Legislatura XXXI - Año I - Período Ordinario - Fecha 19241028 - Número de Diario 37

(L31A1P1oN037F19241028.xml)Núm. Diario:37

ENCABEZADO

MÉXICO, MARTES 28 DE OCTUBRE DE 1924

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO 1.- PERÍODO ORDINARIO XXXI LEGISLATURA TOMO I.- NÚMERO 37

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 28 DE OCTUBRE DE 1924

SUMARIO

1- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2- Cartera. Se concede licencia al C. diputado Otáñez. El representante de Quintana Roo apoya la solicitud del Ayuntamiento de Mixcoac para se apruebe el contrato que celebró con la Colonia del Valle S. A.; a la 2a. Comisión de Comunicaciones.

3- Son aprobados dos dictámenes que corresponden a la 2a. Comisión de Hacienda y 3a. de Guerra, y proponen se archiven varios expedientes.

4.- Se aprueba dos dictámenes de la 2a. Comisión de Justicia que se consultan se manifieste al C. Gustavo E. Marín que no ha lugar a su solicitud, y a un Agente del Ministerio Público de la Baja California, que se sujete a lo preceptuado por la Ley Orgánica de Tribunales del Fuero Común.

5- Primera lectura al dictamen de la 2a. Comisión de Justicia por el que se reforma el artículo 856 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito y Territorios Federales; se dispensa la 2a. lectura; a discusión el primer día h hábil.

6- Pasa a las Comisiones unidas 3a. de Educación Pública y 3a. de Gobernación, el proyecto para crear un departamento de Cultura y Educación Rural, presentando por varios ciudadanos diputados; imprímase.

7.- Primera lectura del dictámen de la 1a. Comisión de Justicia por el que se adiciona la Ley Orgánica de tribunales; se le dispensa la segunda lectura y a discusión el primer día hábil.

8- Se le dispensa la segunda lectura al dictamen de la 1a. Comisión de Gobernación, que consulta un proyecto de Ley Orgánica del artículo 4o. constitucional. A discusión en lo general; es aprobada una moción suspensiva, presentada por varios representantes.

9- Son aprobados cinco dictámenes de la 1a. y 2a. Comisión de Puntos Constitucionales por los que se concede permiso a los CC. Mario Gabucio S. M., Miguel A. Peralta, Luis Ricoy, Efrén Rebolledo, Iñigo García Mijares y José Benítez, para usar condecoraciones y aceptar cargos de Gobiernos extranjeros; pasan al Senado para los efectos constitucionales.

10- Es aprobado en lo general, el proyecto de Ley de Pesca. A debate en lo particular; se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. GENARO V. VÁSQUEZ

(Asistencia de 137 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 17: Se abre la sesión. (Aplausos.)

- El C. secretario Puig y Casauranc, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la C de Diputados del Congreso de la Unión, el día veinticuatro de octubre de mil novecientos veinticuatro.

"Presidente del C. Genaro V. Vásquez.

''En la ciudad de México, a las diez y siete horas y quince minutos del viernes veinticuatro de octubre de mil novecientos veinticuatro, se abrió la sesión con asistencia de ciento treinta y ocho ciudadanos diputados.

"El acta de la sesión anterior, celebrada el día veintidós de este mes, se aprobó sin debate.

"Se dio cuenta con los asuntos que había en cartera:

"Solicitud por un mes de licencia, con goce de dietas, del C. Enrique Henshaw.

"El C. Portales pidió la palabra y se refirió a hechos relacionados con la política de San Luis Potosí, La Presidencia le llamó al orden y en seguida la solicitud del C. Henshaw fue aprobada, previa dispensa de trámites.

"Solicitud del C. Oscar B. Santander, relativa a que se le conceda licencia, con goce de dietas, por veinte días.

"Con dispensa de trámites y sin debate se aprobó.

"Solicitud de licencia hasta por dos meses, con goce de dietas, del C. Jesús M. Aguirre.

"En la misma forma que la anterior se aprobó.

"La Legislatura del Estado de Campeche, por medio de telegrama, comunica que hace suya la protesta del Congreso de Chiapas con motivo de los atentados que cometió el coronel Julio Gutiérrez.

- A sus antecedentes.

"El Congreso de Guanajuato sugiere al de la Unión de la conveniencia de expedir una ley que tienda a evitar la tala inmoderada de árboles.- Recibo, y a la Comisión de Agricultura y Fomento.

"La Legislatura de Nayarit comunica que abrió un período extraordinario de sesiones.- De enterado.

"El Congreso de Zacatecas designa al C. licenciado Fernando Moreno como candidato a magistrado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,

en substitución del extinto C. licenciado Victoriano Pimentel.- Resérvese para el Congreso General.

"El ciudadano gobernador del Estado de Hidalgo, por telégrafo, reprueba los conceptos publicados por el periódico "Excélsior" y propalados por tres diputados de la Legislatura local, relativos al impuesto sobre sueldos y utilidades.- Recibo.

"Proyecto de decreto firmado por los CC. Neguib Simón, Luis Torregrosa, José E. Ancona y Miguel Yépez Solórzano, que en su parte resolutiva dice:

1o. Se declara benemérito del proletariado al apóstol Felipe Carrillo Puerto.

2o. El nombre de Felipe Carrillo Puerto ser escrito con las letras de oro en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados."

"Declarado el proyecto de obvia resolución, se puso a debate. No hubo quien hiciera uso de la palabra y en votación nominal se aprobó por unanimidad de ciento cuarenta y cuatro votos, nombrándose en comisión para llevarlo a la Cámara de Senadores, a los CC. Alfredo Romo, Luis Torregrosa, Neguib Simón, José E. Ancona, Miguel Yépez Solórzano y prosecretarios García Carranza.

"Dictamen de la Primera Comisión de Gobernación, que consulta el proyecto de Ley Orgánica del Artículo 4o. Constitucional, en lo relativo al ejercicio de las profesiones.- Primera lectura, e imprimase.

"Encontrándose enfermos los CC. Arturo Campillo Seyde y Jesús M. Aguirre, se designó a los CC. Anselmo Mancisidor y Martín Torres, para visitar al primero, y a los CC. Alberto Sáinz y Ramón Ramos, para visitar al segundo.

"El C. Manuel Balderas rindió la protesta de ley como diputado suplente por el primer distrito electoral del Distrito Federal.

"Se continuó dando cuenta con la cartera:

"dictamen de la Primera Comisión de Hacienda en que se propone, atentas las razones que expresa, se archiven los expedientes relativos a las solicitudes de pensión de las señoras Guadalupe Múgica viuda de Moro, Isabel Apresa viuda Cáceres, Cleta Partida viuda de Bravo y Juárez y Carmen Olvera viuda de García, y de los ciudadanos Luis G. Lozano y Teodoro Careaga; a las solicitudes de aumento de pensión de la señora Camila Solórzano y Domínguez y del C. Ventura Barrera; a la solicitud del Orfanatorio Nacional para que los empleados públicos contribuyan al sostenimiento de esa institución con diez centavos mensuales: a la petición del C. Agustín Vidales, relativa a que se le ministren dos mil pesos para mejorar las vías de comunicación en la Huasteca Potosina; a la solicitud de la Casa del Obrero de Torreón, Coahuila, para que se le ayude en su sostenimiento, y a la petición de la dirección de la campaña contra el analfabetismo, referente a que se le cedan las cantidades que se obtengan por concepto de multas a los representantes populares.

"Sin debate se aprobó en votación económica.

"Dictamen de la Comisión de Agricultura y Fomento que propone se archiven, por los motivos que expresa, los expedientes marcados con los números 2 y 3 de dicha comisión y que se refieren a reformas a la Ley de Aguas y a pormenorizar por lista oficial las corrientes fluviales que pertenecen al gobierno de la Federación.

"También se aprobó sin discusión en votación económica.

"Dictamen de la Primera Comisión de Guerra que asimismo propone, por las causas que enumera, se archiven los expedientes que se refieren a los asuntos siguientes:

"Solicitud del C. Rafael Nieto, gobernador de San Luis Potosí en 1919, para crear un cuerpo militar en dicho Estado;

"solicitud de pensión de las señoritas Etelvina, Concepción y María Soledad Valencia y Reyes; "proyecto de Ley Orgánica del Ejército, presentado por el C. general A. Maciel;

"solicitud de pensión de la señora Felicitas Vega viuda de González;

"proyecto de ley del C. Octavio M. trigo para que ningún extranjero pueda prestar servicios en el Ejército Nacional;

"solicitud de pensión de la señora Carmen García Conde viuda de Díaz;

"solicitud de pensión de la señora Donaciana Gavaldón viuda de Vázquez;

"iniciativa del Ejecutivo para que se modifiquen varios artículos de la Ordenanza General del Ejército;

"solicitud de pensión de la señora Isabel D. Gutiérrez viuda de Gutiérrez;

"solicitud de pensión del soldado Ruperto López;

"solicitud de pensión de la señora Luz Arana;

"solicitud de pensión de las señoritas Concepción, Enriqueta, María Esther y Carmen Olivares;

"solicitud de pensión de la señora Celia Castro viuda de Castro; "solicitud de pensión de la señora Josefa C. viuda de Peña, y

"solicitud de las señoritas Angela y Delfina Robles Linares para que se les aumente la pensión que disfrutan.

"Como los anteriores, este dictamen también fue aprobado sin debate. ç

"Dictamen de la Comisión de Agricultura y Fomento, que propone se diga a la Cámara de Comercio de Chihuahua, en relación con el proyecto de ley que envió, que la representación Nacional tendrá en cuenta sus datos y observaciones en el estudio de las leyes sobre conservación y reproducción de la riqueza forestal del país. "Sin debate se aprobó en votación económica. "Dictamen de la 1a. Comisión Agraria que consulta un acuerdo económico tendiente a que se archiven dos expedientes relacionados con proyectos presentados por el C. Miguel Mejía, para el fomento de la agricultura y distribución equitativa de la propiedad agrícola, y otro expediente que se refiere a un proyecto de ley Agraria enviado por el C. Jesús C. Castro.

"Se aprobó en votación económica sin que nadie hiciera uso de la palabra.

"Dictamen de la 2a. Comisión de Guerra, que somete a la consideración de la Cámara un acuerdo económico para que se archiven los expedientes que obran en poder de esa comisión, marcados con los números 1, 2, 4, 8, 9, 10, 11, 13, 14, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32, que se refieren a solicitudes de pensiones cuyos interesados han fallecido o no han comprobado sus derechos, y a iniciativas de algunos gobernadores para

organizar fuerzas de seguridad en los Estados que gobiernan y que fueron presentadas cuando las condiciones políticas y militares del país así lo demandaban

"Este dictamen se aprobó en la misma forma que el anterior.

"Dictamen de la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales que propone se diga al C. Gónzalo Herrerías que no necesita el permiso constitucional relacionado con la fracción II del artículo 37 constitucional, pues en su caso se trata de un título científico que le ha conferido el Gobierno de la República francesa.

"Fue aprobado sin debate.

"tres dictámenes, uno de la 1a. de Puntos Constitucionales, otro de la 2a. de Puntos Constitucionales y el tercero de la 2a. de relaciones Exteriores en los que, respectivamente, se consultan proyectos de decreto concediendo permiso al C. Antonio Caso para usar la Cruz de la Legión de Honor, de Francia, la Gran Cruz de la Orden "El Sol del Perú", la Medalla conmemorativa de la Independencia del Perú y la Cruz "Al Mérito", de primera clase, de Chile; al C. Santiago López Alvarado para aceptar y usar la condecoración de quinto grado de la "Espiga de Oro", del Gobierno de China, y al C. David A. Urrea para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul ad honorem del Perú en el puerto de Mazatlán.

"Estos dictámenes fueron puestos a discusión después de que a los dos últimos se les dispensó la segunda lectura. No hubo debate y en un solo acto se aprobaron por ciento treinta y siete votos de la afirmativa contra uno de la negativa del C. Caloca, pasando al Senado para sus efectos constitucionales.

"Dictamen de la 2a. Comisión de Guerra, que concluyen con el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo 1o. Se crea una condecoración con el nombre de "Segunda Invasión Norteamericana" que servir para recompensar al personal que luchó el 21 de abril de 1914 en la Escuela Naval del puerto de Veracruz contra las fuerzas invasoras norteamericanas al mando del almirante H. P. Fletcher.

"Artículo 2o. Dicha condecoración ser de tres clases: la primera para los que murieron en ese combate y que ser acordada como recompensa póstuma; la de segunda, para los jefes y oficiales que con cualquier motivo prestaron su contingente para la defensa de dicha escuela; la tercera, para los alumnos de ésta y demás personal que participaron en la lucha.

"Articulo 3o. Son merecedores a la condecoración de primera clase el teniente de artillería José Azueta y el cadete alumno Virgilio Uribe. Estas condecoraciones se entregarán a los familiares de los extintos, con los diplomas correspondientes.

"Artículo 4o. Las condecoraciones de segunda y tercera clase se conceder n al personal que fija el artículo 2o. sin solicitud de los interesados y teniendo a la vista las constancias oficiales que obran en la Secretaría de Guerra y Marina.

"Artículo 5o. El Ejecutivo de la Unión queda facultado para fijar por acuerdo expreso los diseños y demás especificaciones de la condecoración, que ser precisamente en forma de placa, y la redacción de los diplomas, en los que se insertar el presente decreto y que ser n autorizados por dicho primer magistrado y el secretario de Guerra y Marina."

"En votación económica se dispensó a este dictamen la segunda lectura y se puso a debate. No lo hubo, y por unanimidad de ciento treinta y nueve votos se declaró con lugar a votar y se aprobó, pasando al Senado para los efectos constitucionales.

"Dictamen de la 2a. Comisión de Guerra, que consulta el siguiente proyecto de ley:

"Artículo 1o. Se reforma al artículo 5o. de la ley expedida con el número 123 el 25 de diciembre de 1917, que quedar en la forma siguiente:

"Artículo 5o. Corresponde a la Secretaría de la Guerra y Marina de Guerra: patentes de corzo; Guardia Nacional al servicio de la Federación; Servicio Médico Militar; Administración de Justicia Militar; indultos por delitos militares; escuelas militares; escuelas náuticas; Establecimientos Fabriles y Aprovisionamientos Militares; Almacenes Generales de armas, Municiones y equipos del Ejército, la Armada y la aviación nacionales; almacenes y fábricas de medicinas, ropa, útiles, enseres e instrumentos, etc., de la Proveeduría General de hospitales militares, de puestos de socorros y de servicios sanitarios militares en campaña; fortaleza, fortificaciones, prisiones militares, cuarteles, arsenales y diques.

"Artículo 2o. Se suprimen los artículos 11 y 12 de la Ley de Secretarías de Estado.

"Artículo 3o. Esté decreto comenzar a sufrir sus efectos desde la fecha de su promulgación."

"En votación económica se dispensó la segunda lectura a este proyecto de ley y se puso a discusión. No hubo quien hiciera uso de la palabra en votación nominal se aprobó por unanimidad de ciento treinta y ocho votos y pase al Senado para sus efectos constitucionales.

"Dictamen de la Comisión de Agricultura y Fomento, que consulta un proyecto de Ley de Pesca .- Se le dispensó la segunda lectura para discutirse el primer día hábil.

"Escrito del C. diputado Luis Ramírez Corzo, al que acompaña un telegrama del ciudadano presidente de la Comisión Permanente del Congreso del Estado de Chiapas, en que participa la instalación, de acuerdo con las disposiciones legales, de las juntas preparatorias de la XXX Legislatura del Estado.- De enterado.

"Se dio cuenta, por último, con un escrito de los agentes postales a bordo de los ferrocarriles, al que acompañan la copia de un memorial que elevaron a la Dirección General de Correos, con objeto de obtener algunas concesiones que los benefician. Los CC. Gónzalo Bautista, Luis G. Márquez y otros diputados subscribieron la siguiente proposición, relacionada con este asunto:

"Dígase al jefe del Poder Ejecutivo que la H. Cámara de Diputados vería con agrado que se resuelvan favorablemente a los agentes postales a bordo de los ferrocarriles las peticiones que entraña el memorial que ha presentado a la Representación Nacional."

"Se le dispensaron los trámites y sin debate se aprobó en votación económica.

"La Presidencia, por conducto de la Secretaría, excitó a las comisiones para que dictaminen los

asuntos que tienen pendiente y agregó que acerca de la labor de las mismas se daría cuenta en el Estado que se presenta a la Cámara en la primera sesión de cada mes, de acuerdo con la fracción VI del artículo 27 reglamentario.

"A las diez y nueve horas y cuarenta y cinco minutos se levanto la sesión y se citó para las diez y seis horas del próximo martes veintiocho."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada el acta.

El C. secretario Rueda Magro: Por orden de la Presidencia se va a dar lectura al siguiente telegrama del Ciudadano presidente de la República:

Telegrama procedente de: "Castillo Chapultepec, México, D. F., octubre 26 de 1924.- Diputados Genaro V. Vásquez, presidente Cámara Diputados; Alfredo Romo, presidente Bloque Socialista Confederado, y además firmantes.- Cámara Diputados.- Ciudad.

"Al contestar su atento mensaje ayer, y obsequiando preguntas que contiene, permítome informar a ustedes que sensible controversia establecida entre ciudadano secretario Gobernación y miembros esa H. Cámara Diputados, que constituyen Bloque Socialista Confederado, es completamente ajena a política que este Ejecutivo sigue con honorables miembros Poder Legislativo, y que juicios por ciudadano secretario de Gobernación establecidos en sus diversas declaraciones a prensa, deben ser considerados como opiniones personales de él y de ninguna manera como inspiradas por subscripto. Afectuosamente.- Presidente República, A. Obregón." (Aplausos. Voces: ¡Bravo!)

Cablegrama procedente de: "New York, octubre 28 de 1924.

"Diputados Filiberto Gómez.- Cámara de Diputados.- México.

"Sinceramente agradezco mensaje felicitación mi regreso de Europa. Para usted y demás representantes diferentes Estado que fórmanlo, mi cariñoso saludo.- General P. Elías Calles." (Aplausos.)

"H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presente.

"Roberto Otáñez, diputado en ejercicio por el 4o. distrito electoral del Estado de México, ante vuestra soberanía respetuosamente expone: que hace algunos días se encuentra quebrantada su salud, y que por prescripción facultativa, tiene que guardar cama ocho o diez días más.

"Por lo expuesto y con toda atención, pido y suplico a esa H. Representación Nacional se sirva concederme, con dispensa de trámites, una licencia hasta por diez días, con goce de dietas.

"Siendo justa mi solicitud, a ustedes, señores diputados, pido se sirvan acordarla de conformidad.

"Protesto lo necesario.- Sufragio Efectivo. No Reelección.- Coyoacán, D. F., Fernández Leal número 48, octubre 23 de 1924.-R. Otáñez."

En votación económica se consulta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se concede. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Concedida.

"Cámara de Senadores del Congreso de Unión.- México.- Estados Unidos Mexicanos. - Sección 2a.- Número 93.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.

"Para los efectos constitucionales, tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente con la minuta del proyectó de decreto aprobada por el Senado, relativo a la pensión de cinco pesos diarios que se concede a la señorita Sara Carrasco Núñez, por los servicios que prestó su finado padre, el ciudadano teniente coronel Severo Carrasco Pérez.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.- México, 23 de octubre de 1924.-A. S. Rodríguez, S. S.- Antonio Ancona A., S. S."- Recibo, y a la 1a. Comisión de Guerra.

''Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. México.- Sección 2a.- Número 102.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.

"Habiendo sido desechado por el Senado el proyecto de decreto relativo a la pensión de $6.75 diarios a la señora Rosa Acuña viuda de García, devolvemos a ustedes, para los efectos constitucionales, en 69 fojas útiles, el expediente de referencia.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.- México, octubre 25 de 1924.- M. Hernández Galván, S. S.- L. G. Monzón, S. S."- Recibo, y a la 2a. Comisión de Guerra.

"El gobernador del Distrito Sur del Territorio de la Baja California envía una iniciativa del Ayuntamiento de Todos Santos, relaciona con el artículo 15 de la Ley de Ingresos de aquel Gobierno."- A la Comisión que tiene antecedentes.

Un sello que dice: "Ayuntamiento Constitucional de Mixcoac.- Distrito Federal.- Estados Unidos Mexicanos.- Número 96.

"Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.- Presentes.

"El H. Ayuntamiento de 1923, en cabildo de fecha 28 de diciembre del mismo año, celebró un contrato entre el propio H. Ayuntamiento y la Nueva

Colonia del Valle, S. A., y como el subscrito considera que es absolutamente necesario que el contrato de referencia sea puesto desde luego en vigor por que de otra manera se lesionarían los intereses del Municipio, se permite el honor de adjuntar al presente una copia simple del contrato indicado, rogándoles con toda atención se sirvan someterlo a la aprobación de ese ilustre cuerpo Legislativo.

"Protesto a ustedes mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No reelección.- Mixcoac, D. F., febrero 18 de 1924.- El Presidente municipal, J. Jesús Valdés.- El secretario, A. G. Abad.

"Para los efectos constitucionales hago mía esta petición.- Por Quintana Roo, Fernando González Madrid."- A la 2a. Comisión de Comunicaciones.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"2a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"A la 2a. Comisión de Hacienda fueron turnados, para su estudio y dictamen, un sinnúmero de asuntos relativos, en su mayor parte, a pensiones solicitadas por deudos de personalidades políticas y de empleados de la Administración Pública. Gran parte de estos expedientes vienen tramitándose desde pasadas Legislaturas, las cuales no pudieron resolverlos porque los interesados no justificaron su parentesco ni tampoco los servicios que los desaparecidos prestaron a la nación. Hay también varias iniciativas de particulares referentes a impuestos y modificaciones a algunas leyes en vigor, que por apartarse completamente de la razón, las comisiones de las pasadas Legislaturas dejaron pendiente su resolución.

"Como los subscriptos estiman que los asuntos a que se ha hecho mérito carecen de toda importancia y sí entorpecen la marcha administrativa de esta H. Representación Nacional, son de parecer que se manden al Archivo, y así tienen el honor de proponerlo a vuestra soberanía por medio del siguiente acuerdo económico:

"Mándense al Archivo los expedientes números 2, 3, 6, 7, 10, 11, 15, 16, 17, 18, 20, 22, 23, 25, 26, 27, 28 y 30, correspondientes a la 2a. Comisión de Hacienda de la actual Legislatura, y en su oportunidad comuníquese a los interesados."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 22 de octubre de 1924.- Alfredo Romo.- Romeo Ortega.- R. Parra."

Está a discusión el acuerdo económico. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Aprobado.

Telegrama procedente de: "Culiacán, Sinaloa, 26 de octubre de 1924.

"Diputado licenciado Genaro V. Vásquez.- Cámara Diputados.

"S. G. Número 101- A.- Enterado su atento mensaje fecha 27 septiembre próximo pasado, en que comunica declaratoria hecha favor C. general Plutarco Elías Calles, para presidente República. Agradézcole atención. Atentamente.- Gobernador Estado V. Díaz."- A su expediente.

"3a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"A la 3a. Comisión de Guerra le fueron turnados, para su estudio y resolución un sinnúmero de expedientes relativos, en su mayor parte, a pensiones solicitadas por deudos de veteranos y revolucionarios muertos en campaña o de enfermedad natural. Varios de estos asuntos vienen tramitándose desde pasadas legislaturas, las cuales no pudieron resolverlos, ya porque los interesados fallecieron o porque no pudieron comprobar sus derechos, así como los servicios que los extintos prestaron a la nación. Existen también iniciativas de algunos gobernadores para organizar fuerzas de seguridad en las Entidades que gobiernan, las cuales fueron iniciadas cuando las condiciones políticas y militares del país así lo requerían, pero como éstas han desaparecido, los subscriptos son de opinión que se archiven por extemporáneas.

"Por lo anteriormente expuesto, y a fin de no entorpecer con asuntos sin importancia la marcha administrativa de esta H. Cámara, tenemos el honor de someter a la aprobación de vuestra soberanía el siguiente acuerdo económico

: "Archívense los expedientes números 4, 5, 8, 10, 14, 17, 19, 20, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32, correspondientes a la 3a. Comisión de Guerra de la actual Legislatura."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 22 de octubre de 1924.-A. Campillo Seyde.- J. Jesús Otero."

Esta a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servir n manifestarlo. Aprobado.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"2a. Comisión de Justicia.

"Honorable Asamblea:

"El C. Gustavo E. Marín, domiciliado en Mérida, Yucatán, presentó a la honorable Cámara de Diputados un escrito quejándose contra el personal del Juzgado numerario de Distrito de aquel Estado, por la demora en el despacho de un juicio ejecutivo que ha promovido, y porque no se le hace justicia.

" Manifiesta que no se dirige a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, porque sus quejas no son recibidos, porque el secretario del Juzgado referido es sobrino de un magistrado y porque el juez ha sido puesto por el mismo magistrado.

"Concluye pidiendo que los jueces de distrito se nombren por elección y que el período de sus funciones sea de uno o dos años.

"Este escrito paso a la 2o. Comisión de Peticiones, la que consultó que debía turnarse, para su

estudio y dictamen, a la Comisión de Justicia, cosa que así se acordó en la sesión respectiva.

"El escrito del C. Marín, como ya se ha dicho, comprende dos puntos: el primero, es su queja contra el personal del Juzgado referido, y el segundo, que los jueces de distrito se nombren por elección por un período de uno o dos años.

"En esta virtud, la subscripta 2a. Comisión de Justicia se permite someter a la consideración de est H. Asamblea los siguientes puntos resolutivos:

"1o. Dígase al C. Gustavo E. Marín que no es de tomarse en consideración su escrito indicado, porque la honorable Cámara de Diputados no es competente para conocer de su queja, y porque los jueces de distrito se nombran por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, conforme al artículo 97 de la Constitución federal, y

"2o. Enseguida, archívese el expediente."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 28 de octubre de 1924.- Jesús Zafra.- J. Z. Nucamendi."

Se consulta, en votación económica, si se aprueba el acuerdo antes relacionado. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se aprueba.

"2a. Comisión de Justicia.

"H. Asamblea:

"A la 2a. Comisión de Justicia fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente número 1, formado con un oficio dirigido por el ciudadano procurador de Justicia del Distrito Federal y Territorios, por medio del cual transcribe otro que le fue dirigido por el agente del Ministerio Público Centro de la Baja California, y con una copia dictada por el propio Juzgado en la causa instruida contra Rufino Ruiz, por homicidio.

"En los documentos de referencia se ponen de manifiesto las dificultades que existen para el funcionamiento del jurado popular en aquel distrito judicial, por que el Ayuntamiento no formó en tiempo hábil para fallar la causa expresada, la lista de jurados que previene el capítulo IV, título III, de la Ley Orgánica de los Tribunales del Fuero Común en el Distrito y territorios de la Federación, por el escaso número de habitantes en el mismo distrito judicial y por la gran distancia que hay entre unos pueblos y otros.

"Por estas últimas causas, en los mismos documentos se sugiere la idea de que, respecto de ese distrito judicial, se reforme la ley orgánica expresada.

"La comisión que subscribe lamenta que, por las causas indicadas, no funcionen el jurado popular en el distrito judicial de que se trata, especialmente la relativa a que el Ayuntamiento no formó a su tiempo la lista de jurados; pero estima que entre tanto no se haga la reforma respectiva, debe estarse a lo preceptuado en la ley vigente.

"En cuanto a que esta ley debe reformarse porque en aquel distrito es imposible la institución del jurado popular, por lo despoblado de ese Territorio y por las distancias entre unas y otras poblaciones, es cosa que deber tomarse en cuando estas causas estén debidamente justificadas.

"Por lo expuesto, la comisión que subscribe somete a vuestra deliberación y aprobación los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Entretanto se hacen las reformas a la ley Orgánica de los Tribunales del orden Común para el Distrito y Territorios Federales, debe estarse a lo preceptuado en el capítulo IV, Título III de la misma ley.

"Segundo Comuníquese este acuerdo, incluyendo la parte expositiva, al agente del ministerio público adscrito al Distrito Centro de la Baja California, al Juzgado de Primera Instancia, cuya cabecera es la Paz, y al gobernador del distrito Sur del mismo Territorio.

"Tercero. Archívese este expediente."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 28 de octubre de 1924.- Jesús Zafra.- J. Z. Nucamendi."

Est a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta a la Asamblea si se aprueba el acuerdo económico. Aprobado.

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"2a. Comisión de Justicia.

"Honorable Asamblea:

"La Secretaría de Estado y del Despacho de Gobernación, a iniciativa de la Dirección Nacional del Monte de Piedad, solicita que se reforme, en los términos que propone, el artículo 856 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito y Territorios Federales.

"Esta iniciativa, para su estudio y dictamen, se turnó a la 2a. Comisión de Justicia.

"El ministro de Gobernación funda su solicitud en el artículo 3o. de los estatutos de la institución de beneficencia referida. Conforme a este artículo, únicamente se hacen operaciones de préstamo de dinero y de venta consiguiente, y que esas operaciones se hacen precisamente sobre alhajas de toda clase, ropa, muebles y objetos varios. Y también, en el artículo 134 de los mismos estatutos, al determinar que sólo excepcionalmente se pueden recibir para su venta otros bienes muebles que remitan las autoridades judiciales o gubernativas en los casos de embargo, "siempre que el director apruebe esa admisión", lo que quiere decir que es meramente potestativa la facultad de admitir estos últimos bienes.

"Dice, además, a este respecto, que el artículo 856 ahora vigente, no contiene ninguna limitación, y por eso los jueces del ramo civil se creen autorizados para remitir a dicho establecimiento toda clase de bienes muebles, resultando que una gran parte de ellos son inadmisibles por su fácil descomposición, adulteración, o deterioro; por ser demasiado voluminosos, por se antihigiénicos, y hasta porque el establecimiento no cuenta con bodegas a propósito para almacenar toda clase de bienes muebles.

"Que todo esto resulta en perjuicio de la supradicha institución, cuya índole y finalidad es hacer un beneficio; y también, en perjuicio de las personas que tienen necesidad apremiante de empeñar

sus prendas para subvenir a su ingentes necesidades, porque éstas puedan sufrir algún deterioro, adulteración o algún contagio.

"Y que para poner remedio a esos inconvenientes, el Ejecutivo federal estima que debe limitarse la admisión de esos bienes, que para su venta remitan las autoridades judiciales o gubernativas en los casos de embargo y otros semejantes, limitación que debe hacerse en los términos del proyecto de ley que propone.

"Ahora bien; la 2a. Comisión de Justicia que subscribe, opina que debe tomarse en consideración todo lo expuesto por el Ejecutivo federal sobre este particular, porque así se lo exige la naturaleza de la institución de beneficencia de que se trata.

"En esta virtud, la misma Comisión de Justicia somete a la deliberación de la H. Cámara de Diputados y pide que, con dispensa de todo trámite, sea aprobada la siguiente iniciativa de ley:

"Artículo único. Se reforma el artículo 856 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal y Territorios, en los siguientes términos:

"Artículo 856. Las disposiciones de los artículos anteriores sólo regirán para el remate de bienes raíces. Cuando los bienes embargados fueren muebles, decretado en remate, se remitir n para su venta al Nacional Monte de Piedad, siempre que fueren similares a los que esta institución recibe como garantía prendaria, y en este caso, la venta y el avalúo, incluyendo las retasas, se harán de conformidad con sus estatutos y reglamentos, conservándose a disposición del Juzgado el precio que se obtenga, deducidos los honorarios que le correspondan por el avalúo y depósito."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 28 de octubre de 1924.- Jesús Zafra.- J. Z. Nucamendi."

Primera lectura, e imprímase. En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensada la segunda lectura. A discusión el primer día hábil.

Presidencia del C. ENRIQUE L. SOTO

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Proyecto para la creación de un Departamento de Cultura y Educación Rural.

"Artículo 1o. Se crea un departamento dependiente directamente del Ejecutivo de la Unión, que se denominar " Departamento de Cultura y Educación Rural"

"Artículo 2o. El departamento de Cultura Indígena de la Secretaría de Educación Pública federal queda segregado de la mencionada Secretaría, y en lo sucesivo funcionar subordinado técnicamente y administrativamente al departamento que se crea por esta ley.

"Artículo 3o. El departamento de Cultura y Educación Rural atender :

"I. La educación y cultura de la masas rurales que pueblan el territorio nacional;

"II. El mejoramiento de la situación económica del conglomerado rural, mediante:

"a) El desarrollo de la industria agrícola ganadera.

"b) La difusión de instrumentos e implementos de trabajo.

"c) Conservación, desarrollo y perfeccionamiento de las industrias locales características.

"d) La aplicación de procedimientos adecuados para obtener mayor rendimiento a los productos, y

"III. Gestionar ante las secretarías de Estado todas las medidas tendientes a mejorar las condiciones del medio social y geográfico en que vive la población rural.

"Artículo 4o. El departamento de Cultura y Educación Rural distribuirá sus labores como sigue:

"Oficinas superiores. "Jefatura del departamento. "Oficialía Mayor. "Departamento administrativo. "Jefatura. "Sección de personal. "Sección de Correspondencia, Archivo y Estadística. "Departamento técnico. "Sección de Cultura y Enseñanza Rural. "Sección de Agricultura e industrias anexas. "Sección de industrias locales y características.

"Artículo 5o. El Presupuesto fijar la cantidad que deba asignarse al Departamento de Cultura y Educación Rural, a efecto de que obtenga los recursos el personal docente administrativo necesario para su funcionamiento.

"Artículo 6o. El Ejecutivo federal reglamentar esta ley para determinar la extensión de las labores del departamento que se crea y fijar facultades y obligaciones del jefe del departamento y personal del mismo.

"Artículo 7o. Se reforma la parte segunda del artículo 1o. de la Ley Orgánica de las secretarías de Estado, en los términos siguientes: los departamentos serán: "Salubridad Pública, "Aprovisionamientos Generales, "Contraloría, "Establecimientos Fabriles y Aprovisionamientos Militares. "Estadística Nacional y "Cultura y Educación Rural.

"Transitorio. Todos los elementos (documentación, biblioteca, útiles, muebles, enseres, máquinas, etc., etc.) de que actualmente dispone el Departamento de Cultura Indígena de la Secretaría de Educación Pública, pasar n al nuevo Departamento de Cultura y Educación Rural.- México, D. F., 27 de octubre de 1924.- Lauro G. Caloca.- V. Lorandi.- Isaac Velásquez.- A. Días Soto y Gama.- José Veraza y Rubio.- A. Espinosa y R.- F. Solórzano Bénjar.- J. P. Camacho.- Juan I. Martínez.- Pablo Azcona.- Rafael Martínez de Escobar.- Gilberto Fabila.- J. A. Guerra.- J. R. López.- J. G. de Anda.- G. González.- Celestino Castro.- J. Aguilar y Maya.- A. Campillo Seyde.- Justo A. Santa Anna.- A. Mancisidor.- Luis R. Reyes.- A. Cerisola.- Pedro Belaunzar n.- Miguel Yépez Solórzano.- H. Meníndez.- Clemente Trueba.- Porfirio Pérez Salinas.- Ramón Ramos.- Dr. Carlos Puig y Causaranc.

Manuel Carpió.- S. Pavón Silva.- I. García Téllez.- Luis Torregrosa.- Cruz C. Contreras.- Camerino Campos.- S. Ch vez.- Genaro V. Vásquez.- Enrique L. Soto.- Romeo Ortega.- Emiliano Corella M.- E. R. Mena Córdova.- José F. Gutiérrez.- J. Otero.- Fernando González Madrid."- A las comisiones unidas 3a. de Educación Pública y 3a. de Gobernación, e imprímase.

- El C. secretario Rueda Magro, leyendo:

"1a. Comisión de Justicia.

"H. Asamblea:

"A la 1a. Comisión de Justicia que subscribe fue turnado, para su estudio y dictamen, un proyecto de ley por el que se adiciona la Ley Orgánica de los Tribunales del Fuero Común en el Distrito y Territorios Federales, con la Fracción XV al artículo 149 y la fracción II bis al artículo 151, y con los artículos 176 a 179 formulando por la diputación del Estado de Oaxaca.

"Inútil nos parece hacer constar en este dictamen las ventajas y beneficios que reportará a la sociedad la aprobación de este proyecto; es una reforma que ya era indispensable implantar; por esta circunstancia la comisión hace suyo en todas sus partes el referido proyecto y tiene el honor de someterlo a la deliberación y aprobación de vuestra soberanía.

"Proyecto de ley:

"Artículo único. Se adiciona la Ley Orgánica de los Tribunales del Fuero Común en el Distrito y Territorios Federales, en vigor, con los siguientes preceptos:

"Artículo 149, fracción XV. Siempre que un magistrado, Juez o empleado de la Administración de Justicia contravenga a lo dispuesto en los artículos 176 a 179 de esta Ley.

"Artículo 151, fracción III. En los casos de la fracción XV del artículo 149, se aplicar la pena de destitución.

"Artículo 176. Queda estrictamente prohibido a los magistrados, jueces y empleados del Poder Judicial del Distrito y Territorios federales conservar en su poder el dinero, alhajas o valores que reciban con motivo de su encargo, debiendo constituir depósito regular del efectivo u objetos que reciban, en la caja de la Comisión Monetaria en el Distrito Federal y en las sucursales de ésta en los Territorios, o en algún banco autorizado legalmente para funcionar, donde no existan sucursales. El depósito se hará precisamente el día útil siguiente a aquel en que se reciba la materia del depósito.

"Los interesados pueden constituir personalmente los depósitos a que estén obligados en las instituciones que este precepto alude, exhibiendo en autos el certificado que obtengan.

"Artículo 177. Los magistrados unitarios, los presidentes de la salas del Tribunal Superior en el Distrito y Territorios y los jueces, están obligados a cuidar de que el secretario a quien corresponda lleve un libro autorizado por el presidente de los Tribunales Superiores respectivos, en el que se anotarán escrupulosamente las entradas por depósito del dinero, alhajas o valores y la remisión que se haga de acuerdo con el artículo anterior. En dicho libro se anotar el año, día y hora en que las operaciones ocurran, y una relación suficiente para que se conozca con exactitud el origen del depósito y el negocio en que se hacen.

"Artículo 178, Los funcionarios a quienes está encomendado llevar el libro a que se refiere el artículo anterior, están obligados a mostrarlo al presidente del Tribunal Superior o a los magistrados visitadores, en los casos en que sean requeridos para ellos, y deben dar los informes que les soliciten sobre los depósitos de que se trata. El presidente del Tribunal Superior o los magistrados visitadores anotarán en el libro de depósitos, con la constancia de haberlo examinado, las observaciones que tuvieron que hacer, y levantarán por separado el acta respectiva de lo ocurrido, con el sello del Juzgado que se visitó y la firma de dos testigos si no hubieren llevado secretario para la visita.

"Artículo 179. Cuando por resolución judicial deba cesar el depósito constituido de acuerdo con el artículo 176, se mandará entregar el efectivo, alhajas o valores que lo constituyan, precisamente a la persona a cuyo favor se haya dictado la resolución judicial correspondiente, sin que ningún caso deba intervenir para recoger ese depósito algún funcionario empleado de la Administración de Justicia.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 24 de octubre de 1924.- Adolfo Arias.- R. Nieto.- Antonio M. García."

"Se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada la lectura y a discusión el primer día hábil.

El C. secretario Puig y Casauranc: Está de segunda lectura el dictamen de la 1a. Comisión de Gobernación que consulta un proyecto de Ley Orgánica del artículo 4o. constitucional, en lo relativo al ejercicio de las profesiones.

- El C. Fabila; Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Fabila.

El C. Fabila: En vista de que ya est impreso el proyecto de ley de la Comisión de Gobernación y de los deseos manifestados tanto de los profesionistas como del público en general de que se entre desde luego a la discusión de este proyecto, (Voces: ¡No! ¡No! ¡Sí! ¡Sí!) pido a su señoría el señor presidente de la Cámara se sirva consultar a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura para que entre desde luego a discusión. (Voces: ¡No! ¡No! ¡Sí! ¡Sí!)

El C. secretario Rueda Magro: Por orden de la Presidencia, la Secretaría consulta a la Asamblea si se despensa la segunda lectura. (Voces: ¡No! ¡No! ¡Si! ¡Si! Desorden.) Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión en lo general. (Voces: ¡No! ¡No! ¡Sí! ¡Sí!)

El C. Villaseñor Mejía: Reclamo la votación. (Desorden.)

El C. secretario Puig y Casauranc: Los que deseen inscribirse en pro o en contra se servir n pasar a inscribirse a la Presidencia. (Voces: ¡No! ¡No! ¡Sí! ¡Sí!)

El C. secretario Rueda Magro: Est a discusión en lo general. (Gritos en las galerías. Desorden.)

El C. Portales: Señor presidente, pido la palabra para una moción de orden.

El C. Lorandi: ¡Ya se hizo la declaratoria!

El C. secretario Puig y Casauranc: Tiene la palabra la comisión para fundarla.

El C. Portales: Señor presidente, pido la palabra una moción de orden.

El C. secretario Valadez Ramírez: Se ruega a los ciudadanos diputados ocupen sus curules.

El C. Fabila: Señores diputados: No sabe la comisión.... (Gritos. Desorden. Campanilla.)

El C. Portales: Señor presidente, pedí la palabra con anterioridad, ¿Por qué no me la ha concedido usted?

El C. Fabila: Señores diputados:

No sabe la comisión porqué hay un grupo de diputados que se opone a que entremos a la discusión inmediata de la reglamentación del artículo 4o. Constitucional; no sabe por qué se oponen, puesto que si tienen fuertes intereses que dilucidar al margen de este proyecto de ley, éste es el terreno donde deben venir a dilucidarse, no a gritos. (Voces: ¡No estamos documentados!) Y es también una inconsecuencia muy seria, ciudadanos diputados que os opongáis a la discusión de este proyecto y es una inconsecuencia muy grave que se comete a los gremios intelectuales en la discusión de esta ley. (Aplausos. Gritos en las galerías.) Me extraña que el ciudadano Torregrosa, socialista de buena cepa, no sea consecuente con los gremios del proletariado intelectual, que tiene tanto derecho a que se les atienda en este Parlamento como las clases del proletariado manual. (Aplausos.) Me extraña que el ciudadano Villaseñor Mejía, que ha venido a moverse aquí con intensa actividad para obtener un voto de simpatía para el ciudadano general Serrano, para quien todos tenemos reconocimiento y admiración, se oponga ahora a que se dé satisfacción a los gremios profesionales, que tienen derecho a ser atendidos. (Aplausos. Voces: No hay ciencia oficial. Desorden. Campanilla.) Y me extraña que se oponga a que entremos a esa discusión, porque la única razón que dan para que se posponga este debate es que cierto grupo de ciudadanos diputados, entre ellos Villaseñor Mejía y Torregrosa, desgraciadamente no conocen el proyecto; su obligación como diputados era conocerlo. (Aplausos.) Y conste, ciudadanos diputados que os oponéis a este debate, que ni siquiera la comisión ha pretendido llevarlo al seno del bloque de la mayoría, sino que ha decidido que todos los ciudadanos diputados de mayorías y minorías tengan voto libre y expresión libre para que se discuta este proyecto. Así pues, desechemos todo temor, pues que no se trata aquí de ninguna puñalada por la espalda, sino solamente de hacer luz en este intrincado problema. Pido, pues, a los ciudadanos diputados que se oponen a esta discusión, declinen de sus propósitos y procuren serenar este ambiente y entrar al debate sobre la cuestión.

La Comisión de Gobernación, señores diputados, se avocó al estudio de la reglamentación del artículo 4o. constitucional en la parte relativa a profesiones porque.... (Desorden en el salón. Gritos en las galerías. Campanilla.)

El C. secretario Valadez Ramírez: Se invita a los ciudadanos diputados a ocupar sus curules.

El C. Fabíla: La Comisión de Gobernación procedió al estudio de este asunto, considerado que era su deber proceder a dictaminar sobre los proyectos que tocaron a esa comisión, y era su deber, tanto más cuanto que es evidente, ha sido palpable que existe una necesidad ingente, imperiosa y categórica en los gremios profesionales para que se proceda por esta Cámara a reglamentar ese artículo.....

El C. Padilla: Para una moción de orden, señor presidente. (Continúa el desorden.)

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"Los subscriptos solicitamos una moción suspensiva para la discusión de las leyes reglamentarias del artículo 4o. constitucional, en virtud de que es una materia que no necesita festinación.

"México, 26 de octubre de 1924.-E. Padilla.- Luis Torregrosa.- J. Madrigal.- F. González Madrid.- A. J. Valenzuela.- Clemente Trueba."

(Voces: ¡No! ¡No! ¡Si! ¡Si! Desorden.) En votación económica se consulta si se toma en consideración la moción suspensiva. Los que estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo. Hay mayoría.

El C. secretario Puig y Casauranc: Est a discusión la moción suspensiva.

El C. Padilla: Señores diputados:

Es posible que para muchas personas esta moción suspensiva que algunos compañeros diputados hemos presentado, se tome como una oposición a la reglamentación del artículo 4o. constitucional. (Voces: ¡Si! ¡Si! ¡No! ¡No!) Pero la Cámara en general, el movimiento de una inmensa mayoría de esta Cámara para que se suspenda esta discusión .... (Gritos. Desorden.) obedece a un motivo más alto, está inspirado en un motivo que deberían desde luego aplaudir los jóvenes estudiantes que están en las galerías .... (Gritos. Desorden. Campanilla.) porque se trata, no de un movimiento de encrucijada ni de improvisación; no se trata de un movimiento festinado que puede hacerse por la espalda y por medio de la sorpresa, se trata de un movimiento consciente de está Cámara, se trata de que la mayoría de los ciudadanos diputados sentimos la profunda responsabilidad que tenemos..... (Voces: ¡No! ¡No! ¡Si! ¡Si! Desorden.) al tratar esta materia, y si hay aquí un grupo juvenil que por sus propios transportes no se da cuenta clara de esa responsabilidad.... (Gritos en las galerías. Desorden. Campanilla.)

Presidencia del C. GENARO V. VÁSQUEZ

El C. presidente: La Mesa previene por primera vez a las galerías guarden compostura, porque así lo exige el Reglamento, y no interrumpan ni en pro ni en contra a los oradores.

El C. Aguilar Ficachi: Señor presidente, pido la palabra para una moción de orden.

El C. presidente: No hay desorden.

El C. Aguilar Ficachi: Sí hay desorden.

El C. Padilla: Es positivamente sensible que en esta discusión en la que debe dominar la serenidad y la inteligencia, porque es, sin discusión, uno de los debates en los cuales la intelectualidad debe, por encima de todas las cosas, predominar, es sensible que hagan prevalecer sobre su espíritu los estudiantes, que son las avanzadas intelectuales del futuro, en lugar del razonamiento sereno, la pasión desencadenada. Yo quiero dirigirme a los estudiantes y pido que ellos escuchen, con el respeto que está Asamblea los mira llegar a las galerías, porque no hay derecho para ellos el que tienen la obligación de ser más consientes de lo que significan los debates parlamentarios, pretendan poner un grillete a la palabra por medio de sus interrupciones. (Aplausos.) Si en algún lugar los hombres de inteligencia debemos desplegar serenidad.... (Voces: ¡Ah!) atención y respeto a la palabra, sería entre los señores estudiantes que están en esas galerías, y para terminar es necesario decir que todos nosotros tenemos motivos.... (Escándalo) tenemos motivos para solicitar que este debate se aplace para la primera sesión inmediata, porque queremos estudiarlo más conscientemente, y para venirlo a estudiar m s conscientemente, debemos nosotros hacernos solidarios de una responsabilidad que ha tardado diez años y no precipitarla unas cuantas horas, después de una larga espera, por un movimiento casi imperativo en este momento, de esta Mesa Directiva de los debates. Por lo tanto, pido a los ciudadanos diputados que se apruebe esta moción suspensiva. (Voces: ¡No! ¡No! ¡Si! ¡Si!)

El C. presidente: Tiene la palabra en pro el ciudadano Alfonso Ramírez.

El C. Ramírez Alfonso F.: Compañeros:

Causa verdadera extrañeza que un grupo de diputados presente una moción suspensiva para que no se aborde un problema que la opinión pública está reclamando de un modo terminante. (Aplausos.) Si queremos que sea el Parlamento el reflejo fiel de la opinión, si queremos que lo que aquí se piense y se diga no esté divorciado con lo que se diga y se piense fuera de esta Cámara, debemos acatar los dictados de la opinión pública, que es la soberana; debemos hacernos aquí un reflejo de lo que piense esta mayoría: que inmediatamente se ponga a discusión. (Aplausos.) No se diga que queremos traer de un modo improvisado, por sorpresa este debate, porque largamente se ha discutido en el Salón Verde.... (Aplausos.) Tanto en la prensa como en las conversaciones que se han tenido con los diferentes gremios profesionales, se trataron los diferentes aspectos y los diversos matices de este problema. Yo creo que es el momento, que después de cincuenta años, en que el pueblo ha esperado que este artículo sea reglamentado, que ya no se den más plazos ni más moratorias y vayamos de un modo sereno y consciente, pero también decidido, a estudiar esta resolución. Por eso, y toda vez que no se va desde luego a discutir en sus detalles, sino desde el punto de vista general, yo opino que se traiga desde luego a la discusión. (Aplausos.)

El C. Díaz Soto y Gama: Pido la palabra para interpelar al orador. ¿Qué este asunto no está sobre el tapete de la discusión desde el año de 57? ¿No lleva ya setenta años de estar siendo discutido? (Aplausos.) ¿Qué el señor Padilla lleva ocho días de estudiar esto que la nación viene estudiando desde hace media centuria?

El C. Ramírez Alfonso F.: Por esto yo opino y exhorto a los compañeros a que tratemos este asunto obedeciendo los dictados del soberano, que es el pueblo; de la opinión manifestada por las clases más cultas, que son las clases profesionales. (Aplausos.)

El C. secretario Puig y Casauranc: No habiendo más oradores inscriptos en pro y en contra.....

El C. Carpió: Señores diputados:

No sabemos qué secretos de Salón Verde hayan obligado a nuestro compañero el de las alquimias negras, al venir a proponer a esta tribuna una de las cosas que debería de avergonzar a los profesionales que están dentro de esta Cámara y que vienen a proponer la moción suspensiva en los momentos en que ya se ha formado un criterio, puesto que todos hemos leído ese proyecto. (Voces: ¡No! ¡Si! ¡No! ¡Si!) Ahora se quiere sujetar esto al criterio de bloque, como se ha sujetado todo lo relativo al Colegio Electoral, en que se han asesinado las elecciones del pueblo. (Aplausos. Desorden.) Yo propongo a los señores diputados, que de una vez por todas entremos a discutir en lo general este proyecto. (Aplausos.) Ya los señores de la mayoría en sesión de bloque.... (Gritos. Desorden en las curules. Campanilla.) Ya el compañero Fabila lo ha dicho. Todavía se trata sin duda de añadir algo que venga a asesinar en su base el criterio popular en la reglamentación de este artículo. Por lo tanto, señores, se trata de la moción suspensiva y pido que votemos en contra. (Aplausos.)

El C. secretario Rueda Magro: En votación nominal se va a consultar a la Asamblea si aprueba la moción suspensiva. (Gritos. Desorden en las galerías.

) - El C. secretario Valadez Ramírez: Por la afirmativa.

El C. secretario Rueda Magro: Por la negativa.

(Se recoge la votación. Escándalo en las galerías.) Votaron por la negativa sesenta y dos ciudadanos representantes.

El C. secretario Valadez Ramírez: Votaron por la afirmativa ochenta ciudadanos diputados. (Sigue el escándalo en las galerías, Campanilla.) Aprobada la moción suspensiva. (Siseos. Silbidos. Gritos en las galerías. Campanilla.)

- El mismo C. secretario, leyendo:

"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"A la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales que subscribe, fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente con la solicitud del C. Mario Gabucio S. M., para que se le conceda permiso constitucional a fin de aceptar y usar la condecoración "Al Mérito", de tercera clase, que le confirió el Gobierno de la República de Chile.

"No hay obstáculo legal que se oponga a la concesión del permiso que solicita el C. Mario Gabucio S. M., y, en consecuencia, de acuerdo con la fracción II del artículo 37 de la Constitución federal, pedimos a la honorable Asamblea la aprobación del siguiente proyecto de decreto:

"Único. Se concede permiso al C. Mario Gabucio S. M. para que, sin perder sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración "Al Mérito", de tercera clase, que le ha conferido el Gobierno de la República de Chile."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 28 de octubre de 1924.-E. Padilla.- Francisco López Cortés."

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa a la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvase manifestarlo. Dispensada. Est a discusión. No habiendo quien haga uso de palabra, se reserva para su votación. (Continúan los gritos.)

El C. Madrigal: ¡Moción de orden, señor presidente! Suplico muy atentamente a la Presidencia se sirva ordenar a la Secretaría que se llame al orden a las galerías; estamos dando un espectáculo bochornoso; ¡esto es una corrida de toros! (Continúa el desorden en las galerías. Campanilla.)

El C. secretario Puig y Casauranc: La Secretaría advierte, por segunda y última vez a las galerías, por orden de la Presidencia, que deberán guardar orden y compostura, porque de lo contrario serán inmediatamente desalojadas. (Siseos. Gritos en las galerías. Campanilla.)

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"Con fecha 6 de abril de 1923 se dirigió a la Representación Nacional el C. general Miguel A. Peralta, solicitando permiso para aceptar el nombramiento de general de brigada que le confirió el Gobierno de la República del Perú.

"Tocó a esta Primera Comisión de Puntos Constitucionales conocer de esta solicitud, y habiéndose hecho un estudio de la misma, resulta que es de concedérsele, pues se ha ajustado a lo prescripto en la fracción II del artículo 37 constitucional.

"En esta virtud, nos permitimos someter a la aprobación de la honorable Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. general Miguel A. Peralta para que, sin menoscabo de su calidad de ciudadano mexicano, acepte el nombramiento de general de brigada que le ha conferido el Gobierno de la República del Perú.

" "Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 17 de octubre de 1924.-E. Padilla.- Francisco López Cortés."

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvase manifestarlo. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación. (Continúa el desorden.)

El C. Madrigal: No es posible oír lo que est leyendo la Secretaría, y estamos aprobando dictámenes sin saber de lo que se trata.

"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"H. Asamblea:

"Para su estudio y dictamen, paso a esta 1a. Comisión de Puntos Constitucionales el expediente formado con el motivo de la solicitud del C. Luis Ricoy, para que se le conceda el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración de comendador de la Orden de la Corona, que le ha conferido el Gobierno de Bélgica.

"No habiendo encontrado los subscriptos impedimento legal para hacer la concesión del permiso solicitado, por haberse ajustado el C. Ricoy a los preceptos constitucionales, pedimos a la H. Asamblea dé su aprobación al siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. se concede permiso al C. Luis Ricoy para que, si perjuicio de su calidad de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de comendador de la Orden de la Corona, que le ha conferido el Gobierno de Bélgica."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F. a 17 de octubre de 1924.-E Padilla.- Francisco López Cortés."

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Dispensada Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación. (Sigue el desorden en las galerías. Campanilla.)

El C. secretario Puig y Casauranc: Atentamente la Presidencia llama al orden al diputado Lorandi para que no esté en pláticas con los asistentes a las tribunas. (Siseos en las galerías.)

- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:

"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"H. Asamblea:

"El C. Efrén Rebolledo, actual jefe de la Sección de Protocolo de la Secretaría de Relaciones Exteriores, se dirigió a esta H. Cámara, con fecha 20 de septiembre del año en curso, solicitado permiso constitucional para poder aceptar y usar las condecoraciones siguientes: la Encomienda de la Orden de la Corona, que se dignó conferirle su majestad el rey Alberto de Bélgica; la Encomienda de segunda clase de la Orden de San Olaf, que le otorgó su majestad el rey de Noruega, y la tercera clase de la Orden Imperial del Sol Naciente, que le concedió su majestad el emperador del Japón.

"Estudiado por esta comisión el expediente que se formó con motivo de la solicitud a que se ha hecho referencia, es de opinión que debe concedérsele al C. Rebolledo el permiso que solicitad, por ajustarse a lo preceptuado en la fracción II del artículo 37 constitucional y, por tanto, se permite el honor de someter a vuestra aprobación el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede al C. Efrén Rebolledo el permiso constitucional necesario para que,

sin perder sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use las condecoraciones de la Encomienda de la Orden de la Corona, que se dignó conferirle su majestad el rey Alberto de Bélgica; la Encomienda de segunda clase de la Orden de San Olaf, que le otorgó su majestad rey de Noruega, y la tercera clase de la Orden Imperial del Sol Naciente, que le concedió su majestad el emperador del Japón."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 24 de octubre de 1924.-E. Padilla.- Francisco López Cortés.

" En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvase manifestarlo. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"H. Asamblea:

"El C. capitán 1o. de infantería Iñigo García Mijares solicita de esta H. Representación Nacional, en escrito fechado el 5 de marzo del año en curso, permiso constitucional para aceptar y usar la condecoración de Oficial de la Orden "El Sol del Perú", que el Gobierno de aquel país tuvo a bien concederle.

"Como el C. García Mijares cumple, al dirigirse a esta H. Cámara, con lo preceptuado por la fracción II del artículo 37 de nuestra carta fundamental, la comisión que subscribe cree que debe concederse el permiso pedido, así se permite proponerlo a la H. Asamblea en el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. Iñigo García Mijares para que, sin perder sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de "El sol del Perú", que le confirió el Gobierno de aquel país."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 24 de octubre de 1924.- E. Padilla.- Francisco López Cortés.

" En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"A esta 2a. Comisión de Puntos Constitucionales que subscribe, fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente formado con la solicitud del C. José Benítez, para que se conceda permiso para aceptar y usar la condecoración de la Orden de "El Sol de Perú", que le concedió el Gobierno de aquel país.

"La comisión cree, desde luego, que es de accederse a la solicitud del C. José Benítez, pues no hay impedimento legal para ello, y de conformidad con los preceptos constitucionales relativos, tiene derecho a solicitar este permiso.

"En tal virtud, sometemos a la aprobación de la H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. José Benítez para que, sin perder sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de la Orden de "El Sol del Perú", que le ha conferido el Gobierno de ese país."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 24 de octubre de 1924.-F. Medrano V.- A. Fuentes B."

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. Está a discusión. No habiendo....

El C. Caloca: Pido la palabra en contra.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Caloca en contra.

El C. Caloca: Señores diputados:

Constantemente habrán ustedes oído que yo voto en contra de esto que conceptúo mamarrachadas. Yo siento desgraciadamente que todavía existan artículos de nuestra Constitución que vengan a satisfacer las vanidades de los individuos que creen que el mérito necesita medallas. Sobre este particular recuerdo que el día de la lectura del mensaje presidencial, contempla al encargado del Protocolo, Efrén Rebolledo, desde aquel asiento, y la verdad me parecía el señor de Chalma, cargado de medallas. (Aplausos.) Ante esta figura ridícula a mí me daban ganas, no obstante que no soy fanático, de pedirle un milagro. (Risas.) Por eso no puedo menos que decirle a la Presidencia: ¿por qué perdemos el tiempo en estas cosas que para nada sirven? De manera que los que han tomado como choteo mi voto negativo en estos asuntos, deben tener entendido que yo no vengo a satisfacer vanidades, ya que el mérito no necesita de medallas. (Aplausos.)

El C. secretario Valadez Ramírez: No habiendo más oradores inscriptos, se procede a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario Rueda Magro: Por la negativa. (Se recoge la votación.) ç

El C. secretario Valadez Ramírez: Votaron por la afirmativa ciento cincuenta y ocho ciudadanos diputados.

El C. secretario Rueda Magro: Por la negativa tres ciudadanos diputados.

El C. secretario Valadez Ramírez: Aprobados los decretos. pasan al Senado para sus efectos constitucionales.

- El mismo C. secretario: A discusión en lo general la ley de Pesca de los Estados Unidos Mexicanos. Los ciudadanos que deseen impugnarla, en lo general, se servirán pasar a inscribirse. No habiendo oradores inscriptos ni en pro ni en contra, en votación económica se va a preguntar si ha lugar a votar. Por la afirmativa.

El C. secretario Rueda Magro: Por la negativa. (Se recoge la votación.)

Votó por la negativa el ciudadano Altamirano.

El C. secretario Valadez Ramírez: Por la afirmativa ciento treinta y ocho ciudadanos diputados. Aprobada en lo general la Ley de Pesca de Estados Unidos Mexicanos. A discusión en lo particular. Los ciudadanos que deseen impugnar algunos artículos se servir n pasar a inscribirse. Han sido apartados los artículos 1o., 4o., 10, 15, 17 y 21. No habiendo sido objetados los artículos 2o., 3o., 5o., 6o., 7o., 8o., 9o., 11, 12, 13, 14, 16, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, y 1o. y 2o. transitorios se reservan para su votación. A discusión el artículo 1o., que dice:

"Esta ley se expide de acuerdo con lo mandado por el artículo 27 constitucional, para el mejor desarrollo, aprovechamiento y explotación de los recursos pesqueros nacionales. Al efecto, se otorgan a la Secretaría de Agricultura y Fomento las facultades siguientes:

" I. Autorizar, mediante permisos o contratos de concesión, la explotación racional y metódica de esta riqueza, con fines comerciales o industriales, así como el ejercicio de la pesca a todos los que, ya sea para el consumo doméstico o por simple afición o deporte, desearen dedicarse a ella; "II. Fijar las vedas periódicas, temporales o absolutas que en cada lugar deban señalarse para protección de las especies que constituyen nuestra riqueza pesquera; señalar las zonas de reserva que hubieren de concederse para cultivos especiales o explotaciones que ameriten protección por parte del Gobierno nacional; precisar los sitios de refugio que se estimen convenientes para algunas especies y determinar las zonas de explotación común y las que deban dedicarse para uso exclusivo de los habitantes de las poblaciones ribereñas;

"III. Fijar las cuotas que hayan de cobrarse por registro de embarcaciones pescadoras, expedición de permisos, uso de redes, m quinas de buceo, trampas langosteras y demás útiles de pesca sobre los que deben causarse impuestos; determinar las compensaciones que corresponden al Erario por otorgamiento de concesiones y gastos que deban pagar los permisionarios y concesionarios por concepto de inspección y vigilancia, y

"IV. Organizar los servicios de inspección y vigilancia del ramo de Pesca."

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Vorst. Borstel.

El C. Fabila: Pido la palabra, señor presidente, para una moción, si el orador me lo permite. Estando dentro del Reglamento, y considerando de grande utilidad lo que voy a proponer, ruego a su señoría consulte a la Asamblea si es de aceptarse mi proposición, en el sentido de que se llame al señor secretario de Agricultura y Fomento para que dé su opinión sobre el proyecto de ley, dado que, si bien fue formulado por el compañero Guzmán y por el que habla, es muy conveniente y aun indispensable conocer el criterio del secretario del ramo, que es quien va a tener que ver con este proyecto de ley. Estando, pues dentro del Reglamento, pido a su señoría que sirva consultar mi proposición con la Asamblea. (Voces: ¡Allí está Carpió! ¡Allí está Aguilar Ficachi!)

El C. Von Borstel: Señores compañeros:

La ley que la comisión ha sometido a la consideración de la Asamblea, la he estudiado con detenimiento, y salvo ligeras objeciones que tengo que hacer a los artículos que señalé, no he encontrado mayores errores, en mi concepto; por tanto, yo creo que la venida del señor De Negri sale sobrando, puesto que yo, que soy el que va a impugnar los artículos, no creo que mis objeciones sean de tal naturaleza que ameriten la venida del señor secretario; yo suplico a la Asamblea que entremos a la discusión de la ley desde luego.

El C. Fabila: No estoy de acuerdo con la opinión del estimable compañero Von Borstel, porque lo que yo pido no es que venga el señor ministro para que intervenga en la discusión de esta ley; yo pido que venga el señor secretario para que nos dé su criterio técnico sobre esta materia. No creo que haya en esta Asamblea elementos capacitados para conocer de estos asuntos especiales; por tanto, no estoy de acuerdo con su señoría y, por otra parte, no creo que haya serios inconvenientes en que venga el señor ministro, pues en todo caso si él no cree necesario venir personalmente, bastar con que nos remita su opinión por escrito al margen de esta ley, pero sí considero indispensable conocer el criterio de la Secretaría de Agricultura sobre el proyecto de ley a discusión.

El C. presidente: Conforme al Reglamento, y atendiendo a la opinión de su señoría, ya se pone en conocimiento de la Secretaría de Agricultura y Fomento que está discutiéndose la Ley de Pesca.

El C. Von Borstel: La comisión, en el artículo 1o., párrafo tercero, dice que la Secretaría de Agricultura y Fomento tendrá facultades para fijar las cuotas que hayan de cobrarse por el registro de embarcaciones pesqueras, explotación, permisos, etcétera, etcétera; quiero preguntar a la comisión si ha querido dar facultades extraordinarias a la Secretaría de Agricultura y Fomento para que sea ella la que fije a su arbitrio las cuotas respectivas, quitando esa facultad al Congreso, siendo que ya muchas ha declinado. Quiero oponerme a esta fracción tal y como se encuentra redactada, pidiendo que se agregue que la Secretaría de Agricultura y Fomento tendrá facultad para fijar las cuotas, a reserva de que sean sancionadas por el Congreso de la Unión. Si no se pusiera esta adición, resultaría que la Secretaría de Agricultura y Fomento, basada en este artículo, sería la única que pudiera fijar las cuotas a los pescadores. Si bien es cierto que al frente de la Secretaría de Agricultura y Fomento hay hombres que pueden comprender a los pescadores pobres, tal vez mañana o pasado nos encontremos con un ministro que no tenga las mismas ideas que el señor De Negri y tengamos entonces que batallar para rebajar las cuotas. Pido, pues, a la comisión que haga la adición respectiva.

El C. Fabila: Aun cuando yo no soy la comisión ni formo parte de ella, estoy dispuesto, como autor del proyecto, a contestar al diputado Von Borstel; pero previamente deseo que la comisión declare si declina en mí su derecho para aceptar tales o cuales sugestiones sobre el particular.

El C. Soto Enrique L.: La comisión autoriza debidamente para el objeto al ciudadano diputado Fabila, autor del proyecto.

El C. Rodríguez Guillermo: ¡Una aclaración! En la fracción III....

El C. Fabila; ¡Moción de orden! Creo que el compañero Rodríguez debe esperar a que conteste la interpelación del compañero Von Borstel y después hacer las que guste; tenemos tiempo. La sugestión de usted, Compañero, se reduce a lo siguiente: a que las cuotas y tarifas de explotación de pesca las fije o las inicie la Secretaría de Fomento, pero que las someta a la aprobación del Congreso de la Unión.

No creo que sea necesario modificar la fracción III en el sentido en que su señoría lo pide, porque la Ley de Ingresos de la Federación prevé todos los casos, incluyendo el de la fijación de tarifas de pesca, especialmente en el ramo que está a debate y voy a darle lectura al artículo correspondiente.

El C. Von Borstel: Permítame, compañero. No desconozco que la Ley de Ingresos tiene, es decir, prevé el asunto de las tarifas de pesca; precisamente por ello es por lo que me opongo a que se dé un artículo de la ley que autorice a la Secretaría para que sea ella la que fije, sin más ni más, las cuotas respectivas; precisamente porque es facultad del Congreso es por lo que quiero que se diga: a reserva de que el Congreso lo sancione, porque ustedes autorizan aquí a la Secretaría y prácticamente derogan la parte de la Ley de Ingresos que se refiere a las tarifas de pesca, puesto que dejan ustedes a la Secretaría de Agricultura y Fomento con las facultades necesarias para ser ella la que sancione y fije los impuestos respectivos.

El C. Fabila: La facultad de aprobar las tarifas y cuotas es exclusiva del Congreso de la Unión, ejercita este acto y no declina esa facultad cuando aprueba la Ley de Ingresos, en uno de cuyos artículos dice:... y voy a darle lectura para aclarar más el punto a debate. El artículo 4o. de la Ley Ingresos en vigor, y que ha venido poniéndose en las leyes de ingresos de muchos años atrás, dice así:

"Las tarifas que hayan de formarse para la recaudación de los productos de los servicios públicos, de bienes muebles e inmuebles de la Federación y demás aprovechamientos, serán expedidas por la dependencia del Ejecutivo a que corresponda, previa la conformidad de la Secretaría de Hacienda."

Es decir, por la Secretaría de Agricultura, en este caso, previa la conformidad de la Secretaría de Hacienda, que es el órgano del Ejecutivo que tiene que ver con esta clase de percepción fiscal. De manera que la intervención de la Secretaría de Agricultura en la fijación de cuotas es una cosa absolutamente indispensable, porque la fijación de cuotas y tarifas se debe hacer sobre una base técnica, base que sólo puede encontrarse en los departamentos especialistas que la Secretaría de Agricultura tiene para la explotación de esta parte del patrimonio nacional que se llama los recursos de pesca. Así es que la Secretaría de Agricultura, sobre una base técnica, propone tarifas y cuotas y obtiene la aprobación de la Secretaría de Hacienda, porque la intervención de esta Secretaría afecta al conjunto de las finanzas nacionales. Si nosotros estipulamos en esta ley que deben ser aprobadas esas tarifas anualmente, puesto que anualmente se formula la Ley de Ingresos, desde luego vamos a obstruccionar grandemente cualquier sistema de percepción fiscal sobre pesca que tenga adoptado la Secretaría de Agricultura. Usted sabe muy bien que es muy difícil, muy raro, que el Congreso de la Unión haga proyectos de presupuestos, por una parte; por otra parte sería muy difícil que en esta Asamblea, ahora y cualquier otra vez, hubiera los elementos conocedores de estos asuntos; usted es uno de los mejor capacitados para opinar en esta cuestión; pero le garantizo que fuera de su señoría, todos los demás saben tan poco como yo de pesca. En consecuencia, creo que no es necesario lo que pide su señoría, porque de hecho el Congreso de la Unión cuando haga Presupuesto de Ingresos aprobar las tarifas sobre pesca; en cambio obstruccionaríamos la labor de la Secretaría de Agricultura si estipuláramos inflexiblemente en el artículo 1o. de la ley que esas tarifas deben ser aprobadas por el Congreso de la Unión. Pido, pues, a su señoría que con las aclaraciones hechas rectifique su criterio, puesto que lo que usted defiende es el ejercicio de una facultad exclusiva del Congreso, y el ejercicio de esa facultad no se aplica, puesto que de hecho esas tarifas estarán sometidas a la aprobación del Congreso y su señoría va a tener derecho en breve, dentro de tres o cuatro días, cuando la Comisión de Ingresos que presido presente el proyecto de ley respectiva, para pedir a esa comisión que le presente las tarifas sobre este ramo y entonces podrá usted objetarlas para proponer que se modifiquen y, por tanto, hará usted que se ejercite la facultad de esta Cámara.

El C. Von Borstel: Señores compañeros:

De hecho lo que yo deseaba era una declaración expresa de la comisión de que no declinaba la Cámara la facultad que tiene para fijar las tarifas respectivas y que el Congreso no cedería a la Secretaría de Agricultura y Fomento esa facultad. Con la explicación amplia del compañero Fabila y sabiendo que tenemos el derecho de objetar esas tarifas cuando lo creamos prudente y necesario, yo retiro la objeción que hacía a la fracción III del artículo 1o.

El C. Fabila: Creo muy oportuno, si su señoría me lo permite, hacer esta aclaración más, porque es muy oportuna y vendrá a definir una controversia vieja entre la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Agricultura.

El estancamiento de la percepción por concepto de explotación de pesca - estancamiento manifiesto, puesto que usted que conoce este recurso nacional no va a creer jamás que los recursos pesqueros nacionales puedan producir anualmente una cifra tan irrisoria como lo es la de ochenta y tantos mil pesos anuales -, el estancamiento de esa percepción fiscal se debe a esa controversia que existe entre la Secretaría de Agricultura y Fomento y la Secretaría de Hacienda. La Secretaría de Agricultura fundadamente, en mi concepto, pretende y aun exige, así que se le deje la facultad que tiene dentro de la Ley de Ingresos para formar las tarifas sobre explotación de pesca; la Secretaría de Agricultura tiene formulado desde hace más de un año un vastísimo proyecto de explotación pesquera, según el cual la nación percibiría, además de los beneficios

de una regular explotación de los recursos pesqueros, no menos de millón y medio de pesos por este concepto. Solamente que la Secretaría de Agricultura y Fomento no ha podido poner en vigor ese plan de percepción fiscal debido a que la Secretaría de Hacienda dice que no le compete a la Secretaría de Agricultura y Fomento legislar o dar disposiciones en materia de tarifas.

La comisión mixta que de acuerdo con el Ejecutivo se formó para estudiar el proyecto de Ley de Ingresos, ha hecho hincapié ante la Secretaría de Hacienda en que es necesario, cuando menos por hacer una experiencia benéfica para el país, ceder más bien dicho, conceder el lugar que le corresponde a la Secretaría de Agricultura y Fomento para que dicte esas tarifas.

Creo oportuno, pues, declarar en esta ocasión que el criterio mío como miembro de la Comisión de Ingresos y como autor de este proyecto, es que la Secretaría de Hacienda debe dejarle toda la amplitud que desea la Secretaría de Agricultura para que desarrolle su vasto proyecto de explotación de los recursos pesqueros de la nación, nada más, naturalmente, que la Secretaría de Hacienda apruebe u objete si cree necesario el proyecto de la Secretaría de Agricultura. Tendré el gusto, cuando se discuta la Ley de Ingresos, de informar a su señoría, que debe ser uno de los más interesados en la reglamentación de la explotación de la pesca nacional de explicarle todo el proyecto de la Secretaría de Agricultura, con el cual estoy absolutamente conforme.

El C. Von Borstel: Muchas gracias, compañero.

El C. Rodríguez Guillermo: Pido la palabra.

El C. Carpió: para satisfacción de la Asamblea voy a decir algunas palabras sobre lo que ha informado el ciudadano Fabila. Me complazco en reconocer que el compañero Von Borstel así como el compañero Covarrubias están al tanto de lo que pasa en la Baja California: la mayor parte de sus recursos pesqueros se están yendo a los Estados Unidos sin dejar un solo centavo a México. Usted sabe, compañero, las dificultades con que tropiezan los agentes generales de la Secretaría y los Comisionados de caza y pesca; no habiendo una tarifa, no habiendo nada en que apoyarse para el cobro de contribuciones por la pesca en aquellas regiones, se pierden todos los recursos, que son fabulosos, y digo que el compañero Fabila estuvo modesto al considerar que sería un millón de pesos lo que se recaudaría por derecho de pesca, es mucho más....

El C. Fabila: Millón y medio.

El C. Carpió: Pues es mucho más. Todos los peces migratorios de los cuales se puede hacer una enorme explotación en la Baja California, están siendo aprovechados o corta distancia del litoral por compañías que no pagan un solo centavo a México; y el objeto de esta ley es establecer una norma para estos cobros, yendo más allá todavía de la discusión entre la Secretaría de Hacienda y la de Fomento; por tanto, creo, compañero, que nadie como usted está capacitado para ayudar a que estas prevenciones puedan tener desde luego efecto, a reserva de que la reglamentación de las tarifas pueda entrar en momento oportuno cuando se discuta la Ley de Ingresos.

El C. Torres: Para hacer una pregunta al señor diputado Fabila, autor del proyecto, sobre este particular.

¿Usted no cree, señor ingeniero, que en un momento dado puede darse la interpretación a esa fracción III de artículo 1o. del proyecto de ley, como que la Secretaría está facultada para fijar las cuotas sin previa aprobación del Congreso de la Unión? Rogaría a usted me contestara.

El C. Fabila: Es decir, compañero Torres, su sospecha la podemos concretar en la siguiente forma: ¿Es posible que en los términos en que está concedida la fracción III del artículo 1o., estando aprobada una Ley de Ingresos que involucra la aprobación de determinadas cuotas, en el mes de mayo o en el de agosto o en septiembre la Secretaría de Agricultura modificara esas cuotas de acuerdo con esa fracción? ¿Así podemos mejor interpretar su sospecha?

Efectivamente, compañero, la Secretaría de Agricultura podría modificar sus tarifas aprobadas en la Ley de Ingresos, podría modificarlas en cualquier tiempo de acuerdo con la fracción III. Esta sospecha, que puede ser una realidad, yo no creo que sea peligrosa en ningún sentido, al contrario, la creo sumamente saludable y necesaria.

Imagínese usted, compañero, que en la Ley de Ingresos que aprobáramos en diciembre, sancionamos determinada cuota y que, por tanto, tendría que ser aplicada durante todo el año de 1925, y supóngase usted -yo no conozco los accidentes de la pesca, yo no conozco más que el huachinango en el mercado de San Juan -, pero supóngase usted que viene algún accidente -que debe haber mucho en la explotación de la pesca, como en toda clase de explotación de recursos -, imagínese, supóngase usted la exención temporal para favorecer el desarrollo de tal o cual recurso o de tal o cual maniobra en la explotación de la pesca. Entonces, me dirá usted, el camino sería pedir a la Cámara que autorizara la reforma; pero si la Cámara no estaba reunida o la Cámara no estaba en aptitud moral o física para avocarse el conocimiento de este asunto, obstruccionaríamos el desarrollo de la explotación de la pesca. Esto, además, no es una excepción en el asunto de la explotación de la pesca, es una cosa que se ha adoptado ya como doctrina en materia de finanzas fiscales. El Ejecutivo siempre está facultado por el Congreso de la Unión para modificar aranceles y tarifas en materia de importación y de explotación, en materia de hilados y tejidos, por ejemplo, dadas las circunstancias especiales en que esta industria est en el país; y esa facultad se ha otorgado por el Congreso de la Unión, precisamente porque considera que es necesario dejar la puerta abierta al Ejecutivo para que resuelva problemas de momento. En concreto, pues, compañero, la observación de usted es atinada y en concreto le contesto que, lejos de ser perjudicial, esa salida va a ser benéfica; de manera que debe quedar así estipulado: la Secretaría de Agricultura podrá modificar cuando lo crea necesario esas tarifas, de acuerdo con la Secretaría de Hacienda, que es el organismo a quien competen esos asuntos.

El C. Torres: lo que yo pretendía era que precisara usted si se presentaría la ocasión a la Secretaría de Fomento e interpretara a su manera

este artículo, porque esa es la intención del compañero, según la he entendido, que la Secretaría de Agricultura en un momento dado pueda arrogarse la facultad de fijar cuotas a su criterio. Estoy enteramente de acuerdo en que puede ser benéfica la medida, pero también puede ser perjudicial en algunos casos; y como el compañero que está en la tribuna indicaba una modificación, yo pensaba sobre esa modificación, pero no en la forma en que la propone el compañero, sino armonizando el proyecto de esta fracción con las indicaciones del compañero. Decía: fijar anualmente las tarifas, es decir, fijar en la Ley de Presupuestos las tarifas, etcétera, porque de otra manera podría resultar que mañana con cualquier pretexto se elevaran las tarifas y la Secretaría obraría de una manera legal dentro de la facultad concedida en este artículo; pero según el criterio de usted es que resultaría benéfico. Ahora bien; yo sé que la Ley de Presupuestos determinará n su oportunidad esas cuotas, aprobando o modificando las proposiciones de la Secretaría; pero yo también desearía que usted estuviera de acuerdo conmigo en que no sería una facultad general la que autorice a la Secretaría para determinar esas cuotas, sino la misma Ley de Presupuesto podría establecer que se facultaba a la Secretaría para modificarlas cuando se presentara esta o cualquier circunstancia; pero ya es una facultad limitada, mientras que de esta manera se facultad a la Secretaría de una manera general. Usted sabe que los funcionarios muchas veces proceden a su arbitrio según las conveniencias del momento; por eso indicaba que sería más propio que en la Ley de Presupuesto, si se cree conveniente, se autorice limitadamente a la Secretaría para que determine y pueda elevar las cuotas, según lo demanden las necesidades del momento; pero que no se le faculte de una manera general con una ley, porque esta facultad la interpretar , la puede interpretar a su manera la Secretaría. Dejo al ilustrado criterio de usted apreciar esta parte.

El C. Von Borstel: Con permiso, compañero Fabila.

El C. Fabila: Estoy contestando.

El C. Von Borstel: Para que después conteste a los dos juntos. Ampliando lo dicho por el compañero y tomando por base las palabras que acaba usted de verter al decir que la Secretaría de Agricultura y Fomento queda facultada en todo tiempo para variar la Ley de Ingresos en su parte relativa a tarifas de pesca, resulta que nosotros cedemos nuestra facultad a la Secretaría de Agricultura y Fomento, y entonces no es verdad que la comisión tenga entendido que nosotros tenemos en todo tiempo el derecho de establecer modalidades o fijar las tarifas respectivas, es la Secretaría de Agricultura y Fomento la única capacitada, y sobre esa base, en bien del cuerpo legislativo, yo no puedo estar conforme con su señoría. En buena hora que concedamos cierta facultad a la Secretaría de Agricultura y Fomento para que, llegado el caso, como dice el compañero que acaba de hablar, haga modificaciones a tal o cual detalle que se pondrá en la Ley de Ingresos respectiva, pero no la autorizamos de una manera completa a que haga las modificaciones y fije toda clase de detalles respecto a las cuotas de pesca, porque entonces mañana o pasado, cuando haya un representante aquí que esté perfectamente orientado respecto a las necesidades de los pescadores, le sería imposible hacer ninguna objeción a las tarifas que haya aprobado la Secretaría de Agricultura, y yo creo que los representantes populares no debiéramos ir abdicando de todas las facultades que tenemos, porque, de lo contrario, mañana nos concretaríamos a cobrar los mil pesos y no tendríamos que venir a la Cámara. No puedo estar de acuerdo en que se deje la Secretaría esa facultad ilimitada, sino que quede siempre sujeta al Congreso de la Unión respecto a las tarifas; si mañana las tarifas que someta la Secretaría de Agricultura al Congreso no tienen objeción, sea porque no haya representantes capacitados en esta Asamblea para hacer objeciones, sea porque aquellas tarifas se consideren justas y equitativas, perfectamente bien que sean aprobados en la forma que las someta la Secretaría de Agricultura.

Pido, pues que, se vea la forma tal y como la propuse o como quiera la comisión, de que se deje a la Secretaría de Agricultura sujeta al Congreso de la Unión, para que éste haga las reformas necesarias en caso de que la Secretaría por haches o por erres hubiera cometido un error al fijar las tarifas.

El C. Fabila: A dos argumentos se han concretado los diputados Torres y Von Borsel. El compañero Torres esgrime el argumento, que puedo llamar muy personalísimo, porque dice que podrá darse el caso, con esa facultad concedida a la Secretaría de Agricultura, de que hubiera un ministro o un secretario de Agricultura que modificara las tarifas en perjuicio de los explotadores de la pesca. El argumento es serio y no lo es también, compañero Torres, porque es claro que si en la Secretaría de Agricultura está un hombre inmoral o que no tenga conocimiento de los intereses que la nación ha encomendado a su cuidado, puede cometer toda clase de atropellos y de sinvergüenzadas, en una palabra; y contra ese argumento serio, compañero, creo que la solución es la siguiente: que los representantes del pueblo en esta Cámara, cuando haya un ministro que haga mal uso de esa facultad en beneficio de sus propios intereses y con perjuicio de los nacionales, pidan la consignación de ese secretario o cuando menos lo exhiban como un hombre incompetente para el desempeño de su cargo. El argumento que presenta el compañero Von Borstel se reduce a que no debe abdicar la Cámara, el Congreso, de ninguna de sus facultades de por sí muy estrechas. Estoy absolutamente de acuerdo, no debemos abdicar de ninguna de esa facultades; yo he sido el primero en oponerme a esa abdicación; precisamente el origen de este proyecto viene, recuerde usted, de que la Secretaría de Agricultura y Fomento en alguna ocasión pidió facultades extraordinarias para legislar en este ramo, y entonces el compañero Guzmán y yo, que impugnamos esa pretensión tonta, nos propusimos, para dar una satisfacción o para beneficiar a los intereses nacionales, activamente trabajar y darle la ley que pedía la Secretaría de Agricultura. No abdicamos, pues, compañero Von Borstel, de la facultad de legislar en materia de tarifas. Desde luego su

señoría tiene derecho, y todos los diputados lo tienen también, para que en la Ley de Ingresos del año próximo y de todos los años, si bien les place, ordenen que se discuta cuota por cuota de las de pesca, que son alrededor de ochenta o noventa, una cosa así.

El C. Borstel: Una interpelación. ¿De qué me serviría, compañero Fabila, estudiar ochenta o cien cuotas que sean, para que el Congreso aprobara aquellos que yo demostrara que eran equitativas y convenientes para los pescadores, si el día 1o. de enero la Secretaría de Agricultura tenía facultad para echarme abajo todo lo que yo hubiera trabajado en esta Cámara?

El C. Fabila: Tendría razón la Secretaría seguramente para proponer el día 1o. de enero modificaciones a las tarifas aprobadas por el Congreso; la Secretaría de Agricultura tendría suficientes motivos para proponer o para implantar esas modificaciones. Es que usted está con la impresión íntima que tenía el compañero Torres de que esa facultad de fijar cuotas caiga en manos de un secretario venal, de un secretario malo o de un jefe de la Dirección de Caza y Pesca que quiera mangonear con los contratos de pesca, etcétera; y yo parto de una base diferente: yo desde luego admito que en toda oficina pública hay moralidad y que los hombres que las dirigen son morales. Si no partimos de esa base, compañero, francamente no hay legislación que pueda evitar esas inmoralidades. De suerte que, en resumen, compañero, para poner fin a este asunto que ya está alargando mucho sin argumento de veras de fondo, no creo yo que sean serios ni los argumentos del compañero Torres ni los de su señoría; sin embargo, dado que usted representa fuertes intereses pesqueros....

El C. Von Borstel, interrumpiendo: De los humildes, compañero.

El C. Fabila, continuando: No como negociante, sino intereses pesqueros pertenecientes a la región que usted representa en el Congreso, dado que usted tiene derecho, pues, a imponer su criterio en esta materia y no yo que, repito, no conozco el guachinango más que en el mercado de San Juan, desde luego la comisión, por mi conducto, está dispuesta a recibir sugestiones de usted, que representa esos intereses, para ver en qué forma queda satisfecha su señoría

. - El C. Von Borstel: Lo que pido es lo siguiente: Que se establezca que la Secretaría de Agricultura tiene facultad para fijar las cuotas que han de cobrarse, etcétera, mientras el Congreso, pondríamos así, no haya aprobado las cuotas respectivas, o a reserva de que el Congreso apruebe dichas cuotas; es decir, que si el Congreso de la Unión no ha aprobado tarifas o no ha aprobado los presupuestos, la Secretaría no estará con los brazos cruzados. Así es que ni la Secretaría de Agricultura se perjudica, ni abdicamos de la facultad que vengo sosteniendo.

PRESIDENCIA DEL C. ENRIQUE L. SOTO

El C. Carpió: El hecho real que estamos tratando es este: las cuotas en realidad se están cobrando; la Secretaría de Agricultura y Fomento tiene un engranaje de empleados que efectivamente están cobrando derechos de pesca; lo que se trata es de sancionar esas cuotas. El compañero Fabila dijo que eran ochenta o noventa cuotas diferentes las que hay establecidas, pero está pasando que precisamente en la región de la Baja California es donde se están cometiendo los robos más atroces para la nación, que dependen precisamente de algo que no está hecho y que se hace aquí es esta fracción que usted impugna y que es registro de las embarcaciones, fijar las cuotas que hayan de cobrarse por el registro de embarcaciones pescadoras, etcétera. Usted sabe que estamos obligados actualmente a tener una oficina en San Diego y otra en Los Ángeles, debido a que los recursos que la nación debería percibir por cuotas de pesca, no se están cobrando.

El C. Borstel: ¡Una aclaración! No objeto de ninguna manera que la Secretaría de Agricultura tenga esa facultad, pero condicionalmente, sin que el Congreso abandone por completo la facultad que tiene para modificar aquellas tarifas. Lo que quiero es prever el futuro, compañero; seguramente que si todo el tiempo fuera a estar al frente de la Secretaría de Agricultura y Fomento un secretario como el señor De Negri, que ha dado pruebas de ser un verdadero revolucionario y que ha sido el que ha hecho que los últimos monopolios pesqueros desaparezcan de la Baja California. si ustedes quieren por mis gestiones, porque he peleado para que los monopolios terminaran en mi tierra, estaría muy conforme, igualmente si siempre tuviéramos al frente del Departamento de Pesca a un Calles o a un Arroyo Carrillo, que también saben lo que traen entre manos; pero mañana o pasado pueden "colarse", como ya han estado, en la Secretaría de Agricultura elementos genuinamente apegados al capital, apegados a los explotadores, y esos, mañana, cuando convenga a los intereses de sus representantes, serán los que fijen las tarifas prohibitivas para los pescadores de escasos recursos, para los pescadores humildes, y nosotros, es decir, los representantes que se encuentren en esta Cámara, estarán imposibilitados para ir contra esos malos empleados, y esto es lo que quiero prever. Probablemente vendrá un futuro para la República en que tengamos empleados magníficos y me alegré de ello, y si por casualidad, o no por casualidad, sino como sucede muchas veces, resultan malos, entonces ¿qué armas nos quedan para defender a los pescadores pobres?

El C. Carpió: Me permito repetir lo que dijo el compañero Fabila: La Cámara en cualquier tiempo está facultada para derogar esta clase de leyes administrativas; esta facultad de imponer las cuotas es realmente facultad que se concede al Ejecutivo; el Ejecutivo necesita armas para estos casos, para estos abusos. Actualmente, compañero, a usted le consta que en materia forestal, por ejemplo, a la nación le están robando los explotadores clandestinos de los bosques; no hay quien pague un centavo en México, como a usted le consta. El problema del combustible es una de las grandes atrocidades que estamos palpando actualmente; estamos a base de carbón vegetal; se ha despoblado a razón de diez mil hectáreas - compañero Fabila, usted es competente en eso -, y es

una barbaridad, una atrocidad. El Gobierno de la República no recibe las cuotas que debía recibir por la falta de reglamentación y es lo mismo que pasa con la gran pesca en el Norte, de donde usted proviene. Como decía yo antes, tanto usted como el compañero Covarrubias deben estar al tanto de este fenómeno: han hecho millones estas compañías explotadoras de la pesca en la Baja California; estas compañías son inmensamente ricas; es una riqueza la que se está yendo, la que se está escapando de las manos de México sin que perciba un solo centavo; no hay una facultad que prohiba semejantes abusos. El pescador pequeño es el único que paga, el pescador humilde es el único que paga sus cuotas; el pescador pirata, el que viene a robarse los recursos de los pesqueros mexicanos, no paga un centavo; tienen magníficos abogados en la Baja California que los patrocinan y que los defienden, que piden amparo y que el juez de distrito dice: como no hay cuotas, no tiene facultad la Secretaría para cobrarle a esta gente. Y se llevan la riqueza mexicana y no pagan un centavo por ella; esa es la verdad de las cosas. El compañero Fabila lo sabe perfectamente bien y cuando él y el diputado Apolonio Guzmán hablaron con el señor de Negri hace un año, se aclararon todas estas cosas. La Secretaría de Agricultura no tiene en qué apoyarse para cobrar a nadie un solo centavo porque se llevan la pesca; a los únicos que les cobra es a los que no se defienden, a los pequeños pescadores. Hace poco el señor De Negri se vio en la necesidad de rechazar una estúpida sugestión o proposición que le había hecho el Departamento de Pesca, pretendiendo cobrar a los pobres indios que van a pescar los juiles en el Peñón, en uno de esos esteros miserables de donde sacan los peces que se producen por las aguas estancadas, un centavo o dos por tal o cual cantidad de peces. Todo eso está perfectamente dentro de la República; en Chapala, donde se ha acabado el pescado blanco, y en la Baja California, precisamente donde hay magnífica pesca, la nación no recibe lo que debe recibir por falta de reglamentación y porque los abogados, lo digo en honor de aquellos que van a defender el famoso artículo 4O., la reglamentación famosa, los abogados son los primeros en ponerse a las órdenes de las compañías piratas norteamericanas para que se roben los recursos pesqueros mexicanos y no paguen un solo centavo al Gobierno. Esa es la base de este artículo, por lo cual yo vengo en apoyo de la comisión a suplicar a la Asamblea y al compañero que tengan la bondad de aceptar este artículo tal como está presentado, puesto que no entraña en los más mínimo un limitación en las facultades de la Cámara, que puede, en cualquier momento, modificar esta cuotas; si hay un misterio sinvergüenza, puede esta Cámara agitar la opinión en contra de él.

El C. Von Borstel: Compañero Carpió: ¿cree usted que se perjudica en algo la Secretaría de agricultura, que en algo la vigilancia que debe tenerse sobre la pesca se perjudicaría si se redacta el artículo 3o. en esta forma: "fijar las cuotas, etcétera, mientras el Congreso aprueba las tarifas respectivas"? si no se aprueban las tarifas, siempre tendrá la facultad, pero si mañana hay un representante que tenga que hacer objeciones o se aprueban las tarifas en el Congreso porque creyó que estaban bien fijadas, creo que debe aceptarse de preferencia lo que se resuelva en esta honorable Cámara.

El C. Alvarez y Alvarez: Con permiso de la Presidencia. ¿Sabe el compañero Von Borstel lo que cobra por derechos sobre una máquina de buceo?

El C. Von Borstel: Sí, señor, cincuenta pesos mensuales y algunas otras cuotas por otros conceptos.

El C. Alvarez y Alvarez: Muy bien. Ha oído esta honorable Cámara la cuota ridícula que se cobra por una máquina de buceo que va a extraer perlas en las aguas nacionales. Yo me siento autorizado para robustecer la opinión del compañero Von Borstel en el sentido de que esta honorable Legislatura ponga manos en el asunto y que en alguna forma modifique las tarifas que se han establecido hasta hoy a este respecto. Se ha tenido por la voz pública como una de las riquezas principales de nuestra patria la explotación de las perlas y váis a oír algo verdaderamente escandaloso a este respecto: Desde que la Baja California es Baja California y desde que existe la perla en México, jamás se ha pagado un solo centavo por la explotación de las perlas en el territorio nacional. Digo que me siento autorizado para decir semejante cosa, porque he intervenido en una investigación de este, orden, he estado en la Baja California, y por documentos oficiales y por investigaciones personales y minuciosas que he hecho llegué a esa conclusión: a la confesión categórica del administrador de la Aduana de la Paz, de que jamás se había pagado un centavo por la explotación de perlas, violando así el precepto, la tarifa del diez por ciento ad valorem que se ha fijado en esta clase de explotación. Si, pues, por la explotación de perlas sólo se cobran cincuenta pesos por el uso de una máquina de buceo, ¿corresponde esto justamente a la riqueza que se extrae de nuestras aguas? Es necesario que nosotros no veamos con indiferencia este asunto y que sepamos la verdad de lo que está sucediendo. No existe la riqueza de la perla en México, mientras nosotros no veamos la manera seria y minuciosa de la fijación de tarifas, porque si lo dejamos en manos extrañas, suceder lo que ha venido sucediendo hasta la fecha, y oídlo bien, la famosa riqueza de la perla ser hasta hoy música celestial y la nación no percibir por este concepto un solo centavo.

El C. Von Borstel: Compañero Alvarez: Siento definir de su criterio respecto al monto de las cuotas que se cobran. Perfectamente bien sus argumentos sobre que debemos nosotros aquí traer las tarifas respectivas, y aprobarlas; pero para que la Asamblea no quede bajo la impresión de las palabras del compañero Alvarez respecto a las cuotas que se cobran sobre buceo, debo de decir antiguamente en la Baja California, que es donde únicamente se dedican al buceo, no había más que dos compañías explotadoras: "La Mangara" y la que regenteaba don Gastón J. Vives. Dichas compañías pagaban cantidades misérrimas al Gobierno por las concesiones monopolizadoras que tenían, y fue tras de infinitos esfuerzos -y me cabe la honra de ser uno de los que terminaron con esas

concesiones luchando en la Secretaría de Agricultura y Fomento por hacer prevalecer el criterio de la inmensa mayoría de los habitantes de la Baja California que pedían que esos monopolios fueran derribados -, que eso terminó. Ahora, gracias a que hemos tenido un secretario de Agricultura que se ha querido dar cuenta de las miserias y necesidades de los pescadores humildes, se ha concedido el libre buceo y todo el mundo puede ir a pescar, lo mismo el más pobre que el más rico, teniendo los elementos indispensables para hacerlo; y si antes, compañero, no se pagaba un centavo sobre cuestiones de buceo, hoy se recaudan cincuenta pesos por máquina o algo más, y siendo muchos los que salen a bucear, bastante viene a quedar a la Federación; pero no, compañero, no van a extraer perlas, como dice usted, van a extraer concha madre perla, y de diez mil, quince mil, o veinte mil conchas, muchas veces no se saca ni una pequeñisima morralla y así ver usted que de todos los actuales pescadores no hay uno sólo que se pueda decir que se haya hecho rico y que tenga medios bastantes para haber formado una empresa de explotación en gran escala.

El buceo tiene muchas quiebras, es un negocio completamente aleatorio, sobre todo para los pescadores en pequeño; y a esos pescadores, mañana o pasado que nos toque fijar las cuotas respectivas, no hay que sacrificarlos, porque esos pescadores tienen derecho a la vida, tienen derecho y obligación de pagar al Fisco un cuota, pero una cuota que sea fijada con criterio recto, sin querer hacerles prohibitiva la pesca. Si de cada concha se extrajera una perla, millonadas se sacarían del buceo; pero desgraciadamente no es así: son muchos los trabajos que pasa la gente de mar, la gente humilde. Ahora, los nuevos permisionarios, que en lugar de ser uno de dos, son cincuenta o más, otorgan las debidas garantías a sus trabajadores y me honro de que en mi distrito los armadores, como se nombra a los permisionarios, traten como hermanos a los que van con ellos al buceo. Allá el buzo, el bombero, todos los que se dedican a la pesca de la concha madre perla, en franca camaradería, con toda confraternidad alternan con los armadores y ya no vemos la esclavitud en que antes se tenía a la gente trabajadora, cuando se le martirizaba por los concesionarios, como Gastón J. Vives, que llegaba a amenazar a sus trabajadores con patadas o trompadas. Y a eso es a lo que ha tenido mi labor siempre: a hacer que la pesca sea aprovechada por el mayor número de personas, y ya que estamos sobre este particular, quiero dar la voz de alerta a la Secretaría de Agricultura y Fomento para que no se deje sorprender por alguien, por un señor De la Peña, que quiere volver nuevamente la Baja California a los tiempos antiguos, que pide una concesión de cien kilómetros sin saber lo que pide, marcando límites que abarcan más de cien millas, y esos señores que vienen a pedir concesiones para dizque fabricar perlas, lo hacen con el exclusivo objeto de aprovecharse de los placeres naturales que abundantísimos existen, y actualmente a despecho del abandono en que se ha tenido, por falta de medios, a la industria pesquera, a despecho de la falta de vigilancia que efectivamente ha habido, los placeres de concha madre perla se encuentran más poblados que en ninguna ocasión, y no es justo que esos concesionarios, que es mentira que vayan a fabricar perlas artificiales, porque esas apenas si aquí las falsifica esa fábrica que hay en la avenida Madero, irían únicamente a aprovechar la riquezas naturales del mar, a quitar el pan a los trabajadores y a volver a monopolizar esa industria para volver a pagar los sueldos miserables que antes se pagaba. Yo quiero que el compañero Carpió lleve ante el señor De Negri mis palabras para que él tome en cuenta y buena nota de esos concesionarios; que si efectivamente vienen con buenas y rectas intenciones, se les señalen los lugares donde no haya placeres naturales, como muy atinadamente lo ha resuelto el actual director de Pesca, señor Calles, en colaboración con el señor Carrillo; pero que no se deje sorprender y otorgue concesiones a esa gente que sólo tratan monopolizar los placeres naturales formados por la naturaleza y que deben de corresponder a la explotación en mancomún.

El C. Carpió: Una pregunta. ¿Me permite el compañero dos palabras? Usted sabe que desde que el señor De Negri está en el Ministerio de Agricultura y Fomento, no hay una sola compañía, en pesca o en caza, ni en tierra, ni en ninguna otra forma de las explotaciones naturales de México, que constituya un monopolio. Puede usted estar seguro de que yo informaré al señor De Negri acerca de esta compañía para que la voz de alerta sea escuchada oportunamente.

El C. secretario Valadez Ramírez: La comisión pide permiso para retirar la fracción III del artículo 1o. y presentarla modificada. Los ciudadanos diputados que estén conformes con acceder a la solicitud de la comisión, se servirán manifestarlo. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Concedido. La comisión presenta modificada la fracción III en los siguientes términos:

"Fijar, mientras el Congreso de la Unión legisla sobre la materia, las cuotas que hayan de cobrarse por registro de embarcaciones pescadoras, expedición de permisos, uso de redes, máquinas de buceo, trampas langosteras y demás útiles de pesca sobre los que deben causarse impuestos; determinar las compensaciones que corresponden al Erario por otorgamiento de concesiones y gastos que deban pagar los permisionarios y concesionarios por concepto de inspección y vigilancia."

El C. Rodríguez Guillermo: Pido la palabra en contra de la fracción I

El C. presidente: No está a discusión.

El C. Rodríguez Guillermo: No soy culpable de las distracciones del ciudadano vicepresidente. Hace mucho que estoy inscrito.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rodríguez Guillermo: Desde luego reconozco el empeño grandísimo del diputado Fabila, el deseo que tiene de que los proyectos que él ha formulado especialmente, salgan lo mejor posible de esta Representación; por eso me dirijo a él muy particularmente para que me dispense que invierta mi objeción, es decir, que me dispense que estando en este momento ya reformada la fracción III, me refiera a la fracción I; pero esto se debe a que en

el momento de inscribirme ante el presidente sostenía él una conversación con otra persona y no me tuvo en consideración en el momento oportuno. Mi objeción consiste en esto: lamento que los señores diputados no tengan en sus manos el proyecto que estamos discutiendo, porque si lo tuvieran verían que esta fracción I puede constituir un verdadero peligro de monopolio, pudiendo dar lugar a que los pobres hombres que viven exclusivamente de la pesca se encuentren en un momento dado con que la Secretaría de Agricultura había otorgado una concesión y que los concesionarios, ávidos de obtener para sí todo el producto de aquellas aguas, desalojaran, prohibieran a los habitantes de aquella costa la pesca para sus propias necesidades.

El C. Von Borstel: Una pequeña aclaración. Yo, como usted, compañero, iba a atacar la fracción I, porque temía en un principio que diera lugar precisamente a los monopolios, de los cuales yo soy enemigo y seré enemigo acérrimo; pero recordando que nuestra Constitución prohibe terminantemente los monopolios, que en eso me he basado para combatirlos ante la Secretaría de Fomento, esta ley no puede autorizar a la Secretaría a dar concesiones en contra de la Constitución, y la Constitución terminantemente prohibe que haya concesiones que sean monopolios, y por eso no me opuse a esa fracción, compañero, aunque tuve la misma sospecha que usted.

El C. Rodríguez Guillermo: Est bien que nosotros sepamos al dedillo la Constitución, tenemos la obligación de hacerlo; pero debemos tomar en consideración que esos hombres humildes, que viven exclusivamente de la pesca, su propia profesión, es decir, el hecho mismo de que no haya logrado emanciparse, revela y demuestra que no tienen muchos alcances; por eso nosotros debemos darles los medios, las facilidades posibles. A esto se debe que yo con todo respeto, y llamando la atención de mis estimados compañeros, les proponga el artículo adicionado en los siguientes términos:

"Autorizar, mediante permisos o contratos de concesión, la explotación racional y metódica de esta riqueza, con fines comerciales o industriales, así como el ejercicio de la pesca. Pero ésta en ningún caso puede privar del derecho de pesca en la misma zona sin necesitar ningún permiso, a los que solamente lo hagan para su propio uso doméstico."

Esta es la edición que yo propongo.

El C. Fabila: La comisión, compañero, desde luego no abordar la discusión de la adición que usted propone, sino que pide a su señoría que se sujete a la discusión reglamentaria respectiva, que dice que todo proyecto de ley se terminar de discutir y después de aprobado se propongan las adiciones que se crean necesarias. La comisión acepta, más bien, le permite considerar su adición en el tiempo que señala el Reglamento, es decir, al terminar de discutirse la ley con todo gusto la discutiremos.

El C. Rodríguez Guillermo: Agradezco la buena disposición del ciudadano Fabila; únicamente se trata de una modificación al artículo 1o. Yo quería que antes de que se reservara para su votación la fracción I, de una buena vez quedara modificada. Si decimos bajo el criterio socialista que la tierra es del que la trabaja, ¿por qué, pues, si el hombre necesita para su subsistencia de la pesca, no ha de ser libre y señor de pescar cuando le dé la gana y tenga necesidad de hacerlo? Claro está que si va a dedicarse a un negocio en gran escala donde obtenga grandes beneficios, el Estado tiene derecho de imponer contribuciones para los gastos generales; pero, en fin, yo no insisto, lo que sí ruego al diputado Fabila es que si quiere evitar dificultades, de una vez lo haga.

El C. Caloca: Debo manifestar que una concesión no siempre es un monopolio y, además, que el Ejecutivo de la Unión tiene derecho de modificar, de revocar en cualquier momento estas concesiones; de manera que no hay el peligro que se señala, porque concesión y monopolio no es cosa igual; yo puedo dar una concesión y ésta no puede constituir un monopolio, si se trata sólo de pescar para sus necesidades particulares.

El C. Rodríguez Guillermo: Reconozco en los compañeros Carpió y Caloca que están en su papel de defender al ministro de Agricultura y Fomento, pero crean ellos también que si el señor De Negri fuera a ser secretario eterno, yo también participaría de su criterio y dejaría amplias las facultades; pero me pongo en el caso de que venga un secretario malo. Además, no basta que la concesión tenga restricciones, es necesario evitar que los concesionistas, es decir, aquellos a quienes se les da el permiso, abusen de éste y después, validos de la ignorancia de nuestros hombres humildes, aquel permiso lo aprovechen para desalojar de las costas a los que viven exclusivamente de la pesca en pequeño. Ya digo, repito, que doy las gracias al diputado Fabila y espero que en su oportunidad acepte mi objeción.

El C. secretario Valadez Ramírez: No habiendo sido objetado el artículo 1o. en la nueva forma presentada, se reserva para su votación. Está a discusión el artículo 4o., que dice:

"Por lo que toca a la finalidad con que se ejecute la pesca, ésta se divide en pesca deportiva, pesca para el consumo doméstico y pesca de explotación.

"Pesca deportiva es la que se practica por mero recreo o distracción y sin propósito de especular con los productos de pesca que pueden adquirirse con el ejercicio de este entretenimiento.

"Pesca para el consumo doméstico, es la que se practica sin otro propósito que el de destinar los productos obtenidos a la alimentación del pescador y sus familiares.

"Pesca de explotación es la que se practica con el propósito de poner en venta o beneficiar los productos de pesca que se adquieran.

"La pesca de explotación se subdivide, en pesca de explotación en corta escala y pesca de explotación en escala industrial o comercial.

"Pesca de explotación en corta escala es la que practican los pescadores individualmente sin invertir para ello capital alguno, y tan sólo para atender a su subsistencia y la de sus familiares.

"Pesca de explotación en escala industrial o comercial es la que llevan a cabo las empresas con fines lucrativos, esto es, con propósito de aumentar los capitales que en esta clase de negocios sean invertidos."

Tiene la palabra el ciudadano Von Borstel.

El C. Von Borstel: La comisión, señores compañeros, con muy buen sentido divide la explotación de la pesca.

"La pesca de explotación se subdivide, en pesca de explotación en corta escala y pesca de explotación en escala industrial."

Yo no sé qué compañero de puerto que sepa las dificultades con que tropieza un pobre pescador para ir a traer media docena de pescados que le van a producir dos o tres pesos para el sostenimiento de su familia, no va a votar conmigo en la adición que quiero que se haga. Yo pido que la pesca de explotación en pequeña escala sea exceptuada de todo impuesto. Las razones son completamente obvias: La pesca en pequeña escala, es decir, la que practican los pescadores sin invertir capital alguno y únicamente para atender a su subsistencia, debe de ser enteramente libre. Alguno de los compañeros aquí puede dar noticias de cómo se hace. Creo que el compañero Alvarez ha estado en varios puertos y conoce y pudiera darnos tal vez algunos detalles sobre el particular.

El C. Alvarez y Alvarez: con mucho gusto. con permiso de la Presidencia. La pesca de explotación en pequeña escala efectivamente no debe ser gravada, primero, porque gravita exclusivamente sobre aquellos pescadores que de eso viven, que trabajan exclusivamente para subvenir a sus necesidades, y segundo porque es ridículo el cobro que de ella se hace. Seguramente que en la mayoría de las aduanas de la República el cobro por derechos de pesca no alcanza siquiera a pagar los haberes de aquellos celadores cargados de verificar ese cobro. Así es que ni la nación se perjudicar con eximir de pago a los pequeños pescadores, ni tampoco se cometer esta explotación que llega a lo inicuo.

El C. Von Borstel: Señores compañeros:

El compañero Fabila parece que no se muestra muy de acuerdo en aceptar mi sugestión y voy a fundarla.

El C. Fabila: Sí compañero; no solamente estoy de acuerdo, sino que le voy a hacer otra sugestión, que no solamente la pesca de explotación en corta escala se exima de todo gravamen, sino también la pesca para consumo domestico que aquí viene en el primer artículo; de manera que estoy absolutamente de acuerdo, solamente que no cabe allí la adición, sino que más bien habrá que agregar eso en el artículo relativo a los impuestos y a los gravámenes que se vayan a poner.

El C. Von Borstel: Me basta con las palabras del compañero Fabila y pido que en el artículo que lo crea conveniente incluya esa modalidad para que se fije desde ahora de manera terminante que los pequeños pescadores, los que van a pescar para mantenerse ellos o sus familias, quedan exceptuados de todo impuesto.

El C. Fabila: Exactamente. Le ruego que esté pendiente al final para hacer esa adición, lo mismo que la del compañero Rodríguez, porque no creo conveniente hacer reformas sin saber cuál es el conjunto armónico de la ley; una vez que hayamos estudiado toda ley, entonces con conocimiento pleno del sistema que se habrá de implantar, entonces introduzcamos las modificaciones necesarias; desde luego acepto eso, pero al final, luego que tengamos estudiado todo el conjunto de la ley.

El C. secretario Valadez Ramírez: No habiendo sido objetado el artículo 4o. se reserva para su votación. A discusión el artículo 10, que dice:

"Los permisos de pesca pueden ser generales para explotar la pesca en todas las aguas de jurisdicción federal, especiales para explotar la pesca sólo en aguas de un Estado o municipio y especiales para efectuar la pesca únicamente por vía de deporte.

"Los permisos generales para la pesca en cualquiera de las aguas de la República, sólo pueden ser otorgados directamente por la Secretaría de Agricultura y Fomento.

"Los permisos para la pesca dentro de las aguas federales correspondientes a un solo Estado o Territorio de la República, pueden ser obtenidos en las agencias generales de Agricultura y Fomento.

"Los permisos para pesca local dentro de las aguas comprendidas en la jurisdicción de un municipio, serán otorgados por los delegados que en el mismo representen a la Secretaría de Agricultura y Fomento, y a falta de éstos, por los presidentes municipales.

"Los permisos para pescar por vía de deporte, los cuales son válidos para el ejercicio de la pesca en cualquier punto de la República, ser n expedidos directamente por la Secretaría de Agricultura y Fomento y sus agentes generales."

El C. Von Borstel: En el artículo 10 la comisión dice lo siguiente:

"Los permisos generales para la pesca en cualquiera de las aguas de la República, sólo pueden ser otorgados directamente por la Secretaría de Agricultura y Fomento."

Yo quiero que se incluya aquí el siguiente párrafo: "o por los agentes que ésta autorice," porque, compañero Fabila, no sé las razones que ustedes hayan tenido para hacer depender directamente de la Secretaría de Agricultura y Fomento, la expedición de permisos generales, pero le voy a dar la razón que tengo para pedir que se amplíe ese párrafo con las palabras que he dicho, y es la siguiente: En el Distrito Sur de la Baja California existe un agente general de la Secretaría de fomento, que hasta la fecha ha sido autorizado por la Secretaría de Fomento, año por año, para extender los permisos necesarios tanto para el buceo como para la pesca del pescado de escama y eso ha facilitado grandemente el buceo y la pesca a los pescadores de mi distrito. Imagínese usted qué sería si esos pescadores tuvieran que hacer sus solicitudes directamente hasta la Secretaría de México, siendo que ésta tiene una agencia general en La Paz que puede tramitar mucho más pronto los permisos. Sería perjudicar inútilmente a los pescadores y creo que no tendrán ustedes inconveniente en aceptar esta pequeña sugestión.

El C. Fabila: Creo que el compañero Von Borstel no está en lo justo, y es que no ha leído íntegro el artículo 10. Los permisos generales de pesca se refieren al ejercicio de este acto en toda la República; es decir, que yo, aficionado a la pesca o negociante en la pesca, pido un permiso general para explotar el pescado blanco en cualquiera

parte de la República donde lo encuentre, en el río Lerma, en Chapala, en donde yo lo encuentre. Usted comprende que esta clase de permisos debe estar controlada por una sola entidad que esté al tanto del número de permisos dados en toda la República, que esté al tanto de las condiciones de pesca en diversos lugares y del desarrollo de todos estos elementos, de todos estos recursos.

El C. Von Borstel: Compañero: Sí he leído el artículo 10 íntegro, créame usted; he encontrado aceptable la ley que ustedes han hecho yo creo que vendrá a dar un buen resultado en la práctica. Estoy enterado del artículo 10 y sé que dice: "Cuando se trate de un Estado o Territorio, serán los agentes los que puedan dar el permiso respectivo." Pero, compañeros, los habitantes de mi distrito, como ustedes saben, son los únicos que en la República se dedican a la industria del buceo, y no sé por qué causas los habitantes de Oaxaca, de Guerrero, de todos los Estados de la costa occidental no se han dedicado a esa clase de industria. Los pescadores de la Baja California, del Distrito Sur, tienen que venir a ejercer el buceo hasta los límite con Guatemala, en toda esa parte bucean y ustedes comprenden que entonces la pesca de ellos no está sujeta a un Estado o Territorio. Actualmente se están concediendo esos permisos por el agente general de la Secretaría allá en la Paz; por esto digo: "la Secretaría de Agricultura y Fomento y los agentes que ésta autorice." Si la Secretaría de Agricultura autoriza al agente de la Paz, ¿por qué vamos a privar de esa facilidad a los pescadores de mi distrito?, ¿por qué vamos a hacer obligatorio que tengan que venir a pedir permiso a la Secretaría de Agricultura? Si esta Secretaría creyera que no hay que autorizar a ningún otro agente para que dé permisos generales, entonces se tendrá que pedir permiso directamente a la Secretaría de Agricultura.

El C. Fabila: Verá usted, compañero, con un caso que le voy a poner, cómo no está usted en lo justo. Supongamos que la Agencia de la Secretaría en el distrito que usted representa está autorizada para dar permisos generales de pesca; suponga usted que las condiciones de explotación, por ejemplo del guachinango, que es uno de los más conocidos y que no interesa, mucho a la Baja California, sino al Golfo, sean tales las condiciones de pesca de ese pez que no convenga extender un permiso de explotación a la Agencia de Veracruz, por ejemplo, porque bien sea que sean muy numerosos los permisos dados y que se está agotando la especie, o bien que no conviene por alguna razón técnica, yo, explotador de ese pez, voy a la Agencia de Veracruz y solicito mi permiso; ésta fundadamente dice: No conviene dar ya ese permiso por estas razones técnicas. Entonces yo, interesado en realizar la pesca en Veracruz, me voy a la Baja California y voy con el agente de Fomento en aquel lugar y le digo: "Concédame un permiso de pesca general para el guachinango." Como el agente de la Baja California sabe que esta clase de explotación allí no es de gran trascendencia porque allí lo que interesa es lo de la perla, atiende esos permisos. Yo doy la vuelta y me vengo a Veracruz y le digo al agente: mira, lo que tú no me quisiste dar, aquí lo traigo: una autorización para ejercer la pesca en contra de la conveniencia de conservación y desarrollo de esos recursos pesqueros. Ese es el serio inconveniente que veo y, además, podía darse este otro caso: que a algún agente no le conviniera dar un permiso en determinadas condiciones, ya sea porque él alegara que los derechos fueran mayores o menores, que figura una cuota y al interesado le parecería exagerada; que ese agente en cumplimiento de su deber se rehusara a dar ese permiso porque considerara que esa cuota era la que debía aplicarse; sin embargo, el interesado busca un "cuate" - vamos a dar a conocer esta palabra - , busca un "cuate" entre los agentes y lo va a buscar a la agencia de Durango, a Chihuahua o a cualquiera otra Agencia donde tuviera un amigo, y le concede un permiso contra los intereses de la nación y contra los intereses de los recursos pesqueros. Yo le veo ese serio peligro. Por otra parte, el caso que usted señala de que los pescadores de perlas de la Baja California no solamente pescan allí, sino que en uso de ese permiso van a buscar la pesca a lugares más lejanos del país, yo no veo que se ponga en peligro ese derecho que tienen o la facilidad que puedan tener, puesto que ellos pueden obtener en la Baja California el permiso general que necesitan para pescar. De manera que no se lesionan los intereses de los pescadores señalando que los permisos generales para pescar en todo el país y en las costas territoriales los conceda la Secretaría de Agricultura y Fomento, que es la que tiene el récord, el registro completo del estado de la riqueza pesquera, porque los pescadores de la Baja California podrán solicitar ese permiso general o bien solicitar varios permisos parciales.

El C. Von Borstel: Compañeros, si no fuera que ustedes incluyen aquí otro párrafo que dice:

"Los permisos para la pesca dentro de las aguas federales correspondientes a un solo Estado o Territorio de la República, pueden ser obtenidos en las agencias generales de Agricultura y Fomento."

Probablemente quedará a los agentes generales la facultad de dar en determinados casos permisos como en el caso a que yo me refiero; pero poniendo ustedes las taxativas que ponen en el artículo respectivo, no queda lugar a ello; compañero, voy a darle a usted una sugestión debida para que trancemos, para que no se dé el caso que usted señala ni tampoco los pescadores de mi distrito vayan a perjudicarse. yo únicamente pido que en uno de los párrafos diga usted lo siguiente: "O los agentes que la Secretaría de Agricultura autorice en determinados casos." Usted comprende que debe haber empleados competentes y secretarios que saben lo que traen entre manos. Usted debe comprender que la Secretaría de Agricultura y Fomento tal vez en el caso de los pescadores de Baja California es posible que a ese agente le diera autorización para darles permiso a los pescadores para que vengan a bucear en tal parte de la República, ateniéndose a tales o cuales circunstancias o modalidades que estableciera la propia Secretaría, y previa autorización de la misma Secretaría de Fomento no hay el peligro del caso que usted señala.

El C. Fabila: Yo no quería darle a usted la clave del por qué del artículo 10; pero puesto que usted me obliga, se la voy a decir: La división en

permisos generales, en permiso de pesca, dentro de la jurisdicción de un Estado, permiso de pesca dentro de la jurisdicción de un municipio, etcétera, es un medio, el sistema único en que se basa la futura gran participación fiscal para la nación. Necesita forzosamente la ley darle esta amplitud a la Secretaría de Agricultura para que procure recaudar más fondos, y sobre este artículo 10 está basado el cálculo de ingresos de cerca de no sé cuántos millones de pesos que tiene que recaudar la Secretaría de Agricultura y Fomento. Estamos buscando, al dictar esta Ley de Pesca, en primer lugar, respaldar a la Secretaría para que pueda ordenar la explotación de pesca, hacer que se desarrolle y se conserve este recurso natural, y de ahí viene que la nación perciba lo que debe percibir por la explotación de este factor de su patrimonio nacional. Si usted echa abajo el artículo 10, entonces sale sobrando la ley porque no obtendría la nación la percepción fiscal que va buscando en este caso. La subdivisión en cinco clases de permisos tiende a lo siguiente, compañeros: Una persona del Distrito Norte interesada en la pesca de cualquier clase, yo no sé los nombres técnicos de este asunto obtiene un permiso para pescar en un municipio, en una jurisdicción municipal. Por eso pagará un peso o un tostón por su permiso y si se quiere ampliar un poco más, es decir, a otra zona o a otro Estado, entonces debe pagar otros dos pesos, y si se quiere ampliar a toda la República, pagará veinte pesos. Ya ve usted que esta clasificación de permisos para la explotación de la pesca puede rendir a la nación treinta o cuarenta pesos. Si usted me elimina esta clasificación, entonces sale sobrando el objeto segundo de la ley, es decir, que la nación perciba algo, lo justo, por la explotación de este recurso. Yo le suplico, puesto que no hay más serio inconveniente, que trate de facilitar al pescador que no tenga que venir hasta México para pedir una licencia de pesca general, cuando puede, a veinte pasos de su casa, obtener ese permiso, puesto que no hay más que esta razón, y yo reconozco la justicia que la asiste, pido que retire su objeción porque, repito, esta es la clave de la Ley de Pesca.

El C. Sánchez José María: Moción de orden, señor presidente. Es visible la falta de quórum.

El C. Fabila: Es visible, señor presidente, que haya compañeros que a la hora en que se trata de trabajar vengan serenamente a hacer esta objeción de que no hay quórum. Es vergonzoso que éstos, como el compañero Sánchez, que no ha rendido su tributo de trabajo a la nación, dado que para ese fin lo trajo el pueblo, venga a interrumpir los trabajos de hombres que de buena voluntad desean ayudar; por lo demás, está en pie la objeción del Compañero Sánchez; pero que tomen nota la prensa y la nación de que fue el general Sánchez quien reclamo el quórum cuando se estaba trabajando con eficiencia y serenidad.

El C. Von Borstel: Voy a aclarar lo siguiente: Yo comprendo el espíritu de la ley, estoy con el artículo 10 en su totalidad; pero, compañeros, deseando poner a salvo los intereses de los pescadores de mi distrito, que son muy de tenerse en cuenta, porque constituyen una gran mayoría de los pescadores de la República, pido a su señoría que para retirar toda objeción en el sentido que lo estaba haciendo, se establezca que únicamente los que se dedican al buceo en la Baja California podrán obtener permiso para bucear en todo el Pacífico en la agencia general establecida allá.

El C. Carpió: Considero de muy alta moralidad y patriótica la objeción que usted está presentando, creo que está usted haciendo labor digna de un revolucionario; pero precisamente debido; a esas móviles que lo guían a usted debo darle una explicación: La pesca que se refiere al buceo....

El C. Sánchez José María: Moción de orden; es visible la falta de quórum.

El C. Carpió: Ya sé que no hay quórum.

El C. Sánchez José María: Y es ocioso que se trate este asunto.

El C. Fabila: Pero para usted da lo mismo, porque usted no se ocupa sino de platicar; así es que lo mismo le da que haya o no quórum.

El C. Carpió: Aunque seamos pocos los que estemos aquí, debemos dilucidar estas cuestiones que el compañero ha traído al tapete de la discusión. De lo que se trata es de evitar que esta reglamentación, como lo dijo Fabila, evitar que el pescador pobre, que el buzo pobre sea explotado por las compañías. Hay aquí en México, por ejemplo - y me permito hacer esta aclaración - , hay unos cinco o seis individuos, algunos de ellos generales que explotan la caza del pato aquí en El Peñón, en la región de Texcoco; a los pobres indios se les pagan diez centavos por cada pato que cogen por el sistema de armadas, que es terrible y grave, porque acaba con la especie, y estos señores, entre los cuales hay algunos generales, venden el pato a peso en los hoteles y a esos pobres indios les pagan diez centavos por cada pato, resultando que si nosotros no fijamos una cuota para evitar esta explotación, no tanto la cuota, sino la reglamentación, va a suceder lo que está sucediendo precisamente en la Baja California: que a los buzos se les pagan cincuenta centavos por los explotadores de la perla, aun cuando el compañero diga que no hay grandes fortunas, pero sí hay una gran piratería en materia de explotación. Lo mismo ha pasado con el pato en México, que, como dije antes, hay quien saque dos o trescientos pesos con el producto de la caza de pato, y a los infelices indios que están trabajando como unos esclavos les pagan diez centavos por cada pato. Así es que la base de esto, como dijo el compañero Fabila, no es precisamente la consideración material, sino la reglamentación del recurso, es una riqueza natural que se debe reglamentar, y usted, que conoce aquella región, sabe las condiciones miserables del buzo. Yo no me opongo a que se hagan algunas reformas a esto, creo que está usted en lo justo, creo que se deben hacer algunas prohibiciones para que estos abusos cesen, pero no suprimir la tendencia que está imbíbita en este artículo 10 para que la Secretaría en un momento dado pueda decirle a un pescador: tú estás pescando, no para ti, sino para este gringo sinvergüenza que te está pagando a veinticinco centavos lo que vale cincuenta centavos. Ese es el objeto.

El C. Von Borstel: Compañero Carpió, usted no me ha comprendido; yo voy....

El C. Aguilar Ficachi: ¿Me permite hacerle

una aclaración, compañero?; yo sí le he comprendido: Usted quiere poner aquí una adición en el sentido de que cualquier agente pueda dar permiso con previo consentimiento de la Secretaría de Fomento. Como esto es potestativo por parte de la Secretaría, si ésta no autoriza al agente, pues le da lo mismo; está usted perdiendo el tiempo.

El C. Von Borstel: Mire, compañero, yo soy el primero que más propugno por que las empresas ricas que se dedican a explotaciones grandes paguen los debidos derechos y tengan las debidas obligaciones con la nación; y no tengo más mira que ayudar a los humildes cuando vengo a discutir las cuestiones de pesca y cuando he andado en la Secretaría de Agricultura trabajando para favorecer a los pescadores de escasos recursos. Dispensadme que sea un poco provincialista, los diputados territoriales tenemos que ser un poco provincialista, es decir, un poco más que todos vosotros; porque ustedes, compañeros, tienen sus legislaturas locales, y nosotros no tenemos más Legislatura que el Congreso de la Unión y por esto los diputados territoriales tenemos que venir a molestarlos con muchos asuntos de nuestro distrito, con cosas que ustedes creerán que es reclame, pero no, señores, es nuestra obligación únicamente. A cualquiera empresa que tenga ciertas maneras de operar le será fácil nombrar un representante en México y sacar un permiso directamente de la Secretaría de Agricultura, podrá sacar ese permiso en pocos días; pero un pescador pobre que haya pedido cien pesos prestados aquí, doscientos allá, que haya hecho convenios con sus propios trabajadores, en fin, que quiera salir a pescar como Dios le dé a entender, ese pescador no podrá hacer los gastos para sacar un permiso directamente de la Secretaría. ¿En qué se perjudica la Secretaría y la nación en autorizar en determinados casos a los agentes?

El C. Carpió: ¿Me permite, compañero, decirle por qué está usted un poco distanciado del asunto? Por esto: porque se trata aquí de permisos generales.

El C. Von Borstel: Entonces, compañeros, si ustedes no quieren aceptar permisos generales, yo les pongo a ustedes un caso concreto en el artículo 10 de la ley. Yo pongo un caso concreto, el de los pescadores pobres de mi distrito, que no podrán gestionar el permiso directamente ante la Secretaría de Fomento y yo, compañero, no estoy hablando de memoria, yo estoy hablando con antecedentes, ya se ha dado el caso de que la Secretaría de Agricultura y Fomento haya querido expedir permisos directamente -lo que ha dado por resultado que ha tenido que disminuir el número de pescadores- y a ese respecto ellos han dado sus razones a la Secretaría y han pedido que se autorice al agente general y como el agente general es un delegado del señor secretario de Agricultura y Fomento, un delegado que está plenamente autorizado por la Secretaría, el señor secretario de Agricultura y Fomento no ha tenido ningún inconveniente en aceptar que esos delegados generales puedan extender los permisos generales.

El C. Torres: Pero un pescador pobre no viene a pescar al Golfo.

El C. Carpió: Le ruego que fije usted su atención en la connotación de la palabra "general", que abarca una explotación de pesca en mayor escala; no se trata de permisos limitados, que esos se conceden en todas partes; todos los agentes de la Secretaría están facultados para permitir la pesca en pequeña escala. Le referiré a usted el hecho de un delegado de caza y pesca que estaba en el distrito de Texcoco pretendiendo imponer a los pobres indios permisos para la pesca de los juiles, y la Secretaría se rió de esa ocurrencia y le dijo: no, por eso no se debe cobrar nada. Aquí se trata de permisos generales para la explotación en cierta escala de consideración, como decía el compañero Fabila. Si hay una especie que se trata de preservar y hay una empresa que desee explotarla, si no consigue permiso en Veracruz va a Mazatlán y entonces se burla de los fines privativos de la ley, y la ley trata de establecer normas.

El C. Von Borstel: Señores compañeros, si no tuviera este caso importancia para los pescadores de mi distrito, yo no insistiría, pues no soy de los que se aferran a una idea; pero es el caso -y suplico al compañero Fabila y a todos los demás compañeros de la Asamblea tomen nota de mis palabras - de suma importancia para los pescadores de concha madre perla del Distrito Sur de la Baja California, que se verían seriamente lesionados si en el artículo se establece lo que la comisión pretende. En la actualidad la Secretaría de Agricultura y Fomento ha dado autorización al agente general de La Paz para que pueda expedir permisos de buceo no sólo en las costas territoriales de la Baja California, sino en todo el Pacífico, que es hasta donde vienen a hacer sus expediciones de buceo los pescadores de mi distrito, y aquí en esta ley se le prohibe a la Secretaría de Agricultura y Fomento, que sabe sin duda alguna lo que está haciendo, que pueda conceder esa facultad en ese determinado caso o en algún otro muy especial que tenga, a los agentes generales. Si el compañero Fabila y el compañero Carpió tienen temor de que el artículo décimo quedara desvirtuado si quitáramos el párrafo completo, entonces yo con toda justicia pido de ellos y exijo de su caballerosidad que pongan otro pequeño párrafo que diga: "a los pescadores de concha madre perla del Distrito Sur de la Baja California les podrá extender permiso el agente general de la Secretaría para que buceen en el Pacífico". De lo contrario veremos que esos pescadores tendrán que venir a hacer sus gestiones aquí en México, y usted o no se ha dado cuenta de que la Baja California ha estado abandonada en cuestión de vías de comunicación y que es más fácil hacer un viaje a Europa que a Baja California, o no quiere darse cuenta de ello. Yo le suplico tenga en cuenta que a Baja California no se puede ir en ferrocarril en un día como a Veracruz, o a cualquier otro puerto de la República; est a gran distancia del Distrito Federal y para gestionar un permiso se necesitan días y días y semanas, y mientras tanto ¿los pescadores irán a vivir como los camaleones, de aire?

El C. Fabila; Va a contestar la comisión. Vamos resolviendo el asunto en la siguiente forma: que digan los interesados, los diputados representantes de Estados afectados por la pesca en grande escala, si están de acuerdo con lo siguiente: ¿a los

compañeros de Veracruz, de Yucatán, a los de Quintana Roo, Tabasco, etc., les convendría a todos que un permiso expedido por el agente de la Baja California tuviera aplicación en las costas de Yucatán?

El C. Von Borstel: El compañero Fabila toma mis palabras de otro modo.

El C. Fabila: El mismo derecho que tiene usted para defender este punto de su distrito, tienen los demás diputados que representan intereses pesqueros; que resuelvan si les convendría que un agente, de Colima, por ejemplo, dé un permiso de pesca en Tabasco, Campeche o Tamaulipas.

El C. Von Borstel: El compañero Fabila hace un uso capcioso de mis palabras. Yo pongo un caso concreto de mucho interés, compañeros, para gente que est sacando el sustento diario debido al buceo. Yo no quiero que se vaya a hacer un mal uso de este permiso, pero tampoco quiero que se perjudique una industria del distrito que tengo el honor de representar. Yo no hago ninguna objeción en su espíritu el artículo décimo, pero pido que en un caso concreto, perfectamente definido, puesto que los placeres que existen en las playas de Guerrero, Oaxaca y Michoacán seguirán existiendo seguramente por muchísimos años, que se haga la excepción de que a los pescadores de Baja California se les conceda que el agente general del Fomento les pueda extender el permiso respectivo tal y como se est haciendo en la actualidad. ¿Van ustedes a restringir algo que la Secretaria del Fomento ha creído conveniente conceder? Si la práctica ha hecho que la Secretaría de Fomento conceda a los pescadores de mi distrito esta franquicia de que se le pueda extender permisos extensos para la pesca, ¿por qué ustedes ahora en la ley van a dar prohibiciones que perjudican, sin que vaya a beneficiarse el Fisco ni las pesquerías, ni nada? Yo no estoy pidiendo ningún absurdo, pido únicamente, por estar comprobado que tiene que venir año por año hasta los límites de la República, que se les conceda que los permisos de buceo generales, únicamente de concha madre perla, que actualmente no se sabe que exista en el Golfo, se les concedan por el agente general de Fomento, previas las instrucciones que reciba de la Secretaría de Agricultura y Fomento.

El C. Carpió: ¿Me permite usted contestarle?

El C. Torres: Pregunto al señor ingeniero Fabila si estas excepciones de que habla el compañero no son propias de la reglamentación que se autoriza a la Secretaría de Agricultura para hacer esta ley. Me permito hacerle esta pregunta por que el orador en razón de su presentación creo que efectivamente tiene justificación para estar objetando y procurar proteger los intereses de los trabajadores de su distrito; pero se trata, compañero, de la facultad potestativa de la Secretaría de Fomento para extender los permisos. Yo entiendo que efectivamente la Secretaría de Fomento es la única capacitada para extenderlos directamente, y como es potestativo de la Secretaría de Fomento, ella puede facilitar los medios para otorgarlos. Yo estoy enteramente de acuerdo en la tesis que sostiene por las circunstancias especiales de que cada quien debe poner a salvo los intereses de sus respectiva representados; pero lo que dice el autor del proyecto es que se trata aquí de una cosa eminentemente general y lo que usted propone es algo excepcional para el distrito de la Baja California; pero yo entiendo que la facultad debe residir y vemos:

"Los permisos generales para la pesca en cualquiera de las aguas de la República, sólo pueden ser otorgados directamente por la Secretaría de Agricultura y Fomento."

Sólo la Secretaría puede autorizar los permisos generales. Si la Secretaría de Fomento se posesiona de las condiciones que guarda el lugar...

El C. Von Borstel: Yo estoy muy de acuerdo en los permisos generales, comprendo lo que es permiso general para toda la República, pero luego me encuentro con esta fracción que dice lo siguiente:

"Los permisos para la pesca dentro de las aguas federales correspondientes a un sólo Estado o Territorio de la República, pueden ser obtenidos en las agencias generales de Agricultura y Fomento."

Con esta restricción que se fija a los permisos que sólo se conceden por los agentes para las aguas territoriales de un Estado o Territorio, no puede resolverse el caso que yo estoy tratando, porque el caso de los pescadores de mi distrito es un caso excepcional, es un caso que si bien tiene caracteres de general, porque abarca los Estados del Pacífico, no se va hacer la pesca en todas las aguas ni hay una empresa que vaya a hacer la pescadería en el Golfo de México....(Una voz: ¡Pero puede hacerlo!) Por eso yo pido que los compañeros concreten el caso y que digan: a los pescadores, a los buceadores de la Baja California se les podrá extender permiso de buceo en todas las aguas del Pacífico por los agentes generales....(Voces: ¡Es un privilegio!) Compañeros, yo siento mucho que ustedes digan que este es su privilegio, siendo que sólo es una facilidad que se concede a quienes tienen necesidad de bucear por acá ....(Voces: ¡Eso lo hacen todos!) Pero el caso del buceo es un caso excepcionalísimo. Yo quiero que me digan qué Estados practican el buceo de todos los que est n en el Sur de nuestra República, en la costa occidental.... (Voces: ¡No han tenido necesidad!) Yo quiero que me digan ustedes, aparte de los habitantes del Distrito Sur de la Baja California quiénes se han preocupado por la explotación de esa riqueza, si no viene de allá hasta el Sur, ¿quiénes lo van a hacer en la actualidad? ¿y por qué a esos hombres que abnegadamente vienen desde aquellas costas a practicar el buceo, a explotar, es verdad, los placeres, pero moderadamente y en una forma conveniente, se les va a negar esa facilidad para dedicarse al buceo?

El C. Carpió: Mire, compañero, se ha metido usted en un círculo vicioso: en la Secretaría de Fomento, en el Departamento de Caza y Pesca, se distingue, los permisos generales y los permisos particulares; los generales son para cierta explotación en grande escala, y lo que usted defiende no est afectado por esto, compañeros, nosotros estamos hablando de petates y usted de sopladores.

El C. Von Borstel: No, Compañero, es que ustedes no me quieren reconocer el derecho inalienable que tengo de defender a una gran parte de los pescadores de la República. El grupo principal de buceadores se encuentra en el Distrito Sur de la Baja California, y como es un caso especial que debe prever la ley, por esto, señores diputados de la

comisión, pido que se reforme. La comisión con esta ley lejos de mejorar las condiciones de los pescadores, de los buceadores del Distrito Sur de la Baja California, viene únicamente a sujetarlos a modalidades que la Secretaría de Agricultura y Fomento no ha creído conveniente hasta la fecha establecer; ¿por qué, pues, si el señor secretario de Agricultura autoriza en la actualidad que sus agentes en La Paz extiendan permisos que abarquen hasta el Sur de la República en el litoral del pacífico, vamos nosotros en esta ley a quitar esa facultad, puesto que aquí terminantemente se le prohibe al propio secretario que pueda delegar facultades en agentes generales? De modo que no deben ustedes aferrarse a sostener el artículo 10 tal como se encuentra, pues deben tomar en cuenta muy especial el caso de los buceadores de la Baja California; yo no quiero privilegios para mi distrito, esto es algo que en justicia se lo merecen; pero si pidiera privilegios para los habitantes del Territorio de la Baja California, estaría justificado. Años y años se legisló en nuestro país y jamás nadie levantó su voz en favor del Territorio: a sus habitantes se les ha dejado sumidos en la miseria; se les ha dejado sumidos en el olvido, y por eso que nosotros, que hemos sido electos verdaderamente por nuestros comitentes, venimos a clamar justicia, a clamar atención para quienes han sido olvidados durante tantos años. Si pidiera un privilegio para los habitantes de mi distrito, estaría justificado; pero no es un privilegio lo que pido; lo único que solicito es que se le permita ganar su sustento, que no se le pongan trabas, y esto que aquí se quiere establecer es quitarles una franquicia que actualmente tienen, una franquicia establecida por la Secretaría de Fomento, si no, yo pido que el señor secretario de Agricultura y Fomento venga a informar a esta Asamblea si es verdad o no que en la actualidad ha facultado a los agentes generales para que otorguen el permiso a que me estoy refiriendo. Est n facultados, ¿Verdad, compañero Carpió? Pues si est n facultados en la actualidad, ¿por qué vamos a restringir estos permisos?

El C. Carpió: Usted está hablando de una cosa y nosotros de otra.

El C. Von Borstel: Porque no habrán querido comprenderme, porque yo me estoy refiriendo al párrafo que dice:

"Los permisos generales para la pesca en cualquier de las aguas de la República, sólo pueden ser otorgados directamente por la Secretaría de Agricultura y Fomento."

El C. Carpió: ¿Sabe usted lo que son los permisos generales?

El C. Alvarez y Alvarez: Pido la palabra para una aclaración.

El C. Von Borstel: Permítanme hablar. El otro párrafo que dice:

"Los permisos para la pesca dentro de las aguas federales correspondientes a un sólo Estado o Territorio de la República, pueden ser obtenidos en las agencias generales de Agricultura y Fomento."

El C. Alvarez y Alvarez: Para hacerle una aclaración. Yo pido que nos coloquemos en un criterio de justicia. Lo que desea el compañero Von Borstel es en realidad que la Secretaría de Agricultura y Fomento si autorizara al agente de Baja California para que otorgara los permisos generales para toda la República, sería perjudicar a los pescadores que existen en todo el litoral de la República; ¿qué dirán los pescadores de Yucatán, los de Veracruz y los de tantos otros puertos que tiene derecho a las mismas prerrogativas que para los suyos solicita el ciudadano Von Borsel. Es cierto que tan malo sería colocarnos en uno, como en otro extremo; tan malo sería hacer que los pescadores de la Baja California tuvieran que acudir a la Secretaría de Agricultura, en México, para solicitar un permiso, dadas las dificultades de comunicación que existen, se sujetaría a multitud de explotaciones de aquellos que est n para tramitarlas por cantidades exageradas, los permisos que tiene que hacer llegar hasta México.

El C. Padilla: Reclamo el quórum.

El C. Alvarez y Alvarez: También es cierto que creíamos una casta privilegiada de pescadores perjudicando los derechos de los demás. Es injusto que le perezca poco al compañero Von Borstel el mar para hacer un buche de agua, como suele decirse. Si no es suficiente el mar de California, si no es bastante el Golfo de Cortés para que los pescadores de la Baja California ganen su sustento, entonces llegaremos a la conclusión de que no existe la pesca en la Baja California. Si aquéllos tienen que venir al litoral del pacífico y venir a Manzanillo para poder vivir, entonces no hay tal pesca en la Baja California. Creo que colocándonos en un criterio de estricta justicia, se pondrá hacer una ampliación y que estos pescadores de la Baja California pudieran obtener allá mismo su permiso para explotar el Mar de Cortés, es decir, la costa de la Baja California y la de Sonora y Sinaloa; pero que no quieran extenderse a toda la República, porque esto sería francamente injusto.

El C. Padilla: Por tercera vez reclamo el quórum.

El C. Von Borstel: Son aclaraciones cuando menos y en nada se perjudica la Asamblea, haya o no haya quórum; el artículo no se va a votar.

El C. Padilla: Pero no se llega a ningún resultado.

El C. Von Borstel: Yo quiero hacer estas aclaraciones pertinentes; mañana podrán ser leídas en el DIARIO DE LOS DEBATES y orientar su criterio debidamente para votar el artículo 10. Compañeros Alvarez, el referirme a estos asuntos lo estoy haciendo bajo la impresión de lo que he visto prácticamente. Compañero, usted tiene un regionalismo mal entendido, porque no puede ser bien entendido ese regionalismo de querer evitar que coman unos en otra parte de la República, por que no es su terruño; ese no puede ser regionalismo bueno; dice que hacen mal los californios en venir a bucear hasta los límites con Guatemala, y yo quiero preguntar, ¿qué otros pescadores, qué otros buceadores, qué otras empresas de buceo en canoa o en botes, de alguna parte de Guerrero - y me dirijo al compañero Padilla qué está reclamando el quórum -, qué otros elementos se dedican al buceo en el Estado de Guerrero? Nadie. Y es por eso que podría interpelar a todos

los compañeros del Pacífico y no hay nadie en sus Estados - ser por decidía o por lo que ustedes quieran - que se dediquen en la actualidad al buceo y, compañeros, los placeres de concha madre perla tiene cierto término de años durante los cuales la concha no se pierde, pero llega un momento en que la concha se pica y se pierde, de modo que si los californios no vinieran a bucear hasta las costas de Sur de la República esos placeres, haría muchos años que se hubieran perdido para la nación. (Voces: ¡No pueden ser pobres esos pescadores!)

El C. Alvarez y Alvarez: Esas son grandes empresas.

El C. Von Borstel: Hay pescadores paupérrimos y pescadores que tienen ciertos medios; pero que no son ricos.....

El C. Mancisidor: ¿Me permite, compañero? Yo creo que est es una medida de orden. Suponga usted que ahora los habitantes de la costa del Sur no hayan querido pescar; si mañana se les ocurre pescar, est n imposibilitados porque los compañeros que viven en la Baja California ya tienen esos permisos. Ahora le voy a hacer otra aclaración: Los que hacen un viaje tan largo no son pobres pescadores.

El C. Von Borstel: Se unen en cooperativas para poder venir a pescar, yo le muestro casos donde se juntan m s de diez.

El C. Carpió: Pido respetuosamente a la Presidencia ordene al señor que tiene el sombrero puesto, que por respeto a la Asamblea se descubra.

El C. secretario Valadez Ramírez: Se llama al orden al señor Neri.

El C. Von Borstel: Pido que se me conceda el uso de la palabra para mañana, por ser asunto de mucho interés para los habitantes de mi distrito; si no fuera por eso, no hubiera cansado a la Asamblea sobre este asunto. Quiero que volvamos a tratar con calma y se vea que tengo razón.

El C. secretario Valadez Ramírez: En votación económica se pregunta si el asunto est suficientemente discutido.

El C. Von Borstel: Protesto, no puede tomarse eso en cuenta porque no hay quórum. Ahora reclamo yo el quórum.

El C. presidente, a las 20.45: Se levanta la sesión y se cita para mañana a las diez y seis horas.