Legislatura XXX - Año I - Período Ordinario - Fecha 19221211 - Número de Diario 72

(L30A1P1oN072F19221211.xml)Núm. Diario:72

ENCABEZADO

MÉXICO, LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 1922

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO 1.- PERÍODO ORDINARIO XXX LEGISLATURA TOMO I.- NÚMERO 72

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 11

DE DICIEMBRE DE 1922

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- Es aprobado el proyecto de Presupuesto de Egresos para 1923, correspondiente a la Secretaría de Agricultura y Fomento, con las adiciones y reformas presentadas por la comisión.

3.- Las diputaciones de Sinaloa y Durango apoyadas por otras, presentan una iniciativa para que en el Presupuesto de Egresos de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, figure una partida para la continuación del ferrocarril de Durango a Mazatlán; a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

4.- Primera lectura al dictamen de las comisiones unidas de Petróleo, relativo al proyecto de Ley Orgánica del artículo 27 constitucional, en lo referente a petróleo; imprímase. Para hechos usan de la palabra varios ciudadanos diputados. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. HERNÁNDEZ GALVÁN MANUEL

(Asistencia de 135 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 11.30: Se abre la sesión.

- El C. secretario Gandarilla, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día nueve de diciembre de mil novecientos veintidós.

"Presidencia del C. Manuel Hernández Galván.

"En la ciudad de México, a las once horas y quince minutos del sábado nueve de diciembre de mil novecientos veintidós, se abrió la sesión con asistencia de ciento treinta y cuatro ciudadanos diputados.

"Sin debate se aprobó el acta de la sesión celebrada el día anterior.

"Continuó la discusión del presupuesto de la Secretaría de Gobernación.

"La sección dictaminadora, con anuencia de la Cámara, modificó la partida que se refiere al subsidio que se concede al Gobierno del distrito Norte de la Baja California para cubrir los gastos de Justicia y Educación Pública, haciéndola ascender a novecientos mil pesos, y se reservó para su votación.

"Varias partidas que se contienen en la parte del presupuesto relativa a Hospicio de Niños, fueron reformadas a pedimento del C. Luis Espinosa y se reservaron para su votación.

"Por unanimidad de ciento treinta y tres votos se aprobó el referido presupuesto de la Secretaría de Gobernación.

"Sometióse a consideración de la Cámara el presupuesto de la Procuraduría General de la República, acerca del cual dictaminó la 2a. Sección de la Comisión de Presupuestos.

"Después de que transcurrió el término de cinco minutos concedido por la Presidencia para que la sección dictaminadora cambiara impresiones con los diputados que objetaron partidas, se modificaron, previo permiso concedido por la Cámara, las que en el proyecto figuran con los números 17,048, 17,050 17,051, 17,054, 17,055, 17,057, y 17,058, y fueron reservados para su votación, así como la 17,046, que igualmente sufrió una reforma, después de que el C. Manuel Chávez M., miembro de la sección dictaminadora contestó una pregunta del C, Villanueva Garza.

"Por unanimidad de ciento treinta y cuatro votos resultó aprobado el presupuesto de referencia.

"La Secretaría hizo del conocimiento de la Asamblea, que estaban en poder de la Mesa, para su discusión, los presupuestos de Comunicaciones y de Agricultura y Fomento.

"El C. Díaz Soto y Gama usó de la palabra para hechos e interpeló al C. Rodrigo Gómez, quien respondió después de que aquél concluyó de hacer uso de la palabra.

"También para hechos habló el C. Céspedes. Durante su discurso, el C. Villanueva Garza hizo una moción de orden por las manifestaciones de las galerías, las que al fin fueron desalojadas, en vista de que no pudo lograrse que guardaran orden. Continuó el C. Céspedes y le interrumpió una moción de orden del C. Jesús B. González, a la que siguieron otras de los CC. Quiroga y Luis Espinosa. La Presidencia hizo aclaraciones y ordenó la lectura del artículo 105 del Reglamento.

"Volvió a ocupar la tribuna el C. Díaz Soto y Gama, en esta ocasión para rectificar lo dicho por el C. Céspedes.

"Presidencia del C. Fernando F. Franco.

"Igualmente para hechos usó de la palabra el C. Portes Gil.

"A las catorce horas y treinta y cinco minutos se levantó la sesión y se citó para las diez horas del próximo lunes once."

Esta discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba el acta. Aprobada.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"H. Asamblea:

'''Tocó a la subscripta 7a. Sección de la Comisión de Presupuestos y Cuenta estudiar el ramo correspondiente a la Secretaría de Agricultura y Fomento; en cumplimiento de nuestro cometido, venimos a informar lo siguiente:

"El Ejecutivo envió a esta Cámara un proyecto de presupuesto para la Secretaría de Agricultura y Fomento por la cantidad de ocho millones de pesos en números redondos, sin incluir en esta suma ninguna partida para el sostenimiento y trabajo de la Comisión Nacional Agraria, institución que, como todos sabemos, es principalísima en la citada Secretaría de Fomento. Estudiado este proyecto del Ejecutivo, la subscripta comisión tiene que manifestar con toda franqueza y claridad, que a primera vista le pareció sumamente inadecuado, ilógico e inmediato; aun podríase afirmar que ese proyecto se formó recortando algún otro superior sin orden alguno, pues nos fue fácil darnos cuenta de cómo oficinas integradas por diversas dependencias aparecen en el proyecto del Ejecutivo truncas e incompletas sin justificación.

"Además, estando en aptitud de conocer profundamente las funciones y actividades de la Secretaría de Fomento, desde su más simple departamento hasta el más complicado; sabiendo con certeza la importancia de cada una de sus dependencias, así como los servicios que presta al desarrollo y fomento de la agricultura y de los recursos naturales que están encomendados a esa Secretaría, no podríamos haber aceptado ni en un principio el proyecto del Ejecutivo, por las razones anteriores, y porque sería preferible antes que gastar inútilmente algunos dineros de la nación, cerrar esa Secretaría.

"La comisión no olvidó un momento el caso de urgentes y forzosas economías en que nos encontramos; pero también sostiene la convicción de que hay hechos, actividades o servicios que so pena de interrumpir gravemente el movimiento progresista del país, no pueden ser, ya no digamos suspendidos, sino ni siquiera reducidos más allá de prudencia. La Secretaría de Fomento tiene entre otras cosas a su encargo los servicios de la Comisión Nacional Agraria, ¿es posible suspender estos servicios o disminuirlos tan fuertemente como lo requieren las forzosas economías que hay que hacer? En concepto de la comisión sería fatal cometer el error de reducir a la impotencia a dicha institución tenemos también en Fomento el servicio de aguas nacionales, de tierras, de caza y pesca y bosques, de irrigación que controla diversas concesiones de aguas o promueve obras en construcción; todos irreductibles. Tiene a su cargo servicios agrícolas como los dependientes de la Dirección de Agricultura y servicios económico - sociales importantes, como los relativos a la Dirección de Cooperación; suspender o hacer infructuosos estos servicios por una reducción inmediata del presupuesto, es sencillamente perder inútilmente varias decenas de millones de pesos, que ya anteriormente se gastaron en diversas actividades sobre estos asuntos.

"La comisión podría ir analizando sección por sección de esta Secretaría para demostrar que está en lo justo al no admitir el presupuesto del Ejecutivo, pero considera que en la conciencia de todos y cada uno de los miembros de esta Asamblea está la importancia que actualmente tiene el sostenimiento de todos los servicios a cargo de la Secretaría de Agricultura y Fomento, la que, en concepto nuestro, es por ahora quizá la Secretaría más trascendental para los intereses del pueblo mexicano.

"Con los escasos ocho millones de pesos que pedía el Ejecutivo, desde luego no tendríamos para 1923 Comisión Nacional Agraria, y en cuanto a los demás servicios, estarían tan reducidos, que era preferible dejarlos en suspenso, ya que en realidad se suspendían con tan pocos elementos, como son los que se pretendía darles.

"Atento lo anterior, la comisión hubo de ampliar el proyecto del Ejecutivo, tanto como es necesario para la buena marcha de esta Secretaría y para el desarrollo de los intereses nacionales que tiene a su cargo. Más esto no quitó un solo momento de su mente la idea de que era necesario gastar lo absolutamente indispensable; de modo que, en su concepto, sólo ha proyectado para la Secretaría de Agricultura lo mínimo que para la conservación decorosa de sus funciones es posible que el Erario Nacional proporcione.

"La subscripta comisión amplía el proyecto del Ejecutivo, de ocho millones a veinte en números redondos; pero hace notar desde luego que en esta última cifra se consideran tres millones y medio que, conforme a la Ley de Cooperación últimamente aprobada, debe dar el Gobierno para el Banco y su sostenimiento, así como cerca de cuatro millones de pesos para la Comisión Nacional Agraria, que no estaba considerada en el proyecto del Ejecutivo; en consecuencia, se ve que realmente la comisión sólo amplió el proyecto de ocho millones hasta doce millones, o sea un aumento de cuatro millones, con cuyo aumento ser difícil el sostenimiento de las principales funciones de la Secretaría, pero al menos se salvarán todos los esfuerzos anteriormente realizados.

"Al presentar a la consideración de esta Asamblea el adjunto proyecto de presupuesto para la Secretaría de Agricultura y Fomento durante el ejercicio de 1923, estamos seguros de que no habrá miembro de esta Cámara que deje de reconocer la importancia presente y futura de los servicios de esta Secretaría, así como que ya no es posible ir a menos en ninguna de las partidas que comprende este presupuesto, sin lesionar seriamente el mecanismo delicado de las funciones de dicha Secretaría. En consecuencia, la subscripta comisión solicita de todos los ciudadanos diputados que sean revolucionarios su aprobación para este proyecto, ya que la comisión cree que gran parte de

los intereses de la revolución están íntimamente ligados en cuanto a su conservación y realización a los trabajos de la Secretaría de Agricultura y Fomento y considera que de esta opinión participan en lo absoluto todos los componentes de esta Asamblea.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, diciembre 7 de 1922.- Gilberto Fabila.- A. R. Guzmán."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen objetar partidas, sírvanse pasar a inscribirse a la Presidencia.

Se invita por última vez a los ciudadanos diputados a que se separen las partidas que deseen objetar.

No hay ningún orador inscripto en contra del presupuesto de Agricultura y Fomento. No hay ninguna partida objetada.

El C. León Luis: Pido la palabra.

El C. Fabila: Pide la palabra la comisión.

El C. secretario Gandarilla: La presidencia, por conducto de la Secretaría manifiesta que no ha sido separada ninguna partida, sino que la comisión ha recibido indicaciones de algunos diputados para ampliar la partida que se refiere a Obras de Irrigación. En esa virtud, todos los demás artículos, excepción de éste, no han sido objetados y están desde luego a votación nominal.

El C. Barragán: Por la afirmativa.

El C. secretario Gandarilla: Por la negativa. (Votación.) Votaron por la afirmativa ciento treinta y siete ciudadanos diputados. Ha sido aprobado el presupuesto de la secretaría de Agricultura y Fomento, por unanimidad. La comisión hace la aclaración a la Asamblea, de que separa la partida que dice: "Para obras de irrigación". Las demás partidas no objetadas han sido aprobadas por unanimidad.

El C. presidente: Tiene la palabra la comisión.

El C. Fabila: La comisión que ha estudiado el ramo de Agricultura y Fomento tuvo necesidad de salirse de los márgenes propuestos por el Ejecutivo, en virtud de que lo propuesto por éste significaba nada menos que el estrangulamiento de las actividades de la Secretaría del propio ramo. El Ejecutivo había suprimido de su proyecto de presupuesto, valioso en ocho millones de pesos, a la Comisión Nacional Agraria, comisión cuya importancia y trabajos no se oculta a ninguno de los componentes de esta Asamblea. El presupuesto que presentamos asciende, más o menos, a veinte millones de pesos, pero ese aumento con respecto al proyecto del ejecutivo no es en doce millones, sino en cuatro solamente por lo que voy a exponer.

La Comisión Nacional Agraria que el Ejecutivo suprimió ha trabajado siempre, cuando menos, con tres millones y medio de pesos; nosotros ahora ampliamos la partida a cuatro millones y medio. Además, tomamos en cuenta tres millones de pesos que se tienen proyectados para el fomento de la cooperación, caso de ser aprobada la ley respectiva, y millón y medio para el desempeño de las funciones de la Dirección de Cooperación y del Banco Agrícola. De manera que, como decía antes, el aumento que la comisión ha hecho al proyecto del Ejecutivo no es más que de cuatro millones, suma verdaderamente insignificante si se tiene en consideración las importantes actividades de la Secretaría de Agricultura y Fomento. Tenía la seguridad la comisión de que su proyecto sería aprobado con beneplácito por esta Asamblea y se siente satisfecha en estos momentos de verse respaldada por la Asamblea y de haber sido aprobadas todas las partidas que propusimos. La misma comisión, aun cuando aumentó cuatro millones de pesos al proyecto del ejecutivo, tenía también la certeza de que muchas de las asignaciones que había puesto en su proyecto eran exiguas, insignificantes, casi inútiles para el desarrollo de determinadas actividades de Fomento; así lo manifestó a numerosos compañeros que le hicieron observar la pequeñez de esas partidas.

En tal virtud, coincidiendo anticipadamente - y en este momento con más razón - con las observaciones de estimables compañeros, está de acuerdo en proponer a la Asamblea que apruebe las ampliaciones que en seguida va a citar. En la partidas globales relativas a la Dirección de Irrigación, la comisión puso una de quinientos mil pesos para el fomento y ejecución de obras de irrigación. Es necesario que digamos a la Asamblea que actualmente la Federación está llevando a cabo, lentamente, según los recursos de que dispone, algunas obras de irrigación. Con los quinientos mil pesos que propone la comisión, apenas si se conseguirá conservar los trabajos hasta ahora efectuados en esas obras. De manera que, al menos, si no se aprobara, se perdería un año de actividades en ellos. A petición de algunos compañeros de la diputación de Chihuahua, proponemos se amplíe esa partida hasta un millón de pesos, que se distribuirá de la siguiente manera: "Para el principio de las obras de riego y drenaje en el valle de Ciudad Juárez, Chihuahua, cien mil pesos." Probablemente la Asamblea no conoce la importancia que tiene la aplicación de esta partida. El compañero Luis León hace poco, en el Congreso Agronómico, sostuvo la conveniencia de que el Gobierno procediera al estudio de las condiciones agrícolas del valle de Ciudad Juárez. Para mayores detalles, los compañeros podrán dirigirse al ciudadano León, o bien referirse a la prensa diaria del sábado próximo pasado.

"Para el principio de las obras de riego y drenaje en el valle de ciudad Juárez, Chihuahua. $ 100,000.00 "Para el principio de la ejecución del proyecto de Yuriria, Guanajuato. " 200,000.00 "Para el principio de la ejecución del proyecto de Reynosa, Tamaulipas. " 200,000.00 "Para la conclusión del proyecto de Mezquitic, San Luis Potosí. " 100,000.00 "Para obras adicionales de canalización en el río Yaqui, Sonora. " 100,000.00 "Para el principio del proyecto general de regularización del Lerma en Molinos de Caballero (formulado en 1922). " 100,000.00 "Para diversas obras de importancia secundaria en varios Estados de la República pendientes de construirse y que se ofrezcan durante el año y para gastos generales relacionados con el servicio de obras, estando incluídas las partidas de $ 100,000.00

para irrigación en la congregación de Nombre de Dios, Durango. " 250,000.00

El C. Quiroga: Pido la palabra para una interpelación a la comisión.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Quiroga: Yo rogaría al compañero Fabila me hiciera el favor de decirme si está dispuesto a agregar a esas partidas una partida cuando menos de cien mil pesos para las obras de irrigación de Lampazos, de Naranjos y otros lugares, porque en ese cálculo estaba basada la comisión, estando ya dispuesta a poner una partida de trescientos mil pesos.

El C. Fabila: La comisión no tendría inconveniente en aceptar todo lo que piden los compañeros para obras de irrigación en sus Estados, pero debe comprender el ciudadano Quiroga que si vamos a admitir todas las peticiones de las diversas diputaciones, solamente la partida para irrigación tendría que importar cuando menos diez millones de pesos a que asciende la misma partida en el presente año, con cargo a la cual no se ha gastado un centavo. ¿Para qué vamos a inflar el presupuesto con asignaciones que el Ejecutivo Federal no podría proporcionar? He dicho que al ampliar esta partida, al admitir su ampliación, ha sido con un criterio absoluto de practicabilidad: No tiene la comisión inconveniente en dar los trescientos mil pesos al compañero Quiroga.....

El C. Quiroga, interrumpiendo: ¡Cien mil!

El C. Fabila, continuando: ...¿pero para qué va a engañarse él y para que va a engañar al pueblo de Nuevo León, si el Ejecutivo no podrá lar los trescientos mil pesos? Apenas si podrá concederle una asignación de cuarenta o cincuenta mil pesos para conservar o desarrollar lentamente las obras a que se refiere, y en ese caso están comprendidas dentro de la partida de doscientos mil pesos que figura al final de la ampliación a que he dado lectura antes.

El C. Quiroga: Nada más quería hacer ver al compañero Fabila, que se han tomado en consideración varias partidas; que existe una de un millón y tantos mil pesos para obras de irrigación. Esa partida de doscientos mil pesos seguramente que no alcanzaría ni para conservar las mismas obras principiadas. Yo deseo que así como se ha aumentado algunas partidas de cincuenta mil a cien mil, esta partida se aumente a trescientos mil para las obras de irrigación de Lampazos de Naranjos.

El C. Gandarilla: ¡Moción de orden! Se ha establecido ya el precedente aceptado por unanimidad de que en la discusión de los presupuestos debemos evitar el mayor número de discusiones para que tengamos presupuestos aunque sean malos. En el caso del diputado Quiroga, como en otros muchos, como el mío propio, será después cuando pidamos ampliaciones del presupuesto, a efecto de satisfacer necesidades locales. Por otra parte, para que quede satisfecho el ciudadano Quiroga, y no vea que soy un obstáculo a sus tendencias justificadas, me permito insinuar a la comisión que en lugar de doscientos mil pesos ponga una asignación de doscientos cincuenta mil pesos para obras de irrigación, y después vendrá la actividad del ciudadano Quiroga para hacer que la suma respectiva se gaste en las obras que él indica. La comisión, aceptando los cincuenta mil pesos, puede hacer las gestiones del caso en unión del ciudadano Quiroga ante la Secretaría de Agricultura y Fomento; de otra manera, no habrá presupuesto discutiendo diputado por diputado partida por partida, y entonces ya no habrá cien mil pesos, ciudadano Quiroga, ni siquiera un solo centavo, ni cien mil centésimos de centavo.

El C. Fabila: La comisión está de acuerdo en aumentar cincuenta mil pesos a la partida, incluyendo en su redacción la sobras de Lampazos, Nuevo León, si es que la Asamblea consciente el aumento.

El C. Ollivier: Atentamente suplico a la comisión se sirva decirme si en la partida para obras de irrigación considera las de la Presa de Escamé, en el Estado de Zacatecas.

El C. Fabila: Sí están incluídas, compañero, en la partida de doscientos cincuenta mil pesos.

El C. Ollivier: Enteramente insuficiente, pero, en fin, estoy conforme.

El C. secretario Gandarilla: La comisión presenta el capítulo "Dirección de Irrigación" en la siguiente forma: "Para gastos generales..."

El C. Díaz Jesús M, interrumpiendo: No es una interpelación, sino una súplica o una advertencia a la comisión. Le ruego que tenga bondad de tomar en cuenta que de esa partida de doscientos cincuenta mil pesos, solicito la ayuda de seis mil para obras de irrigación de los pueblos de Coatepec Harinas y Pilcaya.

El C. Fabila: Con todo gusto acepta la comisión la sugestión del compañero Díaz. Ilustrar a la Secretaría de Agricultura y Fomento, llegado el caso, sobre que en esa partida van incluídas las obras a que él se refiere.

El C. secretario Gandarilla: Queda así: "Dirección de Irrigación:

"Para gastos generales, incluyendo renta de oficinas, reparación de las mismas, salarios de mozos, cocheros y artesanos, compra de papelería y artículos de escritorio. $ 30,000.00

"Para adquisición de equipo de ingeniería, mobiliario, instrumentos y libros científicos y subscripciones a publicaciones de ingeniería. " 20,000.00 "Para la extensión y mantenimiento del servicio hidrológico, incluyendo compra de material para estaciones, equipos científicos, sueldos del personal auxiliar, gastos de viaje del mismo y del personal técnico de la Dirección, en lo relacionado con este servicio " 30,000.00 "Para compra y reparación de maquinaria, en relación con los estudios y obras de irrigación y muy en particular con la explotación de las aguas del subsuelo. " 30,000.00 "Para sueldos y gastos de viaje y gastos generales, relacionados con la maquinaria de la Dirección, y muy en particular la de perforación. " 25,000.00 "Para adquisición de máquinas, aparatos, útiles y substancias para el

laboratorio Químico y Experimental y para los gastos generales del funcionamiento del mismo, incluyendo sueldos y rayas de empleados accidentales. " 10,000.00 "Para gastos de la reglamentación de los ríos, tales como gastos de viaje de ingenieros y empleados, rayas de mozos y peones, gastos de campamento, compra de utilería y gastos menores e imprevistos en relación con este servicio. " 75,000.00 "Para gastos de viaje de ingenieros y empleados, sueldos y gastos de empleados accidentales, rayas y salarios de mozos y peones, compra de utilería y gastos generales, y menores, relacionados con la formación de proyectos y con la conducción de los estudios de la Dirección, fuera de los ramos de Geología e Hidrología. "100,000.00 "Para el principio de las obras de riego y drenaje en el valle de Ciudad Juárez, Chihuahua. "100,000.00 "Para el principio de la ejecución del proyecto de Yuriria, Guanajuato. "200,000.00 "Para el principio de la ejecución del proyecto de Reynosa, Tamaulipas. "200,000,00 "Para la conclusión del proyecto de Mezquitic, San Luis Potosí. "100,000.00 "Para obras adicionales de canalización en el río Yaqui, Sonora. "100,000.00 "Para el principio del proyecto general de regularización del Lerma en Molinos de Caballero (formulado en 1922). "100,000.00 "Para diversas obras de importancia secundaria en varios Estados de la República pendientes de construirse y que se ofrezcan durante el año y para gastos generales relacionados con el servicio de obras, estando incluídas las partidas de $10,000.00, para irrigación en la congregación de Nombre de Dios, Durango, y $50,000.00 para el Norte del Estado de Nuevo León "250,000.00

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, pueden pasar a inscribirse. No habiendo ningún orador en contra, se va a proceder a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. Barragán: Por la negativa.

El C. secretario Gandarilla: En virtud de que la comisión manifiesta que va a hacer adiciones, queda pendiente la votación de esta partida, que ya no ha sido objetada.

El C. Barrera: Para una explicación sobre otra partida.

El C. Fabila: La comisión estuvo de acuerdo también con la petición de algunos compañeros respecto a que se ampliaran algunas partidas globales del ramo de Antropología para conservación de ruinas e investigaciones arqueológicas en Oaxaca y Yucatán. En el presupuesto que sometemos a la aprobación de esta Cámara, solamente concedemos diez pesos para estos fines.

La comisión no tiene inconveniente en modificar esa partida en la siguiente forma:

"Para gastos de conservación e investigaciones arqueológicas en el estado de Oaxaca, $50,000.00.

"Para conservación de ruinas e investigaciones arqueológicas en el estado de Yucatán, $50,000.00."

El C. secretario Gandarilla: La comisión presenta las siguientes adiciones: La Secretaría hace la aclaración de que ya están votadas todas las partidas no objetadas y que no está objetada la partida de Irrigación; por eso la comisión hace esta adición: cincuenta mil pesos para estudios etnográficos en el valle de Oaxaca. Para conservación de ruinas e investigaciones arqueológicas en Yucatán, cincuenta mil pesos. Están a discusión estas dos adiciones. Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra en contra, sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo oradores que hagan uso de la palabra en contra, se reservan para su votación. Para conservación de ruinas e investigaciones arqueológicas en Yucatán y en Chiapas, cincuenta mil pesos; así modifica su adición la comisión. La Secretaría aclara al ciudadano Vasconcelos que quedan cincuenta mil pesos para Oaxaca. No habiendo quien haga uso de la palabra en contra de esas adiciones, se reservan para su votación.

El C. Fabila: La comisión ha recibido también peticiones de la diputación de Chihuahua y de numerosos compañeros más que se interesan por el problema de la subdivisión del latifundio Terrazas, para que se amplíe o se introduzca una partida que diga: para gastos técnicos administrativos, etcétera fraccionamiento del latifundio Terrazas, quinientos mil pesos; esta partida global deber figurar en el ramo de la Nacional Agraria.

El C. secretario Gandarilla: La comisión presenta la adición:

"Para gastos administrativos del fraccionamiento del latifundio Terrazas, $500,000.00."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse. Como no hay oradores inscriptos, se reserva para su votación.

El C. Fabila: La comisión también ha recibido sugestiones de la diputación de Sinaloa, para que se sostuviera en el presupuesto la existencia de la zona de irrigación, cuya cabecera está en Culiacán. Esta zona había sido suprimida por el Ejecutivo en su proyecto. La comisión está empapada en los antecedentes relativos a la importancia de esta zona, y si la había omitido, coincidiendo con el Ejecutivo en su proyecto, era porque creía que podría excederse mucho en el aumento del presupuesto que ha formulado. En consecuencia, la comisión propone que se incluya en el proyecto de presupuesto la existencia de una novena zona de irrigación de segunda clase, cuya cabecera estar en Culiacán, con el personal siguiente: un ingeniero jefe de zona de 2a., a diez y ocho pesos; un primer ingeniero, a quince pesos; un segundo ingeniero, a doce pesos, y un ingeniero auxiliar, a diez pesos. El total que importa esta zona de irrigación es de veinte mil setenta y cinco pesos.

El C. secretario Gandarilla: La comisión presenta a la consideración de esta asamblea esta nueva adición:

"Un ingeniero jefe de zona, de 2a., a $18.00; un primer ingeniero, a $15.00; un segundo ingeniero, a $12.00, y un ingeniero auxiliar, a $10.00. El total que importa esta zona de irrigación es de $20,075.00."

Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse manifestarlo. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación. En consecuencia, se reserva también para su votación entre estas adiciones no objetadas.

El C. Fabila: La comisión tiene que hacer constar una deficiencia que sacó el proyecto impreso, y es que en la parte relativa al cuerpo consultivo que está a continuación de la Secretaría, se dice: tres consultores técnicos ingenieros. Esos tres consultores técnicos ingenieros deben ser ingenieros agrónomos. Actualmente existe ese cuerpo consultivo y está constituido exclusivamente por ingenieros agrónomos. De modo que en el proyecto definitivo se hará constar esa deficiencia que sacó el proyecto impreso.

El C. Barrera: Para una súplica a la comisión, señor presidente. La comisión en el Departamento Forestal de Caza y Pesca pone apenas para toda la República diez inspectores, diez subinspectores.

Estos últimos con cuatro y cinco pesos diarios.

Ustedes comprenderán que el Departamento Forestal, aun teniendo los empleados que figuran en el presupuesto actual, está completamente desatendido en la República. Os voy a citar un caso concreto: en el Estado de Coahuila, en la parte Norte, hay cerca de trescientos mil nogales en los ríos federales de aquella región, San Antonio, Escondidas, Sabinas, etcétera, afluentes del Río Bravo.

Esta nogalera puede producir anualmente dos o trescientos mil pesos, siempre que se vigilara esta riqueza, y la tenemos completamente desatendida. De manera que si el año pasado estaba completamente desatendida, hoy va a estar como estaba antes, que todo mundo consideraba esto como bien comunal. Me he encontrado cuando estuve recorriendo aquellos ríos, cuando fui agente de Fomento en mi Estado, me he encontrado crímenes como este: me encontré un hermoso nogal de ciento y tantos años casi caído por el suelo. Pregunté quién había tirado este árbol y con qué objeto y me contestaron: Pues, señor, lo tiraron fulano y sus hijos con objeto de quitarle la nuez, porque estaba muy grande el árbol y no podían pizcarla, como se dice. Los árboles que se exceden de talla y alcanzan una gran altura, no pueden palearlos, como se dice en la costa, ¿y saben ustedes lo que hacen? Le cortan la rama. De manera que hay que evitar todo esto, señores diputados. Yo, señores, durante el tiempo que fui agente de Fomento, sometí varios proyectos para el mejor aprovechamiento de esta riqueza completamente desatendida, pero desgraciadamente no se me prestó ninguna atención. Ahora, ¿cómo va a atender el Departamento Forestal y de Caza y Pesca esa región de mi Estado? Ahora en la caza se cometen muchos abusos: vienen excursiones de americanos de Dallas, de Houston, de varias poblaciones distintas de la frontera, vienen a la parte Norte de Coahuila y sacrifican, treinta, cuarenta y hasta cincuenta venados y hacen alarde de ello, porque los llevan en camiones muy bien arreglados, de manera que las astas de los animales vayan luciendo por las calles. Esto os probar que está desatendida aquella región. La codorniz, que es ave muy benéfica para la agricultura, la sacan en miles y miles para los Estados Unidos, no para sacrificarlas, sino para propagarla. De manera que hay necesidad, señores, de atender todas estas cosas, a las cuales la comisión no ha prestado atención ninguna, y yo ruego atentamente a la comisión tome en cuenta las razones que he dicho y que tome en cuenta que no estoy hablando de memoria, ni quiero, como decía el compañero Fabila, que estos señores agentes, que muchas veces se les exigen conocimientos técnicos, cuando que se necesita un hombre de campo que se presente con su buen caballo y con una 30-30 para que vaya a "echar bala", porque conocimientos técnicos realmente no se necesitan, y me decía que van a hacer política, como siempre la han hecho en el Departamento Forestal. Yo protesto enérgicamente por que estos desgraciados hicieron política allá, ¿pues con quien? Pues sólo que con los jabalíes indudablemente en el campo. Yo ruego atentamente a la comisión que aumente, según el papelito que le acabo de mandar, los inspectores, los subinspectores y el sueldo de los últimos, que son los guardas forestales de 1a. y de 2a., y si acepta esta atenta solicitud, le doy las gracias a la comisión.

El C. Fabila: El compañero Barrera insistió en hablar durante dos minutos, porque quiso, porque sabía ya desde hace media hora, que la comisión estaba dispuesta a aceptar sus sugestiones.

Acepta, pues, la comisión, en la forma en que vamos a darle lectura, la ampliación que quiere el compañero Barrera; pero solamente quiere la comisión hacer constar esto delante de la Asamblea, para que a su tiempo llegue a quien corresponda.

Si redujimos bastante este servicio, fue porque la comisión tiene pruebas de que ahí en ese departamento forestal fue donde estuvo el intríngulis de la política villarrealista......

El C. Barrera, interrumpiendo: ¡No es cierto!

El C. Fabila, continuando: Es la verdad, compañero, y a su debido tiempo yo presentaré las pruebas si es necesario. Si como dice el compañero Barrera, éstos van a ser de veras guardas, prácticamente defensores de los intereses nacionales, de acuerdo hasta en triplicar su número; pero si van a ser nuevamente agentes de propaganda de Villarreal o de otro neo - Villarreal, entonces lamentar mucho la comisión haber sido tan condescendiente. El servicio de Inspección Forestal, la comisión lo presenta reformado en esta forma: "15 inspectores técnicos forestales, en lugar de 10; 15 sub - inspectores técnicos forestales, en lugar de diez; 30 guardas de 1a., en lugar de 20, y 40 guardas de 2a., en lugar de 30."

El C. presidente: Para aclaraciones tiene la palabra el ciudadano Espinosa.

El C. secretario Gandarilla: La Secretaría manifiesta a la Asamblea que se presentó a la consideración de la misma la adición - éstas son adiciones -

en la forma que leyó la misma comisión, y que es:

"Quince inspectores técnicos forestales, $12.00; quince subinspectores técnicos forestales, $10.00; treinta guardas forestales de 1a., $7.00; cuarenta guardas forestales de segunda, $6.00."

Con los sueldos de siete pesos y de seis los de 1a. y 2a., respectivamente. Está a discusión.

El C. Fabila: La comisión también tiene que proponer una adición....

El C. Espinosa Luis: Señores compañeros: Voy a permitirme hacer algunas aclaraciones brevísimas al margen de estos inspectores y subinspectores de bosques, con el objeto de que quede consignado en el DIARIO DE LOS DEBATES y se sepa en la Secretaría de Agricultura y Fomento por qué se ha aumentado el número que se consulta a vuestra soberanía.

Desde luego, el ingeniero Fabila ha atendido la razón que le expuse de que en el Estado de Chiapas, por ser eminentemente agrícola, ya que allí no hay otra riqueza en explotación, era indispensable que tuviera cuando menos diez, entre inspectores y subinspectores, porque es tal vez uno de los Estados de la República de donde se saca mayor cantidad de maderas preciosas, y naturalmente ni el Gobierno del Estado, ni el Gobierno de la Federación perciben los impuestos correspondientes, por falta de inspectores que se encarguen de exigir la aplicación de estos impuestos, como es debido. El ciudadano Fabila ha aceptado esta sugestión, por lo que le doy las gracias. Nada más quiero que conste en el DIARIO DE LOS DEBATES para hacer valer esta excepción ante la Secretaría de Agricultura y Fomento en tiempo oportuno.

El C. secretario Gandarilla: La Secretaría, por orden de la Presidencia, manifiesta a la Asamblea que como ésta es una adición, ciudadano Barrera Elpidio, como ésta es una adición y ya se habían aprobado diez inspectores forestales y diez subinspectores forestales; veinte guardas de 1a. y treinta de 2a., queda la adición así: cinco inspectores técnicos forestales, que con los diez ya a probados, son los quince; cinco subinspectores, que con los diez ya aprobados, son los quince; quince guardas forestales de 1a., que con los veinte ya aprobados, son treinta y cinco, y quince guardas forestales de 2a., que con los treinta ya aprobados, son cuarenta y cinco. Quedan así las adiciones. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra en contra de estas adiciones, se reservan para su votación con las no objetadas.

El C. Fabila: Estando ya impreso el proyecto de la comisión, recordará la asamblea que se recibió una petición de la diputación de Guanajuato, para que se aumentara una delegación más a las veintidós propuestas, que radicaría precisamente en el Estado de Guanajuato. Se recibió también una petición de la diputación de Tamaulipas, para que en el propio Estado existiera una, puesto que actualmente hay una delegación en Nuevo León que tiene jurisdicción sobre este Estado y sobre el de Tamaulipas. De manera que la comisión pone a la consideración de esta Asamblea esta adición: dos delegados, a veinticinco pesos; dos dibujantes, a siete pesos; dos oficiales cuartos, a siete pesos, y dos mecanógrafos, a cinco pesos.

El C. secretario Gandarilla: La comisión presenta, respetuosamente, a la Asamblea, la adición siguiente: "2 delegados, a $25.00; 2 dibujantes, a $7.00; 2 oficiales cuartos, a $7.00, y 2 mecanógrafos, a $5.00."

Está a discusión esta adición. Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra en contra, sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo oradores en contra, se reserva para su votación. Se procede a recoger la votación de las adiciones al proyecto de presupuesto de la Secretaría de Agricultura y Fomento. Por la afirmativa.

El C. prosecretario Santa Anna: Por la negativa.

(Se recoge la votación.)

El C. secretario Gandarilla: Fueron votadas por unanimidad las partidas adicionales del presupuesto de Agricultura y Fomento, así como las partidas objetadas, por unanimidad de ciento cuarenta y ocho votos.

"Las diputaciones de los Estados de Sinaloa..."

El C. Castellanos: Pido la palabra, señor presidente.

El C. secretario Gandarilla: Se suplica a los ciudadanos diputados escuchen este importante documento.

El C. Castellano: Pido la palabra para el asunto anterior. Pido la palabra para interpelar a la Comisión de Presupuestos de la Secretaría de Agricultura y Fomento sobre las razones que hubiera tenido para suprimir del presupuesto la Dirección de Estadística. Seguramente que la comisión va a contestar que habiéndose aprobado un proyecto para que sea departamento, por eso la suprimió; pero razones que seguramente existen en el criterio de muchos de los señores diputados, me obligan a hacer la siguiente moción: que la misma comisión propusiera como transitorio o en la forma que se creyese conveniente, la existencia de esta dirección, porque es muy de temerse que el Senado no apruebe oportunamente este proyecto enviado por la Cámara de Diputados, y entonces quedaría suprimida esa dirección y todos los empleados quedarían en la calle, y no creo que hubiera inconveniente en que la comisión lo propusiera, con la circunstancia de que al aprobarse en el Senado, ésta quedaría insubsistente. Desearía que la comisión hablara sobre el particular.

El C. Fabila: Efectivamente, la comisión excluyó de ese presupuesto lo relativo a la Dirección de Estadística, porque tiene la seguridad de que el Senado de la República aprobará la iniciativa para que ésta se eleve a la categoría de departamento; pero no tiene inconveniente, para que en la forma de un seguro, la misma comisión formule en breve plazo el proyecto de presupuesto para la Dirección de Estadística, máxime cuando hay algunos compañeros que ya tienen listo ese presupuesto. Así es que la comisión ofrece al compañero Castellanos que lo va a presentar, para el caso remoto de que no se aprobara su elevación a la categoría de departamento.

- El C. secretario Gandarilla, leyendo:

"Las diputaciones de los Estados de Sinaloa y Durango, secundadas por las diputaciones de las distintas Entidades federativas, presentan una iniciativa con el fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas para 1923, figure una partida de..... $5.0000,000.00, para la continuación del ferrocarril de Durango a Mazatlán y de San Marcos, Estado de Jalisco, a Ixtlán, Estado de Nayarit." - A la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Comisiones unidas 1a. y 2a. de Petróleo.

"Señor:

"Vuestra soberanía tuvo a bien turnar a las comisiones unidas del Petróleo, para su dictamen, el proyecto de Ley Orgánica que sobre la materia presentaron las comisiones unidas de la XXIX Legislatura. Con verdadero empeño, con toda nuestra serenidad, hemos estudiado el problema, analizando sus diversos aspectos, y, consecuentes con vuestro mandato, venimos a exponer el dictamen obtenido.

"Considerando el proyecto de las comisiones de la Legislatura anterior en lo general, lo hemos juzgado de un espíritu nacionalista, sabiendo además coordinar los intereses que legítimamente existen.

Sin embargo, hemos disentido del criterio que animó a las comisiones anteriores en dos puntos capitales; más esta divergencia de criterio no es en cuestión de fondo, sino solamente en el aspecto deforma. Las comisiones anteriores, en su artículo 3ero., seguían el sistema de concesiones de fondos petrolíferos, previo el denuncio respectivo, y nosotros, siguiendo el mismo sistema de la concesión, suprimimos el requisito de denuncio previo substituyéndolo por contrato concesión. El artículo 5to. del anterior proyecto, que establecía los casos de aplicación del principio de no retroactividad, fue igualmente substituído por nosotros, pues que en lugar de la excepción del denuncio que establecía dicho artículo, proponemos ahora el sistema de confirmación. En todos los demás preceptos de nuestro proyecto, marchamos de acuerdo con el criterio establecido en la XXIX Legislatura.

"Muchos antecedentes de carácter histórico - jurídico podríamos consignar que justifiquen ampliamente la nacionalización del subsuelo del país, más juzgamos innecesario hacerlo, toda vez que nuestro deber es solamente acatar el mandato categórico establecido por el Constituyente de Querétaro; nos basta con admitir que México, en ejercicio de su soberanía, tiene la facultad de imponer modalidades al régimen de propiedad en los términos que juzgue conveniente; lo juzgamos axiomático, fundamental, inherente al concepto mismo de soberanía.

"Interpretando el precepto constitucional que reglamentamos, llegamos a la conclusión de que el mandato que establece la nueva modalidad al régimen de propiedad petrolera, solamente tiene por objeto satisfacer de la mejor manera posible el interés social, sin pretender en el fondo lastimar los intereses privados, de tal manera que obrando sobre el pasado, no lesiona los intereses creados al amparo de las leyes anteriores.

"El sistema adoptado por nosotros, de confirmación, tiene, en nuestro sentir, una doble ventaja: en primer lugar, al confirmar un derecho, aun cuando con una nueva modalidad, indudablemente que nadie puede sentirse lastimado; pues quien confirma, reconoce, esto es, respeta lo existente, y a la vez, quien solicita confirmación, reconoce una autoridad que está por encima de él y que es capaz de establecer modalidades sobre sus derechos.

"El sentir de las comisiones unidas del Petróleo es, interpretando el espíritu contenido en el artículo 27 constitucional en la materia del petróleo, que el constituyente tuvo por objetivo principal al dictar las disposiciones que se reglamentan, establecer un sistema similar al ya existente de la propiedad minera, esto es, que nunca se pretendió privar a los particulares del derecho de explotación. En tal virtud, el dictamen que proponemos a vuestra soberanía, descansa fundamentalmente en el hecho enunciado y, por consiguiente, creemos que la función de la ley reglamentaria es la de establecer todas las modalidades que proclama el artículo 27 en la parte relativa al petróleo, sin lastimar en cuanto sea posible los intereses creados.

"Con el sistema de confirmación se obtiene la ventaja de que todos los derechos legítimamente adquiridos al amparo de anteriores legislaciones, no sufren el menor menoscabo con el hecho de solicitar dicha confirmación, puesto que los beneficiarios podrán seguir explotando sus fundos, naturalmente con las modalidades que establece el proyecto que proponemos y las que en lo sucesivo dictare el interés público, siendo de advertir que esas mismas modalidades podrían sufrirlas aun considerándose esos derechos dentro del régimen de la propiedad civil, pues es innegable que un Estado tiene la facultad de imprimir a sus regímenes de propiedad todas las variantes que exijan el interés público y la conveniencia social. Nadie podrá negar que el propietario de un bien inmueble, está expuesto, aun dentro de las disposiciones de la legislación civil, a sujetarse a una serie indefinida de limitaciones; el concepto moderno de jus fruendi, jus abutendi y jus utendi, dista mucho de ser el concepto que se tuvo en Derecho Romano, de tal manera que el jus abutendi, que es el más amplio derecho que puede tener un propietario, no se considera en la ciencia jurídica contemporánea, como una limitación absoluta, sino que está restringido por las diversas exigencias de moralidad y utilidad sociales.

"Estas breves consideraciones hacen pensar a las comisiones unidas del Petróleo, que ningún interés creado en la industria petrolífera podrá sentirse lastimado, ni podrá considerarse a la presente ley como confiscatoria, toda vez que sus derechos materiales seguirían siendo exactamente los mismos, ya que podrán extraer, captar, beneficiar y en términos generales explotar el aceite que se encuentra en el subsuelo, con la sola condición de solicitar que la nación confirme sus derecho o pretendidos derechos y a la vez con la obligación por parte de ellos, de

sujetarse a todas la prescripciones que la ley establezca en materia tanto fiscal como tendientes a regular la referida industria.

"Abandonamos el criterio sustentado tanto por las comisiones de la XXIX Legislatura como por las de la H. Cámara colegisladora en materia de denuncios, por considerar que el denuncio, es decir, la formalidad del denuncio, se presta a una serie de especulaciones inmorales perjudiciales tanto para el superficiario como para el verdadero industrial; especulaciones que son aprovechadas por corredores o intermediarios que no aportan a la industria del petróleo, ninguno de los elementos de la producción: capital o trabajo. Seguimos el criterio de las comisiones de la pasada Legislatura en lo referente a reconocer un porcentaje de la producción, el 5 por ciento bruto, a favor del superficiario en calidad de indemnización; pues consideramos que es muy difícil o casi imposible fijar el valor real de un terreno petrolífero para fundar el precio de la expropiación, y además tenemos en cuenta, fundándonos para ello en la observación de los hechos, que el terreno petrolífero deja de ser susceptible de explotaciones agrícolas o ganaderas, de tal manera que en una extensión considerable alrededor de un pozo petrolero, no es posible la existencia de las industrias referidas.

"Seguimos, igualmente, el criterio de las comisiones dictaminadoras del proyecto que estudiamos, en lo referente al fundo petrolífero, al sistema de oleoductos, al régimen de impuesto y en general, al criterio que norma su dictamen, en el sentido de que sólo deben darse disposiciones de carácter sustantivo, dejando todo lo que tenga carácter de reglamentario a la iniciativa del Ejecutivo federal, previa la ratificación del Congreso de la República.

"En lo que hace al porcentaje de impuestos de que deben participar los Estados o municipios, hacemos una reducción de un 5 por ciento sobre lo propuesto por la anterior comisión, teniendo en cuenta los compromisos últimos contraídos por la nación, y a cuyo cumplimiento están destinados en gran parte, los impuestos del petróleo.

"En las zonas federales, terrenos nacionales, baldíos y demás de dominio nacional, establecemos el mismo sistema de concesiones, con los requisitos de que se dará una participación al Fisco que variar de un 10 a un 50 por ciento de los productos brutos de explotación, según las condiciones de que se trate. Por razones de equidad, damos a los superficiario una preferencia de dos años, a contar de la expedición de la ley, para la solicitud de concesiones establecidas por el artículo 3o., y en lo que hace a concesiones otorgadas y contratos celebrados por el Ejecutivo de acuerdo con leyes anteriores a 1917, respecto a zonas federales, baldíos y demás de dominio nacional, proponemos sean ajustados a los términos de esta ley, dejando a salvo la facultad que la Constitución concede al Ejecutivo en el párrafo final del artículo 27, para declarar la nulidad de contratos y concesiones en los casos a que dicho precepto se refiere.

"Con relación a las concesiones petroleras otorgadas con posterioridad al 1ro. de mayo de 1917, proponemos igualmente que se ajusten a los términos de esta ley.

"Establecemos la facultad en favor del Ejecutivo de la Unión, para declarar o establecer las zonas de reserva con la condición de que se ratifiquen por el Senado de la República, haciendo la indicación de que en el subsuelo que abarcan estas zonas no podrán otorgarse concesiones para la explotación del petróleo, mientras una nueva disposición no lo autorice; siendo el objeto de esta última disposición evitar el estancamiento de la industria del petróleo.

"En el capítulo II de nuestro proyecto, establecemos los derechos y obligaciones de los concesionarios, considerando entre aquéllos la facultad que tiene todo concesionario de extraer y aprovechar el petróleo y todos los otros hidrocarburos que se encuentran en el fundo petrolífero, sin más limitaciones que las que impongan los reglamentos respectivos, declarando, a la vez, que estos derechos pueden ser hipotecados, enajenados y transmitidos por herencia, en los mismos casos que autoriza el Derecho Común para los bienes raíces, y como obligaciones de los mismos concesionarios, fijamos las de ceder al superfiario, como mínimum, y a título de indemnización, un 5 por ciento de la producción bruta; pagar, cualquiera que sea el carácter de los derechos que tengan sobre los yacimientos que explotan, los impuestos que graven la industria petrolera, de acuerdo con la legislación fiscal respectiva, señalando una igualdad de condiciones para todos los explotadores del petróleo y, por último, la de sujetarse a las prevenciones que dicte la Federación con el fin de regularizar la producción del petróleo, de acuerdo con las necesidades que requiera el interés público

"En el capítulo III, que contiene las disposiciones de carácter general, proponemos la competencia de los tribunales de la Federación para resolver las controversias entre particulares, con motivo de la aplicación de esta ley, estableciendo la salvedad de someterse, previo mutuo acuerdo de los interesados, a resoluciones de carácter administrativo. Declaramos la industria petrolera de utilidad pública y, a la vez, definimos como industria del petróleo, la extracción, captación y transporte, así como el aprovechamiento comercial e industrial de las substancias enumeradas en el artículo 1ro. del proyecto que proponemos a vuestra soberanía.

"Hacemos, igualmente, la declaración de que la industria petrolera es de la exclusiva jurisdicción federal y, por lo tanto, sólo estará regida por las leyes que dicte el Congreso de la Unión. Esta declaración, de acuerdo con el proyecto constitucional que reglamentamos, es fundamental para la unificación y regulación de la citada industria, toda vez que sería imposible regirla con leyes locales.

"Sujetamos a las disposiciones del Código de Comercio, por considerarlos actos mercantiles, las empresas petroleras, los contratos que tengan por objeto la exploración y explotación petroleras y los contratos que se celebren con relación a los carburos de hidrógeno a que se refiere el proyecto, estableciendo como supletorio a esa ley y del código de comercio, el código civil del Distrito Federal.

"En nuestro artículo 20 establecemos como causa de caducidad de una concesión petrolera,

cualquiera de las siguientes: la falta de pago de los impuestos relativos; no haber iniciado los trabajos de explotación dos años después de otorgada la concesión, salvo la excepción establecida por la propia ley y, por último, no o sujetarse a los reglamentos respectivos. Mucho se ha dicho que el sistema de caducidad entraña un acto de carácter confiscatorio; pero nosotros creemos que la caducidad es la única sanción capaz de coordinarse con la nacionalización del subsuelo, y la que fundamentalmente ratifica y confirma el dominio que el Estado tiene sobre el subsuelo nacional. Si nosotros aceptáramos en lugar de la sanción de caducidad, algunos de los medios de apremio existentes, como multas, etc., podríamos caer en el peligro de que a la nación no le fuera posible retrotraer en su favor o en favor de sus nacionales, el uso y goce de aquellos fundos petrolíferos cuyos concesionarios no hubieran, querido sujetarse a las disposiciones de esta ley, y podríamos dar lugar a que más tarde los interesados de los fundos petrolíferos consideran inviolables sus derechos, aun en los casos de manifiestas violaciones a las disposiciones de esta ley, Por la anteriores razones, seguimos el criterio establecido por las comisiones de la XXIX Legislatura.

"En las disposiciones transitorias establecemos el sistema que ha de seguirse para los denuncios efectuados con posterioridad a 1917, y que se encuentran pendientes o cuya tramitación ha terminado antes de que esta ley se ponga en vigor, proponiendo que se ajusten a los términos generales que establecemos.

"Las comisiones unidas del Petróleo creen haber cumplido con su deber, no han omitido en su estudio ninguno de los aspectos del problema y, considerándolos todos, han sido coordinados de acuerdo con el sentir nacional.

"Por todo lo expuesto, a vuestra soberanía proponemos, para su aprobación, el siguiente proyecto de ley del Petróleo:

"PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL ARTÍCULO

27 CONSTITUCIONAL, EN EL

RAMO DEL PETRÓLEO

"CAPITULO I

"Del fundo petrolífero

"Artículo 1ero. Son bienes del dominio directo de la nación y están sujetos a las disposiciones de esta ley:

"I. Los yacimientos, fuentes y depósitos naturales de petróleo;

"II. Los hidrocarburos que se encuentren en el subsuelo que escapen a la superficie de la tierra;

"III. Los depósitos naturales de ozokerita y asfalto, y

"IV. Toda mezcla de hidrocarburos de los distintos grupos que deba su origen a los agentes naturales.

"Artículo 2do. El dominio directo de la nación sobre las substancias enumeradas en el artículo anterior, es imprescriptible e inalienable. Los particulares o las sociedades civiles o comerciales constituídas conforme a las leyes mexicanas, gozar n del derecho de explotar esas substancias, sin más limitaciones que las que imponga el interés público.

"Artículo 3ro. El derecho de explorar y explotar el subsuelo; se adquirir originariamente del Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo, mediante concesiones que se otorgar n en cada caso bajo las siguientes bases:

"I. Podrán otorgarse a individuos o sociedades, mexicanos o extranjeros. En lo que concierne a estos últimos, siempre que cumplan con los requisitos exigidos por el inciso I del artículo 27 de la Constitución, y

"II. En dichas concesiones se estipulará:

"a) Que los interesados establezcan trabajos regulares en la forma y plazos que los reglamentos respectivos señalen al afecto.

"b) Que no se traspasarán, en todo o en parte, los derechos derivados de esas concesiones, a gobiernos o soberanos extranjeros, ni se admitirán a éstos como socios o asociados, ni se constituirá a su favor ningún derecho sobre aquéllos, cualquiera que sea la forma u objeto de esta constitución.

"c) Que el término de la concesión no excederá de treinta años.

"Artículo 4to. En las zonas federales, terrenos nacionales, baldíos y demás de dominio nacional, así como en aquellos cuyo título de propiedad hubiese expendido la nación con reserva del subsuelo, se otorgará la facultad de explotación y exploración a que se refiere esta ley, mediante concesiones que, además de las bases enumeradas en el artículo anterior, contengan las siguientes:

"I. Se fijar una participación para el Fisco federal en los productos brutos de explotación, que podrá variar de un 10 a un 50 por ciento, según las condiciones de la región, y

"II. La explotación en los terrenos a que se refiere este artículo, no podrá detenerse sin consentimiento del Ejecutivo, dentro de las condiciones científicas de la operación petrolera, fijadas por informe técnico de la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo.

"Artículo 5to. Se confirman, mediante la celebración de los respectivos contratos - concesiones, los derechos que para la explotación del petróleo pretendan tener:

"I. El superficiario que hubiere comenzado los trabajos de explotación petrolera antes del 1o. de mayo de 1917, y que en la fecha de promulgación de esta ley no hubiere cedido sus derechos, y

"II. El último cesionario mediante contratos con fines expresos de explotación de petróleo entre particulares, que llenen algunas de las condiciones siguientes:

"a) Que haya sido celebrado antes del 1ro. de mayo de 1917.

"b) Que se derive del anterior.

"c) Que haya sido otorgado por el superficiario, comprendido en la fracción I.

"d) Que se derive del anterior.

"La confirmación de los derechos anteriores se solicitará dentro del plazo de un año, contado desde la fecha de la vigencia de esta ley; pasado este plazo, se tendrá por renunciado ese derecho y no

tendrán efecto alguno contra el Gobierno federal, los contratos cuya confirmación debe solicitarse, ni los derechos que pretenda tener el superficiario.

"Los contratos de confirmación contendrán los requisitos establecidos en las fracciones I y II, incisos (a) y (b) del artículo 3ro., y, además, el de que su duración ser igual al tiempo que estén en vigor los contratos que se confirman.

"Tratándose de los superficiarios de que habla la fracción I de este artículo los contratos de confirmación durarán treinta años.

"Artículo 6to. Tendrán preferencia para el otorgamiento de las concesiones a que se refiere el artículo 3ro., por el plazo de dos años, a contar de la expedición de esta ley, los superficiarios que no estén comprendidos en el artículo anterior. Si durante este plazo se presentare un tercero solicitando la concesión, la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo correr traslado al superficiario para que ejercite su derecho de preferencia dentro del término de ciento ochenta días. Si el superficiario no ejercitare su derecho, se otorgar la concesión al solicitante.

"Artículo 7mo. Las concesiones otorgadas o contratos celebrados por el Ejecutivo, de acuerdo con las leyes anteriores a 1917, respecto a los bienes enumerados en el artículo 4to. de esta ley, ser n ajustados a todas las disposiciones de esta misma ley, y mediante las concesiones que ella autoriza; sin perjuicio de que el Ejecutivo haga uso de la facultad que le concede el párrafo final del artículo 27 de la Constitución, para declarar nulos los contratos y concesiones, en los casos a que se refiere el mismo precepto.

"Artículo 8vo. los interesados en las concesiones petroleras otorgadas con posterioridad al 1ro. de mayo de 1917, deberán ajustar a los términos de esta Ley sus respectivas concesiones o contratos, dentro del plazo de ciento ochenta días, a contar de la expedición de la misma.

"Artículo 9no. El Ejecutivo de la Unión queda facultado para declarar y establecer las porciones de territorio en las cuales deben constituirse las zona de reserva, previa la ratificación del Congreso de la Unión. Sobre el subsuelo que abarcan estas zonas, no podrá otorgarse concesión alguna para la explotación del petróleo, mientras una nueva disposición no lo autorice.

"Artículo 10. Fundo petrolífero es el volumen de profundidad indefinida, limitado lateralmente por las superficies verticales que pasen por los linderos de una extensión superficial continua, cuya forma sea tal, que permita, cuando menos, la localización de un pozo y de un tanque de almacenamiento de cinco mil metros cúbicos de capacidad, dentro de las distancias reglamentarias a los linderos en el tiempo en que se otorgue la concesión. La extensión de un fundo no exceder de dos mil hectáreas. Cada fundo petrolífero debe ser objeto de una concesión.

"CAPITULO II

"Derechos y obligaciones del concesionario

"Artículo 11. La concesión otorgada por el Ejecutivo de la Unión, dará al concesionario del fundo petrolífero, el derecho de extraer y aprovechar todas las substancias a que se refiere el artículo 1o., sin más limitaciones que las que impongan los reglamentos respectivos. Estos derechos podrán ser hipotecados, enajenados y transmitidos por herencia, en los mismos casos que autoriza el Derecho Común para los bienes raíces, debiéndose dar aviso a la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo, de las operaciones que se efectúen.

"Artículo 12. Cuando el concesionario de un fundo petrolífero no sea, a la vez, propietario de la superficie, deber ceder al superficiario, como mínimo, el 5 por ciento sobre la producción bruta, a título de indemnización.

"Artículo 13. Los impuestos que graven la industria petrolera, de acuerdo con la legislación fiscal respectiva, serán pagados por todas las corporaciones, sociedades o particulares que se dediquen a la citada industria, cualquiera que sea el carácter de los derechos que tengan sobre los yacimientos que exploten. En consecuencia, para los efectos de esta legislación, todos los explotadores del petróleo y sus derivados, estarán en igualdad de condiciones.

"Artículo 14. A juicio del Ejecutivo, los impuestos que graven la industria petrolera podrán enterarse en especie o en moneda, de acuerdo con el valor fiscal que al afectado fijar la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

"El producto del impuesto y producción territorial se distribuir en la forma siguiente:

"80 por ciento para la Federación;

"18 por ciento para el Estado dentro de cuyos límites estén ubicados el fundo o fundos respectivos, y

"2 por ciento para el municipio a cuya jurisdicción corresponda el fundo o fundos.

"Cuando los terrenos correspondan a distintas jurisdicciones, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público hará la distribución del producto de los impuestos proporcionalmente a la superficie que corresponda a cada jurisdicción, según la ubicación de los pozos y su producción.

"Artículo 15. Los explotadores de fundos petrolíferos tienen la obligación de sujetarse a las prevenciones que dicte la Federación con el fin de regularizar la producción del petróleo, de acuerdo con las necesidades que requiera el interés público.

CAPITULO III

"Disposiciones generales

"Artículo 16. Son competentes los tribunales de la Federación para resolver las controversias que se susciten entre los particulares con motivo de la aplicación de esta ley, a no ser que los interesados estén de acuerdo en someterse a resoluciones en la vía administrativa, en cuyo caso y previo acuerdo de todos los interesados, se resolverán por conducto de la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo.

"Artículo 17. Se declara la industria petrolera de utilidad pública. En consecuencia, se sujetan a ella los actos que tengan por objeto de aprovechamiento de la superficie con cualquier otro fin.

Se entienden por industria petrolera, la

extracción captación y transporte, así como el aprovechamiento comercial e industrial de las substancias enumeradas en el artículo 1o.

"Artículo 18. La industria petrolera es de la exclusiva jurisdicción federal y, por lo tanto, solamente estará regida por las leyes que dicte el Congreso de la Unión.

"Artículo 19. Se consideran actos mercantiles sujetos a las disposiciones del Código de Comercio, en lo que no esté especialmente previsto en esta ley:

"I. Las empresas petroleras;

"II. Los contratos que tengan por objeto la exploración y explotación petroleras y

"III. Los contratos que se celebren con relación a los carburos de hidrógeno a que se refiere esta ley.

"Los demás actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con la industria petrolera, se regirán, a falta de esta ley y el Código de Comercio, por el Código Civil del Distrito Federal.

"Artículo 20. Son causas de caducidad de una concesión petrolera, cualquiera de las siguientes:

"I. La falta de pago de los impuestos relativos;

"II. No haber iniciado los trabajos de explotación dos años después de que haya sido otorgada la concesión, salvo lo dispuesto en el artículo 15, y

"III. No sujetarse a los reglamentos respectivos.

"Artículo 21. En lo sucesivo no se otorgaran concesiones para construir oleoductos de uso privado. Las empresas de este género quedan obligadas a transportar a precio de costo el petróleo de la nación y mediante tarifa debidamente aprobada por la Secretaría de Industria Comercio y Trabajo, el petróleo de particulares.

"No se permitirá la construcción de oleoductos para descargar petróleo directamente a barcos en alta mar. La carga de dichos barcos, a excepción de los que provean por medio de los oleoductos ya construidos, deberá hacerse en los puertos comerciales existentes o que se acondicionen en lo futuro.

"Artículo 22. Se faculta al Ejecutivo para expedir las disposiciones reglamentarias de esta ley, previa la ratificación del Congreso de la Unión.

"TRANSITORIOS

"1o. Para los denuncios efectuados conforme a las disposiciones de los decretos de 31 de julio y 8 de agosto de 1918, se observarán las reglas siguientes:

"I. Si la tramitación de los denuncios ha concluído con la expedición del título respectivo, se canjearán los títulos expedidos por concesiones otorgadas de conformidad con las disposiciones de esta ley;

"II. Cuando el título no ha llegado a expedirse y en la tramitación del denuncio respectivo no se ha presentado oposición, se sujetará el procedimiento ulterior a las disposiciones de esta ley, para el otorgamiento de las concesiones a que las mismas se refieren, y

"III. Si existe oposición y el título no ha llegado a expedirse, resulta la controversia con arreglo a los decretos de 31 de julio, 8 y 12 de agosto de 1918, se otorgará concesión en los términos de esta ley a quien la hubiera obtenido.

"2o. Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su promulgación.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 7 de Diciembre de 1922.-A. E. Rama.- José Manuel Puig y Casauranc.- E. L. Céspedes.- F. Ollivier.- J. Certucha.- O. González."- Primera lectura, e imprímase.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Barón Obregón para aclaraciones.

El C. Barón Obregón: Señores diputados: Por fin, después de un largo receso en que esta Representación Nacional dejó de ocuparse de un asunto de la trascendencia nacional, como es el que acaba de presentarse, quiero hacer breves consideraciones, brevísimas consideraciones acerca de la lectura del dictamen presentado por las comisiones de Petróleo.

En primer lugar, hay necesidad de que esta Asamblea se compenetre de la tarea que acaba de dar cima la Comisión de Petróleo y, por lo mismo compenetrarse igualmente de que este trabajo ha sido el fruto de un verdadero estudio, de una constancia capaz solamente de cristalizar en compañeros de la talla del señor Aquilino Emilio Rama y de sus colaboradores, especialmente de los señores Certucha, Puig Casauranc José Manuel, Ollivier, etcétera, colaboradores que han puesto todo su empeño y toda su atención para dar a esta Representación una ley o un proyecto de ley como el que acabáis de escuchar. Veo, después de un análisis así en general de este proyecto que acaba de presentarse, veo cristalizados ya algunos de los ideales que yo he tenido la satisfacción de defender desde esta alta tribuna de la Representación Nacional; especialmente veo que esta comisión ya cambio casi radicalmente el asunto relativo a los denuncios; veo que la comisión también ha tomado ya en consideración puntos muy serios, como son los oleoductos que van al mar, etcétera. etcétera. Esto da idea de que este receso no ha sido un tiempo perdido, sino que, por el contrario, seguramente que ser en beneficio de la nación. Por otro lado, señores diputados, yo necesito hacer en breve exposición una orientación para la Asamblea que seguramente va a servir como preparación para esta discusión de la Ley del Petróleo que en breves días tendremos en el tapete. Desde luego, ciudadanos diputados, esta ley, con todo y que ha sido estudiada con un detenimiento completo, con todo y que ha sido puesta en su redacción y en su formación toda la buena voluntad de los dictaminadores, no satisface firmemente las aspiraciones de la nación en algunos asuntos de trascendencia para la misma. Por ejemplo, señores diputados, esta ley no define categórica y precisamente los problemas que tenemos justamente en las zonas petroleras; no define de una manera precisa y clara la situación en que van a quedar todas aquellas concesiones inmorales que han sido dadas por la Secretaría de Industria y Comercio y que han sido explotadas a base de coyotaje; no

define de una manera clara y precisa aquellas concesiones graciosas, como la últimamente vendida en los Estados Unidos por un ciudadano mexicano, que solamente la obtuvo seguramente para llenarse una mezquindad, si acaso puede decirse, deciento cincuenta mil pesos que se echo a los bolsillos y en detrimento de la nación. (Voces: ¡Nombre! ¡Nombre!) Ya será oportuno cuando se den los nombres; yo vendré verdaderamente decidido a desenmascarar la política inmoral que se ha seguido de cinco años a esta fecha; yo estoy perfectamente preparado y anuncio a la Asamblea de que no dejaré pasar una sola de esas inmoralidades, mientras que nosotros, compañeros de Cámara, mientras esta honorable Representación conserve la dignidad de un cuerpo colegiado como el que prestigiosamente está representando al país en estos momentos. Por esto, señores diputados, y como un breve anuncio, como una breve exposición de algo que tenemos que tratar, porque seguramente tendremos que entrar a un debate completo, vengo a declárales los puntos de vista en que yo veo algunos conceptos obscuros en que ha incurrido esta ley.

Desde luego, ciudadanos diputados, para mi la reglamentación del artículo 27 constitucional necesita forzosamente un estudio de tres fases, que seguramente no puede dejarse de tomar en consideración: La fase anterior a la promulgación de la Constitución de 1917, es decir, la vigencia de la constitución de 1857. Aquí todos los actos, todos los problemas, todos los detalles comerciales que se efectuaron antes de la promulgación de la Constitución de 1917 necesitan forzosamente una reglamentación categórica, expresa, en esta ley. Creo que no está así en el dictamen. Un detenido análisis en este punto podrá darnos la razón o podrá darnos los puntos de vista que tendremos que colocarnos en la discusión. Indudablemente viene después de un período de transición el período de la promulgación de la Constitución de 1917 a la fecha en que sea promulgada esta ley, en que el Gobierno Federal por lo que ustedes quieran ha tolerado actos comerciales que están ya en estos momentos en ejecución; esto también que pudieran llamar los abogados "derechos adquiridos", etcétera es motivo de otra reglamentación; y hay seguramente multitud de casos y detalles, que presentaré a la consideración de vosotros para que sean analizados por esa comisión que acaba de presentar este dictamen y que seguramente los tomara en consideración. La otra forma de reglamentación del artículo 27 constitucional viene, o vendrá, mejor dicho después de la promulgación de esta ley. Y en este caso, señores diputados, es donde hay que tomar todos los puntos nacionalistas que encierra el artículo 27 de la Constitución mexicana. Por ello, señores diputados, dentro de estas tres fases, dentro de estas tres grandes etapas de la vida de la explotación petrolera en la nación mexicana es a la que la conciencia y el estudio de todos vosotros debe tener. ¿Para que? Para presentar una ley que pueda resolver automáticamente, instantáneamente, cada uno de los problemas que se presten dentro de la primera parte, dentro de la primera etapa que acabo de señalar. Existen concesiones inmorales que el Congreso tendrá que reformar, en que el Congreso tendrá que tomar participación activa para decir cuál es lo bueno y cuál es lo malo. Con la facultades que al Ejecutivo le concede, la Constitución es una garantía seguramente. Pero veo con verdadera tristeza que la comisión ha omitido, no le ha dado al Congreso las facultades que el propio Congreso mexicano tiene para ser un auxiliar, un necesario colaborador, un rectificador de esa revisión que la Constitución señala como facultad al Ejecutivo federal.

Dentro de el periodo de tiempo transcurrido de la vigencia de la Constitución de 1917, a la fecha en que se ha promulgado esta ley, el abuso de coyotaje ha sido verdaderamente tremendo. Yo en casos anteriores, en el periodo de sesiones de la XXIX Legislatura, di una lista, leí aquí desde esta tribuna de la Representación Nacional toda la verdadera lista de inmoralidades que tendré que traer al tapete de la discusión, que tendré que poner a la consideración de vosotros para que la comisión dictaminadora venga a presentarnos de una manera clara y precisa la forma en que automáticamente esta ley va a resolver esas sinvergüenzadas después de la vigencia de esta ley, después de la promulgación de esta Ley.

El Congreso tiene que asumir las facultades que tiene en estos momentos y que debe ser la mejor garantía para la nación para evitar nuevas inmoralidades en el uso de este sistema de concesiones. La comisión, de una manera juiciosa, ya despejo el campo, quitando esa forma de continuar en tales inmoralidades que han existido en la Secretaría de Industria y Comercio; es decir, de aprobar en forma de denuncios inmoralidades; pero deja abiertas la puertas para continuar con esas inmoralidades, no hay cláusulas aquí perfectamente definidas que nos digan de una manera clara y terminante y sencilla que todo el mundo pueda entender cómo poder impedir que en la Secretaría de Industria se continúen dando en forma de favoritismo concesiones, porque seguramente la nación está ya cansada de ver en un periodo menor de diez años todas estas sinvergüenzadas, todas estas inmoralidades que han sido toleradas por unos y por otros; pero en resumidas cuentas se suceden automáticamente y también se suceden todas esas inmoralidades Por ello, señores diputados, sirva esta breve explicación que doy a ustedes como un introito para una discusión que tendrá que ser verdaderamente trascendental, seria; aquí nos vamos a pasar sobre la rodilla esta ley, esta ley tomar todos sus tramites; tomó la primera lectura, tomar la segunda lectura, vendrá inmediatamente una discusión completa y amplia en lo general para que aquél que consulte esta ley pueda saber cuál era el pensamiento de nosotros al dar esta ley, después de eso, señores, entraremos a determinar punto por punto, como acabo de deciros, cada uno de los artículos que presenta la comisión. Desde luego -y esto que sea como una verdadera satisfacción para los que acaban de dictaminar - yo pido a la Asamblea que dé con toda la amplitud, con toda la liberalidad con toda espontaneidad un aplauso para esta comisión, que ha trabajado verdaderamente este dictamen la piedra fundamental

del nuevo edificio que tratamos de reconstruir bajo la base de los principios nacionalistas de la Constitución, encerrados en el artículo 27. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Ollivier: señores compañeros: Las comisiones unidas del Petróleo empiezan por agradecer debidamente los generosos conceptos del compañero Barón Obregón. No voy a adelantar el debate; quiero únicamente relevar a la honorable Asamblea, de la preocupación que en ella pueda haber una apreciación del compañero, que es completamente injusta. Compañeros: el señor Barón Obregón, sin duda alguna por falta de preparación porque no ha tenido el tiempo necesario para estudiar el dictamen...

El C. Barón Obregón, interrumpiendo: Pues ni lo conozco.

El C. Ollivier, continuando: ....nos ha acusado de haber dejado pasar desapercibidos ciertos problemas involucrados en el asunto del petróleo; esto no es justo: la comisión tendrá oportunidad de mostrar sobradamente que las inmoralidades, los defectos que ha adolecido la organización oficial que se relaciona con este asunto hasta la fecha, están de una sola vez por todas destruídas, están cortadas con nuestra ley. En concreto, esas concesiones graciosas otorgadas a favoritos que tanto obsesionan a nuestro compañero, que tanto preocupan al compañero Barón Obregón, caen automáticamente, definitivamente por tierra, en virtud de nuestro artículo X. Así, la comisión puede ir demostrando, paso a paso, que cada uno de los problemas han sido considerados. Puede creer el compañero, y puede creer la Asamblea que el anhelo principal de la comisión es justamente llegar a este debate. no creemos que nuestra ley pase sin pena ni gloria; nosotros deseamos que se vea que cada uno de nuestros artículos ha sido el resultado de un estudio que probablemente otros elementos habrían hecho con más capacidad , con más acierto, con más talento, pero no con más empeño ni menos con más cariño: la comisión anhela llegar a la discusión detenida del problema, porque aspira a un galardón que no tiene comparación con otro alguno: a la aprobación de vuestra soberanía, porque así demostrar que nosotros hemos sabido acercarnos a la solución patriótica de este problema. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Gandarilla.

El C. Gandarilla: Honorable Asamblea: Me he visto obligado a pedir la palabra para interpelaciones para algo trascendental: me refiero a la reglamentación del artículo 123, por lo que tiende el dictamen que debe rendir las comisiones unidas del Trabajo y Previsión Social. Estas comisiones, tengo entendido que están integradas en la siguiente forma:

"León Luis L., Vázquez Jenaro V., Monrones Luis N., y suplente, Palencia Benigno.- Altamirano Manlio Fabio, Yañez Salazar Antonio, Rodríguez Guillermo y suplente, Aguilera José Ascensión.- Gómez Campos Agustín, Aranzabal Norberto, González Julián S., y suplente, Cisneros Canto Arturo."

O sea nueve miembros, compañeros. La interpelación que quiero hacer, consiste en que nos digan cuando rendirán los dictámenes que les corresponden, y a la vez que ha pedido la palabra para esta interpelación, quiero leer un documento que se me ha pedido que se lea en esta tribuna, lo que efectuaré con permiso de la Presidencia, para que la Asamblea se dé cuenta del sentir de los trabajadores. El dicho documento dice a la letra: "Unión Minera Mexicana.- C. R. O. M.- Sucursal número 6.- Lampacitos, Coahuila.- Oficio número 86.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de diputados.- México, D. F.

"Para que se sirvan hacerlo del conocimiento de esta H. Asamblea, tenemos el honor de dirigirnos, una vez por todas, para exponerles lo siguiente:

"Como es ya bien sabido, estamos pasando por una situación espantosa, a consecuencia de que a la fecha no tenemos una ley a que sujetarnos. Tenemos, por ejemplo, la Ley del Trabajo, que verdaderamente ha sido un mito, puesto que las compañías no la respetan ni las autoridades hacen por que sea respetada. Así es que si en esta H. Cámara hay hombres de buena fe, harán por influenciar a que se respeten nuestras leyes; de lo contrario, pediremos que sean recogidas, convencidos de que son inútiles, todas juntas.

"Al expresarnos en esta forma, lo hacemos al recordar de nuestros hermanos muertos en la revolución, que no midieron peligros al ir a reclamar sus derechos sagrados; sería mucho el escribir en estos renglones nuestros sentimientos, al ver que en parte, estamos retrocediendo a los tiempos ya pasados.

"Así es, ciudadanos diputados, que pedimos se preocupen un poco del pueblo trabajador que todo lo paga, e interpongan su influencia acerca de que se respete esa sangre de nuestros hermanos caídos en los campos de batalla.

"Quedamos en el convencimiento de que harán todo lo posible por la pronta reglamentación de los artículos 123 y 27 constitucionales, porque de lo contrario, ustedes serán los responsables de nuestros sufrimientos.

"Suplicamos a ustedes tomen nota de nuestra justa petición y darle el tramite correspondiente, dejando por el momento las discusiones que tienden a licencias concedidas con goce de "dietas".

"Protestamos a ustedes nuestra distinguida consideración.

"Trabajo, Fraternidad y Justicia.- Lampacitos, diciembre 5 de 1922.- Secretario general, M. Valenzuela..- Secretario del Exterior, Francisco Rodríguez C. - Secretario tesorero, Macario Rivera.- Secretario del interior, J. Isabel de la Rosa."

Es, pues, con fundamento en este documento que acaba de llegar a la Secretaria, con fundamento en el cual me dirijo a los honorables miembros de las comisiones de Trabajo y Previsión Social, para que tengan la bondad de informar sobre el caso.

El C. González Julián S.: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. González Julián S.: Señores diputados:

Precisamente en los momentos en que el compañero Gandarilla hacía la interpelación a las comisiones de Trabajo y Previsión Social, iba yo a venir a

esta tribuna a interpelar al mismo tiempo a la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales, que es la que actualmente tiene durmiendo un proyecto ya pasado por las comisiones de Trabajo y Previsión Social. Aprovecharé la oportunidad para contestar las interpelaciones del compañero Gandarilla y para hacer, asimismo, la interpelación a que antes me refería.

Creo estar autorizado para hacer esta explicación, si no por la totalidad de los miembros de las comisiones del Trabajo y Previsión Social, cuando menos por aquellos que normalmente estuvimos asistiendo al departamento creado por esta Cámara, llamado Departamento Auxiliar de las Comisiones del Trabajo, como bien sabe esta Asamblea, y creo que buena parte del público, puesto que la prensa habló con amplitud de este asunto. Las comisiones del Trabajo presentaron hace aproximadamente un mes, a esta Cámara, un proyecto que estimo yo, y conmigo creo que los compañeros de las comisiones del Trabajo, un proyecto que es la base de la legislación sobre el trabajo y sus consecuencias.

Este proyecto creaba los tribunales del trabajo, este proyecto daba a las juntas de Conciliación y Arbitraje la verdadera personalidad que quiere darles el espíritu nuestra carta magna; pero que conforme a la letra muerta de la misma Constitución, muchas veces es un arma de dos filos que se incrusta en el corazón de los trabajadores. Por esto las comisiones del Trabajo se consagraron preferentemente al estudio de las llamadas juntas de Conciliación y Arbitraje, que en realidad no son sino una barrera donde se estrellan todas las conquistas contenidas en el artículo 123 de la Constitución, y después de un trabajo arduo de un mes y medio, en que la mayoría de las comisiones unidas estuvimos diariamente trabajando para tratar de esto, todos los puntos de vista de este asunto a que me estoy refiriendo, las comisiones formaron su dictamen, y yo quisiera saber si la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales, a la que una vez interpelé desde esta tribuna sobre el particular, quisiera saber si ésta se ha ocupado de tal dictamen, porque apenas nos van a quedar unos cuantos días para que termine este período de sesiones y se va a dar el caso, si las comisiones de Puntos Constitucionales no presentan el dictamen respectivo, se va a dar el bochornoso espectáculo de que por culpa de ellas las comisiones del Trabajo no hayan cumplido con su deber.

Yo creo, y conmigo los demás compañeros, que mientras no haya un tribunal que resuelva los pequeños conflictos cotidianos que se suceden entre el capital y el trabajo, ser inútil toda la legislación que se publique para favorecer a los intereses de los trabajadores. Mientras no haya ese tribunal, evitándonos el engorro de los tribunales del orden común, que pueda dar a los trabajadores lo que en justicia merezcan, de acuerdo en todo con la Constitución, ser inútil que nosotros expidamos leyes sobre accidentes de trabajo, o sobre huelgas, leyes sobre paros, etcétera, porque esa legislación que nosotros hiciésemos, vendría a caer por tierra ante los mismos resquicios que deje el artículo 123 en las partes en que nos proponemos su reforma, en los mismos resquicios por donde se mete muchas veces el oro corruptor de las empresas, y otras veces la venalidad de los jueces y muchas veces de los magistrados de la Suprema Corte, ¿ por qué no decirlo también ? Por otra parte, las comisiones de Trabajo están a punto de presentar -y creo que lo harán a principios de la semana entrante - un proyecto de ley sobre Accidentes e Indemnizaciones del Trabajo, que con el proyecto de crear los tribunales del trabajo, creo que vendrá a ser ya algo como reglamentación del artículo 123. Yo quisiera, pues, que la comisión a que me he referido, 2a. de Puntos Constitucionales, tuviera la bondad de informar a esta Asamblea en qué estado se encuentra el proyecto turnado a ella por la comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social.

El C. secretario Gandarilla: La Presidencia, por conducto de la Secretaría, suplica respetuosamente a alguno de los miembros de la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales, conteste la interpelación que se ha hecho.

El C. Vásquez Jenaro: Pido la palabra, señor presidente.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Vásquez: Contestando la interpelación que acaba de hacer el compañero Gandarilla, participo que efectivamente la 1a. Comisión de Trabajo y Previsión Social, recibió ese proyecto durante el tiempo que estuvo elaborando la reforma al artículo 115 que ya se presentó; pero que aunque repetidas veces pidió al señor Morones los dictámenes que tuviera en su poder, nunca llegó a recibirlos, y a ese motivo se debe que no haya presentado dictamen.

El C. secretario Gandarilla: ¿El ciudadano Padilla? No se encuentra presente.

¿El ciudadano Rafael Valderrama? Tampoco se encuentra presente. ¿El ciudadano Castillo Nájera? No se encuentra presente. ¿Ciudadano Hernández Galván? Como el ciudadano Hernández Galván esta fungiendo como presidente de la Cámara y no está en funciones como miembro de la comisión, no puede informar.

El C. González Julián S.: Para pedir que quede en pie mi interpelación y que al encontrarse presente alguno de los miembros, pueda contestarla.

El C. secretario Gandarilla: La Presidencia, por conducto de la secretaría, declara que queda en pie la interpelación del ciudadano González.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Azueta para hechos.

El C. Azueta: Señores diputados: Desde que tuve el honor de formar parte de esta Representación Nacional, he recibido continuas quejas de mi distrito por los atropellos que constantemente están recibiendo aquellos municipios; pero en virtud de las labores que teníamos tan apremiantes, como las que se han llevado a cabo hasta estos momentos, no he querido distraer la atención de los señores diputados hasta hoy. Ya colmada la paciencia, me permito exponer esta queja del municipio de Panuco. Suplico a la Secretaría tenga la bondad de dar lectura a este telegrama.

- El C. secretario Gandarilla, leyendo:

Telegrama procedente de "Panuco, Veracruz, 8 de diciembre de 1922.

"General y diputado Adolfo M. Azueta.- Cámara de diputados.

"La nueva humillación que gobernador Estado hace a nuestro pueblo imponiendo como presidente

Administración, al traficante Ismael Cortés, pone límites a la paciencia de esta sociedad. Confiamos en que usted nos librar de esta vejación, que nosotros procuraremos impedir. Dígolo a usted en nombre pueblo que ya desea verse libre de politicastros, intrigantes y vividores. Salúdolo y gracias.

- Efrén Pazzi."

El C. Azueta: Ya por el mensaje leído se habrán ustedes dado cuenta del dolor que se ha causado a aquella sociedad con el nombramiento de este señor Ismael Cortés. Antes que todo, debo indicarles que el señor Ismael Cortés, exdiputado a la Legislatura local y quien fue mi contrincante, ha dirigido misivas a aquel pueblo indicando que como la sociedad se opuso a dar su voto en favor de dicho señor, iba a ver si tomando el cargo de presidente de la Junta de Administración civil, podría vengar esos agravios. Esta es la misión de este señor. Indudablemente que la sociedad, justamente alarmada, pidió protección ante el Gobierno del Centro, a fin de no tener en su seno a un elemento de esta índole. El señor Tejeda, cinco días antes de llevarse a cabo las elecciones para el Poder Legislativo, retiró el Ayuntamiento y nombró una Junta de Administración civil. Indudablemente que el punto principal era que la votación fuese en favor del predilecto, este señor Ismael Cortés, pero la sociedad aquella, todo el pueblo mismo, se opuso honrosamente y dio el voto al que habla. Terminado su período a la Legislatura local, fue comisionado por el propio gobernador, visitador de municipios, y no conforme todavía este señor Cortés con ese nombramiento, sugirió al propio Tejeda que lo nombrase presidente de la Junta de Administración civil. Esto ya es bochornoso, señores. En el Estado de Veracruz sesenta y ocho municipios han sido destituídos, todos se componen de juntas de Administración civil....

El C. Castillo Agustín, interrumpiendo: ¡Está bueno!

El C. Azueta: No está bueno, señor.

El C. Castillo: No, si estaba platicando con el compañero. (Risas.).

El C. Azueta, continuando: Perdone usted. Esto indudablemente viene a relajar el nivel moral de este señor que se llama Tejeda; ya no es posible soportar pacientemente las indicaciones de este señor. Por este motivo me permito llamar la atención de ustedes a fin de exponerles estas innumerables quejas, y en mi opinión sugiero que se nombre de esta honorable Cámara una comisión que se acerque a la Secretaría de Gobernación a fin de que la propia Secretaría, por sus buenos oficios, indique al señor gobernador Tejeda la forma de solucionar más loablemente estas quejas. En mi concepto, la forma sería que en este municipio de Pánuco se convocase a un plebiscito y se nombrase a esa forma al presidente de la Junta de Administración civil. Este señor Tejeda nos está llevando al caos completamente en nuestro Estado; ya ustedes por la prensa se habrán dado cuenta de todos los disgustos que está cansando a la Federación misma con motivo de las controversias que tienen los alijadores en el puerto de Veracruz: Están almacenadas las mercancías allí, el Gobierno del Centro no recibe un solo centavo mientras esas mercancías estén allí en esos almacenes y todo es por culpa suya, por un cúmulo de proyectos de ley de sus elementos, de esos vampiros que tiene a sus órdenes, llamados visitadores de administración, unos, otros inspectores del trabajo, que cuando algún sindicato no tiene ningún problema que resolver, van esos mismos elementos mandados por el gobernador para hacerlos cometer barbaridades y entorpecer la administración. Y con este motivo suplico a la honorable Asamblea coadyuve a mis esfuerzos y se nombre una comisión para acercarse a la Secretaría de Gobernación a fin de que, como dije antes, se convoque a un plebiscito en el municipio de Pánuco y se nombre el presidente de la Junta de Administración civil, para que no sea el mercader y politicastro ese de Ismael Cortés. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Santa Anna.

El C. Gandarilla: No está el señor Santa Anna.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Cervantes.

El C. Gandarilla: No se encuentra en el salón el ciudadano Cervantes. No habiendo más asuntos de qué tratar en la sesión de la mañana, se cita para la sesión de la tarde a las diez y seis, a fin de tratar el asunto del presupuesto de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas.

- El C. presidente, a las 13:30: Se levanta la sesión.

En vista de que en el número 68 del DIARIO DE LOS DEBATES no fue publicado el dictamen de la 1a. Sección de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, relativo a la Contraloría, se inserta a continuación, por ser necesario que conste en este periódico.

"Señor:

"A esta 1a. sección de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, fue presentado el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Contraloría, para el año fiscal de 1923; y después de un estudio minucioso del mismo, habiendo escuchado las indicaciones de varios ciudadanos diputados, y muy especialmente las del coronel diputado Alberto Peralta, que ocupó por algún tiempo el puesto de oficial mayor del referido departamento, nos permitimos proponer a la consideración de la H. Cámara el siguiente proyecto de presupuestos, que consigna una economía de $1.188,915.50, sobre el presentado por la Contraloría.

"He aquí las razones en que fundamos el presente trabajo:

"EL presupuesto que para el año fiscal de 1923 ha presentado el ciudadano contralor a la H. Cámara de Diputados, para su aprobación, importa, según el proyecto, la cantidad de $5.483,357.50, de los cuales corresponden a las oficinas superiores $ 117,165.00 "Oficinas generales , , 2,609,750.00 "Y para las oficinas regionales ,, 1.461,277.50 "En partidas globales, para gastos ordinarios ,, 1.015,165.00 "Gastos eventuales ,, 240,000.00 "Y gastos extraordinarios e imprevistos ,, 41,000.00 "Total $ 5.483,357.50

"De este presupuesto no solamente llama la atención el número de empleados que, según el proyecto, se considera necesarios para llevar a cabo las labores de glosa, contabilidad y liquidación de cuentas de La Hacienda Pública, sino también la variedad de las asignaciones de las cuotas diarias y la variedad de las denominaciones que se dan a estos empleados; así tenemos que, además del personal superior directivo, que propiamente se forma del contralor, auditor general, oficial mayor y contador en jefe, hay subcontador, secretarios particulares, ayudantes del oficial mayor y del secretario del contralor, como si dijéramos: un subsecretario; abogados consultores, medico, ingeniero, jefe de informaciones de publicidad, cajero, subcajero, proveedor y algunas otras categorías, como oficiales especiales, visitadores de auditorías, auxiliares de contabilidad, etc. y una división de los glosadores, y oficiales, que comprende, para los primeros desde la categoría de primera a la de quinta, y lo mismo para los segundos, sin que exista una razón para fundar esta diversidad de categorías, cuando las labores de la Contraloría, tanto que respecta al departamento en esta capital, como a las auditorías regionales, son todas de una misma índole, y se requiere para los empleados que las ejecutan, iguales conocimientos y aptitudes. Esto mismo podría decirse respecto de los inspectores, que están divididos en de primera y segunda clase, siendo así que el trabajo que tienen, es igual para unos y otros. "En cuanto al personal que presenta el proyecto se compone de diez y ocho empleados, incluyendo contador (anexo 1), de los ya se hizo referencia, setecientos veintisiete, con las diversas categorías que constan, igualmente, en el (anexo 1), distribuídos en las siguientes oficinas generales:

"Consultiva de asuntos jurídicos, Auditoría de inspección, Auditoría de libramientos, Auditoría de glosa y depuración, Auditoría de Deuda pública, delegaciones en la dependencias del Ejecutivo, Archivo, Oficina de informaciones y publicidad, Sección de Correspondencia, Registro de personal con manejo de fondos, Caja y Proveeduría, 44 empleados en la Auditoría Regional de los Estados de México, Morelos y Guerrero, con residencia en la capital de la República y adscrita al departamento de Contraloría (anexo 1); total de empleados del Departamento de Contraloría, 1,143, que, con la servidumbre, tiene un costo de para el Erario, según proyecto, de $4.188,192.50.

"Es de llamar la atención que, para el año de 1923, el Departamento de Contraloría necesite mayor numero de empleados del que tuvo en el año fiscal de 1919 y del que ha tenido en este año de 1922, que fueron, para el primero de estos años, de 699, y para el segundo, de 885, lo que representa para el año de 1923 un aumento de 444 empleados con relación al de 1919, y de 258 para el de 1922, y este aumento ni se justifica ni debe admitirse,

desde el momento en que el Gobierno necesita llevar a cabo positivas economías en sus gastos, y el presupuesto de Contraloría, tal y como se presenta, lejos de tener una economía, aumentó su costo en $1.141,561.00. Tampoco se explica a qué obedezca el aumento de empleados, desde el momento en que el ciudadano contralor, en la nota explicativa con que remitió a la Cámara del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, la cuentan de la Hacienda pública, correspondiente al año fiscal de 1921, ha dado cuenta de que en el citado año se desarrolló esencialmente por el departamento de su cargo, una labor intensiva para perfeccionar el sistema de contabilidad, implantado, como consecuencia de las innovaciones, una clasificación de cuentas que simplifican sensiblemente los trabajos de revisión y glosa de las operaciones fiscales y la concentración de las mismas en la cuenta general de la Hacienda pública, que el catálogo de cuentas de la misma, formulado de acuerdo con el sistema decimal que había quedado implantado, y se dieron, al efecto, instrucciones de explicar suficientemente su mecanismo, lo que trajo consigo una notoria sencillez en la forma de correr las partidas de la contabilidad y brevedad sensiblemente apreciable en todas las operaciones, a la vez que facilidades para hacer, desde el origen de las propias operaciones, las aplicaciones correspondientes a las cuentas que aquéllas deben afectar. También expresa en el mismo informe, de fecha septiembre 9 de 1922: "que la manifestación ostensible y de alta elocuencia que corrobore lo antes expuesto, es la circunstancia de que el número de asientos corridos en la contabilidad de la nación por las operaciones relativas al año de 1921, es muy inferior al de los que se practicaron en el año de 1920, debiéndose ello a que los trabajos han sido de superior impulso, ya que el numero de corporaciones que quedaron pendientes de glosa y concentración, es sólo de 31, numero mucho menor que el resultante en el año anterior (1920)."

"En consecuencia , si ha habido simplificación en las labores de la Contraloría y los procedimientos seguidos en el presente año para liquidar y formar la Cuenta de 1921 dieron resultado satisfactorios y pudo llevarse a cabo esta labor con 885 empleados en esta capital y las auditorías regionales, no se explica por qué para 1923 haya necesidad de 1,143 empleados.

"El aumento se nota en algunas de las dependencias de la Contraloría, comenzando por la Contaduría, que en el proyecto tiene más empleados que en 1922, siendo así que, según el informe del ciudadano contralor, se ha simplificado las labores de esta oficina.

"Se establecen delegaciones en las dependencias del Ejecutivo con empleados de categorías de auditores, subdirectores, jefes de sección, oficiales especiales, glosadores de 1a. a 5a. categoría, taquígrafos y mecanógrafos; un total 87 empleados con un costo al año de $313,535.00 para revisar en un año tomando los datos de la misma nota explicativa, 17944 libramientos 43,346 autorizaciones de pago, (Año fiscal de 1921) en el año de 1923 podrá ser la revisión en mayor o menor número de libramientos o autorizaciones, pero esto propiamente no amerita el que se emplee para la revisión de estos documentos, un personal tan numeroso y tan bien retribuido como el que se propone en el presupuesto.

"Con respecto a la Auditoría de Inspección, llama la atención el gran número de inspectores de 1a. y 2a. clase que suma 131 y que indudablemente tendrán prestar servicios tan sólo en la capital de la República, porque las auditorías regiones cuenta con 19 inspectores de 1a. y 67 inspectores de 2a. y la Auditoría adscripta al Departamento de Contraloría que reside en esta capital, tiene también dos inspectores de 1a. y cuatro de 2a. categoría, 131 inspectores para vigilar las oficinas con manejo de fondos en esta capital, es un número tan crecido, que seguramente tendrá que verse muy apurado el auditor de inspección, para darles trabajo diariamente a tanto empleado; siendo indudable que muchos de ellos quedar n sin hacer nada, como lo han estado en todo este año, según puede verse en la Auditoría de Inspección que día a día y por horas enteras, permanecen estacionados los inspectores sin ocupación alguna.

"A la Auditoría de Glosa y Depuración se le asignan 271 empleados y si, al entregar la cuenta 1921 quedaron tan solo por ese año sin concentración 31 cuentas, hay que suponer que ya éstas a la fecha deben estar glosadas; y si efectivamente los métodos de contabilidad se han simplificado, es seguro que al terminar el presente año de 1922 no queden pendientes cuentas de este año y si algunas quedan, a más tardar en los primeros meses de 1923, serán incorporadas a la contabilidad general de la nación, desde el momento en que el informe de el ciudadano contralor asegura que por los procedimientos empleados, mes a mes se glosan las cuentas de las oficinas públicas, tanto por las auditorías regionales en los Estados, como por la regional de esta capital.

"Así es que únicamente quedarán para la Auditoría de Glosa y Depuración, las cuentas de 1917 a 1919 que indudablemente serán ya en muy poco número desde el momento en que no ha dejado de subsistir la Auditoría de Liquidación de Cuenta para que especialmente se ha dedicado a glosar las cuentas de los años antes citados y como siempre ha estado dotada esta Auditoría de un buen número de empleados cabe suponer que al finalizar el presente año quede muy poco de liquidación de los años fiscales de 1917 a 1919.A la misma Auditoría de Glosa y Depuración tocar glosar las cuentas de las direcciones generales de Correos y Telégrafos, Casa de Moneda, Comisión Monetaria, etc., y las de las pagadurías de las secretarías y departamentos de Estado, que si bien es cierto que estas cuentas corresponderían propiamente a la Auditoría Regional que radica en esta capital, tal labor no puede llevarla a cabo en razón de que personal con que figura el proyecto tan sólo es suficiente para glosar las cuentas de las corporaciones militares que radican tanto en esta capital como en los Estados de México, Morelos y Guerrero, que tienen como jurisdicción; pero aún glosando la Auditoría de Glosa y Depuración todas las cuentas antes citadas, el personal que tiene en el proyecto es bastante crecido para el trabajo que va a desempeñar .

"Por todo lo expuesto, y a fin de que en el

departamento de Contraloría se hagan realmente economías en su presupuesto del año fiscal de 1923, conviene presentarlo a la consideración de la honorable Asamblea con las siguientes reformas:

"En las oficinas superiores. Dirección del departamento. Considerar al ciudadano Contralor con la cuota diaria de $50.00 de conformidad con la cuota establecida para funcionarios de esta categoría, suprimir por innecesario el puesto de ayudante del secretario particular, así como la plaza del oficial primero.

"En la Auditoría General; suprimir igualmente el secretario particular , por que este puesto corresponde más bien a un taquígrafo de 1a., que tanto puede despachar los asuntos particulares como los oficiales del auditor general, sin el costo tan elevado de un secretario particular. Además la cuota diaria del auditor general, reducirla a $40.00 por la misma razón que se expuso al reducir la cuota diaria del ciudadano contralor.

"En la Oficialía Mayor, reducir a $33.30 la cuota del oficial mayor por las razones ya dadas y suprimir por innecesaria la plaza de un ingeniero, pues si éste se necesita en muy pocos casos para avalúos de fincas o propiedades de la nación, bien pueden pagarse en su caso los servicios de un profesionista, con honorarios de arancel, con cargo a gastos extraordinarios.

"En las oficinas generales: "Oficina consultiva y de asuntos jurídicos. reducir la cuota diaria de un abogado consultor, a $20.00 y la del abogado auxiliar, a $16.00, por las razones ya antes expuestas. Suprimir, por no considerarlos necesarios para las labores del departamento, a dos oficiales quintos.

Contaduría. Reducir la cuota del contador en jefe a $35.00, asignación igual a la que tiene en este año. Suprimir la plaza de subcontador, porque estando cubierto el puesto de contador en jefe, resulta inútil dicho empleado, ya que no tiene señalada labor alguna y sólo sirve substituir al contador en jefe en su ausencia, lo cual puede, en su caso desempeñarlo el jefe de sección, más antiguo o más competente, dejar solamente dos jefes de sección, porque en la práctica se ha comprobado que la Contaduría solamente necesita dos jefes de sección, encargado uno de los libros y otro de los asientos de Diario y reducir, igualmente a diez el número de los auxiliares de contabilidad de 1a. y diez el de los auxiliares de contabilidad de 2a., dejando cinco auxiliares de contabilidad de 3a. y cinco de contabilidad de 4a., así como diez auxiliares de contabilidad de 5a., personal que ser bastante para las labores de la contaduría, dadas las reformas que se han llevado a cabo tanto en los procedimientos de glosa como de contabilidad "Auditoría de inspección. Esta Auditoría en los años fiscales anteriores ha tenido un personal con el Auditor de seis empleados (1919) y en este año con el auditor, de diez, y como las labores para el de 1923 no serán en mayor escala que las del actual se propone por innecesarios la supresión de los subauditores; substituir a los glosadores de 1a. por un oficial 1ero., ya que ésta denominación está más en consonancia con las labores que desempeña; suprimir un glosador de 2a. y substituir dos glosadores de 5a., con dos oficiales quintos.

"Deducir a veinticinco el número de inspectores de 1a. y a cuarenta los de 2a. Con respecto a la reducción que se hace de los inspectores, tanto a los de 1a. como de los de 2a., se toma en consideración que a estos empleados tendrán que destinárseles exclusivamente a la inspección y demás labores conexas, tan sólo en la capital de la República, desde el momento en que cada una de las auditorías regionales tiene un número considerable de inspectores para vigilar las oficinas de la jurisdicción de cada una de ellas y también la misma auditoría regional, adscripta al departamento de Contraloría tiene sus inspectores, que si bien en poco número, podrá utilizarlos en la vigilancia de las oficinas en los Estados de México, Morelos y Guerrero que tiene como jurisdicción.

"Por lo tanto, sesenta y cinco inspectores para la capital de la República, son más que suficientes para cubrir todos los servicios de la Auditoría de que dependen y para practicar visitas a las oficinas y pagadurías civiles y militares casi diariamente, pues es indudable que ni con las pagadurías militares habrá mayor número de oficinas que visitar, que el de inspectores. hay que hacer notar que en años anteriores el número de oficinas con manejo de fondos federales, tanto de las secretarías de Estado como de pagadurías civiles y militares, es igual o con muy poca diferencia a las que hoy existen y si acaso, el aumento ser en oficinas del ramo militar. En tiempos normales y hasta 1912-13, la Tesorería General de la nación que tenía a su cargo la vigilancia de las oficinas de manejo de fondos, contaba con cuatro visitadores de 1a. y cuatro visitadores de 2a. que no solamente visitaban las oficinas en esta capital, sino llevaban a cabo visitas de inspección a las jefaturas de hacienda en los Estados , amén de otras muchas comisiones que les encomendaba la Tesorería y la Secretaría de Hacienda, dentro y fuera de la capital. En consecuencia, sesenta y cinco inspectores de 1a. y de 2a. tan sólo para la capital de la República son por ahora más que suficientes para ejercer una vigilancia verdaderamente efectiva, ya que hasta la fecha el departamento de Contraloría, no obstante haber dispuesto de un número considerable de inspectores y de partida especial en su presupuesto para el sostenimiento de policía secreta, no pudo evitar desfalcos y robos por pagadores, agentes y empleados con manejo de fondos; substracciones y robos que a la fecha suman cantidades de bastante consideración.

"Auditoría de Libramientos. Desde el momento en que existen delegaciones en las secretarías de Estado y Departamentos y que en algunas otras oficinas hay empleados que con carácter de inspectores, intervienen los libramientos y autorizaciones de pago, así como las compra de efectos, substituyendo en estas atribuciones a los pagadores que, por su reglamento, deben intervenir en ellas no parece conveniente ni adecuado el que a un grupo de empleados de la Contaduría cuya misión ha sido, últimamente, llevar el registro de partidas del presupuesto de Egresos, tramitación de libramientos y autorizaciones de pago, previa autorización

de los empleados superiores de la Contraloría que por la ley deben legalizarlos, siendo ya, propiamente dicho, una oficina de simple tramitación, puesto que los delegados de inspectores han autorizado y sancionado con su firma las ordenes de pago expedidas por las secretarías, departamentos de estado y demás oficinas públicas, me es adecuado como ya se ha dicho, que a que a este grupo empleados se les considere como auditoría, siendo que simplemente pueden formar una dependencia de la Contaduría, como estuvo desde el establecimiento del departamento de Contraloría y por cierto con un personal reducción y sin que el jefe de ella tuviera el sueldo que se le asigna, no parece, como se ha dicho, adecuado, que sea Auditoría, sino Sección de registro de Libramientos.

"En consecuencia, la auditoría de Libramientos convertida en sección, quedaría en esta forma: un jefe de sección, dos glosadores de 1a., dos glosadores de 2a., dos de 3a., dos de 4a., dos de 5a., dos ayudantes y un taquígrafo de 2a.

"Auditoría de Glosa y Depuración.- La nota explicativa de fecha 9 de septiembre de 1922, con que se remitió a la H. Cámara de Diputados la cuenta del tesoro Federal por el año fiscal de 1921, demuestra que para el año 1923, ya no sea necesario que la Contraloría disponga de un personal numeroso, como lo es el de 271 empleados que en el proyecto de presupuesto se destina para la Auditoria de Glosa y Depuración. en el presupuesto actual de la Auditoría de Liquidación de Cuentas, que desaparece para dar lugar a la formación de otra con la denominación antes citada, tiene 114 empleados con un costo al año de $240,170.00 contra $671,966.00 que importa la nueva Auditoría, y la cual resulta que, existiendo menor número de cuentas que glosar de los años fiscales de 1917-1919, se requiera mayor número de empleados y nada menos que 167, diferencia entre los 271 del proyecto y 114 que en el presupuesto de 1922 tiene la Auditoría de Liquidación de Cuentas.

"Y si el aumento de 167 empleados se hizo para glosar las cuentas que, como las de las secretarías y departamentos de Estado y demás oficinas civiles que no recibe la Auditoría Regional en esta capital, adscripta al Departamento de Contraloría es también elevado, lo es más aún si se tiende a que las glosas de las cuentas del ramo civil que radican en esta capital, pueden hacerse cuando mucho con 80 empleados y aun éstos tendrían relativamente bastante desahogo para su trabajo, sin perjuicio de una revisión minuciosa y aplicación exacta de los ingresos y egresos las cuentas mensuales que glosen. Así es que tomando en consideración las necesidades que en el año de 1923 tenga la Auditoría de Glosa y Depuración, bien puede hacerse sin perjuicio de la eficiencia de sus labores, la siguiente reducción del personal que para dicha Auditoría tiene el proyecto de presupuesto. "Redecir a cuatro el número de jefes de sección, a diez y seis los glosadores de 1a., a igual número los de 2a., a 64 los de 3a., suprimiendo los de 4a. y 5a. para que haya mayor número de empleados de la categoría de 3a. con el sueldo de $8.00 diarios, lo que permite tener empleados de mejor competencia que los de cuotas diarias de $ 6.00 y $7.00. Aumento a 100 el numero de ayudantes, a fin de que corresponda uno para cada jefe de sección y glosador, desde el momento en que se tiene noticias de que a la fecha ha vuelto a establecerse en la Auditoría de Glosa, el mismo sistema de revisión que existía desde la fundación del departamento.

"Con las reformas que se proponen se obtiene en el año una economía de $197,120.00, que ya es de consideración, siendo seguro que en nada se perjudicar n las labores de tantas veces citada Auditoría de Glosa y Depuración en el año fiscal próximo venidero.

"Auditoría de Deuda Pública.- Como en esta Auditoría aún no se terminan las liquidaciones de bonos a los empleados públicos y, además, la revisión que está haciendo de las pensiones otorgadas por diversas causas, tanto en el ramo militar como en el civil, hace que, aun considerando algo elevado el número de empleados de figura en el proyecto, no se proponga reforma alguna a fin de que la labor que tiene a su cargo, ligada íntimamente con los intereses de los empleados públicos, no sufra retraso alguno, y antes bien, se termine el período más corto que fuere posible, tanto para bien de los mismos empleados públicos, como para que la nación tenga conocimiento exacto del monto de la Deuda pública, por concepto de bonos.

"No se hace mención de las labores que desempeña por lo que respecta a Deuda pública exterior, porque apenas si el año entrante comenzar a tener algún trabajo por las operaciones a que den lugar los arreglos tenidos con sus acreedores por el supremo gobierno.

Tampoco se hacen reformas a las delegaciones en las dependencias del Ejecutivo, en atención a que los trabajos que desempeñan los delegados en las secretarías y departamento de Estado, dan lugar a en lo general y por la oportunidad que ellos tienen para apreciar y conocer de cerca las necesidades de los gastos que tienen que hacer las oficinas mencionadas, autoricen los libramientos y autorizaciones de pago que ellos expiden y eviten el que se lleven cabo erogaciones que estén fuera de la ley, o que innecesarias u onerosas no deban hacerse; facilitando así la tramitación de documentos de pago que, como se ha dicho, pasan ya a la Sección de Libramientos, única y exclusivamente para su anotación y legalización por los funcionarios de la Contraloría, autorizados por la ley para ello.

"Oficina de informaciones y Publicidad.- Nunca podrá justificarse debidamente la existencia de una oficina de informaciones y publicidad en un departamento que como el de Contraloría, tiene funciones tan sólo administrativas y de contabilidad de las cuales no hay mucha o ninguna necesidad de dar a conocer al público lo que se está haciendo, y así es que durante el tiempo en que estas oficinas han estado funcionando, sólo han servido para dar a conocer movimientos en empleados y elaborar artículos de departamento, que gustan de hacerse un reclamé de los trabajos que tienen obligación de desempeñar; resulta oneroso

a la vez que inútil el sostenimiento de un jefe, un oficial 5o. y un taquígrafo de 2a., con un costo de $10,220.00 al año, y sin ningún trabajo positivo que desempeñar, por lo cual se propone la supresión en la oficina citada.

"Caja.- En la caja se suprime el subcajero por innecesario, siendo suficientes los dos empleados que con la categoría de glosadores de 2a., y 3a., respectivamente, sirven para ayudar a las labores de la Caja y formar la cuenta mensual en tiempo oportuno, tanto más, que las nóminas de todas y cada una de las dependencias de la Contraloría, se forman por habilitados, que tienen a su vez que pagar al personal de ellas.

"Auditorías regionales.- Por falta de datos positivos, acerca del funcionamiento de las auditorías regionales y aceptando lo que sobre ellas dice la nota explicativa de que ya se ha tratado en estas consideraciones, y que se la como un verdadero éxito la actuación de dichas auditorías, particularmente en lo que se refiere a la glosa de las cuentas en el año de 1921, les rindieron las oficinas pagadoras y agentes con manejo de fondos de la nación, y cuya glosa concluyeron en su totalidad, no se presentó reforma alguna al proyecto de presupuesto de las expresadas oficinas.

"En la segunda parte del proyecto, que comprende las partidas globales, se propone que la asignación anual destinada para viáticos de inspectores y empleados en comisión se reduzca a la suma de $250,000.00, teniendo en cuenta la reducción que se ha hecho en el personal de inspectores de 1a y 2a. y que se adicione el enunciado de esta partida con las palabras siguientes: "Cuando salgan por asuntos del servicio del lugar de su residencia."

"Que la asignación anual para cuotas adicionales por motivo del clima, carestía de la vida, etcétera, se reduzca a la cantidad de $300,000.00, y que su enunciado se reforme en el sentido de que esas asignaciones sean, no conforme a las cuotas que señala el Contralor, sino de un 50 por ciento sobre la cuota diaria fija para los empleados que radiquen en los estados de Sonora y Baja California, Tampico, Veracruz y Mérida.

"en el capítulo II, "Eventuales", suprimir la asignación anual de $60,000.00, destinada para gastos de policía secreta y comisiones privadas del Departamento, porque además de lo que ya se ha dicho, que el departamento de Contraloría, no obstante haber tenido una policía a sus órdenes, poco o nada pudo evitar que pagadores y agentes de la administración con manejo de fondos desfalcaran con cantidades muchas de ellas de bastante importancia, según consta por los datos que casi diariamente publica la prensa, siendo el más reciente el de un pagador que, radicado en Puebla, huyó con $40,000.00.

"Además, esta misma partida no es necesaria desde el momento de que la Contraloría dispone de suficiente número de inspectores que, con arreglo a la ley, son propiamente los encargados de ejercer activa vigilancia sobre los empleados fiscales con manejo de fondos, vigilancia que no debe concretarse a su conducta oficial, sino también a la particular que observen, puesto que la una se refleja en la otra. Igual vigilancia está a cargo en los Estados de la República, de los auditores regionales, y en esta capital existe la Policía Secreta, que depende de la Inspección General de Policía, y la Policía Judicial, únicas a quienes debe encomendarse la vigilancia de aquellos empleados de quienes se llegue a dudar de que su manejo de fondos no sea correcto o que su conducta particular demuestre, por las investigaciones que hagan los inspectores, que no es la que corresponde llevar a un empleado público que tiene a su cargo la guarda de valores de la nación.

"Reducir a $60,000.00 anuales la asignación para reorganización de diversas oficinas dependientes del Ejecutivo, por encontrar algo elevada la cantidad de $100,000.00, que figura en el proyecto, sin que propiamente se sepa qué oficinas dependientes del Ejecutivo hayan sido reorganizadas por la Contraloría, pues sólo se sabe que hace más de dos años y permanentemente han estado empleados de la Contraloría, reorganizando el Departamento de Establecimientos Fabriles y hasta la fecha no se ha terminado esa reorganización.

"En el capítulo III. Reducir la partida destinada para gastos extraordinarios e imprevistos a la suma de $15,000.00 anuales, de acuerdo con el programa de economías, que debe hacer el Gobierno.

"Deben ser aceptadas las consideraciones que se han hecho sobre el presupuesto de 1923, presentado por el Departamento de Contraloría, se obtendrá una economía en el año, de $1.188,915.50, como podrá verse en el proyecto que se presenta.- Justo A. Santa Anna.- J. Enrique Domínguez."