Legislatura XXXIV - Año I - Período Comisión Permanente - Fecha 19310520 - Número de Diario 55
(L34A1PcpN055F19310520.xml)Núm. Diario:55ENCABEZADO
MÉXICO, MIÉRCOLES 20 DE MAYO DE 1931
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.
AÑO I.- PERÍODO ORDINARIO XXXIV LEGISLATURA TOMO I.- NÚMERO 55
SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE
EFECTUADA EL DÍA 20 DE MAYO DE 1931
SUMARIO
1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.
2.- Documentos en cartera.
3.- Sin discusión se aprueba un dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales consultando acuerdo económico, a efecto de que se reserven para la Cámara de Diputados las solicitudes de los CC. José Mijares Palencia, Benjamín A. Martínez y Teodoro A. González, para aceptar el cargo de Diputados Sheriffs Honorarios del Condado de los Ángeles, Cal., E. U. A., que les confirió el Sheriff de la Policía de dicho Condado.
4.- Comunicación de la Secretaría de Gobernación, en la que manifiesta que el C. Presidente de la República designó al C. Licenciado José López Lira Magistrado Supernumerario del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, mientras dura la licencia concedida al de igual categoría, C. Licenciado Ezequiel Parra, y pide a la H. Comisión Permanente la aprobación de dicho nombramiento. A discusión. Por Unanimidad de 18 votos se ratifica el nombramiento propuesto.
5.- Para los efectos de la fracción XVIII del artículo 89 de la Constitución General de la República, el Ejecutivo Federal somete a la consideración de la H. Comisión Permanente la aceptación de la renuncia que hace el C. Licenciado Alberto Vázquez del Mercado, del cargo de Magistrado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Acompaña al efecto dicha renuncia y la contestación que recayó a ella. A discusión. Hacen uso de la palabra los CC. Santos Alonso José, Abascal Juan G. y Altamirano Manlio Fabio, leyéndose a petición del primero varios documentos. Se aprueba por unanimidad de 21 votos la renuncia, en los términos indicados por el C. Santos Alonso José. Se levanta la sesión:
DEBATE
Presidencia del
C. JOSÉ J. REYNOSO
(Asistencia de 16 ciudadanos representantes.)
El C. Presidente (a las 11.30): Se abre la sesión.
- El C. Secretario Márquez (leyendo):
"Acta de la sesión celebrada por la Comisión Permanente de la XXXIV Legislatura del Congreso de la Unión, el día veintinueve de abril de mil novecientos treinta y uno.
"Presidencia del C. José J. Reynoso.
"En la ciudad de México, a las doce horas y diez y seis minutos del miércoles veintinueve de abril de mil novecientos treinta y uno, con asistencia de diez y seis ciudadanos representantes, se abrió la sesión.
"Fue aprobada el acta de la anterior, verificada el día veintidós de los corrientes.
"La Secretaría dio cuenta con la cartera:
"La Legislatura del Estado de Sonora, participa que, con fecha 23 del actual, abrió un segundo periodo de sesiones ordinarias del último año de su ejercicio.- De enterado.
"El C. Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca, comunica que, con fecha 23 de marzo último, fue nombrado Magistrado del mismo el C. Licenciado Gabriel Pérez.- De enterado.
"El C. Doctor Guillermo Figueroa Guillén, solicita permiso para poder prestar sus servicios profesionales en el Cuerpo de Sanidad Militar de la República de Guatemala.- Recibo, y resérvese para la Cámara de Diputados.
"La H. Comisión de Administración de la Cámara de Diputados, por las razones que da a conocer, presenta una Iniciativa que concluye con un proyecto de decreto concebido en los siguientes términos:
"Artículo único. Se adiciona el artículo 2o. del Decreto de 22 de abril del corriente año, que convoca a las Cámaras de Diputados y Senadores a un periodo extraordinario de sesiones, con el siguiente inciso:
"e) Cambio de denominación de las Partidas números
1.720,127 y 1.720,129 del Ramo I del Presupuesto de Egresos en vigor, correspondientes a Gastos Extraordinarios de la Cámara de Diputados y de la Contaduría Mayor de Hacienda."
"Hicieron suya esta Iniciativa los CC. Manuel Aradillas, José Morales Hesse, Manuel Medina Chávez, José Santos Alonso, José J. Reynoso e Ignacio Gómez A., miembros de esta H. Asamblea.
"Concedida la dispensa de trámites que se solicita, se puso a discusión el proyecto de decreto inserto. No hubo quien usara de la palabra y resultó aprobado por unanimidad de diez y seis votos. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
"A las doce horas y veinticinco minutos se levantó la sesión." Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada el acta.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, formula observaciones a los decretos del Congreso por los que se dispensa a los menores Ángel y Hortensia Gaxiola y a las señoritas María del Carmen, Rebeca y María Teresa Victoria Monterde, el requisito de comprobar su entroncamiento con los causantes de las pensiones que el mismo Congreso les ha otorgado." - Recibo, y resérvese para la Cámara de Diputados.
"El Ejecutivo de la Unión hace observaciones al decreto del Congreso por el cual se dispensa a la señora Josefa Abad viuda de Azueta de la obligación de presentar copia del acta matrimonial con su finado esposo el Contralmirante Manuel Azueta, causante de la pensión que el mismo Congreso le otorgó." - Recibo, y resérvese para la Cámara de Diputados.
"El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, formula observaciones al decreto del Congreso por el que se pensiona a la señora Juana B. Gutiérrez de Mendoza." - Recibo, y resérvese para la Cámara de Diputados.
"El Ejecutivo de la Unión hace observaciones al decreto del Congreso por el que se dispensa a los menores Angelina, Emma y Pedro Gabay del requisito que las leyes civiles les imponen para comprobar su entroncamiento con el causante de la pensión que el mismo Congreso les otorgó." - Recibo, y resérvese para la Cámara de Senadores.
"La Secretaría de Relaciones Exteriores transcribe una comunicación de la Unión Interparlamentaria de Ginebra, en la que acredita como subdelegado en nuestro país al señor Hans Sandelmann." - Recibo.
"La Legislatura de Colima, participa que con fecha 9 de mayo falleció el C. Manuel Llerenas, diputado propietario por el 4o. Distrito Electoral de aquella Entidad." - De enterado, con sentimiento.
"La Legislatura del Estado de Michoacán, avisa que con fecha 6 de mayo inauguró un periodo extraordinario de sesiones a que fue convocada por su Diputación Permanente." - De enterado.
"La Legislatura del Estado de Morelos, avisa que con fecha 4 de mayo abrió su primer periodo ordinario de sesiones, correspondiente al segundo año de su ejercicio legal." - De enterado.
"La Legislatura del Estado de Oaxaca, por circular fechada el 30 de abril último, da a conocer los nombres de las personas que integran su Mesa Directiva que fungirá durante el mes de mayo." - De enterado.
"La Legislatura del Estado de Tamaulipas, participa que con fecha 30 de abril último clausuró su primer periodo de sesiones ordinarias, correspondiente al primer año de su ejercicio legal." - De enterado.
"La Legislatura del Estado de Veracruz, avisa que con fecha 4 de mayo tendrá lugar la apertura del segundo periodo ordinario de sus sesiones, correspondiente al primer año de su ejercicio constitucional." - De enterado.
"El C. Wenseslao R. Olea, participa que con fecha 26 de abril último se hizo cargo del Poder Ejecutivo del Estado de Colima, mientras dura la licencia de diez días concedida al Gobernador Constitucional C. Laureano Cervantes." - De enterado.
"El C. Rafael Ibarra participa que, con fecha 15 de mayo, se hizo cargo interinamente del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, mientras dura la licencia concedida al Gobernador Constitucional, C. Luis Castillo Ledón." - De enterado.
"El ciudadano Secretario General de Gobierno del Estado de Yucatán, avisa que por Ministerio de ley y con fecha 8 de mayo, se ha hecho cargo del Poder Ejecutivo de aquella Entidad, mientras dura la licencia concedida al Gobernador Constitucional, C. Bartolomé García Correa." - De enterado.
"El C. licenciado José Falcón, participa que con fecha 7 de mayo se hizo cargo interinamente del Poder Ejecutivo del Estado de Zacatecas, mientras dura la licencia de quince días renunciables, concedida al Gobernador Constitucional, C. Luis Reyes." - De enterado.
"El ciudadano Gobernador del Estado de México, solicita se done, para la Escuela Industrial y de Artes Gráficas de aquella Entidad, uno de los linotipos fuera de uso que existen en los Talleres Gráficos de la Nación." - Recibo, y transcríbase al Ejecutivo.
"El Partido Liberal Mexicano, las Organizaciones Obreras Mexicanas y la Colonia Mexicana, con residencia en los Ángeles, California, E. U. A., solicitan se investigue el caso suicidio del compatriota Juan Reyna, quien se encontraba purgando una condena de un año en la cárcel del mismo lugar, y se sospecha haya sido asesinado por venganza." -Recibo, y transcríbase al Ejecutivo.
Telegrama procedente de: "Zacatecas, Zac., 1o. de mayo de 1931.
"Presidente Cámara de Diputados.- México, D. F.
"Permítome satisfacción participar usted hoy inauguráronse trabajos de Gran Convección Segundo Congreso Agrario este Estado, con asistencia aproximada de quinientos Delegados todas Comunidades Agrarias y representantes varios Estados República. Oportunamente informaré esa Superioridad resultado mismos trabajos. Respetuosamente.- Presidente de la Convención, Severino Bravo y Juárez." - De enterado.
Telegrama procedente de: "Mérida, Yuc., 1o. de mayo de 1931.
"Presidente del H. Congreso de la Unión.- México, D. F.
"Satisfáceme participarle que hoy once horas, en medio entusiasmo, C. Profesor Bartolomé García Correa, Gobernador este Estado, inauguró trabajos Cuarto Congreso Agro - pecuario - económico y exposición trabajos agrícolas, avícolas y pequeñas industrias. Respetuosamente.- El Presidente, F. Valencia L." - De enterado.
"El Subcomité Antichino de Cárdenas, S. L. P., manifiesta que apoya y secunda la iniciativa formulada por la H. Legislatura del Estado de Sonora, tendiente a restringir en el país la inmigración china." - A sus antecedentes.
"El C. Inocencio Juárez solicita se le pensione por haber prestado servicios a la Revolución." - Recibo, y resérvese para la Cámara de Diputados.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"Comisión de Puntos Constitucionales.
"H. Asamblea:
"Vuestra Soberanía acordó turnar a esta Comisión de Puntos Constitucionales, para su estudio y dictamen, el expediente formado con las solicitudes de los CC.
José Mijares Palencia, Jefe de la Policía del Distrito Federal, Benjamín A Martínez, Director del Laboratorio de Criminalísta e Identificación, y Teodoro A. González, Confrontador de Primera del Laboratorio de la misma Dependencia, para aceptar la distinción que se sirvió hacerles el Sheriff de la Policía del Condado de los Ángeles, Cal., E. U. A., designándolos Diputados Sheriffs Honorarios de la Policía del mismo Condado y recibir la insignia correspondiente.
"La Comisión, habiendo hecho un detenido estudio del asunto, llegó a la conclusión de que los CC. mencionados, necesitan el permiso a que se refiere la fracción II del artículo 37 constitucional, y no siendo de la competencia de esta H. Comisión Permanente el otorgamiento de dicho permiso, se permite someter a vuestra aprobación el siguiente acuerdo económico:
"Resérvese para la Cámara de Diputados las solicitudes de los CC. José Mijares Palencia, Benjamín A. Martínez y Teodoro A. González, para aceptar el cargo de Diputados Sheriffs Honorarios del Condado de los Ángeles, Cal., E. U. A., que tuvo a bien conferirles el Sheriff de la Policía de dicho Condado y comuníquese a los interesados.
"Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 27 de abril de 1931.- Liborio Espinosa y Elenes. - Alfredo I. Moreno.- E. Neri."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobado.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- Secretaría de Gobernación.
"H. Comisión Permanente.
"Presente.
"El ciudadano Presidente de la República, en acuerdo girado a esta Secretaría con fecha de ayer, ha tenido a bien designar al señor licenciado José López Lira como Magistrado Supernumerario del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal,
mientras dura la licencia de cuatro meses que sin goce de sueldo le fue concedida al de igual categoría, C. licenciado Ezequiel Parra.
"Apoyan dicho nombramiento los artículos 14 y 128 de la Ley Orgánica de los Tribunales del Fuero Común del Distrito y Territorios Federales; suplicando a esa H. Cámara se sirva impartirle su aprobación en los términos de los artículos 15, 16, 17 y demás relativos de la mencionada Ley.
"Acompaño igualmente y para los efectos de la computación de término, la copia de estilo.
"Protesto a esa H. Comisión Permanente las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, 13 de mayo de 1931. - Por acuerdo del ciudadano Secretario, el Subsecretario, Octavio Mendoza González."
Está a discusión.
El C. Neguib Simón: Pido la palabra.
El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Simón Neguib.
El C. Neguib Simón: Opino que debemos aprobar la proposición del Ejecutivo ratificando la designación del licenciado José López Lira como sustituto del magistrado que pide licencia. Debemos ratificarla, en primer lugar, porque es bien conocida la personalidad del licenciado López Lira como profesionista; y en segundo, porque acaba de demostrar en el Congreso Jurídico que se efectuó en el Centro Cívico "Alvaro Obregón", que tiene simpatías por el Gobierno. Trató de impedir en el citado Congreso que un grupo de políticos, sugestionando a los estudiantes, aprovechándose de su romanticismo, los lanzara dentro del Congreso pretendiendo interrumpir sus sesiones, con el propósito avieso de injuriar al Gobierno. Como representante de la Permanente en el citado Congreso Jurídico, yo asistí a esa sesión y fui testigo de que el señor López Lira se portó con energía, tratando de evitar, hasta donde le fue posible, las injurias que se enderezaron al Gobierno. El licenciado López Lira, al iniciarse el desorden, suspendió la sesión; pero uno de los vicepresidentes, el licenciado Hilario Medina, la reanudó, desarrollándose entonces los acontecimientos que previó el licenciado López Lira, esto es: Injuriar al Gobierno. Todos los políticos, todos los abogados políticos que se encontraban en el Congreso Jurídico, enviados por las agrupaciones de abogados, se desahogaron en aquella ocasión. (Una voz: ¡Y los estudiantes, compañero!) Los estudiantes, desde luego, por error, por equivocación.
El C. Espinosa y Elenes: No; por antirrevolucionarios!
El C. Neguib Simón: Por equivocación, compañero. Pero los políticos que habían ocupado en otras ocasiones puestos públicos en la Administración, no quisieron dejar pasar inadvertido ese momento y atacaron rudamente al Ejecutivo de la Nación, al señor Presidente de la República, al Ministro de Gobernación y a las principales autoridades del país. Recuerdo que algunos que habían ocupado puestos importantes durante una época en que sí se pueden atribuir actos más o menos arbitrarios, atribuían al Gobierno la expulsión del licenciado Cabrera como el acto más arbitrario que pudo haberse cometido.
Por este motivo pido que se apruebe la proposición que hace el Ejecutivo a propósito del señor licenciado López Lira.
El C. Secretario Márquez Luis G.: Continúa a discusión. No habiendo más oradores que deseen hacer uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.
El C. Secretario García Moisés Rosalío: Por la negativa. (Votación.)
El C. Secretario Márquez Luis G.: ¿Falta algún ciudadano representante por votar? ¿Falta algún ciudadano representante por votar? Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación de la Mesa.)
Por unanimidad de 18 votos fue ratificado el nombramiento propuesto por el ciudadano Presidente de la República a favor del señor licenciado José López Lira. (Aplausos.)
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"A la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión.- Presente.
"EL C. licenciado Alberto Vázquez del Mercado, Magistrado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha presentado con fecha de ayer ante este Ejecutivo, renuncia del cargo que desempeña.
"Para los efectos de la fracción XVIII del artículo 89 de la Constitución General de la República, tengo el honor de someter a la consideración de esa H. Comisión Permanente la aceptación de dicha renuncia.
"Protesto a esa H. Comisión Permanente las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México, mayo 15 de 1931.- El Presidente de la República, P. Ortiz Rubio." Rúbrica.
"Eduardo Vasconcelos, Oficial Mayor de la Secretaría de Gobernación, certifica: Que en expediente 1.135. P. J. (29) 6, existen los siguientes documentos:
"Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Correspondencia Particular de los CC. Ministros.- México, a 13 de mayo de 1931.- Señor Ingeniero Pascual Ortiz Rubio, Presidente de la República.- Presente.- Señor Presidente: La reciente aprehensión y expulsión del país del licenciado don Luis Cabrera, llevada a cabo por autoridades dependientes del Poder Ejecutivo, desobedeciendo, al ejecutar el último acto, expresa orden de las autoridades judiciales federales, me ha traído el pleno convencimiento, por la frecuencia de hechos semejantes e idénticos de la imposibilidad de lograr que la administración actual deje de cometer violaciones a los derechos y garantías que asegura a las personas la Constitución de la República.- Esos actos rompen el equilibrio de los Poderes que la misma Carta establece y nulifican y hacen desaparecer de hecho el Poder Judicial en su más importante y trascendental función, como es la de
amparar y proteger a los individuos contra los abusos del Poder.- Los hechos anotados constituyen violación a las instituciones del país por cuya respetabilidad estoy obligado a velar, como lo he hecho invariable y reiteradamente al sostener en el seno de la Suprema Corte de Justicia que se adopten las medidas conducentes y que nuestro derecho reconoce y establece.- Desgraciadamente los esfuerzos individuales desplegados han sido estériles para obtener el fin propuesto y como juzgo que el puesto de Ministro de la Suprema Corte de Justicia no puede desempeñarse íntegramente cuando no se logra que las resoluciones de los tribunales federales sean acatadas y obedecidas, vengo a renunciar el cargo que desempeño y a suplicar atentamente me sea aceptada la renuncia que formulo y una vez admitida, se dé cuenta con ella para su aprobación al Senado, o, en su defecto, a la Comisión Permanente.- Protesto a usted las seguridades de mi atenta consideración.- A. Vázquez del Mercado." - "Señor licenciado Alberto Vázquez del Mercado.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Presente.- Contesto la nota de usted fechada el día de ayer, por la que renuncia el cargo de Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y le manifiesto que la someteré a la consideración de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en los términos de la fracción XVIII del artículo 89 de nuestra Carta Fundamental.- Me limitaría a comunicarle el trámite apuntado, si no fuera por la circunstancia de que pretende usted fundar su renuncia en hechos generales notariamente inexactos y en un caso concreto que interpreta usted con marcada festinación, sin esperar el resultado de las averiguaciones judiciales que mandó practicar la Suprema Corte de Justicia en su última sesión de Pleno en la que estuvo usted presente.- Los hechos que cita usted constituyen un cargo enderezado en contra de la administración pública que presido, y los rechazo, enérgicamente, porque carecen de toda justificación. En efecto, existen en los archivos oficiales de la Suprema Corte, y en los particulares de varios Ministros, sobradas constancias que acreditan el celo esmerado y respetuoso con que el Poder Ejecutivo de la Unión ha acatado y mandado obedecer, a las autoridades que de él dependen, las resoluciones dictadas por las autoridades judiciales federales.- Por otra parte, nuestra vida pública se desarrolla dentro de las normas de un régimen de derecho en el que todas las autoridades son responsables idividualmente de sus actos; de tal manera que no puede fundarse cargo alguno general en contra de la administración, a menos de que por sistema se desobedezcan las resoluciones judiciales o de que, en los casos singulares, comprobada una desobediencia, el Poder Ejecutivo no obligue a las autoridades de su dependencia a restablecer el derecho violado y se niegue, tratándose de las responsabilidades de las mismas, a hacer efectivas las sanciones correspondientes.- Es cómoda la posición en que se coloca un juez cuando, con el pretexto de supuestas transgresiones a la ley, renuncia a su encargo para adquirir efímera popularidad en el sector de la opinión pública oposicionista del gobierno constituído; pero la verdadera, la auténtica, la valiosa estimación del pueblo, solamente la conquista el juez que no abandona sus deberes y se entrega de lleno, valerosa y serenamente, a exigir el cumplimiento de la ley y el castigo de quienes la violan.- Sufragio Efectivo. No Reelección.- Castillo de Chapultepec, México, D. F., a 14 de mayo de 1931.- Pascual Ortiz Rubio.- Presidente de la República." "Es copia fiel sacada de su original. "México, D. F., a 19 de mayo de 1931.
"E. Vasconcelos, Rúbrica."
El C. Presidente: Está a discusión. Tiene la palabra el señor Diputado Santos Alonso.
El C. Santos Alonso: Toca a nosotros, compañeros, ver con serenidad si tiene o no razón el señor Vázquez del Mercado al presentar su renuncia; si los cargos que hace al Gobierno de la República son justificados o no, no siéndolo, nosotros deberemos aceptar su renuncia no porque él la presente, sino por considerarlo indigno de ocupar el sitial que actualmente tiene en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El señor Vázquez del Mercado funda su renuncia en cuatro hechos que podríamos analizar. Primero, un hecho aislado, o sea la expulsión del Licenciado Cabrera; segundo, un hecho general que imputa a la Administración Pública, cometido por particulares o por personas aisladas que deben sujetarse a un procedimiento según lo indica el artículo 107 de la Constitución, y cuando éste esté justificado, proceder contra ellas; tercero, el hecho de juzgar que el puesto de Magistrado no se puede desempeñar íntegramente cuando a diario, cuando constantemente se está violando la Constitución; y, por último, que no se logra que las resoluciones judiciales sean respetadas aplicando la ley.
Antes de analizar estos cuatro puntos, quiero poner en antecedentes a ustedes. Un día de mayo - la fecha exacta no la recuerdo - hubo una sesión de pleno en la Suprema Corte en la cual el señor Vázquez del Mercado atacó rudamente al Gobierno en general, a las Instituciones, por un hecho particular, aislado, con una pasión indigna de un individuo a quien debe suponérsele serenidad, como es un Ministro de la Suprema Corte, a quien le ha confiado la Nación los intereses de todos sus ciudadanos. El señor Vázquez del Mercado pretendía que inmediatamente se separaran de sus puestos tanto al Inspector General de Policía como el Ministerio de Gobernación y a todas las personas que intervinieron, según él, en la desobediencia de un auto de suspensión a favor del señor Cabrera, para que no fuese desterrado del país. Proponía igualmente que de acuerdo con el artículo 69 de la Constitución se nombrara una comisión para que viera al señor Presidente de la República, y se le dijera que ordenara que se cumplieran las ejecutorias y los acuerdos del Poder Judicial Federal, y, por último, que se hiciera una investigación de quiénes eran esas personas que habían violado la Constitución y las garantías correspondientes, de ésta, al señor Cabrera. El señor Presidente de la Corte propuso que se diera como trámite a la queja de la señora Cabrera: Al Agente del Circuito. Vázquez del Mercado, con
una pasión poco digna de un miembro de la Suprema Corte, insistió en su proposición haciendo cargos, no concretos, sino generales, a las instituciones El señor Magistrado De la Fuente hizo suya en todas sus partes la petición de Vázquez del Mercado, pero tuvo buen cuidado de no atacar al señor Presidente. Decía que en dos o tres conferencias que había tenido con él, le había dejado la mejor impresión. Y Vázquez del Mercado dijo en su peroración que debía entenderse que cuando alguna autoridad o individuo de nombramiento del Ejecutivo cometía una acto en contra de las leyes, el mismo Ejecutivo era el responsable de aquello porque indudablemente que tenía conocimiento de ello. De la Fuente quiso curarse en salud, diciendo que el señor Presidente no; pero le hace un cargo peor, diciendo que posiblemente obró engañado, que no lo hizo conscientemente. Esto constituye un cargo peor, porque no es atacar con hombría. Pero vamos a analizar ahora la renuncia del señor Vázquez del Mercado. Por un hecho aislado, por el caso de Cabrera, pidió que a las autoridades que intervinieron en el asunto se les separara de sus puestos. Esto, aparte de ser un hecho aislado y poco serio, no es tampoco legal, muy extraño en un Ministro de la Suprema Corte, que se entiende que debe conocer la ley y con serenidad debe aplicarla. Y digo que está fuera de la ley, porque la fracción X del artículo 107 de la Constitución previene: "La autoridad responsable será consignada a la autoridad correspondiente, cuando no suspenda el acto reclamado, debiendo hacerlo, y cuando admita fianza que resultare ilusoria...." etcétera. Aquí se trata, según ellos, de que el auto de suspensión no fue obedecido. En este caso no procede la separación sino una averiguación, como con toda cordura la Suprema Corte, al finalizar esta sesión, llegó a esta conclusión: Que se enviara el expediente respectivo al Juez de Distrito para que averiguara quiénes no habían obedecido y que se les aplicara la pena. Ya ven ustedes que Vázquez del Mercado, como Ministro, no puede decir que sea un ignorante sino un pasional, y esta pasión lo cegó al grado de mal interpretar una artículo que no admite interpretación porque es terminante y categórico. La resolución de separar de sus puestos a las autoridades responsables en estos casos, la previene la fracción XI del artículo 107 mencionado, que dice: "Si después de concedido el amparo, la autoridad responsable insistiere en la repetición del acto reclamado o tratare de eludir la sentencia de la autoridad federal, será inmediatamente separada de su cargo y consignada ante el Juez de Distrito que corresponda, para que la juzgue." Vázquez del Mercado quería que se aplicara en un auto de suspensión la sanción que trae la Constitución para una sentencia definitiva. Esto es muy claro y se ve, pues, que el señor Vázquez del Mercado se ha ofuscado; es un pasional y, hasta cierto punto, un individuo ligero. Segundo punto: Hechos generales. No creo que un individuo sereno, de la representación de Vázquez del Mercado, un ministro de la Corte, deba, por un hecho particular, generalizar. El dijo y dice aún en su renuncia que el Gobierno tiene hábito de no respetar las resoluciones judiciales. Para esto voy a suplicar a la Secretaría se sirva leer. . . ¡Ah! El caso concreto: Un señor De la Vega y socios, ¡Hasta la Conesa!, en cuyos casos no habían sido respetados por el Ministro de Gobernación las sentencias que la Suprema Corte o el Juez de Distrito había dictado a favor de ellos, amparando contra los actos que se reclamaban. Sobre este particular, sobre el caso de la Conesa, que fue el señor Ministro De la Fuente quien lo trató, llegó a pedir al señor Presidente de la República la separación del Ministro de Gobernación y demás autoridades que habían tenido ingerencia en el caso. A propósito de este asunto de los De la Vega, eran unos individuos estafadores que estaban en las Islas Marías, y no era asunto que correspondiera al señor Ministro de Gobernación. Debo recordar a ustedes, porque todos lo saben, que la Inspección de Policía depende del Departamento Central y no de Gobernación, y el Ministerio de Gobernación no conocía la resolución de la Suprema Corte; cuando la supo, inmediatamente ordenó que estos individuos se vinieran, como lo van a ver ahora que lo lea la Secretaría. Así es que estos señores sin meditar, sin estar ciertos de la verdad, solicitaron del señor Presidente de la República la separación del Ministro de Gobernación; pero como no estaban seguros, tuvieron vergonzosamente que hacer declaraciones al señor Presidente y al Ministro de Gobernación, de que se habían equivocado, y ésta era la disculpa de De la Fuente: "Mi secretario me engañó, porque en los puntos que me presentó cuando estudié la sentencia, me dijo lo contrario." ¡Esto es ridículo, señores, que un señor Ministro, que un tribunal tome un acuerdo y después le eche la culpa a un secretario y se retracte de aquello que debiera hacer con conocimiento de causa y con serenidad, puesto que se trata de los individuos del cuerpo más alto del Poder Judicial, como es la Suprema Corte. Antes de pasar adelante, debo manifestar a ustedes que el señor Presidente, a quien todos conocen y que saben que es un individuo hasta quijote, que es un individuo respetuoso de la ley por todos conceptos, ha dado órdenes terminantes en el sentido de que todas las resoluciones del Poder Judicial sean inmediatamente acatadas no sólo en la Secretaría de Gobernación, sino en todas sus Dependencias. Hay como cincuenta o sesenta casos más que sería largo enumerar a ustedes. Voy a leer los que la Secretaría de Gobernación, inmediatamente que ha recibido la orden o que ha recibido el oficio en que se ha amparado, los ha puesto en libertad. Casos: María Conesa, Marina Cruz Soler, Agustín Oropeza Reyes, Francisco Serrano Villagrán, Guadalupe Pérez Padilla, etcétera. Y como digo, sesenta, setenta o cien expedientes más. Ahora, para que se dé cuenta el país, porque es justo, ya que estos señores pretenden -me refiero a Vázquez del Mercado - lanzar cargos a los Poderes Públicos, al Presidente de la República, cargos que serían denigrantes para él y le acarrearían el desprecio del pueblo si la opinión pública los
tomara en cuenta; para que se dé cuenta el país, por medio de sus representantes y de la prensa, de la forma en que obran estos señores, tan ligera y tan impensadamente, van ustedes a oír.
El C. Secretario García Moisés Rosalío: Expediente formado en la Secretaría de Gobernación respecto a la intervención que ésta tuvo en los juicios de amparo promovidos por José Caso e Ignacio Vega Guerra, y con motivo de la actitud asumida por el Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, licenciado Fernando de la Fuente.
"Carta del Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, licenciado Fernando de la Fuente, dirigida al Secretario de Gobernación, don Carlos Riva Palacio.
"Al margen un membrete que dice: "Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Correspondencia Particular de los CC. Ministros.- México, 18 de noviembre de 1930.- Señor Coronel Carlos Riva Palacio. - Secretario de Gobernación. - Ciudad.- Muy estimado señor: Hoy digo al señor Presidente de la República lo que se servirá usted ver en la copia que le acompaño.- Con la súplica de que conceda usted a este asunto la importancia que realmente tiene, me repito su afmo. y s. s.- F. de la Fuente.- Rúbrica.
"Carta dirigida por el licenciado de la Fuente al señor Presidente de la República.
"(Copia). México, 18 de noviembre de 1930.- Señor Ing. don Pascual Ortiz Rubio.- Presidente de la República.- Ciudad.- Señor de todo mi respeto: Me permito recordar a usted los asuntos de José Caso y de Ignacio Vega Guerra, de los que el señor Presidente de la Suprema Corte, Lic. don Julio García, puso oportunamente en conocimiento de usted.- Se trata, como sin duda tendrá usted presente, de dos individuos innodados en una serie de estafas cometidas contra Bancos de esta Capital y del extranjero. La policía los aprehendió, instruyo una averiguación muy completa y documentada, y en vez de ser consignados Ignacio Vega Guerra y José Caso, juntamente con los demás complicados, a las autoridades judiciales, fueron remitidos a las Islas Marías, no obstante los amparos definitivos dictados en su favor por el Juez de Distrito que conoció de los juicios de garantías correspondientes.- El juez que dictó las resoluciones de amparo se quejó ante esta Corte del incumplimiento por parte de las autoridades responsables -que lo fueron los CC. Secretario de Gobernación, el Jefe del Departamento del Distrito Federal, Jefe de la Policía del mismo y Director de la Penitenciaría de los amparos ejecutados.- En rigor, procedía, como consecuencia de las quejas, la separación de las autoridades de referencia; pero con el propósito de mantener la buena inteligencia que debe reinar entre los Poderes Ejecutivo y Judicial, y de acuerdo con las conversaciones tenidas entre usted y el señor Presidente de la Corte, don Julio García, propuse al Pleno, y éste aprobó, que se dijera al juez de referencia requiriera nuevamente al Secretario de Gobernación para que diera cumplimiento a los amparos. Así lo hizo el repetido juez, dirigiéndose al C. Secretario de Gobernación en la forma que le suplico a usted lea en la copia que adjunto a ésta.- El C. Secretario de Gobernación contestó en los términos de la copia que también acompaño.- Como ve usted a pesar de las resoluciones de amparo y de estar mostrado por el oficio de la Jefatura de Policía del Departamento Central, de 28 de agosto último, que los amparos fueron remitidos al penal de las Islas Marías, el Secretario de Gobernación elude el cumplimiento de las ejecutorias respectivas.- Esto me pone en un caso difícil, pues mi deber, conforme a la Constitución, se constriñe a proponer la separación del repetido funcionario y el Pleno tendrá, necesariamente, que acordarla, pues los términos de la fracción XI del artículo 107 de la Carta Magna terminantes.- Ello daría origen a una dificultad, de tal manera grave, que juzgo de mi deber evitar en lo posible, poniendo el caso en conocimiento de usted para que, si como lo creo, lo juzga usted prudente, indique al Secretario de Gobernación que desde luego ordene sean traídos a la Capital Vega Guerra y José Caso y puestos a disposición del Juez de Distrito que los amparó.- Me doy perfecta cuenta del deseo plausible de la Policía y del Secretario de Gobernación de librar a la sociedad de delincuentes temibles por su astucia, como pasa con los estafadores, o por su ferocidad, como pasa con los atracadores y asaltantes; pero dentro de un régimen de derecho como en el que vivimos, no pueden las autoridades administrativas imponer penas fuera del límite constitucional.- Y, por bien intencionado que sea el deseo de esas autoridades, las violaciones a la Constitución son más graves que los beneficios que podría acarrear su buena voluntad, y ponen en peligro la estabilidad del régimen de derecho en que se sustenta el Gobierno de usted. Confiando en que dará usted a este asunto toda la importancia que en sí tiene, por más que, en apariencia, se trata sólo de la suerte de dos estafadores, me repito su atto. seguro servidor y respetuoso amigo.- F. de la Fuente.- Rúbrica."
"Carta del Secretario de Gobernación dirigida al Ministro de la Fuente.
"(Copia) México, 25 de noviembre de 1930.-
Sr. Licenciado Fernando de la Fuente.- Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Presente.- Muy estimado señor: Ayer, tan pronto como regresé de Tehuacán, me enteré de su carta fechada el diez y ocho de noviembre en curso y de la copia de la misiva que dirigió usted al señor Presidente de la República, relativamente a los asuntos de José Caso Vega y de Ignacio Vega Guerra.- Desde luego ordené a los Departamentos Consultivo y de Gobernación de esta Secretaría, que me rindieran sendos informes respecto a los casos concretos de los individuos aludidos y a la actitud que, en general, ha asumido la Secretaría de Gobernación, tratándose de reclusos de las Islas Marías que solicitaron y obtuvieron el amparo de la Justicia Federal durante el presente año.- Me complazco en enviar a usted originales dichos informes, cuyo contenido servirá seguramente para rectificar sus apreciaciones.- Aprovecho esta oportunidad para manifestarle que mis opiniones personales y mi gestión al frente de este Órgano del Ejecutivo Federal, se pronuncian en el sentido de
un absoluto respeto a la ley y de un acatamiento pleno y sin reservas de las disposiciones dictadas por las autoridades judiciales, como corresponde a un funcionario que actúa dentro de un régimen de derecho.- Quedo a sus órdenes como su afectísimo y seguro servidor.- C. Riva Palacio.- Rúbrica."
"Acuerdo del Oficial Mayor de la Secretaría de Gobernación, girado al Jefe del Departamento de Gobernación.
"(Copia) Al centro un membrete que dice: "Secretaría de Gobernación.- Acuerdo del C. Oficial Mayor.- Al C. Jefe del Departamento de Gobernación .- Presente. Por acuerdo del ciudadano Secretario se servirá usted rendir, a la brevedad posible, un informe relacionado con las órdenes que la propia Secretaría ha girado, durante el año en curso, para el cumplimiento de las ejecutorias pronunciadas en juicios de amparo promovidos por los reclusos de las Islas Marías.- Atentamente.- México, D. F., noviembre 24 de 1930.- El Oficial Mayor.- Licenciado Eduardo Vasconcelos.- Rúbrica."
"Acuerdo del Oficial Mayor de la Secretaría de Gobernación, girado al Jefe del Departamento Consultivo.
"(Copia) Al centro un membrete que dice: Secretaría de Gobernación. Acuerdo del C. Oficial Mayor.- Al C. Jefe del Departamento Consultivo.- Presente.- Por acuerdo del ciudadano Secretario se servirá usted rendir, a la brevedad posible, un informe puntualizado de la intervención que esta Secretaría en su carácter de autoridad responsable, ha tenido en los juicios de garantías promovidos por José Caso Vega e Ignacio Vega Guerra, relegados en las Islas Marías, ante el juzgado 4o. de Distrito Federal.- El informe en cuestión deberá usted complementarlo con la opinión de ese Departamento relativa a la situación legal y jurídica en que la Secretaría de Gobernación se ha encontrado y se encuentra en lo que atañe a las ejecuciones de las sentencias pronunciadas en los juicios de amparo aludidos.- Atentamente.- México, D. F., noviembre 24 de 1930.- El Oficial Mayor. Licenciado Eduardo Vasconcelos.- Rúbrica."
"Informe rendido por el Jefe del Departamento de Gobernación.
"Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: "Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México.- Secretaría de Gobernación. -Al margen derecho: Departamento de Gobernación.- Sección Segunda.- Mesa Tercera.- Número II.- Exp. 2.323 (A-1)-18.- Al C. Oficial Mayor.- Presente.- En cumplimiento del superior acuerdo de usted de esta fecha, me es honroso informarle que durante el presente año este Departamento ha girado órdenes al C. Director de la Colonia Penal de Islas Marías, para que ponga en libertad a los reclusos que a continuación se mencionan, quienes han obtenido el amparo y protección de la Justicia Federal, en los amparos que han interpuesto contra actos del mencionado Director: "Rafael Sánchez Ramírez.- Juez Distrito Nayarit. Libre el 25 de octubre 1930. "Pedro Pérez Cervantes.- Juez Distrito Nayarit. Libre el 16 de julio de 1930. "Aurora Villegas Benítez.- Juez Distrito Nayarit. Libre el 16 de julio de 1930. "Trinidad Estrada Russ.- Juez Distrito Nayarit. Saldrá libre en Próximo viaje. "David Ayala Hernández.- Juez Distrito Nayarit. Saldrá libre en próximo viaje. "Benito Martínez Fernández.- Juez Distrito Nayarit. Saldrá libre en próximo viaje. "José Caso Vega.- Juez 4o. Distrito de esta capital. Id. a Mazatlán, donde lo recibirán agentes de esta Secretaría. "Ignacio Vega Guerra.- Juez 4o. Distrito de esta capital. Id. a Mazatlán, donde lo recibirán agentes de esta Secretaría. "Las órdenes de libertad relativas se giraron telegráficamente, según las minutas que obran en los expedientes respectivos, y las cuales a la letra dicen: "Enterado suyo 468 del 21 actual, relativo colono Rafael Sánchez Guerra.- Punto.- Cumpla ejecutoria." 27 de agosto de 1930. "Suyo 23 actual relativo reclusos..... y Pedro Pérez Cervantes.- Punto.- De haber causado ejecutoria resolución judicial comunica, debe acatarla." 25 de junio de 1930. "Suyo 23 actual relativo reclusos Aurora Villegas Benítez y....- Punto.- De haber causado ejecutoria resolución judicial comunica, debe acatarla." 25 de junio de 1930. "Suyo 548 fechado ayer.- Cumpla ejecutoria en amparo concedido favor David Ayala Hernández...." 24 de octubre de 1930. "Suyo 548 fechado ayer. Cumpla ejecutoria en amparos concedidos favor... y Trinidad Estrada cruz." 24 de octubre de 1930. "Suyo 548 fechado ayer. Cumpla ejecutoria en amparos concedidos favor..... Benito Martínez Fernández." 24 octubre de 1930. "Sírvase enviar, debidamente custodiados, reclusos seis - cinco - cinco. José Caso Vega y..., dando oportuno aviso salida esa Colonia, fin agentes esta Secretaría puedan recibirlos en Mazatlán." 18 noviembre 1930. "Sírvase enviar, debidamente custodiados, reclusos..... nueve - cero - ocho. Ignacio Vega Guerra, dando oportuno aviso salida esa Colonia, fin agentes esta Secretaría puedan recibirlos en Mazatlán." 18 de noviembre de 1930. "Igualmente me permito manifestar a esa Superioridad, que sustentando un criterio absolutamente legal relativo a que esta Secretaría de Gobernación es únicamente administradora del Penal de referencia, sin que ella intervenga directamente respecto al envío de las personas que en él se encuentran, en todos los casos ha sido respetuosa de las disposiciones del Poder Judicial de la Federación, debidamente comunicadas a esta propia Secretaría o al Director de la Colonia como empleado de esta Dependencia, sin que la misma pueda hacerse responsable de las omisiones o defectos en que incurran autoridades ajenas a esta propia Dependencia del Ejecutivo.- Por lo que toca a los reclusos José Caso Vega e Ignacio Vega Guerra, ambos solicitaron el amparo y protección de la Justicia Federal en el Juzgado Cuarto de Distrito de esta Capital, el primero contra actos del C. Inspector General de Policía, Presidente de la República, Secretaría de Gobernación, Jefe del
Departamento del Distrito Federal y 1er. Jefe de la Policía Judicial, y el segundo contra la Inspección General de Policía, Secretaría de Gobernación, Jefe del Departamento del Distrito Federal y Director de la Penitenciaría.- Estos amparos tuvieron como resultado el sobreseimiento en cuanto a los actos atribuidos a esta Secretaría, supuesto que, de acuerdo con el criterio expresado, la misma negó su participación en la aprehensión y remisión de estos señores a la Colonia Penal de que se trata; por lo que las sentencias concediendo los amparos contra actos de la Inspección General de Policía en nada afectaban a esta misma Secretaría; pero conociéndose las resoluciones que dictó el juez del amparo para lograr el cumplimiento de su ejecutoria, en varias ocasiones se requirió a la Jefatura de Policía, verbalmente, para que, siendo ella la autoridad responsable, dirigiera oficio a fin de que los amparados fueran regresados de la Colonia Penal; como tales indicaciones no se atendieron oportunamente, con fecha 21 de los corrientes y bajo el número II.- 11015 se giró comunicación a la citada Jefatura de Policía, para que solicitara el envió de estos reclusos a esta Capital en cumplimiento de las sentencias respectivas; esto independientemente de que, como consta en la relación, se giraron las órdenes correspondientes al Director del Penal para que remitiera a los tantas veces citados reclusos.- Respetuosamente.- México, D. F., 25 de noviembre de 1930. - El Jefe del Departamento, -Cutberto Chagolla.- Rúbrica.
"INFORME RENDIDO POR EL JEFE DEL DEPARTAMENTO CONSULTIVO."
"(Copia) Al margen un sello con el escudo nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México.- Secretaría de Gobernación.- Departamento Consultivo.- C. Oficial Mayor.- Cumplimentado el superior acuerdo del C. Secretario, de esta fecha, en relación con los expedientes números 537 y 544 de Ignacio Vega Guerra y José Caso, que se llevan en el Departamento Consultivo a mi cargo, tengo el honor de rendir a usted el siguiente informe: I.- El 1o. de junio del año en curso, promovió José Caso, demanda de amparo ante el juzgado Cuarto de esta Capital. Se dio entrada a la demanda y al incidente de suspensión. Expresa el quejoso en su demanda que desde hace como dos meses fue detenido en la Inspección General de Policía y después de varios días se le remitió a la Penitenciaría en donde estuvo algún tiempo y de allí se le trasladó al cuartel de Peredo, de ese lugar, donde permaneció algunos días más, trasladósele después a la Comisaría sita en las calles de Revillagigedo y Victoria, Primera Demarcación de Policía, y que, por último, fue llevado a los separos de la Inspección General de Policía, donde se encontraba en aquella fecha, señalando como autoridades responsables a la mencionada Jefatura de Policía del propio Distrito Federal, a la Secretaría de Gobernación, al Jefe del Departamento del Distrito Federal y al Director de la Penitenciaría. Al pedirse a esta Secretaría los informes, previo y justificado, los rindió, manifestando ser ajena en lo absoluto a los actos reclamados por el quejoso.- II.- El incidente de suspensión se falló en 20 de junio de 1930, negando la suspensión por lo que atañe a los actos imputados a la Secretaría de Gobernación y a la Jefatura del Departamento del Distrito Federal; y concediendo la suspensión definitiva contra el jefe de la Policía del Distrito Federal.- José Caso, como consecuencia de la resolución dictada en el incidente de suspensión quedó a disposición del Juez 4o. de Distrito, quien con fecha 7 de julio siguiente falló el amparo en cuanto al fondo y la sentencia respectiva sobreseyó el juicio de garantías, por causa de improcedencia, con relación a los actos atribuídos a esta Secretaría y al Jefe del Departamento del Distrito Federal; amparando al quejoso contra los actos del C. Jefe de la Policía de esta Capital. La sentencia de amparo no fue recurrida por ninguna de las partes, y en esa virtud, con fecha 19 de julio de 1930, se dictó auto declarándola ejecutoriada.- III.- El juzgado 4o. de Distrito, con fecha 24 de julio de 1930, dio entrada a la queja que formuló el señor Evodio Castro, por inejecución de sentencia, declarando fundada dicha queja por auto de 18 de agosto siguiente, mandando requerir al Jefe de la Policía del Distrito Federal, por conducto del Jefe del Departamento Central, para que cumpliese con la sentencia respectiva; notificándose a esta Secretaría el haberse declarado fundada la queja contra el Jefe de la Policía del Distrito Federal, a lo cual contestó de enterado esta propia Dependencia del Ejecutivo.- IV.- El Jefe de la Policía del Distrito Federal, manifestó al juzgado 4o. de Distrito que no le ara posible dar cumplimiento a lo ordenado por éste, en virtud de que José Caso había sido deportado a las Islas Marías, acatando órdenes expresas del C. Presidente de la República, y que como dicho presidio no depende de la Jefatura de Policía ni el detenido está a disposición de esta autoridad, sino de otras superiores, cualquiera gestión que la Jefatura de Policía tratara de verificar en favor de la persona de que se trata, seguramente sería desatendida porque toda ingerencia en el asunto de dicha detención, cesó por parte de la Policía al dejar cumplida la orden presidencial.- El Ministerio Público, al conocer el informe de la Policía, pidió que con todos los datos relativos a la causa, se pidieran informes a esta Secretaría. El Juez atento a lo pedido por el Agente del Ministerio Público, solicitó de esta Dependencia del Ejecutivo los informes correspondientes. Como esta Secretaría ha sido ajena en lo absoluto a los actos reclamados por el quejoso, se limitó a manifestar al C. Juez 4o. de Distrito, con fecha 9 de octubre próximo pasado, que reproduce en todas sus partes los oficios dirigidos con anterioridad.- V.- El expediente relativo a Vega Guerra es, en el fondo, idéntico al de José Caso, por cuya circunstancia considero innecesario reproducir los anteriores datos.- VI.- De lo anteriormente expuesto se desprende que Ignacio Vega Guerra y José Caso estaban a disposición de la Inspección General de Policía, y por tal circunstancia, en los informes previos y justificados que al C. Juez Cuarto de Distrito se rindieron,
claramente se expresó que esta Secretaría era en lo absoluto ajena a los actos que los mismos quejosos reclamaban en sus demandas respectivas. La suspensión del acto reclamado y el amparo de la Justicia Federal, sólo se concedieron contra la mencionada Inspección de Policía y el Director de la Penitenciaría, sobreseyéndose por lo que toca a la Secretaría de Gobernación.- VII.- En estas condiciones, esta propia Secretaría esperaba como trámite necesario que las autoridades contra quienes se había concedido a los quejosos la protección de la Justicia Federal, le hiciesen la correspondiente notificación, a efecto de dictar desde luego, como lo ha hecho siempre, las órdenes de libertad respectivas. En este sentido, se giraron los oficios de 9 de octubre próximo pasado al C. Juez Cuarto de Distrito, ya que esta Dependencia del Ejecutivo había sido ajena a los actos reclamados por Caso y Vega Guerra, esperando que la propia autoridad Federal exigiese el cumplimiento de las ejecutorias, a las autoridades contra quienes se había concedido el amparo, que lo son la Inspección General de Policía, o su superior Jerárquico, el Departamento Central.- VIII.- Sin embargo de esto, se giró oficio por el Departamento de Gobernación a la Inspección General de Policía, poniendo en su conocimiento los requerimientos del C. Juez de Distrito, y sin esperar contestación alguna, el propio Departamento de Gobernación giró en su oportunidad las órdenes de libertad correspondientes. - IX. - No ha habido, pues, por parte de este Departamento Consultivo, el deseo o negligencia para no acatar inmediatamente las ejecutorias del C. Juez Cuarto de Distrito, sino únicamente esperar se llenáse por las autoridades responsables contra quienes se había concedido el amparo, el trámite de notificación respectiva, trámite que ni siquiera esperó, repito, el Departamento de Gobernación, pues inmediatamente que tuvo conocimiento de la situación creada por la Inspección General de Policía, de inejecución de sentencia denunciada por los quejosos, se apresuró a girar las órdenes de libertad correspondientes.- X.- No me parece por demás manifestar que desde la fecha en que el subscrito se hizo cargo de este Departamento Consultivo y por expresas instrucciones del C. Secretario, invariablemente se ha dado debido acatamiento a las sentencias del Poder Judicial, especialmente las dictadas por los jueces de Distrito y por la Suprema Corte de Justicia en los juicios de amparo. En los concedidos a individuos recluídos en la Colonia Penal de Islas Marías, este Departamento ha seguido siempre esa invariable línea de conducta, dictando al efecto las órdenes de libertad telegráficamente para su mejor expedición y rapidez.- XI.- Sin embargo, en vista de la situación real que guarda la Colonia Penal de Islas Marías, ya que en el fondo esta Secretaría no puede considerarse más que como mera administradora de aquel establecimiento penal, hay ocasiones en que esta propia Secretaría no puede girar las órdenes de libertad respectivas porque los individuos allí recluídos están a disposición de otras autoridades, como la Inspección General de Policía, el Departamento Central y hasta algunos Estados de la República. Respecto a estos reos, la Secretaría los ha considerado siempre a disposición de aquellas autoridades y, por consecuencia, de ellas se esperan las instrucciones necesarias para ordenar su inmediata libertad; salvo el caso en que el amparo sea concedido directamente contra esta Dependencia del Ejecutivo, pues entonces inmediatamente se giran las órdenes de libertad correspondientes.- Atentamente.- México, D.F. 25 de noviembre de 1930.- El Jefe del Departamento.- Luis Ramírez de Alba.-
Rúbrica.'
"Carta del Ministro de la Fuente, dirigida al Secretario de Gobernación. "Un membrete que dice: "Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Correspondencia Particular de los CC. Ministros.- México, 25 de noviembre de 1930.- Sr. Cor. Carlos Riva Palacio.- Secretario de Gobernación.- Ciudad.- Muy estimado señor: Con referencia a mi carta de fecha 18 de los corrientes, hoy digo al señor Presidente de la República lo que le suplico a usted, lea en la copia que acompaño.- He creído de mi deber hacer al señor Presidente y a usted las aclaraciones contenidas en la copia de referencia.- Aprovecho esta oportunidad para repetirme su afmo. y atto. s. s. F. de la Fuente.- Rúbrica."
"Carta del Ministro de la Fuente, dirigida al presidente de la República. "(Copia). México, 25 de noviembre de 1930.- Sr. Ing. Don. Pascual Ortiz Rubio. Presidente de la República.- Ciudad.- Señor de todo mi respeto:- Con referencia a mi carta del 18 de los corrientes, juzgo de mi deber aclarar a usted, después de haber revisado los expedientes de Ignacio Vega Guerra y José Caso, que la propia carta contiene el error de estimar como autoridad responsable al C. Secretario de Gobernación, siendo que, según las sentencias de amparo del juez Cuarto de Distrito, sólo tienen ese carácter los CC. Jefe de la Policía del Departamento Central y el Director de la Penitenciaría del Distrito.- El error provino del extracto que me fue presentado por mi Secretario.- Dado lo anterior, no sería procedente, de ningún modo, que yo propusiera al Pleno la separación del C. Secretario de Gobernación; pero en lo fundamental sí subsisten las razones que me permití someter a la consideración de usted en mi repetida carta, en favor de que sean cumplidas las ejecutorias de amparo, como un medio de consolidar el régimen constitucional en que nos encontramos y que usted con acierto y patriotismo que la Nación entera aplaude, trata de hacer más fuerte cada día mediante sus actos como Presidente de la República.- Le ruego vea usted en mi insistencia para que se cumplan las ejecutorias de la Corte, sólo el propósito de hacer respetables los Poderes Ejecutivo y Judicial.- Nuevamente le suplico acepte las seguridades de mi respetuosa consideración.- F. de la Fuente.- Rúbrica."
"Carta del Ministro de la Fuente, dirigida al Secretario de Gobernación. "Al margen un membrete que dice: "Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Correspondencia Particular de los CC. Ministros.- México, 27 de noviembre de 1930.- Señor Coronel Carlos Riva Palacio.- Secretario de Gobernación.- Ciudad.- Muy estimado Señor: Tengo el agrado de referirme a su estimada carta del 25 de los corrientes.-
Particularmente, me complacen las amplias ideas de usted acerca del respeto a la ley del acatamiento sin reserva a las disposiciones dictadas por las autoridades judiciales; y, sobre todo, que tan altas ideas las ponga en práctica la Secretaría de su digno cargo, como lo demuestra la lista de reclusos cuya libertad se ha servido ordenar usted, por haber sido amparados por la Justicia Federal.- Habiendo triunfado militarmente la Revolución, la conducta de los funcionarios públicos revolucionarios debe tender, como lo hace usted, a cimentar en el ramo institucional la obra de la propia revolución, mediante la aceptación plena del régimen de derecho en que vivimos, y de su consecuencia natural.- Por tan elevada manera de proceder, sírvase usted aceptar mis felicitaciones y mi adhesión.- F. de la Fuente.- Rúbrica." "Presidencia de la Suprema Corte de Justicia.- México.- 17 de marzo de 1931.-- Señor Coronel don Carlos Riva Palacio.- Secretario de Gobernación.- Ciudad.- Muy estimado y fino amigo: Sin duda recordará usted la guerra que nos dieron los individuos de la banda de estafadores internacionales, que fueron enviados a las Islas Marías, no obstante las resoluciones de los Tribunales Federales, dictadas en favor de aquéllos, hasta que, gracias a la actitud del señor Presidente de la República y de usted, se dio solución a los asuntos respectivos, evitando escándalos y graves dificultades.- Pues bien, de tales individuos queda uno llamado Manuel Rodríguez Ajax, el cual fue amparado y continúa en las Islas Marías.- Sus familiares están viniendo a gestionar el asunto y yo he querido tratarlo antes con usted en lo particular, para darle un término satisfactorio, pues no me parece oportuno molestar otra vez al señor Presidente de la República, ya que creo que usted podrá disponer la vuelta del expresado Rodríguez para ponerlo a disposición de las autoridades judiciales.- Le suplico excuse que ocupe su atención, pues me guían únicamente motivos de justicia y de interés para la Corte y para el Gobierno.- En espera de la contestación que tenga a bien darme, me repito de usted afmo. amigo y atto. S. S. (firmada) Julio García.- Rúbrica."
"(Copia) abril 20 de 1931.- Señor Lic. don Julio García.- Presidente de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación.- Presente.- Muy estimado y fino amigo: Por haberme encontrado fuera de esta Capital, hasta hoy correspondo su grata carta fechada el 17 de marzo pasado, relativa a la ejecución de la sentencia de amparo pronunciada en favor de Ismael Rodríguez Ajax, relegado en la Colonia Penal de las Islas Marías y a disposición de la Jefatura de Policía del Distrito Federal.- Debo manifestar a usted que el amparo en cuestión se falló, y causó ejecutoria, según noticias que tengo, sobreseyendo por lo que se refiere a esta Secretaría; de tal manera que hasta el día trece de abril en curso, no existía comunicación oficial que pusiera a Gobernación en el caso de cumplimentar la ejecutoria, dados los términos del sobreseimiento.- Posteriormente a la fecha de la carta de usted, el trece de abril en curso, se recibió en esta Secretaría un oficio de la Jefatura de Policía del Distrito Federal en el que, me comunicaba que el relegado Rodríguez Ajax, había obtenido sentencia favorable en el juicio de amparo y que éste tiene el carácter de ejecutado; y me pedía, en el propio oficio, que el relegado fuera puesto en libertad para dejar así cumplimentada la sentencia referida.- En atención al texto del oficio del Jefe de Policía del Distrito Federal, inmediatamente ordené que se girara la orden de libertad de Rodríguez Ajax, quien ya lo está en la Colonia Penal y espera solamente la primera oportunidad de presencia de un transporte marítimo, para transladarse a Mazatlán o a Manzanillo.- Con el informe anterior, creo haber dejado satisfecha la súplica de usted y comprobado, una vez más, la actitud de esta Secretaría hoy a mi cargo, respetuosa siempre de los fallos de las autoridades judiciales.- Aprovecho esta oportunidad para repetirme a sus órdenes como su afectísimo amigo y seguro servidor.- Carlos Riva Palacio.- Firmado."
"(Copia) 21 de abril de 1931.- Señor Coronel don Carlos Riva Palacio.- Secretario de Gobernación.- Ciudad.- Muy estimado y fino amigo: He tenido la satisfacción de recibir la carta de usted de ayer, en la que se sirve decirme que ha dado órdenes para la libertad de Ismael Rodríguez, quien está solamente en espera de que haya un transporte marítimo para trasladarse a Mazatlán o Manzanillo.- Sé muy bien que el amparo concedido a dicho Rodríguez no fue en contra de usted y sólo ha tenido usted conocimiento del referido amparo, cuando se lo comunicó al Jefe de la Policía del Distrito Federal.- Por lo demás, estoy bien convencido de que la actitud de esa Secretaría de su digno cargo, es siempre la de respetar y hacer respetar los fallos de las Autoridades Judiciales, por lo que me permito enviarle mi felicitación.- Me reitero a las órdenes de usted como su afectísimo amigo y atento y seguro servidor.- Firma: Julio García."
El C. Santos Alonso (continuando): Por lo anterior verán ustedes que tanto el señor Ministro de la Fuente como el Ministro Vázquez del Mercado, en un hecho particular, aislado, quieren envolver al Poder Público; que ha quedado demostrado, por las cartas de rectificación del Ministro de la Fuente, que fue improcedente y fue poco seria la solicitud de pedir la separación del Ministro de Gobernación y de las autoridades que intervinieron en el caso que nos ocupa, porque no era ese el camino. La segunda parte de la renuncia del señor Vázquez del Mercado se funda también en hechos aislados para hacer una petición general. Esto es poco serio porque, en primer término, no debe por un hecho particular generalizarse, y en segundo lugar, porque está en manos de ellos seguir los juicios respectivos a estas personas para castigarlas. Si la Corte no lo ha hecho, culpa es de ella. La otra parte de la queja en que dice el señor Vázquez del Mercado que no Puede seguir desempeñando su puesto de Magistrado por la constancia del Gobierno en no acatar los fallos, y que él personalmente no ha podido conseguir esto, pone a los demás Ministros de la Corte en un brete. Tal parece que él es el apóstol de la Justicia y los demás, según él, se han acobardado, se han hecho
cómplices del Ejecutivo Federal y solamente él viene aquí con una actitud gallarda, con una actitud propia de un espartano, a venir a renunciar, porque es imposible que el señor Vázquez del Mercado continúe en la Suprema Corte porque el Gobierno sistemáticamente no quiere obedecer! Esto es inexacto, porque yo creo más dignos a los otros ministros de la corte que juiciosamente han procedido en este caso, que al señor Vázquez del Mercado que ha querido darse popularidad con el asunto de Cabrera. Yo creo, señores representantes, que debemos solidarizarnos con el Presidente de la República, tanto porque es uno de los Poderes, cuanto porque primero de la Fuente y ahora Vázquez del Mercado le hacen imputaciones injustas, queriendo asumir este último el papel de héroe. Debemos solidarizarnos con el Presidente de la República y aceptar la renuncia de Vázquez del Mercado, no por lo que él dice, sino porque demuestra poca seriedad y porque es indigno de ocupar el alto sitial que actualmente tiene en la Suprema Corte.
El C. Presidente: Tiene la palabra el senador Abascal.
El C. Abascal: Señores: Esto que para todos parece una sorpresa, para mí es la cosa más natural. Es el brote de los enemigos de la Revolución, ocupados por ella y beneficiados con puestos y participación en la cosa Pública. La Revolución debe ir con más cautela y elegir entre sus hombres honrados -porque afortunadamente tiene muchos, aquellos que puedan servirla. El señor Vázquez del Mercado, ex - ministro, por que ya está aceptada su renuncia, ha faltado a la lealtad que el Senado de la República depositó en él, y luego en su renuncia, con la ingenuidad propia de un ignorante pasante de derecho, declara que no es éste el único caso que hay, sino que la frecuencia de hechos semejantes o idénticos es lo que lo hace renunciar. De suerte que Vázquez del Mercado no encontró que había motivo para renunciar ese puesto cuando se trataba de un humilde o de alguno que no se perfilaba como un enemigo del Gobierno; pero apenas apareció el pretexto -que no voy a estudiar porque no soy abogado de que uno de los abanderados de los enemigos del Gobierno actual y de la Revolución se sintiera lesionado, entonces sí el señor Vázquez del Mercado vino a decir que él no estaba de acuerdo con que el Gobierno atropellara y faltara a las garantías que la Constitución otorga. Ya ven, pues, que no es ésta una actitud de lealtad ni sincera, porque él mismo en su renuncia confiesa que son muchos los casos, que es frecuente esto, que la frecuencia de hechos semejantes es lo que lo hace tomar esa determinación. ¿Por qué Vázquez del Mercado, que tiene más de un año en la Suprema Corte, no había renunciado antes? Es que antes no estaba un Luis Cabrera para seguirlo como bandera y formar un grupo de oposición honrada al Gobierno. El Gobierno no tiene miedo a que haya un grupo de oposición. El señor general Calles ya nos ha dicho en su famoso discurso, en su evangelio revolucionario, que todos los revolucionarios tenemos obligación de darles garantías a los contrarios y proporcionarles la manera de que se nos enfrenten. Así pues, el señor Vázquez del Mercado y el señor Cabrera, honradamente, gallardamente y con todo el valor civil que es necesario, debían formar ese grupo, acaudillar a todos los descontentos y formar un partido serio que se enfrentara al Partido Nacional Revolucionario; pero no venir, el señor Vázquez del Mercado, con ingenuidades de éstas, no venir a ocuparse de un hechos asilado, sin importancia nacional - quiera o no el señor Vázquez del Mercado -, para exhibirse como un enemigo absoluto del Gobierno. Si Vázquez del Mercado, desde la primera vez en que, según él, el Ejecutivo no respetaba las resoluciones de la Suprema Corte, hubiera renunciado y hecho público esto, sería loable su conducta; pero dejó transcurrir más de un año y permitió que se llevaran a cabo muchos atentados, según él, iguales o idénticos a éste, permaneciendo en silencio hasta ahora, en que quiere demostrar que es amigo de Luis Cabrera y enemigo del Gobierno. Si no fuera por esto, yo no me ocuparía del asunto, porque Vázquez del Mercado tiene libertad absoluta para externar su criterio, cualquiera que éste sea. Pero sí debemos entender este caso como una clarinada, como un toque de alarma en toda la Revolución para echar fuera no sólo a él, sino a muchos otros que están dentro y a otros más que quieren entrar. La Revolución tiene muchos hombres que pueden servirla y honrarla. Hay que echar fuera a los que la traicionan y meter dentro de la cosa pública a los revolucionarios que no están en ella.
El C. Altamirano Manlio Fabio: Señores representantes: Yo no voy a considerar el caso de Vázquez del Mercado desde el punto de vista jurídico; pero sí lo voy a considerar desde el punto de vista político. A estos señores que son brotes rebeldes encajados dentro de la Administración pública que preside el señor general Ortiz Rubio, les hemos comido el trigo desde hace mucho tiempo. La trama encabezada por Luis Cabrera y algunos otros ex - carrancistas que no se resignan a permanecer ajenos a los puestos prominentes de las cosa pública, arranca desde muy lejos. Ustedes recordarán un famoso Congreso de Periodistas que hubo en esta capital convocado subrepticiamente por Lanz Duret, en el que la tribuna pública del salón en donde se reunían los periodistas se convirtió en una tribuna de ataque en contra de la Revolución y en contra del Gobierno presidido por el señor ingeniero Pascual Ortiz Rubio. En esta tribuna escuchamos la voz estridente de Soto y Gama abiertamente pronunciando palabras de rebelión. Después vinieron algunos brotes de algunos estudiantes, furibundos vasconcelistas, brotes infantiles pero que no dejan de causar escándalo. Más tarde se organizaron las conferencias en la Biblioteca Nacional con fines aparentemente diversos de los que traían en el fondo; en el fondo era la secuela de lo que había sido iniciado en el Congreso de Periodistas, organizado por Lanz Duret. Consecuencia de ello fue el discurso formidable de Luis Cabrera, en contra, principalmente, de la memoria de Alvaro Obregón, y en contra también de Plutarco Elías Calles. En aquella vez le contestamos con toda energía a Luis Cabrera, en una forma
muy sencilla. Luis Cabrera afirmaba que todos los funcionarios públicos, del Presidente de la República para abajo, y consecuentemente los diputados y senadores aquí reunidos, habíamos sido electos en una forma irregular y que éramos unos usurpadores. Mi contestación, un poco exabrupto, para Luis Cabrera, era la siguiente: Usted, que ha sido revolucionario, según así lo afirma, desde 1910, aunque quién sabe si ahora sea, ¿cómo es que soporta un régimen de puros usurpadores, y no, haciendo alarde de su espíritu revolucionario, empuña una carabina con los suyos y se dedica, por medio de las armas, a echar abajo su gobierno de usurpación? ¿O es que ya los miles de millones de pesos que usted ha conseguido al calor de negocios petroleros en grande que le impiden tener los pantalones suficientes para adoptar una actitud gallarda y verdaderamente viril? El señor Cabrera no contestó en aquella vez; pero siguió trabajando en el misterio. Yo creo que la mira de estos señores no era de hacer una rebelión. Las rebeliones políticas han pasado a la historia en nuestra patria; ninguna rebelión política podría triunfar; si acaso podría triunfar alguna rebelión de carácter social si el Gobierno de la República no diera satisfacción a todas las aspiraciones sociales del momento obrero - campesino que vivimos. Pero una rebelión política encabezada por Cabrera es imposible que triunfara. Desde luego, yo creo que lo que se tramaba en esas juntas era el asesinato del jefe de máximo de la Revolución, Plutarco Elias Calles. Plutarco Elías Calles que alejado de la vida pública, metido allá en su retiro de Santa Bárbara cuidando sus vacas y cuidando sus siembras y sus campos, todavía hace sombra; su sola sombra petrifica y asusta a estos individuos que no han podido ganarle en ningún terreno, ni en el terreno, ni el terreno político ni en el terreno militar. Yo creo, tengo para mí que ése era el verdadero fin de esa agrupación. Y para ello querían venir preparando el ambiente desde aquel famoso Congreso de Periodistas para que después produjera la mano traidora de hubiera de asesinar, como el fanatismo produjo a un León Toral que disparó con cinco tiros de su pistola sobre aquel gran jefe que todavía lloramos y que se llamó Alvaro Obregón. Vázquez del Mercado es un hombre sin decoro, y de la Fuente es también un hombre sin decoro. Esta es la razón que tengo yo para aceptar la renuncia del señor Vázquez del Marcado, y para invitar desde esta tribuna al señor de la Fuente a que presente su renuncia. Y digo que son los hombres sin decoro; porque si a través de dos años continuamente, como dice el señor Vazqúez del Mercado, el Ejecutivo Federal ha estado violada la ley, la Constitución, día por día, ¿cómo es que han podido ellos aguantar dos años la Suprema Corte ganando sesenta pesos diarios, y como es que a las primeras de cambio no han presentado la renuncia de los altos puestos que desempeñan? Como decía el compañero Abascal, ha sido necesario que un hombre que iba a provocar escándalo, como Luis Cabrera, se sintiera un poco metido al orden, para que estos señores pusieran el grito en el cielo. ¡Cuántas violaciones, por ignorancia o por lo que sea, se habrán cometido en la Constitución, en contra de hombres humildes del pueblo indefenso, de las que habrán tenido conocimiento tanto de la Fuente como Vázquez del Mercado, sin que hayan pronunciado una sola palabra! Pero un representativo de esta oposición es víctima de sus propios actos, y entonces levantan su voz estos magistrados, adoptando estas "poses" que ya no caben en nuestra ánimo. El señor Vázquez del Mercado dice que se encuentra en la imposibilidad de desempeñar su cargo: ¡Muy bien! Yo debo decir aquí que se ha tardado en protestar su renuncia ante esta Representación Nacional, porque en muy diversas ocasiones, en el seno de la Suprema Corte, ha atacado, él sí sistemáticamente, al Gobierno revolucionario. ¿Por qué ahora nos viene con este alarde de virilidad y no la tuvo cuando en muchas ocasiones los otros ministros han combatido sus teorías de impugnación al Gobierno revolucionario? Vazquez del Mercado no estaba en su lugar: Está en el lado contrario. ¡Pues que vaya al lado contrario a combatir lealmente; si quiere en el terreno de las ideas, en el terreno de las ideas; si quiere en la plaza pública, en la plaza pública; si quiere por medio de las armas, por medio de las armas. El Gobierno de la Revolución está suficientemente fuerte para hacer frente a todos los enemigos que se le presenten. Por estas razones, señores, creo que está en el ánimo de todos ustedes aceptar la renuncia del señor Vázquez del Mercado, y repito mi invitación al otro elemento que todavía permanece en la Corte y que tiene las mismas ideas y los mismos antecedentes, al señor de la Fuente, para que presente su renuncia y también a todos los enemigos de la Revolución que están viviendo a costillas del Gobierno revolucionario, que tengan el decoro y la vergüenza suficientes para colocarse en la trinchera que les indiquen sus ideales y que no estén diariamente queriendo minar el Gobierno revolucionario, el Gobierno constitucional que tanto trabajo y tanto sacrificio nos ha costado constituir. (Aplausos.)
El C. Secretario García Moisés Rosalío: No habiendo más oradores inscritos, en votación económica se consulta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el caso. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido. Se procede a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.
El C. Secretario Márquez Luis G: Por la negativa. (Voces: ¿Que es lo que se va a votar?
El C. Abascal: Pido la palabra. A la renuncia se le ha hecho la modificación de que no se acepte por las causas que expuso el Magistrado, sino con las modificaciones que propuso el compañero Santos Alonso, y es lo que vamos a votar.
El C. Secretario García: Se consulta si se acepta la renuncia, no por lo que ella invoca, sino por las razones que expuso el compañero Santos Alonso. Por la afirmativa.
El C. Secretario Márquez: Por la negativa.
(Votación.)
El C. Secretario García: ¿Falta algún ciudadano representante por votar? ¿Falta algún ciudadano representante por votar? Se procede a recoger la votación de la Mesa.
(Votación.)
Por unanimidad de veintiún votos fue aceptada la renuncia, con las modificaciones presentadas por el licenciado Santos Alonso. - El C. Presidente: Se levanta la sesión y se cita para el viernes próximo, a las once horas.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"
Director, Jefe de la Oficina, JOAQUÍN Z. VALADEZ.