Legislatura XXX - Año II - Período Ordinario - Fecha 19230903 - Número de Diario 3

(L30A2P1oN003F19230903.xml)Núm. Diario:3

ENCABEZADO

MÉXICO, LUNES 3 DE SEPTIEMBRE DE 1923

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO 11.- PERIODO ORDINARIO XXX LEGISLATURA TOMO III.- NUMERO 3

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 3

DE SEPTIEMBRE DE 1923

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- Cartera. La Secretaría de la Comisión Permanente envía los documentos cuya resolución corresponde a la H. Cámara de Diputados; a las comisiones respectivas. Los CC. diputados León Luis L. y Balderrama Rafael V., participan que dan por terminada la licencia que respectivamente se les concedió; de enterado y comuníquese a la Tesorería. Se concede licencia a los CC. diputados Ramírez Lázaro V. y Laguna Pedro. Telegrama del ciudadano gobernador de Nuevo León, por el que solicita permiso para organizar fuerzas de seguridad; a las comisiones unidas 1a. de Gobernación y 1a. de Guerra.

3.- Dictamen de las comisiones unidas 2a. de Hacienda y 3a. de Comunicaciones, relativo a la fusión de los servicios de Correos, Telégrafos y Teléfonos Nacionales; imprímase, y a discusión el primer día hábil.

4.- Primera lectura al dictamen de la 2a. Comisión de Relaciones Exteriores, por el que se concede permiso al C. Roberto A. Bremer, para desempeñar un cargo consular.

5.- Sin debate se aprueba, previa dispensa de trámites, el dictamen de la 2a. Comisión de Hacienda, referente a la ampliación de diversas partidas del Presupuesto de Egresos, correspondientes a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. PRIETO LAURENS JORGE

(Asistencia de 132 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 17.10: Se abre la sesión.

- El C. secretario Medrano leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día primero de septiembre de mil novecientos veintitrés.

"Presidencia del C. Jorge Prieto Laurens.

"En la ciudad de México, a las diez y siete horas y ocho minutos del sábado primero de septiembre de mil novecientos veintitrés, se abrió la sesión, con asistencia de ciento treinta y tres ciudadanos diputados, según consta en la lista que previamente paso el C. secretario Carlos Puig y Casauranc.

"El mismo ciudadano secretario dio lectura al acta de la Junta Preparatoria celebrada el día veintisiete del mes próximo pasado, la cual fue aprobada sin debate en votación económica.

"A las diez y siete horas y doce minutos se levantó la sesión, para abrir en su oportunidad la sesión de Congreso General."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El mismo C. secretario: Se va a dar cuenta con los asuntos en cartera:

"Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. - Comisión Permanente. - Secretaría.- Mesa de Correspondencia. - Número 1,000.

"En cumplimiento del artículo 174 del Reglamento Interior del Congreso de la Unión, tenemos el honor de remitir a ustedes los expedientes y documentos que constan anotados en el inventario adjunto, y cuya resolución corresponde a esa H. Cámara de Diputados.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración muy distinguida.

"México, 31 de agosto de 1923.-J. D. Robledo, D. S.- Francisco Field Jurado, S. S.

"A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes." - A las comisiones respectivas.

"Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados. - Presentes.

"En vista de haber renunciado como subsecretario de Hacienda, doy por terminada la licencia que la Cámara me había concedido para desempeñar una comisión del Ejecutivo y, por lo mismo, suplico a ustedes se sirvan dar el aviso correspondiente, a fin de que se me considere como diputado en ejercicio, desde el día de mañana.

"Protesto a ustedes las seguridades de mi atenta consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, a 31 de agosto de 1923.- Luis L. León." - De enterado y comuníquese a la Tesorería.

"Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados. - Presentes.

"En vista de haber renunciado a la comisión que me había conferido el Ejecutivo y que venía desempeñando, doy por terminada la licencia que esa Cámara me había concedido y suplico a ustedes se sirvan dar los avisos que corresponde, a fin de que, desde el día de mañana, se me considere nuevamente en ejercicio como diputado por el 2o. distrito electoral de Chihuahua.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, a 31 de agosto de 1923.- Rafael V. Balderrama." - De enterado y comuníquese a la Tesorería . Telegrama procedente de: "Los Reyes, Michoacán, septiembre 3 de 1923.

"Secretario H. Cámara Diputados:

"Por encontrarme enfermo, suplico H. Cámara concederme quince días licencia goce dietas. Pido dispensa trámites. - Diputado, Lázaro V. Ramírez."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Concedida.

"Lourdes, agosto 12 de 1923.

"H. Asamblea:

"El subscripto, diputado propietario por el 8o. distrito electoral de Estado de México, ante ustedes, con todo respecto, expone: Que el estado actual de mi salud es por demás delicado y en busca de alivio he venido, por prescripción médica, a esta ciudad, para tomar un tratamiento apropiado con las aguas termales de este lugar; en tal virtud, y debiéndose prolongar por algunos días más ese tratamiento, suplico a la H. Cámara se sirva concederme una licencia hasta por dos meses, con goce de dietas, para separarme de mis funciones legislativas, pidiendo, a la vez, dispensa de todo trámite para la presente solicitud.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - Pedro Laguna."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No Habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Concedida la licencia.

Telegrama procedente de "Monterrey, Nuevo León, 1o. de septiembre de 1923.

"Al ciudadano presidente del H. Congreso de la Unión. - Muy urgente.

"Últimos acontecimientos registrados en esta capital y los rumores que de una manera alarmante circulan en los diversos círculos sociales, referentes a posibles atentados a mano armada autoridades, por los partidarios del candidato al Gobierno, general Profirió G. González, obligan Ejecutivo de mi cargo a tomar medidas conducentes para la represión de tales desordenes, de asegurar la tranquilidad de los habitantes del Estado y especialmente de esta capital, donde se esperan de un momento a otro agresiones por parte de los partidarios de González. Ciudadano presidente de la República acaba de ordenar el desarme de las fuerzas rurales dependientes de este Gobierno, por carecer de la debida autorización de ese H. Congreso. Por otra parte, las fuerzas federales que guarnecen esta plaza, esperan sólo la orden correspondiente para abandonarla y, en este evento, el Ejecutivo de mi cargo se vería imposibilitado para impartir garantías a la sociedad y conservar el orden, por carecer de elementos. En méritos de lo expuesto, atentamente suplico a esa respetable corporación se sirva autorizar al Gobierno de mi cargo para armar hasta cien hombres, a fin de conservar el orden y dar garantías a los habitantes del Estado. Permítome advertir encontrarse en receso el Congreso del Estado y que el Presupuesto de Egresos del Estado y que el Presupuesto de Egresos contienen una partida para el sostenimiento de fuerzas del Estado. Afectuosamente salúdolo.

- El gobernador constitucional del Estado, Ramiro Tamez." - Dígase al ciudadano gobernador de Nuevo León que el criterio de esta Cámara es el de que para la formación y sostenimiento de fuerzas de policía, no es necesario la autorización del Congreso, y se turna la iniciativa en la parte conducente, a las comisiones 1a. de Gobernación y 1a. de Guerra.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Las comisiones unidas 2a. de Hacienda y 3a. de Comunicaciones, presentan un dictamen sobre la iniciativa del Ejecutivo de la Unión, relativa a la fusión de los servicios de correos, telégrafos y teléfonos." - Imprímase, y a discusión el primer día hábil.

(El dictamen de referencia está concebido en los términos siguientes:)

Comisiones unidas 2a. de Hacienda y 3a. de Comunicaciones.

H. Asamblea:

A las comisiones unidas 2a de Hacienda y 3a. de Comunicaciones, fue turnado para su estudio, el proyecto de ley del Ejecutivo, que propone la creación de un departamento que dependa directamente del primer magistrado de la Unión, comprendiendo los ramos de Correos, Telégrafos y Teléfonos Nacionales, que estará a cargo de un solo jefe y cuyos servicios se encuentran incorporados en la actualidad a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas.

Manifiesta el Ejecutivo, para fundar su iniciativa, que, deseando obtener la mayor economía posible en las oficinas del Gobierno, considera que, sin perjuicio de la buena marcha de los servicios de Correos y Telégrafos, puedan funcionares en un departamento, lográndose con eso un ahorro de importancia en los gastos de sueldos, puesto que funcionan hasta hoy separadamente las direcciones generales de Correos y Telégrafos, donde existen departamentos y secciones que tienen a su cargo labores similares; que en las oficinas foráneas de escasa importancia , un solo empleado se haría cargo de los servicios, substituyéndose, donde fuera necesario, el otro jefe con un empleado subalterno de menor sueldo, y como consecuencia, las dos oficinas quedarían establecidas en un mismo edificio, que aun cuando deba ser de mayores dimensiones, el costo de renta de alquiler será menor que el de los dos locales separados; que también se lograría desde luego ampliar y normalizar el servicio de giros telegráficos, haciéndose extensivo a todas las poblaciones ligadas con la red; que como el radio de acción de tales ramos es sumamente extenso, pues comprende el funcionamiento de cerca de cinco mil oficinas establecidas en el país, que tienen que atender obligaciones del servicio, no solo en el territorio nacional, sino con una gran parte de las naciones del mundo, ameritan por su importancia la conveniencia de un contacto directo entre el Ejecutivo y el jefe de esos servicios, para que puedan dictarse las resoluciones urgentes en los asuntos trascendentales; y, por último, cítase en apoyo del proyecto, a las naciones que ya cuentan con ministerios o departamentos ministeriales de Correos y Telégrafos, tales como Alemania, Argentina, Gran Bretaña, Italia, Panamá y otras.

Se ha empleado todo el tiempo que fue necesario para estudiar con detenimiento la reforma a la Ley de Secretarías de Estado de 25 de diciembre de 1917 que se solicita; y de los interesantes documentos, opiniones y estadísticas que se consultaron, fácilmente se llegó al convencimiento de que cualquier política de economía aplicada a los Correos y Telégrafos en la forma única de fusionar dichos ramos, será de resultados negativos, por las razones que pasamos a exponer:

La misma índole científica del telégrafo, cada vez más complicada por los aparatos que frecuentemente se inventan, y las reformas que la ciencia introduce en los ya conocidos, obliga para las personas que a ese trabajo se dedican, una larga práctica y conocimientos previos, circunstancia que, unida al conocimiento que se debe tener en la legislación correspondiente, hace que la telegrafía sea un verdadera profesión, para cuyo ejercicio nadie puede improvisarse telegrafista. El trabajo de Correos, laborioso y sujeto a todas las leyes expedidas sobre la materia, indudablemente que tiene una amplia reglamentación, que hace imposible que empleados, bien sean de un servicio u otro, asimilen de momento el método y procedimientos con las cuales no han tenido contacto alguno, sin que el público resienta consecuencias desfavorables. Estimamos que una tentativa de fusión, por los trastornos que trae aparejada cualquiera innovación, daría margen a las mayores violaciones del sigilo telegráfico, pues nadie puede excusarse de advertir el peligro que significa la presencia de personas extrañas de una oficina telegráfica, así sea de las de tercer orden, sobre todo en esta época en que la tendencia de participar en los movimientos políticos de cualquier género, ha invadido todas las esferas del Gobierno, aun aquellas que por su naturaleza debieran estar substraídas a esas actividades.

En los países como Inglaterra, Italia, España, Panamá, Paraguay y otros, si bien es cierto que funcionan con regularidad los correos y telégrafos juntos, se debe a que desde que el segundo se implanto y fue ensanchándose en dichas naciones se tuvo el cuidado de unificar las labores del telegrafista y del postal, y esos en tiempos en que las oficinas de telégrafos registraban un movimiento escasísimo, además de que en el transcurso de los años, hace más de cuarenta, se establecieron escuelas donde a un tiempo el alumno ha venido adquiriendo conocimientos relativos a los dos ramos, garantizando de ese modo su trabajo futuro. Por otra parte, si en Inglaterra, Italia, Panamá, etc., existen departamentos, ministerios y subsecretarías de Correos y Telégrafos, en cambio, no figuran en la organización político - administrativa de aquellos gobiernos, ningún Ministerio de Comunicaciones; y si al que funciona en México con tal nombre, le retiramos de sus atribuciones la injerencia que debe tener en los negocios de Correos y Telégrafos como dependencias principales y sustentadoras de lo que es Secretaría de Comunicaciones, en verdad que las labores del ministerio quedarían reducidas a su mínima expresión, que no justificaría ni con mucho, la presencia de esa porción administrativa conocida por Secretaría de Estado.

Departamento de Correos y Telégrafos y Ministerio de Comunicaciones, son Términos que en México se excluyen. Crear el primero para que desaparezca lo segundo, sería en todo caso lo indicado; pero el hecho resulta atrevido, ya que eso equivaldría a desvirtuar una vez más lo preceptuado en el artículo 90 de la Constitución general de la República, que habla de secretarías solamente, y a estimular la anormalidad de dejar fuera de la acción inquisitiva de las Cámaras esos organismos llamados departamentos. ¿Quién, llegada la ocasión, informaría de viva voz algo que sobre Correos y Telégrafos interesara conocer el Congreso de la Unión, si tanto la Constitución, en el mencionado artículo 90 y en el 93, así como los 124, 126 y 128 del Reglamento Interior del Congreso, se refieren a los secretarios del Despacho? Es cuestión ya sabida que lo mismo Telégrafos como Correos, firman frecuentemente convenciones con sus similares extranjeros o bien con la Unión Postal Universal y con la Convención Radio telegráfica Internacional de Londres, y de crear el consabido Departamento, podría suceder que los reglamentos y decretos que expidiera el Ejecutivo confirmando o dando cumplimiento a esos compromisos internacionales, se tacharan, en cierto modo, de ilegales, si no estaban refrendados por el secretario del Despacho en la forma que indica el artículo 92 de la Constitución, puesto que ésta no da personalidad a los jefes de departamento.

En otro orden de ideas, cabe recordar que en julio de 1878, vista por el Gobierno de la República la necesidad de dar mayor impulso al sistema de comunicaciones eléctricas, erigió en Dirección General de Telégrafos Federales lo que había sido hasta entonces una sección del Ministerio de Fomento. Y la medida adoptada no pudo dar mejores resultados, porque independizado relativamente el funcionamiento del ramo, pudieron sus hombres dedicar todos sus esfuerzos al desarrollo y perfeccionamiento del sistema bajo la vigilancia y dirección de personas expertas en la materia, en cuya sapiencia se encontró el estímulo natural de los que comprenden hasta dónde llega la virtud y fuerza creadora de los individuos, cosa que no se registraba antes, y no se abrigarían esperanzas de que acontecerá hoy, si contra toda noción de progreso, esto es, regresivamente, se convierte el ramo de nueva cuenta en la sección X de un departamento; pues no es cuerdo suponer que el jefe superior sea siempre un telegrafista para que la institución prospere, con peligro entonces de que el servicio de Correos se perjudique, si desconoce la cuestión postal.

Si se trata de obtener economías por concepto de sueldos y rentas de casas en las oficinas telegráficas, donde por poco trabajo pueda el empleado atender el servicio postal, se ha calculado lo exiguo del ahorro y hacen memoria las comisiones de que la fracción III del artículo 11 de la Ley de Reorganización de la Tesorería General de la Nación, del 23 de mayo de 1910, declara compatible el empleo de telegrafista con el de agente o administrador de Correos. De suerte es que, como al amparo de esa facultad legal, ya se practica en algunas partes o se ha practicado el sistema de labores mixtas, ahorrándose con ello sueldos y rentas de casa, bien puede continuarse haciendo uso de esa prerrogativa sin necesidad de instituir un departamento para nulificar a un Ministerio ni menos de restarle vitalidad u organización a Correos y Telégrafos. Si, como dice el Ejecutivo, que el funcionamiento de cerca de 5,000 oficinas requiere cuidados técnicos para atender satisfactoriamente las obligaciones del servicio, ¿no es de presumir que será más defectuoso el funcionamiento de número tan elevado de oficinas con labores heterogéneas bajo el criterio de un solo director, especializado, si acaso, en una materia, que estando separadas, como hasta la fecha, con un director técnico para cuidar de la eficacia de cada una de sus labores? Por algo ya en 1893 y en 1905, la idea de funcionar Correos y Telégrafos fue sucesivamente desechada.

La H. Asamblea notará que todo lo asentado gira de manera capital en torno a la existencia del ramo de Telégrafos. Esto obedece a que de las declaraciones que en más de una ocasión han hecho a la prensa altos y respetables funcionarios del Gobierno, acerca de las condiciones precarias que guarda la institución telegráfica, que no alcanza con sus ingresos para su propio sostenimiento, deducimos que el móvil del proyecto del Ejecutivo es de limitar en todo lo posible las exigencias de vida de tan importante factor de la civilización, sumándolo al Correo. Mientras que en algunos países de Europa se establecen grandes oficinas destinadas a fomentar exclusivamente la radio telegrafía, es desconsolador observar que en México, no tan sólo no se procura intensificarla sino que se quiere anquilosar la misma telegrafía alambica, como desgraciadamente sucederá si se prescinde de sus Dirección General. Aquí es precisamente donde las comisiones disienten del parecer del Ejecutivo, pues de los datos estadísticos que tuvieron a la vista, se desprende terminantemente con la elocuencia de los hechos consumados, que el Telégrafo, no obstante de que jamás ha sido una Renta pública, ya que siempre el Erario federal ha cubierto sus déficits, cuyo promedio hasta 1910 fue de doscientos cincuenta mil pesos anuales, ha tenido época de un franco florecimiento económico, que no sólo le permitió pagar puntualmente sus gastos de personal, sino que se llevaron a cabo construcciones de varios centenares de Kilómetros de líneas y aun tuvo superávit; antecedentes que precisa tomar en cuenta para jugar en última instancia la improcedencia de la fusión solicitada como medio para reducir los gastos de Telégrafo.

En efecto, el movimiento de fondos en ese ramo, se ha registrado así:

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Para que se comprenda bien el cuadro anterior, conviene manifestar que en el año fiscal de 1916 a 1917, todas las operaciones se hicieron en papel moneda y que se han deducido de los egresos las sumas invertidas en construcciones de nuevas líneas e instalaciones de nueva estaciones radio telegráficas para obtener el déficit o superávit, puesto que tales cantidades acrecentan intrínsecamente el valor de la red y, por consiguiente, los bienes de la Nación. El déficit para el año de 1923 seria la mayor que el año anterior.

Nótese cómo de 1916 a 1919 el Telégrafo registró durante cuatro ejercicios fiscales considerables excedentes, y ello que hasta 1919 la paz pública era muy relativa, pues existían numerosos grupos de rebeldes en el Norte y Sur de la República, que destruían constantemente las comunicaciones telegráficas, paralizando las operaciones

bursátiles; y como también de 1920 a la fecha los déficits se suceden en forma alarmante. La mejoría en el mundo de los negocios que se traduce para el Telégrafo en un considerable aumento del volumen de su correspondencia, es notoria a partir de 1920. De todos estos fenómenos no se desprende más que una suprema Verdad que, muy respetuosamente, las comisiones trasladan al Ejecutivo con toda buena fe, por los beneficios que de ella pudieran derivarse, y es la siguiente: Desde 1920 la desorganización telegráfica se inicia y hoy toma proporciones de un desastre, debido a la falta absoluta de una buena administración.

Por lo expuesto, las comisiones tienen el honor de someter a la aprobación de la H. Cámara el siguiente punto resolutivo:

Único. No es de aceptarse el proyecto de ley del Ejecutivo, que propone la creación de un departamento con el nombre de "Departamento de Correos, Telégrafos y Teléfonos Nacionales."

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 27 de julio de 1923.-J. de D. Bátiz. - P. Manzano. - Moisés G. Herrera. - Mauricio Gómez. - Ignacio García Téllez. - Salvador Murguía.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"2a. Comisión de Relaciones Exteriores.

"Señor:

"El C. Roberto A. Bremer, de nacionalidad mexicana, dirigió a esta Cámara, con fecha 14 de octubre próximo pasado, un escrito solicitando el permiso constitucional respectivo para aceptar los nombramientos de cónsul de la República Austríaca en los Estados de Nuevo León, Coahuila, San Luis Potosí y ciudad de México, y de vicecónsul del reino de Suecia, en el Estado de Nuevo León, que tuvieron a bien encomendarle los Gobiernos ya citados.

"Por acuerdo de vuestra soberanía, tocó a la subscripta comisión estudiar la solicitud de referencia, la que se ajusta a lo prescripto por la fracción II del artículo 37 de la Constitución Política de la República. En tal virtud, los subscriptos son de opinión que debe concederse el permiso solicitado, y así se permiten el honor de proponerlo a vuestra deliberación y aprobación en el siguiente proyecto de decreto:

"Único.- Se concede permiso al C. Roberto A. Bremer para que, sin perder sus derechos de ciudadano mexicano, pueda desempeñar las funciones de cónsul de la República Austríaca en los Estados de Nuevo León, Coahuila, San Luis Potosí y ciudad de México, y de vicecónsul del reino de Suecia en el Estado de Nuevo León."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados. - México, D. F., 27 de diciembre de 1922.-M. L. Guzmán. - C. Argüelles." - Primera lectura.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"H. Asamblea:

"A esta 2a. Comisión de Hacienda fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa del Ejecutivo de la Unión, fechada el día 9 de los corrientes, por la cual solicita la ampliación de diversas partidas del Presupuesto de Egresos vigente, relativas a los gastos generales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

"Las partidas que pide el Ejecutivo sean ampliadas son las números 2.100, 2,101, 2,102, 2,103, 2,109 y 2,110, las cuales hacen un total de setenta y seis mil pesos que, según declaración del propio Ejecutivo, el Erario está en condiciones de cubrir.

"Para fundar la citada iniciativa se expone lo siguiente: que la partida 2,100 que monta a la cantidad de treinta mil pesos, destinada a renta de casas, no solamente ha resultado insuficiente, sino que en lo girado hay un exceso de mil trescientos noventa y tres pesos, no contándose con cantidad alguna para erogaciones que pudieran presentarse en los ocho meses que faltan del año, siendo necesario para cubrir la cantidad excedida y atender a las necesidades venideras la ampliación de dicha partida en la cantidad de cinco mil pesos; que para, libros y formas impresas se asignó a la partida 2,101 la cantidad de ocho mil pesos, habiéndose gastado en los meses que van del año, dos mil novecientos ochenta y ocho pesos noventa centavos, siendo insuficiente el resto de dicha partida para las erogaciones que faltan de hacer en el presente año, por lo que se estima indispensable aumentarla en la cantidad de dos mil pesos, pues de lo contrario, quedarían privadas las oficinas de los libros de registro y formas impresas para la tramitación de los asuntos; que en el Presupuesto actual se dotó a la partida 2,102, que se refiere a útiles y reparación de los mismos, con la cantidad de quince mil pesos, llevándose gastados hasta la fecha, seis mil ochocientos cincuenta y dos pesos cincuenta y cinco centavos, quedando un saldo con el cual no sería posible hacer frente a las exigencias del servicio en lo que falta el año, advirtiéndose que únicamente se procura mantener a los tribunales y juzgados en situación decorosa, pues la dotación de los muebles que realmente necesitan y que tarde o temprano tendrán que hacerse implicará un gasto de consideración. En consecuencia es conveniente la ampliación de la partida mencionada con la cantidad de diez mil pesos; que la partida 2,103 del Presupuesto que monta a la cantidad de treinta mil pesos, destinada a cubrir los sueldos eventuales, se encuentra bastante mermada, pues en los cuatro meses que han transcurrido se ha gastado la cantidad de veintitrés mil seiscientos ochenta pesos quince centavos, no obstante que la Suprema Corte, con un espíritu de verdadera economía propuso, cuando se discutieron los Presupuestos, la dotación de dicha partida con la suma de cuarenta y ocho mil pesos, cifra muy inferior a la de setenta y un mil cuarenta y tres pesos cuarenta y cinco centavos que resulta de triplicar lo que se lleva gastado en los citados cuatro meses, y como queda un saldo de seis mil trescientos diecinueve pesos ochenta y cinco centavos con el cual ni siquiera se podrían cubrir los gastos del presente y entrante mes, es necesaria la ampliación de la partida de que se ha hecho mérito en la cantidad de cuarenta mil pesos; que para sueldos de peritos se asignó a la partida 2,109 la suma de ocho mil pesos, habiéndose gastado en lo que va del año, dos mil setecientos

tres pesos, siendo muy conveniente su ampliación en la cantidad de cuatro mil pesos. Por último, la partida 2,110 que se destina para gastos extraordinarios e imprevistos por valor de quince mil pesos, es indispensable que se aumente con la misma cantidad, pues en los cuatro primeros meses del año se han gastado seis mil treinta y ocho pesos cinco centavos, quedando un saldo tan insignificante con el que no se podría hacer frente a los gastos que se presenten en los ocho meses que faltan del año fiscal.

"Como esta comisión estima que las razones expuestas por el Ejecutivo son de atenderse, solicita a vuestra soberanía dé su voto aprobatorio al siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se amplían las partidas números 2,100, 2,101, 2,102, 2,103, 2,109 y 2,110 del Presupuesto de Egresos para el año 1923, en los términos que en seguida se expresan:

Número de las Asignación Asignación Asignación

partidas actual adicional total

2,100 $ 30,000.00 $ 5,000.00 $ 35,000.00

2,101 " 8,000.00 " 2,000.00 " 10,000.00

2,102 " 15,000.00 " 10,000.00 " 25,000.00

2,103 " 30,000.00 " 40,000.00 " 70,000.00

2,109 " 8,000.00 " 4,000.00 " 12,000.00

2,110 " 15,000.00 " 35,000.00 " 50,000.00

"Sala de comunicaciones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 18 de mayo de 1923.- Mauricio Gómez. - Ignacio García Téllez." - Primera lectura.

El C. Gandarilla: ¡Pido dispensa de trámites, respetuosamente, dada la urgencia de las partidas!

El C. Barragán: ¿Cuál es el trámite?

El C. secretario Medrano: Trámite: primera lectura.

El C. Barragán : Pido la palabra, señor presidente. Para rogar atentamente a su señoría se sirva consultar a la Asamblea la dispensa de la segunda lectura a fin de que desde luego entremos a la discusión de las iniciativas que presentan las comisiones unidas.

El C. Gandarilla: He pedido la palabra desde hace un momento para pedir la dispensa de todos los trámites en vista de la urgencia del caso; a nadie se oculta la necesidad de aprobar estas partidas para la Suprema Corte de Justicia, para las necesidades más indispensables de ese Cuerpo. Pido, pues, la dispensa de todos los trámites, no solamente la segunda lectura.

El C. secretario Medrano: Habiendo pedido la dispensa de trámites el ciudadano Gandarilla, en votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Se dispensa los trámites. Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, se servirán pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal. Por la negativa.

El C. Barragán: Por la afirmativa.

(Se recoge la votación.)

El C. secretario Medrano: Por unanimidad de ciento treinta y cuatro votos fue aprobado; pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

El C. presidente: No habiendo más asuntos de que tratar, se levanta la sesión y se cita para mañana a las dieciséis horas. (17.38.)