Legislatura XXXI - Año II - Período Ordinario - Fecha 19251229 - Número de Diario 64

(L31A2P1oN064F19251229.xml)Núm. Diario:64

ENCABEZADO

MÉXICO, MARTES 29 DE DICIEMBRE DE 1925

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO II.- PERIODO ORDINARIO XXXI LEGISLATURA TOMO II.- NÚMERO 64

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 29

DE DICIEMBRE DE 1925

SUMARIO

1.- Abierta la sesión, es leída y aprobada el acta de la anterior.- El C. diputado Veites renuncia a la licencia de que disfrutaba.

2.- Se aprueba una proposición de varios ciudadanos representantes, a fin de que se turnen al Ejecutivo federal las solicitudes de algunos diputados, relativas a los Presupuestos de Egresos para 1926. Asimismo, se aprueban, previa dispensa de trámites, doce proyectos de decretos de diversos ciudadanos diputados, por los que se autoriza al Ejecutivo de la Unión para destinar: diez mil pesos a una carretera en el Estado de Chihuahua; trescientos mil pesos a auxiliar a los indigentes afectados por la onda fría; ocho mil pesos a caminos en el Estado de Durango; siete mil pesos a construir una presa en Jerécuaro y tres mil a introducir el agua en Acámbaro, Guanajuato; diez mil pesos al Gobierno del Estado de México, para un camino carretero; veinticinco mil pesos a los ayuntamientos de Iguala, Teloloapan y Coyuca de Catalán, Guerrero, para carreteras; subvención al Gobierno de Veracruz, para la reparación de una carretera; veinte mil pesos al C. Antonio Valladares como pago de adeudo contraído por la Secretaría de Hacienda; quince mil pesos al Ayuntamiento de la Purísima y diez mil al de San Francisco del Rincón, Guanajuato, para obras de irrigación; cinco mil para introducción de agua potable a Cuapiaxtla, Tlaxcala; diez mil pesos al Ayuntamiento de Dolores Hidalgo, Guanajuato, para obras materiales, y treinta mil pesos para la introducción de agua potable a Ocotlán, Oaxaca; pasan al Ejecutivo para sus efectos.

3.- Se le dispensan los trámites y se aprueba un dictamen de la 2a. Comisión de Relaciones por el que se concede permiso al C. José María de Regil para aceptar un puesto consular; pasa al Senado para sus efectos. Se declaran de urgente y obvia resolución y se aprueban cinco iniciativas del Ejecutivo federal, por las que se le autoriza, respectivamente, para expedir la Ley Orgánica del Artículo 28 Constitucional; el Código Nacional Eléctrico y las leyes Forestal, de Colonización y Reglamentaria del párrafo 12 del artículo 27 constitucional, y para ampliar y reducir diversas partidas del Presupuesto de Egresos vigente; pasan al Senado las tres primeras y al Ejecutivo las últimas.

4.- Se concede licencia al C. diputado Gonzalo Bautista. Se aprueba una proposición de los CC. diputados Neguib Simón y Ramírez Corzo, a efecto de que se nombre una comisión que se acerque al Ejecutivo y le haga ver el punto de vista de la Asamblea sobre los Presupuestos de los Tribunales del orden común. La señora Carlota Flores viuda de Caraza, apoyada por la diputación de Nayarit, solicita pensión; a la 3a. Comisión de Guerra.

5.- Son aprobados los dictámenes de las Comisiones de Hacienda y de Guerra, relativos a las pensiones que solicitan las personas que en seguida se mencionan: Amalia Paz; Ana G. viuda de Gómez e hijas; Felipa Cruz Victoria; Teófila Magos; Concepción Domínguez; Fanny, Manuela y María Laing; Ignacia Alvarez y Faustina Alvarez viuda de Ney; Porfirio, Hiram o Izcoatl Jaramillo; Rosa Larios viuda de Caloca; Cecilia de León viuda de Samayoa; Lorenzo Valladares y Valencia; Librada, Rosario y Rebeca González; María de Jesús Díaz viuda de Bahena; Nicolás Zapata; Eduardo Tello; Guadalupe Gallegos; Bruno Portillo; José de Jesús López; Micaela Aguilar viuda de Caballero; Herculano Tamayo; Cruz Castañeda; Pedro Ramos García; Atanasio Ramírez; Cleofas Costilla; Ana Rivera viuda de Carreón; César M. Kampíner; Macrina Vásquez viuda de Mena; Rafael Ortiz; Erutila Hernández viuda de Figueroa; María Mercedes, María Guadalupe y Rosa María Puga; Sofía F. Franco; Antonio M. Gutiérrez; Catalina de los Dolores Rubalcaba; Francisca Santa Cruz viuda de León; Evangelina Carpió viuda de Fuentes; Guillermina Bravo viuda de Téllez Girón; Matilde Ayala viuda de Cabrera; Jovita Contreras viuda de Ortiz; Elena Treviño Prieto; Mercedes Ferrer; María de la Luz Domínguez y Trujillo viuda de Aguilar; María Ruiz viuda de Sánchez y Augusto Gadea Rubio; pasan los expedientes, para sus efectos, unos al Senado y otros al Ejecutivo. Previa dispensa de trámites, son aprobados dos dictámenes de la Comisión Inspectora de la Contaduría Mayor de Hacienda que se refieren, separadamente, a la glosa de las cuentas de 1923 y al descuento de sueldos efectuados en el mismo año; pasan al Ejecutivo. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. PEDRO C. RODRÍGUEZ

(Asistencia de 162 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 17.35: Se abre la sesión.

- El C. secretario Romo, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día veintiocho de diciembre de mil novecientos veinticinco.

"Presidencia del C. Pedro C. Rodríguez.

"En la ciudad de México, a las diez y siete horas y veinticinco minutos del lunes veintiocho de diciembre de mil novecientos veinticinco, se abrió la sesión con asistencia de ciento cuarenta y tres ciudadanos diputados.

"Aprobada el acta de la sesión celebrada el día veintitrés de los corrientes, se dio cuenta con una solicitud del C. José de la Peña, relativa a que se

le conceda licencia ilimitada para ocupar el puesto de gobernador constitucional de Nayarit, y se llame al suplente.

"Con dispensa de trámites y sin debate, la Asamblea otorgó su aprobación a esta solicitud, y en seguida, con las formalidades de costumbre, rindió la protesta de ley el C. Pedro López S., suplente del C. De la Peña.

"También se dio cuenta con los siguientes documentos:

"Oficio del Senado, con el que devuelve, reformado, el proyecto de Ley sobre Irrigación con Aguas Federales.- Recibo, y a la Comisión Especial respectiva.

"Oficio del Senado, al que acompaña un proyecto de decreto por el que se pensiona a las señoritas Ana y Felipa Armendáriz.- Recibo, y a la 1a. Comisión de Guerra.

"Escrito de la diputación por Yucatán, en que invita a esta H. Cámara para que nombre una comisión que la represente en la toma de posesión del C. Alvaro Torre Díaz como gobernador constitucional de aquel Estado.- La Presidencia nombró en comisión a los CC. García Carranza, Romo, Torregrosa, Melgar y López Soto.

"Oficio del Senado al que acompaña un proyecto de decreto por el que se concede pensión a la señora Ana G. viuda de Gómez y a sus menores hijas Magdalena y Dolores Gómez.- Recibo, y a la 1a. Comisión de Hacienda.

"Oficio del Senado con el que remite un proyecto de decreto por el que se pensiona al C. Zenón Villegas.- Recibió, y a la 1a. Comisión de Hacienda.

"Escrito del C. Gonzalo E. González, en que pide licencia ilimitada, para hacerse cargo de un puesto en el municipio de la ciudad de Puebla, manifestando que avisar a la H. Comisión Permanente cuando comience a desempeñar dicho cargo, con objeto de que entre en ejercicio el suplente, quien ya rindió la protesta de ley.

"Con dispensa de trámites y sin debate se aprobó esta petición.

"Proposición de la diputación queretana, referente a que se declare que el C. Constantino Llaca ha perdido el carácter de diputado a la actual Legislatura de la Unión, por no haber pedido permiso a esta H. Cámara para desempeñar el cargo de gobernador del Estado de Querétaro.

"Con dispensa de trámites y sin debate, se aprobó.

"Telegrama de Tlaxcala, en que el C. I. Mendoza comunica que le fue concedida licencia por diez días renunciables, para separarse del cargo de gobernador de aquella Entidad.- De enterado.

"Telegrama de igual procedencia, en que el C. Fernando Carvajal participa que en virtud de la licencia concedida al C. Mendoza, fue designado gobernador suplente del Estado de Tlaxcala, habiendo tomado posesión de ese cargo.- De enterado.

"Solicitud de pensión, que hacen suya varios representantes, de la señora Jesús Díaz viuda de Bahena.- A la 1a. Comisión de Guerra.

"Proposición de los CC. Fabila, Romo , Cerisola y otros representantes, relativa a que se faculte a los miembros de esta Cámara para que, durante el próximo receso, puedan desempeñar comisiones del Ejecutivo federal, de los de los Estados, del Poder Judicial de la Federación o de los de los Estados, dando aviso en cada caso a la Comisión Permanente.

"Se le dispensaron los trámites y sin debate se aprobó.

"Diez proyectos de decreto, subscritos por miembros de la Asamblea y por medio de los cuales se autoriza al Ejecutivo de la Unión para hacer las siguientes erogaciones:

"Treinta mil pesos al Ayuntamiento de Paso del Macho, Veracruz, para la construcción de un puente entre esa villa y Piña, del mismo Estado.

"Tres mil pesos a cada uno de los ayuntamientos de Zinapécuaro, Queréndaro, Indaparapeo y Ciudad Hidalgo, del Estado de Michoacán, para obras de saneamiento e higiene pública.

"Tres mil pesos mensuales para revestir y terminar el camino carretero que atraviesa los municipios de Perote, Altotongo, Atzalán, Jalacingo y Tlapacoyan, hasta llegar al puerto de Nautla, Veracruz.

"Cinco mil pesos al Ayuntamiento de Elota, Sinaloa, para reparar el camino carretero que une al mineral de Guadalupe de los Reyes con Estación La Cruz, pasando por la población de Soquititán.

"Tres mil pesos para obras de reparación del acueducto del pueblo de San Pedro del Gallo, Estado de Durango.

"Cinco mil pesos Ayuntamiento de la ciudad de Cholula, como subsidio para gastos de introducción del agua potable a esa población.

"Diez mil pesos para la instalación de una red telefónica en los distritos de Tecali, Tepeaca, Tepexi y Acatlán, del Estado de Puebla. "Diez mil pesos como auxilio a la ciudad de Calpulalpan, Estado de Tlaxcala, para construir la cañería que conduzca el agua a esa población.

"Cinco mil pesos para auxiliar a los habitantes tos de Cuautla y Jonacatepec, Estado de Morelos, para la entubación de agua potable.

"Cinco mil pesos para auxiliar a los habitantes de la Congregación de San Pablo, Estado de Querétaro, perjudicados con motivo de la inundación ocurrida últimamente en aquel lugar.

"A estos diez proyectos, sucesivamente, se les dispensaron todos los trámites. No motivaron debate y se reservaron para su votación.

"Proyecto de ley firmado por los CC. Corella, Sáinz y otros representantes, con objeto de que el Ayuntamiento de Guaymas, Sonora, disponga libremente del terreno ganado al mar con las obras que el Gobierno federal ha llevado a cabo en el estero llamado "La Cantera"; debiendo destinarse dicho terreno a la urbanización de la ciudad y dedicarse el producto que de él se obtenga a obras materiales en el mismo municipio.

"Igualmente se le dispensaron todos los trámites y, sin debate, se reservó para su votación.

"Se votaron en un solo acto la iniciativa anterior, así como los diez proyectos a que se ha hecho referencia y resultaron aprobados por unanimidad de ciento ochenta y ocho votos. Los proyectos de decretos pasaron al Ejecutivo y el proyecto de ley al Senado, para los efectos constitucionales.

"Presupuesto para el próximo año fiscal, del

ramo 1o., correspondiente al Poder Legislativo, que asciende a la suma de diez millones novecientos cincuenta y dos mil cuatrocientos setenta y un pesos, presentado por la sección respectiva de la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"Puesto a discusión, no hubo quien hiciera uso de la palabra y se reservó para su votación.

"Presupuesto para el próximo año fiscal del ramo 3o., correspondiente al Poder Judicial, que acusa una erogación de cuatro millones ciento setenta y seis mil doscientos treinta y ocho pesos, presentado por la sección respectiva de la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"También se reservó para votarlo después, sin que nadie hiciera uso de la palabra.

"Cinco proyectos de decreto enviados por el Ejecutivo de la Unión y por medio de los cuales se establece:

"Que se amplíe la partida 12,443 del Presupuesto de Egresos vigente, que corresponde al ramo de Educación Pública;

"que se cancelen en las cantidades que se expresa, las partidas 13,335, 13,345, 13,351, 13,368 y 13,370, así como que se amplíe la partida 13,374, correspondientes todas al ramo de Salubridad Pública;

"que se cancelen en su totalidad las partidas 7,123, 7,128, 7,129, 7,189 y 7,198; que se reduzcan, en las cantidades que se expresa, las partidas 7,103, 7,126, 7,130, 7,144, 7,184, 7,190, 7,195 y 7,196; que se amplíen, en las cantidades que se especifica, las partidas 6,982, 7,018, 7,091, 7,093, 7,097, 7,100, 7,186, 7,187, 7,188, 7,192 y 7,193, correspondientes todas al ramo de Guerra y Marina, así como que se adicione el mismo ramo con una partida para la construcción e instalación del Casino Militar;

"que se amplíe la partida 9,634 del ramo de Comunicaciones y Obras Públicas, y

"que se cancele, en la cantidad que se expresa, la partida 9,567 y se amplíe la 9,585, que forman parte del ramo de Comunicaciones y Obras Públicas.

"Todos estos proyectos, que se refieren al Presupuesto de Egresos en vigor, fueron declarados de urgente y obvia resolución. No dieron lugar a debate y fueron reservándose sucesivamente para su votación.

"En un solo acto se aprobaron, por unanimidad de ciento cincuenta y nueve votos, los presupuestos de los ramos 1o. y 3o., a que se ha hecho referencia, así como los proyectos enviados por el Ejecutivo. La Secretaría hizo la declaratoria de que todos pasaban al propio Ejecutivo, para los efectos constitucionales.

"Se dio cuenta, por último, con el dictamen de la comisión que conoció del proyecto de Ley de Irrigación con Aguas Federales y en que acepta las reformas que hizo el Senado a dicho proyecto.

"A discusión en lo particular las mencionadas reformas, no hubo quien hiciera uso de la palabra y se aprobaron por unanimidad de ciento cincuenta y nueve votos, pasando el proyecto al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

"A las diez y nueve horas y diez minutos se levantó la sesión."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Aprobada.

"H. Asamblea:

"No habiéndose presentado hasta la fecha mi suplente a otorgar la protesta de ley, y teniendo en cuenta que esta H. Cámara acordó ayer autorizar a sus miembros para poder aceptar y desempeñar cualquiera comisión ajena a las funciones legislativas, tengo el honor de poner en el conocimiento de esta H. Asamblea que renuncio a la licencia que, con fecha 23 de este mes, se me había concedido, de la cual aún no había hecho uso hasta ahora.

"México, D. F., a 29 de diciembre de 1925.- Juan A. Veites."- De enterado.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"H. Asamblea:

"Habiéndose concedido al Ejecutivo federal facultades extraordinarias en el ramo de Hacienda, relativas a los Presupuestos de Ingresos y Egresos que deben regir en el próximo año de 1926, y encontrándose en poder de las diferentes comisiones nombradas por esta H. Cámara para dictaminar en los diversos ramos de la Administración en dichos Presupuestos de Egresos, varias solicitudes formuladas por algunos ciudadanos diputados, nos permitimos proponer a la consideración de la H. Asamblea, con dispensa de todo trámite, el siguiente acuerdo económico:

"Único. Túrnese al Ejecutivo federal las diversas solicitudes presentadas por algunos ciudadanos representantes, relativos a los Presupuestos de Egresos para el próximo año de 1926, que se encuentran en poder de las diferentes comisiones nombradas para dichos presupuestos, suplicándosele al propio Ejecutivo hacer todo lo posible porque sean obsequiadas dichas solicitudes." "Salón de Sesiones de H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en México, D. F., a los 29 días del mes de diciembre de 1925.- E. Corella M.- Fausto A. Marín.- E. von Borstel M.- Silvano Sotelo.- Roberto A. Morales.- J. V. Mejía.- V. Anzures.- Ismael Romero G.- E. Mier y Terán.- A. J. Valenzuela."

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"H. Cámara:

"En la parte Noreste del Estado de Chihuahua hay lugares en que la falta de vías de comunicación son un verdadero problema para el Estado en general, muy especialmente para la región en donde se encuentran ubicadas las municipalidades de

Santa Isabel y San Andrés, que puede decirse, por su posición topográfica, es la llave de lo que allá se denomina la sierra que conduce a la alta y baja Tarahumara.

"De la ciudad de Chihuahua a los puntos a que hago referencia hay un lugar que año por año entorpece las comunicaciones con todos los demás puntos de la sierra, y con un costo relativamente insignificante se puede abrir al tráfico una carretera, que viene a hacer más violento el tránsito y economizar el menor tiempo posible.

"Esta mejora redunda en beneficio del comercio y muy especialmente de los agricultores de aquella región, y es la causa por lo que me permito someter a la consideración de esta H. Cámara el siguiente proyecto de decreto, previa dispensa de trámites:

"Único. Se autoriza al Ejecutivo federal para que, con cargo a la partida correspondiente, erogue hasta la cantidad de $10,000.00 (diez mil pesos) para la construcción de una carretera entre la ciudad de Chihuahua y los puntos denominados San Andrés y Santa Isabel."

"Sala de Comisiones del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., 29 de diciembre de 1925.- Francisco García Carranza.- Abelardo S. Amaya.- José Calles. - José U. Escobar.- A. Briones.- A. Corona, Eliseo Prieto."

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"H. Asamblea:

"Los que subscribimos, diputados a esta H. Legislatura, ante ustedes exponemos:

"Que los rigores de este invierno han superado a los anteriores, de muchos años a la fecha, y que, según los datos científicos de que se dispone, la onda fría se acentuará todavía más , haciendo positivamente desesperada la situación de la enorme cantidad de individuos sin hogar y sin medios para abrigarse en el Estado de México, en varios de la frontera y en otras regiones de la República; que el actual Gobierno, deseoso como se haya de mirar por el bienestar de las clases humildes, estará en su papel si cuida de este aspecto de las necesidades de los menesterosos y, en esta virtud, y creyendo que no hay motivo para hacer consideraciones más amplias sobre este asunto, puesto que en la mente de todos ustedes se hallan, ante su ilustrada consideración se permite proponer, para que sea aprobado, en su caso, y previa dispensa de todo trámite, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que, con cargo a la partida que estime conveniente, gaste hasta la cantidad de trescientos mil pesos, que destinar a la compra de artículos de abrigo para los indigentes de la República que se encuentren en grave situación por causa de la onda fría.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 29 de diciembre de 1925.- José Veraza y Rubio.- F. Gómez.- R. Anaya.- Rafael Melgar.- J. P. Estrada.- J. Aguilar y Maya.- Melchor Ortega.- Alfredo Romo.- Gilberto Fabila.- M. Gómez.- Angel Aragón.- Luis Torresgrosa.- A. Briones.- Rufino Zavaleta.- Porfirio Pérez Salinas.- Jesús Santos Mendiola.- José Martínez Campos.- A. Portales.- Abelardo S. Amaya.- Justo A. Santa Anna.- L. M. Hernández.- F. López Soto.- A. Valadez Ramírez.- A. Arciniega.- J. V. Mejía.- C. T. Ocampo.- Fausto A. Marín.- Rafael Martínez de Escobar.- D. Hinostrosa.- J. Pérez Gil y Ortiz.- F. E. Arenas.- E. R. Mena Córdova.- L. G. Caloca.- G. González.- H. Meníndez.- Juan B. Sariol.- Neguib Simón.- Silvestre Guerrero.- Alberto Sáinz.- J. G. de Anda.- Luis Días.- A. Rodríguez.- Pablo Azcona.- Alejandro Antuna.- Ricardo Covarrubias.- G. Garza Salinas." En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

"H. Asamblea:

"En la práctica se ha observado la importancia que tiene, para el desarrollo de los pueblos, la construcción y atención de caminos vecinales, ya que éstos, en su mayoría constituyen factores importantes para el auge de los pueblos y abaratamiento de su vida económica.

"Esta experiencia la hemos palpado en la ciudad de Gómez Palacio, en donde no obstante sus numerosas arterias vecinales, hemos notado la necesidad de su atención para su mayor eficacia al objeto para que fueron construídas.

"Es por ello que el subscrito, atendiendo una necesidad de interés público se permite someter a consideración de vuestra soberanía, solicitando dispensa de trámites, la aprobación del siguiente proyecto de decreto:

"Único. Se autoriza al Ejecutivo federal para que, con cargo a la partida que juzgue conveniente, disponga de las cantidades: de cinco mil pesos, para reconstruir los caminos vecinales de la ciudad de Gómez Palacio, y de tres mil pesos, para el propio objeto, de ciudad Lerdo, del Estado de Durango.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 29 de diciembre de 1925.- J. P. Estrada.

"Hacemos nuestra la proposición que firmamos al calce: Benjamín Borrego Martínez.- J. Jesús Delgado.- Gilberto Fabila.- A. Briones.- F. Gómez.- Alejandro Antuna.- R. Anaya.- Ramón Martínez."

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Honorable Asamblea:

"Desde hace bastante tiempo han pretendido llevarse a cabo en el municipio de Jerécuaro, perteneciente al distrito electoral que me honro en representar en esta H. Cámara, algunas obras para mejorar la situación agrícola de aquel importante municipio, el que, por su extensión, figura como de los primeros en el Estado de Guanajuato. Por dificultades económicas no se han podido realizar tales obras, formando parte de ellas la de la presa de "Las Adjuntas", que es de innegable utilidad general. Es por esto por lo que el subscrito, respetuosamente, pide a vuestra soberanía vote una ayuda de siete mil pesos para la continuación de los trabajos aludidos.

"Asimismo, y en atención a la urgente necesidad de terminar las obras de introducción del agua potable a la ciudad de Acámbaro, cuya salubridad se está resintiendo notablemente por la falta de ella, solicito un subsidio de tres mil pesos con ese fin.

"Por todo lo expuesto, me permito someter a la aprobación de la H. Asamblea, con dispensa de todo trámite, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo federal para que, con cargo a la partida del Presupuesto de Egresos que estime conveniente, ponga disposición de los ayuntamientos de Jerécuaro y Acámbaro, del Estado de Guanajuato, las cantidades de siete y tres mil pesos, que se destinarán exclusivamente, por lo que respecta al primero, a la continuación de la presa de "Las Adjuntas", y al segundo, a la conclusión de las obras de introducción del agua potable la ciudad de Acámbaro.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 29 de diciembre de 1925.- J. Aguilar y M., diputado por el 13 distrito electoral del Estado de Guanajuato.

Hacemos nuestra la anterior proposición: F. García Carranza.- Antonio Fuentes. - José Calles.- José U. Escobar.- F. R. Almada.- F. Gómez." En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"H. Asamblea:

"Por considerarlo necesario para el fomento y desarrollo económico y social de la más importante región agrícola y minera del Estado de México, y otra no menos importante de los Estados de Michoacán y Guerrero, con las que la primera colinda, me permito, en nombre de los habitantes de las mismas, solicitar de vuestra soberanía, con dispensa de todos los trámites, la aprobación inmediata del siguiente decreto:

"Único. Con cargo a la partida del Presupuesto de Egresos de 1926, en el ramo que comprenda la construcción de caminos, que el Ejecutivo de la Unión determinar , minístrese al Gobierno del Estado de México la cantidad de $10,000.00, a título de ayuda al propio Gobierno para el mejoramiento y adaptación del camino carretero entre las poblaciones de Toluca y Valle de Bravo, del mismo Estado.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, 29 de diciembre de 1925.- El diputado por Valle de Bravo, Gilberto Fabila."

"Hacemos nuestra la anterior solicitud: A. Briones.- J. Madrigal.- Pedro C. Rodríguez.- José Veraza y Rubio.- A. Mancisidor.- R. Anaya.- F. Gómez." En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"H. Asamblea:

"Los subscritos, diputados por el Estado de Guerrero a esta H. Legislatura, atentamente nos permitimos solicitar de vuestra soberanía se autorice al Ejecutivo federal para que, con cargo a la partida del Presupuesto de Egresos que estime conveniente, ministre un subsidio de veinticinco mil pesos para la reparación y construcción de la carretera que une a las poblaciones de Iguala y Coyuca de Catalán, pasando por Teloloapan, carretera que, debido a las pésimas condiciones en que se encuentra, ha estancado el comercio entre las poblaciones de referencia, impidiendo la salida de infinidad de productos naturales que tienen amplio mercado en otras partes de la República.

"Por lo expuesto, pedimos a esta H. Asamblea que, con dispensa de todo trámite, se apruebe el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que, con cargo a la partida del Presupuesto de Egresos que estime conveniente, ministre a los ayuntamientos de Iguala, Teloloapan y Coyuca de Catalán, Guerrero, por partes iguales, la cantidad de $25,000.00 para mejorar el camino que une a dichas poblaciones y que es de gran importancia para el comercio de la región." "Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputado del Congreso de la Unión.- México, 28 de diciembre de 1925.- C. T. Ocampo.- Desiderio Borja.- M. Gómez.- E. Padilla."

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se Dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"H. Cámara de Diputados:

"El que subscribe, diputado al Congreso de la Unión por el 8o. Distrito electoral del Estado de Veracruz, teniendo en cuenta que es una verdadera necesidad la reparación del camino que une las ciudades de Jalapa y Banderilla, del Estado de Veracruz, y que el Estado actualmente no está en condiciones de hacer todos los gastos que requiere la referida reparación. atentamente me permito pedir a vuestra honorabilidad que se sirva aprobar, con dispensa de trámites, el siguiente proyecto de decreto:

"Único. Se autoriza al Ejecutivo federal para

que, con cargo a la partida que juzgue conveniente, subvencione al Gobierno del Estado de Veracruz para los gastos de reparación del camino carretero de Jalapa a Banderilla.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados, a 29 de diciembre de 1925.- Diputado, G. Aguillón Guzmán.

"Hacemos nuestra la anterior proposición.- Pedro C. Rodríguez.- A. Campillo Seyde.- Guillermo Rodríguez.- A. E. Gómez.- Enrique L. Soto.- H. Meníndez.- Luis G. Márquez."

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se dispensa los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación.

"H. Asamblea:

"Los subscriptos diputados a este honorable Congreso, tomando en consideración que el ciudadano presidente de la República, en acuerdo de fecha 22 de abril del presente año, decretó que se le debe al C. Antonio Valladares la cantidad de $20,0000.00 (veinte mil pesos), que justifica el expediente 1,723 - c, registrado con el de 540 en el Departamento de Crédito Público de la Secretaría de Hacienda de la Nación, y el estado de pobreza del compañero Valladares, a causa de la terrible enfermedad que lo está destruyendo a gran prisa, la que contrajo por heridas recibidas en campaña defendiendo la causa revolucionaria, y que de no ponerse en manos de facultativos, perecería en corto plazo, ante vuestra soberanía con todo respecto y pidiendo dispensa de todo trámite, sometemos el siguiente proyecto de decreto:

"Único. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que, con cargo a la partida del Presupuesto que estime conveniente, se pague la cantidad de $20,000.00 (veinte mil pesos), al C. Antonio Valladares, que le debe la nación, para que pueda curarse de la enfermedad que lo está obligando a perder la vida."

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., noviembre 19 de 1925.- I. Díaz de León.- J. Nochebuena.- Luis Ramírez Corzo.- V. Flores.- A. Trujillo Espinosa.- F. García Ramos.- Porfirio Pérez Salinas.- G. Garza Salinas.- A. Aguirre Garza.- Luis Torregrosa.- E. Rivera Quevedo.- A. Fuentes B.- E. Fernández de Lara.- Gustavo R. Cristo."

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"H. Asamblea:

"Siendo el problema de la irrigación de las tierras del país, uno de los que, por su capital importancia, ocupan preferentemente la atención del actual Gobierno y dada la circunstancia de que hay pequeñas obras de captación que pueden realizarse con un mínimo esfuerzo, si para ello se cuenta con la ayuda del Gobierno federal; teniendo asimismo en cuenta la extremada penuria de algunos municipios cuyos recursos no les permiten hacer las erogaciones más indispensables, a pesar de que con ello se obtuviera el más lisonjero de los éxitos, los subscritos, diputados al Congreso de la Unión, se permiten respetuosamente pedir a vuestra soberanía, con dispensa de todo trámite, que se faculte al Ejecutivo federal para que ayude a los municipios de Purísima y San Francisco del Rincón, del Estado de Guanajuato, en la forma que lo consulta el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo federal para que, con cargo a la partida del Presupuesto de Egresos que tenga a bien designar, ponga a la disposición de los ayuntamientos de San Francisco del Rincón y Purísima, la cantidad de quince mil pesos para el último, destinada a la expropiación y reparación de la presa del Xoconoxtle, para irrigar las pequeñas propiedades de ese Ayuntamiento y la zona ejidal del mismo, y la de diez mil pesos para el primero, parte de la cual se destinar a la terminación de un dique sobre el río de Santiago, del mismo municipio, y el resto para la captación de aguas potables de la población de San Francisco del Rincón."

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 29 de diciembre de 1925.- F. Medrano V.- Gilberto Fabila.- F. García Carranza.- J. Aguilar y M."

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reservara para su votación.

"Honorable Asamblea:

"El subscrito, diputado al Congreso de la Unión por el segundo distrito electoral del Estado de Tlaxcala, ante vuestra honorabilidad, respetuosamente expone:

"Que la cabecera del municipio de Cuapiaxtla, perteneciente al distrito que represento, carece de uno de los elementos más indispensables, como es el del agua, que para sus usos domésticos le es indispensable.

"Las obras que se requieren para dotar de agua potable a Cuapiaxtla, son en extremo sencillas, pues existe un manantial que, debidamente canalizado, puede abastecer a la población, cuya obra no requiere mayor gasto que el de cinco mil pesos.

"A esta honorable Asamblea no se le escapa el beneficio que reportaría dicho municipio con una mejora semejante, por lo que respetuosamente pido se sirva acordar con dispensa de todo trámite el siguiente punto de acuerdo.

"Único. Se faculta al Ejecutivo de la nación para que, con cargo a la partida que estime conveniente, auxilie al municipio de Cuapiaztla, del Estado de Tlaxcala, hasta con la cantidad de. . . . $5,000.00 (cinco mil pesos), para la introducción del agua potable a la población.

"México, D. F., a 29 de diciembre de 1925.- El diputado, Filiberto E. Arenas.- A. Fuentes B.-

José Calles.- N. Simón.- Luis Ramírez Corzo.- Antonio Corona.- Melchor Ortega." En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"H. Asamblea:

"Tomando en consideración que la población de Dolores Hidalgo, cuna de nuestra independencia, por su condición histórica merece ser beneficiada y el Gobierno federal dedique un pequeño esfuerzo con el fin de mejorar su situación, con dispensa de todo trámite, me permito someter ante vuestra consideración el siguiente proyecto de decreto:

"Único. Autorícese al Ejecutivo de la Unión para invertir la cantidad de $10,000.00 en obras de drenaje, pavimentación y mejoramiento de calzadas de la población de Dolores Hidalgo a la estación del Ferrocarril Nacional. "Salón de sesiones de la H. Cámara de Diputados, a 29 de diciembre de 1925.- Diputado Benjamín Méndez.- P. M. Martínez.- Melchor Ortega.- L. M. Díaz.- F. García Carranza."

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan lo trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Honorable Asamblea:

"Los subscritos diputados por el Estado de Oaxaca nos permitimos manifestar a esta H. Cámara que, en sesión verificada el 29 de diciembre del año próximo pasado, esta Representación Nacional, a solicitud de más de cien diputados, tuvo a bien aprobar el acuerdo que sigue: "Suplíquese al Ejecutivo de la Unión que, con cargo a la partida que estime conveniente, se ministre al Ayuntamiento de Ocotlán, Estado de Oaxaca, la cantidad de treinta mil pesos, para los gastos que requiere la introducción de agua potable a esa población."

"La solicitud presentada para justificar la imperiosa necesidad que tiene dicha población de proveerse de ese precioso líquido y la imposibilidad en que se encuentra para lograrlo, por sus propios esfuerzos, decía así:

"El pueblo de Ocotlán, cabecera del Distrito de su nombre, Estado de Oaxaca, jamás ha molestado la atención del Gobierno federal en asuntos que pudieran reportarle algún beneficio, como dotaciones de ejidos, fraccionamiento de latifundios, construcción de carreteras o caminos, etc., etc., y en consecuencia, ese pueblo no ha tenido la oportunidad de ser favorecido por la Federación en forma alguna. Y aunque las necesidades de esa región son urgentes en algunos de los casos que cito, hay una apremiante, indispensable y angustiosa que la tiene sumergida en el más cruel de los tormentos: la carencia absoluta de agua potable, y más todavía, la escasez de pozos que pudieran substituirla, escasez debida a la profundidad en que se encuentran las corrientes y a la flojedad del terreno para cavar esos pozos.

"Es tan dolorosa la situación por que atraviesan los hijos de esa población, que los días de "tianguis", en que llegan habitantes de los diversos poblados del distrito a la compraventa de mercancías, se ven obligados a mendigar el agua para mitigar su sed, en las contadas casas en que existe pozo.

"Aun hay más: en los meses calurosos del año, en que hay escasez del precioso líquido, se dan casos de insolación, por cuya causa, en diversas ocasiones ha tenido que lamentarse la pérdida de algunas vidas.

"Como para desgracia de este pueblo, jamás había estado representado por un hijo del mismo, que sintiera sus dolores y conociera sus necesidades, ninguna gestión se había hecho hasta hoy para remediar la más imperiosa de todas, y como por otra parte, tiene sus habitantes un reducido centro de acción, los recursos con que cuenta para su vida propia son insignificantes y no pueden realizar por sí solos esta legítima y ansiada aspiración: la introducción de agua potable que tan urgentemente necesitan, porque hay que traerla desde una distancia no menor de doce kilómetros y entubarla en diversos y grandes tramos, debido a la configuración y permeabilidad del terreno.

"Teniendo en consideración que esta obra reclama un gasto aproximado de treinta mil pesos, más la mano de obra, y que su realización constituye la mayor facilidad y bienestar del precitado pueblo, seguros de que esta H. Cámara demostrará una vez más su amor a los que sufren y su empeño nunca desmentido de beneficiar a la colectividad, etc., etc.

"Ahora bien, esta impresisa necesidad subsiste, y deseando que la súplica hecha al Ejecutivo, para mayor satisfacción de nuestros representados, tome forma de decreto, nos permitimos suplicar a esta H. Asamblea se sirva, ratificando su anterior resolución, aprobar el siguiente proyecto de decreto:

"Único. Se faculta al Ejecutivo de la Unión para que, con cargo a la partida que estime conveniente del Presupuesto vigente, se ministre al Ayuntamiento de Ocotlán, Estado de Oaxaca, la cantidad de $30,000.00 (treinta mil pesos), para los gastos que requiere la introducción de agua potable a esa población, en el concepto que dicho Ayuntamiento comprobar oportunamente la inversión de dicha suma."

"Suplicamos respetuosamente se dispensen los trámites.

"México, 29 de diciembre de 1925.- Rufino Zavaleta.- José Pérez Acevedo.- José García Ramos."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo oradores, se reserva para su votación. Se va a proceder a la votación nominal de los proyectos de decreto y proposiciones que fueron reservados. Por la afirmativa.

El C. Secretario Torregrosa: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Cerisola: Votaron por la afirmativa 162 ciudadanos diputados por la negativa votó 1 ciudadano diputado. Fueron aprobados los decretos; pasan al Ejecutivo para sus efectos.

- El C. secretario Romo, leyendo:

"2a Comisión de Relaciones Exteriores.

"Honorable Asamblea:

Por acuerdo de vuestra soberanía, se turnó a la subscripta comisión una solicitud firmada por el C. José María de Regil, para que se le conceda el permiso constitucional a fin de que pueda aceptar el cargo de vicecónsul honorario de Suecia en Progreso, Estado de Yucatán.

"Los subscritos, en vista de no haber encontrado impedimento legal, y de acuerdo con la fracción II del artículo 37 constitucional, opinan que es de concederse lo pedido por el C. José María de Regil. por lo que se permiten demandar de la H. Asamblea la aprobación del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. José María de Regil para que, sin perjuicio de sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y desempeñe el cargo de vicecónsul honorario del Reino de Suecia en el puerto de Progreso, Estado de Yucatán.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 14 de diciembre de 1925.- J J. Pineda.- Francisco Z. Moreno."- Primera lectura.

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Poder Ejecutivo Federal.- México.- Estados Unidos mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Departamento de Justicia.- Número 7,383.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.

"Por acuerdo del ciudadano presidente de la República, para los efectos constitucionales correspondientes, me permito remitir a ustedes la iniciativa del propio primer magistrado, en la que solicita se le autorice para que, dentro del término de tres meses, expida la Ley Orgánica que reglamenta el artículo 28 constitucional, en los ramos que se relacionan con el Comercio y la Industria.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi alta y distinguida consideración. "Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, 29 de diciembre de 1925.- P. O. del secretario, el oficial mayor, G. Vásquez Vela."

"Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.- México, D. F.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes. "La desorganización de los factores que intervienen en la producción y la venta de los artículos indispensables para la subsistencia, es un serio obstáculo para el logro de las aspiraciones nacionales. A pesar de los explícitos preceptos contenidos en el artículo 28 de la Constitución, nada puede hacerse para impedir la concentración o acaparamiento, en una o pocas manos, de artículos de consumo necesarios y el alza consiguiente de los precios, maniobras mercantiles que nuestro Código Supremo reprueba de modo terminante.

"Impedido el Poder Público de acatar el mandamiento expreso de la Constitución por falta de una ley reglamentaria del mismo artículo 28 ya citado, que defina las atribuciones del Gobierno y las responsabilidades del comercio, la desorganización a que se alude al principio determina un profundo malestar en las clases menesterosas del país, ya que la distribución de los productos alimenticios queda en manos de empresas absorbentes, monopolizadoras, que ejercen absoluto dominio sobre las plazas del país e imponen altos precios al mismo tiempo que impiden la libre concurrencia del productor y el comerciante en pequeño.

"El estado de desigualdad en que tales circunstancias colocan a detallistas y almacenistas, con gran ventaja de estos últimos, lesiona de modo considerable el derecho de los consumidores, empobrece nuestros mercados, determina una extorsión que agobia al pueblo e impide el libre florecimiento de la pequeña producción y del tráfico en pequeño.

"Las circunstancias anteriores, aun someramente enumeradas, inducen al Ejecutivo, haciendo uso de la facultad que le concede la fracción I del artículo 71 constitucional, a someter a la consideración del H. Congreso la siguiente iniciativa:

"Artículo 1o. Se autoriza al Ejecutivo federal para que, dentro del término de tres meses, expida la Ley Orgánica que reglamente el artículo 28 constitucional, en los ramos que se relacionan con el comercio y la Industria.

"Artículo 2o. El Ejecutivo dará cuenta al Congreso del uso que haga de la facultad que en la presente se le confiere.

"Ruego a ustedes se sirvan dar cuenta con esta iniciativa a la H. Cámara de Diputados, para los efectos legales correspondientes.

"Protesto a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, 29 de diciembre de 1925.- El presidente de la República, P. Elías Calles."

En votación económica se consulta si se declara de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Sí se declara de urgente y obvia resolución. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Poder Ejecutivo Federal.- México.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Departamento de Justicia.- Número 7,382.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.

"Tengo el honor de remitir a ustedes, por acuerdo del ciudadano presidente de la República, y para los efectos constitucionales correspondientes, la iniciativa del propio primer magistrado, en la que

solicita se le autorice para que, dentro del término de tres meses, expida el Código Nacional Eléctrico.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, 29 de diciembre de 1925.- P. O. del secretario, el oficial mayor, G. Vásquez Vela."

"Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.- México, D. F. "Ciudadanos secretarios de la honorable Cámara de Diputados.- Presentes. "La Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo ha iniciado la formación de un proyecto de Código Nacional Eléctrico, que deberá contener las prevenciones y reglas técnicas a que deberán sujetarse las instalaciones destinadas a generar, transformar, transmitir y distribuir energía eléctrica, con objeto de que tales instalaciones operen con el mayor grado de eficacia, protejan debidamente a los operarios y demás personas que manejan la energía y eviten los daños materiales consiguientes a una instalación defectuosa. "Dicho proyecto está en vía de terminarse, y como es de urgente necesidad que cuanto antes se expida la legislación de que se trata, dado que con ella se uniformarán los procedimientos de construcción de las instalaciones eléctricas y se señalarán prevenciones técnicas definidas que aseguren la eficiencia de las instalaciones y garanticen la vida y propiedades de quienes manejan o aprovechan la energía eléctrica, con apoyo en la fracción I del artículo 71 constitucional me honro en someter a la consideración del honorable Congreso la siguiente iniciativa:

"Artículo 1o. Se autoriza al Ejecutivo federal para que, dentro del término de tres meses, expida el Código Nacional Eléctrico.

"Artículo 2o. El Ejecutivo dar cuenta al Congreso del uso que haga de la facultad que en la presente ley se le confiere.

"Ruego a ustedes se sirvan dar cuenta con esta iniciativa a la honorable Cámara de Diputados, a fin de que se tramite en la forma legal.

"Protesto a ustedes las seguridades de mi atenta consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, D. F., diciembre 29 de 1925.- El presidente de la república, P. Elías Calles."

En votación económica se consulta si se declara de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Sí se declara de urgente y obvia resolución. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

Departamento de Justicia .- Número 7,418.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.

"Poder Ejecutivo Federal.- México.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.-

"Por acuerdo del ciudadano presidente de la República y para los efectos constitucionales correspondientes, tengo el honor de remitir a ustedes la iniciativa en la que el propio primer magistrado solicita se le autorice para que dentro del término de tres meses expida las leyes Forestal, de Colonización y reglamentaria del párrafo XII del artículo 27 constitucional.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi alta distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, 29 de diciembre de 1925.- P. O. del secretario, el oficial mayor, G. Vásquez Vela."

Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.- México, D. F.

"A los ciudadanos secretarios de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.

"Siendo de vital importancia para el país la expedición de las leyes forestal, de Colonización y reglamentaria del párrafo XII del artículo 27 constitucional, y atenta la imposibilidad material que existe para que el H. Congreso de la Unión las dicte en el periodo actual ordinario de sesiones, que está para concluir, el Ejecutivo de mi cargo se permite solicitar de las HH. Cámaras de la Unión, facultad para expedirlas en término perentorio. "Es urgente que las referidas leyes, por la importancia de las materias a que se contraen, se pongan en vigor en marzo próximo venidero, y los resultados que dé su aplicación los podrán apreciar los honorables miembros de las Cámaras colegisladoras al abrirse el nuevo periodo de sesiones, para que, en su caso, se corrijan las deficiencias que las leyes en cuestión puedan presentar.

"En casos análogos se ha hecho hincapié en que el hecho de expedir en breve plazo, como es necesario, esas leyes por el Ejecutivo, no implica renuncia de las prerrogativas que corresponden a las HH. Cámaras de la Unión, en virtud de que el Ejecutivo federal no obra independientemente y fuera del control del Poder Legislativo, sino que habrá de dar cuenta del uso que haga de las facultades que a este respecto se tenga a bien concederle.

"Por tanto, con apoyo en la fracción I del artículo 71 constitucional, me honro en someter a la consideración del H. Congreso la siguiente iniciativa:

"Artículo 1o. se autoriza al ejecutivo federal para que, dentro del termino de tres meses, expida la leyes Forestal, de Colonización y reglamentaria del párrafo XII del artículo 27 constitucional.

"Artículo 2o. El Ejecutivo dará cuenta al Congreso del uso que haga de la facultad que por la presente ley se le confiere."

"Ruego a ustedes se sirvan dar cuenta con esta iniciativa a la H. Cámara de Diputados, para que se tramite en la forma legal.

"Protesto a ustedes mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, D. F., a 29 de diciembre de 1925.- El presidente de la República, P. Elías Calles."

En votación económica se consulta si se declara de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Sí se declara de urgente y obvia resolución. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Poder Ejecutivo Federal.- México.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Número 7,415.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.

"Por acuerdo del ciudadano presidente de la República y para los efectos constitucionales correspondientes, me permito remitir a ustedes la iniciativa del propio primer magistrado, relativa a la ampliación de la partida número 3,177 del Presupuesto de Egresos, correspondientes a esta Secretaría.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi consideración muy distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, D. F., diciembre 29 de 1925.- P. O. del secretario, el oficial mayor, G. Vásquez Vela."

"Poder Ejecutivo Federal.- México.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y crédito Público.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.

"El Ejecutivo de la Unión, tomando en cuenta la difícil situación por la que han venido atravesando los Estados de Campeche y Yucatán, determinó concederles un subsidio, equivalente al importe de los derechos causados por el maíz que tuvieron necesidad de importar los gobiernos de los referidos Estados.

"El monto de los expresados gastos ascendió a la cantidad de $188,467.45, que deben aplicarse a la partida número 3,177 del Presupuesto de Egresos vigente, pero como el saldo de esta partida es solamente de $100,391.70, cantidad que se hace indispensable para las atenciones que tiene la Secretaría de Gobernación, se hace necesario ampliarla en la cantidad que en seguida se indica.

"En tal virtud, me permito someter a la consideración de esa H. Cámara de Diputados, por el digno conducto de ustedes, y para los correspondientes efectos constitucionales, la siguiente iniciativa:

"La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política Federal, ha tenido a bien expedir el siguiente decreto:

"Único. Se amplía la partida siguiente del ramo de Gobernación, en la cantidad que a continuación se expresa:

"Partida número 3,177.- Extraordinarios e imprevistos. Asignación actual: $750,000.00. Cantidad en que se amplía: $188,500.00.

"Al rogar a ustedes se sirvan dar cuenta con esta iniciativa a esa H. Cámara de Diputados, les reitero las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, D. F., diciembre 23 de 1925.- El presidente de la República, P. Elías Calles.- A. J. Pani."

En votación económica se consulta si se declara de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Sí se declara de urgente y obvia resolución. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Poder Ejecutivo Federal.- México.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Departamento de Justicia.- Número 7,417.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- presentes.

"Por acuerdo del ciudadano presidente de la República, tengo el honor de remitir a ustedes, para los efectos constitucionales correspondientes, la iniciativa del propio primer magistrado para ampliar y deducir algunas partidas del Presupuesto de Egresos vigente, del ramo de Comunicaciones y Obras Públicas.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi alta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, 29 de diciembre de 1925.- Por orden del secretario, el oficial mayor, G. Vásquez Vela."

"Poder Ejecutivo Federal.- México.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito público.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.

"La partida número 9,502 del Presupuesto de Egresos vigente, está destinada para el servicio de alumbrado, fuerza, calefacción y servicio de teléfonos en el edificio de la Secretaría de Comunicaciones y obras públicas; pero la asignación de dicha partida ha resultado insuficiente para las atenciones referidas en el resto del presente año fiscal.

"Por tal motivo y con el fin de que no se aplacen las respectivas autorizaciones de pago, lo que traería por consecuencia que al terminar el año quedaran adeudos que más tarde vendrían a agravar las partidas de Deuda Pública correspondientes al Presupuesto del ejercicio fiscal de 1926, se hace preciso ampliar la citada partida en la cantidad de $7,000.00, cancelando las partidas números 9,506 y 9,594, del ramo de Comunicaciones, en las sumas de $2,600.00 Y $4,400.00, respectivamente, con el objeto de no alterar el monto del referido ramo de Comunicaciones.

"En condiciones semejante de halla la partida número 9,562, cuya asignación se destina para alumbrado y fuerza motriz de la Dirección General de Correos, en vista de la necesidad que ha habido de ampliar en casi todas las oficinas postales del país los gastos para el alumbrado, por haberse requerido de mayor consumo de horas de trabajo por el aumento de movimiento en bultos postales giros y correspondencia; lo que hace necesario el respectivo aumento en la asignación de la mencionada partida número 9,562, en la cantidad de $4,000.00 reduciendo en igual suma la partida número 9,561 del propio ramo de Correos.

"Tal es el motivo por el que me permito poner a la consideración de esa H. Cámara de Diputados, por el digno conducto de ustedes, y para los correspondientes efectos constitucionales, la siguiente iniciativa:

"La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política federal, ha tenido a bien expedir el siguiente decreto:

"Artículo 1o. Se amplían las partidas correspondientes al ramo de comunicaciones y Obras Públicas, del Presupuesto de Egresos vigente, que a continuación se expresan, en las cantidades siguientes:

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"Al rogar a ustedes se sirvan dar cuenta con esta iniciativa a esa H. Cámara de Diputados, les reitero las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, 23 de diciembre de 1925.- El presidente de la República, P. Elías Calles.- A. J. Pani." En votación económica se consulta a la Asamblea si declara el proyecto de urgente y obvia resolución.

Se declara. Está a discusión. No habiendo oradores inscritos, se reserva para su votación.

Se procede a recoger la votación nominal.

El C. Secretario Cerisola: Por la afirmativa.

El C. secretario Torregrosa: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Cerisola: Fueron aprobados los dos proyectos de ley por unanimidad de ciento sesenta y cinco votos. Pasan al Senado para los efectos constitucionales, con excepción de los dos últimos, que pasan al Ejecutivo.

- El C. secretario Torregrosa, leyendo:

"H. Asamblea:

"El subscrito, diputado en ejercicio, solicita de vuestra soberanía, con dispensa de trámites, se le conceda una licencia de dos meses, con goce de sueldo, para desempeñar gratuitamente el cargo de presidente municipal de Puebla.

"Protesto mis respetos.- Salón de Sesiones del H. Congreso de la Unión, a 29 de diciembre de 1925. - G. Bautista."

En votación económica se pregunta a la Asamblea si dispensa los trámites a esta licencia. Dispensados. En la misma forma de votación se pregunta si se concede la licencia. Concedida.

"H. Asamblea:

"Nos permitimos proponer a la consideración de vuestra soberanía el siguiente acuerdo:

"Que se nombre una comisión de esta Cámara para que se acerque al Ejecutivo a efecto de que le haga ver el punto de vista de la Asamblea sobre los presupuestos de los tribunales del orden común, en virtud de habérsele concedido facultades extraordinarias para la formación de los presupuestos. "Pedimos dispensa de trámites.

"México, D. F., 29 de diciembre de 1925.- Neguib Simón.- Luis Ramírez Corzo" En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba el nombramiento de esta comisión. Aprobado.

El C. presidente: Se nombra en comisión para acercarse al presidente de la República a los ciudadanos Amado Fuentes B., Neguib Simón, Gómez Cano y prosecretario Chávez.

- El C. secretario Torregrosa, leyendo:

"La señora Carlota Flores viuda de Caraza solicita pensión para sus menores Catalina y Silvia, hijas del extinto general Ramón Caraza.

"Apoya esta solicitud la diputación del Estado de Nayarit."- A la 3a. Comisión de Guerra.

- El C. secretario Cerisola, leyendo:

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"La H. Cámara de Senadores remitió a ésta un proyecto de decreto por el cual concede a la señorita Amalia Paz una pensión de cinco pesos diarios, por los servicios que en el terreno de las ideas y como periodista, prestó a la nación su finado padre, el C. general y licenciado Ireneo Paz."

"Dado el amplio conocimiento que de las virtudes cívicas y amplia labor del desaparecido tienen todos ustedes, los que subscribimos nos creemos relevados de hacer cualquier género de apreciaciones que sirvieran para fundar el proyecto de decreto que aprobó el Senado y, en consecuencia, teniendo la seguridad de que cumplimos con un deber justiciero, proponemos a vuestra soberanía, para su aprobación y previa dispensa de todo trámite, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede a la señorita Amalia Paz una pensión se cinco pesos diarios, que le ser n pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras conserve su actual estado civil, como recompensa por los servicios prestados en el periodismo nacional por su extinto padre, el C. general y licenciado Irineo Paz."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General.- México, a 29 de diciembre de 1925.- F. Gómez.- Luis Sánchez de Cima.- Rufino Zavaleta." - Primera lectura.

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"La H. Cámara de Senadores remitió a ésta un proyecto de decreto por el cual concede pensión de cien pesos mensuales a la señora Ana G. viuda de Gómez y a sus menores hijas por la muerte en servicio, de su esposo, el C. Pablo I. Gómez, quien desempeño el puesto de inspector del servicio forestal, dependiente de la Secretaría de Agricultura y Fomento.

"La idea que ha servido de base para aprobar en la Cámara colegisladora este proyecto de decreto, es la eminentemente humanitaria de proporcionar medios de subsistencia a los deudos del desaparecido, y a los menores una educación eficiente; y los subscritos, que están en todo de acuerdo con la opinión emitida por el Senado, se permiten proponer, con dispensa de todo trámite, a la aprobación de vuestra soberanía, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede a la señora Ana G. viuda de Gómez y a sus menores hijas Magdalena y Dolores Gómez, una pensión de cien pesos mensuales, que les serán pagados íntegramente mientras conserven su actual estado civil."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General.- México, a 29 de diciembre de 1925.- F. Gómez.- Rufino Zavaleta."- Primera Lectura.

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"El Senado de la República remitió a esta H.

Cámara un proyecto de decreto en virtud del actual se concede a la señorita Felipa Cruz Victoria, biznieta en línea recta del general don Guadalupe Victoria, una pensión de cinco pesos diarios.

"La H. Cámara colegisladora funda su dictamen en el hecho de que la solicitante comprueba de manera plena descender del primer presidente de la República Mexicana, y aunque esta razón es de peso, no se halla de acuerdo con las prescripciones reglamentarias sobre pensiones; pero esta comisión, tomando en cuenta la justificación moral que existe y la obligación que la nación tiene de premiar a los descendientes de aquellos que lucharon por la consolidación de la República, estima que es de aceptarse el proyecto que remite el Senado y, en esta virtud, propone a la aprobación de vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede a la señorita Felipa Cruz Victoria una pensión de cinco pesos diarios, que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras conserve su actual estado civil, como recompensa a los servicios que prestó a la nación el C. general don Guadalupe Victoria."

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 28 de diciembre de 1925.- F. Gómez.- L. Sánchez de Cima.- Rufino Zavaleta."- Primera lectura.

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"La señorita Teófila Magos solicitó ante la H. Cámara de Senadores, que se le concediera una pensión como hija del extinto capitán de Artillería doctor Joaquín Magos.

"La H. Cámara colegisladora tuvo a bien aprobar un proyecto de decreto que remitió a esta Cámara, por el cual accede a la solicitud de la peticionaria, concediéndole una pensión de cien pesos mensuales, en vista de que el desaparecido nunca percibió sueldos ni recompensa alguna por sus servicios, sino que, al contrario, prestó en lo personal y con sus elementos pecuniarios, una ayuda efectiva al movimiento de la Independencia Nacional, tanto como militar como profesionista.

"Los subscritos estiman de verdadera justicia dar a la señorita Magos la recompensa señalada

por el Senado, y, en consecuencia, proponen a vuestra soberanía, para su aprobación, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede a la señorita Teófila Magos, una pensión de cien pesos mensuales, que le serán pagados sin descuento alguno, mientras conserve su actual estado civil, como recompensa por los servicios prestados al movimiento revolucionario de 1810, por su finado padre el capitán de Artillería, doctor Joaquín Magos.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F., a 28 de diciembre de 1925.- F. Gómez.- Rufino Zavaleta." - Primera lectura.

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"La H. Cámara de Senadores remitió a ésta el expediente y un proyecto de decreto por el cual concede a la señorita Concepción Domínguez una pensión de sesenta pesos mensuales, como biznieta de la Corregidora de Querétaro.

"La Cámara de Senadores funda su proyecto de decreto en el hecho ampliamente conocido, de los servicios importantísimos que a la causa de la independencia nacional prestó doña Josefa Ortiz de Domínguez, y considera que es de otorgarse la gracia que solicita.

"Los que subscribimos, estimando que puede accederse a la demanda de la señorita Concepción Domínguez, proponemos a vuestra aprobación el siguiente proyecto de decreto.

"Artículo único. Se concede a la señorita Concepción Domínguez, biznieta de la Corregidora de Querétaro, una pensión de sesenta pesos mensuales, que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F. a 28 de diciembre de 1925.- F. Gómez.- L. Sánchez de Cima." - Primera lectura.

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"3a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"El Senado de la República envió a esta H. Cámara, con fecha 29 de diciembre del año próximo pasado, para los efectos constitucionales, un proyecto de decreto por el cual se otorga una pensión a cada una de las hijas del extinto coronel Emiliano Laing, por los servicios que éste prestó a la patria en la época de la intervención francesa.

"Dicho proyecto, por acuerdo de vuestra soberanía, fue turnado a esta 3a. Comisión de Guerra, la cual estudió con todo detenimiento las razones que tuvo la Cámara colegisladora para aprobarlo, encontrándolas del todo justificadas. Revisados los documentos que forman el expediente respectivo, se pudieron comprobar los importantes servicios que prestó el militar de referencia en contra de la intervención francesa y del llamado imperio y, por último, en el citado expediente obran las copias de las actas respectivas que justifican el parentesco de las solicitantes con el extinto.

"Por lo anteriormente expuesto, tenemos el honor de someter a la aprobación de vuestra soberanía el mismo proyecto de decreto que remitió el Senado, que en lo conducente dice:

"Artículo único. Se concede, por partes iguales, una pensión a las señoritas Fanny, Manuela y María Laing, por la mitad del sueldo que percibió como coronel el extinto C. Emiliano Laing, padre de las expresadas señoritas, la cual disfrutarán mientras no cambien de estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General.. - México, a 17 de diciembre de 1925.- A. Campillo Seyde.- F. González Madrid."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"3a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"La H. Cámara de Senadores remitió a ésta, para sus efectos constitucionales, un proyecto de decreto fechado el 12 de noviembre último, por el cual se concede una pensión de cien pesos mensuales a cada una de las señoras Ignacia Alvarez y Faustina Alvarez viuda de Ney, nietas del extinto general de división Juan Alvarez.

"El asunto de que se trata fue turnado a la Comisión de Guerra que subscribe, la cual, después de estudiar detenidamente los documentos que forman el expediente respectivo, encontró méritos suficientes para aceptar la pensión que propone el proyecto de referencia, ya que de todos los ciudadanos diputados son conocidos los eminentes servicios que prestó a la patria el extinto general Juan Alvarez.

"En tal virtud, tenemos el honor de someter a vuestra aprobación el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede una pensión vitalicia de cien pesos mensuales, sin descuento alguno, mientras no cambien de estado civil, a cada una de las personas siguientes: Ignacia Alvarez y Faustina Alvarez viuda de Ney, como recompensa por los servicios que prestó a la nación el extinto C. general don Juan Alvarez.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 18 de diciembre de 1925.- A. Campillo Seyde.- F. González Madrid."- primera lectura.

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"3a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"La H. Cámara de Senadores remitió a ésta, para los efectos constitucionales, un proyecto de decreto por el que se pensiona a los hijos del extinto general Julián Jaramillo, quien prestó muy importantes servicios a la patria, combatiendo contra la intervención americana en el año de 1847 y y contra la intervención francesa, hasta conseguir el derrocamiento del imperio de Maximiliano.

"El asunto de referencia fue turnado a esta Comisión de Guerra, la cual estudió con todo detenimiento la documentación que corre agregada al expediente, y por ella pudo convencerse de que el citado militar tuvo la gloria de combatir con las armas en la mano a los americanos y franceses en los años de 1847 y 1862, respectivamente.

"El Senado de la República, al aprobar el proyecto de que se han hecho mérito, no hizo más que cumplir con su deber estimando los méritos del extinto patriota.

"Por lo anteriormente expuesto, tenemos el honor de someter a la aprobación de vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los servicios que prestó a la nación el extinto general Julián Jaramillo, se concede a sus menores hijos Porfirio, Hiram e Itzcoatl Jaramillo, mientras lleguen a la mayor de edad, una pensión de veinticinco por ciento del haber íntegro que percibió su finado padre el C. general Julián Jaramillo, en el concepto de que dicha pensión les serán pagada íntegramente y por partes iguales entre cada uno de los mencionados hijos del extinto general Jaramillo.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 28 de diciembre de 1925.- A. Campillo Seyde.- F. González Madrid."- Primera lectura.

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"A la honorable Cámara de Diputados al Congreso de la Unión .- Presente.

"Rosa Larios, viuda de su legítimo esposo, el extinto coronel de caballería Manuel Caloca, ante esa honorable Cámara, respetuosamente expone:

"Que habiendo formado su finado esposo, en el año de 1910, un club antirreeleccionista, siendo perseguido con este motivo por el Gobierno del general Díaz, levantándose en armas para combatir a dicho Gobierno, en unión del extinto Luis Moya, proporcionando su mencionado esposo la cantidad de $3,000.00 (tres mil pesos) de su propio peculio, para la organización de las fuerzas con que operaron por primera vez en el movimiento de referencia en el Estado de Zacatecas, habiendo llevado a cabo diversas acciones de armas, en los combates de: Tlaltenango, Tropeleras, Mezquital del Oro, hacienda de Pinos Cuates, Jalpan, Sombrerete y, por último, en Zacatecas, Zac., habiendo muerto en el combate de Sombrerete mencionado el general en jefe Luis Moya, las fuerzas que comandaba quedaron a las órdenes de su repetido esposo, con las cuales, al triunfo del movimiento maderista se formó el 26 cuerpo rural, continuando su esposo con el comando de dicha corporación, durante el Gobierno constitucional de don Francisco I. Madero. Más tarde, y por orden del Gobierno, salió rumbo a San Juan de Guadalupe Hidalgo, a combatir a los cabecillas orozquistas Argumedo, Galaviz, Luis Caro y Juan Ferniza, que con una partida de 800 hombres lo atacaron en la hacienda de Jaraleras, jurisdicción de San Juan de Guadalupe, Estado de Durango, derrotando a dichos cabecillas, pero muriendo a consecuencia de varias heridas de fuego, recibidas en dicho combate, trasladándose su cadáver a la plaza de Zacatecas, Zac., par ser inhumado con los honores de Ordenanza. Este combate tuvo lugar el día 5 de agosto de 1912.

"La subscripta solicitó la pensión que, conforme a la ley, le corresponde por haber muerto su esposo en acción de guerra, defendiendo un Gobierno legalmente constituído, como lo fue el del extinto presidente Madero; pero habiéndose dilatado el trámite correspondiente, más tarde le fue negada dicha pensión por el llamado Gobierno del general Victoriano Huerta, en virtud de que éste desconoció los servicios prestados por los jefes revolucionarios. "Por lo expuesto, muy respetuosamente la subscripta solicita ante esta honorable Cámara le sea otorgada la pensión que la ley señala para los casos análogos al que se encuentra ella; pensión que debió percibir a partir de la muerte de su esposo y que no le ha sido posible gestionar, en virtud de las diversas circunstancias anormales por las que ha atravesado el país, pero cuyo derecho espera ahora le sea reconocido, recibiendo con ello gracia y justicia.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, D. F., 23 de diciembre de 1925.- Rosa L. viuda de Caloca."

"A los subscritos miembros de la diputación zacatecana, nos consta, por haber sido del dominio público, los hechos asentados en esta solicitud y, considerando de importancia los servicios prestados a la revolución por el extinto C. coronel Manuel Caloca, hacemos nuestra la presente solicitud y pedimos muy atentamente a esta honorable Cámara se sirva aprobar, con dispensa de todo trámite, el siguiente proyecto de decreto:

"Único. En compensación a los servicios prestados a la revolución por su esposo, el extinto coronel don Manuel Caloca, se concede a la señora Rosa Larios viuda de Caloca, una pensión de seis pesos diarios, los que percibirá íntegros y mientras no cambie de estado."

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados.- México, D. F., a 28 de diciembre de 1925.- Luis R. Reyes.- J. Jesús Delgado.- Francisco García Carranza.- José Martínez Campos.- J. C. Dávila Díaz.- Celestino Castro.- J. T. Luna Enríquez.- V. Santos Guajardo.- Jacobo Cárdenas.- A. Briones.- M. T. Altamirano.- I. Romero.- José Calles.- C. Guajardo.- Porfirio Pérez Salinas.- A. Corona.- J. Castillo Larrañaga.- D. Hinostrosa.- A. Cerisola.- A. M. García.- G. N. Santos.- Antonio M. García.- A. López Gómez."

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén

por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"3a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"La señora Cecilia de León viuda de Samayoa dirigió un ocurso a esa H. Representación Nacional con fecha 3 de los corrientes, solicitando se le otorgue una pensión en virtud de haber muerto en campaña su hijo el C. teniente de caballería Gabriel Samayoa. El ocurso de referencia paso, para su estudio, a la 3a. Comisión de Guerra.

"Obran en el expediente respectivo dos certificados firmados por los CC. coroneles Pablo Villanueva y Carlos Albores, en los que se asienta que el teniente Samayoa sucumbió defendiendo al Gobierno legítimo, el 26 de julio de 1919, en un combate librado contra las fuerzas que entonces comandaba Tiburcio Fernández Ruiz, en Santa Lucía , Estado de Chiapas.

"La peticionaria justifica sus derechos por medio de actas del Registro Civil, comprobando, además la situación tan precaria por que atraviesa. Esta comisión estima que el hecho de haber muerto en campaña el C. teniente Gabriel Samayoa, defendiendo a un Gobierno legalmente constituído, da derecho a la recurrente para disfrutar la gracia que solicita, y así tenemos el honor de proponer a vuestra soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por haber muerto en campaña el teniente Gabriel Samayoa, Defendiendo a un Gobierno legalmente constituído, se concede a su madre la señora Cecilia viuda de Samayoa, una pensión de dos pesos cincuenta centavos diarios, que le pagará íntegramente la Tesorería General de la Nación mientras conserve su actual estado civil."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 10 de diciembre de 1925.- A. Campillo Seyde.- F. González Madrid."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"Acompañada de numerosos documentos, la Comisión Inspectora de la Contaduría Mayor de Hacienda, remitió a esta H. Cámara una solicitud de pensión del C. Lorenzo Valladares y Valencia, quien a la fecha desempeña el puesto de glosador de segunda de la mencionada oficina. El C. Valladares y Valencia funda su solicitud, que trae el apoyo de los miembros de la Comisión Inspectora de la Contaduría Mayor de Hacienda, en el hecho de que tiene más de cuarenta y cinco años de prestar sus servicios a la nación, y de este término la mayor proporción corresponde a empleos desempeñados en el Poder Legislativo.

"Como lo que asienta el peticionario queda plenamente comprobado en la documentación que acompaña, y por ella, además, nos hemos enterado de que sus servicios fueron siempre eficientes y su conducta intachable, nos permitimos proponer ante vuestra soberanía la aprobación del siguiente proyecto de decreto:

"Se concede jubilación al C. Lorenzo Valladeres y Valencia, por haber prestado más de cuarenta y cinco años sus servicios a la nación. La cuota diaria que se le fija es la de cinco pesos mitad del último sueldo de que disfrutó como glosador de segunda de la Contaduría Mayor de Hacienda.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión .- México, D. F., a 29 de diciembre de 1925.- Filiberto Gómez.- Luis Sánchez de Cima."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"3a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"Las señoritas Librada, Rosario y Rebeca González, hijas del extinto teniente de caballería Guadalupe González, solicitan que, en virtud de haber muerto éste, se les pase la pensión de que disfrutaba. El asunto de que se trata fue pasado a la 3a. Comisión de Guerra.

"Apoyan su solicitud las peticiones en el hecho de que su finado padre defendió la integridad nacional, combatiendo contra la invasión francesa y, además, que siendo todas ellas solteras y de avanzada edad, se encuentran imposibilitadas para luchar por la vida y allegarse los recursos más indispensables, atravesando en la actualidad por una situación económica bastante apremiante.

"La comisión, haciendo eco del justo sentir de las mencionadas señoritas, opina en el sentido de que se les conceda lo que piden, y así tiene el honor de proponerlo a vuestra soberanía, por medio del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. En recompensa a los servicios que prestó al país el extinto teniente Guadalupe González, se concede a sus hijas, las señoritas Librada, Rosario y Rebeca González, una pensión de un peso diario a cada una, que les pagará íntegramente la Tesorería General de la Nación, mientras conservan el estado civil que actualmente guardan."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 10 de diciembre de 1925.- A. Campillo Seyde.- F. González Madrid."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"La señora María de Jesús Díaz, viuda del capitán 1o. del Ejército, Miguel Bahena, quien murió en servicio, solicitó de esta H. Cámara se le concediera una pensión. El escrito respectivo, acompañado de numerosos documentos que sirven

para fundar la petición, paso, para su estudio y dictamen, a esta 1a. Comisión de Guerra, la que, en vista de la buena hoja de servicios del desaparecido, así como por quedar debidamente demostrado el derecho que asiste a la señora María de Jesús Díaz para percibir la pensión que pretende, se permite proponer a vuestra soberanía, previa dispensa de trámites, la aprobación del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede a la señora María de Jesús Díaz viuda de Bahena una pensión de dos pesos quince centavos diarios, que le será pagada por la Tesorería General de la Nación, mientras no cambie su actual estado civil."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 29 de diciembre de 1925.- S. Reyes Avilés.- David S. López."- Primera lectura.

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"El 13 de octubre del año actual, el C. diputado Vicente Anzures solicitó ante esta H. Cámara que se concediera una pensión de $15.00 diarios al menor Nicolás Zapata, hijo del extinto C. Emiliano Zapata, sostenedor de la revolución suriana.

"Previa dispensa de trámites, el escrito del C. Anzures se turnó a esta 1a. Comisión de Guerra, la que, tomando en cuenta el ambiente favorable que existe en esta Cámara para la demanda del compañero Anzures; pero considerando que la cuota que se pide para el interesado es elevada, se permite proponer a la aprobación de vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede una pensión de seis pesos diarios, hasta que llegue a la mayor de edad, al menor Nicolás Zapata, hijo del caudillo de la revolución del Sur."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión .- México, D. F., a 9 de diciembre de 1925.- J. Nochebuena.- David L. López." Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"Después de haber cumplido 30 años de servicios ininterrumpidos a la Administración pública, el C. Eduardo Tello elevó ante esta H. Cámara, el 14 de agosto de 1923, una solicitud de pensión, documento que, atendiendo a lo ordenado por vuestra soberanía, tocó conocer a esta 1a. Comisión de Hacienda .

"Los documentos que el solicitante acompaño a su solicitud demuestran que los servicios de éste fueron siempre eficientes; que la conducta que observó durante sus muchos años de trabajo en las oficinas públicas, fue siempre intachable, y esta comisión, de acuerdo con el criterio que se ha formado, de compensar debidamente a los buenos y viejos servidores de la nación, viene a proponer a esta H. Asamblea que dé su aprobación al proyecto de decreto que abajo insertamos, en la inteligencia de que la cuota diaria que se señala al C. Tello es la equivalente a la mitad del sueldo de que disfrutaba como glosador de segunda del Departamento de Contraloría.

"Proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede jubilación, con la cuota diaria de $4.00, al C. Eduardo Tello, quien presentó sus servicios 30 años consecutivos a la Administración pública."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 28 de septiembre de 1925.- L. Sánchez de Cima.- Rufino Zavaleta."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"El presidente de la República, por conducto de la Secretaría de Gobernación, remitió a esta Cámara, el 5 de noviembre del año en curso, un escrito en que solicita se otorgue pensión a los deudos del profesor José María Gallegos, quien prestó sus servicios en la Dirección de Estudios Biológicos, dependiente de la Secretaría de Agricultura y Fomento, y murió en el desempeño de una comisión científica en Payo Obispo, Quintana Roo.

"Para justificar el derecho que asiste a los deudos del fallecido para percibir una pensión, el propio presidente de la República inserta varios informes que se relacionan con la labor que desempeño en provecho de la nación el C. Gallegos, y los subscritos, que estiman de absoluta justificación otorgar la recompensa aludida, se permiten proponer ante vuestra soberanía la aprobación del siguiente proyecto de decreto:

"Se concede pensión de cinco pesos diarios a la señorita Guadalupe Gallegos, por los servicios que en el orden científico prestó a la nación su extinto hermano, el profesor José María Gallegos."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 15 de diciembre de 1925.- F. Gómez.- L. Sánchez de Cima."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"3a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"A la 3a. Comisión de Guerra que subscribe, el fue turnado, por acuerdo de vuestra soberanía, el memorial que con fecha 10 de enero del presente año elevó ante esta H. Cámara el C. Bruno Portillo, solicitando que, en recompensa de los servicios

que prestó a la patria durante la Guerra de Intervención Francesa, se le otorgue la pensión que tiene derecho, conforme a la ley.

"Revisados con todo detenimiento los documentos que forman el expediente respectivo, esta comisión encontró un cuaderno impreso en la ciudad de Zacatecas, hecho por el C. Jesús Alvarez, con motivo de la inauguración de un monumento que el Gobierno de aquel Estado erigió a los heroicos soldados de la ciudad de Nochistlán, al ser atacada por los invasores franceses y traidores, el 13 de mayo de 1864. En dicho folleto se encuentran algunos párrafos dedicados al peticionario haciendo resaltar su valor y patriotismo, y para que la Asamblea se forme una idea de los méritos del C. Portillo, en seguida reproducimos uno, que, en nuestro concepto, es el de más importancia: "Bajo el hacinamiento de cadáveres, en ese punto del campanario, con siete honrosas heridas, queda sepultado bajo de ellos el bravo soldado Bruno Portillo (a) Pico de Oro, quien, removiendo el peso de los muertos caídos sobre él, en la madrugada del siguiente día, tinto de sangre propia y de sus compañeros, se va a buscar por la espalda dicha del templo su salvación, que halla prodigiosamente, saltando por allí. Vive aún, viejo, honrado y modesto, en medio de una pobreza que raya en indigencia. Prémielo la patria; su nombre será glorioso, porque defendiendo primero un fortín, perdida ya la plaza y sin jefes a quienes obedecer, tuvo ese impertérrito defensor valor de replegarse al último atrincheramiento, al baluarte de la torre, adonde fueron asimismo a defender sus compañeros el sargento Ventura Ruiz y los soldados José María Cervantes (a) Nahuite y Clemente Mancilla, quienes, perdidos sus fortines y también sin jefes, se dirigieron a la torre, donde pelearon heroicamente y murieron sobre las bóvedas del templo los dos últimos y Ruiz sobre la azotea de la sacristía. Tres figuras honrosísimas: Portillo, Cervantes y Mancilla, que se distinguieron en aquel lance, acaso comparables en valor al del héroe de aquel memorable sitio.

"Además, la solicitud del interesado, que en la actualidad cuenta noventa y tres años de edad, viene respaldada por las principales autoridades del Estado de Zacatecas, certificando éstas lo dicho por el soldado Portillo, como los conceptos estampados en el folleto de referencia.

"Esta comisión, considerando que el C. Portillo es uno de tantos héroes que merecen el bien de la patria y la gratitud de todos los mexicanos, y estimando en muy importantes los servicios que éste prestó a la nación en defensa de su integridad, es de parecer que se conceda la pensión solicitada, y así tiene el honor de proponerlo a vuestra soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. En recompensa a los servicios que prestó a la patria, durante la Guerra de Intervención Francesa, el soldado Bruno Portillo, se le concede una pensión de dos pesos diarios, que le pagará íntegramente la Tesorería General de la Federación.

"Sala de comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 8 de diciembre de 1925.- A. Campillo Seyde.- F. González Madrid."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"Por acuerdo de vuestra soberanía tocó conocer a esta 1a. Comisión de Hacienda, de la solicitud de jubilación del C. José de Jesús López, empleado del ramo de Correos. El peticionario ha justificado ante esta comisión, que llevaba veintinueve años de prestar sus servicios en el año de 1923, cuando hizo su solicitud, de tal suerte, que a la fecha son ya más de treinta años los que se le pueden computar. Como este período es el menor que se requiere para obtener jubilación, creemos nosotros que el C. López está ya en condiciones legales para que se le conceda lo que pide y, en consecuencia, solicitamos de esta H. Asamblea se sirva aprobar el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede jubilación al C. José de Jesús López, quien ha prestado por más de treinta años sus servicios a la nación en el ramo de Correos. La cuota diaria que se le fija es la de dos pesos, mitad del sueldo de que disfruta actualmente como inspector del servicio urbano de Correos en San Luis Potosí.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1925.- Filiberto Gómez.- Luis Sánchez de Cima."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"2a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"Con fecha 1o. de octubre del presente año, la señora Micaela Aguilar elevó ante esta H. Cámara un memorial, en que pide le sea otorgada una pensión en virtud de haber muerto en campaña su esposo, el soldado Abraham Caballero. "El asunto de referencia fue turnado a la subscripta Comisión de Guerra, la cual, para orientar su criterio, estudió con todo detenimiento la documentación que forma el expediente respectivo, desprendiéndose de la misma que el soldado Abraham Caballero sucumbió en la acción de armas de Ocotlán, Jalisco, combatiendo la asonada delahuertista, militando en el cincuenta y seis batallón, que era a las órdenes del C. general José María Sánchez. Además, está perfectamente comprobado el parentesco de la solicitante con el finado, pues ésta acompañó el acta del Registro Civil respectiva.

"Por lo anteriormente expuesto, somos de parecer que se conceda la pensión que se pide, y así tenemos el honor de proponerlo a vuestra soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por haber muerto en campaña durante el último movimiento armado, el soldado Abraham Caballero, se concede a su viuda, la señora Micaela Aguilar, una pensión de un peso cincuenta centavos diarios, que le pagará íntegramente la Tesorería General de la Federación, mientras conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, a 12 de noviembre de 1925.- José María Sánchez.- J. Romero G." Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"2a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"El C. Herculano Tamayo, padre del extinto soldado Fidencio Tamayo, se dirigió a esta H. Representación Nacional, por medio de un escrito fechado el 2 de los corrientes, solicitando se le otorgue una pensión por haber muerto su citado hijo en campaña.

"El C. Tamayo, para fundar su petición, manifiesta: Que es padre del finado soldado Fidencio Tamayo, muerto en la batalla de Ocotlán, Jalisco, cuando militaba a las órdenes del general José María Sánchez, que comandaba el 56 batallón, y en combate contra las huestes delahuertistas; que su avanzada edad y enfermedades que ha padecido desde la muerte de su citado hijo, le han hecho la vida bastante penosa, por lo que ruega a la H. Cámara se sirva acordar de conformidad su solicitud.

"El presidente de la Comisión de Guerra que formula este dictamen fue el jefe inmediato del soldado desaparecido, por lo que le consta lo expresado por el recurrente. Además, el señor Herculano Tamayo es un anciano imposibilitado para trabajar, encontrándose actualmente en condiciones económicas verdaderamente desesperadas; por lo que somos de parecer que se conceda la gracia pedida, y así tenemos el honor de proponerlo a vuestra soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede al C. Herculano Tamayo, por la muerte en campaña de su hijo, el soldado Fidencio Tamayo, una pensión de un peso cincuenta centavos diarios, que le pagará íntegramente la Tesorería General de la Nación.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, a 29 de octubre de 1925.- José María Sánchez.- I. Romero G." Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"El 16 de enero de 1923, el C. Cruz Castañeda, mensajero de Correos entre Meoqui y Estación Ortiz, ambos puntos del Estado de Chihuahua, solicitó se le concediera pensión por haber prestado sus servicios en dicho empleo por más de 20 años. El interesado aduce como razones para solicitar la pensión de que hacemos mérito, la de encontrarse afectada su salud en general, y particularmente su vista, facultad de la que ya casi carece. El escrito del interesado se turnó a esta comisión para su dictamen, y del estudio que se ha hecho de la documentación presentada, hemos llegado al convencimiento de que es de justicia otorgar la gracia pedida, y, en tal concepto, venimos a solicitar de ustedes la aprobación del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede pensión de $1.50 diarios al C. Cruz Castañeda, quien ha prestado sus servicios por más de 20 años en el ramo de Correos como mensajero entre Meoqui y Estación Ortiz, Chihuahua.

"La Tesorería General de la Nación pagará íntegra esta pensión. "Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 28 de septiembre de 1925.- L. Sánchez de Cima.- Rufino Zavaleta."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"El C. Pedro Ramos García, en ocurso de 30 de diciembre de 1921, solicitó de esta Representación Nacional se le concediera su jubilación por haber prestado durante 27 años consecutivos sus servicios a la Administración pública, en el ramo de Aduanas.

"Esta comisión, tomando en cuenta el lapso prolongado de tiempo que el solicitante ha dedicado al servicio público, así como que durante todo él su comportamiento fue correcto y su labor honrada, es de parecer que se otorgue la gracia pedida, en la inteligencia de que al hacer esta concesión le fija la cuota diaria de $2.00, que es justamente la mitad del último sueldo que disfrutó el interesado en el año de 1896, como oficial cuarto de la Aduana de Veracruz.

"Y, en esta virtud, sometemos ante vuestra consideración, para que sea aprobado, en su caso, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede jubilación de $2.00 diarios, al C. Pedro Ramos García, por los servicios que prestó a la Administración pública durante más de 27 años, en el ramo de Aduanas.

"Dicha jubilación le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 28 de septiembre de 1925.- L. Sánchez de Cima.- Rufino Zavaleta."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1o. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"A esta comisión fue turnado el escrito en que el C. Atanasio Ramírez solicita de esta H. Cámara que le sea concedida una pensión por haber trabajado en el ramo de Aduanas por más de 25 años y por encontrarse a la fecha en condiciones tales de salud, que se encuentra impedido para el desempeño de sus labores.

"Las constancias que obran en el expediente y que sirven al interesado para fundar su solicitud, han dejado a la comisión que subscribe plenamente

convencida de que la gracia que solicita el interesado está justificada, y así se permite solicitar la aprobación de esta H. Asamblea, del siguiente proyecto de decreto, que viene al calce, y en el que se señalan $2.00 diarios como pensión al C. Ramírez, por ser esta cantidad el 50 por ciento del último sueldo de que disfrutó como empleado federal.

"Proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede jubilación al C. Atanasio Ramírez, por haber prestado más de 25 años sus servicios a la Federación en el ramo de Aduanas.

"La cuota diaria que le cubrirá íntegramente la Tesorería General de la Nación, será la de $2.00.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 28 de septiembre de 1925.- L. Sánchez de Cima.- Rufino Zavaleta."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"2a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"A la Comisión de Guerra que subscribe, le tocó conocer, en turno, del escrito que con fecha 23 de septiembre de 1919, elevó ante la H. Representación Nacional, el C. Cleofas Costilla, en que solicita se le otorgue una pensión, en recompensa a los servicios que prestó a la patria durante la guerra de intervención francesa.

"Revisados con toda minuciosidad los documentos que el C. Costilla tuvo a bien acompañar a su petición, se encontraron comprobantes fehacientes que demuestran que el propio ciudadano sirvió a la patria en los momentos precisos en que el llamado imperio se derrumbaba en la ciudad de Querétaro. Existe agregado al expediente un diploma que acredita al peticionario como defensor de la integridad nacional, así como de las instituciones republicanas. También la comisión pudo enterarse de que el C. Costilla, que cuenta en la actualidad una edad bastante avanzada, está imposibilitado para trabajar, y por esta circunstancia atraviesa por una situación verdaderamente aflictiva.

"Por todo lo expuesto, creemos de justicia que se otorgue la pensión solicitada, ya que los servicios que el C. Costilla prestó a la nación en épocas aciagas, son de los que por su importancia merecen ser recompensados. "En tal virtud, tenemos el honor de someter a la aprobación de vuestra soberanía, el siguiente proyecto de decreto: "Artículo único. Por los servicios que prestó a la patria durante la guerra de intervención francesa el C. subteniente Cleofas Costilla, se le concede una pensión de dos pesos diarios, que le pagará íntegramente la Tesorería General de la Federación.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 13 de octubre de 1924.- J. M. Sánchez.- Ismael Romero G."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Comisión de Marina.

"H. Asamblea:

"A la subscripta Comisión de Marina le tocó conocer del escrito que, con fecha 6 de octubre del año próximo pasado, dirigió a esta H. Representación Nacional la señora Ana Rivera viuda de Carreón, en que solicita se le otorgue una pensión en recompensa a los servicios que prestó a la Marina de Guerra su extinto esposo, el ciudadano comodoro Francisco L. Carreón.

"El asunto de que se trata fue estudiado por la citada comisión, la cual, al revisar la documentación que forma el expediente respectivo, encontró que el extinto comodoro Carreón prestó muy importantes servicios a la República, durante más de treinta y seis años, habiendo iniciado su carrera el año de 1880, en que ingresó al Colegio Militar, concluyendo ésta en 1914. Fue acreedor, por su valor y por sus conocimientos técnicos, a recompensas y comisiones de confianza que le confirieron las administraciones pasadas, distinguiéndolo, además, los gobiernos de los Estados Unidos y España; el primero le otorgó un voto de gracias por su arrojo y abnegación al salvar la tripulación de una embarcación americana, y el segundo le concedió la condecoración de segunda clase del Mérito Naval.

"Por lo anteriormente expresado y estando comprobado legalmente el parentesco de la ocursante con el extinto marino, los subscritos estiman de justicia conceder la pensión que se solicita, y así tienen el honor de proponerlo a vuestra soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los importantes servicios que prestó a la nación el extinto comodoro Francisco L. Carreón, se concede a su viuda, la señora Ana Rivera, una pensión de cinco pesos diarios, que le pagará la Tesorería General de la Nación mientras conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, a 16 de diciembre de 1924.- E. Von Borstel M.- E. Carpió."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"A la subscripta comisión le fue turnado el memorial que, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, remitió a esta H. Cámara el C. César M. Kampfner, por el cual solicita se le jubile en virtud de haber prestado sus servicios a la nación durante más de treinta años.

"Estudiados debidamente por esta comisión los documentos que forman el expediente respectivo, de ellos se desprende que el C. César M. Kampfner comenzó a prestar sus servicios en el año de 1890, con el carácter de meritorio de la Secretaría de Hacienda, y desde esa fecha hasta el año de 1920, en que fue cesado, dicho ciudadano desempeño con

eficiencia y honradez infinidad de empleos, siendo el último el de contador de tercera de la Jefatura de Hacienda en el Estado de Durango, que era retribuído según el Presupuesto del citado año de 1920, con la cuota de ocho pesos diarios.

"Por lo anteriormente expuesto, somos de opinión que se conceda la jubilación solicitada, y siguiendo el precedente en casos semejantes, estimamos equitativo asignarle al peticionario la suma de cuatro pesos diarios, que equivale al cincuenta por ciento del sueldo del último empleo que desempeñó, permitiéndonos someter a la aprobación de vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede jubilación al C. César M. Kampfner por más de treinta años de servicios prestados al Gobierno federal, y se señala como haber diario, que disfrutar íntegramente a partir de la fecha de la publicación de este decreto en el Diario Oficial, la cantidad de cuatro pesos.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 15 de diciembre de 1925.- Filiberto Gómez.- Luis Sánchez de Cima."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"2a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"Para su estudio y dictamen fue pasada a la comisión que subscribe, la solicitud que con fecha 29 de mayo de 1909 elevó ante la consideración de la H. Representación Nacional, la señora Macrina Vásquez viuda de Mena, con objeto de que se le conceda una pensión como recompensa a los servicios que prestó a la patria su finado esposo, el C. coronel de caballería, Margarito Mena.

"Hecho el examen correspondiente de la hoja de servicios del finado coronel Mena, la comisión se ha enterado de que dicho militar inició la carrera de las armas como alférez, el 24 de mayo de 1844, haciéndose acreedor por su valor, constancia y honradez a la obtención de sus grados por riguroso escalafón, hasta llegar al de coronel de caballería permanente.

"Prestó sus servicios en varios cuerpos y desempeñó con atingencia las comisiones que le encomendó la Federación, habiendo concurrido a las acciones de guerra siguientes: En 1847, tomó parte en la batalla de la Angostura contra el invasor norteamericano y derrotó a los indios bárbaros en el rancho de San Juan del Salado, donde se portó con bizarría; en 1856, cooperó en la batalla de Ocotlán, atacó el cerro de San Juan y ocupó con sus fuerzas la garita de Cholula, tomando muy directa participación en el sitio de Puebla ese mismo mes y año; en 1857, sitió y atacó con sus fuerzas el cerro de la Magdalena, derrotando a las chusmas reaccionarias en las lomas de la Esperanza, atacando igualmente los cerros de Sombrerete y la Laja; en 58, combatió en Arroyo Francisco e hizo capitular a la División de Guanajuato, en el pueblo de Romita; en 59, tomó participación en la campaña de los Estados de Guanajuato y Michoacán y atacó a las fuerzas de Woll en los suburbios de León; en 61, cooperó a la toma de la plaza de Tolimán; en 62, combatió en la Barranca Seca; en 63, luchó en el asalto de la plaza de Morelia; en 64, tomó participación en la derrota que sufrió el Ejército Republicano a inmediaciones de Jiquilpan, y, por último, cooperó a la toma de la plaza de Querétaro, el 15 de mayo de 1867.

"El grado de teniente coronel fue el premio que el supremo Gobierno le otorgó al C. Mena por la acción de la Angostura en el año de 1847, obteniendo la condecoración por el sitio y toma de la plaza de Querétaro en 1867; se le abonó tiempo doble de campaña por la Guerra de Intervención.

"Los servicios prestados a la nación por el finado coronel Margarito Mena, hacen un total de cuarenta y dos años, un mes y diez y seis días.

"Por todo lo expuesto, y estando comprobado que la situación por que atraviesa en la actualidad la señora viuda de Mena, es verdaderamente aflictiva, la subscripta comisión considera que es de justicia que como recompensa de los servicios prestados a la patria por el C. coronel Mena, que bien pueden reputarse como importantes, se otorgue una pensión a sus deudos, permitiéndose proponer a la aprobación de vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede a la señora Macrina Vásquez viuda de Mena, una pensión de tres pesos diarios, que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación, como recompensa a los servicios que prestó a la patria su finado esposo, el coronel Margarito Mena. Esta pensión la disfrutará la interesada mientras no cambie de estado.

"Sala de comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, a 9 de noviembre de 1922.- Aurelio Sepúlveda.- R. Reyes Márquez.- F. Gómez."

"Los subscritos, miembros de la 3a. Comisión de Guerra de la actual Legislatura, han estudiado el dictamen que antecede y lo encuentran de acuerdo con su criterio, por lo que lo hacen suyo en todas sus partes, permitiéndose el honor de someterlo a la discusión y aprobación de vuestra soberanía.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 2 de octubre de 1924.- A. Campillo Seyde.- F. González Madrid."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"El C. Rafael Ortiz, actual administrador de Correos en San Miguel Allende, Gto., el 7 de octubre del año próximo pasado presentó ante esta H. Cámara una solicitud de jubilación por llevar más de cuarenta años de prestar sus servicios al Gobierno federal. De los numerosos documentos que remitió el señor Ortiz para justificar su petición, se desprende que, en realidad, el tiempo de servicios que señala el interesado es exacto, y de una hoja de servicios de la Dirección General de Correos, también se desprende que el

interesado siempre fue de buena conducta y no mereció por causa alguna reconvención o castigo de sus superiores. En tal virtud, proponemos que esta H. Cámara se sirva aprobar el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede jubilación al C. Rafael Ortiz, por haber prestado más de cuarenta años consecutivos sus servicios al Gobierno federal, y la cuota diaria que se le asigna, la cual le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación, es de dos pesos veinticinco centavos.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1925.- Filiberto Gómez.- Luis Sánchez de Cima."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"2a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"La señora Erutila Hernández viuda de Figueroa, por medio de un escrito fechado el 8 de junio del año próximo pasado, ocurrió ante esta H. Cámara solicitando se le otorgue una pensión en recompensa a los servicios que prestó al país en épocas aciagas, su finado esposo, el teniente de infantería Rodrigo Figueroa. Dicho asunto fue turnado a la 2a. Comisión de Guerra.

"Expone la peticionaria para fundar su solicitud: Que habiendo quedado en absoluta pobreza desde que murió su esposo en el año de 1917, se dirigió a las secretarías de Guerra y de Hacienda, pidiéndoles que, en atención a los servicios que su citado esposo prestó a la patria, se le concediera una recompensa o un auxilio pecuniario para aliviar sus múltiples necesidades, pero se le contestó que ocurriera a esta H. Asamblea que era la capacitada para decretar pensiones; que su esposo prestó servicios militares a la nación durante muchos años, tomando muy activa participación durante la guerra de intervención francesa, sosteniéndose siempre del lado de los gobiernos liberales, y concluye su petición manifestando que en el año de 1903, el Gobierno le otorgó a su repetido esposo, patente de retiro con un sueldo anual de $643.30.

"Revisada con toda minuciosidad la documentación que forma el expediente respectivo, esta comisión pudo comprender fácilmente lo aseverado por la interesada, haciendo notar que, efectivamente, el finado teniente Rodrigo Figueroa tuvo la gloria de haber combatido al invasor francés en varias acciones, en los años de 1861 a 1867; por lo que estima de elemental justicia y como homenaje a los hombres que defendieron la integridad nacional, conceder la pensión que se solicita y así se permite el honor de proponerlo a la aprobación de vuestra soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los servicios que prestó a la patria en la época de la intervención francesa el finado teniente de infantería, Rodrigo Figueroa, se concede a su viuda, la señora Erutila Hernández, una pensión de un peso cincuenta centavos diarios, que le será cubierta íntegramente por la Tesorería General de la Federación, mientras conserve su actual estado civil".

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, a 15 de noviembre de 1922.- F. Gómez.- Aurelio Sepúlveda.- R. Garibay."

"Los subscritos, miembros de la 3o. Comisión de Guerra de la actual Legislatura de la Unión, han estudiado en todas sus partes el dictamen que antecede, encontrándolo de acuerdo con su criterio, por lo que lo hacen suyo y lo someten a vuestra soberanía para su aprobación.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, a 2 de octubre de 1924.- A. Campillo Seyde.- F. González Madrid."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"2a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"Las señoritas María Mercedes, María Guadalupe y Rosa María Puga, hijas del extinto teniente coronel Lucio Puga, por medio de un ocurso dirigido a esta H. Representación Nacional con fecha 6 de diciembre de 1924, solicitan les sea pasada la pensión de que disfrutaba su finado padre. Dicho asunto fue turnado, para su resolución, a la 2a. Comisión de Guerra.

"La comisión, para emitir su dictamen, tuvo que estudiar detenidamente los documentos que componen el expediente respectivo, encontrando entre ellos la hoja de servicios del extinto militar, de la cual nos proponemos reproducir los hechos más salientes: Tomó parte en una expedición al Sur de la República, en diciembre de 1859, militando a las órdenes del coronel Nicolás Regules; concurrió a la batalla de Silao de la Victoria el 10 de agosto de 1860; ataque a la plaza de Orizaba el 13 de junio de 1862 contra los franceses; estuvo en el sitio de Puebla en 1863, en donde fue hecho prisionero; combatió en las cumbres de Acultzingo y, por último, concurrió a la batalla de Matehuala el 14 de mayo de 1864, contra los franceses y sus aliados.

"Las peticionarias, para justificar sus derechos, enviaron copias de unas diligencias de jurisdicción voluntaria, pues como en aquel tiempo no había juzgados del registro Civil, no fueron registradas como hijas legítimas. "Los servicios prestados por el extinto coronel Lucio Puga al país, son de los que se reputan como importantes y dignos de recompensa, por lo que somos de parecer que se otorgue la pensión que solicitan, y así tenemos el honor de proponerlo a vuestra soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. En recompensa a los servicios que prestó a la patria el extinto teniente coronel Lucio Puga, se concede a sus hijas, las señoritas María Mercedes, María Guadalupe y Rosa María Puga, una pensión de un peso cincuenta centavos

diarios a cada una, que les pagará íntegramente la Tesorería General de la Nación, mientras permanezcan débiles.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 10 de diciembre de 1925.- J. M. Sánchez.- Ismael Romero G."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1o. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"La señorita Sofía Franco, hija del extinto brigadier del Ejército, C. Francisco Franco, presentó ante esta H. Cámara una solicitud de pensión por los servicios que a la patria prestó el citado ciudadano. Juntamente con su petición, la señorita Franco envió documentos bastantes para comprobar que en realidad el señor su padre figuró en el Ejército Nacional desde el 31 de diciembre de 1857, en que inició su carrera como alférez de la Guardia Nacional, hasta el 15 de mayo de 1902, fecha esta última en la que ya disfrutaba del grado de brigadier. El expresado militar, según se desprende de los documentos que esta comisión ha tenido a la vista, combatió en la Guerra de Reforma y contra la intervención y el imperio, amén de otras muchas acciones militares posteriores a los hechos de armas arriba citados, hechos que, a juicio de los subscritos, son bastantes para justificar la petición de la interesada, quien, además, se halla comprendida dentro de los términos de la Ley de 29 de mayo de 1896.

"En virtud de lo anteriormente expuesto y con la creencia de que se trata de un acto de justicia, sometemos a la aprobación de vuestra soberanía, previa dispensa de trámites, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede a la señorita Sofía F. Franco una pensión de tres pesos diarios, como recompensa a los servicios prestados a la nación por su extinto padre, el general brigadier Francisco Franco. Esta pensión le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Federación, mientras conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 20 de octubre de 1924.- Juvencio Nochebuena.- David S. López."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1o. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"El C. Antonio M. Gutiérrez presentó el 30 de septiembre de 1921 una solicitud de jubilación ante esta H. Cámara, por haber prestado treinta y cinco años consecutivos sus servicios en la Contaduría Mayor de Hacienda, dependencia del Poder Legislativo. A la solicitud referida vinieron adjuntos diversos documentos que comprueban plenamente lo asentado por el peticionario, así como que los servicios que prestó fueron siempre eficientes y que la conducta que observó fue siempre intachable. Esta comisión, a la que, por acuerdo de vuestra soberanía, tocó conocer de la solicitud del C. Gutiérrez, consecuente con su criterio de otorgar las debidas recompensas a los viejos y buenos servidores de la nación, se permite solicitar de vuestra soberanía la aprobación del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede jubilación al C. Antonio M. Gutiérrez, quien prestó sus servicios más de treinta años consecutivos al Poder Legislativo. La cuota diaria que se le fija es la de cuatro pesos cincuenta centavos, que le ser pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1925.- Filiberto Gómez.- Luis Sánchez de Cima."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"2a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"A la Comisión de Guerra que formula el presente dictamen, le fue turnado, por acuerdo de vuestra soberanía, el memorial que, con fecha 22 de octubre último, elevó ante esta H. Cámara la señorita Catalina de los Dolores Rubalcaba, solicitando se le aumente la pensión de que viene disfrutando como hija del finado coronel Felipe Rubalcaba.

"La comisión es de parecer que se conceda el aumento solicitado, teniendo en cuenta que la pensión de dos pesos diarios de que actualmente goza la peticionaria, le es insuficiente para vivir decorosamente. Además, el monto de la asignación de que se trata no corresponde a la categoría militar del extinto, pues éste ostentó el grado de coronel y prestó muy importantes servicios a la República, precisamente en la época de la invasión francesa.

"Por lo anteriormente expuesto, tenemos el honor de someter a la aprobación de vuestra soberanía, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo 1o. Se deroga el decreto de 11 de diciembre de 1911, que concede una pensión de mil trescientos ochenta pesos anuales a la señorita Catalina de los Dolores Rubalcaba.

"Artículo 2o. En recompensa a los servicios que prestó a la patria el extinto coronel Felipe Rubalcaba, se concede a su hija, la señorita Catalina de los Dolores Rubalcaba, una pensión de cuatro pesos diarios, que le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1925.- J. M. Sánchez.- Ismael Romero G."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"3o. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"A la Comisión de Guerra que subscribe fue turnado, por acuerdo de vuestra soberanía, el escrito

que con fecha 30 de septiembre del año en curso, dirigió a esta H. Cámara la señora Francisca Santa Cruz viuda de León, en que solicita se le otorgue una pensión por los servicios que prestó a la República su finado padre el C. comandante de Escuadrón Tomás Santa Cruz.

"Revisado con todo detenimiento el expediente respectivo, esta comisión encontró un certificado expedido por el entonces ciudadano presidente de la República, licenciado Benito Juárez, en el que se asienta que el extinto militar peleó contra los franceses en las cumbres de Acultzingo.

"Además, corre agregada al expediente mencionado la hoja de servicios del referido militar, en la cual constan los siguientes hechos de armas:

"Perteneciendo a la Compañía de Granaderos del Batallón de Defensores de Saltillo, tomó parte en la acción de armas llevada a cabo el 23 de febrero de 1839 en las inmediaciones de dicha ciudad, contra los sublevados de Monclova y la Frontera, en la que se portó con bizarría; con la misma categoría sufrió el sitio que por tres días puso en la citada ciudad el general Pedro Lemus y en cuyo tiempo también se portó con valor; en 29 de octubre de 1840, se incorporó a las fuerzas del general Cayetano Montoya, tomando parte en la acción de armas efectuada en los suburbios de la ciudad de Saltillo contra aventureros texanos, portándose igualmente con valor y decisión. "Esta comisión estima que los servicios prestados al país por el tantas veces citado comandante Tomás Santa Cruz, son de los que, por su importancia, merecen ser recompensados, y así tenemos el honor de proponerlo a vuestra soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. En recompensa a los servicios que prestó a la patria durante la guerra de intervención francesa, el extinto comandante de escuadrón Tomás Santa Cruz, se concede a su hija, la señora Francisca Santa Cruz viuda de León, una pensión de dos pesos diarios, que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 10 de diciembre de 1925.- A. Campillo Seyde.- F. González Madrid."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"2a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"Con fecha 30 de octubre del año en curso, la señora Evangelina Carpió elevó ante esta H. Cámara un memorial en que pide se le otorgue una pensión por haber muerto en campaña su esposo el C. capitán 1o. Darío Fuentes.

"El memorial de referencia fue turnado a la Comisión de Guerra que subscribe, la cual, al revisar los documentos que acompañó la peticionaria, encontró un certificado firmado por el C. general Pedro Gabay, en el que se asienta que el C. capitán Darío Fuentes murió en un combate librado en la hacienda de Vaquerías, Estado de Hidalgo, en contra del infidente Marcial Cavazos.

"El solo hecho de que el referido militar haya sucumbido defendiendo a un Gobierno legítimo, como lo fue el que presidió el C. general Obregón, da derecho a la interesada, de acuerdo con la ley, para disfrutar de la pensión que solicita, y en esta virtud, tenemos el honor de someter a la aprobación de vuestra soberanía, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. En virtud de haber muerto en campaña el C. capitán 1o. Darío Fuentes, se concede a su viuda, la señora Evangelina Carpió, una pensión de tres pesos sesenta centavos diarios, que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 4 de diciembre de 1925.- J. M. Sánchez.- Ismael Romero G."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"La señora Guillermina Bravo, viuda del general brigadier Baltasar Téllez Girón, presentó ante esta Cámara una solicitud de pensión por los servicios que prestó a la patria el extinto militar citado. La solicitud referida fue turnada a esta 1a. Comisión de Guerra, la que se enteró debidamente de la documentación nutrida que presentó la interesada. Por ella vino en conocimiento de que la actuación militar del desaparecido fue brillante y abarca un período de cuarenta y seis años, contados desde 1854, en que el fallecido ingresó al Ejército como alférez de la Guardia Nacional, hasta el año de 1900, en que se le reconoció el grado de general brigadier, con antigüedad de 1o. de julio de 1864.

"Por considerar los que subscribimos que en este caso la ley y la justicia amparan a la señora Guillermina Bravo viuda de Téllez Girón, nos permitimos proponer ante vuestra soberanía la aprobación del siguiente proyecto de decreto:

"Por los servicios que prestó a la patria el extinto general Baltasar Téllez Girón, se concede a su viuda, la señora Guillermina Bravo, una pensión de ocho pesos diarios, que le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 11 de diciembre de 1925.- Juvencio Nochebuena.- David S. López."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"La señora Matilde Ayala solicitó de esta H. Cámara que se le diera pensión por los servicios que a la Educación Pública Nacional prestó su esposo, el profesor Andrés Cabrera, quien acaba de fallecer. La peticionaria demostró ante la comisión, que fueron más de treinta años consecutivos

los que estuvo el extinto dependiendo de la Secretaría de Educación Pública, así como que la misma tramitaba ya en la época del fallecimiento de éste su jubilación, en vista del tiempo que llevaba de estar en servicio y de la eficiencia de la enseñanza que impartió.

"Los subscritos, que tienen la intención de conceder pensiones únicamente en los casos que se justifiquen de manera plena, considerando que el presente es uno de ellos, ante vuestra soberanía se permiten proponer, para su aprobación, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede pensión de dos pesos diarios a la señora Matilde Ayala viuda de Cabrera, por los servicios que a la educación pública nacional prestó su extinto esposo, el profesor don Andrés Cabrera.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso Federal. - México, D. F., a 13 de diciembre de 1925.- Filiberto Gómez.- Rufino Zavaleta."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"2a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"A la Comisión de Guerra que subscribe le fue turnado el memorial que remitió a esta H. Cámara, con fecha 16 de octubre del corriente año, la señora Jovita Contreras, en que solicita se le otorgue una pensión por haber muerto en campaña su esposo, el C. mayor Ignacio Ortiz.

"Revisados con toda escrupulosidad los documentos que acompañó la interesada a su petición, los subscritos encontraron dos certificados expedidos, respectivamente, por los ciudadanos generales Sabino P. Burgos y José María Sánchez. En dichas constancias se expresa que el C. mayor Ignacio Ortiz falleció, en cumplimiento de su deber, en un combate librado en la plaza de Poncitlán, Jalisco, el 19 de febrero del año próximo pasado, contra las fuerzas infidentes del exgeneral Enrique Estrada. Existe, además, una acta del Juzgado del Registro Civil de esta capital, en que se hace constar que la interesada contrajo matrimonio con el desaparecido, y, por último, se justifica que la recurrente atraviesa por condiciones económicas demasiado críticas.

"El asunto de que se trata está comprendido en la Ley de Pensiones de 29 de mayo de 1896, pues que el hecho de que el militar citado haya perdido la vida defendiendo la estabilidad de un Gobierno legalmente constituído, como lo fue el que presidió el C. general Alvaro Obregón, da derecho a la señora Jovita Contreras para gozar del beneficio que pide.

"En tal virtud, tenemos el honor de someter a la aprobación de vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por haber muerto en campaña el C. mayor Ignacio Ortiz, se concede a su viuda, la señora Jovita Contreras, una pensión de tres pesos sesenta centavos diarios, que le pagará íntegramente la Tesorería General de la Nación, mientras conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 18 de diciembre de 1925.- José M. Sánchez.- Ismael Romero G."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"La señorita Elena Treviño Prieto solicitó de esta Cámara el 23 de octubre del año actual, que se reanude en su favor el pago de la pensión de que disfrutaba la señora Felipa Prieto viuda de Treviño, madre de la solicitante.

"La peticionaria acompaña documentos numerosos que justifican que es hija de la pensionista desaparecida y, además, un certificado expedido por el presidente de la República, C. Manuel González, en el que se establece que a falta de la señora Felipa Prieto, gozarán de la pensión para ella señalada, sus hijos; y de éstos solamente vive a la fecha, la señorita Elena.

"Con la muerte de la señora Felipa Prieto viuda de Treviño quedó suspendido indebidamente el pago de su pensión y la señorita Treviño Prieto también pretende se le abonen las cantidades que ha dejado de percibir desde la muerte de la viuda de Treviño. Esta comisión estima que es de absoluta justicia que se reanude el pago de la pensión de que aquí hacemos mérito, pero estima del todo improcedente que se abone la cantidad que ha dejado de percibir la solicitante; y, en consecuencia, se permite proponer ante vuestra soberanía, para su aprobación, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede a la señorita Elena Treviño Prieto una pensión de setecientos treinta y cuatro pesos anuales, que le corresponden como hija de la señora Felipa Prieto viuda de Treviño, que le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General.- - México, D. F., a 28 de diciembre de 1925.- J. Nochebuena.- David S. López." - Primera lectura.

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"El ocho de octubre del año actual, la señora Mercedes Ferrer solicitó de esta Cámara que se le aumente la pensión de que viene disfrutando desde 1871, como recompensa a los servicios que prestó a la nación su extinto padre, el teniente coronel José de Jesús Ferrer. La cantidad mensual que actualmente se abona a la señora Ferrer es de treinta y siete pesos, lo que, a juicio de esta comisión, resultan irrisorios para cubrir las necesidades de vida de la pensionista, y por considerar que cabe hacer una ligera modificación en la cuota que se le tiene

asignada, se permite proponer a vuestra soberanía que apruebe el siguiente proyecto de decreto:

"Se aumenta hasta la cantidad de sesenta pesos mensuales, la pensión de que a la fecha disfruta la señora Mercedes Ferrer, hija del extinto teniente coronel José de Jesús Ferrer.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México D. F., a 28 de diciembre de 1925. - J. Nochebuena. - David S. López."

- Primera Lectura.

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"3a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"La señora María de la Luz Domínguez y Trujillo, por medio de un memorial fechado el 8 de enero del año próximo pasado, se dirigió a esta H. Representación Nacional solicitando se le conceda una pensión en recompensa a los servicios que prestó a la patria su extinto esposo, el C. teniente de caballería Febronio Aguilar. Dicho asunto fue turnado, para dictamen, a la 3a. Comisión de Guerra.

"Revisada escrupulosamente toda la documentación que la señora viuda de Aguilar acompañó a su solicitud, los subscritos estiman que los servicios que prestó a la patria el militar de referencia, son de aquellos que se reputan como importantes, pues por los certificados expedidos por los generales Juan M. Méndez y Rafael Cuéllar, se justifica que el C. Febronio Aguilar combatió con las armas en la mano a la invasión francesa y al llamado imperio, asistiendo al sitio de Querétaro en el año de 1867.

"Acreditados perfectamente los derechos de la interesada con el extinto y comprobado, además, lo apremiante de su situación económica, somos de parecer que se conceda la pensión que se solicita, y así tenemos el honor de proponerlo a vuestra soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los servicios que prestó a la patria en la época de la invasión francesa el C. teniente Febronio Aguilar, se concede a su viuda, la señora María de la Luz Domínguez y Trujillo, una pensión de dos pesos diarios, que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 10 de diciembre de 1925. - A. Campillo Seyde. - F. González Madrid."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"3a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"A la Comisión de Guerra que subscribe le fue turnado el memorial que con fecha 5 de julio del año en curso elevo ante esta H. Cámara la señora María Ruiz viuda de Sánchez, solicitando se le otorgue una pensión en virtud de haber muerto en campaña su hijo, el C. sargento 2o. Cornelio Sánchez.

"Entre los documentos que forman el expediente respectivo, la comisión encontró varios certificados expedidos por jefes a cuyas órdenes militó el causante, en los cuales se expresa que el C. Cornelio Sánchez con el grado de sargento 2o. y perteneciendo a las fuerzas que comandaba el C. general Jesús M. Aguirre, sucumbió defendiendo al Gobierno constituido en las inmediaciones de Ocotlán, Jalisco, el 9 de febrero de 1924. Obran también varias actas del Registro Civil que justifican los derechos de la peticionaria y, por último, una constancia firmada por el presidente municipal de Ocotlán, en que corrobora lo expresado por la recurrente en su solicitud.

"El solo hecho de haber muerto en campaña el C. sargento 2o. Cornelio Sánchez, en defensa de la estabilidad de un Gobierno legítimamente constituído, hace acreedora a la señora María Ruiz a la pensión que con toda justicia le corresponde.

"Por lo expuesto, tenemos el honor de someter a vuestra aprobación el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. En virtud de haber muerto en campaña el C. sargento 2o. Cornelio Sánchez, se concede a su viuda, la señora María Ruiz, una pensión de dos pesos diarios, que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 18 de diciembre de 1925. - A. Campillo Seyde. - F. González Madrid." - Primera lectura.

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"2a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"El C. Augusto Gadea Rubio, con fecha 30 de noviembre del año próximo pasado, se dirigió a esta H. Cámara por medio de un memorial solicitando se le conceda su jubilación por haber prestado servicios a la Administración pública durante más de 38 años.

"El memorial de referencia fue turnado a la subscrita Comisión de Hacienda, la cual, para orientar su criterio y resolver lo conducente, tuvo que revisar uno por uno todos los documentos que el mismo señor Gadea acompañó a su instancia. De ellos se desprende que el peticionario ingresó a la Jefatura de Hacienda en el Estado de Guanajuato, con el carácter de meritorio, el 12 de septiembre de 1888, haciendo su carrera burocrática por riguroso escalafón, hasta obtener el ascenso de oficial en el ramo de Jefaturas de Hacienda, en el año de 1913. Después sirvió en la Secretaría de Hacienda durante tres años, con la categoría de escribiente de primera en la Dirección de Contabilidad y Glosa y, por último, ingresó al Departamento de Contraloría el año de 1919, en donde trabajó hasta marzo de 1924, en que fue cesado por economías.

"Hecho un resumen del tiempo que sirvió el C. Gadea Rubio en cada una de las oficinas expresadas, se llega al convencimiento de que el solicitante trabajó al Gobierno de la Federación durante más de treinta y ocho años, en cuyo período de tiempo agotó todas sus energías y su salud.

"Existe en el expediente un certificado del doctor I. González Robledo, en que se hace constar que el peticionario se encuentra enfermo y muy agotado a consecuencia del trabajo sedentario continuo que ha tenido durante muchos años. También está comprobado que el recurrente se encuentra en condiciones económicas bastante difíciles, así como su numerosa familia, de la cual es él el único sostén.

"Atenta esta comisión a lo anteriormente expuesto y considerando dignos de recompensa los servicios prestados a la nación por el C. Augusto Gadea Rubio, es de parecer que se le otorgue su jubilación, y así tiene el honor de proponerlo a vuestra soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. En recompensa a los servicios prestados a la Administración pública por el C. Augusto Gadea Rubio, durante más de 38 años, se le concede jubilación por la cantidad de cuatro pesos diarios, equivalente a la mitad del sueldo del último empleo que desempeñó.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 22 de octubre de 1925. - R. Parra. - P. M. Martínez." - Primera lectura.

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

- El C. secretario Torregrosa, leyendo:

"Comisión Inspectora.

"La Contaduría Mayor de Hacienda ha producido el informe de la glosa judiciaria practicada a la cuenta que, por el año de 1923, rindió el Ejecutivo.

"En dicho informe se señalan las deficiencias encontradas, las cuales han sido comunicadas al ejecutivo, para la regularización de las operaciones de contabilidad o para exigir las responsabilidades a que haya lugar en cada caso.

"Manifiesta la Contaduría Mayor de Hacienda, por lo que se refiere a los ingresos, que por haber vencido en el año de 1923 el contrato celebrado con la compañía concesionaria de las obras de canalización del puerto de Tampico, los derechos de Barra y Tonelaje cobrados desde 1o. de septiembre del mismo año son de considerarse como ingresos federales no afectados al mencionado contrato; por lo que no debe figurar en el Pasivo de la Hacienda Pública.

"Expone la Contaduría Mayor de Hacienda que, respecto a los egresos, no ha sido posible examinar la cuenta bajo el punto de vista que señala la fracción I del artículo 65 de la Constitución, en virtud de que por determinadas irregularidades de carácter técnico, y por la imposibilidad material de obtener los datos de los adeudos al 31 de diciembre, no fue posible al Ejecutivo efectuar el ajuste de las partidas del presupuesto, lo que dará como resultado que al hacerse los pagos pendientes en la fecha mencionada, así como al dar aplicación definitiva a numerosas cantidades que por defectos de comprobación o justificación se llevaron transitoriamente a cuentas auxiliares, es posible que algunas otras partidas del presupuesto, además de las que señala el Departamento de Contraloría, se excederán de las asignaciones autorizadas por ese ordenamiento.

"Indica también la Contaduría Mayor de Hacienda que los pagos que se acusan dentro de las partidas excedidas están justificados y comprobados debidamente, faltando sólo, para que tengan sanción legal, la expedición del decreto respectivo.

"Respecto a las cantidades a las que no se ha dado aplicación y de estar justificadas y pagadas con los requisitos exigidos por las leyes, pudiera hacerse igual consideración; debiéndose tener, además, presente lo anormal de la última época del año en que se inició la infidencia delahuertista, por lo que en esa situación anormal y por haber dedicado el Ejecutivo toda su atención a sofocar la rebelión, pasaron inadvertidos los excesos en las diferentes partidas del presupuesto, tanto por lo pagado como lo pendiente de aplicar; cuya suma, unida a la cantidad acusada por el Departamento de Contraloría en su Estado de Egresos, será el total de lo ejercido por cuenta del presupuesto; y la comparación de ese resultado con el total de las asignaciones, dará la diferencia sobregirada con cargo a las partidas del presupuesto.

"Respecto a los excesos en las partidas del presupuesto, en vista de los razonamientos antes expresados, esta comisión propone que, por las mismas circunstancias, sean aprobados con ampliaciones al presupuesto, para justificar los gastos erogados.

"Hace constar en su informe la Contaduría Mayor de Hacienda que no son de aprobarse por la Representación Nacional, algunas dispensas que el contralor general de la Nación, en virtud de las facultades que le concede el artículo 13 de su ley orgánica, concedió durante el año; así como tampoco otras sumas, que a todas luces se juzgan improcedentes, que se cargaron a las cuentas de Pérdidas del Erario.

"La comisión, por lo que concierne al punto anterior, opina que siendo la misma Contaduría Mayor la oficina técnica encargada de hacer el estudio detallado de la documentación que comprende la cuenta, por los motivos que expresa en su informe, son de rechazarse; por lo que el Ejecutivo debe regularizar la documentación que dispensa y exigir las responsabilidades civiles y penales por las cantidades llevadas a Pérdidas del Erario y por las que no se encuentra motivo justificado para su aplicación.

"Con motivo de la mala administración de las rentas federales y para nivelar en primer término los presupuestos, el presidente de la República, en acuerdo de 16 de octubre de 1923, autorizó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que ordenara un descuento de diez por ciento en los sueldos asignados a todos los funcionarios y empleados de las dependencias de la Administración.

Pública Federal, incluyendo a los miembros del Ejército. Este descuento quedó después perfectamente justificado, pues hubo necesidad de hacer las erogaciones extraordinarias que demandó la campaña contra la rebelión delahuertista.

"El acuerdo expresaba que el descuento se haría a reserva que la H. Cámara de Diputados aprobara la iniciativa que al efecto se le enviaba. En virtud de dicho acuerdo, se hizo el descuento ordenado.

"Como hasta la fecha no ha tenido sanción legal el descuento hecho a los empleados de la Federación se hace necesario que la H. Cámara de Diputados, de aprobar el procedimiento, expida el decreto correspondiente, para lo cual se presenta por separado para su aprobación.

"Del estudio que la Comisión Inspectora ha hecho del informe presentado, se deducen los siguientes puntos:

"1o. Con las salvedades anotadas y observaciones formuladas por la contaduría Mayor de Hacienda, es de aprobarse la cuenta presentada por el Ejecutivo correspondiente al año de 1923.

"2o. Es de recomendarse al Ejecutivo practique una liquidación de las cantidades cobradas por derechos de Barra y Tonelaje en el puerto de Tampico, a fin de que proponga a la Representación Nacional la forma de aplicar los derechos cobrados desde la terminación del contrato con la compañía cesionaria de las obras y se cancele el Pasivo que se hace figurar en el balance de la hacienda Pública Federal.

"3o. Son de ampliarse las partidas del presupuesto de 1923 en los términos del proyecto de decreto que se acompaña.

"4. Es de expedirse el decreto que apruebe el descuento de diez por ciento hecho en virtud del acuerdo presidencial de 16 de octubre de 1923, por haberse destinado a la nivelación de los presupuestos y para poder atender a los gastos contra la rebelión delahuertista.

"Además, como en la cuenta presentada por el Ejecutivo correspondiente al año de 1923, figuran algunas partidas excedidas en las asignaciones señaladas; y existen numerosas cantidades pendientes de aplicar, así como erogaciones que no se hicieron efectivas en el año de 1923, y que afectarán el presupuesto del mismo año; que el final de dicho período financiero fue anormal en vista de la revolución delahuertista, por lo que el Ejecutivo, dedicando toda su atención a la campaña y a las necesidades del momento, no pudo pedir las ampliaciones de las partidas; y finalmente, que como los pagos que figuran dentro de la cuenta del ejercicio expresado están debidamente justificados y comprobados, y que por lo que se refiere a los pendientes de hacer o de aplicar, es de exigirse la misma documentación, y de que el único requisito legal para la sanción de los gastos hechos es la expedición de la ley que lo autorice, esta Comisión Inspectora se permite someter a la consideración de la H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo 1o. Se amplían las partidas del Presupuesto del año 1923 en las cantidades que sean necesarias para cubrir los excesos habidos en la cuenta de la Hacienda Pública Federal por el mismo año, enviada por el Ejecutivo, así como en todas aquellas cantidades que sean necesarias para amparar los pagos pendientes en 31 de diciembre y darle la aplicación definitiva a las cantidades que provisionalmente figuren en cuentas auxiliares por defectos de justificación o comprobación.

"Artículo 2o. El Ejecutivo procederá a la depuración y aplicación definitiva de las cantidades que se encuentren en cuentas de orden, a fin de que se vea el saldo verdadero de la cuenta de la Hacienda Pública, para lo cual, en su caso, exigirá las responsabilidades a que hubiere lugar, conforme a los artículos 25 y 26 de la Ley de 6 de junio de 1904, haciéndolas efectivas, cuando procedan, de acuerdo con las disposiciones del artículo 27 de la Ley de 23 de mayo de 1910.

"Artículo 3o. El Departamento de Contraloría enviará a la Contaduría Mayor de Hacienda, una relación mensual de las operaciones que depure, correspondientes al año de 1923, la que dará cuenta con ella a la Comisión Inspectora.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 28 de diciembre de 1925. - Gilberto Fabila . - Ricardo Covarrubias. - Luis Ramírez Corzo. - Jesús Santos Mendiola." - Primera lectura. En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Comisión Inspectora.

"H. Asamblea:

"Considerando: Que con el fin de disminuir el monto de los gastos y erogaciones a fin de nivelar los presupuestos, el presidente de la República dictó un acuerdo con fecha 8 de octubre de 1923, ordenando un descuento de 10 por ciento sobre los sueldos y haberes a reserva de que esta Representación Nacional aprobará el procedimiento;

"Considerando: Que el procedimiento quedó justificado, pues con motivo de la rebelión delahuertista hubo necesidad de hacer erogaciones extraordinarias;

"Considerando: Que no fue expedido el decreto relativo en su oportunidad, por lo que a la fecha aparecen los descuentos ilegales, y

"Considerando: Que la reducción en el Presupuesto fue necesaria, como se dice en los considerandos primero y segundo, por urgentes necesidades que existían, esta Comisión Inspectora se permite someter a la aprobación de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se aprueba el acuerdo dictado por el ciudadano presidente de la República con fecha 8 de octubre de 1923, relativo a un descuento de 10 por ciento sobre sueldos y haberes, en vista de estar justificada la reducción del Presupuesto de ese año, con objeto de nivelar los presupuestos y después a atender los gastos que originó la rebelión delahuertista.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 28 de diciembre de 1925. - Gilberto Fabila. - Ricardo Covarrubias. - Luis Ramírez Corzo. - J. S. Mendiola."

El C. Cobarruvias: Pido la palabra para una aclaración.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Covarrubias.

El C. Covarrubias: Señores diputados:

En representación de la Comisión Inspectora de la Contaduría Mayor de Hacienda, vengo no precisamente a sostener la dispensa de trámites a estos proyectos de decreto, que ya la amabilidad de la Asamblea hizo que se dispensaran a efecto de que pasen al Ejecutivo para sus efectos constitucionales; vengo tan sólo en esta ocasión a deciros que la Comisión Inspectora se siente satisfecha de haber logrado en el término de su gestión, en el término de un año cuatro meses, la conclusión del remanente de expedientes que teníamos en estudio y que abarcaba los años de 21, 22 y 23. La Contaduría Mayor, por consiguiente, ha funcionado en lo que respecta al curso de los trabajos de la XXXI Legislatura de la Unión, y creo que todos nosotros los diputados podemos estar ampliamente satisfechos de haber llegado al resultado que se ha obtenido. Nosotros, al presentar a la consideración de vuestra soberanía el proyecto de la cuenta correspondiente al año de 1923, lo hacemos con la satisfacción de haber hecho el examen correspondiente, el examen escrupuloso, habiendo llegado a la conclusión de que, tal como lo decimos en este proyecto, tiene el Ejecutivo, aparte de todas las entradas dentro de las cuentas de la Hacienda pública, todavía una existencia, un saldo del que se ha hecho punto omiso, y es el que se refiere a los derechos de barra cobrados en el puerto de Tampico. Este asunto tiene la similitud que ya en alguna ocasión el compañero De Anda presentaba, relacionado con el diez por ciento de los Ferrocarriles, pues también en los derechos de barra del puerto de Tampico tiene el Gobierno cantidades que no ha percibido, y por este decreto le llamamos la atención para que cuanto antes vengan a nutrir la Tesorería General de la Nación para que sirvan a los gastos de la Hacienda pública. Después, por este otro proyecto de decreto que presentamos, ponemos a la consideración de vuestra soberanía la aprobación para el acuerdo del Ejecutivo, cuando en virtud de la escasez del Erario, en virtud de las condiciones de la revolución delahuertista, se decretó el descuento del diez por ciento sobre sueldos y haberes por las condiciones anormales que ya expresé. Creo que nosotros, los miembros de la Comisión Inspectora, podemos decir que en estos momentos estamos al corriente, que no tenemos pendiente sino el estudio de la cuenta de 24, y esto después que la revolución, en virtud de su período caótico, había ido agrupando expediente tras expediente y haciendo que en ocasiones se tuvieran hasta cuatro o cinco años sin estudio y sin resolución.

El C. secretario Torregrosa: En votación económica se consulta a la Asamblea si dispensa los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación. Se pasa a recoger la votación nominal de los proyectos ya leídos y reservados para su votación. Por la negativa.

El C. secretario Cerisola: Por la afirmativa. (Votación).

Votaron por la afirmativa siento cuarenta y seis ciudadanos diputados.

El C. secretario Torregrosa: Votó por la negativa un ciudadano diputado.

El C. secretario Cerisola: Fueron aprobados los proyectos de decreto. Pasan, unos al Ejecutivo y otros al Senado para sus efectos.

El C. presidente, a las 19.05: Se levanta la sesión y se cita para mañana a las diez y seis horas. Orden del día: Elección de la Comisión Permanente y de la Comisión Instaladora.