Legislatura XXXV - Año II - Período Ordinario - Fecha 19331010 - Número de Diario 11
(L35A2P1oN011F19331010.xml)Núm. Diario:11ENCABEZADO
MÉXICO, D. F., MARTES 10 DE OCTUBRE DE 1933
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de 2a, clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921
AÑO II. - PERÍODO ORDINARIO XXXV LEGISLATURA TOMO II. - NÚMERO 11
SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
EFECTUADA EL DÍA 11 DE OCTUBRE DE 1933
SUMARIO
1. - Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.
2. - Cartera.
3. - Se concede licencia al ciudadano Diputado Fernández Alfonso.
4. - Pasa a las Comisiones unidas 1a. de Gobernación y 1a. de Hacienda, una iniciativa del ciudadano Presidente de la República, a afecto de que se aumente el impuesto a los espectáculos y diversiones en el Distrito y Territorios Federales, cuyo importe se destinará al fondo del Comité Nacional Pro - damnificados.
5. - Continúa la cartera.
6. - Sin discusión se aprueban nueve dictámenes, que consultan proyectos de decretos: cuatro de la primera Comisión de Guerra por los que, respectivamente, se concede pensión a las señoras Julia Méndez viuda de Gómez, Aurora Ronquillo viuda de Alcalá, al menor José Francisco Murguía y a la señorita Narcisa Cortés; uno de la 3a. de Guerra, que pensiona a las señoritas María Guadalupe, Catalina y Teresa Barrios; uno de la 2a. de Puntos Constitucionales, que concede permiso constitucional al ciudadano Doctor José Manuel Puig Cassauranc; uno de la 2a. de Gobernación, por el que se declara día de fiesta nacional el día 1o. de mayo de cada año, en conmemoración del día del Trabajo; uno de las Comisiones unidas 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. de Relaciones Exteriores, que reforma al artículo 42 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de segregar del Territorio Nacional de Isla Clipperton o de la Pasión; uno de la 1a. de Comunicaciones, por el que se aprueba en todas sus partes el contrato celebrado con fecha 16 de julio de 1932, entre la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, en representación del Ejecutivo Federal, y el señor Adolfo Blumenkron. Pasan al Senado, al Ejecutivo y a las Legislaturas de los Estados, respectivamente, para los efectos de ley.
7. - Reciben primera lectura y se les dispensan la segunda para discutirse el primer día hábil, dos dictámenes: uno de la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales, que consulta proyecto de Decreto por el que se adiciona el artículo 45 de la Constitución General de la República, a fin de dejar establecida la jurisdicción en que deben quedar comprendidas las islas y cayos adyacentes al Territorio Nacional que se encuentran en los litorales Norte y Sur del Mar Caribe, y uno de la 2a. de Hacienda, que concede pensión al señor Profesor Mauro López Sosa.
8. - Sin discusión se aprueba un dictamen de la 1a. Comisión de Peticiones, que consulta acuerdo económico.
9. - Se considera de urgente y obvia resolución, un dictamen de la Comisiones unidas 1a. de Gobernación y 1a. Hacienda, sobre la iniciativa del ciudadano Presidente de la República para aumentar los impuestos a los espectáculos y diversiones en el Distrito y Territorios Federales, cuyo importe se destinará al fondo del Comité Nacional Pro - Damnificados. A discusión en lo general. Se aprueba. A discusión en lo particular. Se aprueba. Pasa al Senado para los efectos de ley. Se levanta la sesión.
DEBATE
Presidencia del C. ALEJANDRO ANTUNA LÓPEZ
(Asistencia de 87 ciudadanos diputados.)
El C. Presidente (a las 17.28): Se abre la sesión.
- El C. Secretario Pérez Gasga (leyendo):
"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados de la XXXV Legislatura del Congreso de la Unión, el día cinco de octubre de mil novecientos treinta y tres.
"Presidencia del C. Alejandro Antuna López.
"En la ciudad de México, a las diez y ocho horas y diez y ocho minutos del jueves cinco de octubre de mil novecientos treinta y tres, con asistencia de ochenta y nueve ciudadanos diputados, se abrió la sesión.
"Se aprobó el acta de la anterior, que tuvo lugar el día tres de los corrientes.
"El C. Alfonso Fernández, usó de la palabra proponer que esta Cámara nombre una Comisión que la represente en los funerales del practicante de medicina miembro de la Cruz Roja Mexicana, que murió en un accidente cerca de la población de Tamazunchale, S. L. P., cuando en unión de otros compañeros se dirigía a prestar auxilios a los damnificados de la región por las últimas inundaciones, y que se lleve una corona para depositarla en la tumba del esforzado estudiante.
"La Cámara aprobó lo propuesto por el C. Fernández y la Presidencia expresó que llevarán la corona y asistirán a esos funerales en representación de este Alto Cuerpo, lo ciudadanos J. Jesús Gutiérrez Casillas, Jesús Yáñez Maya, José Santos Alonso y Federico Montes.
"La Secretaría dio cuenta con los asuntos en cartera:
"La Dirección General de Acción Cívica, dependiente del Departamento del Distrito Federal, solicita que esta Cámara designe representación y orador oficial para la ceremonia que habrá de verificarse próximamente en memoria del extinto Senador don Belisario Domínguez.
"La Mesa Nombró en comisión para el efecto, a los ciudadanos Alvaro Cancino, Juan M. Esponda, Antonio León, Efraín Poumián y Martín G. Cruz. A este último representante se le designo orador oficial.
"La señora Marieta Villani viuda de Olvera, solicita se le conceda una pensión vitalicia por los servicios que prestó a la causa de la Revolución y al Gobierno emanado de ella, su extinto esposo el C. General Norberto C. Olvera. - Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.
"La Federación Campesina y Obrera del Estado de Chiapas, hace suya la solicitud de reformas a los artículos 21, 130 y 131 de la Ley Agraria vigente, enviada por la Confederación Campesina del Estado de Puebla. - Recibo, y a la Comisión que tiene antecedentes.
"El soldado de Infantería Tiburcio Hernández, quien perdió un brazo en defensa de las instituciones legales del país en un combate librado en la Cuesta de Santa Rosa, municipalidad de Putla, Oaxaca el 26 de septiembre de 1915, solicita se le conceda una pensión vitalicia de un peso cincuenta centavos diarios, equivalente al haber diario que devengan los soldados del Ejército. Apoyan esta solicitud varios ciudadanos diputados. - Recibo, y a la Comisión de Guerra que corresponda.
"La señorita Anfristina Campuzano solicita pensión por lo servicios que prestó al Ejército nacional por más de 20 años y durante la Intervención Americana su padre el extinto Coronel de Caballería Trinidad Campuzano. - Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.
"La señorita Josefa Santa Ana solicita se le transfiera la pensión otorgada a su madre la señora María Caraveo viuda de Santa Ana, quien disfrutaba de ese beneficio por la muerte del Teniente Piloto Aviador Carlos Santa Ana. - Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.
"Iniciativa suscrita por varios ciudadanos diputados, tendiente a que se reforme la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. A las comisiones unidas de Gobernación y Crédito Público en turno, e imprímase.
"Iniciativa de adición y reformas a la Ley de Minería vigente, suscrita por el C. Diputado Octavio M. Trigo y hecha suya por numerosos representantes más. - A la Comisión de Minas que corresponda, e imprímase.
"Dictamen de la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales sobre la iniciativa de varios ciudadanos diputados tendientes a que se reforme la fracción I del artículo 104 de la Constitución General de la República, a fin de exceptuar las sentencias que se dicten en segunda instancia en materia mercantil del recurso de súplica. - Segunda lectura y a discusión el primer día hábil.
"Se dio primera lectura y se dispensó la segunda a los dictámenes de que en seguida se hace mérito y que se reservan para su discusión el primer día hábil:
"De las Comisiones unidas, 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. de Relaciones Exteriores, pro el que se reforma el artículo 42 de la Constitución Política de la República en virtud del fallo arbitral sobre la isla Clipperton o de la Pasión, que pasa a ser propiedad de la República francesa; de la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales por el que se concede licencia al C. Doctor José Manuel Puig Cassauranc, para que acepte y use unas condecoraciones que le confirieron los Gobiernos de España y Chile, respectivamente; de la 1a. Comisión de Guerra, por los que se concede pensión a las señoras Julia Méndez viuda de Gómez, Aurora Ronquillo viuda de Alcalá, a la señorita Narcisa Cortés y al menor José Francisco Murguía, y de la 2a. Comisión de Gobernación que hace suyo en todas sus partes el dictamen rendido por la 1a. Comisión de Gobernación de la XXXI Legislatura así como la proposición suscrita por la 1a. Comisión de Gobernación de la XXXII Legislatura, por el que se declara día de fiesta nacional el 1o. de mayo, en conmemoración de la fiesta del trabajo.
"Se aprobaron sin debate, en votaciones económica sucesivas, los siguientes dictámenes, que contienen acuerdos económicos por los que, respectivamente, se resuelve:
"De la 1a. Comisión de Hacienda: que se diga al C. Ramón García Frade que, de acuerdo con lo prescrito por la Ley de Instituciones de Crédito en vigor, corresponde a la Secretaría de Hacienda conocer de su iniciativa y es ésta a quien debe dirigirse;
"de la 2a. Comisión de Peticiones: que pase a la Comisión de Guerra que corresponda, la solicitud de pensión prestada por la señorita María Evangelina Risa;
"de la 1a. Comisión de Guerra: que se diga a las señoras Francisca Cantú viuda de Salas Correa, Carlota Hernández viuda de García, Hipólita Pérez viuda de Zárate y Josefina Ramón viuda de Villarreal que deben dirigirse al Ejecutivo de la Unión con motivo de las pensiones que solicitan, por estar éstas comprendidas en la Ley de Retiros y Pensiones del Ejército y Armada Nacional; que no ha lugar, por las razones que se expresan, a conceder
las peticiones que solicitan la señorita Guadalupe Vega y Moreno y las señoras María Fernández viuda de Alvarado, Tomasa Valdez viuda de España, Pomposa C. Díaz y Dolores Benítez viuda de Ibarrola, y que se aceptan, en todas sus partes, las objeciones que el Ejecutivo de la Unión formuló al proyecto de decreto aprobado por el Congreso de la Unión que concedió una pensión a la señora Bárbara Jorge, y
"de la Comisión de Industria y Comercio: que se transcriba a la H. Legislatura del Estado de Chiapas, el punto de acuerdo final del dictamen que con fecha 21 de diciembre de 1932 rindió ante esta H. Cámara de Industria y Comercio, relativo a que se termine con el monopolio del papel.
"A las diecinueve horas y veintiocho minutos se levantó la sesión y se citó para el día siguiente, a las dieciséis horas."
Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"Estados Unidos Mexicanos. - Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - México.
"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.
"Para los efectos constitucionales, nos es honroso remitir a ustedes en diez fojas útiles, el expediente con el proyecto de Decreto que concede una pensión de $ 2.00 a cada una de las señoritas Magdalena y Francisca Escobedo, bisnietas del C. General de División Mariano Escobedo.
"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración muy distinguida
"México, D.F., a 4 de octubre de 1933. - J. G. Pineda., S. S. - R T. Loaiza, S.S." - Recibo, y a la Comisión de Guerra en turno.
"Estados Unidos Mexicanos. - Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - México.
CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presente.
"En cinco fojas útiles y para los efectos constitucionales, tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente con la minuta del proyecto de decreto, por el cual se concede permiso al C. General Brigadier Othón León L., para que acepte y use las condecoraciones que tuvo a bien conferirle el Gobierno de España.
"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
"México, D. F., octubre 4 de 1933. - E. T. Loaiza, S. S. - J. G. Pineda, S. S." - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales que corresponda.
"Estados Unidos Mexicanos. - Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - México.
"CC Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.
"Para los efectos constitucionales y en 6 fojas útiles, tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente con la iniciativa y la minuta Proyecto de Reformas a las fracciones VII y XXIV del artículo 76 constitucional; supresión de las fracciones II, III y IV del artículo 74 constitucional, pasando a ser las V, VI, VII y VIII; II, III, IV y V, respectivamente, y reforma a la fracción X del artículo 89 de la Constitución General de la República.
"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
"México, D.F., octubre 3 de 1933. - R. T. Loaiza, S. S. - J. G Pineda, S. S." - Recibo, y a las Comisiones unidas 1a. de Puntos constitucionales y 1a. de Gobernación, e imprímase.
"Estados Unidos Mexicanos. - Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. - México.
"CC. Secretario de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.
"Para que se sirvan ustedes hacerlo del conocimiento de esa H. Asamblea tenemos el honor de participarles que el Senado, en sesión celebrada el día de ayer, eligió para formar su Mesa Directiva que funcionará el presente mes, a los CC. senadores siguientes:
"Presidente, Juan B. Castelazo.
"Vicepresidentes: Manuel Almanza y Severiano Montes.
"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta consideración.
"México, D. F., octubre 4 de 1933. - J. G. Pineda, S. S. - R. T. Loaiza, S. S." - De enterado.
Telegrama procedente de: "San Luis Potosí, octubre 6 de 1933.
"Presidente de la H. Cámara de Diputados. - México, D. F.
"Hónrome dirigirme a esa H. Cámara para expresarle con señalada atención, en nombre del Ejecutivo de mi cargo y del General de División Saturnino Cedillo, las más expresivas gracias por su generosidad y altruismo al conceder su inapreciable ayuda en pro de los damnificados de esta capital y municipios afectados este Estado, auxilio que oportunamente ha llegado a poder de los destinatarios, aliviando su angustiosa situación. - Atentamente. - Gobernador Estado, I. Turrubiates." - De enterado.
"El C. General Juan Domínguez, comunica que con fecha 2 de octubre reasumió sus funciones de Gobernador del Territorio Sur de la Baja California, volviendo el C. Licenciado Luis J Rodríguez a encargase del despacho de la Secretaría General de Gobierno." - De enterado.
"El Congreso del Estado de Tabasco, participa que eligió Presidente y Vicepresidente de su Mesa Directiva para el mes de octubre." - De enterado.
"La XXXIV Legislatura del Estado de Chiapas, participa que con fecha 26 de septiembre abrió su segundo período extraordinario de sesiones a que fue convocada por su Diputación Permanente, y da a conocer la forma en que integró su Mesa Directiva." - De enterado.
"El Congreso de Nuevo León, da a conocer los nombres de las personas que integran su nueva Mesa Directiva." - De enterado.
"El C. Salvador Saucedo, Gobernador Constitucional de Colima, comunica que se hizo cargo nuevamente de su puesto después de haber fenecido la licencia que le concedió la Legislatura Local." - De enterado.
"El ciudadano Licenciado Francisco Salcedo Casas, comunica que se hizo cargo del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz, en virtud de licencia hasta por ocho días concedida al Gobernador Constitucional, ciudadano Licenciado Gonzalo Vásquez Vela." - De enterado.
"El Tribunal Superior de Justicia del Estado de Nuevo León, avisa que nombró como su Presidente al Magistrado de la Tercera Sala, Licenciado Daniel Guerra Espinosa." - De enterado.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"Honorable Asamblea:
"El suscrito, diputado en ejercicio por el primer Distrito Electoral del Estado de Guanajuato, viene a manifestar lo siguiente: Que en virtud de habérsele conferido la Jefatura de una Brigada Sanitaria de la Cruz Roja, de acuerdo con el Comité Pro - Damnificados que preside el C. Licenciado Emilio Portes Gil, para marchar al Estado de Chiapas a auxiliar a los damnificados de aquella Entidad, solicita se le conceda una licencia, con goce de dietas, por todo el tiempo que dura el desempeño de dicha comisión.
"Hace a ustedes presentes las seguridades de su atenta consideración.
"México, D.F., a 9 de octubre de 1933. - Diputado Doctor Alfonso Fernández."
En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Concedida.
- El mismo C. secretario (leyendo):
"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México. - Secretaría de Gobernación.
"A los ciudadanos diputados Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presentes.
"Con el presente remito a ustedes, original, la iniciativa que presenta a la consideración de esa H. Cámara el ciudadano Presidente de la República, relativa al aumento de impuestos sobre espectáculos y diversiones en el Distrito y Territorios Federales, cuyo importe se destinará al fondo del Comité Nacional Pro - Damnificados.
"Suplico a ustedes acusarme el recibo correspondiente, y aprovecho la oportunidad para renovarles las seguridades de mi distinguida consideración.
"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, D.F., 6 de octubre de 1933. - Por acuerdo del ciudadano Secretario, el Oficial Mayor José Magro Soto."
"Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.
"Ciudadanos Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.
"Los cuantiosos daños y perjuicios que en las diversas regiones de la República, especialmente del Noroeste, han causado últimamente las inundaciones motivadas por el exceso de las lluvias u otros fenómenos que han perturbado considerablemente las condiciones de vida en esos lugares, ocasionando no solamente muchas defunciones, sino también la destrucción de fuentes de riqueza, han trascendido a la opinión pública y preocupado muy hondamente a este Ejecutivo Federal de mi cargo que, ante tamaños males, se ve en la necesidad de buscar los medios para remediar en cuanto sea posible esa situación y principalmente para proveer a la mesa de población damnificada de sus más elementales medios de subsistencia.
"La necesidad de socorrer a los damnificados es una labor que este Ejecutivo ha comprendido que no puede ni basta para ser realizada por medio de la iniciativa individual y, en esa virtud, considera que es la Administración Pública la que principalmente debe encauzar sus actividades a la realización inmediata de dicha finalidad, puesto que tiene en sus manos el medio de obtener por conducto de la ley y con un control adecuado, los arbitrios que se consideren indispensables.
"En consecuencia, y por lo que toca a la colaboración del departamento del Distrito Federal y de los Territorios Federales me permito elevar, por el muy digno conducto de ustedes, a la consideración de ese H. Congreso de la Unión, y con fundamento en la fracción I del artículo 71 de la constitución, el siguiente proyecto de decreto que tiende a aumentar en un porcentaje todos los impuestos que se recauden en el Distrito Federal y Territorios
Federales, por concepto de diversiones y espectáculos públicos: proyecto que se considera que debe ser expedido urgentemente y con dispensa de trámites, dado el fin apremiantemente humano que persigue:
"Decreto:
"Artículo 1o. Para auxiliar a los damnificados por los últimas inundaciones y ciclones que han afectado regiones considerables de la República, en el Distrito Federal y en los Territorios Federales, se cobrará un impuesto sobre el valor de los boletos vendidos en los espectáculos y diversiones públicas de los propios Distritos y Territorios.
"Artículo 2o. Para los efectos del artículo anterior, el monto del impuesto será de $0.05 (cinco centavos) si el valor del boleto vendido es menor de $1.00 (un peso); y de $0.10 (diez centavos) si el valor de dicho boleto es de $ 1.00 o mayor en forma que se cobren diez centavos por cada $ 1.00 completo.
"Artículo 3o. Los conceptos que quedan expresamente gravados para los fines a que se refiere este decreto, serán los siguientes: box, carpas, circos, cinematógrafos, teatros, corridas de toros y novilladas, frontones, foot - ball y base - ball.
"Artículo 4o. El impuesto se pagará sin perjuicio del cobro de las cuotas que correspondan a la aplicación de la Ley de Hacienda vigente del Distrito Federal y de las disposiciones de la misma naturaleza en los Territorios.
"Artículo 5o. EL impuesto a que se refiere el presente decreto, no causará la contribución federal a que se refiere el artículo 131 y demás relativos de la Ley General de Timbre..
"Artículo 6o. Se faculta el ciudadano Jefe del Departamento del Distrito Federal y a los Gobernadores de los Territorios para que, por los conductos debidos, hagan entrega de los fondos que se recauden por la aplicación del Presente decreto, al Comité Nacional Pro - Damnificados que autorizadamente se ha constituido.
"Transitorio.
"Único. EL Presente decreto empezará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y hasta el 31 de diciembre, inclusive, del corriente año,
"Reitero a ustedes mi consideración atenta y distinguida.
"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, D.F., a 5 de octubre de 1933. - El Presidente Substituto Constitucional de la República, Abelardo L. Rodríguez. - El Jefe del Departamento del Distrito Federal. Aarón Sáenz." - Recibo, y a las Comisiones unida, 1a. de Gobernación y 1a. de Hacienda.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"El Sindicato de Obreros y Obreras "Jauja" y Oficios Varios, de Colonia Gral. Heriberto Casas, de Tepic, Nay., apoya la iniciativa presentada ante esta Cámara, para que se reformen los artículo 21, 130 y 131 de la Ley Agraria vigente, en el sentido de que se derogue la limitación del perímetro de 7 kilómetros que actualmente se señala para dotación y ampliación ejidales."- Recibo, y a la Comisión que tiene antecedentes.
"La Liga de Comunidades Agrarias del estado de Veracruz, apoya la iniciativa de la Confederación Campesina "Emiliano Zapata", del Estado de Puebla, tendiente a reformar la Ley de Dotaciones y Restituciones de Tierras y Aguas en vigor. - Recibo, y a la Comisión que tiene antecedentes.
"El Comité Sindical Unitario de Guadalajara, Jal., apoya en todas sus partes el proyecto de ley del Seguro Social, Presentado a esta Cámara por la Confederación Sindical Unitaria de México. - Recibo, y a la Comisión que tiene antecedentes.
"Un grupo de trabajadores de Tuxtepec, Oax., apoya el proyecto sobre el seguro social presentado a esta Cámara por la Confederación Sindical Unitaria de México. - Recibo, y a la Comisión que tiene antecedentes.
"El Círculo Feminista de Occidente, Adherido a la Confederación Obrera de Jalisco, apoya el proyecto de Ley del Seguro Social y contra la Desocupación, presentado por la Sindical Unitaria de México. - Recibo, y a la Comisión que tiene antecedentes.
"El Colegio de Corredores Públicos Titulados, dependiente de la Secretaría de Economía Nacional, solicita no se dictamine la iniciativa de varios diputados, sobre reforma a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, hasta no conocer antecedentes que puede proporcionar la Secretaría de Economía Nacional, y el memorial que envía el citado Colegio de Corredores. - Recibo y a las Comisiones que tienen antecedentes.
"La señora María Teresa Pérez, viuda del General Gertrudis G. Sánchez, solicita se le transfiera la pensión de que venía disfrutando su hija la señorita Francisca G. Sánchez, quien perdió ese beneficio por haber contraído matrimonio. - Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.
"Las señoritas Francisca y Agustina Rodríguez, solicitan pensión por los servicios prestados a la Patria por su extinto padre el Coronel de Caballería, C. José Rodríguez. - Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.
"El C. Miguel Sáinz y Herrera, solicita se fije el 30 de diciembre próximo para el traslado de los restos de don Venustiano Carranza a la Rotunda de los Hombres Ilustres. - Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.
"La señora Domitila Colmenares, propone una adición al artículo 37 de la Constitución Federal, en el sentido de que la calidad de ciudadano mexicano se pierda por pertenecer, con cualquier carácter, clerical o monástico, a cualquier comunidad o congregación que reconozca como autoridad máxima a un dignatario extranjero. - Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"1a. Comisión de Guerra.
"La señora Julia Méndez viuda de Gómez ha ocurrido a esta Cámara de Diputados solicitando se le otorgue una pensión por la muerte de su hijo el C. Gilberto Gómez, acaecida en abril de 1914, defendiendo el puerto de Veracruz contra la invasión norteamericana. Apoya esta petición el Comité Pro - Monumento Héroes 1847 y 1914, con residencia en la ciudad de Veracruz.
"Esta Comisión, a quien le fue turnado el asunto de que se ha hecho mérito, revisó con todo cuidado el expediente respectivo y, por los documentos que obran en el mismo, llegó al convencimiento de que el desaparecido, sin ostentar grado militar y sabiendo que el puerto de Veracruz iba a ser invadido por fuerzas norteamericanas, tomó las armas y en defensa de dicho puerto sucumbió. Como premio al hecho relatado, el C, Presiente de la República concedió al extinto ciudadano Gilberto Gómez la condecoración denominada "Segunda Invasión Norteamericana", obrando copia fotostática de ésta en el expediente.
"Por lo anteriormente expuesto y estando plenamente comprobado el parentesco de la solicitante con el causante, esta Comisión es de parecer que se conceda el beneficio que se pide, y así tiene el honor de proponerlo a Vuestra Soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Por haber muerto en defensa de la integridad nacional el C. Gilberto Gómez, se concede a su madre, la señora Julia Méndez viuda de Gómez, una pensión de tres pesos diarios que le pagará íntegramente la Tesorería General de la Federación, mientras la interesada conserve su actual estado civil."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., 26 de septiembre de 1933. - Paz Faz Risa. - A. R. Pareyón."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"1a. Comisión de Guerra.
"Honorable Asamblea:
"La primera Comisión de Guerra recibió para su estudio y dictamen el expediente formado con las observaciones que hace el Ejecutivo de la Unión al proyecto de decreto aprobado por el Congreso, en virtud del cual se pensiona con la cantidad de siete pesos cincuenta centavos diarios a la señora Aurora Ronquillo viuda de Alcalá.
"Las observaciones de que se trata fueron estudiadas con todo cuidado por los suscritos, llegando a la conclusión de que ellas no desvirtúan en manera alguna los propósitos que animaron al Congreso de la Unión para pensionar a la señora Ronquillo; pues que está plenamente comprobado que dicha señora dependía económicamente del causante y que éste contrajo una enfermedad en campaña, a consecuencia de la cual falleció.
"Atentos a las razones que exponemos, somos de parecer que no se tomen en cuenta las observaciones que motivan este dictamen y para los efectos del inciso c) del artículo 72 de la Constitución General de la República, nos permitimos someter a vuestra aprobación, el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Por los importantes servicios que prestó a la Revolución el extinto General Brigadier Luis G. Alcalá Pulido, se concede a su viuda la señora Aurora Ronquillo, un pensión de siete pesos cincuenta centavos diarios que le pagará íntegramente la Tesorería General de la Nación, mientras la interesada no cambie su actual estado civil."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., 12 de septiembre de 1933. - Paz Faz Risa. - A. R. Pareyón."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"1a. Comisión de Guerra.
"Honorable Asamblea:
"La señora María de la Luz Esperón, ha ocurrido a esta Cámara de Diputados, solicitando se pensione al menor Francisco José Murguía, hijo natural del extinto General de División Francisco Murguía.
"Este asunto fue turnado a la 1a. Comisión de Guerra, la que después de estudiar con todo detenimiento la documentación que corre agregada al expediente respectivo, encontró justificado el parentesco del menor, con el desaparecido, y por lo que respecta a la actuación revolucionaria del mismo, creemos inútil referirnos a ella, ya que es bien conocida de cada uno de los componentes de esta Asamblea.
"Atentos a lo anteriormente manifestado, somos de parecer que se pensione al menor hijo del General Murguía, y así tenemos el honor de proponerlo a la aprobación de Vuestra Soberanía por medio del siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Por los importantes servicios que prestó a la Revolución el extinto General
Francisco Murguía, se concede a su hijo, el menor José Francisco Murguía, una pensión de tres pesos diarios que le pagará íntegramente la Tesorería General de la Federación, mientras el beneficiado no llegue a la mayor edad."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 25 de septiembre de 1933. - Paz Faz Risa. - A. R. Pareyón."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"1a. Comisión de Guerra.
"Honorable Asamblea:
"El Senado de la República, aprobó un proyecto de decreto por el cual se pensiona,. con la cantidad de dos pesos cincuenta centavos diarios, a la señorita Narcisa Cortés, por los importantes servicios que prestó a la Patria su finado padre, el Comandante Victoriano Cortés.
El propio Senado, para aprobar el proyecto de decreto de que se ha hecho referencia, tuvo en cuenta, en primer lugar, las difíciles condiciones económicas por que atraviesa la señorita Narcisa Cortés, y, en segundo, los meritorios servicios prestados a la Patria, durante la guerra de Intervención Francesa, por el causante, que constituía el único apoyo económico de la interesada.
"La suscrita Comisión no tiene que hacer ninguna objeción a lo acordado por la Cámara colegisladora y, por lo tanto, tiene el honor de proponer a la aprobación de Vuestra Soberanía, el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Por los importantes servicios prestados a la Patria durante la guerra de Intervención Francesa, por el Comandante Victoriano Cortés, se concede a su hija, la señorita Narcisa Cortés, una pensión de dos pesos cincuenta centavos diarios, que le pagará íntegramente la Tesorería General de la Nación, mientras no cambie su actual estado civil."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., a 15 de diciembre de 1932. - A. R. Pareyón. - Paz Faz Risa."
Está a discusión . No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"3a. Comisión de Guerra.
"H. Asamblea:
"La Cámara de Senadores, aprobó y remitió a ésta para los efectos constitucionales, un proyecto de Decreto por el cual se pensiona con la cantidad de dos pesos diarios a cada una de las señoritas María Guadalupe, Catalina y Teresa Barrios, por los servicios que prestó a la Patria su extinto padre el Mayor de Caballería Ramón Barrios.
"El asunto que motiva este dictamen fue turnado a la suscrita Comisión de Guerra, la que después de estudiarlo con toda minuciosidad, no tiene objeción alguna que hacer a lo acordado por la Cámara colegisladora, toda vez que se trata de recompensar a los hijos de un veterano que toda su vida la consagró a la defensa de las instituciones y de la integridad nacional.
"Atentos a lo anteriormente expresado, nos permitimos el honor de someter a la aprobación de Vuestra Soberanía, el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede una pensión de dos pesos diarios por los servicios que prestó a la Patria el Mayor de Caballería C. Ramón Barrios, a cada una de sus hijas las señoritas María Guadalupe, Catalina y Teresa Barrios, que les será pagada por la Tesorería General de la Nación, mientras las interesadas no cambien su actual estado civil."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., a 9 de octubre de 1933. - Armando P. Arroyo. - D. Mendiola Flores."
Primera lectura. En votación económica se consulta si se dispensa los demás trámites para que entre desde luego a discusión. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se dispensan los trámites . Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"Honorable Asamblea:
"El C. Doctor José Manuel Puig Cassauranc, Secretario de Relaciones Exteriores, se ha dirigido a esta H. Cámara en solicitud de permiso para aceptar las condecoraciones de la "Orden de la República" y "Al Mérito", en el Grado de Gran Cruz, que los Gobiernos de España y Chile, respectivamente, le han conferido.
"La Comisión ha tenido en cuenta lo dispuesto por la fracción II del artículo 37 de la Constitución Federal, y a fin de que el interesado no caiga bajo la sanción que establece este precepto, tiene el honor de someter a la ilustrada consideración de Vuestra Soberanía, el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede licencia al C. Doctor José Manuel Puig Cassauranc para que, sin que pierda su calidad de ciudadano mexicano, acepte y use las condecoraciones de la "Orden de la República" y "Al Mérito", ambas en el Grado de Gran Cruz, que le fueron conferidas por los Gobiernos de España y Chile, respectivamente."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D.F., a 28 de septiembre de 1933. - José Santos Alonso. - Ernesto Martínez Macías."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"1a. Comisión de Gobernación.
"H. Asamblea:
"A la 1a. Comisión de Gobernación que suscribe fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente formado con motivo de la proposición suscrita por el C. Antonio Valadez Ramírez y otros ciudadanos representantes, pidiendo se declare día de fiesta nacional el 1o. de mayo, como una demostración de culto al trabajo.
"Esta Comisión supone que en el presente caso debe tomarse en cuenta, muy especialmente, el movimiento social de todo el mundo, cuyo movimiento tuvo sus primeros mártires en los obreros de Chicago, que por primera vez reclamaba la implantación de la jornada de ocho horas. Este hecho, que seguramente convierte en luctuosa la fecha, por los trágicos acontecimientos que recuerdan, debe considerarse, como dice la iniciativa, "la glorificación del trabajo", puesto que aquel deseo ha sido de hecho y de derecho convertido en realidad en la mayor parte de los países del Globo; por lo cual debe considerarse, desde el punto de vista del movimiento social una fecha de trascendencia la de los sucesos ocurridos en Chicago.
"Es cierto que no debiera considerarse como día de fiesta una matanza de obreros, cuya idea es sencillamente antitética al sentimiento que debe inspirar toda festividad; pero desgraciadamente todos los sucesos gloriosos de la sociedad han necesitado la sangre de mártires. En muchos países este día es considerado como festivo, y en nuestro propio país, el 1o. de mayo del corriente año fue solemnizado de una manera significativa con una supresión de todas las actividades del trabajo, y seguramente que esta actitud de las clases laborantes de México perdurará en los años subsecuentes, por lo cual la suscrita Comisión considera que es de aprobarse la iniciativa a que se ha hecho referencia, y propone a la Honorable Cámara el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se declara día de fiesta nacional el 1o. de mayo, en conmemoración de la fiesta del trabajo."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 4 de septiembre de 1925. - José L. Galván. - Luis Ramírez Corzo.
"La 1a. Comisión de Gobernación que suscribe, hace suyo en todas sus partes el anterior dictamen rendido por la 1a. Comisión de Gobernación de la XXXI Legislatura, y con todo respeto pide a la H. Asamblea sea puesto desde luego a discusión, toda vez que ya se le dieron las lecturas reglamentarias y quedó a discusión el primer día hábil.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., a 29 de septiembre de 1927. - F. López Soto. - Benito Juárez C.
"Los suscritos, miembros de la 2a. Comisión de Gobernación a quien correspondió estudiar este asunto, hacen suyo en todas sus partes el dictamen rendido por la 1a. Comisión de Gobernación de la XXXI Legislatura así como la proposición suscrita por la 1a. Comisión de Gobernación de la XXXII Legislatura.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D.F., a 12 de septiembre de 1933. - Pedro C. Rodríguez. - Alberto Coria.
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"Comisiones unidas 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. de Relaciones Exteriores.
"Honorable Asamblea:
"A las Comisiones unidas que suscriben, correspondió hacer el estudio del expediente enviado por la H. Cámara de Senadores y que contiene una iniciativa del Ejecutivo Federal, en virtud de la cual se reforma el artículo 42 de la Constitución General de la República a fin de segregar del territorio nacional de Isla Clipperton o de La Pasión, ya que en virtud del fallo arbitral dictado por el Rey de Italia, con fecha 28 de enero de 1931, con motivo de la controversia surgida entre nuestro país y la República francesa, dicha isla pasa a ser propiedad de esta última.
"Las Comisiones han tenido en cuenta, entre otras razones, que en el convenio establecido entre Francia y México, aprobado por el Senado de nuestra República. en el mes de octubre de 1909, ambos Gobiernos contrajeron el compromiso de aceptar dicho fallo arbitral, cualquiera que fuese el resultado del mismo, así como a ratificar y canjear las ratificaciones a la mayor brevedad.
"Estiman las Comisiones que el anterior argumento es suficiente para que, a fin de dejar a salvo el decoro nacional cumpliendo con el compromiso contraído, esta Cámara , al igual que la colegisladora, sancione el proyecto de reforma aprobado por el Senado y así se permiten el Honor de proponerlo a Vuestra Soberanía.
"En mérito de lo expuesto, nos permitimos someter a la consideración de la H. asamblea, el siguiente proyecto de reforma al artículo 42 de la Constitución Federal:
"Artículo único. Se reforma al artículo 42 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los siguientes términos:
"Artículo 42. El territorio nacional comprende el de las partes integrantes de la Federación y además el de las islas adyacentes en ambos mares. Comprende asimismo la Isla de Guadalupe y las de Revillagigedo, situadas en el Océano Pacífico."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D.F., a 2 de octubre de 1933. - 2a. Comisión de Puntos Constitucionales: José Santos Alonso. - Ernesto Martínez Macías. - 2a. Comisión de Relaciones Exteriores: Armando R. Pareyón. - Enrique Liekens."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"1a. Comisión de Comunicaciones.
"H. Asamblea:
"A la 1a. Comisión de Comunicaciones que suscribe fue turnado para su estudio y dictamen el contrato celebrado entre la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, en representación del Ejecutivo de la Unión con el señor Adolfo Blumenkron, Presidente de la Anáhuac Machinery Co,. solidaria de The Norris Machine Works, de Nueva York, E.U.A., para la compra - venta del equipo de dragado para el Gran Canal del Desagüe del Valle de México.
"Estudiado con detenimiento el contrato de referencia que consta de XIX Cláusulas y considerando que la compra del equipo de que se trata tiende
a resolver el problema de tener permanentemente el Canal del Desagüe del Valle de México en las mejores condiciones posibles, para evitar su azolvamiento y los derrames del mismo, que muchas veces provocan inundaciones en partes de la capital, sufriendo perjuicios los habitantes en sus intereses y salud, estimamos que es conveniente aprobar en todas sus partes el contrato aludido, y en tal concepto nos permitimos proponer a Vuestra Soberanía, para su discusión y aprobación, el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se aprueba en todas sus partes el contrato celebrado, con fecha 16 de julio de 1932, entre la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, en representación del Ejecutivo de la Unión, y el señor Adolfo Blumenkron, Presidente de la Anáhuac Machinery Co., solidaria de The Norris Machine Works, de Nueva York, E. U. A., para la compra - venta del equipo de dragado para el Gran Canal del Desagüe del Valle de México.
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de octubre de 1933. - Manuel Riva Palacio. - Macedonio S. Barrera."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
El C. Secretario Pérez Gasga: Se procede a recoger la votación nominal de los decretos reservados.
El C. Secretario García Leal: Por la afirmativa.
El C. Secretario Peralta: Por la negativa.
(Votación.)
El C. Secretario García Leal: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la afirmativa?
El C. Secretario Peralta: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la negativa? Se procede a la votación de la Mesa.
(Votación.)
El C. Secretario García Leal: Votaron por la afirmativa ciento dieciocho ciudadanos diputados.
El C. Secretario Peralta: Votó por la negativa un ciudadano diputado.
El C. Secretario García Leal: En consecuencia, fueron aprobados los proyectos de decreto reservados. Pasan al Ejecutivo, al Senado y a las Legislaturas, respectivamente, para los efectos legales.
- El C. Secretario Peralta (leyendo):
"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"Honorable Asamblea:
"La Cámara de Diputados, en sesión del día 23 de noviembre del año próximo pasado, aprobó un proyecto de decreto por el cual se adiciona el artículo 45 de la Constitución Federal, a fin de dejar establecida la jurisdicción en que deben quedar comprendidos las islas y cayos adyacentes al territorio nacional, que se encuentran en los litorales Norte y Sur del Mar Caribe.
"El proyecto de decreto a que se hace referencia, fue devuelto por la H. Cámara de Senadores modificado en su artículo transitorio, y habiendo estudiado la Comisión la reforma propuesta por la H. colegisladora para el citado artículo transitorio, está de acuerdo con ella, por lo que se permite el honor de someterlo a vuestra consideración y aprobación, en los siguientes términos:
Transitorio.
"Único. La parte continental que anteriormente pertenecía al Territorio de Quintana Roo y que ha quedado anexada a los Estados de Yucatán y Campeche, queda libre de cualquier adeudo que pudiera existir a favor del comercio y empleados públicos que prestaron sus servicios en dicho Territorio hasta el 31 de diciembre de 1931, en que se anexó a los Estados de Yucatán y Campeche, pues la Federación liquidará y pagará dichos adeudos, debiendo quedar, en consecuencia, a favor de la Federación los créditos que hasta la fecha de la entrega de dicho Territorio existían, por concepto de impuestos y demás aprovechamientos quedarán las islas y cayos que, en o futuro, pertenecerán a Yucatán y Campeche.
"Los bienes muebles e inmuebles que estuvieron al servicio de las autoridades civiles, tanto en la parte continental como en las islas anteriormente mencionadas, pasarán a ser respectivas propiedades de las entidades federativas mencionadas.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., a 6 de septiembre de 1933. - Manuel Rueda Magro. - Luis Martínez Vértiz."
Primera lectura. En votación económica se pregunta si de dispensa la segunda para que el dictamen se discuta el primer día hábil. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensada. A discusión el primer día hábil.
"2a. Comisión de Hacienda.
"Honorable Asamblea:
"El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, envió a esta H. Cámara, con el carácter de urgente, el oficio 19030 fechado el 22 de diciembre de 1932, con el que devuelve original el decreto aprobado por el Congreso de la Unión, por el que se concede al C. Profesor Mauro López Sosa una pensión vitalicia de cinco pesos diarios por lo servicios que por más de cuarenta y dos años prestó a la Instrucción Pública.
"Funda sus objeciones el Ejecutivo en las siguientes consideraciones: que el C. Mauro López Sosa se le había concedido una pensión que fue cancelada en vista de que todos sus servicios fueron el Estado de Yucatán, y las leyes de pensiones expedidas hasta la fecha amparan exclusivamente a los empleados de carácter federal. Que es materialmente imposible que el Erario afronte obligaciones propias de los Estados y que, además, crear una disposición en especial para amparar a una persona determinada en un privilegio que no se justifica dentro de la organización política del país.
"La suscrita Comisión, a quien nuevamente fue turnado este asunto, estima injustificadas las razones que aduce el Ejecutivo Federal, puesto que para rendir su primer dictamen tuvo en cuenta todas estas mismas razones, pero como en el expediente se encuentran documentos como son el acuerdo de fecha 5 de marzo de 1932 del extinto
C. Alvaro Obregón en su carácter de Presidente de la República, concediendo al citado Profesor López Sosa una pensión de retiro de cinco pesos diarios, por tener acreditados servicios prestados a la Instrucción Pública, por cuarenta y dos años y no estar comprendido en las bases vigentes de jubilación; copia certificada del dictamen de fecha 17 de abril de 1922 de la Comisión de Jubilaciones de la Dirección General de Educación Pública, en el cual la misma asienta que del estudio cuidadoso que hizo de los servicios prestados por el C. Profesor López Sosa a la Instrucción Pública, llegó a establecer que trabajó efectivamente como maestro de las escuelas en Yucatán, por más de cuarenta y dos años consecutivos. Que el repetido señor profesor prestó servicios a las escuelas yucatecas durante el largo período de sus trabajos y que durante los años 1919 y 1920 desempeño los cargos de Director de la Escuela Normal e Inspector de Escuelas del Estado. Que fundó de su peculio particular una escuela que funcionó por más de dos años habiendo sido dicha escuela de carácter particular y gratuita. Que en épocas aciagas para el Erario siguió prestando sus servicios sin remuneración de ninguna clase, y, por último, propone que el caso del señor Profesor López Sosa, aun cuando no está comprendido en ninguna de las reglas de las bases de jubilaciones en vigor, en virtud de que ninguno de los servicios prestados por él ha sido de carácter federal, en vista de su importancia proponen que se pida al ciudadano Presidente de la República se digne conceder la gracia de una pensión vitalicia de cinco pesos diarios el expresado Profesor yucateco López Sosa.
"El ciudadano Presidente de la República, que en esa época era el extinto C. Alvaro Obregón, tomando en cuenta todas estas razones, acordó conceder el Profesor López Sosa una pensión de cinco pesos diarios, como ya se dice antes, y que disfrutó hasta el 5 de diciembre de 1931 en que le fue suspendida por acuerdo del ciudadano Secretario de Hacienda.
"La Comisión, tomando en cuenta todas las razones que se han expuesto en este caso, así como las objeciones del Ejecutivo, estima que efectivamente los servicios prestados por el referido Profesor Mauro López Sosa fueron al Estado de Yucatán, pero éstos fueron tan meritorios que deban considerarse como prestados a la nación. En tal virtud, los suscritos no encuentran justas las observaciones del Ejecutivo Federal y para los efectos del inciso c) del artículo 72 constitucional, tienen el honor de someter a la deliberación y aprobación de la H. Asamblea, el siguiente proyecto de decreto:
"Único. Se concede al C. Profesor Mauro López Sosa una pensión vitalicia de cinco pesos diarios, que les serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación, por los servicios que durante más de cuarenta y dos años prestó a la Instrucción Pública, y a partir de la fecha de la promulgación de este decreto.
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del congreso de la Unión. - México, D.F., a 5 de octubre de 1933. - Andrés Ruiz. - Ignacio Gómez A."
Primera lectura. En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura al dictamen, a fin de que pueda discutirse el primer día hábil. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Dispensada. A discusión el primer día hábil.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"1a. Comisión de Peticiones.
"H. Asamblea:
"El C. Manuel Reynaud, naturalizado mexicano, en un escrito fechado el 6 de marzo del corriente año, solicita se le otorgue el permiso constitucional correspondiente a fin de que pueda desempeñar los cargos honorarios de Agente Consular de Francia y Cónsul de Bélgica en el puerto de Mazatlán, Sin.
"Del examen que los suscritos hicieron a esta solicitud, la que por acuerdo de Vuestra Soberanía les fue turnada para su respectivo estudio y dictamen, encuentran que reúne los requisitos necesarios y que el asunto a que se contrae es del resorte de las Comisiones de Relaciones Exteriores, por lo que se permiten proponer que se turne a una de ellas para su debida resolución.
"En tal virtud, vienen a proponer a la H. Asamblea conceda su aprobación al siguiente acuerdo económico:
"Pase a la Comisión de Relaciones Exteriores en turno, la solicitud presentada por el C. Manuel Reynaud.
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la unión. - México, D.F., a 25 de septiembre de 1933. - Andrés H. Peralta. - Dionisio García Leal."
Está a discusión, No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"Comisiones unidas, 1A. de Gobernación y 1a. de Hacienda.
"Honorable Asamblea:
"Las Comisiones que suscriben han recibido, para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la iniciativa suscrita por el ciudadano Presidente de la República que tiende a aumentar el impuesto sobre espectáculos y diversiones en el Distrito Federal y Territorios Federales, cuyo rendimiento será entregado al Comité Nacional Pro - Damnificados, para ayuda de las víctimas de las últimas inundaciones habidas en diversas regiones del país.
"Estiman las comisiones que no es necesario entrar en considerados para poner de manifiesto la nobleza de la iniciativa presidencial, ya que el producto de ese aumento en los impuestos aludidos será destinado a prestar la urgente ayuda que están necesitando infinidad de personas que sufren penas sin cuento por la últimas catástrofes ocurridas en una vasta zona de nuestro territorio nacional a causa de los ciclones habidos en esos lugares. Hay que tener en consideración, además,
que el aumento de los impuestos va a ser reportado por el público que asiste a las diversiones y espectáculos, habiendo ver que, no obstante la crisis reinante, está en condiciones de sufragar gastos que no son indispensables, lo cual hace suponer que ese público puede resistir el insignificante aumento que se va a hacer, en el precio de las localidades que paga por ir a divertirse.
"En virtud de lo expuesto y tomando en consideración, además, los razonamientos expuestos por el Ejecutivo, las Comisiones hacen suya en todas sus partes la iniciativa en cuestión, y se permiten el honor de someter a la deliberación y aprobación de Vuestra Soberanía, el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo 1o. Para auxiliar a los damnificados por la últimas inundaciones y ciclones que han afectado regiones considerables de la República, en el Distrito Federal y en los Territorios Federales se cobrará un impuesto sobre el valor de los boletos vendidos en los espectáculos y diversiones públicas de los propios Distrito y Territorios.
"Artículo 2o. Para los efectos del artículo anterior, el monto el impuesto será de $ 0.05 (cinco centavos) si el valor del boleto vendido es menor de $ 1.00 (un peso); y de $ 0.10 (diez centavos) si el valor de dicho boleto es de un peso o mayor, en forma que se cobren diez centavos por cada peso completo.
"Artículo 3o. Los conceptos que quedan expresamente gravados para los fines a que se refiere este Decreto serán los siguientes: box, carpas, circos, cinematógrafos, teatros, corridas de toros y novilladas, frontones, foot - ball y base - ball.
"Artículo 4o. El impuesto se pagará sin perjuicio del cobro de las cuotas que correspondan a la aplicación de la Ley de Hacienda vigente en el Distrito Federal y de las disposiciones de la misma naturaleza en los Territorios.
"Artículo 5o. El impuesto a que se refiere el presente Decreto no causará la contribución federal a que se refiere el artículo 131 y demás relativos de la Ley General de Timbre.
"Artículo 6o. Se faculta al C. Jefe de Departamento del Distrito Federal y a los Gobernadores de los Territorios para que, por los conductos debidos, hagan entrega de los fondos que se recauden por la aplicación del presente Decreto, al Comité Nacional Pro - Damnificados que autorizadamente se ha constituído.
"Transitorio.
"Único. El presente Decreto empezará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y hasta el 31 de diciembre, inclusive, del corriente año."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D.F., a 10 de octubre de 1933. - Primera Comisión de Gobernación: Fernando Arenas. - Víctor Ortiz. - Primera Comisión de Hacienda, Alvaro Cancino. - Manuel F. Ochoa."
En votación económica se pregunta si se considera de urgente y obvia resolución. los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se considera de urgente y obvia resolución. Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal.
El C. Secretario García Leal: Por la afirmativa.
El C. Secretario Peralta: Por la negativa. (Votación.)
El C. Secretario García Leal: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la afirmativa?
El C. Secretario Peralta: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la negativa?
El C. Secretario García Leal: Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación.)
Aprobado en lo general, por unanimidad de 128 votos. A discusión en lo particular.
"Artículo 1o. Para auxiliar a los damnificados por las últimas inundaciones y ciclones que han afectado regiones considerables de la República, en el Distrito Federal y en los Territorios Federales se cobrará un impuesto sobre el valor de los boletos vendidos en los espectáculos y diversiones públicas de los propios Distrito y Territorios."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"Artículo 2o. Para los efectos del artículo anterior, el monto del impuesto será de $ 0.05 (cinco centavos si el valor del boleto vendido es menor de $ 1.00 (un peso); y de $ 0.10 (diez centavos) si el valor de dicho boleto es de un peso o mayor, en forma que se cobren diez centavos por cada peso completo."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"Artículo 3o. Los conceptos que quedan expresamente gravados para los fines a que se refiere este Decreto serán los siguientes: box, carpas, circos, cinematógrafos, teatros, corridas de toros y novilladas, frontones, foot - ball y base - ball."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"Artículo 4o. El impuesto se pagará sin perjuicio del cobro de las cuotas que correspondan a la aplicación de la Ley Hacienda vigente en el Distrito Federal y de las disposiciones de la misma naturaleza en los Territorios."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"Artículo 5o. El impuesto a que se refiere el presente Decreto no causará la contribución federal a que se refiere el artículo 131 y demás relativos de la Ley General del Timbre."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"Artículo 6o. Se faculta al C. Jefe del Departamento del Distrito Federal y a los Gobernadores de los Territorios para que, por los conductos debidos, hagan entrega de los fondos que se recauden por la aplicación del presente Decreto, al Comité Nacional Pro - Damnificados que autorizadamente se ha constituído."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.
"Transitorio
"Único. El presente Decreto empezará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y hasta el 31 de diciembre, inclusive, del corriente año."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso
de la palabra, se reserva para su votación nominal.
Se procede a recoger la votación nominal de los artículos reservados.
El C. Secretario García Leal: Por la afirmativa.
El C. Secretario Peralta: Por la negativa. (Votación.)
El C. Secretario García Leal: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la afirmativa?
El C. Secretario Peralta: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación.)
El C. Secretario García Leal: Fue aprobado el proyecto por unanimidad de 128 votos. Pasa al Senado para los efectos legales.
El C. Presidente (a las 18.35): Se levanta la sesión pública y se cita para mañana a las 16 horas.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"
El Director, Jefe de la Oficina, JOAQUÍN Z. VALADEZ.