí, señor, se lo permito; que se lea la que quiera.

- El C. secretario Zincúnegui Tercero, leyendo:

"Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos no habrá monopolios ni estancos de ninguna clase; ni exención de impuestos; ni prohibiciones a títulos de protección a la industria; exceptuándose únicamente los relativos a la acuñación de moneda, a los correos, telégrafos y radiotelegrafía, a la emisión de billetes por medio de un solo Banco, que controlará el Gobierno federal, y a los privilegios que por determinado tiempo se concedan a los autores y artistas para la reproducción de sus obras, y a los que, para el uso exclusivo de sus inventos, se otorgue a los inventores y perfeccionadores de alguna mejora.

"En consecuencia, la ley castigará severamente y las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento, en una o pocas manos, de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios; todo acto o procedimiento que evite o tienda a evitar la libre concurrencia en la producción, industria o comercio, servicios al público, todo acuerdo o combinación, de cualquiera manera que se haga, de productores, industriales, comerciantes y empresarios de transportes o de algún otro servicio, para evitar la competencia entre sí y obligar a los consumidores a pagar precios exagerados; y, en general, todo lo que constituye una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social.

"No constituyen monopolios las asociaciones de trabajadores formadas para proteger sus propios intereses.

"Tampoco constituyen monopolios las asociaciones o sociedades cooperatistas de productores para que, en defensa de sus intereses o del interés general, vendan directamente en los mercados extranjeros los productos naturales o industriales que sean la principal fuente de riqueza de la región en que se produzcan, y que no sean artículos de primera necesidad, siempre que dichas asociaciones estén bajo la vigilancia o amparo del Gobierno federal o de los Estados, y previa autorización que al efecto se obtenga de las Legislaturas respectivas en cada caso. Las mismas Legislaturas, por sí o a propuesta del Ejecutivo, podrán derogar, cuando las necesidades públicas así lo exijan, las autorizaciones de que se trata."

El C. Rama Aquilino: Conste que yo no os canso, señores; es el señor Rivera Cabrera.

El C. Espinosa: Pido la palabra para una moción.

- El Rama Aquilino: Con toda deferencia, señores...

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Espinosa.

El C. Espinosa: Para una moción de orden y es ésta: Conforme al Reglamento no se puede interrumpir al orador; el que quiera pedir la lectura de un documento se acercará al señor presidente de los debates y en voz baja le hará esta petición y se leerá este documento, cuando el orador haya terminado de hacer uso de la palabra. (Voces: ¡No! ¡No!) Sí, señores. Hace muy pocos días el señor García Vigil dio una interpretación al Reglamento y toda la Asamblea estuvo conforme con ella. No veo, pues, la razón de por qué un día va a interpretarse de un modo un artículo constitucional y otro día en forma opuesta. Es natural, señores, que nosotros seamos consecuentes con nuestras propias interpretaciones, es decir, con nuestros propios acuerdos. Por lo tanto, suplico a su señoría que, consecuente con el espíritu de ese Reglamento, no consienta que se interrumpa al orador. El que

quiera lectura lo hará después cuando el señor Rama haya terminado.

El C. Rama Aquilino: No tengo inconveniente, ciudadano presidente, para evitar discusiones, en que se lea eso, lo siento porque se cansa a la Asamblea con verdaderos argumentos culinarios. ¡No importa! (Risas.)

El C. presidente: La Presidencia hace saber al ciudadano Espinosa que olvida que a veces, cuando le conviene, pide la lectura de documentos interrumpiendo al orador.

- El C. secretario Zincúnegui Tercero, leyendo:

"Elementos de Derecho Constitucional Mexicano, por el licenciado Coronado Mariano." En la parte conducente:

"De la libertad de comercio y de industria.

"Suele definirse el monopolio; el derecho que la ley o la autoridad conceden a alguno, para que exclusivamente fabrique o venda determinadas mercancías o efectos. El monopolio es incompatible con la libertad de trabajo reconocida en el artículo 4o. de la Constitución; condénalo también la economía política, porque enriquece a unos cuantos con perjuicio de los demás, y mantiene atrasada la industria por falta de competencia. Hay otros monopolios de hecho, que tienen lugar cuando alguien compra todas las existencias de cierta mercancía en una población o comarca, o cuando varios comerciantes se ponen de acuerdo para elevar el precio de un efecto que sólo ellos expenden; tales monopolios no están vedados por la ley, que tiene que respetar la libertad de industria y de comercio; y acaso tan sólo el poder administrativo tendría facultades para intervenir en esos asuntos, cuando por la carestía exagerada de un efecto viniese el hambre a causar serios males en la comarca." Hay un comentario del señor Mata:

"El señor Mata, miembro de la comisión respectiva en el Constituyente, decía:

"Los legisladores no tienen que ocuparse de los monopolios de hecho, y sí de los de derecho. No paso parque sean monopolios los títulos profesionales que aseguren el ejercicio de una facultad. En efecto, un artículo constitucional no puede derogar a otro; los títulos profesionales están admitidos por el 3o. en virtud de graves razones: no constituyen, pues, un monopolio."

El C. Espinosa: Moción de orden.

El C. Rama Aquilino: Recupero mi palabra, señores. Ya el ciudadano que vino a traer sus argumentos los retiró, porque le salieron al revés. (Risas. Aplausos.)

Hecho ya este brevísimo esfuerzo para llegar a una conclusión netamente legal, asiento aquí categóricamente y de una manera concreta, para que todos vosotros lo fijéis en vuestra mente, que el Ejecutivo de la Unión ha dictado ese decreto fuera del uso legal - aunque sea en mi contra - de las facultades extraordinarias que esta Cámara por consideraciones que no son del caso hacer había concedido en un régimen pasado. Ahora bien, señores diputados, mi defensa quiero que sea netamente jurídica, quiero que sea netamente legal. El otro día el ciudadano García Vigil magistralmente hablaba aquí de lo que debía haber sido y lo que debe ser la actual Revolución. Yo creo, señores, que cuando una revolución de tanta trascendencia, que cuando se llega a un movimiento que es juzgado por el mundo entero y ese movimiento se funda nada menos que en violaciones a la ley por el Gobierno que se trata de tirar, cuando esa revolución ha triunfado, señores, antes que nada, por encima de todo y antes de todo debe respetar la ley. (Aplausos.) Y nulas serán las proclamas, nulos serán cuantos planes revolucionarios surjan, mientras que no se llegue a ese triunfo; mientras que, después de haber alcanzado la victoria, se convierta en un asqueroso guiñapo a la ley nacional y si esa ley, señores, buena o mala, que no debemos juzgarla en el momento, si es buena debemos conservarla, si es mala debemos reformarla, pero nunca, señores, por ningún concepto debemos violarla. (Aplausos.) Ya el pueblo está cansado de sofismas; ya el pueblo quiere que hagamos algo serio, ya es tiempo, señores, siempre hemos jugado con la ley porque no la respetamos. En buena hora que si os parece malo el artículo 28, reformémoslo, que para eso nos mandó el pueblo; pero no alegando argucias más o menos, porque ya veréis cómo vienen a decir los señores del contra que eso se refiere a personas individuales. Eso es un sofisma señores diputados, jurídicamente lo mismo quiere decir individuo que corporación; en consecuencia, al hablar dentro del tecnisismo jurídico, de personas, debe entenderse lo mismo una persona física que una persona moral, señor Soto y Gama. Ya veréis cuántos argumentos se encuentran; no dudo que se me venga a llamar reaccionario, porque no estoy de acuerdo con los puertos libres; pero es que ahora hemos llegado al abuso de la palabra libre, ahora todo se llama libre y ya habéis visto , y permitidme que llegue a este extremo ya habéis visto, señores, que en moda, en honor a la moda de libre también hay un decreto que se llama de rateros libres. (Aplausos.) Ahora, señores, con el camouflage de libre se quiere sugestionar a una Asamblea, se quiere decir que nos oponemos a una innovación que jamás habíamos tenido, puesto que es innovación. ¿Cómo nos vamos a oponer, señores, a algo que el Ejecutivo (Yo no quiero juzgarlo, porque soy incapaz de obrar con ligereza) ha estudiado pero que los fines que persigue desconocemos? No quiero calificar las causas que traerá como consecuencia su proyecto de ley o su decreto. Ahora se nos atacará aquí diciendo que nosotros vamos a defender a los industriales. El señor ministro dijo ayer que no faltarían agentes de los enemigos del adelanto de México que vinieran a oponerse aquí. No, señor ministro; no todos los que nos oponemos somos agentes de ninguno; somos modestos representantes del pueblo que venimos a traer la voz de una conciencia y de hacer esfuerzos por aprovecharlos, porque en muchos de nuestros compañeros está la creencia de que vuestro proyecto será un fracaso nacional. (Aplausos.) Si desde el punto de vista legal creo que en la conciencia de todos vosotros está el hecho de que se han excedido en el uso de las facultades extraordinarias, quiero hacer unas breves consideraciones dentro del aspecto económico de este asunto. Dice el señor ministro con nuestra característica, de la idiosincrasia nacional, que resuelve todo problema social que es en sí demasiado complejo, resuelve con toda la simplicidad de un fenómeno

matemático, dice, señores, como argumento fundamental de la creación de los puertos libres - y nos cita Hamburgo, Bremen y Baden, etcétera, etcétera -, que si otros puertos libres han progresado, establezcámoslos nosotros que tenemos el éxito asegurado viendo a los demás. Eso que, como dije antes, señores, es reducir un problema social, problema económico y político, a la simplicidad de un fenómeno matemático. Es tanto como decir que pongamos dos y dos y tendremos cuatro; cuando se dice que el puerto fulano y el puerto mengano han progresado ¿por qué no han de progresar los nuestros? Por una razón muy sencilla: señores, los puertos libres que han sido creados por naciones netamente industriales - oídlo bien - y poseedoras de una poderosa marina mercante, indudablemente que han llegado al éxito porque en ese caso quien más que nadie se beneficia con esos puertos libres es su marina; pero ya sabemos, señores, cuál es nuestra marina; yo sé que hay dos o tres vapores y no estoy ni siquiera seguro de sus nombres. Otro aspecto más: con la creación del puerto libre dice el señor ministro que en nada se perjudicará nuestra incipiente industria nacional, porque claro está que nuestra industria de exportación, nuestro comercio de exportación es muy débil y que muy pocas son las industrias nacionales que empleando materias extranjeras, materias primas extranjeras a su vez exporten todavía al extranjero sus productos; pero, señor ministro, vos que sois hacendista ¿acaso creéis que sea ese el único punto de vista de la cuestión? ¿Ignoráis acaso que en toda producción entran dos factores llamados capital y trabajo y que únicamente - no sé yo con qué fines -, únicamente en vuestra exposición os habéis referido al factor capital y habéis abandonado el factor trabajo? ¿Ignoráis acaso que los braceros mexicanos irán allí porque no podrá competir la industria nacional y pagar los salarios que se pagan en esos puertos libres? Y entonces, señores, ¿qué será del argumento del compañero Soto y Gama que dice que traerá un mejoramiento de la clase obrera? No quiero discutir ese punto vital en que tal vez tenga razón el ciudadano Soto y Gama, pero suponiendo y admitiendo de antemano que traerá como consecuencia el beneficio de la clase obrera por la mejoría de los salarios, compañero Soto y Gama, yo estoy de acuerdo y os defenderé en ese caso cuando tratéis de esa ley; yo también os indicaré que hay otros muchos medios para mejorar al obrero mexicano sin necesidad de arruinar a la industria nacional. (Aplausos.) El señor ministro ayer, yo creo que en broma, dijo que él era bolcheviki, que es y seguirá siendo bolcheviki. Yo creo que fue en broma, porque su manera de ser no me convence de que realmente lo sea; yo sé que los bolchevikis no tienen lujosas residencias, ni andan en flamantes automóviles ni tienen poderosas empresas periodísticas, señor. (Aplausos.) Fue un ardid, fue un ardid, lo he visto para congratularse con la extrema izquierda, y ahora el compañero Soto y Gama, en quien reconozco toda honradez y que es un verdadero defensor del pueblo y que cuando venga aquí a defenderlo, como representante del pueblo, yo estaré con él pero ahora vendrá a defender al señor ministro, argumentando que ello traerá un beneficio para nuestros obreros por el aumento de salarios; pero tened presente esto, contra este argumento, va este otro: El beneficio del obrero mexicano puede obtenerse por otro medio sin arruinar a la industria nacional. (Voces: ¿Cuál es ese medio? Hay otros muchos, muchísimos. No es el momento, en su oportunidad contestaré.

El C. Aguirre Colorado Ernesto: Diga usted uno solo de ellos.

- El C. Rama. No, señor, ya contestaré en su tiempo. Continúo en el uso de la palabra.

El C. Alvarado, ministro de Hacienda: ¿Me permite usted una interpelación?

El C. Rama: No, señor.

También es éste otro de los argumentos: la cuestión económica. Y ahora quiero referirme a esto, por que he tratado someramente esto, porque habría mucho que decir, dejemos que vengan los oradores del contra y ya formularemos, tal vez al refutarlos, argumentos contrarios. Por el momento os ruego, os pido que meditéis en esto que tal vez ¡oídlo bien! que tal vez sea lo más importante que tenga que resolver esta legislatura. (Risas. Voces: ¡No! ¡No!) Os reís porque no veís lo que va detrás de ese proyecto; esperad. Tiene un aspecto político, por último, y este se puede dividir en aspecto político internacional y en aspecto político nacional. Dentro del aspecto político nacional ya hemos visto, y a este respecto haré otra interpelación, si el señor secretario de Hacienda lo permite, para aclarar otro punto. En la región petrolera que ha sido invadida, como todos vosotros sabéis, por capital extranjero, en su mayoría yanki, ha llegado - triste es decirlo pero debemos decir la verdad -, ha llegado un momento en que nuestras leyes tienen una exigua aplicación y se flexionan, señores, casi siempre ante los intereses norteamericanos. Yo quiero preguntar al señor ministro de Hacienda, si me hace el honor de contestarme: ¿por qué la Suprema Corte de Justicia en el régimen pasado y durante el régimen actual no ha fallado uno solo de los amparos petroleros que tiene en revisión? (Voces: No lo puede saber.) Sí lo sabe y lo sabemos todos.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano secretario de Hacienda, para contestar.

El C. Alvarado, secretario de Hacienda: Como no se ha tenido la cortesía de concedérseme el uso de la palabra para hacer una pregunta, me niego a contestar la interpelación. (Aplausos. Siseos.)

El C. Rama: Ya véis, señores, tal vez con razón, fue una cosa en que no me fijé al negarle una interpelación, ni siquiera me di cuenta; si me hubiera fijado la hubiera concedido, pero, en fin, ni él me la concede ni yo tampoco. La verdad de las cosas, señores, es que en esos amparos hay algo de mucha trascendencia que por discreción me callo; pero en la conciencia de todos vosotros está por qué ese statu quo cuando tenemos amplio derecho, cuando nuestra Constitución en su artículo 27 da a la Nación el pleno dominio de ese subsuelo. ¿Por qué la Suprema Corte se niega a fallar en esos amparos dándole la razón a la Nación? En consecuencia, señores, creo que en la conciencia de todos vosotros está que esa zona petrolera de Tampico ha venido a acarrearnos gravísimas dificultades; que los norteamericanos se han enseñoreado allí y que será muy difícil, como apuntaba el

ciudadano Espinosa, arrancarles lo que legítimamente es nuestro. Y bien, señores, al crear esos puertos libres, seguramente la dolorosa experiencia nos lo indica, no será seguramente el capital nacional el que vaya a establecerse allí, será con toda seguridad el capital extranjero y nosotros, señores, torpemente, renunciando al patrimonio que la naturaleza nos ha dado a los débiles, la producción, nos vamos a poner en lo que vulgarmente se llama la boca del lobo.

El señor ministro de Hacienda cita en su folletito este un caso típico: Gibraltar. Yo quisiera que cuando el señor ministro vuelva a hacer uso de la palabra se refiera a este caso típico, a Gibraltar, y también a otro más que a nosotros nos interesa más de cerca: a Belice. Yo agradecería mucho al señor ministro de Hacienda que cuando defienda su proyecto nuevamente hable, porque a la Asamblea mucho le interesa este punto de esa posesión inglesa de Belice. Yo creo, señores, que nosotros al instituir los puertos libres, iremos a crear ahí - no os asombréis, no os extrañe mi afirmación, que el tiempo dará a cada cual lo suyo -, iremos a crear otros tantos Belices, que más tarde nos será arrebatados si no por el dominio de la fuerza, sí por el predominio económico. (Aplausos nutridos.) No me extraña. (Aplausos.) Yo quiero hablar a vuestras conciencias, quiero que una vez siquiera, una vez, atendáis a esto que atañe directamente a vuestros distritos. No, señores, ¿cómo por un interés local, por crear ahí cuatro Chicagos y cuatro Belices, que para el caso es lo mismo, cómo, señores, vamos a arruinar a nuestra débil, a nuestra pobre y misérrima industria nacional? (Aplausos nutridos en las galerías.) Os doran la píldora diciéndoos que se formarán ahí grandes centros industriales que serán puertos de primera importancia; sí, señores, llegarán a ser Chicagos, llegarán a ser ciudades grandes, importantísimas factorías, pero no serán nuestras nunca, señor ministro! (Aplausos nutridos.) Ya veremos a los oradores que me sigan y que vengan a atacar el dictamen, cómo con sentimientos puramente emotivos, oídlo bien, señores; con sentimientos puramente emotivos de libertad y de progreso y de cultura y de ataques a los regímenes caducos que ya ni siquiera debemos recordar, os vendrán a querer sugestionar únicamente con esto: que será un fracaso de la política hacendaria. Yo quiero por último, porque no deseo cansaros, hacer esta breve exposición acerca del libre cambio y del proteccionismo: a nuestro sistema aduanal, que ha sido proteccionista porque así tenía que serlo ya que nuestra industria es naciente y débil, va a abrírsele una brecha, señores, un boquete - perdonad lo burdo de la palabra -, se le va a abrir una brecha al régimen proteccionista. (Murmullos.) Se quiere abrir una brecha, señores, al régimen proteccionista y ni siquiera se tiene la audacia, la suprema audacia de llegar de una manera franca y leal al régimen librecambista; va a ser un odioso maridaje entre el proteccionismo y el libre cambio y ¡claro está, señores!, nosotros somos proteccionistas, ha sido una barrera, ha sido, para haceros algo gráfico,....

El C. León, interrumpiendo: Ha sido una muralla china.

El C. Rama: Una muralla china para la industria nacional. (Murmullos.) Venid a defender, hecha la defensa de la industria nacional, señor Soto y Gama, venid a defender, a predicar el libre cambio, pero liso y llano, sin maridaje con el proteccionismo. No establezcamos boquetes para arruinar a los demás puertos ¿por qué no preconizáis de una vez el libre cambio? De una vez por todas, señores, ese boquete, esa brecha que se quiere abrir a la barrera de nuestro proteccionismo, dará entrada al caudal de la industria norteamericana y cuando esa industria, señores, esa industria extranjera haya aniquilado y haya destruido a la nuestra, pobre y débil, cuando entre espumarajos de sangrienta ironía la haya aniquilado, entonces sí este decreto que hoy se llama de puertos libres podrá llamarse el decreto de Atila.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano León.

El C. León: Señores diputados: Vengo a defender lo más sagrado y respetable que tiene un hombre: la convicción que ha sostenido toda su vida; vengo a defender después de la calurosa elocuencia del señor compañero Rama, un ideal por el que hemos luchado siempre todos los que creemos que los regímenes caducos sí deben traerse aquí, porque sí siguen continuando en nuestra sociedad, sobre todo en su organización económica; todos los que pretendemos luchar por algo que es lo más sagrado de la humanidad: el derecho de la vida de las mayorías desvalidas, en contra del privilegio aristocrático, de una plutocracia industrial y capitalista. (Aplausos.) vana, hueca y pedante; pero que, desgraciadamente, todavía es poderosa para introducirnos aquí sus defensores y sus fariseos con túnicas de demócratas. (Aplausos.) Ya que el señor Rama se ha dirigido al señor ministro de Hacienda, al secretario de Hacienda, tocándolo aun en su vida privada, porque es defensor del proyecto de puertos libres, yo lo felicito y me felicito, porque eso me dejará en libertad a mí para dirigirme también, para apuntaros, a tres o cuatro de los diputados que defienden aquí este dictamen, para que se sepa qué interés defienden y qué torcidas intenciones llevan en este intento. (Aplausos.)

Señores: Los pueblos modernos fundan la prosperidad de su comercio exterior en la exportación de productos manufacturados, en que esta exportación de productos manufacturados sea sumamente mayor que el de materias primas. ¿Por qué, señor Rama Aquilino? Por lo siguiente: porque exportar productos manufacturados es venderles al extranjero, es exportarle trabajo de sus nacionales; y el problema pavoroso de las sociedades modernas, el problema de que no podemos olvidarnos con chistes malos, es el problema del trabajo, este problema capital del tiempo que estamos viviendo. Indudablemente, señores, que un país, como el nuestro, ha vivido siempre exportando materias primas, es una colonia económica de los países industriales. Indudablemente que no tiene trabajo suficiente para mantener a la inmensa pléyade de sus muchedumbres, y por esto venimos a luchar, porque vemos desfilar esas inmensas falanges de los sin trabajo, porque en México exportamos el ixtle, nuestros metales y demás productos para que lo manufacturen los obreros del extranjero y por esto los nuestros

van en bandadas a ingresar a los ejércitos revolucionarios. ¿Por qué? Por hambre, por miseria, con la indiferencia eterna del que nada tiene que perder más que sus cadenas y su miseria; y, señores, hay que hablar de regímenes caducos, porque todavía sigue imperando el sistema social económico de esos regímenes. Dice el señor Aquilino Rama que nosotros debemos ser proteccionistas por nuestras condiciones naturales. ¡No! A nosotros nos viene el proteccionismo por herencia histórica: es el sistema español. Fuimos colonia y tuvimos que rodearnos de esa muralla china, no de proteccionismo, sino de prohibicionismo, para que no empleáramos nuestra industria en contra de la Madre Patria que nos mandaba a precios exagerados sus productos, para la que se nos arrancaba el oro, las materias primas, las fibras textiles, como nos arrancan ahora el petróleo, y después de ser nosotros el país del petróleo, comprarlo más caro ya refinado, en la forma de gasolina o de gas, como vulgarmente se le llama; comprarlo más caro y no tener combustible con qué mover nuestras industrias. ¡Ese es el sistema proteccionista que ha venido a defender el señor Rama! ¿Y sabéis qué consecuencias sociales tiene este sistema? Os las voy a leer, os las voy a decir simple y sencillamente con autoridades no revolucionarias, porque yo creo que don Lauro Viadas, ingeniero agrónomo, que durante quince años fue director general de Agricultura en la administración porfiriana, no es una autoridad revolucionaria; porque yo creo que ese gran intelectual nuestro, que fue hombre representativo dentro del "cientificismo", don Francisco Bulnes, pero que en ciertos momentos tenía tendencia irresistible a decir la verdad, tampoco es autoridad revolucionaria, y ya os dirá lo que es proteccionismo para México. Dice, en su parte conducente, el informe del señor Lauro Viadas: "Desde el momento en que las exigencias de nuestro consumo especialmente en artículos de primera necesidad..." - óiganlo bien: estas tarifas son para proteger la agricultura de que habla el señor Rama, es decir, la agricultura latifundista -.

El C. Rama, interrumpiendo: ¡Yo no hablé de eso!

"Desde el momento en que las exigencias de nuestro consumo, especialmente en artículos de primera necesidad, como el maíz y el trigo, nos obligan a recurrir a las exigencias mundiales de estos granos, nuestros productores, agricultores en grande escala, tienen asegurados precios notablemente superiores a los que rigen en el mercado mundial y que crecerán a medida que el déficit sea mayor, hasta alcanzar sus tipos máximos iguales a los precios mundiales, aumentados con el costo del transporte, los derechos arancelarios y las utilidades del importador, porque nadie se ocuparía de abastecer nuestro mercado sin la seguridad de la ganancia. Nuestros agricultores son, pues, empresarios privilegiados".

"Es decir, es el fundamento del latifundio en México. En efecto: "El proteccionismo aduanal es para el agricultor capitalista una barrera tras de la cual evita los ataques de una competencia que podría forzarlo a dejar el campo. En efecto, los cereales anteriormente señalados, el maíz y el trigo están gravados, con un derecho arancelario de 8 y 3 centavos, respectivamente, por kilo bruto, derecho equivalente, para nuestra producción media, a una prima de $7.00 por hectárea cultivada con maíz, supuesto su rendimiento en 12 hectolitros, con peso de 70 kilogramos cada uno y de más de $9.00, tratándose del trigo, que en nuestra producción Nacional alcanza un promedio de 300 kilogramos por hectárea. Ahora bien; esta prima, considerable mayor para terrenos de más altos rendimientos que los bajos promedios aceptados, representa, representa un aumento medio de $8.00 cifras redondas, para la renta territorial de una hectárea, el cual, capitalizando al tipo medio de 10 por ciento de interés, significaría un suplemento al valor predial igual a $80.00 por hectárea cultivada con estos cereales."

Es decir, que la gran industria latifundista, la gran industria agrícola latifundista de nuestro país, ha podido subsistir con sus procedimientos rudimentarios, con sus arados egipcios, con el absentismo del propietario que va a dilapidar en las grandes capitales sus rentas fabulosas y nunca va a procurar poner la acción del hombre inteligente y trabajador en sus propiedades, ha podido subsistir merced a esa muralla china con que defendió el producto agrícola nacional. Dejo ya, señor Rama, la pobreza y la miseria de nuestros trabajadores, el hambre de ellos, por la carestía del maíz y de los artículos de primera necesidad, para demostrar que las manufacturas alcanzan un precio mayor y los jornales son menores merced a esa barrera china del proteccionismo. Ahora, por lo que se refiere a la industria, citaremos palabras del señor don Francisco Bulnes:

"Iturbide fusilado como tirano, imponía al trigo el 25 por ciento; nosotros los amigos del pueblo, lo gravamos con 250 por ciento; el Clero, banquero y rapaz, prestaba con 5 por ciento al año; el Banco Nacional, creación liberal, cobra el 12 por ciento y sólo él tiene las manos limpias para firmar un cheque. "Para proteger a la agricultura, se han levantado enormes derechos en el arancel; a fuerza de leyes se ha concentrado en la rosa estéril de la Mesa Central la alimentación popular; para favorecer las fábricas de manta, se nos carga con diez y ocho millones de pesos al año; para proteger las fábricas de papel, se oprime la industria tipográfica, se entorpece la instrucción pública y se aniquila a la prensa. Para proteger a un fabricante de ácidos se entrega nuestro porvenir industrial a un especulador y a cuatro peones. Aquí las mantas tienen 230 por ciento, los tejidos de lana el 400 por ciento, los vinos comunes y ordinarios el 80 por ciento; pero la champagne tiene el 5 por ciento, los encajes no pagan, las trufas el 10 por ciento, las alhajas el 9 por ciento; aquí todo el peso del arancel recae sobre la clase pobre y la media; los poderosos dan una simple propina al Erario."

Son palabras de don Francisco Bulnes. No lo podéis tildar de revolucionario. Ya ve usted, pues, compañero Rama, qué efectos económico - sociales tiene esa muralla proteccionista sobre nuestro organismo; ya ve usted, pues que esa pretendida industria no ha sido para beneficiar a la mayoría del pueblo mexicano, sino para beneficiar a unos cuantos. Y ahora hablemos de la industria. Aquí el compañero Espinosa tocaba con mucha razón las

onerosas concesiones dadas a extranjeros en regímenes caducos; aquí evidentemente se trataba, y magistralmente tratado, con la elocuencia que da el patriotismo, por el compañero Espinosa, del nefasto procedimiento de proteger a unos cuantos industriales favoritos, en contra del desamparo en que se dejaba a las mayorías. Pues bien, señores; estos sostenedores del sistema proteccionista que se implantara entre nosotros, sistema que no gravaba la exportación de la materia prima, porque las exportaciones en los países clásicos no se deben gravar - pero hay que ver que esos son países industriales que exportan, como dije, efectos manufacturados, trabajos de sus nacionales, no materias primas -, pues estos señores que nos impusieron este sistema, crearon, señor Aquilino Rama, y asómbrese usted, un puerto libre; solamente que no lo crearon para la colectividad, lo crearon para una compañía extranjera, la compañía de El Boleo, en la Baja California.

El C. Rama: ¡He aquí la cuestión!

El C. León: Y, señores, existían minerales de cobres, me parece, muy cerca de Santa Rosalía, y esa compañía extranjera consiguió una onerosísima concesión del Gobierno porfiriano que le permitía llevar libres de los derechos de importación toda clase de mercancías. Las minas progresaron, es claro, porque los otros negocios permitían un margen en el capital para hacerlas prosperar; pero lo que se fundó allí rapidísimamente fue un centro comercial; los artículos europeos valían allí más baratos que en cualquiera otra parte del país y era más fácil conseguirlos y más variado el surtido. ¿Por qué? Porque era un puerto libre; pero este puerto libre no era a favor de la colectividad. La tierra, el piso, como decía muy bien el compañero Espinosa, el suelo donde se establecían las industrias, era propiedad de una compañía privada. Así es que ella no podía admitir allí competencia alguna; cuando cualquier comerciante quisiera instalarse y competir, la compañía, indudablemente, como dueña del suelo, podía expulsarlo. En esta forma se ha formado allí un centro comercial y un centro industrial. No tenemos que ir hasta Gibraltar ni hasta Belice: hay que ir nada más a la Baja California para saber los beneficios de un puerto libre, solamente que la dictadura porfiriana concedió este beneficio a una compañía extranjera, y la ley que hoy se consulta concede ese beneficio a todos.

El C. Rama, interrumpiendo: ¡A los extranjeros, señor León!

El C. León, continuando: Veremos. A todos, absolutamente a todos. Suplico al señor Rama que me cite el artículo que prohibe a los nacionales establecer industrias o ir a explotar el puerto libre.

El C. Rama: ¿Me permite contestar?

El C. León: Sí, señor.

El C. Rama: Es un ardid malo, señores, el que se me pida citar un artículo; pero sí cito un hecho histórico, señores: los antecedentes de nuestros capitalistas. ¿Creéis acaso que el capitalista mexicano vaya a venturarse en la creación de algo nuevo, cuando no explota aún las riquezas que ya tenemos? (Voces: ¡Ah! Aplausos.)

El C. León, continuando: Muy bien, señores. No ha contestado el compañero Rama, pero, en fin, dice que los puertos libres desde el punto de vista de nuestro sistema político - económico, serán una brecha, un boquete, la palabra burda - así la pronuncia el compañero Rama -, en el sistema proteccionista. Pues bien, sí, señores: los puertos libres se han instituído como se han instituído las admisiones temporales de mercancía extranjera, como se ha instituído el draw - back, como se han instituído tantas formas de obtener la materia prima sin pagar derechos, o para que éstos sean devueltos después por el Erario. ¿Por qué? Porque demostraban que claudicaba el sistema proteccionista, porque ya no podía impulsar ciertas industrias, sino que, al contrario, las hostilizaba. En esta forma, las admisiones temporales, las concesiones a determinadas empresas, no nos demuestran sino que el sistema proteccionista está en bancarrota, que caerá indudablemente en el futuro y será substituído por el sistema librecambista que permitirá, como lo decía el socialismo teórico, que los productos manufacturados en las fábricas puedan obtenerse a un precio más equitativo, y no será posible ya que un Gobierno conceda concesiones onerosas para la inmensa mayoría y que vayan a servir únicamente para un pequeño grupo de privilegiados, para una aristocracia industrial. (Aplausos.)

El C. Rama: Permítame una interpelación, señor León. ¿Me la permite, o no?

El C. León: Sí la permito, cómo no.

El C. Rama: Ya que preconizáis el librecambio, me voy a permitir haceros esta pregunta: Inglaterra, nación por excelencia librecambista, os pido que me digáis cuántos años fue proteccionista antes de llegar a ser librecambista y qué objeto tuvo al durar esa cantidad de años, es decir, que tratéis ese tópico ya que tan firme estáis.

El C. León: Suponiendo... yo no soy memorista como el compañero Manrique, y en este momento lo envidio, para contestarle al compañero Rama, pero, en fin, doscientos años fue proteccionista, ahora es librecambista, lo que demuestra que en la escala de la evolución de las teorías arancelarias de la política económica exterior, el librecambio es el principio de la evolución, que sigue el proteccionismo.

El C. Rama, interrumpiendo: ¡Muy bien! ¡Bravo!

El C. León, continuando: Bien, señores; y si como acabamos de demostrar, el sistema proteccionista ha tenido que ceder en sus intentos formidables de encerrar el país en una muralla china para entregarlo a una aristocracia explotadora; si, como vemos, la base de la evolución arancelaria o de política económica exterior es el librecambismo, demos el primer paso, démoslo en definitiva, si no queremos quedar en el siglo XV, mientras la humanidad vive en el siglo XX. (Aplausos.) Ahora bien, señores; yo quiero entrar en un terreno que es desconocido para mí, quiero entrar como un novel, como un ignorante, a decir únicamente razones emotivas. Se ha argumentado aquí mucho sobre las facultades extraordinarias en el ramo de Hacienda alcanzaban al Ejecutivo para expedir este proyecto. Yo, señores, no soy formulista, y lo asevero de una vez por todas, soy ignorante en cuestiones legales; pero yo he ido a la historia de mi país, yo he ido a leer el fondo y el origen de todos los movimientos populares en México, y ese

fondo y ese origen - yo no quiero desmentir aquí a Marx como el compañero Manrique, sino darle la razón - fue eminentemente un desnivel económico. Ha sido siempre una plutocracia, una aristocracia de privilegiados gozando de todas las riquezas, teniendo todos los privilegios, y una inmensa masa de desvalidos sin derechos y sin pan. Y es cuando los agitadores se han valido de esas circunstancias para lanzarnos sobre la oligarquía reinante, derrumbarla y ¡oh triste realidad! en nombre de la ley, en nombre de la fórmula, no dictar nunca las disposiciones que anunciaron como principios en sus programas revolucionarios; en nombre de la ley, en nombre de las fórmulas, aliarse con esa aristocracia y convertirse nuevamente en tiranos, causa y origen de una nueva revolución. (Aplausos.) Pues bien, señores; cada vez que el pueblo se ha levantado pidiendo pan, si ha habido alguien que tenga el valor de hacer, extralegalmente, extraconstitucionalmente, un proyecto que pueda dárselo, no faltan en seguida los distinguidos abogados, no faltan economistas en seguida los distinguidos sociólogos consagrados por la fama, que le digan: ¡Ah! ¿Pero tú pretendes pan pasando sobre la ley? ¡Ah!, tú no sabes lo que es el respeto a la ley! ¡Sin la ley no pueden vivir los pueblos! Y yo solamente contesto: Con lo que no pueden vivir los pueblos es sin pan. (Aplausos.) Pues bien, señores; ya que yo no soy un erudito a la violeta ni he estudiado las cuestiones económicas desde un gabinete, serenamente, yo clamo desde este momento, yo que las he conocido como necesidades del pueblo, que ya no podemos esperar, que ya la última tregua ha pasado; siempre nos resultan con que el proyecto está muy bueno; pero que venga por los conductos legales, que no atropelle la ley. Muy bien; como dice perfectamente don Vito Alessio Robles es un editorial de "El Demócrata", somos los eternos doctores del "Rey que Rabió": "si el perro está rabioso o si no lo está", discutiendo si el enfermo se salvará o morirá, y cuando pretendamos llevar un remedio al enfermo, ya el enfermo estará muerto. Nosotros, señores, tenemos por razón práctica, por una razón verdaderamente práctica, que admitir este proyecto. El compañero Luis Espinosa nos decía, después de haber atacado mucho los puertos libres y no teniendo seguridad en sus ideas, nos decía al final de su discurso, como resumen: "Yo no sé si los puertos libres serán buenos o malos, pero no son proyectos de esta Cámara." ¿No habéis visto qué "crimen" semejante? ¡Cómo va a ser bueno si no es proyecto de esta Cámara! Aquí a las leyes y a los proyectos de ley les ponemos etiquetas, y como este proyecto de ley trae una etiqueta que dice: "Alvarado", muchos señores del pro del dictamen se han fijado en la etiqueta y han concluido que por eso es mala la ley. Pero hay un periodista que nos ha dicho: "Si no es de Alvarado el proyecto, es de Cabrera. Alvarado lo que ha hecho es aprovechar este proyecto." ¡Pues qué malo debe ser el proyecto si es de Cabrera! Yo recuerdo en este momento una argumentación en caso semejante, de nuestro ilustre tribuno el señor licenciado Urueta. Urueta decía: "Hay toda una corriente de crítica histórica literaria, de que los dramas Shakespeare no son de Shakespeare, sino de un desconocido, ¡Pues qué malos deben ser los dramas de Shakespeare si no son de Shakespeare! ¿Pues cómo vamos a admitir que sean buenos los dramas de Shakespeare?, si no son de Shakespeare, sino de un desconocido? Pues lo mismo pasa con este proyecto de los puertos libres. ¿No es de la Cámara? ¡luego entonces es malo! ¿Es de Alvarado? No, es de Cabrera. ¡Luego entonces es malo! ¿De quién es, pues? Es de la corriente de ideas modernas, es del momento que vivimos, es de este instante histórico de la humanidad. Y nosotros, o tenemos que aceptar esa corriente, o para siempre habremos perdido probablemente nuestra fisonomía como pueblo independiente. (Aplausos.) Porque se podría objetar con esa lógica: rechacemos el proyecto para que lo haga la Cámara. Muy bien; ustedes saben reúne muy buenas condiciones en acústica y en comodidad este edificio de la Cámara de Diputados. ¡Ah, pero lo hizo la dictadura! Derrumbemos el edificio que hizo la dictadura para levantar uno nosotros. Tal es la lógica de los que quieren que este proyecto sea rechazado para que forme uno la Cámara. Por lo demás, el razonamiento práctico mío es el siguiente: sabemos por experiencia el tiempo que se pierde en esta Asamblea, el tiempo que pasa para que esta Asamblea discuta cualquier proyecto de ley. Con el sinnúmero de proyectos de ley que tenemos pendientes, y siguiendo su orden, este proyecto, si hoy lo derogáramos para presentarlo después por los conductos constitucionales, el Ejecutivo, o para presentarlo modificado algunos de nosotros, tardaría largos días en su discusión. De aquí iría al Senado, en el Senado tardaría - ya sabemos que allí las leyes duermen el sueño de los justos -, tardaría no sé qué tanto tiempo, y la necesidad urgente de las clases miserables y sin trabajo que piden pan, tendría que esperarse a que pasase ese proyecto por las horcas caudinas de la ley, sólo por no violar la ley, que nosotros violamos cuando nos conviene, la ley que todos levantamos en alto como una clámide inmaculada también cuando nos conviene. Además, hay un artículo Constitucional que dice lo siguiente:

"Artículo 72

"g) Todo proyecto de ley o decreto que fuere desechado en la Cámara de su origen, no podrá volver a presentarse en las sesiones del año."

Por consiguiente, si nosotros rechazamos este proyecto de ley, o esta ley, dada en uso de facultades extraordinarias por el Ejecutivo, si declarásemos que fuera nulo, hasta en otro periodo podríamos presentar otro proyecto. (Voces: (No! ¡No!)

Yo, señores, como más práctico, y si es cierto que todos están convencidos de la bondad de este proyecto, como afirmaba ayer el señor Zubaran, os sugiero que lo aprobemos. Hagámosle las reformas que creamos necesarias, yo estaré con ustedes, que es más fácil discutir reformas o adiciones que discutir todo un proyecto de ley. Por lo demás, señores, yo quiero aquí declarar muy alto, porque es mi obligación, quiénes son los enemigos ocultos del proyecto de los puertos libres. (Voces: ¿Quiénes? Aplausos.) Ayer se nos dijo a nosotros que éramos "oficiosos defensores del Ejecutivo", que éramos el elemento oficial de la Cámara, el elemento gobiernista, y con el mismo derecho con que se nos hicieron esos cargos, quiero decir quiénes son los

interesados en esta lucha. Aquí, señores, como habéis visto, no se trata de seguir el ardid vulgar y corriente de que éntre conforme a los cánones de la ley: se trata de ir en contra del proyecto. Pues muy bien, señores; recordad cuando el compañero Manero, airado, indignado, decía: "Que se vote en sesión extra - Cámara; que se vote nominalmente para que se sepa quiénes son los que están con los puertos libres." Pues eso, señores, a mí me hizo pensar, dándole una interpretación que encierra una amenaza: Ya nos señalará a nosotros el índice trágico de los capitalistas o de los poderoso, como enemigos del sistema que les da vida y les da capital. Ya se ensañarán contra nosotros los grandes industriales y los grandes latifundistas. ¿Por qué? Por lo que decía, porque este proyecto de los puertos libres les va a hacer competencia en lo que se refiere al jornal, porque van a ser centros de atracción al trabajo, porque van a ser centros de atracción adonde vayan nuestros obreros, que ahora miserablemente salen en caravanas para el extranjero a pedir un pedazo de pan que no pueden encontrar en su patria, porque a esos centros de producción y de trabajo irán todos los desheredados, todos los sin trabajo que ahora pasean en teoría lamentable y fatal por nuestras calles pidiendo miserablemente una ayuda. Allí habrá centros de trabajo en que forzosamente tendrá que haber, conforme a la ley de la oferta y la demanda, un aumento de salario, y un aumento de salario que va a repercutir en contra de los intereses de los industriales. Todo el que lee la prensa debe saber que el otro día, reunidos en cónclave los industriales, declararon que estaban dispuestos a todo, a reconocer el derecho de reglamentación del trabajo dentro de sus industrias, a reconocer el derecho de asociación de sus obreros, menos a una cosa: a elevar el jornal, porque esto elevaba los artículos de primera necesidad. No, señores, ya hemos visto que esto es un sofisma. Lo que hace bajar el jornal y eleva los artículos de primera necesidad, es la protección, es el sistema proteccionista, como lo acabo de demostrar. Por consiguiente, si vamos contra este sistema, vamos contra el corazón de estos aristócratas del privilegio, vamos contra sus privilegios, vamos a promover la elevación del jornal y la baja de los artículos de primera necesidad. ¿Cómo?, se dirá. Por lo siguiente: dice el compañero Rama, y dice muy bien, que los puertos libres serán también un centro de atracción para los capitalistas extranjeros. Indudablemente que sí, y lo van a ser por una razón que se calló también el compañero Rama. Como todos sabemos , las grandes naciones capitalistas contemporáneas, concurrieron todas ellas a la guerra mundial, y por haber concurrido a la guerra mundial, tuvieron una pérdida enorme; por consiguiente, tuvieron que recurrir a sistemas ocasionales, a sistemas hasta extorsionantes, de imposición sobre el capital y sobre el trabajo, creando impuestos sumamente pesados para el capital. Nosotros sabemos que en todos esos países el capital tiene que pagar actualmente impuestos sumamente pesados, casi extorsionadores. Y si nosotros le presentamos una zona donde estos impuestos no pesen y graviten tanto sobre él, sin tener que pagar las tarifas arancelarias, indudablemente que el capital, que no tiene patria, que va adonde puede obtener mayores ganancias o facilidades, concurrirá inmediatamente a nuestros puertos libres. Y en esa forma, al mismo tiempo que serán centros de atracción del capital, serán centros de atracción del trabajo, porque para las manufacturas, para las factorías, para las fábricas que se instalen, se necesitará de la mano de obra y esa será la corriente de atracción desde el país hacia esos sitios y subirá, por consecuencia lógica, el jornal. ¿Y si es provechoso el proyecto, no debe tomarse en cuenta por nosotros, porque entraña el atropello a una disposición legal? Yo no sé cuando podemos llamarnos revolucionarios, si cuando estamos por defender la ley a favor de los privilegiados, o cuando estamos por encima de la ley a favor de los miserables que hicieron la Revolución. (Aplausos ruidosos.) Ya veis, pues, compañeros, cómo este asunto sí es de trascendental importancia, porque aquí se debate nada menos que la pugna de dos elementos: los viejos intereses ligados con la organización económica del país - que no ha transformado la Revolución -, ligados con esa organización económica, y los nuevos intereses, los intereses de la mayoría, los intereses de las muchedumbres, que buscan oportunidad de trabajo y de encontrar pan barato, en contra de los viejos intereses. Por consiguiente, yo no quiero lanzarle ningún cargo a ningún ciudadano diputado; yo no quiero decir que vengan aquí precisamente enviados por esos intereses; ellos piensan así, y hacen muy bien en exponer sus ideas; yo respeto las ideas de todo el mundo, pero por eso pido también que se respeten las mías. Yo creo, señores, que, como revolucionarios y, sobre todo, como mexicanos, debemos estar con el proyecto que crea los puertos libres. ¿Por qué? Porque va a transformar, va a cambiar el sistema de política económica que teníamos por tradición, desde el tiempo en que nuestro país era una colonia española; porque así fundaremos centros de atracción para el capital y el trabajo, elevando el salario en el resto del país; porque conseguiremos que las empresas productoras, sobre las que no pesarán los fuertes impuestos que en otras naciones, puedan tener productos más baratos y puedan así competir con las industrias extranjeras, que tienen que pagar fuertes impuestos en su país de origen. Por todas estas consideraciones, señores diputados, yo pido que votéis en contra de este dictamen y que, si luego no estáis conformes con la organización que se dé a los puertos libres, entonces propongamos la reglamentación, las adiciones y las reformas que creáis necesarias; pero se habrá ganado tiempo, se habrá hecho obra de verdad, no habremos hecho una carretada de leyes, pero habremos creado una institución, habremos hecho algo que verdaderamente es revolucionario y es una realidad; todo lo demás son palabras. Yo estoy de acuerdo con el compañero Rama cuando dice que aquí no se ha hecho más que literatura de planes revolucionarios. Sí, señores, si los planes revolucionarios, es decir: los partidos políticos que se levantaron con esos planes revolucionarios, no cumplen sus promesas, naufragarán, como han naufragado todos los partidos traidores a sus principios. ¿Qué importa que se levanten con letra de un plan famoso y música de Guadalupe, o con letra de otro

y música de Agua Prieta? Lo mismo da. El que no cumple con sus principios, el que traiciona su bandera, cae fatalmente ajusticiado por el pueblo. Por eso, compañeros, para iniciar una verdadera obra de hechos, de realidades, de construcción de algo que no sean leyes, ni palabras, ni planes, ni literatura, queremos los puertos libres, porque traerán progreso y prosperidad para el país. Indudablemente que se echarán sobre nosotros todos los fuertes intereses capitalistas que están ligados con nuestro sistema actual; indudablemente que se nos atacará de demagogos de bolshevikis, de irreflexivos, de irracionales. ¡No nos importa, señores! Ya sabemos nosotros cuál es su lógica y cuáles sus procedimientos. Cuenta Tolstoy, en la novela "¿Qué hacer?" - y pinta magistralmente esta situación -, que un hombre rico se hace llevar sobre las espaldas de un pobre, y cuando éste jadea y suda y está ya casi lanzando el último aliento, por encontrarse sumamente cansado por el pesado fardo que lleva en sus espaldas, el rico lo acaricia, le limpia el sudor y le da limonada; pero nunca se baja de sus espaldas. Y esa prórroga, esa necesidad de estar dentro de la ley, ese "después lo estudiaremos", "después haremos un proyecto", eso es darle al pueblo la limonada y limpiarle el sudor, es acariciarlo cariñosamente, pero nunca bajarse de sus espaldas. (Voces: ¡Bien! Aplausos nutridos.) Ahora bien, señores; si todavía, como en aquel arranque pasional del compañero Manero, se nos quiere señalar con el índice a los defensores de los puertos libres; si se nos quiere lanzar como una mancha el que somos elemento oficial no siéndolo, yo pido a todos los que estén con los puertos libres y convencidos de su bondad, que aceptamos nuestra responsabilidad. También yo acudo, como el compañero Rama, al porvenir; el porvenir dará la razón a quien la tenga; yo asumo, desde este momento, la responsabilidad. ¿Qué importa que los grandes intereses capitalistas se echen encima de nosotros? ¿Qué importa que mañana o pasado no tengamos crédito en las instituciones bancarias? ¿Qué importa que se nos considere como demagogos y como bolshevikis, si hacemos algo que sea en bien de nuestro país? Alguna vez en la XXVII Legislatura, defendiendo un principio revolucionario, acudí a la frase viril del pensador alemán. También ahora: no importa que todos nos ataquen, si estamos convencidos de que hacemos obra de bondad, obra de justicia al proletariado, obra de progreso social. ¿Qué importa? Sigamos el consejo del pensador alemán, que dijo: "enciende la antorcha, levántala en alto; con tal que ilumine y alumbre, ¿qué importa que te ardas la mano? (Aplausos ruidosos.)

El C. presidente: Tiene la palabra en pro el diputado Trejo Francisco.

El C. Díaz Soto y Gama: Moción de orden. Han hablado tres en pro y en contra. (Voces: ¡Es proyecto de ley!)

El C. presidente: Han hablado en contra los ciudadanos Rivera Cabrera, Portes Gil y León, y en pro los ciudadanos Espinosa Luis, Rama Aquilino, y ahora el turno le corresponde al ciudadano Trejo.

El C. Trejo: Honorable Asamblea: Concretamente voy a referirme a las razones que la Comisión dictaminadora tuvo en cuenta para pedir que se derogue el decreto del Ejecutivo para la creación de puertos libres. No obedezco a maniobra alguna ni me guía ningún prejuicio; no estoy, en principio, en contra de los puertos libres: únicamente en contra de la forma del decreto expedido por el Ejecutivo, que los crea. Es indiscutible que el Ejecutivo disfruta de facultades extraordinarias en el ramo de Hacienda, y voy a concretarme a hacer un estudio de ese decreto, con objeto de ver si es solamente en el ramo de Hacienda en donde espiga. En el considerando 10 se dice: "Que el establecimiento de dichos puertos es de utilidad pública y constituye justamente el caso de aplicación del precepto constitucional que autoriza las expropiaciones; pero que, para estar de acuerdo con el mismo precepto constitucional y porque sería de todo punto inconveniente lo contrario, es necesario determinar que todos los terrenos incluídos en el área comprendida en el "puerto libre", deberán pertenecer siempre a la nación y no podrán ser enajenados jamás."

Como consecuencia de ese considerando, el artículo 11 establece:

"La Secretaría de Hacienda, por conducto de la Junta Directiva, expropiará los terrenos que sean necesarios para el establecimiento y ampliación de los "puertos libres", ajustándose a los procedimientos siguientes:

"Pagará indemnización el dueño del terreno expropiado en los términos del párrafo octavo del artículo 27 constitucional."

La Constitución, en su artículo 27, expresa:

"Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización."

Y agrega:

"La leyes de la Federación y de los Estados, en sus respectivas jurisdicciones determinarán los casos en que sea de utilidad pública la ocupación de la propiedad privada; de acuerdo con dichas leyes, la autoridad administrativa hará la declaración correspondiente."

En la misma Constitución, el artículo 90 expresa:

"Para el despacho de los negocios del orden administrativo de la Federación, habrá el número de secretarios que establezca el Congreso por una ley, la que distribuirá los negocios que han de estar a cargo de cada Secretaría."

Esta ley ha sido expedida con fecha 25 de diciembre de 1917 y en su artículo 2o. dice:

"Artículo 2o. Corresponde a la Secretaría de Gobernación: Nombramientos y renuncias de los secretarios del Despacho, de los directores de los Departamentos y de los gobernadores del Distrito y Territorios Federales.

"Relaciones con el Congreso de la Unión y con la Suprema Corte de Justicia de la misma.

"Expropiación por causa de utilidad pública", etcétera.....

El artículo 92 de la Constitución agrega:

"Todos los reglamentos, decretos y órdenes del presidente, deberán estar firmados por el secretario del Despacho, encargado del ramo a que el asunto corresponda, y sin este requisito no serán obedecidos." "si, pues, conforme a la distribución que de acuerdo con la Constitución y la ley relativa orgánica de

las Secretarías de Estado, corresponde a la Secretaría de Gobernación todo lo que se relaciona con la expropiación por causas de utilidad públicas, y si el artículo 92 instituye que las disposiciones, para que sean obedecidas, deben estar firmadas por el secretario del Despacho a que corresponda el negocio, ¿cómo la Secretaría de Hacienda que es la que decreta en este caso la expropiación, va a poder hacerlo en forma expedita y sin que deje en pie problemas y oposiciones de los propietarios, que en el terreno que se escoja vayan a ser despojados de sus tierras? La misma ley de Secretarías, en su artículo 7o., establece que:

"Corresponde a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas:

"Costas, puertos, faros, marina mercante, vías navegables, obras que se ejecuten en terrenos nacionales, bien sea costeadas por la Federación y por concesión otorgada a particulares", etcétera.

Y aparece que se ejecutan en terrenos legales por ser costeados por la Federación o por concesiones otorgadas a particulares. El artículo 10 de la Ley de Puertos Libres da a la Junta Directiva la facultad de "celebrar contratos que no transfieran dominio y que sean concernientes al uso de la tierra, al establecimiento y explotación de muelles, almacenes particulares, almacenes generales de depósito, fábricas, talleres establecimientos bancarios o comerciales y servicios públicos dentro de dichos puertos...."

Es evidente que la Secretaría de Hacienda, sin la intervención de la Secretaría de Comunicaciones, de una manera expresa no puede celebrar contratos para las obras que se ejecuten en los terrenos que ocupen los puertos libres. A la Secretaría de Comunicaciones concierne también todo lo relativo a caminos carreteros nacionales e inspección de los privados. En el proyecto de puertos libres, en el artículo 14, se faculta a la Junta Directiva para poner en contacto los "puertos libres" de Salina Cruz y Puerto México y el interior a que se refiere el artículo que antecede, en forma tal que se eviten trabas y formalidades fiscales en el tránsito, a la vez que se garanticen debidamente los intereses del fisco."

Es indiscutible, también, que en este caso la Secretaría de Comunicaciones, pues, no puede ponerse en contacto de otro modo, que por medio de caminos, debe intervenir en la solución de esa comunicación que se plantea y que se deja a la facultad de la Junta Directiva. El problema que no está resuelto en el decreto cuya derogación se os pide - y es el capital en este asunto -, es el de expropiación por causa de utilidad pública. No se oculta a ustedes que cuando la Secretaría de Hacienda, por la delegación que ha hecho en la Junta Directiva, proceda a hacer esa expropiación con apoyo en el precepto constitucional, encontrará una oposición sistemática, toda vez que en tanto que la declaración por causa de utilidad pública no sea establecida - y eso no puede hacerlo sino esta Legislatura -, no se obtendrá el terreno que antes que nada se necesita para la instalación de los puertos libres. Hay algo en el artículo 9o. que no está establecido con suficiente claridad. En algunas hojas repartidas por la Secretaría de Hacienda se expresa que los Estados nunca han tenido facultad para legislar sobre derechos de importación y exportación; que la ley de puertos libres no priva a esos Estados de la recaudación de sus contribuciones locales; pero el artículo 9o. dice:

"El único pago que deben hacer los establecimientos y operaciones industriales o de comercio que se practiquen en los puertos libres será el del importe de las rentas o indemnizaciones que los mismos establecimientos y operaciones deban cubrir conforme al artículo siguiente, pues en él se considerarán comprendidos todos los impuestos que debieren recaer sobre ellos, por cuyo motivo no se les podrá obligar al pago de ninguna otra prestación por concepto de contribuciones."

Este artículo corresponde.....

El C. prosecretario Castrejón: La Presidencia, por conducto de la Secretaría, suplica muy atentamente a los señores diputados, guarden silencio y escuchen al orador.

- El C. Trejo:...corresponde al considerando noveno de la ley, que dice:

"Que para el mejor funcionamiento de la institución, es indispensable que en la zona comprendida en el "puerto libre", no tengan aplicación las leyes fiscales que gravan a la industria y al comercio, puesto que esa zona se reputa neutral al efecto y debe serlo para quitar toda clase de trabas al desarrollo natural del "puerto libre", tanto más, cuanto que el importe de esos gravámenes fiscales, se considera comprendido en el valor de las rentas en indemnizaciones que paguen los establecimientos comerciales e industriales de la zona libre, según lo determina esta ley."

Y como se sustrae a los Erarios municipales de los Estados la recaudación correspondiente a la contribución, ya que de una manera absoluta en la Ley de Puertos Libres se dice: "por toda contribución se pagarán las rentas que señale la Junta Directiva", como ustedes han oído, por esta razón los fundamentos que en lo personal tuve para subscribir el dictamen que se refiere al uso indebido que el Ejecutivo hizo respecto de expropiaciones, caminos, obras, etcétera, son los que me impulsaron a aceptar ese dictamen. La Secretaría de Hacienda, en uso de sus facultades, no puede, solamente en los considerandos se apunta "expropiar y resolver sobre la apertura de caminos". Para llevar a debido término la creación de los puertos libres, es indispensable que de antemano se haga la declaración, por los conductos debidos, de que existe la causa de utilidad pública para la expropiación de los terrenos, y que conozca la Secretaría respectiva de lo que con ella tiene relación. El Ejecutivo, solamente en caso de duda, puede hacer que determinado asunto se turne a determinada Secretaría, pero eso siempre que no esté de manera expresa consignado en la Ley Orgánica de las Secretarías. Dije que me iba a concretar al aspecto legal. Por lo mismo, ya he expuesto las razones que tuve para fundar este dictamen, y a vuestra soberanía toca resolver si por conducto de la Secretaría de Hacienda el Ejecutivo ha estado capacitado para tener intervención y resolver la cuestión de los puertos libres en la forma en que lo ha hecho. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el

ciudadano Bojórquez. (Voces: ¡A votar! ¡A votar! ¡No hay quórum!)

El C. prosecretario Castrejón: Habiendo sido reclamado el quórum, se va a pasar lista. (Voces: ¿Quién lo ha reclamado?)

El C. Manrique: Moción de orden. Es preferible, para no exponernos a que en la lista resulte que no hubo quórum, preguntar si se prorroga la sesión.

El C. prosecretario Castrejón: La Presidencia ha dado este trámite, porque es notorio que no hay quórum. Tal vez llamando a lista pasen al salón algunos ciudadanos diputados que están en los pasillos; por eso se va a proceder a pasar lista.

El C. Mijares: Señor presidente, si usted me permite, suplico a la Secretaría se sirva informar quién reclamó el quórum.

El C. Manrique: Moción de orden. El pasar lista es un acto que se verifica dentro de la sesión; yo pido atentamente, oponiéndome al trámite anterior, que se pregunte si la sesión se prorroga. Claro es que si se prorroga se pasará lista y se verá entonces si hay quórum o no.

El C. prosecretario Castrejón: La Presidencia consulta a la Asamblea si se prorroga la sesión. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. No se prorroga. Se cita para sesión de Cámara el lunes a las cuatro de la tarde y continúa a discusión el dictamen sobre puertos libres. (Voces: ¿Y en la mañana?) En la mañana, como de costumbre. Colegio Electoral a las diez.

El C. presidente, a la 1.48 p. m.: Se levanta la sesión.