Legislatura XXXIV - Año II - Período Extraordinario - Fecha 19320111 - Número de Diario 2

(L34A2P1eN002F19320111.xml)Núm. Diario:2

ENCABEZADO

MÉXICO, LUNES 11 DE ENERO DE 1932

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos,

el 21 de septiembre de 1921.

AÑO II.- PERIODO EXTRAORDINARIO XXXIV LEGISLATURA TOMO IV- NÚMERO 2

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA

11 DE ENERO DE 1932

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- Se concede licencia al C. Diputado Romero Courtade Enrique.

3.- La Cámara de Senadores comunica la elección de su Mesa Directiva que funcionará durante el presente mes. A las 18 hrs. 15 ms. se suspende la sesión de Cámara de Diputados para pasar a sesión de Congreso General.

4.- A las 18 hrs. 26 ms. se reanuda la sesión de Cámara de Diputados. La Secretaría da lectura a la exposición de motivos del Ejecutivo Federal sobre los convenios celebrados el 25 de julio de 1930 y el 29 de enero de 1931, entre el C. Secretario de Hacienda y Crédito Público, en representación de los Estados Unidos Mexicanos y el Comité Internacional de Banqueros con Negocios en México, así como el contrato de fecha 22 de diciembre de 1931, e iniciativa de ley que propone el Ejecutivo sobre dichos Convenios. El C. Diputado Bautista Gonzalo, en su calidad de Presidente de la Cámara, presenta una proposición a efecto de que se nombre una Comisión Especial que estudie y dictamine sobre la iniciativa del Ejecutivo, quedando integrada dicha Comisión por los CC. Diputados Castillo Lanz Ángel, López Moreno Salvador, Orozco David y Manuel Avilés. Se dispensan los trámites. A discusión. Se aprueba y en esa virtud se turna la iniciativa de ley a la Comisión Especial antes nombrada. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. GONZALO BAUTISTA.

(Asistencia de 80 ciudadanos diputados.)

El C. Presidente (a las 18 hrs. 7 ms.): Se abre la sesión.

- El C. Secretario Bátiz (leyendo):

"Acta de la Junta Preparatoria del periodo extraordinario de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el día cuatro de enero de mil novecientos treinta y dos.

"Presidencia del C. Alfonso F. Ramírez.

"En la ciudad de México, a las diez y ocho horas y veinticinco minutos del lunes cuatro de enero de mil novecientos treinta y dos, con asistencia de ochenta ciudadanos diputados, se abrió la Junta.

"Se procedió a la elección de Mesa Directiva para el presente mes, del Periodo Extraordinario de Sesiones próximo a inaugurarse, y por unanimidad de ochenta y un votos, resultaron designados, para Presidente, el C. Gonzalo Bautista, y para Vicepresidentes los CC. Juan R. Delgado y Manuel Aradillas.

"La Secretaría hizo la declaratoria acostumbrada y los electos tomaron posesión de sus cargos.

"Presidencia del C. Gonzalo Bautista.

"El C. Presidente hizo la siguiente declaratoria:

"La Cámara de Diputados de los Estados Unidos Mexicanos se declara legítimamente constituída para funcionar durante el Periodo Extraordinario de Sesiones a que fue convocado el Congreso de la Unión por la Comisión Permanente."

"La Presidencia nombró las siguientes Comisiones:

"Para participar al Senado que esta Cámara ha quedado legítimamente constituída para funcionar durante el Periodo Extraordinario, y que el lunes 11 del actual, a las diez y siete horas, tendrá lugar la sesión de apertura, CC. Bernardo Chávez, Pedro C. Rodríguez, Amel Baracio García y Secretario Delfino Nájera.

"Para dar el mismo aviso al C. Presidente de la República, CC. José Morales Hesse, Enrique Fernández Martínez, Francisco A. Mayer y Secretario Juan de Dios Bátiz.

"Para hacer igual participación a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, CC. Liborio Espinosa y Elenes, Fausto Bojórquez Castillo, Julio Bustillos y Secretario Carlos Velázquez Méndez.

"Para avisar lo propio al Jefe de la Revolución, C. General Plutarco Elías Calles, CC. José Santos Alonso, Rafael E. Melgar, Gonzalo Bautista,

Praxedis Balboa jr. y Secretario David Orozco.

"Y para comunicar lo mismo al C. Manuel Pérez Treviño, Presidente del Partido Nacional Revolucionario, CC. Manuel Mijares V., Simón Puentes, Juan Reyes del Campillo y Prosecretario César A. Rojas.

"Se recibió a una comisión de la Cámara de Senadores, que fue introducida al salón por la comisión que para el efecto nombró la Mesa y el C. Senador Zenón Suárez expresó que aquel Alto Cuerpo quedó legítimamente instalado para funcionar durante el Periodo Extraordinario que va a iniciarse.

"El C. Presidente contestó en términos generales y la comisión del Senado se retiró.

"A las diez y ocho horas y cuarenta y cinco minutos se levantó la Junta y se citó para el próximo lunes 11 del actual, a las diez y seis horas, a sesión de Cámara de Diputados y a las diez y siete, a sesión de Congreso General."

El C. Secretario Bátiz: Está a discusión el acta de la Junta Preparatoria. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Ciudadanos Secretarios de la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.

"En virtud de que el señor Presidente de la República tuvo a bien ratificarme su confianza para continuar al frente de la Secretaría General del Departamento del Distrito Federal, con fundamento en el artículo 50 del Reglamento Interior del Congreso General, con todo respeto vengo a solicitar de Vuestra Soberanía una licencia por tiempo indefinido, a partir de esta fecha, y con el carácter de renunciable, en mi carácter de Diputado Propietario por el 5o. Distrito Electoral del Estado de Guanajuato.

"La licencia en cuestión será exclusivamente por el tiempo que siga desempeñando el puesto de referencia, rogando a la H. Cámara por el muy digno conducto de Vuestra Señoría, le sean dispensados todos los trámites a la presente instancia.

"Sírvanse ustedes aceptar las seguridades de mi profunda estimación.

"México, D. F., a 11 de enero de 1932.- E. Romero C."

Se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se concede la licencia. Concedida.

- El mismo C. Secretario, (leyendo):

" Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.- México.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Para conocimiento de esa H. Cámara, tenemos el honor de participar a ustedes que en sesión celebrada el día 4 del actual, resultaron electos para integrar la Mesa Directiva de esta Cámara durante el presente mes del Periodo Extraordinario, los CC. Senadores siguientes:

"Presidente, Práxedes Giner D. "Vicepresidentes, Pedro González y Francisco Anguiano.

"Reiteramos a ustedes, con este motivo, las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, D.F., enero 8 de 1932.- F. Martínez Rojas, S. S.- L. Tellechea, S. S."- De enterado.

- El C. Presidente (a las 18 hrs. 15 ms.)Se suspende la sesión de Cámara de Diputados para pasar a sesión de Congreso General.

SESIÓN DE APERTURA

DEL PERIODO EXTRAORDINARIO

DEL XXXIV

CONGRESO DE LA UNIÓN

EFECTUADA EL DÍA

11 DE ENERO DE 1932

SUMARIO

1.- Se abre la sesión.

2.- El C. Presidente hace la declaratoria de apertura del periodo extraordinario de sesiones a que fue convocado el Congreso General por la H. Comisión Permanente.

3.- El C. Diputado Santos Alonso José, Presidente de la comisión Permanente, de acuerdo con lo que estatuye el artículo 69 constitucional, informa a la Asamblea acera de los motivos que originaron la Convocatoria a periodo de sesiones extraordinarias. El C. Presidente contesta en términos generales.

4.- Es leída y aprobada el acta de la presente sesión y se levanta ésta para reanudar la de Cámara de Diputados.

DEBATE

Presidencia del C. GONZALO BAUTISTA

(Asistencia de 80 ciudadanos diputados y 40 ciudadanos senadores.)

El C. Presidente (a las 18 hs. 26 ms.): Se abre la sesión.

"El XXXIV Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, abre hoy, once de enero de mil novecientos treinta y dos, el Periodo Extraordinario de

Sesiones para el cual fue convocado por la Honorable Comisión Permanente." (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Diputado Santos Alonso.

El C. Santos Alonso: Ciudadanos diputados y senadores: De acuerdo con el artículo 69 constitucional me permito informar a ustedes que la Comisión Permanente convocó a un periodo de sesiones extraordinarias, con el objeto exclusivo de estudiar los convenios que el Ministro de Hacienda hiciera en Nueva York con los banqueros de Wall Street. El objeto de este estudio es: ratificar esos convenios, rectificarlos, desecharlos, o bien aplazarlos. Según la nueva iniciativa que ha sido enviada por el ciudadano Presidente de la República, iniciativa que veréis en su oportunidad, esos convenios son francamente benéficos para el pueblo mexicano, porque los anteriores, en virtud de la crisis monetaria mundial venían a percudir nuestros intereses. Con este motivo ha habido nuevas pláticas con los expresados banqueros y a la consideración de Vuestra Soberanía va a someterse el proyecto de ley cuya aprobación solicita el Ejecutivo de la Cámara de la Unión.

El C. Presidente: El Congreso de la Unión se ha enterado de los motivos que tuvo la Comisión Permanente para convocar a estas sesiones extraordinarias.

- El C. Secretario Bátiz (leyendo):

"Acta de la sesión de Apertura del Periodo Extraordinario del XXXIV Congreso de la Unión, celebrada el día once de enero de mil novecientos treinta y dos.

"Presidencia del C. Gonzalo Bautista.

"En la ciudad de México, a las diez y ocho horas y veintiún minutos del lunes once de enero de mil novecientos treinta y dos, con asistencia de ochenta ciudadanos diputados y cuarenta ciudadanos senadores, según listas que pasó la Secretaría, se abrió la sesión.

"El C. Presidente hizo la siguiente declaratoria:

"El XXXIV Congreso de los Estados Unidos Mexicanos abre hoy, once de enero de mil novecientos treinta y dos, el Periodo Extraordinario de Sesiones para el cual fue convocado por la Honorable Comisión Permanente."

"El C. José Santos Alonso, Presidente de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 69 de la Constitución General, rindió un informe respecto de los motivos en que se fundó la convocatoria al Periodo Extraordinario de Sesiones que hoy se inicia.

"El C. Presidente del Congreso contestó en términos generales.

"Se leyó la presente acta."

Está discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

El C. Presidente: Se levanta la sesión de Congreso General y se reanuda la sesión de Cámara de Diputados.

El C. Presidente (a las 18 hs. 26 ms.): Se reanuda la sesión de Cámara.

- El C. Secretario Bátiz (leyendo.)

"Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.- México.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.

"Primero. Tengo el honor de enviar a ustedes, con el adjunto proyecto de ley, los originales en inglés y las traducciones al español de los convenios celebrados el 25 de julio de 1930 y el 29 de enero de 1931 entre el Secretario de Hacienda y Crédito Público, en representación de los Estados Unidos Mexicanos, y el Comité Internacional de Banqueros con Negocios en México, así como el contrato de fecha 22 de diciembre de 1931 que contiene la promesa de celebrar un nuevo convenio. Acompaño también un anexo explicativo del primero de los convenios citados.

"Segundo. De conformidad con el convenio de 25 de julio de 1930, el Gobierno Mexicano se comprometió a hacer pagos anuales en dólares de los Estados Unidos de América en las proporciones que se establecen en la tabla anexa al mismo convenio, y se estipuló que el Gobierno depositaría por cuenta de la anualidad de 1931, según el mismo convenio, la suma de Dls. 5.000,000 (cinco millones) de dólares oro de los Estados Unidos, obligación que se cumplió en agosto de 1930 con fundamento en la autorización expresa contenida en el inciso IV del artículo 3o. de la Ley de 25 de enero de 1929.

"Tercero. Después de otorgado el Convenio de 1930, la balanza de cuentas de México ha sido desfavorable debido a varias causas, entre las cuales pueden citarse principalmente la disminución del valor de nuestros productos en los mercados mundiales, la exportación de capitales y la concomitante suspensión de inversiones en el país, lo que dio por resultado que el valor de cambio del dólar americano aumentara de un modo considerable. Por estas razones el Gobierno estimó que estaría incapacitado para cumplir con las estipulaciones del contrato antes mencionado y no lo presentó al Congreso de la Unión para su ratificación durante el periodo de sesiones de 1930. El Secretario de Hacienda y Crédito Público comunicó al Comité Internacional de Banqueros por acuerdo presidencial irrevocable, fechado el 28 de enero de 1931, que el Gobierno de México no sometería el Convenio de 25 de julio de 1930 al Congreso de la Unión en la forma en que estaba concebido.

"Cuarto. En enero de 1931 el Secretario de Hacienda y Crédito Público, por virtud de la autorización contenida en el mismo acuerdo presidencial a que acabo de hacer referencia, celebró un nuevo convenio con el Comité Internacional de Banqueros, según el cual todas las cláusulas del Convenio de 25 de julio de 1930 que no se modificaran expresamente se tendrían como insertas en el mismo, y cuya nueva estipulación fundamental consistió en que, en vez de hacerse

inmediatamente los pagos anuales para los años de 1931 y 1932 en dólares, se harían depósitos mensuales de moneda mexicana de plata a razón de un peso por cada 0.45.25 de dólar (que era el tipo que regía en la fecha del primer convenio) y esos depósitos deberían quedar en el Banco Nacional de México para ser convertidos a dólares cuando el tipo de cambio fuese por lo menos igual al que antes se ha expresado, o bien después del día 1o. de enero de 1933, al tipo de cambio que prevaleciera en el momento de hacer la conversión.

"Quinto. De acuerdo con el Convenio de 29 de enero de 1931, los Dls. 5.000,000 (cinco millones) de dólares oro de los Estados Unidos que se habían entregado al Comité en agosto de 1930 fueron convertidos a pesos mexicanos y depositados en el Banco Nacional de México a disposición del Comité, por cuenta de la anualidad de 1931, entretanto el Congreso daba su aprobación a dicho Convenio.

"Sexto. Durante el presente año de 1931 los ingresos del Gobierno Federal han disminuído hasta tal punto que se han requerido reducciones importantes en el presupuesto de egresos y , además, la creación de impuestos extraordinarios. Por tanto, el Ejecutivo de mi cargo no ha creído conveniente someter a la aprobación del Congreso de la Unión el Convenio de 29 de enero de 1931, ya que es evidente que no se podría disponer de los fondos necesarios para completar la anualidad correspondiente a este año en moneda nacional, de acuerdo con los términos del contrato; porque se prevé, además, por las estimaciones presupuestales, que no será fácil hacer los pagos en moneda nacional que establece dicho Convenio para el año de 1932 y, finalmente, porque se considera prematuro comprometer a la Nación a efectuar el pago de la anualidad completa en el año de 1933.

"Séptimo. En vista de las razones anteriores, el Gobierno Federal no estima que sea oportuno aceptar en su forma actual el Convenio de 25 de julio de 1930, ni el Convenio de 29 de enero de 1931, y, por tanto, pide que se ratifique el acuerdo presidencial del 28 de enero de 1931 que dejó sin efecto al primero de dichos convenios y que se declare sin efecto el segundo.

"Octavo. Al aprobar el Congreso esta parte del proyecto de ley que se le somete, el Gobierno y el Comité quedarán mutuamente desligados y el depósito actualmente constituído en el Banco Nacional de México a cuenta de la anualidad de 1931, automáticamente a disposición del Gobierno. Sin embargo, como es esencial para el ajuste definitivo de las finanzas nacionales fijar para el futuro bases estables que permitan alcanzar un estado real de solvencia y un equilibrio presupuestal verdadero, que no se podrán lograr mientras no se provea al servicio de la Deuda Pública, y como, además se considera que las estipulaciones originales del Convenio de julio de 1930 son en principio realmente benéficas para la Nación, se estima que no debe prescindirse de dichas estipulaciones de un modo definitivo; de suerte que, a fin de llegar a la solución más satisfactoria para el país, en esta situación, se ha otorgado promesa de celebrar un nuevo convenio entre el Gobierno Mexicano y el Comité, al que servirán de base las cláusulas del Convenio de julio de 1930. No se harán al referido Convenio más modificaciones ni adiciones que las necesarias para proveer al retiro de los cupones e intereses que se causen del 1o. de enero de 1931 a la fecha en que se reanude el servicio, y aquellas alteraciones que se requieran para establecer el principio de las anualidades el 1o. de enero de 1934, o en cualquiera fecha anterior, si en opinión del Secretario de Hacienda los ingresos del Gobierno lo permiten. La promesa contiene, además, la estipulación de que el Gobierno Mexicano antes de la fecha en que se propone dar principio a las anualidades y, en todo caso, el 1o. de julio de 1933, o con anterioridad, deberá entregar al Comité, en la ciudad de Nueva York, la suma de Dls. 5.000,000 (cinco millones) de dólares oro americano como depósito a cuenta de la primera anualidad, de acuerdo con el referido nuevo convenio. Cuando este depósito se haga, el Gobierno Mexicano volverá a colocarse en una situación semejante a la que prevalecía cuando hizo el depósito de Dls. 5.000,000 (cinco millones) de dólares oro americano conforme al Convenio de julio de 1930.

"Noveno. Iguales consideraciones que las anteriores pueden hacerse respecto del memorándum relativo al arreglo de los Ferrocarriles Nacionales de México que forma parte del Convenio de 25 de julio de 1930. Este memorándum quedará también sujeto a los cambios que sea necesario hacerle en concordancia con lo estipulado.

"Décimo. Al fijar el monto total de la nueva deuda en la promesa de celebrar un nuevo convenio, se establece la suma de Dls. 267.419,241 (doscientos sesenta y siete millones, cuatrocientos diecinueve mil, doscientos cuarenta y un) dólares oro americano, que con relación a la fijada en el Convenio de julio de 1930, implica una reducción de . ..Dls. 74,009 (setenta y cuatro mil nueve) dólares oro americano, que ha sido hecha para facilitar la distribución de los bonos de la nueva emisión, en su oportunidad, contra los bonos de las quince emisiones originales.

"En tal virtud y en uso de la facultad que me concede la fracción I del artículo 71 de la Constitución Federal, tengo el agrado de enviar a ustedes la adjunta Iniciativa de Ley.

"Agradeciendo a ustedes se sirvan dar cuenta a esa Honorable Cámara con los adjuntos documentos, me es grato reiterarles las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D.F., a 10 de enero de 1932.-P. Ortiz Rubio.- Firmado."

"INICIATIVA DE LEY

"Artículo 1o. Se ratifica el acuerdo presidencial de fecha 28 de enero de 1931 que declaró sin efecto el Convenio de 25 de julio de 1930, celebrado entre el Secretario de Hacienda y Crédito Público, en representación de los Estados Unidos Mexicanos y el Comité Internacional de Banqueros con Negocios en México y en tal virtud, el referido Convenio de 25 de julio de 1930 no tendrá en definitiva efecto alguno.

"Artículo 2o. No se aprueba el Convenio

celebrado el 29 de enero de 1931 entre el Secretario de Hacienda y Crédito Público, en representación de los Estados Unidos Mexicanos, y el Comité Internacional de Banqueros con Negocios en México, y en tal virtud, el referido Convenio de 29 de enero de 1931 no tendrá en definitiva efecto alguno.

"Artículo 3o. No obstante lo dispuesto en los artículos anteriores, se aprueba el cambio de los cinco millones de dólares, moneda de oro de los Estados Unidos, depositados conforme el Convenio de 25 de julio de 1930, a moneda mexicana que había de ser tenida en depósito de acuerdo con los términos del Comité en el Banco Nacional de México. Este depósito, tal como ahora se ha constituído, quedará en adelante a disposición del Gobierno, y todo derecho u obligación, ya sea del Gobierno o del Comité, que con relación a este depósito se hubieren creado según el Convenio de 25 de julio de 1930 o el de 29 de enero de 1931, quedan extinguidos.

Artículo 4o. Se aprueba, con su anexo II, el contrato celebrado con fecha 22 de diciembre de 1931, entre el Secretario de Hacienda y Crédito Público, en representación de los Estados Unidos Mexicanos, y el Comité Internacional de Banqueros con Negocios en México, que contiene la promesa por parte del Gobierno de celebrar un nuevo convenio y contrato de empréstito en la fecha y bajo las condiciones que en el contrato de 22 de diciembre de 1931 se establecen; en la inteligencia de que el mismo contrato contiene una estipulación en el sentido de que sólo tendrá efecto por virtud de la aprobación del Congreso a los artículos 1o. y 2o. de esta Ley.

"El Ejecutivo otorgará en la fecha y bajo las condiciones que en el mismo se expresan, el nuevo convenio y contrato de empréstito, que deberán ser sometidos oportunamente a la consideración del Congreso de la Unión."

"H. Asamblea:

"Con el Propósito de obviar tiempo en el estudio de los Convenios de 25 de julio de 1930, de 29 de enero de 1931 y promesa de Convenio de 22 de diciembre de 1931 celebrados con el Comité Internacional de Banqueros con Negocios en México para el arreglo de la Deuda Política Exterior, asuntos de que se ocupará el Congreso General en el periodo extraordinario que hoy se inicia, esta Presidencia somete a la aprobación, en su caso, de la H. Asamblea, de una Comisión Especial que dictamine sobre el particular y que estará integrada por los CC. Diputados Ángel Castillo Lanz, Salvador López Moreno, David Orozco y Manuel Avilés.

"México, D.F., a 11 de enero de 1932.- G. Bautista."

- El Secretario Bátiz: Se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites a la proposición del C. Diputado Bautista. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada. En tal virtud, se turna a la Comisión especial formada por los ciudadanos Ángel Castillo Lanz, David Orozco, Salvador López Moreno y Manuel Avilés, la iniciativa de ley sobre los convenios.

El C. Presidente: Se levanta la sesión y se cita para mañana a las diecisiete horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA

Y "DIARIO DE LOS DEBATES"

Director, Jefe de la Oficina,

JOAQUÍN Z. VALADEZ.