Legislatura XXX - Año I - Período Ordinario - Fecha 19221227 - Número de Diario 83

(L30A1P1oN083F19221227.xml)Núm. Diario:83

ENCABEZADO

MÉXICO, MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 1922

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I. - PERÍODO ORDINARIO XXX LEGISLATURA TOMO 1. - NÚMERO 83

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 27 DE DICIEMBRE DE 1922

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2. - Es nombrada una comisión que acompañe a esta Cámara, los restos del general don Juan Alvarez. Informan el resultado de las comisiones que se les confirió, los CC. diputados Puig y Casauranc José Manuel, Murguía y Pastoriza.

3. - Lectura de una proposición de varios ciudadanos diputados, relativa a que se consigne al Gran Jurado al ciudadano gobernador de Zacatecas. Se suspende la sesión.

4. - Reanudada ésta, se da cuenta con los documentos en cartera. Proyecto de decreto enviado por el Ejecutivo, por el que se aprueba el uso de las facultades extraordinarias en el ramo de hacienda, ha hecho el propio Ejecutivo; recibo, a las comisiones unidas de Hacienda e imprímase. Iniciativa de adición al artículo 123 constitucional, enviada por la legislatura de Sonora; recibo, a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social, e imprímase.

5. - Sin debate, son aprobadas las observaciones hechas por el Ejecutivo, al presupuesto de Egresos para 1923; pasan al mismo Ejecutivo para los efectos legales.

6. - Es aprobada una proposición del C. diputado Esparza Martínez, para que se ministre a la Escuela Industrial de Huérfanos, $300.00 como aguinaldo.

7. - Se aprueba, previa dispensa de trámites, el proyecto de Ley Orgánica del Cuerpo Consular Mexicano; pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

8. - Previa dispensa de trámites, se aprueba el dictamen de la 2a. Comisión de Relaciones Exteriores, sobre la reforma del artículo 36 de la Ley Orgánica del Cuerpo Diplomático Mexicano; pasa al Senado para los efectos de ley.

9. - Sin discusión, es aprobada una proposición de varios ciudadanos diputados, por la que faculta a los miembros de esta Cámara para aceptar, durante el próximo período de receso, comisiones del Ejecutivo y de los gobiernos locales

10. - Primera lectura al dictamen de las comisiones unidas de Justicia, relativo al proyecto de ley orgánica de los tribunales del orden común en el Distrito Federal y territorios; se le dispensa a los trámites; es aprobado; pasa a la Comisión de Corrección de Estilo.

11. - Se continúa dando cuenta con los documentos en cartera. Telegramas relacionados con los sucesos políticos del Estado de Coahuila.

12. - Es aprobado, previa dispensa de trámites, el dictamen de la Comisión de Presupuesto y cuenta , por el que se autoriza al Gobierno federal para disponer en 1923, hasta de $6.000,000 00 en las obras de irrigación de los ríos Conchos y San Pedro; pasa al Ejecutivo para los efectos de ley.

13. - Escrito del C. diputado Cardona Isidro, por el que hace diversos cargos al ciudadano gobernador de Zacatecas; recibo y a su expediente. Primera lectura a la proposición de los CC. diputados Robledo y Reyes Márquez, tendiente a que se nombre una comisión que visite países extranjeros para recopilar datos sobre legislación y estadística escolares.

14. - Se aprueba , previa dispensa de trámites, la minuta enviada por el senado, referente a la Ley de Amnistía; pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

15. - Sin debate, es aprobada una proposición del C. diputado Gandarilla, a fin de que en la sesión en que se designe a los funcionarios judiciales del Orden Común, sea electo ministro substituto del C. José María Mena; comuníquese al Senado para los efectos relativos.

16. - Es discutido y aprobado el dictamen de la Comisión de Presupuestas y cuenta, referente a las observaciones que el Ejecutivo de la Unión, hace al presupuesto de Egresos del Gobierno del Distrito; pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

17. - El C. diputado Ortega Romeo, informa acerca de la comisión que fue a investigar los sucesos políticos del Estado de Guerrero.

18. - Se aprueba una proposición del C. diputado Espinosa Luis, tendiente a que se adicione la partida del presupuesto de Egresos correspondiente al Poder Judicial del Distrito Federal y Territorios, para cubrir los sueldos de los funcionarios aumentados por la Ley de Organización de los Tribunales; pasa al Ejecutivo para los efectos de ley.

19. - Sin debate se aprueba el dictamen de la Comisión Instructora del Gran Jurado, referente a la acusación del ciudadano gobernador del Estado de Coahuila. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. HERNÁNDEZ GALVÁN MANUEL

(Asistencia de 138 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 12.22: Se abre la sesión.

- El C. secretario Esparza Martínez, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día veintiséis de diciembre de mil novecientos veintidós.

"Presidencia del C. José Manuel Puig y Casauranc.

"En la ciudad de México, a las once horas y cincuenta y cinco minutos del martes veintiséis de diciembre de mil novecientos veintidós, con asistencia de ciento treinta y tres ciudadanos diputados, se abrió la sesión.

"Sin debate se aprobó el acta de la sesión celebrada el día veintitrés del presente mes y la Secretaría paso a dar cuenta con los asuntos en cartera:

"La Secretaría de Gobernación, por acuerdo del ciudadano presidente de la República, remite un proyecto de Ley de Amnistía concebido en los siguientes términos:

"Artículo único. Se concede amnistía a todos los individuos que en la fecha de hoy se encuentren procesados o sufriendo condena como responsables del delito de rebelión en cualquiera de sus grados, debiendo ser puestos unos y otros en libertad del día primero de enero de mil novecientos veintitrés, dándose por concluídos y archivándose los expedientes que estén en tramitación."

"Respecto de este documento la Mesa había acordado acusar recibo, turnarlo a las comisiones unidas de Justicia y Gobernación y mandarlo imprimir, pero el C. Gandarilla solicitó que el asunto se considerara de urgente y obvia resolución. La Cámara accedió, y después de que habló en pro el C. Castillo Tapia, se declaró con lugar a votar el proyecto en lo general por unanimidad de ciento treinta y ocho votos.

"Presidencia del C. Salvador Murguía.

"A discusión en lo particular, no hubo quien hiciera uso de la palabra, y el artículo único de que se compone el proyecto se reservó para su votación.

"Se dio cuenta con una adición firmada por los CC. González Garza y Castillo Tapia. Tomada en consideración por la Cámara y puesta a debate, habló en apoyo de ella el C. González Garza. En contra usó de la palabra el C. Manrique y en pro el C. Castillo Tapia.

"Presidencia del C. Gilberto Fabila.

"El C. González Garza contestó una pregunta del C. Aurelio M. Peña, y el C. Romeo Ortega, a moción del C. Gandarilla, leyó los artículos 10 y 15 transitorios de la Constitución y se apoyó en ellos para manifestar su inconformidad con la adición. Se produjeron en contra los CC. Luis Espinosa y Gandarilla; el primero hizo aclaraciones e inmediatamente los firmantes de la adición la retiraron con permiso de la Cámara, procediéndose a la votación del proyecto, que resultó aprobado por ciento treinta y ocho votos de la afirmativa contra dos de la negativa. Pasa al Senado para los efectos constitucionales y se nombró en comisión para llevarlo a aquella Cámara, a los CC. Francisco Modesto Ramírez, Castillo Nájera, Castillo Tapia, Enrique B. Domínguez y secretario Gandarilla.

"Proposición de los CC. Padilla, Martínez Adame, Castilleja y otros diputados, que en su parte resolutiva dice:

"Primero. Que se pida a quien corresponda que el cortejo que conduzca a su morada definitiva los restos del general don Juan Alvarez, pase por la Cámara de Diputados, con objeto de que se hagan ante las cenizas del héroe los honores de una sesión, designándose de antemano las personas que harán uso de la palabra, y

"Segundo. Que se designe una comisión de la Cámara que se agregue al cortejo que va hasta la Rotonda de los hombres ilustres."

"Se aprobó sin discusión, previa dispensa de trámites, y la Mesa designó como oradores para la sesión solemne, a los CC. Castillo Torre y Padilla, y a la diputación de Guerrero para que acompañe al cortejo hasta la rotonda de los hombres ilustres.

"Proposición de los CC. Enrique B. Domínguez, Francisco Modesto Ramírez y otros diputados, relativa a que se cite desde luego a sesión de Congreso General, para hacer la elección de jueces y magistrados que deben integrar el Poder Judicial del Distrito y Territorios federales.

"Se dispensaron los trámites, y sin debate se aprobó, citando la Presidencia a sesión de Congreso General para el próximo día veintiocho, a las diez y siete horas.

"El C. Manrique usó de la palabra para un hecho.

"Proposición de los CC. Juan G. Abascal, José A. Aguilera, González Garza y otros diputados, que concluye con el siguiente punto resolutivo:

"Único. Nómbrese una comisión de ciudadanos diputados para que represente a esta honorable Cámara durante el acto de la entrega de las escuelas fabricadas con el óbolo de los mexicanos residentes en los Estados Unidos del Norte, en el pueblo de Dolores Hidalgo, cuna de nuestra independencia política."

"También se aprobó sin discusión después de que se dispensaron los trámites, y la comisión quedó integrada por los CC. J. Ascensión Aguilera, Gustavo Bravo, Romero Ortega, Guillermo Rodríguez y secretario Gandarilla.

"La Presidencia, accediendo a una invitación del ciudadano Presidente de la República, nombró en comisión, para hacer guardia de honor ante los restos del C. general Juan Alvarez, expresidente de la República, el día de hoy, a las quince horas y media, a los CC. Fabila, Olivé, Aguayo y Romeo Ortega, y con el mismo fin, a las diez y ocho horas, a los CC. Rafael Torres, Castilleja, Padilla y Martínez Adame.

"La Secretaría declaró que continuaba la discusión en lo general del proyecto de Ley del Petróleo.

"Se concedió la palabra al C. Gómez Campos para que continuara el discurso en pro que se suspendió en la sesión del día veintidós de los corrientes, pero dicho representante no llegó a hacer uso de ella en virtud de que era visible la falta de quórum.

"A las trece horas y treinta y cinco minutos se levantó la sesión."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán indicarlo. Aprobada el acta.

El C. presidente: La Presidencia nombra en comisión, para que se sirvan traer a esta Cámara

de Diputados los restos del general Juan Alvarez, expresidente de la República a los ciudadanos diputados Céspedes Eliseo, Olivé Isaac, Barragán Enrique M., González Garza Roque, Gálvez José, y, además, la diputación de Guerrero. Se ruega a los ciudadanos diputados designados se sirvan desempeñar su comisión inmediatamente, porque es la hora de cita en el Palacio Nacional.

Tiene la palabra para informar la comisión que entrevistó al ciudadano presidente de la República, pidiéndole que convoque a sesiones extraordinarias.

El C. Puig y Casauranc José Manuel: Señores diputados:

Cumpliendo con la honrosa Comisión que nos confirió esta Cámara de Diputados entrevistamos esta mañana al ciudadano presidente de la República para comunicarle los acuerdos tomados por esta Asamblea, referentes al nombramiento de una comisión mixta que estudie todos los problemas que encierran los artículos 27 y 123 constitucionales, para que inmediatamente que esta comisión mixta, formada por representantes de la Cámara de Diputados y representantes oficiales de las secretarías de Estado termine su estudio, el Ejecutivo convoque a sesiones extraordinarias para resolver de una vez estos problemas que atañen fundamentalmente a la vida social y política de nuestro país. El ciudadano presidente de la República nos manifestó que estos acuerdos responden a un verdadero deseo que anima al Ejecutivo de la República; que también él, como nosotros, piensa que es indispensable que de una vez se reglamenten los artículos 27 y 123, manifestándonos que la elasticidad que ha habido en la que toca al artículo 27, se debe precisamente a la falta de reglamentación que fijara los términos a que debía ceñirse la política del Ejecutivo. Nos prometió el señor presidente de la República nombrar, en breve, a los representantes de la secretarías de Estado que deberán formar parte de esta comisión mixta, y asimismo nos dijo que estaba dispuesto a convocar a sesiones extraordinarias inmediatamente que el dictamen estuviera rendido. El señor presidente de la República, por último, nos encargó que manifestáramos a esta Asamblea su satisfacción por los acuerdos anteriores, porque ellos son la mejor demostración de que la Cámara de Diputados, y ahora el Ejecutivo de la Unión, expresamente desean que el país sepa que se trata de llegar inmediatamente a la resolución de los problemas que encierran los artículos 27 y 123, para cumplir, de este modo, una de las promesas fundamentales de la revolución.

El C. presidente: Tiene la palabra, para informar, la comisión que entrevistó al ciudadano presidente de la República, a propósito del proyecto de Ley sobre Casas Obreras.

El C. Murguía: Señores diputados:

La comisión que tuvo el honor de ser nombrada por esta honorable Asamblea para acercarse al ciudadano presidente de la República y presentarle el proyecto enviado a esta misma Asamblea para llevar a cabo la construcción de casas para obreros, tuvo el honor de entrevistar a dicho alto funcionario hoy en la mañana. Le presentó los proyectos y el acuerdo de la Asamblea, y manifestó el ciudadano presidente su satisfacción por esto, diciendo que ya la Secretaría de Comunicaciones tenía en estudio el proyecto para la construcción de casas de obreros en los mismos terrenos que solicita el grupo de ingenieros que se dirigió a la Cámara; que estaba llevando a cabo las obras de saneamiento de esos lugares con objeto de comenzar desde luego el fraccionamiento de los terrenos. Dijo, además, que él tomaría empeño en que ese proyecto se tuviera en consideración en los estudios que está haciendo la Secretaría de Comunicaciones.

El C. presidente: Tiene la palabra para informar la comisión que se transladó a la capital del Estado de Zacatecas para hacer investigaciones sobre asuntos locales.

El C. Pastoriza: Honorable Asamblea:

La comisión que, en cumplimiento de vuestra soberanía, paso a investigar los asuntos ocurridos en Zacatecas el 17 del actual, viene ante vuestra soberanía a rendir el informe que complete. Desde luego la comisión debe dividir la cosa desde estos dos aspectos: los hechos ocurridos en los cuales tuvo verdaderamente una acción el ciudadano gobernador del Estado, y los hechos efectuados por la Legislatura del mismo Estado.

Por lo que respecta a los hechos ejecutados por el gobernador, deben ustedes tener conocimiento que la causa fundamental por la que el gobernador cometió toda clase de atropellos, tanto a la Constitución local del Estado como a la Constitución federal, tuvo la siguiente base: Con motivo de una orden que dio el Ejecutivo del Estado para que se cerrara la Escuela Normal, se hizo una manifestación por los alumnos y alumnas de la misma escuela; cuando esa manifestación se presentó a la casa del gobernador, salió éste con un fuete en la mano y flageló a la muchedumbre, pegando a una de las muchachas de la escuela. (Siseos.) Señores, el mismo gobernador de Zacatecas, cuando la muchedumbre, airada y colérica, con la más justa de sus rebeldías, le quitó el fuete, el gobernador subió a su casa, tomó una carabina y disparó sobre la multitud. Nosotros al llegar procuramos hacer todas las investigaciones a este respecto y, al efecto, estuvimos tomando durante nuestra estancia en esa población las informaciones de todos los que habían resultado víctimas con ese motivo; declararon las muchachas de la escuela, los alumnos y traemos todas esas declaraciones para que, si llegado el caso, según la decisión de vuestra soberanía, se consigna al Gran Jurado a dicho gobernador por estos atentados cometidos contra la civilización y cultura de un pueblo, se tomen en cuenta y pasen inmediatamente a formar parte del expediente.

Así también llegó un instante en que el gobernador, a las tres de la tarde, en perfecto estado de ebriedad, tal como podrá verse por la constancias que obran en poder de la comisión, sacadas del Juzgado de Distrito, se presentó al Ayuntamiento del lugar en compañía de una escolta federal del 38 batallón e inmediatamente dio orden de aprehensión en contra de los regidores; pero como en esos momentos los regidores pidieron amparo contra actos del gobernador y se presentó luego el actuario del Juzgado de Distrito a

notificar el auto recaído sobre la suspensión provisional, el gobernador del Estado de Zacatecas ultrajó al actuario, diciéndole que no acostumbraba respetar la justicia federal, que él era el único responsable de esos actos, y ordenó la encarcelación de los regidores. Allí vuestras soberanías tienen una copia que se ha repartido, que corresponde a todo lo que se actuó respecto al Juzgado de Distrito y el informe que el propio actuario rindió ante el juez de distrito, en que pone en su conocimiento todos los hechos, diciendo que él mismo tuvo que desarmar al gobernador, quien de una manera airada sacó el arma y se dirigió contra el presidente municipal y contra uno de los regidores para asesinarlos villanamente.

Todos estos hechos ocurridos trajeron como consecuencia que el gobernador, ese mismo día, el domingo 17, convocara a la Legislatura y que en la misma noche a las doce se expidieran dos decretos, respecto de los cuales el Ayuntamiento ha pedido también amparo. Los decretos de referencia, hecho el estudio por la comisión respectiva, resultan esencialmente es anticonstitucionales; son decretos expedidos sin ningún considerando; y estudiando la Constitución Política del Estado de Zacatecas, la comisión ha visto que no es facultad del Ejecutivo disolver ni suspender al Ayuntamiento, sino que solamente la Constitución de Zacatecas faculta a la Legislatura, cuando haya desaparecido la Asamblea Municipal, a que nombre a un presidente provisional, previa terna que proponga el Ejecutivo del Estado. Además, hay otro artículo de la propia Constitución del Estado de Zacatecas, que estatuye que los regidores serán juzgados por el Congreso local por los delitos oficiales que cometan.

El gobernador de Zacatecas, para poder proceder en contra del Ayuntamiento de la capital, determinó que los señores municipales y el presidente municipal habían sido culpables de que la manifestación se hubiera efectuado, porque el presidente municipal no debió haber concedido permiso para la manifestación. Desde luego pueden ustedes ver hasta dónde han llegado los atropellos sobre este particular, porque no es, sin duda alguna, ni el Ejecutivo de un Estado ni el Ayuntamiento los que pueden dejar conceder permiso para una manifestación de carácter pacífico y respetuoso como ésta, que no tuvo más objeto que protestar contra actos del gobernador, que de una manera arbitraria había mandado clausurar la Escuela Normal de Zacatecas. Llegó el momento en que el gobernador de Zacatecas, expedidos los decretos y pasando por encima de la justicia federal, logró encarcelar a todos los ciudadanos regidores y hasta después, a las veinticuatro horas, cuando se ha dado el cuartelazo legal y cuando por la vía de los hecho también se ha dado un cuartelazo al Ayuntamiento de Zacatecas, entonces es cuando los pone en libertad. Pueden ustedes ver la copia certificada, a la cual dar lectura la Secretaría, en que consta que, del domingo 17 al día 23, tan sólo se han ventilado en el juzgado de Distrito veintisiete amparos, todos contra actos de gobernador y autoridades locales, que no han respetado las garantías individuales en ese lugar. Los fundamentos de carácter legal que la comisión expone ante vuestra consideración, los pondrá en manos de la Sección Instructora del Gran Jurado para que ella sea la que después someta a vuestra consideración dictamen correspondiente.

La comisión debe informar a vuestra soberanía que en estos instantes lo que acontece en Zacatecas es algo vergonzoso en contra de los sagrados derechos del hombre y en contra de la revoluciones que ha hecho el pueblo. Allí impera en estos instantes la tiranía más formidable, el caciquismo más terrible; allí en estos instantes los ciudadanos est n dispuestos a empuñar el arma para lanzarse al monte, porque es imposible seguir soportando las arbitrariedades de ese gobernador. La comisión procuró investigar los hechos de una manera serena, de una manera juiciosa, y, al efecto, obtuvo alrededor de treinta y tantas declaraciones que constan de expedientes que sobre este particular abrió. La comisión, al venir a rendir este informe, espera que sobre este particular se sepa hacer justicia al pueblo zacatecano en contra de todas las arbitrariedades. La parte fundamental en que debe descansar la acusación que se haga contra el gobernador, es la violación del artículo 115 de la Constitución general de la República, que estatuye que el Municipio Libre ser la base política y administrativa de los gobiernos de los Estados. Desde luego, al haberse violado el artículo constitucional, compete a vuestra soberanía, conforme a las facultades que la Constitución os concede, turnar este asunto al Gran Jurado, y ya, al efecto, la diputación de Zacatecas presenta una iniciativa para que, llegado el caso, vuestra soberanía se sirva aprobarla. (Aplausos.)

El C. secretario Gandarilla: Los ciudadanos representantes por el Estado de Zacatecas piden la lectura del siguiente documento:

"Los subscriptos, miembros de la diputación del Estado de Zacatecas, parte integrante de esta Representación Nacional, ante vuestra soberanía exponemos:

"Que con el objeto de tomar datos ciertos y confirmar justificadamente los cargos hechos al gobernador del Estado antes dicho, por la voz pública en aquella Entidad y propalada con amplitud de detalles por los principales órganos de la prensa de la capital, esta H. Cámara, con fundamento en el artículo 74, fracción V, de la Constitución general de la República, nombró una comisión, integrada por cinco diputados, la que, traslada a la población donde se desarrollaron los acontecimientos y a efecto de cumplir con su encargo, recabó y reunió pruebas bastantes a justificar el sucedimiento real de los hechos imputados al gobernador de Zacatecas y, por ende, a confirmar la exactitud de los cargos lanzados al citado funcionario, las cuales pruebas recogidas en forma testimonial y proporcionadas por personas que de diferentes maneras actuaron en tales sucesos y que se adjuntan para ponerlas a la vista de la generalidad de los representantes que integren esta H. Cámara, dan elementos suficientes a formular la

acusación que legalmente procede en contra del gobernador antes dicho.

"El repetido gobernador de Zacatecas, además de los delitos del orden común por él cometidos, consumó el delito oficial, sin procedente, de violar el artículo 115 de la Constitución general de la República, consistente en que, el funcionario aludido, sin tener facultades para ello , ordenó la aprehensión de los ediles del Municipio de Zacatecas, quienes, de conformidad con la Constitución local, goza de fuero, y después, para coronar su obra en complicidad con la Legislatura zacatecana, o, mejor dicho, constituyéndose autor material del atentado, se ordenó la disolución del Ayuntamiento de la ciudad.

"Como se desprende del texto de la información testimonial que presenta la comisión, y de los decretos de la Legislatura de Zacatecas, son hechos plenamente comprobados, que el doctor Donato Moreno atentó contra la forma democrática y representativa del Gobierno de aquella Entidad, cuya forma está mandada por las Constituciones generales, de la República y local del Estado.

"En tal virtud, pedimos que, con dispensa de todo trámite sea consignado al Gran Jurado por violación de la Constitución general al C. doctor Donato Moreno, gobernador del Estado de Zacatecas.

"Agregamos copias de las diligencias practicadas por la comisión, así como los decretos expedidos por la Legislatura zacatecana.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, D. F., a 27 de diciembre de 1922. - Enrique García. - F. Ollivier. - J. J. Velásquez. - J. B. González. - I. Sánchez Campa."

- El C. Domínguez Enrique B. Pido la palabra, señor presidente.

El C. secretario Gandarilla: La Secretaría aclara que la diputación del Estado de Zacatecas sólo ha pedido la lectura de este documento, a reserva de tratar, cuando sea oportuno, sobre este particular.

El C. Domínguez Enrique B. En contra del trámite, señor presidente. (Voces: ¡No hay trámite!) Voy a suplicar a su señoría que, en vista de tratarse de un asunto de verdadera importancia, puesto que los delitos cometidos por el gobernador de Zacatecas entrañan, tanto violaciones a la Constitución general de la República, como a la Constitución local, hay necesidad de que se trate desde luego este asunto. Como todas las consignaciones, de acuerdo con el Reglamento, deben tratarse en sesión secreta, en vista de que faltan muy pocos días para la terminación de este período, yo suplico a su señoría se sirva ordenar que desde luego pasemos a sesión secreta. (Voces: ¡No! ¡No! ) Señores compañeros: No tenemos asuntos en cartera; es necesario que resolvamos un asunto que, como éste, es de vital importancia para el país. (Campanilla.)

El C. presidente: La Presidencia muy atentamente manifiesta al compañero, que el asunto de que se trata, conforme lo dispone terminantemente la fracción I del artículo 35, debe iniciarse en sesión secreta. La Presidencia está de acuerdo en que este caso debe resolverse cuanto antes, en vista de su urgencia; pero no ignora el ciudadano compañero que está haciendo uso de la palabra, que ayer, en sesión de Cámara, se acordó que se recibieran solemnemente los restos del ciudadano general Juan Alvarez, expresidente de la República. Únicamente se está esperando a la comisión que debe transportarlos a esta Cámara con objeto de abrir la sesión solemne. La Presidencia, estando de acuerdo con el señor compañero, en que el asunto de Zacatecas tiene importancia especialísima, le promete que hoy mismo, oportunamente, después de haber cumplido con el programa de sesión pública, se pasará a sesión secreta.

Se suspende la sesión ordinaria para abrir en su oportunidad la solemne. (13.20.)

SESIÓN SOLEMNE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 27 DE DICIEMBRE DE 1922

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Son introducidos al salón por la comisión nombrada al efecto, los restos del general don Juan Alvarez. Usan de la palabra los CC. diputados Castillo Torre José y Padilla Ezequiel.

2. - Es leída y aprobada el acta de esta sesión. Se retira la comisión, llevando consigo los restos del general don Juan Alvarez. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. HERNÁNDEZ GALVÁN MANUEL

(Asistencia: La misma de la sesión inmediata anterior.)

El C. presidente , a las 13.20: Se abre la sesión solemne de la Cámara de Diputados.

El C. secretario Gandarilla: Se suplica a los asistentes a las tribunas se sirvan a ponerse de pie.

(Son introducidos al salón los restos del general don Juan Alvarez.)

El C. presidente: Esta honorable Cámara , en sesión de ayer, tomó el muy patriótico acuerdo de recibir en sesión solemne los restos del venerable y benemérito general don Juan Alvarez. Se trata de uno de los más grandes patriotas con que ha contado la historia de México, y siendo él un verdadero representativo de dos de las más grandes épocas de la historia de nuestro país, honra mucho a la Cámara el acuerdo tomado ayer. Para cumplir con el acuerdo repetido, tiene la palabra el primer orador nombrado oficialmente para esta ceremonia, ciudadano Castillo Torre.

- El C. Castillo Torre. Señores diputados:

Un viento de gloria iriza el penacho de nuestros recuerdos históricos al contemplar esa urna que

guarda los restos de don Juan Alvarez, santo laico de nuestro calendario cívico. Sobre esa urna funeraria alzan el símbolo alucinante de sus alas las águilas que se alimentan con la carne de los combates, y las palomas que picotean el arroz de los Evangelios; enfrente de esa urna invocamos, sincrónicamente, al guerrero y al apóstol, al combatiente y al evangelista; la evocación prende entonces nuestro espíritu sus siete lámparas maravillosas y a la luz de esas lámparas vemos pasar al Héroe flameando su estandarte de justicia, mientras los clarines van rompiendo marcha y el viento levanta las crines de los caballos. La gesta del Héroe del Sur tiene en veces el rumor trágico y hermoso de las hinchadas torrenteras, y en veces la suave y clara tranquilidad de los remansos.

En la guerra se nos aparece como el más valiente de los soldados, en la paz se transforman en el más humilde de los ciudadanos, y no sabemos si don Juan Alvarez fue más grande en la guerra o en la paz; cuando ganó batallas y conquistó el mando, o cuando resignó el mando en la persona de Comonfort con la idea nobilísima de impedir convulsiones intestinas en el Partido Liberal. La grandeza del Héroe de Ayutla abarcó los límites de lo sublime y de lo heroico; fue desinteresada como la de un apóstol; valerosa y fecunda, como la de un soldado. La vida del héroe está llena de una claridad reverberante; don Juan Alvarez tuvo la rara virtud de no empañar con el aliento de la guerra las piedras preciosas de la abnegación que sabe restañar las heridas; en el hombre del Sur encarnó la consoladora frase napoleónica: "la libertad cura las heridas que hace". La vida del apóstol se derritió en la hoguera vivificante de la justicia, que vincula en el ritmo de su llama las virtudes extáticas, las categorías ideales, con las virtudes dinámicas de la materia. Don Juan Alvarez ayuntó en su alma la grandeza serena del apóstol con la grandeza trágica del héroe; y fue, por eso, un apóstol sin la mansedumbre de las víctimas y un guerrero sin los contornos ásperos de los paladines.

¿Cómo el apóstol de Ayutla pudo enriquecer su alma con tan extraordinarias facultades y prerrogativas? ¿Cómo aunó en su ser el éxtasis del apostolado con el estruendo de las acciones de armas? El hombre, criatura ondulant et divers, como Quinet decía, adquiere, señores, por milagro del espíritu, el sentido difícil de lo exacto, la medida helénica de las cosas, el concepto de la cantidad homogénea, siempre que por obra ponderada o por intuición sensible, encuentra la vía flamínia del deber y sabe sostenerse en ella, no como beduino o como tourista curioso, sino como habitante sedentario, como defensor de la forma y la substancia . Entonces, por encima del oleaje humano y de la huella dilatada del tiempo, sobre las siete colinas de la urbe cesárea de la materia, la vida del espíritu resplandece, lo yerto se mueve, el soplo esencial alienta en la arcilla de los más nobles deseos, y las imágenes reflejadas en los más puros espejos del alma comienzan a vivir, a saltar las fronteras de lo soñado, a incrustarse en la madre - perla de la realidad, señoras y montaraces primero, domesticadas por el interés humano y eterno, después. Y fue el deber, palabra concisa como una sentencia, sentimiento que preside todas las germinaciones desde la gestación del hombre hasta el crecimiento de las hojas, el que conservó puro y limpio el espíritu de don Juan Alvarez, puro y limpio como un manantial, como una fuente de clara y fina agua, en donde el Patriarca del Sur pudo lavarse de la sangre, del sudor y del polvo de la vida. (Aplausos.)

Con la cabeza inclinada sobre esa urna vemos reverdecer en ella, señores, los viejos troncos del recuerdo; la gesta antigua, animada por las luces que nuestro anhelo espiritual enciende, nos habla del héroe y de su gloria de la epopeya insurgente y de la proeza de Ayutla; y hay como un hechizo en estas evocaciones que nos envuelven en el sortilegio de una vida ejemplar y heroica, vida, como todas, empapada en miel y en lagrimas; pero vida grande, fuerte y robusta; vida generosa, pulcra y fecunda; vida en cuyos moldes agitáronse los más elevados sentimientos; vida consagrada a la libertad en una época de tiranía política y despotismo teocrático; en una época en que los elementos sociales retorcíanse en la síntesis centelleante de Montalvo, y el soldado estaba sobre el civil, el fraile sobre el soldado, el verdugo sobre el fraile, el tirano sobre el verdugo, y el demonio sobre el tirano. Y en esta cruzada de libertad y de justicia, nuestro apóstol enarboló su lábaro, nuestro héroe empuñó su espada; y la Victoria enredó sus laureles en el lábaro y la espada. ¿por qué? Por que hay, señores, una antorcha contra la que nada pueden los cadalsos, ni son tampoco nada los verdugos; una antorcha que vive a pesar de todos los pesares, a pesar de las persecuciones y las intrigas, entre el recuerdo de los sacrificios del pasado y la promesa de los sacrificios del porvenir; hay una antorcha contra la que nada pueden los elementos, ni las aguas ni los vientos, ni el nivel raudal de las lluvias, ni el soplo de las borrascas: es la antorcha que brilla en las cumbres en donde los pueblos realizan el milagro de sus redenciones; es la antorcha que brilla en las cumbres vencedoras de los diluvios y de los naufragios, y que alzan por encima de las aguas alborotadas el tálamo de sus picachos para que en ellos vayan construyendo sus nidos las águilas de la libertad! Y esa antorcha fue las que guió los pasos de don Juan Alvarez; es la que vuelve fúlgidas las imágenes paladinas de los héroes; es la que pone en las almas la blanca estela de la esperanza y la que est encendiendo en nuestros corazones los rojos y magníficos resplandores de la aurora que en cada una de las sombras del pasado deja una chispa de volutas de oro.

¡Laudemos, señores, de nuevo, antes de concluir, la imagen y el recuerdo de don Juan Alvarez, recuerdo que se hace más eminente a medida que el tiempo se prolonga y aumenta así la perspectiva de las tradiciones heroicas que glorifican y repristinan el alma de la estirpe! ¡Laudemos estas cenizas venerandas, que pronto reposarán en la rotonda, y busquemos en ellas, cerniéndonos en lo alto sobre las realidades del presente, la fuerza consoladora y hospitalaria que a las naciones conduce hasta el álveo eterno, en donde la justicia florece, el derecho magnifica las acciones y los valores de la vida y la libertad alza sobre el mundo

su signo inmortal, signo para el que no hay eclipse ni ocaso definitivo, signo que rutiló en los campos de Platea y Salamina, que incendió las cumbres del Tabor, que fulguró en las bayonetas de los soldados de Valmy, que fue ascua de oro en el pecho de Savonarola y de Lutero, de Dantón y de Bolívar; que concentra sus luces, como en un diamante, en el pecho de todos los héroes que, como don Juan Alvarez, han defendido o defienden la dignidad humana, la libertad del pensamiento y la emancipación de la conciencia! (Aplausos estruendosos.)

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Ezequiel Padilla. (Aplausos.)

El C. Padilla: La evocación que se alza rumorosa y solemne de estas cenizas sagradas, inspira al alma de la patria uno de los más fuertes y sanos optimismos enfrente del espectáculo sangriento de nuestra historia. Dos gigantes conmociones sociales, dos grandiosas tragedias civiles prolongadas, necesarias e inevitables, en el violento proceso en que el hierro y el fuego y la sangre, ungidos por el ideal, van fraguando la definitiva patria mexicana, tuvieron el corazón y la espada de ese héroe epónimo, cuyos restos en estos momentos llenan a esta Asamblea de representantes del pueblo de la más imponente veneración!

Juan Alvarez nació bajo la tiniebla y el silencio de la esclavitud colonial y murió bajo las claridades y el tumulto de una patria independiente; cuando Juan Alvarez nació, fue bajo la tortura de la Inquisición y de la intolerancia religiosa, y cuando murió, fue bajo el esplendor de la Reforma. Para vivir la independencia, acudió, apenas la primera sangre regó la tierra - que por eso sería libre en adelante -, a compartir bajo las refulgentes filas de Morelos y a ofrecer los desfiladeros de las cordilleras surianas cuadros de inmortal grandeza nacional, haciendo brillar confundidas en el cielo límpido del Sur, las espadas más límpidas que el cielo, de los Bravo, de Galeana, de Vicente Guerrero y de Juan Alvarez! Para vivir la Reforma hizo un milagro que sólo el más noble patriotismo realiza: de su ignorancia y de su aislamiento hizo brotar la lumbre que iba a encender la antorcha de la libertad de la conciencia! En ese hombre inmortal, que palpitó bajo la mortal vestidura cuyos restos veneramos aquí, vivió esta espléndida, esta sublime, esta majestuosa dualidad: estuvo animado por el espíritu heroico, espartano, vibrante de amor a la gloria, lleno de heroísmo, enamorado, apasionado, fascinado, por la aventura guerrera que puso en la rutilante espada de Francisco Javier Mina relámpagos deslumbradores , en la epopeya de Morelos fulgores inextinguibles de estrategia y en las figuras de Vicente Guerrero y de Galeana visiones alucinantes de mitología; y al mismo tiempo el espíritu estoico y sereno de lealtad a la patria, de razón austera, de desinterés inmaculado, de esa sencilla grandeza de los hombres de la Reforma que son, por su pureza, columnas de fuego en las cumbres de nuestra Historia! del soldado de Morelos al Jefe del Ejército restaurador de la libertad, proclamado por la revolución de Ayutla, transcurrieron cincuenta años de sacrificio, de firmeza, de lealtad a la independencia, a la República, a la libertad, al honor, a la defensa de todas las grandes causas de la nación! Su espíritu rectilíneo como un rayo de luz, paso por encima de todas las hondonadas y por encima de todas las obscuridades de la Historia. ¿En qué renglón de esos muros no podría caber su nombre espléndido con todo derecho? Paso revista a dos generaciones de héroes y cargado de tradición y de gloria él, que fue árbitro del Sur, caudillo nacional, general en jefe de ejércitos, presidente de la República, esperó la hora definitiva en que su espíritu inmortal rompiera la prisión transitoria, en su retiro de la Providencia, sencillo, humilde, modesto, pobre, sin palacios, ni cortes, ni obras de arte que decoraran su soledad, sin las prendas que compra la riqueza, que él despreció porque en su gran corazón sólo tuvo el sentimiento de la patria! Fue un hombre que cubrió la historia de milagros de pureza y de desinterés! Insurgente, libertador, demócrata, republicano y liberal, todo lo fue, y ningún hombre en nuestra historia ha hecho más que él, que la bandera nacional esplenda y se despliegue, no sólo impulsada, no sólo impelida por los vientos huracanados de las destructoras batallas inmortales, sino también por el aliento poderoso de la virtud! El epitafio de don Juan Alvarez tiene dos renglones: la Independencia y la Reforma. Insurgente, tuvo su sueño de independencia realizado; liberal, vio que el triunfo de la Reforma nimbó sus últimos años. La Historia no reconoce privilegio más grande a sus más predilectos. La última rama de laurel que completar la corona que los pueblos libres y grandes depositan sobre la tumba de sus grandes patricios, se está fraguando en este tiempo por la actual generación, bajo los auspicios, bajo las inspiraciones de esos espíritus inmortales que con el de Juan Alvarez constelan este recinto, y si esta generación no sabe labrarla, se ha de forjar en las fraguas de las generaciones venideras: la libertad política; la libertad política que con la libertad de toda tutela extranjera, que con la libertad de la conciencia ha de cerrar el ciclo glorioso y brillante de libertades que han santificado nuestros mártires, que han ennoblecido nuestros pensadores y que han iluminado nuestros héroes con las claridades de la victoria! (Aplausos nutridos.)

- El C. secretario Gandarilla, leyendo:

"Acta de la sesión solemne celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día veintisiete de diciembre de mil novecientos veintidós.

"Presidencia del C. Manuel Hernández Galván.

"En la ciudad de México, a las trece horas y veinte minutos del miércoles veintisiete de diciembre de mil novecientos veintidós, con asistencia de ciento treinta y ocho ciudadanos diputados, se abrió esta sesión solemne, de conformidad con el acuerdo que tomó la Cámara en su sesión celebrada el día anterior, y con objeto de tributar honores a los restos mortales del C. general de don Juan Alvarez, expresidente de la República.

"La comisión de diputados, nombrada

previamente por la presidencia, penetro al salón acompañando la urna, que fue colocada en el lugar destinado al efecto.

"La presidencia dio a conocer el objeto de esta sesión solemne y enseguida concedió la palabra a los CC. diputados José Castillo Torre y Ezequiel Padilla, quienes pronunciaron discursos alusivos a la ceremonia.

"Se leyó la presente acta."

Est a discusión. Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra en contra, pueden pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Aprobada el acta.

El C. presidente: Ruega la Presidencia a los ciudadanos comisionados que condujeron hasta este recinto los restos del general Juan Alvarez, se sirvan de nuevo llevarlos al Palacio Nacional; y como en seguida se levantará la sesión, se cita a los ciudadanos diputados a sesión ordinaria hoy a las diez y seis.

(Se retira la comisión, consigo con los restos del general don Juan Alvarez.)

El C. presidente, a las 13.50: se levanta la sesión.

CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

Presidencia del C. HERNÁNDEZ GALVÁN MANUEL

(Asistencia de 138 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 17.05: se reanuda la sesión.

- El C. secretario Barón Obregón, leyendo:

"Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Sección la. - Número 227.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara, de Diputados. - Presente.

"En sesión celebrada hoy por esta Cámara, se dio cuenta con el dictamen de las comisiones unidas 2a. de Puntos Constitucionales y de petróleo, relativo a la iniciativa que envió la H. Legislatura del Estado de Veracruz, relacionada con la Ley Reglamentaria del Artículo 27 constitucional, en la parte concerniente a petróleo, habiendo sido aprobado el siguiente acuerdo:

"Único. Envíese a la H. Cámara de Diputados la iniciativa de ley de la Legislatura de Veracruz, relacionada con la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, en la parte concerniente a petróleo, para los efectos constitucionales respectivos."

"Lo que tenemos el honor de participar a ustedes, adjuntándoles en 5 fojas útiles el expediente respectivo.

"Con este motivo nos es grato reiterarles seguridades de nuestra consideración y aprecio.

"México, a 26 de diciembre de 1922. - A. Acuña Navarro, S. S. - José Macías R,. S. S." - Recibo y a su expediente.

"Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Sección 2a. - Número 50.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presente.

"En 30 fojas útiles y para los efectos constitucionales, tenemos el honor de enviar a esa H. Cámara de Diputados, por el digno conducto de ustedes, el expediente con la minuta del proyecto de decreto por el que se autoriza al Ejecutivo de la Unión a firmar contrato para la construcción de un hotel en el cruzamiento de las calles de Balderas y Avenida Juárez.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, a 27 de diciembre de 1922. - A. Acuña Navarro, S. S. - José Macías Ruvalcaba, S. S." - Recibo y a las comisiones unidas 2a. de comunicaciones y la. de Hacienda.

"El Ejecutivo de la Unión envía, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, un proyecto de decreto por el que se aprueba el uso de las facultades extraordinarias en el ramo de Hacienda ha hecho el propio Ejecutivo, desde el 30 de diciembre de 1918, hasta la fecha." - Recibo, y a las comisiones unidas de Hacienda e imprímase.

(El documento de referencia está redactado en los términos siguientes:)

Poder Ejecutivo Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Hacienda y Crédito Publico. - Departamento de Legislación. - Sección de Legislación. - Número 66 - 1 1388 E.

Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presente.

En decreto de 30 de diciembre de 1918, el H. Congreso de la Unión tuvo a bien ratificar el uso hecho de las facultades extraordinarias conferidas al Ejecutivo en el ramo de Hacienda, por decreto de 8 de mayo de 1917, y, además, fijó las bases a que debería ceñirse el propio Ejecutivo con respecto a los derechos de exportación e importación, estableciendo que podría modificarlos a su arbitrio, siempre que lo hiciera mediante la extensión a medidas de aplicación general.

Desde entonces, el Ejecutivo usó de las referidas facultades, apegándose estrictamente tanto a las materias que comprende el ramo de Hacienda, de acuerdo con el artículo 4o. de la Ley Orgánica de Secretarías del Estado, como a los términos de su otorgamiento.

No habiendo podido aprobar el H. Congreso de la Unión las leyes de ingresos para los años fiscales de 1919 a 1922 inclusive, el Ejecutivo, en uso de las facultades antes citadas, expidió las correspondientes a las 1919, y, de acuerdo con el artículo

transitorio de la última, mantuvo est en vigor durante 1921 y 1922, salvo algunas modificaciones secundarias.

La tarifa de derechos de importación fue adicionada y reformada en diversos conceptos. Se crearon, ademas, los siguientes impuestos ad valorem: el de 15 por ciento del monto total de los derechos arancelarios, sobre efectos que se importen o exporten por la vía postal (decreto de 7 de enero de 1919); el especial de 10 por ciento sobre la importación de bebidas espirituosas, fermentadas y naturales (decreto de 15 de junio de 1921); el adicional de 25 por ciento y 10 por ciento, respectivamente, sobre la importación de bebidas espirituosas, fermentadas y naturales (decreto de 25 de agosto de 1921); los recargos de 25, 50 y 100 por ciento sobre las materias comprendidas en diversas especificaciones de la tarifa respectiva (decreto de 30 de noviembre de 1921); el adicional del 10 por ciento de sobre los efectos comprendidos en algunas de las fracciones de la tarifa de importación (decreto de 12 de enero de 1922); el de 10 por ciento sobre la importación de automóviles (decretos de 11 de octubre y 23 de noviembre de 1922); el de 10 por ciento sobre la importación de pianos, pianos para estudio y pianos mudos (decreto de 18 de noviembre de 1922). Se establecieron los recargos de 50 y 25 por ciento sobre el importe de los derechos arancelarios que causen los efectos importados o exportados por la vía postal (decretos de 30 de agosto de 1919 y 30 de noviembre de 1922). Se crearon, asimismo, las siguientes exenciones: la de derecho de exportación, por seis meses, para los artículos de vías férreas (decreto de 15 de febrero de 1919);la de pago de derechos de importación, para los efectos que se internen por las aduanas fronterizas comprendidas en los puntos que abarcó el desbordamiento del río Bravo y que se destinen a la reconstrucción de los edificios destruídos por el mismo (decreto de 28 de junio de 1922). Finalmente, se fijaron cuotas especiales para la importación temporal de ganado (decreto de 18 de mayo de 1922).

Por otra parte, el Ejecutivo modificó diversas fracciones de la tarifa de derechos de exportación. Prohibió, también, la exportación de pieles de cabra y cueros de res frescos y secos (decreto de 7 de junio de 1921); la de granos y semillas alimenticias (decreto de 12 de febrero de 1922); y reglamento la exportación de garbanzo autorizada por el decreto de 24 de febrero de 1922 (decreto de 24 de marzo de 1922). Finalmente, previno que el impuesto sobre exportación de petróleo crudo y sus derivados, creado por el decreto de 7 de junio de 1921, fuese cubierto en oro nacional o en bonos de la Deuda pública (decretos de 12 de febrero de 1922 y 8 de agosto del mismo año), y suprimió el 10 por ciento pagadero en papel infalsificable, sobre los derechos de exportación (decreto de 8 de septiembre de 1921).

Por los decretos de 17 de mayo y 11 de octubre de 1922, el Ejecutivo substituyó los derechos de toneladas y adicional de toneladas, de practicaje, amarre y enmienda de fondeadero, de despacho o de capitanías de Puerto, de patente de sanidad y de visita, los extraordinarios a que se refiere la Ley Orgánica del Cuerpo de Prácticos de 10 de julio de 1916, y los de patente de navegación que se causaban conforme a los decretos de 8 de mayo y 9 de julio de 1857, por los de tráfico marítimo, de patente de navegación, matrícula y registro, y de arqueo.

Respecto de los derechos que se causan en toda la Federación, el Ejecutivo, por medio de algunos decretos, modificó la tarifa y algunos artículos de la Ley del Timbre. Expidió también los del 6 de enero de 1919, de 4 de noviembre de 1920, de 16 de enero y 27 de octubre del presente, que se refieren a la forma en que deber causarse el impuesto especial del Timbre, sobre ventas de primera mano de licores, alcoholes, etcétera; el de 24 de mayo de 1921, que estableció el impuesto especial del Timbre sobre el petróleo crudo, sus derivados y el gas de los pozos; el de 17 de mayo de 1922, que estableció un impuesto especial del Timbre sobre el petróleo crudo de producción nacional y sus derivados, indicando los términos en que debería causarse; los de 11 de octubre y 4 de noviembre de 1920, reformando el de 24 de noviembre de 1917, sobre impuestos a botellas cerradas que contengan alcoholes, licores, vinos o bebidas alcohólicas; el de 23 de febrero de 1921, que derogó el impuesto de ventas de primera mano de cerillos; el de 22 de julio de 1921, que modificó la cuota del impuesto que deberán causar las cancelaciones de créditos hipotecarios; los de 19 de junio y 18 de octubre de 1922, que establecieron una contribución federal sobre capitales impuestos con garantía de hipoteca, censo consignativo o anticresis; el de 7 de septiembre de 1921, que redujo al 25 por ciento el impuesto federal sobre los enteros hechos en las oficinas recaudadoras, y el de 11 de octubre de 1922, creando una contribución de 1 al millar sobre la propiedad raíz, rústica y urbana.

Respecto a los impuestos sobre el petróleo, hilados y tejidos, minería, patentes y marcas, pesas y medias, etcétera, expidió el decreto de 14 de mayo de 1919, derogando los de 5 de junio de 1917 y 3 de mayo de 1918, que establecieron el impuesto sobre avisos y anuncios; los de 26 de mayo de 1919, 27 de octubre de 1920 y 13 de septiembre de 1922, que reformaron la Ley de Ingresos de las municipalidades del Distrito Federal; el de 1o. de septiembre de 1919, relativo al impuesto por exhibición de películas que autoriza la Secretaría de Gobernación; los de 19 de noviembre de 1919, 23 de junio, 13 de julio, 11 de septiembre, 23 y 30 de diciembre de 1920 17 de marzo de 1921, 9 de enero de 1922 y 25 de septiembre de 1922, que se refieren a los impuestos sobre la producción de metales y sobre la propiedad minera; el de 7 de septiembre de 1921, que se suprimió el impuesto especial sobre autorización de pesas y medidas; y el de 2 de enero de 1922, que degoró aquél y el de 7 de septiembre del mismo año, que había suprimido el impuesto especial de patentes y marcas.

No habiendo sido formulado por la H. Cámara los presupuestos de egresos correspondientes a los años de 1919, 1920 y 1921, el Ejecutivo los expidió, ateniéndose, respecto del que regiría en el año de 1922, a lo prevenido en el artículo transitorio del Presupuesto de Egresos de 1921, toda vez que la H. Cámara, por decreto de 28 de

noviembre del propio año, retiró al Ejecutivo la facultad de aprobar el presupuesto anual de gastos.

En lo relativo a moneda, expidió los decretos de 27 de octubre de 1919, de enero 9 de 1920 y de 14 de septiembre de 1921, estableciendo, respectivamente, nuevas monedas de oro, plata y bronce, de veinte centavos, de dos pesos y de cincuenta pesos, respectivamente; los de 13 de octubre de 1919, 13 de enero y 24 de julio de 1920, que se refieren a la supresión de las facultades concedidas a la Comisión Monetaria, y a la autorización dada a ésta, para emitir vales al portador, con valor nominal de $1.00 y $0.50 y a la forma en que serán retirados de la circulación esos vales; y el de 11 de septiembre de 1920, que modifica el de 24 de febrero del mismo año, en lo relativo a la aceptación de papel infalsificable, en pago de impuestos federales.

En lo que se refiere a Bancos e instituciones de crédito, expidió, asimismo, los dos decretos de 31 de enero y de 30 de noviembre de 1921, reglamentando la devolución de los Bancos incautados; el de 23 de julio de 1921, previniendo que las instituciones de crédito deben mantener una reserva metálica equivalente al 33 por ciento de sus depósitos; los de 30 de agosto y 12 de noviembre del presente año, prorrogando a distintas fechas, plazo fijado para que los Bancos efectúen el canje de los certificados provisionales que expidan por los bonos a que se refieren el decreto de 31 de enero de 1921.

En materia de pensiones y jubilaciones, el Ejecutivo ha tenido como norma, para las primeras, asignarlas de acuerdo con la ley de 29 de mayo de 1896 y con los decretos de 22 de junio de 1915, 19 de enero de 1918 y 29 de junio de 1920; y para las segundas, concederlas con el estricto apego a las bases fijadas en el presupuesto de 1912 a 1913, como precedente, a falta de disposición legal aplicable.

Además de todas las disposiciones anteriores, el Ejecutivo expidió el decreto de 11 de febrero de 1919, que reglamenta el tránsito internacional de mercancías y pasajeros entre Tijuana y Tecate, Baja California; los de 30 de agosto de 1919 y 30 de septiembre de 1920, relativos a reclamaciones por daños causados por la revolución; los de 3 de enero de 1920 y 30 de septiembre de 1921, que reforman la Ley de Pagos; los de 9 de julio, 16 de agosto y 7 de octubre de 1920, 31 de enero y 27 de julio, de 1921, que establecieron y modificaron las bases de creación de la Lotería para la Beneficencia Pública; los de 6 de octubre y 15 de noviembre de 1920, que se refieren a la creación de puertos libres; el de 22 de noviembre de 1921, que reforma la Ley de 27 de junio de 1919, estableciendo que los Estados no podrán gravar la propiedad minera o la explotación o producción de las minas, con más de un solo impuesto que no exceda del 2 por ciento del valor de los metales o minerales; los de 9 y 28 de marzo de 1921, que reforman la Ordenanza General de Aduanas en lo relativo a facturas consulares; el de 30 de diciembre de 1921, que estableció, la tarifa para la explotación de pesca y buceo en aguas de jurisdicción federal; los de 11 de junio, 8 de septiembre y 22 de diciembre de 1921, que crearon el impuesto federal por uso y aprovechamiento de aguas de jurisdicción federal; el de 27 de marzo de 1921, que aumentó las tarifas del servicio interior de telégrafos; el 20 de julio de 1921, que creó el impuesto del Centenario, pagadero por una sola vez, sobre los ingresos y ganancias particulares; el de 7 de septiembre de 1921, que derogó el impuesto especial sobre capitales e instituciones de beneficencia privada, establecido el 19 de julio de 1917; el de 7 de septiembre de 1921, suprimiendo el impuesto especial sobre el uso de los teléfonos; el de 18 de febrero de 1922, que consignó en bonos especiales la deuda proveniente de los descuentos hechos a los sueldos de los empleados; y el de 22 de septiembre de 1922, que exceptúa del 25 por ciento federal, a los vendedores ambulantes o establecidos, que comercien en comestibles y cuyo capital no exceda de $100.00.

De acuerdo con la exposición que antecede, el Ejecutivo se permite solicitar del H. Congreso de la Unión, la aprobación del uso que hizo de las facultades extraordinarias que se le concedieron en el ramo de Hacienda, a cuyo efecto acompaña la iniciativa de ley correspondiente, y una lista completa de los decretos expedidos.

Suplico a ustedes se sirvan dar cuenta a esa H. Cámara, para los efectos constitucionales respectivos, con el presente oficio y los documentos anexos. - México, 27 de diciembre de 1922. - Adolfo de la Huerta.

El H. Congreso de la Unión, decreta:

Único. Se aprueba el uso que el Ejecutivo ha hecho de las facultades extraordinarias que le confirieron las leyes de 8 de mayo de 1917 y de 30 de diciembre de 1918, durante el período comprendido del 30 de diciembre de 1918 a la fecha. En consecuencia, se ratifican todos los decretos expedidos por el ciudadano presidente de la República, en virtud de tales facultades.

"La Secretaría de Hacienda y Crédito Público transcribe un oficio del Departamento de Salubridad, por el que se solicita la ampliación de la partida 13,386 del Presupuesto de Egresos vigente". - Recibo y a la comisión que tiene antecedentes.

"La legislatura del Estado de Oaxaca transcribe el dictamen que aprobó, referente a la iniciativa enviada por el Congreso del Estado de Veracruz, sobre reforma al proyecto de la Ley Orgánica del Artículo 27 Constitucional, en el ramo de petróleo". - Recibo y a su expediente.

"La Legislatura del Estado de Sinaloa comunica que secunda la iniciativa presentada por el Congreso del Estado de Veracruz, sobre reforma al artículo 252 de la Ley del Timbre vigente". - Recibo y a su expediente.

"La Legislatura del Estado de Sonora envía una iniciativa de adición al artículo 123 de la Constitución Política." - Recibo, a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social, e imprímase.

(La iniciativa de referencia está concebida en los siguientes términos:)

Congreso del Estado Libre y Soberano de Sonora. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría.

A los ciudadanos diputados secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F.

El Congreso del Estado de Sonora, en sesión ordinaria de hoy, tuvo a bien aprobar el siguiente dictamen:

"En virtud de trámite dictado por la Presidencia, paso a la subscrita comisión una iniciativa de ley enviada por el Segundo Congreso Nacional de Ayuntamientos, la que estudiada concienzuda y detenidamente, venimos a exponer: que abundamos en los conceptos de los autores de esta iniciativa, porque la estimamos digna de ser elevada a la categoría de ley, y consideramos que tal acto vendría a llenar un vacío en nuestra ley fundamental sobre Trabajo y Previsión; pues que aún no es bastante con que al trabajador se le indemnice por su patrono por accidentes sufridos en el trabajo, y por aquellos que por causa del mismo, como las llamadas enfermedades profesionales, si no que cuando quede imposibilitado para continuar en sus labores habituales, cuente con medios de subsistencia para el resto de sus días.

Así como se ha asentado ya por notables economistas el derecho del trabajador al pago de indemnizaciones en el trabajo y a la participación en la utilidades se ve a la luz de la ciencia de la Economía Política, que cuando el patrono extrae las utilidades brutas de su negocio entre otras cantidades, aquella que forma un porcentaje por concepto de amortización del capital invertido consistente en el desgaste que con el uso sufren sus máquinas y demás enseres dedicados a su industria. También por ese mismo capítulo, el trabajador tiene derecho a otra participación por el desgaste consiguiente que sufrirá en sus energías con el transcurso del tiempo y en el ejercicio de sus labores; pero como sería difícil que durante el lapso del tiempo medio de 25 años (que es el que se puede trabajar con eficiencia) se trabajare con un solo patrono; así como que sería un inconveniente que el trabajador fuera periódicamente percibiendo tales cantidades, creemos que en la forma económica propuesta por los iniciadores sería factible, a fin de que el trabajador contara para su invalidez con un verdadero seguro, el cual debería de írsele entregando en abonos mensuales, semanales o diarios, consistentes en sumas equivalentes al salario medio que al completar los 25 años de trabajo estuviere devengando el servidor, lo cual se obtendría con que los patronos pagaran a empresas de seguros de inválidos las primas correspondientes y durante el tiempo que tuvieren a su servicio al trabajador, hasta que ya sea trabando con uno o más patronos, el obrero completare el tiempo propuesto de 25 años, naturalmente que para el trabajador se haga acreedor a este beneficio, deberá cumplir con las obligaciones que, como tal, le impongan las leyes reglamentarias del trabajo, además de que el patrono cumpla con las suyas.

"Por todo lo expuesto, tenemos el honor de elevar a vuestra consideración los siguientes acuerdos económicos:

"1o. La XXVI Legislatura constitucional del Estado de Sonora inicia, ante el Congreso de la Unión, el siguiente proyecto de adición al artículo 123 de la Constitución Política de la República:

"Artículo 123. Francia XXXI. En toda empresa minera, fabril agrícola o comercial, los trabajadores tendrán derecho, además de la participación por concepto de utilidades, a una parte sobre aquellas cantidades que el patrono deduzca del producto de su negocio como amortización del capital invertido; esta participación la hará efectiva la empresa en forma de primas que durante el tiempo que tenga a su servicio al trabajador deber pagar a la empresa de seguros sobre inválidos donde el empleado haya obtenido su póliza.

"2o. Se invita a las HH. Legislaturas de los Estados a secundar la presente iniciativa, transcribiéndoseles con la exposición de motivos".

Lo que tenemos el honor de comunicar a ustedes para su conocimiento y efectos, renovándoles nuestra atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección. - Hermosillo, Son., a 13 de diciembre de 1922. - Alfonso G. Pacheco, diputado secretario. - Agustín Orozco, diputado secretario.

"El ciudadano gobernador constitucional del Estado de Chiapas que con fecha 15 de diciembre volvió a hacerce cargo de la Secretaría General de aquel Gobierno el C. Licenciado Amado Ruiz, habiendo vuelto el C. Francisco Rincón a su empleo de oficial mayor." - De enterado.

"El Supremo Tribunal de Justicia de Chihuahua comunica que se adhiere al voto de confianza que la Legislatura del Estado concedió al ciudadano gobernador constitucional del mismo, general Ignacio C. Enríquez." - Recibo.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Poder Ejecutivo Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Hacienda y Crédito público.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presente.

"En uso de la facultad que le confiere el artículo 72, inciso (c), de la Constitución, el Ejecutivo, con todo respecto, se permite someter a la consideración de esa H. Cámara, las observaciones que le ha sugerido el estudio del presupuesto general de egresos del Erario federal aprobado por la misma para el próximo ejercicio fiscal.

"Identificado como est con la orientación de la labor, eminentemente concienzuda y patriótica, que ese alto cuerpo desarrolló al estudiar y

discutir el presupuesto antes dicho, el Ejecutivo se adhiere, sin reservas a éste, y en tal virtud considera oportuno hacer constar que las observaciones contenidas en el presente oficio sólo afectan, en puntos secundarios, el mencionado presupuesto

"El ramo séptimo del presupuesto que el Ejecutivo elevó a la aprobación de esa honorable Asamblea, fijaba la cantidad de $2.750,000.00 como asignación a la partida "Gastos extraordinarios e imprevistos" de ese ramo.

"Tal suma representa, en realidad, el total (aumentado en una pequeña cantidad para igualarlo a la cifra cerrada inmediata) de las asignaciones correspondientes a las siete partidas parciales siguientes:

"Extraordinarios diversos para el

Regimiento de Guardias Presidenciales $ 6,000.00

"Extraordinarios para las jefaturas de operaciones. " 1.000,000.00 "Extraordinarios para las brigadas. " 114,000.00

"Extraordinarios para jefaturas de la Guarnición

de la plaza de México. " 36,000.00

"Extraordinarios para las jefaturas de guarniciones. " 90,000.00

"Extraordinarios para la Prisión Militar de Santiago. " 1,800.00

"Imprevistos de Guerra. " 1.500,000.00

Total $ 2.747,800.00

"Como esa H. Cámara en el presupuesto que se sirvió aprobar, señalo una asignación de $1.000,000.00 a la partida antes citada, que es la número...... 7,702 de dicho presupuesto, el Ejecutivo se ve obligado a solicitar la aprobación de la cifra con que consideró tal partida en su proyecto, en la inteligencia de que confía en gastar una cantidad muy inferior a la autorizada en el presupuesto observado, pues la solicitud que formula es sólo una medida de prudencia, atenta la posibilidad de que la asignación observada no alcance a cubrir el importe de erogaciones de emergencias íntimamente relacionadas con objetos de tan evidente importancia como el mantenimiento de la tranquilidad pública.

"Temiendo, sin duda, que los ingresos del Erario no sólo bastaran a cubrir las asignaciones de las demás partidas consideradas en el presupuesto, y consecuente con el sano criterio de ordenar la administración de la Hacienda pública de acuerdo con el principio, universalmente observado, del equilibrio de los presupuestos, esa H. Asamblea estableció, en el artículo 7o. de la Ley de Egresos, que la vigencia de ciertas partidas ya aprobadas por ella, quedaría condicionada por el hecho de que el importe de los arbitrios y rentas autorizados en la Ley de Ingresos, excediera de los egresos mensuales.

Entre las autorizaciones comprendidas en el precepto legal antes citado, figuran algunas del Ramo Décimoprimero, que corresponden a aspectos inaplazables de la intensa labor que el Ejecutivo desarrolla por conducto de la Secretaría de Educación pública, y que muy bien pueden se separadas del texto del mencionado artículo, sin que el Erario llegue a encontrarse en la imposibilidad de hacer frente a las erogaciones que requiere el sostenimiento de los demás servicios administrativos.

"En vista de lo que antecede, el Ejecutivo suplica, con el mismo respeto, al alto cuerpo al que se dirige, que tenga a bien reformar el artículo 7o. de la Ley de Egresos, en el sentido de que no sean mencionados en su texto las partidas 12,038 a 12,064, y 12,098 12,114, 12,449 a 12,454, 12,455 a 12,460, 12,479 y 12,480, 12,482 a 12,484, 12,486, 12,490 y 12,501, y de que en dicho artículo se establezca que tampoco queda comprendida en lo dispuesto por él, la mitad del importe total de las dotaciones fijadas a las partidas 11,875 a 11,887, y 12,431 a 12,433, de manera que el importe total de las partidas fijas correspondientes a ramo de Educación Pública, no pase de la cifra de . . . . $ 34.500,000.00

"Como todas las anteriores partidas fueron ampliamente distintas en el seno de esa H. Asamblea, y la misma apreció la importancia de los objetos a que se refieren, el Ejecutivo no estima necesario justificar la solicitud que con respecto a ellas formula.

"Por motivos análogos, el Ejecutivo se dirige a esa honorable Asamblea, en solicitud de que se sirva considerar, íntegramente, como partida fija, la 51,086 del presupuesto que se permite observar, modificando en tal sentido el párrafo del artículo 7o. que declara vigente sólo la mitad de su asignación. Esta petición tiene por base el hecho de que cincuenta inspectores de la Renta General del Timbre son por completo insuficientes para descubrir, comprobar y consignar los múltiples fraudes e infracciones que a diario comete el sinnúmero de causantes de ese impuesto, en toda la República. Ese hecho quedó demostrado palmariamente en el curso del año actual, cuando la Secretaría de Hacienda pudo advertir la considerable diminución que sufrió el importe de los productos de dicha renta, a raíz de haber dispuesto la separación de la mitad de los inspectores nombrados, con el fin de realizar una fácil economía.

"En último término, el Ejecutivo se permite pedir a esa H. Cámara, se sirva aprobar las partidas relativas a las agencias comerciales en el extranjero, que la misma desechó al discutir el Ramo Décimo del proyecto de presupuesto presentado por el propio Ejecutivo; y al formular tal petición, se atiene al importante papel que esas oficinas pueden representar en el desarrollo de la política de reconstrucción económica nacional que el gobierno federal iniciado, ya que desde muchos puntos de vista son necesarios para la organización del comercio exterior de nuestro país, y, por otra parte, se fija en lo insignificante de las sumas que exige su sostenimiento.

"Como consideración final, aducida en apoyo de lo que lleva expuesto, el Ejecutivo se permite insistir en el hecho de que, si esa H. Asamblea tiene a bien estimar justas y acepta las respetuosas sugestiones que el presente oficio contiene, los egresos fijos autorizados por el presupuesto ascenderán a la suma aproximada de $297.700,000.00,

que perfectamente podrá ser cubierta con los ingresos autorizados en la ley respectiva, aun prescindiendo de las económicas que el mismo Ejecutivo no dejará de realizar en todas las ramas administrativos.

"Cumpliendo el mandato constitucional relativo, y sólo para los efectos a que este pliego de observaciones se contrae, acompaño el presupuesto general de egresos del Erario federal aprobado por esa H. Asamblea, que tuve el honor de recibir el día 18 de los corrientes.

"Protesto a ustedes mi consideración distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, diciembre 26 de 1922. - Adolfo de la Huerta."

El trámite es: "Recibo y a la comisión de Presupuestos y cuenta."

El C. Espinosa: Pido la palabra para objetar el trámite.

Ruego a la Presidencia que tenga la bondad de cambiar su trámite, ya sea por sí misma o consultando a la Asamblea, en este sentido: que en atención a los poquísimos días que faltan para que termine este mes, se declare este asunto de urgente y obvia resolución, se le dispensen todos los trámites y se ponga desde luego a discusión, teniendo, el que habla, la casi seguridad de que será aprobado por unanimidad y sin debate alguno.

El C. secretario Barón Obregón: La Presidencia, por conducto de la Secretaría, consulta a la Asamblea si considera de urgente y obvia resolución este asunto, dispensándose todos los trámites.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se considera de urgente y obvia resolución.

Está a discusión. No habiendo oradores inscriptos ni en pro ni en contra, se va a proceder a recoger la votación nominal.

El C. Díaz Jesús: Suplico a la Secretaría que tengan a la bondad de dar lectura al documento relativo a las facultades extraordinarias del Ejecutivo.

El C. secretario Barón Obregón: La Secretaría informa al ciudadano Jesús M. Díaz que no es eso lo que se está discutiendo, sino un asunto que la Cámara acaba de considerar de urgente y obvia resolución. No habiendo oradores inscriptos ni en pro ni en contra, se procede a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario Samayoa: Por la negativa.

(Votación.)

El C. secretario Barón Obregón: Votaron por la afirmativa ciento treinta y seis ciudadanos diputados.

El C. secretario Samayoa: Votaron por la negativa diez ciudadanos diputados.

El C. secretario Barón Obregón: En consecuencia, han sido aprobadas las modificaciones presentadas por el Ejecutivo. Pasan al mismo Ejecutivo para los efectos constitucionales.

El C. secretario Esparza Martínez, leyendo: "H. Asamblea:

"Reinaldo Esparza Martínez, diputado al Congreso de la Unión por el 12 distrito electoral de Jalisco y fundado en un acuerdo similar recientemente aprobado por esta H. Cámara, ante vuestra soberanía, con dispensa de todos trámite, pido la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Único. Minístrese a la Escuela Industrial de Huérfanos de esta capital, para aguinaldo de los niños asilados en dicho plantel, la cantidad de trescientos pesos."

"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. - México, D. F, diciembre 27 de 1922. - Reynaldo Esparza Martínez."

El C. Esparza Martínez: Inútil me parece, señores diputados, venir a justificar la moción que en estos momentos presento, porque los argumentos a que pudiera referirme está en la conciencia de todos los representantes populares. Es de la más elemental filantropía, a la caridad más rudimentaria, otorga a los desheredados en ocasión del año nuevo un pequeño obsequio que tienda a aliviar sus sufrimientos y que sean un aliciente para su conducta de parias de la fortuna. Esta honorable Cámara, en sesión reciente, votó una pequeña cantidad para aguinaldo de los niños del Hospicio de esta capital, olvidando que existe en esta metrópoli una Escuela Industrial de Huérfanos a quienes no se ha donado un solo centavo con ese objeto. Dada la pequeñez de la cantidad demandada, y teniendo en cuenta que tan acreedores son al aguinaldo los asilados de un plantel como los de los demás similares, espero de la honorable Cámara que dé un voto aprobatorio a la moción que he presentado.

El C. secretario Esparza Martínez: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Dispensados los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra en contra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo . Aprobada.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Las comisiones unidas de Relaciones Exteriores presentan dictamen sobre el proyecto de Ley Orgánica del Cuerpo Consular Mexicano, enviado por la Cámara de senadores para su revisión." - Primera lectura, e imprímase.

El C. Guzmán Martín Luis: Pido la palabra, señor presidente. Ruego a su señoría que tomando en consideración que se trata de un proyecto de Ley Orgánica aprobado ya por el Senado y que las comisiones unidas de Relaciones han hecho suyo en todas sus partes, sin modificación ninguna, se sirva preguntar a la Asamblea si considera este asunto de urgente y obvia resolución para que entre a discusión desde luego. El cuerpo Consular Mexicano necesita urgentemente de la ley que ha enviado el Ejecutivo y que ha sido aprobado por el Senado y aquí, a su vez, por las comisiones de Relaciones Exteriores.

El C. secretario Esparza Martínez: La Secretaría, por disposición de la Presidencia, pregunta a la asamblea, a petición del ciudadano Martín

Luis Guzmán, si considera de obvia y urgente resolución este asunto. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Se considera de urgente y obvia resolución. Con objeto de entrar a la discusión de este proyecto de ley, la Secretaría va a dar lectura al dictamen. Dice así:

"Comisiones unidas de Relaciones Exteriores.

"Señor:

"A las comisiones unidas de Relaciones Exteriores fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la expedición de una nueva Ley Orgánica del Cuerpo Consular Mexicano.

"Desde el pasado período de sesiones del H. Congreso de la Unión, el ejecutivo federal - en uso de la facultad que le concede la fracción I del artículo 71 de la Constitución vigente - inició la expedición de dicha ley ante la H. Cámara de Senadores, enviando, al efecto, el proyecto respectivo. Al iniciarse el actual período de sesiones, el mismo Ejecutivo, aprovechando la circunstancia de que su iniciativa no había sido aún dictaminada, envió un nuevo proyecto de ley a la H. Cámara de senadores, modificando el anterior y corrigiendo algunos defectos puestos de relieve por la experiencia y los estudios practicados durante el presente año.

"La H. Cámara de Senadores, el 20 del pasado mes de octubre, tuvo a bien aprobar, en todas sus partes, el segundo proyecto enviado por el Ejecutivo federal, circunstancia ésta que, unida al conocimiento que indudablemente tienen todos los ciudadanos diputados de la exposición de motivos del proyecto de ley del Ejecutivo, que expresa clara y circunstancialmente los fundamentos en que ésta se apoya y al estudio detenido que de la misma ley han hecho las comisiones que subscriben, serían causas bastantes para que, sin otras explicaciones, se recomendara su aprobación a todos los miembros de esta H. Cámara. Pero como, por otra parte, después de que la ley en cuestión fue aprobada por la H. Cámara de Senadores, la prensa de la capital ha enderezado algunas críticas a la cláusula que impone a los funcionarios y empleados consulares la obligación de dar cuando deseen contraer matrimonio con mujeres extranjeras, aviso previo a la Secretaria de Relaciones Exteriores, aunque esta prescripción se justifica por su solo enunciado - dada la naturaleza de algunas de las tareas que están llamados a desempeñar dichos funcionarios y empleados y que requieren absoluta discreción e independencia - la comisión ha considerado un deber estudiar, especialmente este punto, y tiene el honor de informar a la H. Cámara de Diputados, como resultado de su estudio, que el precepto de que se trata, lejos de pretender introducir una peculiaridad en el derecho administrativo mexicano no hace sino copiar, atenuándolo, un principio del Derecho Universal; para en el caso de la presente ley sólo se requiere un aviso para que la Secretaría de Relaciones Exteriores pueda, si así lo cree prudente, ordenar el cambio del funcionario o empleado a otro país. Por vía de demostración, en este respecto, de las consultas hechas de las legislaciones que rigen en la mayor parte de los países civilizados, se mencionan las dos siguientes:

"La ley sobre situación jurídica de los empleados del Reich, el 31 de marzo de 1873, modificada en 1907 y vigente en la actualidad, dice en la parte relativa:

"Los cónsules tienen la obligación de comunicar al canciller su intención de casarse, a fin de que éste pueda impedirles un matrimonio que ponga en peligro el buen servicio del Estado."

"La Guía Práctica de los Consulados - publicada bajo los auspicios del Ministerio de Negocios Extranjeros de Francia, por Alex. de Clerk y C. de Vallat - dice en el tomo I, página 87, párrafo 68, lo que sigue:

"Amortización previa para poder casarse. Ningún agente del ministerio de Negocios Extranjeros podrá casarse antes de haber consultado y obtenido el consentimiento del ministro de Negocios Extranjeros. Esta obligación tiene por base el principio a que están sujetos todos los oficiales de los ejércitos de tierra y mar, es decir, la necesidad de evitar matrimonio o alianza de familia que podrían perjudicar a su independencia y la dignidad de su rango. Si se trata de un matrimonio con persona de nacionalidad extranjera, la solicitud de autorización debe ser dirigida al ministro, de manera de que llegue a él al menos un mes antes de la fecha de la primera publicación legal.

"La infracción de esta regla absoluta origina al agente que se le considere culpable de abandono de empleo o que se le ponga en disponibilidad."

"En vista, pues, de lo que antecede y en consideración ademas, a la urgencia de proceder, desde luego, a la reorganización de tan importante servicio en una forma más eficiente y decorosa, las comisiones de Relaciones Exteriores de esta H. Cámara se permiten someter a la aprobación de vuestras soberanías el siguiente:

"PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL CUERPO CONSULAR MEXICANO

"CAPITULO I

"Personal consular

"Articulo 1o. El cuerpo Consular Mexicano actúa, en el extranjero, para fomentar el comercio nacional y proteger los intereses y derechos del Gobierno y de los mexicanos, y depende, por tanto, de la Secretaria de Relaciones Exteriores.

"Artículo 2o. El Cuerpo Consular Mexicano se compone de personal de carrera y honorario, nombrado por el ciudadano presidente de la República, de acuerdo con las fracciones II y III del artículo 89 de la Constitución federal.

"Articulo 3o. Las categorías de los funcionarios y empleados consulares de carrera serán como sigue:

"Cónsules generales de 1a.,

"Cónsules generales de 2a.,

"Agregados comerciales,

"Cónsules de 1a.,

"Cónsules de 2a.,

"Cónsules de 3a.,

"Cónsules de 4a.,

"Vicecónsules,

"Intérpretes o traductores,

"Escribientes de 1a. y

"Escribientes de 2a.

"El personal honorario comprender las categorías de cónsules y vicecónsules.

"Solamente los escribientes y los intérpretes o traductores serán considerados como empleados, siendo funcionarios todos los demás.

"CAPITULO II

"Organización del servicio

"Artículo 4o. Las oficinas consulares se denominar n consulados generales, consulados, agencias consulares y consulados honorarios de los Estados Unidos Mexicanos y estarán regenteadas, respectivamente, por cónsules generales de 1a. o de 2a., por cónsules de 1a., de 2a., de 3a. o de 4a., por vicecónsules y por cónsules honorarios.

"Artículo 5o. El Ejecutivo, por conducto de la Secretaria de Relaciones Exteriores, determinará el número y las categorías de las oficinas consulares que se establezcan en el extranjero, así como sus residencias y jurisdicciones y el número de funcionarios y empleados que las sirvan. Podrá , asimismo, crear nuevas oficinas consulares y transformar los Consulados de carrera en honorarios y viceversa, de acuerdo con las necesidades del servicio.

"Artículo 6o. El servicio consular será organizado sobre las siguientes bases generales:

"I. Los consulados generales de 1a. ejercerán sus funciones:

"a) Propiamente consulares, en sus distritos, tal como los limiten las patentes respectivas.

"b) Puramente administrativas y de inspección y vigilancia, en los consulados o agencias consulares de su jurisdicción.

"c) Únicamente de inspección y vigilancia en los consulados generales de 2a. y sus dependencias que, con tales fines, les sean adscriptos;

"II. Los consulados generales de 2a. ejercerán sus funciones:

"a) Propiamente consulares, en sus distritos, tal como los limiten las patentes respectivas.

"b) Puramente administrativas y de inspección y vigilancia, en los consulados o agencias consulares de su jurisdicción, y

"III. Los consulados podrán comprender dentro de su jurisdicción administrativa y de inspección y vigilancia a las agencias consulares o los consulados honorarios que, con tales fines, les sean adscriptos.

"CAPITULO III

"Requisitos para ingresar a la carrera, promociones y escalafón consular

"Artículo 7o. Para ingresar a la carrera consular se requerirá: ser ciudadano mexicano en pleno uso de sus derechos civiles; ser aceptado por la Secretaría de Relaciones Exteriores y llenar los requisitos de aptitud que fije el reglamento de esta ley.

"Artículo 8o. Los extranjeros podrán ser aceptados en el personal consular honorario, o en los consulados de carrera para el desempeño de labores determinadas, que no afecten la reserva necesaria.

"Artículo 9o. Los ascensos se harán por riguroso escalafón, en los términos y condiciones que fije el reglamento respectivo, tomando siempre en consideración la aptitud y los servicios prestados y, en condiciones semejantes, la mayor antigüedad.

"Sin embargo, el Gobierno podrá preferir para el cargo de cónsul general a mexicanos no pertenecientes al Cuerpo Consular siempre que los considere de notaria aptitud y de buena conducta civil y privada.

"Artículo 10. Queda prohibida, en una oficina consular, la prestación de servicios de personas ligadas con el jefe titular o accidental por parentesco en primer grado, consanguíneo o de afinidad. Las mujeres sólo podrán prestar sus servicios como empleados.

"Artículo 11. Al principio de cada año económico, se publicará en el Boletín de la Secretaria de Relaciones Exteriores o en edición especial, el escalafón del Cuerpo Consular.

"Figurarán en el escalafón consular, las personas que pertenezcan a la carrera según el artículo 3o., ya sea que presten sus servicios en un consulado o en la Secretaria de Relaciones Exteriores.

"CAPITULO IV

"Deberes y atribuciones

"Artículo 12. Los funcionarios y empleados consulares se sujetarán estrictamente a esta ley, a su reglamento y alas instrucciones que dicte la Secretaría de Relaciones Exteriores.

"Artículo 13. Son obligaciones de los funcionarios consulares, en los términos que fije el reglamento:

"I. Procurar por el prestigio y progreso moral y material de la República;

"II. Mantener y promover el comercio nacional;

"III. Proteger los intereses y derechos del Gobierno y de los mexicanos;

"IV. Servir y proteger a la marina nacional, de guerra y mercante;

"V. Ejercer funciones de juez del estado civil en actos que conciernan a mexicanos;

"VI. Ejercer notariales para actos que deban ser ejecutados en territorio mexicano, teniendo su autoridad igual fuerza legal a la de los notarios del Distrito Federal y Territorios, y

"VII. Ejecutar los actos administrativos que el ejercicio de sus funciones requiera.

"Artículo 14. El personal de los consulados está obligado a guardar sigilo y discreción sobre los asuntos oficiales que se le encomienden o lleguen a su conocimiento.

"Artículo 15. Los documentos oficiales son propiedad del Estado y deben guardarse cuidadosamente en los archivos. Solamente los jefes de las oficinas pueden hacer copiar, transcribir o comunicar su contenido cuando fuere necesario para la gestión de los asuntos que les están encomendados. El extravío de los documentos oficiales o la revelación del contenido de los reservados será

castigado conforme a la ley, según la gravedad de la falta o descuido.

"Artículo 16. Los funcionarios y empleados de carrera no podrán ejercer cargo, industria, comercio o profesión, ni aceptar procuración o mandato de ninguna persona o corporación para gestionar asuntos de interés privado en el tiempo del ejercicio de sus funciones, ni dedicar su atención a negocios propios o extraños o a otras actividades que estorben el cumplimiento de sus deberes o que sean incompatibles con su carácter.

"Artículo 17. Para adquirir bienes raíces en el país en que se encontrare establecido un Consulado, los funcionarios respectivos necesitarán licencia de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Si alguno de dichos funcionarios pretendiere contraer matrimonio con extranjera, deberá dar aviso previo a la misma Secretaría, la que decidirá si esta circunstancia acredita la remoción de tal funcionario.

"Artículo 18. Los funcionarios y empleados de los consulados, se abstendrán de intervenir en la política y en los asuntos interiores del país donde residan.

"Artículo 19. Los funcionarios y empleados consulares son responsables, ante los tribunales federales, por los delitos que hayan cometido en el desempeño de su encargo en el extranjero y serán juzgados por los jueces de distrito, siendo competente cualquiera de ellos a prevención. Por tanto, se reforma el artículo 184 del Código Penal, para el Distrito y Territorios Federales, en el sentido de que se extiende la jurisdicción extraterritorial de México para los casos antes indicados.

"Artículo 20. Los funcionarios y empleados consulares de carrera, para asuntos oficiales y políticos, conservan sus domicilios legales en los lugares de la República Mexicana que ellos designarán antes de asumir su encargo.

"Artículo 21. Los equipajes y objetos de menaje de los funcionarios consulares que salgan de la República o regresen a ella en comisión del servicio, o bien esto último por renuncia de sus puestos, estarán libres de registro y del pago del derechos aduanales. Esta exención es extensiva a las personas que los acompañen designadas en el artículo 29.

"CAPITULO V

"De la separación y de la disponibilidad

"Artículo 22. Los cónsules generales que no fueren de carrera, podrán ser separados o removidos a otros puestos de la Administración por el presidente de la República, sin necesidad de que se les expongan los motivos de la determinación tomada.

"Artículo 23. Los funcionarios y empleados consulares de carrera, no podrán ser privados de su carácter sino en los casos que especifique el reglamento respectivo y en los siguientes:

"I. Si recayere contra ellos una sentencia condenatoria en proceso criminal;

"II. Si residiendo en país extranjero contrajesen matrimonio con extranjera sin dar previo aviso a la Secretaría de Relaciones Exteriores, o si adquieren bienes sin licencia de la misma Secretaria;

"III. Por infracción grave de alguno de los deberes oficiales;

"IV. Por mala conducta, y

"V. Por abandono de su cargo o sea:

"a) La ausencia del servicio por más de quince días consecutivos sin justificación legal debidamente comprobada.

"b) El exceso injustificado en los plazos legales, o señalados por el Gobierno para asumir o reasumir el ejercicio del cargo y para partir o tomar posesión del puesto designado.

"En todo caso, se les comunicará el motivo de su separación y se les permitirá que expongan cuanto estimen de justicia para ser rehabilitados.

"Artículo 24. Los funcionarios del Cuerpo Consular quedarán en disponibilidad:

"I. A solicitud del interesado;

"II. Por suprimirse el puesto que desempeñaren;

"III. Por resolución del ejecutivo cuando así lo juzgue conveniente, y

"IV. Por aceptar otro cargo público en ramo diverso el de Relaciones.

"Artículo 25. El estar en disponibilidad da solamente a los funcionarios y empleados consulares, en derecho de ser preferidos, en igualdad de circunstancias, para ser nombrados en caso de que haya vacantes.

"Artículo 26. Si pasados cinco años no fueren llamados nuevamente a ocupar un puesto en algún Consulado de la República, quedarán, por sólo ese hecho, separados de la carrera.

"CAPITULO VI

"Sueldos, viáticos y gastos de instalación

"Artículo 27. El personal de carrera tendrá los sueldos fijos que asigne el Presupuesto de Egresos de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Será pagado en oro nacional o en moneda extranjera del lugar de su residencia al tipo de cambio respectivo, sin estar sujetos dichos sueldos a descuentos por situación.

"Artículo 28. Los cónsules y vicecónsules honorarios no gozarán de sueldo fijo alguno, autorizándoles en pago de sus servicios y para cubrir los gastos de sus oficinas, a tomar mensualmente de las recaudaciones que hicieren, las cantidades que asigne la Secretaria de Relaciones Exteriores.

"Artículo 29. Los funcionarios y empleados consulares de carrera tendrán derecho a viáticos en los términos que fije el reglamento. Los viáticos corresponderán al titular, a su madre - si está bajo su inmediata dependencia económica -, a su esposa, a sus hijos menores y a sus hijas solteras de cualquiera edad.

"Artículo 30. En caso de fallecimiento de un funcionario o empleado consular, el Gobierno costeará sus funerales y ministrará a sus familiares señalados en el artículo 29. que hayan residido con él y se encuentren en el extranjero, viáticos de regreso. Además, se entregará a la familia del desaparecido la cantidad que corresponda, de acuerdo con los incisos I, II, III y IV del artículo 35.

"Artículo 31. Los gastos de instalación de las

oficinas consulares de carrera serán hechos por cuenta de la Secretaria de Relaciones Exteriores.

"CAPITULO VII

"Vacaciones, licencias, gratificaciones y jubilaciones

"Artículo 32. Todos los funcionarios y empleados consulares, después de cada año de servicios y previa autorización de la Secretaria de Relaciones Exteriores, tendrán derecho a quince días de vacaciones.

"Los funcionarios y empleados consulares que no hagan uso oportunamente de las vacaciones a que se refiere este artículo tendrán derecho a disfrutar de doble tiempo al año siguiente, sin que sea acumulable más de un mes de vacaciones.

"Artículo 33. Todos los funcionarios o empleados consulares estarán, obligados a pasar en México cada cinco años, prestando sus servicios en la Secretaria de Relaciones, por lo menos seis meses y disfrutarán, durante ese tiempo, de su sueldo íntegro.

"La Secretaría puede dispensar del cumplimiento de esta obligación cuando así lo exija el servicio.

"En el caso de la primera parte de este artículo tendrán derecho a gastos de viaje en los términos del artículo 29.

"Artículo 34. El secretario de Relaciones Exteriores podrá conceder hasta seis meses de licencia, con goce de sueldo, a los funcionarios y empleados consulares que acrediten tener enfermedad o por otra causa grave. Si después de ese tiempo persistiere la causa que motivó la licencia, se les pondrá en disponibilidad.

"Artículo 35. A los funcionarios y empleados consulares que dejen el servicio por otra causa que no sea alguna de las señaladas en el artículo 23 de la presente ley o de las que prevengan su reglamento como motivos de destitución, se les concederá siempre que tengan una hoja de servicios limpia:

"I. Si tuvieren de uno a dos años o de dos a cuatro años de servicios, las sumas que correspondan, respectivamente, a uno y a los meses del último sueldo que hubieran disfrutado.

"II. Si tuvieren cuatro años o más de servicios, pero menos de ocho, la cantidad que corresponde a cuatro meses del último sueldo que hubieren disfrutado por lo menos durante dos años;

"III. Si tuvieren ocho años o más, pero menos de doce, lo correspondiente a ocho meses del último sueldo que hubieren disfrutado por lo menos durante dos años.

"IV. Si tuvieron doce años o más, pero menos de diez y seis, lo correspondiente a doce meses del último sueldo que hubieren disfrutado por lo menos durante dos años;

"V. Si tuvieren diez y seis años o más, pero menos de veinticuatro, serán pensionados, hasta su muerte, con la tercera parte del último sueldo que hubieren disfrutado por lo menos durante dos años y siempre que al separarse del servicio tuvieren cincuenta años o más de edad o se encontraren imposibilitados para el trabajo por mutilación o enfermedad incurable, y

"VI. Si tuvieren más de veinticuatro años, la pensión que reciban, en los términos del párrafo anterior, será de un cincuenta por ciento del último sueldo que hubiere disfrutado por lo menos durante dos años.

"La Secretaría de Relaciones Exteriores podrá permitir a los funcionarios y empleados consulares pensionados, que residan en el extranjero.

"Los funcionarios y empleados consulares que se encontraren fuera del país al dejar el servicio, tendrán derecho también a los viáticos que señala el artículo 29, a menos que el Gobierno les hubiere permitido disfrutar de su pensión en el extranjero.

"Artículo 36. Las pensiones a que se refieren las fracciones V y VI del artículo anterior, terminarán:

"I. Por muerte del interesado;

"II. Por desempeñar cualquier cargo público;

"III. Por sentencia que imponga, por delito intencional, una pena privativa de la libertad y que exceda de seis meses, y

"IV. Por pérdida de la calidad de ciudadano mexicano.

"CAPITULO VIII

"Disposiciones generales

"Artículo 37. Los funcionarios y empleados consulares no podrán ser nombrados para un cargo de categoría inferior a la que tengan en el escalafón, a menos que fuere con su anuencia.

"Artículo 38. Los puestos consulares serán cubiertos de preferencia y en igualdad de circunstancias, con las personas que figuren en el escalafón.

"TRANSITORIOS

"Artículo 1o. Se deroga la Ley Orgánica del Servicio Consular Mexicano de 11 de noviembre de 1910 y su reglamento, así como todas las disposiciones que sean contrarias a la presente ley.

"Artículo 2o. Se autoriza al Ejecutivo para reglamentar esta ley.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados. - México, D. F., 26 de diciembre de 1922. - J. M. A. del Castillo. - M. L. Guzmán. - C. Argüelles. - Rubén C. Navarro."

Está a discusión en lo general. No habiendo oradores inscriptos, se va a proceder a recoger la votación nominal, en lo general. Por la afirmativa.

El C. secretario Samayoa: Por la negativa.

(Se recoge la votación.)

El C. secretario Esparza Martínez: Votaron por la afirmativa, ciento cincuenta y tres ciudadanos diputados. Ha sido aprobado en lo general. Está a discusión en lo particular. Los ciudadanos diputados que deseen hacer alguna objeción, pueden pasar a inscribirse. No habiendo sido apartado ninguno de los artículos, se va a proceder a recoger la votación en lo particular. Por la afirmativa.

El C. secretario Barón Obregón: Por la negativa.

(Se recoge la votación.)

El C. secretario Esparza Martínez: Ha sido aprobado en lo particular por unanimidad de ciento treinta y cuatro votos el proyecto de Ley Orgánica del cuerpo Consular Mexicano. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

- El C. secretario Esparza Martínez, leyendo:

"2a. Comisión de Relaciones Exteriores.

"Señor:

"La Comisión de Relaciones que subscribe, a la que fue turnada el proyecto enviado por el Ejecutivo para reformar el artículo 36 de la Ley Orgánica vigente del Cuerpo Diplomático Mexicano, encontrando obvia la necesidad de igualar tal estipulación - que se refiere a compensaciones y pensiones de retiro - a la correspondiente de la Ley Orgánica del Cuerpo Consular Mexicano, acabada de aprobar por esta H. Cámara de Diputados, se permite someter a vuestra soberanía, recomendando su aprobación inmediata - por tener que pasar aún la consideración de la H. Cámara de Senadores - el siguiente proyecto de ley que reforma el artículo 36 de la Ley Orgánica del Cuerpo Diplomático Mexicano, igualando al relativo de la Nueva Ley Consular.

"Artículo único. Se modifica en los siguientes términos el artículo 36 de la Ley Orgánica del Cuerpo Diplomático Mexicano:

"Artículo 36. A los funcionarios y empleados diplomáticos que dejen el servicio por otra causa que no sea alguna de las señaladas en el artículo 26 de la presente ley o de las que prevenga su reglamento como motivos de destitución, se les concederá, siempre que tengan una hoja de servicios limpia:

"I. Si tuvieren de uno o dos años o de dos a cuatro años de servicios, las sumas que correspondan, respectivamente, a uno o dos meses del último sueldo que hubieren disfrutado;

"II. Si tuvieren cuatro años o más de servicios, pero menos de ocho, la cantidad que corresponda a cuatro meses del último sueldo que hubieren disfrutado por lo menos durante dos años;

"III. Si tuvieren ocho años o más, pero menos de doce, lo correspondiente a ocho meses del último sueldo que hubieran disfrutado por lo menos durante dos años;

"IV. Si tuvieren doce años, o más pero menos de diez y seis, lo correspondiente a doce meses del último sueldo que hubieren disfrutado por lo menos durante dos años;

"V. Si tuvieren diez y seis años o más, pero menos de veinticuatro, serán pensionados, hasta su muerte, con la tercera parte de último sueldo que hubieren disfrutado por lo menos durante dos años y siempre que al separarse del servicio tuvieren cincuenta años de edad o se encontraren imposibilitados para el trabajo por mutilación o enfermedad incurable, y

"Si tuvieren más de veinticuatro años, la pensión que reciban, en los términos del párrafo anterior, será de un cincuenta por ciento del último sueldo que hubieren disfrutado por lo menos durante dos años.

"La Secretaría de Relación Exterior podrá permitir a los funcionarios y empleados diplomáticos pensionados, que residan en el extranjero.

"Los funcionarios y empleados diplomáticos que se encontraren fuera del país al dejar el servicio, tendrían derecho también a los viáticos que señala el artículo 31, a menos que el Gobierno les hubiere permitido disfrutar de su pensión en el extranjero.

- "Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados. - México, D.F., 27 de diciembre de 1922. - M. L Guzmán. - C. Argüelles."

La Secretaría, por disposición de la Presidencia, pregunta a la Asamblea si considera, al igual que el asunto anterior, éste de urgente y obvia relación. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Considerando de urgente y obvia resolución. Está a discusión en lo general. No habiendo oradores inscriptos ni en pro ni en contra, la Secretaría va a recoger la votación nominal sobre este proyecto de decreto. Por la afirmativa.

El C. Secretario Gandarilla: Por la negativa.

(Se recoge la votación.)

El C. Secretario Esparza Martínez: Ha sido aprobado por unanimidad de ciento sesenta y dos votos el proyecto de ley que reforma el artículo 36 de la Ley Orgánica del Cuerpo Diploma tico Mexicano, igualándo al respectivo de la nueva Ley Consular. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"Honorable Asamblea:

"Con el fin de dar debido acatamiento a lo que prescribe el artículo 62 de la Constitución Política y de acuerdo con los precedentes establecidos por las Legislaturas anteriores, atentamente solicitamos de vuestra soberanía sea servida de aprobar, con dispensa de trámites, el siguiente acuerdo:

"Se faculta a los ciudadanos diputados para que durante el próximo período de receso acepten comisiones del Ejecutivo y de los Gobiernos locales, con la obligación de dar cuenta por escrito a la Comisión Permanente del Congreso para los efectos del artículo 62 constitucional.

"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. - México, diciembre 26 de 1922. - Jesús Magaña Soto. - J. Barriga Zavala. - Adolfo Hernández Marín. - Rubén C. Navarro. - P. Manzano. - Francisco de P. Alvarez. - Salvador Murguía. - M. A. Quintero. - A. Yañez Salazar. - Eduardo Zarza. - José Manuel Puig y Casauranc. - Romeo Ortega. - J. de D. Bátiz. - Manuel Gudiño. - D. Benítez. - Antonio G. Rivera. - C. Avilés.- R. Quevedo. - Liborio Espinosa y Elenes. - Prisciliano Valdez. - Vidal Solís."

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra en contra, en votación económica se consulta a la Asamblea si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Comisiones Unidas de Justicia.

"H. Asamblea:

"Las comisiones unidas de Justicia, a cuyo estudio paso el proyecto de Ley Orgánica de los Tribunales del Orden con el Distrito Federal y Territorios, aprobado por la H. Cámara de Senadores, dedicaron inmediatamente toda su atención a tan delicado asunto, y penetrados de la importancia y de la necesidad de dicha ley, que tiende a remediar muchas de las graves y trascendentales deficiencias que presenta la organización actual de dicho tribunales, se apresuran a dar a conocer a esta. H. Representación Nacional el dictamen que han formulado, de común acuerdo los integrantes de las comisiones de Justicia .

"Es indiscutible que la multiplicidad de los asuntos que se ventilan en los tribunales del Distrito Federal y Territorios y el defectuoso funcionamiento de las Salas respectivas, son el más poderoso obstáculo para la pronta y recta administración de justicia, dando ocasión a las acres y un tanto injustificadas censuras que los litigantes y la sociedad en general han hecho, especialmente a la Sala del Ramo Civil.

"Los datos estadísticos recogidos por muchos de nosotros, demuestran con toda evidencia la imposibilidad de que una Sala del Tribunal Superior pueda resolver oportuna y acertadamente el cúmulo de negocios civiles que constituye actualmente un lamentable y peligroso rezago, siendo, por lo mismo, indispensable aumentar el número de éstas, integrándolas de tres magistrados cada una , a fin de por ese medio triplicar la eficiencia en el trabajo y normalizar en no largo tiempo el funcionamiento del Tribunal Superior.

"Esta idea se realizara, como lo propone el proyecto de que se trata, estableciendo cinco salas para el ramo Civil y dos para el ramo Penal, con cuatro magistrados más, que tengan el carácter de supernumerarios, encargados de integrar las salas en donde faltare temporalmente alguno de los magistrados propietarios, y cuando este caso no llegue, dedicarse al estudio de algunos de los negocios rezagados y desempeñar las demás comisiones que el presidente del Tribunal les encomiende, de acuerdo con las facultades que la ley les concede.

"Muy plausible, y lo acogemos de buen grado, es suprimir la clasificación vigente respecto a jueces de jurisdicción voluntaria y contenciosa, porque además, de evitarse algunos abusos que la opinión pública señala en la distribución de los asuntos de jurisdicción voluntaria, se obtiene mayor eficiencia en las labores judiciales, establecido la jurisdicción mixta para los jueces del ramo Civil.

"La misma tendencia de facilitar la administración de justicia sigue la reforma para el aumento en el número de jueces correccionales, ampliando la jurisdicción de éstos, a fin de aliviar las labores de los jueces del ramo Penal, sin necesidad de alterar el número de éstos, haciendo más equitativos los trabajos de unos y otros funcionarios.

"Y como el criterio en los general del proyecto de referencia es el mejoramiento en el ramo de Justicia, hemos aceptado en su totalidad esa ley, porque en el fondo obedece perfectamente a las necesidades del momento, y las pequeñas aclaraciones que nos hemos permitido hacerlo son de simple detalle, de estilo, mejor dicho, para la mejor inteligencia y claridad de algunos preceptos de la ley, evitando así la demora en la aprobación de este proyecto de ley e implantar desde luego las reformas que contiene y que reclama urgentemente el bienestar social. A reserva de que estas mismas comisiones, con las observaciones que les proporcione la práctica en la aplicación de la ley, traigan más tarde a vuestra soberanía las nuevas ideas que realicen mejor nuestros propósitos, teniendo, entre otras iniciativa, el establecimiento de tribunales para niños u adolescentes, que ser n un paso más en la civilización y perfeccionamiento social.

"En tal virtud, haciendo nuestra la iniciativa de la Cámara de Senadores, sometemos a la aprobación de esta H. Asamblea, el siguiente punto resolutivo:

"Único. Apruébese en todas sus partes la Ley Orgánica de Tribunales del Distrito y Territorios Federales del Orden Común y pase este proyecto desde luego a la Comisión de Corrección de Estilo para los efectos consiguientes.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados. - México, D.F., 27 de diciembre de 1922. - E. B. Domínguez. - Francisco Modesto Ramírez, - Moisés Huerta. - M. Castillo Nájera. - R. Otañez." - Primera lectura.

Se consulta a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura a fin de que entre desde luego a discusión. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensada.

Está a discusión.

El C. Covarrubias: Pido la palabra en contra de la ley discusión.

El C. secretario Esparza Martínez: En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Dispensados los trámites.

Está a discusión.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Covarrubias.

El C. Covarrubias: Honorable Asamblea:

Es mi deber venir a protestar en contra del dictamen que formulan las comisiones de Justicia, porque verdaderamente para los representantes de la Baja California entraña una injusticia terrible. Hace unos cuantos días, con fecha 24 de noviembre del corriente año, vuestra soberanía aprobó un proyecto de ley cuya minuta fue enviada al Senado con el fin de dividir el Territorio de la Baja California en una forma diferente. Este proyecto de decreto que se envió a la Cámara de Senadores no mereció del Senado atención ninguna en el momento en que se discutió la Ley Orgánica de Tribunales del Fuero Común para el Distrito Federal y Territorios, y en vez de haberse atendido a los razonamientos expresados, en vez de haberse tomado en consideración la voluntad expresad por esta honorable Asamblea, la Cámara de Senadores no solamente aceptó los juzgados y la división territorial jurídica que actualmente existe en la Baja California, sino que en una plumada, con el desconocimiento más absoluto, borró los juzgados que existen en la

Baja California y por medio de un artículo estableció que la península se dividirá en tres partidos judiciales: el partido norte, cabecera Ensenada; el partido del centro, cabecera Santa Rosalía, y el partido del sur, cabecera La Paz. En el Distrito Norte, ciudadanos, diputados, hay cuatro partidos judiciales: el partido judicial de Mexicali, cabecera Mexicali; en el Tecate, cabecera Tecate; el de Tijuana, cabecera Tijuana y el de Ensenada, cabecera Ensenada.

En el Distrito Sur existen en la actualidad dos partidos judiciales: el del centro, cabecera Santa Rosalía, y el del sur, cabecera La Paz; conforme a esta minuta aprobada por esta Cámara y esto que ya está a consideración de la Cámara de Senadores para su resolución y que envía al reformar la Ley Orgánica de los Tribunales del fuero común vigente que establecía para el Distrito sur, además de los dos juzgados existentes, el nuevo Juzgado de San José del Cabo, indispensable para la actuación de aquella región. Y, ciudadanos diputados .... (Voces: ¡Está aceptado! Murmullos.)

Ciudadanos representantes:

La comisión me explica en estos momentos que lo único que pasa es que por el tiempo que se tiene ya tan perentorio, es imposible que nosotros pasemos con observaciones esta ley al Senado; pero yo insisto en mi petición de estar en contra de esto. Yo no creo que si la Cámara de Senadores no nos acepta una minuta, un proyecto de decreto por el cual nosotros reformamos la división territorial de la Baja California, nosotros si seamos consecuentes y nosotros si aceptamos proposiciones del Senado. ¿Será posible, ciudadanos, que no se me permita alzar mi voz de protesta en contra de esta ley de organización, cuando esta ley de organización, en vez de dar lo que vuestra soberanía ha aprobado, lo que nosotros hemos pedido, nos quita lo que actualmente tenemos? ¿Es esto justo? ¿Es humanamente justo que vayamos nosotros a aceptar que a la Baja California se le arranque los juzgados que tiene y en substitución de ellos se le coloque únicamente un juzgado en una de las poblaciones que casi ya en la actualidad no tiene la importancia que debiera? De ahí, naturalmente, que forzosamente esté en contra de esta ley, porque en el caso de aprobarla en la forma que se consulta, vendría a dar como resultado lo siguiente: la Baja California, el Territorio Norte, tendría únicamente el Juzgado de Ensenada, Todos Santos, y yo compenetrado de las necesidades de aquella región, sabiendo perfectamente todos vosotros que la capital de ese distrito es la cuidad de Mexicali, mal podría admitir que se tolerara la existencia de un solo Juzgado, cuando ahí actualmente existen cuatro, y nosotros hemos pedido, por medio de esta minuta ya aprobada, que existan esos mismos cuatro Juzgados. Aquí, ciudadanos representantes, me pregunto y digo: ¿será posible que volvamos nosotros a la aberración de englobar en una ley, únicamente porque beneficia al Distrito Federal, a los Territorios, poniéndolos como lastre , sin tomarlos en consideración? ¿Será posible que nosotros sancionemos el bofetón que ha dado la Cámara de Senadores a la minuta del proyecto de ley que nosotros enviamos, minuta que tomó en consideración, minuta a que se negó luego a dar oídos, minuta que tenían antes de aprobar la ley de organización existente y ser posible, digo, que la Cámara de Diputados pudiera pasar sin protesta esto? Yo creo que no, y estimo que es de todo mi deber venir aquí a protestar enérgicamente, primero en contra de quien ha aprobado la actual ley que se presenta antes vuestra consideración sin haber tomado en cuenta ya un decreto, una verdadera sanción, una verdadera opinión que ha dado la Cámara de Diputados a este respecto, y después también levanto mi voz de protesta como representante del Territorio, porque no puedo admitir de ninguna manera que se viole el mandato de esta Asamblea y que se nos quite a nosotros lo que actualmente tenemos. Se me dio como razonamiento toral la necesidad que tenemos que aceptar la organización que se va a dar al Distrito Federal y por organizar el Distrito Federal vamos a desorganizar lo existente en los Territorios? Creo que todos vosotros, compenetrados de las necesidades de vuestra diversos distritos, compenetrados perfectamente de cual es vuestro deber ante vuestros distritos, tendríais en este caso la misma actitud que en estos momentos asumo y os pido atentamente que protestéis y votéis en contra del proyecto que se presenta, desde el momento en que se lesionan de una manera completa las caras aspiraciones del pueblo de Baja California, que intenta, para su progreso y bienestar futuro, tener una administración de justicia sabiamente dirigida y mejor presentada.

El C. presidente: Tiene la palabra la comisión.

El C. Domínguez Enrique B.: Señores diputados: Las objeciones presentadas por el compañero Covarrubias, no tienen ninguna razón de ser. Aun cuando la ley está a discusión en lo general, el señor Covarrubias se concretó exclusivamente a la parte relativa al artículo 11. El artículo 11 presentado en el proyecto del Congreso, es un artículo que no adolece de otro defecto sino del de claridad. Nosotros, al hacer el estudio detenido y detallado de esa ley, hemos tenido en consideración las razones expuestas por la diputación de la Baja California, y fuera de ello, Señores, la parte más importante ha sido un decreto que establece esos juzgados, cuyo decreto está en vigor, y, todavía más: que viene el presupuesto actual a asignar los sueldos que corresponden a cada uno de los funcionarios que deben integrar esos juzgados. Nosotros, para evitarnos ulteriores dificultades y queriendo que esta ley, que es de urgente necesidad, que es de trascendental importancia que nosotros aprobemos, porque hemos presenciado el espectáculo desastroso de la Administración de Justicia en el Distrito Federal, y que por ningún concepto puede culparse a los señores magistrados, sino solamente a la organización de la ley para la resolución de cada uno de los asuntos sujetos a su discusión, nosotros hemos obviado dificultades en este sentido. Como el artículo 11 del proyecto del Senado es idéntico al que nosotros presentamos y tan sólo entraña esta modificación: una especificación detallada de cada uno de los municipios que deben tener los juzgados en el Distrito Norte de la Baja California o en el Distrito Sur, el compañero Covarrubias no tiene razón, porque no conoce este asunto; el compañero Covarrubias dice que se ha quitado el juzgado de Mexicali, y aquí esta comprendido en la fracción I:

"El de Mexicali, que comprenderá la municipalidad de su nombre." Dice que se ha suprimido el de Ensenada: "Fracción (c). El de Ensenada y Todos Santos, que comprenderá la municipalidad de su nombre."

Ahí tienen ustedes cómo la comisión exclusivamente se ha concretado a ordenar el artículo 11 y a presentarlo en tal forma, suplicándole a la Comisión de Estilo que conozca de este asunto, que sea la que venga a redactar el artículo en estos términos. El tal virtud, yo pido.....

El C. Von Borstel: Pido la palabra para hacer una pequeña aclaración, con permiso del orador.

El C. Domínguez Enrique B.: sí, usted lo tiene.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Von Borstel para una aclaración.

El C. Von Borstel: Habiendo cambiado impresiones con la comisión y habiendo visto que, efectivamente, han tenido en cuenta, se había tenido en cuenta desde más antes lo que nosotros solicitamos, la diputación de la Baja California está conforme con que se apruebe desde luego la ley, con objeto de que pase a Ejecutivo para su promulgación.

El C. Domínguez Enrique B.: Entonces no tengo necesidad de agregar ninguna otra palabra, y les suplico a los compañeros voten por la aprobación de esta ley.

El C. secretario Esparza Martínez: Habiendo hablado los oradores inscriptos, se va a proceder a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario Gandarilla: Por la negativa.

(Se recoge la votación.)

El C. secretario Esparza Martínez: Ha sido aprobado por unanimidad de ciento cincuenta votos, el proyecto de Ley Orgánica de los Tribunales del Fuero Común del Distrito y Territorios Federales. Pasa a la Comisión de Corrección de Estilo.

Presidencia del C. MURGUÍA SALVADOR

- El C. secretario Esparza Martínez, leyendo:

Telegrama procedente de "Saltillo, Coahuila, 26 de diciembre de 1922.

"Cámara Diputados. - Congreso Unión.

"Hoy decimos secretario Gobernación:

"Día 15 actual, en que gobernador González ejecutó golpe Estado contra Poder Legislativo, los siete diputados propietarios que protestamos por atentado, nos trasladamos casa número 14, calle Hidalgo Norte esta ciudad. Ese mismo día citamos los seis diputados propietarios cómplices gobernador, comparecieran domicilio señalado, a funcionar, apercibiéndoles que si faltan diez días consecutivos, llamaríamos diputados suplentes, según dispone artículo 51 Constitución local. Ayer terminaron estos diez días, y hoy protestó ante nosotros suplente Benigno Ramón Pérez, con el cual somos ocho diputados, integrando quórum constitucional; procedimos desde luego verificar sesión pública ante notario, que dio fe; en estos momentos verificamos sesión para conocer grave delito oficial incurrieron Gobernador y seis diputados cómplices. Se nombró nueva Mesa Directiva, quedando integrada: presidente, Higinio Dávila; vicepresidente, Vicente Santos Guajardo; 1er. secretario, Manuel J. Castro; 2o. secretario Elías Buentello. Congreso seguirá funcionando con quórum legal en Hidalgo Norte, 14. Fuerzas gobernador permanecen todavía Palacio. Solicitamos auxilio fuerza federal, evitar atropellos gobernador, a quien hoy mismo desaforaremos, junto con seis diputados referidos, erigiéndiose Congreso Gran Jurado. - Respetuosamente, presidente Congreso local, Higinio Dávila. - Secretario, M. J. Castro. - Secretario, Elías Buentello." - Recibo, y a su expediente.

Telegrama procedente de "Saltillo, Coahuila, 27 de diciembre de 1922.

"Presidente de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

"Honrámonos comunicar esa alta Cámara que esta H. Legislatura, con fecha ayer, se constituyó en Gran Jurado, con la concurrencia de once de sus miembros, acordando el desafuero de los CC. diputados Higinio Dávila. Vicente Santos Guajardo, Elías Buentello, Ramón de León Flores, Antonio Garza Castro, Eduardo L. Arellano y Manuel J. Castro, por diferentes violaciones a la Constitución Política del Estado. - Respetuosamente, M. S. Aguirre, diputado secretario. - L. Martínez Campa, diputado secretario." - Recibo, y a su expediente.

Telegrama procedente de "Múzquiz, Coahuila, 26 de diciembre de 1922.

"Presidente Cámara Diputados.

"Subscriptos, nombre "Club Cooperatista Local" esta villa, honrámonos hacer su conocimiento haber significado gobernador del Estado, nuestra adhesión, respecto conflicto surgido H. Congreso. - Miguel Múzquiz Rivera Corona. - Múzquiz E. Flores. - J. Garza Galán. - José Santos. - A. Gil. - Arsenio González. - G. Maltos. - E. Rodríguez. - E. de Hoyos. - A. González. - E. Villarreal. - A. Brain Echeverría." - Recibo , y a su expediente.

Telegrama procedente de "Saltillo, Coahuila, 24 de diciembre de 1922.

"Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.

"Protestamos enérgicamente contra informaciones dolosas de mayoría comisión enviada por esa Cámara; González Garza entró componendas con gobernador González y lo defiende; Otilio González y Breceda son incondicionales gobernador, y por sostenerlo han llegado hasta ignominia; conflicto en pie; esperamos esa H. Cámara haga justicia consignando gobernador González por grave delito violación preceptos constitucionales. Mañana terminan diez días para hacer protestar suplentes diputados minoría, y si no estamos en Palacio sostenidos por fuerzas federales, seguiremos instalados en Hidalgo Norte, 14, funcionando constitucionalmente. Inmediatamente desaforaremos

diputados minoría y gobernador, por golpe Estado, designando gobernador interino. - Respetuosamente, V. Santos Guajardo, presidente Congreso local. - Eduardo Arellano. - R. de León Flores, secretarios." - Recibo, y a su expediente.

Telegrama procedente de "Saltillo, Coahuila, 24 de diciembre de 1922.

Presidente de la Cámara de Diputados.

"Artículo 76, fracción VI Constitución general, en que fúndase Senado, no es aplicable caso Coahuila, porque grupo separatista exdiputados, no puede constituir Poder Legislativo, conforme Constitución local y Reglamento Interior. Entre atribuciones Senado, señaladas por pacto federal, no está comprendido el caso Coahuila, y su acuerdo es, por tanto, violatorio de la soberanía de nuestro Estado, que defenderemos a todo trance contra atropello que se pretende, el cual atropello vendrá a crear un grave conflicto Cámara de Diputados Coahuila. - Diputado secretario, M. S. Aguirre. - Diputado secretario, L. Martínez Campa." - Recibo, y a su expediente.

"Estado Libre y Soberano de Chihuahua. - Poder Legislativo. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría. - Número 785.

"A los ciudadanos diputados secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso, de la Unión. - México, D. F.

"Este H. Congreso, en sesión celebrada hoy, tuvo a bien aprobar los siguientes puntos de acuerdo, con que termina un dictamen de la Comisión de Gobernación:

"Primero. La XXX Legislatura constitucional del Estado de Chihuahua, protesta contra el bochornoso atentado cometido por el general Arnulfo González, gobernador de Coahuila, impidiendo a los diputados independientes de aquella Legislatura ejercer sus funciones.

"Segundo Hágase saber a los ciudadanos diputados secretarios Eduardo L. Arellano y R. de León Flores, firmantes del comunicado en que se da cuenta con la instalación provisional de aquel H. Congreso, que esta Legislatura, por solidaridad y cumpliendo con el programa de rectitud y legalidad que se ha impuesto, reitera su solidaridad a aquel Cuerpo legislativo, esperando que pronto se le hará justicia y se le darán las debidas garantías."

"Lo que tenemos el honor de transcribir a ustedes para su conocimiento, protestándoles las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - Chihuahua, diciembre 23 de 1922. - Jesús Lugo, D. S. - E. Burgos Guaspe, D. S." - Recibo, y a su expediente.

"Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza. - Estados Unidos Mexicanos.

"Esta H. Legislatura, en sesión celebrada en día de hoy, tuvo a bien aprobar el siguiente acuerdo:

"Primero. No existe conflicto entre el Poder Ejecutivo y Legislativo del Estado de Coahuila de Zaragoza. como malévolamente lo han hecho suponer los exdiputados disidentes.

"Segundo. Comuníquese el anterior acuerdo a los poderes federales, H. H. legislaturas de los Estados y municipios de esta Entidad federativa."

"Al hacerse el honor de elevar al superior conocimiento de esa alta Cámara lo anterior, en cumplimiento a lo mandado en el segundo punto del acuerdo preinserto, nos permitimos el placer de reiterarles una vez más las seguridades de nuestra respetuosa consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - Saltillo, Coah., 19 de diciembre de 1922. - M. S. Aguirre, diputado secretario. - L. Martínez Campa, diputado secretario.

"A los ciudadanos diputados secretarios de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F. " - Recibo, y a su expediente.

Telegrama procedente de: "Hermosillo, Sonora, 23 de diciembre de 1922.

"Congreso de la Unión:

"La XXVI Legislatura constitucional del Estado Libre y Soberano de Sonora, secunda en todas sus partes la enérgica protesta hecha por el H. Congreso del Estado de Jalisco contra el incalificable atentado cometido por el gobernador del estado de Coahuila, general Arnulfo González, al impedir, por medio de la fuerza, que los diputados propietarios, con el carácter de independientes integran la H. Legislatura de aquella Entidad, ejerzan sus funciones. - Secretarios, A. Orozco. - A. C. y Pacheco." - Recibo, y a su expediente.

Telegrama procedente de: "Las Esperanzas, Coahuila, 23 de diciembre de 1922.

"Congreso de la Unión:

"Clubs políticos, subscriptos, respetuosamente protestamos contra individuos Gobierno centro pretenden inmiscuirse asuntos competen exclusivamente poderes Estado Coahuila. Respetuosamente. - Club Unión y Justicia, Club Esperanzas, Club Obreros Libres del 14." - Recibo, y a su expediente.

Telegrama procedente de: "Nadadores, Coahuila, vía San Buenaventura, Coahuila, 23 de diciembre de 1922.

"Presidente de la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión:

"Pueblo esta villa, por conducto su Ayuntamiento, eleva respetuosa protesta contra antipatriótica labor senadores Alessio Robles y Eulalio Gutiérrez, quienes intentan intervenga Senado en asunto solo compete a Coahuila, cuyos gobernador y Cuerpo legislativo actúa recinto oficial. Hemos ya enviado nuestra adhesión y reconocimiento. - Presidente

municipal, Cruz Iruegas." - Recibo, y a su expediente.

Telegrama procedente de: "Lamadrid, Coahuila, vía San Buenaventura, Coahuila, 25 de diciembre de 1922.

"Diputados del H. Congreso de la Unión:

"Así como Sonora, celoso de su dignidad, no permitió un día que su soberanía se ultraje por el centro, así Coahuila verá siempre como extremada injusticia que, por maniobras de senadores Gutiérrez y Robles, venga Federación a meterse en asuntos que sólo atañen a poderes locales este Estado. Presidente municipal, Atiliano Rodríguez. - Secretario, R. Lozano Aragón." - Recibo, y a su expediente.

Telegrama procedente de: "Nadores, Coahuila, vía Buenaventura, Coahuila, 27 de diciembre de 1922.

"Diputados del Congreso de la Unión, - Palacio Nacional.

"Clubs "Nadores" y "Pueblo" adhiérense recta actuación gobernador González, protestando malevolencia senadores Robles y Gutiérrez. - Presidente, Luis Galindo. - Antonio Ruegas." - Recibo

Telegrama procedente de: "San Buenaventura, Coahuila, 27 de diciembre de 1922.

"A los ciudadanos diputados al Congreso de la Unión.

"Adheridos nuestro digno gobernador, reprobamos enérgicamente apasionado interés senadores coahuilenses club pueblo legítimos. - Presidente, Antonio Ruiz." - Recibo.

Telegrama procedente de: "Payo Obispo, Quintana Roo, 26 de diciembre de 1922.

"Secretario Cámara Diputados. - Congreso de la Unión.

"Hónrome comunicar ese alto Cuerpo, haberse verificado elecciones Municipales este municipio día 24 actual. Sin novedad. - El presidente municipal, F. Abdelnur." - Recibo.

Telegrama procedente de: La Paz, Baja California, 23 de diciembre de 1922.

"Presidente H. Cámara Diputados.

"Como artículo 132 Ley Orgánica judicial previene que jueces actuales durarán hasta 31 presente mes, encarézcole decirme esta vía, si para esa fecha no está juez nuevamente nombrado, debo continuar actuando como juez de 1a. instancia este distrito. Respetuosamente, el juez de 1a. instancia, C. Hidalgo." - Resérvese para el Congreso General.

Telegrama procedente de "Cuautla, Morelos, 24 de diciembre de 1922.

"Presidente H. Cámara de Diputados.

"Subscriptos, en nombres este pueblo, ante esa H. Representación Nacional, protestamos por violaciones cometidas al voto popular en las elecciones efectuadas el domingo 17 del actual para Ayuntamiento constitucional este Municipio Libre, y de que son responsables partidarios planilla Antonio Pliego y socios. Ya pedimos al ciudadano gobernados del Estado declare, conforme a la ley, nulidad llamadas elecciones que han sido una farsa del elemento reaccionario y enemigo del pueblo contra ley e instituciones. Protestamos nuestra adhesión y respeto. - Everardo Romero. - Serafín N. Robles. - Francisco Benítez. - Fausto Ayala. - Juan Ramírez." - Recibo.

"El Ayuntamiento de Zacatecas envía una copia del memorial que dirigió a la Comisión Permanente de la Unión de Ayuntamientos de la República, relatando los atropellos de quien la citada institución municipal ha sido víctima por parte de la Legislatura y Ejecutivo locales." - Recibo, y a sus antecedentes.

- El C. secretario Esparza Martínez, leyendo:

"Comisión de Presupuestos y Cuenta. - 2a. Sección.

"Dictamen sobre la iniciativa de Chihuahua autorizando el Ejecutivo a disponer hasta la cantidad de $6.000,000.00 para fomento de las obras de irrigación en los ríos Conchos y San Pedro.

"H. Asamblea:

"A la 2a. Sección de Presupuestos y Cuenta fue turnado, para su estudio y dictamen, el proyecto de ley que presenta la H. diputación de Chihuahua, facultando al Ejecutivo federal para disponer hasta la cantidad de $6.000,000.00 - primer año de trabajos - en el fomento de la irrigación de los ríos Conchos y San Pedro del Estado de Chihuahua.

"Esta comisión, habiendo estudiado detenidamente el proyecto que se ha hecho para la consumación de las obras, tiene el honor de informar a la H. Asamblea lo siguiente:

"Cuestión técnica y costo de las obras.

"1o. El estudio cristalizado ya en proyecto que han hecho los señores ingenieros comisionados al efecto, es un trabajo serio, amplio y viable, que ha merecido el aplauso de toda persona conocedora en la materia que ha tenido oportunidad de revisarlo, considerándole como uno de los más completos y mejores trabajos de ingeniería que se han ejecutado en el país. Baste decir que en zona tan relativamente corta, existen sesenta y dos mil puntos precisados, es decir, está determinada la relación de cada uno de esos puntos entre sí, tanto en distancia como en diferencia de nivel, haciéndose así con toda propiedad la distribución de la red de canales que debe irrigar tan importante zona.

"Todos los cálculos relativos al costo de construcción de las obras, han sido hechos con

especial cuidado, eligiendo cifras conservadoras y mínimas, así como en los rendimientos que se puedan obtener, se ha calculado también lo mínimo, con el propósito de basarse en hechos enteramente efectivos y reales.

"Se estableció, igualmente, un laboratorio en que se hicieron análisis físico - químicos de las tierras por irrigar, demostrando que su gran mayoría son terrenos de buena calidad capaces de producir abundantes y variadas cosechas, inclusive el algodón.

"El Gobierno del Estado de Chihuahua ha hecho un gasto de $600,000.00. para la sola terminación del proyecto.

"2o. Como las obras tienen un costo aproximado de $28.000,000.00, la diputación de Chihuahua no juzgó oportuno - y en esto está de acuerdo la comisión - pedir a la H. Asamblea la cantidad total, sino la suma aproximada para el primer año de trabajos.

"Importancia. Cuestión agrarista y laborista.

"3o. La importancia de este magno proyecto de irrigación, esta perfectamente clara, pues se irrigarán hasta doscientas veinticinco mil hectáreas que constituirán un grandísimo centro de producción; y como el Estado de Chihuahua es de tal modo importante en su situación geográfica y política, debe considerarse la consumación de las obras como una benéfica y trascendental obra nacional.

"4o. Será, llevándose a efecto, un gran paso para la resolución del problema agrario, pues el Gobierno no estará en posibilidad de repartir 225,000 hectáreas de terreno irrigado, que calculando a veinte por cada familia, tendremos tierra para once mil pequeños agricultores.

"5o. Comenzando los trabajos, podrán emplearse no menos de cinco mil trabajadores, lo que vendrá a resolver, en parte, la crisis de trabajo de la región lagunera, de la zona carbonífera de Coahuila y de casi todo el Norte de la República.

"Ayuda del gobierno federal.

"Indudablemente sería ideal que esta obra indiscutible y eminentemente ventajosa para el engrandecimiento del país, fuera ejecutada por iniciativa y fondos particulares mexicanos; pero por desgracia, también sabemos que los capitales mexicanos siempre han visto con pánico toda inversión donde su dinero no quede resguardado por una leonina garantía. Las obras del carácter de la presente, nunca serán emprendidas por el capital privado nacional, y si se las quiere llevar a cabo tendrá que recurrirse al capital extranjero, cosa que no se debe hacer, o acudir, como ahora se hace, al Gobierno federal representado por el Congreso de la Unión, donde sin duda esta magna iniciativa tendrá eco y apoyo, comprobado como está que la H. Asamblea sigue el ideal de dignificar al proletario, ya sea obrero o campesino.

"Por estas razones, esta comisión hace suyo el proyecto de ley de la diputación, de Chihuahua, y propone para su aprobación, el siguiente punto resolutivo:

"Único. Se autoriza al gobierno federal para disponer en el año de 1923, hasta de la cantidad de $6.000,000.00 para fomento de las obras de irrigación en los ríos Conchos y San Pedro del Estado de Chihuahua.

"Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados. - México, D. F., a 26 de diciembre de 1922. - La 2a. Comisión. - M. Chávez M. - M. Lailson Banuet."

En votación económica se consulta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Está a discusión. No habiendo oradores inscriptos ni en pro ni en contra, se va a recoger la votación nominal.

El C. Fabila: Para interpelar a la comisión.

Presidencia del C. HERNÁNDEZ GALVÁN MANUEL

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Fabila: Desearía que la comisión tuviera la amabilidad de aclararme el por que del considerando cuarto que dice que el Gobierno estará en posibilidad de resolver el problema agrario repartiendo 225,000 hectáreas, o sea el total de tierras irrigables, porque en concepto mío, es una inexactitud flagrante la que asienta la comisión.

El C. presidente: Tiene la palabra la comisión.

El C. Chávez Manuel M.: El gobierno del Estado de Chihuahua ha celebrado un contrato con todos los propietarios de terrenos que se van a irrigar, para que por la cantidad de 32 hectáreas de terreno secano que proporcionen al Estado de Chihuahua tendrá el control, la mayoría de las hectáreas irrigables y podrá resolver, en parte, como dice la misma comisión, en el problema agrario.

El C. Gandarilla: Por la afirmativa.

El C. Esparza Martínez: Por la negativa.

(Votación.)

Ha sido aprobado por unanimidad de ciento cuarenta y nueve votos. pasa al Ejecutivo para los efectos consiguientes.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"A la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F.

"Hónrome poner en su conocimiento muy atentamente, que al recorrer este distrito, cuya representación como diputado tengo en esa honorable Cámara, he dádome cuenta por mí mismo y por los habitantes de la región, de la pésima administración política que en toda ella reina, efecto del mal Gobierno del doctor Donato Moreno.

"La mala gestión administrativa de dicho gobernante ha venido a culminar con los últimos acontecimientos habidos en la ciudad de Zacatecas al atropellar a los ciudadanos que, en manifestación ordenada, hacían público su descontento por haber clausurado injustificadamente la Escuela Normal de dicha ciudad, consistentes en haber hecho uso de la violencia para disolver la manifestación al igual que al Ayuntamiento, por presunción de estar éste de acuerdo con la actitud tomada por la sociedad.

"En consecuencia, y para no incurrir en punible complicidad por mi silencio ante los actos

atentarios de que he hecho mérito, cometidos por el gobernador Moreno, a reserva hacerlo personalmente cuando me encuentre en esa capital, que será pronto enérgicamente contra la actitud salvaje precitado gobernante, observada el 17 del actual, desconociendo un derecho del pueblo, cual es el de petición; así como también contra el congreso local, quien, con su actitud pasiva, se constituye en encubridor de tan incalificables actos, y pido se exijan las responsabilidades consiguientes.

"Al hacer lo anterior, satisfactorio me es reiterar a esta H. Cámara las seguridades de mi respetuosa consideración.

"Concepción del Oro, Zacatecas, a 23 de diciembre de 1922. - Diputado por el 8o. distrito electoral del Estado de Zacatecas, Isidro Cardona." - Recibo, y a su expediente.

"H. Asamblea:

"Los subscriptos, diputados en ejercicio al congreso de la Unión, ante vuestra soberanía, respetuosamente exponemos lo siguiente: "Que siendo el problema educativo del pueblo mexicano uno de los que ocupan lugar preferente entre sus más apremiantes necesidades, porque de su planteo y resolución depende en gran parte las de los demás problemas que contribuyan a su mejoramiento social, económico, moral e integral, es necesario que las leyes que tiendan a la resolución de él, sean verdaderos factores de la reconstrucción nacional, al mismo tiempo que el resultado que de la observación puedan dar la experiencia de otros pueblos puesto en práctica para obtener los mejores resultados posibles en la educación de los mismos.

"Por tanto, se hace preciso que esta H. Representación Nacional tenga a la vista todos los datos posibles con qué elaborar las leyes relativas a esta importante rama, y, en tal virtud, con dispensa de todo trámite, sometemos a vuestra consideración el siguiente punto de acuerdo:

"Único. Nómbrese del seno de esta cámara una comisión, formada por los presidentes de las comisiones de Educación, para que visiten en los países extranjeros más adelantados sus centros educativos, que recopilen todos los datos sobre legislación y estadística escolares y que rindan un informe a las mismas comisiones de esta cámara, a fin de que se tenga en cuenta esos datos en la elaboración de las leyes relativas a la educación nacional."

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de diputados del Congreso de la Unión, - México, D. F, a 27 de diciembre de 1922. - J. D. Robledo. - R. Reyes Marquez."

Se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se ruega a los ciudadanos que voten por la afirmativa, se sirva ponerse de pie. No se dispensan los trámites. Queda de primera lectura.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Cámara de Senadores del congreso de la Unión. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Sección la. - Número 231.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - presente.

"Para los efectos constitucionales, tenemos el honor de remitir a ustedes, en trece fojas útiles, el expediente con la minuta del proyecto de Ley de Amnistía, aprobado ayer por esta Cámara, con una adición al artículo 1o.

"Protestamos a ustedes las seguridades de nuestra muy distinguida consideración.

"México, 27 de diciembre de 1922. - Arturo Gómez, S. S. - José Macías Ruvalcaba, S. S."

El C. Espinosa Luis: Pido la palabra.

El C. presidente: tiene usted la palabra.

El C. Espinosa Luis: Honorable Asamblea:

El Senado envía el proyecto de ley de Amnistía que fue aprobado por esta Cámara hace algunos días, con un pequeñisima modificación en el artículo 1o. Los miembros de la comisión dictaminadora en el Senado me manifestaron esta mañana, que el proyecto aprobado ayer sobre el mismo asunto es improcedente, porque lo que el Ejecutivo de la República había pedido o pedía está ya en varios artículos del Código Penal; de tal manera, que aprobar este proyecto sería tanto como caer en una redundancia, y que, lo que en concepto de ellos, debe hacerse, es aprobar el proyecto de ley que ha devuelto el Senado con la pequeña reforma a que alude el oficio de remisión. Como en realidad esta ley es de urgente resolución, al grado de que no aprobándose en esta sesión, no podrá aprobarse después, yo pido a la Cámara que para que este proyecto no quede como otros tantos asuntos pendientes, se apruebe desde luego, dispensándole, por lo tanto, todos los trámites, declarándose de urgente y obvia resolución y votándose en seguida.

Así pues, yo ruego a la Asamblea que consienta en mi petición para que sea despachado desde luego el proyecto de ley.

El C. secretario Esparza Martínez: A petición del ciudadano Espinosa Luis, la Secretaria, por orden de la Presidencia, pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites para que entre a discusión desde luego. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados los trámites. La Secretaría va a dar lectura al proyecto de ley de Amnistía.

"Minuta.

"Proyecto de Ley de Amnistía.

"Artículo 1o. Se concede amnistía por los delitos de rebelión y sedición y los actos conexos a ellos, que se hayan cometido hasta la fecha de la publicación de la presente ley y apartir del año de 1920.

"Articulo 2o. Quedan comprendidos en la amnistía de los delitos del fuero de Guerra que hayan servido de medio para la realización de los delitos mencionados en el artículo anterior.

"Artículo 3o. En caso de duda acerca de si un delito del orden militar o común ha sido conexo y ha sido necesario para realizar los de rebelión o sedición, se substanciar ante el juez que conozca del proceso, un incidente se sujetar a los siguientes trámites:

"I. Una audiencia en la que las partes expondrán sus pretensiones;

"II. Un término de prueba no mayor de quince días, si las partes la pidieren o el juez lo creyere necesario, y

"III. Una audiencia en la que se expondrán los alegatos y se dictará el fallo

"Artículo 4o. Las resoluciones que en este incidente se dicten, tendrán los recursos que otorga el Código Federal de Procedimientos Penales y del Fuero de Guerra, en su caso.

"Artículo 5o. Para que puedan gozar de la amnistía las personas que aún se encuentren levantadas en armas al comenzar a regir la presente ley, deberán presentarse a los jefes de operaciones o a los gobernadores de los Estados, o en su defecto, a las autoridades municipales o militares subalternas, dentro del termino de quince días, contados desde la publicación de esta ley, que se hará por bando, en cada cabecera municipal. Las autoridades militares, los gobernadores o los presidentes municipales, anotarán los nombres de los que se presenten y el día y la hora en que lo hagan, dando conocimiento de esto, por la vía más rápida, a las secretarías de Guerra y de Gobernación.

"Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - México, a 26 de diciembre de 1922. - T. H. Orantes. - José Macías R., S. S. - Arturo Gómez, S. S."

Está a discusión. No habiendo oradores inscriptos, se va a proceder a recoger la votación nominal de la ley. Por la afirmativa.

El C. Carmona Ismael: Por la negativa.

(Se recoge la votación.)

El C. secretario Esparza Martínez: Ha sido aprobado por unanimidad de ciento cuarenta y cuatro votos, la minuta del proyecto de Ley de Amnistía. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

- El C. secretario Gandarilla, leyendo:

"Honorable Asamblea:

"Faltando solamente tres sesiones para que termine el presente período ordinario, y encontrándose vacante el lugar que en la Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó el C. licenciado don José María Mena, entorpeciéndose de notable las funciones de este Cuerpo por la falta del citado magistrado, y siendo necesario proceder a la mayor brevedad posible a la elección, con dispensa de todo trámite sometemos a vuestra consideración el siguiente punto de acuerdo:

"Único. En la sesión que deberá efectuarse mañana de "Congreso General, para designar a los funcionarios judiciales del orden común, desígnese al mismo tiempo al magistrado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que deber substituir al C. José María Mena.

"Comuníquese el acuerdo anterior al Senado, para los efectos relativos."

"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, - México, D. F., a 27 de diciembre de 1922. - E. Gandarilla."

En votación económica se consulta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados los trámites. Está a discusión. Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo quien hable en contra, en votación económica se consulta si se aprueba el punto de acuerdo. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

- El C. secretaria Esparza Martínez, leyendo:

"Comisión de Presupuestos y Cuenta. - 9a. Sección.

"H. Asamblea:

"La subscripta comisión recibió para su estudio y dictamen, las observaciones que el Ejecutivo de la Unión hace al Presupuesto de Egresos del Gobierno del Distrito, para el año de 1923, el cual fue aprobado por esta Cámara el día último de noviembre próximo anterior.

"Las observaciones son externas y a ellas se acompañan cuadros estadísticos y notas gráficas, que permiten tomar en consideración las objeciones que se formulan y las cuales podemos dividirlas en dos partes:

"1a. La relacionada con el Gobierno del Distrito, en donde se establece el criterio siguiente: la necesidad de aumentar el presupuesto aprobado por esta Cámara, hasta la suma de $7.483,607.75, aun cuando se registre un déficit, probablemente no menor de $750,000.00.

"2a. La relacionada con el ramo de policía, en donde se establece la necesidad de reducir el presupuesto aprobado por la Cámara, y que tendrá que cubrir el Ayuntamiento de la ciudad de México, para lo cual el Gobierno del Distrito utilizará el 50 por ciento que le corresponde al Ayuntamiento en los impuestos predial y de patente, de acuerdo con la Ley de Hacienda vigente.

"Para lo primero, asegura el Gobierno del Distrito que necesita los aumentos que consulta, porque, con el personal que se le deja, tendría que desorganizar los departamentos de Hacienda y Gobernación, que depende de la Secretaría de Gobierno. Y, además, también que, con la reducción que se hizo en las partidas globales, se corre el riesgo de paralizar varios servicios, con lo cual sufriría principalmente la ciudad de México.

"Para lo segundo, expresa el Ejecutivo que, por ser la Policía fuerza armada, no sería posible reducir su número en un momento dado, si así fuere necesario, por el peligro que esto entrañaría.

"En vista de lo expuesto, la comisión que subscribe cree interpretar fielmente las razones que mueven al Ejecutivo al presentar las objeciones que formula, ya que son unilaterales y ya que sólo intentan aunar a la opulencia de las esferas administrativas del Gobierno del Distrito, un servicio de Policía impotente para cubrir las necesidades de la población y exiguamente retribuído. De los datos estadísticos que acompañan a las observaciones motivo de este dictamen, entresacamos los siguientes: en las partidas globales del presupuesto vigente para 1922, el Gobierno del Distrito Federal hizo un ahorro de $837,598.82, y también en las

partidas de extraordinarios, comisiones, gratificaciones, vehículos, gasolina y lubricantes y empleados supernumerarios e interinos, se excedió en más de $450,000.00, de lo que se le presupuestó. Si sumamos el ahorro mencionado y el indebido exceso que anotamos, llegaremos a la conclusión de que las finanzas del Gobierno del Distrito deben, prácticamente, tener un ahorro no menor de .......$1.200,000.00, ya que al normalizarse las finanzas nacionales, no es posible que se exceden los gastos de determinadas partidas, y es patente la autorización inútil para muchas otras.

"El presupuesto que consultó el Gobierno del Distrito se elevaba a la suma de $7.483,607 75, y el aprobado por la Cámara monta a la suma de . . . $5.359,416.50, de donde se establece una diferencia de $2.124,191.25, disminución que no es tal si se toma en consideración el $1.200,000.00 de necesarios ahorros según queda demostrado en el párrafo precedente, y si además consideramos que el Gobierno del Distrito tendrá que atender al pago del inspector general de Policía, y servicios directos que de él depende, ya que estos servicios no pueden ser considerados municipales, aun cuando hasta la presente se haya tenido el error de confundirlos lamentablemente. En números redondos se puede estimar que el Gobierno del Distrito debe contribuir al sostenimiento de la Inspección General de Policía del Distrito Federal, con una suma no menor de $700,000.00.

"Por todo esto, podrá verse que las finanzas del Gobierno del Distrito Federal, apenas si resultarán equilibradas en el año próximo, y que si bien es cierto que en el ramo de Policía llegará a resentirse un déficit hasta de $2.000,000.00. también es cierto que en el Ayuntamiento de la ciudad de México para 1923, se podrá confiar para que cubra este déficit. contribuyendo así al buen servicio de Policía urbana, que automáticamente hará subir las entregas de la Tesorería Municipal por el concepto de multas.

"En vista de lo expuesto, ante vuestra soberanía nos permitimos proponer el siguiente punto de acuerdo:

"Único. No son de atenderse las observaciones que formula el Ejecutivo de la Unión al Presupuesto de Egresos del Gobierno del Distrito Federal para el año de 1923, aprobado por esta Cámara con fecha 30 de noviembre de 1922, ratificándose dicho presupuesto en todas sus partes.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 27 de diciembre de 1922. - R. Covarrubias. - Enrique M. Barragán"

En votación económica se consulta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados los trámites. Está a discusión. No habiendo oradores inscriptos.....

El C. Gutiérrez José F.: Pido la palabra en contra.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Gutiérrez.

El C. Gutiérrez José F.: Honorable Asamblea:

Al venir a esta tribuna a impugnar el dictamen que la comisión presenta en lo que se refiere al presupuesto del Gobierno del Distrito, traigo la firme convicción de que obtendremos el que la comisión modifique su criterio; pero es necesario, señores representantes, venir hasta esta tribuna en apoyo de las objeciones presentadas por el Ejecutivo al proyecto de presupuesto que ha aprobado vuestra soberanía en lo que se refiere al Gobierno del Distrito, porque es indiscutible que nadie mejor que el presidente de la República, está interiorizado de las funciones y de las labores que tiene que desarrollar esa dependencia del Ejecutivo llamado Gobierno del Distrito.

A raíz de presentado el presupuesto por la comisión, también venimos a esta tribuna a manifestar que estábamos completamente de acuerdo con la mayoría de los miembros de esta H. Cámara, en lo que respecta a la supresión definitiva del Gobierno del Distrito, y manifestamos a la vez que mientras no se tomara una resolución definitiva en este asunto, mientras no se obtuviera la sanción a la moción presentada por el ciudadano Siurob para obtener la supresión definitiva del Gobierno del Distrito, era necesario que esa dependencia, con todas sus lacras y con todos sus vicios, existiera, teniendo en cuenta la necesidad ingente de atender a los servicios públicos que le están confiados, subsistiera con su presupuesto completo como hasta la fecha ha venido viviendo, toda vez que al suprimirse algunas partidas del presupuesto del Gobierno del Distrito, hasta reducir, como se ha reducido en el proyecto presentado por la comisión, el Departamento de Gobernación del Gobierno a siete miembros, era imposible que pudiera funcionar y atender a las exigencias y a las necesidades del público.

Yo creo que la comisión no se ha permitido distraer su atención estudiando detenidamente una a una las objeciones que le ciudadano presidente presenta al proyecto de presupuesto formulado por la propia comisión, y es lógico suponer que si la comisión no se ha dignado estudiar detenidamente estas objeciones, mal puede dictar una determinación en este sentido, que sea de estricta justicia. En las objeciones que el ciudadano presidente hace al proyecto presentado por la comisión, se manifiesta de una manera evidente que el Gobierno del Distrito, en el año que está para finalizar, ha nivelado sus presupuestos de egresos con los presupuestos que tiene de ingresos, y ha habido una economía de cerca o de más de un millón de pesos, con lo que muy bien puede subsistir el Gobierno del Distrito en la forma que hasta hoy viene funcionando, puesto que en una institución que tiene vida propia, es una dependencia del Ejecutivo que no tiene necesidad de que haya algunas otras dependencias que puedan aportar cantidades de dinero para que pueda sostenerse el Gobierno en la forma en que hasta ahora se viene sosteniendo.

Nosotros no nos hemos opuesto al proyecto presentado por la comisión en lo que se refiere al aumento de sueldos del cuerpo de Policía porque aparte de que lo creemos verdaderamente justo y razonable, tenemos la convicción de que se hace necesario aumentar el cuerpo de Policía para la completa seguridad de los habitantes de la metrópoli; pero sí nos oponemos, señores diputados a que la comisión no modifique su criterio desatendiéndose de las indicaciones que hace el ciudadano presidente de la República, toda vez que no hay

una razón fundamental, no hay una razón de peso que la comisión pueda esgrimir, porque ya se ha demostrado y se demuestra en los cuadros comparativos que el presidente adjuntó a las objeciones, y en los mismos considerandos que hace acerca del funcionamiento del Gobierno del Distrito, de la importancia que cada uno de sus departamentos tiene para atender a las necesidades del público y las exigencias sociales; y todas esas demostraciones que el ciudadano presidente de la República viene haciendo alderredor del proyecto de presupuestos enviado y aprobado por esta Cámara, para que le hiciera objeciones, se demuestra palpablemente que el Gobierno del Distrito, si no se suprime de una manera definitiva, hay necesidad de que siga funcionando con todos sus gastos y con todos sus ingresos tal como hasta la fecha lo viene haciendo, máxime si se tiene en cuenta que, como decía hace un momento, no se hace indispensable hacer mayores erogaciones, porque con los ingresos que tiene el Gobierno del Distrito por concepto de contribuciones y de impuestos, puede subsistir y atender de una manera completa y eficiente a los servicios que le están encomendados. ¿Que razón puede aducirse para modificar las partidas del presupuesto del Gobierno del Distrito? La que se ha venido invocando hasta estos momentos: la necesidad ingente de hacer economías.

Y ciertamente, señores, nosotros estamos también por esa determinación, de que se hagan economías en todos los ramos de la administración pública; pero en todos aquellos ramos que no tiene fuentes de ingresos y que si tiene personal excesivo, que es necesario reducir para que el país pueda solventar todos sus compromisos contraídos, con motivo del convenio celebrado entre el ministro de Hacienda y los banqueros norteamericanos; pero en el Gobierno del Distrito cambia por completo el aspecto de la cuestión: El Gobierno del Distrito no tiene necesidad de que el Ejecutivo haga erogaciones, o de que la Secretaría de Hacienda tenga que hacer desembolso de cantidades para cubrir el presupuesto anual del gobierno del distrito; el Gobierno del Distrito, como todos vosotros sabéis, tiene sus fuentes de ingresos, tiene vida propia, que no hay necesidad de recurrir a subsidios de ninguna naturaleza para que pueda sostenerse; luego si es una institución que vive por sí misma, ¿qué razón hay para que se modifique en la forma injusta en que se ha hecho con el presupuesto de esa dependencia del Ejecutivo? Seguramente que si el ciudadano presidente de la República no supiera que es una dependencia que no tiene necesidad de recurrir a otras fuentes de ingresos, y que si, por el contrario, ella presta subsidios a algunos de los ayuntamientos y hace algunas otras erogaciones que no son de su resorte, seguramente que si él no tuviera esta absoluta seguridad, no se hubiera atrevido nunca a hacer observaciones a este presupuesto, ni lo hubiera aprobado tal como está presentado por esta honorable Asamblea. El sabe perfectamente que el Gobierno del Distrito en los actuales momentos es una dependencia del Ejecutivo, necesaria para atender a los servicios públicos que le están encomendados, para satisfacer exigencias sociales y es necesario, señores, que en esta ocasión. desentendiéndonos del partidarismo, de todo criterio político, tengamos en cuenta siquiera en esta ocasión que se trata de unas objeciones cuerdamente presentadas y con datos estadísticos que demuestran hasta la saciedad los ahorros que se han hecho por parte del Gobierno del Distrito y la necesidad imperiosa de que siga funcionando, la comisión atienda de estas objeciones y modifique su criterio en lo que se refiere al presupuesto del Gobierno del Distrito. Seguramente que así como se han atendido en momentos pasados las objeciones presentadas a los presupuestos de otras secretarías, y se ha acordado de conformidad por esta honorable Cámara, en esta ocasión debería de precederse o debe procederse, mejor dicho, en la misma forma. Es el presidente de la República el que hace las observaciones, porque él sabe perfectamente cuáles son las necesidades del Gobierno del Distrito; si él comprendiera que el Gobierno del Distrito no llenaba ninguna exigencia social, ni satisfacía absolutamente en nada las exigencias del público, seguramente que ya él mismo habría opinado por aprobar el presupuesto en la forma que fue presentada por esta honorable Cámara: pero no siendo así, yo pido a ustedes, señores diputados, que tomen en consideración las objeciones del presidente de la República en lo que se refiere al presupuesto del Gobierno del Distrito, y ruego a la comisión atentamente modifique su criterio reformado, si se quiere, el presupuesto por lo que atañe a las partidas globales, reduciendo aquellas que se crean excesivas, pero no modificando lo que se refiere al personal del Gobierno del Distrito, porque indiscutiblemente el Gobierno va a encontrarse con un grave problema que resolver, y es el de la cesantía que tendrá que presentarse a los empleados de los diferentes departamentos del Gobierno.

Hay, por ejemplo, en el Departamento de Gobernación del Gobierno del Distrito y en el Departamento de Cuenta General y de Glosa una reducción excesiva de personal: ¡qué van a hacer los empleados de esas dependencias al notificárseles que desde el 1o. del año cesan en sus empleos, y qué va a hacer el Gobierno para resolver esta situación que se le crea con el presupuesto presentado por la comisión? Indudablemente que va a surgir el conflicto, los empleados seguramente que reclamarán que se les indemnice, puesto que es una separación de momento que no se les ha comunicado con la anticipación debida y que de momento se encuentran en la calle sin tener medios para subsistir.

Por estas razones, y atendiendo a todos los datos concretos, a las objeciones que hace el presidente, yo ruego muy atentamente a la Cámara que en esta ocasión se sirva la comisión modificar su criterio por lo que se refiere al presupuesto del Gobierno del Distrito, ya que, repito, está probado que es una dependencia que tiene vida propia, que no necesita de subvenciones para poder subsistir.

Por lo tanto, si hay esa razón fundamental, y si, además se tiene en cuenta que el Gobierno del Distrito ha presentado en su cuenta general entregada en estos últimos días un ahorro de un millón de pesos, no hay razón fundamental alguna que impida a la comisión modificar su criterio. Yo

quisiera, señores, que en esta ocasión la comisión se pusiera en un terreno completamente justo y equitativo y modificara su criterio en este sentido.

(Voces: ¡A votar! ¡A votar!)

El C. secretario Esparza Martínez: Habiendo hablado el único orador inscripto, se va a proceder a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. prosecretario Santa Anna: Por la negativa.

(Se recoge la votación.)

El C. Barragán: Votaron por la afirmativa ciento cuarenta ciudadanos diputados.

El C. prosecretario Santa Anna: Votaron por la negativa diez y seis ciudadanos diputados. En consecuencia, pasa el presupuesto al Ejecutivo para sus efectos constitucionales, en virtud de haber sido aprobado por la Cámara.

El C. Espinosa Luis: Pido la palabra para una proposición. En atención a que ha sido aprobada la Ley Orgánica del Poder Judicial en el Distrito Federal, que aumentaba considerablemente el número de funcionarios, considero indispensable que, a la mayor brevedad posible, se aumente la partida correspondiente del presupuesto, o se forme uno nuevo para cubrir los sueldos de los nuevos magistrados y jueces. Como esto es de tal urgencia que debe hacerse dentro de estos días, yo ruego a la Presidencia que, antes de que entre algún asunto enojoso a debate, me permita presentar mi proposición por escrito. (Murmullos.)

El C. presidente: Tiene la palabra para informar la comisión que fue a Guerrero a investigar las cuestiones electorales.

El C. Ortega Romeo: Señores diputados:

La comisión nombrada por vuestra soberanía para que se trasladase al Estado de Guerrero, a fin de investigar los hechos denunciados desde esta tribuna por el ciudadano diputado licenciado Ezequiel Padilla, cumplió con su cometido y, a este efecto, desarrolló una labor de investigación minuciosa, detallada e imparcial, recibiendo todos aquellos datos que, tanto los representantes de un grupo como los del grupo contrario, ministraron a la misma. Todos estos informes se encuentran condensados en el proceso que tenga el honor de entregar en este momento a la Secretaría, es decir que debía pero no estando los secretarios, lo dejo aquí, y asimismo en el informe escrito que, suplico a la misma Secretaría, se sirva leer, para que esta honorable Asamblea se dé cuenta de que real y efectivamente comprobamos algunos de los hechos consignados desde esta tribuna y atribuídos al gobernador de aquel Estado, hechos que, a juicio de la misma comisión, ameritan que la Sección Instructora del Gran Jurado que corresponda, analice y estudie con el objeto de que define la responsabilidad de este funcionario en el caso de que ellos opinen que se ha violado la Constitución federal y la Constitución local.

Por lo tanto, la comisión cree haber cumplido con su deber en una forma detallada, concisa e imparcial, y espero que la sección Instructora del Gran Jurado, en su caso, rinda el dictamen para que ya no sólo como miembro de la comisión, sino como diputado que vio y sintió muchas de las cosas denunciadas, tome parte en este debate, para que alguna vez se haga justicia a un pueblo que desea que se respeten sus más sagrado derechos, como es, entre ellos, el derecho a la vida. (Aplausos.)

- El C. prosecretario Martínez Adame, leyendo:

"Informe que rinde la comisión nombrada por esa H. Cámara de Diputado, en la sesión de 28 de noviembre último, con el objeto de investigar los fraudes electorales impuestos al gobernador constitucional del Estado de Guerrero.

"H. Asamblea:

"La comisión que subscribe, cumpliendo con el acuerdo de vuestra soberanía, se trasladó, con fecha 6 del actual, al Estado de Guerrero, a fin de iniciar la averiguación correspondiente relacionada con las elecciones del Congreso local. Con el objeto de trazarnos un plan definido, que tuviera como consecuencia la obtención de datos, informes, etcétera, que determinaran la conclusión de algo preciso y correcto, nos detuvimos en la ciudad de Iguala.

"Nos sorprendió a nuestra llegada a esa población, un numeroso grupo de trabajadores reunidos en la estación en espera de la comisión, en la cual veían funcionarios deseosos de impartirles justicia. En efecto; varios ciudadanos se nos acercaron y empezaron a informarnos de la serie de atropellos que habían sufrido de parte de las autoridades locales y, según dijeron, ordenados o consentidos por el gobernador del Estado, C. Rodolfo Neri.

"La comisión inmediatamente mandó se publicara la excitativa que se agrega al expediente respectivo, pues no llevaba en lo absoluto ningún prejuicio y deseaba oír de ambas partes todo lo que creyeron oportuno exponer.

"El día 7 nos trasladamos a la ciudad de Chilpancingo, capital del Estado, donde llegamos el mismo día a las catorce, procediendo inmediatamente a recibir las declaraciones de numerosos vecinos y representantes de pueblos y cuadrillas que, como en Iguala, estaban en espera de la comisión. Se tomaron declaraciones a los CC. Gilberto Nava, Norberto Gatica, Antonio Morales, Ramón D. Vega, Angel Tapia Alarcón, José I. Castillo, Francisco Andraca Ortega, Ladislao Alarcón, Juan García, Mariano Quezada, Vidal Ramírez, Primitivo Carranza y Adelaido Nava, los que en concreto aseguraron de una manera enérgica: que tanto en las elecciones de diputados locales como en las municipales, la presión oficial se dejó sentir en forma decisiva, pues la ciudad entera de Chilpancingo, así como los pueblos comarcanos que forman el distrito de Bravos, se dio cabal cuenta de los siguientes hechos: primero, la propaganda la verificaron hacienda uso de la imprenta donde se edita el Diario Oficial: segundo, el candidato a diputado por el distrito de Bravos, fue el C. Alfredo G. Castañeda. director del mismo Diario Oficial; tercero, los propagandistas que recorrieron los diferentes poblados, fueron todos empleados de distintas

dependencias del Gobierno, contándose entre ellos, según consta por declaración expresa de los mismos, un señor de apellido Catalá, que es el jefe de Hacienda en el Estado; cuarto, las órdenes verbales del gobernador, transmitidas por diversos empleados a los presidentes municipales, donde las hubo, y a los comisarios, donde existen, fueron fielmente cumplidas, asegurando de antemano el resultado de la imposición a favor de los candidatos netamente oficiales.

"Comparecieron también ante la comisión, los CC. Alberto R. Guevara, diputado al Congreso local, quien entregó un memorándum, que obra en el expediente, y en el cual afirma hechos que corroboran las aseveraciones de los ciudadanos que ya habían declarado, y, ademas exhibió un testimonio notarial, por el que consta la verdad de lo que él afirma y demuestra de una manera palpable la influencia decidida del gobernador del Estado para sacar avante como diputado local al director del Diario Oficial. En efecto; y como un acto que da relieve a una imposición, consta que el mismo gobernador orden al notario que se retirara del lugar donde estaba instalada la Junta Computadora, y para hacer cumplir sus determinaciones, se mandó a la Gendarmería, que llevaba orden de aprehender o hacer fuego, al juez de la. instancia, que en aquel momento fungía como notario. Consta en ese testimonio que todo esto se debió a que el presidente municipal, Susano Vega, pretendió que el notario se abstuviera de cumplir con su deber, y que él, Vega, presidente municipal, obrara en ese momento por orden del gobernador. Consta también que el presidente de la Junta, Pascual Tejeda, que anteriormente estaba dispuesto a firmar el acta, se negó a ello alegando que no firmaba, por disposición superior. El ciudadano juez, en funciones de notario, tuvo necesidad de pedir auxilio a la fuerza federal para que le diera garantías, y solamente así pudo salir del lugar en donde de encontraba.

"Como se desprende de lo anterior, todas estas maniobras, todas estas órdenes. tenían el exclusivo objeto de evitar a toda costa que se respetara el sufragio; que se violaran los paquetes y, en concreto, que no se respetaba la ley, haciendo uso de cuanta fuerza fuera necesario y de las amenazas que desde hacía varios días había lanzado el propio gobernador, por conducto de sus principales corifeos.

"En tierra Colorada, correspondiente también al distrito de Bravos, el diputado al Congreso local, Manuel Guillén, director del periódico gobiernista que lleva el nombre de "Alma Suriana", y del cual se acompañan algunos ejemplares al expediente, se presentó acompañado del señor Raimundo Catalá, inspector de Hacienda del Estado y pariente político del gobernador, haciendo propaganda campestre a favor del mismo C. Castañeda que, como hemos dicho antes, es el director del Diario Oficial. En esos periódicos que adjuntamos, consta que este candidato, C. Castañeda, fue con el gobernador, a algunos pueblos de la jurisdicción del distrito con anterioridad a las elecciones, pretextando una jira en honor del propio gobernador. (Número correspondiente al día 27 de agosto, página 3.)

"El C. Gilberto Nava aseguró que el presidente municipal de Chilpancingo, Susano Vega; el C. Efrén Leyva, subsecretario de Gobernación; Ambrosio Calvo, recaudador de Rentas del distrito de Bravos y hermano político del gobernador; Alfredo G. Castañeda, candidato para diputado, y que a la vez desempeña el puesto de inspector de Instrucción Pública. director del periódico oficial del Estado, y de hecho, encargado de la Secretaría Particular del gobernador, se presentaron en el pueblo de Mazatlán, perteneciente al propio distrito, y no permitieron siquiera que se levantaran algunas protestas relacionadas con la elección. Es público y notorio en ese lugar que sólo funcionó una casilla y, sin embargo, después aparecieron dos casillas que habían recibido votación.

"Como se ha expuesto, todas las declaraciones están conformes con los hechos denunciados. Los testigos, en una forma congruente, afirma la intervención del gobernador de Estado. El testimonio que obra en el cuaderno de pruebas, viene, en definitiva, a dar un carácter de prueba plena a los hechos imputados.

"En la ciudad de Chilpancingo se presentaron a declarar varios vecinos del pueblo de Chichihualco, quienes aportaron datos interesantes, que constan en las mismas declaraciones y comprobaron sus asertos con copias debidamente autorizadas por el presidente municipal de Chichihualco, que también se agrega al expediente mencionado.

"Como un incidente revelador de la inseguridad que reina en Chilpancingo, hacemos constar: que la noche del jueves 7, la policía de Chilpancingo amenazó al dueño de la casa donde estábamos alojados, y hubo necesidad de que los subscritos impidieran el que se cometiera en la persona de él un atropello. Al día siguiente, 8, el dueño de la misma casa fue sitiado por el presidente municipal, y se le conmino para que pidiera se celebraran reuniones políticas en su domicilio (que era el nuestro), o sea, se trataba de impedir que los ciudadanos que espontáneamente habían acudido, continuaran ministrando los datos que nosotros deseábamos obtener. La comisión tuvo necesidad de girar un oficio al presidente municipal, en términos correctos pero enérgicos, según consta en la copia que obra en el expediente.

"La propia comisión creyó oportuno acercarse al gobernador del Estado, para que él también nos proporcionara datos que vinieran en alguna forma a destruir la aseveración de los testigos que habían declarado. El ciudadano gobernador Neri recibió a la comisión y manifestó lo que consta en el acta levantada al efecto, y que obra en el expediente; hizo entrega de los documentos que acompañamos, y a preguntas especiales que se le hicieron, contestó que no era exacto que se hubieran inmiscuído en asuntos electorales, que no era exacto que los empleados del Gobierno hubiesen tomado participación en ellos, y que cuanto al pago de las dietas a los diputados opositores, no se había hecho por falta de dinero. La aseveración del ciudadano gobernador en lo que a este último punto se refiere quedó destruída con la afirmación de dos diputados gobiernistas que también declararon ante nosotros, y que afirman estar pagados, lo que demuestra que el ciudadano gobernador, además de

todas las maniobras que ha hecho en el político acudió también a la maniobra económica de rendir a los diputados independientes del Congreso, local, por el procedimiento del hambre.

"El día 8, como a las siete de la noche, se presentó frente a la casa que habitaban los miembros de esta comisión. una manifestación compuesta como por trescientos individuos que, perfectamente formados y obedeciendo órdenes tanto del candidato Castañeda (director del periódico oficial), como de un señor entrado en edad, de barba blanca y que después supimos responde al nombre de Raymundo Catalá, venían a protestar en forma pacífica y respetuosa por el ataque a la soberanía del Estado. que trataba de consumar la Cámara de diputados federal inmiscuirse en la investigación que se nos encomendaba. La comisión de dividió el trabajo, y mientras los señores diputados Onésimo González y Quevedo trataban con los representantes de la manifestación, los diputados Gálvez y Ortega se mezclaron entre el grupo, vieron la forma en que estaba organizado, y con cierta habilidad obtuvieron la declaración y datos que obran en el expediente, y que demuestran: primero, que los directores de esa manifestación eran nada menos que el presidente municipal, el secretario del Ayuntamiento, empleados inferiores de la Administración, parientes del gobernador, y como jefe inmediato de los ciudadanos fungió en aquellos momentos precisos el señor Catalá, jefe de inspectores de Hacienda en el Estado, que firmó en esos momentos el acta que los diputados Gálvez y Ortega levantaron. Con esto queda demostrado la veracidad de las afirmaciones de los testigos de cargo.

"El día 9 regresamos a Iguala e iniciamos nuestras labores, recibiendo las declaraciones de los testigos de esa ciudad que obran en el expediente; nos trasladamos a algunas cuadrillas, donde se nos afirmó que se nos podían dar datos, y obtuvimos los que constan en las diversas declaraciones glosadas en los documentos tantas veces aludidos.

"Comprobamos de una manera clara que el candidato a diputado por el distrito de Hidalgo, señor ingeniero Saturnino Martínez es el representante genuino del grupo gobiernista, y que goza en aquellos lugares de toda impunidad para cometer actos tan atentarios como este: destruir las boletas de votación en plena plaza pública para obtener él y los suyos una mayoría de sufragos. Pueblos enteros, por conducto de números representantes, nos manifestaron este hecho que, como decimos antes, queda acreditado dentro de la posibilidad de comprobación de actos semejantes.

"La comisión, para los efectos de su encargo, no creyó indispensable acudir a otros sitios más lejanos, porque la dificultad material de llegar a ellos hace necesario que se empleen números días para obtener los mismos hechos que habíamos comprobado en la capital del Estado. Así, pues, dimos por concluída nuestra tarea y volvimos a esta ciudad.

"H. Asamblea: La comisión que subscribe tiene la íntima convicción de que la situación política del Estado de Guerrero, es seria, pues el pueblo está deseoso de que se haga justicia, y transmitimos a ustedes ese deseo para que se sirvan dictar las medidas que estimen convenientes.

"México, a 13 de diciembre de 1922. - O. González. - José Gálvez. - Romero Ortega. - R. Quevedo." Se reserva para la Sección Instructora del Gran Jurado que conozca de este asunto.

- El C. secretario Esparza Martínez, leyendo:

"H. Asamblea:

"Habiendo aprobado vuestra soberanía la ley Orgánica del Poder Judicial del Distrito Federal y Territorios, que aumenta los funcionarios, tanto en el Distrito Federal como en la Baja California, es indispensable aprobar una adición al presupuesto respectivo en forma de decreto, para que puedan pagarse los sueldos a los funcionarios de referencia.

"Como la aprobación de esta adición es urgente ruego a vuestra señoría que, con dispensa de todo trámite, acepte el siguiente decreto:

"Artículo único. Se adiciona la partida correspondiente a los presupuestos del Poder Judicial en el Distrito Federal y Baja California, en la cantidad suficiente para cubrir los sueldos de los funcionarios que aumentan la ley de Organización de los Tribunales, aprobada en la sesión de hoy.

"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del congreso de la Unión. - A los 27 días del mes de diciembre de 1922. - Luis Espinosa."

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados los trámites. Está a discusión No habiendo oradores inscriptos, se va a proceder a recoger la votación nominal. por la afirmativa.

El C. Espinosa Luis: por la negativa.

(Se recoge la votación.)

El C. secretario Esparza Martínez: Votaron por la afirmativa ciento cuarenta ciudadanos diputados En consecuencia, ha sido aprobado por unanimidad el proyecto que adiciona la partida correspondiente de los presupuestos del Poder Judicial en el Distrito Federal y Baja California. - Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

- El C. prosecretario Martínez Adame, leyendo:

"Comisión instructora del Gran Jurado. - 2a.

"Señor:

"Por mandato de vuestra soberanía a la 2a. Sección de la Comisión instructora de Gran Jurado, tocó en conocimiento y estudio de la consignación que por vehementes sospechas de violaciones a la Constitución Política general y a la Constitución de Coahuila, hizo, ante esta H. Cámara el Poder ejecutivo de la Unión por actos del gobernador de dicho Estado, C. Arnulfo González.

"Los que subscribimos, convencidos de la alta necesidad moral y de la obligación legal que todos los ciudadanos, y principalmente los funcionarios tienen de respetar las instituciones y los mandamientos de la ley; considerando que en este caso, por tratarse de actos de funcionarios de una Entidad

definitiva que ameritan el ejercicio que a esta H. Cámara otorga la fracción V del artículo 74 de la Constitución Política de la República; y tomando en cuenta que es urgente solucionar dentro de la ley el estado de cosas existente en Coahuila, que motivó la consignación que nos ocupa, procedimos desde luego a examinar con detenimiento y con estricto ánimo de hacer justicia, los antecedentes legales de este asunto.

"Para deslindar responsabilidades, nos hemos servido de la Constitución Política de la República y de la particular del Estado de Coahuila; del reglamento Interior de la Cámara de aquel Estado; del expediente formado sobre el oficio en que la Secretaría de Gobernación consignó al C. Arnulfo González el día 18 del mes en curso, y de la documentación rendida por la comisión investigadora que con fecha 15 de este mismo mes se dignó nombrar vuestra soberanía, documentación en la que constan los interrogatorios hechos por dicha comisión a los grupos antagónicos en que se ha dividido la Cámara de Diputados coahuilense, al gobernador González, al ciudadano presidente del Tribunal Superior de Justicia de aquel Estado, y al jefe de la zona militar, general de División Joaquín Amaro.

"Vistos los antecedentes de hecho y de derecho en este asunto, los subscriptos, para mayor claridad de vuestro elevado entendimiento, exponemos lo que sigue:

"1. - Que el Poder Legislativo de Coahuila está integrado por catorce miembros, en virtud de haber sido nulificadas las elecciones verificadas en el 4o. distrito electoral en los comicios ordinarios de 28 de agosto de 1921.

"2. - Que la comisión Permanente de dicho Poder, designada conforme a los artículos 46 y 70 de la constitución Política del Estado, fue autorizada para funcionar con las mismas facultades y la misma competencia que el Congreso en pleno, según decreto número 125, de 16 de marzo de 1922, publicado en el periódico oficial de 25 de marzo del propio año, número 38, tomo XXIX; facultad otorgada conforme a la fracción XXXV del artículo 67 de la propia Constitución.

"3. - Que el diputado por el 15 distrito, C. Hermilo Calderón S. usando de las prerrogativas y dentro de los requisitos establecidos por el artículo 43 de la constitución de Coahuila, al ser propuesto en terna para desempeñar el cargo de presidente municipal interino de la ciudad de Piedras Negras, Coahuila, terna enviada por el Poder Ejecutivo dentro de sus facultades legales, fue agraciado con dicho encargo, previa licencia renunciable y según oficio número 1,032, de 13 de septiembre de 1922.

"4. - Que el diputado suplente por el referido 15 distrito, C. Luis Leal Ardines, se presentó ante la Comisión Permanente, en cumplimiento de lo preceptuado por la ley, habiendo rendido ante aquélla la protesta de estilo.

"5. - Que el día de la apertura del segundo período de sesiones del Congreso (15 de noviembre de 1922), ante la presencia del diputado Leal Ardines, los CC. diputados propietarios Vicente Santos Guajardo, Higinio Dávila, Edías Buentello, Ramón de León Flores, Antonio Garza Castro, Eduardo L. Arellano y Manuel J. Castro, es decir, justamente la mitad del total de la Cámara, tacharon de nulidad la protesta del C. Leal Ardines, alegando que había sido rendida fuera de tiempo por haberse verificado después de las veinticuatro horas del día 14 de noviembre, en que según su afirmación terminaba el ejercicio de la Permanente.

"6. - Que los CC. diputados propietarios Rómulo Cárdenas Gregorio Gámez, Guillermo Berchelman, Fausto Ramón, Miguel García y Leopoldo Martínez Campa, deseosos de no retardar el cumplimiento de la fracción IV del artículo 84 de la Constitución local, que ordena al Poder Ejecutivo rendir un informe de su actuación al abrirse los períodos de sesiones ordinarias del Legislativo, y siendo ellos sostenedores de los derechos del diputado Leal Ardines, aceptaron la proposición de los opositores, consistente en que Leal Ardines no fungiera en aquella sesión inaugural y sí lo hiciera desde la siguiente ordinaria en delante.

"7. - Que no habiendo cumplido los opositores del diputado Leal Ardines el ofrecimiento que le habían hecho, no obstante que por diversas veces se presentó a ejercitar sus derechos de representante popular, sin conseguirlo; y habiendo sido suspendido el C. Hermilo Calderón del cargo de presidente municipal de Piedras Negras por el poder Ejecutivo, en uso de las facultades que le da la fracción XII de la Constitución (cese que el gobernador comunicó a la Cámara de diputados en tiempo y forma), el diputado propietario Calderón se presentó en el seno de la Cámara, exponiendo que regresaba a fungir.

"8. - Que ante esto, los CC. diputados Vicente Santos Guardado y siguientes, que se nombran en párrafo número 6, se negaron rotundamente a aceptar el funcionamiento del C. Calderón pretendiendo fundarse en la citada fracción XII del artículo 82 (que en su parte final faculta al Poder Legislativo para conocer y resolver los ceses dados por el Ejecutivo a regidores), cometiendo con esta negativa una lesión a los derechos del diputado Calderón y violando flagrantemente el espíritu de la Constitución local, en sus artículos 39 y 43.

"9. - Que ante la justa insistencia del diputado Calderón por entrar en funciones, el C. diputado Vicente Santos Guajardo, presidente en funciones, levantó la sesión, citando para el día siguiente a la hora reglamentaria, según se declara en la acta de la sesión celebrada el 15 de este mes.

"10. - Que el diputado Rómulo Cárdenas y demás sostenedores de los derechos de Calderón, ciudadanos que en conjunto eran siete, acordaron constituirse en sesión permanente, y dirigieron al Poder Ejecutivo un oficio en solicitud de fuerza armada que les garantizara su funcionamiento en el recinto oficial. Al mismo tiempo, el diputado Santos Guajardo se dirigió también al señor Gobernador, solicitándole verbalmente igual servicio.

11. - Que ante tal simultaneidad de peticiones, el ciudadano gobernador, fundándose en que no existe ningún mandamiento legal que le defina a cuál o cuáles miembros del Poder Legislativo deba cumplimentar cuando le sea solicitada la fuerza pública, para evitar desórdenes o prestar garantías; y considerando que era inminente un serio disturbio en el propio recinto del Poder Legislativo

ordenó que policías rurales guardaran el local de la Cámara, bajo las órdenes de los diputados que así lo habían pedido por oficio.

12. - Que inmediatamente después el C. Vicente Santos Guajardo y sus compañeros, calificado aquella vigilancia armada, de golpe de Estado, y sin que conste que hayan intentado ingresar al recinto oficial de la Legislatura, se retiraron con manifiestas intenciones de instalarse en otro sitio, en petición de cual ocurriendo ante el jefe de la zona militar, quien no se los proporcionó.

13. - Que el C. Vicente Santos Guajardo y sus compañeros se instalaron en la casa número 14 de la calle Hidalgo Norte, llamando desde luego por telégrafo a los suplentes del otro grupo sin obtener la presencia, sino del suplente propietario Rómulo Cárdenas, y que el diputado Rómulo Cárdenas y sus compañeros, instalados en el recinto oficial de la Legislatura, procedieron igualmente a llamar a los suplentes de los descontentos, habiéndose presentado todos, excepto el suplente del diputado Ramón de León Flores, y empezando a funcionar la Legislatura instalada en Palacio con siete propietario y dos suplentes, que después fueron en número de seis dando un total de trece representantes populares.

"14. - Que esta Legislatura de trece ciudadanos, reconocida por el Poder Ejecutivo de Coahuila, por el Judicial, y por más de treinta de los treinta y siete municipios del Estado. entre los que se encuentran los de mayor importancia, procedieron a desaforar a los ciudadanos diputados Vicente Santos y compañeros, por violación de los artículos 38, 51 y 55 de la Constitución local, consignándolos ante el Tribunal Superior de Justicia para los efectos de ley.

"15. - Que dicho Tribunal de Justicia está conociendo de tal consignación, sin que hasta la fecha haya sentenciado.

"16. - Que la comisión investigadora de esta H. Cámara, con el patriótico deseo de resolver el conflicto interior de aquella representación. Popular, gestionó y obtuvo que la Mesa Directiva de los ciudadanos diputados que fungen en el recinto oficial declarara innecesaria la presencia de fuerza armada en el local de sus funciones, ordenando al presidente de dicha Mesa que fuera retirada con fecha 20 del corriente mes.

"17. Y, finalmente, que, según informa la aludida comisión investigadora, el C. jefe de la Zona, general Amaro, se declaró oficialmente que el orden no ha sido alterado en ningún lugar del territorio de Coahuila y que no ha habido necesidad de ordenar que fuerzas federales cuiden de las vidas e intereses de los ciudadanos instalados en Hidalgo Norte, 14, porque ni ellos se lo han solicitado y porque el ciudadano presidente de la República le ordenó que ante el conflicto guardara una absoluta neutralidad.

"Por todo lo expuesto, convencidos los subscriptos de que en el presente caso el conflicto no ha sido entre poderes, sino entre los miembros del Poder Legislativo únicamente: resultando que el ciudadano gobernador de Coahuila ha obrado con entero apego a la ley; y tomando en consideración que este asunto debe resolverse considerándolo de urgencia, atentamente, solicitando dispensa de todo trámite tenemos el honor de proponer ante vuestra soberanía el siguiente proyecto de acuerdo:

"Único . No ha lugar a preceder contra el gobernador constitucional del Estado de Coahuila de Zaragoza, C. Arnulfo González, con motivo de la acusación presentada en su contra ante esta H. Cámara por la Secretaría de gobernación, en oficio el día 18 de diciembre del año en curso."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del congreso de la Unión. - México, D.F, a 27 de diciembre de 1922. - Julio Esponda. - J. Pérez Gil y Ortiz. - Enrique Meza."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra.....

El C. Espinosa Luis : para una moción de orden, señor presidente, o una petición, mejor dicho. No hay ningún impugnador de este dictamen. Estoy seguro de que la Asamblea lo aprobará; pero por caballerosidad, yo rogaría a la comisión que tuviera la bondad de retirarlo, previo permiso de la Asamblea, hasta que se encuentre presente el compañero Barrera, que ha sido uno de los impugnadores. (Voces: ¡Ya está convencido!) Si Barrera está ya de acuerdo, no he dicho nada.

El C. Manrique: Pido la palabra, Señor presidente. En uso de un derecho que el Reglamento me concede, reclamo el quórum. (Murmullos.) Reclamo el quórum y pido a su señoría ordene a la Secretaría que pase lista. (Murmullos.)

El C. presidente: Con tal de que no regañe a la Presidencia, se va a pasar lista.

El C. Manrique: No he regañado a nadie.

(Murmullos.)

El C. González Garza: para una moción de orden.

El C. presidente: tiene usted la palabra.

El C. González Garza: Estoy enteramente de acuerdo con lo propuesto por el ciudadano diputado Manrique; pero para obviar tiempo, que se siga el curso que ha tomado la Secretaría en este asunto, para que llegado el momento de la votación, se vea si hay quórum, o no. Si hay quórum, se aprobará o desechará y si no lo hay, quedará pendiente el mismo asunto para mañana.

El C. Manrique: ¡Moción de orden!

El C. secretario Esparza Martínez: Por disposición de la Presidencia y a petición del ciudadano Manrique, la Secretaría va a pasar lista. (La pasa.) Han pasado lista ciento treinta y tres ciudadanos diputados; en consecuencia, hay quórum.

(Aplausos.)

El C. Manrique: Señor presidente, pido la palabra. Como de lo que se trata es de comprobar que en el Salón de Sesiones se encuentra deliberando el número de diputados que el Reglamento exige para que las deliberaciones y decisiones de la Cámara sean legales, pido atentamente a la Secretaría que, sin pasar lista, haga un rápido recuento de los diputados presentes, porque es visible que no hay ni siquiera un centenar de diputados en el salón.

El C. presidente: La Presidencia, accediendo a la reglamentaria petición del ciudadano Manrique que hizo hace un momento, ordenó a la Secretaría que pasase lista para ver si había quórum; esa lista acaba de arrojar suficiente quórum; en consecuencia, habiéndolo, continúa la sesión.

El C . prosecretario Martínez Adame: Está a discusión No habiendo quien haga uso de la palabra.....

El C. Manrique, interrumpiendo: Pido la palabra.....

El C. prosecretario Martínez Adame, continuando: ..... en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

El C. Manrique: La Secretaría no debe proceder festinadamente. Hago constar que pedí la palabra en tiempo oportuno y que el festinado procedimiento del ciudadano Martínez Adame, que por haber formado parte de la comisión investigadora enviada por esta Cámara al Estado de Coahuila, por su propio decoro debió haber procedido más seriamente.....

El C. prosecretario Martínez Adame: Soy prosecretario, ciudadano Manrique; estoy en funciones de prosecretario.

El C. Manrique, continuando: .... con más respeto de los derechos de los diputados. El ciudadano Martínez Adame, que sigue demostrando con esta descortés interrupción, el apasionamiento con que procede, hace una declaratoria festinada. Hago constar mi protesta; debe constar en los apuntes taquigráficos que mi petición para usar de la palabra, fue anterior a la declaratoria del ciudadano Martínez Adame. Estos procedimientos no son otra cosa que confesión de importancia y confesión de que se teme escuchar la opinión opuesta (Voces: ¡No!) Mostrad lo contrario.

El C. González Garza: Pido la palabra para un hecho.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. González Garza: No puedo pasar inadvertidas las palabras del señor Manrique, que demuestra una idea especial de su parte. No hay festinación en esto. El señor Martínez Adame es prosecretario; no estaban el señor Gandarilla, que en secretario, ni el señor Samayoa, que también es secretario ..... (Murmullos.) Aquí está, pero no estaba en funciones en ese momento. En consecuencia, nada tiene de extraño que la Presidencia haya dado a leer este documento, al señor Martínez Adame.

El C. Manrique, interrumpiendo: Festinación quiere decir prisa, no pasión.

El C. González Garza, continuando: La prisa puede ser que exista, por la circunstancia especialísima de que faltan solamente dos sesiones, y el caso Coahuila es de interés y verdaderamente urgente, porque los acontecimientos se están desarrollando allá, y los coahuilenses, la Cámara, los cooperatistas, en una palabra, todos, tienen la estricta obligación de poner de su parte lo que sea de justicia para remediar esa situación. Con lo dicho queda asentado el hecho que quise hacer constar.

El C. presidente, a las 20.55: Se levanta la sesión publica para pasar a secreta.