Legislatura XXXII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19271025 - Número de Diario 22
(L32A2P1oN022F19271025.xml)Núm. Diario:22ENCABEZADO
MÉXICO, MARTES 25 DE OCTUBRE DE 1927
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.
AÑO II.- PERIODO ORDINARIO XXXII LEGISLATURA TOMO II.- NÚMERO 22
SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
EFECTUADA EL DÍA 25 DE OCTUBRE DE 1927
SUMARIO
1.- Abierta la sesión se lee y aprueba el acta de la anterior. Rinde la protesta de ley el C. Waldemaro Ceballos Castilla, diputado suplente por el 1er. distrito electoral del Estado de Yucatán.
2.- Son aprobados tres dictámenes de la 2a. Comisión de puntos Constitucionales, por los que se concede permiso para usar condecoraciones de gobiernos extranjeros a los CC. Andrés Bocanegra, Arturo F. Lapham y Miguel Angel de Quevedo. Igualmente se aprueba un proyecto de decreto por el que se autoriza al Ejecutivo de la Unión para auxiliar con la cantidad de $50,000.00 a los damnificados por las inundaciones en el Estado de Tabasco. Pasan los tres primeros al Senado, y el Ultimo al Ejecutivo, para sus efectos.
3.- Se concede licencia al C. diputado Enrique L. Soto. Cartera. Es designada una comisión que asista a la toma de posesión del gobernador del Estado de Colima.
4.- Dictamen de la 1a. Comisión de Gobernación, por el que se faculta al Ayuntamiento de Villa Cecilia, Tams., para que disponga de los terrenos ganados al mar; se le dispensa la segunda lectura, y a discusión el primer día hábil. Elección de un miembro de la Gran Comisión por la Diputación de Veracruz; escrutinio; resultado; declaratoria.
5.- Es aprobado un proyecto de decreto presentado por numerosos ciudadanos diputados, por el que se convoca para elecciones extraordinarias de diputados al Congreso de la Unión por el 7o. distrito electoral del Estado de Chiapas; pasa al Ejecutivo para sus efectos.
6.- Sin debate es aprobado, previa dispensa de trámites, un dictamen de la 3a. Comisión de Gobernación, por el que se crea el municipio de la Magdalena, en el Distrito Federal; pasa al Senado. Se levanta la sesión.
DEBATE
Presidencia del C. CONSTANTINO MOLINA
(Asistencia de 137 ciudadanos diputados.)
El C. presidente, a las 18.10: Se abre la sesión.
- El C. secretario Silva, leyendo:
"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día veintiuno de octubre de mil novecientos veintisiete.
"Presidencia del C. Constantino Molina.
"En la ciudad de México, a las diez y ocho horas y diez minutos del viernes veintiuno de octubre de mil novecientos veintisiete, se abrió la sesión con asistencia de ciento treinta y nueve ciudadanos diputados.
"Una vez que en votación económica fue aprobada el acta de la sesión anterior, se dio cuenta con los asuntos en cartera:
"El C. diputado Raymundo Poveda C., solicita licencia indefinida a fin de desempeñar el cargo de magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, para el que fue electo por el Congreso de la Unión.
"Sin debate se concedió la licencia, acordándose llamar al suplente.
"Solicitud de licencia del C. diputado Ildefonso de la Peña, por veinte días, con goce de dietas.
"Concedida sin debate y en votación económica.
"La secretaria de Gobernación remite una iniciativa del Ejecutivo reformando y adicionando la Ley de 30 de diciembre de 1922, relacionada con el Departamento de la Estadística Nacional.- Recibo, y a la Comisión de Gobernación en turno.
"La misma secretaría envía los proyectos de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del municipio de Ensenada, Baja California, para el año de 1928.- Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.
"La Legislatura del Estado de Aguascalientes participa que acordó separar de su seno al C. Adalberto Villalpando, por aparecer responsable de delitos del orden común.- De enterado.
"El C. Aarón Sáenz participa que, previa la protesta de ley, tomó posesión del cargo de gobernador constitucional del Estado de Nuevo León, nombrando secretario general de Gobierno al C. licenciado José Benítez.- De enterado.
"El C. Jerónimo Siller comunica que hizo entrega del poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León al C. Aarón Sáenz, electo popularmente gobernador constitucional.- De enterado.
"El C. Manuel Monroy Baigén, magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Sur de la Baja California, remite un tanto del acta por medio de la cual la Administración de Justicia de La Paz protesta su adhesión al Gobierno constitucional.- De enterado.
"Dictamen de la Segunda Comisión de peticiones que consulta un acuerdo económico por el que se turna a la de Guerra que corresponda, el expediente formado con la solicitud de pensión del C. Rafael I. Escárcega.
"Aprobado sin debate.
"Dictamen de las comisiones unidas Segunda de Puntos Constitucionales y Tercera de Gobernación, que propone un acuerdo por el que se devuelve a la Cámara de Senadores, con observaciones, el Proyecto de reforma al párrafo cuarto de la fracción III del artículo 115 de la Constitución Federal.
"Aprobado en votación económica y sin debate.
"Dictamen de la segunda Comisión de peticiones, por el que se turna a la respectiva de Guerra la solicitud presentada por el C. Julián Jaramillo López, a fin de que se le conceda una pensión a su hermana la señorita Siladllin Jaramillo López.
"Aprobado.
"Dictamen de las comisiones unidas Primera de Crédito Público y Tercera de Gobernación, que consulta un acuerdo económico por el que se archiva el expediente formado con la iniciativa del Ejecutivo de la Unión, de 12 de diciembre de 1921, relativa a la construcción y venta de casas para empleados y obreros, en virtud de haberla declarado sin efecto el propio Ejecutivo.
"Sin que nadie usara de la palabra fue aprobado en votación económica.
"En seguida fueron puestos a discusión los siguientes proyectos de decreto:
"El que concede permiso al C. Andrés Bocanegra para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de la Cruz Blanca de primera clase del Mérito Militar, que le concedió el Gobierno Español:
"el que autoriza al C. Arturo F. Lapham para que acepte y use la
condecoración de tercer orden del Tesoro Sagrado, que le confirió el Gobierno del Japón, y "el que da al C. ingeniero Miguel Angel de Quevedo la autorización constitucional necesaria para aceptar y usar la condecoración de caballero del Mérito Agrícola, que ha tenido a bien concederle el Gobierno Francés.
"No habiendo quien objetara estos proyectos se reservaron para su votación nominal.
"Acto continuo se dio cuenta con un proyecto de decreto subscrito por los CC. Alejandro Ruiz S., Carlos Real, José Castilleja y otros numerosos ciudadanos diputados, que textualmente dice:
"Primero. El gobierno de la Federación, por conducto del Ejecutivo de la Unión, auxilia a los damnificados del Estado de Tabasco con la cantidad de cincuenta mil pesos, moneda nacional.
"Segundo. Se autoriza al ciudadano presidente de los Estados Unidos Mexicanos para disponer de la suma de referencia y para que estudie la mejor y más equitativa forma de distribución entre los damnificados."
"En votación económica le fueron dispensados los trámites a este proyecto y como nadie lo impugnara se acordó reservarlo para ser votado nominalmente.
"En seguida la Asamblea, en votación económica y previa la dispensa de todos los trámites, acordó afirmativamente la solicitud de licencia presentada por el C. diputado Gonzalo N. Santos, por un mes, con goce de dietas.
"Se procedió a recoger la votación nominal de todos los proyectos que se encontraban pendientes de este acto, y apareciendo del resultado que no había quórum, se levantó la sesión a las diez y nueve horas."
"Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
Estando a las puertas del salón el ciudadano Waldemaro Ceballos Castilla, suplente por el 1er. distrito electoral de Yucatán, se le va a tomar la protesta de ley. Se nombra en comisión para que lo introduzcan a rendirla, a los ciudadanos diputados Ariosto Castellanos, José E. Ancona, Pedro C. Rodríguez y secretario Silva. (Rinde la protesta. Aplausos.)
- El mismo C. secretario: Se va a proceder a tomar la votación nominal pendiente de los tres dictámenes de la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales, por los que se concede permiso para usar condecoraciones a los ciudadanos Andrés Bocanegra, Arturo F. Lapham y Miguel Angel de Quevedo, y del proyecto de decreto por el que se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que auxilie con la cantidad de $50,000.00 a los damnificados de las inundaciones en el Estado de Tabasco. Por la afirmativa.
El C. prosecretario Cortés Teixeira: Por la negativa. (Votación)
El C. secretario Silva: Se han recogido 146 votos por la afirmativa. Fueron aprobados por unanimidad los decretos. Pasan los tres primeros al Senado y el último al Ejecutivo para sus efectos.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"A los ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del congreso de la Unión.- México, D. F.
"El subscrito, diputado por el 10 distrito del Estado de Veracruz, teniendo necesidad de prestar su pequeña ayuda a la organización de la Hacienda Pública, al actual gobernador provisional de mi Estado, don Abel S. Rodríguez suplico a esa H. Asamblea me conceda una licencia ilimitada con goce de dietas, en virtud de que el tesoro del Estado se encuentre exhausto, creyendo que en poco tiempo podré terminar mi comisión, retornando al lado de ustedes.
"Anticipándoles que en caso de necesitarme esa H. Asamblea, estoy dispuesto a concurrir al primer llamado como siempre lo he hecho, para compartir con ustedes todo.
"Agradeciéndoles se sirvan dar cuenta y avisarme al resultado de ella, ofrezco a ustedes mi particular aprecio.
"Sufragio Efectivo. No Reelección.- Jalapa Enríquez, a 22 de octubre de 1927.- Diputado por el 10 distrito del Estado, Enrique L. Soto."
En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Concedida.
"La secretaría de Gobernación remite el proyecto de ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del municipio de Payo Obispo, Quintana Roo, para 1928, y un dictamen emitido por la Oficina Consultiva de la propia Secretaría."- Recibo y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.
"La XXV Legislatura del Estado de Colima invita a esta Cámara a la toma de posesión del C. Laureano Cervantes, gobernador constitucional del Estado, acto que tendrá verificativo el 1o. de noviembre próximo."- Recibo, y se nombra en comisión a los ciudadanos F. J. Silva, Daniel Orozco, A. Garza Castro, M. H. Ruiz y A. Méndez Macías.
"El C. Abel S. Rodríguez comunica que se hizo cargo del Gobierno provisional del Estado de Veracruz, habiendo designado secretario general del mismo al licenciado Enrique Rosas."- De enterado.
"El C. Leandro Aguilar comunica que con fecha 17 de los corrientes se hizo cargo de la Oficina Federal de Hacienda en Morelia, Mich., por entrega que de la misma le hizo el C. Francisco B. Gutiérrez."- De enterado.
"El C. licenciado Juan A. Veites avisa que tomó posesión de la Presidencia del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas."- De enterado.
"La Legislatura del Estado de Querétaro aprueba el proyecto de adiciones al artículo 37 de la Constitución General de la República, enviado por el Senado."- Recibo, y a la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales que tiene antecedentes.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"1a. Comisión de Gobernación.
"H. Asamblea:
"A la 1a. Comisión de Gobernación que subscribe fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente formado con motivo de la solicitud que por conducto del H. Congreso de Tamaulipas hace el presidente municipal de Villa de Cecilia, en la que pide se conceda al Ayuntamiento de la misma los terrenos ganados al mar.
"La subscrita Comisión, después de examinar detenidamente el asunto, habiendo tenido a la vista, entre otras cosas, el decreto del Gobierno de Tamaulipas fechado el 1o. de mayo de 1924, que erigió en Municipio Libre los poblados de doña Cecilia, Árbol Grande, Refinería de Petróleo "El Águila", la Barra, Miramar y adyacentes ubicados en la jurisdicción del municipio de Tampico, Tamps., bajo el nombre de municipio de Cecilia, por cuyo decreto se fijan a éste, como límites, los siguientes: Partiendo del Río Pánuco, una línea normal a la vía del Ferrocarril de Tampico a Monterrey que pasa por el kilómetro 672 de dicha línea hasta encontrar la vía de los tranvías eléctricos de Tampico a Miramar; de este punto, hacia el Oriente, siguiendo el derecho de vía de la referida línea, hasta el lindero demarcado por una mojonera de los terrenos nacionales de Andonegui; de este punto una línea hacia el Norte, luego hacia el Oriente, nuevamente hacia el Norte y por último hacia el Poniente, siguiendo el lindero de los referidos terrenos nacionales de Andonegui y demarcados por mojoneras hasta encontrar el camino de Andonegui al Arenal; de este punto, siguiendo este mismo camino y el de Arenal a Rancho Nuevo, hacia el Norte, hasta encontrar la línea divisoria entre los municipios de Altamira y Tampico, la cual se continúa hacia el Oriente hasta el mar. Hacia el Sur se sigue la costa hasta la desembocadura del Río Pánuco y, por último, siguiendo este río aguas arriba, hasta el punto de partida; el plano levantado del propio municipio de Villa de Cecilia, bajo la dirección del ingeniero J. Refugio Lara, cuyo plano de noción exacta de la extensión de terreno urbanizada; la población de 26,000 habitantes y por último el antecedente sobre concesiones de la naturaleza de la solicitada; por cuyo motivo los subscritos, estimamos que dentro de la acción progresista del municipio de Cecilia, acusada por su reciente erección en municipio libre, se impone el estímulo de favorecer esa acción otorgándole la ampliación de su exiguo territorio mediante la aplicación de los terrenos ganados al mar, con el fin de que éstos sean urbanizados y poblados en la forma y medida que lo exijan la población existente en el municipio y las condiciones de bienestar y progreso común de la misma población, permitiéndose, por tanto, en someter a la aprobación de Vuestra Soberanía el siguiente proyecto de decreto:
"Articulo único. Se faculta al Ayuntamiento de Villa de Cecilia, Estado de Tamaulipas, para que disponga de los terrenos ganados al mar en la medida que lo exijan su población y la ampliación de su urbanización municipal."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 24 de octubre de 1927.-F. López Soto.- Benito Juárez Ochoa."- Primera lectura.
Está de primera lectura, se pregunta en votación económica si se le dispensa la segunda. Los
que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada. A discusión el primer día hábil.
"H. Cámara de Diputados:
"Los subscritos, miembros de la diputación veracruzana, teniendo en cuenta que el ciudadano diputado Arturo Campillo Seyde, que la representaba en la gran Comisión, paso a ocupar una curul en el Senado, dejando acéfala la representación que se le había conferido, pedimos se proceda a la elección del que deba substituirlo.
"Protestamos a vuestra honorabilidad nuestra atenta consideración.
"Sufragio Efectivo No Reelección.- México, D. F., a 11 de octubre de 1927.-F. J. González.- E. Cortina.- P. Palazuelos L.- Ascanio Fernández Pinto.- Manuel Castellanos Quinto.- José C. López.- Pedro C. Rodríguez.- A. Cerisola.- Luis G. Márquez.- Ramón C. Mora.- Enrique L. Soto.- Guillermo Rodríguez.- T. E. Villegas.- P. Ruiz."
En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Aprobado. Se va a proceder a la elección de un miembro de la Gran Comisión por la diputación veracruzana. (Votación.) Se va a proceder al escrutinio. (Escrutinio.) Resultó electo, por unanimidad de 15 votos, el ciudadano diputado Ramón C. Mora.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaria, declara: es miembro de la Gran Comisión el ciudadano Ramón C. Mora. (Aplausos.)
"H. Cámara de Diputados:
"Los subscritos, diputados en funciones, con la consideración debida, ante Vuestra Honorabilidad, decimos:
"Desde el desafuero del diputado Ulises Vidal hasta la fecha, han transcurrido más que los días suficientes que la ley fija, para que el suplente respectivo se presentara ante esta H. Cámara a hacerse cargo de la vacante dejada por el mencionado diputado Vidal.
"Como la circunstancia indicada revela de una manera clara y terminante la deserción del puesto y la voluntad de no hacer caso de éste, desde luego no cabe la suposición sino la inteligencia de que el 7o. distrito electoral del Estado de Chiapas, cuya cabecera es el pueblo de Arriaga, ha quedado sin voz y sin representación en el seno de esta Representación Nacional.
"Por otra parte, la concurrencia de interés nacional y los particulares de aquel Estado, demandan urgentemente cuando menos la mayoría de sus representantes en esta H. Cámara, que vengan a integrar la diputación chiapaneca.
"En vista de la necesidad apuntada, nos permitimos la honra de someter a vuestra consideración, con dispensa de todo trámite, el siguiente decreto:
"Artículo 1o. Se declara sin representación en la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión el 7o. distrito electoral del Estado de Chiapas, cuya cabecera oficial es la población de Arriaga, del mismo municipio de Arriaga.
"Artículo 2o. Se convoca a elecciones extraordinarias para un diputado propietario y un suplente en el 7o. distrito electoral del Estado de Chiapas.
"Artículo 3o. Las elecciones extraordinarias indicadas, tendrán lugar el 20 de noviembre (día domingo) de 1927, de conformidad con la Ley Electoral respectiva, con las siguientes excepciones que las necesidades del momento imponen:
"I. Se tomarán como base, para los sufragios, las últimas listas electorales definitivas que se tomaron en consideración para la renovación del Poder Legislativo Federal el 4 de julio del año próximo pasado;
"II. Las credenciales que se deberán entregar a los electores a que se contrae el artículo 28 de la Ley Electoral vigente, serán entregadas a los auxiliares el primer domingo del mes de noviembre entrante;
"III. Se efectuarán los registros de candidatos y representantes con las excepciones que la ley señala desde la promulgación de este decreto, hasta el 6 de noviembre;
"IV. El primer domingo del citado mes de noviembre serán publicadas las listas de las casillas electorales en su jurisdicción y los lugares en donde deben instalarse, así como los nombres de los instaladores propietarios y suplentes, y
"V. Se hace especial omisión del requisito establecido en la fracción VI del artículo 106 de la Ley Electoral para la renovación de los Poderes Federales y excepción de los plazos fijados en las VII y VIII de la misma disposición legal."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a los diez y nueve días del mes de octubre de mil novecientos veintisiete.- R. E. Enríquez.- A. Muratalla Torres.- Francisco J. Silva.- José Castilleja.- Enrique Medina.- Carlos Real.- E. Bonifaz.- Alejandro Ruiz S.- Rufino Zavaleta.- T. E. Villegas.- Moisés R. García."- Cincuenta firmas más.
En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan todos los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal.
El C. prosecretario Cortés Teixeira: Por la afirmativa.
El C. secretario Silva: Por la negativa. (Votación.)
Fue aprobado el proyecto de decreto por unanimidad de 150 votos. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"3a. Comisión de Gobernación.
"H. Asamblea:
"En sesión de 6 de septiembre próximo pasado se acordó, por sus señorías, que fueran turnadas a esta 3a. Comisión de Gobernación las observaciones que el Ejecutivo de la Unión se sirvió
hacer al proyecto de decreto expedido por el Congreso de la Unión, en virtud del cual se creó en el Distrito Federal la nueva municipalidad de la Magdalena.
"Hemos tenido a la vista las referidas observaciones y en ellas se expone como fundamental el hecho de que La Magdalena no tiene suficientes ingresos para poder llevar una vida autónoma como municipio, y según los informes que tuvo a la vista el Ejecutivo de la Unión, el nuevo municipio sólo tendría veintiún mil pesos, cantidad estimada como insuficiente para los gastos necesarios de su administración de municipio, y concluyan las observaciones manifestando que La Magdalena, Contreras, no estaría dentro de la fracción VI del artículo 73 de la Constitución General, que previene que las municipalidades tendrán extensión territorial, habitantes y recursos suficientes para poder subsistir, y como La Magdalena sólo recauda veintiún mil pesos no está dentro de lo mandado por la referida fracción, razón por la que no debe erigirse en municipio.
"Esta comisión, teniendo a la vista los expedientes que con este motivo se han formado, ha podido comprobar que los ingresos que tendría el nuevo municipio son los que aparecen en los escritos de los peticionarios y que asciende el ingreso a cincuenta y cinco mil seiscientos pesos, suma suficiente para la vida autónoma del municipio de La Magdalena. Por lo que toca al número de habitantes, tendría el nuevo municipio la suma de diez mil habitantes, que esta comisión estima suficientes para formar un municipio, y por lo que toca al territorio, la extensión que se le ha señalado en el decreto es suficiente y en ella hay campo para un futuro desarrollo de la industria y del comercio y especialmente de la agricultura del nuevo municipio, por lo que cree esta comisión que el decreto que se objeta está comprendido dentro de la fracción VI del artículo 73 de la constitución General, ya que se llenan todos los requisitos que en ella se exigen para la erección de un nuevo municipio.
"Por todo lo expuesto, esta Comisión de Gobernación nuevamente somete a la consideración de esta H. Cámara, de acuerdo con el inciso (c) del artículo 72 de la Constitución Federal, el proyecto de decreto objetado por el Ejecutivo de la Unión, que dice:
"Artículo 1o. Se crea en el Distrito Federal la municipalidad de la Magdalena.
"Articulo 2o. La extensión territorial municipal comprenderá el conjunto de la que representan los pueblos de la Magdalena, Contreras, San Jerónimo Aculco, San Bernabé Ocotepec y San Nicolás Totolapan, todos del Distrito Federal. Conforme a los planos relativos, los linderos generales de la nueva municipalidad serán los siguientes: por el Norte, a partir del punto fijado al pie de los taludes de la izquierda del río de La Magdalena y la barranca de la Providencia en su confluencia; sigue de ese punto al Poniente, por todo el pie del talud de la izquierda de la misma barranca, hasta llegar al pie del manchón del puente conocido con el nombre de "Sierra", sobre la propia barranca; continúa al Norte, por la orilla de la derecha del camino de automóviles que va de San Angel a Contreras, hasta el pie del manchón de la izquierda del puente del Zopilote, sobre la barranca Texcalatlaco; continúa al Sudoeste, por el pie del talud de la izquierda de la barranca nombrada, hasta encontrar el lindero de los ejidos del pueblo de San Bernabé Ocotepec y la antigua hacienda de La Cañada; de este punto, sigue al Poniente en línea recta por el lindero de dichos ejidos y la mencionada hacienda, hasta su intersección con el pie del talud de la derecha de la barranca de Azoyapán; de aquí continúa al Sur, por el pie del mencionado talud, hasta encontrar el lindero que divide los ejidos del pueblo de San Bernabé, del pueblo de San Bartolo Ameyalco; sigue al Sur por ese lindero hasta su intersección con el lindero del monte comunal del pueblo de San Bartolo Ameyalco; de este punto y con rumbo al Sudoeste toma por el lindero que separa los montes comunales de los pueblos de San Bernabé Ocotepec y San Bartolo Ameyalco, pasando por las mojoneras conocidas por los nombres de "Teximaloya", "Mazatepec", "Ixquiahuaca" y "Tecastitla"; de aquí y tomando como punto de partida esta jornada, sigue al Sur por la cerca de piedra que marca el lindero de los montes comunales del pueblo de San Bartolo Ameyalco y La Magdalena, Contreras, pasando por los puntos conocidos por Zacapantongo y Cabeza de Toro, hasta su intersección con los linderos de los montes de Santa Rosa Xochiac y el parque nacional llamado el "Desierto de los Leones", en el punto conocido por La Cruz de Colxtitla; de este punto sigue al Sur, por todo el lindero marcado con una cerca de piedra, del monte comunal de La Magdalena con el "Desierto de los Leones", hasta el punto conocido por La Cruz Cuauxuepan, para tomar al Oriente la línea limítrofe del Distrito Federal con el Estado de México, hasta la Cruz de Morillo, de donde continúa por todo el lindero oriental de la antigua municipalidad de San Angel, hasta cerrar al punto fijado en la confluencia del río de La Magdalena con la barranca de La Providencia."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 25 de octubre de 1927.-J. Guadalupe de Anda.- Melchor García."
Se pregunta a la Asamblea si se considera el asunto de urgente y obvia resolución. (Voces: ¡Sí¡ ¡Sí¡) Se considera de urgente y obvia resolución. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a tomar la votación nominal. Por la afirmativa.
El C. prosecretario Cortés Teixeira: Por la negativa. (Votación.)
El C. secretario Silva: Ha sido aprobado por unanimidad de 146 ciudadanos diputados. Pasa al Senado para los efectos constitucionales. (Aplausos.)
El C. presidente, a las 19.20: Se levanta la sesión y se cita para mañana a las 16.