Legislatura XXIX - Año I - Período Ordinario - Fecha 19201206 - Número de Diario 84
(L29A1P1oN084F19201206.xml)Núm. Diario:84Colegio Electoral
ENCABEZADO
MÉXICO, LUNES 6 DE DICIEMBRE DE 1920
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
AÑO I.- PERIODO ORDINARIO XXIX LEGISLATURA TOMO I.- NÚMERO 84
SESIÓN DE COLEGIO ELECTORAL DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
EFECTUADA EL DÍA 6 DE DICIEMBRE DE 1920
SUMARIO
1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.
2.- Se recoge la votación pendiente del dictamen relativo al 12 distrito electoral del Estado de Oaxaca; es rechazado.
3.- A discusión los puntos 2o. y 3o. del voto particular referente al 12 distrito electoral de Oaxaca, que da el triunfo a los CC. Ogarrio Meixueiro - Rueda Magro. Se levanta la sesión por falta de "quórum"
DEBATE
Presidencia del C. MARTÍNEZ DE ESCOBAR R
.
(Asistencia de 129 ciudadanos diputados y presuntos diputados.)
El C. presidente, a las 11.13 a. m.: Se abre la sesión de Colegio Electoral.
- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:
"Acta de la sesión de Colegio Electoral celebrada por la Cámara de Diputados del Colegio de la Unión, el día cuatro de diciembre de mil novecientos veinte
"Presidencia del C. Aurelio Manrique..
"En la ciudad de México, a las once y quince de la mañana del sábado cuatro de diciembre de mil novecientos veinte, con asistencia de ciento veintinueve ciudadanos diputados y presuntos diputados, se abrió la sesión.
"Sin debate se aprobó el acta de la celebrada el día anterior después de una observación del ciudadano Manuel Rico G.
"Se dio cuenta con un escrito, en que el C. presunto diputado Francisco de la Peña solicita que el expediente relativo a las elecciones del quinto distrito electoral de Hidalgo pase de la segunda sección de la primera Comisión de Poderes, en que se encuentra a la sexta sección. - Como se pide.
"Prosiguió la discusión del dictamen referente a las elecciones en el décimosegundo distrito electoral del Estado de Oaxaca.
"El C. García Vigil continúo su discurso en pro, siendo interrumpido por aclaraciones de los CC. Organismos Meixueiro y César. A. Lara.
"Suficientemente discutido el dictamen, se aprobó en votación económica la validez de las elecciones. Por lo que hace al segundo punto resolutivo del mismo, y que propone para diputados propietario y suplente, respectivamente, a los CC. Daniel Perea Ruiz y Manuel Aguilar Salazar, el C. Orgarrio Meixueiro, debidamente apoyado, solicitó votación nominal, que produjo setenta y tres votos de la negativa y cuarenta y nueve de la afirmativa. No había quórum. Para integrarlo, la Presidencia determinó que emitieran su voto algunos ciudadanos representantes que no lo habían hecho y que se encontraban en el salón. A ello se opuso el C. García Vigil y al fin la presidencia declaró, después de un informe de la Secretaría, que estaba desintegrado el quórum.
"La Secretaría procedió a pasar lista y como en esos momentos algunos ciudadanos diputados abandonaran el salón, la Presidencia hizo saber que a los que tal hicieran se les aplicaría multas.
"Confirmada la falta de quórum, pues sólo respondieron a la lista cien ciudadanos diputados y presuntos diputados, la Presidencia levantó la sesión a la una y veinticinco la tarde, excitando previamente a las secciones de la de primera Comisión de Poderes, para que dictamine cuanto antes sobre los expedientes electorales que tienen pendientes."
Está el acta a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobada.
El C. secretario Valadez Ramírez: Se procede a recoger la votación nominal pendiente a la sesión anterior por falta de "quórum", de la segunda proposición que dice:
"Son diputados propietario y suplente por el mismo distrito, respectivamente, los ciudadanos Daniel Perea Ruiz y licenciado Manuel Aguilar Salazar." (Voces" !Sí, sí! !No, no!)
El C. prosecretario Castrejón: Por la afirmativa.
El C. secretario Valadez Ramírez: Por la negativa.
(Se recoge la votación.)
El C. prosecretario Camarena: Votaron por la afirmativa 51 ciudadanos y presuntos diputados.
El C. secretario Valadez Ramírez: Votaron por la negativa 69 ciudadanos representantes. No hay quórum. Por acuerdo de la Presidencia se va a tomar nuevamente la votación y previamente se llamará a todos los ciudadanos diputados que se encuentran en las comisiones.
El C. prosecretario Castrejón: Se procede a pasar lista.
- El mismo C. prosecretario: Hay una asistencia de 138 ciudadanos diputados y presuntos diputados. Hay quórum.
El C. prosecretario Valadez Ramírez: Por acuerdo de la presidencia se recuerda a los ciudadanos diputados y presuntos diputados la obligación que tienen de permanecer en el salón mientras se toma la votación. Artículo 156 y 157 del Reglamento. Se va a dar lectura a la parte resolutiva que se va a votar:
"2a. Son diputados propietarios y suplente por el mismo distrito, respectivamente, los ciudadanos Daniel Perea Ruiz y licenciado Manuel Aguilar Salazar."
El C. prosecretario Camarena: Por la afirmativa.
El C. secretario Valadez Ramírez: Por la negativa.
(Se recoge la votación.)
El C. prosecretario Castrejón: Votaron por la afirmativa 63 ciudadanos y diputados presuntos.
El C. secretario Valadez Ramírez: Votaron por la negativa, 76. En consecuencia, ha sido desechada la segunda proposición de la mayoría de la Comisión.
- El mismo C. secretario: A discusión el voto particular en los puntos segundo y tercero, por haberse aprobado ya el primer punto del dictamen:
"2o. Es diputado propietario por el mencionado distrito, el C. Ogarrio Meixueiro.
"3o. Es diputado suplente por el círculo electoral referido, el C. Manuel Rueda Magro."
Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse.
El C. presidente: Se inscribieron para hablar en pro, los ciudadanos Mendoza Salvador, Ramírez Francisco Modesto y Ogarrio Meixueiro. Y en contra, los ciudadanos Lara César A., Avilés Uriel y Paz Octavio.
Tiene la palabra en contra el ciudadano Uriel Avilés.
El C. Avilés Uriel: Ciudadanos diputados: Indiscutiblemente que la parte legal, en lo que se refiere a la elección del ciudadano Ogarrio Meixueiro, es demasiado clara para convencerse de que ha sido una elección hecha bajo la presión del gobernador del Estado de Oaxaca, pariente del ciudadano Rueda Magro. (Voces: ¡No!) Hay voces que dicen que "no"; pero si nos atenemos al discurso pronunciado aquí por el ciudadano García Vigil, veremos que ha venido a sostener también esa tesis, de que la elección del ciudadano Meixueiro ha sido hecha bajo la presencia oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca. (Aplausos.) Me voy a permitir suplicar a la Secretaría se sirva traer los paquetes que sirvieron para hacer esa elección, es decir; las boletas para demostrar a esta Asamblea cómo esas boletas están hechas por la misma mano y aun rayadas con regla la parte donde la ley manda que se ponga la cruz. Decía, ciudadanos diputados, que yo quería a ustedes cómo la elección del ciudadano Ogarrio Meixueiro ha sido un verdadero fraude hecho por el gobernador del Estado de Oaxaca. (Voces: ¡Qué Bárbaro!) Y aquí están las pruebas fehacientes, por más que unos de sus señorías digan: ¡qué bárbaro! ¡Qué bárbaro, digo yo, el gobernador de Oaxaca, que no se paró en mientes para violar la ley! (Aplausos. Siseos.) Y aquí está la prueba, ciudadanos diputados, de cómo está hecha la flamante elección del ciudadano Ogarrio Meixueiro. Hay paquetes y boletas, y esos estuvieron en manos de muchos de los ciudadanos diputados, donde se ve que las cruces están trazadas con regla; indudablemente que esas boletas las hicieron desaparecer ya, o están revueltas en el expediente; pero hay boletas que están cruzadas a regla; no se quiso ahí disimular ni siquiera el chanchullo, sino que se hizo a tambor batiente. Y para rebatir, ciudadanos diputados, con más éxito la elección del ciudadano Ogarrio Meixueiro, no quedaría o sería tanto mejor volverle a dar lectura al discurso del ciudadano Manuel García Vigil, donde punto por punto, fue combatiendo y demostrando hasta la saciedad, cómo se hizo esa elección y a base de qué estuvo hecha. Ahora, ciudadanos diputados, por lo que toca a la cuestión política el adagio vulgar aquel que dice que tanto peca el que mata la vaca, como el que tiene la pata. (Voces: ¡Huy! ¡Huy! Siseos. Campanilla.) Y aquí, en este caso, ciudadanos diputados, tan culpable es el ciudadano Ogarrio Meixueiro, como el ciudadano Rueda Magro; porque si el ciudadano Ogarrio Meixueiro hubiera meditado sobre la responsabilidad que se contraía aceptando como suplente al ciudadano Rueda Magro, hubiérase lanzado a la lucha..... ¡(Voces; ¡No!) ¡Sí, ciudadanos!, por su propia cuenta y riesgo, no llevando detrás la personalidad del ciudadano Rueda Magro para que le sirviera como especie de parasol o parapeto, para quitarle los golpes que pudieran venirle. Se ha dicho ya.....
El C. Camarena: ¿Me permite el orador una interpelación?
El C. Avilés: Sí, señor.
El C. Camarena: Ruego a usted me informe, si es que tiene el dato, cuál es el número de boleto que venían en esas condiciones.
El C. Avilés: Contestando a la interpelación de su señoría, le diré que la mayoría del boletaje a favor del ciudadano Ogarrio Meixueiro viene en esa forma. Aquí está a su disposición el expediente, para que se sirvan registrarlo y vean ustedes en qué condiciones está. Decía que tanto peca el que mata la vaca, como el que le tiene la pata, (Siseos.) y en este caso veo más culpable el ciudadano Ogarrio, que al mismo ciudadano Rueda Magro, porque el hombre que tiene probabilidades de su éxito, que puede ir sólo hacia donde quiera, no
necesita agarrarse a las caducidades de un político caído, que perteneció a un régimen que ha desaparecido ya. El ciudadano Ogarrio, en tal caso, debió haberse lanzado sólo a la lucha, sin haber unido su nombre al del ciudadano Rueda Magro, porque la verdad es que, para los que estuvimos en la XXVIII Legislatura, ha caído muy mal el nombre de este ciudadano. ¿Por qué? Porque este hombre, cuando era gobernador del Distrito Federal, no tuvo inconveniente de ninguna naturaleza en atropellar el fuero de los diputados; no tuvo empacho en hacer declaraciones francas y abiertas, desconociendo el fuero de los diputados; y ¿cómo el ciudadano Ogarrio, que conocía esos antecedentes, no tuvo el valor civil o la osadía de haber retirado su nombre del ciudadano Rueda Magro, si es que tan honrado como se muestra, lo es en verdad el ciudadano Ogarrio Meixueiro?
Y ahora, ciudadanos diputados, me voy a permitir demostrar cómo el que sí, en verdad, ha ganado la elección en el Estado de Oaxaca, ha sido el ciudadano Alencáster Roldán, pero que, por un lado la presión.....(Voces: ¿Cuál?) que por un lado la presión del Gobierno de Oaxaca, que no dejó que se hicieran elecciones libres; pero que a pesar de eso, el ciudadano Alencáster alcanzó una verdadera mayoría que lo colocó en primer lugar, y que sólo por la parcialidad de la Junta Computadora establecida en la cabecera del distrito electoral no pudo traer la credencial que como diputado le correspondía. Se ha venido aquí a decir que el ciudadano Alencáster trajo una credencial fraudulenta, que había falsificado las firmas de los ciudadanos componentes de la junta Computadora, y yo voy a demostrar cómo el vicepresidente de la Junta Computadora extendió una credencial al ciudadano Alencáster, la cual fue enteramente legítima, y que sólo las maquinaciones hechas aquí dentro de esta Asamblea Nacional, no dejaron que el ciudadano Alencáster estuviera ocupado su sitial en esta Representación Nacional. Existe aquí, en el expediente, ciudadanos diputados, un documento que demuestra cómo las firmas puestas en esa credencial extendida al ciudadano Alencáster, son enteramente legítimas; si no, claro está ciudadanos diputados, pues claro está que quien gobierna indiscutiblemente que manda; ahí quien mandaba era el gobernador de Oaxaca, e indiscutiblemente que éste ordenó que los de la Junta Computadora se desdijeran de lo que habían hecho ya. Me voy a permitir suplicar a la Secretaría dé lectura al documento; está firmado por uno de los peritos calígrafos de los juzgados de aquí, del Distrito Federal.
- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:
"Manuel Centeno, perito calígrafo, cuyo nombre consta con tal carácter en la lista de peritos oficiales del Departamento de Justicia del Gobierno del Distrito Federal, nombrado particularmente por el señor Justino Alencáster Roldán para dictaminar acerca de la autenticidad de las firmas que calzan el documento que obra a fojas treinta y seis del expediente de elecciones para diputados al Congreso General, número ciento cincuenta y nueve, correspondiente al décimosegundo distrito electoral del Estado de Oaxaca, que a la letra dice: Al margen: "Junta Computadora del décimosegundo distrito electoral del Estado de "Oaxaca." - Al centro: "Oaxaca, décimosegundo distrito electoral. - Expediente número ciento cincuenta y nueve. - Los infrascritos, presidente y secretarios de la Junta Computadora correspondiente del décimosegundo distrito electoral del Estado de Oaxaca, certificamos que el ciudadano Justo Alencáster Roldán, ha sido electo diputado propietario del Congreso de la Unión por el expresado distrito electoral. - Huajuapan de León, agosto seis de mil novecientos veinte. - El vicepresidente de la Junta Computadora, Juan R. y Rodríguez. - Rúbrica. - Cuarto secretario, Inocencio Círigo. - Rúbrica. - Tercer secretario, Miguel Ángel Ayala - Rúbrica. -Al ciudadano Justino Alencáster Roldán, diputado propietario electo por el décimosegundo distrito electoral. - Presente."- A la vuelta. Al margen un sello que dice: "Honorable Ayuntamiento Constitucional. - Huajuapan de León. - Oaxaca." - Al centro: "El presidente municipal que subscribe, certifica: que las firmas que calzan el documento que antecede, son auténticas de los miembros de la Junta Computadora - Huajuapan de León, agosto ocho de mil novecientos veinte. - El presidente municipal, Abraham López." - Rúbrica. - Emite el presente dictamen y dice que: después de practicar el correspondiente examen comparativo entre las firmas y rúbricas de Juan R. y Rodríguez, Inocencio Círigo y Miguel Ángel Ayala que, como se dice antes, calzan el documento mencionado, con las firmas de los mismos nombres y apellidos que constan como verdaderamente auténticas en los documentos que obran en el mismo expediente, a fojas diez vuelta (al final del acta de la Junta Computadora reunida en Huajuapan de León, del día cinco de agosto de mil novecientos veinte), a fojas doce (el inventario de los expedientes de los distritos electorales), a fojas diez y nueve (documentos con el resultado del escrutinio), y con las otras firmas de los mismos, que constan en otros varios documentos del citado expediente, encuentra el subscrito entre unas y otras firmas, absoluta identidad en el movimiento del trazo, claro obscuro, pulsación y demás características esenciales, asegurando, por tanto, que unas y otras firmas y rúbricas, fueron trazadas, respectivamente, por las mismas manos, por lo que asienta categóricamente, que las firmas que calzan el documento cuya copia va en este dictamen, son perfectamente auténticas, sobre todo, la de Miguel Ángel Ayala; las mismas afirmaciones categóricas que hace respecto a las firmas de Juan R. y Rodríguez, Inocencio Círigo y Miguel Ángel Ayala, las hace extensivas, por concurrir idénticas circunstancias, en todo lo relativo a la firma de Abraham López, que calza el documento manuscrito que obra a fojas treinta y seis vueltas, y cuya copia consta en este dictamen, después de haber hecho un minucioso cotejo con las también auténticas del mismo, que se encuentran en diversos documentos del mismo expediente. Es cuanto tiene que decir, según su leal saber y entender, protestando conducirse con toda verdad.- México, ocho de noviembre de mil novecientos veinte. - Manuel Centeno."
El C. Avilés: Ya ven ustedes, ciudadanos diputados, que el cargo más formidable hecho al ciudadano Alencáster ha quedado desvanecido. Ahora,
en lo referente a la actuación política y revolucionaria del ciudadano Alencáster, hay aquí documentos que mucho lo honran; pero no quiero darles lectura sin antes hacer otra demostración palpable de la burda imposición que el Gobierno de Oaxaca hizo a favor del ciudadano Meixueiro. Aquí está este otro documento donde se ve que el padrón está lleno de cabo a rabo; todos votaron sin excepción de ninguna naturaleza, y claro que sí iban a votar porque las cruces que están en los discos de esta candidatura están hechas uniformemente, es decir, por la misma mano. Aquí está otra prueba de que el Gobierno de Oaxaca impuso a Meixueiro y a Rueda Magro. Antes de abandonar esta tribuna, quiero que los que no conocen la personalidad del ciudadano Alencáster, la conozcan. Este ciudadano ha sido un revolucionario, no de los revolucionarios que se han forjado al calor del hogar, sino uno de los revolucionarios que se ha forjado en el campo de la lucha. Voy a demostrar a esta Asamblea cuál ha sido la actuación del ciudadano Alencáster. Hay aquí un retrato donde se le ve después de la toma de Guadalajara acompañado por el general Enrique Estrada. Están aquí unos periódicos de los cuales formó parte como redactor o colaborador el ciudadano García Vigil. Me voy a permitir suplicar a la Secretaría que dé lectura a un suelto de "El Monitor Republicano" donde se ve cuál fue la actuación del ciudadano Alencáster en los momentos difíciles, es decir, en los momentos en que el carrancismo estaba jugando su última carta, así como el obregonismo también. La fotografía a que hago referencia, ciudadanos diputados, está aquí a la disposición de ustedes para que se sirvan dar veracidad de ella.
El C. secretario Valadez Ramírez: La Secretaría da fe de tener a la vista un número de "El Monitor Republicano" del sábado 10 de abril de 1920. En la primera plana aparece un suelto que dice así:
"Numerosos miembros del Congreso General felicitan a la H. Legislatura del Estado de Sonora.
"Por su viril y patriótica actitud en defensa de la soberanía de aquella Entidad.
"Un gran número de diputados y senadores independientes dirigió ayer el siguiente mensaje de felicitación a la H. Legislatura del Estado de Sonora:
"México, abril 9 de 1920.
"Ciudadanos secretarios de la H. Legislatura del Estado de Sonora. - Hermosillo, Sonora.
"Diputados y senadores subscriptos, felicitamos a esa H. Legislatura por su viril y patriótica actitud, asumida en defensa de la soberanía de ese Estado. "Protestamos a ustedes nuestra atenta consideración.
Entre las firmas que calzan ese documento se encuentra la del ciudadano Justino Alencáster Roldán.
El C. Avilés: Aquí está en este otro número de "El Universal" donde se verá también la actitud asumida por el ciudadano Alencáster Roldán en los momentos difíciles en que esta Representación Nacional lanzaba un manifiesto a la nación desafiando al ciudadano Venustiano Carranza. De esto debe tener muy fresca la memoria el ciudadano García Vigil. También me voy a permitir suplicar a la Secretaría dé lectura a este documento.
El C. secretario Valadez Ramírez: "El Universal" del viernes 9 de abril de 1920, en la primera plana:
"Lanzan un manifiesto los diputados y senadores obregonistas.
"Un grupo numeroso de diputados obregonistas, se reunieron ayer por la tarde en el Salón Verde de la Cámara de Diputados, con el objeto de discutir y aprobar un manifiesto a la Nación en el que tratan de los asuntos políticos últimamente registrados en la República.
"Al aprobar el proyecto de referencia, el senador Cutberto Hidalgo y los diputados Silva Herrera, Martín Barragán, Luis Espinosa, Isaac Olivé, Alencáster Roldán y Lazcano Carrasco, pusieron las manos de un reportero de este periódico, una copia del documento que dice así: Manifiesto a la Nación.
"Como representantes del pueblo mexicano y miembro por lo tanto de uno de los poderes de la Unión, estimamos de nuestro deber hacer del conocimiento de la opinión pública, el proceso de los acontecimientos que con ocasión de la renovación de los poderes federales, se están verificando en el país.
"El Poder Ejecutivo, lejos de limitarse a ejercitar su acción dentro de los preceptos constitucionales, se ha constituído en un partido político militante con violación no sólo de nuestro Código Fundamental, sino también con menosprecio de las promesas que arrastraron al pueblo a la sangrienta guerra civil, cuyas consecuencias soporta aún resignado en espera de recobrar como justa compensación el libre ejercicio de sus derechos políticos. Esto es tanto más grave, cuanto que la Revolución constitucionalista que acaudilló el hoy presidente de la República, tuvo como lábaro el sagrado lema de Sufragio Efectivo y no Reelección y originariamente proclamara el nunca bien llorado demócrata don Francisco I. Madero. Para no hacer demasiado extenso este documento, con la relación completa de los hechos que justifican nuestra actitud, mencionaremos algunos de los más culminantes.
"Imposición de gobernadores, las soberanías de los Estados, etcétera.
" Subscribe este manifiesto, con otros ciudadanos diputados, el ciudadano Justino Alencáster Roldán.
Presidencia del C. GÓMEZ RODRIGO
El C. Avilés: Ya ven ustedes, ciudadanos diputados, cómo la personalidad del ciudadano Alencáster Roldán, que tiene diez años de revolucionario, estaría más bien sentada en una curul, que la del ciudadano Ogarrio Meixueiro, que tuvo que apadrinarse del ciudadano Rueda Magro, quien no tuvo escrúpulos de ninguna naturaleza para lanzar a las mazmorras de la Inspección de Policía a los ciudadanos diputados que osaron levantar su voz viril por aquellas épocas. Entre esos estuvo a la defensa de los que cayeron a las mazmorras de la Penitenciaría, el ciudadano Alencáster, y prueba de ello es esta carta dirigida por una de las víctimas, el ciudadano Vadillo.
- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:
"Congreso de la Unión. - Correspondencia particular de los ciudadanos diputados. - México.
"Al C. diputado Justino Alencáster Roldán - Presente.
"Referente a su atenta carta de fecha 28 del actual, tengo el honor de manifestarle, que cuando estuve preso en esta capital en el Jefatura de la Guarnición de la Plaza, fue usted uno de los compañeros que por propia iniciativa y con mayor energía y oportunidad, luchó por mi defensa, exigiendo el respeto al fuero constitucional de que me encontraba investido y para mantener el debido prestigio del Congreso.
"Protesto a usted las seguridades de mi atención y particular aprecio.
"México, 30 de agosto de 1920. - B. Vadillo."
El C. Avilés: De modo es, ciudadanos diputados, que después de los ataques viriles y bien fundados que el ciudadano García Vigil hizo aquí en esta tribuna en contra de la elección del ciudadano Ogarrio Meixueiro, solamente me resta hacer el relieve de la personalidad del ciudadano Alencáster, porque él ha ganado en el terreno legal y no está incapacitado para venir a esta Representación Nacional ni en el terreno legal, ni en el terreno político, puesto que en el terreno legal ha obtenido el triunfo en Oaxaca, y en el terreno político no creo que ni el mismo ciudadano García Vigil pueda ponerle tacha de ninguna naturaleza.
El C. Avilés: Hay otra infinidad de documentos en este expediente, que sería cansado leer, pero creo que con lo que acabo de leer es suficiente para que esta honorable Asamblea se haya dado cuenta de la verdad de las cosas y no se vaya a querer que por solo un capricho de una derrota acabada de sufrir, se apoye al enemigo, al ciudadano Ogarrio Meixueiro, que, no considerándose con el valor civil ni con los arrestos suficientes para lanzarse a una aventura, tomó como padrino al ciudadano Rueda Magro. Vuelvo a sostener que es más culpable el ciudadano Ogarrio Meixueiro que el mismo ciudadano Rueda Magro, porque es claro que éste tenía que buscar un punto de salvación para atenuar las responsabilidades que gravitan sobre él por haber traicionado al Partido Liberal Constitucionalista y haberse aliado al partido bonillista. Y ahora, en vista de las pocas probabilidades que tiene la candidatura del ciudadano Ogarrio Meixueiro, se ha llegado a ese chiste final, a esa mascarada ridícula, de querer votar única y exclusivamente al ciudadano Ogarrio Meixueiro, a quien ha faltado honradez para haber corrido la misma suerte que su suplente, pues se ha venido a leer un documento donde el ciudadano Rueda Magro renuncia su candidatura como suplente. Esto debió haber sido desde un principio; quizá sin el concurso de Rueda Magro, el ciudadano Ogarrio no hubiera traído la credencial que hoy viene a exhibir aquí y a defender en esta Asamblea. Indiscutiblemente que no, porque demasiado inteligente es el ciudadano Rueda Magro y demasiado audaz es en todas las lides electorales, e indiscutiblemente que este ciudadano fue el que preparó el chanchullo por el que se hizo de la credencial el ciudadano Ogarrio Meixueiro. Yo me permito suplicar a esta honorable Asamblea, que en vez de ponerse la mano en el corazón, se la ponga en el cerebro; que vea, que juzgue, que aprecie quién es el que ha triunfado verdaderamente en estas elecciones y ese ha sido el ciudadano Alencáster Roldán y no el ciudadano Ogarrio Meixueiro. Así es que pido a esta honorable Asamblea un voto reprobatorio para el voto particular que nos ha traído aquí el ciudadano diputado por San Luis;(Aplausos. Siseos.) y al dar esta honorable Asamblea su voto reprobatorio al dictamen del ciudadano diputado por San Luis, que se declare diputado electo al ciudadano Alencáster Roldán.
El C. presidente: Tiene la palabra en pro el ciudadano presunto diputado Mendoza Salvador.
El C. Mendoza: Honorable Asamblea: Yo creía que el señor diputado Uriel Avilés era una persona suficientemente seria para no divagar y distraer la atención de esta Asamblea con inútiles arremetimientos contra gigantes, molinos de viento y pellejas de vino; pero puesto que desgraciadamente hemos tenido que lamentar el escuchar la perorata sin ninguna sindéresis que ha venido a decirnos, voy a ocuparme brevemente en insistir sobre todos los motivos fundamentales que han quedado ya plenamente acreditados, desde esta tribuna, durante el debate sustentado con motivo de la discusión del dictamen que acaba de desechar vuestra soberanía.
El señor Uriel Avilés comenzó por decirnos que ha quedado plenamente demostrada la presión ejercida por el Gobierno del Estado de Oaxaca; más todavía: por el gobernador del Estado de Oaxaca, con relación a la elección del ciudadano Ogarrio Meixueiro. Yo quisiera que el señor Uriel Avilés tuviera la amabilidad de decirnos dónde está esa prueba, porque nadie aquí la ha esgrimido; él es el primero que la ha invocado. Quiero más ha llegado en este particular, es decir, el señor general García Vigil, ha afirmado que la presión provenía del señor secretario de Gobierno del Estado y derivaba esa presión del hecho de haberse dirigido el presidente municipal de Huajuapan de León al secretario de Gobierno y no al gobernador del Estado. Sabrá el señor general García Vigil, y a estas fechas quizá ya haya recapacitado en ello, que toda la correspondencia oficial se dirige, respecto al Gobierno de un Estado, al secretario general, y que, por lo tanto, derivar de ahí un motivo de cargo contra la elección indiscutiblemente legítima del ciudadano Ogarrio Meixueiro, no es ni lógico, ni siquiera conforme con el más elemental sentido común. Se refiere el ciudadano Avilés, como prueba, y dos y tres veces insistió en el caso, al hecho de haberse hallado algunas boletas trazadas con regla, y culpa de ello al Gobierno del Estado: ¡podía haber culpado al presidente de la República también, o al general Obregón!.
Insiste el ciudadano Avilés sobre otro particular; declara que el señor Ogarrio Meixueiro no ha tenido suficiente valor personal, ni valor político, ni valor civil, y que, por lo tanto, se unió al ciudadano Rueda Magro. Creo - fuera del disparate que esto significa para el ciudadano Ogarrio Meixueiro, quien se unió al ciudadano Rueda Magro por la amistad personal que tiene con él - todo lo contrario; es decir, que, antes bien, el ciudadano Ogarrio Meixueiro merece ser conceptuado como un hombre de valor y de entereza suficientes, porque seguramente que el ciudadano Rueda Magro constituía
un fardo demasiado pesado para la lucha y ninguna ventaja reportaba a aquél, unirse con un gobernador del Distrito Federal ya caído. Nadie ha creído jamás que un político en estas circunstancias pueda servir de fuerza o constituye alguna ventaja en la lucha electoral.
Concretándose el ciudadano Avilés a defender la elección del ciudadano Alencáster, se ocupa en primer término de rechazar el cargo más serio hecho a este sujeto, el cual consiste en haberse aprovechado de una credencial falsificada, esa es la palabra, falsificada - ni siquiera fraudulenta -, para pretender ingresar a esta Asamblea. Ese individuo pertenece a un grupo de sujetos que, sin detenerse ante ningún escrúpulo, han procurado sojuzgar y avasallar al Estado de Oaxaca desde hace más de tres años. El revolucionarismo de esos hombres ha consistido en estrangular en Oaxaca toda legítima libertad y apoderarse de todo lo que han podido adquirir por medios completamente ilícitos. ¡El recuerdo verdaderamente nauseabundo que han dejado en el Estado es su peor condenación! En el caso presente, Alencáster se muestra conforme con esta tradición tenebrosa; ha venido provisto de una credencial falsificada y no puede resultar prueba en contrario el presunto peritaje que trató de exhibir ante esta Asamblea el ciudadano Avilés. Voy a decir por qué. Conforme a la legislación nuestra y conforme a los principios más elementales de derecho y conforme al simple sentido común, la prueba pericial es supletoria; no puede venir sino después de que haya alguna otra deficiencia probatoria, que ponga en tal caso a la autoridad que trata de discernir sobre un hecho o sobre una persona, la verdad. Nuestra ley dice terminantemente, tanto la ley procesal civil como la ley procesal penal, que la prueba pericial corresponde respecto al examen "de una persona o de un objeto"; fuera del examen "de la persona o del objeto", el dictamen pericial no tiene caso. De manera que el dictamen pericial nos habrá servido cuando mucho para explicarnos qué les parece a los señores peritos, amigos del señor Alencáster, la credencial falsificada que exhibió ante la Oficialía Mayor y que obra en el expediente; pero, en cambio, y en contra de este parecer de los señores peritos amigos del señor Alencáster, existe una serie de diligencias judiciales, que hacen prueba plena, llevadas a cabo en el distrito judicial respectivo, en el que se cometió el delito, y por las cuales se viene en conocimiento de que, efectivamente, esa credencial ha sido falsificada, esto es que se dibujaron, que se suplantaron las firmas de los presidentes de casillas que parece que autorizaban el papelucho exhibido por el ciudadano Alencáster. Cualquiera de los señores representantes interesados en este particular, puede pasar a cerciorarse de la verdad de mi aserto. Efectivamente, a petición del ciudadano Joaquín Ogarrio Meixueiro, hecha en forma, el ciudadano juez de Primera Instancia del distrito judicial de Teposcolula llevó a cabo las diligencias que constan en este expediente y que se refieren al examen de los ciudadanos presidentes de casillas Miguel Ayala, Fermín Robles y algunos más, los cuales declararon no haber asentado su firma sino en la credencial expedida al ciudadano Ogarrio Meixueiro; por manera que el ciudadano Alencáster Roldán se encuentra bajo la acción de la justicia, es decir, no ha respondido aún ante los tribunales del delito de falsificación de documentos electorales que ha cometido. Las firmas de estas diligencias están legalizadas por el ciudadano gobernador del Estado y por el secretario general de Gobierno; es decir, no encuentra completamente arreglado el expediente formado con este motivo a los preceptos legales, y hace plena fe. El ciudadano Ogarrio Meixueiro puede llevar en cualquier momento ante los tribunales estos documentos, haciendo comparecer ante ellos el ciudadano Alencáster y seguramente la averiguación será completamente adversa a los intereses políticos y personales de este señor.
Ciudadanos representantes: no podemos verdaderamente hacernos solidarios de la responsabilidad que compete a Alencáster y votar en su favor, tanto porque tiene una evidente minoría, tiene casi la mitad de los votos que obtuvo el ciudadano Ogarrio Meixueiro.
- El. C. Avilés: Pero son buenos.
El C. Mendoza: Aun cuando fueran buenos los votos del ciudadano Meixueiro, ya depurados, son quinientos más que los que tiene el ciudadano Alencáster sin depurar. El mismo dictamen adverso a Ogarrio Meixueiro le concede 2,500 sufragios, por manera que aun concedieron a Alencáster todos los votos que obtuvo, tendría sólo 2,000 sufragios, es decir, bastante menos que los que tiene Ogarrio Meixueiro. No sé hasta qué punto pueda inspirar simpatía el ciudadano Alencáster y hasta qué punto sea amigo del ciudadano Avilés, y esta amistad sea motivo para que éste quiera defender a aquél en esta Asamblea, alardeando, como alardea el ciudadano Avilés, de revolucionarismo consciente, cuando el señor Alencáster no es revolucionario, como no puede serlo quien se ha valido de la imposición descarada y brutal para venir a esta Representación Nacional, tal como aconteció durante la pasada Legislatura, en el año de 1918. El ciudadano García Vigil lo ha dicho clara y terminantemente y como prueba de su aserto leyó la constancia que obra en el DIARIO DE LOS DEBATES del martes 27 de agosto de 1918, que se refiere a la imposición típica, descarada y brutal del ciudadano Aguirre Berlanga llevada a cabo en favor de Alencáster. Por todos estos motivos creo que está completamente desautorizada - tanto porque de suyo ya lo está, por la falta absoluta de fundamento -, la oratoria claudicante del ciudadano Avilés, y espero que la Asamblea se servirá confirmar el voto que ha dado, reprobando el dictamen y concediendo, por lo mismo, una aprobación terminante al voto particular emitido a favor del ciudadano Ogarrio Meixueiro.
El C. Avilés: Pido la palabra para contestar una pregunta que me hizo el orador.
El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Avilés.
El C. Avilés: Ciudadano Mendoza, usted decía que yo había tenido razón al afirmar que ha sido impuesto.
El C. Mendoza Salvador: Que no había usted traído prueba ninguna.
El C. Avilés: Es la que voy a exhibir a usted ahorita, ciudadano. Aquí tiene usted periódicos de Oaxaca y lea usted el cuadro ese que viene ahí y aquí viene precisamente demostrando quiénes fueron
los diputados impuestos y quiénes fueron los diputados que ganaron legalmente. Aquí tiene usted.
El C. Mendoza: Para explicar a la Asamblea, a la que me interesa explicárselo, el valor probatorio que puede tener el periódico que exhibe el ciudadano Avilés, voy a referiros un detalle. Los autores de este papelucho acostumbran enviarnos a todos los interesados en la lucha electoral del Estado de Oaxaca, 100, 150 ó 200 ejemplares del mismo, con inserciones y con noticias que pudieran favorecernos y que solamente existían en el magín de los que lo escribían, a cambio de tres, cuatro o cinco pesos que les pudiéramos proporcionar. Ese periódico se ha escrito en esa forma; a mí se me enviaron algunos ejemplares con embustes notorios hechos en mi favor. Por manera que ya verá la Asamblea la forma en que quiere probar el señor Avilés la imposición que ha aducido. Por otra parte, él sabe perfectamente que en cualquier diario pueden publicarse informaciones que no tienen más apoyo ni más fundamento que el criterio de los que las escriben; nunca el testimonio de un testigo ha sido bastante para constituir prueba suficiente. (Aplausos. Siseos.)
El C. Lara César A: Para una interpelación pido la palabra. Ya que el señor presunto diputado Mendoza se muestra tan apegado a la ley, le ruego me diga si siendo él secretario general de Gobierno del Estado de Oaxaca, puso en vigor la Constitución de 1857 o procuró que se pusiera. (Aplausos. Siseos.)
El C. Mendoza: Voy a contestar al señor Lara. No he sido secretario general de Gobierno del Estado de Oaxaca. (Voces: ¡Oficial mayor encargado de la Secretaría!) Sin embargo, estoy enterado del hecho a que se refiere el ciudadano Lara, y aunque no tiene ninguna conexión con el debate, voy a referirme a él. Cuando las fuerzas serranas vinieron a un acuerdo con la revolución obregonista en el Estado, en el pueblo de San Agustín Yatareni, se constituyó un pacto por el cual las fuerzas obregonistas del Estado, al mando del señor general Mireles, reconocieron la legitimidad de la bandera sostenida por la Sierra de Juárez. Por esa virtud se formó un Gobierno provisional, y como las fuerzas serranas y la legitimidad de la bandera sostenida por ellas habían sido reconocidas por la revolución obregonista en el Estado, fue necesario al Gobierno provisional ajustar sus actos, mientras se integraba un régimen constitucional en la República, a la propia Constitución que habían observado las fuerzas revolucionarias de Sierra Juárez, o sea a la de 1857. Toda la revolución en el Estado de Oaxaca tuvo como bandera esta Constitución; la unificación del credo revolucionario en el Estado sobrevino en virtud del reconocimiento expreso que se hizo de la Carta de 1857; inmediatamente después de restablecido el orden constitucional en la República y conocido en Oaxaca el Plan de Agua Prieta, el Gobierno provisional del Estado se adhirió al propio Plan y todas las fuerzas de Oaxaca juraron a su vez adhesión a esa nueva bandera.
El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano César A. Lara. (Voces: ¡No! ¡No hay quórum!)
El C. Lara César A.: Respetable Asamblea: Ya os habréis podido dar cuenta de la consistencia que ha tenido la defensa que ha hecho el ciudadano oficial mayor encargado de la Secretaría General del Estado de Oaxaca, procurando que se pusiera en vigor la Constitución de 57, siendo que en el país ya había sido promulgada y, por tanto, debía ser respetada la de 1917. No me extraña ni debe extrañar a esta honorable Asamblea que el ciudadano Mendoza haya venido a defender a los ciudadanos Ogarrio Meixueiro y Rueda Magro, puesto que él se encuentra en las mismas malas condiciones que ellos o quizá peor; por lo mismo, voy únicamente a tocar ciertos puntos que el ciudadano general García Vigil quizá en el ánimo de la Asamblea, palpitantes. El señor general García Vigil, cuando defendía la elección del ciudadano Perea Ruiz, dijo que el ciudadano Alencáster ocupaba el tercer lugar, y como prueba de que el ciudadano Perea Ruiz había ganado la elección en Oaxaca, nos traía un acta notarial que demostraba que el ciudadano Perea Ruiz tenía el primer lugar. Con esa misma prueba que el ciudadano García Vigil ha aducido desde esta tribuna, vengo a probar que el segundo lugar en esa acta notarial lo tiene el ciudadano Justino Alencáster Roldán. Dice en la parte relativa el acta notarial a que hago referencia:
"Que ayer tarde, al cerrarse la sesión, se había obtenido la siguiente computación: Perea, 2,980; Alencáster, 2,700; Ogarrio, 2,404 votos; resultando ahora que sin hacerse más cómputo, el que obtuvo la mayoría, fue el candidato Ogarrio Meixueiro Rueda Magro, obedeciendo a quién sabe qué maquinaciones..."
Esta era la prueba que el ciudadano general García Vigil trajo para que se supiera que el ciudadano Perea Ruiz tenía el primer lugar; a renglón seguido nos decía que el ciudadano Alencáster ocupaba el tercer lugar, y como esta aseveración pudiera hacer eco en el ánimo de esta honorable Asamblea, yo os traigo la misma prueba que el ciudadano García Vigil, para deciros que, después de Perea Ruiz, el que trae el primer lugar es el ciudadano Justino Alencáster Roldán. Yo no quiero atacar personalidades, porque se enfanga la discusión; únicamente me voy a dedicar a atacar la parte legal de estas elecciones. Uno de los requisitos indispensables para la elección, es el inventario de las casillas, para saber si se cuenta con quórum. En el 12 distrito electoral del Estado de Oaxaca, quince de los presidentes de casillas no saben leer ni escribir, es decir: no han formado el inventario todos los presidentes, de todos los paquetes de las casillas electorales. Aquí se presentan dos casos: o estos ciudadanos no se presentaron a la Junta Computadora. En el primer caso, estos ciudadanos presidentes de casillas caen bajo la sanción del artículo 50, en su última parte, que dice:
"Es requisito indispensable para ser miembro de la Mesa de una casilla electoral, estar inscripto en el padrón de la sección y no ser funcionario, empleado público ni candidato registrado, y saber leer y escribir." Es requisito indispensable saber leer y escribir.
"Artículo 82. Instalada la Mesa, los presidentes de las casillas entregarán al presidente de ella y por el orden en que estuvieron anotados sus
nombres en el registro de que habla el artículo anterior, los paquetes electorales, formándose dos inventarios: uno de los paquetes relativos a elecciones de diputados y otro de los que se refieren a elecciones de senadores. Estos inventarios serán firmados por todos los miembros de la Junta y por los representantes."
Es así que estos ciudadanos no han firmado el inventario de los paquetes electorales, o no saben leer ni escribir o no han estado presentes en la Junta Computadora, y esto demuestra o que es nula la elección por falta del requisito indispensable de saber leer y escribir, o que es nula la elección porque esos presidentes no se presentaron en la Junta Computadora, porque el artículo 104 de la misma ley, en su fracción VI, dice:
"Son causas de nulidad de una elección: .....
"Haberse instalado la casilla electoral en distinto lugar y condiciones diferentes a las señaladas por esta ley."
Y es condición señalada por la ley, que los presidentes de casillas sepan leer y escribir y que los presidentes de casillas hayan firmado el inventario de la Junta Computadora. Estos votos, además de los muchos votos que el ciudadano Ogarrio y el ciudadano Rueda Magro traen en su expediente y que, como el ciudadano diputado Uriel Avilés ha dicho muy bien, son nulos, porque es palpable, señores diputados y presuntos, cómo esa elección se ha hecho por una sola mano y una sola regla, porque no solamente con la mano se ha hecho, sino con regla, está perfectamente hecho, está matemáticamente hecho. Los ciudadanos representantes pueden darse cuenta si leen los expedientes. Es notorio que todos los expedientes están hechos por la misma mano, todos exactamente iguales, y es curioso que de un distrito electoral donde se dice que la mentalidad de los que votaron es escasa, lleguen expedientes perfectos, exactamente hecho. Otro de los cargos que el ciudadano García Vigil dijo, aunque un poco veladamente, en esta honorable Asamblea respecto al ciudadano Alencáster Roldán, es el de que no es oaxaqueño....
El C. García Vigil: Rechazo eso.
El C. Lara: No lo dijo claramente usted, dijo usted.....
El C. García Vigil: Ni veladamente. La mentalidad escasa de usted, no comprende lo que dije.
El C. Lara: El ciudadano García Vigil puede creer lo que le parezca; pero el ciudadano García Vigil dijo que en la Legislatura pasada vinieron todos los representantes del señor general Jiménez Méndez, entre los cuales figuraba el señor Alencáster Roldán, caracterizándose en que no eran oaxaqueños. El ciudadano Alencáster sí es oaxaqueño, es de la cabecera del 12 distrito electoral, de Huajuapan de León; aquí está el acta de nacimiento. Señores representantes: Legalmente el ciudadano Alencáster Roldán ganó la elección en el 12 distrito electoral del Estado de Oaxaca. Las boletas del ciudadano Ogarrio Meixueiro son nulas, porque están viciadas o de presión o están hechas en una casa ad hoc, porque todas están exactamente iguales. Además, hay quince casillas en el 12 distrito de Oaxaca, que son nulas absolutamente, porque los ciudadanos presidentes de casillas o no saben leer ni escribir o no se presentaron a la Junta Computadora, puesto que no firmaron el inventario de los paquetes electorales; porque no se han instalado de conformidad con lo prescripto por esta Ley Electoral en su fracción VI del artículo 104. Por todas estas razones, ciudadanos representantes y presuntos representantes, yo os pido que déis un voto reprobatorio para el voto particular y que aprobéis como legítimo representante por el 12 distrito electoral del Estado de Oaxaca, al ciudadano Justino Alencáster Roldán.
El C. presidente: Tiene la palabra en pro el ciudadano Modesto Ramírez.
El C. Ramírez Francisco Modesto: Le cedo la palabra el ciudadano Ogarrio Meixueiro.
El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Ogarrio Meixueiro.
El C. Ogarrio Meixueiro: Ciudadanos representantes: Ninguno de los oradores que me ha precedido en el uso de la palabra, ha podido demostrar - ni está tampoco a discusión - que las elecciones en el 12 círculo electoral de Oaxaca, hayan sido nulas; ya eso está votado por la honorable Asamblea. Lo que yo vengo a poner de manifiesto, es lo siguiente: que aquí, en la votación relativa al señor Justino Alencáster Roldán, se ha llegado hasta el delito, hasta a cometer un verdadero crimen, y aquí están los expedientes judiciales originales, legalizados por el gobernador de Oaxaca, y aquí todo aquel que se atreva a votar en contra del voto particular, se hace, según el Código Penal vigente aquí y vigente en Oaxaca, cómplice del mismo delito de falsificación de firmas. El mismo señor general García Vigil ya dijo que, depurados o no depurados los votos, mi fórmula ocupa el primer lugar y el señor Perea, que acaba de ser desechado, el segundo, y la del señor Alencáster Roldán, el tercero. No depurándose los votos, tengo 4,041 votos a mi favor; no depurándose al señor Alencáster Roldán, tiene 2,002; depurándoseme votos, quedan 2,530 y tantos; en consecuencia, si me quedan 2,536 ó 38, no recuerdo con exactitud, siempre tengo número superior a 2,002, no depurados del señor Alencáster. Se pueden traer las boletas de él y se verá que tienen los mismos o peores defectos que las mías. Para demostrar plenamente que se ha cometido un delito de falsificación y solamente por consideración muy especial, los de Oaxaca no hemos obligado a la justicia a que ponga detenido al ciudadano Alencáster Roldán, voy a suplicar al señor presidente que uno de los secretarios dé lectura ligera a este expediente original, que tengo en la mano.
- El C. secretario Zincúnegui Tercero, leyendo:
"Ciudadano Juez Mixto de Primera Instancia del distrito de Teposcolula, Estado de Oaxaca.
"Joaquín Ogarrio Meixueiro, ciudadano mexicano, abogado y presunto diputado al Congreso de la Unión por el décimosegundo círculo electoral de ese Estado, ante usted, en la vía de jurisdicción voluntaria y de la manera más respetuosa, expongo:
"De la manera más atrevida y maliciosa han fraguado las personas que contendieron conmigo en la lucha electoral, documentos falsos, en los que no sólo su contexto está formado por los interesados, sino que aun las firmas de los supuestos otorgantes se han falsificado. Oportunamente ejercitaré las acciones penales que me competen para
que se castiguen los delitos cometidos. Espero que también lo harán aquellas personas cuyas firmas han sido falsificadas, pues ya tengo pruebas de la existencia de tal delito de falsificación; pero por ahora sólo deseo dejar acreditados de manera fehaciente, en forma que no deje duda alguna en el ánimo y en la convicción moral de mis compañeros de Colegio Electoral, los hechos que se apuntan en los interrogatorios anexos.
"Y en esa virtud, ruego a usted que, con citación del representante del Ministerio Público, previo traslado que se le dé de los interrogatorios, se sirva usted examinar al tenor de los mismos, al señor Miguel Ayala y Fermín Robles, vecinos de ese distrito, y que originales se devuelvan estas diligencias al señor don José Ruperto Rodríguez, a quien autorizo para recogerlas en mi nombre.
"Protesto lo necesario. - México, D. F., a 23 de septiembre de 1920. - J. Ogarrio Meixueiro."
"En la villa de Tejúpam, a los días primero de octubre de mil novecientos veinte, estando constituído el personal de este Juzgado de esta villa, con motivo de otras diligencias que se tienen que practicar, y estando presente el ciudadano José Ruperto Rodríguez, administrador subalterno del Timbre en este distrito, y por ministerio de la ley, representante del Ministerio Público federal, compareció el ciudadano Miguel Ayala, y protestando legalmente, a sus generales contestó: llamarse como queda escrito, ser originario y vecino de la villa de Tamazulapan y transeunte en esta población; casado, de treinta y ocho años de edad y de ejercicio labrador. Previamente identificado por los señores Valeriano Neri y Mariano Santiago, quienes bajo protesta a sus generales manifestaron: llamarse como queda escrito, ser originarios y vecinos de esta población, solteros, de cuarenta y nueve y cuarenta y un años de edad, respectivamente, comerciante el primero y labrador el segundo.
"Examinado el comparente al tenor del interrogatorio respectivo:
"A la 1a. pregunta contestó: Que es cierto, habiendo sido presidente por la primera sección del expresado Tamazulapan. - A la 2a.: que es cierto. - A la 3a.: Que es igualmente cierto; pero como segundo. - A la 4a.: Que es igualmente cierto, y conoció al candidato Justino Alencáster Roldán, quien estuvo conforme con los trabajos de la Junta. - A la 5a.: Que es enteramente cierto, por haber obtenido ellos la mayoría. - A la 6a.: Que es verdad. - A la 7a.: Que firmó el acta en que se declararon por mayoría de sufragios, electos diputados al Congreso de la Unión, los ciudadanos licenciados Joaquín Ogarrio Meixueiro y Manuel Rueda Magro, propietario y suplente, respectivamente, no habiendo firmado otra en favor de persona alguna. - A la 8a.: Que repite lo contestado a la pregunta anterior. - A la 9a.: Que no autorizó ninguna otra credencial que las expedidas a favor de los ciudadanos licenciados Ogarrio Meixueiro y Rueda Magro. - A la 10: Que no firmó esa credencial. - A la 11: Que no ha mandado escrito firmado con su nombre a la Cámara de Diputados. - A la 12: Que ni conoce la Ciudad de México.
"A la 1a. pregunta contestó: llamarse Fermín Robles, ser originario y vecino de la villa de Tamazulapan, de este distrito, y transeunte en esta población, soltero, de cincuenta años de edad, y ejercicio, tocinero. - A la 2a.: Que fue presidente de la casilla electoral instalada por la sección tercera de su población, en las elecciones que se verificaron últimamente para nombrar diputados y senadores al Congreso de la Unión. - A la 3a.: Que es cierto. - A la 4a.: Que es igualmente cierto. - A la 5a.: Que es cierta. - A la 6a.: Que es también cierto y le constó de vista, habiéndolo conocido. - A la 7a.: Que es cierto. - A la 8a.: Que es igualmente cierto. - A la 9a.: Que no se extendió otra credencial distinta de las de los ciudadanos licenciados Joaquín Ogarrio Meixueiro y Manuel Rueda Magro, como diputados propietario y suplente, respectivamente, al Congreso de la Unión. - A la 10: Que es muy cierto; y a la 11: Dando razón de su dicho, dijo: Que todo lo que tiene declarado lo sabe y le consta por haberlo palpado y en virtud de la participación que en los hechos que se le preguntan, tuvo como miembro de la Junta Computadora, en la cual no hubo ninguna violencia de parte de los licenciados Ogarrio Meixueiro y Rueda Magro, al habérseles expedido sus credenciales y con lo que estuvo conforme el señor Justino Alencáster Roldán.
Al margen una estampilla de cincuenta centavos, cancelada con un sello que dice: "Secretaría del Despacho. - Oaxaca de Juárez. - Oaxaca. - Estados Unidos Mexicanos.
"El C. licenciado Jesús Acevedo, gobernador provisional del Estado, legaliza las firmas que anteceden, por ser auténticas de los ciudadanos licenciados Gabino Díaz Martínez y Jesús Sentaella, hijo, juez y secretario, respectivamente, del Juzgado Mixto de Primera Instancia del exdistrito de Tepozcolula.
"Sufragio Efectivo. No Reelección. - Oaxaca de Juárez, octubre 7 de 1920. - Jesús Acevedo. - El Secretario general del Despacho, Francisco Magro."
El C. Camarena: Reclamo el quórum, señor presidente.
El C. presidente: Habiendo reclamado el quórum el señor Camarena, sírvase la Secretaría pasar lista.
- El C. secretario Valadez Ramírez, paso lista. Hay una asistencia de 99 ciudadanos representantes. No hay quórum.
El C. presidente, a la 1.30 p. m.: No habiendo quórum, se levanta la sesión y se cita para las cuatro de la tarde, a Cámara de Diputados. (Voces: ¡No! ¡No! ¡A las cinco!) A las cuatro y media.
SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
EFECTUADA EL DÍA 6 DE DICIEMBRE DE 1920
SUMARIO
1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.
2.- El C. Altamirano Manlio Fabio informa respecto a la Comisión que se le confirió. Rinde la protesta de ley el C. Manuel Montes, diputado por el 4o. distrito electoral de Puebla. Se levanta la sesión pública para pasar a secreta.
DEBATE
Presidencia del C. MARTÍNEZ DE ESCOBAR R.
(Asistencia de 126 ciudadanos diputados.)
El C. presidente, a las 5.16 p. m.: Se abre la sesión.
- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:
"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día dos de diciembre de mil novecientos veinte.
"Presidencia del C. Rafael Martínez de Escobar.
"En la ciudad de México, a las seis y treinta y cinco de la tarde del jueves dos de diciembre de mil novecientos veinte, con el mismo número de ciudadanos diputados que asistieron a la sesión de Colegio Electoral inmediata anterior, se abrió ésta de Cámara de Diputados.
"El acta de la sesión celebrada el día veintinueve del mes próximo pasado, se aprobó sin debate.
"Los CC. José Ascensión Aguilera y Roberto Sepúlveda, prestaron la protesta de ley como diputados propietarios por los distritos electorales décimoquinto y décimoséptimo de Guanajuato, respectivamente.
"Dióse cuenta con los documentos siguientes:
"Oficio del Senado, en que acusa recibo del proyecto de decreto por el que se retiran al Ejecutivo de la Unión las facultades extraordinarias en Hacienda y Aranceles. - A su expediente.
"Telegrama procedente de Ciudad Victoria, en que los CC, Juan Gual Vidal, M. Domínguez Villarreal y Gregorio Garza Salinas, participan que la XXVII Legislatura del Estado de Tamaulipas se reunió en Junta Preparatoria, con las formalidades de ley. - Recibo.
"El C. Portes Gil impugnó este trámite y propuso se contestara de enterado. El C. Rivera Cabrera opinó del mismo modo, pero luego que oyó un hecho, expuesto por el C. Chapa, desistió de su opinión. El C. Portes Gil informó sobre la situación política del Estado de Tamaulipas. El C. Abraham Franco fue de parecer que se contestara de enterado con satisfacción. El C. Chapa habló en pro del trámite de la Mesa y contestó una interpelación del C. Portes Gil. El C. Candelario Garza rectificó hechos, interpeló al C. Francisco Reyes y contestó una pregunta del C. Chapa. También rectificó hechos el C. Céspedes.
"Suficientemente discutido el trámite, se desechó en votación económica y la Presidencia lo substituyó por el de "enterado", que subsistió.
"Otros tres mensajes de la misma procedencia, en que asimismo se avisa la instalación del Congreso de Tamaulipas, y que están firmados, dos de ellos, por los CC. Jesús Guillén, jr. y F. Martínez Saldaña y el otro por los CC. Basilio Ramos y Apolinar Gutiérrez, recibieron el Trámite "al Archivo", que fue dado por la Presidencia atentas las razones expuestas por los que impugnaron el trámite de "recibo" que recayó al mensaje firmado por los CC. Gual Vidal, Domínguez Villarreal y Garza Salinas. El citado trámite "al Archivo" fue reclamado por el C. González y González, pero la Presidencia lo sostuvo y subsistió.
"Telegrama de Jiquilpan, Michoacán, por medio del cual el C. Manuel E. Ortiz participa que en aquella población ha establecido el Gobierno de ese Estado y que ha nombrado secretario general al C. Enrique Ortiz. - Recibo.
"Oficio del Senado, en que acusa recibo del proyecto de decreto por el que se concede una pensión a la señorita Elena Gómez Bridat. - A su expediente.
"Oficio de la Secretaría de Gobernación, al que acompaña, para los efectos del artículo segundo de la Ley de Secretaría de Estado, inciso II, el contrato celebrado entre la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, y el C. Guillermo Laveaga, para la construcción y explotación de caminos privados en la República. - Recibo, a la segunda Comisión de Comunicaciones e imprímase.
Comunicación del secretario particular del ciudadano presidente substituto de la República, con la que envía una solicitud de la señorita Matilde Corella, para que se le aumente la pensión que disfruta. - Recibo y a la primera Comisión de Peticiones.
"Proyecto de decreto de la mayoría de la diputación por el Estado de Chiapas tendente a que se convoque a elecciones extraordinarias de diputados al Congreso de la Unión en los distritos electorales segundo y cuarto de aquella Entidad. - A la segunda Comisión de Gobernación.
"Proposición de los CC. Guillermo Rodríguez, Altamirano y Díaz Soto y Gama, que en su parte resolutiva dice:
"Envíese al Ejecutivo de la Unión una Comisión del seno de esta Asamblea para que en nombre de los obreros de Orizaba exija las garantías a que ellos tienen derecho.
"Previa dispensa de trámites y después de que el C. Altamirano habló en pro y el C. Francisco Reyes rectificó un hecho asentado por aquél, se aprobó la proposición y la Comisión a que se refiere quedó integrada por los CC. Guillermo Rodríguez, Altamirano, Soto y Gama, Hidalgo Catalán, Damián, y secretario Tirado.
"El C. Miravete rectificó hechos e interpeló al C. Altamirano, quien contestó e hizo aclaraciones. El C. Francisco Reyes también usó de la palabra para aclaraciones.
"Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Biblioteca Nacional para 1921, que presentan los CC. diputados Juan Zubaran, Manero, Tirado, Manrique, José María Soto, Llaca y Marco Aurelio González. - A la Comisión de Presupuestos y Cuenta.
"Oficio del ciudadano Gobernador de Sinaloa, en que solicita la cesión del terreno ocupado actualmente por las ruinas de lo que fue Cuartel Rosales, ubicado en el puerto de Mazatlán, con objeto de construir un edificio destinado a escuela oficial.- Recibo y a la segunda Comisión de Peticiones.
"Escrito del C. José Castañón, diputado propietario por el quinto distrito electoral de Chiapas, en que participa que con esta fecha da por concluída
la licencia indefinida que venía disfrutando, entrando desde luego al ejercicio de sus funciones. - De enterado y comuníquese para sus efectos a la Tesorería del Congreso.
"Minuta de la segunda Comisión de Corrección de Estilo, relativa al proyecto de decreto por el que se concede una pensión al C. José Eduardo Sánchez.
"Sin discusión se aprobó y pasa al Ejecutivo el proyecto para los efectos constitucionales.
"Iniciativa de los CC. Manero, Soto y Gama, Zubaran, Rafael Martínez de Escobar y otros varios ciudadanos diputados, por la que se reforma el decreto de 4 de noviembre último sobre convocatoria a elecciones de diputados en el décimosegundo distrito electoral del Estado de México, en los siguientes términos:
"Artículo único. Se reforma el decreto de 4 de noviembre del corriente año, que convoca a elecciones extraordinarias para diputados al Congreso de la Unión, por el décimosegundo distrito electoral del Estado de México, en los términos siguientes:
"Las elecciones para diputados propietario y suplente por el décimosegundo distrito electoral del Estado de México, se verificarán el segundo domingo de diciembre del año en curso de acuerdo con la Ley Electoral vigente y las bases que a continuación se expresan:
"a) El registro de candidatos será clausurado hasta el día 9 de diciembre, así como aquel a que se refiere el artículo 33 de la Ley Electoral.
"b) Los candidatos y sus representantes tendrán como término para dar cumplimiento al artículo 9 de las reformas a la Ley Electoral para poderes federales hasta el día 10 de diciembre.
"Declarado el asunto de urgente y obvia resolución, fue aprobada sin debate la iniciativa transcripta por ciento veinticuatro votos de la afirmativa contra dos de la negativa de los CC. Felipe de la Barrera y Guzmán Peláez. - Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
"A las ocho y veintidós de la noche se levantó la sesión."
Está el acta a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. Aprobada.
El C. presidente: Tiene la palabra para informar el ciudadano Altamirano Manlio Fabio.
El C. Altamirano: Honorable Asamblea: Cumpliendo con el encargo de esta honorable Asamblea de acercarme al ciudadano presidente de la República para pedirle garantías para los obreros de la ciudad de Orizaba, atropellados por algunos militares, cumpliendo con ese encargo, ocurrimos al señor presidente y nos dijo que desde luego se girarían órdenes por la vía telegráfica para que los obreros de la ciudad de Orizaba gozaran, al reclamar sus derechos, de toda clase de garantías. Eso es lo que tengo que informar a la honorable Asamblea como resultado de nuestra comisión. Ahora, como diputado, tengo que decir a mis compañeros que los atropellos en el Estado de Veracruz continúan. Hoy recibí un telegrama de la ciudad de Orizaba en que me comunican que el presidente del comité gavirista de los obreros de la ciudad de Orizaba fue aprehendido, el comité fue cateado y existe una lista de prominentes gaviristas para seguir atropellándolos de la misma manera. Yo no quiero entrar a nuevas discusiones con los señores del tejedismo, no porque les tengo miedo, porque no acostumbro tenerle miedo a nadie, sino por no hacer perder el tiempo a esta honorable Asamblea; deseo solamente hacer constar en esta tribuna mi enérgica protesta contra esos atropellos, para que esta protesta conste en el DIARIO DE LOS DEBATES.
El C. secretario Valadez Ramírez: Encontrándose a las puertas del salón de sesiones el ciudadano Manuel Montes, diputado por el 4o. distrito de Puebla, la Presidencia ha tenido a bien designar a los ciudadanos Castillo Porfirio del, Lechuga Leobardo L. y prosecretario Camarena, para que lo introduzcan a rendir la protesta de ley.
(Rinde la protesta de ley el ciudadano Manuel Montes, diputado propietario por el 4o. distrito electoral del Estado de Puebla. Aplausos.)
El C. presidente, a las 5.28 p. m.: Se levanta la sesión pública y se pasa a sesión secreta.