Legislatura XXIX - Año I - Período Ordinario - Fecha 19201204 - Número de Diario 83

(L29A1P1oN083F19201204.xml)Núm. Diario:83

Colegio Electoral

ENCABEZADO

MÉXICO, SÁBADO 4 DE DICIEMBRE DE 1920

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AÑO I. - PERÍODO ORDINARIO XXIX LEGISLATURA TOMO I. NÚMERO 83

SESIÓN DE COLEGIO ELECTORAL DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 4 DE DICIEMBRE DE 1920

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Es leída, modificada y aprobada el acta de la anterior.

2. - Escrito del C. presunto diputado Francisco de la Peña, en que solicita pase el expediente del 5o. distrito electoral de Hidalgo, de la 2a. Sección de la 1a. Comisión de Poderes, a la 6a. Sección; como lo pide.

3. - Continúa la discusión del dictamen relativo al 12 distrito electoral de Oaxaca, levantándose la sesión por falta de "quorum"

DEBATE

Presidencia del C. MANRIQUE AURELIO

(Asistencia de 130 ciudadanos diputados y presuntos diputados.)

El C. presidente, a las 11.15 a.m.: Se abre la sesión de Colegio Electoral.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"Acta de la sesión de Colegio Electoral celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día tres de diciembre de mil novecientos veinte.

"Presidencia del C. Aurelio Manrique.

"En la ciudad de México, a las once y veinte de la mañana del viernes tres de diciembre de mil novecientos veinte, con asistencia de ciento veintinueve ciudadanos diputados y presuntos diputados, se abrió la sesión.

"El acta de la celebrada el día anterior se aprobó sin debate.

"Sin que nadie hiciera uso de la palabra, la Asamblea otorgó su aprobación al dictamen de la primera Sección de la primera Comisión de Poderes, que estudia las elecciones del cuarto distrito electoral de Puebla y que propone para diputados, propietario y suplente, respectivamente, a los CC. Manuel Montes y Alfonso M. Figueroa.

"Se puso a discusión el formulado por la cuarta Sección, que trata de las elecciones en el sexto distrito electoral de Chihuahua y que otorga el triunfo al C. Adolfo Valles, como diputado propietario, y al C. Francisco Acosta y Plata, como diputado suplente.

"Hablaron en contra los CC. Socorro García, Luis Espinosa y Ernesto Aguirre Colorado, y en pro los CC. Adolfo Valles y Eduardo Laris Rubio. Durante el debate, el C. Valles contestó interpelaciones de los CC. Ernesto Aguirre Colorado y Luis Espinosa, y el C. Laris Rubio respondió a una pregunta que le dirigió el propio C. Aguirre Colorado.

"Suficientemente discutido el dictamen, se aprobó la validez de las elecciones en votación económica. Respecto de la segunda proposición del mismo, el C. Ernesto Aguirre Colorado, debidamente apoyado, solicitó votación nominal, la que fue recogida después de una moción de orden del C. Céspedes y aclaraciones de la Presidencia.

"Ciento seis ciudadanos diputados y presuntos diputados votaron por la negativa y tres por la afirmativa.

"En vista de la falta de quorum se suspendió la sesión, siendo las doce y cincuenta y cinco.

"Se reanudó a las cuatro y cuarenta y cinco de la tarde, estando presentes ciento veintiséis ciudadanos diputados y presuntos diputados.

"Por haber desistido el C. Ernesto Aguirre Colorado de su moción para que se recogiera la votación nominal sobre la segunda proposición del dictamen relativo a las elecciones del sexto distrito electoral de Chihuahua, se votó económicamente dicha proposición, y resultaron desechadas las credenciales de los CC. Adolfo Valles y Francisco Acosta y Plata. Volvió el dictamen a la Sección que lo produjo para que lo reforme en el sentido de la discusión.

"Se puso a debate el que se refiere a las elecciones en el décimosegundo distrito electoral de Oaxaca, y que propone para diputado propietario al C. Daniel Perea Ruiz y para suplente al C. Manuel Aguilar Salazar. Antes de abrirse la discusión se leyó el voto particular que presenta el C. Luis Castro y López.

"El C. Francisco Modesto Ramírez habló en contra e interpeló a los CC. Ollivier y Juan B. Salazar.

"En pro usó de la palabra el C. Ignacio C. Reyes, quien contestó interpelaciones del C. Francisco Modesto Ramírez.

"Impugnó el dictamen el C. Joaquín Ogarrio Meixueiro. El orador interpeló al C. Castro y

López y fue interrumpido por el C. García Vigil para pedir la lectura de un documento que obra en el expediente respectivo.

"El C. Maqueo Castellanos se produjo en pro e interpeló a los CC. Juan B. Salazar, Miguel G. Calderón y Orgarrio Meixueiro.

"El C. Paz, inscripto en contra, hizo una aclaración y cedió su turno al C. Castro y López, quien paso a la tribuna y habló en el sentido indicado.

"A pedimento del C. Salvador Mendoza, la Secretaría leyó un escrito firmado por el C. Manuel Rueda Magro.

"El C. Manuel García Vigil pronunció un discurso en pro, contestando interpelaciones suyas los CC. Francisco Modesto Ramírez, Ignacio C. Reyes y Onésimo González.

"El C. Juan Angel Morales interrumpió al C. García Vigil para reclamar el quorum; y como visiblemente no la había, la Presidencia levantó la sesión, siendo las nueve de la noche."

Está a discusión el acta.

El C. Rico G.: Pido la palabra para impugnar el acta.

El C. presidente: Tiene usted la palabra

El C. Rico G.: He pedido la palabra para impugnar el acta en la parte relativa a la elección del señor Acosta y Plata, que dice que fue desechado, cosa que es inexacta.

El C. presidente: Es exacto lo que afirma el ciudadano Rico; previamente, a insinuación de algún ciudadano diputado, la Presidencia había aclarado que la Comisión tuviera en cuenta el sentido de la discusión.

El C. Rico G.: Pero entiendo que no se hace referencia en el acta a esa aclaración del ciudadano presidente de la Mesa.

- El mismo C. secretario: Con la aclaración que pide el ciudadano Rico G. Manuel, en votación económica se consulta si se aprueba el acta; los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Aprobada.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Ciudadano presidente de la H. Cámara de Diputados.

"Señor:

"Francisco de la Peña, presunto diputado por el 5o. distrito electoral del Estado de Hidalgo, respetuosamente expone:

"Que desde el 20 de agosto del año que finaliza fue turnado a la 2a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales el expediente que ampara su credencial y hasta la fecha no ha sido dictaminado.

"Que con fecha 19 de noviembre, el C. diputado Edmundo G. Cantón, en funciones de presidente, ordenó que dicho expediente pasara a la 6a. Sección, ya que ésta, desde hace más de mes y medio había terminado el estudio de las credenciales que se le encomendaron. Esa disposición no se llevó a cabo porque el C. diputado Cienfuegos y Camus, encargado de dictaminar, ofreció muy formalmente que ese mismo día produciría su dictamen; pero como hasta la fecha no ha cumplido su ofrecimiento, seguramente que por sus múltiples ocupaciones, suplico a usted atentamente se ratifique lo mandado por el ciudadano exvicepresidente doctor Cantón; esto es, que el referido expediente pase inmediatamente a la 6a. Sección.

"Atenta y respetuosamente.- F. de la Peña.

"Cámara de Diputados, 4 de diciembre de 1920."

El C. presidente: Como lo solicita el ciudadano De la Peña, se mandará un oficio a la Comisión que tiene el expediente a fin de que pase a la Comisión a que se había ordenado, al ciudadano Cantón.

Continúa a discusión el dictamen relativo al 12 distrito electoral del Estado de Oaxaca. Continúa en el uso de la palabra el ciudadano García Vigil.

El C. García Vigil: Ciudadanos representantes: Ayer fui interrumpido con motivo de la falta de quorum tratando el asunto relativo al registro de la candidatura Perea Ruiz - Aguilar Salazar. Respecto a esto he dicho lo bastante en lo que hace a la conducta seguida por el presidente municipal de la cabecera, evidenciando su parcialidad en contra de dicha candidatura; pero todavía más: dice el ciudadano presidente municipal que él ignoraba la Ley Electoral en la fecha en que fue registrada dicha candidatura. Debo hacer notar que teniendo en consideración que del día 6 de julio en que se promulgó la ley por el Ejecutivo federal, al día 15, únicamente habían transcurrido nueve días; que esto por lo que hace al lugar de la elección en el 12 distrito electoral de Oaxaca es de tomarse en consideración, menos por lo que respecta a la autoridad, que por lo que respecta a los candidatos, y como todos nosotros sabemos que en aquellos días de todas partes de la República se preguntaba insistentemente cuál sería la fecha de la elección, en qué circunstancias se llevarían a cabo esas elecciones, hay que hacer notar que la candidatura Perea Ruiz - Aguilar Salazar se encontraba también en esta condición aflictiva y que, como consecuencia de ello, este ciudadano, lo mismo que el Partido Liberal Independiente, no perfectamente ilustrado respecto a esto y teniendo conocimiento de que algunas salvedades se iban a hacer en la Ley Electoral reglamentaria de la de 1918 y dado que se decía que se iban a conceder a los candidatos prerrogativas con perjuicio de varias fracciones del artículo 106, tales como la no obligación de publicar durante dos meses anteriores a la elección, por lo menos, ocho números de un periódico y algunas otras, es decir, todas las cuales son requisitos estipulados en el artículo 106, la misma candidatura Perea Ruiz - Aguilar Salazar tuvo noticia de que se iba a permitir por esta sola vez el que no fuera requisito indispensable el presentar el acta constitutiva de la sociedad. Y como lo que previene la ley, como lo que persigue la ley no es precisamente que se presente esa acta constitutiva en tal fecha, sino que esté debidamente constituído el partido postulante, y como esto es un hecho supuesto que consta en el expediente que la Confederación Liberal Progresista se constituyó y postuló al ciudadano Daniel Perea Ruiz desde el 16 de junio anterior, resulta que el fin perseguido por la ley de que los partidos políticos tengan un

funcionamiento legal, está suficientemente llenado. Además de esto, como dije ya, la candidatura Perea Ruiz - Aguilar Salazar, no podía en 22 de julio llenar el requisito que pretende que hubiera llenado el presidente municipal, después de que él mismo había registrado dicha candidatura bajo el número 1. También quiero referirme al hecho de que el presidente municipal haya mutilado el mensaje que le dirigió el gobernador del Estado en el cual opinaba únicamente, pero no decía que debía quedar insubsistente ese registro; y hago hincapié en todo esto porque tiene una influencia decisiva en lo que hace a todas las operaciones ulteriores de la elección; esta influencia es la falta de representantes de la candidatura Perea Ruiz - Aguilar Salazar en las casillas, y particularmente en la Junta Computadora. El señor licenciado Ogarrio Meixuiero dice que aun así él acepta el número de votos que señala el dictamen a la candidatura Perea Ruiz - Aguilar Salazar y que a pesar de eso tiene mayoría; pero no, no debe tomarse esto como una gallardía del señor Ogarrio Meixueiro, sino que debe tomarse en consideración que si él reconoce, acepta, que la candidatura Perea Ruiz - Aguilar Salazar haya tenido esos votos, en cambio la candidatura Perea Ruiz - Aguilar Salazar estuvo privada del ejercicio del derecho de vigilar la elección desde las casillas hasta la expedición de la credencial en la Junta Computadora, y esto es más esencial todavía que la computación de los votos, esto es, que el número de votos que haya obtenido, porque fue privada de esa representación y consiguientemente, él fue enteramente ajeno a aquello que más le interesaba, el artículo 104 de la Ley Electoral sí trata de la nulidad de las elecciones y señala como requisito para esto el que no se haya dejado a los candidatos independientes o a los partidos políticos ejercer los derechos que reconoce ese artículo 106; de manera que fue esto, y en esto es en lo que hago hincapié, para que se vea en qué circunstancias tan desventajosas fue a la lucha el candidato Perea Ruiz - Aguilar Salazar y particularmente a lo que hace a la Junta Computadora en la cual, privado absolutamente de representación no estuvieron más que los ciudadanos Rueda Magro y Alencáster Roldán, y el ciudadano Rueda Magro ejerció bastante influencia sobre el presidente de la Junta, ciudadano Marcelino Trujillo, porque el ciudadano Marcelino Trujillo es socio industrial de él en la explotación de una caída de agua en el distrito de Huajuapan. Ahora, señores diputados, quiero refutar unas imputaciones veladas que se hacen respecto al cambio del dictamen. Yo voy a explicar esto que para el licenciado Ogarrio Meixueiro y para el licenciado Castro y López no es explicable; el primer dictamen fue formulado, como lo dice el ciudadano Castro y López, por él mismo, como ponente. Como todos nosotros sabemos, se distribuye el trabajo en cada sección entre los tres miembros, de modo que cada uno de ellos estudia determinado número de expedientes. El ciudadano Castro y López tomó los expedientes que corresponden a Oaxaca, uno por el 4o. distrito y otro por el 12. El ciudadano Cienfuegos y Camus, a objeciones mías sobre el hecho de que hubiera firmado un dictamen que a todas luces era injusto me dijo que habían seguido como sistema el que fuera uno el ponente y los otros dos confiaban completamente en su honorabilidad y en su criterio y que, por consiguiente, él había puesto allí su firma. Debo hacer notar que este dictamen fue presentado sin que hubiera pasado sus ojos sobre él, y sin que se le hubiera notificado siquiera al presidente de la Comisión, diputado Vadillo; fue por esto por lo que el diputado Vadillo, sorprendido de que el señor Castro y López hubiera arrancado de buena fe la firma al ciudadano Cienfuegos y Camus, retirara el dictamen como presidente que era de la Comisión, supuesto que era un asunto que no había pasado por su supervisión; y el ciudadano Vadillo, juntamente conmigo estudió el dictamen y entonces los dos ya indicamos al señor Cienfuegos y Camus que tuviera la bondad de ver el dictamen, que no se atuviera a lo pactado respecto al estudio de esos dictámenes en que un ciudadano diputado estudia un dictamen y los otros firman y que tuviera la bondad de ver con cuánto apasionamiento y con cuánta ligereza había procedido el señor Castro y López, y fue verdaderamente un triunfo del señor Vadillo y mío el que el señor Cienfuegos y Camus nos hubiera atendido y juntamente con él estudiamos el dictamen; y entonces el ciudadano Cienfuegos y Camus, convencido, y todavía cuando faltaban muchas razones qué exponer, pero suficientemente convencido, él, de su puño, con un lápiz rojo tachó su firma y dijo que quedaba absolutamente convencido de que el dictamen era injusto. Esta es la historia del cambio del dictamen; esto no debe sorprenderos, no hay ninguna intriga, no hay ninguna falsedad. De manera que el dictamen que se ha presentado a la consideración de ustedes fue el estudiado por el presidente de la Comisión y por el ciudadano Cienfuegos y Camus, y , como acabo de evidenciar, es decir, como lo evidencié ayer, el señor Castro y López procedió con tanta ligereza, que le niega a la candidatura Perea Ruiz - Aguilar Salazar, a la cual le desconoce la prerrogativa de candidato registrado, le niega los votos que tiene dicha candidatura como no registrada.

Se ha dicho que estos sufragios fueron, además, escriturados en el sótano de la Cámara; esto es absolutamente falso y esto debe probarse, no aseverarse así únicamente como una calumnia; pero con objeto de que se cerciore la Asamblea de si hay algunos sufragios dados doblemente en una misma boleta, es para la candidatura Ogarrio Meixueiro - Rueda Magro, fijando la cruz en el círculo e inscribiendo el nombre de la candidatura Perea Ruiz en las líneas que corresponden al candidato no registrado. Aquí encuentro todavía algunas boletas que no tienen absolutamente ninguna cruz en el círculo, boletas del ciudadano Alencáster Roldán, y en las cuales sí está la candidatura Perea Ruiz - Aguilar Salazar y lo cual demuestra, como dije antes, que el ciudadano Castro y López prescindió aun de esto, únicamente con el propósito que tenía ya, de dar el dictamen a favor de la candidatura Ogarrio - Meixueiro. Para aquellos, como el ciudadano doctor Reyes, que anoche decía que esto se había hecho después y que había que anular unos y otros votos, quiero que tenga la bondad de ver estas boletas, porque mi propósito no ha sido otro sino demostrar que el ciudadano Castro y López, en su voto particular que primeramente quiso hacerlo dictamen, ese que niega la prerrogativa, la condición de candidatura

registrada, anuló totalmente la votación y no tuvo el escrúpulo de al menos reconocer los votos que se han dado a favor de esa candidatura como no registrada, y aquí están esas boletas. Siento bastante que no esté aquí el señor doctor Reyes, pero puede cualquiera pasar a verlas. Aquí tienen ustedes el disco, el círculo de la candidatura Alencáster Roldán, que no está marcado con la cruz. (Muestra algunos documentos.) Señores: lo que yo trataba de demostrar, es que el ciudadano Castro y López, que niega el requisito de registro a la candidatura Perea Ruiz - Aguilar Salazar, le anula toda la votación. Y aceptando esta premisa, sólo le digo que, en ese caso, debía haberle reconocido los votos que tenía a su favor dicha candidatura como no registrada; después veremos si estos votos, dados así, son hechos por una misma mano o no, esto no viene al caso; de cualquiera manera que fuera, el ciudadano Castro y López debía haber hecho alusión a estos votos. Además, para aquellos señores, como el ciudadano Garza Candelario, que dicen que están hechas por la misma mano, lo que tenemos que hacer notar es lo siguiente: en esos pueblos difícilmente se encuentra en comunidad de 1,800 ó de 2,000 habitantes, 2, 3, 4 ó 5 ciudadanos que sepan leer y escribir, es una tristeza decirlo, pero es la verdad; generalmente esto lo hacen los secretarios del Ayuntamiento; en la mayoría de los municipios en esas regiones, el mismo presidente municipal es un individuo que no sabe leer ni escribir, que sólo ejerce una influencia política por su moralidad, por su edad, etcétera. De manera que no debe alegarse que los votos fueron dados así, puesto que se obligaba a esta candidatura a emitirlos en ese sentido. Lo que he tratado de demostrar es la ligereza con que procedió el señor Castro y López; si esto no fuera bastante.....Quiero que la Secretaría dé fe de que en la misma acta de la Junta Computadora se dice los siguiente:

"El licenciado Manuel Rueda Magro acompaña certificado, expedido por el juez notario de la cabecera, en el que consta que el señor Daniel Perea Ruiz y su suplente, Manuel Aguilar Salazar, no registraron en tiempo sus boletas, de color negro y rojo, mismas que aparecen en la mayoría de la votación, razón por la cual sólo tiene esa fórmula como votos válidos, ciento ochenta dicho señor Perea, y ochenta el suplente, Manuel Aguilar Salazar."

Esto quiere decir que la Junta Computadora procedió con menos ligereza que el ciudadano Castro y López, porque, al menos, la Junta Computadora tuvo en cuenta los votos emitidos a favor de la candidatura Perea Ruiz como no registrada; en cambio, como lo dice el voto particular del ciudadano Castro y López, le anula toda la votación a favor de dicha candidatura. De manera que aquí lo que trataba de demostrar, está suficientemente demostrado, y pido que la Secretaría dé fe de ello.

El C. secretario Valadez Ramírez: En el acta de la Junta Computadora se asienta lo que acaba de leer el ciudadano García Vigil.

El C. García Vigil: Con esto queda suficientemente desvirtuado el espíritu de buena fe que dice el ciudadano Castro y López que campea en su voto particular. Ciudadanos representantes: Se ha hecho hincapié en que la computación estuvo mal hecha por la Junta Computadora. Yo debo hacer notar lo siguiente: El acta de la Junta Computadora presenta grandísimo número de irregularidades; sorprende, de veras, que se haya asentado a la vez en un mismo documento, un hecho y el contrario a éste. Dígolo, porque el acta de la Junta Computadora dice en una de sus partes:

"Se presentaron después de instalada la Mesa, Santa María Yucunuti, San Vicente del Palmar, San Andrés Dinicuiti, Santiago del Río, Huajuapan, Tenexcalco, Tlachicilco, San Andrés Montaña, Nicananduta, San Miguel Ahuacates, San Miguel Peras, San Juan Reyes, Petlacala, La Trinidad, San Miguel Allende, Guadalupe de Ramírez, San Jorge Nuchita, San Miguel Allende, Santa María Trinidad y San Jerónimo Nuchita."

Dice: "Se remiten a la Cámara, sin cómputo, por haber llegado abiertos." Dice" SE REMITEN A LA CÁMARA, SIN COMPUTO, POR HABER LLEGADO ABIERTOS." Y a pesar de que lo asienta el acta de la Junta, a pesar de esto, él dice, pido que dé fe la Secretaría: están computados los votos de Nicamanduta, Yucunuti, San Vicente del Palmar Y Tenexcalco.

El C. secretario Valadez Ramírez: La Secretaría hace constar que fueron computados los votos, según expresa el acta de la Junta, de Nicamanduta, Yucunuti, San Vicente del Palmar y Tenexcalco.

Y se hace constar también, que se asienta en el acta, después de hacer una enumeración en que aparecen Nicamanduta y Tenexcalco, se asienta que se remiten a la Cámara sin cómputo, por haber legado abiertos.

El C. García Vigil: Como veis, hay una flagrante contradicción en el acta misma; también en lo que respecta a la votación por estos pueblos: San Ildefonso Salinas y Zoquiapan, existe esta irregularidad. Hecho el inventario de los expedientes presentados al terminarse la Junta Computadora, no aparecen listados los de estos pueblos: San Ildefonso Salinas y Zoquiapan, y a pesar de esto, están computados, y pido que la Secretaría dé fe de ello. Yo pido a cualquier interesado en esto, que pase a revisar.

El C. secretario Valadez Ramírez: La Secretaría hace constar que en el inventario de los expedientes entregados por los presidentes de casillas electorales que funcionaron el día 1o. del corriente agosto, no figuran San Ildefonso Salinas ni Zoquiapan, y también hace constar que en estos dos puntos a que se ha hecho mención, obtuvo una votación absoluta el ciudadano Ogarrio Meixueiro; en el primero, 73, y Rueda Magro, igual número, y en Zoquiapan, Ogarrio Meixueiro, 97, y Rueda Magro, igual número.

El C. Orgarrio Meixueiro: ¿Me permite el orador una interpelación?

El C. García Vigil: Con mucho gusto.

El C. Ogarrio Meixueiro: Señor presidente: Pido la palabra para una aclaración, si el señor orador me lo permite.

El C. García Vigil: Sí, señor, con mucho gusto.

El C. presidente: Tiene la palabra para una aclaración el ciudadano Ogarrio Meixueiro.

El C. Ogarrio Meixueiro: Dice usted que los

votos de San Ildefonso Salinas y Zoquiapan no están computados.

El C. García Vigil: Sí están.

El C. Ogarrio Meixueiro: Sí están computados, efectivamente. Nada más leyendo el acta se ve que se está incurriendo en un error crasísimo. Acaba así:

"San Ildefonso Salinas, completo; Ogarrio, 73; Rueda, igual número para suplente. Zoquiapan, completo; Ogarrio, 97, y Rueda Magro, igual número para suplente. Zapote: Perea, 37, y Aguilar Salazar, los mismos para suplente."

Hasta ahí en el pueblo que se llama Zapote se acaba la computación de votos que llegaron a la Junta al instalarse, porque si no, vea usted la redacción:

"Se presentaron después de instalada la Mesa Santa María Yucunuti, San Vicente del Palmar, San Andrés Dinicuiti, Santiago del Río Huajuapan, Tenexcalco, Tlachicilco, San Andrés Montaña, Nicananduta, San Miguel Ahuacates, San Miguel Peras, San Juan Reyes, Petlacala, La Trinidad, San Miguel Allende, Guadalupe de Ramírez, San Jorge Nuchita, San Miguel Allende, Santa María Trinidad y San Jerónimo Nuchita."

Todos los demás se remiten a la Cámara sin cómputo por haber llegado abiertos.

"Segunda de Texoatlán: Alencáster, sesenta y ocho; Flores, los mismos para suplente; Perea, cuarenta y dos para propietario; Gómez, cuarenta y dos para suplente; Ogarrio, diez para propietario, y Rueda, diez para suplente."

El C. García Vigil: ¿Que así lo dice textualmente? Diga usted lo que es textual y qué es lo que usted comenta. Porque de otro modo....

El C. Ogarrio Meixueiro: Lo textual es esto: que hago notar que hasta el pueblo que se llama Zapote, en que Perea tiene 37, él solo, y Aguilar Salazar 37, se computaron, y que la misma redacción del acta indica que en los demás pueblos no se hizo el cómputo de votos, sin agregar los 2,900 que obtuvimos, sino que se vio el número que tenía cada uno y se remitieron a la Cámara; con la sola redacción del acta se comprueba esto.

El C. García Vigil: El ciudadano Ogarrio Meixueiro no ha entendido mi observación. Yo digo esto en el inventario de expedientes recibidos con oportunidad, no constan los que corresponden a los pueblos de San Ildefonso Salinas y Zoquiapan y, por tal motivo, conforme lo asienta la misma Junta Computadora, éstos, por haber llegado con posterioridad, así como dice de otros, no debió de haberlos computado y, sin embargo de eso, los computa. Yo lo que digo es que San Ildefonso Salinas y Zoquiapan no están listados en el inventario, de esto da fe la Secretaría, y a pesar de esto, los computó la Junta Computadora; y como los computó a favor de Ogarrio Meixueiro y Rueda Magro, de esto yo infiero que hay una parcialidad. De manera que el señor Meixueiro no tiene que decir que hasta Zapote termina la computación; lo que tiene que ver es que el inventario y la Junta no están concordes.

El C, Meixueiro: Dentro de un momento lo voy a ver.

El C, García Vigil: Venga usted a verlo, aquí está.

El C. presidente: Sírvase dar fe la Secretaría si es verdad.

El C. secretario Valadez Ramírez: La Secretaría da fe de que, efectivamente, los expedientes de San Ildefonso Salinas Zoquiapan no constan en el inventario y que ese inventario está subscripto por todos los miembros de la Junta Computadora, y que, sin embargo de esto, están computados en el acta sin hacerse ninguna anotación.

El C. García Vigil: Insisto en que el acta de la Junta Computadora está sumamente mal hecha, que incurre en un gran número de contradicciones. Respecto a lo que se dijo de San Ildefonso Salinas, Nicamanduta, Zoquiapan, Tenexcalco, vuelvo a decir lo que dije ayer al ciudadano Meixueiro, que dice que no se ha computado y sí se computó, y tiene un gran número de contradicciones el acta. Así dice:

"San Vicente del Palmar: Alencáster, 28; Flores, igual número para suplente. Santiago del Río: 80 Alencáster y los mismos para Flores como suplente, expediente completo."

San Andrés Dinicuiti y otros muchos expedientes, que dice que no computó y que, sin embargo de esto, están computados en la Junta. Esto quiere decir que el acta se hizo con bastante ligereza y quizá tratando de desvirtuar una elección se incurrió en estas contradicciones por no haberse hecho el minucioso cálculo y el minucioso examen para poder siquiera dar al fraude la apariencia de legalidad. Se dice también, ciudadanos representantes, que haciendo el cómputo de votos de todos los expedientes que consigna el acta de la Junta Computadora, hay una diferencia de 600 votos. Yo debo hacer notar los siguientes: no hay tal y menos por lo que hace a la fórmula Alencáster Roldán - Flores Lobato, que fue la menos favorecida en la elección. En el expediente consta esto: un gran número de contradicciones, como se acaba de patentizar, y por otra parte, consta, mediante un acta debidamente requisitada, que 7 miembros de la Junta Computadora se presentaron al día siguiente de cerrado el cómputo y con sorpresa observaron que habiendo tenido hasta las 6 de la tarde anterior Daniel Perea Ruiz 2,980 votos y el ciudadano Ogarrio 2,404, al día siguiente aparecían en los libros respectivos, cuando se presentaron estos miembros de la Junta Computadora, con una diferencia de votación notable: Ogarrio 2.923 y Daniel Perea 2,883, y lo hacen constar en el acta a que se ha dado lectura con objeto de protestar contra el procedimiento seguido por el presidente de la Mesa, el socio industrial del ciudadano Rueda Magro, porque el ciudadano presidente, por la autoridad de que disponía, por su influencia política, mercantil, etcétera, en el lugar, tenía el poder bastante, auxiliado por el señor Rueda Magro, para desarrollar una acción tendente a defraudar la elección del que debidamente triunfó, de Perea Ruiz, que estaba privado de representación en la Junta Computadora, y como podía inferirse que esta protesta había sido arrancada con posterioridad a estos miembros de la Mesa de la Junta, los mismos que extendieron la credencial, ya fuera por medio de la fuerza, ya fuera por medio del cohecho o por cualquier otro medio ilícito, la Comisión dictaminadora giró telegramas separadamente a cada uno de estos siete

miembros, preguntándoles si las firmas que aparecen en el acta respectiva son suyas y que si ratifican la protesta en todas sus partes, y separadamente han contestado cada uno de esos miembros a la Cámara de Diputados, diciendo que así se firman, todo lo cual viene a robustecer en absoluto a la protesta y todos los fundamentos de ella; esto es, que se procedió con verdadera parcialidad, que se defraudó la elección por el presidente de la Junta Computadoras; para el efecto, pido a la Secretaría dé lectura al acta respectiva.

El C. secretario Valadez Ramírez: Al margen una estampilla de cincuenta centavos, cancelada con un sello que dice: "Distrito de Huajuapan.- Estado de Oaxaca.- Oficio Público."- Otro sello que dice: "Licenciado Juan Varela.- Notario Público. - Oaxaca." - Al centro: "Número 52 (cincuenta y dos.) - En la ciudad de Huajuapan de León, a las cinco de la tarde del día seis de agosto de mil novecientos veinte, ante mí, el ciudadano Ignacio R. Martínez, juez mixto de la Primera Instancia de este Distrito Judicial, cartulando por Receptoría, a falta de notario público de número en el mismo, mis secretarios e instrumentales, que al fin se expresarán, comparecieron los señores Juan R. Rodríguez, Francisco Corro, Luis Reyes, Lorenzo Vargas, Manuel Alfaro, Juan B. Cisneros y don Ignacio Círigo, a quienes yo, el juez receptor, certifico conocer personalmente; y según los mismos me manifestaron, los tres primeros son originarios y vecinos de esta ciudad, y los dos segundos de Silacayoapan, Cisneros de Tezoatlán y Círigo de Tonalá, solteros, a excepción de Corro, Vargas y Cisneros, que son casados, de treinta y cuatro, cincuenta y dos, treinta y uno, cincuenta y tres, treinta y cinco, veintinueve y veintitrés años de edad, respectivamente, y labradores, a excepción de Rodríguez, que es talabartero, Vargas sastre y Reyes herrero. En uso de la palabra los comparentes, cada uno por su parte, y en escenas separadas y sucesivas, dijeron: que con motivo de la instalación de la Junta Computadora del círculo doce electoral de elecciones de diputados al Congreso de la Unión, y por cuanto en ella estiman violados sus derechos, levantaron una acta, en que se asientan irregularidades cometidas en dicha computación, y deseando dar la fuerza y validez correspondiente a dicha acta, piden se protocolice para los efectos indicados y demás legales consiguientes y se expida el testimonio correspondiente, por duplicado al primero de los comparentes. En cuya virtud, yo, el juez receptor, procedí a protocolizar dicha acta exhibida, que se deja agregada a este protocolo en el lugar que le corresponde y en una foja útil y con su timbre correspondiente. Fueron testigos del acto los ciudadanos Félix Hernández y Juan M. Rosales; el primero originario de la ciudad de Oaxaca y vecino de esta ciudad, viudo de cincuenta y cuatro años de edad y comerciante, y el segundo originario de Tezoatlán y de esta vecindad, casado de cuarenta y nueve años de edad y escribiente, quienes tienen domicilio bien conocido en esta ciudad y certifico conocer personalmente, hábiles, en mi concepto, para este acto; y leída que les fue la presente, la ratificaron en todas y cada una de sus partes y firman con el ciudadano juez receptor, y se hace constar que por no haber papel de lino en esta plaza, se extendió la presente en papel común. Doy fe. - Juan R. y Rodríguez. - Francisco Corro.- Lorenzo Vargas.- Juan B. Cisneros.- Luis Reyes.- Manuel Alfaro.- Inocencio Círigo.- Félix Hernández.- Juan M. Rosales.- Ignacio R. Martínez.- Pánfilo Martínez.- Secretario.- Joaquín Acevedo Martínez.- Secretario.- Rúbricas.- Al margen de una foja, un timbre por valor de cincuenta centavos, debidamente cancelado.- "Los subscriptos, presidentes de las casillas del círculo electoral número doce, del Estado de Oaxaca y miembros de la Junta Computadora que se instaló en esta ciudad para hacer el cómputo de votos de la elección de diputados al Congreso de la Unión, hacemos constar: Que por insinuación especial del señor licenciado Manuel Rueda Magro, no admitimos ninguna representación legal en la Junta Computadora al candidato Daniel Perea Ruiz. Que ayer tarde, al cerrarse la sesión, se había obtenido la siguiente computación: Perea, 2,980; Alencáster, 2,700; Ogarrio, 2,404 votos, resultando ahora que sin hacerse más cómputo, el que obtuvo la mayoría fue el candidato Ogarrio Meixueiro - Rueda Magro, obedeciendo a quién sabe qué maquinaciones, toda vez que el presidente de la Mesa manifestó desde un principio su parcialidad por la fórmula Ogarrio Rueda Magro, circunstancia por lo que los demás miembros que integramos la Mesa, confirmamos, no sólo la parcialidad del presidente, sino su connivencia con el supradicho Rueda Magro, quien no obstante las invitaciones hechas al efecto, en la creencia aún de ser el exgobernador del Distrito Federal, creía seguir imponiendo sus órdenes, al grado de enviar a varios de los miembros que integramos la Mesa a traer papel y sobres como si fuéramos sus ayudantes; muchas veces quisimos hacer protestas por su actitud para que se llevara a cabo el cumplimiento de la ley; pero todo fue en vano, pues nos contestaba que sólo acataría las insinuaciones del presidente de la Junta, quien de antemano estaba de acuerdo con él; circunstancia por la que los demás miembros que integramos la Junta, tuvimos que condescender y firmar las actas, a reserva de protestar enérgicamente, cono lo hacemos, contra los actos que en presencia nuestra se cometieron a causa de la imposición brutal del ciudadano licenciado Manuel Rueda Magro y de su incondicional, el presidente de la Junta, quien en su afán de dar término a sus labores, no quiso aceptar los expedientes de varios pueblos, cuyos presidentes de casillas llegaron antes de firmarse el acta final y sin que dichos expedientes en sus cierres fueron firmados por los miembros que integrábamos, pues su violencia de depositarlos personalmente, y olvidando quizá su reciente elevadísima investidura en el Distrito Federal, se convirtió en simple mozo de cordel conduciendo los expedientes electorales a la oficina de Correos. Hacemos constancia que en vista de sus maquinaciones señaladas con anterioridad, el candidato Alencáster se retiró del salón en señal de protesta muda. Que absolutamente todos los actos y disposiciones de la Junta los hizo personalmente el referido señor licenciado Rueda Magro y que la ignorancia de los miembros que formamos la expresada Junta Computadora, así como la presión que en todos los actos ejerció el expresado señor Rueda Magro, hizo que no se

levantaran protestas contra aquellos actos. Todo lo anterior lo hacemos constar por ser la verdad, con el objeto de salvar las responsabilidades que pudieran sobrevenirnos.- Sufragio Efectivo. No Reelección.- Huajuapan de León, agosto seis de mil novecientos veinte.- El vicepresidente de L. J. C., Juan R. y Rodríguez.- 1er. escrutador, Lorenzo Vargas.- 2o. escrutador, Francisco Corro. - 3er escrutador, Juan B. Cisneros .-4o. escrutador, Luis Reyes.- 2o. secretario, Manuel Alfaro.- 4o. secretario, Inocencio Círigo.- Rúbricas." - "Sacóse de su matriz este segundo testimonio el mismo día de su otorgamiento en estas dos fojas útiles de papel común, por no haber de lino en esta plaza, que llevan los timbres de ley, legalmente cancelados.- Va fielmente copiado, corregido y cotejado, y se expide el presente al señor Juan Rodríguez y Rodríguez, para los usos legales que le convengan.- Doy fe.- Huajuapan de León, agosto seis de mil novecientos veinte.- Ignacio R. Martínez.- Pánfilo Martínez.- Secretario.- Joaquín Acevedo Martínez.- Secretario.- Rúbrica.- Un sello que dice: Distrito de Huajuapan.- Oficio público.- Estado de Oaxaca.

"Concuerda a la letra con el testimonio original que me fue exhibido por el señor Daniel Perea Ruiz, expidiéndose la presente copia para los fines que convenga, y a su solicitud. Se le devolvió sellado y rubricado el testimonio referido y se cotejó la presente con el citado testimonio ante los señores José C. Bojórquez y Guadalupe A. Bustamante, ambos de esta vecindad, solteros y escribientes, el primero de cincuenta y un años de edad, con domicilio en la casa número uno del jardín Platón, y el segundo de veintiocho años de edad, con habitación en la casa número treinta y tres de la quinta calle de Belisario Domínguez.- Oaxaca de Juárez, agosto diez y seis de mil novecientos veinte. Doy fe.- Licenciado Juan Varela.- Un sello que dice: Licenciado Juan Varela.- Notario Público número dos.- Estado de Oaxaca."

Al margen una estampilla de cincuenta centavos, cancelada con un sello que dice: "Secretaría del Despacho.- Oaxaca de Juárez.- Oaxaca.- Estados Unidos Mexicanos."- Al centro: "El ciudadano licenciado Jesús Acevedo, gobernador provisional del Estado, legaliza las firmas que anteceden, de los CC. Ignacio R. Martínez, Pánfilo Martínez y Joaquín Acevedo Martínez, juez y secretarios del Juzgado Mixto de Primera Instancia de Huajuapan, respectivamente en ejercicio de sus funciones, por ser auténticas.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.- Oaxaca de Juárez, agosto 16 de 1920.- Jesús Acevedo.- El secretario del Despacho, Francisco Magro."

Como véis, ciudadanos representantes, no es, como dijo el ciudadano Garrido Meixueiro ayer, que se le hubiera presentado un acta al licenciado Juan Varela en la ciudad de Oaxaca y que únicamente hubiera dado este notario fe de esta presentación. No, existe el documento protocolizado en Huajuapan de León, con presencia de los firmantes del acta según se acaba de ver.

Como dije antes, con objeto de que no se creyera que el día 6 de agosto, por alguna presión hubiera sido que estos ciudadanos miembros de la Mesa de la Junta Computadora hubiera ido a testimoniar, a dar fe de hechos falsos, separadamente se dirigieron telegramas a cada uno de ellos, por la Comisión de la Cámara de Diputados y han contestado, cada uno de ellos separadamente también, diciendo que ratifican en todas sus partes el acta respectiva. Esto prueba suficientemente que a pesar del tiempo transcurrido, ellos se afirman en su dicho y que eso es la verdad. Ahora, ciudadanos representantes, quiero que la Secretaría dé lectura a una noticia periodística en la que se ve la liga que existe entre el ciudadano Rueda Magro y el ciudadano Marcelino Trujillo, presidente de la Junta Computadora.

El C. secretario Valadez Ramírez: Dice el "Mercurio" del 25 de septiembre de 1920: "El otro proyecto relacionado con la instalación de planta eléctrica, corresponde a los señores Marcelino Trujillo, licenciado Eleazar del Valle y licenciado Manuel Rueda Magro."

La Secretaría da fe de que el presidente de la Junta Computadora fue el ciudadano Marcelino Trujillo.

El C. García Vigil: Creo que he demostrado suficientemente estos dos puntos: primero, que la candidatura del ciudadano Perea Ruiz - Aguilar Salazar jugó como candidatura registrada y que como tal debe tenerse. Segundo, que triunfó legalmente en la elección, pero que fue defraudado por los trabajos hechos en la Junta Computadora por la influencia desarrollada por el presidente de ella, que defraudó la computación, que primero, al cerrarse el cómputo, daba mayoría absoluta al ciudadano Perea Ruiz y al ciudadano Aguilar Salazar y al día siguiente estaba cambiada esta computación. Falta una parte que hay que tratar con bastante detenimiento, con objeto de que muchos ciudadanos representantes no traten de favorecer intereses bastardos y naturalmente pretenda un candidato derrotado sacar la castaña con la mano del gato. Me voy a referir al caso del ciudadano Alencáster Roldán. (Siseos.)

Habiendo jugado tres candidaturas, algunos ciudadanos representantes se han interesado, ya sea porque pertenezca a su partido el Cooperatista, ya sea porque estuvo en la XXVIII Legislatura, ya sea por algunos otros informes que haya dado el ciudadano Alencáster Roldán, han pretendido sacar avante esta candidatura, pretendiendo rechazar primeramente el dictamen, luego el voto particular, y así dejar expedito el camino para provecho de dicha candidatura. Pues bien, señores, la verdad es ésta: de los tres candidatos, el que obtuvo minoría relativa fue el ciudadano Alencáster Roldán, eso se ve en el acta misma de la Junta Computadora. La Comisión no ha parado mientes en esto para exponer - porque está suficientemente probado, tanto por la computación hecha en la Junta Computadora, cuanto por la computación hecha minuciosamente tanto por el ciudadano Castro y López cuanto por los ciudadanos Vadillo y Cienfuegos y Camus -, que el ciudadano Alencáster Roldán de todos modos está en tercer lugar. A su debido tiempo, si se exige así, podré demostrar que por la computación, descontando de la manera más rigurosa a unos y a otros todos los votos viciados, no puede el ciudadano Alencáster Roldán ocupar ni siquiera el segundo lugar. Pero hay una cosa singularísima: el ciudadano

Alencáster Roldán quiso introducirse al salón de sesiones desde el principio de la instalación de la Legislatura en junta previa, mediante una credencial falsa; esa credencial obra en el expediente y tiene el gravísimo defecto de presentar la firma de uno de los miembros de la Junta Computadora falsificada; respecto a esto se ha seguido ya el procedimiento judicial y se ha esclarecido que la firma de uno de los asignantes está falsificada en la credencial que presenta el ciudadano Alencáster Roldán, firmada únicamente por tres miembros de la Junta. Esto se demostrará oportunamente. Ahora, ciudadanos representantes, voy a hacer hincapié, bajo otro punto de vista, en las elecciones y en lo que respecta a la lucha política en el 12 distrito electoral de Huajuapan. En 1918 se presentó el ciudadano Daniel Perea Ruiz trayendo él sólo la credencial única por el mismo 12 distrito. El ciudadano Daniel Perea Ruiz, en aquellas circunstancias difíciles para todo candidato como él, no afiliándose a la mafla del Partido Liberal Nacionalista, estaba en peligro inminente de perder la elección, y la perdió, sin embargo de las insinuaciones que se le hicieron para que se afiliara a dicho partido, él, firme en sus convicciones, se resistió hasta el último instante, sabiendo que si lo hubiera hecho así, habría sacado avante dicha credencial. Pero para que se vea con cuánta parcialidad se procedió en 1918, vamos a recordar hoy los incidentes de esa discusión y se va a patentizar cómo en aquel entonces el ciudadano Alencáster Roldán obtuvo la entrada a la Cámara de Diputados por medios absolutamente ilícitos. Dictamina la Comisión Revisora formada por los ciudadanos diputados Alfonso Fuentes Barragán e Isaac Olivé, en mayoría, y concluye así:

"1a. Son válidas las elecciones para diputados, propietario y suplente, verificadas en el 12 distrito electoral del Estado de Oaxaca.

"2a. Se declaran electos diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el mismo distrito electoral, a los CC. Justino Alencáster Roldán y Pedro A. Vega."

Pues bien, señores con motivo de esta discusión se leyeron documentos que dicen:

"Un sello que dice: H. Ayuntamiento Constitucional.- Huajuapan de León.- Oaxaca.

"Prevengo a usted, por orden del gobernador del Estado y del coronel Mireles, atienda al C. Justino Alencáster, que pasa a esa a hacer propaganda de su candidatura como diputado al Congreso de la Unión, para evitar sea molestado en su persona e intereses, y porque este señor es persona grata al Gobierno; advirtiéndole que la dificultad que tenga, pase a ponérsela en conocimiento del señor Fidel Peral, que es el que comisionó el licenciado Olivé para toda esta clase de asuntos.

"Constitución y Reformas.- Huajuapan de León, 10 de julio de 1918.- E. P. M. I., Antonio Orea Cubas.

"A los pueblos de Tonalá, Nuchita, Tamazulapan, Tezcatlán y demás municipalidades del Círculo Electoral número 12, cuyo centro es esta ciudad."

Pues bien, señores, a pesar de esto que es la consigna más descarada, a pesar de esto, repito, el ciudadano Perea Ruiz fue defraudado en sus derechos legítimos como representante por ese distrito, no obstante que no se tuvo ni siquiera el escrúpulo de que pasara este expediente a otra Comisión, sino que era el mismo ciudadano Olivé, de ingrata memoria en este recinto, el que a la vez que dictaminaba, fue el que dirigió la campaña electoral en Oaxaca y era el señalado por el Gobierno para llevar a cabo toda esta imposición.

En aquella sesión, el ciudadano Daniel Perea Ruiz, con rara firmeza, a pesar del peligro que corría su credencial por no afiliarse al Nacionalista, persistió en su conducta independiente con respecto a este grupo y afrontó las consecuencias, como nosotros lo hemos visto, Es bien sabido por todos nosotros ya el breve discurso que pronunció el ciudadano Daniel Perea Ruiz, pero es muy significativo para los fines que yo persigo, defendiendo la parte relativa del dictamen, porque hay que demostrar primero la firmeza de convicciones de este ciudadano, y en segundo lugar, el ningún pacto, el ningún contagio con el elemento latifundista, como vanamente se ha querido hacer ver a esta Asamblea. Digo esto, porque el ciudadano Daniel Perea Ruiz, si fuera o hubiera sido en aquel entonces un conservador, que lo es siempre un latifundista, un propietario, un acaudalado, no habría vacilado ni un solo instante en afiliarse al grupo predominante; en las juntas previas lo primero que habría hecho, como lo hicieron muchos, con unos intereses muchísimo menores que los de él, hubiera sido afiliarse a este grupo, con objeto de sacar avante su credencial; y no lo hizo. Esto no es típico en un conservador, muy al contrario. Pues bien, señores; en aquella sesión dice el señor Daniel Perea Ruiz, después de la lectura de un documento en que los presidentes municipales y los principales miembros de las comunidades respectivas asientan que el ciudadano Daniel Perea Ruiz fue el triunfante en todo el distrito electoral, dice:

"Por lo que acabáis de oír, todo el distrito de Silacayoápan declara que mi elección fue perfectamente legal. Si ustedes desechan mi credencial, habrán cometido la mayor injusticia; pero me voy con la conciencia tranquila, me voy con el corazón henchido de placer, porque represento legalmente, aunque no en la Cámara, a esos honrados ciudadanos que me han favorecido con su voto."

Este es el caso similar del ciudadano Aurelio Manrique que, habiendo sido defraudado en su elección en 1918, y asistiendo consuetudinariamente a las sesiones de esta Cámara, desde las tribunas o desde cualquiera de los palcos prorrumpía en sí o en no, como correspondía a sus convicciones, en cada votación. Se dirá que esto es acto teatral; pero viéndolo bajo un punto de vista más serio, se ve que no es más que la arraigadísima convicción del triunfo legítimamente obtenido y la protesta constante contra el abuso, contra el atropello que se cometió en aquellas circunstancias. Cosa semejante hizo el ciudadano Daniel Perea Ruiz; el ciudadano Daniel Perea Ruiz, se volvió con el corazón entristecido, pero no quebrantado, a luchar nuevamente, y debo hacer notar que desde 1918 y durante todo 1919, el propagador de la candidatura del general Obregón en ese distrito electoral, fue el ciudadano Daniel Perea Ruiz. El ciudadano Daniel Perea Ruiz fue de los que recibieron la primera credencial del Partido Liberal

Constitucionalista, para representarlo en la propaganda de esta candidatura; el ciudadano Daniel Perea Ruiz, a diferencia de otros muchos oaxaqueños que primero habían protestado adhesión a dicho partido, pero que después, cuando las actividades del general González fueron bastantes, se cambiaron a este lado, el ciudadano Perea Ruiz se mantuvo absolutamente incólume, persistió en sus convicciones y no hizo otra cosa más que poner sus intereses, sus escasos intereses, toda su actividad, en la propaganda de esta candidatura. No es el ciudadano Daniel Perea Ruiz un advenedizo en la política, como se demostró en la sesión de bloque en que se trató este asunto; el ciudadano Daniel Perea Ruiz ha estado ligado con el elemento liberal, nada menos que por conducto del ciudadano Flores Magón, y por eso fue perseguido en la época porfirista; fue por esto que en una ocasión tratando de ejercerse venganza y vejaciones sobre él, se dijo que había incendiado unos jacales de un pueblo. No, señores; porque tanto las casullas y los ornamentos sacerdotales de la iglesia, cuanto las bancas de la escuela, fueron encontrados en otro lugar; el ciudadano Daniel Perea Ruiz probó suficientemente que no era cierto que él hubiera incendiado; esa fue una vil calumnia, fue un ardid de que se valió la dictadura porfirista para perseguir a ese corresponsal del elemento magonista en la República. Fue desde 1905 y 1906 cuando el ciudadano Daniel Perea Ruiz, a escondidas, leía el periódico "Regeneración", que venía de los Estados Unidos; no es, pues, un advenedizo el ciudadano Daniel Perea Ruiz ¿Que ha tenido una heredad que está valuada en ocho mil dólares, como acabamos de verlo? No ha sido más que el legado de sus padres, pero esto no es un caudal, esto no constituye a nadie en un rico. ¿Cómo va a ser esto, señores? Entonces, ¿por qué estas calumnias, por qué se desliza en el ánimo de los más radicales, en lo que respecta a cuestiones económicas y sociales, que el ciudadano Daniel Perea Ruiz es un latifundista? ¿Puede ser un latifundista y estar ligado con los Flores Magón desde 1908? ¿Puede ser un conservador y un acaudalado, y en 1918 adoptar una actitud verdaderamente digna y admirable por sólo este concepto, puesto que no se le obligó, sino que salió honradamente del recinto de esta Representación Nacional? ¿No lo que hubiera hecho el ciudadano Daniel Perea Ruiz, como lo hicieron muchos, habría sido afiliarse al Partido Nacionalista, con objeto de sacar avante su credencial? No lo hizo, señores, aquí están sus palabras y aquí está su actitud, que es bastante viril. Además, el señor Daniel Perea Ruiz desde 1918 y 1919 se dedicó a propagar la candidatura del ciudadano Alvaron Obregón en el 12 distrito electoral del Estado de Oaxaca; él, personalmente, con riesgo de sus intereses personales, con riesgo de sus intereses materiales.

En la sesión de 27 de agosto, en que se trató este asunto, no quedó definitivamente resuelto por falta de quorum, pero consta la votación en el número siguiente del "Diario de los Debates". Ahora, ciudadanos representantes no fueron éstas las únicas palabras del ciudadano compañero Daniel Perea Ruiz; poco después dice:

"El desgraciado Estado de Oaxaca permanece aún bajo el régimen preconstitucional, por eso no os extrañe que el señor Sosa, el señor Ramírez y yo, que somos oaxaqueños, no tengamos aquí ningún apoyo. Los señores que se han presentado a la lucha en el Estado de Oaxaca como diputados, también han sufrido una derrota; entre ellos se encuentra el señor Manuel Rueda Magro, hombre que ha dado lustre a la XXVII Legislatura, según lo ha declarado la prensa. Este señor goza de muchas simpatías y, conste, allí está el señor Rueda Magro, que no es mi amigo, que ni siquiera tengo el honor de conocerlo más que de vista. Bueno; sin embargo, allí triunfó un candidato del Norte, de no sé de dónde ha venido, no lo sé, pero ha triunfado. El licenciado Luis Almogábar, a quien tampoco tengo el gusto de conocer, fue derrotado en Teotitlán, siendo oaxaqueño, de manera que no extrañe a mis paisanos que en la XXVIII Legislatura siga el Estado de Oaxaca, que permanece en el período preconstitucional, estando representado por individuos que no son oaxaqueños . No les extrañe que mi credencial no sea aprobada y que la Comisión dictaminadora diga que los presidentes municipales, treinta y tantos, me han impuesto. ¡Oh, señores, eso es ilógico! Yo no tengo, he dicho a ustedes que no soy ni recluta, no tengo ni un machete, por lo mismo, no me podía imponer a ellos. ¿Cómo? ¿En qué forma? Este documento ha sido obtenido de la siguiente manera: un amigo mío se propuso demostrar a este honorable Congreso que mi votación en el distrito de Silacayoapan había sido espontánea, que los presidentes municipales no habían sido amenazados, y como los presidentes municipales declaran la verdad, no han tenido inconveniente en poner su firma y su sello ratificando los hechos expresados. Bien, señores; ya dije que, a pesar de todo, saldré de esta Cámara, pero en buen hora, advirtiendo a ustedes que no estaría contento aquí, porque el Estado de Oaxaca no estaría representado, ni va a estar representado por sus verdaderos hijos, no haría yo nada, como no hicieron nada los de la pasada Legislatura, excepto el ciudadano Manuel Rueda Magro, en favor de él. Hay aquí también una circunstancia que me congratula: un hijo del Estado de Oaxaca, el señor García Vigil que lo representará, tenemos en él muchas esperanzas y ojalá que sea en bien de mi Estado, que permanece en el régimen preconstitucional."

Vosotros debéis recordar que en 1918, el gobernador Juan Jiménez Méndez se hizo el propósito de traer a la Representación Nacional a una camarilla de favoritos que tenía él, casi todos extraños al Estado, entre los cuales figuraba el señor Olivé, (Aplausos.) el ciudadano Lazcano Carrasco, el ciudadano Pastor, el ciudadano Tapia y otros muchos ciudadanos que no recuerdo en este momento. El Estado de Oaxaca venía a estar representado únicamente por dos o tres nativos de él....

El C. Mendoza, interrumpiendo: Por usted sí estaba representado. (Voces: Villalobos!)

El C. García Vigil, continuando: Villalobos también. Como todos vosotros véis, la actitud del ciudadano Daniel Perea Ruiz en aquellas circunstancias fue enteramente ajustada a los intereses del Estado de Oaxaca. Es por esto por lo que ha despertado las más vivas simpatías entre los oaxaqueños que asistimos a esta lucha; es por esto

también por lo que muchos elementos de los cuales es amigo el ciudadano Alencáster Roldán, tratan de favorecer a éste. Pero, señores, haced justicia; ahora sí es el momento de hacer justicia. El documento al que he dado lectura, en el cual se asienta el hecho de que se diera consigna a los presidentes municipales del 12 distrito electoral, de que se señalara al ciudadano Olivé como el encargado de dirigir esta campaña hecha por el Gobierno espurio del Estado de Oaxaca, de que se señalara también al coronel Mireles, jefe de armas en el Estado de Oaxaca, de que se señalara a otros muchos individuos para desarrollar todo esto, de que se girara como circular el que Alencáster Roldán era persona grata al Gobierno y que se le dieran toda clase de facilidades, toda clase de garantías, etcétera, no hace más que revivir en nosotros ese sentimiento de hace dos años, para protestar enérgicamente contra eso que se pretende y, al contrario, llamar en el orden moral al ciudadano Alencáster Roldán para que por esta vez, al menos, tenga el pudor bastante y no pretenda entrar una segunda vez al recinto de esta Representación Nacional, como pretende él, ligado a ese grupo que se llama la maffia, únicamente para defraudar una credencial legítima, porque, sabedlo, señores, el ciudadano Daniel Perea Ruiz es el que ha triunfado en primer lugar y la fórmula Ogarrio Meixueiro - Rueda Magro en segundo lugar. No es posible, ni remotamente, que se llegue a cometer una injusticia mayor de la que se cometió en 1918. El acta de la Junta Computadora dice: -porque el testimonio de los siete miembros de la Mesa es bastante testimonio dado, primero, por estar todos ellos reunidos para dictar el acta; segundo, por su comparecencia ante el notario público de Huajuapan; tercero, por los telegramas que han remitido separadamente cada uno de ellos a la Cámara de Diputados...-

El C. Lara Cesar A., interrumpiendo: ¿Me permite una aclaración? El acta dice sí: "que ayer tarde, al cerrarse la sesión, el segundo lugar - según esta acta- es del señor Alencáster Roldán."

El C. García Vigil, continuando: Yo no digo, ciudadanos diputados, que al final del acta se asiente eso; yo digo que el ciudadano Perea Ruiz obtuvo el primer lugar y que el ciudadano Ogarrio Meixueiro obtuvo el segundo. Debo hacerle ver al señor Lara, así como a todos los demás ciudadanos que se interesen por el ciudadano Alencáster Roldán - y que ellos sí de veras no conocen el expediente porque no lo han visto y podría yo proceder desde luego a hacer preguntas sobre hechos determinados, sobre detalles de la elección y estoy seguro que no se me contestaría satisfactoriamente a muchas de ellas -; debo hacer notar, repito, que si en el caso Ogarrio Meixueiro - Rueda Magro, hay cuatro municipalidades, que son las de Nicamanduta, San Ildefonso Salinas, Zoquiapan y Tenexcalco, que están computadas y las cuales tienen unanimidad de votos para estos candidatos, y a pesar de que la misma acta de la Junta Computadora dice que no se computen, en el caso del ciudadano Alencáster Roldán llegan a diez o doce, por lo menos, las que dice la Junta Computadora que no se computan y que, sin embargo de eso, están computadas. Puede pasar el ciudadano Lara, lo mismo que cualquier otro para que yo le demuestre este hecho.

El C. presidente: Se llama al orden al señor diputado por Colima; debe atender al orador. (Risas.)

El C. García Vigil: También, ciudadanos representantes, hay que hacer notar esto: el 12 distrito electoral de Oaxaca fue dividido, es decir, comprendió 49 municipalidades; de éstas sólo los expedientes de 36 municipalidades llegaron a la Junta Computadora, sólo éstos fueron tenidos en cuenta. ¿Por qué? Porque la mayoría de los restantes, los 13 expedientes restantes, correspondían a una votación casi unánime, podemos decir unánime, para el señor Daniel Perea Ruiz. La Comisión no ha necesitado tener en cuenta esto, porque a pesar de no haberse presentado esos 13 expedientes, el ciudadano Daniel Perea Ruiz tiene una mayoría abrumadora; e insisto en que él sí dejaron de computársele los votos que venían en los expedientes. Ya fuera por esta circunstancia, por que habían venido abiertos o porque no fueron conducidos por los presidentes de casilla, éstas son tres razones que esgrimen los miembros de la Junta Computadora para negar la computación a los expedientes que llegaron. Pues bien, señores; los 13 expedientes a que me refiero no fueron computados por la Junta Computadora, ateniéndose a cada una de estas razones o a las tres, si ustedes quieren; sin embargo de esto, como ustedes lo han visto ya, los expedientes de San Ildefonso, Salinas de Zoquiapan, Nicamanduta y Tenexcalco, a pesar de esto, de que no llegaron a tiempo, de que no fueron conducidos por los presidentes de casilla o que llegaron abiertos, fueron computados, y es muy de notarse que esta computación es unánime en estas cuatro municipalidades para la fórmula Ogarrio Meixueiro - Rueda Magro, y cuando se trata extensamente el caso del ciudadano Alencáster, que yo quiero que se trate desde luego con la amplitud debida, entonces se verá que si a la fórmula Ogarrio Meixueiro corresponden 4 municipalidades que sí se computaron y que dice la Junta Computadora que no, en el caso Roldán son como 10 y, en cambio, en el caso Daniel Perea Ruiz no se computaron los expedientes de 13 municipalidades. ¿Por qué? Porque ya se sabía que había allí obtenido mayoría de sufragios Perea Ruiz. Y debo hacer notar esto: los siete miembros de la Junta Computadora que dicen esto, no son de los lugares en que obtuvo mayoría el ciudadano Perea Ruiz, 4 de ellos son de la misma cabecera, son de Huajuapan de León, donde no tiene influencia alguna; 2 de Silacayoapan y otro de un pueblo bastante retirado; de manera que de los 7 que protestan, 4, digo, son de Huajuapan, 2 de Silacayoapan y 1 de Tonalá, de un punto lejano; de manera que 5 son enteramente de pueblos donde no obtuvo ni un solo voto el ciudadano Perea Ruiz; no se puede juzgar de parcialidad a estos ciudadanos miembros de la Junta Computadora, en favor del ciudadano Perea Ruiz, sino que habría que creer que trataban de favorecer otros intereses; sin embargo de eso, han aceptado que al cerrarse la votación en la tarde del día 5, el ciudadano Daniel Perea Ruiz tenía 2,980 votos, y con verdadera sorpresa al día siguiente ven que le señalan 2,883 y 2,233 al ciudadano Ogarrio Meixueiro, que la víspera, al cerrarse la votación, tenía 2,404 votos solamente, Por todas estas razones de verdadera

justicia y de orden legal y moral, rememorando lo que se hizo hace dos años, yo pido un voto aprobatorio para el dictamen. (Aplausos. Siseos.)

El C. secretario Valadez Ramírez: Habiendo hablado los oradores que señala el Reglamento, en votación económica se consulta si el asunto está suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Suficientemente discutido. Se procede a recoger la votación.

El C. Ogarrio Meixueiro: Pido votación nominal para el segundo punto.

El C. presidente: ¿Está suficientemente apoyado el compañero Meixueiro? (Voces: ¡Sí está!)

El C. secretario Valadez Ramírez: En votación económica se consulta el primer punto, que dice así:

"Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión, verificadas el domingo 1o. de agosto del presente año, en el 12 distrito electoral del Estado de Oaxaca."

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Aprobado. Se declara que son válidas las elecciones. Se va a recoger la votación nominal del segundo punto, que dice así:

"Son diputados propietario y suplente por el mismo distrito, respectivamente, los ciudadanos Daniel Perea Ruiz y licenciado Manuel Aguilar Salazar." Por la afirmativa.

El C. secretario Tirado: Por la negativa. (Se recoge la votación.)

El C. secretario Valadez Ramírez: El ciudadano Tirado rectifica su voto.

El C. secretario Tirado: El ciudadano Solórzano Federico N. también rectifica su voto, está por la afirmativa.

El C. presidente: ¿Ya votó el ciudadano Rodríguez López? Si desea votar, con permiso de la Asamblea, puede hacerlo (Voces: ¡No! ¡No! ¡Sí! ¡Sí!)

El C. Soto Francisco: Pido que se pase lista y que se haga constar el nombre de las personas que se salgan a la hora de la votación.

El C. secretario Valadez Ramírez: Se va a dar lectura a los nombres, a fin de que se hagan las rectificaciones consiguientes, si hay que hacerlas. Votaron por la afirmativa 49 ciudadanos representantes, que son los siguientes: Aillaud, Alvarez Vicente, Argüelles, Arroyo Ch., Ayala, Alessio Robles Miguel, Bravo Betancourt, Cano, Cantón, Cervantes, Cienfuegos y Camus, Contreras Adolfo, Espinosa Natalio, García Socorro, García Vigil, Gómez Cosme D., Gómez Rodrigo, González Rafael M., González y González, Gutiérrez Castro, Guzmán Luis, Hidalgo Catalán, Huerta, Maldonado, Manero, Manrique, Maqueo Castellanos, Martínez de Escobar Federico, Martínez de Escobar Rafael, Méndez, Montero Villar, Montes Manuel, Navarro Uriel, Ortega Antonio, Ortega Miguel F., Peña Ildefonso, Portales, Ramos Pedrueza, Rico G., Rodríguez López, Saucedo, Silva, Solórzano Federico N., Soto Francisco, Soto José M., Tello Romero, Tirado, Vásques, Vega, Velarde y Villegas.

El C. secretario Tirado: Votaron por la negativa los siguientes ciudadanos diputados y presuntos diputados: (Voces: ¿Cuántos?) 74. (Aplausos.) Se va a dar lectura a los nombres, para que se rectifiquen los que no hayan sido anotados: Acevedo, Aguilera, Aguirre Colorado Fernando, Aguirre Emilio, Aja, Alanís Fuentes, Aldaco, Alvarez del Castillo, Alvarez Ricardo A., Arrioja Isunza, Avilés, Barbosa, Barragán Enrique M., Barroso, Balsaldúa, Berumen, Berzunza, Bolio, Bravo Lucas, Carriedo Méndez, Carrillo Puerto Benjamín, Casas Alatriste, Castañeda Nigra, Castillo Garrido, Castillo Profirio del, Castro y López, Céspedes, Díaz Antonio, Domínguez, Dorantes, Espinosa y Elenes, Estrada, Franco Abraham, Franco Cerqueda, Franco Urías, Gálvez, García Adolfo G., García Rojas, Garza Candelario, Garza Francisco, Gómez Carlos, González Jesús B., González Onésimo, Guadarrama, Guerrero Eduardo, Guillén, Guzmán Peláez, Hernández Coronado, Lara Cesar A., Lechuga, Lomelí, Luquín, Macías Rubalcaba, Martínez Fernando B., Martínez Gabriel, Martínez Rendón, Mendoza, Miramontes, Miravete, Montes de Oca, Munguía, Ogarrio Meixueiro, Ollivier, Paz, Quiroga, Rama, Ramírez Francisco Modesto, Ramírez M. Fidel, Reyes Tereso, Riva Palacio, Rivera Constantino, Romero, Sánchez Pablo H., Serrano Gustavo P., Serrano Hermosillo, Valadez Ramírez, Valverde, Vergara, Villalobos y Vizcarra."

Votaron en total, ciudadanos diputados y presuntos diputados, por la negativa, 73.

El C. secretario Valadez Ramírez: Por la afirmativa, 49 (Voces: ¡No hay quorum!) En consecuencia, no hay quorum. (Voces: ¡Que se repita la votación!)

El C. presidente: ¡Un momento! Puede la Mesa dar dos trámites: o repetir la votación, o aceptar los votos de las personas que acaban de llegar y que estaban en comisiones. (Aplausos.) Lo primero, repetir la votación, es lo reglamentario y lo tradicional; pero lo segundo nos permite, si no surgen protestas, ahorrar media hora; (Voces: ¡Sí! ¡Sí!) y como no se trata de una votación que se decida por unos cuantos votos, no creo yo que haya inconveniente práctico en admitirlo. Los ciudadanos diputados que no hayan emitido su voto, sírvanse hacerlo. (Voces: ¡No! ¡No! ¡Sí! ¡Sí!)

El C. González y González: ¡No, señor, protesto! ¡Que se repita la votación, aunque se pierda media hora! (Los ciudadanos que no habían votado y que acaban de llegar, pasan a hacerlo, de acuerdo con la indicación del señor presidente.)

El C. García Vigil: ¡Una moción de orden, señor presidente!

El C. presidente: Sírvase ocupar su asiento los señores diputados. Tiene la palabra el ciudadano García Vigil para hacer una moción de orden.

El C. García Vigil: Es necesario que no se siente un pésimo precedente, ni por lo que hace a permitir que se den votos después de cerrada una votación, ni tampoco porque se pretenda que, sin quorum legal, se tome un acuerdo de la Asamblea. Mal hace el ciudadano presidente en consultar a la Asamblea, cuando no hay quorum (Aplausos. Voces: ¡Sí hay! ¡No hay!) El acuerdo que se tome en esta Asamblea, con menos de 126 diputados, no es acuerdo legal, sino absolutamente viciado y nulo. (Desorden.) En esto no cabe más que cualquiera de estas dos cosas: o suspender la sesión por falta de quorum, (Voces: ¡No!) o pasar lista para ver si ya lo hay, Entiendo que, como la hora es

bastante avanzada, lo que debe hacerse es suspender la sesión por falta de quorum (Voces: ¡No!) y continuar este asunto en la próxima sesión, ya sea hoy en la tarde o el lunes próximo. (Voces: ¡No!) ¡Entonces, vámonos! (Se salen varios ciudadanos diputados.)

El C. presidente: Sírvanse tomar asiento los señores diputados y guardar orden. La Mesa está cumpliendo con su deber.

El C. García Vigil: ¡No hay quorum! (Voces: ¡Moción de orden!)

El C. presidente: No acepto mociones de orden mientras los diputados no ocupen sus asientos. Sírvanse informar la Secretaría cuántos diputados votaron en total y cuántos entraron al salón después de la votación.

El C. secretario Valadez Ramírez: La Secretaría informa que se registraron 49 votos por la afirmativa (Voces: ¡Moción de orden!) y 73 por la negativa; total, 122; y que posteriormente votaron 6 más por la negativa.....

El C. García Vigil, interrumpiendo: No pueden haber votado.

- El mismo C. secretario, continuando:.... y 2 más por la afirmativa.

El C. García Vigil: Ruego a la Presidencia ordene que se lea el artículo reglamentario que dice que las sesiones se suspenderán por falta de quorum.

El C. presidente: Sírvase el ciudadano García Vigil no interrumpir el informe de la Secretaría.

El C. García Vigil: Para hacer mociones de orden, puede uno hablar cuando y cuantas veces quiera. Su señoría no tiene derecho a pedir a la Secretaría que diga cuántos diputados entraron después de la votación. ¡Esto no nos importa! (Desorden.) La Secretaría no es un conserje. Para eso yo pediría que se dijera cuántos se salieron antes, cuántos representantes andan en la calle, cuántos no han venido, cuántos están tomando copas, cuántos están en el banquete, y así sucesivamente!

El C. presidente: Mientras el ciudadano García Vigil no escuche el trámite que va a dar la Mesa, como resultado del informe de la Secretaría, no es práctico que se oponga a él.

El C. García Vigil: ¡No! Es que ya está dado el trámite, señor presidente. Su señoría dijo: "que la Secretaría informe cuántos votaron y cuántos entraron después". Contra esta última parte es a lo que yo me opongo.

El C. presidente: Sírvase informar la Secretaría.

El C. secretario Valadez Ramírez: La Secretaría, por acuerdo de la Presidencia, informa que se recogieron 49 votos por la afirmativa y 73 por la negativa. (Voces: ¡No hay quorum!) Total, 123 ciudadanos representantes, (Voces: ¡122!) y que posteriormente se acercaron a que se les recogieran sus votos, 6 ciudadanos diputados por la negativa..... (Voces: ¡No! ¡Sí! Desorden. Campanilla.)

El C. García Vigil, interrumpiendo: ¡Yo reclamo el trámite de la Presidencia! ¡No tiene derecho el señor presidente! (Voces: ¡No hay quorum! ¡Vámonos! Sigue el desorden. Campanilla.)

- El C. secretario Valadez Ramírez, continuando:....y 2 ciudadanos representantes más por la afirmativa.

El C. presidente: Del informe de la Secretaría resulta que no hay quorum; se procederá a pasar lista. (Desorden. Campanilla. Voces: ¡Vámonos! ¡No corran!) Se procede a pasar lista, y a los ciudadanos diputados que haciendo uso de un recurso parlamentario se hayan ausentado para romper el quorum, se les aplicará la multa de Reglamento. (Aplausos nutridos.)

El C. secretario Tirado: Se procede a pasar lista. (Pasó lista.) Hay una asistencia de 100 ciudadanos diputados y presuntos diputados; en consecuencia, no hay quorum.

El C. presidente: Por falta de quorum se levanta la sesión, citándose para el lunes a las 10 de la mañana, a sesión de Colegio Electoral. Como se advierte que ya hay solamente en cartera de Colegio Electoral 3 dictámenes, se excita a las comisiones para que presenten sus dictámenes a la brevedad posible. Orden del día 6 de diciembre...

El C. Avilés, interrumpiendo: ¡Moción de orden! Quiero decir esto: que la 4a Comisión ya no tiene ni un sólo expediente en su poder; todos los ha entregado a la Oficialía Mayor.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"Orden del día 6 de diciembre de 1920:

"A las 10 a. m.: Sesión de Colegio Electoral.

"A las 4 p. m.: Sesión de Cámara: Proyecto de ley por el que se deroga el decreto de 19 de septiembre de 1916.

"Dictamen relativo a la supresión de las capitanías de Puerto.

"Sesión secreta."

El C. Casas Alatriste: ¡Que se diga qué expedientes electorales están listos para discutirse el lunes próximo.

El C. presidente: A petición informal del ciudadano Casas Alatriste, la Mesa informa que los dictámenes en cartera son los correspondientes al 12 distrito electoral de Oaxaca, al 19 distrito electoral de Veracruz y al 6o. distrito electoral de Chihuahua. Además, la 5a. Sección ha prometido presentar para el lunes los dictámenes relativos al 6o. distrito electoral de Guerrero y al 14 distrito electoral de Oaxaca. Se levanta la sesión.(1.25 p.m.)