Legislatura XXIX - Año II - Período Ordinario - Fecha 19211026 - Número de Diario 30

(L29A2P1oN030F19211026.xml)Núm. Diario:30

ENCABEZADO

MÉXICO, MIÉRCOLES 26 DE OCTUBRE DE 1921

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO II.- PERIODO ORDINARIO XXIX LEGISLATURA TOMO III.- NÚMERO 30

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 26

DE OCTUBRE DE 1921

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- Asuntos en cartera. Se concede licencia a los CC. diputados Llaca y Vasconcelos. Se turna a la Comisión de Presupuestos y Cuenta el Proyecto de Presupuestos para 1922, de la Cámara de Senadores. Se les dispensa la segunda lectura y quedan a discusión el primer día hábil, dos dictámenes de la 2a. Comisión de Relaciones Exteriores, por los que se concede licencia a los CC. Mariano Salem y Alfonso A. Schereck, para desempeñar cargos consulares.

3.- Se discute y desecha una proposición de los CC. diputados Rivera Cabrera, Cienfuegos y Camus y Vasconcelos, para que se llame al ciudadano secretario de Relaciones Exteriores.

4.- A discusión en lo general el dictamen de la mayoría de las comisiones unidas del Petróleo, acerca de la Ley Orgánica del Artículo 27 constitucional, en el ramo del Petróleo. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. HERNÁNDEZ ALVAREZ ENRIQUE

(Asistencia de 127 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 5.02 p. m.: Se abre la sesión.

- El C. secretario Aillaud, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día veinticinco de octubre de mil novecientos veintiuno.

"Presidencia del C. Leopoldo Zincúnegui Tercero.

"En la ciudad de México, a las cinco y veinte de la tarde del martes veinticinco de octubre de mil novecientos veintiuno, se abrió la sesión con asistencia de ciento treinta ciudadanos diputados.

"Fue aprobada el acta de la sesión celebrada el día anterior, y se dio cuenta con los siguientes documentos:

"Oficio de la Secretaría de Gobernación, al que acompaña dos solicitudes de los CC. Manuel Méndez Palacios y José G. Moreno, ministro residente de México en Perú y secretario de la propia Legación, respectivamente, relativas a que se les conceda el permiso constitucional correspondiente para usar una condecoración que les otorgó el Gobierno de aquel país.- Recibo y a la 1a. Comisión de Peticiones.

"Solicitud de la señora Ana María viuda de Sánchez de Tagle, referente a que se conceda una pensión a sus hijos los menores Raúl, Fernando Luis, María Luisa Elena y Ana María de los Angeles, por los servicios que prestó a la nación y muy especialmente a la Cámara de Diputados, su extinto padre el C. Agustín Sánchez de Tagle.- A la 2a. Comisión de Peticiones.

"Se recogió la votación nominal que en la sesión anterior quedó pendiente por falta de quórum, acerca de la proposición de varios representantes para que e discutieran alternadamente las leyes de Petróleo y Bancos, y resultó desechada por noventa y cuatro votos de la negativa contra cuarenta de la afirmativa.

"El C. Quiroga pidió que se leyeran las listas de votación de la sesión anterior, relacionadas con este asunto, pero la Presidencia no accedió, por la razón que expuso.

"La Presidencia, atendiendo a que figuraba en la orden del día la discusión de la Ley del Petróleo, consultó a la Cámara si concedía la palabra para rectificación de hechos a varios representantes que con ese fin se habían inscripto. La Asamblea resolvió negativamente.

"Se dio lectura al dictamen de la mayoría de las comisiones unidas 1a. y 2a. del Petróleo, que consulta el proyecto de Ley Orgánica del Artículo 27 Constitucional, en el ramo del petróleo.

"El C. Luis Espinosa leyó el voto particular por él emitido, y en seguida la Secretaría dio a conocer el subscripto por el C. Israel del Castillo.

"Dióse cuenta con una proposición firmada por los CC. Borrego, Rivera Cabrera, Alessio Robles, y tres ciudadanos diputados más, que en su parte resolutiva dice:

"Llámese a los ciudadanos secretarios de Industria, Comercio y Trabajo, y de Hacienda, para que expongan su opinión y fundamentos de ella en el proyecto de Ley Reglamentaria del Artículo 27 sobre el ramo del petróleo."

"El C. presidente, citando el artículo 125 reglamentario, manifestó que oportunamente se había dado el aviso respectivo a las Secretarías de

Gobernación, Hacienda e Industria y Comercio. El C. Jesús Z. Moreno hizo una aclaración, y en seguida el C. Borrego fundó la proposición, la cual fue aprobada por la Cámara en votación económica.

"La Presidencia expuso que nombraría comisiones para cumplimentar este acuerdo, y acto continuo, siendo las siete y cuarto de la noche, levantó la sesión y citó para las cuatro de la tarde del día siguiente."

Está a discusión el acta. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. Aprobada.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"La Cámara de Senadores envía su iniciativa de Presupuesto de Egresos para el año de 1922, en la parte relativa a la misma Cámara."- Recibo y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

Telegrama procedente de "Silao, Guanajuato, 26 de octubre de 1921.

"Señores secretarios Cámara de Diputados:

"Por causa enfermedad solicito diez días de licencia con dietas. Suplicando dispensa trámites.

"Respetuosamente.- Constantino Llaca."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. Se dispensan los trámites. Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se consulta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Concedida.

"2a. Comisión de Relaciones Exteriores.

"H. Asamblea:

"Por acuerdo de vuestra soberanía se turnó al estudio y dictamen de esta 2a. Comisión de Relaciones Exteriores, el escrito del C. Mariano Salem, solicitando el permiso constitucional necesario para aceptar el cargo de canciller de la Agencia Consular de Guatemala, en el puerto de Tampico.

"Los subscriptos estiman que debe de concederse el permiso solicitado por el C. Salem, por tratarse de una distinción que se hace a un mexicano por un Gobierno extranjero; por otra parte, no hay razón legal alguna para negar tal permiso, más aún cuando el solicitante se ajusta a lo prevenido en la fracción II del artículo 37 de nuestra Constitución general.

"Por todo lo anterior, nos permitimos someter a vuestra deliberación y aprobación el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. Mariano Salem para que, sin perjuicio de sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y desempeñe el cargo de canciller de la Agencia Consular de Guatemala en el puerto de Tampico."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 20 de octubre de 1921.- Doctor Alonzo Romero.- Reinaldo Esparza Martínez."- Primera lectura.

En votación económica se pregunta si se le dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Se le dispensa la segunda lectura y queda a discusión el primer día hábil.

"2a. Comisión de Relaciones Exteriores.

"Señor:

"A la 2a. Comisión de Relaciones Exteriores que subscribe, fue turnado el expediente formado con la solicitud del C. Alfonso A. Schreck, pidiendo le sea concedido el permiso constitucional necesario, a fin de poder aceptar y desempeñar el empleo de agente comercial de la República del Uruguay, en Port Arthur, Tex., E. U. de A.

"Los subscriptos estiman que debe concederse el permiso solicitado por el C. Schreck, por tratarse de una distinción que se hace a un mexicano por un Gobierno extranjero; por otra parte, no hay razón legal alguna para negar tal permiso, más aún cuando el solicitante se ajusta a lo prevenido en la fracción II del artículo 37 constitucional.

"Por todo lo anterior, nos permitimos someter a vuestra deliberación y aprobación el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. Alfonso A. Schreck para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, acepte y desempeñe el empleo de agente comercial de la República del Uruguay en Port Arthur, Tex., E. U. de A.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 17 de octubre de 1921.- Dr. Alonzo Romero.- Reinaldo Esparza Martínez."- Primera lectura.

En votación económica se pregunta si se le dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. Se le dispensa la segunda lectura y queda a discusión el primer día hábil.

"H. Asamblea:

"Atentamente pido que, con dispensa de trámites, se me conceda una licencia de quince días para separarme de mis labores en esta Cámara.

"México, D. F., 26 de octubre de 1921.- Eduardo Vasconcelos."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Se dispensan los trámites. A discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se consulta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Concedida.

- El mismo C. secretario: Habiéndose acercado algunos ciudadanos diputados a la Presidencia pidiendo que haya sesión secreta, se consulta a la

Asamblea si se pasa a ella. La misma Presidencia hace presente que los ciudadanos secretarios de Estado están esperando la discusión del petróleo.En votación económica se pregunta si se pasa a sesión secreta. (Voces: ¿Para qué es la secreta?)

El C. Barragán Martín: Pido la palabra. No es cuestión de consultar y la Secretaría está faltando a su papel en este caso. A moción mía he pedido que se pase a sesión secreta. Con fundamento en el artículo 41 del Reglamento, pido a su señoría que tenga la bondad de pasar a sesión secreta para dar cuenta con un negocio que considero de urgente resolución. No debe consultarse a la Asamblea.

El C. secretario Aillaud: La Secretaría hizo la consulta por orden de la Presidencia.

Presidencia del

C. ZINCÚNEGUI TERCERO

LEOPOLDO

El C. Barragán Martín: Indebidamente.

- El C. secretario Aillaud, leyendo:

"Artículo 41. En las sesiones extraordinarias, públicas o secretas, el presidente de la Cámara, después de abrirlas, explicará a moción de quién han sido convocadas. A continuación se preguntará si el asunto que se versa es de tratarse en sesión extraordinaria o secreta. Si la Cámara resuelve afirmativamente, continuará la sesión con el carácter y del mismo modo que comenzó; de lo contrario, se resolverá el negocio para la sesión ordinaria inmediata, o se hará pública la secreta."

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, sostiene su trámite consultando si se pasa a sesión secreta. (Voces: ¡Sí! ¡No!)

El C. Avilés: Pido la palabra en contra del trámite.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Avilés: Señores diputados: En esta vez la Presidencia está violando enteramente el Reglamento. El artículo 45 es enteramente preciso y define estos casos; por lo tanto, no tiene que consultarse a la Asamblea, puesto que el Reglamento es una ley y esta Asamblea, con un simple acuerdo de la mayoría, no puede echar por tierra esa ley. Invito a los diputados para que en caso de que no se pase a sesión secreta, descompleten el quórum, porque de este modo haremos que se cumpla con el Reglamento; después abriremos la sesión secreta.

El C. presidente: A la Presidencia le parecen muy peregrinas las ideas del ciudadano Avilés. Creo que ocurre en este caso lo que ocurre todos los días, es decir, que cuando un diputado se acerca a la Presidencia a hacer una petición y la Presidencia no está de acuerdo con ella, inmediatamente comienza a presentar mociones de orden con el único fin de hacer perder el tiempo. La Presidencia quiere que todos y cada uno de sus actos estén apoyados por la Asamblea a efecto de trabajar, y, por tanto, a pesar de lo dicho por el ciudadano Avilés, el que habla estima que sobre el Reglamento está la decisión de la Asamblea; ésta será la encargada de decir si se cumple con la orden del día o se pasa a sesión secreta.

El C. Barragán Martín: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Barragán Martín: De acuerdo con precedentes establecidos, en que cada uno de los diputados tiene derecho de pedir que se pase a sesión secreta para tratar tal o cual negocio, y no siendo preciso el Reglamento en este punto, solicito que no se consulte a la Asamblea, sino que de plano se pase a sesión secreta para dar cuenta con el negocio en que tengo interés. En consecuencia, suplico a la Presidencia que, lejos de consultar a la Asamblea, lo que no cabe, se proceda a pasar a sesión secreta. Además, hace dos días que como secretario de esta Cámara tengo conocimiento de que se iba a tratar en sesión secreta algún negocio el día de hoy. Yo no sé por que ayer, en la orden del día, no hicieron constar que hoy pasaríamos a sesión secreta.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Barón Obregón.

El C. Barón Obregón: El artículo 41, en una de sus fracciones, dice: "A continuación se preguntará si el asunto que se versa es de tratarse en sesión extraordinaria o secreta." A la Asamblea se le pregunta y la Asamblea es soberana.

El C. Avilés: Que le dé lectura su señoría a todo el artículo y verá cómo no cabe.

El C. Barón Obregón: Voy a darle lectura.

El C. secretario Aillaud: La Presidencia, por conducto de la Secretaría, invita al ciudadano diputado Barragán a que pase a exponer los motivos que tiene para solicitar la sesión secreta. (Murmullos.)

El C. presidente: Se va a dar cumplimiento a la orden del día; a las ocho de la noche se pasará a sesión secreta.

El C. secretario Aillaud: Está a discusión en lo general la Ley del Petróleo.

El C. Rivera Cabrera: Moción de orden. Hace rato presente a esa Presidencia una moción en virtud de la cual se pide la presencia del ciudadano secretario de Relaciones Exteriores.

El C. presidente: Se le va a dar lectura, ciudadano representante.

- El C. secretario Aillaud, leyendo:

"Honorable Asamblea:

"El último mensaje presidencial al honorable Congreso de la Unión, nos habló de un documento del Gobierno norteamericano, cuya previa firma exigía éste para el reconocimiento de nuestro Gobierno por el mismo.

"El citado mensaje no nos dio a conocer el texto del documento de referencia, ni en modo alguno el Ejecutivo de la Unión lo ha externado.

"Sin embargo, la prensa extranjera, la nacional y aun la voz pública, atribuyen al repetido documento una estrecha relación con la legislación petrolera de nuestro país.

"Hoy que esta Asamblea popular va a discutir la importantísima ley que regularizará la explotación del petróleo nacional, es la ocasión propicia para que el pueblo mexicano, por conducto de sus legítimos representantes, conozca al detalle,

minuciosamente, cuáles son las pretensiones de las naciones extranjeras con respecto a nuestra básica legislación petrolera, y para ese fin ruego a vuestra soberanía acuerde se cite a estas discusiones al C. secretario de Relaciones Exteriores.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados, octubre 26 de 1921.- C. Rivera Cabrera.- A. Cienfuegos y C.- Eduardo Vasconcelos."

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Rivera Cabrera para fundar su proposición.

El C. Rivera Cabrera: Honorable Asamblea: Con suma atingencia vuestra soberanía acordó ayer llamar a estas discusiones a los ciudadanos secretarios de Industria y Comercio y de Hacienda. Es indudable que vuestras señorías tuvieron en cuenta que estos señores os podrían ilustrar muy bien respecto al problema petrolero, en lo que toca a la cuestión nacional del petróleo y por lo que toca a las finanzas del mismo; pero es indispensable, en mi concepto, que también seamos ilustrados en lo que respecta a la cuestión internacional, para cuyo efecto es necesaria la presencia aquí del ciudadano secretario de Relaciones Exteriores, ya que la prensa y el público en general atribuyen a la cuestión petrolera un aspecto internacional que debemos conocer. Por consiguiente, suplico atentamente a vuestras señorías se sirvan acordar de conformidad con mi solicitud.

- El mismo C. secretario: Está a discusión la proposición. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo en alguna forma. (Voces: ¡No hay mayoría!)

El C. presidente: Estando dudosa la votación, se nombra en comisión al ciudadano Arrioja Isunza para que cuente con los ciudadanos diputados que están sentados, y al ciudadano Castrejón para que cuente a los que están de pie.

- El mismo C. secretario: Se suplica nuevamente a los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, se sirvan ponerse de pie.

El C. presidente: De acuerdo con los informes rendidos por los comisionados, resulta que no hay mayoría de pie; en consecuencia, no se aprueba la proposición.

- El C. Rivera Cabrera. Pido votación nominal.

El C. presidente: Ya se hizo la declaratoria.

El C. Rivera Cabrera: La declaratoria de la Presidencia fue hecha con notable falta de quórum, y por consiguiente, no tiene fuerza.

El C. presidente: La Presidencia sostiene que ya se hizo la declaratoria, y si su señoría cree que no hay quórum, basándose en un artículo reglamentario pudo reclamar que se pase lista; pero una vez que en este asunto se ha hecho la declaratoria, su señoría ya no tiene derecho a insistir a este respecto.

El C. secretario Aillaud: Está a discusión en lo general la Ley del Petróleo. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse.

El C. Pérez Gasga: Pido la palabra, señor presidente. Con fundamento en un artículo reglamentario, solicito que la Comisión funde su dictamen.

El C. presidente: En acatamiento a lo dispuesto por el Reglamento, la Presidencia ruega a alguno de los miembros de la mayoría de la Comisión que formuló el dictamen, pase a fundarlo a la tribuna. Se ruega de manera muy atenta a los ciudadanos representantes se sirvan ocupar sus curules.

El C. Rama: Honorable Asamblea: La mayoría de la Comisión del Petróleo tuvo a bien designarme para que fundara el dictamen que hoy se somete a vuestra soberanía.

Desde que este asunto llegó a nuestras manos, nosotros pudimos darnos cuenta de la trascendencia que esto entrañaba para el país y es por eso que con todo ahínco, con todo entusiasmo, con toda lealtad y con toda honradez dedicamos nuestras energías al estudio de este importante asunto. No os cansaré yo para fundar este dictamen, para informarse...(Murmullos.) No vendré a daros detalles de sobra conocidos por todos vosotros; quiero, porque así lo hemos acordado los miembros de la Comisión, tocar, expresaros, mejor dicho, los motivos que tuvimos para formular nuestro dictamen en el sentido que lo hemos hecho. Desde luego, señores, nosotros siempre tuvimos en cuenta que uno de los más caros principios del pueblo mexicano, que uno de los más bellos principios revolucionarios conquistados por el pueblo de México, fue puesto en nuestras manos; nosotros no ignoramos, señores, que esto significa nada menos que la entrada de México al concierto de las naciones fuertes y civilizadas, al concierto de las naciones respetables y respetadas. Si la libertad individual ha sido siempre un atributo del hombre, el más preciado, el más querido, la libertad de un pueblo, señores, está por encima de la libertad de un ciudadano. Cuando los revolucionarios bienintencionados y de buena fe fueron a los campos de batalla a derramar su sangre, a agotar sus energías y sus esfuerzos por conquistar un principio revolucionario, seguramente que ellos tenía un ideal; indudablemente que ese ideal era amorfo, como son en todas las revoluciones; ese algo que no tenía forma tangible era una idea que aún no había cristalizado. El Constituyente de Querétaro, en el artículo 27 de la Constitución, cristalizó esos ideales dando a México un derecho que hasta ese momento no había ejercitado, dándole el derecho de disponer ante todos los pueblos civilizados, ante el concierto de las naciones, por sí y ante sí, de su propio patrimonio. Con esas consideraciones, y teniendo en cuenta que el asunto del petróleo es un fenómeno sociológico de sobra complejo, nosotros no solamente nos limitamos a estudiar su aspecto jurídico. Es un error, y un error muy lamentable, el creer que el legislador está siempre subordinado a principios de carácter jurídico. Las modernas teorías del Derecho ya no obligan a un legislador a sujetarse a una norma preconcebida, a una norma fija; en la actualidad el legislador no tiene más norma que la conciencia popular. Que no se nos venga a decir aquí que un principio de Derecho ordena esto, que el otro principio ordena lo de más allá; nosotros, al

dictar una ley en que está interesado todo el pueblo mexicano, solamente debemos atender a eso que se llama la conciencia popular. Como fenómeno social, según decían antes, hemos estudiado su aspecto moral, su aspecto económico, su aspecto histórico y su aspecto político; no nos hemos limitado a ir a consultar al autor fulano y al autor mengano para saber qué es no retroactividad, qué cosa es derecho adquirido y qué es expectativa: eso lo sabe todo el mundo, eso es demasiado simple para que en una Representación Nacional se venga a citar como un argumento toral para determinada ley. Nosotros tomamos en consideración que un pueblo, para dictar una ley de vital importancia, debe, antes que nada, atender al concepto político. Dice Jelline, ilustre tratadista alemán, que el derecho y la política deben tener campos perfectamente limitados que no deben confundirse, que deben tener sus senderos perfectamente definidos; pero a la vez dice que, tratándose de Derecho Público, nunca debe olvidarse la política; que un legislador, cuando va a dictar un precepto de orden público, debe, antes que nada, atender al concepto político, toda vez que sería un absurdo, que se quedaría en el terreno del lirismo todo principio de derecho público que no estuviera hermanado con la ciencia política. Por otra parte, ¿cómo vamos a hacer una ley desligándonos en lo absoluto del concepto moral? ¿Cómo, asimismo, vamos a olvidar a la economía política? En tal virtud, señores diputados, nuestro dictamen tiene dos conceptos fundamentales que son los ejes en los cuales gira todo él. Sentamos esta premisa: las leyes que en materia de petróleo existieron antes de 1917, por haber estado en vigor, por haber existido, por haberse aplicado, buenas o malas, crearon situaciones jurídicas. Esas situaciones jurídicas originaron verdaderos derechos adquiridos. Como segunda premisa decimos: el artículo 27 constitucional, en su espíritu, no es retroactivo. El Derecho Internacional, señores diputados, como rama del Derecho en general, tiene características que lo acercan a las otras divisiones del Derecho. De la misma manera que el Derecho Civil, que el Derecho Privado establece las relaciones de hombre a hombre y tiene ciertas sanciones y está fundado en las mutuas y recíprocas obligaciones, y derechos que tenemos los unos para con los otros, de idéntica manera el Derecho Internacional que norma, que regula las relaciones de pueblo a pueblo, está fundado en mutuos y recíprocos derechos y obligaciones de un pueblo hacia otro pueblo. Esas leyes anteriores a 1917, y para no cansaros tan sólo citaré la de 25 de noviembre de 1909, en su artículo 2o. declara que el petróleo que se encuentre en el subsuelo del país será propiedad del superficiario, en términos completamente categóricos. Ahora bien; hay refutaciones en el sentido de que esa ley fue indebida, fue torpe; pero de cualquiera manera estuvo en vigor ocho años, durante ocho años se cumplió y durante ocho años se crearon infinidad de situaciones jurídicas que tienen una existencia de hecho y derecho. Desde luego tenemos que hacer esta distinción: ¿pudo esa ley a que me refiero, pudo ese artículo 2o. crear un verdadero derecho para el superficiario, es decir, el superficiario realmente se convirtió en propietario del petróleo que se encontrara en el subsuelo? En mi opinión y en opinión de la mayoría no fue así; la ley de 25 de noviembre de 1909 únicamente dio al superficiario una expectativa de apropiarse del petróleo mediante tales y cuales condiciones. La expectativa del derecho para convertirse en un derecho real, necesita la coexistencia de otro factor; sea este factor fortuito, sea este factor ocasionado, se necesita que coexista para que haya verdadero derecho adquirido.

Me permitirá la Asamblea que insista un poco sobre este punto, porque es la médula de nuestro dictamen. Al propietario de una superficie le dice la Ley de 1909; tú puedes aprovechar el petróleo que se encuentre en el subsuelo sin permiso de ninguna autoridad y sin ningún otro requisito que apoderarte de él. ¿Esa ley dio un derecho adquirido al superficiario? No, señores; para que se pueda obtener la propiedad de un objeto, se necesitan dos requisitos con los cuales están de acuerdo todos los tratadistas de Derecho: que el bien que va a ser objeto de la propiedad sea susceptible de apoderarse, de tocarlo con la mano; en segundo lugar, que pueda reivindicarse, es decir, que pueda quitársele a otro cuando ese otro nos priva de la posesión. En el petróleo, mientras el petróleo no aflora a la superficie, no existen esos dos requisitos. En tal virtud, ¿qué es necesario para que esa expectativa que daba la Ley de 1909 se convierta en un derecho adquirido? Es forzoso, es inevitable que esa expectativa, para convertirse en un derecho adquirido, ingrese al patrimonio de ese individuo, es decir, que por medio de un acto positivo, que por medio de un hecho material esa expectativa haya ingresado al patrimonio del individuo. Por eso, señores, nosotros reconocemos como derechos adquiridos los que tienen aquellos que explotaron el petróleo antes de 1917; en segundo lugar, a aquellos que celebraron contratos, actos de contratación para la explotación del subsuelo expresamente, es decir, estas últimas estipulaciones de una manera expresa, cuyo contrato haya sido celebrado con todas las formalidades de ley y con anterioridad también a 1917, por último, también reconocemos como derecho adquirido a las concesiones que existan con anterioridad a la actual Constitución en cuanto - decimos - en cuanto no pugnen con la Constitución actual. A los propietarios de la superficie, por un espíritu de equidad les damos una preferencia para denunciar la superficie petrolífera durante el término de un año. La Comisión confiesa que no tiene otro espíritu que el de equidad y el de favorecer a todos aquellos individuos que son propietarios de la superficie. Pero veamos ahora cuál es la verdadera situación en que quedan estos interesados en fundos petrolíferos, para establecer de una manera categórica si nuestro dictamen es nacionalista o no lo es. Tenemos la firme conciencia de que hemos respetado en toda su pureza, en toda su integridad el artículo 27 constitucional; tenemos, y estamos dispuestos a demostrarlo, la seguridad de que no hemos violado uno solo de los preceptos, una sola de las ideas encerradas en dicho principio; porque la única excepción, y ruego a la Asamblea que en esto se fije mucho, la única excepción que establecemos para todos aquellos que pretenden tener un

derecho adquirido, es la de eximirlos del requisito de denuncio; pero el denuncio no es un requisito constitucional, el denuncio no es sino un medio para obtener la concesión, distando mucho de ser la concesión en sí. Conforme a nuestro dictamen, todos, absolutamente todos los explotadores de petróleo quedan en igualdad de circunstancias, porque hay artículos posteriores que ya se discutirán en lo particular, que los asimilan a todos bajo un solo nivel, bajo un solo cartabón. Señores, nosotros nos separamos mucho del criterio de la Corte; la Suprema Corte de Justicia en el último fallo, mejor dicho, en el primero y último fallo dictado en asuntos de petróleo, llegó a establecer el siguiente postulado: el artículo 27 constitucional únicamente es aplicable desde 1917 en adelante; en tal virtud, todos aquellos terrenos que hayan sido poseídos, en los cuales hayan contratado y hayan sido explotados, quedan completamente separados de la vigencia del citado artículo. Nosotros no podemos aceptar esta teoría, porque sencillamente echa por tierra el concepto del artículo 27 constitucional y el concepto de soberanía del pueblo mexicano. Para nosotros, como decía hace unos momentos, todos los petroleros sin distinción ninguna quedan en igualdad de condiciones; todos quedan sujetos a los mismos impuestos, todos quedan sujetos a las mismas modalidades que imponga el interés público, todos quedan sujetos a la condición de caducidad de las concesiones. Sobre este punto de caducidad hablaré con amplitud en el momento oportuno, toda vez que es una divergencia con los votos particulares que se han presentado. En concepto de la Comisión, la verdadera nacionalización del petróleo estriba en eso: en la caducidad de las concesiones. Si no hay caducidad, no hay nacionalización ya lo demostraremos en su oportunidad. Decía yo que la Suprema Corte de Justicia, en su amparo, declaraba fuera de la vigencia del artículo 27 constitucional a todos aquellos petroleros que bien por contrato, bien por hechos positivos, habían tenido algún derecho antes de 1917. Recuerdo que algún señor magistrado de la Corte citaba como argumento que ya esa tendencia del señorío había desaparecido; que desde que los ingleses con Juan Sin Tierra conquistaron el derecho a la propiedad, ese derecho a la propiedad era sagrado y debía respetarse por encima de todas las cosas; pero yo creo que ese argumento fue mal interpretado, señores. En mi concepto, esa manifestación precisamente hecha en la época de Juan Sin Tierra, fue debido a que ya desde entonces venía la evolución del concepto de propiedad en el sentido que hoy se marca con mayor insistencia. Si entonces fueron varios señores los que le quitaron el dominio a un señor, hoy el pueblo no quiere que exista ningún señor ni varios señores; quiere que él y sólo él, sea el propietario de los bienes que están dentro de su territorio. Se argumentó al contrario, y en esa forma la Suprema Corte de Justicia hizo una declaración que, en nuestro concepto, en concepto de la mayoría de la Comisión viene a echar por tierra el espíritu nacionalista del artículo 27 constitucional. Réstame, señores, por último, deciros que tenemos algunas innovaciones; que en general aceptamos todos aquellos artículos del Senado que deben ser aceptados. Hicimos una ley breve, porque creemos que todos los preceptos de carácter adjetivo deben quedar incluídos en un reglamento; hicimos la innovación de conceder al superficiario, a título de indemnización, cinco por ciento de la producción. Asimismo, reconocemos el derecho de preferencia por un año para que el superficiario denuncie, con exclusión de cualquiera otra persona, el subsuelo de su propia pertenencia. Establecemos un sistema de impuestos en el cual hacemos un reparto para los Estados y para los municipios; pero como habíamos dicho, el eje, lo fundamental de nuestro proyecto, lo que la Comisión defenderá a toda costa, son los artículos 5o. y 6o. y el 3o., que es lo que constituye la médula de nuestro dictamen. En este asunto, señores, réstame decir que la Comisión ha sabido apartarse de todas las intrigas; que ha sabido mantenerse serena, que ha oído todas aquellas opiniones que por ser muy personales tienen el defecto de ser unilaterales, que ha conciliado todos los intereses y cree con su conciencia tranquila que ha sabido cumplir modesta, pero honrada y sinceramente, con su deber. (Aplausos).

Presidencia del

C. HERNÁNDEZ ALVAREZ ENRIQUE

El C. Castillo Francisco: Una interpelación al orador.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Castillo Francisco: Ciudadano Rama, usted nos ha hecho una relación del concepto que la Comisión tuvo de los derechos adquiridos y nos ha expuesto la teoría que informó a la misma Comisión en virtud de la cual formuló su dictamen en la forma que lo hizo. Quisiera saber cuál fue el concepto que la Comisión tuvo respecto a la nacionalización del subsuelo y cuál es el concepto en que se informó la propia Comisión para reglamentar los fundos petrolíferos.

El C. Rama: Creo, señores diputados, que la breve exposición que hice de sobra aclara los conceptos a que se refiere el compañero, pero voy a repetir. El concepto de nacionalización consiste en que en lo sucesivo toda explotación petrolera quedará sujeta a una concesión que será susceptible de caducidad y que estará sujeta a todas las modalidades que imponga el interés público; en este sentido se dice que la propiedad del petróleo será una propiedad nacional, que únicamente se concederá la explotación del petróleo, pero que la riqueza petrolera es propiedad de la nación. ¿Cuál otra interpelación?

El C. Moreno Jesús Z.: Como las comisiones ( Voces: No se oye. ¡Recio!) Como su señoría al explanar el criterio de las comisiones acerca del dictamen que han producido, con todo y que ha sido su exposición absolutamente clara, omitió su señoría - y aquí va mi interpelación -, informar a esta Asamblea cuál es el criterio que inspiró a las comisiones para estatuir el artículo 22 de la Ley del Petróleo....

El C. Rama: ¿Se refiere a la jurisdicción federal, señor?

El C. Moreno Jesús Z.: Sí señor.

El C. Rama: Efectivamente, no toqué ese punto, señor licenciado, por una verdadera omisión; pero es de sobra interesante y con todo gusto satisfago su interpelación.

Señores, si el artículo 27 constitucional ha declarado propiedad de la nación el petróleo y ha facultado al Congreso de la Unión para que expida las leyes reglamentarias del petróleo, es lógico, es natural suponer que solamente la jurisdicción federal debe intervenir en asuntos de petróleo, porque de otra manera, señores, ¿cómo podría establecerse la unificación de la industria del petróleo? ¿Cómo, si cada Estado iba a legislar, sería posible organizar y dirigir una industria de tanta trascendencia y de tanta importancia como lo es la del petróleo? Usted sabe, señor licenciado Moreno, que la industria del petróleo está sujeta a variantes de momento a momento; por ejemplo, en materia de impuestos. La industria petrolera en México está en competencia principalmente con la industria petrolera norteamericana, aparte de las demás del resto del mundo. ¿Cómo puede, por ejemplo, la Secretaría de Hacienda regular los impuestos para ponerla en aptitud de competir con esas otras industrias, si está sujeto a las legislaciones de cada Estado? ¿Cómo es posible establecer, regular la producción en un momento; que sea mayor, que sea menor, que sea nula, que sea en toda su potencialidad, si cada Estado es libre y soberano para legislar en materia de petróleo? Sobre todo, yo le cito este antecedente, señor licenciado, clarísimo: vea usted la Ley de Minas. La Ley de Minas es de jurisdicción federal exclusivamente; no sería posible dar una facultad que el Constituyente, en uso de su soberanía, delegó en la Federación; eso es muy claro. (Aplausos. Voces: ¡Muy bien!) ¿Qué más decía usted compañero? (Voces: ¡El fundo petrolífero!) Con todo gusto, compañeros. En cuanto al fundo petrolífero, señores compañeros, nosotros seguimos el sistema del Senado. No creemos necesario establecer innovaciones en ese sentido y le vamos a decir a usted sinceramente por qué. Ese sistema del fundo petrolífero está establecido con ciertas analogías en la Ley de Minas. La experiencia, la tradición ha demostrado que es perfecto. Se nos propuso por el licenciado Pérez Gasga, en los últimos días, cuando ya estaba terminado el dictamen - porque al principio estuvo enteramente de acuerdo con nosotros -, que le diéramos otra forma, esto es, que en lugar de ser rectángulos fuera una circunferencia; pero eso en el curso de los debates la Asamblea lo estudiará aprobando lo más conveniente. Desde luego establecemos ciertas limitaciones para el fundo: que no exceda de dos mil hectáreas, que como mínimo tenga la extensión necesaria para establecer los tanques, almacenes, en fin, todo lo necesario en la explotación de un fundo petrolífero.

El C. Castillo Francisco: No, compañero, yo me refería a este caso.....

El C. presidente: Se advierte al diputado Castillo que cuando quiera hacer uso de la palabra, la solicite de la Presidencia.

El C. Castillo Francisco: Voy a aclarar, porque no me expliqué. (Voces: ¡Nunca te explicas!) Voy a aclarar el concepto; se trata de esto: como se nos ha leído ayer el dictamen de las comisiones y, además, los votos particulares y en esto hay una diferencia, yo desearía que el miembro de la Comisión que está en la tribuna me hiciera favor de explicarme cuál es el criterio que tuvieron los miembros de la Comisión para determinar un fundo petrolífero en la forma en que consta en el dictamen, porque el voto particular está en otra forma. Ustedes consideran toda área como de dos mil hectáreas, más o menos, como máximo; y el fundo petrolífero en uno de los votos particulares, no habla más que del pozo y de determinada circunferencia donde se hacen las construcciones, tanques, etcétera. Así pues, el concepto de ustedes es el concepto minero, estableciendo un fundo que tenga determinada extensión, un cuadrado, por ejemplo, y el concepto del voto particular es que sea un pozo, nada más; de manera que el concesionario sólo tiene como concesión explotar un pozo, en el cual ha descubierto petróleo: en eso consiste todo el fundo; en cambio, ustedes dicen que el fundo petrolífero es una extensión y que dentro de ella el concesionario puede hacer varias perforaciones. Por lo tanto, ruego al compañero Rama diga cuál es el criterio que lo informó para hacer esto. (Siseos)

El C. Rama: Señor compañero: Todo lo que usted ha dicho es verdad. ¿Quiere usted conformarse con esa explicación? Efectivamente, lo que ha dicho usted es rigurosamente exacto; eso fue también lo que dije yo; ahora sí, ya nos entendimos, creo yo. (Risas. Murmullos.)

El C. Moreno Jesús Z.: Pido la palabra para hacer una interpelación a la Comisión.

El C. Rodríguez Guillermo: Pido la palabra para una pequeña interpelación

El C. Moreno Jesús Z.: Las comisiones, por conducto de su señoría, acaban de manifestar que la extensión que la ley concede como máximo de fundo petrolero, es de dos mil hectáreas: ¿no es así? Respecto de la superficie del fundo, en el artículo 20 del proyecto de ley y en tratándose de zonas federales, las comisiones no fijaron la cuantía del terreno que debería considerarse como fundo, y como no está explicado tratándose de zonas federales, mi interpelación muy atentamente a su señoría, es si tiene el mismo criterio de que deben ser como máximo cuando menos, dos mil hectáreas, o debe ser una cantidad mucho menor, tratándose de zonas federales. (Voces: Eso es de la discusión en lo particular.)

El C. Rama: Desde luego, señor licenciado Z. Moreno, debo decirle que no ha llegado el momento de esas informaciones; pero si usted insiste, yo, con todo gusto, se las daré. (Voces: ¡No, hombre!)

El C. Padilla: Señor compañero: Me permito hacer a la Comisión esta interpelación que considero pertinente en lo general. ¿Qué criterio tuvo la Comisión para omitir, al tratar en la ley del punto relativo a servidumbres, en la cuestión de terrenos petrolíferos, refiriéndome precisamente al asunto de los óleoductos, porque tengo entendido que el dictamen aprobado por la Cámara de Senadores sí trataba algo de esta materia?

El C. Rama: Efectivamente, señores, nosotros nada más lo establecimos como precepto substantivo; al principio de mi exposición hice ver a la

honorable Asamblea que solamente aceptaba preceptos de carácter substantivo, imperativos, categóricos; consideramos que sobre todo aquello que sea reglamentario, que se dejen facultades al Ejecutivo, que está más capacitado técnicamente para tratar estos asuntos, previa la aprobación del Congreso de la Unión. Desde luego, esa servidumbre queda incluída en disposición que considera que es de utilidad pública la industria del petróleo.

El C. Rodríguez Guillermo: Con permiso de la Presidencia. Yo ruego atentamente al presidente de la Comisión del Petróleo.... (Siseos.) se sirva explicarme lo que entiende, a su juicio, por la palabra jurisdicción. A los veracruzanos nos interesa sobremanera este asunto y queremos aclararlo, porque sería de funestas consecuencias que por no explicar esta palabra detenidamente en todos sus aspectos, pueda darse lugar en lo futuro a interpelaciones que son las que se desean.

El C. Rama: Estimable compañero: Etimológicamente significa la facultad de decir el derecho; es decir, de establecer el derecho. Y decir que queda sujeto a jurisdicción federal no es como dice Escriche, compañero o sea como lo dijo el ciudadano Z. Moreno: que la Federación va a meterse absolutamente en todo. No, señor; solamente en lo que se refiere a la industria del petróleo: impuestos, conflictos entre obreros y patronos; en general, aquello que está íntimamente ligado con la industria del petróleo: quiere decir que el Congreso de la Unión dictará leyes que establezcan y que rijan todo lo necesario en ese sentido y que las autoridades federales conocieran de esos asuntos. Eso quiere decir jurisdicción federal. (Aplausos.)

El C. Chapa: Pido la palabra, señor presidente.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Chapa: Yo creo, señores diputados, que sería oportuno solicitar atentamente de los ciudadanos secretarios de Industria y Comercio y de Hacienda, se sirvan informar cuál es el criterio del Ejecutivo sobre la ley que se discute; digo de Hacienda también, porque desde que la XXVII Legislatura concedió facultades extraordinarias en Hacienda al Ejecutivo, se han venido dictando decretos económicos respecto a la cuestión del petróleo. Así es que yo suplico atentamente al ciudadano secretario de Industria y Comercio se sirva rendir un informe sobre el estado de la cuestión petrolera, y cuál es el criterio del Ejecutivo a este respecto.

El C. presidente: Tiene la palabra, para informar, el ciudadano secretario de Industria y Comercio.

El C. Zubaran, secretario de Industria y Comercio: Ciudadano presidente: Honorable Cámara: El Ejecutivo de la Unión agradece el aviso que oportunamente le envió la Mesa de esta honorable Cámara, referente a la discusión de la importante Ley Reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución, en la materia del petróleo, y estima, asimismo, en todo su valor la oportunidad que se le ofrece de expresar su criterio y de informar cuál es la situación de la industria petrolera, y, más aún, de rectificar algunas imputaciones que sin duda alguna por error se han expresado en esta alta tribuna. Hace algunos días expresaba aquí el señor diputado Barón Obregón, que era indispensable apresurar la discusión de una ley que se había aplazado por tanto tiempo, entre otros motivos fundamentales, porque había habido tal precipitación en otorgar concesiones petroleras sin previsión alguna, que era necesario poner un coto a la inmoralidad administrativa que se había estado cometiendo y se continuaba cometiendo en las altas esferas administrativas. Sin duda alguna que ninguna autoridad más interesada en que se expida una Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, en la materia del petróleo, que el Ejecutivo de la Unión; es decir, la autoridad administrativa, aquellas que tiene a su cargo el velar por el desarrollo de una riqueza pública como es la del petróleo.En ese sentido, el que habla tuvo el honor de informar a esta honorable Asamblea que tal era el criterio del Ejecutivo, sin que esto se interpretara como un reproche ni se pensara que tenía por mira el precipitar una discusión si no había la suficiente preparación para ella. No obstante esta necesidad, a pesar de que a juicio del Ejecutivo la nación ha resentido serios perjuicios por no tener una pauta que regularizara sus actos; no obstante, repito, que casi todos los terrenos que pertenecen directamente a la nación, como nacionales y baldíos, como zonas federales, las playas del mar, las riberas de los ríos, los lechos y cauces, etcétera, y que en estas concesiones, además de los impuestos, podía y debía en algunos casos excepcionales ha obtenido la nación una participación en su explotación; no obstante esto, el ciudadano presidente de la República, creyendo que se causaban mayores perjuicios creando intereses sin una apreciación de derechos, pensando que cada uno de los denuncios admitidos o de las concesiones dadas implicaban problemas no sólo interiores sino de carácter internacional, resolvió suspender toda tramitación de admisión de denuncios y en concesiones de nuevas exploraciones o explotaciones, principalmente petroleras; no obstante que existen decretos que la Suprema Corte de Justicia ha reconocido de carácter constitucional emanados del Poder Legislativo del Congreso de la Unión, no obstante eso se han suspendido todas esas tramitaciones. Más aún: el reproche que se ha hecho a la administración del ciudadano De la Huerta, no es justificado tampoco, señores; y lo cito únicamente porque es la oportunidad ésta de legislar y de remediar algunos errores que se hayan cometido. Todas las concesiones que se dieron en la época del señor De la Huerta y que no pueden ser y que no fueron casi exclusivamente más que sobre zonas federales o terrenos nacionales, tienen la cláusula de un carácter absolutamente provisional, especificándose en ellas que queda sujeto a lo que el Congreso de la Unión resuelva en la Ley Reglamentaria del Petróleo. Y creo pertinente, únicamente a título de información, hacer las explicaciones a que han dado lugar los cargos hechos por el ciudadano diputado Barón Obregón.

El C. Lara Rafael: ¿Me permite una interpelación el señor ministro?

El C. Zubaran: secretario de Industria y Comercio: Con todo gusto.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Lara.

El C. Lara Rafael: Como es un dato muy

interesante para la Cámara de Diputados, para que conozca el asunto a que acaba usted de referirse, quisiera que tuviera usted la bondad de informar a esta Representación Nacional si los permisos provisionales que se vinieron dando en la época del señor Carranza fueron suspendidos cuando usted se hizo cargo del Ministerio de Industria y Comercio; así como creo que también es necesario para la Representación Nacional conocer si subsisten los permisos que se dieron en esa época y si se han respetado, porque tengo la idea de que a título de nacionalizar el petróleo, se dieron permisos provisionales en grandes extensiones de terrenos a personas que no estando capacitadas para explotar esa industria, los pasaban incontinenti a individuos extranjeros que tuvieran capital para explotarlos. De manera que, repito, creo necesario que la Representación Nacional sepa si se suspendieron esos permisos provisionales y si subsisten los anteriores, y, si fuera posible al señor ministro, decirme en qué condiciones están éstos.

El C. secretario de Industria y Comercio: Quiero, pues, y únicamente por razón de método, decir una palabra antes de contestar categóricamente la interpelación del ciudadano diputado Lara. Todas las concesiones, toda la tramitación petrolera puede decirse que ha nacido de tres situaciones distintas: de la Legislación Minera que regía en términos generales y en toda clase de terrenos hasta 1917 de una manera especial en zonas federales y en terrenos pertenecientes a la nación, conforme a la ley de la administración del general Díaz, de diciembre de 1901, y posteriormente, que es la tercera situación, conforme a los decretos de 31 de julio, 8 y 12 de agosto de 1918, que el Congreso de la Unión, aun cuando fueron dados en uso de facultades extraordinarias en el ramo de Hacienda, el Congreso de la Unión no solamente aprobó esas facultades, sino que de una manera expresa ratificó e hizo suyos esos decretos, y últimamente la Suprema Corte de Justicia los ha declarado como emanados de autoridad legítima. En la primera situación tenemos, señores diputados, concesiones otorgadas casi exclusivamente al señor Pearson y del cual es cesionaria actualmente la Compañía de Petróleo "El Águila". Esas concesiones por lo regular abarcan casi todo el litoral del Golfo, los Estados de Veracruz, Tabasco, Campeche, Chiapas, el distrito de Valle, de Tamaulipas, en lo que se refiere a terrenos baldíos, terrenos nacionales, lagos, albuferas, riberas de los ríos, todo de jurisdicción federal; pero con la particularidad de que estas concesiones no tienen el carácter de exclusividad. La segunda situación es la que nació no en estas zonas y en estos terrenos, sino en general en todos los emanados de la Legislación Minera, y en virtud de la cual, como expresaba aquí el representante del dictamen de la ley que se discute, los que hicieron uso del derecho que la Legislación Minera daba al superficiario, de disponer del petróleo que se encontraba en el subsuelo y en esa virtud nació en nuestro país, así como en virtud del decreto de 1901, la industria petrolera. La última situación es la que emanó de los decretos de 18, ratificados por el Congreso, y que es a la que debe referirse el señor Lara y a la que sin duda alguna se refirió, aunque con menos datos, el señor Barón Obregón. De esta última situación que es la que más interesa, debo decir que la mayor parte de esas grandes concesiones no son directamente de explotación, sino de exploración, y aun cuando abarcan algunas de ellas por grados geográficos y aun por Estados, no dan derecho exclusivo a todas esas extensiones, sino que limitan el fijar dentro de ellas legalizaciones de bases que después se solicitan de manera especial y que la Secretaría de Industria y Comercio se ha reservado el derecho de aprobarlas o rechazarlas. La mayor parte de estas concesiones felizmente tienen carácter de provisionalidad; de manera que la soberanía de esta Cámara puede corregir y fijar no sólo a los fundos petrolíferos un límite, sino fijarlo también para los contratos y concesiones que se hagan.

El C. Barón Obregón: ¿Me permite una interpelación el señor secretario?

El C. presidente: Se suplica al ciudadano Barón Obregón pida la palabra.

El C. Barón Obregón: La estoy pidiendo; pero antes quiero pedir permiso para una interpelación al señor secretario.

El C. presidente: Si el ciudadano secretario la permite, con mucho gusto.

El C. Barón Obregón: Soy el diputado aludido, Enrique Barón Obregón, diputado por el 4o. distrito electoral del Estado de Veracruz. Yo fui a esta tribuna, señor secretario, a informar a esta Cámara sobre alguna documentación que había logrado recabar sobre este particular. Quiero que tenga usted la amabilidad de fijarme este concepto: ¿Las concesiones que se dieron en épocas anteriores se refieren a terrenos particulares o no?

El C. secretario de Industria y Comercio: ¿Épocas anteriores a qué, señor?

El C. Barón Obregón: En el año de 1920 y en el de 1919. Su señoría ha tenido a bien decir únicamente se concretaba a zonas federales.

El C. secretario de Industria y Comercio: Contesto al señor diputado, que he dicho que esas concesiones se refieren a denuncios en zonas federales. Después haré una información detallada de esos puntos.

El C. Barón Obregón: Permítame vuestra señoría que tenga a bien contradecirle sobre este particular, porque, efectivamente, se dieron concesiones sobre terrenos federales y particulares; una de las formas de esos contratos fue precisamente que se le daban facultades al concesionario para localizar un pozo de petróleo y una vez localizado en terrenos nacionales o particulares, se le daba opción para denunciar y preferencia para ese denuncio sobre 2,000 hectáreas en cuadro, tomando como centro el pozo y un cuadro de 2,000 hectáreas. Esto en lo que se refiere a zonas federales; pero como se ve, también en terrenos particulares. Esto es lo que yo dije precisamente en la tribuna. Por otra parte, ruego igualmente a vuestra señoría que se sirva decirme si efectivamente en el municipio de Zacamixtle no está aún en vigor una concesión a un señor Slake, donde brotó un pozo petrolero de esa concesión y que está en explotación, no obstante la orden expresa del ciudadano presidente, de que se dieran por suspendidas esas concesiones mientras se reglamentaba la ley.

El C. secretario de Industria y Comercio: Es muy difícil, señores diputados, contestar a cada

momento interpelaciones, argumentaciones por una frase que uno expresa, cuando quisiera uno para una mejor comprensión, para realizar de una manera menos imperfecta el pensamiento y el deseo de esta Cámara de recibir un informe completo de la situación petrolera y un criterio del Ejecutivo sobre la ley que se discute, es muy difícil, repito, poder estar siguiendo un diálogo de argumentos y de informaciones que sugirieran cada una de las palabras que expresa el informante. Sin embargo, de lo mismo que acaba de expresar el señor diputado Barón Obregón se confirma lo que yo he expresado: que cuando se ha tratado de terrenos de particulares, ha sido previo denuncio; ya hablaré - estoy arreglando mis papeles, porque ya llegará su momento para que yo le conteste de una manera categórica, y le protesto que no se me olvidará - respecto al punto especial del pozo brotado en terrenos de Zacamixtle. Creo un deber, no sólo de prestigio del actual Gobierno, sino por una información honrada a esta honorable Cámara, de hacer algunas rectificaciones que demostrarán que no hay tan grande inmoralidad en las altas esferas oficiales respecto a concesiones petroleras. El primer caso que citaba el señor diputado Barón Obregón se refiere a la concesión otorgada al señor Francisco Rodríguez. Llamaba la atención el señor diputado Quiroga, uno de los señores diputados por el Estado de Nuevo León, como un reproche, a que no hubiese visto con verdadero afán, con todo el interés que el asunto ameritaba, el procurar que esta ley se discutiera lo más pronto posible, sin obstáculo alguno. Esa concesión otorgada legalmente en la época del señor don Adolfo de la Huerta, de fecha 23 de octubre, fue concedida únicamente para Linares, expresándose en la concesión el distrito de Linares. Se habla de que no se tenía derecho para otorgar esa concesión y ya he dicho que se hacía con disposiciones legales sancionadas por el Congreso General. Muy breves días después de ocupar la Presidencia el ciudadano Obregón, y aunque es imposible informarse con detalle de toda la documentación que existe en el ramo de petróleo, yo tuve conocimiento de que se había cometido una irregularidad en esta ocasión y que al redactarla se había puesto por disposición del entonces jefe del Departamento de Petróleo, que la concesión se otorgaba para el distrito de Linares, Nuevo León, abarcando las municipalidades de Linares, General Terán, Allende, Montemorelos, China y otra que no percibo aquí bien.

El Estado de Nuevo León no se divide por distritos, sino por municipalidades, e interpretar así el acuerdo del ciudadano presidente substituto de la República, era sin duda alguna un abuso, y un abuso cometido sin justificación alguna. Con conocimiento esto del ciudadano presidente, acordó no hace pocos días - el 15 de febrero de este año - , muy pocos días después de que hubiese yo recibido el honor de ser nombrado secretario de Industria y Comercio, lo siguiente: Se declara insubsistente la concesión otorgada al ciudadano Francisco Rodríguez para explotar y explorar petróleo en la municipalidad de Linares, Allende, Montemorelos, etcétera. Esta concesión, dice, como casi todas las que se han otorgado con un absoluto juicio por parte del Ejecutivo, que queda sujeta a todo lo que disponga la Ley Reglamentaria del Petróleo; de manera que si aun en esta materia se resuelve que un Municipio es una extensión excesiva que constituye un verdadero latifundio petrolero, entonces, al remediar la Ley Reglamentaria la extensión que deben tener estas concesiones, quedará limitada también ésta del señor Francisco Rodríguez. La concesión de la señora Lagunas tiene igualmente estas dos cláusulas; de manera que ella puede ser absolutamente nulificada sin que el contrato o concesión celebrado por el Gobierno sea un obstáculo, porque se ha previsto que la puede modificar la ley que ustedes se sirvan expedir. La concesión otorgada al señor Hilario Millán tiene la misma característica. Las siete concesiones otorgadas en lo que se llama Municipio de Tancoco, y que en el Departamento del Petróleo son conocidas con el nombre de lote número 173, no están en explotación, no obstante que algunos de los concesionarios han fijado limitaciones de pozos y se les ha negado en la Secretaría de Industria y Comercio, porque están en suspenso esas tramitaciones. Las concesiones de los señores Padrés y Manzo, como la del señor Lerdo de Tejada, están sujetas a lo que dispone la Ley Reglamentaria del Petróleo; así es que su extensión quedará limitada a lo que se fije o, en fin, quedarán nulificadas si así lo resuelve la Ley Reglamentaria. Únicamente en el número 191 de Zacamixtle está en explotación un pozo, tienen derecho para perforar tres; no han podido ser suspendidos los trabajos porque se habían localizado, porque se habían comenzado a verificar los trabajos antes de que el ciudadano presidente Obregón hubiese acordado la suspensión de esas concesiones. De modo, señores diputados, que quiero sentar como un informe enteramente autorizado y comprobado con documentos oficiales, estas dos declaraciones: Primera: Las concesiones dadas en el interinato del ciudadano De la Huerta, tienen todas ellas, excepción hecha de las de Zacamixtle y Tancoco, la cláusula de que estarán sujetas a lo que disponga la Ley Reglamentaria del Petróleo, de una manera expresa. Segunda: Desde que el ciudadano presidente de la República, Obregón, se hizo cargo de la primera magistratura de la nación, no se ha dado una nueva concesión; si no se ha podido impedir que se ejerciesen algunas de ellas, creándose nuevos intereses o yendo a parar a manos de extranjeros, es porque en algunas de ellas se dice que no se necesita la autorización de la Secretaría de Industria y Comercio, sino que es suficiente un simple aviso que se le dé; así es que de vosotros depende, en estos momentos, en esta materia, en que si se han cometido graves errores, si se han dado inmensas extensiones de terreno, principalmente en zonas en que la nación está más interesada, en aquellas en que el subsuelo es perfectamente de su propiedad; en que no ha sido posible que se hayan fijado ya derechos adquiridos, no es tarde, como dice el ciudadano diputado Barón Obregón, ustedes pueden remediar ese mal, porque esas concesiones tienen el carácter de provisionalidad. La extensión total, más o menos, según datos estadísticos y los estudios, pues no perfectos, porque no hay ningún estudio perfecto geológico de los que se tienen en la Secretaría de Industria y Comercio respecto a zonas petroleras o probables, son

de 607,000 kilómetros cuadrados en toda la República; en la región del Golfo y Península de Yucatán, 341,000; en la región del Pacífico, 191,000; en la región de la Baja California, 75,000; de estos hay una zona perfectamente ya explorada de 14,000 kilómetros, y una zona en igualdad de condiciones de 8,000; allí en términos generales no es inadecuada, ni siquiera tardía, la Ley Reglamentaria que vuestra soberanía va a expedir. Respecto al denuncio, que es la materia en que la autoridad administrativa y los decretos del presidente Carranza motivaron mayores conflictos, reclamaciones diplomáticas, etcétera, no se han otorgado en el año de 1921 más que ochenta y siete; a propietarios y arrendatarios veinte, y a no propietarios y arrendatarios sesenta y siete. Denuncios expedidos desde la vigencia de la Constitución. Títulos expedidos durante la permanencia del actual secretario, es decir, en 1921, siete. Respecto a la producción del petróleo, existen actualmente los siguientes pozos cuya producción potencial en barriles se expresa en seguida; pozos productivos: En Tampico, 296. Se llama zona de Tampico toda la que está cerca de esa región, dentro del Estado de Tamaulipas, con una producción diaria de 984,658 barriles. En Tuxpan 197 pozos, con una producción de 4.628,292 barriles. En Minatitlán 18 pozos, con una producción de 285 barriles diarios, y total, 511 pozos con 5.613,255 barriles.

En perforación, según las regiones: Tampico, 37; Tuxpan, 89; Minatitlán, 9. Suma 135 pozos.

Pozos localizados; es decir, pendientes de perforación por derechos adquiridos también en concesiones ya anteriores y localizados con mucho tiempo antes de que se hubiese suspendido toda tramitación o que se refieren a permisos solicitados por empresas a quienes se ha reconocido su derecho: Tampico, 69; Tuxpan, 116. Total, 198 pozos.

Durante 1921 se concedieron permisos para perforaciones: en Tampico, 155; en Tuxpan, 262; en Minatitlán, 3. Suma, 420 permisos.

Se abandonaron pozos: en Tampico, 42; Tuxpan, 50 y Minatitlán, 3. Suma, 95 pozos.

"De los pozos que brotaron en 1921 fueron abandonados, por haberse agotado algún tiempo después, 10 pozos que, en conjunto tuvieron una producción inicial de 231,902 barriles diarios. Estos pozos son de los campos de Tuxpan.

"Brotaron en el mismo año:

"Tampico 58 161,806 barriles diarios.

"Tuxpan 91 2.277,901 " "

"Minatitlán 0 0 " "

---- ------------

149 2.439,707 barriles diarios.

"Pozos en los que el Gobierno mexicano tiene participación:

"Petrolera Marítima.- Buenavista número 2, en la isleta de Buenavista, zona federal del río Pánuco, que tiene una producción potencial diaria de 11,542 barriles. La producción es de 15 por ciento.

"Monges López Abelardo.- Tancochín número 1, en la zona federal del río Tancochín, frente al lote 251 de Amatlán, que tiene una producción potencial diaria de 8,067 barriles. La participación es de 15 por ciento.

"Carlos V. Schlaet.- Zacamixtle número 1, en el lote 19 de Zacamixtle, fracción K, que tiene una producción potencial diaria de 39,627 barriles. La participación es de 10 por ciento.

"Carlos V. Schlaet.- Zacamixtle número 2, en el lote 19 de Zacamixtle, fracción J., tiene una producción potencial diaria de 1,195 barriles. La participación es de 10 por ciento.

"Miguel Dorcas Berro.- Zacamixtle, lote 19, fracción A, pozo 1 - A, que tiene una producción potencial diaria de 1,994 barriles. La participación es de 10 por ciento.

"Potencialidad media diaria de los pozos mexicanos, en barriles:

"Zonas Producción media

diaria por pozo.

"Tampico 3,326

"Tuxpan 23,494

"Minatitlán 16

"Promedio por pozo mexicano: 10,985.

"Producción media diaria de los pozos norteamericanos: 4.7 barriles.

"De los pozos mexicanos se extrae, generalmente sólo el 10 o el 12 por ciento de su producción potencial."

En la industria petrolera, como ustedes saben perfectamente, ciudadanos diputados, es tal vez tan importante, tan interesante, tan capital, puede decirse, el aceite mismo, el combustible, como el transporte de él. De allí que se haya generalizado la idea, por la dolorosa experiencia sufrida, de transformar el óleoducto privado en óleoducto público, porque aparte de que se ha visto que es casi imposible a compañías de poco capital hacer construcciones, siempre muy costosas, de extensos óleoductos, se ha notado también la resistencia de las compañías poderosas que tienen ya establecidos esos óleoductos, a transportar petróleo que no sea propio y cualquiera que sea el costo que se les ofrezca pagar. El transporte del petróleo se encuentra, en sumas generales, para no cansar vuestra atención, en la siguiente forma: Se tiene construída una extensión de 3.265,386 metros, y por este óleoducto se pueden conducir diariamente 217,338 metros cúbicos de petróleo; de donde resulta que el desarrollo del transporte, de las empresas de tránsito por medio de óleoductos, se halla en la siguiente situación.....1.367,000 barriles diarios.

Como desarrollo accesorio de la industria del petróleo, más bien dicho, el almacenaje de él, tenemos las siguientes cifras y según números para vuestro conocimiento: En tanques de acero: 1,508, con una capacidad de metros cúbicos 759,423.

Las presas de tierra fueron construídas antes de 16, y en la actualidad no se usan y su contenido es ya asfalto. El contenido total, considerando sólo los tanques de acero y tanques cubiertos, puede estimarse en ocho millones de metros.

Hasta la fecha están en vigor el número de concesiones para construir óleoductos; algunas han quedado insubsistentes porque no se hizo el depósito de garantía que debía hacerse en el plazo de 30 días. Sin duda alguna, señores diputados, que tendré la oportunidad y el honor de dar informes más precisos, más detallados y más concretos en

cada uno de los artículos y de las materias que se discutan en el transcurso de estos debates. Creo que estas líneas generales que he podido traer a contar del día de ayer, en que tuve el honor de ser llamado a esta Asamblea, serán suficientes para que tengáis una idea general de la situación de la industria petrolífera, de la situación de hecho y de la situación de derecho, porque ya en su mayoría, salvo lo que se ha considerado de derechos adquiridos, tiene un carácter absolutamente de provisional. Respecto al criterio del Ejecutivo sobre la ley a discusión, creo que es conocido de ustedes. El ciudadano presidente de la República en distintas ocasiones ha expresado que considera los distintos preceptos de la Constitución con el mismo valor, con la misma fuerza, con el mismo alcance; en consecuencia, deben coordinarse, necesitan armonizarse y no excluirse unos de otros, salvo que así mismo lo haya dispuesto el Constituyente. En esta virtud, el criterio del Ejecutivo es que la nacionalización del petróleo no debe tener un carácter retroactivo. El Ejecutivo cree, y la Secretaría de Industria y Comercio lo ha expresado así en distintas ocasiones, que no sólo, señores, por principios más o menos abstractos y teóricos de la ciencia del Derecho, sino principalmente por un principio más elevado de moralidad pública, si una nación es soberana para legislar como más le convenga conforme a sus intereses, yo creo, y el Ejecutivo tiene el pensamiento, que esa nación es más grande y más soberana y más respetable cuando respeta los derechos y los intereses que se han contraído de conformidad con actos de esa misma soberanía y, en consecuencia, si legítimamente legisló la nación mexicana en la Ley Minera declarando propiedad del superficiario el petróleo que se encontrase en el subsuelo, cree moral, cree político, cree jurídico que se respeten los derechos adquiridos al amparo de esa legislación y que, en consecuencia, la nacionalización del petróleo no ataca esos derechos que sean verdaderamente adquiridos. Podría expresar algunas ideas que sin duda se refieren a conceptos de este dictamen a discusión; pero aun cuando están ligadas con el principio general que lo informa y que el mismo representante de la mayoría de la Comisión expresó que era el de respetar los derechos verdaderamente adquiridos, pueden estar para exponerse mejor cuando se discuta en lo particular; pero hay uno, en concepto del Ejecutivo, y debo manifestaros que de una manera especial pedí su opinión, que sin duda alguna está en pugna con el principio de la nacionalización del petróleo, ya que la Comisión ha expresado que ha querido conservar este principio en toda su pureza, en su más completo alcance, con toda su autoridad; me refiero al artículo que a título de indemnización otorga un cinco por ciento de la producción del petróleo al superficiario, cuando el que explota el petróleo no es dueño de la superficie, porque no se concibe, ciudadanos diputados, que se dé el derecho a título de indemnización, cuando el precepto es de que no es el superficiario el propietario de esos terrenos, sino que la nación es la propietaria, si, pues, se quiere indemnizar por el uso que se haga de la superficie, las leyes lo deben prever, y sin duda alguna la reglamentación de este capítulo vendrá a llenar un vacío, pues en ella se pondrá de manifiesto la situación real del concesionario y del propietario del terreno; se fijará la extensión a que tendrán derecho las empresas para establecer sus tanques, para construir sus óleoductos, etcétera, y todo aquello que sea necesario para la explotación del petróleo.

He oído que se argumenta en el sentido de que la industria petrolera casi excluye el desarrollo de otras industrias, que mata la agricultura, por florecientes y por bondadosos que sean los terrenos, cuando el petróleo aparece en determinadas regiones; pero yo creo, señores diputados - y es el pensamiento del Ejecutivo -, que todos esos factores de riqueza deben ser tomados en consideración para fijar la indemnización que se debe pagar al superficiario; pero nunca a título de superficiario se debe tener una participación en la producción del petróleo que no es de él, desde que existe nuestra Constitución de 17. Sin duda alguna, señores diputados, que esta breve información habrá sido muy deficiente; pero estoy dispuesto en los términos de lo posible, en todo lo que haya en la Secretaría de Industria y Comercio, a ponerlo ante vuestra vista e informaros de la manera más amplia y completa a fin de que la resolución definitiva que déis en esta ley, sea lo más acertada y lo más patriótica posible. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Gandarilla para interpelaciones.

El C. Gandarilla: Señor secretario: La interpelación que me voy a permitir hacer a su señoría es de trascendencia importantísima para la discusión posterior de esta ley. Su señoría nos ha dado una extensa información sobre el desarrollo de la industria petrolera; su señoría, en sus últimas palabras, nos ha dicho algo sobre el criterio jurídico del Ejecutivo en el asunto del petróleo. Ruego a su señoría que si lo cree pertinente me haga el favor de informarnos - ya que debe conocer perfectamente tanto el dictamen firmado por la Comisión, como los votos particulares - si el dictamen o los votos particulares, cuál de ellos, es el que satisface más o se acerca más a satisfacer las necesidades nacionales del momento.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano secretario de Industria y Comercio.

El C. secretario de Industria y Comercio: Yo ruego atentamente al señor diputado que me excuse. No me creo en el deber de intervenir en las discusiones que esta H. Cámara va a tener sobre la Ley del Petróleo. Yo he venido autorizado de una manera especial por el ciudadano presidente para exponer su criterio y para dar los más altos informes de cuanto posee el Ejecutivo sobre esto mismo. En estos momentos está a discusión el dictamen de la mayoría y me he permitido exponer en términos generales el criterio del Ejecutivo; pero yo no podría, antes de ponerse a discusión alguno de los votos particulares, dar preferencia a una o a otra discusión. (Aplausos.)

El C. Borrego: Moción de orden. Un precepto reglamentario establece que los secretarios sólo podrán dar sus informaciones al iniciarse la discusión. Nos ha informado amplísimamente el señor secretario de Industria y Comercio. Creo que procede haga igual cosa el ciudadano secretario de Hacienda. Por tal motivo y de acuerdo con este

precepto reglamentario, suplico al presidente de la Cámara se sirva invitar al secretario de Hacienda para que rinda los informes en la materia.

El C. presidente: La Presidencia hace la aclaración que el ciudadano secretario de Hacienda no ha pedido la palabra.

El C. Borrego: Suplico al señor presidente se sirva pasar su vista por el Reglamento y ver el artículo relativo que establece que todo diputado tiene derecho de pedir que informe el secretario de Hacienda.

El C. Espinosa Luis: Pido la palabra. No es necesario consultar el Reglamento; es conocido de todos nosotros que los secretarios de Estado deben informar cuando así se solicite por cualquier diputado que lo desee antes de iniciarse los debates. Esto dice el reglamento. Yo tengo la palabra para hacer interpelaciones al mismo secretario de Industria y Comercio, que en estos momentos está en turno. Por lo tanto, la moción de orden del ciudadano Borrego no tiene razón de ser, supuesto que el Reglamento que se ha invocado es quien rechaza la moción que el ciudadano Borrego ha presentado; por lo tanto, suplico a su señoría me permita continuar.

El C. presidente: La Presidencia cree, por un deber de orden, que habiendo informado el secretario de Industria y Comercio, se termine con las interpelaciones que haga el ciudadano Luis Espinosa, para que haga uso de la palabra el ciudadano secretario de Hacienda para que informe a la Asamblea. Tiene la palabra el ciudadano Luis Espinosa para una interpelación.

El C. Espinosa Luis: Me voy a permitir hacer dos interpelaciones: Una al señor secretario de Industria y Comercio y otra al secretario de Hacienda. (Voces: ¡No!) No la hago desde este momento al secretario de Hacienda, porque éste me la contestará cuando lo juzgue pertinente; (Risas.) pero nadie puede obligarme a que proceda en otra forma. No estoy conforme en manera alguna con la respuesta que el licenciado Zubaran, secretario de Industria y Comercio, dio a nuestro apreciable compañero Gandarilla cuando le pidió su opinión respecto a que cuál de los dictámenes, si el dictamen o cuál de los dos votos particulares era mejor, o cuando menos su opinión sobre cada uno de estos trabajos. Yo entiendo, señores compañeros, que es de fundamental importancia conocer la opinión del Ejecutivo.... (Voces: ¡No! ¡No!) por boca del secretario respectivo sobre este particular. (Murmullos.) Yo ruego a los señores compañeros que por decencia, que por corrección a los huéspedes que aquí representan al Ejecutivo, abandonen siquiera por esta tarde este procedimiento de rugir como bestias cuando un orador está hablando. (Aplausos en las galerías.) Es necesario, señores, que por patriotismo nos compenetremos de la trascendencia de este problema y que seamos, siquiera por esta vez, serios; que nos demos cuenta de la alta investidura que tenemos encima y de que servimos a los intereses de la patria. Después de manifestar mi inconformidad porque el ciudadano secretario de Industria y Comercio no contestó categóricamente la interpelación del compañero Gandarilla, yo me permitiría hacerle una interpelación, que por no pecar tal vez de exagerado le voy a formular en una súplica. Quiero que el ciudadano secretario de Industria y Comercio haga un estudio comparativo, tanto del dictamen de la mayoría como de los dos votos particulares; que nos dé mañana mismo - porque ahora tal vez no podría - la opinión del Ejecutivo sobre los articulados de estos tres dictámenes, porque dentro de la política conciliadora del Poder Legislativo para el Ejecutivo, nosotros necesitamos saber qué es lo que el Ejecutivo cree bueno, o cuando menos menos malo, de todo lo que nosotros hemos hecho aquí. (Siseos.)

El C. Sánchez Pontón: Moción de orden. Compañeros: El compañero Espinosa empieza pidiéndonos orden y creo que para que éste exista, primero se debe proceder con método; debe existir el método para que haya orden. Todos sabemos que el Reglamento exige, manda, que primero se discuta el dictamen de las comisiones; mientras el dictamen esté a debate los votos particulares no deben tomarse absolutamente en consideración. Cuando los votos particulares entren a debate, creo que será oportuno de llamar al ciudadano secretario que juzgue conveniente el ciudadano Espinosa, o la Cámara en general, y nos dará entonces su opinión sobre el voto particular. Creo que ésta es una maniobra que favorece al compañero Espinosa, puesto que es el firmante de uno de los votos. (Aplausos.) Yo no tengo en este momento ninguna animadversión absolutamente; solamente quiero por hacerle honor a esta Cámara y a la petición del compañero Espinosa, que procedamos con orden. Va a entrar o, mejor dicho, está a debate en lo general el dictamen de las comisiones; debemos, pues, proceder con orden; una vez que los votos particulares entren a debate, entonces se harán los argumentos y se dará a conocer la opinión del Ejecutivo por conducto de algún secretario sobre este particular. Quiero decir, por último, que sólo estamos perdiendo el tiempo con lo que se hace.

El C. Espinosa Luis: Continúo, señores. Lamento, así, verdaderamente lamento que el compañero Sánchez Pontón no tenga ni noción de la tramitación de un dictamen. Es una deshonra de la diputación poblana. (Aplausos.) El compañero Sánchez Pontón debería saber, y está obligado a saber, que una vez aceptado el dictamen de la mayoría, en lo general, ya no tiene razón de ser un voto particular y es por esto que por razón de lógica, por razón natural, es indispensable conocer la opinión del Ejecutivo respecto de los tres trabajos, para que la Cámara se oriente. Ya veis, pues, y entre ellos el compañero Sánchez Pontón, que no puede haber maniobra; ¿Maniobra por qué? ¿Cree el ciudadano Sánchez Pontón que voy a echarme un peso a la bolsa con que se venga a estudiar mi voto particular? ¿cree él que va a traducirse en algo de gloria para Luis Espinosa? No, compañero Sánchez Pontón; usted debería saber, como saben muchos compañeros, que en esta cuestión del petróleo me he significado tal vez un rebelde, porque ni siquiera lo he tomado como cuestión de grupo, como les consta a muchos compañeros; me he significado en este asunto dentro de un egoísmo, creyendo de esta manera defender mis ideas por lo que hace a la cuestión del petróleo, que yo he considerado enteramente como problema nacional, pero en manera alguna como problema político.

Mi otra interrogación es para el ciudadano secretario de Hacienda. Si no es posible que me conteste en una sesión pública porque el asunto es algo delicado, yo no tengo ningún inconveniente en que cuando la Asamblea lo acuerde, conteste en sesión secreta; pero la pregunta sí puedo hacerla en sesión pública. La industria del petróleo, que en realidad de verdad no es más que el más grande negocio mundial que se disputan tres de las principales potencias del mundo, tiene para nosotros tres puntos de vista fundamentales: El económico, el internacional y el político. Desde luego, la pregunta que voy a hacer al ciudadano secretario de Hacienda se concreta a su ramo, es la cuestión del petróleo a través del concepto hacendario. Está visto que nosotros los mexicanos - y no vayan, pues, a exasperarse mis apreciables compañeros si hago algunas apreciaciones que tal vez no cuadren a su sentimentalismo, pero que yo estoy obligado a ser franco antes que todo -, la industria del petróleo, por su magnitud, es una industria que está fuera del alcance de los mexicanos o cuando menos de la mayor parte de los mexicanos. Los mexicanos en esta industria del petróleo apenas si pueden hacer un tristísimo papel de coyotes; de tal manera que son las naciones extranjeras, principalmente Estados Unidos e Inglaterra, las llamadas a extraer del suelo no sólo de México, sino de la mayor parte del mundo, todo el petróleo que haya. Nosotros no estamos capacitados para competir con ellos ni mucho menos para extraer nuestra propia riqueza por falta de preparación técnica, por falta de capital propio y por falta de espíritu de empresa, cualidades que tienen en grado superlativo los americanos, los ingleses y los japoneses. De tal manera, señores, que nosotros debemos ver este problema del petróleo, naturalmente concretándome al Caso México, en una forma que le permita al país sacar el mayor producto, el mayor provecho que le sea posible sin terquedades necias y sin lirismos imposibles. Si estamos convencidos de que la empresa del petróleo por su propia naturaleza, requiere cantidades fabulosas, de cientos de millones de pesos para poder explotarlo, supuesto que los que están ligeramente versados en este asunto saben que la industria petrolera requiere cuatro grandes erogaciones para poderse en realidad transformar en un beneficio positivo, en un negocio real, como son, en primer lugar, todo el dinero que se necesita invertir desde el momento en que se saca la concesión hasta que brota el petróleo de los pozos; esto requiere gran capital. Después los óleoductos, que no se hacen con menos de cientos de millones de pesos; en tercer lugar, la marina, los vapores que transportan los petróleos a las naciones extranjeras, y en cuarto lugar, los depósitos o tanques donde las empresas petroleras llevan su producción. Estos elementos de las industria petrolera no están al alcance de los mexicanos y, naturalmente, el Gobierno de México, patriota, celoso de que le queden al país las mayores ventajas, pues debe haberse preocupado hondamente por que al legislarse de una manera definitiva queden salvaguardados los intereses del pueblo mexicano, adquiriendo los mayores beneficios. Yo quisiera que el ciudadano secretario de Hacienda, cuando lo crea oportuno, repito, en sesión secreta, si es conveniente nos diga qué ha hecho el Ejecutivo sobre el particular; qué tiene con los Estados Unidos o con las naciones interesadas en los negocios petroleros, hasta la fecha, porque eso también nos servirá de base para entrar de lleno a la formación definitiva de esta ley reglamentaria del petróleo.

El C. presidente: En vista de que en el curso de su interrogación, el ciudadano Espinosa lanzó alguna palabra injuriosa para la honorable Asamblea, la Presidencia cree de su deber invitar al ciudadano Espinosa Luis que retire la palabra, por dignidad y decoro de la honorable Asamblea. (Voces: ¡Bien!)

El C. Espinosa Luis: Señores compañeros: Si acaso lancé alguna palabra que pudiera lastimar a vuestra honorabilidad, de la que siempre me he mostrado celoso, la retiro con gusto, manifestando que no tuve la intención de herirla en lo más mínimo. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra para contestar el ciudadano secretario de Industria y Comercio.

El C. secretario de Industria, Comercio y Trabajo: Con profunda pena insisto en la actitud que he asumido. Deploro, y téngalo por seguro el señor diputado Espinosa - cuya intención sana y noble en este asunto conozco, cuyo desinterés me consta -, que no es por rehuir una opinión franca del Ejecutivo; es porque creo que es un deber de él abstenerse de toda discusión; es porque no sería posible emitir un criterio en puntos discutibles y opinables, sin razonar, y no es posible razonar sin impugnar opiniones de los ciudadanos diputados, y que en consecuencia, de hecho el Ejecutivo sería envuelto en una discusión en que le está vedado entrar por respeto rudimentario a la soberanía del Poder Legislativo. (Aplausos.) Sin embargo, ciudadano Espinosa, si en el curso de la discusión en lo particular algún ciudadano diputado quiere conocer en concreto el criterio del Ejecutivo, y en esa discusión en lo particular es donde verdaderamente se va a ver la pugna del dictamen de la mayoría con los dictámenes en lo particular, si esa interpelación es consagrada, es aprobada por toda la Asamblea, no tendrá el que habla ningún inconveniente en exponer el criterio del Ejecutivo. (Aplausos.)

El C. Espinosa Luis: Pido la palabra para una brevísima aclaración. (Voces: ¡No!) He pedido la palabra, señor presidente, para una breve aclaración.

El C. presidente: Para aclaraciones la ha pedido antes el ciudadano señor Barón Obregón.

El C. Espinosa Luis: Es que tiene relación con lo que acaba de decir el ciudadano secretario de Industria y Comercio...

El C. presidente, interrumpiendo: Es que también la aclaración que ha pedido el ciudadano Barón Obregón tiene relación con eso... (Risas. Aplausos.)

El C. Espinosa Luis: Son dos palabras...

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Barón Obregón.

El C. Espinosa Luis: Nada más quería decir esto... (Golpes en los pupitres. Desorden. Campanilla.)

El C. presidente: Voy a inscribir a su señoría en el orden que le corresponde.

El C. Barón Obregón: Honorable Asamblea: Hace apenas cincuenta días tuve el honor de pisar

por primera vez en mi vida los umbrales de esta honorable Cámara de Diputados. Previa la protesta de guardar la Constitución de 1917, tuve un sitial al lado de vosotros y con mi conciencia tranquila - porque no soy ningún político -, salido de la masa del pueblo para venir a defender aquí los ideales, las necesidades de mi distrito, he llegado hasta abordar esta tribuna en ocaciones solemnísimas para esta misma Cámara de Diputados, cuando la diputación del Estado de Veracruz inició que esta Cámara debía ya dejar las discusiones que había sostenido en el periodo en que estamos actualmente, discusiones generalmente de orden político y muy especialmente personales de algunos de los muy estimables compañeros, para sostener desde luego un nuevo criterio, el criterio de que esta honorable Asamblea viniera aquí a hacer la labor patriótica, viniera aquí a cumplir con los compromisos que había tenido cada una de vuestras señorías para vuestros comitentes. Interesado vivamente en este asunto, porque precisamente vengo del distrito genuinamente petrolero, del puerto de Tuxpan, no podía yo por ningún motivo dejar pasar desapercibida esta ocacion.

Quiero hacer en primer lugar las siguientes aclaraciones para dejar sentados los conceptos que van a venir a continuación. En primer lugar yo no he pretendido por ningún motivo impugnar nada que se relacione con la administración del ciudadano Adolfo de la Huerta, mucho menos con la del actual presidente; no he querido tampoco hacer las alusiones especialmente encaminadas al ciudadano secretario de Industria y Comercio, señor Zubaran. Hechas estas pequeñas aclaraciones, paso a hacer una relación de algo importante. Dije yo aquí en esta tribuna que se habían dado concesiones inmorales, probablemente desconocidas hasta por el mismo Ejecutivo en aquellas ocasiones. Dije yo también que en lo que se relacionaba directamente con mi distrito, se habían dado concesiones en el lote 173 del Municipio de Tancoco, en el cantón de Tuxpan, Estado de Veracruz. Yo, como diputado por ese distrito, pecaría y sería indigno de mis comitentes si no viniera aquí a expresar la verdad. Sabed de una vez: La nación se gobierna desde aquí. Aquí, aquí está el pueblo, y no porque el ciudadano secretario de Industria y Comercio haga indicaciones a esta Asamblea, la Asamblea debe en estos casos quedar muda. Un diputado, yo, vengo aquí afirmar lo que en la sesión anterior dije:

"José Lorenzo Sepúlveda.

"Fracción C del lote número 173 de Tancoco, Congregación del Bajío, Cantón de Tuxpan, Estado de Veracruz."

Están sujetos a las leyes vigentes expedidas en materia de petróleo, pero nada dicen sobre la reglamentación del artículo 27 constitucional.

"Tiempo para ejecución: No expresa". Por estos dos conceptos solamente podrán ustedes juzgar si es moral o es inmoral esta concesión. "Depósito de garantía". Tampoco expresa. Yo no tengo ningún interés en hacer de esto un asunto político, puesto que no soy político, soy un provinciano que viene aquí a defender los intereses de su distrito, y como en este caso se ha afectado directamente a mi distrito, por eso levanto la voz.

"Manuel González Vélez.

"Fracción G del lote número 173 de Tancoco, Congregación del Bajío, Cantón de Tuxpan, Estado de Veracruz."

En las mismas condiciones que el anterior, ese distrito, no estando sujetos a las leyes vigentes en materia de petróleo; pero nada dice sobre la reglamentación del artículo 27 constitucional. Es el caso preciso, es por lo que yo señalaba a esta honorable Asamblea la conveniencia de dictar desde luego una reglamentación de este artículo , no precisamente para ponerle un veto al ciudadano secretario de Industria y Comercio y el ciudadano presidente de la República, muy al contrario, porque en la misma sesión en que traté este asunto, dije que el ciudadano presidente de la República, habiendo dado una muestra de honradez y patriotismo, había dicho que había puesto un hasta aquí ya a todas esas concesiones.

"Ángel Bátiz.

"Fracción D del lote número 173 de Tancoco."

También afecta directamente a mi distrito, por eso estoy aquí defendiéndolo, porque creo que la misión de cada uno de nosotros es traer aquí la voz de estos comitentes, la voz del pueblo para que aquí, fundida toda, salga la voz de la nación.

"Federico F. Cárdenas.

"Fracción B del lote número 173 de Tancoco, Congregación del Bajío, Cantón de Tuxpan, Estado de Veracruz."

"Miguel R. Cárdenas.

"Fracción F del lote número 173 de Tancoco."

En las mismas condiciones que los anteriores, no estando sujetos a la reglamentación del artículo 27 constitucional. Modelos de concesiones a los que yo me referí, son los que voy a leer a ustedes. Antes,...

"Candor Guajardo y José Antonio Díaz de León.

"En los lotes números 27 y 36 del fraccionamiento del predio denominado Zapotal de Solís, que hoy se conoce por San José de Solís."

Están obligados a cumplir con todas las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas vigentes; pero nada dice sobre la reglamentación del artículo 27.

Nada dice sobre la reglamentación del artículo 27 constitucional. Hablé también de que se habían dado concesiones, y esto lo hice especialmente para interesar a esta honorable Asamblea. Decía yo que se habían dado concesiones que ya no sencillamente abarcan superficies dignas de alguna aprobación de esta honorable Asamblea, sino que ya se hablaba de superficies comprendidas entre paralelos y meridianos. Por eso dije yo que de continuar en este estado de cosas y precisamente habiendo después rectificado en el sentido de que ya el ciudadano presidente de la República y el ciudadano secretario de Industria y Comercio habían determinado no dar nuevas concesiones sobre este asunto; pero como el dictamen de la Comisión trae en uno de sus artículos algo alusivo a las concesiones, declarando que estas concesiones serán respetadas por la reglamentación del artículo 27, por eso indiqué yo a ustedes que no debía la Asamblea permitir por ninguna circunstancia que estas concesiones fueran apoyadas, es decir, que se pusiera, que al reglamentarse esta ley se dijera sencillamente que serían revisables, y al ser revisadas con

el criterio, tanto del ciudadano secretario de Industria y Comercio - que le honra - y del ciudadano presidente de la República, estas concesiones pasarían a la historia. Hechas, pues, estas aclaraciones, no quiero que esta honorable Asamblea quede impresionada de que el diputado por el 4o. distrito electoral de Veracruz ha venido aquí a esta tribuna a mentir; muy al contrario, he tomado esto bastante a pecho y no es más que en defensa de mis comitentes. Creo haber cumplido con mi comisión. (Aplausos. Murmullos.)

El C. secretario de Industria, Comercio y Trabajo: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano secretario de Industria y Comercio.

El C. secretario de Industria, Comercio y Trabajo: Para una sola aclaración, señor presidente. En el DIARIO DE LOS DEBATES a que me he referido y en la sesión en la que tomó la palabra el señor diputado por Tuxpan, por el 4o. distrito electoral de Veracruz, alguien le interrumpió diciéndole que todas las concesiones estaban en suspenso, y dijo: "No todas, la de Tancoco no lo está". La rectificación que hice en la tribuna y la aclaración que quiero hacer, es que ninguna de estas siete concesiones, cuyo defecto he señalado - y convengo con el señor diputado en que no quedaron sujetas a la legislación que se expidiese sobre el petróleo -, es que ninguna de esas concesiones está en explotación; que algunos de los concesionarios se dirigieron a la Secretaría, localizando sus pozos y pidiendo el permiso para perforar, y se les negó porque, en concepto del Ejecutivo, aunque no están sujetas esas concesiones, pueden ser revisables y pueden quedar nulificadas por la legislación posterior que se dé. (Voces: ¡Muy bien!)

El C. presidente: La Presidencia invita atentamente al ciudadano secretario de Hacienda pase a informar a la honorable Asamblea.

El C. De la Huerta, secretario de Hacienda y Crédito Público: Después del inteligente y bien documentado informe del señor licenciado Zubaran, secretario de Industria y Comercio, expresando a ustedes el criterio del Ejecutivo sobre el problema petrolero, creo que bien poco me resta a mí expresar sobre el particular, toda vez que a la Secretaría de Hacienda sólo compete estudiar lo que a impuestos se refiere.

Como los lineamientos generales que señala el dictamen de las comisiones en cuestión de impuestos están enteramente de acuerdo con el criterio del Ejecutivo, creo que, en lo general, no debo referirme a ese dictamen ni a ninguno de los estudios que han presentado, votos particulares, reservándome para cuando se haga el estudio de la articulación de la ley, expresar algunas modificaciones convenientes sobre la tributación con respecto al petróleo. El señor diputado Luis Espinosa tocó algún punto asaz delicado, que pudiera tener algunos inconvenientes tratarlo con toda llaneza, con toda franqueza ante ustedes, y me veo obligado solamente a comunicar a esta honorable Asamblea lo siguiente: Para el Gobierno de México, para el Ejecutivo federal, no hay compromiso ni obligación con ninguna nación en particular; ha llevado su política de tal manera, que sorteando mil dificultantes, ha podido tratar a todas las naciones con iguales consideraciones, sin privilegios ni concesiones especiales para ningún gobierno extranjero. Antes de venir aquí, a esta honorable Cámara, alguien me informó que había vehementísimos deseos de conocer los arreglos que la Secretaría de Hacienda había llevado a cabo con los presidentes de las principales compañías petroleras. Atendiendo a este deseo y para que estén en completa libertad al estudiar la reglamentación del artículo 27, debo expresarles que no hay ninguna pugna, ningún entorpecimiento para el arreglo con los petroleros en ninguno de los proyectos que se han presentado a la consideración de esta honorable Cámara. Pueden, con entera libertad, tratar en detalle sobre la Ley del Petróleo, sin preocuparse en lo más mínimo en los arreglos llevados a cabo con los presidentes de las compañías, que no expresan, porque tienen una base económica que sería altamente perjudicial externar, muchos de los puntos que abarcan, toda vez que se prestaría para especulaciones posiblemente perjudiciales para la nación. (Voces: ¡Muy bien! Murmullos.) Pero vuelvo a repetir: No vulneran ninguno de los principios revolucionarios esos arreglos. Procuré que la Secretaría de Hacienda, tanto en sus pláticas como en sus arreglos, si no definitivos, cuando menos en proyecto, para ratificarse el 25 de diciembre, no se separará de su jurisdicción y no abordará otro problema del que a impuestos se refiera. Solamente, como lo he publicado en varias ocasiones por medio de la prensa, se afecta la reglamentación y forma de pago del decreto de 7 de junio, sobre exportación. Sobre ese decreto se basan todos los arreglos con los presidentes de las compañías petroleras; no se afecta absolutamente ningún principio fundamental ni se ha salido la Secretaría de Hacienda de sus funciones, de sus facultades, de su jurisdicción, en general.

Creo de mi deber tocar también algunos de los puntos señalados por el señor diputado Barón Obregón. Cuando accidentalmente, por el voto del Poder Legislativo de aquella fecha, me encargué del Ejecutivo de la nación, el pueblo mexicano encontraba inexplicable en los primeros días la rapidez del movimiento, la pujanza de él y que no presentáramos la forma de cómo se había financiado ese movimiento. La primera impresión de un buen número de ciudadanos fue de que posiblemente habíamos recibido ayuda extranjera. Este punto, esta interpretación, esta suposición me afectó hondamente a mí, a mi llegada a la capital, y procuré demostrar por mil caminos la pureza de ese movimiento y la desconexión completa que teníamos con el exterior; procuré que la política nacionalista que se había venido siguiendo, continuara con la misma intensidad, y precisamente en el Departamento de Industria y Comercio procuré que continuaran colocados los elementos que con tanto tesón, honradez y patriotismo habían estado sosteniendo los principios nacionalistas de nuestra legislación. Ahí estuvieron los señores Vásquez Schiaffino, el señor licenciado De la Peña y el señor Santaella, personas todas demasiado conocidas para todo el pueblo mexicano por su actitud apegada al más puro patriotismo. Y por cuestión política, por aspecto político, por conciliación política, invitados algunos elementos a formar parte del gabinete

representando varias tendencias, conseguí del señor general Treviño que viniera a ocupar la cartera de Industria y Comercio. Recordarán perfectamente bien los componentes de esta honorable Asamblea, que publiqué y declaré en varias ocasiones que dejaría a los secretarios del Gabinete una libertad completa y absoluta, para hacer un ensayo a fin de observar qué podía conseguirse de esa ampliación en las facultades de los ministros. Fueron los componentes de ese Ministerio los que estudiaron y consideraron los permisos para exploraciones que se llevaron a efecto durante el interinato. Era completamente imposible que el Ejecutivo pudiera estar pendiente de cada una de esas concesiones, de los detalles de ellas, y sí dictó lineamientos generales dentro de los cuales se dio la mayor parte de esas concesiones. El señor licenciado Zubaran ha expresado que la mayor parte de las concesiones, casi todas, tenían la aclaración de que eran permisos provisionales sujetos en todo a la reglamentación que el Congreso diera al artículo 27. Citó el caso el licenciado Zubaran de que sobre ese acuerdo el jefe de un departamento, del Departamento del Petróleo, a posteriori, después de haber recogido la aprobación de la Presidencia, puso una aclaración extendiendo esos permisos de exploración. Decía que procuré yo seguir la política nacionalista intensificándola, porque era necesario demostrar que no habían sido los petroleros los que estaban detrás del movimiento que se había iniciado en Sonora, más bien: Que se había iniciado en México, provocando el movimiento de legítima defensa del Estado de Sonora, y por ese motivo procuré que el Departamento de Industria y Trabajo activara su labor, dándole instrucciones al encargado en aquella época para que activara todos sus trabajos, a fin de que no se creyera que por imposición del exterior, deteníamos los permisos que tanto escozor causaban allende el Bravo. En pocas semanas, al concederse esas concesiones, se recibieron un sinnúmero de notas diplomáticas, no pueden llamarse notas diplomáticas, atentas comunicaciones por conducto del representante del país vecino en México, protestando por los permisos que el Gobierno mexicano otorgaba a ciertos concesionarios mexicanos, facultados, es decir, con posibilidades o no, para llevar a cabo esas concesiones, pero mexicanos al fin. Indudablemente que no procedía que atendiera a esas indicaciones, limitando nuestros derechos y limitando nuestra soberanía y nuestra autonomía nacional. Continuaron las cosas dentro de esa política nacionalista con todas las irregularidades a que dan lugar las infidelidades de los empleados, hasta que cuando entró la nueva administración en el país vecino, se detuvieron ya esas protestas y vinieron nuevos arreglos que felizmente hoy nos ponen en condiciones de tratar con todas las empresas americanas e inglesas en la mejor armonía, sin que haya peligro de nuevas fricciones internacionales, y al llevarse a cabo los arreglos que se han iniciado con los presidentes de las compañías, habrán desaparecido todos los peligros para nuestra nacionalidad y podremos ya contar con bases firmes para el desarrollo de nuestra patria. (Aplausos.)

El C. presidente: Por un deber de cortesía, la Presidencia da las gracias al ciudadano secretario de Industria y Comercio y al ciudadano secretario de Hacienda que han venido a informar, en cumplimiento del artículo 93 constitucional.

El C. Siurob: Mis interpelaciones al señor secretario de Hacienda son las siguientes. (Voces: ¡Tribuna! ¡Tribuna!) Mis interpelaciones al ciudadano secretario de Hacienda son las siguientes, y que estimo sí tienen muy grande conexión con el debate a propósito del petróleo. Primera: ¿Cuáles impuestos han sido tachados de confiscatorios y cuáles se relacionan con las diferentes interpretaciones que pueden darse al artículo 28 constitucional? Este es un punto en que sí corresponde directamente a la Secretaría de Hacienda rendir el informe respectivo. Creo que es muy digno de tenerse en cuenta por la Cámara al reglamentar el artículo 27, sobre la explotación del petróleo, y el señor De la Huerta, estoy seguro, será el primero que tenga interés en informar a la honorable Asamblea sobre este particular. Segundo punto: Si es o no verdad que la explotación del petróleo ya no es costeable, como afirman algunos periódicos de allende el Bravo, y que vaya a suspenderse en grande escala esta explotación dentro de un tiempo más o menos largo. Esta pregunta se refiere al hecho de haberse estado aseverando desde hace algún tiempo en los periódicos de Estados Unidos que muy pronto van a suspenderse las explotaciones petroleras en México, debido a que está saturado el mercado y que en virtud de esta alza de impuestos ya no es costeable la exportación; y a miles de otras noticias que no pueden ser en realidad más que jugadas de bolsa, pero que en todo caso nosotros debemos conocerlas para saber a qué atenernos, porque tienen inmediata y directa conexión con la reglamentación del artículo 27 constitucional. Añadiría una tercera pregunta: La de ser informado respecto del criterio general del Ejecutivo a propósito de los impuestos en materia de petróleo. (Voces: Ya lo dijo!) Suplico al señor secretario de Hacienda, que por creer que estos asuntos tienen una conexión más o menos directa con la ley que está a debate, se digne informarnos sobre el particular, anticipándole desde ahora mis agradecimientos por sus informes.

El C. Moreno Jesús Z.: Pido la palabra para una moción de orden, señor presidente.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Moreno Jesús Z.: No es mi espíritu en estos momentos, señores diputados, intervenir en las preguntas que acaba de hacer el ciudadano Siurob. El ciudadano secretario de Hacienda y Crédito Público las contestará cuando crea conveniente. Mi moción de orden consiste en manifestar a ustedes, que por espíritu de método y de orden en la discusión de esta ley de tan enorme trascendencia evitemos toda discusión, toda interpelación perfectamente inútil y que no tenga relación con la misma ley. La interpelación del ciudadano Siurob no la encuentro compaginada en ninguno de los postulados de esta ley; en consecuencia, me parece perfectamente fuera de lugar.

Presidencia del

C. ZINCÚNEGUI TERCERO

LEOPOLDO

El C. Borrego: Moción de orden.

El C. presidente: Tiene la palabra para una moción de orden el ciudadano Borrego.

El C. Borrego: Es verdaderamente extraño que en los momentos actuales en que pretendemos conocer la verdad - si no toda, cuando menos en parte - sobre asunto de tanta y tan vital importancia, se quieran poner cortapisas, como lo hace el ciudadano Moreno, a las interpelaciones del señor doctor Siurob. Yo entiendo, señores compañeros, que los secretarios de Estado y del Despacho tienen la obligación de venir a informar a la Cámara sobre todos los asuntos que tengan conexión con el debate ; más aún, aun dentro de este seco e inflexible régimen presidencial en el cual vivimos, dentro de este régimen presidencial y dentro de este estrechísimo Reglamento que rigen nuestros debates, los secretarios de Estado tienen la obligación de venir a externar la opinión del Ejecutivo, pero no sólo a externarla, sino a apoyar los fundamentos de ella. El señor doctor Siurob solicita que el ciudadano secretario de Hacienda nos dé la opinión del Ejecutivo sobre el sistema tributario y tiene perfecta razón; esa misma interpelación la iba a hacer yo. Ya el ciudadano secretario de Hacienda y Comercio nos dijo el alcance que debería tener el principio de la nacionalización del petróleo; nos dio datos importantísimos sobre la técnica de la reglamentación, ¿por qué ahora no podemos pedirle al señor secretario de Hacienda tenga la fineza de decirnos su criterio sobre el sistema tributario que establece la Comisión? Y hay un hecho, señores, que justifica perfectamente la insistencia sobre este punto: El presidente de las comisiones, licenciado Aquilino Rama, me decía ayer en los momentos en que hacía la moción pidiendo que fueran llamados los señores secretarios de Industria y Comercio, y de Hacienda: "Hay una divergencia entre el criterio de la Secretaría de Hacienda y el criterio de esta Comisión". Natural es que oigamos la autorizada voz del ciudadano secretario de Hacienda respecto a cuáles son las guías que tiene el Ejecutivo sobre el sistema de impuestos que encierra este dictamen. Yo suplicaría al señor secretario de Hacienda se sirviera tener la deferencia de contestar esta interpelación.

El C. Siurob: Pido la palabra, señor presidente.

El C. presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Siurob: Con objeto de contestar la objeción hecha por el ciudadano Moreno. (Voces: ¡Ya! ¡Ya!)

El C. presidente: Suplico al ciudadano diputado Siurob se reserve a contestar las alusiones personales más tarde.

El C. Siurob: Teniendo la satisfacción de que toda la Asamblea me ha dado la razón...

El C. presidente, interrumpiendo: No tiene usted la palabra. La presidencia ruega, de la manera más atenta y cordial al ciudadano Siurob, se sirva reservar sus opiniones personales, es decir, hacer uso de la palabra para alusiones personales una vez que haya terminado este debate.

El C. Siurob: Me permito recordar a su señoría, con el debido respeto (Siseos.) y en debida moción de orden, que tengo derecho a pedir el uso de la palabra precisamente cuando no haya ningún orador inscripto, para sostener una interpelación que he hecho al señor secretario de Hacienda y que ha sido combatida por otro ciudadano diputado; pero como veo que la Asamblea me ha dado la razón y estima que son pertinentes las preguntas que he hecho al ciudadano secretario de Hacienda y estoy dispuesto a demostrar que son absolutamente pertinentes, supuesto que dentro de la propia ley se habla diversas veces de impuestos, como puede verse en los artículos 11 y 12, por eso renuncio a fundar mi interpelación al secretario de Hacienda, y espero que el mismo señor secretario se digne contestarnos sobre el particular.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano secretario de Hacienda.

El C. secretario de Hacienda y Crédito Público: Expresé, tal vez en forma borrosa - y pido escusas por ello -, extralimitándome también, que el criterio de la Secretaría de Hacienda tenía muchas analogías con el de la Comisión que dictaminó. El ciudadano diputado Borrego debe recordar esta aclaración que hice al iniciar mi peroración anteriormente. En cuanto a las aclaraciones que solicita el ciudadano diputado Siurob, debo aclararle que casi todos los impuestos que el Gobierno mexicano ha decretado han sido considerados como confiscatorios en diferentes épocas. En 1918 con el decreto de 31 de julio se hicieron representaciones muy serias porque el impuesto de regalías era considerado como confiscatorio. Desde aquella fecha adeudan las compañías petroleras las cantidades fijadas en esos decretos de 1918; no pagaron en la época del señor Carranza, no pagaron tampoco durante el interinato y no han pagado hasta la fecha ese impuesto. Suman fuertes cantidades de dinero esos impuestos y no le fue posible a un Gobierno débil hacer respetar sus leyes.

Posteriormente, considerando que nuestro petróleo se depreciaba y que no tenía la nación los rendimientos a que tenía derecho, se decretó el impuesto arancelario de 7 de junio, impuesto fijo, no ad valorem, como el anterior, y cuando trató de llevarse a cabo, las compañías petroleras en el mes de julio suspendieron sus trabajos y dejaron al Gobierno sin los ingresos que correspondían no solamente a ese decreto, sino al anterior de 24 de mayo sobre producción. Fue una situación verdaderamente difícil. Felizmente fueron reconocidos los derechos que el Gobierno tenía para decretar esos impuestos, y, acatándolos, se presentaron los petroleros en México, estableciendo un precedente que mucho dignifica a nuestra República, a tratar ya dentro de nuestras leyes la rebaja de esos impuestos. Aunque al principio sus pláticas iban encaminadas por otros derroteros distintos del terreno hacendario, fue necesaria una lucha titánica para convencerlos de que debían prescindir de la discusión del artículo 27, de exigir ciertas reglamentaciones aquí mismo desde luego, y se concretaron, como expresé antes, a discutir el decreto de 7 de junio, que se refiere a derechos de exportación. En aquella época - hace mes y medio - el precio del petróleo era seguramente bajo.

En realidad los impuestos, tanto de producción como de exportación, dejaban poco margen; pero actualmente los que se han fijado, con el decreto de producción que acepta en su dictamen la Comisión y con los derechos de exportación, puede realizarse, puede competir nuestro petróleo en los mercados extranjeros con ventaja. Así es que dentro de ese margen puede la Comisión, tomando en cuenta las cotizaciones actuales, decretar todos los impuestos que crea conveniente, sin salirse, por supuesto, de ese margen. Si, como es muy posible, mejora el precio del petróleo, entonces podrán elevarse algo esos impuestos, pero creo yo conveniente que esta honorable Asamblea conceda alguna facultad al Ejecutivo para que vaya calculando mes por mes, porque así son las variaciones del petróleo, cuál es el impuesto que resiste nuestro producto al competir con el extranjero en el mercado. (Aplausos.)

El C. presidente, a las 7.50 p. m.: Se levanta la sesión pública y se pasa a sesión secreta.