Legislatura XXX - Año I - Período Ordinario - Fecha 19221017 - Número de Diario 35
(L30A1P1oN035F19221017.xml)Núm. Diario:35ENCABEZADO
MÉXICO, MARTES 17 DE OCTUBRE DE 1922
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921
AÑO I. - PERÍODO ORDINARIO XXX LEGISLATURA TOMO I. - NÚMERO 35
SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
EFECTUADA EL DÍA 17 DE OCTUBRE DE 1922
SUMARIO
1. - Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.
2. - Cartera. La Secretaría de Hacienda remite los proyectos de Presupuestos de Egresos para 1923, correspondiente a los ramos I, II, III, V, X, XII, XIII, XV y XVI; recibo y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta. Se concede licencia a los CC. diputados Alfredo Alvarez, Luis Sánchez de Cima y Lorenzo Dávila.
3. - Proyecto de ley para el establecimiento del Banco Nacional Cooperativo Rural, suscrito por numerosos ciudadanos diputados; a las comisiones unidas de Agricultura y Fomento, de Crédito Público y 1a. Agraria e imprímase.
4. - Iniciativa de ley sobre Sociedades Cooperativas Agrícolas, presentada por el C. Felipe Santibáñez, apoyado por varios ciudadanos diputados; a las comisiones unidas de Agricultura y Fomento, 1a. de Crédito Público y 1a. Agraria e imprímase.
5. - Dictamen de las comisiones unidas 1a. de Comunicaciones y 1a. de Hacienda relativo al contrato celebrado entre el ciudadano secretario de comunicaciones y el C. general Juan Antonio Acosta, para la construcción de un puente sobre el río Bravo del Norte en Laredo; imprímase y a discusión el primer día hábil.
6. - Sin debate, son aprobados 18 dictámenes de las comisiones 1a. y 2a. de Puntos Constitucionales, por los que se concede permiso constitucional para desempeñar cargos y aceptar condecoraciones de gobiernos extranjeros, a los siguientes ciudadanos : Francisco J. Altamira, José Benítez, Julio Pani, Leopoldo Blázquez Alberto J. Pani, Cosme Hinojosa, Julio Poulat, Manuel Méndez Palacios, José G. Moreno, Manuel Romero de Terreros, Alvaro Obregón, Fernando Lara, Aarón Saénz, Rodolfo Nervo, Arturo Rocha, Luis Gutiérrez Otero, Gustavo A. Salas, Juan Sánchez Azcona, Jr., y Leopoldo Ortíz; pasan al Senado para los efectos legales, con excepción del relativo al C. Altamira que pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
7. - Escrito de varios ciudadanos diputados por el que piden se designe una comisión que solicite de la Suprema Corte de Justicia, el nombramiento de otra comisión que investigue los hechos políticos del Estado de Tamaulipas; a debate, se levanta la sesión.
DEBATE
Presidencia del C. ARCE GUSTAVO
(Asistencia de 162 ciudadanos diputados.)
El C. presidente, a las 17.05: Se abre la sesión.
- El C. secretario Barón Obregón, leyendo:
"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día diez y seis de octubre de mil novecientos veintidós.
"Presidencia del C. Onésimo González.
"En la ciudad de México, a las diez y ocho horas y cuatro minutos del lunes diez y seis de octubre de mil novecientos veintidós, se abrió la sesión con el mismo quórum que hubo en la sesión secreta inmediata anterior.
"Presidencia del C. Gustavo Arce.
"Aprobada el acta de la sesión celebrada el día trece del mes en curso, una comisión designada por la Mesa introdujo al salón a los CC. José Siurob, Emeterio R. Aguayo, Rafael Pérez de León y Abelardo Márquez Galán, quienes rindieron la protesta de ley, el primero como diputado propietario por el cuatro distrito electoral de Querétaro y los tres restantes como diputados suplentes por los distritos electorales primero de Sonora, cuarto de Puebla, y décimoquinto de Oaxaca, respectivamente.
"A las diez y ocho horas y diez minutos se levantó la sesión."
Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Aprobada.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"Poder Ejecutivo Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Hacienda y Crédito Público. - Anexos. - Departamento de Legislación. - Sección de Presupuestos. - Número 1084 E.
"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presente.
"Para su estudio y aprobación por esa H. Cámara, tengo la honra de remitir a ustedes los proyectos de la parte relativa a la Cámara de Senadores, del Ramo Primero y a los Ramos Segundo, Tercero, Quinto, Décimo, Duodécimo, Décimotercero, Décimoquinto y Décimosexto del Presupuesto
de Egresos de la Federación para el año de 1923, y que corresponden a los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, a las secretarías de Relaciones Exteriores, y de Industria, Comercio y Trabajo, a los departamentos de Salubridad Pública, de Aprovisionamientos Generales y de Contraloría y a la Procuraduría General de la Nación respectivamente.
"Con este motivo, me es grato reiterar a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración."
"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, 14 de octubre de 1922. - P. O. del secretario, el oficial mayor, M. García Nuñez" - Recibo y a las comisiones de Presupuestos y Cuenta.
"El C. secretario de Comunicaciones y Obras Públicas comunica que con fecha 2 de octubre rindió la protesta de ley como subsecretario del propio Ministerio, el C. ingeniero Eduardo Ortiz" - De enterado.
"La Secretaría de Guerra y Marina solicita se conceda al C. general de División Enrique Estrada el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la "Cruz de Boyaca" que se sirvió conferirle el gobierno de la República de Colombia." - Recibo , y a la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"Procuraduría General de Justicia del Distrito y Territorios Federales. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Número 4,223.
"La Procuraduría de mi cargo tiene el honor de acusar a ustedes recibo de la nota oficial número 8, girada con fecha 9 de los corrientes por la mesa octava de esa Secretaría, habiéndome enterado de la resolución dictada por la 3a. Comisión de Justicia, en lo relativo al C. Juez de Primera Instancia de Tecate, Baja California, con motivo de las irregularidades denunciadas por el C. agente del Ministerio Público adscripto al mismo Juzgado.
"En respuesta manifiesto a ustedes que tan pronto como se tuvo noticias en esta oficina del telegrama del C. gobernador del Distrito Norte de la Baja California, transcripto en su oficio número 3,899, fecha 15 de septiembre último, se dio conocimiento al ciudadano magistrado para los efectos legales correspondientes. Por causas análogas a la de que se trata, se han iniciado varios juicios de responsabilidad en contra del mismo juez, que están en tramitación.
"Reitero a ustedes mi atenta y distinguida consideración.
"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, a 14 de octubre de 1922. - El Procurador general de Justicia, M. I. Fierro."
"A los CC. secretarios de la Cámara de Diputados. - Presente." - A sus antecedentes.
"Juzgado 7o. de lo civil. - México, D. F. - Estados Unidos Mexicanos. - Núm. 1,878.
"C. secretario de la honorable Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. - Presente.
"He de merecer de usted se sirva poner en conocimiento de esa honorable Asamblea que, habiendo llegado hasta mí, por medio de la prensa, la noticia de que el ciudadano diputado Gandarilla se ha expresado en términos denigrantes para este Juzgado de mi cargo, en la sesión del viernes retropróximo, protesto atenta, pero enérgicamente, en contra de los cargos que el mencionado ciudadano Gandarilla nos lanza y muy atentamente, también, suplico a la honorable Cámara de Diputados se sirva nombrar una comisión de la que ruego forme parte el C. diputado Gandarilla, para que cualquier día hábil y en cualquiera de las horas de despacho, proceda dicha comisión a practicar una visita en este Juzgado en general, y en particular en cualquier expediente de los que en el mismo se tramitan, con objeto de que esa honorable Asamblea quede convencida con hechos, y no con palabras, de que siempre se ha impartido y se sigue impartiendo a todo el mundo la justicia que solicita.
"Por tratarse de un punto que afecta mi honorabilidad de funcionario Público y de particular, espero se me concederá lo que solicito, por estar arreglado en un todo a la justicia.
"Protesto a usted, ciudadano secretario, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, 16 de octubre de 1922. - El juez séptimo de lo Civil." - Firma ilegible. - A la 2a. Comisión de Peticiones.
"El Congreso del Estado de Durango comunica que secunda en todas sus partes la iniciativa de reformas a los artículos 53 y 57 de la Constitución general de la República, presentada por la Legislatura del Estado de Chihuahua. - Recibo y a las comisiones que tienen antecedentes.
"El Congreso del Estado de Querétaro envía una iniciativa tendiente a que esta H. Cámara decrete la cantidad de veinte mil pesos que se destinará para ayudar a la construcción de un monumento a la República, que se erigirá en el cerro de las campanas del propio Estado." - Recibo y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta.
(La iniciativa de referencia está concebida en los siguientes términos:)
Congreso del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga. - Estados Unidos Mexicanos. - Número 1,273.
H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F.
El Poder Ejecutivo del Estado, con fecha 14 de junio próximo pasado, lanzó una convocatoria para que se presentaran proyectos para la erección de un monumento a la República, en el cerro de las Campanas, para recordar perennemente a la posteridad que en ese lugar había tenido fin la
aventura de Maximiliano de Hapsburgo, y al mismo tiempo hacer cumplida justicia a los defensores de la patria mexicana que lucharon en contra de un imperio compuesto de traidores y aventureros.
Al señalarse plazo para conocer los trabajos con el objeto indicado, los cuales se presentaron a concurso, se celebró éste y se designó el que a juicio del jurado calificador se hizo acreedor al primer premio.
El Gobierno del Estado, firme en su idea de la glorificación a la República, ha comenzado a buscar la manera de arbitrarse fondos para el objeto que dejamos asentado; y entonces esta H. Legislatura, haciéndose eco de los propósitos del Ejecutivo, tuvo a bien aprobar una moción que le fue presentada por el C. diputado Ricardo Olvera y hecha suya por los CC. diputados P. Martínez C., Guillermo Flores Arenas, Francisco Parra, A. Cabrera, B. Correa y A. Romo Ruiz, pidiéndole a esa H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, que hiciera suya la iniciativa y expidiera decreto autorizando por la cantidad de veinte mil pesos con que coadyuvara la misma H. Representación para los trabajos mencionados.
La proposición dice en su parte petitoria:
Única. Diríjase atenta invitación a la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, suplicándole se sirva hacer suya esta iniciativa y votar la cantidad de veinte mil pesos para ayudar a la construcción del monumento a la República que en breve se erigirá en el cerro de las Campanas.
Seguramente que a vosotros, ciudadanos diputados, no se escapa la importancia que encierra la erección de tal monumento que viene a ser nada menos que la confirmación de que en México las monarquías no pueden prosperar y que la República está definitivamente asegurada. Y ya que la nobleza del proyecto aludido es indiscutible, esperamos de ustedes se sirvan favorecerla con su acogida.
Al cumplimentar el acuerdo de referencia, nos es grato protestar a esa Cámara las seguridades de nuestra distinguida y atenta consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección. - Querétaro, a 14 de octubre de 1922. - Diputado secretario, A. Romo Ruiz. - Diputado secretario, V. Gorráez.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"El ciudadano gobernador constitucional del Estado de Coahuila comunica que con fecha 10 del presente designó al C. licenciado Félix Flores para desempeñar el cargo de secretario del propio Gobierno, en substitución del C. Pablo Valdés que renunció." - De enterado.
"El C. Ángel Casarín comunica que con fecha 9 de octubre tomó posesión del cargo de gobernador interino del estado de Veracruz, en tanto transcurre la Legislatura local al ciudadano gobernador constitucional." - De enterado.
"El ciudadano gobernador interino del Estado de Veracruz comunica que con fecha 7 de octubre nombró al C. ingeniero Mario Díaz, ingeniero jefe de la Agencia Fiscal del Estado de Veracruz en la ciudad de México" - De enterado.
Telegrama procedente de "Veracruz, Ver., 15 de octubre de 1922. - Cámara de Diputados.
"Séptimo Congreso Prensa Asociada de los Estados, reunido este puerto, suplica honorable Representación Nacional acuerde derogación completa derechos importación papel extranjero para abaratar dicho artículo indispensable desarrollo periodismo útil y difusión cultura popular, pues altos precios mismo, está matando cultivo letras nacionales todos sentidos. Esperamos patriotismo altas miras XXX Legislatura, que prensa nacional no será defraudada esta vez en legítima razonable petición.
"Respetuosamente. - El presidente, Juan Malpica Silva. - Srio., Luis Fregoso R." - a la 2a Comisión de Peticiones.
Telegrama procedente de "Puebla, Pues., 13 de octubre de 1922. - Presidente de la Cámara de Diputados.
"La unión a que hemos llegado los obreros sindicalizados y los llamados libres de la región de Atlixco, se debe exclusivamente a las constantes gestiones y prédicas que el señor gobernador del Estado, Froilán C. Manjarrez, con gran empeño, nos hizo durante el término de ocho meses. - Respetuosamente. - Por la Unión Obrera de la Región de Atlixco. Pedro Romero. - Pedro Carrera." - Recibo.
"A la H. Cámara de Diputados, México, D. F.
"Los subscriptos, agricultores en pequeño y en posesión de algunas parcelas, pedimos a ustedes interpongan su influencia ante quien corresponda, para que fuerzas federales no sigan echando caballada en nuestras sementeras que con tanto sacrificio hemos podido sembrar, y en algunas sólo han dejado los troncos de lo que fueron matas de maíz, por lo que suplicamos den oído a nuestras justas peticiones por ser de justicia y pertenecer a los desheredados de la fortuna, por lo que rogamos a ustedes nos ayuden. - Saludámosles afectuosamente. - Secretario general, Jerónimo R. Alejo. - Secretario del exterior, Anastasio Sánchez." - Recibo y transcríbase al Ejecutivo.
(Voces: ¡Nombres! ¿De dónde es?) No trae fecha ni lugar de procedencia. Dice aquí arriba un membrete: "Sindicato de Agricultores y Campesinos "El Porvenir", Doña Cecilia, Tamaulipas." (Voces: ¡Ah! ¡Ah!)
Telegrama procedente de "Tampico, Tamaulipas, 14 de octubre de 1922. - C. presidente de la Cámara de Diputados.
"Hoy decimos ciudadano presidente República lo siguiente:
"Hacemos superior conocimiento, que en relación con demás agrupaciones obreras esta localidad, reprobamos actos ilícitos de políticos partido conservador. Muy pocos individuos pueblo, engañados por políticos oficio, sin empleo, hacen labor hostil contra Gobierno este Estado. Agradeceremos su pronta venida darle cuente exacta. Afectuosamente. - Sindicato Único Región Petrolera" - Honrámonos comunicarlo a usted. - Sindicato Único región Petrolera" - Recibo.
Telegrama procedente de: "Nuevo Laredo, Tamaulipas, el 15 de octubre de 1922
"Ciudadano presidente de la Cámara de Diputados de la Legislatura. - Factor y Donceles.
"Hoy decimos ciudadano presidente República:
"Enterado prensa burdas intrigas fráguanse esa capital contra actual administración este Estado, protestamos respetuosamente por atención préstase despechados y vulgares ambiciosos, futuristas, que falseando verdad, pretenden obstruccionar labor Gobierno Tamaulipas, que ejemplarmente cumple con su deber. Esta agrupación política opina actual Gobierno Estado desarrolla puntualmente programa Partido Demócrata dictóle. Respetuosamente" - Lo que transcribímosle, suplicándole hacer nuestra protesta conocimiento Asamblea dignamente preside. Respetuosamente. - Club Liberal Antirreeleccioninsta Francisco I. Madero. - Gregorio Carmona, presidente. - J. R. Guillén, secretario. - Juan L. Pérez, prosecretario. - Isidro Cipriano, 1er. vocal. - Ascensión D. Luna, 2o vocal. - Santiago González, 3er vocal." - Recibo.
Telegrama procedente de: "Laredo, Tamaulipas, 15 de octubre.
"Presidente de la Cámara de Diputados. - Factor y Donceles. - México.
"Suplicámosle hacer conocimiento H. Asamblea dignamente preside, hoy dirigimos mensaje presidente República: "Esta agrupación obrera protesta ante usted por burdas intrigas desarrollan en ésa elementos perversos contra Gobierno este Estado, manifestándole, además, que Gobierno Tamaulipas labora efectivamente por mejorar condición trabajadores, contando por ello con nuestra solidaridad. Respetuosamente." - Unión Obrera de Alijadores de Nuevo Laredo. - El director general, Pedro N. Pérez. - El Secretario general, Guillermo Domínguez. - El secretario del interior, Teodosio Martínez. - El secretario del exterior, Piedad Arredondo, jr. - Comité de Ajustes. - José Rodríguez." - Recibo.
"Honorable Asamblea:
"Alfredo Alvarez, diputado en ejercicio por el 12 distrito de Michoacán, os ruega atentamente que, con dispensa de todo trámite, os sirváis concederle una licencia hasta por treinta días, con goce de dietas, comenzando a hacer uso de ella el día 23 del actual, para pasar al distrito que representa al arreglo de una dotación de aguas que ha hecho para aprovechamiento de los vecinos de Apatzingán.
"Salón de Sesiones. - México, a 17 de octubre de 1922. - Alfredo Alvarez."
Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta a la Asamblea si se concede el permiso. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se concede el permiso.
"Honorable Asamblea:
"Luis Sánchez de Cima, diputado por el 1er. distrito electoral del Estado de Puebla, respetuosamente pone en conocimiento de vuestra soberanía, que teniendo urgente necesidad de arreglar algunos asuntos particulares, atentamente solicita, con dispensa de trámite, licencia por dos meses, sin goce de dietas, y llamándose al suplente para substituirlo; en la inteligencia de que darla por terminada dicha licencia y volverá al desempeño de sus labores si antes del tiempo fijado ha terminado el arreglo de los mencionados asuntos.
"Protesto lo necesario.
"México, D. F., 14 de octubre de 1922. - L. Sánchez de Cima."
Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se concede el permiso. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Concedido. Se llamará al suplente.
"Honorables ciudadanos diputados:
"De la manera más atenta me permito solicitar de ustedes tengan a bien concederme licencia por quince días con goce de sueldo, por tener que pasar a Saltillo al arreglo de algunos asuntos políticos relacionados con la próxima campaña electoral para la Presidencia Municipal, debiendo comenzar a contarse esta licencia desde el día 23 del presente en adelante. Suplico la dispensa de trámites.
"Protesto a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
"México, octubre 16 de 1922. - Lorenzo Dávila."
Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. (Voces: ¡No! ¡No!) Se ruega a los ciudadanos diputados que manifiesten si se dispensan los trámites. (Voces: ¡Que la funde!) Por disposición de la Presidencia, se suplica a los ciudadanos diputados que voten por la afirmativa la dispensa de trámites , se sirvan ponerse de pie. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación
económica se consulta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Concedida la licencia.
- El C. Secretario Barón Obregón, leyendo:
PROYECTO PRESENTADO POR LA ACADEMIA DE ESTUDIOS SOCIALES Y POLÍTICOS DEL PARTIDO COOPERATISTA NACIONAL
"El Partido Cooperatista Nacional, integrado por ciudadanos que anhelan la propiedad de su patria y deseosos de realizar una verdadera labor en beneficio de ella, estudiaron los problemas sociales, meditaron sobre la situación general del país y llegaron a conocer plenamente su angustiosa situación, ponderaron sus males y han buscado con ahínco el remedio de ellos.
"El más grave de los problemas que tuvieron ante ellos y que exigía una pronta solución, fue el económico. En todos los tiempos y en todos los lugares han estado siempre en pugna el capital y el trabajo; el primero dominador, el segundo dominado; el primero orgulloso y encastillado en sus egoísmos ancestrales, procurando, por cuanto medio está a su alcance, perpetuar el estado de cosas propicio a sus ambiciones de dominio; el segundo, esforzándose por sacudir el yugo que lo oprime, anhelando una reforma social que borre para siempre las diferencias entre los hombres y atormentado por una ansia constante de libertad. Esta aspiración justísima de los oprimidos ha dado motivo a violentas conmociones sociales, en que la víctima se trueca en victimario, vengando sus grandes padecimientos en todo el rencor que se ha acumulado en su alma. No ha pasado de otra manera, lo relata la historia, el periódico actual y, más aún, somos testigos presenciales de esa tremenda lucha en nuestra propia patria. El grito doloroso de un pueblo oprimido y vejado por luengos años fue el toque de reunión en los campos de Morelos; se unieron los oprimidos, los desheredados, las víctimas de todo un sistema inquisitorial y odioso y vengaron los agravios por tanto tiempo sufridos. No ha sido de otra manera, en tierras remotas, a pesar de que los pensadores han escudriñado tenazmente el problema y en la quietud de sus gabinetes de estudio han construído laboriosamente sistemas sociales encaminados a solucionarlo, poniendo fin a este conflicto de interés; pero estos esfuerzos de reforma, en las más de las veces, no han tenido éxito, porque se ha perseguido la realización de una utópica igualdad contraria a la naturaleza de los hombres y las cosas que varían constantemente en el tiempo y en el espacio.
"A principios del siglo pasado comenzó a manifestarse un movimiento en las clases trabajadoras en pro de la resolución de sus problemas vitales, por medio de la asociación, y se lanzaron a la conquista de su bienestar, buscando fuerza y apoyo en su unión, medio que les pareció más adecuado para realizar sus fines. En mejores condiciones para la lucha, lograron las más de las veces triunfar; pero ese triunfo no fue un verdadero triunfo; fue una vana ilusión su éxito, pues el cambio que esperaban operar en su situación, no se realizó y quedaron tan miserables como antes, y las más de las veces con la íntima vergüenza de haber servido de instrumento a algún ambicioso. La simple asociación a nada conduce, en nada cambia la calidad de sus componentes yuxtapuestos como las piedras de un muro, más o menos resistentes, pero incapaces de acción.
"Se han estudiado detenidamente todos los sistemas sociales y las causas de sus fracasos y se ha visto con luz meridiana que, el único ensayo social que ha tenido éxito, es el cooperatismo, cuyos beneficios han sido causa de que se modifiquen día a día las sociedades cooperativas en todo el viejo mundo. No se han encontrado objeciones que hacerle por ser esencialmente benéfico, y se ha llegado al convencimiento de que el momento histórico en que vivimos, es el único medio para lograr, en el menor tiempo, la reconstrucción de la patria. Esa es la causa por la que el partido adoptó el cooperatismo, no como simple nombre, sino como un verdadero programa para proceder a la organización del país.
"Sentado lo anterior, se meditó sobre la manera de llevar a la práctica el cooperativismo, y el partido trae con orgullo este proyecto de ley, que presenta a vuestra consideración, seguro de que sabréis aprobarlo como mexicanos patriotas.
"Este proyecto se ha hecho después de un concienzudo estudio de la materia, y teniendo en consideración que la agricultura es la principal fuente de riqueza del país y que el proletariado rural ha sufrido más expoliaciones en todos los tiempos y del que no se ha conocido la triste situación en que se encuentra porque vive alejado de los centros urbanos, no tratándose intencionalmente lo relativo a los obreros de las ciudades, porque éstos en la actualidad se encuentran desorientados por los que los han convertido en instrumentos para el logro de sus ambiciones personales, atrayéndolos por fingidos halagos.
"Ya el Ejecutivo de la Unión se ha dado cuenta de que el único procedimiento eficiente para llegar al mejoramiento social es la cooperación, y se ha creado recientemente la Dirección General de Cooperación Agrícola, dependiente de la Secretaría de Agricultura y Fomento, y cuyos activos y bien dirigidos trabajos van preparando a los campesinos para que se agrupen en sociedades cooperativas, sean en breve poderosos y estén en condiciones ventajosas para resistir los embates del destino.
"La organización que se pretende implantar en la República es la siguiente: un centro principal, que será el Banco Nacional Cooperativo Rural, del que serán accionistas las cajas regionales que, a su vez tendrán por accionistas las cajas rurales, formadas por los pequeños y medianos agricultores; así pues, se verá que no nos concretamos a llevar a cabo la asociación de los individuos, sino que pasamos a un segundo y tercer grado.
"Todas estas instituciones tendrán la forma de sociedades cooperativas de responsabilidad
solidaria ilimitada y duración indefinida. De responsabilidad solidaria, para hacer una organización poderosa, por la garantía que ofrece, que será la base de la confianza que le otorga el público, alejando todo peligro de trastorno en su funcionamiento y que la pondrá en condiciones de obtener refacción de otras instituciones bancarias, tanto del país como extranjeras, en condiciones favorables de plazo e interés. Al principio la refacción deberá hacerla el Gobierno, pues, no estando desarrollada la costumbre del ahorro en nuestra nación, no se contaría con el contingente de depósitos e imposiciones, que son la base de estas sociedades. Este dinero no será perdido por el gobierno, que recaudará más impuestos a medida que el progreso del estado aumente.
"Para el mejor funcionamiento de este sistema y con el fin de especializar las labores, obteniendo así un éxito completo, las cajas regionales servirán de intermediario entre las cajas rurales y el Banco Nacional Cooperativo Rural y tendrán un radio de acción que se extienda a los lugares cuya producción pueden globarse haciéndose así una selección, que dará por resultado un conocimiento de las necesidades de los agricultores en cada caso.
"Las cajas rurales, por el contrario, deberán tener una circunstancia lo más pequeña que se pueda para lograr que haya una estricta vigilancia mutua entre sus socios, por ser esta vigilancia uno de los principios de la organización cooperativa.
"Nos hemos apartado un tanto de los moldes sancionados por la costumbre para la constitución de sociedades, a fin de que llenen los requisitos necesarios para la realización de los fines que se buscan. En la nueva organización, habrá gerente de Banco, pero no en las cajas rurales y regionales, cuyos presidentes llenarán esas funciones, y tanto el gerente del Banco como los presidentes de las cajas obrarán por delegación del Consejo de Administración con lo cual se logrará que estas instituciones no estén al arbitrio de una persona.
"Se ha preceptuado que los miembros del Consejo de Vigilancia sean elegidos entre los candidatos de las minorías, para el Consejo de Administración, pues así se logrará que este consejo, que sólo es un mito en todas las sociedades existentes, llene su cometido de velar por la buena marcha de los negocios y también se logrará que estén representados todos los intereses en el cuerpo de gobierno de estas sociedades.
"Para evitar que el Consejo de Administración se adueñe indefinidamente del gobierno y encamine la marcha de los negocios por el derrotero que convenga a sus intereses, se ha fijado como condición esencial la obligación de que se celebre anualmente asambleas generales en todas las instituciones que se creen, convocadas por los consejos de Administración, cuyos miembros serán penados por suspensión en sus funciones cuando por impericia o dolo no cumplan con esta obligación; entretanto, para que no quede acéfala la sociedad en que esto acontezca, el gerente en el Banco y el presidente en las cajas, quedarán encargados de los bienes sociales y del despacho de los asuntos de mero trámite, a fin de no provocar los trastornos que traerán como consecuencias molestas, una brusca detención en la secuela de los negocios.
"La responsabilidad solidaria e ilimitada nunca será motivo de absorción del patrimonio de los asociados, pues, en el remoto caso de que hubiera alguna pérdida, como ésta se repartirá entre todos los asociados, la parte que reportara cada uno será insignificante. Además, como la adquisición de acciones esta limitada a un valor igual al 80 por ciento de los bienes libres de cada asociado, es casi imposible, o mejor dicho, imposible, que haya una pérdida o desfalco en estas asociaciones.
"La implantación de este sistema cooperativo, señores tendrá indubitablemente un verdadero progreso, un adelanto efectivo hacia el mejoramiento económico de nuestro pueblo y, por ende, hacia su mejoramiento moral e intelectual y, en suma, habremos realizado una eficiente labor por la patria.
"México, 17 de octubre de 1922.
PROYECTO DE LEY PARA EL ESTABLECIMIENTO DEL BANCO NACIONAL COOPERATIVO RURAL
"CAPITULO I
"Disposiciones generales
"Artículo 1o. Se autoriza la creación de un Banco Nacional Cooperativo, cuyos accionistas serán las Cajas Regionales, formadas por agrupaciones de Cajas Rurales, que a su vez, tendrán por accionistas a pequeños y medianos agricultores. El fin de todo este sistema será organizar la cooperación en todas sus formas para beneficio de estos últimos.
"Artículo 2o. Los nombres de "Banco Nacional Cooperativo Rural", "Cajas Regionales" y "Cajas Rurales", se aplicarán únicamente a las instituciones creadas conforme a los preceptos de esta ley.
"Queda estrictamente prohibido a toda persona, el uso de las denominaciones citadas, para instituciones que no se ajusten a los preceptos de la presente ley. La contravención de este mandato se perseguirá de oficio ante los tribunales federales y se castigará con multa de segunda clase. Si se tratare de una sociedad, la pena se aplicará a sus gerentes o presidentes respectivos.
"Artículo 3o. El Banco Nacional Cooperativo Rural, así como las demás instituciones que de él dependan, tendrán la forma de sociedades cooperativas, de responsabilidad solidaria ilimitada y duración indefinida.
"Artículo 4o. El capital de estas instituciones se formará por las aportaciones que se hagan al subscribir acciones de cada una de ellas. Las acciones serán nominales e intransferibles y tendrán el valor que se les señale en los respectivos estatutos del Banco, Cajas Regionales y Cajas Rurales.
"Artículo 5o. El Gobierno federal por conducto de la Secretaría de Agricultura y Fomento, refaccionará al Banco Nacional Cooperativo Rural con un millón de pesos anuales, como mínimum, para el
fomento de sus operaciones, así como las de las Cajas Regionales y Rurales. Esta refacción no causará intereses, y el Gobierno no podrá retirar en ninguna época las cantidades que haya dado al Banco en cumplimiento de esta ley.
"Artículo 6o. El Gobierno federal estará facultado para nombrar, por conducto de la Secretaría de Agricultura y Fomento, los inspectores, delegados o comisiones que estimare convenientes, en las instituciones que crea la presente ley, a fin de garantizar el buen manejo de la refacción que concede.
"Artículo 6o. En todo este sistema de sociedades, los accionistas tendrán derecho a emitir solamente un voto, cualquiera que sea el número de sus acciones, y en caso de empate, los presidentes tendrán voto de calidad.
"Artículo 8o. Las asambleas generales se efectuarán cuando menos una vez al año, convocadas por el Consejo de Administración; en defecto de éste, por el de Vigilancia, y a falta de ambos, por el 33 por ciento de los socios.
"Artículo 9o. Cuando por impericia o dolo deje de convocarse a asamblea general obligatoria, por el Consejo de Administración, los miembros de éste quedarán en suspenso. El gerente o presidente, en su caso, se encargarán de los bienes sociales y de despachar los asuntos de simple trámite, en tanto tiene lugar la Asamblea de que habla el artículo anterior, en la que se determinará su situación.
"Artículo 10. Todas las operaciones que realice el Banco Nacional Cooperativo Rural y las instituciones que de él dependan, serán en beneficio de sus asociados; pero podrá admitir de cualquiera persona depósitos o imposiciones a plazo fijo o en cuenta corriente.
"Artículo 11. Las utilidades o pérdidas se distribuirán en la forma que prevengan los respectivos estatutos del Banco, Cajas Regionales y Rurales y proporcionalmente al monto de las exhibiciones hechas.
"Artículo 12. Los miembros de los consejos de Administración, tanto para el ramo como para las Cajas Regionales y Rurales, serán elegidos en las asambleas generales de accionistas, y entre ellos mismos, con excepción de los consejeros natos del primero.
"Artículo 13. Los miembros del Consejo de Vigilancia se elegirán de los candidatos de las minorías para el Consejo de Administración.
"Los miembros de los consejos durarán en su cargo: cuatro años los del Banco, dos años los de las Cajas Regionales y un año los de las Cajas Rurales, pudiendo ser reelectos.
"Artículo 14. Para ser miembro de los consejos de Administración y Vigilancia, son requisitos indispensables: ser mexicano mayor de edad y en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.
"Artículo 15. Todos los préstamos que hagan estas instituciones a sus socios sólo podrán acordarse previo estudio de los fines que se persigan y siempre que sean para fomento de trabajos agropecuarios.
"El plazo de las refacciones se señalará de acuerdo con lo dispuesto en los estatutos y reglamentos respectivos, cuidando que sea en condiciones de prestar un verdadero servicio a los accionistas.
"Artículo 16. El capital y el número de socios en estas sociedades, son variables e ilimitado.
"Artículo 17. Los ejercicios sociales de estas instituciones se computarán por años civiles.
"Artículo 18. Toda acta o escritura de constitución de estas sociedades, deberá contener lo siguiente:
"I. El nombre de la sociedad con las palabras "Banco Nacional Cooperativo Rural", "Caja Regional", "Caja Rural", terminando con la expresión "Sociedad Cooperativa de responsabilidad solidaria e ilimitada y duración indefinida";
"II. Su objeto;
"III. Su domicilio, radicación y circunscripción;
"IV. Requisitos para ser accionista;
"V. Condiciones de separación y expulsión de los socios;
"VI. Valor nominal de las acciones que constituyan el capital social y monto del capital subscripto al tiempo de fundarse;
"VII. Condiciones bajo las cuales deberán ser pagadas o canceladas;
"VIII. El personal del gobierno de la sociedad, sus facultades y obligaciones;
"IX. Derechos y deberes de los socios;
"X. Condiciones bajo las cuales se reciban o retiren depósitos o imposiciones;
"XI. Operaciones y forma de distribución de las ganancias o pérdidas sociales, y
"XII. Todas las demás estipulaciones que prevengan las leyes vigentes, que se consideren necesarias y no se opongan a lo preceptuado en la presente ley.
"CAPITULO II
"Del Banco Nacional Cooperativo Rural
"Artículo 19. El Banco Nacional Cooperativo Rural tendrá su domicilio y radicación en la ciudad de México, donde residirán su Consejo de Administración y su Gerencia, y podrá libremente establecer sucursales o delegaciones en los lugares que convenga, tanto en el país como en el extranjero.
"Artículo 20. El Banco Nacional Cooperativo Rural tendrá por objeto:
"I. Crear y fomentar el ahorro y crédito rurales, para lo cual podrá concertar empréstitos con personas nacionales o extranjeras, para dedicarlo al fomento de sus operaciones;
"II. Hacer las compras de todo lo necesario para proveer a las necesidades de las Cajas Regionales y Rurales;
"III. Realizar las ventas de los productos de los agricultores que sean accionistas de las Cajas Rurales;
"IV. Regular y garantizar la expedición de certificados de depósito y bonos de prenda de los productos agropecuarios depositados en los almacenes de las Cajas Rurales;
"V. Establecer el seguro o reaseguro del todo o parte de los bienes sociales o de los socios de las cajas rurales, así como el seguro personal de los mismos;
"VI. Establecer y fomentar las industrias agropecuarias para beneficio de sus accionistas;
"VII. Construir los edificios necesarios para su funcionamiento;
"VIII. Será órgano del Gobierno para el fraccionamiento y distribución de tierras, cuando se aplique la ley de fraccionamiento de latifundios, y
"IX. Ejecutar todas las operaciones que directa o indirectamente conduzcan a los fines indicados o a la prosperidad agro - pecuaria.
"Artículo 21. El capital del Banco se formará con el importe de las acciones que vayan subscribiendo las cajas regionales, quienes estarán obligadas a hacerlo por el 80 por ciento de su capital nominal.
"Artículo 22. El gobierno del Banco estará a cargo:
"I. De la Asamblea General de Accionistas;
"II. Del Consejo de Administración;
"III. De la Gerencia, y
"IV. Del consejo de Vigilancia.
"Artículo 23. El Consejo de Administración se compondrá de 16 miembros que deberán residir en la ciudad de México, de los cuales ocho serán natos y ocho elegidos por la Asamblea General de Accionistas. Los consejeros natos serán designados por el Gobierno federal y dentro de ellos se elegirá el presidente del Consejo, que lo será también de la sociedad.
"Artículo 24. El gerente será nombrado por el Consejo de Administración y obrará por delegación de éste, concretándose a las atribuciones que le señalen los estatutos.
"Artículo 25. El Consejo de Vigilancia se compondrá de 8 miembros.
"CAPITULO III
"De las cajas regionales
"Artículo 26. Las cajas regionales serán simplemente intermediarias entre las cajas rurales que se constituyan y el Banco, y su objeto será regular, garantizar y fomentar las operaciones de las mismas.
"Artículo 27. El domicilio, radicación y circunscripción de las cajas regionales serán designados por el Banco en cada caso, de acuerdo con las necesidades agropecuarias de la nación.
"Artículo 28. El capital de las cajas regionales se formará por las acciones que vayan subscribiendo las cajas rurales, que tendrán obligación de hacerlo por el 80 por ciento de su capital nominal.
"Artículo 29. La Asamblea General de Accionistas será integrada por los representantes que designen las cajas rurales.
"Artículo 30. El Consejo de Administración estará formado de 11 miembros, y el de Vigilancia, de 6.
"Artículo 31. El presidente del Consejo de Administración será designado por el mismo, entre sus miembros, y tendrá las mismas atribuciones que las señaladas al gerente del Banco.
"CAPITULO IV
"De las cajas rurales
"Artículo 32. Las cajas rurales tendrán el domicilio, radicación y circunscripción que determine el Banco en cada caso. La circunscripción abarcará una extensión reducida de manera que puedan vigilarse los socios entre sí por ser la base de esta organización la mutua vigilancia.
"Artículo 33. El objeto de las cajas rurales será:
"I. La creación y fomento del ahorro y créditos rurales;
"II. Facilitar a sus accionistas la adquisición en común de todo cuanto necesiten para sus labores y consumo, valiéndose del Banco;
"III. Colocar en común y por conducto del Banco los productos de sus accionistas en las condiciones más favorables;
"IV. Expedir certificados de depósitos y bonos de prenda de los productos agropecuarios depositados por sus accionistas en sus almacenes;
"V. Construir los edificios necesarios para su funcionamiento y facilitar la construcción de las habitaciones de sus socios;
"VI. Establecer el seguro y reaseguro agropecuarios, así como el de las personas de sus accionistas;
"VII. Será órgano del Banco para el fraccionamiento y venta de tierras entre sus accionistas , y
"VIII. Ejecutar todas las demás operaciones que conduzcan a los fines indicados y a la prosperidad agro - pecuaria, en beneficio de sus accionistas.
"Artículo 34. El Capital de estas sociedades será constituído por la emisión de acciones subscriptas por los medianos y pequeños agricultores radicados dentro de la circunscripción de la Caja, quienes podrán hacerlo por una cantidad no mayor al 80 por ciento del valor de sus bienes libres.
"Artículo 35. La constitución de la sociedad se hará constar en escritura pública, cuando el valor del capital exhibido exceda de mil pesos. En caso de ser menor el capital, bastará una simple acta que satisfaga los requisitos establecidos por esta ley, levantada ante la primera autoridad política del lugar y firmada por los fundadores.
"Artículo 36. Las cajas rurales serán refaccionadas por el Banco Nacional Cooperativo Rural, por conducto de las cajas regionales, en una cantidad igual al valor de sus acciones como máximo.
"Artículo 37. Para ser accionista de la Caja Rural, se requiere:
"I. Ser mayor de edad y en el pleno ejercicio de sus derechos civiles;
"II. Ser agricultor o estar dedicado de preferencia a la agricultura o trabajos agro - pecuarios;
"III. No ser ministro de algún culto o militar en servicio activo, y
"IV. Ser pequeño o mediano agricultor.
"Entendiéndose por pequeños agricultores los que personalmente o con ayuda de su familia cultiven su tierra, y por medianos los que, además de su trabajo personal, emplean un corto número de asalariados para efectuar sus labores, sin tomar en consideración el trabajo de dirección. Se incluyen entre éstos, en igualdad de circunstancias, a los aparceros, arrendatarios y usufructuarios de tierras ejidales.
"Artículo 38. Las operaciones de las cajas rurales se realizarán por el Banco y por conducto de las cajas regionales correspondientes.
"Artículo 39. El gobierno de las cajas rurales estará a cargo de idénticas entidades a las que
gobiernen las cajas regionales, integradas en la misma forma, con la diferencia de que el Consejo de Administración estará formado de siete miembros, y el de Vigilancia, de cuatro.
"TRANSITORIOS
"Artículo 1o. La presente ley comenzará a regir desde la fecha de su promulgación.
"Artículo 2o. El Banco comenzará sus operaciones el día 1o. del año 1923, con la refacción de tres millones que le hará el Gobierno federal, en el transcurso del mismo año, quedando incluído en esa suma el valor de la maquinaria e implementos agrícolas que existen en la Secretaría y Fomento, de los que se hará entrega al Banco en el acto de su fundación.
"Artículo 3o. El primer Consejo de Administración del Banco estará formado por las personas que designe el Ejecutivo federal, quienes solamente podrán ser removidas por causa justificada.
"Artículo 4o. Las cajas rurales que se funden serán accionistas provisionalmente del Banco, en tanto se funden las cajas regionales correspondientes.
"Artículo 5o. El Departamento de Cooperación Agrícola de la Secretaría de Agricultura y Fomento nombrará cuerpos de propagandistas e inspectores, que con sujeción a los reglamentos correspondientes se ocuparán, los primeros, de difundir las ideas de cooperativismo entre la población rural de la República fundar cajas rurales y fomentar las ya establecidas, y los segundos en inspeccionar los trabajos de los primeros y el funcionamiento de las cajas rurales que se establezcan.
"Artículo 6o. Se faculta al Ejecutivo de la Unión para que expida la reglamentación de la presente ley.
"Artículo 7o. Esta ley deroga a los existentes en todo aquello que se opongan a sus preceptos.
"México, octubre 12 de 1922. - J. M. Alvarez del Castillo. - J. Prieto Laurens. - M. Samayoa. - Rubén Vizcarra. - Gustavo Arce. - Carlos Argüelles. - Eliseo L. Céspedes. - Onésimo González. - Enrique M. Barragán. - Julián S. González. - Adrián Aguirre Benavides. - José Manuel Puig y Casauranc. - R. Nieto. - R. Quevedo. - I. Olivé. - Luis Ramírez Corzo. - Luis L León. - A. Gama. - Francisco Garza. - E. Padilla. - Pedro Suárez. - Alfredo Romo. - M. Montero Villar. - J. E. Domínguez. - J. Barriga Zavala. - M. L. Guzmán. - R. González Garza. - A. R. Guzmán. - Miguel Martínez Rendón. - E. Barón. - G. Bautista." - A las comisiones unidas de Agricultura y Fomento y 1a. de Crédito Público, e imprímase.
El C. Prieto Laurens: pido la palabra.
El C. Guzmán Apolonio R.: Pido la palabra para oponerme al trámite.
El C. Prieto Laurens: Pedí la palabra antes.
El C. presidente: Tiene la palabra el C. Prieto Laurens.
El C. Díaz Soto y Gama: Pido la palabra en contra del trámite.
El C. Prieto Laurens: Señores diputados: Con esta ley, la mayoría parlamentaria viene a cumplir los compromisos que adquirió individualmente cada uno de sus miembros y que adquirió colectivamente ante toda la nación, ante todos los distritos aquí representados, principalmente ante los distritos agrarios de la República. La mayoría parlamentaria desea, y creo yo modestamente interpretar el sentimiento de esa mayoría, que en estos momentos, en este caso, desaparezcan todas las odiosidades y todas las mezquinas diferencias de personalismos y de meras facciones que han suscitado luchas enconadas y tremendas en el seno de esta Representación Nacional, porque con esta ley creemos nosotros, repito, cumplir con un deber sagrado, porque con este proyecto de ley que se ha elaborado detenidamente en el seno de la institución más seria que partido político haya instituído hasta la fecha, en la Academia de Estudios Sociales, donde colaboran jóvenes sin intereses mezquinos de figurar en la política o de llegar a alcanzar un puesto jugoso, un puesto que les pudiera procurar la exhibición de sus facultades, o bien algún honor o alguna manera de corresponder a sus esfuerzos en forma que se tradujera en dinero o en poder, en esa Academia de Estudios Sociales, donde nuestros compañeros, los jóvenes profesionistas, los jóvenes educadores con que cuenta el Partido Cooperatista, para atender a la resolución de los problemas más graves que se le presentan a la nación en estos momentos, en esa Academia de Estudios Sociales, repito, este proyecto de ley fue estudiado detenidamente y después paso, para que se le diera forma, para que tuviera algún concreto que respondiera de una manera eficaz a las necesidades de los agricultores nacionales, a las necesidades, en una palabra, del país, que ésta apremiantemente llamando la atención de sus representantes para que resuelvan lo más pronto posible la situación precaria, la situación miserable de los campesinos, la situación de los agricultores, lo mismo de los pequeños agricultores que de los grandes, pero precisamente de los pequeños agricultores, porque es a los pequeños agricultores a quienes va dirigida principalmente esta ley, a quienes debe beneficiar y a quienes va a aprovechar; y la Academia de Estudios Sociales del Partido Cooperatista, para darle una forma concreta a esta ley, a este estudio, lo paso al Departamento de Cooperación Agrícola de la Secretaría de Fomento y Agricultura, donde elementos prestigiados en su ramo profesional, donde hombres capaces y modestos, que han viajado por todo el mundo y han podido experimentar y han podido ver prácticamente lo que son las organizaciones de crédito cooperativo lo que son las cajas cooperativas rurales, lo mismo en España que en Dinamarca, que en Suecia, que en Francia, que en Noruega, que en Suiza y que en todos los países avanzados del viejo continente, y que lo mismo han podido experimentar ellos lo que son las cajas refaccionarias agrícolas, o las cajas cooperativas de crédito en los Estados Unidos y en el mismo México; estos hombres conscientes de su papel, conscientes de la representación altísima que tienen en ese departamento que el señor Denegri, hombre revolucionario y progresista que ha sabido interpretar las necesidades del momento actual y que ha
sabido darle impulso a la Secretaría de Agricultura y Fomento encauzándola por un camino distinto de la rutina en que tenían agobiado completamente a ese Ministerio los ingenieros civiles que en su mayor parte - claro está que con muy honrosas excepciones - han ido indefectiblemente a la Secretaría de Fomento a hacer una labor de reacción y de rutina; pues bien; el señor Denegri, que ha podido interpretar las necesidades del momento actual, lo primero que hizo al llegar a ese Ministerio fue quitar por completo toda rutina, hacer a un lado todas las fórmulas inútiles de los ingenieros civiles, de ese Centro de Ingenieros que puede tener en su seno hombres muy honorables, pero que tienen también en su seno elementos completamente retardatarios que se oponen al progreso del país y que están reñidos constantemente con todo lo que significa una ley más o menos avanzada, o un proyecto o un estudio o cualquiera cosa que signifique revolucionarismo; y por eso señores, en el Centro de Ingenieros los artículos de Bulnes, los escritos en contra de los agraristas, los escritos en contra de los agrónomos son leídos y son escuchados con verdadero aplauso; pues el Centro de Ingenieros, que ha dado la materia prima para la organización y para el funcionamiento de la Secretaría de Agricultura y Fomento, ese Centro de Ingenieros será el primero que venga a criticar esta ley y que venga a oponerse a esta ley y por conducto de los representativos de ese centro, indudablemente que en esta Cámara los ingenieros civiles que están aquí honrando a nuestra mayoría, son verdaderos revolucionarios y ellos estarán indudablemente, con nosotros en los momentos de discutir esta ley. Mi deber en estos momentos es nada más llamar la atención de las comisiones a quienes toque resolver, a quienes toque dictaminar sobre este estudio; mi deber es llamar la atención sobre los obstáculos, sobre las posibles objeciones que han de venir a presentar y hacerles ver que esto no es el fruto de una improvisación; que, repito, la Secretaría de Agricultura y Fomento, después de haber sido encauzada por los nuevos caminos, después de haber hecho a un lado las rutinas, después de haber quitado los obstáculos que los ingenieros civiles habían puesto sistemáticamente en el camino revolucionario de esa Secretaría, después de haber hecho eso, lo primero que creó fue el Departamento de Cooperación Agrícola, porque es inútil repartir tierras a los campesinos, porque es inútil fraccionar los latifundios si no se les proporcionan a los campesinos los medios de cultivar la tierra, la manera de poder trabajar esa misma tierra. Y el crédito es indispensable, y si Bulnes ha de tener razón alguna vez en censurar a los revolucionarios, en censurar a los agraristas, será porque nosotros no correspondamos como revolucionarios y como hombres conscientes de este momento a la resolución de los problemas anexos al fraccionamiento de las tierras, de los puntos capitales para la resolución del problema agrario, como es la creación del crédito agrícola y la destrucción del crédito en forma capitalista, en desbaratar todas esas instituciones inútiles y más que inútiles que son verdaderamente un pulpo para la nación, un pulpo para las clases humildes, principalmente para las clases humildes que lo han sido toda la vida; esas instituciones que se han creado desde la época porfiriana y que se mantienen como un absurdo en estos momentos en que la revolución ha triunfado de nombre nada más; esa que se llama Caja de Préstamos no sirve sino para retardar la resolución del problema agrario, para poner en manos de los nuevos latifundios, de los neorevolucionarios las propiedades de los antiguos científicos, las propiedades de los antiguos latifundistas, esas propiedades que no producen nada a la nación. Esas instituciones, que son completamente un obstáculo para la marcha del país, que son un obstáculo para la resolución del problema agrario, deben desaparecer y deben crearse instituciones que estén de acuerdo con el momento actual y no de acuerdo nada más con lo que aquí se dice, con lo que aquí se piensa, con lo que aquí se siente, con lo que aquí se necesita, sino con lo que en todo el mundo se está pensando, con lo que en todas partes del universo se está resolviendo de acuerdo precisamente con las ideas avanzadas, no con las ideas extremadamente radicales, que han de ser en el futuro una realidad y que en estos momentos solamente parecen un ideal, sino de acuerdo con las realidades inmediatas, con las posibilidades inmediatas para la resolución de los problemas sociales y con esas ideas nosotros estamos dispuestos a luchar hasta el último momento.
Venimos, pues, a llamar la atención de las comisiones, sea cual fuere la comisión a la que le toque dictaminar, sobre los obstáculos que se han de presentar a este proyecto de ley, y venimos a decir que nosotros no somos cooperatistas de nombre, que somos cooperatistas de corazón y que con hechos venimos a demostrar nuestro cooperatismo. (Aplausos.)
El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Apolonio R. Guzmán, quien reclamó el trámite.
El C. Guzmán Apolonio R.: He pedido la palabra para suplicar a su señoría que se sirva también turnar este proyecto de ley a la 1a. Comisión Agraria, por estar directamente relacionado con ella, porque los beneficiados por las cajas agrícolas van a ser los comunistas de los ejidos, y las necesidades de los comunistas de los ejidos las conocen perfectamente bien los miembros de la 1a. Comisión Agraria; así es que suplico a su señoría que se sirva también turnarlo a esa comisión.
El C. presidente: La Presidencia no tiene ningún inconveniente en turnar ese proyecto, además de a las dos comisiones, a la 1a. Agraria, como lo desea el diputado Guzmán.
El C. Días Soto Gama: Para apoyar el trámite, pido la palabra.
El C. presidente: Ya se ordenó, compañero.
El C. Díaz Soto y Gama: ¿No hay derecho a apoyarlo?
El C. secretario Barón Obregón: El trámite es: a las comisiones unidas de Agricultura y Fomento, 1a. de Crédito Público, 1a. Agraria, e imprímase.
El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Soto y Gama.
El C. Díaz Soto y Gama: Tratándose de un asunto capital para el país y para la revolución, no es posible que nosotros, los agraristas, desperdiciemos esta oportunidad para sentar tesis y doctrinas,
toda vez que los agraristas, los laborista y los socialistas del Sureste, como dijo en fórmula precisa el compañero Cantón, no tenemos necesidad de venir a deshonrar esta tribuna con insultos ni personalismos, puesto que llevamos en nuestro bagaje intelectual un amplio repertorio de tesis y de doctrinas y a buscar ideas nuevas, hemos venido a esta Cámara exclusivamente. Precisamente por tratarse de un asunto en que deben excluirse las pasiones mezquinas, como decía el compañero Prieto, precisamente por eso deben colaborar en el estudio tanto del Banco Agrícola, cuyo proyecto ha presentado para su honra, para su honor, el Partido Cooperatista, como en el estudio correlativo de la ley sobre cooperativas agrícolas que ha presentado el Partido Agrarista, deben colaborar, digo, los representativos de ambos grupos; el cooperatismo agrícola, como su nombre lo indica y como su ideología lo significa, interesa tanto al cooperatista como al agrarista, es el terreno común en que ambos partidos tienen que marchar de acuerdo, y por eso, ya que en la Comisión de Agricultura domina el elemento cooperatista y la Comisión de Crédito se encuentra controlada por el mismo elemento, debe entrar con la 1a. Comisión Agraria, el elemento agrario, representado en ella por el compañero Guzmán y por el que habla. Este asunto del cooperatismo agrícola merece atención especial de la Cámara para que se dé cuenta clara y precisa de todo su alcance y de toda su trascendencia. La reforma agraria sería, efectivamente, un fracaso, como muy claramente lo ha dicho el compañero Prieto, si se cometiese el error de los individualistas de la época de la Reforma, de esos grandes individualismos que se llamaron Juárez, Lerdo de Tejada, Ocampo, etcétera, si se cometiera ese error nuevamente de pasar del latifundismo, régimen individualista con todos los inconvenientes de la grande propiedad, pero con todas las ventajas del gran cultivo, el régimen de la pequeña propiedad, toda dañada por el individualismos, con el más inconveniente de la pequeñez de los elementos, de la exigüidad de los elementos que quedan en manos de los pequeños agricultores. Para obviar este inconveniente, había dos caminos: la socialización de la tierra, insigne utopia, aunque gloriosa en teoría; utopia acariciada por una parte del elemento juvenil de esta Cámara; utopia irrealizable, porque el campesino no permitirá jamás que se le arrebate para darla a la colectividad, ni todo ni parte de la cosecha que cultive; utopia demostrada ya en el ensayo ruso, en el cual el campesino se ha negado terminantemente a la socialización. Quedaba ese camino o quedaba el otro, el racional, el de transición, el inmediato, como decía Prieto. Yo no creo que haya ningún inconveniente, lo digo como paréntesis, en que fuera de las mezquinas diferencias políticas, estemos de acuerdo en las grandes identidades sociales. En política, lo digo claramente, estamos y estaremos con los laboristas y socialistas del Sureste. Yo no vengo a dar el timo de adhesión al Cooperatista, del cual estamos definitivamente divorciados en política. A nosotros, los agraristas, nos gustan las cosas claras; pero en materia de idealidades sociales sí podemos y debemos estar unidos cooperatistas y agraristas y contar con el apoyo natural de nuestros compañeros más avanzados, que son en la mayoría de los casos los laboristas y socialistas del Sureste. Planteando este paréntesis, vuelvo al tema: el cooperativismo agrícola es la única solución posible para el problema agrario. Voy a procurar explicarme sobre la trascendencia del cooperativismo. De llevarse a cabo el proyecto del Senado, absurdo y reaccionario, como lo califico la Comisión Agraria, de pasar violenta y tontamente del régimen individualista de la gran propiedad, al régimen individualista de la pequeña propiedad, se produciría el error de no avanzar absolutamente nada, puesto que se dejaba el mismo ambiente económico de egoísmo y mezquindad que caracteriza al régimen burgués. Lo que es preciso cambiar para cambiar la ideología de nuestro pueblo, es el ambiente económico creado por el régimen capitalista, que se caracteriza por estos vicios: egoísmo individual, rencores, competencia, lucha de todos contra todos. Este capitalismo odioso ha provocado el estado generalmente previsto, adivinado, profetizado por Hobbes, cuando decía: Homo Hominilupus. El hombre se convierte en el lobo del hombre; lo contrario del ideal cristiano, en lugar de ser el hombre para el hombre un hermano, se ha convertido en un enemigo. Basta extender la vista sobre el régimen actual, sobre la competencia desastrosa, despiadada en todos los órdenes, desde el punto mezquino en que cada quien quiere privar y destronar a su compañero, a su vecino, a su igual, por el trigo, por la cantidad de alhajas que lleva encima, por su posición social, hasta el orden más frío del mercantilismo. En este régimen la lucha es despiadada, la lucha es cruel, la lucha es desastrosa, la lucha no perdona, produce caídas, produce víctimas por montones, produce esas crisis periódicas, fatales, endémicas, propias del régimen capitalista; esas crisis que casi pueden reducirse a una estadística; crisis que se repiten por lo menos cada siete años, y que se han agravado enormemente con caracteres de catástrofe, ante los cuales no han podido rehacerse y tener los ojos abiertos ni los mismos defensores más acérrimos del régimen capitalista; que han venido a acentuar, digo, esas crisis, con la última guerra europea. El capitalismo ha demostrado su incapacidad total para regir al mundo, por la crisis de la superproducción, de la poca capacidad que para el consumo se deja al proletario, al que de intento se le arrebata el salario por esencia misma, por la tendencia e ideología del régimen capitalista, que tiende a disminuir sus gastos y a aumentar sus entradas; se le quitan, digo, al proletario, fuerzas la mejor parte de su rendimiento para rebajar sus jornales, y si no se le rebajan en numerario, sí se le rebajan por el aumento del precio de las mercaderías.
Por esa falta de capacidad de consumo tiene que venir la crisis fuerte como derivación, como esencia del régimen capitalista, y de ahí resulta lo que ven los observadores que van a los Estados Unidos: frente a los almacenes repletos de trigo, el pueblo pasa muriéndose de hambre; frente a los almacenes repletos de ropa, pasa el mendigo muriéndose de frío; quiere decir que el capitalismo fatalmente por su propia constitución está llamado a desaparecer, pero mientras no desaparezca el régimen capitalista, mata al cristianismo,
Mata el espíritu cristiano, convirtiendo al hombre en el enemigo del hombre, y es absurdo y es mentira que dentro de este régimen capitalista por más que se predique, mientras no se cambie el ambiente económico, mientras no sea la cooperación un hecho, mientras no se vea prácticamente que el bien de cada uno es el bien de todos, es mentira que se pueda cambiar la aspiración del sublime, la aspiración del hombre bien nacido, de todo socialista de verdad. El socialismo quiere cambiar al hombre inferior, quiere cambiar al obrero, pero lo encuentra atenaceado en un círculo vicioso, quiere cambiar al obrero, quiere cambiar al hombre inferior, pero lo encuentra atenaceado por los vicios de la organización moderna, como si el hombre actual no viera más que ejemplos de egoísmo y de maldad a su alrededor; como si no viera más que desastres, y destruirse por el vil metal hombres contra hombres; si ve a las mujeres prostituirse y perder el pudor por el oro, por la vanidad del lujo, por la necesidad; si la vida se convierte en una competencia desesperante y cruel. Si en la especie humana pasa lo que en ninguna de las especies; en todas las especies, hasta en las inferiores, los animales ayudan a los animales, y sólo en nuestra especie el hombre es para el hombre un enemigo y el hombre encuentra su peor obstáculo, su peor escollo en su camino, la piedra peor en su camino, en otro hombre, en otros hombres, no en otras clases, en los mismos compañeros de su clase. Leía yo al acaso en la prensa burguesa un caso típico: la burguesía de repente tiene que examinarse a sí misma y tiene que verse con horror. En "Excélsior", ¡quién lo creyera! con motivo de una quiebra de resonancia, me encuentro yo, excéptico para todo lo que dice la prensa burguesa, una confesión hecha por la misma burguesía de que está podrida por el odio mutuo. En este artículo, en este editorial de "Excélsior" de hoy o de ayer, en una quiebra de resonancia, viene quejándose de que en una quiebra no es la justicia la que decide; no son los jueces, contra los que clama la burguesía, los que vienen a decidir quién tiene razón, sino que son los acreedores que primero se apoderan de la masa, del acervo del deudor, los que primero entran en posesión. Aquellos de quienes dicen los viejos juristas beati possidentes, beatos los que poseen. Estos son los que aprovechan y sacrifican a sus compañeros, a sus compañeros de explotación, a sus compañeros de patrimonio; los otros burgueses que no fueron tan hábiles, tan astutos o pillos para ser los primeros en apoderarse de los bienes del patrimonio del deudor. Quiere decir que la burguesía se devora a sí misma, quiere decir que ella se asusta de sus obras, pone el espantajo y después se asusta de él. Pues bien, señores, este es un detalle continuo de la burguesía, este es el detalle íntimo, es la esencia total del régimen burgués. Vamos a cambiar ese ambiente económico, ese ambiente mefítico, ese ambiente donde se asfixia el hombre de bien, ese ambiente económico que por haberse establecido, a pesar de las doctrinas altas del cristianismo, han impedido que el cristianismo fructifique. Diecinueve, veinte siglos de cristianismo, demuestran que mientras exista la diferencia entre el capitalista y el proletario, mientras los medios de producción, mientras el capital esté en pocas manos, mientras exista una gran masa de oprimidos, será mentira la máxima eterna de la verdad y de la justicia de "amaos los unos a los otros". Para que venga esa máxima suprema, concentración de todo ideal humano, esa máxima que es la realidad, la aspiración única del género humano; para que venga esa realización, se necesita que pueda ser realizada, y no lo puede ser en este medio de egoísmo; porque si el crucificado dijo: amaos los unos a los otros, hoy viene el cooperatismo y dice: ayudáos los unos a los otros, si os ayudáis con el crédito cooperativo, con las siembras en común, con las semillas, con la utilización en común de la yunta, del apero, del tractor; si en común vende, si en común llévanse las mercancías al mercado, si aprovéchase en común el furgón, la locomotora, los camiones y los medios de producción para ahorrarse gastos generales, habráse visto que no es simplemente un lema ni una fantasmagoría o un ideal aquello de que todos para uno y uno para todos, sino que es una realidad viviente, y con esa lección objetiva del interés, del amor, que hay que servir a los otros para que los otros nos sirvan, que es preciso que esto entre en la conciencia por el conducto del interés y del egoísmo, entonces si será posible que después automáticamente por costumbre, por hábito, venganza el amor de los unos a los otros, que ha sido una mentira, que ha sido una calumnia, que ha sido una mistificación y que es, hoy por hoy, una hipocresía; por eso esto de la cooperación es algo grande, no es solamente económico, es profundamente moral y será la mejor reivindicación de la revolución. Por esto todos los revolucionarios, tenemos que hacer enmudecer nuestras pasiones, y unirnos como solo hombre; por esto los agraristas reivindicamos para nosotros el derecho, el honor, la obligación de colaborar mano a mano con los cooperatistas que sean revolucionarios, en la confección de los dictámenes y en la discusión de estas leyes; por esto hemos venido a apoyar este trámite, y por esto estábamos dispuestos a impugnar el anterior, en el que se nos excluía sin razón de un trabajo y un dictamen en el que teníamos derecho de intervenir. No hemos querido los agraristas extender nuestra acción al cooperativismo obrero por una razón enteramente sencilla: cooperativismo obrero y cooperativismo agrícola, son dos cosas absolutamente distintas. El cooperativismo obrero es algo sumamente pequeño, y el cooperativismo agrícola es algo muy grande y vasto; la diferencia es está: En materia agraria, la revolución mexicana ha logrado el desiderátum, tiene a la mano, tiene a su alcance el medio de producción, el instrumento de producción: la tierra; puede tomar la tierra y decir: de esta tierra, de este latifundio puedo hacer el ensayo social; con esta tierra puedo cambiar el régimen social de producción; no puede hacer lo mismo tratándose de fábricas y talleres. Las fábricas y talleres no están al alcance de la revolución mexicana, están a su alcance para su socialización de una revolución integral social, pero no de la revolución agrarista mexicana. De manera que en lo citadino, en lo urbano, evidentemente que los gremios deberán con el arma del sindicalismo avanzado, arrancarle al capitalismo una participación
cada vez mayor no sólo en las utilidades, sino también en la dirección y administración de las fábricas y de los talleres; arrancarle una verdadera cooperación, pero no el cooperatismo de los burgueses, que consiste en creer que el obrero que no tiene ahorros, ni posibilidad de formarlos, pueda por medios que están a su alcance ir comprando fábricas y monopolizando talleres. Esa sí es una utopía, y contra eso tendrían derecho de reaccionar nuestros compañeros de la extrema izquierda obrera.
No se trata de eso, se trata de que por la acción directa, por el esfuerzo propio de la clase obrera, por la acción directa de los sindicatos ir incrustándose en la organización capitalista para convertir cada taller, no en la dictadura del patrón que no deja meter mano a los obreros, sino en una fábrica constitucional a la alemana, en una verdadera comunidad del trabajo en donde el obrero, que es fuerza, más fuerza que el capital, puesto que da la fuerza de su sangre y de su vida, tenga los mismos derechos que el capitalista, no sólo en la participación de las utilidades, sino en la dirección y administración del negocio. Y así, por obra del sindicato, por medio de la fuerza obrera irá realizándose una cooperación que no es la cooperación que proponemos aquí, la cooperación por obra de la ley. Pero cuando se trata del latifundio que está en las manos de la revolución, la revolución cometería un error si entregase el latifundio en manos de los pequeños propietarios aislados y egoístas, en lugar de unirse con el vínculo todopoderoso de la cooperación. Por esto nosotros hemos querido presentar este prospecto, este primer destello de nuestra visión sobre cooperativismo, en el concepto de que - podemos decirlo con orgullo -, empieza hoy, este día, la labor reconstructora de la revolución que tanto tiempo ha esperado la República. Debemos, pues, estar orgullosos y debemos creer si hemos perdido mes y medio, sabremos aprovechar dignamente el tiempo que nos falta del período, y si esta Cámara nada más eso lograse, dar al Banco Agrícola, o sea la refacción para el agricultor, dar el agua dar la irrigación y dar al mismo tiempo la cooperación para destruir el egoísmo del pequeño propietario, y esta Cámara estará salvada ante la nación, ante la historia y lo que más nos importa: Ante la revolución que tanto amamos. (Nutridos aplausos.)
- El C. secretario Barón Obregón, leyendo:
"H. Cámara de Diputados:
"Los subscriptos, miembros del Partido Nacional Agrarista, tienen el honor de proponer a la H Asamblea el siguiente:
"PROYECTO DE LEY SOBRE COOPERATIVISMO AGRÍCOLA
"En uso del derecho que la nación se ha reservado, para imponer modalidades a la propiedad privada, por causa de utilidad pública, así como para regular el aprovechamiento de los elementos naturales y dictar disposiciones que aseguren la creación y el desarrollo de la pequeña agricultura, el Congreso de la Unión expide, con el carácter de general y obligatoria para toda la República, la siguiente ley sobre cooperativismo agrícola:
CAPITULO I
"Bases generales
"Artículo 1o. Para lograr la organización eficiente y el mayor rendimiento del trabajo de los pequeños propietarios que personalmente cultiven la tierra, la ley crea sociedades cooperativas de tipo especial sobre las bases siguientes:
"Artículo 2o. Dichas sociedades se constituirán para finalidades combinadas de producción, crédito y consumo, o para una sola de esas finalidades, según lo acuerden los asociados.
"Artículo 3o. Para la fundación de una sociedad cooperativa será necesario el concurso de diez socios cuando menos; en el concepto de que todos los asociados deberán ser vecinos de la misma localidad, mayores de 18 años, pequeños propietarios u obreros en industrias conexas con la agricultura, y conocidos como honrados, sobrios y trabajadores, a juicio de la mayoría de sus coasociados.
"Artículo 4o. Con el objeto de que la formación de las sociedades cooperativas agrícolas esté al alcance de las posibilidades económicas y culturales de los campesinos, se fija como único requisito de forma para la constitución de las mismas, el levantamiento por triplicado de una acta que firmen todos los que sepan hacerlo, y cinco personas más en representación del grupo total de los que no sepan escribir. Unos y otros ratificarán el contenido del acta ante cualquier funcionario o agente dependiente de la Secretaría de Agricultura y Fomento, o en defecto de él ante el agente del Timbre o el de Correos, que radiquen en el lugar.
"Artículo 5o. Toda sociedad cooperativa estará regida por un Consejo directivo, organizado con un personal suficiente para atender los diferentes ramos de la actividad social. Dicho consejo estará sujeto a la inspección de un Consejo de Vigilancia. El Consejo Directivo será nombrado por la mayoría de votos de los miembros de la cooperativa y el de Vigilancia por los que, en dicha elección, resulten en minoría.
"Artículo 6o. Los miembros de dichos consejos nunca podrán durar en su cargo más de un año y serán electos en Asamblea General.
"Artículo 7o. Las acciones de las sociedades cooperativas serán precisamente nominativas e intransferibles.
"Artículo 8o. En dichas sociedades, cada persona representará un voto, cualquiera que sea el número de acciones que posea.
"Artículo 9o. Las sociedades cooperativas no repartirán dividendos. Sus utilidades se dedicarán íntegramente a formar el fondo social para fines de utilidad común.
CAPITULO II
"De las sociedades cooperativas de crédito
"Artículo 10. Las sociedades agrícolas de crédito tendrán por objeto:
"I. Mancomunar la responsabilidad de los asociados, para obtener préstamos del Banco Agrícola Nacional, o de cualquiera otra institución de crédito, en defecto de aquél, o mientras que se establece:
"II. Facilitar préstamos a sus miembros, ya sea en conjunto, en grupos, o individualmente, para fines de producción, de consumo, de cooperación o de mejoramiento e intensificación de los trabajas agrícolas, y
"III. Lograr la capitalización dentro del seno de la sociedad, por medio de la subscripción de acciones, que hagan sus miembros, para formar el capital propio de la cooperativa, que se aumentará incesantemente por medio de la acumulación de las utilidades.
"Artículo 11. En consecuencia, de todos los préstamos contraídos por la sociedad responderá ésta como persona moral, aun cuando su inversión redunde en beneficio personal de los asociados. En otros términos, los miembros de las sociedades cooperativas responderán solidaria y mancomunadamente de todas las operaciones sociales.
"Artículo 12. Los fondos que por préstamo, depósito, capitalización, intereses, donativos o de cualquiera otra manera adquiera la sociedad, se invertirán preferentemente para los fines de cooperación que se detallan en el capítulo III.
"Artículo 13. Realizados los fines de cooperación indispensable para la marcha normal de los negocios de los asociados, se separará la cantidad que fijen los estatutos societarios, para la fundación de un fondo de reserva, la aplicación del cual se detallará en esos mismos estatutos.
"Artículo 14. Aparte de las otras obligaciones que implica por sí misma la cooperación, será obligación ineludible de todo miembro de sociedad cooperativa, subscribir una acción, por lo menos, del capital social, y pagarla en la fecha, plazos y condiciones que fijen los estatutos de cada sociedad.
"Artículo 15. Las utilidades de las cooperativas de crédito se formarán:
I. Con la diferencia entre tipo de interés con que tome capitales prestados y el tipo con el que preste a sus asociados;
"II. Con el tanto por ciento que a título de comisión cobre en las operaciones de compra, venta, transporte, etcétera, que verifiquen en beneficio de los asociados;
"III. Con el importe de los alquileres que cobre a los asociados por el uso de la maquinaria e implementos de agricultura, que adquiera la cooperativa con fondos de la sociedad, para el uso de sus asociados;
"IV. Con el producto de las industrias que establezca para transformación de los productos agrícolas, y
"V. Con los otros rendimientos o productos que se deriven de las demás operaciones que prevengan los estatutos.
"Artículo 16. De las deudas contraídas por las cooperativas, responderán:
"I. Los bienes de la sociedad, afectados al pago por el contrato respectivo;
"II. Si ellos no bastaren, los demás bienes de la cooperativa, y
"III. Si tampoco así se pudiere cubrir el total monto del adeudo, se aplicarán al pago de éste los bienes que individualmente pertenezcan a los asociados, por el orden que señala el derecho común, y haciendo exclusión de los objetos que éste exime de todo embargo, así como de la propiedad de la tierra, toda vez que ésta, conforme a las leyes agrarias sobre creación de la pequeña propiedad, es inenajenable, y no debe quedar sujeta ni a hipoteca ni a embargo.
"Artículo 17. Durante los dos primeros años siguientes a la fundación de una cooperativa, el Banco Agrícola o la institución acreedora no podrán hacer efectivos sus créditos, en el caso de que se hubieren perdido las cosechas en su totalidad o en su mayor parte por causas naturales, del todo ajenas a la voluntad de las cooperativas o de sus asociados.
"Artículo 18. Si dentro de los primeros cinco años del funcionamiento de una cooperativa, y pasados los dos años a que se refiere el artículo anterior, ocurriere una pérdida de cosechas en las condiciones señaladas por el dicho artículo, la institución acreedora tendrá obligación de conceder a la cooperativa una espera hasta el año siguiente.
"Artículo 19. Los rezagos que vayan quedando pendientes de pago en las eventualidades previstas por los dos artículos que preceden, serán cubiertos por las cooperativas, en abonos, con cargo a las siguientes anualidades, en los términos que marquen los reglamentos administrativos o los estatutos de la sociedad.
"Artículo 20. Las prescripciones de los cuatro artículos anteriores, regirán en tanto se establece sobre bases de sólido funcionamiento, el seguro contra los riesgos de la agricultura.
"CAPITULO III
"Del crédito cooperativo aplicado a fines de producción y de consumo
"Artículo 21. Los capitales adquiridos por medio de la sociedad cooperativa de crédito, serán destinados por ésta a practicar la cooperación de los asociados, y a prestar ayuda individual a los miembros, con arreglo a las siguientes modalidades y objetivos:
"A. - Operaciones de carácter general
"I. Compra en común de instrumentos de trabajo, maquinaria, semovientes, semillas, abonos, forrajes, sementales y; en general, de todas las materias primas y de toda clase de instrumentos de producción;
"II. Selección de semillas por cultivos apropiados. Riego en común conforme a las necesidades de la localidad y a los adelantos de la época. Exterminación de plagas agrícolas. Fragua comunal para herrar bestias y reparar máquinas, arados y demás utensilios de labranza. Aprovechamiento de cereales, trojes, eras, almacenes, vehículos, medios de transporte y vías de comunicación;
"III. Construcción de canales, presas y demás obras de irrigación, incluyendo la perforación de pozos;
"IV. Explotación en común , de bosques y terrenos pastales;
"V. Organización en común de sistemas de transporte y venta de producto de los asociados, evitando, por medio de comisionados pertenecientes a las cooperativas, la medición de negociantes o especuladores, y poniendo en contacto directo a los productores con los centros de consumo;
"VI. Compras en común de objetos de uso personal; sombreros, ropa, lotes de calzado, productos alimenticios que no se produzcan en el lugar, etcétera, etcétera;
"VII. Intercambio de productos con otras agrupaciones cooperativas y demás similares;
VIII. Construcción y aprovechamiento en común, de molinos de nixtamal, hornos, lavaderos;
"IX. Tomar en arrendamiento, comprar o edificar los inmuebles necesarios para las diversas instalaciones, y
"X. Ejecutar todas las operaciones que directa o indirectamente conduzcan a obtener las ventajas que la ayuda proporciona a las operaciones agrícolas y sus conexas, antecedentes y consecuentes.
"B. - Ayuda a los socios en lo individual
"XI. Préstamos a los miembros de la sociedad con alguno de los siguientes objetos:
"a) Establecer explotaciones agrícolas, ganaderas o industrias anexas, o mejorar las condiciones de las existentes.
"b) Refaccionarlos con las cantidades que requieran, para producciones previamente determinadas.
"c) Prestarles sobre sus productos, mediante su depósito en almacenes adecuados. Para cada préstamo o refacción se exigirá una seguridad especial que determinarán los reglamentos y estatutos, quedando prohibidas las operaciones peligrosas, bajo la estricta responsabilidad personal de los administradores.
"Artículo 22. Cuando lo permita el estado de los negocios sociales, podrán las cooperativas ampliar sus operaciones a los siguientes fines:
"I. Instalación de aserraderos en grande escala para la explotación de las maderas de los montes y para el aprovechamiento de los desperdicios;
"II. Explotación en común de molinos de trigo, trapiches o ingenios azucareros, tenerías, matanzas, conserverías de carne, fruta y legumbres, mantequerías, cremerías, fábricas de cerámica, desfibradoras de ixtle, henquén y otras fibras, y, en general, construcción de fábricas y talleres destinados a la transformación y elaboración de los productos rurales;
"III. Selección y empaque apropiado de productos para economía de flete y mejor aceptación en el mercado;
"IV. Almacenes para la venta de los productos en los lugares de destino;
"V. Estudio por medio de peritos de la condición agronómica de la localidad, de la posibilidad de nuevos cultivos, de mejoramiento de los sistemas de labranza, y, en general, de todos los factores de carácter agrícola, económico y social que se relacionen con los problemas rurales;
"VI. En general, hacer todos los estudios, adaptaciones y aplicaciones de maquinaria, tendientes a la industrialización de la agricultura;
"VII. Establecimiento de escuelas para la enseñanza rural y difusión de los sistemas cooperativos, y
"VIII. Obligación para la sociedad, de proporcionar elementos de trabajo a los jóvenes del lugar, que lleguen a los diez y ocho años.
"Artículo 23. Los semovientes y los instrumentos de producción, adquiridos por conducto de las cooperativas, se podrán en común o se aplicarán en lo particular en cada socio o grupo de socios, de acuerdo con la naturaleza de ellos, con las costumbres del lugar, o con las estipulaciones de los reglamentos administrativos o del los estatutos societarios.
"CAPITULO IV
"Del cooperativismo integral
"Artículo 24. Las sociedades cooperativas de crédito podrán, si así lo acuerdan por unanimidad los asociados, revestir la forma de cooperativismo integral, o sea del cultivo en común de la tierra y de la distribución de sus productos en lotes iguales, o en las proporciones que fijen los estatutos, según el esfuerzo o la calidad del trabajo de cada asociado; en todo caso, tratándose de ejidos, cada socio será propietario, individualmente, del lote de terreno que le corresponda en la división del ejido.
"CAPITULO V
"De las cooperativas agrícolas destinadas exclusivamente a la producción o al consumo
"Artículo 25. Podrán constituirse con el carácter de sociedades permanentes o de simples asociaciones momentáneas, cooperativas que, prescindiendo del uso del crédito mancomunado, se dediquen exclusivamente a la producción o al consumo, bien sea en los términos del capítulo IV, o bien sea con las bases del capitulo III, para todas o algunas de las finalidades que allí se detallan.
"CAPITULO VI
"Del cooperativismo con relación a los ejidos
"Artículo 26. Las comunidades que reciban o hayan recibido ejidos en los términos de las leyes vigentes, tendrán libertad para optar por cualquiera de estos dos sistemas en la explotación de sus tierras ejidales, o bien por el régimen de pequeña propiedad en que trabaje aisladamente cada cultivador, o bien por el sistema de explotación bajo la forma de sociedad cooperativa en la cual se mancomunen los esfuerzos y el crédito de los pequeños agricultores, en los términos y bajo las diversas modalidades que menciona esta ley.
"Artículo 27. A fin de tener una base sólida para el aseguramiento de los capitales que preste el Banco Agrícola Nacional, no podrá proporcionar cantidad alguna en calidad de préstamo, sino a aquellas
comunidades que se organicen en forma de sociedad cooperativa de crédito, con total sujeción a los preceptos detallados en los capítulos II, III y IV.
"Artículo 28. Las comunidades que por virtud de las leyes existentes hayan recibido sus ejidos por vía de restitución o dotación definitivas, quedan autorizadas, por el solo hecho de constituirse en sociedades cooperativas, en l os términos de esta ley, para solicitar y obtener de la Comisión Nacional Agraria el repartimiento de las tierras ejidales a que se refiere la parte final del inciso VI del artículo 27 constitucional; en el concepto de que cada comunidad formulará, por acuerdo de las tres cuartas partes de los vecinos mayores de diez y ocho años, el respectivo proyecto de fraccionamiento.
"Artículo 29. Por el solo hecho de constituirse en sociedad cooperativa, una comunidad o corporación de población, cesará de pleno derecho en sus funciones el Comité Particular Administrativo, el cual quedará automáticamente constituido por el Consejo Directivo de la nueva sociedad, con todas las facultades y obligaciones que las leyes asignan a aquellos comités.
"Artículo 30. De conformidad con el texto expreso del artículo 27 de la Constitución general de la República, los lotes que a cada vecino se asignen en el repartimiento, serán inalienables; y de acuerdo con el espíritu del propio artículo, dichos lotes estarán exentos de toda hipoteca o embargo y será obligación ineludible de los beneficiarios, mantenerlos en cultivo; serán nulos, por lo mismo, todos los contratos de hipoteca y enajenación o o gravamen que se celebren con relación a dichos lotes.
"Artículo 31. Dado el carácter propio de los ejidos, instituídos para el sostenimiento de los vecinos de cada comuna, y sobre los cuales la colectividad sigue conservando su derecho social tan amplio como lo exige el interés común y el objeto de la institución, se establece para todos los dueños de parcelas la obligación de cultivarlas, con la sanción de que perderán todo derecho sobre ellas los que las mantengan incultas por causas dependientes de su voluntad, durante dos años. La declaración de caducidad será hecha por la Comisión Nacional Agraria, previo acuerdo de la mayoría de los miembros de la comunidad.
CAPITULO VII
"De los almacenes cooperativos de depósito
Artículo 32. Para obtener los préstamos sobre productos agrícolas a que se refiere la fracción (c) del artículo 21, el solicitante hará el depósito de los productos que le servirán de garantía, en almacenes debidamente acondicionados, que deberán estar bajo el control de la sociedad que haga el préstamo, o bajo el de otra sociedad cooperativa de las comprendidas dentro de la presente ley. Estos préstamos se sujetarán a las demás prevenciones relativas de los estatutos.
"Artículo 33. El objeto de las operaciones de estos almacenes, es evitar, por medio del crédito que se les concede sobre los productos depositados, el malbaratamiento de las cosechas de la producción de los asociados y lograr su venta en las épocas y condiciones ventajosas.
"Artículo 34. Todas las sociedades cooperativas quedan autorizadas para instalar trojes y almacenes adecuados para el depósito de productos, conserva y custodia, garantizadores de los préstamos a que se refiere el artículo anterior, con la capacidad adecuada para el movimiento local, y el de tránsito de mercancías de otras procedencias, así como para expedir bonos o certificados de garantía, transferibles por endoso y destinados a acreditar, ya sea el depósito de la mercancía, o bien el préstamo hecho con garantía de la misma.
Artículo 35. Un reglamento determinará las condiciones que deberán reunir los edificios y sus dependencias, para la perfecta conservación de los efectos almacenados, así como para facilitar las diversas operaciones materiales que hayan de efectuarse con los bultos.
"Artículo 36. Los almacenes de depósito que se construyan por sociedades cooperativas, en lugares inmediatos a las vías o en estaciones ferrocarrileras, podrán depositar los productos que se reciban para la propia sociedad cooperativa que no los hubiera establecido, para otra sociedad similar o para cualquiera de sus miembros, obligándose para con el respectivo ferrocarril o garantizar el importe del flete y a cobrarlo cuando haga la entrega.
CAPITULO VIII
De las exenciones y franquicias de las sociedades cooperativas agrícolas
"Artículo 37. Los contratos constitutivos de las cooperativas, así como todos los convenios que ellas celebren y los documentos de crédito o de otra clase que otorguen, estarán exentos de toda clase de impuestos de Timbre y de cualesquiera otros federales, de los Estados y municipios. De igual exención disfrutarán los documentos y contratos que se celebren entre la cooperativa y sus respectivos asociados.
"Artículo 38. Las operaciones de las cooperativas estarán también exentas de toda clase de impuestos de importación y exportación.
"Artículo 39. Las operaciones de venta entre cooperativas quedarán exentas de impuestos del Timbre y de cualquiera otro del Estado o municipales.
"Artículo 40. Las sociedades cooperativas, de cualquier tipo o forma que sean, gozarán, además, de las siguientes franquicias:
"I. Tarifas especiales en los ferrocarriles bajo la base de un descuento no menor del 20 por ciento;
"II. Derecho de preferencia en el aprovechamiento de aguas y bosques en jurisdicción federal;
"III. Precios especiales que, para la adquisición de petróleo, gasolina y demás combustibles, fije el Gobierno federal a favor de las cooperativas en cada una de las concesiones petroleras, de hidrocarburo, carbón mineral, etc., que en lo sucesivo otorgue dicho Gobierno;
"VI. Derecho de preferencias y tarifas
especiales a favor de las cooperativas en las concesiones que otorgue la Federación, para explotar fuerza eléctrica, obras hidráulicas o de regadío;
"V. Preferencia, a favor de las sociedades cooperativas en igualdad de circunstancias y en su radio de acción, en el otorgamiento de contratos para la construcción y reparación de caminos, vías fluviales etc., etc.
CAPITULO IX
"Disposiciones finales
"Artículo 41. Será aplicable a toda clase de operaciones que el Banco Agrícola Nacional celebre, el precepto del artículo 27 (del capítulo VI) en otros términos, dicho Banco sólo podrá celebrar contratos de préstamos a favor de las sociedades cooperativas de crédito establecidas en los términos de esta ley, y nunca a favor de otras sociedades o de particulares.
"Artículo 42. Para intensificar y armonizar la labor de las cooperativas, y ligarlas entre sí para fines comunes, se constituirán en cada región agrícola federaciones de cooperativas, unidas a la vez en una confederación general, que tendrá representación en la gerencia del Banco Agrícola Nacional.
"Artículo 43, La acción gubernativa con relación al cooperatismo, abarcará los puntos siguientes:
"I. Estudio de las diversas formas y sistemas de cooperatismo practicadas en otros países, y de su adaptación a las diversas regiones del país, en relación a sus condiciones agronómicas, culturales y económicas;
"II. Ensayos experimentales, por medio de la fundación de cooperativas modelos, con personal seleccionado, procurando que esas colonias se funden de preferencia en las regiones de fuerte potencialidad indígena;
"III. Propaganda intensa, por medio de agentes, folletos, periódicos, para educar al pueblo campesino en las prácticas de cooperación y lograr la implantación, de hecho, de los métodos cooperativos, en las mejores condición es posibles;
"IV. Vigilancia y dirección inmediata ejercida sobre los miembros de las directivas y sus consejos directivos, con el fin de capacitarlos para el eficaz desempeño de sus labores y para evitar abusos o malversación de fondos;
"V. Las anteriores funciones las ejercitará el Gobierno federal por conducto de la Dirección General de Cooperativas, sin perjuicio de la vigilancia e inspección, que para defensa de sus intereses realice el Banco Agrícola Nacional, de acuerdo con la ley que lo establezca y sus propios estatutos.
"Artículo 44. Los contratos que las cooperativas de crédito celebren con instituciones de crédito diversas del Banco Agrícola, quedarán sujetos, para su validez, a la revisión y aprobación de la Dirección General de Cooperativas.
"Artículo 45. Entretanto se establece el Banco Agrícola, la Secretaría de Hacienda podrá facilitar a las cooperativas, por medio de las comisiones monetarias, las cantidades que pueda proporcionarles para su funcionamiento.
"Artículo 46. Los contratos que las cooperativas de crédito celebren con instituciones bancarias diversas del Banco Agrícola Nacional, quedarán sujetos para su validez a la revisión y aprobación de la Dirección General de Cooperativas.
"Artículo 47. Los reglamentos administrativos y los estatutos societarios fijarán en detalle las bases y condiciones de funcionamiento de las sociedades cooperativas establecidas por la presente ley.
"México, D. F., octubre 12 de 1922. - F. Santibáñez. - J. P. Camacho. - Rodrigo Gómez. - Ángel G. Castellanos. - E. Barón Obregón. - Aurelio Manrique, jr. - Leopoldo Reynoso Díaz. - Vicente Aranda. - M. Montero Villar. - L. G. Monzón (senador por San Luis.) - L. Bolaños. - Juan I. Martínez. - F. González y González. - A. R. Guzmán. - Ignacio C. Villegas." - A las comisiones unidas de Agricultura y Fomento, 1a. de Crédito Público y 1a. Agraria, e imprímase.
- El mismo C. Secretario, leyendo:
"Comisiones unidas 1a. de Comunicaciones y 1a. de Hacienda.
"Señor:
"A las comisiones unidas 1a. de Comunicaciones y 1a. de Hacienda, fue turnado, para su estudio y dictamen, el contrato celebrado entre el ciudadano secretario. de Comunicaciones y Obras Públicas, en representación del Ejecutivo de la Unión, y el C. general Juan Antonio Acosta, para la construcción y explotación de un puente, por el término de cuarenta años, sobre el río Bravo del Norte, en Laredo.
"Estudiado el asunto, hemos encontrado que el referido contrato adolece de defectos esenciales, que no debemos dejar pasar inadvertidos.
"En efecto; el artículo 2o. del contrato estipula que el "concesionario obtendrá en el plazo de seis meses, la debida autorización del Gobierno de los Estados Unidos de América, para la construcción del puente en la parte de territorio perteneciente a esa República, y la de las autoridades municipales de Laredo, Tamaulipas, para la ocupación de la parte del terreno de la municipalidad que requieran el puente y sus dependencias". Esto quiere decir que el mencionado contrato, aún después de aprobado por el Congreso de la Unión y expedido el decreto correspondiente, quedaría sujeto a negociaciones con el Gobierno de Estados Unidos de Norteamérica, quien podrá o no conceder su autorización y, en este último caso, el mismo contrato y el decreto expedido, quedarían nulos.
"No parece conveniente, desde ningún punto de vista, que el Ejecutivo de la Unión y el Congreso autoricen un contrato sujeto a investigación y autorización de un Gobierno extranjero y sin ninguna seguridad o compromiso previo de parte de ese Gobierno; en realidad, en esta forma el contrato es sólo una minuta o proyecto, sujeto a ulteriores negociaciones, en las cuales el éxito dependería de las gestiones de un particular, para
elevarlo a la categoría de verdadero contrato, con la sanción del Gobierno de Norteamérica.
"En consecuencia, resulta claro que las negociaciones referidas deben ser previas a su aprobación por esta Cámara, tanto en lo referente al Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica, como a las autoridades municipales de Laredo Tamaulipas.
"Hay otras objeciones de menor importancia, pero que afectan también al fondo del asunto y que queremos presentar en obvio de posteriores tramitaciones:
"I. Las comisiones consideran necesario que se acompañe al contrato, un plano general de la localización que tendrá el puente y sus dependencias, con relación al régimen del río Bravo, de acuerdo con la Comisión Internacional de Límites entre México y Estados Unidos de Norteamérica. También será conveniente agregar al contrato un plano demostrativo de las facilidades de tráfico que proporcionará el puente, para justificar la base de las tarifas, correspondientes a cada servicio, y
"II. Las tarifas a que se refiere el artículo XV del contrato, deben estar limitadas por bases máximas, que sirvan de fundamento, y después a la secretaría de Comunicaciones, para conceder su autorización a las cuotas que presenta el contratista. En la forma actual, sin ningún límite para esas tarifas, sería esto motivo de discusión o de abusos.
"En virtud de lo anterior, sometemos a vuestra consideración las siguientes proposiciones:
"Primera. No es de aprobarse el contrato celebrado entre el ciudadano secretario de Comunicaciones y Obras Públicas, en representación del Ejecutivo de la Unión, y el C. general Juan Antonio Acosta, para la construcción y explotación de un puente, por el término de cuarenta años, sobre el río Bravo del Norte, en Laredo.
"Segunda. Devuélvase el contrato a la secretaría de Estado de su origen, para que se tramiten las autorizaciones necesarias del Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica y de las autoridades municipales de Nuevo Laredo, Tamaulipas, y para que se le agregue un plano de localización del puente, con relación al régimen del río Bravo, plano que deberá ser aprobado oportunamente por la Secretaría de Relaciones Exteriores, y otro plano demostrativo de las facilidades de tráfico que proporcionará el puente, y, por último, que se estipulen en el contrato las bases de las tarifas que se cobrarán por cada servicio.
"Tercera. Una vez hechas las tramitaciones y adiciones anteriores, sométase nuevamente el contrato a la aprobación de esta Cámara.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del congreso de la Unión. - México, D. F., a 11 de octubre de 1922. - J. Certucha. - Guillermo Rodríguez. - Romeo Ortega. - Juan Quiroga." - Imprimase y a discusión el primer día hábil.
"H. Asamblea:
"A la Comisión 2a. de Hacienda le han sido remitidas un regular número de solicitudes de pensiones, fundándose en diversos conceptos, ya por servicios prestados a la patria, a la revolución o a la Administración pública, y aun cuando creemos que pocas de ellas realmente justifican el derecho de los peticionarios, antes de entrar al estudio de las solicitudes, hemos meditado hondamente sobre los puntos constitucionales que afectan a las diversas peticiones y que merecen previa resolución, por lo cual la sometemos a vuestra soberanía.
"Considerando, primero: Que la Constitución de 1857, en sus artículos 12 y 72, fracción XXVI, reconocía que el pueblo, legítimamente representado por las Cámaras federales, podía decretar recompensas en honor de los que hayan prestado o prestaren servicios eminentes a la patria o a la humanidad.
"Considerado segundo: Que si bien dicha autorización era una excepción a la regla general de la igualdad política, reconocida en el art. 12 constitucional se justificó por el deber que la nación tenía de manifestar su gratitud a las personas que por sus grandes virtudes, o sus importantes servicios, fuesen acreedores a los honores del pueblo.
"Considerando, tercero: Que abusando de dicha facultad, se expidieron leyes y promulgaron decretos concediendo jubilaciones y otorgando pensiones a personas no comprendidas dentro de la materia mencionada.
"Considerando, cuarto: Que al reformarse la Constitución de 1857, los legisladores de 17 suprimieron en la Constitución vigente las facultades referidas y por lo tanto, con dicha omisión incapacitaron al Poder Legislativo como Congreso General para expedir decretos que otorgasen pensiones por servicios eminentes prestados a la patria o a la humanidad, ya que, de acuerdo con los artículos 40, 41 y 124 de la carta magna, no estando expresamente concedida dicha facultad a los poderes federales, se entiende reservada a los Estados.
Considerando, quinto: Que la supresión de la facultad de otorgar las citadas recompensas es un paso más hacia la absoluta igualdad política, sin dejar por ello desamparados a los empleados civiles o trabajadores de la Administración que, siendo víctimas de algún accidente del trabajo o enfermedad profesional, estuviesen imposibilitados temporal o definitivamente para trabajar, ya que, por estos motivos, el derecho a una recompensa está justificado por las doctrinas modernas, las que imponen ya al empresario, patrón o Estado socialista, la obligación de enaltecer y asegurar la salud y la vida del trabajador asalariado. Y es, por lo tanto, en el capítulo relativo a Previsión Social, en donde la Constitución ha reconocido el seguro profesional (artículo 123, fracción XIV), faltando solamente que el Congreso de la Unión y la mayoría de las legislaturas de los Estados, expiden las leyes que determinen la forma como deben otorgarse dichas indemnizaciones.
Considerando, sexto: Que aun cuando los Congresos que han fungido estando en vigor la Constitución de 1917, han otorgado pensiones militares en recompensa de los servicios prestados a la revolución por luchadores insignes que han sacrificado su vida en defensa de nuestras instituciones y en bien de la libertad y la paz que gozamos, creemos que el otorgamiento, tanto de las pensiones como de los retiros militares, deben sujetarse a los procedimientos señalados en la Ordenanza General
del Ejército, de 11 de diciembre de 1911, expedida por el Congreso en uso de la facultad que le concede la fracción XIV del artículo 73 constitucional, y en cuya Ordenanza se faculta, en los artículos 68 y 78, al Ejecutivo para que, por el conducto de la Secretaría de Guerra, y una vez llenados los trámites exigidos, se otorgue a los militares el retiro y a sus deudos las pensiones a que tengan derecho.
"Considerando, séptimo: Que atendiendo a las razones expuestas y al deseo de definir claramente, en tanto que se expiden las leyes reglamentarias, la tramitación debida de las diversas clases de pensiones, retiros e indemnizaciones, las comisiones que suscriben se permiten someter a vuestra soberanía los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. La Cámara de Diputados, por carecer de facultades constitucionales, no está autorizada para expedir decretos que otorguen recompensas, por servicios eminentes prestados a la patria o a la humanidad.
"Segundo. La Cámara de Diputados suspende el otorgamiento de pensiones e indemnizaciones a civiles, hasta sujetarlas a los procedimientos que determinen las leyes reglamentarias.
"Tercero. La Cámara de Diputados debe sujetar el otorgamiento de retiros o pensiones a los militares, a los trámites señalados por la Ordenanza General del Ejército.
"Cuarto. Mándense al Archivo los expedientes de pensiones que no sean de militares, devolviéndose a los solicitantes los originales que acompañaron.
"Quinto. Mándense al Ejecutivo las solicitudes de retiros de militares o pensionados de sus deudos, para que resuelva lo que corresponda.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, a 5 de octubre de 1922. - Mauricio Gómez. - Ignacio García Téllez. - C. Avilés."
Está a discusión.
El C. Espinosa: Pido la palabra para hacer una súplica. Que en atención a que no está el señor Mauricio Gómez, uno de los autores de esta proposición y de tener el que habla verdaderos deseos de impugnar estos puntos resolutivos, cosa que no puede hacer en este momento debidamente por encontrarse bastante delicado y enfermo, le agradecería que se dejara para mañana o pasado mañana.
El C. Manrique: Pido la palabra. Yo apoyo la petición del señor Espinosa. Hago idéntica súplica al señor presidente.
El C. Secretario Barón Obregón: Por disposición de la Presidencia, la Secretaría consulta a la Asamblea si se pospone la discusión de este asunto para el primer día hábil. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. Se pospone para el primer día hábil.
- El mismo C. Secretario, leyendo:
"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"Señor:
"La H. Cámara de Senadores remitió a ésta de Diputados, para sus efectos constitucionales, un proyecto de decreto por el que se concede permiso al C. Francisco J. Altamira para que, sin menoscabo de sus derechos de ciudadano mexicano, puede aceptar y desempeñar el cargo de cónsul de la República de Colombia en el puerto de Tampico. Por acuerdo de vuestra soberanía, este proyecto fue truncado a la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales que subscribe.
"Del estudio que los subscriptos hicieron del proyecto de referencia, se desprende que éste está ajustado en todas partes a la ley, y que no hay razón legal que se oponga a su aprobación.
"En tal virtud, nos permitimos el honor de someter a vuestra deliberación y aprobación el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede permiso al señor Francisco J. Altamira, para aceptar, sin pérdida de sus derechos de ciudadano, el cargo de cónsul en el puerto de Tampico, que le ha conferido el Gobierno de la República de Colombia."
"Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 13 de octubre de 1922. - Francisco Escudero. - Enrique Parra. - Romeo Ortega."
Por tratarse de un asunto obvio, se pregunta a la Asamblea si dispensa la segunda lectura para ponerse a discusión inmediatamente. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"1a. Comisión de puntos Constitucionales.
"Señor:
"Para su estudio y dictamen fue turnado a esta 1a. Comisión de Puntos Constitucionales que subscribe, el escrito del C. José Benítez, encargado de Negocios ad interim de México en Guatemala, solicitando el permiso constitucional correspondiente para aceptar y usar la condecoración Al Mérito de tercera clase, que le confirmó el Gobierno de la República de Chile.
"El escrito de referencia se encuentra ajustado a lo que prescribe la Constitución general de la República en su artículo 37, fracción II, y como por otra parte, no existe impedimento legal para negar el permiso solicitado, nos permitimos proponer a esta H. asamblea la aprobación del siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se concede permiso al C. José Benítez para que, sin menoscabo de sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración Al Mérito de tercera clase, que le ha conferido el Gobierno de la República de Chile."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 13 de octubre de 1922. - Francisco Escudero. - Enrique Parra. - Romeo Ortega."
Siendo este asunto obvio, se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"Señor:
"Por acuerdo de vuestra soberanía se turnó a esta Comisión 1a. de Puntos Constitucionales la solicitud que, por conducto de la Secretaría de Relaciones, elevó el C. Julio Pani, cónsul general de México en Bruselas, para que se le concediera el permiso constitucional necesario para aceptar el grado de Comendador de la Real Orden de Orange - Nassau, que se sirvió conferirle el Gobierno de Holanda.
"Esta comisión cree que no hay ningún inconveniente legal para acceder a lo solicitado por el C. Pani, y, en esta virtud, de acuerdo con la fracción II del artículo 37 constitucional, se permite proponer a esta H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se concede permiso al C. Julio Pani para que, sin perjuicio de sus derechos de ciudadano mexicano, pueda aceptar y usar el grado de Comendador de la Real Orden de Orange - Nassau, que se sirvió conferirle el Gobierno de Holanda."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 13 de octubre de 1922. - Francisco Escudero. - Enrique Parra. - Romeo Ortega."
Se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra para votación.
"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"Señor:
"Por acuerdo de vuestra soberanía fue turnado a esta 1a. Comisión de Puntos Constitucionales, el oficio número 475, girado por la Sección de Protocolo el 30 de julio del año en curso, por el que el ciudadano subsecretario de Relaciones Exteriores pide permiso constitucional necesario para que el señor Leopoldo Blázquez pueda aceptar y usar la condecoración de primera clase de la Orden del Tesoro Sagrado, que le ha conferido el Gobierno del Japón.
"Esta comisión ha estudiado con el detenimiento debido el asunto y ha encontrado que no existe inconveniente legal para acceder a lo solicitado por el señor Blázquez, y con fundamento en la fracción II del artículo 37 constitucional, se permite proponer a esta H. Asamblea, para su discusión y aprobación, el siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se concede permiso al C. Leopoldo Blázquez para que, sin perjuicio de sus derechos de ciudadano mexicano, pueda aceptar y usar la condecoración de primera clase de la Orden del Tesoro Sagrado, que le confirió el Gobierno del Japón."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 13 de octubre de 1922. - Francisco Escudero. - Enrique Parra. - Romeo Ortega."
Se consulta a la Asamblea si dispensa la segunda lectura. Los que por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"H. Asamblea.
"La subscripta comisión ha estudiado con todo detenimiento la solicitud que le fue turnada del C. Alberto J. Pani, secretario de Relaciones Exteriores para que se le conceda permiso a fin de poder aceptar y usar las condecoraciones de la Gran Cruz de la Orden del Sol y de la Cruz del Mérito de la 1a. Clase, que le concedieron los gobiernos de Perú y de Chile.
"Encontrando en debida forma dicho ocurso que, por otra parte, se ajusta a lo dispuesto por la fracción II del artículo 37 constitucional, la comisión estima de justicia acceder a esta solicitud y, en ese concepto, se permite someter a la deliberación y aprobación de la H. Asamblea, el siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se concede permiso al señor ingeniero Alberto J. Pani, secretario de Relaciones Exteriores, para que, sin perjuicio de sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use las condecoraciones de la Gran Cruz de la Orden del Sol y de la Cruz del Mérito de la 1a. clase, que se han servido conferirle los gobiernos de las repúblicas del Perú y de Chile respectivamente."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 27 de diciembre de 1921. - M. F. Ortega. - Leopoldo Estrada."
"La 1a. Comisión de Puntos Constitucionales de la XXX Legislatura, hace suyo en todas sus partes, el anterior dictamen subscrito por la mayoría de la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales de la XXIX Legislatura, por lo que se permite someterlo a la consideración de esa H. Asamblea.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 13 de octubre de 1922. - Francisco Escudero. - Enrique Parra. Romeo Ortega."
Se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"H. Asamblea:
"A esta 2a. Comisión de Puntos constitucionales, le fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente formando con un oficio del ciudadano secretario de Comunicaciones y Obras Públicas y otros documentos así de esta Cámara como de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en el cual se pide autorización de esta respetable corporación, para que puedan usar los señores Cosme Hinojosa y Julio Poulat, las condecoraciones de Comendador con Placa de la Real Orden de Isabel la Católica, que el Gobierno español tuvo a bien concederles por los trabajos que estos señores realizaron en el
último Congreso Postal Universal y como delegados mexicanos al referido Congreso.
Ahora bien; esta propia comisión ha estudiado el asunto de que se trata, con el detenimiento y escrupulosidad que requiere, y encuentra que no existe inconveniente legal alguno para acceder a lo solicitado por los señores Hinojosa y Poulat, y con fundamento en la fracción II del artículo 37 constitucional, se honra en proponer a esta H. Cámara, para su discusión y aprobación, el siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se concede licencia a los CC. Cosme Hinojosa y Julio Poulat para que, sin perder su calidad de ciudadanos mexicanos, puedan admitir del Gobierno español las condecoraciones de Comendador con Placa de la Real Orden de Isabel la Católica, que tuvo a bien concederles."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 16 de noviembre de 1921. - M. F. Ortega. - Leopoldo Estrada."
"La 1a. Comisión de Puntos Constitucionales de la XXX Legislatura, hace suyo en todas sus partes el anterior dictamen presentado por la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales de la XXIX Legislatura, por lo que se permite someterlo a la consideración de esa H. Asamblea.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 13 de octubre de 1922. - Francisco Escudero. - Enrique Parra. - Romeo Ortega."
Se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"1a. Comisión de puntos Constitucionales.
"H. Asamblea:
"A esta 1a. Comisión de Puntos Constitucionales les paso, para su estudio y dictamen, el expediente formado con las solicitudes de los señores Manuel Méndez Palacios y José G. Moreno, ministro y secretario, respectivamente, de la Legación mexicana en la República del Perú, pidiendo el permiso constitucional necesario para poder aceptar y usar la condecoración de Gran Oficial de la Orden "El Sol del Perú", que les ha conferido el Gobierno de dicha nación.
"Estudiando con todo detenimiento el expediente de referencia, la comisión que subscribe no encontró razón legal alguna para negar el permiso que solicitan los CC. Méndez Palacios y Moreno; por otra parte, dichos señores se ajustan a lo prescripto por la fracción II del artículo 37 constitucional que previene, para no perder la calidad de ciudadano mexicano, que para admitir condecoraciones, títulos o funciones de gobiernos extranjeros, es necesario obtener del Congreso de la Unión el permiso necesario.
"Por todas estas razones, la Comisión de Puntos Constitucionales que subscribe, cree que debe concederse el permiso solicitado, y así se permite consultarlo a vuestra soberanía en el siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se concede permiso a los CC. Manuel Méndez Palacios y José G. Moreno. para que sin perder su calidad de ciudadanos mexicanos, puedan aceptar y usar la condecoración de Gran Oficial de la Orden "El sol del Perú", que les ha conferido el Gobierno de la República del Perú."
"Sala de Comisiones de la Cámara de diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 14 de diciembre de 1921. - Rafael Martínez de Escobar. - A Díaz Soto y Gama."
"La 1a. Comisión de Puntos Constitucionales de la XXX Legislatura, hace suyo en todas sus partes el dictamen anterior, presentado por la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales de la XXIX Legislatura, por lo que se permite someterlo a la consideración de esta H. Asamblea.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 13 de octubre de 1922. - Francisco Escudero. - Enrique Parra. - Romeo Ortega."
Se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"1a. Comisión de Puntos Constitucionales:
"H. Asamblea:
"A la comisión que subscribe paso el escrito del señor Manuel Romero de Terreros, en el que solicita permiso al Congreso de la Unión para aceptar la condecoración de Caballero de la Orden del Tesoro Sagrado, que le confirió el embajador del Japón.
"Examinada dicha solicitud y encontrando que satisface lo prevenido por la fracción II del artículo 37 de nuestra Constitución general, nos permitimos someter a la aprobación de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se permite al señor Manuel Romero de Terreros que sin perjuicio de sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de Caballero de la Orden del Tesoro Sagrado, que le confirió S. M. el emperador del Japón."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 14 de diciembre de 1921. - Rafael Martínez de Escobar.
"Por razones de lógica elemental, estoy por que se conceda el permiso de usar títulos nobiliarios al señor Romero de Terreros, de vieja estirpe. - A. Díaz Soto y Gama.
"La 1a. Comisión de Puntos Constitucionales de la XXX legislatura hace suyo en Todas sus partes el anterior dictamen presentado por la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales de la XXIX Legislatura, por lo que se permite someterlo a la aprobación de esa H. Asamblea.
"Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 13 de octubre de 1922. - Francisco Escudero. - Enrique Parra. Romeo Ortega."
Se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda
lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"H. Asamblea:
"A la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales fue turnado el escrito del C. Alvaro Obregón, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, por el que solicita permiso para aceptar y usar las condecoraciones de la Gran Cruz con Diamante de la Orden del sol y de la Cruz del Mérito de la primera clase, que le han sido conferidas por los gobiernos de las repúblicas de Perú y de Chile.
"Ajustándose dicha solicitud a lo que previene la fracción II del artículo 37 constitucional, la subscripta comisión estima que debe accederse a los deseos del ocursante, y así se permite proponerlo a vuestra soberanía en el siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se autoriza al C. Alvaro Obregón, presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, para que, sin perjuicio de su calidad de mexicano, acepte y use las condecoraciones de la Gran Cruz con Diamante de la Orden del Sol y de la Cruz del Mérito de primera clase, que le han sido conferidas por los gobiernos de las repúblicas del Perú y Chile, respectivamente."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 27 de diciembre. de 1921. - M. F. Ortega. - Leopoldo Estrada.
La 2a. Comisión de Puntos Constitucionales de la XXX Legislatura hace suyo en todas sus partes el anterior dictamen, subscripto por la mayoría de la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales de la XXIX Legislatura, y se permite proponer a esta H. Asamblea la aprobación del mismo.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 17 de octubre de 1922. - E. Padilla. - M. Hernández Galván."
Se pregunta a la Asamblea si dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"1a. Comisión de puntos Constitucionales.
"Señor:
"El C. Alvaro Obregón, presidente de la República, se ha dirigido a esta H. Cámara, en escrito fechado el 20 de septiembre último, solicitando el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración de la Cruz de Boyaca, en la clase extraordinaria, que ha tenido a bien conferirle el Gobierno de la República de Colombia.
"Esta comisión a quien tocó conocer de esta solicitud, ha hecho el estudio reglamentario de ella, encontrándola ajustada a lo prescripto por la fracción II del artículo 37 de nuestra carta magna, y, en tal virtud, opina que es de concederse la autorización correspondiente, por lo que se permite proponer a vuestra soberanía la aprobación del siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se concede permiso al C. Alvaro Obregón, presidente constitucional de los Estados Unidos mexicanos, para que, sin perder sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de la Cruz de Boyaca, en la clase extraordinaria, que le ha conferido el Gobierno de la República de Colombia."
"Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 16 de octubre de 1922. - Francisco Escudero. - Enrique Parra. - Romeo Ortega."
Se consulta a la Asamblea si dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"H. Asamblea:
"Al estudio de la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales que subscribe, fue turnado el expediente que se formó con el ocurso del señor Fernando Lera, por el cual solicita el permiso correspondiente para que, sin menoscabo de sus derechos de ciudadano, use las condecoraciones de San Estanislao y de San Olaf, que le han concedido los gobiernos de Rusia y de Noruega, respectivamente.
"La subscripta comisión no encuentra inconveniente legal alguno para no acceder a la solicitud del C. Lera, toda vez que ajusta su procedimiento a lo que dispone la fracción II del artículo 27 de la Constitución federal, y, en esa virtud, se permite someter a la deliberación de vuestra soberanía, el siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se concede permiso al señor Fernando Lera para que, sin perjuicio de sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use las condecoraciones de San Estanislao y de San Olaf, que le han sido concedidas por los gobiernos de Rusia y de Noruega, respectivamente."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 14 de Dic. de 1921. - Rafael Martínez Escobar. - A. Díaz Soto y Gama.
"La 2a. Comisión de Puntos Constitucionales de la XXX Legislatura de la Unión, hace suyo en todas partes el presente dictamen subscripto por la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales de la XXIX Legislatura, y se permite proponer a esta H. Asamblea la aprobación del mismo.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 17 de octubre de 1922. - E. Padilla. - M. Hernández Galván."
Se consulta a la Asamblea si dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"2a. Comisión de puntos Constitucionales.
"Señor:
"La solicitud del C. Aarón Sáenz, subsecretario de Relaciones Exteriores, en la cual pide el
permiso correspondiente para poder aceptar placas de la Orden del Sol y de la Cruz del Mérito de 2a. clase, que le concedieron los gobiernos del Perú y de Chile, ha sido turnada, por acuerdo de vuestra soberanía, al estudio de la subscripta comisión.
"Después de un detenido examen de dicho ocurso, encontramos de conformidad esta solicitud con lo que previene la fracción II del Artículo 37 de nuestra constitución política y, en esa virtud, nos permitimos proponer a vuestra aprobación el siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se concede permiso al C. Aarón Sáenz, subsecretario de Relaciones Exteriores, para que, sin perder sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use las placas de la Orden del Sol y de la Cruz del Mérito de 2a. clase, que le han concedido los gobiernos de las Repúblicas del Perú y de Chile, respectivamente.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 27 de diciembre de 1921. - Miguel F. Ortega. - Leopoldo Estrada."
"La 2a. Comisión de Puntos Constitucionales de esta XXX Legislatura, hace suyo en todas sus partes, el anterior dictamen, subscripto por la 2a. Comisión de puntos Constitucionales de la XXIX Legislatura, por lo que permite proponer a esta H. Asamblea la aprobación del mismo.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 17 de octubre de 1922. - E. Padilla. - M. Hernández Galván."
Se consulta a la Asamblea si dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga huso de la palabra, se reserva para su votación.
"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"H. Asamblea:
"A la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales paso la solicitud del C. Rodolfo Nervo, en la que pide del Congreso de la Unión el permiso constitucional correspondiente para aceptar y usar la Cruz de Oficial de la Legión de Honor que le ha conferido el Gobierno de la República francesa.
"En virtud de que el ocurso mencionado satisface la exigencia de la fracción, nos permitimos someter a la aprobación de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se concede permiso al señor Rodolfo Nervo para que, sin perjuicio de la calidad de ciudadano mexicano, acepte y use la Cruz de Oficial de la Legión de Honor, que le ha sido conferida por el Gobierno de la República Francesa."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 14 de diciembre de 1921. - Rafael Martínez de Escobar. - A. Díaz Soto y Gama."
"La 2a. Comisión de Puntos Constitucionales de la XXX Legislatura, hace suyo en todas sus partes, el anterior dictamen, presentado por la 1a. de Puntos Constitucionales de la XXIX Legislatura, y se permite proponer a esta H. Asamblea su aprobación.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 17 de octubre de 1922. - E. Padilla. - M. Hernández Galván."
Se consulta a la Asamblea si dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra , se reserva para su votación.
"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"H. Asamblea:
"A la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales que suscribe, fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente formado con la solicitud del C. Arturo Rocha, pidiendo el permiso necesario para aceptar y usar la condecoración de las Palmas de Oficial de Academia que le confirió el Gobierno de la República francesa.
"La subscripta comisión encuentra que, no queriendo el C. Rocha perder su calidad de ciudadano mexicano, pide el permiso prescripto por la fracción II del artículo 37 de la Constitución. Igualmente encontramos que no hay razón para negar tal permiso, menos aún tratándose de una distinción hecha a un mexicano por una nación extranjera.
"En tal virtud, la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales se permite someter a vuestra deliberación y aprobación, el siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se concede permiso al C. Arturo Rocha para que, sin menoscabo de sus derechos de ciudadano mexicano, pueda aceptar y usar la condecoración de las Palmas de Oficial de Academia, que confirió el Gobierno de la República francesa."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 14 de diciembre de 1921. - Rafael Martínez Escobar. - A Díaz Soto y Gama."
"La 1a. comisión de Puntos Constitucionales de la XXX Legislatura, hace suyo en todas sus partes, el dictamen anterior, presentado por la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales de la XXIX Legislatura, por lo que se permite someterlo a la consideración de esta H. Asamblea.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 13 de octubre de 1922. - Francisco Escudero. - Enrique Parra. - Romeo Ortega."
Se consulta a la Asamblea si dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"Señor:
"La Secretaría de Relaciones Exteriores, en oficio número 773, girado por la Sección de Protocolo el día 22 de septiembre del año en curso, pide el permiso constitucional necesario para que el C. Luis Gutiérrez Otero, cónsul particular de México en Caracas, Venezuela, pueda aceptar y usar la
condecoración "Al Mérito", que le ha conferido el Gobierno de la República de Chile.
"Tocó a esta comisión estudiar la solicitud de referencia, y tiene la honra de informar a esta H. Asamblea que, de conformidad con la fracción II, del artículo 37 de la Constitución federal, no hay inconveniente ni impedimento legal para ceder lo pedido por el C. Luis Gutiérrez Otero y, en tal virtud, se permite proponer la aprobación del siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se concede permiso al C. Luis Gutiérrez Otero, cónsul particular de México en Caracas, Venezuela, para que, sin menoscabo de sus derechos de ciudadano mexicano, pueda aceptar y usar la condecoración "Al Mérito", que le ha conferido el Gobierno de la República de Chile."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 16 de octubre de 1922. - Francisco Escudero. - Enrique Parra. - Romeo Ortega."
Se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"Señor:
"Al estudio de la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales que subscribe, fue turnado el oficio número 218,417|52,294, girado por el Departamento de Estado Mayor de la Secretaría de Guerra y Marina el día 14 de septiembre último, con el que se acompaña una solicitud del C. general de brigada Gustavo A. Salas, en que pide el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la Cruz del Mérito Militar de 2a. clase, que le confirió el presidente de la República de Cuba.
"Esta comisión ha estudiado el asunto y cree que es de accederse a los solicitado por el C. general Salas, porque para ello no hay impedimento legal alguno, ya que ha cumplido con lo que previene el artículo 37 constitucional, en su fracción II.
"Por lo tanto, nos permitimos someter a la consideración de vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se concede permiso al C. general de brigada, Gustavo A. Salas, para que, sin perder derechos de ciudadano mexicano, acepte y use la Cruz del Mérito Militar de 2a. clase, que le confirió el Gobierno de la República de Cuba."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 16 de octubre de 1922. - Francisco Escudero. - Enrique Parra. - Romeo Ortega."
Se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
1a. Comisión de Puntos Constitucionales:
"Señor:
"A la Comisión de puntos constitucionales que subscribe tocó conocer, por acuerdo de vuestra soberanía, de la solicitud elevada a esta H. Cámara por el C. Juan Sánchez Azcona Jr. para que se le conceda el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración de la espiga de oro en la tercera orden, que le confirió el Gobierno de la República de China.
"Es opinión de los subscriptos que es de concederse este permiso, de conformidad con la fracción II del artículo 37 de la Constitución general de la República, y por no haber impedimento legal alguno.
"En tal virtud, nos permitimos proponer a esta H. Asamblea la aprobación del siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se concede al C. Juan Sánchez Azcona jr. para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de la Espiga de Oro en la Tercera Orden, que le confirió el Gobierno de la República de China."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 16 de octubre de 1922. - Francisco Escudero. - Enrique Parra. - Romeo Ortega."
Se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"Señor:
"Al estudio de esta 1a. Comisión de Puntos Constitucionales fue turnado el escrito del C. Leopoldo Ortiz, jefe del Protocolo de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en que pide el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración de la Espiga de Oro en la Tercera Orden, que ha tenido a bien conferirle el Gobierno de la República de China.
"Del examen minucioso que se hizo del escrito de referencia, se vino en conocimiento de que no hay inconveniente legal alguno para conceder lo solicitado por el C. Ortiz, toda vez que este señor se sujeta a lo prescripto por la fracción II del artículo 37 constitucional.
"En tal virtud, nos permitimos proponer a la aprobación de la H. Asamblea, el siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se concede permiso al C. Leopoldo Ortiz para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de la Espiga de Oro en la Tercera Orden, que le ha conferido el Gobierno de la República de China."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 16 de octubre de 1922. - Francisco Escudero. - Enrique Parra. - Romeo Ortega."
Se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
Se va a proceder a la votación nominal de los dictámenes a que acaba de dar lectura la Secretaría. Por la afirmativa.
El C. secretario Esparza Martínez: Por la negativa. (Votación.)
El C. secretario Barón Obregón: Votaron por la afirmativa ciento treinta y un ciudadanos diputados. Por la negativa, dos. En consecuencia, fueron aprobados los proyectos de decreto que se acaban de votar. Pasan al Senado para los efectos constitucionales, a excepción del que se relaciona con el ciudadano Francisco J. Altamira, que ya viene aprobado del Senado.
- El C. secretario Esparza Martínez, leyendo:
"H. Asamblea:
"Los subscriptos, representantes de los distritos electorales 2o. y 3o. del estado de Tamaulipas, ante vuestra soberanía, respetuosamente, exponemos: "1o. Es del conocimiento de esta H. Asamblea que el domingo 8 de los corrientes tuvieron verificativo en el Estado de Tamaulipas las elecciones para la renovación del Congreso local, y que tales elecciones, que se normaron por una ley en extremo atentatoria contra las garantías individuales y el sufragio efectivo, constituyeron en todo el Estado una verdadera farsa electoral, y principalmente en el puerto de Tampico, en donde no pudo haber tales elecciones, porque el pueblo en masa se opuso a ello. Esto mismo pudo haber acaecido en Ciudad Victoria, capital del Estado, a no haber sido por los atentados cometidos por el gobernador, quien ordenó la aprehensión de más de veinte miembros de los partidos independientes.
"2o. Por los diversos mensajes adjuntos, podrá ver la H. Representación Nacional que el pueblo de Tamaulipas ha protestado enérgicamente en contra de la imposición llevada a cabo por el Ejecutivo de aquella Entidad federativa, que en su propósito de imponer su capricho no ha escatimado medio alguno, sin que para el caso le importe muy poco hacer uso de los medios más reprobables y arbitrarios.
"3o. Han sido tantas y tan justificadas las protestas elevadas por los tamaulipecos en contra de las autoridades locales con motivo de la farsa electoral que se acaba de llevar a cabo, que hasta el propio ciudadano presidente de la República se ha visto obligado a hacer declaraciones en contra de la atentatoria Ley Electoral expedida por el Congreso local, y lo que es más, en contra de las autoridades del Estado, por sin número de atropellos que han cometido y siguen cometiendo.
"4o. Como es de verse por los mensajes que se acompañan, las autoridades del Estado de Tamaulipas están recurriendo a los medios más bajos para imponer su voluntad, y para el efecto, están a la orden del día las persecuciones en contra de los ciudadanos; el encarcelamiento, el maltrato de obra, y lo que es más abominable: se ha llegado hasta a imponer penas terminantemente prohibidas por la Constitución general de la República, como son la incomunicación y el maltrato de obra en las prisiones.
"5o. Como todos estos hechos vienen a confirmar plenamente que en el Estado de Tamaulipas se ha violado flagrantemente el voto público, las garantías individuales, y se están cometiendo hechos de los castigados por las leyes federales; venimos a pedir de vuestra soberanía, con fundamento en el artículo 97, en su segunda parte, que: La Cámara de Diputados solicite de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se nombre una comisión para que se averigüe los hechos que se denuncian y los cuales constituyen flagrantes violaciones a las garantías individuales, al voto público de los ciudadanos de aquel Estado, así como la comisión, por parte de las autoridades de Tamaulipas, de delitos castigados por las leyes federales.
"Pedimos dispensa de trámites.
"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 13 de octubre de 1992.- Emilio Portes Gil.- Candelario Garza.- Enrique M. Barragán.- A. Campillo Seyde.- I. Olivé.- Eduardo Súllivan.- Justo A. Santa Anna .- M. Chávez M.- César Martínez R.- A. Casanova C.- Miguel Martínez Rendón.- E. Santa Cruz.- Alfredo Alvarez.- Alberto Peralta.- Rodrigo Gómez.- F. González y González.- Ignacio Villegas.- A. Díaz Soto y Gama.- L. A. Aldaco.- Alfredo Romo.- Luis Ramírez Corzo.- E. B. Domínguez.- Juan Pastoriza.- J. Compeán.- Aurelio Sepúlveda.- Carlos Cuervo.- J. de D. Bátiz.- A R. Guzmán.- Liborio Espinosa y Elenes.- J. S. González.- Ismael Romero G.- Romeo Ortega.- J. J. Rasso.- J. Reyes San Germán.- E. Padilla.- Juan G. Abascal.- Francisco Garza.- Juan I. Martínez.- J. M. Gutiérrez.- José Gálvez.- P. I. Chacón- M. Díaz Chávez.- Francisco Z. Moreno.- Salvador Murguía- Angel G. Castellanos."
En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión la proposición.
El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Céspedes.
El C. Céspedes: Señores diputados: Los ciudadanos pseudo - revolucionarios por Tamaulipas, Emiliano Portes Gil y Candelario Garza, (Siseos.) secundados por algunos estimables compañeros, han presentado una proposición para que esta honorable Asamblea nombre de su seno una comisión que se acerque a la Suprema Corte a fin de pedir a este alto Tribunal designe otra de su seno que se traslade al Estado de Tamaulipas a investigar violaciones al sufragio, violaciones al voto público. Los ciudadanos Portes Gil y Candelario Garza, en su afán de justificar ante esta honorable Representación Nacional y ante la República toda que su ingreso a esta Cámara fue porque obtuvieron en aquel Estado el triunfo de acuerdo con las leyes electorales vigentes, no descansan en sus maquinaciones, y hoy presentan una proposición que no tiene absolutamente fundamento alguno. Afortunadamente, señores, acabo de regresar del Estado de Tamaulipas, adonde fui precisamente a darme cuenta exacta de lo allá sucedió con motivo de la elección de
diputados al Congreso local, y me encuentro capacitado para informar a esta Asamblea que en dichas elecciones no ocurrieron los incidentes de que tanto han hecho mérito los ciudadanos Portes Gil y Candelario Garza. en su memorial, señores, asientan...
(Gritos en las galerías contra el orador.)
El C. presidente: La Presidencia llama la atención a las galerías, haciéndoles ver que en todo este período de sesiones, con verdadera complacencia se ha visto su compostura, seriedad y buen orden. Les suplico atentamente que continúen en esta línea de conducta, porque es un verdadero timbre de aprecio para las galerías. La Presidencia desea no verse en el caso de llamarlas al orden.
El C. Céspedes, continuando: Decía yo que los ciudadanos Portes Gil y Candelario Garza han venido pugnando desde esta tribuna por convencer a esta Asamblea de que en el Estado de Tamaulipas, con ocasión de las elecciones de diputados al Congreso local, se cometieron atentados al sufragio.
Han informado a esta Asamblea de que en Tampico y en Ciudad Victoria se han llevado a cabo manifestaciones ruidosas de miles y miles de ciudadanos, y , señores, es menester que los ciudadanos Portes Gil y Garza tengan un poco más de respeto a esta Representación Nacional y no vengan, por medio de mentiras, a arrancarle votos que favorezcan sus muy personales intereses.
La manifestación llevada a cabo en el puerto de Tampico por los seis mil trabajadores a que han aludido aquí los ciudadanos Portes Gil y Garza, se desarrolló en esta forma: ciento cincuenta individuos, a lo sumo, rodeados por doscientos soldados de la Federación, transitaron por las calles de Tampico gritando "mueras" a las autoridades constituídas del Estado de Tamaulipas. Ciento cincuenta, a lo sumo, y no los seis mil de que han hablado aquí estos ciudadanos. En Ciudad Victoria se reprodujo el hecho, y ochenta individuos a lo sumo efectuaron una manifestación igual, lanzando gritos estentóreos, "mueras" a las autoridades constituídas, gritos sediciosos en contra de las mismas, rodeados también por patrullas de soldados federales. En realidad de verdad, señores diputados, lo que ocurre en el Estado de Tamaulipas, es que las fuerzas federales constituyen un partido político y los ciudadanos del Estado otro partido político. ¿Qué ciudadanos del Estado han ocurrido en queja ante esta Representación Nacional con ocasión de las elecciones de Tamaulipas? El ciudadano Portes Gil se ha hacho eco aquí de algunos mensajes, y entre otros quiero citar el de la esposa de Antonio Guillén; Portes Gil, haciéndose eco de este mensaje, lo presenta como víctima de intrigas políticas, víctima de los trabajos del Partido Rojo, y Antonio Guillén está a disposición de una autoridad del orden penal en Tampico; está complicado por el robo de los cuarenta y dos mil pesos al pagador de la compañía El Agwi. Esas son las víctimas de la política de que se hace eco Portes Gil. Las clases trabajadoras del puerto de Tampico, por el respeto que se merecen ellas mismas, por el respeto que reclaman los principios revolucionarios que ellas sostienen, las clases trabajadoras no se han hecho eco de estas intrigas vulgares de los ciudadanos Portes Gil y Candelario Garza; ya vemos cómo las agrupaciones obreras serias y honradas que paso a enumerar, han dirigido mensajes de protesta contra estas intrigas al presidente de esta Cámara, al presidente de la República, al ciudadano Adolfo de la Huerta, y creo que a la misma Secretaría de Gobernación. Las agrupaciones obreras que han dirigido estos mensajes y que me han dado cuenta a mí, son las siguientes: El Gremio Unión de Alijadores, que nadie puede negar que es un gremio respetable de obreros por su constitución, por su número y por sus finalidades; el gremio de comerciantes en pequeño, el gremio de choferes, y acabo de ver en la cartera, vi, mejor dicho, antes de comenzar esta sesión, en la cartera de la Oficialía Mayor, algunos otros mensajes: un mensaje de la Unión de trabajadores de la región petrolera, protestando también contra las intrigas de estos ciudadanos que, repito, lo que pretenden es justificarse ante esta Cámara, ante la que pasarán durante los dos períodos de su vida constitucional como diputados de consigna, como diputados pseudo - representantes del Estado de Tamaulipas, entrados aquí por las gateras de esta Cámara, no traídos por la puerta central de este recinto. (Murmullos.) La prensa toda ha dicho la verdad de lo que sucedió con ocasión de las elecciones federales en el puerto de Tampico; la prensa toda dijo en reiteradas ocasiones que en el caso de Tampico; en el caso del 3er. distrito electoral de Tamaulipas, a pesar de la credencial que portaba el licenciado Luis Ramírez de Alba, este parlamento iba a hacer que entrase Portes Gil, por el solo hecho de que Portes Gil tenía amigos dentro de esta Cámara, había prestado servicios a algunos compañeros y tenía influencia fuera de aquí; pero no porque la ley, el triunfo real y positivo, favoreciera la personalidad de Portes Gil. Y ahora se pretende, con ocasión de las elecciones de diputados al Congreso local, justificar ante esta Cámara y ante la nación entera, que en realidad de verdad Portes Gil y Candelario Garza tienen fuerza en los dos centros: Tampico y Ciudad Victoria. Me extraña mucho que el ciudadano Portes Gil, que se llama viejo en las lides políticas, que tiene experiencia, según unos, para las lides electorales, no haya prevenido el golpe o la violación al sufragio que dice se cometió ya en el Estado de Tamaulipas. Acostumbrado, como está a intrigar en las antesalas de las secretarías; acostumbrado, como está, a ir de una Secretaría a otra en pos de favores especiales, en pos de éxitos para sus intrigas vulgares de mal hijo de Tamaulipas; acostumbrado, como está, a eso repito, fue primero a las autoridades políticas del Centro a pedirles apoyo, fue primero a la Secretaría de Gobernación, fue a la Presidencia de la República para que estas autoridades se ingirieran en la cuestión electoral de Tamaulipas, pero no fue adonde debía haber ido. ¿Por qué cuando de dijo aquí en todos los tonos que en Tamaulipas se pretendía cometer violaciones al sufragio y atentados a las libertades públicas, a las garantías de los ciudadanos, los ciudadanos Portes Gil y Garza no ocurrieron a la Suprema Corte por la vía del amparo, para suspender el acto que reclamaban, para suspender, mejor dicho, las elecciones en Tamaulipas? ¿Por qué no lo hicieron? Las elecciones se verificaron, y ellos, para ostentarse como victoriosos, como incansables en sus trabajos de intriga, piden a la Cámara un voto aprobatorio para su proposición, es decir: solicitan
de la Cámara que se ingiera en estas cuestiones y de su seno mande una comisión a la Suprema Corte para pedirle que envíe a Tamaulipas una comisión investigadora de las violaciones que ellos suponen. ¿Por qué no ocurren directamente a la Suprema Corte? ¿Por qué es indispensable el conducto de esta Cámara para que la Suprema Corte nombre tal comisión? ¿Qué no cualquier ciudadano puede presentarse a reclamar ante ella la violación de garantías constitucionales? ¿Por qué se quejan ante esta respetable Representación, para que ella apoye el nombramiento de una comisión, para que esta Asamblea diga a la Suprema Corte: manda una comisión a Tamaulipas para que investigue lo que se ha hecho allá? Se sienten débiles los ciudadanos Portes Gil y Candelario Garza, y por eso quieren arrastrar a la Representación Nacional a que se haga eco de sus intrigas, a que se haga eco de sus solicitudes fuera de todo derecho, fuera de toda consideración a la verdad, a la razón y a la justicia. Sobre este caso,, señores diputados, tan debatido aquí el Congreso del Estado de Tamaulipas, el ejecutivo del mismo sabrán seguramente justificar, no solo a los ojos de la Suprema Corte, sino a los ojos de la República entera, que las elecciones en el Estado se llevaron a cabo con todo el orden que reclaman y que exigen los países civilizados, porque los desordenes de que han hablado los ciudadanos Portes Gil y Garza, solo han existido en su calenturienta imaginación. En el Estado de Tamaulipas las elecciones se verificaron con todo orden; (Murmullos.) no se les ha permitido que sus maniobras obtengan éxito, porque nosotros, como lo decía la vez pasada, sabemos dentro de qué radio de acción debemos movernos, como Entidad libre y soberana y sabemos cuáles son las facultades que constitucionalmente tienen el presidente de la República y la Secretaría de Gobernación, órgano que maneja la política de la República. Se han hecho elecciones por medio de leyes dictadas en uso del Poder soberano del Congreso del Estado de Tamaulipas y, repito, esas elecciones se han celebrado dentro del mayor orden. Así lo ha informado el propio jefe de las operaciones militares, ciudadano general Venancio López que, en honor a la verdad, debo declararlo, él personalmente se mantuvo dentro de los deberes que le impone la Ordenanza; no así jefes inferiores, con corporaciones que pertenecieron al ciudadano general Gómez, que se comportaron como la vez anterior, haciendo gala de su fuerza bruta y como en épocas de Murguía y de Orozco, patrullando a los ciento cincuenta despechados que hicieron la famosa manifestación de Portes Gil. Y me consta, señores, cómo el ciudadano general Venancio López, en Ciudad Victoria, les decía al diputado Zamudio y a otros que le pedían patrullas para poder sacar su manifestación, me consta cómo supo contestar el ciudadano general Venancio López, y pude ver cómo estos individuos no se movían de sus protestas si no era que tenían las carabinas cerca para que los resguardasen. Y nosotros, en el Estado de Tamaulipas, no tenemos guardia civil, no tenemos rurales en el Estado para violar las garantías, para ejercer presión sobre las garantías de los ciudadanos; tenemos un partido fuerte, que no necesita las bayonetas de los esbirros, que no necesita las fuerzas de las carabinas para imponer su derecho, para saber triunfar, porque ya lo demostró elocuentemente con ocasión de Murguía y de Orozco, cuando éstos acogotaron, guillotinaronlas libertades públicas de Tamaulipas..... (Siseos. Gritos contra el orador, de las galerías.)
El C. presidente: La Presidencia indica a los agentes de las galerías, que se aproximen a la primera fila, y atentamente suplica al público no interrumpa al orador, porque la Presidencia no desea llamar al orden a las galerías ni molestar a los que se están portando con tranquilidad.
El C. Céspedes, continuando: La proposición de los ciudadanos Portes Gil y Candelario Garza se funda en el texto de varios mensajes que el primero ha recibido, varios mensajes que proceden, o de individuos aislados, o de individuos que figuraron en mesas directivas de famosos clubes del famoso Partido Laborista Tamaulipeco, que no existe; y en contra de todos esos mensajes de queja puestos a esta Representación Nacional por ciudadanos aislados, por individuos pasionales, por individuos que, como el ciudadano Garza, no recuerdo el hombre que usted puso (Dirigiéndose al C. Portes Gil.) como cabo de Resguardo a la aduana de Tampico, cuyo empleo usted le consiguió; individuos como esos, despechados de la Administración, que no podía aprovechar sus servicios, porque estos individuos se comportaban de la manera más puerca, porque estos individuos eran los que primero atentaban contra el orden y contra la sociedad, porque , ciudadano Garza, ese a quien usted le consiguió en la Secretaría de Hacienda el nombramiento de cabo del Resguardo en la Aduana de Tampico, ese fue el que tuvo que salir del seno de la Administración del Ayuntamiento de Tampico, de empleado de ese Ayuntamiento, porque como jefe de las comisiones de seguridad, era el primer carterista y "relojista", en connivencia con una pandilla de sinvergüenzas que robaban y atentaban contra el orden y la sociedad de aquel puerto. Y ese individuo despechado, es uno de los que encabezaron la famosa manifestación, individuo que a pesar de haber sido despedido de la Administración por sus malos antecedentes, porque era imposible soportarlo, desempeña el cargo del cabo del Resguardo de la Aduana de Tampico, y tiene, por tal motivo, el carácter de empleado federal. Señores diputados: Es fuerza que yo aproveche esta oportunidad y haga y haga una pregunta a la República entera y desde este sitial interpelo yo al propio presidente de la República, para que la nación entera conteste esta pregunta: De la Administración toda del Estado de Tamaulipas, del que soy representante legítimo, (Murmullos.) es enemigo el engranaje todo de elementos federales que existen en ese Estado: son los empleados de las aduanas los que encabezan manifestaciones, son las fuerzas federales las que patrullan esas manifestaciones, para que puedan gritar a su sabor improperios en contra de las autoridades, denuestos en contra de la sociedad, en contra del Partido Rojo y lance a los cuatro vientos del Estado gritos sediciosos. Son los empleados del Timbre que radican en Tamaulipas, los que hacen trabajos en contra de la Administración del propio Estado; son los empleados de las oficinas de Correos los que hacen estos
mismos trabajos, a pesar de que el Estado, como creo que muy pocos de la República, o ninguno lo hace, subvenciona a muchas oficinas del Correo para que puedan prestar los servicios públicos, subvenciona a la oficina del Correo de Tula, subvenciona a la oficina del Correo de Miquihuana, subvenciona a la oficina del Correo de Bustamante, subvenciona a la oficina de Correo de Soto la Marina, etcétera; y el Gobierno del Estado también paga los arrendamientos de edificios que el Telégrafo tiene en aquel Estado, por ejemplo, el edificio de la sucursal de telégrafos de Doña Cecilia; y, señores diputados, con el comportamiento de las fuerzas federales en el Estado de Tamaulipas que, repito, organizan un partido distinto en aquella Entidad federativa, con el comportamiento de todos los empleados del orden federal, ya del Timbre, del Correo, de las oficinas de Migración, que dependen de Gobernación, con el comportamiento de estos individuos, ¿qué se puede uno suponer? Así es necesario que, con ocasión de estas dificultades en Tamaulipas, que solo aquí en la capital de la República se han hecho, es necesario que el presidente de la República, así como de una manera ligera emitió su juicio desfavorable al acto cívico desarrollado en Tamaulipas, así diga también si es o no es cierto que todos los elementos de carácter federal, hacen trabajos y se oponen al desarrollo progresista que, dentro del orden, la Administración de Tamaulipas está dando al propio Estado. ¿Pueden decir que en Tamaulipas hay a la fecha alguna gavilla de rebeldes que sea el exponente, siquiera mínimo, de la intranquilidad, o de que en Tamaulipas existe en el fondo una necesidad insatisfecha? No hay ninguna gavilla rebelde.
Afortunadamente allí hay paz, señores diputados; y lo que quieren - hay que decirlo claro - los ciudadanos Portes Gil y Garza, con sus intrigas, es obtener del presidente de la República y de sus demás colaboradores, que no vayan al Estado de Tamaulipas a ver lo que en realidad ha hecho aquella administración en bien del Estado y en prestigio de la administración federal. (Murmullos.) ¿Por qué? Porque, naturalmente, si el presidente de la República y algunos de sus colaboradores van a Tamaulipas y después de darse exacta cuenta de que dentro de él hay completa paz, hay orden, se dan también cuenta de que el Gobierno de aquel Estado, la administración de esa Entidad en un año y meses que lleva de administrarlo, ha hecho lo que humanamente puede hacer un Gobierno que verdaderamente coadyuva con la administración general de la República, para prestigio de esa misma administración; si el presidente de la República va y ve todas esas cosas, ve obras materiales que no existen en la imaginación, ciudadano Portes Gil, que existen hechas en territorio del Estado, con dinero propio del Estado, porque como tamaulipeco me congratulo en decir que la administración de mi Estado, señores, no ha tenido necesidad hasta ahora de ocurrir en demanda de subsidio pecuniario al Gobierno de la Federación, ha tenido la suerte de bastarse hasta ahora a sí misma, ha tenido la suerte de no molestar al Gobierno federal con pedimento de dinero, dejando que el Gobierno federal lo reparta a Estados que verdaderamente lo necesitan; si el presidente de la República va a Tamaulipas y se da cuenta de todo eso...
El C. Manrique, interrumpiendo: ¡Abre los ojos! (Risas.)
El C. Céspedes, continuando: ...viene abajo, naturalmente, la intriga de los ciudadanos Portes Gil y Garza, cae como castillo de naipes la ilusión acariciada por ellos, de poner las cosas del Estado a base de intriga, a base de maniobra sucia.
El presidente de la República y algunos de sus colaboradores que vayan, forzosamente ante la fuerza aplastante de los hechos, ante la elocuencia sobrada de lo que se ha hecho en el Estado, tendrán que decir, para bien del mismo, que a ese Estado debe dejársele trabajar, debe aislársele de toda intriga política, porque es una Entidad que merece respeto, ya que se ha encaminado afortunadamente por el sendero de la prosperidad, porque es una Entidad demasiado visible para nuestros vecinos del Norte, porque es una Entidad que dentro del concierto de las demás que forman la Federación Mexicana, prestigia grandemente, dentro de esta época de desbarajuste, al Gobierno federal...
El C. Manrique, interrumpiendo: ¡Épocas de reajuste!
El C. Céspedes, continuando: Ruego al ciudadano Manrique se sirva no interrumpirme, porque cuando él sube a la tribuna a hablar largamente, lo dejo hablar desde mi asiento y, por lo tanto, debe corresponder caballerosamente. Está bien que las galerías se propasen algunas veces, pero no está bien que los diputados demos el ejemplo a las mismas galerías para que atiendan las exhortaciones de la Presidencia. No deben extrañar ni la honorable Asamblea ni el diputado Manrique que yo en este caso pugne cuantas veces me lo permiten mis fuerzas, y me lo permitan las oportunidades que tenga el Parlamento, que pugne por el interés de un Estado que debe ser perfectamente conocido, que pugne por el interés de un partido, porque creo que ser leal con él defendiéndolo y porque al defenderlo su fuerza legítima, defendiendo la verdad que le asiste en todos sus actos; ya que es menester que a los trabajos de intriga desarrollados en las antesalas de la Presidencia o dentro de los cortinajes de las secretarías de Estado, se opongan, por un diputado de Tamaulipas, los trabajos honestos, claros como la luz del día, que pueda hacer dentro de este Parlamento; porque debo decir a ustedes que no gusto, señores, de oponer a las maniobras de Portes Gil y Garza que ejercitan en las secretarías y en la Presidencia, maniobras mías y de mis compañeros ejercitadas en los mismos sitios; porque yo he venido a defender en esta tribuna la soberanía de mi Estado y no se compadecería mi actitud si fuese a las antesalas presidenciales a pedir ayuda para lo que yo creo que es verdad y que es justicia. De manera es que yo la única oportunidad, el único sitio que tengo es este, el de la tribuna, para decir la verdad a la Representación Nacional y para hablar a la República entera, al mismo ciudadano presidente de la República y a sus secretarios de Estado que tengan que ver con estas cuestiones; no es menester que yo vaya hasta esos lugares para
pedirles, para hincar la rodilla, señores, y pedirles un servicio. Después de todo lo dicho, señores diputados, informados como están ustedes de que agrupaciones obreras serias han dicho claramente al presidente de la República y a esta honorable Asamblea que protestan de una manera enérgica contra los trabajos maquiavélicos de estos señores que solo tienden a impedir que el ciudadano presidente vaya a aquel Estado, después de que estas agrupaciones obreras, que son la fuerza positiva de los pueblos, que es, que son, mejor dicho, la fuerza verdadera, real, del pueblo de mi Estado, después de que todas estas agrupaciones obreras dicen, casi movidas por un mismo deseo, movidas por una misma fuerza, casi movidas por una misma inspiración, dicen que protestan contra lo aseverado por estos señores, porque ellos no han visto en el Estado de Tamaulipas que se desarrollen incidentes del tamaño, de la magnitud presentada por los ciudadanos Portes Gil y Garza; después de que estas agrupaciones dicen todo esto a la Representación Nacional y al presidente de la República en contra de lo que dicen ciudadanos aislados y ciudadanos metidos en política, porque estas agrupaciones no obran desde el punto de vista político, sus mensajes vienen dictados por el sentimiento que los mueve, de defender sus respectivos intereses: los alijadores dicen que ellos no han presenciado incidente ninguno de la naturaleza que han denunciado los ciudadanos Portes Gil y Garza, ni se han metido en políticas ratoneras como las ejercitadas por los propios ciudadanos; después, también, de que los gremios de choferes, de cargadores de número, de poseedores en pequeño, etcétera, dicen al presidente de la República y a la Asamblea que no son ciertas las acusaciones de estos señores, puede la honorable Asamblea hacerse en esta vez eco nuevamente de las artimañas de estos ciudadanos; puede hacerse eco de la petición de estos señores y nombrar una comisión que vaya a la Suprema Corte a pedirle que nombre otra para que se traslade a Tamaulipas a investigar violaciones del voto público. Creo, señores, que los peticionarios pueden ir directamente a la Suprema Corte, y la Suprema Corte, respetable tribunal, tendrá que hacerles justicia, si justicia aprecia en las peticiones de los ciudadanos Portes Gil y Garza; que se dirijan directamente a ese tribunal y que no vengan aquí a pretender enrolar a esta honorable Representación Nacional, que no tiene motivos ni necesidad de nombrar una comisión para pedir lo que piden los ciudadanos Portes Gil y Garza; que vayan ellos a ese tribunal y allí los sabrán oír y les sabrán impartir justicia, si es que justicia tienen.
Por estas razones, señores diputados, yo he venido a oponerme a esta proposición, y pido a mis compañeros de Cámara, a los que todavía piensen serenamente sobre las cuestiones políticas y sobre cuáles son las facultades que dentro de la moral y dentro de la ley tiene la Representación Nacional, pido, repito, que den un voto negativo a esta proposición.
El C. Manrique: ¡Para interpelar al orador!
El C. Céspedes: No contesto interpelaciones, señor.
El C. Manrique: Para interpelar al orador, que contestará o no mi interpelación; la respuesta es secundaria.
El C. presidente: Si el orador lo permite.
El C. Manrique Aurelio: Con permiso, voy a hacer una interpelación al orador. Ciudadano Céspedes: deseo hacer esta interpelación, cuya respuesta.... quiero hacer una interpelación al ciudadano Céspedes, y saber si la responde o no, si conviene o no a sus intereses. El ciudadano Céspedes; que confunde lamentablemente los intereses del Gobierno del Estado con los intereses del Estado de Tamaulipas, debiera explicarnos - y la explicación del ciudadano Céspedes indicaría claramente el por qué de la actitud del grupo agrarista para el gobernador López de Lara -, debiera explicarnos, digo, si existe problema agrario en el Estado de Tamaulipas; la respuesta es obvia, debiera explicarnos - y esto es más interesante, porque el problema existe -, qué es lo que ha hecho para merecer la adhesión de esta Asamblea, para merecer el aplauso de los revolucionarios del país, qué es lo que ha hecho el ciudadano gobernador señor López de Lara para lograr la solución del problema agrario de Tamaulipas. Convendría que el ciudadano Céspedes explicase, siquiera de paso, si es o no verdad que el Estado de Tamaulipas es quizá hasta estos momentos el único Estado que no ha creado una Comisión Local Agraria, y sería también interesante que el ciudadano Céspedes, desentendiéndose de defender al ciudadano López de Lara en forma tan vaga y por lo mismo tan inútil, nos dijese cuál ha sido la actitud de López de Lara frente al problema obrero de Tamaulipas. (Aplausos.)
El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Céspedes.
El C. Céspedes: Si lo que aduzcan en esta tribuna los sostenedores de esa proposición me da oportunidad para volver a ella, yo tocaré, en el cuerpo de mi discurso, las objeciones presentadas por el señor Manrique; pero personalmente a él no quiero contestarle esa interpelación, sencillamente porque él no tuvo la corrección de guardar compostura, de guardar atención para lo que desde esa tribuna estuve exponiendo hace un momento; no debo ser atento con quien no lo fue conmigo .
El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Garza.
El C. Garza Candelario: Señores diputados: Creía yo que el ciudadano Céspedes vendría a calificar de ilegal la proposición que nosotros hacemos a la Representación Nacional. Creí en un principio que el ciudadano Céspedes, en vista de esta proposición basada terminantemente en un artículo constitucional, creí al principio, repito, que el ciudadano Céspedes la atacaría objetándola para que no se le dispensasen los trámites, es decir, para que esta proposición pasase a una comisión que la estudiara y que el ciudadano Céspedes pidiese que este estudio se hiciera con más tiempo y en otras condiciones, que se resolviera en otras condiciones, que fueran más serenas de las que en estos momentos predominan. Pero no tocó nada de esto el ciudadano Céspedes, ni tampoco absolutamente de lo que la proposición que nosotros hicimos trata. El ciudadano Céspedes vino a esta tribuna a defender al Gobierno del Estado de Tamaulipas, al cual en esta proposición no atacamos nosotros, al contrario,
le damos la oportunidad al Gobierno de Tamaulipas para que se sincere cuando esté nombrada esta comisión, de que no es cierto lo que nosotros decimos. Hemos dicho en esta Representación Nacional, respecto a los asuntos electorales del Estado de Tamaulipas, mejor dicho, esta proposición viene a constituir la manera de que el Gobierno todo del Estado de Tamaulipas, de que esa administración de mi Estado, tan avanzada según el ciudadano Céspedes, diga a la República entera, como quiere el ciudadano Céspedes, que tiene razón en todo lo que ha hecho, que tuvo razón al expedir una ley en los términos en que la ha expedido, porque aquí lo que pedimos, es que esta comisión deslinde los campos y diga quiénes son los que tienen la responsabilidad en estos asuntos; pero el ciudadano Céspedes no trató absolutamente nada de eso, es ciudadano Céspedes vino a hablarnos de muchos mensajes de agrupaciones obreras de todo el Estado.
Esto, ciudadano Céspedes, así como lo decís vos, muy recio, para que lo oiga la República, lo digo yo también: estas agrupaciones son ficticias; esto no es sino un grupo de individuos que el gobernador del Estado tiene, capitaneados por Juan Gual, por el perverso Juan Gual que tiene en Tampico para estar defendiendo al gobernador, no son más que rompehuelgas, pudiera decirse, cuando éstas afectan al gobernador del Estado personalmente, porque esos individuos son defensores íntegros de los derechos del pueblo, esos individuos, que son defensores íntegros de los derechos del pueblo, esos no están con esa camarilla de defensores de López de Lara y, ciudadano Céspedes, ¡venir a decir aquí que son intrigas nuestras! ¿me habéis acaso a mí en alguna de las antesalas ministeriales? ¿creéis vos que nosotros fuimos a decir al presidente de la República que hiciera tales declaraciones en el sentido que las hizo? ¿Qué acaso no conocéis el carácter, conocido por toda la República y aun en el extranjero, del ciudadano presidente de la República? ¿Qué vais a creer que el ciudadano presidente de la República autoriza a los empleados federales en Tamaulipas a que estén en contra del Gobierno avanzadísimo de López de Lara? (Aplausos.) Debía el ciudadano Céspedes haber venido aquí con argumentos para demostrar que no hay razón para pedir que se nombre esta comisión, y precisamente porque queremos terminar con todas esas intrigas del Gobierno de López de Lara, personalmente del gobernador López de Lara, por eso pedimos esta comisión para que sea ella, en último término, la que diga la verdad sobre estos asuntos. Ciudadano Manrique: si no tuvisteis una contestación de este señor licenciado, "autolicenciado", porque el título (Aplausos.) se lo dio, se lo ha dado él solo. (Risas. Aplausos.) Ninguna escuela profesional ha expedido al señor licenciado Céspedes, pero él lo ostenta; si queréis una contestación, compañero Manrique, os diré que López de Lara ha dicho al Estado entero, y todos los habitantes del Estado de Tamaulipas, uno por uno de los que entienden de estas cosas, os dirán que López de Lara, interpretando a su Gobierno avanzado, dice que en el Estado de Tamaulipas no hay problema agrario; que el obrerismo no necesita leyes en Tamaulipas, y por eso el Congreso del Estado no ha legislado sobre el artículo 123. Esta es la razón más justa que puede esgrimir el ciudadano Céspedes para decir que el Gobierno de Tamaulipas es muy avanzado y que no hay otro en este sentido entre los que forman la Federación Mexicana. Nosotros venimos a la República Nacional, señores compañeros, con objeto de justificarnos como verdaderos representantes del pueblo de Tamaulipas, porque según el ciudadano Céspedes, somos pseudo - representantes. Yo diría al ciudadano Céspedes que no somos pseudo - representantes; somos legítimos representantes, y aun suponiendo que lo fuéramos, ciudadano Céspedes, seríamos pseudo - representantes, pero no representantes particulares de López de Lara, como lo sois vos. (Aplausos en las galerías.) ¿Y con qué auspicios venís ahora a defender a López de Lara? ¿Qué podéis decirme a mí respecto de vuestros antecedentes, con respecto a la personalidad del gobernador López de Lara? Y vos sabéis perfectamente bien que no son muy buenos, que el camino en política que vos habéis llevado en el Estado de Tamaulipas siempre ha sido tortuoso, siempre habéis tanto aquí en la Representación Nacional, como allá cada año, llevando, ostentando un "ista" diferente; que lo diga todo el Estado.
Nosotros venimos a decir mentiras aquí, ciudadano Céspedes, según lo acabáis de asegurar, y aquí tenemos todos esos mensajes que no son de ninguna autoridad en el Estado, que no son de ningún perverso como Juan Gual y hermanos, (Aplausos.) que no son de ningún otro, de ningún otro individuo beneficiado por la Administración perversa de López de Lara, porque es de corrupción completa y ya lo demostraré; estos mensajes, y podéis venirlos a ver, son cada uno de cada individuo que está preso, que está en estos momentos soportando un calabozo y una incomunicación y mil vejaciones, todas ellas prohibidas por la Constitución general de la República; ¿y acaso podéis negar que Angel Cárdenas, presidente del club ferrocarrilero de Ciudad Victoria, no estuvo incomunicado sin permitírsele que su familia lo viera y sin llevársele la comida a sus horas y vejándolo en toda forma? Fíjese usted en la corrupción que emplea López de Lara en todos sus asuntos, para luego, cuando este compañero muy distinguido y muy formal, estaba en peor situación, mandar López de Lara a Rufino Martínez a decirle: "ya ves cómo no se acuerdan de ti tus amigos; si te vienes con nosotros, López de Lara te saca inmediatamente de la cárcel y te da dinero, ¿qué más quieres?" Esto es muy cierto, ciudadano Céspedes, porque está dicho por el mismo Angel Cárdenas, presidente del club ferrocarrilero socialista de Ciudad Victoria. ¿Y qué decís de veinte más que están allí todavía, jóvenes que no llegan a los veintiún años y que por perversidad de López de Lara van cargando ahora un proceso, únicamente porque tuvieron el valor civil que no tiene López de Lara y que no han tenido ustedes nunca, de decir verdad.... (Aplausos.) ....porque han tenido el valor civil de ir a la puerta del Palacio a decirle que es un tirano, que obra como tirano, que es un mal gobernante, que pervierte a la Legislatura local, que debía ser la representación legítima del pueblo? Y
esto, esto que es la verdad, es el anatema con que se llevaron a la cárcel a todos aquellos ciudadanos por el delito de sedición, de rebelión, de desobediencia a un mandato de una autoridad competente y por organizadores de manifestaciones sediciosas. Estos son los delitos por los cuales están todos aquellos individuos presos, y Nardo Mancilla, ciudadano Céspedes, que vos lo conocéis, y Pablo Hernández, y muchos otros que están en el campo con una carabina para recibir a los esbirros de López de Lara, que los andan persiguiendo.... (Aplausos en las galerías.) para matarlos a balazos.
El C. Céspedes, interrumpiendo: Pablo Hernández está en Ciudad Victoria, ciudadano Garza; el fue a dar explicaciones a sus amigos, de la forma en que había procedido, y está en libertad absoluta. (Campanilla.)
El C. Garza Candelario, continuando: Pablo Hernández, terminantemente y frente al Palacio, también les dijo: en mi rancho me van a sacar a balazos; de otra manera no me podrán sacar. (Murmullos.) Y tantas otras cosas, ciudadano Céspedes, que están probadas aquí. No venimos a decir mentiras, porque no tenemos necesidad de decirlas. ¿Para qué vendríamos nosotros a molestar la atención de la Representación Nacional, señores compañeros? Toda la prensa de la frontera y ni uno solo de los periódicos de la prensa seria de la capital han dicho -óigalo el ciudadano Céspedes-, que la Ley Electoral expedida por López de Lara, sea una ley que esté de acuerdo con los principios revolucionarios y que esté a favor de los intereses del pueblo. Faltaba, ciudadano Céspedes, que el Gobernador López de Lara viniera a ofrecer dinero; pero en la prensa seria de la capital no obtendrá ningún beneficio, a pesar de que tenga mucho dinero, porque no se vende ya. Y en Monterrey, y en Laredo y en Matamoros y en Tampico, ni uno solo de los periódicos ha dicho que aquella ley sea buena, y "El Mundo", de Tampico, que estaba subvencionado por López de Lara, en cuanto cometió todos esos atropellos, y creyéndose con el deber de sostenerlos intereses del pueblo, se puso en contra de López de Lara, no simplemente por interese personalistas, sino por defender los intereses del pueblo, y allí están los editoriales de "El Mundo" de Tampico, en que atacan formidablemente al Gobierno de López de Lara y a la Legislatura y defienden al pueblo. Y ahora, señor licenciado Céspedes, llega asustado el gobernador de Tamaulipas a la ciudad de México, llega directamente él, sí, ciudadano Céspedes, llega directamente a la Secretaría de Hacienda y va a la Presidencia de la República, y hace declaraciones a la prensa, ayer mismo, ayer llegó con usted... (Risas.) porque vos fuisteis también a Tampico a decir que aquellos individuos ficticios pusieron mensajes a la Representación Nacional y a la Secretaría de Gobernación y a la Presidencia de la República, donde dijeran que necesitaban la presencia del general Obregón allá; por nuestra parte, ciudadano Céspedes, que vaya el ciudadano general Obregón, que vayan todos, que vayan a cerciorarse de la gran administración, de la avanzadísima administración, de la revolucionarísima administración de López de Lara, (Risas.) y, señores compañeros, toda la prensa de la frontera -y aquí hay algunos compañeros de aquella región que reciben la prensa local, que no me podrán desmentir-, toda la prensa de la frontera unánimemente ha reprobado la Ley Electoral expedida por la Legislatura de Tamaulipas. Y como dije antes, llegó el gobernador López de Lara a la ciudad de México, e hizo declaraciones. "El Demócrata" de esta mañana trae las declaraciones del gobernador de Tamaulipas, diciendo en ellas que había entrevistado al presidente de la República para decirle que él no tenía la culpa de la expedición de aquella ley; que era, que él estaba en la capital de la República, y que el gobernador interino, ciudadano Montesinos, miembro también de la Legislatura, probablemente con el deseo de reelegirse, había adelantado aquellas elecciones. Pero, señores compañeros, ¡qué Legislatura tan insubordinada tiene el señor gobernador López de Lara! (Risas.) Si debiéramos ser sinceros, y lo fueran ustedes, ciudadanos Céspedes, debían decir que el ciudadano López de Lara, estando en la ciudad de México, adonde vino a derrochar dinero para ver si podía impedir la entrada de Portes Gil y de Candelario Garza a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, estando él aquí, dio órdenes a la Legislatura del Estado de Tamaulipas para que inmediatamente hiciera todos los trabajos relativos a la expedición de la Ley Electoral, y mandó boletaje desde la ciudad de México para que lo repartieran a los candidatos y para que se pusieran a trabajar, para que expidieran la ley el 23, y el 23 en la noche cerraron el registro, y todas esas cosas, ciudadano Céspedes, si fueran ustedes sinceros debían declaro así. ¡Al cabo el Estado es soberano, ciudadano Céspedes, y tiene derecho a hacerlo! Los que no tienen derecho, son ustedes, a negarlo como lo hicieron. (Aplausos en las galerías). Y en estas condiciones, compañeros, ¿como no había de oponerse el pueblo de Tamaulipas a esos chanchullos tan burdos? El ciudadano Céspedes recuerda -porque entonces estuvimos en el Colegio del Estado, y el ciudadano Portes Gil también-, que en el año de 1912, gobernando el señor Madero, algunos diputados a la Legislatura local de Tamaulipas, en aquel entonces vendidos al oro de las compañías petroleras, querían dar una concesión a una compañía para establecer un oleoducto que partiese de la parte Norte del Estado de Veracruz, atravesando todo Tamaulipas, y que desembocara al otro lado del Río Bravo. Vos debéis recordar que en aquella época el pueblo de Ciudad Victoria, entonces como ahora, fue a la Cámara de Diputados y protestó enérgicamente y obligó a la Cámara de Diputados a que rechazara aquella proposición indecorosa y antipatriótica. ¿Y no se os ha olvidado que el profesor A. J. Argüelles, que es amigo vuestro y amigo nuestro también, fue uno de los que defendieron íntegramente el valor patriótico que correspondía a la Legislatura local en aquel entonces? Y como entonces, el pueblo de Tamaulipas fue a obligar a su Legislatura a que no aceptase aquella proposición, así ahora fue a protestar contra el gobernador López de Lara, porque es el que manda en una palabra, a toda la Legislatura del Estado.
¿Y por qué fue a protestar el pueblo de Ciudad Victoria? Porque tiene derecho a protestar, por que él a elevado a esos mandatarios al Poder. ¿Por qué, pues, ahora os extraña la actitud viril del pueblo de Tamaulipas? Y si, ciudadano Céspedes, defendéis al gobernador López de Lara, es por algunos intereses personalistas. (Aplausos en las galerías). Debéis confesarlo, porque vois erais su mayor enemigo. Si nosotros ahora no estamos de acuerdo con él, es precisamente por su reaccionarismo, por el desastre en que tiene, no a las arcas del Estado, como dice usted, pues los actuales tiempos no se necesitan arcas llenas, ciudadano Céspedes, se necesita labor revolucionaria que levante el nivel moral, intelectual y material del pueblo.
El C. Céspedes, interrumpiendo: Eso de levanta con dinero también. - El C. Garza Candelario: No es con dinero, porque la política, esa política financiera que usted alaba en esta Asamblea, del gobernador López de Lara, es sacar hasta el último centavo del pueblo miserable de Tamaulipas, (Aplausos.) esa es la política. ¿Porqué, por qué tan antieconómicamente tiene llenas las arcas del Estado, y, en cambio, una completa miseria se cierne en todo el Estado? - El C. Céspedes: Porque no ha repartido.
El C. Garza Candelario, continuando: Pues sepa usted que la repartición, si fuera revolucionario y fuera equitativo y honrado el gobernador de Tamaulipas, la repartición debía ser haciendo labor revolucionaria. Debía tener muchas obras, no materiales, como esas con que se hacían muy grandes e inmortales los antiguos porfiristas, los científicos, sino obras que levantan el nivel moral del individuo, pero llegáis en Tamaulipas a una hacienda y allí veis, después de la mano férrea del impuesto del Estado sobre los pobres trabajadores, sobre los pequeños propietarios, sobre los pequeños industriales, sobre los pequeños comerciantes, allí tenéis todavía la mano férrea también del patrón, porque no se emancipan allí todavía los peones, tienen que trabajar y tienen que hablar virilmente delante de ellos para defender sus intereses, pero están sujetos a un yugo antieconómico y antiguo que no está en consonancia con lo que debiera hacer este Gobierno avanzadísimo que usted defiende. Y muchas circunstancias me harían hablar de esta labor avanzadísima de López de Lara, pero dejémosla. El licenciado Portes Gil y el que habla estamos interesados directamente en la aprobación de esta proposición, porque con ella, ya repito, señores compañeros, estamos dispuestos a que si somos nosotros los que mentimos, se aquella comisión la que venga a exigirnos la responsabilidad que nos resulte; y por qué, si el ciudadano Céspedes está perfectamente seguro de la labor honrada y buena y perfecta del Gobierno que él defiende, ¿por qué no admite esta proposición?
El C. Céspedes: ¡Porque es anticonstitucional!
El C. Garza Candelario: ¿Por qué es anticonstitucional, compañero? El artículo 97 constitucional, en su parte segunda, terminantemente dice que cuando se viole el voto público, cuando por alguna circunstancia se falte a las garantías individuales, la Cámara de Diputados tiene derecho para dar a la Suprema Corte de Justicia el nombramiento de una comisión que investigue esos hechos. Todavía, ciudadano Céspedes, queda otro camino, el único, el que siempre emplea el gobernador de Tamaulipas: el de la corrupción. Todavía pueden ir a ofrecer dinero para que no se hagan las investigaciones tal y como deberían hacerse. Y señores compañeros, para terminar y no dejar sin tocar un solo punto de los tratados por el ciudadano Céspedes, yo pongo a la vista de ustedes todos estos oficios que representan otros tantos nombramientos dados por el presidente municipal de Tampico a instaladores, o empadronadores, o jefes, según como los llama ahora la Ley Electoral, porque no son elecciones libres, sino que estos son nombramientos dados por el presidente municipal; estos individuos son los que van a formar las casillas, ciudadano Céspedes, porque la democracia murió en Tamaulipas con la Ley Electoral que usted defiende. Y aquí están los padrones. ¿Y estos padrones cómo vinieron aquí, ciudadano Céspedes? Estos padrones se los han quitado esos individuos que dice usted que son nada más gritones; es el pueblo de Tamaulipas que ha ido a las casillas a exigir responsabilidades a esos perversos que, pagados y que corrompidos por las autoridades municipales, con anuencia de las autoridades...
El C. Céspedes, interrumpiendo: ¡Son los soldados!
El C. Garza Candelario, continuando: ...y con anuencia del gobernador del Estado estuvieron cometiendo toda clase de chanchullos. Y a ellos se los han quitado, ciudadano Céspedes. ¡Y tiene mucho derecho el pueblo, y ustedes no lo pueden negar ni lo puede negar nadie, porque para eso tiene él la representación genuina en nuestras instituciones democráticas! ¿Qué acaso el pueblo de Tamaulipas y de Ciudad Victoria no podía ir sobre las casillas que estaban instaladas por los esbirros y por los empleados municipales? ¡Claro que si tenían derecho de ir, y no sólo quitar esa documentación, sino castigar severamente a aquellos individuos que se prestaban a traicionar los intereses del pueblo! Y tras de esto, señores, diríamos que había terminado como dice el ciudadano Céspedes, el proceso electoral, aun hasta con información de algún jefe militar, información que venía al Gobierno del centro, de que había terminado este proceso electoral; no señores, no ha terminado. Ahora el gobernador de Tamaulipas ordena a todos los ayuntamientos que, conforme a la Ley Electoral -a ese chanchullo legalizado, nunca visto en Tamaulipas-, que cumplan con esta Ley Electoral que tiene cuatro o cinco o diez párrafos de penas y multas; conforme a esa Ley Electoral están encarcelando a todos aquellos que no fueron a votar, naturalmente a los enemigos de los presidentes municipales y hasta de los conserjes de las presidencias, porque "ellos las pueden". Y aquí está esto también: es un mensaje puesto al presidente de la República, que viene de la ciudad de Camargo, firmado por el presidente del Club Liberal Benito Juárez, Antonio G. García; y sabéis perfectamente quién es Antonio G. García, porque, tanto vos como el que
habla y como Portes Gil estudiamos en el Colegio del Estado con este humilde compañero que ha defendido los intereses del pueblo y que no ve precisamente en ustedes defensores de ellos, sino que se dirige a nosotros. Y así, esto que paso en Ciudad Camargo, pasa en todos los pueblos del Estado, y así es que continúa el proceso electoral en todo el Estado de Tamaulipas. En curso de la peroración del licenciado Céspedes, hacía referencia a que el Partido Rojo, formidable en Tamaulipas, había hecho frente ahora, como en los tiempos de Murguía y Orozco, a las fuerzas federales, y, señores compañeros, da risa y a la vez tristeza que el ciudadano Céspedes venga con estas cosas. Cuando el Partido Rojo en el Estado de Tamaulipas se enfrentaba, efectivamente, a las bayonetas de Murguía y de Orozco, el ciudadano Céspedes estaba en esta Representación Nacional y no daba un paso hacia afuera para que no le hicieran nada los esbirros que en aquella época tenía el ciudadano Carranza; y allá en Tamaulipas ese Partido Rojo, precisamente dirigido por Emilio Portes Gil y por el que habla y por otros muchos compañeros muy humildes, pero muy formales y muy dignos, ese Partido Rojo defendía la causa y defendía al obregonismo, porque en él veía la salvación de nuestros principios revolucionarios. Y el ciudadano Céspedes y el ciudadano Morante y el ciudadano López de Lara y toda esa pandilla de esbirros... (Risas.) que ahora lo rodean allá en Tamaulipas, estaban en México vergonzosamente escondidos para que Carranza no se los llevara para Algibes. Y ese Partido Rojo, ciudadano Céspedes, con que venís a cada momento a querer defenderos, ¡ese Partido Rojo no está con ustedes! Y, señores compañeros, si aquí en la Representación Nacional se conocía la Ley Electoral, si se ha probado hasta la evidencia que todos los hechos denunciados por nosotros y verificados cruelmente en el Estado de Tamaulipas son ciertos, la mayor parte de ellos supongo yo por un momento; si porque son ciertos, nosotros pedimos el nombramiento de esta comisión, y si porque una parte de ellos, de estos hechos, son falsos pedimos también el nombramiento de esta comisión, ¿por qué se opone el ciudadano Céspedes, si esta comisión va precisamente a darnos la razón: a ustedes, si la tienen, o a nosotros, si la tenemos también? ¿por qué el ciudadano Céspedes se opone? únicamente por merecer el elogio personal del gobernador de Tamaulipas, que ha llegado a decir al señor presidente de la República que son intrigas de nosotros hechas ante él y que debe ir al Estado de Tamaulipas. Repito, ciudadano Céspedes, que vaya a Tamaulipas el ciudadano presidente de la República para que allí el pueblo en masa diga al ciudadano presidente de la República lo que pasa allá; que haya, si se quiere, un careo popular para que se sepa dónde está la razón y quiénes son los mistificadores y los mentirosos, como, usted dice. (Risas. Voces. ¡Ya! ¡Ya!) Sí, señores; antes de todo pediría yo una dispensa por haber ocupado tanta atención sobre estos asuntos, pero yo creo, señores compañeros, que tratándose así de asuntos que en particular interesan únicamente a Tamaulipas, en general son discusiones que hacen antecedentes para no dejar que en ningún Estado de la República se burlen de la manera tan grosera en que se han burlado de los derechos del pueblo en el Estado de Tamaulipas, y ya termino, señores compañeros, pero que sepa el ciudadano Céspedes que ni una sola vez ha ido el que habla a las antesalas ministeriales a pedir absolutamente nada y mucho menos a intrigar, porque el que habla, personalmente no conoce al señor ministro de Gobernación, ni tiene ningunas relaciones de amistad con el señor ministro de Hacienda; al señor presidente sólo lo ha visto cuando en comisión oficial de esta Cámara ha ido a la Presidencia de la República; ¿Por qué, pues, el ciudadano Céspedes generaliza en tal forma y dice que yo intrigo para que el presidente de la República no vaya, para algunas de esas cosas que existen en su dislocada imaginación probablemente puesta así por la decepción formidable que sufrió al llegar a Tamaulipas, y convencerse de que la verdad de los hechos es que el pueblo está contra ellos y no solamente está en contra, sino que terminantemente y con todo el valor civil los apostrofa y de una manera no muy satisfactoria para ellos? (Risas.) Y para terminar, señores compañeros, suplico me dispenséis y deis un voto aprobatorio a esta proposición. Pido a ustedes esto únicamente apoyado en la base fundamental que nosotros exhibimos aquí, y que es el artículo 97 constitucional. Si ustedes examinan este artículo verán que tenemos absoluta razón, y por ello pido a ustedes un voto aprobatorio para esta proposición.
El C. Barragán Enrique M.: ¡Moción de orden, señor presidente!
El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Enrique M. Barragán para una moción de orden.
El C. Barragán Enrique M.: En vista de que se está trabajando sin la asistencia reglamentaria, reclamo el quórum.
El C. presidente: Siendo visible la falta de quórum, se levanta la sesión y se cita para mañana a las diez y seis. (20.45.)