Legislatura XXXI - Año II - Período Ordinario - Fecha 19251215 - Número de Diario 58
(L31A2P1oN058F19251215.xml)Núm. Diario:58ENCABEZADO
MÉXICO, MARTES 15 DE DICIEMBRE DE 1925
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADO UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.
AÑO II.- PERIODO ORDINARIO XXXI LEGISLATURA TOMO II.- NUMERO 58
SESIÓN
DE LA
CÁMARA DE DIPUTADOS
EFECTUADA EL DÍA 15
DE DICIEMBRE DE 1925
SUMARIO
1.- Abierta la sesión, es leída y aprobada el acta de la anterior.
2.- Cartera. Escrito del C. diputado Macip, por el que da por terminada la licencia de que disfrutaba; de enterado.
3.- Son aprobados, con dispensa de trámites, tres proyectos de decreto: del C. diputado López Sorcini, apoyado por varios representantes, por el que se destinan tres mil pesos para las obras de encauzamiento del río de Villa Unión, Sinaloa; de la diputación de Aguascalientes, por el que se proporciona diez mil pesos a los municipios de Rincón de Romos, Cosío y Asientos, de aquel Estado, para entubación de aguas, y del C. diputado Bautista, que facilita cinco mil pesos a cada uno de los municipios de Tetela de Ocampo y Chignahuapan, Puebla, para captación de agua potable; pasan al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
4.- Primera lectura a los dictámenes de las Comisiones de Guerra, por los que se pensiona a las siguientes personas: Librada, Rosario y Rebeca González, Cecilia de León viuda de Samayoa, Francisca Santa Cruz viuda de León, Bruno Portillo, Guillermina Bravo viuda de Téllez Girón, María Mercedes, María Guadalupe y Rosa María Puga, Catalina de los Dolores Rubalcaba y Evangelina Carpio viuda de Fuentes.
5.- Se aprueban cinco dictámenes de las Comisiones 1a. de Guerra y 1a. de Puntos Constitucionales, que concluyen con acuerdos económicos.
6.- Sin debate y previa dispensa de trámites, son aprobados los dictámenes de las Comisiones 1a. y 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. Relaciones Exteriores por los que se concede permiso para aceptar condecoraciones extranjeras y desempeñar cargos consulares a los ciudadanos Raymundo Mora, Abel Romo, Rodolfo Nervo, José Aspe Suinaga, Gilberto Valenzuela, Salvador Echagaray, Leopoldo Ives Segura, César Rangel Esquivel y Rafael Nieto; pasan al Senado y al Ejecutivo, respectivamente, para sus efectos.
7.- Es aprobada una proposición de varios ciudadanos diputados para que se llame al suplente del C. diputado Arias.
8.- Primera lectura al dictamen de las Comisiones unidas 1a. de Crédito Público, 1a. de Hacienda y 1a. de Puntos Constitucionales, referente al Convenio entre el ciudadano secretario de Hacienda y el Comité Internacional de Banqueros; se le dispensa la segunda lectura; a discusión el primer día hábil. Rinde la protesta de ley C. Héctor Fierro, diputado suplente por el 11 distrito electoral de Oaxaca. Se levanta la sesión.
DEBATE
Presidencia del
C. PEDRO C. RODRÍGUEZ
(Asistencia de 155 ciudadanos diputados).
El C. presidente, a las 17.20: Se abre la sesión.
- El C. secretario Cerisola, leyendo:
"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día once de diciembre de mil novecientos veinticinco. "Presidencia del C. Pedro C. Rodríguez.
"En la ciudad de México, a las diez y siete horas y treinta y ocho minutos del viernes once de diciembre de mil novecientos veinticinco, se abrió la sesión con asistencia de ciento treinta y cuatro ciudadanos diputados.
"Aprobada el acta de la sesión celebrada el día anterior, se dio cuenta con la cartera:
"Oficio de la Cámara de Senadores, al que acompaña su presupuesto para el próximo año.- Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.
"Oficio de la misma Cámara, con el que remite un proyecto de decreto por el que se concede pensión a la señorita Teófila Magos.- Recibo, y a la Primera Comisión de Hacienda.
"Oficio de la propia Cámara de Senadores, con el que envía un proyecto de decreto por el que se pensiona a la señorita Amalia Paz.- Recibo, y a la primera Comisión de Hacienda.
"Oficio de la Secretaría de Gobernación, al que acompaña copia del Convenio concertado entre el secretario de Hacienda y Crédito Público, en representación del Ejecutivo federal, y el Comité Internacional de Banqueros con negocios en México, que contiene las reformas y adiciones introducidas al Convenio de 16 de junio de 1922, así como la iniciativa de ley aprobando dicha reformas y adiciones.- Recibo, a las Comisiones unidas Primera de Crédito Público, Primera de Hacienda y Primera de Puntos Constitucionales, e imprímase.
"Oficio de la Secretaría de Gobernación, en que transcribe un mensaje de la Unión Penitenciaria Pro - Indulto, por el cual se pide la aprobación del Decreto de Indulto y Reducción de Penas.- Recibo, y dígase que el decreto relativo ha sido ya aprobado por el Congreso.
"Circular de la Legislatura del Estado de México, en que comunica que, con fecha 30 de noviembre, cerró su primer período ordinario de sesiones, dejando instalada su diputación permanente.- De enterado.
"Telegrama de Ciudad Victoria, Tamaulipas, en que el ciudadano gobernador constitucional de aquel Estado participa que se le concedió licencia por quince días y que hizo entrega del Poder Ejecutivo al C. Francisco Castellanos.- De enterado.
"Circular del gobernador de Zacatecas, en que avisa que se hizo cargo interinamente de la Secretaría del propio Gobierno el C. Marcos G. Beltrán. - De enterado.
"Escrito del C. Reynaldo Nuncio y otros diputados, con el que presentan una solicitud de la señora Estéfana Pedraza viuda de Fernández, relativa a que se le reanude la pensión vitalicia que le concedió el presidente de la República don Benito Juárez.- A la Segunda Comisión de Guerra.
"Solicitud del C. Juan M. Arias M., glosador de tercera de la Contaduría Mayor de Hacienda, referente a que se le jubile por haber prestado servicios en la referida oficina durante treinta y siete años.- A la Primera Comisión de Peticiones.
"Dictamen de la Segunda Comisión Agraria, en que propone se aprueben las reformas que hizo el Senado al proyecto de Ley sobre Repartición de Tierras Ejidales y Constitución del Patrimonio Parcelario Ejidal.
"Dispensados todos los trámites, se pusieron a debate los artículos que contienen las reformas mencionadas. No hubo quien hiciera uso de la palabra y fueron aprobados por unanimidad de ciento sesenta y dos votos. Declaróse que pasaba el proyecto al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
"Dictamen de las Comisiones que conocieron del proyecto del Senado que suspende los efectos de la Ley de Pensiones Civiles de Retiro expedida por el Ejecutivo de la Unión y de la iniciativa del propio Ejecutivo modificando la misma ley. Las Comisiones aceptan la iniciativa del Ejecutivo y así es como consultan la aprobación de un proyecto de ley en que se reforman los artículos 1o., 7o., 8o., 10, 16, 31, 45 a 48, 65 y 85, así como el transitorio.
"Se dispensaron todos los trámites y sin debate se declaró con lugar a votar en lo general y se aprobó en lo particular por unanimidad de ciento cuarenta y ocho votos.
"Se declaró que pasaba el Senado para los efectos constitucionales y se designó en comisión para llevarlo a los CC. Alvarez y Alvarez, Azcona, Escobar, Marín, Briones y secretario Romo.
"Proyecto de decreto firmado por los CC. Fuentes B., Santos Guajardo, Aguilar Ficachi y Valadez Ramírez, relativo a que se amplíe en tres mil pesos la Partida 2,126 del Presupuesto de Egresos vigente, que corresponde a los Gastos Extraordinarios e Imprevistos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
"Declarado el asunto de obvia resolución, se puso a debate. No lo hubo y en votación nominal fue aprobado el proyecto por unanimidad de ciento cuarenta votos y paso al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
"A las diez y ocho horas y treinta y siete minutos se levantó la sesión."
Está a discusión el acta. No habiendo quien la impugne, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"A los ciudadanos diputados secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.
"El subscrito, diputado al Congreso de la Unión por el 14 distrito electoral del Estado de Puebla, por el digno conducto de ustedes manifiesta a esa H. Cámara, que con esta fecha da por terminada la licencia que hasta por treinta días le fuera concedida con fecha 11 del mes pasado.
"Protesto a ustedes mi atenta y distinguida consideración y a la H. Cámara mis respetos.
"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, D. F., 15 de diciembre de 1925.-W. Macip."- De enterado.
Telegrama procedente de: "Hermosillo, Sonora, 14 de diciembre de 1925.
"Honorable Congreso de la Unión.
"Congreso este Estado, sesión efectuada 12 los corrientes, aprobó siguientes acuerdos económicos:
"La XXVIII Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sonora apoya y secunda en todas sus partes, ante las HH. Cámaras del Congreso de la Unión, el proyecto de ley sobre perímetros libres y su reglamento formulado por la convención que se efectuó en la ciudad de Nuevo Laredo, Tamaulipas, a iniciativa del ciudadano gobernador aquel Estado. Comunicámoslos efectos legales.- Atentamente.- Diputados secretarios, A. F. Anaya.- Faustino Félix."- De enterado, y resérvese para su expediente.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"Ciudadanos representantes de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.
"Periódicamente, puede decirse año por año, las crecientes del río de Villa Unión, traen como consecuencia la destrucción del puente de madera que comunica al distrito fabril de Villa Unión con la ribera opuesta; trae como consecuencia, además, la desviación del cauce del mencionado río y, por ende, la destrucción de todos los sembradíos que en las vegas fértiles llevan a cabo los pequeños agricultores.
"El municipio local, en el tiempo que ha transcurrido, no ha podido llevar a cabo la construcción en forma de un puente que, construído sobre cimientos sólidos, resista la avenida de las aguas; todo lo que puede hacer en cooperación con los vecinos del lugar, es la reconstrucción parcial de la parte más indispensable del puente, a fin de que no quede interrumpido el paso de los trabajadores de una orilla a la otra.
"Teniendo en cuenta que con muy poco costo puede dársele cauce a las aguas del río, que, según opinión de los ingenieros peritos, es el trabajo fundamental para llevar a cabo la construcción de un puente de madera capaz de sostener el tráfico que
diariamente se lleva a cabo, hemos creído pertinente someter a vuestra I. Consideración, el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se faculta al Poder Ejecutivo de la Unión para que, con cargo a la partida que crea conveniente, se suministre al municipio de Mazatlán, Sinaloa, la cantidad de $3,000.00 (tres mil pesos), que, en calidad de ayuda, se entregará para llevar a cabo las obras de encauzamiento de las aguas del río de Villa Unión, Sinaloa.
"Pedimos dispensa de todo trámite.
"Dado en el Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados.- México, D. F., a 9 de diciembre de 1925.- Antonio López Sorcini.- Hacemos nuestra esta petición: Celestino Castro.- Luis R. Reyes.- I. F. Loaiza.- José Veraza y Rubio.- A. Briones.- Ricardo Covarrubias.- Francisco López Cortés.- A. Mancisidor.- E. Mier y Terán.- P. M. Martínez."
Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"Ciudadanos diputados:
"Como representantes por el Estado de Aguascalientes en esta H. Cámara, nos vemos en la necesidad de traer ante la atención de la misma, un hecho doloroso que nos exige imperiosamente pedir a los señores representantes del resto de la República, concedan a tres pueblos de nuestro Estado, azotados por sucesivas calamidades, un insignificante subsidio, que les permita siquiera iniciar su esfuerzo en la difícil obra de lucha contra la adversidad que los ha perseguido.
"El hecho a que hacemos mención en esta iniciativa abarca una serie de trastornos locales que han impuesto a comunidades laboriosas y patrióticas un continuado período de miseria, que ha llegado al extremo de impedir que los pueblos de Rincón de Romos, Cosío y Asientos, cabeceras de los municipios respectivos, estén imposibilitados aún para eximirse de hacer uso de agua contaminada, hecho que, en un período relativamente corto, está materialmente diezmando la ya muy escasa población de esas localidades, abandonadas a su suerte en virtud de recientes sucesos políticos que no son del caso enumerar.
"Se trata, pues, ciudadanos diputados, de un hecho humano de enorme significación, que por su propia magnitud se impone a ser remediado con instantánea energía; y apelando a vuestro patriotismo, nos permitimos proponer a la consideración de la H. Asamblea, pidiendo dispensa de todo trámite, el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se faculta al Ejecutivo para que, con cargo a la partida que él señale, entregue al ciudadano gobernador del Estado de Aguascalientes, la suma de $10,000.00 (diez mil pesos), como subsidio especial para que se destine a la urgente entubación de aguas en las cabeceras de los municipios de Rincón de Romos, Cosío y Asientos, distribuyéndose esa suma equitativamente entre los tres citados municipios.
"Sala de Sesiones de la H. Cámara de Diputados.- México, D. F., a 1o. de diciembre de 1925.- I. Díaz de León.- Manuel Carpio.- Pedro C. Rodríguez.- Ernesto Prieto.- R. González Montero.- José Calles.- E. Rivera Q.- J. Llerenas."
En votación económica se pregunta a la Asamblea se si dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"H. Asamblea:
"El que suscribe, diputado por el 15 distrito electoral del Estado de Puebla, solicita de vuestra soberanía la aprobación, con dispensa de trámites, del siguiente proyecto de decreto:
"Unico. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para proporcionar, en calidad de reintegro a cada uno de los municipios de Tetela de Ocampo y Chignahuapan, del Estado de Puebla, la cantidad de cinco mil pesos, para las obras de captación y distribución del agua potable de los municipios de referencia.
"El reintegro de la cantidad mencionada se hará conforme a las cláusulas del contrato respectivo.
"Salón de Sesiones del H. Congreso de la Union, a 11 de diciembre de 1925.-G. Bautista."
En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal de los tres proyectos de decreto reservados. Por la afirmativa.
El C. prosecretario Pavón Silva: Por la negativa.
(votación).
El C. secretario Cerisola: Fueron aprobados los proyectos de decreto por unanimidad de 148 votos. Pasan al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
- El C. secretario Romo, leyendo:
"3a. Comisión de Guerra.
"H. Asamblea:
"Las señoritas Librada, Rosario y Rebeca González, hijas del extinto teniente de Caballería Guadalupe González, solicitan que, en virtud de haber muerto éste, se les pase la pensión de que disfrutaba. EL asunto de que se trata fue pasado a la 3a. Comisión de Guerra.
"Apoyan su solicitud las peticionarios en el hecho de que su finado padre defendió la integridad nacional combatiendo contra la invasión francesa y, además, que siendo todas ellas solteras y de avanzada edad se encuentran imposibilitadas para luchar por la vida y allegarse los recursos más indispensables, atravesando en la actualidad por una situación económica bastante apremiante.
"La comisión, haciéndose eco del justo sentir de las mencionadas señoritas, opina en el sentido de que se les conceda lo que piden, y así tiene el
honor de proponerlo a vuestra soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. En recompensa a los servicio que prestó al país el extinto teniente Guadalupe González, se concede a sus hijas las señoritas Librada, Rosario y Rebeca González, una pensión de un peso diario a cada una, que les pagará íntegramente la Tesorería General de la Nación, mientras conserven el estado civil que actualmente guardan.
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General.- México, D. F., a 10 de diciembre de 1925.-A Campillo Seyde.- Fernando González Madrid."- Primera lectura.
¿Se dispensa la segunda? (Murmullos). En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. No se dispensa la segunda lectura.
"3a. Comisión de Guerra.
"H. Asamblea:
"La señora Cecilia de León viuda de Samayoa, dirigió un ocurso a esta H. Representación Nacional con fecha 3 de los corrientes, solicitando se le otorgue una pensión en virtud de haber muerto en campaña su hijo el C. teniente de Caballería Gabriel Samayoa. El ocurso de referencia paso, para su estudio, a la 3a. Comisión de Guerra.
"Obran en el expediente respectivo los certificados firmados por los CC. coroneles Pablo Villanueva y Carlos Albores, en los que se asienta que el teniente Samayoa sucumbió defendiendo al Gobierno legítimo, el 26 de julio de 1919, en un combate librado contra las fuerzas que entonces comandaba Tiburcio Fernández Ruiz, en Santa Lucía, Estado de Chiapas.
"La peticionaria justifica sus derechos por medio de actas del Registro Civil, comprobando, además, la situación tan precaria por que atraviesa.
"Esta comisión estima que el hecho de haber muerto en campaña el ciudadano teniente Gabriel Samoaya, defendiendo a un Gobierno legalmente constituído, da derecho a la recurrente para disfrutar la gracia que solicita, y así tenemos el honor de proponerlo a vuestra soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Por haber muerto en campaña el teniente Gabriel Samayoa, defendiendo a un Gobierno legalmente constituído, se concede a su madre, la señora Cecilia de León viuda de Samayoa, una pensión de dos pesos cincuenta centavos diarios, que le pagará íntegramente la Tesorería General de la Nación, mientras conserve su actual estado civil."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General.- México, D. F., a 10 de diciembre de 1925.- A. Campillo Seyde.- Fernando González Madrid."- Primera lectura.
En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. No se dispensa la segunda lectura.
"3a. Comisión de Guerra.
"H. Asamblea:
"A la Comisión de Guerra que subscribe fue turnado, por acuerdo de vuestra soberanía, el escrito que, con fecha 30 de septiembre del año en curso, dirigió a esta H. Cámara la señora Francisca Santa Cruz viuda de León, en que solicita se le otorgue una pensión por los servicios que prestó a la República su finado padre, el C. comandante de escuadrón, Tomás Santa Cruz.
"Revisado con todo detenimiento el expediente respectivo, esta comisión encontró un certificado expedido por el entonces ciudadano presidente de la República, licenciado Benito Juárez en el que se asienta que el extinto militar peleó contra los franceses en las cumbres de Acultzingo.
"Además, corre agregada al expediente mencionado la hoja de servicios del referido militar, en la cual constan los siguientes hechos de armas: perteneciendo a la Compañía de Granaderos del Batallón de Defensores de Saltillo, tomó parte en la acción de armas llevada a cabo el 23 de febrero de 1839, en las inmediaciones de dicha ciudad, contra los sublevados de Monclova y la Frontera, en la que soportó con bizarría; con la misma categoría sufrió el sitio que por tres días puso en la ciudad el general Pedro Lemus, y en cuyo tiempo también se portó con valor; el 29 de octubre de 1840 se incorporó a las fuerzas del general Cayetano Montoya, tomando parte en la acción de armas efectuada en los suburbios de la ciudad de Saltillo contra aventureros texanos, portándose igualmente con valor y decisión.
"Esta comisión estima que los servicios prestados al país por el tantas veces citado comandante Tomás Santa Cruz, son de los que, por su importancia, merecen ser recompensados, y, así tenemos el honor de proponerlo a vuestra soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. En recompensa a los servicios que prestó a la patria, durante la Guerra de Intervención Francesa, el extinto comandante de escuadrón, Tomás Santa Cruz, se concede a su hija, la señora Francisca Santa Cruz Viuda de León, una pensión de dos pesos diarios, que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras conserve su actual estado civil."
"Sala de comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General.- México, D. F., a 10 de diciembre de 1925.- Arturo Campillo Seyde.- Fernando González Madrid."- Primera lectura.
En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. No se dispensa la segunda lectura. (Voces: ¡Sí ¡Sí! Campanilla).
"3a. Comisión de Guerra.
"H. Asamblea:
"A la 3a. Comisión de Guerra, que subscribe, le fue turnado, por acuerdo de vuestra soberanía, el memorial que, con fecha 10 de enero del presente año, elevó ante esta H. Cámara el C. Bruno Portillo, solicitando que, en recompensa de los servicios que prestó a la patria durante la Guerra de
Intervención Francesa, se le otorgue la pensión que tiene derecho conforme a la ley.
"Revisados con todo detenimiento los documentos que forman el expediente respectivo, esta comisión encontró un cuaderno impreso en la ciudad de Zacatecas, hecho por el C. Jesús Alvarez, con motivo de la inauguración de un monumento que el Gobierno de aquel Estado erigió a los heroicos defensores de la ciudad de Nochistlán, al ser atacada por los invasores franceses y traidores, el 13 de mayo de 1864. En dicho folleto se encuentran algunos párrafos dedicados al peticionario, haciendo resaltar su valor y patriotismo, y, para que la Asamblea se forme una idea de los méritos del C. Portillo, en seguida reproducimos uno, que, en nuestro concepto, es el de más importancia:
"Bajo el hacinamiento de cadáveres, en ese punto del campanario, con siete honrosas heridas, queda sepultado bajo de ellos el bravo soldado Bruno Portillo (a) "Pico de Oro", quien, removiendo el peso de los muertos caídos sobre él, en la madrugada del siguiente día, tinto de sangre propia y de sus compañeros, se va a buscar por la espalda dicha del templo su salvación, que haya prodigiosamente, saltando por allí. Vive aún, viejo honrado y modesto, en medio de una pobreza que raya en indigencia. Prémielo la patria; su nombre será glorioso, porque defendiéndola primero en un fortín, perdida y la plaza y sin jefes a quién obedecer, tuvo ese impertérrito defensor valor de desplegarse al último entrincheramiento, al baluarte de la torre, adonde fueron, asimismo, a defender a sus compañeros, el sargento Ventura Ruiz y los soldados José María Cervantes (a) "Nahuito", y Clemente Mancilla, quienes, perdidos en sus fortines y también sin jefes, se dirigieron a la torre, donde pelearon heroicamente y murieron sobre las bóvedas del templo los dos últimos y Ruiz sobre la azotea de la sacristía. Tres figuras honrosísimas: Portillo, Cervantes y Mancilla, que se distinguieron en aquel lance, acaso comparables en valor al del héroe de aquel memorable sitio."
"Además, la solicitud del interesado, que en la actualidad cuenta noventa y tres años de edad, viene respaldada por las principales autoridades del Estado de Zacatecas, certificando éstas lo dicho por el citado soldado Portillo, como los conceptos estampados en el folleto de referencia.
"Esta comisión, considerando que el C. Portillo es uno de tantos héroes que merecen el bien de la patria y la gratitud de todos los mexicanos, y estimado en muy importantes los servicios que éste prestó a la nación en defensa de su integridad, es de parecer que se conceda la pensión solicitada, y así tiene el honor de proponerlo a vuestra soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. En recompensa a los servicios que prestó a la patria, durante la Guerra de Intervención Francesa, el soldado Bruno Portillo, se le concede una pensión de dos pesos diarios, que le pagará íntegramente la Tesorería General de la Federación."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 8 de diciembre de 1925.- A. Campillo Seyde.- Fernando González Madrid."- Primera lectura.
En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. No se dispensa la segunda lectura.
"1a. Comisión de Guerra.
"H. Asamblea:
"La señora Guillermina Bravo, viuda del general brigadier Baltasar Téllez Girón, presentó ante esta Cámara una solicitud de pensión por los servicios que prestó a la patria el extinto militar citado. La solicitud referida fue turnada a esta 1a. Comisión de Guerra, la que se enteró debidamente de la documentación nutrida que presentó la interesada. Por ella vino en conocimiento de que la actuación militar del desaparecido fue brillante y abarca un período de cuarenta y seis años, contados desde 1854, en que el fallecido ingresó al Ejército como alférez de la Guardia Nacional, hasta el año de 1900, en que se le reconoció el grado de general brigadier, con antigüedad de 1o. de julio de 1864.
"Por considerar los que subscribimos que en este caso la ley y la justicia amparan a la señora Guillermina Bravo viuda de Téllez Girón, nos permitimos proponer ante vuestra soberanía la aprobación del siguiente proyecto de decreto:
"Por los servicios que prestó a la patria el extinto general Baltasar Téllez Girón, se concede a su viuda, la señora Guillermina Bravo, una pensión de ocho pesos diarios, que le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 11 de diciembre de 1925.- Juvencio Nochebuena.- David S. López."- Primera lectura.
En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. No se dispensa la segunda lectura.
"2a. Comisión de Guerra.
"H. Asamblea:
"Las señoritas María Mercedes, María Guadalupe y Rosa María Puga, hijas del extinto teniente coronel Lucio Puga, por medio de un ocurso dirigido a esta H. Representación Nacional con fecha 6 de diciembre de 1924, solicitan les sea pasada la pensión de que disfrutaba su finado padre. Dicho asunto fue turnado, para su resolución, a la 2a. Comisión de Guerra.
"La Comisión, para emitir su dictamen, tuvo que estudiar detenidamente los documentos que componen el expediente respectivo, encontrando entre ellos la hoja de servicios del extinto militar, de la cual nos proponemos reproducir los hechos más salientes: tomó parte en una expedición al Sur de la República en diciembre de 1859, militando a las órdenes del coronel Nicolás Régules; concurrió a la batalla de Silao de la Victoria el 10 de agosto de 1860; atacó la plaza de Orizaba el 13 de junio de 1862, contra los franceses; estuvo en el sitio de Puebla en 1863, en donde fue hecho prisionero; combatió en las cumbres de Acultzingo, y, por
último concurrió a la batalla de Matehuala, el 14 de mayo de 1864, contra los franceses y sus aliados.
"Las peticionarias, para justificar sus derechos, enviaron copia de unas diligencias de jurisdicción voluntaria, pues como en aquel tiempo no había juzgados del Registro Civil, no fueron registradas como hijas legítimas.
"Los servicios prestados por el extinto coronel Lucio Puga al país, son de los que se reputan como importantes y dignos de recompensa, por lo que somos de parecer que se otorgue la pensión que solicitan, y así tenemos el honor de proponerlo a vuestra soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. En recompensa a los servicios que protestó a la patria el extinto teniente coronel Lucio Puga, se concede a sus hijas, las señoritas María Mercedes, María Guadalupe y Rosa María Puga, una pensión de un peso cincuenta centavos diarios a cada una, que les pagará íntegramente la Tesorería general de la Nación, mientras permanezcan célibes."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General.- México, D. F., a 10 de diciembre de 1925.- José María Sánchez.- Ismael Romero G."- Primera lectura.
En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. No se dispensa la segunda lectura.
"2a. Comisión de Guerra.
"H. Asamblea:
"A la Comisión de Guerra que formula el presente dictamen, le fue turnado; por acuerdo de vuestra soberanía, el memorial que, con fecha 22 de octubre último, elevó ante esta H. Cámara la señorita Catalina de los Dolores Rubalcaba, solicitando se le aumente la pensión de que viene disfrutando como hija del finado coronel Felipe Rubalcaba.
"La comisión es de parecer que se conceda el aumento solicitado, teniendo en cuenta que la pensión de dos pesos diarios de que actualmente goza la peticionaria, le es insuficiente para vivir decorosamente. Además, el monto de la asignación de que se trata no corresponde a la categoría militar del extinto, pues éste ostentó el grado de coronel y prestó muy importantes servicios a la República, precisamente en la época de la invasión francesa.
"Por lo anteriormente expuesto, tenemos el honor de someter a la aprobación de vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo 1o. Se deroga el decreto del 11 de diciembre de 1911, que concede una pensión de mil trescientos ochenta pesos anuales a la señorita Catalina de los Dolores Rubalcaba.
"Artículo 2o. En recompensa a los servicios que prestó a la patria el extinto coronel Felipe Rubalcaba, se concede a su hija, la señorita Catalina de los Dolores Rubalcaba, una pensión de cuatro pesos diarios que le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 9 de diciembre de 1925.- José María Sánchez.- Ismael Romero G."- Primera lectura.
En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. No se dispensa la segunda lectura.
"2a. Comisión de Guerra.
"H. Asamblea:
"Con fecha 30 de octubre del año en curso, la señora Evangelina Carpio elevó ante esta H. Cámara un memorial, en que pide se le otorgue una pensión por haber muerto en campaña su esposo, el C. capitán primero Darío Fuentes.
"El memorial de referencia fue turnado a la Comisión de Guerra que subscribe, la cual, al revisar los documentos que acompaño la peticionaria, encontró un certificado firmado por el C. general Pedro Gabay, en el que se asienta que el C. capitán Darío Fuentes murió en un combate librado en la hacienda de Vaquerías, Estado de Hidalgo, en contra del infidente Marcial Cavazos.
"El solo hecho de que el referido militar haya sucumbido defendiendo a un Gobierno legítimo, como lo fue el que presidió el C. General Obregón, da derecho a la interesada, de acuerdo con la ley, para disfrutar de la pensión que solicita, y, en esta virtud, tenemos el honor de someter a la aprobación de vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. En virtud de haber muerto en campaña el C. capitán primero Darío Fuentes, se concede a su viuda, la señora Evangelina Carpio, una pensión de tres pesos sesenta centavos diarios, que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras conserve su actual estado civil."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 4 de diciembre de 1925.- José María Sánchez.- Ismael Romero G."- Primera lectura.
En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. No se dispensa la segunda lectura.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"1a. Comisión de Guerra.
"H. Asamblea:
"Vuestra soberanía acordó, el 17 de noviembre próximo pasado, que la solicitud de pensión del C. Alberto Hinojosa fuera turnada a esta comisión, para su estudio y dictamen. El C. Hinojosa solicita la gracia indicada por la muerte de su hijo Casimiro del propio apellido, alumno que fue del Colegio Militar de Aspirantes y más tarde teniente del 18 batallón de Línea, habiendo tenido estas dos categorías en la época en que fue presidente de la República el C. Francisco I. Madero.
"Antes de dirigirse a esta Cámara el Peticionario, lo hizo ante la Secretaría de Guerra y Marina,
la que contestó su solicitud diciendo que se remitiera al Poder Legislativo e indicándole además que para que prosperara su solicitud y quedara dentro de los términos legales, demostrara a esta Representación Nacional que no desempeñaba ningún puesto público y carecía de bienes de fortuna. El C. Hinojosa no ha dejado satisfecha a esta Comisión, por lo que hace las excepciones indicadas por la Secretaría de Guerra, que son del todo legales, y en esta virtud se permite proponer para vuestra aprobación el siguiente acuerdo económico:
"No ha lugar a la solicitud de pensión del C. Alberto Hinojosa, quien pide se le otorgue dicha gracia por la muerte de su hijo el teniente Casimiro Hinojosa."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 11 de diciembre de 1925.- J. Nochebuena.- David S. López."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobado.
"1a. Comisión de Guerra.
"H. Asamblea.
"El 5 de octubre del año en curso, el C. Donaciano Jiménez, domiciliado actualmente en la ciudad de Puebla, remitió a esta Cámara diversos documentos y una solicitud de pensión, por los servicios que prestó a la patria desde el 6 de octubre de 1916. Esta Comisión estudió con detenimiento la documentación que se le presentó y de este estudio vino a conocer que los servicios del peticionario fueron como los de una inmensa mayoría de ciudadanos que han dedicado transitoriamente sus actividades a la milicia, sin notoriedad y sin méritos de consideración.
"En consecuencia, proponemos a vuestra soberanía se sirva aprobar el siguiente acuerdo económico:
"Dígase al C. Donaciano Jiménez que no ha lugar a su solicitud de pensión."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 11 de diciembre de 1925.- J. Nochebuena.- David S. López."
En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
"1a. Comisión de Guerra.
"H. Asamblea:
"Vuestra soberanía se sirvió acordar que fuera turnada a esta Primera Comisión de Guerra la solicitud de pensión de la señora María E. Magaña viuda de Aráuz.
"La peticionaria, en su escrito, hace una relación de los servicios que desde la iniciación del movimiento revolucionario encabezado por don Francisco I. Madero, hasta el día en que estalló la rebelión delahuertista, prestó su finado esposo; pero los subscritos estiman que por la falta de documentos en el expediente que comprueben de manera plena lo narrado por la peticionaria y porque los servicios del desaparecido no fueron de un alto relieve, cabe proponer ante vuestra soberanía la aprobación del siguiente punto de acuerdo:
"Dígase a la señora María Magaña viuda de Aráuz que no ha lugar a su solicitud de pensión. "Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 11 de diciembre de 1925.- J. Nochebuena.- David S. López."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobado.
"1a. Comisión de Guerra.
"H. Asamblea:
"El ciudadano gobernador de Sinaloa, en oficio de 7 de febrero del año en curso dirigido a esta Cámara, insertó la solicitud de pensión que ante él presentó el C. Teodoro Delgado como veterano de la Guerra de Intervención contra los franceses. A la solicitud aludida no se acompañaron documentos de ninguna especie que justificaran la petición del C. Delgado, y esta Comisión, a la que por acuerdo de vuestra soberanía fue turnado para su dictamen el asunto de que tratamos, creyó pertinente pedir a la Secretaría de Guerra las constancias que ahí existieren de los servicios prestados por el C. Delgado, y dicha dependencia no pudo proporcionarlos por no tenerlos, ya que sólo existen en sus archivos documentos que se refieren a dos ciudadanos que llevan el nombre de Teodoro Delgado, pero ninguno de ellos es el que radicando actualmente en Culiacán, pide que se le otorgue pensión.
"En virtud de lo anterior, los subscritos estimamos que, por la falta absoluta de documentos que comprueben la actuación que dice haber desarrollado durante la Intervención Francesa el C. Delgado, vuestra soberanía se sirva aprobar el siguiente punto de acuerdo:
"Dígase al C. Teodoro Delgado, por los conductos del caso, que no ha lugar a su solicitud de pensión por no presentar él ni encontrarse en la Secretaría de Guerra antecedente alguno de los servicios prestados a la patria."
"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 11 de diciembre de 1925.- J. Nochebuena.- David S. López."
En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"H. Asamblea:
"A la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales que subscribe, fue turnado el escrito que, por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, envió a esta H. Cámara el C. Efrén Rebolledo, actual consejero de la Legación de México en Chile, en el que pide permiso constitucional para aceptar
y usar la condecoración de Comendador de segunda clase de la Cruz Roja Cubana.
"Esta comisión estima que, por tratarse de una condecoración que le otorga una asociación humanitaria, el C. licenciado Rebolledo no necesita permiso del Congreso de la Unión para aceptarla, de conformidad con la parte final de la fracción II del artículo 37 de la Constitución general de la República; por lo tanto, se permite someter a la deliberación y aprobación de la H. Asamblea, el siguiente acuerdo económico:
"Unico. Dígase al C. licenciado Efrén Rebolledo que no necesita permiso constitucional para aceptar la condecoración que le otorgó la Cruz Roja Cubana."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 23 de noviembre de 1925.- E. Padilla.- Neguib Simón."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso del palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobado.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"H. Asamblea:
"Para su estudio y dictamen, fue turnada a esta 2a. Comisión de Puntos Constitucionales la solicitud del C. Raimundo Mora, para que se le conceda permiso y pueda aceptar la Encomienda de Isabel la Católica, que le ha conferido el Gobierno de España.
"Como la solicitud del C. Raimundo Mora está dentro de los términos de la fracción II del artículo 37 constitucional, la subscrita comisión estima que no hay inconveniente en acceder a su petición y, en esta virtud, propone a la honorable Asamblea la aprobación del siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede permiso al C. Raimundo Mora para que, sin menoscabo de sus derechos de ciudadano mexicano, acepte la Encomienda de Isabel la Católica, que le ha conferido el Gobierno de España."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 23 de noviembre de 1925.- F. Medrano V.- A. Fuentes B."- Primera lectura.
En votación económica se consulta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada. Está a discusión. No habiendo oradores inscritos, se reserva para su votación.
"2a. Comisión de Relaciones Exteriores.
"H. Asamblea:
"EL C. doctor Abel Romo, en escrito fechado el 30 de julio del año en curso, solicita de esta H. Representación Nacional el permiso necesario para aceptar el nombramiento del cónsul ad honorem de la República del Perú en la ciudad de Guadalajara, Jal.
"A esta 2a. Comisión de Relaciones Exteriores tocó en turno conocer del expediente formado con la solicitud de referencia, y después del estudio de rigor, opina que debe concederse el permiso pedido por el C. doctor Romo, toda vez que no existe impedimento legal para ello; por lo tanto, con fundamento en la fracción II del artículo 37 de la Constitución general, sometemos a la deliberación y aprobación de la H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede permiso al C. doctor Abel Romo para que, sin perder sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y desempeñe el nombramiento de cónsul ad honorem de la República del Perú, en la ciudad de Guadalajara, Jal."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 23 de noviembre de 1925.- J. J. Pineda.- Francisco z. Moreno." - Primera lectura.
En votación económica se consulta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada. Está a discusión. No habiendo oradores inscritos, se reserva para su votación.
"1a. Comisión de Puntos constitucionales.
"H. Asamblea:
"La Secretaría de Relaciones Exteriores, en oficio número 1,219, de fecha 25 de agosto último, solicita el permiso constitucional necesario para que el C. Rodolfo Nervo, encargado de negocios de México en el Brasil, pueda aceptar y usar la condecoración de Comendador de la Orden Polonia Restituta, que ha tenido a bien otorgarle el Gobierno de Polonia.
"Vuestra soberanía tuvo a bien acordar se turnara a esta 1a Comisión de Puntos Constitucionales, para su dictamen, el expediente formado con el oficio de referencia, y la comisión, después del estudio correspondiente, llegó a la conclusión de que es de justicia conceder el permiso solicitado por la Secretaría de Relaciones, por lo que, con fundamento en la fracción II del artículo 37 de nuestra carta fundamental, se permite proponer a la H. Asamblea la aprobación del siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede permiso al C. Rodolfo Nervo para que, sin perder sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de Comendador de la Orden Polonia Restituta, que ha tenido a bien otorgarle el Gobierno de Polonia."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 26 de octubre de 1925.-E. Padilla.- Neguib Simón." -Primera lectura.
En votación económica se consulta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada. Está a discusión. No habiendo oradores inscritos, se reserva para su votación.
"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"H. Asamblea:
"La Secretaría de Relaciones Exteriores se
dirigió, por oficio, a esta H. Cámara, solicitando se conceda al C. José Aspe Suinaga el permiso constitucional necesario para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden Al Mérito, de segunda clase, que le confirió el Gobierno de la República de Chile.
"El expediente formado con este motivo se turnó a la subscrita comisión, la que no halla inconveniente en que se conceda el permiso referido, de acuerdo con la fracción II del artículo 37 constitucional.
"En esta virtud los subscritos sometemos a la consideración de la H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede permiso al C. José Aspe Suinaga para que, sin perjuicio de sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de la Orden Al Mérito, de segunda clase, que le ha conferido el Gobierno de la República de Chile."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de diputados del Congreso de la Unión.- México, a 23 de noviembre de 1925.- F. Medrano V.- A. Fuentes B."- Primera lectura.
En votación económica se consulta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada. Está a discusión. No habiendo oradores inscritos, se reserva para su votación.
"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"Honorable Asamblea:
"Para su estudio y dictamen, se turnó a la subscrita comisión un ocurso del C. licenciado Gilberto Valenzuela, en que solicita el permiso constitucional necesario para poder aceptar y usar la Gran Cruz de la Orden de la Corona, que le confirió el Gobierno de Bélgica.
"La solicitud de referencia está ajustada a la ley, por lo que los subscritos estiman es de concederse el permiso pedido, de acuerdo con la fracción II del artículo 37 de la Constitución Política de la República.
"Por lo que nos permitimos someter a la consideración de la H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede permiso al C. licenciado Gilberto Valenzuela para que, sin perjuicio de sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de la Gran Cruz de la Orden de la Corona, que le ha conferido el Gobierno de Bélgica."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 23 de noviembre de 1925.-F. Medrano V.- A. Fuentes B."- Primera lectura.
En votación económica se consulta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada. Está a discusión. No habiendo oradores inscritos, se reserva para su votación.
"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"Honorable Asamblea:
"Tocó a esta 2a. Comisión de Puntos Constitucionales conocer del expediente formado con la solicitud del C. Salvador Echagaray, a fin de que se le conceda el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración de Comendador de la Orden de Isabel la Católica, que le confirió el Gobierno de España.
"La comisión estima que, de acuerdo con la fracción II del artículo 37 de la Constitución, es de concederse al C. Echagaray el permiso aludido, por lo que se permite someter a la consideración de la H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede al C. Salvador Echagaray el permiso constitucional necesario para que, sin perjuicio de sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de comendador de la Real Orden de Isabel la Católica, que le ha conferido el Gobierno de España."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 23 de noviembre de 1925.-F. Medrano V.- A. Fuentes B."- Primera lectura.
En votación económica se consulta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada. Está a discusión. No habiendo oradores inscritos, se reserva para su votación. "1a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"H. Asamblea:
"La H. Cámara de Senadores remitió a esta de Diputados, para sus efectos constitucionales, el proyecto de decreto por el que se concede al C. Leopoldo Ives Segura permiso constitucional para que pueda desempeñar trabajos de oficina en el Viceconsulado Británico en el Estado de Yucatán.
"El proyecto de referencia fue turnado, para su estudio, a esta 1a. Comisión de Puntos Constitucionales, la que opina que es de aprobarse en los mismos términos propuestos por el H. Senado, y, en esta virtud, solicita de vuestra soberanía la aprobación del siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede permiso al C. Leopoldo Ives Segura para que, sin perder sus derechos de ciudadano mexicano, pueda desempeñar trabajos de oficina en el Viceconsulado Británico en el Estado de Yucatán."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 26 de octubre de 1925.-E. Padilla.- Neguib Simón." -Primera lectura.
En votación económica se consulta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada. Está a discusión. No habiendo oradores inscritos, se reserva para su votación.
"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"H. Asamblea:
"El mayor de caballería del Ejército Nacional, C. César Rangel Esquivel, solicita de la H. Cámara permiso constitucional para poder aceptar y usar
la condecoración de la Orden del Mérito Militar, de segunda clase, que le confirió el Gobierno de la República de Cuba.
"La subscrita comisión, a la que fue turnado el expediente formado con la solicitud de referencia, cree de justicia conceder el permiso pedido por el C. mayor Rangel Esquivel, por lo que con fundamento en la fracción II del artículo 37 constitucional, se permite someter a la deliberación y aprobación de la H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede permiso al C. César Rangel Esquivel para que, sin menoscabo de sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de la Orden del Mérito Militar, de segunda clase, que ha tenido a bien conferirle el Gobierno de la República de Cuba."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 28 de octubre de 1925.- E. Padilla.- Neguib Simón."- Primera lectura.
En votación económica se consulta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada. Está a discusión. No habiendo oradores inscritos, se reserva para su votación.
"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"H. Asamblea:
"Por acuerdo de vuestra soberanía paso a estudio de esta 2a. Comisión de Puntos Constitucionales, el expediente con la minuta del proyecto de decreto remitido por la H. Cámara de Senadores para los efectos constitucionales, por el que se concede permiso al C. Rafael Nieto para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de la Gran Cruz de la Estrella Polar, que tuvo a bien concederle su majestad el rey de Suecia.
"Esta Comisión no encuentra impedimento legal a la concesión del permiso aludido, y hace suyo el proyecto de decreto aprobado por la H. Cámara de Senadores; por lo tanto, solicita de esta H. Asamblea se pruebe en los términos propuestos. Proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede permiso al C. Rafael Nieto, para que, sin perder sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de la Gran Cruz de la Estrella Polar, que le ha sido otorgada por el rey de Suecia."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 9 de diciembre de 1925.- F. Medrano V.- A. Fuentes B."- Primera lectura.
En votación económica se consulta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada. Está a discusión. No habiendo oradores inscritos, se reserva para su votación.
El C. presidente: Se suplica atentamente a los ciudadanos prosecretarios se sirvan ayudar a la Secretaría a efecto de tomar la votación nominal.
El C. secretario Cerisola: Por la afirmativa.
El C. secretario Torregrosa: Por la negativa.
(Votación).
El C. secretario Cerisola: Fueron aprobados los proyectos sobre permisos para usar condecoraciones, por unanimidad de ciento cuarenta y cuatro votos. Pasan al Senado para los efectos constitucionales, con excepción de los relativos a los ciudadanos Leopoldo Ives Segura y Rafael Nieto, que pasan al Ejecutivo.
- El C. secretario Romo, leyendo:
"H. Asamblea:
"En virtud de que el diputado Adolfo Arias ha dejado de concurrir, sin licencia más de diez sesiones consecutivas, pedimos que, con dispensa de trámites y de acuerdo con el artículo 63 de la Constitución, se llame al suplente del aludido diputado Arias.
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados.- México, D. F., a 15 de diciembre de 1925.- Rufino Zavaleta.- A. Fuentes B.- F. Alarzón.- J. Pérez Acevedo.- Francisco López Cortés.- Doctor Alberto Vargas.- Francisco García Carranza."
En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobada.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"Comisiones unidas 1a. de Crédito Público, 1a. de Hacienda y 1a. de Puntos Constitucionales.
"H. Asamblea:
"Las comisiones unidas 1a. de Crédito Público, 1a. de Hacienda y 1a. de Puntos Constitucionales, han estudiado con profunda atención las reformas y adiciones introducidas al Convenio de 16 de junio de 1922, así como la exposición de motivos que funda y explica los términos del Convenio concertado entre el secretario de Hacienda y Crédito Público, en representación del Ejecutivo federal, y el Comité Internacional de Banqueros, firmado en Nueva York el 23 de octubre de 1925.
"Es obvio desde luego que las comisiones unidas tienen exclusivamente para su estudio los puntos de enmienda introducidos al Convenio original de 1922. Nada de lo que en este Convenio ha quedado vigente en el nuevo proyecto, debe ser motivo de discusión.
"Las ventajas obtenidas por el Convenio reformado están claramente demostradas en la justificada exposición de motivos del Ejecutivo, la cual hemos comprobado en todas sus partes: el Gobierno ha tenido necesidad de reanudar el pago de nuestra deuda y hubiera sido imposible cubrir integramente nuestras obligaciones contraídas por el Convenio de 1922, especialmente los intereses vencidos en 1925, que ascienden a setenta y cinco millones de pesos. Por otra parte, se ha impuesto la convicción de que es un beneficio público la
desincorporación de la deuda de los Ferrocarriles de la deuda directa de la nación. Los Ferrocarriles, como empresa privada, quedarán sometidos a una responsabilidad más estricta, ateniéndose exclusivamente a sus propias posibilidades financieras, y la nación se descargará de un compromiso que no le corresponde afrontar. La Caja de Préstamos, a su vez, ofrece en estos instantes de franca y decidida reconstrucción nacional, recursos que para su amplio aprovechamiento necesitan librarse de los gravámenes hipotecarios a que están sujetos, quedando sólo amparados con la garantía de la responsabilidad nacional. Las reformas y adiciones del nuevo Convenio consigna en cláusulas precisas las ventajas expresadas.
"Por lo tanto, nos permitimos someter a vuestra soberanía, para su aprobación el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo 1o. Se deroga el decreto de 30 de junio de 1924, que suspendió temporalmente el servicio de la Deuda Exterior.
"Artículo 2o. Se aprueban las reformas y adiciones introducidas al Convenio de 16 de junio de 1922 y consignadas en el Convenio concertado entre el secretario de Hacienda y Crédito Público y el Comité Internacional de Banqueros con negocios en México, y firmado en Nueva York el 23 de octubre de 1925.
"Artículo 3o. El Ejecutivo dictará todas las medidas que conduzcan a la mejor ejecución de las estipulaciones aprobadas y a la mayor seguridad de los intereses nacionales.
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General.- México a 15 de diciembre de 1925.- 1a. de Crédito Público: Gilberto Fabila.- Neguib Simón.- Florencio Zainos y Lumbreras.- 1a. de Hacienda: Filiberto Gómez. - Rufino Zavaleta.- F. Medrano V.- 1a. de Puntos Constitucionales: E. Padilla. - Francisco López Cortés."- Primera lectura.
En votación económica se consulta si se dispensa la segunda lectura. Dispensada. En consecuencia, el trámite es: a discusión el primer día hábil e imprímase.
El C. presidente: Encontrándose a las puertas del salón el suplente del ciudadano Adolfo Arias, se nombra en comisión a los ciudadanos diputados Cuervo, Santos Mendiola, Fuentes B. y secretario Torregrosa para que se sirvan introducirlo al salón a rendir la protesta de ley.
(Rinde la protesta de ley el C. Héctor Fierro, diputado suplente por el 11 distrito electoral del Estado de Oaxaca. Aplausos).
El C. presidente, a las 18.23: Se levanta la sesión y se cita para mañana a las diez y seis. Orden del día: Reformas al Convenio de 23 de octubre de 1925.