Legislatura XXXV - Año II - Período Ordinario - Fecha 19330908 - Número de Diario 4

(L35A2P1oN004F19330908.xml)Núm. Diario:4

ENCABEZADO

MÉXICO, D.F., VIERNES 8 DE SEPTIEMBRE DE 1933

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO II. - PERÍODO ORDINARIO XXXV LEGISLATURA TOMO II. - NÚMERO 4

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 8 DE SEPTIEMBRE DE 1933

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2. - El C. Presidente de la República, por conducto de la Secretaría de Gobernación, remite una iniciativa de ley, a efecto de que se le autorice para contratar un empréstito hasta por veinticinco millones de pesos, que se destinará a la ejecución de obras relativas a aguas potables, saneamiento y pavimentación en el Distrito Federal. El ciudadano Diputado Dávila José María, solicita que se pase a sesión de Bloque. Se aprueba la proposición. Se suspende la sesión de Cámara a las 19.08.

3. - A las 20 horas se reanuda la sesión. El ejecutivo de la Unión, por conducto de la secretaría de Gobernación, remite una iniciativa de reformas a la Ley Federal del Trabajo en su parte relativa al Salario Mínimo. Trámite: Pasa a la 1a. Comisión de Trabajo y Previsión Social, e imprímase. El ciudadano Diputado Terminel Francisco L., solicita que se dispensen los trámites a dicha iniciativa. La Asamblea no accede a dicha solicitud.

4. - El C. Diputado Mijares V. Manuel, pide que la Presidencia de el trámite correspondiente a la iniciativa del Ejecutivo, relativa al empréstito de veinticinco millones. Se da el trámite de que se imprima y a discusión el primer día hábil. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. JUAN AVIÑA LÓPEZ

(Asistencia de 106 ciudadanos diputados).

El C. Presidente (a las 18.18): Se abre la sesión.

- El C. Secretario Peralta Andrés H. (leyendo):

"Acta de sesión celebrada por la Cámara de Diputados de la XXXV Legislatura del Congreso de la Unión, el día cinco de septiembre de mil novecientos treinta y tres.

"Presidencia del C. Juan Aviña López.

"En la ciudad de México, a las diez y siete horas y treinta minutos del martes cinco de septiembre de mil novecientos treinta y tres, con asistencia de noventa y cinco ciudadanos diputados, se abrió la sesión.

"Se aprobó el acta de la anterior, que tuvo lugar el día primero del actual.

"La Secretaría dio cuenta con los asuntos en cartera:

"La Cámara de Senadores, participa la elección de su mesa Directiva para el presente mes, y de Secretarios y Prosecretarios para el segundo año de esta Legislatura. - De enterado.

"La Secretaría de la H. Comisión Permanente, remite los documentos anotados en el Inventario que adjunta y cuya resolución compete a esta H. Cámara. - Túrnese los documentos a las Comisiones que corresponda.

"El C. Abelardo L. Rodríguez, Presidente Substituto Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, solicita permiso constitucional para aceptar y usar la condecoración del Collar de la Orden de la República que le concedió el Gobierno de España. - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"La Secretaría de Relaciones Exteriores, transcribe un telegrama que le dirigió el Encargado de Negocios de México en Honduras, en el que participa que salieron rumbo a esta capital varios excursionistas entre los que vienen el Doctor Magín Herrera, diputado al Congreso Nacional de aquel país hermano.

"La Presidencia nombró en comisión para saludar en nombre de esta Cámara al diputado hondureño que nos visitará, a los ciudadanos Bernardo L. Bandala, Luis Martínez Vértiz y Secretario Dionisio García Leal.

"La Comisión de Programa de Gobierno para el período presidencial 1934-1940, del Partido Nacional Revolucionario, da a conocer la forma en que se integró la solicita de los ciudadanos diputados le den a conocer, para que lo tome en consideración, el resultado del estudio que hagan sobre los puntos de ideología revolucionaria comprendidos en la declaración de principios y programa de acción del Partido, así como que remitan por escrito; para que también se tomen en cuenta, sus opiniones o

proyectos acerca de la plataforma de Gobierno que discutirá y aprobará la próxima Convención Nacional para el período presidencial 1934 - 1940. - Recibo, e imprímase para conocimiento de los ciudadanos diputados.

"Recibieron el trámite "de enterado", los siguientes asuntos:

"El XXXIII Congreso del Estado de Campeche, comunica que con fecha 7 de agosto abrió su único período ordinario de sesiones, correspondiente al tercero y último año de su ejercicio legal;

"El XXXV Congreso del Estado de Chihuahua, en dos circulares, avisa que el día 21 de agosto inauguró su quinto período extraordinario de sesiones, mismo que clausuró el día 23 de propio mes;

"La Diputación Permanente del Congreso de Chihuahua, transcribe el decreto en virtud del cual concedió licencia hasta por quince días al Gobernador de ese Estado y designó para substituirlo al ciudadano Diputado Francisco G. Rodríguez;

"El XXXII Congreso del Estado de Hidalgo, en dos circulares, participa que el 22 de agosto abrió un período extraordinario de sesiones que clausuró el 31 del mismo mes;

"La XXXII Legislatura del propio Estado, manifiesta que con fecha 1o. de este mes abrió su segundo período ordinario de sesiones de su primer año de ejercicio legal, dando a conocer los nombres de las personas que integran su Mesa Directiva;

"El Presidente de la Diputación Permanente del XXXII Congreso del Estado de San Luis Potosí, participa la instalación de las Juntas Preparatorias del XXXIII Congreso de aquella Entidad;

"La Mesa Directiva del Colegio Electoral de la XXXIII Legislatura Constitucional del Estado de Zacatecas, avisa que con fecha 1o. de este mes quedó instalada aquella Asamblea en el recinto oficial, y

"La XXXII Legislatura del Estado de Zacatecas, comunica que con fecha 2 de septiembre abrió su tercer período extraordinario de sesiones a que fue convocada por su Diputación Permanente.

"El C. Gobernador del Estado de Coahuila, invita a los miembros de esta H. Cámara para asistir a los actos cívicos que tendrán lugar próximamente en aquella Entidad en conmemoración de nuestra Independencia y para inaugurar el edificio destinado a la Escuela Preparatoria "Ateneo Fuente", construido por el Ejecutivo local.

"La Mesa tuvo a bien designar en comisión para asistir a esos actos en representación de esta H. Cámara, a los ciudadanos Aviña López, Lacy jr., Pérez Gasga, Morales Hesse, Terminel, Ayala, Aguirre Siller, Vázquez, Paz Faz Risa, Peralta y García Leal.

"El C. Lic. Carlos G. Guzmán participa que con fecha 4 de septiembre se hizo cargo del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, por licencia concedida al C. Lic. Sebastián Allende. - De enterado.

"El C. General Matías Ramos, avisa que con fecha 21 de agosto se hizo cargo nuevamente del Poder Ejecutivo del Estado de Zacatecas, después de haber renunciado al tiempo que faltaba para terminar la licencia de que venía haciendo uso. - De enterado.

"El C. General de Brigada Guillermo Palma Moreno, Oficial Mayor de la Secretaría de Guerra y Marina, en representación del Ayuntamiento y de las fuerzas activas de Guaymas, Son., solicita se conceda a esa ciudad el título de "Heroica", en atención al hecho de armas donde el pueblo guaymense defendió la soberanía nacional en contra de los invasores capitaneados por el Conde Gastón Raousset Boulbon, aventurero francés. - Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.

"Este mismo trámite recayó a los asuntos que siguen:

"La señora Manuela M. viuda de Carpio, a quien ya se otorgó una pensión por el Congreso de $8.00 diarios, la que está pendiente de promulgación por parte del Ejecutivo, solicita que dicha pensión le sea aumentada a la cantidad de $12.00 diarios;

"El C. General Juan F. Azcárate, solicita permiso para poder aceptar y usar la condecoración de la Orden de Mérito Militar de Primera Clase, que le ha conferido el Gobierno de la República de Cuba;

"La señora Guadalupe Torres viuda de Moya, solicita pensión por los servicios que prestó al Gobierno Federal su extinto esposo el C. Luis Moya, hijo del General del mismo nombre;

"La Secretaría de Relaciones Exteriores transcribe una solicitud del C. José Antonio Samaniego, relativa a que se le conceda el permiso correspondiente para representar en la ciudad de Sacramento, California, Estados Unidos de América, al Gobierno de la República de Nicaragua, en calidad de Cónsul Honorario;

"El C. Horacio Uribe, Primer Secretario del Servicio Diplomático Mexicano, solicita el permiso constitucional respectivo para aceptar y usar la condecoración que le ha conferido el Gobierno de la República Española;

"El C. Bernardo Zetina jr., solicita permiso para poder desempeñar, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, el cargo de Cónsul Honorario de la República de Panamá en México;

"La Confederación Campesina "Emiliano Zapata" del Estado de Puebla, apoya la iniciativa de la Legislatura de Chihuahua, referente a que se reformen los artículos 8o. y 9o. del Código Federal del Trabajo;

"La Sociedad "Generación de Maestros 1933", solicita que el Presupuesto del Ramo de Educación sea aumentado en la cantidad de diez millones de pesos; "Nicolás Sandoval Flores, Cleofas Soriano, Celedonio Sandoval y otros reclusos de la Penitenciaría del Distrito Federal, solicitan la expedición de una ley de indulto;

"La señora María Concepción Rábago viuda de Anaya, solicita pensión por los servicios que a la Revolución prestó su extinto esposo el C. Coronel de Caballería José Trinidad Anaya, y

"La señora Sara González viuda de Pacheco, solicita pensión por los servicios que prestó a la Federación su extinto esposo, el C. Alfredo Pacheco, como Director de distintas Bandas de Música.

"El C. José Raul Pedrosa, presenta un proyecto de reformas a la Ley del Notariado. - Recibo, y a la Comisión de Peticiones que corresponda.

"Dictamen de las comisiones unidas Segunda de

Gobernación y Primera de Hacienda sobre la iniciativa que la Legislatura del Estado de Veracruz, apoya por otros nueve Congresos locales remitió y que propone aclaraciones y reformas al artículo 60 de la Ley de Amparo y al segundo inciso del artículo 12 de la Ley Constitutiva del Banco de México.

"La Mesa había dado el trámite de "segunda lectura y a discusión el primer "día hábil": el C. Trigo reclamó el trámite y propuso se imprimiera el dictamen de que se trata, y después de una aclaración de la Secretaría y de que el C. Trigo insistió en su proposición, la Presidencia dispuso que nuevamente se imprima y distribuya entre los ciudadanos diputados el dictamen mencionado.

"Dictamen de la Gran comisión que propone a los ciudadanos cuyos nombres se mencionan más adelante, para cubrir los puestos que se señalan en algunas comisiones de la Cámara que están desintegradas y de las que asimismo se hace mérito:

"2a. de Comunicaciones, suplente Cipriano Arriola; 2a. de Crédito Público, suplente Lamberto Ortega; Establecimientos Fabriles y aprovisionamientos Militares, segundo miembro, Carlos González Herrejón; 1a. de Ferrocarriles, suplente José Rodríguez, C., 1a. de Gobernación, Presidente Fernando Arenas; 2a. de Guerra, Presidente Federico Montes; 1a. de Hacienda, segundo miembro, Manuel F. Ochoa; 1a. de Insaculación de Jurados, Fernando Moctezuma, Dionisio Ortiz Acosta; 1a. de Minas, segundo miembro, J. Jesús Gutiérrez Casillas; 2a. de Relaciones Exteriores, Presidente Eduardo Arrioja Isunza.

"Puesto a discusión este dictamen, no hubo quien usara de la palabra y se aprobó en votación económica.

"La presidencia excitó a los miembros de las distintas Comisiones para que se evocaran al conocimiento de los asuntos que tienen encomendados a efecto de que rindan los dictámenes a que haya lugar dentro de la mayor brevedad.

"A las diez y ocho horas y tres minutos se levantó esta sesión pública para pasar a sesión secreta".

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - Secretaría de Gobernación.

"A los ciudadanos Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presente.

"Tengo la honra de enviar a ustedes, el pliego adjunto, para los fines legales correspondientes, la iniciativa de ley que formula el ciudadano Presidente de la República ante el Congreso de la Unión a fin de que se le autorice para contratar un empréstito hasta por veinticinco millones de pesos, que se destinará a la ejecución de obras potables, saneamiento y pavimentos en el Distrito Federal.

"Encarezco a ustedes que se sirvan dar cuenta con dicha iniciativa a esa Cámara de Diputados de la que son dignos Secretarios, y les reitero las protestas de mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, D. F., 8 de septiembre de 1933. - Secretario de Gobernación, Eduardo Vasconcelos."

"Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.

"Ciudadanos Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"A vuestra muy ilustre consideración y clara visión de los problemas trascendentales del país, y que por sí solos van marcando la orientación de la actividad del gobierno en los diversos sectores en que se mueve la Administración Pública, no habrá escapado el observar que es un deber apremiante para este Ejecutivo el concretar su esfuerzo reconstructivo en una revisión general de los servicios públicos del Distrito Federal, en beneficio de la comunidad.

"La ciudad de México, como centro principal de población urbana, como capital de la República y como asiento y residencia de los Poderes de la unión, debe experimentar la acción material que demandan la civilización, la higiene y el progreso. El Gobierno no puede ni debe desaprovechar las iniciativas que lleven un fin de beneficio práctico, y mucho menos las condiciones altamente propicias que rinda la paz orgánica, para proceder a la ejecución de aquellas obras que han quedado al margen de sus programas por no haberse considerado indispensables en el momento, o por no haber sido posible su realización dada su ardua labor de varios años para lograr la firmeza de las Instituciones, así como la consolidación de los postulados y principios básicos perseguidos con tesón en nuestras luchas sociales.

"Ya es de sobra conocido que los servicios de saneamiento y provisión de aguas potables del Distrito Federal y especialmente de la ciudad de México, reclama con urgencia la atención del gobierno del Distrito en bien de la higiene más rudimentaria y por virtud de que dichos servicios son, a la fecha, insuficientes para satisfacer las necesidades nacida del crecimiento de la población y porque han sufrido desperfectos materiales, pues la acción de la autoridad solamente ha podido concretarse, por varios años, a su enmienda y conservación en espacios con circunscripción muy reducida, procedimiento éste que no puede prolongarse por más tiempo sin grave perjuicio de la comunidad y merma del prestigio gubernamental. La revisión teórica y práctica de este estado de cosas, dentro de un análisis de lo que es vital y trascendente, han conducido, en concepto de este Ejecutivo a calificar como inaplazable la realización de obras relacionadas con la instalación de aguas potables, de obras de saneamiento y drenaje, y con la construcción de pavimentos en las diversas poblaciones del Distrito Federal.

"Para la realización de tales obras y tales propósitos, en todas las ciudades del mundo se ha requerido la inversión de grandes sumas de dinero para cuya aportación no han bastado las asignaciones corrientes y ordinarias de los Presupuestos, ni en situaciones normales en que la economía pública

se presente con caracteres de franca prosperidad.

"La construcción y adquisición de las plantas y de los equipos indispensables deben hacerse desde luego, pero como los ingresos que el Departamento del Distrito Federal pudiera dedicar al efecto, son percibidos paulatinamente sea a medida que se realiza el cobro de los impuestos que alimentan el presupuesto del propio Departamento, se considera necesaria la obtención de un medio para financiar la operación. Con este fin, el camino seguido por el Gobierno, hasta ahora, ha sido el de contratar a crédito la adquisición de los materiales o la ejecución de las obras; pero, ese procedimiento, resulta inconveniente, por virtud de que no permite desarrollar un plan general de conjunto y porque obliga a hacer obras parciales y dispersas o a verificar reparaciones que no resuelven los problemas en forma definitiva.

"En esas condiciones y dada la situación relativamente precaria del Erario del Departamento del Distrito Federal, se ha buscado, dentro de las normas que prescriben las leyes y aconsejan las finanzas públicas, la forma de suplir esa cortedad económica por medio de la concertación de un empréstito hasta $25.000,000.00 (veinticinco millones de pesos), garantizando el pago de las amortizaciones y réditos principalmente con la constitución en fideicomiso del servicio de aguas potables del Distrito Federal y subsidiariamente con la parte del impuesto predial que sea suficiente y necesaria. En esa forma el Departamento del Distrito Federal se encontraría en aptitud de independizar totalmente los ingresos de aguas potables, de los ingresos afectos al presupuesto general de la misma dependencia, pudiendo, en consecuencia, destinar una parte a cubrir cualquier déficit que pudiera eventualmente existir con relación a los gastos de adquisición o reposición ordinaria del servicio de abastecimiento de aguas y con objeto de dejar los ingresos del mencionado servicio enteramente libres para ser aplicados a la amortización del empréstito.

"Para las poblaciones del Distrito Federal han tenido una importancia singular las condiciones esenciales de vida que fijan para todo centro de población aquellos servicios que al elemento agua corresponden, es decir: su aprovisionamiento y su evacuación.

"Separadamente considerados no podría superar en importancia uno al otro, pues en cuanto vemos emprender obras de defensa y regularización de las aguas dentro del Valle por sus moradores desde el sigo XV, tenemos que fijar la atención en las obras que con anterioridad habían sido ya ejecutadas por los mismos para proveerse del líquido. Los diques de defensa y algunos canales por una parte, y las acequias y acueductos por otra, nos presentan el valor que en todo tiempo debe dársele a servicios de tan principal importancia para la vida de la ciudad.

"Cuando a principios de este siglo se procedió a captar y conducir a la ciudad de México las aguas de los manantiales de Xochimilco, apenas contábamos una población de 360,000 habitantes, quienes disponían de 770 litros por segundo de aguas provenientes de los manantiales de Chapultepec, del Desierto de Río Hondo y de Santa Fe. La escasa dotación de 184 litros por habitante por día, bien mermada debido a defectos del sistema, era disfrutada sin presión y en pésimas condiciones de potabilidad.

"Fue con anterioridad a estos hechos cuando ya se había procedido a las obras de desagüe de la ciudad hacia el lago de Texcoco y también de todo el Valle por el Canal de Desagüe y túnel del Tequisquiac.

"Ya para la época en que fueron concluidas esas obras se habían gastado gruesas sumas que comprendieron: $16.000,000.00 que importaron el Canal de desagüe y túnel de Tequisquiac; $17.500,000.00 invertidos en las obras de provisión de aguas de Xochimilco y otra suma no menos respetable que importaron las obras de saneamiento de la ciudad.

"Aún no terminadas las obras de Xochimilco cuando se procedía a corregir algunos defectos de construcción, fue disuelto el organismo que llevó a cabo la obra inconclusa y se precisó la explotación del sistema.

"La red de distribución y el sistema en general entró en explotación careciendo por muchos año de la indispensable conservación debido por una parte a las agitaciones sociales y por otra a la inapropiada administración encargada de atender el servicio.

"Salvo los trabajos emprendidos en los últimos años tendientes a conservar, en muy pequeña proporción y a ampliar los sistemas de aguas y saneamiento de la ciudad, se plantea el problema afectado, por la incurría primeramente citada que provocó el demérito de las obras, así como la localización de algunos desperfectos materiales de consideración sufridos en los elementos del sistema.

"Los hechos expuestos no son nuevos, pues ya con anterioridad se han palpado las condiciones en que se hallaban los servicios en relación con las necesidades de la población, con la circunstancia de que el problema cada día va exigiendo su resolución en forma más apremiante.

"Mas de un millón de habitantes, morando en una superficie de 170.000,000 de metros cuadrados, requieren en la actualidad una dotación media de 375 litros diarios de agua por habitante y además el saneamiento de la extensión habitada. Y éste apenas para fincar las bases de una vida higiénica de esa población y consolidar el cuantioso valor de las diversas inversiones.

"De tiempo atrás ha sido objeto de muy acuciosas investigaciones la solución de los problemas que presentan el abastecimiento de aguas y el saneamiento de la ciudad y opiniones tan autorizadas como las contenidas en estudios, memorias e informes de los Ingenieros Manuel Marroquín y Rivera y don Roberto

Gayol, contribuido para formular los proyectos por realizarse, así como también los valiosos informes presentados por la Asociación de Ingenieros y Arquitectos de México se han aprovechado en esta labor de preparación. No es menos importante la cooperación que en distintas ocasiones han llevado a cabo los Ingenieros Fernando Beltrán y Puga, Nicolás Durán, Salvador Medina, José A. Cuevas, Mariano Barragán y Juan Mancera.

"Abarcando el problema de conjunto se ha estado

laborando recientemente, procurando la resolución inmediata a través de obras que formen parte de la solución integral que deberá llevarse a cabo a medida que avanza el desarrollo de la población, no dejando, en consecuencia, obras aisladas que por esa misma situación pierden su valor y uso al variar las condiciones del momento. Los resultados de las labores ejecutadas por los elementos con que cuenta el Departamento, dedicados a estos trabajos, han sido sometidos a consultar de autoridades en el ramo como son: los experimentados Ingenieros Fortunato Dozal y Octavio Dubois, a cuyo encargo han estado, en distintas épocas, importantes comisiones directivas del servicio de Aguas Potables.

"Por orden de importancia se han estudiado para su ejecución inmediata las obras más necesarias:

"I. Obras del Servicio de Aguas.

"A. Para la reparación y adaptación de la parte del sistema que corresponde a la antigua municipalidad de México.

"a) Para la conducción del agua potable del abastecimiento de la cuidada de México, sólo se dispone de un conducto que su estado actual de deterioro, en un tramo de nueve kilómetros, origina una considerable pérdida del líquido conducido, así como la peligrosa contaminación del volumen que se aprovecha, por lo que es indispensable su reposición y cambio del sistema de conducción de gravedad a bombeo en beneficio de la salubridad pública, la continuidad del servicio, la economía en la operación y el mejor aprovechamiento del líquido.

"b) La actual operación de la planta de bombeo de la Condesa es antieconómica , debido al antiguo equipo de maquinaria que lleva un servicio continuo de más de veinte años. La indicada reposición del equipo y el cambio de sistema de conducción del líquido, exigen el desplazamiento de la nueva instalación al extremo Sur del tramo de acueducto por reponer y además proyectarlo en su adaptación, a futuras necesidades.

"c) El crecimiento de la ciudad fuera de la zona de adecuada distribución de la tubería perimetral del Sur, y la falta de liga de las extremidades de las tuberías perimetral Norte y del centro con la del Sur, originan la defectuosa alimentación de tuberías secundarias tanto por lo que ve a volumen como por lo que toca a presión; y, en consecuencia, precisa el tendido de una nueva línea perimetral que abarque la zona Sur de la ciudad, colonias Condesa, Roma, Doctores y Obrera, y cierre las otras tuberías al Oriente de la misma.

"B. Para dotar del servicio a las zonas fuera de la antigua municipalidad de México.

"d) El volumen de que se dispone para el abastecimiento de la población actual que disfruta del servicio, será suficiente cuando se eviten las pérdidas registradas en la red, pero existiendo aún un elevado porcentaje de población que carece del preciado líquido, es necesario proveerla y al efecto deberán hacerse las exploraciones y captaciones de nuevas fuentes en otros rumbos y al Sur de la ciudad, hasta completar cinco mil cien litros por segundo lo que implica el establecimiento de las líneas de conducción necesarias.

"e) La coordinación de actividades de distintas dependencias del Ejecutivo Federal, teniendo como base el más próximo beneficio de la colectividad ha permitido considerar, como factible, el aprovisionamiento de aguas potables para las regiones Norte y Noroeste de la Cd., de México y Delegaciones limítrofes, al captar y almacenar en la cuenca del río Tlalnepantla, el volumen necesario, para lo cual se proyecta ejecutar, en armonía activa con la Secretarías de Comunicaciones y Agricultura y Fomento, obras al Oeste del Valle de las que, las localizadas en la cuenca del río mencionado, podrán proporcionar la dotación necesaria para Tacuba, Atzcapotzalco y Villa Gustavo Madero.

"f) Habiéndose contratado anteriormente obras que fueron financiadas de muy diversos modos no encajando la consecución de los compromisos contraídos con el sistema de financiamiento que se presenta en beneficio de los intereses que representa el Departamento del Distrito Federal, conviene la amortización de esas obligaciones mediante el destino de una pequeña parte de los fondos obtenidos por la emisión de bonos, para su rescate.

"II. Obras de saneamiento y drenaje.

"A. Con el aumento de población al Norte y Oeste de la ciudad y la falta de ampliación correspondiente de la red de saneamiento, han quedando muchas zonas pobladas fuera del área del servicio del último colector existente, y vistas las inaceptables condiciones de higiene predominante en esas regiones, procede desde luego la construcción de los colectores 9 y 11, así como la de sus principales redes de atarjeas que cubrirán entre otras las colonias del Rastro. Valle Gómez Maza, Hipódromo, Peralvillo, Clavería, Polanco, así como porciones de Tacuba y Atzcapotzalco.

"B. Los descuidados fraccionamientos llevados a la práctica al Sur de la Cd., requieren desde luego, conjuntamente con Tacubaya y Mixcoac, la higienización de esas zonas mediante las obras de saneamiento y desagüe que incluye, además, los Colectores 10, 12 y 14, la construcción de sus redes de atarjeas que beneficiarán entre otras a las colonias Obrera, Algarín, Alamos, Doctores, Buenos Aires, Roma Sur, del Valle y San Pedro de los Pinos.

"C. Construido el Colector 8 durante el año de 1931 y estamos por terminarse el Colector 6, queda pendiente la construcción de la red y modificación de atarjeas provisionales ahora existentes en la región comprendida entre las calzadas de la Piedad, al Oeste, y Balbuena al Este, y las zonas servidas por los colectores 4 y 10.

"D. Para aliviar a la ciudad de las inundaciones, con motivo de abundantes precipitaciones pluviales, regularizando, también, los gastos en el Gran Canal y aprovechando los volúmenes de las avenida para su depósito en el vaso del Lago de Texcoco, se ha proyectado llevar esos excedentes por el cauce del río de la Piedad al cual serán bombeados mediante la prolongación que se haga del Gran Colector del Sur hasta las proximidades del río expresado; obras que incluirán las construcciones descritas.

"E. Después de terminarse las obras de instalación de la red de aguas en la población de Coyoacán, se hace imprescindible completar la obra instalando

el servicio de atarjeas, quedando así servido un núcleo de 24,000 habitantes, lo que se conseguirá construyendo, además de la red de atarjeas, el colector correspondiente que descargará la prolongación Sur del Gran Canal.

"F. La topografía de una importante zona de Tacubaya impide que se puedan llevar fácilmente las aguas de la Barranquilla hacia el río de Tacubaya, lo que ocasiona que el crecido gasto y rápido a la vez, del talweg conocido con el nombre de la Barranquilla, descargue en el extremo del colector 8, que, siendo incapaz del gasto torrencial, requiera la regularización de la corriente mediante tanques que se construyan a la entrada del Colector. Al ejecutarse estas obras dejarán de suceder las inundaciones que sufre una parte de Tacubaya y también las colonias Escandón y Condesa.

"G. Estudio y ejecución, en su caso, de las obras necesarias para atender al lavado del sistema de atarjeas.

"III. Obras de pavimentación.

"La ejecución de las obras de saneamiento y aguas trae aparejada la destrucción parcial de pavimentos que deberían consecuente y lógicamente ser reconstruidos con cargo a los servicios que las ocasionaron. Habrá, sin embargo, casos en que deba considerarse la reconstrucción total del pavimento a ese fin se dedicará una parte de los valores colocados.

"La sola enumeración que antecede da idea de la magnitud de las obras que han sido seleccionadas como las de ejecución inmediata más urgente y si se tiene en cuenta que los ingresos por los conceptos aguas y saneamiento, son percibidos paulatinamente, impidiendo desde luego atacar el problema con la oportunidad indispensable se llega a la conclusión de que los fondos necesarios para ellas deberán proveerse en distinta forma que la simple recaudación.

"No es éste, dentro de la vida de la ciudad, un procedimiento desusado, ya que con anterioridad se ha recurrido a sistemas análogos contra los que en el actual tiene la ventaja de ser más benéfico a la ciudad particularmente y a la riqueza del país. La emisión de un empréstito público es lo indicado en la actualidad, tanto porque permitirá la inversión productiva de fondos públicos ahora estancados, como porque dará ocasión a que se interesen en la administración gran número de elementos sanos y de empresa que afirmarán siempre el crédito y cuidarán más de la buena marcha de ella misma.

"La emisión de bonos que se pretende ascenderá a la suma de $25.000,000.00 (veinticinco millones de pesos.), cuya distribución en las obras se presenta resumiendo como sigue:

"Obras del Servicio de Aguas Potables

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"La autorización que este Ejecutivo a mi cargo solicita de Vuestra Soberanía para contratar el referido empréstito, va contenido en la iniciativa de ley que a continuación se inserta, la cual se ha formulado en forma completa y amplia para que satisfaga con toda integridad los muy respetables intereses de la sociedad, a cuyo beneficio directo va dirigida la realización del plan de obras en la misma iniciativa contenida.

"El Poder Legislativo dentro de su afán manifiesto de coadyuvar eficiente y prácticamente con los demás Poderes de la Unión en la reconstrucción paulatina de la República, por lo que se refiere a sus intereses morales y materiales, no necesita una exposición de motivos más amplia que la presente para advertir la importancia y trascendencia que dicha iniciativa de ley encierra para la consecución de tal fin este Ejecutivo, en uso de las facultades que le concede el artículo 71, fracción I de la Constitución Política de la República, y, de acuerdo con las disposiciones contenidas en la fracción VI del artículo 73 de ese mismo alto ordenamiento, tiene el honor, por el muy digno conducto de ustedes, de someter a la consideración de esa H. Cámara, la siguiente iniciativa de ley, rogando su discusión con carácter urgente y con dispensa de trámites.

"Considerando:

"Primero. Que es de urgente necesidad proveer a la reparación y reconstrucción de las obras de abastecimiento de aguas potables y saneamiento de la ciudad de México, construidas hace bastante tiempo, por malas condiciones que guardan actualmente.

"Segundo. Que también es de urgente necesidad completar esas mismas obras públicas en las distintas poblaciones del Distrito Federal, que carecen de los servicios relativos a que se han venido prestado de una manera muy deficiente.

"Tercero. Que no es posible sufragar los gastos de esas obras con las previsiones normales del Presupuesto del Distrito Federal y que se impone la necesidad de usar del crédito público, obteniendo por medio de un empréstito, los fondos necesarios.

"Cuarto. Que el Gobierno Federal desea cimentar con garantías efectivas las emisiones que se hagan, para el prestigio del crédito público y para el reconocimiento de su propósito siempre manifiesto, de cumplir fielmente sus compromisos de carácter interior, y

"Quinto. Que excepto los ingresos por concepto

de aguas de zona que comprendió la vieja demarcación territorial del extinto Municipio de la ciudad de México, los ingresos que actualmente se perciben por ese concepto, no han sido afectados o comprometidos a ninguna obligación anterior y que aquellos mismos ingresos, afectos en garantía del empréstito de la ciudad de México, cinco por ciento, 1889, pueden jurídicamente destinarse a pagar con preferencia los costos de las obras de rigurosa conservación y adaptación que van a realizarse en los sistemas de aquella zona, sin lesionar los derechos de los tenedores de bonos de este empréstito, que está sujeto, por otra parte, a los convenios que el Gobierno Federal celebre para el arreglo de la Deuda Pública Exterior.

"Decreta:

"Ley que autoriza al ciudadano presidente de la República para contratar un empréstito de veinticinco millones de pesos, dedicados a la ejecución de obras relacionadas con el Servicio de Aguas Potables y de saneamiento en el Distrito Federal, con fideicomiso.

"Artículo 1o. Se autoriza al ciudadano Presidente de la República para que, por conducto del Departamento del Distrito Federal, contrate un empréstito hasta por la cantidad de veinticinco millones de pesos.

"Artículo 2o. El empréstito de referencia se contratará emitiendo bonos al tipo neto no inferior de noventa y siete por ciento y en una o varias series. Dichos bonos serán pagaderos mediante amortizaciones o sorteos, en un plazo que no excederá de 15 años y con un interés no mayor del unos setenta y cinco por ciento al trimestre.

"Artículo 3o. Se faculta asimismo al ciudadano Presidente de la República para que, por conducto del Departamento del Distrito Federal, pacte en el contrato que al efecto se celebre, las fechas de emisión de los bonos, la periodicidad de los sorteos o de las amortizaciones, así como para el pago de los intereses y las demás estipulaciones necesarias a la realización del empréstito y a la debida constitución de sus garantías.

"Artículo 4o. El producto del empréstito se aplicará en el Distrito Federal precisamente a la ejecución de las obras que comprende el siguiente programa:

"I. Obras del Servicio de Agua.

"a) Reconstrucción del Acueducto de Xochimilco en el tramo Candelaria Condesa.

"b) Construcción de la planta de bombeo, con capacidad para los actuales y nuevos volúmenes captados, así como de las obras secundarias indispensable del sistema modificado.

"c) Tendido de las líneas necesarias para mejorar el servicio de la regiones Sur y Oriente de la ciudad.

"d) Explotación y captación en su caso de nuevas fuentes de aprovisionamiento al Sur u otros rumbos de la ciudad y construcción de las tuberías complementarias a las líneas principales de distribución.

"e) Aprovisionamiento de aguas potables procedentes de la zona Noroeste del Valle (Madín) y almacenamiento y distribución de las mismas.

"f) Cumplimiento de compromisos contraídos con anterioridad en las obras de aguas en ejecución y amortización de dicho adeudos.

"II. Obras de saneamiento y drenaje.

"a) Colectores, nueve, diez, once, doce y catorce y redes de atarjeas inmediatamente indispensables dentro de las zonas que sirven dichos colectores.

"b) Rectificación y terminación de las redes de atarjeas de los colectores seis y ocho, para servir las zonas de dichos colectores.

"c) Prolongación del Gran Colector del sur hasta el Río de la Piedad, y construcción de la planta de bombeo necesaria para llevar los excedentes pluviales del Gran Canal al lago de Texcoco por el cauce del Río de la Piedad.

"d) Red de atarjeas de la población de Coyoacán, colector correspondiente y continuación necesaria de la prolongación al Sur del Gran Canal, que permita recibir los gastos del colector.

"e) Obras de regularización de aguas broncas de Barranquilla, zona de Tacubaya.

"f) Estudio de ejecución en su caso de las obras necesarias para el lavado de atarjeas.

"III. Pavimentos.

"Reparación, reposición y reconstrucción de pavimentos en la vías afectadas por obras de agua y saneamiento.

"Artículo 5o. Las obras o construcciones comprendidas en el programa antes detallado, se harán por subasta, en los términos del artículo 134 constitucional.

"Artículo 6o. Se autoriza al C. Presidente de la República para que, por conducto del Departamento del Distrito Federal y en garantía del pago puntual del servicio de amortizaciones y réditos del empréstito a que esta Ley se refiere, así como de las cantidades que en cualquier forma se considere conveniente reservar para el mejor éxito de la emisión y para mayor seguridad del pago de los bonos o cupones, otorgue las siguientes garantías:

"a) Entregas en fideicomiso en favor de los tenedores de bonos y por todo el tiempo que tarde la amortización total del empréstito, el servicio de aguas potables del Distrito Federal, con reserva de los derechos que legalmente tengan adquiridos los tenedores de los bonos de la Deuda Pública Exterior y de los que adquieran en virtud de los convenios que el Gobierno Federal celebre con relación a esta misma deuda.

"b) Afecte, como garantía subsidiaria, la parte del impuesto predial que baste para el servicio de amortización, réditos y demás cantidades que se mencionan en este artículo.

"Artículo 7o. Para los efectos del artículo anterior se consideran los servicios de aguas potables y saneamiento del Distrito Federal como una unidad, con sus terrenos, plantas, instalaciones, acueductos, tanques, cañerías, bombas y equipo y cuanto constituya la inversión de capital fijo o móvil de los mencionados servicios, así como los ingresos totales que se recauden por la prestación del servicio de agua.

"Artículo 8o. mientras el empréstito no sea amortizado, las cuotas actualmente vigentes para el cobro del servicio de aguas potables, sólo podrán ser modificadas con el consentimiento del representante

común de los tenedores de bonos. Satisfecho dicho requisito, la modificación de las citadas cuotas, la tasa de recargos, los términos de pago y demás modalidades del servicio y su administración, se hará por decreto que expida el C. Presidente de la República, a propuesta del Jefe del Departamento del Distrito Federal.

"Artículo 9o. Los gastos de administración y conservación del servicio de aguas y saneamiento, serán cubiertos por el presupuesto del Departamento del Distrito Federal.

"Artículo 10. Debería establecerse en el contrato respectivo que la instalación fiduciaria que se designe deberá entregar al Departamento del Distrito Federal, los ingresos relativos al servicio de aguas potables que excedan de las zonas que, conforme al mismo contrato, deban ser aplicadas al servicio del empréstito o en cualquier otra forma reservadas para el mejor éxito de la emisión y para mayor seguridad del pago de los bonos o cupones.

"Artículo 11. La recaudación del derecho por concepto del servicio de aguas potables en el Distrito Federal estará a cargo directamente de la institución fiduciaria designada al efecto, al llevarse a cabo la emisión de los bonos a que esta Ley se refiere, y se efectuará con la vigilancia del Departamento del Distrito Federal, en los términos de esta misma Ley y del acta constitutiva del fideicomiso.

"Artículo 12. Las cuotas por el servicio de aguas potables que no hubieren sido cubiertas a la institución fiduciaria a que se refiere el artículo anterior, dentro de los planos que las disposiciones legales aplicables determinen, serán cobradas directamente por la Tesorería del Distrito Federal, aplicando los procedimientos de la facultad económico coactiva en los términos de la Ley de Hacienda vigente.

"Mensualmente la propia Tesorería entregará a la mencionada institución fiduciaria, el importe de las cuotas que hubiere cobrado en uso de las facultades que se señalan en el párrafo anterior.

"La falta de pago puntual de las cuotas del servicio de aguas, autoriza al C. Jefe del Departamento para ordenar el corte o suspensión de dicho servicio, en los plazos que fijen las disposiciones a que el artículo 8o. se refiere, comunicando su determinación al Departamento de Salubridad para que éste declare inhabitable la propiedad cuyo servicio de aguas haya sido suspendido, y a su vez la comunique al interesado, aplicando, en caso de rebeldía o desobediencia, las sanciones del Código Sanitario.

"Artículo 13. El servicio de aguas potables y saneamiento, tanto en su parte técnica como en su parte administrativa, estará a cargo de una Dirección que se denominará "Dirección de Aguas y Saneamiento del Distrito Federal". Dicha Dirección dependerá directamente del Jefe del Departamento del Distrito Federal y funcionará independientemente de cualquier otro organismo del mismo Departamento por lo que a estos servicios se refiere.

"Artículo 14. El personal de la dirección de Aguas y Saneamiento será el que fije el Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito y su designación se hará por el Jefe del propio Departamento.

"Artículo 15. Son facultades y atribuciones de la Dirección de Aguas y Saneamiento:

"I. La ejecución de toda clase de obras relacionadas con los servicios de Aguas y Saneamiento:

"II. Tener a su cargo la administración y conservación de los bienes que, conforme al artículo 7o. de esta Ley constituyan el Servicio de Aguas Potables y Saneamiento, excepción hecha de las lecturas y de la percepción de los ingresos que se recauden por la prestación de dicho Servicio;

"III. Llevar su contabilidad especial, traspasando los resultados de la misma a la contabilidad general del Departamento del Distrito Federal.

"IV. La organización del Servicio de Aguas Potables y Saneamiento, comprendiendo la instalación de medidores y, en general, todos aquellos actos que se realicen con el propio Servicio, y

"V. La demás que les sean señaladas en el Reglamento del servicio, el cual será expedido por el Jefe del Departamento del Distrito, a propuesta y con aprobación de la Junta a que se refiere el artículo siguiente.

"Las anteriores facultades quedan supeditadas en los términos del Reglamento respectivo, al acuerdo previo de la Junta de Aguas y Saneamiento, en cuanto dichas facultades tengan relación con la inversión del fondo del empréstito y entretanto éste no haya sido totalmente cubierto.

"Artículo 16. En los términos que indicará el Reglamento, se formará una Junta de Aguas y Saneamiento con tres miembros, compuesta por el Director de Aguas y Saneamiento que fungirá como Presidente de la misma, y por dos personas más designadas, una por el representante común de los tenedores de los bonos y otra por la institución fiduciaria.

"Artículo 17. Será necesario el acuerdo expreso del Jefe del Departamento del Distrito Federal y de la Junta a que se refiere el artículo anterior, para que la Dirección de Aguas y Saneamiento realice cualquiera obra que se ejecute con fondos del empréstito.

"Artículo 18. al establecerse la Dirección de Aguas y Saneamiento, se procederá a levantar un inventario de todos los bienes, muebles e inmuebles, que conforme a las disposiciones de esta Ley, constituyen la unidad patrimonial de la Dirección, al cual se irán agregando los demás bienes y derechos de cualquier clase que en lo futuro adquiera la misma Dirección.

"Transitorios.

"Artículo 1o. Los adeudos que hubiere pendientes de pago, en relación con el Servicio de Aguas Potables, hasta el momento en que la recaudación de las cuotas corresponda efectuarse por la institución fiduciaria a que se refiere la presente Ley, serán cobrados y percibidos por el Departamento del Distrito Federal, por conducto de la Tesorería del mismo Distrito, en los términos de las leyes y disposiciones vigentes con anterioridad a este mismo Ordenamiento.

"Artículo 2o. Se faculta al ciudadano Presidente de la República para que, a propuesta del Departamento

del Distrito Federal, introduzca en el Presupuesto de Egresos del mismo Departamento, vigente para el ejercicio fiscal en curso, las reformas que sean necesarias para la creación de la Dirección y Junta de Aguas y Saneamiento a que se refiere esta Ley, así como para determinar los gastos que demande el sostenimiento de los mismos Servicios.

"Artículo 3o. Se derogan las leyes y demás disposiciones que se opongan a la observancia de la presente.

"Protesto a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, D. F., a 8 de septiembre de 1933. - El Presidente Constitucional substituto en la República, Abelardo L. Rodríguez. .- El Jefe del Departamento del Distrito Federal, Licenciado Aarón Sáenz."

El C. Dávila José María: Pido la palabra para una proposición.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Dávila José María: Teniendo en cuenta que se trata de un asunto... (Voces: ¡Tribuna! ¡Tribuna!) Es una simple proposición, y por eso no quería subir a la tribuna...(Voces: ¡Tribuna! ¡Tribuna!) (Sube la tribuna.) Teniendo en cuenta que se trata de un asunto tan importante que, además de su trascendencia, requiere también una solución pronta, puesto que la ciudad está completamente carente de servicios públicos, y con el objeto de poder tratar este asunto con más amplitud, mayor libertad y más familiaridad, quiero proponer, en nombre de la Diputación íntegra del Distrito Federal, que me ha autorizado para el caso, que pasemos a sesión de Bloque, donde los compañeros que deseen expresar sus opiniones, ya sea en pro o en contra, lo podrán hacer más libremente.

El C. Secretario García Leal: Se pregunta a la Asamblea si se toma en consideración la proposición del ciudadano Diputado Dávila... (Voces: ¡No! ¡No! ¡Sí! ¡Sí!)

El C. Trigo Octavio: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Trigo: La mayoría de los ciudadanos diputados quieren conocer el trámite de la Mesa, para ajustarnos después a la determinación que se tome en este caso...(Voces: ¡Bloque!)

El C. Mijares V. Manuel: Pido la palabra para hacer una observación.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Mijares V: Precisamente yo creo que el Presidente debe abstenerse de darle cualquier trámite a la iniciativa, ya que está en pie la proposición del compañero Dávila, Si se le diera trámite, sería preguntar si se consideraba el asunto de urgente y obvia resolución. Yo pido que se haga esta pregunta, después de terminada la sesión de Bloque, porque si se le da trámite desde luego, tiene que ser el que acabo de indicar.

El C. Secretario García Leal: Se pregunta si se toma en consideración la proposición del compañero Dávila. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Aprobada.

El C. Trigo: ¿Aprobada? ¿Por qué? Hay que contar los votos.

El C. Secretario García Leal: Los que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo. (Voces: ¡Aprobada!)

El C. Trigo: Empezando con que no hay quórum...(Voces: ¡Cómo no ha de haber!)

El C. Secretario García Leal: Aprobada por mayoría.

El C. Presidente (a las 19.08): Se suspende la sesión de Cámara y se pasa a sesión de Bloque.

El C. Presidente (a las 20 hs.): Se reanuda la sesión.

El C. Secretario García Leal (leyendo): "Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México.

"Secretaría de Gobernación.

"A los ciudadanos Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

"Para los efectos constitucionales respectivos, con el presente, tengo el honor de remitir a ustedes, iniciativa de reformas a la Ley Federal del Trabajo, en su parte relativa al salario mínimo, que somete a la consideración del H. Congreso de la Unión, el ciudadano presidente de la República, por conducto de esta Secretaría a mi cargo.

"Suplico a ustedes dar cuenta a ese H. Cuerpo con el documento que se indica y acusarme el recibo correspondiente.

"Reitero a usted mi distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, D. F., a 8 de septiembre de 1933. - Por acuerdo del Secretario, el Subsecretario Juan G. Cabral.

"Estados Unidos Mexicano. - Presidencia de la República.

"Iniciativa de Reformas a la Ley Federal del Trabajo, en su parte relativa al salario mínimo, que someta al H. Congreso de la Unión el ciudadano Presidente de la República.

"Considerando:

"Que una de las obligaciones fundamentalmente del Estado consiste en promover y apoyar el mejoramiento económico de la gran masa de la población trabajadora, ya que la elevación de su "standard" de vida permitirá su desarrollo físico intelectual y moral;

"que el cumplimiento de tal obligación por parte del Gobierno revolucionario es improrrogable, pues la consolidación de las instituciones públicas y el progreso integral del país sólo se conciben sobre la base del bienestar de las mayorías;

"que es inaplazable, por lo tanto, la fijación del salario mínimo de los trabajadores, a efecto de permitirles salir del estado de miseria en que se encuentran, especialmente los campesinos, poniéndolos en condiciones de contar con los elementos de vida indispensables a todos ser humano;

"que a pesar de que la Ley Federal del Trabajo establece normas reglamentarias de la Constitución tendientes a fijar el salario mínimo de que se trata, las Comisiones Municipales encargadas de esta función no han podido cumplir con ella, lo que constituye una prueba evidente de que el régimen legal mencionado adolece de defectos que es necesario corregir, con el objeto de adaptarlo mejor a las exigencias

de nuestra realidad social, sin salirse de los límites constitucionales;

"que por constituir la fijación del salario mínimo una labor esencialmente técnica, debe asegurarse en lo posible su eficacia, dando mayor intervención a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, a las que están constitucionalmente subordinadas las Comisiones Especiales, ya que aquéllas cuentan, sin duda, con mejores elementos para el logro de tal finalidad;

"que, además, debe asegurarse la fijación oportuna del salario mínimo, estableciendo un procedimiento adecuado, sanciones eficaces y mayores facilidades para la revisión de las resoluciones respectivas, todo lo cual contribuirá a que el salario mínimo se fije científicamente y que corresponda de esta manera, a las condiciones cambiantes de la industria y de la población trabajadora.

"Atentas las consideraciones precedentes y con fundamento en el artículo 71 de la Constitución Política de la República, someto a ese H. Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo, en su parte relativa al salario mínimo:

"El Capítulo IX del Título VIII de la mencionada ley, deberá quedar como sigue:

"De las Comisiones Especiales del Salario Mínimo y del procedimiento para fijarlo.

Artículo 414. El salario mínimo será fijado por Comisiones Especiales que se formarán en cada Municipio con un número igual de representantes de los trabajadores y de los patrones, que no podrá ser menor de dos por cada parte y uno de la autoridad municipal, quien fungirá como presidente. Para los efectos de este artículo, las Comisiones Especiales estarán subordinadas a la Junta Central de conciliación y Arbitraje de la entidad federativa que corresponda.

"Artículo 415. La Junta Central de Conciliación y Arbitraje correspondiente convocará el día 1o. de octubre de los años impares a los patrones y obreros de los municipios de su jurisdicción para que designen sus representantes en la Comisión Especial respectiva, la que se reunirá a más tardar el día 20 del mismo mes de octubre, y estará obligada a comunicar su instalación a la Junta Central de Conciliación y Arbitraje. Si alguna de las Comisiones Especiales no está integrada o reunida el día 1o. de noviembre, la Junta Central de Conciliación y Arbitraje correspondiente hará la designación de los miembros que falten dentro de un plazo de cinco días.

"Artículo 416. Instaladas las Comisiones y con sujeción a las instrucciones recibidas de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje que corresponda, dentro de un plazo no mayor de treinta días estudiarán la situación económica de la región donde se trate de fijar el tipo de salario mínimo y los diversos géneros de trabajo. Al efecto, recabarán toda clase de datos e informes sobre:

"I. El costo de la vida;

"II. El presupuesto indispensable para satisfacer las necesidades mínimas del trabajador;

III. Las condiciones económicas de los mercados consumidores, y

"IV. Los demás datos que consideren necesarios para el mejor desempeño de su cometido.

"Artículo 417. Para los efectos del artículo anterior, las autoridades y todas las empresas, negociaciones, industrias cámaras de comercio, mineras, agrícolas, industriales, etc., están obligadas, con las limitaciones que establece la legislación común, a ministrar cuantos informes relacionados con la determinación del tipo mínimo del salario soliciten las Comisiones Especiales. Tendrán la misma obligación respecto de las Juntas Centrales de Conciliación y Arbitraje, en su caso.

"Artículo 418. Los patrones y trabajadores, dentro del término fijado en el artículo 416, podrán presentar ante las Comisiones sus puntos de vista con la comprobación que les parezca pertinente, y hacer observaciones y sugestiones encaminadas a facilitar el trabajo de las propias Comisiones.

"Artículo 419, Cumplido el plazo a que se refiere el artículo 416, la Comisión dictará desde luego su resolución, fijando el salario mínimo en el municipio. La resolución deberá enviarse inmediatamente, junto con el expediente respectivo, a la Junta Central de Conciliación y Arbitraje que corresponda, la que procederá de oficio a revisarla en los términos prevenidos en el artículo 426.

"Si las Comisiones no dictan resolución dentro del plazo mencionado, la Junta Central de Conciliación y Arbitraje respectiva, previa notificación a las partes, procederá a la fijación del salario mínimo en los municipios en que se trate, sujetándose a los dispuesto en los artículo 416, 417, 418, 420 y 421 en lo conducente.

"En todo caso, dictará resolución definitiva que habrá de publicarse en el Periódico Oficial correspondiente, antes del 31 de diciembre.

"Artículo 420. Las Comisiones Especiales levantarán actas en las que se anotarán sustancialmente cuanto se haya tratado en las sesiones celebradas hasta concluir sus trabajos. Con esas actas y con los documentos e informes que se les remitan, formarán un expediente que enviarán a la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de la que respectivamente dependan.

"Artículo 421. Las resoluciones definitivas que dicten las Juntas Centrales de Conciliación y Arbitraje para la fijación del salario mínimo, se redactarán por quintuplicado; un ejemplar quedará en poder de la Junta; otro se remitirá a la autoridad municipal correspondiente; el tercero a la Secretaría de la Economía Nacional; el cuarto al Departamento del Trabajo, y el quinto al Gobernador del Estado o Territorio, o al Jefe del Departamento del Distrito Federal, en su caso.

"Artículo 422. Los representantes patronales y obreros deberán:

"I. Ser mexicanos y mayores de edad;

"II. Saber leer y escribir, y

"III. No haber sido condenados por delitos infamantes.

"Artículo 423. En cualquier tiempo, a petición de la mayoría de patrones o trabajadores de un municipio y siempre que las condiciones del mismo lo justifiquen, la Comisión Especial podrá modificar el salario mínimo fijado. La mayoría se calculará en los términos del artículo 56.

"Artículo 424. En caso de no estar integrada la Comisión Especial, la mayoría solicitante se dirigirá

a la Junta Central de Conciliación y Arbitraje que corresponda, y ésta será la que proceda a la modificación del salario mínimo, sujetándose a lo dispuesto en los artículo 416, 417, 418, y 420 en lo conducente, y dentro de un plazo no mayor de sesenta días. Para el desempeño de las funciones que en este capítulo se les encomiendan, las Juntas Centrales de Conciliación y Arbitraje deberán oír a los Consejos Locales de Economía, y podrán ser asistidas del Personal técnico suficiente.

"Artículo 425. En caso de que las Juntas Centrales de Conciliación y Arbitraje no dicten resolución dentro de los plazos indicados, los Gobernadores de los Estados y Territorios y el Jefe del Departamento del Distrito Federal, en sus respectivas jurisdicciones, impondrán a sus miembros las sanciones establecidas en el artículo 665 para las Comisiones Especiales, sin perjuicio de que concedan prórrogas a fin de que las mencionadas Juntas dicten su resolución.

"Artículo 426. Recibo que sea el expediente en la Junta Central, ésta lo notificará así a los representantes de los patrones y obreros afectados y les concederá un plazo de quince días para que aporten a la Junta los datos y alegaciones que les parezcan pertinentes. Concluido este término y teniendo en cuenta lo actuado ante la Comisión del Salario Mínimo, la Junta constituida en tribunal pleno dictará su resolución definitiva.

"Artículo 427. El salario mínimo en trabajos que por su naturaleza no puedan ser considerados como prestados en determinado municipio, será el más alto de los fijados por las Comisiones Especiales respectivas en la región en que se desempeñe el trabajo. Salvo en la excepciones señaladas en el artículo 120, no se aplicarán a los domésticos las disposiciones relativas al salario mínimo.

"Artículo 428. En los trabajos en los que el salario se calcule por unidad de obra, la remuneración que se dé por ésta será tal, que para un trabajo normal, en una jornada de ocho horas, de por resultado cuando menos el monto del salario mínimo.

"La fracción V del artículo 349 de la Ley Federal del Trabajo deberá modificarse como sigue:

"Tramitar y decidir lo relativo a fijación del salario mínimo en los términos del Capítulo IX de este Título.

"Transitorio.

"Único. La presente ley entrará en vigor desde la fecha de su promulgación.

"México, 8 de septiembre de 1933. - El Presidente Constitucional Substituto de los Estados Unidos Mexicano, Abelardo L. Rodríguez. - El Jefe del Departamento del Trabajo, J. de D. Bojórquez." - A la 1a. Comisión de trabajo y Previsión Social, e imprímase.

El C. Mijares V.: ¡Moción de orden!

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Mijares V.

El C. Mijares V.: Únicamente para recordar a la Presidencia de la Cámara, que, cuando se suspendió la sesión de la misma, estaba pendiente el negocio que envió el Ejecutivo, relacionado con el empréstito de veinticinco millones; y a este negocio no se la ha dado el trámite respectivo. Por lo tanto, pido a la Presidencia que antes de considerar la iniciativa de reformas a la Ley del Trabajo, se le dé el trámite correspondiente al primer proyecto.

El C. Presidente: La Presidencia aclara que el trámite a la iniciativa del Ejecutivo, referente al empréstito de veinticinco millones, es el siguiente: imprímase y a discusión el lunes próximo.

El C. Terminel: Pido la palabra, para reclamar el trámite que se dio a la iniciativa de reformas a la Ley del Trabajo.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Terminel.

El C. Terminel: Compañeros: consecuente con el voto de adhesión y simpatía que esta Cámara presentó al señor Presidente de la República, por su labor en pro de la elevación del salario de los trabajadores nacionales, y considerando que se trata de un asunto claro y sencillo, pido a esta Honorable Asamblea se le dispensen los trámites, con objeto de pasar a la discusión inmediatamente.

El C. Secretario García Leal: Se consulta a la Asamblea, en votación económica, si es de tomarse en cuenta la proposición del compañero Terminel. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Voces: ¡No hay mayoría!) No habiendo mayoría subsiste el trámite de la Mesa: A la 1a. Comisión de Trabajo y Previsión Social, e imprímase.

El C. Trigo: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Trigo.

El C. Trigo: Compañeros: quiero hacer una proposición. Debemos ser consecuentes con lo que acabamos de votar aquí hace un momento. Este asunto tiene, efectivamente, una importancia tan grande como el otro; y si fuimos consecuentes con el Jefe del Departamento del Distrito Federal, acordando que su iniciativa se imprimiera y se discutiera en la próximo sesión, ¿por qué no tener igual gesto con el Jefe del Departamento del Trabajo, mandando que su iniciativa se imprima y pase a discusión el próximo lunes?

El C. Secretario García Leal: Queda en pie el trámite aprobado por la Asamblea. (Voces: ¡No, no; sí, sí; ¿cuál?) Que se imprima y se discuta el lunes.

El C. Trigo: Yo lo reclamé. Pido que se imprima y se discuta el lunes.

El C. Secretario García Leal: Así se hará.

El C. Presidente (a las 20.20.): Se levanta la sesión y se cita para el próximo lunes, a las once horas, encareciendo puntual asistencia.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"

El Director, Jefe de la Oficina, JOAQUIN Z. VALADEZ.