Legislatura XXX - Año I - Período Extraordinario - Fecha 19230416 - Número de Diario 27

(L30A1P1eN027F19230416.xml)Núm. Diario:27

ENCABEZADO

MÉXICO, LUNES 16 DE ABRIL DE 1923

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de la 2a. clase en la Administración local de correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I.- PERIODO EXTRAORDINARIO XXX LEGISLATURA TOMO II.- NUMERO 27

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 16

DE ABRIL DE 1923

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación de la acta de la anterior. Se concede licencia al C. diputado Siurob.

2.- Es discutido, reformado y aprobado el artículo 4o. del proyecto de Ley del petróleo.

3.- Cartera. Se concede licencia al C. diputado Valderrama.

4.- Primera lectura al dictamen de la 2a. Comisión de Hacienda, referente a cuatro iniciativas del Ejecutivo de la Unión, acerca de ampliaciones y adiciones a varias partidas del Presupuesto de Egresos vigente; imprímase.

5.- La propia comisión presenta nuevo dictamen, acerca de la ampliación de varias partidas del Presupuesto de Egresos, correspondientes a las Direcciones de Correos y Telégrafos; a discusión el primer día hábil. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. CUELLAR JOSÉ MARÍA

(Asistencia de 131 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 17.15: Se abre la sesión.

- El C. secretario Gandarilla, Leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día trece de abril de mil novecientos veintitrés.- Periodo extraordinario.

"Presidencia del C. José María Cuéllar.

"En la ciudad de México, a las diez y siete horas y diez minutos del viernes trece de abril de mil novecientos veintitrés, se abrió la sesión con asistencia de ciento treinta y cinco ciudadanos diputados.

"En sus términos fue aprobada el acta de la sesión celebrada el día nueve del presente mes.

"Rindió la protesta de ley el C. Dionisio I. Gómez, diputado suplente por el 4o. distrito electoral del Estado de Jalisco.

"La Secretaría manifestó que, en atención a que los CC. diputados Elpidio Barrera y Juvencio Nochebuena, no se habían presentado en el actual período extraordinario, se llamaría a los suplentes, y se suspenderían las dietas al C. diputado Juan I. Martínez, por haber dejado de asistir a las sesiones desde el trece de febrero último.

"Esta resolución de la mesa se sometió a votación y la Cámara la desechó.

"El C. Manlio Fabio Altamirano opinó que se tomara una disposición general para todos los diputados que no concurrían a las sesiones.

"Hicieron aclaraciones la Secretaría, el C. Manrique y la Presidencia, siendo las del segundo relacionadas con las faltas de asistencia del C. Martínez.

"Se dio cuenta con los documentos en cartera:

"Oficio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en que participa que paso para su dictamen a los ministros inspectores de la Secretaría el amparo pedido por el señor Ezequiel Sánchez, dueño de la fábrica denominada "La Alianza", asunto que se trató con aquel alto Tribunal por medio de una comisión designada en la sesión anterior.- A sus antecedentes.

"Iniciativa de la Dirección de la campaña contra el analfabetismo, tendiente a que las multas que se recojan de los ciudadanos diputados se apliquen para ayudar al sostenimiento de la instituciones que dependen de la citada Dirección.- A la 1a. Comisión de Peticiones.

"Memorial de varios vecinos de los distritos de Jacala, Estado de Hidalgo, y Jalpan, Estado de Querétaro, en el que solicitan se vote afirmativamente el proyecto de Ley para el desarme de fuerzas de seguridad y defensas sociales de los Estados.- A su expediente.

"Telegrama procedente de Puebla, en que el C. diputado Macip solicita licencia por quince días, con goce de dietas.

Se dispensaron los trámites y sin debate se concedió la licencia.

"Telegrama de Jerez, Zacatecas, en que el C. diputado Sánchez Campa pide se le amplíe por quince días la licencia de que ha venido disfrutando.

"Igualmente se dispensaron los trámites y sin que nadie hiciera uso de la palabra, acordó la Cámara conceder la licencia.

"Solicitud del C. Francisco de P. Alvarez, relativa a que se le conceda licencia por quince días, con goce de dietas.

"Previa dispensa de trámites, se puso a debate: el C. Guillermo Rodríguez hizo una aclaración y solicitó un dato sobre las licencias en vigor, que

fue proporcionado por la Secretaría; el C. Castellanos se refirió a la labor de la Secretaría en lo que respecta a las listas de asistencia, y con ese motivo el C. secretario Esparza Martínez hizo aclaraciones. El C. Bátiz habló en pro de la solicitud de licencia del C. Francisco P. Alvarez, la cual fue aprobada por la Asamblea en votación económica

"Solicitudes de licencia por quince días, con goce de dietas, de los CC. Miguel A. Quintero y Manuel Miravete.

"Estas dos solicitudes, igualmente fueron dispensadas de trámites, aprobándose la primera sin debate, y la segunda después de que habló en contra el C. Guillermo Rodríguez.

"Proposición de los CC. Castilleja, López Lira, Mercado y Avilés, que, en su parte resolutiva, dice:

"Enlútese la tribuna parlamentaria por tres días, como muestra de respeto y condolencia por la muerte del C. licenciado Luis Ilizaliturri, diputado al Congreso Constituyente de Querétaro, por Nuevo León."

"Fue aprobada sin discusión, después de que se le dispensaron los trámites.

"Dictamen de las comisiones unidas 3a. Gobernación y 1a. de Guerra, relativo a la iniciativa del Ejecutivo de la Unión para retirar las autorizaciones concedidas a los gobiernos de varios Estados para organizar y sostener fuerzas de seguridad.- Primera lectura, e imprímase.

Primera lectura, e imprímase.

"Los CC. Castellanos y Guillermo Rodríguez impugnaron el trámite anterior y la Mesa lo modificó en el sentido de que el dictamen se imprimiera y se pusiera a debate el primer día hábil. El C. Guillermo Rodríguez volvió a hablar en contra de ese nuevo trámite, el que mereció la aprobación de la Asamblea en votación económica, que hubo de repetirse por haberla reclamado el C. Manlio Fabio Altamirano.

"Dictamen de la 2a. Comisión de Hacienda, que consulta un acuerdo económico, por el que no se acepta la iniciativa en que el Ejecutivo pide la ampliación de varias partidas del Presupuesto de Egresos vigente, que se refieren a las direcciones de Correos y Telégrafos.

"Puesto a discusión, el C. Mauricio Gómez contestó una pregunta que a la comisión dirigió el C. López Lira, quien propuso se retirara el dictamen para que se tomaran en consideración nuevos datos que a la comisión serían proporcionados.

"A pedimento del C. Manrique, la Secretaría leyó las partidas cuya ampliación se solicita.

"El C. Mauricio Gómez habló en nombre de la comisión dictaminadora y pidió permiso para retirar el dictamen, con objeto de hacer un nuevo estudio; el C. Manrique apoyó esta petición y la Cámara permitió que el dictamen fuese retirado.

"Proposición del C. Guillermo Fernández, que contiene los dos puntos resolutivos que en seguida se insertan:

"Primero. Que mensualmente se dé un informe de licencias concedidas y otro de faltas de asistencia, y como consecuencia de esto se aplique el Reglamento, y

"Segundo. Que se pase lista al principio y fin de cada sesión, aplicando el Reglamento a los faltistas y dando lista a la prensa."

"Fue aprobada con dispensa de trámites y después de que la apoyó su autor.

"El C. Apolonio R. Guzmán reclamó el quorum y en seguida la Presidencia manifestó que, no encontrándose presente los miembros de las comisiones del petróleo para continuar el debate de la ley respectiva, se levantaba la sesión y se cita para las diez y seis horas del próximo lunes diez y seis.

"La sesión concluyó a las diez y ocho horas y quince minutos."

Esta a discusión el acta. Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Gandarilla.

El C. Gandarilla: Honorable Asamblea:

En la sesión pasada, desgraciadamente, no pude estar en está Cámara y el honorable compañero y para mi muy estimado amigo, doctor don Angel Castellanos que me merece el mayor respeto, vino a esta tribuna e hizo cargos de inmoralidad a la Secretaría por el hecho concreto, categórico, perfectamente definido, de que el que lleva la voz, que es el secretario de cartera, había puesto asistencias a los ciudadanos Chávez Manuel M. y Valderrama Rafael V. Estos cargos quedaron asentado en el DIARIO DE LOS DEBATES y ahí está la requisitoria formidable formulada por el muy estimado compañero Castellanos. Cabe a mi deber, y es mi obligación, pedir respetuosamente -como lo hago- pedir al señor Castellanos rectifique sus conceptos, porque él mismo está convencido de que esta Secretaría no había puesto asistencias ni al ciudadano Valderrama ni al ciudadano Chávez M. En esta virtud reitero mi súplica al doctor Castellanos, por creerlo de estricta justicia.

El C. Castellanos: En efecto, compañero Gandarilla, yo hice cargos y creo que al haberlos hecho obré conforme a las informaciones que en presencia del señor presidente se nos dieron, Cuando me acerqué a él - y lo dije en esa misma sesión -, cuando me acerqué al señor presidente haciéndole notar que su proposición a determinados faltistas era buena, pero que podría tachársele de parcial puesto que había otros varios individuos faltistas, entre los que mencioné, el informe que se nos dio por la Oficialía Mayor, de donde había resultado la lista de todos los faltistas, yo señale que había individuos como los señores Chávez M. y Valderrama, para no mencionar otros, que me costaba que no habían concurrido, a lo que informó a la Oficialía Mayor que estaban "checados" - palabra textual". Como yo no tengo, absolutamente, ningún derecho para dudar de la oficialía Mayor, y por consiguiente no fuí a ver las listas, hice ese cargo. Más tarde el compañero Barón Obregón me enseño las listas, y le dije: "no tengo el menor inconveniente en que usted haga la aclaración"; y ya que indiqué que el informe que tuve yo fuí el que en presencia del señor presidente se me dio. Por lo demás, quede satisfecho el señor Gandarilla; yo

obré por el informe que se me dió, y una vez que yo me he informado de que sí existen esos señores como faltistas, creo que la Asamblea y el señor Gandarilla quedarán satisfechos. Por otra parte, suplico también al compañero Gandarilla se sirva rectificar una información del periódico "El Universal", que dice que dió el mismo señor Gandarilla. Esta información se refiere a que yo no asistí a la Cámara en el mes de febrero ni una solo vez, cuando que yo pregunto a la Asamblea cuántas sesiones celebró en el mes de febrero. Cinco sesiones solamente, de las cuales concurrí a tres; es decir, falté a dos, y eso con licencia económica de la Presidencia; y esas dos sesiones a las que falté las aproveché en ir a mi distrito para arreglar un asunto, del que si las pruebas se quieren aquí las traigo, para que no se crea que fuí a otra cosa, no fuí más que a ese asunto, durante seis días, el tiempo indispensable para trasladarme a Chihuahua. Respecto al mes de marzo debo decir que no falté a una sola sesión, y respecto al mes de abril no he faltado más que a una sola. En todo el tiempo, pues del período extraordinario no he faltado más que a tres sesiones. Quiero que el señor Gandarilla, a quien le consta esto como secretario que es, haga la rectificación correspondiente.

El C. secretario Gandarilla: Con verdadero gusto suplico muy atentamente a los representantes de "El Universal" que hagan la rectificaciones que quiere su señoría, y le doy las gracias por la caballerosidad con que se ha conducido usted en esta ocasión.

El C. Manrique: ¡Siempre, vive Dios!

El C. secretario Gandarilla: Se pregunta a la Asamblea si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada el acta.

"Cadereyta, abril 12 de 1923.

"Señor presidente de la Cámara de Diputados.- México, D. F.

"Respetable señor presidente:

"Teniendo suma urgencia de permanecer fuera de la capital para asuntos urgentes particulares y políticos que me impiden mi asistencia a las sesiones extraordinarias del Congreso, suplico a usted que con dispensa de todo trámite sea servido de poner a la consideración de la Cámara la siguiente proposición en que por su digno conducto solicite una licencia.

"Unica. Concédase licencia al C. diputado doctor José Siurob para dejar de asistir a las sesiones por un mes con goce de dietas."

"Muy sinceramente agradecido quedo de usted con el debido respeto su atento amigo y compañero.- J. Siurob."

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados los trámites. Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de palabra sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo quien quiera hacer uso de la palabra, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Concedida la licencia con goce de dietas, por un mes, y comuníquese.

El C. secretario: Continúa la discusión del artículo 4o. de la Ley del petróleo, que quedo en la siguiente forma....

El C. Castellanos: Pido la palabra. En la sesión pasada se acordó que en el primer día hábil se discutiría lo relativo a las guardias civiles de los Estados, y creo que es esta una ocasión oportuna de entrar a la discusión. (Voces: ¡Petróleo! ¡Petróleo!)

- El mismo C. secretario: El artículo 4o. se modifica como sigue:

"Artículo 4o. En los terreno nacionales, baldíos y demás de dominio nacional así como en los fundos y ejidos de los pueblos y vacantes de sus sesiones que pertenezcan a los Estados conforme a la ley y en aquellos cuyo título de propiedad hubiese expedido la Nación con reserva del subsuelo, se otorgará en concurso la facultad de exploración y explotación a que se refiere esta ley, mediante concesiones que además de las bases enumeradas en el artículo anterior contengan las siguientes:

"I. Se fijará una participación para el Fisco federal en los productos brutos de explotación, que no será menor de diez por ciento;

"II. (En la misma forma del proyecto de las comisiones).

"En las zonas federales se otorgará, en concurso, la facultad de exploración y explotación a que se refiere esta ley, mediante contrato por el que el concesionario tendrá únicamente el carácter de contratista, fijándose una participación para el Fisco, en los productos brutos de explotación, que no será menor del 25 por ciento."

Está a discusión. Los señores diputados que deseen hacer uso de la palabra sírvanse pasar a inscribirse.

El C. Rodríguez Guillermo: Pido la palabra. Como hay tanto ruido en la Asamblea, no se oye lo que dice la Secretaría.

El C. secretario Gandarilla: La comisión se ha acercado a la Presidencia de esta Asamblea manifestando que cometió un ligero error al presentar el artículo precedente. Pide permiso a la Asamblea para retirarlo y presentarlo ya como lo presenta en definitiva. Se pregunta a la Asamblea si se concede el permiso. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Concedido el permiso. Queda en esta forma: El artículo 4o. se modifica como sigue:

"Artículo 4o. En los terrenos nacionales, baldíos y demás de dominio nacional, así como en aquellos cuyo título de propiedad hubiese expedido la Nación con reserva del subsuelo, se otorgará en concurso la facultad de exploración y explotación a que se refiere esta ley, mediante concesiones que, además de las bases enumeradas en el artículo anterior, contengan las siguientes:

"I. Se fijará una participación para el Fisco federal en los productos brutos de explotación, que no será menor de diez por ciento;

"II. (En la misma forma del proyecto de las comisiones.)

"En las zonas federales se otorgará, en concurso, la facultad de exploración y explotación a que

se refiere está ley, mediante contrato por el que el concesionario tendrá únicamente el carácter de contratista, fijándose una participación para el Físco, en los productos brutos de explotación, que no será menor del 25 por ciento."

Está a discusión. La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara que tiene la palabra el honorable representante Israel del Castillo, en contra.

El C. Del Castillo Israel: Señores diputados: Las comisiones continúan en su afán de querer hacer más subdivisiones del subsuelo. Cuando se trató de la discusión del artículo 3o., el que tiene el honor de dirigiros la palabra, vino aquí a señalar la diferencia patente en que trataba la comisión al subsuelo de propiedad particular y al subsuelo de propiedad nacional. Y ahora en el artículo 4o., en donde se trata solamente de concesiones en las cuales la federación es la propietaria de la superficie, establecen las comisiones otras dos subdivisiones, es decir, colocan al subsuelo nacional, cuando se trata de terrenos federales, en una condición, y cuando se trata de terreno baldíos, en otra condición, Yo no pienso, por ningún motivo, señores, que aquí voy a tener éxito en echar abajo ninguno de los artículos de esta ley, porque conozco perfectamente bien la psicología de esta Asamblea es aprobar todos los artículos que se proponen aquí; pero, sin embargo, quiero señalar que aquí no se trata, quiero decir a la Nación entera, que aquí no se trata de interpretar, de visar el artículo 27 constitucional, sino se trata de hacer un a ley que concuerde con la política hacendaría seguida por el actual Gobierno. Y voy, con este motivo a hacer patente a la Asamblea algo que se desprende de la ley y que, no obstante que se desprende clara, límpidamente de los artículos de la ley, el señor Puig y Casauranc, que ha sido el portavoz de las comisiones en la tribuna, ha declarado paladinamente aquí.

Cuando se empezó a discutir la Ley del Petróleo en la pasada Legislatura, como es de orden, se mandó llamar al secretario de Industria y Comercio, y se le pidió un informe respecto de la situación petrolera. Y al hablar el licenciado Zubaran de esta situación, se expresaba en estos términos: decía que la situación petrolera de la Nación componía tres situaciones:

"En la primera situación - decía - tenemos concesiones otorgadas casi exclusivamente al señor Pearson y del cual es cesionaria actualmente la compañía de petróleo "El Aguila". Esas concesiones, por lo regular, abarcan casi todo el litoral del Golfo, los Estados de Veracruz, Tabasco, Campeche, Chiapas, el distrito del Valle de Tamaulipas, en lo que se refiere a terreno baldíos, terrenos nacionales, lagos, albuferas, riberas de los ríos, todo de jurisdicción federal; pero con la particularidad de que estas concesiones no tienen el carácter de exclusividad."

Pues bien, señores; como ustedes ven, antes del año de 1917, la compañía Pearson, esto es, la compañía de "El Aguila", ha recibido en concesiones sancionadas por el Congreso de la Unión, casi todos los terrenos federales, y los terreno nacionales de la costa del Golfo, que son los más ricos en petróleo. Las comisiones, es decir, el señor Puig, hablando con él en las sesiones pasadas sobre este particular, me decía que no había sido posible poner en el artículo 3o. la regalía que tanto vine a discutir aquí, porque creo que debe salir la interpretación del artículo 27 fiel y rectilínea. Me dijo que no había sido posible, porque el artículo 3o. así había venido de la Secretaría de Hacienda; me dijo que de allá. Le pregunté que donde era ese "allá" y me contestó el señor Puig: "¡De Hacienda!" Y la verdad, señores, es que la Representación Nacional, en estos momentos, en todos los pueblos viven con una velocidad vertiginosamente acelerada, es necesario terminar ya con está política internacional a puerta cerrada; es necesario que nos expliquen con toda claridad las comisiones que han ido a consultar este asunto en la Secretaría de Hacienda, porque razones se oponen a que esta Asamblea no haga simplemente lo que hace un secretario de juzgado: poner el doy fe a las actuaciones del juez, pues esta Asamblea solamente deberá poner el doy fe a las actuaciones del Congreso Constituyente.

Decía yo, señores, que la compañía de "El Aguila", según se vió por el informe del ministro de Industria, es la compañía que tiene todas las concesiones petroleras de los terrenos federales y baldíos y nacionales. Las comisiones, por todos motivos, se opusieron a que en el artículo 3o. se pusiese en igualdad de condiciones el subsuelo en tratándose de los lugares de donde el subsuelo, el dueño de la superficie, es la nación. Me decía el doctor Puig y Casauranc que está dispuesto a la ahora de tratar el asunto de impuestos, a poner un impuesto superficial o territorial; llámesele como él quiera, un impuesto de producción. Desde luego, ustedes comprenden, porque para esto no se necesita tener un gran conocimiento ni jurídico ni petrolero, que las concesiones otorgadas en terrenos federales quedarán sujetas a todos estos impuestos que pondrán después las comisiones, más a está regalía que en este artículo se sanciona. Esto, señores, trae como consecuencia, el hecho de que en los terrenos federales la explotación quede en condiciones fatales con respeto a la explotación en los terrenos particulares. El señor Puig y Casauranc, con un criterio perfectamente sofístico, viene a sostener aquí, como única razón para haber hecho eso, que en los terrenos la cosa es más fácil, y él acepta de una manera a priori, de una manera sin fundamento, completamente infundada, que en los terrenos federales la riqueza del subsuelo es notable, que los terrenos federales fueron privilegiados por la mano de Dios, y que las bolsas de petróleo en los terrenos federales es la cosa más fácil del mundo explotar. Esto, señores, es una cosa perfectamente falsa....

El C. Puig y Casauranc José Manuel, interrumpiendo: Esa es una tontería, que yo no he dicho.

El C. Del Castillo: Usted la dijo; ahí está el DIARIO DE LOS DEBATES, que dice que los terrenos federales están en condiciones muy favorables con respecto a los terrenos particulares.

El C. Puig y Casauranc José Manuel: Yo ya lo explicaré, compañero.

El C. Del Castillo: Usted la dijo; allí está la razón que aduce el señor Puig para poner a los terrenos federales en condiciones desfavorables con respecto a los terrenos particulares, y yo encuentro

en esto sencillamente lo siguiente: Aquí se trata de los compromisos contraídos en el convenio Lamont - De la Huerta por el Gobierno mexicano; ahora sí ya salió el peine. Pero ya que el señor Puig y Casauranc sabe qué papel tan importante desempeña el petróleo en la política internacional, debiera, lo mismo que las comisiones de Hacienda y Crédito Público, cuando se trató de la discusión del contrato Lamont - De la Huerta, haber dicho algo más claro a la Asamblea, y no prestarse a la farsa de la discusión, de la cual fue principal protagonista Antonio Díaz Soto y Gama. Aquí está el contrato Lamont - De la Huerta, y en esté contrato, solamente por lo que toca al petróleo, se dice lo siguiente:

"Los productos del impuesto de exportación del petróleo que hayan sido pagados o acumulados de acuerdo con el convenio de 3 de septiembre de 1921, desde el 31 de enero de 1922, entrarán inmediatamente a formar parte del fondo, así como, en lo futuro, todos los productos provenientes del propio impuesto. El producto del impuesto del diez por ciento sobre los ingresos brutos de los ferrocarriles..." etcétera.

de tal manera que como ven los compañeros, aquí nada absolutamente dice el convenio, cuando menos públicamente, de que nosotros hagamos una legislación que se acomode a los intereses hacendarios de la Secretaría de Hacienda, y digo esto porque desde el momento en que el secretario de Industria y Comercio afirmó que la mayor parte de las concesiones petroleras en los terrenos federales están en poder de la compañía inglesa, y las comisiones se empeñan en que las concesiones en terrenos federales queden en condiciones desfavorables respecto a terrenos particulares, se infiere claramente que la legislación que se pretende aquí aprobar por la Asamblea es una legislación, no que favorezca los intereses nacionales, sino que perjudique a los intereses en los cuales está la Standard Oil Co. Esto que se infiere aquí, parece que lo ignora la comisión. El señor Puig, en una interpelación que le hizo el compañero Rodríguez, lo dijo terminantemente. En el DIARIO DE LOS DEBATES número 16, y en la página 14, se lee lo siguiente: "(Al contestar el compañero Puig una interpelación que le hizo el compañero Rodríguez.) "El compañero Rodríguez trata de evitar que alguna poderosa compañía de petróleo acaparara siquiera el treinta y tres por ciento de la producción de el país. El compañero Rodríguez va a alarmarse exageradamente cuando sepa que estamos legislando, en realidad, para la "Standard Oil"; que ya paso el tiempo en que hubiera podido hablarse de un treinta y tres por ciento acaparado por una compañía extranjera; que en la actualidad, compañero Rodríguez, estas leyes casi son para la "Standard Oil".

Pues que le vamos a hacer, compañeros, defender a la Huasteca, El Aguila y a todo el mundo.

Esto es lo que estamos haciendo. De tal manera que yo, consecuente con el criterio que sostuve al atacar el artículo 3o. de que todo el subsuelo nacional es uno solo y no debemos tratarlo desde el punto de vista legislativo sin ninguna diferencia, vengo aquí de nuevo a proclamar mi oposición a esta diferencia que prácticamente se hace con los terrenos federales, no porque el compañero Puig vaya a cree que no quiera la regalía para los terrenos federales, sí la quiero y también para los terrenos particulares, porque yo sé que el subsuelo se nacionalizó todo y no nada más el del terreno federal. Es decir, de lo que se trata aquí con nosotros, es dejar la cuestión, la política petrolera, exactamente como está en estos momentos, y si no, cualesquiera de ustedes que analice cuál es la situación de la política petrolera actual, y verá si con esta ley se modificará esta situación política; verán cómo de lo que se trata es de sancionar la situación petrolera actual, no se trata de sancionar ni de visar el artículo 27, como lo prescribe la Constitución. Yo desearía saber qué razones hay por ahí de política internacional, de orden internacional, que nos inclinen a legislar en contra de los intereses de la Compañía "El Aguila" y en favor de la "Standard Oil". Yo quisiera que las comisiones expliquen esto claramente, pues es indudable que nosotros tenemos una responsabilidad ante nuestros comitentes y ante la Nación.

El C. Puig y Casauranc José Manuel: Pido la palabra, señor presidente.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Puig y Casauranc.

El C. Puig y Casauranc José Manuel: Señores diputados:

El compañero Israel del Castillo incurre en una penosa confusión. El artículo 4o. de la ley a debate establece condiciones para concesiones futuras, futuras, y las concesiones a que el compañero Del Castillo se refiere, de "El Aguila", son concesiones anteriores a 1917, que, conforme al texto constitucional expreso, están sujetas a revisión o hasta a nulificación del Ejecutivo federal. Nosotros, por esto, en el artículo 4o., al establecer condiciones que muchos compañeros consideraron hasta demasiado duras, al fijar el veinticinco por ciento de regalía para las zonas federales, hemos querido evitar que en el futuro - que es lo que podemos nosotros legislar -, se incurra en los errores en que se incurrió antes de 1917; y como en estas concesiones nosotros no podemos modificar el texto constitucional, será el Ejecutivo el que ratifique o modifique esas concesiones, de acuerdo con las conveniencias del país. Por lo demás, el compañero Del Castillo ignora probablemente que el Ejecutivo federal en estos asuntos está realizando una labor del más alto patriotismo al conseguir, como ha conseguido ya casi, el que todas las concesiones de "El Aguila", que abarcan centenares de miles de hectáreas, sean canjeadas por una extensión mucho menor, para de una vez salvar los compromisos internacionales anteriores a la Constitución de 17 y ajustar los intereses del país a esas concesiones de "El Aguila". De manera que todo lo que se establece en el artículo 4o., en nada absolutamente afecta a lo hecho antes de la Constitución de 17; y si la tesis que el compañero Del Castillo viene sosteniendo desde el artículo 3o., la regalía, si el compañero Del Castillo es sincero, tendrá que confesar que él nunca pensó pedir una regalía superior al diez por ciento para los terrenos particulares. Diez por ciento del producto total de la explotación bruta, y si nosotros vamos a establecer un impuesto del diez por ciento de producción de la explotación bruta del

petróleo, quiero que el compañero Del Castillo me diga en qué se había ganado. A no ser una distinción metafísica de palabras, con establecer en el artículo 3o. la palabra regalía! si el Gobierno obtiene por esta ley el diez por ciento del producto del petróleo, lo mismo que lo habría obtenido estableciendo la palabra regalía en el artículo 3o., y si con esto se evita, se corta de una vez una serie de discusiones jurídicas que ha estorbando durante cinco años la obra de la revolución, entonces ¿qué perjuicio real recibe el país a la revolución con que no se ponga la palabra regalía, y sí se haya encontrado el hábil camino de un impuesto de producción que conduce a los mismos resultados? ¿Habría sido razonable que por atender a un prurito de amor propio del compañero, metiéramos la palabra regalía que como una cuña fuera a estorbar el cumplimiento de esta ley? Desde la primera discusión las comisiones establecieron que vamos a procurar dar una ley que tuviera efectividad, que se cumpliera, y si el hecho es que lo que vamos a obtener con la palabra regalía del compañero Castillo, lo vamos a obtener con la palabra impuesto de producción, no tiene razón ninguna el compañero Del Castillo para pretender más apego al espíritu del artículo 27, puesto que el resultado matemático es el mismo, expresado en pesos y en centavos.

Por lo que toca a una última observación del compañero Del Castillo, de que el que habla le haya dicho, no en la tribuna, sino en una conversación particular, que el artículo 3o. con esos extremos a que llegó, de no querer mencionar la palabra regalía, no fuera obra nuestra, ni capricho nuestro, sino resultado de compromisos y de situaciones internacionales que afectaban al Gobierno del país; esa observación que en lo privado le hice, no tengo inconveniente en repetirla públicamente ante la Representación Nacional. Efectivamente, se nos dijo que la palabra "concesiones", que se iba a usar en el artículo 3o., respondía a comprensión más fácil entre los intereses petroleros y los de el Gobierno; siendo el resultado el mismo y los productos para el país exactamente iguales, no quisimos las comisiones ir a obstruir la política petrolera, que en materia hacendaría es perfectamente sana y patriótica, con un capricho que hubiera conducido a un verdadero desastre legislativo. Ya ve pues, el compañero Del Castillo, que no es un cargo el que él ha querido lanzar en esta tribuna, refiriéndose a una conversación absolutamente privada; pero que, como antes decía, no tengo inconveniente en repetir ante la Representación Nacional, porque creo que ello no significa sino el propósito firme que no sólo las comisiones, sino esta Cámara han demostrado claramente en muchas ocasiones, de ayudar, de cooperar, leal, patriótica y sinceramente con los propósitos reconstructivos del Gobierno, no en materia política, no en materia de intereses políticos bastardos, sino en lo que se refiere a la obra de reconstrucción nacional.

El C. Del Castillo Israel: Señor presidente: ¿me permite usted una aclaración oportuna?

El C. presidente: Tiene la palabra para una aclaración el ciudadano Del Castillo.

El C. Del Castillo Israel: Señores diputados: Ya sabía yo que el estimable compañero Puig iba a decir que los argumentos míos estaban enderezados en contra de las concesiones anteriores a 1917; ya sabía que esto se me iba a decir; pero se me olvidó, desgraciadamente, prever, es decir, lo olvidé, porque sí lo preví, que iba a decir esto, y para aclararle el asunto a la Asamblea, debo manifestar que tras la aprobación del artículo 4o. vendrá la estrepitosa aprobación del artículo 5o., en el cual por cincuenta años respétanse los derechos adquiridos; es decir, que por cincuenta años "El Aguila" y todos los contratos que particulares hayan hecho con la Standard Oil Co., se respetarán; es decir, que se acabará el petróleo de la Nación.

El C. Murguía: Pido la palabra. Señores diputados:

En la última sesión me permití hacer una interpelación a las comisiones, que recordará muy bien la Asamblea, y era la siguiente: ¿Qué razón tuvo la comisión para no incluir en el artículo 4o. los terrenos pertenecientes a los Estados, a los municipios, los fundos y ejidos del los pueblos? Como recordaréis, el compañero Puig estuvo de acuerdo en que se incluyeran dentro del artículo 4o., y así lo prometió solemnemente a esta Asamblea. Al día siguiente de estas sesiones, tuvimos unas pláticas con el compañero Puig y con el compañero Certucha, y estuvieron de acuerdo en reformar el artículo teniendo en cuenta las observaciones que yo le hiciera respecto a la situación que guardaban los terrenos de los Estados, de los municipios y fundos y ejidos de las poblaciones. Hoy en la mañana nos reunimos en este recinto y llegamos al acuerdo de presentar reformado el artículo 4o. conforme a las observaciones que yo les hiciera. Las observaciones, señores compañeros, eran las siguientes: Desde el momento en que entran en el artículo 4o. los terrenos de los Estados y de los municipios, los ejidos y los fundos de los pueblos, es indiscutible que tienen también derecho los fiscos de los Estados y municipales a una parte del tanto por ciento de los productos brutos que el mismo artículo señala en las explotaciones de esos terrenos; y los miembros presentes de las comisiones, que lo eran el compañero Puig Casauranc y el compañero Certucha, estuvieron de acuerdo en que en la participación del diez por ciento que se fijó al Fisco federal, se dividiera por mitad para los fiscos de los Estados y municipales cuando se tratara de concesiones en esos terrenos y terrenos de los Estados y municipales. También estuvieron conformes los miembros de las comisiones en proteger, tanto los poblados como los terrenos de los ejidos en la forma que yo presentara el proyecto, y para poder seguir adelante en mi objeción, me voy a permitir suplicar a la Secretaría se sirva a dar lectura al proyecto que las comisiones estaban conformes con presentar a esta Asamblea, y sólo al presentarse el compañero Gama se han negado. Yo ruego a la Asamblea se sirva poner atención a la lectura de este documento, porque es de suma importancia para los Estados y los municipios.

- El C. secretario Gandarilla, leyendo:

"Artículo 4o. En los terrenos nacionales, baldíos, zonas federales y demás de dominio nacional, así como en los de propiedad de los Estados y

municipios, poblados y ejidales, y en aquellos cuyo título de propiedad hubiese expedido la Nación con reserva del subsuelo se otorgará en concurso público la facultad de exploración y explotación a que se refiere esta ley, mediante concesiones que además de las bases enumeradas en el artículo anterior contengan las siguientes:

"I. Se fijará una participación con el Fisco federal en los productos brutos de explotación, que no será menor del 10 por ciento, salvo para las zonas federales, donde no será menor del 25 por ciento;

"II. La participación se dividirá por mitad entre el Fisco federal y el de los Estados y municipios cuando de trate de concesiones en terrenos de los Estados o de los municipios;

"III. La explotación de los terrenos a que se refiere este artículo, no podrá detenerse sin consentimiento del Ejecutivo dentro de las condiciones científicas de la operación petrolera, fijadas por informe técnico de la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo;

"IV. Los concesionarios de fundos petrolíferos colindantes con una zona federal determinada, tendrán derecho de preferencia durante noventa días, a contar desde la vigencia de esta ley o de la expedición del título de exploración y explotación de un fundo colindante con zona federal. Durante ese término, no podrá abrirse concurso público para la obtención de dicha zona;

"V. Cuando se trate de terrenos poblados o fundos de los pueblos, no se otorgarán concesiones para la exploración y explotación petrolera, sino en el caso de que el concesionario traslade la población a otro sitio, elegido por el Ejecutivo federal, indemnizando a los pobladores de todos los perjuicios ocasionados por el traslado, y

"VI. En terrenos ejidales sólo se otorgarán concesiones, previa designación de otros terrenos que sustituyan a los afectados por la concesión indemnizando el concesionario a los que tuvieren el beneficio de los ejidos."

El C. Murguía: Como acabáis de oír, el artículo 4o. había sido reformado tomando en cuenta tanto los intereses de los fiscos de los Estados y municipales, cuanto la protección de los habitantes de los poblados y de los usufructuarios de los ejidos. Esta es una gran laguna que existe en el artículo 4o., tal como las comisiones lo han presentado a la consideración de esta honorable Asamblea, y si la Asamblea lo aprueba en esta forma, tendrán que cometerse un sin número de atropellos en poblados y en ejidos de los pueblos; y los que estamos en condiciones de defender a esos pueblos y esos ejidos, debemos de especificar de una manera clara la protección que este artículo debe darles en caso de que se otorguen concesiones en terrenos pertenecientes a pueblos o ejidales. No sé cuál es la razón que hayan tenido las comisiones para no presentar el artículo 4o. tal como me lo había ofrecido, pues como decía antes, los compañeros Puig y Casauranc y Certucha estuvieron de acuerdo, y aún más: el compañero Puig y Casauranc lo redactó con los datos que le presente en la mañana, y ahora lo retiran, sin decir absolutamente por qué ni cuáles son las causas, para presentar el artículo 4o. con sólo la modificación que en un principio se había hecho. Ruego pues, a la comisión, se sirva explicar de una manera clara y precisa las razones que tuvo para no presentar el artículo tal como me lo ofrecieron, primero; y segundo, por qué no se da una protección a los terrenos poblados y a los ejidales. Después de que me hayan contestado las comisiones en forma de interpelaciones seguiré aclarando este asunto.

El C. Rama Aquilino: Honorable Asamblea:

Para contestar de una vez las impugnaciones que a nuestro artículo 4o. han hecho tanto el compañero Israel del Castillo como el compañero Murguía, he pedido la palabra. El argumento de forma, diré yo, que ha presentado el compañero Murguía, diciendo que por qué esta mañana las comisiones de petróleo, dice él, aceptaron proposiciones que les hizo y hoy en la tarde las han retirado, no es de tomarse en cuenta. No fueron las comisiones de Petróleo compañero, sino dos miembros muy estimables de ellas, quienes hablaron con usted. Usted sabe que el Reglamento de la Cámara establece que las decisiones de una comisión se tomen por mayoría de sus miembros.....

El C. Murguía: Usted no es mayoría.

El C. Rama: Al presentarme en la tarde, no acepté, y ellos estuvieron de acuerdo conmigo; se discutió en el seno de las comisiones. Yo -personalmente estoy hablando - objeté las proposiciones de usted, así como objeté algunas otras proposiciones del compañero Puig y Casauranc. Este señor diputado aceptó esas objeciones y aceptó también con el compañero Certucha y algún otro miembro que está presente, que no se admitieran las proposiciones de usted. Ahora voy a decirle las razones que tuvo la comisión; pero por una cuestión de orden y de método, voy a contestar primero al señor compañero Israel del Castillo.

El señor compañero Del Castillo, siempre disciplinado, de una mentalidad disciplinada, en esta ocasión me ha venido a dar el raro espectáculo de venir a presentar objeciones a un artículo que ya aprobó esta honorable Asamblea y, en el fondo, a defender el artículo 4o., cuando ha dicho: no vengo a atacar el artículo 4o. porque no me oponga a las regalías que se establecen en él para los terrenos nacionales; lo que vengo a atacar es la diferencia que existe entre éste y el artículo 3o. Creo, pues, que han sido absolutamente nulos los ataques del compañero Del Castillo, toda vez que, en honor a la verdad, no ha hecho otra cosa que atacar nuestro artículo 3o., que ya está definitivamente aprobado por vuestra soberanía; pero yo quiero ir más allá: Dice él, atacando casi en lo general, pudiéramos decir, el proyecto que presentamos a vuestra soberanía, que nosotros estamos legislando para favorecer a determinados intereses. Yo solamente me permito recordar al señor Israel del Castillo - y para ello ruego a la Secretaría que dé lectura a aquel artículo 5o., de triste memoria, que entre otros señores diputados del Pélece, firmó.....-

- El C. secretario Gandarilla, leyendo:

"Artículo 5o. No estarán sujetos a permisos de exploración ni serán denunciables, durante diez años, los terrenos concesionados legítimamente por el Gobierno federal con aprobación del Congreso de la Unión, para fines expresos de exploración y explotación de petróleo, antes del 1o. de mayo de

1917. La Nación, dentro del citado plazo de diez años, titulará en favor de los beneficiarios las porciones de esos terrenos que deseen dedicar a la explotación, debiendo quedar ellos, en todo caso, sujetos a las disposiciones de esta ley y de su reglamento en materia de explotación, impuestos y caducidad."

El C. Rama: continuando: Como habéis oído, señores diputados, en aquella ocasión el señor Israel del Castillo decía: no serán denunciables ni se otorgará concesión alguna para que se exploten, los terrenos que aquí se enuncian. Eso sí era entregar la riqueza nacional.....

El C. Del Castillo, interrumpiendo: En el plazo de diez años, compañero. ¡Yo quería que se hiciera en un año!

El C. Rama: Durante diez años, compañero; usted sabe que este término era más que suficiente para dejar exhaustos nuestro pozos petroleros.

El C. Del Castillo: hoy pone usted cincuenta años.

El C. Rama: continuando: Ya verá usted con qué restricciones ponemos cincuenta años, compañero; ya verá usted que no hacemos más que fijar un límite razonable dentro de lo que establece el artículo 27 constitucional; pero ustedes aquí establecían la propiedad privada, la propiedad privada en materia de petróleo, esto se lo podrá decir cualquier abogado: ¡este es el radicalismo de los que vienen sistemáticamente y por un verdadero prurito a atacar a esta Comisión del Petróleo! Nosotros modestamente, pero sí con toda nuestra buena voluntad, hemos procurado, ajustarnos estrictamente a los cánones que establece el artículo 27, y voy a demostrar cómo todas las objeciones presentadas, cuando menos dentro de este artículo, no tienen ninguna razón de ser.

Decía el señor licenciado Escudero, por una interpelación que motivó no recuerdo qué señor diputado, porque no estuve presente en esa sesión, que debían enunciarse en este artículo a debate tales y cuales terrenos. El señor compañero Murguía ha venido a presentarnos esta objeción, creo que él fue quien propuso la aclaración. Yo le digo: ¿qué usted cree que con nuestro régimen constitucional -y también esto de lo digo al licenciado Escudero, que es abogado, y estoy seguro que conoce bien en esta materia el Derecho -, que usted cree, señor diputado Murguía, que los Estados que forman la Federación México, son capaces, son susceptibles de poseer en propiedad bienes raíces? si tal cree, está en un error, compañero. Su proposición dice que se pongan allí los terrenos de que son propietarios los Estados; yo aclaro que los Estados no pueden tener propiedad de bienes raíces, ni los municipios, ni todas las congregaciones que se reúnen para fines de población. Creo que quedará usted conforme con lo que le acabo de decir, lo cual confirmará con la lectura del artículo 27 constitucional en su parte relativa.

El C. Murguía: Lo conozco.

El C. Rama: Entonces, usted será el primero en convenir en que es inútil establecer esto. Voy más allá.

El C. Murguía: Una interpelación.

El C. Rama: Le suplico que me permita concluir y luego aceptaré cuantas interpelaciones quiera usted. Es más: aun el término: "terrenos nacionales" es perfectamente redundante; bastaba con decir: "en los terrenos baldíos y demás de dominio nacional," etcétera. Y voy a decirle por qué. Existe por allí una Ley de diciembre de 1902, que anula de una manera definitiva la división que antaño se usó entre terrenos nacionales y terrenos baldíos. Usted sabe muy bien, y la Asamblea también, que aquella división no era otra cosa que distinguir los terrenos deslindados y medidos, a los cuales se llamaba nacionales, de los terrenos que no estaban deslindados ni medidos y que se les llamaba baldíos. No tiene usted razón tampoco, compañero Murguía, en este punto, pues. Voy a la tercera parte de su proposición. Usted dice: si en el fundo ejidal de un pueblo, de un municipio, brota un pozo, ¿por qué no se le da a la Nación un porcentaje -que usted llama regalía y que yo, por cierto escrúpulo extemporáneo, no quiero llamar así -, por qué no se le otorga ese porcentaje al municipio? Voy a darle a usted una razón clarísima, sacada también de los términos del artículo 27 constitucional. El Constituyente de Querétaro, señores diputados, estableció un sistema único de propiedad del subsuelo y dijo: la propiedad del subsuelo corresponde a la Nación. No quiero yo entrar en disquisiciones.....

El C. Rodríguez Guillermo: La Nación no es el Gobierno federal.

El C. Rama: No, compañero, el Gobierno federal sabe usted muy bien que no es propietario de nada. si usted va a recurrir a la ficción, me obligaría a entrar en análisis de carácter sociológico que yo estoy seguro que la Asamblea no toleraría. Sabemos muy bien que el impuesto va a la Nación, ya sabemos que no va al Gobierno; el Gobierno no es sino la persona o grupo de personas físicas que representan la personalidad moral llamada Nación; esa es la verdad de las cosas. El artículo 27 establece solamente el dominio del subsuelo para la Nación; ¿de dónde me da usted dominio de los municipios, dominio de los pueblos sobre ese subsuelo, señor compañero?

El C. Murguía: Yo no digo dominio.

El C. Rama: Desde el momento, señor compañero Murguía, en que usted quiere un porcentaje para los municipios, es indiscutible que no encontrará otro apoyo para solicitarlo, como no sea el dominio que ese municipio pueda tener sobre el subsuelo. Si nosotros, en un artículo posterior, damos parte del impuesto a los Estados, es por equidad, es por otra serie de consideraciones, pero nunca, señor compañero Murguía, ni por un momento, porque nosotros hayamos reconocido que esos Estados o esos municipios tienen algún dominio sobre el subsuelo. En vista, señores compañeros, de que las objeciones que se han hecho al artículo 4o. en realidad lo fueron para el artículo 3o. creyendo la Comisión del Petróleo que el artículo 4o. que propone para la aprobación de vuestra soberanía, reúne las condiciones de sano radicalismo que nosotros debemos tener, de serio radicalismo con que nosotros debemos obrar, no nos queda, señores diputados, sino pedir un voto aprobatorio para este artículo que seguramente llena las exigencias del sentir nacional

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Rodríguez Guillermo.

El C. Rodríguez Guillermo: Ruego a la comisión y a la Asamblea que me dispensen si tal vez formulo algunas interpelaciones redundantes. En primer lugar quiero fijar en una forma clara y terminante cómo se procederá en este caso frecuente que está presentando en el terreno de los hechos. Yo sé, el compañero Barón Obregón lo sabe y tal vez el compañero Puig y Casauranc también , que en el Estado de Veracruz, esencialmente petrolero, se está siguiendo una especie de chantage en este sentido: que con la apariencia de hacer una repartición de ejidos, exigen determinadas cantidades de aquellos que poseen terrenos petroleros; y yo formulo esta pregunta concreta a la comisión: ¿Es factible pedir ejidos en terrenos reconocidos como petroleros? ¿Debe prosperar una petición de esta naturaleza o por el hecho mismo de ya estar reconocido aquel terreno como petrolero, no debe prosperar tal petición? Es lo que pregunto a la comisión.

El C. Rama: Para contestar, señor presidente. Señor compañero, en honor a la verdad esta era una interpelación que debería usted dirigir a las comisiones agrarias, pero se la voy a contestar aun cuando crea que no es nuestra misión. La Ley Agraria establece determinados requisitos para conceder ejidos a los pueblos, amen de exigir determinado número de habitantes, que no recuerdo de memoria; pone como otra condición: que sean pueblos agrícolas. La pregunta que usted me hace es la siguiente: si en terrenos reconocidamente petrolíferos pueden darse ejidos a los pueblos. Desde luego yo voy a contestarle que no excluye esta Ley del Petróleo todos los preceptos que venga a establecer la Ley Agraria. Si dentro de los lineamientos que traza la Ley Agraria está el pueblo que usted pone como ejemplo, indudablemente que aun siendo terrenos reconocidamente petrolíferos tendrá derecho a su dotación de ejidos, a su reparto de tierras. Indudablemente que vendrán después factores de carácter natural a destruir la agricultura en aquellos terrenos, pero no será un factor de carácter legal. Queda pues, contestada la pregunta de su señoría.

El C. Puig y Casauranc José Manuel: pido la palabra. Para ampliar la contestación del compañero Rama, voy a referirme al caso concreto que seguramente tenía en mente el diputado Rodríguez al hacer su interpelación. En efecto, en el distrito de Pánuco, no por procedimientos de la Comisión Local Agraria, sino por maldad, por verdadera imbecilidad del presidente municipal, se está cometiendo la atrocidad de engañar a los indios ofreciéndoles parcelas de veinte hectáreas, que ellos tendrán la facultad de localizar. Naturalmente los indios localizan sus veinte hectáreas en donde hay uno o dos pozos petroleros y esto ha dado por resultado que en la fracción Domínguez 1-A del lote de Cacalilao número 3 que visitamos el viernes en unión de algunos compañeros, por una verdadera infamia del presidente municipal se llevó a un grupo de diez indígenas y se les dijo que podían tener ese terreno, no en virtud de la Ley Agraria, sino en virtud de la Ley de Tierras Ociosas. Estos señores consideraban ociosa a una tierra en la que hay un pozo de tres mil barriles en explotación y cuatro torres de petróleo. Pero esta es simplemente una maniobra de chantage, porque estos indios nos confesaron que el presidente municipal les había dicho que si las compañías aceptaban dar mil quinientos pesos, se fueran y repartieran los mil quinientos pesos entre los indios y el presidente municipal. Naturalmente que esto sólo puede suceder en una de aquellas desoladas regiones en las que la imbecilidad crónica ha podido llevar a la Presidencia Municipal del pueblo a un individuo, Dionisio García Vásquez Torres, que firma sus oficios con la palabra "Nicho" (Risas.) Tuvimos oportunidad los diputados de conocer esto, porque encontramos que el visitador de ayuntamientos nombrado por el Gobernador del Estado de Veracruz, de acuerdo con una sugestión del general Calles para que fueran a informarse y a decir la verdad, había consignado a veinte jugadores la noche anterior a nuestra llegada, y Nicho había puesto en la cárcel al visitador de ayuntamientos, dejando en libertad, naturalmente, a los veinte tahures. Pero como decía, estas cosas no pueden tomarse en serio, no sucederán evidentemente sino en aquellos lugares en donde temporalmente esté un Nicho como presidente municipal de una zona tan importante...

El C. Altamirano Manlio Fabio, interrumpiendo: ¡Y un Tejeda como gobernador!

El C. Puig y Casauranc José Manuel, continuando: Aquel Distrito de Pánuco, y lo digo por estar ausente el representante del distrito, señor Azueta, se encuentra en una condición de desesperanza tan enorme, que a nuestra llegada la totalidad del pueblo, a excepción de cinco habitantes, fue a pedirnos que dijéramos a la Representación Nacional lo que estaba sucediendo en Pánuco. Allí hay un comandante de Policía que en sólo dos meses que lo ha sido y por concesiones de juego y de casa de lenocinio en el campo de Cacalilao, ha amasado una fortuna superior a cuarenta mil pesos en dos meses. En Pánuco, señores diputados, se roba a todo el mundo, a la Nación inclusive, del modo más descarado. Nos enseñaron un oleoducto de la Compañía Terminal de Lobos, que debiendo haber pasado por terrenos de propiedad particular, por los que se hubiera tenido que pagar como derecho del paso el mínimum de treinta y seis a cincuenta mil pesos, había obtenido por concesión de un tal Cortés, presidente municipal y antes presidente de la Legislatura de Jalapa, concesión para que ese oleoducto pasara por el camino nacional de Pánuco a Cacalilao, produciendo única y exclusivamente ochocientos pesos que esa compañía le entregó como un mendrugo a ese imbécil gobernante pueblerino. Pero todos estos hechos, demostrativos de la infame, de la desastrosa condición en que se encuentra desdichadamente nuestro Estado, no pueden servir indudablemente para que tomando en serio estos procedimientos de hotentotes, establezcamos un precepto en esta ley reglamentaria. Indudablemente que no sucederá nunca que terrenos en plena explotación petrolera puedan considerarse como terrenos ejidales, puesto que en ellos el cultivo sería imposible, ya que tendrían que pagarse jornales de cuatro a cinco pesos, que no aguanta ninguna tierra agrícola.

El C. Rodríguez: Como habréis oído, señores diputados, no ha sido estéril mi petición para que informara la comisión en este sentido, porque los dos representantes de ella han sentado bases perfectamente morales para que la Nación sepa que el propósito de esta Representación Nacional es hacer una legislación absolutamente moral y perfectamente justa. Si el señor doctor Puig y Casauranc nos refirió un caso de chantage, seguramente entre los diputados veracruzanos podrían referirse dos o tres de esta naturaleza; pero no quiero alargar este asunto, me basta y me satisface que haya aclarado la comisión lo que antes dije, para que sirva en lo futuro para normar los actos de individuos que prostituyen las reformas sociales y las leyes que nosotros damos de buena fe. Quiero hacer otra interpelación a otro miembro de la comisión en este sentido: algunos superficiarios que han recibido su participación de pozos en producción, tienen fuertes capitales, y estos individuos mexicanos ya comienzan a entusiasmarse por emprender ellos mismos esta explotación de la industria petrolera. Hay también un regular número de propietarios de ingenios que utilizan el petróleo para sus trapiches y demás maquinaria, y mirando la presión tan grande que reciben para conseguir petróleo de las compañías, han constituido sociedades, de las cuales forma parte, de una de ellas, el doctor Sánchez Rebolledo, que quisiera que se estableciera y no se borrara de la ley el capítulo de preferencias ; de manera que estas sociedades constituidas por mexicanos de nacimiento y que están dispuestos directamente a explotar el petróleo para el servicio de las necesidades nacionales, tengan determinadas facilidades para que las poderosas compañías, con las ventajas fabulosas que ofrezcan los depósitos de dos y tres millones que están en condiciones de otorgar, no entorpezcan esta verdadera nacionalización de la industria petrolera. La comisión sabe que si es costosa la perforación de un pozo de petróleo, una vez éste en producción, sus propios rendimientos dan para hacer todos los gastos subsecuentes, para constituir la verdadera industria nacional del petróleo constituida por mexicanos, no simples extranjeros nacionalizados. El doctor Sánchez Rebolledo me recomendó de una manera muy especial que insistiera ante la comisión sobre este punto capital. El sabe que algunos propietarios de Veracruz ya han constituido una sociedad de esta clase para dedicarse a la perforación de pozos con el propósito de vender los productos en México, y me recomendó que exhortara a la comisión para buscar la forma de dar facilidades a estas industrias mexicanas en pequeño. El propio doctor me dice que él no viene a esta tribuna porque no puede hacerlo, pero me recomendó que lo hiciera en su nombre. Así es que cumplo con este encargo y al mismo tiempo pregunto a la comisión por qué ha retirado de la ley este capítulo de preferencias. El compañero Certucha me decía que a pesar de haber consignado en la ley que se otorgarán las concesiones por subasta, esto era demasiado ambiguo; que él estaba enteramente conforme en poner una especie de bases precisas y claras de modo de que no quede al arbitrio del secretario de Estado el conceder estas concesiones. Yo pregunto al señor diputado Certucha si es verdad que él me dijo que estaba conforme con poner estas bases.

El C. Certucha: Efectivamente, he discutido el punto que presenta el señor compañero Rodríguez y considerando que el artículo 3o., en que se expresó que las concesiones se darán en concurso público, era algo demasiado ambiguo, demasiado amplio, y tratando de analizar el caso que él presentaba - sociedades mexicanas constituidas exclusivamente por mexicanos -, le dije y le ofrecí que yo me comprometía a proponer un artículo adicional en la ley, en el cual se establecieran algunas reglas generales para esos concursos. En esas reglas generales, en esas bases, podría considerarse la preferencia para las sociedades mexicanas constituidas exclusivamente por mexicanos; para los propietarios, para los que tuvieran equipo más o menos próximo, para los que dieran mejores garantías, en fin. De este modo el otorgamiento de concesiones se sujetaría a determinadas bases y no quedaría al arbitrio del Ejecutivo el calificar. De manera que, confirmando el ofrecimiento que hice al compañero Rodríguez, repito que, por mi parte, presentaré un artículo adicional de manera que quede enteramente reglamentado ese artículo 3o., en el que hemos expresado que las concesiones se otorgarán por concurso público. Es posible que esto no sea pertinente en una ley de esta clase , sino que sería más bien materia de un reglamento; pero como se trata de algo tan fundamental, que ya ha dado lugar a discusiones, que ya se ha dicho que al establecer concursos públicos hemos barrenado el espíritu del artículo 27 constitucional, que democráticamente establece la igualdad para todos los que quisieran hacer sus solicitudes, creo que sería muy conveniente y que cabría dentro de esta ley establecer las bases generales de esos concursos, porque debemos reivindicar exactamente el espíritu democrático del artículo 27. En este sentido, compañero, mi oferta compañero Rodríguez, queda en pie.

El C. Rodríguez Guillermo: Agradezco al señor compañero Certucha la buena disposición que manifiesta, de poner un inciso que aclare lo que antes he indicado y no podía ser menos. Hemos visto cómo otras naciones solamente otorgan concesiones a sus nacionales, y ya que nosotros hasta hoy no hemos podido hacer cosa semejante, seguramente tenemos la obligación de preparar el camino para cuando haya hombres de suficiente espíritu que arriesguen su dinero en esta clases de empresas, sean los mexicanos los que exploten las riquezas de México para beneficio mismo de la República. He encontrado también dos incisos tachados, dos incisos que ha anulado la Comisión del Petróleo. En esos incisos se decía que al otorgarse una concesión en terreno federal, se dará preferencia a los colindantes. Yo estaba perfectamente de acuerdo con este inciso, porque el doctor Puig y Casauranc, en una forma gráfica, nos dijo que cuando se otorga una concesión en terreno federal, es porque a muy poca distancia de aquella zona hay pozos en plena producción, y que aquel que recibe la concesión en terreno federal va a aprovecharse del dinero gastado por el que ha hecho perforaciones en terreno particular; es decir,

aquel que recibe la concesión federal ya va sobre seguro, ya no va arriesgar el dinero en una perforación que resulta infructuosa, sino que ya sabe que está saliendo petróleo y por eso va a perforar al lado; por esa razón justo es que aquel que gastó su dinero en hacer sus exploraciones y tal vez perforaciones inútiles, obtenga el derecho de perforar en otra zona colindante a la suya. Eso me parece moral, y porque me sigue pareciendo no creo que deba suprimirse el inciso.

El C. Rama: Para contestar la interpelación, señor presidente.

El C. presidente: Tiene la palabra para contestar el ciudadano diputado Rama.

El C. Rama: Señor compañero Rodríguez:

En esta tribuna dije que al llegar a esta Asamblea me había hecho esa proposición el señor compañero Puig y Casauranc y que una de mis objeciones fundamentales consistió precisamente en esas dos fracciones. El señor doctor Puig y Casauranc y el compañero Certucha me dieron la razón; creo, pues, que es a mí a quien toca contestar la interpelación que usted hace. Efectivamente, señor compañero; efectivamente señores diputados, en alguna ocasión el doctor Puig y Casauranc nos señaló un caso concreto, en que a primera vista había una plena razón para establecer lo que proponen esas fracciones; pero, señores diputados, era ese solo caso, era un caso concreto, como dije antes, un caso aislado, y nunca, señores, en ninguna ley se atiende a casos aislados para establecer postulados de carácter general.

En contra de ese caso concreto yo puedo presentar centenares y miles de casos en que no haría otra cosa que entregar nuestra riqueza petrolera en manos de las compañías extranjeras. En buena hora, señor compañero, que nosotros tengamos en consideración las inversiones de capital que han venido a traer a nuestro país estos señores; pero no por eso vayamos a darles todo; no porque el destino -muchas veces es el destino, el azar_ entregó a un individuo un pozo petrolero en una región X, vayamos a darle, por simple vecindad, el que se encuentra en la región Z. Yo creo que esto no es una razón de peso, compañero; usted me podrá señalar uno, dos, tres casos en que por justicia, por equidad, como usted decía, debamos otorgarlo; pero en la generalidad de los casos esto no pasa. EL caso que prevé el compañero Rodríguez, que previó en aquella ocasión el compañero Puig y Casauranc, puede ser motivo del reglamento de la Ley del Petróleo, que establecerá seguramente, como lo establecen todos los reglamentos respectivos, una zona dentro de la cual no se pueda hacer una nueva perforación, para evitar precisamente los abusos que enumera el compañero Rodríguez; pero, señor compañero, no debemos ser más papistas que el papa; no debemos otorgar a los señores petroleros más de lo que impertinentemente nos han pedido de continuo; yo creo que ya hemos hecho muchos sacrificios de lo que es nuestro, para que vayamos a darles más.

El C. Rodríguez Guillermo: Quedo satisfecho con las explicaciones del compañero Rama, porque tengo obligación de creer que él dice la verdad. Y para terminar únicamente quiero que la comisión tenga la bondad de decírme cómo se procederá en el caso de que exista un pueblo determinado y en el caso de que él se otorgue una concesión para efectuar perforaciones. Querría en este caso que a expensas de la compañía que saliera beneficiada con el petróleo se construyera otro pueblo en distinto lugar con la misma denominación, como una compensación a los habitantes. Ya hemos visto casos concretos como el de Juan Felipe, en que ha quedado el vecindario de la noche a la mañana al aire libre. Quisiera que la ley previera estos casos en los cuales al otorgarse una concesión dentro de los límites de un pueblo, la propia compañía se comprometiera a transportarlo a otro lugar. No voy a decir el absurdo de que por el hecho de que exista un pueblo en un lugar determinado, no se explote el petróleo; no sería posible esto, pero sí es justo y es posible también la compañía busque otro lugar adecuado para hacer un nuevo caserío.

El C. Rama: Señor compañero, el caso que usted prevé está resuelto en la Ley Orgánica de Municipios, que establece las condiciones de vida de los pueblos. Usted debe comprender que sobre toda industria, que sobre todo afán de lucro está la existencia de un pueblo. No es posible, no es lógico permitir perforaciones en la zona de un pueblo; muchas veces los mismos pobladores, los mismos vecinos, son quienes han solicitado, y si no me equivoco en la región del Pánuco se ha presentado este caso, los mismos vecinos han solicitado que se perfore dentro de las calles, en el seno del pueblo mismo. El reglamento de la Ley de Minas prevé este caso, y este reglamento de la Ley del Petróleo, que tendrá mucha analogía con el reglamento de la Ley de Minas, indudablemente que lo preverá; pero ya digo, aun cuando no se dijera en el mismo reglamento esto, ya está previsto por la Ley Orgánica Municipal. Creo que con esto quedará usted ampliamente satisfecho.

El C. Rodríguez Guillermo: Quiere decir que la comisión reconoce que la compañía que obtenga una concesión dentro de un pueblo, tiene la obligación de pasar el pueblo a otro lugar.

El C. Rama: Sí señor.

El C. Rodríguez: Querría yo saber que hubiera bases sobre qué exigir a esto señores que salían beneficiados en esta forma. No me ocurre por el momento otra objeción y me retiro de la tribuna, dando las gracias a la comisión. - El C. Murguía: Pido la palabra para interpelar a la comisión.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Murguía.

El C. Murguía: El compañero Rama, como buen abogado, nos ha hablado con argumentaciones sofísticas. Nos ha dicho que el artículo 27 prohibe la propiedad para los Estados y municipios, y yo me voy a permitir preguntar al compañero Rama quien es el dueño de una vacante, de una sucesión, mientras no viene el remate de esa vacante o de la sucesión.

El C. Rama: Para contestar, señor presidente.

El C. presidente: Tiene la palabra la comisión.

El C. Rama: Señor compañero:

En el caso que usted me señala, cuando el autor de una herencia muere sin dejar herederos reconocidos por la ley y nombrados por su voluntad, establece el Código Civil que los bienes pasan a ser

propiedad del Fisco; pero - y en esto me dio la razón el señor licenciado Escudero, diciéndome que en realidad no era el Estado en ese caso sino un detentador - usted sabe, compañero, que, por ejemplo, si el Estado adquiere bienes raíces urbanos, está en el dilema: o destinarlos a servicios públicos tales como escuelas, bibliotecas, etcétera, o realizarlos; pero nunca mantiene la propiedad análoga a la propiedad particular que establece el mismo Código Civil. En el caso de que se trate de predios rústicos -y sería éste el caso, indiscutiblemente -, tiene la obligación, también, si no los dedica al servicio público, como a cementerios, jardines, escuelas granjas, etcétera, ponerlos a la venta, porque no puede mantener la propiedad privada de una manera legal. Es, por tanto, una situación pasajera que no se puede prolongar: el Estado se convierte en un mero detentador y no en propietario de esos fundos. En consecuencia, siendo una situación pasajera, siendo una situación que no debe legalmente permanecer, no hay lugar a su objeción, señor compañero.

El C. Murguía: Sigo interpelando a la comisión. Yo pregunto al compañero Rama: Si durante la tramitación de una sucesión se solicita una concesión petrolera y el Gobierno Federal la da y después viene la explotación del predio correspondiente a esa sucesión, ¿en qué condiciones van a estar colocados esos terrenos? ¡como un particular? ¿y van a tener el cinco por ciento y la preferencia? Yo pregunto cómo se va a hacer uso de esa preferencia, y segundo, si va a entrar en el artículo 4o., ¿cómo van a ser considerados esos terrenos?

El C. Rama: Indiscutiblemente que lo razonable en este caso sería no otorgar la concesión en tanto que no se realizara la situación definitiva de ese fundo.

El C. Murguía: ¡Ahí está Juan Felipe!

El C. Rama: Pero la forma definitiva, sea que quedara para el servicio público, en cuyo caso no podía otorgarse la concesión, o bien que pasara a propiedad de un tercero, en cuyo caso quedaría comprendido dentro de los lineamientos que ya establece la ley; pero en este último caso, y contestando este problema artificial que usted quiere crear y que la comisión insiste en declarar que es un problema netamente artificial, problema que no se ha de presentar, en este caso se podría hacer como se está haciendo en la actualidad, de una manera condicional. Pero su objeción no es de peso y espero que el criterio de la Asamblea resuelva el punto.

El C. Guzmán Apolonio: Habiéndome prometido la mayoría de la comisión retirar este artículo 4o. para modificarlo en la forma, porque hay palabras que no concuerdan con nuestra terminología en legislación, es decir, la palabra: "nacional", suplico a la comisión que cumpla, porque le he demostrado palpablemente que no se usa la palabra "nacional", puesto que todos los terrenos de la Nación, cualquiera que sea su categoría, están clasificados en terrenos baldíos. Ç

El C. Rama: Efectivamente, la comisión por mi voz lo dijo en la tribuna, el vocablo "nacional" aplicado a terrenos es completamente inútil, porque ya no existe esa clasificación. En consecuencia, y con la voluntad de mis compañeros, suplico a la Asamblea y a la Presidencia que permitan a la comisión retirar del artículo propuesto la palabra "nacional".

El C. secretario Gandarilla: Se consulta a la Asamblea si permite retirar el artículo 4o. para hacer la modificación que se indica. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Sí se permite. La comisión lo presenta reformado de este modo: "En los terrenos baldíos y demás de dominio nacional...."

El C. Del Castillo Israel: Pido la palabra para interpelar a la comisión señor presidente.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Del Castillo.

El C. Del Castillo Israel: Señores diputados:

Voy a permitirme, puesto que ya está agotándose el debate del artículo 4o., hacer primero, una aclaración, y después una interpelación a la comisión, con objeto de una manera clara y terminante nos diga cuáles han sido las razones por las cuales ha querido colocar en condiciones diferentes los terrenos baldíos y los particulares.

Desde luego, refiriéndome a las objeciones del licenciado Rama, debo manifestar, por vía de aclaraciones, que ni el licenciado Rama ni el señor Puig, en concepto mío, están inspirados en un sentimiento antipatriótico. Y tengan ustedes la convicción, señores compañeros, de que yo en estos casos no vengo más que inspirado en esos propios sentimientos, a defender aquí, como revolucionario, los intereses nacionales. Así, pues, ¡fuera todas esas suspicacias y fuera todas esas palabras que puedan herir la susceptibilidad de algún compañero! Y volviendo a rememorar lo que decía Aquilino Emilio Rama que propusiera al Partido Liberal Constitucionalista como artículo 5o., debo recordar al licenciado Rama y manifestar a la Asamblea, que el Partido Liberal Constitucionalista, en primer lugar, lo que hizo fue poner al licenciado Rama como presidente de una Comisión del Petróleo y no haber tenido mayoría en estas comisiones, porque el partido Liberal Constitucionalista, para formar las comisiones, se fijó especial y preferentemente en la competencia de los ciudadanos diputados. Hoy las minorías ni por equivocación tenemos una suplencia en las comisiones! Esto por vía de aclaración. Ahora, cuando se discutió la ley en el seno de las comisiones - y esta aclaración la hago porque ya el licenciado Rama en uno de esos monosílabos, en una de esas frases que suele proferir desde la tribuna, gritó: "¡Así hacía el Pélece!" -, el licenciado Rama debe saber que lo primero que hizo el Pélece fue haberle dado las comisiones del Petróleo. Y no lo debe olvidar.

El C. Rama, interrumpiendo: ¡Después me las quiso quitar!

- El C. Del Castillo Israel:.... que cuando se discutió el artículo 5o., se invitó al licenciado Rama al seno del bloque para que allí se oyeran sus razones

- El C. Rama:¡ Y me corrieron!

El C. Del Castillo: ¡Usted se salió! Pues volviendo a esta aclaración, el artículo 5o. de que habló el ciudadano Rama, lo que proponía en aquella ocasión era dejar en poder de las compañías petroleras -y en esto estuvo de acuerdo el mismo diputado Manjarrez, que defendió el artículo 5o.- ,dejar en poder de las compañías petroleras todos

los terrenos acaparados hasta hoy, poniéndolos bajo la legislación de los derechos adquiridos. Y lo que el Pélece procuró y los dos, repito, inspirados en sanas intenciones, porque no quiero decir que el compañero Rama, el diputado Romero y todos los demás, tenían tendencias disímbolas, de las del Pélece, puesto que todos estaban animados por el mismo sentimiento patriótico ; era, dentro de nuestra debilidad como Nación en el planeta, no dar todo, y entonces pusimos que ese derecho que tuvieran para garantizar los derechos adquiridos, de no sujetar a denuncio a los terrenos adquiridos por compañías petroleras que la comisión quería que fuera eterno, solamente se hiciera por diez años. En esto estuvo de acuerdo el licenciado Rama.

El C. Rama: No, señor.

El C. Del Castillo Israel: Una vez hecha la aclaración, voy a interpelar al ciudadano Rama. Las comisiones, en el artículo a debate, imponen por concepto de regalía, por concesión, una cantidad, la que ustedes quieran, que voy a llamar (a); además de esto, los terrenos federales están sujetos a los impuestos (b), (c), (d) y (e), impuestos de patente, impuestos de producción, impuestos territoriales y demás impuestos municipales que ustedes quieran suponer. Quiero que me diga el ciudadano Rama, y que la asamblea medite sobre este asunto: los terrenos federales, los terrenos baldíos quedarán en condiciones de que deberán pagar los impuestos (a), más (b), más (c), más (d) y más (e), y los terrenos particulares pagarán los mismos impuestos, menor el (a). Eso colocará a los terrenos federales en condiciones desfavorables de explotación y constituirá una violación al artículo constitucional, que previene que no debe haber prerrogativas, que no debe haber excepciones.

Esta es la última interpelación, porque desde luego declaro que no tengo la intención de que se deseche el artículo puesto que aquí no venimos más que a someternos a un torneo de discusión, con el objeto de que se diga que hubo debate, razón por la cual he manifestado a las comisiones, en lo privado, mi deseo de ya no tomar participación en los debates. Quiero pues, que las comisiones respondan a esta interpelación, pero claramente, no con subterfugios: que nos digan si el hecho de que los terrenos federales, los terrenos baldíos tengan (a), más (b), más (c) de impuestos, y los terrenos particulares solamente(b), más (c), no constituye una violación constitucional.

El C. Rama: Para contestar, señor presidente. Honorable Asamblea:

El compañero Israel del Castillo, en esta interpelación, que dice él muy clara y muy concreta, sencillamente toca lo que hemos debatido aquí hace algunos años, es decir, toca la médula del problema, toca el problema mismo. Yo ruego al señor compañero Israel del Castillo que me escuche, ya que tanto interés tiene en esta interpelación. ¿porqué, señor compañero Israel del Castillo, firmó usted un voto en que entregaba lisa y llanamente todo el petróleo del país ya concesionado, a los intereses extranjeros? ¿Por qué, señor compañero? ¿Qué razones de orden moral; qué razones de orden jurídico; qué razones de orden económico guiaron a usted a firmar aquel artículo?

El C. Castillo Israel, interrumpiendo: ¿Me permite la palabra, señor presidente?

El C. Rama, continuando: No he terminado. Usted obedeció a razones de orden moral, de orden político y, por último tuvo en consideración argumentos de orden jurídico. Señores diputados: La pregunta que hace el compañero Israel del Castillo, en sus labios es sencillamente una perogrullada: viene a preguntarnos en estos momentos, cuando ya está aprobada la ley en lo general, por qué establecemos un distingo entre lo que llaman los petroleros "derechos adquiridos", entre lo que llaman los juristas "expectativas de derecho" y entre lo que nosotros tenemos que conciliar, es decir, a lo que nos ha mandado el pueblo aquí. ¿Como el compañero Del Castillo quiere en la discusión de un artículo establecer un distingo que es nada menos que punto total del proyecto a debate? Me extraña sobremanera que venga el compañero Del Castillo, conocedor de esta materia, con la pregunta que me ha hecho en estos momentos. Establecemos esta distinción porque precisamente es donde fijamos el punto de partida para diferenciar el pasado del presente, para establecer cómo el país México va a reglamentar la materia petróleo antes de 917 y, posteriormente a acá. Debe saber muy bien el ciudadano Del Castillo que las pretensiones de los petroleros única y exclusivamente han versado sobre terrenos de propiedad particular, o bien sobre terrenos de propiedad nacional que ya estaban concesionados de antemano. ¿Por qué si en el artículo 4o. que está a debate, legislamos para el futuro y solamente hablamos de terrenos federales, de terrenos nacionales, en términos nacionales, para qué vamos a establecer diferencias que a nada conducirían? Que esa diferencia existe, ¡claro!, si allí está la médula del problema, ¿Cómo no vamos a establecerla? si el diputado del Castillo quiere un debate amplio sobre esta materia, espérese al artículo 5o., y allí será oportuno lo que dice, pues creo que en el momento presente es completamente estéril toda discusión, pasado ya el debate en lo general. Usted atacó ese punto y lo atacó débilmente; se presenta la ocasión con el artículo 5o., y la comisión tendrá mucho gusto en combatir con usted, puesto que reconoce que obra inspirado en los más sanos principios. Si el propio compañero insiste, y la Asamblea tolera que hagamos un debate sobre este punto, que no está a discusión, la comisión cumplirá con esa decisión.

El C. Puig y Casauranc: Me parece que para dejar enteramente satisfecho al compañero Del Castillo, habría que tocar el punto capital de su objeción: la diferencia que él juzga que establecemos entre los terrenos de particulares y los terrenos baldíos y federales. Me voy a permitir explicar al compañero Del Castillo, con datos numéricos, que no hay esta desventaja en que él cree que se van a encontrar los terrenos baldíos y los federales. Le ruego que se fije en esta explicación, que es clarísima. Vamos a suponer un terreno particular de veinte hectáreas, el mismo terreno nacional de veinte hectáreas, y el mismo terreno federal de veinte hectáreas. El terreno particular de veinte hectáreas tendría como costo forzoso de explotación lo siguiente: una renta anual, que a un término medio en las posesiones petroleras de

importancia, podría calcularse como mínimo en dos mil pesos al año; tendría una regalía para el dueño del terreno, para el superficiario, regalía que como mínimo es de diez por ciento.

El C. Del Castillo Israel, interrumpiendo: Anticonstitucional.

El C. Puig y Casauranc José Manuel, continuando: ¿Me permite compañero? Dice que es anticonstitucional; pero el compañero Del Castillo sabe perfectamente bien, y así lo propuso desde la Legislatura XXIX, que en contratos anteriores a 1917 los términos de los contratos entre los contratantes, entre las compañías petroleras y los superficiarios, en lo que se refiere a regalías para superficiarios, va a ser aceptada, puesto que en ello no encuentra perjuicios la nación: de manera que un terreno particular tendría ya como costo inicial un mínimo de dos mil pesos de renta anual para las veinte primeras hectáreas; si se ha obtenido un pozo de cinco mil barriles, la compañía tendrá que pagar al superficiario una cantidad de ciento ochenta y dos mil quinientos pesos al año y otra cantidad igual a la Nación por el concepto de diez por ciento de regalía. En un terreno baldío la Nación no tiene que pagar al superficiario , no existe superficiario particular, existe el diez por ciento como mínimo de producción para el Estado. De modo que el compañero ve que no sólo queda en condiciones desventajosas el explotador de terrenos baldíos, sino que si se le aplica el mínimo que establece la ley, de diez por ciento, resulta casi seguramente beneficiado con un cincuenta por ciento sobre el que explota un terreno particular. en lo que toca a terrenos federales, la regalía mínima será de veinticinco por ciento y lo que se tendría que pagar sobre un pozo de cinco mil barriles por concepto de impuestos a la Nación, sería la cantidad de cuatrocientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta pesos anuales, habiendo un excedente como de sesenta y tantos mil pesos sobre el mismo terreno, con la misma producción en terreno particular. La diferencia se explica, porque en el terreno federal, como se ha explicado tanto, el concesionario va a medir por metros y centímetros la zona que se encuentre enfrente de un pozo en plena producción, y el ahorro del trabajo de exploración bien vale sesenta mil pesos, que es, compañero, como usted sabe perfectamente bien, lo que gasta por lo menos un campamento en una semana. De modo que no hay tal diferencia; los términos resultan poco más o menos semejantes pero suponiendo que hubiera una pequeña diferencia de costo de producción en uno y otro lote, esta diferencia es humana; no hay dos terrenos petroleros en el país que se encuentren en las mismas condiciones, que hayan tenido que pagar la misma prima de obtención, la misma renta, la misma regalía al superficiario y, sin embargo, viven y todos viven espléndidamente, compañero; de modo que este escrúpulo de diferencia tan grande, no existe en realidad, como he tenido el honor de demostrarlo con números.

El C. Del Castillo Israel: ¿Me permite la palabra, señor presidente? Señores diputados: el compañero Puig y Casauranc ha partido de la base, en sus razonamientos que han sido de carácter genuinamente numéricos, genuinamente aritméticos, ha partido de la base de que su artículo dijese concreta y terminantemente que una concesión en terrenos baldíos se da a condición de que el concesionario dé a la Nación el diez por ciento de regalía y solamente el diez por ciento. Entre los múltiples proyectos de ley que han aparecido aquí del artículo 4o. , hay alguno que dice: veinticinco por ciento, otro diez por ciento, pero, en fin, de todas maneras no sé en definitiva cómo quedará esto y desearía que en este sentido lo aclarara la comisión. Dice que cuando menos será el diez por ciento; esto quiere decir que está a juicio de la Federación , que está a juicio del presidente de la República o del secretario de Industria y Comercio el poner esta proporción, No sólo, sino que es general y ha sido malamente aprobado por la Asamblea, que estas concesiones se den en concurso y es natural que en este concurso la tendencia ha de ser que la Nación saque el mayor provecho posible, esto es, sobre el diez por ciento que señala la comisión; de tal manera, que puesto que no es terminante, puesto que no es categórico el mandato del proyecto de ley que sea el diez por ciento, sino que puede subir el porcentaje hasta el cuarenta por ciento o cincuenta por ciento, se impone o se deduce inmediatamente que los cálculos numéricos del compañero Puig, que desde luego supone el hecho de la aprobación por esta Asamblea y por el Senado, del cinco por ciento para el superficiario, cláusula de la ley que es perfectamente anticonstitucional, como se lo demostraré a la hora en que se discuta este artículo y que procuraremos también salvaguardar en este asunto los intereses de todos los diputados, con excepción de los diputados que ahora representan regiones petroleras. Decía yo de una vez que el compañero Puig comprenda, y es natural, que él ha puesto como mínimo el diez por ciento, es claro que sus cálculos numéricos fracasarán; de tal manera, que en obsequio a la verdad, señores diputados, no me satisface a mí la explicación del compañero Puig.

El C. Puig y Casauranc José Manuel: Pido la palabra, señor presidente. Señores compañeros: Para terminar sólo tres palabras. He demostrado que los terrenos baldíos para llegar a estar en condiciones semejantes a los particulares, podrían resistir el ciento por ciento de aumento sobre el mínimo que las comisiones establecen. Por lo que se refiere a que en concurso los concursantes fueran a aceptar regalías y más y más altas, ello demostraría que les convenía el negocio, pues ninguna compañía sería tan torpe de pujar hasta más allá de donde la explotación se lo permitiera, ni habría Gobierno tan necio de ir a matar la gallina de los huevos de oro, poniendo enormes porcentajes; pero para que el compañero Del Castillo se tranquilice, le voy a decir que hace dos semanas se están firmando contratos en la zona de Cacalilao por los cuales las compañías más poderosas contratan con perforadores, para no sacar ellas ya dinero de la bolsa, porque no quieren invertir de su dinero un centavo más, contratan con perforadores dándoles un sesenta por ciento de la producción de los pozos. De manera que no debe alarmarse el compañero Del Castillo, porque

este mínimo de diez por ciento fuera subido al quince o veinte por ciento en una puja ante la Secretaría de Industria. Los pozos petroleros en la actualidad están aguantando hasta el sesenta por ciento con los contratantes.

El C. Del Castillo Israel: No me alarmo, digo que es anticonstitucional.

El C. secretario Gandarilla: Habiendo hablado todos los ciudadanos representantes que se inscribieron en pro y en contra y los que hicieron aclaraciones, se pregunta a la Honorable Asamblea, en votación económica, si el asunto está suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido. En la misma forma de votación se pregunta si ha lugar a votar. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Sí ha lugar a votar. Se procede a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario Barón Obregón: Por la negativa.

(Se recoge la votación.)

El C. secretario Gandarilla: votaron por la afirmativa ciento treinta y cuatro ciudadanos diputados.

El C. secretario Barón Obregón: Votaron por la negativa siete ciudadanos diputados.

El C. secretario Gandarilla: En consecuencia, se declara aprobado el artículo 4o.

Está a discusión el artículo 5o. de la misma ley del petróleo. La Secretaría va a darle lectura.

El C. Del Castillo Israel: Pido la palabra señor presidente.

El C. secretario Gandarilla: "Artículo 5o..."

El C. Del Castillo Israel: ¡Para una moción de orden! las comisiones, es decir, el señor licenciado Rama, se ha acercado a mí diciéndome que pida a usted y a la Honorable Asamblea que se suspenda la discusión de este artículo, en vista de que está ya agotada la Asamblea, y por ser este artículo el más trascendental de toda la ley; que se posponga la discusión para mañana, si la Asamblea lo quiere, y el señor presidente también.

-E. C. secretario Gandarilla: Se consulta a la Asamblea si se toma en consideración la proposición hecha por la Comisión por el digno conducto del señor representante Israel Del Castillo. En votación económica se consulta a la asamblea si se suspende la discusión de la ley del Petróleo para seguirla mañana. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. El voto ha sido afirmativo.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"H. Asamblea:

"El subscripto, diputado en ejercicio al Congreso de la Unión por el 2o. distrito electoral del Estado de Chihuahua, respetuosamente manifiesta a vuestra soberanía, que teniendo necesidad de separarse del cargo que desempeña, con el objeto de dedicarse a algunos asuntos particulares, atentamente suplica se le conceda una licencia indefinida, llamándose a su suplente, solicitando para ésta petición, la dispensa de todo trámite.- México, D.F., a 16 de abril de 1923.- R. V. Valderrama."

En votación económica se pregunta a la asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Está a discusión. Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra en contra, sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra ni en pro ni en contra, en votación económica se consulta a la Asamblea si se concede. los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Concedido el permiso que se solicita. Llámese al suplente.

- El C. secretario Barón Obregón, leyendo:

"2a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"Al estudio de esta 2a. comisión de Hacienda han pasado las iniciativas para ampliaciones y adiciones al Presupuesto de Egresos vigente, y que fueron remitidas a esta H. Cámara por el Ejecutivo federal. Dichas iniciativas son como sigue:

"1a. de fecha 20 de marzo último, relativa a varias ampliaciones del Presupuesto de la Secretaría de Agricultura y Fomento;

"2a. de fecha 23 de marzo próximo pasado, correspondiente a la ampliación de la partida número 153 de gastos Extraordinarios del Senado de la República;

"3a. De fecha 28 de marzo último, que corresponde a creación de nuevas partidas y ampliaciones en el presupuesto de la Comisión Nacional Agraria, y

"4a. De fecha 3 del actual, relativa a adiciones en el presupuesto de la Secretaría de Gobernación en su departamento Administrativo y junta de Beneficencia Privada.

"Vamos a examinar por su orden dichas iniciativas:

"Secretaría de agricultura y Fomento.

"Esta secretaría pide ampliación de las partidas números 8,861, 8,862, 8,866 8,868, 8,873, 8,886, 8,906, 8,923, 8,932, 8,933, 8,940, 8,941, 8,942, 8,948, 8,952, 8,953, 8,958, 8,960, 8,963, 8,965, 8,969, 8,986, y 8,912, que en lo general se relacionan con cantidades globales, tanto para gastos como para sueldos de personal supernumerario en su mayoría. El criterio ya manifestado por esta 2a. comisión de Hacienda en el dictamen que presentó a la consideración de vuestra soberanía en la sesión del día 9 de abril del corriente año, relativo a ampliaciones de partidas de los ramos de Correos y Telégrafos, es que no debe aumentarse el Presupuesto de Egresos más que a la cantidad probable que se recaude conforme a la Ley de Ingresos; pero estando la iniciativa a que se ha hecho mención subscripta y aprobada por el señor secretario de Hacienda y Crédito Público, así como por el señor presidente de la República, esta comisión deduce que el Ejecutivo de la Unión ha estudiado con detenimiento los futuros ingresos, y que estará en la posibilidad de que sus recaudaciones le permitan hacer la erogación que solicita, de dos millones trescientos ochenta y ocho mil pesos, destinada para gastos de la misma Secretaría de Fomento.

"En virtud de lo anterior, y siendo por demás entrar en detalles respecto de las ampliaciones solicitadas,

pues todas ellas son susceptibles de grandes economías, si no se da la amplitud que se pretende a los servicios públicos que tienen que atenderse con las cantidades presupuestadas.

"Esta comisión cree que la Secretaría de Agricultura y Fomento debería haberse sujetado a los presupuestos aprobados por la Cámara de Diputados, reduciendo los servicios que las economías nacionales exigían; pero una vez que el Ejecutivo hace suyas las mismas ampliaciones, estima que es el producto de un detenido estudio que hace que no se perjudiquen las finanzas nacionales y se pueda atender con la amplitud que desea la Secretaría de Agricultura y Fomento, los servicios públicos que le están encomendados.

"Por lo anteriormente expuesto, esta comisión es de parecer que deben aprobarse las ampliaciones solicitadas en la forma propuesta por el Ejecutivo. "Senado de la República.

"La H. Cámara de Senadores solicitó que el ejecutivo enviara a esta cámara la ampliación de la partida 153 del presupuesto vigente, relativa a Gastos Extraordinarios del Senado. Estudiadas detenidamente las necesidades de la H. Cámara colegisladora, esta comisión juzga que es de justicia el aumento de la partida antes citada, por tratarse de sueldos de empleados y gastos realmente indispensables para el buen funcionamiento y eficacia en las labores que está desempeñando.

"Comisión Nacional Agraria.

"Respecto a las partidas relativas a la Comisión Nacional Agraria, en que solicita la creación de algunas plazas para empleados y agentes, consultamos a vuestra soberanía sean aprobadas, pues por una omisión de la Comisión de Presupuestos de esta H. Asamblea, no fueron incluídas en el presupuesto respectivo, siendo indispensable para cubrir eficientemente el servicio que le está encomendado.

"Secretaría de Gobernación.

"La Secretaría de Gobernación consulta la creación de dos partidas del presupuesto respectivo, una para empleados en el Departamento Administrativo, pues en la práctica se ha visto la imposibilidad de un trabajo eficiente con el reducidísimo personal con que lo dotó el presupuesto aprobado por la Cámara. Siendo notoriamente justa ésta, la comisión somete a vuestra aprobación la creación de la partida a que se ha hecho mérito. La partida que amplía el personal de la junta de Beneficencia Privada, creemos que debe aprobarse, por estar basada en las mismas razones de la partida anterior. "En virtud de lo antes expuesto, sometemos a la consideración de vuestra soberanía, con dispensa de todo trámite, el siguiente:

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- El mismo C. secretario , leyendo: Ç

"2a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"Esta 2a. Comisión de Hacienda, haciéndose eco del sentir de ésta Cámara, manifestado en su sesión del día 13 del actual, en que se sirvió permitir a la Comisión que retirara el dictamen que negaba la ampliación de varias partidas del Presupuesto de Egresos vigente, relacionadas con la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, e interpretando los deseos de la H. Asamblea, se permite pedir la aprobación de las partidas siguientes, de las cuales se crea una, con el número 9,760 bis, para la Dirección General de Correos, por la cantidad de $155,954.16, siendo las otras partidas ampliación de las ya aprobadas en el presupuesto respectivo.

"Por lo expuesto, sometemos al ilustre criterio de vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo 1o. Se adiciona el Presupuesto de Egresos vigente para el presente año fiscal con la siguiente partida:

"9,760 bis. Para pagar a los Talleres Gráficos

de la Nación, trabajos efectuados con

anterioridad ..................................................$ 155,954.16"

"Artículo 2o. Se amplían, respectivamente, en las cantidades que se expresan, las siguientes partidas del Presupuesto General de Egresos del presenta año, en el ramo Noveno, y relativas a la Dirección General de Telégrafos:

Num. de Ampliación Partidas pedida

"9,761 $400,000.00

"9,765 " 250,000.00

"9,766 " 25,000.00

"9,767 " 10,000.00

"9,770 " 40,000.00

"9,771 " 70,000.00

"9,772 " 25,000.00

"9,773 " 10,000.00

"9,774 " 50,000.00

"9,775 " 30,000.00

"Suman $ 910,000.00

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la unión.- México, D.F., a 16 de abril de 1923.- Mauricio Gómez.- C. Avilés."- De primera lectura, e imprímase.

El C. Manrique: En contra del trámite. (Murmullos.) Chiquitín, he pedido la palabra. (Risas.)

El C. Villanueva Garza: Reclamo el quorum, señor presidente.

El C. Manrique: Quiero hacer notar que este asunto fue ya discutido; López Lira y yo nos permitimos hacer algunas observaciones, que fueron aceptadas por el presidente de la comisión , ciudadano Mauricio Gómez. Se trata de un asunto bien sencillo, que puede considerarse ya como perfectamente discutido. Me permito, pues suplicar a la Presidencia reforme su trámite, poniendo a discusión el dictamen de las comisiones.

El C. Villanueva Garza: Señor presidente, suplico a usted atentamente ordene a la Secretaría que pase lista.

- El mismo C. secretario: La Presidencia, por conducto de la Secretaría, contesta al ciudadano diputado Manrique, manifestándole que, por su parte, no tiene ningún inconveniente en modificar el trámite dado, dejando el asunto para discusión el primer día hábil.

El C. Manrique: Estoy de acuerdo:

- El mismo C. secretario: Se consulta a la Asamblea si está de acuerdo con lo manifestado por la Presidencia. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. A discusión el primer día hábil.

El C. secretario Gandarilla: La Presidencia, por conducto de la Secretaría, respetuosamente y acatando los deseos de la Asamblea, informa acerca de los ciudadanos diputados que han faltado a la sesión de hoy sin aviso y sin pedir licencia:

"Aguirre Benavides, Arroyo Ch., Barrera, Barriga Zavala, Bosques, Cervantes, Céspedes, Cuellar José de Jesús, Chávez M., Domínguez J. Enrique, Esponda, Fabela, Gama Alfonso, García Téllez, Garza Castro, Gómez Campos, Gómez José F., González Garza, Guerra, Guerrero, Hernández Alvarez, Hernández Francisco, López José Guadalupe, López Lira, Márquez, Martínez Juan I., Martínez Rendón, Medrano, Mena Córdova, Meza, Montero Villar, Montoya Francisco L., Navarro Rubén C., Ogarrio Meixueiro, Ollivier, Ortiz, Palencia, Pastoriza, Peralta, Pérez Gil y Ortiz, Pérez H., Ramírez Corzo, Ramírez Enrique, Ramírez Luque, Reyes San Germán, Sánchez de Cima, Sánchez Rebolledo, Santa Anna, Sullivan, Torres, Trejo y Trueba."

Total cincuenta y dos.

El C. Altamirano Manlio Fabio: Pido la palabra, señor presidente.

El C. secretario Barón Obregón: La presidencia, por conducto de la Secretaría, manifiesta a la Asamblea, como orden del día para la sesión de mañana, lo siguiente:...

El C. Altamirano Manlio Fabio, interrumpiendo: Moción de orden, señor presidente...!

El C. secretario Barón Obregón, continuando: Primero, documentos en cartera, y a continuación discusión del artículo 5o. de la Ley del Petróleo.

El C. Altamirano Manlio Fabio: ¡Antes pido la palabra!

El C. presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Altamirano: Para referirme a lo de la lista que ha pasado el señor secretario. Quiero hacer constar a la Asamblea que no fue ese el sentir del ciudadano Guillermo Fernández; que su proposición aprobada en esta misma asamblea, en la segunda parte dice que se pase lista al principio y al fin de cada sesión , aplicando el reglamento a los faltistas y dando lista a la prensa.

La idea del señor diputado Fernández fue que se pasara lista al final, porque los señores diputados tienen obligación, conforme al reglamento, de permanecer en este salón desde el principio hasta el fin de la sesión; por eso pido que se pase lista para ver quiénes no están en el salón al pasar esta última lista, lo cual ha sido aprobado.

El C. secretario Barón Obregón: Por disposición de la Presidencia, se levanta la sesión y se cita para mañana a las diez y seis. (19.43.)