Legislatura XXXI - Año II - Período Ordinario - Fecha 19251228 - Número de Diario 63

(L31A2P1oN063F19251228.xml)Núm. Diario:63

ENCABEZADO

MÉXICO, LUNES 28 DE DICIEMBRE DE 1925

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos. el 21 de septiembre de 1921.

AÑO II. - PERIODO ORDINARIO XXXI LEGISLATURA TOMO II. - NUMERO 63

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 28

DE DICIEMBRE DE 1925

SUMARIO

1.- Se habré la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- Cartera. Se concede licencia al C. diputado José de la Peña. Rinde la protesta de ley el C. Pedro López S., diputado suplente por el 3er. distrito electoral de Nayarit. La Cámara de Senadores remite, reformado, el proyecto de ley sobre irrigación con aguas federales; recibo, y a la Comisión Especial respectiva. La propia Cámara envía la minuta referente a la pensión de las señoritas Felipa y Ana Armendáriz; recibo, y a la 1a. Comisión de Guerra.

3.- A solicitud de la mayoría de la Diputación de Yucatán, se nombra una comisión que asista a la toma de posesión del C. Alvaro Torre Díaz, gobernador electo de aquel Estado . La Cámara de Senadores remite dos minutas, por las que, respectivamente, se pensiona a la señora Ana G. viuda de Gómez e hijas y al C. Zenón Villegas; recibo, y a la 1a. Comisión de Hacienda. Se concede licencia al C. diputado Gonzalo E. González.

4.- Es aprobada una proposición de los CC. diputados Briones, De la Peña Ildefonso y Veraza y Rubio, por la que se declara que pierde el caracter de diputado el C. Constantino Llaca. La señora María de Jesús Díaz viuda de Bahena, apoyada por varios ciudadanos representantes, solicita pensión; a la 1a. Comisión de Hacienda. Es aprobada una proposición de algunos ciudadanos diputados, por la que se faculta a los miembros de esta Cámara para desempeñar comisiones del Ejecutivo federal o de los de los Estados.

5.- Son aprobadas diez proposiciones de ciudadanos diputados, en las que se autoriza al Ejecutivo federal para destinar las siguientes cantidades: treinta mil pesos a la construcción de un puente en Paso del Macho, Veracruz; tres mil pesos a cada uno de los ayuntamientos de Zinapécuaro, Queréndaro, Indaparapeo y Ciudad Hidalgo, Michoacán; tres mil pesos mensuales a la terminación de una carretera en el Estado de Veracruz; cinco mil pesos al Ayuntamiento de Elota, Sinaloa, para la reparación de una carretera; tres mil pesos a la reparación del acueducto de San Pedro del Gallo, Durango; cinco mil pesos al Ayuntamiento de Cholula, Puebla, para introducción de agua potable; diez mil pesos para una red telefónica en el Estado de Puebla; diez mil pesos a la reconstrucción de la cañería de Calpulalpan, Tlaxcala; cinco mil pesos a los ayuntamientos de Jonacatepec y Cuautla, Morelos, para entubación de agua, y cinco mil pesos a los damnificados de San Pablo, Querétaro; pasan al Ejecutivo para sus efectos. Asimismo, se aprueba un proyecto de ley de varios ciudadanos diputados, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Guaymas, Sonora, para que disponga de los terrenos ganados al mar; pasa al Senado para los efectos constitucionales.

6.- Sin debate son aprobados los ramos del proyecto de Presupuesto de Egresos para 1926, correspondientes a los Poderes Legislativo y Judicial; pasan al Ejecutivo para sus efectos. Se declaran de urgente y obvia resolución y se aprueban cinco iniciativas enviadas por el Ejecutivo, que reducen, cancelan y amplían algunas partidas del Presupuesto de Egresos vigente; pasan al Ejecutivo para los efectos de ley.

7.- Se le dispensan los trámites y se aprueba el dictamen que acepta las reformas que el Senado hizo al proyecto de ley sobre irrigación con aguas federales; pasa al Ejecutivo para sus efectos. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. PEDRO C. RODRÍGUEZ

(Asistencia de 143 ciudadanos diputados).

El C. presidente, a las 17.25: Se abre la sesión.

- El C. secretario Cerisola, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día veintitrés de diciembre de mil novecientos veinticinco.

"Presidencia del C. Pedro C. Rodríguez.

"En la ciudad de México, a las diez y siete horas y treinta y cuatro minutos del miércoles veintitrés de diciembre de mil novecientos veinticinco, se abrió la sesión con asistencia de ciento sesenta y tres ciudadanos diputados

. "Aprobada el acta de la sesión anterior, celebrada el día veintiuno del mes en curso, se dio cuenta con la cartera:

"Solicitud del C. Gonzalo E. González para que se le conceda licencia por tiempo indefinido y se llame al suplente.

"Con dispensa de trámites y sin debate se aprobó.

"Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite un proyecto de decreto por el que se pensiona a los hijos del extinto general Julián Jaramillo. - Recibo, y a la Tercera Comisión de Guerra.

"Oficio de la Secretaría de Relaciones Exteriores, con el que envía una nota fechada en Ginebra relativa a una resolución que, sobre zonas desmilitarizadas en las fronteras, tomó la Unión Interparlamentaria reunida últimamente en Washington. - Recibo.

"Circular de la Legislatura de Guanajuato, en que avisa que con fecha 15 de este mes cerró el

primer período ordinario de sesiones de su segundo año de ejercicio, dejando integrada su Diputación Permanente. - De enterado.

"Circulares de la Legislatura del Estado de Oaxaca, en que comunica que clausuró el primer período ordinario de sesiones de su segundo año de ejercicio y designó su Diputación Permanente. - De enterado.

"Oficio del Congreso de Querétaro, en que comunica que aprueba el proyecto de adición al artículo 73 de la Constitución, formulado por la Primera Comisión de Minas. - Recibo, y a su expediente.

"Circular del mismo Congreso, en que avisa que el 15 del mes en curso clausuró el primer período ordinario de sesiones de su primer año de ejercicio, dejando formada su Diputación Permanente. - De enterado.

"Circular de la Diputación Permanente del propio Congreso, avisando que con fecha 15 de diciembre se declaró legítimamente instalada. - De enterado.

"Circular de la Legislatura de Veracruz, en que comunica que con fecha 16 de diciembre cerró el primer período ordinario de su segundo año de ejercicio, dejando integrada su Diputación Permanente. - De enterado.

"Telegrama procedente de Mérida, Yucatán, en que los CC. Fernando Gamboa y Abelardo Gual G. comunican la instalación de la Junta Preparatoria de la XXIX Legislatura de aquella Entidad. - De enterado.

"Telegrama de Pachuca, Hidalgo, por medio del cual el C. Matías Rodríguez comunica que tomó nuevamente posesión del cargo de gobernador constitucional de ese Estado. - De enterado.

"Oficio en que el C. licenciado Ismael Tinoco Bonilla participa que fue electo presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Michoacán. - De enterado.

"Solicitud del C. Juan A. Veites, relativa a que se le conceda licencia hasta por ocho meses, con derecho a renunciarla en cualquier momento, dando aviso al presidente de la Comisión Permanente si tal renuncia ocurriere en el receso, y que se llame a su suplente.

"Con dispensa de trámites y sin debate se aprobó.

"Dictamen de la Segunda Comisión de Peticiones, que propone se turne a la de Hacienda que corresponda la solicitud de jubilación del C. Rafael Rodríguez.

"Sin debate se aprobó en votación económica.

"Dos dictámenes de la Tercera Comisión de Guerra, uno de la Segunda de Guerra y otro de la Primera de Hacienda, que consultan proyectos de decreto por medio de los cuales se pensiona a las señoritas Fanny, Manuela y María Laing y a las señoras María de la Luz Domínguez y Trujillo, Jovita Contreras viuda de Ortíz y Matilde Ayala viuda de Cabrera. - Primera lectura. Se les dispensó la segunda, y a discusión el primer día hábil.

"Trece oficios de la Secretaría de Gobernación a los que se acompañan otros tantos proyectos de ley por medio de los cuales el Ejecutivo solicita autorización para que, dentro del término de tres meses, expida la Ley Orgánica del Ejército Nacional, la Ley de Caminos y Puentes, las leyes relativas a Telégrafos y Teléfonos de la República, la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército Nacional, la Ley de Radio comunicación, la Ley de Retiros y Pensiones del Ejército Nacional y la Ley de Disciplina del Ejército Nacional, y reforme la Ley sobre Ferrocarriles actualmente en vigor y el Código Postal vigente; así como para que, en le plazo de dos meses, reforme el Código Sanitario en vigor, la Ley de Inmigración de 22 de diciembre de 1908, adicionándola con disposiciones sobre emigración y la Ley de Beneficencia Privada para el Distrito y Territorios Federales; y para que, en el término de cuatro meses, expida la Ley General de Compañías de Seguros. En los proyectos se establece que el Ejecutivo dará cuenta al Congreso del uso que haga de la facultad que en cada uno de ellos se le confiere.

"Sucesivamente fueron considerados de urgente y obvia resolución, poniéndose a debate. No hubo quien hiciera uso de la palabra y se reservaron para su votación.

"Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite la exposición de motivos y el proyecto de Ley de Contribuyentes e Ingresos del Erario Federal para 1926. - Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"La Sección de Ingresos de la Comisión de Presupuestos y Cuenta presentó un proyecto de ley por el que se conceden al Ejecutivo de la Unión facultades extraordinarias en el Ramo de Hacienda hasta el 31 de agosto de 1926 y se le faculta para completar la legislación bancaria vigente, expidiendo una Ley de Crédito Agrícola que se ajustar a las bases que el mismo proyecto establece, debiendo dar cuenta al H. Congreso durante el próximo período ordinario de sesiones del uso que haya hecho de esas facultades.

"También este proyecto fue considerado por la Asamblea de urgente y obvia resolución. No dio lugar a debate y se reservó para su votación.

"Por unanimidad de ciento cuarenta y tres votos se declararon con lugar a votar en lo general y se aprobaron en lo particular los trece proyectos enviados por el Ejecutivo, a que antes se hace referencia, y el proyecto sobre facultades extraordinarias presentado a la Cámara por la Sesión de Ingresos de la Comisión de Presupuestos y Cuenta. Declaróse que pasaban al Senado para los efectos constitucionales.

"Con las formalidades de costumbre rindió la protesta de ley el C. Guillermo Quirós, diputado suplente por el decimoséptimo distrito electoral del Estado de Puebla.

"Continuóse dando cuenta con la cartera:

"Proposición de los CC. García Carranza, Gonzalo N. Santos y otros representantes relativa a que, por las razones que en la misma se expresan, se declare que el C. Ignacio García Téllez ha perdido su carácter de diputado por el octavo distrito electoral del Estado de Guanajuato.

"Con dispensa de trámites y sin debate se aprobó.

"Dictamen de las Comisiones unidad Primera de Puntos Constitucionales y Primera de Relaciones Exteriores por el que aceptan las reformas que hizo la Cámara de Senadores al Proyecto de Ley

Orgánica de la Fracción I del Artículo 27 de la Constitución General de la República.

"Dispensados los trámites, se pusieron a debate los artículos modificados por la Cámara colegisladora. Nadie usó de la palabra y se reservaron para su votación.

"Dictamen de la Primera Comisión de Relaciones Exteriores que consulta la aprobación del proyecto de reformas a la Ley Orgánica del Cuerpo Diplomático Mexicano, de 17 de enero de 1922, remitido por la Cámara de Senadores.

"Igualmente le fueron dispensados los trámites y sin debate se reservó para su votación.

"Por unanimidad de ciento cuarenta y nueve votos se aprobaron las modificaciones del Senado al proyecto de Ley Orgánica de la Fracción I del

Artículo 27 Constitucional y se declaró con lugar a votar en lo general y se aprobó en lo particular el proyecto de reformas a la Ley Orgánica del Cuerpo Diplomático Mexicano, de 17 de enero de 1922.

"La Secretaría declaró que ambos proyectos pasaban al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

"Seis proyectos de decreto firmados por varios diputados en los que se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que ministre las siguientes cantidades:

"Diez mil pesos al Ayuntamiento de la ciudad de Toluca para que se continúe la pavimentación de sus calles.

"Cinco mil pesos al Ayuntamiento de Bavispe, Sonora, para la terminación del camino entre esa Municipalidad y la ciudad de Casas Grandes, Chihuahua.

"Cinco mil pesos para la construcción de obras de captación y aprovechamiento de agua potable y pluvial en el Arroyo de Santa Rosa del pueblo de Mapimí, Durango.

"Cinco mil pesos al Comité Administrativo del Ejido Sur de Ojocaliente, Zacatecas, para la construcción de una presa que llene las necesidades de riego del mencionado ejido.

"Doce mil pesos al Ayuntamiento de Los Reyes, Michoacán, para la compra de tubería y obras materiales para la conducción del agua potable al referido Municipio.

"Cinco mil pesos a cada uno de los Ayuntamientos de Tuxpan, Santiago Ixcuintla y San Blas, Nayarit, para auxiliar a los damnificados por los recientes desbordamientos del río de Santiago.

"Se dispensaron todos los trámites a estos seis proyectos, poniéndose a discusión sucesivamente. No hubo quien hiciera uso de la palabra y en un solo acto se aprobaron por unanimidad de ciento cuarenta votos, pasando al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

"A las diez y nueve horas se levantó la sesión."

Est a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Honorable Asamblea:

"El subscrito, diputado al Congreso de la Unión por el 3er. distrito electoral del Estado de Nayarit, ante vuestra soberanía expone:

"Que habiendo sido electo por el pueblo del Estado de Nayarit para ocupar el puesto de gobernador de la Entidad federativa de referencia en el próximo período constitucional, se permite solicitar respetuosamente de vuestras señorías, licencia ilimitada para separarse de sus funciones de representante del pueblo, y que desempeña en esta honorable Cámara de Diputados.

"Asimismo, os encarece, de acuerdo con lo que ordenan las disposiciones relativas, que se llame, para que otorgue la protesta de ley, al diputado suplente, C. Pedro López S. Pido dispensa de trámites.

"Protesto mi atenta y respetuosa consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - Tepic, Nayarit, a 28 de diciembre de 1925. -José de la Peña. - A los ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F."

En votación económica se consulta a la Asamblea si despensa los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

El C. presidente: Encontrándose a las puertas del salón el suplente del ciudadano Peña, se nombra en comisión a los ciudadanos diputados Romero Gallardo, Guillermo Rodríguez, Chávez y secretario Romo, para que lo introduzcan y acompañen a rendir la protesta de ley.

(Rinde la protesta legal el C. Pedro López S., diputado suplente por el 3er. distrito electoral de Nayarit. Aplausos)

- El C. secretario Cerisola, leyendo:

"Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Sección Tercera. - Número 62.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Habiendo sido reformado por esta H. Asamblea el proyecto de Ley sobre Irrigación con Aguas Federales en un tomo con 55 fojas útiles, nos permitimos devolver a ustedes, para los efectos constitucionales, el proyecto de referencia.

"Reiteramos a ustedes nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, a 26 de diciembre de 1925. - Manuel Rivas, S. S. - M. Gutiérrez de Velasco, S. S." - Recibo, y a la Comisión Especial respectiva.

"Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Sección Segunda. - Número 352.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Para los efectos constitucionales, tenemos el honor de remitir a esa H. Cámara el expediente con la minuta del proyecto de decreto por el cual se concede una pensión de dos pesos diarios a cada una de la señoritas Ana y Felipa Armendáriz, como recompensa a los servicios que prestó a la nación su extinto padre, el C. coronel Catarino Armendáriz.

"Reiteramos a ustedes nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, a 23 de diciembre de 1925. - José M. Mora, S. S. - M. Gutiérrez de Velasco, S. S." - Recibo, y a la 1a. Comisión de Guerra.

"Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - México. - Estados Unidos Mexicanos.

"Minuta.

"Proyecto de decreto.

"Artículo único. Se concede a las señoritas Felipa y Ana Armendáriz, mientras conserven su actual estado civil, una pensión de dos pesos diarios a cada una de ellas; en el concepto de que la expresada pensión les será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación.

"Salón de Sesiones del Senado. - México, a 22 de diciembre de 1925.- Eleazar del Valle, S. P. - J. M. Mora, S. S. - M. Gutiérrez de Velasco, S. S."

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Ciudadano presidente de la Cámara de Diputados:

"La diputación de Yucatán tiene el alto honor de invitar cordialmente a la Cámara de Diputados a la toma de posesión del gobernador electo de su Estado, doctor Alvaro Torre Díaz, y se sentirá sumamente honrada si tiene a bien nombrar a una comisión que presencie dicho acto.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, D. F., 28 de diciembre de 1925. -José Castillo Torre.- Dr. A. Castellanos C. - Luis Torregrosa. - Neguib Simón. -José E. Ancona."

El C. presidente: La Presidencia nombra en comisión a los ciudadanos diputados Francisco García Carranza, Alfredo Romo, Luis Torregrosa, Rafael Melgar y Francisco López Soto, para que asistan en representación de esta Cámara a la toma de posesión de que se trata.

- El C. secretario Cerisola, leyendo:

"Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Sección Segunda. - Número 351.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Para los efectos constitucionales, tenemos el honor de remitir a esa H. Cámara el expediente con la minuta del proyecto de decreto por el cual se concede a la señora Ana G. viuda de Gómez, y a sus menores hijas, Magdalena y Dolores Gómez, una pensión de cien pesos mensuales, como recompensa a los servicios prestados por el extinto C. Pablo I. Gómez.

"Reiteramos a ustedes nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, a 23 de diciembre de 1925.-M. G. de Velasco, S. S. - J. M. Mora, S.S." -Recibo, y a la 1a. Comisión de Hacienda. "Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - México. - Estados Unidos Mexicanos.

"Minuta.

"Proyecto de decreto.

"Único. Se concede a la señora Ana G. viuda de Gómez, y a sus menores hijas, Magdalena y Dolores Gómez, una pensión de cien pesos mensuales, que le serán pagados íntegramente mientras conserven su actual estado civil."

"Salón de Sesiones del Senado. - México, a 22 de diciembre de 1925.- Eleazar del Valle, S. P. - J. M. Mora, S. S. - M. G. de Velasco, S. S."

"Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Sección 2a. - Número 353.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Para los efectos constitucionales, tenemos el honor de remitir a esa H. Cámara el expediente con la minuta del proyecto de decreto por el cual se concede una pensión de un peso cincuenta centavos diarios al C. Zenón Villegas, mozo de oficios de la Jefatura de Hacienda en el Estado de Guerrero, por más de treinta y dos años de servicios.

"Reiteramos a ustedes nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, a 23 de diciembre de 1925.-M. G. De Velasco, S. S. - J. M. Mora, S. S." -Recibo, y a la 1a. Comisión de Hacienda.

"Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - México. - Estados Unidos Mexicanos.

"Minuta.

"Proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede una pensión de un peso cincuenta centavos diarios al C. Zenón Villegas, mozo de oficios de la Jefatura de Hacienda en el Estado de Guerrero, por más de treinta y dos años de servicios. Dicha pensión la percibirá sin descuento alguno."

"Salón de Sesiones del Senado. - México, a 22 de diciembre de 1925.- Eleazar del Valle, S. P. - J. M. Mora, S. S. - M. G. de Velasco, S . S."

"Honorable Asamblea:

"El subscrito, diputado por el 17 distrito electoral del Estado de Puebla, solicita de vuestra soberanía, con dispensa de todo trámite, licencia ilimitada, con objeto de hacerse cargo de un puesto en el municipio de la ciudad de Puebla.

"A efecto de que entre a ejercer su suplente, quien ya rindió la protesta de ley, oportunamente avisará a la H. Comisión Permanente la fecha en que comience a desempeñar el cargo a que arriba se refiere.

"Protesta a la H. Asamblea su atenta y respetuosa consideración.

"México, a 28 de diciembre de 1925. - Gonzalo E. González."

Se consulta a la Asamblea, en votación económica,

si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Concedida.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"H. Asamblea:

"Los subscritos, miembros integrantes de la diputación queretana en el Congreso de la Unión, teniendo en cuenta que el C. licenciado Constantino Llaca desde el 25 de julio del corriente año viene desempeñando el cargo de gobernador del Estado de Querétaro, sin haber pedido el permiso respectivo a esta H. Cámara, contraviniendo expresamente lo determinado por el artículo 62 de nuestra Carta Magna, y teniendo en cuenta igualmente que por igual motivo existe ya el precedente sentado por esta H. Cámara decretando la pérdida del carácter de diputados que tenían los CC. licenciados Adolfo Arias e Ignacio García Téllez, venimos a pedir vuestra soberanía se sirva aprobar, con toda dispensa de trámites, la siguiente proposición:

"Única. Por no haber pedido permiso a esta H. Cámara el C. licenciado Constantino Llaca para desempeñar el cargo de gobernador del Estado de Querétaro, se declara que pierde el carácter de diputado al XXXI Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

"Protestamos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, a 28 de diciembre de 1925.-A. Briones. - Ildefonso de la Peña. - José Veraza y Rubio."

Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

Telegramas procedente de: "Tlaxcala, Tlax., 24 de diciembre de 1925.

"Presidente de la Cámara de Diputados. - México, D. F.

"Número 741. - Tengo el honor de participar a usted que, habiéndome concedido la honorable XXVIII Legislatura constitucional del Estado, licencia por diez días, renunciables, para estar separado del despacho del Poder Ejecutivo de mi cargo, con esta fecha hice entrega de dicho puesto al C. diputado Fernando Carvajal, a quien designó la propia H. Cámara para substituirme durante mi ausencia. Afectuosamente.- El gobernador del Estado, I. Mendoza." - De enterado.

Telegrama procedente de: "Tlaxcala, Tlax., 25 de diciembre de 1925.

"Presidente de la Cámara de Diputados. - Congreso de la Unión. - México, D.F.

Número 754. - Ayer híceme cargo interinamente Poder Ejecutivo este Estado, por designación hecha mi favor por Legislatura local para substituir al C. Ignacio Mendoza, gobernador constitucional esta Entidad, durante licencia concediósele propia Cámara por diez días renunciables. Afectuosamente.- El gobernador suplente constitucional del Estado, Fernando Carvajal," - De enterado.

"A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Jesús Díaz, viuda del capitán 1o. de caballería Miguel Bahena, ante ustedes atentamente expone:

"Que su extinto esposo falleció en combate, según se desprende de los documentos que acompaña; que la hoja de servicios del militar referido demuestra que sus servicios fueron muy estimables y merecieron la aprobación de sus superiores; y que encontrándose la que subscribe en condiciones económicas muy difíciles, se ve en la imperiosa necesidad de recurrir a esa Representación Nacional, a efecto de que se decrete a su favor una pensión. Pido se dispensen los trámites y pase a comisión.

"Protesto a ustedes las seguridades de mi atención y agradecimiento.

"México, D. F., a 28 de diciembre de 1925.- María de Jesús D. viuda de Bahena.

"Hacemos nuestra la anterior solicitud. - Alfredo Romo. - E. Mier y Terán. -Gilberto Fabila. - F. Gómez. - P. López S. - R. Anaya. - J. M. Díaz. - I. Romero G. -L. M. Díaz. - Agustín Arriola Valadez. - Ernesto Rios." - A la 1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"Los subscriptos, diputados al Congreso de la Unión, con dispensa de todo trámite, pedimos a vuestra soberanía la aprobación del siguiente acuerdo:

"Único. Se faculta a los miembros de esta H. Cámara para desempeñar comisiones del Ejecutivo federal, de los de los Estados, del Poder Judicial de la Federación o de los de los Estados, durante el próximo receso, con la obligación de dar aviso en cada caso a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión."

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados, diciembre 28 de 1925.- Gilberto Fabila. - Alfredo Romo. - A. Cerisola. - G. Bautista. - Pedro C. Rodríguez. -A. Arciniega. - Rafael Alvarez y Alvarez. - J. Pérez Gil y Ortiz."

Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Honorable Asamblea:

"El subscrito, diputado por el 14 distrito electoral del Estado de Veracruz, ante vuestra soberanía

solicita atenta y respetuosamente, con dispensa de todo trámite, y por las razones que en seguida se exponen, vote la cantidad de treinta mil pesos para la construcción de un puente en combinación con los vecinos del lugar, quienes aportarán una cantidad igual, entre el Paso del Macho y Piña, del Estado de Veracruz. Este puente será de una utilidad incalculable, pues dar paso a los productos de ambos lugares, que en tiempo de lluvias se estancan y se pierden sin provecho alguno.

"Dada la justicia de mi solicitud, atentamente me permito pedir la aprobación del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que, con cargo a la partida del Presupuesto de Egresos que estime conveniente, ministre al Ayuntamiento de Paso del Macho, Estado de Veracruz, la cantidad de treinta mil pesos, que se destinarán exclusivamente a la construcción de un puente entre esta villa y Piña, del mismo Estado."

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. -México, a 28 de diciembre de 1925.-A. Campillo Seyde.

"Hacemos nuestra la anterior solicitud. - A. Mancisidor. - Luis G. Márquez. -Guillermo Rodríguez. - A. Fuentes B. - E. Gómez. - M. Orta. - Pedro Merla. - A. Cerisola. - Luciano M. Sánchez. - Gilberto Fabila. - Antonio Garza Castro. - F. López Soto. - G. Garza Salinas. - A. Aguirre Garza. - Pedro C. Rodríguez. - A. Briones."

Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"H. Asamblea:

"La situación angustiosa por la que se encuentra atravesando desde hace tiempo el distrito de Zinapécuaro, cuyos ayuntamientos, por la pobreza de los mismos, no han podido resolver los urgentes problemas que reclaman las numerosas necesidades públicas; la enorme cantidad de enfermedades de origen palúdico que están asolando aquellas regiones y el deber que como hijo de aquel distrito me obliga hacia el mismo, me impulsan a someter a la aprobación de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Único. Se autoriza al Ejecutivo federal para que, con cargo a la partida correspondiente, ministre a los HH. ayuntamientos de Zinapécuaro, Queréndaro, Indaparapeo y Ciudad Hidalgo, la cantidad de tres mil pesos cada a uno, que serán invertidos en obras de saneamiento e higiene públicas y en aquellas cuya urgencia sea m s apremiante."

"México, D. F., a 26 de diciembre de 1925.-L. Zincúnegui Tercero."

Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Honorable Asamblea:

"El ciudadano presidente de la República se sirvió expedir, con toda oportunidad, el decreto aprobado por esta H. Cámara el 15 de diciembre de 1924 en el cual se determina que, con cargo a la partida que se estime conveniente, se dedique la cantidad de tres mil pesos mensuales para revestir y terminar el camino carretero que atraviesa los municipios de Perote, Altotongo, Atzalán y Jalacingo, hasta llegar al puerto de Nautla, Veracruz.

"Sin embargo, no obstante el gran empeño del ciudadano presidente de la República, de la Secretaría de Comunicaciones y del Gobierno del Estado de Veracruz para terminar en el menor tiempo posible esta carretera, que se necesita urgentemente para dar salida a la enorme producción agrícola de la tierra caliente, los trabajos que con toda actividad se estaban llevando a cabo se tuvieron que paralizar, por no haber una partida especial asignada para estos gastos; por lo tanto, para continuar esta obra que, por ningún motivo, puede quedarse pendiente, se hace indispensable, y así lo estima necesario la Secretaría de Comunicaciones, crear una partida especial en el nuevo Presupuesto, para dar cumplimiento al decreto aprobado por esta H. Cámara.

"Como por la premura del tiempo no fue posible discutir los presupuestos y se dieron facultades extraordinarias en el ramo de Hacienda al ciudadano presidente de la República, la mayoría de la diputación veracruzana suplica de la manera más atenta a sus estimados compañeros, se sirvan aprobar, con dispensa de todo trámite, el siguiente decreto:

"Único. Se autoriza al ciudadano presidente de la República para establecer una partida especial en el Presupuesto de la Secretaría de Comunicaciones con la asignación mensual de tres mil pesos (al año treinta y seis mil pesos), para revestir y terminar el camino carretero que atraviesa los municipios de Perote, Altotongo, Atzalán, Jalancingo y Tlapacoyan, hasta llegar al puerto de Nautla, Veracruz."

"Cámara de Diputados, a 27 de diciembre de 1925. - General y diputado, Arturo Campillo Seyde. - Guillermo Rodríguez. - Dr. Alejandro Cerisola. - Pedro C. Rodríguez. - Luis G. Márquez. - Andrés E. Gómez. - Anselmo Mancisidor. - Francisco García Carranza."

Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"H. Asamblea:

"Indudablemente que una de las principales causas que impiden el adelanto y prosperidad de los pueblos, es la falta de comunicaciones que les permita transportar con toda facilidad y rapidez sus diversos productos. En tal situación se encuentra actualmente la importante región de las municipalidades de Elota y Cosal ,que forman parte del 4o. distrito electoral de Sinaloa, que me honro en representar.

"Tanto el Gobierno local como numerosos vecinos

de aquellas municipalidades, se han venido preocupando por la construcción, de carreteras en dicha región, pero actualmente se han visto obligados a suspender tales trabajos, con motivo de dificultades económicas por que han venido atravesando a últimas fechas.

"Con tal motivo vengo a solicitar, por vuestro conducto, la ayuda pecuniaria del Gobierno federal, para las más urgentes reparaciones del camino que une el importante mineral de Guadalupe de los Reyes con Estación La Cruz, tomando en cuenta que dicho camino es uno de los más importantes en la región expresada y que al llevarse a cabo dichas reparaciones, constituirán un gran beneficio para los habitantes de dichas municipalidades en general y muy especialmente para las clases trabajadoras campesinas.

"Al efecto, me permito proponer a la consideración de esta H. Asamblea, con dispensa de todo trámite, el siguiente proyecto de decreto:

"Único. Se autoriza al Ejecutivo federal para que, con cargo a la partida del Presupuesto de Egresos que estime conveniente, se sirva poner a disposición del H. Ayuntamiento de Elota, Sinaloa, la cantidad de $5,000.00 (cinco mil pesos) que se destinar a las reparaciones del camino carretero que une al mineral de Guadalupe de los Reyes con Estación La Cruz, pasando por la población de Soquititán, de la expresada municipalidad de Elota.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en México, D. F., a los veintiséis días del mes de diciembre de mil novecientos veinticuatro. - Diputado por el 4o. distrito de Sinaloa, Fausto A. Marín.

"Los subscritos, diputados en ejercicio, hacemos nuestra la anterior solicitud. -E. Corella M. - Cosme Alvarez. - I. F. Loaiza. - A. Briones. - Roberto A. Morales. - F. González Madrid. - Melchor Ortega. - F. E. Arenas. - E. Fernández de Lara. - Roberto Nieto. - Justo A. Santa Anna. - A. J. Valenzuela. - J. M. Sánchez Pineda. - José Calles. - Fernando Cuén. - A. Corona. - Alejandro Antuna. - José E. Ancona. - J. G. de Anda. - Salomé Vizcarra, hijo."

Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

"H. Asamblea:

"Desde el año de 1910 el pueblo de San Pedro del Gallo, cabecera del municipio del propio nombre, del Estado de Durango, ha sufrido las consecuencias inherentes a los movimientos armados, y las incursiones de éstos ocasionaron la destrucción de obras que servían para satisfacer las necesidades colectivas de los vecinos del pueblo de referencia.

"Entre ellas, la que reclama una pronta reparación, dada su importancia de imprescindible necesidad pública, es el acueducto de propiedad municipal que surte a la población y en el que las contaminaciones y desperfectos que permiten a las bestias el uso del agua, sin precauciones, constituye para las personas una seria amenaza a su salud.

"Por tal motivo, a fin de atender la necesidad pública de un pueblo, el subscripto se permite someter a la consideración de vuestra soberanía, solicitando dispensa de trámites, la aprobación del siguiente proyecto de decreto:

"Se autoriza al ciudadano presidente de la República para que, con cargo a la partida que juzgue conveniente, disponga hasta por la cantidad de tres mil pesos para obras de reparación del acueducto del pueblo de San Pedro del Gallo del Estado de Durango."

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. -México, D. F., a 28 de diciembre de 1925. - Benjamín Borrego Martínez. "Hacemos nuestra la anterior proposición. - Ramón Martínez. - A. Arciniega. -Jesús Ponce."

Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Honorable Asamblea:

"Para nadie es desconocido el estado actual de atraso en que se encuentran algunos municipios de la República en lo que respecta a obras materiales, por no contar con ingresos suficientes que cubran sus necesidades, no obstante el esfuerzo que hacen buscando la mejor forma de resolver su problema económico. La ciudad de Cholula, cebecera del 5o. distrito electoral del Estado de Puebla, y que tengo la honra de representar ante este honorable Congreso, es una ciudad que atraviesa por dificilísima época económica, y, siendo como es, legendaria en sus tradiciones y constituye un orgullo nacional por las ricas joyas de arte colonial que guarda, nada más justo que la Federación le preste su ayuda económica muy valiosa, con el objeto de que sus autoridades puedan introducir el agua potable, tan indispensable para los habitantes de aquella población, ya que este líquido precioso es de primera necesidad y puede hermosear los mercados y jardines públicos establecidos en ella, dándole un aspecto más progresista, que exigen los ojos de los turistas, tanto nacionales como extranjeros, que con frecuencia la visitan, con el fin de recrearse unos, y de estudiar y observar sus joyas históricas y artísticas otros.

"En tal concepto, el que subscribe, teniendo en cuenta las necesidades de los habitantes de aquel municipio y al mismo tiempo la honorabilidad de los ciudadanos diputados que integran esta XXXI Legislatura Nacional, en lo que respecta al bienestar general, respetuosamente se permite someter a vuestra consideración, para su aprobación, pidiendo dispensa de todo trámite, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo de la

Unión para que, tomando de la partida que estime conveniente del Presupuesto de Egresos de 1926, la cantidad de cinco mil pesos, la entregue en calidad de subsidio al Ayuntamiento de la ciudad de Cholula, Estado de Puebla, la cual será destinada para gastos de introducción del agua potable a esa población."

"Salón de Sesiones del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 26 de diciembre de 1925. - Diputado por el 5o. distrito electoral del Estado de Puebla, J. Domínguez Martínez.

"Apoyamos la anterior iniciativa. - E. Fernández de Lara. - Luciano H. Sánchez." Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"H. Asamblea:

"Siendo la región Sur del Estado de Puebla una zona bastante rica, que carece en lo absoluto de vías de comunicación, nos permitimos suplicar a esta H. Asamblea se sirva aprobar, con dispensa de todo trámite, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que invierta la cantidad de $10,000.00 (diez mil pesos), en la instalación de una red telefónica en los ex distritos de Tecali, Tepeaca, Tepexi y Acatlán, del Estado de Puebla."

"Sala de Comisiones del H. Congreso de la Unión, a 28 de diciembre de 1925. -Pastor Rouaix. - Luciano M. Sánchez. - Jesús Zafra. - Matías Montiel. - J. Domínguez Martínez. - A. L. Valderrábano."

Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Honorable Asamblea:

"El subscrito, diputado al Congreso de la Unión por el Estado de Tlaxcala, ante vuestra honorabilidad, respetuosamente expone:

"La cabecera del distrito que represento, cuyo nombre es el de Calpulapan, carece de uno de los servicios más indispensables, como es el agua, que para su vida y desarrollo necesitan todas las poblaciones, y ello obedece a que por el año de 1918 las fuerza zapatistas destruyeron, en una extensión de diez y seis leguas, la cañería que en años anteriores conducía el citado líquido a la población de Calpulalpan.

"Reconozco que en estos instantes no es muy bonancible la situación económica del país; pero ante la imperiosa necesidad en que se hallan los habitantes de la ciudad indicada, me veo en el caso de gestionar ante vuestra honorabilidad una ayuda en metálico que facilite la reconstrucción de tal cañería, teniendo en cuenta que si no se ocurre en auxilio de Calpulalpan, a medida que transcurra el tiempo, los habitantes de la región carentes de uno de los más indispensables servicios, se verán obligados a seguirla abandonando, como hasta ahora ha venido sucediendo.

"Teniendo en cuenta la H. Cámara el beneficio que presta a un pueblo necesitado, me permito someter a la aprobación de la misma, con toda dispensa de trámites, el siguiente punto de acuerdo:

"Único. Se faculta al Ejecutivo de la Unión para que, con cargo a la partida que estime conveniente, auxilie a la ciudad de Calpulalpan, del Estado de Tlaxcala, hasta con la cantidad de ......$10,000.00 (diez mil pesos), que se destinarán a reconstruir la cañería que conducía el agua a la citada población."

"México, D. F., a 28 de diciembre de 1925. - Diputado, Eduardo Fernández de Lara."

"Pedro Merla. - Luis Díaz. - M. Orta. - Luciano M. Sánchez. - J. Domínguez Martínez. - N. Simón. - Antonio Fuentes. - Rufino Zavaleta. - Celestino Castro. - J. M. Díaz. - A. Mancisidor. - Melchor Ortega. - J. Castillo Larrañaga. - E. Mier y Terán. -A. Briones. - F. E. Arenas. - José Veraza y Rubio. - José Calles. - Alfredo Romo. - S. Chávez. - I. Romero G. - R. Hernández Pimentel."

Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"H. Asamblea:

"En momentos en que, como el presente año, se ha dado cuenta con distintas solicitudes de cantidades para varios distritos electorales de la República, me es penoso recordar a vuestra soberanía que las poblaciones de Cuautla y Jonacatepec, del Estado de Morelos, se encuentran sin enturbación de agua potable, por lo que, con cargo a la partida que se crea conveniente, pido que el Ejecutivo de la Unión ministre la cantidad de cinco mil pesos a cada municipio indicado, para los fines que propongo.

"En consecuencia, pido que, con dispensa de todo trámite, sea aprobado el siguiente proyecto de decreto:

"Único. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que, con cargo a la partida que estime conveniente, ministre a los ayuntamientos de Cuautla y Jonacatepec, del Estado de Morelos, la cantidad de cinco mil pesos a cada municipio para la entubación de agua potable."

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. -México, a 28 de diciembre de 1925. - Diputado por el 2o. distrito de Morelos, V. Anzures."

Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"H. Asamblea:

"Por la prensa de esta capital se habrá dado ya cuenta los ciudadanos diputados, de que la prensa de "Chichimiquillas", ubicada en el Estado de Querétaro, y distante de la capital del mismo, 36 kilómetros, se reventó a las seis horas del día 24 del corriente, inundando las aguas desbordadas las casas de los habitantes de la congregación del Retablo, produciendo graves pérdidas para estos laboriosos agricultores en pequeño, quienes dentro de breve tiempo recibirán los ejidos a que tienen derecho.

"Es inconcuso que, de no ayudarles con alguna cantidad en efectivo, se lesionaría seriamente los intereses de los damnificados, teniendo que dedicar sus pequeñas economías a la reedificación de sus hogares destruidos, implicando esto el que no puedan cultivar sus tierras el año próximo y ocasionándoles una inmediata miseria.

"Por lo anteriormente expuesto, vengo a pedir a vuestra soberanía se sirva aprobar, previa dispensa de toda clase de trámites, el siguiente proyecto de decreto:

"Único. Se autoriza al ciudadano presidente de la República para que, con cargo a la partida del Presupuesto de Egresos en vigor, que estime conveniente, ponga a disposición de los habitantes de la congregación de San Pablo, del Estado de Querétaro, la suma de $5,000.00 (cinco mil pesos), para ayudar a los perjudicados con motivo de la inundación de referencia."

"Protesto a usted mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, diciembre 28 de 1925. - José Veraza y Rubio. - A. Briones."

Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Ciudadanos diputados:

"El H. Ayuntamiento de la municipalidad de Guaymas, teniendo necesidad de adquirir para la urbanización de aquel lugar una extensión de terreno de los ganados al mar en aquel puerto, ha venido gestionando ante el Gobierno federal el permiso necesario para urbanizar una parte de los terrenos terraplenados en el estero llamado de la "Cantera".

"Los antecedentes que deben tomarse en consideración sobre este asunto son los siguientes:

"Primero. El estero llamado de "La Cantera" ha sido una zona fangosa y malsana, pues durante las bajas mareas dejaba antes al descubierto una extensión de más de 17 hectáreas de materias orgánicas en descomposición, constituyendo ello un grave peligro para la salubridad pública.

"Segundo. En virtud de las anteriores consideraciones, el Gobierno federal emprendió hace tiempo algunas obras de higienización de aquel puerto, comenzando por el terraplenamiento del estéreo o zona fangosa citada, limitándolo de antemano por el Este por medio de un dique, el cual mide 500 metros de longitud y est orientando de Norte a Sur, uniendo el extremo Sur de la calle 20 con el barrio de "La Cantera".

"Tercero. Las obras descritas segregaron de la bahía la extensión de 17 hectáreas, que son las que aquel H. Ayuntamiento desea obtener para el ensanchamiento o desarrollo regular de la ciudad, ya que la configuración topográfica del fundo legal de Guaymas, rodeado de cerros por el Norte y el Oeste y por el mar en el Este y Sur, ha impedido la urbanización regular de la ciudad conforme los preceptos modernos.

"Cuarto. Con fundamento en la Ley de Bienes Inmuebles de la Federación, de 18 de diciembre de 1902, es un bien del dominio público, y de uso común, que depende, por consiguiente, del Gobierno federal.

"Por las razones ya expuestas, el Ayuntamiento de Guaymas, necesita para el progreso de aquel puerto obtener el terreno antes descrito, para el ensanchamiento de su población, y no recibiendo el Gobierno federal ningún perjuicio con la cesión de dichos terrenos, nos permitimos someter a la consideración de esta H. Cámara el siguiente proyecto de ley:

"Artículo 1o. El H. Ayuntamiento de Guaymas dispondrá libremente del terreno ganado al mar con las obras que el Gobierno federal ha llevado a cabo en el estero llamado "La Cantera", debiendo quedar limitado dicho terreno por el dique que divide este estero, de la bahía de Guaymas, en una longitud de 550 metros desde el extremo Oriente de la calle 20 al barrio de "La Cantera".

"Artículo 2o. Los terrenos anteriores se destinarán a urbanización de la ciudad, debiendo ser autorizadas las enajenaciones por el propio Ayuntamiento e invertido el producto de dichas enajenaciones en obras materiales de utilidad pública del mismo municipio."

"Pedimos dispensa de todo trámite.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados, a 28 de diciembre de 1925. -Pedro C. Rodríguez. - Alberto Sáinz. - E. Corella M. - Miguel Yepez Solórzano. - A J. Valenzuela."

Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

Se va a proceder a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. prosecretario Chávez: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Cerisola: Fueron aprobados los proyectos de decreto por unanimidad de ciento ochenta y ocho votos. Pasan al Ejecutivo y al Senado, respectivamente, para sus efectos.

- El mismo C. secretario, leyendo:

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"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. -México, 28 de diciembre de 1925. - Amado Fuentes B. - Antonino M. García."

Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Poder Ejecutivo Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación. - Departamento de Justicia. - Número 7,254.

"A los ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Para los efectos constitucionales correspondientes, y por acuerdo del ciudadano presidente de la República, me permito enviar a ustedes, en dos fojas útiles, la iniciativa de ley subscrita por el propio primer magistrado sobre la ampliación de la partida número 12,443 del Presupuesto de Egresos vigente, correspondiente al ramo de Educación Pública.

"Me es grato reiterar a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, 24 de diciembre de 1925.- P. O. del secretario, el oficial mayor, G. Vásquez Vela."

"Poder Ejecutivo Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Los gastos necesarios que la Secretaría de Educación Pública ha erogado, con aplicación a la partida número 12,443 del Presupuesto de Egresos vigente, han agotado su primitiva asignación de $250,000.00 más una suma de $70,000.00 en que el Ejecutivo de mi cargo, en uso de facultades extraordinarias, hubo de ampliarla por lo indispensable de las erogaciones.

"No obstantes, dicha Secretaría tiene pendiente de cubrir un adeudo por valor de $43,500.00, proveniente del saldo por mano de obra de los muebles cuya fabricación encomendó, por acuerdo del mismo Ejecutivo, al Departamento de Establecimientos Fabriles y Aprovisionamientos Militares, para dotar con ellos a la "Escuela del Papelero" y al "Centro José María Morelos".

"La fabricación se concertó desde septiembre de 1924, pero en ese año el Departamento de Establecimientos Fabriles hizo entrega de sólo una parte de los muebles, razón por la cual, aun cuando para el pago total se señaló la partida número 12,348, correspondiente al Presupuesto de 1924, ésta se afectó únicamente con una parte del importe, sin embargo de que la partida citada quedó, al finalizar el pasado ejercicio fiscal, con un remanente de $160,000.00.

"Ahora bien; siendo preciso cubrir el mencionado adeudo con cargo a partida del Presupuesto de Egresos vigente, por precio de muebles entregados en el transcurso del presente año fiscal, me permito someter a la consideración de esa H. Cámara de Diputados, por el respetable conducto de ustedes, y para los efectos constitucionales, la siguiente iniciativa:

"La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política federal, ha tenido a bien expedir el siguiente decreto:

"Único. Se amplía la partida número 12,443 del Presupuesto de Egresos vigente, que corresponde al ramo de Educación Pública, en la cantidad que a continuación se expresa: Número Cantidad de las Asignación con que partidas actual se amplia "12,443. Adquisición y distribución de mobiliario y material escolar........... $320,000.00 $43,500.00

"Al rogar a ustedes se sirvan dar cuenta con esta iniciativa a esa H. Cámara de Diputados, les reitero las seguridades de mi atenta consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, 8 de diciembre de 1925.- El presidente de la República, P. Elías Calles. - A. J. Pani."

En votación económica se consulta si se declara de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Sí se declara de urgente y obvia resolución. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Poder Ejecutivo Federal.-México.-Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación. - Departamento de Justicia. - Número 7,250.

"A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Por acuerdo del ciudadano presidente de la República, y para los efectos constitucionales correspondientes, tengo el honor de remitir a ustedes, en tres fojas útiles, la iniciativa de ley subscrita por el propio primer magistrado, relativa a la cancelación y ampliación de las partidas del Presupuesto de Egresos vigente que en ella se mencionan, y que corresponden al ramo de Salubridad Pública.

"Con este motivo me es grato reiterar a ustedes las seguridades de mi atenta consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, 24 de diciembre de 1925.-P. O. del secretario, el oficial mayor, G. Vásquez Vela."

"Poder Ejecutivo Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"En virtud de la carestía de la vida y de la insalubridad del clima en algunos puntos del país donde residen empleados federales, el Ejecutivo consideró

de justicia conceder, por tales conceptos, el auxilio de un sobresueldo, que se ha venido regulando de conformidad con las disposiciones de la circular número 104, expedida por la Secretaría de Hacienda con fecha 1o. de abril último, pero ocurre, con respecto al Departamento de Salubridad, que el personal de algunas de sus delegaciones sanitarias comprendidas en el beneficio, no puede percibirlo por lo insuficiente del saldo con que cuenta la partida correspondiente.

"En consecuencia se hace necesario ampliar la partida número 13,374 del actual Presupuesto de Egresos, en la suma de $21,953.00, que se considera suficiente para el objeto; y a fin de que por esta ampliación no se altere el Presupuesto en el sentido de aumentarse el monto del ramo de Salubridad, se cancelarán algunas partidas, con los saldos que tienen en la fecha.

"Tal es el motivo por el que me permito poner a la consideración de esa H. Cámara de Diputados, por el digno conducto de ustedes y para los correspondientes efectos constitucionales, la siguiente iniciativa:

"La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política federal, ha tenido a bien expedir el siguiente decreto:

"Artículo 1o. Se cancelan en las cantidades que se expresan las partidas del Presupuesto de Egresos vigente, correspondiente al ramo de Salubridad Pública, y que en seguida se indican:

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"Poder Ejecutivo Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Con el fin de que las múltiples atenciones a cargo de la Secretaría de Guerra y Marina, provenientes de los diversos servicios que tiene encomendados, no sufran entorpecimiento, el Ejecutivo a mi cargo se ha visto en la necesidad de que se amplíen algunas de las partidas del actual presupuesto de Egresos, en el ramo correspondiente a Guerra y Marina; pero, siguiendo el propio Ejecutivo la política de economías que se ha propuesto y se propone continuar en los gastos erogados por sus diversas dependencias, desea que al mismo tiempo se cancelen y reduzcan algunas otras partidas, de modo que la ampliación no se traduzca en un aumento del monto total de Presupuesto.

"Por tal motivo, me permito someter a la consideración de esa H. Cámara de Diputados, por el digno conducto de ustedes, y para los efectos constitucionales correspondientes, la siguiente iniciativa:

"La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política Federal, ha tenido a bien expedir el siguiente decreto.

"Artículo 1o. Se cancelan en su totalidad las partidas del Presupuesto de Egresos vigente, correspondientes al ramo de Guerra y Marina, que a continuación se expresan:

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"Artículo 4o. Se adiciona al ramo de Guerra y Marina del citado Presupuesto de Egresos vigente, la partida que siguen:

"Sección XXI Número de la Asignación partida "7,199. Construcción e instalación del Casino Militar.................................................$ 200,000.00 "Suma la sección XXI..............................................$ 200,000.0

0 "Al rogar a ustedes se sirvan dar cuenta con esta iniciativa a esa H. Cámara de Diputados, los reitero las seguridades de mi atenta consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, 9 de diciembre de 1925.- El presidente de la República, P. Elías Calles.-A. J. Pani."

En votación económica se consulta si se declara de urgente y obvia resolución. Los que estén por la firmativa sírvanse manifestarlo. Sí se declara de urgente y obvia resolución. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Poder Ejecutivo Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación. - Departamento de Justicia. - Número 7,245.

"Ciudadano secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. -Presentes.

"Tengo el honor de remitir a ustedes, para los efectos constitucionales correspondientes, la iniciativa del ciudadano presidente de la República para ampliar la partida número 9,634 del Presupuesto de Egresos vigente, del ramo de Comunicaciones y Obras Públicas.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi consideración muy distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, 24 de diciembre de 1925. - P. O. del secretario, el oficial mayor, G. Vásquez Vela."

"Poder Ejecutivo Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"La necesidad de que el Departamento de Salubridad Pública cuente con un local adecuado de para la instalación de sus oficinas, ahorrándose de esta manera el pago de las rentas que se satisfacen en la actualidad por la ocupación de un edificio de propiedad particular, determinó el Ejecutivo de mi cargo acordar la construcción de un edificio apropiado a las necesidades del mencionado Departamento de Salubridad, en los terrenos del que fue Parque Luna, entre las calzadas de Chapultepec y de la Reforma, de Esta capital.

"Con anterioridad, a principios de agosto del corriente año, se destinó para tal objeto la suma de

$100,000.00 con cargo a la partida número 9,634 del actual Presupuesto de Egresos, suma que se ha visto es insuficiente para intensificar la prosecución de las obras con la rapidez que se requiere.

"En tal virtud, tengo la honra de someter a la consideración de esa H. Cámara de Diputados, por el respetable conducto de ustedes, y para los efectos constitucionales correspondientes, la siguiente iniciativa:

"La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política federal, ha tenido a bien expedir el siguiente decreto:

"Único. Se amplía la partida número 9,634 del Presupuesto de Egresos vigente, que corresponde al ramo de Comunicaciones y Obras Públicas, en la cantidad que a continuación se expresa:

"Partida número 9,634. - Iniciación de las obras de construcción del edificio que ocupará el Departamento de Salubridad. Asignación actual: $100,000.00. Cantidad en que se amplía: $100,000.00

"Al rogar a ustedes se sirvan dar cuenta con Esta iniciativa a esa H. Cámara de Diputados, les reitero las seguridades de mi atenta consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, 9 de diciembre de 1925.- El presidente de la República, P. Elías Calles.-A. J. Pani."

En votación económica se consulta si se declara de urgente y obvia resolución. Los que estén que por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Sí se declara de urgente y obvia resolución. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Poder Ejecutivo Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación. - Departamento de Justicia. - Número 7,243.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Tengo el honor de remitir a ustedes, para los efectos constitucionales, la iniciativa presentada por el ciudadano presidente de la República para ampliar y reducir partidas correspondientes al ramo de Comunicaciones y Obras públicas del actual Presupuesto de Egresos.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi alta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, 24 de diciembre de 1925.-P. O. del secretario, el oficial mayor, G. Vásquez Vela."

"Poder Ejecutivo Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"La partida número 9,585 del Presupuesto de Egresos vigente, está destinada para el pago de viáticos a inspectores, visitadores y otros empleados en comisión, de la Dirección General de Telégrafos, dependencia de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas; pero a la fecha se halla con un saldo que no es bastante para cubrir los gastos de carácter imprescindible que por dicho concepto es necesario erogar en el tiempo que resta del presente ejercicio económico.

"Por lo tanto, se hace precisa una ampliación de la citada partida, por la suma de $15,000.00, que se considera suficiente para las atenciones por dicho concepto; pero a fin de compensar el aumento que se solicita, deber reducirse en igual cantidad la asignación de la partida 9,567, correspondiente al mismo ramo de Comunicaciones y Obras Públicas.

"Con tal motivo, tengo la honra de someter a la consideración de esa H. Cámara de Diputados, por el digno conducto de ustedes, y para los efectos constitucionales correspondientes, la siguiente iniciativa:

"La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política federal, ha tenido a bien expedir el siguiente decreto:

"Artículo 1o. Se cancela en la cantidad que a continuación se expresa, la partida número 9,567, correspondiente al ramo de Comunicaciones y Obras Públicas del presupuesto de Egresos vigente, como sigue:

"Partida número 9,567. - Construcción y conservación de líneas. Asignación actual: $155,000.00. Cantidad en que se amplía: $15,000.00.

"Artículo 2o. Se amplía la partida número 9,585 del mismo Presupuesto de Egresos vigente, en la cantidad que a continuación se indica:

"Partida número 9,585. - Viáticos de inspectores, visitadores, superintendentes y empleados en comisión. Asignación actual: $60,000.00. Cantidad en que se amplía: $15,000.00.

"Al rogar a ustedes se sirvan dar cuenta con esta iniciativa a esa H. Cámara de Diputados, les reitero las seguridades de mi atenta consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, 9 de diciembre de 1925.- El presidente de la República, P. Elías Calles.-A. J. Pani."

En votación económica se consulta si se declara de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Sí se declara de urgente y obvia resolución. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

Se va a proceder a recoger la votación nominal de los proyectos de decreto enviados por el Ejecutivo y no objetados, y de los presupuestos de la Cámara de Diputados, de la Cámara de Senadores, de la Contaduría Mayor de Hacienda y los del Poder Judicial. Por la afirmativa.

El C. prosecretario Chávez: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Cerisola: Fueron aprobados los presupuestos y los proyectos que mandó el Ejecutivo, por 159 votos. Pasan al Ejecutivo para sus efectos.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"H. Asamblea:

"A la subscrita Comisión Especial Reglamentaria del artículo 27 constitucional, fue turnada para su Estudio y dictamen la minuta del proyecto

de Ley sobre Irrigación con aguas federales, que el H. Senado de la República devolvió a esta Cámara como resultado de la revisión que hizo del proyecto relativo aprobado por esta Asamblea.

"La Comisión siguió cuidadosamente el curso de los trámites y discusiones de dicho proyecto en la Cámara de Senadores y, por tanto, se encuentra bien enterada sobre la forma en que Este alto cuerpo modificó la iniciativa original.

"Tales modificaciones se reducen a cambios de palabras para dar mejor forma gramatical al proyecto, a modificaciones en la numeración del articulado, reformas que en nada afectan al fondo de aquél, y a la nueva introducción del artículo 17 del proyecto del ejecutivo, que esta Cámara rechazó por considerar que sus efectos hacían negatoria la presente ley, pues que se pretendía dejar en libertad a los interesados para realizar obras de irrigación de acuerdo con la Ley de Aguas vigente, la que viene a ser modificada por la de irrigación.

"Sin embargo, esta última adición, por la forma en que se redactó, no afecta tampoco al fondo de la ley, pues el mencionado artículo 17 expresa que, si bien no se coarta el derecho de los interesados para efectuar obras de acuerdo con la Ley de Aguas vigente, las concesiones que se otorguen en estas condiciones, no podrán, en ninguna forma, contrariar las prescripciones de la Ley de Irrigación y las de sus reglamentos y, además, antes de concederlas, se tendrá que oír el parecer de la Comisión Nacional de Irrigación, que ser la encargada de vigilar por el fiel cumplimiento de la presente ley.

"De manera que, en realidad y en la práctica, resultar completamente inofensivo el referido artículo 17, que reintrodujo el Senado.

"Por todo lo expuesto, la subscrita Comisión opina que el proyecto aprobado por la Cámara, después de la revisión del Senado, ha quedado, en el fondo, igual al sancionado por aquélla, y en esta virtud se permite someter a la aprobación de esta Asamblea, solicitado dispensa de todo trámite, las reformas hechas por el Senado al proyecto de Ley sobre Irrigación con aguas federales.

"Sala de Comisiones de H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F., diciembre 28 de 1925. - Miguel Yépez Solórzano. - Gilberto Fabila. -Justo A. Santa Anna. - R. Ramos. - Manuel Carpió."

"Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - México. - Estados Unidos Mexicanos.

"Minuta.

"Proyecto de Ley sobre Irrigación con aguas federales.

"Artículo 1o. De conformidad con lo dispuesto por el párrafo tercero del artículo 27 constitucional, la propiedad agrícola privada y los derechos de los usuarios de aguas de jurisdicción federal, quedarán sujetos a las modalidades que la presente ley establece para la construcción de obras de irrigación y pago de las mismas, así como para la conservación de ellas y la mejor distribución de las aguas aprovechables.

"Artículo 2o. Se declara de utilidad pública la irrigación de las propiedades agrícolas privadas, cualesquiera que sean su extensión y cultivo, siempre que sean susceptibles de aprovechar aguas de jurisdicción federal.

"Los dueños de las propiedades referidas quedan obligados, en los términos de esta ley, a construir y conservar las obras hidráulicas que el Ejecutivo determine, conforme a las prescripciones de la misma.

"Artículo 3o. Para promover y construir obras de irrigación en la República, se crea un órgano administrativo que se denominar "Comisión Nacional de Irrigación". La mencionada Comisión depender de la Secretaría de agricultura y Fomento y constar de tres miembros nombrados por el presidente de la República, por conducto de la propia Secretaría.

"Artículo 4o. La Comisión Nacional de Irrigación, además de las atribuciones y los deberes que le imponga el reglamento de esta ley, tendrá los siguientes:

"I. Estudiar las posibilidades de irrigación del país y seleccionar, para su ejecución, las obras que reporten mayor beneficio, desde los puntos de vista financiero o de los intereses generales de la nación; "II. Formular los proyectos relativos determinando, en cada caso, las zonas que deban irrigarse, las propiedades que en ellas queden comprendidas, la formación de los presupuestos de las obras proyectadas y la parte de su importe que deba reportar cada finca, según las bases que fijen el reglamento de Esta ley; "III. Comunicar cada proyecto aprobado a los interesados para que, dentro de un término que no exceda de tres meses, presenten sus observaciones y manifiesten si estén dispuestos a construir directamente las obras; "IV. Publicar un extracto de cada proyecto para que, dentro del término de sesenta días, se presenten a la Comisión las solicitudes y objeciones de los propietarios que no hubieren sido incluídos y que deseen serlo, y de los que se Estimen perjudicados con la construcción de las obras proyectadas; "V. Examinar las observaciones que se presenten y decidir las modificaciones que hayan de hacerse a cada proyecto, bajo al concepto de que sólo podrá excluirse una propiedad cuando se demuestre que, dentro de las condiciones previstas, no es económicamente conveniente la irrigación de sus tierras, y "VI. Observar las siguientes reglas, en los casos de conformidad total o parcial de los propietarios afectados:

"a) Recomendar a la Secretaría de Agricultura y Fomento, si la conformidad es total, que otorgue al o los interesados la concesión respectiva, siempre que la solicitud para tal concesión sea presentada inmediatamente, y que el o los concesionarios se comprometan a sujetarse a las prescripciones de Esta ley y de su reglamento, respecto de los plazos de ejecución de las obras y del fraccionamiento de las tierras irrigadas; "b) Aportar por el Gobierno federal la parte del costo de ejecución del proyecto que corresponda a los inconformes, si dicha parte no excede del veinticinco por ciento del importe derramado de las obras, y dejar la ejecución de éstas a los interesados que hubieren manifestado su conformidad,

siempre que, además de satisfacer los requisitos del subinciso (a) garanticen de modo satisfactorio para la Comisión el buen uso de la parte con que ella contribuye, y "c) Encargarse de la ejecución de las obras si la parte del costo de las mismas que toca a los inconformes excede del veinticinco por ciento, en cuyo caso admitirá como asociados a los interesados conformes, mediante la oportuna aportación del dinero con que deban ellos contribuir.

"Artículo 5o. En todos los casos en que la Comisión se encargue de la ejecución de las obras o que contribuya con una parte de su costo, el Gobierno federal será compensado con una proporción de las tierras irrigadas. Esta compensación deber repartirse entre los propietarios de dichas tierras, en forma tal, que la relación entre la superficie que pasa al dominio de la Federación, y la que conserven los propietarios, sea igual a la que exista entre el costo resultante de las obras por hectáreas y el valor fiscal de las tierras, por la misma unidad de superficie que tenían antes de la ejecución de las obras referidas, más un tanto por ciento que en cada proyecto se fijará de manera que el propietario conserve tierras cuyo valor, ya irrigadas, sea igual al de la superficie total antes de que las obras se ejecuten.

"Artículo 6o. En todos los casos de inconformidad de los propietarios de tierras para contribuir proporcionalmente en la ejecución de las obras de irrigación, los poseedores o arrendatarios podrán substituir a aquéllos en de uso y cumplimiento de los derechos y obligaciones que les asigna el inciso IV del artículo 4o. de esta ley, aportando las correspondientes sumas de dinero y recibiendo, en tierras irrigadas, compensaciones similares a las que confiere al Gobierno el artículo 5o.

"Artículo 7o. Antes de proceder a verificar las obras, la comisión fijar las porciones que de la "zona de irrigación" corresponda a los propietarios, poseedores o arrendatarios, comunicándoles Esta resolución para sus efectos.

"La inconformidad de los interesados se decidir a opción de ellos en la vía administrativa o en la judicial, en las que al mismo tiempo se resolver la traslación de dominio a favor del Gobierno federal o de quien lo substituya en sus derechos. Elegida. una de estas vías, no podrá intentarse la otra.

"En el caso de optarse por la vía judicial, el juez resolver sin recurso ulterior, previa audiencia de los interesados y en un término de prueba que no exceda de treinta días.

"Artículo 8o. En los casos de aprovechamientos de las aguas, no sólo para fines de irrigación, sino también para otros usos, el Ejecutivo determinar , de acuerdo con las circunstancias, la forma de obtener el reembolso correspondiente a tales aprovechamientos.

"Artículo 9o. Los ejidatarios y dueños de propiedades menores de ciento hectáreas, beneficiados con las obras de irrigación a que se refiere esta ley, contribuir n para la construcción de dichas obras en la forma que fije el reglamento.

"Artículo 10. Las tierras que el Gobierno adquiera por la compensación que prescribe el artículo 5o. de esta ley, serán enajenadas, una vez irrigadas, a los precios que fije el Ejecutivo, tomando en cuenta el costo de las obras de irrigación, y en plazos no menores de diez años.

"La Comisión Nacional de Irrigación fijará en cada proyecto las superficies máxima y mínima que pueda adquirir cada individuo.

"También podrá el Gobierno destinar esas tierras al pago de las obras cuando éstas se construyan por medio de contrato, en cuyo caso el contratista quedará obligado a fraccionarlas y enajenarlas en los términos que convenga con el Ejecutivo.

"Artículo 11. Para los efectos de esta ley, se crea un "Fondo Nacional de Irrigación", que estar formado por:

"a) La suma que para el objeto fije anualmente el Presupuesto de Egresos.

"b) Las tierras que el Gobierno federal obtenga por virtud del procedimiento a que se refiere el artículo 5o., y los productos de la enajenación de estas tierras, de acuerdo con el artículo 10.

"c) Los demás productos que se obtengan a consecuencia de obras de irrigación que el Gobierno lleve a cabo.

"Artículo 12. El fondo a que se refiere el artículo 11 será administrado por la Comisión Nacional de Irrigación, y con cargo a él se cubrirán los gastos que demande la ejecución de los proyectos aprobados. Los fondos en efectivo serán depositados en el Banco de México, S. A., o en el Banco Nacional de crédito agrícola y colonización, cuando éste se funde.

"Artículo 13. La explotación de las obras se sujetar a las siguientes prescripciones:

"a) En el caso de que la comisión las haya ejecutado, quedar a cargo de ésta su explotación hasta obtener el reembolso de los gastos de construcción que deban ser cubiertos en efectivo conforme a esta ley, o haber hecho la enajenación de las tierras recibidas en compensación, debiendo cargarse en las cuotas respectivas la parte proporcional de los gastos de administración.

"b) Cuando se haya obtenido el reembolso del gasto total o cuando los propietarios hayan ejecutado directamente las obras, se conceder la explotación a los usuarios de acuerdo con lo que al efecto disponga el reglamento de esta ley.

"En todo caso, el aprovechamiento de las aguas se amparará con una concesión otorgada a los usuarios a que se refiere el párrafo anterior, debiendo modificarse, en caso necesario, las concesiones anteriores que impidan o dificulten la distribución de las aguas en la forma prevista en el proyecto que haya servido de base para la construcción de las obras.

"Artículo 14. Los terrenos baldíos y nacionales susceptibles de irrigarse, serán reservados por el Ejecutivo y sólo se enajenarán una vez irrigados, en fracciones no mayores de 150 hectáreas, cuyo precio ser recargado proporcionalmente con el costo de las obras, y será amortizado en los plazos que fije el Ejecutivo.

"La construcción de las obras, el fraccionamiento de estas tierras y su mejoramiento, podrán llevarse a cabo por medio de compañías contratistas, sujetándose a lo prevenido en est ley.

"Artículo 15. No se comprende en la presente ley las tierras de propiedad privada que, no siendo

susceptibles de irrigación con aguas de jurisdicción federal, lo sean, sin embargo, con las de jurisdicción de los Estados o con aguas que, de acuerdo con el artículo 27 de la Constitución, sean del dueño del suelo.

"Las modalidades que a tales propiedades se impongan en cuanto a su irrigación, serán determinadas por los Estados.

"Artículo 16. Las obras de irrigación para aprovechar aguas de jurisdicción de los Estados podrán llevarse a cabo por la comisión, de acuerdo con las prescripciones de la presente ley, siempre que las leyes locales autoricen la celebración de los arreglos relativos.

"Artículo 17. La presente ley no coarta el derecho de empresa a particulares para ejecutar obras de irrigación, de conformidad con lo dispuesto en la ley vigente de aprovechamiento de aguas de jurisdicción federal y en el artículo 4o. de est ley. Las concesiones que, al efecto, otorgue la Secretaría de Agricultura y Fomento, oyendo previamente a la Comisión Nacional de Irrigación, no podrá contrariar las prescripciones de esta ley y las de su reglamento.

"Artículo 18. El Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda, fijará en el mes de enero de cada año, los materiales que en el arancel de importación no deber causar esta clase de derechos, por estar destinados a obras de irrigación.

Artículo 19. Las dudas que se suscitaren en la aplicación de la presente ley, serán resueltas por el Ejecutivo, el cual queda igualmente facultado para dictar todas las disposiciones complementarias y las que tiendan al eficaz cumplimiento de sus preceptos.

"Artículo 20. En la ejecución técnica y material de los trabajos que son consecuencia de esta ley, serán empleados de preferencia, un ochenta por ciento de profesionistas y trabajadores mexicanos.

"Transitorios.

"Artículo 1o. Quedan modificados en el sentido de esta ley, los preceptos relativos de la ley de aguas vigente que se opongan a lo que en la presente se Establece.

"Artículo 2o. Esta ley entrar en vigor desde la fecha de su publicación.

"Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores. -México, a 24 de diciembre de 1925.- Eleazar del Valle, S. P. - M. G. de Velasco, S.S. Manuel Rivas, S.S."

Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Dispensados. Están a discusión en lo particular las reformas propuestas por el honorable Senado de la República. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal.

El C. prosecretario Chávez: Por la afirmativa.

El C. secretario Cerisola: Por la negativa.

(Votación).

El C. prosecretario Chávez: Fueron aprobadas las reformas y adiciones del Senado a la Ley de Irrigación, por unanimidad de 159 votos. Pasa al Ejecutivo para sus efectos.

El C. presidente, a las 19.10: Se levanta la sesión y se cita para mañana a las diez y seis horas.