Legislatura XXIX - Año II - Período Ordinario - Fecha 19211118 - Número de Diario 46

(L29A2P1oN046F19211118.xml)Núm. Diario:46

ENCABEZADO

MÉXICO, VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 1921

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO II PERIODO ORDINARIO XXIX LEGISLATURA TOMO II, - NÚMERO 46

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 18

DE NOVIEMBRE DE 1921

SUMARIO

1.- Se abre la sesión, Lectura y aprobación del acta de la anterior. Se concede licencia al C. diputado Sánchez Anaya.

2.- Continúa a discusión, en lo particular, el proyecto de Ley de Ingresos. Se permite a la Comisión retirar el inciso (B) de la fracción XIV, del artículo 1o. A votación la fracción XIII del mismo artículo, en la parte relativa a la reforma de la fracción 58 del artículo 14 de la ley de 1o. de junio de 1906; es aprobada.

3.- Se reservan para su votación los incisos del (d) al (i) de la fracción XIV y la fracción XVII del artículo 1o. Es retirada por la Comisión la fracción XVI.

4.- Se aprueba una proposición del C. diputado Gandarilla, para que se aplace la discusión de las fracciones XX y XXI del citado artículo, para el lunes próximo. A discusión el artículo 2o., se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. GUTIÉRREZ TEODOMIRO T.

(Asistencia de 127 ciudadanos diputados.)

- El C. presidente, a las 12:02 p. m.: Se abre la sesión.

- El C. secretario Pérez Gasga, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día 17 de noviembre de mil novecientos veintiuno.

"Presidencia del C. Teodomiro T. Gutiérrez.

"En presencia de ciento veintisiete miembros de esta Cámara, según declaración del C. secretario Aillaud, se abrió la sesión, a las once horas y cuarenta y cinco minutos de la mañana del jueves diez y siete de noviembre de mil novecientos veintiuno, en la ciudad de México.

"El mismo ciudadano secretario leyó el acta de la sesión efectuada el miércoles último, la cual, sin discusión, fue aprobada en votación económica.

"Previa moción de orden del C. Alessio Robles, se dio a conocer la lista de representantes que dejaron de concurrir a la sesión de ayer, según acuerdo tomado con anterioridad por la Asamblea.

"Reanudado el debate sobre el proyecto de Ley de Ingresos para el año económico venidero, el C. Casas Alatriste usó de la palabra para una moción de orden, así como el C. Trejo; la Presidencia hizo una aclaración, y la mayoría de representantes se inclinó contrariamente al deseo de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, manifestado por el C. Trejo, en el sentido de que se le permitiera retirar la parte de la fracción XIII del artículo 1o. puesta a consideración de la Cámara, y que se refiere al artículo 276 de la ley de 1o de junio de 1906.

"Después de una aclaración de la Mesa a que dio lugar una moción del C. González y González, el C. Casas Alatriste habló en contra de la citada parte de la fracción XIII del proyecto de ley y pidió un informe que proporcionó el C. Trejo. Este hizo una aclaración; el C. Arce impugnó el punto a debate y el C. Trejo abordó la tribuna para refutar las objeciones hechas por los CC. Casas Alatriste y Arce.

"Hecha la declaración de que el asunto estaba suficientemente discutido, la Mesa contestó una interpelación del C. Manjarrez y declaró, por conducto del C. secretario Salazar, que se reservaban para su votación la parte de la fracción XIII relacionada con las loterías y rifas, que quedó pendiente en la sesión anterior, y la que cita el artículo 276 de la ley de 1o. de junio de 1906.

"El C. Casas Alatriste habló en contra del inciso (a) de la fracción XIV, y el C. Trejo lo defendió y respondió a preguntas de los CC. Gandarilla y Valadez Ramírez. El C. Manrique objetó el inciso a discusión, que fue retirado por la Comisión dictaminadora con asentimiento de la Asamblea, así que el C. De la Vega atendió una interrogación del C. Manrique.

"Una vez a deliberación de los representantes el inciso (b) de la misma fracción XVI del artículo 1o. del proyecto de Ley de Ingresos, el C. Aillaud habló en contra y en pro lo hizo el C. Trejo, quien contestó dos preguntas del C. Huerta. El C. Zubaran se produjo en contra e interpeló a la Comisión de Presupuestos y Cuenta. El C. Manrique apoyó el inciso de que se trata, y a la una y cincuenta y cinco minutos de la tarde se suspendió la sesión para reanudarla a las cinco y veinte, con asistencia de ciento veintisiete ciudadanos diputados, y bajo la

"Presidencia del C. Francisco López Soto.

"Después de una moción de orden del C. Alessio Robles, en la que pidió que los asuntos de particulares que estuvieran en cartera se aplazaran para el próximo miércoles, la Secretaría paso a dar cuenta con los siguientes documentos:

"Oficio de la Secretaría de Relaciones Exteriores, al que acompaña una solicitud del C. Rodolfo Nervo, relativa a que se le conceda el permiso constitucional correspondiente para aceptar una condecoración del Gobierno de Francia.- Recibo y a la 1a. Comisión de Peticiones.

"Oficio en que la Legislatura de Durango comunica que ha aprobado, en los mismos términos en que lo hiciera el Congreso de la Unión, las reformas a los artículos constitucionales 67, 69, 72, 79, 84 y 89.- Recibo y a la Comisión que tiene antecedentes.

"Escrito en que el C. diputado Berumen participa que se encuentra impedido de asistir a las sesiones por continuar enfermo, y hace algunas aclaraciones relacionadas con el proceso que se instruye al extesorero del Congreso Eduardo S. Díaz.- De enterado.

"Proyecto de reforma al artículo 31 constitucional, en la parte relativa a las obligaciones de los mexicanos, que presenta el C. diputado Vizcarra, apoyado por los representantes Enrique M. Barragán, Salazar, Manrique, Cienfuegos y Camus, Teodomiro T. Gutiérrez y Manjarrez.- A la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales, e imprímase.

"Iniciativa para que en el Presupuesto de Egresos figure una partida de veinte mil pesos, destinada a la construcción de una carretera entre Maravatío. Tlalpujahua y Ziritzícuaro, Estado de Michoacán, subscripta por el C. José Sánchez Anaya, a quien apoya la mayoría de la diputación del referido Estado.- A la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"Iniciativa análoga del C. Aurelio P. Márquez, apoyado por catorce diputados más. Se piden setenta y cinco mil pesos para la construcción de un camino carretero entre Acayucan, Veracruz, y la estación de Ojapa, del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec.- A la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"Memorial en que la señora Rosa C. viuda de Gurrión solicita que la pensión que en unión de sus menores hijos disfruta, le sea aumentada. Hace suya esta solicitud la diputación del Estado de Oaxaca.- A la 1a. Comisión de Hacienda.

"Solicitud del C. diputado Reynoso Díaz, apoyado por numerosos representantes más, relativa a que se inicie desde luego la discusión del proyecto de decreto que trata de pensionar a las viuda y huérfanos de los revolucionarios zapatistas.- A la 2a. Comisión de Guerra que tiene antecedentes, excitándola para que presente el dictamen relativo, a la mayor brevedad posible.

"A discusión en lo particular el dictamen de la mayoría de las comisiones 1a y 2a. del Petróleo, que consulta un proyecto de ley orgánica del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo, se sometió a consideración de la Asamblea el artículo 1o.

"Este precepto, después de que lo impugnó el C. Zapata y lo defendió, a nombre de las comisiones, el C. Ollivier, se estimó suficientemente discutido y se declaró con lugar a votar. Los CC. Mijares y Chapa sugirieron que el artículo se reservara para su votación y así se hizo una vez que el C. Zapata manifestó que retiraba sus objeciones.

"Se puso a debate el artículo 2o. El C. Zapata renunció al uso de la palabra en contra; el C. Pichardo, inscripto en el mismo sentido, sugirió modificaciones, una de las cuales fue aceptada por las comisiones, quedando el artículo así redactado:

"Artículo 2o. El dominio directo de la nación sobre las substancias enumeradas en el artículo anterior, es imprescriptible e inalienable. En consecuencia, los particulares o las sociedades civiles o comerciales constituídas conforme a las leyes mexicanas, gozarán del derecho de explotar esas substancias con las limitaciones que impongan el interés público y la presente ley."

"Así reformado, se reservó para su votación.

"La Secretaría declaró que estaba a discusión el artículo 3o. Hablaron en contra los CC. Serrano Hermosillo y Barón Obregón; éste interpeló al C. Olliver y fue interrumpido por aclaraciones del C. Chapa. Sostuvo el artículo, a nombre de las comisiones, el citado C. Ollivier. Los CC. Jesús Z. Moreno y Francisco Castillo, inscriptos en pro, renunciaron al uso de la palabra. El C. Barón Obregón, con motivo de que el C. Chapa lo invitó a retirar sus objeciones, hizo una aclaración. El C. Luis Espinosa habló en pro, agregando que se reservaba el derecho de presentar una adición al final del debate. El propio C. Espinosa contestó una pregunta del C. Barón Obregón, y en seguida el C. Rama, por las comisiones y con permiso de la Cámara, cambió la redacción del artículo, dejándolo en estos términos:

"La explotación de las substancias enumeradas en el artículo 1o., se hará mediante concesiones que serán otorgadas en cada caso, previo el denuncio respectivo."

"La Asamblea estuvo conforme con esta modificación, y el artículo se reservó para votarlo después.

"Fue puesto a debate el artículo 4o. El C. Israel del Castillo habló en contra, interrumpiéndole el C. Rama para proponer una reforma y contestando una interpelación del C. Olliver, quien, a su vez, respondió a una pregunta del C. Jesús Z. Moreno. El C. Chapa propuso una modificación y el C. Israel del Castillo fue de parecer que la Cámara aprobara el artículo 25 del voto particular subscripto por él, y equivalente al artículo que se discutía. La Asamblea, después de aclaraciones del C. Olliver, permitió que las comisiones retiraran el precepto y lo reformaran, de acuerdo con una modificación sugerida por el C. Manrique. En contra hablaron los CC. Luis Espinosa y Zapata, el primero dos veces; el C. Zapata, durante su discurso, contestó una interpelación del C. Rama. Hizo aclaraciones el C. Mijares y durante el debate sostuvo el artículo el C. Olliver, quien contestó una interpelación del C. Israel del Castillo.

"Agotada la discusión y declarado con lugar a votar el artículo 4o., los CC. Luis Espinosa y Zapata retiraron sus objeciones con la idea de que se reservara para su votación el precepto de que se trata; pero en virtud de una moción de orden del C. Manrique, se recogió la votación nominal

correspondiente y ésta produjo ciento tres votos de la afirmativa y nueve de la negativa.

"En vista de la falta de quórum, se levantó la sesión, siendo las siete y cincuenta y cinco de la noche."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada el acta.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Honorable Asamblea:

"Con dispensa de todo trámite me permito solicitar de vuestra soberanía una licencia hasta por quince días, con goce de dietas, a fin de que pueda trasladarme al distrito electoral que me confío su representación, con objeto de tratar asuntos de interés para el mismo.

"México, a 17 de noviembre de 1921.- José Sánchez Anaya."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites a la solicitud de licencia. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensan los trámites. A discusión. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Concedida.

- El mismo C. secretario: Continúa a discusión el inciso (b) de la fracción XIV del artículo 1o., que dice:

"Impuesto especial sobre ventas de primera mano, de licores, alcoholes, tequilas, mezcal, pulque y tlachique, vinos y cervezas de producción nacional, y sobre productos similares procedentes del extranjero, con arreglo a la ley de 6 de enero de 1919 y demás disposiciones posteriores; en la inteligencia de que se reforman los artículo 2o. y 10 del decreto citado, en los siguientes términos:

"Artículo 2o. El impuesto se causará con arreglo a las cuotas siguientes:

"I. En las ventas de licores, alcoholes, aguardientes, tequila, mezcal y demás bebidas alcohólicas de producción nacional, obtenidas por destilación, 60 por ciento;

"II. En las ventas de vino de producción nacional, 35 por ciento;

"III. En las ventas de las bebidas llamadas pulque y tlachique, y sus similares, 50 por ciento;

"IV. En las ventas de cervezas de producción nacional, 20 por ciento;

"V Quedan sujetas al impuesto que fija el inciso (i) las ventas de primera mano de preparaciones obtenidas por adición de cualquiera substancia sólida o líquida, a cualquier alcohol (aguardiente, mezcal, tequila u otra semejante), o la de productos resultantes de mezclar dos o más alcoholes para obtener un tercer alcohol o un licor;

"VI. Los productos similares extranjeros pagarán, al ser introducidos al país, el ciento por ciento sobre los derechos de importación, sin incluir el adicional en infalsificable;

"VII. El impuesto que fijan los primeros cinco incisos precedentes, será pagado por los compradores de primera mano. El que fija el inciso VI será pagado por los importadores con arreglo al reglamento de esta ley;

"VIII. La Secretaría de Hacienda fijará periódicamente los precios mínimos a que deban facturarse, en ventas de primera mano, los productos gravados por las fracciones precedentes."

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Manrique para hacer una interpelación.

El C. Manrique: Señores diputados: En la discusión de ayer el señor diputado don Juan Zubaran, aunque más tarde afirmase que no era su actitud opuesta al sobregravamen de las bebidas alcohólicas, comenzó por hacer una apología, principalmente del pulque, insistiendo en catalogarlo como alimento de nuestras clases pobres, de nuestras clases populares. Esto fue lo que motivó nuestra actitud en la sesión de ayer en defensa del artículo a discusión en defensa del impuesto sobre bebidas alcohólicas. Sin embargo, en el discurso de don Juan Zubaran y en las palabras del compañero Aillaud hay algunas objeciones serias, no al sobregravamen de las bebidas alcohólicas, sino a los procedimientos seguidos para hacer efectivos los impuestos sobre estas bebidas alcohólicas. En consecuencia, y como posteriormente y en lo privado yo comprendo la posibilidad de un acuerdo entre los defensores y los impugnadores de estos preceptos, mi actitud espiritual es esta: si convenimos realmente, si estamos de acuerdo en la finalidad que aquí se persigue sobre el gravamen a las bebidas alcohólicas y sólo diferimos en el camino para conseguir esta finalidad, es más fácil llegar a un acuerdo. En estas condiciones, yo me permito pedir atentamente a la Comisión, y este es el objeto de mi interpelación, se sirva decirme si creo oportuno retirar este precepto para estudiarlo mejor, con objeto de ahorrar así que la discusión prosiga entorpeciendo nuestros estudios. Si la Comisión está de acuerdo en retirarlo, entonces en una junta del número de diputados que deseen asistir con la Comisión, podrían los compañeros que objetan, no el sobregravamen, sino los procedimientos seguidos para hacer efectivo el impuesto, proponer la substitución del actual sistema de impuestos ad valorem por otro sistema menos expuesto a los fraudes al Fisco; entonces nosotros, los defensores del artículo no tendremos inconveniente en aceptar estas objeciones. Las objeciones de los ciudadanos Aillaud y Zubaran son principalmente en el fondo objeciones a la fracción VIII, que faculta a la Secretaría de Hacienda para fijar precios mínimos a que deban facturarse en ventas de primera mano los productos gravados por las fracciones precedentes. Esto permitiría que en la propia Secretaría de Hacienda o en las oficinas dependientes de ella hubiese coyotaje, fraude y cohecho. Evitar esto es una tendencia loable, a la que no podemos oponernos. Pido, pues, atentamente a la Comisión, se sirva decirme si estaría dispuesta a retirar su artículo, Antes deseo contestar la interpelación del ciudadano García Rojas.

El C. García Rojas: El mezcal gravado con el 60 por ciento nunca puede ser costeable trabajarlo; sin embargo, si lo trabajan los hacendados, es

porque defraudan al Fisco. Quisiera que se estudiara este punto y que se aplicara el 20 ó 50 por ciento, lo cual produciría más a la Federación que el sesenta por ciento.

El C. Manrique: El compañero García Rojas es de los que se oponen al sobregravamen a estas bebidas; él representa aquí a uno de los distritos del Estado de Zacatecas, a un distrito alcoholero, y objeta que este impuesto del 60 por ciento al mezcal convierte la explotación del mezcal en no costeable e induce indirectamente al fraude. No es el momento de contestar a las objeciones del ciudadano García Rojas, que son impugnaciones al sobregravamen a esta bebida. De manera que creo haber expuesto ayer suficientemente mi manera de sentir sobre el particular. De todas maneras, si la discusión se ampliase, contestaría más seria y detenidamente; pero creo oportuno insistir en mi interpelación a la Comisión.

El C. presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Trejo Francisco, de la Comisión: La Comisión invitó a todos y cada uno de los diputados a fin de que se sirvieran cambiar impresiones con ella para orientar el criterio definitivo que debiera presidir la formación del proyecto, en vista de que son numerosas y disímbolas las ideas que se pretende sostener, pues numerosos diputados se han acercado a la Comisión a exponerle puntos de objeción de mero detalle, y en atención a que si en la tribuna van a sostenerse todos y cada uno de esos puntos particulares de vista, se perdería el tiempo y no avanzaríamos en la discusión de proyecto de ley, la Comisión cree - si así lo aceptan los impugnadores de estas disposiciones relacionadas con las bebidas alcohólicas, que todos los años han sido objeto de grandes discusiones - que sería conveniente que mañana a las diez de la mañana se reúnan en los salones de la Comisión para cambiar impresiones hasta llegar a un acuerdo con la mayoría de los opositores, a fin de que ya al ponerse de nuevo a discusión este asunto en el seno de esta Asamblea, se abrevie el tiempo y baste una ligera discusión solamente con aquellos con quienes no haya sido posible llegar a un acuerdo. Si están de acuerdo, la Comisión pide permiso para retirar el artículo y cita a los opositores para mañana a las diez de la mañana a fin de que, a ser posible, mañana mismo se presente reformado el texto de acuerdo con las tendencias de los opositores, si esto fuere factible.

El C. secretario Pérez Gasga: Habiendo solicitado permiso la Comisión para retirar el inciso (b) de la fracción XIV del artículo 1o., en votación económica se pregunta si se concede ese permiso. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Sí se concede. Se va a proceder a recoger la votación nominal de la fracción XIII, del mismo artículo, en la parte relativa a las reformas de la fracción 58 del artículo 14 de la ley de 1o. de junio de 1906, en lo referente a loterías y rifas. Se suplica a los ciudadanos prosecretarios se sirvan auxiliar a la Secretaría.

El C. secretario Salazar: Por la afirmativa.

El C. secretario Pérez Gasga: Por la negativa (Se recoge la votación.)

El C. secretario Salazar: Votaron por la afirmativa 125 ciudadanos diputados.

El C. secretario Pérez Gasga: Votaron por la negativa 2 ciudadanos diputados. En consecuencia, ha sido aprobada la fracción.

El C. secretario Salazar: Está a discusión el inciso (d) de la fracción XIV del artículo 1o., que dice:

"Impuesto especial sobre terrenos petrolíferos y contratos petroleros, conforme a los decretos de 31 de julio y 8 y 12 de agosto de 1918, y a las demás disposiciones relativas."

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Manero.

El C. Manero: Señores diputados: Hay tres fracciones en la presente Ley de Ingresos que se refieren a los impuestos sobre el petróleo: la fracción III del artículo 1o., la fracción que está a debate, y el artículo 4o. transitorio. Las había yo apartado para hacer la discusión sobre el impuesto petrolero al discutirse esta ley; pero estando a discusión también la Ley del Petróleo, entiendo que vamos a duplicar esta discusión inútilmente. Así es que retiro las objeciones que pudiera hacer a estas fracciones e invito también a los compañeros que estaban inscriptos en el mismo sentido, a que obren de la misma manera, de tal modo que pueda ser votada a la mayor brevedad posible esta ley para que alcance el tiempo y vaya al Senado. Hago sólo una excepción del artículo 4o. transitorio por conceder en cierto modo facultades extraordinarias para legislar en impuestos petroleros. Así es que estas dos fracciones, la que está a discusión y la III del artículo 1o., no las objetaré, como había pensado, y reitero mi invitación a los compañeros, por las razones antes dichas.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano diputado Manjarrez. (Voces: ¡No está!) No estando presente el ciudadano Manjarrez, sigue en contra el ciudadano diputado Arce. (Voces: ¡No está!) No encontrándose tampoco presente el ciudadano Arce, se considera como no objetada la fracción.

El C. Gandarilla: Y se reserva para su votación.

El C. secretario Salazar: Continúa a discusión la fracción (e); pero como esta fracción, de conformidad con el proyecto de ley que presentó el ciudadano Espinosa y Elenes, fue modificada ya en sus términos, entiendo que la Comisión separará esta fracción para hacer las modificaciones del caso.

El C. Trejo Francisco: La Comisión no tiene que separar esa fracción, ni es necesario, porque la reforma que se hizo a propuesta del ciudadano diputado Espinosa y Elenes, modificó uno de los decretos que precisamente sirven de base para el cobro del impuesto. Hecha la modificación, basta la cita de ese decreto que, ya modificado, servirá de base para el cobro del impuesto relativo.

El C. secretario Salazar: Entonces está a discusión el inciso (e), que dice así:

"Impuesto especial sobre la propiedad minera, conforme al decreto de 27 de junio de 1919 y a las demás disposiciones vigentes."

¿No hay quien haga uso de la palabra? Se reserva para su votación.

"Inciso (f) Impuesto especial de patente de invención, marcas, y de los otros conceptos de gravamen especificados en las leyes de 25 de agosto de 1903, conforme a las mismas leyes y a las demás disposiciones relativas."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Inciso (g) Impuesto especial sobre uso y aprovechamiento de aguas públicas, sujetas al dominio de la Federación, que se causará con arreglo al decreto de 6 de julio de 1917 y a las demás disposiciones vigentes."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso...

El C. Gandarilla: Pido la palabra. Suplico atentamente a la Secretaría tenga la bondad de informarnos en cada caso quién aparta las fracciones que se ponen a discusión, porque si no, en tal caso...

El C. presidente: La Presidencia informa a su señoría que hay una lista de oradores que han hecho la separación respectiva; pero que como al ponerse a discusión no están presentes, por eso se reservan para su votación.

El C. secretario Salazar: No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"h) Impuesto especial sobre pago o cancelación de créditos hipotecarios, conforme a los decretos de 30 de agosto de 1918 y 27 de julio de 1921, y a las demás disposiciones relativas."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Inciso (i) Impuesto del Centenario, conforme al decreto de 3 de agosto de 1921 y a las demás disposiciones relativas, por lo que se refiere a las cantidades no cubiertas hasta el 31 de diciembre del mismo año."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación. La fracción XV no fue objetada ni la XVI. Fracción XVII del artículo 1o.:

"Productos de servicios telegráficos y aprovechamientos del ramo, en el concepto de que será libre la transmisión de mensajes de carácter oficial que giren las oficinas federales y de que los que depositen los funcionarios a que se refiere el artículo 127 constitucional, pagarán únicamente el 25 por ciento de las cuotas de tarifa."

Está a discusión.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Casas Alatriste.

El C. Casas Alatriste: Tengo entendido que estaba inscripto antes el ciudadano Gandarilla.

El C. Gandarilla: Señor: Yo me inscribí para defender la fracción en el caso de que la atacaran; pero como lo que importa es que cuanto antes se acabe esta Ley de Ingresos, aunque la ataquen, no la defenderé. Vale más tener algo que no tener nada. (Aplausos.)

El C. presidente: Entonces tiene la palabra en contra el ciudadano Casas Alatriste.

El C. Casas Alatriste: La única objeción que tenía que hacer a este artículo, consiste en que da una exención a los ciudadanos representantes, diputados y senadores, para el pago de sus telegramas, aun personales. En el año pasado, en que tuve el honor de formar parte de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, la Dirección de Telégrafos informó que los mensajes oficiales que se expedían de acuerdo con unos pases que emitía el Gobierno, no hacían sino entorpecer las labores del telégrafo y dificultar su marcha. Por un principio elemental de decoro, me pareció que los diputados y senadores no debíamos aprovecharnos de la oportunidad que tenemos de dar la Ley de Ingresos para facilitar el enviar nuestros telegramas gratis. (Voces: ¡No gratis!) Por lo menos en condiciones de mayor economía que el resto del público. Esta es la única objeción que tengo que hacer.

El C. Gandarilla: Pido la palabra. (Voces: ¡Pido la palabra!)

El C. presidente: Se suplica a los ciudadanos diputados pasen a inscribirse. Figura en pro el C. Espinosa Luis y tiene la palabra.

El C. Espinosa Luis: Ciudadanos representantes: Estoy seguro que este artículo no será materia de discusión, porque por un interés personal y general, los ciudadanos diputados, más que ninguno otro, deben aprobar este artículo tal como está redactado. En varios parlamentos del mundo, en el de la Argentina que recuerdo en estos instantes, los representantes del pueblo no sólo tienen franquicia telegráfica y postal, sino también ferrocarrilera; en cambio, nosotros, que hacemos el tristísimo papel de mendigos llamándonos pomposamente representantes del pueblo, venimos ahora a oponernos a que se conceda el descuento del 75 por ciento que con toda justificación proponen las comisiones de presupuestos. ¡Esta es una inconsciencia; es no saber ni lo que estamos haciendo! Los que tenemos grandes responsabilidades ante la patria, los que componemos el Gobierno de la Federación y que por virtud de nuestra manera de ser podemos mañana vernos no sólo sin significación política de ninguna clase, sino perseguidos por los enemigos ensañados, supuesto que aquí en México ya hemos visto que las revoluciones se suceden día a día y los Gobiernos también caen año a año, ¿por qué no hemos de poner algo de nuestra parte para hacer algo verdaderamente eficaz en pro de la consolidación de las instituciones y de la paz pública? Es incuestionable que para nosotros este descuento en el ramo de Telégrafos, significa una gran ayuda para poder desempeñar nuestras labores de representantes. ¡Cuántas veces el que habla se ha privado de la necesidad de poner un telegrama a sus comitentes por la tarifa absurda, proporcional que establece el sistema de telégrafos y que nos cuesta 33 centavos por palabra de aquí al Estado de Chiapas. Es claro, señores, que los que sí hacemos labor por nuestros representados, que los que sí nos interesamos por el bien de la patria, necesitamos esta ayuda, y yo suplico a la Asamblea que no sólo apruebe este artículo, sino que pida la misma franquicia, si es necesario, en el servicio de correos, ya que la tenemos en el servicio de ferrocarriles. Creo que ya no se necesita agregar más para llevar al convencimiento de la Asamblea, que es necesario aprobar el artículo tal como lo han presentado las comisiones de presupuestos.

El C. Valadez Ramírez: Pido la palabra para hacer una aclaración.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Valadez Ramírez: Solamente debo agregar a lo dicho por el compañero Espinosa, que los Telégrafos Nacionales saldrán ganando con este proyecto de ley, porque actualmente por los mismos altos precios de las tarifas, los ciudadanos diputados emplean casi siempre el correo, y en lo sucesivo en todos los asuntos, para tramitarlos más violentamente, harán uso del telégrafo, pagando la cuota señalada allí, o sea el 25 por ciento de las tarifas. En consecuencia, la aseveración del compañero Casas Alatriste no tiene razón de ser; tiene razón de ser por lo que paso antes. Algunos compañeros e infinidad de ciudadanos particulares o militares, tenían "pases" telegráficos que les permitían poner kilométricos telegramas a todas partes del país, con grave perjuicio del servicio público; pero no pagaban ni un solo centavo. Campañas electorales en los Estados se hacían a base de "pases" gratuitos: miles de mensajes se cruzaban todos los días en el país, a consecuencia de estos "pases" telegráficos; pero en la forma fijada actualmente en el proyecto de Ley de Ingresos, ya es distinto, porque se pagará el 25 por ciento, y los telegramas serán naturalmente reducidos a lo indispensable. En consecuencia, yo pido que se apruebe la fracción en la forma en que está presentada.

El C. Trejo Francisco: La Comisión cree pertinente hacer constar que pone la reducción al 25 por ciento, creyendo que no sufrirá ningún perjuicio el servicio telegráfico, porque el servicio de prensa, que es urgente, cuesta un centavo por palabra. Es incuestionable que es altamente conveniente el tanto por ciento que la Comisión propone en el pago de los telegramas de los funcionarios a que se refiere el artículo 127 constitucional, porque es frecuente que tengan que contestar telegráficamente consultas de negocios de sus comitentes. Es, si se quiere, una facilidad que se da a fin de que no satisfagan las elevadísimas cuotas existentes; pero de todas maneras, el servicio quedará mejor retribuído que otros establecidos.

El C. secretario Salazar: Como la fracción XVII no ha sido verdaderamente impugnada, sino solamente se han hecho aclaraciones, se reserva para su votación.

El C. Casas Alatriste: Yo la impugné.

El C. secretario Salazar: ¿Pide usted votación nominal?

El C. Moreno Jesús Z: ¡Moción de orden! Antes que llegar al capítulo de servicios públicos que en estos momentos está siendo materia de debate, el que habla tuvo el honor de hablar con el presidente de las comisiones, y en un cambio de impresiones creyó haberle demostrado la conveniencia de retirar la fracción XVI, ofreciendo las comisiones, abundando con la mejor buena voluntad en estas ideas, retirar esta fracción. Por espíritu de orden, pido de una manera atenta y respetuosa a las comisiones se sirvan hacer en estos momentos la declaración respectiva de que retiran dicha fracción.

El C. Pérez Gasga: ¡Moción de orden! Está a discusión la otra fracción y no ésta; en consecuencia, suplico que continúe la discusión o que se recoja la votación.

El C. secretario Salazar: La Secretaría se permite declarar que la fracción a que se refiere el ciudadano Moreno Jesús Z., tiene al margen esta nota: "sin objetar."

- El C. Moreno Jesús Z. ¿Y qué?

El C. secretario Salazar: No podemos obligar a la Comisión a que la separe.

El C. Trejo Francisco: La Comisión espera que se termine la discusión de la fracción sobre telegramas, para hablar con relación al asunto a que se refiere el ciudadano Moreno.

El C. Casas Alatriste: ¡Moción de orden, señor presidente!

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Casas Alatriste para hacer una moción de orden.

El C. Casas Alatriste: Yo creo, ciudadano presidente, que se ha seguido una corruptela al apartar para votar en conjunto todas las fracciones que han sido objetadas, aun cuando las objeciones no sean de tomarse en consideración en el concepto de la honorable Asamblea, como pasa en este caso en que los ciudadanos diputados, seguramente movidos por su interés personal, no hacen caso de la observación que yo he hecho; pero ya que se quiere fastinar esto, pues yo no tengo inconveniente en que esta fracción tampoco se separe, puesto que si este punto lo voy a perder en votación nominal, pues que pase en votación como ustedes quieran.

El C. secretario Salazar: La Secretaría no puede hacerse solidaria de la teoría de que toda objeción retirada salva a un artículo de votarse nominalmente. Por consiguiente, fiel al Reglamento, va a recoger la votación nominal. ¡Por la afirmativa!...

El C. secretario Pérez Gasga: Por la negativa.

El C. Avilés: ¡Moción de orden, señor presidente! Señores diputados: Yo creo que estas cosas de perder el tiempo no deben encajarse en estas discusiones. Si el señor Casas Alatriste acaba de decir que él ya no se opone a que se reserve para su votación la fracción a debate, ¿para qué perdemos media hora más, cuando el tiempo es preciso? (Voces: ¡Precioso!) Sobre todo, hay que tener presente el apotegma ese de que "el tiempo es dinero", señores diputados.

El C. secretario Salazar: La Secretaría insistió porque el ciudadano Casas Alatriste usó una frase un poco dura llamando corruptela a este procedimiento.

El C. Castrejón: ¡Pues sí es cierto! (Murmullo. Desorden. Campanilla.)

El C. presidente: La Presidencia se permite manifestar que, teniendo en cuenta las palabras del ciudadano Casas Alatriste, y, además, la afirmación que acaba de hacer el ciudadano Castrejón, va a proceder conforme al Reglamento. Se va a tomar la votación nominal.

El C. Castrejón: ¡Moción de orden!

El C. Casas Alatriste: ¡Pido la palabra, señor presidente!

El C. presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Casas Alatriste: Para retirar mi objeción en vista de que varios ciudadanos compañeros se han acercado a mí en ese sentido...

El C. Espinosa Luis, interrumpiendo: ¡Moción de orden!

- El C. Casas Alatriste, continuando:... y como quiera que de la votación nominal va a resultar que

se aprueba esta partida, no tengo yo ningún inconveniente en que se obvie el tiempo, tanto más, cuanto que he demostrado mi interés muy grande en que se vote cuanto antes.

El C. Espinosa Luis: Creo que los compañeros tienen que someterse a la voluntad de la Asamblea. Para no herir los escrúpulos del compañero Casas Alatriste y del otro estimable compañero, que la Secretaría consulte a la Asamblea si se procede a la votación económica. (Voces: ¡No hay necesidad!) Sí, porque no es lo mismo que lo sancione la Presidencia a que lo resuelva la Asamblea.

El C. secretario Salazar: En vista de la acertada observación del ciudadano Espinosa, la Secretaría se permite preguntar a la Asamblea si se reserva para su votación la fracción XVII. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Sí se reserva.

El C. Trejo Francisco: La Comisión pide permiso a la Asamblea para retirar la fracción XVI, relacionada con los productos del servicio postal y aprovechamientos del correo, pues ha pedido datos a la Dirección respectiva, de las tarifas en vigor, con objeto de que esta Asamblea resuelva si las diferenciales que pretenden establecerse deben subsistir; por más que ya la prensa trae la noticia de que van a ser derogadas esas tarifas; sin embargo, la Comisión está en espera de esos datos a fin de que esa derogación no se publique por el Ejecutivo, sino que se haga por las Cámaras después del estudio que requiere el asunto.

El C. secretario Salazar: En votación económica se pregunta a la Asamblea si concede permiso a la Comisión para retirar la fracción XVI. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Concedido.

El C. secretario Pérez Gasga: Está a discusión la fracción XXI, que dice:

"Productos por arrendamiento de terrenos nacionales, a que se refiere la ley de 26 de marzo de 1894."

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Gandarilla.

El C. Gandarilla: Pido que se reserve para mañana la discusión de este asunto, en vista de que no está presente el compañero Pedro de Alba, que tiene un importantísimo proyecto sobre el particular. Pido que se apruebe una moción suspensiva por 24 horas.

El C. presidente: Hágala usted por escrito.

El C. Del Castillo Israel: Pido la palabra para moción de orden.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Del Castillo Israel: El compañero Gandarilla va a presentar una moción suspensiva a efecto de que no se discuta hoy esta fracción, La única razón que va a argumentar o que ha manifestado ya, es que no está presente el ciudadano Pedro de Alba. Creo que para evitar una discusión inútil, lo procedente sería que la Comisión dijera si tiene o no inconveniente en que se suspenda por 24 horas las discusión de esta fracción para seguir discutiendo las subsecuentes. Por consiguiente, lo único que propongo es que si las comisiones no tienen inconveniente, se pregunte a la Asamblea si ella a su vez no lo tiene, posponiéndose la discusión de este artículo por 24 horas.

El C. Gandarilla: Toda moción debe ser discutida y aprobada o desechada por la Asamblea.

El C. Del Castillo Israel: Yo lo propongo con objeto de que obviemos tiempo, de que trabajemos...

El C. Avilés: De todos modos se está perdiendo el tiempo.

- El C. secretario Salazar, leyendo:

"H. Asamblea:

"Respetuosamente pido a vuestra soberanía se suspenda para el próximo lunes la discusión sobre las fracciones XX y XXI del artículo 1o. de la Ley de Ingresos.

"Respetuosamente.- E. Gandarilla."

Está a discusión.

El C. Gandarilla: Pido la palabra para fundarla. Señores diputados: Las fracciones XX y XXI entrañan una suma trascendencia para el país, sobre todo por lo que ve a la instrucción pública. No hace muchos días el compañero De la Peña presentó un interesantísimo proyecto por medio del cual se destinan los productos de todos los bienes que han sido intervenidos al Clero, al ramo de Instrucción. Ese asunto paso a la Comisión presidida por el doctor Pedro de Alba; ese asunto está ya dictaminado, y si nosotros logramos hacer algo de las modificaciones al dictamen presentado por el doctor De Alba, la Secretaría de Instrucción Pública, o sea la de Educación Pública en el país, podrá contar con la pequeña cantidad de diez millones de pesos. Si nosotros festinamos este asunto y si no procuramos ver la manera de que esos diez millones vayan a la Secretaría de Instrucción Pública, para que vayan a dedicarse a la educación del pueblo, habremos cometido un error con esta festinación. Por estas razones brevísimas me permito pedir a vuestra soberanía tenga a bien aceptar esta moción suspensiva para evitar pérdida de tiempo, pues lo mismo que se discute hoy, se discutirá mañana, es decir, se evitará pérdida de tiempo, siguiendo la discusión de los artículos subsiguientes.

El C. secretario Salazar: En votación económica se pregunta si se toma en consideración.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Jesús B. González.

El C. González Jesús B: Únicamente para hacer la siguiente objeción: en estos momentos me acaba de anunciar el doctor De Alba que mañana sale para San Luis Potosí; por lo tanto, creo que no podrá venir a la discusión de este asunto el lunes y me permito someter a la voluntad de la Asamblea lo siguiente: que sea el doctor De Alba o cualquiera otra persona la que trate este asunto el lunes, porque muy bien pudiera ser que el señor doctor De Alba dejara su delegación a otra persona; así es que puede ser cualquiera otra persona, pero que se estudie el lunes.

El C. Gandarilla: ¡Claro! Ya sea él o cualquiera otra persona.

El C. presidente: Conforme al Reglamento, se pregunta si se toma en consideración esta moción. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie.

El C. secretario Salazar: Sí se toma en consideración. Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobada. Compañero Manero: la fracción XLI del capítulo "productos y aprovechamientos diversos", está separada por su señoría, pero según parece, había una equivocación; de modo que le suplico se sirva decir si la separa.

El C. Manero: No.

El C. secretario Salazar: Artículo 2o. del capítulo "Productos y aprovechamientos diversos, "que a la letra dice:

"Los causantes de los derechos a que se refieren las fracciones I y III del artículo 1o. de esta ley, pagarán, además, un impuesto adicional de 2 por ciento sobre los derechos de importación o exportación, el cual se aplicará por la aduanas marítimas y fronterizas de la República en favor del municipio del lugar en que esté ubicada la respectiva aduana. Para este efecto, el citado impuesto adicional de 2 por ciento no figurará en la cuenta de ingresos del Erario, sino que se entregará por las aduanas a los municipios respectivos, quedando modificados en este sentido los decretos y las disposiciones vigentes sobre la materia."

Esta a discusión.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Gandarilla.

El C. Gandarilla: Renuncio, señor, a atacar este artículo para que cuanto antes se vote.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano diputado Zapata.

El C. Zapata: Señores diputados: El artículo 2o. de esta ley señala el impuesto adicional de 2 por ciento sobre los impuestos aduanales en favor de los municipios. El objeto, el fin de este impuesto es perfectamente justo y razonable; pero me parece todavía menos justo de lo que debería ser. Este impuesto está dedicado a las necesidades generales de los municipios, y yo creo que es gran importancia, que es de vital importancia para la nación en general y, por consiguiente, para esta Cámara, la salubridad de cada uno de los puertos y de cada una de las aduanas fronterizas, de los municipios fronterizos que sirven de entrada al país. Yo creo que sería conveniente poner en lugar del 2 por ciento el 3 por ciento y dedicar exclusivamente el 112 por ciento para la salubridad pública en cada uno de los municipios que constituyen aduanas marítimas o fronterizas; de otro modo, los municipios, tomando en general este impuesto, lo dedican a sus necesidades generales y no se ocupan de la salubridad pública a pretexto de que es esto siempre a cargo de las autoridades federales. En esta forma habría un medio de sanear cada uno de los puertos y cada uno de los municipios fronterizos, haciéndolos más atractivos, por decirlo así, y, por consiguiente, más benéficos para el país en general. Yo pido, en tal virtud, que se modifique sencillamente este precepto para imponer el 3 por ciento adicional y de que quede el 112 por ciento exclusivamente para beneficio de la salubridad pública de cada uno de esos municipios.

El C. presidente: Tiene la palabra en pro el ciudadano diputado José Remedios Colón.

El C. Colón: Ciudadanos diputados: La honorable Comisión de Presupuestos ha estado en lo justo al fijar el 2 por ciento sobre los derechos de impuestos de importación y de exportación; de suerte que no hay razón para que el compañero Zapata haga una modificación sobre el impuesto adicional. El sostiene esta tesis: que es conveniente para mantener la salubridad pública en los puertos, elevar el derecho de 2 por ciento adicional a 3 por ciento. La idea en sí es muy buena, pero saben ustedes, compañeros, que esta honorable Cámara no tiene jurisdicción sobre los municipios para poder disponer de sus fondos, ni mucho menos para indicarles en qué forma deben invertirlos; de suerte que la aduana cumplirá con su misión entregando la cantidad adicional al municipio, y el municipio es enteramente libre para disponer de estos fondos En este sentido, pues, no estoy de acuerdo con el compañero Zapata; su idea es muy buena; si él cree que la salubridad pública en los puertos, especialmente Veracruz, Tampico y Coatzacoalcos está mal, perfectamente; hay que sugerir entonces la idea a esos ayuntamientos para que aquellos impuestos se dediquen especialmente para este objeto, pero la Cámara no tiene absolutamente jurisdicción sobre los municipios, ni mucho menos puede indicarles la forma en que han de distribuir sus gastos.

El C. presidente: Tiene la palabra por segunda vez el ciudadano Zapata en contra.

El C. Zapata: Las objeciones que acaba de hacer el compañero no tienen razón de ser. El 2 por ciento señalado aquí, es un subsidio que da la Federación a los municipios; no es un arbitrio propio del municipio; de modo que no hay ningún inconveniente en que la Federación diga al dar este subsidio: lo doy para esto, del mismo modo que lo ha estado dando en lo general para todas las necesidades del municipio. Ahora bien, puede decir: yo doy esto para esto otro. Si fuera un arbitrio propio del municipio, perfectamente; no podría la Federación intervenir en la manera de cómo habría de aplicarse ese arbitrio en la administración municipal, pero como no se trata de un arbitrio municipal sino de un subsidio que la Federación concede a los municipios, no tiene inconveniente que la misma Federación diga: este subsidio es para esto; en consecuencia, insisto en mi proposición suplicando a la Comisión, ya que es tan bondadosa y sabe tomar en cuenta todas las observaciones, que la tome en cuenta.

El C. von Borstel: Para una aclaración. Yo estoy de entero acuerdo con la proposición del compañero Zapata, respecto a que sea el 3 por ciento con el que se ayude a los municipios; pero no creo que en manera alguna debamos imponerle modalidades a ese subsidio, sino que debemos de dejar al buen criterio de esos municipios, que están mucho más capacitados para saber las necesidades urgentes que tienen ellos, para que dispongan de esos fondos. Enhorabuena que aumentemos el 3 por ciento, dejando a los mismos municipios la libertad de que dispongan de esos fondos. Creo que bajo esa base sí podemos aprobar el 3 por ciento.

El C. presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Trejo Francisco: La Comisión contesta al ciudadano Zapata, indicándole que no puede hacer

suya la idea de marcar el destino que debe darse a las cantidades que perciban por este concepto, toda vez que, según la Constitución, los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de las contribuciones, etcétera, etcétera. En estas condiciones, nosotros iríamos en contra de un precepto constitucional; por otra parte, si los municipios no tienen fuentes de ingresos, por que no todos los municipios, hay que suponer, estén en las condiciones del de Veracruz, que conoce el compañero Zapata, para hacer frente a los gastos de salubridad a que él se refiere, o si en otros municipios los gastos de más importancia son otros, es evidente que nosotros haríamos que esta cantidad quedara inútil, si fuera mayor de la que se necesitara para atender este servicio. La objeción fundamental, en la cual se escuda en este caso la Comisión para no aceptar lo que usted propone, es el precepto constitucional a que ya ha hecho referencia; la Comisión espera que el señor licenciado Zapata se sirva tomar en cuenta que la Comisión no se niega de una manera irrazonable a atender en este caso la insinuación presentada por él.

El C. Zapata: Yo creo firmemente en la buena fe de los que me han hecho observaciones, y bajo esa base me permito insistir en mi proposición haciendo estas argumentaciones: en primer lugar no se trata, lo he sostenido aquí, que no se trata de un arbitrio municipal, es un subsidio que la Federación da al municipio; del mismo modo que se consigna el 2 por ciento, podría no consignarse nada; la Federación no está obligada legalmente a dar ese 2 por ciento; la Constitución no dice que la Federación tiene la obligación de dar el 2 por ciento, ni el 1, ni el 3; la Federación lo da como un subsidio por las molestias que causa al municipio en cada puerto, en cada aduana marítima o fronteriza. De modo que siendo un subsidio, no le pertenece al municipio, no es de su propiedad exclusiva, es un obsequio, y en ese concepto no hay razón para que se tome en cuenta la prohibición de la Constitución. El precepto está bien, podría señalar sencillamente el 1 y medio, y a continuación decir que otro 1 y medio por ciento se dedica a la salubridad de los puertos. No se entrega esto al municipio, sino que se dice: se dedica exclusivamente para la salubridad de los puertos, de los municipios de las aduanas fronterizas y se administra eso por la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas. (Voces: ¡No! ¡No!)

El C. Trejo Francisco: La Comisión cree que el ciudadano Zapata no está en lo justo; la forma de transacción que propone, vendría a significar la pérdida de un medio por ciento para los puertos, toda vez que el presupuesto de gastos generales dedica partidas especiales para la salubridad de los puertos. Si este servicio es deficiente, debe irse al departamento respectivo y decirse que el servicio se haga en forma eficiente. En cuanto a que no forma parte de los arbitrios, permítame el ciudadano Zapata que insista una vez más en que al dedicarse esto a los municipios, se diría que forma parte de la hacienda municipal. No es un obsequio el que se hace, es una compensación que a todos los puertos se concede, porque incuestionablemente su situación especial como población por la cual se hace un movimiento con el extranjero, evidentemente que esos servicios municipales deben cuidarse mejor que los de cualquiera otra población. Así, pues, la Comisión insiste en que la cantidad que importa el 2 por ciento si forma parte de las haciendas municipales, con la transacción que propone usted es en perjuicio de los propios municipios, porque se les cercenaría un medio por ciento en el servicio de salubridad a cargo del departamento respectivo, y a éste es a quien debe exigirse este servicio o bien al votarse las cantidades el ciudadano Zapata debe preocuparse porque se asignen cantidades especiales a fin de que se llene el vacío que tiene el servicio de salubridad en el puerto de Veracruz.

El C. Manrique: ¡Moción de orden! Me permito reclamar el quórum; hay algo más de sesenta diputados en el salón; quiere decir, algo más de la cuarta parte del total de los diputados; cuando falta poco más o menos para el quórum, sí se puede ser tolerante, pero para un número así, yo creo que no se puede serlo.

El C. von Borstel: En sesión pasada interrogué a su señoría por qué no imponía las multas a los faltistas, y usted me contestó, aunque yo no lo escuché verdaderamente porque habló muy bajo, que era potestativo de la Presidencia imponer esas multas. Me permito rectificar lo asentado por usted, porque no puede ser potestativo de la Presidencia el cumplir o no con un artículo constitucional que previene terminantemente que el diputado que no asista a las sesiones no tiene derecho a sus dietas; por tanto, me permito volver a insistir con su señoría, para que a efecto de que no vuelva a faltar el quórum, como ahora sucede, se pase lista, se tome nota de los faltistas al final de la sesión y se multe a aquellos que no concurran.

El C. presidente: La Presidencia manifiesta al ciudadano von Borstel que se abrió la sesión con 127 ciudadanos diputados; de manera que los ciudadanos diputados faltistas primero, y después los que han descompletado el quórum, son los causantes de que no sigamos trabajando. Tendré en cuenta su observación y se aplicará la multa correspondiente a los faltistas. Se levanta la sesión y se cita para la tarde a las cuatro y media. (1:20 p.m.)