Legislatura XXXV - Año I - Período Ordinario - Fecha 19321219 - Número de Diario 41

(L35A1P1oN041F19321219.xml)Núm. Diario:41

ENCABEZADO

MÉXICO, D.F., LUNES 19 DE DICIEMBRE DE 1932

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I.- PERÍODO ORDINARIO XXXV LEGISLATURA TOMO I.- NÚMERO 41

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 19 DE DICIEMBRE DE 1932

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- Pasa a las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Relaciones Exteriores en turno, el proyecto de reformas al artículo 42 de la Constitución General de la República, relativo a la Isla Clipperton o de la Pasión, que envía el Senado de la República.

3.- El C. Presidente de la República, por conducto de la Secretaría de Gobernación, comunica que aceptó la renuncia del C. Licenciado Adolfo Valles, como Magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, y que de conformidad con la facultad que le confiere el inciso IV de la fracción VI del artículo 73 de la Constitución General de la República, nombró para substituirle al C. Licenciado Rodolfo Assiain. A discusión. Se aprueba el nombramiento.

4.- El Ejecutivo de la Unión, por conducto de la Secretaría de Gobernación, remite una iniciativa a efecto de que se le concedan facultades extraordinarias para legislar en materia de ingresos. Pasa a las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Hacienda en turno.

5.- Cartera.

6.- Se concede licencia al ciudadano Diputado Zárate Sánchez Andrés.

7.- Continúa la Cartera.

8.- Sin discusión se aprueban veinte dictámenes: trece de la 1a. Comisión de Peticiones, seis de la 2a. y uno de la 1a. de Hacienda, que consultan diversos acuerdos económicos.

9.- Dictamen de las Comisiones unidas 1a. de Hacienda y de Industria y Comercio, que, de acuerdo con la iniciativa del Ejecutivo, consulta proyecto de ley por el que se aprueban las modificaciones introducidas a las cláusulas XXXI, XXXII y XXXIII de la Escritura Constitutiva de la Sociedad Cooperativa Limitada "Henequeneros de Yucatán." El ciudadano Diputado López Cárdenas solicita que se dispensan todos los trámites. Se dispensan los trámites. A discusión en lo general. Se aprueba. A discusión en lo particular. Se aprueba y pasa al Senado para los efectos constitucionales.

10.- Recibe primera lectura y se le dispensa la segunda para discutirse el primer día hábil, un dictamen de la 2a. Comisión de Guerra que consulta proyecto de decreto que pensiona a la señorita Isaura Murguía González. El ciudadano Diputado Trigo Octavio solicita que se dispensen todos los trámites a este dictamen para que desde luego entre a discusión. Se dispensan los trámites. A discusión. Se aprueba. Pasa al Ejecutivo para los efectos de ley.

11.- Sin discusión se aprueban dos dictámenes de la 2a. Comisión de Hacienda el que exime a la señorita Carolina Montes Palacios del requisito de la presentación de los certificados del Registro Civil que acredita que es hija del extinto C. Andrés Montes, para que pueda percibir la pensión que a su favor decretó el Congreso, y el que reforma un decreto expedido por el Congreso de la Unión concediendo pensión a los deudos del C. Agustín Sánchez de Tagle. Pasan al Ejecutivo para los efectos de ley.

12.- Dictamen de la 1a. Comisión de Hacienda que consulta proyecto de ley por el que se autoriza al Congreso de la Unión para señalar el monto de las jubilaciones o pensiones a que tengan derechos los funcionarios y empleados del Poder Legislativo. Se dispensan todos los trámites. A discusión en lo general. Se aprueba. A discusión en lo particular. Se aprueba y pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

13.- Recibe primera lectura un dictamen de la 2a. Comisión de Guerra que consulta proyecto de Decreto que concede pensión a las señoritas Antonia, Laura, María Luisa y María de Jesús Banderas. El ciudadano Diputado Pérez Arce Enrique solicita la dispensa de trámites. Se dispensan. A discusión en lo general. Se aprueba. A debate en lo particular. Se aprueba y pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

14.- Sin discusión se aprueba un dictamen de la 2a. Comisión de Guerra que consulta proyectos de Decreto que pensiona a la señora Agustina Cadenas y a la señorita Rebeca Jiménez

Cadena. Pasa al senado para los efectos constitucionales.

15.- A debate un dictamen de la 2a. Comisión de Hacienda que consulta proyecto de Decreto que concede una pensión de $2.50 diarios a la señora Juana B. Gutiérrez de Mendoza. Se rechaza el dictamen por 44 votos de la afirmativa contra 48 de la negativa. Pasa a la Comisión para que lo reforme en el sentido del debate.

16.- Reciben, primera lectura y se les dispensa la segunda para discutirse el primer día hábil, cuatro dictámenes: dos de la 2a. Comisión de Guerra, uno de la 1a. y uno de la 1a. de Hacienda, que consultan proyectos de Decreto que conceden pensión, respectivamente, a la señorita Ana María Paulina Zapata, al menor Diego Zapata, a la señorita Emilia Ruperta Rangel y se amplía en la cantidad de ... $80.000.00 la Partida número 495, destinada a mejoras materiales, del Presupuesto de Egresos vigente en el Territorio Norte de la Baja California.

17.- Sin debate se reservan para su votación siete dictámenes: tres de la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales, uno de la 2a. de Gobernación, dos de la 1a. de Relaciones Exteriores y uno de la 2a. de Guerra, por los que, respectivamente, se concede permiso constitucional a los ciudadanos Licenciados Salvador Martínez Mercado y Alfonso Cravioto; se reforman todos los artículos de la Ley Orgánica del Presupuesto del Distrito Federal, de 25 de marzo de 1929; se concede permiso constitucional a los ciudadanos Carlos E. Trejo, Doctor Servando Osornio C., Doctor Francisco Castillo Nájera y se concede pensión a la señora María Palacios viuda de Novoa. El ciudadano Diputado Pareyón Armando R. solicita que se dispensen los trámites a la iniciativa del Ejecutivo por la que se amplía en la cantidad de $80.000.00 la Partida número 495 del Presupuesto de Egresos en vigor en el territorio Norte de la Baja California. Se le dispensan los trámites. A discusión. Se reserva para su votación. Por 93 votos de la afirmativa contra 2 de la negativa se aprueban los dictámenes reservados para su votación y pasan al Senado y al Ejecutivo, respectivamente, para sus efectos constitucionales. Se da cuenta con la orden del día para la sesión de mañana. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. GONZALO BAUTISTA

(Asistencia de 90 ciudadanos diputados.)

- El C. Presidente (a las 18:20): Se abre la sesión.

- El C. Secretario Ochoa (leyendo):

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del XXXV Congreso de la Unión, el día diez y seis de diciembre de mil novecientos treinta y dos.

"Presidencia del C. Gonzalo Bautista.

"En la ciudad de México, a las diez y ocho horas y veinte minutos del viernes diez y seis de diciembre de mil novecientos treinta y dos se abrió la sesión con asistencia de noventa ciudadanos diputados, según consta en la lista que previamente pasó la Secretaría.

"Fue aprobada sin debate el acta de la sesión celebrada el día anterior.

"Se dio lectura al informe que rinden los CC. Diputados Mijares, Patiño y Orozco sobre las investigaciones que realizaron por acuerdo de esta Cámara en la ciudad de Tlaxcala, acerca de los atropellos de que se hizo víctima al C. Diputado Moisés Rosalío García. En dicho informe se asienta que efectivamente el último de los citados representantes fue aprehendido y detenido por oficiales del Ejército Federal la noche del día 10 del mes en curso.

"El C. Mijares usó de la palabra para ampliar el anterior informe y el C. Luis L. León dio cuenta a la Asamblea del resultado de la entrevista que para tratar el mismo asunto tuvo con el ciudadano Presidente de la República.

"El C. Cortina habló para hechos y el C. Fabila hizo una moción de orden.

"EL C. Fernández informó sobre la entrevista que en cumplimiento del acuerdo de esta Cámara celebró con el ciudadano Subsecretario de Guerra y Marina, Encargado del Despacho, para tratar acerca de la detención del C. Diputado Moisés Rosalío García.

"En seguida el mismo C. Diputado García habló para referirse a las informaciones anteriores y a la situación política que prevalece en el Estado de Tlaxcala, pidiendo el nombramiento de una comisión que se acerque al ciudadano Secretario de Gobernación a poner en su conocimiento esos hechos. La Presidencia indicó al orador que presentara su proposición por escrito.

"Acto continuo se puso a discusión el proyecto de reformas al artículo 115 de la Constitución General de la República, que las Comisiones unidas, 1a. de Puntos Constitucionales y 1a. de Gobernación, presentan redactado en los siguientes términos:

"Artículo 115. Los Estados adoptarán para su régimen interior, la forma de Gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio Libre, conforme a las bases siguientes:

"I.- Cada Municipio será administrado por un Ayuntamiento de elección popular directa y no habrá ninguna autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado.

"Los Presidentes municipales, regidores y síndicos de los Ayuntamientos, electos popularmente, no podrán ser reelectos para el período inmediato. Los miembros de los Consejos Municipales o de las Juntas de Administración Civil no podrán ser electos para el período inmediato. Todos los funcionarios municipales antes mencionados, cuando tengan el carácter de propietarios, no podrán ser electos para

el período inmediato con el carácter de suplentes, pero los que tengan el carácter de suplentes sí podrán ser electos para el período inmediato como propietarios, a menos que hayan estado en ejercicio;

"II. Los Municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de las contribuciones que señalen las Legislaturas de los Estados y que, en todo caso, serán las suficientes para atender a las necesidades municipales, y

"III. Los Municipios serán investigados de personalidad jurídica para los efectos legales.

"El Ejecutivo Federal y los Gobernadores de los Estados tendrán el mando de la fuerza pública en los Municipios donde residieren habitual o transitoriamente.

"La elección de los Gobernadores de los Estados y de las Legislaturas locales será directa y en los términos que dispongan las leyes electorales respectivas.

"Los Gobernadores de los Estados, cuyo origen sea la elección popular, ordinaria o extraordinaria, en ningún caso y por ningún motivo podrán volver a ocupar ese cargo ni aún con el carácter de interinos, provisionales, substitutos o encargados del Despacho.

"Nunca podrán ser electos para el período inmediato:

"a) El Gobernador Substituto Constitucional, o el designado para concluir el período en caso de falta absoluta del Constitucional aún cuando tenga distinta denominación.

"b) El Gobernador Interino, el Provisional o el ciudadano que, bajo cualquiera denominación, supla las faltas temporales del Gobernador, siempre que desempeñe el cargo en los dos últimos años del período.

"Sólo podrá ser Gobernador Constitucional de un Estado, un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de la elección.

"El número de representantes en las Legislaturas de los Estados será proporcional al de habitantes de cada uno; pero en todo caso no podrá ser menor de siete diputados en los Estados cuya población no llegue a cuatrocientos mil habitantes; de nueve en aquellos cuya población exceda de este número y no llegue a ochocientos mil habitantes y de once en los Estados cuya población sea superior a esta última cifra.

"Los diputados a las Legislaturas de los Estados no podrán ser reelectos para el período inmediato. Los diputados suplentes podrán ser electos para el período inmediato con el carácter de propietarios, siempre que no hubieren estado en ejercicio, pero los diputados propietarios no podrán ser electos para el período inmediato con el carácter de suplentes."

"El C. Pérez Gasga, miembro de las Comisiones, pidió permiso para retirar el dictamen y su proposición motivó un debate en el que participaron los CC. Diputados Luis L León, Mijares y Guillermo Rodríguez.

"La Presidencia hizo aclaraciones y por acuerdo de la misma la Secretaría dio lectura a los artículos 104 y 122 del Reglamento Interior del Congreso, después de lo cual continuó la discusión del dictamen de las Comisiones.

"El C. Guillermo Rodríguez habló en contra y el C. Pérez Gasga, en representación de las Comisiones dictaminadoras, apoyó el precepto a debate. El C. Manuel M. Moreno se produjo en pro y contestó una interpelación que le hizo el C. Riva Palacio. El C. Mijares también habló en pro y el C. Manuel M. Moreno formuló una interpelación a la que dio respuesta el orador. El C. Cortina impugnó el artículo a discusión y en pro de él hizo uso de la palabra el C. Leñero.

"La Asamblea consideró el asunto suficientemente discutido y aprobó el proyecto de reformas al artículo 115 constitucional por noventa votos de la afirmativa contra dos de la negativa. Pasa al Senado el proyecto de reformas a los artículos 51, 55, 56, 58, 59, 73, 79, 83, 84, 85 y 115 de la Constitución General de la República y el único transitorio del mismo proyecto, para sus efectos constitucionales.

"La Presidencia designó en comisión para llevar este proyecto a la Cámara colegisladora, a los CC. Diputados Rueda Magro, Manjarrez, Lacy jr. y Secretario Ochoa.

"Los CC. Carlos Darío Ojeda y Guillermo Rodríguez hablaron para hechos y el C. Mijares formuló una moción de orden. Los CC. Carlos Darío Ojeda y Mijares hicieron aclaraciones.

"Los CC. Cortina, Manuel M. Moreno y Guillermo Rodríguez presentaron una proposición para que se nombre una comisión que redacte las adiciones que se crean necesarias hacer al artículo 115 constitucional a fin de que sean discutidas por la Cámara. En contra de la anterior proposición habló el C. Luis L. León y el C. Mijares hizo aclaraciones. Consultada la Asamblea resolvió no tomar en consideración lo propuesto.

"Se leyó un oficio en el que los CC. Diputados Saracho, Amézquita, Bon Bustamante y Pérez Arce invitan a esta Cámara, en nombre del C. Profesor Manuel Páez, Gobernador electo del Estado de Sinaloa, para que nombre una comisión que la represente en la transmisión del Poder Ejecutivo de esa Entidad, que se efectuará el 31 del mes en curso. Se nombra en comisión a los CC. Juan Aviña López, Francisco L. Terminel, Manuel Riva Palacio, Martín G. Cruz y Secretario Lamberto Ortega.

"Numerosos ciudadanos diputados presentaron una proposición para que se nombre una comisión que se acerque al C. Secretario de Gobernación y ponga en su conocimiento los hechos que han sido denunciados sobre la situación política del Estado de Tlaxcala, suplicándole se sirva solicitar de la Secretaría de Guerra y Marina que dicte las medidas que juzgue convenientes a fin de que cese tal estado de cosas. Previa dispensa de trámites y sin discusión se aprobó esta proposición, designándose para cumplimiento a los CC. Diputados Manuel Riva Palacio, Eugenio Méndez Aguirre, Manuel Aradillas y Secretario Cipriano Arriola.

"En seguida se dio lectura al informe que rinden los ciudadanos diputados que fueron comisionados por esta Cámara para trasladarse al Estado de Puebla y hacer una investigación sobre las quejas que se han presentado en contra de los Poderes

de esa Entidad. En el informe mencionado se asienta que la comisión pudo comprobar la veracidad de los cargos que se hacen a la actual administración poblana.

"El C. Manjarrez habló para referirse a los hechos que se señalan en el informe, pidiendo que se consignaran a la respectiva Comisión de esta Cámara, después de lo cual se acordó turnar el informe y el expediente a que se refiere a la Sección Instructora del Gran Jurado que corresponda.

"A las veinte horas y cuarenta y cinco minutos se levantó la sesión."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada el acta.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - México.

"CC Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Para los efectos constitucionales, tenemos el honor de enviar a ustedes en 21 fojas útiles, el expediente que contiene el proyecto de reformas al artículo 42 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con la Isla Clipperton o de la Pasión.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., diciembre 15 de 1932.- G. Talamantes, S. S. - I. Mendoza, S. S." - Recibo, y a las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Relaciones Exteriores en turno.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal. - México. - Secretaría de Gobernación.

"A los CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"En virtud de que el C. Presidente de la República aceptó la renuncia formulada por el Licenciado Adolfo Valles como Magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, el Jefe del Ejecutivo de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el inciso 4o. de la fracción VI del artículo 73 de la Constitución General de la República, nombró para cubrir la vacante de referencia, al C. Licenciado Rodolfo Assiain, en quien concurren todos los requisitos de ley.

"Me encarga el C. Presidente que comunique lo anterior a esa Cámara de Diputados, por el digno conducto de ustedes, a fin de que aquélla ejerza la facultad que le compete en los términos de la fracción VI del artículo 74 de la Constitución Federal.

"Reitero a ustedes las protestas de mi consideración muy distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., diciembre 16 de 1932. - Secretario de Gobernación, Eduardo Vasconcelos."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México. - Secretaría de Gobernación.

"A los CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Tengo la honra de enviar a ustedes, para los fines legales respectivos, una iniciativa tendiente a que se concedan facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión para legislar en materia de ingresos.

"Aprovecho esta oportunidad para reiterar a ustedes las expresiones de mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., a 14 de diciembre de 1932. - El Subsecretario Encargado del Despacho, Eduardo Vasconcelos."

"Ciudadanos Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Una vez más el Ejecutivo Federal, hoy a mi cargo, se ve en el caso de solicitar, por el digno conducto de ustedes, delegación de facultades del H. Congreso de la Unión para legislar en materia hacendaria.

"Fundan esta solicitud dos consideraciones:

"En primer lugar la necesidad de modificar substancialmente unas y en detalle otras, las leyes fiscales de la Federación a fin de ajustarlas a las condiciones actuales de la economía nacional y de corregir defectos y lagunas que en ella se han observado a través de su aplicación, y la imposibilidad de que el Poder Legislativo pueda estudiar y expedir esas leyes antes de que termine el presente período de sesiones.

"En segundo lugar la proximidad de la reunión de la Segunda Convención Nacional Fiscal y la posibilidad de que la implantación de sus acuerdos requiera modificaciones a las leyes fiscales de la Federación.

"La Secretaría de Hacienda desde mediados del año en curso, como es bien sabido, convocó a los Gobiernos de los Estados a una Segunda Convención Nacional Fiscal que deberá reunirse en esta ciudad a fines de enero o principios de febrero del año próximo, con la tendencia fundamental partiendo de la base de revisar las conclusiones de la primera reunión de ese género que se efectuó en agosto de 1925, de señalar las bases precisas de delimitación de facultades de la Federación y de los Estados en materia tributaria y de precisar los principios de coordinación de las leyes que cada una de esas entidades económico - políticas, expida con las que decreten las propias entidades sobre las mismas materias cuando la competencia en ellas sea común.

"Ocioso parece insistir en la inaplazable necesidad de transformar la actual maraña inextricable de disposiciones fiscales que estorba y ata, cuando no estrangula, las más florecientes fuentes de riqueza y los más decididos intentos de rehabilitación económica del país en un verdadero sistema

impositivo del cual cada una de las leyes en particular, ora expedidas por la Federación, ora decretadas por los Estados, no sean sino partes armónicas de un conjunto perfecto, hilos de un mismo canebá sobre el cual pueda bordarse un México, económico mejor.

"Amplísimo como es el campo en el cual habrá de espigar la Segunda Convención Nacional Fiscal, al Ejecutivo de mi cargo se propone, por conducto de la secretaría de Hacienda, orientar sus labores en un sentido prácticamente utilitario que permita, si no concluir la obra en todos sus detalles - objeto particularmente imposible de alcanzar dada la magnitud misma de la tarea - sí adelantar lo suficiente para permitir que la labor se encauce en forma definitiva a su realización integral mediante la eliminación de los mayores escollos que se oponen a una obra de esa naturaleza.

"Dentro de esa orden de ideas se procurará que la Convención se ocupe preferentemente de estudiar los impuestos directos e indirectos, generales y especiales que gravan el comercio y la industria por ser éste el campo en que la concurrencia de jurisdicciones de la Federación y de los Estados es más frecuente y produce los más censurables resultados (alcabalas, impuestos desproporcionados, impuestos múltiples, etc.)

"Como el Poder Federal ha insistido mucho en la conveniencia de que las resoluciones de la Convención se lleven a cabo cuanto antes, el Ejecutivo a mi cargo necesita estar en posibilidad de introducir en la legislación fiscal de la Federación, llegado el caso, las modificaciones adecuadas para facilitar o llevar a cabo la implantación de los acuerdos de esa asamblea.

"No se prefiere aplazar la implantación de los acuerdos de la Convención Nacional Fiscal en lo que ellos se pueden referir a la legislación federal y sea posible y conveniente adoptarlos hasta el próximo período ordinario de sesiones del Congreso de la Unión, porque seguramente la mejor forma de llevar el ánimo de los Gobiernos de los Estados a la conveniencia de prestar toda su atención y esfuerzo a la solución de estos problemas, sea el ejemplo que pueda darles la Federación.

"Tampoco se opta por convocar a las Cámaras colegisladoras a un período extraordinario de sesiones en el que se ocupen de estos asuntos, porque los trámites previos a esa convocatoria - posteriores naturalmente a la celebración de la Convención - requerirán un plazo tal que el período extraordinario vendría a celebrarse en el segundo semestre del año, es decir, pocos días antes del ordinario que se inicie en septiembre de 1933.

"Independientemente de las razones expuestas y con relación a aspectos múltiples de la legislación fiscal de la Federación que tocan casi todas las ramas de ingresos del Tesoro Federal, es de hacer notar la conveniencia de someter la marcha de la administración pública y el manejo de los negocios generales, particularmente en todos los aspectos que tocan a la organización económica del país, a normas que se ajusten cada vez más a la realidad y permitan al Gobierno cumplir correctamente su misión salvando los escollos que la acentuada y larga crisis por la que hemos atravesado - y de la que afortunadamente parece que vamos saliendo - presenta al fácil desarrollo de todas las fuentes nacionales de riqueza.

"Las leyes fiscales de la Federación actualmente en vigor - obras humanas al fin y al cabo - adolecen de algunos defectos y dejan sin prever diversas situaciones que, si de ordinario no tienen la suficiente importancia para exigir una urgente reforma o adición de las mismas leyes, actualmente la requieren en forma inaplazable, porque los sectores de la actividad económica nacional que esas leyes tocan han sufrido las consecuencias de la crisis a que ya me referí.

"El Ejecutivo de la Unión, encargado de la aplicación de esas leyes, viene observando detenidamente sus efectos y defectos y haciendo estudios encaminados a precisar la mejor manera de lograr que aquéllos sean los deseables y que éstos desaparezcan.

"Estos estudios, parcialmente concluidos, urge concretarlos en disposiciones legislativas que no es posible someter al H. Congreso de la Unión en el presente período de sesiones, porque los días que faltan para que éste expire apenas serán suficientes para que las Cámaras despachen los asuntos que constitucionalmente no puedan ser aplazados: la expedición de la Ley de Ingresos y la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1933.

"Como casos concretos de reformas que es imprescindible introducir en la legislación fiscal, podría citar al de la Ley Aduanal y el de la Ley de impuestos sobre Alcoholes, Aguardientes, Tequilas, Mezcales y Sotoles actualmente en vigor.

"El H. Congreso de la Unión, en su pasado período de sesiones, concedió al Ejecutivo facultades para reformar la primera de las Leyes a que me refiero accediendo a una petición que para ello presentara mi antecesor y que se fundaba en la circunstancia de que, habiéndose expedido un nuevo Código Penal para el Distrito y Territorios Federales en materia común y para toda la República en materia federal, era urgente coordinar con las prevenciones de ese Código las disposiciones penales de la Ley Aduanal.

"Como al propio tiempo que hacer esa coordinación se deseaba simplificar algunas tramitaciones aduanales que la práctica ha demostrado demasiado complicadas y prever operaciones y situaciones en el tráfico internacional que la Ley no previó, se hicieron estudios detenidos sobre observaciones que al efecto fueron solicitadas de todos los jefes de las oficinas aduanales del país.

"El tiempo de que se dispuso para estudiar esas observaciones a la Ley Aduanal fue tan reducido que al expirar el 31 de agosto del presente año el plazo dentro del cual el Ejecutivo pudo hacer uso de esas facultades, no habían podido expedirse esas reformas.

"Ahora, terminados ya esos estudios, el Ejecutivo se encuentra desprovisto de facultades e imposibilitado de elevar el proyecto a consideración de las Cámaras por las ya repetidas razones de imposibilidad práctica de que sean estudiadas antes del 31 de diciembre en curso.

"Se hace necesario también expedir urgentemente

- antes de que termine el presente año - una nueva ley de impuestos sobre los alcoholes, aguardientes, tequilas, mezcales y sotoles, porque la Ley vigente, expedida por el Ejecutivo en uso de facultades especiales que le confiriera la pasada Legislatura, tiene un carácter transitorio y vigencia limitada hasta el 31 de diciembre del presente año, ya que en su artículo 2o. transitorio suspende la vigencia de la Ley de 24 de agosto de 1931 durante el presente ejercicio fiscal, por lo que al fenecer el mismo, deberá entrar en vigor la citada Ley de 24 de agosto.

"No es conveniente que esa Ley empiece a surtir sus efectos el día 1o. de enero próximo, porque su funcionamiento descansa en dos requisitos que no han podido realizarse.

"Requiere la citada Ley la existencia de una compañía almacenadora capaz de controlar la mayor parte de la producción nacional, de otorgar a favor de la Federación una garantía por varios millones de pesos y de anticipar también el pago de varios millones.

"Esta compañía no ha podido constituirse, por que no hay una empresa ni puede organizarse en los actuales momentos otra que posea recursos de esa cuantía y porque, dado caso, la organización de una compañía almacenadora sobre esas bases requeriría un estudio concienzudo y una observación detenida de las condiciones peculiares del mercado del alcohol en el país que hasta la fecha no se han realizado.

"Por otra parte, la misma Ley, como complemento indispensable para el correcto funcionamiento de la compañía almacenadora, demanda la instalación en las fábricas de alcoholes y aguardientes de medidores automáticos que registren fielmente la producción. Los estudios que hasta la fecha ha hecho del Departamento de Alcoholes de la Secretaría de Hacienda no han conducido a hallar un tipo de medidores que presente suficientes garantías para el Fisco y para los causantes y por lo tanto no ha podido autorizarse la instalación de ningún aparato de esta índole.

"Sobre tales bases - inexistencia de la Compañía Almacenadora y carencia de medidores automáticos - la Ley de 24 de agosto de 1931 no puede ponerse en vigor y es preciso, por lo tanto, expedir una nueva que sobre bases quizá menos teóricas y perfectas, pero más prácticas y ajustadas a la realidad, conduzcan al control de la producción y a la defensa de los interesados del Fisco y de los productores.

"En resumen, la legislación fiscal de la Federación está en estos momentos en situación tal que, o ha menester de urgentes reformas o ha de estar en posibilidad de sufrir las modificaciones que requiera la adopción de las bases que apruebe la Segunda Convención Nacional Fiscal.

"Al, ilustrado criterio de la Representación, Nacional no se ocultará que la solicitud de facultades extraordinarias que para legislar en esas materias se solicitan por la presente nota no implica el deseo del Ejecutivo de substraer del campo de acción del Congreso de la Unión algún sector de dos que constitucionalmente le están reservados puesto que, de ser resuelta favorablemente, implicará necesariamente que el propio Ejecutivo informe a las Cámaras en su próximo período de sesiones, del uso que haya hecho de esas facultades, ocasión en la que podrá expresarse con toda libertad el criterio del Poder Legislativo que tendrá que estudiar y ratificar o rectificar, en su caso, las disposiciones que se hayan dictado.

"Mis ilustres predecesores en la Presidencia de la República han demostrado elocuentemente que la delegación parcial, en materia y en tiempo, de las facultades del Legislativo, permiten ir amoldando los preceptos legales a la realidad mexicana y que en ningún caso se trata, mediante estas facultades, de colocar al propio Ejecutivo en situación preeminente de poder o de responsabilidad, pues que, por una parte, como ya dije, las disposiciones que expide son revisadas por el Poder Legislativo, y por otra recae exclusivamente sobre el propio Poder Ejecutivo la responsabilidad del uso indebido que pueda hacer de tales facultades.

"En los momentos actuales, en que la crítica situación porque atraviesa el país pone de relieve graves defectos de su organización económica y demuestra la existencia de actividades que no pueden desarrollarse porque la legislación fiscal no les da facilidades o estorba la iniciativa privada, no creo que deban modificarse los precedentes establecidos que revelan la confianza que el Poder Legislativo ha tenido en la serenidad y cordura en los actos que el Ejecutivo ejecuta en delegación suya y que, hoy más que nunca, se ajustarán a las normas constitucionales y a los postulados de la Revolución.

"Ruego, en consecuencia, a ustedes, ciudadanos Secretarios, que al dar cuenta a la H. Cámara de Diputados con esta solicitud, se sirvan someter a su consideración la siguiente iniciativa de ley que descansa en los fundamentos apuntados:

"El H. Congreso de los Estados Unidos Mexicanos decreta:

"Artículo 1o. Se conceden facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión para legislar en materia de ingresos.

"Artículo 2o. El Ejecutivo dará cuenta a este H. Congreso en el próximo período ordinario de sesiones, del uso que hubiere hecho de las facultades que el presente decreto le concede."

"Encarezco a ustedes, ciudadanos Secretarios, se sirvan hacer presente a esa Asamblea y reservar para sus Señorías en particular, las seguridades de mi consideración muy atenta y distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

- "México, D. F., a 14 de diciembre de 1932. - El Presidente de la República, A. L. Rodríguez. - Rúbrica. - El Secretario de Hacienda y Crédito Público, A. J. Pani. - Rúbrica.- Recibo, y a las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Hacienda en turno.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Suprema Corte de Justicia de la Nación. - México.

"A los CC. Secretarios de la Cámara de Diputados. - Presentes.

Sírvanse ustedes, como atentamente lo suplico, comunicar a esa H. Cámara de Diputados, que, con esta fecha, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, instalada el 27 de diciembre de 1928, de acuerdo con la Ley de 14 de agosto del mismo año, clausura su segundo período de sesiones correspondiente al cuarto año de su ejercicio.

"Protesto a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., 15 de diciembre de 1932. - El Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, substituto, Arturo Cisneros Canto," - De enterado.

"Estados Unidos Mexicanos. - Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Departamento Administrativo. - Contaduría.

"México, D. F., 15 de diciembre de 1932.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.

"De conformidad con lo prevenido en la fracción XIII de artículo 13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente, tengo la honra de remitir a ustedes, adjunto y para sus efectos, el Proyecto de Presupuestos de Egresos del propio Poder, para el ejercicio fiscal del año de 1933 con un importe de $2.859,490.16.

"Adjunto también se servirán ustedes encontrar una exposición de motivos, que explica las diferencias que se advierten entre el Presupuesto en vigor de este Alto Tribunal y el proyecto que se envía.

"Reitero a ustedes, CC. Secretarios, mi atenta y distinguida consideración.

"El Presidente en funciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Cisneros Canto." - Recibo, y a la Sección de la Comisión de Presupuestos y Cuenta que corresponda.

"La XXXIV Legislatura Constitucional de Guanajuato, comunica que prorrogó hasta por 15 días su primer período ordinario de sesiones correspondiente al primer año de su ejercicio legal, habiendo nombrado su Mesa Directiva." - De enterado.

"El C. Gobernador del Estado de Veracruz, comunica que ha designado Secretario General de Gobierno al C. Licenciado Francisco Salcedo Casas, en substitución del C. Licenciado Miguel Aguillón Guzmán, quien renunció." - De enterado.

"La Legislatura del Estado de Querétaro, apoya la iniciativa de la Liga de Comunidades Agrarias del Estado de Guerrero, secundada y apoyada por varias Legislaturas, sobre la reforma del artículo 16 de la Ley de Dotaciones y Restituciones de Tierras y Aguas, de 21 de marzo de 1929." - Recibo, y a la 1a. Comisión Agraria que tiene antecedentes.

"El C. Licenciado Max Peniche Vallado, participa que se hizo cargo del Despacho del Poder Ejecutivo del Estado de Yucatán, en su carácter de Secretario General de Gobierno, y en virtud de licencia concedida al Gobernador Constitucional." - De enterado.

"El Congreso de Veracruz, participa que prorrogó hasta por un mes su primer período ordinario de sesiones, correspondiente al primer año de su ejercicio Constitucional." - De enterado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"México, D. F., 19 de diciembre de 1932.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Andrés Zárate Sánchez, diputado propietario por el 7o. Distrito Electoral del Estado de San Luis Potosí, se permite solicitar, por el digno conducto de ustedes, y en virtud de que el día de mañana termina el plazo de la licencia que se me concedió por sesenta días, sin goce de dietas, y teniendo necesidad de seguir atendiendo los asuntos que motivaron mi solicitud, se me conceda nueva licencia por tiempo ilimitado, y sin goce de dietas. Pido dispensa de todo trámite.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.- A. Zárate Sánchez."

Se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Concedida la licencia. Continúa en funciones el suplente.

- El C. Secretario Ochoa (leyendo):

"La señora Cristina Jacobo, solicita pensión como viuda del Capitán 1o. de Caballería Evaristo Díaz y en virtud de los servicios que éste presentó a la Revolución y por haber fallecido de enfermedad contraída en el servicio." - Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.

"La señora Francisca Córdoba, solicita pensión como viuda del General de Brigada Juan Espinosa y Córdoba y en virtud de los servicios que éste prestó a la Revolución." - Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.

"La señora María de Jesús Sierra viuda de Barros, solicita se le otorgue una pensión por los servicios que a la patria prestó su extinto padre, el señor don Justo Sierra. La mayoría de la Diputación por el Estado de Guerrero y otros ciudadanos diputados hacen suya esta solicitud a efecto

de que pase desde luego a comisión." - Recibo, y a la comisión de Hacienda en turno.

"La señora Manuela Mandívil viuda de Carpio, en virtud de los servicios que prestó a la Revolución su extinto esposo, el General de Brigada Fermín Carpio, solicita se otorgue una pensión a sus hijas, las señoritas Arcelia, Guadalupe y Luz Carpio." - Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.

"La Federación de Agrupaciones de Padres de Familia del Distrito Federal, apoya la solicitud de la Confederación Nacional de Organizaciones Magisteriales, relativa a que en el Presupuesto de la Secretaría de Educación Pública para el próximo año fiscal se aumente la cantidad asignada al Departamento de Enseñanza Primaria y Normal." - Recibo, y a la Comisión que tiene antecedentes.

"La señora Laura Masse viuda de Paz y Puente, solicita una pensión de tres pesos diarios, por servicios que prestó a la Patria su extinto hijo Manuel Paz y Puente, que murió al lado de Aquiles Serdán. Esta petición la hacen suya las diputaciones del Estado de Tlaxcala y Distrito Sur de la Baja California, a efecto de que pase desde luego a comisión." - Recibo, y a la Comisión de Hacienda en turno.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"En acatamiento al acuerdo tomado por esta H. Asamblea, en su sesión del día 7 del mes en curso, la suscrita Comisión de Peticiones procedió al estudio del escrito que, por conducto de su mandataria jurídica, la señora Delfina Sayas viuda de Gil, presentó la señorita Concepción Villar, solicitando se le dispense el requisito de comprobar su parentesco con su extinto hermano el General Lauro Villar, con actas del Registro Civil o con certificados parroquiales, a fin de que pueda percibir la pensión que en el año de 1930 decretó a su favor el Congreso de la Unión.

"Como resultado de dicho estudio, la Comisión encontró que el citado escrito reúne los requisitos legales, y como el asunto a que se contrae es de la competencia de las Comisiones de Guerra, se permite proponer se turne a una de ellas para su debida resolución.

"En tal virtud, tiene el honor de someter a la ilustrada consideración de Vuestra Soberanía, el siguiente acuerdo económico:

"Túrnese a la Comisión de Guerra que corresponda, la solicitud que, por conducto de la señora Delfina Sayas viuda de Gil, presenta la señorita Concepción Villar."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 16 de diciembre de 1932. - Carlos González Herrejón. - M. F. Ochoa."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"Vuestra Soberanía tuvo a bien acordar que se turnara a la 1a. Comisión de Peticiones, para que la estudiara y resolviera, la solicitud que hace la señora Consuelo Chávez viuda de Lechuga, a fin de que se le pensione, en unión de sus cinco hijos, en virtud de los servicios que prestó a la causa revolucionaria, su extinto esposo, el C. General de Brigada, Juan Lechuga.

"Esta Comisión, después de haber hecho el estudio correspondiente a la citada solicitud, encontrando que reúne los requisitos necesarios, y que el asunto a que se refiere corresponde resolverlo a las Comisiones de Guerra, se permite presentar para su aprobación, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Guerra en turno, la solicitud de pensión presentada por la señora Consuelo Chávez viuda de Lechuga."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 17 de diciembre de 1932.- M. F. Ochoa. - Carlos González Herrejón."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"El escrito que enviaron los CC. Hugo Huerta, Eduardo Guerra, Manuel Mendizábal y socios, residentes en la ciudad de Puebla, por el que solicitan se fije el día 20 de mayo de 1933, para el traslado de los restos de Don Venustiano Carranza a la Rotonda de los Hombres Ilustres, por ser esa fecha aniversario de su muerte, fue turnado, para su estudio y dictamen, a esta 1a. Comisión de Peticiones.

"Como ya una de las Comisiones de Gobernación conoció de la iniciativa referente a la traslación de los restos de Don Venustiano Carranza, nos permitimos proponer que a ella pase la moción que ahora se presenta, solicitando la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Gobernación que tiene antecedentes, el escrito de los CC. Hugo Huerta, Eduardo Guerra, Manuel Mendizábal y socios."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 28 de noviembre de 1932.- M. F. Ochoa. - Carlos González Herrejón."

El C. Secretario Ochoa: Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación

económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"Atendiendo al acuerdo tomado por Vuestra Soberanía, en la sesión del día 7 del mes en curso, la 1a. Comisión de Peticiones que suscribe, estudió el expediente formado con la solicitud presentada por algunos ex - empleados del Resguardo Marítimo del puerto de Veracruz, relativa a que esta H. Cámara autorice al ciudadano Presidente de la República, a fin de que se sirva ordenar el pago de sueldos que durante nueve meses dejaron de percibir, en los años de 1916 y 1917.

"Siendo el asunto a que se contrae esta solicitud, de la incumbencia de las Comisiones de Hacienda, opinamos que se le turne a una de ellas, para que se resuelva en la forma que mejor convenga, y así nos permitimos proponerlo a la H. Asamblea, pidiendo la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Hacienda en turno, la petición que formulan algunos ex - empleados del Resguardo Marítimo del puerto de Veracruz.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 13 de diciembre de 1932.- M. F. Ochoa. - Carlos González Herrejón."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"En la sesión que Vuestra Soberanía celebró el 7 del mes en curso, se acordó que la 2a. Comisión de Peticiones que suscribe, estudiará la solicitud de la señora María G. Ramírez viuda de Mendoza, relativa a que se decrete nuevamente a su favor, la pensión que en el año de 1912 se le concedió como nieta del constituyente don Ignacio Ramírez "El Nigromante" y que con motivo de haber contraído matrimonio, le fue cancelada.

"La Comisión cumplimentando el acuerdo antes mencionado, y teniendo en cuenta que las Comisiones de Hacienda son las capacitadas para resolver este asunto, viene a solicitar a Vuestra Soberanía, se turne el expediente relativo a una de dichas Comisiones, para que ella acuerde lo conducente.

"Por lo expuesto, se permite proponer a la H. Cámara, la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Hacienda en turno, la solicitud de la señora María G. Ramírez viuda de Mendoza.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 15 de diciembre de 1932. - Lamberto Ortega. - Cipriano Arriola."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"La Confederación Sindicalista de Obreros y Campesinos del Estado de Veracruz", en un oficio fechado el 22 de noviembre último, pide que no se verifique la reforma a la fracción X del artículo 73 de nuestra Carta Magna, según se pide en la iniciativa del ciudadano Presidente de la República; que sea el Estado el que aplique las Leyes del Trabajo en materia de educación y, en consecuencia, que no se reformen las fracciones relativas del Código Federal del Trabajo.

"La Comisión que suscribe, a quien Vuestra Soberanía acordó turnar la mencionada solicitud, al hacer el estudio correspondiente de ella, tuvo conocimiento de que las Comisiones unidas, 1a. de Trabajo y Previsión Social, 1a. de Puntos Constitucionales y 1a. de Educación Pública, tienen en estudio el asunto a que se refiere y, por tal motivo, cree conveniente que sean ellas las que conozcan de esta nueva instancia, y la resuelvan.

"Por lo expuesto viene a solicitar de Vuestra Soberanía, la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Pase a las Comisiones unidas, 1a. de Trabajo y Previsión Social, 1a. de Puntos Constitucionales y 1a. de Educación Pública, la solicitud presentada por la "Confederación Sindicalista de Obreros y Campesinos del Estado de Veracruz."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 13 de diciembre de 1932. - Lamberto Ortega. - Cipriano Arriola."

Está a discusión no habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Hacienda.

"Honorable Asamblea:

"A la 1a. Comisión de Hacienda que suscribe fue turnado para su resolución y dictamen, el expediente formulado con el pliego de observaciones que hace el Ejecutivo Federal con fecha 21 de noviembre último, al proyecto de decreto aprobado por el Congreso de la Unión y que devuelve original, por el que se pensionan con la cantidad de cien pesos mensuales a la señora Ana Gutiérrez viuda de Gómez, y a sus hijas menores, Magdalena y Dolores Gómez, por la muerte en servicio de su esposo el C. Pablo I. Gómez, quien desempeño el puesto de Inspector del servicio Forestal dependiente de la Secretaría de Agricultura y Fomento.

"Las observaciones que hace el Ejecutivo, se basan únicamente en que el Congreso, al expedir el proyecto de decreto en diciembre de 1925, omitió el nombre del causante, pero no obstante esto, la señora

viuda de Gómez ha estado percibiendo dicha pensión hasta septiembre de 1931, que se le suspendió la parte que corresponde a la niña Dolores, por que en el acta de nacimiento del Registro Civil aparece con el nombre de Natalia Gloria, siendo la misma persona y no otra como cree la Secretaría de Hacienda. El decreto a que se refiere el Ejecutivo, dice así:

"Artículo único. Se reforma el Decreto de 11 de enero de 1926, en los siguientes términos: Se concede a la señora Ana G. viuda de Gómez, y a sus menores hijas Magdalena y Natalia Gloria Gómez, una pensión de $100.00 (cien pesos mensuales), que les serán pagados íntegramente mientras conservan su actual estado civil."

"La Comisión hace del conocimiento de la H. Asamblea, que no es necesario expedir otro nuevo decreto, sino solamente aclarar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público este equívoco, toda vez que la menor Dolores, es la misma Natalia Gloria Dolores, a efecto de que se reanude el pago de la pensión que le ha sido detenida.

"Por lo anteriormente expuesto, los suscritos sometemos a la aprobación de la H. Asamblea, el siguiente punto de acuerdo:

"Dígase a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como aclaración a las observaciones que hace el Ejecutivo Federal en su nota de 21 de noviembre último, que la menor Dolores Gómez, es la misma persona Natalia Gloria Gómez, a que se refiere el decreto aprobado por el Congreso el 28 de octubre del presente año. Envíense de los anteriores dictámenes y devuélvase original el decreto de referencia al Ejecutivo de la Unión, para los efectos constitucionales.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 10 de diciembre de 1932. - Alvaro Cancino. - M. G. Orozco."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"La Federación de Trabajadores de Mar y Tierra, del Puerto de Veracruz, en un memorial fechado el 19 de noviembre último, se dirigen a este H. Representación Nacional solicitando que intervenga, a fin de que, a la mayor brevedad, se lleven a cabo los trabajos de desazolve en la bahía del Puerto de Salina Cruz, Oax., y quede dicho puerto nuevamente abierto al tráfico marítimo.

"Los suscritos, miembros de la 1a. Comisión de Peticiones, a quien Vuestra Soberanía tuvo a bien turnar esta solicitud, para su estudio y dictamen, están de acuerdo en que se haga del conocimiento de una de las Comisiones de Comunicaciones y Obras Públicas, por ser éstas las capacitadas para resolverla.

"En tal virtud, se permite presentar ante la consideración de la H. Asamblea, para que sea aprobado, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Comunicaciones y Obras Públicas que corresponda, la solicitud que hace la Federación de Trabajadores de Mar y Tierra del Puerto de Veracruz."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 16 de diciembre de 1932. - Carlos González Herrejón. - M. F. Ochoa."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"La señora María Fernández viuda de Alvarado, en un escrito fechado el 3 de este mes, solicita se le conceda una pensión en virtud de los servicios que prestó a la Patria su extinto padre, el Capitán Primero, Médico Militar, Manuel María Fernández.

"La Comisión de Peticiones que suscribe, conoció de este asunto, por acuerdo de la H. Cámara y después de estudiarlo detenidamente, es de parecer que se turne a la de Guerra que corresponda, para su debida resolución.

"Con este motivo se permite proponer a Vuestra Soberanía, la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Túrnese a la Comisión de Guerra que corresponda, la solicitud de pensión de la señora María Fernández viuda de Alvarado."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 15 de diciembre de 1932.- M. F. Ochoa. - Carlos González Herrejón."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"El escrito que envió el Comité Representativo de la Escuela Técnica - Textil Nacional de Río Blanco, Ver.; relativo a que en el Presupuesto de Egresos para el año entrante, figure un subsidio mensual, no menor de un mil pesos, para terminar el edificio de dicha Escuela, por acuerdo de Vuestra Soberanía fue turnado, para su estudio y dictamen, a esta 1a. Comisión de Peticiones.

"Del examen de rigor que se hizo al citado escrito, encontramos que está en forma legal, por lo que proponemos pase a la Sección de Presupuestos y Cuenta que corresponda.

"Con este motivo, tenemos el honor de consultar a Vuestra Soberanía la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Sección de Comunicaciones y Obras Públicas, de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, la solicitud que hace el comité Representativo de la Escuela Técnico - Textil Nacional de Río Blanco, Ver."

"Sala de comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 28 de noviembre de 1932.- M. F. Ochoa.- Carlos González Herrejón."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"En la sesión que Vuestra Soberanía celebró el día 7 de este mes, se acordó turnar a la 1a. Comisión de Peticiones que suscribe, para su respectivo estudio, el escrito de la señora Paz Campos viuda de Martínez, en que solicita se otorgue en favor de sus tres hijos una pensión, en virtud de la muerte trágica de su extinto esposo el Coronel de Caballería, Aurelio Martínez, quien sucumbió en unión del General Lucio Blanco, en la plaza de Laredo México.

"Al examinar esta solicitud, los suscritos la encontramos apegada a los requisitos legales, y como el asunto a que se refiere es de la incumbencia de las Comisiones de Guerra, creemos pertinente que se turne a una de ellas, para que se resuelva en la forma que mejor convenga.

"Por este motivo venimos a presentar ante la ilustrada consideración de la H. Asamblea, para su aprobación el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Guerra que corresponda, la solicitud de pensión que hace la señora Paz Campos viuda de Martínez, en favor de sus tres hijos."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 9 de diciembre de 1932.- M. F. Ochoa. - Carlos González Herrejón."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"Los empleados de los Resguardos Marítimos y Fronterizos, dependientes de la Dirección General de Aduanas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en un escrito fechado el 9 de este mes, solicitan que en el Presupuesto de Egresos para el próximo año, se aumenten sus sueldos, en un treinta por ciento.

"Este escrito, Vuestra Soberanía acordó que pasara, para su correspondiente estudio y dictamen, a la Comisión de Peticiones que suscribe, la que, después de examinarlo convenientemente, y por ser el asunto a que se refiere de la incumbencia de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, opina que se haga de su conocimiento para su debida resolución.

"Por lo expuesto, se permite presentar para su aprobación, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Presupuestos y Cuenta, el escrito de los empleados de los Resguardos Marítimos y Fronterizos de la Dirección General de Aduanas.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 17 de diciembre de 1932.- M. F. Ochoa. - Carlos González Herrejón."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"Para su estudio y dictamen pasó, por acuerdo de Vuestra Soberanía, a esta 1a. Comisión de Peticiones, el escrito del C. Alvaro El Prieto, en que pide el permiso constitucional necesario a fin de que pueda aceptar el cargo de Vicecónsul Honorario de la República Dominicana en la ciudad de San Luis Potosí."

"Como del examen que los suscritos hicimos al citado documento, venimos a la conclusión de que está ajustado a los preceptos legales y que el asunto a que hace referencia corresponde resolverlo a las Comisiones de Relaciones Exteriores, nos permitimos proponer a esta H. Asamblea se turne a una de ellas, por lo que solicitamos la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Túrnese a la Comisión de Relaciones Exteriores que corresponda, la solicitud del C. Alvaro E. Prieto.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 17 de diciembre de 1932. - Carlos González Herrejón. - M. F. Ochoa."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"Para su estudio y dictamen pasó, por acuerdo de esta H. Cámara, a la 1a. Comisión de Peticiones, el memorial que con fecha 12 de este mes, enviaron los CC. Raymundo Flores, Daniel Bello y Atilano Juárez, solicitando sea reformada el artículo 28 de la Constitución General de la República, con la siguiente adición; puesta inmediatamente después de la frase: "... que controlará el Gobierno Federal," "a la generación, transformación, distribución y venta de energía eléctrica."

"Como el examen que hicieron los suscritos al citado documento, vinieron a la conclusión de que está ajustada a los preceptos legales y que el asunto a que se refiere es del exclusivo resorte de las Comisiones de Puntos Constitucionales, se permiten proponer a esta H. Asamblea se turne para su estudio y resolución a una de ellas.

"A este efecto, tienen el honor de someter a la consideración y aprobación, el siguiente acuerdo económico:

"Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales que corresponda, la solicitud de los CC. Raymundo Flores, Daniel Bello y Atilano Juárez.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 17 de diciembre de 1932.- M. F. Ochoa. - Carlos González Herrejón."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"En la sesión que celebró esta H. Cámara el día 7 del mes en curso, se acordó que la 1a. Comisión de Peticiones que suscribe, estudiara el escrito que con fecha 26 de octubre último envió la "Unión Fraternal del Canje", de Acuitzio, Mich., solicitando que, en virtud de los grandes servicios que prestó a la patria el extinto General D. Vicente Riva Palacio, se trasladen sus restos a la Rotonda de los Hombres Ilustres.

"La Comisión, cumpliendo dicho acuerdo, examinó detenidamente la mencionada solicitud, y como el asunto a que se refiere corresponde resolverlo a las Comisiones de Gobernación, cree pertinente se turne a una de ellas y así se permite proponerlo a la ilustrada consideración de la H. Cámara, en el siguiente acuerdo económico:

"Túrnese a la Comisión de Gobernación que corresponda, la proposición que hace la "Unión Fraternal del Canje", de Acuitzio, Mich."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 13 de diciembre de 1932.- M. F. Ochoa. - Carlos González Herrejón." Esta a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"Esta 1a. Comisión de Peticiones estudió, por acuerdo de Vuestra Soberanía, el expediente que contiene la solicitud de los Sindicatos de Empleados de Casino y de Empleados y Obreros de Oficios Varios "Progreso", ambos de Tijuana, B. C., relativa a que se adicione la Ley Federal del Trabajo, con un nuevo artículo transitorio y se reforme el 358 de la misma Ley, en los términos que dan a conocer.

"Después de estudiar esta solicitud, los suscritos hallaron que este asunto es de la exclusiva competencia de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, por lo que están de acuerdo en que se turne a una de ellas para su correspondiente resolución, y así se permiten proponerlo a Vuestra Soberanía , pidiendo la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Trabajo y Previsión Social que corresponda, la solicitud que hacen los Sindicatos de Empleados de Casino y de Empleados y Obreros de Oficios Varios "Progreso" de Tijuana, B. C."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 13 de diciembre de 1932.- M. F. Ochoa. - Carlos González Herrejón."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"Vuestra Soberanía acordó que la 2a. Comisión de Peticiones que suscribe, estudiara el expediente relativo a la solicitud que presenta la señora Luz Martínez viuda de Manríquez Nájera, para que se le conceda pensión como esposa del extinto C. Antonio Manríquez Nájera, quien murió en defensa de los ideales de la Revolución.

"Los suscritos, al verificar dicho estudio, encontraron que el asunto a que se refiere la mencionada solicitud, es de la incumbencia de las Comisiones de Guerra, y por este motivo opinan que debe turnarse a una de ellas para que sea resuelto según convenga.

"Por esta razón, se permiten presentar ante la ilustrada consideración y deliberación de esta H. Asamblea, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Guerra que corresponda, el expediente formado con la solicitud de pensión de la señora Luz Martínez viuda de Manríquez."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del congreso de la Unión.- México, D. F., a 15 de diciembre de 1932. - Lamberto Ortega. - Cipriano Arriola."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"La Confederación Regional Obrera y Campesina "Miguel Rincón", de Apatzingán, Mich., solicita que se reforme la Ley del Trabajo, en el sentido de que en los municipios, pueblos, haciendas y rancherías, no existan dos organizaciones obreras de la misma rama a fin de evitar la lucha intergreminal.

"La 2a. Comisión de Peticiones que suscribe, recibió esta solicitud, por acuerdo de Vuestra Soberanía, y después de estudiarla con toda atención es de parecer que se haga del conocimiento de alguna de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, para que reciba la resolución correspondiente.

"Por lo expuesto nos permitimos proponer a la H. Cámara, conceda su aprobación al siguiente acuerdo económico:

"Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social que corresponda, la solicitud que hace la

Confederación Regional Obrera y Campesina "Miguel Rincón", de Apatzingán, Mich."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 14 de diciembre de 1932. - Lamberto Ortega. - Cipriano Arriola."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que están por la afirmativa se servirán manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"La Comisión que suscribe, recibió por acuerdo de esta H. Asamblea, para su correspondiente estudio y dictamen, el ocurso presentado por el C. Antonio Bello Cabrera, en que solicita que, al aprobarse las reformas a la Constitución General de la República, relativas a la "No Reelección", se agreguen nuevos requisitos para ser diputado o senador al Congreso de la Unión.

"Como las Comisiones unidas 1a. de Puntos constitucionales y 1a. de Gobernación tienen en estudio los antecedentes del asunto de referencia, ésta que suscribe, cree conveniente se les turnen las proposiciones del C. Bello Cabrera, para su debida resolución.

"Con este fin solicita de la H. Asamblea, la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Pase a las Comisiones unidas 1a. de Puntos Constitucionales y 1a. de Gobernación, la solicitud que presenta el C. Antonio Bello Cabrera."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 13 de diciembre de 1932. - Lamberto Ortega. - Cipriano Arriola."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"El IV Congreso Ferrocarrilero, con fecha 2 de este mes, se dirigió a esta H. Cámara proponiendo que como un homenaje al Héroe de Nacozari, Jesús García, se declare el 7 de noviembre, de cada año. "Día del Ferrocarrilero", por ser esa fecha el aniversario de la muerte de su ejemplar compañero.

"Vuestra Soberanía tuvo a bien turnar esta solicitud, para su estudio y dictamen, a la 2a. Comisión de Peticiones que suscribe la que, acatando este mandato, y por encontrarla de conformidad con los requisitos legales, opina que se turne a la Comisión de Gobernación que corresponda, para que se resuelva según convenga.

"En tal virtud, tiene el honor de poner a la consideración de la H. Asamblea, para su aprobación, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Gobernación que corresponda, la solicitud que hace el IV Congreso Ferrocarrilero."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 13 de diciembre de 1932. - Lamberto Ortega. - Cipriano Arriola."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Comisiones unidas 1a. de Hacienda y de Industria y Comercio.

"Honorable Asamblea:

"A las Comisiones unidas 1a. de Hacienda y de Industria y Comercio, fue turnada, por acuerdo de Vuestra Soberanía, para su resolución y dictamen, la iniciativa del Ejecutivo Federal enviada a esta H. Cámara con fecha 31 de octubre último, referente a la industria henequenera en el país.

"El Ejecutivo de la Unión, para fundar su iniciativa, hace una exposición de motivos bastante amplia en la que indica que debido al promedio de precio de esta fibra en los mercados extranjeros, hasta 1929 no fue menor a cinco centavos de dollar la libra norteamericana, pero que habiendo disminuido actualmente la cotización, se ha acumulado el henequén, causando quebrantos a la industria de Yucatán; que en estas condiciones, se vio el Gobierno Federal obligando a decretar la suspensión de la explotación de las haciendas durante cinco meses, en el año de 1930, y que también se ha visto en la necesidad de acudir en auxilio de esta industria fijando, en acuerdo de 19 de octubre de 1931, el impuesto que se recauda al exportarse el henequén, a medio centavo por kilogramo; que el fondo de previsión de la Sociedad Cooperativa Limitada "Henequeneros de Yucatán", se haya actualmente comprometido por dicha Sociedad, en garantía del adeudo que contrajo durante los meses que estuvieron suspendidas las explotaciones, y que por esta circunstancia hay que darle carácter legal al acuerdo de 19 de octubre de 1931, para establecer la legalidad de todo lo actuado y colocar a esta industria en condiciones favorables para enfrentarse a la competencia abierta por otros países productores.

"Por todas estas consideraciones, los suscritos hacen suyas las razones expuestas por el Ejecutivo Federal y tiene el honor de someter a la consideración de la H. Asamblea, el siguiente proyecto de ley:

"Artículo 1o. Se aprueban las modificaciones introducidas a las cláusulas XXXI, XXXII y XXXIII de la escritura constitutiva de la Sociedad Cooperativa Limitada "Henequeneros de Yucatán", cláusulas cuyo texto ha quedado, hechas las reformas aludidas, como sigue: "Los representantes del Gobierno Federal y del Gobierno del Estado, declaran que los Gobiernos que respectivamente representan han estudiado con detenimiento los impuestos que pueden gravar la producción henequenera, así como la distribución que debe dárseles para atender a las necesidades de ambos Gobiernos, al fomento de la industria y al mejoramiento de los

trabajadores, y que dichos Gobiernos convienen en que el impuesto de $0.007 por kilogramo sobre la producción de henequén destinado a la exportación, que estuvo en vigor hasta el 30 de junio de 1931 y que a partir del 1o. de julio hasta el 14 de septiembre del mismo año se causó a razón de $0.017 por kilogramo, quede reducido desde el 15 del propio mes de septiembre de 1931, a $0.005 por kilogramo, debiendo aplicarse durante el primer período $0.002 de los $0.007 por kilogramo de dicho impuesto federal, a beneficio de los trabajadores de las haciendas henequeneras, conservándose esta participación durante el segundo período y destinándose $0.01 del impuesto recaudado en el propio segundo período al Fondo de Previsión de "Henequeneros de Yucatán", Cooperativa Limitada. El mencionado Gobierno Federal conviene también en que el dinero colectado a partir del citado 15 de septiembre de 1931 y el que en lo sucesivo perciba por el referido impuesto de $0.005 por kilogramo de henequén exportado, se destine exclusivamente a formar el expresado Fondo de Previsión de "Henequeneros de Yucatán", Cooperativa Limitada, entregándose por cuenta de esta Institución, directamente al Banco de México, como se ha estado haciendo, hasta saldar los adeudos que la Cooperativa susodicha tiene con el Banco mencionado. Y cuando el precio del henequén limpio corriente puesto en los muelles de embarque alcance el de 3 1/2 centavos oro americano la libra americana, el impuesto será de $0.017 por kilogramo y se aplicará en la forma que sigue: $0.002 para los trabajadores del campo; $0.01 para el Fondo de Previsión de "Henequeneros de Yucatán", Cooperativa Limitada, y $0.005 para el Gobierno Federal. Las recaudaciones que se hagan por concepto del $0.002 para los trabajadores del campo y del $0.01 para el Fondo de Previsión de "Henequeneros de Yucatán", Cooperativa Limitada, se entregarán directamente al Banco de México por cuenta de la mencionada Sociedad Cooperativa. El Gobierno local de Yucatán, por su parte, se compromete a que los impuestos locales y municipales, en conjunto, no excederán de $0.013 por kilogramo, pudiendo establecerlos y hacer su cobro en la forma legal que estime conveniente. El Gobierno Federal conviene en no gravar con la contribución federal los ingresos del Gobierno y Municipios del Estado de Yucatán que provengan de los impuestos al henequén, quedando entendido que acepta en principio el sistema de impuestos que aquí se consigna, pero que las condiciones señaladas en el contrato no implican ninguna limitación a las facultades que constitucionalmente corresponden al H. Congreso de la Unión, el que en todo tiempo podrá introducir en dicho sistema de impuestos las modificaciones que demande el interés nacional.

"Artículo 2o. Las cuotas que según las cláusulas reformadas en el artículo anterior y que se establecen para el pago del impuesto sobre la producción henequenera, quedan en vigor como sigue: $0.007 por kilogramo sobre producción de henequén destinado a exportación hasta el 30 de junio de 1931. Del 1o. de julio al 14 de septiembre de 1931 el impuesto causado es de $0.017 por kilogramo y desde el 15 de septiembre de 1931 el impuesto es de $0.005 por kilogramo. El dinero colectado a partir del 15 de septiembre de 1931 y el que en lo sucesivo perciba el Gobierno Federal por el impuesto de $0.005 por kilogramo de henequén exportado, se destina exclusivamente a formar el Fondo de Previsión de "Henequeneros de Yucatán", Cooperativa Limitada, y, por cuenta de esa Institución, se entregará el Banco de México, como se ha estado haciendo, hasta que este Banco lo deje a disposición de la Sociedad Cooperativa susodicha, de acuerdo con los convenios que existen entre ambas sociedades.

"Artículo 3o. Cuando el precio del henequén limpio corriente puesto en los muelles de embarque alcance el de 3 1/2 centavos oro americano la libra americana, el impuesto será de $0.017 por kilogramo y se aplicará en la forma que sigue: $0.002 para los trabajadores del campo, $0.01 para el Fondo de Previsión de "Henequeneros de Yucatán", Cooperativa Limitada, y $0.005 para el Gobierno Federal. Las recaudaciones que se hagan por concepto de $0.002 para los trabajadores del campo y de $0.01 para el Fondo de Previsión de "Henequeneros de Yucatán", Cooperativa Limitada, se entregarán directamente al Banco de México, por cuenta de la mencionada Sociedad Cooperativa.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1932. - Manuel G. Orozco. - Antonio Arellano. - Guillermo Flores Muñoz."

Primera lectura. En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensa la segunda, para que entre a discusión el primer día hábil. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada la segunda lectura. A discusión el primer.....

El C. López Cárdenas: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. López Cárdenas: Honorable Asamblea: Desea el Ejecutivo Federal, en la iniciativa a que se refiere el dictamen que se acaba de leer, regularizar una situación existente con motivo del acuerdo ajustado entre el Gobierno Federal y el Gobierno del Estado de Yucatán. Este acuerdo se refiere a impuestos; pero en la misma iniciativa del Ejecutivo Federal, se establece que no significa nada en relación con las facultades que tiene el Congreso de la Unión para legislar en materia de impuestos. Y expresamente dice que el Congreso de la Unión podrá en cualquier momento, introducir las modificaciones y reformas que estime convenientes, a este acuerdo.

Así es que, por este capítulo, no creo que el Congreso de la Unión tenga inconveniente en aprobar este dictamen.

Por otra parte, interesa al Estado de Yucatán y al Ejecutivo Federal, que desde luego se resuelva este asunto. Con este motivo, pido a ustedes que se sirvan conceder dispensa de trámites y procedan a votar favorablemente.

El C. Secretario Ochoa: Por disposición de la Presidencia se pregunta a la Asamblea si se concede la dispensa de todos los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.

Concedida. Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación en lo general.

El C. Secretario Ortega: Por la afirmativa.

El C. Secretario Ochoa: Por la negativa. (Votación.)

El C. Secretario Ortega: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la afirmativa?

El C. Secretario Ochoa: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la negativa?

El C. Secretario Ortega: Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación.)

Votaron por la afirmativa 93 ciudadanos diputados. Aprobado en lo general. Está a discusión en lo particular.

"Artículo 1o. Se aprueban las modificaciones introducidas a las cláusulas XXXI, XXXII y XXXIII de la escritura constitutiva de la Sociedad Cooperativa Limitada "Henequeneros de Yucatán", cláusulas cuyo texto ha quedado, hechas las reformas aludidas, como sigue: "Los Representantes del Gobierno Federal y del Estado, declaran que los Gobiernos que respectivamente representan han estudiado con detenimiento los impuestos que pueden gravar la producción henequenera, así como la distribución que debe dárseles para atender a las necesidades de ambos Gobiernos, al fomento de la industria y al mejoramiento de los trabajadores, y que dichos Gobiernos convienen en que el impuesto de $0.007 por kilogramo sobre la producción del henequén destinado a la explotación, que estuvo en vigor hasta el 30 de junio de 1931 y que a partir del 1o. de julio el 14 de septiembre del mismo año se causó a razón de $0.017 por kilogramo, queda reducido desde el 15 del propio mes de septiembre de 1931, a $0.005 por kilogramo, debiendo aplicarse durante el primer período $0.002 de los $0.007 por kilogramo de dicho impuesto federal, a beneficio de los trabajadores de las haciendas henequeneras, conservándose esta participación durante el segundo período y destinándose $0.01 del impuesto recaudado en el propio segundo período al Fondo de Previsión de "Henequeneros de Yucatán", Cooperativa Limitada. El mencionado Gobierno Federal conviene también en que el dinero colectado a partir del citado 15 de septiembre de 1931 y el que en lo sucesivo perciba por el referido impuesto de $0.005 por kilogramo de henequén exportado, se destina exclusivamente a formar el expresado Fondo de Previsión de "Henequeneros de Yucatán", Cooperativa Limitada, entregándose por cuenta de esta Institución, directamente al Banco de México, como se ha estado haciendo, hasta saldar los adeudos que la Cooperativa susodicha tiene con el Banco mencionado. Y cuando el precio del henequén limpio corriente puesto en los muelles de embarque alcance el de 3 1/2 centavos oro americano la libra americana, el impuesto será de $0.017 por kilogramo y se aplicará en la forma que sigue: $0.002 para los trabajadores del campo; $0.01 para el Fondo de Previsión de "Henequeneros de Yucatán", Cooperativa Limitada y $0.005, para el Gobierno Federal. Las recaudaciones que se hagan por concepto del $0.002 para los trabajadores del campo y del $0.01 para el Fondo de Previsión de "Henequeneros de Yucatán", Cooperativa Limitada, se entregarán directamente al Banco de México por cuenta de la mencionada Sociedad Cooperativa. El Gobierno local de Yucatán, por su parte, se compromete a que los impuestos locales y municipales, en conjunto, no excederán de $0.013 por kilogramo, pudiendo establecerlos y hacer su cobro en la forma legal que estime conveniente. El Gobierno Federal conviene en no gravar con la contribución federal los ingresos del Gobierno y Municipales del Estado de Yucatán que provengan de los impuestos al henequén, quedando entendidos que acepta en principio el sistema de impuestos que aquí se consignan, pero que las condiciones señaladas en el contrato no implican ninguna limitación a las facultades que constitucionalmente corresponden al H. Congreso de la Unión, el que en todo tiempo podrá introducir en dicho sistema de impuestos las modificaciones que demande el interés nacional".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva su votación nominal.

"Artículo 2o. Las cuotas que, según las cláusulas reformadas en el artículo anterior y que se establecen para el pago del impuesto sobre la producción henequenera, quedan en vigor como sigue: $0.07 por kilogramo sobre producción de henequén destinado a exportación hasta el 30 de junio de 1931. Del 1o. de julio al 14 de septiembre de 1931 el impuesto causado es de $0.017 por kilogramo y desde el 15 de septiembre de 1931 el impuesto es de $0.005 por kilogramo. El dinero colectado a partir del 15 de septiembre de 1931 y el que en lo sucesivo perciba el Gobierno Federal por el impuesto de $0.005 por kilogramo de henequén exportado, se destina exclusivamente a formar el Fondo de Previsión de "Henequeneros de Yucatán, Cooperativa Limitada", y, por cuenta de esa institución, se entregará al Banco de México, como se ha estado haciendo, hasta que este Banco lo deje a disposición de la Sociedad Cooperativa susodicha, de acuerdo con los convenios que existen entre ambas sociedades."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo 3o. Cuando el precio del henequén limpio corriente puesto en los muelles de embarque alcance el de tres y medio centavos oro americano la libra americana, el impuesto será de $0.017 por kilogramo y se aplicará en la forma que sigue: $0.002 para los trabajadores del campo, $0.01 para el Fondo de Previsión de "Henequeneros de Yucatán", Cooperativa Limitada, y $0.005 para el Gobierno Federal. Las recaudaciones que se hagan por concepto de $0.002 para los trabajadores del campo; y de $0.01 para el Fondo de Previsión de "Henequeneros de Yucatán", Cooperativa Limitada, se entregarán directamente al Banco de México, por cuenta de la mencionada Sociedad Cooperativa".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Se va a proceder a la votación nominal de los artículos reservados. Por la afirmativa.

El C. Secretario Ochoa: Por la negativa. (Votación.)

El C. Secretario Ortega: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la afirmativa?

El C. Secretario Ochoa: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la afirmativa?

El C. Secretario Ortega: Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación.)

Aprobados los artículos reservados por unanimidad de noventa y tres votos. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"2a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"A la Comisión de Guerra que suscribe le fue turnado, por acuerdo de Vuestra Soberanía, el expediente con el proyecto de decreto aprobado por la Cámara de Senadores, por el que se pensiona con la cantidad de ocho pesos diarios a la señorita Isaura Murguía González, hija del extinto General de División C. Francisco Murguía.

"Examinadas con todo cuidado las razones que tuvo el Senado para conceder la gracia de que se trata, esta Comisión las estima justificadas toda vez que se trata de ayudar a la hija de un ameritado revolucionario, que hasta el año de 1919 colaboró muy eficazmente al triunfo de la causa del pueblo, por lo que no tienen ninguna objeción que hacer a lo acordado por la Cámara de Senadores, y en esta virtud se permite el honor de someter a la aprobación de Vuestra Soberanía, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los importantes servicios que prestó a la Revolución el extinto ex - General de División Francisco Murguía, se concede a su hija la señorita Isaura Murguía González, una pensión de ocho pesos diarios, que le será pagada íntegramente por la Tesorería de la Federación, mientras la interesada no cambie su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 17 de diciembre de 1932. - A. Barranco. - F. A. Martínez. - B. L. Bandala."

El C. Secretario Ochoa: Primera lectura. En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda, para que se discuta el primer día hábil.

El C. Trigo Octavo M.: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Trigo.

El C. Trigo: Señores diputados: Como acaban ustedes de ver, se trata de un proyecto de decreto que otorga una pensión a la hija del extinto señor General Francisco Murguía, aprobada ya por la Cámara de Senadores. Como ustedes saben también por la prensa, la Cámara de Senadores discutió este asunto y, no obstante que algunas almas en cuclillas opusieron obstáculos para que esto pasara, se impuso, sin embargo, la mayoría de revolucionarios en el Senado, y la pensión fue acordada. A efecto de no hacer demasiado larga la tramitación de este asunto, yo quiero rogar a los señores diputados, en forma muy atenta, se sirvan acordar que se le dispensen los trámites, para que desde luego quede a votación y sea resuelto definitivamente. (Aplausos.)

El C. Secretario Ochoa: Por disposición de la Presidencia se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"2a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"A la 2a. Comisión de Hacienda que suscribe fue turnado el expediente formado con el proyecto de decreto aprobado por la H. Cámara de Senadores, por el que se exime a la señorita Carolina Montes Palacios de la obligación de presentar los certificados del Registro Civil, para comprobar que es hija del C. Andrés Montes y pueda disfrutar la pensión que le otorgó el Congreso de la Unión.

"La H. Cámara Colegisladora, para poder dar este proyecto de Decreto, se funda en las consideraciones siguientes: la señorita Carolina Montes Palacios obtuvo del congreso una pensión de dos pesos diarios, como recompensa a los servicios prestados a la Patria por su finado padre, el C. Andrés Montes, quien murió el 21 de abril de 1914 combatiendo contra los marinos americanos invasores que desembarcaron en el puerto de Veracruz. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en oficio número 23 V - 4181, de fecha 18 de julio del presente año, manifiesta que no es posible se le pague esta pensión, en vista de que no puede presentar el acta de casamiento de su extinto padre, así como el acta de nacimiento del Registro Civil.

"La Comisión de Hacienda de la H. Cámara de Senadores se ha fundado en documento que obran en el expediente y que firman personas honorables vecinas del Puerto de Veracruz, que comprueban que efectivamente la señorita Montes Palacios es hija del extinto Andrés Montes, estando imposibilitada de presentar los documentos antes aludidos, en virtud de que sus padres no fueron casados ni la presentaron al Registro Civil.

"Por todo lo anteriormente expuesto, los suscritos hacen suyas las razones de la H. Cámara Colegisladora y tiene el honor de someter a la aprobación de la H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. En atención a que la señorita Carolina Montes Palacios ha comprobado debidamente, con el testimonio de numerosas personas honorables, que es hija del extinto Andrés Montes, se le exime del requisito de la presentación de los certificados del Registro Civil, con el objeto de que pueda recibir la pensión que el Congreso de a Unión le concedió con fecha 28 de noviembre de 1931."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 8 de diciembre de 1932. - Andrés Ruiz. - Ignacio Gómez A."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"2a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"A la 2a. Comisión de Hacienda, fue turnado para su estudio y resolución, el expediente formado con el pliego de observaciones que hace el Ejecutivo de la Unión al proyecto de decreto por el que se pensiona a los deudos del C. Agustín Sánchez de Tagle, aprobado por el Congreso de la Unión y que fue enviado a esta Cámara con fecha 4 de febrero de 1930 por la Secretaría de Gobernación.

"Para fundar sus observaciones a este decreto, el Ejecutivo dice:

"..... del Decreto expedido por el H. congreso de la Unión, por el que se reforma el que fue publicado en el "Diario Oficial" el 27 de enero de 1922, siendo la reforma en el sentido de que se asigna a los hijos del extinto C. Agustín Sánchez de Tagle una pensión de $10.00 diarios que recibirá íntegramente la madre de dichos niños mientras no cambie de estado civil, y aun cuando alguno de sus hijos, o todos ellos, lleguen a la mayor edad o cambien de estado civil. Sobre el particular me permito manifestar que en este caso el H. Congreso se apartó por completo de las reglas establecidas para el otorgamiento de pensiones, colocando a las personas que pensiona en una situación anómala, puesto que la duración de su beneficio depende de la voluntad de otra persona. Por otra parte, en dicho decreto no se previno si a la muerte de la señora madre de los pensionistas debe cancelarse el citado beneficio o sí, por el contrario, lo continuarán disfrutando los interesados, aun cuando los varones sean mayores de edad y las hijas fueron casadas. Por lo expuesto, a fin de evitar dificultades que posteriormente pudieran presentarse para el pago de la referida pensión, y como de los términos del decreto se desprende que la Representación Nacional a quien desea ayudar es a la señora viuda de Sánchez de Tagle, esta Secretaría se permite sugerir la conveniencia de que la reforma del decreto de 31 de diciembre de 1921 sea para pensionar a la señora Ana María Reed viuda de Sánchez de Tagle, por los servicios que prestó a la nación el extinto C. Agustín Sánchez de Tagle, y que percibirá la aludida mientras no cambie de estado civil.

"La Comisión, a efecto de poder rendir un dictamen perfectamente justificado, tuvo que examinar todos los antecedentes relacionados con esta pensión, que se inició desde el año de 1921, encontrándose lo siguiente: Por decreto de 31 de diciembre de 1921, publicado en el "Diario Oficial" de 27 de enero de 1922, el Congreso de la Unión decretó una pensión de diez pesos diarios para Raul, Fernando Luis, María Luisa Elena y Ana María de los Ángeles, hijos del extinto C. Agustín Sánchez de Tagle, quien desempeño por muchos años el cargo de Oficial Mayor de la H. Cámara de Diputados pensión que percibía íntegramente la señora viuda de Sánchez de Tagle; pero con motivo de haber llegado a la mayor edad los jóvenes Raul y Fernando Luis, desde abril de 1929 se le ha venido descontando la parte correspondiente a estos jóvenes. La Cámara de Diputados, en vista de las razones expuestas por la señora Ana María Reed viuda de Sánchez de Tagle, aprobó un proyecto reformando el decreto de 27 de enero de 1922, en los siguientes términos:

"Artículo único. Se reforma el decreto expedido por el Congreso de la Unión y promulgado por el Ejecutivo en el "Diario Oficial" de fecha 27 de enero de 1922, en los siguientes términos: Por los servicios que prestó a la nación el extinto C. Agustín Sánchez de Tagle, se concede una pensión de diez pesos diarios a sus hijos Raul, Fernando Luis, María Luisa Elena y Ana María de los Ángeles Sánchez de Tagle. Dicha pensión la recibirá íntegramente la madre de dichos niños, mientras no cambie de estado civil, y aun cuando alguno de sus hijos, o todos ellos lleguen a la mayor edad o cambien de estado civil."

"Proyecto de decreto que fue aprobado por el Congreso de la Unión y remitido al Ejecutivo, quien no lo promulgó por las observaciones que hacen en su oficio de fecha 4 de febrero de 1930.

"Ahora bien, la Comisión, con objeto de resolver este asunto de acuerdo con los deseos del Ejecutivo Federal y asegurando los derechos de los beneficiarios, propone que esta pensión se divida entre la viuda y las dos hijas solteras, pensión que disfrutarán en tanto no cambien de estado civil.

"Por todo lo antes expuesto, tenemos el honor de proponer a Vuestra Soberanía la reforma al decreto aludido, para que queden a salvo los derechos de la peticionaria, en la siguiente forma:

"Proyecto de decreto:

"Artículo único. Se reforma el decreto expedido por el congreso de la Unión y formulado por el Ejecutivo en el Diario Oficial de 27 de enero de 1922, en los siguientes términos:

"Por los servicios que prestó a la nación el extinto C. Agustín Sánchez de Tagle, se concede pensión de cinco pesos diarios a la señora Ana María Reed viuda de Sánchez de Tagle, y dos pesos cincuenta centavos diarios a cada una de sus hijas las señoras María Luisa Elena y Ana María de los Ángeles Sánchez de Tagle, mientras no cambien su actual estado civil, y que les serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 24 de octubre de 1932. - Licenciado Andrés Ruiz. - Diputado Ignacio Gómez A. - Diputado Guillermo Zárraga."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"1a. Comisión de Hacienda.

"Honorable Asamblea:

"A la 1a. Comisión de Hacienda que suscribe fue turnado por acuerdo de Vuestra Soberanía, para su resolución y dictamen, el proyecto de ley enviado por la H. Cámara de Senadores, por el que se establece que los funcionarios y empleados del Poder Legislativo no quedan comprendidos dentro de la jurisdicción de la Dirección General de Pensiones Civiles de Retiro, sino en una ley que expida el propio Congreso de la Unión, que garantice los derechos adquiridos por los servidores del Poder Legislativo.

"La suscrita Comisión encuentra muy justificado este proyecto de ley, dado que los servidores de ambas Cámaras no están comprendidos en la Ley General de Pensiones Civiles de retiro, y hacen suyo en todas sus partes este proyecto que, con dispensa de todo trámite, se permiten el honor de someterlo a la aprobación de la H. Asamblea, en los siguientes términos:

"Proyecto de ley.

"Artículo 1o. Los funcionarios y empleados del Poder Legislativo, no quedan comprendidos dentro de la Ley General de Pensiones Civiles de Retiro. El Congreso de la Unión señalará, en cada caso, el monto de la jubilación a que tengan derecho los funcionarios o empleados del Poder Legislativo.

"Artículo 2o. Los funcionarios o empleados del Poder Legislativo que hayan desempeñado cualquier puesto, tienen derecho a jubilación como recompensa a sus servicios. La jubilación podrá ser forzosa o voluntaria.

"Procede conceder la primera, a los funcionarios o empleados que en el desempeño de su cargo contraigan alguna enfermedad física o intelectual que no provenga de hábitos viciosos, en la siguiente forma:

"I. De cinco a quince años de servicios, veinticinco por ciento del último sueldo que hayan percibido;

"II. De once a diez años de servicios, cincuenta por ciento del último sueldo que hayan percibido, y

"III. De dieciséis a veinte años de servicios, sueldo integro equivalente al último que perciban.

"Artículo 3o. La jubilación voluntaria se concederá a solicitud del interesado y será como sigue:

"I. De veinte a veinticinco años de servicios, cincuenta por ciento del último sueldo que perciban, y

"II. De veintiséis años en adelante, sueldo integro equivalente al último que perciba.

"Artículo 4o. Las jubilaciones y pensiones de funcionarios y empleados del Poder Legislativo, que en la actualidad están a cargo de la Dirección General de Pensiones Civiles de Retiro, serán pagadas por el Erario por conducto de la Tesorería de la Federación, lo mismo que las que se decreten en lo sucesivo, no pudiendo aumentarse ni disminuirse las dotaciones concedidas, sino por acuerdo expreso del Congreso de la Unión.

"Artículo 5o. Cuando falleciere el funcionario o empleado que goce de jubilación o tenga derecho a ella, sus deudos disfrutarán de una pensión igual a la mitad de monto de esa jubilación; pero en todo caso, las erogaciones que esto origine serán cubiertas por al Tesorería de la Federación.

"Transitorio.

"Único. Para la liquidación de las cuentas correspondientes, la Dirección General de Pensiones Civiles de Retiro considerará como cesadas a las personas a que se refiere esta Ley, la cual comenzará a regir el 1o. de enero de 1933.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 13 de diciembre de 1932. - Licenciado Alvaro Cancino. - Licenciado Manuel G. Orozco."

El C. Secretario Ochoa: Por disposición de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se dispensan todos los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispendos. Está a discusión en lo general.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a la votación en lo general.

Por la afirmativa.

El C. Secretario Ortega: Por la negativa.

(Votación.)

El C. Secretario Ochoa: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por al afirmativa?

El C. Secretario Ortega: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la negativa?

El C. Secretario Ochoa: Se procede a la votación de la Mesa.

(Votación.)

Aprobado en lo general por noventa y tres votos de la afirmativa.

Está a discusión en lo particular.

"Artículo 1o. Los funcionarios y empleados del Poder Legislativo, no quedan comprendidos dentro de la Ley General de Pensiones Civiles de Retiro. El Congreso de la Unión señalará, en cada caso, el monto de la jubilación a que tengan derecho los funcionarios o empleados del Poder Legislativo."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo 2o. Los funcionarios o empleados del Poder Legislativo que hayan desempeñado cualquier puesto, tienen derecho a jubilación como recompensa a sus servicios. La jubilación podrá ser forzosa o voluntaria.

"Procede conceder la primera, a los funcionarios o empleados que en el desempeño de su cargo contraigan alguna enfermedad física o intelectual que no provenga de hábitos viciosos, en la siguiente forma:

"I. De cinco a diez años de servicios, veinticinco por ciento del último que hayan percibido;

"II. De once a quince años de servicios, cincuenta por ciento del último sueldo que hayan percibido, y

"III. De dieciséis a veinte años de servicios, sueldo íntegro equivalente al último que perciban."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Artículo 3o. La jubilación voluntaria se concederá a solicitud del interesado y será como sigue:

"I. De veinte a veinticinco años de servicios, 50% del último sueldo que perciba.

"II. De veintiséis años en adelante, sueldo integro equivalente al último que perciba."

Está a discusión. No habiendo quien hago uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo 4o. Las jubilaciones y pensiones de funcionarios y empleados del Poder Legislativo, que en la actualidad están a cargo de la Dirección General de Pensiones Civiles de Retiro, serán pagadas por el Erario por conducto de la Tesorería de la Federación, lo mismo que las que se decreten en lo sucesivo, no pudiendo aumentarse ni disminuirse las dotaciones concedidas, sino por acuerdo expreso del Congreso de la Unión."

Está a discusión. No habiendo quien hago uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Artículo 5o. Cuando falleciere el funcionario o empleado que goce de jubilación o tenga derecho a ella, sus deudos disfrutarán de una pensión igual

a la mitad del monto de esa jubilación; pero en todo caso, las erogaciones que esto origine serán cubiertas por la Tesorería de la Federación."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva su votación.

"Transitorio. Único. Para la liquidación de las cuentas correspondientes, la Dirección General de Pensiones Civiles de Retiro considerará como cesadas a las personas a que se refiere esta Ley, la cual comenzará a regir el primero de enero de 1933."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal de los artículos reservados. Por la afirmativa.

El C. Secretario Ochoa: Por la negativa. (Votación.)

El C. Secretario Ortega: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la afirmativa?

El C. Secretario Ochoa: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la negativa? Se procede a la votación de la Mesa. (Votación.)

El C. Secretario Ortega: Votaron por la afirmativa 93 ciudadanos diputados. Pasa al Ejecutivo para los efectos de ley.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"2a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"A la 2a. Comisión de Guerra que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente que contiene la minuta del proyecto de decreto ratificado por la Cámara de Senadores, en virtud del cual se pensiona a las señoritas Antonia, Laura, María Luisa y María de Jesús Banderas, por los servicios que prestó a la Revolución su extinto hermano el C. General Juan Banderas.

"La Cámara colegisladora para ratificar el proyecto de decreto que motiva este dictamen, tuvo que desechar las objeciones que le hizo el Ejecutivo de la Unión, consistentes en que las interesadas no dependían económicamente del extinto General Juan Banderas; pero demostrado lo contrario, esta Comisión no tiene inconveniente en hacer suyo el sentir del Senado en este asunto, por lo que se permite el honor de someter a la aprobación de Vuestra Soberanía, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo 1o. Se deroga el decreto de 27 de enero de 1922, expedido por el Ejecutivo de la Unión, en uso de las facultades que le fueron concedidas en el Ramo de Hacienda, el 19 de enero de 1918, por el cual se concede una pensión de cinco pesos diarios a la madre del General Juan Banderas, señora Jesús Araiza viuda de Banderas.

"Artículo 2o. Se concede una pensión de cinco pesos diarios a las señoritas Antonia, Laura, María Luisa y María de Jesús Banderas, por los servicios que prestó a la Patria su hermano el finado General Juan Banderas, pensión que percibirán por iguales partes mientras no cambien su estado y que la Tesorería de la Federación les pagará integra."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1932. - A. Barranco. - F. A. Martínez. - B. L. Bandala."

Primera lectura.

El C. Pérez Arce Enrique: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Pérez Arce: Señores diputados. El General Juan Banderas fue, indiscutiblemente, uno de los elementos más puros de la Revolución, y actuó de una manera destacada en el movimiento antirreeleccionista jefaturado por don Francisco I. Madero, y después de la campaña que don Venustiano Carranza jefaturó contra el gobierno usurpador de Victoriano Huerta. Además de esto, el General Banderas, después de haber combatido a todas las fuerzas representativas de la dictadura y de la opresión en el Estado de Sinaloa, fue un lugarteniente distinguido y leal hasta el último momento del General Emiliano Zapata, en su lucha social desarrollada en el Estado de Morelos.

Por estas razones, compañeros, y en atención a que los familiares del señor General Banderas se encuentran en una situación verdaderamente aflictiva, vengo yo a suplicar a todos ustedes, en nombre de la Diputación sinaloense, que sean dispensados todos los trámites a este asunto, y sea aprobado desde luego el dictamen que se acaba de leer. (Aplausos.)

El C. Secretario Arriola: En votación económica se pregunta a la Asamblea, por disposición de la Presidencia, si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal, en lo general.

El C. Secretario Ortega: Por la afirmativa.

El C. Secretario Arriola: Por la negativa. (Votación.)

El C. Secretario Ortega: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la afirmativa?

El C. Secretario Arriola: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la negativa?

El C. Secretario Ortega: Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación.)

Aprobado en lo general por unanimidad de 93 votos.

El C. Secretario Arriola: A discusión en lo particular.

"Artículo 1o. Se deroga el Decreto de 27 de enero de 1922, expedido por el Ejecutivo de la Unión, en uso de las facultades que le fueron concedidas en el Ramo de Hacienda, el 19 de enero de 1918, por el cual se concede una pensión de cinco pesos diarios a la madre del General Juan Banderas, señora Jesús Araiza viuda de Banderas."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo 2o. Se concede una pensión de cinco pesos diarios a las señoritas Antonia, Laura, María Luisa y María de Jesús Banderas, por los servicios que prestó a la Patria su hermano el finado General Juan Banderas, pensión que percibirán por iguales partes mientras no cambien su estado y que la Tesorería de la Federación les pagará íntegra."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de

la palabra, se procede a recoger la votación nominal sobre los dos artículos reservados.

El C. Secretario Ortega: Por la afirmativa.

El C. Secretario Arriola: Por la negativa.

(Votación.)

El C. Secretario Ortega: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la afirmativa?

El C. Secretario Arriola: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la negativa?

El C. Secretario Ortega: Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación.)

Por unanimidad de noventa y tres votos, fueron aprobados los dos artículos del proyecto de decreto. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"2a. Comisión de guerra.

"H. Asamblea:

"La señora Agustina Cadena y la señorita Rebeca Jiménez Cadena, viuda e hija, respectivamente, del Teniente Coronel de Caballería Severo Jiménez Cadena, solicitan se les pensione por los servicios que aquel militar prestó a la Revolución.

"El asunto de que se ha hecho mérito fue turnado para su estudio a la Comisión de Guerra que suscribe, la cual viene a rendir dictamen favorable, teniendo en cuenta la meritoria cooperación que el extinto aportó al movimiento reivindicador, pues de la hoja de servicios respectiva aparece que el desaparecido sentó plaza en el Ejército Constitucionalista con el grado de Subteniente, el 11 de noviembre de 1911; habiendo obtenido sus ascensos por riguroso escalafón y debido a la lealtad y entusiasmo con que abrazó la Revolución. El mismo documento enumera infinidad de combates en que participó el extinto, la mayor parte de ellos librados contra los esbirros del usurpador Victoriano Huerta, combatiendo con denuedo y con un valor extraordinario a las fuerzas federales que defendían a aquel ignominioso régimen.

"El parentesco de las interesadas con el causante se encuentra perfectamente comprobado, y como en la actualidad atraviesan por una situación económica bastante difícil, ya que el extinto Teniente Coronel Severo Jiménez Cadena era el único apoyo económico con que contaban y al morir no les dejó bienes de fortuna con que sostenerse, esta Comisión estima de estricta justicia conceder la pensión que se solicita, y así tiene el honor de proponerlo a la aprobación de Vuestra Soberanía, por medio del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los importantes servicios que prestó a la Revolución el extinto Teniente Coronel Severo Jiménez Espinosa, se concede a la señora Agustina Cadena y a la señorita Rebeca Jiménez Cadena, viuda o hija, respectivamente, del aludido militar, una pensión de dos pesos diarios a cada una de ellas, que les pagará la Tesorería General de la Federación, mientras las beneficiarias no cambien su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 6 de diciembre de 1932. - F. A. Martínez. - A. Barranco."

Primera lectura. En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan todos los trámites, para que entre desde luego a discusión. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensando. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"2a. Comisión de Hacienda.

"Honorable Asamblea:

"A la 2a. Comisión de Hacienda que suscribe fue turnado para su resolución y dictamen, el expediente formado con una solicitud de la señora Juana B. Gutiérrez de Mendoza y que apoyan varios ciudadanos diputados a la actual Legislatura, por el que nuevamente insiste para que esta H. Cámara le reconsidere la pensión que con fecha 25 de julio de 1930 le fue concedida por el Congreso de a Unión.

"La Comisión ha hecho un detenido estudio de esta solicitud y encuentra lo siguiente: en octubre de 1930 la 1a. Comisión de Hacienda rindió dictamen favorable a una solicitud que hizo la expresada señora Gutiérrez de Mendoza, pidiendo una pensión por los servicios que durante más de 37 años consecutivos puso sus energías al servicio de la Revolución, laborando en el periodismo orientador, como fue "El Diario del Hogar", "Vesper" e "Hijo del Ahuizote", acarreándole esto persecuciones e ingresos a la cárcel de Belén como resultado de sus actividades antirreeleccionistas. Que en 1910 se afilió al movimiento libertador con las fuerzas del Sur permaneciendo hasta 1916. Esta pensión fue aprobada por el Congreso objetándola el Ejecutivo por la vaguedad que no permite saber en qué consistieron los servicios que prestó, su naturaleza y valor y por la circunstancia de que dicha señora no se hallaba impedida para trabajar en esa época.

"Los suscritos han hecho una verdadera revisión de todos los antecedentes de esta solicitud y opinan que sí debe concederse la pensión que solicita la señora Gutiérrez de Mendoza por los servicios que prestó a la Revolución, máxime cuando se encuentra sumamente enferma e imposibilitada para trabajar.

"Por lo anteriormente expuesto y teniendo en consideración la avanzada edad de dicha señora, nos permitimos someter a la aprobación de la H. Asamblea, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede a la señora Juana B. Gutiérrez de Mendoza una pensión de dos pesos cincuenta centavos diarios por los servicios que prestó a la Revolución y que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de al Unión. - México, D. F., a 15 de diciembre de 1932. - Andrés Ruiz. - Ignacio Gómez A."

El C. Cortina: Señores diputados: Como ven ustedes, la señora Juana Gutiérrez de Mendoza, prestó servicios a la Revolución desde 1902; sufrió persecuciones y trabajó siempre al lado de su esposo, al grado de que le decomisaron la imprenta de que eran propietarios, imprenta en donde se imprimió el Plan de Ayala.

Yo creo, señores diputados, que si somos justicieros, debemos aumentar esa pensión y no dejarla en dos pesos cincuenta centavos: creo que se le deben dar cinco pesos a esta señora, pues ojalá que todas las pensiones que hemos dado fueran como ésta, justificadas, y en beneficio de quienes en verdad lo merecen. Me permito suplicar a la H. Asamblea que se acuerde dar a esa señora cinco pesos, en lugar de los dos cincuenta que se le han señalado.

El C. Ruiz Andrés: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión

El C. Ruiz Andrés: Señores diputados: A la 2a. Comisión de Hacienda fue turnada esta petición de pensión, hecha por la señora Gutiérrez. En efecto, esta señora prestó algunos servicios a la Revolución. Desde antes de mil novecientos diez esta señora se preocupaba por la Revolución y trabajaba en los campos de la libertad. Fue una de las pocas mujeres que afrontó las iras de todas las policías, y la situación de aquel entonces. Esta señora sufrió persecuciones, estuvo en la Penitenciaría, y, en efecto, ha pasado grandes angustias por esta actitud que tomó. La Cámara anterior le concedió una pensión de dos pesos cincuenta centavos; pero el Ejecutivo objetó el decreto, diciendo que no era posible.....

El C. Secretario Arriola (interrumpiendo): La Presidencia suplica a los ciudadanos que no sean diputados o senadores, se sirvan desalojar el salón.

El C. Ruiz (continuando): La Legislatura pasada concedió a esta señora una pensión de dos pesos cincuenta centavos diarios; pero el ejecutivo devolvió el decreto diciendo que los méritos de esta señora no estaban justificados, a su juicio. Decía, además, el Ejecutivo, que la señora todavía podía trabajar.

La señora Gutiérrez se ha dirigido nuevamente a la Cámara diciendo que ya no está en posibilidad de trabajar, y acompaña un certificado médico que así lo dice.

Volvimos a leer el expediente y encontramos que, en efecto, la señora Gutiérrez tiene bastante méritos y que el certificado comprueba que realmente se halla imposibilitada para trabajar. Yo fijé, en unión de todos los compañeros de Comisión, la misma cuota de dos pesos cincuenta centavos, en virtud de que si subimos más el Ejecutivo nos devuelve de nuevo este asunto, con otras consideraciones.

Lo hemos visto en otros casos. Si queremos ayudar a esta señora, es preferible dejar esta cuota, porque de otro modo es seguro que dentro de un año no recibe esta señora nada, es preferible que sean los dos cincuenta, que los paga el Ejecutivo, a que sean veinte pesos y dentro de un año esta señora no tenga todavía de qué vivir. (Aplausos.)

El C. Cortina: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Cortina.

El C. Cortina: Señores diputados: No es una razón suficiente la que nos da el compañero miembro de la comisión, el decir que el Ejecutivo ya había objetado esta pensión. Se acaba de dar a conocer una pensión a la familia del extinto Sánchez de Tagle, por servicios prestados a la Revolución, y seguramente no hay tales servicios prestados a la Revolución: fue Oficial Mayor de la Cámara de Diputados, y yo creo que ser Oficial Mayor de esta Cámara no implica prestar servicios a la Revolución. Fue un empleado que devengó su sueldo, y perfectamente. Sin embargo se le dan diez pesos diarios, y, en cambio, a esta mujer que efectivamente ha prestado servicios a la Revolución, se le asignan dos cincuenta. Yo creo, señores, que no hay equidad. Hay que fijarle siquiera un mínimo de cinco pesos. Ella trae testimonios de varias personas que fueron, pudiera decirse, precursoras de la Revolución, y no pueden ser objetados. Por consiguiente, yo creo que la Asamblea no debe negar los cinco pesos que propongo para esta señora.

El C. Secretario Arriola: En votación económica se pregunto a la Asamblea si el asunto está suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido. Se procede a recoger la votación nominal. (Voces: ¿Cómo se va a votar?) Como está el dictamen. (Voces: ¡Cinco pesos! ¡Cinco pesos! ¡Cinco pesos!)

"Artículo único. Se concede a la señora Juana B. Gutiérrez de Mendoza, una pensión de dos pesos cincuenta centavos diarios por los servicios que prestó a la Revolución y que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación."

Se procede a recoger la votación nominal. (Voces: ¡Cinco pesos! ¡Cinco pesos! ¡Cinco pesos! Campanilla.)

El C. Secretario Ortega: Se hace la aclaración de que, conforme al Reglamento, al recogerse la votación de este proyecto de ley, si la Asamblea no está de acuerdo con él, será rechazado y volverá al seno de la comisión para que sea reformado en el sentido que la Asamblea quiera.

Por la afirmativa.

El C. Secretario Arriola: Por la negativa.

El C. Mijares V. Manuel: Compañeros: Antes de proceder a la votación... (Campanilla)... me voy a permitir hacerles una aclaración. (Voces: ¡No! ¡No! ¡Estamos en votación! Desorden. Campanilla.)

El C. Secretario Arriola: Por la afirmativa.

El C. Secretario Ortega: Por la negativa.

(Votación.)

El C. Secretario Arriola: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la afirmativa?

El C. Secretario Ortega: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la negativa? Se procede a la votación de la Mesa.

El C. Secretario Arriola: Votaron por la afirmativa cuarenta y cuatro ciudadanos diputados.

El C. Secretario Ortega: Votaron por la negativa cuarenta y ocho ciudadanos diputados.

En consecuencia, vuelve el dictamen a la Comisión para su reforma. (Desorden. Campanilla. Aplausos.)

El C. Cuéllar J. Leopoldo: ¡Moción de orden! Que el dictamen quede reformado en el sentido de la discusión. (Voces: ¡Claro!)

El C. Secretario Ortega: Pasa el dictamen a la Comisión para que lo reforme en el sentido de la discusión.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"2a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"Los componentes del Congreso local de Morelos, apoyados por los CC. diputados federales por el mismo Estado, y numerosos ciudadanos representantes más, han acudido a esta H. Cámara a fin de que se pensione a la señorita Ana María Paulina Zapata, hija del extinto General Emiliano Zapata.

"Los documentos que sirven de base a la petición de que se ha echo referencia y que fue turnada a la 2a. Comisión de guerra, expresan que la señorita Zapata está pasando por una situación económica bastante difícil, a consecuencia de la pérdida de su padre, el C. General Emiliano Zapata, único apoyo con que contaba.

"Esta Comisión estima de justicia que el Estado provea al sostenimiento de la expresada señorita, teniendo en cuenta los importantes servicios que prestó a la Revolución el C. General Zapata, ya que como consta a todos los miembros de esta Asamblea, ese preclaro ciudadano sacrificó sus comodidades y hasta su vida en aras de la colectividad, siendo un firme baluarte de la causa del campesino.

"Atenta esta Comisión a lo anteriormente expresado, se permite el honor de someter a la aprobación de Vuestra Soberanía, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los importantes servicios que prestó a la Revolución el extinto General Emiliano Zapata, se concede a su hija, señorita Ana María Paulina Zapata, una pensión de cien pesos mensuales, que le pagará la Tesorería General de la Nación, mientras la interesada no cambie su actual estado civil."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1932. - F. A. Martínez. - A. Barranco. - B. L. Bandala."

De primera lectura. Se pregunta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura para que entre a discusión el primer día hábil. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados los trámites. A discusión el primer día hábil.

"2a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"Numerosos ciudadanos representantes del pueblo han presentado una proposición ante la H. Cámara de Diputados, tendiente a que se conceda una pensión al joven Diego Zapata, hijo del extinto General Emiliano Zapata. Dicha proposición fue turnada a la 2a. Comisión de Guerra, la que después de estudiar los antecedentes del caso, estima de justicia conceder la gracia que se solicita, teniendo en cuenta en primer lugar los importantes servicios que prestó a la Revolución el General Zapata y en segundo a la necesidad que tiene su hijo de proveer a su educación y a su subsistencia.

"Atenta la Comisión a lo anteriormente expuesto, se permite el honor de someter a la aprobación de Vuestra Soberanía, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede una pensión de cien pesos mensuales al menor Diego Zapata, hijo del extinto General Emiliano Zapata, que le pagará la Tesorería General de la Federación, mientras el interesado no llegue a la mayor edad."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1932. - F. A. Martínez. - A. Barranco. - B. L. Bandala."

De primera lectura. En votación económica se pregunta a la Asamblea si dispensa la segunda lectura para que entre a discusión el primer día hábil. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. A discusión el primer día hábil.

"1a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"Para dictamen fue turnado a la 1a. Comisión de Guerra que suscribe, el curso que elevó ante la H. Cámara de Diputados la señorita Emilia Ruperta Rangel, en el que solicita se le pensione en recompensa a los servicios que presto a la Nación su extinto padre el Teniente Coronel de Caballería Nicolás Rangel.

"De los documentos que la propia interesada acompaña a su instancia, se desprende: que el desaparecido inició su carrera militar el 8 de febrero de 1862, combatiendo en varias acciones de guerra a la Intervención Francesa y al llamado Imperio, por lo que en premio a su valor y lealtad con que siempre sirvió a la causa republicana, defendida entonces por el esclarecido C. Licenciado Benito Juárez, se le condecoró. También en 1909 tomó activa participación en la revolución que encabezara el mártir de la Democracia C. Francisco I. Madero, incorporándose a dicho movimiento con el grado de Capitán 2o. y, por último, se afilió al Ejército Constitucionalista que comandara el C. Venustiano Carranza, colaborando con este jefe hasta el derrocamiento del dictador Victoriano Huerta.

"Esta Comisión, estimando en su justo valor la brillante hoja de servicios del desaparecido y teniente en cuenta que la solicitante atraviesa por una situación económica bastante difícil, es de parecer que se conceda la gracia que se pide, y así tiene el honor de proponerlo a Vuestra Soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo Único. En recompensa a los servicios que prestó a la Nación el extinto Teniente Coronel de Caballería Nicolás Rangel, se concede a su hija, la señorita Emilia Ruperta Rangel, una pensión de cinco pesos diarios, que le pagará la Tesorería General de la Federación, mientras la interesada no cambie se actual estado civil."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1932. - A. Pareyón. - Paz Faz Risa."

El C. Secretario Arriola: Primera lectura. Por disposición de la Presidencia se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Dispensada. A discusión el primer día hábil.

- El C. Secretario Ochoa (leyendo):

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"A la 1a. Comisión de Hacienda que suscribe, fue turnado, por acuerdo de Vuestra Soberanía, el expediente formado con las solicitudes del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público, por las que pide se amplíe la partida número 495 del Presupuesto de Egresos vigente en el Territorio Norte de la Baja California, por la cantidad de ochenta mil pesos.

"Para fundar su petición el Gobernador del Territorio Norte manifiesta que en virtud de apremiantes instancias de las autoridades sanitarias de San Diego, Cal., y locales, se vio su gobierno en la urgente necesidad de emprender obras de drenaje en Tijuana, para evitar grave peligro a la salud pública, con un costo de cuarenta mil dólares, cantidad que tiene que cubrirse en el presente año.

"Como la Comisión encuentra justificada esta ampliación, se permite someter a la aprobación de la H. Asamblea, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se amplía la partida del Presupuesto de Egresos vigente en el Territorio Norte de la Baja California, que a continuación se menciona:

Num. de Partida Ampliación "495. Para mejoras materiales. . . $ 80,000.00

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 8 de diciembre de 1932. - Diputado Alvaro Cancino. - Diputado Manuel G. Orozco."

Primera lectura. Se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la segunda. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada. A discusión el primer día hábil.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"Vuestra Soberanía acordó turnar a la suscrita Comisión de Puntos Constitucionales, para su estudio y dictamen el expediente formado con la solicitud que por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, hace el C. Licenciado Salvador Martínez Mercado, Encargado de Negocios Interino en Bolivia, a fin de que el Congreso le otorgue el permiso necesario para aceptar y usar la condecoración de Oficial de Academia "Palmas Académicas", que el Gobierno francés se ha dignado conferirle.

"Al hacer el estudio correspondiente, la Comisión encontró la solicitud del C. Mercado ajustada a las prescripciones legales, y en esa virtud tiene el honor de someter a la consideración y aprobación de la H. Asamblea, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede al C. Licenciado Salvador Martínez Mercado para que, sin que pierda su calidad de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de Oficial de Academia "Palmas Académicas", con que ha sido distinguido por el Gobierno de la República Francesa.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 15 de diciembre de 1932. - Ezequiel Padilla. - Manuel Rueda Magro. - Generoso Chapa Garza."

En votación económica se pregunta a la Asamblea, por disposición de la Presidencia, si se dispensan todos los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"El C. Licenciado Alfonso Cravioto, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en la República de Chile, se ha dirigido a esta H. Cámara, por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en solicitud del permiso necesario para aceptar y usar la condecoración de la "Gran Cruz de la Orden del Mérito", que el Gobierno del país mencionado se ha servido conferirle.

"Tocó a la suscrita Comisión conocer de este asunto y después de hacer un estudio detenido de él, opina que no hay impedimento legal alguno que se oponga a los deseos del solicitante, y en esa virtud se permite el honor de someter a la aprobación de la H. Asamblea, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. Licenciado Alfonso Cravioto para que, sin que pierda su calidad de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de la "Gran Cruz de la Orden del Mérito", que le ha sido conferida por el Gobierno de la República de Chile."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 15 de diciembre de 1932. - Ezequiel Padilla. - Manuel Rueda Magro . - Generoso Chapa Garza."

En votación económica, y por disposición de la Presidencia, se pregunta si se dispensan todos los trámites. Los que estén por la afirmativa, se servirán indicarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"2a. Comisión de Gobernación.

"Honorable Asamblea:

"A la suscrita Comisión le fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la iniciativa enviada por el Ejecutivo de la Unión, tendiente a que se reformen los artículos de la Ley Orgánica del Presupuesto del Departamento del Distrito Federal, iniciativa que el propio Ejecutivo funda en los siguientes considerandos:

"Considerando: Que en vista de haber sido administrativamente suprimida la Oficina de Hacienda que formaba parte de la organización del Departamento del Distrito Federal.

"Considerando: Que por acuerdo presidencial de fecha 10 de octubre de 1932 ha sido creada en el mismo Departamento del Distrito, la Oficina Técnica Fiscal y del Presupuesto, a la que se le han encomendado, entre otras atribuciones fijadas por la Ley Orgánica del Presupuesto del Distrito a la Oficina de Hacienda suprimida.

"Considerando: Que como en el Ley antes citada se menciona a la Oficina de Hacienda desaparecida, correspondiendo ahora las funciones fijadas en dicha Ley a la Oficina últimamente creada, que forma parte de la organización del Departamento del Distrito con el nombre de Oficina Técnica Fiscal y del Presupuesto, y para que el funcionamiento de la misma quede regularizado, es necesario reformar los artículos relativos de la Ley Orgánica del Presupuesto del Distrito Federal."

"La Comisión después de hacer un minucioso estudio de la iniciativa en cuestión, encontró que los considerandos del Ejecutivo son razones de peso, suficientes para proceder a la reforma que se propone y en esa virtud se permite el honor de someter a la aprobación de la H. Asamblea, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se reforman todos los artículos de la Ley Orgánica del Presupuesto del Distrito Federal de fecha 25 de marzo de 1929, que se refieren a la Oficina de Hacienda que se suprimió, en el sentido de que todas las funciones que en la misma Ley se encomiendan a la mencionada Oficina de Hacienda, quedan encomendadas a la Oficina Técnica Fiscal y del Presupuesto."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 16 de diciembre de 1932. - Pedro C. Rodríguez. - Alberto Coria. - Jesús Castillo Merino."

En votación económica se consulta a la Asamblea, por orden de la Presidencia, si se dispensan todos los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. Sin ella, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Relaciones Exteriores.

"Honorable Asamblea:

"Vuestra Soberanía acordó turnar a la suscrita Comisión de Relaciones Exteriores, para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la solicitud formulada por el C. Carlos E. Trejo a fin de que le sea otorgado el permiso constitucional necesario para aceptar y desempeñar el cargo de Vicecónsul ad - honórem de la República de Haití, en esta ciudad.

"Opinan los suscritos que no hay inconveniente en conceder al C. Trejo el permiso que pide, toda vez que su solicitud se encuentra dentro de las prescripciones legales, por lo que se permite el honor de someter a la deliberación y aprobación vuestra, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. Carlos E. Trejo para que, sin que pierda su calidad de ciudadano mexicano, acepte y desempeñe el cargo de Vicecónsul ad - honórem de la República de Haití, en esta ciudad, que lo ha sido conferido por el Gobierno del citado país.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 15 de diciembre de 1932. - Juan Aviña López. - José R. de Saracho."

El C. Secretario Ochoa: Por disposición de la Presidencia se consulta a la Asamblea si se dispensan todos los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"1a. Comisión de Relaciones Exteriores.

"Honorable Asamblea:

"El C. Doctor Servando Osornio C., en escrito fechado el día 7 del mes próximo pasado, comunica que el Gobierno de la República de Francia se ha servido ofrecerle el cargo de Agente Consular de ese país en el Territorio Norte de la Baja California, con residencia en la ciudad de Tijuana. Asimismo dice el interesado que, deseando aceptar el cargo de referencia sin caer bajo la sanción establecida por el artículo 37 constitucional en su fracción II, solicita el permiso necesario para aceptar y desempeñar el cargo con que ha sido distinguido.

"La Comisión, después de estudiar con detenimiento el caso, estima que no hay inconveniente en acceder a los deseos del solicitante, por lo que se permite el honor de someter a la consideración y aprobación de la H. Asamblea, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. Doctor Servando Osorio C. para que, sin que pierda su calidad de ciudadano mexicano, acepte y desempeñe el cargo de Agente Consular del Gobierno de Francia en el Territorio Norte de la Baja California, con residencia en la ciudad de Tijuana, que el citado Gobierno le ha conferido."

"Sala de Comisiones de a H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 15 de diciembre de 1932. - Juan Aviña López. - José R. de Saracho."

Se pregunta a la Asamblea si se dispensan todos los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"A la suscrita Comisión de Puntos Constitucionales tocó en turno conocer del expediente relativo a la solicitud que por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, envió el C. doctor Francisco Castillo Najera, a fin de que le sea concedido el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración de la Gran Cruz de la Orden de "Orange Naseau", que la Reina de Holanda se dignó conferirle.

"Estima la Comisión que no hay inconveniente en acceder a los deseos del C. Doctor Castillo Nájera, toda vez que su petición está dentro de las prescripciones legales y en esa virtud, se permite el honor de someter a la consideración y aprobación vuestra, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. Doctor Francisco Castillo Nájera para que, sin que pierda su calidad de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de la Gran Cruz de la Orden de "Orange Naseau", que la Reina de Holanda tuvo a bien otorgarle.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 25 de noviembre de 1932. - Manuel Rueda Magro. - Baudelio Duarte. - Luis Martínez Vértiz."

Se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensan todos los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"2a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"A la suscrita Comisión de Guerra le fue turnado para su estudio y dictamen el ocurso que presentara ante esta H. Cámara de la señora María Palacios viuda de Novoa, en que solicita se le otorgue una pensión por los importantes servicios que prestó a la patria su extinto esposo el Coronel de Infantería Francisco E. Novoa.

"Del análisis que hizo esta Comisión a la hoja de servicios respectiva, encontró que el desaparecido prestó muy importante colaboración a la patria durante la guerra de Intervención Francesa, desempeñando infinidad de comisiones que le fueron conferidas por el entonces Presidente de la República C. Licenciado Benito Juárez y en las cuales siempre se distinguió por su lealtad y eficacia en pro de la causa republicana.

"También consta en el expediente que la señora Palacios viuda de Novoa trabajó con todo entusiasmo por el triunfo de la Revolución, corroborando estos hechos los connotados revolucionarios CC. Juan Sánchez Azcona y Calixto Maldonado.

"El parentesco de la solicitante se encuentra perfectamente comprobado, y como la misma está pasando por una situación bastante difícil, creemos de justicia que se le conceda la gracia que solicita, y así tenemos el honor de proponerlo a la consideración de Vuestra Soberanía, por medio del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los importantes servicios que prestó a la patria durante la Guerra de Intervención Francesa el extinto Coronel de Infantería Francisco E. Novoa, se concede a su viuda la señora María Palacios, una pensión de tres pesos diarios, que le pagará la Tesorería General de la Nación, mientras la interesada no cambie su actual estado civil.

"Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 19 de diciembre de 1932. - F. A. Martínez. - A. Barranco."

Se consulta a la Asamblea, en votación económica si se dispensan todos los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Pareyón.

El C. Pareyón: Señores diputados; Vengo a pedir a la H. Asamblea la dispensa de trámites para que inmediatamente se someta a votación la iniciativa presentada por la comisión de Hacienda, consistente en ampliar la partida número 495 del Presupuesto de Egresos del Territorio Norte de la Baja California, en la cantidad de ochenta mil pesos, que se destinarán a mejoras materiales en la ciudad de Tijuana. La ciudad de Tijuana, señores diputados, es la única ciudad del Territorio Norte de la Baja California que vive esencialmente del turismo. Necesita, por tanto, de condiciones higiénicas y de salubridad perfectas, tanto para atraer al turismo, como para que la población mexicana goce de condiciones de salubridad. Por tanto, señores...(Voces: ¡Si, hombre, si! ¡Aprobado! ¡Aprobado!) Muchas gracias.

El C. Secretario Ochoa: Por disposición de la Presidencia, y atendiendo a la instancia del ciudadano Diputado Pareyón, se consulta a la Asamblea si se acepta a discusión desde luego este asunto. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Se procede a recoger la votación nominal de todos los proyectos de decreto reservados para este objeto.

El C. Secretario Ortega: Por la afirmativa.

El C. Secretario Arriola: Por la negativa.

(Votación.)

El C. Secretario Ortega: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la afirmativa?

El C. Secretario Arriola: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la negativa?

El C. Secretario Ortega: Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación.)

Aprobados los proyectos reservados, por noventa y tres votos de la afirmativa contra dos de la negativa. Pasan al Senado y al Ejecutivo, respectivamente, para sus efectos constitucionales.

El C. Secretario Ochoa: por disposición de la Presidencia se levanta la sesión y se cita para mañana a las dieciséis horas, con la siguiente orden del día:

Discusión y aprobación, en su caso, del proyecto de ley para que el Congreso de la Unión legisle sobre energía eléctrica.

Adición del artículo 6o. de la Ley del Timbre, para exención del impuesto sobre la renta.

Dictamen de ampliación del Presupuesto del Departamento Central.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"

El Director, Jefe de la Oficina JOAQUIN Z. VALADEZ.