Legislatura XXXI - Año II - Período Ordinario - Fecha 19251203 - Número de Diario 52

(L31A2P1oN052F19251203.xml)Núm. Diario:52

ENCABEZADO

MÉXICO, JUEVES 3 DE DICIEMBRE DE 1925

DIARIO DE LOS DEBATES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la

Administración Local de Correos, el

21 de septiembre de 1921.

AÑO II.- PERIODO ORDINARIO XXXI LEGISLATURA TOMO II.- NÚMERO 52

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 3

DE DICIEMBRE DE 1925

SUMARIO

1.- Abierta la sesión, se lee y aprueba el acta de la anterior.

2.- Cartera. La secretaria de Gobernación envía el proyecto de ley sobre irrigación con aguas federales; recibo, a la Comisión Especial de Asuntos Agrarios, e imprímase. La señora María Gándara viuda de Roldán, apoyada por la diputación y senadores de Aguascalientes, solicita se le pensione; a la 1a. Comisión de Hacienda. La Comisión Inspectora de la Contaduría Mayor de Hacienda envía la solicitud de pensión del C. Lorenzo Valladares y Valencia; recibo, y a la 1a. Comisión de Hacienda. Proposición del C. Fausto A. Marín, apoyada por varios ciudadanos representantes, para que figure en el presupuesto de 1926 una partida de quince mil pesos destinada a la construcción de carreteras en el Estado de Sinaloa; a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

3.- Usa de la palabra, para hechos, el C. diputado Ramírez Corzo. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. PEDRO C. RODRÍGUEZ

(Asistencia de 136 ciudadanos diputados).

El C. presidente, a las 17.35: Se abre la sesión.

- El C. secretario Romo, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de diputados del Congreso de la Unión, el día primero de diciembre de mil novecientos veinticinco.

"Presidencia del C. Pedro C. Rodríguez.

"En la ciudad de México, a las diez y siete horas y cuarenta minutos del martes primero de diciembre de mil novecientos veinticinco, se abrió la sesión con asistencia de ciento treinta y seis ciudadanos diputados.

"Fue aprobada el acta de la sesión celebrada el día veintisiete del mes próximo pasado.

"Se dio cuenta con la cartera:

"Solicitud de licencia por quince días, sin goce de dietas, llamándose al suplente, del C. Juan Pablo Estrada.

"En votación económica no se dispensaron los trámites.

"Solicitud de licencia hasta por treinta días, con goce de dietas, del C. Alberto Cravioto.

"Después de que dispensaron los trámites, el C. Cuéllar hizo una moción de orden, y el C. secretario Cerisola una aclaración. La solicitud fue aprobada en votación económica.

"Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que envía los Presupuestos de Ingresos y Egresos que regirán el próximo año fiscal en el Distrito Sur de la Baja California. - Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta. "Solicitud de pensión de la señora María Luisa del Valle viuda de González, hecha suya por la diputación de Aguascalientes.- A la 1a. Comisión de Hacienda.

"Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite, para los efectos legales, el contrato celebrado entre el Ayuntamiento de General Anaya, D. F., y el C. José María García, para la construcción y explotación de un Rastro en la jurisdicción de aquel municipio.- Recibo, y a la 1a. Comisión de Comunicaciones y Obras Públicas.

"Dos telegramas depositados en Saltillo, Coahuila, subscritos uno por el presidente del Congreso de aquella Entidad y otro por el C. Manuel Pérez Treviño, que se refieren a la toma de posesión de éste como gobernador constitucional del Propio Estado.- De enterado.

"Circular de la Legislatura del Estado de Hidalgo, en que participa que con fecha 25 de noviembre abrió un período extraordinario de sesiones.- De enterado.

"Circular de la Legislatura de Tabasco, dando a conocer los nombre del presidente y vicepresidente de su Mesa Directiva para el mes de noviembre último.- De enterado.

"Ocurso del Comité de Estudios de Contabilidad Pública de la Asociación de Contadores Públicos Fiscales, con el que remite un estudio sobre la Ley de Pensiones expedida por el Ejecutivo de la Unión. - Recibo, y a su expediente.

"Escrito de la Unión de Fotograbadores Mexicanos, en que felicita a esta Cámara por la atención que prestó a la reglamentación del artículo 123 constitucional.- A su expediente.

"Continuó la discusión del artículo 1o. del proyecto de Ley de Adiciones y Reformas a la Ley Orgánica de los Tribunales del Fuero Común en el

Distrito y Territorios de la Federación, formulado por el C. diputado Rafael Alvarez y Alvarez y hecho suyo por las comisiones 2a. de Justicia y 1a. de Gobernación.

"Se concedió la palabra en pro al C. Castillo Larrañaga, quien no estaba presente.

"El C. Padilla habló en contra y propuso una reforma, que la Secretaría dio a conocer; el orador contestó una interpelación del C. Aguilar y Maya.

"El C. Martínez de Escobar usó de la palabra en pro.

"El C. Padilla volvió a hablar en contra.

"En el mismo sentido lo hizo el C. Caloca.

"El C. Martínez de Escobar hizo aclaraciones.

"En pro se produjo el C. Lombardo Toledano, quien fue interrumpido por aclaraciones de los CC. Padilla, y Alvarez y Alvarez.

"A las veinte horas y quince minutos se levantó la sesión."

Esta a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada el acta.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.- México.- Estados Unidos Mexicanos. - Sección Primera.- Número 884.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.

"Para que se sirvan hacerlo del conocimiento de esa H. Cámara de Diputados, tenemos el honor de participar a ustedes que en sesión celebrada ayer por ésta de Senadores, resultaron electos, para funcionar durante el presente mes, como presidente, el C. Eleazar del Valle, y vicepresidentes, 1o. y 2o., respectivamente, los CC. Adalberto Palacios y José H. Ruiz.

"Protestamos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., a 1o. de diciembre de 1925.- E. Neri, S. S.- M. G. de Velasco, S. S.- De enterado.

"Suprema Corte de Justicia de la Nación. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Sección de Acuerdos.- Número 5,597 - A.

"A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados.

"Ruego a ustedes, señores secretarios, se sirvan dar cuenta a la H. Cámara de Diputados que, con esta fecha, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, instalada el 27 de julio de 1923, abre el segundo período de sesiones correspondiente al tercer año de su ejercicio, de conformidad con los dispuesto por el artículo 94, párrafo primero, de la Constitución y preceptos relativos.

"Sírvanse ustedes aceptar las seguridades de mi distinguida consideración.

"México, 1o. de diciembre de 1925.- El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Manuel Padilla."- De enterado.

"Poder Ejecutivo Federal.- México.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Departamento de Legislación y Justicia.- Número 6,731.

"A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.

"Para los efectos constitucionales correspondientes, y por acuerdo del ciudadano presidente de la República, me permito remitir a ustedes con el presente, en 17 fojas útiles, el proyecto de Ley Sobre Irrigación con Aguas Federales, y su correspondiente exposición de motivos, autorizados ambos documentos con la firma del propio primer magistrado y la del secretario de Agricultura y Fomento.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración. - Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, D. F., 2 de diciembre de 1925.- Por acuerdo del secretario, el oficial mayor, G. Vásquez Vela."- Recibo, a la Comisión Especial de Asuntos Agrarios, e imprímase.

(El referido proyecto de Ley dice textualmente):

A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.

De conformidad con el precepto contenido en la fracción I del artículo 71 constitucional, el Ejecutivo de mi cargo viene hoy a iniciar ante el H. Congreso de la Unión la expedición de una Ley Sobre Irrigación con Aguas Federales, de acuerdo con el proyecto que se adjunta, cuyos principales fundamentos se pasan a exponer.

Todo aquel que examine serenamente y sin prejuicios la producción nacional y las fuentes de riqueza de que extrae su vida el país, tiene que llegar a la conclusión de que somos y debemos ser, por mucho tiempo, un país esencialmente agrícola, ya que no podemos vincular el sostenimiento de la nación en nuestra industria incipiente o en la explotación, hasta ahora un tanto desordenada, de nuestras riquezas naturales: Los minerales y los bosques. Por eso, todo gobierno que se preocupe sinceramente por los intereses nacionales que le han sido confiados, debe dirigir su acción a robustecer el desarrollo de la agricultura, aumentando la extensión de las tierras cultivadas y asegurando el éxito de las cosechas, para aumentar la producción agrícola del país.

Si, por otra parte, examinamos imparcialmente y sin prejuicios el cuadro de nuestras realidades agrícolas, veremos que el área de las tierras cultivadas hasta la actualidad, queda subordinada a la cantidad de agua que en tiempo útil pueden aprovechar los cultivos, ya sea de la precipitación pluvial que cae directamente al terreno, o la que, mediante obras de captación se aprovecha de las corrientes de agua. Y todavía una gran parte de esa área de cultivo presenta una agricultura aleatoria, que sufre continuos fracasos, por la inseguridad que se tiene de que las plantas puedan aprovechar el agua necesaria a su desarrollo hasta la cosecha, en la cantidad que necesiten y aplicada en los tiempo oportuno.

La topografía de nuestro territorio, formado por una altiplanicie con dos rápidas vertientes hacia los dos océanos que hace que el agua que se precipita de la atmósfera corra torrencial a perderse en el mar, sin dejar el beneficio del riego en los valles

que atraviesa, y sí arrastrando, por la rápida pendiente, los detritos fecundos de las tierras altas para dejarlas desnudas y, a veces, estériles, impone la pobreza de nuestra agricultura, aumentada por la inseguridad en los cultivos de temporal, que representan como el ochenta por ciento de nuestra producción agrícola, a causa de la irregularidad y escasez de las lluvias.

Todo este cuadro de realidades amargas nos pone de manifiesto que para conseguir el desarrollo de la agricultura en el país y el aumento de la producción agrícola, se hace urgente recurrir a la construcción de grandes y pequeñas obras de irrigación, que aprovechando el agua que se precipita sobre nuestro territorio, asegure los cultivos actualmente establecidos y facilite la apertura de nuevas zonas de explotación agrícola.

Mas, si todos estamos conformes en México en la necesidad de llevar a cabo la construcción de las obras de irrigación, única forma de que el país pueda alcanzar su desarrollo agrícola, no lo están todos ya en lo que se refiere a los objetivos que la nación debe perseguir con la construcción de las citadas obras, ni en la forma y métodos que se deben seguir para desarrollar un programa de política hidráulica.

A este respecto, y sin discutir las ideas de unos y otros, el Ejecutivo federal cree que es una obligación que tiene contraída para con el pueblo y con sus representantes legales de ambas Cámaras, expresar con toda claridad y franqueza los objetivos que persigue al enfrentarse con el problema de la irrigación del país, siguiendo las bases que establece el proyecto de ley que presenta a vuestra consideración, y estos objetivos son: primero, desarrollo de la producción agrícola del país, mediante el aumento del área cultivada y asegurando las cosechas en la superficie ya en cultivo. Segundo: creación de la pequeña propiedad, mediante el fraccionamiento de las tierras que se irriguen, facilitando en esta forma la resolución del problema agrario. Tercero: liberación económica de una gran parte de la masa campesina del país, fijándola en la tierra como pequeños propietarios.

La consecución del primer objetivo queda ampliamente explicada en la exposición que se viene haciendo, pues el debido aprovechamiento del agua en la irrigación, forzosamente trae el aumento de la producción agrícola y este es el fin puramente utilitario.

Por lo que se refiere a la creación de la pequeña propiedad, el Ejecutivo de mi cargo declara que profesa la creencia de que el Estado sólo debe hacer los fuertes sacrificios económicos que suponen la construcción de obras de irrigación, cuando, además de un fin utilitario inmediato, se persiga un fin social; es decir, que la inversión no sirva para mejorar económicamente a unos pocos, sino que se reparta el beneficio entre muchos. Si las obras de irrigación que se construyan sólo pudieran servir para estabilizar el latifundio, era preferible que no se llevaran a cabo con recursos del Gobierno, a pesar de que alcanzara el fin puramente utilitario del aumento de producción, ya que entonces el Estado vendría a ser un auxiliar de unos cuantos privilegiados, y las obras de irrigación sólo servirían para consolidar la dominación de una aristocracia de la tierra. Por tanto, este proyecto de ley establece el fraccionamiento de las tierras irrigadas, para crear la pequeña propiedad.

El tercer objetivo es conexo con el anterior y se funda en la necesidad de impedir la creación de una aristocracia de la tierra a quien se le aumenta su poderío económico por medio de la irrigación, estableciendo una numerosa población campesina en las parcelas en que se fraccionan los terrenos irrigados.

Hay en nuestro medio campesino, fuera de la gran masa del campesino humilde, del antiguo peón a quien nunca se le permitió otra cosa que alquilar sus brazos al hacendado, y a quien liberan de esa condición social y económica las leyes agrarias que la revolución dictó y puso en vigor, otra clase que pudiéramos llamar del "campesino medio" o liberado apenas en parte por sus solos esfuerzos, y que logró sobresalir de la gran masa en virtud de sus energías y de su inteligencia. Son los campesinos que trabajan y explotan directamente una tierra que no es suya, como aparceros o en arrendamiento; población campesina despierta y activa, para quien la nación tiene la obligación de brindarle la oportunidad de adquirir en propiedad un pedazo de tierra. Campesinos de mayores ambiciones que, probablemente, no se conforman con la parcela del ejido y que aspiran a obtener un campo más vasto a sus actividades en la parcela un poco mayor del fraccionamiento de una zona de irrigación. Se trata de esa masa campesina que formar lo que pudiéramos llamar la clase media de los agricultores y que serán, mediante el desarrollo de las obras de irrigación y el fraccionamiento de los terrenos irrigados, los pequeños propietarios que queden colocados, por sus intereses y aspiraciones, entre los ejidatarios y los grandes terratenientes y, de esta forma, atenuarán en mucho los choques violentos de aquellos intereses, sirviendo de estímulo con su ejemplo a los ejidatarios y de barrera a la ambición monopolizadora de los latifundistas. Y es, a no dudarlo, vinculando a la tierra los intereses de esa gran masa campesina, a unos en el ejido y a otros en el fraccionamiento, en esta vida campesina nueva, sobre la que descansará en el futuro la grandeza agrícola de nuestro país y la paz orgánica de la República.

Para la realización de los propósitos que quedan expresados, el Ejecutivo procuró ajustarse en el proyecto que hoy se presenta, y cree haberlo logrado, a los principios constitucionales que rigen el derecho de propiedad y el aprovechamiento de las riquezas nacionales.

La facultad otorgada a la nación para imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público y la de regular el aprovechamiento de los elementos neutrales, según reza el párrafo 3o. del artículo 27 constitucional, fue el principal fundamento para establecer en el proyecto la obligación a cargo de los propietarios particulares de construir y conservar las obras hidráulicas que el Ejecutivo determine de acuerdo con las prevenciones que más adelante se detallan. Esta obligación significa para el propietario una modalidad impuesta al libre aprovechamiento de sus bienes por las razones de interés público, que quedaron definidas en la exposición precedente, y de la

misma manera que el H. Congreso en la denominada Ley de Tierras Ociosas impone una restricción a la facultad absoluta de aprovechar la propiedad, con su correlativa de no aprovecharla, así en el proyecto que se examina se establece la obligación de disfrutar de esa misma propiedad en las condiciones que sean más adecuadas para obtener un acrecentamiento de la riqueza pública. Para hacer esta obligación efectiva, era necesario crear en la ley un procedimiento adecuado en que dejando al mismo propietario la facultad de acogerse a sus productos, pudiera realizarse el propósito perseguido cuando su inconformidad, abandono, o imposibilidad económica, fueran un obstáculo para aquella realización. Con este fin se establece en el proyecto la facultad del Gobierno federal de hacerse cargo de las obras y el derecho para ser compensado de ellas por el propietario beneficiado. Esa compensación, cuyo fundamento es indiscutible, se ha establecido en el proyecto en forma tal, que el Gobierno reciba en tierras el equivalente del gasto invertido, por una parte, y por la otra, que el propietario conserve su propiedad con un beneficio que justifique el desembolso que haya tenido que hacer.

En esta forma, al mismo tiempo que se logra el propósito de que las tierras sean irrigadas, el Gobierno adquiere otras que se destinarán, según se proyecta, a la enajenación en pequeñas parcelas y en condiciones de pago bastante ventajosas y al alcance de la masa de población a la que se trata de favorecer.

Fácilmente se aprecia por esta somera exposición, que el procedimiento ideado conduce a la ejecución de las obras de irrigación necesarias en el país, sin que el propósito se vea impedido ni por el interés egoísta del propietario de gozar él solo del incremento del valor de su tierra, ni por incapacidad económica de los terratenientes que les impide llevar adelante las obras por falta de recursos, y al mismo tiempo se presentan las bases para que el Gobierno federal pueda obtener un fraccionamiento de la gran propiedad que sirve de complemento eficaz para la resolución del problema agrario que tiene a su cargo.

Tales son los principales lineamientos del proyecto tantas veces referido, debiendo sólo agregar que el resto de sus disposiciones se refieren a la creación del organismo que especialmente debe encargarse de la ejecución de la ley y de los demás detalles necesarios para el cumplimiento de ésta.

Cree el Ejecutivo que con los razonamientos anteriores llevar a la convicción del H. Congreso la procedencia de la expedición de la ley cuyo proyecto se acompaña, y ruego a ustedes se sirvan ponerlo en conocimiento de la H. Cámara de que sois dignos secretarios, reiterándoles las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., 2 de diciembre de 1925.- El presidente de la República, P. Elías Calles.- Luis L. León.

Proyecto de ley sobre irrigación con aguas federales.

Artículo 1o. De conformidad con lo dispuesto por el párrafo tercero del artículo 27 constitucional, la propiedad agrícola privada y los derechos de los usuarios de aguas de jurisdicción federal, quedarán sujetos a las modalidades que la presente ley establece para la construcción de obras de irrigación y pago de las mismas, así como para la conservación de ellas y la mejor distribución de las aguas aprovechables.

Artículo 2o. Se declara de utilidad pública la irrigación de las propiedades agrícolas privadas cualesquiera que sean su extensión y cultivo, siempre que sean susceptibles de aprovechar aguas de jurisdicción federal. Los dueños de las propiedades referidas quedan obligados en los términos de esta ley, a construir y conservar las obras hidráulicas que el Ejecutivo determine, conforme a las prescripciones de la misma.

Artículo 3o. Para promover y construir el mayor número posible de obras de irrigación en la República, se crea un órgano administrativo que se denominará "Comisión Nacional de Irrigación". La mencionada comisión dependerá de la Secretaría de Agricultura y Fomento y constar de tres miembros, de los cuales dos nombrará el presidente de la República por conducto, respectivamente, de las Secretarías de Agricultura y Fomento de Hacienda y Crédito Público, y el tercero, las Cámaras Agrícolas Nacionales. Entre tanto éstas no se organicen debidamente para hacer el nombramiento de su representantes, el presidente de la República, por conducto de la Secretaría de Agricultura y Fomento, designar como tercer miembro de la comisión a la persona que considere mejor capacitada para representar los intereses de los agricultores afectados.

Artículo 4o. La Comisión Nacional de Irrigación, además de las atribuciones y los deberes que le imponga el reglamento de esta ley, tendrá los siguientes:

I. Estudiar las posibilidades de irrigación del país y seleccionar, para su ejecución, las obras que reporten mayor beneficio, desde los puntos de vista financiero o de los intereses generales de la nación;

II. Formular los proyectos relativos determinando, en cada caso, las zonas que deban irrigarse, las propiedades que en ella queden comprendidas, la formación de los presupuestos de las obras proyectadas y la parte de su importe que deba reportar cada finca, según las bases que fije el reglamento de esta ley;

III. Comunicar cada proyecto aprobado a los interesados para que, dentro de un término que no exceda de tres meses, presenten sus observaciones y manifiesten si están dispuestos a construir directamente las obras;

IV. Publicar un extracto de cada proyecto para que, dentro del término de sesenta días, se presenten a la comisión las solicitudes y objeciones de los propietarios que no hubieren sido incluídos y que deseen serlo, y de los que se estimen perjudicados con la construcción de las obras proyectadas;

V. Examinar las observaciones que se presenten y decidir las modificaciones que hayan de hacerse a cada proyecto, bajo el concepto que sólo podrá excluirse una propiedad cuando se demuestre que, dentro de las condiciones previstas, no es

económicamente conveniente la irrigación de sus tierras, y

VI. Observar las siguientes reglas en los casos de conformidad total o parcial de los propietarios afectados:

a) Recomendar a la Secretaría de Agricultura y Fomento, si la conformidad es total, que otorgue al o los interesados la concesión respectiva, siempre que la solicitud para tal concesión sea presentada inmediatamente y que el o los concesionarios se comprometan a sujetarse a las prescripciones de esta ley y de su reglamento respecto de los plazos de ejecución de las obras y del fraccionamiento de las tierras irrigadas;

b) Aportar por el Gobierno federal la parte del costo de ejecución del proyecto que corresponda a los inconformes, si dicha parte no excede del veinticinco por ciento del importe derramado de las obras y dejar la ejecución de éstas a los interesados que hubieren manifestado su conformidad, siempre que, además de satisfacer los requisitos del subinciso (a), garanticen de modo satisfactorio para la comisión el buen uso de la parte con que ella contribuye, y

c) Encargarse de la ejecución de las obras, si la parte del costo de las mismas que toca a los inconformes excede del veinticinco por ciento, en cuyo caso admitirá como asociados a los interesados conformes, mediante la oportuna aportación del dinero con que deban ellos contribuir.

Artículo 5o. En todos los casos en que la comisión se encargue de la ejecución de las obras o que contribuya con una partes de su costo, el Gobierno federal será compensado con una proporción de las tierras irrigadas. Esta compensación deberá repartirse entre los propietarios de dichas tierras, en forma tal, que la relación entre la superficie que pasa al dominio de la Federación y la que conserven los propietarios, sea igual a la que exista entre el costo resultante de las obras por hectáreas y el valor fiscal que las tierras, por la misma unidad de superficie, tenían antes de la ejecución de las obras referidas, más un diez por ciento.

Artículo 6o. En todos los casos de inconformidad de los propietarios de tierras para contribuir proporcionalmente en la ejecución de las obras de irrigación, los poseedores o arrendatarios podrán substituir a aquéllos en el uso y cumplimiento de los derechos y obligaciones que les asignan el inciso VI del artículo 4o. de esta ley, aportando las correspondientes sumas de dinero y recibiendo, en tierras irrigadas, compensaciones similares a las que confiere al Gobierno el artículo 5o.

Artículo 7o. Fijadas por la comisión las porciones que de las tierras irrigadas corresponden a los propietarios, poseedores o arrendatarios, lo comunicará a éstos para sus efectos. La inconformidad de los interesados se decidirá a opción de ellos, en la vía administrativa o en la judicial, en las que, al mismo tiempo, se resolverá la traslación de dominio a favor del Gobierno federal. Elegida una de estas vías, no podrá intentarse la otra.

Artículo 8o. En los casos de aprovechamiento de las aguas, no sólo para fines de irrigación, sino también para otros usos, el Ejecutivo determinar , de acuerdo con las circunstancias, la forma de obtener el reembolso correspondiente a tales aprovechamientos.

Artículo 9o. Los ejidatarios beneficiados con las obras de irrigación a que se refiere esta ley, contribuirán para la construcción de dichas obras en la forma que fije el reglamento.

Artículo 10. Las tierras que el Gobierno adquiera por la compensación que prescribe el artículo 5o. de esta ley, serán enajenadas, una vez irrigadas, en parcelas no mayores de ciento cincuenta hectáreas, a los precios que fije el Ejecutivo, tomando en cuenta el costo de las obras de irrigación y en plazos no menores de diez años.

También podrá el Gobierno destinar esas tierras al pago de las obras cuando éstas se construyan por medio de contrato, en cuyo caso el contratista quedar obligado a fraccionarlas y enajenarlas en los términos que convenga con el Ejecutivo.

Artículo 11. Para los efectos de esta ley, se crea un "Fondo Nacional de Irrigación", que estar formado por:

a) La suma que para el objeto fije anualmente el Presupuesto de Egresos; b) Las tierras que el Gobierno federal obtenga por virtud del procedimiento a que se refiere el artículo 5o. y los productos de la enajenación de esas tierras, de acuerdo con al artículo 10, y

c) Los demás productos que se obtengan a consecuencia de obras de irrigación que el Gobierno lleve a cabo.

Artículo 12. El fondo a que se refiere el artículo 11 será administrado por la Comisión Nacional de Irrigación, y con cargo a él se cubrirán los gastos que demande la ejecución de los proyectos aprobados. Los fondos en efectivo serán depositados en el Banco de México, S. A., o en el Banco Nacional de Crédito Agrícola y Colonización, cuando éste se funde.

Artículo 13. La explotación de las obras se sujetar a las siguientes prescripciones:

a) En el caso de que la comisión las haya ejecutado, quedará a cargo de ésta su explotación hasta obtener el reembolso de los gastos de construcción que deban ser cubiertos en efectivo, conforme a esta ley o haber hecho la enajenación de las tierras recibidas en compensación, debiendo cargarse en la cuotas respectivas la parte proporcional de los gastos de administración, y

b) Cuando se haya obtenido el reembolso del gasto total, o cuando los propietarios hayan ejecutado directamente las obras, se conceder la explotación a los usuarios.

En todo caso, el aprovechamiento de las aguas se amparará con una concesión otorgada a los beneficiarios organizados en la forma que indica el inciso anterior, debiendo modificarse en caso necesario las concesiones anteriores que impidan o dificulten la distribución de las aguas en la forma prevista en el proyecto que haya servido de base para la construcción de las obras.

Artículo 14. Los terrenos baldíos y nacionales susceptibles de irrigarse serán reservados por el Ejecutivo y sólo se enajenarán, una vez irrigados, en fracciones no mayores de ciento cincuenta hectáreas, cuyo precio ser recargado proporcionalmente con el costo de las obras y ser amortizado en los plazos que fije el Ejecutivo.

Artículo 15. No se comprenden en la presente ley las tierras de propiedad privada que, no siendo susceptibles de irrigación con aguas de jurisdicción federal, lo sean, sin embargo, con las de jurisdicción de los Estados o con aguas que, de acuerdo con el artículo 27 de la Constitución, sean del dueño del suelo.

Las modalidades que a tales propiedades se impongan en cuanto a su irrigación, ser n determinadas por los Estados.

Artículo 16. Las obras de irrigación para aprovechar aguas de jurisdicción de los Estados podrán llevarse a cabo por la comisión, de acuerdo con las prescripciones de la presente ley, siempre que las leyes locales autoricen la celebración de los arreglos relativos.

Artículo 17. La presente ley no coarta el derecho de empresa a particulares para ejecutar obras de irrigación de conformidad con los dispuesto en la ley vigente de aprovechamiento de aguas de jurisdicción federal. Las concesiones que, al efecto, otorgue la Secretaría de Agricultura y Fomento, no podrán contrariar las prescripciones de esta ley y las de su reglamento.

Artículo 18. El Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda, fijará oportunamente y en cada caso, los materiales que puedan introducirse al país libres de derechos, por estar destinados a las obras de irrigación que la comisión o los particulares hagan por sí o por medio de empresas contratistas.

Artículo 19. Las dudas que se suscitaren en la aplicación de la presente ley, serán resueltas por el Ejecutivo, el cual queda, igualmente, facultado para dictar todas las disposiciones complementarias y las que tiendan al eficaz cumplimiento de sus preceptos.

Transitorios:

Artículo 1o. Quedan modificados en el sentido de esta ley, los preceptos relativos de la Ley de Aguas vigente, que se pongan a lo que en la presente se establece.

Artículo 2o. Esta ley entrar en vigor desde la fecha de su publicación. México, D. F., diciembre 2 de 1925.- El presidente de la República, P. Elías Calles.- El secretario de Agricultura y Fomento, Luis L. León.

"El Congreso del Estado de Sinaloa comunica que apoya en todas sus partes al "Comité Pro - Obras del Puerto de Mazatlán", para la consecución de los fines que el mismo comité persigue."- Recibo.

"La Legislatura del Estado de Sinaloa envía una protesta por el atentado llevado a cabo en la ciudad de Mérida, Yucatán, en la persona del diputado al Congreso del Estado de Campeche, C. Gustavo Pacheco."- Recibo.

"La Legislatura del Estado de Sinaloa transcribe su acuerdo por el que solicita del ciudadano presidente de la República la reforma del decreto presidencial que crea el impuesto sobre el consumo de la gasolina."- Recibo.

"El ciudadano gobernador del Estado de San Luis Potosí comunica que con fecha 16 de noviembre tomó posesión del cargo de subsecretario de aquel Gobierno, el C. León Flores."- De enterado.

Telegrama procedente de: "La Paz, B. C., vía radio Mazatlán, 1o. de diciembre de 1925.

"Secretarios Cámara Diputados.

"Número 103. Tengo el honor de comunicar ustedes, efectos legales, que ayer, y previa protesta otorgada ante este tribunal, tomó posesión del Juzgado de 1a. Instancia San José del Cabo, el C. L. Muñoz Salas. Atentamente.- El magistrado, G. Bátiz."- De enterado, y a su expediente.

"La señora María del Refugio Gándara viuda de Roldán solicita pensión por la muerte de su esposo, el senador suplente por el Estado de Aguascalientes, C. Vidal Roldán Avila.

"Apoyan esta solicitud la diputación y los senadores por el Estado de Aguascalientes."- A la 1a. Comisión de Hacienda.

Telegrama procedente de: "Mérida, Yucatán, 1o. de diciembre de 1925.

"Presidente Cámara de Diputados.

"Partido Socialista Sureste, presido, envía por mi conducto esa H. Representación Nacional su reconocimiento por frases nobles emitieron distinguidos miembros favor nuestro querido Estado Yucatán, ocasión banquete ofrecido doctor Torre Díaz. Atentamente.- El presidente accidental de la Liga Central Partido Socialista, J. M. Rejón."- Recibo.

"Comisión Inspectora.- Número 8,234.

"Tenemos el honor de enviar a ustedes, para que se sirvan dar cuenta con él a la H. Asamblea, el expediente con 35 documentos, del C. Lorenzo Valladares y Valencia, actual glosador de segunda de la Contaduría Mayor de Hacienda, quien solicita su jubilación por más de 45 años de servicios prestados a la nación, de los cuales la mayor parte corresponde al Poder Legislativo, según se desprende del informe del ciudadano contador mayor de Hacienda y que se justifican con los despachos y nombramientos que obran en el mismo expediente, marcados con los números del 19 al 35, inclusive.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., a 1o. de diciembre de 1925.- La Comisión, Gilberto Fabila.- Luis Ramírez Corzo.- Jesús Santos Mendiola."

"A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara.

de Diputados.- Presentes."- Recibo, y a la 1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"En el 4o. distrito electoral del Estado de Sinaloa, que me honro en representar, existen dos importantes regiones mineras, las que, para su mayor impulso y desarrollo, han encontrado como principal impedimento, la falta de comunicaciones que les permitan transportará rápidamente sus productos, siendo esto perjudicial en sumo grado, muy especialmente para las clases trabajadoras, que no tienen ninguna otra actividad a qué dedicarse en dichas regiones. Me refiero a las municipalidades de Cosalá y San Ignacio, en las cuales se encuentran, como he dicho antes, ubicados importantes minerales, como Guadalupe de los Reyes y Contra Estaca.

"Tomando en cuenta que tanto el Gobierno local de Sinaloa como numerosos vecinos de aquellas municipalidades, se encuentran enteramente dispuestos a contribuir con su esfuerzo personal y pecuniario, tanto para la construcción de un camino carretero que una a la cabecera de la municipalidad de Cosalá con la ciudad de Culiacán, capital del Estado, como para la conservación del camino ya existente entre la cabecera de la municipalidad de San Ignacio y la estación del ferrocarril en Dimas, de la misma municipalidad, encontrándose actualmente el Erario sinaloense en difícil situación económica, para hacer el gasto total que demandan dichas obras, me permito solicitar que, previo estudio de la comisión respectiva de presupuestos en el ramo de Comunicaciones, sea aprobado el siguiente acuerdo:

"Primero. Hágase figurar en la partida respectiva del Presupuesto de Egresos de 1926, en el ramo de Comunicaciones, la cantidad de $15,000.00 quince mil pesos, de los que se destinarán, diez mil pesos, para la construcción de un camino carretero entre la población de Cosalá y la de Culiacán, del Estado de Sinaloa, y cinco mil pesos, para reparaciones de la carretera que existe entre la población de San Ignacio y la estación Dimas, del mencionado Estado.

"Segundo. El Ejecutivo federal deberá recabar de quien corresponda los comprobantes respectivos de haberse hecho la inversión de las cantidades mencionadas en las obras de referencia.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en México, D. F., a los dos días del mes de diciembre de mil novecientos veinticinco.

"Diputado por el 4o. distrito de Sinaloa, Fausto A. Marín."

"Los subscritos, diputados en ejercicio, hacemos nuestra la anterior solicitud.

- La misma fecha.- E. von Borstel M.- V. Anzures.- I. F. Loaiza.- J. de D. Bátiz. - J. Otero.- S. Vizcarra, hijo.- Manuel Riveros.- Cosme Alvarez.- Ernesto Prieto. - Silvano Sotelo.- I. Romero G.- Juan I. Martínez.- E. Mier y Terán.- A. J. Valenzuela.- Roberto A. Morales.- José Calles.- F. E. Arenas.- E. Corella M."- A la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"Subcomité del Partido Laborista Mexicano.- División de Tlalpan.- Avenida San Fernando número 36.

"Tlalpan, a 12 de noviembre de 1925.

"Al ciudadano presidente de la H. Cámara de Diputados.- México, D. F. "Salud.

"Grande entusiasmo y mayor satisfacción nos produjo la feliz noticia de haber aprobado esa ilustre Cámara la Ley del Trabajo.

"Los actuales legisladores, sabiamente compenetrados de sus altas misiones como representantes genuinos de los anhelos de la patria, han dado uno de los pasos más grandes que registra la historia de la legislación en materia de trabajo.

"La clase humilde, la clase laborante, la clase sufridora, la clase siempre espoliada sin razón ni misericordia, reconoce la bondad y nobleza de la nueva ley, y, con el corazón henchido de esperanzas y el brazo resuelto, sigue sonriente y tranquila por el sendero del trabajo honrado.

"Loada sea la Diputación sabia que, tras ardua lucha y grandes esfuerzos, logró salvaguardar con atinada ley, los intereses del inmenso conglomerado trabajador.

"El subcomité del Partido Laborista Mexicano en Tlalpan (integrado por obreros y campesinos) tiene el alto honor de enviar a esa honorable Cámara, por el dignísimo conducto de usted, sus más cordiales felicitaciones y efusivos aplausos por la aprobación de la ley precitada.

"Suyos fraternalmente.- Por la Justicia.

"El secretario general, Margarito G. Rodríguez.- El secretario del interior, Fidel B. Canuto.- El secretario del exterior, B. D. Sandoval.- El secretario de actas, Salvador R. Guerrero.- El secretario tesorero, C. M. Arriola."- A su expediente.

"Numerosos telegrafistas federales envían telegramas solicitando que, por las razones que exponen, se les excluya de los efectos de la Ley General de Pensiones Civiles de Retiro."- A su expediente.

El C. presidente: Tiene la palabra para hechos el ciudadano diputado Ramírez Corzo.

El C. Ramírez Corzo: Señores diputados:

He pedido la palabra para hechos, con el objeto de que se dé lectura a algunos documentos que traigo aquí y otros que figuran en el expediente formado por la 1a. Comisión Instructora del Gran Jurado, a quien yo pedí se consignaran unas declaraciones que aparecieron en julio próximo anterior, del señor diputado Arroyo Ch. He pedido esto, porque en la prensa de ayer y de hoy - en "El Universal" - se ha publicado algo relativo a un asunto que ha dado a conocer la misma prensa, relativo a un pretendido movimiento separatista en el Estado de Chiapas. Como este hecho interesa a toda la nación y especialmente a mí, porque indirectamente se alude a mi persona, ya que se hacía la imputación a partidarios míos, creo yo una obligación venir a esta Asamblea y suplicarles con toda

atención y con todo cariño, se sirva escuchar la lectura de estos documentos, porque seguramente son la revolución clara, concisa, de que en el fondo de este asunto no ha habido más que una intriga infame que sólo pudo ser inspirada por pasiones políticas. Yo ruego a la Secretaría que mande traer a la vista el expediente para que se lean estos documentos, empezando yo por dar lectura a uno que he entregado al señor procurador general de la Nación, y que dice así:

"Ciudadano procurador general de la Nación..." (Murmullos).

El C. presidente: La presidencia suplica a los ciudadanos diputados atiendan al orador.

El C. Ramírez Corzo, continuando: Yo ruego a los señores diputados que siquiera en esta vez me presten atención, porque se trata de un asunto que atañe a mi Estado, que atañe al país y que en alguna forma se refiere a mí. Con todo cariño, compañeros, yo os ruego atención en este asunto. El documento dice así: "Luis Ramírez Corzo, natural de Chiapa de Corzo, Chiapas, abogado, mayor de edad, diputado en ejercicio al Congreso de la Unión por el 7o. distrito electoral del Estado de Chiapas, con el respeto debido a usted, atentamente expongo:

"Que tengo conocimiento que en el Juzgado Tercero Supernumerario de Distrito de esta capital, se sigue proceso en contra de Pascual Córdoba por el delito de traición a la patria; por una supuesta intención separatista en el Estado de Chiapas, asunto del cual se ha ocupado la prensa de esta capital durante algún tiempo. Como en este asunto se ha pretendido mezclar los nombres de otras personas, como los diputados locales que fueron a la Legislatura del Estado de Chiapas, especialmente los señores Arsenio Narváez y Alberto Rojas, así como a los generales Donato Bravo Izquierdo, Tiburcio Fernández, y al que habla indirectamente por hacerse sindicaciones a los que fueron sus partidarios, me creo en el caso de ocurrir a usted, aportando los datos que obran en mi poder, a efecto de contribuir al mejor esclarecimiento de estos hechos.

"Desde luego que tuve conocimiento de la traída a esta capital del mencionado Pascual Córdoba, me dirigí al C. licenciado Aarón Sáenz, secretario de Relaciones, ratificándole lo que le había expuesto en varias conferencias anteriores, en el sentido de estar interesados los senadores y diputados por el Estado de Chiapas en que se hiciera luz completa en este asunto. El señor secretario de Relaciones se sirvió contestarme que ocurriéramos a la Justicia que practicaba las averiguaciones, aportando los datos mencionados. Acompaño copias de las cartas que nos dirigimos con este motivo.

Origen de la noticia. En "El Universal Gráfico", de treinta de julio del corriente año, se publicó una información proporcionada por el señor Agustín Arroyo Ch., diputado por Guanajuato, en la que se atribuía a la Legislatura local del Estado de Chiapas que funcionó durante el final del Gobierno del general Tiburcio Fernández Ruiz, haber pretendido una intención separatista en aquel Estado. En dicha información se aludía indirectamente a mi persona, porque el cargo se formulaba contra los diputados del Estado de Chiapas que habían sido partidarios míos. Desde luego ocurrí a la redacción de "El Universal Gráfico" para hacer declaraciones, las que publicó el 31 del mismo mes, en las que manifesté que la imputación carecía absolutamente de importancia, puesto que estaba seguro de que los dos miembros de aquella Legislatura, señores Arsenio Narváez y Alberto Rojas, a quienes se sindicaba, eran incapaces de una actitud semejante. También ocurrí, en unión del general Fernández Ruiz, a las redacciones de los periódicos "El Universal", el "Excélsior" y "El Demócrata", entregando declaraciones a la prensa, las que no fueron publicadas, apareciendo solamente una noticia del secretario de Relaciones Exteriores, en que se manifestaba que aquella Secretaría no había dado ninguna declaración a la prensa. "En vista de que, aunque indirectamente, se hacía alusión a mi persona por el diputado Agustín Arroyo Ch., y tanto él como yo gozamos de fuero constitucional, el mismo día 30 de julio anterior ocurrí a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, que funcionaba entonces, pidiendo que las declaraciones del diputado Agustín Arroyo Ch. fueran consignadas al Gran Jurado, por la importancia del asunto. Marcado con el número 3, acompaño copia de dicho documento, en que pido la consignación.

"El senador Juan de Dios Robledo, presidente de la Comisión Permanente, me manifestó que, por indicaciones del secretario de Gobernación, licenciado Valenzuela, y del señor presidente de la República, que no se procediera a la averiguación porque no querían que en aquella fecha se tratara en ninguna forma este asunto.

"Se encontraban en esta capital los señores Belisario Borrás, coronel Sínar Corzo, Enoch Araujo, Juan F. Corzo, Víctor Manuel Fernández, Rogelio García y el capitán Martín Paredes, miembros que fueron de la Legislatura local. Dichos señores se dirigieron al presidente de la República con fecha 3 de agosto siguiente, protestando por las calumniosas imputaciones, y se dirigieron al Ministerio Público, pidiendo la consignación de los hechos a las autoridades judiciales para su esclarecimiento. Acompaño, marcada con los números 4 y 5, copia de dichos documentos que, originales y personalmente, fueron entregados por los interesados al C. licenciado Gilberto Valenzuela, entonces ministro de Gobernación, por haber indicado dicho funcionario una recomendación del presidente de la República sobre discreción en el asunto y que solamente él determinaría la forma en que fuera tratado. A los diputados locales acompañaron los senadores y diputados al Congreso de la Unión en la entrevista con el señor ministro Valenzuela.

"Quiero hacer especial mención a una circunstancia, de que, coincidiendo con la noticia publicada por "El Universal Gráfico", un individuo que dijo llamarse Daniel Córdoba y que era hermano de Pascual de ese apellido, se presentó a mí y al general Fernández Ruiz, senador por el Estado de Chiapas, enseñándonos un documento sin firma, en que se hablaba de un movimiento separatista en el Estado de Chiapas. Inmediatamente el general Fernández y el que habla, tratamos de hablar con el señor presidente de la República para ponerlo al tanto de este incidente, a efecto de que se aprehendiera a este individuo y se aclarará la maniobra

desde su origen. No pudimos hablar personalmente con el señor general Calles, pero el senador Fernández Ruiz habló con el general José Alvarez, jefe del Estado Mayor presidencial, y le entregó el documento que sin firma le había dejado Córdoba. Este incidente también lo pusimos en conocimiento del señor secretario de Gobernación, licenciado Valenzuela, indicándole la conveniencia de que se aprehendiera desde luego a este individuo.

"El señor general Tiburcio Fernández Ruiz, con fecha 6 de septiembre anterior, y por las persecuciones desarrolladas en Chiapas, se dirigió a la Cámara de Senadores en los términos que solicita su escrito, cuya copia me permito acompañar, marcada con el número 6.

"Con fecha 9 de octubre anterior, ocurrí a la 1a. Comisión Instructora del Gran Jurado de la Cámara de Diputados, haciendo una amplia exposición del asunto y aportando copiosa documentación.

"En dicho memorial pedí a la Comisión Instructora que solicitara del Juzgado de Distrito copia de la averiguación instruída en contra de los señores Arsenio Narváez y Alberto Rojas, por el supuesto intento de separatismo. Hasta hoy, que ha llegado a la Cámara la copia de las actuaciones, me he formado una idea completa de este asunto y me permito acompañar a usted, en 23 fojas, marcada con el número 8, certificación de dichas copias de la averiguación. De ésta aparece que se exhibió una copia fotográfica por el gobernador de Chiapas, general Carlos Vidal, al procurador de Justicia del Estado, y éste consignó los hechos al Juzgado de Distrito de aquel Estado. Dicha copia fotográfica apareció en tres secciones distintas, y su contenido era la transcripción de un acuerdo de la Legislatura local, al señor Pascual Córdoba, comisionándose para erigir el Estado de Chiapas en república independiente, haciéndose aparecer como firmantes del documento fotografiado a los señores Alberto Rojas y Arsenio Narváez, diputado y secretario.

"Desde luego, y antes de pasar adelante, me permito hacer dos observaciones de este documento: la primera es de que, en ninguna parte, se dice la forma cómo adquirió el general Carlos Vidal la fotografía de este documento, y no presentó su original; y la segunda, que es una coincidencia rara, se refiere a que dicha copia está hecha con "papel sellado del Gobierno Constitucional del Estado de Chiapas".

"Los señores Narváez y Rojas se encontraban a la sazón en la capital del Estado de Chiapas, la ciudad de Tuxtla Gutiérrez. Fueron mandados aprehender, por orden del gobernador del Estado, y consignados al Ministerio Público federal; ese funcionario les tomó declaración, en la que los sindicados protestaron su inculpabilidad y enérgicamente sostuvieron que no se trataba sino de una infame calumnia. Esta misma declaración sostuvieron ante el juez de distrito cuando fueron consignados a él.

"Abierta al averiguación respectiva, el Juzgado de Distrito nombró a los señores J. Domingo Palacios y Carlos Benavides, peritos calígrafos, para averiguar acerca de la autenticidad de las firmas que aparecen en el documento fotográfico que origina las diligencias. El dictamen de los peritos calígrafos especifica minuciosamente todas las diferencias entre las firmas de dicho documento, que consideraron apócrifo, y las firmas auténticas de los señores Narváez y Rojas, constantes en el expediente y en otros documentos auténticos que obran en el mismo Juzgado de Distrito de Tuxtla Gutiérrez, concluyendo su dictamen en la forma siguiente: "por lo expuesto, dictaminan: que las firmas que aparecen al calce de la copia fotográfica que tienen a la vista, no son auténticas las firmas de los señores Arsenio Narváez y Alberto Rojas."

"El Juzgado de Distrito de Chiapas, en vista del dictamen de los peritos, con fecha 7 de septiembre anterior, y de acuerdo con el artículo 19 constitucional, resolvió "acerca de la prisión formal de los detenidos Arsenio Narváez y Alberto Rojas, no existiendo méritos para decretarla, póngaseles inmediatamente en libertad".

"El Ministerio Público, que es un adicto y sumiso ejecutor de las intenciones del general Carlos Vidal, por muchos antecedentes personales, entre ellos, no conforme con el dictamen de los dos peritos nombrados por el Juzgado, pidió el nombramiento de otro perito más, una persona que se considera en Tuxtla simpatizadora del general Carlos Vidal, el señor profesor Mauro Calderón; este perito, a pesar de las circunstancia señalada y en vista de todas las constancias del expediente y de un análisis minucioso sobre las firmas puestas en el documento apócrifo, y las auténticas con que se comparó, el 12 de septiembre anterior emitió su dictamen "en el sentido de que ni en su conjunto ni por sus razones de identidad, las firmas que aparecen en la copia fotográfica, son las mismas, y, en consecuencia, no fueron escritas por la misma mano que puso las que obran en los expedientes que se tuvieron a la vista". Las declaraciones de los señores Arsenio Narváez y Alberto Rojas y el dictamen de los peritos calígrafos que rindieron ante el Juzgado de Distrito de Tuxtla Gutiérrez, son, en mi concepto, constancias que aclaran de una manera absoluta y sin lugar a duda, que en este caso no se ha tratado más que de una infame y torpe calumnia tramada en contra de los señores Arsenio Narváez y Alberto Rojas, y que no pudo ser inspirada sino por un infame deseo de venganza, aconsejado por pasiones políticas.

"Solamente así puede explicarse el procedimiento seguido por el gobernador del Estado de Chiapas, general Carlos Vidal, en contra del señor licenciado Herminio M. Solís, honorable profesionista, de 84 años de edad, que fue traído amarrado desde la ciudad de Comitán hasta la capital de Tuxtla Gutiérrez (cerca de 300 kilómetros de distancia), solamente porque formó parte de la Legislatura en que funcionaron los señores Narváez y Rojas, y sin que existiera ninguna sindicación concreta. El Juzgado de Distrito que recibió la consignación de dicho abogado, lo mandó poner en libertad por falta de méritos para proceder en su contra. Es interesante leer la manera enérgica y patriótica con que el señor licenciado Solís rindió su declaración cuando se le examinó con relación a este asunto. "En la parte final de mi escrito de fecha 9 de octubre anterior, presentado a los miembros de la Comisión Instructora del Gran Jurado, detallo los

motivos que, en mi concepto, han inspirado la imputación hecha a los señores Narváez y Rojas. Y acompaño, también, con el número 9, un documento en que se enumeran los distintos elementos delahuertistas que figuran en el Gobierno del Estado de Chiapas.

"Para concluir, me parece pertinente indicar que en la intriga del separatismo tramada por el C. Pascual Córdoba, o aprovechada por el señor general Carlos Vidal, nada tienen que ver los señores Arsenio Narváez y Alberto Rojas, como se desprende del procedimiento seguido en contra de estos señores ante el Juzgado de Distrito de Chiapas; y, mucho menos, contra las otras personas que formaron aquella Legislatura, o extraños.

"En la carta que dirigí al señor licenciado Aarón Sáenz, secretario de Relaciones, especifico las direcciones de las otras personas que formaron aquella Legislatura.

"Por lo expuesto, a usted, señor procurador, suplico se sirva pedir al Juzgado de Distrito respectivo, se agregue el presente y sus anexos a la causa de referencia, para que se hagan las ratificaciones, si se estimaren necesarias.

"México, diciembre 2 de 1925.- Luis Ramírez Corzo."

Este documento lo he entregado al procurador general de la nación, con las copias de los otros. Ahora, suplico a la Secretaría, si ya tiene a la vista el expediente, se sirva dar lectura a las constancias que voy a indicarle. En primer lugar, mi escrito en que pido la consignación de las declaraciones del señor diputado Arroyo Ch.

- El C. secretario Cerisola, leyendo:

"A la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

"Licenciado Luis Ramírez Corzo, diputado a la XXXI Legislatura por el 7o. distrito de Chiapas, con despacho en la calle de Donceles 69, de esta ciudad, atentamente expongo:

"En el número 1,152 del diario de la tarde "El Universal Gráfico", fechado el 29 de los corrientes, anexo a este memorial, páginas 2 y 15, aparece una información que lleva por epígrafe: "Sensacionales revelaciones sobre una maniobra de traición" y que contiene los párrafos siguientes: "El acto de traición a la patria señalado por el diputado Agustín Arroyo Ch., secretario general del Bloque Socialista Independiente, en contra de miembros del Socialista Parlamentario, es la intentona de segregar de la República uno de los lejanos Estados del Sur, Chiapas, para constituirlo en República independiente, o que más tarde se anexara a la vecina de Guatemala. El plan traidor para restar al país uno de sus veintiocho Estados, fue formulado al calor de una reciente pugna política entre dos grupos que se disputaban el triunfo en las elecciones para gobernador del Estado y Legislatura local, y fracasó gracias al patriotismo de los chiapanecos, que se opusieron con toda energía, y a la oportuna intervención del Gobierno federal, que tiene en su poder pruebas de todos los pasos dados por los fracasados separatistas. La noticia fue conocida hoy en los círculos políticos de la capital, y desde anoche algunas Secretarías de Estado trataron el asunto en conversaciones con los periodistas, suplicando aplazaran la publicación de la noticia mientras se estudiaba la forma de darla; pero el hecho de que el rumor es ya general en la Cámara de Diputados, nos obliga a consignar el estupendo informe, antes de que la Secretaría de Relaciones dé a la publicidad las informaciones oficiales que tiene. En la Cámara de Diputados. Los reporteros de este diario obtuvieron las primeras informaciones de este caso en la Cámara de Diputados, donde comenzó a circular la noticia provocada por la acusación del diputado Arroyo Ch. Cuando el periodista tenía la noticia, vagamente expresada, se le acercó un representantes popular, que le dijo: "Para evitar que vayan a salir a la publicidad algunas versiones equivocadas del asunto, voy a darle a usted los datos que tengo sobre el particular: como es bien sabido, a fines del año anterior, se efectuaron en el Estado de Chiapas elecciones para gobernador del Estado, presentándose como candidatos los señores diputados Luis Ramírez Corzo y general Carlos A. Vidal, cada uno de ellos con su respectiva planilla de diputados. Las elecciones se efectuaron en una forma tan irregular, que la Secretaría de Gobernación se vio obligada a desconocerlas, nombrando el Senado un gobernador provisional, que fue el licenciado César Córdoba, para que convocara a un nuevo plebiscito. Pero a esto, ya había dos legislaturas instaladas en Tuxtla Gutiérrez, una vidalista y la otra ramírezcorcista. Esta última, al tener conocimiento de que el Gobierno federal había desconocido las elecciones, concibió el plan de segregar al Estado de Chiapas de la República Mexicana, convirtiéndolo en nación independiente, y dentro de los primeros pasos dados para llevar a cabo esa antipatriótica maniobra, figuró el nombramiento de una comisión, encabezada por un señor de nombre Pascual Córdoba, para que hiciera gestiones ante el Gobierno de la Casa Blanca, iniciándolas ante el ministro americano en la ciudad de Guatemala, a fin de que los Estados Unidos apoyaran moral y materialmente el movimiento separatista, reconociendo después a Chiapas como Estado independiente, cuando el grito de separación hubiera sido dado. En poder de la Secretaría de Relaciones existe desde hace muchos meses, una copia fotográfica del documento en cuestión, que es el primer documento de un amplio expediente que se ha formado en la Secretaría, para iniciar el juicio de responsabilidades en el momento oportuno. ¿Y cuál era ese momento oportuno? Cuando algunos de los principales complicados en este asunto dejaran de tener fuero constitucional, para que no hubiera necesidad del trámite del desafuero, que tendría que provocar gran excitación pública antes de que se conocieran todos los detalles. ¿Y por qué fracasó el movimiento? Gracias al patriotismo del pueblo de Chiapas, que mientras se estaban haciendo gestiones de ayuda ante el representante americano en Guatemala, rechazó con indignación la propaganda separatista que malos elementos estaban desarrollando entre el pueblo. La Legislatura ramírezcorcista dejó de funcionar, y en plebiscito posterior, el general Carlos A. Vidal fue electo por gran mayoría gobernador del Estado, y el fracaso de la maniobra separatista fue hecho consumado." Nota de "El Gráfico". No podía esperarse del pueblo de Chiapas actitud más digna,

que viene a dar una prueba más del mexicanismo que alienta ese pueblo, que en los primeros años de vida de la República Mexicana, espontáneamente acordó entrar a formar parte de ella, mejor que conservar su independencia o sumarse a la República de Guatemala. La noticia en fuentes oficiales. En fuentes oficiales, de manera confidencial, fue confirmada a la prensa esta noticia; anoche, el licenciado Aarón Sáenz, secretario de Relaciones Exteriores, habló largamente a los representantes de los periódicos de la mañana sobre este asunto, relatando lo que hemos dicho en síntesis. La reserva fue guardada por algunos periódicos, pero trascendió de tal manera a los miembros de la Cámara de Diputados, que a esta ahora, casi todo el mundo oficial lo sabe. Arroyo Ch. no niega. A las doce del día, el representante guanajuatense Agustín Arroyo Ch., que fue quien anunció esa traición a la patria, señalando como responsables de ella a miembros de la mayoría parlamentaria, estuvo en la Cámara de Diputados y fue preguntado por los periodistas sobre si la acusación por él lanzada se refería al caso especial del Estado de Chiapas. "No puedo afirmarlo, ni tampoco puedo negarlo - dijo -; queremos que sea el Bloque Socialista Parlamentario, directamente, el que reciba de nuestras manos los documentos relativos a la responsabilidad de uno de sus miembros en el caso de traición a la patria. Si viene una comisión del Bloque, le entregaremos los documentos con todo gusto". El señor Ramírez Corzo en la Presidencia. Ayer por la tarde, el diputado Luis Ramírez Corzo, chiapaneco, estuvo en el Palacio Nacional, solicitando una entrevista con el presidente de la República. Los informes obtenidos por este periódico no dicen si el representante chiapaneco fue recibido o no por el general Calles. A las doce de hoy, fue a la Presidencia la Mesa Directiva del Bloque Socialista Parlamentario, con el objeto de exponer al señor presidente su criterio en este caso, que es el que el grupo no puede hacerse responsable de la culpabilidad aislada de cualquiera de los diputados que pertenecen a él. Fueron el presidente, don Francisco García Carranza; el vicepresidente, don Agustín Aguirre Garza; los secretarios, Santos Guajardo y Fuentes B.; el tesorero Sáenz, acompañados por el antiguo presidente Carlos Riva Palacio, con los representantes Jenaro V. Vásquez, Gonzalo N. Santos y otros. Se dijo en la Cámara, por último, que el representante Ramírez Corzo presentar hoy su renuncia como miembro del Bloque Socialista Parlamentario. Las informaciones que publicamos son las mismas que circulaban de boca en boca, hoy mismo, en los corrillos de la Cámara de Diputados. Así, pues, en un asunto tan delicado y tan grave como éste, esperamos la información oficial, para completar, ratificar o rectificar las versiones propaladas por los representantes populares."

"En el diario "El Demócrata", que también va anexo, número 7,601, de fecha 29 del actual, primera y octava planas, aparece otra información, que textualmente dice: "¿Se trataba de segregar un Estado de la nación para hacer una república independiente?" esa es la versión que corre al margen del cargo lanzado por el diputado Arroyo Chagoyán. Toda la prensa dio a conocer ayer las declaraciones que hizo el diputado guanajuatense Agustín Arroyo Chagoyán, diciendo que en el seno del Bloque Socialista Parlamentario había traidores a la patria y que estaba dispuesto a mostrar las pruebas de su afirmación a una comisión que designara dicho Bloque para el efecto. Las declaraciones del secretario general del Bloque Socialista Independiente causaron natural expectación y comenzaron a correr diversos rumores acerca de los delitos que pudieran haberse cometido para que unos individuos fueran calificados de traidores a la patria. "El Demócrata" no hace política ni se prestaría a servir de instrumento a ninguna agrupación política; pero considera de su deber dar a conocer, a título de mera información, la versión que tomó más cuerpo sobre dicho cargo, y advertimos a nuestros lectores que rectificaremos o ratificaremos tal afirmación tan pronto como aclaremos oficialmente la verdad sobre la misma. La segregación de un Estado. Dicha versión, que llegó a oídos de los periodistas, es la siguiente: En un Estado de la República se efectuaron elecciones para gobernador hace más de siete u ocho meses. Hubo lucha política y se instalaron dos legislaturas: una, que sostenía como gobernador a un civil, y otra que sostenía a un militar. El gobierno federal reconoció a esta última Legislatura, y entonces la primera, en sesión que celebró el día 11 de diciembre del año pasado, resolvió que, en vista de que se violaba la soberanía del Estado, éste debería readquirir su independencia. Y de acuerdo con tal resolución, expidió el oficio número 26, la misma fecha, y dirigido al señor P. C., autorizándolo para gestionar del Gobierno de Estados Unidos ayuda moral y pecuniaria para erigir en república independiente el Estado de referencia. El civil, a quien sostenía como gobernador la propia Legislatura, señor L. R. C., quedaría como candidato a la Presidencia de la nueva república. Después de este acuerdo, algunas personas entablaron pláticas sobre el particular, con representantes del Gobierno norteamericano en Guatemala, y parece que se han seguido haciendo gestiones para conseguir el fin que se busca. Nuestro Gobierno tuvo oportuno aviso del asunto y se dice que tiene en su poder las pruebas de este delito que, de ser cierto, constituiría en verdad una traición a la patria. Los planes de los autores de esta maniobra han fracasado por completo y sus agentes en Washington están vigilados por la policía internacional. Se dice también que la propia supuesta Legislatura de aquel Estado dio "facultades extraordinaria al señor P. C., para hacer todas sus gestiones, en la inteligencia de que dicha Legislatura concedía todas las facultades que fueran necesarias, sin límites, para el logro de los propósitos perseguidos". Esta es, en concreto, la versión a que nos referimos y que circuló ayer entre los elementos políticos. Repetimos que la damos a conocer sólo a título de información, a reserva de confirmarla o desmentirla, según las declaraciones que se nos hagan."

"Tales informaciones entrañan imputación de delito grave, como lo es el de traición a la patria, atribuído al Bloque Socialista Parlamentario, personalmente a mí y a la XXX Legislatura de Chiapas, que no fue reconocida por el Ejecutivo

federal en las pasadas elecciones en que yo figuré como candidato al Gobierno de mi Estado.

"La gravedad y trascendencia de los hechos revelados, el decoro de la H. Cámara de Diputados y el mío personal, reclaman una inmediata y concienzuda averiguación, a fin de esclarecer perfectamente la conducta de los miembros de esa H. Cámara, sobre quienes se pretende hacer caer el peso de una enorme responsabilidad y de consignarlas, en su caso, al Gran Jurado, para efectos correspondientes.

"Por lo expuesto,

"A esa H. Comisión pido respetuosamente se sirva acordar, con dispensa de trámites, se inicie desde luego la investigación sobre las afirmaciones contenidas en el diario a que me refiero, dictando las medidas que más estime pertinentes.- México, D. F., treinta de julio de mil novecientos veinticinco.- Luis Ramírez Corzo."

El C. Ramírez Corzo: Posteriormente, ya con acopio de más datos, presente a la honorable Comisión Instructora el memorial a que se va a dar lectura por la Secretaría. Suplico a la Secretaría que se sirva leer.

- El C. secretario Cerisola, leyendo:

"Ciudadanos diputados miembros de la 1a. Comisión Instructora del Gran Jurado:

"Luis Ramírez Corzo, de treinta y cinco años de edad, abogado, originario de Chiapa de Corzo, casado y diputado en ejercicio al Congreso de la Unión por 7o. distrito electoral del Estado de Chiapas, ante vuestras soberanías, con el debido respeto, expongo:

"En "El Universal Gráfico", de fecha 29 de julio del corriente año, apareció una información proporcionada por el diputado guanajuatense Agustín Arroyo Ch., en la cual se atribuía a la Legislatura local que funcionó al final del período del general Fernández Ruiz, y que jugó con mi candidatura para gobernador del Estado, de haber pretendido erigir el Estado de Chiapas en república independiente.

"Como se aludía a mi persona, aunque indirectamente, puesto que las sindicaciones de manera expresa se hacían a los diputados mis partidarios, creí yo de mi deber hacer inmediatamente la consignación de dichas declaraciones a la Comisión Permanente, que entonces funcionaba por receso del Congreso; y para que las comisiones instructoras del Gran Jurado hicieran la aclaración respectiva, porque, tanto el señor Arroyo Ch. como el que habla, en nuestro carácter de funcionarios de la Federación, gozamos de fuero constitucional. Y entregué a la Comisión Permanente mi petición. "El señor senador Juan de Dios Robledo, presidente de la Comisión Permanente, no hizo desde luego la consignación de aquellas declaraciones, como yo lo pedí él me informó, porque el señor presidente de la República y el ministro de Gobernación, entonces licenciado Gilberto Valenzuela, le indicaron que no deseaban que se tratara en ninguna forma este asunto.

"Yo ocurrí a la redacción del periódico "El Universal Gráfico", haciendo las aclaraciones del caso, lo que publicó dicho periódico en su número de 31 de julio anterior; en las cuales manifesté que la imputación carecía absolutamente de importancia, puesto que estaba seguro de que los dos miembros de aquella Legislatura aludidos, señores Arsenio Narváez y Alberto Rojas, eran absolutamente incapaces de una acción tan descabellada y torpe. "Efectivamente, hemos seguido sosteniendo de que no se trata en este caso sino de una intriga vulgar, que detallaré más adelante.

"Acompaño a ustedes el alcance número 44 del periódico oficial del Estado de Chiapas, de treinta de octubre del año anterior, en el que se publicó la planilla de diputados triunfantes al Congreso local. Hay la circunstancia de que se han encontrado en esta capital ocho de los diputados de aquella Legislatura y que son los siguientes: licenciado Mariano Aguilar, profesores Martín Paredes y Belisario Borrás, coronel Sínar Corzo y señores Enoch C. Araujo, Juan F. Corzo, Victor Manuel Fernández y Rogelio García. Estos señores, el 3 de agosto dirigieron un memorial al señor presidente de la República, protestando por la aludida publicación, y con fecha 31 de julio se dirigieron al Ministerio Público en turno, denunciando estos hechos y pidiendo se abriera la averiguación correspondiente. Acompaño a ustedes copia de estos documentos firmados por los interesados. En los mismos documentos indican sus direcciones y piden al presidente de la República que consigne los hechos al procurador de justicia para la averiguación correspondiente.

"Estos documentos fueron entregados personalmente por los interesados, a quienes acompañaron los diputados y senadores al Congreso de la Unión, al señor licenciado Gilberto Valenzuela, entonces secretario de Gobernación.

"El gobernador Carlos Vidal, por conducto del procurador de Justicia del Estado de Chiapas, consignó a la justicia federal la copia fotográfica del documento aludido, aprehendiendo a los señores Arsenio Narváez, Alberto Rojas y licenciado Herminio M. Solis. El Juzgado de Distrito de aquel Estado, en el término constitucional, mandó poner en libertad a los detenidos por falta absoluta de méritos. Aunque el agente del Ministerio Público no estuvo conforme con esta resolución, el Juzgado federal confirmó la libertad absoluta en resolución dictada el día 11 de septiembre anterior.

"Acompaño ejemplares del periódico "El Universal", de esta capital, de fechas 3, 7 y 9 de septiembre, que se refieren a estos hechos y también telegramas de los familiares de los detenidos y del señor Narváez, en que comunican la libertad de los mismos.

"Si la Justicia federal mandó poner en libertad por absoluta falta de méritos para proceder en contra de los señores Arsenio Narváez y Alberto Rojas, que se dice firmaban el documento cuya copia fotográfica era motivo de la escandalosa noticia, es absolutamente lógico y claro que ninguna responsabilidad hay en contra de los otros ciudadanos que formaron aquella Legislatura, ni de ninguna otra persona. Y así queda aclarado que no se trata en ese caso sino de una torpe calumnia inspirada por pasiones políticas y por un perverso deseo de venganza.

"Pero esta intriga, que procede del general Carlos Vidal, gobernador del Estado de Chiapas, buscó

a un individuo, uno que pudo prestarse a esta indecente maniobra, y es Pascual Córdoba, quien aunque fue candidato a diputado en aquella Legislatura, nunca fue a la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, como lo podrán manifestar los componentes de aquel Congreso y las actas de actuaciones levantadas durante su funcionamiento.

"Quien representó a la ciudad de Tuxtla Gutiérrez fue el señor Luis T. Olmos, como diputado por el distrito electoral de Soconusco. Para mejor claridad, voy a permitirme hacer una exposición, aunque parezca prolija: en el Congreso vidalista del Estado de Chiapas existe un diputado guatemalteco llamado Ricardo Alfonso Paniagua. Este individuo es nativo de la población de Tacaná , de la República de Guatemala, y ha actuado en la región fronteriza de aquel país. Pascual Córdoba ha vivido mucho tiempo en Guatemala y en donde se encuentra desde principios del corriente año.

"Hay que hacer constar que cuando apareció la intriga, todos los componentes de aquel Congreso se encontraban y todavía se encuentran en territorio nacional. (Así lo manifestamos al presidente de la República y al ministro de Gobernación al otro día de haber aparecido la noticia). Ocho de aquellos diputados se encontraban en la capital de la República; el señor Arsenio Narváez, en Tepa, del Estado de Tabasco; el señor Alberto Rojas, en San Cristóbal las Casas; el señor Enoch Escobar, en Simojovel, y el licenciado Herminio M. Solís, en Comitán; en señor Bernardo Higuera, En Tonalá, Chiapas, y el señor Luis T. Olmos, en Tapachula. El señor Narváez, desempeñando un empleo del Gobierno del Estado de Tabasco, y todas las otras personas en los lugares de su origen y de su residencia, dedicadas a sus asuntos particulares. A nadie se le escapa que es una idea imbécil pensar en un movimiento separatista cuando se encuentra la mayoría en la capital de la República y el resto en sus hogares, dedicados a sus ocupaciones ordinarias.

"A principios de este año, con pretexto de tratar asuntos relativos a la langosta, salió de Chiapas para Guatemala el diputado guatemalteco Ricardo Alfonso Paniagua. Al poco tiempo apareció en la Secretaría de Gobernación la copia fotográfica aludida; y desde luego resulta la coincidencia y el origen de la intriga. Hay que tener en cuenta que este individuo Paniagua acostumbra suplantar documentos. La Cámara de Diputados tiene un expediente relativo a las elecciones federales habidas en el sexto distrito electoral del Estado de Chiapas, cuya cabecera es la ciudad de Comitán, y en el cual hay una documentación relativa a un señor Domínguez, en la cual están falsificadas las firmas del presidente municipal de Motozintla, de otras personas y hasta los sellos del Ayuntamiento. Esta comisión puede traer a la vista dicho expediente y comprobar los hechos referidos.

"Pero hay un dato más importante sobre el origen de la intriga: en la mañana del día en que apareció en "El Universal" la noticia, un individuo que dijo llamarse Daniel Córdoba y que era hermano de Pascual Córdoba, y que venía de Guatemala, se me presentó primero y después al general Tiburcio Fernández Ruiz, senador por el Estado de Chiapas, enseñándonos el contenido de una acta sin firma, en que se proponía la creación del Estado de Chiapas en República independiente, nombrándose a su hermano Pascual jefe del movimiento. Inmediatamente el general Fernández y yo, comprendiendo la maniobra, intentamos hablar con el señor presidente de la República para poner en su conocimiento ese hecho y pedirle que se mandara detener a este individuo para aclararse desde su base el origen de la intriga. No pudimos ver al señor presidente de la República; pero el general Fernández habló con el general José Alvarez, jefe del Estado Mayor Presidencial, exponiéndole todo el asunto y entregándole original de la copia sin firma que había traído el agente de Pascual Córdoba, de Vidal o de los dos.

"Este hecho también lo pusimos en conocimiento, desde luego, del señor licenciado Valenzuela, ministro de Gobernación. Ignoramos si fue detenida esta persona, porque nada se nos dijo, a pesar de la promesa del ministro de Gobernación. Nosotros pensamos en aquel momento hacer un escándalo con motivo de la intervención de este individuo; pero el señor ministro de Gobernación nos manifestó que el Gobierno no quería que se dijera una sola palabra de este asunto, por lo delicado de las relaciones internacionales; y que el señor presidente de la República tampoco quería que se dijera nada sobre esta intriga. El propio señor presidente de la República me mando manifestar a mí personalmente y a suplicarme, por conducto del señor diputado Carlos Riva Palacio, actual gobernador del Estado de México, que yo podía hacer todas las declaraciones, pero que él me recomendaba que no dijera nada por la prensa.

"Yo ocurrí, en compañía del general Tiburcio Fernández Ruiz, a la dirección de los tres más importantes diarios, "El Universal", "El Excélsior" y "El Demócrata", entregándoles declaraciones amplias y algunas de ellas escritas, de las cuales me permito acompañar una relativa a ese asunto; y aunque los periódicos al principio nos prometieron hacer las declaraciones, después nos manifestaron que por disposición de la Secretaría de Gobernación no se publicaba nada; y sólo apareció en los tres diarios, en primera plana, el día 30 de julio anterior, una declaración del señor licenciado Aarón Sáenz, ministro de Relaciones, diciendo que él no había proporcionado ninguna noticia a la prensa sobre el pretendido asunto.

"El senador Fernández se dirigió a la Cámara de Senadores también haciendo exposición de esos hechos y de algunos detalles muy interesantes, pidiendo garantías para los diputados chiapanecos. En dos fojas me permito acompañar copia a carbón del referido documento.

"También los exdiputados chiapanecos ocurren al procurador general de la nación, pidiendo que esos hechos no se dejaran en la penumbra. Igualmente acompaño una copia a carbón de dicho escrito con las firmas auténticas.

"Si no se detuvo al individuo Daniel Córdoba, es que no se quiso buscar la verdad del asunto; y si se hizo, seguramente que la Secretaría y Gobernación y la Presidencia de la República deben tener la confirmación de lo burdo y torpe de la intriga.

"Por lo que hace a mí, después de la resolución

dada por el Senado de la República, de acuerdo con el secretario del Ejecutivo de la Unión, para declarar desaparecidos los poderes del Estado de Chiapas, lancé un manifiesto en marzo del corriente año, dando mis puntos de vista y separándome de la cuestión política local. También lo manifesté así, de manera expresa y terminante, al señor presidente de la República, en una entrevista que tuve con él en el mismo mes.

"Respecto al origen de la intriga del general Vidal en contra de los miembros que formaron la Legislatura local del Estado de Chiapas, me permito manifestar que se debe únicamente a que estos elementos estuvieron peleando con el general Tiburcio Hernández Ruiz en contra de los reaccionarios y traidores delahuerentistas. Este hecho es bien conocido de todos los miembros de la Cámara y del país en general. Cuando el infidente De la Huerta ocupó Tabasco y ocupaba todo el Sureste de la República, pues la reacción había tomado los Estados de Yucatán, Campeche, Tabasco, Veracruz, Oaxaca, Guerrero, Puebla y el Territorio de Quintana Roo, sólo el Estado de Chiapas, debido a la entereza y hombría del señor general Tiburcio Fernández Ruiz, gobernador de aquel Estado, fiel y leal al Gobierno revolucionario del general Obregón, todos los viejos compañeros de armas del general Fernández se agruparon alrededor del Gobierno local, atendiendo al llamado de aquél, y tomaron el mando de dichas fuerzas los diputados al Congreso local coronel Sínar Corzo, capitanes Martín Paredes, Víctor Manuel Fernández y teniente coronel Victoriano Osorio, este último muerto por los traidores peleando bizarramente en defensa de la legalidad, en el combate de Ixtapa. Estos hechos gloriosos y que nos enorgullecen a todos los chiapanecos, los ha recogido la historia y son conocidos del país. Hay algo todavía más importante y conocido respecto a la lealtad del grupo que estuvo con el general Fernández y que después me postuló y me sacó triunfante en las elecciones de gobernador. En el Estado de Chiapas encontraron la última etapa los grupos del movimiento delahuertista, y allí cayeron prohombres de la rebelión, como Diéguez, Ocampo, García, Alonso y Macario Hernández.

"Devuelta la tranquilidad al país y vencida la reacción, el general Fernández, de acuerdo y por indicaciones del general Calles, se separó del Gobierno del Estado de Chiapas para lanzar su candidatura como senador de la República, y tomó la dirección de los trabajos políticos; aquel grupo lanzó la candidatura del general Calles para presidente de la República, y la mía para gobernador del Estado.

"En estas circunstancias, apareció la candidatura de Carlos Vidal, que venía derrotado de Aguascalientes, y encontró apoyo en el elemento político de esta capital y, especialmente, dentro de los elementos militares. No teniendo ninguna popularidad en el elemento revolucionario y liberal del Estado de Chiapas, tuvo necesidad de acogerse al elemento delahuertista. Acompaño unos periódicos y un memorial dirigido al presidente de la República, sobre los elementos reaccionarios delahuertistas que componen la administración de Vidal, en Chiapas, y documentos originales que prueban que los diputados de Vidal recibieron dinero de la Secretaría de Hacienda para propaganda delahuertista.

"Es claro que, dada la diferencia de condición política de ambos elementos, no encontrando Vidal ningún medio de atacar a sus enemigos, ha tenido que recurrir al papel de calumniador.

"Pido a esa comisión agregue los anexos que acompaño, al expediente respectivo, pida los datos que crea prudente a la Secretaría de Gobernación; por telégrafo solicite copia certificada al juez de distrito del Estado de Chiapas, de todo el procedimiento seguido en contra de los señores Arsenio Narváez, Alberto Rojas y licenciado Herminio M. Solís, especialmente con detalles sobre el documento original que haya motivado el procedimiento; devolverme los telegramas originales, dejando copias en autos, por pertenecer a terceras personas; y ratificar y ampliar a los distintos firmantes de los documentos, si lo estimare necesario.

"México, octubre 9 de 1925.- Luis Ramírez Corzo."

El C. Ramírez Corzo: En el documentó a que se acaba de dar lectura, y que yo dirigí a la Comisión Instructora, se hace relación a una amplia y copiosa documentación que obra aquí y que confirma cada uno de los puntos a que se refiere: escrito de fecha 3 de agosto del corriente año, dirigido por los ocho diputados al Congreso local que se encontraban aquí, al señor presidente de la República, así como el memorial de estos mismos señores representantes, en que pidieron la consignación de los hechos al agente del Ministerio Público, cuyos documentos fueron entregados personalmente al señor secretario Valenzuela. También aquí hay un documento en que se mencionan todos los elementos delahuertistas que desempeñaron cargos en el Estado de Chiapas, cuyos documentos dicen:

"Ciudadano presidente de la República.- Palacio Nacional.

"Los infrascritos tenemos el honor de ocurrir respetuosamente a usted, para exponerle: que la prensa de esta capital se ha ocupado del pretendido separatismo de Chiapas, nuestro Estado natal, atribuyendo la responsabilidad a la Legislatura ramírezcorcista, que integrábamos nosotros como diputados, y en la que, dice "El Universal Gráfico", en la edición del 29 del mes anterior, concibió el plan de segregar el Estado de Chiapas de la República Mexicana, al tener conocimiento de que el ministerio de Gobernación había desconocido la validez de la elección de gobernador hecha en favor del Licenciado Luis Ramírez Corzo.

"Negamos tal aseveración, con la misma energía con que se rechaza una ofensa, pues nada tan falso como aquéllo que entraña una calumniosa imputación para nosotros, por lo que protestamos contra ella; y no señalamos desde luego a sus autores, porque aún no ha hablado la justicia, deseando nosotros que se abra la averiguación correspondiente, para deslindar responsabilidades y que, en su oportunidad, sean castigados los calumniadores.

"Entre los subscritos, que radicamos siete en esta capital, cuyas direcciones abajo las expresamos, así como también los nueve restantes, radicados en territorio mexicano, se cuentan defensores de la legalidad contra la rebelión delahuertista, que supieron combatirla con las armas en la mano;

pero hoy, allá, en Chiapas, bajo la administración vidalista, los que menos garantías tienen para su honra y su vida, son ellos, razón por la cual se han visto precisados a emigrar de su terruño, después de la triste experiencia de los asesinatos cometidos por vidalistas contra un grupo de pacíficos campesinos, el 12 de enero del corriente año, en el pueblo de San Fernando, jurisdicción del distrito de Tuxtla Gutiérrez; de los asesinatos de los capitanes Asunción Tipacamú y Jorge Atala y el del teniente José G. Llaven, y, por último, del asesinato frustrado del coronel Sínar Corzo, signatario de este memorial, que fue herido gravemente a traición, quedándole una deformación en la cara a consecuencia de la herida.

"Por lo tanto,

"A usted, señor presidente, pedimos se sirva consignar el hecho al procurador, de justicia, para la averiguación del delito que se imputa a los miembros de la Legislatura de que formábamos parte; dignándose usted acordar también que la administración vidalista dé garantías a todos los ciudadanos pacíficos que militaron en el partido contrario al suyo.

"Protestamos a usted las seguridades de nuestra adhesión y respeto.

"México, D. F., 3 de agosto de 1925.- Licenciado Mariano Aguilar, hotel Casa Blanca.- Sínar Corzo, 7a. de Mina, 130.- Martín Paredes, Correo Mayor, 6.- Enoch C. Araujo, Allende, 28.- Belisario Borrás, 3a. de Mina, 51.- Juan F. Corzo, Venezuela, 18.- Víctor Manuel Fernández, 7a. de Mina, 130."

"Ciudadano agente del Ministerio Público en turno:

"Los subscritos, todos mayores de edad, en pleno ejercicio de nuestros derechos civiles, ante usted, con todo respeto, exponemos:

"Que en la página de los diarios de la tarde "El Universal Gráfico", correspondiente al 29 de julio próximo pasado, que el presente escrito acompañamos, aparece una información con el título y subtítulo siguiente:

"Sensacionales revelaciones sobre una maniobra de traición.- Por el eterno móvil político, una Legislatura resolvió la emancipación del Estado de Chiapas, buscando, al efecto, el apoyo moral y material de los Estados Unidos.- Varias secretarías de Estado en México, tienen las pruebas de este plan, que pudo frustrarse gracias a la sensatez y reconocido mexicanisimo del pueblo chiapaneco."

"La Legislatura a que se refiere esta información es, según su texto, la que funcionó desde el 1o. de noviembre de 1924 hasta el día en que el Senado de la República resolvió el desconocimiento de esa Legislatura, así como los demás poderes, declarando que éstos habían desaparecido en el Estado de Chiapas.

"Como miembros que fuimos de la expresada Legislatura, nos creemos directamente aludidos en la expresada información, y toda vez que en ella se imputa a la Legislatura de que formamos parte el delito de traición a la patria, en la forma de una publicación sensacional, se nos debe conceptuar legalmente como los directamente ofendidos con la imputación calumniosa de la referida publicación.

"En la conciencia de todo público, así como en las altas esferas políticas, está fuera de duda que la expresada publicación ha sido fraguada por individuos poco escrupulosos que, sin darse cuenta de la trascendencia de sus actos malos, y con el simple propósito de ostentar la vileza de los medios que acostumbran emplear para lograr sus malsanos fines, han urdido una maniobra política de mala ley en el seno de la Representación Nacional para provocar en ella divergencias y conflictos que den por resultado los propósitos que en su plan ranchero pretenden obtener aquellos individuos. Más, aunque esa es la expresión pública y ella nos basta para tener la seguridad de que la tal publicación no sólo ha fracasado las intenciones de sus autores, sino que los ha ostentado como unos farsantes, no es absolutamente necesario que la justicia intervenga en el presente caso, abriendo la averiguación correspondiente, que tenga por fin deslindar las responsabilidades penales en que han incurrido los autores de esa información, para que se les imponga las penas señaladas por la ley.

"A este efecto, por el presente venimos a hacer formal acusación contra los que resulten responsables del delito de calumnia en nuestra contra, como miembros de la Legislatura aludida en la información tantas veces mencionada, y a pedir a usted, que es quien debe ejercitar la acción penal, se sirva consignar este memorial con los anexos que se adjuntan, a la autoridad judicial correspondiente, para los efectos de la averiguación.

"Apoya esta determinación los artículos 643, 644, 656, 657, fracción IV, y 658 del Código Penal.

"Por todo lo expuesto, a usted, ciudadano agente del Ministerio Público, pedimos atentamente que, teniendo por formulada esta acusación por el delito de calumnia contra los autores de la información y de la publicación de la misma, se sirva turnar al juzgado correspondiente, pidiendo la práctica de todas las diligencias necesarias para esclarecer los hechos y determinar la responsabilidad, en la inteligencia de que, encontrándose todos los firmantes del presente escrito en esta población, estamos desde luego en condiciones de facilitar todos los datos posibles para que esta averiguación quede perfectamente esclarecida, a cuyo efecto, a continuación damos nuestros nombres y domicilios en esta ciudad.

"México, a 31 de julio de 1925.- Mariano Aguilar, hotel "Casa Blanca".- Sínar Corzo, 7a. de Mina, 130.- Martín Paredes, Correo Mayor, 6.- Enoch Araujo, Allende, 28.- Belisario Borrás, 3a. de Mina, 51.- Juan F. Corzo, Venezuela, 18.- Víctor Manuel Fernández, 7a. de Mina, 130."

"Delahuertistas en el Gobierno del Estado de Chiapas.

"Licenciado José Castañon, secretario general de Gobierno, actualmente encargado como gobernador interino, hermano del exgeneral Tirso Castañón, que se encontraba conspirado en la vecina República de Guatemala. El licenciado Castañón fue enviado de esta capital por el propio don Adolfo de la Huerta, con la intervención de los exdiputados delahuertistas Luis Espinosa y Jaime Solís, para que éste fuera a ver a su hermano Tirso, que hiciera el movimiento delahuertista en el Estado de Chiapas, lo que efectuó. Tirso Castañón era

administrador principal del Timbre en San Cristóbal de las Casas al estallar el movimiento. Fingió estar del lado del Gobierno y se presentó al general Donato Bravo Izquierdo en San Jerónimo, Oax., en donde dicho jefe le dió armas y parque, comisionándolo para que reclutara gente. Con estos elementos y el dinero de la Administración Principal del Timbre de San Cristóbal, traicionó al Gobierno en San Cristóbal las Casas. De estos hechos hay amplia información en la Presidencia de la República y en la Secretaría de Guerra y Marina. Para ir el licenciado José Castañón a tratar este asunto con su hermano, como no estaba expedita la comunicación de Chiapas, fue por Guatemala, vía Nueva Orleans.

"Diputados delahuertistas en el Congreso local.

"Ramón Pino y Farrera, que es representante por Villa Flores y Cintalapa, hermano del licenciado Miguel Pino y Farrera, delahuertista levantado en armas que fue muerto en un combate en el Istmo de Tehuantepec, en el mismo en que fue muerto el exdiputado delahuertista Ché Gómez. Además, es hermano del delahuertista Arturo Pino, que se levantó en armas en Cintalapa, por cuyo motivo fue apresado y fusilado por el coronel de fuerzas Zapatistas Alfonso Moguel, de destacamento en la población de Cintalapa, en aquella época. De estos hechos también hay una amplia información en la Secretaría de Guerra y en la Presidencia de la República.

"Emilio Esponda, por Comitán, terrateniente y latifundista, representante de Leocadio Velasco y Cabrera, exgeneral delahuertista en la República de Guatemala. En la presidencia de la República existe una fotografía en que Emilio Esponda acompaño al mencionado general delahuertista en su entrada en Comitán. Esta fotografía fue remitida al señor presidente de la República, general Obregón, por el general de división Tiburcio Fernández, a fines del año pasado.

"José Castellanos, por el Departamento de Chilón, se encuentra en esta fotografía en unión de Emilio Esponda, aparece con el exgeneral Velasco y Cabrera en una manifestación en favor de De la huerta, efectuada en Comitán, en enero del año pasado.

"Raúl Marina Flores, diputado nombrado por Chiapas, delegado delahuertista en la convención que efectuó el Partido Cooperatista en esta capital en el teatro "Hidalgo" en noviembre en el año de 1923. Este individuo era agente de De la Huerta en Chiapas, de quien recibió remesas de dinero por conducto de la secretaria particular de Julieta Tovar. Tenemos los originales que comprueban estas circunstancias.

"Francisco Constantino, por la Libertad, excapitán pinadista, quien en la rebelión de De la Huerta estuvo como jefe del destacamento sedicioso en la ciudad de San Bartolomé.

"Arturo Lara, por Palenque, delahuertista; estuvo con Pineda, hermano del general rebelde César A. Lara, quien, fue nombrado gobernador de Chiapas por el mismo infidente Adolfo de la Huerta.

"Raúl León, diputado por Tuxtla, fue regidor del Ayuntamiento que presidió Romeo Coutiño, quien siendo presidente municipal de Tuxtla Gutiérrez en 1923, se lanzó a la revolución delahuertista, siendo León su consejero y director. De esto también hay información y antecedentes en la Presidencia de la República y en la Secretaría de Guerra y Marina.

"Licenciado Manuel Flores Tovilla, por San Cristóbal las Casas, director intelectual del levantamiento del exgeneral Tirso Castañón. Actualmente desempeña el puesto de magistrado como suplente.

"Otros funcionarios y empleados de origen delahuertista.

"General Alfonso Domenzáin, ex jefe del Estado Mayor del exgeneral delahuertista Salvador Alvarado, y de los significados en el movimiento de los infidentes que estuvieron al lado de De la Huerta. Este señor es actualmente colector de rentas de la ciudad de Tapachula. Esta colecturía es la que recauda el 80 por ciento de los ingresos del Estado. De los antecedentes de este señor hay datos en la Secretaría de Guerra y Marina.

"Manuela Pino y Farrera, hermana del mencionado Miguel Pino y Farrera, muerto en el Istmo; esta señora es colectora de rentas de Tonalá.

"Leopoldo De la Rosa, actualmente agente del Ministerio Público en Soconusco. Este individuo fue herido en el combate en que perecieron el exdiputado Ché Gómez y Miguel Pino y Farrera; iba con ellos levantado en armas contra los delahuertistas.

"Rubén Pinto Barillas, actualmente juez de 1a. instancia en la ciudad de Comitán. Este individuo fue oficial mayor del Gobierno delahuertista que presidió en Comitán Enoch Ortiz; de cuya actuación hay notas oficiales en la Secretaría de Gobernación y en la Presidencia de la República.

"Licenciado Justo Mijangos, fue secretario general del Gobierno delahuertista encabezado por el propio Enoch Ortiz en Comitán; hoy es juez de 1a. instancia en la ciudad de Comitán.

"Carlos Flores Tovilla, que siendo presidente municipal en el movimiento delahuertista, se unió a Tirso Castañón; es hoy también presidente del mismo municipio de San Cristóbal.

"Juan M. Gutiérrez, comandante de la Policía en el distrito de San Cristóbal las Casas, es oficial pinedista amnistiado. También son exdelahuertistas la mayor parte de la policía de la misma población.

"Exmayor delahuertista amnistiado Miguel Aguilar, que pertenecía a la escolta personal del general Salvador Alvarado, es actualmente inspector general de policía en el Estado de Chiapas. La mayor parte de la policía a sus órdenes también está compuesta por elementos delahuertistas amnistiados. Este exmayor Aguilar fue quien personalmente dió muerte en Frontera, Tabasco, al teniente coronel Rodríguez, que fue uno de los leales cuando las fuerzas federales en aquella población defeccionaron, declarándose delahuertista. De estos hechos hay datos en la Secretaría de Guerra y Marina y puede confirmarlos el general Maximiliano Avila Camacho, que fue uno de los generales con mando en el Estado de Chiapas.

"El contador de la Colecturía de Rentas de San Cristóbal las Casas es el señor Manuel Santiago Espinosa, que fue pagador de las fuerzas delahuertistas al mando del exgeneral Tirso Castañón.

"Juan Zorrilla, capitán delahuertista amnistiado de las fuerzas de Pineda, es actualmente agente fiscal del distrito de Chilón. También de los antecedentes de este individuo hay datos en la Secretaría de Guerra y Marina .

"Manuel Paz Contreras, hijo, oficial delahuertista, que militó a las órdenes de Rubén Quintero, ha sido ayudante del gobernador del Estado, general Vidal.

"Tesorero general del Estado, de apellido García estuvo en convivencia con el delahuertismo en el Estado de Tabasco, habiendo salido de aquí para ir a Chiapas con el general Vidal. Personalmente nos ha manifestado el licenciado Tomás Garrido, gobernador del Estado de Tabasco, que él tiene los datos de la actuación de este individuo, y puede dar los informes.

"Vicente Liévano, contador de la Tesorería General del Estado. Este individuo desempeñaba durante la administración de Fernández Ruiz el cargo de inspector de Hacienda. En el movimiento delahuertista entregó la Colecturía de Rentas de San Cristóbal las Casas al cabecilla Leocadio Velasco, habiéndosele cesado por habérsele comprobado que estaba en convivencia con el mismo.

"Alberto Argüello, exteniente coronel de la huertista, administrado, desempeña actualmente el puesto del jefe de la Sección de Instrucción Pública en el Gobierno de Vidal, en Chiapas.

"Manuel Llano, excoronel delahuertista, que militó durante mucho tiempo a las órdenes de Pineda, amnistiado, es actualmente rematante del mercado público de Tapachula. Este individuo es español, según constancias que existen en el Consulado de esta nación en Tapachula.

"Valente Besares, presidente municipal de Arriaga, delahuertista que durante el movimiento rebelde, de acuerdo con Pino y Farrera, asaltó el Ayuntamiento de la población de Arriaga, se encuentra actualmente desempeñando el mismo puesto. "Hay en todas las dependencias del Gobierno numerosos individuos que se encuentran en iguales condiciones, pero que muchos no nombramos por no hacer más larga esta lista.

"Además, se encuentran gozando de concesiones que el Gobierno del general Vidal les ha dado en Chiapas, disfrutando en canonjías y comisiones íntimas del propio Gobierno, el excoronel Carlos Merino, exrebelde y amnistiado; Romeo Coutiño, en igual caso; Eduardo Castellanos, Enrique Espinosa, Luis B. Montesinos; un señor apellidado Villegas, que fue telegrafista de Alvarado; Ramón Gutiérrez, Gustavo Moguel, ayudante del exgeneral Tirso Castañón; Manuel Zepeda Lara, excolector del Gobierno delahuertista en Pichucalco; Abelardo Rodríguez Córdoba, que estuvo levantado en armas con Pineda; el llamado general y gobernador delahuertista César Lara, persona de todas las intimidades y confianza del gobernador del Estado, el general Vidal, y que ha llegado al colmo de ser inspector general de alcoholes en el Estado.

"Teniendo en cuenta estas condiciones y además que el general Fernández y sus partidiarios fueron quienes estuvieron del lado de la legalidad en el último movimiento rebelde, encabezado por Adolfo de la Huerta, se explica la serie de intrigas desarrolladas por los elementos de Vidal, que son los delahuertistas, y que han destacado todas las persecuciones en contra de los elementos que estuvieron por parte del Gobierno.

"Sin tener muchas suspicacia, se explica aquí el origen de los asesinatos de los capitanes Asunción Tipacamú y Jorge Atala, teniente José Llaven, todos de la escolta personal del general Fernández, muertos en manos de los enemigos; con la circunstancia de que hasta hoy las autoridades no han encontrado ningún indicio de los delincuentes, lo que sólo se explica por una lenidad reprobable y una pasividad sospechosa.

"También la hecatombe llevada a cabo en el pueblo de San Fernando por elementos delahuertistas armados, en contra de campesinos pacíficos indefensos quienes en el momento difícil, en masa se presentaron a prestar su apoyo al Gobierno del Estado, cuando se encontraba comprometida la situación.

"Tres miembros del Congreso local, el coronel Sínar Corzo, el teniente coronel Victoriano Osorio y el capitán Martín Paredes, fueron los primeros en tomar el mando de los elementos de guerra que formó el Estado de Chiapas para oponerse a los infidentes delahuertistas que venían del Estado de Tabasco. El teniente coronel Victoriano Osorio murió gallardamente en el combate de Istapa, peleando contra los traidores.

"El pago que las autoridades locales actuales dieron al coronel Sínar Corzo de su lealtad y hombría, ha sido que varios políticos en lucha del general Vidal, y el presidente municipal de Ocozocuautla, partidiarios suyos, al frente de los gendarmes municipales, asaltaron al mencionado coronel Sínar Corzo, estando éste solo, y por la espalda le dispararon varios balazos, uno de los cuales le hizo blanco y puso en peligro su vida.

"Hay sospechas de que el autor de este asesinato frustrado es un individuo llamado Salvador Sarmiento, y a quien igualmente toda la opinión pública de Tuxtla Gutiérrez indica como autor del asesinato del conocido político Rafael Macal G., que acaba de ser muerto en aquella ciudad, y que, por la personalidades del occiso así como la del presunto matador y las circunstancias en que se ha desarrollado esta tragedia, da la certeza de que se trata de un crimen por móviles políticos.

"México, D. F., a 6 de agosto de 1925.- T. Fernández Ruiz.- Alfredo Aguilar.- José H. Ruiz.- César Martínez Rojas.- Mariano Aguilar.- Luis Ramírez Corzo.- Víctor M. Fernández.- Milcíades Carrascosa.- B. Borrás.- Martín Paredes.- S. Corzo.- Juan F. Corzo.- Enoch Araujo.- Benjamin Mijangos."

Me voy a permitir suplicar a la Secretaría lea otro documento, y pido a la Asamblea se sirva escuchar, por la importancia que tiene, a efecto de explicar cuál es la situación de los delahuertistas en el Estado de Chiapas y cuál es la situación de los elementos callistas. Igualmente a los compañeros laboristas se sirvan oir la lectura de este documento y fijarse en él, cuyo original obra en el expediente, para que normen su criterio a este respecto.

- El C. secretario Cerisola, leyendo:

Telegrama procedente de: "México, secretaría de Hacienda, 6 de julio de 1923.

"Señor Raúl Marina Flores.

"Ya líbranse órdenes a Tesorería para que libramiento expedido su favor por mil quinientos, le sea pagado por conducto de Jefatura Hacienda en ésa. Salúdolo.- Secretario particular, J. Tovar."

El C. Ramírez Corzo: Un telegrama del secretario particular de don Adolfo de la Huerta, J. Tovar, fechado a fines de julio de 1923, y dirigido al señor Raúl Marina Flores, mandándole entregar, por conducto del jefe de Hacienda en Chiapas, la suma de mil quinientos pesos. Este individuo es actualmente diputado al Congreso local.

Hay otro documento aquí, en que se hace constar, por una certificación notarial, que este individuo fue representante de los delahuertistas en la Convención que se efectuó en el Teatro Hidalgo en 1923, y que dice:

"Emilio Alberto Pérez, mayor de edad y con residencia en la capital de la República, calle Zarco número 7 y actualmente de paso en esta ciudad, certifica:

"Que desempeñando una comisión reservada del Comité Pro - Calles en el año de 1923, fue testigo presencial que en la convención que el Partido Cooperatista celebró el 20 de noviembre del mismo año, en el teatro de Hidalgo, el señor Raúl Marina Flores, que postula candidato a diputado por el 8o. distrito electoral del Estado al Congreso local, se llamó representante por Chiapas en la citada convención y le ofreció al señor don Adolfo de la Huerta su candidatura a la Presidencia de la República.

"A solicitud del señor Filadelfo Grajales extiendo el presente, en Tuxtla Gutiérrez, a los seis días del mes de abril de mil novecientos veinticinco. E. A. Pérez."

"El subscrito notario público certifica: que la firma que antecede es auténtica y puesta ante él.- Doy fe.- Es copia.- Rúbrica.- un sello que dice:

El licenciado Arcadio López Reyes.- Notario Público.- República Mexicana.- Chiapas."

Ahora, señores representantes, viene la lectura de documentos que son la base substancial que aclara la intriga de este asunto. Se trata de las copias que ha mandado el juzgado de Distrito de Chiapas sobre la averiguación instruída en contra de los señores Arsenio Narváez y Alberto Rojas, cuyas constancias aclaran que el documento es apócrifo, puesto que todos los peritos calígrafos están absolutamente acordes en este sentido, y los individuos que fueron examinados no solamente negaron, sino que rechazaron con todo valor y patriotismo las imputaciones que se les hicieron. Para no hacer muy larga la lectura, yo suplico a la Secretaría que dé únicamente lectura al documento fotografiado, a las declaraciones de los señores Arsenio Narváez, Alberto Rojas y Herminio Solís, que fueron los detenidos, declaraciones que rindieron ante el agente del Ministerio Público federal y ratificaron ante el Juzgado de Distrito, así como a la resolución que recayó mandándolos poner en libertad por no haber méritos para proceder en contra de ellos.

- El C. secretario Cerisola, leyendo:

"El licenciado Luis Domínguez C., secretario interino del Juzgado del Distrito de Chiapas,

"Certifica: que en la Causa número 6 (seis) del año de 1925 ( mil novecientos veinticinco), iniciada contra Arsenio Narváez y Alberto Rojas, por el delito de traición a la patria de que los acusa el agente del Ministerio Público federal, se encuentran las constancias que siguen:

"Copia fotográfica.- Sello que dice: "Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chiapas. Estados Unidos Mexicanos."- Legislatura.- Número veintiséis.- Asunto:- Se le comisiona para que solicite la protección de Estados Unidos en la erección de la República de Chiapas.- C. diputado Pascual Córdoba C.- Tapachula, Chis.- La XXX Legislatura del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en sesión secreta de esta fecha, acordó, por mayoría de votos, según consta del acta respectiva, lo siguiente: "Habiéndose violado de una manera indiscutible la soberanía de Chiapas al nulificar las elecciones legales de diputados a la XXX Legislatura y gobernador del Estado, imponiéndose el Senado de la República por un mero capricho del presidente Plutarco Elías Calles, pasando sobre nuestra Constitución local y destruyéndose por ende toda esperanza de bienestar y progreso, motivo de nuestra anexión a la República de México, se comisiona al C. diputado propietario Córdoba C. Pascual, electo por el distrito de Soconusco, para que cuando agotados todos los medios para conciliar los intereses políticos del Estado, se acerque al Gobierno de la vecina República de los Estados Unidos y gestione su protección a efecto de erigir la República de Chiapas, siguiendo en todas las tendencias progresistas de aquel gran pueblo; en el concepto de que Chiapas, como se probará debidamente si así fuere necesario, con los documentos respectivos, ha sido un país independiente antes de su anexión a México y no está obligado a seguir perteneciendo a una nación que, burlando traidoramente sus tratados, le impide seguir el derrotero de los pueblos civilizados. Al entrar en tratados, puede el diputado Córdoba negociar un empréstito para sufragar los primeros gastos de la República de Chiapas y las concesiones que crea pertinentes encaminadas a abrirle las puertas de la prosperidad al hoy Estado de Chiapas, y que terminen para siempre las perversas maquinaciones de elementos insanos consagrados a procurar su ruina. Si las circunstancias llevaren al diputado Córdoba a un terreno difícil en que no basten las presentes instrucciones, este H. Congreso, que le confiere la alta misión de redimir a Chiapas, lo faculta para que con toda discreción y decoro resuelva el caso, en la inteligencia de que en su oportunidad será aprobada cualquiera determinación que se vea precisado a tomar. No es demás suplicar al Gobierno de la Casa Blanca el sigilo que reclama el asunto de que se trata para que el buen éxito corone la empresa". Tenemos el honor de transcribirlo a usted para sus efectos y con la seguridad de la eficacia con que tratará su importante comisión, de antemano lo felicitamos, protestándole las seguridades de nuestra atenta consideración muy distinguida.- Tuxtla Gutiérrez Chiapas, diciembre once de mil novecientos veinticuatro.- Diputado secretario, Arsenio Narváez G.- Diputado secretario, Alberto Rojas.- Rúbricas.

"Declaración de Arsenio Narváez ante el M. Público.- En Tuxtla Gutiérrez, siendo las diez de la

mañana del día 3 de septiembre de 1925 mil novecientos veinticinco, se hizo comparecer ante esta Agencia al detenido señor Arsenio Narváez, quien previa promesa de decir verdad, fue interrogado sobre sus generales, y dijo nombrarse como queda dicho, de 34 treinta y cuatro años de edad, casado, comerciante, natural de la Villa de Copainalá, Mezcalapa, y por hoy residente en esta capital. Preguntado si sabe o presume el motivo de su detención, contestó: que supone sea debido porque se le considera responsable de un documento fotográfico que le fue puesto a la vista el día de antier por el ciudadano gobernador del Estado. Interrogado si en diciembre del año próximo pasado desempeñaba un cargo de elección popular, respondió: que era entonces presunto diputado por el segundo distrito electoral del Estado, o sea por el distrito de Mezcalapa. Preguntado si le fue reconocido y declarado oficialmente dicho cargo, contestó afirmativamente, agregando que tal reconocimiento le fue hecho por el que entonces era gobernador del Estado, general Tiburcio Fernández Ruiz. Interrogado si llegó a ejercer las funciones propias de ese cargo, dónde y por qué tiempo, contestó afirmativamente, agregando: que las juntas del Congreso de que formó parte, se instalaron y ejercieron sus funciones en una pieza destinada por la Comisión Permanente, sin recordar por cuánto tiempo funcionó, pero sí puede afirmar que fue que hasta que el Senado resolvió sobre la nulidad de las elecciones de poderes de este Estado, verificadas el año próximo pasado. Interrogado si el Congreso de que dice formó parte celebró, como cuerpo colegiado, algunas sesiones y si de cada una de ellas se levantaron las actas respectivas, contestó: que celebraron algunas sesiones. Interrogado dónde existen esas actas y quién las conserva, dijo: que existen y que habiendo quedado en poder del oficial mayor del Congreso, C. Diógenes Pastrana, él debe proporcionar el dato a que la pregunta se refiere. Preguntado si el Congreso de que formó parte celebró algún acuerdo encaminado a romper el pacto que une al Estado de la Federación en los términos de los artículos 40 y 41 de la Constitución federal vigente, manifestó que no, o que, por lo menos, no tuvo conocimiento. Preguntando si ese el mismo Congreso celebró el acuerdo contenido en la copia fotográfica y si es suya la firma que lo cubre, con la antefirma de diputado secretario, manifiesta: que la copia que se le pone a la vista, es un documento espurio que jamás, como patriota, hubiera firmado. En tal estado se suspende esta diligencia, firmándola el declarante, con el subscrito agente y los de su asistencia.- Norberto Carpio.- J. Esquinca G.- H. Yáñez.- Rúbricas.- Al margen: Arsenio Narváez G."- Rúbrica.

"Declaración de Alberto Rojas ante el M. Público.- En seguida se hizo comparecer, igualmente, al señor Alberto Rojas, quien, previa promesa de producirse con verdad en este acto, y preguntado qué fue por sus generales, dijo: nombrarse como queda escrito, de cuarenta años de edad, casado, agricultor, natural y vecino de la ciudad de San Cristóbal las Casas. Preguntado si sabe o presume el motivo de su detención, dijo: que supone sea por estimársele responsable de un documento contenido en una copia fotográfica que en el día de antier le puso a la vista el ciudadano gobernador del Estado.

Interrogado si en el mes de diciembre del año retropróximo desempeño en esta capital algún cargo de elección popular, respondió: que fue presunto diputado a la XXX Legislatura del Estado, por el distrito de San Andrés, la cual se instaló y funcionó hasta la fecha en que el senado resolvió sobre la nulidad de las elecciones verificadas en el Estado el año pasado por la renovación de sus altos poderes. Preguntado si el Congreso de que formó parte celebró como cuerpo colegiado algunas sesiones, si de cada una de ellas levantaron actas, dónde existen o quién las conserva, contestó afirmativamente, levantándose las actas en libro especial, que ha de haber quedado en poder del oficial mayor, don Diógenes Pastrana; que esto se lo supone, no porque le conste, pues sólo llegaba al local del Congreso cuando se celebraba sus sesiones. Interrogado que si el Congreso de que tomó parte celebró algún acuerdo encaminado a romper el pacto que une el Estado con la Federación, en los términos de los artículos 40 y 41 de la Constitución vigente, manifestó: que no se celebró ningún acuerdo en el sentido que se le indica. Preguntado si ese mismo Congreso celebró el acuerdo contenido en la copia fotográfica que se le pone a la vista y si es suya la firma que la cubre y que con la antefirma de diputado secretario, dice Alberto Rojas, dijo: que es una sorpresa para él el contenido de la fotografía que tiene a la vista y que jamás ha puesto su firma en asuntos tan contrarios a sus convicciones. Con lo que se terminó la diligencia, que leída al declarante, fue conforme, la ratificó y firma con el subscrito agente y los de su asistencia.- Norberto Carpio.- J. Esquinca G.- H. Yáñez.- Rúbricas. Al margen: Alberto Rojas."- Rúbrica.

"Notificación.- En la propia fecha (cinco de septiembre) y siendo las nueve horas y diez minutos, notificado del auto que antecede el ciudadano agente del Ministerio Público Federal, quedó enterado y firma.- Norberto Carpio.-" Ovando."- Rúbricas.

"Preparatoria del señor Arsenio Narváez G.- En la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a las nueve horas quince minutos del sábado cinco de septiembre de mil novecientos veinticinco, se hizo traer de la cárcel pública al detenido señor Arsenio Narváez, con el objeto de tomarle su indagatoria. Se dió entrada a la diligencia a su defensor, señor licenciado José María Rincón, y al ciudadano agente del Ministerio Público. Se amonestó al detenido para que se produzca con verdad, y por sus generales, dijo: llamarse como se ha expresado, natural de Copainalá , Mezcalapa, y vecino actualmente de Teapa, Tabasco, accidentalmente en esta población, de treinta y cuatro años de edad, casado y comerciante. En seguida, el ciudadano juez le puso a la vista el documento que obra por cabeza de este expediente, la declaración que tiene rendida ante el Ministerio Público, a fojas cinco y seis, así como la acusación que este funcionario le hace, e interrogado, contestó: que protesta enérgicamente contra la acusación que se le hace, negando haber firmado el documento que se le puso a la vista, ni su original, porque el que obra en este expediente consiste en una copia fotográfica; que si tal hubiera hecho, no hubiera regresado al Estado de Chiapas con la confianza con que lo hizo, y que

ratifica en todas sus partes la declaración que rindió ante el agente del Ministerio Público. A moción del Ministerio Público, se interrogó al compareciente acerca de las personas que integraron la XXX Legislatura en aquella época, y dijo: que los licenciados Mariano Aguilar, Herminio M. Solís y Enoch Escobar y CC. Enoch Araujo, Bernardo de la Higuera, Alberto Rojas, Luis Olmos, Víctor Manuel Fernández, Martín Paredes, Juan F. Corzo, Raúl Pola y algunos otros cuyos nombres no le es posible recordar en estos momentos. El defensor, señor licenciado Rincón, en uso de la palabra, que le concedió el ciudadano juez, dijo: que se permite llamar la atención sobre que la documento base de estas diligencias, no constituye prueba bajo ningún concepto, toda vez que es una fotografía constante en tres fojas, de las que en la última aparecen las firmas de sus defendidos, precedidas de las huellas de una cinta de periódico, sin liga correspondiente a la antefirma del presunto diputado Arsenio Narváez, pues únicamente se ve precediendo a la firma diputado secretario, sin que en la segunda hoja se ve al final de ella el principio de la palabra diputado; que, además, en provecho de su defenso alega la circunstancia muy factible de haberse podido fotografiar documento hecho a propósito y aprovecharse la firma de él en otro documento extraño. Que, efectivamente, como en términos categóricos lo ha declarado el señor Arsenio Narváez, la actitud de él al venir a esta capital desde el Estado de Tabasco, revela al hombre de conciencia tranquila y sin ninguna responsabilidad pendiente por delito tan reprobable como sería el de traición a la patria. Que su defenso, señor Narváez, en distintas ocasiones dió prueba de su mexicanismo absoluto, poniéndose a las órdenes del señor presidente Obregón aquí, en el Estado, con motivo de la lucha presidencial pasada; que igualmente obran en su poder credenciales que justifican haber trabajado en el Estado por la candidatura tanto del general Obregón, como por la del actual presidente de la República, señor general Plutarco Elías Calles; que todas estas circunstancias vienen a constituir un conjunto de presunciones favorables todas a su defenso, que desvirtúan por sí cualquiera suposición en su contra, y espera el que lleva la voz, que tanto el señor juez como el señor agente del Ministerio Público Federal, al resolver en el asunto que se ve, lo hagan en sentido favorable de sus defensos. En seguida, se dió lectura al contenido de toda esta diligencia, afirmándose y ratificándose el detenido en ella, lo mismo que los demás concurrentes, en la parte que les corresponde y firmando al margen.- Norberto Carpio.- J. N. Rincón.- Arsenio Narváez G."- Rúbricas.

El C. Ramírez Corzo: En seguida viene la constancia del dictamen pericial de los calígrafos que dictaminaron sobre el apócrifo documento. Vuelvo a rogar a los compañeros presten su atención acerca de esta constancia y del otro dictamen que vendrá después, puesto que son muy interesantes para aclarar la absoluta verdad sobre este negocio.

- El C. secretario Cerisola, leyendo:

"Dictamen de peritos calígrafos.- En la misma fecha, siendo las diez y media horas, estuvieron presentes en este despacho los señores J. Domingo Palacios y Carlos Benavides, peritos calígrafos nombrados por este Juzgado, para dictaminar acerca de la autenticidad de las firmas que aparecen en el documento que encabezan estas diligencias. El ciudadano juez, ante su secretario, y en presencia del ciudadano agente del Ministerio Público y de los defensores de los procesados, licenciados Ausencio M. Cruz H., José María Rincón y C. Damián Gutiérrez D., procedió a recibir a los peritos la protesta legal de producirse con verdad, la que habiendo otorgado, dijeron: el primero ser de cincuenta años de edad, casado, tenedor de libros, originario y vecino de esta ciudad, manifestando que con los procesados no le tocan las demás generales de la ley.

El señor Benavides dijo: ser de cincuenta y un años de edad, casado, tenedor de libros, natural y vecino de esta ciudad y que en este asunto tampoco le tocan las demás generales de la ley. Interrogados acerca de la diligencia que se practica, y después de un largo rato de haber examinado el documento motivo de la misma, comparando las firmas que lo calzan, con las auténticas de los procesados que consta, tanto en este expediente, como con otras que obran en este Juzgado, manifestaron rindiendo su dictamen en los siguientes términos: que respecto de la firma del señor Narváez, pudieron advertir en la copia fotográfica los detalles siguientes: la "A" mayúscula con que principia el nombre tiene aguda la parte superior y la rúbrica parece que es una continuación de la "G" mayúscula con que termina la firma, la rúbrica parece que fue estampada con poca firmeza; mientras que la firma auténtica tiene la misma "A" mayúscula del nombre con la parte superior completamente redonda y el apellido está acentuado en las varias firmas que vieron; además, en la rúbrica auténtica se nota mayor soltura. - Respecto de las firmas del señor Rojas, observaron en la copia fotográfica lo siguiente: que el rasgo principal de la "A" mayúscula es corto y tiene algo cargada la tinta, en su terminación advirtiéndose poca firmeza; además, la última sílaba del nombre no tiene ningún rasgo, y respecto de la rúbrica encontraron algún parecido en la forma general. En las firmas auténticas vieron que la "A" mayúscula principia en su formación en la parte superior con un rasgo amplio y trazado con suavidad. Que la última sílaba del nombre, arrancando de la "o", tiene un rasgo que se eleva envolviendo la "t" para terminar horizontalmente. Que estas son las diferencias que encontraron entre las firmas que aparecen en la copia fotográfica y las auténticas que tuvieron a la vista de otros documentos. Por lo expuesto, dictaminan: que las firmas que aparecen al calce de la copia fotográfica que tienen a la vista, no son autenticas de los señores Arsenio Narváez y Alberto Rojas, tanto más, cuanto que no se tuvo a la vista el documento original del que fue sacada la copia fotográfica.- Con lo que se dió por terminada la diligencia, que, leída a los señores peritos, fueron conformes, la ratificaron y firman en unión de las demás personas que intervinieron en esta diligencia. - J. Domingo Palacios.- C. Benavides.- J. M. Rincón.- Damián Gutiérrez D.- A. M. Cruz H.- Norberto Carpio."- Rúbricas.

"Preparatoria de Alberto Rojas.- En la misma

fecha y siendo las doce horas, se hizo traer de la cárcel pública al detenido Alberto Rojas, se le amonestó para que se produzca con verdad y en seguida se dió entrada a sus defensores, señores licenciados Ausencio M. Cruz H. y José María Rincón, y al ciudadano agente del Ministerio Público. Por sus generales el detenido dijo llamarse como está expresado, ser natural y vecino de San Cristóbal las Casas, casado, de cuarenta años de edad y agricultor. En seguida se le pusieron a la vista el documento que encabeza este expediente, la declaración rendida por él ante el Ministerio Público Federal, de fojas seis y siete, y la acusación que este funcionario le formula, contestó: que no es suya la firma que calza la copia fotográfica que encabeza este expediente y que ratifica su declaración rendida ante el agente del Ministerio Público y que no está conforme con la acusación que se le hace y la niega en todas sus partes. A moción del Ministerio Público, se interrogó al compareciente acerca de las personas que integraron la XXX Legislatura de aquella época, y dijo que los licenciados Mariano Aguilar, Herminio M. Solís y Enoch Escobar, y CC. Enoch Araujo, Bernardo de la Higuera, Arsenio Narváez, Luis Olmos, Víctor Manuel Fernández, Martín Paredes, Juan F. Orozco y Raúl Pola. En uso de la palabra el licenciado José María Rincón, defensor del señor Alberto Rojas, dijo: que, como aparece ya del resultado del dictamen pericial practicado por orden de este juzgado, las firmas que aparecen al calce de la copia fotográfica, no son auténticas, pues a primera vista se ve que son una burda imitación de las firmas que auténticas obran, tanto en estas diligencias como en otros expedientes de este Juzgado, de sus defendidos, los señores Alberto Rojas y Arsenio Narváez; también lo manifiestan respecto del señor Rojas, pues que si alguno de ellos fuera responsable del delito que se les imputa, no hubieran permanecido tranquilamente en el Estado, como ellos lo han hecho; que si hay algún responsable del delito de traición a la patria, éste o éstos seguramente se encuentras ausentes de esta Entidad, evadiendo quizá la acción de la justicia, pues que el hombre honrado y patriota que no tiene que temer la responsabilidad de ningún acto penado por la ley, permanece como sus defendidos, tranquilo y dedicado a sus negocios particulares. Llama la atención sobre que en la copia fotográfica, base de estas diligencias, el sello que en ella aparece al margen no es el del Congreso local del Estado, sino el del Gobierno Constitucional del Estado.

Estos datos y los marcados anteriormente vienen a demostrar que plenamente la inculpabilidad de los señores Alberto Rojas y Arsenio Narváez, y espera fundadamente que no sea otra la resolución de este Juzgado. El detenido se afirmó y ratificó, previa lectura, firmando al margen con las demás personas que intervinieron en la diligencia. Y se cerró el acta del día, que suscribe el ciudadano juez ante el secretario que da fe.- Octavio A. González.- Luis Domínguez C.- S.- Rúbricas.- Al margen: Norberto Carpio.- J. M. Rincón.- A. M. Cruz H.- Alberto Rojas."- Rúbricas.

El C. Ramírez Corzo: De la declaración preparatoria del diputado Alberto Rojas, es muy importante tomar en cuenta esta llamada de atención que hace el declarante sobre que en la copia fotográfica, base de estas diligencias, el sello que aparece al margen no es del Congreso local del Estado, sino que dice; "Gobierno Constitucional del Estado". Me permito llamar la atención a los señores representantes por alguna observación que haré con posterioridad. En vista de las declaraciones de los detenidos Arsenio Narváez y Alberto Rojas, así como el dictamen pericial que declaró que las firmas no eran auténticas y que, en consecuencia, el documento era apócrifo, el juez de distrito del Estado de Chiapas, con fecha 7 de septiembre mandó poner en libertad a los detenidos por falta de méritos para proceder en contra de ellos. Además del señor Alberto Rojas y del señor Arsenio Narváez, fue traído de la ciudad de Comitán el señor licenciado Herminio Solís y también consignado a la autoridad que conocía del asunto. Es muy interesante la lectura de la declaración que rindió este letrado, por lo cual me permito suplicar a la Asamblea nuevamente su atención para oír de qué manera tan concreta, tan patriótica y tan viril el señor licenciado Solís rechaza el infame cargo que se le hizo por una maniobra política y solamente por bajas pasiones.

- El C. secretario Cerisola, leyendo:

"Declaración del licenciado Herminio Solís.- En Tuxtla Gutiérrez, capital del Estado de Chiapas, siendo las diez horas treinta minutos del día diez de septiembre de mil novecientos veinticinco, se hizo comparecer ante esta Agencia al detenido, licenciado Herminio Solís, quien previa protesta de decir verdad, fue interrogado por sus generales, y dijo: llamarse Herminio Matías Solís, de sesenta y cinco años de edad, casado, originario y vecino de la ciudad de Comitán, abogado. Preguntado si sabe o presume el motivo de su detención, contesta: que hasta la fecha, a pesar de haber sido aprehendido en el lugar de su domicilio a las veintidós horas del día dos del mes en curso, no se le ha hecho saber la causa legal del procedimiento en su contra ni el motivo que haya dado origen a él. Acto seguido se le dió conocimiento de la nota número 684 de la Procuraduría General de Justicia del Estado, por la que se consigna a esa Agencia por la responsabilidad que pueda resultarle en el delito de la traición a la patria, por el que están acusados Arsenio Narváez G. y Alberto Rojas, como diputados secretarios de la XXX Legislatura del Estado, a que el citado oficio se refiere. Interrogado si en los meses de noviembre y diciembre del año retropróximo haya desempeñado algún cargo de elección popular del Estado, responde: que en el mes de noviembre y diciembre citados, figuró como diputado propietario por el 11 distrito electoral de Chiapas, Cámara que figuró con el número XXX; pero que dejó de existir por haberse declarado nulas las elecciones verificadas a ese respecto en todo el Estado. Preguntado si el cargo a que se ha referido fue reconocido oficialmente por los poderes de la Federación, dijo: que no fue reconocido y por eso dejó de funcionar dicho Congreso XXX. Interrogado si llegó a ejercer las funciones propias de ese cargo y por qué tiempo, responde: que ejerció con sus compañeros dicho cargo de diputado en el

mes de diciembre último, disolviéndose la Legislatura en el mes entrante de enero. Preguntado qué comisiones o cargo especial dentro del mismo Congreso desempeñó durante el ejercicio de sus funciones, dijo: que cargo especial, ninguno; pero que sí figuró como presidente en el primer mes del ejercicio legar de la Cámara disuelta. Se le preguntó si el Congreso de que formó parte celebró algunas sesiones y si de ellas se levantaron las actas en que consten; contestó afirmativamente. Interrogado dónde existen esas actas o quién las conserva, contesta: que se levantaron actas de las juntas previas, así como de las sesiones públicas que se celebraron los días y horas reglamentarias; todo lo levantado paso al conocimiento de la Presidencia que principió a fungir en el mes de enero citado, cuya Presidencia estuvo a cargo del señor licenciado Mariano Aguilar, advirtiendo que todos los papeles, libros y demás cosas correspondientes a una Cámara, son del exclusivo cuidado no de los presidentes de la misma, sino de la Secretaría, que es la que da cuanta con todo, y todo existe a su cargo, en unión del oficial mayor. Preguntado si el Congreso de que formó parte celebró algún acuerdo encaminado a separar de la República Mexicana esta Entidad federativa, que está ligada con aquélla con un pacto solemne, como en la Constitución general de la nación y ratificado por la particular del Estado, contesta: que jamás, ni aun en la imaginación del declarante ha germinado la idea de una separación del Estado, de la madre patria, y menos jamás se trató ni pudo tratarse de semejante traición, que el que habla no lo hubiera consentido, tolerado ni permitido bajo ningún concepto, pues el que habla ha nacido mexicano, es mexicano y morir mexicano. Preguntado, por último, quiénes fungieron como diputados secretarios de la XXX Legislatura de que formó parte y cuando desempeñó la Presidencia de la misma, en diciembre citado, responde: que, según recuerda, figuraron como secretarios, por elección de la Cámara, los ciudadanos Alberto Rojas y Arsenio Narváez. Con lo que se da por terminada esta diligencia, previa lectura, firmando el declarante al margen, previa ratificación.- Norberto Carpio.- D. A. Enoch Cruz.- D. A. H. Yáñez.- Rúbricas.- Al margen: Herminio M. Solís."- Rúbrica.

"Auto ordenando la soltura de Narváez y Rojas.- Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, siete de septiembre de mil novecientos veinticinco.- Vistos; estando al vencerse el término de setenta y dos horas que fija el artículo 19 de la Constitución federal para resolver acerca de la prisión formal de los detenidos Arsenio Narváez y Alberto Rojas, y no existiendo méritos para dictarla, póngaseles inmediatamente en libertad, a reserva de proceder contra ellos cuando haya datos suficientes que acrediten la existencia del delito y su presunta responsabilidad. Notifíquese y cúmplase. Así lo proveyó y firma el C. licenciado Octavio A. González, en comisión de juez de distrito en el Estado, ante el secretario que autoriza, siendo las diez horas veinticinco minutos.- González.- Luis Domínguez C., S."- Rúbricas,

"Audiencia.- En la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a las once horas del viernes once de septiembre de mil novecientos veinticinco, se procedió a celebrar la audiencia ordenada en el auto de fecha ocho del actual, con asistencia del ciudadano agente del Ministerio Público Federal y de los señores licenciados José María Rincón, Ausencio M. Cruz, jr., y Damián Gutiérrez D., defensores de los acusados Arsenio Narváez y Alberto Rojas. Se concedió la palabra al primero y dijo: que ha pedido revocación del auto fecha siete del presente mes porque sin ninguna premisa que le sirva de fundamento, se establece la proposición de que por falta de méritos para decretar la prisión preventiva de los detenidos Arsenio Narváez G. y Alberto Rojas, se les manda poner en libertad, a reserva de proceder contra ellos cuando haya datos suficientes que acrediten la existencia del delito y la presunta responsabilidad de aquéllos. Es posible que la falta de méritos para no haber decretado la formal prisión de los detenidos de referencia, se haga consistir en la negativa de los acusados de haber celebrado el acuerdo legislativo contenido en la copia fotográfica obrante en autos y en el dictamen emitido por los peritos calígrafos, señores José Domingo Palacios y Carlos Benavides, en el sentido de no ser auténticas las firmas que se ven en dicha copia, y en el caso de ser así, es de tener en cuenta que tal dictamen se desvió de su principal objeto, que era establecer en conjunto y por sus rasgos de identidad que presentan dichas firmas con las auténticas que sirvieron para el cotejo, hay razones suficientes para afirmar que aquéllas fueron puestas respectivamente por los acusados de que se trata, pues en verdad no se necesita dictamen pericial para asegurar que no son auténticas las firmas que se ven en la copia fotográfica, desde luego que se trata de una copia tomada por medio de la fotografía; que por esto, precisamente, promovió oportunamente el nombramiento de otros peritos para que dictaminen sobre el punto a que acaba de referirse, y que por lo que hace a la negativa de los acusados, bastaba para desvirtuarla, una diligencia de vista respecto de las firmas de la copia fotográfica con otras auténticas, para establecer que por los signos de identidad que presentan unas y otras, es indubitable que las de las copias aparecen escritas, respectivamente, por la misma mano de los acusados. Por lo expuesto, pide se revoque el auto de fecha ya citada, declarándose que es de decretarse y se decreta la formal prisión de los acusados Narváez y Rojas por el delito de que están acusados. En uso de la palabra el licenciado Rincón, dijo: que esperaba que en esta audiencia el ciudadano agente del Ministerio Público trajera a ella algún fundamento o elemento que desvirtuara el auto de libertad absoluta dictado por el ciudadano juez de distrito en favor de sus defendidos, señores Arsenio Narváez y Alberto Rojas, pero que lejos de eso, nada más ha visto que el señor agente del Ministerio Público nos aparece más perito que los peritos nombrados por este Juzgado, puesto que, no conforme con el dictamen de ellos, interpuso el recurso de revocación del auto, fundándose nada más en el parecer de él respecto de las firmas que aparecen en la copia fotográfica y las que, como él dice, son auténticas de los acusados y que obran en el mismo expendio que se les sigue. Que el valor de la prueba únicamente compete apreciarlo al juez de los autos porque si ese

no fueron así, el que habla no tendría ningún inconveniente en hacerle la competencia al ciudadano agente del Ministerio Público como perito también en caligrafía y que, sin presumir de calígrafo, hay un punto en el que está perfectamente de acuerdo con el señor agente y es el de que real y efectivamente no se necesita ser muy ducho en las cuestiones de caligrafía para, a la simple vista, poderse formar un juicio completo respecto de las firmas que sirvieron de base para el dictamen únicamente el que habla está en completo desacuerdo respecto a que hayan sido las mismas manos las que escribieron unas y otras, pues no es el aspecto de conjunto el que debe servir para establecer si dichas firmas son de la misma persona, porque para llegar a esta conclusión, es necesario atender a los rasgos fundamentales y característicos de las firmas, aquellos rasgos que nunca difieren de una firma a otra, por ejemplo, en todas las firmas que en los expedientes que obran en este Juzgado ha puesto el señor Alberto Rojas, se ve desde luego que comienza a firmar en el vértice de la "A" mayúscula y termina el primer rasgo de la "A" en la parte baja con soltura y en línea muy delgada, no sucediendo lo mismo con la "A" que aparece en la copia fotográfica, donde principió la letra precisamente en sentido contrario, es decir, de abajo para arriba; si analizamos las demás letras del nombre del mismo señor Rojas, encontramos también grandes diferencias entre la firma auténtica de él y la apócrifa que aparece en la copia fotográfica. Igual cosa puede decirse de la firma del señor Arsenio Narváez, la que comienza de abajo para arriba, sin formar vértice en la parte superior, sino que es en forma curva. Esto en la firma auténtica, no sucediendo lo mismo en la apócrifa que aparece en la copia fotográfica; ahora, respecto a las rúbricas que calzan dichas firmas, no se necesita realmente ser perito calígrafo para comprobar hasta la evidencia que dichas rúbricas han sido dibujadas procurando imitar las de los señores Rojas y Narváez, pues la de éste, en la firma auténtica, arrancando de la G. mayúscula de su apellido, sigue con soltura en todos sus rasgos, apareciendo en la firma apócrifa con detenciones en su trazo; y respecto de la del señor Rojas, en la firma auténtica, la rúbrica esté inmediatamente debajo del nombre, no así en el apócrifa, que se encuentra bastante desprendida. Tratando ahora la parte relativa a los fundamentos legales que deben aducirse en esta audiencia, ninguno ha sido el que nos ha traído el señor agente del Ministerio Público, y sin ningún elemento legal para destruir dicho auto, tenemos que estar a las razones que tuvo el ciudadano juez para resolver en el sentido que lo hizo, pues que en tanto no haya sido desvirtuado el dictamen de los peritos, a él debemos sujetarnos, tanto más, cuanto que la resolución recurrida no es revocable, porque, si tratándose de autos de formal prisión, como lo establece la fracción VI del artículo 391 del Código Federal de Procedimientos Penales, el auto sería apelable en el efecto devolutivo, aplicado este precepto por contrario sensu, la determinación contenida en el auto recurrido, debió haberlo sido también por el recurso de apelación. Por todo lo expuesto concluye el que lleva la voz, pidiendo: que el ciudadano juez confirme en todas y cada una de sus partes el auto recurrido. Concedida la palabra al licenciado Cruz, dijo: que el recurso de revocación interpuesto por el ciudadano agente del Ministerio Público Federal, bajo todos puntos de vista es improcedente y debía de haber sido desechado de plano, toda vez que el auto dictado por el ciudadano juez está fundado en los artículos 142 y 347, fracción I del Código de Procedimientos Penales Federales, puesto que no ha tenido los medios de prueba que el artículo 254 del mismo ordenamiento establece para sujetar a formal prisión a una persona; además, el auto es apelable y no revocable, según la fracción VI del artículo 391 de la ley citada, y, por último, que el señor juez, por las razones invocadas, es incompetente para revocar el auto que ha dictado concediendo la libertad absoluta de los señores Arsenio Narváez y Alberto Rojas, porque la única autoridad competente para resolver este caso, lo es el Superior Tribunal del octavo Circuito, a que corresponde este Juzgado; por lo que al señor juez que lo oye pide y suplica se sirva resolver que el recurso de revocación interpuesto por el ciudadano agente del Ministerio Público es improcedente y, por lo tanto, debe ser desechado. El señor Damián Gutiérrez dijo: que hace suyo lo expuesto por el licenciado Cruz. En seguida el ciudadano juez determinó: vistos para resolver acerca de la revocación del auto de siete del actual, que mandó poner en libertad a los detenidos Arsenio Narváez y Alberto Rojas, y considerando: comenzando por resolver acerca de la procedencia o improcedencia del recurso interpuesto, debe estarse a lo expuesto en el referido artículo 380, ya que no está el auto que se recurre, comprendido en los artículos 390 y 391, todos ellos del Código Federal de Procedimientos Penales, por lo cual este Juzgado estima, desde luego, procedente el recurso. Considerando: conforme con lo dispuesto en el artículo 19 de la Constitución federal, para decretar un auto de formal prisión debe acreditarse previamente la existencia del delito, y cumplido este requisito, acumular datos que hagan probable la responsabilidad de los acusados; el artículo 107 del Código Federal de Procedimientos Penales, establece que la base del procedimiento criminal lo constituye la comisión o existencia de un hecho que la ley reputa delito; en el presente caso dicho hecho se hace consistir en haber invitado los acusados, o mejor dicho, en haber pretendido desligar al Estado de Chiapas de la República Mexicana, y se toma como elemento constitutivo de ese delito la copia fotográfica que en tres fojas encabeza este expediente, porque en ella se pide la protección de un Gobierno extranjero para obtener la independencia del Estado; ese documento por sí mismo no puede constituir los elementos que se le atribuyen, tanto porque es una copia fotográfica, como porque las firmas que se dicen ser de los procesados, aparecen en la tercera foja únicamente con sus antefirmas, y aún más, porque según el dictamen pericial emitido a petición del mismo acusador, señor agente del Ministerio Público, adolecen todavía de algunos otros defectos. Considerando: en cuanto a los demás datos que el artículo 19 constitucional exige para considerar probada la responsabilidad de los mismos inculpados, no existen, y, en tales condiciones, procede la aplicación del artículo 347, fracción I, del citado Código Federal

de Procedimientos Penales, por cuyo motivo debe negarse la revocación del auto que en acatamiento de dicho precepto se dictó con fecha 7 del mes en curso. Por lo expuesto, y con fundamento en el artículo 381 del tantas veces citado Código Federal, se resuelve: Primero. Se declara procedente el recurso de revocación interpuesto contra el auto de 7 del mes en curso. Segundo. No es de revocarse y no se revoca dicho auto, que mandó poner en libertad a los detenidos Arsenio Narváez y Alberto Rojas, por no haber méritos para dictar su formal prisión. Tercero. Notifíquese. Los concurrentes quedaron enterados y dijeron que lo oyen, dándose por terminada la audiencia, levantándose esta acta, que firman los que en ella intervinieron con el ciudadano juez ante el secretario que autoriza.- Octavio A. González.- Norberto Carpio.- J. M. Rincón.- A. M. Cruz H.- Damián Gutiérrez D.- Luis Domínguez C.- S."- Rúbricas.

"Preparatoria del licenciado Herminio M. Solís. En la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a las doce horas y cincuenta minutos del viernes once de septiembre de mil novecientos veinticinco, se hizo traer de la Inspección General de Policía al detenido licenciado Herminio M. Solis, con el objeto de tomarle su declaración indagatoria. Se le amonestó para que se produzca con verdad y por sus generales dijo: llamarse como queda expresado, natural y vecino de Comitán, casado, de sesenta y cinco años de edad, abogado. En este acto se dió entrada al ciudadano agente del Ministerio Público y se pusieron a la vista del detenido las copias fotográficas que en tres fojas útiles obran por cabeza de este expediente, la declaración que aparece rendida por él ante el Ministerio Público a fojas 28 y 29, y la acusación que este funcionario le hace y dijo: que se afirma y ratifica en la declaración que tiene rendida y niega la acusación que se le hace en virtud de que el representante de la sociedad trae como punto de apoyo para esta acusación una copia fotográfica de una acta que nunca ha existido porque la que fue XXX Legislatura disuelta, después nunca tuvo sesiones secretas ni menos ha comisionado a ninguna persona para que llevara a término una traición a la patria, de los cual protesta solemnemente como ciudadano mexicano que es y ha sido, fuera de que los señores Alberto Rojas y Arsenio Narváez G., pueden decir si alguna vez fueron comisionados para dirigir notas en el sentido de que aparece el acta de referencia y además que digan cuándo, en qué fecha, en qué tiempo se celebró esa sesión en que se haya pretendido separar a Chiapas de los Estados Unidos Mexicanos; además, espera que esa copia fotográfica se coteje con el acta original que dice haberse levantado y además con la que fue motivo de la copia fotográfica, pues repite una y mil veces que ni por su imaginación has pasado la idea de separar a Chiapas de la República Mexicana, patria grande que estima, que aprecia, que respeta y por la que protesta morir si fuere necesario. Por estos motivos y porque no está justificada en los términos requeridos por los artículos 16 y 19 constitucionales, la semiplena prueba que se necesita para en el caso justificar un cuerpo de delito, porque no se trae a la vista el acta original que es por donde debía principiarse para fundar la acusación y desde que ninguno de los que formaron la Diputación extinta puede declarar en sentido de tal traición ni que se haya levantada acta secreta alguna, menos el 11 de diciembre de mil novecientos veinticuatro, que fue jueves, teniéndose en cuenta que según reglamento de la Cámara, sólo se tenían sesiones ordinarias los lunes, los miércoles y los viernes, nunca los días martes, jueves, sábados y domingos, a no ser para sesiones extraordinarias, que no las tuvieron como puede verse por todo lo expuesto si se traen a la vista todos los libros y documentación que sirvió a la Cámara extinta durante el tiempo que funcionó y de preferencia pide que se traiga a la vista el libro de sesiones secretas, pues ya ha dicho que nunca se celebró en el mes de diciembre ninguna sesión secreta. Por todos estos motivos y los más que expresará cuando llegue su momento, protesta contra la acusación que le hace el representante de la sociedad por carecer de fundamento legal y pide al señor juez que le escucha, que los señores Arsenio Narváez G. y Alberto Rojas digan si son sus firmas las que calzan el documento fotográfico, porque a primera vista el declarante sin ser perito calígrafo, desde luego nota que esas firmas que calzan ese documento son apócrifas, son falsas, no tiene motivo de ser y sólo los señores Rojas y Narváez pueden contrarias su creencia a este respecto, dejándolo todo a la honorabilidad, imparcialidad y conocimientos del ciudadano juez, que en este caso sabrá impartirle justicia, que es la que pide con las protestas necesarias. Por preguntas que el juez le hizo, dijo: que los libros de actas deben de haber quedado en poder de los secretarios, que lo fueron los diputados Narváez y Rojas o del oficial mayor, de quien no recuerda la persona que desempeñaba el cargo, pero que los secretarios deben saberlo, y que el declarante fungió como presidente todo el mes de diciembre, habiendo sido designado para enero el licenciado Mariano Aguilar, bajo cuya presidencia se disolvió dicho Congreso. El detenido ratificó su declaración previa lectura y firmó al margen, haciéndolo al calce el ciudadano juez, el Ministerio Público y el secretario que autoriza.- Octavio A. González.- Norberto Carpio.- Luis Domínguez C.- S.- Rúbricas.- Al margen.- Herminio M. Solís.- Rúbrica.

"Dictamen del perito calígrafo Mauro Calderón. En la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, siendo las diez horas del día doce de septiembre de mil novecientos veinticinco, momento designado para celebrar la diligencia de dictamen del perito calígrafo ciudadano Mauro Calderón, estuvieron presentes en este despacho el citado señor Calderón y los ciudadanos agente del Ministerio Público y defensores señores licenciados Ausencio M. Cruz, h., José María Rincón C. y Damián Gutiérrez D. El juez ante subsecretario, procedió a recibir al perito calígrafo la protesta legal de expresarse con verdad en el dictamen que va a emitir, y habiéndola otorgado, dijo: ser de treinta y tres años de edad, casado, profesor normalista de instrucción primaria, natural de Juchitán, Oaxaca, y de este vecindario. Después de haber examinado detenidamente la copia fotográfica y las firmas que la calzan, y sobre las que tiene que emitir dictamen, comparándolas con las auténticas que obran en este proceso y otras

que obran en actuaciones distintas en este juzgado manifestó: que encontró diferencia entre algunos rasgos vistos en la copia fotográfica y en las firmas auténticas que tuvo a la vista; esos rasgos pueden especificarse como en los siguientes: en la copia fotográfica de la firma del señor Arsenio Narváez no aparece el acento que usa en su firma auténtica siempre sobre la "a" del apellido; la "A" mayúscula con que empieza el nombre tiene rasgos diferentes en la fotografía de los que aparecen en la firma auténtica, y por último, encontró en la forma de la rúbrica del mismo, diferencias de precisión y firmeza en el trazo de los rasgos. Respecto a la firma del señor Alberto Rojas pudo observar las siguientes: no hay igualdad en los rasgos de la "b" del nombre que aparece en la copia fotográfica y la de la firma auténtica, así como encontró diferencia entre una y otra en la forma de concluir el nombre; que en la firma auténtica tiene un rasgo característico que no aparece en la copia fotográfica. Estas circunstancias hacen que el subscripto opine, emitiendo su dictamen en el sentido de que: ni en su conjunto ni por sus rasgos de identidad, las firmas que aparecen en la copia fotográfica son las mismas, y en consecuencia, no fueron escritas por la misma mano que puso las que obran en los expedientes que se tuvieron a la vista. Con lo que dio por terminada la diligencia, que leída al señor perito, la ratifico de conformidad, firmando en unión de las demás personas que estuvieron presentes Se cerró el acta.- Octavio A. González.- Luis Domínguez C.- S.- Rúbricas.- Al margen.- Norberto Carpio. - M. Calderón. - J. M. Rincón. - Damián Gutiérrez D. - A. M. Cruz, H. - Rúbricas.

"Razón. - Acuerdo. - En la misma fecha, siendo las once horas, doy cuenta al ciudadano juez. Conste. - Domínguez C. - S. - Rúbrica. - Tuxtla Gutiérrez, doce de septiembre de mil novecientos veinticinco.- Vistos; no existiendo méritos para que continúe detenido el licenciado Herminio M. Solís, por no estar acreditados, ni los elementos que, conforme al artículo 107 del Código Federal de Procedimientos Penales, constituyen la existencia del delito de traición a la patria, de que se le acusa, con fundamento en el artículo 16 de la Constitución federal, póngasele inmediatamente en absoluta libertad. Notifíquese y cúmplase.- Lo proveyó y firma el C. licenciado Octavio A. González, en comisión de juez de distrito en el Estado, ante el secretario que autoriza.- González.- Luis Domínguez C." - S. - Rúbricas.

El C. Ramírez Corzo: Señores diputados:

Empiezo por dar las gracias a la Asamblea por la atención que ha tenido de oír esta larga enumeración de documentos, por medio de hechos; pero ustedes queridos compañeros, me concederán la razón que yo he tenido para que se lea esto, a efecto de que ninguno de vosotros, ni en lo más mínimo, pueda abrigar la duda de que en el fondo de esta intriga pueda quedar una nebulosa que entrañara un hecho cierto. Hay, además, en esta documentación, la declaración del licenciado Herminio Solís, rendida ante el juez de distrito, y, además, el dictamen pericial de otro tercer perito nombrado por el Ministerio Público, quien de una manera, también concreta, y mucho más explícita que los otros dos, declara que las firmas que aparecen en el documento apócrifo no son auténticas, porque fueron puestas por distinta mano. Como el origen de la noticia de prensa de este asunto fue atribuída al señor diputado Agustín Arroyo Ch., yo me voy a permitir hacerle a él una interpelación para que conste en el DIARIO DE LOS DEBATES, para que conste a esta Asamblea y conste a la nación entera, pues supongo que por medio de este aparato nos está escuchando todo el país. Antes de este día no había hablado absolutamente nada con el señor diputado Agustín Arroyo Ch. acerca de este asunto, porque ustedes comprenderán bien la tensión de ánimo en que podría encontrarme y en la que podría encontrarlo. Yo interpelo al señor Agustín Arroyo Ch. fiado en su caballerosidad, para que diga si antes de esta fecha había tratado este asunto con él.

El C. Arroyo Ch.: Con permiso de la Presidencia. Efectivamente, antes de ahora no había cruzado una palabra con el señor diputado Ramírez Corzo.

El C. Ramírez Corzo: Gracias. Ahora, señor diputado Arroyo Ch., le ruego que con toda sinceridad y con toda entereza diga usted a la Asamblea cuál es el concepto que usted se ha formado del fondo de este asunto. cuál fue su punto de vista, el que usted dio a la prensa, y lo que usted opina después de la lectura; de haberse impuesto de las constancias de estos documentos que yo, con una gran laboriosidad, he procurado hacer acopio de ellos y traerlos aquí a la Representación Nacional, para que se les dé lectura y para que conste en el Archivo de la República toda la trama de esta infame intriga.

El C. Arroyo Ch: Pido la palabra. El asunto, como ven aquí los señores diputados, es de mucha trascendencia y fue por esto que yo, como secretario general que fui del Bloque Socialista Independiente, no hice absolutamente ningún cargo concreto, sino que me limite a decir que éramos poseedores, los miembros del Bloque Socialista Independiente, de documentos que hablaban de cierta culpabilidad de traición a la patria cometida por algunos de nuestros adversarios políticos. Quiero que el compañero Ramírez Corzo se fije en este hecho cuando asegura que las informaciones que a propósito del Estado de Chiapas dieron todos los periódicos, quiero que se fije en que no fueron declaraciones mías; dije: soy poseedor de unos documentos que hablan de traición a la patria. Pido a los compañeros del Bloque Socialista, adversario al Independiente, que nombren una comisión para que los analice, y hacíamos esto precisamente compenetrados de la gravedad del asunto. Ahora que el compañero Ramírez Corzo me enseño la copiosa documentación de que es poseedor y que estuvimos cotejando nosotros, él y yo, los papeles y los sellos de todo ese expediente, no tengo inconveniente en manifestar que por las declaraciones de los peritos, por las investigaciones que han hecho en los juzgados, no hay ninguna culpabilidad para el ciudadano Ramírez Corzo, sin que yo me atreva a decir que por otra parte de ese señor Córdova o de algunos otros ciudadanos que están en estos momentos respondiendo ante las autoridades de esa inculpación que se les hace, no exista delito alguno.

Para que se vea la discreción con que nosotros procedimos al hacer esos cargos públicamente, hago saber a los compañeros que algunos de los miembros del bloque a que pertenecí y al que pertenezco y del cual fui secretario general, son poseedores de documentos que hablan también de responsabilidades políticas graves para algunos miembros de la Cámara, y que como en aquella ocasión procedimos con discreción, así hemos seguido procediendo siempre, no queriendo darles una validez que probablemente no la tengan si se hace alguna aclaración. Hago esta exposición de motivos para que se vea con qué discreción procedimos nosotros entonces, al grado de que no fui yo quien proporcionó los detalles de que se ocupó la prensa y especialmente "El Universal Gráfico", de esas declaraciones que sirven como principio de todo ese expediente. Si con eso dejo satisfecha la interrogación del compañero Ramírez Corzo, a propósito de la interpelación que me hizo, le suplico que me lo diga o concrete alguna otra pregunta, que con gusto le contestaré.

El C. Ramírez Corzo: Es suficiente, compañeros. Gracias.

El C. Arroyo Ch: Me permito, antes de que me interpele nuevamente decir que en el transcurso de la conversación que tuvimos hoy el compañero Ramírez Corzo y el que habla, dio a entender que sospechaba hasta hoy que yo estaba de acuerdo con el actual gobernador de Chiapas para haberle lanzado ese cargo, y así como lo dije en lo privado, quiero hacerlo en público, diciendo que no soy amigo de ese ciudadano, ni jamás tuve que ver con él directamente ni por interpósita persona; y, además, yo no soy de los individuos que se prestan a servir de instrumento político a nadie.

El C. Ramírez Corzo: Acerca de este asunto yo tuve que pasar por verdaderas aflicciones, por lo que respecta a la prensa. La prensa observó una actitud - para ser sincero-, que yo califico de sospechosa, por lo que se refiere a mí.

El día que apareció la primera noticia, en una entrevista que celebré con los representantes de los tres principales periódicos -y dos de ellos me escuchan-, de la manera más llana y amplia les hice declaraciones sobre el escándalo de prensa que se estaba formando. También les entregué documentación relativa al asunto, a efecto de que dieran mi punto de vista; estuve también en la misma noche en las redacciones de los periódicos y todos me prometieron publicar mis declaraciones. Ninguno de los periódicos dijo al día siguiente ni una sola palabra, se tragaron mis declaraciones los señores periodistas o los redactores del periódico; solamente "El Universal Gráfico", que se creyó el más obligado a publicarlas, tuvo o se vio obligado a hacerlo, dando un punto de vista, aunque con algunas mutilaciones. Pero no paró allí el asunto: "El Universal" que, entre paréntesis, es un periódico que yo estimo y que considero serio es uno de los que más mal se portaron en este negocio, porque cada vez que yo ocurrí al periódico para dar una rectificación, se me aceptaba con muy buenas palabras, pero al otro día no aparecía ninguna noticia. A siete columnas se publicó en primera plana en los primeros días de septiembre del corriente año la aprehensión de los señores Arsenio Narváez y Alberto Rojas; el día 7 de septiembre fueron puestos en absoluta libertad por no existir méritos para proceder en su contra, como lo dice el expediente a que se acaba de dar lectura; entonces "El Universal", publicó la noticia en un entrefilet de media pulgada dentro de los anuncios. (Aplausos). El 16 de septiembre publicó una noticia diciendo que cinco individuos de aquella Legislatura local aparecían como presuntos responsables y que esta noticia la habían adquirido en la Secretaría de Gobernación. Yo estuve a ver al señor ministro de Gobernación, pero en ese tiempo se inauguraba el Estadio de Jalapa y no pude entrevistarlo. El 1o. de octubre dirigí al secretario de Gobernación una carta, que dice así:

"México, D. F., 1o. de octubre de 1925.

"Señor secretario de Gobernación, ingeniero Adalberto Tejeda. - Ciudad.

"Muy señor mío:

"En el diario "El Universal", de esta capital, de fecha 16 de septiembre anterior, en su primera página apareció una noticia con el título siguiente:

"La intentona separatista es cosa sin importancia". - "Solamente cinco exdiputados chiapanecos alentaban el propósito de erigir una nueva república con Estados del Sur y del Sureste". - Después se dice que en la Secretaría de Gobernación se había venido estudiando el voluminoso expediente formado al margen de la grave acusación de traición a la patria hecha a varios exdiputados locales de Chiapas durante el período del exgobernador Tiburcio Fernández Ruiz. Que la captura del licenciado Herminio M. Solís, expresidente de aquella Legislatura, y la orden de aprehensión dictada por las autoridades de aquella lejana Entidad contra todos los políticos que integraron la Cámara ramirista que funcionó en diciembre de 1924 y en enero del año actual, hizo que se diera como un hecho el delito imputado a aquellos señores. Que oficialmente nada se había dicho acerca de este asunto y que fue el día anterior a la fecha indicada en que lacónicamente se informó: "No tenía la maniobra de los reducidos elementos separatistas de Chiapas, la trascendencia que pretendió dársele, del estudio de las pruebas documentadas en poder del Gobierno federal, resulta que sólo cinco exdiputados locales tienen responsabilidad. Su traición ser castigada por las autoridades correspondientes."

"Me creo en la obligación, señor secretario, de hacer a usted las siguientes observaciones al margen de esta información; habiendo hecho la aclaración correspondiente en el mismo periódico que dio la versión.

"Se dice, con relación a esta burda y torpe calumnia de separatismo, que fue traída a la Secretaría de Gobernación copia fotográfica de un documento que se dice también firmado por los señores Arsenio Narváez y Alberto Rojas, quienes funcionaron como secretarios del Congreso local en el segundo mes del período de sesiones de la XXX Legislatura del Estado de Chiapas. Nosotros no hemos podido recoger más datos que el anterior acerca de esta versión. "Desde que empezó a hablarse de este asunto, el que subscribe, todos los diputados y senadores al Congreso de la Unión por el Estado de Chiapas, así

como los diputados al Congreso local, cuya mayoría se encuentra en esta ciudad, no hemos dado a la noticia más importancia que la que puede dar la monstruosidad e infamia de la calumnia. Y hemos sostenido, y seguimos sosteniendo que no se trata sino de un documento apócrifo; pues ya sabemos lo que puede hacerse por medio de la fotografía tratándose de documentos.

"Tanto nosotros como los diputados locales que formaron aquella Legislatura se dirigieron al ciudadano presidente de la República, entregando al antecesor de usted, licenciado Gilberto Valenzuela, los originales de la exposición al presidente y de la consignación al Ministerio Público.

"El señor Valenzuela nos prometió indicarnos el resultado de su entrevista con el señor presidente, pero nada nos dijo. Ahora nos explicamos esta actitud de aquel secretario, por su connivencia con el grupo llamado Independiente (diputación de Guanajuato) de la Cámara de Diputados, por medio de quienes quería controlar la mayoría parlamentaria .

"El gobernador Vidal, por medio del procurador de Justicia del Estado de Chiapas, consignó ante la autoridad federal el documento en cuestión y se aprehendió a los señores Arsenio Narváez, Alberto Rojas y licenciado Herminio M. Solís. Dentro del término constitucional, la autoridad federal mandó poner a los detenidos en libertad por falta absoluta de méritos para proceder en su contra. Aunque el Ministerio Público (amigo personal y servil del gobernador Vidal) pidió revocación de aquel acuerdo, el Juzgado de Distrito, en resolución de fecha 11 del mismo mes de septiembre, confirmo la libertad acordada por absoluta falta de méritos para proceder en contra de los mencionados señores Rojas, Narváez y Solís. Tengo la seguridad de que esa Secretaría y la Presidencia de la República tienen conocimiento de todos estos detalles.

"Ahora bien; si las tres personas a quienes más directamente se sindicaba, dentro de los componentes de aquella Legislatura, fueron puestas en libertad por falta absoluta de méritos, y ha causado ejecutoria la resolución de la justicia federal, es absolutamente inconcuso que mucho menos pudieron tener responsabilidad los otros componentes de aquella Legislatura.

"Hago a usted esta relación, aunque parezca prolija, porque la información de "El Universal" dice que hay responsabilidad en cinco miembros de aquella Legislatura, y atribuye la noticia a fuente especial de esa Secretaría de Gobernación.

"Si esa Secretaría de su cargo dio la noticia aludida, ha dado una noticia inexacta, porque ya la autoridad judicial ha aclarado absolutamente este asunto; y, si, como creo, se trata de una mala interpretación de los periódicos a las informaciones que haya proporcionado esa Secretaría, los periódicos han dado la noticia equivocada y creo que la Secretaría de su merecido cargo debe rectificarla.

"El 1o. de mes de septiembre, día siguiente al en que apareció la noticia, estuvimos en la Secretaría de Gobernación con objeto de exponer a usted principalmente estos puntos; pero usted no pudo recibirnos, porque, según nos informaron en la Secretaría Particular estaba usted preparando su viaje para la ciudad de Jalapa, y después de esta fecha estuvo usted algún tiempo ausente.

"Con esta oportunidad me subscribo de usted servidor afectísimo y atento. - Luis Ramírez Corzo."

El señor secretario de Gobernación tuvo la fineza de contestarme lo que ustedes van a oír: "Departamento de Relaciones Interiores y de Gobernación".

- Si el representante de "El Universal" tiene duda acerca de la autenticidad del documento, puede pasar aquí a la tribuna a examinarlo:

"Poder Ejecutivo Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación Departamento de Relaciones Interiores y de Gobernación. - Número 15,991.

"Al C. licenciado Luis Ramírez Corzo, diputado al H. Congreso de la Unión. - Calle de Donceles número 69, despacho número 6. - Ciudad.

"Con relación a la atenta nota de usted, fechada el 1o. del corriente mes, y relativa a la noticia publicada por el periódico "El Universal", de esta ciudad, sobre la intentona separatista en el Estado de Chiapas, cuya fuente de información se atribuye a esta Secretaría, tengo la honra de manifestarle que no se ha dado por esta propia Secretaría a "El Universal", ni a ningún otro periódico, la noticia de que se trata .

"Reitero a usted las seguridades de mi atenta consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, D. F., octubre 30 de 1925. - Por acuerdo del secretario, el oficial mayor, G. Vásquez Vela."

Señores diputados, este simple hecho deja un profundo vacío de entusiasmo en mi alma por la actitud de la prensa de mi país. Yo no sé qué cosa pensar a este respecto; "El Universal" sí podía dar cabida en sus columnas a noticias que, aunque no se dirigían directamente a herirme, herían a mis partidarios; pero naturalmente dejaba siempre una sombra o una penumbra alrededor de mi personalidad. Aunque yo creo que toda esta Cámara, que toda la Representación Nacional, que todo el país sabe y tiene conciencia de que en el fondo de este asunto no hay más que una pasión baja, precisamente por lo bajo del asunto y porque se ha tratado de macular personalidades honestas y honradas, el periódico "El Universal" ha estado fuera de su papel, y desgraciadamente este papel de uno de los principales periódicos del país, se ha repetido en la historia de este pobre México. Yo no sé qué pensar; si uno de los elementos de mayor significado social en un país libre, como es la prensa, se amordaza de una manera tan mendaz y cobarde. Yo exhorto desde mi corazón de hombre libre, de hombre sincero, de mexicano patriota a esta prensa para que cambie un poco su actitud siquiera cuando se trata de la honorabilidad de un ciudadano; que estos mercantilistas -porque no son más que mercantiles los periódicos de México-, tengan un rasgo de honor, pues no se debe manchar a un individuo con una forma de publicación así.(Nutridos aplausos). Yo pido, yo reclamo a la prensa de mi patria, a quien amo tanto, que reflexione sobre el injusto proceder que ha tenido en este caso cuando se ha tratado del separatismo del Estado de Chiapas.

Señores representantes: hace más de un siglo que el Estado de Chiapas, por espontánea voluntad de todos sus habitantes se unió a esta querida patria mexicana y hace un siglo que nuestros antepasados son y han sido mexicanos, y nosotros hemos nacido y vivido mexicanos; nadie tiene derecho a reclamarnos que no somos mexicanos. (Aplausos nutridos). Nosotros hemos seguido a esta patria, que ha sufrido tanto, a esta patria tan vilipendiada y tan calumniada, a través de toda la dolorosa etapa de su historia; y hemos sido leales a ella; señores diputados: ustedes saben que cuando la cruenta lucha de la intervención y del llamado Imperio, cuando las fuerzas francesas y las de los traidores invadieron toda nuestra República, hubo dos únicos Estados, el Estado de Guerrero y el Estado de Chiapas, que como un solo hombre respondieran obedeciendo las órdenes que dictaba el gran patricio don Benito Juárez desde el Paso del Norte hasta el otro confín de toda la República. En el último movimiento delahuertista Chiapas estuvo a la altura de su honor. Era necesario, señores, que un canalla como Carlos Vidal fuera al Gobierno de Chiapas para que urdiera, dentro de la penumbra, la infame calumnia de la traición en contra de los chiapanecos. (Aplausos). Yo llamo al corazón de todos los mexicanos acerca de la gloriosa historia del Estado de Chiapas, cuando en la época de la intervención francesa los chiapanecos de Chiapa de Corzo, mis ancestros, mis abuelos, vinieron atravesando miles de vicisitudes a través de cañadas y de montañas, para venirse a presentar a morir gloriosamente en el 62 en Puebla. ¿Por qué, si tenemos nosotros esa historia gloriosa durante toda la época, desde que nos hemos unido a México, se ha pretendido ahora simplemente por una baja pasión querer macular a hombres que están muy por encima de todas las calumnias y de todas las pequeñeces que pueden empujar las pasiones políticas? (Aplausos). El mismo señor diputado Arroyo Ch. me hacía la confesión de que apenas apareció la noticia en la prensa, él recibió un diluvio de cartas de todas partes de mi Estado en las que se le decía, en unas, en una forma correcta y comedida, en otras, en una forma enérgica y viril, que en un siglo que los chiapanecos tienen de mexicanos, nunca en su cuestiones políticas se había recurrido al vil procedimiento de la calumnia, diciendo que son traidores, para querer aminorar o amenguar la personalidad política de los contrarios. Es necesario, señores, que la situación de Chiapas estuviera como se encuentra actualmente. ¿Y cuál es la razón? La saben todos, especialmente los compañeros laboristas. La razón es que desde el señor secretario de Gobierno, todos los colectores, hasta el jefe de los gendarmes de Tuxtla Gutiérrez son delahuertistas amnistiados y, naturalmente, como los que estuvieron en contra de él y los que estuvieron de parte mía fueron los mismos que combatieron el delahuertismo con las armas en la mano, fueron los mismos que estuvieron del lado del general Obregón y del general Fernández, fueron los mismos que apoyaron la candidatura del general Calles y la sacaron avante en las mismas condiciones y circunstancias al mismo tiempo y con los mismos votos que triunfó mi candidatura; como él, Vidal, tuvo como prohombres y corifeos de su propaganda a dos connotados delahuertistas, Jaime Solís y Luis Espinosa, fue necesario urdir una trama infame con el único objeto de atraer la atención por otro lado y no con las máculas que tenía su gobierno. (Aplausos). Ustedes saben, señores representantes, que desde que la cuestión política de Chiapas fue resuelta en diciembre del año pasado, yo no he dicho absolutamente ninguna palabra acerca de la política local, aunque haya tenido motivos de sobra para decirlo; pero hoy que se ha hecho completa luz - como debía hacerse-, sobre este asunto, y cuando se trataba de macularme, sí tengo derecho a hablar y a gritar en nombre de la reivindicación del pueblo chiapaneco, que de una manera tan infame se ha pretendido macular. ¿Cuál es la razón que yo tengo para hacer este cargo? Ustedes se van a convencer, señores representantes: el documento motivo u origen de la intriga, empieza diciendo, según se ha tomado nota y según consta aquí en el original, en esta forma: "Un sello que dice: Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chiapas. - Estados Unidos Mexicanos". El sello de la Legislatura chiapaneca dice: "Legislatura del Estado Libre y Soberano de Chiapas. - Estados Unidos Mexicanos". Si el documento infame trae el sello del Gobierno, ¿cuál es el origen, señores representantes? ¿Hay algo más contundente y más claro sobre el origen de la maniobra? Yo creo que no. La justicia se encargar de aclarar esto, como ya se está aclarando.

Tengo que hacer, también, una última aclaración, señores diputados; esta aclaración consiste en decir especialmente a mis compañeros de Cámara y a mis compañeros de grupo, la gratitud que yo siento en el fondo de mi corazón y que he sentido siempre por ustedes, y esto ha de perdurar hasta que yo muera, y procuraré también inculcarlo en el corazón de mis tiernos hijos, y ha sido esto: la solidaridad, la hombría, el compañerismo que han demostrado todos ustedes al lado de Luis Ramírez Corzo, de quien nunca han pensado que haya sido capaz de asociarse a una infame y sucia maniobra, que solamente la perversidad y la pequeñez de los contrarios ha sido capaz de anidar en su alma. (Aplausos nutridos. Felicitaciones y abrazos al orador por los diputados).

El C. presidente, a las 19.35: Se levanta la sesión pública para entrar a sesión secreta.