Legislatura XXX - Año I - Período Ordinario - Fecha 19221013 - Número de Diario 33

(L30A1P1oN033F19221013.xml)Núm. Diario:33

ENCABEZADO

MÉXICO, VIERNES 13 DE OCTUBRE DE 1922

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO I. - PERÍODO ORDINARIO XXX LEGISLATURA TOMO I. - NÚMERO 33

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 13 DE OCTUBRE DE 1922

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2. - Cartera. Proyecto de Ley de Jubilación de maestros que presentan los miembros de la Sección Educacional de Estudios Sociales de la Academia del Partido Cooperatista Nacional, hecho suyo por varios ciudadanos diputados; recibo, a las comisiones unidas 3a. de Educación Pública y 1a. de Hacienda e imprímase.

3. - Es retirada la proposición de varios miembros de las comisiones de Trabajo y Previsión Social, relativa a retirar del Senado la Ley reglamentaria del artículo 123 constitucional.

4. - Se continúa dando cuenta con los documentos en cartera. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. ARCE GUSTAVO

(Asistencia de 137 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 16.57: Se abre la sesión.

- El C. secretario Esparza Martínez, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día once de octubre de mil novecientos veintidós.

"Presidencia del C. Gustavo Arce.

"En la ciudad de México, a las diez y seis horas y cincuenta minutos del miércoles once de octubre de mil novecientos veintidós, se abrió la sesión con asistencia de ciento treinta y tres ciudadanos diputados.

"Sin discusión se aprobó el acta de la sesión anterior, celebrada el día nueve del presente mes.

"Dióse cuenta con los siguientes documentos:

"Oficio por medio de los cuales la Legislatura de Querétaro y los gobiernos de Chiapas y Oaxaca envían comunicaciones de condolencia por el fallecimiento del C. diputado Ramón Sánchez Arriola. - A su expediente.

"Circular en que el Congreso de Tlaxcala avisa que el 1o. del mes en curso abrió el segundo período ordinario de sesiones de su segundo año de ejercicio. - De enterado.

"Telegrama por medio del cual la Confederación Sindicalista de Obreros de Puebla hace algunas aclaraciones relacionadas con la participación que tomó el gobernador de ese Estado, C. Froilán C. Manjarrez, en los arreglos a que llegaron los obreros sindicados y libres en la región de Atlixco. - Recibo.

"Memorial de varios vecinos del pueblo de San Martín Malinalco, Estado de México, en que se quejan en contra de las autoridades de ese lugar y piden se dote de ejidos a ese pueblo. - Recibo, y transcríbase al Ejecutivo.

"Ocurso en que el C. Gustavo Marín P. apoya la movilidad de los funcionarios del Poder Judicial. - A la 2a. Comisión de Peticiones.

"Solicitud de pensión del C. Manuel Vásquez B. - A la 1a. Comisión de Peticiones.

"Escrito fechado en Tlacotalpan. Veracruz, que envía la Junta Directiva del Partido Independiente Costeño, y que tiene relación con las elecciones de diputados al Congreso local. - A su expediente.

"Copia de la iniciativa presentada ante el Congreso Médico para que se restrinja la venta de medicinas de patente, que envía el autor de ella, C. Tomás R. de la Peña. - Recibo.

"Solicitud de pensión de la señora Mercedes Rivas de Marcín. - A la 2a. Comisión de Peticiones.

"Escrito en que varios representantes de clubes instalados en el Estado de Veracruz, solicitan se reconozca la Legislatura local que se estableció en Jalapa y trasladada después al puerto de Veracruz. - A su expediente.

"Solicitud de pensión de la señora Elena Caraza viuda de Duque. - A la 1a. Comisión de Peticiones.

"Escrito relacionado con las elecciones de diputados al Congreso de la Unión en el 1er. distrito electoral de Guerrero, que envía el ciudadano presidente municipal de Tecpan de Galeana. - A su expediente.

"Solicitud de pensión de la señora Clementina Lang viuda de la Rosa. - A la 2a. Comisión de Peticiones.

"Solicitud de pensión del C. Teodoro Careaga. - A la 1a. Comisión de Peticiones.

"Memorial en que el C. Gerónimo Dupont presenta una acusación en contra del juez de primera instancia de Tacubaya y del juez 8o. de lo Civil de esta ciudad. - A la 2a Comisión de Peticiones.

"Ocurso por medio del cual varios vecinos del pueblo de San Juanico, municipalidad de Ixtapalapa, D. F., protestan en contra de la iniciativa de los vecinos de Ixtacalco para la creación de un nuevo municipio. - Recibo, y a su expediente.

"Escrito relacionado con la expedición de una Ley de Indultos y Reducción de penas, que envían varios reclusos de la Penitenciaría del Distrito Federal. - Recibo, y a sus antecedentes.

"Dos ocursos en que varios vecinos de las villas de Jaumave y de Llera, Tamaulipas, protestan por la expedición de la Ley Electoral en ese Estado para la renovación de la Legislatura local. - Recibo, y a sus antecedentes.

"Sin discusión se aprobaron seis dictámenes de la 3a. Comisión de Guerra, que proponen se comunique a las señoras Soledad Carrillo viuda de Galván, Carlota Benavides viuda de Mejía y Carmen Dozal viuda de Velasco, así como a los CC. Leandro Valle y Emigdio Chacón, que no ha lugar a otorgar las pensiones que solicitan, y que se diga a la señora Magdalena Gordillo viuda de Escudero, que no es de accederse al aumento de pensión que pide, devolviéndose a los interesados los documentos que acompañaron.

"Asimismo sin debate se aprobó el dictamen formulado por las comisiones unidas de Justicia, acerca de la proposición del C. diputado Arturo Martínez Adame, relativa a que se pidan planillas de candidatos a los puestos judiciales que habrán de proveerse próximamente al Ateneo Nacional de Abogados y a la Orden Mexicana de Abogados, y el cual dictamen concluye con el siguiente puntos resolutivo:

"No es de aceptarse la proposición del C. diputado Arturo Martínez Adame, quedando en libertad las comisiones de Justicia para que, con las facultades que les concede el Reglamento y en el fiel desempeño de su encargo, puedan recurrir a las fuentes de información más idóneas, a fin de recabar los datos que fueran necesarios, respecto a las personas que deban integrar el poder Judicial."

"La diputación por el Estado de Tabasco presentó un proyecto de decreto tendiente a que se autorice al Ejecutivo de la Unión para ministrar la cantidad de treinta mil pesos al Gobierno de Tabasco para auxiliar a las víctimas de la inundación del Río Grijalva.

"La Asamblea resolvió en votación económica, que hubo de repetirse por haberla reclamado los CC. Olivé y Manrique, no considerar el asunto de urgente y obvia resolución, por lo que paso para su estudio a la 1a. Comisión de Hacienda.

"El C. Candelario Garza informó del resultado de la comisión nombrada para tratar con el Ejecutivo el asunto referente a las protestas recibidas de Tamaulipas, con motivo de la ley para la elección de diputados locales, expedida últimamente en ese Estado.

"El C. Gómez Campos usó de la palabra para hechos, refiriéndose al atropello de que fue víctima últimamente el Ayuntamiento de Zitácuaro, Michoacán. El C. Murguía interrumpió al orador con el fin de interpretarlo.

"El C. Manrique pidió que se pasara a sesión de Colegio Electoral si ya no había más documentos en cartera; a ello no accedió la Presidencia en virtud de que no obrara en poder de la Mesa ningún dictamen sobre elecciones.

"Con dispensa de trámites y sin debate se aprobó una solicitud de licencia del C. diputado Roberto Rivero, por dos meses, sin goce de dietas, debiéndose llamar al suplente.

"Las comisiones de Trabajo y Previsión Social presentaron una proposición relativa a que se enviara atento oficio a la Cámara de Senadores, reiterando la Ley Reglamentaria del Artículo 123 Constitucional, que para su discusión le fue enviada, a fin de que las comisiones de Trabajo y Previsión de ambas Cámaras estudien la mejor forma de expedir a la mayor brevedad y más de acuerdo con las circunstancias del proletariado mexicano, la reglamentación del trabajo y previsión social.

"Así que se dispensaron los trámites y se puso a debate la proposición, el C. Guillermo Rodríguez la fundó, a solicitud del C. Gandarilla, quien habló en contra. El C. Gómez Campos sugirió que la proposición se retirara hasta que estuviera presente el C. Manlio Fabio Altamirano, quien debía sostenerla. Hizo aclaraciones el C. Guillermo Rodríguez, y en seguida se presentó una moción suspensiva que fue tomada en consideración por la Cámara y se puso a debate. Habló en contra el C. Manrique, y como ya estuviera presente el C. Manlio Fabio Altamirano, los firmantes de la moción suspensiva la retiraron, con anuencia de la Asamblea, y continuó el debate de la proposición.

"Hicieron uso de la palabra en pro y en contra, respectivamente, los CC. Manlio Fabio Altamirano y Manrique, contestando el primero interpelaciones de los CC. García Téllez y Murguía.

"Presidencia del C. Alfredo Romo.

"Hablaron en pro los CC. Guillermo Rodríguez, Julián S. González y Policarpo Mercado, y en contra los CC. Gustavo Arce y García Téllez.

"Presidencia del C. Gustavo Arce.

"Los CC. Manlio Fabio Altamirano, García Téllez, Gandarilla y Manrique hicieron aclaraciones, y acto continuo la proposición se estimó suficientemente discutida. Para ella solicitó votación nominal, debidamente apoyado, el repetido C. Altamirano, y votaron afirmativamente sesenta y ocho diputados, y en sentido contrario treinta y siete. En consecuencia, no había quórum.

"A las diez y nueve horas y cincuenta minutos se levantó la sesión, dando a conocer la Presidencia la orden del día para la siguiente, que debía celebrarse el día trece de este mes."

Está a discusión el acta. ¿No hay quien pida la palabra? No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Aprobada el acta.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"La Secretaría de Gobernación envía el proyecto de presupuestos de ingresos y de egresos para 1923 de la municipalidad de Santiago, Distrito Sur de la Baja California." - Recibo y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"Los CC. José M. Bonilla, Manuel Barranco y A. Uruchurtu, miembros de la Sección Educacional de Estudios Sociales de la Academia del Partido Cooperatista Nacional, presentan un proyecto de Ley de Jubilación de Maestros.

"Apoyan este proyecto de ley, haciéndolo suyo para los efectos reglamentarios. los CC. Mariano Samayoa, Procuró Dorantes, F. Montoya, Enrique M. Barragán y varios ciudadanos diputados más." - Recibo, a las comisiones unidas 3a. de Educación Pública y 1a. de Hacienda, e imprímase.

El proyecto de referencia dice a la letra:

Los subscriptos, miembros de la Sección Educacional de Estudios Sociales de la Academia del Partido Cooperatista Nacional, en cumplimiento de la comisión que se sirvió encomendarnos la directiva de aquélla, procedimos a estudiar el proyecto de la Ley de Jubilación de Maestros, que para tal objeto nos fue entregado, y después de un detenido examen, llegamos a la conclusión de que el mencionado proyecto de ley, llena una ingente necesidad del momento, porque independientemente de los que contiene en su parte expositiva, ésta comisión ha tenido en cuenta los siguientes:

1o. En toda agrupación social, como en todo individuo, debe haber una constante renovación de sus elementos agotados para mantener dicha agrupación con el vigor y la energía que son condiciones indispensables para el buen éxito en el trabajo. Esa renovación biológica, significa también renovación de ideales, de puntos de vistas y de nuevas orientaciones. Ahora bien, al efectuar esa renovación, conviene asegurar a los elementos gastados un tranquilo retiro, y también es conveniente que el elemento joven vea garantizada una vejez sin zozobras. En consecuencia, la expedición de una Ley de Jubilaciones para los maestros, significa un bien positivo para la sociedad, a la vez que un acto de estricta justicia.

2o. En el proyecto de ley que venimos estudiando, se ha incluído entre los individuos que tienen derecho a jubilación, a los maestros de toda clase de instituciones de enseñanza, desde el jardín de niños hasta las escuelas profesionales, a condición de que hayan hecho del magisterio su ocupación habitual, teniendo en cuenta que la labor del maestro es meritoria, cualquiera que sea el grado de la enseñanza que ejercite.

3o. Juzgamos que esta benéfica ley deberá comprender a los maestros todos de la República, cualquiera que fuera el lugar en que hubiesen trabajado y la autoridad de quien hubiesen dependido, porque no cabe dudar que todos han contribuido con su esfuerzo más o menos intenso al progreso del país; pero como ello requeriría un aumento considerable en el presupuesto - que pudiera hacer impracticable la ley -, nos hemos tenido que conformar con que queden incluídos en este proyecto los maestros que después de haber trabajado en los Estados o municipios, hubiesen prestado cuando menos cinco años de servicios en las escuelas federales, por ser éstas las que dependen directamente de la Secretaría de Estado encargada de hacer efectiva esta ley. Creemos, sin embargo, que es de justicia que a la mayor brevedad se haga extensiva a todos los maestros de la República.

4o. Juzgamos que la expedición de esta ley puede considerarse como la resolución de uno de tantos problemas que entraña el artículo 123 de nuestra carta magna, ya que se refiere a uno de los gremios que están al servicio del Estado, y cuya labor no ha sido debidamente justipreciada.

5o. Las jubilaciones concedidas hasta hoy se han considerado como una gracia debida a la munificencia del Estado, y en esa virtud, es urgente que una ley les dé a dichas jubilaciones el carácter que en justicia les corresponde, que es el de un derecho legítimamente adquirido por quienes han agotado sus energías en servicio de la patria.

6o. Con objeto de evitar que los maestros jubilados tengan que permanecer largas horas en las pagadurías, presentado el triste espectáculo de quienes esperan una piadosa limosna, y no de quienes están en condiciones de exigir una remuneración a la que tienen derecho, y asimismo para evitar que los fondos de las pensiones puedan distraerse en otros servicios del Estado y estar, por tanto, a merced de los vaivenes de la política, la Comisión se permite sugerir la conveniencia de que se adicione esta ley con un artículo que determine que dichos fondos sean depositados por anualidades adelantadas en una institución respetable - como el Monte de Piedad -, donde los interesado ocurran a hacer efectivos sus cobros.

En virtud de lo expuesto, formulamos las siguientes conclusiones:

Primera. Es de aprobarse el proyecto de Ley de Jubilaciones de Maestros, que con fecha 18 de agosto del año en curso se sirvió someter a la consideración de la Academia de Estudios Sociales, el Partido Cooperatista Nacional.

Segunda. Esta comisión considera urgente que el Partido Cooperatista Nacional, usando de su valioso prestigio, haga triunfar este proyecto en las Cámaras colegisladoras, a fin de que pase a la categoría de ley a la mayor brevedad. - México, 20 de septiembre de 1922. - José M. Bonilla. - Manuel Barranco. - A. Uruchurtu.

PROYECTO DE LEY DE JUBILACIONES

Considerando: que en la República Mexicana, a igual que en todas las naciones cultas, la profesión del magisterio debe estimarse como meritoria, conceptuándose como la más noble y alta magistratura, puesto que de su ejercicio depende la vida individual próspera, al afianzamiento de las instituciones democráticas y desarrollo del alma nacional;

Considerando: que si el artículo 32 constitucional expresa la obligación de expedir leyes que mejoren la condición de los mexicanos laboriosos, premiando a los que se distingan por cualquier ciencia o arte y estimulándolos al trabajo, es un deber del Gobierno asegurar a sus buenos servidores en los últimos años de su existencia, una vida al amparo de las inquietudes provenientes de la falta de recursos y obligación ineludible tratándose de los maestros;

Considerando: que las viudas y huérfanas de los militares que mueren en defensa de la patria, quedan en mejores condiciones que los servidores de

la misma cuya existencia lentamente se consume en las labores escolares;

Considerando: que las leyes vigentes estiman como justos los deberes a que se hace referencia y consignan disposiciones tendientes a cumplirlos, poniéndose por caso las pensiones que como gracia concede el ciudadano presidente de la República a los empleados federales que no tiene carrera definida y concreta;

Considerando: que las disposiciones consignadas en el Reglamento de las Escuelas Normales, de fecha 20 de octubre de 1886 y 21 de diciembre de 1889, con las leyes de presupuestos respectivas, se refieren únicamente al profesorado normalista, al que se le exige determinado número de años de servicios, prestados precisamente en escuelas federales, siendo que la labor de los demás maestros, muchos no titulados, es eminentemente nacional, debiéndose, por consecuencia, tener en consideración. los servicios que prestan en los últimos rincones de la República;

Considerando: que la ley debe ser clara y precisa, no prestarse a distintas interpretaciones y comprender todos los casos que deben ser atendidos así como las circunstancias de estímulo y justicia que en ella deben ser consignados como aliento y recompensa;

Considerando: que la Secretaría de Educación Pública federal va a encontrarse con un buen número de maestros competentes, alejados de la carrera y dedicados a ocupaciones diversas, que de seguro permanecen a la expectativa de las facilidades que las nuevas orientaciones den a la carrera hecha, pudiendo nuevamente proseguirla si se les hace sentir el aliciente de promesas efectivas, mejoramientos reales y un porvenir asegurado, cosa ésta muy importante, si se tiene en cuenta el alto costo de la educación de un maestro que hace estudios por cinco años, suponiendo de $50,000.00 el presupuesto anual de la Escuela Normal y dando diez alumnos al fin de la carrera, lo cual daría $25,000.00 como valor efectivo de este profesional, significándose así lo imprescindible que es para el Gobierno utilizarlo y hacerle rendir los beneficios de su formación laboriosa, previéndose, además pérdidas futuras;

Considerando: que produce más y mejor el profesional bien remunerado, que sabe se recompensarán sus buenos y constantes servicios, haciéndole partícipe de las utilidades que proporciona;

Considerando: que las labores de reconstrucción del espíritu nacional sometido en nuestra época a variadas convulsiones políticas, reclama el inmediato resurgimiento de la estabilidad, la conquista de la quietud y la pronta dirección de la conciencia pública por las vías del trabajo, del esfuerzo e iniciativa, que impulsan al maestro a afanarse en el cumplimiento del deber, emprendiendo una labor titánica en la está expuesto a la pérdida rápida de sus energías;

Considerando: que si por una parte se adquiere un derecho, hay que definir la obligación consecuente y limitar las posibilidades de quienes no sepan cumplir a conciencia, honrada y eficientemente su cargo;

Considerando: que los maestros, por falta de tiempo, no pueden dedicarse a otras ocupaciones que las del ejercicio de su profesión, y que se pueden fijar diferencias perceptibles entre quienes se dedican exclusivamente a conseguir sin mercantilismos la cultura popular y quienes no dedican todas sus energías a la educación pública;

Considerando: la miseria posible que se adueña de la existencia del maestro, miseria ocasionada por enfermedades adquiridas durante el servicio o como consecuencia del mismo, pasando diez años de ejercer su profesión;

Considerando: las dificultades que el médico tiene para afirmar exactamente si un padecimiento se ha adquirido a consecuencia del servicio, ya que motivan causas múltiples, la herencia, entre otras;

Considerando: que si una persona se dedica al ejercicio del magisterio comenzando a los veinte años, debe tener cincuenta para jubilarse con la cantidad máxima a que le da derecho la presente ley;

Considerando: que si en la edad adulta, durante el tiempo de los mejores servicios profesionales, el maestro ha logrado escalar un empleo relativamente alto, que por circunstancias ajenas a su voluntad, por menor resistencia al trabajo, por cambio de gobernantes, no conserva, viéndose obligado a desempeñar otro empleo de menor remuneración, no es equitativo jubilarlo con una cantidad mínima, que quizás en su vida senil no sea suficiente para atender sus más imperiosas necesidades;

Considerando: que queda asegurado el crédito de un maestro en un empleo de categoría superior si durante un año, por lo menos, lo desempeña;

Considerando: que la justificación de servicios continuos se hace verdaderamente difícil, tanto por los interesados, como por la Comisión Revisora, y que las circunstancias políticas impiden muchas veces la continuación del servicio, lo que determina posibilidad de interrupción de los mismos, no siendo justo que por dichas interrupciones pierdan sus derechos los buenos servidores de la República;

Considerando: que el período de decaimiento se establece normalmente hacia los sesenta años de edad;

Considerando: que siendo un deber de los Estados recompensar los servicios de sus maestros, es de alta justicia tenerlos en consideración cuando pasan de prestarlos al Distrito Federal, alejándose de la protección de los primeros.

Considerando: que la práctica profesional comienza en las escuelas normales generalmente a partir del 3er. año y que, en consecuencia, es equitativo tener en cuenta los años que dedica el futuro maestro a hacerse capaz de emprender con éxito las labores del magisterio;

Considerando: que las circunstancias desfavorables de conducta e ineptitud demeritan los servicios del maestro, quien a pesar de los requisitos de tiempos para ser jubilado, no debe ser protegido por la ley;

Considerando: que las destituciones motivadas por probada incompetencia y las condenas judiciales por delitos infamantes hacen perder sus derechos a los penados y los excluyen de la investidura respetable de maestros;

Considerando: que si la consagración de una vida al ejercicio del magisterio nacional es causa

determinante de bienes generales, la sociedad no debe desatender a las viudas o huérfanos de los educadores, quienes por lo exigido del sueldo de los maestros quedan desamparados;

Por tales considerandos, se formula el siguiente:

PROYECTO DE LEY DE JUBILACIONES

Artículo 1o. Las personas que hayan hecho del magisterio su ocupación habitual, desempeñando cargos docentes en las escuelas, o prestando servicios de carácter técnico en las oficinas del ramo de Educación Pública, tienen derecho a ser jubilados en la forma que a continuación se expresa, en el concepto de que para fijar el monto de su jubilación se tomará como base la suma de sueldos que hayan disfrutado por lo menos durante un año, eligiéndose para el efecto la época en que hubieren gozado de mayor remuneración.

I. Con el sueldo íntegro:

a) Cuando justifiquen treinta años de servicios, aun cuando no sean continuos, y soliciten retirarse.

b) Cuando queden inutilizados por causa de enfermedad no contraída por vicio alguno, o por accidente ocurrido durante el servicio, y justifiquen, además, veinte años de labor;

II. Con dos terceras partes del sueldo:

a) Cuando justifiquen veinticinco años de servicios y soliciten retirarse.

b) Cuando queden incapacitados por causa de enfermedad, no contraída por vicio, o por accidente ocurrido durante el servicio y justifiquen quince años de labor.

c) Cuando teniendo más de sesenta años de edad justifiquen veinte años de servicio;

III. Con la mitad de sueldo:

a) Cuando justifiquen veinte años de servicios y soliciten retirarse.

b) Cuando queden inutilizados por causa de enfermedad que no sea consecuencia de algún vicio, o por accidente ocurrido durante el servicio, y justifiquen diez años de labor;

IV. Los maestros no comprendidos en las reglas anteriores, en quienes se descubra alguna enfermedad contagiosa o crónica que no provenga de algún vicio y que constituya un peligro para los educandos, así como aquellos que quedaren inutilizados por accidente ocurrido en el trabajo, o por lo avanzado de su edad, serán retirados del servicio, asignándoles una pensión proporcional al tiempo y calidad del mismo.

Artículo 2o. Para los efectos de la jubilación se tendrán en cuenta las prescripciones siguientes en lo relativo al cómputo del tiempo:

a) En cualquiera de los casos señalados en las fracciones I, II, y III del artículo anterior se exigirá que cuando menos cinco años de sus servicios correspondan a establecimientos federales de educación.

b) Tratándose de maestros normalistas se computarán como tiempo de servicios los tres últimos años de sus estudios profesionales.

c) Los catedráticos y profesores de materias especiales serán considerados dentro de las prescripciones del artículo 1o., fracciones I, II y III sólo en el caso de que justifiquen haberse consagrado a la enseñanza, como ocupación habitual.

Artículo 3o. Para el otorgamiento de las jubilaciones, los interesados ocurrirán con documentos que acrediten sus servicios a la Secretaría de Educación Pública. Una comisión permanente nombrada al efecto, estudiará el expediente y rendirá el dictamen relativo, a fin de que la superioridad resuelva lo procedente.

Artículo 4o. No habrá lugar a jubilación:

I. Cuando por informes fidedignos de épocas diversas, o por constancias desfavorables en las hojas de servicios, se pueda establecer que la labor de los interesados no fue suficientemente meritoria ni su conducta honorable;

II. Cuando los interesados hayan sido destituídos en sus funciones por sentencia judicial que haya causado ejecutoria o por resolución administrativa debidamente fundada que inhabilite para el servicio;

III. Cuando el interesado ocurra en falsedad en los informes y comprobantes que presente para justificar sus servicios.

Artículo 5o. Es incompatible con la jubilación el desempeño de cualquier empleo, cargo o comisión oficial por el cual se disfrute sueldo. En consecuencia, la persona a quien se otorgue una jubilación no podrá aceptar ningún cargo o comisión por el cual disfrute sueldo, ya sea de la Federación, de los Estados o de los municipios, salvo el caso de que opte por este último.

Artículo 6o. Si el pensionista optare por desempeñar un cargo, empleo o comisión oficial por el que disfrute un sueldo, se le suspenderá la pensión por todo el tiempo que permanezca en el cargo o comisión de que se trate.

Artículo 7o. Si un maestro jubilado falleciere antes de los diez años de estar percibiendo su pensión ésta seguirá abonándose a la viuda, mientras no cambie de estado, o a los hijos menores, si los hubiere, por el tiempo que falte para completar dicho período. Si el maestro fallecido no hubiere sido jubilado aún, pero si estuviere comprendido en las prescripciones de esta ley, la pensión correspondiente se otorgará a la viuda, mientras no cambie de estado, o a los hijos menores por el término antes citado, a petición de parte.

Artículo 8o. Las pensiones otorgadas por servicios en el ramo de Educación Pública, no estarán sujetas a embargo ni podrán ser gravadas con ninguna clase de impuestos o contribuciones.

Artículo 9o. Las pensiones se perderán:

I. Por comunicar a la Tesorería General de la Federación dentro de los treinta días de aceptar un empleo, cargo o comisión oficial remunerados, que se opta por este último;

II. Por condena judicial motivada por delitos infamantes que ameriten cuando menos una pena de arresto mayor, y

III. Por perder el agraciado la nacionalidad mexicana.

Artículo 10. Las pensiones otorgadas por servicios prestados en el ramo de Educación Pública, sólo se extinguirán por la muerte del agraciado, salvo el caso previsto en el artículo 7o. de esta ley.

Artículo 11. Toda jubilación sólo podrá hacerse

efectiva a partir de la fecha en que sea resuelta favorablemente por la autoridad a quien corresponda.

México, D. F., agosto 18 de 1922. - M. Samayoa. - Procuró Dorantes. - F. L. Montoya. - Pedro Suárez. - Eduardo Zarza. - Enrique M. Barragán. - A. Montoya A. - D. Hinostrosa. - F. González Guerrero. - M. Chávez M. - Rubén Vizcarra.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Poder Ejecutivo Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Hacienda y Crédito Público. - Número 1,078 E.

"A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presente.

"Refiérome al oficio número 113, Mesa de Correspondencia de la Secretaría de esa H. Cámara de Diputados, firmado por ustedes el 5 de los corrientes, en el que se sirven insertar la proposición relativa a que se envíe una nota al Ejecutivo de la Unión, invitándolo para que a la mayor brevedad posible mande los proyectos de Ley de Ingresos y de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal de 1923. En contestación, tengo el honor de manifestar a ustedes lo siguiente:

"Esta Secretaría, inspirándose en el mismo criterio de esa H. Cámara, ha estado, desde agosto próximo pasado, haciendo con todo empeño los trabajos necesarios para la formación de los proyectos antes citados.

"Con el propósito de hacer importantes economías en favor del Erario Nacional, esta Secretaría, cooperando con las demás, así como con los departamentos de Estado, ha venido estudiando cada una de las partidas correspondientes a los gastos que hasta la fecha se han autorizado, a efecto de que conocida la importancia de ellos, se prefieran los más a los menos urgentes, labor extremadamente delicada y difícil, dadas las consecuencias que tiene una selección en los términos indicados, la cual influye directamente en el funcionamiento de los servicios públicos que dependen de la Federación.

"Por otra parte, esta Secretaría de Hacienda, persiguiendo una simplificación en la contabilidad fiscal y en el manejo del presupuesto, se ha visto en la necesidad de modificar la forma de los anteproyectos hasta hoy enviados por algunas secretarías y departamentos, y por consiguiente en la de repetir los cálculos respectivos. Esta labor también ha sido delicada y ha reclamado atención, ya que la reforma en las partidas respectivas ha traído consigo reforma también de las asignaciones correspondientes.

"No obstante todo lo anterior, que se traduce en demoras inevitables, esta Secretaría hará todo lo que esté de su parte para enviar a esa H. Cámara los expresados proyectos de Ley de Ingresos y de Presupuesto de Egresos antes del 15 de los corrientes, obsequiando sus deseos.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, a 9 de octubre de 1922. - El secretario, Adolfo de la Huerta." - A su expediente.

Telegrama procedente de "Zitácuaro, Michoacán, 11 de octubre de 1922.

"Señor secretario Cámara de Diputados.

"Protestamos porque defensas civiles desarmaron gendarmería esta ciudad y se posesionaron Palacio Municipal. Aprehendieron presidente municipal. Tamaño atropello ha causado gran indignación. - Luis G. Martínez. - A. Carrasco." - Recibo.

Telegrama procedente de "Guadalajara, Jalisco, 11 de octubre de 1922.

"Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

"En mensaje de hoy dice este Congreso a la Suprema Corte lo siguiente: "Esta H. Cámara tiene conocimiento trátase festinar resolución amparos interpuestos C. Basilio Vadillo, ex gobernador del Estado. Tal hecho estimámoslo como segura actitud parcial Suprema Corte contraria justicia e intereses nuestro Estado. Motivos moralidad administrativa atañen derechos políticos no naturales provocaron desafuero C. Vadillo, independientemente responsabilidad criminal, Suprema Corte carece facultades al inmiscuirse asunto de la exclusiva competencia del Estado. Este Congreso sostendrá soberanía de Jalisco trata lesionarse. Hacemos responsable Suprema Corte graves consecuencias ocurran por resolución festinada y parcial." - Transcribímoslo ustedes. - Atentamente. Enrique Díaz de León, diputado presidente. - F. C. Robles, diputado secretario. - J. Rodrigo Camacho, diputado secretario." - Recibo.

Telegrama procedente de "Tampico, Tamaulipas, 12 de octubre de 1922.

"Presidente de la Cámara de Diputados.

"Enterados prensa, no es exacto manifestaciones hostiles contra gobernador Estado, por obreros honrados. Individuos descontentos en compañía de un grupo de expulsados Ayuntamiento por malos manejos, son quienes provocan escándalos. - Nosotros no mezclados en política ni prestamos apoyo a personas trastornadoras. - Adictos Gobierno Estado. - Unión de chauffeurs y mecánicos de Tampico. - Purificación, Honradez y Trabajo. - Presidente general, Gabriel Ibáñez." - Recibo.

Telegrama procedente de "Tampico, Tamaulipas, 12 de octubre de 1922.

Presidente de la Cámara de Diputados.

"Con esta fecha decimos presidente República lo siguiente:

"Esta organización no ha tomado participación en la pseudo - manifestación llevada a cabo por elementos descontentos con actual mandatario este Estado, jamás servimos instrumentos politicastros malvados. Esperamos su visita a fin demostrarle organizaciones obreras siempre están de parte funcionarios honrados. "Unión de Trabajadores y

Empleados Aduanales de Tampico. - P. Ramos. - Pedro Fernández." - Recibo.

Telegrama procedente de "Tampico, Tamaulipas, octubre 12 de 1922.

"Presidente de la Cámara de Diputados.

"Con esta fecha transcribimos este telegrama a presidente de la República: "Conocimos actitud intrigante por politicastros en esa, respetuosamente informamos que manifestaciones habidas en ese puerto, el mayor contingente a sido menor de doscientos hombres, en mayoría separados de empleos públicos por falta honradez."

"Respetuosamente invitamos a usted visite este puerto, seguros que no existe descontento sino colaboración con Gobierno Estado. - Unión Cargadores de Número. - G. Banda." - Recibo.

Telegrama procedente de "Tampico, Tamaulipas, octubre 13 de 1922.

"Presidente de la Cámara de Diputados.

"Con esta fecha decimos señor presidente de la República lo siguiente: "Hacemos superior conocimiento usted, pueblo trabajador no hace manifestaciones hostiles Gobierno Estado. Unos cuantos políticos descontentos, cometen actos escandalosos por no tener empleo Gobierno. No hay excitación pueblo trabajador; esperamos usted vendrá pronto darse cuenta. - Respetuosamente, Sindicato de Agricultores El Porvenir del Campesino. - El secretario general, Jerónimo H. Alejos. - El secretario del interior, José Gómez." - Recibo.

Telegrama procedente de Tampico, Tamaulipas, octubre 11 de 1922.

"Presidente de la Cámara de Diputados.

"Por informes llegados ésta, sabemos se dice que pueblo trabajador protesta en masa contra Gobierno este Estado. Esta agrupación representa numeroso grupo hombres honrados, que no se mezclan en política. Manifestaciones habidas en ésta no han pasado de 200 hombres, en su mayoría empleados. - Respetuosamente, Sociedad Mercantil Mexicana de Resistencia de este puerto." - Recibo.

Telegrama procedente de "Caléxico, California, octubre 13 de 1922.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - México.

"Por prensa esa capital entéreme cargos lanzó en mi contra diputado Covarrubias, imputándome ser autor supuesta intriga motivó prisión y conducción a Mazatlán a disposición general Flores, jefe primera división militar, de varios regidores y otros ciudadanos de esta población. Protesto ante esa H. Cámara que diputado Covarrubias dolorosamente calúmniame por rencillas personales, como oportunamente comprobaré remitiendo documentos. Suplícoles respetuosamente dar lectura en sesión pública al presente mensaje. - El presidente municipal, Otto Moller." - Recibo.

Telegrama procedente de "Ciudad Bravos, Guerrero, el 9 de octubre de 1922.

"Señor presidente de la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.

"Grupo diputados independientes dispuestos celebrar sesión, impidiéndolo diputados gobiernistas que no preséntanse esta Cámara, con propósito deliberado no integrar quórum. Ruégole reservar este telegrama y tomar nota, en previsión acontecimientos puedan desarrollarse. - Presidente bloque independiente, A. R. Guevara." - Recibo.

Telegrama procedente de "Ciudad Bravos, Guerrero, octubre 13 de 1922.

"Señor presidente de la H. Cámara del Congreso Unión.

"Confirmo mensajes anteriores. Congreso local continúa sin tener sesiones, por negarse completar quórum diputados gobiernistas, quienes serán responsables interrúmpase orden constitucional este Estado. Ruégole respetuosamente tomar nota este aviso. - Presidente bloque independiente, A. R. Guevara." - Recibo.

Telegrama procedente de "Ciudad Bravos, 11 de octubre de 1922.

"Presidente de la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. - Cámara de Diputados.

"Confirmo telegrama 9 actual y manifiéstole respetuosamente que diputados gobiernistas Manuel Guillén, Luis Martínez, Donato Gómez, Francisco Gutiérrez y Juan Rodríguez Apreza, insisten no presentarse Cámara para integrar quórum, no obstante encontrarse esta ciudad. Diputados independientes dispuestos celebrar sesiones. Ruégole tomar nota y tener presente este telegrama para acontecimientos futuros. - Presidente bloque independiente, A. R. Guevara." - Recibo.

- El mismo C. secretario: Se va a proceder a recoger la votación nominal del siguiente acuerdo:

"Único. Envíese atento oficio a la Cámara de Senadores, retirando la Ley Reglamentaria del Artículo 123, que para su discusión le ha sido enviada, a fin de que las comisiones de ambas Cámaras estudien la mejor forma de expedir a la mayor brevedad y más de acuerdo con las circunstancias del proletariado mexicano, la reglamentación del trabajo y previsión social."

El C. Altamirano Manlio Fabio: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Altamirano Manlio Fabio: La discusión y votación de antier en el punto que quedó pendiente de resolver, demuestran que la mayoría de

los diputados de esta Cámara está de acuerdo en que se lleve a cabo la reforma social de la manera que la hemos iniciado y que queremos que se verifique. Hemos hablado con muchos señores senadores y, a fin de quitar el escrúpulo legal que algunos compañeros - entre ellos muy buenos amigos y correligionarios nuestros, como Aurelio Manrique y otros de ideas radicales - tuvieron para votar en pro de esta proposición, de acuerdo con los senadores, la mayoría de los firmantes, por mi conducto, viene a pedir permiso para retirar la proposición, en el concepto de que los señores senadores con quienes hablamos, se comprometieron a rechazar de plano los artículos que son la inmensa mayoría de la ley que está en el Senado, con objeto de que regrese cuanto antes a la Cámara de Diputados y podamos encarrilar nuestras actividades en el sentido que lo indiqué en la sesión pasada. En consecuencia suplico a la Asamblea que al hacerse la pregunta por la Secretaría, de si se retira o no esta proposición, se sirvan votar por la afirmativa.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Gandarilla.

El C. Gandarilla: He pedido la palabra para una aclaración al margen de una frase categórica afirmativa del ciudadano Manlio Fabio Altamirano. Dice que la votación anterior y el resultado de la discusión, las dos cosas, nos trajeron el convencimiento de que la mayoría de la Cámara estaba por la reforma social y por la urgente reglamentación del artículo 123 constitucional. La aclaración que quiero hacer es que tengo la seguridad de que ni uno solo de los diputados que votaron por la negativa en la sesión anterior, se opone a la reglamentación de dicho artículo 123, puesto que eso significaría que eran traidores a la revolución; únicamente se oponen al procedimiento. Hago esta rectificación, porque no es de justicia que algunos de los que votaron en contra, se crea que son enemigos de la reforma social.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano González Julián.

El C. González Julián S: Señores diputados: me voy a permitir hacer una pequeña adición a lo manifestado por el compañero Manlio Fabio Altamirano, acerca de los expuesto extraoficialmente por algunos ciudadanos senadores, entre otros, por el ciudadano doctor Pedro de Alba. Si sólo aisladamente se hubieran comprometido algunos señores senadores a rechazar los artículos que en su inmensa mayoría están pendientes de discusión, de la Ley del Trabajo que se encuentra en el Senado, seguramente que algunos de los firmantes de la moción que se votó sin el quórum respectivo en la última sesión, no hubiéramos estado de acuerdo en venir a solicitar el retiro de la misma, ante esa declaración aislada de algunos ciudadanos senadores; pero si lo hicimos fue porque estos ciudadanos senadores nos manifestaron que ya se había tomado un acuerdo económico por las mayorías del Senado en el sentido de rechazar esos artículos que faltan de la Ley del Trabajo, lo cual no es lo mismo que un compromiso aislado, porque de esa manera ya tenemos la seguridad de que por otro medio llegaremos al mismo fin: que la Ley del Trabajo vuelva a esta Cámara para comenzar un estudio nuevo y detenido a la luz de los últimos acontecimientos mundiales y basándonos en la experiencia que nos han proporcionado los cinco años transcurridos desde que el proyecto de Ley del Trabajo fue presentado a esta Asamblea en mil novecientos diez y siete. Por lo tanto, yo quiero hacer esta pequeña aclaración para manifestar que tenemos la seguridad de que el Senado tomará el acuerdo de rechazar la Ley del Trabajo que tiene en su poder, reservándonos el derecho de ejercitar nuestra acción como diputados en caso de que el Senado no cumpla oficialmente lo que en lo económico acordó.

El C. secretario Gandarilla: En vista de la proposición hecha por el ciudadano representante de los firmantes de esta moción, se pregunta a la Asamblea si permite que se retire el acuerdo económico presentado. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Por unanimidad se retira el acuerdo económico. (Voces: ¡No, por mayoría!)

El C. secretario Barón Obregón: Por disposición de la Presidencia y a petición del ciudadano Portes Gil, se va a dar lectura a un telegrama que tiene relación con algo que leyó hace poco la Secretaría.

Telegrama procedente de: "Tampico, Tamaulipas, 12 de octubre de 1922.

"Licenciado Emilio Portes Gil. - Calle Naranjo, 157. - Colonia Santa María de la Ribera.

"Hoy reunió Juan Gual Presidente Municipal presidentes de alijadores cargadores, chauffeurs y algunos comerciantes en pequeño, amenazándolos para que firmen telegramas confirmando como buena elección Congreso. Dirigiéndolos presidente, ministro Gobernación y Cámara Diputados, habiéndose suscitado disgusto un presidente por no aceptar consigna Gual. Partido Laborista. - Joaquín C. del Valle. - F. M. Arriaga."

"Michoacán de Ocampo. - Presidencia Municipal H. Zitácuaro. - Estados Unidos Mexicanos.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados de la Unión. - México, D. F.

"Si como simples ciudadanos debemos protestar enérgicamente, cuando se trata de atropellar los derechos de un pueblo, cuando se trata de atropellar las leyes que además de que resultan tan graves perjuicios, como los que hemos lamentado durante tantos años, favorecen los intereses personales de un reducido número de individuos, como representantes de ese pueblo no solamente de protestar, sino de poner medios legales que están a nuestro alcance para evitar que se burle y se engañe al pueblo que nos elevó al Poder, depositando en nosotros toda su confianza.

"En tal virtud, en nuestro carácter de ciudadanos y representantes de la sociedad a la vez, elevamos nuestra más enérgica protesta ante esa H. Cámara, a fin de que todos sus miembros se den cuenta de los atropellos de que está siendo víctima este H. Ayuntamiento, que por no estar

compuesto de personas humildes e ignorantes si se quiere, dejará de merecer toda clase de consideraciones, puesto que representamos a la sociedad que nos ungió con su voto.

"Es el caso que el H. Ayuntamiento de esta ciudad, del que nos honramos en formar parte, se encuentra en la actualidad en un grave conflicto con el Supremo Gobierno del Estado, debido en gran parte a las intrigas de un reducido número de individuos de la localidad, que despechados sin duda por las aplastantes derrotas que han sufrido en las últimas campañas políticas y porque este propio Ayuntamiento no les prestó su apoyo para favorecer sus miras políticas sino que se mantuvo a la altura de su deber, esto es, con entera imparcialidad, no han cejado en acatar a un Ayuntamiento legalmente constituído, impresionando malamente a nuestro gobernante en nuestra contra, con armas y argumentos tan antiguos momo ridículos.

"Esta mala impresión de nuestro gobernante y ciertas miras políticas que no dejamos de comprender, ha originado que llegue a ésta un comisionado del propio gobernador con objeto, según dice, de tratar o practicar una visita administrativa, pero dicho comisionado ni siquiera ha tenido la cortesía de presentarse a la oficina pública, como era de su deber hacerlo, sino que ha citado a todos los subscriptos al hotel donde se encuentra alojado, citatorio que atendimos fuera de nuestro papel, y nos ha indicado dicho comisionado que no somos gratos al Gobierno del Estado únicamente porque no es grato tampoco el partido político que nos apoyó o que nos postuló para ocupar el puesto que desempeñamos, exigiéndonos, por lo tanto, la inmediata renuncia de cuatro de los subscriptos, proposición que al fin enérgicamente hemos desechado, por considerarla tan improcedente como indigna.

"El señor comisionado, que es el coronel Rafael A. Márquez, tan luego como conoció nuestra determinación, nos amenazó con seguir adelante un proceso que existe en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito en contra de los subscriptos, dizque por el delito de desobediencia a un mandato de la autoridad, por no haberse remitido los expedientes electorales de las elecciones municipales verificadas en diciembre del año próximo pasado, delito que sólo cupo en el cerebro de un incondicional procurador de Justicia en el Estado, puesto que, no obstante que la Constitución del Estado y la general de la República facultan al propio Ayuntamiento para conocer la validez o nulidad de las elecciones municipales, nosotros en común acuerdo hemos resuelto que dichos expedientes electorales se remitan para su revisión al Congreso del Estado, como existen documentos con qué justificarlo, a fin de dar una muestra palpable que nuestra elección fue tan legal como honrada.

"A pesar, pues, de que existen pruebas suficientes que no hay ninguna desobediencia, ha llegado a ésta otro comisionado del Gobierno, con el carácter de agente del Ministerio Público a fin de encargarse de una manera especial del referido proceso y con la consigna de obrar aun contra las leyes, a fin de dar un cariz legal a la destitución de los subscriptos como regidores del Ayuntamiento, por las razones antes dichas, ya que no se han encontrado medios legales de hacerlo.

"Elevamos, pues, nuestra protesta ante esa H. Cámara, la que se dará cuenta de los malos procedimientos de quienes nos deberían impartir garantías y solicitar a la vez de esa Legislatura, las que está en su deber impartirnos.

"Como no dudamos de que seremos escuchados como en justicia se merece, protestamos las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración. - H. Zitácuaro, octubre 10 de 1992. - J. Martínez. - J. Aguilar. - M. Cuevas. - J. Trinidad Muñoz. - E. Vargas. - Juan Mateos." - A sus antecedentes.

Telegrama procedente de "Zitácuaro, Michoacán, 12 de octubre de 1922.

"Diputado Agustín Gómez Campos. - Mérida, 178.

"Jefe operaciones militares dice ésta: "Suyo ayer, relativo a desarme policía esa, manifiesto a usted que desarme por fuerza federal fue efectuado petición gobernador del Estado. Comunícolo usted a fin se sirva hacerlo conocimiento a quien corresponda, por ser ataque Municipio libre. - Atentamente. - El presidente municipal, J. Martínez."

El C. Gómez Campos: Pido la palabra. Que se inserte en el DIARIO DE LOS DEBATES.

El C. secretario Barón Obregón: A petición del ciudadano Gómez Campos, se insertará en el DIARIO DE LOS DEBATES.

Telegrama procedente de "Zitácuaro, Michoacán, 12 de octubre de 1922.

"Diputado licenciado Agustín Gómez Campos. - Mérida, 178, ó Cámara Diputados.

"Ayer jefe guarnición federal ésta, con orden jefe operaciones, procedió recoger gendarmería armas Maüsser y parque mismo, pero desarmó toda policía que no tenía esas armas, penetró Palacio Municipal y desarmó empleados, poniendo después guardias en todo edificio, de defensas civiles. Presidente municipal fue aprehendido, encarcelado cuartel Federación, rehúsase jefe entregar armas. Comunícolo efectos consiguientes. - Afectuosamente. - Regidores: José M. Domínguez. - Juan Mateos. - J. Aguilar. - J. Trinidad Muñoz. - Francisco Avilés."

El C. Gómez Campos: Hago la misma petición.

El C. secretario Barón Obregón: Y a petición del ciudadano Gómez Campos, se insertará en el DIARIO DE LOS DEBATES.

El C. presidente, a las 17.20: Se levanta la sesión de Cámara de Diputados para pasar a sesión de Congreso General.

SESIÓN DE CONGRESO GENERAL

EFECTUADA EL DÍA 13 DE OCTUBRE DE 1922

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Es admitida la renuncia del C. licenciado Ricardo B. Castro, magistrado del Tribunal Superior de

Justicia del Distrito Federal, y se concede licencia al C. licenciado Everardo Gallardo, juez cuarto de lo penal de esta capital.

2. - Se concede licencia a los CC. licenciados A. Pérez Farías y Luis G. Palacios, juez de primera instancia de Tecate y magistrado del Tribunal Superior de Justicia de la Baja California.

3. - Elección de los siguientes funcionarios: magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, magistrado de la Baja California y juez cuarto de lo penal de la ciudad de México; escrutinio; resultado; declaratoria. Rinden la protesta de ley los CC. licenciados Andrés Iduarte y Gregorio Cristiani, magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y juez cuarto interino de lo penal. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. ARCE GUSTAVO

(Asistencia de 137 ciudadanos diputados y 39 ciudadanos senadores.)

El C. presidente, a las 17.30: Se abre la sesión de Congreso General.

- El C. secretario Esparza Martínez, leyendo:

"Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Tribunal Pleno. - Secretaría de Acuerdos. - Número 3,043.

"Tengo el honor de participar a ustedes, a fin de que se sirvan dar cuenta al H. Congreso General: que con fecha 11 del mes en curso concluye la prórroga de licencia que por un mes concedió la Comisión Permanente al señor licenciado Ricardo B. Castro, magistrado que fue de este tribunal, dejando, en consecuencia, de substituirlo en esa misma fecha el señor licenciado Andrés Iduarte.

"Como el señor licenciado Ricardo B. Castro presentó con toda oportunidad la renuncia de su cargo de magistrado de este tribunal, por haber sido electo senador, me honro en poner en conocimiento de esa I. Asamblea los hechos que se dejan expuestos, a fin de que el H. Congreso de la Unión, en uso de sus facultades legales, provea lo que estime conveniente para la debida integración de la 1a. Sala de este tribunal.

"Protesto a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración. - Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, 6 de octubre de 1922. - El presidente del tribunal, Aurelio Velásquez.

"A los ciudadanos diputados secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presente." - De enterado.

"H. Congreso de la Unión:

"Ricardo B. Castro, con el carácter de magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ante vuestra honorabilidad, respetuosamente, digo:

"Que el H. Congreso General, en sesiones del 27 y 28 de octubre de 1919, me dispensó el alto honor de elegirme magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, cargo que hasta el presente he venido desempeñando.

"Es el caso que en las últimas elecciones de julio fui electo 2o. senador propietario por el pueblo del Estado de Tabasco, mi Estado natal, y esta circunstancia me obliga a hacer expresa y formal renuncia del alto puesto de magistrado a que antes hice referencia.

"Al presente gozo de una licencia por causa de enfermedad y con goce de dietas, que la H. Comisión Permanente me tiene concedida; y en substitución mía desempeña el mencionado cargo el señor licenciado don Andrés Iduarte; como mi renuncia del cargo lleva imbíbita la del sueldo que a éste corresponde, desde luego debo manifestar que asimismo, y a partir de esta fecha, renuncio a la vez a las dietas de que venía gozando por la causa expresada.

"Por lo expuesto, a vuestra señoría ocurro suplicando muy respetuosamente se sirvan aceptar la renuncia a que este memorial se refiere, protestando a este H. Congreso de la Unión mi agradecimiento y respetuosa consideración. - México, 31 de agosto de 1922. - Ricardo B. Castro."

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites a este escrito de renuncia. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se acepta la renuncia. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aceptada la renuncia. En su oportunidad se procederá a la elección del substituto.

"Ciudadanos diputados y senadores al Congreso de la Unión:

"El licenciado Everardo Gallardo, juez 4o. de lo penal de esta capital, ante ustedes, con profundo respeto, expongo:

"Que necesitando separarme del cargo que desempeño, y que me fue conferido por ese H. Congreso, a ustedes acudo en solicitud de una licencia, sin goce de sueldo, y por un término hasta de dos meses, para permanecer separado del empleo a que me he venido refiriendo.

"Esperando que se sirvan ustedes acordar mi solicitud de conformidad, les protesto las seguridades de mi muy atenta y distinguida consideración.

"México, septiembre 27 de 1922. - E. Gallardo."

En la misma forma de votación que la anterior, se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites a este escrito. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Concedida la licencia y en su oportunidad se nombrará al substituto.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Estados Unidos Mexicanos. - Juzgado de la 1a. Instancia de Tecate. - Partido Norte de la Baja California.

"H. Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. -México, D. F.

"En telegrama de 13 de junio último, tuve a honra dirigirme a esa H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión, manifestándole: que desde el 23 de octubre de 1919 me había hecho cargo del Juzgado de 1a. Instancia de Tijuana, y que después, en 11 de marzo de 1920, me había hecho cargo de este Juzgado de 1a. Instancia de Tecate, habiendo servido ambos cargos, sucesivamente y sin interrupción ninguna. Que necesitando urgentemente visitar y atender a mi anciana madre, que estaba enferma de gravedad, respetuosamente suplicaba a esa H. Comisión Permanente se sirviera concederme dos meses de licencia, con goce de sueldo; bajo el concepto de que el secretario del Juzgado podría desempeñarlo en mi ausencia, si así se estimaba conducente.

"A pregunta de esa propia comisión, en telegrama del 21 del mismo pasado junio, indiqué: que el señor Pedro B. Estrada, secretario interino de este Juzgado, carecía de título de abogado y que me había permitido sugerir su designación para suplirme en mi ausencia, porque de momento no había en el Juzgado negocios de trascendencia, y por considerar, además, la dificultad de que un abogado viniera a este lejano pueblo, por poco sueldo y por poco tiempo.

"Con posterioridad se me informó que esa repetida H. Comisión Permanente había turnado mi solicitud de licencia a la Comisión de Justicia.

"Y no habiendo tenido resolución a mi expresada solicitud hasta hoy, y subsistiendo la enfermedad de mi madre, que me obliga a hacer esta urgente gestión, la repito con pena, suplicando atentamente se me acuerde de conformidad.

"Protesto a ustedes mi atenta y respetuosa consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"Tecate, Baja California, 24 de agosto de 1922.- El juez de primera instancia, A. Pérez Farías."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión.

El C. Von Borstel: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Von Borstel: Entiendo que en poder de las comisiones de Justicia obran algunas acusaciones en contra del señor juez Farías por abandono de empleo o traslado al lado americano o algo así. Por lo tanto, creo prudente que la Asamblea conceda la licencia, pero no con goce de sueldo, como lo solicita el interesado, sino sin goce de sueldo, para que así depure sus conducta y vuelva a su puesto en caso de que las acusaciones presentadas no tengan fundamento.

El C. Gandarilla: En casos como éste y dadas las indicaciones del ciudadano Enrique Von Borstel, respetuosamente me permito pedir a alguno de los miembros de las comisiones de Justicia, por conducto de la honorable Presidencia, informe sobre el particular.

El C. secretario Esparza Martínez: Se suplica a alguno de los miembros de las comisiones de Justicia que conteste la interpelación del ciudadano Gandarilla.

El C. Domínguez Enrique B.: En nombre de las comisiones de Justicia debo informar a sus señoría que es verdad que dichas comisiones tiene documentos en donde se ha podido comprobar en una forma palmaria que este señor, en diversas ocasiones, ha abandonado el puesto que ocupa y se ha pasado al lado americano a pasearse o a otros asuntos. Las comisiones de Justicia han tenido, además, conocimiento de que este señor está procesado, y por esta razón se permiten proponer a ustedes, en la misma forma que el diputado por la Baja California, que esta licencia, si es que se concede, se conceda sin goce de dietas.

El C. secretario Esparza Martínez: No habiendo quien haga uso de la palabra...

El C. Manrique: Pido la palabra para una interpelación.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Von Borstel.

El C. Von Borstel: Pido a la Asamblea que la licencia se rechace en la forma en que fue pedida y que, en cambio, se apruebe sin goce de sueldo. O que se divida en dos partes la proposición.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Manrique.

El C. Manrique: Para interpelar atentamente a la Comisión de Justicia, suplicándole se sirva explicarnos si de los documentos que tiene en su poder, que obran en su poder, si se quiere emplear la expresión consagrada, resulta claramente comprobada la culpabilidad del juez Pérez Farías, y si el estado actual del proceso permite ya inferir esta culpabilidad; y, por último, si la Ley Orgánica del Poder Judicial del Distrito y Territorios Federales, nos facultaría, no para conceder la licencia, sino para cesar al juez, porque si la responsabilidad es seria y está suficientemente establecida, realmente sería poco decoroso el conceder licencia siquiera fuese sin goce de sueldo.

El C. Domínguez Enrique B.: Pido la palabra.

El C. presidente: tiene usted la palabra.

El C. Domínguez Enrique B.: La pregunta que su señoría hace envuelve dos partes: la primera, que se refiere a si de los documentos que tenemos se viene en conocimiento pleno de que el juez Pérez Farías haya abandonado el puesto que ocupa. Efectivamente, los documentos son cartas y oficios, y como usted sabe, para tomarlos nosotros como pruebas auténticas, necesitarían ser reconocidas por las personas que los subscriben, y esto está encomendado a la autoridad a quien debe consignarse el hecho, como ya se consignó al procurador general de Justicia del Distrito Federal, para que haga la consignación del caso. La segunda, la parte legal, como su señoría sabe, hay necesidad previamente de abrir una averiguación para ver si se ha cometido tal hecho, y se necesita pedir informes al juez o funcionario contra el que se impute ese acto. En consecuencia, se necesita previamente que el procurador general de Justicia haga la consignación y que vengan los trámites reglamentarios para declarar nosotros, en vista de que el juez lo diga, que es culpable; pero sí en la conciencia de nosotros está que el juez citado ha cometido tales irregularidades. Es bastante suponer por los diversos miembros que se han dirigido a las

comisiones, así como los dos representantes de la Baja California, que por medio de la prensa, por medio de documentos fijos y personas que radican en el otro lado, o sea en el territorio americano, han visto a este señor en territorio americano, sin que de antemano haya pedido licencia; por lo tanto, en la conciencia está que sí ha habido abandono de empleo.

El C. Manrique: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Manrique: Yo quise, merded a estas interpelaciones a la comisión, establecer claramente el grado de culpabilidad que puede presumirse en el ciudadano Pérez Farías, y la verdad es que a pesar de la enfática afirmación del señor licenciado Domínguez, no está claramente determinada tal responsabilidad. Pérez Farías, desde luego sobra que lo explique, es para mí un desconocido, pero no por ello debo ser indiferente a su suerte. Y ahora tengo derecho para afirmar que sería una ligereza del Congreso el castigar en esta forma al ciudadano Pérez Farías, cuya responsabilidad no está aún claramente establecida. Efectivamente, en primer lugar debo insistir en que al interpelar al ciudadano Domínguez, sabía yo bien que no estaba en las facultades del Congreso el destituir a este juez, puesto que esto requiere un verdadero juicio de responsabilidad. Por otra parte, acaso se trate aquí de una vulgar intriga, mientras no se nos compruebe lo contrario. ¿Qué de extraño tiene que un hombre - un funcionario en este caso - que vive en una ciudad fronteriza, cruce el puente internacional de cuando en cuando para pasar al lado americano? ¿Qué de extraño tendría que un funcionario aduanal o del Poder Judicial, o de cualquiera otra índole, residente en la ciudad de Nuevo Laredo, cruzase el puente internacional para pasar a la ciudad de Laredo, o estando en Juárez, pasase a la ciudad americana de El Paso o estando en Piedras Negras, pasase a Eagle Pass, etcétera, etcétera? De manera que es muy posible - tenemos el derecho de sospecharlo - que malquerientes de Pérez Farías hayan urdido una vulgar intriga en contra suya. Conceder la licencia sin goce de sueldo, en tanto no esté claramente comprobada la responsabilidad de este señor, siquiera se trate sólo de irregularidades, me parece que sería ligereza de nuestra parte. Pide licencia: En tanto no se compruebe que haya cometido falta alguna, en tanto no haya sentencia de autoridad judicial competente, no tenemos derecho para establecer una odiosa distinción. Si Pérez Farías pide una licencia, me parece que lo indicado - si la causa de la licencia, enfermedad u otra, está claramente establecida - es que el Congreso General no tiene que hacer otra cosa sino conceder esta licencia con goce de sueldo.

El C. Domínguez Enrique B.: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Domínguez Enrique B.: Señores compañeros: Es indiscutible que si estuviese declarada la responsabilidad o la culpabilidad de este funcionario, no solamente no tendríamos el derecho de concederle la licencia sin goce de sueldo, sino que él no tendría ningún derecho ni le asistiría absolutamente nada para pedir ante nosotros una licencia con goce de sueldo, sino que este individuo tendría, indiscutiblemente, que ir a pagar la condena a la cárcel, porque se habría declarado la responsabilidad de un funcionario público por abandono de empleo; y, en consecuencia, como es un delito de los que merecen pena corporal, el culpable tendría que ir a la cárcel. Ahora, respecto a lo que el señor Manrique dice de que sea una intriga vulgar, me voy a permitir interpelar al señor Benítez, que fue secretario de Gobierno en el Distrito Norte de la Baja California, para que diga si es o no verdad que infinidad de veces estuvo fuera del Juzgado el señor Pérez Farías, cuando bastante se le necesitaba. ¿Es o no cierto, señor Benítez?

El C. Benítez: Es cierto.

El C. Domínguez Enrique B.: ¿Se convence el señor Manrique de ello? Ahora, ¿qué de extraño tendría, según el compañero Manrique, que el juez de Tlalpan tomase el tren que conduce a esta ciudad, a las nueve de la mañana del sábado, en que tiene que estar en el Juzgado, y viniese a un banquete o a unas carreras de caballos, paseándose la mañana o el día entero en esta ciudad? Sencillamente no tendría absolutamente nada que ver para el señor Manrique; pero, sin embargo de esto, si estuviese aquí un día o dos, habría abandono de empleo del juez Es el caso: si él se pasase al otro lado a tomar unos pequeños paseos, pues yo creo que indiscutiblemente ha abandonado el empleo. Y precisamente por eso, vuelvo a repetir, no en calidad de jueces - porque no toca a nosotros juzgar el hecho -, sino simplemente ante nuestra conciencia está que este hombre ha faltado al cumplimiento de sus deberes, y si ha faltado, no debe concedérsele una licencia con goce de sueldo.

El C. Manrique: Pido le palabra, señor presidente.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Manrique.

El C. Manrique: Señores representantes: Insisto en afirmar que sería una ligereza, una grave ligereza la que cometiera el Congreso General estableciendo una distinción en el caso de Pérez Farías y suponiendo demostrada la responsabilidad de este funcionario. Efectivamente, la Ley Orgánica del Poder Judicial del Distrito y Territorios Federales claramente establece que en tanto el procurador general - El procurador de Justicia en este caso - por conducto del agente del Ministerio Público adscripto a la Primera Sala no declare que ha lugar a proceder, en tanto esto no suceda, no existe ni siquiera presunción de culpabilidad. En consecuencia, en tanto no exista sino una afirmación personal, en tanto no exista sino alguna denuncia, siquiera documentada, en poder de las comisiones de Justicia, cometeríamos una ligereza y acaso una grave injusticia negando la licencia con goce de sueldo al ciudadano Pérez Farías. Si más tarde, ciudadano Domínguez, queda claramente establecida la culpabilidad de este señor.....

El C. Domínguez Enrique B., interrumpiendo: No oí, señor.

El C. Manrique, continuando: Si más tarde, ciudadano Domínguez, queda claramente

la culpabilidad de este señor, tiempo habrá de proceder como convenga. Yo me permito, en apoyo de mi opinión, solicitar la de un abogado, el compañero Romeo Ortega, a quien atentamente interpelo.

El C. Ortega Romeo: Pido la palabra, señor presidente, para contestar la interpelación.

El C. Domínguez Enrique B.: Pido la palabra nada más para.....

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Ortega, para contestar una interpelación.

El C. Ortega Romeo: En efecto, ya es de explorado Derecho que en materia de responsabilidades de funcionarios judiciales, no se establece presunción ni siquiera humana, por lo que se refiere al escrito de denuncia. Es indispensable que el procurador de Justicia, por conducto del Ministerio Público, haga la declaración de que ha lugar a proceder, y hasta entonces hay una verdadera demanda, un verdadera querella, y se inicia el juicio. Mientras tanto, sería prejuzgar de la responsabilidad de un funcionario, y creo yo que ni las comisiones de Justicia ni ninguna otra autoridad, como no sean las que las leyes determinan, pueden prejuzgar de la responsabilidad de alguno, hasta que no se hayan cumplido todas las formalidades que la misma ley señala en materia de responsabilidades. Por lo tanto, yo creo, como el ciudadano Manrique, que en este caso se obraría con ligereza por las comisiones al prejuzgar de una responsabilidad que no existe comprobada en ninguna forma, porque las comisiones de Justicia no pueden ser jueces para apreciar pruebas, ni siquiera para incoar el procedimiento, pues para eso hay autoridades que la misma ley señala.

El C. Gandarilla: ¡Moción de orden!

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Domínguez Enrique B.

El C. Gandarilla: He pedido la palabra antes que el señor Domínguez, en ejercicio del derecho que me asiste, y sólo deseo saber si se me concede la palabra cuando la pida, o si hay preferencia.

El C. presidente: He concedido la palabra al ciudadano Domínguez, en calidad de miembro de la Comisión de Justicia.

El C. Manrique: ¡Moción de orden! En moción de orden aclaro que el Congreso General no tiene comisiones. (Aplausos.) Es la Cámara de Diputados, es la Cámara de Senadores, es la Comisión Permanente, en su caso, quienes tienen comisiones de Justicia; el Congreso General, y en estos momentos estamos en sesión de Congreso General; no funciona por medio de comisiones. No hay, pues, comisiones de Justicia del Congreso General.

El C. presidente: Se hace la aclaración al ciudadano Manrique, que alguno de los oradores que precedieron en el uso de la palabra, suplicó que se interpelara a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados que tuviera antecedentes acerca de este asunto; en este concepto, tiene la palabra el ciudadano Domínguez, como miembro de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados.

El C. Domínguez Enrique B.: La Presidencia acaba de hacer la debida aclaración a su señoría. He hablado en nombre de las comisiones de Justicia de la Cámara de Diputados, y me extraña que el señor licenciado Romeo Ortega también traiga al debate algo que no está a discusión, como es que si tienen o no autoridad las comisiones de Justicia de la Cámara de Diputados para juzgar estos asuntos. He declarado textualmente - y si ustedes quisieran, los taquígrafos podrían descifrar esa parte de mi exposición -, que no tenemos facultad para juzgar de este asunto, sino que es la autoridad respectiva la que tendrá que fallar. Y debo manifestar que en estos momentos uno de los miembros de las comisiones de Justicia de la Cámara de Diputados me acaba de manifestar que ya el procurador hizo la consignación, y el magistrado del Distrito Norte de la Baja California ya está incoando el proceso. Eso únicamente como indicación nuestra. Ahora, respecto a lo que su señoría dice, no es castigo que nosotros tratamos de imponer, no señor; nosotros tenemos facultad papara conceder la licencia o para negarla, como tenemos facultad también para conceder esa licencia con goce de dietas o sin ellas. Por consecuencia, yo me permito sugerir a los compañeros que en vista de las irregularidades cometidas por este funcionario, si es que se le concede la licencia, se le conceda sin goce de dietas; pero esto en la inteligencia de que no es opinión y que no se trata de que vengamos nosotros, es decir, el Congreso, la Cámara o las comisiones, a prejuzgar ni a establecer una pena precisamente por esas faltas, si es que lo son. De manera que no se trata de lo que cree el ciudadano Manrique, sino de la facultad que tenemos de concederle la licencia o negársela, y al concedérsela, tenemos facultad de concederle la licencia con goce de dietas, o sin ellas. Y yo pido a ustedes que se le conceda sin goce de dietas. (Voces: ¡A votar! ¡A votar!)

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Gandarilla.

El C. Gandarilla: Honorable Asamblea: Dos palabras quiero decir únicamente sobre este asunto que no parece trascendental, pero que sí lo es, y mucho, en el fondo. Se trata de un ciudadano juez que pide una licencia de dos meses con goce de sueldo, y es un ciudadano juez que, según la voz autorizada de ciudadanos diputados que forman parte de las comisiones de Justicia de la Cámara, ha incurrido en graves faltas. Y el Congreso debe rechazar esa licencia con goce de sueldo, porque debe sentar un precedente contra esos individuos que en los juzgados muchas veces no cumplen con su deber. Es trascendental el asunto, porque si el Congreso en este caso, teniendo pruebas fehacientes, como son las declaraciones del compañero Benítez y las de los compañeros representantes de la Baja California, y ya que no podemos dudar de esas declaraciones ni de la veracidad de ellas, el Congreso, si quiere sentar un precedente, debe ser enérgico, cuando pueda, contra los individuos que están en los puestos judiciales y que no cumplen con su deber. Digo esto porque ayer fui testigo presencial de algo verdaderamente bochornoso en un país civilizado. Se trata , señores, de un honrado artesano, que de peón logró establecer su humilde taller en la calle de Morelos número doce, y que con sacrificios y con la concurrencia de todos sus hermanos lo ha venido

sosteniendo. En ese taller se dedica a la reparación de automóviles. Pues bien, señores; yo he visto algo estupendo por lo que a asuntos de justicia se refiere: un juez - El juez séptimo de lo civil - dictó una orden de embargo para que todos los camiones, todos los automóviles, todas las herramientas de estos artesanos quedasen bajo la custodia de las autoridades. ¿Y por qué señores? ¡Admiraos!: porque había vivido antes un señor X. Márquez. ¿Y sabéis lo que le paso a este pobre artesano? Que toda la gente que sostiene con el trabajo de sus músculos, la tuvo parada durante dos días; que durante dos días le tuvo que pagar trescientos pesos; que uno de sus abogados legalistas fue a prestarle sus servicios a cambio de trescientos pesos, y que cuando el juez se dio cuenta de que estaba cometiendo un atropello escandaloso, únicamente se concretó a decir: "dispense usted", y aquel pobre artesano ha pagado cerca de mil pesos. ¡Esto es bochornoso! Pues bien; la Cámara de Diputados debe proceder, siempre que tenga conocimiento de que los jueces no cumplen con su deber, con toda energía; si este ciudadano no cumple satisfactoriamente con su cometido, no le demos la oportunidad de que se vaya a pasear a los Estados Unidos con el dinero de la nación, siquiera para que sirva de antecedente respecto de otros individuos. (Aplausos.)

El C. von Borstel: Para una aclaración: Quiero hacer notar a la Asamblea que en todo caso, si el juez que pide la licencia se llega a vindicar plenamente de los errores o de las faltas que se le atribuyen, la Cámara puede reparar perfectamente no el error cometido, no la entrega de los dineros, puesto que puede acordar posteriormente que se cubra al interesado los dos meses que no se le entregan de sueldo; en cambio, si le concedemos hoy la licencia con goce de sueldo, y este señor resulta culpable, la nación habrá perdido esos dineros, que no es justo que gaste un funcionario que no cumple con su deber.

El C. Manrique: Pido atentamente a la Secretaría se sirva aclarar qué motivo invoca el señor Pérez Farías para solicitar licencia con goce de sueldo, insistiendo yo de paso, en que no se ha comprobado la responsabilidad de este señor.

El C. secretario Esparza Martínez: Voy a dar lectura al documento:

"En telegrama de 13 de junio último, tuve la honra de dirigirme a esa H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión, manifestándole: que desde el 23 de octubre de 1919 me había hecho cargo del Juzgado de Primera Instancia de Tijuana, y que, después, en 11 de marzo de 1920, me había hecho cargo de este Juzgado de primera Instancia de Tecate, habiendo servido ambos cargos, sucesivamente y sin interrupción ninguna. Que necesitando urgentemente visitar y atender a mi anciana madre, que estaba enferma de gravedad, respetuosamente suplicaba a esa H. Comisión Permanente, se sirviera concederme dos meses de licencia, con goce de sueldo; bajo el concepto de que el secretario del Juzgado podría desempeñarlo en mi ausencia, si así se estimaba conducente.

A pregunta de esa propia Comisión, en telegrama del 21 del mismo pasado junio, indiqué: que el señor Pedro B. Estrada, secretario interino de este Juzgado, carecía de título de abogado y que me había permitido sugerir su designación para suplirme en mi ausencia, porque de momento no había en el Juzgado negocios de trascendencia, y por considerar, además, la dificultad de que un abogado viniera a este lejano pueblo, por poco sueldo y por poco tiempo.

"Con posterioridad se me informó que esa repetida H. Comisión Permanente, había turnado mi solicitud de licencia, a la Comisión de Justicia.

"Y no habiendo tenido resolución a mi expresada solicitud hasta hoy, y subsistiendo la enfermedad de mi madre, que me obliga a hacer esta urgente gestión, la repito con pena, suplicando atentamente se me acuerde de conformidad."

Está servido señor.

El C. Manrique: Gracias.

El C. secretario Esparza Martínez: No habiendo más oradores inscriptos, en votación económica se pregunta a la Asamblea si el asunto está suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa, se servirán indicarlo. Suficientemente discutido. Para votar la solicitud de la licencia que está a debate, de dividirá ésta en dos partes: primero se consultará a la Asamblea si se concede la licencia, y en seguida, caso de ser aprobada, se preguntará si se concede con goce de sueldo. En votación económica se pregunta a la Asamblea si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa, se servirán indicarlo. Concedida la licencia. En la misma forma se consulta a la Asamblea si se concede con goce de sueldo. los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. No se concede con goce de sueldo.

Telegrama procedente de "Mexicali, Baja California, 25 de septiembre de 1922.

"Secretario H. Congreso de la Unión:

"Suplico esa H. Asamblea se sirva concederme licencia por un mes con goce de sueldos para separarme mayor brevedad posible tribunal a mi cargo y atender enfermedad de la vista que padezco, según lo acredita certificado médico que por correo envío usted. En obvio dificultades, me permito proponer para suplirme, licenciado Raymundo Landgrave, residente en ésta. - Magistrado Tribunal Supremo, licencia L. G. Palacios."

"Tribunal Superior de Justicia del Distrito Norte de Baja California. - Estados Unidos Mexicanos. - Número 1345.

"Ciudadanos secretarios del H. Congreso de la Unión. - México, D. F.

"En confirmación de mi telegrama de ayer, dirigido a esa H. Cámara, y en el cual solicito licencia con goce de sueldo, por causa de enfermedad, para estar separado de mi cargo durante un mes y someterme al régimen curativo que necesito, tengo el honor de acompañar el certificado médico respectivo.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y especial consideración. - Sufragio Efectivo. No Reelección. - Mexicali, septiembre 23 de 1922. - El magistrado del Distrito Norte de la Baja California, licenciado L. G. Palacios"

(Acompaña un certificado médico firmado por el doctor Manuel Montes.)

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites a esta solicitud de licencia. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en la misma forma de votación se consulta a la Asamblea si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo. Se concede la licencia. En su oportunidad se procederá a la elección de substituto.

El C. secretario Gandarilla: A fin de proceder a la elección de juez 4o. de lo penal, del magistrado del Tribunal Superior del Distrito Federal y del magistrado de la Baja California, se concede a la Asamblea el término de cinco minutos para el cambio de impresiones.

El C. Prieto Laurens: Atentamente suplico a la presidencia que consulte a la Asamblea si se puede hacer esta votación en un solo acto. (Voces: ¡Sí! ¡Sí!)

El C. secretario Gandarilla: Se conceden cinco minutos para el cambio de impresiones.

- El mismo C. secretario: Se reanuda la sesión. Se va a proceder en un solo acto a la elección de los funcionarios a los que se refirió la Secretaría.

(Se empieza a recoger la votación.)

Por disposición de la Presidencia se suplica a los ciudadanos diputados y senadores se sirvan ocupar sus curules a fin de que se proceda regularmente a la votación. (Continúa la votación.)

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, suplica una vez más a los ciudadanos representantes populares ocupen sus curules. (Continúa la votación.)

¿Falta algún ciudadano diputado o senador por votar? Se procede al escrutinio. (Escrutinio.)

El resultado del escrutinio ha sido el siguiente:

Para magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal: licenciados Andrés Iduarte, ciento ochenta y cuatro votos; Juan Manuel Alvarez del Castillo, tres votos, y Raimundo Poveda, un voto; para magistrado interino de la Baja California: licenciados Antonio Murúa Martínez, ciento setenta votos; Emilio Gandarilla, tres votos; José I. Lugo, tres votos; Juan Manuel Alvarez del Castillo, tres votos; Arturo Tapia, dos votos, y uno cada uno a los ciudadanos licenciados José I. Novelo y Adrián León; y para juez 4o. interino de lo penal de esta ciudad: licenciados Gregorio Cristiani, ciento setenta y ocho votos; Raimundo Poveda, diez votos; Fermín Valenzuela, cinco votos, y Antonio Díaz Soto y Gama, tres votos.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la secretaría, declara que son magistrado propietario del Tribunal Superior del Distrito Federal, el licenciado Andrés Iduarte; juez 4o. penal interino, licenciado Gregorio Cristiani, y magistrado interino de la Baja California, el licenciado Antonio Murúa Martínez.

El C. presidente: Teniendo noticia la Presidencia, de que se encuentra a las puertas del salón el ciudadano Iduarte, designado por el Congreso General, se nombra en comisión a los ciudadanos Ricardo B. Castro Enrique Parra, José Castillo Torre y secretario Esparza Martínez, para que sirvan acompañarlo a rendir protesta.

(Rinde la protesta legal el C. licenciado Andrés Iduarte, electo magistrado del Tribunal Superior del Distrito Federal. Aplausos.)

El C. presidente: Se levanta la sesión de congreso General y se cita a los ciudadanos senadores y diputados para el próximo lunes a las seis de la tarde para la protesta del otro ciudadano electo. Un momento. Teniendo noticia en este momento de que está el ciudadano Cristiani a las puertas del salón, se designa a los mismos ciudadanos nombrados anteriormente para que se sirvan acompañar al ciudadano Cristiani a rendir la protesta.

(Rinde la protesta de ley el C. licenciado Gregorio Cristiani, juez 4o. penal interino. Aplausos.)

- El C. secretario Gandarilla, leyendo:

"Acta de la sesión de Congreso General, celebrada el día trece de octubre de mil novecientos veintidós.

"Presidencia del C. Gustavo Arce.

"En la ciudad de México, a las diez y siete horas y treinta minutos del viernes trece de octubre de mil novecientos veintidós, se abrió esta sesión de Congreso General, encontrándose reunidos en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, ciento treinta y siete ciudadanos diputados y treinta y nueve ciudadanos senadores.

"La Secretaría dio cuenta de los documentos en cartera:

"Oficio en que el presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal comunica que con fecha once de este mes vence la licencia concedida al C. magistrado Ricardo B. Castro, quien oportunamente presentó la renuncia de su cargo en virtud de haber sido electo senador. - De enterado.

"Renuncia que de su cargo de magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal presenta el referido C. licenciado Ricardo B. Castro. - Con dispensa de trámites y sin debate, se aceptó la renuncia.

"Solicitud para dos meses de licencia, sin sueldo, que formula el C. licenciado Everardo Gallardo, juez 4o. de lo penal de la ciudad de México. - Igualmente se dispensaron los trámites y se acordó de conformidad, sin que nadie hiciera uso de la palabra.

"Solicitud del C. licenciado A. Pérez Farías, juez de primera instancia de Tecate, Baja California, relativa a que se le conceda licencia de dos meses, con goce de sueldo.

"Dispensados los trámites, se suscitó una discusión, en que tomaron parte los CC. diputados von Borstel, Enrique B. Domínguez, Manrique, Romeo Ortega y Gandarilla: los CC. von Borstel y Gandarilla sostuvieron que se concediera la licencia sin sueldo, rebatiéndoseles los CC. Manrique y Romeo Ortega, y el C. Enrique B. Domínguez informó a nombre de las comisiones de justicia de la Cámara de Diputados. Suficientemente discutido

el punto, el H. Congreso acordó, en votaciones económicas sucesivas, conceder la licencia, sin sueldo.

"Solicitud del C. licenciado Luis G. Palacios, magistrado del Tribunal Superior de Justicia del distrito Norte de la Baja California, a fin de que se le conceda licencia de un mes, con goce de sueldo. - Acordóse de conformidad, sin debate, previa dispensa de trámites.

"Como consecuencia de los acuerdos anteriores, se procedió a la elección, en un solo acto, de magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, de juez 4o. de lo penal de la ciudad de México y de magistrado del Tribunal Superior del distrito Norte de la Baja California, con carácter interino los dos últimos.

"Resultaron electos, para magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, por ciento ochenta y cuatro votos, el C. licenciado Andrés Iduarte; para juez 4o. de lo penal, con carácter del interino, por ciento setenta y ocho votos, el C. Licenciado Gregorio Cristiani, y para magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Norte de la Baja California, asimismo con carácter de interino, por ciento setenta votos, el C. licenciado Antonio Murúa Martínez. También obtuvieron votos, en corto número, otros ciudadanos licenciados.

"La Presidencia por conducto de la Secretaría, hizo la declaración correspondiente.

"Dos comisiones nombradas por la Mesa introdujeron sucesivamente a los CC. licenciados Andrés Iduarte y Gregorio Cristiani, electos por el Congreso, según queda consignado en esta acta, magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, el primero, y juez 4o. de lo penal de la ciudad de México, con carácter de interino, el último. A ellos se dirigió la Presidencia en la forma prevenida por el artículo 137 de la Ley Orgánica de los Tribunales del Fuero Común en el Distrito y Territorios de la Federación. Los interrogados contestaron: "Sí protesto", y el ciudadano presidente repuso: "Sí no lo hiciereis así, que la nación os lo demande"

"La Secretaria dio lectura a la presente acta."

Esta a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba el acta. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada el acta.

El C. presidente: Se levanta la sesión de Congreso General y se cita a los ciudadanos diputados a sesión de la Cámara para el lunes a las diez y seis horas. Se suplica a los ciudadanos diputados que permanezcan en el salón, porque se va a pasar lista para entrar a Colegio Electoral.

El C. Manrique: Me permito objetar la moción de su señoría, señor presidente.

El C. presidente: ¿Cuál?

El C. Manrique: La relativa a que se pase lista.

El C. presidente: De Congreso General a Colegio Electoral debe pasarse lista de presuntos diputados y diputados.

El C. Manrique: Permítame usted que observe con todo respeto que la sesión de Congreso General supone quórum de Cámara de Diputados y, en consecuencia, ausentándose los señores senadores del salón, mientras no se apruebe lo contrario, hay quórum de diputados. Respecto a los presuntos diputados, no son sino dos: Siurob y Pérez Acevedo. Yo creo, pues, superfluo el trámite.

El C. presidente: No es un trámite, compañero. Terminada la sesión de Congreso General, únicamente se dijo a los diputados que se quedaran en el salón para pasar lista de Colegio Electoral; por consiguiente, es indispensable pasar lista.

El C. González Julián S.: Moción de orden. Yo me permito objetar respetuosamente a la Presidencia, que cuando pasamos de la sesión de Cámara de Diputados a Congreso General, suponiéndose que había quórum, no se paso lista; por lo tanto, yo estimo, como el compañero Manrique, que en este caso no debe pasarse lista, a menos que se reclame el quórum.

El C. presidente: Ya se cerró la sesión de Congreso General.

(Se paso lista.)

El C. secretario Gandarilla, después de pasar lista: Hay una asistencia de noventa y ocho ciudadanos diputados y presuntos diputados. No hay quórum.

El C, presidente, a las 19.10: Se cita para sesión de Colegio Electoral el lunes a las 17. Orden del día: credenciales de los distritos electorales 8o. de Oaxaca y 4o. de Querétaro.