Legislatura XXXI - Año I - Período Ordinario - Fecha 19241016 - Número de Diario 33

(L31A1P1oN033F19241016.xml)Núm. Diario:33

ENCABEZADO

MÉXICO, JUEVES 16 DE OCTUBRE DE 1924

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO 1.- PERIODO ORDINARIO XXXI LEGISLATURA TOMO 1.- NÚMERO 33

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 16

DE OCTUBRE DE 1924

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- La Cámara de Representantes de la República Francesa agradece el mensaje enviado por esta asamblea con motivo de la muerte de Anatole France; a sus antecedentes. Se concede licencia a los CC. diputados Delhumeau y Flores Peña.

3.- La Cámara de Senadores envía el proyecto de ley que reglamenta la fracción XII del artículo 123 constitucional; recibo, a las Comisiones Unidas 1a. de Trabajo y Previsión y 3a. de Educación Pública e imprímase. Cartera.

4.- Son aprobados tres dictámenes de la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales, por lo que se concede permiso constitucional a los CC. Fernando Matty, Miguel A. Quevedo y José Queralt Mir, para usar condecoraciones extranjeras; pasan al Senado para los efectos constitucionales.

5.- Sin debate es aprobada una proposición de varios CC. diputados, para que se excite a la comisión que conoce de la iniciativa de reformas a los artículos 65 y 66 constitucionales y se pida al Senado devuelva el proyecto de ley relativo a la forma de remitir a esta Cámara los proyectos de Presupuestos. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. GENARO V. VÁZQUEZ

(Asistencia de 150 ciudadanos diputados.)

- El C. presidente, a las 16:55: Se abre la sesión.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día quince de octubre de mil novecientos veinticuatro.

"Presidencia del C. Enrique L. Soto.

"En la ciudad de México, a las diez y siete horas y cinco minutos del miércoles quince de octubre de mil novecientos veinticuatro, con asistencia de ciento sesenta y siete ciudadanos diputados, se abrió la sesión.

"Fue aprobada el acta de la celebrada el día anterior.

"El C. Manuel Rueda Magro informó sobre el resultado de la comisión nombrada para tratar con el Ejecutivo de la Unión acerca de los sucesos ocurridos últimamente en Tuxtla Gutiérrez.

"El C. Alfredo Ortega Martínez rindió la protesta de ley como diputado propietario por el undécimo distrito electoral de Puebla.

"A pedimento del C. Fernando Martín del Campo, la Secretaría leyó un telegrama del gobernador de Sinaloa, dirigido al C. Alejandro R. Vega, referente a la publicación en aquel Estado del bando por el que se declara presidente de la República al C. Plutarco Elías Calles.

"Se dio cuenta con los siguientes asuntos:

"La Cámara de Senadores envía una solicitud de la Cámara de Comercio de San Cristóbal de las Casas, Chiapas, relativa a que se le ayude para construir un camino carretero.- A la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"El C. Martín Paredes, por telegrama, comunica que la Diputación Permanente del Congreso de Chiapas, después de los sucesos ocurridos en aquel Estado últimamente, reanudó su funcionamiento legal.- De enterado.

"El Congreso del propio Estado propone como candidato a magistrado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para substituir al C. Victoriano Pimentel, al C. licenciado Teófilo H. Orantes.- Resérvese para el Congreso General.

"El C. Francisco G. Trujillo avisa que tomó posesión del cargo de presidente municipal de Sahuaripa, Son.- Recibo.

"El ayuntamiento de Progreso de Castro, Yucatán, apoya la iniciativa que tiende a restringir la inmigración china.- A su expediente.

"La Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística solicita que en el próximo Presupuesto de Egresos figure una partida para gastos anuales de esa sociedad. - A la 1a. Comisión de Peticiones.

"Los estudiantes de la Facultad de Jurisprudencia envían un telegrama apoyando la candidatura del C. licenciado César Córdova para magistrado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Al Archivo.

"Las cámaras de Comercio de Aguascalientes, Chiapas, Chihuahua, Nogales, Sonora; Puebla, Querétaro, Tuxtepec, Oaxaca; Cuernavaca y Tacubaya, envían memoriales solicitando la derogación del impuesto sobre sueldos y utilidades.- A su expediente.

"El C. Ramón Adrián Villalva solicita permiso

para aceptar y usar una condecoración del Gobierno de Bélgica.- A la 1a. Comisión de Peticiones.

"El C. Salvador Paulín, gerente de la compañía "Kaolín y Refractarios, S. C. limitada", presenta una queja en contra de un grupo de agraristas del pueblo de San Antonio Tecozautla, distrito de Huichapan, Estado de Hidalgo.- A la 1a. Comisión de peticiones.

"El director de la escuela "J. M. Herculano Sánchez", de Izúcar de Matamoros, Puebla, solicita ayuda para erigir un monumento en memoria del extinto joven Jesús Guarneros, quien murió en un acto heroico.- A la 2a. Comisión de Peticiones.

"El Ayuntamiento de Villa Morelos, Michoacán, solicita un subsidio para la construcción de un camino carretero.- A la 1a. Comisión de Peticiones.

"La señora Victoria Orozco y Berra solicita se resuelva la solicitud de pensión que tiene presentada.- A sus antecedentes.

"El C. Jesús González Requejo pide pensión por los servicios que ha prestado a la administración en el ramo de Aduanas.- A la 2a. Comisión de Peticiones.

"El C. Rafael Ortiz solicita se le jubile por servicios durante más de cuarenta años en los ramos de Correos y Telégrafos.- A la 1a. comisión de Peticiones.

"La señora Francisca Yañez viuda de Trujillo y las señoritas María Elena y Guadalupe Yañez reiteran la solicitud de pensión que tienen presentada.- A sus antecedentes.

"La señora Guillerma de la Luz Martínez viuda de Sánchez Torrescano hace igual gestión.- A sus antecedentes.

"El C. José Vera solicita su jubilación por haber prestado treinta y nueve años de servicios a la Administración pública, en el ramo de Correos.- A la 2a. Comisión de Peticiones.

"El C. Rodolfo Barreda solicita pensión por los servicios que prestó a la Nación su extinto padre, el capitán de caballería Francisco de A. Barreda.- A la 1a. Comisión de Peticiones.

"Sin discusión fueron aprobados diez y seis dictámenes de las comisiones de Peticiones, en los que se propone pasen a las comisiones que en seguida se indican, los asuntos de que también a continuación se hace mérito:

"A la de Relaciones Exteriores en turno, la solicitud de permiso constitucional formulada por el C. Lucio Cortina Solórzano, para aceptar un cargo consular en el Estado de Jalisco;

"A la de Guerra que corresponda, la solicitud de pensión de la señora María Cenobia Ignacia Zozaya;

"a la de Presupuestos y Cuenta la solicitud de los vecinos del pueblo de Petatlán, Guerrero, relativa a que se les ayude pecuniariamente;

"a la de Guerra que corresponda, la solicitud de pensión de las señoritas Concepción, María, Sixta y Julia Sepúlveda;

"a las de Gobernación y Puntos Constitucionales en turno, la iniciativa para que el octavo cantón de Jalisco sea elevado a la categoría de Territorio;

"a la de Presupuestos y Cuenta, la solicitud del profesor Luis G. Saloma, referente a que se pensione a la orquesta Hyden - Beethoven;

"a la de Puntos Constitucionales que corresponda, la solicitud del C. Octavio Rueda Magro para que se le permita aceptar una condecoración del Gobierno chileno;

"a las de Puntos Constitucionales y Gobernación en turno, las iniciativas del C. Francisco Artigas, que tratan de reformas a los artículos 51, 82 y 83 de la Constitución.

"a las unidas 2a. de Gobernación y Salubridad, la iniciativa del Ayuntamiento de Nacozari, Sonora, para que se reforme el tratado de México con China y las reformas inherentes a la Constitución;

"a las de Gobernación en turno, la iniciativa de reformas a la Ley Orgánica municipal, enviada por el presidente del Ayuntamiento de Mixcoac, D. F.;

"a la de Guerra en turno, la solicitud de pensión de la señorita Enriqueta Suray;

"a la de Hacienda en turno, la solicitud del C. Nemorio Cruz, relativa a que se le pague una cantidad que en calidad de préstamo facilitó a la revolución en los años de 1913 y 1914;

"a la de Puntos Constitucionales en turno, la solicitud de permiso constitucional del C. Daniel L. Chávez, para aceptar una condecoración del Gobierno de Suecia;

"a la de Relaciones Exteriores en turno, la petición del C. David A. Urrea, para aceptar un cargo consular del Perú en la ciudad de Mazatlán;

"a la de Hacienda en turno, el proyecto de ley del C. Eliseo L. Céspedes, que establece un impuesto sobre utilidades que en forma de dividendo se distribuya por las sociedades por acciones, cada año, y

"a la de Hacienda que corresponda, la petición del C. Marcos Robles, relativa a que se le imparta ayuda pecuniaria como damnificado por la inundación de Ameca, Jal.

"También sin debate fueron aprobados otros dos dictámenes de Peticiones, en los que respectivamente se propone:

"Que se diga al C. Joaquín Velásquez Pérez que no se dará curso a su solicitud de pensión hasta que envíe los documentos que la justifiquen.

"Que se comunique a la señora Josefa Farías viuda de Garza y a la señorita María Luisa Garza, que para dar curso a su solicitud de pensión es necesario que comprueben con documentos los importantes servicios prestados a la ciencia por el extinto doctor Pedro Garza.

"Recibieron el trámite: "A discusión del primer día hábil", tres dictámenes de la 3a. Comisión de Guerra, que consultan proyectos de decreto por lo que se pensiona a la señora Macrina Vásquez viuda de Mena, a la señora Erutila Hernández y a la señora Guadalupe Ruiz viuda de Reyes Zayas.

"Sin que nadie hiciera uso de la palabra fueron aprobados en votaciones económicas cinco dictámenes de la misma 3a. Comisión de Guerra, que en acuerdos económicos proponen:

"Que no se apruebe el proyecto de decreto enviado por el Senado, en virtud del cual se pensiona a la señorita Porfiria García;

"que se diga a la señorita Isabel Díaz García Conde que no ha lugar a su petición relativa a que se le pague la pensión de que disfrutaba su extinta

madre, la señora Carmen García Conde viuda de Díaz;

"que se diga al C. Alberto Porras se dirija a la Secretaría de Guerra y Marina a fin de que sea incorporado al Cuerpo de Inválidos, dependiente de esa Secretaría.

"que se archive el expediente relativo a la solicitud de pensión de la señora Magdalena Reyes, por haber retirado la interesada los documentos referentes a su solicitud y por haber manifestado la misma su inconformidad para que el asunto continuara tramitándose, y

"que se archive el expediente que trata de la solicitud de pensión del C. Prisciliano Rodríguez, por haberse comprobado que disfruta de una pensión que le asignó el Ejecutivo de la Unión.

"Se dio cuenta con tres dictámenes de la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales y cuatro de la 2a. Comisión de Relaciones Exteriores, que consultan los siguientes proyectos de decreto:

"Se concede permiso al C. general Miguel A. Peralta para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, acepte y use la palabra de la Orden de "El Sol del Perú", que le confirió el Gobierno peruano;

"Se autoriza al C. Genaro Fernández Mac - Gregor para que, sin perder sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de segundo grado de la "Espiga de Oro", que le ha conferido el Gobierno de la República de China.

"Se concede permiso al C. Salvador Martínez de Alba para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, pueda aceptar y usar la condecoración de segundo grado de la "Espiga de Oro", que ha tenido a bien concederle el Gobierno de China.

"Se concede permiso al C. Salvador Ugarte para que, sin perder sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y desempeñe el puesto de cónsul ad honorem de la República de Bolivia en la ciudad de Guadalajara, Jal.

"Se concede permiso al C. licenciado Domingo Barrios Gómez para que, sin menoscabo de sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y desempeñe el cargo de cónsul de Nicaragua en la ciudad de México.

"Se concede permiso al C. Miguel Alamán, de nacionalidad mexicana, para que, sin perderla, siga desempeñando el cargo de cónsul de la República de Panamá, ampliando en su jurisdicción a los Estados de Querétaro, Hidaldo y Guanajuato.

"Se concede permiso al C. Alfonso A. Schereck para que, sin perder sus derechos de ciudadano mexicano, pueda aceptar y desempeñar el cargo de vicecónsul general de España en la ciudad de Port Arthur, Texas, E. U. A.

"Estos dictámenes estaban de primera lectura. En votación económica la Cámara les dispensó la segunda lectura, poniéndose a discusión sucesivamente. No hubo quien hiciera uso de la palabra y en votación nominal se aprobaron en un solo acto por ciento cuarenta y seis votos de la afirmativa contra uno de la negativa del C. Caloca, pasando para sus efectos constitucionales, los seis primeros, a la Cámara de Senadores, y el último al Ejecutivo de la Unión.

"Con dispensa de trámites y sin discusión fue aprobada una solicitud de licencia, hasta por un mes, con goce de dietas, del C. diputado Emilio Portes Gil.

"Se dio cuenta también con el dictamen de la 1a. Comisión de Justicia por el que se reforman los artículos 152, 153 y 11 transitorio de la Ley Orgánica de Poder Judicial del Distrito y Territorios en vigor, en la siguiente forma: "Artículo 152. La responsabilidad por delitos oficiales de los magistrados de los Tribunales Superiores del Distrito Federal y Territorio de la Baja California, o de los jueces y demás funcionarios y empleados de la Administración de Justicia del orden común, se exigirá ante los jueces competentes del orden común, por conducto de la Procuraduría General de Justicia del Distrito y Territorios federales.

"Artículo 153. Cuando un magistrado o un juez fuere acusado por delitos oficiales, el juez que conozca del juicio pedirá al Tribunal Superior del Distrito Federal que lo ponga a su disposición, y éste lo decretará así, siempre que se reúnan los requisitos que para dictar orden de aprehensión exige el artículo 16 constitucional. La consignación hecha producirá el efecto de dejar en suspenso al magistrado o juez en el ejercicio de las funciones que desempeñaba.

"Artículo 11 transitorio. Queda abrogada la Ley Orgánica del Fuero Común en el Distrito y Territorios, de fecha 9 de septiembre de 1919, y derogadas todas las demás en cuanto se opongan a la presente. De la misma manera quedan derogados los artículos 94 a 98 del decreto de 13 de abril de 1917, sobre organización política del Distrito y Territorios federales, en la parte en que dichos preceptos hacen referencia a los magistrados y jueces del orden común.

"A moción del C. Fabila, el C. Romeo Ortega, a nombre de la comisión dictaminadora, usó de la palabra para fundar el proyecto de ley transcripto, el cual fue declarado con lugar a votar y se aprobó por unanimidad de ciento cincuenta y cuatro votos, pasando al Senado para los efectos constitucionales respectivos. Se nombró en comisión para llevarlo a la Cámara colegisladora, a los CC. Rueda Magro, Romeo Ortega, José Siurob, Gonzalo N. Santos, Adolfo Arias y secretario Puig y Casauranc.

"A las diez y ocho horas y cuarenta minutos se levantó la sesión y se citó para las diez y seis horas del día siguiente."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada por unanimidad.

- El C. secretario Rueda Magro, leyendo:

"París, 15 de octubre de 1924.- Presidente de la Cámara de Diputados.- México. - A nombre de la Cámara francesa, tengo el honor de transmitir, por vuestro conducto, a la Cámara de Diputados de los Estados Unidos de México, todos sus agradecimientos por la preciosa manifestación de simpatía que la muerte de Anatole France ha inspirado a los representantes de vuestra gran nación.- Paul Pain -

leve, presidente."- A sus antecedentes. (Aplausos.)

"H. Asamblea:

"Por tener asuntos de carácter particular que atender, me veo en la necesidad de suplicar respetuosamente a vuestra soberanía, con dispensa de todo trámite, me sea concedida una licencia de dos meses, sin goce de sueldo, llamándose a mi suplente.

"Salón de Sesiones.- México, octubre 16 de 1924. Eduardo Delhumeau, jr., diputado por el 13 distrito del Distrito Federal." Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Concedida, y se llamará al suplente.

"Al ciudadano presidente de la Cámara de Diputados.- Presente.

"El que suscribe, teniendo urgente necesidad de salir fuera de esta ciudad al arreglo de algunos asuntos, atentamente ruega a la H. Asamblea se sirva concederle, dispensando los trámites, diez días de licencia, con goce de dietas, empezando a hacer uso de dicha licencia el próximo lunes 20 del actual.

"México, 16 de octubre de 1924.- T. Flores Peña"

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se concede. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Concedida.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. México.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.

"Para sus efectos constitucionales, tenemos el honor de remitir a ustedes, en treinta y nueve fojas útiles, el expediente con la minuta del proyecto de ley que reglamenta la fracción XII del artículo 123 constitucional, en relación con el artículo 3o. de la misma ley, aprobado por esta H. Cámara de Senadores.

"Reiteramos a ustedes nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., a 14 de octubre de 1924.- M. Hernández Galván, S. S.- L. Monzón, S. S."- Recibo, a las comisiones unidas 1a. de Trabajo y Previsión Social y 3a. de Educación Pública, e imprímase.

(El proyecto de ley está concebido en los siguientes términos:)

Minuta.- Proyecto de ley.

I. Objeto de esta ley.

Artículo 1o. En toda negociación agrícola, industrial o minera y en cualquier otro centro de trabajo ubicado en el Distrito y Territorios federales, siempre que el número de trabajadores sea igual o mayor de setenta y cinco y la población escolar sea igual, o mayor de veinte, se establecerán las escuelas de que trata la fracción XII del artículo 123 constitucional.

Artículo 2o. Están exentos de esta obligación los centros de trabajo que estén ubicados dentro de las poblaciones, la vida de los cuales no dependa esencialmente de aquéllos.

II. Organización.

Artículo 3o. La organización y funcionamiento de estas escuelas se sujetarían las leyes, reglamentos y demás disposiciones dictadas por la Secretaría de Instrucción Pública para los planteles de educación obligatoria del Distrito y Territorios federales, con las modalidades que se establecen en la presente ley.

Artículo 4o. Por consiguiente, estas escuelas se considerarán "incorporadas" a los planteles sostenidos por la Secretaría de Instrucción Pública en el Distrito y Territorios federales y se adoptarán para ellas las mismas reglas de régimen y administración prescriptas para los últimos mencionados.

Artículo 5o. La práctica de la agricultura se incluirá en los programas parciales de las escuelas establecidas en las empresas agrícolas de toda magnitud.

Artículo 6o. En los programas parciales de las escuelas establecidas en las negociaciones y centros industriales de todo género, se incluirán el estudio de la estructura y funcionamiento de las máquinas, aparatos y herramientas.

III. De los patronos.

Artículo 7o. Las escuelas de que trata la presente ley, serán fundadas y sostenidas integralmente por los patronos, quienes las entregarán por riguroso inventario al inspector de la zona escolar a que cada una de ellas corresponda.

Artículo 8o. Todos los gastos que se eroguen en la reparación y mejoramiento de las mismas, serán igualmente solventados por los patronos.

Artículo 9o. A cargo de los patronos estarán también los gastos que importen las excursiones, exhibiciones y demás actos escolares.

Artículo 10. Los sueldos de los profesores y empleados de estos establecimientos serán cubiertos por los patronos. Las recompensas y jubilaciones a los servidores de los mismos serán pagadas por el Gobierno federal, en los términos que exprese la ley reglamentaria respectiva.

Artículo 11. Los patronos proporcionarán gratuitamente la habitación de los profesores y empleados, en condiciones higiénicas y decorosas.

Artículo 12. Los patronos de las negociaciones, empresas y centros agrícolas proporcionarán a sus escuelas una parcela de labor, contigua a cada plantel, no menor de cien metros cuadrados por alumno, para la práctica de la agricultura.

Artículo 13. Los patronos de que habla el artículo anterior, proporcionarán, además, los útiles de labranza necesarios para el cultivo, el agua para el riego, donde la haya, y las semillas usuales en la región.

Artículo 14. Los frutos que produzcan estas tierras se repartirán equitativamente entre los individuos que hayan cooperado a la producción.

Artículo 15. Las negociaciones que ocupen más de cuatrocientos trabajadores, harán por su cuenta los gastos indispensables para sostener en forma decorosa los estudios técnicos o prácticos en centros especialistas nacionales o extranjeros, de un trabajador o hijo de éste, designado en atención a su aptitud, cualidades y dedicación de trabajo, por los mismos trabajadores de la negociación. El número de obreros pensionados será en la proporción de uno por cada cuatrocientos trabajadores que ocupe la negociación. Cuando los estudios o práctica tengan que hacerse en el extranjero, el Gobierno proporcionará gratuitamente los pasajes respectivos. Sólo podrá cancelarse cualquier pensión por parte de la negociación, cuando el trabajador sea reprobado en los cursos de un año, pero en este caso será substituido por otro.

IV. Parte penal.

Artículo 16. Todo patrono que se negare a cumplir las prescripciones de esta ley, sufrirá una multa de cien a mil pesos o arresto de uno a seis meses, en la inteligencia de que los propietarios dispondrán de sesenta días, después de la notificación de la pena, para dar cumplimiento a la ley, y si no lo hicieren, se les duplicará la multa o arresto y se les concederá un nuevo plazo, y así sucesivamente.

Artículo 17. Las penas a que hubiere lugar por omisiones o infracciones respecto de esta ley, serán aplicadas por las autoridades gubernativas en la forma administrativa y bajo su más estrecha responsabilidad.

V. Transitorios.

Artículo 1o. Los ferrocarriles establecerán en sus talleres, escuelas técnico - prácticas para sus empleados y para sus aprendices, a las que gratuitamente tendrán acceso, fuera de las horas de servicio, todos los trabajadores.

El programa de estas escuelas será de acuerdo entre las empresas y los trabajadores, gozando su personal docente de las prerrogativas que señala el artículo 10 de esta ley.

Este artículo estará vigente entre tanto se establecen las escuelas de enseñanza técnica de que habla la fracción XXVII del artículo 73 constitucional.

Artículo 2o. Se faculta al Ejecutivo para que haga la reglamentación de la presente ley.

Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores.- México, octubre 9 de 1924.- Victorio E. Góngora, S. P.- M. Hernández Galván, S. S.- L. G. Monzón, S. S. S. S.- L. G. Monzón, S. S.

"La legislatura del Estado de Hidalgo propone como candidato a ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al C. licenciado Néstor González, en substitución del extinto C. licenciado Victoriano Pimentel."- Resérvese para el Congreso General.

Telegrama procedente de: "Tampico, Tamaulipas, 13 de octubre de 1924. "Secretarios de la Cámara de Diputados.

"Para su conocimiento, permítome manifestarles que grupo político que controlaba mayoría empleados municipales, acordó hoy que éstos renunciaran en masa, habiéndose suspendido por varias horas el funcionamiento de las oficinas públicas; inmediatamente se tomaron las medidas urgentes nombrando empleados, y estos momentos están reorganizadas la mayoría de las oficinas. Este ha sido el resultado de los ataques continuados del Partido Socialista Fronterizo de Tampico hechos a las autoridades constituidas. Como se dijo a esa Secretaría, dicho grupo organizó manifestación, arrastrando a los empleados Públicos a que concurrieran, atacando injustamente a las autoridades mismas, de que formaban parte, razón por la cual y para conservar principio de autoridad, fueron cesados en sus puestos, y como represalia a esta medida acordaron la mencionada renuncia, a que han llamado huelga de empleados; afortunadamente, como digo antes, se han cubierto con nuevos empleados los servicios públicos.

Salúdolos afectuosamente.- Gobernador provisional Estado, Candelario Garza." - Recibo.

"El Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal comunica los acuerdos que ha tomado con motivo de la separación del C. licenciado Andrés Cuéllar, del despacho del juzgado 1o. de lo Civil, de esta ciudad."- A la Comisión de Justicia que tiene antecedentes.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"Por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores solicitó de esta H. Cámara el C. Fernando Matty, segundo secretario de Legación, el permiso constitucional necesario para poder aceptar y usar la condecoración de "La Espiga de Oro" de cuarta clase, que le Confirió el Gobierno de la República de China.

"Para evitarle al C. Matty la pérdida de su ciudadanía mexicana (fracción II del artículo 36 de la Constitución federal), y no habiendo inconveniente para acceder a su petición, los subscritos proponen a la honorable Asamblea la aprobación del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede al C. Fernando Matty el permiso constitucional necesario para que, sin perder sus derechos de ciudadano mexicano, pueda aceptar y usar la condecoración de "La Espiga de Oro", de cuarta clase, que le confirió el Gobierno de la República de China."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 14 de octubre de 1924.- F. Medrano V.- A. Fuentes B."

En votación económica se consulta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"A esta 2a. Comisión de Puntos Constitucionales fue turnado, para su estudio y dictamen, el ocurso del C. Miguel A. Quevedo, fechado el 16 de octubre de 1922, en que solicita el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración de Caballero de la Legión de Honor, que le ha conferido el Gobierno de Francia.

"Hecho el estudio de la solicitud de referencia, la comisión no ha encontrado razón legal que se oponga a la concesión de tal permiso, por lo que, de acuerdo con la fracción II del artículo 36 constitucional, nos permitimos someter a la aprobación de la H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto: "Artículo único. Se concede permiso al C. Miguel A. Quevedo para que, sin menoscabo de sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de Caballero de la Legión de Honor, que le ha conferido el Gobierno de la República Francesa."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 14 de octubre de 1924.- F. Medrano V.- A. fuentes B." En votación económica se consulta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"El C. José Queralt Mir, por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, ocurrió, con fecha de 30 de abril del año retropróximo, a esta H. Cámara, en demanda de la licencia necesaria para poder aceptar y usar la Cruz de Caballero de la Orden de la Corona de Italia.

"Estudiado el caso por los subscriptos, hemos llegado a la conclusión de que es de concedérsele el permiso constitucional, para que no pierda sus derecho y calidad de ciudadano mexicano, según está prescripto en la Fracción II del artículo 37 de nuestra Constitución Federal.

"En esta virtud, pedimos a la honorable Asamblea apruebe el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede al C. José Queralt Mir el permiso constitucional necesario para que, sin perder sus derechos de ciudadano mexicano, pueda aceptar y usar la Cruz de Caballero de la Orden de la Corona de Italia, que le confirió el Gobierno de aquella nación."

"Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 14 de octubre de 1924.- F. Medrano V.- A. Fuentes B." En votación económica se consulta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal de los tres decretos no objetados. Por la afirmativa.

(Se recoge la votación.)

Votaron: Por la negativa, un ciudadano diputado; por la afirmativa, ciento treinta y ocho ciudadanos diputados. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"México, a 16 de octubre de 1924.

"Honorable Asamblea:

"Desde el día 5 de noviembre de 1920 se presentó una iniciativa de reformas a los artículos 65 y 66 de la Constitución Federal, consistente en la ampliación de los periodos ordinarios de labores legislativas, comprendiendo el primer periodo del 16 de septiembre al 15 de diciembre y el segundo del 1o. de abril al último de mayo. Además de las razones expuestas en la expresada iniciativa, la enseñanza de las legislaturas pasadas y la del momento, nos convencen de que la retardada y penosa discusión de credenciales se absorbe, cuando menos, el primer mes de las labores parlamentarias que debiera dedicarse, según la obligación constitucional, a revisar la cuenta pública del año anterior y a la discusión y aprobación de los presupuestos, cuya labor es ingente para hacer que las Cámaras asuman esta facultad tan primordial, cuya omisión obliga al Ejecutivo, ante la necesidad de proveer a la nación de dichas leyes hacendarias, a usar de facultades extraordinarias. Por otra parte, es necesario que esta Legislatura se diferencie de las anteriores por su deseo de trabajar, cumpliendo así la labor legislativa que el pueblo anhela de ella y que estamos obligados a cumplir.

"Por estas razones, nos permitimos los subscriptos miembros de los bloques minoritarios, hacer las siguientes proposiciones:

"I. Excítese a la comisión que conozca de la iniciativa de referencia, para que a la mayor brevedad sea sometida a la consideración de esta Cámara, y

"II. Diríjase atenta comunicación a la Cámara de Senadores, para que tenga a bien resolver el proyecto de ley relativo a la forma en que debe remitirse a está Cámara el Presupuesto General de Egresos, y que le fue enviado desde el 19 de septiembre de 1921."

"Salón de Sesiones.- A. Arroyo Ch.- I. García Téllez.- J. A. Guerra.- F. Solórzano Béjar.- E. Hernández Alvarez.- J. Silva Ruiz.- Juan de la C. García. - A. Díaz Soto y Gama.- Francisco Olivares.- J. M. Gutiérrez.- J. Aguilar y Maya. - Arturo Ducoing.- A. Alvarez Treviño.- J. Silva.- J. Valdovinos Garza." A petición del ciudadano Arroyo Ch. se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Aprobado. Se excitará el Senado en el sentido que indica la proposición.

El C. presidente, a las 17 horas y 50 minutos: Se levanta la sesión y se cita para mañana a la diez y seis.