Legislatura XXXII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19271114 - Número de Diario 26

(L32A2P1oN026F19271114.xml)Núm. Diario:26

ENCABEZADO

MÉXICO, LUNES 14 DE NOVIEMBRE DE 1927

DIARIO DE LOS DEBATES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos,

el 21 de septiembre de 1921.

AÑO II.-PERIODO ORDINARIO XXXII LEGISLATURA TOMO II.-NUMERO 26

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS EFECTUADA EL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DE 1927

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior.

2.- Cartera. Se concede licencia a los CC. diputados Cuahutémoc Ríos, José Trinidad Luna Enríquez, Pablo Baranda y Fernando Chávez. El ejecutivo de la Unión envía tres Iniciativas por las que se amplían y reducen varias partidas del Presupuesto de Egresos vigente; recibo, y a la Comisión de Hacienda en turno.

3.-A discusión en lo particular el proyecto de Ley Reglamentaria del artículo

4o. constitucional. A debate el artículo 1o. Se levanta la sesión.

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. DAVID OROZCO

(Asistencia de 138 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 18: Se abre la sesión.

- El C. secretario Suárez, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día diez de noviembre de mil novecientos veintisiete.

"Presidencia del C. David Orozco.

"En la ciudad de México, a las diez y ocho horas y diez minutos del jueves diez de noviembre de mil novecientos veintisiete, se abrió la sesión con el mismo quórum que hubo en la secreta inmediata anterior.

"El secretario Mayoral Pardo dio cuenta con el acta de la sesión celebrada el día anterior, la que se aprobó sin debate, en votación económica.

"Se dio cuenta con los documentos en cartera:" El C. general Amado Aguirre comunica que con fecha primero de este mes se hizo cargo del Gobierno del Distrito Sur de la Baja California.- De enterado.

"El C. doctor Manuel Espinosa de los Monteros solicita se le conceda patente de privilegio acerca del procedimiento que menciona, tendiente a comprobar que los cuerpos que se inhumen en los panteones estén positivamente sin vida. - Recibo, y a la Primera Comisión de Peticiones en turno.

"Proyecto de decreto subscrito por los CC. diputados Victorino Flores, Juan L. Morales, Ignacio H. Santana y numerosos representantes más, por el que declara sin representación en el seno de esta Cámara al tercer distrito electoral del Estado de Sinaloa, y se le convoca a elecciones de diputados propietario y suplente al Congreso de la Unión, elecciones que se efectuarán el cuatro de diciembre próximo de acuerdo con la Ley Electoral vigente y con las modificaciones que el mismo proyecto señala.

"En votación económica la Asamblea acordó dispensarle todos los trámites y puesto a discusión no dio lugar a ella, por lo que se reservó para su votación nominal.

"En seguida el C. diputado Moreno Salido usó de la palabra para informar de la comisión que le confirió el ciudadano presidente de la Cámara para asistir en representación de ella al banquete con que se agasajó en la Legación del Japón a los marinos de aquel país que visitan nuestra capital, y transmitió el saludo que por su conducto envían a esta Asamblea los marinos citados.

"Sin discusión fueron aprobados cuatro dictámenes de la Primera Comisión de Peticiones que contienen los siguientes acuerdos:

"Que se diga al Comité Pro-damnificados de Minatitlán, Veracruz, que por ahora no es posible concederle el auxilio pecuniario que solicita, debido a las difíciles circunstancias por las que atraviesa el Erario Nacional;

"Que pase a la Comisión de Guerra en turno la solicitud de pensión presentada por la señora Manuela Bocanegra viuda del extinto ciudadano Rafael Muñoz Moreno;

"Que se turne a la Comisión de Relaciones Exteriores que corresponda, la solicitud que hace el C. Juan J. López para aceptar y desempeñar el cargo de vicecónsul de la República de Haití en el puerto de Tampico, y

"Que pase a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno la solicitud que hace el C. Agustín Legorreta, a fin de poder aceptar y usar la condecoración que le confirió el Gobierno de la República Francesa.

"Acto continuo, se procedió a recoger la votación nominal del proyecto de decreto que convoca a elecciones extraordinarias de diputados al Congreso de la Unión por el tercer distrito electoral del Estado de Sinaloa, resultando aprobado por

unanimidad de ciento cuarenta votos, por lo que se remitió al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

"Presidencia del C. Arnulfo Portales.

"En seguida continuó a discusión en lo general el dictamen de la Primera Comisión de Gobernación sobre el Proyecto de Ley Reglamentaria del artículo 4o. constitucional, en lo relativo al ejercicio de las profesiones.

"El C. Cerisola habló en pro del dictamen y dio respuesta a las interpretaciones que le formuló el C. Torregrosa, después de lo cual la Asamblea declaró el asunto suficientemente discutido.

"Se procedió a recoger la votación nominal y resultó aprobado el dictamen, en lo general, por ciento cuarenta y cuatro votos de la afirmativa contra cuatro de la negativa.

"A las diez y nueve horas y veinte minutos se levantó la sesión." Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada el acta.

- El C. secretario Silva, leyendo:

Telegrama procedente de: "Mazatlán, Sin., 14 de noviembre de 1927.

"A. M. Sotomayor, oficial mayor de la Cámara de Diputados.

"Agradeceréte presentar primera sesión mi nombre, permiso quince días goce de sueldo, atender asunto mi distrito. - Gracias. - Salúdote. - Diputado Cuahutémoc Ríos."

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en la misma forma de votación se consulta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Concedida.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.

"Suplico a ustedes se sirvan dar cuenta de los siguiente a esa H. Asamblea:

"El día 8 del presente mes pedí a Vuestra Soberanía se sirviera concederme, con dispensa de todo trámite y con goce de dietas, permiso para faltar a las sesiones que verificara esa Asamblea durante la semana próxima pasada, por encontrarme enfermo y postrado en cama.

"Como aún no he sanado, me veo en el caso de pedir a ustedes, nuevamente y en las mismas condiciones, una ampliación de la referida licencia por toda la presente semana, durante la cual, si no espero restablecerme enteramente, sí creo quedar en posibilidad de asistir a las sesiones.

"Protesto lo necesario.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, D. F., 14 de noviembre de 1927.-J. T. Luna Enríquez."

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quién haga uso de la palabra, en la misma forma de votación se consulta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Concedida.

"H. Asamblea:

"El subscrito, diputado propietario por el 5o. distrito electoral del Estado de Oaxaca, ante Vuestra Soberanía ocurre solicitando, con dispensa de trámites, licencia por un mes, con goce de dietas, afín de poder atender al restablecimiento de su salud.

"Hago presente a la Asamblea mi muy atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., a 14 de noviembre de 1927.- Pablo Baranda." En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quién haga uso de la palabra, en la misma forma de votación se consulta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Concedida.

"A los ciudadanos diputados secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

"Fernando Chávez, diputado en funciones por el 22 distrito electoral de Jalisco, ante sus señorías atentamente expone:

"Que en virtud de encontrarme enfermo, como lo compruebo con el certificado médico adjunto, ruego a esa H. Asamblea se digne concederme una licencia con goce de dietas y dispensa de trámites, hasta por veinte días, empezando desde esta fecha, para permanecer en esta ciudad atendiendo a mi salud.

"Atentamente.- Sufragio Efectivo. No Reelección.

"Guadalajara, Jal., a 10 de noviembre de mil novecientos veintisiete. - F. Chávez."

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. No habiendo quien haga uso de la palabra, en la misma forma de votación se consulta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo Concedida.

"Poder Ejecutivo Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación.

"Ciudadanos diputados secretarios del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

"Para los efectos del artículo 71 de la Constitución Política de la República, permítome adjuntar la iniciativa de decreto de 25 de octubre próximo pasado, en la cual somete el Ejecutivo a la

consideración de esa H. Asamblea Nacional ampliar en la cantidad de $103,500.00 varias partidas del Presupuesto de Egresos vigente, correspondiente al ramo de Establecimientos Fabriles Militares, reduciendo otras partidas del propio Presupuesto y ramo en la cantidad de $133,000.00.

"Renuevo a ustedes las seguridades de mi particular y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., a 10 de noviembre de 1927.-P. O. del secretario, el oficial mayor, G. Vázquez Vela." - Recibo, y a la comisión de Hacienda que corresponde. "Poder Ejecutivo Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación.

"Ciudadanos diputados secretarios del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

"Para la consideración de esa H. Asamblea Nacional y para los efectos del artículo 71 de la Constitución Política de la República, adjunto a la presente una iniciativa de decreto por la que propone el Ejecutivo se amplíe en $13,000.00 la partida 9,029 del Presupuesto de Egresos vigente, en el ramo de Industria, Comercio y Trabajo y se reduzcan en igual cantidad las partidas 9,024, 9,026, 9,027, 9,049 y 9,051 del propio Presupuesto y ramo. "Reitero a ustedes las seguridades de mi particular y fina consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., a 10 de noviembre de 1927.-P. O. del secretario, G. Vázquez Vela." - Recibo, y a la comisión de Hacienda que corresponda.

"Poder Ejecutivo Federal. - México. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación.

"Ciudadanos diputados secretarios del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

"De conformidad con el artículo 2o. de la Ley de Secretarías de Estado y para los efectos del artículo 71 de nuestra Constitución Política, tengo el honor de enviar a ustedes la iniciativa de decreto, fecha 22 de octubre próximo pasado, en que el Ejecutivo somete a la consideración de esa H. Cámara la ampliación en la cantidad de $20,000.00 de la partida 9,022 del Presupuesto de Egresos vigente en el ramo de Industria, Comercio y Trabajo y se reducen en igual suma las partidas 9,017, 9,024 y 9,049 del propio Presupuesto y ramo.

"Hago a ustedes presentes las expresiones de mi particular y atenta consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., a 10 de noviembre de 1927.-P. O. del secretario, el oficial mayor, G. Vázquez Vela." - Recibo, y a la comisión de Hacienda en turno.

"La Legislatura del Estado de San Luis Potosí aprueba en todas sus partes el proyecto que adiciona al artículo 37 de la Constitución General de la República, enviado por el Senado." - Recibo, y a la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales que tiene antecedentes.

"El C. licenciado Miguel A. Castillo comunica que bajo su Presidencia quedó debidamente instalado el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas."- De enterado.

"El Congreso de Sinaloa comunica que designó su Mesa Directiva para el mes de noviembre." - De enterado.

"La señora Concepción Gómez Farías de Carrere insiste ante la Cámara solicitando pensión y pide se acuerde de conformidad, en virtud de los documentos que tiene presentados." - Recibo, y a la 2a. Comisión de Peticiones que tiene antecedentes

"El Partido Nacional Agrarista transcribe quejas de los agraristas de los pueblos de Santa Isabel Atenayuca e Ixcaquistla, del Estado de Puebla, por atropellos de que son víctimas." - Recibo, y transcríbase al Ejecutivo.

"La Unión Mixta de Obreros Molineros de Matehuala, San Luis Potosí, solicita se apruebe la Federalización de la Ley del Trabajo." - Recibo, y a las comisiones unidas 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. de Trabajo y Previsión Social, que tienen antecedentes.

- El mismo C. secretario: Está a discusión en lo particular, el proyecto de Ley Reglamentaria del artículo 4o. constitucional.

"Artículo 1o. En el Distrito Federal y Territorios necesitan título para su ejercicio las siguientes profesiones: Abogacía, Notariado, Profesorado de Instrucción Primaria, Secundaria y Superior, Medicina, Odontología, Obstetricia, Farmacia, Química Industrial, Ingeniería, Arquitectura, de Corredores y Contadores Públicos."

Está a discusión. Los que deseen hacer uso de la palabra en pro o en contra, sírvanse pasar a inscribirse.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Borja, en contra.

El C. Borja Desiderio: Señores diputados: El compañero doctor Oviedo Mota amablemente se sirvió invitarme para que subscribiera su proyecto con el grupo de diputados que lo hicieron suyo, y no tuve inconveniente en subscribirlo.

después como miembro de la 1a. Comisión de Gobernación, también subscribí el dictamen por una razón fundamental: porque estoy de acuerdo con él, absolutamente, en lo general; pero vengo a expresar mi voto particular sobre el primer artículo. Mi punto de vista es el siguiente: que nosotros debemos respetar los fueros de la competencia en cualquiera actividad profesional en que los encontremos, y que sólo exijamos el titulo en aquellas profesiones que por estar en manos de la charlatanería, de la ignorancia y hasta de la mala fe quizás, son o pueden ser un peligro humanamente irreparable a la sociedad; por ejemplo, la profesión médica con todas sus variaciones: odontología, cirugía, farmacia, etcétera, ingeniería civil, arquitectura, etcétera. No creo justo, compañeros, que vayamos a exigir título, por ejemplo, al ingeniero agrimensor que no causa absolutamente perjuicio irreparable a la sociedad. Un ingeniero agrimensor que en contra de los que pueda decirse en todas partes, porque creo que estamos legislando también para la Baja California y para los otros Territorios Federales, presta grandes servicios a la sociedad, porque hay peritos prácticos muy competentes para hacer una mensura de minas, por ejemplo. ¿Qué perjuicio comete que no pueda repararse si hiciera mal una mensura? Sencillamente, que la Secretaría que tenga que juzgar de aquella mensura, le devolviera el título al ingeniero agrimensor. Mi punto de vista, compañeros, vuelvo a repetirlo, es ése: respecto a la competencia y que se exijan títulos a las profesiones que manejadas por los ignorantes o los charlatanes causen perjuicios irreparables a la sociedad. Yo quisiera oír aquí en serio debate por lo que se refiere a la abogacía; yo no vengo a defender a los tinterillos, pero sí vengo a decirles a ustedes: ¿Con qué derecho, con fundamento en qué ley les vamos a quitar el pan a los hijos de esos pobres hombres que están desde temprana hora en la comisarías, en los juzgados menores, buscando el pan de cada día? ¿Con qué derecho también vamos a quitar el pan - y vuelvo a tomar como ejemplo al ingeniero agrimensor -, con qué derecho le vamos a quitar el pan a un hombre que se ha especializado en medir pertenencias mineras? ¿Vamos a matar de hambre a las familias de estos individuos? Yo creo que no. Si se me viene a decir aquí, por ejemplo, que vamos a exigirle título al tinterillo, porque éste es una calamidad por su falta de honorabilidad, compañeros, muchas cosas de éstas podrían decirse también de los abogados con título. Hay en México despachos de abogados, y abogadas muy competentes, que son precisamente más peligrosos cuanto más inteligentes son, cuanto que no tienen toda la buena fe necesaria para tratar al cliente y para arreglar sus negocios. Yo conozco, digo, despachos en México que son verdaderos desplumaderos de viudas y de huérfanos. (Voces: ¡Nombres¡ ¡Nombres¡) Compañero ¿para qué exige usted nombres si usted lo sabe? En la conciencia de todo el mundo está. ¿Para qué quiere nombres? (Voces: ¡Nombres¡ ) ¡No exijan nombres¡ Termino, pues, compañeros, mi voto particular para que el artículo quede redactado en la siguiente forma:

"Artículo 1o. Profesiones que necesitan título para su ejercicio: en el Distrito Federal y Territorios necesitan título para su ejercicio las siguientes profesiones: medicina, cirugía, odontología, obstetricia, farmacia, química industrial, ingeniería civil y arquitectura". Es la forma en que propongo quede redactado al artículo. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Lombardo Toledano.

El C. Lombardo Toledano: Antes de objetar el artículo primero voy a leerlo nuevamente, con el objeto de que la Asamblea se percate de su importancia, así como del valor de las objeciones que inmediatamente después presentaré en cuanto a ciertos de los conceptos que contiene el propio artículo. Dice así:

"Artículo 1o. En el Distrito Federal y Territorios necesitan títulos para su ejercicio las siguientes profesiones: Abogacía, Notariado, Profesorado de Instrucción Primaria, Secundaria y Superior, Medicina, Odontología, Obstetricia, Farmacia, Química Industrial, Ingeniería, Arquitectura, de Corredores y contadores Públicos."

Algunos de mis compañeros, que hablarán después que yo, presentarán a la consideración de la Cámara algunas objeciones por lo que hace a la profesión de químico industrial y de corredores y contadores públicos. Yo no quiero cansar la atención de la Asamblea refiriéndome a todos los puntos de inconformidad que nosotros tenemos respecto de este artículo, y solamente voy a referirme a dos de las profesiones para las cuales exige la comisión título : para la profesión de notario y para la profesión de profesor o de maestro. Respecto a la profesión de notario, la comisión incurre en un error grave, porque dice que se necesita título para poder ejercer el notariado. El Título supone forzosamente la existencia de una carrera, y no hay carrera de notario en el Distrito Federal ni en los Territorios Federales; es aquello de que no se repican las campanas en un pueblo porque no hay campanas. No se puede exigir el título de notario en México porque no hay carrera de notario. Aun cuando todo esto el mundo lo sabe, la comisión lo ignoró y por esto, naturalmente, exige el título de notario. No sabe la comisión que en México hay una ley especial que se llama Ley del Notariado y que basta ser abogado, presentar una solicitud de examen ante el Colegio de Notarios para que éste lo examine y extienda, en caso aprobatorio, una patente de aspirante a notario, con objeto de que, en la primera oportunidad, cuando haya alguna vacante en la lista de notarios autorizados, se le dé el empleo; pero no hay carrera de notario. Tengo a la vista el plan de estudios de la facultad de derecho y ciencias sociales de la Universidad Nacional de México, que es a la que correspondería, lógicamente, reglamentar los estudios relativos a la profesión de notario, y no se habla absolutamente de la profesión de notario; pero a mayor abundamiento si no bastase el hecho de la exigencia de la Ley del Notariado a que me he referido, consulté, oficialmente, al ministro Puig respecto de este hecho y, naturalmente, me contesta lo que sigue:

"No existe en la Universidad Nacional la carrera de notario. Los requisitos para el cargo, como usted lo sabe, están consignados en la Ley de Notariado vigente."

Por esa causa yo creo que es un error, si se quiere de técnica, que se diga que se necesita título para ejercer la profesión de notario. Yo preferiría, en obvio de dificultades y en obsequio a la técnica jurídica, al propio tiempo que a la claridad, que se dijese, por ejemplo, así: "El ejercicio de la profesión de notario se regirá por las disposiciones especiales que al afecto dicte el encargado del Poder Ejecutivo Federal." En esa forma se exigen, naturalmente, ciertas condiciones para que un hombre pueda ejercer de notario; pero no se comete la equivocación ya señalada de decir que se necesita título, cuando no hay Facultad que lo expida. Más el punto, señores diputados a que yo quiero referirme de un modo especial, es el relativo al ejercicio del magisterio. Yo no puedo estar de acuerdo ni como diputado, ni como miembro de la organización obrera, ni como simple mexicano, no puedo estar de acuerdo en que se exija en nuestro país, en donde hay un ochenta y cinco por ciento de analfabetos, cuando menos, título para poder enseñar a leer y escribir. Esto es un atentado a los fueros de la Revolución. (Aplausos.) Yo no creo que nosotros, seriamente, podamos pedirle, a un hombre que de buena fe, teniendo apenas conocimientos, aunque elementales, para poder enseñar a leer y escribir presente un título de normalista u otro superior para poder enseñar, aun cuando lucre. Yo creo que nosotros no podemos de ninguna manera, si nos llamamos revolucionarios, convertir una cosa, que debe ser obligatoria para todo hombre bien nacido en México, en un privilegio de casta. El profesorado no puede ser una casta en México; el profesorado no puede ser ni siquiera una clase social; debe ser tan extensa la profesión del magisterio, la actividad del magisterio, como extensa sea la buena voluntad de los mexicanos. Yo creo que nosotros cometeríamos, independientemente de un atentado a los principios de la Revolución, un atentado a la equidad y ala situación que de hecho prevalece en estos instantes. Consulté al ministro Puig algunos datos en cuanto al número de maestros que prestan sus servicios, pagados por la Federación, en las escuela primarias y que no poseen títulos. Escuche la Cámara el número enorme de maestros no titulados que están presentando sus servicios actualmente en las escuelas primarias dependientes de la Federación en el Distrito Federal y en los Territorios: "En las Escuelas Primarias, en el Distrito Federal, sostenidas por la Federación, 681. En las Escuelas Primarias en los Territorios, sostenidas por la Federación, 267. Total, 948." Solamente las que dependen de la Federación.

Hay muchas más que dependen de los ayuntamientos y de las autoridades locales y no se considera el dato relativo a las escuelas particulares, por que el Departamento de Estadística, en la Secretaría de Educación, no las ha registrado todavía. Fíjense ustedes, camaradas, en este otro dato, aun cuando no venga precisamente a cuento, por lo que hace a jurisdicción, pero que es muy elocuente: "En las Escuelas Primarias, en los Estados, sostenidas por la Federación, 447. En las Escuelas Primarias, sostenidas por el Gobierno de los Estados y los municipios, en los Estados, 14,395 maestros sin título." No puede ser de otro modo, compañeros, no puede ser de otro modo, por que las escuelas que otorgan título de maestros primarios hasta hoy, con muy pocas excepciones, han sido una en cada Estado, en la capital de los Estados, la escuela normal de todas las ciudades de importancia y no van a esa escuela todos los necesitados de aprendizaje. La mayor parte de los maestros de los pueblos - todo el mundo lo sabe si alguna vez ha estado en contacto con ellos - son gente humilde, nacidos allí mismo, que muchas veces no han ido siquiera a la capital de su Estado; pero con el buen deseo de ganarse la vida y al mismo tiempo de servir nobilísimamente a sus semejantes, desempeñan los humildes puestos de maestros de escuela, sin título, también es verdad, pero con una remuneración exigua; muchas veces gana más un peón del campo que un maestro de escuela. El standard, el promedio de salario del maestro de escuela en la República es de ochenta y cinco centavos, compañeros; hay profesores de escuela primaria que ganan cincuenta centavos diarios; cuando más llegan a ganar dos pesos, como promedio, en los Estados. Hay, naturalmente, excepciones, pero el tipo medio es de ochenta y cinco centavos diarios. ¿Qué haríamos en estas condiciones si se exigiese el título de normalista para enseñar a leer y a escribir? ¡Se cerraría cuando menos el sesenta por ciento de las escuelas¡ Si en todas partes de la República se copiase el texto del dictamen que propone la comisión, estado seguros de que se cerraría el sesenta por ciento de las escuelas. Yo no creo que éste sea el camino de regenerar al pueblo mexicano; no creo que sea ésta una labor revolucionaria. Por eso he calificado yo el dictamen de obra del siglo XIX. Cuando la Revolución inició el verdadero impulso redentor de las masas; cuando el general Obregón llegó aquí por primera vez de presidente de la República, y en la Secretaría de Educación estaba ese hombre contradictorio y pasional que se llama José Vasconcelos, y se invitó a todo el mundo a que se inscribiera en las listas como profesor honorario de la Secretaría de Educación, muchos miles de hombres contestaron al llamamiento oficial, y entonces era un timbre de orgullo traer el título de maestro honorario para enseñar a leer y escribir, y aquí mismo, en los barrios bajos de la ciudad de México, muchos fuimos a enseñar a leer y a escribir, y ahí están las estadísticas en la Secretaría de Educación, miles de hombres aprendieron a leer y escribir bajo los auspicios y bajo la enseñanza y la cariñosa dedicación de hombres que no tenían título; muchos de ellos eran miembros de la organización obrera; cargadores, cargadores de los muelles de las estaciones de los ferrocarriles, gentes que no tenían más que el deseo de contribuir un poco a la desaparición del analfabetismo en la ciudad de México y en el resto del país. ¿Cómo exigir título para enseñar a leer y a escribir? Este es un atentado, repito, a la Revolución. Nosotros no podemos aceptarlo. Como miembros de la Revolución protestamos, como diputados protestamos, como miembros de la organización obrera protestamos. Yo creo, al contrario, compañeros,

que había de hacerse un artículo inverso: tienen la obligación todos los mexicanos, en ciertas condiciones económicas, de enseñar a leer y a escribir, empezando por los diputados. (Aplausos.) Y pasemos a las escuelas superiores, pasemos a las escuelas secundarias. Miren ustedes el dato de maestros que prestan sus servicios en las escuelas secundarias, desde la llamada secundaria hasta la profesional, que no tiene título:

"En las Escuelas Secundarias y Preparatorias, 187; en el Conservatorio Nacional de Música, 60; en Bellas Artes, 1; en Filosofía y Letras y Normal Superior, 5; en la Facultad de Ingeniería, 5; en la Facultad de Química y Farmacia, 12." Y ha considerado la Secretaría como título, el título de la universidad; pero no se exige título como maestro, que es precisamente lo que la comisión pretende. Que no sea abogado no quiere decir que tenga derecho para ir a dar clase, porque la invitación no se le hace por ser abogado, sino por la capacidad personal que se le reconoce. Hay muchos profesores en la Escuela de Jurisprudencia, especialmente los de ciencias sociales, que nunca han tenido título, por desgracia; digo por desgracia, porque son gente que ha orientado siempre a la juventud en sentido contrario a la Revolución: por ejemplo, don Carlos Díaz Dufoo y don Enrique Martínez Sobral. Últimamente prestó sus servicios el nobilísimo catedrático de la Universidad de Berlín, doctor Wallschmidt, ausente ya; pero casi siempre como profesor de sociología o de economía política, no se llama a un abogado, sino a un hombre docto en las ciencias sociales, porque, naturalmente, la capacidad no la mide el título de la facultad que actualmente ostentan. El ser abogado no quiere decir que se sepa sociología; generalmente es una presunción de que ignora. De la misma suerte que el título de médico no esta indicando que se sepa biología general generalmente los médicos la ignoran; y así por el estilo. Por lo que nosotros hemos estado luchando hace muchos años, es porque se establezca una facultad donde se de el título para enseñar, pero no para hacer la competencia a los no titulados, sino para capacitar a los hombres, tal cual lo dije la primera vez que hablé desde esta tribuna respecto de la Ley de Profesiones, y así se ha venido ahora a trabajar ya en una facultad nueva que se llama Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Allí se va a seguir una carrera nueva, por la primera vez en la historia de la educación en México: la de licenciado en ciencias sociales y la de doctor en ciencias sociales, que no van, posiblemente a dar mucho dinero a quienes las ejerzan, pero que sí van a capacitar a los hombres con el objeto de tener técnica alguna vez; y al lado de los licenciados y doctores en ciencias sociales, también se van a abrir tres cursos teórico práctico para extender diplomas o títulos de perito: el perito en asuntos criminales, el perito en negocios municipales y el perito en negocios del trabajo. En estas condiciones irá surgiendo poco a poco el perito del derecho municipal, en derecho administrativo municipal, que no existe en nuestro país y a causa de lo cual posiblemente se reciente un poco la administración de los municipios libres. También habrá un perito en asuntos de derecho industrial, con el objeto de que pueda defender con eficacia los problemas ya industriales, de la clase obrera, de la clase patronal, ante los tribunales del trabajo, ante las Juntas de Conciliación o ante las oficinas públicas en general. Esta es la tendencia de la nueva juventud, crear una facultad donde se vayan preparando los hombres; pero nosotros hasta hoy no hemos exigido nunca que haya un título para ser profesor de escuela secundaria o universitaria, porque quedarían las escuelas vacías, desiertas. Ahora mismo en la antigua Facultad de Jurisprudencia, hoy Facultad de Derecho hay muchas cátedras vacantes, porque es muy difícil, camaradas, encontrar hombres preparados en nuestro país, en ciertos renglones de la ciencia, si así se me permite expresar. Es natural, somos un país nuevo, apenas estamos sintiendo necesidad no sólo de orden técnico, sino en el orden social también, y sería un absurdo que en estos momentos, en que apenas abrimos las puertas de la perspectiva, las cerrásemos por un deseo absurdo de proteger una profesión que no existe. Porque a eso equivale el dictamen: a proteger a profesionistas que no existen. No, camaradas, nosotros no podemos aceptar jamás que haya un título para poder ejercer el magisterio, ya sea para enseñar a leer y escribir o para enseñar filosofía o economía política en la Facultad de Jurisprudencia, porque eso es ir rectamente contra los postulados de la Revolución. Al contrario, todo hombre que quiera ejercer, que ejerza; todo hombre que pueda llevar una luz, aunque aparentemente esté muriéndose al nacer, que la lleve a quien la necesite; todo hombre que pueda llevar un silabario, si es de San Miguel, también - porque el silabario de San Miguel me enseño a mí a leer en la escuela y ha enseñado a otros muchos -, que lo lleve a quien lo necesite. No es posible llevar siempre la última palabra en pedagogía; no es posible sentir siempre la última palpitación de la escuela belga, la última preocupación de Rabindranat Tagore respecto de ciertos procedimientos intuitivos; desgraciadamente no. Tenemos que llevar siempre buena voluntad y letras, tal como lo hicieron los primeros "gachupines" nobles que llegaron a México: los misioneros del siglo XVI. Sólo así, Usted, compañero michoacano, usted que está ahí enfrente ¿no recuerda con veneración el nombre de Vasco de Quiroga? Si es mexicano y michoacano, tiene fatalmente que venerar la memoria de Vasco de Quiroga. Estos "gachupines" nobles, así, sintiendo en su corazón una angustia enorme por la ignorancia de las masas, empezaron a trabajar, a enseñar el alfabeto. Solamente así iremos nosotros renovando la misión. Seamos misioneros de la cultura, levantemos el espíritu, llevemos el abecedario, la pizarra, el lápiz, a donde sea, lo mismo al hogar del rico, que al jacal del pobre. Hay tantos ignorantes que dondequiera el alfabeto se impone, y la Cámara revolucionaria no puede jamás exigir que en nuestro país, en donde, repito, hay muchos miles de analfabetos, se venga a exigir el título de profesor para poder enseñar a leer y escribir; sería un atentado imperdonable. Nosotros, en suma, compañeros, decimos que para ejercer el magisterio sea la Secretaría de Educación Pública la

que señale cuándo y cómo, la que diga qué títulos se necesitan y en que forma; pero de un modo absoluto protestamos por los fueros revolucionarios contra un atentado que se quiere cometer en esta ley. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra en pro el ciudadano Oviedo Mota.

El C. Oviedo Mota: Una vez más me veo en el caso de venir a desvanecer estos hermosos encajes de sofismas, tan naturales en mi estimado amigo el señor Toledano. No fue, en ningún momento, mi propósito venir a establecer restricciones en contra de tendencias que nadie discute; no fue mi propósito, en manera alguna, ni creo tampoco que fue la mente de la comisión venir a oponerse a que la enseñanza más elemental se difunda por todos los ámbitos del país, y muy especialmente en el Distrito y Territorios Federales. Únicamente el deseo de venir a establecer algo en favor de los profesores de Instrucción Pública, el grupo de la clase profesional más olvidado, el que cuenta con menos elementos, el que en múltiples ocasiones pasa en nuestro país por situaciones verdaderamente angustiosas; fue pura y exclusivamente venir a significar en favor de los profesores titulados de instrucción una garantía. Muy pocos días hace que el señor licenciado Toledano vino a esta tribuna a hablarnos de la situación precaria en que se encontraban los profesores de Veracruz; pero no son solamente los profesores del Estado de Veracruz, y especialmente los del puerto, los que han pasado por grandes penalidades. Los que se dedican a la carrera de Instrucción Pública, y especialmente de instrucción primaria, todos sabemos que se ven obligados a pasar por situaciones dificilísimas; se necesita de estar inspirado en un alto amor por la enseñanza; se necesita tener verdaderamente vocación de apóstol para dedicarse a esa profesión, y creo que es una obligación nuestra, en este momento en que damos un paso en favor de los profesionales, que casi siempre han pertenecido a la clase media; hoy que vamos, a la vez que a defender a la sociedad, de los charlatanes, a dar un paso en favor de los profesionistas, es necesario que no olvidemos a los olvidados profesores de instrucción primaria. Al exigir nosotros que la profesión de maestro requiera título, no es ningún modo ir contra los profesores; al contrario, es para ofrecerles una garantía. Si el señor licenciado Toledano se hubiera tomado la molestia de leer el artículo 3o. transitorio, hubiera visto que dice a la letra: "En los lugares del Distrito y Territorios Federales donde no existan profesionistas titulados, podrán ejercer, mediante permiso de la autoridad competente, los prácticos que acrediten suficiencia a satisfacción de esa misma autoridad, en la rama científica a que hayan dedicado sus actividades por más de cinco años, pero sólo en la medida que lo exijan las necesidades de la localidad, a juicio de la autoridad municipal correspondiente." Sin género de duda, señores, que con añadir una palabra - porque, en efecto, yo reconozco que pudiera darse el caso, especialmente en la capital de la República, de que el número de profesores titulados no alcanzara -, todo quedaría arreglado; porque, sin género de duda, la Secretaría de Educación Pública en este caso podría echar mano de todos los elementos que tuviera a su alcance para cubrir los huecos en aquellos lugares donde no hubiera profesores; pero, en cambio, evitaríamos nosotros que se cometieran las injusticias que a diario se cometen con los profesores; porque no es uno, señores, son múltiples los casos en que a un profesor que ha dedicado veinte o treinta años a la enseñanza, un buen día, porque viene un individuo con una recomendación de Perico de los Palotes, que se encuentra colocado en un Ministerio, se le arroja y se le quita de su puesto. Yo me resisto a creer que en la capital de la República no haya el número suficiente de profesores titulados para las necesidades de la escuela pública, porque claro es que por mucho que el señor Toledano se esfuerce, de ninguna manera se va a prohibir a un individuo que enseñe a leer y a escribir a otro. Esto no tiene nada que ver con esto; el enseñar a leer y a escribir no puede estar prohibido jamás, ni aún cuando nosotros lo pusiéramos en la ley. Aquí se refiere la ley a funciones un poco más altas. De tal manera, pues, que si he venido a impugnar al licenciado Toledano no es, seguramente, por las ideas que ha emitido en lo que se refiere a la organización de la enseñanza, y si vengo a suplicar a la Asamblea que acepte la inclusión de los profesores, es porque esta Asamblea, señores, no va a cometer con esto un acto por el que se impida la difusión de la enseñanza; es porque, por primera vez, la Asamblea Nacional se ocupa de los profesores y les dice: ustedes también tienen el derecho de que se defiendan sus intereses, ustedes también son dignos de todo respeto y consideración, y con esta ley lo que pretendemos es que no se vaya a arrojar a un profesor titulado de su cargo y se le substituya por cualquier individuo. Si pudiera cabernos algún escrúpulo respecto a que por un aumento, que yo deseo y que ojalá pudiera realizarse, en los elementos de que dispone la Secretaría de Educación, aumento que pudiera significar el establecimiento de doble o triple del número de escuelas que actualmente existen, no hubiera bastantes profesores titulados para atenderlas, bastaría, repito, para quitar ese escrúpulo de los compañeros, que en el transitorio, en donde nos ocupamos de los prácticos, dijéramos así: "En los lugares del Distrito y Territorios Federales, donde no existan profesionistas titulados, o no existan en número suficiente, podrán ejercer, mediante permiso de la autoridad competente, etcétera...."; pero esto es solamente, como digo, para quitar el escrúpulo de que pudieran faltar los titulados. Por tanto, comprender en esta ley a los profesores de instrucción, creo que es pura y exclusivamente hacer un acto de justicia en favor de ellos. (Voces: ¿Y los notarios? Aplausos.)

Presidencia del C. ARNULFO PORTALES ç

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano diputado Orozco.

El C. Orozco David: Señores diputados: Las palabras del diputado Oviedo Mota, al tratar el asunto de los maestros, me han sugerido una idea. Dice el compañero Oviedo Mota: "Esta ley reglamentaria es para favorecer a los profesores titulados y no en contra de la sociedad." Ocurre preguntar: ¿No será toda la ley para favorecer a los profesionistas médicos, abogados, ingenieros, como para favorecer a los profesores? Hay que ir al fondo de las cosas y analizar la verdad de ellas.

Empezaremos por ver a quiénes interesa. A los ingenieros no les interesa una reglamentación, a las capacidades definidas no les interesa que los proteja o no la ley. Todas las sociedades de ingenieros estiman mucho a los maestros de obras porque son sus brazos, a un cadenero los agrónomos, etcétera, a un práctico los químicos, y no reza con ellos esta ley. Desde el tiempo colonial, desde el tiempo de México independiente, la capital y el país han tenido magníficos edificios, palacios que lo enorgullecen, por millares, y jamás se ha caído uno solo por impericia del ingeniero, y en cambio, compañeros, hasta la fecha no hemos tenido una ley que garantice los intereses de la sociedad. Tampoco, señores compañeros, reza con los abogados. A un abogado establecido no le interesa que haya tinterillos; él ocupa a los tinterillos para que le diligencien un exhorto, para que hagan un lanzamiento, y algunas veces dice: "Señores, no acepto este negocio porque es asunto de tinterillos, vaya con Fulano de Tal, que es muy práctico". En consecuencia, tampoco los abogados tienen interés en la reglamentación de esta ley. ¿ Quienes tienen interés en ella? Los médicos, ellos sí; a ellos les interesa que se reglamente. Y es que la ciencia de la medicina está todavía en el período de la alquimia o de la astrología.

Es una ciencia nebulosa, no definida. Y al lado de un gran médico hay un santo milagroso que hace curaciones tan milagrosas como el gran médico. Allí están los santos niños de Atocha, y las vírgenes de Tula, todos esos santos que tienen al lado muletas de un cojo que anduvo, antiparas de un ciego que vio, etcétera, y son cosas ciertas y efectivas. (Risas.) La cuestión es estudiar el porqué del fenómeno. El fenómeno existe aunque lo nieguen los médicos. (Murmullos.) El hermano Jorge, señores, (Risas.) a enfermos desahuciados les ha hecho milagro y hay una cauda de pobres que recurre a él; con esto: que esos que llaman charlatanes los señores doctores, ponen un punto ético, social o moral, en la práctica de su actividad. Dicen, por ejemplo: "Yo nada más curo a los pobres, y no puedo excederme porque entonces mis facultades médicas de sugestión, etcétera -lo que ellos tengan -, no me favorecen; los espíritus no me oyen." Ponen, como digo un punto moral, que los médicos en esta ciencia obscura nunca ponen; se equivocan en nombre de la ciencia, y matan en nombre de la ciencia. (Risas. Aplausos.)

Yo no creo, como dijo el compañero Molina, que para estudiar Física no se necesite conocer matemáticas. Yo sí profeso la sistematización de la ciencia y creo que hay que ir de lo general a lo particular, de lo concreto a lo complejo; que para conocer física es necesario conocer matemáticas; que para conocer química se necesita haber estudiado física; que el cambio de la temperatura, de la presión de la atracción de las leyes físicas, podría cambiar las reacciones y los fenómenos químicos, y por ese orden los biológicos y los psicológicos, así como también los sociales; porque otra sería nuestra naturaleza, otro nuestro modo de sentir y de pensar, y otra nuestra organización social, si así no fuera; pero dentro de la medicina el conocimiento humano está limitado a ciertas relaciones de fenómenos, a ciertas leyes de casualidad, y dentro de esos conocimientos filosóficos hay la nebulosa del entendimiento, hay lo que los neofilósofos llaman la intuición, eso que nosotros decimos un "latido", me latía el caballo y le puse a la sota, y en lugar de la sota vino el caballo. A eso los filósofos le llaman la intuición, y es una cosa muy interesante. Nosotros no conocemos la interferencia de los fenómenos, es esto muy obscuro, y tan es así, señores, que ¿por qué en las matemáticas , por qué en la ingeniería no se discute el binomio de Newton, y en cambio, no hay dos escuelas que enseñen la misma cosa sobre el binomio, no hay dos escuelas que enseñen la misma cosa sobre el binomio de Newton? En la propia medicina hay los alópatas y los homeópatas, como en la escolástica hubo nominalistas y racionalistas. ¿Por qué se establecen esas diferencias de palabras, esas verdaderas logomaquias? Porque la ciencia de la medicina está en pañales, está a obscuras, está en el período de la alquimia. Yo no sé de medicina más que la aspirina sirve para el dolor de cabeza y que a las once de la mañera un gingerale con cogñac sirve para reintegrar el organismo. (Risas. Aplausos.) Tomando el punto elevado, tomándolo desde el punto de vista filosófico, tomando la homeopatía, a la que tanto atacan, como un sistema general, en educación en estética y en medicina se emplea, y aun nuestros gobiernos mismos la han empleado en procedimientos de arte, y voy a poner un ejemplo sencillo y al alcance de todos, de la aplicación homeopática, no en la medicina, sino en la higiene. Se dice: si para limpiar a un gato sucio se le baña, ese gato nunca se volverá a bañar en la vida y al poco tiempo estará otra vez sucio; en cambio, bañésele de lodo; entonces se lamerá y se relamerá con tanto cuidado, que tendrá la preocupación durante toda su vida y estará muy limpio. Procedimiento homeopático aplicado a la higiene. (Risas.) En la educación, señores compañeros, el procedimiento homeopático se puede aplicar haciendo que los maestros presenten ejemplos de pequeña canallería a sus discípulos, para que éstos reaccionen y tomen actitudes nobles. En el arte, el procedimiento homeopático lo ha aplicado la misma Secretaría de Educación: en los patios de la Secretaría se ha pintado monos mofletudos, muy feos, para que los que vayan digan: "Que feo esta esto" y reaccionen, (Risas.) y lleven a su imaginación y a su sentimiento proporciones estéticas de un Boticelli, de un Miguel Angel o de otro de los grandes maestros. Vasconcelos siguió el mismo ejemplo de Sócrates, que llevaba a sus discípulos a ver las formas de Aspasia desnuda; él hizo que viéramos nosotros cosas monstruosas para que reaccionáramos y tuviéramos la

sensación del arte de lo estético. (Risas.) He dicho esto porque son cosas ciertas, porque son cosas que nosotros, como revolucionarios, debemos tener en cuenta, para tener un criterio amplísimo en este asunto de la reglamentación. Señores compañeros: únicamente podemos exigir que el que se llame abogado tenga título; que el que ejerza la medicina después de los estudios preparatorios, que tenga título, se llame doctor y no engañe a nadie; pero el que recete yerba buena o medicina casera, que si no hace bien no hace mal, que se diga curandero y esta muy bien, a la sociedad no le interesa eso.

En cuanto a los notarios, señores compañeros, después de lo que ha dicho Lombardo Toledano, que no es carrera, esto resulta evidente. Es una de las cosas del pasado, es una de las cadenas que llevamos de la Reacción. Dentro de la cuestión seria, el código de Comercio es la avanzada del derecho, y en el código de Comercio un simple pagaré, una aceptación por cien o doscientos pesos, tiene un trámite rápido y legal, y tan legal como un compromiso que firme un escribano público, quizá más legal que el procedimiento que se sigue en un juicio hipotecario. Nosotros debemos, como revolucionarios, buscar la manera de destruir ese Colegio de Notarios, que no es más que un recuerdo del pasado y que no debe ponerse en una ley reglamentaria como la actual. En síntesis, compañeros, yo creo que nosotros, como revolucionarios, debemos exigir que el que sea médico, ingeniero, profesor o normalista, que se pueda anunciar como tal, porque es a la sociedad a la que eso le interesa, y si no lo es, que se diga curandero, tinterillo o maestro práctico, etcétera. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Treviño.

El C. Treviño: Señores: Me he inscrito en contra del dictamen de la comisión para tratar, especialmente, uno de los aspectos del artículo 1o. que está a debate. Me refiero a la exigencia que la comisión pretende para que sólo puedan ejercer la profesión de químicos industriales aquellos que estén amparados por un título. A mi juicio, señores, la comisión no estudió este asunto en forma debida. Yo presencié, y todos ustedes seguramente las presenciaron, las reuniones que casi todos los días tenían los señores de la comisión aquí en esta mesa todas las mañanas, y aparentemente todos tuvimos la impresión de que esa comisión había estado trabajando con empeño y había puesto interés en documentarse debidamente; pero, o no lo hicieron de verdad, o se equivocaron de una manera absoluta en sus investigaciones. Una investigación absolutamente ligera podría haber convencido a la comisión de que no es posible incluir entre las profesiones que necesitan título para su ejercicio, la del químico industrial, por dos razones fundamentales: primera, porque el número de químicos industriales titulados que están atendiendo a las industrias en nuestro país, es absolutamente reducido, y segunda, porque el porcentaje de químicos industriales que produce nuestra Facultad de Ciencias Químicas es absolutamente raquítico. Si le preguntamos a los señores de la comisión qué número de químicos industriales ha producido la Facultad de Ciencias Químicas desde que está establecida en nuestro país, no nos lo podrán decir. No deseo interpelar a la comisión, porque seguramente no podrá contestar; pero si la comisión considera que sí tiene ese dato, que estaba obligada a recabar, tendremos oportunidad, en el turno del pro, de que nos lo demuestre; pero tengo la convicción, señores, de que no sabe la comisión ni cuantos químicos se han titulado en nuestra Facultad de Ciencias Químicas, desde hace once años que existe.....

El C. Juárez Ochoa: Sí sabe la comisión. Químicos, 28; farmacéuticos, 22; especialistas, 11. (Aplausos.)

El C. Treviño: Si la comisión conoce o conocía el número de químicos que en 11 años... ¿Es en once años, señor licenciado?

El C. Juárez Ochoa: Sí, compañero.

El C. Treviño: ...que en once años ha producido nuestra facultad de ciencias químicas y si sabe la comisión la cantidad de industrias establecidas en nuestro país que necesitan químicos industriales para su servicio ¿Por qué cometió la enormidad de que al aceptar esta ley queden clausuradas todas las fábricas que no tienen químicos titulados¿ (Aplausos.) Yo no me explico qué criterio ha tenido la comisión al formular este dictamen. Es que los señores de la comisión han confundido el papel de la Cámara legisladora; han creído que se trata de expedir una ley para garantizar a los profesionistas, y no es eso lo que esta Cámara debe hacer ni debe ser ése el espíritu de la ley. Ya lo dijo el compañero Lombardo Toledano en su discurso, cuando se inscribió en contra, en lo general, de este proyecto: "El criterio de la comisión ha sido completamente distinto del criterio revolucionario; ha pretendido expedir una ley para proteger a los profesionistas contra la sociedad, y no a la sociedad contra el profesionista." (Aplausos.) Es cierto, señores diputados, que al expedir una ley para garantía de la sociedad, el legislador encuentra en su camino, de manera incidental, al profesionista, y debe protegerlo, pero de manera absolutamente incidental también. El fundamento de la legislación no debe ser en favor del profesionista. No se trata de una ley en favor de los profesionistas, sino de una ley en favor de la sociedad, y debe exigirse título para el ejercicio de determinadas profesiones, no para garantizar al profesionista, sino para garantizar a la sociedad. Ese es el criterio de la Constitución; ése debe ser el criterio de la ley. El artículo 4o. de la Constitución dice que la ley determinará cuáles son las profesiones que necesitan título para su ejercicio. No dice que los profesionistas deben estar garantizados con una ley contra la competencia de los no titulados. (Aplausos.) Pero los señores de la comisión han interpretado erróneamente su papel y han pretendido legislar en favor de los intereses de los profesionistas. Y nosotros, señores diputados, no estaríamos en nuestro papel si no estuviéramos en favor de la protección de los profesionistas. Nuestro criterio ya ha sido expuesto desde esta tribuna. Es el criterio revolucionario; es decir, la incorporación de los profesionistas a la masa general de los hombres dedicados a la

producción de la riqueza para hacer un solo cuerpo que responda a las necesidades de la producción, y no podríamos dejar abandonados a estos hombres, a los llamados técnicos, al tratar de incorporarlos a la masa general de los hombres dedicados a la producción, no podríamos dejarlos abandonados a su suerte, sino que tendríamos que ir en su protección. Será necesario proteger a los profesionistas en el ejercicio de su profesión y por eso es que se ha planteado que el profesionista debe estar protegido, pero de manera incidental, en esta ley y no de manera fundamental. Nos decía, por ejemplo, el doctor Oviedo Mota, hace tres o cuatro días, cuando se discutió esta ley en lo general; yo me acerqué y les decía el doctor a los compañeros laboratoristas: "Para investigar esta cuestión de incorporarnos a los beneficios del 123 - porque lo dijo de manera absolutamente espontánea -, yo les confieso a ustedes que me ilusionó un poco eso de que pudiéramos demandar a nuestros clientes ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, porque hay algunos clientes que nos ocupan y no nos pagan; pero yo vi - siguió diciendo - que se trataba de proteger, de incorporar en los beneficios del 123 sólo a un grupo reducido de profesionistas, es decir, a los que prestan sus servicios en las empresas industriales, comerciales o mineras, a los que están asalariados, y ya no me interesó el asunto." De manera que lo que hubieran querido estos señores que sostienen este criterio - me refiero al criterio de protección profesionista -, es que se autorizara en esta ley a un médico o a un abogado para ir a demandar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje a un albañil o a un zapatero por el pago de honorarios; eso es lo que hubieran querido, pero eso es contrario, absolutamente contrario al espíritu del artículo 4o. y contrario al espíritu del 123, que trata de proteger al pobre contra el rico, al trabajador contra el patrón. Cuando el profesionista es un asalariado y está al servicio de un patrón, sí debe estar incorporado a los beneficios del 123; pero cuando el profesionista está prestando sus servicios al público, a todo el mundo, a pobres y a ricos, ese hombre no bebe ser considerado como un asalariado y, por lo tanto, no puede estar incorporado a los beneficios del artículo 123 y allí están en la Junta de Conciliación del Distrito Federal, camaradas, pruebas evidentes; podría citar algunos casos, pero me basta con citar uno solo: un abogado demandó a un propietario de molinos de trigo, o no se qué clase de operaciones hace este señor, por pago de honorarios en un asunto en que lo defendió en los juzgados o en algún negocio de esta naturaleza. Fue a la Junta de Conciliación a demandar a este señor por pago de honorarios que fijaba el mismo abogado en la cantidad de cincuenta mil pesos y el presidente de la Junta de Conciliación, que entonces era un señor Sosa, a quien corrieron por cierto porque como éste hizo otros muchos negocitos muy pocos limpios, aceptó la demanda de este señor y condenó al individuo, al cliente de este abogado, a pagar esta cantidad o una cantidad un poco inferior. Actos de esta naturaleza no deben ser ventilados en la Junta de Conciliación, porque no se trata de un patrón y de un obrero; pero, en cambio cuando un profesionista está prestando sus servicios a una empresa, en ese caso si debe estar incorporado a los beneficios del artículo 123. Voy a referirme, someramente, a lo que hace un momento decía el pro. No se trata, señores, en el caso de los maestros de escuela, de restringir, no se trata de impedir el ejercicio de la profesión. Si no se trata de impedir el ejercicio de la profesión a los no titulados ¿para qué es la ley¿ La ley, señores, sí es para impedir el ejercicio de la profesión, sí debe ser para impedir el ejercicio de la profesión a los individuos no titulados y que señale la ley. ¿Por qué? Porque incurren en un delito al ejercer la profesión sin tener título; incurren en un delito y, por lo tanto, deben ser castigados. De manera que la ley sí es para imponer restricciones; pero yo felicito a los autores del proyecto, como al doctor Oviedo Mota, por ejemplo, porque hace un momento reconocía que es necesario modificar el artículo 1o. Decía: "Señores: con una adicioncita que le hagamos al artículo transitorio, queda todo bien." Luego está conforme el doctor Oviedo Mota en que no está bien, y trata de darle una reformadita al artículo transitorio que autoriza el ejercicio de profesionistas en los casos en que no haya titulados. Sólo que olvida el señor doctor que la comisión ha puesto una nueva taxativa en ese artículo 3o. transitorio, es decir, que tengan cinco años de experiencia los individuos que soliciten ese permiso. Y eso está bien, es sabio, está absolutamente bien para otra clase de profesionistas, como los médicos, como los farmacéuticos, como los parteros, como los dentistas, pero no para los maestros.

La comisión debe reconocer que esa parte del artículo debe ser reformada. Voy a insistir, señores, en la parte a que ya me referí al principio. Dice el artículo 1o. que entre los individuos que necesitan título para su ejercicio, están los químicos industriales, y la comisión acaba de declarar, ante ustedes, que hay químicos farmacéuticos, 32; no son esos los químicos industriales. Químicos técnicos, 14; esos sí están dedicados a la industria; de manera que son 14, por una parte; ingenieros químicos, 18; así es que son 14 y 18, 32; son treinta y dos. ¡Hay, señores, en once años de funcionamiento de nuestra Facultad de Ciencias Químicas, treinta y dos individuos para servir a la industria en nuestro país¡ ¿Ustedes consideran, señores, que es justo restringir la profesión de químicos industriales para proteger a treinta y dos profesionistas titulados contra todo el grupo numerosísimo de químicos que prestan sus servicios sin ningún título a las empresas industriales, o consideran que la sociedad debe ser protegida y garantizada dejando amplia libertad para el ejercicio de la profesión de químico industrial, para que aumente la producción de la riqueza? Son los dos criterios: el criterio de la comisión, que trata de proteger a treinta y dos individuos, con perjuicio de la industria nacional, y el criterio nuestro, que es el de proteger el desarrollo y engrandecimiento de la industria nacional, sin dejar de proteger, seguramente, a los químicos industriales , porque nosotros hemos propuesto e insistiremos ante esta Asamblea para que se apruebe que los profesionistas que presten sus servicios en empresas industriales y comerciales, queden

incorporados en los beneficios del artículo 123; en esas condiciones, los treinta y dos químicos industriales , ésos que defienden la comisión contra la competencia de los no titulados, quedan debidamente garantizados en sus intereses y no estorbamos el desarrollo de la riqueza pública. Yo vengo a oponerme y a pedir a ustedes, señores, que no se apruebe esa parte del artículo 1o; porque sería desastroso para nuestro país; sería sencillamente escandaloso, monstruoso, que produciendo en once años treinta y dos químicos industriales, vayamos a prohibir el ejercicio de la profesión a los no titulados. Yo creo, señores, que no es necesaria mayor argumentación para convencer a ustedes de que esto no debe ser. Por otra parte ¿en qué se perjudica la sociedad, señores, con que los químicos industriales ejerzan sin titulo¿ Si un individuo, un propietario de industria, va a tomar a su servicio a un químico industrial ¿creen ustedes que este hombre, este industrial, es tan tonto que va a tomar a su servicio a un químico industrial que no le preste suficientes garantías, o que al tenerlo una o dos semanas trabajando, no lo despida si no es un hombre que le sirva para desempeñar ese trabajo? ¿Y ustedes creen que con esto se lesiona la sociedad? ¿Ustedes creen que con esto se perjudica la sociedad? No, señores, es que la comisión ha pretendido defender a los profesionistas; pero al defenderlos ha ido más allá de su papel: ha tratado de defenderlos hundiendo a la industria nacional. Yo vengo a oponerme a que se incluya a los químicos industriales dentro del artículo 1o., y tengo la convicción de que ustedes están convencidos de que no deben estar incluidos los químicos industriales en esta ley reglamentaria; dejemos más tiempo, señores, demos oportunidad al desenvolvimiento industrial de nuestro país; demos oportunidad a todo hombre que tenga alguna capacidad, que haya hecho algún estudio, por pequeño que sea, en la química industrial, démosle oportunidad de desarrollar su industria si es un pequeño industria, o démosle oportunidad para que preste su cooperación en el desarrollo y desenvolvimiento de la industria nacional; no hagamos una labor poco seria, porque esto que ha propuesto la comisión carece absolutamente de seriedad. Nosotros pretendemos, señores diputados, que esta ley se discuta con toda serenidad, con toda seriedad; con la serenidad y la seriedad con que debe discutir estos problemas la Representación Nacional; no estamos conformes con el procedimiento poco recto que se ha venido observando; a nosotros nos disgustan profundamente, por ejemplo, las críticas que se hicieron aquí a la Universidad Nacional y no a la Universidad Nacional, sino al rector de la Universidad, parangonando esta crítica con la que hacía, por ejemplo, el camarada Lombardo Toledano. Toledano decía: La Universidad, señores, está mal, está defectuosa, está deficiente. Y el señor doctor Oviedo Mota nos dijo:

El rector de la Universidad es cojo. (Una voz: ¡No tiene la culpa¡) Señores: ¿Creen ustedes que es serio aprovechar esta tribuna de la Representación Nacional para venir, al margen de la discusión de una ley que debe ser eminentemente técnica, a señalar los defectos físicos de un hombre que no nos importa que sea cojo? ¿Vamos a criticar al doctor Oviedo Mota porque usa lentes? Seguramente que no. (Aplausos.) Yo debo declarar, señores, porque es de justicia, que en la Secretaría de Educación Pública se tiene un criterio muy amplio para estos problemas. (Voces: ¡Es cierto¡) Yo acompañé, en unión del compañero Toledano, a la comisión de médicos homeópatas con el doctor Puig Casauranc, para tratar su problema de la aprobación por la Universidad Nacional de los títulos expedidos por la Escuela Libre de Homeopatía, y el doctor Puig Casauranc, dio toda clase de facilidades: fue a visitar la Escuela Libre de Homeopatía; declaró que le satisfacía, aun cuando seguramente que tiene deficiencias, debidas, señores, al egoísmo de los hombres, que teniendo oportunidad la niegan al saber, porque esa Escuela se le niega la oportunidad de que sus alumnos hagan práctica, ya que se les prohibe que vayan a los hospitales y tener a su disposición los cadáveres para hacer la práctica necesaria sobre ellos. ¿Como van esas escuelas libres a prosperar cuando se encuentran con una muralla de esa naturaleza? (Aplausos.) ¿ Pero es que la Representación Nacional señores, va a legislar teniendo en cuenta esas mezquindades y esas dificultades de los hombres? No, la Representación Nacional debe legislar con un criterio amplio, con el criterio de que la ley va a ser observada, porque si vamos a legislar con el criterio de que la ley va hacer burlada, a cada artículo que pongamos para dar mayores facilidades a su cumplimiento, responderá una martingala, una chicana, cualquiera tontería, cualquiera argucia de cualquier abogado, para tornar ese artículo que hemos puesto con buena voluntad, en contra de los propósitos de la ley. Yo creo, señores, que si la Universidad Nacional está dirigida por hombres que tengan determinado criterio reaccionario o político o sectarista, como quiera que sea, es nuestro deber ir en auxilio, ir en apoyo de los hombres que se encuentran, circunstancialmente -porque el doctor Pruneda no va a ser recto por toda la vida de la Universidad Nacional -, que se encuentran circunstancialmente necesitados de nuestro apoyo, de nuestra ayuda para defenderse de estas mezquindades a que se refería la comisión; pero nosotros, señores, tendremos que convenir que en la Secretaría de Instrucción Pública priva un espíritu amplio, completamente abierto a toda iniciativa a toda revolución. No es justo señores, que hagamos de un asunto tan serio algo poco digno y poco serio; yo no voy a referirme, para combatir una idea, a los defectos físicos de los hombres. Por otra parte, señores, es cierto que hay profesores y no sólo profesores, algunos otros profesionistas a quienes se posterga, se humilla, a quienes se despide para dar el puesto a un compadre o a un amigo. Es verdad esto que dicen los señores del pro, pero esto justifica precisamente algo que la comisión no quiso tomar en consideración. Nosotros hemos venido a proponer e insistiremos en una proposición nueva: que se incluya en esta ley un artículo que obligue al empleo de los profesionistas titulados, por parte del Poder Público; que todo empleo en una oficina

pública, de profesionistas, se dé a individuos que ostenten el título profesional, y que incurre en un delito el individuo que acepte el nombramiento que incurre en un delito, puesto que no podemos ir en contra del que lo expide, pero sí podemos ir en contra del que lo acepta, y el que lo acepta debe incurrir en un delito, en el delito de usurpación de profesiones. Eso mismo que nos decía aquí el pro: hay muchos profesionistas postergados, hay maestros de escuela postergados, etcétera, etcétera. ¡El maestro de escuela¡ ¿Que mayor defensa pueden hacer los maestros de escuela que la que han hecho con sus propios esfuerzos? Cuando aquí han venido el camarada Lombardo a pedir que no se incluya a los maestros de escuela, habló en nombre de doce mil maestros que representa en la Federación Nacional de Maestros: criterio con el cual están tratando de protegerlos contra los maestros no titulados. ¿A los maestros? No, a un grupo de amigos o de conocidos es a quienes trata de proteger, seguramente por que los maestros de escuela no quieren que se impida el ejercicio de la profesión de enseñar a los titulados; quieren que se les dé su lugar, que se les respete y que se les pague. Eso lo están consiguiendo con su propio esfuerzo. Se ha expedido por la Secretaría de Educación con ese amplio criterio del doctor Puig, una reglamentación que establece el escalafón, que establece el juicio para separar a un maestro, por un jurado de sus propios compañeros, con la intervención, naturalmente, de la propia Secretaría, etcétera, etcétera. De manera, señores, que volviendo al punto donde de partí, yo he venido a oponerme a que se incluya a los químicos industriales, y no me he venido a oponer porque esté en desacuerdo con la idea de proteger a estos profesionistas. Incorporémoslos a los beneficios del artículo 123, cuando sea asalariado. En estas condiciones, señores, protegemos a los profesionistas, contra sus patronos, y si queremos protegerlos contra el Estado, démosles una ley que los proteja en esta forma; pero no hagamos que una legislación que debe ser benéfica para el país venga a matar a la industria nacional. Dirán los señores de la comisión que para eso han puesto un transitorio que dice que en donde no existan los titulados se dé facilidades a los prácticos. Eso, señores, no es práctico, y no es práctico porque por un lado se restringe, se obliga a tener título ilógicamente, porque hay en once años 32 individuos preparados para técnicos, para químicos industriales, y no tenemos necesidad de venir en esta época de crecimiento y desarrollo y esfuerzo de la industria nacional a poner una cortapisa más al desarrollo de nuestro país. Hagamos labor patriótica que enaltezca, que engrandezca a nuestro país, aun cuando sea necesario sacrificar los intereses de 32 individuos o más. Los intereses particulares de los hombres deben estar subordinados a los intereses generales del país, y nosotros tenemos la obligación de sustentar este criterio que es contrario al de la Comisión, por lo cual vengo a pedir que se rechace el artículo primero que está a debate (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra la comisión.

El C. Juárez Ochoa: Honorable Asamblea: Principiaré por contestar la objeción que se hiciera por el compañero Lombardo Toledano acerca de la inclusión en el artículo 1o. del proyecto, de la profesión de notariado. La comisión no ignoraba que no había un establecimiento para formar notarios: pero convencida de que esta ley es no sólo para el Distrito Federal sino para los Territorios, estimo que en lugares más apartados de esos territorios, en donde no hay abogados, era preciso llevar técnicos, como los notarios, que facilitarán las funciones que se verificaren en esos lugares. De esta manera, aunque sea una aparente inconsecuencia, en la inclusión de la función del notariado, se incluyó, porque forzosamente alguien la debía iniciar, no en la forma en que se iniciaron las sanciones de algunas profesiones antes que se dijera qué profesiones necesitaban el título para su ejercicio, sino que llevando en su ánimo el deseo de procurar a los lugares aislados, ya no del Distrito Federal sino de los Territorios, a un profesionista que se llama notario. Quisimos poner como una carga del estado la formación de esos profesionistas para que se encargaran de las labores que la Ley Reglamentaria del Notariado les encomienda. En cuanto a la objeción que el mismo compañero Lombardo Toledano y después el compañero Treviño hicieron acerca de los maestros de instrucción primaria, por la grandísima labor que desempeñan en la desanalfabetización del pueblo mexicano, me voy a permitir contestarles que no es precisamente el maestro de escuela primaria el que realiza esa labor de desanalfabetización, sino que esa labor está encomendada a los profesores de escuelas rudimentarias; que, generalmente, en el Distrito y en cualquier otra parte, los profesores de instrucción primaria reciben a los educandos ya con el conocimiento de las primeras letras, con el conocimiento de los primeros números. También pensó la comisión en que exigiendo el título al profesor de instrucción primaria, se dignificaba al maestro, a ese gremio del magisterio tan vejado, tan oprimido, que no deja de tener un individuo impreparado que le hace competencia, porque o es amigo de quien tiene facultades para expedir nombramientos, o es pariente de los mismos profesores de escuela primaria. En cuanto a la exigencia del título a los químicos industriales, el compañero Treviño piensa que se iba a establecer una casta profesional con la exigencia del título a tales profesionistas, porque no era posible que 32 químicos industriales tuvieran a su cargo todas las exigencias profesionales de la nación. Así lo dijo: la industria nacional se perjudicaría grandemente. Pero es que el compañero Treviño piensa en que estamos legislando solamente para el Distrito Federal y los Territorios, y que los servicios de los 32 químicos industriales para las necesidades del Distrito y Territorios son más que suficientes, si tenemos en cuenta que bajo la dirección de esos profesionistas se encuentra infinidad de profesionistas prácticos a sus órdenes, como lo hacen algunos abogados y médicos que confían a barriletes, pudiéramos decir, los negocios secundarios o que no quieran tomar directamente por su cuenta. La comisión cometió una omisión, sí, al no comprender

en su artículo 1o., de manera expresa, la cirugía, y se permite desde luego pedir a la Asamblea la permita adicionar dicho artículo 1o. incluyendo la cirugía, para que de esta manera pueda tener también aplicación exacta la sanción que se encuentra en nuestro código penal a esa profesión.

- El C. Lombardo Toledano: ¿Me permite el compañero una observación, con la venia de la Presidencia

- El C. Juárez Ochoa: Puede usted hacerla.

- El C. Lombardo Toledano: Entiendo que no hay una carrera aislada de cirujano, aislada de la carrera de médico; que los títulos que se expiden son de "médico cirujano", y si usted separa la carrera de médico de la del cirujano, forzosamente está usted afirmando que hay que considerar aislado al cirujano. Esta es la sugestión que quería hacerle.

- El C. Juárez Ochoa: La comisión estima que es solamente por claridad por lo que se permite suplicar la adición de "cirugía", para que quede comprendida exactamente también en la sanción prevista en nuestro Código, no por otro concepto. Así también se permite suplicar a la Asamblea, que por datos que llegaron últimamente a poder de la misma, y aunque se piense que se va a establecer una casta en favor del médico veterinario, si es que lo incluimos en la enumeración del artículo 1o., yo voy a restringirlo, aunque antes me opuse, porque no es posible establecer a secas la existencia del título del médico veterinario, sino solamente en las operaciones que tengan una trascendencia social manifiesta. De esta manera, me permito proponer que la adición de "médico veterinario", en la enumeración del artículo 1o., sea solamente en sus relaciones con la higiene pública.

En cuanto a las demás objeciones que se han hecho y que se refieren... - El C. Lombardo Toledano interrumpiendo: A la enseñanza secundaria y profesional...

- El C. Juárez Ochoa: Gracias, compañero. En cuanto a la exigencia del título al profesor de instrucción secundaria y profesional, creemos pertinente esa exigencia, porque es en el Distrito Federal en donde se recluta la mayor parte de profesionistas proletarios y es necesario que se dignifique a esos profesionistas. Busquemos la oportunidad de favorecerlos, haciendo que si no en el ejercicio de la profesión, sí como profesores en las escuelas secundarias o en las profesionales, tengan oportunidad de salir de la situación a que la competencia los ha arrojado.

- El C. Orozco David: ¿Me permite una interpelación, compañero? ¿Usted, como abogado y siendo juez, aplicaría a quien enseñara que b y a se dice va un año de prisión y multa? ¿Sería usted tan cruel para hacer esto?

- El C. Juárez Ochoa: No oí bien, compañero.

- El C. Orozco David: Que si usted, como juez, a quien enseñara el silabario aplicaría la sanción penal, que es un año de prisión y multa.

- El C. Juárez Ochoa: No es el caso, compañero. De las escuelas rudimentarias no se ha ocupado la comisión; por lo tanto, se sobrentiende que todo el mundo puede enseñar las primeras letras y los números, solamente se exige el título para el profesor de escuela primaria, no rudimentaria.

- El C. Orozco: Conforme.

- El C. Lombardo Toledano: Pido la palabra.

- El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Cerisola.

- El C. Cerisola: He pedido la palabra en contra del artículo para sugerir y suplicar a la comisión le haga algunas adiciones y modificaciones. No me voy a extender a los argumentos respecto de la supresión del requisito de título para el profesor de instrucción primaria, porque ya el compañero Lombardo Toledano lo trató ampliamente; pero sí voy a hacer hincapié en lo dicho por el compañero Oviedo Mota, que aseguraba que agregando unas cuantas palabras al artículo tercero transitorio podrían quedar comprendidos los profesores no titulados. Dice el compañero Oviedo Mota que al artículo 3o. transitorio se le podría agregar que: "podrán ejercer mediante permiso de la autoridad competente." Si ponemos estas cuantas palabras en el artículo 3o. transitorio: "que cuando los profesores no son suficientes", nos exponemos que aquellos individuos incompetentes - porque yo estoy tratando el punto bajo la competencia de proteger los intereses, la salud y la vida de los individuos, y los intereses, la salud y la vida de la sociedad, y nunca los intereses de los profesionistas -, nos expondríamos, repito, a que aquel individuo inepto que contara con el apoyo de la autoridad, es decir, el apoyo oficial de la autoridad para ejercer, indujera a ésta a declarar que no había los profesionistas competentes titulados necesarios para ejercer, y echar así por tierra, hacer negatoria toda la reglamentación del artículo 4o. constitucional. También quiero decir al compañero Juárez Ochoa que los niños que van a las escuelas primarias, muchos de ellos que no han ido siquiera al kindergarden, llegan desconociendo absolutamente desde las primeras letras. Esto, en lo que se refiere a la supresión del profesorado de instrucción primaria en el artículo. Pero también quería proponer esta modificación, y es la que se refiere a la química industrial. En tesis general estoy conforme con lo dicho por el compañero Treviño; pero debe saber el compañero Treviño que hay muchas ramas de la química relacionadas directamente con la higiene y la salubridad públicas, y a estos individuos - buscando siempre, como único fin que debemos perseguir, garantizar a la sociedad contra los incompetentes - sí debemos exigir que ya que dedican sus actividades a estas ramas especiales de la química, sean titulados. Podría citar a ustedes, por ejemplo, el caso de los químicos biólogos, los que hacen los análisis de los alimentos; el caso de los químicos farmacéuticos, que analizan las medicinas para que pueda darse el permiso de que se expendan, es decir, químicos que analizan la pureza de ellas y la constitución de las fórmulas; porque hay muchos medicamentos que produciendo un alivio momentáneo del dolor son perfectamente perjudiciales para la salud humana, y son precisamente esos químicos dependientes del Departamento de salubridad los que salvaguardan la salud de la colectividad en el ejercicio de su profesión, y es a esos a los que debe

exigirse el título profesional. Así, pues en la parte relativa a la química industrial yo propondría a la comisión que dijera en lugar de la química industrial: "la química en sus ramas relacionadas con la higiene y la seguridad públicas". Iba a proponer una adición, que ya el compañero Juárez Ochoa nos indicó que iba a aceptar: la inclusión de los veterinarios. Pero el Compañero Juárez Ochoa los admite con ciertas limitaciones, porque probablemente no se ha dado cuenta exacta de cuál es el ejercicio de la veterinaria. Los veterinarios prestan a la salubridad pública servicios eminentes o indispensables. Son ellos los que nos precaven de las enfermedades transmisibles de los animales al hombre, enfermedades transmisibles por simples contactos, enfermedades transmisibles por la ingestión de ciertos alimentos de origen animal, de cientos productos animales de secreción. Para no citar más que unos cuantos, por que sería prolijo citar toda la lista de padecimientos contagiosos de los animales al hombre, podría citar el muermo, la tuberculosis, la triquinosis, el piojo, llamado vulgarmente la pústula maligna, etcétera, etcétera, y son los veterinarios los encargados de aislar a los animales o de mantenerlos o de incinerarlos; son los veterinarios los encargados de hacer la revisión de las carnes para evitar la venta de carnes de animales que se encuentran enfermos; son los encargados de hacer la inspección de las carnes que estén en período de descomposición, para evitar su consumo, etcétera, etcétera. Se ve, pues, la importancia enorme que tiene el ejercicio de la veterinaria.

Pero no solamente allí. Todos sabemos que la ganadería es una de las fuentes de riqueza del país, y decir fuente de riqueza es decir fuente de bienestar; y son los veterinarios los que deben estar encargados, los técnicos competentes, de traer razas nuevas, de corregir los defectos de las ya existentes, de precaver sus enfermedades, de crear su base, de fortalecer y desarrollar la ganadería en todas sus especies, bovina, caprina, etcétera, etcétera. De manera, que yo rogaría a la comisión que, sin taxativas, incluyera a los veterinarios en este primer artículo. No estoy conforme, en cambio, con la adición propuesta por el compañero Juárez Ochoa en lo relativo a la cirugía, porque la medicina es única, la medicina humana es única y se ha hecho una división artificial enteramente entre medicina interna y medicina externa o quirúrgica, pero debe saber el compañero Juárez Ochoa que hay muchos padecimientos internos que requieren la aplicación de procedimientos quirúrgicos para su completa curación, que hay muchos padecimientos internos que evolucionan hacia un procedimiento quirúrgico, que necesita el cirujano intervenir; y debe saber el compañero Juárez Ochoa que el cirujano no es el cortador, sino que para prescribir una intervención, para prescribir un tratamiento quirúrgico, necesita conocer perfectamente bien cómo funcionan todos los órganos del individuo, para garantizar su diagnóstico. De modo, que el cirujano, antes que cirujano, es médico. Si la división es enteramente artificial nadie puede marcar que hasta aquí termina la medicina interna, y de aquí para allá comienza la cirugía. Por eso, a mi modo de ver, el artículo quedaría bien diciendo: "medicina humana y operatoria". Yo propondría, pues, a la comisión, para determinar, la modificación del artículo en este sentido, naturalmente si esto es de la aprobación de la Asamblea: "la supresión de los títulos para profesores de primeras letras, y en lo particular comenzando por medicina humana y veterinaria, odontología, obstetricia, farmacia, química en sus ramas relacionadas con la higiene y salubridad públicas, ingeniería, arquitectura, corredores, etcétera." Una comisión de la Escuela de Agricultura tuvo la bondad de acercarse a mí para que expusiera aquí puntos de vista que ya se me estaban olvidando. Dicen los ingenieros agrónomos que ellos pueden o no estar comprendidos dentro del término general de ingeniería, y dicen esto, porque su profesión se relaciona con todo lo que tiene que ver con el terreno y su producción; así, pues, solicitan ellos, y creo que es de justicia, se les incluya, tanto más, cuanto que quieren estar en relación con el artículo 7o., en que se habla de cuáles deben de ser las oficinas encargadas de la expedición de títulos, y que dice en lo relativo lo siguiente: "geógrafos, topógrafos, agrónomos, hidráulicos, etcétera, etcétera". Si las razones aquí expuestas, que considero de peso, son tomadas exclusivamente, repito, bajo el punto de vista de la protección de los intereses generales, yo propondría a la comisión que aceptara las modificaciones y nos presentara el artículo en la forma indicada.

- El C. Borja: Una interpelación. (Campanilla.) Como miembro de la comisión, con permiso de la Presidencia.

- El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Villaseñor.

- El C. Borja: Iba a preguntarle al doctor Cerisola (Campanilla.) si cree que el ejercicio de la abogacía necesita título. (Murmullos.)

- El C. Cerisola: Sí.

- El C. Villaseñor: Señores diputados:

Si la reglamentación del artículo 4o. fuese de carácter general, inconclusamente que estaría muy estrecho el artículo 1o. de esta ley; pero como sólo se trata de reglamentar las profesiones en la capital de la República, Territorios y Distrito Federal, creo que no es tan estrecho, sobre todo, por lo que se refiere a la instrucción primaria elemental y superior. Es verdaderamente triste que haya venido aquí el señor licenciado Lombardo Toledano a decirnos que cómo vamos a exigirles título a los mentores de la niñez aquí en la capital de la República. Precisamente, señores, es a los primeros a quienes debemos exigirles título aquí en la capital de la República¿ a los profesores de instrucción primaria elemental, a los de instrucción primaria superior. Si no podemos contar con profesores titulados aquí en la capital de la República hacia dónde iremos más tarde, señores diputados? Es verdaderamente triste que haya muchos ciudadanos que no quieran ya dedicarse a estudiar para profesores de instrucción, precisamente por eso, porque les espera un porvenir pavoroso, puesto que van ocupando las escuelas individuos que muchas veces mal saben la instrucción primaria elemental. Si no

existiesen maestros rurales, si esta ley fuese, como decida, para toda la República, inconcusamente que sería muy estrecha por lo que hace a los profesores de instrucción primaria. Pero no, señores , para la República Mexicana ya hay centenares, miles de maestros que con todo empeño sostiene la Secretaría de Educación Pública.- El C. Lombardo Toledano: ¿Me permite usted una aclaración? ¿Cuántos maestros rurales hay, compañero, en la ciudad de México? - El C. Villaseñor: En la ciudad de México no sé los que habrá; pero no necesitamos muchos aquí en la ciudad.

- El C. Lombardo Toledano: Ninguno, compañero, ninguno. Por eso los niños que aprenden las primeras letras, las aprenden de los profesores de instrucción primaria.

- El C. Villaseñor: Sí, señor; pero ésta no es una razón de peso, compañero. (Murmullos.) Aquí en la capital de la República, donde vemos precisamente que día a día, en las escuelas primarias de niños y aun de jovencitos hay no profesores, sino profesoras, hay señoritas que perjudican a los niños, porque los niños deben de estar dirigidos por profesores más que por señoritas.... (Murmullos.) Sí, señores los profesores debe ir formando el carácter del hombre desde niño. Debemos nosotros aquí, con toda justicia, abogar porque se corrija este artículo 1o., porque efectivamente tiene algunas deficiencias; pero no vengamos a hacer aquí cuestión de amor propio; de que porque no se aprobó el otro proyecto de ley o el anterior, vamos a hacerle objeciones. Hemos visto que hace años y años se está tratando de reglamentar las profesiones, y nunca se llega a un acuerdo. Ninguna ley, por buena que sea, mejor dicho, ningún proyecto de ley, por bueno que sea, puede apreciarse, sino hasta en la práctica. Mientras no salga a la práctica, señores, es inútil, es imposible que digamos: este proyecto de ley es perfecto. Llevemos a la práctica un proyecto de ley; hagamos algo, no como decía el compañero Torregrosa, que no debemos hacer leyes; no, señores, vayamos a hacer leyes, pero leyes útiles. (Murmullos.)

Preguntad a los empleados civiles si no quieren que se haga una ley del servicio civil, aunque sea con deficiencias. Vamos a hacer una ley, aunque sea con deficiencias, reglamentando las profesiones; después la corregiremos. vamos a hacer una ley de pensiones civiles, que ya está hecha y que tiene sus deficiencias; se las vamos corrigiendo. Aquí tenemos, por ejemplo, que falta en el artículo 1o. - y yo suplico a la comisión se sirva tenerlo en cuenta para que se aumente en las profesiones, y creo que accederá -, la profesión, muy interesante, de profesoras de jardines de niños; porque esas sí son señoritas, porque esa sí es profesión de señoritas, porque son niños de cuatro o cinco años. Sí, señores, pero es muy triste ver a muchos profesores titulados que no les dan empleo, porque hay señoritas en los colegios donde hay alumnos; hay señoritas también que enseñan primer año de matemáticas; prestan sus servicios, pero no a señoritas, sino a hombres.

Decía el compañero Lombardo Toledano que no necesitábamos nosotros exigir el título a los profesores de instrucción primaria. En eso hago hincapié porque es la base fundamental: hace un año señores diputados, era verdaderamente alarmante el fracaso que había sufrido la Escuela Preparatoria en su primer año, y se quejaban mutuamente los profesores de uno y otros planteles. Decían los de la Preparatoria que el fracaso obedecía a que los alumnos que habían ingresado allí, estaban muy deficientes; en cambio, los profesores de instrucción primaria superior les echaban la culpa a los otros profesores, a los de la preparatoria. De manera que si no vamos a exigir ahora que vaya verdaderamente preparado el profesor en la capital de la República, resultará un fracaso. Está bien que en toda la extensión del Territorio no se tengan maestros titulados y se tenga que emplear maestros rurales y si no aunque no sean maestros rurales; pero en la ciudad de México, señores, no me parece bien. De allí precisamente que estén desertando muchos individuos que antes deseaban ser profesores. Día a día tendremos menos profesores de educación pública. Una de las circunstancias que debe de tomar muy en cuenta la Secretaria de Educación Pública a este respecto, es la de crear profesores de instrucción primaria elemental y profesores de instrucción primaria superior. Para ser profesor de instrucción, no hay más que un título, en tesis general; en la Escuela de Maestros se necesitan seis años de escuela normal para adquirir ese título. De manera que si el día de mañana la Secretaría de Educación Pública titula con tres años de normal a profesores para instrucción primaria elemental, tendrá un porcentaje perfectamente bien acondicionado y siguiendo los seis años para profesor de instrucción primaria superior, tendrá un porcentaje también perfectamente competente y aceptable..

- El C. Lombardo Toledano: ¿Me permite una interpelación?

- El C. Villaseñor: Después, compañero.

- El C. Borja: Esto está enteramente de acuerdo... (Voces: ¡No, no!)

- El C. Villaseñor, continuando: ¿Que hay falta de algunos profesionistas, que hay escasez de ellos? vamos a crear nuevas profesiones, vamos a crear subprofesiones. Hace poco, en la prensa de la capital, proponía alguno de sus colaboradores que se fundara la profesión del médico rural. Muy bien señor. En algunos pueblos, donde no puede haber, porque el pueblo no tiene para pagar honorarios a un médico de la facultad universitaria, pues siquiera que haya un médico rural, preparado para atender en ciertos momentos una enfermedad, para proporcionar ciertas atenciones a base de higiene, a base de asepsia, no con telarañas, con hidras, con sanguijuelas o tonteras de esas; con estudios no profundos, claro está que un médico rural no se va a atrever a hacer operaciones en todas sus fases; pero es triste que aquí mismo, en la capital, veamos que habiendo muchos profesionistas muy competentes, se les haya usurpado su puesto en las mismas oficinas públicas...

- El C. Treviño: ¿En el Distrito Federal, compañero?

- El C. Villaseñor: Vea usted, por ejemplo, en

el Distrito Federal, aquí, en la ciudad de México, puedo citar a los compañeros infinidad de casos donde están al frente de las oficinas técnicas individuos que no son profesionistas y que, inconcusamente, son profesionistas los que deben estar al frente de ellas. ¿Cree, por ejemplo, el compañero Lombardo Toledo que al frente del departamento de Minas no es forzoso que esté un ingeniero de minas? Si no es competente, que lo corran y venga otro. ¿Pero no debe ser la base lógica del Departamento de Irrigación, que esté un ingeniero para hacerse responsable de esa oficina? Inconcusamente que sí ¡Cómo vamos a poner a un simple práctico de director del Departamento de Minas, señores! ¡No, señor! Desde luego un ingeniero minero, un ingeniero minero titulado, lleva de por medio el honor de su título, de su profesión, mientras que un práctico no perdería mucho; y vemos a muchos individuos que no son ingenieros, al frente de oficinas netamente técnicas. ¿Y aquí, en la ciudad de México, no hay ingenieros titulados que han pasado doce años de su vida en estudios? ¿Cuál ha sido, entonces, el pago que le dan a un título que aquellos cuidadanos han conseguido con tanto anhelo y con tanto esfuerzo? ¿Hacerlo a un lado para meter a un individuo que más que competencia porta una recomendación? Es de suponer que un ciudadano titulado en una actividad, por torpe que sea, sepa algo.

Así, pues, yo creo que debemos tener buena voluntad para el doctor Oviedo Mota, haciéndole las sugestiones, pero de buena fe; no hagamos cuestión del amor propio porque no llegamos a ningún resultado práctico. El está en la mejor disposición -lo ha manifestado a la Asamblea - y ojalá que toda la Asamblea se dé cuenta exacta de que debemos hacer una ley y ponerla en vigor, y que poco a poco se irán corrigiendo y subsanando sus deficiencias. Así, pues, yo suplico de una manera especial a la comisión que sostenga su punto de que los maestros de instrucción primaria sean titulados en el Distrito Federal, en los Territorios y en la ciudad de México, ¡donde hay nada menos que 681 maestros sin título!

- El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Gutiérrez José F.

- El C. Gutiérrez José F.: Compañeros: Hemos escuchado, durante el debate de esta tarde, cómo han señalado algunos compañeros los errores en que incurre el artículo 1o. del dictamen que presenta la comisión. Realmente los argumentos del pro del dictamen no han sido lo demasiado sólidos o lo suficientemente sólidos para que puedan tomarse en serio esas argumentaciones. Hemos oído cómo el último estimable compañero que acaba de venir a abogar en pro del dictamen, se ha extraviado completamente en sus apreciaciones, creyendo que debe excluirse de las profesiones al sexo femenino, solamente porque hay muchos profesores titulados que se encuentran sin trabajo. Razones de esta naturaleza creo que son poco serias para tratar...

- El C. Gutiérrez José F.: ....de defender un dictamen que se encuentra sujeto, como lo comprendemos, porque es un trabajo humano, sujeto a errores. Nosotros no venimos a tratar de hacer una ley mala para ponerla a la práctica, como dice el compañero Villaseñor. Creemos que la ley puede estar sujeta a errores, pero errores que pueden escaparse lógicamente al criterio humano; como en cualquiera otra de las actividades esos errores se manifiestan patentes, porque son obras de seres humanos, pero no tratamos de que en esta ocasión se haga una ley que adolezca de deficiencias, ni vamos a tratar de aprobar una ley que a sabiendas conocemos que adolece de deficiencias, porque no vamos a legislar para ponerla en práctica y ver el resultado o el afecto que produce, sino que vamos a procurar, hasta donde humanamente sea posible, hacer trabajo que sea en defensa de los intereses de la sociedad. Pues bien, a las argumentaciones hechas por el compañero Lombardo Toledano en lo que se refiere a la educación, a la instrucción primaria; las que ha hecho el compañero Treviño respecto de la química industrial, la que ha hecho el compañero Cerisola en lo que se refiere a la veterinaria, y así sucesivamente todos los puntos que se han venido marcando, tenemos que agregar el que se refiere a los corredores y contadores, y eso, por esta razón: los corredores se encuentran ya dentro de las estipulaciones del código de Comercio, que marca cuándo se hace necesaria la intervención de un corredor titulado y cuándo no es necesaria esa intervención; incluir a los corredores, a mi juicio, dentro del artículo 1o. de esta ley, es poner al Comercio en condiciones verdaderamente difíciles, puesto que si actualmente hay comerciantes que están sujetos a la intervención de esos corredores no titulados, pero que cobran modestos honorarios, una vez que se haga necesaria la intervención de los corredores en los modestos comercios, los honorarios de estos señores van a absorber todo el capital que representan esos pequeños comercios. Por esta razón nosotros creemos que si ya están incluidos dentro de una estipulación en el código de Comercio que marca preferentemente en su artículo 53 cuándo se hace necesaria la intervención del corredor, y, además, dentro de este mismo código se encuentra la sanción para los que se dedican al ejercicio de esta profesión, no habría necesidad, a nuestro juicio, de incluirla en esta ley reglamentaria del artículo 4o. En tal virtud, para no alargar este debate, porque consideramos que es necesario estar perdiendo el tiempo en disquisiciones acerca de la reglamentación, es decir, acerca de la discusión del artículo 1o. o de su redacción fundamental, nos hemos permitido, o nos permitimos someter a vuestra consideración esta modificación, que está concebida en la siguiente forma:

"Artículo 1o. En el Distrito Federal y Territorios, necesitan título para su ejercicio, las siguientes profesiones: abogacía, medicina, odontología, obstetricia, farmacia, veterinaria, ingeniería y arquitectura.

"Será obligatorio el empleo de los servicios profesionales de los corredores y contadores públicos, en los casos en que así lo exija el código de Comercio.

"El ejercicio de la profesión de notario se regirá por las disposiciones especiales que, al efecto, dicte el encargado del Poder Ejecutivo Federal.

"El ejercicio profesional del magisterio queda comprendido dentro de esta ley en las ramas o especialidades que las autoridades encargadas de dirigir la educación nacional señalen. Por tanto, dichas autoridades fijarán en qué casos se requiere el título, y las condiciones necesarias para el ejercicio del magisterio en sus variadas especialidades."

Creemos que si se acepta la modificación del artículo 1o. en la forma en que tenemos el honor de proponerlo a vuestro elevado criterio, con esto quedarán zanjadas las dificultades.

- El C. Borja: Con permiso de la Presidencia... (Campanilla.)

- El C. Oviedo Mota: Pido la palabra.

- El C. Borja: Compañero (dirigiéndose al ciudadano Gutiérrez): la proposición que ustedes hacen es exactamente igual a la que ya me permití formular en un voto particular, con una sola salvedad: la cuestión de la abogacía, y con otra que propuso el licenciado Lombardo Toledano: ingenieros civiles.

- El C. Oviedo Mota: Pido la palabra.

- El C. Borja: Voy a permitirme, de muy buena fe, porque yo quiero que me convenzan en la cuestión de la abogacía; no es que yo sea tinterillo, es que quiero que me convenzan. El ejercicio de la profesión de la abogacía es amplísimo: se llega al jurado, que es una función enteramente pasional. Yo no sé si usted será abogado; creo que no ¿verdad? Bueno, compañero, iba a decirle a usted esto: en un jurado, nosotros - y digo nosotros porque no quiero decir ustedes -, ¡vaya¡ yo, (Risas.) sentado en el banquillo del acusado, yo preferiría, por ejemplo, que me defendiera Alfredo Romo, o usted, que no son abogados, pero sí tienen.... pues tienen el don de la palabra. (Murmullos.) Háganme favor de no interrumpirme por que yo soy muy tonto y ya saben ustedes lo que es una interrupción. Decía yo que no se necesitaba título para poder hacer la interpretación de la ley y poder alegar en un jurado todo lo que uno quiera en favor del reo; y yo quisiera que usted me hiciera favor de decirme si tengo razón en preferir a uno que no tenga título, para que me defienda, pero que tenga el don de la palabra, a un abogado competente, que sepa mucho de leyes, pero que no sepa hablar, como hay muchos. ¿A quién preferiría yo?

- El C. Gutiérrez José F.: Para contestar. Entiendo que la ley no obliga a ningún reo a escoger como defensor en una causa a tal o cual abogado. Lo deja en absoluta libertad para escoger a quien mejor le parezca para que la defienda en su juicio, aunque no sea abogado.

- El C. Borja: ¿Me permite su señoría la contrarréplica? (Murmullos.)

- El C. Gutiérrez José F.: Un momento. Dice la fracción IX del artículo 20 de la Constitución, lo siguiente: "Se le oirá en defensa por sí o por persona de su confianza, o por ambos, según su voluntad."

- El C. Borja: Exactamente. Y vamos a contrariar ese precepto, cosa que no podemos hacer, porque necesitaríamos reformar eso.

- El C. Cruz: Sí podemos.

- El C. Borja: No, señor. ¿Con qué derecho me va a exigir un juez que lleve un abogado titulado? (Murmullos.)

- El C. Gutiérrez José F.: Me voy a permitir aclarar al compañero. Aquí solamente se trata de la reglamentación del artículo 4o. constitucional para que se sepa qué profesiones son las que se requieren título. No se trata de dar preferencia a los abogados en determinados asuntos que se litiguen o que se ventilen en los juzgados o en los tribunales. La ley, es decir la Constitución, en su fracción IX del artículo 20, lo expresa claramente: que se deja en libertad para que se defienda por sí solo o por persona de su confianza, sea o no sea abogado; la ley así lo establece.

- El C. Borja: Perfectamente bien, compañero, un millón de gracias. Otro caso. Yo tengo un asunto enteramente pequeño que se ventila en un juzgado... (Voces: ¡Ya! ¡Ya!) una demanda. Me demandó un fulano por veinte pesos y voy a contestar esa demanda a un juzgado menor. Ningún abogado va porque le da vergüenza tratar negocios de tan poca monta, y, naturalmente, tengo que llevar a uno que no tiene título, y entonces le dirán: "no, usted necesita título"... (Siseos.) Las víboras son las que silban, allí está la tribuna y lleguen a ella. Yo quisiera que me dijera usted algo sobre ese caso.

- El C. Gutiérrez José F.: Usted tiene amplia libertad para escoger a la persona que lo defienda en el caso que sea; ninguna autoridad ni ningún juzgado puede rechazarle a usted la persona que haya usted nombrado defensor en el juicio que siga.

- El C. Borja: ¿Que objeto tiene el exigir título de abogado? ¿Cual es el objeto práctico que persigue la ley? Porque si yo hago un escrito y se lo presento a mi cliente con su nombre, la misma Constitución lo autoriza para litigar con su nombre; pero si yo lo hago, voy a burlar la ley y no hay derecho para hacer una ley de burlas.

- El C. Gutiérrez José F.: Precisamente, el objeto de reglamentar esta ley del artículo 4o. es fijar qué personas son las que requieren título para que puedan ejercer; pero no es precisamente en un caso o dos aislados que se presenten, se trata de evitar que elementos que carezcan de título puedan dedicarse a las actividades a que se contrae la abogacía; pero solamente en los casos en que verdaderamente se hace necesario, sin que por esto quiera decir que se pone una taxativa para que puedan ejercer de defensores individuos o personas que carezcan de títulos de abogados.

- El C. Borja: En ese caso sería... (Sisesos. Campanilla.) Muy bien, muchas gracias.

- El C. Gutiérrez José F.: Nosotros creemos que el debate se ha prolongado demasiado.

- El C. Orozco: Una interpelación, con permiso de la Presidencia. El compañero Borja hacía notar, y la Constitución lo dice ampliamente, que para defender no se necesita título de abogado, sino una persona de su confianza; es una rama de la abogacía, la más delicada, puesto que se trata de la libertad del individuo y tal vez de la vida, porque hay pena de muerte. En consecuencia, si para lo más delicado nuestros constituyentes no exigen

ningún título, para un asunto civil mucho menos debe exigirse.

- El C. Gutiérrez José F.: Por las razones, compañeros diputados, que ya se han expuesto y que hemos tratado de aclarar con la modificación que presentamos a este artículo, creemos que estará en la conciencia de ustedes que la comisión no ha procedido con un detenido estudio a formular la reglamentación del artículo 4o. de la Constitución, cuando menos en lo que se refiere al artículo primero de la ley. En tal virtud, con objeto de no seguir cansando la atención de la Asamblea, pedimos muy atentamente a la comisión que retire el artículo primero de este dictamen, a fin de que entre a discusión la proposición que nosotros presentamos, reformada en el sentido que ya conocen ustedes.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano doctor Oviedo Mota.

- El C. Oviedo Mota: Señores compañeros: En efecto, este debate no ha llegado ha ser lo que debiera, y no lo ha sido por la forma apasionada en que se nos ha venido a atacar y por el empeño en exhibírsenos como unos perfectos imbéciles que ni siquiera hemos sabido lo que traíamos a la tribuna al iniciar el debate. Este debate técnico debería haberse colocado pura y exclusivamente en un terreno de serenidad. Yo traigo aquí, señores, un estudio modesto, porque ya lo dije desde la primera vez: Yo soy un médico provinciano; pero, hasta donde fue posible yo hice un estudio. Yo podría venir a decir aquí a ustedes que los esfuerzos que hasta ahora he hecho, no proceden de este período de sesiones, sino desde el anterior - y aquí traigo la demostración de que los artículos, cuando menos los primeros artículos de la ley de estos señores son exactamente los mismos que nosotros habíamos estudiado en el período anterior; aquí traigo la demostración del hecho Pero esto sería continuar con apasionamientos. Por ejemplo, aquí ha venido a decir el compañero Treviño que yo dije que el rector de la Universidad era cojo. Yo no usé esa palabra. Dentro de las normas de la biología aceptadas en la actualidad, la forma y la función se ligan íntimamente. Yo dije que el rector de la Universidad tenía un cuerpo deforme; y en biología nosotros aceptamos que un cuerpo deforme corresponde siempre una función anormal. Yo no hablé de defectos físicos que, quien más, quien menos, en la humanidad actual los carga consigo; yo hablé de deformidad. Para que vean ustedes cómo se desvían las cosas y cómo se desvirtúan las palabras. Todavía más: las ultimas palabras del compañero Toledano fueron éstas más o menos: "¡Este papel no nos sirve para nada; es una simple recomendación a la sociedad y a los señores profesionistas para que ejerzan con título¡" Y el señor compañero Juárez Ochoa, con la serenidad que le caracteriza, le vino a leer, creo que el capítulo X, título tercero, artículo 2o. del Código Penal, que demostraba que no era aquel papel despreciable que él había dicho.

Para colocarnos, pues, en una discusión serena, entraremos al terreno de la seriedad, señores compañeros laboristas. Yo los estimo a ustedes y he reconocido públicamente que ustedes tienen elementos de la intelectualidad de Toledano y del empeño de Treviño; en lo particular los estimo a todos ustedes, pero yo creo que no debemos venir aquí con términos despectivos tratando de significar que labor que nosotros hemos hecho es enteramente nula. Puede ser que en el fondo fuera nula, y puede ser que esta ley corresponda, en efecto, al siglo pasado, y hay una razón fundamental: nuestra Constitución de 57 fue expedida en el siglo pasado, y desde entonces se está necesitando esta ley reglamentaria; de manera que si esta ley reglamentaria se hubiera hecho desde el siglo pasado, ya hubiera surtido sus beneficios. Ahora, por lograr introducir una serie de modificaciones que nada tienen que ver en el asunto, se pretende llevarnos al terreno de un pasionalismo indebido. El artículo 4o. constitucional, en su parte relativa, es muy claro y terminante: "La ley determinará en cada Estado cuáles son las profesiones que necesitan título, las condiciones para obtenerlo y las facultades para expedirlo". No había, pues, para qué llevar esto a un terreno de apasionamiento tan exagerado y hasta venir a herir en nosotros sentimientos muy hondos. Porque, señores, yo seré todo lo insignificante que ustedes quieran, pero cuando los señores Toledano y Treviño ni aún pensaban en el laborismo, tuve el honor, en Michoacán, de ser presidente de un club de obreros durante un año. (Aplausos.) Los señores compañeros aquí presentes, de Michoacán, pueden decir si estoy diciendo verdades o si estoy mintiendo. Ese grupo de obreros de Morelia fue el que hizo la campaña con Miguel Silva. Yo, desde entonces, dentro de mi pequeñez, señores, ya marcaba orientaciones en favor de las clases obreras, y siempre nos hemos preocupado por ellas. Aun aquí podría exhibir a ustedes documentos que demuestran que en época muy reciente di una serie de conferencias a los obreros de la Crom, de Morelia. De manera, pues, que es por demás que vengamos nosotros aquí, sobre un punto que en realidad no se relaciona con la Revolución, a decir: este proyecto sí es revolucionario y este otro no. Y si nosotros venimos a compararlos, trabajo muy fácil, encontramos que la diferencia está en que se incluya una profesión o no. Esto no tiene que ver con los ideales revolucionarios, por más que se empeñen.

Hay pequeños puntos que no quiero dejar sin tratar este día, por más que el final voy a suplicar a la Asamblea prosigamos nuestro debate el día de mañana; no tenemos por qué violentarnos; el día de mañana, señores compañeros, podemos proseguir. Se han dicho verdades muy dignas de tenerse en consideración y que nos van orientando; también es verdad que se han dicho grandes falsedades, cosas que son absolutamente inaceptables. Para mi distinguido compañero Torregrosa la medicina está en la época de la magia y la adivinación. No, estimado compañero, está usted en un error, muy sinceramente se lo digo, con esa sinceridad que siempre anda usted manifestando, y yo me daré el gusto de demostrarle mañana cuáles son las conquistas portentosas, las conquistas maravillosas de la ciencia médica experimental moderna, es decir, de la ciencia que ha venido haciendo sus conquistas paso a paso y sobre bases firmes. Pero me

doy cuenta de que la Asamblea está cansada y ésta es una labor que por muy breve que sea tardaríamos más de una hora, y por otro lado no creo que esto deba sintetizarse, porque no son verdades que necesita saber solamente la Asamblea, sino que toda la nación quiere saber si en efecto la medicina es una cosa seria, si en efecto se trata de una ciencia experimental a la que debamos recurrir o si simplemente se trata de procedimientos de engañifa que no sirven para nada. Los estudios médicos, las instituciones medicas que el estado sostiene cuestan algunos millones de pesos, compañero Torregrosa, y usted que es uno de los diputados fundadores de la Cámara, me extraña que no haya solicitado desde hace mucho tiempo que se supriman esos establecimientos de mafia y de farsa que ya no caben en la época moderna. Si la medicina es una farsa, si yo no logro convencer a ustedes de que las conquistas de la medicina son reales, aunque no sea totales, en ese caso, señores compañeros, yo seré el primero que suplique al compañero Torregrosa, puesto que la idea es de él, que presentemos a la Asamblea Nacional una solicitud para que se suprima todo ese gasto inútil. ¿Para qué estamos gastando en la Escuela Nacional de Medicina, en el Instituto de Higiene, en el que se han gastado algunos millones, y tenemos allí un hermosísimo establecimiento, único, seguramente, en la América Latina, y probablemente superado tan sólo por los establecimientos industriales de los Estados Unidos? Es necesario saber estas verdades. Pero si todo eso es falso, si todos esos gastos, si todos esos sacrificios, si todos esos esfuerzos no son sino para realizar algo de magia ¡pues, señores, que desaparezca todo eso! ¡Vamos a aliviarle la carga a la nación de una cosa enteramente inútil! Yo, compañero Torregrosa, con toda sinceridad y sin ánimo de molestar a usted, teniendo esa convicción de usted, desde la primera vez que hubiera llegado al recinto de la Representación Nacional, habría solicitado esto; porque a esta tribuna, señores, estamos obligados a venir a decir la verdad, a exponer nuestras convicciones con toda sinceridad. Vamos a demostrar nosotros que nuestra labor, por humilde que sea - ya que los reaccionarios han tratado de llenarnos de lodo -, vamos a demostrarles que está inspirada en la sinceridad; no vamos a trabajar porque ellos nos lo hayan hecho notar, sino porque tenemos deseos de hacerlo y lo hemos demostrado ya en múltiples ocasiones. Si este deseo quieren que noble y sinceramente cristalice en algo, en beneficio social, no vengamos con ataques que no están en el fondo de la conciencia. Vengamos, noble y francamente, a decir: "pues, señor, yo creo que lo que los compañeros proponen no es bueno, por esta razón", y que se exponga; pero no con ataques apasionados llenos de empeño de exhibirnos como nulidades. Pues, señores, quizá seamos nulidades, y este esfuerzo merece, cuando menos, el respeto de ustedes. Yo, por mi parte, se los he dicho en muchísimas ocasiones: me extraña que el grupo laborista no haya venido aquí a traer innovaciones y proyectos sobre tantos asuntos que está pidiendo la colectividad. Estamos necesitados de un montón de cosas, y es necesario que empecemos a satisfacer inmediatamente todo esto. En esta ley reglamentaria hay un paso de organización social, porque los argumentos fundamentales que han expuesto algunos compañeros del contra, no están, ni más elegantemente ni mejor expuestos que lo que dijo don Vicente Riva Palacio cuando el Constituyente, y que ya me di la satisfacción de leérselos a ustedes el otro día: eso de que exista completa libertad en el ejercicio de las profesiones, setenta y tantos años de vida pública han venido a demostrarnos que es deplorable. Si, pues, hemos de hacer una Ley Reglamentaria, prestemos nuestro contingente con buena voluntad para que salga lo mejor posible; pero no diciéndonos cosas que los hechos no justifican. Para finalizar, compañeros, si es verdad que se prolongaría demasiado este debate y quieren ustedes concederme que lo continuemos mañana, les suplico que levantemos la sesión y la reanudemos el día de mañana. (Voces: ¡Sí! ¡Vámonos!)

- El C. Presidente, a las 20.30: Habiendo transcurrido la hora reglamentaria, se levanta la sesión y se cita para mañana a las 16.