Legislatura XXIX - Año I - Período Ordinario - Fecha 19201105 - Número de Diario 60

(L29A1P1oN060F19201105.xml)Núm. Diario:60

Colegio Electoral

ENCABEZADO

MEXICO, VIERNES 5 DE NOVIEMBRE DE 1920

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AÑO I.- PERIODO ORDINARIO XXIX LEGISLATURA TOMO I.- NUMERO 60

SESIÓN DE COLEGIO ELECTORAL

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 5

DE NOVIEMBRE DE 1920

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- Se recoge la votación relativa al dictamen reformado del 9o. distrito electoral de Guanajuato, aprobándose éste. Usa de la palabra para hechos el C. Bordes Mangel.

3.- Es discutido y rechazado el dictamen que se refiere al 1er. distrito electoral el Estado de México, aprobándose un voto particular sobre el mismo asunto que presenta el C. Camarena Leopoldo L. miembro de la Comisión dictaminadora. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. ORTEGA MIGUEL F.

(Asistencia de 126 ciudadanos diputados y presuntos diputados.)

El C. presidente, a las 10.44 a. m.: Se abre la sesión de Colegio Electoral.

- El C. prosecretario Castrejón, leyendo:

"Acta de la sesión de Colegio Electoral celebrada por la Cámara de Diputados el Congreso de la Unión, el día tres de noviembre de mil novecientos veinte.

"Presidencia del C. Miguel F. Ortega.

"En la ciudad de México, a las diez y treinta y cinco de la mañana del miércoles tres de noviembre de mil novecientos veinte, se abrió la sesión, con asistencia de ciento veintiséis ciudadanos diputados y presuntos diputados.

"El acta de la sesión celebrada el día veintinueve del mes próximo pasado, fue aprobada sin debate.

"El C. Soto y Gama pidió se pusiera a discusión el dictamen relativo a la credencial del C. Procuró Dorantes, y la Presidencia hizo una aclaración.

"Sin que ningún ciudadano hiciera uso de la palabra, se aprobaron los dictámenes, reformados, que se refieren a los distritos electorales 4o. de Querétaro y 16 de México. En el primero se propone a los ciudadanos Filemón Basaldúa y Reinaldo Montes, como diputados propietario y suplente, respectivamente, y en el segundo a los CC. Procuró Dorantes y Rafael Monterrubio, para los mismos cargos.

"Se puso a debate el dictamen también modificado que trata de las elecciones en el 9o. distrito electoral de Guanajuato, favorable a los CC. Enrique Fernández Martínez y Ramón León.

"Los CC. Cano y Bordes Mangel pretendieron formular por escrito una moción suspensiva, pero la Asamblea no lo permitió, después de que a ello se opuso el C. Francisco Soto.

"Habló en contra de dicho dictamen el C. Bordes Mangel, y en pro lo hizo el C. Fernández Martínez. Este fue interrumpido por interpelaciones de los CC. Colón y Bordes Mangel, y por una aclaración del C. Arroyo Ch. El mismo C. Fernández Martínez dirigió preguntas a los CC. Leopoldo Estrada y Olliver.

"Presidencia del C. Luis L. León.

"El C. Manuel Ortiz hizo una aclaración y, en seguida, usó de la palabra en contra el C. Arroyo Ch., quien interpeló a los CC. Huerta y Velarde.

"Con motivo de las manifestaciones de las galerías, la Secretaría leyó el artículo 195 del Reglamento.

"El C. Francisco Soto se produjo en pro. El orador contestó una pregunta del CC. Arroyo Ch. y dirigió otra el C. Luis Gúzman.

"Por haber reclamado el quórum el C. Marco Aurelio González, la Secretaría paso lista, y se comprobó la presencia de ciento veintinueve ciudadanos diputados y presuntos diputados.

"El C. Huerta, a nombre de la Sección dictaminadora, apoyó el dictamen, y contestó interpelaciones de los CC. Manrique, Francisco Soto, Jesús Z. Moreno y Bordes Mangel.

"El C. Borrego impugnó el dictamen. El orador interpeló a los CC. Huerta y Jesús B. González, y fue interrumpido por una aclaración del C. Fernández Martínez.

"Suficientemente discutido el dictamen, el C. Arroyo Ch., debidamente apoyado, solicitó votación nominal, la que arrojó sesenta y un votos de la negativa, contra cincuenta y tres de la afirmativa. En consecuencia, se había desintegrado el quórum.

"A la una y veinte de la tarde se levantó la sesión."

Esta a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se consulta si se

aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Aprobada.

- El mismo C. prosecretario: Se va a proceder a la votación nominal que quedó pendiente en la sesión anterior, sobre el dictamen del noveno distrito electoral del Estado de Guanajuato. La proposición que se va a votar, dice:

"Único. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el 9o. distrito electoral del Estado de Guanajuato, los CC. Enrique Fernández Martínez y Ramón León."

Por la afirmativa.

El C. secretario Valadez Ramírez: Por la negativa.

(Se recoge la votación.)

El C. prosecretario Castrejón: Votaron por la afirmativa 68 ciudadanos diputados y presuntos diputados.

El C. secretario Valadez Ramírez: Votaron por la negativa 54 ciudadanos diputados y presuntos diputados; en consecuencia, no hay quórum. Se va a proceder a pasar lista.

El C. prosecretario Castrejón: Se suplica a los ciudadanos diputados y presuntos diputados, ocupen sus curules. (Empezó a pasar lista.)

El C. Manrique: ¡Moción de orden! Sugiero que se repita la votación, en lugar de pasar lista; la votación servirá de lista, y nos ahorrará tiempo.

El C. prosecretario Castrejón: Se va a proceder a recoger nueva votación, en vista de que han entrado al salón varios diputados y presuntos. Se recomienda a los ciudadanos diputados presuntos diputados, ocupen sus curules. (Voces: ¡No hay quórum! ¡Lista!

El C. Lara César A.: ¡Moción de orden! Habiéndose demostrado que no hay el número suficiente de diputados para formar quórum, es más conveniente que se pase lista.

El C. prosecretario Castrejón: Por lo afirmativa.

El C. secretario Valadez Ramírez: Por la negativa.

El C. prosecretario Castrejón: La Presidencia vuelva a llamar la atención a los ciudadanos diputados, para que ocupen sus curules. (Se empezó a recoger la votación. Aplausos. Siseos. Gritos.) Se previene a las galerías que no deben estar interrumpiendo la votación con demostraciones de ningún género. (Aplausos. Siseos.)

El C. secretario Valadez Ramírez: La Secretaría hace constar que los diputados que están tomando la votación, no pueden hacer las anotaciones respectivas, en vista del ruido que se está haciendo.

(Se terminó de recoger la votación.)

El C. Bordes Mangel: Con objeto de saber quiénes conceptúan que los compadrazgos están por encima de la Constitución, pido que se dé lectura a los nombres de los votantes.

El C. prosecretario Castrejón: Votaron por la afirmativa 78 ciudadanos diputados y presuntos.

El C. Manrique: ¡Pobre Constitución!

El C. prosecretario Castrejón: Se va a dar lectura a la lista.

Votaron por la afirmativa los siguientes ciudadanos: Acevedo, Aguirre, Aja, Alanís, Alarcón, Aldaco, Alvarez del Castillo, Barragán Martín, Barroso, Berzunza, Bojórquez, Bolio, Bravo, Betancourt, Cantón, Carrillo Puerto Benjamín, Castañeda Nigra, Castillo Francisco, Castillo Garrido, Castillo Porfirio del, Castrejón, Cervantes, Cienfuegos y Camus, Couto, Cuéllar, Cuevas Chapa, Chávez Franco, Damián, Esparza Martínez, Estrada, Fernández Martínez, Fernández Miguel B., Gámiz, García Adolfo G., García Rojas., Garza Candelario, Garza Francisco, Gómez Carlos, González Galindo, Guerrero Alberto, Guerrero Eduardo, Guzmán Luis, Guzmán Peláez, Hernández G. Rodolfo, Lara César A., León Luis L., López Soto, Manzanilla, Márquez, Martínez de Escobar Federico, Martínez de Escobar Rafael, Mendoza Salvador, Meza, Ogarrio Meixueiro, Ollivier, Ortega Antonio, Ortega Miguel F. Palacio, Peña Francisco de la, Portes Gil, Pérez, Rama, Ramírez Francisco Modesto, Reynoso Díaz, Rodríguez Herminio S., Rodríguez López, Saucedo, Serrano Gustavo P., Serrano Hermosillo, Silva, Solís, Soto Francisco, Soto José M., Tello Romera, Trejo, Vidales, Villegas, Zapata y Zuno. (Aplausos.)

El C. secretario Valadez Ramírez: Votaron por la negativa 65 ciudadanos diputados y presuntos.

El C. Manrique: ¡Bien, son buenos muchachos!

El C. secretario Valadez Ramírez: Votaron por la negativa los siguientes ciudadanos: Aguirre Colorado Ernesto, Aguirre Colorado Fernando, Alessio Robles, Alvarez Vicente, Angulo, Argüelles, Arroyo Ch., Barragán Enrique M., Basaldúa, Bordes Mangel, Borrego, Borstel, Cano, Castillo Agustín, Céspedes, Colón, Contreras, Chico, Díaz Antonio, Díaz Soto y Gama, Domínguez, Franco Urías, García Socorro, Gómez Rodrigo, González Jesús B., González Marco Aurelio, Guillén, Gutiérrez Castro, Gutiérrez Teodomiro T., Hernández Alvarez, Hernández Coronado, Ibarra, Lira, León Juan, Lomelí, Luquín, Macías Rubalcaba, Maldonado, Manrique, Martínez Gabriel, Méndez, Miramontes, Montes de Oca, Moreno, Munguía, Ortega José Juan, Ortiz, Paz, Quiroga, Ramírez M., Ramos Esquer, Rico G., Rivera, Rodríguez Guillermo, Salazar, Sánchez Anaya, Sánchez Gilberto, Sánchez Pablo H., Torre, Valadez Ramírez, Vásquez, Vega, Velarde, Vergara y Villalobos.

La Presidencia por conducto de la Secretaría, declara: que son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el 9o. distrito electoral del Estado de Guanajuato, los CC. Enrique Fernández Martínez y Ramón León. (Aplausos.)

El C. Manrique: Pido que se enlute la tribuna por tres días.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Bordes Mangel para rectificar hechos.

El C. prosecretario Castrejón: Se ruega atentamente a los ciudadanos diputados ocupen sus curules y atiendan al orador.

El C. Bordes Mangel: Anteayer, durante el debate de la credencial que acaba de ser aprobada, pedí la palabra para rectificar un hecho. El compañero Soto, de la Diputación de Guanajuato, durante

su discurso dio a entender que la mayoría de la diputación de Guanajuato había venido aquí por la suprema voluntad de don Antonio Madrazo. Refiriéndose de manera especial a palabras mías, dijo que nosotros éramos quienes menos derecho teníamos de venir a hablar aquí de ciertas cosas. Atentamente ruego al compañero Soto rectifique su criterio por lo que toca a mí, y debo decírselo en público, porque en público me hizo la imputación. Yo no tengo inconveniente, ni me avergüenzo de decir que soy amigo de don Antonio Madrazo, gobernador de Guanajuato; nada más que esa amistad data del día en que llegué yo a México con mi credencial en la bolsa. Ruego a los señores Velarde y Arroyo Ch., que presenciaron el momento en que por primera vez conocí al señor ingeniero Madrazo, que me digan aproximadamente en qué fecha, si lo permite la Presidencia.

El C. Velarde Ramón: Pido la palabra. Lo que acaba de decir el señor Borden Mangel es exacto; fue después de que obtuvo su credencial, cuando conoció al señor ingeniero Madrazo.

El C. Bordes Mangel: Debo agregar que yo, que soy diputado por León, la tierra del señor ingeniero Madrazo, encontré allí al principio muchos enemigos, y si no enemigos, gentes cuando menos que estaban dispuestas a seguir la voluntad del señor ingeniero Madrazo. Sé, porque hace unos días el mismo ingeniero Madrazo me lo dijo, que le mandaron cartas pidiéndole su autorización para trabajar por mí y que a todas las cartas - he visto las copias - contestó que los dejaba en absoluta libertad para que votaran por quien quisieran; que yo no era su amigo, ni tenía interés especial en que saliera electo. Ruego al señor Soto tome nota de esto y tenga la seguridad de que vine aquí electo por la mayoría de los habitantes del 8o. distrito de Guanajuato, sin presión ninguna del señor ingeniero Madrazo, con cuya amistad me honro sólo de mes y medio a esta parte. (Aplausos. Siseos.)

El C. Soto Francisco: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene la palabra.

El C. Soto: Deseo manifestar al señor Bordes Mangel que no tuve la intención de ofenderlo, ni mucho menos de una manera grave; estoy convencido de lo que él manifestó, porque tengo la seguridad de que el señor Bordes Mangel es una personalidad más robusta políticamente hablando, que el ciudadano Madrazo.

- El C. prosecretario Castrejón, leyendo:

"1a. comisión Revisora de Credenciales.

"6a. Sección...

El C. Céspedes: ¡Compañeros diputados que votaron en contra del dictamen que se acaba de aprobar, vámonos!

El C. Pérez, José Dolores: Pido que se lea el artículo 47 del Reglamento.

- El C. prosecretario Castrejón, leyendo:

"Artículo 47. Los individuos de las Cámaras asistirán a todas las sesiones desde el principio hasta el fin de éstas, y tomarán asiento sin preferencia de lugar y se presentarán con la decencia que exigen las altas funciones de que están encargados."

- El mismo C. prosecretario Castrejón, leyendo:

"1a. Comisión revisora de Credenciales.- 6a. Sección.

"H. Asamblea:

"El expediente relativo a la elección verificada el día 1o. del mes en curso en el 1er distrito electoral del Estado de México, fue turnado a esta Sección 6a. de la 1a. Comisión de Poderes.

"La documentación y los paquetes están arreglados a la ley, salvo irregularidades propias de toda elección, atenta la deficiencia de la educación cívica del pueblo, las cuales no afectan a la validez de la elección.

"Las candidaturas contendientes fueron las de los CC. Enrique del Castillo - Vicente G. Abasta y la de los CC. doctor Alberto Román - Espiridión Vázquez.

"Aparece que tuvo mayoría de sufragios la primera.

"Los partidos Rojo de Obreros Independientes de Toluca y Rojo de Obreros del Estado de México, así como un considerable número de miembros aislados de agrupaciones similares y varios vecinos de los pueblos de San Pablo y Calixtlahuaca, solicitan de vuestra soberanía la nulidad de los votos emitidos en favor del ciudadano del Castillo, fundados en que está éste comprendido en uno de los casos que al afecto señala la ley, por haber desempeñado dentro de los noventa días inmediatamente anteriores a la elección, los puesto de magistrado del Tribunal Superior de Justicia, del Estado de México, primero, y secretario general del Gobierno del mismo Estado, después.

"Los documentos en que apoya esa petición son 3 oficios girados por el ciudadano del Castillo como secretario general del Gobierno del Estado de México, con fechas 4 y 5 de junio último y un testimonio notarial de una información ad perpetuam promovida ante el ciudadano juez 2. de los Civil de Toluca, con citación del representante de la sociedad, en que consta: 1o. que el ciudadano del Castillo fue secretario general del Gobierno del Estado de México desde la primera quincena de mayo último hasta el día 5 de este mes; 2o. que el propio ciudadano no abandonó el despacho de la Secretaría durante el periodo mencionado; 3o. que el ciudadano del Castillo utilizó muchos empleados del gobierno para hacer su propaganda y vigilar los trabajos electorales; los testigos, de una manera conteste declararon lo anterior; fueron: el ciudadano Miguel Contreras, que como razón de su dicho dio la de ser precisamente empleado del Gobierno y constarle, en consecuencia, los hechos declarados; el ciudadano Emilio Kattain, jr., que dijo constarle lo declarado, porque durante el tiempo que el licenciado del castillo desempeño las labores de la Secretaría de Gobierno, o sea hasta el 5 de este mes, trató con él, en su calidad de secretario, algunos asuntos oficiales relativos a la cárcel, en las oficinas de la Secretaría, y porque los empleados de las obras de Palacio le llevaron a firmar un manifiesto relativo a su candidatura, durante sus funciones de secretario de Gobierno; el ciudadano José María Moreno afirmó haber recibido órdenes del ciudadano Del

Castillo durante todo el periodo expresado, como director que era el declarante de la Banda de Música del Estado, y haber visto en las casillas electorales y varios empleados del Gobierno; y por último, el ciudadano Ramón Rodríguez, jefe del departamento de Caja de la Tesorería general, que afirma haber tratado con el licenciado Del Castillo durante todo el tiempo expresado, varios asuntos oficiales relacionados con sus respectivas funciones, y haber recorrido varias casillas el día de las elecciones y visto en ellas a empleados de la Secretaría General.

"En el expediente revisado por esta Sección, no hay ninguna prueba en contrario.

"Ahora bien; conforme al segundo párrafo de la fracción V del artículo 55 constitucional, no podrán los secretarios de los gobiernos de los Estados ser electos diputados en los distritos de su jurisdicción, si no se separan de su cargo noventa días antes de la elección; y de acuerdo con el artículo 43, fracción III, de la Ley Electoral vigente, es nula la elección que caiga sobre quien tenga semejante impedimento.

"Es indudable que de la fecha de la convocatoria a la de las elecciones, no hubo margen para que pudieran mediar los noventa días que fija la ley; pero, por una parte, de ninguna manera autoriza a violar un precepto tan claro y terminante; por otra, hay pruebas fehacientes de que el ciudadano Del Castillo estuvo desempeñando, de hecho, las labores de la Secretaría de Gobierno, hasta el día 5 de este mes, y por otra aún, si la ley señala el término indicado de noventa días, ni más, ni menos, es porque estima que sólo mediante él se aleja toda posibilidad de ser coartada la libertad de sufragio, y en consecuencia, no pueden valer en contrario razones de ningún género.

"El ciudadano doctor Alberto Román obtuvo 1,737 votos para diputado propietario, y el C. Vicente G. Abasta, que figuró en la candidatura del C. del Castillo y cuya elección es válida, obtuvo 2,325 votos para diputado suplente.

"Las consideraciones y fundamentos legales expuestos apoyan las siguientes proposiciones que sujetamos a vuestra aprobación:

"1a. Es legal la elección verificada el día 1o. de este mes en el 1er. distrito electoral de Estado de México.

"2a. Son nulos los votos emitidos en favor del C. licenciado Enrique del Castillo para diputado propietario al Congreso de la Unión, por ese distrito.

"3a. Son diputados propietarios y suplente al Congreso de la Unión, respectivamente, por el expresado distrito, los CC. Alberto Román y Vicente G. Abasta.

"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., 30 de agosto de 1920.- F. N. Solórzano.- J. M. Sánchez."

"Una vez conocido este dictamen por el presunto diputado C. licenciado Enrique del Castillo, presentó originales las diligencias de Jurisdicción voluntaria sobre una información testimonial que tiende a destruir los efectos probatorios de la que por su parte promovió el presunto diputado C. doctor Alberto Román. Esta Comisión hizo el estudio correspondiente de las diligencias expresadas y llegó a la conclusión de que no destruyen el valor probatorio de la información testimonial rendida con respecto al C. Román; pues aunque ésta sólo constituye una presunción, puesto que no faltan partidarios en verdad, que declaren como testigos en los términos que consta en una y otra informaciones, es de notarse que la rendida en favor del C. Román lo es por empleados públicos de la Secretaría de Gobierno, que estaban a las órdenes del C. Castillo, y que no desempeña esa información otro papel en este caso que el de corroborar la presunción juris et de jure establecida por la Constitución general de la República, sobre que, los que están impedidos por ser electos, como el C. Del Castillo, ejercen presión por obtener la finalidad que persiguen.

"México, a 28 de septiembre de 1920.- F. N. Solórzano.- J. M. Sánchez."

Hay un voto particular que dice:

"1a. Comisión Revisora de Credenciales.- 6a. Sección.

"H. Asamblea:

"Como miembro de la 6a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, con opinión contraria a la mayoría, tengo el honor de someter ante esta H. Asamblea el siguiente voto particular:

"Después de examinar el expediente relativo a elección verificada en el 1er. distrito electoral del Estado de México, he llegado a la convicción de que las elecciones habidas el primer domingo del mes de agosto último fueron regulares, habiendo triunfado los CC. licenciado Enrique del Castillo con una votación de 3,415, para diputado propietario y Vicente G. Abasta con 2,325, en contra de la fórmula Alberto Román - Espiridión Márquez, que obtuvo 1,737 y 1,651 respectivamente.

"Ante la Comisión se presentó una instancia subscrita por el candidato perdidoso, señor Román, en la cual solicita se declare nula la elección recaída en el licenciado Castillo. Atenta la circunstancia de que este ciudadano último no renunció en tiempo hábil el cargo de secretario general del Gobierno que desempeñaba en el Estado de México, tal como lo previene la fracción V del artículo 55 de la Constitución general, y para justificar su dicho acompaña algunos oficios firmados por Castillo hasta el día 5 de junio del presente año. Asimismo presenta una información testimonial con la que quiere demostrar que posteriormente a esa fecha el C. Castillo siguió actuando como secretario.

"De la otra parte aparecen un oficio firmado por el ciudadano gobernador provisional, en el cual se asienta que le fue aceptada su renuncia precisamente el día 5 de junio, y otra información testimonial con la cual se quiere probar que desde la fecha indicada el mencionado señor Castillo dejó el despacho de la Secretaría, y que sólo desempeño las funciones de abogado consultor.

"El subscrito ha considerado que ya la H. Asamblea aprobó otras credenciales objetadas justamente porque los interesados no se habían separado de los cargos que desempeñaban con la anticipación de noventa días que fija el artículo 55, dando como razón muy atendible, que aplicar la ley que sirvió de base para la elección y que fue expedida dentro del término de esos noventa días, sería

dándole efectos retroactivos con violación flagrante del artículo 14 constitucional; que también sirvió como fundamento para no aplicar estrictamente la disposición del artículo 55, el conjunto de circunstancias en medio del cual se llevó a efecto la elección, así como el criterio respetando la libertad del pueblo; y que, a mayor abundamiento, se puede establecer que de aplicarse el referido artículo 55 con relación a la convocatoria para elecciones expedida el 6 de julio, fijando el primer domingo de agosto para efectuarlas, sería con violación del artículo 13 constitucional, en el cual se lee: "nadie puede ser juzgado por leyes privativas", y no podría ser considerada de otro modo la Ley Electoral si hubiera excluído a los ciudadanos que se hallan comprendidos en el artículo 55.

"Además, el C. Castillo, al separase del cargo que desempeñaba con fecha 5 de junio; lo hizo indudablemente tomando en consideración el decreto expedido por el C. Adolfo de la Huerta en su carácter de primer Jefe Supremo del Ejército Constitucionalista, decreto en que se fijaba el primer domingo de septiembre para efectuar las elecciones. Este decreto se publicó en el periódico oficial del Estado de México.

"Por último, la nulidad que se alega, porque, según se dice, hubo presión, no es de tomarse en cuenta, tanto porque ese cargo se desvanece en la información presentada por el C. Castillo, cuanto porque en el expediente electoral no aparece ninguna protesta ni hecho que compruebe tal imputación.

"Por todo lo expuesto anteriormente, me permito someter a vuestra ilustrada consideración, los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados efectuadas el día 1o. de agosto último en el 1er. distrito electoral del Estado de México.

"Segundo. Son diputados, propietarios y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Enrique del Castillo y Vicente G. Abasta."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 28 de septiembre de 1920.- L. E. Camarena."

Habiendo dos dictámenes, uno de la mayoría de Comisión y otro de minoría, está a discusión el subscripto por la mayoría. Los ciudadanos diputados y presuntos diputados que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse. (Voces: ¡No hay quórum.)

El C. Solórzano José Luis: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene la palabra.

El C. Solórzano: Suplico atentamente a alguno de los miembros que subscriben el dictamen de la mayoría de la Comisión Revisora que, con apoyo en el artículo 106 del Reglamento, lo funden.

El C. prosecretario Castrejón: La Secretaría manifiesta que en este momento no ésta en el salón ninguno de los miembros de la mayoría de la Comisión que subscribieron el dictamen: el ciudadano Federico N. Solórzano está ausente y el ciudadano José M. Sánchez tiene licencia.

El C. González Marco Aurelio: Entonces suplico a la Presidencia que se aplace la discusión del dictamen. (Voces: ¡No!) ¡Pues reclamo el quórum!

El C. presidente: Sírvase usted presentar su moción por escrito.

El C. Solórzano José Luis: ¡Moción de orden! Es improcedente la moción hecha por el ciudadano diputado González, en virtud de que reglamentariamente es una obligación de cualquiera de las comisiones dictaminadores estar presentes en los momentos en que su dictamen está a discusión. Por lo demás, no ha sido una regla general el que las comisiones hayan estado ausentes en los momentos en que se discuten sus dictámenes.

El C. presidente: Habiendo retirado su moción suspensiva el ciudadano Marco Aurelio González, creo que ya no tiene objeto la indicación de su señoría.

El C. González Marco Aurelio: La retiro a solicitud del interesado, compañero Solórzano.

El C. Solórzano José Luis: Pido la palabra en contra del dictamen.

El C. Hidalgo Catalán: ¡Señor presidente, reclamo el quórum!

El C. prosecretario Castrejón: Habiendo reclamando el quórum el ciudadano Hidalgo Catalán Emigdio, se va a proceder a pasar lista. (Murmullos. Desorden. Campanilla. Se pasa lista.) Hay una asistencia de 129 ciudadanos diputados y presuntos diputados; hay quórum.

El C. Del Castillo Enrique: Pido la palabra para ratificar la petición hecha por el señor Solórzano José Luis, en el sentido de que el señor Federico Solórzano, presidente de la Comisión, funde su dictamen.

El C. prosecretario Castrejón: La Presidencia, por conducto de la Secretaría invita al ciudadano Federico N. Solórzano, a que funde su dictamen. (Voces: ¡Acaba de salir!)

El C. Camarena: Pido la palabra, señor presidente. Como quiera que el señor Federico Solórzano, del sexto Grupo de la primera Comisión Revisora de Credenciales, no está presente.....(Voces: ¡Aquí está! ¡Aquí viene!)

El C. Solórzano Federico N.: Pido la palabra, señor presidente. Con objeto de manifestar a la Asamblea me he dado cuenta de que algunos compañeros me invitan, o invitan a la Comisión para que pase a fundar su dictamen. Si no se ha dado lectura a este dictamen, no lo sé, porque no estuve presente. Perfectamente que se haga esta moción; pero como en el dictamen se contienen todas las razones que han servido a la Comisión para dictaminar en el sentido que lo hizo, es innecesario que la Comisión, previamente a la discusión, vaya informar sobre esto; de manera que, si durante la discusión tiene necesidad la Comisión de ir a informar, no tendrá ningún inconveniente; pero previamente a esta discusión, no tiene ningún objeto.

El C. Solórzano José Luis: Insisto en la atenta petición que hice a la mayoría de la sexta Sección de la primera Comisión revisora de Credenciales, en razón de que apoyo mi solicitud en un precepto reglamentario. Indudablemente que todo dictamen en su parte expositiva, tiene consignados los fundamentos de hecho y de derecho que sirven de base a los puntos resolutivos del mismo dictamen; pero indudablemente que el legislador, al incluir la prescripción legal respectiva a que he hecho mención, lo hizo con el objeto de que en aquellos casos en que la Asamblea considere

insuficientes las razones o la parte expositiva del dictamen, la Comisión, indudablemente en una forma más amplia, funde ese dictamen; en consecuencia, atentamente insisto en mi invitación a la Comisión.

El C. Solórzano Federico N.: Efectivamente, el precepto reglamentario establece que se puede pasar a fundar un dictamen; pero la Comisión manifiesta una vez, más, que ha expuesto ya todas las razones que tiene que exponer para dictaminar en el sentido que lo hace. De manera que no tiene ya ninguna razón que alegar. Si más tarde, en la discusión, se desprende que la Comisión necesite ir a reforzar sus argumentos, porque se ataque el mismo dictamen con razones que sea necesario contestar, la Comisión, entonces, no tendrá inconveniente en hacerlo; pero, ¿ahora qué puede ir a decir la Comisión a la tribuna? ¿Ir a repetir lo que consta ya en el dictamen? Es perder el tiempo.

El C. presidente: Tiene la palabra, para una interpelación, el ciudadano Lara César.

El C. Lara César A.: La mayoría de la honorable Comisión que dictaminó en las elecciones del estado de México, funda su dictamen, como argumento principal, en que el ciudadano Castillo fue secretario general de Gobierno del Estado de México. Yo suplico a la honorable Comisión que se sirva contestar dos o tres interpelaciones, que me voy a permitir hacerle. Diga la Comisión si consta en el expediente la fecha en que renunció el cargo de secretario general de Gobierno el ciudadano Castillo, primero. Después diga la Comisión si las elecciones que se verificaron el primero de agosto fueron ordinarias o fueron extraordinarias. Estas dos interpelaciones quiero que me conteste previamente la Comisión, para después hacerle la última pregunta.

El C. presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Solórzano Federico N., de la Comisión: Contestando una por una las interpelaciones hechas por el ciudadano diputado Lara, manifiesto a la asamblea que el ciudadano Del Castillo parece que renunció su cargo de secretario general de Gobierno del Estado de México, el día cinco de junio. Queda contestada la primera interpelación. Las elecciones, a juicio de la Comisión, fueron ordinarias.

El C. Lara César A.: Pido la palabra para una última interpelación. El ciudadano Del Castillo renunció el día cinco de julio, (Voces: ¡De junio!) antes de la convocatoria a elecciones extraordinarias, muy a pesar de la muy honorable opinión del compañero Solórzano. Que me diga la Comisión cómo el secretario general del Gobierno del Estado de México, pudo haber tenido permiso o haber renunciado noventa días antes de las elecciones, que no sabía se iban a verificar. (Aplausos.)

El C. Solórzano: Pido la palabra para contestar.

El C. presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Solórzano Federico N.: Efectivamente el ciudadano Del Castillo no pudo renunciar noventa días antes de la elección, si tomamos en cuenta la fecha de la convocatoria; pero es necesario, señores diputados, que tengamos presente antes, que la convocatoria es una ley secundaria y no substancial, no fundamental; que se tenga en cuenta un precepto constitucional, una ley fundamental sobre la cual no podemos pasar, como hemos estado pasando constantemente, y que debemos atenernos a este precepto constitucional y no a una ley secundaria. El precepto constitucional es claro, preciso, contundente, no deja lugar a la menor duda, el precepto constitucional dice que los que estén en tales o cuales condiciones no pueden ser candidatos a diputados, salvo que renuncien noventa días antes del puesto que están desempeñando; así pues, era necesario que el ciudadano Del Castillo no estuviese imposibilitado. La Comisión siente que haya estado imposibilitado; pero se encontró con un hecho que la Comisión no podía despreciar: el hecho de que el ciudadano Del Castillo estaba imposibilitado, y no puede hacerse un cargo a la Comisión por haberse encontrado o tropezado con este hecho. Puede hacerse un cargo al Congreso, a la XXVIII Legislatura, porque no dejó el margen suficiente para que aquellos que estaban imposibilitados, hubiesen renunciado dentro de los noventa días; pero el hecho está consumado y, de ninguna manera cae sobre la Comisión. Esta se encontró con este hecho, y debía respetar el precepto constitucional.

El C. Lara: Gracias, señor.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Solórzano José Luis.

El C. Solórzano José Luis: Señores diputados y presuntos diputados: Es de tal manera claro y de tal manera sencillo el dictamen que se somete a vuestra consideración, que no es menester ni un largo debate, ni discursos muy profundos y muy elocuentes para convenceros de que el dictamen propone que se cometa una verdadera injusticia. Efectivamente, el fundamento único, el fundamento capital, al menos del dictamen presentado por la mayoría de la 6a. Comisión Revisora, es el siguiente: constitucionalmente está imposibilitado el secretario general de Gobierno para ser electo diputado o senador al Congreso de la Unión, a menos que dicho funcionario se separe con una anticipación de noventa días anteriores al día de la elección. El ciudadano licenciado Enrique del Castillo, fungió como secretario general de Gobierno del Estado de México hasta el día 5 de junio. Las elecciones de poderes federales se verificaron el primero de agosto; luego no hubo los noventa días y, por consiguiente, está incapacitado. Bastaría para convencer a la Asamblea, de que el dictamen carece de razón, el fallo que la Asamblea ha dado en casos análogos en que la razón ha sido no solamente la misma, sino que ha sido más fuerte en razón de que los funcionarios que han sido admitidos, sin haberse separado de sus cargos con los noventa días de anticipación que marca la ley, por la categoría del cargo que desempeñaba estaban en actitud de ejercer una presión moral, al menos mucho más efectivo que la pudiera haber ejercido señor licenciado Del Castillo. Todos ustedes recordarán que uno de los primeros dictámenes que se pusieron a la consideración de esta honorable Asamblea fue un relativo al Estado de México, precisamente el que negaba el triunfo al licenciado Vicencio, con el fundamento - también - de que

dicho señor licenciado desempeñaba el puesto de magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado y no se separó con los noventa días de anticipación. En ese caso, como ustedes recordarán, la Asamblea casi por unanimidad - pues sólo los miembros de la Comisión sostuvieron su dictamen - acordó que, en vista de las circunstancias anormales, que en vista de las circunstancias excepcionales en que se habían verificado estas elecciones, supuesto que estaba apenas consumado un movimiento revolucionario que había trastornado el orden constitucional en el país, no era de atenderse a la prescripción constitucional invocada y que hoy sirve de fundamento al dictamen de la Comisión. Efectivamente, señores diputados, si la mayoría de la Comisión Revisora de Credenciales sostiene la tesis de que cualquiera que haya sido el carácter de estas elecciones, ya sean ordinarias o extraordinarias, debe obedecerse el precepto constitucional que imposibilita a determinados funcionarios para trabajar sus candidaturas y ser electos si no se separan con noventa días de anticipación, debemos decirlo aquí: por encima de cualquiera consideración legal están consideraciones de hecho; efectivamente, si las elecciones no se verificaron en la fecha en que la Ley Orgánica de Poderes Federales señala normalmente, es decir, el primer domingo de julio, y si no se verificación en esa fecha porque el país sufrió un trastorno, fue conmovido por un movimiento armado y, por consiguientes, las elecciones que se verificaron posteriormente tuvieron el carácter de extraordinarias, ¿cómo hacer que determinados funcionarios cumplieran con el mandato constitucional que tantas veces he citado, cuando no había materialmente noventa días entre la fecha en que se expidió la convocatoria por la Legislatura pasada del Congreso de la Unión y la fecha en que se verificaron las elecciones? Ahora bien; como demostración de que el ciudadano licenciado Castillo, obediente de la Constitución y de los preceptos de la Ley Electoral respectiva, como emanada de aquélla, trataba de estar colocado en las circunstancias de capacidad legal para poder ser electo, voy a demostrarlo con dos hecho: Primero: el señor Castillo era magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México. En estas condiciones la Convención de clubes obregonistas del Estado de México, desde el mes de noviembre del año próximo pasado y con ocasión de la visita del ciudadano Obregón a la capital del Estado, lo designaron como candidato o diputado por el primer distrito electoral. En esas condiciones, en el mes de febrero y tratando de estar alejado de su puesto de magistrado del Tribunal con una anticipación muchísimo mayor de noventa días, presentó a la consideración de la Legislatura del Estado su formal renuncia irrevocable del carácter de magistrado. Estos hechos me constan de una manera detallada de minuciosa, porque yo representaba a ese primer distrito de Toluca en la Legislatura del Estado. Y entonces precisamente la mayoría de la Legislatura, que era de filiación gobiernista, de filiación bonillista, sabiendo cuál era el objeto que perseguía el ciudadano Castillo al presentar su renuncia, que era la de poder lanzar su candidatura con toda capacidad al Congreso de la Unión, trató a toda costa de obstruccionar la admisión de dicha renuncia y únicamente debido a nuestra perseverancia y a nuestro tesón logramos fuera admitida todavía en tiempo hábil; es decir, cuando faltaban más de noventa días para el primer domingo de julio, en que debían verificarse las elecciones. Pues bien, señores diputados; sobrevino el movimiento revolucionario y como consecuencia de ese movimiento el Ejecutivo constitucional del Estado de México, a cargo del general Millán, abandonó el Estado, siguió al ciudadano presidente Carranza en su odisea, y en estas condiciones, una vez ocupada la ciudad de Toluca por los revolucionarios, el ciudadano general Obregón designó, como en todos los demás Estados que se hallaban en condiciones análogas, un encargado del Poder Ejecutivo, un gobernador provisional. Ese gobernador provisional indudablemente que habría de hacer Gobierno con los elementos afiliados al movimiento obregonista, con los elementos que habían servido a la buena causa, y entonces designó secretario general de Gobierno al señor del Castillo. Así las cosas y perseverando el señor licenciado Del Castillo en su propósito de trabajar su candidatura por la ciudad de Toluca, teniendo él en cuenta - fijaos bien - la convocatoria expedida en Hermosillo por el ciudadano Adolfo de la Huerta en su carácter de jefe supremo de la revolución que tuvo como bandera el Plan de Agua Prieta, presentó su renuncia con fecha 4 de junio de este año, teniendo en consideración que el referido decreto del señor Adolfo de la Huerta fijaba el primer domingo de septiembre para la celebración de las elecciones, tanto de presidente de la República como los senadores y diputados al Congreso de la Unión. Es decir, que el ciudadano Del Castillo todavía del movimiento revolucionario, persistiendo en sus propósitos y a fin de cumplir con al Constitución y con la Ley Electoral, presentó en tiempo hábil su renuncia. Después vino la convocatoria a un periodo extraordinario de sesiones del Congreso de la Unión, cuyo fin principal era el de hacer a la Ley Electoral a fin de ponerla en condiciones de que se verificaran las elecciones lo más pronto posible y no hubiera interrupción en el orden constitucional en el país. La convocatoria respectiva fijó el primer domingo de agosto, es decir, el día primero de ese mismo mes para la celebración de las elecciones, y en esas condiciones, aun cuando el señor Castillo se separó con esa anticipación a la fecha en que fue promulgada la convocatoria a elecciones, expedida por el Congreso de la Unión, ya no mediaban los noventa días, porque era imposible que hubieran mediado y, en esas condiciones, el señor Castillo estaba imposibilitado de hecho, materialmente, humanamente imposibilitado para poder cumplir con el precepto constitucional de separarse los noventa días antes que marca la Constitución; ese es el principal argumento, como decía yo, en que la Comisión funda su dictamen. Ese argumento, como he dicho, a fuerza de un puritanismo legal, va en contra de la realidad misma, va en contra de los hechos, va en contra de las cosas tal y como pasaron. Por esto es que esta Asamblea invariablemente en todos los casos, en aquellos casos en que el fundamento del dictamen es adverso a las personas que traen credencial, ha sido el mismo: la Asamblea

invariablemente digo, ha rechazado esos dictámenes. Recuerdo el caso del ciudadano Vicencio y recuerdo otros muchísimos casos; para muestra basta un botón: Hace unos cuantos días, esta Asamblea sin discusión aprobó por unanimidad de votos la credencial que trajo el ciudadano licenciado don Emilio Portes Gil, como presunto diputado por un distrito del estado de Coahuila... (Voces: ¡Tamaulipas!) Tamaulipas. Ahora bien, señores diputados; sabéis perfectamente que el ciudadano Portes Gil fue nombrado gobernador provisional del Estado de Tamaulipas por el ciudadano jefe de la revolución triunfante y que ocupó ese puesto hasta quince días antes de la elección. Si, pues, todos unidos - yo el primero -, votamos con gusto porque lograra entrar un digno representante de ese distrito y hemos aprobado la credencial del señor Portes Gil, que quince días antes era el primer magistrado jefe del Poder Ejecutivo de su Estado, ¿cómo, señores, esta Asamblea, dando una muestra de inconsciencia, inconcebible, absurda, va a rechazar la credencial de un individuo que fue secretario general de Gobierno y que empezó, por separarse, no quince días antes, sino con dos meses y medio de anticipación? (Aplausos) Por lo demás, los otros razonamientos que consigna la repetida mayoría de la Comisión en su dictamen, son de una importancia muy secundaria, muy inferior al argumento que acabo de estudiar. Dice la Comisión, por ejemplo, que hay pruebas en el expediente de que el señor licenciado Castillo siguió siendo secretario de facto. Esto, señores, esto ni siquiera es serio, y digo que ni siquiera es serio, porque con este argumento de que hay funcionario de facto, el día de mañana se nos vendrá a decir: Fulano está imposibilitado porque era el ministro de Gobernación de facto. El ciudadano Lugo no es más que una mampara un biombo tras del que se esconde ese señor y ese argumento es sencillamente infantil, señores diputados. Los documentos que dice la Comisión haber tenido a la vista, son declaraciones de partidarios de la candidatura contraria, de la candidatura que contendió en la lucha electoral con el señor Del Castillo. Ahora bien; todos ustedes saben qué valor probatorio tiene una simple información testimonial rendida ante un juez de jurisdicción voluntaria. El juez lo que certifica es que esas declaraciones no son supuestas que los testigos no son supuestos, sino que realmente se presentaron a declarar y declararon en tal sentido; pero no puede decir que lo declarado es verdad. A todos ustedes les consta que ninguno de nosotros nos hubiera faltado media docena de partidarios entusiastas o amigos personales que hubieran declarado que en estos momentos estábamos a medianoche, cuando sabemos que estamos a mediodía; este argumento no tiene forma. Firman las informaciones testimoniales respectivas un señor Catáin, director de la Cárcel Central de Toluca, protegido del señor doctor Román, contrincante político en la liza electoral del señor licenciado Castillo y que, naturalmente, tenía que haber dicho no solamente eso, sino cualquiera barrabasada mucho mayor; el señor Ramón Rodríguez, un individuo a quien nombró el señor Castillo, con su cargo de secretario general del Gobierno del Estado de México, administrador de rentas de uno de los distritos del Valle de México, y poco tiempo después de que el señor Castillo abandonara la Secretaría General en ocasión del nombramiento que hizo el Senado de la República de gobernador provisional en favor de la persona que actualmente está al frente del Poder Ejecutivo del Estado, general Gómez, se negó hasta a entregar los fondos que tenía colectados en la Administración de Rentas, so pretexto de que no era legal el gobierno del señor López, del cual era secretario el señor Castillo. Contra este individuo procedió el Gobierno, y este individuo, adolorido, fue a declarar contra el señor Castillo porque había sido secretario general de facto, porque con él habían acordado. Ustedes comprenden que dentro de un criterio legal y hasta de simple sentido común, la única prueba de que el señor Castillo hubiera seguido siendo secretario general, era comenzar por saber si se le había admitido la renuncia o que no se le hubiera contestado a esa renuncia; pero exhibir cartas o cualesquiera otros documentos enteramente infundados, no es lógico, hay que presentar hechos concretos que demuestren que dentro del funcionamiento de la administración pública, era el señor licenciado Del Castillo secretario general del Gobierno, porque esto de que haya sido o no influyente, lo de influyente no es argumento. En todas partes hay influyentes y, por consiguiente, por influyentes, que sean no tienen ninguna de las imposibilidades legales que tiene cualquier funcionario público, aún cuando no sea influyente. Por último, se afirma que el señor Castillo ejerció presión valiéndose de los elementos oficiales de la administración del Estado, y hacen el siguiente razonamiento: El señor licenciado Del Castillo fue secretario general en el Gobierno del señor doctor Darío López; las elecciones se hicieron bajo el Gobierno de dicho señor, y cuando se haya separado de secretario, es seguro que siguió gozando con confianza y que el señor López tuvo que haber favorecido por todos los medios a su alcance la candidatura de su exsecretario de Gobierno. Pues bien, señores diputados; esta consideración, que podría parecer verosímil, porque es muy humana, que así lo hubiera hecho el gobernador del Estado de México, como lo hubiera hecho cualquier amigo que fuera de él, no debe ser aceptada, porque el señor doctor López, como dije a ustedes en un principio fue designado gobernador provisional del Estado de México y encargado del Poder Ejecutivo por el ciudadano Obregón en su carácter de delegado del jefe supremo de la revolución para el centro del país a raíz de que las fuerza entraron a Toluca. Poco tiempo después surgieron diversos conflictos de carácter local, consistentes, el principal en que la Legislatura que había sido disuelta por el doctor López, por instrucciones del señor general Obregón, porque era filiación bonillista reconocida y hostil, por consiguiente, al movimiento revolucionario, trató de reasumir su soberanía y se reinstaló en el distrito de Tlalnepantla. Estos son hechos de que la mayoría de los diputados tiene conocimiento por medio de la prensa, y entonces se planteó un conflicto de poderes que constitucionalmente resolvió el Senado declarando que habían desaparecido los poderes constitucionales en el Estado de México.

Así las cosas, en los términos de la Constitución

envió una terna al Senado, en la que fue incluído el general Gómez, que fue quien resultó agraciado por la mayoría de los votos en el mismo Senado. Pues bueno; el señor general Abundio Gómez, por diversas causas, fue electo el día 17 de julio del presente año, es decir, faltando más de quince días para la celebración de las elecciones; me dirán: ¿cómo es que el doctor López fungió como gobernador en el momento en que se hicieron las elecciones? Es muy sencillo; el general Gómez, para ir a tomar posesión de su puesto como gobernador provisional del Estado de México, tenía, naturalmente, que rendir previamente la protesta de ley ante el Senado o ante la Comisión Permanente; toda vez que el Senado había clausurado inmediatamente su periodo extraordinario de sesiones, y que la Comisión Permanente no podía reunirse, en virtud de que la mayoría de sus miembros andaban en campaña electoral, el general Gómez se vió obligado a aplazar la fecha de toma de posesión del Gobierno del Estado; en tanto protestaba, el señor Darío López siguió, naturalmente, al frente del Gobierno, despachando asuntos de índole administrativa, de trámite, sin ser gobernador propiamente toda vez que ya estaba nombrado gobernador y que sólo por un requisito de forma, el de la protesta, no hacía entrega del poder; en esas condiciones, no se necesita ser un psicólogo profundo para comprender que el señor López, no obstante que asistía diariamente al despacho y rubricaba el acuerdo, carecía de influencia política, a tal grado, que un simple jefe de Sección contrariaba sus órdenes un administrador de Rentas y otros muchos funcionarios que estaban lejos de la capital del Estado, se negaban a obedecer sus órdenes, diciendo que no reconocían más gobernador que el designado por el Senado. Ustedes comprenderán por estos detalles, que aparentemente son insignificantes, pero que son elocuentes, la fuerza política que el señor López podría haber puesto al servicio de la candidatura del señor Castillo; en tal virtud, señores diputados, creo que no hay lugar a discusión. Por lo demás, esta Asamblea daría un muestra ostensible, una muestra notoria de injusticia, de falta de equidad de inconsciencia consigo misma, si habiendo admitido en su seno al señor licenciado Vicencio, magistrado del Tribunal Superior de Justicia, que no se separó por su gusto, sino porque disolvió la Revolución el Tribunal; después de haber admitido a Portes Gil, gobernador del Estado de Tamaulipas, que se separó quince días antes de celebrarse las elecciones, ahora tratándose del señor licenciado Castillo, por no tener una personalidad política brillante, se quiere hacer alarde de un puritanismo tan estricto, tan apegado a la Ley. Por lo demás, tratándose de incapacitados constitucionalmente, tenemos aquí a muchos militares en servicio activo; a jefes del Departamento de Caballería de la Secretaría de Guerra, cuyas credenciales han sido aprobadas; tenemos también al señor Martínez de Escobar y otros muchos que, por causa de fuerza mayor, perdieron momentáneamente su vecindad en la ciudad de México. Tenemos el caso de Garza, tenemos el caso de Siurob, que tuvieron mando de fuerzas todavía mucho después de ocupada la ciudad de México por las tropas que sostuvieron el movimiento del Plan de Agua Prieta, y cuyas credenciales, no fueron objetadas. Por lo tanto, yo invito cordialmente a todos los señores diputados a que den una prueba de equidad y de justicia, dando un voto reprobatorio al dictamen que presenta la Comisión. (Voces: ¡A votar! ¡A votar!)

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Pérez Gasga.

El C. Manrique: Una aclaración. Con permiso del compañero Pérez Gasga. Antes de que pase la oportunidad debo aclarar que el haber recordado aquí el caso del magistrado Vicencio es perfectamente oportuno, pero que no sucede lo mismo mencionando, aludiendo al licenciado Emilio Portes Gil. El ciudadano Emilio Portes Gil había abandonado el Gobierno, dejándolo encargado al secretario general del Gobierno del Estado, desde los primeros días de julio, habiendo permanecido en esta capital y sólo fue a Tamaulipas a entregar el poder al gobernador Morante. No puede, pues afirmarse que hayamos violado la ley al aprobar al gobernador Portes Gil, sentado ya el precedente de exigir la separación de determinados cargos, no dentro de los noventa días que habitualmente exige la Constitución, sino sólo antes de la expedición de la convocatoria que, como ustedes saben, tuvo fecha 6 de julio. (Voces: ¡Muy bien! Aplausos!)

El C. Pérez Gasga: Señores representantes: El argumento fundamental que se esgrime en favor del voto particular es el que consiste en afirmar que la Asamblea no debe ser inconsecuente cuando, habiendo resuelto que debe entrar a la Representación Nacional el señor Vicencio, no resuelve que debe entrar también el señor Castillo. Como esto es fundamental, voy a permitirme decir aquí también a la honorable Asamblea que no hizo bien cuando admitió al señor Vicencio. Las elecciones en la República deben verificarse en fechas determinadas y precisas. Todos los individuos que tienen derecho.....(Siseos. Murmullos.) Un momento, señores. Todos los individuos que pretenden presentarse candidatos por un distrito, generalmente que se separan con la oportunidad necesaria los primeros, toda vez que el propósito del individuo es el de presentarse como candidato y encontrarse en la posibilidad.....(Siseos. Campanilla.)

El C. prosecretario Castrejón: La Presidencia excita a las galerías a que guarden orden en compostura, conforme al Reglamento. (Voces: ¡A votar!¡ ¡A votar!)

El C. Pérez Gasga: Decía yo que los candidatos deben separarse de los empleos, colocarse en condiciones de poder entrar a la liza electoral dentro del plazo constitucional. Aquí es natural que se han argumentado que el candidato no puede separarse dentro del término constitucional, porque hubo el antecedente especial que lo dejó imposibilitado para eso; lo que quiere decir que ese candidato no tenía el propósito de presentar a la liza electoral. El señor Vicencio se presentó.....

El C. Castillo: Pido la palabra para una interpelación.

Debo hacer constar, señores, que yo me separé de desempeñar las funciones de magistrado del Supremo Tribunal del Estado, desde el mes de marzo, precisamente cuando aún vivía el señor Carranza, no obstante que se sabía perfectamente que la

actitud de ese Gobierno era de absoluta oposición a un sentimiento democrático, y no obstante esa circunstancia que ya digo a ustedes, me retiré del cargo de magistrado aceptando una invitación que me hiciera el Partido Liberal Constitucionalista para lanzar mi candidatura como diputado al Congreso de la Unión, por el primer distrito electoral del Estado de México.

El C. Pérez Gasga: La actitud de usted es elogiosa y no viene más que a confirmar mi tesis: que los individuos deben separarse en tiempo oportuno, conforme a la época en que deben verificarse las elecciones, conforme a .....

El C. Camarena, interrumpiendo: En tiempos normales, compañero.

El C. Pérez Gasga, continuando: Por eso era necesario que se separaran con la oportunidad necesaria. Pero aquí lo fundamental, es decir, que el señor del Castillo se separó antes de los noventa días que señala la ley y que como se encontraba imposibilitado, no es el caso de excepción que establece la ley. Una de las pruebas principales es la relativa a las presunciones y en prueba de presunción se han basado para afirmar que el señor Del Castillo es el legítimo representante en esta elección. Pues yo también voy a referirme a esa prueba de presunción: una demostración evidente de que el señor Del Castillo siguió siendo secretario de Gobierno de facto - aunque no le parezca al señor Solórzano -, y que gozó de la influencia necesaria para salir electo diputado por el distrito respectivo, es esta: Me permito suplicar a la Secretaría dé lectura a un documento.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

Un sello que dice: "Gabriel M. Ezeta, notario público.- Toluca.- Mex. - República Mexicana.

"Interrogatorio al tenor del cual serán examinados los testigos que presenta ante el Juzgado de lo Civil el subscripto en autos de jurisdicción voluntaria I. Digan sus generales. II. Digan si saben y les consta que el licenciado Enrique del Castillo fue secretario general del Gobierno del Estado de México desde la primera quincena de mayo hasta el día de ayer. III. Digan si saben y les consta que el licenciado Del Castillo de hecho nunca abandonó el despacho de la Secretaría de Gobierno que tuvo a su cargo durante el periodo de tiempo a que se refiere el inciso anterior. IV. Digan si saben y les consta que en el acto de entrega del Gobierno del Estado al señor general Gómez, el licenciado del Castillo dirigió la palabra al expresado primer magistrado del Estado, en nombre de los empleados de la Secretaría General. V. Digan si saben y les consta que el licenciado Del Castillo utilizó a muchos empleados del Gobierno del Estado para hacer la propaganda de su candidatura y para vigilar la elección respectiva. VI. Den la razón de su dicho. -Toluca, a seis de agosto de mil novecientos veinte.- Alberto Román."- Rúbrica.

En seguida, presente uno sólo de los testigos, fue examinado al tenor del interrogatorio presentado y a cargo de la protesta que tiene otorgada contestó a la pregunta primera, que se llama Miguel Contreras, originario de San Felipe del Progreso, distrito de Ixtlahuaca y vecino de esta ciudad, con domicilio en la calle de Nigromante número diez y seis, soltero, empleado público, y de veinticuatro años de edad. A la segunda, que le consta que ha desempeñado el cargo de secretario de hecho, pero su nombramiento no lo tiene con ese carácter. A la tercera, que es cierta. A la cuarta, que es cierta, y lo hizo como abogado consultor de la Secretaría. A la quinta, que algunos, y a la sexta, que lo que ha declarado le consta por ser empleado del Gobierno y todo lo ha presenciado. Ratificó su declaración, previa lectura, y firmó. Doy fe.- Gómez Trejo.- Contreras y García.- Atanasio García, secretario."- Rúbricas.- "A continuación, presente otro de los testigos, fue examinado al tenor del interrogatorio indicado y contestó a la pregunta primera que se llama Emilio Katthain, hijo, originario de Magdalena Sonora, y vecino de esta ciudad con domicilio en la primera del Pensador Mexicano, número tres, casado, militar en el grado de coronel y comisionado en el Gobierno del Estado como director de la Cárcel General y de treinta y un años de edad. A la segunda, que de hecho sí fue secretario. A la tercera, que es cierta. A la cuarta, que es cierta. A la quinta que también es cierta y a la sexta que lo que ha declarado le consta porque trató algunos asuntos oficiales con el señor licenciado Del Castillo, relativos a la Cárcel; porque lo hizo en el despacho de la Secretaría; porque los empleados de las obras de Palacio llevaron a firmar un manifiesto del Partido Laborista antes que renunciara la secretaría del Gobierno; que a ir a emitir su voto el declarante en la casilla número once, presenció cómo iba el licenciado Del Castillo acompañado del doctor López Bonaga, del señor Silvestre Benítez, que es regidor de vehículo del H. Ayuntamiento, de un empleado de la Secretaría General cuyo nombre ignora, y por último, porque presenció cuando habló él licenciado Del Castillo al hacer entrega del Gobierno el doctor Darío López al señor general Abundio Gómez. Ratificó su declaración, previa lectura, y firmó. Doy fe.- Gómez Trejo.- E. Katthain hijo.- Atanasio García, secretario" - Rúbricas.- "Presente otro de los testigos, fue examinado al mismo tenor del interrogatorio y contestó a la pregunta primera, que se llama José María Moreno, originario de México y vecino de esta ciudad, con domicilio en la Plaza España número nueve, casado, comerciante, y de treinta años de edad. A la segunda, que el periodo a que se refiere Del Castillo, por ser director de la Banda del Estado el declarante. A la tercera, que vuelve a repetir lo que contestó en la pregunta anterior. A la cuarta, que es enteramente cierto y le consta de vista. A la quinta, que el declarante vió en algunas casillas del Gobierno y obreros de Palacio, aunque ignora con qué carácter estarían. A la sexta, ya que la tiene contestada y agrega por vía de aclaración haberle hecho un serio reclamo de haberse expresado mal de él, cosa enteramente inexacta, y después de mostrarle con toda energía su mal proceder, él dijo, palabras textuales: "han de costarle muy caro sus habladurías"; sucedió esto el día siguiente de la elección. Ratificó su declaración, previa lectura, y firmó. Doy fe.- Gómez Trejo. - José M. Moreno.- Atanasio García, secretario." - Rúbricas.

- El C. Castillo Francisco, interrumpiendo:

para una interpelación, señor presidente, si lo permite el orador.

El C. secretario Valadez Ramírez: Por último, presente el cuarto de los testigos propuestos, fue examinado como los anteriores y contestó a la pregunta primera, que se llama Ramón Rodríguez originario de San Andrés Tuxtla, Estado de Veracruz, y vecino de México, Distrito Federal, con domicilio en la tercera de Mérida número setenta y uno, casado, empleado público hasta el veintisiete de julio anterior, y ninguno en la actualidad, y de cuarenta y nueve años de edad....

El C. Manrique, interrumpiendo: Para una moción de orden, señor presidente. (Campanilla.)

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Manrique. (Murmullos.)

El C. Manrique: Señores, yo soy adverso al dictamen, pero creo que nuestro deber es escuchar con atención la lectura. es visible la desatención de la Asamblea, señor presidente.

El C. secretario Valadez Ramírez, continuando: A la segunda, que es cierta y le consta, porque ha tratado asuntos oficiales con el licenciado Del Castillo. A la tercera, que es cierta y le consta, por la misma causa. A la cuarta, que es cierta y le consta de vista. A la quinta, que también es cierta y le consta, por haber estado en ésta el día de las elecciones, recorrido varias casillas y visto en ellas a empleados de la Secretaría General, y a la sexta, que ya la contestó. En lo expuesto, previa lectura, se ratificó y firmó de conformidad. Doy fe.- Gómez Trejo.- R. Rodríguez.- Atanasio García, secretario."- Rúbricas.

El C. Castillo Francisco: Para una interpelación, si lo permite el orador. ¿Me permite su señoría el diputado Alfonso Pérez Gasga, que le haga una interpelación?

El C. Pérez Gasga: Con placer, señor.

El C. Castillo Francisco: Para que informe la Secretaría si esas diligencias de jurisdicción voluntaria están practicadas habiendo dado conocimiento de ellas al señor Del Castillo, en primer lugar, y en segundo, si intervino en la práctica de esas diligencias el Ministerio Público del lugar donde fueron practicadas. (Aplausos.)

El C. secretario Valadez Ramírez: La Secretaría hace notar que se trata solamente de un acta levantada ante notario público. (Voces: ¡Eso no es prueba!)

El C. Pérez Gasga: Voy a hacer una aclaración a la Secretaría. No es exacto; se trata de una protocolización de unas diligencias rendidas ante el juez en la vía de jurisdicción voluntaria. (Voces: ¡No tienen valor legal!) Sí, señor, con asistencia del Ministerio público.

El C. Camarena: ¡No tienen valor legal!

El C. secretario Valadez Ramírez: La Secretaría hace constar que si hizo la declaración anterior, no fue con el propósito de asentar una falsedad, sino que el ciudadano Pérez Gasga hizo leer a la Secretaría dos o tres únicamente y al principio que es un acta. Dice: "Acta número 206 de 1920". De manera que únicamente la Secretaría leyó declaraciones. (Siseos. Desorden)

El C. Castillo: Se trata de lo siguiente. Pido la palabra. Se trata de...

El C. Pérez Gasga: Permítame usted; estoy en el uso de la palabra. Honorable Asamblea: El acta dice así:

"En Toluca, a once de agosto de mil novecientos veinte.

"Yo, Gabriel M. Ezeta, notario público de este lugar, en cumplimiento de la ley, protocolizó, agregando al apéndice de documentos de este protocolo bajo el número de la presente acta, que es el que corresponde al legajo que se forma y marcada con la letra "A", original el acta levantada hoy a solicitud del señor licenciado Alberto Jiménez, y en la que se transcriben constancias del expediente de información de testigos que en vía de jurisdicción voluntaria promovió en el Juzgado Segundo de lo Civil de este distrito, el señor doctor don Alberto Román."

Y una constancia que dice:

"Auto. Toluca, agosto seis de mil novecientos veinte. Por presentado con el interrogatorio a que se refiere, recíbase la información que se ofrece, con citación del ciudadano agente del Ministerio Público, señalando para la diligencia de las tres y media de la tarde de este mismo día."

Suplico a la Secretaría certifique si es exacto o no.

El C. secretario Valadez Ramírez: Es exacto. (Desorden. Campanilla.)

El C. Pérez Gasga: Bueno; mientras no me oigan, no me bajo de la tribuna. (Risas.)

El C. secretario Valadez Ramírez: Se invita muy atentamente a los ciudadanos diputados a observar la prescripción reglamentaria que previene que debe guardarse silencio, e igualmente a los asistentes a las galerías para que cumplan con lo preceptuado en el artículo 195 del Reglamento, que previene que no deben tomar parte en los debates y deben guardar orden y compostura. Se va a dar lectura a una parte de este escrito:

"Como contrincante de la personalidad que a grandes rasgos acabamos de presentar a la consideración de ustedes, surgió de las envenenadas aguas de los pantanos burocráticos la candidatura.....

El C. Manrique, interrumpiendo: Que certifique la Secretaría que es prosa rimada. (Risas. Aplausos.)

El C. secretario Valadez Ramírez: ...de un señor licenciado Francisco del Castillo, que después de un largo peregrinar desde un punto quizá más lejano que Aztlán, pudo descalzarse sus sandalias trashumantes (Voces: ¡Qué hermoso!) en Toluca, en donde fue magistrado del Tribunal Superior de Justicia y de allí, saltando a la Secretaría General de Gobierno, al lado del señor senador don Darío López, que acaba de ser substituído en su puesto de gobernador por el señor general Abundio Gómez. El senador López, no conforme con haber hecho su secretario general al licenciado Castillo, se propuso levantarlo todavía más en el campo de la política, y todo el mundo presenció la propaganda electoral, hecha por ambos así en esta capital, como en los pueblos pertenecientes al 1er. distrito electoral, para hacer triunfar la candidatura del segundo de ellos. Al acercarse las elecciones, Castillo se separó con una licencia, de la Secretaría de Gobierno."...La Secretaría hace constar que este escrito está trunco. Aquí dice: "...hasta que

recibió el Gobierno el general Gómez." "Su nerviosidad al acercarse el día de la elección era visible, y por fin se manifestó ruidosamente en una casilla electoral, en donde al encontrarse como secretario de ella el señor profesor don Anacleto López Ibarra, lo increpó duramente y llegó a amenazarlo con un bastón y con un revólver, y lleno de ira, al presentir su derrota, violó una de las ánforas en que se depositaban las boletas, se apoderó de estas y las destrozó en medio del asombro de las multitudes. De todos estos incidentes se formó acta que consignada al Ministerio Público federal, dio motivo a la formación de un proceso en que a pesar de haber surgido motivos para decretar la detención del culpable, no se ha hecho por causas que no nos es dado adivinar."

La Secretaría hace constar que es un escrito únicamente. (Voces: ¿No tiene firmas? Es una copia simple, según parece.

El C. Pérez Gasga: Es una copia simple de un documento que se presentó al colegio electoral por un club de obreros de Toluca. No me quiero hacer solidario, naturalmente, de las afirmaciones en prosa rimada...(Murmullos. Siseos.) de lo que asientan los obreros de Toluca, y únicamente quise que se leyera el documento por lo que se refiere a lo que se efectuó en una casilla electoral. Una vez sentados todos estos hechos, sacamos la consecuencia... (Voces: ¡Ah! ¡Ah! ¡A votar! ¡A votar!) El señor Castillo se separó el día 5 de julio por medio de una renuncia que presentó, y ese mismo día fue nombrado abogado consultor del Gobierno. (Murmullos. Campanilla.) El abogado consultor del Gobierno , señor Castillo, que un día antes era secretario general, continuó despachando los asuntos de la Secretaría, como consta de este informe testimonial. De manera que él siguió con la misma influencia, con el mismo cargo, con la misma acción, con el mismo poder que tenía cuando era secretario general. Estos son los hechos fundamentales, y es natural que aquí venga a cambiar la naturaleza de estos hechos. La prueba de presunción es vehemente, porque... probablemente se lastimarán algunas personas, pero es necesario decirlo...

El C. presidente: Habiendo pasado la hora reglamentaria, se consulta a la Asamblea si se permite que continúe hablando el orador.

El C. secretario Valadez Ramírez: Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Sí se le permite.

El C. Pérez Gasga: Señores diputados: Cuando ya toda la Asamblea no quiere ni siquiera tener la consideración de oír, no debe continuar mucho tiempo; la Asamblea es inconsecuente cuando no quiere oír al orador, y, por lo mismo, voy a ser concreto, simple y sencillo. Esto es lo fundamental, el argumento único, que es todo: el señor Castillo estuvo como secretario general de Gobierno hasta el día 5; al día siguiente continuó despachando como abogado consultor en la misma Secretaría, con su misma influencia; en consecuencia, esa presión sí existió, y la prueba de presunción fundamental es esta: El señor Vicencio, era presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México salió electo diputado; el señor Alanís, que era secretario particular del gobernador, salió electo diputado; el señor Solórzano, que era representante jurídico del Gobierno del Estado de México en México, y el señor Castillo, que era secretario general de Gobierno, salieron electos diputados; si esta presunción no es bastante para hacer creer que hubo imposición, señores, presunción como gustéis. (Siseos. Aplausos. Campanilla.)

El C. De la Barrera: Pido la palabra para una interpelación a la Comisión, si se digna concedérmela.

El C. Pérez Gasga: Diga Usted.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano De la Barrera.

El C. De la Barrera: Ruego a usted, señor compañero, se digne decirme si a juicio de usted era gobernador de mi Estado el señor López en la época en que tenía el carácter de secretario general el señor Del Castillo....

El C. Pérez Gasga, interrumpiendo: Sí, señor; porque no se había separado de ahí.

El C. De la Barrera, continuando: En primer lugar, señor, no era gobernador de mi Estado, si voy a atender al vocablo, al significado gramatical. Gobernador quiere decir mandar, ser obedecido. Las características de un mandatario de una entidad federativa deben estar sujetas, tener todas las condiciones constitucionales y especialmente esta única que da la característica a los gobernadores: la voluntad general, y el señor Darío López no fue ahí por la voluntad general, sino que fue por el nombramiento que ni siquiera hizo el señor De la Huerta, jefe supremo de la revolución, sino que fue hecho el nombramiento por el señor general Obregón; en consecuencia...

El C. Pérez Gasga, interrumpiendo: ¿Es una interpelación, señor, o es una explicación? (Risas. Voces: ¡Es una interpelación explicada!)

El C. De la Barrera, continuando: Usted sabe que en momentos de turbulencias, o revoluciones, hay dos clases de gobiernos: el de jure, que es de derecho, y el de facto, que es de hecho. Hay gobiernos que son mixtos, como el del señor Carranza, en que parte de los habitantes de la República lo hicieron su presidente: era Gobierno de jure y de facto. El Gobierno de jure se constituye por la voluntad popular, y el Gobierno de facto se constituye en virtud de las circunstancias. El señor Carranza cuando fue traidor y se olvidó de su origen y fue traidor a los principios que sustentara ese movimiento revolucionario, entonces tuvo el anatema de sus conciudadanos y vino por tierra ese Gobierno y triunfó el último esfuerzo revolucionario. Por lo tanto, siendo el Gobierno del señor Darío López un Gobierno de facto, su secretario era también un funcionario de facto, porque no era gobernador constitucional, y la ley no se refiere a esa clase de gobiernos, sino a los que tienen el carácter verdaderamente constitucional. (Aplausos.)

El C. Pérez Gasga: ¿Me permite usted una interpelación, señor De la Barrera?

El C. De la Barrera: Sí, señor.

El C. Pérez Gasga: La incapacidad para ser electo diputado, la razón de ser de la ley cuál es: ¿el que sea un gobernador de facto, o que el individuo que se encuentra de facto al frente del poder puede ejercer presión y abusar de su autoridad? Dígame usted. Dígame usted si la razón de ser de

la ley, la imposibilidad a los secretarios generales para ser representantes en esta Cámara, está en que estos funcionarios pueden ejercer presión y por esto es que no quiere que sean electos.

El C. De la Barrera: Voy a contestar a usted. Dentro de la psicología de los pueblos existe la preponderancia de que el que manda es el que ejerce esa presión; pero cuando su paso no es efímero, como las estrellas fugaces en las noches de verano, que no dejan cauda, (Aplausos nutridos. Voces: ¡Bien! ¡Bien! Risas.) para entonces no hay presión. Hay un momento fulgurante en que pueden tener alguna influencia. (Aplausos.)

El C. Pérez Gasga: Voy a contestar la interpelación. (Voces: ¡Si usted fue el que la hizo!) Como usted hizo una interpelación, ¿quiere usted que concrete la contestación? (Voces: ¡No: usted no la hizo!)

El C. De la Barrera: ¿Que vuelva a hacerle una interpelación? (Risas.)

El C. Pérez Gasga: Sí; usted quiere le contesto una interpelación que pueda hacerme. (Voces: ¡A votar! ¡A votar! Desorden. Campanilla.)

El C. De la Barrera: ¿Que yo se la conteste a usted? (Risas. Desorden.)

El C. Pérez Gasga: No, señor; usted me la hizo.

El C. González Marco Aurelio: Que se consulte si está suficientemente discutido.

El C. mismo C. secretario: Se pregunta al ciudadano De la Barrera si desea que el ciudadano Pérez Gasga conteste alguna interpelación. (Voces: ¡No! ¡No!)

El C. De la Barrera: La Asamblea es quien no lo desea. (Aplausos. Risas.)

El C. Manrique: Pido la palabra para interpelar seriamente al orador.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Manrique: Señores diputados: (Voces: ¡Tribuna! ¡Tribuna!) Como me dolería pensar que una elección bien ganada como es la del ciudadano Enrique del Castillo, de quien me consta personalmente, por haber estado yo en Toluca en alguna ocasión, que tiene allí un prestigio bien ganado por su caballerosidad y por su talento, (Aplausos. Voces: ¡Bravo!) como me consta esto y me dolería pensar que se creyese que había triunfado el ciudadano Del Castillo por un rato de buen humor de la Asamblea, que había no querido escuchar a los oradores del contra; como creo que los discursos de los defensores del dictamen son fundamentalmente débiles, quiero que el ciudadano Alfonso Pérez Gasga se sirva contestar a esta interpelación: ¿Cree el ciudadano Pérez Gasga, de acuerdo con su tesis que la elección de Manuel García Vigil, que tuvo mando de fuerzas dentro de los noventa días de la elección, fue ilegal? Cree el ciudadano Alfonso Pérez Gasga que la elección de José Siurob, que estuvo en idénticas condiciones, porque cumplió con su deber levantándose en armas, fue ilegal? ¿Cree el ciudadano Pérez Gasga que se haya debido sólo a una veleidad de la Asamblea y no a una correcta interpretación de la ley, a una correcta interpretación circunstancial de la ley la elección del ciudadano magistrado Leopoldo Vicencio? Si eso es así, entonces los errores cometidos anteriormente no nos autorizarán a cometer uno más y deberíamos reprobar la elección del ciudadano Enrique del Castillo; pero si no es así seamos consecuentes con nuestro criterio y seamos equitativos. (Aplausos ruidosos. Voces: ¡Bravo!)

El C. Pérez Gasga: Si la Asamblea me permite contestar y que se me oiga la respuesta a la interpelación, contesto. (Voces: ¡Sí!) La explicación es sintética: la razón de ser por la que estimo que la elección del señor Castillo no es legal, es porque continuó ejerciendo funciones de secretario general después de la fecha en que aparecía separado, en que apareciendo como abogado consultor del Gobierno del Estado de México, en efecto desempeñó funciones de secretario; usó de esa influencia y por eso salió electo. Este hecho unido a la prueba presuncional de que hayan salido electos cuatro individuos que desempeñaban los cargos principales del Gobierno de México, me hace creer, en conciencia, que hubo presión para obtener esa credencial.

El C. Manrique: Para una nueva interpelación. Sírvase contestarme categóricamente, con un simple sí o no, según opinión, el ciudadano Alfonso Pérez Gasga a esta interpelación única, en lugar de tres preguntas diversas: ¿Cree el ciudadano Alfonso Pérez Gasga, dado el texto constitucional que exige noventa días, categórica y expresamente, que la elección de Manuel García Vigil, de José Siurob, y de Leopoldo Vicencio, aprobada por esta Cámara, haya sido ilegal? ¿Sí, o no?

El C. Pérez Gasga: No debo contestar categóricamente. (Voces: ¡Ah!) Señores, me parece absurdo el hacer una pregunta de esta naturaleza sin permitir que se conteste ampliamente; si no explico, no contesto.

El C. Manrique: Como no quiere o no puede el compañero Alfonso Pérez Gasga...(Voces: ¡No puede!) contestar categóricamente, le relevo del compromiso.

El C. Pérez Gasga: No, señor, no me releva usted, es que tengo que contestar como me parezca a mí. (Voces: ¡Lo relevamos!)

El C. Manrique: Yo retiro mi interpelación anterior y formulo esta nueva... sírvase el ciudadano Alfonso Pérez Gasga decirme, también categóricamente, si aparte de la prueba testimonial - a la que ya sabemos cada uno de nosotros qué valor debe dársele -, si aparte de la prueba testimonial tiene alguna otra prueba de que el ciudadano diputado Enrique Castillo - diputado le llamo, no le llamo ya presunto diputado - (Aplausos.) si tiene alguna otra prueba de que el ciudadano diputado Enrique del Castillo haya ejercido presión en las elecciones y funcionado de hecho como secretario general. ¿Sí, o no?

El C. Pérez Gasga: Sí. (Voces: ¡Pruebas!) Pues si ustedes quieren que se lean todos los documentos... (Voces: ¡No! ¡No! Aplausos.)

El C. Solórzano José L.: Pido la palabra para una interpelación. (Voces: ¡A votar! ¡A votar!)

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Mendoza Salvador.

El C. Mendoza Salvador: Como estimo que el criterio de la Asamblea está perfectamente normado en el sentido de desechar rotundamente el dictamen, renuncio al uso de la palabra. (Aplausos)

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano del Castillo en contra.

El C. Del Castillo Enrique: Renuncio.

El C. presidente: Habiendo renunciado al uso de la palabra los ciudadanos que se habían inscripto en el contra, tiene la palabra en pro el ciudadano Porfirio del Castillo.

El C. Lara César: Moción de orden, señor presidente. Acaba de hablar en pro del dictamen un ciudadano diputado, y desde el momento en que han renunciado los que estaban en contra, debe preguntarse si está suficientemente discutido. (Voces: ¡Claro!)

El C. prosecretario Castrejón: En votación económica se consulta a la Asamblea si el asunto está suficientemente discutido. (Voces: ¡Sí! ¡Sí! Aplausos.) Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. Suficientemente discutido. (Aplausos. Voces: ¡A votar! ¡A votar!) En votación económica se consulta si se aprueban los siguientes puntos resolutivos: (Voces ¡No! ¡No!)

El C. Solórzano José Luis: Pido la palabra para una moción de orden.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Solórzano para una moción de orden.

El C. Solórzano José Luis: Que se divida el punto resolutivo relativo a la validez de la elección, y el punto resolutivo que da el triunfo al ciudadano Román.

El C. presidente: Como lo pide el ciudadano... (Campanilla.)

El C. prosecretario Castrejón: "1o. Es legal la elección verificada el día 1o. de este mes en el 1er. distrito electoral del Estado de México".

En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobado. Son válidas las elecciones.

"2o. Son nulos los votos emitidos en favor del C. licenciado Enrique del Castillo para diputado propietario al Congreso de la Unión por ese distrito.

En votación económica se pregunta si se aprueba. (Voces: ¡No! ¡No!) Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. No se aprueba.(Aplausos.)

"3o. Son diputados propietario y suplente al Congreso de la Unión, respectivamente, por el expresado distrito, los CC. doctor Alberto Román y Vicente G. Abasta. (Voces: ¡No! ¡No!)

Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. Reprobado. (Aplausos. Desorden. Voces: ¡El voto particular!)

Está a discusión el voto particular, cuyo punto resolutivo dice:

"2o. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Enrique del Castillo y Vicente G. Abasta. (Voces: ¡Sí! ¡Sí!)

Está a discusión.

El C. Solórzano Federico N.: Moción de orden, señor presidente.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Solórzano para una moción de orden.

El C. Solórzano Federico N.: Mi moción de orden, ciudadanos diputados, consiste en esto: Se ha discutido el dictamen de la Comisión favorable al ciudadano Román y, por tanto, contrario al ciudadano Del Castillo. Se ha desechado este dictamen. El compañero Camarena, muy estimado por mí, ha formulado un voto particular; los votos particulares, no obstante que aquí se ha sentado ya eso que se llama precedente, no deben discutirse, no pueden discutirse, no son dictámenes. (Voces: ¡Sí deben discutirse!) El dictamen ya se ha discutido, (Voces: ¡Este también es dictamen!) y, por tanto, desechado el dictamen, debe volver a la Comisión para que lo reforme en el sentido de la discusión.

El C. Solórzano José Luis: Para una moción de orden. Pido a la Presidencia que ordene a la Secretaría lea el artículo 116 del Reglamento.

El C. secretario Valadez Ramírez: Eso voy a hacer.

"Artículo 116. Si desechado un proyecto en su totalidad, o alguno de sus artículos, hubiere voto particular, se pondrá éste a discusión, con tal que se haya presentado a lo menos un día antes de que hubiese comenzado la discusión del dictamen de la mayoría de la Comisión."

(Voces: ¡Bien! ¡Bravo!)

El C. prosecretario Castrejón: La Secretaría hace la aclaración...

El C. Solórzano Federico: Conozco el artículo reglamentario que se acaba de leer; me he dado cuenta de la soberanía de esta Asamblea para resolver esas cuestiones conforme a esa soberanía; la Asamblea ha pasado sobre un precepto constitucional, ¿qué más, entonces, que pase sobre un precepto reglamentario, que es tan absurdo? Todo consiste en poner a discusión un voto particular que no es dictamen. Por eso decía yo que para que seamos lógicos volviera el dictamen al seno de la comisión a fin de que, obedeciendo la resolución de la Asamblea lo presentara reformado en el sentido de la discusión. Esto es lo que debemos realmente hacer.

El C. Camarena: Pido la palabra.

El C. Manrique: Pido la palabra para una aclaración.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Manrique.

El C. Camarena: Pido la palabra.

El C. Manrique: Yo tengo la palabra, compañero Camarena. Señores diputados: El compañero Federico Solórzano acaba de afirmar categóricamente que la Asamblea ha violado la Constitución. Señores, la resolución de la Cámara en Colegio Electoral es definitiva e inatacable, y es claro que cada uno de nosotros, al votar por el dictamen, cree haber interpretado la Constitución, cree haber observado la Constitución interpretándola. En consecuencia, la opinión del compañero Solórzano es una opinión muy personal, pero no hemos violado la Constitución, porque somos sus intérpretes y observantes.

El C. Solórzano José Luis: Pido la palabra para una moción de orden. (Voces ¡No! ¡No!) Para contestar al ciudadano Solórzano Federico.

- El mismo C. prosecretario: La Secretaría hace esta aclaración: Que cuando levantaron equivocadamente todos los ciudadanos diputados, se había puesto a discusión el voto particular, no se había puesto a votación todavía. Está a discusión.

El C. Camarena: Pido la palabra.

- El mismo C. prosecretario: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba este punto resolutivo:

"2o. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Enrique del Castillo y Vicente G. Abastan."

(Voces: ¡Sí¡ ¡Sí!) Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Aprobado (Aplausos. Voces: ¡Declaratoria!)

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara: Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el 1er. distrito electoral del Estado de México, los ciudadanos Enrique del Castillo y Vicente G. Abasta. (Aplausos.)

El C. Meza: Pido la palabra.

El C. presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Meza: Para una interpelación a la Presidencia.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Meza: Deseo saber qué dictámenes se verán en la próxima sesión de Colegio Electoral. (Voces: ¡Que se lean!)

- El mismo C. prosecretario: En la próxima sesión de Colegio Electoral se tratarán por su orden, los siguientes dictámenes en cartera: 5o. Zacatecas, 3o de Veracruz, 4o. de Chiapas, 8o. de Zacatecas, 6o. de Oaxaca, 17 de Puebla, 4o. de Oaxaca, 2o. de Veracruz y 9o. de Veracruz.

- El C. presidente, a la 1.14 p.m. Se levanta la sesión y se cita para la tarde a las cuatro, a sesión de Cámara de Diputados.

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 5

DE NOVIEMBRE DE 1920

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior. Rinden la protesta de la ley los CC. Enrique Fernández Martínez y Enrique del Castillo, diputados por los distritos electorales 9o. de Guanajuato y 1o. del Estado de México, respectivamente.

2.- Se da cuenta con los documentos en cartera, concediéndose licencia al C. diputado Liborio Chávez Franco. Iniciativa del C. diputado Godofredo Guzmán Peláez tendente al establecimiento de una escuela industrial sostenida del peculio de los ciudadanos diputados o con partida en el Presupuesto; de primera lectura e imprímase. Iniciativa de reformas a los artículos 65 y 66 constitucionales, subscrita por varios ciudadanos diputados; a las comisiones unidas 1a. de Puntos Constitucionales y la 1a. Gobernación, e imprímase. Proposición firmada por numerosos ciudadanos diputados, a fin de que sean aumentados los sueldos de los empleados de esta Cámara; a la Comisión de Presupuesto y Cuenta.

3.- Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, en que propone se amplíe la partida número 63 del Presupuesto de Egresos vigente; a discusión el primer día hábil.

4.- Segunda lectura a los dictámenes presentados por las comisiones 1a. y 2a. de Relaciones Exteriores, en que respectivamente proponen: se conceda permiso constitucional al C. José Arguimbau para que acepte el cargo de cónsul "ad honorem" de Panamá en Liverpool y se conceda igual permiso la C. Fernando Carballo para que acepte el de vicecónsul de Dinamarca en esta Capital; a discusión el primer día hábil.

5.- Segunda lectura al dictamen de la 1a. Comisión de Guerra, en que propone se conceda una pensión a la señorita Elvira Vargas; a discusión el primer día hábil.

6.- Segunda lectura a tres dictámenes presentados por la 3a. comisión de Guerra, en que propone se pensione, respectivamente, a la señorita Magdalena Ramos, a la señora Soledad Ramírez viuda de Arce y a las señoritas Leonarda y Rosario Pezo; a discusión el primer día hábil.

7.- Sin discusión es aprobado el dictamen de la 1a. Comisión de Gobernación, que propone se conceda licencia, con goce de dietas, al C. diputado Ramón Bueno.

8.- Se procede a la elección de los suplentes de las secciones 5a. y 8a. de la 1a. Comisión de Poderes, levantándose la sesión por falta de "quórum".

DEBATE

Presidencia del

C. ORTEGA MIGUEL F.

(Asistencia de 126 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 6.05 p.m.: Se abre la sesión.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del congreso de la Unión, el día cuatro de noviembre de mil novecientos veinte.

"Presidencia del C. Miguel F. Ortega.

"En la ciudad de México, a las cuatro y cincuenta de la tarde del jueves cuatro de noviembre de mil novecientos veinte, se abrió la sesión con asistencia de ciento veintiséis ciudadanos diputados.

"Sin objeción se aprobó el acta de la sesión celebrada el día anterior.

"Se dio cuenta con los documentos siguientes:

"Oficio del Senado, en que participa la elección de presidente y vicepresidente para el presente mes.

- De enterado.

"Oficio de la Secretaría de Gobernación, al que acompaña copia certificada de varias comunicaciones que le dirigió el Gobierno del Distrito Norte de la Baja California, solicitando se erija en pueblo a Mexicali y se le dote de fundo legal.- Recibo, y a la 1a. Comisión de Gobernación.

"Oficio del secretario particular del ciudadano presidente substituto de la República, al que acompaña, por acuerdo del mismo primer mandatario, la solicitud de pensión de la señora María de la Soledad Angulo viuda de Hidalgo.- A la 2a. Comisión de Peticiones.

"Oficio del abogado consultor del ciudadano presidente substituto de la República, con el que envía, por acuerdo del propio ciudadano presidente, un memorial en que la señora María Sóstenes Echeverría y Miramontes solicita se otorgue una pensión.- A la 1a. Comisión de Peticiones.

"Oficio del secretario de acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al que acompaña copia certificada de varias constancias que obran en el expediente formado con motivo de la visita que el ciudadano magistrado licenciado Alberto M.

González practicó al Juzgado de Distrito de Jalisco.- Recibió, y a su expediente.

"Oficio del Congreso de Sonora, en que ratifica su telegrama por medio del cual apoyó la petición de la Cámara Nacional de Comercio de Guaymas, a fin de que no se derogara el decreto sobre puertos libres.- Recibo, y a su expediente.

"Dos mensajes procedentes de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, firmados por los CC. Lisandro Villafuerte, Benigno Cal y Mayor, S. Orantes Z. y general T. Fernández Ruiz, en los que se participa que la Legislatura de ese Estado quedó instalada legítimamente con fecha 1o. de los corrientes.- De enterado.

"Iniciativa de la diputación guerrerense, hecha suya por varios ciudadanos diputados, relativa a que se incluya en el Presupuesto de Egresos del próximo año fiscal, una partida que se destinará a la construcción de un camino carretero que una a las poblaciones de Iguala y Teololoapan.- A la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"Dictamen de la segunda Comisión de Gobernación, que consulta el siguiente proyecto de decreto:

"Único. Se convoca a elecciones extraordinarias para diputados propietario y suplente al Congreso de la Unión, por el 12 distrito electoral del Estado de México, las cuales se verificarán el primer domingo de diciembre del año en curso, de acuerdo con la Ley Electoral vigente y las bases que a continuación se expresan:

"a) El registro de candidatos quedará abierto el primer domingo de noviembre y se clausurará el penúltimo domingo.

"b) Los presidentes municipales cumplirán con lo prevenido en el artículo 27 de la Ley Electoral, el primer domingo de noviembre, y lo preceptuado en el artículo 32 dentro de los tres días siguientes al cuarto domingo del mismo mes.

"c) La Junta Computadora se reunirá el jueves siguiente a la fecha de la elección que se ha señalado en esta convocatoria.

"d) La calificación de las elecciones verificadas en este distrito, se hará en el actual periodo de sesiones ordinarias".

"Habiéndose declarado con lugar a votar en lo general el anterior proyecto de decreto, en la sesión del veinte de octubre próximo pasado, se puso a discusión en lo particular.

"El C. Francisco Soto usó de la palabra para un hecho, y en seguida se aprobó el proyecto, por unanimidad de ciento veintisiete votos, pasando a la Comisión de Corrección de Estilo en turno.

"Dictamen de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, acerca de los estados de la Cuenta del Erario nacional por el periodo fiscal de julio a diciembre de 1917, que concluye con el siguiente acuerdo económico:

"Pídase al ciudadano contador mayor de Hacienda que rinda un informe justificado sobre el resultado de la revisión y glosa de la Cuenta de la Hacienda Pública, por el periodo fiscal de julio a diciembre de 1917, las cuales, de acuerdo con el artículo 5o. de la Ley Orgánica de esa oficina, de 6 de junio de 1904, debe estar ya terminada."

"Sin discusión se aprobó.

"Dictamen de la misma Comisión, que se refiere a los estados de la Cuenta de la Hacienda Pública del año fiscal de 1918, y que consulta el acuerdo económico que a continuación se inserta:

"Excítese a la Contaduría Mayor de Hacienda para que se active cuando sea posible la glosa de la Cuenta de la Hacienda Pública por el año de 1918, y pídasele que tan luego como la haya terminado, rinda dictamen sobre su resultado, para que pase al estudio de la Comisión de Presupuestos y Cuenta".

"Igualmente, se aprobó sin debate.

"Sin que ningún ciudadano diputado hiciera uso de la palabra, la Cámara, otorgó su aprobación a los dictámenes de las comisiones que en seguida se expresan y que consultan los acuerdos económicos a que se hace referencia:

"Primera de Hacienda. Que se remita a la Secretaría de Agricultura y Fomento, el expediente formado con motivo de la iniciativa del C. Salvador Saucedo, referente a que se cedan al Ayuntamiento de Manzanillo, Colima, los terrenos baldíos de propiedad federal, que existen en dicho puerto.

"Primera de Gobernación. Que se diga al Congreso de Chihuahua, por conducto del gobernador del Estado, en respuesta a su consulta relativa, que el C. diputado al Congreso de la Unión, Socorro García, gozaba de licencia y percibía dietas en la fecha en que se recibió dicha consulta; y que, como presunto diputado el mismo ciudadano García, al Congreso local, podía concurrir a los debates relativos a las elecciones de diputados, sin que este carácter fuera incompatible con el de diputado al Congreso de la Unión.

"Segunda de Justicia. Que se archive el expediente que se refiere a la petición del C. Trinidad Sánchez Benítez, para que se le concediera un mes de plazo, a fin de tomar posesión del cargo de juez de Primera Instancia del Partido Sur de la Baja California.

"Primera de Hacienda. Que se turne a la Comisión Inspectora de la Contaduría Mayor de Hacienda, la iniciativa del Ejecutivo de la Unión, tendente a ampliar once partidas del Presupuesto de Egresos de 1918.

"Segunda de Hacienda. Que se archive el oficio en que el Ejecutivo de la Unión hace observaciones al decreto de 30 de diciembre de 1918, por medio del cual se facultó al propio Ejecutivo para facilitar a los ayuntamientos del Distrito Federal y Territorios, las cantidades necesarias para cubrir sus Presupuestos de Egresos relativos a Instrucción Pública.

"Segunda de Hacienda. Que se archive el proyecto de ley del C. diputado Salvador Saucedo, que trata de establecer un impuesto sobre los bultos que se embarquen y desembarquen en Manzanillo, a fin de destinar sus productos a la introducción del agua potable a ese puerto.

"Segunda de Hacienda. Que se archive la iniciativa por medio de la cual el Ejecutivo de la Unión solicitó la ampliación de la partida 5,737 del Presupuesto de Egresos de 1918.

"Segunda de Hacienda . Que se archive la solicitud de los señores Loeb Hermanos Sucesores, relativa a que se modifique la tarifa arancelaria de derechos de importación sobre artículos de loza, porcelana y barro vidriado.

"Segunda Hacienda. Que no es de

condonarse a la señora Esperanza Iris el importe de los derechos aduanales por la introducción de sillas destinadas al teatro que lleva su nombre, en esta capital, y que se comunique este acuerdo a la Secretaría de Hacienda.

"Segunda de Hacienda. Que se archive el proyecto de ley del C. José Federico Rocha, referente a la forma de arbitrar fondos para el establecimiento del Banco Único de Emisión.

"Primera de Hacienda. Que no es de concederse la exención de contribución federal, solicitada por varios diputados de Jalisco, sobre las cantidades que se recauden por concepto de impuestos decretados por los Estados, para el sostenimiento de fuerzas regionales.

"Unidas primera de Hacienda y primera de Comunicaciones. Que no es de aprobarse el proyecto de ley presentado por las diputaciones de Veracruz y Campeche, que consultan se declaren de propiedad municipal los terrenos denominados "ganados al mar", ubicados en el municipio de Veracruz.

"Con referencia a este dictamen, la Secretaría proporcionó un informe que solicitó el C. Miravete.

"Segunda de Guerra. Que se diga al C. Florencio Garza que no es de la competencia de esta Cámara autorizar el pago de haberes a que se refiere y que no se le puede conceder el subsidio que pide, toda vez que disfruta de una pensión.

"Segunda de Guerra. Que no ha lugar a conceder al C. Ignacio Gadea Fletes la pensión que solicita.

"El dictamen de la segunda Comisión de Guerra que propone se archive el expediente formado con lo documentos relativos a la solicitud de pensión del C. Enrique Sotomayor, fue desechado por la Asamblea, después de que lo impugnó el C. Manrique, y volvió a la Comisión para que lo reforme en el sentido de la discusión.

"La segunda Comisión de Corrección de Estilo presentó la minuta referente al proyecto de decreto aprobado en esta sesión, por el que se convoca a elecciones extraordinarias de diputados en el décimosegundo distrito del Estado de México.

"Aprobado sin objeción este documento, paso el proyecto de decreto al Ejecutivo, para los efectos constitucionales.

"Sin debate, se aprobaron dos dictámenes, el primero de la segunda Comisión de Guerra, y el segundo de las comisiones unidas de Agricultura y Fomento y primera de Puntos Constitucionales, que respectivamente concluyen con los siguientes acuerdos económicos:

"Remítase a la Secretaría de Guerra y Marina el expediente relativo a la solicitud de reingreso al Ejército, del C. exmayor federal Luis G. Hernández, a fin de que este ministerio resuelva sobre el particular."

"Dígase al C. general brigadier Prisciliano Ruiz que el artículo 22 de la Ley de Dotación o Restitución de Tierras a los Pueblos, Rancherías, Congregaciones y comunidades, ley ya aprobada por esta Cámara, contiene lo por él solicitado."

"Presidencia del C. Edmundo G. Cantón.

"Se dio cuenta con un dictamen de la primera Comisión de justicia, que consulta este acuerdo económico:

"Cítese a Congreso General para nombrar juez de Primera Instancia del Partido judicial de Payo Obispo, Quintana Roo, en substitución del juez de hecho que actualmente funciona. Comuníquese al C. Licenciado Abelardo Moreno Lezama, como resultado de sus instancias relativas. Fórmese un sólo expediente de los tres a que este dictamen se contrae, y archívese".

"Puesto a discusión, hicieron aclaraciones los CC. Enrique M. Barragán y Federico N. Solórzano. Los CC. Rivera Cabrera y Manrique insinuaron que la Comisión reconsiderara el dictamen, a lo que aquélla accedió, retirándolo del debate, con anuencia de Asamblea.

"Sin debate se aprobaron seis dictámenes de las comisiones que se mencionan en seguida y que consultan los puntos resolutivos a que se hace mérito:

"Primera de Justicia. Que pase a la Comisión de Peticiones en turno, el expediente que trata de la solicitud del juez de Primera Instancia de Quintana Roo, para que se dispense el requisito de ser abogado al secretario de ese Juzgado.

"Segunda de Hacienda. Que no ha lugar a conceder a la señora Dominga Osnaya viuda de Cortés, la pensión que solicita.

"Primera de Justicia. Que se haga una investigación para saber si los jueces y magistrados del Distrito Federal reúnen los requisitos que la ley exige para desempeñar esos puestos.

"Primera de Justicia. Que vuelva al conocimiento de la Comisión de Peticiones, la iniciativa del C. licenciado Miguel Mejía, que tiene por objeto abreviar los procedimientos judiciales.

"Segunda de Justicia. Que se archive el expediente formado con motivo del mensaje en que el ciudadano magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Sur de la Baja California, manifestó que el Juzgado de Primera Instancia de ese lugar estaba clausurado y hacía notar la urgencia de su reapertura.

"Segunda de Justicia. Que se archive el expediente que trata de la instancia de la señora Mercedes Guevara viuda de Bernaud, relativa a una sentencia del juez segundo de lo Civil, en un juicio seguido por la promovente contra el C. Salvador Alcocer y Godoy.

"Sometióse a consideración de la Cámara el dictamen de la tercera Comisión de Comunicaciones, que concluye con el siguiente acuerdo económico:

"La tercera Comisión de Comunicaciones de la XXIX Legislatura hace suyo el acuerdo económico propuesto por la segunda Comisión de Comunicaciones de la XXVIII Legislatura, con fecha 7 de diciembre de 1918, que a la letra dice: "Archívese el expediente respectivo, por no ser conveniente la supresión de las capitanías de Puerto, que propone el C. diputado Francisco Castellanos Díaz."

"El C. Von Borstel habló en contra e interpeló a los CC. Rivera Cabrera, Portes Gil y Altamirano.

"Después de una moción de orden del C. Borrego, se dio cuenta con una moción suspensiva firmada por los CC. Bojórquez, Mijares y Aillaud, en la que además, se propone la impresión del dictamen de que se trata, a fin de que sea bien conocido de los ciudadanos diputados.

"El C. Bojórquez la fundó, y el C. Norberto Domínguez, inscripto en contra, hizo consideraciones en apoyo del dictamen.

"Tomada en consideración la moción suspensiva, fue aprobado sin debate.

"Presidencia del C. Miguel F. Ortega.

"El C. Manrique, a nombre de la Gran Comisión, presentó la proposición para integrar la Comisión de Marina con los siguientes ciudadanos diputados: José Gómez Luna, Enrique von Borstel, Macedonio B. Gutiérrez, y suplente, Fernando B. Martínez.

"La Asamblea le otorgó su aprobación, sin debate, una vez que fundó la proposición del C. Manrique.

"El C. Norberto Domínguez pidió que se invitara al ciudadano secretario de Comunicaciones para que asista a la sesión en que se discuta el asunto referente a la supresión de las capitanías de puerto. Con este motivo, la Secretaría hizo una aclaración.

"El C. Manrique sugirió que cuando se tratara de asuntos importantes, como éste, se imprimieran los dictámenes, aunque consultaran acuerdos económicos. La Presidencia manifestó que podía hacerse tal cosa, siempre que la Cámara lo acordara.

"La Comisión de Reglamento subscribió un informe, al que se dio lectura, relativo a sus trabajos, y que mereció la aprobación de la Asamblea.

"Previa dispensa de trámites, se puso a debate una proposición firmada por los CC. Casa Alatriste, Mijares, Arrioja Isunza, Francisco Trejo, Guillermo Rodríguez, Altamirano, Carriendo Méndez y Castrejón, que en su parte resolutiva dice:

"Líbrese atento oficio a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, encareciéndole la urgencia que hay de que remita cuanto antes su proyecto de Ley de Ingresos."

"La fundó el C. Casa Alatriste y fue aprobada por la Cámara.

"Sin discusión, se aprobaron ocho dictámenes de las comisiones de Peticiones, en que respectivamente se propone:

"que pase a la Comisión de Guerra en turno la solicitud de pensión de la señora Marciala Olmos viuda de Pacheco;

"que se turne a la Comisión de Hacienda que corresponda, el escrito en que las señoritas Josefa y Rosa Alcocer, piden se les aumente la pensión que disfrutan;

"que pase a la Comisión de Hacienda en turno el escrito en que solicita la Señorita María Torres Torija se decrete a su favor la pensión que disfrutaba su extinta madre;

"que pase a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno, el escrito por medio del cual el C. Francisco Orozco Muñoz solicitan el permiso respectivo para usar una condecoración;

"que se turne a las comisiones de Justicia y Puntos Constitucionales que corresponda, el escrito del C. Carlos Ramiro, en que hace una consulta relativa a la aplicación del artículo 3o. transitorio de la Ley de Amparo;

"que se archive, por extemporáneo, el telegrama en que el C. Francisco Calderón solicita el puesto de juez de Primera Instancia del Distrito Sur de la Baja California;

"que se transcriba al procurador general de Justicia de la Nación, el escrito en que el C.C. Camarena hace diversas consideraciones sobre la ley que grava la producción del pulque, y pase el escrito original a la Comisión de Presupuestos y Cuenta, y

"que se turne a las comisiones de Justicia y Trabajo correspondientes, el escrito del C. J. Guadalupe Ganado M., en que propone el establecimiento de un derecho administrativo que reemplace las prácticas viciosas que se siguen por su falta.

"Se leyó la orden del día para la sesión siguiente, y acto continuo, siendo las siete cincuenta y cinco de la noche, se levantó la sesión."

Está a discusión.

El C. Manrique: Favor de informarme si consta la Comisión de Marina.

- El mismo C. secretario: Sí consta. En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Aprobada. Estando a las puertas del Salón de Sesiones los ciudadanos Fernández Martínez Enrique, diputado por el 9o. distrito electoral de Guanajuato, y el ciudadano Castillo Enrique del, por el 1o. de México, la Presidencia ha tenido a bien comisionar a los ciudadanos Camarena Leopoldo E., Martínez Gustavo S. y prosecretario Zuno, para que los acompañen a rendir la protesta de ley.

El C. Aillaud: Reclamo el quórum. (Voces: ¡No! ¡No! Siseos.)

El C. Rivera Cabrera : Suplico a la Secretaría toque el timbre.

El C. Aillaud: Retiro mi petición.

- El mismo C. secretario: Se ruega a los asistentes a las galerías se sirvan ponerse de pie.

(Rinden la protesta de ley los ciudadanos diputados a que se hace mención. Aplausos.)

- El mismo C. secretario: Se va a dar cuenta con los asuntos en cartera.

El C. Espinosa y Elenes: Pido la palabra. Tengo entendido que en la orden del día está incluído el nombramiento de los suplentes de las comisiones 5a. y 8a. de Poderes; en tal virtud, pido que se cumpla con la orden del día.

- El mismo C. secretario: La Secretaría hace notar al ciudadano Espinosa y Elenes que tan luego como se dé cuenta con los asuntos en cartera, se pasará a la elección a que hace referencia.

"El ciudadano gobernador del Distrito Federal comunica, por medio de su circular número 23, fechada el día 3 de los corrientes, que ha sido designado secretario general de Gobierno el C. licenciado Alberto Vásquez del Mercado."- De enterado.

"El C. licenciado Alberto Vásquez del Mercado, secretario general del Gobierno del Distrito, comunica, por medio de su circular número 24, fechada el día 3 del actual, que ha sido designado oficial mayor del propio Gobierno el C. licenciado Vicente Lombardo Toledo."- De enterado.

Telegrama procedente de "México, D.F., 4 de noviembre de 1920.

"A los ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.- Presente.

"Atentamente permítome invitar a ustedes para la fiesta deportiva que en honor de los ciudadanos presidente de la República y general Alvaro Obregón, efectuarán miembros de la Policía a mis órdenes en el "Parque Reforma", el sábado 6 a las tres de la tarde.

"Anticípole las más expresivas gracias, porque no dudo nos honrarán con su presencia. Atentamente.- Inspector general de Policía, general J. R. Garrido."

La Presidencia ha tenido a bien designar a los ciudadanos Gustavo S. Martínez Rafael Ramos Pedrueza y Octavio Paz para que se sirvan concurrir a este festival en representación de la Cámara.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Liborio Chávez Franco, diputado en ejercicio a la XXIX Legislatura del Congreso de la unión, ante esa H. Asamblea, respetuosamente expone:

"Que en virtud de tener necesidad de ir a Chihuahua a traer a mi anciano padre para dedicarle en esta ciudad la atención médica que requiere su quebrantada salud, atentamente solicito de vuestra soberanía que, con dispensa de todo trámite, se sirva concederme una licencia hasta veinte días, con goce de dietas, que empezará a contarse desde el día 8 del presente.

"Protesto lo necesario.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de diputados.- México, D. F., de 5 noviembre de 1920.- L. Chávez Franco."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Concedida.

El C. Manrique: Pido la palabra, señor presidente.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Manrique: Señores diputados: En los momentos en que el ciudadano presidente anunciaba que se nombraría una Comisión que representase a esta Cámara en determinado festival, inmediatamente la Secretaría comenzaba, dando por supuesto que se aprobaría esto sin objeción alguna, comenzaba, digo, la lectura de un documento; por eso me propuse no interrumpirlo; pero tan pronto como la Secretaría ha terminado, me permito impugnar el trámite de la Presidencia. No se trata, como en otras ocasiones, de la fiesta del 8 de septiembre o de alguna otra conmemoración de alguna gloria patria; es pura y simplemente una fiesta en honor del presidente de la República y del general Alvaro Obregón, amigos personales de muchos de nosotros y muy dignos de nuestra estimación; pero la Cámara de Diputados no debe estar oficialmente representada en una fiesta de la policía en honor del presidente de la República y el ciudadano Alvaro Obregón. (Aplausos. Voces ¡Muy bien!) Por no creer decoroso - no me atrevo a llamar indecoroso, pero por lo menos no es decoroso el enviar esa Comisión -, yo me permito atentamente solicitar de la Presidencia que se sirva retirar en trámite que ha dado; de lo contrario, os pido que lo reprobéis.

- El mismo C. secretario: Habiendo sido impugnado en trámite y estando la Presidencia resuelta a sostenerlo, en votación económica se pregunta si se aprueba...

El C. Paz, interrumpiendo: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Paz.

El C. Paz: De acuerdo con la exposición del compañero Manrique, yo renuncio al nombramiento que se me ha hecho; iré personalmente, pero no oficialmente. En votación económica se pregunta si se aprueba este trámite de la Mesa. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Desechado.

- El C. prosecretario Bojórquez, leyendo:

"H. Asamblea:

"El que subscribe, profesor de instrucción primaria, y actualmente diputado al Congreso de la Unión por el 11 distrito electoral del Estado de Puebla, teniendo en cuenta que la actual Legislatura está integrada por hombres cultos y patriotas, que han visto con profunda tristeza el terrible desquiciamiento educativo que se produjo durante la administración de don Venustiano Carranza; teniendo en cuenta también que en la actualidad un 85 por ciento de la niñez desheredada de la fortuna, vaga por las calles, en virtud de no haber los suficientes planteles educativos, y que el 15 por ciento restante asiste a planteles mal acondicionados, ora por el estado antihigiénico en que se encuentran, ora por la falta de material escolar, o bien porque los maestros, mal remunerados y mal alimentados, no están en condiciones de poder dedicar todas sus energías, preparando, con el detenimiento que el caso requiere, las diferentes asignaturas que han de forjar al futuro ciudadano, para que sea un átomo útil de la sociedad en que vive; y pensad, señores diputados, que estas deficiencias se notan aquí, en el corazón de nuestra cara República, donde, por razón natural, pudiera contarse con mayores elementos; si aquí contempláis ese crimen de lesa patria y de lesa humanidad, ya podéis imaginaros lo que suceda allá, en nuestros pueblitos, en donde no ha mucho tiempo fuisteis a hacer vuestra propaganda, prometiendo, unos de palabra y otros desde el fondo de vuestro corazón, poner todo lo que de vuestra parte estuviera a fin de mejorar la condición de esa juventud que pertenece a la clase humilde y que, por lo mismo, no cuenta con recursos para cultivar su inteligencia, superior mil veces a las inteligencias de los niños que han tenido la suerte de tener padres acomodados y, por lo mismo, recursos suficientes para adquirir una instrucción digna de un hombre culto.

"Si alguno de ustedes ha sentido esa lucha sin cuartel que necesita emprender todo aquel que tiene aspiraciones y no encuentra un corazón noble y altruísta que le imparta su ayuda para ver

realizadas sus aspiraciones; si algunos de vosotros, cuando niños, habéis logrado ingresar, con muchos trabajos y sacrificios a una escuela profesional de la capital de vuestro Estado, y os habéis hecho la ilusión de que, al llegar a vuestro pueblito, durante el periodo de vacaciones, estabais ya en condiciones de poder alternar con la clase aristocrática de aquel lugar, formada, en la mayoría de las veces, por la gente más atrasada, pero intransigente en todo y por todo para conceder un átomo de consideración a quien, siendo humilde, aspiraba a un título profesional; si os habéis hecho la ilusión, repito, y os encontrásteis que esa casta de reaccionarios, muchas veces con la desgracia de no deber nada a la naturaleza, pero siempre dándose el aire de aristócratas, no os concedían ni siquiera el derecho de reuniros donde ellos se reunían, por el sólo hecho de que procedíais de una cuna humilde, por más que vosotros fuérais una esperanza para el porvenir; si vosotros habéis palpado estas decepciones y os habéis compenetrado de vuestro papel en esta Representación Nacional, yo os propongo, apelando a vuestro corazón y a vuestros sentimientos de altruístas y patriotas, que hagamos algo práctico por el pueblo que representamos. ¿Cómo? Estableciendo un plantel educativo industrial, bien dejando una cuota decenal de $10.00 (diez pesos), cada uno de vosotros, o bien que esta Representación Nacional sostuviera dicho plantel con alguna partida especial que se discuta. Si hacemos lo primero, nuestra obra será más meritoria, puesto que tenemos que hacer de nuestra parte un pequeño sacrificio en bien de nuestra niñez desheredada; si lo segundo, el resultado sería el mismo; pero ninguna gracia haríamos, puesto que la caravana se haría con sombrero ajeno y, por lo tanto, nuestra obra se opacaría un poco. De cualquier manera, a grandes rasgos voy a esbozar mi proyecto:

"I. La escuela se llamará Escuela Industrial de la XXIX Legislatura, si va a ser sostenida por nuestro peculio, o Escuela de la Cámara de Diputados, si va a ser sostenida por fondos de la nación;

"II. Dicha escuela será únicamente para albergar a los hijos de nuestros jornaleros; pues cada diputado irá a su distrito y traerá a ella al niño más aplicado y más humilde, de esos seres tan mal comprendidos y tan mal considerados;

"III. Quedarán excluídos de esa gracia y sin perjuicio de dar su cuota correspondiente, los diputados del Distrito Federal, en virtud de que aquí, cual más, cual menos, tiene oportunidad de educar a sus hijos;

"IV. Si la escuela es sostenida por nosotros, tendremos la ventaja de que los diputados que nos sucedan en la XXX Legislatura, se comprometerán a seguir sosteniendo a los niños que nosotros comenzamos a formar, y tendrán la obligación de devolverlos a nuestros distritos en condiciones de poder ser ciudadanos útiles y honrados, en la seguridad que si esto no hacen, nuestro mérito será más grande ante los ojos de nuestros comitentes, y esto no lo podrán permitir, si son dignos y si son honrados.

"Si, como espero de vuestro amor al pueblo que representáis, y de vuestro patriotismo, es aceptada esta idea, ya haciendo un pequeño sacrificio dando vuestra cuota, o bien echándole la carga a la nación, habréis cumplido con vuestro deber y habréis salvado vuestro honor.

"En caso de dar vuestra conformidad, aceptando la cuota de $10.00 decenales, yo os prometo dar $25.00 cada diez días.

"De cualquier manera, al ser aceptada esta idea, espero se nombre una Comisión de entre los maestros que hay en esta Cámara, para proceder a la organización de este plantel, que será un lenitivo para los niños que tengan la suerte de venir a él.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 4 de noviembre de 1920.- Godofredo Guzmán Peláez."- Primera lectura, e imprímase.

Presidencia del

C. CANTÓN EDMUNDO G.

"H. Asamblea:

"Si en los tiempos en que la dictadura orgánica del general Porfirio Díaz mantenía en inercia total toda actividad parlamentaria, el texto constitucional prescribía dos periodos anuales de sesiones del Congreso General de la República, y aún así, se estimaron siempre insuficientes para el desarrollo perfecto de toda labor legislativa que le estaba encomendada, fácil es comprender hasta qué punto no resultará insuficiente la actual forma del trabajo que desarrollan ambas Cámaras, siendo por precepto constitucional uno sólo el periodo de sesiones que cada año congrega a los representantes del pueblo.

"No necesitamos insistir recordando con cuánta frecuencia y absoluta abdicación de toda personalidad constitucional y todo decoro, las Cámaras porfirianas otorgaron al general Díaz facultades extraordinarias al concluir los periodos de sesiones, y por mucha que hubiere sido la intensidad del trabajo selecto de los ministros del dictador, no habían bastado para dejar concluídas las iniciativas en trámite con las que a su vez expedía en uso de facultades extraordinarias el presidente de la República. Antes de la reforma constitucional que llevó a cabo la Carta Magna de Querétaro, y a través de los periodos presidenciales anteriores a la caída del general Díaz, fue constante y patente la insuficiencia del trabajo parlamentario para dar término a las tareas legislativas de las Cámaras. El "Diario Oficial" y las constancias todas que pudieran tenerse a la vista, son la mejor comprobación de esta afirmación nuestra.

"En los actuales días en que la libre emisión del pensamiento dentro y fuera de las Cámaras abarca tamaños de intensidad decididos y absolutamente desconocidos en otras épocas en México, la labor del Parlamento se complica necesariamente con todas las consiguientes divagaciones, incertidumbres, pérdidas de tiempo, que trae siempre aparejadas la incipiente mentalidad de todas las colectividades deliberantes, la falta de disciplina que nos es peculiar a los latinos y en la que incurren no sólo los países como el nuestro, de corta enseñanza democrática, sino también las naciones más cultas de la tierra.

"Creemos por lo tanto, que es obvia la necesidad ingente de ampliar los periodos de las labores legislativas reformando al efecto los artículos 65 y 66 constitucionales, según más adelante lo proponemos.

"Mezquino sería que, preocupados por la idea de reunirnos lo menos posible y de atender preferentemente el deseo de vacar y de apartarse de las exigencias cotidianas del trabajo que nos impone nuestro deber de representantes del pueblo pretendiéramos olvidar la necesidad que existe en pro de esta iniciativa.

"Por otra parte, la opinión pública y la cristalizada ya por esta H. Asamblea, de que las facultades que se han otorgado a los representantes del Poder Ejecutivo son anticonstitucionales, cuando no están de acuerdo con lo que previene el artículo 29 de la Constitución vigente, y sólo en los casos y circunstancias que en el mismo se especifican, huelga hacer consideraciones sobre que el objeto que perseguimos al poner a vuestra consideración esta iniciativa está perfectamente justificado.

"Por lo expuesto, nos permitimos someter a la consideración de vuestra soberanía el siguiente proyecto de reforma constitucional:

"Primero. Se reforma el texto del artículo 65 de la Constitución general de los Estados Unidos Mexicanos, en los siguientes términos:

"El Congreso tendrá dos periodos de sesiones ordinarias: el primero comenzará el 16 de septiembre y concluirá el 15 de diciembre; y el segundo comenzará el 1o. de abril y concluirá el día último del mes de mayo.

"En el segundo periodo de sesiones se ocupará, de preferencia, a revisar la cuenta pública del año anterior, que será a la Cámara de Diputados dentro de los diez primeros días de la apertura de sesiones. La revisión no se limitará a investigar si las cantidades gastadas están o no de acuerdo con las partidas respectivas del presupuesto, sino que se extenderá al examen de la exactitud y justificación de los gastos hechos y a las responsabilidades a que hubiere lugar.

"No podrá haber otras partidas secretas, fuera de las que se consideren necesarias con ese carácter en el mismo presupuesto; las que emplearán los secretarios por acuerdo escrito del presidente de la República.

"Se ocupará también de preferencia en discutir y aprobar el presupuesto del año fiscal siguiente y decretar los impuestos necesarios para cubrirlo.

"En ambos periodos se estudiarán, discutirán y votarán las iniciativas de ley que se presenten, y se resolverán los demás asuntos que le correspondan conforme a esta Constitución.

"Segundo. Se reforma el artículo 66 de la Constitución general de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos siguientes: el primer periodo de sesiones ordinarias a que se refiere el artículo anterior, durará el tiempo necesario para tratar todos los asuntos mencionados en el propio artículo, pero podrá prolongarse por treinta días más si los asuntos en cartera así lo exigieren, por ser necesaria y urgente su pronta resolución; y el segundo también podrá prorrogarse por quince días más por las razones anteriores. Si las dos Cámaras no estuvieren de acuerdo para prorrogar el tiempo de sus sesiones o para poner término a ellas, antes de la fecha indicada en el artículo anterior, resolverá el presidente de la República.

"Transitorio.- Tercero. Se derogan los artículos 65 y 66 de la Constitución de los Estados Mexicanos.

"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 5 de noviembre de 1920.- E. M. Barragán.- Lic. Pablo H. Sánchez.- Lic. Francisco Castillo.- Jesús B. González.- Leopoldo Estrada." - A las comisiones unidas 1a. de Puntos Constitucionales y 1a. de Gobernación, e imprímase.

El C. Rivera cabrera: Reclamo el trámite.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Rivera Cabrera.

El C. Rivera Cabrera: Reclamando el trámite, señores diputados: Sé a ciencia cierta que en la Cámara de Senadores hay presentado un proyecto muy parecido a éste. Sería, pues, inútil que nosotros discutiésemos y tomásemos conocimiento de este negocio por ahora. Debemos esperar que venga el expediente del Senado y mientras tanto detenerse éste para agregarse a aquel expediente cuando llegue. Esta es la reclamación que hago.

El C. presidente: La Presidencia manifiesta al ciudadano diputado Rivera Cabrera que, en virtud de que el proyecto a que se acaba de dar lectura lo firma mayoría de diputación, conforme al Reglamento, tiene que pasar necesariamente a la Comisión respectiva.

El C. Castillo Francisco: Pido la palabra.

El C. presidente: ¿Me hace favor de decirme para qué pide la palabra?

El C. Castillo Francisco: Ya me obvió usted, señor presidente, la aclaración que tenía yo que hacer. Puesto que estaba firmado por una mayoría de diputación, era necesario darle el trámite reglamentario y cuando venga a la Cámara de Diputados el proyecto que está pendiente en la de Senadores, entonces se unirá; por lo pronto debe darse el trámite legal.

El C. Bojórquez: Yo pido la palabra en contra del trámite.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Bojórquez: Yo creo que este proyecto de ley no debe imprimirse por las razones que ha expuesto el ciudadano diputado Rivera Cabrera y por las que conocemos algunos otros representantes. Sabemos que en el Senado se está estudiando el mismo asunto y cuando se resuelva constitucionalmente, tiene que pasar a discutirse en el seno de esta Asamblea; así es que sería inútil imprimir este proyecto de ley. Yo sí estoy de acuerdo en que pase a la Comisión, pero no en que se imprima.

El C. presidente: Se pone a la consideración de la Asamblea el trámite de la Presidencia.

El C. Rivera Cabrera: Pido la palabra. Si la Asamblea está conforme en que pase a Comisión para que ésta la retenga mientras llegue el otro dictamen y está conforme con que no se imprima por la razón expresada por el compañero Bojórquez, entonces pido atentamente a la Asamblea se sirva reprobar este trámite para que la Presidencia lo reforme en el sentido de que pase a Comisión únicamente. (Voces: !Muy bien!)

El C. presidente: Tiene la palabra en pro el ciudadano Castillo Francisco.

El C. Castillo Francisco: Yo no creo, ciudadanos diputados, que sea inútil que se imprima esta iniciativa, puesto que conforme al Reglamento, deben darse los trámites que él mismo señala, y al imprimirse no se hará más que llevar al conocimiento de todos este asunto para que cuando se ponga a discusión, junto con el dictamen de la Cámara de Senadores, ya tengan todos conocimiento de uno y otro y así puedan combatirlo eficazmente; de otra manera resultaría que no se podría combatir ni estudiar. El trámite creo que está bien dado por la Mesa, porque es el legal; así es que pido a esta honorable Asamblea que se sirva apoyarlo.

El C. Bojórquez: Pido la palabra. Señores diputados: Yo quiero hacer la siguiente aclaración: al oponerme a que se imprimiera esta iniciativa de proyecto de ley, lo hacía por el gasto que tendría que hacerse en la imprenta tanto en impresión, como en papel; pero he sido informado de que al leerse esta iniciativa, tiene que ser transcrita íntegramente en el DIARIO DE LOS DEBATES. De suerte que sólo tendría que hacerse un pequeño gasto para que llegara al conocimiento de todos los ciudadanos representantes. Así es que yo también apoyo el trámite dado por la Presidencia.

El C. prosecretario Bojórquez: Está a votación el trámite de la Mesa. Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. (Voces: ¿Cuáles?) "A las comisiones unidas 1a. de Puntos Constitucionales y 1a. de Gobernación, e imprímase." Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. Aprobado.

- El C. secretario Zincúnegui Tercero, leyendo:

"H. Asamblea:

"Los subscriptos, diputados en ejercicio, teniendo en cuenta las difíciles circunstancias económicas en que se encuentran los empleados de esta H. Cámara, principalmente aquellos que perciben sueldos menores de $10.00 diarios pedimos respetuosamente a esta H. Representación Nacional, por creerlo de estricta justicia, se sirva reconsiderar las partidas respectivas que corresponden a dichos empleados en el Presupuesto de Egresos para el año de 1921, a fin de que los sueldos que actualmente perciben sean aumentados en un 15 por ciento.

'México, octubre de 1920.- S. García.- J. B. González.- T. Ollivier.- J. Ramírez Luque.- L Chávez Franco.- B. Ibarra.- J. B. Ayala.- J. Macías Rubalcaba.- José. Gómez C.- Pedro de Alba.- Pablo H. Sánchez.- Candelario Garza.- F. Aguirre.- Guillermo Rodríguez.- Jesús Z. Moreno.- E. Aguirre C.- Juan B. Sariol.- Licenciado Rodríguez López.- L. Vicencio.- Carlos Gómez.- Jaime A. Solís.- Ignacio Luquín.- Francisco Garza.- E. L. Céspedes.- J. J. Silva.- M. Montero.- Mauro Angulo.- J. B. Martínez.- Edmundo Bolio.- Rodrigo Palacios.- M. B. Guzmán.- Juan Ángel Morales.- C. Munguía.- E. M. Barragán.- A. Hernández Coronado.- A. Gutiérrez Castro.- Erasmo Trejo.- A. Manero.- Juan Quiroga.- F. N. Solórzano.- G. Villalobos.- U. Navarro.- E. Enríquez.- L. A. Aldaco.- Edmundo G. Cantón M.- F. González y Gómez.- A. Mijares.- Federico Martínez de Escobar.- Francisco López Soto.- J. A. Couto.- C. Rivera.- . Sánchez.- Octavio Paz.- Godofredo Guzmán Peláez.- Manuel Berzunza.- J. Guzmán.- R. Bueno.- I. Cervantes.- A. Díaz Soto y Gama.- Lucas Contreras.- Ignacio C. Villegas.- José Méndez.- Daniel Cerda.- Luis L. León.- Rafael Ramos Pedrueza.- A. Cienfuegos y C.- V. Alvarez.- J. R. Vásquez.- R. Valarde.- Moisés Huerta.- Porfirio del Castillo."- A la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"H. Asamblea:

"Al estudio de esta Comisión paso, por acuerdo de esta H. Cámara, el proyecto de decreto que envía la Comisión de Administración de la Cámara de Senadores, proponiendo se aumente en la cantidad de $6,000.00 la partida número 63 del presupuesto de Egresos vigente, destinada a gastos extraordinarios del Senado, en virtud de encontrarse a la fecha agotada.

"La Comisión no encuentra objeción alguna que hacer al proyecto de referencia y, por tanto, consulta la aprobación del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se amplía en la cantidad de $6,000.00 la partida número 63 del Presupuesto de Egresos vigente, destinada a gastos extraordinarios de la Cámara de Senadores.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 25 de octubre de 1920.- M. García Vigil.- Candelario Garza.- R. Casas Alatriste. - Israel de Castillo.- A. Aillaud."- Segunda lectura y a discusión el primer día hábil.

"1A. Comisión de Relaciones Exteriores.

"H. Asamblea:

"El ciudadano Encargado de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en oficio número 4,677 de fecha 15 de junio del corriente año, girado por el Departamento de Cancillería, pide el permiso constitucional respectivo para que el C. José Arguimbau pueda aceptar y desempeñar el cargo de consulado honorem de Panamá en Liverpool, según lo exige la fracción II del artículo 37 de nuestra Carta Magna.

"La subscripta Comisión a cuyo estudio paso el expediente formado con motivo de la solicitud a que se hace mérito, considerando que no existe ningún inconveniente ni razón legal para no acceder a lo que pide el C. Arguimbau por conducto de la Secretaría antes mencionada, opinamos que debe resolverse este asunto en sentido favorable.

'En tal virtud, nos permitimos el honor de someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de decreto:

"Único. Se concede el permiso constitucional respectivo al C. José Arguimbau, para que sin menoscabo de sus derechos de ciudadano mexicano, pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul ad honorem de Panamá en Liverpool.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- , México, D. F., a 22 de octubre de 1920.- Octavio Paz.- Joaquín E Acevedo." - Segunda lectura y a discusión el primer día hábil.

"2a. Comisión de Relaciones Exteriores.

"H. Asamblea:

"El C. Fernando Carballo, en escrito de fecha 7 de abril próximo pasado, se dirige a esta H. Cámara solicitando se le conceda el permiso constitucional respectivo, para poder aceptar y desempeñar el cargo de vicecónsul de Dinamarca en esta capital, según lo exige la fracción II del artículo 37 de la Constitución General de la República.

"Del estudio que hizo la Comisión que subscribe, del expediente formado por dicha solicitud, se viene en conocimiento de que no existe ningún inconveniente ni razón legal para no acceder a lo que pide el C. Carballo, en tal concepto opinamos que debe resolverse favorablemente la tantas veces mencionada solicitud.

"Por lo expuesto, nos permitimos someter a vuestra deliberación y aprobación el siguiente proyecto de decreto.

'Único. Concédase al C. Fernando Carballo el permiso constitucional respectivo para que, sin menoscabo de sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y desempeñe el cargo de vicecónsul de Dinamarca en esta ciudad.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, - México D. F. a 22 de octubre de 1920.- A. Cienfuegos y C.- Reinaldo Esparza Martínez."- Segunda lectura y a discusión el primer día hábil.

"1a. Comisión de Guerra.

"Señor:

"La Cámara de Senadores paso a ésta de Diputados, para los efectos constitucionales, el proyecto de decreto referente a la pensión de $5.00 diarios, que concede a la señorita Elvira Vargas, por los servicios que prestó a la nación su extinto padre, el general José Dolores Vargas.

"Examinado con todo detenimiento el expediente en cuestión, se ve, por todas las constancias que en él obran, que la pensión otorgada a la señorita Vargas está justificada, toda vez que el finado general su padre concurrió a varios hechos de armas que lo honran, entre los que figura la batalla del 5 de mayo contra el invasor francés, habiéndosele concedido, durante el tiempo de sus servicios, varias condecoraciones, por su honradez y valentía.

"La señorita Vargas ha comprobado ser hija legítima del finado general, y padecer de una parálisis, que le impide trabajar, desde hace nueve años.

"En tal virtud, y dados los honrosos antecedentes del general Vargas, los subscriptos se permiten proponer a la deliberación de esta H. Asamblea, el siguiente proyecto de decreto:

"Único. Se concede a la señorita Elvira Vargas, por los servicios que prestó a la nación su extinto padre, el general J. Dolores Vargas, una pensión de $5.00 diarios, que le serán íntegramente pagados por la Tesorería General de la Nación."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 27 de octubre de 1920.- J. F. Azuara.- José Méndez."- Segunda lectura, y a discusión el primer día hábil.

"3a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"A la 3a. Comisión de Guerra que subscribe, fue turnado el expediente relativo a la solicitud de pensión que hace la señorita Magdalena Ramos, hija del extinto capitán de Infantería, Máximo del mismo apellido, como recompensa a los servicios que el finado prestó en algunas épocas en bien de las instituciones republicanas.

"Encuentra la Comisión justificada la solicitud de la señorita Magdalena Ramos, pues que su extinto padre militó a las órdenes de los generales Vicente Riva Palacio, Santos Degollado y González Ortega, en defensa de la integridad nacional; por lo que somete a la deliberación y aprobación de vuestra soberanía, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede una pensión de $2.00 diarios a la señorita Magdalena Ramos, por los servicios prestados a la patria por su extinto padre, el capitán de infantería Máximo Ramos. Dicha pensión le será pagada, íntegra, por la Tesorería General de la Nación, en tanto conserve su actual estado civil."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, a 21 de octubre de 1920.- E. Aguirre C.- B. Ibarra."- Segunda lectura, y a discusión el primer día hábil.

"3a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"A la 3a. Comisión de Guerra que subscribe, tocó en turno conocer de la petición que hace la señora Soledad Ramírez viuda de Arce, solicitando ser pensionada por el Erario nacional, en recompensa de los servicios prestados a la patria por su extinto esposo, el coronel José de Jesús Arce.

"Estudiado con todo detenimiento el expediente que motiva la petición de la señora Ramírez, la Comisión lo encuentra justificado y cree que la ocursante es acreedora a la pensión de referencia, en virtud de que su extinto esposo prestó servicios a la patria durante 48 años, 8 meses y 19 días, tocándole en suerte tomar participación activa contra las huestes invasoras del 47 y en contra, asimismo, de los invasores franceses.

"En esa virtud, esta propia Comisión se permite el honor de someter a vuestra aprobación, el siguiente proyecto de decreto:

"Se concede a la señora Soledad Ramírez viuda de Arce, una pensión de $4.00 diarios, que le serán pagados, íntegramente, por la Tesorería General de la Federación, en tanto conserve su actual estado civil, por los buenos servicios que prestó a la patria su extinto esposo, el C. coronel José de Jesús Arce."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 21 de octubre de 1920.- E. Aguirre C.- B. Ibarra."- Segunda lectura, y a discusión el primer día hábil.

"3a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"A la 3a. Comisión de Guerra fue pasado, para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la solicitud de pensión que, con fecha 17 de diciembre del año próximo pasado, elevaron ante la H. Representación Nacional, las señoritas Leonarda y Rosario Pezo, hijas del extinto general de División, Alejandro Pezo.

"La Comisión, después de estudiar con detenimiento el expediente respectivo, viene en conocimiento de que el divisionario fallecido prestó importantes servicios a la patria, mereciéndose la mayor parte de grados y ascensos que obtuvo, en la época en que los franceses trataron de apoderarse de nuestro suelo patrio y, además, consta en su hoja de servicio que éstos los prestó durante 54 años, 10 meses y 23 días.

"Sería largo enumerar cada una de las acciones militares en que tomó parte este buen patriota, así como los eminentes servicios prestados a los gobiernos constituídos, desde el año de 1854, hasta el de 1910, pues que éstos obran expresos en el expediente relativo, y por cuya circunstancia la Comisión somete a la deliberación y aprobación de la H. Asamblea, el siguiente proyecto de decreto:

"Único. Se concede una pensión de $3.00 diarios a cada una de las señoritas Leonarda y Rosario Pezo, por los buenos servicios que prestó a la patria su finado padre, el C. general de División Alejandro Pezo. Dicha pensión les será pagada, íntegra, por la Tesorería General de la Nación, en tanto conserven su actual estado civil."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, a 21 de octubre de 1920.- E. Aguirre C.- B. Ibarra."- Segunda lectura, y a discusión el primer día hábil.

"1a. Comisión de Gobernación.

"Señor:

"A la 1a. Comisión de Gobernación fue turnada la solicitud de licencia que, por diez días, con goce de dietas, pide el C. diputado Ramón Bueno, para separarse de sus funciones representativas y poder atender algunos asuntos de índole particular.

"La Comisión que subscribe, teniendo en cuenta la práctica adoptada por esta H. Cámara en asuntos como el presente, y encontrando justificada la petición del C. diputado Bueno, opina que debe concedérsele la licencia que solicita y, en tal virtud, se permite el honor de someter a la deliberación y aprobación de vuestra soberanía, el siguiente acuerdo económico:

"Se concede licencia por diez días, con goce de dietas, al C. diputado Ramón Bueno."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 5 de noviembre de 1920.- E. Bordes Mangel.- S. Franco Urías.- Moisés Huerta."

Está a discusión este dictamen. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Aprobado.

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- El mismo C. secretario: De acuerdo con la orden del día, se va a proceder a la elección de los suplentes de las secciones 5a. y de la 1a. Comisión de Poderes.

El C. Colón: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Colón: Deseo saber cuántos miembros de la 8a. Sección faltan, porque tengo noticia de que el ciudadano diputado Rafael Lara está disfrutando de una licencia y que el ciudadano diputado Luis Espinosa también lo está; de suerte que únicamente forma parte de esa Comisión el ciudadano Liborio Espinosa y Elenes. Quiero saber si el suplente que se va nombrar, es para que llene las funciones de los dos miembros que faltan.

- El mismo C. secretario: La Secretaría, por mi conducto, tiene el honor de informar que, de los miembros de la Sección 8a. de la 1a. Comisión de Poderes, únicamente ha renunciado el ciudadano Espinosa, y que el ciudadano diputado Rafael Lara no tiene licencia. Por lo tanto, reglamentariamente sólo falta un miembro y el suplente.

El C. Colón: ¿Entonces tuviera la bondad la Secretaría de informarme por qué motivo no asiste el ciudadano Rafael Lara, y, en su caso, por qué no se han impuesto las multas correspondientes?

El C. presidente: La Presidencia manifiesta al ciudadano Colón que no es atribución de la Secretaría averiguar por qué falta un diputado, y va a poner a la consideración de la Asamblea si considera justo que procedamos desde luego a la elección de los miembros faltantes.

El C. secretario Zincúnegui Tercero: La Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta a la honorable Asamblea si considera que debe procederse a la votación de los miembros faltantes de las secciones 5a. y 8a. de la 1a. Comisión de Poderes. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Sí se procede a la votación. Se hace la aclaración de que la elección tendrá que efectuarse para un miembro de la 5a. Sección y para dos de la 8a. Se conceden diez minutos de receso para que los ciudadanos diputados se pongan de acuerdo y cambien impresiones, y se advierte que en una sola boleta se hará la votación de los tres miembros. Se procede a la votación.

El C. Aguirre Colorado Ernesto: Creo que se va a perder tiempo con la votación, porque no hay quórum.

- El mismo C. secretario: ¿Usted lo reclama?

El C. Aguirre Colorado: Sí, señor.

- El mismo C. secretario: Habiendo reclamado el quórum el ciudadano diputado Aguirre Colorado, se procede a pasar lista.. (Pasa lista.)

Hay una asistencia de 114 ciudadanos diputados; no hay quórum.

"Orden del día para el 6 de noviembre de 1920, a las 10 a. m.:

"Elección de 2o. miembro y suplente de la 8a. Sección y de suplente de la 5a. Sección de la 1a. Comisión de Poderes.

"Discusión del ramo primero del Presupuesto de Egresos para 1921."

El C. presidente, a las 7.25 p. m.: Se levanta la sesión.