Legislatura XXXIV - Año II - Período Extraordinario - Fecha 19320114 - Número de Diario 5

(L34A2P1eN005F19320114.xml)Núm. Diario:5

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., JUEVES 14 ENERO DE 1932

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO II.- PERIODO EXTRAORDINARIO XXXIV LEGISLATURA TOMO IV- NUMERO 5.

SESIÓN

DE LA

CAMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA

14 DE ENERO DE 1932

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- Se concede la palabra para los hechos a los CC. Diputados Bautista Gonzalo, Delgado J. Jesús y Dávila José María. A las 19 horas de se suspende la sesión.

3.- A las 19 horas y 30 minutos se reanuda la sesión. Pasa a la Comisión Especial integrada por lo CC. Diputados Santos Alonso José, Rodríguez Pedro C. y Bátiz Juan de Dios, una iniciativa que remite el C. Presidente de la República, tendiente a que se reformen los artículos 14 y 15, y se derogue el 16, relativos a la Ley de Ingresos del Erario Federal para el presente año.

4.- Se considera de urgente y obvia resolución un dictamen de la 2a. Comisión de Hacienda, que consulta proyecto de Ley, por el que se reforma el artículo 1o. transitorio de la Ley de 28 de mayo de 1928, que creó el Departamento del Presupuesto. A discusión; sin ella, se aprueba por unanimidad de 82 votos. Pasa al Senado para los efectos de ley.

5.- Se dispensan todos los trámites a un dictamen que presenta la 2a. Comisión de Hacienda, que consulta proyecto de Ley por el que se adicionan los artículos 15 y 39 y se reforman y adicionan el 50 y 53 de la Ley de 30 de agosto de 1930, que regula la liquidación de los antiguos Bancos de Emisión. A discusión en lo general. Por unanimidad de 84 votos se aprueba. A debate en lo particular. Se aprueba por unanimidad de 82 votos. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

6.- Dictamen de la Comisión Especial nombrada para estudiar las reformas a la Ley de Ingresos del Erario Federal para el presente año, y por el cual se reforman los artículos 14 y 15 de la Ley de Ingresos en vigor. Se le dispensan los trámites. A Discusión. Considerando el asunto suficientemente discutido, se pone a votación y se aprueba por unanimidad de 80 votos. Pasa al Senado para los efectos de ley.

7.- Se dispensan todos los trámites a un dictamen de la 2a. Comisión de Hacienda, que consulta proyecto de Ley por el que se adiciona la base II del artículo 1o. de la Ley de 25 de enero de 1929. A discusión en lo general. Sin ella, por unanimidad de 85 votos se aprueba. A discusión en lo particular, sin que la hubiera, se aprueba por unanimidad de 83 votos y pasa al Senado para los efectos constitucionales.

8.- Se aprueba una proposición del C. Diputado Bautista Gonzalo, a efecto de que se nombre una Comisión del seno de la Cámara para que vigile las elecciones municipales que próximamente tendrán lugar en el Estado de Puebla. Se nombra la Comisión.

9.- La Presidencia nombra las comisiones reglamentarias a efecto de que participen a los demás Poderes la clausura del período extraordinario de sesiones. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. GONZALO BAUTISTA. 1

(Asistencia de 80 ciudadanos diputados.)

El C. Presidente (a las 18 hs. 10 ms.): Se abre la sesión.

- El C. Secretario Nájera (leyendo):

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del XXXIV Congreso de la Unión, el día trece de enero de mil novecientos treinta y dos. Período Extraordinario.

"Presidencia de México, a las diez y nueve horas y catorce minutos del miércoles trece de enero de mil novecientos treinta y dos, con asistencia de ochenta y cinco ciudadanos diputados, se abrió la sesión.

"Se aprobó el acta de la que tuvo lugar el día anterior.

"Cartera:

"El Ejecutivo de la Unión remite la Iniciativa por la que solicita se reduzcan, cancelen, amplíen

y adicionen diversas partidas del presupuesto de Egresos vigentes.- A la Comisión Especial que integran los CC. Neguib Simón, Salvador López Moreno y David Orozco.

"La Secretaría de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión, remite el expediente relativo al Presupuesto de Egresos para el presente año, de las Delegaciones de Cozumel e Isla Mujeres.- A la misma Comisión.

"Este trámite recibieron las dos Iniciativas anteriores en virtud de la proposición que para ese efecto presentó el C. Gonzalo Bautista, Presidente de esta Asamblea, y que la misma aprobó, sin discusión, en votación económica.

"La Secretaría de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión, remite la Iniciativa del Ejecutivo Federal de acuerdo también con los términos de la Convocatoria al actual periodo de sesiones, por lo que se adiciona la Ley General de Ingresos vigente, con objeto de que las leyes de carácter hacendario en cuya elaboración intervengan Secretarías de Estado, se sometan previamente al refrendo de la de Hacienda y Crédito Público. - A la Comisión Especial integrada por los CC. Santos Alonso, Bátiz, Melgar, Bojórquez Castillo, Torres H., Pedro C. Rodríguez, Labra y Guillermo Rodríguez.

"Sucesivamente a consideración de la Cámara, se reservaron para su votación nominal, sin que algún ciudadano diputado hiciere uso de la palabra, los siguientes dictámenes que se consideraron de urgente y obvia resolución y que terminan con los proyectos de leyes y decretos de que igualmente se hace mérito:

"Primera Comisión de Hacienda. Proyecto de decreto. Artículo único. Se faculta a los Gobernadores de los Territorios Norte y Sur de la Baja California para reglamentar el cobro de las cantidades que correspondan a las Entidades que gobiernan, por concepto de la participación del impuesto a que se refiere el inciso c) de la fracción III del artículo 1o. de la Ley de Ingresos del Erario Federal para el corriente año, en la inteligencia de que la aplicación de esas cantidades, en su totalidad se destinará exclusivamente a la construcción de nuevos caminos y mejoramiento de los actuales en esos Territorios."

"Comisión Especial. Proyecto de ley. Artículo único. Se adiciona la ley General de Ingresos en vigor, con el siguiente artículo: "Artículo 22. Las Leyes en cuya elaboración intervengan Secretarías de Estado, que sin tener el carácter de fiscales en atención a su naturaleza o materia contengan, sin embargo, disposiciones de orden hacendario, se someterán previamente a su publicación y sólo por lo que a dichas disposiciones se refiere, el refrendo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público."

"Segunda Comisión de Hacienda. Proyecto de decreto. Artículo único. Las cantidades que la Caja de Pensiones descuenta a los empleados federales por concepto de préstamos hipotecarios, se disminuirán en proporción con la rebaja que de los sueldos mencionados previenen el Presupuesto de Egresos; y no causarán réditos por el tiempo que con motivo de esa reducción se excedieran en el plazo estipulado."

Comisión Especial. Proyecto de decreto. Artículo único. Se aprueba el Presupuesto de Egresos de las Delegaciones de Cozumel e Isla Mujeres, para el. presente año, con un monto total de cincuenta y tres mil trescientos treinta y dos pesos."

"Recogida la votación nominal sobre estos proyectos, resultaron aprobados por unanimidad de ochenta votos. Los tres primeros pasan al Senado, y el último al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.

"Dictamen de la Comisión Especial sobre la Iniciativa del C. Presidente de la República tendiente a que se reduzcan, cancelen, amplíen y adicionen diversas Partidas del Presupuesto de Egresos en vigor, que propone la aprobación del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se aprueba en todas sus partes la Iniciativa del Ejecutivo de la Unión fechada el 12 del actual, por la que se reducen, cancelan, amplían y adicionan diversas Partidas del Presupuesto de Egresos en vigor, procediendo en el mismo un aumento en total de siete millones doscientos sesenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos ochenta centavos."

"Una vez que la Asamblea estimó el asunto de urgente y obvia resolución, se puso a debate.

"Usó de la palabra en contra el C. Guillermo Rodríguez e interpeló a la Comisión, y a nombre de ésta respondió el C. Neguib Simón. El C. Guillermo Rodríguez nuevamente habló en contra y en pro lo hizo el C. Santos Alonso.

"El repetido C. Rodríguez pasó otra vez a la tribuna y formuló una proposición, a la que se opuso el C. Mijares, por las razones que expresó, y finalmente, el C. López Moreno, también firmante del dictamen, sostuvo éste.

"Y así que la Cámara resolvió que estaba suficientemente discutido el asunto, se recogió la votación nominal y resultó aprobado el proyecto de decreto inserto por ochenta votos de la afirmativa contra uno de la negativa.- Pasa al Ejecutivo para sus efectos.

"Dictamen de la Comisión Especial nombrada para estudiar la Iniciativa de Ley que presentó el Ejecutivo Federal sobre los convenios que celebró el C. Secretario de Hacienda, en representación del Gobierno de México con el Comité Internacional de Banqueros con Negocios en México para el arreglo de la Deuda Pública Exterior y cuya Iniciativa hace suya en todas sus partes, tal y como la remitió el propio Ejecutivo.

"La Cámara, asimismo, consideró este asunto de urgente y obvia resolución, y puesto a debate, el C. Ojeda interpeló a la Comisión dictaminadora y a nombre de ésta respondió el C. López Moreno.

"Suficientemente discutida la Iniciativa de que se trata, se recogió la votación nominal y resultó aprobada, en lo general, por unanimidad de ochenta y siete votos.

"A discusión en lo particular, sucesivamente se fueron reservando para su votación los cuatro artículos de que se compone el proyecto de ley, en vista de que no hubo algún ciudadano diputado que hiciera uso de la palabra. Y una vez que se recogió la votación nominal, resultó aprobada, en lo particular, por unanimidad de ochenta y un votos el repetido proyecto de ley que pasa a la H.

cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

"Oficio de la Secretaría de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión al que acompaña las Iniciativas del Ejecutivo Federal que en seguida se enumeran y las cuales, conforme el decreto que expidió ese H. Cuerpo, se incluyen entre los asuntos que tendrá que resolver el H. Congreso de la Unión durante el actual periodo extraordinario de sesiones:

"Adiciones a la base II del artículo 1o. de la Ley de 25 de enero de 1929;

"Adiciones al artículo 15 de la Ley de 30 de agosto de 1930;

"Reformas al artículo 1o. transitorio de la Ley de 28 de mayo de 1928.

"Pasan estas tres Iniciativas a la Segunda Comisión de Hacienda.

"A continuación se presentó un dictamen de la Segunda Comisión de Hacienda por el que hace suya, en todas sus partes, la Iniciativa del Ejecutivo con la que se adiciona la base II del artículo 1o. de la Ley de 25 de enero de 1929.

"A consulta de la Secretaría sobre si se dispensaban los trámites a este asunto, la Cámara resolvió negativamente después de las observaciones que en contra de esa dispensa formuló el C. López Moreno, por lo que el trámite que recibió este dictamen fue el de "Primera lectura, e imprímase."

"A las veinte horas y cuarenta y nueve minutos se levantó la sesión." Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvase manifestarlo. Aprobada.

Presidencia del

C. MANUEL ARADILLAS

El C. Presidente: Tiene la palabra para hechos el C. Diputado Bautista.

El C. Bautista Gonzalo: Señores diputados:

Vuestra Soberanía me hizo el inmerecido honor de designarme Presidente de esta Cámara para el período extraordinario de sesiones a que nos convocó la Comisión Permanente. Con ese carácter vengo a esta tribuna para contestar en tono reposado, provisto de una absoluta serenidad, a un manifiesto que la prensa de ayer público y que redactaron algunos delegados al Congreso de la Legislaturas a que convocó el Partido Nacional Revolucionario. De todos es absolutamente conocido que en ese Congreso se desvió a discusión del proyecto de Ley Electoral que se va a proponer a las distintas Legislaturas del país como un medio de que los ciudadanos ejerciten sus derechos políticos, y uniformar los procedimientos electorales para lograr una mayor efectividad en el sufragio, para discutir altos principios revolucionarios, según lo afirman en repetidas ocasiones los que suscriben el manifiesto, colocando entre ellos el principio de la no reelección. Se suscitó una entusiasta discusión dentro de ese Congreso de Legislaturas, y todos ustedes saben que después de agotada la discusión, una minoría se manifestó descontenta y abandonó el salón; y ahora quieren justificar su derrota, quieren cubrir su ineptitud para defender altos principios por ellos calificados de tales y sostenidos por ellos, arrojando a los elementos de esta Cámara y a los elementos de la Cámara de Senadores un cargo que es absolutamente injustificado. No es verdad que los señores diputados federales y que algunos señores senadores hayamos encabezado porras y menos aún que hayamos hecho objeto a los señores congresistas de ofensas y de diatribas. La ofensa y la injuria campean en el manifiesto que publicó ayer la prensa; ellos sí nos llaman hombres de pocos escrúpulos y hombres de ninguna popularidad; hombres inmorales y quién sabe cuantas cosas más. Yo vengo a protestar en nombre de la Cámara de Diputados por esas falsas aseveraciones y por esos cargos calumniosos. No es con la calumnia, señores diputados, como debe justificarse la ineptitud y la ineficiencia para sostener una idea; es con el esfuerzo constante y con el sacrificio si es necesario, aún en la misma discusión, como los hombres engrandecen su espíritu y hacen respetables sus ideas. Pero quienes nos lanzan cargos injustificados y ofensas indebidas, nos autorizan de antemano a venir a analizar, siquiera sea someramente, cuales son los propósitos que animan esa discusión del principio llamado antirreeleccionista.

Tengo entendido para mí, y creo que así lo entienden todos mis compañeros de Cámara, que el bien con la virtud se labra. Para hablar de bondades y para que se nos crea sinceros al hablar de ellas, necesitamos habernos cubierto con el manto de la virtud. La historia nos recuerda aquel episodio de la vida de Cristo, cuando algunos individuos trataban de reprochar a la mujer adúltera sus pecados y trataban de lapidarla; aquella síntesis humana de moralidad que se llamó Jesucristo, les decía con toda justicia a aquellos que trataban de convertirse en jueces, en poseedores de la justicia, que el que se considera exento de mancha arrojara la primera piedra. Y si, pues, para sostener un principio y que se nos crea sinceros se necesita estar poseído de virtud, yo pregunto a los del Congreso de Legislaturas si ellos están capacitados, después de varias reelecciones, para llamar al pueblo al antirreeleccionismo.

No es el momento, señores diputados, de entrar en una profunda discusión sobre este postulado, porque nuestro Partido declara la emisión de cualquiera exposición sobre este particular, debe considerarse como un movimiento de ideas exclusivamente, y que debe ser nuestro organismo político, dentro de sus estatutos y de sus postulados, quien venga en una Convención Nacional a definir cuál debe ser la conducta de los revolucionarios del país respecto a este principio. Pero juzgo necesario, señores diputados, como les decía hace un momento, que ya que nos ofenden, nosotros hagamos un análisis, siquiera somero, de las condiciones que norman la conducta de las personas que en realidad nos ofenden.

Yo aseguro, señores diputados, que no se trata en esta ocasión, por nuestros detractores, de defender principios, sino de atacar personalidades. Desde hace tiempo que se viene estableciendo en contra de los elementos que constituyen esta

Legislatura, una verdadera andada de intrigas y de calumnias, tratando de dividir a los distintos Poderes de la Nación, llevando la insidia y la mentira a determinados jefes de los otros Poderes, respecto a la estimación o a la cooperación o respaldo que pudieran en esta Cámara, y se ha asentado como remedio a una supuesta situación de malquerencia del Poder Legislativo en contra de Poder Ejecutivo, una total y absoluta renovación personal de los elementos que constituyen esta Cámara, y en contra de esa insidia y de esa calumnia, están los antecedentes de nosotros mismos. Nosotros, con toda dignidad y con todo decoro, hemos sabido cumplir con nuestra misión de legisladores, conservando cordiales relaciones y solidaridad absoluta con los demás poderes de la Unión en los actos y en los problemas que ha tenido que enfrentarse el Gobierno. Así, pues, si nadie está autorizado en la vida para lanzar cargos gratuitos y rodear de calumnias a los hombres, menos lo pueden estar en este caso en que los antecedentes están por anticipado destruyendo las calumnias con que se ha tratado de justificar el llamado movimiento antirreeleccionista.

Porque me pregunto yo: ¿Se trata acaso de distraer la atención popular, en muchas Entidades de nuestro territorio nacional, de la necesidad que existe de que los hombres públicos reclamamos el verdadero respeto a las fundamentales instituciones de nuestro país y a lo que debemos considerar como principios sagrados de nuestra Revolución? ¿Por qué no se levantan los hombres que propugnan por el antirreeleccionismo a luchar en primer término por la libertad de pensamiento? ¿Por qué no hemos visto a Manlio Fabio Altamirano levantarse a protestar airado, cuando violándose en muchas Entidades de la República los sagrados derechos del hombre, se encarcela a individuos que piensan en una forma independiente y libre? ¿Por qué cuando vemos nosotros que se encarcela a los individuos por el solo hecho de llamarse comunistas, no se levantan estos hombres a protestar, cuando se les niegan los rudimentarios derechos que tienen los procesados a nuestra Constitución? ¿No es acaso el comunismo una ansia brutal, o mal expresada si se quiere, manifestada con faltas y con delitos en muchas ocasiones; no es, repito, una ansia de libertad insatisfecha? ¿No tienen derecho los hombres a profesar las ideas que mejor les acomode, si tienen para ello una garantía constitucional? ¿Por qué en vez de defender el principio de la libertad de pensamiento, se defiende un principio metafísico de la no reelección de los elementos del Poder Legislativo? ¿Por qué en vez de levantarse a proclamar el respeto al sufragio popular, tan vulnerado por los gobernadores que se hacen líderes de este movimiento antiinflacionista.(Aplausos) .. por qué no se levantan Manlio Fabio y los diputados locales, para reclamar el respeto en las elecciones municipales? ¿Por qué se deja que el municipio libre - base fundamental de nuestras instituciones - , se menosprecie y se ponga en manos de individuos descalificados con el solo pretexto de hacer el cuerpo de los compadres de aquellos señores gobernadores? Hemos visto con rubor, señores diputados, porque siempre hemos guardado nuestra actitud independiente, decorosa y digna, hemos visto con rubor que los delegados que vinieron al Congreso de Legislaturas se dirigían por telégrafo y por teléfono, preguntándoles a sus señores Gobernadores cuál era la consigna. ¿No es esto bochornoso? ¡Y son estos señores los que tienen derecho a llamarse injuriados, por nosotros! Yo me sublevo, señores diputados, contra esas ofensas incalificables. Nosotros sí, los diputados federales, los que hemos respetado en el Congreso de Legislatura a todos los delegados, sin encabezar porras y sin lanzarles ofensas, venimos en esta ocasión a solicitar que la Cámara de Diputados, con toda su solemnidad, como el Poder más respetable de la nación, nombre una comisión que estudie la forma de lograr que se respete el voto popular. Tengo repleto mi bolsillo de telegramas angustiosos suscritos por agrupaciones políticas de Puebla, por obreros y campesinos, pidiéndome que, como poblano, suplique a esta Representación Nacional que interponga sus buenos oficios para que se respete el sufragio. Muchas manifestaciones se están celebrando en mi Estado en contra de la imposición y en pro del respeto al sufragio efectivo; manifestaciones a las que asiste el pueblo con gran entusiasmo y espontáneamente, y no como las otras que organizan los líderes de la imposición y el antirreeleccionismo, como Leonides Andreu Almazán que gasta los dineros del erario público en reunir grupos de individuos para que le digan que todo está muy bien en el Estado y qué él está identificado con los dolores de los que sufren. Pero él cree que los únicos que sufren son sus diputados locales y sus amigos íntimos, a quienes sí satisface sus necesidades, sin volver los ojos hacia el pueblo adolorido y aherrojado, al que se le violan constantemente sus derechos políticos y ciudadanos, así como los derechos creados en la Ley del Trabajo.

El C. Moreno Alfredo I.: ¡Almazán no es de Puebla!

El C. Bautista: El Estado de Puebla, señores diputados, no está cosntituído por individuos que no pueden ver o que odien a los ciudadanos mexicanos de otros Estados. Realmente el señor Almazán no es hijo del Estado de Puebla, pero él vivió algunos años en el Estado, y los poblanos, que no odiamos a los hombres que no son de allí sino que sabemos querer y estimar a todos, por un momento lo consideramos un buen amigo de nosotros. Nosotros los poblanos queremos y estimamos a los que van a identificarse con nosotros. Yo aclaro que a pesar de que Almazán es del Estado de Guerrero, pero Gobernador de Puebla, tiene todavía alguna estimación de nuestra parte. De tal manera que mis palabras no las dicta el rencor ni la mala voluntad; mis palabras las dicta la necesidad de mi pueblo, las ansias de mi pueblo. los dolores de mi pueblo, las angustias de mi pueblo. Vosotros habéis oído durante mucho tiempo y leído en los periódicos durante muchos años, que el Estado de Puebla atraviesa un calvario dolorosísimo; mucho tiempo sus gobernantes se han llamado apóstoles, y el Doctor Almazán no ha escapado a esta debilidad. Se considera un apóstol, un apóstol no sé yo de qué. Es decir, sí se de qué es el apóstol: del antirreeleccionismo. (Aplausos y risas.) Pero su apostoleo no nos convence. Nosotros

desearíamos que el apostolado de Leonides Andreu Almazán, en estos momentos llamando al respeto al sufragio popular, respetara aun con sacrificio de los muy buenos deseos de sus amigos, el voto de los ciudadanos, de los ciudadanos que han tenido la paciencia de tolerarlo mucho tiempo como su gobernante. Esa tolerancia debe obligar la nobleza del Doctor Almazán, y debe ser noble, respetando el sufragio popular. Todo el Estado está esperando que se le dé el golpe de muerte: que con las disposiciones legales con las que se ha tratado siempre en muchos Estados de acabar con el municipio libre, la Legislatura de Puebla venga en esta ocasión próxima, a declarar que no es el pueblo el que tuvo la razón al haber designado a los hombres que deben integrar los ayuntamientos, sino el señor Gobernador quien tiene el derecho supremo de integrar los Consejos Municipales provisionales. Y yo les pido, señores diputados, como una muestra de verdadera comprensión revolucionaria, de verdadera identidad de nosotros con el pueblo, que se nombre una comisión que prevenga, más que remedie, el posible atropello que se va a hacer en mi Estado al voto. Necesitamos que la Cámara de Diputados advierta al Doctor Almazán que violar el sufragio popular es incurrir en un delito oficial, y que ese delito está penado por la Ley de Responsabilidades de Funcionarios, con la destitución del funcionario culpable. Nosotros no queremos destituir al Doctor Almazán; pero si viola la ley, entonces nos levantamos en esta tribuna o donde sea necesario para pedir su castigo y lograr su destitución. No queremos llegar al instante del castigo sino colocarnos en un instante que se propicio para evitar el atropello, el delito, la falta.

Yo suplico a esta Cámara que tenga la amabilidad de identificarse, como decía antes, con el pueblo de mi Estado y designe una comisión que estudie la forma de lograr que en Puebla se respete el voto popular; que no aturda a los ciudadanos con el postulado de la no - reelección, sino que al pueblo se le dé lo que necesita: el respeto al voto popular; y que haya respeto también para la Constitución, señores diputados, porque en Puebla a cada momento y a cada hora se está violando la Constitución y se están violando las leyes federales. Sólo por el rencor, por el rencor mal contenido de parte del Primer Magistrado de mi Estado, se autoriza a las Juntas de Conciliación y Arbitraje para crear problemas intergremiales, para autorizar a dos o tres elementos, distintos de los sindicatos, a crear y declarar huelgas su génesis, en contra de los intereses de los trabajadores, de la mayoría de los trabajadores. Pues ¿qué no nos conmueve esa enorme caravana de hombres sin trabajo, de niños sin leche y sin pan, que lloran a cada momento al lado de sus padres pidiéndoles que satisfagan el hambre que les desfallece? ¿Qué no nos conmueve esa dolorosa situación y vamos a permitir que se siga arrojando a los trabajadores, como se ha hecho con la mayoría de los que formulaban la mayoría del sindicato del Teatro Guerrero en el Estado de Puebla, que ha sido arrojada a la calle para satisfacer los intereses de esos individuos que fueron a cantar loas al doctor Almazán cuando hizo su manifestación para que todo el Estado de Puebla protestara contra esta Cámara, porque no se había mandado fusilar a Manuel Riva Palacio.

No quiero seguir cansado la atención de vosotros, señores diputados. Son muy interesantes también algunos otros problemas que tenemos que resolver esta tarde y dar por concluído nuestro período de sesiones extraordinarias; pero de la manera más atenta y respetuosa, yo suplico a esta Representación Nacional se sirva aprobar que se nombre esa Comisión que yo pido a efecto de que en el Estado de Puebla se respete el voto popular. (Aplausos.)

El C. Delegado J. Jesús: Señores diputados:

No parece sino que los gobernadores que han estado patrocinando el antirreeleccionismo, son los que se han venido declarando verdaderos burladores de la voluntad del pueblo. En Zacatecas acontece exactamente lo que está pasando en el Estado de Puebla, según la exposición que nos ha hecho el compañero Bautista. En Zacatecas, en estos momentos, cuarenta y seis ayuntamientos de los cincuenta y tres que tiene el Estado, han sido tomados muchos de ellos a sangre y fuego, como pasó en Sombrerete, Guadalupe, Zacatecas y Río Grande, combatiendo con la policía mandada por el Gobernador, a fin de defender los recintos oficiales para imponer a un grupo de enemigos de la Revolución.

El pueblo, ya cansado de la tiranía que ha sufrido por más de dos años, tuvo que tomar esta determinación; y puede decirse que actualmente no existen Poderes en el Estado, porque el Gobernador ha tenido que salir para venir a refugiarse a esta capital, así como la mayoría de los diputados a la Legislatura local; entre ellos los dos que vinieron representándola, no podrán salir luego de esta población; y otros se han refugiado en los ranchos, cuando han podido encontrar seguridad para sus vidas.

He recibido un cúmulo de mensajes, que no leo porque sería muy cansado; pero ellos son reveladores, como el presente que procede de la ciudad de Nieves, donde es una verdadera orgía, los individuos fanáticos al grito de ¡Viva Cristo Rey y muera el General Calles! quisieron apoderarse del Palacio Municipal que estaba en poder de los elementos nuestros, de las Organizaciones de Campesinos. El mismo señor Gobernador del Estado de Zacatecas decía en sus declaraciones que publicó "El Universal" - publicadas el 30 de agosto - , que próximamente entrará el orden constitucional en el Estado de Zacatecas. Esto quiere decir que no había orden constitucional, porque en la mayoría de los municipios había impuesto él consejos municipales y en otros ni siquiera consejos, sino amigos incondicionales que los despachaba a hacerse cargo de las Presidencias Municipales.

En Nochixtlán el pueblo también tomó posesión del recinto oficial para dar los puestos del Ayuntamiento a los elementos que él había designado. Aquí tienen ustedes, compañeros, las fotografías que me acaban de mandar los compañeros de aquella región, en las que se ve que el pueblo está posesionado del recinto oficial y que acaba de dar posesión a los miembros que fueron designados legalmente. En Guadalupe, Zacatecas, señores

diputados, donde quiso establecer el señor Gobernador del Estado el terror, para que los campesinos no tomarán una parte activa en las elecciones, al principio, en los primeros días del mes de noviembre, asesinó la policía especial, de la manera más artera y cobarde, a dos señoritas hermanas del compañero Jesús Flores.

Estos hechos enardecieron al pueblo y culminaron con los sucesos sangrientos que tuvieron lugar el día 2 de este mes, en los que perdió la organización de esa región cuatro campesinos y diez que resultaron heridos. El pueblo logró también tomar el recinto oficial y dar posesión al ayuntamiento que había elegido legalmente. Así es que, señores diputados, se han venido estableciendo una lucha terrible que cada día se va agravando más; porque el pueblo campesino de Zacatecas, como se puede ver en una carta que tengo aquí del Secretario General de la organización de Jerez, está dispuesto a ir hasta la capital del Estado, si es que no se toma una determinación enérgica para derrocar a los Poderes, a costa de todo lo que pueda venir.

Más de cuatro mil campesinos se reunieron para presentar sus quejas al General Domínguez, que estuvo en ese lugar, en contra de los cristeros armados que tenían allí y que fueron mandados por Justo Avila de la hacienda de Cieneguilla, propiedad de este individuo. En una palabra, a Reyes, desprestigiado por completo dentro de las masas campesinas, no le ha quedado otro camino que echarse en brazos de los cristeros y fanáticos. Tengo varios documentos en donde se ve y se comprueba muy fácilmente que este individuo está en completa connivencia con los cristeros que pelearon en los cañones de Tlaltenango y Juchipila del propio Estado. En Guadalupe Zacatecas, el 12 de diciembre facilitó, más bien dicho, obligó a los niños de la Escuela Industrial "García de la Cadena" para que fueran, con la banda de esa institución, a tocar al templo de Guadalupe, y la banda del Estado también fue a hacerlo, y eso mereció la crítica más dura de parte de dos regidores de ese Ayuntamiento, lo que ocasionó la prisión de uno de ellos, de Leonel Saucedo, según carta que tengo en mi poder y en un mensaje en donde me dice el Licenciado del Hoyo, que aún no se ha podido obtener la caución para obtener la libertad de este campañero.

Por lo expuesto, señores diputados, se habrán dado ustedes perfecta cuenta de que los Gobernadores que nos han venido a resultar los apóstoles del antirreeleccionismo, son los que están y pretenden todavía seguir vulnerando y burlando, en una forma sangrienta, la voluntad del pueblo y, sobre todo, del pueblo trabajador, del pueblo revolucionario zacatecano. El Estado de Zacatecas, como en muchos otros Estados, su historia sindicalista tiene mucha gloria y yo, como representante, señores diputados, de los trabajadores - porque la reacción no me dio ni un solo voto, los clericales no medieron ni un voto para venir a esta Representación Nacional - , levanto ni voz de protesta por los atropellos tan serios, los crímenes y los asesinatos que se han estado cometiendo en las vidas de los elementos trabajadores de mi Estado; y suplico a la Honorable Asamblea que, al igual que una comisión va a estudiar el caso de Puebla, se nombre otra comisión para que vigile que en el Estado de Zacatecas sea respetada la libertad municipal y no sea burlada una de las conquistas de la Revolución: el artículo 115 de nuestra Constitución. (Aplausos.)

El C. Dávila José M.: Compañeros diputados: Así como nuestro querido campañero el señor Senador Gonzalo N. Santos fue analizado en un brillante e histórico discurso, en el seno del Congreso de Legislaturas, a cada uno de los gobernantes de aquellos Estados que estaban representados en él, y que tan justamente llamó él "las aguas broncas de la Revolución", así creo yo también que deberíamos nosotros, no solamente en nuestro interior sino ante nuestros campañeros, ir analizando quiénes son los líderes de ese grupo que falsamente se llaman antirreeleccionista. Al ver en la prensa diaria publicadas las acres manifestaciones de este pequeño grupo y ver los Estados de donde provienen los que lo forman, la sonrisa de la decepción asoma a los labios de todos los revolucionarios. ¿Quiénes son los que ahora vienen vistiendo la capa de apóstoles para predicar ese antirreeleccionismo falso?

El C. Morales Hesse (interrumpiendo): ¡Las aguas mansas!

El C. Dávila: No las aguas mansas, como dice el compañero Morales Hesse, sino las aguas negras, las aguas fangosas que salen de las atarjeas. (Aplausos.) ¿Quienes son los líderes del antirreeleccionismo? No son ni siquiera las Legislaturas Locales. Con toda desvergüenza y cinismo han publicado los telegramas de los propios Gobernadores de los Estados, en los que ordenan a sus Legislaturas, como si no fueran éstas o no debieran ser, siquiera, las unguidas por el voto del pueblo, sino designadas por los Gobernadores, que sus representantes voten la no reelección en el Congreso de Legislaturas. ¿Y por qué no afrontar con toda valentía este asunto y decir nombres y defectos en esta tribuna? ¡Sí, señores!

Principiaremos por ese grupo poblano que, para desdoro de la diputación federal, que sí ha hecho honor al pueblo que representa en esta Cámara, vino a traer como apóstoles del antirreeleccionismo a diputados como el Doctor Pérez Peña, que ya ha sido reelecto en sus funciones. Yo comprendo que los apóstoles que predican una doctrina, primero que todo la practiquen; es decir, no solamente comprendo, sino que veo es indispensable que lo hagan; ¿pero se imaginan ustedes a un ebrio que fuera haciendo eses por la calles y predicando la abstinencia, o a un ladrón que en la penitenciaría predicara honradez, o a una prostituta que predicara la castidad y la pureza?.. (Risas.) Pues eso es lo que están haciendo los apóstoles del antirreeleccionismo en el seno del Congreso de Legislaturas, obedeciendo las órdenes o de advenedizos de la Revolución, como lo es el Doctor Leonides Andreu Almazán, o de tránsfugas de ellas o de novatos en todas nuestras prácticas políticas, como son algunos otros Gobernadores. (Aplausos.) Tengo que atender las sugestiones que me hacen los señores diputados y no me abstendré de decir y repetir lo que de sus bocas oigo: como el Gobernador de Nuevo León. Efectivamente,

compañeros diputados, el Gobernador de Nuevo León tampoco tiene derecho de levantar esa bandera porque no peleó ni a favor ni en contra de los constitucionalista porque, como muy bien decía el compañero Moreno, se le designó como Jefe de las Defensas en la época de Victoriano Huerta y hubiere peleado contra los constitucionalistas, pero, como digo, fue Jefe de las Defensas Sociales y se encerró dentro de la ciudad de Monterrey. (Murmullos y risas.) Ya ha habido un periodo bastante largo de mensura por parte de esta Cámara y por parte del grupo nuestro para soportar con paciencia digna de Job todos los insultos y todas las injurias que nos han hecho, no sólo en la prensa de la capital, sino - en una forma más virulenta - en la de los Estados, los que militan bajo la bandera falsa de la no reelección. Todos sabemos que los periódicos asalariados en el Estado de Puebla y los de los demás Estados que se llaman antirreeleccionista ahora nos han puesto como Dios puso al perico. Pero nuestra paciencia tiene un límite, y llegaremos a estallar, puesto que no vamos a estar oyendo que a todas horas se nos llame "porras canallescas", "grupos de ignorantes", "famélicos", etc., y que se nos ataque hasta en lo más sagrado de nuestros sentimientos, hasta en lo que se relaciona con nuestra filiación revolucionaria y nuestro orgullo muy grande que hemos tenido de empuñar las armas en defensa de la Revolución.

Mas para no ser muy extenso, sólo quiero decir en esta vez que, aunque por decencia y por mesura nos hemos callado, tenemos mucho más que decirles a ellos, tenemos muchos más que contestarle al Doctor Almazán. Ahora sólo quiero relatar un cuento de los que están en boga, aquél del nadador que se murió y por su mal comportamiento en la tierra, a pesar de haber sido campeón de natación, fue a dar al infierno. Al entrar le cayó bien al jefe de aquella región, al señor don Belcebú; y tras unas cuantas palabras que se cruzaron, éste le dijo: "Bueno, pues como me has caído bien, te mando que escojas tú mismo tu suplicio." Entró el nadador a recorrer los famosos círculos que relata el Dante en su Divina Comedia. No le gustó en donde se achicharraban los cuerpos humanos en pez hirviente, tampoco le gustó el otro círculo donde eran despedazados con tenedores candentes, ni le gustó tampoco aquel en que llovía fuego y plomo derretido, y así los fue recorriendo todos, hasta que llegó a uno donde había una calma absoluta era un gran tanque, un enorme lago lleno, dispensando la palabra, lleno de excremento; pero éste no olió.. (Risas) .. no vio de lo que se trataba y como él era un gran nadador, dijo: Pues aquí me quedo. (Risas.) En eso empezó a oír voces apagadas y muy lejanas, de unos rincones a los otros, que decían: "No hagan ola, no hagan ola". (Risas.) Y éste dijo, pues aquí están todos muy tranquilos y este es el lugar mejor y como yo soy un buen nadador estaré mucho mejor que ellos, y entonces se tiró el clavado.. (Risas.) .. Y como todos aquellos condenados estaban con el excremento hasta la boca, por eso decían que no hiciera ola, para que no acabaran de hundirse. (Risas.) Pues eso es lo que les va a pasar a esos señores Gobernadores: que no hagan ola, para no sacarles a relucir sus trapitos. (Risas y aplausos.)

El C. Presidente (a las 19 hs.): Se suspende la sesión para reanudarla en su oportunidad.

Presidencia del

C. GONZALO BAUTISTA

El C Presidente (a las 19 hs. 30 ms.): Se reanuda la sesión.

- El C. Secretario Bátiz (leyendo:

"La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, remite la iniciativa del C. Presidente de la República tendiente a que reformen los artículos 14 y 15, y se derogue el 16, todos ellos de la Ley de Ingresos del Erario Federal para el corriente año." - A la Comisión Especial integrada por los CC. Santos Alonso, Pedro C. Rodríguez y Juan de Dios Bátiz.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"2a. Comisión de Hacienda.

"Honorable Asamblea:

"A la suscrita Comisión se turnó la iniciativa del Ejecutivo por la que se reforma el artículo 1o. transitorio de la Ley de 28 de mayo de 1928, que creó el Departamento del Presupuesto, en el sentido de que el mismo no funcionará como oficina autónoma sino a partir del 1o. de enero de 1933, y entretanto la Secretaría de Hacienda desempeñará todas las funciones que la Ley encomienda al Departamento del Presupuesto y designará los miembros de la Junta Revisora.

"La Comisión no tiene objeción que hacer a la iniciativa del Ejecutivo y por tanto, pide a esta H. Asamblea conceda su aprobación al siguiente proyecto de Ley:

"Artículo único. Se reforma el artículo 1o. transitorio de la Ley de 28 de mayo de 1928, que creó el Departamento del Presupuesto, en los siguientes términos:

"Artículo 1o. El Departamento del Presupuesto no funcionará como oficina autónoma, sino a partir del 1o. de enero de 1933; entretanto la Secretaría de Hacienda desempeñará todas las funciones que esta Ley encomienda a dicho Departamento y designará a los miembros de la Junta Revisora del Presupuesto.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 13 de enero de 1932.- Cipriano Arriola.- Alfredo I. Moreno."

Se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"2a. Comisión de Hacienda.

"Honorable Asamblea:

"La suscrita Comisión, a quien se turnó por acuerdo de Vuestra Soberanía la iniciativa del Ejecutivo de la Unión por la que se adiciona y

reforma la Ley de 30 de agosto de 1930, que regula la liquidación de los antiguos Bancos de Emisión, hace suya en todas sus partes la expresada iniciativa, y por tanto pide a esta H. Asamblea la aprobación del siguiente proyecto de ley:

"Artículo 1o. Se adicionan los artículos 15 y 39 de la Ley de 30 de agosto de 1930, que regula la liquidación de los antiguos Bancos de Emisión, en los siguientes términos:

"Artículo 15. El Comité hará el canje de los billetes o certificados que ante él sean presentados con ese objeto, en los siguientes términos:

"a) A cambio de los billetes, por su valor nominal a la par, entregará bonos de la serie X.

"b) A cambio de los certificados provisionales de las series A, C, y E, por su valor nominal a la par, el Comité entregará bonos de la serie X.

"c) A cambio de los certificados provisionales de las series B y D, por su valor nominal a la par, el Comité entregará bonos de la serie Y.

d) Por el importe de los interesados vencidos a que se refiere el párrafo 1o. del artículo 14, el Comité entregará bonos de la serie X.

"e) Por el importe de los intereses, que en relación con los certificados de las series A, C, y E, se calculen conforme al párrafo 2o. del artículo 14, el Comité entregará bonos de la serie X.

"f) Por el importe de los intereses que en relación con los certificados de la series B y D, se calculen conforme al párrafo segundo del artículo 14, el Comité entregará bonos de la serie Y. "Quedarán prescritas a favor de la Nación los bonos que conforme a esta Ley deban entregarse en canje de los créditos a que se refiere el presente artículo, y que no fueren recogidos al Comité antes del 1o. de julio de 1932.

"Artículo 39. Por el valor nominal de los billetes que sean presentados en los términos del artículo anterior, así como por el valor nominal de los certificados provisionales y por el de los intereses que sobre dichos certificados estén vencidos en los términos del artículo 37, el Comité procederá a expedir nuevos certificados que contendrán la mención del Banco respectivo y llevarán adheridos diez cupones numerados del uno al diez.

"Prescribirán en favor de la Nación los nuevos certificados que legalmente deban entregarse, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior y que no fueren recogidos al Comité antes del 1o. de julio de 1932.

"Artículo 2o. Se reforman y adicionan los artículos 50 y 53 de la Ley de 30 de agosto de 1930, ya citada, en los siguientes términos:

"Artículo 50. Rectificado un crédito o resuelto, en su caso, el incidente respectivo en los términos del artículo que antecede, el Comité, con su carácter de liquidador del Banco correspondiente procederá a expedir un nuevo título al acreedor, haciendo constar el monto rectificado de su crédito.

"Quedarán prescritos los nuevos título correspondientes a créditos presentados en tiempo conforme al artículo 44, si no se recogen al Comité antes del 1o. de julio de 1932. En el caso de que la sentencia judicial a que se refiere el artículo anterior, fuere dictada después del 31 de diciembre de 1931, estos títulos prescribirán seis meses después de que se haya pronunciado la sentencia respectiva.

"Artículo 53. Respecto a los bienes inmuebles que existan en el activo, el Comité deberá sacarlos a remate extrajudicialmente, quedando autorizado para señalar las bases de éste, así como para calificar las ofertas o posturas que se presenten y escoger de entre ellas las más convenientes a su juicio. El Gobierno podrá adquirir esos inmuebles por el precio que haya servido de base en la última almoneda, el cual pegará en los plazos que convenga con el propio Comité.

"Salón de sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F., a 14 de enero de 1932.- Cipriano Arriola.- Alfredo I. Moreno.

Se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a tomar la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. Secretario Nájera: Por la negativa (Votación.)

El C. Secretario Bátiz: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la afirmativa?

El C. Secretario Nájera: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación.)

El C. Secretario Batíz: Por unanimidad de 84 votos fue aprobado en lo general. A discusión en lo particular.

"Artículo 1o. Se adicionan los artículo 15 y 39 de la ley de 30 de agosto de 1930, que regula la liquidación de los antiguos Bancos de Emisión, en los siguientes términos:

"Artículo 15. El Comité hará el canje de los billetes o certificados que ante él sean presentados con ese objeto, en los siguientes términos:

"a) A cambio de los billetes, por su valor nominal a la par, entregará bonos de la serie X.

"b) A cambio de los certificados provisionales de las series A, C y E, por su valor nominal a la par, el Comité entregará bonos de la serie X. "c) A cambio de los certificados provisionales de las series B y D, por su valor nominal a la par, el Comité entregará bonos de la serie Y.

"d) Por el importe de los intereses vencidos a que se refiere el párrafo 1o. del artículo 14, el Comité entregará bonos de la serie X.

"e) Por el importe de los intereses que en relación con los certificados de las series A, C y E, se calculen conforme al párrafo 2o. del artículo 14, el Comité entregará bonos de la serie X.

"f) Por el importe de los intereses que en relación con los certificados de las series B y D, se calculen conforme al párrafo segundo del artículo 14, el Comité entregará bonos de la serie Y. "Quedarán proscritos a favor de la Nación los bonos que conforme a esta Ley deban entregarse en canje de los créditos a que se refiere el presente artículo, y que no fueren recogidos al Comité antes del 1o. de julio de 1932.

"Artículo 39. Por el valor nominal de los billetes que sean presentados en los términos del artículo anterior, así como por el valor nominal de los certificados provisionales y por el de los intereses

que sobre dichos certificados estén vencidos en los términos del artículo 37, el Comité procederá a expedir nuevos certificados que contendrán la mención del Banco respectivo y llevarán adheridos diez cupones numerados del uno al diez.

"Prescribirán en favor de la Nación los nuevos certificados que legalmente deban entregarse, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior y que fueren recogidos al Comité antes del 1o. de julio de 1932."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Artículo 2o. Se reforman y adicionan los artículos 50 y 53 de la Ley de 30 de agosto de 1930, ya citada, en los siguientes términos:

"Artículo 50. Rectificando en crédito o resuelto, en su caso, el incidente respectivo en los términos del artículo que antecede, el Comité, con su carácter de liquidario del Banco correspondiente procederá a expedir un nuevo título al acreedor, haciendo constar el monto rectificado de su crédito.

"Quedarán prescritos los nuevos títulos correspondientes a créditos presentados en tiempo conforme al artículo 44, si no se recogen al Comité antes del 1o. de julio de 1932. En el caso de que la sentencia judicial a que se refiere el artículo anterior, fuere dictado después del 31 de diciembre de 1931, estos títulos prescribirán seis meses después de que se haya pronunciado la sentencia respectiva.

"Artículo 53. Respecto a los bienes inmuebles que existan en el activo, el Comité deberá sacarlos a remate extrajudicialmente, quedando autorizado para señalar las bases de éste, así como para calificar las ofertas o posturas que se presenten y escoger de entre ellas las más convenientes a su juicio.

El Gobierno podrá adquirí esos inmuebles por el precio que haya servido de base en la última almoneda, el cual pagará en los plazos que convenga con el propio Comité."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal.

Por la afirmativa.

El C. Secretario Nájera: Por la negativa. (Votación.)

El C. Secretario Bátiz: ¿Falta algún ciudadano no diputado por votar por la afirmativa?

El C. Secretario Nájera: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la negativa? Se procede a la votación de la Mesa. (Votación.)

El C. Secretario Bátiz: Por unanimidad de 82 votos fue aprobado el Proyecto de Ley. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"H. Asamblea

"Comisión Especial.

"A los suscritos, miembros de la Comisión Especial nombrada por esta H. Cámara, les fue turnada la iniciativa del Ejecutivo de la Unión por la que se reforman los artículos 14 y 15 y se derogan el 16 de la Ley de Ingresos del Erario Federal para el presente año.

"Estudiada con todo detenimiento la iniciativa de referencia, los suscritos son de parecer que se acepte con ligeras modificaciones que han creído pertinente hacerlo y tiene el honor de proponerlo así a Vuestra Soberanía por medio del siguiente proyecto de ley:

"Artículo único. Se reforman los artículos 14 y 15 de la vigente Ley de Ingresos para quedar como a continuación se expresa:

"Artículo 14. Los productos del tres por ciento y dos por ciento a que se refieren las fracciones I, inciso E, y II, inciso D, del artículo 1o., se aplicarán como participación que corresponde a los municipios ubicados en los lugares en que se encuentren las aduanas marítimas o fronterizas, por donde hayan entrado al país mercancías gravadas o salido de él.

"Dichos productos serán administrado por una Junta que tendrá personalidad jurídica y estará integrada por el Administrador de la Aduana en representación de la Secretaría de Hacienda y como Presidente; por un representante de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas por el Presidente Municipal o Presidente de la Junta de Administración Civil del lugar, por un representante del Gobernador del Estado y por un representante del comercio o de la industria, que desempeñará el cargo de Tesorero.

"En los Territorios asumirá la Presidencia de Delegado del Gobierno.

"Las cantidades que se recauden como producto del tres por ciento y dos por ciento indicados, serán depositadas mensualmente en el Banco de México o en sus sucursales, a disposición de la Junta. En caso de que parte de los fondos que pertenecen a las Juntas de Mejoras no se encuentren depositados en el Banco de México, a disposición de las mismas Juntas, la Secretaría de Hacienda, dentro de un plazo no mayor de sesenta días, procederá a reintegrar los fondos faltantes.

"Artículo 15. Los municipios en los que existen fondos mineros tendrán la participación que la Ley de Impuestos a la Minería, de 19 de diciembre de 1929, fija en sus artículo 36.

"Esta participación quedará exenta del pago de la contribución federal y será administrada por una Junta de Mejoras Materiales y Servicio Públicos de los respectivos municipios.

"Cada Junta tendrá personalidad jurídica, administrará libremente sus fondos y deberá estar integrada por un miembro del Ayuntamiento o Junta de administración Civil, quien fungirá de Presidente; un representante de la Cámara de Comercio o de comerciantes establecidos donde no hubiere Cámara, que fungirá como Tesorero, y un representante del Gobierno del Estado, que fungirá como Secretario.

"El Tesorero deberá caucionar su manejo, siempre que la cantidad que perciba la Junta sea mayor de dos mil pesos al año.

"Por lo que hace a la participación que a cada Junta corresponda en los tercios pertenecientes al año de mil novecientos treinta y uno y todos los anteriores, cuyo importe no se haya cubierto debidamente, será entregada a la Junta por la oficinas respectivas de Hacienda a medida que se vayan llevado a cabo las mejores materiales.

"Salón de sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, - México, D.F., a 14 de

enero de 1932.- José Santos Alonso.- Pedro C. Rodríguez.- Ignacio Gómez A."

Se pregunta a la Asamblea si se dispensa los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Ojeda.

El C. Ojeda Carlos Darío: Señores diputados:

El artículo 14 que ha sido reformado, fue con anterioridad aprobado en lo que respecta a la organización de las Juntas de Mejoras Materiales a quienes corresponda el dos por ciento o el tres, en otra forma, siendo el presidente del municipio el presidente de la junta; el tesorero el administrador de la aduana, y fungiendo como vocal el representante del Gobernador del Estado. Pues bien, después de varias explicaciones que a los comisionados de esta Cámara nos dio el señor Montes de Oca, exponiendo los argumentos que había para apoyar la forma en que deberían funcionar las juntas, llegamos al convencimiento de que tenía el propósito sano de realizar las obras que el municipio correspondiente necesitara de acuerdo, naturalmente, con los intereses de aquella colectividad. Y nosotros, tomando en serio sus palabras y dándole crédito por la alta jerarquía que tiene dentro de la Administración Pública, no hemos encontrado inconveniente el ofrecimiento que no ha hecho, queriéndole demostrar toda nuestra cooperación en la labor administrativa que tiene y al mismo tiempo la confianza que nos merece con los asuntos municipales, que ahora quedan de acuerdo con lo que acabamos de aprobar en una forma conveniente para los intereses de la Federación y los municipales. Nosotros queremos, antes de dar esto por concluído, decir que si hemos accedido a estas peticiones, ha sido exclusivamente por la confianza que tenemos en el Ejecutivo; pero queremos poner a salvo, naturalmente, los derechos que tienen las autoridades municipales que deben por ley recibir esa compensación del dos o tres por ciento, porque si se les otorga como tal, es lógico que se les conceda la libertad necesaria. Dejamos al artículo en esta forma, haciendo la salvedad de declarar que nos merece todo respeto el representante del Gobierno del Estado que funcionará en la Junta de Mejoras Materiales, y que no merece toda estimación y respeto el representante de la ciudad o sea el Presidente Municipal en cada una de esas ciudades. Por lo tanto, queremos dejar una constancia de que si hemos accedido, se debe no precisamente a aceptar voluntariamente un tutoreo de lo que sabemos que libremente nos corresponde, sino como un motivo de colaboración y de demostración de nuestra verdadera voluntad que tenemos para que el Ejecutivo pueda efectivamente desarrollar las obras que nos promete.

Presidencia del

C. MANUEL ARADILLAS

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Espinosa y Elenes Liborio.

El C. Espinosa y Elenes Liborio: Compañeros: La iniciativa que nos manda el Ejecutivo para que se vuelvan a discutir en esta Asamblea los artículo 14 y 15 de la Ley de Ingresos, amerita que yo distraiga por breves instantes vuestra atención, para manifestar que no estoy conforme con el artículo 15 en la forma en que está redactado; porque yo logré introducir una reforma que juzgo fundamental y que ahora se ha borrado del proyecto que se nos envía.

El artículo 15, que está a discusión en estos momentos, se refiere a la participación que deben recibir los municipios por concepto del impuesto superficial minero. Dice, y en esto estoy absolutamente de acuerdo con la Comisión, que los municipios percibirán el 40% del impuesto, y que esa participación se administrará - óigase bien - por una Junta de Mejoras Materiales integrada por un representante del municipio, por un representante del Estado y por un representante del comercio, o de la Cámara de Comercio, donde la hubiere; y que esos fondos se dedicarán única y exclusivamente a mejorar materiales y servicios públicos de los lugares donde se encuentren ubicados los fundos mineros.

Desde hace mucho tiempo, señores compañeros, yo vengo propugnado en las Cámaras por que a los Municipios se les dé una participación por este concepto. Cuando viene yo por primera vez a la Cámara, me formé la ilusión de poder lograr que a los pueblos apartados de mi Distrito se les dieran facilidades o, mejor dicho, recursos para que pudieran construir, cuando menos, una escuela, cuando menos introducir el agua potable necesaria en muchos lugares y para hacer muchas otras obras tan necesarias que no pueden hacer los Municipios por carecer de fondos. Entonces ideé esta ley, pero resulta ahora que en virtud de que no se les han entregado esos fondos, la Secretaría de Hacienda ha hecho contratos, o mejor dicho, arreglos con los Gobiernos de los Estados para que esos fondos que corresponden indiscutiblemente a los Municipios, se inviertan en obras de carácter general para el Estado, obras que no benefician al Municipio en donde se encuentran ubicadas las minas. Yo solicito en síntesis, compañeros, que el artículo quede redactado tal como fue aprobado ya por nosotros y por la Cámara de Senadores; que contenga una cláusula que diga que los Municipios no pueden ceder por ningún concepto, ni a título oneroso ni a título gratuito, la participación que corresponde a esos Municipios. Sostengo que jurídicamente las juntas no tienen facultad para ceder esos fondos, en primer lugar porque son administradoras de ellos, y no es administrarlos, cederlos; en segundo lugar, porque están integradas por personas completamente independientes del ayuntamiento de cada lugar, personas que no son autoridades, propiamente, sino que constituyen una junta ad hoc, con el exclusivo objeto de que esos fondos sean administrados legalmente, honradamente.

Yo estoy de acuerdo con el Secretario de Hacienda, y hasta he propugnado por ello, en que a las juntas se les exijan responsabilidades, en que caucionen su manejo; pero no estoy de acuerdo en que cedan los fondos que no les corresponden, sino que pertenecen a los municipios. No estoy de acuerdo en que se inviertan esos fondos en obras que no benefician

directamente a los municipios donde están ubicados los fondos.

En consecuencia, pido a ustedes muy respetuosamente que se sirvan apoyarme para que se separe el artículo 15 del 14, que se voten separadamente y que se obligue a la Comisión a que introduzca en el texto del artículo 15 la reforma que propongo y que consiste en que se diga que los municipios por ningún concepto podrán ceder esa participación a persona o a autoridad alguna.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Bátiz.

El C. Bátiz Juan de Dios: Señores compañeros: el proyecto tal como lo presenta el Ejecutivo, por conducto de la Secretaría de Hacienda, no quita a los Municipios los fondos, únicamente aquellos Municipios que quieran cederlos para obras de carácter general lo podrán hacer; porque hay Municipios numerosos, en muchas partes de los Estados de la República, que reciben cuotas de diez, doce y veinte pesos, que aplicados aisladamente no darían resultado alguno. Tenemos casos concretos: el Estado de México. El Estado de México ha hecho, y todos las conocemos, numerosas carreteras, controlando directamente los fondos que las Juntas Municipales de Mejoras Materiales han querido cederles. Como tenemos también como institución el Municipio Libre, y éste puede administrar libremente sus fondos, si el representante de esas Juntas viendo el interés general del Estado desea cederlos para una obra que él considere de carácter general o urgente, en buena hora que lo ceda, máxime que hasta las responsabilidades se encontrarán más fácilmente. Los Municipios, los representantes, que no deseen cederlos seguirán administrándolos en la forma y conforme a la reglamentación que la Secretaría de Hacienda ha expedido. Platicando el otro día la Comisión nombrada por el Bloque con el señor Secretario de Hacienda, se nos mostraron numerosísimos casos de Juntas que han manejado diez, doce, quince pesos, y en una enorme mayoría de ellas estaban con responsabilidades graves. En consecuencia, y como no sólo el Estado de México sino otros están realizando obras de carácter general, suplicó a los compañeros aprueben la iniciativa como la presenta la Comisión.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Santos Alonso.

El C. Santos Alonso José: El compañero Espinosa y Elenes, muy respetable y muy estimado para mí, creo que no se ha compenetrado bien de esta reforma. El parece entender que se van a quitar esos fondos a los Municipios, cuando únicamente se trata de administrárselos en bien de los mismos, ya que muchas veces ha sucedido que algunos municipios no han destinado a obras de mejoras materiales las sumas de dinero destinadas a ese objeto. Contra hechos no hay argumentos. Quiero que me señale, fuera del caso de Laredo, qué partidas ha invertido los Municipios real y positivamente, en obras que los beneficien; se han limitado a construir unas banquetas, una glorieta o cualquiera otra cosa que no tiene significación; y por eso se trata de supervisarlos para que emprendan trabajos que verdaderamente sean útiles al Municipio o al Estado, porque es justo que si la Federación se desprende de ese dinero con el objeto de que se ejecuten mejoras materiales, efectivamente éstas se lleven a cabo.

Voy a leer el artículo 15.

"Artículo 15. Los municipios en los que existan fundos mineros tendrán la participación que la Ley de Impuestos a la Minería, de 19 de diciembre de 1929, fija en su artículo 36."

Como se ve por esta lectura, libremente pueden administrarlos. Lo único que se hace supervisarlos para el objeto que he indicado a ustedes.

El C. Espinosa y Elenes: Pido la palabra para hacer una aclaración.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Espinosa y Elenes para una aclaración.

El C. Espinosa y Elenes: Estoy completamente conforme con el artículo, nada más que con la adición que he propuesto. He sostenido aquí que estoy de acuerdo en que intervenga la Secretaría de Hacienda, aunque esto es ilegal, pero que intervenga solamente para supervisar las obras que se lleven a cabo. Lo único que yo no quiero es que las Juntas, no los Municipios, puedan ceder los fondos a título gratuito; quiero que se ponga en el texto del artículo que no pueden cederlo ni a título gratuito, ni a título oneroso, porque se puede dar el caso de que como no se les ha pagado, puedan cederlo a título oneroso, es decir, coyotearlo, y se puede dar el caso que lo cedan a título gratuito.

El C. Santos Alonso José: ¿Entregándolo a quién?

El C. Espinosa y Elenes: Al Gobierno del Estado, como está sucediendo en Chihuahua, en Zacatecas, en Sonora y en otros Estados de la República donde las Juntas de Mejoras Materiales, integradas por el representante del Gobierno y en las cuales tiene mayoría el Gobierno, hacen que se les cedan esos fondos para otras obras que no son para las que están destinadas esas cantidades. Lo que he pedido a ustedes, compañeros, es que se apruebe el artículo tal como fue aprobado ya por nosotros, agregándole al artículo un párrafo que diga: que las Juntas de Mejoras Materiales y Servicios Públicos administradoras del cuarenta por ciento del impuesto minero, no pueden ceder a persona o autoridad alguna los fondos que pertenecen a los municipios.

Se dice que con estos fondos se van a efectuar obras sin importancia. Ya dije a ustedes que uno de los deseos más grandes que todos tenemos, es ver a nuestros pueblos siquiera con una plaza asfaltada, con algo que beneficie al municipio del que procede la riqueza; porque se da el caso de que éstos ven salir los ingresos que allí se obtienen, para ir a dar a las arcas del Gobierno del Estado o de la Federación, sin ningún beneficio para el municipio, que se queda exangüe y sus pueblos abandonados al terminarse los trabajos. Todos sabemos que los minerales tienen población flotante, y que cuando están florecientes su población es grande, la que huye cuando disminuye la riqueza minera o se agota.

Por eso pido que estos fondos se dediquen exclusivamente a obras materiales y servicios públicos de los lugares donde están ubicados los fundos mineros; y la única manera de lograr esto es estableciendo que las juntas que, repito están integradas

por personas completamente extrañas al municipio, que no son autoridades que ejerzan funciones dentro el él, sino sólo para este concepto, que esas juntas no pueden ceder su participación ni al Estado ni a otra persona, sino que se dediquen al objeto para el cual están destinados esos fondos.

El C. Santos Alonso José: Vuelvo a insistir en que el compañero no se ha fijado en el artículo. Dice que estas Juntas no son del Municipio y está en un error, porque la Junta está integrada por un representante del Municipio, por un representante del comercio y por un representante del Gobierno. Así es que sí son de allí, así lo dice la Ley.

El C. Espinosa y Elenes: No es el Ayuntamiento; no son autoridades.

El C. Santos: ¡Cómo no van a ser autoridades! La Junta estará integrada por un miembro del Ayuntamiento.

El C. Espinosa y Elenes: Lo único que quiero es que no puedan ceder esos fondos.

El C. Santos Alonso: Yo no tengo empeño en que los cedan o no, pero voy a poner un caso. En el caso de que no haya una mejora, como de una banquita o de un jardín, si la Junta se pone de acuerdo con otra Junta de otro pueblo y así encadenadas tres o cuatro proyectan hacer un camino vecinal, ¿por qué les vamos a prohibir aquí en la Ley que no puedan cederlo para ese camino?

El C. Espinosa y Elenes: Eso no es ceder, es invertir.

El C. Santos Alonso: Pero puede suceder que un Municipio sea más rico que otro en minerales y tenga más dinero, más fondos; entonces se pone de acuerdo con otro y la mayor parte del camino o de la obra la hace uno u otro Municipio, beneficiándose ambos así. ¡Qué tiene esto de inconveniente? El Estado de México, por ejemplo, el Estado de Chihuahua y otros lo han empleado para caminos, sin que precisamente resulte beneficiado exclusivamente su Municipio. Esto indudablemente que beneficia al Municipio porque establece comunicaciones con los demás pueblos. Interpelo al compañero Gómez para que me diga si no es exacto que lo que recauda El Oro y otros Municipios se ha empleado tanto en caminos de esas regiones, como de otras distantes.

El C. Gómez A. Ignacio: Es cierto.

El C. Santos Alonso: ¿Es esto perjuicio del Municipio de El Oro? No, señores, es en beneficio de él, porqué abriéndose carreteras en todo el Estado de México, tiene fácil comunicación con cualquier lugar. Mi mente no es oponerme sistemáticamente al compañero, a quien conceptúo de muy buena fe; pero no debemos poner dificultades para que se hagan obras de interés general para toda una Entidad. Por otra parte, el compañero Espinosa y Elenes sabe que hace diez años no se da esta participación.

El C. Espinosa y Elenes: Sí se ha dado.

El C. Santos Alonso: Usted me decía ayer que no.

El C. Espinosa y Elenes: A los que no han llenado los requisitos.

El C. Santos Alonso: Muy bien. Pues vamos a suponer que a un Municipio que ha llenado los requisitos, le corresponden ciento cincuenta mil pesos; ¿qué obras podría ejecutar ese pequeño Municipio con ese dinero? Jardines, escuelas, servicio de aguas, etc. Pero, ¿por qué si él quiere abrir una carretera de ese Municipio apartado, como decía, de ese Municipio que no tiene comunicaciones y hacer una obra hasta el lugar en donde pueda haber más agricultura, más comercio y comunicarse con él, ¿por qué prohibírselo? Está bien la objeción, pero con la taxativa de que puedan cederlo si no beneficia al Municipio. El Municipio sí puede ceder ese dinero para hacer una carretera y así se beneficia él y se beneficia otro Municipio. Con la taxativa tendría que ser forzosamente para el Municipio y no teniendo el Municipio qué hacer, se dedicaría a hacer jardines, banquitas y algo que no sería en beneficio del él. Que pongamos la taxativa de que no puedan cederlo a título gratuito u oneroso, es decir, podrán cederlo siempre y cuando le quede algún beneficio al Municipio, con el objeto de que puedan beneficiarse el resto de los Municipios de los Estados, que de todas maneras son del Estado y le conviene tener redes de comunicaciones y servicios en bien de todo el Estado.

El C. Bojórquez Castillo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Bojórquez Castillo.

El C. Bojórquez Castillo: Compañeros: en realidad yo creo que el espíritu de la Ley es que esa participación beneficie al Municipio en donde se encuentre ubicado el fundo minero que produzca esa misma participación. Por lo tanto, creo que hay una fórmula para conciliar los intereses que aquí se discuten y es la adición que propone el compañero Espinoza y Elenes; que no sea en el sentido absoluto de que no puedan cederse esos fondos, sino que se adicione el artículo diciendo que esos fondos deberán emplearse exclusivamente en obras que beneficien al Municipio. Así se deja en libertad a un Municipio para que invierta sus fondos en obras de interés para toda la comarca, por ejemplo, en carreteras que lo unan con otros Municipios, de las que resulten bienes para todos. Con esa adición se concilian los intereses que aquí se han controvertido.

El C. Espinosa y Elenes: El compañero Santos Alonso ha hecho observaciones muy atinadas. Ha manifestado, dándome toda la razón, que los Municipios pueden ceder sus fondos, siempre que redunde el beneficio de la inversión de ellos, en el Municipio al que pertenecen. Estoy de acuerdo en que la Comisión introduzca esa reforma al artículo, pues así se cumple el deseo que ha expresado, que consiste en que los Municipios que perciben alguna participación por concepto del minero, reciba un beneficio directo. En consecuencia, pido a la Asamblea que permita a la Comisión retirar el artículo y reformarlo en este sentido.

El C. Secretario Bátiz: Con la modificación propuesta por el compañero Santos Alonso, se pregunta a la Asamblea si considera el asunto suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido. Se procede a tomar la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. Secretario Nájera: Por la negativa. (Votación.)

El C. Secretario Bátiz: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la afirmativa?

El C. Secretario Nájera: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la negativa? Se procede a la votación de la Mesa (Votación.)

El C. Secretario Bátiz: Por unanimidad de 80 votos fue aprobado el proyecto de Ley de Reforma a la Ley de Ingresos del Erario Federal. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"2a. Comisión de Hacienda.

"Honorable Asamblea:

"Los suscritos, miembros de la Comisión a quien se turnó la iniciativa del Ejecutivo por la que se adiciona la Base II del artículo 1o. de la Ley de 25 de enero de 1929, relativa a los Créditos Hipotecarios garantizados con bienes de propiedad federal, hace suya en todas sus partes la iniciativa de que se trata y, al efecto, someten a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de ley:

"Articulo 1o. se adiciona la Base II del artículo 1o. de la Ley de 25 de enero de 1929, con las siguientes fracciones:

"M) Créditos Hipotecarios garantizados con fincas de propiedad federal. El pago de estas obligaciones se hará siempre que los acreedores consientan que se les cubran en el curso de dos años, contados a partir de 1932, y renuncian, además, al pago de los intereses vencidos y no pagados a partir del 1o. de enero de 1929, así como a los que en lo sucesivo vencieren hasta la total extinción de los créditos.

"N) Créditos menores de $100.00 cualquiera que sea su concepto.

"Ñ) Créditos por contribuciones recaudadas de conformidad con el decreto de 21 de septiembre de 1917 para la constitución del capital del Banco Único.

"Artículo 2o. la cesación del estado de suspensión de pagos respecto de los créditos a qué se refieren las fracciones adicionadas por el artículo anterior y por la ley de 10 de enero de 1930, no implica para esos créditos, insubsistencia de las obligaciones de ser previamente aprobados por la Comisión Ajustadora y, en consecuencia, de la obligación de haber ocurrido en tiempo y forma ante dicha Comisión; por tanto, los pagos que se hicieren conforme a las leyes invocadas, se fundarán invariablemente en resoluciones de la misma, sin que sea necesario revisión ulterior por parte de otra autoridad.

"Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior los créditos que puedan reputarse depurados de acuerdo con la fracción XII del artículo 2o. de la Ley Reglamentaria de 20 de febrero de 1929.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 13 de enero de 1932.- Cipriano Arriola.- Alfredo I. Moreno."

El C. Secretario Bátiz: De primera lectura. Se pregunta a la Asamblea en votación económica, si se dispensa la segunda. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada. Está a discusión en lo general. Sin ella, se procede a tomar la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. Secretario Nájera: Por la negativa. (Votación.)

El C. Secretario Bátiz: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar afirmativamente?

El C. Secretario Nájera: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar negativamente? Se procede a la votación de la Mesa. (Votación.)

El C. Secretario Bátiz: Por unanimidad de 83 votos fue aprobado en lo general. A discusión en lo particular.

"Artículo 1o. Se adiciona la Base II del artículo 1o. de la Ley de 25 de enero de 1929, con las siguientes fracciones:

"M) Créditos hipotecarios garantizados con fincas de propiedad federal. El pago de estas obligaciones se hará siempre que los acreedores consientan que se les cubran en el curso de dos años, contados a partir de 1932, y renuncian, además, al pago de los intereses vencidos y no pagados a partir del 1o. de enero de 1929, así como a los que en lo sucesivo vencieren hasta la total extinción de los créditos.

"N) Créditos menores de $100.00 cualquiera que sea su concepto.

"Ñ) Créditos por contribuciones recaudadas de conformidad con el decreto de 21 de septiembre de 1917 para la constitución del capital del Banco Único." Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Artículo 2o. La cesación del estado de suspensión de pagos respecto de los créditos a que se refieren las fracciones adicionadas por el artículo anterior y por la ley de 10 de enero de 1930, no implica, para esos créditos, insubsistencia de las obligaciones de ser previamente aprobados por la Comisión Ajustadora y, en consecuencia, de la obligación de haber ocurrido en tiempo y forma ante dicha Comisión; por tanto, los pagos que se hicieren conforme a las leyes invocadas, se fundarán invariablemente en resoluciones de la misma, sin que sea necesaria revisión ulterior por parte de otra autoridad.

"Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior los créditos que puedan reputarse depurados de acuerdo con la fracción XII del artículo 2o. de la Ley Reglamentaria de 20 de febrero de 1929."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de palabra, se procede a tomar la votación nominal de los dos artículos. Por la afirmativa.

El C. Secretario Nájera: Por la negativa. (Votación.)

El C. Secretario Bátiz: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la afirmativa?

El C. Secretario Nájera: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la negativa? Se procede a la votación de la Mesa. (Votación.)

El C. Secretario Bátiz: Por unanimidad de 83 votos fue aprobado el proyecto de Ley. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

- El mismo C. Secretario: Se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se prueba la proposición

del compañero Bautista relativa al nombramiento de la Comisión que en seguida se expresa, con objeto de hacer gestiones para la efectividad del sufragio efectivo en los Estados: José María Dávila, Gonzalo Bautista, José Morales Hesse, José Torres H., J. Jesús Delgado, y Secretario Delfino Nájera.

Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.

Aprobada.

- El mismo C. Secretario: La Presidencia ha tenido a bien nombrar las siguientes comisiones: Para participar a la H. Cámara de Senadores que el día de mañana, a las doce horas, tendrá lugar la sesión de clausura del Período Extraordinario de Sesiones, CC. Juan R. Delgado, José Zataray, Agapito Barranco, José María Dávila y Prosecretario Amel Barocio García. Para dar el mismo aviso al C. Presidente de la República, CC. Manuel Aradillas, Federico Gutiérrez Pastor, Ismael Salas y Prosecretario Miguel Rosado.

Para hacer igual participación a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, CC. Liborio Espinosa y Elenes, Fausto Bojórquez Castillo, Neguib Simón y Secretario David Orozco.

Para comunicar lo propio al C. General Plutarco Elías Calles, Jefe de la Revolución Mexicana, CC. Rafael E. Melgar, Gonzalo Bautista, Manuel Riva Palacio y Secretario Juan de Dios Bátiz.

Y para avisar lo mismo al C. General Manuel Pérez Treviño, Presidente del Partido Nacional Revolucionario, CC. Manuel Mijares V., Alfredo I. Moreno, Juan G. Alvarado y Secretario Carlos Velázquez Méndez.

El C. Presidente (a las 20.23): Se levanta la sesión y se cita para mañana a las once horas a sesión de Cámara de Diputados, y a las doce a sesión de Congreso General.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIOS DE LOS DEBATES"

Director, Jefe de la Oficina,

JOAQUÍN Z. VALADEZ.